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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Aumento de Capacidad de Producción Planta Terciado Nueva Aldea "

 

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

1.1. Antecedentes del Titular

Titular: Paneles Arauco S.A.
Rut: 96510970-6
Domicilio: El Golf 150 Piso 14
Representante Legal: Franco Bozzalla Trabucco
Rut: 7.748.803-0
Domicilio: El Golf 150 Piso 14.

1.2. Ubicación

El proyecto se ejecutará en la Región del Bio Bio, en la provincia de Ñuble, comuna de Ranquil, específicamente en el sector de Nueva Aldea, al lado oeste de la confluencia del los ríos Itata y Ñuble, a 30 km al Oeste de Chillán y 28 km al Sureste de Coelemu, próximos a la ribera oeste del Río Itata y al sur de la carretera de acceso Norte a Concepción.

Las instalaciones de esta planta se emplazan en parte del fundo Velenunque 2B, de propiedad de Celulosa Arauco y Constitución S.A. y son parte del denominado Complejo Forestal Industrial Nueva Aldea. Las obras que contempla el Proyecto se emplazarán al interior de las instalaciones industriales comprendidas en el predio ROL 161-3, predio que cuenta con el permiso de Cambio de Uso de Suelo.

Sus coordenadas son:

Norte

Este

5939700

724500

5939900

725200

5939600

725100

5939550

724500

1.3. Monto de Inversión

El monto estimado de la inversión para la ejecución del Proyecto asciende a US$50 millones (cincuenta millones de dólares).

1.4. Vida útil

Indefinida. Sin etapa de abandono y con posibilidad de ser reacondicionada y/o restaurada.

1.5. Mano de Obra

Etapa

N° de Personas

Tiempo

Construcción

580

18 meses

Operación

1057

>20 años

Total

1637

 

1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida
(Has)

Construcción

5.15

Operación

5.15

Abandono

5.15

 

1.7. Descripción del proyecto

1.7.1. Descripción de las instalaciones actuales (situación "sin proyecto").

La actual planta de terciados es un recinto industrial para la producción de tableros contrachapados, con una capacidad de fabricación autorizada ambientalmente de 350.000 m3 anuales. La planta opera desde 2004 y cuenta con los permisos ambientales y sectoriales que le son aplicables de acuerdo a lo indicado en Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°299/02 de COREMA, Región del Bío Bío y su modificación, según Resolución Exenta N°94/2003, de fecha 26 de mayo de 2003, de la misma COREMA. En el Anexo Nº1 de la DIA, se presenta una copia de ambas resoluciones.

El objetivo de del proyecto es el aumento de la producción de tableros de terciados en la Planta Terciado Nueva Aldea. Este aumento en la capacidad de producción corresponde a una modificación de la capacidad anual autorizada de 350.000 m3 a 540.000 m3, que equivale a un 54% de incremento respecto de lo originalmente aprobado. Asimismo, se contempla incorporar una nueva etapa al producto terminado, de modo de obtener un producto con mayor valor agregado.

Efectivamente, el proyecto se realizará en dos etapas; la primera, desde los 350.000 a 475.000 m3/año y la segunda desde los 475.000 a 540.000 m3/año. Para cada etapa, se contempla la materialización y/o habilitación de las medidas necesarias para el cumplimiento de la normativa ambiental y para el control y manejo de los impactos ambientales que fueron detallados en la DIA, y consecuentemente, de las exigencias ambientales bajo las cuales quede sujeto el Proyecto al cabo de su evaluación ambiental.

La construcción de la primera etapa será de 18 meses, desde la aprobación del proyecto. La segunda etapa se ejecutará dependiendo de la demanda de paneles en el mercado, por lo cual su fecha de inicio es indefinida. Sin embargo, en la ejecución del Proyecto, se ha contemplado que aquellas obras y acciones relativas a las soluciones ambientales requeridas para el nivel de producción de la segunda etapa, se ejecutarán en el caso que Paneles Arauco requiera continuar con un nivel de producción equivalente a esta etapa; es decir, incrementar la producción de paneles de terciado, desde aproximadamente 475.000 a 540.000 m3/año.
Se estima una vida útil del proyecto 20 años o superior, después de este período el Proyecto será modernizado de acuerdo al avance tecnológico y demanda de mercado para futuros nuevos productos, dando cumplimiento, además, a la normativa ambiental vigente.

El destino final de los paneles de terciado producidos en la Planta es el mercado de exportación, especialmente el norteamericano y europeo. La demanda interna representa menos del 10% de la producción total. En el Anexo Nº2 de la DIA, se presenta un layout de las instalaciones actuales con un detalle del área de emplazamiento del Proyecto.

1.7.2. Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto sometido a evaluación

Para lograr el aumento de producción previsto, el titular contempla ampliar sus instalaciones operativas en dos etapas, habilitando para ello un galpón industrial aledaño a los recintos existentes, y similares a éstos últimos en términos de tecnología y obras anexas.

En el galpón industrial se instalará una nueva unidad de producción consistente en áreas de preparación de maderas, canchas y túneles de macerado; tornos, secadores con sus clasificadores; composers (ensambladoras), pre-prensas y prensas; líneas de retape; escuadradoras; dimensionadora; y lijadoras, que constituyen las operaciones convencionales en la producción de tableros.

Adicionalmente, en esta etapa, y debido al desarrollo de nuevas tecnologías que permiten dar mayor valor agregado a los productos, Paneles Arauco S.A. contempla incorporar en su Planta de Terciados Nueva Aldea, la tecnología de "Ranurado" que, sobre la base del mismo contrachapado, permite crear más aplicaciones y alternativas de productos, junto con aumentar, como se dijo, el valor agregado a sus productos. Esta iniciativa implica agregar una etapa al proceso productivo la que conlleva el uso de máquinas especiales para tal efecto. El proyecto contempla un nivel de producción de 96.000 m3/año de paneles ranurados.

En general, para lo anteriormente señalado, el Proyecto se compone de los siguientes elementos principales:

- Edificio de producción: serán aquellas estructuras en donde se instalarán los equipos y maquinarias que compondrán las nuevas unidades de producción y la nueva etapa de ranurado, bodega de productos, bodega de materiales, laboratorio, oficinas y salas. Serán estructuras techadas de aproximadamente 46.500 m2.

- Cancha de riego: de 5.000 m2 para el acopio temporal de la materia prima del terciado.

En el Anexo Nº2 de la DIA, se presenta el layout de las instalaciones referidas a la primera fase y a la segunda fase de este proyecto.

1.7.2.1. Etapa de Construcción;

1.7.2.1.1. Obras, Insumos y Equipos

Obras: Las actividades para la construcción de las obras de ampliación consistirán en:

- Movimiento de tierras.

- Rellenos y estabilizado.

- Hormigonado de fundaciones, pilares, radieres y muros.

- Enfierraduras, cubiertas, plataformas y estructuras.

- Pavimento de hormigón (radier) y asfaltado (calles y estacionamiento interiores).

- Montaje de equipos y puesta en marcha.

Insumos: Los principales insumos para esta fase del Proyecto son los siguientes:

- Hormigones = 17.200 m3

- Estructuras metálicas = 1.200 ton

Equipos: En la Tabla N°3 de la DIA, se detalla la maquinaria y equipos utilizados para cada una de las actividades principales de la etapa de construcción.

1.7.2.1.2 Plan General de construcción

En la Figura N°2 de la DIA, se presenta una carta gantt con el plan general de la etapa de construcción del proyecto.

1.7.2.2. Etapa de Operación;

En líneas generales, el proceso principal que involucra el Proyecto es similar al realizado actualmente en las unidades de producción de tableros de terciado, el que se describe más adelante.

1.7.2.2.1. Descripción del Proceso

i) Etapa de elaboración de tableros terciados:

Previo al ingreso a la Planta Terciado Nueva Aldea, los trozos de madera serán descortezados en la planta de trozado que forma parte del CFI Nueva Aldea, la cual cuenta con las debidas autorizaciones ambientales. Respecto de lo anterior, se indica que los trozos podrán provenir, a su vez, y en un porcentaje menor, directamente de terceros. La materia prima, recibida en forma de trozos descortezados, se mantendrá bajo riego y, para este efecto se contará con un sistema de recirculación de agua que permitirá minimizar los consumos de agua asociados a esta actividad. El sistema de riego antes señalado, contempla un estanque de captación, un estanque de decantación, un estanque de arenas, sistema de impulsión de riego, sistema de distribución de agua de riego, canchas de riego pavimentadas y sistema de remoción de corteza.

El proceso continúa con la etapa de maceración, para posteriormente pasar a la etapa de debobinado donde se producirán chapas de 3 mm de espesor aproximadamente las cuales, una vez clasificadas, ingresarán al secador. Una vez secas las chapas, estas serán almacenadas en un patio especial. Los paquetes de chapas se transportarán a las diferentes estaciones de trabajo. Las chapas con defectos pasan a la línea de composición para la detección y eliminación de defectos; las chapas libres de defectos serán pegadas y cortadas, formando paquetes de chapas cortas, que serán trasladados a la encoladora o a la cancha de chapas cortas.

En la etapa de armado y encolado, se armarán paquetes de 42 tableros cada uno, con sus correspondientes caras, trascaras e interiores. En forma secuencial y automática pasarán a un spray (rocío de adhesivo sobre la chapa) o encolado (para cubrir la chapa con adhesivo mediante un rodillo o aplicación "spray") donde se aplicará el adhesivo (fenol formaldehído, de bajo nivel de emisión).

El número de chapas por tablero depende del espesor de cada chapa y del espesor del tablero. Después de tener el tablero armado, éste será enviado a la etapa de pre-prensado (prensado en frío mediante el uso de prensas hidráulicas) y posteriormente, al prensado en caliente. Los tableros prensados pasan a la zona de almacenamiento (post-prensado) durante 2 días aproximadamente (reposo), para continuar con el proceso de escuadrado o a reparación de paneles. Los tableros que presenten defectos se parchan con pasta sintética a base de poliuretano antes de ser escuadrados. En esta fase de dimensionado, pasan por la etapa de detección de soplados (defectos de pegado de los tableros) y posteriormente, a la línea de lijado. Finalmente, los tableros serán empaquetados, pintados en los bordes según la calidad del producto, y se transportarán a la bodega de productos terminados para ser enviados a destinos asignados por el área comercial de la empresa.

Una descripción más detallada del proceso de elaboración de paneles de terciado, así como los niveles de consumo de materia prima, insumos, agua industrial, y energía, requeridos para los niveles de aumento contemplados en este proyecto, se adjunta en el Anexo Nº3 de la DIA.

ii) Etapa de Ranurado del panel Terciado;

La tecnología del "ranurado" consiste en un desbaste de material, de diferentes anchos y profundidades. Una de las principales características reside en la mejor presentación del producto final, especial para su uso en revestimientos interiores y, considerando las propiedades físicas del producto, es posible su uso como revestimiento texturado de cielos y exteriores.

Para una mejor comprensión de la tecnología ranurado, a continuación se presenta una breve descripción de las etapas de ésta:

a) Volteado: El paquete de tableros es trasladado con una grúa horquilla hacia el volteador de tableros, el cual toma este paquete y lo gira en 180°. Este equipo, en términos simples es una mesa rotatoria accionada con motor eléctrico. Luego, los tableros son recibidos en un transportador de rodillos cuya función es alinearlos para así asegurar un ingreso controlado y encuadrado hacia la ranuradora.

b) Ranurado: Máquina principal del sistema de ranurado cuya función principal es extraer material con fresas rotatorias a alta velocidad y presión. Se usan distintas herramientas para cada diseño, forma y dimensiones de la ranura que se desea obtener. El material extraído (aproximadamente 1% en peso del tablero) es enviado, mediante sistema neumático, hacia un silo de almacenamiento y posteriormente es utilizado como materia prima para quemado en caldera.

c) Inspección: El tablero ranurado ingresa a un sistema de transporte de correas, lo que permite ser inspeccionado por un operador desde una cabina de control, y determinar si el producto es aceptado o rechazado.

d) Apilado: En donde la producción de tableros es apilada según su calidad. De acuerdo a lo señalado precedentemente, se desprende que la máquina ranuradora es el principal equipo del proceso de ranurado siendo el resto, mecanismos de transporte de los tableros. La capacidad de producción estándar de la máquina es de aproximadamente 10 paneles/min. Esta nueva tecnología requiere de un suministro de energía eléctrica de 200kw, aproximadamente.

1.7.2.3. Etapa de Cierre y/o Abandono

No existe un plazo o fecha definida para el abandono de la Planta, puesto que, si bien se estima una vida útil de 20 años, ésta podría ser reacondicionada y/o restaurada para un nuevo ciclo de operación. Sin perjuicio de lo anterior, Paneles Arauco S. A., en caso de un eventual cierre y/o abandono prematuro del proyecto, dará cumplimiento a lo señalado en el considerando 3.5.10 de la Res. Ex. Nº299/02, de 28 de octubre de 2002, de COREMA de la VIII Región, modificado por la Res. Ex. Nº094/03, de 26 de mayo de 2003, de la misma COREMA.

Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una etapa de abandono propiamente tal, sino más bien se define una vida útil desde el punto de vista económico que incluye factores de retribución de la inversión y utilidad esperada. Según los criterios adoptados, la vida útil mínima de las instalaciones, se proyecta para 20 años.
Se estima que después de este período, el Proyecto sea modernizado de acuerdo al avance tecnológico y demanda de mercado para futuros nuevos productos. No obstante, en caso extremo de una eventual necesidad de abandonar prematuramente el Proyecto, debido a fuerza mayor u otra causa no prevista, se puede anticipar el desmantelamiento de las instalaciones, y su posterior disposición final en instalaciones especialmente autorizadas para tal efecto.
Todo ello se realizará cumpliendo con lo señalado en el Considerando 3.5.10 de la Res. Ex. N° 299/02, de 28 de Octubre de 2002, de COREMA de la VIII Región, modificada mediante la Res. Ex. N° 094/03, de 26 de mayo de 2003, de la misma COREMA. De esta manera de ocurrir "un eventual abandono prematuro del proyecto, el titular deberá proceder a la limpieza total del terreno y posterior recubrimiento con una capa de suelo vegetal. Por otro lado, en el caso de un abandono prematuro del proyecto y en todo momento, la empresa se compromete a tomar las medidas necesarias para evitar que se provoque alteración alguna en el libre escurrimiento de las aguas (superficiales y/o subterráneas), inundaciones, accidentes o contaminación del medio, hasta que no se les de un uso alternativo a sus instalaciones.
Algunas de las medidas que serán tomadas son:
a) Bocatoma de captación de aguas superficiales y obras de descarga: se contemplará el cierre seguro de las compuertas para evitar inundaciones.
b) Cañerías y ductos subterráneos: se contemplará la extracción o se sellará la entrada y salida de estos elementos, previa evacuación de fluidos residuales, si éstos contienen materiales contaminantes para el suelo o las aguas subterráneas.
c) Pozo de captación de aguas subterráneas: se sellará herméticamente y se tomarán las medidas necesarias para evitar la posibilidad de accidentes a personas o animales y, por otro, evitar la contaminación de las aguas subterráneas o superficiales".
Ante tal evento, se presentará en forma previa a la Autoridad Ambiental el detalle de las actividades necesarias para el adecuado cierre y abandono del Proyecto, teniendo en cuenta el avance que exista a la fecha en el desarrollo de técnicas aplicables al desmantelamiento de las obras de esta naturaleza.

1.7.2.4 Principales Características Ambientales del Área de Emplazamiento del Proyecto;

1.7.2.4.1. Accesos al Área del Proyecto

En las proximidades inmediatas se encuentra el Enlace Nueva Aldea, que permite el cruce entre la carretera del Itata y el camino público N-66-0, que une Ñipas con Quillón, frente al pueblo de Nueva Aldea. En ambos casos se trata de vías pavimentadas con dos pistas y buen estado de conservación.

1.7.2.4.2. Proximidad de Población, Recursos o Área Protegida

En el entorno más inmediato al sitio del Proyecto se encuentra la localidad de Nueva Aldea de la comuna de Ránquil, y la vivienda más cercana se encuentra situada a más de 2 km de distancia respecto del sector donde se ubica la Planta Terciado Nueva Aldea. Por lo tanto, no se identifican riesgos que puedan afectar a residentes cercanos.

En las proximidades del área del Proyecto no existen establecimientos que resulten sensibles ante la materialización del Proyecto y que no hayan sido evaluados en su debida oportunidad. Finalmente, el sitio de emplazamiento del Proyecto no se encuentra próximo a algún recurso o área protegida o sitio arqueológico o perteneciente al patrimonio cultural.

1.7.2.4.3. Existencia de Áreas de Valor Ambiental y Diversidad Biológica

El área de emplazamiento del Proyecto no se encuentra declarada como zona de protección ecológica u otra categoría de conservación o restricción especial.

El sector actualmente ocupado por Planta Terciado Nueva Aldea cuenta con la autorización de cambio de uso de suelo tal como se señala en el Oficio Ord. Nº04 de 29 de marzo de 2004 del SEREMI de Agricultura de la Región del Bío Bío. Copia del citado documento se adjunta en Anexo Nº1 de la DIA.

Asimismo, del análisis del Plan Regulador de la comuna de Ránquil, centro urbano Nueva Aldea, que cuenta con aprobación ambiental dada por la RCA Nº54 de fecha 11 de febrero de 2005, de la COREMA de la VIII Región, la totalidad del sitio de emplazamiento de la Planta Terciado Nueva Aldea y la ampliación requerida por la DIA se encuentra dentro de la zona productiva industrial tipo ZPI.

1.7.2.4.4. Existencia de Zonas de Valor Paisajístico y/o Turístico

Por definición, una zona con valor paisajístico es aquella "porción de territorio, perceptible visualmente, que posee singular belleza escénica derivada de la interacción de los elementos naturales que la componen" (DS Nº95/2001 Art.2 letra f). En este contexto, donde se prevé el emplazamiento del Proyecto existe intervención antrópica, presentando una estructura paisajística que actualmente carece de atractivo escénico natural. Por otra parte, de acuerdo al análisis realizado, no se encontró resolución o decreto alguno que haya declarado de interés turístico alguna zona próxima al Proyecto, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.

Con relación a las obras consideradas por el Proyecto, éstas no alterarán la actual condición del territorio; es decir, las acciones que se sometan sobre él no significará una alteración de la calidad ni pérdida de la fragilidad visual de conformación.

1.7.2.4.5. Existencia de Sitios de Relevancia por Patrimonio Cultural;

Sobre el área de influencia directa e indirecta del Proyecto no existen monumentos nacionales declarados históricos, santuario de la naturaleza ni zonas típicas susceptibles de ser afectadas, como tampoco existencia de vestigios arqueológicos.

1.7.2.4.6. Instrumentos de Planificación Territorial;

El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra dentro del límite urbano comunal y cuenta con aprobación de cambio de uso de suelo, conforme consta en la RCA Nº076/2005 de COREMA Región del Bio Bío, quien aprobó proyecto "Obras Nuevas y Actualizaciones del Complejo Forestal Industrial Itata". Tal como se señala en numeral 2.2.4.3, en oficio Ord. Nº04, de la SEREMI de Agricultura de la VIII Región, de fecha 29 de marzo de 2004, se informa el cambio de uso de suelo del predio referido a la Planta Terciado (Rol 161-3 del Conservador de Bienes Raíces de Coelemu).

1.7.2.5. Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

En esta sección se identifican y cuantifican las emisiones, descargas y residuos asociados a la etapa de construcción y operación del Proyecto y se señalan las medidas de manejo y disposición de los mismos. Estas últimas, en general, serán las mismas que operan actualmente en la Planta de Terciados y que serán extendidas a la nueva línea de producción que incorporará el Proyecto, salvo lo relativo a los residuos sólidos no peligrosos, que tendrán, adicionalmente, como sitio de disposición final el vertedero del CFI Nueva Aldea.

Por su parte, la estimación del volumen o cantidad de emisiones o desechos que generará el Proyecto se basa en la experiencia real que se tiene de la operación actual de las unidades de proceso.

Debido al emplazamiento del Proyecto y las medidas de manejo adoptadas, prácticamente no habrá riesgos externos que puedan afectar a la comunidad.

1.7.2.5.1. Emisiones Atmosféricas (material particulado)

i) Etapa de Construcción

Para minimizar la emisión de material particulado que pudiese causar molestias principalmente a los trabajadores, el titular se compromete a entregar instrucciones a las empresas constructoras que participen en la ejecución del Proyecto, en las cuales expresamente se indicarán las medidas de control destinadas a evitar o reducir la eventual emisión de material particulado. Se incluirán medidas tales como;

- Limitación de la velocidad de circulación dentro del área de construcción con un máximo de 30 km/h.

- Aspersión de agua sobre los caminos interiores no pavimentados y aspersión de agua en las faenas de movimiento de tierra, en caso que las condiciones climáticas así lo requieran.

- Cubrimiento de la carga transportada en camiones Tolva, especialmente aquellos que abandonen el área de faenas.

ii) Etapa de Operación

Para extraer los desechos de chapa picada, transportar los desechos de orilla, retiro de aserrín proveniente de las fases de trozado, ensamblado, escuadrado, retape (polypatching), dimensionado y ranurado, y para retirar el polvo de las lijadoras, se contará con sistemas de extracción, transporte y acopio adecuados a cada material o residuo.. Por ejemplo, se contará con sistemas de transporte neumático de materiales entre los distintos procesos de la planta, los que estarán compuestos de ductos, ventiladores, sopladores, válvulas rotatorias, filtros de mangas y silos de almacén. Un mayor detalle de los componentes principales se indican a continuación:

a. Emisión de material particulado de ciclones y filtros de manga

El traspaso de material particulado desde los sistemas de transporte neumático se realiza mediante ciclones, filtros de manga y filtros ciclónicos. A continuación se describen los sistemas considerados y más abajo se indica el nivel de emisiones para las distintas fases de ampliación contempladas en el proyecto.

Para el manejo de polvo de lija se considera un sistema de captación que concentra el polvo de lijado mediante el uso de un filtro de mangas, desde donde es transportado hasta un filtro ciclónico previo a su ingreso a la caldera de poder.

Para el manejo del aserrín de la escuadradora, se proyecta instalar un sistema de transporte neumático independiente, el que utiliza un ciclón para entregar el aserrín en la succión del sistema de transporte neumático de las astillas combustibles que genera el proyecto y que son cuantificadas en el numeral 2.2.5.3 de la DIA.

Para el manejo del aserrín de la ranuradora, se contempla instalar un sistema de transporte neumático independiente, el que utiliza un ciclón para entregar el aserrín en la succión del sistema de transporte neumático de las astillas combustibles de la línea en operación actual.

El manejo de las astillas combustibles y el aserrín producto del escuadrado serán transportados neumáticamente, a través de un sistema común para ambos materiales, hasta un ciclón que concentra el material y lo entrega sobre la correa transportadora que conduce a la bodega de biomasa de la caldera de poder. También se contempla la alternativa de enviar parte de este material a una pila de almacenamiento para ser destinado a su comercialización a terceros (como materia prima) o su disposición en un relleno sanitaria y ambientalmente autorizado (RASA). En la Tabla siguiente, se informa la estimación del material particulado que se generará para ambas fases contempladas en este proyecto.

 

b. Emisión de material particulado de subproductos:

En el proceso de fabricación de tableros contrachapados de pino radiata, se generan subproductos, los cuales son utilizados como materia prima por plantas de celulosa o vendidos a terceros. A continuación son descritos y cuantificados estos subproductos.

Los sistemas de transporte neumático que transportan las astillas secas y limpias desde las máquinas ensambladoras y el aserrín que generan las máquinas ensambladoras, tiene cada uno un ciclón separador instalado sobre su respectivo silo. Estos ciclones permiten concentrar y separar el material transportado.

La Tabla 5 de la DIA, presenta la estimación del material particulado que se generará para las dos fases contempladas en el proyecto respecto de los ciclones.

c. Emisiones de formaldehído

Las emisiones de formaldehído se generan debido al uso de resinas de fenol-formaldehído como adhesivo para la fabricación de los tableros contrachapados. Estas emisiones se generan principalmente en el área de prensado en caliente.

Tal como se opera en el proceso actual, se considera instalar sistemas de extracción forzada sobre las prensas en caliente, de manera que las emisiones cumplan con las normas aceptadas para ambiente laboral.

En la Tabla N°6 de la DIA, se presenta la estimación de la concentración de formaldehído para las ampliaciones de capacidad consideradas en el proyecto en evaluación.

Del análisis de dicha tabla, es posible señalar que el proyecto continuará dando cumplimiento a la normativa establecida para ambiente laboral para la concentración ambiental del compuesto formaldehído contenida en el DS Nº594/99 del Ministerio de Salud.

Ello, por cuanto la concentración de formaldehído en la emisión ya está cumpliendo con el estándar establecido para las concentraciones en ambiente laboral.

El cumplimiento de esta normativa se obtendrá mediante el uso de extractores de ventilación forzada de aire, ubicados sobre el área de la prensa. La extracción de estos gases desde el interior de la planta generará una emisión a la atmósfera cuyo efecto en el medio ambiente no será significativo, por cuanto, como se dijo, se está dando cumplimiento al estándar exigido para la calidad en ambiente laboral.

d. Emisiones de la Caldera de Poder;

Como se ha señalado, la caldera de poder, registrada en el Servicio de Salud con el NºSSÑUB – 181 y cuyo funcionamiento y capacidad está condicionado a lo establecido en la RCA76/05, forma parte del CFI Nueva Aldea. La ejecución del presente Proyecto no alterará la actual condición de operación de la caldera.

