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No 92

Copiapó, 11 de Abril de 2013



Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Ampliación y Optimización Planta San José"


Nombre del Titular : SOCIEDAD PUNTA DEL COBRE S.A.
Nombre del Representante Legal : Jorge Armando Soto Díaz
Dirección : RANCAGUA 200

El presente Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación y Optimización Planta San José", contiene las observaciones generadas por los organismos con competencia ambiental que han participado en la revisión de la Declaración de Impacto Ambiental.

La respuesta a este Informe Consolidado deberá expresarse a través de un documento denominado Adenda Nº 1 a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación y Optimización Planta San José", la que deberá entregarse en 1 ejemplares, otorgándose como plazo 40 días hábiles.

Si requiere de un plazo mayor al otorgado para responder, éste podrá extenderse, lo cual deberá comunicarlo por escrito a este Servicio, dentro del plazo que tiene para responder al Informe Consolidado. Debe tenerse presente que posteriormente a esta fecha, se reanudará el proceso de evaluación del proyecto.

Ante cualquier consulta comunicarse con la Señora Carolina Auger Campos, dirección de correo electrónico cauger@sea.gob.cl, número telefónico 52-212511; 52-211844.

  1. Descripción de proyecto

     

    a)            Instalaciones

     

    1.   Se solicita al Proponente informar  cual es la obra o  actividad que marcará el hito de inicio de la fase de construcción, operación y cierre del proyecto, que de cuenta del inicio de su ejecución material, de modo sistemático y permanente, para efectos del artículo 25 ter de la LBGMA.

     

    2.   Se solicita al Proponente adjuntar las coordenadas que definen el polígono de la totalidad del proyecto y los polígonos de forma independiente para cada una de las obras y áreas de intervención, actuales y proyectadas (relaveducto y acueducto, instalaciones de apoyo, planta de magnetita, nuevo espesador de relaves, dos nuevos caminos a futuro botadero e instalaciones mina Granate, botadero de estéril de mina Granate, construcciones mina Granate en superficie, etc). La información debe presentarse en coordenadas UTM, datum WGS84, Huso 19S. Además, deberá entregar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), a una escala donde se pueda visualizar claramente cada una de las instalaciones que forman parte de su proyecto.

     

    3.   Se solicita al Proponente entregar en una tabla resumen todas las actividades, obras e instalaciones del presente proyecto y la superficie de intervención de cada una de estas, debido a que no se consideró en la presente DIA, todas las áreas que se intervendrán como los caminos y mina Granate.

     

    4.   Se solicita al Proponente analizar y entregar una tabla donde se identifiquen todas las Resolución de Calificación Ambiental que posee Sociedad Punta del Cobre S.A, diferenciando las que sufrirán cambios debido a las instalaciones u obras que se realizarán con ocasión del presente proyecto, por ejemplo: Ampliación Capacidad de la Planta San José RCA 001/2005, depositación de Relaves RCA 264/ 2011 y RCA 003/1996. Debido a que en la DIA, se informa que solo se modificará la RCA 001/2005.

     

    5.   Se solicita al Proponente informar la vida útil que tendrá la Planta San José, dada la asociación que tiene con otros proyectos que tienen una vida útil, deberá definir una vida útil acorde con la ya establecida en las RCAs aprobadas y autorizadas, que están modificando.

     

    6.   Se solicita al Proponente informar cuáles serán las otras minas indicadas en la DIA, de donde se abastecerá de mineral a la Planta San José. Además, para cada una de ellas se debe indicar cuál será su trayecto (rutas hacia la obra), cantidad de material que se transportará, la capacidad total que tiene autorizada y/o aprobada, mediante Resolución de Calificación Ambiental; la capacidad real extraída hasta la fecha y la proyectada, y presentar el respectivo análisis de evaluación de impactos.

     

    7.   Se solicita al Proponente informar la cubicación de material removido por las actividades de movimiento de tierra en su etapa de construcción, indicando su lugar de disposición transitorio y/o final, para todas las instalaciones del Proyecto y las acciones de control que se tomarán para las emisiones de material particulado que se generarán durante esta actividad.

     

    8.   Se solicita al Proponente informar la capacidad total y superficie del almacenamiento de concentrado de cobre que tiene aprobado, mediante Resolución de Calificación Ambiental; la capacidad real utilizada hasta la fecha y la proyectada. En caso, que no logre justificar que el acopio autorizado será suficiente deberá someter en el presente proceso evaluación el nuevo almacenamiento.

     

    9.   En el Punto 2.2.2 de la DIA, se señala que "El concentrado de hierro será almacenado en un galpón de concentrados, lugar de carguío para su despacho en camiones". Al respecto, se solicita al Proponente indicar sus características, si será cerrado completamente, la justificación de su elección y las acciones de control que se realizarán.

     

    10. Se solicita al Proponente entregar una descripción y  todas las características del domo que cubrirá el acopio de gruesos, como materialidad, resistencia, altura, etc.

     

    11. Se solicita al Proponente informar y entregar una descripción detallada de las correas transportadoras como la capacidad de transporte, el sistema de encapsulamiento (hermeticidad); y puntos de traspaso. Complementariamente, debe presentar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, donde se visualice las correas transportadoras desde su inicio hasta su término, su distancia, traspaso, etc, distinguiendo las correas nuevas de las antiguas.

     

    12. Se solicita al Proponente identificar el tipo de carpa a utilizar para cubrir los camiones que transportarán el concentrado de hierro, tanto al interior del área de emplazamiento como al exterior, y presentar las características técnicas de ésta. Además, se solicita que se implemente un sistema de control del estado de la carpa durante el traslado, como registro fotográfico a la salida de la planta, y a la llegada a los puertos de embarque; dicho registro debe estar actualizado y disponible en faena para la autoridad al momento de ser requerido. Asimismo, se informa al Proponente que esta carpa no podrá ser de malla raschell, dado que no es eficiente.

     

    13. Se solicita al Proponente presentar las vías de acceso y caminos internos de uso actual y en caso que corresponda los nuevos accesos y caminos internos (Mina-Planta y Mina-Botadero estéril); en un plano en formato papel y digital (pdf, shape y kml), en datum WGS84, Huso 19S. Además, indicar sus características (ancho, largo, etc) y medidas de mantención que se tomarán para cada uno de estos caminos.

     

    14. Se solicita al Proponente informar respecto del estéril extraído de la mina Granate, la cantidad que se depositará en el botadero y cuanto se utilizará en el interior de la mina. Además, indicar todas las dimensiones del botadero de estéril, altura final, pendiente y superficie; y adjuntar los antecedentes que determinaron su ubicación, incluyendo un análisis de estabilidad completo, la secuencia de Ilenado y las gráficas correspondientes, e indicar las acciones de control que existirán durante las etapas del proyecto (construcción, operación y cierre).

     

    15. Se solicita al Proponente informar cuáles serán las actividades que se realizarán en horario nocturno, para cada etapa del proyecto, dado que en la DIA se señala que se trabajará en horario nocturno también.

     

    16. Se solicita al Proponente aclarar el alcance del proyecto, debido a que no se presentan los antecedentes de las 2 líneas de transmisión eléctrica de 23 kv y celdas solares, que se indican en la DIA. Como usted la incluye en su proyecto, se deberá entregar la descripción de estas obras, caracterización ambiental (levantamiento de flora y fauna de la superficie a intervenir, incluyendo accesos, patrimonio cultural, asentamientos humanos cercanos, etc), trazado de las líneas, ubicación, si se unirá a alguna subestación eléctrica. Además, entregar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, donde se visualice el trazado de las líneas, caminos y la red hidrográfica del sector.

     

    17. El Proponente deberá realizar un diagrama de flujo de su proceso minero, indicando las obras, plantas e infraestructura asociada, en donde se aprecie un balance de masa (en todo el proceso productivo, actual y proyectado, desde lo que ingresa al chancador primario de la mina Granate y otras minas, hasta lo que se transportará de concentrado de cobre y hierro), aditivos y residuos involucrados, las cantidades expresadas en unidades diarias, mensuales y anuales, concentraciones y superficies de los residuos mineros masivos contemplados en el proyecto. Además, deberá a través de un cuadro resumen aclarar; la extracción del mineral, la producción en t/día de la planta, la cantidad de estéril y relave a generar, etc.

     

    18. Se solicita al Proponente detallar para el concentrado de hierro, todos los lugares que se utilizarán como destino final (puerto, sitio de acopio, etc). En caso, de considerar el embarque por  Puerto Punta Caleta en Caldera, se indica al Proponente que dicho Puerto está destinado al embarque de fruta. Por lo anterior, deberá considerar alternativas de embarque con la incorporación de una infraestructura mecanizada para el embarque a los barcos, todo esto de forma de garantizar fundadamente  la mínima generación de material particulado durante las labores de descarga, y  embarque del mineral, todo ello considerando el derrame que puede existir hacia el mar y  la cercanía del puerto a diferentes sectores poblados. Además, se informa al Proponente que en el Puerto Punta Caleta, ya existen proyectos de embarque con RCA favorable que cuentan con un sistema mecanizado. En el caso, de que su proyecto considere embarcar por terceros actualmente autorizados para embarcar de manera no mecanizada por el Puerto Punta Caleta, se informa al Proponente que estos poseen fecha de expiración junio de 2014.

     

    19. Se solicita al Proponente informar las coordenadas de donde estará ubicado el polvorín y su superficie.

     

    20. En el punto 2.2.5 de la DIA, se indica que "durante el transporte de material, se incluirá un sistema de control diario habilitado para recoger derrames". Para lo cual, se solicita al Proponente detallar y desarrollar el sistema de control; y entregar su Plan de Contingencia.

