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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda. "

1.1.- Antecedentes Generales del Titular
 
Nombre del Titular                        : Agrícola Ancali Ltda.
RUT                                             : 79.757.460-0
Domicilio                                      : Fundo El Dorado Km. 526 Ruta 5 Sur, Los Ángeles
Teléfono                                       : (043) 401529
Fax                                              : (043)401023
 
Nombre representante legal       : Sr. Ricardo Arturo Poblete Piña
Rut                                               : 9.413.984-8.
Domicilio                                      : Ex - Longitudinal Sur Km. 511 Los Ángeles.
Teléfono                                       : (43) 401000.
Fax                                               : (43) 401023.
 
1.2.- Ubicación
 
El proyecto se emplazará en el predio denominado Parcela Sur resultante del que fue el Fundo San José de Bellavista, sector Localidad de San Carlos Purén, Comuna de Los Ángeles, provincia del Bio Bio, VIII Región, Chile. La ubicación exacta del Proyecto dado por coordenadas geográficas, de acuerdo a localización por GPS son de: Sur: 37° 35’33’’, Oeste: 72° 15’48’’.
 
1.3.- Vida últil del Proyecto
El Plantel lechero Agrícola Ancali Ltda. , proyecta tener una vida útil estimada de 15 años.
 
1.4.            Monto de la Inversión
 
La inversión aproximada de este proyecto en US$ 15 millones
 
1.5.- Superficies del proyecto
El área involucrada en el proyecto se distribuye de la siguiente forma:
 
Edificios salas de ordeña                      : 1470 m2 de construcción
Edificios oficinas y áreas de equipos       : 850 m2
Patios de alimentación vacas en ordeña       : 41.430 m2 de construcción
Patios de espera y tratamiento        : 2250 m2
Patios vacas pre-parto y maternidad       : 5590 m2
Patio vacas post-parto               : 1435 m2
Ternereras                                  : 3400 m2
Galpones de alimentos                 : 2500 m2
Silos de maíz y pasto                           : 11600 m2
Canales purineros                                          : 120 metros lineales
Piscinas purineras       (3)                        : 40.200 m3
Piscina de líquidos                                    : 7200 m3
Galpón taller                                      : 300 m2
 
1.6.- Mano de Obra.
 
En la etapa de construcción se emplearán, en promedio 100 personas como mano de obra directa y en el peak se espera un total de 120 personas en obra.
En la etapa de operación de la planta se emplearán, en promedio de 100 a 120 personas capacitadas en lo que respecta a cada una de las labores involucradas en el proceso de producción lechera. Para la etapa de abandono se emplearán de 50 a 60 personas.
 

1.7.- Descripción del proyecto
 
La pertinencia de ingreso del Proyecto Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda. al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se ha determinado a la luz de lo establecido en el artículo 10 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y en el artículo 3 letra l.3) del D.S. Nº95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental), que indica que deben someterse al Sistema las “Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales”.
 
Este proyecto se clasifica dentro de los “Planteles y establos de crianza, lechería y/o engorda de animales, correspondientes a ganado bovino, caprino o porcino, donde puedan ser mantenidas en confinamiento, en patios de alimentación, por más de un mes continuado, un número igual o superior a trescientas (300) unidades animal”. Indicación del tipo de proyecto según artículo 10 de la Ley 19.300 y artículo 3 letra l) del Reglamento del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. Nº 95/2001,Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, D.O. 7 de Diciembre de 2002.
 
Todas las actividades relacionadas con el Proyecto se realizarán en el predio denominado Parcela Sur resultante del que fue el Fundo San José de Bellavista, sector Localidad de San Carlos Purén, Comuna de Los Ángeles.
 
El proyecto tiene por objetivo la producción de leche de vaca a gran escala, que permita aprovechar economías de escala dada la especialización alcanzada, de tal forma de obtener una diferenciación en la producción de leche con calidad superior, obtenida mediante una denominación de origen, trazabilidad del producto y de los animales que participan en el proceso.
La etapa de construcción del presente Proyecto “Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.,” tendrá un período total estimado de 09 meses, mientras que la operación se extenderá por un período aproximado de 15 años. 
 
La localización de las instalaciones del Proyecto, se justifica en consideración a que la empresa ejecutora posee un terreno apto para esta actividad de una extensión de aprox. 1000 Hectáreas, en el sector de emplazamiento de la lechera.
 
Dentro de recinto correspondiente al Plantel Lechera Agrícola Ancali Ltda., se mantendrá un número de 4000 vacas, las cuales serán mantenidas en áreas aptas, tanto para la ordeña como para el suministro de forraje. A demás, se tendrá cuidado de todos los sistemas y mecanismos que intervienen en la obtención de leche, así como la reutilización de los purines, los cuales son los únicos desechos resultantes del esta actividad.
 
Respecto de las características del lugar de emplazamiento del proyecto se tiene que la  profundidad de la napa, se ubica entre los 0.20 a 4 metros, de acuerdo a las calicatas efectuadas en el periodo de agosto del 2006 y mayo del 2007.
Respecto de las aguas subterráneas .éstas fueron caracterizadas durante la evaluación el proyecto (anexo 1 de la DIA) desprendiéndose que las aguas en el área de emplazamiento del proyecto se encuentran en óptimas condiciones, en cuanto a calidad fisico-química y microbiológica.
 
En cuanto a las características del suelo en el área donde se emplazará la lechería es posible indicar, de acuerdo a los datos entregados por el Titular en anexo 2 de la Adenda 2 que Ancali Ltda., presentó el Balance de nutrientes de N. P y K y el contenido nutricional de los predios que recibirán purines y la fase sólida del purín. Para el balance se consideró el aporte que presenta el suelo, más lo que aporta el purín y los requerimientos del cultivo.
 
No obstante se concluyó que existe exceso de Potasio en el suelo, por lo que ha sido necesario establecer ciertas medidas de manejo predial para estabilizar dicho nutriente presente en el suelo, de acuerdo a la siguiente descripción:            La Empresa realizará un manejo permanente de nutrientes para cada potrero o             unidad productiva. Este manejo será llevado a cabo por los agrónomos de la             Empresa, quienes se apoyaran en los servicios de análisis especializados que  ofrecen los proveedores de fertilizantes (por ejemplo Soquimich). Cada año y para cada potrero, se realizarán análisis de contenidos de nutrientes en el suelo y en los       purines a aplicar. Sobre la base de estos análisis, de los cultivos a disponer y de             las características de los purines, se efectuará el balance de nutrientes utilizando             la metodología indicada en la DIA. Una vez hecho esto, se solicitará a los             proveedores una fórmula de fertilización específica. Por ejemplo para esta temporada se comprará una mezcla de fertilizante libre de potasio, de esta forma el exceso de potasio será consumido al cabo de una temporada.
 
Por otro lado, en el estudio efectuado por la Universidad de Concepción a los suelos del predio, se incluyeron datos específicos sobre potreros a regar con purines y lodos (rotación), propiedades del suelo, series de suelo, coeficientes de absorción y profundidad de la napa en los distintos potreros, lo cual permitió concluir que será necesario adoptar un plan de riego, en virtud de las condiciones del suelo, la profundidad de la napa y la época del año.
 
El purín así como el lodo que se genere del sistema de tratamiento, será utilizado para el riego de cultivos agrícolas ( alfalfa, maíz y praderas) de la empresa Ancali Ltda., mediante un sistema por aspersión sobre una superficie de 85 há (primera rotación)
 
En este sentido, durante las épocas de mayor pluviometría y cuando las condiciones del suelo no permitan efectuar el riego, la empresa propuso construir un sistema de almacenamiento invernal. Para estimar el volumen de almacenamiento de los efluentes tratados fue necesario efectuar un balance hídrico, incluyendo la demanda de evaporación y las precipitaciones para un periodo de retorno igual a 100 años. Por lo tanto, de acuerdo a los cálculos mencionados se estimó la necesidad de construir un sistema de acumulación, mediante la construcción de tres piscinas purineras, que permitan almacenar 40.200 m3 de residuos líquidos durante la temporada invernal.
 
Las lagunas contemplan sistema de impermeabilización. No obstante, sólo una de ellas (laguna 1) se construirá hermética mediante la implementación de una geomembrana o polietileno de alta densidad ( Certificado de Geoflex) y las otras se sellarán con una arcilla compactada de 10 cm de espesor (laguna 2 y 3).
 
Para las camas donde se alojarán las vacas, se utilizará arena, dado que es un material inerte que no genera la proliferación de mastitis en el ganado lechero. La arena de las camas será utilizada para fertilizar los potreros de la empresa.
 
Respecto al manejo de los vectores y olores, la empresa contratará los servicios de una empresa especializada en el rubro ( Plaguisur).
 
      También, en Anexo 3 de la DIA se encuentra el informe Sistemas Vegetales, Ventilación Natural y Control de Olores, donde se presentan las alternativas para manejar contingencias de olores. Se efectuó un estudio de vientos en la zona, donde predomina los vientos sur-oestes en primavera - verano y noroestes en períodos de invierno y otoño. Considerando que los vientos predominantes durante la época más desfavorable es sur-oeste, y dado que la población más cercana (San Carlos de Puren) se encuentra a 1.6 Km de distancia del plantel hacia el sur-este, se estima que los posibles olores, no afectarán mayormente a dicha localidad.
 
Agrícola Ancali Limitada, contempla disponer los residuos veterinarios en vertederos autorizados como Copiulemu, además está evaluando la posibilidad de que ellos sean incinerados en el Hospital de los Ángeles. De optarse por la opción de incinerar los residuos en dicho hospital, se informará oportunamente a la autoridad ambiental, y se acompañarán las autorizaciones pertinentes.
 
Tanto las vacas muertas así como las placentas que se generen al momento de presentarse los partos, serán depositadas en una de las fosas herméticas que propuso el Titular.
 
 
ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
 
Instalaciones
 
Durante la etapa de construcción se construirá toda la infraestructura necesaria para el funcionamiento del plantel lechero Agrícola Ancali Ltda. (De acuerdo al Layout presentado en el Anexo D de la DIA).
 
En esta etapa se contempla la construcción de patios de alimentación galpones dormitorios para los vacunos, áreas de manutención de terneros, áreas de alimentación, áreas de parto y post-parto, área de extracción de leche de los vacunos (salas de ordeña), área de tratamiento de aguas servidas, edificios de oficinas y salas de equipos de proceso, canales purineros y piscinas separadoras de purines, galpones para almacenamiento de alimentos, estructuras para almacenamiento de silos de pasto y maíz y Galpón Taller.
 
Características del terreno a construir y desechos de construcción
 
Todas las estructuras serán construidas sobre un terreno, que no tiene actitud agrícola. El piso será mejorado a través de rellenos artificiales. Debido a la baja profundidad de las fundaciones y al relleno artificial que se debe realizar no se observa intervención de las construcciones sobre las napas subterráneas. No obstante, se contempla la construcción de drenes artificiales de modo de permitir el normal flujo de aguas superficiales o aguas lluvias a través del área en construcción.
 
