VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Planta de Tratamiento de Riles Invertec, Rengo "

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

 

1.1.  Antecedentes del Titular

Titular:

INVERTEC NATURAL JUICE S.A.

R.U.T.

96.844.830-7

Domicilio:

Carlos Condell 1899, Rengo. VI Región

Representante Legal:

Francisco Lathrop Velasco

R.U.T.:

7.010.142-4

Domicilio:

Carlos Condell 1899, Rengo. VI Región

Fax:

72 – 74 10 90

Fono:

72 – 74 10 00

1.2. Ubicación

 

La Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos, en adelante PTR, se localiza dentro de los terrenos de la fábrica de INVERTEC. Estos se encuentran en la localidad de Rengo, perteneciente a la comuna del mismo nombre, provincia de Cachapoal, VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

 

La fábrica de la empresa cuenta con dos plantas productivas separadas, dentro del mismo terreno; la primera destinada a la producción de jugos y la segunda a congelados y deshidratados. Las materias primas procesadas corresponden a diversas especies y variedades de frutas y hortalizas.

 

La ciudad de Rengo, se localiza en la comuna del mismo nombre, provincia de Cachapoal, VI región del Libertador General Bernardo O’Higgins; sus coordenadas geográficas son:

 

Longitud                               :               70º 53’ Oeste

Latitud                                  :               34º 25’ Sur

Elevación media                   :               310 m.s.n.m.

 

1.3.  Monto de Inversión

 

El monto de inversión para la construcción de la planta asciende a US$ 1.400.000.

 

1.4. Vida útil

 

La vida útil normal de un estanque de hormigón es de 30 años y en el caso de los equipos puede llegar a unos 15 años. Sin embargo, se considera que la operación de la planta será indefinida pues la mantención preventiva y el reemplazo de equipos y tecnologías permitirán a la empresa el tratamiento de sus efluentes por todo el tiempo que duren sus operaciones comerciales. 

 

1.5. Mano de Obra

ETAPA

PERSONAS

Construcción

60

Puesta en marcha

4

Operación

4

 

1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

 

El espacio utilizado por la planta de tratamiento será de 3.360 m2 aproximadamente.

1.7. Descripción del proyecto

 

1.7.1. Caracterización del Área del proyecto

 

El principal curso de agua de la ciudad de Rengo es el río Claro o Clarillo, afluente del río Cachapoal, con un caudal medio anual de 6,2 m3/seg, el clima predominante es de tipo templado cálido con estación seca prolongada (7 - 8 meses) caracterizado por un verano muy seco, la temperatura media anual es de 13,8 ºC y la precipitación media anual alcanza los 521 mm/año. La dirección predominante del viento es de Sur a Norte.

 

El uso del suelo, en el área urbana de Rengo, se encuentra regulado por el plano regulador comunal confeccionado para dicha comuna.

 

Los terrenos en los cuales se localizan las plantas de producción de la empresa, así como los sectores aledaños, se encuentran completamente intervenidos, con presencia agrícola e industrial de larga data.

 

El terreno donde se emplazan las plantas de jugos de INVERTEC está ubicado aproximadamente a 2 Km. al Sur de la ciudad de Rengo, al costado poniente de la ruta H-511, antiguo camino a Pelequén.

 

Algunos datos relevantes respecto de la localización de la fábrica y la PTR de la empresa son los siguientes:

 

·               Distancia de la fabrica al centro de Rengo: 2 km. aprox.

·               Distancia de la PTR a la fábrica: 480 metros aprox.

·               Distancia de viviendas más cercanas a la PTR: 400 metros aprox.

·               Distancia de la PTR respecto de viviendas localizadas frente a la fábrica: 800 metros aprox.

·               Distancia de PTR respecto de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de ESSBIO: 270 metros.

·               Distancia de la PTR respecto de la Ruta 5: 740 metros.

 

En relación con el Plano Regulador Comunal vigente, los terrenos de INVERTEC se encuentran sobre dos zonas de uso de suelos:

 

Zona A: suelo urbano, donde se permite la instalación de bodegaje e industria inofensiva, que es donde se ubica la fábrica.

Zona B: zona rural, que INVERTEC dedica a plantaciones agrícolas y en cuyo extremo oeste se instalará la planta de tratamiento de riles.

 

Frente a la Fábrica, en dirección Este y en un sector también definido como Urbano, se localiza un centro poblado consolidado. En el área posterior del terreno de la empresa, en dirección Oeste se ubican una serie de casas aisladas, localizadas en terreno rural. Las más cercanas han sido compradas por la empresa y están en proceso de entrega, las casas más lejanas, están ubicadas a unos 400 metros del límite de la PTR pertenecen a particulares.

 

Como instalaciones auxiliares a la construcción de la planta de tratamiento, se levantará una sala para los tableros eléctricos y otra para ser usada como laboratorio. El proyecto aprovechará todas las dependencias de servicio de la fábrica (baños, camarines, casino, etc.).

 

El proyecto no considera etapa de abandono, pues la mantención electromecánica preventiva y el reemplazo de equipos y/o tecnologías, permitirá a la empresa la operación de la planta por todo el tiempo que duren sus operaciones comerciales.

 

1.7.2. Descripción General.

 

La Planta de Tratamiento de Riles de INVERTEC NATURAL JUICE S.A. se diseña y dimensiona para tratar la totalidad de los residuos industriales líquidos derivados de sus procesos productivos, sumados a los de la empresa INVERTEC FOODS S.A., localizadas ambas en el terreno descrito anteriormente. Las descargas de ambas empresas generan los siguientes parámetros de diseño:

Carga DQO

kg/d

9.480

Carga DBO5

kg/d

6.770

Carga SST

kg/d

770

Caudal horario

m³/h

80

Cabe señalar que la carga contaminante actual se estima en 4.740 Kg DBO5/día; sin embargo la PTR se diseñó con capacidad para tratar hasta 6.770 Kg DBO5/día, equivalente a un 43% adicional. El dimensionamiento señalado apunta a cubrir eficientemente eventuales aumentos de producción de las plantas de la empresa. 

 

Tanto en el caso de la planta de INVERTEC NATURAL JUICE como en la de INVERTEC FOODS los Riles y las aguas servidas domésticas se manejan por redes de alcantarillado separadas; la PTR propuesta sólo tratará los Residuos Industriales Líquidos generados por ambas plantas. Las aguas servidas generadas en ambos casos son y serán descargadas en el sistema de alcantarillado público de la ciudad.

 

En cuanto a las obras físicas, la construcción de la Planta de Tratamiento de Riles implicará las siguientes acciones:

 

1.              Construcción de estanques de hormigón.

2.              Instalación de equipo de filtración de sólidos gruesos incluyendo sistema de desaguado.

3.              Instalación de dos reactores de tratamiento biológico aerobio del tipo lodo activado.

4.              Instalación de un sistema de desaguado de los lodos generados.

5.              Instalación de una planta de cloración.

6.              Construcción de una tubería de 4”-6” para conducir el Ril tratado hasta el canal de derrame que corre al costado de la fábrica. Este canal, a su vez, desagua en el estero Malambo.

 

Como instalaciones auxiliares se levantarán una sala para los tableros eléctricos y otra para ser usada como laboratorio. El proyecto aprovechará todas las dependencias de servicio de la fábrica (baños, camarines, casino, etc.).

 

El proyecto no considera etapa de abandono, pues la mantención electromecánica preventiva y el reemplazo de equipos y/o tecnologías, permitirá a la empresa la operación de la planta por todo el tiempo que duren sus operaciones comerciales.

 

Ambas empresas están ubicadas una al lado de la otra, separadas solamente por una calle, de manera que desde, el punto en que el alcantarillado de Invertec Foods sale del cierre perimetral de su predio, hasta que empalma con el alcantarillado de Invertec Natural Juice median 15 a 20 metros, los que se unirán por medio de un ducto.

 

Para el transporte de los residuos líquidos desde la fábrica de Invertec Foods hasta Invertec Natural Juice se tenderá un ducto de alcantarillado de 20 metros de largo. El tendido se hará en forma recta de manera de disminuir al máximo la posibilidad de taponamiento, que es el principal evento que puede generar alteraciones en el normal escurrimiento de las aguas. Así mismo, para facilitar los trabajos de mantención se ubicarán cámaras de inspección a todo lo largo del trayecto.

