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REPÚBLICA DE CHILE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA

Califica Ambientalmente el proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN"

Resolución Exenta Nº 0851/2014

Santiago, 26 de Septiembre de 2014



VISTOS:

1.   La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sus Adendas, del proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” presentada por el señor Oswald Weinreich Balze, en representación de la Empresa Eléctrica Perquilauquén SpA., con fecha 25 de junio de 2013.

2.     Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (ICE), de la DIA del proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN”.

3.     Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN”.

4.     Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el artículo 2º del D.S. N° 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); en la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.     Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” (en adelante, el Proyecto).

2.     Que, el derecho de Empresa Eléctrica Perquilauquen SpA. (en adelante, el Titular), representada por el señor Oswald Weinreich Balze, a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas las normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental.

3.     Que, según los antecedentes señalados en la DIA, el Proyecto consiste en la construcción y operación de una central hidroeléctrica de pasada en el curso del río Perquilauquén, de una potencia instalada de 17 MW y una generación promedio anual de aproximadamente 68,4 GWh. La Central estará compuesta por tres casas de máquinas: CMP1, CMP2 y CMP3.

Corresponde a un sistema de centrales hidroeléctricas de pasada constituido por una barrera inflable (rubber dam), correspondiente a dos estructuras de goma revestidas en caucho puestas sobre el lecho del río, con bocatoma lateral convencional, canal de aducción P1, casa de máquina CMP1 con sus obras anexas, canal de aducción P2, casa máquina CMP2 con sus obras anexas, canal de aducción P3, casa máquina CMP3 con sus obras anexas y canal de restitución, como se observa en la Figura 5 del Capítulo 1 de la DIA.

3.1.   Tipología del Proyecto.

El artículo 3 del RSEIA lista los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental y que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Dicho artículo incluye en su literal c) expresamente a las “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SEIA, ya que éste generará aproximadamente 17 MW de potencia, los que serán aportados al Sistema Interconectado Central (SIC).

3.2.   Localización.

Las obras civiles del Proyecto, como el canal de aducción, casas de máquinas, y canal de restitución se encuentran localizadas íntegramente en la comuna de Parral, en la provincia de Linares, Región del Maule. La obra del by-pass, se ubicará en la ribera sur del río que corresponde a la Región del Biobío. Cabe señalar que el río Perquilauquén es una línea divisoria político-administrativa, que separa la Región del Maule y la Región del Biobío, por lo cual el Proyecto se localiza en ambas regiones.

3.3.   Monto de inversión.

El Titular estimó un monto de inversión de US$48.000.000.

3.4.   Vida útil.

La vida útil de la Central Hidroeléctrica de Pasada Perquilauquén se determinó en 50 años.

3.5.   Mano de obra.

Para la etapa de construcción el Titular señala una mano de obra de 60 trabajadores en promedio, con un máximo de 70 trabajadores.

Para la etapa de operación se señala un total de 10 trabajadores en promedio, con un máximo de 12 trabajadores.

3.6.   Cronograma.

El cronograma de actividades del Proyecto se presenta en la Figura 2 del Capítulo 1 de la DIA.

3.7.   Descripción del Proyecto.

La Central estará constituida por los siguientes tramos:

-   Tramo P1: bocatoma en el río Perquilauquén, canal by pass, canal de aducción P1, cámara de carga y rápido de descarga P1, tubería de presión P1 con una caída bruta de 22 m y casa de máquinas CMP1.

-   Tramo P2: canal de aducción P2, cámara de carga y rápido de descarga P2, tubería de presión P2 con una caída bruta de 22,1 m y casa de máquinas CMP2.

-   Tramo P3: canal de aducción P3, cámara de carga y rápido de descarga P3, tubería de presión P3 con una caída bruta de 17,3 m, casa de máquinas CMP3 y canal de restitución.

Cada casa de máquina de la Central abarcará dos unidades de generación con turbinas tipo Kaplan y generadores sincrónicos.

Las centrales se conectarán entre sí, mediante líneas de media tensión de 23 kV al costado de los canales de aducción. De este modo, la casa máquinas CMP1 se conectará a la casa máquinas CMP2 y ésta a su vez con casa máquinas CMP3. Del switchgear de media tensión de la casa máquinas CMP3, mediante un cable subterráneo, se conectarán a la red troncal en “tap-off”, esto es a una línea de alta tensión de 154 kV proyectada para evacuar la energía de proyectos aguas arriba del presente Proyecto, en los esteros Junquillo, Leiva y Mancilla.

Esta línea no sería una línea de transmisión dedicada a un solo proyecto, sino que posibilitará la evacuación de la energía de varios proyectos (carretera eléctrica transversal). Esta línea de transmisión sería construida por una empresa propia del rubro, cobrando los peajes correspondientes a las generadoras. Dado lo anterior, se considera la línea de transmisión independiente del Proyecto.

Tramo P1

a)     Bocatoma:

La bocatoma se compondrá de una estructura de hormigón ubicada bajo la superficie del río y sobre ella se posicionarán dos rubber dam de 40 m cada uno, cumpliendo la función de evacuador de crecidas y de captación de agua. En la ribera norte del río Perquilauquén se ubicará la obra de captación de agua y en la ribera sur se contará con un by-pass para el libre paso de peces aguas arriba y aguas abajo del río.

La rubber dam es una barrera convencional de 2,3 m de altura, consistente en una manga inflable de una composición de fibras y goma de alta resistencia y a prueba de las inclemencias del tiempo, que en operación máxima generará un volumen de almacenamiento de 44.000 m3. La manga se asegurará al piso de concreto mediante grampas especiales de acero inoxidable.

Durante los eventos de crecidas, la barrera estará desinflada, permitiendo el libre paso del agua y de todo el material que ésta arrastre en los mismos períodos naturales del flujo, es decir, los niveles de agua en el río serán iguales a los niveles naturales en crecida, por lo tanto no habría embalsamiento, como tampoco acumulación de rocas, piedras o sedimentos. Para los eventos de crecidas, se incorporaron 2 compuertas en la bocatoma y se ajustaron las longitudes de cada vano del rubber dam. Mayores antecedentes sobre el funcionamiento de la rubber dam se presentan en los puntos 1.1., 1.6., 1.14, 1.15, 1.16, 1.17 y 1.21 de la Adenda N°1.

La bocatoma será operada remotamente y su mantenimiento se realizará a través del camino de acceso a ésta, ubicado en la ribera norte del río.

La obra de captación, que consiste en una estructura de hormigón armado ubicada al lado derecho del evacuador de crecidas, contará con una reja espaciada de 100 mm para evitar la entrada de troncos, ramas y piedras de mayor granulometría. Además, el Titular incorporará barreras “comportamentales”, es decir, un sistema de barrera eléctrica, consistente en un sistema que generará un campo eléctrico (no representando riesgo para los posibles bañistas), el cual será ubicado a la entrada de la bocatoma para que los peces tengan una distancia adecuada para poder desviarse a tiempo. Este campo eléctrico se producirá con una orientación paralela al desplazamiento de los peces, es decir, en la misma dirección del flujo del agua. Mayores detalles de la barrera electrónica se presentan en el punto 1.20 de la Adenda N°1.

b)    Canal Bypass:

Con el objeto de mantener el libre paso de peces entre aguas arriba y aguas abajo de la bocatoma, se implementará un canal bypass por el cual circulará el caudal ecológico.

El canal bypass estará ubicado a lo largo de la poza que generará la bocatoma rubber dam, siguiendo la misma trayectoria de la ribera sur del cauce. El muro tendra una cota de coronamiento constante, 30 cm más alta que el nivel máximo de operación del rubber dam, a fin de asegurar que nunca se trasvasije agua desde la poza hacia el canal bypass.

De acuerdo a lo especificado por el Titular, el canal bypass mantendrá las condiciones detalladas en el punto 1.17 de la Adenda N°1, las que permitirán mantener la conectividad de la ictiofauna a ambos lados de la bocatoma rubber dam, en condiciones lo más similares a las naturales, no sólo en cuanto a la estructura del hábitat (velocidad de corriente, profundidad, sustrato; variables determinadas por la pendiente), sino también en cuanto a la temporalidad del caudal pasante.

Con el fin de monitorear la utilización del canal bypass por la ictiofauna y en base a los antecedentes del estudio de microhábitat realizado por el Titular, que logró caracterizar cada uno de los ambientes donde se detectaron peces, el cual se presenta en el Anexo C de la Adenda N°2; el Titular desarrollará un programa calendarizado de monitoreo de ictiofauna en distintos puntos del río, el cual se detalla en el Anexo I04 de la Adenda N°1, que permitirá evaluar la efectividad del funcionamiento del canal bypass.

Sumado a ello el monitoreo contempla la realización de estudios cualitativos que permitirían establecer el estado de las poblaciones hidrobiológicas presentes en el tramo de interés.

c)     Canal de aducción P1:

El canal de aducción P1 tendrá una pendiente de 0,28% y una longitud de 2.041 m. Se desarrollará por la ladera derecha del río Perquilauquén entre la bocatoma y la cámara de carga P1. Contará con una capacidad de diseño de 33 m3/s. Mayores antecedentes se presentan en la letra b) del punto 2.1.1 del Capítulo 1 de la DIA.

d)    Cámara de carga y rápido de descarga:

La cámara de carga P1 estará ubicada al final del canal de aducción P1, servirá de enlace entre el escurrimiento libre del canal de aducción y el sistema en presión en la tubería, tiene como objetivo disminuir la velocidad y lograr la sumergencia necesaria para evitar la entrada de aire a las tuberías en presión, manteniendo un volumen de agua constante en permanente flujo. En el Anexo A05 de la Adenda N°1 (Layout del Proyecto) se presentan las cámaras de cargas del Proyecto, teniendo cada una un volumen de circulación de aproximadamente 1.400 m3.

En las dos primeras casas de máquinas, los rápidos de descarga entregarán el caudal directamente a la aducción de la siguiente central. De esta forma, por una parte cumplirán con la función de servir como obra de seguridad, y a su vez servirán como by pass a la casa de máquinas. De este modo, si se requiere detener los equipos en una casa de máquinas (p. ej. por mantenciones), las otras casas de máquinas podrán seguir operando sin problema.

En las casas de máquinas CMP1 y CMP2, la obra de seguridad estará conformada por vertedero lateral, canal colector; rápido de descarga y disipador de energía, los que se presentan en detalle en el punto 1.19 de la Adenda N°1.

e)     Tubería en presión P1:

La tubería en presión P1 consistirá en 2 tubos de acero, uno para cada unidad de generación. Tendrá un diámetro de 2,5 m y un espesor de 10 mm.

f)     Casa de máquinas CMP1:

La casa de máquinas CMP1 será una estructura convencional al aire libre ubicada entre la cámara de carga y el canal de aducción P2. La casa de máquinas tendrá una estructura de hormigón armado. Albergará dos grupos generadores consistentes de turbinas Kaplan de eje horizontal. En su lado posterior se ubicarán dos transformadores elevadores 3,3/23 kV de 3.000 kVA, montados sobre fundaciones con receptáculos estancos para posibles derrames de aceite. Los 2 generadores estarán conectados a sus respectivos transformadores y éstos a un tablero encapsulado de 23 kV, del cual mediante un cable subterráneo se conectará desde la central hasta la línea de conexión, que irá en postes paralelo al canal de aducción, a la siguiente casa de máquinas.

Mayores antecedentes del Tramo P1 se presentan en el punto 2.1.1 del Capítulo 1 de la DIA.

Tramo P2

a)     Canal de aducción P2:

El canal de aducción P2 tendrá una pendiente de 0,28 % y una longitud de 1.788 m. Se desarrollará por la ladera derecha del río Perquilauquén entre la CMP1 y la cámara de carga P2. Contará con una capacidad de diseño de 33 m3/s.

El canal de aducción P2 tendrá las mismas características del canal de aducción P1. En el sector de la Puntilla, entre la progresiva km 0+550 y km 0+670, el canal se acercará al río Perquilauquén y requerirá de una protección fluvial contra eventuales crecidas.

b)    Cámara de carga y rápido de descarga:

La cámara de carga P2 estará ubicada al final del canal de aducción P2, sirviendo de enlace entre el escurrimiento libre del canal de aducción y el sistema en presión en la tubería.

El rápido de descarga tendrá las mismas características que el correspondiente al Tramo P1, con un desnivel de 23,2 m y una longitud de 45,2 m.

c)     Tubería de presión P2:

La tubería en presión P2 consistirá en 2 tubos de acero, uno para cada unidad de generación. Tendrá un diámetro de 2,5 m y espesor de 10 mm.

d)    Casa de máquina CMP2:

La casa de máquina CMP2 estará ubicada entre la cámara de carga y el canal de aducción P3, tendrá una superficie de 512 m2 y será de hormigón armado con una estructura metálica. Albergará los mismos equipos que la Casa de máquinas CMP1. Finalmente mediante un cable subterráneo se conectará a la línea de conexión y a la siguiente casa de máquinas.

Mayores antecedentes del Tramo P2 se presentan en el punto 2.1.2 del Capítulo 1 de la DIA.

Tramo P3

a)     Canal de aducción:

El canal de aducción P3 tendrá las mismas características del canal de aducción P2 y P1. Contará con una pendiente de 0,28 % y una longitud de 2.098 m. Se desarrollará por la ladera derecha del río Perquilauquén entre la CMP2 y la cámara de carga P3.

A los dos costados del canal se considera una berma de protección con un mínimo de 0,60 m de ancho. Al lado del canal y en toda su longitud se construirá un camino para fines de mantención.

El trazado del canal estará diseñado minimizando excavaciones y longitud total, haciendo uso del trazado del canal ya existente de la mini central hidroeléctrica en Villa Baviera.

b)    Cámara de carga y rápido de descarga:

La cámara de carga P3 estará ubicada al final del canal de aducción P3 sirviendo de enlace entre el escurrimiento libre del canal de aducción y el sistema en presión en la tubería. La cámara de carga estará equipada con un vertedero lateral con un rápido de descarga y disipador de energía. La cota del vertedero de descarga se ubicará en 302,47 m.s.n.m. con una longitud de 50,0 m.

El rápido de descarga se diseñó como caída dentada, será de sección rectangular, tendrá 6,0 m de ancho y muros laterales de 3,7 m de altura. El caudal de diseño es de 33,0 m3/s y la diferencia de cotas será de 14,8 m. Aguas abajo del rápido dentado se dispondrá de enrocados de protección con el objetivo de evitar socavación al pie de la obra.

c)     Tubería en presión P3:

La tubería en presión P3 consistirá de 2 tubos de acero, uno para cada unidad de generación. Tendrá un diámetro de 2,5 m y espesor de 10 mm.

d)    Casa de máquinas CMP3:

La casa de máquina CMP3 tendrá las mismas características y superficie que la CMP1 y CMP2, albergará los mismos equipos que en las otras casas de máquinas y se conectará mediante un cable subterráneo a la línea de evacuación.

La excavación de la casa de máquina se desarrollará al lado del canal de descarga de la central hidroeléctrica existente. Este canal tendrá una conexión directa al río, por lo cual requerirá para la construcción ataguía de protección.

e)     Canal de restitución:

El canal de restitución tendrá una longitud de 1.000 m, un ancho de base de 20,0 m y una pendiente de 0,5 %, tendrá una sección trapecial y ladera con pendientes 1:1 (H/V), sin revestimiento. El canal restituirá las aguas al río Perquilauquén 200 m aguas abajo de la restitución actual de la mini central hidroeléctrica existente de Villa Baviera.

En el Anexo 2 de la DIA y en el Anexo A10 de la Adenda N° 1, se adjuntan los planos de las obras descritas anteriormente.

Mayores antecedentes sobre sus características se presentan en el punto 2.1.3 del Capítulo 1 de la DIA.

Línea de media tensión

La línea de media tensión, que conectará las tres casas de máquinas, corresponde a una línea de 4.100 m de longitud total, tendrá una tensión nominal de 23 kV y conducirá la energía generada por las centrales hasta la subestación elevadora en 154 kV que entregará la energía al SIC. Presentará estructuras tipo poste de hormigón armado de 15 m de longitud, con una franja de seguridad de 6 m y los accesos corresponden a caminos existentes los cuales serán mejorados (obras de conservación). En los Anexos A01 al A04 de la Adenda N°1, se presenta el trazado de la línea de 23 kV.

La línea, se localizará en una zona restringida al público en general, ubicada a lo largo del canal de aducción de las generadoras, de modo de no requerir corta de vegetación en su franja de seguridad y con una configuración de conductores protegidos o aislados en forma horizontal.

La línea se proyectó con postación de alta resistencia y el conductor protegido. Se espera una mantención menor en su primera etapa de operación, cada tres (3) años; donde se abordará principalmente la limpieza de aisladores poliméricos, pretensado de tirantes, amarras sueltas, revisión de puestas a tierra, entre otras.

Las características generales de la línea y los elementos que la compondrán se presentan en la Tabla 1-6 de la Adenda 1 y en el punto 1.7 de la Adenda N° 1.

Generación de energía

La generación media anual del Proyecto se calculó en base a la curva de duración del caudal disponible, obteniendo una energía promedio anual de 68,4 GWh. En este valor se consideraron pérdidas de 2% para tiempos sin generación y pérdidas de transmisión estimadas en 3%.

En la Tabla N° 5 del Capítulo 1 de la DIA se presentan los parámetros de generación y el cálculo de potencia del Proyecto.

Caudal ecológico y Caudal pasante mínimo

El caudal pasante mínimo corresponderá a la suma entre el caudal ecológico y los derechos consuntivos (0,109 m3/s) que el Titular dejará pasar para terceros. La siguiente tabla muestra los caudales ecológicos que el Proyecto dejará pasar río abajo de la bocatoma. Mayores antecedentes en el Anexo 4 de la DIA, puntos 1.4, 1.5 y 1.6 y Anexo R de la Adenda N°1; y Tabla 1-1 de la Adenda N°2.

Tabla: Caudal ecológico y caudal pasante mínimo

Mes

Ene

Feb

Mar

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Caudal ecológico (m3/s)

1,284

1,000

1,000

1,690

5,780

6,371

6,371

6,371

6,371

6,371

4,748

2,531

Derecho consuntivo (m3/s)

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

0,109

Caudal pasante mínimo (m3/s)

1,393

1,109

1,109

1,799

5,889

6,480

6,480

6,480

6,480

6,480

4,857

2,640

 

Forma de verificación del cumplimiento de caudal ecológico:

En el punto 1.6 de la Adenda N°1, el Titular indica que se implementará un sistema de medición continuo del caudal con el cual se verificará el cumplimiento del caudal ecológico establecido.