La ejecución de los trabajos no considera la eliminación de escombros o materiales de relleno de desecho, ya que debido a las características del suelo en que se construirá se aprovechará todo el material de escombros en los rellenos artificiales que se deben realizar.
 
Asimismo, la capa vegetal que es necesario retirar para la ejecución de las construcciones será utilizada como rellenos para áreas verdes que se construirán en los alrededores de los edificios.
 
Los desechos que se generen producto de materiales de embalaje de equipos de proceso o de embalajes de materiales de construcción, etc. serán enviados a rellenos sanitarios autorizados de la zona.
 
Durante la etapa de construcción del proyecto no se contempla la generación de riles o desechos líquidos, con la sola excepción de las aguas desechos domésticos de los trabajadores, las cuales serán depositadas en baños químicos portátiles, los cuales serán mantenidos durante el tiempo que dure la faena, por una empresa dedicada al rubro y debidamente autorizada.
 
Requerimientos de Insumos y Suministros en la Etapa de Construcción
 
Durante la etapa de construcción se requerirán los siguientes insumos y suministros: Rellenos compactados, Emplantillados, Hormigones, Moldajes de madera, Fierros de construcción, Ladrillos, Estructuras metálicas, Revestimientos metálicos y Baños químicos.
 
Requerimientos de Maquinaria en la Etapa de Construcción.
 
En la etapa de construcción se requerirá de diversa maquinaria entre ellas:
Maquinaria para movimiento de tierra: Excavadora, Retroexcavadora, Motoniveladora, Bulldozer, Camiones y Rodillo compactador.
Además se requerirá de otros equipos, entre los cuales se encuentran: Grupo electrógeno, Camión pluma o grúa, Betoneras, Alisadoras de pavimento y Vibradores de hormigón.
 
Requerimientos de Combustibles y Energía Eléctrica en la Etapa de Construcción.
 
El proyecto requerirá de los siguientes insumos de combustible y energía: Petróleo diesel para el grupo electrógeno, Petróleo diesel para máquinas de movimiento de tierra, Energía eléctrica. Conexión a red eléctrica existente de propiedad de la Compañía General de Electricidad (CGE).
Existe una potencia instalada de 750 KVA suministrada por la Empresa CGE Distribución S.A. en la Lechería, de esta potencia la demanda máxima mensual asciende a los 409,7 Kw., considerando que esta demanda aumente en los periodos de integración un 18 % su mayor demanda máxima seria de 481.32 Kw.
 
Requerimientos de Agua en la Etapa de Construcción.
 
El agua para curado de hormigones. Proveniente de canales de riegos que se encuentran alrededor de la zona de construcción y cuyos derechos son propiedad de Agrícola Ancali Ltda.
 
ETAPA DE OPERACIÓN
 
Requerimientos de equipos en la etapa de operación.
 
La empresa requerirá para la operación del plantel de los siguientes equipos: 2 tractores, 1 cargador frontal, 1 carro forrajero, 2 colosos, 1 equipo generador, 1 bodcat sala de ordeña de 12 puntos, 1 pasteurizador, 1 calefón, sistema de limpieza de purines, 5 bombas estiercoleras, u separador de purines, sala de ordeña 40 puntos, 2 bombas de vacío, estanques de leche, 2 termos, 1 recuperador, 1 hidrolavador, 1 microondas, 1 ecografo, computadores, 1 revolvedor y 1 chancador, Agitadores eléctricos para homogeneización de piscinas hasta 230 m3, Bombas sumergibles, Mezcladores con motor sumergible para homogeneización de piscinas hasta 900 m3, Separadores de purines.
 
Descripción de la Recepción de animales preñados, Parto y Pos-parto.
 
Los animales que ingresan al plantel lechero pueden provenir de predios propios, o adquiridos de terceros. En el lugar de descarga existe una rampa donde el camión se coloca para facilitar la salida de los animales, esta maniobra se realiza con mucho cuidado de tal forma de no provocar estímulos que puedan asustar a los animales, estos son guiados por el personal con dirección a las mangas de recepción sin la utilización de objetos contundentes, el animal puede moverse con toda libertad mientras ingresa a las mangas para su inspección.
 
En la etapa de inspección, se revisa que el animal traiga el sello de vacunación contra la brucelosis y el crotal de identificación, se inspecciona además que el animal no haya sufrido lesiones durante el transporte. Los animales son vacunados e ingresados sus datos a un sistema computacional con la finalidad de asignarle un grupo lechero y llevar un registro claro de todos procedimientos tanto veterinarios como lecheros del animal ingresado.
 
Los animales en condición de pre-parto son puestos en potreros acondicionados para ello, con revisiones veterinaria constante
El proceso de parto es donde las vacas paren, este proceso es asistido por el personal de turno y las crías logran estar con su madre entre 20 y 30 minutos luego son separados y llevados a la sala de cunas.
 
Las vacas provienen de pre-parto de acuerdo a un programa que se tiene de las fechas posibles de parto obtenidos por el sistema computacional. Las vacas son revisadas y las primerizas por lo general son ingresadas al sector de maternidad para asistirla en el parto y así bajar la probabilidad de complicaciones.
Luego del parto los animales son mantenidos en observación, con la finalidad de detectar posibles anormalidades. Posteriormente se ingresa a los animales a las salas de ordeña, llevando un registro completo de la situación antes indicada.
 
Descripción del proceso de separación de las crías
 
Se seleccionan las crías machos para engorda. Las crías machos proceden del sector de donde las vacas paren, normalmente del área de pre-parto, ocasionalmente de otro secto,r cuando la cría nace en forma prematura.
 
Cuando se recepciona la cría, se identifica con un crotal y se le asigna un número de identificación y se le asigna la cuna en forma correlativa. Las crías son inspeccionadas para detectar la presencia de fiebre, diarrea o neumonía, y las crías machos son alimentados por un lapso de 12 a 20 días para posterior enviarlos a un fundo de la agrícola para su engorda.
Las crías hembras proceden del sector de donde la vaca pare, normalmente del área de pre-parto, ocasionalmente de otro sector cuando la cría nace en forma prematura.
Las crías hembras son alimentadas y mantenidas por un periodo de 6 meses, posteriormente son enviadas a un fundo. El veterinario establece un tratamiento para la enfermedad y se controla periódicamente y se registra en su ficha la dosis y el tratamiento.
 
Descripción del proceso de alimentación
 
Con la finalidad de alimentar a los vacunos, se preparan los concentrados. El carro forrajero cuenta con una romana en su interior que permite al operador del cargador frontal descargar la cantidad justa indicada por la hoja forrajera, una vez ingresado todos los insumos, el carro procede a mezclar y posteriormente transporta y entrega el alimento. Todos los días y cuando comienza el primer turno se limpia los pasillos donde se deposita el alimento y se retira el sobrante con una máquina llamada robot cat, se barre y se acumula en un carro donde posteriormente es enviado a un fundo donde se tienen animales en engorda. Después de la ordeña productiva los animales pasan a los patios de alimentación. Después del tercer día de estar en post-parto el animal es conducido a los patios de alimentación.
 
Se monitoreará el celo de las vacas, se revisan si las vacas tienen problemas de cojera, alguna que presenta una enfermedad. Se limpian las camas 2 veces al día y se desinfectan 1 vez al día, se lava 1 vez al día los bebederos y se cambia el agua.
 
La ración que reciben las vacas se compone de: Silo Maiz, Ballica Heno, Ballica Silo, Alfalfa Premarchito, Heno Alfalfa, Paja Trigo, Gluten Meal, Semilla Algodón, Triticale Chancado, Poroto Soya, Afrecho Trigo, Harina Soya, Grano Húmedo, Vitamina ADE Kemifar, Bicarbonato de Sodio, Carbonato de Calcio, Sales Minerales Kemifar, Sal Común, Rumensin, Mepron, Sales Minerales PP y Sales Minerales Crianza.
 
Descripción de la ordeña
 
La extracción de leche de las vacas se realiza otorgando las máximas condiciones de bienestar e higiene al plantel lechero, para lograr un máximo rendimiento de litros por animal. El número de vacas a ordeñar en cada sala de ordeña, será de 1330 ejemplares 3 veces/día. Para ello se desinfectan los pezones, con desinfectantes de pezones (della care 1000 lts y della barrier 1000 lts.).
 
En cada sala de ordeña, la extracción se realiza mediante 2 bombas de leche, 2 motores de tracción, 2 motores de 7,5 hp para 2 bombas de vacío, torre de alimentación, 40 unidades de ordeña, 1 plataforma giratoria y 40 mpc, 1 hidrolavadora. el control del sistema se realza, un computador con sistema alero.
La leche extraída es almacenada en 3 estanques de leche, 1 de 16000, 1 de 8000 y 1 de 5000, 8 unidades de frío, 1 sin fin para alimentar la torre de alimentos, 3 mangueras de alta presión 20, 10,10 mts c/u, 2 termos y 1 recuperador de calor.
 
Descripción del control de enfermedades
 
Se realiza el diagnóstico y se definen los tratamientos a las enfermedades detectadas en el plantel lechero, manejo preventivo, vacunaciones, desparacitaciones, tomas de muestras, asistencia en los partos difíciles, realizar necropsias y proporcionar información para determinar el destino final de un animal. Se mantiene un ligar especializado para, mantener a animales con enfermedades graves y cuidado permanente para proporcionar tratamientos adecuados y lograr su recuperación.
 
Descripción de la mantención de equipos.
 
A 3 km. de la lechería se encuentra el taller de mantenimiento de las maquinarias y para los equipos de la lechería existe un operador que realiza las mantenciones.
 
 
MANEJO DE PURINES TRATADOS
 
El tratamiento de purines consiste en la separación de sólidos (guano), mediante un proceso físico de filtración, esta separación se hace reteniendo los sólidos en un sector que contiene una pared de malla y permite la liberación de los líquidos que irán a una piscinas y posteriormente se usará en el riego de praderas, alfalfa y maiz. Los sólidos, una vez secados se retiran en camión y se disponen en praderas como fertilizante (Anexo D de la DIA).
 
Sectores de Producción de Purines y su Tratamiento

Procesos
Áreas
Tipos de desechos
Cantidad de Purines
Recepción de animales
mangas
orgánicos
20 Kg.
Pre-parto
potrero
orgánicos
35 Kg.
Parto
corral
orgánicos
27 Kg.
Separación de crías machos
cunas
orgánicos
0,3 Kg
Separación de crías hembras
Post-parto
Cunas colectivos
Patio lechería
orgánicos
 
0,3 Kg
Animales en patio de alimentación
patio
orgánicos
60 Kg
Sala de ordeña
sala
orgánicos
10 Kg

 
Proceso de conducción de purines y aguas de lavado a pozos y piscinas.
 
