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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "El Descanso"

Resolución Exenta Nº 415/2015

Santiago, 10 de Septiembre de 2015



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 17 de febrero de 2015, su Adenda y Adenda Complementaria, de fecha 08 de mayo de 2015 y de fecha 22 de julio de 2015, respectivamente, del proyecto “El Descanso” presentada por Inmobiliaria El Descanso S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “El Descanso”.

 
3°. El Acta de Evaluación N° 01/2015 de fecha 06 de agosto de 2015, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
 
4°. El ICE de la DIA del proyecto “El Descanso” de fecha 17 de agosto de 2015.
 
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 01 de septiembre de 2015.
 
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “El Descanso”.
 
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria El Descanso S.A, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “El Descanso” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social
Inmobiliaria El Descanso S.A
Rut
76.375.341-7
Domicilio
Narciso Goycolea N°4055, Of 8, Vitacura.
Nombre representante legal
Patricio Salas G.
Rut representante legal
6.444.750-5
Domicilio
Narciso Goycolea N°4055, Of 8, Vitacura
Correo electronico
Constanza.harris@fwv.cl
 
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de agosto de 2015, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:
 
  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, 146 y 156 del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 01 de septiembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “El Descanso”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de agosto de 2015, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
 
4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general.
El Proyecto contempla la construcción de un condominio habitacional y de equipamiento comercial en un terreno de 27.906,02 m². El condominio considera la construcción de 8 edificios habitacionales de 4 pisos sobre el nivel del terreno, con un total de 344 departamentos y 440 estacionamientos. El equipamiento comercial de escala menor, considera locales comerciales con una superficie construida de 672 m².
Todo lo anterior, será construido en tres etapas.
• La etapa I del Proyecto, corresponde a una etapa mixta, con un área habitacional y el área de equipamiento comercial. El área habitacional estará constituida por 4 edificios de departamentos de 4 pisos, con un total de 136 departamentos y 183 estacionamientos, incluidos los de los locales comerciales.
• Para la etapa II se construirán únicamente 2 edificios habitacionales, con un total de 96 departamentos y una dotación de 120 estacionamientos.
• Para la etapa III se construirán 2 edificios habitacionales, con un total de 112 departamentos y una dotación de 137 estacionamientos.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.
Tipología principal: el Proyecto “El Descanso”, ingresa por la tipología “h” del artículo 10 de la Ley 19.300 y el D.S 40/2012 del MMA del Artículo 3). El cual señala:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características.
h.1.3.   Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”;
Tipología Secundaria: no tiene.
Vida útil.
Dadas las características del Proyecto, sus partes y sus obras, la vida útil es de carácter indefinido.
Monto de inversión
El monto de la inversión declarado por el Titular, es de US$ 31,343 millones de dólares.
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.
La fecha de inicio se estima en julio del año 2015. El hito que da comienzo a la fase de construcción, es el inicio de la demolición y posterior instalación de faenas.
Proyecto se desarrolla por etapas.
Si
No
 
 
X
Proyecto modifica un proyecto o actividad.
Si
No
 
 
X
Proyecto modifica otra(s) RCA.
Si
No
 
 
X

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa.
El sector donde se emplaza el Proyecto corresponde al Área Urbanizable de la Zona Habitacional Mixta establecida en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago de 1994 (PRMS). El Proyecto tendrá presente las condiciones de edificación y subdivisión establecidas por el Plan Regulador Comunal de Maipú para la Zona ZH-6, que corresponde al lugar de emplazamiento del terreno.
 
En el Anexo A-1 de la Adenda, se presenta el Certificado de Informaciones Previas de fecha 22 de enero 2015, emitido por la I. Municipalidad de Maipú.
 
El Proyecto cuenta con Anteproyecto de Edificación, aprobado mediante resolución N°33, con fecha del 25 de abril del 2014. Dicho Anteproyecto se adjunta en el Anexo A-2 de la Adenda.
 
Descripción de la localización.
El Proyecto se ubica en Avenida El Descanso N°1230 y Calle Tierra Fértil N°1917, en la comuna de Maipú, provincia de Santiago, Región Metropolitana.
 
En la Figura Ad1-12 del Anexo J de la Adenda, se adjunta el área el Proyecto en formato papel con el Proyecto superpuesto con el Plan Regulador Comunal de Maipú. En dicho Anexo, se adjunta el formato digital del mismo (kmz).
Superficie.
 
La superficie del Proyecto es de 27.906,02 m². Al respecto, se  considera una superficie total construida de 28.060 m², de los cuales 27.388 m², corresponden a los departamentos y 672 m² a los locales comerciales.
El Titular señala en su respuesta a la pregunta 1.4 de la Adenda, lo siguiente: “el terreno del Proyecto queda conformado por tres Lotes (11, 12 y 13 de la Figura ubicada al costado izquierdo), los que fueron fusionados y cuentan con una superficie bruta total de 28.850 m². Es importante indicar que los lotes 14, 15 y 16, que se observan en la Figura, son propiedad de terceros que no tienen relación con el Titular del Proyecto”.
 
En la siguiente, tabla se presentan los lotes fusionados y las superficies respectivas.
 
Tabla N°1: Lotes y superficies fusionados.
Situación
Lote
Dirección
Rol
Superficie (m²)
Previa
Lote 11
El Descanso #1320
01195-392
11.029
Lote 12
El Descanso #1320
01195-392
9.811
Lote 13
Tierra Fértil #1917
01195-406
8.010
Actual
Lote 11A
El Descanso #1400
01195-392
28.850
Fuente: tabla 1 de la Adenda.
 
En la Tabla I-2 de la DIA, se presenta el resumen de superficies construidas del Proyecto.
 
En el Anexo A.4 de la Adenda, se adjunta el Título de Dominio vigente de los lotes 11 y 12 y el Título de Dominio vigente del lote 13 con constancia de fusión. Los lotes mencionados son detallados en el plano de fusión aprobado e inscrito en el Conservador de bienes raíces y adjunto en el Anexo A.3 de la Adenda.
 
En las tablas I-3, I-4 y I-5 de la DIA, se presentan los cuadros de superficies para la etapa I, etapa II y etapa 3, respectivamente.
 
Coordenadas UTM en Datum WGS84.
A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del Proyecto.
 
Tabla Nº2: Coordenadas UTM del Proyecto.
VÉRTICE
ESTE
NORTE
A
336.826
6.295.245
B
336.856
6.295.095
C
336.716
6.295.061
D
336.646
6.295.253
Fuente: tabla I-1 de la DIA.
 
Caminos de acceso.
El área del Proyecto contará con un acceso vehicular por Avenida El Descanso y por Calle Tierra Fértil hacia el condominio, en tanto, el acceso al área de equipamiento comercial será por Avenida El Descanso. Ambas calles tienen doble sentido de tránsito vehicular.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.
Anexo J de la Adenda, se adjunta archivo kmz.
 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Instalación de faena
En Figura Ad2-1 de la Adenda Complementaria, se presenta la figura definitiva del lugar destinado para la instalación de faenas durante toda la fase de construcción, además se incluyen los vértices de ubicación de los polígonos del Proyecto y del área de instalación de faena. Además, en dicha figura se indican las áreas de acumulación de residuos y su distanciamiento al límite del Proyecto, en particular se presenta también el distanciamiento de la bodega RESPEL a los vecinos cercanos.
A continuación, se presentan las coordenadas de la instalación de faenas.
 
Tabla N°3: Coordenadas de ubicación de la zona de la instalación de faenas.
 
Área
 
Vértice
 
Coordenadas UTM WGS 84 19S
 
Este
Norte
Área del Proyecto
A
336.826
6.295.245
B
336.856
6.295.095
C
336.716
6.295.061
D
336.646
6.295.253
Instalación de Faena
1
336.849
6.295.103
2
336.852
6.295.094
3
336.716
6.295.061
4
336.713
6.295.070
Fuente: Tabla Ad2- 1 de la Adenda Complementaria.
Obra preliminares
Consiste en la instalación de los cierros perimetrales y de recintos provisorios.
 
En el Anexo J de la Adenda, se presenta la Figura Ad1-4 con la ubicación de las mallas antipolutivas. Además, en dicho Anexo se adjunta el archivo kmz con su ubicación.
 
Respecto de los paneles para el ruido, se indica que la ubicación de dichas barreras modulares no es fija sino más bien móvil, es decir, que no están restringidas a algún sector en especial, sino que se implementarán para toda actividad ruidosa desarrollada con herramientas manuales o equipos menores cercanas a los puntos receptores.
 
El Titular señala en su respuesta a la pregunta 4.2 de la Adenda Complementaria señaló que se realizará un control  riguroso por parte del Encargado de la Obra, el cual tendrá la responsabilidad de mantener un seguimiento permanente respecto del estado de los cierres perimetrales, debiendo coordinar su reparación, en caso de que constate averías o mal estado. El control se llevará a cabo durante toda la fase de construcción del Proyecto, mediante un registro mensual apoyado con fotografías (con fecha), que permitan verificar el estado de los cierres perimetrales, debiendo dejar constancia (mensual) en el Libro de Obras.
 
Demolición
La demolición de las instalaciones existentes se llevará a cabo al final de la Etapa I.
En la respuesta a la pregunta 1.31 de la Adenda, el Titular adjunta fotografías de las instalaciones que serán demolidas al finalizar la primera etapa del Proyecto.
Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obras de demolición, mediante la instalación de mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas. Además, se implementará una barrera acústica, cuyo material cumplirá con las condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m³. En la Figura Ad1-1 de la Adenda, se presenta la ubicación y altura de barrera acústica, durante las faenas de demolición.
Movimiento de Tierras
En esta etapa se realizarán las excavaciones para los subterráneos de los edificios y los estacionamientos.
Obra Gruesa
La edificación se inicia con la construcción de las fundaciones. Levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se inicia la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones y arranques de servicios.
Terminaciones
Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como pavimentos interiores, luminarias, artefactos, pinturas y revestimientos, carpintería, etc.
Paisajismo y obras exteriores
Relacionadas con el mejoramiento y mantención del espacio público que enfrenta el Proyecto, a través de la pavimentación de la acera y la ejecución de obras de paisajismo en la platabanda.
Aguas lluvias
El Proyecto de aguas lluvias, contempla una solución particular y que se refiere a la infiltración de estas aguas, mediante la utilización de 5 canchas de infiltración ubicadas al interior del área del Proyecto.
En el Anexo E.3 de la DIA, se presenta la memoria de cálculo del Proyecto de Evacuación de Aguas Lluvias, las áreas tributarias a la red diseñada, se diseñaron en base al Proyecto de pavimentación, considerando la rasante definida para la zona de estacionamientos, su pendiente longitudinal, bombeo, cortes tipos, badenes, etc. El proyecto de pavimentación estará construido en hormigón y estará dividido en dos zonas, una zona que estará ubicada sobre la proyección del subterráneo y la segunda zona corresponde a un pavimento proyectado en terreno natural.
Bodegas
 
Durante la fase de construcción, se construirá una bodega de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos. Al interior de la bodega común no se realizarán mezclas ni reenvasado.
Las características de la bodega consideran entre otras:
·         Cierre en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con techo liviano, y piso sólido, liso, lavable e impermeable y no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la O.G.U.C.
·         Como medida de manejo ambiental, para evitar el detrimento de los componentes suelo y aguas, se tendrá un sistema de contención local de derrames, se mantendrán agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.
En cuanto a la bodega de RESPEL, ésta poseerá una superficie basal continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos, así como una capacidad de retención de escurrimientos o derrames, en cumplimiento con lo establecido en el Art. N° 33 del D.S. 148/2004 del MINSAL.
Lugar de lavado de ruedas.
Durante la fase de construcción, se habilitará un sector de lavado de ruedas, el cual tendrá dimensiones del área de lavado de 8 m de largo por 3 m de ancho. Contará con una base de 12 m³, con un ancho de 3 m y largo 4 m. Para el ingreso y salida de los vehículos se contempla unas pequeñas ramplas para generar la depresión con pendientes 1:4 (V:H), cuya profundidad será de 0,5 m. La columna de agua a contener será de 0,3 m lo que genera un volumen de acumulación de 4,68 m³.
 
Con el fin de evitar infiltraciones al suelo, se contempla una base impermeabilizada, con el propósito de generar un estancamiento del agua contenida (tipo piscina) y por otra parte evitar la infiltración.
Vialidad
El flujo máximo de camiones del Proyecto será de 241 camiones por semana, es decir, 42 camiones/día, producto del desarrollo de actividades simultáneas de movimiento de tierra, obra gruesa y terminaciones. Este flujo estará principalmente durante la etapa de movimiento de tierra, como también en obra gruesa y terminaciones.
 
En el Anexo D de la Adenda, se presentan una ficha con las fotografías de las vías externas aledañas, donde se puede observar el estado actual de Avenida El Descanso y calle Tierra Fértil.
 
Tabla N°4: Flujo de camiones por actividad durante la fase de construcción.
 