Adicionalmente, se implementará un monitoreo continuo del caudal ecológico por medio de un sensor de nivel en la sección de salida del canal by pass, cuya medida se calibrará mediante la realización de aforos y se complementará con la lectura de nivel en regletas ubicadas en las secciones de entrada y de salida del canal by pass. Cabe mencionar que durante las crecidas el caudal pasante por si sólo será mayor al caudal ecológico, por lo tanto la información presentada se centrará solamente en la operación normal (sin crecidas).

Aprovechando la condición de nivel constante en la poza de captación, la obra de captación del canal by pass contará con una sección conformada por cuatro vanos, cuyas dimensiones se describen en la Tabla 1-4 de la Adenda N°1. Cada vano dispondrá de una pequeña grada que asegurará el escurrimiento crítico en la sección de control. De esta forma, el caudal que pasará por cada vano abierto dependerá únicamente de la carga hidráulica, que en este caso corresponde al nivel de agua en la poza. Con el objetivo de poder mantener correctamente la distribución mensual de caudales, el primer vano permanecerá siempre abierto (sin posibilidad de cerrarse) y asegurará que al menos el caudal ecológico mínimo pase por el canal by pass a todo evento.

Los otros tres vanos tendrán compuertas, las cuales estarán abiertas o cerradas según el mes del año, cada una de estas compuertas tendrán dos posiciones posibles: completamente abierta, o completamente cerrada, el diseño no permite la abertura parcial de ellas.

La cantidad de compuertas abiertas y el nivel mínimo de la poza que se debe mantener cada mes para respetar el caudal ecológico establecido, se indican en la Tabla 1-5 “Regla de operación” de la Adenda N°1.

En la eventualidad que se produzca interrupción del suministro eléctrico, los niveles de agua podrán ser inspeccionados visualmente tanto en la poza de captación como en la sección final del canal by pass.

3.8.   Etapas del Proyecto y Acciones Asociadas

Etapa de construcción

a)     Inspección arqueológica

Previo al inicio de la construcción de las obras, un arqueólogo inspeccionará el área de trabajo y liberará las zonas para realizar las excavaciones. Posteriormente, desarrollará un informe mensual en el que se describirán las actividades de ocupación del territorio que impliquen intervención de suelo. Dicho informe deberá ser remitido al término de la etapa de construcción, a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) con copia al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), y considerará los antecedentes descritos en el punto 1.31 de la Adenda N°1.

Asimismo, antes de comenzar la construcción de las obras se realizarán inducciones arqueológicas al personal por un arqueólogo, en ellas se informarán sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a un hallazgo durante las labores del Proyecto. Se remitirá inmediatamente a la SMA y al CMMNN, el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

Respecto de los 4 sitios arqueológicos (Perq 1, Perq 2, Perq 3 y Perq 4) detectados en la inspección visual, éstos serán protegidos por un cercado perimetral visible y temporal (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo, dejando un buffer de 10 m alrededor de ellos. Esta actividad será supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología e informada a la SMA y al CMN, a través de un informe que incluirá fotografías de cada uno de estos sitios. Estos cercos se instalarán previo al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos), y durarán hasta el final de las mismas.

Con respecto al hallazgo aislado Perq 5, se determinó que el Proyecto no intervendrá este sector, ni el área circundante al mismo. En este sentido, se mantendrá el monitoreo arqueológico permanente de los escarpes y excavaciones asociados a la obra del canal de aducción, estableciendo una excavación controlada de este sector específico, dirigida por el arqueólogo asesor.

Una vez finalizadas las obras de construcción, se remitirá a la SMA y al CMN un informe sobre el estado de los sitios arqueológicos, el que dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, según corresponda. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren a consecuencia de esta actividad.

Además, en caso de recuperarse materiales arqueológicos, el informe incluirá la propuesta de destinación definitiva, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. El Titular solventará los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

Finalmente, antes de comenzar la construcción de las obras se realizarán inducciones arqueológicas al personal por un arqueólogo, en ellas se informarán sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a un hallazgo durante las labores del Proyecto. Una vez finalizada esta actividad se remitirá a la SMA y al CMN, el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

b)    Obras temporales

Se estima que la materialización de estas obras tendrá una duración máxima de 6 meses.

                              i.        Instalaciones de apoyo a las actividades de la fase de construcción:

En la siguiente tabla se presenta el detalle de las instalaciones destinadas al apoyo de la construcción de las obras:

Instalación

Tipo

Superficie involucrada

Descripción General

Instalación asociada a mantención

Taller de Mantención de equipos, maquinaria y vehículos

-

Se utilizará el taller de Villa Baviera para la mantención de emergencia de maquinarias y equipos.

Instalación Ingeniería

Oficina Técnica

1.400 m2

Galpón N°1 ubicado dentro de la comunidad de Villa Baviera, el cual se utilizará como oficinas y comedor.

Estacionamientos

Zona de Estacionamiento

1.300 m2

Sector destinado al estacionamiento de vehículos y maquinarias, ubicado frente al Galpón N°1.

Instalaciones asociadas a insumos

Bodega de Insumos

350 m2

Galpón N°2 el cual se utilizará como bodega de almacenamiento de insumos, residuos industriales peligrosos y no peligrosos.

Surtidor de combustible

-

Se utilizará el surtidor de combustible ubicado en Villa Baviera, cuyas instalaciones cumplen con la certificación de la SEC.

Bodega de Sustancias Peligrosas

30 m2

Bodega para el acopio de sustancias peligrosas que se utilizarán en las mantenciones de emergencia de la maquinaria, se ubicará en el Galpón N°2 de Villa Baviera.

Instalaciones manejo de residuos

Acopio residuos domiciliarios

350 m2

Galpón N°1 el cual se utilizará para la mantención temporal de residuos asimilables a domiciliarios, hasta que sean retirados por el camión municipal.

Acopio Residuos industriales no peligrosos

100 m2

Sector de acopio temporal de residuos de construcción (escombros, fierro, etc.), ubicado en el sector del antiguo aeródromo de Villa Baviera, al lado opuesto al Galpón N°1.

Acopio de residuos peligrosos

30 m2

Instalación ubicada al costado del Galpón N° 2 de Villa Baviera

Acopio de material inerte botadero

 

El botadero de material inerte de las excavaciones se ubicará al frente de la casa de máquinas CMP2 y tendrá una capacidad de 500.000 m3

 

Las instalaciones de apoyo exceptuando el sector de acopio temporal de residuos de construcción pertenecen a la comunidad de Villa Baviera.

La zona de acopio temporal de residuos será despejada y quedará libre de todo material de construcción, dejando el terreno en las mismas condiciones iniciales.

                             ii.        Instalaciones para el manejo de aguas servidas de la fase de construcción:

Para la construcción de los distintos tramos se dispondrá de servicios sanitarios (baños químicos) de acuerdo al D.S. N°594/1999, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, los cuales se irán moviendo a medida que se avance con la construcción, no más allá de 75 m. Los baños químicos serán manejados por una empresa con autorización sanitaria, que además realizará una mantención de acuerdo a la especificación de los baños y la cantidad de trabajadores (dos veces por semana).

A su vez adyacentes a cada una de las casas de máquinas proyectadas, se instalarán servicios sanitarios fijos durante la fase de construcción, siendo mantenida para la fase de operación en forma permanente sólo la instalación de la casa de máquinas CMP2.

                            iii.        Caminos de acceso a los distintos tramos:

A continuación se presenta el detalle de los caminos de acceso:

Nombre y Tramo

Longitud

Tipo de Material de Carpeta

Descripción de Medidas adicionales

Camino de acceso desde Ruta 5 hasta la intersección de la ruta L-85 con L-865

19,9 km

Asfalto

Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

Camino de acceso desde la ruta L-865 hasta la portería de Villa Baviera

14,7 km

Ripio

Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

Camino de acceso desde la portería de Villa Baviera hasta el Tramo P1.

8,8 km

Suelo natural

-Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las obras.

-Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

-Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

Camino de acceso desde la portería de Villa Baviera hasta el Tramo 2.

5 km

Camino de acceso desde la portería de Villa Baviera hasta el Tramo P3.

2 km aprox

Se implementará la señalización adecuada a la actividad, indicando velocidad máxima de desplazamiento de las maquinarias y camiones, hombres trabajando, vías de acceso, entre otras. Lo anterior con la finalidad de organizar la etapa de construcción y posterior operación del Proyecto.

                           iv.        Construcción del Rubber dam, by pass, rápido de descarga P3 y canal de restitución:

El rubber dam sólo requiere en sus costados muros de fijación de las mangas. Por la longitud de la barrera, se tiene previsto 2 mangas de 40 metros cada una, ancladas al piso y en sus costados. En el centro del río se dispondrá de un muro adicional para la fijación de las mangas en este punto.

La construcción se desarrollará en dos etapas, primero en la parte derecha del río se desarrollarán las obras civiles del rubber dam y las obras de captación de caudales. Para este fin se colocarán alrededor de la zona de las obras, bolsas de material resistente de 1 m3 de capacidad, que se llenarán con material de escarpe del canal de aducción P1.

Estas bolsas formarán un cierre hermético en forma de una herradura alrededor de esta construcción. Durante su colocación se tendrá el cuidado de no dejar pozas. A su vez el lecho del río se removerá lateralmente para luego de concluido los trabajos se proceda a su reposición.

Una vez terminada la construcción de esta primera etapa, se removerán las bolsas de modo que el caudal escurra por el sector de las compuertas y se procederá al cierre del lado izquierdo del río en forma similar a la anterior etapa. Luego se procederá a la construcción de las obras civiles del rubber dam y by-pass de peces de este lado. Finalmente se retirarán las bolsas y el material de relleno de las mismas se llevará al botadero.

Las obras temporales asociadas a cada tramo se presentan en los puntos 3.1.2.; 3.1.3 y 3.1.4 del Capítulo 1 de la DIA.

Los otros puntos de conexión de obras con el río corresponden a la llegada del rápido de descarga P3 y la llegada del canal de restitución al río. Para ambos casos se considera una ataguía de menor tamaño al momento de generar los empalmes y se construirán de la misma forma que las anteriores.

Mayores detalles se presentan en los puntos 1.16 y 1.23 de la Adenda N°1.

c)     Instalaciones permanentes

Estas instalaciones comprenden la infraestructura necesaria para materializar las obras de construcción que tienen una duración mayor a 6 meses.

                              i.        Oficinas, bodegas y alojamiento del personal:

Se contará con una instalación principal, donde se centralizarán los requerimientos del Proyecto en la etapa de construcción. La zona de instalación se presenta en la Figura 15 del Capítulo 1 de la DIA.

El Titular indica que Villa Baviera cuenta con instalaciones que se dispondrán para su uso, tanto para el alojamiento de los trabajadores, comedores e instalaciones sanitarias, así como también de instalaciones de bodegas para el almacenamiento de insumos y residuos. A continuación se detallan dichas instalaciones:

-     Galpón N°1: cuenta con una superficie de 1.400 m2 con radier, el cual será utilizado para oficinas y comedor de los trabajadores. El galpón además, cuenta con un patio trasero techado, el cual será utilizado para almacenamiento de insumos para la obra.

-    Galpón N°2: cuenta con una superficie de 350 m2, con radier, el cual será utilizado como bodega de almacenamiento de insumos, así como también la mantención temporal de contenedores con residuos asimilables a domiciliarios.

-      Instalación oficinas: corresponde a una superficie de 50 m2 que contempla dos oficinas e instalaciones sanitarias para los trabajadores.

-   Alojamiento personal: contempla una superficie aproximada de 300 m2, la que se utilizará para el alojamiento de 40 trabajadores contratados de otros lugares de la comuna, los restantes trabajadores serán lugareños de la zona, los cuales serán transportados diariamente durante la etapa de construcción. Por otro lado, el personal administrativo y técnico (ingenieros, jefes de obras, entre otros.) serán alojados en el Hotel de Villa Baviera.

-      Botadero de material inerte: El botadero tendrá una capacidad de 500.000 m3, el cual corresponde a un sitio eriazo en Villa Baviera. Respecto de la cobertura actual del área del botadero, ésta corresponde a una plantación forestal de Pinus radiata.

El botadero se encuentra fuera del nivel máximo de inundación para la crecida con período de retorno de 100 años, considera una berma de contención de 5 m de ancho en su base (superficie horizontal), la cual tendrá un pretil de seguridad de al menos 50 cm de altura, formado con material estéril apisonado. Como medida de mantención, posterior a las lluvias se recorrerá la berma de contención basal del botadero y se limpiará la zona de seguridad en caso de encontrar sedimentos que hayan escurrido durante las lluvias, los que serán reacomodados en otras zonas seguras del botadero. El botadero corresponde al polígono definido por las coordenadas indicadas en la Tabla 1-10 de la Adenda N°1. La ubicación de este botadero en el contexto general y las líneas de inundación para un período de retorno de 100 años, se puede apreciar en el Anexo A06 de la Adenda N°1.

Una vez terminada esta etapa, se procederá a compactar este sitio, con el fin de permitir la regeneración natural de la vegetación. El Titular se compromete a reforestar la superficie del botadero.

                             ii.        Casas de máquinas CMP1, CMP2 y CMP3:

En el sector de cada casa de máquinas se instalarán las infraestructuras necesarias para ejecutar las obras, las cuales corresponden a instalaciones tipo container para la habilitación de oficina, vestidores y servicios sanitarios.

                            iii.        Instalaciones de apoyo a las construcciones consideradas permanentes:

Las instalaciones destinadas al apoyo a la construcción de las obras permanentes son las mismas destinadas al apoyo de la construcción de las obras temporales descritas anteriormente.

                           iv.        Instalaciones para el manejo de aguas servidas de las instalaciones consideradas permanentes:

En cada tramo donde se ubicarán las casas de máquinas, es decir en el tramo P1, P2 y P3, se instalarán servicios sanitarios conectados a una fosa séptica y cuyo aprovisionamiento de agua será a través de camiones aljibes. Las instalaciones sanitarias contemplarán 2 containers con 3 lavatorios, 3 baños y 4 duchas.

Las aguas servidas tratadas en el sistema de fosa séptica serán infiltradas y los lodos serán retirados mensualmente por una empresa sanitaria autorizada.

                            v.        Campamento:

En un sector colindante al Galpón N°1, se implementará un campamento para el alojamiento de los trabajadores, que incluye 4 container modulares, con capacidad para 10 personas cada uno. El campamento contará además con sectores de estacionamientos, recreación (multicancha) e instalaciones sanitarias (baños y duchas), las que serán adecuadas para los requerimientos del personal de obras (40 personas) y cumplirán con la normativa vigente (Anexo I01 de la Adenda N°1).

El emplazamiento de este campamento será en un área altamente intervenida, al interior de Villa Baviera, cuya cobertura de suelo corresponde a hierbas anuales, principalmente exóticas, con una superficie aproximada de 2.900 m2.

                           vi.        Caminos de acceso a las instalaciones permanentes:

Se habilitarán aproximadamente 300 m lineales de nuevos caminos, que corresponden a 1.680 m2, sumados entre los accesos a la bocatoma y las tres casas de máquinas; esto debido a que estas obras no se encuentran ubicadas exactamente sobre los caminos existentes, sino que están ubicadas a distancias en torno a 50 m del camino cada una. Mayores antecedentes en la letra b.3) del punto 3.2 del Capítulo 1 de la DIA.

d)    Actividades de la etapa de construcción

Las acciones de acondicionamiento del terreno son requeridas para habilitar el lugar de emplazamiento y construir las partes y obras del Proyecto asociadas a cada tramo y a las instalaciones permanentes asociadas a oficinas, vestidores y servicios sanitarios, los que se ubicarán en los sectores correspondientes a cada casa de máquinas. A continuación se detallan las siguientes actividades:

-       Topografía: Se materializarán ejes, niveles o puntos singulares para ejecutar el trazado y replanteo de las obras. Durante el desarrollo de las faenas, se contará con un libro de topografía en donde se solicitará las recepciones de éstas.

-      Replanteo: Todo tipo de excavación se ejecutará de acuerdo a los lineamientos, taludes, cotas, pendientes, rasantes y dimensiones que aparecen en los planos del Proyecto.

-     Escarpe: En la ejecución de los trabajos se incluirá la remoción de todo material, ya sea vegetal, de estructuras y/o fundaciones u otros materiales en desuso, que entorpezcan las actividades de las obras y que permita despejar el área donde se instalarán los containers. Una parte del material inerte de las excavaciones se utilizará para el relleno y mejoramiento de caminos, y el resto se dispondrá en el botadero del Proyecto.

-      Corta flora y vegetación: La superficie afecta a corta de vegetación en las zonas cercanas a las casas de máquinas CMP1 y CMP2 y en los distintos tramos asociados al Proyecto, es detallada en el Plan de Manejo Forestal (PAS contenido en el artículo 102 del RSEIA), Anexo E de la Adenda N°3.

-    Movimientos de tierra: Los movimientos de tierra asociados a las obras constructivas de los tramos, corresponden a las excavaciones relacionadas con el canal P1 (125.900m3), canal P2 (172.900m3) y canal P3 (357.600m3).

e)     Insumos

A continuación se presentan los insumos asociados al Tramo P1, P2 y P3, para instalaciones temporales y permanentes:

                              i.        Agua:

En cada tramo se proveerá de agua potable a través de bidones, salvo en las áreas con instalaciones permanentes correspondientes a las zonas donde se ubicará cada casa de máquinas, en las cuales se instalará un estanque que será provisto de agua potable a través de camiones aljibe, para el funcionamiento de los servicios sanitarios.

                             ii.        Energía eléctrica:

El suministro de energía eléctrica para los diferentes frentes de trabajo y para sus instalaciones temporales y permanentes provendrá de equipos electrógenos diésel. Se considera un equipo por cada frente de obra. Las instalaciones de apoyo cuentan con suministro eléctrico y generación propia de la minicentral existente de Villa Baviera.

                            iii.        Equipos y maquinarias:

Los equipos y maquinarias a utilizar durante la etapa de construcción del Proyecto, se presentan en la tabla del literal a) del punto 3.2.1.2 del Capítulo 1 de la DIA.

                           iv.        Hormigón:

La cantidad de hormigón estimada para las diferentes obras del Proyecto, es de alrededor de 23.500m3, este hormigón será abastecido por terceros. La mezcla será transportada hasta los frentes de trabajo mediante camiones acondicionados para tal actividad.

                            v.        Otros insumos:

Materiales tales como enfierraduras serán provistos desde Parral. Se contempla un total de 1.200 t.

f)     Acciones preventivas y de control de contaminación durante la etapa de construcción

A continuación se presentan las acciones a seguir para la prevención de derrames de elementos contaminantes al río:

-     Estará prohibido disponer de estanques o tambores para el almacenamiento de aceites lubricantes o combustible cercano a los puntos de construcción en la ribera del río. Todo almacenamiento deberá realizarse en la bodega de insumos.