     

    21. En el Punto 3.1.1.3, de la DIA se señala que se habilitará una nueva piscina de emergencia en la planta concentradora de cobre San José, con una capacidad de 3.000 m3, la cual será capaz de contener eventuales derrames, los que posteriormente serán recirculados al proceso. Al respecto, se solicita al Proponente especificar las consideraciones y características de diseño de dicha obra hidráulica, acompañando además un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, a escala adecuada que permita la visualización de su ubicación en el área de influencia del proyecto.Complementariamente, deberá justificar la capacidad de dicha obra considerando peores condiciones operacionales ante una emergencia.

     

    22. Se solicita al Proponente cuantificar el número de camiones aspiradores de polvo que se incorporarán al proyecto, e informar qué se realizará con el material sedimentado que se aspirará.

     

    23. El Proponente deberá analizar y evaluar la modificación de ambos tranques, dado los cambios que está realizando en este proceso de evaluación en la composición del relave, y adjuntar la información de la depositación de las lamas espesadas, que implican cambios en los depósitos de relaves, ya sea en su cubeta, en su estabilidad, y en la depositación durante la operación, etc.

    Además, uno de los tranques de relaves se encuentra con Plan de cierre, presentado ante la autoridad sectorial, por lo cual, deberá modificarlo y presentar los respectivos planes de cierre a la Autoridad Competente.

     

    24. En la Tabla 2-1 de la DIA, se señala un desglose de las características del relave actual y del relave con planta de magnetita, por lo cual, se solicita al Proponente presentar una caracterización total del relave, el cual irá a los respectivos tranques.

     

    25. Respecto a la Planta Magnetita, se solicita al Proponente indicar las medidas de control para manejar las descargas de pulpa que se produzcan durante la operación o mantención del área.

     

    26. En la DIA se informa que la vida útil de la Mina Granate es de 30 años, por lo cual, se solicita al Proponente indicar en un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, el desarrollo total de la mina (extensión, dirección, superficie, etc) y su distancia mínima que alcanzará, con la Planta San José y la Comunidad de Tierra Amarilla.

     

    b)            Fauna

     

    27. Se solicita al Proponente indicar si para la caracterización de la fauna, se consideró las superficies que se intervendrán debido a los caminos internos y externos, relaveducto y mina Granate. En el caso, de que no se hayan considerado, se debe reevaluar y considerarlas. Complementariamente, debe presentar la cartografía en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, de todas las áreas que realizó el levantamiento de información, y presentar una tabla resumen según su grupo zoológico.

     

    28. Se solicita al Proponente identificar el o los sectores, señalando sus coordenadas UTM, en datum WGS84, Huso 19S, sobre los cuales se realizará el rescate de herpetofauna.

     

    29. Se solicita al Proponente aclarar el tiempo mínimo programado para realizar la captura y relocalización de herpetofauna, previo a la construcción de obras. Lo anterior, dado que existe información distinta: en el Anexo N°6, Punto 2.1.5 de la DIA, se señala que el tiempo mínimo será de 10 días, en el Punto 2.1.3 se informa que considerará 8 días completos, en el Punto 2.1.1 se señala que las capturas se realizarán en un máximo de 3 días antes del comienzo de la etapa de construcción, finalmente, en el cronograma presentado en el Punto 2.1.11 se consideró 9 días para rescate y relocalización. Además, se informa al Proponente que la captura debe realizarse previo al inicio de la construcción de una obra en específico y no del período llamado etapa de construcción.

     

    30. Dada la escasa abundancia estimada para Liolaemus platei y Liolaemus atacamensis, se solicita al Proponente que el rescate se realice al total de individuos encontrados y no solo al 40%, no obstante, este porcentaje deberá considerarse como indicador de éxito de la aplicación de la medida; y un monitoreo de los individuos encontrados.

     

    31. Respecto de la forma de muestreo de la fauna, Punto 3 del Anexo N°4 de la DIA, se solicita al Proponentepresentar las transectas o puntos de muestreo que se realizaron para caracterizar el área definida, tanto ampliada como de influencia del proyecto.

     

    32. Respecto a las especies encontradas tanto de reptiles (Tabla 3-2, del Anexo N°4 de la DIA) como aves, se solicita al Proponenteespecificar los instrumentos o listados que se utilizaron para revisar sus categorías de conservación, el cual debe cumplir con el Reglamento de clasificación de especies silvestres considerando los 8 procesos de clasificación hasta la fecha, a saber DS 19/2012, además del endemismo regional.

     

    c)            Flora y Vegetación

     

    33. Se solicita al Proponente incluir y considerar para la caracterización de la flora, todas las superficies que se intervendrán como los caminos internos y externos, relaveducto y mina Granate.

     

    34. Respecto del área de estudio ampliada de vegetación, mencionada en el Punto 2.3.1 del Anexo N°4 de la DIA, se solicita al Proponente entregar una tabla con las coordenadas de cada vértice del polígono de esta área; y la cartografía en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, de cada área que se realizó el levantamiento de información.

     

    35. Se solicita al Proponente indicar la forma de muestreo de vegetación, las rutas o transectos realizados y georeferenciarlos, el número de personas que participaron; y los horarios en que se realizó, tanto en el área de estudio ampliada como en todas las zonas a intervenir.

     

    36. Se solicita al Proponente explicar la nomenclatura utilizada en la Tabla 2-1, del Anexo N°4 de la DIA. Además, señalar que procesos de clasificación se consideraron para la revisión de las categorías de conservación de las especies contenidas en esta tabla; e informar si se consideró, el Libro Rojo de la Flora y el Libro Rojo de Atacama para revisión de endemismo de la Región de Atacama. En el caso, de que no hayan sido considerados, se deben incorporar, ya que están establecidos en el orden de prelación, del Memorandum N°387/2008 de la CONAMA, para el caso del Reglamento de clasificación de especies silvestres deberá considerar  los 8 procesos de clasificación hasta la fecha, a saber DS 19/2012.

     

    37. Respecto a las especies señaladas en la Tabla 2-1, del Anexo N°4 de la DIA, se solicita al Proponente mencionar la nueva categoría de conservación de la especie Cumulopuntia sphaerica, según DS 19 /2012 (octavo proceso clasificatorio de especies). Además, respecto a la especie Eriosyce confinis, se debe mencionar su clasificación según el 5° proceso de clasificación de especies y según su sinonimia. Asimismo, se solicita al Proponente corregir y aclarar porque en el Punto 2.3.1, del mismo Anexo, se señala la especie Copiapoa megarhiza, indicando medidas de control y no se incluye en la Tabla 2-1.

     

    38. Respecto de las especies mencionadas en la Tabla 2-2, del Anexo N°4 de la DIA, se solicita al Proponente distinguir entre el endemismo nacional o de la Región administrativa de Atacama, y señalar cuáles serán las medidas que se considerarán para ellas, con énfasis en las regionales.

     

    39.  Debido que en los listados se encuentran tres especies con alguna categoría de conservación, se solicita al Proponente presentar las acciones de control que se tomarán, ya sea en el área del proyecto como de las obras en específico.

     

    d)   Emisiones

     

    40. Se solicita al Proponente informar la cantidad de emisiones atmosféricas máximas autorizadas mediante Resolución de Calificación Ambiental. Además, deberá evaluar la estimación de emisiones solo para el presente proyecto en evaluación, para lo cual debe considerar todas las fuentes emisoras del proyecto presentado. Por otro lado, debe presentar la estimación de emisiones del proyecto original que se verán disminuidas. Finalmente, debe comparar estas informaciones e indicar el resultado total de emisiones finales que se aportarán por el presente proyecto, lo cual, deberá sumarse para calcular las emisiones totales, a la cantidad de emisiones atmosféricas máximas autorizadas por RCA, por considerarse el peor escenario en el que se debe evaluar. Posteriormente, deberá justificar que el aporte de las emisiones en la calidad del aire es la mejora de la misma.

     

    41. Se solicita al Proponente establecer e informar para todos los sistemas de captación de emisiones durante los procesos de chancado, stockpile, acopio de mineral fino y de gruesos, transporte de material, descarga de material, traspaso de material; su durabilidad, período de cambio, medio de verificación de su cumplimiento y cuáles serán las acciones ante la eventualidad de necesitar cambiarla y/o repararla.

     

    42.Se solicita al Proponente indicar para cada fuente identificada de emisión de material particulado y de gases (NOx, CO, SO2, otro), lo siguiente: nombre de la o las actividades que generan emisiones, tipo de fuente, distinguir si la fuente es difusa o puntual; tasa de emisión máximo, promedio y mínimo (ton/hr); meses en que se generan las emisiones (número de horas al día y días a la semana), asociado al cronograma de actividades del proyecto; e informar como se incorporó al modelo cada fuente de emisión, y las características geométricas de cada una de ellas.

     

    43. De acuerdo al principio preventivo que rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el  Proponente en la estimación y modelación de calidad de aire que presente, debe considerar  las condiciones más desfavorables para la evaluación. Por ello debe considerar toda la pérdida de material en el proceso y las condiciones climáticas como las velocidades máximas y mínimas de viento, debido que en el Anexo N° 5 de la DIA, no se incluye todas las fuentes emisoras, como las siguientes actividades:

    · Transporte de camiones por todas las rutas, donde exista vivienda o población cercana, como:

    o   Transporte de concentrado de cobre hacia las fundiciones Hernán Videla Lira y Potrerillos. Debido, a que no queda claro que fueran consideradas en la estimación de emisiones presentada en el Anexo N° 5 de la DIA.

    o   Transporte de concentrado de hierro a los puertos de embarque o acopios definidos.

    o   Transporte por el abastecimiento de mineral desde otros yacimientos a la Planta San José, los cuales no se encuentran presentados en la evaluación.

    o   Transporte por el abastecimiento de insumos, los cuales no se encuentran presentados en la evaluación.

