Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos - Sector Isla Navarino"
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
Identificación de La Modificación de Plan Regulador Comunal Propuesto La propuesta que se presenta en esta Declaración de Impacto Ambiental (DIA) corresponde a la "Modificación del Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos" (en adelante PRCCH) cuyo Titular es la I. Municipalidad de Cabo de Hornos, XII Región. Esta propuesta de Modificación del Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos abarca el área territorial de la Comuna de Cabo de Hornos y establece cuatro niveles de aproximación del territorio comunal, que son las siguientes: Estos niveles de aproximación fueron definidos con el objeto de poder identificar, de modo Nivel Comunal Un primer nivel de aproximación, el de Macro Zonas para la totalidad de la comuna, identifica y delimita el ámbito operativo y normativo del Instrumento (Ver Plano PRCCH -01). En este sentido se definieron tres tipos de zonas predominantes; Macro Zona Rural; Que corresponde a las áreas rurales del territorio comunal, incluido el insular a excepción de la Isla Navarino. El Plan no establece normas sobre este territorio. Macro Zona Rural del Sistema de Áreas Silvestres Protegidas: Que corresponden al territorio rural en que se encuentran los Parques Nacionales existentes en la comuna (Cabo de Hornos y Alberto de Agostini) y que son regulados y administrados por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). Macro Zona de Planificación Territorial; correspondiente al territorio de la Isla Navarino y al que se pretende regular mediante el Instrumento de Planificación aquí evaluado. En la definición de estas zonas se ha tenido en cuenta la zonificación propuesta por la ONG OMORA que define para el territorio Zonas de Transición, Zonas Núcleo y Zonas Tampón, las que se incorporan y describen en el capítulo 2 de la presente Declaración de impacto Ambiental. Nivel Isla Navarino Un segundo nivel de aproximación corresponde a la Isla Navarino, área para la que se aplica la regulación, en el cual se tienen dos tipos de zonas: Zona de Regulación Interurbana asociada al Borde Costero Norte, área en que concentra la presencia de los Centros Poblados existentes, y que constituye la porción de territorio en que se encuentran la mayor cantidad de áreas prioritarias para el desarrollo socioeconómico de la Isla.Zona de Regulación Indicativa asociada principalmente a las áreas rurales de valor natural, y que conforman el resto del territorio excluyendo el frente costero norte. Esta zona se encuentra a su vez dividida en doce áreas, las que caracterizadas de modo indicativo, definen unas condiciones y características en virtud de las potencialidades de las mismas. El detalle de las áreas que la componen se indica en el capítulo 2 de la presente Declaración de Impacto Ambiental. Nivel Frente Costero Norte Un tercer nivel centrado en el Frente Costero Norte del área de estudio, definido como la Zona de Regulación Interurbana; será materia de operación del Instrumento de Planificación mediante su Ordenanza. En este nivel de aproximación los parámetros y criterios considerados se concentraron en las condiciones bajo las cuales se producirá la ocupación del territorio para lo que se consideró variables principalmente físicas, criterios de desarrollo y de distribución de las diferentes actividades en el área. A partir de lo anterior se obtiene un plano en el que se definen Sub Zonas en su interior y los distintos tipos de usos y desarrollos esperados para ellas (Ver Plano PRCCH - 03). De este modo, la zonificación del Frente Costero Norte se configuró a partir de Zonas Urbanas distribuidas en el Borde Costero Norte que adquieren un carácter de desarrollos urbanos focalizados, separados entre si por unas Zonas Interurbanas, definidas principalmente como Zonas de Desarrollo Condicionado y de Protección o Preservación de los atributos naturales señalados en el diagnóstico. Es importante mencionar que para confeccionar la subdivisión en este nivel, junto con cotejar las distintas condiciones naturales que caracterizan a cada una de las zonas individualizadas, fueron considerados los criterios de Evaluación Ambiental Estratégica considerando que la autoridad y población local ha orientado hasta la fecha, la distribución de las distintas actividades que se desarrollan actualmente en el área. Nivel Centros Poblados Finalmente, un cuarto nivel de aproximación que se centra sobre los Centros Poblados existentes y propuestos cuyo objetivo consistió en la definición de sus Áreas Urbanas, Áreas de Expansión Urbana, y de la zonificación de las áreas que la componen en su interior. El producto es un Plano (Ver Plano PRCCH - 04) que junto con definir los límites