-     Se prohíbe la mantención de equipos o maquinarias en las áreas de construcción o de trabajo, toda mantención de maquinaria y equipos se realizará fuera de la zona del Proyecto en lugares establecido para tales fines. Sin embargo, las mantenciones de emergencias se realizarán en el taller ubicado en Villa Baviera, donde el Titular coordinará con una empresa externa que cuente con las autorizaciones respectivas para que las realicen y los residuos generados durante dichas mantenciones, serán retirados por la empresa proveedora del servicio para su posterior manejo y gestión.

-     No se permitirá la carga de combustible de las maquinarias en las áreas directas del Proyecto. Dicha actividad se llevará a cabo en las instalaciones de Villa Baviera que cuenta con un surtidor de combustible.

-     No se permitirá la circulación y operación de maquinaria dentro del cauce o escurrimiento actual en la construcción de la bocatoma, concentrándose la faena exclusivamente en las áreas definidas y sus respectivos accesos. Sin embargo, si es necesario se realizará la construcción de las ataguías, las cuales serán supervisadas por el jefe de la obra.

-      En caso que un derrame, independiente de su volumen, haya alcanzado un cuerpo de agua como el río Perquilauquén, se dará aviso inmediato a la Autoridad Sanitaria, SERNAPESCA, Dirección General de Aguas Nivel Central y a las Direcciones Regionales de la DGA involucradas, así como también a la SMA, informando del producto, cantidad y fuente de generación.

-        Las respuestas y control, las acciones a seguir, se presentan en el punto 1.24 de la Adenda N°1.

Etapa de operación

De acuerdo a lo señalado por el Titular en el punto 3.3 del Capítulo 1 de la DIA, la operación de la central se iniciará en la bocatoma, en donde se captará el agua que será conducida hasta las tres casas de máquinas, mediante un canal de aducción. Cada casa de máquina albergará dos grupos generadores consistentes de turbinas Kaplan de eje horizontal, cada turbina tendrá un caudal de diseño entre 5 m3/s (mínimo de operación) y 16,5 m3/s (máximo de operación). Ambas turbinas operarán al contar con un caudal disponible de aproximadamente 20 m3/s. De lo contrario sólo operará una turbina hasta su caudal de diseño mínimo.

La turbina será capaz de operar en forma automática bajo cualquier esquema de operación normal, inicio de operación, cambio de carga de una o de las dos unidades sin mostrar pulsaciones de presión, vibraciones o resonancias.

De acuerdo a lo anterior y en base a lo señalado por el Titular en el punto 1.2 de la Adenda N°1, es importante señalar que de acuerdo a las restricciones de operación del Proyecto debido al diseño de las turbinas y al caudal ecológico establecido durante el proceso de evaluación, el Proyecto para operar requerirá de un caudal por sobre los 5 m3/s, más el caudal ecológico establecido para cada mes. De acuerdo con lo anterior, y considerando el caudal medio mensual al 75% de excedencia, el río entre los meses de enero y abril, presentará caudales inferiores al mínimo de operación.

A mayor abundamiento y de acuerdo a lo especificado en el punto 2.4.2 Modelación PHABSIM del Capítulo 1 de la DIA, el Titular informa las siguientes condiciones de operación según el caudal pasante en bocatoma:

-     Cuando el río posea un caudal menor que la suma del caudal ecológico y el mínimo turbinable del Proyecto (5 m3/s), la central no operará, dejando pasar toda el agua en el tramo del río bajo la bocatoma. En un año promedio esto se observará durante la mayor parte del tiempo en los meses de enero, febrero, marzo y abril.

-      Cuando el río posea un caudal mayor que la suma del caudal ecológico y el mínimo turbinable, pero menor que 33 m3/s, toda la diferencia se aprovechará para generación hidroeléctrica, y por lo tanto, solo pasará el caudal ecológico establecido. Normalmente esto ocurrirá en los meses de noviembre y diciembre, y también durante la mayor parte de mayo y octubre.

-      Finalmente, cuando el río posea un caudal mayor que la suma del caudal ecológico y 33 m3/s, se captar solamente 33 m3/s (por límites del diseño) y se dejaría pasar la diferencia o excedente de caudal en el tramo del río bajo la bocatoma, el cual sería significativamente mayor al caudal ecológico. Esto ocurrirá normalmente en los meses de junio, julio, agosto y septiembre.

Plan de puesta en marcha:

La puesta en servicio de la central se iniciará con las pruebas de funcionamiento. Estas pruebas persiguen calibrar y verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos según las condiciones de Proyecto, construcción y fabricación, así como simular condiciones extremas de funcionamiento, situaciones de emergencia y de carácter conflictivo. Estas pruebas constituirán la etapa final de montaje, pruebas, ensayos y verificaciones antes de la operación comercial. En general, se realizarán pruebas en seco y pruebas con agua, las cuales se describen en el punto 3.3.1 del Capítulo 1 de la DIA.

Etapa de cierre

Se estima una vida útil de a lo menos 50 años, sin embargo, ésta podría prolongarse indefinidamente, ya que por la naturaleza de las obras civiles y el diseño de los equipos utilizados en estos proyectos, generalmente no se considera el abandono o cierre.

3.9.   Principales emisiones, descargas y residuos del Proyecto

a)     Emisiones a la atmósfera

A partir de las estimaciones de las emisiones atmosféricas generadas durante la etapa de construcción y operación del Proyecto, se concluyó que las principales actividades generadoras de emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión corresponden a las excavaciones de terreno y tránsito de camiones por caminos no pavimentados.

Las fuentes emisoras directas e indirectas identificadas en la etapa de construcción y operación del Proyecto se presenta en la Tabla 16 del punto 5.1 del Capítulo 1 de la DIA.

En la Tabla 17 del punto 5.1 del Capítulo 1 de la DIA se presenta el resumen final de emisiones atmosféricas, el cual considera las emisiones generadas durante los 25 meses en la etapa de construcción y el primer año de la etapa de operación.

Durante el desarrollo de la etapa de construcción y operación del Proyecto, se implementarán las siguientes medidas de control de las emisiones atmosféricas:

-    Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la etapa de construcción y operación del Proyecto.

-        Se realizarán las mantenciones de equipos y maquinarias en caso de ser requeridas.

-      Durante la etapa de construcción, se humectarán los caminos de acceso, tantos externos a la obra que son 13,6 Km (sólo en aquellas zonas con viviendas cercanas) y los caminos de accesos interiores. Se estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada y de camiones, y de acopio de material.

-       Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.

-        Serán declaradas anualmente las emisiones de los grupos electrógenos.

-    La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizarán humedeciendo previamente la superficie del suelo.

-      El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada será de 30 km/h y para vehículos livianos será de 60 km/h.

-     Una vez finalizada la etapa de construcción, la zona de acopio será forestada con el objetivo de evitar la suspensión de finos en el área de acopio.

De acuerdo a las medidas de control mencionadas anteriormente, el Titular señala que las emisiones directas del Proyecto serán minimizadas de tal forma de no afectar la calidad del aire en la zona de influencia de la CHP Perquilauquén.

Con respecto a las emisiones indirectas generadas en la etapa de construcción, éstas se controlarán a través de la humectación de caminos y la restricción de la velocidad, de forma de controlar la resuspensión de finos en las rutas internas y externas utilizadas en el Proyecto.

Las emisiones del Proyecto durante la etapa de operación corresponderán a emisiones indirectas, de material particulado (MP10), las que no superarán los 0,36 t/año.

b)    Emisiones acústicas

Durante la etapa de construcción, se prevé el uso de maquinaria ruidosa para el desarrollo de faenas correspondientes a la preparación del terreno y la construcción de las obras civiles consideradas en el Proyecto. De acuerdo a la proyección realizada para la etapa de construcción, tanto para la fase de movimiento de tierra como para la fase de obras, se considerará el uso de barreras acústicas temporales de madera aglomerada OSB y lana mineral a un costado de los frentes de trabajo, con el objeto de bajar los niveles de emisión acústica y así asegurar el cumplimiento normativo. Para realizar la modelación de los niveles de ruido, se utilizó el factor de atenuación por efecto barrera, de manera de evitar una superación de los valores de la norma, frente a las faenas de construcción del Proyecto.

El nivel de inmisión en el punto sensible más cercano evaluado, debido al flujo vehicular asociado a la etapa de construcción, no supera el nivel máximo establecido en el Anexo 3 de la norma de la Confederación Suiza 814.41, que regula las emisiones desde fuentes móviles, según lo señalado por el Titular en el punto 7.1 del Anexo G de la Adenda N°3.

Para la proyección de los niveles de ruido en la etapa de operación, el funcionamiento de las turbinas ubicadas al interior de las casas de máquina fue considerado como única fuente emisora. La modelación se realizó considerando el funcionamiento simultáneo de las 3 casas de máquinas (operando en conjunto las 2 turbinas). El canal de aducción y las otras obras no representan mayor aporte acústico debido a que sólo se estima el paso de agua por éstas.

La evaluación de los niveles de ruido proyectados en los receptores en horario diurno y nocturno durante la etapa de operación, se encuentran en cumplimiento con los niveles máximos permisibles del D.S. N° 38/2011, del Ministerio de Medio Ambiente. El resultado de dichas modelaciones se presenta en el Anexo G de la Adenda N°3.

Respecto de los efectos del ruido sobre la fauna, el Titular señaló que no se proyectan niveles de ruido por sobre los 85 dB, valor máximo permitido para áreas de fauna ya que es el umbral mínimo de influencia sobre ella, dentro de una franja de 20 metros desde las faenas. Se espera que la intervención del ambiente acústico del hábitat de los animales sea mínima. Los valores proyectados se evaluaron de acuerdo el criterio de la EPA (United States Environmental Protection Agency, “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971).

c)     Residuos líquidos

Durante la etapa de construcción se generarán aguas servidas domésticas, las cuales serán manejadas mediante la instalación de baños químicos en cada uno de los tramos que contempla el Proyecto, así como también de servicios sanitarios de fosas sépticas, asociados a obras permanentes que se ubicarán en las zonas de cada casa de máquinas. La disposición de estas aguas servidas será realizada por una empresa externa, la que contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Así como también, se considera la limpieza mensual de los lodos que se generen en las fosas sépticas, los cuales serán retirados por una empresa autorizada.

Respecto a los camiones mixer que se utilizarán para el proceso de hormigonado, éstos lavarán las canoas en sus plantas. No obstante, en los casos en que las distancias de traslado desde el frente de hormigonado dificulten lo anterior, la lechada de hormigón será dispuesta como emplantillado de las excavaciones de las fundaciones de las obras en el proceso de construcción, o en su defecto, en los frentes de trabajo se utilizarán tambores metálicos de aproximadamente 200 l para depositar la lechada de hormigón resultante del lavado de canoas. Para esto, los camiones mixer estarán dotados con un sistema propio de agua. Debajo de los tambores se colocará polietileno como medida de protección para evitar la contaminación del suelo. Una vez finalizado el proceso de hormigonado, estos tambores serán trasladados al patio de almacenamiento de residuos sólidos, en la sección de residuos inertes, para luego ser enviado a un lugar de disposición final autorizado.

En la etapa de operación, el Proyecto no generará residuos líquidos, debido a que la CHP Perquilauquén no contará con operadores permanentes en las casas de máquinas, puesto que ésta será operada a distancia. Sin embargo, existirá un operador que realizará inspecciones periódicas, el que utilizará los servicios sanitarios fijos de la casa de máquinas CMP2.

d) Residuos sólidos

Durante la etapa de construcción, se estima la generación de los siguientes residuos sólidos:

-      Residuos asimilables a domésticos: Los residuos generados por los trabajadores, durante su jornada laboral, no tendrán ningún tratamiento, sólo serán almacenados en contenedores con tapa, debidamente identificados. Los cuáles serán retirados 3 veces por semana por el encargado de cada frente de trabajo para mantenerlos en un sector del Galpón N°1 (Anexo I02 de la Adenda N°1) y luego ser enviados 3 veces por semana hacia el punto de recolección de Villa Baviera, para ser retirado por la I. Municipalidad de Parral. Estos residuos estarán compuestos principalmente de materia orgánica y en un porcentaje menor de otros componentes como papeles, cartones, plásticos, gomas, vidrios, metales. Se estima un volumen mensual de 6,16 m3/mes, durante la fase de construcción.

-     Residuos peligrosos: Este tipo de residuos se generará debido a eventuales mantenciones de emergencia de maquinarias y equipos y provenientes de las actividades de construcción, los cuales corresponderán a aceites, lubricantes, baterías y filtros desechados, tubos fluorescentes, envases, filtros, paños, huaipes, aserrín u otro elemento contaminado con hidrocarburos, cartridge y tonner, elementos de protección personal contaminados, entre otros. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores con tapa debidamente etiquetados y almacenados en la bodega para residuos peligrosos, que se habilitará al costado del Galpón N°2 de Villa Baviera (Anexo I02 de la Adenda N°1). Además, se indica que se coordinará con una empresa externa autorizada, el retiro de los residuos, para que sean dispuestos en un depósito de seguridad también autorizado. El Titular estimó que durante esta fase se generará un total aproximado de 6,24 kg/mes, como se muestra en las Tablas 1-19 de la Adenda N°1.

-       Residuos industriales no peligrosos (RSINP): En general, para todas las obras del Proyecto, los residuos industriales no peligrosos corresponderán a restos propios del proceso constructivo, principalmente: madera, escombros, alambres, restos de hormigón, restos de soldadura y restos metálicos, entre otros. En cuanto a la reutilización de estos residuos, el Titular implementará un plan de manejo que considere las acciones necesarias para reducir en su origen, la cantidad generada. Dichos residuos serán almacenados temporalmente en un patio de acopio, el cual se encontrará señalizado y cercado. La ubicación de esta instalación estará colindante a la bodega de residuos peligrosos (Anexo I02 de la Adenda N°1). El Titular estimó que durante esta fase se generará un total aproximado de 981 kg/mes, como se muestra en las Tablas 1-20 y 1-21 de la Adenda N°1.

Durante la etapa de operación, se estima la generación de los siguientes residuos sólidos:

-     Residuos asimilables a domésticos: Los residuos que se generen en las actividades de mantención serán dispuestos en contenedores en las instalaciones de cada casa de máquina, donde el encargado de realizar dicha mantención los retirará una vez finalizado su trabajo y los trasladará hacia el punto de recolección de Villa Baviera, para que sean retirados por la I. Municipalidad de Parral.

-        Residuos peligrosos: Se generarán residuos derivados de la mantención de los equipos de la central, los cuales serán retirados por la misma empresa que realice la mantención y almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos, para luego ser retirados por una empresa con autorización sanitaria para su disposición final.

-      Residuos industriales no peligrosos: Los RSINP generados se consideran mínimos; su generación se estimó como menos de 200 kg/mes. Estos residuos serán retirados por la misma empresa que realice la mantención. Todos los residuos serán tratados en conformidad a la normativa aplicable y dispuestos en sitios de disposición autorizados.

4.     Que, en virtud de lo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, y a solicitud de los/las señores/señoras Reinaldo Spoerer Hudson, Carolina Gazitua Swett, Hernán Gonzalez L., Julia Gonzalez V., Enrique Gonzalez C., Mauricio Castillo, Mauricio González G., José Muñoz, Julio Muñoz C., Bella Gonzalez V., Carlos Sepúlveda, Hugo Enrique González L, Ruth Lillo, María Sánchez, Doris Sepúlveda, Patricia Fuentes, Juan A. Leiva Elgueta, Iris Muñoz, Estela González, Claudio Leiva, Juan Quiroga N., Juan C. Parada F., Fernando Jiménez B., Jaime Meriño C.y Lorena Alejandra Jardua Campos; el señor Sergio Sander Rojas, en representación de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de San Fabián y en representación del Comité para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente de San Fabián; el señor Raúl Muñoz Valverde, en representación de la Junta de Vecinos Nuevo Amanecer de Trabuncura; el señor Orlando Gonzalez Campos, en representación de la Junta de Vecinos N°5-R “Trabuncura”; el señor Anatistico Elgueta Poblete, en representación de la Junta de Vecinos N°6 Rural La Montaña; y la señora Marcela Uribe Alfaro, en representación de la Junta de Vecinos N° 11-R “El Palo”, mediante Resolución Exenta N° 0843/2013, con fecha 23 de septiembre de 2013, la Dirección Ejecutiva del SEA decreta la apertura de un período de Participación Ciudadana por un plazo de 20 días, proceso que se inicia el día 21 de octubre de 2013 y finaliza el día martes19 de noviembre de 2013.

                El programa de Participación Ciudadana se detalla en el punto 10.1 y 10.2 del ICE.

Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del D.S. N° 95 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:

1. Observante: Unión Comunal de Juntas de Vecinos de San Fabián

Nombre de Representante Legal: Sergio Sanders Rojas

a. Observaciones: Comunidad de Paso Ancho

a.1. El Titular no incorpora a la comunidad de Paso Ancho en el uso de la ruta, ya que a través de ésta se pueden trasladar materiales hacia la central, o bocatoma. En los expedientes se excluye esta posible vía de acceso. Al existir mayor flujo vehicular se afectará la ruta de acceso a Trabuncura – La Montaña lo que irá en directo menoscabo de las familias de Paso Ancho. En base a lo anterior se solicita que se considere a esta comunidad, como afectada con el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de la comunidad de Paso Ancho en el uso de la ruta, es posible indicar que el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera.

Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur (Comuna de San Fabián) con vehículos menores (camionetas), para ejecutar labores de inspección y mantenciones.

a.2. El titular no presenta el estudio de la comunidad de paso Ancho y su relación con el río en el uso de la balsa o bocatoma, como nivel de distracción, recreación o pesca. En los expedientes no se considera esta información. Sobre la base de lo anterior, se solicita que se incorpore a esta comunidad como afectada con el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de la comunidad de Paso Ancho en la línea de base y su relación con el río en el uso de la balsa o bocatoma, como nivel de distracción, recreación o pesca, es posible indicar que en relación a la Línea de Base del Proyecto y del área de influencia correspondiente, el Titular presentó nuevos estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1.