    · Emisiones por volatilidad de material debido al transporte de mineral y concentrado de cobre y hierro.

    · Flujos de camiones con mineral de la mina Granate hacia la Planta San José.

     

    44. Respecto a la Tabla N° 3 del Anexo N° 5 de la DIA, se solicita al Proponente respaldar y justificar lo siguiente:

    · El valor de la variable velocidad promedio de vehículo utilizada para el cálculo del factor de emisión de la actividad “Nivelación”.

    · Los valores de las variables velocidad del viento promedio en m/s y porcentaje de humedad del material excavado, utilizadas para el cálculo del factor de emisión de la actividad “carga y descarga de estéril”.

    · Los valores de porcentaje de finos en el camino y masa promedio de la flota de camiones para situación del proyecto, utilizadas para el cálculo de los factores de emisión de la actividad “Resuspensión de polvo por tránsito caminos no pavimentados”.

     

    45. Respecto a la Tabla N° 2, del Anexo N° 5 de la DIA, se solicita al Proponente respaldar y justificar el factor de emisión utilizado para mp10 y mp 2,5 en el chancado secundario.

     

    46. En la Tablas N° 2 y 3 del Anexo N° 5 de la DIA, se identifica como fuente de emisión la erosión eólica, para la cual se consideran variables como contenido de finos y porcentaje del tiempo en que la velocidad del viento es mayor a 5,4 m/s. Debido a lo anterior, se solicita al Proponente aclarar el cálculo realizado para el factor de emisión, y del nivel de actividad para cada instalación afecta a la erosión eólica, tal como depósito de estéril, relaveducto, carga y descarga del camión, acopios y otros.

     

    47. Se solicita al Proponente respaldar y justificar, los valores de las variables de factor de potencia, carga de maquinaria y potencia, utilizadas para el cálculo del factor de emisión de la actividad “Motores de maquinarias”.

     

    48. Se solicita al Proponente describir detalladamente las medidas de control de emisiones, para los camiones que trasladan el mineral y el estéril desde la mina Granate y de las otras minas, hasta la planta magnetita y botadero, respectivamente.

     

    49. Se solicita al Proponente informar cuáles serán los caminos, sus distancias (km) y superficie, que se pavimentarán y estabilizarán, señalando los plazos en que se ejecutarán y para cuales se utilizarán camiones aspiradores. En el caso, que deban humectarse algunos caminos por mantenciones, deberá indicar su frecuencia y mantención, para lo cual, se deberá llevar un registro de la actividad, el cual debe estar disponible para su revisión. Además, se debe ver reflejado diferenciándolos en un plano en formato papel y digital (pdf, shape y kml), datum WGS 84, Huso 19S.

     

    50. Se solicita al Proponente informar respecto de las bandejas recolectoras en las correas transportadoras, la frecuencia de limpieza de estas y disposición del mineral recolectado.

     

    51. Se solicita al Proponente informar la eficiencia real de la espuma surfactante e indicar en un plano en datum WGS84, Huso 19S, en qué puntos de la etapa de chancado se proyecta implementar. Además, con la real eficiencia realizar la estimación de emisiones.

     

    52. Se solicita al Proponente informar las medidas de control de emisiones para los casos de movimientos y remoción de tierra, en la etapa de construcción.

     

    e)   Ruido y vibraciones

     

    53. Se solicita al Proponente identificar todos los asentamientos humanos cercanos a las rutas de transporte que considera en el proyecto, desde Mina-Planta hacia su destino final. Para lo cual deberá entregar los antecedentes y un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S. Con estos antecedentes deberá identificar las posibles áreas afectar (asentamientos urbanos, casas, poblado, caminos de acceso) cercanas a todas las rutas de transporte, y modelar el ruido de estas fuentes móviles para cada una de ellas. En dicho plano deberá quedar claramente identificado el lugar habitado y la estimación del ruido proyectado en evaluación y sus acciones de control.

     

    54. Se solicita al Proponente para su modelación de ruido por fuentes móviles, considerar para el tráfico de camiones durante la operación, el flujo máximo, o sea, debe considerarse en las condiciones más desfavorables, debido a que en el Anexo N°10 de la DIA, se presenta para la etapa de operación, el flujo vehicular de camiones asociados sólo a la etapa de construcción.

     

    55. Se solicita al Proponente incluir y evaluar como fuente generadora de ruido los ventiladores de la Mina Granate, ubicados en superficie; y en conjunto con las otras actividades del sector Mina – Planta, modelar la afectación con y sin proyecto hacia los receptores más cercanos (asentamientos humanos más cercanos).

     

    56. Respecto a los resultados proyectados de la modelación de vibraciones para las faenas de tronaduras presentada en la DIA, se solicita al Proponente informar si la distancia Fuente - Receptor respeta los crecimientos de la mina subterránea en el marco de profundidad y acercamiento al asentamiento humano más cercano y al área con presencia de la comunidad, lo cual se debe justificar en cuanto a las vibraciones esperadas según distintos períodos de operación de la mina. Además, se solicita al Proponente adjuntar un plano donde se visualice el desarrollo total minero y su perfil, que contenga los puntos y distancias de medición a los receptores evaluados, y debe comparar con normativa de referencia según el Art 7 del RSEIA.

     

    f)    Insumos

     

    57.    Respecto al abastecimiento hídrico (consumo humano e industrial) requerido para la ejecución del proyecto, y sin perjuicio de los antecedentes indicados en la DIA, se solicita al Proponente presentar un cuadro resumen claro y preciso que refleje el consumo total de todas las actividades de su proyecto, para la etapa de construcción, operación y abandono. Debido, a que no se incluye el consumo de agua potable para la mina Granate y el consumo de agua que se utilizará en la medida de abatimiento de polvo con espuma, entre otras.  Además, deberá presentar un balance de agua con cada uno de sus procesos, actividades y obras. Esto implica en primer lugar, distinguir las fases de su proyecto en relación al uso de agua (construcción, operación y cierre). Asimismo, debe pormenorizar el detalle de las aguas que utilizará para el riego de caminos, lavado de maquinaria, servicios sanitarios por área, campamento, plantas, etc. Como el Proponente declara en muchos casos reutilizar aguas del proceso, de efluentes de plantas de Tratamiento de aguas servidas etc., el balance debe reflejar esto (reutilización y recirculación). En resumen: se requiere saber para cada área del Proyecto, en cada una de sus fases, para cada actividad, proceso y obra, de donde provienes los caudales o volúmenes de agua requeridos, cuales son los caudales salientes, si existe reutilización o recirculación de ellos y con qué fin.

     

    58.    Respecto del abastecimiento hídrico requerido para la ejecución del proyecto, se indica en la DIA que, éste corresponderá a un suministro de agua fresca a una tasa de consumo del orden de 116,7 l/s, ello durante su vida útil, los que provendrán de pozos. Sobre la materia, y sin perjuicio de los antecedentes presentados en el apartado 3.4.1. de la DIA, se solicita al Proponente:

    (1) Indicar el consumo de agua fresca total para la etapa de construcción de su proyecto, y los cálculos que dieron origen a tales valores;

    (2) Individualizar cada una de las captaciones que serán utilizadas para el abastecimiento, precisando el respectivo acto constitutivo, georeferenciación (coordenadas UTM, datum WGS84, Huso 19S), caudales individuales de producción, entre otros.

     

    59. En el Punto 1.2.3 de la DIA, se señala que "El agua que se recupere en esta operación de espesaje será devuelta a la planta para su utilización como agua de proceso". Al respecto, se solicita al Proponente mantener un sistema de medición del agua recuperada, tanto para el sistema de clasificación fijo y el ducto a los estanques de agua recuperada existentes de la Planta San José y deberá incluir este aporte en el balance de agua solicitado anteriormente en el presente documento.

     

    60. De acuerdo al Oficio N° 163 del 20.03.13, la SEREMI de Medio Ambiente, informa que: respecto al consumo de agua y recuperación de la situación actual (sin proyecto) y la situación de operación con los cambios tecnológicos, que generan un balance hídrico que se encuentra casi en equilibrio, y para el cual no se tiene un delta de seguridad en caso de no mantener la eficiencia y recuperación esperada, que asegure satisfacer las necesidades nuevas del proyecto, se solicita al Proponente describir las medidas operacionales o de contingencia que se implementarán,  en caso que la recuperación sea menor a lo proyectado en este proyecto, debido a que se debe considerar que el proyecto pasara de un consumo de 224,9 l/s a 521,2 l/s, con el mismo consumo de agua actual basado solo en las recuperaciones o excedentes de recurso hídrico de sus procesos. Asimismo, el Proponente deberá llevar un registro del balance hídrico del proyecto completo, detallando cada l/s de agua recuperada de forma horaria. Para dicho efecto, el Proponente deberá describir e implementar sistemas de medición de caudales y totalizadores que puedan ser verificados en terreno; e informar las coordenadas de los puntos de medición. Complementariamente, se deberá realizar y entregar un informe trimestral en el cual se analice la información y el cumplimiento de la medida, la base de datos de caudales de entrada y salida en formato digital.

     

    61.    Se solicita al Proponente informar el lugar de donde será extraído el árido, si el material pétreo es extraído de manera directa de un cauce natural (por el Proponente o empresa externa), deberá considerar la visacion técnica que otorga la Dirección de Obras Hidráulicas y la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial N° 89 de acuerdo al Reglamento del SElA. Además, se informa al Proponente que el árido a ocupar en las diversas obras del presente proyecto, deberá contar con todas las autorizaciones vigentes (Certificación técnica de la DOH, si es extraído de cauce natural y autorización del municipio correspondiente), si el árido es abastecido por una empresa externa debe cumplir con las mismas exigencias.