 

Los Riles de las plantas procesadoras de la empresa contienen elementos que son degradables biológicamente, así como también cantidades importantes de sólidos.

 

En una primera etapa se realizará un pretratamiento por filtración, seguida de una fase de depuración de la carga orgánica por medio de dos reactores biológicos tipo lodo activado que funcionan en serie; es decir, uno después de otro.

 

El pretratamiento permite remover los sólidos de mayor tamaño presentes en el Ril, tales como: cáscaras, trozos de frutas y/u hortalizas, ramas, etc., y se realiza por medio de un filtro rotatorio de tambor.

 

Después de retirar los sólidos, el Ril ingresa a un sistema de tratamiento biológico compuesto por dos reactores con lodos activados colocados en serie, donde en presencia de oxígeno, crecen microorganismos que se alimentan de los compuestos orgánicos biodegradables presentes en el Ril.

 

Una vez que el agua ha pasado por los dos reactores biológicos ingresa a un clarificador gravitacional. En este equipo se separa el agua tratada de los microorganismos que han crecido en los reactores. Los microorganismos decantan hacia el fondo del estanque formando un lodo y el agua clarificada sale por rebalse.

 

El lodo será recirculado hacia los dos reactores biológicos, lo que permitirá mantener una concentración adecuada de microorganismos en cada etapa del tratamiento. Una parte de la corriente de lodos será purgada en forma periódica, a fin de mantener el equilibrio general del sistema.      

 

Este proceso de remoción de sólidos suspendidos y carga orgánica generará Residuos Sólidos de dos tipos. Los sólidos filtrados serán deshidratados por medio de un filtro de tornillo, mientras que la purga de los lodos provenientes de los reactores biológicos será deshidratada mediante una centrífuga horizontal.

 

Como resultado final de todos los procesos de deshidratación, se obtendrá un Residuo Sólido cuyo contenido de humedad le permitirá ser manejado con pala y transportado en camión sin generar escurrimientos de agua. Estos sólidos se almacenarán en contenedores cerrados para su posterior transporte y disposición en lugares autorizados o entrega a personas y/o empresas que lo utilicen como materia prima.   

 

La característica principal de la PTR de INVERTEC S.A. es la división del lodo activado en dos compartimientos, correspondientes a dos reactores diferentes. Desde un punto de vista funcional, tal diseño permite operar con concentraciones de microorganismos diferentes en los dos compartimientos, lo que permite obtener:

 

  • Rendimientos depurativos mucho más elevados.
  • Mayor estabilidad del proceso.

Además, en el segundo compartimiento es posible trabajar con una carga de lodos notablemente más baja, respecto de lo habitual en un reactor único, permitiendo el desarrollo de un lodo con mejores características de sedimentación.

 

1.7.3. Caracterización de los Riles.

 

Para el diseño de la PTR se ha utilizado la información existente acerca de los Riles de la planta de producción de Rengo y la experiencia del proveedor de los equipos. En la siguiente tabla se muestran los parámetros de diseño para la planta de tratamiento.

Parámetro

Unidad

Ril Invertec Foods

Ril Invertec Natural Juice

Suma

Diseño

Caudal horario

m³/h

66,6

8,5

75,1

80

Carga DQO

kg/d

-

-

-

9.480

Carga DBO5

kg/d

208

3.413

3.621

6.770

Carga SST

Kg/d

241

475

715

770

DBO5

mg/L

2.135

1.021

2.009

3.526

SST

mg/L

1.180

297

397

400

NKT

mg/L

25,6

70,6

31

-

Fósforo total

mg/L

< 0,10

10,4

1,3

-

Cabe señalar que la carga contaminante máxima actual se estima en 4.740 Kg DBO5/día; sin embargo, la PTR se diseñó con capacidad para tratar hasta 6.770 Kg DBO5/día, equivalente a un 43% adicional. El dimensionamiento señalado apunta a cubrir eficientemente eventuales aumentos de producción de las plantas de la empresa.

Otra consideración de diseño importante es que la empresa si bien funciona todo el año, lo hace con diferentes ritmos de producción-

 

En los datos presentados se puede apreciar claramente que las concentraciones de nutrientes (fósforo y nitrógeno) no sobrepasan el límite impuesto por la norma de descarga, por lo que no se ha considerado en el diseño de la PTR operaciones específicas destinadas a remover tales parámetros.

 

Los valores de descarga proyectados para el efluente tratado cumplirán a cabalidad con lo indicado en la Tabla Nº 1 del D.S. SEGPRES 90/00, que señala los límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales sin considerar la capacidad de dilución. En la siguiente tabla se entregan los valores esperados para los parámetros de contaminación relevantes para este tipo de residuos.

Parámetros

Unidad

Valor

DQO

mg/l

140

DBO5

mg/l

35

SST

mg/l

80

1.7.4. Descripción de Procesos y Equipos.

 

1.7.4.1. Pozo de Elevación.

 

Este pozo recoge los Residuos Industriales Líquidos provenientes tanto de la planta de Invertec Natural Juice como de la planta de Invertec Foods, junto con las corrientes de líquido generados en los tres equipos de deshidratación de sólidos con que cuenta la planta de tratamiento, y las envía mediante bombas a los equipos posteriores.

 

El pozo cuenta con controles de nivel que impiden el funcionamiento en seco de las bombas y una válvula de control que ajusta el caudal enviado a la PTR con el caudal que ingresa al pozo.

 

1.7.4.2. Filtro de Tambor Rotatorio.

 

Esta operación unitaria tiene por función separar el agua de los sólidos grandes que vienen en el Ril, como son: restos de frutas y hortalizas, semillas, hojas, etc. Por el diseño de la malla de filtración serán retenidos todos aquellos sólidos de diámetro mayor a 1 mm. 

 

Aún cuando, por las características del proceso productivo, en las aguas de entrada se aprecia una cantidad importante de sólidos de tamaño superior a 1 mm, se estima que su remoción prácticamente no afecta la medición de sólidos suspendidos, razón por la cual no se le asigna porcentaje de remoción; de igual manera, tampoco se le asigna a este equipo reducción de la carga orgánica, ya que se asume que esta es menor.

 

En cuanto al manejo de los sólidos, el filtro es autolimpiante e incluye además un sinfín para el transporte de los sólidos hacia una prensa tornillo, que es el equipo encargado de la deshidratación de los sólidos separados. Se estima que la generación de residuos sólidos en este equipo alcanzará a 12,4 Ton/día con un porcentaje de humedad de entre 40% y 60%.

 

Los sólidos separados serán acumulados en un contenedor y posteriormente eliminados junto con el resto de los residuos sólidos de la PTR. Las aguas filtradas serán enviadas por gravedad al siguiente equipo.

 

En rigor, esta etapa ya se encuentra implementada, pues es parte normal del proceso de tratamiento primario con que cuenta actualmente la fábrica. La modificación que se realizará, implica reunir en un solo punto, los diferentes equipos que existen en la planta, lo que redundará en un mejor manejo de los sólidos generados.

 

1.7.4.3. Tratamiento biológico.

 

El tratamiento biológico se lleva a cabo en un estanque circular, al que se le inyecta aire por medio de una red de difusores de burbuja fina alimentada por sopladores y que funciona como lodo activado. El estanque está dividido en dos reactores separados por un muro, cada uno recibe aire en forma independiente y en la práctica funcionan en serie.

 

El agua procedente del filtro de tambor ingresa a la primera etapa de tratamiento cuyo diseño asegura un contenido de microorganismos tal que, en presencia de oxígeno, permite reducir la carga orgánica disuelta de los Riles. De allí pasa a la segunda etapa que funciona como afino.

 

Cada estanque cuenta con una red separada de difusores, sopladores y un sensor de oxígeno disuelto de manera de ajustar las condiciones de operación para obtener el mejor resultado posible. Así mismo, cada reactor puede recibir cantidades diferentes de lodo recirculado de manera de trabajar incluso con concentraciones de microorganismos distintas. Esto asegura una operación flexible y un mejor manejo de la capacidad de sedimentación de los lodos.