Es importante señalar que la combustión de polvo y astillas en la caldera requiere de menor cantidad de aire que la quema de corteza y aserrín combustible. Además cuando se quema polvo, la producción de cenizas es prácticamente la misma que cuando se quema corteza.

Asimismo, la eficiencia de la combustión se ve mejorada ya que el polvo y las astillas, al presentar menor humedad en comparación a otros desechos de la madera, asegura una combustión más completa.

Para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable, se continuará realizando el monitoreo ambiental en base a muestreo de material particulado en los sitios sensibles más cercanos al CFI Nueva Aldea. Se utilizará el mismo punto de registro indicado para monitoreo de calidad del aire, determinación de PM10, en dirección Calle Enrique Trabuco Nº 345, localidad de Nueva Aldea, Coordenadas: 5.940.775N; 727.473E. Este monitoreo permanente y diario, permite constatar lo planteado anteriormente y además evaluar el efecto global de las emisiones de la caldera.

e. Emisiones de Sala de pintura

Como se ha señalado en el numeral 2.2.1. i) de la DIA, existe una sala de pintura, en la cual se aplica en la actualidad un spray por los cantos de los paquetes de tableros, para proceder a identificar el tipo de calidad y producto terminado. Las partículas de pinturas son extraídas mediante el uso de extractores de ventilación forzada, siendo atrapadas en filtros de alta eficiencia, los que son renovados periódicamente y manejados como residuo sólido industrial dentro de la Planta. El detalle del manejo de este tipo de residuos se indica en el numeral ii.5) del punto 2.5.3 de la DIA.

1.7.2.5.2. Ruido

i) Etapa de Construcción

En la etapa de construcción se generarán emisiones de ruido debido al tránsito de vehículos (por el camino de acceso y al interior de la faena), los movimientos de tierra y las actividades de construcción en general. Se debe considerar que el lugar seleccionado para el emplazamiento del nuevo galpón industrial se encuentra a unos 2 km de los sectores habitados más próximos e inmerso dentro de las instalaciones industriales del CFI Nueva Aldea.

En consecuencia, las emisiones de ruido del proyecto se estiman de poca relevancia, puesto que no afectarán a la población cercana, dadas las condiciones de operación de maquinarias y equipos y su distancia respecto a zonas habitadas próximas al área del proyecto.

Sin perjuicio de lo señalado, teniendo en cuenta que en el Complejo industrial se encuentran en la actualidad ejecutando labores de construcción asociadas a la Fase 2, los reportes de mediciones de ruido en las cercanías del complejo no indican percepción de las principales fuentes de emisión de ruido, en particular en receptores sensibles como la Escuela Nueva Aldea. Lo anterior se puede comprobar en el último informe de medición de ruido desarrollado por el Complejo, Informe SEB-11444, elaborado por Cesmec, División Medio Ambiente, en septiembre de 2005, el que se adjunta en Anexo Nº 4 de la DIA.

ii) Etapa de Operación

En esta fase, se generará ruido por los equipos y maquinarias en operación al interior de las nuevas estructuras industriales, principalmente la lijadora y escuadradora. Estos recintos tendrán una función de encierro acústico, por lo cual no se espera que niveles significativos de ruido sean percibidos desde el exterior. En tal sentido, el valor permitido por la norma de ruido no se verá sobrepasado en ningún caso. Para verificar este aspecto y al mismo tiempo constatar el cumplimiento de la normativa aplicable, se continuará el monitoreo ambiental a base de mediciones de ruido en el punto sensible más cercano al área del Proyecto (el informe de CESMEC a septiembre de 2005, monitorea en 5 puntos alrededor de todo el CFI, respecto de las dos principales fuentes de emisión de ruido: Caldera de Poder y la Planta de Celulosa en etapa de construcción. Los puntos definidos como P1 y P4 son los representativos del área que ocupa la Planta Terciado del CFI).

De esta manera, el monitoreo de ruido previsto para el proyecto se insertará en el programa de seguimiento ambiental general que realiza actualmente el complejo industrial y que ha permitido corroborar el cumplimiento de la norma aplicable (DS Nº146/98) en los puntos sensibles más próximos a Planta Terciado del CFI Nueva Aldea.

En primer lugar, tal como se ha indicado precedentemente, el presente proyecto se emplaza en un área industrial fuertemente intervenida y los eventuales efectos por ruido quedarán inmersos en los impactos generados -y ya evaluados- por el Complejo Forestal Industrial (CFI) Nueva Aldea.

Durante la etapa de operación, se generará ruido por los equipos y maquinarias en operación al interior de las nuevas estructuras industriales, principalmente la lijadora y escuadradora. Estos recintos tendrán una función de encierro acústico, por lo cual no se espera que niveles significativos de ruido sean percibidos desde el exterior. En tal sentido, el valor permitido por la norma de ruido no se verá sobrepasado en ningún caso. Para verificar este aspecto y al mismo tiempo constatar el cumplimiento de la normativa aplicable, se continuará el monitoreo ambiental en base a mediciones de ruido en el punto sensible más cercano al área del Proyecto. Es importante recalcar que el ruido de fondo actual al interior de la planta industrial logrará enmascarar gran parte del ruido emitido por el proyecto.

El control de ruido que pueda afectar a los trabajadores se realizará a través de una adecuada mantención de equipos y uso de casetas que permitan la reducción de ruido en las unidades mayormente ruidosas, tales como compresores de aire, sierras de corte, lijadora y escuadradora.

De esta manera, el monitoreo de ruido previsto para el proyecto se insertará en el programa de seguimiento ambiental general que realiza actualmente el complejo industrial y que ha permitido corroborar el cumplimiento de la norma aplicable (DS Nº146/98) en los puntos sensibles más próximos a Planta Terciado del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea.

Respecto del aumento de camiones producto del Proyecto, estos equivalen a aproximadamente un 8% del total de camiones que circularán como consecuencia de la operación del Complejo Nueva Aldea, y corresponden, además, a aproximadamente un 10% de los camiones que se encuentran actualmente ejecutando labores de construcción asociadas a la Fase 2; es decir, la condición futura, en cuanto a ruido y tráfico será mejor que la situación actual. En tal circunstancia, los reportes de mediciones de ruido en las cercanías del complejo no indican percepción de las principales fuentes de emisión de ruido, en particular en receptores sensibles como la Escuela Nueva Aldea. Lo anterior se puede comprobar en el informe de medición de ruido desarrollado por el Complejo, Informe SEB-11591, elaborado por Cesmec, División Medio Ambiente, en Enero de 2006. Por lo anteriormente expuesto, se estima que el proyecto no aumentará los niveles de ruido aprobados mediante la RCA N°76/05.

A mayor abundamiento, respecto a los monitoreos de ruido anual correspondientes a la RCA N° 299/02 (anual en período estival), el último fue realizado por Cesmec en enero del 2006 (Anexo D de la Adenda Nº1), cuyas conclusiones pueden resumirse en lo siguiente:

1. La evaluación del Nivel de presión sonora se realizó teniendo en consideración lo establecido en el Decreto Supremo Nº 146, y en el art. Nº 4 "De los niveles máximos permisibles de presión sonora" considerando la ubicación de la Planta como Zona IV.

2. Esto, de acuerdo al Certificado de Informaciones Previas emitido por Municipalidad de Ránquil (14.02.2006), en el cual se indica que la Planta Terciado Nueva Aldea se encuentra clasificada como ZPI3 (Zona Productiva Industrial Peligrosa).

3. Para determinar los valores de nivel de presión sonora en los dos puntos de medición en jornada diurna y nocturna, se corrigió por ruido de fondo, utilizando los valores obtenidos en las mediciones realizadas el día 09.11.2005.

4. De acuerdo a lo establecido en el DS Nº 146, en jornada diurna, no se sobrepasa el valor establecido como limite máximo permisible. Los resultados fueron:

Puntos de Medición

Jornada Diurna

NPC

dB(A)

Límite Permisible

Zona IV

dB(A)

Jornada Diurna

NPC

dB(A)

Límite Permisible

Zona IV

dB(A)

Punto Nº 1

53.4

70

49.8

70

Punto Nº 2

68.9

70

58.0

70

NPC : Nivel Presión Corregido (nivel de presión sonora)

dB (A) : decibeles

Punto Nº 1: Pueblo Nueva Aldea

Punto Nº 2: Acceso a Planta Terciado Nueva Aldea

1.7.2.5.3 Residuos Sólidos

i) Etapa de Construcción

Los residuos sólidos industriales que se generarán en esta etapa, consistirán básicamente en desechos de madera y algunos moldajes utilizados en las obras civiles. También se generarán residuos sólidos domésticos tales como restos de comida, papeles, cartones, etc.

Se estima que los residuos derivados de la construcción no superarán los 5 m3/día como promedio durante toda la fase de construcción. Respecto a los residuos sólidos domésticos, la cantidad estimada a producir será aproximadamente del orden de 500 kg/mes como 3,500 kg/mes8. Los trabajadores utilizarán sectores de comedor e instalaciones sanitarias, especialmente habilitadas para su uso. Estas últimos cumplirán, en cuanto a número de artefactos, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº594/99, art. 23º.

Los residuos de construcción serán retirados por los contratistas de obras, pues éstos son reutilizables en labores de construcción y/o reparación de diversas estructuras. Los residuos domiciliarios serán acumulados en contenedores tapados y entregados al sistema de recolección que actualmente existe para luego ser trasladados a un RASA.

Para minimizar la cantidad de sólidos en suspensión y de fondo durante la etapa de construcción, se exigirá que, a través de los contratistas de obras, se implementen las siguientes medidas de control:
  • Riego periódico de superficies, especialmente en época seca. La frecuencia de humectación será determinada por los supervisores de terreno.
  • Cubrimiento de la carga transportada en camiones tolva, especialmente de aquellos que abandonen el área de faenas.
  • Confinamiento de la zona de acopio de material, de manera de evitar el arrastre de sólidos con motivo de la ocurrencia de precipitaciones.

ii) Etapa de Operación

Los residuos sólidos generados en el proceso de elaboración de paneles de terciado, de acuerdo a las formas de manejo para su disposición final, cuyos volúmenes producidos se muestran en las Tablas 7 a la 14 de la DIA, se clasifican en:

ii.1) Manejo de Residuos combustibles

En el proceso de fabricación de tableros contrachapados de pino radiata se generan desechos combustibles que son transportados por distintos sistemas de transporte hasta la caldera de poder. Estos son: astillas, aserrín, polvo de lijado y, debido a la nueva etapa agregada al producto terminado, aserrín de la máquina ranuradora.

a. Astillas combustibles

En el proceso de escuadrado, por cada tablero, se generan cuatro recortes, los cuales son transportados por correa hasta un astillador. Las astillas generadas son sopladas por un sistema de transporte neumático que las conduce a la caldera de poder. El destino final de este material, dependerá del límite técnico de la caldera para usar el mayor porcentaje de material proveniente de tableros encolados como material combustible, sin riesgos de daños en este equipo o inadecuada operación, por lo cual se contempla la alternativa de venderlo a terceros o disponerlo en un RASA.

b. Aserrín combustible

El aserrín combustible lo generan las sierras que cortan los tableros en el proceso de escuadrado. Este aserrín es aspirado mediante un sistema de transporte neumático y entregado en la descarga del astillador de escuadrado, desde ahí, es transportado junto a las astillas combustibles hasta la caldera de poder.

c. Polvo de lijado

El polvo que se genera en el proceso de lijado de los paneles contrachapados, es aspirado mediante un sistema de transporte neumático y recuperado en un filtro de mangas, desde este filtro se envía mediante un soplador hasta un filtro ciclónico ubicado en la caldera de poder. El polvo de lijado se descarga en un silo desde el cual se dosifica a la caldera de poder para su combustión.

d. Aserrín de la ranuradora

El aserrín generado por la ranuradora es aspirado y transportado por un sistema de transporte neumático, que lo entrega en la descarga del astillador de escuadrado de la línea 1. Desde ahí, es transportado junto a las astillas combustibles mediante el mismo sistema de transporte neumático de la línea 1, hasta la bodega de desechos combustibles.

ii.2) Manejo de desechos sólidos de la cancha de riego y macerado

Los sistemas de limpieza del agua de macerado y de la cancha de riego son similares y consisten en una rastra y un harnero rotatorio o trommel. Estos equipos permiten retirar los sólidos que son arrastrados junto con el agua utilizada en ambos procesos. Los sólidos que se retiran del agua son principalmente restos de corteza, astillas y finos que se desprenden de los troncos en los procesos de riego y macerado.

Los sólidos retirados son acumulados en contenedores, los que periódicamente son retirados para ser utilizados como combustibles en la caldera de poder del CFI Nueva Aldea o, eventualmente, dispuestos en un RASA.

ii.3) Manejo de subproductos

En el proceso de fabricación de tableros contrachapados de pino radiata, se generan subproductos, los cuales son utilizados como materia prima por plantas de celulosa o vendidos a terceros, los que son descritos y cuantificados a continuación.

a. Astillas pulpables

Durante la primera etapa de debobinado y hasta que el tronco está completamente cilíndrico, se generan desechos los que son transportados mediante cintas transportadoras a un astillador y, posteriormente, son transportados a silos de almacenamiento.