 
 
Número de Camiones
Tipo de camiones
Frecuencia Diaria
Frecuencia Semanal
Rutas Más Probable (Origen - Destino)
Actividad
Material
 
Movimiento de Tierra
Escarpe
1
C. Tolva
2
11
 
El Descanso - Américo Vespucio - Camino Privado
Relleno
2
C. Tolva
7
39
Escombros
1
C. Tolva
1
6
 
 
 
 
 
 
 
 
Obra Gruesa
Hormigón
2
C. Mixer
6
33
 
El Descanso - Américo Vespucio - Camino a Lonquén - Lo Espejo - La Divisa
Cemento
1
C. Rampla
3
17
Prefabricados Hormigón
 
1
 
C. Rampla
 
1
 
6
 
Cubiertas
 
1
 
C. Rampla
 
3
 
17
El Descanso - Longitudinal
- Santa Elena
 
Fierro
 
1
 
C. Rampla
 
2
 
11
El    Descanso –Los Pajaritos - Santa Rosa - Autopista del Sol - Suiza - Pedro Aguirre Cerda
 
Otros
 
1
 
C. Rampla
 
1
 
6
El Descanso – Longitudinal - Santa Elena
 
Escombros
 
1
 
C. Tolva
 
1
 
6
El   Descanso-Américo Vespucio                -                Camino Privado
 
 
 
 
 
 
Terminacion es
Aislación
1
C. Rampla
1
6
El Descanso - Longitudinal
- Santa Elena
Rack
1
C. Rampla
1
6
Tabiquería
1
C. Rampla
1
6
 
 
El Descanso - Longitudinal
- Santa Elena
Puertas
1
C. Rampla
1
6
Pinturas
1
C. Rampla
1
6
Diluyentes
1
C. Rampla
1
6
Otros
1
C. Rampla
1
6
 
Escombros
 
 
1
 
 
C. Tolva
 
 
1
 
 
6
El   Descanso   -   Américo Vespucio                -                Camino Privado
 
 
 
 
 
Vialidad
Estabilizado
1
C. Mixer
1
6
El   Descanso   -   Américo Vespucio - Camino a Lonquén - Lo Espejo - La Divisa
 
Asfalto
 
1
 
C. Mixer
 
1
 
6
 
Otros
 
1
 
C. Rampla
 
1
 
6
El Descanso – Longitudinal - Santa Elena
 
Escombros
 
 
1
 
C. Tolva
 
1
 
6
El   Descanso   -   Américo Vespucio                -                Camino Privado
 
 
Obras Externas
Tierra        de Hojas
 
1
 
C. Rampla
 
2
 
11
El Descanso – Longitudinal - Santa Elena
Escombros
 
1
 
C. Tolva
 
1
 
6
El   Descanso   -   Américo Vespucio                -                Camino Privado
Fuente: tabla 6 de la Adenda.
 
En la Figura AD1-8.1 del Anexo H.1 de la Adenda, se presenta los mapas a escala, de las rutas más probable a utilizar por parte de los camiones en la fase de construcción.
Provisión de Suministros Básicos.
·     Agua Potable y Alcantarillado (servicios higiénicos).
 
El agua que se utilizará durante la fase de construcción provendrá de la red de agua potable, para esto se cuenta con arranques dentro de la propiedad, los cuales serán habilitados durante la instalación de faenas. En el área del Proyecto existen 2 construcciones que ya cuentan con sistema de agua potable y alcantarillado, estas instalaciones serán utilizadas en un primer momento como oficinas, pudiendo obtener desde ellas el agua potable necesarias.
Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 del MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada.
 
·         Sustancias peligrosas.
 
Se utilizarán algunas sustancias químicas durante la fase de construcción, entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros. Los envases sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento al Párrafo II del D.S. N°78.
En la siguiente tabla se presenta una estimación de las sustancias químicas a utilizar.
 
Tabla Nº5: sustancias peligrosas a utilizar durante la fase de construcción.
 
 
CANTIDAD
UNIDAD
ENVASES
Obra Gruesa
99
LITROS
ACIDO MURIATICO
7
TUBOS
TUBOS FLUORESCENTES
774
LITROS
DESMOLDANTE
1627
LITROS
PUENTE ADHERENTE ESTUCO
360
LITROS
IGOL PRIMER
359
LITROS
IGOL DENSO
Terminaciones
476
LITROS
PUENTE ADHERENTE YESO
200
LITROS
BENCINA
132
LITROS
DILUYENTE
81
LITROS
ADHESIVO DE CONTACTO MULTIPROPÓSITO
98
LITROS
ADHESIVO MOLDURAS (Thomsitmoldaje)
385
LITROS
ACEITES LUBRICANTES USADOS
7
POMOS
ESPUMA DE POLIURETANO
6838
LITROS
ADHESIVO CERÁMICO
Fuente: Tabla I-16 de la DIA.
 
Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la fase de construcción.
El Proyecto no considera durante la ejecución de alguna de las etapas de la fase de construcción, la explotación de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes.
Emisiones atmosféricas:
En el Anexo H.1 de la Adenda, se presenta la “Estimación de Emisiones” con las correcciones y aclaraciones solicitadas para cada etapa de la fase de construcción y operación.
 
 En la tabla 15 de la Adenda Complementaria se presenta una tabla con el Total de emisiones de la fase de construcción y operación del Proyecto.
 
El Titular realizó una modelación de las emisiones atmosféricas Material Particulado Sedimentable, por medio del modelo Screen. Al respecto, se muestran los resultados obtenidos.
 
Tabla N°6: Aportes de MPS del Proyecto.
 
Distancia (m)
 
Tasa Emisión [g/s-m²]
Concentración horaria máxima [µg/m³]
Altura de mezcla [µg/m³]
Sedimentación diaria máxima [mg/m²-día]
Sedimentación anual máxima [mg/m²-día]
          5
7,191E-04
305,9
30,0
6,88
2,75
10
7,191E-04
310,6
30,0
6,99
2,80
15
7,191E-04
314,9
30,0
7,09
2,83
20
7,191E-04
319,0
30,0
7,18
2,87
25
7,191E-04
322,8
30,0
7,26
2,91
30
7,191E-04
326,4
30,0
7,34
2,94
35
7,191E-04
329,9
30,0
7,42
2,97
40
7,191E-04
333,2
30,0
7,50
3,00
45
7,191E-04
336,4
30,0
7,57
3,03
50
7,191E-04
339,5
30,0
7,64
3,06
60
7,191E-04
345,3
30,0
7,77
3,11
70
7,191E-04
350,8
30,0
7,89
3,16
80
7,191E-04
354,9
30,0
7,99
3,19
90
7,191E-04
360,0
30,0
8,10
3,24
100
7,191E-04
285,6
30,0
6,43
2,57
120
7,191E-04
189,5
30,0
4,26
1,71
Fuente: tabla 19 de la Adenda.
 
Emisiones sonoras:
 
a) Ruido fuentes fijas.
 
En el Anexo C “Estudio Acústico” de la Adenda, se adjuntan: las fuentes emisoras de cada etapa de la fase de construcción, los niveles estimados en los puntos receptores, las memorias de cálculo, los archivos del software utilizados para las estimaciones de ruido y medidas de control.
 
Tabla N°7: Resumen de niveles estimados de ruido.
 
NPS Demolición [dBA]
 
Punto
Sin          medidas                de control
Con medidas de
Control
Atenuación                de medida de control
R1
55
55
-
R2
55
55
-
R3
56
49
7
R4
63
55
8
R5
62
52
             10
R6
68
59
9
R7
45
45
-
R8
55
55
-
NPS Excavación [dBA]
 
Punto
Sin medidas de control
Con medidas de control
 
Atenuación          de                medida de
control
Etapa I
Etapa II
Etapa III
Etapa I
Etapa II
Etapa III
 
Etapa I
Etapa II
Etapa III
R1
70
73
61
54
58
52
16
15
9
R2
73
59
55
58
59
55
15
-
-
R3
71
54
54
57
54
54
14
-
-
R4
69
56
62
56
56
53
13
-
9
R5
79
59
80
59
59
60
20
-
20
R6
63
64
80
53
55
60
10
9
20
R7
48
51
51
48
38
37
-
13
14
R8
58
72
73
37
58
58
21
14
15
NPS Obra Gruesa [dBA]
 
Punto
Sin medidas de control
Con medidas de control
 
Atenuación          de                medida de
control
Etapa I
Etapa II
Etapa III
Etapa I
Etapa II
Etapa III
 
Etapa I
Etapa II
Etapa III
R1
75
78
68
56
60
52
19
18
16
R2
78
66
61
59
59
55
19
7
6
R3
73
61
59
58
54
54
15
7
5
R4
74
63
67
56
56
53
18
7
14
R5
81
66
82
59
59
60
22
7
22
R6
70
71
82
54
54
59
16
17
23
R7
53
57
56
48
37
37
5
20
19
R8
64
78
75
40
57
58
24
21
17
Fuente: tabla 17 de la Adenda.
 
De acuerdo a lo señalado en la modelación entregada en el Informe acústico de la Adenda, se cumple con los límites máximos establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
 
b) Ruido fuentes móviles.
 
Para la evaluación de los niveles de ruido estimados en los puntos receptores asociados al flujo vehicular durante la fase de construcción por calle Tierra Fértil, se consideró el valor límite de inmisión (Lr) establecido por la normativa de referencia de la Confederación Suiza OPB 814.41 para una zona de sensibilidad Grado II (zona habitacional) el cual no permite niveles superiores a 60 dBA para horario diurno.
 
A continuación, se presentan los resultados de la evaluación normativa.
 
Tabla N°8: Evaluación de niveles de ruido de flujo vehicular – Fase de Construcción (NC Suiza OPB 814.41).
 
Punto
 
NPSeq [dBA]
Límite
normativo [dBA]
 
Exceso            de nivel [dB]
 
¿Cumple norma?
R1
52
60
0
R2
52
60
0
R3
41
60
0
R4
31
60
0
R5
31
60
0
R6
32
60
0
R7
37
60
0
R8
50
60
0
Fuente: Tabla Ad2-7 de la Adenda Complementaria.
 
Se puede observar que los niveles de ruido estimados por el máximo flujo vehicular considerado para la fase de construcción cumplen con los límites establecidos en la norma de la Confederación Suiza OPB 814.41.
 
Adicionalmente, se realizó la evaluación con respecto a la norma FTA-VA-90-1003-06, de Estados Unidos. Donde el límite máximo está relacionado con el nivel de ruido basal existente en el lugar, por lo que para efectos del Proyecto, los niveles estimados se contrastan con respecto a los límites de la categoría 2, por corresponder en su mayoría a receptores con uso residencial, y la actividad será en horario diurno.
 
A continuación, se presentan los resultados de la evaluación de flujo vehiculas, según el criterio FTA.
 
Tabla N°9: Evaluación de niveles asociados al flujo vehicular – Criterio FTA.
 
Punto
NPSeq(h)
Estimado [dBA]
 
Sin Impacto [dBA]
 
Impacto moderado [dBA]
 
Impacto severo [dBA]
 
Clasificación
R1
52
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R2
52
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R3
41
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R4
31
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R5
31
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R6
32
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R7
37
<54
54-59
>59
Sin Impacto
R8
50
<54
54-59
>59
Sin Impacto
Fuente: Tabla Ad2-8 de la Adenda Complementaria.
 
Todos los puntos los niveles estimados de ruido por flujo vehicular no superan el límite de la clasificación “Sin Impacto” establecido por la FTA de EE.UU para la categoría 2.
 
Efluentes líquidos:
 
Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos producto de lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo. Sólo se efectuará lavado de ruedas de camiones antes de su salida a la vía pública, para lo cual se construirá una piscina de lavado de ruedas. No se ejecutará lavado de áridos, preparación de hormigón in situ o lavado de maquinaria o herramientas. El contenido de la piscina del lavado de ruedas, será vaciado cada dos semanas por un camión limpia fosas. El retiro y traslado de los líquidos residuales se efectuará por una empresa autorizada, cuyo comprobante será mantenido en obra, a disposición de la autoridad.
 
Se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos Sólidos Domésticos (RSD).
 
Se generarán como máximo 110 kg/día de residuos sólidos domiciliarios o asimilables, derivados de la ingesta de comida de los trabajadores, considerando una tasa de 0,5 kg/persona y 220 trabajadores. Se utilizó como valor de densidad promedio los 300 kg/m³, se obtuvo un volumen generado de 366 L/día. Estos residuos serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores de 200 L con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días. Los residuos serán retirados por los camiones de recolección de basuras municipal. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.
 
b) Excedentes de Tierra.
 
Se estima una generación total de tierra a remover de 22.005 m³ (app. 39.609 ton), durante toda la fase de construcción, por conceptos de excavaciones y movimientos de tierra. Además de lo anterior, se tienen excedentes de tierra, producto del despeje (escarpe) de terreno por un total de 9.353 m³, equivalentes a 14.965 ton. El detalle de la extracción de tierra de cada zona se detalla en la tabla 8 de la Adenda.
 
Los excedentes de tierra serán retirados diariamente, si se requiriera eventualmente el acopio del material por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y realizando su humectación en caso de ser necesario. El transporte de tierra se llevará a cabo en camiones contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Se dispondrán en un sitio de disposición final autorizado.
 
c) Residuos sólidos de la construcción peligrosos.
 
Los volúmenes de los residuos peligrosos que se estima se generarán durante la fase de construcción, se presentan en la siguiente tabla:
 
Tabla Nº10: Residuos sólidos peligrosos durante la fase de construcción.
 