 

El nivel de oxígeno en cada reactor se ajusta mediante un sistema formado por una sonda que detecta el contenido de oxígeno disuelto y un regulador que arranca o detiene los sopladores en función de los niveles de oxígeno presentes en los compartimientos.

 

El sistema permite un importante ahorro de energía considerando que los sopladores representan más del 70 % de la potencia instalada en la planta y funcionan sólo cuando es realmente necesario.

 

Se espera una remoción del 99% de la carga orgánica del Ril tratado.

 

1.7.4.4. Decantador.

 

A la salida del tratamiento biológico el agua tiene una muy baja concentración de carga orgánica disuelta, pero un alto contenido de sólidos suspendidos que corresponden a los microorganismos encargados del tratamiento.

 

Para separar el agua de los sólidos, se proyecta un clarificador secundario, de diseño circular dotado de un puente giratorio y con paletas ubicadas en el fondo del estanque que facilitan el manejo de los sólidos que decantan. La velocidad de avance, está calculada para garantizar la perfecta limpieza del fondo, reduciendo la permanencia de los lodos y minimizando las vibraciones en el fondo para no molestar el proceso de decantación de los mismos.

 

En este equipo la decantación ocurre simplemente al disminuir la velocidad de las aguas, en ese momento los flóculos de microorganismos pierden sustentación y caen producto de su peso.

 

Se espera una remoción superior al 99% de los sólidos suspendidos presentes en el Ril, durante el proceso de tratamiento.

 

Para mantener una concentración adecuada de microorganismos al interior de los reactores biológicos, el lodo que se acumula en el fondo del clarificador es recirculado por medio de bombas hacia los reactores.

 

Cuando la concentración de lodos en los reactores excede la cantidad deseada se corta la recirculación y se purgan los lodos hacia la centrifuga horizontal.

 

1.7.4.5. Centrifuga horizontal

 

La deshidratación final de los lodos purgados se realiza por medio de una centrifuga horizontal.

 

En la corriente de entrada a la centrifuga se dosifica el polímero, lo que permite obtener como mínimo un 25% de materia seca en el lodo deshidratado. A este nivel de humedad, el lodo puede ser manejado con pala y trasportado en camiones sin generar escurrimiento de agua. La dosificación del polímero a partir de polvo, se realizará por medio de bombas monotornillo, se realizará por un preparador automático.

 

Los lodos que salen de la centrifuga son transportados por medio de un tornillo hasta un contenedor cerrado. El líquido separado en la centrifuga es enviado al pozo de elevación.

 

Se espera generar 30,3 Ton de lodo deshidratado al día.

 

1.7.4.6. Cloración.

 

El agua que sale del clarificador ingresará a un estanque de cloración completamente agitado donde se aplicará una solución de cloro por medio de bombas dosificadoras.

 

Para asegurar un nivel mínimo de cloro residual a la salida, las bombas dosificadoras estarán conectadas a un sistema de control que mide el contenido de cloro al final del estanque y aumenta o disminuye su dosificación según sea necesario.

 

Si bien el contenido de coliformes fecales en los Riles es bajo, la instalación de este equipo permite asegurar que en todo momento el valor de descarga será menor a 1.000 [NMP/100 mL].

 

1.7.5. Manejo de Residuos Sólidos

 

La planta produce residuos sólidos en dos puntos: i) Filtro rotatorio, ii) Clarificador. En cada una de estas corrientes se ha instalado un equipo de deshidratación, que eliminará el contenido de agua libre de los sólidos. Esto permite asegurar que en su almacenamiento, manejo y transporte no se generarán escurrimientos de líquidos.

 

Se estima que la PTR generará en los períodos de máxima producción de la empresa 30,3 Ton/día de lodo biológico al 25% y 12,4 Ton/día de residuos sólidos primarios (restos de frutas y hortalizas, semillas, hojas, etc) con una humedad promedio del 50%.

 

Estos sólidos serán acumulados en contenedores independientes ubicados directamente al costado y/o debajo de los equipos de deshidratación, en la parte central de la planta de tratamiento, sobre una loza de cemento. Los camiones de transporte ingresarán hasta la planta y se llevarán los contenedores, dejando otros limpios en su reemplazo.

 

El transporte será realizado por empresas externas que cuenten con permisos de funcionamiento otorgados por la SEREMI de Salud que las autorice para manejar residuos sólidos industriales. El retiro de los sólidos se realizará en forma diaria, generándose en el período de máxima producción la salida de 3 contendores, dos con lodos biológicos y uno con residuos primarios.

 

Una vez, que la planta de tratamiento entre en funciones se tomará una muestra de los lodos de la planta de tratamiento, los que serán enviados a la Autoridad Sanitaria, CONAMA y al SAG. Este monitoreo se repetirá una vez al año. Los parámetros físico-químicos a medir serán:

1. DBO5.

2. Aceites y Grasas.

3. Nitrógeno total.

4. Fósforo.

5. Metales pesados (As, Cd, Cu, Hg, Cr, Ni, Pb, Se y Zn).

 

Los residuos serán dispuestos exclusivamente en lugares debidamente autorizados y/o entregados a personas o empresas para ser usados como alimentación animal, compostación y/o uso como mejorador de suelo, en la medida que existan en la zona empresas y/o lugares que cumplan con los requisitos básicos que definan la autoridad para recibir estos residuos.

 

A continuación se definen a manera de propuesta los lugares de disposición:

 

Tipo de residuo

Cantidad máxima de residuo

Forma de uso o disposición

Destino

Residuos de Tamiz

Restos de frutas y hortalizas, semillas, hojas, etc

12,4 Ton/día

Disposición en sitio autorizado

Compostaje

Alimentación Animal

 

Monorelleno

Agro orgánicos Mostazal

Sitios de engorda en un radio de 100 km a la redonda.

Lodo biológico

Purga del lodo activado

30,3 Ton/día

Disposición en sitio autorizado

Compostaje

Mejorador de suelo

Monorelleno

Agro orgánicos Mostazal

Predio empresa y proveedores de frutas en radio de 100 km.

 

Cuando los residuos sean utilizados como alimento animal, la empresa generará un contrato de retiro de los residuos y exigirá el cumplimiento de las siguientes medidas:

 

·         Ensilado inmediato o almacenamiento cubierto por un tiempo máximo de 7 días.

·         Por almacenamiento cubierto se entenderá techado o tapado para protegerlos de la lluvia.

·         Los sitios de almacenamiento deberán contar con canaletas y/o zanjas de control de posibles percolados.

·         La ubicación del sitio de acopio deberá asegurar que no se generarán molestias a la población por moscas u olores.

 

Cuando los residuos sean utilizados como mejorador de suelos la empresa generará un contrato de retiro de los residuos y exigirá el cumplimiento de las siguientes medidas:

 

·         Incorporación inmediata o almacenamiento cubierto por un tiempo máximo de 7 días.

·         Por almacenamiento cubierto se entenderá techado o tapado para protegerlos de la lluvia.

·         Los sitios de almacenamiento deberán contar con canaletas y/o zanjas de control de posibles percolados.

·         La ubicación del sitio de acopio deberá asegurar que no se generarán molestias a la población por moscas u olores.

 

El incumplimiento de estas medidas será motivo de finalización de contrato.

 

INVERTEC S.A. reconoce ser el responsable final de la disposición o reutilización de sus residuos.

 

1.7.6. Plan de Autocontrol.

 

Para el correcto control del funcionamiento de la PTR es necesario mantener un plan de monitoreo de las características físico-químicas de varias de las corrientes internas de la planta, de los Ril ingresados y del agua tratada.

 

Este plan se definirá a cabalidad durante la etapa de puesta en marcha de la PTR, pero a lo menos cumplirá las exigencias de monitoreo que al respecto define el D.S. SEGPRES 90/00, para el cual la frecuencia de monitoreo depende del volumen anual de agua tratada que se descarga.

  

En el caso de INVERTEC, para un flujo de descarga de 80 m3/hr, que corresponde al caudal máximo, se tiene un volumen de descarga igual a 700.800 m3/año, por lo que le corresponderá realizar 12 monitoreos anuales, que serán distribuidos a razón de 1 mensual.