     

    62.    Respecto a la energía eléctrica, se solicita al Proponente indicar la cantidad (kWh) que utilizará en su proyecto (señalar consumo actual y consumo de las modificaciones del proyecto), indicar y aclarar las forma de provisión de la energía eléctrica. Además, se solicita al Proponente informar cuanto se reducirá en consumo de energía, por cada equipo y/o maquinaria, debido al cambio de tecnología.

     

    63.    Se solicita al Proponente entregar la identificación y las hojas de seguridad de los reactivos a utilizar en el proceso de flotación de hierro.

     

    g)   Medio Humano

     

    64. Se solicita al Proponente informar todos los asentamientos humanos permanentes y temporales, en toda el área de influencia del proyecto, incluyendo las rutas del transporte (desde sus instalaciones hacia los distintos destinos finales), ya que estos deben ser considerados en el componente medio humano, las que deben ser representadas en un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S.

     

    65. Se solicita al Proponente informar las medidas de manejo ambiental y las acciones de control que se tomarán para la no afectación a la salud de la población por el ruido y las emisiones a la atmósfera, debido  a las actividades y/o obras del proyecto y al flujo de transporte de concentrado de hierro y cobre, por las vías cercanas a la población de las comunas Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Caldera, Chañaral y Vallenar.

     

    h)    Transporte

     

    66. Respecto a la afectación vial, el Proponente debe considerar para el transporte de concentrado de cobre, el flujo máximo, o sea, debe considerarse en las condiciones más desfavorables.

     

    67. Se solicita al Proponente aclarar cuál será la frecuencia vehicular (diaria y mensual) y rutas a utilizar para el transporte de concentrado de hierro desde la Planta San José hacia cada uno de sus destinos finales, en la etapa de operación. Asimismo, se debe incluir todas las rutas a utilizar en un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, hacia el destino del concentrado de hierro (lugar de acopio o embarque), volumen a transportarse, caminos públicos utilizados, identificar atraviesos con caminos públicos, tipo de vehículos, periodicidad del flujo de transporte. Además, esto se deberá incluir en la tabla resumen de todo el transporte del proyecto.

     

    68.Se solicita al Proponente informar el flujo de carga que se transporta desde la Planta San José de concentrado de cobre, aprobado mediante Resolución de Calificación Ambiental; y el flujo de carga actual promedio y máximo.

     

    69. Respecto al Punto 2.2. del Anexo N°9 de la DIA, se debe mejorar la especificación de las vías terrestres de acceso hacia el proyecto, identificando los puntos de origen y destino de las cargas; las longitudes de los tramos; y para los caminos públicos se debe indicar la denominación formal de roles.

     

    70. Para el Punto 2.4. del Anexo N°9 de la DIA, el Proponente debe aclarar y corregir la información respecto a la producción, debido a que no concuerda la producción señalada en el párrafo con lo indicado en la tabla 2-2 y 2-3.  Además, la Tabla 2-3 señala que la capacidad de los camiones para transportar el mineral desde Pucobre, es de camiones 60, para lo cual, no se indica la unidad. Por lo anterior, se solicita al Proponente aclarar esta información.

     

    71.  Conforme a lo informado en la Tabla 2-3 del Anexo N° 9 de la DIA:

    · Para el transporte de concentrado de cobre se realizarán 354 viajes de ida y 354 de vuelta al mes, es decir, 708 pasadas mensuales o bien 24 pasadas diarias.

    · Para el transporte de concentrado de hierro se realizarán 1.822 viajes de ida y 1.822 de vuelta al mes, es decir, 3.644 pasadas mensuales o bien 122 pasadas diarias.

    · Para el transporte de mineral se realizarán 2.500 viajes de ida y 2.500 de vuelta al mes, es decir, 5.000 pasadas mensuales o bien 167 pasadas diarias.

    · Para el transporte de insumos se realizarán 141 viajes de ida y 141 de vuelta al mes, es decir, 242 pasadas mensuales o bien 8 pasadas diarias.

    La suma de los flujos anteriores da un total de 321 pasadas diarias adicionadas al Tránsito Medio Diario Anual (TMDA) de las rutas a utilizar por el proyecto. En el caso de la ruta C-35, el tramo Paipote (km 0) Enlace Qda. Meléndez (Acceso sur poniente Tierra Amarilla) cuenta con un TMDA al año 2010 de 12.800 vehículos diarios, de los cuales un 7% corresponde a camiones de más de dos ejes. Con la adición 321 camiones por parte del proyecto, se aumenta un 36% el tránsito de vehículos de más de dos ejes o bien un aumento de 2,5% sobre el transito total.

    Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, los tránsitos generados por el proyecto deben expresarse en unidades de TMDA, de manera de compatibilizar los análisis con la información disponible del Plan Nacional de Censos de la Dirección de Vialidad.

     

    72. En el Punto 3.1. del Anexo N°9 de la DIA, se considera solamente el análisis del punto de medición Nº 6 ubicado en Ruta 5 sector Bif. Cardones, el cual abarca solo una de las rutas de acceso al proyecto. Por lo cual, se informa al Proponente que este plan nacional de censos de la Dirección de Vialidad, que se toma como referencia, cuenta con un punto de medición en km 0 de la ruta C-35 asignado al Nº 18, el cual abarca la otra ruta principal y directa de acceso hacia el proyecto. Por lo anterior, se solicita al Proponente considerarlo, sin perjuicio que en este, sí es considerado en el punto 5.3 “mediciones del Flujo Vehicular” y en el punto 6.1 del informe, “Oferta Vial Escenario Actual”.

     

    73. Respecto al Punto 4.1. del Anexo N°9 de la DIA:

    · Para las Figuras 4-1 y 4-2, no se caracterizan completamente las vías de acceso, como se señala en la observación 69.

    · En el Punto 5.3, se señala que se realizaron mediciones periódicas de flujo vehicular en el área de análisis del proyecto, entre las 15:00 y las 19:00 horas. Respecto a lo anterior, se informa que el período de medición de 4 horas no es suficiente para determinar la distribución horaria (periodización) de los flujos vehiculares durante un día normal. Por lo tanto, el análisis es parcial, incompleto y no se condice con la distribución horaria de la operación de los flujos generados por el proyecto, que se deduce es a lo largo de todo el día (24 h), según se desprende de los datos aportados en la DIA. Además, este período de medición de 4 horas, tampoco es suficiente para determinar el Tránsito Medio Diario Anual (TMDA) de los caminos considerados, de acuerdo a las recomendaciones del Manual de Carreteras.

    · El análisis no está basado en el desarrollo de una metodología basada en los métodos usuales para la obtención y procesamiento de datos para proyectos de transporte, ya sea interurbano o urbano (Manual de Carreteras) aplicables en este tipo de estudios.

    · Los resultados no son comparables con los antecedentes disponibles y citados como fuente de referencia (Plan Nacional de Censos). Por ejemplo, en el punto de control Nº3 se contaron 2.418 vehículos, sumando todas los ramales, y según estadísticas del PNC, el TMDA solo del ramal que va por la ruta C-35 hacia Tierra Amarilla (movimientos 30 y 31 en Fig. 5-4) asciende a 12.983 vehículos diarios.

    Por lo tanto, se solicita al Proponente aclarar, analizar y corregir, toda la información anteriormente señalada, y realizar el análisis de otras intersecciones para toda la red de influencia definida en el Punto 4.1.

     

    74. Respecto al Punto 5.3. del Anexo N°9 de la DIA, no se especifica la metodología utilizada para el conteo de flujos vehiculares. Por lo cual, se solicita al Proponente definir por ejemplo la categorización del tipo de vehículos a contar, formato de planilla de toma de datos, períodos de conteo, personal requerido, etc.

     

    75. Respecto al Punto 7.2. del Anexo N°9 de la DIA, la estimación de la demanda en hora punta es parcial, debido a que solo se considera un porcentaje de camiones en base al flujo diario declarado en el punto 2.4 de este anexo. Además, no se basa en los antecedentes recopilados en el estudio de demanda, ya que no cumple con los estándares mínimos de calidad en la toma de datos (ej. se midió solo 4 horas en solo 1 día laboral) y su procesamiento (ej. no se desagrega la información por tipo de vehículos), lo que no permite periodizar y determinar los períodos punta de los ejes analizados. Asimismo,  la estimación de períodos punta, solo resulta útil para analizar las intersecciones aisladas según se desarrolla en el Capítulo 8, para el caso en estudio. Por lo cual, se solicita al Proponente aclarar, analizar y corregir, toda la información anteriormente señalada.

     

    76. Se solicita al Proponente utilizar GPS, como medio de comunicación  y para controlar la velocidad de los camiones de concentrado de hierro y cobre.

     

    i)    Residuos

     

    77. Se solicita al Proponente informar el manejo que se realizará a los envases de explosivos que se utilizarán en la Mina Granate.

     

    78. Se consulta al Proponente si existe un Plan de Manejo de Residuos Sólidos domiciliarios y asimilables, industriales peligrosos y no peligrosos, que este aprobado por la Autoridad Sanitaria, si es así se solicita adjuntar dicho plan y actualizarlo respecto a este proyecto, diferenciando lo actual de lo proyectado en el presente proyecto. De no existir este Plan, se solicita al Proponente presentarlo, y contemplar, para todas las etapas del proyecto, la cantidad, caracterización de los residuos, regularidad de retiro hacia los sitios de disposición final autorizados, según corresponda al tipo de residuo, el procedimiento del manejo de los mismos, responsabilidades asociadas a su manejo, registro de las emisiones y control.

     

    79. Se informa al Proponente que él es el responsable de la generación, manejo y disposición en sitios autorizados de los residuos emitidos por el proyecto, por lo tanto, deberá mantener un registro del seguimiento y control de los residuos, con la documentación de respaldo correspondiente.

     

    j)  Geología, Hidrogelogía e Hidrología

     

    80.     En relación al emplazamiento de las partes y obras del proyecto y con el fin de visualizar la situación del proyecto y la presencia de cauces naturales (sean estos de escurrimiento intermitente o permanente) en el área de influencia, se solicita al Proponente presentar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, a una escala adecuada donde se pueda visualizar en detalle la hidrología del sector superpuesta con todas las obras y partes del proyecto. Además, realizar un análisis fundado, respecto si las obras y actividades del proyecto, tendrán algún grado de intervención sobre los cauces naturales existentes en el área de emplazamiento del proyecto, referido a obras de defensa fluvial y/o regularización u otras acciones de control. Asimismo, informar las acciones que se tomarán para cada una de las obras y actividades del proyecto.

     

    81. En la DIA se indica que se construirá una nueva línea de impulsión de relaves (relaveducto), además de una tubería que transportará de regreso agua recuperada de dicho depósito, utilizando para ello el mismo trayecto de la franja, ya intervenida por el relaveducto actualmente en funcionamiento. Al respecto, se solicita al Proponente proporcionar especificaciones técnicas sobre el trazado del nuevo relaveducto y acueducto de recirculación, y aclarar la eventual intervención en los cauces naturales existentes en el área (sean estos de escurrimiento intermitente o permanente), indicando de qué manera abordará el cruce de cauces naturales intermitentes en el área de intervención del proyecto, ya sean dichos atraviesos, subterráneos o superficiales; y si se contempla la construcción de nuevas obras de defensas. En caso de considerarse este tipo de obras, deberá entregar los antecedentes para el correspondiente PAS.

     

    82. En el Punto 3.1.3.1 de la DIA, se indica que para acceder al futuro botadero se deberá habilitar un camino. En relación a esto, se solicita al Proponente entregar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, a una escala adecuada donde se pueda visualizar en detalle la red hidrográfica y el trazado del o de los nuevo(s) camino(s); y señalar si para la habilitación de dicho(s) camino(s) existirá eventual intervención de los cauces naturales existentes en el sector y si se contempla la construcción de obras de defensas. En caso de considerarse este tipo de obras, deberá entregar los antecedentes para el correspondiente PAS.

     

    83. Se informa al Proponente que se debe presentar a la DGA, en lo que respecta al Plan de Cierre del proyecto, un informe que contenga todas las obras, acciones y medidas relacionadas directa o indirectamente con los recursos hídricos del área de influencia del mismo, una vez que el proyecto cese su operación, con el fin de resguardar los recursos hídricos vinculados a dicha área.

     

    84. En relación a la explotación de la Mina Granate, y sin perjuicio de los antecedentes presentados en el Punto 3.2.4.2 de la DIA, se solicita al Proponente indicar si se han realizado sondajes en el área del Proyecto para descartar escorrentías subterráneas por posible contacto con la profundización de la explotación minera. Además, complementar los antecedentes hidrogeológicos asociados al área de emplazamiento de la explotación minera, en particular, profundidad del nivel piezométrico, sentido de escurrimiento de las aguas subterráneas y antecedentes que digan relación con el real conocimiento de la existencia y comportamiento de la fuente de agua subterránea, en especial, lo referido a recargas de flujos subterráneos hacia la zona acuífera de la cuenca del río Copiapó.

     

    85. Se informa al Proponente que es SERNAGEOMIN quien entrega la información geológica oficial del país, a diferentes escalas, que sirven de base para los estudios de detalle. Por lo cual, se solicita al Proponente adjuntar la Información geológica del área del proyecto, según la información geológica oficial.

     

    86. Se solicita al Proponente entregar mayores antecedentes de la posible generación de drenaje ácido desde el sector mina Granate y la factibilidad de generar aguas de contacto en niveles acuíferos. Complementariamente, se deberán desarrollar las medidas que se tomarán en caso de generación de drenaje ácido en mina, proyectar cantidades, pruebas cinéticas, monitoreo y seguimiento de calidad de aguas subterráneas correspondiente.

     

    87. En la DIA, en Anexo N°8 Test ABA y Test SPLP, se señala que "De acuerdo a estos resultados y los criterios de interpretación, la muestra M-1presenta un Alto Potencial de Generación de Ácido y la muestra M-2 presenta un Potencial Marginal de Generación de Ácido". Al respecto, se solicita al Proponente comprometer nuevas pruebas Test ABA para el botadero de estéril, previo a la ejecución del proyecto, con el fin de dar mayor claridad de la existencia de drenaje ácido por medio de dicho Test. Además, se deberá entregar un informe con las respectivas conclusiones finalizadas las pruebas, y de ser necesarias, las medidas que se implementarán.

     

    k) Plan de Contingencia

     

    88. De acuerdo a lo señalado en la DIA, el agua recuperada en el espesador de relaves será recirculada al proceso, al respecto, se solicita al Proponente entregar un Plan de Contingencia, en el caso de rotura en los ductos del sistema de recirculación de agua.

    Asimismo, sobre el trazado del nuevo relaveducto, se solicita al Proponente presentar una descripción detallada de las medidas de contingencias, que contemplará para los efectos de prevenir y controlar eventos que generen fallas y/o pérdidas por filtración de relaves.

     

    89. De acuerdo a lo señalado en el Punto 2.2.1 de la DIA,  se considera la incorporación de nuevas celdas de flotación y el mantenimiento del sistema de filtración, para lo cual se solicita al Proponente indicar cuáles serán las medidas de prevención y control contempladas para evitar la ocurrencia de derrames difusos al interior de la planta de procesos, y en la eventualidad que ello ocurra, cómo abordará esta situación, de manera de no generar eventuales alteraciones en la calidad de los recursos hídricos subterráneos presentes en el área de influencia del proyecto.

     

    90. Con respecto a posibles emergencias en las rutas, se solicita al Proponente incorporar un Plan de Contingencias, señalando al menos, lo siguiente: descripción, alcance, definir con quien se comunicarán y coordinarán, medidas, etc.

     

    91. Se solicita al Proponente presentar un Plan de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias Ambientales, que contemple un Plan de Contingencia que describa en detalle los procedimientos a seguir y responsabilidades asociadas para enfrentar eficientemente el manejo de una emergencia ambiental. Además, complementar con un plan de seguimiento acorde a la emergencia que eventualmente se pueda producir.

     

    Relación con Planes y Programas de Carácter Regional

     

    1.      Se solicita al Proponente, indicar la relación con el PLADECO vigente de Caldera y Copiapó, según el Art 9 del LBMA.

     

  2. Normativa de carácter ambiental aplicable

     

    1.   Ley 20.551, del Ministerio de Minería: Se solicita al Proponente dar cumplimiento de la Ley 20.551 Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, y entregar la aplicación y el cumplimiento de su D.S. N° 41/2012 Aprueba Reglamento de la Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

    Además, se debe indicar mayores detalles poniendo énfasis en la estabilidad física y química de toda el área del Proyecto

     

    2. DS 138/2008, del Ministerio de Salud: Se solicita al Proponente señalar el número y capacidad de equipos de electrógenos nuevos y antiguos, considerados para cada etapa del proyecto.

     

     

  3. Permisos Ambientales Sectoriales

     

    1. Se indica al Proponente que los PAS 85, 86, 87, no es SERNAGEOMIN la autoridad que los otorga, sino que el Gobernador Provincial, Intendente Regional y Presidente de la República, respectivamente.

     

    2. PAS 89: Se informa al Proponente que el árido a ocupar en las diversas obras del presente proyecto, deberá contar con todas las autorizaciones vigentes (Certificación técnica de la DOH, si es extraído de cauce natural y autorización del municipio correspondiente), si el árido es abastecido por una empresa externa debe cumplir con las mismas exigencias. De igual forma, si el material pétreo es extraído de manera directa de un cauce natural (por el Proponente o empresa externa) deberá considerar la visacion técnica que otorga la Dirección de Obras Hidráulicas y la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial N' 89 de acuerdo al Reglamento del SElA.

     

    3. PAS 90:Se solicita al Proponente presentar para el Permiso Ambiental Sectorial Artículo 90 del D.S. 95/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la Republica, los siguientes antecedentes respecto del sistema de tratamiento de Residuos Líquidos –Taller Mecánico (interior Mina):

    · En el Punto 2.4 del Anexo N°6.2 de la DIA, se indica que el residuo peligroso generado en el sistema será almacenado en el contenedor en el sitio de acopio temporal (SAP), desde donde serán derivados al sitio de acopio transitorio existente en Planta San José. Para lo cual, se solicita al Proponente presentar la autorización sanitaria de cada una de las instalaciones. 

    · Se solicita al Proponente caracterizar el efluente de los riles para evaluar si corresponde que sea utilizado para el riego, ya que los efluentes de los sistemas de tratamientos de riles generalmente no son utilizados para el riego, esto debido a concentraciones de elementos que pudiesen afectar a los vegetales y el suelo.

    Además, se informa al Proponente que el efluente del sistema de tratamiento de riles no puede ser ingresado a baños, debido a que el agua considerada para los trabajadores debe ser de calidad de agua para consumo humano, conforme al DS N°735/69 actualizado según Dto. N°131/2006 y Dto. N°76/2009 del MINSAL.

     

    4. PAS 91: Se solicita al Proponente presentar para el Permiso Ambiental Sectorial Artículo 91 del Decreto N° 95, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la Republica, los siguientes antecedentes

                · Planta de tratamiento en instalaciones interior mina

    En la DIA se estima una generación de aguas servidas de 13,6 m3/día para abordar los 170 trabajadores, y que la planta considera como caudal máximo diario de tratamiento los 13,6 m3/día. Por lo cual, se solicita la Proponente corregir y aclarar esta información, debido a que la planta no puede considerar ese valor como caudal máximo.