Tipo de Residuo
Cantidad en peso y/o volumen de los residuos generados (ton/mes, Kg/día, etc.) Material
Cantidad en peso y/o volumen de los residuos que ingresen o egresen del sitio de almacenamiento.
Cantidad en peso y/o volumen de los residuos enviados a terceros para su eliminación.
Pinturas
1 m³
1 m³
1 m³
Solventes,            aceites, pegamentos
0,2 m³ para cada uno
0,2 m³ para cada uno
0,2 m³ para cada uno
Tabla I-15 de la DIA.
 
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.
Partes obras y acciones
La fase de operación, corresponde a la ocupación de las viviendas por parte de los dueños finales. No contempla periodos de pruebas y puesta en marcha.
 
El Proyecto considera además las siguientes instalaciones que funcionarán durante la fase de operación:
·         Portería: El condominio considera un acceso controlado al área residencial, que estará ubicado, en calle Tierra Fértil, al poniente del área de emplazamiento.
·         Sala de bombas y Estanques: Se ubicarán en el área común de la planta subterránea, en esta zona se consideran dos estanques de 76 m³.
·         Sala Eléctrica: Se ubicará en el área común de la planta subterránea En ellas, se sitúan dos grupos electrógenos que utilizan petróleo como combustible y cuya potencia instalada será de 130KVA (104 KW). Junto a ellos, en esta sala se ubican los Tableros Eléctricos Generales del Proyecto, las protecciones de la compañía distribuidora de electricidad, CHILECTRA y el equipo de medida de electricidad de servicios comunes.
·         Salas de basura: Cada edificio contará con ductos de basura y tolva en todos sus pisos, además de una "sala de basura" ubicada en el piso inferior. En total se tendrán 22 salas de basura, con tres tipos de sala de basura proyectadas. En el Anexo E de la DIA, se presentan los planos del Proyecto de basura y los diseños de las salas de basura contempladas.
·         Sala Multiuso y recintos de uso común: Se ubicarán en el patio central del condominio, se contempla la construcción de una sala multiuso, quinchos descubiertos y 2 piscina.
Transporte
El acceso al Proyecto se localiza por calle Tierra Fértil, el acceso al piso subterráneo de estacionamientos, estará proyectado en Avenida El Descanso. En el caso de los locales comerciales, estos tendrán acceso por avenida El Descanso.
 
El Proyecto cuenta con un EISTU aprobado mediante Ord. N°9125, de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones RM, con fecha 24 de diciembre 2014. En el Anexo N°4 de la DIA, se adjunta la Resolución que aprueba el EISTU y el documento donde se detallan, las medidas de mitigación propuestas para el sistema de transporte. Dichas medidas deberán estar ejecutadas, previo a la recepción de obras del Proyecto.
 
El Proyecto contempla 440 estacionamientos, de acuerdo a las exigencias para viviendas y equipamiento detalladas en el PRC de Maipú. En la Tabla 2 de la Adenda, se presenta el cálculo de los estacionamientos, el cual se realizó conforme a lo señalado en el artículo 20 y siguientes del PRC de Maipú, vigente desde el año 2004 (aprobado por Decreto Alcaldicio N° 6.383, publicado en Diario Oficial de fecha 13.11.2004, y modificaciones posteriores).
 
A continuación, se presenta el cálculo de los estacionamientos del Proyecto.
 
Tabla N°11: Cálculo de estacionamientos.
 
Calculo de estacionamientos
Exigidos
Propuestos
Estacionamiento en 1°piso
 
351
Estacionamientos Viviendas (1 x Viv. hasta 150 m² y 344 dptos)
344
285
Estacionamiento Comercio (Exigido 1 x 50 m² y 603,57 m² construidos)
12
14
Visitas
52
52
Estacionamiento en Subterráneo
 
89
Total Estacionamientos
408
440
Fuente: tabla 2 de la Adenda.
 
Para el abastecimiento de los locales comerciales no se contempla el uso de un estacionamiento, para ello se dispone un área de carga, ubicado al oriente de los estacionamientos para clientes. El área de estacionamiento y área de carga y descarga se puede observar en la Figura Ad1-2 del Anexo J de la Adenda.
Se incluyen 8 estacionamientos para personas con movilidad reducida, según lo indicado en el artículo 18 del Plan Regulador Comunal de Maipú, serán 4 de visitas y 4 de residentes.
 
Tabla N°12: Flujo de camiones por actividad durante la fase de operación.
 
Fase
Actividad
Número camiones
Tipo        de
Camiones
Frecuencia Diaria de
Camiones (Camión/Día)
Frecuencia semanal de Camiones
Rutas Preferentes
 
 
Operación
Mudanza
1
Cerrado
-
1
El Descanso -   Américo Vespucio
Recolección Municipal de RSD
1
Compactador
 
3
El Descanso -   Américo Vespucio
Fuente: tabla 7 de la Adenda.
 
La ruta más probable de los vehículos particulares de los residentes del Proyecto durante la fase de operación, se muestra en la Figura AD1-8.2 del Anexo H.1 de la Adenda.
 
Aguas lluvias
La evacuación de las aguas lluvias se realizará mediante un bombeo único que tendrán las calzadas, estas aguas serán captadas por una canaleta que finalizará en una cámara de inspección, que conducirá este caudal hacia una cancha de infiltración.
 
En algunas zonas debidamente señaladas en los planos del Proyecto, se considerarán las áreas aportantes de las techumbres, además de los aportes de las áreas de pavimento, las cuales serán captadas por las canaletas o directamente a las canchas de infiltración.
 
La evacuación de las aguas lluvias se realizará mediante un bombeo único que tendrán las calzadas, estas aguas serán captadas por una canaleta que finalizará en una cámara de inspección, que conducirá este caudal hacia una cancha de infiltración. Se considera infiltrar el 100% de las aguas lluvias que escurren por las calzadas interiores y las provenientes de las techumbres de los edificios. En la tabla 3 de la Adenda, se presentan las áreas aportantes del diseño. La profundidad a la que serán drenadas las aguas varía entre los 2,6 metros, para las canchas de infiltración N°1, N°2, N°4 y N°5, y los 3,05 metros para la cancha de infiltración N°3.
 
Además, al interior del Proyecto, se ha definido un proyecto de manejo de las aguas lluvias que considera una red secundaria de aguas lluvias, que consiste en tuberías de HDPE y canales prefabricados de hormigón que permitirán el desvío de las aguas hacia las zanjas de infiltración. Las obras fueron diseñadas según el “Manual de Pavimentación y Aguas Lluvias del SERVIU Metropolitano”, para un período de retorno de 10 años.
 
Considerando la existencia de canales de riego al interior del predio, se mantendrá el canal de riego que corre por el borde oriente del área de Proyecto, de manera que permita el desvío de las aguas lluvias que pudiesen ser captadas al exterior del predio. El Titular tendrá a su labor el cuidado de la limpieza del canal, de manera que se mantengan sus condiciones hidráulicas. Al respecto, se han diseñado cámaras de inspección cada 30 o 32 m, entre ellas, en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria se muestra la ubicación de las cámaras.
 
Para eventos de precipitación superiores al de diseño, se prevé el desvío de las aguas hacia el sistema de aguas lluvia mayor, que en el área de Proyecto está compuesto por un colector de aguas lluvias por Av. El Descanso que se orienta de poniente a oriente.
 
Actividades de Mantención y Conservación.
Respecto de las aguas lluvias, el Titular señala en su respuesta a la pregunta 4.3 de la Adenda Complementaria, que se establecerá un protocolo de mantenimiento y limpieza de los sumideros, alcantarillas, colectores de aguas lluvias y zanjas de infiltración del Proyecto y, en general, de todas las obras destinadas al saneamiento de las aguas lluvias. Se realizará una revisión anual, durante el período sin precipitación (noviembre-marzo) de las dichas obras.
La revisión o inspección visual se llevará a cabo cada 6 meses, cuidando que una de ellas se realice entre noviembre y marzo.
 
El mantenimiento de las zanjas de infiltración consistirá en lo siguiente:
 
a) Se debe evitar verter basura o elementos que puedan cubrir y quedar atrapado entre los espacios de los áridos. Para ello se realizará una inspección visual y una limpieza mensual.
b) Se debe limpiar las hojas de árboles que caigan y cubran las zanjas, de forma de evitar el normal escurrimiento de la precipitación sobre el área de zanjas. Para ello se realizará una inspección visual a lo largo del año, cuidando que durante los meses de otoño (marzo- junio), se mantenga liberado de hojas.
c) Se debe limpiar las hojas de árboles u otros que obstruyan canaletas de aguas lluvias dispuestos en las techumbres de cada edificio habitacional. Para ello se realizará una inspección visual a lo largo del año, cuidando que durante los meses de otoño (marzo- junio), se mantenga liberado de hojas.
d) Se debe cuidar la forma de las zanjas, entre posibles deformaciones del terreno, producido por cargas externas o bien por compactación natural bajo el área de las zanjas. En caso de que el área sea afectada mediante una disminución de esta, se realizará la adecuación de la zanja a sus condiciones iniciales de construcción. En caso que se observe algún asentamiento, dicha variación de nivel podría ser solucionada mediante el relleno con el mismo material que fueron diseñadas originalmente.
e) Se velará por el cuidado en la ejecución de estas recomendaciones mínimas para el mantenimiento de las obras destinadas a aguas lluvias. Para ello, en el Reglamento de Administración del condominio, se establecerá que debe existir una empresa encargada de la inspección visual de las obras y la limpieza semestral de éstas, cuando sea necesario. Esta empresa encargada tendrá a su disposición los planos de las obras a su cuidado, de manera que pueda verificar el estado de ellas. Además, se establecerá que los encargados de administración del condominio, en su fase de operación, serán los encargados de fiscalizar el mantenimiento y la regularidad propuesta.
Lo anterior, quedará registrado en el libro de mantenciones que deberá llevar actualizado el administrador, dejando establecida la fecha de cada limpieza/mantención, el nombre y firma del encargado, además de la firma de recepción del administrador.
 
Provisión de Suministros Básicos
Agua Potable y Alcantarillado.
El Proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas otorgado por la empresa SMAPA S.A., adjunto en el Anexo A.5 de la Adenda. Además, se adjunta en el Anexo E.2 el Proyecto de alcantarillado y agua potable.
 
Electricidad.
El Proyecto contará con suministro de energía eléctrica que será otorgado por la empresa Chilectra. Adicionalmente, el Proyecto contará con dos Grupos Electrógenos de emergencia para el condominio, que será utilizado sólo en situaciones de corte del suministro eléctrico. En la tabla I-17 de la DIA, se presenta la potencia del grupo electrógeno proyectado durante la fase de operación.
Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la fase de operación.
El Proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales.
 
Emisiones y efluentes.
a) Emisiones atmosféricas:
Durante la fase de operación, se consideran 2 grupos electrógenos de 130 KVA – 380 V, para casos de emergencia, que utilizarán Diesel como combustible. Los cálculos de las emisiones se realizaron utilizando el supuesto de un funcionamiento de 3 horas durante los cortes de energía y 3 cortes al año. Además de 48 pruebas al año, las que se efectuarán con una duración de 1 hora cada una, lo que da un total de 57 horas de funcionamiento al año.
 
b) Emisiones sonoras:
En la fase de operación los niveles de ruido no superarán los 45 dBA tanto en los propios receptores interiores del Proyecto como en la comunidad (puntos receptores), cumpliendo por ende con la normativa para todo horario.
 
c) Efluentes líquidos:
Durante la fase de operación del Proyecto se generarán aguas servidas, éstas serán descargadas al sistema de alcantarillado público.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
a) Residuos domésticos.
Cada edificio contará con ductos de basura y tolva en todos sus pisos, además de una "sala de basura" ubicada en el piso inferior. En total se tendrán 22 salas de basura, con tres tipos de sala de basura proyectadas.
Las salas serán recintos de concreto pintados con pintura lavable, junturas de muro redondeadas y estarán equipadas con extintores de polvo seco ABC de 10 Kg, lavamanos con llave rosca, ducha tipo challa, pileta de desagües, entre otros. Cada sala contará con un ducto para descargar en los contenedores especiales para este fin.
 
Se almacenarán residuos sólidos domiciliarios equivalentes a 6.272 L/día, los que serán almacenados en contenedores de 360 L, reforzados en el interior con bolsas plásticas resistentes, los que serán retirados según frecuencia del servicio de recolección municipal. Se estima que la frecuencia de retiro sea 3 veces por semana.
 
b) Residuos industriales peligrosos.
El Proyecto durante su la fase de operación no genera residuos sólidos peligrosos.
Para la recolección de residuos de pilas y baterías de celular y similares, se dispondrá en la sala de basura de un contenedor de 240 L para la acumulación de este tipo de residuos. Los residuos de esta categoría serán retirados por empresas autorizadas por el Seremi de Salud.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Capítulo IV del ICE.
4.3.3. FASE DE CIERRE.
Conforme a lo señalado en el punto 1.7 de la DIA, no se contempla fase de cierre para este proyecto.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Fecha estimada de inicio
La fecha de inicio se estima en julio del año 2015.
Parte, obra o acción que establece el inicio.
El hito que da comienzo a la fase de construcción, es el inicio de la demolición y posterior instalación de faenas.
 