de las nuevas áreas urbanas, precisa su zonificación interior y una vialidad estructurante organizada en función de la vocación atribuida a cada centro poblado. Particularmente para el Área Urbana existente de Puerto Williams, el producto asociado en este nivel de aproximación se centra específicamente en la re definición de su Área de Expansión Urbana. El diseño de la propuesta de PRCCB consideró la incorporación de la variable ambiental con el fin de garantizar su sustentabilidad ambiental, para lo cual se generaron antecedentes técnicos del área bajo planificación que permitieron identificar un importante diagnóstico ambiental y territorial del área de estudio, así como también zonas de riesgo natural. Junto con lo anterior, han sido ampliamente discutidas las distintas perspectivas de la comunidad y de las autoridades locales en relación a esta propuesta de PRCCB en ciclos de participación ciudadana, los que han complementado la presente propuesta para el área de la Isla Navarino. Descripción de Normas de Planificación Territorial Vigentes En el área materia de estudio, se encuentra vigente el Plan Regulador Comunal de Puerto Williams (D.O 10 de diciembre 1987) y en proceso de aprobación el Plan Regional de Desarrollo Urbano (aprobado ambientalmente). El plan sometido aquí a evaluación no señala nuevas directrices normativas sobre el área urbana ya definida por el Plan Regulador Comunal de Puerto Williams, sólo agrega nuevas áreas de expansión urbanas, no contenidas en el instrumento de 1987, razón por la que no se caracterizarán las zonas al interior del instrumento de planificación antes mencionado. Descripción de la Zonificación y Normas de la Propuesta de Modificación del Plan Regulador Comunal Cabo de HornosComo ya se mencionó anteriormente, la zonificación se ha estructurado en cuatro niveles de aproximación, esto es, Macrozonas para la totalidad de la comuna, una macrozonificación general de la Isla Navarino, un nivel centrado en el Frente costero Norte y finalmente una individualización de los centros poblados, los que se describen a continuación. 1. Macrozonas de la Comuna de Cabo de Hornos Las Zonas que componen la Macro Zonificación general de la comuna se distinguen en función de tres tipologías, que se detallan en la Memoria explicativa y en el Plano PRCCH - 01 y se resumen a continuación; * Macro Zona Rural del Sistema de Áreas Protegidas por el Estado, (SNASPE) Corresponden al territorio rural en que se encuentran los Parques Nacionales existentes en la comuna, y que corresponden al Parque Nacional Cabo de Hornos y, en su parte incluida por el límite comunal, al Parque Nacional Alberto de Agostini. Estas áreas son reguladas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). * Macro Zona Rural
Macrozonificación General Isla Navarino Esta escala de trabajo o nivel de aproximación se subdivide a su vez en dos macro áreas: el borde costero norte, que estará sujeto a disposiciones normativas de carácter intercomunal, y todo el resto de la isla, sujeto a recomendaciones de tipo indicativo. En esta sección se describen las condiciones indicativas propuestas por el Plan, así como el procedimiento metodológico y los criterios considerados para su determinación. Aún siendo de carácter indicativo, la zonificación propuesta es orientadora respecto del uso potencial de gran parte del territorio de la isla, sobre la base de un análisis de sus atributos ambientales y territoriales, y su contraste con las expectativas de desarrollo previstas para la Isla. A partir de la definición de zonas homogéneas se incorporan propuestas de uso del territorio que surgen de instancias de participación ciudadana, panel de expertos y la integración multidisciplinaria del equipo de trabajo responsable del Plan, con el fin de definir una zonificación funcional del territorio. Esta zonificación funcional del territorio ha considerado como criterios fundamentales la protección de los recursos naturales y un enfoque desarrollista o de interés por el uso de algunas áreas que poseen un atributo ambiental o territorial susceptible a ser explotado en forma sustentable. En virtud de lo anterior, se definieron 3 tipos de macro áreas, las que se describen a continuación:
Descripción de los Sistemas y Zonificación Asociada
AIBC – 01: Area interés Borde Costero – Canal Murray Esta zona se desarrolla en el borde costero de la isla frente al Canal Murray y la isla Button desde la línea de altas mareas hasta los 250 m.s.n.m. Comprende una formación boscosa de coigüe de Magallanes y Lenga, sin embargo, de acuerdo a la información proporcionada por los antecedentes del Proyecto "Ecoturismo en la Provincia Antártica: Una Oportunidad para el Desarrollo Sustentable en Cabo de Hornos" ésta se encuentra deteriorada e intervenida por el hombre. En esta zona existen atributos turísticos ligados a la presencia de Bahía Inútil y Caleta Wulaia. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades
AIBC – 02: Area interés Borde Costero – Bahía Douglas Esta zona se desarrolla en el borde costero de la isla en su sector poniente y limita hacia el norte con la zona AIBC – 01 donde el Monte King Scott se convierte en la barrera natural entre ambas zonas. Comprende desde la línea de altas mareas hasta los 250 m.s.n.m y si bien abarca el mismo tipo de bosque que la zona AIBC – 01, este se encuentra en mejor estado de conservación ya que los niveles de intervención humana casi no existen. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades
En vista de lo anteriormente expuesto, se identifican dos áreas dentro de este sistema siendo las diferencias entre uno y otra el estado de conservación de la vegetación existente y sus condiciones de acceso. Sistema Pilushejan Este sistema esta representado por la APVI APVI: Area de Protección del Valle Interior Sistema Pilushejan Esta área se ubica en el interior de la isla asociada al Sistema del río y lago Pilushejan con orientación norte – sur. La zona queda comprendida en un extenso valle del río hasta los 250 msnm hacia ambas laderas. En términos de formaciones vegetales existentes, está constituida mayoritariamente por bosque de coigüe y zonas menores de tundra y desierto andino. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades
Sistema Douglas Grandi Este sistema forma parte de la zona de interés para conservar la biodiversidad y está representado por la APSDG APSDG: Area de protección Sistema Douglas Grandi Esta área se ubica en el sector sur de la isla en torno al Seno Grandi incluyendo dentro de ella a Península Señoret, Isla Isabel, Isla Bertrand y una serie de Islotes menores, cuya disposición morfológica resguarda la costa del Seno Grandi. Este sistema se orienta en sentido oriente poniente ya que comprende desde el fondo de Bahía Douglas hasta el Río Viento Blanco. Hacia el norte la zona queda confinada por el límite sur del lago Pilushejan cuya desembocadura se ha incorporado a esta zona. Parte importante del interés de esta zona radica en sus atributos como fondeadero para las embarcaciones en el Seno Grandi y en la belleza de este último lo cual fomenta una breve estadía de las embarcaciones en el lugar. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades:
Sistema Windhond El Sistema Windhond comprende la zona sur de la isla en torno a Bahía Windhond. Dada su exposición al sur a los vientos polares, esta zona tiene características bastante particulares en cuanto a su vegetación, fauna, características climáticas, condiciones de habitabilidad, etc. Se caracteriza por ser una zona inhóspita, no tiene accesibilidad vía terrestre, la vegetación corresponde a la tundra magallánica y el Cordón montañoso de Navarino que morfológicamente constituye un muro que aísla dicha zona de los centros poblados que se encuentran en el borde costero norte. Cómo esquema de zonificación del Sistema Windhond se han identificado dos anillos en torno a un núcleo constituido por la Bahía misma: el área APBCW en el borde costero de ésta y un segundo anillo hacia el interior que a su vez se divide en dos áreas: APSW y APVSW. APBCW: Area de Protección Borde Costero Sistema Windhond Esta área se asocia al borde costero inmediato a la bahía, que corresponde a la más grande de la isla y la única que tiene playas de arena. Incluye el Lago Windhond, y pequeñas lagunas asociadas. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades:
APSW: Area de Protección Sistema Windhond Esta zona corresponde a una segunda franja de protección de la bahía. Se desarrolla entre la parte baja inmediata al mar y los 500 m.s.n.m. Hacia el oriente su límite dice relación con la línea divisora de las aguas entre la cuenca de la Bahía y la del Lago Navarino. La formación vegetacional predominante es la tundra. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades:
APVSW: Area de Protección Vegetación Sistema Windhond Al igual que la zona anterior, ésta corresponde a una segunda franja de protección de la bahía. Se desarrolla entre la parte baja inmediata al mar y los 500 m.s.n.m. El APVSW se identifica como zona en la que predomina el bosque de coigüe que se desarrolla entre el Lago Windhond y la montaña. Es un área inhóspita donde la vegetación predominante es la tundra. Por sus características esta área concentra las siguientes potencialidades