El manejo de purines y aguas de lavados de patios, pisos, bebederos, salas de ordeña y áreas de proceso del proyecto lechera Agrícola Ancali Ltda., está en función del sector o área de confinamiento de vacas. De este modo, se pueden distinguir dos tipos de procesos de acuerdo a la siguiente clasificación de áreas y los tipos de camas a utilizar en cada área en particular:
a).- Manejo para salas de ordeña, áreas de espera y tratamiento, pasillos de tránsito de vacas y patios de alimentación de vacas en ordeña. En estas áreas se contempla el uso de camas en base a purín sólido semi-seco reciclado del proceso de tratamiento de purines y aguas residuales.
b).- Manejo para áreas de pre-parto, maternidad, post-parto y ternereras. En estas áreas se contempla camas de arena en pre-parto y post-parto y camas de paja en maternidad y ternereras.
 
Manejo de aguas de lavado y purines
 
a).- En áreas que contemplan cama de purin seco y salas de ordeña.
 
Para este caso se conducirán las aguas de lavado y purines superficialmente por gravedad, con apoyo de mini-cargadores o agua, a través de los pisos de radier de los edificios hasta canales de hormigón (caso patio de alimentación N° 1) o cañerías de PVC que llevarán el material también por gravedad o vía bombas a piscinas purineras de homogeneización y acumulación. El diámetro de dichas cañerías de PVC es variable de acuerdo al tipo de conducción: 50 cm si la conducción es por gravedad, en cuyo caso están consideradas con pendiente adecuada para conducir el purín hacia las piscinas y diámetros de 10 cm a 30 cm en caso que la conducción sea vía bombas.
Se contempla la construcción de 3 piscinas purineras para la recolección de los purines de los patios de alimentación de este caso. Para el caso de las salas de ordeña el agua será enviada a cámaras de recolección desde donde será bombeada hacia las piscinas de recolección de purines y aguas de lavado. Las dimensiones de estas piscinas y cámaras son las siguientes:
1.-     Piscina de recolección de Patios de alimentación N° 1 y N° 2 y sala de ordeña N° 1: 200 m3 de forma cuadrada ancho y largo: 10 mts; profundidad: 2 mts
2.-     Piscina de recolección de sector poniente de patio de alimentación N° 3 y salas de ordeña N° 2 y N° 3: 700 m3 de forma circular de diámetro 20 metros y profundidad media 2,2 metros. A esta piscina se conducirán todos las aguas y purines de las salas de ordeña y patios de alimentación 1, 2 y 3.-
3.-     Piscina de recolección de sector oriente de patio de alimentación N° 3: 170 m3 de forma circular de diámetro 10 metros y profundidad media de trabajo 2,2 metros.
4.-     Cámara de recolección de purines de sala de ordeña N° 1: capacidad 6 m3 de forma cuadrada; largo: 2 metros y profundidad 1,5 metros.
5.-     Cámara de recolección de purines de salas de ordeña N° 2 y N° 3: capacidad 27 m3 forma cuadrada; largo 3 metros y profundidad 3 metros.
 
Las piscinas de los puntos 1 y 3 cuentan con agitadores para homogeneizar el purín previo al bombeo del fluido a la piscina del punto 2, en la cual se recolectan todas las aguas residuales y purines para este caso.
Una vez en esta piscina el material es nuevamente agitado y homogeneizado y enviado vía bomba a los dos separadores de purines que corresponden a filtros de tornillos con mallas de acero envolventes que permitirán la separación de la parte líquida y sólida de las aguas de lavado y purines.
 
La fase líquida se conducirá por gravedad desde la descarga de los separadores hacia una piscina de almacenamiento y estabilización denominada “Piscina de Agua Verde” de forma rectangular y dimensiones aproximadas de 60 metros de largo por 40 metros de ancho y 3 metros de profundidad lo que genera una capacidad de 7.200 m3. Desde esta Piscina de Agua Verde se enviará el líquido vía una red de cañerías subterráneas de PVC hasta distintos hidrantes distribuidos en predios ubicados en el sector y que son de propiedad de Agrícola Ancali Ltda. para su aspersión a potreros a través de pivotes en primavera y verano y carretes de riego en otoño e invierno.
 
El piso y paredes de esta piscina serán sellados con geotextil. Esta piscina será descargada al mismo sistema de hidrantes distribuidos por los predios para su aspersión vía carretes o pivotes a través de bombas a petróleo. Se estima el uso de esta laguna sólo en casos de emergencias que debería corresponder principalmente a períodos con muchos días continuos de alta pluviometría en invierno, durante los cuales no sea posible evacuar el líquido a potrero directamente desde la Piscina de Agua Verde.
 
Las bombas a usar para el transporte de purin serán del tipo sumergible, los agitadores son del tipo aspa sumergible y los separadores son del tipo tornillo con ajuste de velocidad y mallas de separación de diferente área de abertura, de modo de controlar el nivel de humedad deseado en el sólido. Todos los equipos aquí involucrados serán marca Bauer (procedencia Austriaca) o Fan (procedencia norteamericana).
 
La parte sólida producto de la separación se enviará a un galpón de almacenamiento e inertización o bien directamente a potrero vía carro estiercolero para su incorporación al suelo.
 
Se contempla que la parte del sólido que será enviada al galpón de almacenamiento e inertización estará alrededor de 10 días en esta área, para posteriormente ser re-utilizado como relleno de cama para los patios de alimentación de vacas en ordeña.
 
 
b).- Manejo de aguas de lavado y purines en áreas que contemplan camas de arena o paja
Para este caso también se contempla la conducción superficial de los líquidos y sólidos de residuo a través de los pisos de radier de los edificios vía gravedad y con apoyo de mini-cargadores o agua. La diferencia con el caso anterior es que la conducción enviará directamente el material tanto sólido como líquido a una piscina de almacenamiento. La mezcla en las piscinas de acumulación contendrá purín, agua de lavado, agua de bebederos, arena de camas y paja de camas.
Desde esta piscina se enviará la mezcla de líquidos y sólidos vía carros herméticos de carga por vacío directamente a potreros para posteriormente incorporar el material al suelo.
 
Conducción de líquidos a potrero
 
La conducción de líquidos a potreros será únicamente desde la Piscina de Agua Verde que contempla el proyecto o bien desde las piscinas auxiliares las que contemplan un sistema de aireación. Para ello se contempla el uso de bombas centrífugas que permitirán a través de una red de cañerías de PVC llegar a los diferentes puntos de toma de agua para riego vía aspersión a los potreros definidos en cada temporada.
El líquido será asperjado a diferentes potreros, los cuales serán definidos por temporada, de modo de asegurar una rotación en la aplicación de agua verde permitir una fertilización homogénea en la superficie disponible para siembra que Agrícola Ancali Ltda., posee alrededor de la lechería.
Por lo tanto, para la disposición de los residuos líquidos se utilizará “Pivotes de Riego” en primavera y verano, y “Carretes de Riego” para la temporada otoño e invierno.
 
El sólido obtenido producto de la separación de purines será enviado a potrero a través de carro estiercolero de 14 m3 de capacidad. Este carro permite la descarga de sólido directamente sobre la capa de suelo de los potreros y lo distribuye en capas de una altura deseada a medida que avanza por el potrero. El carro es movido con la ayuda de tractores.
 
Una vez descargado el material en el potrero se contempla la incorporación del sólido al suelo con ayuda de equipos mecánicos: incorporadores, rastras, arados, etc.
 
El riego con Pivote, consta de un panel de control o tablero de programación, en este se encuentra el encendido, y se programa la velocidad, la línea de riego, el caudal y la frecuencia de riego. El equipo se mueve en forma circular y está suscrito a una superficie determinada.
 
El riego por Carrete es un método de riego por aspersión consta de un motor de 100 hp, con una bomba y con un pistón o cañón de punta. El agua verde es el resultado de la extracción de la parte sólida de los purines generados por el plantel lechero, esta separación se llevará a cabo en una piscina de acumulación de 7.200 m3, aprox. y el agua verde resultante es enviada por tuberías a los equipos de riego o piscinas de acumulación, esta tubería es de acero en la parte que está sobre el nivel de la tierra y de pvc de alta resistencia en la parte que va subterránea.
 
MANEJO INVERNAL DE LOS PURINES
 
En el anexo 2 de la adenda 2 la empresa presentó un plan de manejo invernal de purines a objeto de aplicar los purines tratados durante la época invernal, con el propósito de no alterar la calidad de las aguas subterráneas. En este sentido, durante las épocas de otoño-invierno se privilegiará regar en las áreas cuya profundidad de la napa sea mayor a 1 m, y cuando las condiciones climáticas, ya sea por exceso de lluvia o saturación de los suelos no permita regar, el efluente se acumulará en la laguna de almacenamiento.
 
Descripción del Proceso Tratamiento de aguas servidas
 
Las aguas servidas producidas en las oficinas del Plantel lechero de Agrícola Ancali Ltda., serán sometidas a un pre-tratamiento, aireación, sedimentación y desinfección. Todas las instalaciones requeridas para el funcionamiento de dicha planta se realizaron de acuerdo a lo indicado por el fabricante y se indican en las memorias de la planta de tratamiento y de regularización de alcantarillado (anexo C de la DIA y Adenda 1).
Las aguas servidas tratadas, se dispondrán en canchas de infiltración con tuberías de drene de PVC. La cancha de infiltración, está rellena de material pétreo cubierta con tierra, previa colocación de mangas de polietileno.
El afluente llega a una cámara de distribución, lo cual reparte proporcionalmente el líquido entre los diferentes canales que distribuyen el sistema de drenaje. Se anexa regularización de Alcantarillado y resolución exenta (Anexo B de la DIA).
 
CONTROL DE OLORES Y VECTORES
Los posibles eventos que podrían Generar Olores y las medidas de control son las             siguientes:
 

Evento
Medida de Manejo o Control
Acumulación de arena en sedimentadores
Remoción diaria de arenas y disposición en potreros para ser incorporadas al terreno en menos de 48 horas
Detención de Aireadores en Piscina 1 (sistema de Tratamiento) por corte de energía o falla de equipos)
Se dispondrá de sistema de generadores de respaldo de energía eléctrcon generadores. Se mantendrá repuestos básicos para aireadores en bodega. En laguna se cuenta con mas de un aireador.
Aplicación de aromatizadores en zona perimetral de laguna
Emisión de olores por lodos
Los lodos se retirarán de piscinas y lagunas al inicio y termino de periodo invernal, y dispuestos en potreros a la brevedad, de modo de incorporarlos al suelo antes de 48 horas.
Fosa de animales muertos
Los animales muertos serán dispuestos en fosa antes de 24 horas después de su deceso, permaneciendo los animales permanente cubierto con tierra
Purines en pisos de pabellones de lechería
Se realizará limpiezas diaria de pisos de pabellones de lechería

 
Cabe destacar que el Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda., cuenta con un diseño de sus estructuras que facilita la limpieza y el aseo tanto al interior como al exterior de los planteles.
Para el control de olores, adicional a la cortina vegetal, se implementará en torno a la laguna Nº 1, un sistema de dispensadores de aromatizantes, para aplicar un producto del tipo Odortech 1853 de Nalco u otro similar, y cuya ficha técnica se adjunta en Anexo 4 de la DIA.
 
