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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
DE LA II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente favorable el proyecto "Almacenaje y transporte de cal II region de Antofagasta "

Resolución Exenta Nº 0314/2005

Antofagasta, 9 de Diciembre de 2005



VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Almacenaje y Tranporte de Cal II Región de Antofagasta", presentada por el Señor Patrik Lars Bergstrom en representación de Distribuidora Carranza S.A., con fecha 08 de Julio de 2005.

2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio Ordinario N°330361405 de la Dirección Regional de Pesca, II Región de Antofagasta, de fecha 18 de Julio de 2005; Oficio Ordinario Nº654/2005 de la Dirección Regional de la DAG, II Región de Antofagasta, de fecha 25 de Julio de 2005; Oficio Ordinario Nº581/2005 de la SEREMI de Vivienda y Ubanismo, II Región de Antofagasta, de fecha 25 de Julio de 2005; Oficio Ordinario Nº199 de la Dirección Regional de Obras Portuarias, II Región de Antofagasta, de fecha 27 de Julio de 2005; Oficio Ordinario Nº1199/05 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, II Región de Antofagasta, de fecha 01 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº5262/2005 de la Dirección Regional de SERNAGEOMIN, II Región de Antofagasta, de fecha 01 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº1560 de la Dirección Regional de Vialidad, II Región de Antofagasta, de fecha 01 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº12600/174 de la Gobernación Marítima de Antofagasta, de fecha 02 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nª0651 de la SEREMI de Obras Públicas, II Región de Antofagasta, de fecha 02 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº287 de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, de fecha 02 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº512 de la Dirección Regional de la DGA, II Región de Antofagasta, de fecha 03 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº98 de la SEREMI de Salud, II Región de Antofagasta, de fecha 04 de Agosto de 2005; Oficio Ordinario Nº878 de la SEREMI de Obras Públicas, II Región de Antofagasta, de fecha 14 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº921/2005 de la Dirección Regional de la DGA, II Región de Antofagasta, de fecha 17 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº1748/05 de la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, II Región de Antofagasta, de fecha 21 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº136 de la SEREMI de Salud, II Región de Antofagasta, de fecha 24 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº807/2005 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, II Región de Antofagasta, de fecha 27 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº726 de la Dirección Regional del SAG, II Región de Antofagasta, de fecha 25 de Octubre de 2005; Oficio Ordinario Nº406 de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, de fecha 07 de Noviembre de 2005; Oficio Ordinario Nº821 de la Dirección Regional del SAG, II Región de Antofagasta, de fecha 28 de Noviembre de 2005 . El Acta de la Sesión Extraordinaria N°16 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, de fecha 07/12/2005.

3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región de Antofagasta".

4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 520/96, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región de Antofagasta".

2. Que, el derecho de Distribuidora Carranza S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región de Antofagasta" consiste en:

3.1. Ubicación: La bodega del proyecto se localiza en la Comuna y Provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, específicamente en el sector de La Negra s/n de la Ruta 28. Para el transporte desde el puerto de Antofagasta y Puerto de Mejillonea a la Bodega de Almacenamiento.

Sus coordenadas UTM son las siguientes:

Norte

Este

7370937,84

365185,79

7370969,70

365281,75

3.2. Monto de Inversión

US$ 35.089.-

3.3. Vida útil

5 años

3.4.Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Construcción

0

Operación

10

Total

70

3.5. Descripción del proyecto

Este proyecto tiene por objetivo abastecer de Oxido de Calcio al cliente Codelco División Chuquicamata, con el fin de realizar procesos productivos donde se obtenga cobre con una alta concentración y pureza. Dicho producto será trasladado desde Brasil, vía marítima, empacado en maxisacos.

El proyecto contempla las siguientes acciones:

  • Descarga del producto en los sitios habilitados del Puerto de Antofagasta y Mejillones

  • Transporte del Producto hacia las Bodegas Ubicadas en Ruta 28, sector La Negra s/n, Antofagasta, lugar donde se realizará el acopio.

  • Carga de los camiones en las bodegas de la empresa.

  • Transporte del producto hacia Codelco Chile, División Chuquicamata

El proyecto contempla la utilización de las instalaciones que la Empresa de Transportes y Servicios Mercosur y Cía. Ltda mantiene en el sector de La Negra, de la Ruta 28, de la ciudad de Antofagasta, para destinar algunas de sus bodegas al almacenamiento del Oxido de Calcio o Cal Viva Calcinada, llamada comúnmente Cal, producto químico corrosivo, clasificada según la norma chilena oficial NCh 2120/8 Of.89 (Sustancias Corrosivas), la que será despachada posteriormente a Codelco Chile, División Chuquicamata. Para tal efecto se ha celebrado Contrato de Servicios entre Distribuidora Carranza S.A. y esta Empresa.

Al interior de la bodega todo el producto será acopiado y conservado en los mismos maxisacos en que éste arribó, para luego ser vaciado a camiones silo o camiones tolva o camiones planos, de acuerdo a requerimiento del cliente.

El proyecto contempla un acopio promedio superior a las 8.000 (ton), las que serán renovadas periódicamente, conforme se vaya despachando al cliente.

Por las características técnicas del producto y las necesidades del cliente, su tiempo de almacenamiento de cada partida no será superior a 3 meses.

3.5.1.Transporte

El presente proyecto contempla la internación de cal envasada en maxisacos, para su posterior distribución a Codelco Chile, División Chuquicamata. Los puertos de arribo serán Antofagasta y Mejillones.Arribo a Antofagasta

Se han contemplado dos vías de circulación para el traslado del Oxido de Calcio desde el puerto de Antofagasta hasta la bodega de acopio, siendo una de ellas la principal y la segunda una alternativa.

a) .- Vía principal:

  • Av. Grecia; Av. Ejército (hasta rotonda Universidad de Antofagasta)

Vía con una calzada de 7 metros, bidireccional tramo que se extiende entre Acceso al puerto y la rotonda Universidad de Antofagasta, de dos pistas de circulación de 3.5 (m.)c/u, construida en hormigón; se encuentra en buen estado.