El cronograma de la fase de construcción del Proyecto considera 40 meses, en 3 etapas. Todas las etapas contemplan un periodo de construcción de 16 meses cada una. En la Figura I-2 de la DIA, se muestra el cronograma del Proyecto durante la fase de construcción.
Fecha estimada de término.
El hito que da término a la fase de construcción, corresponde a la recepción final de obras.
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.
Fecha estimada de inicio.
El Proyecto iniciará su fase de operación durante el mes de noviembre del año 2016, una vez terminada la Etapa 1 y obtenido el Certificado de Recepción Final otorgado por la I. Municipalidad de Maipú.
Parte, obra o acción que establece el inicio.
La operación se iniciará una vez obtenido el Certificado de Recepción de Obras de la Dirección de Obras Municipales de Maipú.
Fecha estimada de término.
Indefinida.
Parte, obra o acción que establece el término.
No contempla.
4.4.3. FASE DE CIERRE
Conforme a lo señalado en el punto 1.7 de la DIA, no se contempla fase de cierre para este proyecto.

 
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental.
a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas.
 
Aire: Aumento de las emisiones atmosféricas
 
El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción (incluyendo demolición de las instalaciones existentes) y la fase de operación. El detalle de la metodología y resultados de la estimación de emisiones se presenta en el Anexo C de la Adenda, que concluye que el Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana (D.S N°66/2010).
 
Para el caso de las emisiones atmosféricas, se implementará un cierre de malla raschel por todo el perímetro del Proyecto, en que no se contemple barrera OSB, durante las diferentes etapas de la fase de construcción. La barrera con malla raschel se implementará, hasta alcanzar una altura de 2,5 metros, para captar eficientemente el polvo resuspendido por las actividades. Como medida de complemento, en los frentes que presentan receptores más cercanos (al oriente y sur), la barrera OSB estará cubierta por malla raschel que impida su deterioro, mejorando las características de las barreras.
 
Para el caso del sector sur del Proyecto, sector que tiene un vecino colindante, se construirá un cierre perimetral de tipo bulldog de 1,8 metros de alto, complementado con malla raschel hasta alcanzar los 2,5 metros, con el fin de captar eficientemente el polvo resuspendido por las actividades de la construcción. Se adjunta actualización de la figura de cierre perimetral con la ubicación de mallas antipolutivas y su altura correspondiente en el Anexo A de la Adenda Complementaria, en dicho Anexo, se adjunta en formato digital el archivo kmz con la ubicación de la malla.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción del Proyecto.
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación.
Impacto ambiental.
b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento.
 
Aire: Aumento de las emisiones sonoras (fuentes móviles y fijas).
 
Respecto de las emisiones sonoras, durante las obras de edificación de los edificios E y D que colindan por el costado oriente con viviendas durante la fase de construcción, el Titular mantendrá las barreras acústicas indicadas en el Anexo D de la DIA. Respecto de los receptores internos que tendrá el Proyecto durante la construcción de la etapa II y etapa III, el Titular en el apartado 7.2 del Estudio Acústico del Anexo C de la Adenda, presenta las estimaciones de ruido para dichos receptores, dando cumplimiento al D.S 38/2011 del MMA.
 
El Titular realizó una evaluación de las fuentes de ruido móvil. Al respecto, se estableció para efectos de la evaluación el escenario más desfavorable, es decir, donde el límite normativo es el más restrictivo se utilizó como condición base de ruido el nivel instantáneo mínimo obtenido de todas las muestras y que corresponde a 49 dBA en el punto receptor R6.
 
Respecto de la familia que colinda en el extremo sur del Proyecto, el Titular señala en su respuesta a la pregunta 4.2 de la Adenda Complementaria que el cierre perimetral hacia el sur del Proyecto, sector que enfrenta el área al vecino que mantiene actividades agrícolas en la zona, estará conformado por un cierre perimetral tipo bulldog de 1,8 metros de alto, complementado con malla raschel hasta alcanzar los 2,5 metros de altura, con el fin de captar eficientemente el polvo resuspendido por las actividades de la construcción. Además de lo anterior, y en la zona que enfrente al sector de la vivienda de la zona sur, se instalará una barrera OSB de 3 metros de alto, que permitirá aislar el ruido hacia la vivienda. Adicional a lo anterior, todo el personal que participe en la obra, que sea contratado por el Titular o por terceros, deberá recibir una inducción en la que se establezca la estricta prohibición de sobrepasar los límites del predio.
 
Parte, obra o acción que lo genera.
Ruido de las maquinarias en funcionamiento durante la fase de construcción y operación del Proyecto.
 
Impacto ambiental.
c) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluido el suelo, agua y aire.
 
Residuos líquidos.
 
Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos producto del lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo. Sólo se efectuará lavado de ruedas de camiones antes de su salida a la vía pública, para lo cual se construirá una piscina de lavado de ruedas. No se ejecutará lavado de áridos, preparación de hormigón in situ o lavado de maquinaria o herramientas. El contenido de la piscina del lavado de ruedas, será vaciado cada dos semanas por un camión limpia fosas. El retiro y traslado de los líquidos residuales se efectuará por una empresa autorizada, cuyo comprobante será mantenido en obra, a disposición de la Autoridad, para su fiscalización. Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. Durante la fase de operación, no se generarán residuos líquidos. Sin embargo, si se generarán aguas servidas, éstas serán descargadas al sistema de alcantarillado público. El Proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas otorgado por la empresa SMAPA S.A.
Fase en que se presenta.
Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos V, VI y XII.
El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.
 
5.2.EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental.
Literal c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.
 
f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.
 
Suelo: Almacenamiento de residuos peligrosos.
 
Para el caso de los residuos peligrosos durante la fase de construcción, las características constructivas del sitio de almacenamiento de los residuos peligrosos, considerará las directrices establecidas en la normativa vigente aplicable a esta materia, por lo cual serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos y con tapa, dispuesto al interior de una bodega especialmente habilitada para el almacenamiento de estos residuos. La bodega será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/04 y al D.S. N° 594/00 ambos del MINSAL.
Parte, obra o acción que lo genera.
Bodega de almacenamiento de residuos peligrosos
Fase en que se presenta.
Construcción
Impacto ambiental.
g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales.
 
Agua: Alteración de cauce.
En el área del Proyecto se encuentran dos canales, para los cuales el Titular contempla obras de entubamiento con el fin de minimizar los efectos sobre la calidad de las aguas, garantizando que las aguas escurran y no sea alterada en su calidad. Para ello se realizará una mantención adecuada de la ribera y de los ductos una vez que sean instalados, asegurando que no existan derrames de aceites y/o lubricantes, así también las obras empalme con el canal existente, serán realizadas cuando no exista agua en el curso. Al respecto, se considerarán cercos con malla rashel protectora durante todo el recorrido lineal de los canales existentes mientras no se ejecuten las obras de entubamiento. Además se prohibirá efectuar la descarga de cualquier material cerca de la ubicación de dichos canales, manteniéndose siempre una distancia para ello. Con lo anterior, la actividad no genera efectos adversos sobre los recursos naturales renovables, tanto en su fase de construcción como de operación. Los entubamientos proyectados se han diseñado con tuberías de Cemento Comprimido Corriente de 600 mm de diámetro, según exigencia de la DGA RM respecto al diámetro mínimo de un entubamiento y tendrán una longitud del orden de 344 metros. Sus trazados se desarrollarán por los deslindes del terreno y descargarán en una cámara de inspección existente.
El diseño del Proyecto no contempla la utilización de ninguno de los canales existentes, para efectuar ningún tipo de descargas, ya sean de carácter voluntario como involuntario.
Considerando las obras anteriores en el cauce, es posible establecer que no existirá una afectación sobre el recurso natural agua y se garantizará el libre escurrimiento para su normal funcionamiento. Es importante indicar que durante la fase de construcción de estas obras, se tomarán los resguardos necesarios para asegurar que se mantengan las condiciones antes señaladas, para lo cual se implementarán las medidas indicadas en las letras d) y e) del PAS 156, presentado en la respuesta 3.3 de la Adenda.
Componentes ambientales afectados.
Cauces artificiales
Parte, obra o acción que lo genera.
Riego de las suelos producto de la acumulación de las aguas lluvias.
Fase en que se presenta.
Operación
Referencia al ICE.
Capítulos V, VI y XII.
El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
 
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.
Impacto ambiental.
a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.
 
·         Emisiones atmosféricas sobre cultivos colindantes.
 
Para descartar impactos significativos sobre los cultivos colindantes al Proyecto, respecto de las emisiones de Material Particulado Sedimentario (MPS), se utilizó un modelo llamado SCREEN 3 de la United States Environmental Protection Agency (USEPA). En el Anexo H.2 de la Adenda, se presentan las Memorias de Cálculo de la Modelación de la dispersión de los contaminantes MPS, en ella se detallan los parámetros de entrada y los resultados de las concentraciones a diferentes distancias.
La modelación de las emisiones de MPS, producto de las actividades de obra (construcción de viviendas) desarrolladas en la fase de construcción del Proyecto, se realizó considerando una emisión total de 2,6 ton/año, correspondientes a las emisiones del año 1. El cálculo de las emisiones del MPS, se estableció de la relación existente entre los factores de emisiones del MP10 y el MPS, asociados a las actividades constructivas, definidos en los documentos del “AP 42, Fifth Edition, Compilation of Air Pollutant Emission Factors, Volume 1: Stationary Point and Area Sources, United States–Environmental Protection Agency (US EPA)”. De acuerdo a estos documentos, la relación entre ambos contaminante varía entre un 30% y 50%, dependiendo del tipo de actividad. Por lo que, para hacer más conservador el resultado, se consideró el porcentaje que concentrará una mayor cantidad de material sedimentario, esto es, que el 30% de MPS será en consecuencia MP10.
En tanto, que para obtener la tasa de emisión, se consideró como situación más desfavorable, el año de mayor emisión (Año 1), ya que es el año que agrupa la mayor cantidad de actividades (demolición, escarpe, excavación, erosión, tránsito, etc.). Además, que todas las actividades de construcción se desarrollan al mismo tiempo, incluyendo las que se realizan fuera del sitio del Proyecto, como lo es el traslado de los materiales de construcción. Lo anterior nos permite determinar el potencial impacto a la población que generarán los camiones en el traslado de los excedentes y materiales requeridos para la construcción del Proyecto. Por último, el Titular consideró que el total de estas emisiones, es decir las 2,6 ton/año, se generarán durante este lapso reducido de tiempo.
Finalmente, la modelación de la dispersión de las emisiones de MPS se realizó considerando como datos de entrada los aportes del Proyecto indicados en la tabla 10 de la Adenda. De los resultados obtenidos de la modelación, es posible afirmar que las concentraciones de MPS en el aire que se producen por causa de las emisiones del Proyecto durante la fase de construcción, no son significativas por cuanto se encuentran muy por debajo del límite establecido por la normativa. Por lo que, el Proyecto no alterará la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa. Lo anterior considerando que no se privará de suelo, agua u otro recurso a los vecinos que realicen actividades agrícolas. Además se considera instalar un cierre adecuado frente al vecino de la zona sur, único que mantiene actividades agrícolas en la zona. Este cierre perimetral evitará que los trabajadores de la obra puedan traspasar a la zona cultivada, lo que se complementará con un riguroso control que evite el posible hurto de los cultivos que mantenga.
 
·         Afectación al uso de las ferias libres.
 
El tránsito de camiones no intervendría el actual funcionamiento de la feria libre existente establecida en Av. El Descanso (calzada sur), es desde la calle Anita Lizana aproximadamente al oriente, ya que no utilizará la calle en la que se instala. Sin embargo, se consideran alguna medidas a implementar, con el fin de no afectar el tránsito habitual de la Av. El Descanso en estos días, como por ejemplo:
 
•Implementación de un banderero, para regular el tránsito de camiones relacionados con el Proyecto, en el cruce de la calle Tierra Fértil con Av. El Descanso.
•Considerar el horario de llegada y salida de feriantes, para realizar la coordinación de ingreso y salida de camiones al Proyecto. Esto con el fin, de disminuir el flujo de camiones que deban entrar/salir del área, en los días de feria libre y en los horarios de 8 a 10 horas en la mañana y de 14.30 a 16.30 horas en la tarde.
En la Figura Ad1-9 de la Adenda, se presenta la ubicación de Feria libre, respecto a la ruta utilizada por camiones en la fase de construcción del Proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción de los edificios
Fase en que se presenta.
Construcción
Impacto ambiental.
b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.
 
Transporte: Aumento de las camiones y vehículos.
 
Respecto del ingreso de los camiones al área del Proyecto, se considera la utilización de la calle Tierra Fértil, sólo entre el tramo de Av. El Descanso y el área de ingreso al Proyecto, es decir, en un tramo aproximado de 180 metros. No se tiene contemplado utilizar el tramo de Tierra Fértil ubicado desde la calle Arquitecto Hugo Bravo hasta el ingreso del área del Proyecto, para el tránsito de camiones. Lo anterior, en considerando que dicho tramo es donde se encuentra el acceso de camiones de carga del supermercado, así como el Centro de Salud Familiar y donde se ubicarían también los Colegios Alicante y Reina de Suecia, esta medida permitirá que en área de influencia no exista impacto por el tránsito de camiones asociados a la construcción del Proyecto. Tal como se observa en la figura Ad1-8.1, que se adjunta en el Anexo H de la Adenda.
Parte, obra o acción que lo genera.
Construcción de los edificios
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos V, VI y XII.
Por lo que, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
 
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
El proyecto no se encuentra cerca de áreas protegidas de ningún tipo. El territorio en el que se emplaza el proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población, ya que en el área no hay presencia de ecosistemas naturales con características de unicidad, escasez o representatividad.
 