Respecto de las principales medidas para evitar una proliferación de vectores son básicamente, implementar las medidas de control de moscas y roedores presentados en el anexo C de la DIA. Los compuestos utilizados en el control de vectores, serán aquellos autorizados por la autoridad correspondiente.
 
DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE TRATAMIENTO DE PURINES
 
a).- Purín Crudo
El purín crudo será colectado mediante un sistema de canales que drenan las aguas verdes desde las lecherías. Se estiman las siguientes características del purín crudo:
 
·         Volumen diario:           1.000    m3/día
·         DBO:                        7.000   mg/L
·         Nitrógeno total:         1500    mg/L
·         Fósforo:                      100    mg/L
 
b).- Desarenadores
Corresponde a una serie de unidades destinadas a retener la arena que es usada en las camas de las vacas. Se considera las siguientes características a la salida de esta unidad:
 
·         Volumen diario:                  1.000   m3/día
·         DBO:                                 6.000   mg/L (eficiencia de remoción 15%)
·         Nitrógeno total:             1500    mg/L
·         Fósforo:                         100      mg/L                  
La arena que es retirada de estas unidades será enviada a potreros.
 
c).- Homogeneización
Corresponde a un estanque que recibe la descarga de los desarenadores y en donde se mezclan y homogeneizan las aguas verdes.
 
d).- Separación de sólidos
Corresponde a un sistema de separación de sólidos mediante tornillos. Se considera las siguientes características a la salida de esta unidad:
 
·         Volumen diario:                  1.000   m3/día
·         DBO:                                       4.500   mg/L (eficiencia de remoción 25%)
·         Nitrógeno total:            1200     mg/L
·         Fósforo:                         50        mg/L                  
 
e).- Laguna aeróbica
 
Corresponde a una laguna de 7000 m3, con un sistema de aireación.
 
Características del sistema de aireación propuesta:
 
Laguna aireada mecánicamente
 
Las lagunas aireadas mecánicamente inyectan el oxígeno necesario para la oxidación de la materia orgánica artificialmente mediante la colocación de dispositivos que generarán burbujas en el volumen o aumentan la turbulencia superficial.
 
Para este análisis se desarrollo un esquema de cálculo de la literatura técnica y paralelamente se utilizó un software cerrado de diseño disponible el la red (www.wastewater.com). Este software es utilizado por una importante empresa consultora y fabricante de equipos de aireación con base en Estados Unidos que aplica, de manera más detallada, el primer esquema de cálculo. Los resultados se encuentran en anexo 4 de la Adenda 2, y son comparables y coherentes.
 
La simulación usando la herramienta Design Tools muestra que la inclusión de equipos de aireación permite reducciones de DBO5 de entre 50 y 75 % para condiciones de flujo pistón y de entre 80 y 95 % para mezcla completa.
 
Para estimar la potencia necesaria se simuló el uso de aireadores de fondo con burbujas gruesas, requiriéndose la inyección diaria de 6100 kgO2. La potencial necesaria, incluyendo las eficiencias de motor y quipo es de 850 kW diarios.
 
El diseño en papel considera una condición de mezcla completa con eficiencias de remoción de un 98 %, considerando aireadores superficiales, requiriéndose una inyección diaria de de 7100 kgO2. La potencia necesaria, incluyendo las eficiencias de motor y equipo es de 560 kW diarios.
 
Características Estimadas del Efluente
 
De acuerdo a lo descrito anteriormente, respecto del sistema de tratamiento, basado en lagunas de aireación, el Titular de Agrícola Ancali, se comprometió a cumplir con la siguiente calidad del efluente, con que se efectuará el riego de los cultivos:
 
Tabla 1: Calidad del efluente para su uso en riego
 

Parámetro
Caracterización final
Volumen diario
1.000   m3/día
DBO:                       
2.200   mg/L (eficiencia de remoción 50%)
Nitrógeno total:          
600      mg/L
Fósforo:                       
25        mg/L                   

 
f).- Acumulación
 
El Efluente primeramente se almacenará en una primera piscina, llamada laguna verde 1 de 7.200 m3 de capacidad . Posteriormente el efluente será enviado a la laguna verde 2 de 12.000 m3 de capacidad, hasta un embalse de 14.000 m3 (Laguna Verde 3), desde donde posteriormente será aplicada a terreno según el plan de manejo presentado en Adenda 2. Por lo anterior, la empresa dispondrá de 40.200 m3 de capacidad de almacenamiento total durante el periodo invernal, lo que equivale a aumentarle a las primeras lagunas, 7.000 m3 más.
 
Plan de manejo de aplicación de Purines y Lodos
 
La aplicación de las aguas y lodos tratados al terreno se hará de acuerdo a un plan de manejo que considerará los siguientes puntos:
 
  • Se realizará un análisis anual de las necesidades de nutrientes para cada potrero del predio. Sobre la base de este análisis y de los cultivos que se establecerán se determinarán las dosificaciones de fertilizantes a aplicar en cada potrero.
 
  • Manejo invernal. Cada año se seleccionará los potreros para el manejo invernal en función de los cultivos establecidos. Cabe destacar que la zona de manejo invernal se definió en función de la profundidad del nivel freático y de la ausencia de impacto sobre captaciones de agua para la población.
 
  • Se monitoreará en forma diaria el nivel freático de la zona de manejo invernal. Si, por exceso de precipitaciones, este es menor a una profundidad de 1,00 metro se suspenderá la aplicación de purines hasta que el nivel freático descienda nuevamente. Durante los períodos en que no se pueda aplicar purines tratados al terreno, estos serán acumulados.
 
 PLAN DE CONTINGENCIA
 
IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA
 
Riesgos Externos
Debido al emplazamiento del proyecto no se prevén riesgos externos que puedan afectar a la comunidad. Por tratarse de un sector rural no existen viviendas cercanas a la instalación de la planta, puesto que ésta se encuentra en el interior de un predio particular, cuya finalidad es la instalación del plantel lechero.
 
Existe una localidad cercana al predio en donde se instalará el plantel lechero ( a 1 km de distancia), denominado San Carlos de Purén, pero este no se verá afectado, puesto que, como se indicó anteriormente, en general, no habrá generación de residuos, por sobre lo permitido, de ningún tipo y los que se generen serán reutilizados o dispuestos en vertederos autorizados.
 
Cursos de agua: Al interior del radio perimetral de 500 m. alrededor de la zona de emplazamiento del proyecto se encuentra el río Bio Bio, el cual no será intervenido en ninguna de las etapas del proyecto.
 
EN CASO DE CORTES DE ENERGÍA
Al utilizar aireadores mecánicos con una potencia total para el sistema de 135 HP totales tendríamos una Potencia instalada de 100.71 Kw, considerando un régimen intermitente la demanda máxima no seria superior a 65 Kw.
 
Asumiendo los dos item anteriores ( Dmax. 546,32 Kw. ) se concluye que la potencia instalada es suficiente para implementar los aireadores mecánicos sin tener que aumentar su potencia instalada.
 
La Generación propia a través de Grupos Electrógenos con Transferencia Automática ( 2 c/u ) con una potencia de:
Grupo Electrógeno Nº 01 Potencia = 200 KVA
Grupo Electrógeno Nº 02 Potencia = 400 KVA
Por ende la potencia instalada en generación es de 600 KVA lo cual es suficiente para mantener todo el proceso en funcionamiento sin ningún tipo de interrupción.
 
Riesgos Laborales
En relación a los riesgos inherentes a la actividad laboral, se incluye en Anexo C, Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, elaborado por experto en prevención de riesgos, donde se identifican y se realizan recomendaciones para su adecuado control. Además se anexa el Anteproyecto control de la contaminación biológica, química y física, el cual entre una identificación de los posibles riesgos laborales y la forma de enfrentarlos (Anexo C de la DIA)
Control de Enfermedades Ocupacionales
El trabajador que se desempeñe en la operación del proyecto será sometido a los exámenes que determine el Organismo Administrador de la Ley 16.774. También se realizarán los chequeos periódicos que determine el Organismo Administrador de la ley 16.774 en sus propias dependencias o en los Centros de Salud dotados del equipamiento necesario (Anexo C de la DIA).
 
ROTURA DE DUCTOS
En caso de rotura de cualquiera de los ductos que conducen los purines desde la piscina Nº 1 a la Piscina Nº 2, o hacia los potreros cercanos, se suspenderá             inmediatamente el bombeo de ellos, reemplazándose la sección de ducto             (metálico) a la brevedad, en consideración a que se dispone de un stock adecuado             para contingencias, y su reemplazo. Además, cabe señalar que los ductos con que      se realiza la conducción de purines, además de ser metálico, esta conformado por             secciones de largo definido, con uniones herméticas de facil y rápido cambio.
 
3.- ETAPA DE ABANDONO
 
Descripción del Proyecto en la Etapa de Abandono
 
El proyecto ha sido diseñado para una vida útil de 15 años. Sin embargo, debido a las características de este tipo de proyectos, se espera que el período de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo indefinido. Esto se logra mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de mantención y la incorporación de Innovaciones tecnológicas.
 
 
1.8.- PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
 
1.8.1.- EMISIONES A LA ATMÓSFERA
 
Durante la fase de construcción, existirán emisiones gaseosas producto de la combustión de los motores de las maquinarias empleadas en esta fase, así como de los vehículos de carga que transporten a la planta los materiales de construcción y retiren los desechos.
En lo que respecta a la emisión de material particulado fugitivo, ésta será mínima, en consideración a que las áreas donde se contempla realizar el proyecto es un sector que requiere de poca remoción de terreno, lo cual es el principal agente causante de partículas para este proyecto. Además los caminos que conectan el área del proyecto con la ruta 5 sur, se encuentran estabilizados.
Por otro lado, el Titular contempla medidas adicionales que minimizarán las emisiones a la atmósfera.
En caso de generación de olores, se puede señalar que existe probabilidad que se generen olores producto de un mal manejo de las piscinas de acumulación, de los animales muertos y los lodos del sistema de tratamiento. No obstante le Titular contempla un sistema de tratamiento basado en un sistema de aireación, lo cual disminuiría la carga orgánica presente en el RIL y por ende, los posibles olores que se pudiesen generar. Los animales muertos serán dispuestos en una fosa hermética de cadáveres y los lodos serán utilizados para fertilizar los suelos de la empresa, teniendo especial cuidado de incorporarlos inmediatamente de extraídos. Por otra parte, la población más cercana se encuentra en sentido contrario de los vientos predominantes (Sur-Este), lo cual minimiza el riesgo de generación de olores hacia las comunidades más cercanas.
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1.8.2.- GENERACIÓN DE RESIDUOS LÍQUIDOS
 
a) Aguas Servidas Domésticas
Durante la fase de construcción se generarán aguas servidas, para lo cual se contempla el uso de casetas sanitarias portátiles (baños químicos), los cuales serán regularmente sanitizados y los desechos retirados por una empresa especializada del rubro, debidamente autorizada por el Servicio de Salud. El agua servida originada en los baños y casino del Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda., será sometidos a tratamiento en una planta de tratamiento y luego serán infiltradas, contando para ello con la autorización correspondiente (Anexo B).
 
b) Efluentes Líquidos
Por otro lado se generarán Residuos Líquidos provenientes de la limpieza de las aguas de lavado de patios, bebederos, pisos e instalaciones que contienen purines de vaca. Se estima una cantidad de 1.000 m3/día de riles.
 
El diseño de los pisos de las instalaciones y planteles donde se alojan las vacas se contempla la construcción mediante pisos de radier los cuales poseen canales de hormigón o de PVC que conducirán los purines hacia las lagunas de homogenización.
 
Los residuos líquidos producto de la operación del proyecto, corresponden a la fase líquida del purín, el cual será utilizado en el regadío de las plantaciones de forraje, con la calidad comprometida por el titular en la tabla N° 1 del presente informe.
 
 
1.8.3.- GENERACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS
 
a) Residuos sólidos de la construcción
 
En la fase de construcción se generarán residuos sólidos tales como despuntes de maderas y acero, embalajes de equipos, etc, los cuales serán dispuestos en relleno sanitario autorizado.
No se contempla generar, remoción de escombros, puesto que se reutilizaran en el mismo terreno.
 
b).- Residuos sólidos domiciliarios
 
Adicionalmente la totalidad de los desechos de mantenimiento, serán despachados a relleno sanitario autorizado.
 
c) Residuos veterinarios
 
En relación con los residuos de los procesos de vacunación llámese jeringas, agujas, algodón, ampollas de vidrio, entre otras serán  desinfectado. Para ello puede ser sometido a una solución de hipoclorito a 5.000 ppm o creolina al 2% o formol al 10% y posteriormente serán enviados a contenedores apropiados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. En caso de realizar almacenamiento temporal de los residuos veterinarios luego de su separación, se deberán habilitar tambores tapados para este efecto.
 
d) Guano
 
Se generará una cantidad de 80 m3/día de guano. La fase sólida de los purines, será utilizada como fertilizante de plantaciones de forraje,en predios de la misma empresa. También se ha estimado utilizar parte del guano como insumo para las camas donde se alojan las vacas preparto. En caso de no aplicarse el guano en forma inmediata, la empresa habilitará un galpón techado y con piso de cemento.
 
1.- Almacenamiento temporal de guano
El guano almacenado temporalmente estará protegido de la humedad y precipitaciones para evitar su escurrimiento y de vientos predominantes para evitar su dispersión.
2. Transporte de guano
 
Los vehículos utilizados para el transporte serán cerrados en el fondo y costados, para evitar derrames. Como el guano se transporta seco no es necesario el uso de camiones aljibes o cisternas, pero la carga debe ir cubierta. Al final de la faena de descarga del guano, se realizará una limpieza de la carrocería mediante barrido para evitar la descomposición de restos de guano
 
3.            Aplicaciones de guano y/o purines a terrenos agrícolas con fines de fertilización 
 
Los purines podrán ser aplicados al suelo ya sea en forma directa o transportados por agua de riego. El guano será incorporado al suelo a través de un correcto manejo.
 
e) Lodo
No existirá disposición temporal de ellos, puesto que de acuerdo a lo informado por el Titular en Adenda 2, una vez extraídos de las lagunas ( finalizada la época de invierno), se irán directamente a los potreros e incorporados al suelo de acuerdo al plan de manejo que se adjuntó en Adenda 1.
 
En Anexo 4 de la Adenda 2 se adjuntan certificados de caracterización de lodos en las unidades solicitadas. Una vez iniciada la plena operación de las piscinas, y al final de la temporada invernal se retiren los lodos, se informará oportunamente a la autoridad sanitaria la cantidad de lodo que se retire de cada una de ellas. Respecto a su manejo, se puede señalar lo siguiente:
 
Para la extracción de lodos se contempla el siguiente procedimiento:
 
1.      Vaciado de la fase líquida de la piscina de retención para emergencias (Laguna N° 2) directo a los sistema de aspersión.
2.      Extracción mecanizada de los lodos, correspondiente a la piscina mencionada en el punto anterior, mediante la utilización de Cargadores Frontales y Camiones Estanco.
3.      Evaluación, Revisión y Reparación del sello de arcilla de la Piscina de Retención para Emergencias (Laguna N° 2).
4.      Trasvasije de la fase líquida de la piscina de tratamiento de Agua Verde (Launa N° 1) a la piscina mencionada en el punto anterior. Este trasvasije contendrá además la fase líquida provenientes de los sistemas de separación, de modo de eliminar el ingreso de líquidos a la piscina de tratamiento y dejarla disponible para su limpieza.
5.      Conducción de los lodos remanentes a la parte mas baja de las piscinas con la ayuda de agua a presión.
6.      Extracción de los lodos remanentes por medio de bombas de vació o bombas sumergibles para lodos, a camiones Estanco.
7.      Distribución y esparcimiento de los lodos a potrero e incorporación antes de las 48 horas de depositado en los potreros.
 
 
 
Las limpiezas de lodos de las piscinas esta programada para ser realizada al inicio    y al termino de la época invernal.
 
En caso de presentarse una lluvia inesperada en verano, y se esté extrayendo lodos de las lagunas, la extracción se suspenderá, y lo extraído se mantendrá en el carro estiercolero, o en su defecto de devolverá a la misma laguna.
 
f).- Animales muertos
 
Los animales muertos serán dispuestos dentro de las primeras 48 horas de ocurrida la muerte o una vez que el veterinario constate la causa de la misma, en el área antes señalada.
 
Para disponer a los animales muertos se utilizarán fosas, en donde los cadáveres son previamente sometidos a una necropsia y, posteriormente, se les incorpora cal viva, la cual actúa sobre la materia orgánica inhibiendo los procesos de fermentación y descomposición, impidiendo la proliferación de vectores.
 
Se estima un 5% de mortalidad anual del total de la masa animal contenida en el proyecto:
 
·         Vacas en Ordeño                                   : 4.000 Unidad Animal
·         Vacas Preparto, Maternidad y Postparto      :    520 Unidad Animal
·         Terneros                                             : 100 (Equivalente Masa Vaca 600                                                                             Terneros)
·         Total Masa Vaca Permanente                      : 4.620 Unidad Animal
·         Mortalidad Anual                                       :      5%
·         Total Mortalidad Anual Estimada       :    231 Unidad Animal
·         Total Mortalidad Mensual Estimada       :      20 Unidad Animal
 
Se habilitarán dos zonas con una superficie de 500 m2 cada una, las cuales serán destinados para cementerio de animales. Cada una de estas superficies tendrá las siguientes características:
 
·               Dimensiones de Fosa con revestimiento tipo Geomenbrana:
·               Largo                       : 90 Mts.
·               Ancho                      :   6 Mts
·               Profundidad               :   3 Mts.
·               Recubrimiento Inferior       : Geomembrana
·               Base Inferior          : 50 cm. De gravilla, arena y geotextil mas gravilla    cubriendo drenaje de fosa (Sobre la Geomenbrana)
·               Protección Superficial               : Nylon Superficial cubriendo la fosa, Postasión perimetral de Pino Impregnado con Malla tipo Gallinero.
 
 Dimensiones de la Cámara Mortuoria: (anexo 4 adenda 2)
·               Largo                       : 83    Mts.
·               Ancho                      :   4    Mts
·               Profundidad                  :   2,5 Mts.
 
Las características constructivas de las fosas seguirán los lineamientos establecidos en APLs de otros sectores de crianza, donde se indica que los planteles deberán “implementar un sistema impermeable de disposición final para animales muertos que considere al menos su entierro con cal, cierre hermético de las compuertas y respiradero con posibilidad de ir conectado a un biofiltro. También puede considerarse como alternativa el entierro de los animales a 2,5 metros de profundidad con aplicación de cal, tapando con tierra, excepto en lugares donde la napa freática sea superficial. Todo lo antes señalado para evitar que los líquidos generados por la degradación de la materia orgánica puedan migrar hacia el exterior de ésta, además, constarán con una tapa y ducto de ventilación conectado a filtros para olores”.
 
Con el objetivo de acelerar los procesos de degradación natural de los restos orgánicos se considerarán medidas como: todos los animales muertos deberán abrirse y fraccionarse para aumentar la superficie de acción microbiana, el tracto digestivo debe abrirse, debido a que el contacto con su contenido favorece el proceso de descomposición de la materia orgánica, cada semana se debe rociar agua sobre el material en descomposición, esto mejora el proceso y evita que los cuerpos se resequen. No se deben introducir en las fosas residuos que sean de baja biodegradabilidad y por último antes de volver a utilizar una fosa se debe limpiar retirando el material que no se haya degradado.
 
Es necesario mencionar que se adoptarán medidas para controlar eventuales emergencias asociadas a lo antes señalado, los animales muertos serán llevados dentro del día hábil siguiente a la ocurrencia de la muerte a la fosa de disposición. Esta contará con tapa hermética la que permanecerá cerrada. Ante la presencia de vectores, se procederá a revisar el cierre de la fosa, reparando las aberturas, roturas y desperfectos que pudiesen existir. Lo antes descrito será para controlar la proliferación de vectores sanitarios.
 
Para el caso de generación de olores por concepto de los animales muertos, estos serán llevados diariamente a la fosa. Esta contará con tapa hermética la que permanecerá cerrada y un ducto de ventilación adecuado. Se seguirá con el mismo protocolo que para control de vectores. Además ante la presencia de malos olores, se procederá a revisar el cierre de la fosa y el ducto de ventilación, reparando las aberturas, roturas y desperfectos que pudiesen existir. Esta considerado un sistema de mitigación de olores tanto para la fase sólida del purín y los olores causados por los animales muertos un bosquete de Eucaliptos que por ser aromático minimiza y sirve como barrera de estos olores desagradables.
 
En el área donde se instalará la mencionada fosa, la altura de la napa             (correspondiente al pozo 3), es de 1,6 metros en la condición mas desfavorable,             que corresponde a una condición invernal.
 