 

Parámetro

Tipo de muestra

Frecuencia

Caudal

Medición continua por 24 horas

Cada 7-8 días

DBO5

Compuesta 24 horas

Cada 7-8 días

Sólidos Suspendidos Totales

Compuesta 24 horas

Cada 7-8 días

Nitrógeno Kjeldhal Total

Compuesta 24 horas

Cada 7-8 días

Fósforo Total

Compuesta 24 horas

Cada 7-8 días

Sólidos Sedimentables

Puntual, muestras cada una hora

Cada 7-8 días

pH

Puntual, muestras cada una hora

Cada 7-8 días

Temperatura

Puntual, muestras cada una hora

Cada 7-8 días

Coliformes fecales

Puntual, una muestra

Cada 7-8 días

 

El muestreo final se realizará en una cámara expresamente construida para esta función en el ducto de descarga (tubería de 4”-6”) que comunicará la planta de tratamiento con el canal de derrames. 

 

1.7.7. Etapas del Proyecto

 

1.7.7.1. Etapa de Construcción.

 

La construcción del proyecto se inicia con movimientos de tierra para la preparación del terreno, movimientos de tierra y/o fundaciones para construcción de estanques, montaje de equipos, instalación de cañerías y finaliza con las pruebas hidráulicas y puesta en marcha de la planta. En su conjunto esta etapa durará 6 meses, de las cuales 1 se utilizará principalmente en la preparación del terreno y 5 corresponderán a faenas de construcción y montaje. 

 

En vista de esto, durante las etapas iniciales de la construcción las emisiones a la atmósfera estarán dadas por el levantamiento de polvo y el ruido producto de las faenas de movimiento de tierras, para posteriormente sólo acotarse al ruido propio de las faenas de hormigonado y montaje mecánico, eléctrico y de cañerías.

Los residuos líquidos asociados a los trabajadores serán manejados por medio de baños químicos, mientras que los sólidos serán dispuestos en conjunto con los residuos asimilables a domésticos generados por la fábrica. Los residuos generados producto del movimiento de tierra se utilizarán mayoritariamente para rellenar otras zonas de la fábrica, lo que no se utilice con este fin será dispuesto en sitios de disposición aprobados por la autoridad. La capa vegetal superficial será incorporada en los predios de la empresa o utilizados para hacer jardines. Los residuos sólidos generados por el material de embalaje de estructuras y equipos se dispondrán en conjunto con los demás residuos sólidos de la planta.

 

Se facilitará al personal de la construcción un sitio adecuado para el consumo de su colación, de acuerdo a lo señalado por el D.S. 594 sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

 

1.7.7.2. Etapa de Operación.

 

La elaboración de jugos, deshidratados y congelados de frutas y hortalizas depende de los períodos de cosecha de cada una de las materias primas que se utilizan. La gran cantidad de productos que fabrican en conjunto INVERTEC NATURAL JUICE e INVERTEC FOODS permite tener actividad productiva durante todo el año, pero con diferentes intensidades.

 

En la etapa de operación se generarán residuos líquidos y sólidos asociados al tratamiento de los Riles. Los Riles tratados cumplirán la norma que regula sus descargas a un canal de derrame y los sólidos serán manejados de la forma señalada anteriormente.

 

La PTR no generará emisiones (gases o partículas) a la atmósfera producto de su operación, tampoco producirá olores desagradables.

 

Ninguno de los equipos de la PTR genera aerosoles y menos aún aerosoles potencialmente riesgosos, como se consideran los generados por las plantas de tratamiento de aguas servidas, ya que no existe mezcla con este tipo de aguas.

 

Por encontrarse en un área rural, de acuerdo al D.S. 146/97, el proyecto deberá cumplir con una emisión de ruidos hacia la comunidad y el medio ambiente no superior en 10 dBA al ruido de fondo. Mediciones realizadas por la empresa indican que el ruido de fondo fluctúa alrededor de 62 dBA.

 

Por su parte, mediciones realizadas en otras plantas similares instaladas, señalan que el nivel de ruido esperado oscila alrededor de 65 dBA, de manera que la incorporación de la planta de tratamiento no solo no sobrepasa los 10 dBA por sobre el ruido de fondo exigidos para una zona rural en el D.S. 146/97, sino que prácticamente no variará el nivel de ruido existente.

 

Las aguas servidas y los residuos sólidos generados por los operadores de la planta serán dispuestos a través del sistema de alcantarillado de la fábrica y del servicio de retiro de residuos sólidos domiciliarios.

 

1.7.8. Consideraciones de Operación para la PTR.

 

1.7.8.1. Control de la Carga Variable.

 

La construcción del sistema de lodos activados le permite flexibilizar su funcionamiento, ya sea por control de la concentración de microorganismos o por el manejo del nivel de oxigeno disuelto, de manera de soportar las diferentes situaciones de tratamiento que plantea la realidad productiva de INVERTEC NATURAL JUICE e INVERTEC FOODS.

 

Por lo demás, los cambios son graduales y planificados, lo que permitirá manejar de mejor manera las variables operativas para preparar a los microorganismos a los diferentes requerimientos a los que se verán sometidos.

 

En tales períodos, y según lo demuestre la experiencia, se evaluará la necesidad de incorporar siembra de bacterias y alimentación de carga orgánica utilizando productos fuera de estándar o algún otro suplemento, como una forma extra de apoyo.

 

1.8. Plan de Contingencia.

 

1.8.1. En caso de cortes de Energía Eléctrica.

 

En el evento de un corte general de energía, la fábrica se encuentra solo parcialmente respaldada por lo que también se vería afectada. Ello implica que al no haber energía no podría desarrollarse el proceso productivo y, por lo mismo, durante ese período la generación de Riles sería nula o muy limitada.

 

1.8.2. Generación de malos olores ante la ocurrencia de procesos anaerobios.

 

Las medidas de contingencia a aplicar cuando aparezcan los síntomas de una posible situación anóxica (disminución persistente del nivel de oxígeno disuelto, cambio de color en el lodo del reactor biológico, cambio de color en el agua del reactor biológico, etc) son las siguientes:

 

  1. Revisión del sistema de aireación y confirmación de los valores de carga orgánica en las aguas a tratar.
  2. Mantener en bodega stock de repuestos que permitan reparar a la brevedad cualquier falla mecánica o eléctrica que pueda alterar el funcionamiento de la planta.
  3. Por diseño, no se espera que sea necesario el funcionamiento de todos los equipos de aireación en conjunto. Luego, siempre existirá la posibilidad de aumentar la capacidad de aireación para sobrellevar alguna situación puntual de emergencia.
  4. Implementar medidas de gestión de riles al interior de la fábrica para detectar y solucionar el evento que está modificando los parámetros de carga orgánica considerados en el diseño de la planta.

Todas las medidas anteriores son previas al evento de olores. Si las medidas anteriores no revierten los síntomas observados, se comprarán bacterias para control de olores y/o para aumentar la capacidad de tratamiento y se realizarán aplicaciones sobre el reactor aerobio.

 

Se desea aclarar que los microorganismos mencionados son el resultado de la aplicación de sucesivas etapas de selección y aislamiento a partir de la flora que crece naturalmente en sistemas de tratamiento y cumplen diferentes normativas que permiten su libre comercialización tanto en EEUU como en Europa, de manera que su uso no genera impacto ambiental por cuanto no se introduce al país ningún tipo de microorganismo mejorado genéticamente, sino que se trata de organismos naturales con capacidades seleccionadas.

 

1.8.3. Generación de malos olores y atracción de vectores en el área de acopio de residuos sólidos.

 

Como parte de la operación normal de la planta se consideran tres niveles de acción.

 

Acciones preventivas de orden e higiene: Esto significa mantener los pisos limpios y sin basuras. Los residuos sólidos serán descargados directamente, sin intervención humana, en contenedores que posteriormente servirán para transportarlos a los lugares de disposición final.

 

Acciones directas de operación: Los residuos serán deshidratados inmediatamente, una vez generados por los equipos de separación (tamices rotatorios y sedimentador). Al deshidratar los residuos sólidos se retira el agua libre y por lo tanto se hace más lento el proceso de putrefacción natural, lo que disminuye la atracción de vectores y la generación de olores. Además, los residuos recolectados permanecerán poco tiempo en la planta, ya que serán retirados en forma diaria.