Se concluye que el proyecto no se localiza cercano o en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados; ni en zonas con valor ambiental relevante.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos V, VI y XII.
El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
 
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona, tal como se analiza en el capítulo IV de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos V, VI y XII.
El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
 
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
La prospección arqueológica llevada a cabo en el área en donde se realizará el Proyecto, permitió descartar la presencia de materiales arqueológicos y monumentos nacionales o del patrimonio cultural religioso en el área de estudio. En el Anexo B de la DIA, Caracterización del Predio y su Entorno, se presenta un informe más detallado respecto a la prospección.
 
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Capítulos V, VI y XII.
El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 
6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
 

6.1.Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a que aplica.
Tanto en la fase de construcción como la fase de operación existirán lugares destinados a la acumulación de basuras y desperdicios, domésticos.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en la respuesta a la pregunta 3.1, 3.2 de la Adenda.
Pronunciamiento del órgano competente.
Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°2473, de fecha 22 de mayo de 2015, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.1

 

6.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase de construcción.
 
Parte, obra o acción a que aplica.
Este proyecto considera la habilitación de una nueva bodega de residuos peligrosos (RESPEL) que cumpla con todas las exigencias establecidas por la Autoridad.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en la respuesta a la pregunta 3.3 y 3.4 de la Adenda. En el Anexo J de la Adenda, se adjunta la figura Ad1-2, donde se muestra la ubicación de la bodega y su distanciamiento respecto de los vecinos.
Pronunciamiento del órgano competente.
Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2473, de fecha 22 de mayo de 2015, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales, contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IV, Capítulo IX, punto 9.1.2

 

6.3 Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso del Articulo 146 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase de construcción.
 
Parte, obra o acción a que aplica.
Escarpe y despeje del terreno
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
En el punto 3.5.3 de la DIA, se presentan los antecedentes para el PAS. Asimismo, en la respuesta a la pregunta 3.5 de la Adenda, se complementan los antecedentes para la solicitud del PAS.
 
A continuación, se presentan las coordenadas de los puntos de liberación de fauna.
 
Tabla N°12: Coordenadas del punto de liberación.
 
Puntosdeliberación
 
CoordenadasWGS84HUSO19sur
Este
Norte
1
362.560
6.267.165
2
363.642
6.266.995
3
363.645
6.267.006
Fuente: Tabla Ad2-2 de la Adenda Complementaria.
 
El lugar corresponderá a la Reserva Nacional Río Clarillo, esta reserva fue escogida para la reubicación de fauna siguiendo los criterios establecidos por la Autoridad, entre los que cuentan, lejanía del área de influencia para prevenir recolonización y en lo posible un área protegida (SAG 2004).
 
Pronunciamiento del órgano competente.
Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero RM, mediante Ord Nº 1555/2015, de fecha 27 de julio de 2015, señala que de la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.3

 

6.4 Permiso para efectuar modificaciones de cauce del Artículo 156 del RSEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase de construcción.
 
Parte, obra o acción a que aplica.
El Proyecto contempla realizar el entubamiento de un canal existente y otro nuevo que se localizará en el predio.
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Los antecedentes para la solicitud del PAS, se encuentran en la respuesta a la pregunta 3.3 de la Adenda Complementaria.
 
Los entubamientos proyectados se han diseñado con tuberías de cemento comprimido corriente de 600 mm de diámetro, según exigencia de la DGA, y tendrán una longitud de 344 metros. Sus trazados se desarrollarán por los deslindes del terreno y descargarán en una cámara de inspección existente.
 
El entubamiento proyectado como Cañería 2, tendrá una longitud del orden de 133 metros y se han diseñado 5 cámaras de inspección con una distancia promedio, entre ellas, del orden de 32 metros.
El entubamiento proyectado como Cañería 1, tendrá una longitud del orden de 209 metros y se han diseñado 8 cámaras de inspección con una distancia promedio, entre ellas, del orden de 30 metros. Es importante señalar, que en todas las cámaras de inspección, se han considerado decantadores.
 
El informe del Proyecto de entubamiento de los canales está compuesto por una memoria descriptiva con el diseño correspondiente y las Especificaciones Técnicas de Construcción, disponibles en el Anexo B.1 de la Adenda Complementaria.
 
Al respecto, el Titular señala que las obras de mantención del canal, una vez ejecutadas las obras, estarán a cargo y la responsabilidad estará a cargo del propietario de los derechos de agua, para lo cual el Titular la faculta, para ejercer el libre tránsito por las franjas que albergarán las obras de modificación referidas.
 
La ubicación del canal y el Proyecto de entubamiento, se encuentran en la figura Ad2-3 de la Adenda Complementaria.
 
Se realizará un plan de seguimiento de la calidad de las aguas, en caso de contingencia o accidente, que involucre derrame de sustancias contaminantes durante la fase de construcción. Dicho plan considerará el monitoreo de la calidad de las aguas, cuando se produzca la contingencia o accidente señalada, monitoreando los siguientes parámetros: coliformes fecales, aceites y grasas, hidrocarburos totales, detergentes, Sólidos Totales Disueltos STD, pH y conductividad.
Una vez realizado el análisis de las muestras, se deberá emitir un informe, el cual deberá ser informado a la SMA y DGA
 
Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate periódicamente el estado de los canales, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea.
Pronunciamiento del órgano competente.
Al respecto, la Dirección General de Aguas RM, mediante Ord N° 920, de fecha 03 de agosto de 2015, el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales, contenidos en dicho PAS. Señalando que:
En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para la Obra de “El Descanso”, en relación a obras de entubamiento, este Servicio se pronuncia conforme en virtud de las componentes ambientales relacionadas al PAS 156, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas, para lo cual el Titular deberá presentar ante DGA Región Metropolitana, al menos lo siguiente:
a) Identificación del cauce en cartografía en detalle
b) Coordenadas UTM, HUSO y DATUM de la ubicación y descripción del sector
c)  Descripción de características generales del cauce 100 m antes y después de la modificación
d) Ubicación precisa y descripción detallada de las obras que se solicita aprobar función, características constructivas y dimensiones en detalle
e) Estudios de topografía e hidrología
f) Memoria de cálculo hidráulico, estructural y de estabilidad, para las obras que corresponda
g) Adjuntar la certificación y autorización expresa de la Asociación de Canalistas responsable del canal o en el caso que no existiese, de los dueños de los derechos que circulan por esa obra, que acredite que ya no existen derechos de agua vigentes relacionados a cada uno de los canales y acequias existentes, que se pretende eliminar y que además, se aprueban las obras de modificación propuestas.
h)  Todos aquellos antecedentes que solicite el servicio, de manera sectorial
Respecto de los contenidos ambientales asociados al permiso, el Titular comprometió en Adenda Complementaria, un Plan de Seguimiento de la calidad de las aguas, en caso de contingencia o accidente, que involucre el derrame de sustancias contaminantes durante la Fase de Construcción. Dicho plan considera el monitoreo de la calidad de las aguas, cuando se produzca la contingencia o accidente señalada, monitoreando los siguientes parámetros: Coliformes fecales, Aceites y grasas, Hidrocarburos totales y Detergentes, Sólidos Totales Disueltos STD, pH y Conductividad. Una vez realizado el análisis de las muestras, se emitirá un informe, el cual deberá ser informado a la SMA y DGA. Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate periódicamente el estado de los canales, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea”.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo IX, punto 9.1.4

 
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Usos de Suelo
NORMA
8.1.1    Plan regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). Artículo 8.2.1.1. donde se señala que el Proyecto se encuentra en aquellas áreas que presentan problemas de afloramiento potencial de aguas subterráneas, ubicadas en el Área Urbana Metropolitana, en las comunas de Quilicura, Colina, Lampa, Renca, Pudahuel, Cerro Navia y Maipú.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Durante los días 14, 15 y 16 de abril se realizaron las mediciones de la profundidad del acuífero en el pozo interior que se encuentra en el predio. Todas las mediciones efectuadas, durante estos tres días, no arrojaron presencia de agua a la profundidad de 30m que posee el pozo existente. Por lo tanto se infiere que no hay presencia de napas subterráneas a esa profundidad, en esta época del año.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se muestran fotografías de los días en que se realizaron las mediciones en el pozo.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.1

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Usos de suelo.
NORMA
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. (OGUC)
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
En la Adenda, se presenta lo siguiente:
En el Anejo J.2, se presentan las elevaciones, cortes, plantas departamentos individuales, rasantes y distanciamientos.
En el Anejo J.3, se presenta la planta del subterráneo.
En el Anejo J.1, se presenta el ancho de los estacionamientos subterráneos.
En el Anexo A.3, se adjunta la Resolución N° 87, con fecha 10 de diciembre 2014, que aprueba la fusión de los lotes 11 y 12 ubicados en la calle Tierra Fértil N° 1917, con el lote 13 ubicado en avenida El Descanso N°132.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.2

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
Decreto Supremo Nº 144/1961 MINISTERIO DE SALUD.
Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Construcción: se implementarán las medidas de control contempladas en la Tabla 4 de la Respuesta 1.19 de la Adenda.
Operación: no superará los límites de emisión anual establecidos en el PPDA, por lo que dará cumplimiento a la normativa vigente.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos y fotografías.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.3

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
Decreto Supremo Nº 66/2009 MINSEGPRES.
Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Conforme a la estimación de emisión realizada en el Anexo H.1 de la Adenda tanto para fase de construcción como de operación, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones, ya que, está bajo los límites establecidos en el PPDA. En la tabla Nº15 de la Adenda, se presentan los resultados de Emisiones Atmosféricas en toneladas por año en todas las fases del Proyecto.
 
El Titular cumplirá con la exigencia establecida en el artículo 97 del PPDA, contará con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, mediante el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que serán informadas anualmente a la Seremi de Salud RM.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos y fotografías.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.4

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
Art. 5.8.3. del D.S 47, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Ministerio: Vivienda y Urbanismo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Durante la fase de construcción se generarán emisiones atmosféricas de material particulado producto de la realización de obras, específicamente del movimiento de tierra, la empresa a cargo de la ejecución de las obras contempladas en el Proyecto deberá implementar las siguientes medidas:
Con el objeto de minimizar las emisiones de polvo y material:
a.- Regar el terreno permanentemente durante las obras de excavaciones y rellenos.
b.- Disponer de accesos a las faenas con pavimentos estables o alguna de las alternativas contempladas en el artículo Nº 3.2.6. de la Ley y Ordenanza General de Construcciones y Urbanismo.
c.- Transportar los materiales en vehículos con la carga cubierta.
d.- Lavar el lodo de las ruedas de los camiones antes de abandonar la faena.
e.- Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
f.- Hacer uso de procesos húmedos en caso de existir faenas de molienda y/o mezcla.
2.- No se podrán realizar faenas ni depositar objetos en espacios públicos.
Se deja constancia además que el Proyecto no contempla la utilización de explosivos.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos y fotografías.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.5
7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
D.S N°138 del MINSAL: Establece obligación de declarar emisiones que indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Operación grupo electrógeno de emergencia.
Forma de cumplimiento.
Los gases generados por la combustión en la operación del equipo de grupo electrógeno, se ajustan a la normativa de emisión de la Comunidad Europea o de la EPA, el cálculo de las emisiones de material particulado y gases generados por el equipo se encuentra en el Anexo C de la DIA. Considerando que es un equipo de emergencia, sus tiempos de funcionamiento son acotados. El Titular entregará todos los antecedentes para determinar las emisiones de contaminantes generadas por los grupos electrógenos que serán utilizados solo en caso de emergencia.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Una copia timbrada del documento ante el MINSAL acreditará la entrega de los antecedentes mencionados, según corresponda por la potencia de los equipos que se instalarán en el Proyecto. Se archivarán las copias de la Declaración Anual de Emisiones ingresada a la SEREMI de Salud RM (Resolución 15027/1994) en una carpeta claramente identificada para ello y ubicada en la oficina de la administración.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.6

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
D.S Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
·         Construcción:
El Titular dará cumplimiento haciendo exigible esta norma en todos los subcontratos de transporte de materiales y otros que suscriba durante el desarrollo de la obra.
Se respetarán los horarios de restricción establecidos en la presente norma, para el tránsito de los camiones afectos según sus propias características.
·         Operación:
El control de los vehículos correspondientes a proveedores de los locales comerciales, será incorporado en el Reglamento de Administración respectivo.
Indicador que acredita su cumplimiento.
·         Construcción:
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
·         Operación:
Reglamento de Administración respectivo.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.7

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
D.S. Nº54/1994, MTT, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en todas las fases de la actividad, serán las establecidas en esta normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Revisiones técnicas al día, de los vehículos motorizados medianos que sean utilizados en la fase de construcción y operación y además, se dejará registro del número de patente de todos los camiones que ingresen a la obra y se les exigirá el cumplimiento de la revisión técnica al día, según corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.8

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
D.S. Nº55/1994, MTT, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados , ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en todas las fases de la actividad, serán las establecidas en esta normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Revisiones técnicas al día, de los vehículos motorizados pesados que sean utilizados en la fase de construcción y operación y además, se dejará registro del número de patente de todos los camiones que ingresen a la obra y se les exigirá el cumplimiento de la revisión técnica al día, según corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.9

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
 
NORMA
D.S. Nº75/1987 MINTRATEL, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
El transporte de materiales que producen polvo (tales como escombros, excedentes de tierra, etc.), se efectuará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de materiales.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de obras y la cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.10

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
 
NORMA
D.S Nº 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente.
Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Durante la etapa de demolición, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m3 (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) de 2,5 y 3 metros de altura ubicadas en el deslinde norte y oriente del perímetro del área del Proyecto, y en el sector de demolición más cercano a la calle Antonio Varas.
 