Cabe además reiterar, que tal como se indicó en la Adenda Nº 1, el foso de disposición de animales muertos se encontrará recubierto con geomembrana, lo cual impedirá que los líquidos se infiltren a la napa, y una cubierta impermeable en la parte superior, en los períodos de lluvia.
 
Los lixiviados de la Fosa de Disposición de Animales, serán colectados en un pozo impermeabilizado o recipiente cerrado, para ser dispuestos posteriormente junto             con el efluente tratado en poteros, si las características de ellos así lo ameritan, lo             cual se determinará una vez caracterizado dichos lixiviados, desde el punto de        vista físico, químico y microbiológico. De acuerdo a los resultados de dicha             caracterización, se evaluará su disposición final, lo que será concordado con la autoridad competente.
La fosa se mantendrá permanentemente cubierta con tierra. Se procederá a operar el cementerio de la siguiente manera:
 
  1. Se estima que por cada 2,5 Mts lineales de fosa es posible enterrar 3 unidades de Masa Vaca, de a una a la vez.
  2. Lo anterior significa que cada cámara mortuoria tiene una capacidad para seis meses. Lo que permitirá el retiro de los restos a los doce meses de descomposición.
  3. Estos restos óseos remanentes en la fosas serán removidos y enterrados en un fosa especial para ello, una vez completado el ciclo.
  4. Se ha dispuesto en la parte inferior de la cámara una capa de arena de 50 Cm., para evitar dañar la Geomembrana al momento de la excavación.
  5. Así mismo, la fosa se ha diseñado con un sobre ancho de 6 Mts., para evitar el daño lateral de la Geomembrana, considerando un largo de Vaca promedio de 2,5 Mts.
  6. Para evitar el ingreso de agua lluvia a la cámara mortuoria se diseñaran canaletas laterales, y se mantendrá la cámara con un sobre nivel de 50 Cm., sobre l nivel de terreno aledaño y la pendiente adecuada.
  7. por todo el borde de las fosas, se contemplan la colocación de un cerco con porte de pino Impregnado y malla gallinero enterrada, que permitirá el ingreso de animales de mayor tamaño que puedan remover o escarbar la superficie que cobre la cámara. Del mismo modo se establecerán control de vectores para el área designada.
 
1.8.4.- GENERACIÓN DE RUIDOS
 
Todos los puestos de trabajo evaluados, se encuentran por debajo de lo que el Decreto Supremo 594 plantea como un nivel de presión sonora máximo ( 85 dB(A) lento), bajo el cual existe la razonable seguridad de que los trabajadores no sufran una enfermedad profesional, en el desarrollo de sus actividades durante toda su vida laboral (Anexo C).
Existen lugares de baja emisión sonora, contaminados por fuentes ajenas a la misma.
En la etapa de operación de la Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda., no se producirán emisiones de ruidos por sobre los mínimos requeridos para el área.
Como información anexa se entrega el estudio de ruido ambiente en el sector de emplazamiento de la Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda. (Anexo C)
 
En cuanto al cumplimiento del D.S. N° 594 / 99 del Ministerio de Salud acerca de los niveles máximos permisibles de exposición laboral al ruido, la protección de los trabajadores para efectos del cumplimiento de esta normativa, está asegurada por las exigencias del Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad de la empresa y sus modificaciones.
 
Para dar cumplimiento al decreto antes citado se adjunta la descripción del equipo compresor, el tipo de ruido (según lo establecido en el D.S Nº 594/99 del MINSAL y su modificación) y el nivel de presión sonora (NPS) medido de acuerdo al tipo de ruido .
 

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

  2.1.- Constitución y funcionamiento del Comité Revisor

 En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plantel Lechero Agrícola Ancali Ltda.”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA VIII, Región del Bio-Bio, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

·         (VIII) Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio

·         (VIII) Dirección Regional de Vialidad, Región del Bio-Bio

·         (VIII) Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio

·         (VIII) Corporación Nacional Forestal

·         (VIII) Ilustre Municipalidad de Los Angeles

·         (VIII) SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio

·         (VIII) SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio

·         (VIII) SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Bio-Bio

·         (VIII) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Bio-Bio

·         (VIII) SEREMI MOP, Región del Bio Bio

·         (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios

 Se pronunciaron CONFORME respecto de la evaluación ambiental del proyecto:

·         Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio

·         Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio

·         SEREMI de Vivienda y Urbanismo

·         SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio

·         Superintendencia de Servicios Sanitarios

·         Corporación Nacional Forestal

·         SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio

 No se pronunciaron:

·         Ilustre Municipalidad de Los Angeles

·         Dirección Regional de Vialidad, Región del Bio-Bio

·         SEREMI MOP, Región del Bio Bio

 

2.2.- Síntesis Cronológica de las etapa de la evaluación de impacto ambiental

 

Presentación de la DIA, Agrícola Ancali Limitada el 15/06/2006, Carta presentación e la DIA, Agrícola Ancali Ltda., el 15/06/2006, Test de admisión de la DIA publicada por CONAMA Región del Biobío el 22/06/2006, Of. N° 407 Solicitud de evaluación de la DIA, publicado por la CONAMA VIII Región del Biobío el 23/06/2006, Carta 416 invita a reunión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 23/06/2006, Of. 181 Pronunciamiento con observaciones a la DIA publicada por la SEREMI de Agricultura el 07/07/2006, Of. 1073 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Corporación Nacional Forestal el 10/07/2006, Of pronunciamiento con observaciones a la DIA publicado por la Dirección Regional de Vialidad el 11/07/2006, Of. 1596 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Dirección Regional de Aguas el 11/07/2006, Of. 79 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles el 13/07/2006, Of. 1554 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la SEREMI de Salud el 13/07/2006, Of. 924 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios el 14/07/2006, Of. 26 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Dirección Regional del SSAG el 17/07/2006, Of. 536 pronunciamiento Conforme sobre la DIA, publicado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo el 17/07/2006, Acta de Reunión 01 publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 17/07/2006, visación acta de reunión, publicada por  la Dirección Regional de Aguas el 18/07/2006, visación acta de reunión, publicada por  la Corporación Nacional Forestal el 18/07/2006, carta 545 envío ICSARA 1, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 18/07/2006, ICASARA 1 Publicado por CONAMA VIII Región del Biobío el 18/07/2006, Carta 21 solicitud de suspensión de plazos, publicada por Agrícola Ancali Ltda., el 24/07/2006, Carta 571 resolución de suspensión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío, el 24/07/2006, Res. 240 Suspensión de Plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío, el 25/07/2006, Carta solicitud de extensión de suspensión de plazos, publicada por Agrícola Ancali Ltda., el 30/08/2006, Res. 293 Extensión de suspensión del plazo, publicada por Agrícola Ancali Ltda., el 30/08/2006, Carta 659 resolución extensión de plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 30/08/2006, Carta solicitud de extensión de plazos publicada por Agrícola Ancali Ltda, el 25/09/2006, Res. 330 Extensión suspensión de plazos, publicada por Agrícola Ancali Ltda., el 28/09/2006, Carta 734 Resolución de extensión de plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 28/09/2006, Carta presentación de la Adenda, Publicada por Agrícola Ancali Ltda., Of. 688 Solicitud de evaluación de la Adenda, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 17/10/2006, Of. 318 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la SEREMI de Agricultura el 25/01/2006, Of. 2289 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Dirección Regional de Aguas el 26/10/2006, Of. Pronunciamiento con observaciones sobre Adenda, publicado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles el 27/10/2006, Of. 1346 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios el 30/10/2006, Of. 1757 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Corporación Nacional Forestal el 30/10/2006, Of. 037 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Dirección Regional del SAG el 02/11/2006, Res. 370 Ampliación de Plazos, publicado por CONAMA VIII Región del Biobío el 02/11/2006, Carta 806 Ampliación de Plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 02/11/2006, Of. 2298 pronunciamiento con observaciones sobre Adenda, publicado por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío el 03/11/2006, ICSARA 2, publicado por CONAMA VIII Región del Biobío el 08/11/2006, Carta envío ICSARA, publicado por CONAMA VIII Región del Biobío el 08/11/2006, Carta solicitud de suspensión de plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 10/11/2006, Res. 388 Suspensión de Plazos, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 18/11/2006, Carta 839 Resolución de suspensión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 18/11/2006, Carta 837 invita a reunión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 15/12/2006, Carta 898 invita a reunión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 15/12/2006, Acta de Reunión, publicada por CONAMA VIII Región del Biobío el 09/01/2007, Visación de Acta de Reunión, publicada por la SISS el 10/01/2007, Visación de Acta de Reunión, publicada por DGA el 11/01/2007, Visación de Acta de Reunión, publicada por CONAF el 11/01/2007, Adenda, publicada por Agrícola Ancali Limitada el 15/01/2007, Carta presentación Adenda, publicada por Agrícola Ancali Limitada el 15/01/2007, Visación Acta de Reunión, publicada por la Dirección Regional del SAG el 17/01/2007, Visación Acta de Reunión, publicada por la SEREMI de Salud el 18/01/2007, Of. 029 Solicitud de evaluación de la Adenda, publicada por la CONAMA VIII Región del Biobío el 19/01/2007, Of. 96 pronunciamiento Conforme con Adenda 2, publicado por la Dirección General de Aguas el 23/01/2007, Of. 147 pronunciamiento Conforme sobre Adenda 2, publicado por Corporación Nacional Forestal el 23/01/2007, Of. 96 pronunciamiento conforme sobre Adenda 2, publicado por la SISS el 23/01/2007,

 

 

2.3.- Referencia de los informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del proyecto.

 

a)      Con relación a la DIA del proyecto

Of. 181 Pronunciamiento con observaciones a la DIA publicada por la SEREMI de Agricultura el 07/07/2006, Of. 1073 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Corporación Nacional Forestal el 10/07/2006, Of pronunciamiento con observaciones a la DIA publicado por la Dirección Regional de Vialidad el 11/07/2006, Of. 1596 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Dirección Regional de Aguas el 11/07/2006, Of. 79 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles el 13/07/2006, Of. 1554 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la SEREMI de Salud el 13/07/2006, Of. 924 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios el 14/07/2006, Of. 26 pronunciamiento con observaciones a la DIA, publicado por la Dirección Regional del SSAG el 17/07/2006, Of. 536 pronunciamiento Conforme sobre la DIA, publicado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo el 17/07/2006.

 

b)     Con relación a la Adenda 1 del proyecto

Of. 318 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la SEREMI de Agricultura el 25/01/2006, Of. 2289 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Dirección Regional de Aguas el 26/10/2006, Of. Pronunciamiento con observaciones sobre Adenda, publicado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles el 27/10/2006, Of. 1346 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios el 30/10/2006, Of. 1757 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Corporación Nacional Forestal el 30/10/2006, Of. 037 pronunciamiento con observaciones sobre adenda, publicado por la Dirección Regional del SAG el 02/11/2006, Res. 370 Ampliación de Plazos, publicado por CONAMA VIII Región del Biobío el 02/11/2006

 

c)      Con relación a la Adenda 2 del proyecto.