Sistema Lago Navarino Este sistema está representado por el AILI. AILI: Area interés Lacustre interior Lago Navarino Al igual que el Valle Pilushejan, el Valle Navarino constituye una de las penetraciones posibles hacia el sur de la isla. Dada su ubicación, dimensiones, presencia y atractivo del lago, surge como un potencial sector de desarrollo ecoturístico en la isla. Considerando además que el Plan propone la consolidación de Caleta Eugenia (poblado al norte de este sector) como un enclave pesquero asociado al turismo y que la futura ruta a Puerto Toro debiera penetrar al interior del territorio puesto que también es objetivo del Plan preservar la zona ZPPN correspondiente al borde costero entre ambos poblados, esta ruta generaría nuevas condiciones de desarrollo y accesibilidad al sector del lago. Esta área se desarrolla sobre los 250 m.s.n.m de ambas laderas del valle y es posible reconocer en ella vegetación del tipo bosque de coigüe. La potencialidad de esta área es la siguiente:
Areas de Transición Se ha denominado como tales a aquellas áreas entre los 250 y 500 m.s.n.m y en las que se observa un cambio en términos de la concentración y formación vegetacional entre el desierto andino y los bosques que se desarrollan en fondos de valles. Se consideran 2 zonas con estas características: el Area de Transición del Valle Interior y Area de Transición del Frente Costero Norte. ATVI: Area de Transición del Valle Interior En esta área la vegetación es mixta, esto es bosque de Lenga y coigüe de Magallanes, con presencia de tundra y desierto andino. Se presenta con mucha fuerza en las laderas del valle Pilushejan y en el entorno de laguna Rojas. Existen también cursos de agua permanente y cuerpos de agua. La topografía promedio tiene pendientes de 15 a 25%. Las potencialidades de esta área corresponden principalmente a:
ATFCN: Area de Transición del Frente Costero Norte Esta zona se desarrolla mayoritariamente en la ladera norte del macizo Navarino en el tramo central de la isla. Presenta pendientes abruptas, cuerpos de agua permanente y bosque nativo de lenga, el cual marca el fin de la masa biótica antes del desierto andino en este tramo. Las pendientes fluctúan entre 35 a 40%. Las potencialidades de esta área corresponden principalmente a:
Areas de Protección del Desierto Andino APDA: Area de Protección del Desierto Andino Esta área se asocia con los macizos montañosos del sector Centro - Norte y Centro - Poniente de la isla. Podemos observar en términos generales que por sobre los 500 msnm disminuye considerablemente la masa biótica y se observa roca y nieve. En esta área se encuentra el macizo "Dientes de Navarino", hito paisajístico singular que se convierte en otro atributo turístico de la zona. Las potencialidades de esta área corresponden principalmente a:
Area de Protección Borde Costero Sur Oriente de la Isla Este sistema está representado por la APESO. APESO: Area de Protección Extremo Sur oriente Esta zona se entiende como un borde homogéneo en sus características que contiene a la isla hacia el sur oriente. Se ubica frente al paso Gore entre la línea de altas mareas al sur oriente, la línea de altas cumbres al poniente y el fin de la tundra hacia el norte. Predomina la Tundra y existe presencia puntual de Bosque Coigüe de Magallanes y desierto andino. En esta zona se da una situación de particular interés en la línea divisoria de las aguas que separa esta zona de la AILI: esto es la vista simultánea del Lago Navarino y del mar del sur (Paso Gore). El río María y algunos montes bajos caracterizan esta zona. Las potencialidades de esta área corresponden principalmente a:
Consideraciones de Tipo Indicativo Aplicables a la Macrozonificación Las condiciones indicativas propuestas por el Plan son orientadoras respecto del uso potencial que pueden tener las áreas de interés, áreas de transición y áreas de protección de los 8 sistemas naturales definidos conforme a sus atributos ambientales y territoriales, y su relación con las expectativas de desarrollo previstas para la Isla. Estas se señalan en la Tabla 2.4. Frente Costero Norte Zona de Regulación Intercomunal (ZORI) La zona asociada al borde costero norte de la isla (ZORI) se desarrolla linealmente a lo largo de ésta desde su extremo poniente hasta el borde nor - oriente de la isla cerca de la localidad de Puerto Toro (Ver Plano PRCCH -01) La zona ZORI comprende una superficie aproximada de 27.152 hectáreas enfrentando 166 km. de costa frente al Canal Beagle lo cual se traduce en un gran potencial de desarrollo turístico y económico para la isla. Por otro lado, en este tramo y a lo largo del único camino existente en la isla se encuentran los centros poblados consolidados y los propuestos por el Plan: Puerto Navarino, Puerto Williams, Caleta Eugenia y Puerto Toro. Dado el carácter interurbano de la zona (y como se expuso anteriormente), en ausencia de un instrumento de planificación territorial de nivel superior, dicha zona tomará atribuciones de un Plan Regulador Intercomunal de manera de poder orientar y normar el desarrollo esperado para este territorio.
Excluyendo los centros poblados de la Zona ZORI, se identifican dos tipos de zonas:
A su vez, en cada una de estas clasificaciones se han distinguido sub - zonas específicas en virtud de sus atributos naturales, límites naturales, la información existente referente a predios ya establecidos, infraestructura vial existente, vocación de uso y desarrollo de cada uno de los sectores como criterios generales.
b.1 Zonas de Desarrollo Condicionado ZODEC – 01: Zona de desarrollo Condicionado de Interés preferentemente turístico y Cultural. La ZODEC - 01 se desarrolla en el borde costero hacia el poniente de Puerto Williams hasta la localidad de Puerto Navarino. Sus límites corresponden a la línea de altas mareas y la Ruta Y-905. Dada la morfología del borde costero caracterizada por la presencia de penínsulas y bahías de gran belleza escénica e interés turístico, se sugiere la ocupación de dichos puntos singulares por equipamiento turístico y cultural, de manera de generar a lo largo del camino una secuencia donde se alternan hitos construidos y tramos de bosque y paisaje en su estado natural. En aquellas bahías donde el ancho entre el camino y el mar sea insuficiente para acoger el equipamiento (menor a 80 mts.), éste podrá ubicarse frente a la bahía en el borde inmediatamente superior al camino, bajo normas de ocupación y preservación muy precisas de la ZPPN – 01.Como ya se ha esbozado, la vocación de uso de esta zona tiende a la consolidación de un área de interés turístico y cultural en virtud de los siguientes atributos:
Los usos de suelo permitidos por esta zonificación corresponden a Equipamiento turístico (hoteles, hosterías y restaurantes), equipamiento educacional (investigación, encuentros científicos y divulgación), actividades complementarias a las anteriores como embarcaderos, circuitos de información turística e infraestructura vial y de áreas verdes. ZODEC – 02: Zona de Desarrollo Condicionado de interés preferentemente Industrial y Pesquero Esta zona se desarrolla hacia el oriente de la ciudad de Puerto Williams hasta la localidad de Caleta Eugenia y comprende desde la línea de altas mareas hasta una línea imaginaria paralela en 200 mts. a la Ruta Y – 905 hacia el sur. Para esta área se propone la instalación de pesqueras y otras industrias y actividades productivas afines, así como también la instalación de equipamiento turístico, educacional y de investigación. ZODEC – 03: Zona de Desarrollo Condicionado de interés preferentemente Cultural Esta zona comprende entre la línea de más altas mareas hasta la ruta Y – 905 entre el parque OMORA. Dado que esta zona ocupa el frente costero de la Zona Tampón de Conservación de la Biósfera, la vocación de uso de esta zona tiende a la consolidación de un área de interés científico y cultural. b.2 Areas Intercomunales Restringidas o Excluidas del Desarrollo Urbano ZPPN: Zona de Preservación del Paisaje Natural La zona de preservación del Paisaje Natural se desarrolla entre la línea de las más altas mareas y los 250 m.s.n.m en el borde Costero nor oriente frente al Paso Picton, entre Caleta Eugenia y Punta Aaron. En esta zona se desarrolla un bosque de Coigüe de Magallanes y Lenga con importante desarrollo y concentración. Por otra parte, es posible observar una pendiente mayor al resto del borde costero de la Zona ZORI y además la presencia de varios cursos de agua no muy distanciados unos de otros. A esta zona es imposible llegar en vehículo puesto que no hay caminos o huellas y tampoco existen registros de senderos peatonales. Esta condición pretende ser conservada por el Plan de manera de proteger eficazmente este recurso vegetal de la isla. ZPPN – 01: Zona de Protección del Paisaje Natural - 01 Esta zona se desarrolla por sobre la zona ZODEC –01 entre el Parque OMORA y sectores aledaños a la localidad de Puerto Navarino, quedando interrumpida