Específicamente en el anexo relacionado al medio humano, y respecto de la localidad de Paso Ancho (Norte), se describen aspectos asociados a su población (en términos demográficos), tenencia de viviendas, infraestructura vial, infraestructura comunitaria, religiosa y educacional. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos y sus usos del río, por consiguiente no se requiere de medidas ambientales.

b. -Observaciones: Comunidad de La Montaña - El Durazno - El Relbún

b.1. El Proyecto no define las dimensiones de la poza generada por el Titular. Revisado todos los expedientes no se presenta en ningún archivo el tamaño de la poza, lo que afecta la zona recreativa donde se práctica históricamente hasta la actualidad el uso del río para Turismo y pesca (consumo Humano). Siendo el lugar de la Bocatoma el único lugar que se practican estas actividades. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que para el caso de la central hidroeléctrica de pasada Perquilauquén, la obra de toma consistirá en una barrera de goma inflable de 2,3 metros de altura (tipo rubber dam), con la cual en operación máxima se generará una poza cuyo volumen será de 44.000 m3, en el  plano incluido en el Anexo A07 de la Adenda N° 1, pueden apreciarse de manera gráfica las dimensiones de dicha poza. Por otro lado, en el Anexo S - Fotomontajes de la Adenda N° 1, se presentan los fotomontajes, que grafican la situación “con proyecto” en el área de la poza.

La poza de agua, en el sector de La Mula, inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular mantendrá una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

Por lo anterior, puede concluirse que el Proyecto no prevé efectos o impactos sobre el medio humano. Por último, se puede señalar el Proyecto no operará durante los meses de verano por lo que dichas actividades no se verán afectadas.

b.2. El proyecto no define los impactos de la poza durante los periodos en que se forma y en que se seca.

El Proyecto no presenta medidas enfocadas a reducir los impactos en el uso del río en la zona del Durazno y La Montaña, ya que los afectados en tiempo de invierno practican la pesca y en verano la zona es usada para fines recreativos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de los impactos de la poza durante los periodos en que se forma y en que se seca, en el Anexo S – Fotomontajes de la Adenda N° 1, se presentan los fotomontajes que grafican la situación “con proyecto” en el área de la poza.

La poza de agua, en el sector de La Mula, inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el Proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

Para la zona de El Durazno y La Montaña, y de acuerdo a los caudales ecológicos considerados por el Proyecto, no se afectará la práctica de pesca en tiempo de invierno, como tampoco el uso recreativo en verano, puesto que el Proyecto no operará durante los meses de verano; por lo tanto, se permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

De acuerdo a lo anterior, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos ni sus actividades, por consiguiente no se requieren de medidas  ambientales.

b.3. El proyecto no reconoce la existencia de la comunidad de La Montaña –El Durazno y El Relbún, sectores de la comuna de San Fabián.

En el proyecto no se entrega la información, que afecta a la comunidad de La Montaña – El Durazno y El Relbún. Todos los sectores mencionados con habitantes que son afectados por el proyecto del Titular.

Es importante mencionar que en el sector El Relbún, vive en una familia que su vivienda se ubica en sector aledaño a la Bocatoma del proyecto. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la Línea de Base del Proyecto y del área de influencia correspondiente, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido del Adenda N° 1. Específicamente en el anexo relacionado al medio humano, y respecto de las localidades indicadas, se describen aspectos asociados a su población (en términos demográficos), tenencia de viviendas, infraestructura vial, infraestructura comunitaria, religiosa y educacional. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

b.4. El proyecto no considera medidas de compensación, mitigación y reparación para los afectados de El Durazno – La Montaña y El Relbún.

Los archivos y exposiciones del titular no consideran a estos sectores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que las medidas de mitigación, compensación y/o reparación, siempre deben corresponderse con impactos ambientales significativos, los cuales no fueron identificados durante el proceso de evaluación. Por consiguiente, no se requieren de medidas ambientales en los sectores de El Durazno – La Montaña y El Relbún.

b.5. El titular no define debidamente el área de influencia de las obras del proyecto.

El titular no asume que los camiones o vehículos de la empresa constructora usarán las vías de El Durazno – El Relbún, para acceder a la bocatoma, en el caso de épocas de invierno, emergencias, accidentes, etc. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto del área de influencia del Proyecto, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1.

Respecto de la inquietud de la afectación por el aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector), se puede indicar que de acuerdo a lo indicado por el Titular, el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén posibles afectaciones a la conectividad de la población o daños a los citados caminos de los sectores de El Durazno y El Relbún.

b.6. El proyecto no presenta medidas para reducir efectos de incendios naturales o provocados.

No se registra plan de enfrentamiento de emergencias para incendios forestales, que afecten la comuna de San Fabián, lo que se verá incrementado por la pérdida de la barrera natural que es la existencia del río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto no presenta medidas para reducir efectos de incendios naturales o provocados, en vista a que el Proyecto no genera tales impactos. No obstante lo anterior, el Titular indica que se debe considerar que siempre se mantendrá un caudal ecológico en el cauce del río entre la bocatoma y la casa de máquinas, lo cual asegura que no se verá afectada la barrera natural “corta fuegos”. Por último se indica, que el Titular presentó medidas de protección contra incendios forestales, en el punto 6.3 del Permiso Ambiental Sectorial 102 (Anexo E de la Adenda 3).

b.7. El titular no presenta el cierre perimetral de las obras que eviten que pasen los animales del sector de Villa Baviera, lo que aumentará el abigeato de los animales.

Actualmente la comunidad del Durazno cuida por turno sus animales, para que no sean robados, pero al existir una disminución de caudal del río, se aumentará el robo de animales a través de los caminos de Villa Baviera. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación al paso de animales de una ribera del Río a otra, el caudal alcanzará un valor mínimo de 1,11 m3/s entre los meses de febrero y abril y un valor máximo de 6,48 m3/s entre mayo y octubre. Esto asegurará la continuidad del cauce del río durante todo el año, salvo situaciones en que por causas ajenas al Proyecto el cauce de río aguas arriba de la bocatoma sea inferior al caudal ecológico. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que con la mantención del caudal ecológico en el cauce del río, entre la bocatoma y la casa de máquinas, se mantendrá la barrera natural de acceso que hace difícil el traspaso de personas ajenas a través del cruce del cauce.

b.8. El proyecto no considera medidas para proteger la flora y fauna de la comuna de San Fabián.

En la Declaración de Impacto Ambiental no se considera la existencia de venados, zorros entre otras especies, que se encuentran presentes en la bocatoma y río abajo. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación de las medidas para proteger la flora y fauna de la comuna de San Fabián, indicadas por el observante, en el Anexo F de la Adenda N° 3, se presenta el Plan de Manejo Biológico, el cual se hace cargo de los efectos potenciales del Proyecto sobre las especies de flora en categorías de conservación.

Respecto de la fauna, en el mencionado Plan de Manejo Biológico, se identifican y cuantifican (densidad) las especies en categorías de conservación. Mientras que en el Anexo B de la Adenda N°3 se presentan los antecedentes del Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Baja Movilidad. El cumplimiento de lo anterior, queda establecido en el Permiso Ambiental Sectorial N° 99, al cual el Servicio Agrícola y Ganadero se pronunció conforme a través del oficio N° 4159 de fecha 23 de julio de 2014. Finalmente, a objeto de evitar la fragmentación de hábitats y aislamientos poblacionales, el Proyecto incluye pasos de fauna a través del canal de aducción.

Puede indicarse por otro lado, que el zorro culpeo es una especie de amplia distribución en el área de estudio, con presencia en ambas riberas, de hábitos oportunistas, capacidad de natación y rango de hogar de 370 hectáreas. Todos estos factores indican que el río no constituye una barrera natural para la especie. En conclusión el Proyecto no afectaría las dinámicas territoriales de éstos u otros individuos existentes en el área de influencia del Proyecto.

b.9. El titular no incorpora el Durazno y La Montaña en el uso de la fuerza laboral para el proyecto.

El titular no se compromete en incorporar trabajadores pertenecientes a estos sectores, aunque se mencionó en reunión expositiva que se pudiera ofrecer un 20%. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián, es posible indicar que el Proyecto contempla una contratación de al menos el 20% de mano de obra local, de toda el área de influencia (comunas de San Fabián y Parral).

b.10. El proyecto en la bocatoma no incorpora medidas de prevención de accidentes, para los turistas o habitantes del sector.

El juego de cadenas para alejar a los peces, afectará a los bañistas que no miden los peligros, ya que el titular no incorpora señalética que prevenga accidentes. En base a lo anterior se solicita al titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de medidas de prevención de accidentes, para los turistas o habitantes del sector de la bocatoma, puede indicarse que el Proyecto contempla la instalación de señalética en la Playa La Mula, advirtiendo los riesgos de nadar en la poza. Además se incorporará una cuerda de vida con flotadores (boyas) que impedirá el ingreso de los bañistas al sector bocatoma.

b.11. El titular no presenta la replantación de especies nativas afectadas por la construcción de la bocatoma.

Los árboles que perderán en San Fabián, no son reforestados ni mencionados en la declaración, por lo que se solicita incluir un área de compensación en esta comuna (sector el Durazno). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la replantación de especies nativas afectadas por la construcción de la bocatoma, se puede indicar que el Proyecto involucrará la corta de vegetación, principal y mayoritariamente en la comuna de Parral, y mínimamente en la Comuna de San Fabián, lo cual está asociado a la obra de By-Pass (Ver Anexo E de la Adenda N° 3). Al respecto, el Plan de Manejo de Obras Civiles presenta las áreas de reforestación correspondientes. Por otra parte, en el Anexo F de la Adenda N° 3, se presenta el Plan de Manejo Biológico, el cual se hace cargo de los efectos potenciales del Proyecto sobre las especies de flora en categorías de conservación. El cumplimiento de lo anterior, queda establecido en el Permiso Ambiental Sectorial N° 102, al cual la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal se pronunció conforme a través del oficio N° 35-EA/2014 de fecha 23 de julio de 2014.

b.12. El titular no incorpora los efectos de la pérdida de los veranos por etapa de construcción del proyecto.

Las familias en las temporadas estivales, se verán afectadas significativamente porque en etapa de construcción de bocatoma se intervendrán los espacios de río y zonas de camping, no presentando medidas de mitigación, compensación o reparación, ya que esta zona es parte de la dinámica cultural de estos sectores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de los sitios que son visitados en temporada estival, se reconoce que durante la construcción del Proyecto, el cual se llevará a cabo durante una temporada estival, se interrumpirá la utilización del balneario La Mula, mientras que se mantendrá su acceso en periodos posteriores y se asegurará su calidad en cuanto a extensión de la zona de playa (arena).

Por otra parte, con el objetivo de evitar que dicha interrupción constituya un impacto negativo para los usuarios, el Proyecto incorpora el mejoramiento de las condiciones de acceso a los balnearios El Tacho y La Peña, para la temporada estival en que no se pueda acceder a La Mula (construcción de bocatoma y Bypass).

b.13. El titular sólo potencia la actividad turística en la comuna de Parral.

De acuerdo a la Declaración de Impacto Ambiental y las exposiciones del titular las comunidades afectadas no presentan un refuerzo a nivel turístico, lo que afectará la calidad de vida de las familias. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los estudios presentados en el proceso de evaluación ambiental; Turismo (Anexo D de la Adenda N° 1), Paisaje (Anexo C de la Adenda N° 1) y Medio Humano (Anexo E de la Adenda N° 1), el único atractivo turístico que podría ser afectado por las obras y acciones del Proyecto corresponde a La Mula, comuna de San Fabián, cuyo uso se verá interrumpido durante la fase de construcción del Proyecto en un período estival. Sin embargo, durante la operación del Proyecto, el Titular mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass. Por otra parte, la extensión de la poza de agua inundaría una superficie de 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que lo anterior no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios.

b.14. El titular no considera los accidentes laborales en la Bocatoma.

Al existir un accidente en la bocatoma (lado de San Fabián), los afectados serán derivados a la posta de Trabuncura – Cesfam San Fabián u Hospitales de San Carlos – Chillán, no presentando una claridad en esta Declaración de Impacto Ambiental. (se afectarán los servicios de salud locales, por aumento de la demanda de urgencias). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la consideración de accidentes laborales en la Bocatoma, el Proyecto considera que, en caso de accidentes y emergencias médicas, los pacientes serán tratados primariamente en la Posta de Villa Baviera, y de acuerdo a la gravedad, se podrán derivar los pacientes al Hospital de Parral u otros centros médicos de mayor complejidad. De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que no se afectarán los servicios de salud relacionados a las localidades y comuna de San Fabián.

b.15. El titular no enrejará el Bypass de peces.

Al no existir enrejamiento del Bypass, está la posibilidad de que turistas saquen peces con redes, lo que afectará la riqueza de fauna íctica de la zona. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la inquietud referida a enrejar el Bypass de peces, puede indicarse que el Proyecto enrejará el By-pass en toda su extensión.

b.16. El titular ingresará a relleno de la octava región los desechos tóxicos, lo que no corresponde, ya que se deberían explorar otros rellenos sanitarios.

Se deben explorar otras zonas de ingreso de residuos, sea en Maule u otra región. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a los desechos y residuos generados por el Proyecto, puede indicarse que los tipos de residuos que se generarán, así como los volúmenes y tipo de disposición, se encuentran detallados en el punto 1.10.3 del ICE. Al respecto, puede indicarse que los Residuos asimilables a domiciliarios (RSD) serán retirados por la I. Municipalidad de Parral, mientras que los Residuos Industriales no peligrosos serán dispuestos en lugares autorizados. Por su parte, se aclara que los residuos peligrosos serán llevados a un relleno de seguridad autorizado para tales fines como podría ser el de la empresa Hidronor Copiulemu S.A., ubicado en la comuna de Florida.

b.17. El titular no garantiza el uso de la poza en la bocatoma con fines recreativos.

El titular no posee una propuesta de cómo los vecinos que utilizan el río y su poza, podrán continuar el uso de los bienes públicos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al uso de la poza en la bocatoma con fines recreativos, puede indicarse que la poza de agua inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena (La Mula), sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el Proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

b.18. El titular no presenta estudio del efecto del proyecto en masa ganadera, ya sea en el sector de la bocatoma y río abajo.

La presente declaración carece de realidad, ya que no incluye al río, en estos sectores, como fuente de vida para los animales y las personas. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación por disminución de la cantidad del agua en el sector de Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, (punto 1.10.1.6. del ICE), no generará impactos significativos en la ictiofauna, como tampoco en la disponibilidad de agua para la comunidad, puesto que en los meses estivales, el  Proyecto no operará, por lo tanto se permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

Finalmente, se indica que el Proyecto no prevé efectos o impactos sobre la masa ganadera.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”.

c.- Observaciones: Comunidad de Trabuncura

c.1. El proyecto no aclara la ubicación política de todas las obras del proyecto y su área de influencia, esto es, designado a qué comuna corresponde cada cual, ya sea total o parcialmente.

El proyecto no incorpora los efectos en la comuna de San Fabián, solo se localiza en la comuna de Parral, lo que no corresponde a la realidad. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la ubicación de todas las obras del Proyecto y su área de influencia, sólo el By-pass se encuentra en la comuna de San Fabián (Anexo A07 de la Adenda N° 1), mientras que la barrera inflable (Rubber dam) se encuentra en el lecho del río, en lo que se considera el límite comunal entre San Fabián y Parral. Todo el resto de las obras se encuentran en la comuna de Parral. Puede señalarse, que respecto del área de influencia del Proyecto, el municipio de la Comuna de San Fabián fue parte de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA), que revisaron y evaluaron ambientalmente el Proyecto. Por otra parte, en vista de las solicitudes ciudadanas establecidas de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.300, modificada por Ley 20.417 del año 2010, en su artículo 30 bis, se decretó la realización de un proceso de Participación Ciudadana por un plazo de veinte días, periodo en el cual, en la comuna de San Fabián, se desarrollaron actividades de participación ciudadana en los sectores de La Montaña, Trabuncura y Paso Ancho. Dichas actividades son detalladas en el punto 10.1 y 10.2 del ICE.

De acuerdo a lo anterior, puede indicarse que la ubicación del Proyecto y su área de influencia están consignadas y son consideradas en el presente proceso de evaluación. Por otra parte, cabe señalar que no se identificaron impactos ambientales del Proyecto en la comuna de San Fabián.

c.2. El proyecto no redefine la línea de base incluyendo a la comuna de San Fabián de Alico en el área de influencia directa del proyecto, específicamente en los sectores: Trabuncura – El Palo, entre otros.

Efectivamente el titular no considera todos los efectos de su proyecto en la comuna de San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto del área de influencia correspondiente, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos, como tampoco de impactos de significancia sobre otros componentes ambientales, por consiguiente no se requieren de medidas  ambientales.

c.3. El proyecto afectará en la disminución de la cantidad del agua en Trabuncura.

La disminución del agua afectará las huertas familiares – los animales y el crecimiento de pasto, para consumo de éstos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación por disminución de la cantidad del agua en Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, y que puede ser apreciado en punto 1.10.1.6 del ICE, permitirá el funcionamiento y existencia de las actividades normales que allí se realizan actualmente. De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requiere de medidas ambientales.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”.

c.4. El proyecto afectará los sitios de camping o lugares que se bañan las familias.

El río es usado como zona camping, pesca o uso de piscinas naturales, por lo que este proyecto afectará la cultura – dinámica de las familias del sector. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a si el Proyecto afectará los sitios de camping o los lugares en que se bañan las familias, así como de los usos recreativos del Río Perquilauquén, se puede indicar que de acuerdo a los estudios de Turismo (Anexo D de la Adenda N° 1), Paisaje (Anexo C de la Adenda N° 1) y Medio Humano (Anexo E de la Adenda N° 1), la única playa que podría ser afectada por las obras y acciones del Proyecto corresponde a La Mula, comuna de San Fabián, cuyo uso se verá interrumpido durante la fase de construcción del Proyecto en un período estival. Durante la operación el Proyecto se mantendrán las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass. Por otra parte, la extensión de la poza de agua inundará una superficie de 280 m2 de playa de arena. Sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generará una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios.

Por otra parte, respecto a las dinámicas culturales asociadas a estos usos del río, cabe señalar que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Además, se indica que el Proyecto no operará durante los meses estivales, por lo tanto permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

c.5. El proyecto afectará la tranquilidad del sector, por la llegada de personas con malas costumbres.

La ejecución de este proyecto puede traer aumento de robos de animales y/o casas, debido a presencia de trabajadores o población flotante. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la inquietud referida a si el Proyecto afectará la tranquilidad del sector, debido a la llegada de trabajadores, se indica que el Titular implementará un programa de comportamiento responsable de los contratistas, cuyo objetivo será manejar adecuadamente las relaciones entre las comunidades y los contratistas del Proyecto en el área de influencia de éste y reducir los efectos socioculturales de una mayor presencia eventual de población flotante y migrante. Dicho Plan se presenta en el Anexo P de la Adenda N° 1. En consecuencia, en el proceso de evaluación no se identificaron impactos a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en el ámbito planteado por la observación.

c.6. El proyecto afectará Trabuncura con aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector).