 

Of. 96 pronunciamiento Conforme con Adenda 2, publicado por la Dirección General de Aguas el 23/01/2007, donde se condicionó la aprobación del proyecto a lo siguiente:

 

Es necesario recalcular el volumen de riles que es necesario acumular en el período Mayo-Agosto, por cuanto se considera insuficiente el volumen a embalsar, dado que en el cálculo realizado se asume que sólo el volumen aplicado mediante aspersión es evaporado, sin considerar que en días de lluvia parte del agua caída también se evapora. En relación con lo anterior es necesario analizar estadísticamente los registros de lluvia diaria de los meses de Mayo a Agosto y  determinar en cada uno de los meses la cantidad de días sin lluvia y a partir de dicha información realizar los cálculos de volumen de riles que es necesario acumular.

No obstante el Titular deberá asegurar durante toda la vida útil del proyecto un volumen de acumulación de al menos 40.200 m3, tal y como se propuso en el proyecto.

 

Of. 147 pronunciamiento Conforme sobre Adenda 2, publicado por Corporación Nacional Forestal el 23/01/2007, Of. 96 pronunciamiento conforme sobre Adenda 2, publicado por la SISS el 23/01/2007,

Of. Pronunciamiento conforme, publicado por la Dirección Regional del SAG el 24/01/2007, donde se informa lo siguiente:

1. Durante la época invernal, la empresa deberá llevar un registro de las condiciones de humedad del suelo a objeto de verificar que éste no se encuentre saturado y se riegue a capacidad de campo. Dicho registro deberá estar disponible en la planta a objeto de facilitar la fiscalización del SAG – Sector Los Angeles.

2. Respecto a las lagunas de almacenamiento de purines, el Titular deberá impermeabilizar todas ellas con polietileno de alta densidad (HDPE o geomembrana) y una capa de arcilla de 10 cm y K=10-7 cm/s, con el fin de asegurar el nulo escurrimiento de purines hacia el nivel freatico  y cursos de agua superficiales.

Of. 122 Pronunciamiento Conforme, Publicado por la SEREMI de Salud el 225/01/2007, donde se informa lo siguiente:

1.- El Titular deberá  implementar un sistema de monitoreo de los purines tratados incluyendo , a lo menos, los siguientes parámetros; Nitrito, nitrato, nitrógeno amoniacal, Nitrógeno total, coliformes fecales, fósforo asimilable, fósforo total, conductividad eléctrica, DBO, pH, Sólidos suspendidos totales, Sólidos Volátiles y Temperatura. La correspondiente información de medición de caudal y parámetros del purín tratado en la laguna de almacenamiento se enviará mensualmente al Comité Técnico. Los análisis serán remitidos a la autoridad por un periodo de dos (02) años. Luego de concluido dicho plazo el comité técnico evaluará la pertinencia de modificar el monitoreo.

 

2.-  Previo a la disposición de los lodos se deberá realizar una caracterización fisico-química y bacteriológica de ellos y tanto su manejo y disposición final  a través del año no deberá constituir un foco de insalubridad, ni provocar efectos en el medio ambiente, ni en la salud de las personas.

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

 
3.1.            Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
 

Decreto Supremo Nº 236, Ministerio de Salud (Pub. D.O. 23/05/1926). Reglamento General de Alcantarillados Particulares.
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
Este reglamento señala que para disponer de las aguas servidas caseras en algún curso o masa de agua, o por incorporación en el subsuelo, es necesario someterlas previamente a un tratamiento de depuración que permita obtener un afluente libre de materia orgánica putrescible. El organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de este Reglamento, es el SEREMI de Salud correspondiente.
Con relación a las aguas servidas, en la etapa de construcción se utilizarán baños químicos, cumpliendo con las normas establecidas en el presente decreto. Las aguas servidas generadas serán tratadas mediante un sistema particular de aguas servidas.
 
Se abastecerá de agua potable a 100 trabajadores, durante la etapa de construcción mediante la habilitación de tres pozos que se ubican dentro de las instalaciones de la empresa, la cual será clorada, de acuerdo a los exigido en la NCh 409/1 Of. 84.
 
Decreto Supremo Nº 594, Ministerio de Salud (Pub. D.O. 29/04/2000). Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
El presente reglamento, establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que debe cumplir todo lugar de trabajo. Los artículos 12 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, la que independiente de su fuente de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, los que están definidos en la Norma Oficial Chilena N° 409/1 Of. 84, sobre requisitos del agua potable.
Por su parte, los artículos 21 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe estar previsto de servicios higiénicos. El artículo 23 señala que en aquellas faenas temporales, donde no sea posible que los servicios higiénicos se instalen a una red de alcantarillado, se pueden utilizar baños químicos, siendo, el transporte, habilitación y limpieza de éstos de responsabilidad del empleador.
La fiscalización de estas normas está entregada al SEREMI de Salud correspondiente.
 
Con relación a las aguas servidas, en la etapa de construcción se utilizarán baños químicos, cumpliendo con las normas establecidas en el presente decreto. Las aguas servidas generadas serán tratadas mediante un sistema particular de aguas servidas.
 
Se abastecerá de agua potable a 100 trabajadores, durante la etapa de construcción mediante la habilitación de tres pozos que se ubican dentro de las instalaciones de la empresa, la cual será clorada, de acuerdo a los exigido en la NCh 409/1 Of. 84.
 
Respecto a los sólidos generados del proceso de producción de leche, serán utilizados para incorporados al suelo.
 
Los residuos sólidos domésticos serán depositados en contenedores y recolectados por el servicio de aseo Municipal.
Decreto Supremo N° 47 del 5 DE JUNIO DE 1992 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones,
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
Establece que el objetivo de mitigar las emisiones de polvo, en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración,...
El Titular dará cumplimiento a esta normativa mediante la implementación de cada una de las exigencias de dicha normativa durante la etapas de construcción y operación del proyecto. Principalmente mediante el riego periódico de los caminos de acceso, cubrir todo el material a transportar y cumpliendo con lo exigido en el Decreto N° 75 de 1987 del MINTRATEL que establece las condiciones para el transporte de carga.
Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, Ministerio de Salud (Pub. D.O. 31/01/1968). Código Sanitario
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
El artículo 73 del Código Sanitario, prohíbe descargar aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señala en los reglamentos.
El organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de estas normas, es el SEREMI de Salud correspondiente.
 
El proyecto contempla generar aguas servidas en todas sus etapas. Durante la construcción, se utilizarán baños químicos, los cuales contarán con servicio de aseo y mantención cumpliendo con las normas establecidas en el Decreto Supremo Nº 594, que contiene el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
 
En la etapa de operación las aguas servidas domésticas serán enviadas a un sistema de tratamiento de aguas servidas y otro que se encuentra en tramite, por lo tanto la empresa contará con un sistema particular de tratamiento de aguas servidas independiente al sistema de tratamiento de los riles.
Decreto Supremo Nº 144, Ministerio de Salud (Pub. D.O. 02/01/1961). Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
El presente decreto establece en su artículo 1º que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.
El organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de este Decreto, es el SEREMI de Salud correspondiente.
 
Durante la etapa de construcción del proyecto, se generará polvo derivado del movimiento de tierra, de la acumulación y transporte de materiales y del tránsito de vehículos. Las medidas de control consisten en el riego periódico de los caminos interiores y la humectación de lugares de acopio de materiales o la cubierta de éstos. A su vez, el transporte de carga se realizará utilizando camiones cubiertos con carpas, cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 75, del MINTRATEL, que establece condiciones para el transporte de carga.
Respecto de los Olores generados por el manejo y disposición de los lodos y purines de los animales, dado que el Titular contará con una planta de tratamiento de purines y lodos.
Decreto Supremo N° 146/1998 Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad. Su artículo 4º, fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. Estos niveles se diferencian según la zona en que se encuentre el receptor y el horario en que se emiten los ruidos. En las zonas rurales, los niveles de presión sonora corregidos no pueden superar el ruido de fondo, en 10 dB (A) o más.
El cumplimiento de la presente norma, es fiscalizada por el SEREMI de Salud correspondiente
El Titular acredita el cumplimiento de esta normativa, dado que las actividades que falta por desarrollar por la empresa Ancali se realizarán dentro del predio, alejado de la población. El receptor mas cercano se ubica a 500 m.
 
Transporte de Material D.S. N°735/69: Reglamento de Agua para Consumo Humano del MINSAL.
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
Reglamento de Agua Potable para el consumo humano
El titular del proyecto se compromete a presentar ante la autoridad sanitaria proyecto de agua potable tanto para los trabajadores (área de baños y comedores), como para la vivienda de uno de ellos, para la autorización respectiva. Además de dispensadores de agua en los lugares alejados.
DL 701 sobre Fomento Forestal y el D. S. 366/44, 
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
regula la corta y explotación de especies forestales.
 
El proyecto implica la corta de bosque nativo, más específicamente parte de un rodal de Quillay (Quillaja saponaria), el titular entregó los antecedentes que permiten acreditar el cumplimiento de la presente normativa.
Los antecedentes presentados en el Anexo 3 "Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles", de la Adenda, indican la reforestación de 5,82 ha con la especie Quillay (Quillaja saponaria), a una densidad de 220 pl/ha. Con lo que no se da cumplimiento al REGLAMENTO TECNICO DEL DECRETO LEY Nº 701, el que en su Art. 23,señala que, la reforestación debe contemplar una densidad mínima de 3000 pl/ha. Sin embargo esta Corporación atendiendo a la factibilidad técnica de obtener la supervivencia de la especie, puede aprobar o rechazar alternativas diferentes contempladas en la ley, considerando adecuada una densidad mínima de 1100 pl/ha.
 
Transporte de Material D.S. N°75/87: MINTRATEL. D.O. 07.07.87
Componente Ambiental Regulado
Acción de Cumplimiento
Reglamento que regula el transporte de escombros u otro material que pudiera producir polvo, indicando que debe ser cubierto mediante lona.
 
Como se mencionó en la declaración y adendas, el transportes tanto de insumos como alimento, etc., que sea necesario transportar para el óptimo funcionamiento del proyecto, se hará conforme lo dicte el presente decreto, en cuanto a utilizar camiones herméticos y previendo posibles rupturas y/o derrames de material.