  • Ruta 28

Vía con una calzada de 7 metros de ancho, bidireccional y dos pistas de circulación de un ancho de 3.5 (m) c/u, de hormigón y en buen estado; la que se ocupará desde la rotonda Universidad de Antofagasta hasta el sector de La Negra, lugar de ubicación de la bodega de acopio.

b).- Vía Alternativa:

El propósito de considerar esta vía es mantener una alternativa ante la eventual posibilidad de encontrarse cerrado el acceso, en algún tramo o en su totalidad, de la vía considerada como principal para el proyecto.

  • Av. Grecia; calle Balmaceda; Av. Edmundo Pérez Zújovic; Calle Arica; Av. Antonio Rendic; Calle Paraguay hasta el Nudo Uribe; Ruta 5 al Sur hasta intersección con Ruta 28, hasta bajar al sector de La Negra, (Lugar de ubicación de la bodega de acopio.)

Arribo del producto al puerto de Mejillones:

Las vías de circulación que se utilizarán cuando la carga arribe al puerto de Mejillones serán las siguientes:

  • Puerto de Mejillones - Ruta 262 - Ruta 1 - Ruta B-400 - destino La Negra

Hacia Chuquicamata

  • Ruta 5 (hasta Oasis Carmen Alto)
  • Ruta 25 hasta Calama y Chuquicamata

Se utilizará un promedio de 15 camiones planos que rotarán con una frecuencia que en la práctica depende de la celeridad con que la Oficina del Servicio de Aduanas local tramite la documentación pertinente, sin embargo, se estima que la frecuencia aproximada de camiones  entre el puerto de Antofagasta y La Negra será de 5 camiones por hora, hasta completar un total de 200 viajes y una frecuencia de 2 camiones por hora  entre el puerto de Mejillones y La Negra, hasta completar 200 viajes.

 

Se hace presente que la recepción de esta carga no será, en caso alguno, simultánea en ambos puertos.

 

La frecuencia de salida de camiones desde La Negra hacia Chuquicamata es de 8 camiones diarios, en horario desde las 08:00 hasta las 18:00 Hrs, lo que significa que éstos salen desde bodega con un  intervalo de 1,5 Hrs entre ellos.

3.6. Definición de Partes, Acciones y Obras Físicas que Conforman el Proyecto es la siguiente:

3.6.1.Almacenaje:

El proyecto no contempla la construcción de bodegas para ello; sólo se procederá a ocupar las instalaciones de la Empresa de Transportes y Servicios Mercosur y Cía Ltda cuyas bodegas de almacenamiento, todas de estructura metálica , mantienen una capacidad de almacenamiento de 12.000(tons).

La superficie total de la propiedad de la Empresa de Transportes y Servicios Mercosur y Cía. Ltda. es de 18.610 (m), de los cuales 5.294 (m2) corresponden a bodegas.

Con respecto a las características estructurales de la bodega, se puede mencionar que las fundaciones, cimientos y sobrecimientos son de hormigón armado, con un radier de 10(cm) de hormigón, cumpliéndose con lo estipulado en Artículo 5 del párrafo I del Título II del D.S. 594 del Minsal. del 15 Septiembre 1999 y sus modificaciones (D.S. 201-D.O. 05/07/2001)

Las instalaciones cuentan con:

  • Iluminación interior-exterior.

  • Cerco perimetral a lo largo de todo el recinto.

  • Amplias bodegas de estructura metálica.

  • Baños y duchas para el personal

  • Zona de aparcamiento de camiones

  • Acomodaciones para los trabajadores

3.6.2.Almacenamiento del Oxido de Cal en bodega

El producto se mantendrá almacenado siempre en los maxisacos en los que arribó a la bodega, los cuales tienen una capacidad entre los 1.000 y los 2.000 (Kgs) c/u.

Su acopio será de un máximo de tres en alto, utilizando para ello una grúa horquilla, como se detalla más adelante.

3.6.3.Condiciones del Transporte:

El transporte de materiales peligrosos está reglamentado por el Decreto del Ministerio de Transporte Nº 298. Este decreto establece como un máximo de 15 años de antigüedad para los vehículos que transportan este tipo de sustancias, a contar del 1º de octubre de 1998, determinando en su artículo 36º un calendario para ir bajando gradualmente la edad máxima. Además prohibe el uso de vehículos hechizos para este tipo de transporte.

3.6.4.Tipo de camiones a utilizar:

De acuerdo a la granulometría del producto y a las necesidades de los clientes, éste será transportado a sus destinos en camiones tolva o en camiones silo o en camiones planos

Distribuidora Carranza S.A. no cuenta con camiones propios de ningún tipo, razón por la cual para el transporte de la cal se contratarán los servicios de empresas externas, exigiéndose a éstas el cabal cumplimiento de lo establecido en el Decreto Nº 298 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y de las mantenciones técnicas establecidas por los fabricantes de estos equipos.

Además lo anterior, los camiones estarán equipados con los siguientes elementos de seguridad:

  • Dos (2) extintores de polvo químico seco, de 10 Kgs. C/u

  • Dos (2) conos de goma

  • Cinta de peligro

  • Una (1) pala

  • Una bolsa o maxibag impermeable

  • Dos (2) cuñas de madera

  • Dos (2) triángulos reflectantes

En atención al tipo de carga a transportar y a su clasificación según Norma chilena, a las empresas contratistas Distribuidora Carranza S.A. exigirá que sus conductores acrediten un curso Manejo a la Defensiva y/o el curso I.N.I.V.I.P., relatado por Carabineros de Chile. Así también serán exigidos chequeos y revisiones técnicas de los equipos. Se aplicará también el uso de formulario "check list" a cada camión, por lo menos una vez al mes.

A continuación se entrega la descripción de los camiones a utilizar:

Camiones Silo:

Capacidad

31 ton.

Dimensiones

Largo Total: 11.49 m

Ancho Total: 2.50 m

Altura Total: 4.10 m

Tara Estimada

8.300 Kgs.

Volumen útil

31.00 m3

Camiones Tolva:

Capacidad

20 ton

Dimensiones

Largo Externo : 8.070 m

Interno : 7.500 m

Ancho Externo : 2.60 m

Interno : 2.47 m

Altura Total: 2.85 m

Tara Estimada

7.700 kg.