                · Planta de tratamiento en instalaciones mina en superficie.

    En la DIA se estima una generación de aguas servidas de 5,6 m3/día para abordar los 70 trabajadores, y que la planta considera como caudal máximo diario de tratamiento los 5,6 m3/día. Por lo cual, se solicita la Proponente corregir y aclarar esta información, debido a que la planta no puede considerar ese valor como caudal máximo.

    Además, se solicita al Proponente considerar para ambas plantas el seguimiento del efluente a lo menos semestral para validar el buen funcionamiento de las plantas y por ende la no generación de vectores y olores.

    · En el Anexo N°6.3 de la DIA, se presenta para el manejo de los lodos dos alternativas,  “serán retirados con camión limpia fosas o prensados y deshidratados u otro sistema que cumpla las exigencias de la legislación vigente, para luego ser trasladados y dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional, fuera del área del Proyecto”. Frente a lo anterior se informa al Proponente que:

    En la región no existe relleno sanitario autorizado para recibir este tipo de residuos.

    -  Definir y detallar en esta evaluación ambas alternativas.

    -  Si será retirado por limpiafosas deberá presentar en esta evaluación procedimiento sistematizado que acredite el retiro de sus instalaciones e ingreso a PTAS de la sanitaria regional.

    -   Si serán prensados y deshidratados, presentar proceso y lugar de disposición final autorizado que considera.

     

    5. PAS 92: Se solicita al Proponente respaldar técnicamente que no existirá afloramiento de agua en la Mina Granate. De lo contrario, se deben presentar todos los antecedentes para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial Artículo 92 del Decreto N° 95, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la Republica.

     

    6. PAS 93: Se solicita al Proponente presentar para el Permiso Ambiental Sectorial Artículo 93 del Decreto N° 95, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la Republica, los siguientes antecedentes:

    a. Almacenamientos transitorios

    Presentar un cuadro con la generación por etapa (construcción, operación y cierre) de los residuos sólidos que se generarán en el proyecto.

    En la DIA, se señala que los almacenamientos de industriales peligrosos y no peligrosos tienen capacidad para almacenar los residuos industriales a generar por el presente proyecto, situación necesaria de acreditar. Por lo anterior debe:

    -Respaldar técnicamente que la capacidad de almacenamiento de residuos industriales peligrosos con que cuenta actualmente la faena, posee la capacidad para almacenar los residuos a generar por el presente proyecto para cada una de sus etapas (construcción, operación y cierre).

    -Respaldar técnicamente que la capacidad de almacenamiento de residuos industriales no peligrosos con que cuenta actualmente la faena, posee la capacidad para almacenar los residuos a generar por el presente proyecto para cada una de sus etapas (construcción, operación y cierre).

    -Presentar la autorización sanitaria de cada instalación.

    En el Anexo N°6.4 de la DIA, se indica que se contará con instalaciones en interior mina y en superficie para el almacenamiento transitorio de residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos e industriales peligrosos. Por lo anterior, el Proponente debe aclarar si requiere almacenar transitoriamente en estos sectores, de ser así, deberá presentar en forma ordenada y clara los antecedentes de la letra f) para cada uno de estos residuos por separado.

    b. Depósito de Estéril

    · Se solicita al Proponente aclarar a que yacimiento pertenece el Test ABA realizado, debido a que en el informe presentado en Anexo N°8 de la DIA, se menciona indistintamente la Mina Triunfo y Mina Granate. En el caso de que sea la mina Granate, se solicita individualizar las medidas de control con que contará el depósito.

    · La letra f) de este PAS, no le aplica al presente depósito debido que no es un almacenamiento transitorio sino una disposición final. Por lo anterior, se debe eliminar los puntos 2.10 y 2.11.

    · Como es una disposición final debe dar respuesta a la letra a) en forma específica del depósito de estéril, y no sobre el proyecto en general como se ha presentado. Por ejemplo en letra a.4) detallar las obras de intercepción y evacuación de aguas lluvias, sistema de monitoreo de aguas, manejo de aguas de contacto y obras que considere al cierre del depósito de estéril.

    · En el Anexo N°6.4 de la DIA, se señala que el botadero será de 200.000 m3 de capacidad, para una generación de 12.500 m3/mes de estéril, lo cual cubriría 16 meses de operación. Considerando que la vida útil de la mina es de 30 años, se solicita al Proponente aclarar donde se depositará todo el resto del material.  

    c. Depósito de Relaves

    · Respaldar técnicamente que el relave cuenta con la capacidad para recibir la totalidad de los relaves a generar por el proyecto. De lo contrario, debe presentar los antecedentes para dar cumplimiento a este PAS.

    · Presentar la autorización sanitaria del tranque considerado para disponer el relave a generar.

    · Presentar los antecedentes del relave a generar, sobre las características de peligrosidad y de generación de aguas ácidas.

     

    7. PAS 94: Se solicita al Proponente presentar los antecedentes señalados en el artículo 94 del DS 95/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la Republica, debido a que el presente proyecto considera una modificación del proceso existente en lo que se refiere a extracción de material y aumento de capacidad; y requiere de una calificación industrial.

     

    8. PAS 106: En relación a los antecedentes presentados en Anexo N°6 de la DIA, asociados al Permiso Ambiental Sectorial 106, del canal de contorno que se construirá en el botadero de estériles para la evacuación de aguas lluvias, se solicita al Proponente presentar los siguientes antecedentes: coordenadas UTM en datum WGS84, Huso 19S de ubicación de las obras, perfiles longitudinales y transversales de las obras proyectadas, así como, detalles técnicos de las obras de: captación, descarga y disipación de energía.

    Asimismo, con el fin de visualizar correctamente la ubicación del botadero de estériles, sus canales contorno de aguas lluvias y la presencia de cauces intermitentes en el área de influencia, se solicita al Proponente presentar un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, a una escala adecuada donde se pueda visualizar en detalle la hidrología del sector superpuesta con dichas obras del proyecto.

    Además, se señala que el citado canal de contorno contará con un sistema de impermeabilización basal de capas de geomembrana de HDPE, Geonet y Geotextil. Al respecto, se solicita al Proponente que deberá presentar oportunamente a la DGA, los respectivos certificados del material impermeabilizante que serán utilizados para esos efectos.

     

  4. Acerca de si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente

     
    a. Artículo 5 del RSEIA
     

    1.   Art. 11 de la ley 19.300, letra a. y artículos 5 del RSEIA. Respecto del Artículo 5 del DS Nº95/2001, se solicita al Proponente evaluar el efecto de emisiones a la atmósfera  (MP2,5) en la etapa de construcción, operación y cierre, considerando todas las actividades, obras e instalaciones; para ello, y según el principio predictivo y preventivo de la Ley de Bases del Medio Ambiente, el Proponente debe presentar los antecedentes que acrediten que no se producirán efectos significativos al Art. 11 de la Ley de bases del Medio Ambiente letra  a), debido a las emisiones a la atmósfera, hacia la salud de la población cercana a la Planta San José y mina Granate y Planta Enami, para lo cual deberá presentar la modelación de la dispersión de contaminantes atmosféricos del presente proyecto incluyendo las actividades faltantes, solicitadas en el Capítulo de Estimación de Emisiones como: flujo total de concentrado de cobre, emisiones por volatilidad de material debido al transporte, etc ; y agregar la actual concentración de calidad de aire de MP 2,5 en el área, para poder evaluar los efectos acumulativos, y compararlo con la normativa vigente, de tal manera de garantizar la no afectación de la salud de las personas. Por lo cual, se solicita al Proponente incluir cuadros resumen y tabla que expresen lo solicitado, como la que se muestra a continuación. Además, el Proponente deberá indicar las acciones de control que implementará en cada una de las etapas de su proyecto.

     

    Concentración Actual

    Aporte del proyecto

    Total

    Normativa vigente

    Porcentaje de la norma

     
     
     
     
     
     

    2.   Art. 11 de la ley 19.300, letra a. y artículos 5 del RSEIA. Respecto del Artículo 5 del DS Nº95/2001, se solicita al Proponente evaluar el efecto de emisiones a la atmósfera MP10 en la etapa de operación, considerando el transporte de concentrado de hierro; para ello, y según el principio predictivo y preventivo de la Ley de Bases del Medio Ambiente, el Proponente debe presentar los antecedentes que acrediten que no se producirán efectos significativos al Art. 11 de la Ley de bases del Medio Ambiente letra  a), debido a las emisiones a la atmósfera, hacia la salud de la población, si el área por donde ingresan los camiones hacia el Puerto es una zona poblada, para lo cual deberá presentar la modelación de la dispersión de contaminantes atmosféricos del presente proyecto, y agregar la actual concentración de calidad de aire de MP 10 en el área, para poder evaluar los efectos acumulativos, y compararlo con la normativa vigente, de tal manera de garantizar la no afectación de la salud de las personas. Por lo cual, se solicita al Proponente incluir cuadros resumen y tabla que expresen lo solicitado, como la que se muestra a continuación. Además, el Proponente deberá indicar las acciones de control que implementará en cada una de las etapas de su proyecto.

     

    Concentración Actual

    Aporte del proyecto

    Total

    Normativa vigente

    Porcentaje de la norma

     
     
     
     
     
     
     

    3.   Art. 11 de la ley 19.300, letra a. y artículos 5 del RSEIA. Respecto del Artículo 5 del DS Nº95/2001, se solicita al Proponente incluir en la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos todas las actividades faltantes, solicitadas en el Capítulo de Estimación de Emisiones como: emisiones por volatilidad de material debido al transporte, y el efecto de emisiones a la atmósfera de MP10 en la etapa de operación, debido al transporte de concentrado de cobre (flujo total de su proyecto); para ello, y según el principio predictivo y preventivo de la Ley de Bases del Medio Ambiente, el Proponente debe presentar los antecedentes que acrediten que no se producirán efectos significativos al Art. 11 de la Ley de bases del Medio Ambiente letra  a), debido a las emisiones a la atmósfera, hacia la salud de la población aledaña a la Planta Enami, y agregar la actual concentración de calidad de aire de MP 10 en el área, para poder evaluar los efectos acumulativos, y compararlo con la normativa vigente, de tal manera de garantizar la no afectación de la salud de las personas. Por lo cual, se solicita al Proponente incluir cuadros resumen y tabla que expresen lo solicitado, como la que se muestra a continuación. Además, el Proponente deberá indicar las acciones de control que implementará en cada una de las etapas de su proyecto.

     

    Concentración Actual

    Aporte del proyecto

    Total

    Normativa vigente

    Porcentaje de la norma

     
     
     
     
     
     
     

    4.   Se informa al Proponente que todo el análisis para la calidad de aire, debe realizarse en función de lo establecido en la “Guía para el uso de modelos de calidad del aire en el SEIA” publicada por el SEA en el siguiente link: http://www.sea.gob.cl/sites/default/files/guias/Guia_uso_modelo_calidad_del_aire_seia.pdf. Por lo cual, el Proponente deberá realizar un análisis de incertidumbre, luego de realizar la modelación de dispersión de contaminantes, y entregar los datos meteorológicos observados de estación(es) meteorológica(s) de superficie que se ubiquen en el dominio modelado, que se utilizarán para este análisis (meteorología de superficie), y los posibles supuestos utilizados. Además, los datos deben corresponder a un período de por lo menos un año consecutivo.  Respecto a lo anterior, deberá presentar una conclusión de cómo los errores meteorológicos evaluados considerados en el modelo de pronóstico, pueden tener un impacto en las concentraciones estimadas y en especial en situaciones adversas.

     

    5.   Se informa al Proponente que en el marco de la revisión del modelo de dispersión de contaminantes, se requieren los siguientes archivos del modelo:

    a) CALMET: Calmet.inp, Calmet.lst, Calmet.dat.

    b) CALPUF: Calpuff.inp, Calpuff.dat, Calpuff.lst, Conc.dat

    c) CALPOST: Calpost.dat, Calpost.lst, Calpost.inp

    Adicionalmente, y en el caso de ser necesario, el Proponente deberá adjuntar todos los archivos complementarios de proceso tales como “Coastline Data File”, “Dry Flux Data File”, “Wet Flux Data File”, “Ozone Data File”, “Chem Data file”, etc .

    Además, se solicita al Proponente justificar la utilización del modelo Calpuff utilizado.

     

    6.    El Proponente deberá entregar de manera clara todos los datos de Topografía y uso de suelo que se utilizaron para la modelación de dispersión, y los posibles supuestos utilizados.

     

    7.    Se solicita al Proponente entregar un plano que incluya la dirección de los vientos, la fuente de generación de emisiones y los receptores, en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S.

     

    8.    Se solicita al Proponente describir como la situación meteorológica y topográfica del sector influye en los procesos de dispersión de los contaminantes.

     

    9.    Se solicita al Proponente presentar los datos y gráfico del dominio a escala, en donde se permita visualizar el Norte, la escala utilizada, coordenadas, topografía, receptores, estaciones meteorológicas de superficie y de calidad del aire considerados. Lo anterior, debido que lo presentado en Figuras N° 1 y 4 del Anexo N°5 de la DIA, no incluyen estas variables y difieren entre sí.

     

    10. Se solicita al Proponente identificar en un plano en formato papel y digital (pdf, shape y kml), datum WGS 84, Huso 19S, la o las estación(es) meteorológica(s) y de calidad del aire utilizadas para la obtención de los datos observados.

     

    11. El Proponente deberá considerar la presentación de gráficas de series de tiempo y rosas de viento que muestren la variabilidad del viento (dirección y velocidad) en el tiempo, para la meteorología de datos observados y de pronóstico. Además, deberá entregar la siguiente información y sus respectivos gráficos:

    ·       Desagregación de los vientos, en el cual se incluya la dirección de los vientos, velocidad de los vientos (máximo, mínimo y promedio), para las 24 horas del día, utilizando el valor promedio de 1 año para cada hora.

    Por último, presentar un gráfico que incluya la dirección y velocidad del viento en el dominio, indicando fuentes, receptores y estaciones.

     

    12. El Proponente deberá considerar la presentación de gráficas de series de tiempo. Además, deberá entregar la siguiente información y sus respectivos gráficos:

    ·       Puntos de máxima concentración diaria en los receptores discretos, lo cuales deben ubicarse en las viviendas más cercanas al proyecto y en las distintas direcciones predominantes del viento, como los siguientes, además de los ya evaluados:

    Receptores
    Coordenadas UTM WGS 84
    Este (m)
    Oeste (m)
    P1
    374429
    6958973
    P2
    374892
    6959433
    P3
    374925
    6959807
     

    ·       Concentración máxima, mínima y promedio, para las 24 horas del día, utilizando el valor promedio de 1 año para cada hora.

     

    13. Se solicita al Proponente evaluar el impacto del proyecto en la calidad de aire, de acuerdo a la siguiente estructura:

    · Impacto de la faena sin proyecto, indicado el aporte a la calidad aire máxima autorizada mediante la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

    · Impacto de la faena con Proyecto, para lo cual el Proponente deberá realizar la modelación de calidad de aire solo para el presente proyecto en evaluación y considerar todas las fuentes emisoras del proyecto presentado. Por otro lado, debe presentar la mejora en la calidad de aire del proyecto original. Finalmente, debe comparar estas informaciones e indicar el resultado total del aporte a la calidad de aire por el presente proyecto, lo cual, deberá sumarse al impacto de la faena sin proyecto (aporte a la calidad aire máxima autorizada por RCA), para calcular la disminución o mejora final a la calidad de aire. Posteriormente, deberá justificar que el aporte de las emisiones en la calidad del aire es la mejora de la misma.

    · Impacto en el peor escenario, que de acuerdo a la información entregada sería durante los 8 primeros meses de construcción, en el cuál se ejecutarán actividades de construcción como preparación de terrenos e instalación de equipos, habilitación de terrenos e instalación de la planta de magnetita, obras anexas y circuito de espesamiento de relaves y se continuará con la operación bajo las actuales condiciones, es decir, tasa de procesamiento promedio de 10 ktpd.

     

    14. Se solicita al Proponente presentar las gráficas de series de tiempo, ciclos diarios promedios, ciclos estacionales y curvas de isoconcentraciones, los resultados de la modelación de calidad del aire. Además, se deben visualizar todos los receptores discretos, e indicar el punto poblado de máximo impacto diario.

     

    15. Considerando la calidad del aire existente en la localidad de Tierra Amarilla y sus alrededores, se solicita al Proponente presentar un plan operacional para abordar las condiciones meteorológicas adversas.

     

    16. Respecto a la concentración actual de calidad del aire de MP10, se solicita al Proponente indicar la estación utilizada, su representatividad, período considerado, análisis de los datos considerados y análisis de la variación de las concentraciones en función de la meteorología medida en el mismo lugar.

     

    17. Se solicita al Proponente instalar una estación de MP2.5 para seguimiento en la localidad de Tierra Amarilla, la cual debe realizarse en coordinación con la autoridad competente.

     

    18. Respecto a los antecedentes entregados en el Anexo N°5 de la DIA, se solicita al Proponente indicar el período de medición de los datos utilizados para la elaboración de caracterización ambiental, tanto para la estación Ojanco, Luis Uribe y Tierra Amarilla, los cuales deben corresponder a un período de monitoreo de por lo menos un año consecutivo.

     

    19. En el Anexo N°10 de la DIA, se señala que "Durante esta etapa se considera la realización de faenas de tronaduras subterráneas en el sector de la Mina Granate. Lo cual implica que las emisiones de ruido generadas por dichas faenas no representan un impacto en los receptores sensibles debido a las atenuaciones naturales que generará el suelo". Al respecto, se solicita al Proponente entregar los antecedentes técnicos y cálculos que justifiquen que el ruido en actividades de tronaduras no afectará a los receptores de la comunidad de Tierra Amarilla más cercanos, incluyendo una evaluación del impacto según el Decreto Supremo N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Además, debe entregar su análisis de ruido por tronaduras según el crecimiento, profundidad, tipos de suelos y dirección de las galerías subterráneas, para distintos períodos de la vida útil del proyecto y puntos más cercanos a la población según el crecimiento de la mina. Asimismo, se solicita al Proponente adjuntar un plano donde se visualice el desarrollo total minero y su perfil, que contenga los puntos y distancias de medición al receptor evaluado.

     
    b. Artículo 6 del RSEIA
     

    20.Art. 11 de la ley 19.300, letra b. y artículos 6 del RSEIA. Respecto del Artículo 6 del DS Nº95/2001, se solicita al Proponente evaluar el efecto de emisiones a la atmósfera (MPS) en la etapa de construcción, operación y cierre, considerando todas las actividades, obras e instalaciones; para ello, y según el principio predictivo y preventivo de la Ley de Bases del Medio Ambiente, el Proponente debe presentar los antecedentes que acrediten que no se producirán efectos significativos al Art. 11 de la Ley de bases del Medio Ambiente letra  b), debido a las emisiones a la atmósfera, para lo cual deberá presentar una modelación de la dispersión de contaminantes atmosféricos, considerando la actual concentración de contaminantes de MPS en el área, para poder evaluar los efectos acumulativos, de tal manera de garantizar la no afectación de los recursos naturales. Por lo cual, se solicita al Proponente incluir cuadros resumen y tabla que expresen lo solicitado, como la que se muestra a continuación. Además, el Proponente deberá indicar las acciones de control que implementará en cada una de las etapas de su proyecto. Asimismo, deberá identificar en un plano en formato papel y digital (pdf, kml y shape), en datum WGS84, Huso 19S, todos los predios agrícolas y las parcelas circundantes.

     

    Concentración Actual

    Aporte del proyecto

    Total

    Normativa vigente

    Porcentaje de la norma

     
     
     
     
     
     

    21. Para la modelación de calidad del aire para material particulado sedimentable, entregada en la DIA, se solicita al Proponente indicar los datos de entrada del modelo, justificando su elección y mostrar los datos de salida del modelo, e indicar cuales fueron los puntos para determinar el cumplimiento de la normativa. Asimismo, se debe incluir los resultados para los puntos de máxima concentración y los puntos de máxima afectación, e indicar que valores se utilizaron como caracterización de material particulado sedimentable.

     

    22. El Proponente deberá instalar una estación de monitoreo de MPS, la cual deberá estar operativa durante a lo menos 1 año durante la etapa de operación (no es estrictamente necesario que sea un año calendario) y deberá ubicarse en los predios inmediatamente expuestos a las fuentes emisoras. Estas localizaciones pueden ser determinadas a partir del modelo de dispersión o en las unidades prediales afectas a la dirección predominante del viento. Luego de esto, deberá evaluar su continuidad con la Autoridad competente.

     

    23. Art. 11 de la ley 19.300, letra b. y artículos 6 del RSEIA. Respecto del Artículo 6, letras  m)  del DS Nº95/2001, el Proponente debe corregir este análisis e informar las acciones de control que se tomarán, debido a que la caracterización ambiental entregada en la DIA, se reconoce la presencia de al menos tres especies vegetacionales en categoría de conservación y dos de fauna, tanto en el área de influencia como en el área ampliada pero dentro del proyecto. Por lo cual, se debe analizar y entregar nuevamente las conclusiones y observaciones a este Artículo. Además, deberá incluir las caracterizaciones solicitadas en este documento como: mina Granate, caminos, relaveducto, etc; e incorporar la clasificación de categoría de conservación informada en los Capítulos de Flora y de Fauna.

     

    24. Se solicita al Proponente presentar un análisis técnico en detalle del efecto que tiene la extracción de aguas subterráneas en cuestión sobre el sistema hídrico asociado a la fuente de agua que será dispuesta para este proyecto, precisando el estado actual y la sustentabilidad de la misma atendido al ritmo de explotación proyectado.

     

    25. Respecto a los pozos para el suministro de agua fresca, se solicita al Proponente que contemple el envío trimestral de un reporte ejecutivo a la DGA, que ilustre de forma muy clara y precisa, el comportamiento de las principales variables asociadas al consumo de agua subterránea indicando, en particular: volumen mensual, volumen acumulado, caudal medio, caudal instantáneo, niveles piezométricos de agua, entre otros. Dicho informe, deberá ser presentado en formato físico, acompañado en formato digital tanto el Informe como los anexos, con las respectivas bases de datos de registros, debiendo incorporar en el mismo reporte al menos los siguientes capítulos: identificación de pozos, metodología y equipamiento de medición, registros, análisis de datos y conclusiones.

     
    c. Artículo 8 del RSEIA
     

    26. Art. 11 de la ley 19.300, letra c. y artículos 8 del RSEIA. Respecto del Artículo 8 del DS Nº95/2001,  el proyecto no permite dimensionar la afectación que tendrá sobre el medio humano, la variable transporte en la etapa de construcción y operación del proyecto. Por lo cual, se solicita al Proponente identificar todos los puntos sensibles de las distintas rutas por donde los camiones (insumos, materiales, residuos y de concentrado de hierro y cobre) transitarán, y analizar la afectación que conlleva el eventual aumento en el flujo vehicular desde el punto de vista de los cambios en los propios flujos de comunicación de las comunidades locales (uso del sistema vial y de transportes, usuarios que los utilizan, tiempos de desplazamiento, efectos en la construcción y trabajos en los caminos, efectos en los traslados, etc.). Además, deberá considerar los efectos acumulativos de los distintos proyectos del área, considerando la información que ampliará respecto al “Estudio de Impacto Vial”, señalada en este documento en el Capítulo Transporte, e indicar las medidas que se tomarán durante todo el período operación para atenuar la afectación del flujo vehicular por los sectores aledaños.

     

    27. Art. 11 de la ley 19.300, letra c. y artículos 8 del RSEIA. Respecto del Artículo 8 del DS Nº95/2001, el proyecto no permite dimensionar la afectación que tendrá sobre el medio humano, la variable transporte del concentrado de hierro, hacia los posibles puntos de embarque. Por lo tanto, el Proponente debe identificar los puntos sensibles a la ruta por donde los camiones transitarán y analizar la afectación que conlleva el eventual aumento en el flujo vehicular desde el punto de vista de los cambios en los propios flujos de comunicación de las comunidades locales.

     

    28. Se solicita al Proponente analizar los efectos del proyecto asociados a eventuales flujos migratorios durante la etapa de construcción y operación del proyecto, ya que, requerirá un importante contingente de personal de 220 y 240 promedio, respectivamente. Por lo cual, la afluencia de personal contratado podría afectar el modo de vida del área de influencia directa e indirecta. Por lo tanto, el Proponente debe evaluar cuál será la afectación del proyecto producto de las personas que llegarán a vivir a la región junto a sus familias y que usarán los servicios básicos (agua, educación, salud y vivienda) de las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla. Del mismo modo, se solicita especificar y explicar cuántos trabajadores corresponderán a la región de Atacama y cuántos trabajadores vendrán de otras regiones.

     
    d. Artículo 9 del RSEIA
     

    29. Art. 11 de la ley 19.300, letra d. y artículos 9 del RSEIA, el Proponente debe considerar en su análisis al Sitio Prioritario Desierto Florido, ya que se encuentra a 1 Km desde el Botadero de estériles en línea recta y todas las acciones de control que se tomarán respecto a la cercanía a una zona de alto valor ecológico y característica de la región.

     
    e. Artículo 10 del RSEIA
     

    30. Art. 11 de la ley 19.300, letra e. y artículos 10 del RSEIA. Respecto del Artículo 10 del DS Nº95/2001, no entrega una metodología objetiva y cualitativamente, que certifiquen que el proyecto no presenta algunos de los efectos, características o circunstancias descritos en la letra e) del artículo 11 de la ley 19.300.

    Por lo anterior, se solicita al Proponente entregar los antecedentes de los recursos visuales, calidad visual y fragilidad desde el punto de vista paisajístico; considerando que el área de influencia del proyecto tendrá cambios en el paisaje que serán de carácter permanente.

    Además, incorporar simulaciones en base a fotografías reales (3D o maquetas virtuales), que representen los elementos presentes en el terreno y los proyectados desde los puntos de mayor accesibilidad visual, e informar las propuestas de acciones de control y medidas de manejo ambiental que sean adecuadas.

     
    f. Artículo 11 del RSEIA
     

    31. Art. 11 de la ley 19.300, letra f. y artículos 11 del RSEIA. Respecto del Artículo 11 del DS Nº95/2001, el documento no presenta los antecedentes necesarios que certifiquen que el proyecto no presenta algunos de los efectos, características o circunstancias descritos en la letra f) del artículo 11 de la ley 19.300, debido a que el informe no presenta todos los antecedentes necesarios para su evaluación.

    Por lo anterior, se solicita al Proponente que se entreguen los antecedentes que verifiquen que no se alterará algún Monumento Nacional en su categoría de Monumento Arqueológico, a través de un informe arqueológico realizado por un arqueólogo.

    Asimismo, este informe deberá contener los siguientes antecedentes:

    - Indicar el nombre del profesional o equipo arqueológico que realizó el reconocimiento visual superficial del terreno y el informe pertinente.

     

  5. Compromisos Voluntarios

     

    1.   Respecto del transporte, se solicita al Proponente considerar algún aporte al futuro by pass de Tierra Amarilla, en el caso que el M.O.P. o Dirección de Vialidad incorporase a privados, en la construcción.

     

    2.   En el caso de existir algún tipo de vinculación con la Comuna de Caldera, ya sea por el paso, estacionamientos, utilización de puertos, etc, se solicita al Proponente incorporar la contratación de mano de obra local, establecer compromisos en el ámbito social, capacitaciones, factibilidad de mejorar alguna señalética, para por ejemplo atractivos turísticos (campo de taffonis, granito orbicular, cementerio de ballenas, campo dunario, y otros).

  6. Otras Consideraciones Relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto

     

    1.   Se solicita al Proponente remitir la propuesta de mejoramiento de la ruta CH31 en formato dwg o cad, a la Dirección de Tránsito Municipal para su revisión y análisis.

     

    2.   Se informa al Proponente que la vía exclusiva para el transporte de material peligroso es la Ruta C-391, a la cual se hace ingreso por el Callejón Ricardo Vallejos.

     

    3.   Se solicita al Proponente que los camiones se implementen con señalética que permita la identificación del Proponente y del proyecto al que pertenecen.

     

    4.   De acuerdo al Oficio N° 200 del 20.03.13, la SEREMI del MOP solicita al Proponente analizar el aceleramiento del deterioro provocado a la calzada y la afectación sobre el nivel de servicio de las vías, en los distintos arcos de la red vial bajo influencia del proyecto, dados por el aumento de vehículos de alto tonelaje por las vías públicas declaradas.



  7. Olivia Pereira Valdés
    Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
    Secretaria Comisión de Evaluación
    Región de Atacama


    VML/CAC

    C/c:
    • Encargado Participación Ciudadana
    • Expediente del Proyecto "Ampliación y Optimización Planta San José"
    • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e1/5c/ab2f1bc4711d1333def4edd8922087421d25


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