3.2.            Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.
De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, en su Adenda y a lo expuesto en los informes emanados por parte de los Órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, es posible señalar, que el proyecto no generará o presentará los efectos, características o circunstancias contemplados en el Artículo 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. 95/01), dadas las siguientes consideraciones:
3.2.1.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que el proyecto genera o produce, es posible indicar que atendiendo a los antecedentes presentados por el Titular, particularmente referido al tratamiento de las aguas servidas y los residuos líquidos generados del funcionamiento del plantel lechero, y dado que la población más cercana se encuentra en sentido contrario a los vientos predominantes, y por otro, dado que tanto los residuos sólidos como purines serán dispuestos en el suelo a través de un sistema cuya eficiencia de aplicación es superior al 70% ( Riego por Aspersión), esta Comisión estima que el proyecto no generará efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no le resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley 19.300. 
3.2.2.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que atendiendo a las características y antecedentes proporcionados por el Titular del proyecto, y considerando que los efluentes líquidos ( agua proveniente del lavado de las instalaciones donde se alojan los animales y de las salas de ordeña) serán tratados mediante lagunas aireadas, y dado que el efluente con que se regará los cultivos propuestos cumplirá con los niveles comprometidos en la tabla N° 1 del presente informe, y en virtud de la calidad de los suelos, donde se entregaron los respectivos balances de nutrientes a objeto de demostrar que los nutrientes se encuentran en niveles óptimos, que no generará fitotoxicidad o exceso de ellos, y dado que las lagunas de acumulación de purines se encuentran selladas, y finalmente, por que no se contempla descarga a cursos de agua superficiales ni subterráneos, proponiendo el Titular monitoreos a estos recursos, esta Comisión estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resultan aplicables las letras “a” a la “p” del Art. 6º del RSEIA. 
3.2.3.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300, reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible señalar que, atendiendo a la naturaleza y características propias del proyecto, no implicará cambios en las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socio-económica y de bienestar social básico, por tratarse de un proyecto localizado en un sector rural alejado de comunidades, por lo que esta Comisión estima que no le resultan aplicables las letras “a” a la “e” del Art. 8 del RSEIA.
 
3.2.4.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra d) del artículo 11 de la Ley 19.300, localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible señalar que atendiendo a las características operativas del proyecto (un plantel lechero ubicado en la localidad de San Carlos de Puren, Los Angeles), éste no implicará efectos negativos a este respecto.
 
3.2.5.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que por las características del lugar de localización (sin valor turístico) y por la naturaleza y características propias del proyecto, de acuerdo a lo estimado en los antecedentes de la DIA y su Adenda, y por tratarse de un Plantel Lechero, ubicado en una zona rural, el cual contempla un sistema de tratamiento para su residuos sólidos y líquidos y cortinas vegetales que mejorarán el aspecto visual al proyecto, esta Comisión estima que no se alterará significativamente, en términos de magnitud o duración el valor paisajístico o turístico de las zonas asociadas a la ejecución del proyecto.
3.2.6.- En relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300, debe indicarse que el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural pues en el lugar en que este proyecto se ejecutará estos bienes no existen.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

PERMISO AMBIENTAL SECTORIAL
ANTECEDENTES PARA SU CUMPLIMIENTO
Articulo 90 del D.S N° 95/01 del MINSEGPRES, sobre el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el Art. 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario
En Anexo 4 se adjuntan certificados de caracterización de lodos en las unidades solicitadas. Una vez iniciada la plena operación de las piscinas, y al final de la temporada invernal se retiren los lodos, se informará oportunamente a la autoridad sanitaria la cantidad de lodo que se retire de cada una de ellas. Por lo tanto no habrá acumulación transitoria, sino que se aplicarán dentro de las primeras 48 horas de extraido. En caso de presentarse una lluvia inesperada en verano, el carro estiercolero puede almacenar una cantidad equivalente a X días de generación de éste. La fase sólida separada de los purines (guano), será aplicada directamente a potrero o bien usada en las camas de las vacas. En caso de no aplicación inmediata, se almacenará en galpón techado, según lo indicado en Adenda 1. En virtud de lo anterior la SEREMI de Salud ha informado que se acredita el cumplimiento del permiso ambiental.
Art. N° 91 del D.S. N°95/01 del MINSEGPRES, sobre el tratamiento y disposición final de aguas servidas de cualquier naturaleza a que se refiere el Art. 71 letra b) del D.F.L N° 725/67 del Código Sanitario.
Los requisitos y antecedentes que permiten acreditar su cumplimiento se encuentran la Adenda 1 Por otro lado la SEREMI de Salud en Of. 122 del 25/01/2007 ha informado que el Titular acredita su cumplimiento.
Artículo 93 del D.S N° 95/01 del MINSEGPRES sobre el Tratamiento de Basuras y Desperdicios de cualquier clase; o para todo lugar destinado a la acumulación, selección, comercio o disposición final y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los Art. 79 y 80 del D.F.L. N° 725/67 del Código Sanitario.
De acuerdo a lo informado por la SEREMI de Salud, el Titular ha entregado los antecedentes para cumplir con dicho permiso.
Art. N° 94 del D.S. N°95/01 del MINSEGPRES, sobre permiso ambiental referido a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el art. 4.14.2 del D.S. N° 47/92 del MINVU.
De acuerdo a lo informado por la SEREMI de Salud, el Titular cumple con los antecedentes relativos a este PAS y su calificación como actividad económica, de acuerdo a los Art. 4.14.1 y 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, otorgándose el permiso.
Art. N° 102 del D.S. N° 95/01 del MINSEGPRES En el permiso para la corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el articulo 21 D.L. N° 701 de 1974, sobre Fomento Forestal.
Los antecedentes del plan de manejo de corta y reforestación se presentaron en anexo 3 de la Adenda 2. A lo anterior CONAF ha informado conformidad respecto al permiso.

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

El Titular se compromete voluntariamente a cumplir con los siguientes compromisos ambientales:
 
5.1.- La empresa se compromete a monitorear en el transcurso del tiempo pozos de observación, considerando los parámetros contemplados en la norma NCh 1333, y complementados con el contenido de Fosfatos, Nitratos, pH, Sólidos disueltos y Temperatura con una frecuencia semestral. Se monitoreará la calidad del agua durante los meses de la temporada normal             de riego (Septiembre-Abril) en los pozos de observación signados con los números             4, 6, 7 y 8, en los cuales la profundidad de la napa varía entre 0,2 y 0,5 m,             medidos en Agosto de este año. Los antecedentes de dichos monitoreos serán enviados a CONAMA con copia a la Dirección General de Aguas, SEREMI de Salud y Servicio Agrícola y Ganadero.
 
5.2.- En el mes de septiembre se tomarán muestras de suelo de los potreros donde se aplicará el purín. Se medirá N, P y K y contenido de humedad. Los antecedentes serán remitidos al Servicio Agrícola y ganadero con copia a CONAMA Regional.

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

6.1.- La empresa considerará la habilitación de una cortina vegetal, mediante la implementación de 3 estratos de altura distintos en torno a las lagunas, a fin de aprovechar el flujo laminar de los vientos para generar un efecto de "chimenea”. De acuerdo a lo propuesto en anexo 3 de la Adenda1 se prevé que dichas cortinas intercepten el material particulado, recirculen los vientos, aporten estéticamente a la zona de emplazamiento del proyecto y minimicen los olores que se pudiesen generar en torno a las zonas de acumulación de purines. Las especies vegetales a implementar deberán ser combinadas y de distinta altura, para que cumpla con los objetivos antes señalados. La cortina deberá estar habilitada una vez construida la última piscina de acumulación de purines, y los antecedentes deberán remitirse a la CONAMA con copia a CONAF, SAG y Seremi de Salud Biobío.
 
6.2.-El Titular deberá implementar un sistema de monitoreo de los purines tratados (efluente) incluyendo , a lo menos, los siguientes parámetros; Nitrito, nitrato, nitrógeno amoniacal, Nitrógeno total, coliformes fecales, fósforo asimilable, fósforo total, conductividad eléctrica, DBO, pH, Sólidos suspendidos totales, Sólidos Volátiles y Temperatura. La correspondiente información de medición de caudal y parámetros del purín tratado en la laguna de almacenamiento se enviará mensualmente al Comité Técnico. Los análisis serán remitidos a la autoridad por un periodo de dos (02) años. Luego de concluido dicho plazo el comité técnico evaluará la pertinencia de modificar dicho monitoreo.
6.3.- El Titular deberá entregar una caracterización del lodo que será dispuesto en el suelo, previo a su aplicación, incluyendo parámetros como N, P, K, Coliformes fecales, DBO. Los resultados deberán enviarse a la Autoridad Sanitaria con copia a CONAMA Biobío.
Por otro lado deberá considera su Incorporación inmediata en terreno (dentro de las primeras 48 horas de extraído del sistema de tratamiento. En caso contrario, se deberán acopiar en un lugar adecuado (en contenedores, los cuales deberán ser dispuestos en lugares techados, con piso de hormigón y con sistema de canalización de lixiviados), para ser enviados a deposito sanitario autorizado.
 
En eventos de lluvia excesiva, en que no sea posible el manejo e incorporación de estos lodos, no se podrán disponer en terreno, y deberán acopiarse en un lugar adecuado (en contenedores, los cuales deberán ser dispuestos en lugares techados, con piso de hormigón y con sistema de canalización de lixiviados), para ser enviados a deposito sanitario autorizado. 
 
6.4.- El Titular deberá regar los cultivos propuestos, cumpliendo con la calidad del efluente comprometida en la tabla N° 1 del presente informe; en este sentido, sólo se podrá regar cuando el purín tratado presente la siguiente caracterización: 2.200 mg/l de DBO, ,600 mg/l de Nitrógeno Total, y 25 mg/l de Fósforo Total . En caso que se detecten rangos de salida por sobre los niveles comprometidos, el Titular deberá disminuir la carga animal que ingresa al plantel, hasta que dichos niveles se encuentren en los márgenes comprometidos.
 
6.5.- Respecto a las lagunas de almacenamiento de purines, el Titular deberá impermeabilizar todas ellas con polietileno de alta densidad (HDPE o geomembrana) y una capa de arcilla de 10 cm de espesor y K=10-7 cm/s, con el fin de asegurar el nulo escurrimiento de purines hacia el nivel freático y cursos de agua superficiales
 
6.6.- El 100% de los efluentes de los planteles deberán pasar por el sistema de tratamiento, por lo tanto, se debe excluir todo tipo de by-pass para evitar que se dispongan los RILes sin tratar directamente a terreno y/o a curso de agua superficial.
 
6.7.- El Titular se compromete a disponer en terreno los efluentes líquidos tratados en forma controlada y uniforme, evitando aposamientos y anegamientos del terreno. De esta forma se implementará un sistema de riego que garantice una eficiencia no inferior al 70%. (ejemplo: Aspersión) en lo que respecta a maíz y praderas.
 
6.8.- Durante la época invernal, la empresa deberá llevar un registro de las condiciones de humedad del suelo a objeto de verificar que éste no se encuentre saturado y se riegue a capacidad de campo. Dicho registro deberá estar disponible en la planta a objeto de facilitar la fiscalización de los Organismos Competentes.
 
 
 
 
 


Firmas Electrónicas:

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