en Puerto Mejillones por la Zona Especial de Asentamiento Indígena. Esta zona se eleva hasta los 250 m.s.n.m. que coincide con el término de bosque mixto y el comienzo del bosque de Lenga.Los usos de suelo permitidos tienen que ver con la creación de parques, circuitos turísticos y vivienda rural. Sólo en los puntos especiales antes mencionados sobre la ruta Y – 905 se permitirá el emplazamiento específico de equipamiento turístico. ZPPN – 02: Zona de Protección del Paisaje Natural - 02 Esta zona se desarrolla por sobre la ciudad de Puerto Williams y la ZODEC –02 entre el Parque OMORA y la localidad de Caleta Eugenia, penetrando en su extremo oriente hacia el interior del territorio de manera de incorporar la cuenca de laguna Rojas a dicha zona. La ZPPN – 02 se eleva hasta los 250 m.s.n.m. coincidiendo al igual que en el caso de la ZPPN - 01 con el término de bosque mixto y el comienzo del bosque de Lenga. Esta formación boscosa que caracteriza en forma constante todo el borde norte de la isla, es protegida por el Plan de manera de consolidarla en el tiempo como un manto verde que otorgue unidad al desarrollo de las ZODEC a lo largo del borde costero e identificarla como un elemento natural reconocible a escala de la isla desde una aproximación marítima a ésta. Las normas dispuestas para esta zona son más restrictivas que en la zona ZPPN - 01 en lo que se refiere a subdivisión predial, dado que al situarse sobre la zona de desarrollo preferentemente industrial, se busca mitigar el posible impacto producido por las industrias. Al igual que en la ZPPN – 01, los usos de suelo permitidos se identifican con la creación de parques, circuitos turísticos y vivienda rural. ZPPN – 03: Zona de Protección del Paisaje Natural - 03 Esta zona se desarrolla sobre la ZODEC –03 y bajo la ZTCB elevándose hasta los 250 m.s.n.m. Las normas dispuestas para esta zona son más restrictivas que para las otras zonas de Protección del Paisaje Natural por quedar virtualmente contenida por el polígono de la Zona Tampón de Conservación de la Biósfera. ZNCB: Zona Núcleo Conservación de la BiósferaEsta zona se ubica al poniente de la ciudad de Puerto Williams y corresponde a la cuenca del Río Róbalo, la cual posee una importante riqueza y ecosistemas asociados a ella, además de ser la única fuente de agua de la ciudad de Puerto Williams. Comprende la cuenca del Río Róbalo desde Ensenada Villarino en el Borde Costero hasta la línea divisoria de las aguas de los dientes de Navarino. ZTCB: Zona Tampón Conservación de la Biósfera Esta zona se ubica en el borde norte de la isla al extremo poniente de Pto. Williams en el mismo sector que el Parque OMORA. Corresponde a una zona tampón o buffer de la Reserva de Conservación de la Biósfera. La definición de esta zona dice relación con la protección de la cuenca del Río Róbalo, la protección de la cuenca del adyacente al poniente del Río Róbalo y que desemboca en Ensenada Villarino, la inclusión de la ruta de senderos existente en el lugar y de la ladera norte del macizo de los dientes de Navarino. ZPPEO: Zona de Preservación del Parque Etnobotánico Omora Esta zona se ubica en el borde norte de la isla al extremo poniente de Pto. Williams y penetra hacia e interior del territorio sobre una quebrada. Este terreno corresponde a un comodato entregado a la Fundación Omora para la investigación y preservación del Patrimonio natural y de los recursos marítimos. El terreno tiene una superficie aproximada de 407 hás. y en él se prohibe cualquier edificación o camino salvo la ruta Y – 905. ZEAI: Zona especial de Asentamiento Indígena Esta zona corresponde a la segunda comunidad yagán de Isla Navarino, la cual fue creada en 1994 prácticamente por los mismos integrantes de la primera comunidad ("Comunidad Yámana de Navarino") como "Comunidad Indígena Yagán de Bahía Mejillones". Esta