El sector de Trabuncura es una vía de acceso a la central, sea desde o hacia la bocatoma, o como tránsito entre las regiones. (Eventuales catástrofes – crecidas de río, etc.). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la afectación por el aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector), el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén afectaciones a la conectividad de la población o daños a los caminos del sector de Trabuncura.

c.7. El proyecto al tener traslado de materiales, trabajadores u otra acción, afectará las rutas de la comuna de San Fabián.

Actualmente esta acción es comprobada con las forestales, por lo que este proyecto no es excepción a la realidad. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la inquietud referida a la afectación de las rutas de la comuna de San Fabián, debido al traslado de materiales, trabajadores u otra acción, puede indicarse que el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén posibles afectaciones a la conectividad de la población o daños a los caminos de los sectores de El Durazno, La Montaña, El Palo y Trabuncura.

c.8. El proyecto afectará muerte de fauna silvestre.

Debido al paso de camiones o trabajadores de la empresa con falta de conciencia medioambiental. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la preocupación respecto a que el tránsito de vehículos, camiones y/o trabajadores puedan afectar la fauna silvestre, es posible indicar que el Proyecto implementará un programa de comportamiento responsable de los contratistas, cuyo objetivo será manejar adecuadamente las relaciones entre las comunidades y los contratistas del Proyecto en el área de influencia de éste y reducir los efectos socioculturales de una eventual mayor presencia de población flotante y migrante. Además, de generar conductas socialmente responsables dentro del personal contratista, evitando así la generación de conflictos o alteraciones a los modos de vida local. Dicho Plan presenta aspectos referidos a:

-  Manejo seguro.

-  Aseo y ornato del área de Proyecto y alrededores.

-  Características de las localidades del área de influencia.

-  Código de conducta.

Mayores detalles del Plan ver en el Anexo P de la Adenda N° 1.

c.9. El proyecto aumentará los ruidos de las rutas de Trabuncura.

El traslado de materiales o trabajadores, implicará contaminación acústica o alteración de la calidad de vida de los vecinos (tranquilidad). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al aumento de ruidos en las rutas de Trabuncura, es posible indicar que se realizaron mediciones y estimaciones en el punto N° 10 vivienda entre El Durazno y Trabuncura y punto N° 11 Escuela Trabuncura y de acuerdo a las proyecciones de ruido realizadas para las etapas de construcción y operación del Proyecto, se determinó que los niveles de ruido estimados en dichos puntos sensibles de la localidad de Trabuncura, cumplen con los niveles máximos permisibles según la normativa aplicable (D.S. N° 38/2011 del MMA). Para mayores antecedentes al respecto, se recomienda ver el anexo K del Adenda N° 1. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que no se producirá afectación ni alteración en la calidad de vida de las comunidades de San Fabián cercanas al Proyecto.

c.10. El proyecto tendrá una afectación del turismo en Trabuncura, debido a la disminución del caudal.

Los vecinos de Trabuncura tendrán una pérdida de ingresos económicos, por la disminución de caudal (alteración del caudal natural), lo que se traduce menores ingresos, afectando la cantidad de turistas que visiten la zona (Balsa y alrededores). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación al turismo de la zona por disminución de la cantidad del agua en Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, permitirá el funcionamiento y existencia de las actividades normales que allí se realizan actualmente.  Además, se indica que el Proyecto no operará durante los meses estivales, por lo tanto permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requiere de medidas ambientales.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”.

c.11. El titular no considera la migración de zorros y pumas hacia Trabuncura. (Perdida de barrera natural - río).

El proyecto al ser emplazado en una zona boscosa del Maule, traerá una migración de fauna nativa hacia Trabuncura, lo que se traduce en pérdidas económicas por ataque de animales menores y mayores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación con la preocupación asociada a una disminución del caudal asociada al Proyecto, la cual podría generar una posible migración de zorros y pumas hacia Trabuncura, es posible indicar que de acuerdo al estudio de fauna terrestre (Anexo G de la Adenda N° 1), que definió al puma como especie potencialmente presente en el área de estudio de acuerdo a su distribución geográfica, el Titular indicó que no se encuentra en el área de influencia del Proyecto. Por otra parte, el zorro culpeo es una especie de amplia distribución en el área de estudio, con presencia en ambas riberas, de hábitos oportunistas, capacidad de natación y rango de hogar de 370 hectáreas. Todos estos factores indican que el río no constituye una barrera natural para la especie. En conclusión el Proyecto no afectará las dinámicas territoriales de éstos u otros individuos existentes en el área de influencia.

c.12. El titular no se incluye mano de obra del sector Trabuncura.

En la presente declaración no se incluye la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián, de acuerdo a lo informado por el Titular es posible indicar que el Proyecto contempla una contratación de al menos el 20% de mano de obra local, de toda el área de influencia (comunas de San Fabián y Parral).

c.13. El titular no considera el uso de la posta de Trabuncura en el caso de accidentes laborales.

La posta de Trabuncura es uno de los centros de salud más cercanos a la construcción de la obra, por lo que puede ser un lugar de posibles atenciones de urgencias o de atención a familiares de los trabajadores de la empresa, lo que producirá una saturación del sistema. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al uso de la posta de Trabuncura en caso de accidentes laborales, el Proyecto considera que, en caso de accidentes y emergencias médicas, los pacientes serán tratados primariamente en la Posta de Villa Baviera, y acuerdo a la gravedad se podrán derivar los pacientes al Hospital de Parral u otros centros médicos de mayor complejidad. De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que no se afectarán los servicios de salud relacionados a las localidades y comuna de San Fabián.

c.14. El proyecto no considera la comunidad de Trabuncura que vive alrededor del río.

El titular no considera la existencia y dinámicas – interdependientes de las comunidades aledañas al río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la consideración de la comunidad de Trabuncura, puede indicarse que el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

c.15. El proyecto no incorpora señalética por el canal de devolución o zonas de peligro de la central.

El titular sólo previene en la comuna de Parral, excluyendo a San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la preocupación por la incorporación de señalética en el canal de devolución o zonas de peligro de la central, de acuerdo a lo indicado por el Titular, se instalará la señalética correspondiente para alertar a la población tanto de Parral como de San Fabián y/o visitantes, sobre posibles riesgos asociados a la obra de bocatoma y by-pass. Respecto del canal de restitución (devolución), se debe tener en consideración que la obra incluye un disipador de energía que regula el caudal y lo devuelve al río en condiciones que no representan ningún riesgo a la población.

c.16. El titular hará una modificación de la hoya del río, lo que afectará el uso de esta fuente natural.

No se consideran labores educativas del cambio de la hoya del río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la preocupación por una posible modificación de la hoya del río Perquilauquén, dado que el Proyecto corresponde a una Central Hidroeléctrica de Pasada, se entiende que sólo se modificará el régimen hidrológico entre la bocatoma y restitución, por lo que aguas arriba y aguas abajo del Proyecto, el río mantendrá su condición natural. Por otra parte, la obra de By-pass asegurará la existencia de un caudal ecológico que permitirá que no se afecten las comunidades de fauna acuática.

c.17. El titular no considera la afectación de napas subterráneas en la zona de Trabuncura (secano).

La zona presenta una alta sequía, por lo que el proyecto puede afectar el agua potable o vertientes. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a las napas subterráneas en la zona de Trabuncura, el Proyecto tomará y devolverá el agua al cauce del río en las mismas condiciones de cantidad y calidad, por lo que no se debiera afectar los niveles freáticos de los acuíferos que se recargan por el cauce del río. Por otra parte, dado que la localidad de Trabuncura se encuentra cercana a la restitución del Proyecto, se estima que la cantidad de agua en dicho punto será igual a la condición original “sin proyecto”. De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requiere de medidas ambientales.

c.18. El titular no considera la Pérdida de vacaciones de los vecinos de Trabuncura y otros sectores, en temporada de construcción de la central.

Los archivos del proyecto no ven efectos en la comuna de San Fabián, lo que un error del titular. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la preocupación asociada a las actividades de recreación que se realizan en el río y de las actividades que se realizarán en temporada de construcción de la central, y respecto de los sitios de visitación en temporada estival, en la construcción del proyecto, y durante una temporada estival, se interrumpirá la utilización del balneario La Mula, mientras que se mantendrá su acceso en periodos posteriores y se asegurará su calidad en cuanto a extensión de la zona de playa (arena). Por otra parte, con el objetivo de evitar que dicha interrupción constituya un impacto negativo para los usuarios, el Proyecto incorpora el mejoramiento de las condiciones de acceso a los balnearios El Tacho y La Peña, para la temporada estival en que no se pueda acceder a La Mula (construcción de bocatoma y Bypass).

c.19. El titular no considera la inundación de zonas aledañas al río por rompimiento de la bocatoma.

No se presentan medidas enfocadas a esto, porque el Titular no incorpora imprevistos, tales como la afectación de la poza. En base de lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la preocupación asociada a posibles inundaciones producto del rompimiento de la bocatoma, el Titular indica que si bien existirá una poza de agua de un volumen máximo de 44.000 m3, contenida por una barrera inflable (rubber dam), ésta tiene ciertas características de materialidad y operación que hacen imposible la ocurrencia de un rompimiento repentino de la misma, con ocurrencia de la liberación del volumen de agua contenida. Al respecto, se puede argumentar que el cuerpo de goma presenta una notable flexibilidad a tracción y a compresión, lo que le permite a la compuerta neumática absorber asentamientos de las cimentaciones sin daño alguno, y permanecer igualmente sin daños durante cualquier movimiento sísmico. Además, los cuerpos de goma de las compuertas inflables son capaces de absorber energía de impacto de rocas y árboles, convirtiéndolos en un accesorio especialmente adecuado para cursos de agua con sedimentos y/o con grandes cantidades de arrastre.

Se debe también tener en consideración que pequeños fallos locales en la cimentación, como agrietamientos y/o asentamientos o movimientos de la losa, que pueden llegar a causar el atasco de compuertas de acero, no interfieren con el normal funcionamiento de una compuerta neumática. Por otra parte, esta barrera opera con dispositivos automatizados de control, los cuales ante la ocurrencia de crecidas proceden a desinflarla. Al respecto, cabe resaltar que el desinflado de la rubber-dam por sí sólo permite el paso de las crecidas manteniendo el nivel del agua en los mismos niveles que en la condición natural del río. Si hubiera cualquier tipo de falla en los sistemas de control de la bocatoma que no permita operar los sistemas de bombeo y las compuertas, una característica de las barreras de goma es que, si el nivel del agua la supera aproximadamente un 20%, entonces la barrera se auto desinfla, sin necesidad de que operen los sistemas de bombeo (inflado y desinflado de la barrera), por lo que no existe el riesgo de inundación más allá de los niveles que naturalmente puede alcanzar el río ante una crecida extrema.

Finalmente, cabe agregar que en el caso poco probable de ocurrencia de rotura de la barrera, con ocurrencia de liberación del total de agua contenida, el flujo resultante no afectará centros poblados ni sectores en donde se practiquen actividades deportivas o recreativas como La Peña, El Tacho y La Balsa. En el Anexo T de la Adenda N° 1, se presenta el detalle de la memoria de cálculo de colapso de la barrera. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que no se afectarán las comunidades presentes en torno al Río Perquilauquén en el ámbito planteado por la observación.

d.- En representación de la Unión comunal de Juntas de Vecinos de San Fabián, se solicita que basado en todas las observaciones realizadas, este proyecto debiera corresponder a un estudio de impacto Ambiental, dejando sin efecto la declaración existente.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia al proceso de evaluación ambiental del Proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en la evaluación ambiental de la presente Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto, no se han identificado los efectos, características y circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, que ameritan la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental. Por consiguiente, no procede lo planteado por la observación.

2. Observante: Junta de Vecinos 5-R Trabuncura

Nombre de Representante Legal: Orlando Enrique González Campos

2.1. El proyecto no aclara la ubicación política de todas las obras del proyecto y su área de influencia, esto es, designado a qué comuna corresponde cada cual, ya sea total o parcialmente.

El proyecto no incorpora los efectos en la comuna de San Fabián, solo se localiza en la comuna de Parral, lo que no corresponde a la realidad. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la ubicación de todas las obras del Proyecto y su área de influencia, sólo el By-pass se encuentra en la comuna de San Fabián (Anexo A07 de la Adenda N° 1), mientras que la barrera inflable (Rubber dam) se encuentra en el lecho del río, en lo que se considera el límite comunal entre San Fabián y Parral. Todo el resto de las obras se encuentran en la comuna de Parral. Puede señalarse, que respecto del área de influencia del Proyecto, el municipio de la Comuna de San Fabián fue parte de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA), que revisaron y evaluaron ambientalmente el Proyecto. Por otra parte, en vista de las solicitudes ciudadanas establecidas de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.300, modificada por Ley 20.417 del año 2010, en su artículo 30 bis, se decretó la realización de un proceso de Participación Ciudadana por un plazo de veinte días, periodo en el cual, en la comuna de San Fabián, se desarrollaron actividades de participación ciudadana en los sectores de La Montaña, Trabuncura y Paso Ancho. Dichas actividades son detalladas en los puntos 10.1 y 10.2 del ICE.

De acuerdo a lo anterior, puede indicarse que la ubicación del Proyecto y su área de influencia están consignadas y son consideradas en el presente proceso de evaluación. Por otra parte, cabe señalar que no se identificaron impactos ambientales del Proyecto en la comuna de San Fabián.

2.2. El proyecto no redefine la línea de base incluyendo a la comuna de San Fabián de Alico en el área de influencia directa del proyecto, específicamente en los sectores: Trabuncura – El Palo, entre otros.

Efectivamente el titular no considera todos los efectos de su proyecto en la comuna de San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la Línea de Base del Proyecto y del área de influencia correspondiente, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos pertenecientes a la comuna de San Fabián, como tampoco de impactos de significancia sobre otros componentes ambientales, por consiguiente no se requieren de medidas  ambientales.

2.3. El proyecto afectará en la disminución de la cantidad del agua en Trabuncura.

La disminución del agua afectará las huertas familiares – los animales y el crecimiento de pasto, para consumo de éstos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación por disminución de la cantidad del agua en Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, y que puede ser apreciado en punto 1.10.1.6 del ICE, permitirá el funcionamiento y existencia de las actividades normales que allí se realizan actualmente. De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”.

2.4. El proyecto afectará los sitios de camping o lugares que se bañan las familias.

El río es usado como zona camping, pesca o uso de piscinas naturales, por lo que este proyecto afectará la cultura – dinámica de las familias del sector. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a si el Proyecto afectará los sitios de camping o los lugares en que se bañan las familias, así como de los usos recreativos del Río Perquilauquén, se puede indicar que de acuerdo a los estudios de Turismo (Anexo D de la Adenda N° 1), Paisaje (Anexo C de la Adenda N° 1) y Medio Humano (Anexo E de la Adenda N° 1), la única playa que podría ser afectada por las obras y acciones del Proyecto corresponde a La Mula, comuna de San Fabián, cuyo uso se verá interrumpido durante la fase de construcción del Proyecto en un período estival. Durante la operación el Proyecto se mantendrán las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass. Por otra parte, la extensión de la poza de agua inundará una superficie de 280 m2 de playa de arena. Sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generará una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”.

En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios.

Por otra parte, respecto a las dinámicas culturales asociadas a estos usos del río, cabe señalar que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Además, se indica que el Proyecto no operará durante los meses estivales, por lo tanto permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

2.5. El proyecto afectará la tranquilidad del sector, por la llegada de personas con malas costumbres.

La ejecución de este proyecto puede traer aumento de robos de animales y/o casas, debido a presencia de trabajadores o población flotante. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la inquietud referida a si el Proyecto afectará la tranquilidad del sector, debido a la llegada de trabajadores, se indica que el Titular implementará un programa de comportamiento responsable de los contratistas, cuyo objetivo será manejar adecuadamente las relaciones entre las comunidades y los contratistas del Proyecto en el área de influencia de éste y reducir los efectos socioculturales de una mayor presencia eventual de población flotante y migrante. Dicho Plan se presenta en el Anexo P de la Adenda N° 1. En consecuencia, en el proceso de evaluación no se identificaron impactos a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos en el ámbito planteado por la observación.

2.6. El proyecto afectará Trabuncura con aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector).

El sector de Trabuncura es una vía de acceso a la central, sea desde o hacia la bocatoma, o como tránsito entre las regiones. (Eventuales catástrofes – crecidas de río, etc.). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la afectación por el aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector), el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén afectaciones a la conectividad de la población o daños a los caminos del sector de Trabuncura.

2.7. El proyecto al tener traslado de materiales, trabajadores u otra acción, afectará las rutas de la comuna de San Fabián.

Actualmente esta acción es comprobada con las forestales, por lo que este proyecto no es excepción a la realidad. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la inquietud referida a la afectación de las rutas de la comuna de San Fabián, debido traslado de materiales, trabajadores u otra acción, puede indicarse que el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén posibles afectaciones a la conectividad de la población o daños a los caminos de los sectores de El Durazno, La Montaña, El Palo y Trabuncura.

2.8. El proyecto afectará muerte de fauna silvestre.

Debido al paso de camiones o trabajadores de la empresa con falta de conciencia medioambiental. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la preocupación respecto a que el tránsito de vehículos, camiones y/o trabajadores puedan afectar la fauna silvestre, es posible indicar que el Proyecto implementará un programa de comportamiento responsable de los contratistas del Proyecto, cuyo objetivo será manejar adecuadamente las relaciones entre las comunidades y los contratistas del Proyecto en el área de influencia de éste y reducir los efectos socioculturales de una eventual mayor presencia eventual de población flotante y migrante. Además, de generar conductas socialmente responsables dentro del personal contratista, evitando así la generación de conflictos o alteraciones a los modos de vida local. Dicho Plan presenta aspectos referidos a:

-  Manejo seguro.

-  Aseo y ornato del área de Proyecto y alrededores.

-  Características de las localidades del área de influencia.

-  Código de conducta.

Para mayores detalles del Plan ver Anexo P de la Adenda N° 1.