Volumen útil

20.00 m3

Camiones Planos :

Capacidad

30 ton

Tara

12.000 y 14.000 Kg

Largo

12,50 m

Ancho

2,4 m

3.6.5.Procedimiento de carga y transporte:

El Oxido de Calcio es trasladado desde su puerto de origen en maxi sacos de una capacidad entre los 1.000 y los 2.000 Kgs. c/u. Dependiendo de las condiciones de embarque del producto, éste puede llegar en contenedores o en maxi sacos independientes, en bodegas de la nave que lo transporte.

Desde su arribo al puerto y dependiendo de la forma en que ha sido transportada la carga, señalada en el párrafo anterior, su traslado hasta la bodega de acopio se efectuará siguiendo el siguiente procedimiento:

a) Traslado en maxi sacos:

El transporte de los maxisacos, desde el puerto hasta las bodegas, se efectuará sobre la plataforma de camiones planos, siguiendo la normativa establecida en el D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en especial, lo señalado en sus Art. 7º y 8º, respecto de la obligatoriedad de rotular y amarrar la carga.

b) Traslado en contenedores:

Cuando la carga arribe al puerto en contenedores, al puerto de Antofagasta o al de Mejillones, éstos serán transportados hasta las bodegas de acopio en camiones planos, siguiendo para ello la Normativa impuesta por el D.S. Nª 298/94, en especial, su Art 8º.

3.6.6.Procedimiento de descarga de maxi sacos

Al arribar el camión a la bodega de Transportes y Servicios Mercosur y Cía. Ltda., el conductor procederá a entregar a Control de Ingreso la guía de despacho con que la carga salió de los recintos portuarios; una vez efectuado este trámite administrativo, dirigirá su vehículo hasta la bodega, a la que ingresará, acercándose hasta el lugar de descarga y acopio de sacos, procediendo a detener su motor, accionando el freno de mano, luego de lo cual hará abandono del vehículo y de la bodega, hasta recibir la autorización para retirar el camión vacío.

Una vez que el conductor del camión lo dejó frenado y se ha retirado de la bodega, se procederá a desamarrar la carga, función que será cumplida por personal de bodega, debidamente equipado.

Desamarrada la carga y retiradas las sogas, se procederá a descargar el camión mediante una grúa horquilla, con cuyas uñas tomarán cada saco hasta depositarlo en el lugar de acopio, en el piso de la bodega o sobre el otro maxisaco, hasta un máximo de tres en alto.

Terminada la descarga del producto se autorizará a su conductor a abordar su vehículo, procediendo a ubicarlo en el sector interior destinado a limpieza, donde será barrido, incluyendo plataforma y llantas, procediendo luego a embarcar las sogas de las amarras.

Terminada la limpieza, el supervisor a cargo de la faena autorizará al conductor a retirar su vehículo desde la bodega.

3.6.7.Procedimiento de desconsolidado de contenedores

Al arribar el camión a la bodega de Transportes y Servicios Mercosur y Cía Ltda., el conductor procederá a entregar a Control de Ingreso la guía de despacho con que la carga salió de los recintos portuarios; una vez efectuado este trámite administrativo dirigirá su vehículo hasta el lugar de desconsolidado de contenedores, lugar especialmente adaptado por la empresa para esta operación, el cual consiste en una plataforma instalada a la misma altura de la plataforma del camión. A ella el camión se acerca retrocediendo y con las puertas del contenedor previamente abiertas, dirigido en esta maniobra por una persona de bodega. Ya instalado, el conductor deberá frenar su vehículo, detener el motor, haciendo abandono de su camión y del sector.

La grúa horquilla comienza a retirar los maxi sacos uno a uno, acopiándolos en la bodega de almacenaje, con una altura de hasta tres de ellos.

Terminado el desconsolidado, el supervisor autorizará al conductor a abordar su vehículo para hacer abandono del recinto.

Para descargar, ya sea que la carga arribó en maxi sacos o en contenedores, sólo podrá ingresar al sector de bodega un camión, debiendo el siguiente, esperar su turno, el que será autorizado por el supervisor a cargo de la faena, o por quien éste determine.

3.6.8.Procedimiento de despacho de carga hacia clientes

De acuerdo a las necesidades del cliente, la Empresa deberá despachar la carga utilizando camiones tolva y/o camiones silo, en cada uno de los cuales su forma de carguío es distinta y se describe a continuación:

  • Despacho en camiones tolva

La carga a despachar en este tipo de camiones corresponde al producto almacenado en bodega, cuya granulometría oscila entre los 6 y 19 (mm.), que arribó y se ha mantenido almacenada en maxisacos.

El procedimiento a emplear en su despacho al cliente será el siguiente:

  1. Previa autorización por el supervisor a cargo de la faena, un camión tolva hará ingreso a la bodega, procediendo a tomar ubicación para su carguío, luego de lo cual, su conductor lo frenará y se retirará de ella.
  2. La grúa horquilla tomará el maxisaco por sus asas, utilizando sus uñas y se acercará al camión, procediendo a mantenerlo izado sobre la tolva, donde un trabajador desamarrará o cortará las ataduras de la base del maxisaco, utilizando cuchillo para ello, permitiendo así que el contenido del saco se vacíe dentro de la tolva. Para todos los trabajadores que operan en bodega es obligatorio el uso de los elementos de seguridad.
  3. Terminada la estiba del camión y chequeada conforme por el supervisor, éste autorizará al conductor a ingresar a bodega y abordar su vehículo, para retirarlo y dirigirse hasta el lugar de encarpado.
  4. Terminada la labor de encarpado, se procederá al amarre de la carpa, siendo el supervisor el encargado de verificar esta condición, procediendo luego a otorgar la guía de despacho, autorizando con ello su salida hasta el sector de limpieza, donde se barrerán sus ruedas y llantas.
  5. Inspeccionado el vehículo por el supervisor, se autorizará su traslado hasta portería, donde se controlará la guía de despacho y otorgará la autorización para la salida de planta.
  6. El material de confección de las carpas utilizadas por los camiones es Fibra Sintética o PVC, lo que las hace impermeables. Su procedimiento de instalación y uso sobre camiones consiste en que en la parte frontal, trasera y a los costados de ella, ésta sobresale 50 cm. del borde superior de la tolva; es amarrada hacia abajo, luego de lo cual es amarrada en forma horizontal por todo el contorno del equipo.
  7. El flujo promedio de camiones tolva es de 8 camiones de 28 tons. c/u por día, 7 días a la semana.

  • Despacho en camiones silo

Según necesidad del cliente, la carga ingresada a planta en maxisacos deberá despacharse en camiones silo, de sellado hermético, carguío por gravedad y descarga por sistema neumático. Para esta operación se procederá de la siguiente manera:

  1. El supervisor autorizará al conductor del camión a ingresar a bodega, quien ubicará su equipo según instrucciones, dejándolo estacionado y frenado, haciendo abandono de éste y de la bodega.
  2. Personal de bodega subirá a la plataforma del camión, accionando sus barandillas y procediendo, luego, a abrir sus escotillas, luego de lo cual procederán a instalar el "mini chute" (especie de embudo metálico) en una de ellas o en dos, simultáneamente.
  3. La grúa horquilla procederá a levantar un maxisaco, utilizando para ello sus uñas y lo transportará hasta el mini chute.
  4. Estando en esta posición, un operador procederá a desamarrar o cortar las ataduras de la base del maxisaco, utilizando cuchillo, permitiendo con ello que la carga caiga dentro del mini chute, deslizándose luego la carga hasta el interior del silo. Este procedimiento de carga a través de las escotillas del camión silo se efectuará alternadamente en cada una de las cuatro existentes en cada camión, o de dos en dos, en forma simultánea.
  5. Terminado el llenado de los silos a través de sus escotillas, se procederá a cerrarlas herméticamente.
  6. Verificada esta condición, el supervisor autorizará al conductor a abordar su camión y dirigirse al lugar de limpieza

El flujo promedio de camiones silo que contempla el proyecto es de 6 camiones de 28 tons c/u por día, 7 días de la semana.

  •  Despacho en camiones planos

En ocasiones y de acuerdo a requerimiento del cliente, el producto se despachará en maxisacos, mismos en que arribó la carga al país. Para este caso, los maxisacos depositados en la bodega de acopio serán estibados en camiones planos, siguiendo el procedimiento que se describe:

  1. El supervisor autorizará al conductor del camión a ingresar a bodega, quien ubicará su equipo según instrucciones, dejándolo estacionado y frenado, haciendo abandono de éste y de la bodega.

  2. Una grúa horquilla tomará cada maxisaco por sus asas y lo pondrá sobre la plataforma del camión, estibándolo en forma conveniente y segura.

  3. Terminado el carguío del camión se procederá a amarrar cada maxisaco por medio de sogas, fajas de perlón u otro dispositivo, de forma que se evite el desplazamiento riesgoso de ellos, según lo estipulado en el inciso primero del capitulo 8º del D.S. Nº 298/94, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  4. El supervisor autorizará el reingreso del conductor del camión y en conjunto verificarán las condiciones de amarre de la carga. Una vez verificado esto, se autorizará al conductor a mover su vehículo para continuar con el trámite administrativo del despacho de la carga.

Se deja constancia que todo el personal involucrado en las distintas operaciones, desde la recepción hasta el despacho del producto al cliente, en cualquiera de sus etapas y formas, estará equipado con el siguiente equipo de protección personal:

  1. Crema protectora, aplicada al cuello, puños , tobillos, cintura y manos

  2. Antiparras

  3. Mascarilla respiratoria con filtros para polvos químicos, de alta eficiencia.

  4. Buzo de género, papel o algodón, con capucha, cuyo pantalón descienda por sobre el calzado de seguridad.

  5. Camisa manga larga con mangas de exudación, abotonada en el cuello.

  6. Guantes de goma o PVC

  7. Calzado de seguridad o botas de goma con puntera de acero

En cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Nº 198 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que señala que " Los vehículos destinados al transporte de sustancias peligrosas deberán contar con un sistema de radio comunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional", los camiones a utilizar para el transporte en nuestro proyecto, cualquiera sea su tipo, estarán equipados con este último aparato.

3.7.Antecedentes de la sustancia a almacenar y transportar:

Características del Producto

Nombre químico : OXIDO DE CALCIO Sinónimos

: CAL

: CAL VIVA

: CALIZA

: OXIDO CALCICO Fórmula Química : CaO

Mayores antecedentes se encuentran en la página 16 y 17 de la DIA.

Cantidad de Sustancia a Transportar

El proyecto contempla almacenar y transportar en promedio 8.000 (ton/mensuales)

Granulometría del producto

La sustancia se transportara en forma de piedra cuya Granulometría oscila entre los 6 a 19 (mm). Para la granulometría mayor, el transporte se realizará en camiones tolva y/o en camiones planos y para la menor, en camiones silo.

Antecedentes del tipo y características de embalajes a utilizar:

El Oxido de Calcio será recibido y almacenado en maxisacos de polietileno reforzado, de una capacidad de carga que varía entre los 1.000 y los 2.000 (Kgs).

Las características de estos contenedores son las siguientes:

  • Poseen asas firmemente cosidas en cada uno de los lados, para ser levantados con grúas horquillas

  • Poseen costuras reforzadas que permiten la carga de sustancias de baja granulometría

Rotulación:La norma chilena NCh 2190. Of 93 regula la rotulación a utilizarse durante las etapas de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza de los vehículos y/o contenedores en que el producto sea transportado, señalando, además, que ésta debe ser claramente legible desde cualquiera de las direcciones en que se observe el vehículo o contenedor.La etiqueta y rótulo para la clase 8, sustancias corrosivas, es la que se señala en la figura Nº 1 de la DIA.

3.8.Otros Antecedentes

3.8.1.Plan de Prevención de Riesgos

Medidas de prevención en planta

La primera medida de prevención que ha adoptado la Empresa ha consistido en establecer un programa de capacitación de su personal de planta respecto de Primeros Auxilios, Prevención y Combate de Incendios, Riesgos en el manejo de Oxido de Calcio, entre otros, los cuales serán impartidos por el prevencionista del titular del proyecto, por su Organismo Administrador de la Ley 16.744 y/o a través de la franquicia Sence.

  • Medidas de prevención de accidentes en planta

Incendios : Aún cuando la cal no es inflamable, ésta puede reaccionar con el agua y la humedad, generando gran cantidad de calor, suficiente para encender madera y otros materiales combustibles cercanos.

Con el objeto de evitar el contacto del producto con la humedad, se ha determinado la inspección de techos y paredes de las bodegas, encontrándose sin observaciones y en perfecto estado. Esta medida se ha adoptado aún considerando la escasa pluviometría de la zona.

  • Protección contra incendios

Se ha determinado la instalación de 4 extintores de polvo químico seco y/o CO2, de 10 (Kgs). c/u. en el interior de la bodega de carguío de producto hacia el cliente y 4 de igual capacidad y características en la bodega de acopio, todos los cuales serán ubicados adecuadamente, en base a normas establecidas.

El agente extintor cumplirá con lo establecido en el D.S. Nº 369/96 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  • Otras medidas de control

La Empresa almacenará en el sector, sólo cal viva, no existiendo, por tanto, el riesgo de incendiar algún otro producto, ante la eventualidad de entrar en contacto con humedad.

  • Preservación de la salud

Aún cuando la concentración ambiental del Oxido de Calcio se mantendrá por debajo del límite permisible ponderado, equivalente a 1,6 (mg/m3), el personal que trabaje directamente con cal viva adoptará las siguientes medidas preventivas:

Uso de protección personal obligatoria, consistente en:

  1. Crema protectora, aplicada al cuello, puños , tobillos, cintura y manos

  2. Antiparras

  3. Mascarilla respiratoria con filtros para polvos químicos, de alta eficiencia.

  4. Buzo de género, papel o algodón, con capucha, cuyo pantalón descienda por sobre el calzado de seguridad.

  5. Camisa manga larga con mangas de exudación, abotonada en el cuello.

  6. Guantes de goma o PVC

  7. Calzado de seguridad o botas de goma con puntera de acero

El personal a cargo de toda esta faena utilizará los implementos de protección personal ya citados anteriormente, con los cuales contará todo el personal involucrado en la operación.

La ropa que se utilice no debe ser ceñida al cuello, puños, cintura y tobillo ya que el roce resultante con la cal puede causar irritaciones a la piel.

Los trabajadores, al término de sus respectivos turnos deberán ducharse con abundante agua y jabón, dejando su ropa de trabajo en sus casilleros, previa limpieza.

La Empresa ha dispuesto la instalación de lavaojos en lugares contiguos a las bodegas, a objeto de prevenir irritaciones de éstos por contacto con el producto almacenado.

3.8.2.Plan de Contingencias

Ante cualquiera de las contingencias que a continuación se detallan, se considerará el siguiente organigrama ejecutivo:

Gerente General

Patrik Bergström G.

Coordinador General

(09) 2306699

Jefe de Proyecto

Patricio Gómez M.

Dirige las acciones para el control de la emergencia

(09) 2321156

Prevencionista

Hugo Valdés T.

Asesora al Jefe del Proyecto y al Supervisor para el control de la emergencia.

(09) 8304827

Encargado Proyecto en Terreno

Luis Pérez G.

Informa de la emergencia a las autoridades y colabora en la emergencia

(55) 262710

Encargado Proyecto en bodega

Eugenio Pérez D.

Evacúa personal de bodegas y colabora con el Jefe de Proyecto

(55) 492293

ACCIDENTES EN BODEGA

Contacto del producto con el trabajador:

  1. Contacto con los ojos y/o con la piel : Remover la ropa y lavar las áreas afectadas con agua en abundancia, debiendo luego, ser evaluado por un médico.

  2. Inhalación : La nariz y garganta deben ser enjuagados con agua, vigorosamente, por a lo menos 20 minutos, debiendo luego, ser evaluado por un médico.

  3. Ingestión : No inducir al vómito, enjuagar la boca con abundante agua, debiendo ser atendido, a la brevedad, por un médico.

Accidentes por caídas, atropellamiento y otros

  1. Ante accidentes por caídas, atropellamientos y otros, donde uno o más trabajadores resultaren lesionados, la Empresa actuará de acuerdo a lo establecido en los planes de emergencia internos preparados por el Asesor en Prevención de Riesgos, el que contemplará, entre otros, la preparación del personal en primeros auxilios, rescate y traslado de lesionados por parte de la mutualidad correspondiente, cuyo procedimiento se iniciará con el llamado de ambulancia por parte del supervisor a cargo de las operaciones de la empresa.

Ante una contingencia de este tipo, se procederá de acuerdo a lo siguiente:

En el concepto de Primeros Auxilios se define como "la atención inmediata y temporal proporcionada a las víctimas de un accidente o una enfermedad súbita, en el lugar mismo del hecho" y ante la eventualidad de un lesionado, producto de un accidente, se procederá a practicar Primeros Auxilios de la siguiente forma:

  1. El trabajador más sereno procederá a evaluar la situación; para ello verificará tipo de lesión de la que se trata. Constatará si el lesionado respira, observando si se mueve su caja toráxica. Si es negativo, procederá a insuflar aire, utilizando las técnicas de la respiración boca a boca.

  2. Luego de la respiración, procederá a verificar el pulso, lo cual podrá constatar mediante la reacción pupilar o tocando la carótida. Si la respuesta es negativa, se procederá a realizar masaje cardíaco, utilizando las técnicas de la resucitación cardiorrespiratoria.

  3. Se verificará si hay hemorragias, procediendo a su control en caso de respuesta positiva, aplicando las técnicas de control de hemorragias como lo son la aplicación de apósito y compresión local y otras.

  4. Se verificará si hay fracturas, procediendo a su inmovilización mediante tablillas y vendajes.

  5. Paralelamente con los pasos anteriores, el supervisor o el encargado de la portería llamará a la mutualidad correspondiente, en procura de atención especializada y su posterior traslado a su centro asistencial.

Incendios en Bodega

Aún cuando la cal viva es considerada como no inflamable, en contacto con el agua reacciona produciendo grandes cantidades de calor. Como medidas de prevención de incendios se han adoptado las siguientes:

Se ha determinado la instalación de 8 extintores de 10 (Kgs.) c/u , de polvo químico seco y/o CO2, lo que serán ubicados adecuadamente, de acuerdo a normas establecidas y bien señalizados.

Los extintores de incendio se utilizarán sólo para atacar incendios incipientes, para cuyo uso el personal será instruido y entrenado por la Administradora de la Ley 16.744.; para incendios de mayor magnitud se deberá contar con el apoyo de bomberos, quienes deberán operar provistos de equipos de respiración autónoma. En este caso, el personal de la Empresa procederá a evacuar el área.

Todo el sistema de evacuación de las bodegas, como la formación de la brigada contra incendios y el entrenamiento de su personal estará contemplado en los programas que preparará y llevará a efecto el Prevencionista de la Empresa.

El procedimiento a emplear ante el descubrimiento de un incendio, por parte del personal de la empresa se encuentra en las páginas 23 y 24 de la DIA

Explosiones en Bodega

La cal viva, al tomar contacto con la humedad, aumentando su volumen 2,5 veces, se transformará en cal hidratada, liberando una importante cantidad de calor y generando posiblemente vapor, por lo que, si grandes cantidades de cal viva tienen contacto directo, inmediato y sin control con líquidos (aguas, vapores, ácidos) podría llegar a estallar el recipiente o envase que la contiene.

En cuanto a las propiedades físicas de la cal, ésta es estable a temperatura ambiente en contenedores cerrados; sin embargo, ante la eventualidad de una explosión, que en nuestro caso tiene una probabilidad de ocurrencia muy baja, se adoptarán las medidas preventivas que se señalan en las páginas 24, 25, 26, 27 y 28 de la DIA, además se encuentra complementado en la Adenda N°1 de la DIA

En la Adenda N°2 se encuentra la matriz del plan de contigencias.

Una vez controlada la emergencia se enviara a la COREMA II Región un informe al respecto´, señalando las medidas adoptadas, daños producidos, etc, todo apoyado por registro fotográfico

3.9.Capacitación

El presente proyecto contempla la capacitación de los conductores, personal de bodegas y equipos de emergencia en los siguientes tópicos:

  1. Primeros Auxilios

  2. Manejo de Sustancias Peligrosas

  3. Manejo a la Defensiva

  4. Legislación y Normativas competentes al desarrollo del proyecto.

  5. Protocolo Derrames Producto

La empresa establecerá una serie de charlas expositivas a los Cuerpos de Bomberos, carabineros y otros servicios de Emergencia con ingerencia en la respuesta de incidentes con este tipo de sustancia, de las comunas involucradas, en las cuales se instruirá respecto del alcance del proyecto, de las medidas preventivas y acerca de la forma de actuar frente a alguna emergencia.

La periodicidad mínima de las capacitaciones será una vez al año, siendo obligatoria cada vez que personal nuevo ingrese a trabajar en las bodegas o en el transporte. Responsable de la capacitación será la empresa Distribuidora Carranza S.A. y/o de la Empresa de servicios de almacenaje y trasvasije del producto, pudiendo encargar ésta a entidades capacitadoras reconocidas por Sence.

3.10.Principales descargas, emisiones y residuos del proyecto.

a. Emisiones atmosféricas

Durante el desarrollo del proyecto se consideran las etapas de almacenaje, carguío de camiones y transporte. En la primera etapa, el producto ingresado a las bodegas está contenido en maxisacos, siendo acopiados en ella. En la etapa de carguío de los camiones, se vaciará el producto desde los maxisacos hacia los camiones tolva y/o silo, según necesidad del cliente . En el caso de carguío de camiones silo, las emisiones producidas se minimizarán a través de la utilización de un mini-chute instalado sobre estructura metálica, conectado a la escotilla de carga del silo y sobre el cual se vacía el contenido del maxisaco. Durante la etapa de carguío de camiones tolva, la emisión de partículas a la atmósfera será mínima, dada la granulometría del producto, sin embargo, como medida de mitigación, esta operación de efectuará en bodega cerrada.

Durante la etapa de transporte en camiones silo no existirán emisiones ya que las características de ellos así lo determina. Durante el transporte en camiones tolva no se producirán emisiones ya que la carga transita debidamente cubierta, en cumplimiento del D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Durante el transporte en camiones planos no se producirán emisiones por cuanto el producto transita en maxi sacos, debidamente estibados y amarrados, de acuerdo al D.S. Nº 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

En cuanto a los residuos, éstos serán básicamente de carácter orgánico, siendo retirados por la empresa y llevadas a lugares de recolección autorizados.

b. Efluentes líquidos

El proceso de acopio de cal y carguío de camiones, en ninguna de sus fases contempla el empleo de agua ni la producción de residuos líquidos. El único efluente líquido de la operación será el de la cocina, baño y camarines del personal.

Es necesario señalar que en ninguna de las etapas del proyecto se considera el lavado de maxisacos o recipientes, por lo tanto, no hay efluentes líquidos o aguas de proceso

c.Residuos sólidos

En cuanto a los residuos sólidos en la etapa de operación, se producirán dos tipos:

a. Residuos sólidos consistentes en los maxisacos que transportan el óxido de cal, de los cuales, los envases reutilizables serán acopiados en un contenedor para ser enviados de vuelta al país de origen y los desechables serán enviados a empresas autorizadas, para su neutralización y eliminación.

Composición: (sacos plásticos) Maxisacos

Peligrosidad: No tiene

Cantidad de residuo estimado : 3.500 maxisacos

El tiempo de permanencia de los maxisacos en el interior del contenedor se estima en 60 días y este tipo de residuo será generado por toda la duración del proyecto (5 años) El lugar de manejo será en el sector Norte de la bodega ; no se generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El mantener los maxisacos al interior de un contenedor hasta su despacho final permite asegurar que no se presenta riesgo para la salud de la población.

b.Residuos orgánicos prevenientes de oficina, casino y baños. Estos serán retirados por empresa autorizada para tales efectos y llevados a vertederos autorizados.

d.Ruido

El proyecto no generará ruidos de importancia en el entorno, ya que la principal fuente de emisión de ruido está asociada al ingreso de los camiones a bodega, sin embargo, se debe tener presente que cada vez que el vehículo se estacione en el interior de la bodega asignada, deberá mantener su motor apagado.

Finalmente, otra fuente menor debe ser considerada la grúa horquilla, no siendo ésta perceptible. El sector donde se ubican las bodegas de la empresa es Zona Industrial y no existen centros poblacionales en sus cercanías; por lo tanto, no se afectará el entorno o población humana.

En el área donde se realizará el proyecto es Zona ZI y no existe fauna nativa asociada a nidificación, reproducción o alimentación.

e. Formas de energía

El proyecto no contempla la generación, en ninguna de sus etapas, de formas de energía, radiación o vibraciones que representen una molestia o peligro para la población, los trabajadores y medio ambiente, incluido el suelo, el agua y el aire.

Efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto o actividad

De acuerdo a lo anteriormente mencionado, el proyecto no emitirá ni generará en ninguna de las etapas emisiones ni residuos que presenten característica de peligrosidad y cuya combinación e interacción pueda afectar la salud de los trabajadores y pobladores aledaños.

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región" cumple con:

4.1.Resolución : Nº 1.215

Publicación : 22 de Junio de 1978

Ministerio : de Salud

Materia

Establece las normas primarias de calidad del aire para todo el territorio del país para las partículas en suspensión (PTS), el anhídrido sulfuroso (S02), el monóxido de carbono (CO), los oxidantes fotoquímicos expresados como ozono (O3) y el dióxido de nitrógeno (NO2).

4.2.La Resolución 1.215 establece una concentración máxima (media geométrica anual) de setenta y cinco microgramos por metro cúbico (75 ug/Nm3) o doscientos sesenta microgramos por metro cúbico (260 ug/Nm2) como concentración media aritmética de 24 horas consecutivas.

Dispone que el almacenamiento de material fragmentado o particulado deberá efectuarse en sitios adecuadamente cerrados o en otro sistema de control de la contaminación del aire. Cabe destacar, que estas exigencias se aplican sólo en aquellos casos en que el área se encuentre saturada y en situaciones que creen un problema puntual.

Relación con el Proyecto:

Fiscalización

Servicio Salud

Operación

No hay emisiones.

4.3.Norma : Decreto Supremo 144

Publicación : 2 de Mayo, 1961

Ministerio : de Salud

Materia

Este decreto regula la emisión de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo. Dispone que estos deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario.

Relación con el Proyecto

Fiscalización

Servicio Salud

Operación

No hay emisiones.

4.4.Norma : D.S. 236, Reglamento de Alcantarillados Particulares.

Publicación : 20 de Abril, 1926

Ministerio : de Salud

Materia

El citado reglamento señala que para disponer las aguas servidas caseras en algún cuerpo o curso de agua, será menester someterlas previamente a un tratamiento de depuración que permita obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible y su contaminación bacteriana debe ser inferior a 1.000 coliformes fecales por 100 ml. además establece que cuando la descarga del efluente se efectúe en un curso o masa de agua que se utilice como efluente de agua potable, la autoridad sanitaria podrá limitar el contenido de coliformes fecales de modo de asegurar la calidad de dicha fuente.

Relación con el Proyecto

Por las características de las instalaciones de la empresa Transportes Mercosur y Cía. Ltda. en el sector de la Negra, las aguas servidas domésticas serán dispuestas en fosa séptica o sisterna y mensualmente, a través de empresa autorizada se hará su limpieza.

4.5.Resolución N°1001/1997 del Servicio de Salud de Antofagasta, actual SEREMI de Salud, la cual establece la obligatoriedad de notificar los accidentes donde se vean involucradas sustancias químicas. 

Norma:  Establece Obligatoriedad de Informar al Servicio de Salud Antofagasta Accidentes por Derrames de Productos Químicos

Fiscalización:   Seremi de Salud

Relación con el proyecto: En atención a que el proyecto consiste en el almacenamiento y transporte de Oxido de Calcio, producto clasificado como IMO 8, corrosivo, el Servicio de Salud, actual Seremi de Salud Antofagasta necesita contar con la información oportuna de todo derrame u otra clase de accidente con este tipo de producto, con el objeto de adoptar las medidas de control oportunas para proteger la salud de la población.  Dicha Resolución  establece a las personas naturales y jurídicas que manejen productos químicos, de la II Región, la obligatoriedad de comunicar al Servicio de Salud de Antofagasta , dentro de las 24 horas posteriores de ocurrido, todo derrame u otro tipo de accidentes en los cuales estén involucradas sustancias químicas, que ocurran tanto al interior de las instalaciones o predios industriales, como al exterior, o durante el transporte desde y hacia la industria, de materias primas o productos peligrosos.

Cuando los accidentes afecten a cursos o masas de agua que se utilicen aguas abajo para bebida, riego, recreación y/o acuicultura, la comunicación deberá realizarse en forma inmediata y por la vía más rápida y expedita posible.

4.6.Norma:  Ordenanza del Medio Ambiente y Sobre Salubridad Publica  Titulo VII, del Tránsito y Estacionamiento de Vehículos en General, de Carga o Locomoción Colectiva, en particular, de la I. Municipalidad de Mejillones, Programa del Medio Ambiente, Dirección de Obras Municipales, publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2004

Fiscalización:  Carabineros de Chile e Inspectores Municipales

Relación con el proyecto:  Desde el puerto de Mejillones saldrán hacia Antofagasta camiones cargados con contenedores en cuyo interior se han almacenado maxi bags con Oxido de Calcio, producto que desde las bodegas ubicadas en el sector de La Negra, en dicha ciudad, será despachado hacia distintos clientes.