Durante la etapa de excavación, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m³ (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente) de diferentes alturas para cada etapa en el perímetro de cada etapa.
 
Durante la obra gruesa, se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m³ (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) de diferentes alturas para cada etapa en el perímetro de cada etapa. Además, se cubrirán los vanos de la fachada de cada edificio en construcción con paneles de madera OSB de 15 mm de espesor a partir del segundo piso, con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio. Por último, para las actividades desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa que enfrentan a receptores, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m³ (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa.
 
Indicador que acredita su cumplimiento.
 
Registro de mantención de maquinaria y registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas de control propuestas y la instalación de cada barrera. Registro en obra con el nombre, rut y firma de las personas que participen en cada capacitación. El registro estará a disposición de la Autoridad, de ser requerido. Además, se mantendrá registro de la implementación de las medidas de gestión para el control de ruido detalladas en la letra d) Medidas de Gestión, del punto 1.5.6.2.4 de la DIA.
 
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.11

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
 
NORMA
D.S. Nº47/92 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Artículo 5.8.3 Nº 4.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Implementación de barreras acústicas de tipo perimetral orientadas hacia las caras que enfrentan a los receptores, las cuales deberán cumplir con características de densidad volumétrica de, al menos, 660 kg/m³.
 
Presentación ante la DOM de Maipú, de los horarios de funcionamiento de la obra; la lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas y; el nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas.
Indicador que acredita su cumplimiento.
 Instalación de las barreras acústicas del tipo perimetral.
 
Copia a la vista de la carta timbrada dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos e información del constructor responsable y fotografías de las barreras implementadas.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.12

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
 
NORMA
Norma de la Confederación Suiza OPB 814.41 que tiene por objetivo proteger contra el ruido perjudicial o molesto. Transit Noise and Vibration Assessment – (FTA-VA-90-1003-06), Federal Transit Administration, Department of Transportation (U.S.A.)
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
Se realizó el análisis de la norma de referencia, indicando el grado de sensibilidad de los receptores de acuerdo a la citada norma. Adicionalmente, se integra la evaluación de los niveles de ruido asociados al flujo vehicular con respecto al criterio establecido por la Transit Noise and Vibration Impact Assessment, el que define tres magnitudes de impacto en función del incremento del nivel de ruido basal, estos son: a) sin impacto, b) impacto moderado y c) impacto severo.
Indicador que acredita su cumplimiento.
 En la Adenda, se presentan los resultados del cumplimiento normativo para el ruido de los camiones que transitarán durante la fase de construcción por la calle Tierra Fértil.
 
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.13

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.
 
NORMA
D.S Nº 158/1980 Ministerio de Obras Públicas.
Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades asociadas al transporte.
Forma de cumplimiento.
·         Construcción:
Se hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba el Titular durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos.
·         Operación:
El control de los vehículos correspondientes a proveedores de los locales comerciales, será incorporado en el Reglamento de   Administración respectivo.
En la respuesta 1.32 de la Adenda I se incorporan las medidas y acciones que realizará el Titular, si las vías aledañas resultan dañadas productos del ingreso y egreso de vehículos pesados a la obra
Indicador que acredita su cumplimiento.
·         Construcción:
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma y el registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras
·         Operación:
Reglamento de Administración respectivo.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.14

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.
 
NORMA
D.S. N° 298/1994 del MINTRATEL. Reglamento sobre transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.
 
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades asociadas al transporte.
Forma de cumplimiento.
El transporte de sustancias químicas y el retiro de residuos peligrosos se llevarán a cabo mediante la contratación de empresas autorizadas, lo cual será realizado en vehículos que cumplirán las disposiciones señaladas por el presente Reglamento.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se vigilará y registrará en el libro de obras respectivo, que el transportista aporte la Guía de Despacho o Factura de los productos y residuos transportados, los detalle del producto a transportar con su respectiva clasificación y Número de Naciones Unidas, las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente basadas en la Hoja de Datos de Seguridad a que se refiere la Norma Chilena Oficial N.Ch 2245.Of93 y se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.15

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.
 
NORMA
 D.S. Nº200/1993, MOP, Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades asociadas al transporte.
Forma de cumplimiento.
·         Construcción:
Se hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba el Titular durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos.
 
·         Operación:
 
El control de los vehículos correspondientes a proveedores de los locales comerciales, será incorporado en el Reglamento de   Administración respectivo.
En la respuesta 1.32 de la Adenda I se incorporan las medidas y acciones que realizará el Titular, si las vías aledañas resultan dañadas productos del ingreso y egreso de vehículos pesados a la obra.
Indicador que acredita su cumplimiento.
·         Construcción:
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma y el registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
 
·         Operación:
Reglamento de Administración respectivo.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.16

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.
 
NORMA
D.F.L. N°850/1997, MOP, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206/1960.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades asociadas al transporte.
Forma de cumplimiento.
·         Construcción:
 
El Titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando el peso máximo de los vehículos establecido para circular en caminos públicos. Por otra parte, también se dará   cumplimiento al presente DFL comprometiéndose a solicitar autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen.
 
·         Operación:
 
El control de los vehículos correspondientes a proveedores de los locales comerciales, será incorporado en el Reglamento de   Administración respectivo.
Indicador que acredita su cumplimiento.
·         Construcción:
 
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma y el registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
·         Operación:
Reglamento de Administración respectivo.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.16

 

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.
 
NORMA
D.S. Nº 148/2003 del MINSAL. Aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Generación de residuos peligrosos.
Forma de cumplimiento.
Se almacenarán al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL. El transporte se llevará a cabo por empresas externas autorizadas, y derivados a un lugar de disposición final autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. El registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.18

 

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.
NORMA
D.S. Nº 594/1999 del MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Construcción Bodega Respel.
Forma de cumplimiento.
Todos los residuos sólidos generados durante los trabajos serán transportados y llevados a sitio de disposición final que cuente con la Resolución Sanitaria correspondiente.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Además, se implementará un registro en obra, a través del cual se acredite la disposición final de escombros generados durante la fase de construcción del Proyecto, en destinatarios autorizados por la Seremi de Salud RM. Respecto a residuos líquidos, en obra se mantendrá el registro de los retiros de los residuos líquidos provenientes del sistema de baños químicos que se utilizarán hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Además, se tendrá en obra un registro de los talleres autorizados de donde se realizarán las mantenciones de las maquinarias o vehículos utilizados, indicando el tipo de vehículo y función, esto para cada etapa del Proyecto (a fin de acreditar que no se generarán residuos peligrosos por mantenciones en obra).
El registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.19

 

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas.
 
NORMA
D.S. N° 78/2010 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Insumos fase de construcción.
Forma de cumplimiento.
·         Los envases de sustancias químicas sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en caso de no ser residuos peligrosos, en cumplimiento al Párrafo II del decreto en análisis.
·         Al interior de la bodega no podrán realizarse mezclas ni re- envasado de sustancias peligrosas excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción dentro del terreno del Proyecto.
·         La bodega deberán ser cerradas en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Adicionalmente, estas bodegas deberán tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.
·         La bodega deberán mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de adosamiento.
·         La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente, señalizada y demarcada, adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 del 2003: Transporte de sustancias peligrosas - Distintivos para identificación de riesgos (N.Ch 2190 Of 2003) o la que la sustituya. Se deberá mantener una distancia de 2,4 m. entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m. entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas.
·         Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros que indiquen “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles.
·         En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos. Dicho registro contendrá como mínimo la siguiente información: Nombre comercial y nombre químico de cada sustancia contenida en ella, Nº NU. Clase y división de peligrosidad de cada sustancia de acuerdo a la NCh 382. Of2004 o la que la sustituya.
·         Croquis con la ubicación (zona) de las sustancias al interior de la bodega.
·         Promedio trimestral de las cantidades por clase de sustancias almacenadas, según la N.Ch 382. Of2004 o la que la reemplace. Adicionalmente, deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2003: Sustancias químicas - Hojas de datos de seguridad – Requisitos (N.Ch 2245. Of2003) o la que la sustituya.
·         La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
·         Una vez utilizadas las sustancias, los envases serán almacenados como residuos peligrosos, en caso de serlos.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.20

 

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.
 
NORMA
D.S N°1/2013 “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 2 de mayo del 2013
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Residuos durante la construcción de los edificios.
Forma de cumplimiento.
Declarar los gases generados por la combustión en la operación del equipo de grupo electrógeno, se ajustan a las normativas de emisión de la Comunidad Europea o de la EPA. El Titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar sus emisiones de material particulado y gases, residuos peligrosos en relación a los equipos señalados y cumplirá con todas las exigencias que contempla el Reglamento del RETC.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Comprobante de Declaración de Emisiones por ventanilla única del RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.22

 

7.22. COMPONENTE/MATERIA: cauces naturales.
 
NORMA
Código de aguas.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Proyecto “El Descanso”.
Forma de cumplimiento.
El Proyecto no considera ejecutar obras de modificaciones en cauces naturales o artificiales señaladas en los artículos 41° y 171° del Código de Aguas.
El Titular deberá considerará que no se puede hacer uso de aguas subterráneas y superficiales sin contar con los derechos de aguas legalmente constituidos, de acuerdo a los señalado en los artículos 5° y siguientes del Código de Agua: “Art. 5° Las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del presente Código”.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.21

 

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico
 
NORMA
Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales. 
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades de excavaciones y movimiento de tierra.
Forma de cumplimiento.
Hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra que se realice durante la construcción del Proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.
En caso de registrar hallazgos arqueológicos fortuitos, que no se hayan identificado en el estudio arqueológico, se realizará lo siguiente:
Detener todas las actividades si el sitio arqueológico se localiza en el área afectada por las labores del Proyecto e informar de manera   inmediata a los supervisores de la obra.
Implementar mallas faeneras anaranjadas en un buffer de 20 metros alrededor de los posibles sitios arqueológicos y/o paleontológicos identificados, afirmados con estacas de madera o fierro que tengan una altura de 140 cm desde la superficie.
Notificar a arqueólogos para que ejecute una evaluación del lugar de hallazgo y proponga las medidas de protección necesarias, contenidas en un informe o minuta de la situación referida.
Informar al Consejo de Monumentos Nacionales y la correspondiente Gobernación tal como lo dicta la ley 17.288, de los hallazgos y del plan de manejo para mantención, rescate o salvataje, según corresponda
Indicador que acredita su cumplimiento.
En caso de encontrar algún hallazgo constará el registro de la carta enviada al Consejo de Monumentos Nacionales.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.21.

 
8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
 

8.1. Ruido
Impacto asociado
Ruido: emisiones de ruido.
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y operación del proyecto.
Objetivo, descripción y justificación.
Disminución de las emisiones sonoras (ruido) que se producirán durante la fase de construcción, producto de diferentes actividades.
Lugar, forma y oportunidad de implementación.
Lugar: Área del proyecto.
 
Forma:
 
Respecto de la mantención de la barrera acústica, se considerará realizar una revisión del estado de las barreras, con una frecuencia quincenal, donde se tomarán fotografías de terreno georreferenciadas y con fecha, verificando si se requiere el cambio de la malla debido a desperfecto.
·                 Se mantendrá un registro por la instalación y desmantelamiento de cada una de las barreras acústicas.
·                 Las mantenciones de maquinaria y de equipos se llevarán a cabo en talleres externos autorizados, se mantendrá un registro en obra que acredite, mediante boletas, facturas u otros documentos, la contratación de este servicio.
 
Respecto de las medidas de gestión, el Titular realizará lo siguiente:
 
Medida: Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
Forma de implementación de la medida: Instalación de faenas y movimiento de maquinaria alejada de receptores.
Lugar de implementación: Área del Proyecto
Forma de registro de la medida y frecuencia: Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas de control propuestas
Medida: Mantención regular de equipos.
Forma de implementación de la medida: Talleres externos.
Lugar de implementación: Registro de las mantenciones se mantendrán en la zona de taller, registrando la fecha de retiro de los equipos y maquinaria y el nombre del taller externo donde se realizó.
Forma de registro de la medida y frecuencia: Registro de mantención de maquinaria.
Medida: Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización Forma de implementación de la medida, oportunidad: Encargado ambiental o prevencionista de riesgos a cargo, verificará uso adecuado de maquinaria.
Lugar de implementación: Área del Proyecto
Forma de registro de la medida y frecuencia: Registro diario de encargado ambiental o personal a cargo.
Medida: Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
Forma de implementación de la medida, oportunidad: Encargado de ambiental o de personal a cargo de realizar el seguimiento de camiones en espera y uso adecuado de la maquinaria.
Lugar de implementación: Área del Proyecto
Forma de registro de la medida y frecuencia: Registro diarios de encargado ambiental o personal a cargo.
Medida: Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores,  que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.
Forma de implementación de la medida, oportunidad: Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas de control propuestas
Lugar de implementación: Área del Proyecto
Forma de registro de la medida y frecuencia: Registro de equipos.
 