 

Acciones preventivas de control: La planta de tratamiento será incorporada al plan de control de insectos y roedores de la fábrica, que considera fumigaciones contra insectos y reposición de cebos para ratones en forma periódica

.

En el caso de que exista una situación de aparición de vectores o de olores, las medidas a tomar serán:

  • Reforzamiento de las acciones de orden e higiene.
  • Fumigación inmediata (12 a 24 horas después del evento) de la zona afectada.
  • Aumento de la periodicidad de retiro de los residuos hasta la estabilización de la situación.   

1.8.4. En caso de saturación de la capacidad de tratamiento.

 

Es altamente improbable que la planta se encuentre sobrepasada en su capacidad de tratamiento. Primero, porque durante 10 de los 12 meses del año las fábricas funcionan a una intensidad menor a las condiciones de diseño; y, segundo, porque el diseño fue elaborado dejando una capacidad ociosa del orden del 43% para asumir futuros crecimientos.

 

1.8.5. Fallas en unidades o equipos de tratamiento.

 

Los equipos que más normalmente podrían generar fallas (bombas y sopladores) están sobredimensionados y/o cuentan con equipos de respaldo ante la necesidad de sacar alguno de funcionamiento.

 

No obstante ello, el verdadero Plan de Contingencia, será mantener un Plan de Mantención Preventiva, que podrá ser aplicado durante los meses de bajo requerimiento de tratamiento.

 

1.8.6. Ingreso de aguas lluvias.

 

En los meses de Mayo a Septiembre, cuando existe la mayor probabilidad de lluvia, la Planta de Tratamiento de INVERTEC S.A. se encontrará funcionando; sin embargo, ello no afectará su operación porque las aguas lluvias se encuentran canalizadas en forma separada y no ingresarán en el sistema de alcantarillado de los Riles.

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

 

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
Publicado por Invertec Natural Juice S.A.

 

Test de Admisión

Publicado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

Oficio Solicitud de Evaluación DIA Nº776/2006
Publicado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) Publicado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

Adenda Nº1
Publicado por Invertec Natural Juice S.A.

 

Oficio Solicitud de Evaluación de Adenda Nº1109/2006
Publicado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

Adenda Nº2
Publicado por Invertec Natural Juice S.A.

 

Oficio Solicitud de Evaluación de Adenda Nº1216/2006
Publicado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto

 

Oficio Nº348/2006, publicado por Dirección General de Aguas - Rancagua

 

Oficio Nº290/2006, publicado por SEREMI Agricultura, VI Región

 

Oficio Nº36/2006, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas

 

Oficio Nº1095/2006, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

Oficio Nº1446/2006, publicado por SAG - Rancagua

 

Oficio Nº99/2006, publicado por SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O'higgins

 

Oficio Nº1753/2006, publicado por SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

b) Referente a la Adenda Nº1 del Proyecto

 

Oficio Nº1295/2006, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

Oficio Nº129/2006, publicado por SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O'higgins

 

Oficio Nº491/2006, publicado por Dirección General de Aguas – Rancagua

 

Oficio Nº374/2006, publicado por SEREMI Agricultura, VI Región

 

Oficio Nº2161/2006, publicado por SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins

 

Oficio Nº1797/2006, publicado por SAG - Rancagua

 

c) Referente a la Adenda Nº2 del Proyecto

 

Oficio Nº536/2006, publicado por Dirección General de Aguas – Rancagua

 

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Planta de Tratamiento de Riles Invertec, Rengo', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

Dirección de Obras Hidráulicas
Dirección General de Aguas - Rancagua
Ilustre Municipalidad de Rengo
SAG - Rancagua
SEREMI Agricultura, VI Región
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, VI Región
SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O'higgins
SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins
Servicio de Vivienda y Urbanismo, VI Región
Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Planta de Tratamiento de Riles Invertec, Rengo' realizando un oficio de no participación en la evaluación, el siguiente servicio:

 

Oficio no Participación en la Evaluación Nº3279/2006
Publicado por Servicio de Vivienda y Urbanismo, VI Región

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

 

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

 

3.1.1. Marco Normativo General.

 

Constitución Política de la República de 1980.

La Constitución Política de 1980, asegura a todas las personas, en su artículo 19 N° 8, el derecho a “vivir en un medio ambiente libre de contaminación”.  Agrega la Constitución, que “es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la protección de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger al medio ambiente”.

 

Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.

La Ley de Bases, por una parte determina y delimita el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, estableciendo los márgenes tolerables y legítimos de alteración al medio ambiente que no constituyen infracción a este derecho y, por otra parte, establece un Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental de los proyectos susceptibles de producir efectos importantes sobre el medio ambiente,

 

D.S. 30/1997, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia.  Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En este Reglamento se aclara y especifica cuáles son los proyectos que ingresan al SEIA, y establece criterios para distinguir cuándo los efectos de un proyecto hacen pertinente presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). Por otro lado, desarrolla cuáles son los contenidos mínimos de un EIA y una DIA, estatuyendo además, un procedimiento para su tramitación y evaluación, definiendo cuáles son los permisos de carácter ambiental que procede otorgar con la aprobación de un EIA o una DIA.

 

Forma de cumplimiento:

Se realizará una Declaración de Impacto Ambiental con el objeto de asegurar que el Proyecto no afecta el derecho de los ciudadanos de vivir en un medio ambiente libre de contaminación y que se cumplen con todas las normas legales y reglamentarias aplicables.

 

3.1.2. Normativa referente a ruido y emisiones a la atmósfera.

 

D.S. 144/1961, del Ministerio de Salud Pública que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Se regulan las emisiones de gases, vapores, humos, polvos, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, de cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, en forma que deban captarse o eliminarse de manera de no causar peligro, daño o molestias al vecindario.

 

Forma de cumplimiento:

El proyecto no generará emisiones a la atmósfera, salvo material particulado en la etapa de construcción y sólo asociado a movimientos de tierra, los cuales se desarrollarán en forma puntual en 1 de los 4 meses que comprende esta etapa.

 

Se considera humedecer el piso del área de construcción como una forma de controlar la emisión de polvo en suspensión.

 

La PTR no genera emisiones (gases o partículas) a la atmósfera producto de su operación, tampoco produce olores desagradables. En este punto es importante señalar que cuando una planta de tratamiento es bien manejada sus olores no son especialmente ofensivos y se ven circunscritos a un área pequeña.

 

Ninguno de los equipos de la PTR genera aerosoles y menos aún aerosoles potencialmente riesgosos como se consideran los generados por las plantas de tratamiento de aguas servidas, ya que no existe mezcla con este tipo de aguas.

 

D.S. 146/1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

Este reglamento establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras.

 

Forma de cumplimiento:

Mediciones realizadas en el sitio de emplazamiento definen un nivel de ruido de fondo de 62 dBA, de acuerdo a la información entregada por el proveedor de los equipos, el ruido generado por la planta en operación es de aproximadamente 65 dBA, de manera que se cumplirán los niveles máximos de emisión permitidos en zona rural.

 

Durante las faenas de construcción de la planta se emitirán niveles de ruido que pueden superar en más de 10 dBA este valor, sin embargo se trata de situaciones puntuales y de corta duración.

 

D.S. 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Se regula el control de las concentraciones ambientales máximas permisibles respecto a contaminantes químicos, polvos inorgánicos, polvos vegetales y contaminación acústica en los lugares de trabajo. 

 

Forma de cumplimiento:

La PTR no genera emisiones (gases o partículas) a la atmósfera producto de su operación, tampoco produce olores desagradables. En este punto es importante señalar que cuando una planta de tratamiento es bien manejada sus olores no son especialmente ofensivos y se ven circunscritos a un área pequeña.

 

Ninguno de los equipos de la PTR genera aerosoles y menos aún aerosoles potencialmente riesgosos como se consideran los generados por las plantas de tratamiento de aguas servidas, ya que no existe mezcla con este tipo de aguas.

 

Ninguno de los equipos a instalar emite ruido por sobre los 85 dBA, de manera que se da cumplimiento a lo exigido en la normativa con respecto a la exposición por más de 8 horas de trabajadores a fuentes de ruido.