Cumplimiento:

Distribuidora Carranza S.A. toma debido conocimiento de esta Ordenanza y se compromete a instruir a los conductores de los camiones encargados del movimiento de esta carga, a objeto de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en ella.

4.7.Norma:  Resolución Exenta Nº 212 / 2003 : Dejase sin efecto Resoluciones Nº  42 / 02 y Nº 175 / 02 exentas y establece prohibición de circular por vías que indica de vehículos que transporten sustancias peligrosas

Fiscalización:  Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Relación con el proyecto:  El Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, a través de la Resolución Exenta Nº 212 / 2003 fechada en Antofagasta el 30 de julio de 2003 deja sin efecto las Resoluciones Exentas Nº 042 / 02 y 175 / 02 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la II región publicadas en el Diario Oficial del 25 de febrero de 2002 y 2 de julio de 2002, respectivamente y establece que prohíbe el ingreso a la ciudad de Antofagasta de vehículos cargados con sustancias peligrosas por la Ruta 26 y Avda. Salvador Allende. Prohíbese el ingreso a la ciudad de Antofagasta de los vehículos que transporten sustancias peligrosas, cargados o vacíos, cuyo destino final no sea la ciudad de Antofagasta, autorizándose las siguientes rutas alternativas:

Sur a Norte:  Ruta 5 - 2013 Ruta B 400 - 2013 Ruta 1

Norte a Sur:  Ruta 1 - 2013 Ruta B 400 - 2013 Ruta

Cumplimiento:

Distribuidora Carranza S.A. se compromete en dar cabal cumplimiento a esta Resolución Exenta Nº 212 / 2003 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

4.8.Norma :  D.S. 75 / 1987, "Establece condiciones para el transporte de carga que indica" del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fiscalización:  Carabineros de Chile y Fiscalizadores Municipales

Relación con el proyecto:   Artículo 2: Los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo estarán construidos de forma que ello no escurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. Deberá efectuarse siempre cubriendo total o eficazmente los materiales con lona o plásticos de dimensión adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.

Se deberá señalar en forma detallada el tipo de material a transportar y el sistema que se implementará para cubrir totalmente la carga, identificando el material utilizado para ello y sistema para fijar la cubierta de los camiones. Cualquier otro sistema destinado a impedir la dispersión de polvo a la atmósfera deberá ser descrito detalladamente, señalando la forma en que se implementará

Cumplimiento:  remitirse a lo señalado en el punto 2.3.2.5 Procedimiento de Despacho de Carga hacia Clientes, Despacho en Camión Tolva, especialmente puntos c; d y f,  de la Declaración de Impacto Ambiental.

 

RESUELVE:

1 . CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal II Región", de Distribuidora Carranza S.A.

2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Almacenaje y Transporte de Cal" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo Nº94 del RSEIA.

3. El titular deberá tener presente que cualquier modificación que desee efectuar al proyecto original aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente IIa Región de Antofagasta, tendrá que ser informada previamente a esta Comisión, sin perjuicio de su obligación de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

4. Por otra parte, la Comisión Regional del Medio Ambiente, COREMA, IIa Región de Antofagasta, requerirá monitoreos, análisis, mediciones, modificaciones a los planes de contingencias o cualquier modificación adicional destinada a corregir situaciones no previstas y/o contingencias ambientales, cuando así lo amerite. A su vez, el titular del proyecto podrá solicitar a la Comisión Regional del Medio Ambiente, COREMA, IIa Región de Antofagasta, cuando existan antecedentes fundados para ello, la modificación o eliminación de dichos monitoreos, análisis o mediciones, que le fueran solicitadas.

5. El titular deberá remitir los informes de monitoreo en forma directa a los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, dentro de los 10 días hábiles siguientes de concluido el mes respectivo o de realizada la actividad, con copia a la Secretaria de la Comisión Regional del Medio Ambiente IIª Región de Antofagasta, adjuntando copia de los informes en archivo electrónico o digital o magnético. Además, dicho informe deberá incluir un análisis de la información y resultados a la fecha.

6. Los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental, receptores de dichos informes, tendrán un plazo de 10 días hábiles, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Nº 19.880, a partir de la fecha de recepción del documento en la Oficina de Partes, para analizar la información entregada y remitir las observaciones respecto a los informes de monitoreo recepcionados.

7. De igual forma que el proponente, cualquier organismo competente en materia de permisos ambientales específicos deberá ceñirse a lo ya aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente, COREMA, IIa Región de Antofagasta.

8. El titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente oportunamente, y previo a su ejecución, el inicio de las obras y/o actividades de cada una de las etapas del proyecto. Además, deberá informar cualquier contingencia, referida al proyecto, dentro de las 24 horas de ocurrido el evento.

9. El titular deberá facilitar la labor fiscalizadora por parte de las autoridades competentes. 

10. Procederán contra la presente resolución los siguientes recursos: a) Recurso de Reposición y en subsidio Jerárquico, que se interpone ante la Comisión Regional del Medio Ambiente IIª Región, Antofagasta, dentro del plazo de 5 días contados desde su notificación y, b) Recurso Jerárquico, cuando no se deduzca reposición, que se interpone para ante el Director Ejecutivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, dentro del plazo de 5 días contados desde su notificación. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de otros recursos.

Notifíquese y Archívese





Jorge Molina Cárcamo
Intendente
Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la
II Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora
Secretario Comisión Regional del Medio Ambiente de la
II Región de Antofagasta


JMC/PTV/RWP/YCR

Distribución:
  • Patrik Lars Bergstrom Gunckel
  • Dirección de Obras Portuarias, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional de Pesca, II Región
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta
  • Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Calama
  • Ilustre Municipalidad de Mejillones
  • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Obras Públicas - Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Almacenaje y transporte de cal II region de Antofagasta "
  • Archivo CONAMA II, Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=ff/ee/6352ade5f51f32e736960dd57ccaf223513c


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