De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 2473 de fecha 22 de mayo de 2015, el Titular está condicionado a.
 
“RUIDOS
1.1.1  Para la etapa de demolición se deberá implementar barreras acústicas en el deslinde de los perímetros Norte y Este del emplazamiento de la actividad. Además de una barrera   acústica al interior del predio. Las barreras deberán estar conformadas por materiales que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, como por ejemplo paneles de Madera de OSB de 15 mm de espesor con una densidad volumétrica de al menos 680 kg/m3. La altura y ubicación de las barreras deberán ser las indicadas en la Figura Nº 10 del Anexo C “Informe Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.
1.1.2  Para las faenas de excavación, se implementaran barreras perimetrales para la etapa I, las cuales deberán estar conformadas por materiales que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, como por ejemplo paneles de Madera de OSB de 15 mm de espesor con una densidad volumétrica de al menos 680 kg/m3. La altura y ubicación de estas barreras deberán ser las indicadas en la Figura Nº 11 “Ubicación y Altura de las barreras acústicas – Excavación Etapa I”, Figura Nº 12 “Ubicación y altura  de barreras acústica – Excavación Etapa II”, y Figura Nº 13 “Ubicación y Altura de barreras acústicas – Excavación Etapa III” del Anexo C” Informe Acústico” de la Adenda 1 de la DIA. Para estas misma faenas, pero para los receptores internos, se deberán implementar barreras con las mismas características, pero la ubicación y altura deberá ser las indicadas en las figura Nº 14 y Figura Nº15, del mismo Anexo C “Informe  Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.
1.1.3 Para las faenas de Construcción de Obra Gruesa, se deberá implementar una barrera acústica perimetrales para cada etapa. Las barreras deberán estar conformadas por materiales que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, como por ejemplo paneles de Madera de OSB de 15 mm de espesor con una densidad volumétrica  de al menos 680 kg/m3. La ubicación y altura de esta barreras serán las indicadas en la   Figura Nº16, Figura Nº 17, y Figura Nº 18 del Anexo C “Informe Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.
1.1.4  Para las faenas que se ejecutaran a nivel de piso y durante la construcción en altura se deberá implementar barreras acústicas modulares, confeccionadas a partir de paneles de  OSB de 15 mm de espesor, cuya altura será de al menos de 2 m; Éstas barreras estarán conformadas por tres paneles de 1.5 m de ancho cada uno y se deberá ubicar frente a la  fuente de ruido y frente a los receptores más cercanos a éstas fuentes.
1.1.5  Para las faenas de construcción en altura, se mantendrán las medidas de mitigación mencionadas en los puntos anteriores y se cerrarán los vanos de las fachadas del piso en  construcción. Para esto se deberá instalar en los vanos paneles de OSB cuya densidad superficial sea de al menos 10 kg/m2. Esta medida se deberá instalar a medida que se vaya construyendo en altura el edificio.
1.1.6   Se deberá implementar las medidas de gestión indicadas en el apartado 9.4 “Medidas de   Gestión” del Anexo C “Informe Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.
1.1.7 Las faenas de construcción sólo se podrán efectuar dentro del horario diurno de la normativa, es decir, entre 07:00 y 21:00 horas.
1.1.8    Para la etapa de operación, los equipos generadores de ruido serán ubicados dentro de salas cuyos elementos constructivos (Muros, Puertas,Ventanas) deberán poseer un aislamiento igual o superior a un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además los equipos y sus ductos deberán poseer montajes antivibratorios de tal forma de quedar aislados mecánicamente de la estructura de la obra gruesa. Los ductos de salida o escapes de gases deberán poseer silenciadores que garanticen niveles de ruido de emisión medidos en el lugar de los receptores por debajo de los 45 dB(A).
1.1.9   Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace”.(…)
 
Oportunidad: Durante la toda fase de construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo X, punto 10.2.1.

 

8.2. Residuos
Impacto asociado.
Generación de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos y residuos domiciliarios.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Objetivo, descripción y justificación.
Cumplimiento del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Todas las áreas del proyecto.
 
Forma:
 
Durante la fase de construcción:
 
· Se mantendrá el registro de la disposición final de los residuos provenientes de las excavaciones y movimientos de tierra que sean retirados de la obra. Este registro estará disponible para asegurar la trazabilidad en el retiro, y para inspección de la Autoridad cuando lo requiera.
· Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores de 200L con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días. Serán retirados por los camiones de recolección de basura municipal y derivados a un lugar de disposición final autorizado.
· Excedentes de tierra, serán retirados diariamente. Si se requiriera eventualmente el acopio del material por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y realizando su humectación en caso de ser necesario. Se transportarán mediante camiones que contarán con lonas, u otros sistemas que impidan la dispersión del material al aire y serán finalmente dispuestos en el sitio de disposición final autorizados (Cerros de Renca).
· Escombros, serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con malla raschel o con tapa, debidamente identificados, por un periodo de tiempo máximo de 1 semana. Serán transportados mediante camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Éstos, serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente RM, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.
· Residuos reutilizables, como fierros, maderas, papeles, cartones, entre otros, serán almacenados al interior de contenedores con tapa identificados para cada residuos, que serán dispuestos al interior de una zona especialmente habilitada para este fin, por un periodo de tiempo máximo de 2 meses. El transporte se llevará a cabo en camiones, que en caso de ser necesario contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Finalmente estos residuos serán derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización,
· Residuos Peligrosos, serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, por un periodo menor a 6 meses. El transporte de éstos será llevado a cabo por empresas externas autorizadas y derivados finalmente, a un lugar de disposición final autorizado (Hidronor o Bravo Energy).
· Residuos Líquidos, se construirá una piscina de lavado de rueda, donde no se efectuará lavado de áridos, preparación de hormigón in situ o lavado de maquinaria o herramientas. El contenido de la piscina del lavado de ruedas, será vaciado cada dos semanas por un camión limpia fosas. El retiro y traslado de los líquidos residuales se efectuará por una empresa autorizada, cuyo comprobante será mantenido en obra, a disposición de la autoridad, para su fiscalización.
· Aguas servidas, se instalarán 14 excusados, 14 lavatorios y 22 duchas de acuerdo al artículo 23 del DS. La instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, situación que no durará más de 6 meses hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales.
· Los viajes asociados al transporte de tierra, están direccionados al Sitio de Disposición Final de materiales y tierra removida, que para el Proyecto, es Cerros de Renca que queda ubicado en Avda. Américo Vespucio N° 1701, comuna de Quilicura, que cuenta con la Autorización Sanitaria del Seremi de Salud de la Región Metropolitana Resolución Exenta N° 013810 del año 2010.
· Respecto de los residuos sólidos peligrosos, estos podrán ser derivados a Hidronor o Bravo Energy, ambos con autorización para el manejo de este tipo de residuos que se espera generar (aceites y lubricantes usados).
· Tendrá en obra un registro de los talleres autorizados de donde se realizarán las mantenciones de las maquinarias o vehículos utilizados, indicando el tipo de vehículo y función, esto para cada fase del Proyecto.
 
Durante la fase de operación:
 
· Los residuos domiciliarios serán almacenados en contenedores de 260L, reforzados en el interior con bolsas plásticas resistentes, los que serán retirados según frecuencia del servicio de recolección municipal. Se estima que la frecuencia de retiro sea 3 veces por semana.
· Se considera la instalación de contenedores para diferentes tipos de basura para la separación de los residuos reciclables, esto último incluye separación en origen de papel, plástico, metal o aluminio y vidrio. Al respecto, se incluirán los procedimientos que se encuentran detallados en la respuesta a la pregunta 7.2 de la Adenda.
 
Oportunidad: Durante toda las actividades de construcción y operación del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento.
Copia de Resolución Sanitaria del vehículo de transporte y el sitio de disposición final.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.2.

 

8.3. Residuos líquidos.
Impacto asociado.
Generación de residuos líquidos.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Objetivo, descripción y justificación.
Cumplimiento del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Todas las áreas del proyecto.
 
Forma:
 
• Se mantendrá un registro de los retiros de los residuos líquidos provenientes del sistema de baños químicos que se utilizarán hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción.
• Respecto de los residuos líquidos provenientes del lavado de ruedas, se contempla que estos sean retiradas por un camión limpia fosas autorizado, por lo menos una vez cada dos semanas, aguas que deberán ser descargadas en un punto autorizado para ello.
 
Oportunidad: Durante toda las actividades de construcción del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registros de las medidas en el lugar de emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.3

 

8.4. Emisiones atmosféricas
Impacto asociado.
Generación de emisiones atmosféricas.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y Operación.
Objetivo, descripción y justificación.
Cumplimiento del PPDA
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Todas las áreas del proyecto.
 
Forma:
 
A continuación, se adjunta tabla con las medidas que realizará el Titular durante la fase de construcción.
 
Tabla Nº13: Medidas de control de emisiones atmosféricas.
 
Medidaa
Se humectarán, como mínimo dos veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna
Forma de        implementación, Oportunidad
Lugar de
implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Por medio de camión aljibe previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 2 veces
Caminos internos, en uso, en el Área del Proyecto
Mínimo 2 veces al día.
Registro diario de los camiones verificando el número de pasadas al día.
Medida
El transporte de materiales en la fase de construcción, se realizarán con carga cubierta y humedecida con una lona sujeta a la carrocería. Además, se mantendrá una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta.
Forma de            implementación,
Oportunidad
Lugar de implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Durante la todas las tareas de carga de material, en la fase de construcción
La cubierta   será implementada en camiones que cargan material.
Diaria, en
todos   los camiones
El registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras y con los correspondientes permisos de circulación. Además de evidencia fotográfica.
Medida
Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Zona estabilizada y compactada, para disminuir el levantamiento de polvo en el área del Proyecto.
En area del Proyecto
Al comienzo de cada fase del Proyecto, revisión mensual.
Fotografía de terreno de las zonas estabilizadas y compactadas, con fecha. Registro del Inspector Técnico o Ambiental, en el Libro de Obras
Medida
Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo rachel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Instalación de la malla perimetral al inicio de la faena de construcción.
Área del Proyecto
Mantención constante en cada fase.
Fotografía de terreno georreferenciadas y con fecha de la instalación del retenedor de polvo. Además el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras.
Medida
Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales. combustibles.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Señalética       que            indique            la prohibición
Área del Proyecto
Inicial en
cada etapa, mantención constante
Fotografías en terreno de la señalética            que      indique            la prohibición
Medida
Se lavarán las ruedas de los vehículos, previo el abandono de ellos de la zona de faenas.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Porcentaje de vehículos lavados, según número de viajes diarios registrados en el libro de obra.
Área del Proyecto,
zona de salida de camiones.
Diaria
Fotografía de terreno (zona de lavado), o registro del Inspector Técnico de la Obra en el Libro de Obras.
 
Medida
Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de
implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Señalética            que indique la
mantención del aseo.
 
 
Área del Proyecto
Inicial en
cada etapa, mantención constante.
Fotografías de   terreno o el
registro del inspector técnico de la obra en el Libro de obras.
Medida
Al interior de la obra, se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/hr.
Forma de implementación,
Oportunidad
Lugar de
implementación
Frecuencia
Forma de Registro
Señalética que indique la restricción de velocidad máxima.         
Área del Proyecto
Inicial en cada etapa,
mantención constante.
Instalación de señalética ad hoc, acreditadas mediante las
Fotografías. correspondientes.
Fuente: tabla 4 de la Adenda.
 
Oportunidad: Durante toda las actividades de construcción y operación del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registros de las medidas en el lugar de emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.4.

 

8.5. Vialidad
Impacto asociado
Vialidad Adyacente.
Fase del proyecto a la que aplica
Construcción y Operación
Objetivo, descripción y justificación.
Uso de vialidad adyacente.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Calles y caminos de tránsito de vehículos de transporte de carga.
 
Forma:
 
•El Titular reparará la calzada de la Calle Tierra Fértil, lugar por donde se accederá al Proyecto, mediante mantenciones intermedias durante la construcción, consistente en parches.
•Las medidas comprometidas en el EISTU del Proyecto, una vez materializadas serán informadas a la Dirección de Tránsito y Dirección de Aseo, ornato y gestión Ambiental de la I. Municipalidad de Maipú
•Se implementarán señaléticas temporales debidamente reglamentadas como: Señalización precaución de entrada y salida de camiones, señalización para el tránsito de peatones por la acera contraria que enfrenta al Proyecto, señalización temporal de velocidad máxima, señalización de banderero, etc. Durante los horarios de entrada y salida de los escolares pertenecientes a la escuela Reina de Suecia, colegio Alicante y de los pacientes del Centro de Salud Familiar Dr. Luis Ferrada Urzúa, esto con el fin de resguardar la integridad de los peatones que transitan frecuentemente por dicha calle de accidentes que se puedan producir producto del tránsito de camiones.
•El Titular informará a las empresas contratistas y conductores de camiones que deben tener presente los horarios de entrada y salida de alumnos de los colegios aledaños con el fin de transitar con la mayor precaución en la calle Tierra Fértil.
•Durante todas las etapas de la fase de construcción, se contará con un banderillero que ayude en las maniobra de ingreso/egreso de los camiones al área del Proyecto.
De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones en el Ord. N° 4010 de fecha 01 de junio de 2015, el Titular está condicionado a:
 
  1. El Titular se debe comprometer a materializar todas y cada una de las medidas de mitigación y de gestión vial, que han resultado del EISTU “Conjunto Habitacional Parque El Descanso V3”, aprobado a través de Ventanilla Única de esta Secretaría Regional Ministerial, según ORD.SM/SGD/ N° 9125 con fecha 24 de Diciembre del 2014, antes de la recepción final de las obras.
 