 

3.1.3. Normativa referente a la descarga de residuos líquidos y a la contaminación de cuerpos de agua. 

 

Decreto con Fuerza de Ley 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Reglamenta el ejercicio de la vigilancia sanitaria, con el fin de velar porque se eliminen o controlen los factores del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes. Otorga atribuciones de vigilancia y fiscalización de industrias que descarguen en cuerpos receptores que sirvan como fuente de agua potable o de riego y también para aprobar y autorizar proyectos de evacuación, tratamiento y disposición de aguas servidas, residuos industriales y residuos mineros.

 

D.S. 90/00, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales  superficiales.

Establece la norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas fluviales, define programas y plazos para el cumplimiento de la normativa y define procedimientos de medición y control que debe implementar la fuente emisora.   

 

Forma de cumplimiento:

La construcción de este sistema de tratamiento tiene por objetivo principal dar cumplimiento a los plazos estipulados en tabla 1 del D.S. SEGPRES 90/00 y asegurar que las aguas residuales generadas en el proceso productivo de INVERTEC, sean descargadas cumpliendo con los requisitos establecidos en la norma de emisión respectiva, de manera que no afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes y del medioambiente.

 

3.1.4. Normativa referente a la generación y disposición de residuos sólidos. 

 

Decreto con Fuerza de Ley 725/1967 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Reglamenta el ejercicio de la vigilancia sanitaria, con el fin de velar porque se eliminen o controlen los factores del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes. Se regula la instalación y el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Además, se regulan los requisitos que deben reunir los vehículos que transporten basuras y desperdicios.

 

D.S. 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Se regula la eliminación de los residuos sólidos provenientes de lugares de trabajo.

 

Forma de cumplimiento:

Todos los residuos serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos o plásticos conectados a los equipos que generan la descarga de sólidos por medio de mangas o chutes de descarga, como una forma de minimizar la eventual presencia de vectores como roedores y moscas. El retiro de estos residuos será diario.

 

3.1.5. Normativa referente a la protección del patrimonio cultural.  

 

Ley 17.288/1970, de Monumentos Nacionales.

Define la necesidad de autorización para cualquier trabajo a realizar en los alrededores de un Monumento Nacional. Regula también la ejecución de obras en zonas pintorescas o típicas. Así como también, ordena que cualquier hallazgo de ruinas o restos arqueológicos con ocasión de cualquier excavación debe ser inmediatamente denunciada al Consejo de Monumentos Nacionales.   

 

D.S. 484/1990, del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley 17.288/1970, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Establece la obligación de denunciar el hallazgo de piezas arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

 

Forma de cumplimiento:

El proyecto no realizará obras físicas de ningún tipo, incluyendo excavaciones. En general no considera actividades o acciones que pudieran afectar el patrimonio cultural de la zona.

 

3.1.6. Normativa referente a la protección agrícola

 

Decreto Ley N° 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola, su relación con el proyecto y su forma de cumplimiento.

Este decreto estable disposiciones sobre protección agrícola, en específico sobre la fabricación, comercialización y aplicación de fertilizantes y/o enmiendas.

 

Forma de cumplimiento

Los residuos de tamices, que corresponden a restos de fruta, ramas y hojas, y los lodos provenientes del sistema de tratamiento biológico, no contendrán elementos perjudiciales para la agricultura, por tanto se trata de residuos de origen orgánico provenientes de una industria de alimentos, donde no se utilizan o incorporar compuestos que pudieran considerarse peligrosos.  Como una forma de comprobar esto se realizará una vez por año, una caracterización de los residuos a utilizar como mejorador de suelos.

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

 

Para definir si un proyecto debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) o una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) se debe analizar si genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicadas en el artículo 11 de la Ley y en los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Reglamento.

 

3.2.1. Artículo 5

 

Se debe presentar un EIA si el proyecto genera o presenta “Riesgo para la Salud de la Población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”. 

 

Emisiones a la Atmósfera

 

a) Etapa de construcción.

El proyecto no generará emisiones a la atmósfera, salvo material particulado en la etapa de construcción y sólo asociado a movimientos de tierra, los cuales se desarrollarán en forma puntual en 1 de los 6 meses que comprende esta etapa.

 

Se considera humedecer el piso del área de construcción como una forma de controlar la emisión de polvo en suspensión.

 

b) Etapa de operación.

La operación de la PTR no generará emisiones de ningún tipo.

 

Generación de Efluentes Líquidos

 

a) Generación de Aguas Servidas.

Durante los periodos de construcción y de operación se generarán aguas servidas por la presencia de trabajadores y operadores respectivamente. Las características de las descargas son las siguientes:

Etapa del Proyecto

Caudal de Descarga

Duración de la Descarga

Frecuencia de la Descarga

Construcción

Operación

9.000 L

600 L

12 h/día

24 h/día

Lunes a Domingo

Lunes a Domingo

El caudal de descarga se ha determinado utilizando un aporte de 150 L/persona día.

 

La descarga producida durante la etapa de construcción se manejará por medio de baños químicos, mientras que la asociada a la etapa de operación se evacuará a través del sistema de alcantarillado de la empresa, ya que la planta no contará con baños, pues sus operarios utilizarán las instalaciones de servicio de la fábrica.

 

b) Evacuación del Agua Tratada.

La planta de tratamiento de INVERTEC está diseñada para tratar el total del agua residual industrial generada por los procesos productivos de sus dos fábricas (Natural Juice y Foods), cuyo caudal máximo asciende a 1.920 m3/día.

 

El total del agua tratada, la que cumplirá cabalmente con los parámetros exigidos por el D.S. 90/2000, será descargada en un canal de derrame sin nombre. Este canal comienza al inicio del predio de la empresa y desagua los terrenos agrícolas localizados a su alrededor. Aproximadamente 500 mts. aguas abajo del punto de descarga del efluente, el canal señalado desemboca en el estero Malambo. El flujo de descarga esperado oscilará entre 0 y 80 m3/hr.

 

En lo referente a concentraciones, se cumplirá con lo exigido por la tabla 1 del D.S. 90/00, que regula la descarga de Riles a aguas superficiales. A continuación, se presentan los parámetros que cumplirá el efluente.

Parámetro

Unidades

Tabla Nº1

D.S. 90/00

PH

 

6,0 - 8,5

Temperatura

ºC

35

Sólidos suspendidos totales

mg/L

80

Demanda bioquímica de oxígeno

mg/L

35

Nitrógeno Total Kjeldhal

mg/L

50

Fósforo total

mg/L

10

 

Generación de Residuos Sólidos

 

a) Etapa de Construcción.

La construcción de la planta generará:

 

  • Residuos sólidos asimilables a domésticos, asociados a los trabajadores en faena. Estos serán dispuestos en conjunto a los generados en fábrica.
  • Escombros, producto del movimiento de tierra. Estos serán utilizados como material de relleno o dispuestos en sitios aprobados por la autoridad.
  • Restos de material de embalaje de estructuras y equipos. Se dispondrán en conjunto con los demás residuos sólidos generados en la fábrica.

b)            Etapa de Operación.

La Planta de Tratamiento generará dos tipos de residuos sólidos durante su operación:

 

  • Los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por los operadores, serán dispuestos en conjunto con los generados en fábrica.
  • Los residuos sólidos provenientes de la operación de la PTR, que se resumen en aquellos producidos en la etapa de separación gruesa (tamiz rotatorio), que corresponderán a 12,4 Ton/día y el obtenido en la etapa de desaguado de los lodos separados en el clarificador secundario y que corresponderán a 30,3 Ton/día

Los residuos sólidos provenientes de la operación de la PTR serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos o plásticos, ubicados bajo o al costado de los respectivos equipos de desaguado, y conectados a ellos por medio de mangas o chutes de descarga, como una forma de minimizar la eventual presencia de vectores sanitarios, como roedores y moscas. Se proyecta el retiro diario de los sólidos, 2 a 3 contenedores, como una forma de minimizar el impacto que pudiera producir su almacenamiento temporal.

 

El compromiso de INVERTEC S.A. es y será utilizar exclusivamente los servicios de transporte y disposición de aquellas empresas que cuenten con la autorización de la SEREMI del Salud para manejar y/o disponer cada uno de los tipos de residuos que generará el proyecto.