zona se encuentra bajo protección de acuerdo a la Ley de Pueblos Indígenas. ZERS "zona especial de relleno sanitario" corresponde a una frnaja de 600 m. de ancho desde el camino principal (ruta y-905), desde los límites oriente y poniente del Lote 5-F (Puerto Williams). Centros Poblados En el ámbito de las Áreas Urbanas, la propuesta se concentra en los Centros Poblados existentes y propuestos con el objeto de definir con claridad sus respectivos límites y las zonas que las componen en su interior. En este sentido se considera la definición de 3 nuevas áreas urbanas al interior de la Isla, las que en conjunto con Puerto Williams constituyen el sistema de centros poblados de Navarino. Los nuevos centros urbanos propuestos, a saber, Puerto Toro, Puerto Navarino y Puerto Eugenia --además de Puerto Williams como centro urbano existente y consolidado como tal--, constituirán el área urbana de la Isla Navarino, la cual se inscribirá en las líneas poligonales cerradas que definirán el límite urbano de las nuevas localidades antes mencionadas. En este sentido, para las nuevas Áreas Urbanas la propuesta consiste en la fijación de sus límites, la definición de la zonificación que define su organización interior, y la definición de una vialidad estructurante que sienta las bases para las relaciones entre dichas sub zonas. A continuación se describen las nuevas Areas Urbanas propuestas para los Centros Poblados de Puerto Navarino, Puerto Toro y Caleta Eugenia, la definición de las áreas al interior de ellos, junto a la redefinición del Área de Expansión Urbana de Puerto Williams. A PUERTO WILLIAMS En el caso de Puerto Williams, ciudad cabecera del sistema de Centros Poblados y principal centro de servicios en la Isla, la propuesta que se plantea a partir del Plan, según acuerdo previo con el mandante, se relaciona principalmente con la re-definición de la Zona de Expansión Urbana de dicha localidad. No habrían aparentemente razones técnicas que justifiquen incorporar en el presente Plan, la revisión y/o modificación de la zona urbana actualmente establecida y normada por el Plan Regulador de Puerto Williams. La propuesta de re-definición del área de expansión urbana de Puerto Williams, está basada en el patrón de asentamiento de la ciudad existente y su tendencia de crecimiento y desarrollo en una distribución de carácter longitudinal asociada al desarrollo del borde costero Oriente y Poniente inmediatos al Área Urbana consolidada y la península Zañartu, cuya justificación se detalla en la Memoria Explicativa, Anexo B. B PUERTO TORO Es el asentamiento existente que, usando los parámetros de ocupación del territorio de la Isla Navarino, está mayormente consolidado. Se incorpora un área de desarrollo localizada a lo largo de la vía principal de conectividad interurbana, desarrollando 3 zonas: Zona Urbana Interior. Definida como una Zona Mixta con un uso preferentemente residencial complementado con usos de equipamiento compatibles con la vivienda. Zona de Borde Costero. Definida Como una Zona de carácter Mixto con usos asociados preferentemente a los equipamientos. Zona de Playa. Definida como una Zona de Libre Acceso a Público con la posibilidad de implementación de equipamientos de orden turístico y de infraestructura portuaria. C PUERTO NAVARINO Puerto Navarino corresponde a un asentamiento ocupado y bajo tuición de la Armada de Chile. Su origen radica principalmente en la necesidad de ejercer soberanía en las zonas extremas del país. Estratégicamente su emplazamiento de localiza cercano al Canal Murray con el objetivo de ejercer un control a la navegación y el paso de embarcaciones tanto chilenas como extranjeras. Se incorporaron 4 zonas que definen las condiciones actuales del territorio y que caracterizarían un eventual escenario de desarrollo urbano de crecimiento y expansión de Puerto Navarino.
Área Verde de Parque. Definida como una Zona reservada al uso exclusivo de área verde. Se trata en este caso del área que constituye el respaldo del asentamiento en su relación con el borde costero, como una zona que junto con privilegiar la preservación de los recursos naturales de valor existentes, fomenta la concentración del Área Urbana como un desarrollo puntual en el territorio, al constituirse en un límite natural al crecimiento de la ciudad. D PUERTO EUGENIA Puerto Eugenia corresponde al enclave urbano propuesto que en la actualidad posee el menor desarrollo como asentamiento en relación al resto de los poblados existentes. Es un área que presenta un valioso paisaje natural emplazada en el extremo Oriente del frente costero Norte de la Isla Navarino, en donde la ruta Y-905 termina hoy. Las razones por las cuales se ha definido Puerto Eugenia como potencial área de desarrollo de un futuro asentamiento urbano, son principalmente debido a su localización, definida estratégica, por cuando se encuentra en el punto intermedio entre Puerto Williams y Puerto Toro, entre otras características que se detallan en el Anexo Memoria Explicativa. Se han definido 4 zonas que caracterizarían las áreas urbanas al interior del centro poblado (Ver Plano PRCCH -04), y que responderían a un escenario de desarrollo y crecimiento de Puerto Eugenia como localidad.
En la presentación se acompaña Ordenanza Local modificada mediante Adenda Nº 1 a la Declaración de Impacto Ambiental. CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 22 de Noviembre de 2004 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 20 de Diciembre de 2004 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 20 de Diciembre de 2004 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 29 de Diciembre de 2004 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 3 de Enero de 2005 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 3 de Enero de 2005 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 1 de Febrero de 2005 Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 019 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 1 de Febrero de 2005 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 11 de Febrero de 2005 Carta Ampliación de plazo DIA "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos - Sector Isla Navarino" Nº 11 Publicado por CONAMA XII, Región de Magallanes y Antártica Chilena el 11 de Febrero de 2005 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. a) Con relación a la DIA del proyecto Oficio Nº 3594 Publicado por Corporación Nacional Forestal, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 2 de Diciembre de 2004Oficio Nº 12.600/410 Publicado por Gobernación Marítima de Punta Arenas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 6 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 590 Publicado por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, XII Región el 7 de Diciembre de 2004 Oficio Publicado por Dirección de Vialidad, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 7 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 367 Publicado por Dirección General de Aguas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 7 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 558 Publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 7 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 273 Publicado por Servicio de Salud el 7 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 479 Publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 9 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 206 Publicado por Servicio Nacional de Turismo, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 9 de Diciembre de 2004 Oficio Nº 436 Publicado por Dirección de Obras Portuarias, XII Región de Magallanes y Antática Chilena el 16 de Diciembre de 2004 b) Con relación a la ADENDA Nº1 de la DIA del proyecto Oficio Nº 23 Publicado por Dirección de Obras Hidráulicas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 2 de Febrero de 2005Oficio Nº 391 Publicado por Corporación Nacional Forestal, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 3 de Febrero de 2005 Oficio Nº 40 Publicado por Dirección General de Aguas, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 4 de Febrero de 2005 Oficio Nº 40 Publicado por Dirección de Obras Portuarias, XII Región de Magallanes y Antática Chilena el 7 de Febrero de 2005 Oficio Nº 129 Publicado por Secretaría Regional Ministerial de Salud, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 8 de Febrero de 2005 Oficio Publicado por Dirección de Vialidad, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 8 de Febrero de 2005 Oficio Nº 031Publicado por Servicio Nacional de Turismo, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 22 de Febrero de 2005 Oficio Nº 90 Publicado por Servicio Agrícola y Ganadero, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena el 14 de Marzo de 2005 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos - Sector Isla Navarino"", han sido invitados a participar, coordinados por la Comisión Regional del Medio Ambiente, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: Consejo de Monumentos Nacionales Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto ""Modificación Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos - Sector Isla Navarino"" realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: Servicio Nacional de Pesca, XII Región de Magallanes y Antártica Chilena CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, lo señalado en los informes de los Órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, y lo expuesto en este informe consolidado, es posible señalar del proyecto "Modificación Plan Regulador Comunal de Cabo de Hornos- Sector Isla Navarino", cumple con la normativa ambiental, sin perjuicio de lo siguiente: Al momento de realizar urbanizaciones en la localidad de Puerto Williams, se deberá exigir la elaboración de un "Proyecto de Saneamiento de Aguas Lluvias" junto con los demás antecdentes a presentar al organismo técnico revisor. 3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO |
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