  1. Sobre la base de todo lo expuesto anteriormente, se requiere que de haber una RCA sobre el proyecto “El Descanso” se establezca en la redacción de la misma, que la presentación sectorial del EISTU a la SEREMITT-RM sea consistente con la descripción de las partes del proyecto de dicha RCA. Es decir, que corresponda a los mismos proyectos.
 
  1. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, el Titular deberá considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.
 
  1. Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.
 
  1. El titular deberá considerar medidas de mitigación en caso de deterioro de la vialidad por la construcción de los proyectos y circulación de vehículos pesado.
 
  1. El Titular implementará en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen de la obra, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.
 
  1. El Titular cumplirá con Decreto Supremo Nº 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
 
  1. El Titular cumplirá con el Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
 
  1. El Titular ingresará de manera sectorial los desvíos que resulten de la instalación de grúas y que pudieran hacer uso de la vía pública durante la Etapa de Construcción.
 
  1. El Titular evitará la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.), por cuanto se ha constatado que en el horario fuera punta se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y carreteras de la región Metropolitana.
 
  1. El Titular considerará las restricciones horarias que exigen las correspondientes Municipalidades para la circulación de camiones.
 
  1. El Titular respetará las rutas y frecuencias indicadas en tabla N° 6 y 7 de Adenda “El Descanso”.
De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Obras Publicas RM en el Ord. N° SRM MOP RMS 104/2015 (SEA-SEIA-ADENDA) de fecha 03 de agosto de 2015, el Titular está condicionado a:
“el Titular tendrá que efectuar las coordinaciones respectivas con la Inspección Fiscal de Obras (IFO)  correspondiente, y la Unidad de Medio Ambiente de la Coordinación de Concesiones del MOP, en cuanto  al  área del cruce desnivelado El Descanso, antes de la ejecución del Proyecto. Ello de  acuerdo a lo solicitado mediante Ord. SRM RMS N° 028/04.03.15”.
 
Oportunidad: Durante la fase de construcción y operación de la planta.
Indicador que acredite su cumplimiento
Registro de los camiones que entran y salen del proyecto.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.5.

 

8.6 Recurso hídrico
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y Operación
Objetivo, descripción y justificación
Riego del terreno con los efluentes de las aguas lluvias, modificación de canales existentes.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: área del proyecto.
Forma:
De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas en el Ord N°920 de fecha 03 de agosto de 2015, el Titular está condicionado a:
  1. “Que, el Proyecto debe contar con factibilidad de agua potable y alcantarillado, previo al inicio de la Fase de Construcción.
  1. Que, según  declara el Titular en Adenda 1, él no compró los derechos de agua que pertenecían al dueño anterior del predio, siendo este último usuario final de las aguas.
  1. Que, tal como declara el Titular en Adenda 1, una vez construido el Proyecto, respecto de la mantención del sistema de infiltración y con el fin de evitar problemas de funcionamiento del sistema de evacuación de aguas lluvias durante la Fase de Operación, el Titular dejará establecido en el Reglamento de Copropiedad que la mantención de este sistema deberá efectuarse de la siguiente forma:
a)   La limpieza de techos, canaletas y cubetas deberá ser realizada antes de la temporada de lluvias y después de lluvias importantes.
b)    Las cámaras sifones de aguas lluvias deberán ser limpiadas por lo menos una vez cada tres meses.
c)     Revisar estado de rejilla de sumideros y realizar la limpieza a fondo de éstos.
d)   Mantener limpia de hojas las calles o pasajes de forma de evitar el ingreso al sistema de aguas lluvias.
e)   Revisar al menos una vez en período de verano el estado de la cámara decantadora y retirar material acumulado.
Lo anterior, declara el Titular, deberá quedar registrado en el libro de mantenciones que deberá llevar actualizado el administrador, dejando establecida la fecha de cada limpieza/mantención, el nombre y firma del encargado, además de la firma de recepción del administrador.
4.         Que, según declara el Titular en Adenda1, las dimensiones del área de lavado de ruedas de los camiones son 8m de largo por 3m de ancho, la que se distribuirá de la siguiente forma: Contará con una base de 12 m2, cuyo ancho será de 3m y largo 4m. Para el ingreso y salida de los vehículos se contemplan unas pequeñas ramplas para generar la depresión con pendientes 1:4 (V:H), cuya profundidad será de 0,5 m. la columna de agua a contener será de 0,3m lo que genera un volumen de acumulación de 4,68 m3. Con el fin de evitar infiltraciones al suelo, se contempla una base impermeabilizada, con el propósito por una parte que se genere un estancamiento del agua contenida (tipo piscina) y por otra parte evitar la infiltración. Estas aguas serán retiradas por un camión limpia fosas autorizado, por lo menos una vez cada dos semanas, aguas que deberán ser descargadas en un punto autorizado para ello. Se precisa que el Titular deberá llevar un registro de estos retiros y disposición final, en el área del Proyecto.
5.         Que, respecto de las medidas señaladas por el Titular en 1.39 de Adenda 1, en que señala: “Como una medida de mitigación previa a la etapa de construcción se contempla la clausura (o cierre) del marco partidor que entrega agua del derivado hacia las acequias existentes dentro del área de Proyecto. Esto dado que no serán empleadas las aguas provenientes desde los canales de riego para el riego interior de jardines. El riego interior se realizará utilizando agua potable.”,  y además, “Como una medida de mitigación previa a la etapa de construcción se contempla la clausura (o eliminación) de los conectores (2) desde acequias ubicadas al interior del área de Proyecto hacia el colector de aguas lluvias existente por Avenida El Descanso.”; se precisa que el Titular podrá ejecutar dichas acciones u otras similares, sólo después de haber sido aprobado el Proyecto de entubamiento asociado al PAS del Art. 156 de manera sectorial por la DGA RMS.
  1. Que, en razón a que la zona donde se instalará el Proyecto corresponde a un área de acuíferos con Vulnerabilidad Alta a la Contaminación según el Mapa de la Vulnerabilidad de SERNAGEOMIN 2003 y Resumen Ejecutivo Plan Director para la Gestión de los Recursos Hídricos Cuenca del Río Maipo Fase II Actualización del Modelo de Operación del Sistema y Formulación del Plan MOP 2008, se solicita al Titular un Plan de Contingencia que incluya medidas y acciones asociadas a la ocurrencia de accidentes que afecten recursos hídricos. Este documento debe ser entregado al personal de la empresa y contratistas y a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia. En particular, en caso de ocurrencia de un accidente es necesario informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, señalando lo siguiente:
a)  Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales
b) Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación
c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).
  1. Que, debido a que el área de Proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de Proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
  1. Que, en atención a lo señalado por el Titular en DIA y Adendas, respecto de la profundidad de la napa freática y considerando por otra parte, que es posible la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del Proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
a)  Detener las actividades en el frente de trabajo
b) Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio
c)  En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción ( o más de ser necesario)
d)  Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración
e) Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas 
  1. Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del Proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. 
  1. Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los Proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación de la respectiva Municipalidad, previo informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción en cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable, con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales y de esta manera, que el Titular se haga cargo de los posibles efectos adversos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del Proyecto.
  1. Téngase presente que, de realizar modificaciones a cauces naturales o artificiales, con motivo de las construcción de obras, que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población, que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, deben ser aprobadas previamente a su construcción por la Dirección General de Aguas, según lo establecido en sus artículos 41° y 171° del Código de Aguas.
  1. Téngase presente que, las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del presente código, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes del Código de Aguas. (…)
 
Oportunidad: fase de construcción y operación del Proyecto.
Referencia al ICE.
Capítulo X, punto 10.2.6.

 

8.7. Otras consideraciones
Lugar, forma y oportunidad de implementación
El Titular se compromete a comprar áridos sólo a empresas que cuenten con autorización de la DOH o cuenten con RCA.
De acuerdo a lo señalado por el Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago Ord N°1095 de fecha 01 de junio de 2015:
“Responsabilidad por parte del Titular respecto de los lineamientos de la Estrategia Regional de Desarrollo y la compatibilidad territorial, de acuerdo a las atribuciones del Gobierno Regional en la materia, en su relación con las políticas, planes y programas de desarrollo regional (Art. 9 ter Ley 19.300)”.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.7

 
9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
 

9.1. Plan de comunicación y Manejo
Compromiso
Plan de comunicación y Manejo con la comunidad aledaña, que se establecerá durante toda la fase de construcción un punto de información con la duración y horario de las obras. Este anuncio se mantendrá en el acceso del Proyecto, con el fin de facilitar la información a los vecinos y la canalización de sus inquietudes. Será el encargado ambiental o jefe de obra, la persona que se responsabilizará de los posibles reclamos y el desarrollo de medidas correctivas ante los reparos de los vecinos.
Durante la fase de construcción se mantendrá en obra un libro de registro para atender los reclamos de la comunidad, donde se incluirá el procedimiento de atención y respuesta a la comunidad.
El Proyecto contempla la materialización de las aceras peatonales que enfrenta el Proyecto, en calle Tierra Fértil. Esto se encuentra establecido entre las medidas de mitigación que deben ser cumplidas por el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) (Apartado “III. Medidas de Mitigación”, punto 1.b) del Informe de Factibilidad Técnica.
Durante la fase de construcción y frente a posibles daños ambientales provocados por una eventual contingencia, tanto en la propiedad pública y/o privada, se repondrá el entorno afectado.
El Titular generará compromisos voluntarios con diferentes organizaciones comunales, con el fin de que el Proyecto se inserte dentro del desarrollo comunal de forma económica y sustentable, en este sentido se solicita al Titular generar la vinculación con la Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL) de la comuna (Fono 26776451), con el fin de dar curso a la contratación de mano de obra local en las distintas etapas de ejecución del Proyecto.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capitulo X punto 10.1

 
10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
 
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
 

Planes de Contingencias y Emergencias
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción y Operación.
Acciones o medidas a implementar.
En el Anexo B de la Adenda, se presenta el Plan de Emergencia, evacuación y contingencia del Proyecto.
 
En caso de afloramiento de aguas subterráneas durante la fase de construcción del Proyecto, el Titular señala en su respuesta a la pregunta 1.6 de la Adenda Complementaria, que se compromete a dar aviso a la DGA, en un plazo menor a 24 h, acerca del evento registrado. No se almacenarán las aguas afloradas, estas serán reincorporadas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración, previa verificación de su calidad, y en caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción.
 
En caso de derrames accidentales de materiales contaminantes que puedan afectar el cauce, se realizará una limpieza y restitución de las condiciones previas en forma inmediata, para lo cual se procederá de acuerdo al siguiente programa de contingencia:
 
  • Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, para impedir que llegue al otro extremo del entubamiento.
  • De ser necesario se utilizarán barreras absorbentes para cercar y contener el derrame.
  • Uso de material seco absorbente para atraer y capturar inmediatamente los líquidos derramados.
  • Cubrir y cerrar inmediatamente todos los sumideros de aguas de lluvia
  • Una vez controlado el derrame se debe barrer el material absorbente y disponerlo como desecho peligroso.
  • En todo evento se debe informar al encargado de Prevención de Riesgos y al Administrador de la obra para que tomen las medidas administrativas correspondientes, señaladas en los Planes de Emergencia.
  • En caso de un derrame que amenace descargar o descargue en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable se debe informar inmediatamente a carabineros y bomberos.
  • La disposición final de los residuos recuperados y almacenados, se deberá realizar en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente.
 
En la respuesta a la pregunta 4.3 de la Adenda Complementaria, el Titular presenta un Plan de acción ante contingencias por las aguas lluvias que se puedan producir por tormentas que puedan ser alta intensidad y que pueden ocasionar estragos en la red de aguas lluvia, que superen el diseño de las obras de drenaje.
 
En la respuesta a la pregunta 1.38 de la Adenda, el Titular señala que en caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, se presentará un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, ante la autoridad ambiental (Superintedencia del Medio Ambiente) en el plazo indicado.
Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.
Capitulo VII.

 
11. Que, durante el proceso de evaluación hubo una solicitud de participación ciudadana, ingresada al SEA con fecha 16 de marzo de 2015 por los vecinos y vecinas del Barrio Longitudinal de la comuna de Maipú. Al respecto, y por medio de la Resolución Exenta N°0174 del 24 de marzo de 2015, se rechazó la solicitud de realización de proceso de participación ciudadana, considerando que la tipología de ingreso del Proyecto del Titular Inmobiliaria El Descanso S.A, no genera cargas ambientales en las comunidades próximas.
 
12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
 
13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
 
14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
 
15. Que, para que el proyecto “El Descanso” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
 
16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
 
17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
 
18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
 
19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “El Descanso” de Inmobiliaria El Descanso S.A.

2°. Certificar que el proyecto “El Descanso” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
 
3°. Certificar que el proyecto “El Descanso”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 146 y 156 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
 
4°. Certificar que el proyecto “El Descanso”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
 
6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
 
7°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/EAZA/GEV/NFP

Distribución:
  • Patricio Salas
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Maipú
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Expediente del Proyecto "El Descanso"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e8/d8/5ebfd1372c833d2db2c0496675a190858811


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