 

Es de interés de la empresa privilegiar la entrega de sólidos a alimentación animal, compostación y/o uso como mejorador de suelos en la medida que existan en la zona empresas y/o lugares que cumplan con los requisitos de la autoridad para recibir este tipo de residuos. La ubicación específica se definirá con la autoridad durante la tramitación de la respectiva autorización sanitaria

 

Emisión de Ruido.

 

Por su ubicación en un sector rural, el proyecto deberá cumplir con una emisión de ruidos hacia la comunidad no superior en 10 dBA sobre el ruido de fondo.

 

Mediciones realizadas en el sitio de emplazamiento del proyecto arrojaron los siguientes niveles de ruido de fondo:

 

Nivel máximo        : 71.7 dBA

Nivel mínimo        : 60.8 dBA

Promedio               : 62.0 dBA 

 

La información entregada por los proveedores de los equipos que se instalarán, resultado de mediciones realizadas en otras plantas instaladas por ellos, señala que el nivel de ruido esperado oscila alrededor de 65 dBA, de manera que la incorporación de la planta de tratamiento no sólo no sobrepasa los 10 dBA por sobre el ruido de fondo exigidos para una zona rural en el D.S. 146/97, sino que prácticamente no variaría el nivel de ruido existente.

 

Generación de Formas de Energía.

 

El proyecto no considera generar ninguna forma de energía, radiación o vibración, en ninguna de sus etapas.

 

3.2.2. Articulo 6.

 

Se debe presentar un EIA si el proyecto genera o presenta “efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos suelo, agua y aire”.

 

A objeto de evaluar los efectos adversos significativos del proyecto, el artículo 6 considera los siguientes criterios:

 

De acuerdo a lo señalado, el proyecto cumplirá con toda la legislación ambiental vigente para el lugar de emplazamiento.

 

Las aguas servidas serán manejadas por medio de los baños existentes al interior de la fábrica, los que son dispuestos en el sistema de alcantarillado público de Rengo.

 

Por su parte, los Riles serán tratados y descargados en un canal de derrames que evacua sobre un estero, cumpliendo con la normativa vigente.

 

El proyecto no generará emisiones a la atmósfera, salvo material particulado en la etapa de construcción y sólo asociado a movimientos de tierra, los cuales se desarrollarán en forma puntual en 1 de los 6 meses que comprende la etapa de construcción.

 

a) Efluentes líquidos.

La planta de tratamiento generará descargas de efluentes líquidos en diferentes volúmenes durante todo el año. Estos cumplirán con los parámetros de descarga establecidos en la Tabla Nº 1 del D.S. 90/00, siendo evacuados a un canal de derrames que, a su vez, descarga sobre el estero Malambo.

 

Las aguas servidas generadas por los operadores de la PTR serán manejadas por medio de los baños existentes al interior de la fábrica, los que son dispuestos en un sistema de alcantarillado público de Rengo.

 

b) Emisiones a la atmósfera.

El proyecto no generará emisiones a la atmósfera, salvo material particulado en la etapa de construcción y sólo asociado a movimientos de tierra, los cuales se desarrollarán en forma puntual en 1 de los 6 meses que comprende esa etapa.

 

La planta generará dos tipos de residuos sólidos durante su operación:

 

a) Residuos sólidos asimilables a domésticos generados por lo operadores. Se estima una generación de 2 kg/día de residuos sólidos asimilables a domésticos, asumiendo una generación per cápita de 0,5 kg/día por persona.

 

b) Sólidos producidos en la etapa de separación gruesa (tamiz rotatorio), que corresponderán a 12,4 Ton/día de ramas, hojas y restos de frutas y hortalizas, junto con el queque obtenido en la etapa de desaguado de los lodos separados en el clarificador secundario, que corresponderá a 30,3 Ton/día.

 

La Planta de Tratamiento maneja solamente residuos industriales líquidos de forma que ninguno de los residuos descritos anteriormente es peligroso, tratándose de residuos orgánicos y por lo tanto biodegradables.

 

La operación de la Planta de Tratamiento generará residuos sólidos durante todo el año.

 

Estos serán almacenados temporalmente en contenedores metálicos o plásticos, ubicados bajo o al costado de los respectivos equipos de desaguado, y conectados a ellos por medio de mangas o chutes de descarga, como una forma de minimizar la eventual presencia de vectores como roedores y moscas.

 

El transporte será realizado por empresas externas que cuenten con permisos de funcionamiento otorgados por la SEREMI de Salud que las autorice para manejar residuos sólidos industriales. El retiro de los sólidos se realizará en forma diaria, generándose en el período de máxima producción la salida de 3 contendores, dos con lodos biológicos y uno con residuos primarios.

 

Los residuos serán dispuestos exclusivamente en lugares debidamente autorizados y/o entregados a personas o empresas para ser usados como  alimentación animal, compostación y/o uso como mejorador de suelo, en la medida que existan en la zona empresas y/o lugares que cumplan con los requisitos básicos que definan la autoridad para recibir estos residuos.

 

El sitio de emplazamiento corresponde a un área altamente intervenida con plantaciones agrícolas y actividad antrópica de larga data, de forma que se estima no existe en el sector hábitat de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa. Además, se dará cabal cumplimiento a lo solicitado en las normas de emisión de ruido para zonas rurales.

 

El proyecto no genera formas de energía, radiación o vibraciones que pudiesen afectar el entorno natural en ninguna de sus etapas u operaciones.

 

El proyecto considera generar residuos líquidos y sólidos, los cuales serán tratados y dispuestos de acuerdo a las exigencias establecidas por la normativa ambiental vigente, por lo que se estima no se afectarán los recursos naturales renovables, incluyendo agua, suelo y aire.

 

El proyecto representará una mejora en el manejo de las emisiones de contaminantes generadas por la empresa y, por lo tanto, promoverá el mejoramiento de la calidad de los recursos naturales renovables circundantes, que pudieran haberse visto afectados anteriormente.  

 

Los residuos líquidos y sólidos que generará el proyecto serán debidamente tratados y dispuestos de acuerdo a la legislación vigente, por lo que se espera que el ingreso del proyecto al área no afecte la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación o regeneración de los recursos naturales renovables existentes en el entorno.

 

  • La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada.

El proyecto no considera la explotación ni remoción de vegetación nativa en ninguna de sus etapas.

 

El proyecto no considera la explotación ni remoción de vegetación nativa en ninguna de sus etapas.

 

La construcción y operación del proyecto no considera la extracción, explotación, alteración o manejo de especies que se encuentren en alguna de las categorías de conservación antes descritas.

 

El proyecto no considera intervención sobre ninguno de los recursos hídricos de los tipos descritos. La descarga que se generará cumplirá cabalmente con las disposiciones ambientales exigidas para evacuar en cuerpos de aguas superficiales sin capacidad de dilución.  

 

El proyecto no considera la introducción de flora, fauna u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

 

El proyecto intervendrá una cantidad mínima de terreno con aptitud agrícola (3.360 m2). La capa orgánica retirada será distribuida en el resto del predio agrícola de INVERTEC y/o utilizada para hacer jardines.

 

El suelo utilizado es prácticamente plano y se contará con un sistema de canalización de aguas lluvias, lo que minimizará la posibilidad de erosión del área.

 

El proyecto en sí no generará ningún tipo de hecho o situación que afecte la diversidad biológica de la zona, dado que incorpora las medidas necesarias para controlar, disminuir o tratar sus impactos. Es más, el proyecto representará una mejora sustancial en el manejo de los residuos industriales líquidos generados por la empresa.  

 

3.2.3. Articulo 8.

 

Se debe presentar un EIA si el proyecto genera “reasentamiento de grupos humanos o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”.

 

Para evaluar si el proyecto genera reasentamientos humanos o altera significativamente los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, el reglamento del SEIA considera los siguientes criterios:

 

El proyecto requerirá niveles de mano de obra que no afectarán los índices de población existentes en la zona.

 

  • Afectar la realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano.

El proyecto no afectará la realización de ceremonias religiosas u otras propias del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano.

 

  • Afectar negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo; el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales, a servicios y/o a equipamiento básicos.