Periódicamente, los silos son vaciados y las astillas pulpables son transportadas a plantas de celulosa para ser utilizadas como materia prima o, eventualmente, vendidas a terceros.

b. Astillas secas y limpias

Las chapas que presentan defectos son procesadas en las máquinas ensambladoras, las cuales eliminan las partes defectuosas. Estas chapas con defectos son transportadas hasta un astillador y posteriormente transportadas mediante un sistema de transporte neumático a un silo de almacenamiento.

Periódicamente, el silo es vaciado y las astillas son transportadas a plantas de celulosa para ser utilizadas como materia prima o, eventualmente, vendidas a terceros.

c. Aserrín de ensamblado y finos

El aserrín que se genera durante el proceso de corte de las chapas en las máquinas componedoras es succionado mediante un sistema de transporte neumático y enviado a un silo de almacenamiento. En el mismo silo se almacenan también los finos que se generan en el proceso de astillado de desechos de los tornos. La separación entre las astillas pulpables y los finos se realiza mediante un harnero vibratorio, y el transporte de los finos al silo se hace mediante un transportador de cinta.

Periódicamente el silo es vaciado y el aserrín y los finos son transportadas a plantas de celulosa para ser utilizadas como materia prima, o como alternativa de materia prima pueden ser vendidos a otras empresas.

ii.4) Manejo de residuos sólidos domiciliarios

Se generarán residuos domiciliarios en una cantidad del orden de 450 kg/día en la primera fase de expansión del proyecto y de 520 kg/día en la segunda fase. Estos residuos serán acumulados en contenedores tapados y dispuestos finalmente en vertedero de residuos no peligrosos del CFI o entregados al sistema de recolección que actualmente existe.

ii.5) Manejo de residuos sólidos peligrosos

Los residuos sólidos calificados como peligrosos, se encuentran autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional para su acopio temporal, transporte y disposición final en las instalaciones de la empresa Copiulemu y Bravo Energy Chile S.A., u otro que sea debidamente autorizado para tales efectos. Su manejo se hará de acuerdo al Plan de Gestión de Residuos Peligrosos, cuya versión actualizada fue entregada a la autoridad sanitaria, según carta GPTNA-057-C-05 de fecha 13 de diciembre de 2005.

En la etapa de operación, el Proyecto no contempla zonas de acopio temporal de materiales, salvo la cancha de riego, la cual contará con sus propios sistemas de manejo de aguas. Para evitar el arrastre de sólidos desde el sector de acopio temporal de la materia prima del tablero terciado, las canchas de riego estarán conformadas por un sistema de riego por aspersores y un sistema de recuperación y recirculación de aguas. Parte del perímetro de escurrimiento de la cancha tendrá canaletas colectoras de agua, la que será conducida gravitacionalmente hacia un pozo de captación donde se eliminarán los sólidos gruesos mediante tamizado.

El Plan de manejo de residuos peligrosos presentado a la Autoridad Sanitaria sufrirá modificaciones, sólo respecto de las consecuencias del aumento de capacidad de producción de la planta de terciados de Nueva Aldea. En tal sentido, en la Declaración se presentó la identificación de las características de peligrosidad de los residuos generados y la estimación de la cantidad anual de ellos, lo que forma parte, además, del plan de manejo presentado a la autoridad sanitaria. Cabe señalar, adicionalmente, que el tipo de residuos peligrosos no se verá modificado respecto de la situación actual y de lo informado a la autoridad sanitaria en dicho Plan.
Cabe precisar, además, que recientemente el Plan ha sido aprobado mediante el Ord. N° 186, de fecha 3 de marzo de 2006, asignando a Paneles Arauco S.A. Planta Terciado y Planta Térmica Nueva Aldea el número de identificación R08-G0049 (Anexo C de la Adenda Nº1).

1.7.2.5.4 Residuos Líquidos

El presente proyecto se emplaza en un área intervenida y gran parte de sus insumos y servicios son provistos por las características del Complejo Forestal Industrial (CFI) Nueva Aldea. En el caso particular del consumo de agua, el proyecto no incide en derechos de aprovechamiento de aguas o usos históricos del recurso hídrico, por cuanto utilizará los mismos recursos evaluados y aprobados para el CFI.

En efecto, para abastecer el Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea se utilizarán las siguientes fuentes de captación de agua, según orden de importancia, ya aprobadas, según consta en RCA N° 76/2003, de 10 de marzo de 2005, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Octava Región:

  • Captación superficial en el río Itata, con capacidad nominal de 1.600 l/s, equipado con cuatro bombas que permiten modular caudales entre 360 y 1.600 l/s. Los derechos de aprovechamientos de agua con los que se cuentan son de 2,0 m3/s (2.000 l/s) en las coordenadas N 5.938.872 y E 727.580.
  • Baterías de pozos profundos de captación subterránea en la zona de Cucha Cucha, constituida por siete unidades y una capacidad nominal de 769 l/s.
  • Baterías de pozos profundos de captación subterránea en la zona de Velenunque, Lote H2, constituida por cuatro unidades y una capacidad nominal de 349 l/s.
  • Baterías de pozos profundos de captación subterránea en la zona de La Alfalfa (Los Limones), constituida por cuatro unidades y una capacidad nominal de 214 l/s.
Los efluentes totales generados para una producción de 475.000 m3/año serán como promedio 1.708 m3/día (19,8 l/s), alcanzando un máximo de 1.809 m3/día (20,9 l/s).
Por su parte, los efluentes generados para una producción de 540.000 m3/año serán como promedio 2.036 m3/día (23,6 l/s), alcanzando un máximo de 2.148 m3/día (24,9 l/s).
En la siguiente tabla, se resume los volúmenes diarios, mensuales y anuales para una producción de 475.000 y 540.000 m3/año.

Producción

475.000 m3/año

540.000 m3/año

 

Volumen medio generado m3

Volumen máximo generado m3

Volumen medio generado m3

Volumen máximo generado m3

Año

529.533

529.533

631.821

631.821

Mes

44.128

45.857

52.652

54.715

Día

1.708

1.809

2.036

2.148

i) Etapa de Construcción

Durante la etapa de construcción, los únicos efluentes líquidos generados serán las aguas servidas de los trabajadores que participen en esta etapa.

Las instalaciones sanitarias que se utilizarán corresponderán a baños químicos que se instalarán al interior de las faenas de construcción, en las cantidades señaladas en la normativa de ambiente laboral, D.S. Nº594/99, MINSAL.

ii) Etapa de Operación

Es importante recordar que para este proyecto, de acuerdo al plazo estimado en el cronograma, la puesta en marcha de la etapa de operación se ha planificado para el segundo semestre del 2007, y que, sin perjuicio del aumento de producción señalado en la DIA, se mantendrá el cumplimiento de las condiciones establecidas para las aguas residuales que serán conducidas al sistema definitivo de tratamiento de efluentes del CFI Nueva Aldea contemplado para su Fase 2. Tales condiciones se encuentran señaladas en el Considerando Nº3.1.2.7.3.1 Sistema Provisorio de Tratamiento de Efluentes: Fase 1 de la RCA Nº076/05 de la COREMA de la VIII Región. Cabe señalar que el volumen adicional de residuos líquidos en la etapa de operación serán manejados a través del sistema de tratamiento de efluentes contemplado para la Fase 2 del CFI Nueva Aldea. Por la oportunidad del presente proyecto, no será necesario usar el sistema provisorio a que se refiere la Fase 1, por cuanto cuando el presente proyecto inicie su operación ya estará plenamente operativo el sistema de tratamiento de efluentes definitivo de la Fase 2.

Para efectos del proyecto presentado en la DIA en evaluación, se generarán residuos líquidos como resultado de excedentes de macerado de madera, riego de madera y lavado de equipos y aguas servidas. En las Tablas 15 a 21 de la DIA se muestran los volúmenes de residuos líquidos que implican el aumento de capacidad de la planta.

ii.1). Aguas servidas

Cabe recordar que la Planta Terciado del CFI Nueva Aldea cuenta con autorización en forma temporal, según se establece en el Considerando 3.1 de la Res. Ex. Nº39/05 de COREMA VIII Región, en cuanto a la forma de disposición final de sus aguas servidas, en tanto no se inicie la operación del sistema definitivo de tratamiento de efluentes del CFI Nueva Aldea, contemplado para su Fase 2, que se espera entre en operación dentro del primer semestre de 2006.

A continuación se describe la forma de control de las aguas servidas para las dos fases consideradas en la DIA (ampliación a 475.000 m3/año y luego a 540.000 m3/año);

La ampliación proyectada a ambos niveles para la Planta implica un aumento en la dotación actual de personal, y por tanto en los caudales de aguas servidas que se generarán. El aumento será de 253 y 351 personas, para cada nivel de producción, lo que requerirá de la instalación de dos fosas sépticas adicionales de 40 m3 y 60 m3, respectivamente, (en las Tablas 15 y 16 de la DIA se muestran estos ajustes). Se considera un consumo de 150 l/persona/día en el diseño de la modificación del sistema de aguas servidas.

ii.2). Residuos industriales líquidos

Es importante recordar que la Planta Terciado del CFI Nueva Aldea, cuenta con autorización en forma temporal, según se establece en el Considerando 3.1 de la Res. Ex. Nº39/05 de COREMA VIII Región, para la disposición final de sus Riles, en tanto no se inicie la operación del sistema definitivo de tratamiento de efluentes del CFI Nueva Aldea, contemplado para su Fase 2. Referido a lo anterior, cabe lo señalado en el 2.2.5.4, numeral ii) de la DIA, respecto de las condiciones establecidas en la RCA 076/05 de COREMA de la VIII Región respecto de estos residuos.

Respecto del Proyecto, los principales efluentes residuales del proceso, que se generan en la planta de terciados de Nueva Aldea, son las purgas continuas que se efectúan en la etapa de macerado y en la cancha de riego y las aguas de lavado de secadores y encoladoras.

a. Efluente de fosos de cancha de riego y macerado

Las aguas de recirculación de la cancha de riego y de las cámaras de macerado contienen sólidos que decantan en el fondo de los fosos de recepción y bombeo. Mediante bombas de fondo se irá purgando el agua de estos fosos en forma continua y evacuado al sistema de recolección de efluentes, para ser evacuadas a la planta de tratamiento de efluentes de Fase 2 del CFI Nueva Aldea. El agua retirada será repuesta con agua industrial o, en el caso de la cancha de riego, con la alternativa de agua de enfriamiento de unidades hidráulicas. Los flujos proyectados de las bombas de fondo se muestran en la Tabla 17 de la DIA.

En caso que el circuito de agua de riego o de macerado deba mantenerse cerrado, los lodos de los pozos de recepción y bombeo serán retirados por camiones limpia fosas y dispuestos en RASA autorizados para tal efecto.

b. Manejo de agua de lavados

Las aguas de lavado de equipos se originan en 2 áreas: secado y armado-encolado. También se origina un efluente en el área de prensado que corresponde a la purga del sistema de enfriamiento de tableros a la salida de las prensas en caliente.

Agua de lavados de secadores

Los secadores cuentan con un sistema de canaletas perimetrales para recolectar las aguas de lavado de los secadores, las que son descargadas a las cámaras del sistema de recolección de efluentes, para ser evacuadas a la planta de tratamiento de efluentes de Fase 2 del CFI Nueva Aldea. La frecuencia de lavados, el tiempo de lavado y los flujos de agua actuales y proyectados se muestran en la Tabla 18 de la DIA.

Agua de lavados de encoladoras

Todas las aguas de lavado de las encoladoras son recolectadas por un sistema compuesto de pretiles, canaletas y fosos de acumulación, todos ubicados en el interior del edificio de procesos. Desde los fosos de recolección se bombeará el agua hasta un estanque de almacenamiento de agua de lavado ubicado en el edificio almacenamiento de resinas. El agua de lavado será retirada del estanque de almacenamiento de agua de lavados por los mismos camiones del proveedor de adhesivos, tal como está acordado en el contrato de este suministro. Por esta razón, no habrá vertido de agua de lavado de las encoladoras al sistema general de conducción y tratamiento de efluentes del CFI Nueva Aldea.

Purga agua de enfriamiento salida prensas

A la salida de las prensas se rocía agua fría a los tableros calientes para bajar su temperatura en forma controlada. Para esto existe un circuito semicerrado de agua de enfriamiento que requiere una purga continua para evitar una concentración excesiva de adhesivo que es arrastrado junto con el agua. Esta agua es vertida por canaleta a las cámaras del sistema de recolección de efluentes, para ser evacuadas a la planta de tratamiento de efluentes de Fase 2 del CFI Nueva Aldea. Los caudales estimados para distintos niveles de producción se muestran en la Tabla 19 de la DIA.

c. Manejo de aguas lluvia

Para el manejo de aguas lluvia se ha definido dos tipos distintos de aguas lluvia, según el tipo de contenido en ellas debido a su paso por la Planta Terciado Nueva Aldea: aguas lluvia limpias y aguas lluvia con arrastre.

i) Manejo de aguas lluvia limpias

Se definen como aguas lluvia limpias, a las aguas que son recolectadas por los techos del edificio de proceso, bodega y oficinas y en calles principales.

-Manejo aguas lluvia limpias para ampliación a 475.000 m3/año y a 540.000 m3/año

La ampliación proyectada a ambos volúmenes de producción, para la planta de paneles Nueva Aldea, afecta al sistema de evacuación de aguas lluvias en relación a la ampliación del Edificio de Paneles. La superficie techada de la planta aumentará aproximadamente a 34.100 m2 y a 46.600 m2 respectivamente, para lo cual se requerirá la construcción de un par de nuevos colectores de aguas lluvias para el saneamiento de los techos adicionales. Estos colectores descargarán al Canal NW existente. Los diseños de las ampliaciones del sistema de aguas lluvias se elaborarán considerando precipitaciones máximas en 24 horas de período de retorno 100 años, es decir, utilizando los mismos criterios de diseño que en el proyecto original, para ambos casos. En las Tablas 20 y 21 de la DIA, se detallan el aumento en los flujos estimados de aguas lluvias que se generarán producto de esta ampliación, para T=100 años. El caudal de diseño para este período es de 9.950 l/s.

El diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias limpias de la Fase 1 de este proyecto ya contemplará la conducción de estos incrementos correspondientes a la Fase 2.

Para el manejo de todas las aguas lluvias limpias, se instalarán filtros de arena en los colectores, cuyo diseño se basará en aquellos propuestos por USEPA, como tecnología de control de aguas lluvias (EPA 832-F-99-00/, Septiembre 1999), que presentan eficiencias de remoción en sólidos suspendidos del orden de 70%, de tal forma que se garantizará que el agua entregada al canal NW existente, será limpia.

ii) Manejo de aguas lluvia con arrastre y piscina de acumulación

Se definen como aguas lluvias con arrastre las que caen en sectores de almacenamiento de madera, corteza o chips. Su paso por esas áreas genera el incremento de indicadores de calidad ambiental de ellas, por lo que tendrán un manejo distinto de las aguas lluvia limpias, el que se describe a continuación.

Para el manejo de las aguas lluvias con arrastre se considera embalsarlas en las diferentes áreas de origen, en una serie de pretiles y badenes a construir, los que permitirán acumular las lluvias de esas zonas de las plantas de Trozado, Aserradero, Terciado y Planta Térmica, que forman parte de la Fase 1 del CFI Nueva Aldea. Las aguas acumuladas serán descargadas gravitacionalmente y en forma controlada al colector de efluentes existente, para no sobrecargarlo. En este mismo colector se mezclarán los efluentes provenientes de Terciado, Aserradero, Trozado y Planta Térmica. Las aguas lluvias mezcladas serán conducidas por gravedad a la estación de bombeo de la Planta de Tratamiento de Efluentes de Fase 2 de CFI Nueva Aldea, ubicada en el sector del spill pond de la planta de celulosa de Nueva Aldea.

El agua mezclada que llega a la estación de bombeo será enviada a la Planta de Tratamiento de Efluentes de Fase 2 del complejo industrial. Sin perjuicio del aumento de producción señalado en esta DIA, se mantendrá el cumplimiento de las condiciones establecidas para las aguas residuales que serán conducidas al sistema definitivo de tratamiento de efluentes del CFI Nueva Aldea contemplado para su Fase 2. Tales condiciones se encuentran señaladas en el Considerando Nº3.1.2.7.3.1 Sistema Provisorio de Tratamiento de Efluentes: Fase 1 de la RCA Nº076/05 de la COREMA de la VIII Región.

El excedente será enviado a una nueva laguna de acumulación de 20.000 m3. La laguna tendrá suficiente capacidad para almacenar la lluvia asociada a 24 horas para un periodo de retorno de 100 años.

El agua acumulada en la nueva laguna se vaciará descargándose hacia la estación de bombeo que impulsará el agua hacia la planta de tratamiento de efluentes de Fase 2 del CFI Nueva Aldea.

Opcionalmente, se ha contemplado el mecanismo de desconexión de la descarga a la cañería de sistema de conducción de efluentes cerrando válvulas de tipo on-off que se instalarán especialmente para este fin, con el objeto de enviar al estero Velenunque, previa verificación de su calidad ambiental, medida como conductividad y pH, las distintas aguas lluvias embalsadas que presenten una condición de agua "limpia" por efecto de una lluvia prolongada.

Durante las lluvias el agua que cae sobre las canchas será enviada hacia la futura laguna de aguas lluvias, en forma controlada, a través del colector de efluentes con un caudal máximo de 200 l/s. No obstante, existirá la opción de enviar las aguas lluvias posteriores a la primera hora de lluvia al sistema de aguas lluvias, siempre y cuando puedan caracterizarse como "agua limpia" por medio de los requisitos de pH y conductividad que permitan descargarlos al estero Velenunque.
Por otra parte, si las precipitaciones son muy intensas y/o de muy larga duración, el flujo de agua será mayor a los 200 l/s, máximo caudal que soporta el colector de efluentes, por lo que el excedente se acumulará en los siguientes sectores:
a.- Futuras Canchas de Aserradero (6.000 m2) y Canchas de Rollizos con Corteza (9.000 m2)
b.- Sector Pila de Astillas (12.000 m2)
c.- Canchas de Paneles (21.000 m2)
d.- Canchas de Regulación (27.000 m2)
En cada uno de estos puntos de conexión al colector de efluentes, existirán mediciones de pH y conductividad que permitirán discriminar si es posible descargar las aguas al sistema de aguas lluvias.
Así mismo, en caso que los niveles de agua acumulados en dichos sectores superen los 30 cm en promedio y/o la laguna de acumulación esté llena, éstas serán descargadas, mediante una compuerta manual, al sistema de aguas lluvias, pero sólo si cumplen los requisitos de pH y conductividad aceptables en el estero Velenunque.

Respecto a los valores de pH y conductividad que se considerarán aceptables en las aguas lluvias con arrastre de sólidos para permitir su descarga al estero Velenunque, se contempla utilizar los valores ya establecidos por la autoridad; esto es, los señalados en la Resolución Exenta N° 1404 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 24 de mayo de 2005, que aprueba el programa de monitoreo del efluente generado en el proceso de la Planta Terciado Nueva Aldea, y que para el parámetro pH estableció el rango 6,5 a 8,0, y para el parámetro conductividad fijó un límite máximo de 1.500 uS/cm.

Las áreas físicas incluidas en este sistema de manejo de aguas lluvias serán la cancha de regulación, la cancha de madera y pila de astillas (de Aserradero), la cancha de madera verde (de Trozado), la cancha de riego de Terciado y la zona de acopio de biomasa previa al ingreso al galpón de la Planta Térmica.

Se adjunta esquema del sistema propuesto para el manejo de las aguas lluvia y efluentes de la Fase 1 del CFI Nueva Aldea, considerando la ampliación de Planta Terciado Nueva Aldea descrita en esta DIA.

 

La laguna de acumulación de aguas lluvias se revestirá con una lámina de HDPE de 1,5 mm de espesor mínimo, texturada por ambas caras.

En la Adenda 1 se informa y se confirma que no se intervendrá y/o modificará ningún cauce natural y para detallar la información se adjunta un plano con la red de cauces naturales y artificiales existentes en el área de emplazamiento e influencia del proyecto (Anexo A, Adenda 1).

Dado que el proyecto no introduce nuevos efectos que requieran ser monitoreados en normas distinta a lo existente, el plan de monitoreo de calidad de las aguas tanto superficiales como subterráneas, se realizará de acuerdo al actual plan aprobado mediante la RCA N° 299/2002, del 28 de octubre de 2002, de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bio - Bio, cuyo alcance se indica en su considerando 3.5.11, a saber, "… calidad del río Itata aguas arriba y aguas debajo de la descarga. Los puntos de monitoreo, frecuencias y especificaciones están claramente señalados en la DIA."
De esta manera en la DIA "Planta Terciados Itata", respecto de Calidad de Agua, se menciona lo siguiente: "…En período de estiaje, se analizará la calidad del río Itata con una frecuencia anual en dos estaciones de muestreo, una ubicada 300 m aguas arriba de la descarga y la segunda, 500 m aguas debajo de la descarga.
Durante este monitoreo se determinarán los parámetros considerados en las normas NCh 1.333/Of.78 y NCh 409/1 Of.84.
El muestreo, tratamiento de muestras y análisis de laboratorio se realizará según lo establecido en el DS Nº 90/00: Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, o en su defecto, siguiendo las normas del Standard Methods for the Examination of Water and Wastewater".

7.2.2.6. Plan de Prevención de Riesgos, Manejo de Contingencias y Emergencias

Como una forma de controlar los riesgos asociados a las operaciones de Planta de Terciados Nueva Aldea, se cuenta con un Programa de Prevención de Riesgos Año 2006, el cual considera los siguientes contenidos: Introducción, Objetivos , Roles, Principios, Análisis estadístico, Metas, Actividades, Tableros de gestión y Control de las actividades.

Además de lo anterior, se han establecido los siguientes Planes y Procedimientos para el control de los riesgos al Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional:

- Plan de emergencias Planta Terciado.

- Plan de evacuación Planta Terciado.

- Procedimiento y Matriz de identificación y evaluación de peligros a la seguridad y salud ocupacional.

- Procedimiento y matriz de identificación y evaluación de aspectos ambientales.

- Procedimiento y matriz de identificación y evaluación de emergencias (Incendios, Derrames, Accidentes).

- Programa anual de capacitación de medio ambiente, seguridad y salud ocupacional.

- Programa anual de simulacros.

- Procedimiento de manejo de residuos.

Todos los planes y procedimientos anteriores están orientados a las condiciones normales y de contingencia que se pudieran producir.

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

  • Declaración de Impacto Ambiental (DIA) S/N, Publicado por Paneles Arauco S.A., con fecha 1/01/2006.
  • Test de Admisión S/N, Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, con fecha 01/02/2006
  • Of. Solicitud de Evaluación DIA Nº69, Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, con fecha 02/02/2006.
  • Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) S/N, Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, con fecha 09/03/2006
  • Adenda S/N, Publicado por Paneles Arauco S.A., con fecha 20/03/2006.
  • Solicitud de Evaluación de Adenda Nº164, Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, con fecha 20/03/2006.
  • Resolución de Ampliación de Plazos Nº102, Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, con fecha 04/04/2006.

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

  • Oficio Nº126, se pronuncia con observaciones sobre la DIA, publicado por Dirección Regional SEC del Bio Bio, con fecha 03/02/2006;
  • Oficio Nº449 se pronuncia con observaciones sobre la DIA, publicado por Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio, con fecha 20/02/2006;
  • Oficio Nº219 se pronuncia con observaciones sobre la DIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/02/2006;
  • Oficio Nº343 se pronuncia con observaciones sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio, con fecha 21/02/2006;
  • Oficio Nº89 se pronuncia con observaciones sobre la DIA, publicado por Ilustre Municipalidad de Ranquil, con fecha 07/03/2006;
  • Oficio Nº000 se pronuncia conforme sobre la DIA y la Adenda Nº1, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región del Bio-Bio, con fecha 08/03/2006;
  • Oficio Nº878 se pronuncia conforme sobre la DIA y la Adenda Nº1, publicado por Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio, con fecha 30/03/2006;
  • Oficio Nº601 se pronuncia conforme sobre la DIA y la Adenda Nº1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/03/2006;
  • Oficio Nº693 se pronuncia conforme sobre la DIA y la Adenda Nº1, publicado por SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio, con fecha 04/04/2006;
  • Oficio Nº148 se pronuncia conforme sobre la DIA y la Adenda Nº1, publicado por Ilustre Municipalidad de Ranquil, con fecha 05/04/2006;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Aumento de capacidad de Producción Planta Terciado Nueva Aldea', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

  • Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio.
  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Bio-Bio.
  • Dirección Regional SEC del Bio Bio.
  • Ilustre Municipalidad de Ranquil.
  • SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio.
  • SEREMI MOP, Región del Bio Bio.
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

No se pronunció la Seremi MOP, Región del Bio Bio

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300.

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

Normativa general;

NORMA: Resolución Exenta 299/2002, modificada por Resolución exenta N°94/2003, Califica Ambientalmente Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Terciados Itata", 28 de octubre de 2002, Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Bío Bío.

MATERIA: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Terciados Itata".

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Establece disposiciones ambientales y sectoriales a la actual planta de terciados Nueva Aldea, y define un plan de seguimiento asociado a sus emisiones atmosféricas y líquidas y manejo adecuado de residuos sólidos.

CUMPLIMIENTO: El Proyecto se ajustará, en lo que corresponda, a las disposiciones establecidas en la Resolución 299/2002 y su modificación.

FISCALIZACIÓN: Órganos del Estado, que en uso de sus facultades participan en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

NORMA Decreto Supremo Nº 47/92 y sus modificaciones. Artículo 4.14.2., Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, 05 de Junio de 1992, Ministerio Vivienda y Urbanismo.

MATERIA: El Artículo 4.14.2 de la Ordenanza señala que los establecimientos industriales o de bodegaje serán calificados caso a caso por la Autoridad Sanitaria respectiva, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar a sus trabajadores, vecindario y comunidad, pudiendo ser calificados como peligrosos, insalubre o contaminante, molesto e inofensivo.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Como se dijo, el Proyecto contempla instalaciones nuevas para

una nueva línea de producción del proceso de elaboración de paneles contrachapados.

CUMPLIMIENTO: En el numeral 5.3 de la DIA se incluyen los antecedentes que cumplen con los requisitos técnicos del Permiso Ambiental Sectorial de la Calificación Industrial asociada a la ampliación contemplado en el proyecto.

FISCALIZACIÓN: Según lo establece el artículo 5 de la LGUC, corresponderá a las Municipalidades aplicar dicha Ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamento, debiendo velar por su cumplimiento.

 

 

Normas relativas al Aire;

NORMA: Decreto Supremo Nº144, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, 2 de mayo de 1961, Salud.

MATERIA: Señala en su art. 1 que "los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario".

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Durante la construcción se generarán emisiones menores de material particulado localmente en el sitio de obras, debido al movimiento de tierra y otras labores de construcción. En general, la maquinaria transitará por caminos asfaltados existentes al interior del predio, por lo cual ésta no será una fuente de emisión importante. Similar será el caso de la etapa de operación, donde las emisiones atmosféricas consistirán en una fracción menor de polvo no retenido en filtro de manga, filtros ciclónicos y ciclones asociados las distintas unidades productivas de la Planta.

CUMPLIMIENTO Para minimizar la emisión de material particulado, se instruirá a los contratistas de obras en: el riego periódico de superficies no asfaltadas, especialmente si la construcción se realiza en época seca, y cubrimiento de la carga transportada en camiones, especialmente aquellos que abandonen el área de faenas. En la fase de operación se realizará la retención de polvo en filtros de mangas de alta eficiencia, similares a los existentes en las unidades de contrachapado actualmente en operación en el Complejo, ciclones y filtros ciclónicos previo al envío del material retenido a la Caldera de Poder del CFI Nueva Aldea. Se aclara que el número de mangas para los filtros necesarios para la ampliación de producción dependerá de las características ofrecidas por el proveedor final, puesto que los equipos aún no son adquiridos. En todo caso, se ha contemplado que los equipos a adquirir e instalar garanticen una emisión de 25 mg/m3N, con una eficiencia de separación promedio de aproximadamente 99,8%.

FISCALIZACIÓN Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto Supremo Nº59. Modificado por D.S. Nº 45, Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP-10, en especial, de los valores que definen situaciones de emergencia, 25 de mayo de 1998 y 11 de septiembre de 2001, respectivamente, Secretaría General de la Presidencia.

MATERIA: Establece la norma de calidad primaria para material particulado respirable, define los niveles que determinan las situaciones de emergencia ambiental para dicho elemento, y establece metodologías de pronósticos y mediciones para todo el territorio chileno. En su art. 2º la norma de calidad para el contaminante PM10 es de 150 µg/m3 N como concentración de 24 horas, y 50 µg/m3 N como concentración anual. Por otra parte el art. 3º define los niveles que originan situaciones de emergencia ambiental para material particulado.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Durante la construcción se generarán emisiones menores de material particulado localmente en el sitio de obras, debido al movimiento de tierra y otras labores de construcción. En general, la maquinaria transitará por caminos asfaltados existentes al interior del predio, por lo cual ésta no será una fuente de emisión importante. Similar será el caso de la etapa de operación, donde las emisiones atmosféricas consistirán en una fracción menor de polvo no retenido en filtro de manga, filtros ciclónicos y ciclones asociados las distintas unidades productivas de la Planta.

CUMPLIMIENTO: Para minimizar la emisión de material particulado, se instruirá a los contratistas de obras en: el riego periódico de superficies, especialmente si la construcción se realiza en época seca, y cubrimiento de la carga transportada en camiones, especialmente aquellos que abandonen el área de faenas. En la etapa de operación, la nueva unidad de contrachapado se realizará la retención de polvo en filtros de mangas de alta eficiencia, similares a los existentes en las unidades de contrachapado actualmente en operación en el Complejo, ciclones y filtros ciclónicos, previo al envío del material retenido a la Caldera de Poder del CFI Nueva Aldea.

FISCALIZACIÓN: Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto Supremo Nº48, Reglamento de Calderas y Generadores a Vapor, 12 de mayo de 1984, Ministerio Salud.

MATERIA: El presente reglamento establece las condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean móviles o estacionarias. Las calderas que no cumplan con las prescripciones del presente Reglamento o en las que se observaren deficiencias graves en la construcción, instalación, mantención u operación del equipo que representen un peligro grave de explosión o accidente, la autoridad sanitaria podrá ordenar su paralización, hasta que sean debidamente subsanadas las deficiencias.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: El Proyecto no contempla la construcción y operación de una nueva caldera. Sin embargo, se utilizará la caldera existente en el complejo industrial y que se encuentra debidamente autorizada. Esta caldera formó parte del Proyecto CFI Nueva Aldea y su funcionamiento y capacidad fue aprobada mediante Resolución de Calificación Ambiental Nº076/05 otorgada en el marco del SEIA.

CUMPLIMIENTO: El Proyecto no afectará significativamente el régimen de funcionamiento de la caldera, lo cual será verificado mediante el control de emisiones que se realiza actualmente. El polvo que generará el Proyecto y que será enviado a la caldera, favorecerá el proceso de combustión.

FISCALIZACIÓN: Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto Supremo Nº 47/92 y sus modificaciones. Artículo 5.8.3., Nombre Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Fecha de publicación: 05 de Junio de 1992, Ministerio Vivienda y Urbanismo.

MATERIA: El Artículo 5.8.3. de la Ordenanza señala que con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas:

a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

e) e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Como se dijo, durante la etapa de construcción del Proyecto las principales emisiones a la atmósfera corresponderán al material particulado generado, principalmente, por excavaciones, carga y descarga de material y circulación de vehículos sólo por caminos no pavimentados.

CUMPLIMIENTO: El Proyecto contempla la implementación de una serie de medidas para evitar o minimizar las emisiones de material particulado a la atmósfera, las que se presentan en las secciones 2.2.5.1 y que son concordantes con lo establecido en la norma que se cita.

FISCALIZACIÓN: Según lo establece el artículo 5 de la LGUC, corresponderá a las Municipalidades aplicar dicha Ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamento, debiendo velar por su cumplimiento.

Normas Relativas al Ruido

NORMA Decreto Supremo Nº146, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas, 17 de Abril de 1998, Ministerio Secretaría General de la Presidencia

MATERIA: Establece niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. Su art. 4 fija los niveles máximos de presión sonora corregidos medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. Estos niveles de emisión se diferencian según las zonas en que se encuentre el receptor y el horario en que se emitan los ruidos.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: En la etapa de construcción se generarán emisiones de ruido debido al tránsito de vehículos (por el camino de acceso y al interior de la faena), los movimientos de tierra, y las actividades de construcción en general. En la fase de operación, se generará ruido producido por los equipos y maquinarias en operación al interior del nuevo galpón industrial.

CUMPLIMIENTO: Las emisiones de ruido de las etapas de construcción y operación del proyecto tendrán poca relevancia, puesto que no afectarán a la población cercana, debido a las condiciones de operación de la maquinaria y equipos, y la distancia de las zonas habitadas más próximas al área del Proyecto. Además el nuevo galpón industrial tendrá una función de encierro acústico, por lo cual no se espera que niveles significativos de ruido sean percibidos desde el exterior. En tal sentido, el valor permitido por la norma de ruido no se verá sobrepasado en ningún caso en los puntos sensibles relativos a la Planta Terciado, incluida su ampliación.

FISCALIZACIÓN: Autoridad Sanitaria Regional.

Normas respecto a Residuos Sólidos

NORMA: Decreto Supremo Nº 594, Modificado por DS Nº57, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, 29 de abril de 2.000 y 07 de noviembre de 2003, Ministerio Salud

MATERIA: El art. 18 señala que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Por su parte, el art. 19 señala que "las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente". Finalmente el art. 20 dispone que en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Los residuos sólidos de construcción consistirán básicamente en desechos de madera, y algunos moldajes usados en las obras civiles. También se generarán residuos sólidos domésticos tales como restos de comida, papeles, cartones, etc. En la fase de operación, de acuerdo a la naturaleza del proceso industrial, se generan cuatro tipos de residuos sólidos, a saber: residuos combustibles, desechos sólidos de cancha de riego y macerado; aserrín, astillas, residuos domiciliarios, y residuos peligrosos.

CUMPLIMIENTO: Los residuos de construcción serán retirados por los contratistas de obras, pues éstos son reutilizables en labores de construcción y/o reparación de diversas estructuras. Por su parte los residuos sólidos industriales en la fase de operación serán similares en composición y cantidad a los producidos actualmente en el resto de las unidades de la planta, por lo que el manejo y disposición final será a través del uso del vertedero de residuos no peligrosos debidamente autorizado. Respecto a los residuos domiciliarios, se estima una producción del orden de 450 a 520 kg/día que serán acumulados en contenedores y retirados por el servicio de recolección actualmente existente. En relación a los residuos calificados como peligrosos, éstos se manejarán de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos entregado a la Autoridad Sanitaria, según carta GPTNA-057-C-05 de fecha 13 de diciembre de 2005. Actualmente los residuos sólidos peligrosos cuentan con resolución sanitaria vigente, para efectos de su acopio temporal, transporte y disposición final de ellos. Asimismo, se contempla enviarlos a otros sitios de disposición final debidamente autorizados para tal efecto.

FISCALIZACIÓN: Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto Ley Nº3.557, Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola, 9 de Febrero de 1981, Ministerio Agricultura

MATERIA: El art. 9º obliga a los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al Estado, al Fisco, a empresas estatales o a particulares, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que parezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de agua, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados. Por su parte el art. 11º dispone que los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: Los residuos sólidos de construcción consistirán básicamente en desechos de madera, y algunos moldajes usados en las obras civiles. También se generarán residuos sólidos domésticos tales como restos de comida, papeles, cartones, etc. En la fase de operación, de acuerdo a la naturaleza del proceso industrial, se generan cuatro tipos de residuos sólidos, a saber: residuos combustibles, desechos sólidos de cancha de riego y macerado; aserrín, astillas, residuos domiciliarios, y residuos peligrosos.

CUMPLIMIENTO: Los residuos de construcción serán retirados por los contratistas de obras, pues éstos son reutilizables en otras labores de construcción y/o reparación de diversas estructuras. Por su parte los residuos sólidos industriales en la fase de operación serán similares en composición y cantidad a los producidos actualmente en el resto de las unidades de la planta, por lo que el manejo y disposición final será a través del uso del Vertedero de residuos no peligrosos debidamente autorizados. Respecto a los residuos domiciliarios, se estima una producción del orden de 450 a 520 kg/día que serán acumulados en contenedores retirados por el servicio de recolección actualmente existente. En relación a los residuos calificados como peligrosos, éstos se manejarán de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos entregado a la Autoridad Sanitaria, según carta GPTNA-057-C-05 de fecha 13 de diciembre de 2005. Actualmente los residuos sólidos peligrosos cuentan con resolución sanitaria vigente, para efectos de su acopio temporal, transporte y disposición final de ellos. Asimismo, se contempla enviar a otros sitios de disposición final debidamente autorizados para tal efecto.

FISCALIZACIÓN: Servicio Agrícola y Ganadero.

NORMA: Decreto Supremo Nº148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, 16 de Junio de 2004, Ministerio de Salud.

MATERIA: Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Señala que se entiende por Residuo Peligroso a todo residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar algunas de las características señaladas en el art. 11, que son las de corrosividad, reactividad, toxicidad o inflamabilidad.

RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD: Planta Terciado Nueva Aldea genera una mínima cantidad de residuos peligrosos, debido al uso de artículos computacionales, artículos de limpiezas, y productos combustibles, asociados al mantenimiento de maquinarias.

CUMPLIMIENTO: El proyecto contempla como residuos de mantención: tubos fluorescentes y ampolletas de Na y Hg, toner, computadoras, circuitos eléctricos, artículos de limpieza peligrosos y residuos contaminados con hidrocarburos, envases de productos peligrosos, baterías, pilas y fenol formaldehído, aceites y lubricantes quemados, tambores metálicos de 208 litros contaminados. De acuerdo a las siguientes resoluciones: Res. Ex. Nº1487, de 07.04.05, de SEREMI de Salud de la VIII Región, que autoriza a Paneles Arauco S.A., Planta Terciado Itata para trasladar a los recintos de Copiulemu, residuos industriales sólidos peligrosos los que corresponden a: tubos fluorescentes y ampolletas de Na y Hg, toner, computadoras, circuitos eléctricos, artículos de limpieza peligrosos y residuos contaminados con hidrocarburos, envases de productos peligrosos, baterías, pilas y fenol formaldehído; Res. Ex. Nº1488, de 07.04.05, de SEREMI de Salud de la VIII Región, que autoriza a Paneles Arauco S.A., Planta Terciado Itata para almacenar en forma temporal, manejo y transporte a los sitios de disposición final, así como las medidas de seguridad para enfrentar eventuales contingencias derivadas del almacenamiento de los residuos señalados en Res. Ex Nº1487, además de tambores metálicos de 208 litros contaminados y aceites y lubricantes quemados; y Res. Ex. Nº1844, de 25.04.05, de SEREMI de Salud de la VIII Región, que autoriza trasladar a las instalaciones de Bravo Energy, aceites y lubricantes quemados generados tanto en Planta Terciado como Planta de Energía del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea. Asimismo, se contempla enviar a otros sitios de disposición final debidamente autorizados para tal efecto. En términos generales, éstos se manejarán de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos entregado a la Autoridad Sanitaria, según carta GPTNA-057-C-05 de fecha 13 de diciembre de 2005. Lo anterior permite asegurar el cumplimiento de los requisitos sanitarios y ambientales asociados a este tipo de residuos. Se adjunta copia de la resoluciones mencionadas en Anexo Nº1.

FISCALIZACIÓN: Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: D.S. 75/87. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

MATERIA: Regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos, estableciendo normas de señalización y otras.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: En la etapa de construcción y operación se generará gran movimiento de vehículos de carga, emisiones de ruido debido al tránsito de vehículos (por el camino de acceso y al interior de la faena), los movimientos de tierra, y las actividades de construcción en general. En la fase de operación, se generará efectos por el transporte de cargas en operación al interior y hacia el exterior del complejo industrial.

CUMPLIMIENTO: Los camiones de transporte de material y vehículos en general circularán respetando todos los procedimientos indicados en este Decreto. Todos los camiones tolva cumplirán con las condiciones de recubrimiento y señalética para evitar la caída de su carga sobre las vías.

FISCALIZACIÓN: MINTRAT

Normas respecto a las Aguas;

NORMA: Decreto Supremo Nº594, modificado por DS Nº57, Reglamento condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugares de trabajo, 29 de abril de 2000 y 07 de noviembre de 2003, respectivamente, Ministerio Salud

MATERIA: El art. 12 establece que todo lugar de trabajo deberá contar, individual o colectivamente, con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. El art. 13 establece la obligación de que cualesquiera sea el sistema de abastecimiento de agua potable, este deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Asimismo el articulo 15 señala que en aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deberá mantener un suministro de agua potable igual, tanto en cantidad como en calidad, a lo establecido en los artículos 13 y 14 de este reglamento, por trabajador y por cada miembro de su familia. Por su parte, el art. 21 establece que todo lugar de trabajo estará provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, y dispondrá de excusado y lavatorio. El art. 24 de la norma citada dispone que en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo de una letrina sanitaria o baño químico. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será de responsabilidad del empleador. Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

RELACION CON EL PROYECTO: El proyecto considera la incorporación de un contingente de trabajadores para las etapas de construcción de 580 personas y en la etapa de operación de 253 personas adicionales en la Fase 1 del proyecto, y de 351 personas adicionales en la Fase 2 del proyecto, respecto de la dotación de personal actualmente operando.

CUMPLIMIENTO La dotación de agua potable quedará asegurada por la extensión de la actual red de suministro que tienen las instalaciones actualmente en funcionamiento, aprobadas por la Resolución N°3178/05, de 11.04.05 y Res. Ex. Nº4525, de 11.05.05, ambas de la Autoridad Sanitaria Regional (ver Anexo Nº1). Las aguas servidas del nuevo contingente utilizará las instalaciones sanitarias existentes, las cuales están conectadas al sistema de alcantarillado particular, debidamente autorizado (ver Anexo Nº1: Resolución N°4527/05 de la Autoridad Sanitaria Regional), el que será modificado en cuanto a cantidad de duchas y capacidad de la fosa séptica en 40 m3 para la Fase 1 del proyecto, hasta un volumen necesario de aproximadamente 60 m3 para la Fase 2.

Durante la fase de construcción, las aguas servidas serán dispuestas en baños químicos instalados próximos a los sitios de faenas, de acuerdo a los requerimientos establecidos en la regulación sectorial respectiva.

FISCALIZACIÓN Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, Código Sanitario, 31 de enero de1968,.Ministerio de Salud

MATERIA: El artículo 73 del Código Sanitario prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. Por su parte, el artículo 71, letra b) dispone que corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

RELACION CON EL PROYECTO: El proyecto considera la incorporación de un contingente de trabajadores para las etapas de construcción de 580 personas y en la etapa de operación de 253 personas adicionales en la Fase 1 del proyecto, y de 351 personas adicionales, respecto de la dotación de personal actualmente operando.

CUMPLIMIENTO: Las aguas servidas del nuevo contingente utilizará las instalaciones sanitarias existentes, las cuales están conectadas al sistema de alcantarillado particular, debidamente autorizado (ver Anexo Nº1: Resolución N°4527/05 de la Autoridad Sanitaria Regional), el que será modificado en cuanto a cantidad de duchas y capacidad de la fosa séptica en 40 m3 para la Fase 1 del proyecto, hasta un volumen necesario de aproximadamente 60 m3 para la Fase 2. Durante la fase de construcción, las aguas servidas serán dispuestas en baños químicos instalados próximos a los sitios de faenas, de acuerdo a los requerimientos establecidos en la regulación sectorial respectiva. El transporte de los lodos de las fosas sépticas cuenta con autorización sanitaria, de acuerdo a Res. Nº3768, de 19.07.05 de SEREMI de Salud de la VIII Región.

FISCALIZACIÓN Autoridad Sanitaria Regional.

NORMA: Decreto Supremo Nº90, Norma de Emisión para la Regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales, 07 de marzo de 2001,Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

MATERIA: La presente norma constituye una norma de emisión que establece las características que deben cumplir los vertidos de los residuos industriales líquidos a cursos de aguas superficiales o subterráneos. Su objetivo es la protección y la preservación de los recursos hídricos de la República de Chile. Se aplica a todos los establecimientos industriales que descarguen sus efluentes líquidos directamente en aguas terrestres o marítimas sean éstas superficiales.

RELACIÓN CON EL PROYECTO: El residuo líquido que se generará provendrá de las aguas lluvia con arrastre y las purgas continuas que se efectúan en la etapa de macerado y en la cancha de riego, y las aguas de lavado de secadores.

CUMPLIMIENTO: Todos los efluentes líquidos, incluidos el sobrenadante de las fosas sépticas contempladas para las aguas servidas, serán conducidos al Sistema General de Tratamiento de Efluentes del CFI Nueva aldea, correspondiente a su Fase 2. La forma y condiciones de su cumplimiento están establecidas en la RCA Nº076/05 de COREMA VIII Región, Considerando 3.1.2.7.3.2.

FISCALIZACIÓN: La fiscalización de la presente norma corresponderá a la Superintendencia de Servicios Sanitarios.

 

Normativa respecto al Ordenamiento Territorial

NORMA: D.F.L.Nº 458 y Decreto Supremo. Nº 47/92 y sus modificaciones, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, 13 de abril de 1976 y 5 de junio de 1992, Ministerio Vivienda y Urbanismo.

MATERIA: El artículo 55 de la LGUC dispone que las construcciones industriales fuera de los límites urbanos requerirán de la aprobación de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola.

RELACION CON EL PROYECTO: La zona del proyecto se encuentra al interior del predio Rol 161-3, Fundo Velenunque 2B.

CUMPLIMIENTO El predio ROL 161-3, de propiedad de Paneles Arauco S.A. cuenta con cambio de uso de suelo, junto a otros sitios asociados al CFI Nueva Aldea.

FISCALIZACION Según lo establece el artículo 5 de la LGUC corresponderá a las Municipalidades aplicar dicha Ley, la Ordenanza General, las Normas Técnicas y demás Reglamento, debiendo velar por su cumplimiento.

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

Sobre la base de la descripción del Proyecto (sección 2 de la DIA), se considera que éste no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300, especificado en el Título II del Reglamento del SEIA.

Lo anterior es justificado mediante el análisis que se presenta en este capítulo, en donde se expone una revisión de cada uno de los criterios señalados por la Ley Nº19.300 y el Reglamento del SEIA a fin de acreditar que corresponde la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Cada uno de los criterios considerados, es citado en forma literal a como se presenta en el Reglamento artículos 5 al 11.

Criterio a)

A objeto de evaluar si el proyecto genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones o residuos, de acuerdo al artículo 5 del Reglamento, se considerará:

a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del Reglamento del SEIA.

b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.

c) Frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y emisiones a la atmósfera.

Efluentes Líquidos

Durante la etapa de construcción los únicos efluentes líquidos generados serán las aguas servidas de los trabajadores que participen en esta etapa. Las instalaciones sanitarias que se utilizarán corresponderán a baños químicos que se instalarán al interior de las faenas de construcción, en las cantidades señaladas en la normativa de ambiente laboral, DS Nº594/99.

En la etapa de operación, se enviarán hacia el sistema definitivo de tratamiento de efluentes contemplado en la RCA Nº076/05, relativa al CFI Nueva Aldea, las aguas lluvia con arrastre y los efluentes líquidos provenientes de las purgas continuas que se efectúan en la etapa de macerado y en la cancha de riego, y las aguas de lavado de secadores. El sistema de conducción de estas aguas residuales contempla una laguna de contención de excedentes producidos por variaciones de caudal debido a eventos de lluvia, con un volumen aproximado de 20.000 m3.

Sin perjuicio de lo anterior, estos efluentes serán tratados en el sistema definitivo de tratamiento de efluentes de Fase 2 del CFI de Nueva Aldea, el que se ha estimado su inicio de operaciones dentro del segundo semestre del 2006 y por consiguiente se verificará su cumplimiento respecto a la normativa nacional de emisión de efluentes líquidos descargados a cuerpos de agua superficial.

Como se observa, a consecuencia de este Proyecto, no se generarán nuevos efectos al medio ambiente producto de los efluentes líquidos.

Emisiones a la atmósfera

Durante la etapa de construcción, se generarán emisiones de polvo proveniente del movimiento de tierra. Estas emisiones serán dispersas y esporádicas según el régimen de esta etapa, programada para 13 meses para la construcción de las obras civiles y 8 meses para el montaje de los equipos, pero con sólo 3 meses destinados a la preparación del terreno, distribuidos según avance de las instalaciones. En general estas emisiones no revisten características de peligrosidad ni pueden implicar algún eventual impacto ambiental significativo.

Otras emisiones atmosféricas que generará el Proyecto consistirán en la fracción de polvo que no sea retenida por los filtros de mangas, filtros ciclónicos y ciclones que operarán en el sistema de transporte neumático asociado a las unidades productivas de la planta. Se estima que la emisión de polvo a la atmósfera será del orden de 20,9 kg/hora para la primera fase del proyecto y del orden de 23,3 kg/hora para la segunda.

En relación al uso de resinas de fenol-formaldehído, se contemplan emisiones muy bajas, pues se contará con sistemas de extracción forzada, por lo que las concentraciones en ambiente laboral se encontrarán bajo los niveles normados.

Dado lo anterior, se prevé que las emisiones atmosféricas no aumentarán significativamente respecto de las actuales, considerando las altas eficiencias de remoción de material particulado y gases. Para verificar este aspecto y al mismo tiempo constatar el cumplimiento de la normativa aplicable, se realizará un monitoreo ambiental en base a un muestreo de material particulado en el sitio que actualmente se monitorea de acuerdo a los requerimientos establecidos en la RCA Nº299/02 de COREMA VIII Región. Este monitoreo permitirá evaluar el efecto global del Proyecto y del CFI.

d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.

e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.

Residuos Sólidos

Los residuos sólidos industriales que se generarán en la etapa de construcción, consistirán básicamente en desechos de madera y algunos moldajes usados en las obras civiles.

También se generarán residuos sólidos domésticos tales como restos de comida, papeles, cartones, etc. Se estima que los residuos derivados de la construcción no superarán, en promedio, los 5m3/día. Respecto a los residuos sólidos domésticos, la cantidad estimada a producir será entre 350 kg/día hasta 3.500 kg/día, según la cantidad de trabajadores que contempla el plan general de la construcción (corresponde a una tasa de generación de 0,5 kg/habitante-día).

Los residuos de construcción serán retirados por los contratistas de obras, pues éstos son reutilizables en labores de construcción y/o reparación de diversas estructuras. Los residuos domiciliarios serán acumulados en contenedores tapados, en los sitios dispuestos para tal efecto en el Complejo Industrial, y entregados al sistema de recolección actualmente existente.

En la fase de operación se generan los siguientes residuos sólidos: residuos combustibles, desechos sólidos de cancha de riego y macerado, aserrín, astillas, residuos domiciliarios, y residuos peligrosos. Todos ellos cuentan con el debido manejo y las autorizaciones sanitarias para su acopio, transporte y disposición final en vertederos autorizados para tales fines. En general, los residuos sólidos se generarán en forma continua de acuerdo al régimen de producción de la nueva unidad de contrachapado y ranurado.

Los residuos domiciliarios se generarán en una cantidad del orden de 450 a 520 kg/día, para ambas fases contempladas en el proyecto, los que serán acumulados en contenedores tapados y entregados al sistema de recolección actual.

Los residuos sólidos calificados como peligrosos se encuentran autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional para su acopio temporal, transporte y disposición final en las instalaciones de la empresa Copiulemu y Bravo Energy Chile S.A. Asimismo, se contempla enviar a otros sitios de disposición final debidamente autorizados para tal efecto. Su Manejo se realizará de acuerdo al Plan de Gestión de Residuos Peligrosos, cuya versión actualizada fue entregado a la autoridad según carta GPTNA-057-C-05 de fecha 13 de diciembre de 2005.

f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana permanente.

En la etapa de construcción, la fuente de ruido será el movimiento de tierra, compactación y nivelación de terreno, además de la preparación de radieres. Al respecto, en el sector no existen potenciales receptores que puedan verse afectados, pues las viviendas más próximas a la zona del proyecto se encuentran aproximadamente a más de 3 km de distancia.

Como se analizó anteriormente, la operación de la planta no representará un impacto acústico relevante en el sector, cumpliendo con los máximos permitidos para zona rural.

g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad.

El proyecto no generará formas de energía, radiación o vibraciones que pudiesen afectar la salud de la población.

h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto o actividad.

Según lo expuesto, el Proyecto no emitirá ni generará, en ninguna de sus fases, efluentes, emisiones ni residuos que presenten características de peligrosos, cuya combinación e interacción puedan afectar la salud de los trabajadores o de la población más cercana. En virtud de todo lo anterior, el proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones o residuos.

Criterio b)

A objeto de evaluar si el proyecto genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, de acuerdo al artículo 6 del Reglamento, se considerará:

a) Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del Reglamento del SEIA.

b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.

c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y emisiones a la atmósfera.

Efluentes Líquidos

Los efluentes líquidos del Proyecto no tendrán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos suelo, agua y aire. Su caracterización se indicó en el análisis del "criterio a" anterior. La verificación del cumplimiento de la normativa aplicable al RIL general de la planta, considerando la materialización del Proyecto, se hará a través del monitoreo ambiental que se llevará a cabo a partir de la puesta en marcha del sistema de tratamiento de residuos líquidos de Fase 2 del CFI Nueva Aldea.

Emisiones Atmosféricas

Las emisiones atmosféricas del Proyecto no tendrán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos suelo, agua y aire. Su caracterización se indicó en el análisis del "criterio a".

d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.

e) La frecuencia, duración y lugar de manejo de los residuos sólidos.

Los residuos sólidos del Proyecto no tendrán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos suelo, agua y aire. Su caracterización se indicó en el análisis del "criterio a".

f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre la fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

La operación de la ampliación proyectada no representa un impacto acústico negativo en el sector, por las razones antes descritas.

Respecto de la flora y fauna, se debe considerar que el área de emplazamiento del Proyecto ha sido previamente intervenida y se encuentra desprovista de vegetación, de modo tal que actualmente en el área de emplazamiento del proyecto no hay hábitats de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa. El sitio donde se emplazará el proyecto cuenta con Cambio de Uso de Suelo, según oficio Ord. Nº04 de 29 de marzo de 2004, de SEREMI de Agricultura de la VIII Región (adjuntado en Anexo Nº1) y está inserto en el CFI.

g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad.

El Proyecto no generará formas de energía, radiación o vibraciones que pudiera afectar la cantidad y calidad de los recursos naturales, incluidos suelo, agua y aire.

h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el proyecto o actividad.

Según lo expuesto, la combinación e interacción de los efluentes, o de los residuos que presenten características de peligrosos, no afectarán los recursos naturales presentes en el área del proyecto, de acuerdo a las condiciones contenidas en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.

i) La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables.

Como se ha indicado, el Proyecto no generará contaminantes que pudieren alterar significativamente la calidad del agua, aire y suelos. El área de inserción del Proyecto ha sido previamente utilizada para el acopio de materiales y estacionamiento de vehículos y no presenta en la actualidad un valor ambiental relevante.

j) La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del proyecto o actividad.

Las emisiones y efluentes producidos por el Proyecto, tanto en su fase de construcción como de operación, no afectarán la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el lugar donde se emplazará el Proyecto.

k) La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación de vegetación nativa.

l) La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.

m) El estado de conservación en que se encuentran especies de flora o fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.

En relación a los ítems "k", "l" y "m", el área de inserción del Proyecto se encuentra desprovista de vegetación.

El proyecto no alterará la fauna ni flora, debido a la actual intervención antrópica que presenta el sitio de emplazamiento y el uso destinado para el predio donde se localizará el proyecto.

n) El volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en:

n.1 vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y II, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas;

n.2 áreas o zonas de humedales que pudieran ser afectadas por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales;

n.3 cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias o fósiles;

n.4 una cuenca o subcuenca hidrográfica trasvasada a otra;

n.5 lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos en ninguna de las áreas descritas.

m) Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medio ambiente la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna; así como la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

El proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ninguna especie de flora o fauna u organismo modificado genéticamente o mediante otras técnicas similares.

o) La superficie del suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación.

El Proyecto contempla la utilización de una superficie aproximada de 4,9 há de suelos de uso industrial. Para el sector donde se emplazará el proyecto, Paneles Arauco S.A. cuenta con cambio de uso de suelo dado por su aprobación ambiental según consta en RCA Nº076/05 de COREMA VIII Región y oficio Ord. Nº4 de SEREMI de Agricultura de la VIII Región, de fecha 29 de marzo de 2004.

p) La diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración.

Como se ha indicado el lugar de emplazamiento del Proyecto no presenta hábitat de importante singularidad para el desarrollo de comunidades biológicas, por lo tanto se puede señalar que el proyecto no afectará la diversidad biológica. En virtud de todo lo anterior, el proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Criterio C)

A objeto de evaluar si el proyecto genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, de acuerdo al artículo 8 del Reglamento, se considerará, en caso de reasentamiento, el desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar de emplazamiento del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas. Asimismo, a objeto de evaluar si el proyecto o actividad incluida las obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre se considerarán:

a) Dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y transporte;

b) Dimensión demográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones;

c) Dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados;

d) Dimensión socio-económica, considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa; o

e) Dimensión de bienestar social básico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios.

En el área de emplazamiento del proyecto no existe población que pudiera llegar a verse desplazada o reubicada por la ejecución de éste.

Dado que dentro de la superficie donde se realizará el proyecto no existe población, no corresponde efectuar un análisis de densidad y distribución espacial de la población, tamaño de predio y tenencia de tierra y flujos de comunicación y transporte, u otros.

En el área no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. De igual modo, en él no se realizan ceremonias religiosas peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados.

El proyecto no afectará actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales. Del mismo modo, tampoco afectará el bienestar social básico determinado por el acceso a vivienda, transporte, energía, salud, educación y equipamiento sanitario.

En virtud de todo lo anterior, el proyecto no genera ni presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Criterio D)

A objeto de evaluar si el proyecto se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, de acuerdo al artículo 9 del Reglamento, se considerará:

a) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales;

b) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial; o

c) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.

En el área del Proyecto y cercanías no existe población protegida por leyes especiales; recursos protegidos en forma oficial o áreas protegidas o bajo protección oficial.

En virtud de lo anterior, el proyecto no genera ni presenta la circunstancia o característica de localizarse próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Criterio E)

A objeto de evaluar si el proyecto genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, de acuerdo al artículo 10 del Reglamento, se considerará:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

b) La duración o la magnitud en que se alteren recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

c) La duración o la magnitud en que se obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

d) La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº1.224 de 1975.

En el área en que se insertará el Proyecto no se encontró resolución o decreto alguno que haya declarado de interés turístico alguna zona próxima al Proyecto, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975. Asimismo, no se obstruirá la visibilidad, alterará recursos, obstruirá el acceso, ni intervendrá en ningún momento zonas con dicho valor.

El proyecto se emplazará dentro de un complejo conformado por numerosas instalaciones y recintos de carácter industrial.

En virtud de lo anterior, el proyecto no genera ni presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Criterio F)

A objeto de evaluar si el proyecto genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, de acuerdo al artículo 11 del Reglamento, se considerará:

a) La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la ley 17.288.

b) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la ley 17.288.

c) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenece al patrimonio cultural; o

d) La proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

En el área donde se emplazarán las nuevas construcciones no existen lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, ni se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones culturales o folklóricas de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

En virtud de lo anterior, el proyecto no genera ni presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO.

Al proyecto le aplican los siguientes PAS definidos en el artículo VII del Reglamento del SEIA;

Artículo 90: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725, Código Sanitario.

En el numeral 5.1 de la DIA y la página 21 de la Adenda Nº 1, se presentan los antecedentes que acreditan el cumplimiento de lo especificado por este permiso ambiental sectorial.

Artículo 91.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el numeral 5.2. de la DIA y la página 22 de la Adenda Nº1, se presentan los antecedentes que acreditan el cumplimiento de lo especificado por este permiso ambiental sectorial.

Artículo 94: Permiso asociado a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

En el numeral 5.3. de la DIA y la página 23 del Adenda Nº1, se presentan los antecedentes que acreditan el cumplimiento de lo especificado por este permiso ambiental sectorial.

 

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS.

Los compromisos ambientales voluntarios que Paneles Arauco S.A. contempla realizar están enfocados al plan de seguimiento ambiental del Proyecto. En general, estos compromisos se mantendrán respecto de aquellos señalados en la DIA original, cuyo objetivo es establecer si las emisiones del proyecto y las componentes ambientales se comportan de acuerdo a lo previsto en la presente DIA.

 

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

- En relación con las observaciones realizadas por la I Municipalidad de Ranquil, el titular establece que:
Respecto al aumento del tráfico de camiones, en los nuevos diseños de accesos recientemente aprobados por el MOP en el trebol Nueva Aldea y los estacionamientospara vehícluos, planteados por la I Municipalidadv deRanquil, el titular plantea:
El Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) aprobado para el proyecto de acceso al Complejo Forestal industrial Nueva Aldea (CFI), consideró en sus diseños de ingeniería vial de los accesos y en los análisis de demanda para los periodos punta, el impacto vial de los aumentos del tráfico debido a ampliaciones futuras del CFI y de todas sus instalaciones y plantas.
La estimación del flujo promedio de camiones de todo el CFI, incluyendo una producción de la planta de terciados de 350.000 m3 anuales, es de 1.040 camiones diarios.
Particularmente, el aumento de flujo de camiones, producto del aumento de capacidad de Terciado Nueva Aldea, será de 65 camiones diarios cuando la producción alcance los 475.000 m3 anuales, y 99 camiones diarios cuando la producción alcance los 540.000 m3 anuales.
Ahora bien, el estudio de la referencia consideró, tomando en cuenta peaks de flujo más holguras, un total de 1.346 camiones diarios (lo que cubre con creces el aumento de flujo de camiones generados por este proyecto).
Para 1.346 camiones diarios, el estudio concluye que no se afecta significativamente los grados de saturación en las vías públicas para todo el periodo de análisis alcanzando un máximo de 31,6 % el grado de saturación para el año 2014, quedando muy por debajo de la restricción del 90% que impone la metodología EISTU.
Considera el proyecto estacionamiento para vehículos, camiones y Buses al interior de la planta, consideración que no se ha evaluado ambientalmente específicamente para el sector de Nueva Aldea, donde se ha visto un notable aumento de camiones y buses estacionados en sus calles, dificultando notablemente el trafico vehicular.
El aumento de camiones y en especial de buses a que hace referencia la pregunta, se debe a una situación temporal que corresponde a la etapa final de la construcción de Fase 2 del CFI Nueva Aldea. En efecto, durante marzo la cantidad de personas trabajando en la obra supera las 6.000 personas, movilizándose diariamente del orden de los 160 buses.
Dado que la cantidad de personas que participarán en las obras del Proyecto "Aumento de Capacidad de Producción Planta Terciado Nueva Aldea" será menor al 10% de la cantidad de personas que se encuentra en obra en la actualidad, se estima que la cantidad de buses transportando personal no superará los 20 buses/día durante la etapa de construcción.
En la etapa de operación del complejo CFI está considerado el estacionamiento para camiones, buses y vehículos livianos dentro del CFI.

- Las modificaciones y/o nuevas instalaciones eléctricas deberán ser declaradas en SEC, previo a la puesta en servicio. 

 


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=fe/a0/5d1ab7b1ddb09f61ccbd0f757ed853bf19f4


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