2.9. El proyecto aumentará los ruidos de las rutas de Trabuncura.

El traslado de materiales o trabajadores, implicará contaminación acústica o alteración de la calidad de vida de los vecinos (tranquilidad). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al aumento de ruidos en las rutas de Trabuncura, es posible indicar que se realizaron mediciones y estimaciones en el punto N° 10 vivienda entre El Durazno y Trabuncura y punto N° 11 Escuela Trabuncura y de acuerdo a las proyecciones de ruido realizadas para las etapas de construcción y operación del Proyecto, se determinó que los niveles de ruido estimados en dichos puntos sensibles de la localidad de Trabuncura, cumplen con los niveles máximos permisibles según la normativa aplicable (D.S. N° 38/2011 del MMA). Mayores antecedentes ver anexo K del Adenda N° 1. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que no se producirá afectación ni alteración en la calidad de vida de las comunidades de San Fabián cercanas al Proyecto.

2.10. El proyecto tendrá una afectación del turismo en Trabuncura, debido a la disminución del caudal.

Los vecinos de Trabuncura tendrán una pérdida de ingresos económicos, por la disminución de caudal (alteración del caudal natural), lo que se traduce en menores ingresos, afectando la cantidad de turistas que visiten la zona (Balsa y alrededores). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación al turismo de la zona por disminución de la cantidad del agua en Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, permitirá el funcionamiento y existencia de las actividades normales que allí se realizan actualmente. Además, se indica que el Proyecto no operará durante los meses estivales, por lo tanto permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”. 

2.11. El titular no considera la migración de zorros y pumas hacia Trabuncura. (Perdida de barrera natural - río).

El proyecto al ser emplazado en una zona boscosa del Maule, traerá una migración de fauna nativa hacia Trabuncura, lo que se traduce en pérdidas económicas por ataque de animales menores y mayores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación con la preocupación asociada a una disminución del caudal asociada al Proyecto, la cual podría generar una posible migración de zorros y pumas hacia Trabuncura, es posible indicar que de acuerdo al estudio de fauna terrestre (Anexo G de la Adenda N° 1), que definió al puma como especie potencialmente presente en el área de estudio de acuerdo a su distribución geográfica, el Titular indicó que no se encuentra en el área de influencia del Proyecto. Por otra parte, el zorro culpeo es una especie de amplia distribución en el área de estudio, con presencia en ambas riberas, de hábitos oportunistas, capacidad de natación y rango de hogar de 370 hectáreas. Todos estos factores indican que el río no constituye una barrera natural para la especie. En conclusión el Proyecto no afectará las dinámicas territoriales de éstos u otros individuos existentes en el área de influencia del Proyecto.

2.12. El titular no se incluye mano de obra del sector Trabuncura.

En la presente declaración no se incluye la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián, de acuerdo a lo informado por el Titular es posible indicar que el Proyecto contempla una contratación de al menos el 20% de mano de obra local, de toda el área de influencia (comunas de San Fabián y Parral).

2.13. El titular no considera el uso de la posta de Trabuncura en el caso de accidentes laborales.

La posta de Trabuncura es uno de los centros de salud más cercanos a la construcción de la obra, por lo que puede ser un lugar de posibles atenciones de urgencias o de atención a familiares de los trabajadores de la empresa, lo que producirá una saturación del sistema. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al uso de la posta de Trabuncura en caso de accidentes laborales, el Proyecto considera que, en caso de accidentes y emergencias médicas, los pacientes serán tratados primariamente en la Posta de Villa Baviera, y acuerdo a la gravedad se podrán derivar los pacientes al Hospital de Parral u otros centros médicos de mayor complejidad. De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que no se afectarán los servicios de salud relacionados a las localidades y comuna de San Fabián.

2.14. El proyecto no considera la comunidad de Trabuncura que vive alrededor del río.

El titular no considera la existencia y dinámicas – interdependientes de las comunidades aledañas al río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la consideración de la comunidad de Trabuncura, puede indicarse que el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

2.15. El proyecto no incorpora señalética Por canal de devolución o zonas de peligro de la central.

El titular sólo previene en la comuna de Parral, excluyendo a San Fabián. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la preocupación por la incorporación de señalética en el canal de devolución o zonas de peligro de la central, de acuerdo a lo indicado por el Titular, se instalará la señalética correspondiente para alertar a la población tanto de Parral como de San Fabián y/o visitantes, sobre posibles riesgos asociados a la obra de bocatoma y by-pass. Respecto del canal de restitución (devolución), se debe tener en consideración que la obra incluye un disipador de energía que regula el caudal y lo devuelve al río en condiciones que no representan ningún riesgo a la población.

2.16. El titular hará una modificación de la hoya del río, lo que afectará el uso de esta fuente natural.

No se consideran labores educativas del cambio de la hoya del río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la preocupación por una posible modificación de la hoya del río Perquilauquén, dado que el Proyecto corresponde a una Central Hidroeléctrica de Pasada, se entiende que sólo se modificará el régimen hidrológico entre la bocatoma y restitución, por lo que aguas arriba y aguas abajo del Proyecto, el río mantendrá su condición natural. Por otra parte, la obra de By-pass asegurará la existencia de un caudal ecológico que permitirá que no se afecten las comunidades de fauna acuática.

2.17. El titular no considera la afectación de napas subterráneas en la zona de Trabuncura (secano).

La zona presenta una alta sequía, por lo que el proyecto puede afectar el agua potable o vertientes. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a las napas subterráneas en la zona de Trabuncura, el Proyecto tomará y devolverá el agua al cauce del río en las mismas condiciones de cantidad y calidad, por lo que no se debiera afectar los niveles freáticos de los acuíferos que se recargan por el cauce del río. Por otra parte, dado que la localidad de Trabuncura se encuentra cercana a la restitución del Proyecto, se estima que la cantidad de agua en dicho punto será igual a la condición original “sin proyecto”. De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

2.18. El titular no considera la Pérdida de vacaciones de los vecinos de Trabuncura y otros sectores, en temporada de construcción de la central.

Los archivos del proyecto no ven efectos en la comuna de San Fabián, lo que un error del titular. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la preocupación asociada a las actividades de recreación que se realizan en el Río y de las actividades que se realizarán en temporada de construcción de la central, y respecto de los sitios de recreación en temporada estival, en la construcción del proyecto, y durante una temporada estival, se interrumpirá la utilización del balneario La Mula, mientras que se mantendrá su acceso en periodos posteriores y se asegurará su calidad en cuanto a extensión de la zona de playa (arena). Por otra parte, con el objetivo de evitar que dicha interrupción constituya un impacto negativo para los usuarios, el Proyecto incorpora el mejoramiento de las condiciones de acceso a los balnearios El Tacho y La Peña, para la temporada estival en que no se pueda acceder a La Mula (construcción de bocatoma y Bypass).

2.19. El titular no considera la inundación de zonas aledañas al río por rompimiento de la bocatoma.

No se presentan medidas enfocadas a esto, porque el Titular no incorpora imprevistos, tales como la afectación de la poza. En base de lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la preocupación asociada a posibles inundaciones producto del rompimiento de la bocatoma, el Titular indica que si bien existirá una poza de agua de un volumen máximo de 44.000 m3, contenida por una barrera inflable (rubber dam), ésta tiene ciertas características de materialidad y operación que hacen imposible la ocurrencia de un rompimiento repentino de la misma, con ocurrencia de la liberación del volumen de agua contenida. Al respecto, se puede argumentar que el cuerpo de goma presenta una notable flexibilidad a tracción y a compresión, lo que le permite a la compuerta neumática absorber asentamientos de las cimentaciones sin daño alguno, y permanecer igualmente sin daños durante cualquier movimiento sísmico. Además, los cuerpos de goma de las compuertas inflables son capaces de absorber energía de impacto de rocas y árboles, convirtiéndolos en un accesorio especialmente adecuado para cursos de agua con sedimentos y/o con grandes cantidades de arrastre.

Se debe también tener en consideración que pequeños fallos locales en la cimentación, como agrietamientos y/o asentamientos o movimientos de la losa, que pueden llegar a causar el atasco de compuertas de acero, no interfieren con el normal funcionamiento de una compuerta neumática. Por otra parte, esta barrera opera con dispositivos automatizados de control, los cuales ante la ocurrencia de crecidas proceden a desinflarla. Al respecto, cabe resaltar que el desinflado de la rubber-dam por sí sólo permite el paso de las crecidas manteniendo el nivel del agua en los mismos niveles que en la condición natural del río. Si hubiera cualquier tipo de falla en los sistemas de control de la bocatoma que no permita operar los sistemas de bombeo y las compuertas, una característica de las barreras de goma es que, si el nivel del agua la supera aproximadamente un 20%, entonces la barrera se auto desinfla, sin necesidad de que operen los sistemas de bombeo (inflado y desinflado de la barrera), por lo que no existe el riesgo de inundación más allá de los niveles que naturalmente puede alcanzar el río ante una crecida extrema.

Finalmente, cabe agregar que en el caso poco probable de ocurrencia de rotura de la barrera, con ocurrencia de liberación del total de agua contenida, el flujo resultante no afectará centros poblados ni sectores en donde se practiquen actividades deportivas o recreativas como La Peña, El Tacho y La Balsa. En el Anexo T del Adenda N° 1, se presenta el detalle de la memoria de cálculo de colapso de la barrera. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que no se afectarán las comunidades presentes en torno al Río Perquilauquén en el ámbito planteado por la observación.

2.20. A pesar que no corresponden en esta etapa solicitar medidas de mitigación, compensación, mitigación y/o reparación, esta comunidad, solicita:

PETICIONES SECTOR TRABUNCURA

-  Asfalto en el camino

-  Mejora en la señalética e iluminación en calles

-  Subvención luz eléctrica

-  Médico y vehículo posta Trabuncura

-  Construcción de sede comunitaria grande para eventos (Trabuncura Sur) (existe terreno)

-  Habilitar sede sur con cocina - refrigerador y equipamiento

-  Plaza recreativa en los sectores.

-  Arreglar cancha deportiva del sector, incluyendo baños, camarines y galerías

-  Atención dental, visual o médica para las personas del sector.

-  Habilitación de Termas de Trabuncura (como propiedad y patrimonio de las juntas de Vecinos).

-  Construir oficina comité de agua potable

-  Ampliación y equipamiento sede Norte, con juegos (plazas interactivas)

-  Asfalto circunvalación

-  Construir Iglesia católica nueva

-  Implementación de Clubes deportivos

-  Uso de mano de obra del sector que se considere en etapa de construcción y operación de la central (mínimo 40%)- en trabajos de cocina - obreros – operarios - técnicos o profesionales.

-  Subvencionar fiesta de navidad, día del niño, mujer, adulto mayor y comités femeninos, clubes de adultos mayores y juntas de vecinos, a través de proyectos sociales.

-  Potenciar habilidades manuales a través de proyectos o talleres de especialista, para ayudar a mejorar los ingresos familiares (artesanía).

PETICIONES ESCUELA TRABUNCURA

-  Multicancha techada e iluminada

-  Equipos computacionales

-  Construcción de dos salas de clases

-  Furgón escolar

-  Mejorar la iluminación

-  Paneles solares (para asegurar electricidad en toda la escuela cuando hay corte de luz)

-  Máquina de ejercicios (plazas interactivas)

-  Vestuario para alumnos

-  Becas mejores alumnos

-  Construcción de cocina para apoderados

-  Cierre perimetral.

 Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera no pertinente la observación, debido a que no hace referencia a aspectos relativos a la evaluación ambiental del Proyecto. Cabe aclarar que las medidas de mitigación, compensación, reparación y/o restauración siempre deben corresponderse con impactos ambientales significativos, los cuales no fueron identificados en la evaluación ambiental del presente Proyecto.

3. Observante: Junta de Vecinos 4-R Paso Ancho

Nombre de Representante Legal: Juana Olivares Fuentes

3.1. El titular no incorpora a la comunidad de Paso Ancho en el uso de la ruta, ya que a través de ésta se pueden trasladar materiales hacia la central, o bocatoma. En los expedientes se excluye esta posible vía de acceso. Al existir mayor flujo vehicular se afectará la ruta de acceso a Trabuncura – La Montaña lo que irá en directo menoscabo de las familias de Paso Ancho. En base a lo anterior se solicita que se considere a esta comunidad, como afectada con el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinentes la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de la comunidad de Paso Ancho en el uso de la ruta, es posible indicar que el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de Villa Baviera.

Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur (Comuna de San Fabián), con vehículos menores (camionetas), para ejecutar labores de inspección y mantenciones.

3.2. El titular no presenta el estudio de la comunidad de paso Ancho y su relación con el río en el uso de la balsa o bocatoma, como nivel de distracción, recreación o pesca. En los expedientes no se considera esta información. En base a lo anterior, se solicita que se incorpore a esta comunidad como afectada con el proyecto.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de la comunidad de Paso Ancho en la línea de base y su relación con el río en el uso de la balsa o bocatoma, como nivel de distracción, recreación o pesca, es posible indicar que en relación a la Línea de Base del Proyecto y del área de influencia correspondiente, el Titular presentó nuevos estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1.

Específicamente en el anexo relacionado al medio humano, y respecto de la localidad de Paso Ancho (Norte), se describen aspectos asociados a su población (en términos demográficos), tenencia de viviendas, infraestructura vial, infraestructura comunitaria, religiosa y educacional. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos y sus usos del río, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

3.3. A pesar que no corresponden en esta etapa solicitar medidas de mitigación, compensación y/o reparación, esta comunidad, solicita:

-  Mobiliario iglesias – Cierre perimetral de iglesia católica – mobiliario sede juntas de vecinos 4R de Paso Ancho y JV. Paso Ancho Sur/San Carlos.

-  Construcción de posta con implementación, para la comunidad de Paso Ancho/San Fabián, ya que se cuenta con terreno.

-  Aplicación de mata polvo caminos los Toronjiles

-  Juegos para la comunidad de Paso Ancho

-  Plaza para la comunidad de Paso Ancho

-  Arreglo de la cancha de Paso Ancho

-  Camarines y galerías para la cancha de Paso Ancho

-  Luz en caminos públicos

-  Rebaja en el consumo de luz eléctrica

 Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera no pertinente la observación, debido a que no hace referencia a aspectos relativos a la evaluación ambiental del Proyecto. Cabe aclarar que las medidas de mitigación, compensación, reparación y/o restauración siempre deben corresponderse con impactos ambientales significativos, los cuales no fueron identificados en la evaluación ambiental del presente Proyecto.

4. Observante: Junta de Vecinos 6-R La Montaña

Nombre de Representante Legal: Anatistico Elgueta Poblete

4.1. El proyecto no define las dimensiones de la poza generada por el titular. Revisado todos los expedientes no se presenta en ningún archivo el tamaño de la poza, lo que afecta la zona recreativa donde se práctica históricamente hasta la actualidad el uso del río para Turismo y pesca (consumo Humano). Siendo esta el lugar de la Bocatoma el único lugar que se practican estas actividades. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que para el caso de la central hidroeléctrica de pasada Perquilauquén, la obra de toma consistirá en una barrera de goma inflable de 2,3 metros de altura (tipo rubber dam), con la cual en operación máxima se genera una poza cuyo volumen será de 44.000 m3, en el plano incluido en el Anexo A07 de la Adenda N° 1, pueden apreciarse de manera gráfica las dimensiones de dicha poza. Por otro lado, en el Anexo S - Fotomontajes de la Adenda N° 1, se presentan los fotomontajes, que grafican la situación “con proyecto” en el área de la poza.

La poza de agua, en el sector de La Mula, inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular mantendrá una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

Por lo anterior, puede concluirse que el proyecto no prevé efectos o impactos sobre el medio humano.

Por último, se puede señalar el Proyecto no operará durante los meses de verano por lo que dichas actividades no se verán afectadas.

4.2. El proyecto no define los impactos de la poza durante los periodos en que se forma y en que se seca.

El proyecto no presenta medidas enfocadas a reducir los impactos en el uso del río en la zona del Durazno y La Montaña, ya que los afectados en tiempo de invierno practican la pesca y en verano la zona es usada para fines recreativos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de los impactos de la poza durante los periodos en que se forma y en que se seca, en el Anexo S – Fotomontajes de la Adenda N° 1, se presentan los fotomontajes que grafican la situación “con proyecto” en el área de la poza.

La poza de agua, en el sector de La Mula, inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el Proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

Para la zona de El Durazno y La Montaña, y de acuerdo a los caudales ecológicos considerados por el Proyecto, no se afectará la práctica de pesca en tiempo de invierno, como tampoco el uso recreativo en verano, puesto que el Proyecto no operará durante los meses de verano, por lo tanto se permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

De acuerdo a lo anterior, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos ni sus actividades, por consiguiente no se requieren de medidas  ambientales.

4.3. El proyecto no reconoce la existencia de la comunidad de La Montaña –El Durazno y El Relbún, sectores de la comuna de San Fabián.

En el proyecto no se entrega la información, que afecta a la comunidad de La Montaña – El Durazno y El Relbún. Todos los sectores mencionados con habitantes que son afectados por el proyecto del Titular.

Es importante mencionar que en el sector El Relbún, vive en una familia que su vivienda se ubica en sector aledaño a la Bocatoma del proyecto. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la Línea de Base del Proyecto y del área de influencia correspondiente, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido del Adenda N° 1. Específicamente en el anexo relacionado al medio humano, y respecto de las localidades indicadas, se describen aspectos asociados a su población (en términos demográficos), tenencia de viviendas, infraestructura vial, infraestructura comunitaria, religiosa y educacional. De acuerdo a la información presentada, puede indicarse que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos sobre grupos humanos, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

4.4. El proyecto no considera medidas de compensación, mitigación y reparación para los afectados de El Durazno – La Montaña y El Relbún.

Los archivos y exposiciones del titular no consideran a estos sectores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que las medidas de mitigación, compensación y/o reparación, siempre deben corresponderse con impactos ambientales significativos, los cuales no fueron identificados durante el proceso de evaluación. Por consiguiente, no se requieren de medidas ambientales en los sectores de El Durazno – La Montaña y El Relbún.

4.5. El titular no define debidamente el área de influencia de las obras del proyecto.

El titular no asume que los camiones o vehículos de la empresa constructora usarán las vías del Durazno – El Relbún, para acceder a la bocatoma, en el caso de épocas de invierno, emergencias, accidentes, etc. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto del área de influencia del Proyecto, el Titular presentó estudios complementarios, dentro de los cuales se incluyeron los sectores de La Montaña, Trabuncura, El Palo y Paso Ancho, todos pertenecientes a la comuna de San Fabián. Dichos antecedentes complementarios corresponden a los anexos: C – Paisaje, D – Turismo, E – Medio Humano, K – y L – Medio Construido de la Adenda N° 1.

Respecto de la inquietud de la afectación por el aumento del tránsito vehicular (camiones por el puente y/o caminos del sector), se puede indicar que de acuerdo a lo indicado por el Titular, el Proyecto sólo contempla utilizar los caminos de acceso a través de villa Baviera. Ocasionalmente, se podría acceder a la ribera sur, con vehículos menores (camionetas) para ejecutar labores de inspección y mantenciones. Dado lo anterior, no se prevén posibles afectaciones a la conectividad de la población o daños a los citados caminos de los sectores de El Durazno y El Relbún.

4.6. El proyecto no presenta medidas para reducir efectos de incendios naturales o provocados.

No se registra plan de enfrentamiento de emergencias para incendios forestales, que afecten la comuna de San Fabián, lo que se verá incrementado por la pérdida de la barrera natural que es la existencia del río. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el proyecto no presenta medidas para reducir efectos de incendios naturales o provocados, en vista a que el Proyecto no genera tales impactos. No obstante lo anterior, el Titular indica que se debe considerar que siempre se mantendrá un caudal ecológico en el cauce del río entre la bocatoma y la casa de máquinas, lo cual asegura que no se verá afectada la barrera natural “corta fuegos”. Por último se indica, que el Titular presentó medidas de protección contra incendios forestales, en el punto 6.3 del Permiso Ambiental Sectorial 102 (Anexo E de la Adenda N° 3).

4.7. El titular no presenta el cierre perimetral de las obras que eviten que pasen los animales del sector de Villa Baviera, lo que aumentará el abigeato de los animales.

Actualmente la comunidad del Durazno cuida por turno sus animales, para que no sean robados, pero al existir una disminución de caudal del río, se aumentará el robo de animales a través de los caminos de Villa Baviera. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación al paso de animales de una ribera del Río a otra, el caudal alcanzará un valor mínimo de 1,11 m3/s entre los meses de febrero y abril y un valor máximo de 6,48 m3/s entre mayo y octubre. Esto asegurará la continuidad del cauce del río durante todo el año, salvo situaciones en que por causas ajenas al Proyecto el cauce de río aguas arriba de la bocatoma sea inferior al caudal ecológico. De acuerdo a lo anterior, puede concluirse que con la mantención del caudal ecológico en el cauce del río, entre la bocatoma y la casa de máquinas, se mantendrá la barrera natural de acceso que hace difícil el traspaso de personas ajenas a través del cruce del cauce.

4.8. El proyecto no considera medidas para proteger la flora y fauna de la comuna de San Fabián.

En la Declaración de Impacto Ambiental no se considera la existencia de venados, zorros, entre otras especies, que se encuentran presentes en la bocatoma y río abajo. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación de las medidas para proteger la flora y fauna de la comuna de San Fabián, indicadas por el observante, en el Anexo F de la Adenda N°3, se presenta el Plan de Manejo Biológico, el cual se hace cargo de los efectos potenciales del Proyecto sobre las especies de flora en categorías de conservación.

Respecto de la fauna, en el mencionado Plan de Manejo Biológico, se identifican y cuantifican (densidad) las especies en categorías de conservación. Mientras que en el Anexo B de la Adenda N°3 se presentan los antecedentes del Plan de Rescate y Relocalización de Fauna de Baja Movilidad. El cumplimiento de lo anterior, queda establecido en el Permiso Ambiental Sectorial N° 99, al cual el Servicio Agrícola y Ganadero se pronunció conforme a través del oficio N° 4159 de fecha 23 de julio de 214. Finalmente, a objeto de evitar la fragmentación de hábitats y aislamientos poblacionales, el Proyecto incluye pasos de fauna a través del canal de aducción.

Puede indicarse por otro lado, que el zorro culpeo es una especie de amplia distribución en el área de estudio, con presencia en ambas riberas, de hábitos oportunistas, capacidad de natación y rango de hogar de 370 hectáreas. Todos estos factores indican que el río no constituye una barrera natural para la especie. En conclusión el Proyecto no afectaría las dinámicas territoriales de éstos u otros individuos existentes en el área de influencia del Proyecto.

4.9. El titular no incorpora el Durazno y La Montaña en el uso de la fuerza laboral para el proyecto.

El titular no se compromete en incorporar trabajadores pertenecientes a estos sectores, aunque se mencionó en reunión expositiva que se pudiera ofrecer un 20%. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de la consideración de mano de obra de la comuna de San Fabián, es posible indicar que el Proyecto contempla una contratación de al menos el 20% de mano de obra local, de toda el área de influencia (comunas de San Fabián y Parral).

4.10. El proyecto en la bocatoma no incorpora medidas de prevención de accidentes, para los turistas o habitantes del sector.

El juego de cadenas para alejar a los peces, afectará a los bañistas que no miden los peligros, ya que el titular no incorpora señalética que prevenga accidentes. En base a lo anterior se solicita al titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la incorporación de medidas de prevención de accidentes, para los turistas o habitantes del sector de la bocatoma, puede indicarse que el Proyecto contempla la instalación de señalética en la Playa La Mula, advirtiendo los riesgos de nadar en la poza. Además se incorporará una cuerda de vida con flotadores (boyas) que impedirá el ingreso de los bañistas al sector bocatoma.

4.11. El titular no presenta la replantación de especies nativas afectadas por la construcción de la bocatoma.

Los árboles que perderán en San Fabián, no son reforestados ni mencionados en la declaración, por lo que se solicita incluir un área de compensación en esta comuna (sector el Durazno). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la replantación de especies nativas afectadas por la construcción de la bocatoma, se puede indicar que el Proyecto involucrará la corta de vegetación, principal y mayoritariamente en la comuna de Parral, y mínimamente en la Comuna de San Fabián, lo cual está asociado a la obra de By-Pass (Ver Anexo E de la Adenda N° 3). Al respecto, el Plan de Manejo de Obras Civiles presenta las áreas de reforestación correspondientes. Por otra parte, en el Anexo F de la Adenda N° 3, se presenta el Plan de Manejo Biológico, el cual se hace cargo de los efectos potenciales del Proyecto sobre las especies de flora en categorías de conservación. El cumplimiento de lo anterior, queda establecido en el Permiso Ambiental Sectorial N° 102, al cual la Dirección Ejecutiva de la Corporación Nacional Forestal se pronunció conforme a través del oficio N° 35-EA/2014 de fecha 23 de julio de 2014.

4.12. El titular no incorpora los efectos de la pérdida de los veranos por etapa de construcción del proyecto.

Las familias en las temporadas estivales, se verán afectadas significativamente porque en etapa de construcción de bocatoma se intervendrán los espacios de río y zonas de camping, no presentando medidas de mitigación, compensación o reparación, ya que esta zona es parte de la dinámica cultural de estos sectores. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare le punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto de los sitios que son visitados en temporada estival, se reconoce que durante la construcción del Proyecto, el cual se llevará a cabo durante 1 temporada estival, se interrumpirá la utilización del balneario La Mula, mientras que se mantendrá su acceso en periodos posteriores y se asegurará su calidad en cuanto a extensión de la zona de playa (arena).

Por otra parte, con el objetivo de evitar que dicha interrupción constituya un impacto negativo para los usuarios, el Proyecto incorpora el mejoramiento de las condiciones de acceso a los balnearios El Tacho y La Peña, para la temporada estival en que no se pueda acceder a La Mula (construcción de bocatoma y Bypass).

4.13. El titular sólo potencia la actividad turística en la comuna de Parral.

De acuerdo a la Declaración de Impacto Ambiental y las exposiciones del titular las comunidades afectadas no presentan un refuerzo a nivel turístico, lo que afectará la calidad de vida de las familias. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que de acuerdo a los estudios presentados en el proceso de evaluación ambiental; Turismo (Anexo D de la Adenda N° 1), Paisaje (Anexo C de la Adenda N° 1) y Medio Humano (Anexo E de la Adenda N° 1), el único atractivo turístico que podría ser afectado por las obras y acciones del Proyecto corresponde a La Mula, comuna de San Fabián, cuyo uso se verá interrumpido durante la fase de construcción del Proyecto en un período estival. Sin embargo, durante la operación del Proyecto, el Titular mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass. Por otra parte, la extensión de la poza de agua inundaría una superficie de 280 m2 de playa de arena, sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que lo anterior no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios.

4.14. El titular no considera los accidentes laborales en la Bocatoma.

Al existir un accidente en la bocatoma (lado de San Fabián), los afectados serán derivados a la posta de Trabuncura – Cesfam San Fabián u Hospitales de San Carlos – Chillán, no presentando una claridad en esta Declaración de Impacto Ambiental. (se afectarán los servicios de salud locales, por aumento de la demanda de urgencias). En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a la consideración de accidentes laborales en la Bocatoma, el proyecto considera que, en caso de accidentes y emergencias médicas, los pacientes serán tratados primariamente en la Posta de Villa Baviera, y de acuerdo a la gravedad se podrán derivar los pacientes al Hospital de Parral u otros centros médicos de mayor complejidad. De acuerdo a lo anterior, se puede concluir que no se afectarán los servicios de salud relacionados a las localidades y comuna de San Fabián.

4.15. El titular no enrejará el Bypass de peces.

Al no existir enrejamiento del Bypass, está la posibilidad de que turistas saquen peces con redes, lo que afectará la riqueza de fauna ictica de la zona. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto a la inquietud referida a enrejar el Bypass de peces, puede indicarse que el Proyecto enrejará el By-pass en toda su extensión.

4.16. El titular ingresará a relleno de la octava región los desechos tóxicos, lo que no corresponde, ya que se deberían explorar otros rellenos sanitarios.

Se deben explorar otras zonas de ingreso de residuos, sea en Maule u otra región. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que en relación a los desechos y residuos generados por el Proyecto, puede indicarse que los tipos de residuos que se generarán, así como los volúmenes y tipo de disposición, se encuentran detallados en el numeral 1.10.3 del ICE. Al respecto, puede indicarse que los Residuos Asimilables a domiciliarios (RSD) serán retirados por la I. Municipalidad de Parral, mientras que los Residuos Industriales no peligrosos serán dispuestos en lugares autorizados. Por su parte, se aclara que los residuos peligrosos serán llevados a un relleno de seguridad autorizado para tales fines como podría ser el de la empresa Hidronor Copiulemu S.A., ubicado en la comuna de Florida.

4.17. El titular no garantiza el uso de la poza en la bocatoma con fines recreativos.

El titular no posee una propuesta de cómo los vecinos que utilizan el río y su poza, podrán continuar el uso de los bienes públicos. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación, toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que respecto al uso de la poza en la bocatoma con fines recreativos, puede indicarse que la poza de agua inundaría una superficie inferior a los 280 m2 de playa de arena (La Mula), sin embargo, la dinámica fluvial, producto de las condiciones superficiales y disposición del área, generaría una nueva acumulación de sedimentos (arena) en el lugar, reconstituyendo las condiciones de “playa”. En caso que esto no suceda, el Titular se compromete a mantener una superficie de playa de arena, igual o mayor a la inundada, con aportes externos de sedimento, comprado a proveedores autorizados que cuenten con todos los permisos necesarios. Finalmente, el Proyecto mantendrá las condiciones de acceso al lugar mediante un paso peatonal sobre la obra de by-pass.

4.18. El titular no presenta estudio del efecto del proyecto en masa ganadera, ya sea en el sector de la bocatoma y río abajo.

La presente declaración carece de realidad, ya que no incluye al río, en estos sectores, como fuente de vida para los animales y las personas. En base a lo anterior se solicita que el titular aclare el punto señalado.

Evaluación técnica de la observación:

Cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes de la Declaración de Impacto Ambiental y de los antecedentes que forman parte del expediente de evaluación del Proyecto, se puede concluir que no habrá afectación por disminución de la cantidad del agua en el sector de Trabuncura, ya que el caudal ecológico establecido para el funcionamiento del Proyecto para los distintos meses del año, (punto 1.10.1.6 del ICE), no generará impactos significativos en la ictiofauna, como tampoco en la disponibilidad de agua para la comunidad, puesto que en los meses estivales, el  Proyecto no operará, por lo tanto se permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén.

Finalmente, se indica que  el Proyecto no prevé efectos o impactos sobre la masa ganadera.

Por otra parte, cabe señalar que la cantidad de agua restituida en el punto de restitución, será igual a la condición original “sin proyecto”.

5. Observante: Juan Carlos Covarrubias Alcalde

Suspensión de la operación de la central para caudales de verano.

En la página 48 de la DIA se señala que debido a que las turbinas necesitan operar con un mínimo de 30% del caudal nominal (que equivale según el documento aproximadamente a 5m3/s), las turbinas no deberían operar para más con ese caudal o menos (verano), con lo cual toda el agua pasaría.

Al respecto, y debido al uso que se da del río con fines turísticos en el verano se solicita aclarar en forma mucho más precisa este punto, en particular en estos aspectos.

a) se solicita saber la fuente utilizada para establecer los caudales históricos del río con cuya información se señala que la situación antes mencionada debiera ocurrir para años normales en la mayor parte del tiempo de los meses de enero, febrero, marzo y abril.

b) Se solicita que se aclare cuál será la fuente de información o datos de caudal que establecerán en cada momento si el río lleva el caudal suficiente para operar la central.

Evaluación técnica de la observación:

Esta Dirección Ejecutiva considera pertinente la observación toda vez que hace referencia a los aspectos ambientales del Proyecto en evaluación. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar lo siguiente:

La operación de la central requiere de un caudal por sobre los 5m3/s, más el caudal ecológico establecido para cada mes. De acuerdo con lo anterior, y considerando el caudal medio mensual al 75% de excedencia, entre los meses de enero y abril el río presentaría caudales inferiores al mínimo de operación, es decir, el Proyecto no operará durante los meses estivales, por lo tanto permitirá el desarrollo de las mismas actividades bajo las mismas características que a la fecha se realizan en esa zona del río Perquilauquén. Por otra parte, se debe indicar que siempre se mantendrá un caudal ecológico en el cauce del río entre la bocatoma y la casa de máquinas, lo cual asegurará la preservación de la flora y  fauna hidrobiológica, y los usos asociados a ésta, como el caso de la pesca recreativa.

Respecto de los aspectos consultados de forma particular:

a) El estudio hidrológico de la CHP está basado en las tres estaciones fluviométricas principales, ubicadas en el cauce del Río Perquilauquén:

1. Río Perquilauquén en San Manuel

-  Coordenadas UTM E: 264.849 N: 5.971.507 (Datum: PSAD 56)

-  Código DGA: 07330001-0

-  Altura: 280 m.s.n.m.

-  Área de Cuenca: 481 km2 

-  Registros a partir de Abril de 1937

2. Río Perquilauquén en Ñiquén

-  Coordenadas UTM E: 232.475 N: 5.984.022 (Datum: PSAD 56)

-  Código DGA: 07332001-1

-  Altura: 140 m.s.n.m.

-  Área de Cuenca: 1.033 km2

-  Registros a partir de Enero de 1982

3. Río Perquilauquén en Quella

-  Coordenadas UTM E: 222.048 N: 6.003.841 (Datum: PSAD 56)

-  Código DGA: 07335001-8

-  Altura: 120 m.s.n.m.

-  Área de Cuenca: 1.995 km2

-  Registros a partir de Enero de 1984

Mayores antecedentes y detalles en Anexo R “Informe Técnico” del Adenda N° 1 de la DIA.

b) La Central Hidroeléctrica Perquilauquén considera un sistema de medición continuo del caudal con el cual se podrá verificar el cumplimiento del caudal ecológico establecido. Adicionalmente, habrá monitoreo del caudal ecológico por medio de un sensor de nivel en la sección de salida del canal by-pass, cuya medida se calibra mediante la realización de aforos y se complementa con la lectura de nivel en regletas ubicadas en las secciones de entrada y de salida del canal by-pass.

De acuerdo a lo anterior, es posible concluir que en el proceso de evaluación no se identificaron impactos ambientales en este componente, por consiguiente no se requieren de medidas ambientales.

5.    Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto “PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el punto 3.1 del ICE.

6.     Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que la ejecución del proyecto “PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” requiere de los Permiso Ambientales Sectoriales (PAS) de los Artículos 91, 93, 94, 95, 96, 99, 101, 102 y 106 del RSEIA. Respecto de lo anterior se puede observar lo siguiente:

6.1.   PAS 91. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto, para la etapa de construcción, contempla fosas sépticas en el sector Casa de máquinas CMP1, Casa de máquinas CMP2, Casa de máquinas CMP3 y en el sector del costado del Galpón N°1. En Anexo 2 del Anexo I01 de la Adenda N°1, se adjuntan las memorias explicativas de los servicios sanitarios asociados a cada uno de los sectores y sus respectivos planos.

Por último, se indica que una vez finalizada la construcción del Proyecto, la cual se extenderá aproximadamente 25 meses, se desmantelarán todas las obras particulares de las instalaciones sanitarias sector Casa de máquinas CMP1, Casa de máquina CMP3 y Galpón N°1.

Las instalaciones que serán permanentes durante toda la vida útil del Proyecto serán las instalaciones particulares del sector Casa de máquinas CMP2, las cuales quedarán a disposición de los operarios que realicen las mantenciones.

Todos los antecedentes requeridos para el otorgamiento del PAS se presentaron en el Anexo I01 de la Adenda N°1.

Mediante Oficio ORD N° B32/2720 de fecha 5 de septiembre de 2014, el Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, señala que “(…) la Autoridad Sanitaria está en condiciones de otorgar los permisos requeridos por las instalaciones contempladas para este proyecto, emplazadas en la región del Maule, de acuerdo a lo siguiente:

Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el art 91 a los sistemas de tratamiento particular de aguas servidas, que se habilitarán en las instalaciones denominadas sector casa máquina 1, 2 y 3, Galpón 1 y 2, que consistirán en un sistema de fosa con disposición del efluente tratado en drenes de infiltración.

El titular deberá acreditar en la tramitación sectorial que cumple con los requisitos sanitarios establecidos en la normativa vigente, debiendo obtener la aprobación de proyecto y la autorización de obras para cada sistema de tratamiento habilitado.”

6.2.   PAS 93. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L Nº 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto no contempla realizar tratamiento de residuos, sólo almacenamiento temporal en los frentes o áreas de trabajo, para su posterior disposición en lugares autorizados para tales efectos. Se contará con instalaciones especialmente destinadas para el acopio de los residuos, tales como, bodega para residuos peligrosos, sector habilitado en el Galpón N°1 para residuos asimilables a domésticos y patio de acopio para residuos industriales no peligrosos.

La caracterización y cuantificación de cada tipo de residuo se presenta en la letra d) del punto 1.10.3 del ICE.

La localización de las instalaciones destinadas para cada tipo de residuo durante la etapa de construcción será la siguiente:

-    Residuos asimilables a domésticos: Se almacenarán en las áreas de trabajo, es decir, en las obras permanentes de cada tramo; posteriormente serán retirados por un camión al término de la jornada laboral y se dispondrán en una zona acondicionada en el Galpón N°1 (obra existente), es decir, no se proyectan obras.

-      Residuos peligrosos: Serán dispuestos en contenedores con tapas debidamente etiquetadas y almacenadas en la bodega para residuos peligrosos que se habilitará al costado del Galpón N° 2. La bodega de residuos dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N° 148/2003 relacionado a la superficie del radier, de tal forma de evitar algún escurrimiento de este tipo de residuos al suelo, pretil en la periferia de la bodega, además de señalización y ventilación. En el Anexo 2 del Anexo I02 de la Adenda N°1 se adjunta plano de la bodega a implementar.

-     Residuos industriales no peligrosos: Dichos residuos serán almacenados temporalmente en un patio de acopio, el cual se encontrará señalizado y cercado. En el Anexo H de la Adenda N°2 se adjunta plano del patio de almacenamiento de residuos no peligrosos a implementar.

Los residuos generados en la etapa de operación, serán retirados in situ por la misma empresa que realice la mantención.

Todos los antecedentes requeridos para el otorgamiento del PAS se presentaron en el Anexo I02 de la Adenda N°1.

Mediante Oficio ORD N° B32/2720 de fecha 5 de septiembre de 2014, el Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, señala que “(…) la Autoridad Sanitaria está en condiciones de otorgar los permisos requeridos por las instalaciones contempladas para este proyecto, emplazadas en la región del Maule, de acuerdo a lo siguiente:

Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el art 93 a los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos, que se habilitarán para la etapa de construcción y operación del proyecto.

El titular deberá acreditar los antecedentes sanitarios de los sitios de almacenamiento, al momento de tramitar sectorialmente estos permisos, a efecto de obtener las respectivas autorizaciones de almacenamiento de residuos.”

6.3.   PAS 94. Calificación de los establecimiento industrial o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.12.2 del D.S N°47/92 de Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

El Proyecto considera tres casas de máquinas que corresponden a edificaciones de 16 m de ancho por 39 de largo. Dentro de cada casa de máquinas se instalarán los equipos de generación, los cuales corresponden a dos turbinas de eje horizontal y dos generadores acoplados directamente a cada turbina. Mayores antecedentes de la descripción de estas estructuras se presentan en la letra f) del punto 1.10.1.1, letra d) del punto 1.10.1.2 y letra d) del punto 1.10.1.3 del ICE.

En el Anexo 1 del Anexo I03 de la Adenda N°1, se adjunta los planos asociados a las casas de máquinas proyectadas las cuales serán idénticas y el flujograma de la casa de máquinas CMP1, el cual es replicable a las casas de máquinas CMP2 y CMP3 respectivamente.

Todos los antecedentes requeridos para el otorgamiento del PAS se presentaron en el Anexo I03 de la Adenda N°1.

Mediante Oficio ORD N° B32/2720 de fecha 5 de septiembre de 2014, el Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, señala que “(…) la Autoridad Sanitaria está en condiciones de otorgar los permisos requeridos por las instalaciones contempladas para este proyecto, emplazadas en la región del Maule, de acuerdo a lo siguiente:

Se otorga el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el art 94, calificando de INOFENSIVA las instalaciones u obras de infraestructura contempladas en la central hidroeléctrica.”

6.4.   PAS 95. Permiso para realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de las comunidades hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental asociado a la etapa de operación del Proyecto, a que se refiere el Título VII de la Ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.S. Nº 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Dentro del Plan de Seguimiento Ambiental comprometido por el Titular, se realizarán actividades de captura de ejemplares de distintas especies hidrobiológicas, del que se espera que no exista variación significativa respecto a la base de datos recabada durante los levantamientos de caracterización de la biota acuática.

El Plan considera dos tipos de monitoreo, a saber:

-  Monitoreo para evaluar el estado de las comunidades acuáticas a través de metodologías de muestreo cuantitativas.

-  Monitoreo específico de microhábitat el que tiene como objetivo principal evaluar el grado de utilización del bypass para la ictiofauna, junto con dos puntos a seleccionar en función del resultado de la pesca eléctrica.

Los muestreos se realizarán con una frecuencia bianual considerando épocas contrastantes durante el año (crecida y estiaje) durante 5 años consecutivos. A partir de los resultados obtenidos durante este período el Titular podrá proponer a la autoridad competente disminuir la frecuencia de monitoreo a 1 por año por los siguientes 5 años. De esta forma se completarán 10 años de seguimiento en el río. Toda la información recabada será enviada a la autoridad pesquera y a la SMA.

Es importante destacar que el primer año de construcción se contempla la realización de tres campañas, la primera de ellas antes del comienzo de los trabajos y las otras dos en épocas contrastantes.

En la Figura 1-2 del Anexo I04 de la Adenda N°1, se presenta el cronograma de actividades asociada al monitoreo y entrega de reportes de especies las hidrobiológicas.

En caso de evidenciar durante la ejecución de dicho Plan una alteración significativa sobre la biota íctica del río Perquilauquén producto de las actividades de construcción u operación de la central hidroeléctrica, el Titular se compromete a implementar medidas ambientales, las que serán previamente aprobadas por SUBPESCA y SERNAPESCA, y comunicadas a la SMA.

Una vez finalizado el seguimiento según lo programado, el Titular informará de los resultados a la autoridad pesquera y, en conjunto con ésta, se evaluará la necesidad de continuar el seguimiento estableciendo las características y temporalidad según los antecedentes que se tengan.

Todos los antecedentes requeridos para el otorgamiento del PAS se presentaron en el Anexo I04 de la Adenda N°1.

Al respecto, mediante Oficio N° (D.AC.) ORD. SEIA. Nº 17, de fecha 17 de febrero de 2014, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se pronunció conforme al Proyecto otorgando el PAS 95.

6.5.   PAS 96. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Las superficies consideradas en la Instalación de Faenas, tales como alojamiento, estacionamientos, servicios sanitarios y otros, han sido incorporados en las superficies afectas al PAS 96. En consecuencia, dichas instalaciones de faena abarcarán una superficie de 2.900 m2 en la comuna de Parral. A continuación se presenta un resumen de las parcelas afectas al presente PAS:

-  Parcela 11: Casa de Máquinas CMP1 y sus obras asociadas.

-  Parcela 10: Casa de Máquinas CMP2 y sus obras asociadas, además de las, instalaciones de faena y campamento.

-  Parcela 6: Casa de Máquinas CMP3 y sus obras asociadas.

Mayores detalles en el Anexo I05 de la Adenda N° 1 y Anexo G de la Adenda N° 2.

Al respecto, mediante Oficio N° 168 de fecha 13 de febrero de 2014, la SEREMI de Agricultura, Región del Maule, se pronunció conforme; asimismo mediante Oficio N° 0323 de fecha 3 de junio de 2014, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se pronunció conforme al Proyecto.

6.6.   PAS 99. Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza.

Dentro del Plan de Seguimiento Ambiental comprometido por el Titular, se realizarán actividades de captura y relocalización dirigidas a la batracofauna (anfibios) presente en las áreas del Proyecto, asociadas directamente al cauce del río Perquilauquén.

Se estableció como indicador de éxito, la captura y relocalización de al menos 2 individuos por especie de anfibios en toda el área de intervención directa, lo que equivale al 50% de la abundancia máxima estimada dentro del área de estudio (6,6 ha). Se propuso como indicador de éxito, el que las densidades estimadas en las áreas de relocalización sean equivalentes o mayores (estadísticamente) a las densidades registradas en las áreas control.

Una vez finalizados los trabajos de monitoreo se emitirá un informe al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y a la SMA que dé cuenta de los resultados de Plan.

Respecto a las medidas propuestas de ahuyentamiento, se elaboró un documento denominado Plan de Manejo de Fauna (Anexo I de la Adenda N°2), cuyo objetivo es señalar las medidas asociadas a las especies de reptiles y micromamíferos identificadas en el área de estudio. Dichas medidas consisten en realizar una perturbación controlada que permita liberar las áreas a intervenir sin tener que requerir de la manipulación directa de individuos.

En el Anexo B de la Adenda N°3 se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del PAS 99.

Al respecto, mediante Oficio N° 4159 de fecha 23 de julio de 2014, el Servicio Agrícola y Ganadero, se pronunció conforme con el Proyecto, otorgando el PAS 99. No obstante, se indica al Titular que los antecedentes específicos sobre el sitio de relocalización y el informe relativo al procedimiento de manejo aplicado para cada taxón deberán ser presentados a la autoridad ambiental, como se señala en el punto 5 del Anexo B de la Adenda N°3.

6.7.   PAS 101. Permiso para la construcción de obras a que se refiere el artículo 294 del DFL Nº1.122 de 1981 del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

El Titular consideró medidas generales en etapa de construcción, con el propósito de prevenir derrames accidentales, las cuales son descritas en la letra f) del punto 1.10.2.1 del ICE. En caso de un eventual derrame se aplicará el siguiente procedimiento de control:

-  Se detendrán inmediatamente las actividades que se estén realizando y que tengan directa relación con el derrame, y de ser posible, retirar la maquinaria o fuente del derrame.

-  Acordonar o restringir el acceso de personas no autorizadas a las zonas donde se ha producido y confinado el derrame.

-  Proceder a controlar el derrame en la fuente, reparando mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando llaves o válvulas abiertas, según sea el motivo de la contingencia.

-  Controlar el derrame en el sitio, confinando el área afectada e impidiendo que alcance áreas vecinas y el cauce del río.

-  Una vez absorbido el hidrocarburo, se retirará el material absorbente contaminado para disponer en tambores de residuos peligrosos, los que serán trasladados y dispuestos por una empresa externa de manera inmediata a disposición en un sitio autorizado para tales fines.

-  Recuperar el suelo perdido disponiendo de suelo limpio en el lugar alterado si fuera necesario.

En relación a la etapa de operación, el Titular indicó que no se generarán residuos líquidos que puedan contaminar las aguas, el caudal captado en la obra de bocatoma será devuelto por el canal de restitución sin la adición de ningún agente químico o microbiológico, devolviendo las aguas con las mismas características en el momento de su captación.

Por otro lado, el Titular realizará un Plan de Seguimiento de Calidad del Agua, el que se describe a continuación:

-  Parámetros a monitorear: en función de la caracterización de la calidad del agua realizada previa y durante la etapa de construcción, el Titular monitoreará los siguientes parámetros: Coliformes Fecales, Coliformes totales, Hidrocarburos totales, Sólidos Suspendidos, Sólidos Disueltos, Turbidez, pH, Conductividad y Oxígeno disuelto.

-  Secciones a monitorear: serán monitoreadas las mismas 6 estaciones monitoreadas en la caracterización de calidad de agua. La ubicación de cada una de estas estaciones se presenta en la Tabla 6 del Anexo 7 de la DIA.

-  Indicador de cumplimiento: el Titular generará un registro base con los parámetros indicados, previo a la fase de construcción; de esta forma los valores obtenidos durante el seguimiento serán comparados con los registros obtenidos del registro base.

-  Frecuencia de monitoreo y reporte de informes: en la fase de construcción, se monitoreará la calidad de las aguas con una frecuencia mensual y los informes respectivos se remitirán en forma trimestral a la DGA y a la SMA. Durante la fase de operación, se realizará una medición semestral y se entregarán informes semestrales a la DGA y SMA. Del mismo modo, ante la eventualidad que uno o más parámetros sobrepasen sistemáticamente o esporádicamente los valores históricos registrados, el Titular presentará el plan de acción para aprobación de la SMA.

Cabe señalar, que el Titular se comprometió a monitorear con frecuencia mensual, a partir de junio de 2014, los siguientes parámetros: coliformes totales, hidrocarburos totales y turbidez. Este monitoreo continuará previo al inicio de la construcción, durante la fase de construcción y en la operación, en las mismas estaciones monitoreadas en la caracterización de calidad de aguas mencionadas precedentemente.

Mediante Oficio N° 101 de fecha 24 de julio de 2014, la Dirección General de Aguas, se pronunció conforme con el Proyecto, otorgando el PAS 101.

6.8.   PAS 102. Permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terreno, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier Proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los Proyectos a que se refiere el literal m.1.

Respecto a Plan de Manejo de Obras Civiles Ley N° 20.283:

El Proyecto intervendrá una superficie de 4,182 hectáreas que presentan los siguientes tipos forestales:

-  (Esclerófilo) Quillay,Maitén, Canelo, Lingue.

-  Roble-Coigüe-Maitén, con presencia aislada de 12 ejemplares de Austrocedrus chilensis.

-  Roble–Coigüe-Maitén-Lingue.

-  Roble-Raulí-Coigüe.

Los bosques existentes y que serán intervenidos para la ejecución del proyecto, tienen en promedio densidades que van desde los 500 a 700 árboles por hectárea. La densidad de reforestación de 1.500 pl/há obedece a que hay que considerar un prendimiento al primer año de al menos un 75% (1.125 pl/há). Posteriormente hay que considerar una mortalidad natural, la que en promedio va entre un 25 y un 35% para llegar a una densidad de equilibrio de al menos 700 pl. /ha.

El Titular en el Anexo E de la Adenda N°3, presentó el Plan de Manejo de Obras Civiles.

Respecto a Plan de Manejo de Obras Civiles Ley N° 701:

El Proyecto requiere de la corta de una superficie de 18,73 hectáreas la cual está constituida principalmente por las siguientes especies:

-   Pinus radiata (Pino insigne)

-   Vegetación asilvestrada. Aromo del país

El Titular en el Anexo E de la Adenda N°3, presentó el Plan de Manejo de Obras Civiles D.L. 701.

Mediante Oficio N° 35-EA/2014 de fecha 23 de julio de 2014, la Corporación Nacional Forestal, se pronunció conforme al Proyecto otorgando el PAS 102.

6.9.   PAS 106. Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

Obras asociadas a la modificación de cauces:

El Titular presentó en el Anexo I08 de la Adenda N°1, los antecedentes referidos a la modificación de cauces producida por la implementación del by-pass y bocatoma.

Obras asociadas a la regularización y defensa de cauces naturales:

En el Anexo L de la Adenda N°2, se incluyen los antecedentes necesarios para la solicitud del PAS 106 para todas las obras de defensa y regularización de cauce, específicamente para:

-  Bocatoma

-  By Pass

-  Canal de restitución

Los siguientes documentos, se presentaron en el Anexo A de la Adenda N°3.

-  Documento 1_Planos_Topográficos.

-  Documento 2_ Memoria Hidráulica Bocatoma_111,5-25-212-B.

-  Documento 3_111,5-25-207-D_Memoria Canal Restitución.

-  Documento 4_111,5-25-210-F Bocatoma-Canal By – Pass.

Mediante Oficio N° 101 de fecha 24 de julio de 2014, la Dirección General de Aguas, se pronunció conforme con el Proyecto otorgando el PAS 106, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas.

7.     Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el Proyecto “PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el punto 3.2 del ICE.

8.     Que, en el proceso de evaluación del Proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el Titular a adquirido los siguientes compromisos voluntarios:

-        Incorporar cercos al canal de aducción de P3 y en todas las obras de atravieso, para evitar de esta forma la caída de animales al canal.

-       El Titular en el Anexo F de la Adenda N°3, presentó un Plan de Manejo Biológico para las especies en categoría de conservación y que se verán afectadas por el emplazamiento de las obras del Proyecto. En dicho Plan se establece que se compensarán las especies arbóreas en relación 1:10 por la afectación de especies en categoría de conservación, y para el caso de las especies herbáceas se realizará un rescate y relocalización de los ejemplares afectados.

-      El Proyecto intervendrá un total de 12 individuos de Austrocedrus chilensis (ciprés de la cordillera), las que serán compensadas de acuerdo a lo indicado en el Plan de Manejo Biológico para la especie, el que considera el material a propagar, la superficie a forestar, el año a efectuar la forestación, especies acompañantes, medidas de protección a la forestación, plan de seguimiento y monitoreo, este último por un periodo mínimo de 5 años. Se compensará en una relación 1:10 por ejemplar intervenido, es decir se plantarán 120 ejemplares de la especie. Además se considera plantar junto a ciprés de la cordillera otras especies, de manera de no generar un “monocultivo” en el lugar de compensación.

9.     Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N° 844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto.

10.  Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

11.  Que, para que el proyecto “PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

12.  Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

13.  Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio.

14.  Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 

RESUELVO:

1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN", presentado por Empresa Eléctrica Perquilauquen SpA.

2.     CERTIFICAR que se cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos mencionados en los artículos 91, 93, 94, 95, 96, 99, 101, 102 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3.     HACER PRESENTE que en contra de la presente resolución podrá recurrirse en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la notificación de la misma, conforme a lo señalado en los artículos 20 y 30 bis, inciso 5°, de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Notifíquese y Archívese





Jorge Troncoso Contreras
Director Ejecutivo (PT)
Servicio de Evaluación Ambiental




MAH/MGB/RNM/MEPB

Distribución:
  • Oswald Weinreich Balze
  • Corporación Nacional Forestal, Región del Maule
  • Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule
  • Dirección General de Aguas, Región del Maule
  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule
  • Gobierno Regional, Región del Maule
  • Ilustre Municipalidad de Parral
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule
  • SEREMI de Agricultura, Región del Maule
  • Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule
  • SEREMI de Energía, Región del Maule
  • SEREMI de Salud, Región del Maule
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
  • SEREMI MOP, Región del Maule
  • Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
  • Servicio Nacional de Pesca,SERNAPESCA, Región del Maule
  • Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
  • Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule
  • Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío
  • Dirección Regional, CONADI
  • Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío
  • Dirección Regional del SAG, Región del Biobío
  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío
  • Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío
  • Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío
  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío
  • Dirección Regional SEC, Región del Biobío
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
  • Gobierno Regional, Región de Biobio
  • Ilustre Municipalidad de San Fabián
  • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bío Bío
  • SEREMI de Energía, Región del Bío Bío
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
  • SEREMI de Salud, Región del Biobío
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI MOP, Región del Biobío
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
  • Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
  • Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
  • Dirección de Obras Hidraúlicas
  • Dirección General de Aguas
  • Dirección General de Obras Públicas
  • Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante
  • Dirección Nacional de Vialidad
  • División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
  • Ministerio de Bienes Nacionales
  • Ministerio de Energía
  • Ministerio de Vivienda y Urbanismo
  • Servicio Agrícola y Ganadero
  • Servicio Nacional de Geología y Minería
  • Servicio Nacional de Pesca
  • Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional
  • Subsecretaría del Medio Ambiente
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Subsecretaría de Salud
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Oficina de Partes
  • Expediente del Proyecto "PROYECTO CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE PASADA PERQUILAUQUÉN"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=f9/84/d9c54c9f3f06ad7fd6634fa9e2f2bfb355ec


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