El proyecto no alterará el acceso de la población a recursos naturales, ya que al efectuarse dentro de los límites de un predio anterior, no cierra ninguna de las vías de comunicación actualmente habilitadas en el sector.

 

  • Afectar negativamente la presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales.

En el área de emplazamiento del proyecto no se encuentra asentada ninguna población, comunidad o grupo protegido por leyes especiales.

 

3.2.4. Articulo 9

 

Se debe presentar un EIA si el proyecto, “incluidas sus obras físicas o acciones asociadas, en cualquiera de sus fases se localiza próximo a población, recurso y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”.

 

El proyecto en ninguna de sus acciones u obras físicas se localiza próximo a poblaciones, recursos o áreas protegidas.

 

3.2.5. Articulo 10.

 

Se debe presentar un EIA si “el proyecto, incluidas sus obras físicas o acciones asociadas, en cualquiera de sus fases genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”.

 

El proyecto se sitúa al interior de un predio de larga data en uso agrícola y no afectará las características visuales de su entorno ya sea que posean o no valor paisajístico o turístico.

 

El proyecto no se ubica dentro de una zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.

 

3.2.6. Articulo 11.

 

Se debe presentar un EIA “si el proyecto genera o presenta alteración de monumentos históricos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”.

 

A objeto de evaluar las características, efectos o circunstancias definidas por este artículo, el reglamento para SEIA considera:

 

En la zona no se encuentran monumentos nacionales definidos por la Ley 17.288. No obstante, el proyecto no considera ninguna acción que pudiese afectar a éstos y ningún otro elemento del patrimonio cultural e histórico nacional.

 

El proyecto no considera ninguna acción que pudiese afectar el patrimonio cultural.

 

Cabe señalar la realización de estudios y excavaciones arqueológicas en la zona. Se realizó una prospección arqueológica en Rinconada de Malambo (Comuna de Rengo), en un área seleccionada para ubicar un entierro indígena mencionado en un documento de la Real Audiencia de Chile del año 1690; se determinaron cuatro sectores de prospección en los que se realizó un total de 13 pozos. El resultado de la campaña fue negativo pues no se ubicó el entierro. El material arqueológico recuperado fue muy escaso y se encontró inmediatamente bajo una débil capa superficial: 5 fragmentos cerámicos café monócromos y un fragmento de piedra horadada.

 

El proyecto no se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

 

Articulo 90.

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el Artículo 71, letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

 

En base a lo señalado en el presente artículo los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento son:

 

a) Caracterización físico-químico y microbiológica correspondiente al residuo industrial de que se trate.

Los parámetros relevantes del residuo industrial líquidos a tratar son los siguientes:

 

Parámetro

Unidad

Ril Invertec Foods

Ril Natural Juice

Suma

Diseño

Carga DQO

kg/d

-

-

-

9.480

Carga DBO5

kg/d

208

3.413

3.621

6.770

Carga SST

Kg/d

241

475

715

770

Caudal horario

m³/h

66,6

8,5

75,1

80

DBO5

mg/L

1.021

2.135

2.009

3.526

SST

mg/L

1.180

297

397

400

NKT

mg/L

25,6

70,6

31

-

Fósforo total

mg/L

< 0,10

10,4

1,3

-

 

b) La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.

El caudal a tratar corresponde a 1.920 m3/día.

 

c) Tipo de tratamiento de los residuos industriales y mineros.

El tratamiento se inicia con el desbaste del Ril por medio de un tamiz rotatorio. Posteriormente se ingresa a un lodo activado en dos etapas; posteriormente, el líquido pasa a un clorador y desde allí se descarga el agua tratada a un canal de derrame sin nombre, que a su vez descarga en el estero Malambo.

 

d) La evacuación y disposición final de los residuos industriales y mineros, considerando, entre otros, los olores.

El agua tratada se descarga cumpliendo la Tabla Nº 1 del D.S. SEGPRES 90/00, que regula la descarga de aguas sobre cuerpos de agua fluviales sin considerar la capacidad de dilución.

 

Con respecto a los olores, los Riles del proceso no tienen olores desagradables.

 

e) El efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, identificando los usos actuales y previstos de dicho receptor.

El agua tratada será descargada en un canal de derrame de predios agrícolas, cumpliendo con la normativa más estricta aplicable a descarga de Riles que contempla el D.S. SEGPRES 90/00, por lo que no se esperan efectos adversos en el cuerpo receptor.

 

El canal de derrame que recibirá el efluente tratado se utiliza como receptor del exceso de agua lluvia y de riego que reciben los predios agrícolas localizados en el sector, descargando en el estero Malambo. No se esperan cambios en el uso actual del cuerpo receptor.

 

f) La identificación de existencia de lodos, su cantidad y su caracterización físico-químico y microbiológica.

El proceso generará lodos provenientes del sistema de tratamiento biológico en una cantidad estimada de 26,4 Ton/día. No se cuenta con una caracterización de los mismos; ésta podrá ser realizada y entregada a la autoridad una vez se inicie la puesta en marcha del sistema de tratamiento.  

 

g) Las características del tratamiento, disposición o evacuación de los lodos.

La corriente de lodo será desaguada en una centrifuga horizontal hasta llegar a una concentración de sólidos de un 25%. En tales condiciones, el lodo es manejable con pala y no produce escurrimientos de agua.

 

Los lodos serán almacenados temporalmente, manteniendo una periodicidad de retiro diaria, en contenedores metálicos o plásticos, conectados a la centrífuga por medio de mangas o chutes de descarga, como una forma de minimizar la eventual presencia de vectores como roedores y moscas.

 

El compromiso de INVERTEC S.A. es y será utilizar exclusivamente los servicios de transporte y disposición de aquellas empresas que cuenten con la autorización del SEREMI del Salud para manejar y/o disponer cada uno de los tipos de residuos que generará el proyecto.

 

Articulo 96.

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 

En base a lo señalado en el presente artículo se deberán señalar las medidas y/o condiciones ambientales adecuadas, en consideración a::

 

a) la pérdida y degradación del recurso natural suelo.

El proyecto intervendrá una cantidad mínima de terreno con aptitud agrícola (3.360 m2). La capa orgánica retirada será distribuida en el resto del predio agrícola de INVERTEC y/o utilizada para hacer jardines.

 

El suelo utilizado es prácticamente plano y se contará con un sistema de canalización de aguas lluvias, lo que minimizará la posibilidad de erosión del área.

 

b) que no se generen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana-regional.

Por su actividad la implementación del proyecto no generará núcleos urbanos. 

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

 

Como compromiso ambiental voluntario, Invertec Natural Juice S.A. toma la responsabilidad de realizar la mantención del canal hasta la unión con el estero Malambo, para mantener una capacidad de porteo que permita la evacuación a todo evento de los riles tratados de la planta.

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

 

Los informes sectoriales de los distintos servicios que conforman el comité técnico revisor de la Declaración de Impacto Ambiental, informan desde su pertinencia ambiental sectorial, que el proyecto cumple con las normativas sectoriales, y con los antecedentes requeridos para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales consagrados en los Artículos 90 y 96 del D.S. Nº 95/01 MINSEGPRES y que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.

 

Respecto a las eventuales modificaciones que presenta el proyecto en evaluación, en relación a los Considerando Tercero y Quinto de la Resolución de Calificación Ambiental Nº 069/1999, que calificó ambiental el proyecto Planta de Jugos Concentrados Invertec Natural Juice S.A.

 

El proyecto modifica principalmente los siguientes puntos:

 

1) Los riles tratados NO van a ser descargados en el alcantarillado público de Rengo, sino que serán enviados al estero Malambo cumpliendo con D.S. 90/00 que regula la descarga de residuos industriales líquidos a cursos de agua superficiales.

 

2) La planta de tratamiento seguirá siendo de tipo biológico, pero con los parámetros de diseño definidos en este proyecto.

 

3) Un porcentaje de los residuos de fruta serán retirados en los tamices de la planta, disminuyendo levemente la cantidad total de residuos sólidos a eliminar. Además de lo anterior, la forma de disposición de ese porcentaje se amplia a uso como mejorador de suelos, materia prima para compostaje, además de alimentación animal y disposición en rellenos sanitarios.


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=f4/b8/34baae446e13d03a5df531d837271dae82e0


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR