1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Línea 3 – Etapa 1: Piques y Galerías”.
2. Que, el derecho de Empresas de Transporte de Pasajeros Metro S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Anexos, la Adenda N°1 y la Adenda N°2, y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste en la construcción de 38 piques (excavaciones verticales), y galerías, (excavación subterránea horizontal), que conecta el pique con el sector donde estará ubicado el eje de circulación del futuro túnel. Estas obras serán emplazadas en las comunas de Quilicura, Conchalí, Independencia, Santiago, Ñuñoa y La Reina, consistiendo en lo siguiente:
i. Piques: Los piques consisten en excavaciones verticales o piques a cielo abierto, con geometría variable, en donde la mayor parte corresponde a piques circulares o rectangulares, efectuados para acceder inicialmente a la zona donde se construirá el futuro túnel de la Línea 3. Los cuales serán utilizados para extraer material y poder acceder al túnel.
La expresión geométrica de un pique, varía de acuerdo a las características del terreno, usos de suelo existentes, método constructivo, obras físicas previstas, entre otros. De acuerdo a lo anterior, se contará con piques circulares y piques rectangulares.
ii. Galerías: La galería corresponde a una excavación subterránea horizontal (equivalente a un túnel), que conecta el pique con el sector donde estará ubicado el eje del futuro túnel de Metro. El procedimiento de excavación requiere una etapa previa de fortificación, la cual se realizará mediante la incorporación de marcos reticulados que se colocan sistemáticamente a distancias que varían entre marcos que van de 0,8 m. a 1,2 m dependiendo de las características del tipo de suelo donde se construirá. Además, mientras se coloquen los marcos reticulados se mantendrá una estructura que es propia del terreno que se denomina Núcleo el que otorgará estabilidad a la galería mientras se instalan los marcos reticulados.
Concluida la instalación de los marcos reticulados, se ejecuta la excavación de la galería en toda su sección mediante maquinaria tipo retroexcavadora con avance máximo de un metro según las características del suelo. Posteriormente, se instalan las estructuras de acero que envuelven el perímetro del túnel y se aplica sobre ellas, hormigón proyectado de espesores variables que permiten dar la estabilidad definitiva del túnel en el tramo excavado. Cada avance de excavación siguiente, se realiza de la misma manera hasta completar la longitud requerida de cada galería.
3.1. Tipología de proyecto.
El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de impacto Ambiental debido a que cumple con el criterio establecido en el literal e. del artículo 3 del Decreto Supremo 95/2001, del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, específicamente en relación a:
“e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas.
Se entenderá por terminales de ferrocarriles aquellos recintos que se destinen para el inicio y finalización de una o más líneas de transporte de trenes urbanos, interurbanos y/o subterráneos.”
Corresponde a la etapa 1 de la línea 3 de transporte de trenes urbanos subterráneos (Metro).
3.2. Localización.
El proyecto se ubica en la Región Metropolitana, Provincia de Santiago, emplazando sus obras en las siguientes comunas Quilicura, Conchalí, Independencia, Santiago, Ñuñoa y La Reina.
Las coordenadas UTM del proyecto (Datum WGS84, Huso 19s), se describen en la siguiente tabla:
Tabla N°2: Coordenadas del proyecto.
| Pique Quilicura | Pique Larraín |
| | |
| | |
3.3. Superficie asociada al proyecto.
La superficie que ocupará el proyecto es la que se detalla a continuación:
Tabla N°3: Superficie de las instalaciones del proyecto.
| N° | Nombre de Sector y Pique | Ubicación Referencial | Comuna | Área de Instalación de Faenas (m2) |
| 1 | Quilicura | Calle Forestal, costado oriente Intersección Ruta 5 con Autopista Vespucio Norte Express | Conchalí | 1.000 |
| 2 | San Martín | Caletera Norte Vespucio Norte | Quilicura | 4.000 |
| 3 | Huechuraba | Av. Independencia con calle Nueva Huechuraba | Conchalí | 1.910 |
| 4 | Cardenal Caro | Av. Independencia con Av. Cardenal José María Caro | Conchalí | 2.243 |
| 5 | El Cortijo | Av. Independencia con Av. El Cortijo | Conchalí | 1.728 |
| 6 | Peteroa | Av. Independencia con calle Tolhuaca | Conchalí | 1.092 |
| 7 | Vivaceta | Av. Independencia con calle Vecinal | Conchalí | 2.274 |
| 8 | Teniente Mery | Av. Independencia con calle Teniente Mery | Conchalí | 1.421 |
| 9 | Conchalí Oriente | Av. Independencia con Av. Dorsal | Conchalí | 1.338 |
| 10 | Pantaleón Vélez | Av. Independencia con calle Pantaleón Vélez | Independencia | 1.229 |
| 11 | Plaza Chacabuco | Plaza Chacabuco | Independencia | 1.059 |
| |
| 12 | Inglaterra | Av. Independencia con Av. Inglaterra | Independencia | 1.228 |
| 13 | Hospitales Oriente | Av. Independencia con calle Profesor Alberto Zañartu | Independencia | 2.169 |
| 14 | Hospitales Poniente | Av. Independencia con calle Bezanilla | Independencia | 1.072 |
| 15 | Olivos | Av. Independencia con calle Olivos | Independencia | 964 |
| 16 | General de la Lastra | Av. Independencia con calle General de la Lastra | Independencia | 2.921 |
| 17 | Puente Cal y Canto | Calle Bandera con calle General Mackenna | Santiago | 3.773 |
| 18 | Plaza de Armas | Calle Bandera con calle Catedral | Santiago | 1.127 |
| 19 | Compañía | Calle Bandera con calle General Mackenna | Santiago | 1.400 |
| 20 | Moneda | Calle Bandera con calle Moneda | Santiago | 485 |
| 21 | Alonso de Ovalle | Calle San Diego con calle Padre Alonso de Ovalle | Santiago | 1.565 |
| 22 | 10 de Julio | Calle San Diego con Av. Santa Isabel | Santiago | 2.562 |
| 23 | Copiapó | Calle San Diego con calle Copiapó | Santiago | 1.601 |
| 24 | Matta Poniente | Av. Manuel Antonio Matta con Av. Santa Rosa | Santiago | 1.932 |
| 25 | Cuevas | Av. Manuel Antonio Matta con calle Cuevas | Santiago | 1.388 |
| 26 | Irarrázaval | Av. Manuel Antonio Matta con Av. General Bustamante | Ñuñoa | 7.039 |
| 27 | Salvador | Av. Irarrázaval con Av. Salvador | Ñuñoa | 1.589 |
| 28 | Monseñor Eyzaguirre | Av. Irarrázaval con calle Monseñor Eyzaguirre | Ñuñoa | 2.496 |
| 29 | Antonio Varas | Av. Irarrázaval con Av. Antonio Varas | Ñuñoa | 1.734 |
| 30 | José Luis Araneda | Av. Irarrázaval con calle Juan Luis Araneda | Ñuñoa | 708 |
| 31 | Chile España | Av. Irarrázaval con Av. José Pedro Alessandri | Ñuñoa | 2.131 |
| 32 | Casa de la Cultura | Av. Irarrázaval con calle Ángel Cruchaga Santa María | Ñuñoa | 930 |
| 33 | Pique Diagonal Poniente | Av. Irarrázaval con calle Ramón Cruz | Ñuñoa | 3.016 |
| 34 | Hamburgo | Av. Irarrázaval con calle Hamburgo | Ñuñoa | 903 |
| 35 | Plaza Egaña Sur | Av. Irarrázaval con Av. Américo Vespucio | Ñuñoa | 2.566 |
| 36 | Pique Plaza Egaña Norte | Av. Irarrázaval con Av. Ossa | Ñuñoa | 1.283 |
| 37 | Lynch Sur | Av. Larraín con calle Lynch Sur | La Reina | 1.267 |
| 38 | Larraín | Av. Larraín con Av. Tobalaba | La Reina | 1.732 |
3.4. Justificación.
El proyecto consiste en la primera etapa para las 18 futuras estaciones de la línea 3 del Metro, las que conectarán la zona norte de Santiago en la comuna de Quilicura, con la zona oriente en la Reina. El trazado se iniciará en calle Forestal, al costado oriente de la intersección Ruta 5 con Autopista Vespucio Norte Express, para luego pasar por sectores como José María Caro, Av. Dorsal, Santiago Centro, Av. Matta y Av. Irarrázaval, finalizando en Av. Larraín.
El presente proyecto implica las obras correspondientes a la construcción de piques y galerías, que deben materializarse antes de la segunda etapa, que corresponde al desarrollo de Estaciones y Túneles propiamente tales.
3.5. Objetivo del proyecto.
Contribuir en la conectividad y disminución de los tiempos de traslado de los habitantes de la ciudad de Santiago de la Región Metropolitana.
3.6. Vida Útil del proyecto.
El proyecto contempla una vida útil indefinida.
3.7. Cronograma.
El cronograma de actividades se presenta en la siguiente tabla:
Tabla N°4: Cronograma del proyecto.
| Descripción | Plazo (meses) |
| 1-2 | 3-8 | 4-18 | 18-37 |
| Instalación de Faenas | X | | | |
| Construcción Estructura Refuerzo Superior | | x | | |
| Construcción Pique | | x | x | |
| Construcción Galería | | | x | x |
3.8. Monto de Inversión.
El monto de inversión del proyecto es de aproximadamente US$ 180.000.000.- (dólares americanos).
3.9. Personal.
La cantidad de mano de obra proyectada por pique, alcanza un promedio de 30 hombres/mes, con un peak de 45 hombres/mes.
3.10. Maquinaria, Equipos Asociados al Proyecto.
Se contempla utilizar, a lo menos, la siguiente maquinaria por pique:
· 1 Retroexcavadora.
· 1 Polipasto o grúa pórtico
· Camiones 33/día.
3.11. Fase de construcción.
3.11.1. Las actividades contempladas para la fase de construcción:
i. Construcción de instalaciones administrativas, de servicio y para el personal.
Para la adecuada coordinación y ejecución de las obras y actividades asociadas a la fase de construcción del proyecto, se requiere de instalaciones de faena, de carácter transitorio, ubicadas al interior de cada frente de trabajo y en los respectivos piques.
Se dotará de oficinas provisorias tipo container, instalación de bodegas para insumos y sustancias, vestidores y, en general, cualquier dependencia que facilite la ejecución de la obra, de acuerdo a la normativa vigente. Además, se contempla la provisión e instalación de baños químicos móviles de fácil traslado, en cantidad suficiente en relación al número de usuarios de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente, próximos a las oficinas y a los frentes de trabajo, cumpliendo con los distanciamientos máximos que exige la norma. Para efectos de disposición final de residuos líquidos, se contratará proveedores que posean las autorizaciones necesarias para realizar estas labores junto con asegurar su debida disposición final.
Una vez que en la faena se realicen las conexiones a las redes de agua potable y alcantarillado, se habilitarán de manera permanente baños, duchas, lavamanos y comedores, tal como lo indica la normativa aplicable.
ii. Habilitación de bodegas y áreas de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas.
Además de las instalaciones para los trabajadores, se deberá destinar áreas para disponer los residuos que se prevé se generarán en esta etapa del proyecto, tales como:
· Área de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos y asimilables a domésticos: de acuerdo al espacio disponible en el área de las obras, se proyectará áreas delimitadas para disponer temporalmente los residuos sólidos de carácter no peligroso, segregándolos de acuerdo a tipo, ya sean éstos comercializables, reciclables, escombros, segregadas entre sí, etc.
· Área de almacenamiento temporal del material de excavaciones: el que estará debidamente acotado y existirá en la medida que se disponga del espacio físico para realizarlo.
· Bodega de acopio temporal (BAT) de residuos peligrosos: se construirá una bodega para almacenar los receptáculos resistentes y rotulados, que se utilizarán para contener los eventuales residuos peligrosos que se produzcan en las obras. Estas dependencias se habilitarán en las faenas en la medida que sean requeridos. Las características de las bodegas se detallan en el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) contenido en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (PAS 93), que se adjunta en el Anexo 11 de la DIA, complementado en el punto 3.3 del Adenda N°1.
iii. Área de acopio de marina.
Dada la riqueza y utilidad del material resultante de la excavación (también llamado marina), se espera que parte de éste sea reutilizado como relleno de la misma obra, para lo cual será acopiado en áreas específicas y delimitadas, con el objeto que éstos no se dispersen. El resto del material generado, podrá ser utilizado por titular, para nivelar y estabilizar la cota de terrenos propios o de terceros. En tal caso, dicho material no puede ser considerado como un residuo sino que como un insumo para la nivelación del terreno.
iv. Construcción y habilitación de accesos.
Todos los frentes de trabajo contarán con un sector de ingreso y salida de camiones a las instalaciones de faenas, los cuales serán debidamente señalizados de acuerdo a normativa vigente, en coordinación con los municipios involucrados y la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM., de acuerdo al Anexo N° 7 de la DIA.
v. Prospección Arqueológica.
Se realizará una prospección arqueológica en cada futuro pique de construcción, con el objetivo de determinar la existencia de eventuales sitios arqueológicos, consistente en lo siguiente:
· En cada sector de piques, se efectuará un sondeo arqueológico de 1 x 1 m y hasta los 1,4 m de profundidad.
· Los sondeos arqueológicos deberán responder a los estándares fijados por el Consejo de Monumentos Nacionales en lo que corresponde a formación de los equipos profesionales, metodologías de excavación, análisis e informes.
vi. Supervisión Arqueológica.
Se realizará una supervisión arqueológica en cada una de las obras mientras duren las excavaciones y hasta una profundidad de 4 m. Esta supervisión consiste en la presencia de un arqueólogo ayudante durante las faenas de remoción de terreno cuando se hagan los piques de ingreso u otras excavaciones, con la visita periódica del arqueólogo responsable del proyecto en su totalidad, para cubrir la necesidad de enfrentar hallazgos arqueológicos no identificados en la prospección arqueológica.
Las acciones y resultados de esta actividad, serán informados mensualmente al Consejo de Monumentos Nacionales, mediante un informe que incluirá los siguientes aspectos:
· Descripción de las actividades realizadas en todos los frentes de excavación del periodo informado.
· Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
· Plan mensual de trabajo de la empresa constructora, donde se especifique en libro de obras los días supervisados por el arqueólogo.
· Planos y registro fotográfico (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.
3.11.2. Residuos Sólidos de la Construcción.
Respecto de los residuos industriales no peligrosos, se considera la generación de residuos valorizables como porciones menores de despuntes de metal, alambres y maderas, restos de estructuras metálicas, los cuales serán segregados para su disposición dentro de la obra y posterior retiro. Los residuos valorizables serán segregados con el fin de facilitar su reciclaje. Considerando el total de 38 sectores e igual número de instalación de faenas, se estima que se generará aproximadamente 5,4 ton/mes.
De acuerdo a los antecedentes e información disponible del Proyecto, los volúmenes de material excavación destinado a nivelación de cotas, se estima en alrededor de 900.000 m3.
Los residuos que se generarán durante la construcción, corresponden a materiales de excavación, residuos valorizables como porciones menores de despuntes de metal, alambres y maderas, restos de estructuras metálicas, los cuales serán segregados para su disposición dentro de la obra y posterior retiro. Los residuos valorizables serán segregados con el fin de facilitar su reciclaje. En caso de generar escombros, éstos serán trasladados a un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Dada la riqueza y utilidad del material resultante de la excavación, parte de éste sea reutilizado como relleno de la misma obra, para lo cual será acopiado en áreas específicas y delimitadas, con el objeto que éstos no se dispersen. El resto del material generado, podrá ser utilizado por el titular, para nivelar la cota de terrenos propios o de terceros. En tal caso, dicho material no puede ser considerado como un residuo sino que como un insumo para la nivelación y estabilización del terreno.
En la tabla siguiente, se señalan los volúmenes del material excavado (marina), como el volumen producto de la demolición. Asimismo, se entrega las cantidades de insumos necesarios las cantidades de insumos necesarios para ejecutar la obra. En relación al material de empréstito la obra no requerirá dicho insumo.
Tabla N°7: Estimación de Material a Excavar.
| Tipo de Residuos | Cantidad en peso y/o volumen e identificación de las características de peligrosidad de los residuos generados diariamente | Cantidad en peso y/o volumen e identificación de las características de peligrosidad de los residuos que ingresen o egresen del sitio de almacenamiento. | Cantidad en peso y/o volumen e identificación de las características de peligrosidad de los residuos enviados a terceros para su eliminación. | Almacenamiento | Forma de Disposición |
| Despuntes de aluminio, fierro y alambre | 3,1 (ton/mes) Residuo Sólido Inerte | - | - | Contenedor de despuntes de fierro | La primera opción es reutilizar este material dentro de la faena y lo que no sea reutilizado, será eliminado como residuo sólido inerte o venta de chatarra. |
| Despuntes de madera | 2,3 (ton/mes) Residuo Sólido Inerte | - | - | Contenedor de despuntes de madera |
| Material de excavación (marina) | 635.172,9 (m3/proyecto) Residuo Sólido Inerte | 147.014,2 (m3/proyecto) al Pique Suiza | 327.752 (m3/proyecto) a Cerros de Renca y 160.406,7 a Baltierra. | El material de excavación será dispuesto en el Pique Suiza y en los botaderos autorizados Cerros de Renca y Baltierra | El material estará debidamente delimitado y señalizado. |
| Batería | 4 (unidades/mes) Residuo Sólido Peligroso | - | 4 baterías/mes (300 kg en total aproximadamente) | Almacenados dentro de bodega de Residuos Peligrosos, para posteriormente ser retirados por empresa autorizada. | Serán retirados por empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional. |
| Filtros de aceite, trapos y materiales menores contaminados con grasa / aceite. | 450 (Kg/mes) Residuo Sólido Peligroso | - | 450 (Kg/mes) | Almacenados en tambores metálicos con tapa, dentro de bodega de Residuos Peligrosos, para posteriormente ser retirados por empresa autorizada. | Serán retirados por empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria Regional. |
| Envases de aceite, pintura y solventes. | 250 (Kg/mes) Residuo Sólido Peligroso | - | 250 (Kg/mes) |
| Tierra contaminada | 1.400 (Kg/mes) Residuo Sólido Peligroso | - | 1400 (Kg/mes) |
3.11.3. Demolición.
Los piques en que se realizará demolición serán Cardenal Caro, Peteroa, Vivaceta, Teniente Mery, Pantaleón Vélez, Inglaterra, Sector Hospitales, Olivos, General de La Lastra, Puente Cal y Canto, Plaza de Armas, Compañía, Moneda, Alonso de Ovalle, Copiapó, Sector Matta, Cuevas, Salvador, Monseñor Eyzaguirre, Antonio Varas, José Luis Araneda, Chile España, Casa de la Cultura, Sector Plaza Egaña, Lynch Sur, Sector Larraín.
Para el transporte de los escombros de demolición, se consideró la disposición final de estos a los botaderos Cerros de Renca y Baltierra.
La disposición temporal en obra de los escombros será en contenedores resistentes, para su disposición final en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional.
En caso que previo a la demolición se identifiquen materiales que contengan asbesto, se dará cumplimiento al Manual para la Elaboración de un Plan de Trabajo con Materiales que contengan Asbesto Friable y No Friable (Seremi RM, Ministerio de Salud, División Políticas Públicas Saludables y Promoción Departamento Salud Ocupacional). Estos escombros con asbesto, serán dispuestos en los sitios autorizados para tal efecto.
3.11.4. Agua Potable.
El agua potable será abastecida por la empresa local autorizada, por lo que se dará cumplimiento de los parámetros de calidad y cantidad establecidos en la normativa vigente
Además, en los frentes de trabajo se habilitará bidones de agua para el personal de terreno, abastecido por proveedor autorizado, para dar cumplimiento a la normativa mencionada, mientras se realizan las conexiones a la compañía de agua potable.
3.11.5. Suministro Eléctrico.
El abastecimiento de energía eléctrica para la fase de construcción del proyecto, será suministrado por la empresa eléctrica correspondiente y se realizará a través de la línea existente mediante empalmes habilitados de manera provisoria, cuyos permisos serán solicitados a la compañía correspondiente, la que deberá cumplir con la normativa vigente para tales efectos.
3.11.6. Plan de Emergencia.
Respecto al plan, para cada frente de trabajo se implementará un plan de alarma, que contiene una descripción metodológica y secuencia de todas las acciones de emergencia a ser implementadas en caso de producirse algún evento de riesgo, entre las principales se pueden indicar:
- Paralización total de la faena.
- Detener todos los equipos energizados de inmediato.
- Detener la maquinaria pesada y ubicarla en sectores donde no obstaculice el libre tránsito.
- Evacuar al personal del área, por los pasillos que se encuentran delimitados al interior de la galería o pique y replegarse en los puntos de emergencia (PEE).
- El mando mayor a cargo de la faena se comunicará con el paramédico de la obra y con personal de Prevención de Riesgos, los cuales conforme a la gravedad del siniestro, se contactarán con bomberos, carabineros SAMU, ambulancias, y otras instituciones públicas o privadas, según corresponda.
- En caso de contar con accidentados en el frente de trabajo, se trasladará en forma inmediata fuera de la zona de riesgos con los medios que cuentan las estaciones de emergencia de cada faena.
Por otra parte, se elabora un informe detallado del accidente por parte de la Inspección Técnica de Obras, indicando los efectos y causas que originaron dicho siniestro. Los expertos procesan los datos obtenidos de terreno, implementando las medidas necesarias de resguardo para evitar la repetición del hecho en comento, de acuerdo al Plan de Emergencia del Anexo N° 6 del Adenda N°1.
3.11.7. Manejo de Aguas Lluvias.
Considerando que la profundidad de los piques y galerías es de alrededor de 20 metros; y que la napa freática se encuentra a mayor profundidad, la infiltración de las aguas lluvias en el subsuelo excavado se manifiesta como terreno húmedo con muy baja saturación, por tal motivo y considerando además que el método de construcción requiere que el tiempo que permanece la superficie excavada previo a la colocación del revestimiento primario sea la mínima posible, se genera una capa impermeable en donde no se requiere tomar medidas adicionales para la evacuación de las aguas lluvias que se infiltran en el subsuelo. En efecto el proyecto no afectará la recarga de acuíferos, producto que no se modificarán las condiciones naturales de infiltración del terreno.
3.11.8. Manejo de RILes.
Se estima que se generarán RILes a partir de que los camiones míxer que ingresen a las obras requerirán lavar sus canoas y herramientas para proveer hormigón (palas, carretillas, etc.). Dado lo anterior, y para prevenir eventuales derrames al suelo, Metro S.A. instruirá a sus contratistas para que en la instalación de faenas destinen un área especial, con receptáculos resistentes y sin filtraciones, en la que los camiones puedan lavar sus partes.
Estas aguas de lavado (también llamadas “lechada”), deberán ser dispuestas temporalmente en los recipientes antes indicados, para que por decantación se separen los sólidos. Estos sólidos serán depositados con carácter de escombro y, el agua residual, se reutilizará para humectar el acopio temporal de escombros en la faena.
3.11.9. Manejo de Aguas Servidas.
En cada pique se dispondrán de baños y duchas, en un número suficiente acorde con la normativa vigente.
En el caso de los excusados, se colocarán en un compartimento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. Además, las duchas contarán con agua fría y caliente. Se empleará un calentador de agua a gas para las duchas, que será instalado fuera del recinto de los servicios higiénicos, en un lugar adecuadamente ventilado.
Es decir, cada pique contará con:
• Excusados con taza de WC: 3
• Lavatorios: 3
• Duchas: 4
3.12. Fase de operación.
No se contempla fase de operación para el proyecto, ya que el proyecto corresponde a la Etapa 1, asociada a la construcción de los Piques y Galerías necesarios para una posterior etapa de construcción y operación de las estaciones y túneles de la Línea 3, correspondiente a la Etapa 2.
3.13. Fase de Abandono.
No se contempla fase de abandono para el proyecto, ya que el proyecto corresponde a la Etapa 1, asociada a la construcción de los Piques y Galerías necesarios para una posterior etapa de construcción y operación de las estaciones y túneles de la Línea 3, correspondiente a la Etapa 2.
4. Que, en relación a las observaciones de las distintas organizaciones y/o personas naturales, a que se refiere el numeral 5 de los vistos de la presente Resolución, las consideraciones y pronunciamiento de cada una de ellas corresponden a las siguientes:
| Fecha | Nombre | Dirección | Comuna | Observación | Consideración |
| Tema | Fundamentos |
| 17/8/12 | Myriam Muñoz García | San Diego 960. | Santiago | estaciones | 1. Estación proyectada: Avenida Manuel Antonio Matta / Avenida Santa Rosa 2. Sugeridas: Avenida Manuel Antonio Matta – San Diego Ocupando espacios públicos acera Norte Poniente a 50 metros aproximadamente de calle San Diego. Favoreciendo todo comercio de alrededores. | Las estaciones no forman parte de esta DIA, la cual solo se refiere a los piques y galerías |
| expropiaciones | Posibles compras o expropiaciones. Propiedad desocupada acera sur poniente Avenida Matta / Avenida 10 de julio. | Las compras o expropiaciones no forman parte de la evaluación de impacto ambiental. |
| estaciones | Eliminar estaciones proyectadas San Diego – Santa Isabel. Sugeridas: Estación San Diego – Santa Isabel. Ocupando espacios públicos, evitando expropiaciones y favoreciendo universidades, colegios y conjunto de propiedades habitacionales (departamentos). Quedando en línea con estación Toesca. | Las estaciones no forman parte de esta DIA, la cual solo se refiere a los piques y galerías. |
| 24/8/12 | Ulises Valderrama Venegas | Horcón n° 4525. Dpto. 41. | Ñuñoa | Términos generales procedencia de DIA o EIA. | En primer lugar se solicita tener en cuenta que la construcción de la Línea 3 y, en particular, la ubicación de algunas de sus estaciones produce, a criterio de varios vecinos dentro de los que me incluyo, una alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos (artículo 11 Ley 19.300), por lo que el proyecto debiera ser objeto de un Estudio de Impacto Ambienta. Asimismo, nos parece absolutamente relevante que Metro S.A. aclare si las etapas del proyecto de Construcción de Línea 3 son consecutivas o no. Que, en caso de no serlo, la autoridad ambiental deberá revisar si es o no procedente un Estudio de Impacto Ambiental por todo el proyecto Línea 3 y no sólo por lo que se ha llamado Etapa 1 Piques y Galerías (Art. 11 bis Ley 19.300) | - Durante la evaluación ambiental del proyecto se determinó que el proyecto no presenta o genera ninguno de los efectos, características o circunstancias descritos en el artículo 11 de la ley n° 19.300. - De acuerdo a la evaluación ambiental, no se configura el fraccionamiento de proyectos establecido en el art. 11 bis de la ley n° 19.300. |
| Pique Diagonal Oriente, ubicado en barrio patrimonial. | Respecto de este pique, instalación de faenas y muy posible estación, la DIA ignora lisa y llanamente el valor de patrimonio urbano del sector, careciendo, en consecuencia, de medidas que aseguren la preservación de dicho valor. Entre los antecedentes que avalan el carácter patrimonial se citan, por su carácter de documentos que provienen de organismos públicos, los siguientes: a) Publicación "Propuesta Metodológica de Protección Integral para Barrios e Inmuebles en la comuna de Ñuñoa" , del Consejo de Monumentos Nacionales, del año 2008; y b) Aprobación proyecto "Mejoramiento Parque Urbano Alcalde Ramón Cruz Montt, comuna de Ñuñoa", Código BIP 30004004, en el marco del Programa de Espacio Públicos, de la Política de Patrimonio Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Teniendo en cuenta los antecedentes citados, estudios universitarios, distinciones recibidas y otros fundamentos, con fecha 17 de agosto del presente se ha ingresado la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Zona Típica, al Consejo de Monumentos Nacionales, por el sector de Villa Presidente Frei - Parque Ramón Cruz. Dicha solicitud se encuentra patrocinada por el Premio Nacional de Urbanismo, don Justo Pastor Correa Prats y presentada por el Comité Barrio Patrimonial Villa Frei - Parque Ramón Cruz, organismo comunitario funcional que formamos junto a otros vecinos. A consecuencia de lo expuesto creemos procedente solicita al titular, METRO S.A., que aclare los impactos que el proyecto pudiera ocasionar en el sector de la Villa Presidente Frei, comuna de Ñuñoa, en términos de su carácter de barrio patrimonial. Una situación simular se encuentra en el caso del Proyecto Línea 6 de Metro S.A. por Villa Olímpica de la comuna Ñuñoa, como consta del Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "LINEA 6 - ETAPA 1: PIQUES Y GALERÍAS". | - El titular modificó el área geométrica del pique ubicado sobre el Parque Ramón Cruz, según se informó en la Adenda n° 2, habilitando el acceso y salida de camiones de la obra desde y hacia Ramón Cruz. - Respecto a la relación del proyecto con el mejoramiento del Parque Urbano Ramón Cruz, se informa que el proyecto de METRO se encuentra inserto en el área nororiente del Parque Ramón Cruz, que no se contrapone con el proyecto de mejoramiento, el cual busca renovar el estado del mobiliario y de las áreas verdes del Parque. - Además, se indica que el desarrollo de la expresión superficial de la estación no es materia de evaluación de esta DIA. |
| Pique Diagonal Oriente, resguardo de monumento nacional. | Se debe resguardar la integridad del Monolito que conmemora el "Primer Vuelo en Aeroplano en Chile", cuya presencia es significativa para la comunidad. | - El titular deberá retirar los monumentos y conservarlos temporalmente (o reconstruirlos cuando sea necesario), previa autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, en acuerdo con la Municipalidad respectiva para posteriormente reponerlos en su lugar de origen o cercano una vez finalizada las obras. - Este tratamiento debe realizarse de igual forma en el caso del Monolito que conmemora el "Primer Vuelo en Aeroplano en Chile", el que se encuentra dentro de la instalación de faenas y deberá ser trasladado en coordinación con el Consejo de Monumentos Nacionales, La fuerza Aérea de Chile y la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa. |
| Pique Casa de la Cultura de Ñuñoa, monumento nacional. | Señalar que lo protegido es "el edificio que ocupa la actual Casa de la Cultura de Ñuñoa, incluido el parque que lo rodea, ubicado en la Avenida Irarrázaval N°4055, de la comuna de Ñuñoa, departamento y provincia de Santiago", por lo que la intervención en dicho sector debe considerar el resguardo de la fuente en su entrada y las especies vegetales presentes en el entorno. Basta revisar el Decreto Supremo N° 723, de 15 de Junio de 1973, que declara Monumentos Históricos los edificios y restos náufragos que indica. | Debido a que el proyecto se encuentra ubicado en los estacionamientos exteriores de la Casa de la Cultura, las obras asociadas a éste no generan una alteración, deterioro o modificación del destino, uso o calidad de este Monumento Histórico, dado que al no existir afectación directa de su estructura, se respeta plenamente la calidad de Monumento Histórico otorgada, constituyéndose como un proyecto compatible con la declaratoria. |
| Pique Diagonal Oriente – Norte y farmacia sujeta a expropiación. | Se solicita considerar, al evaluar su ubicación, la arraigada presencia de la única farmacia independiente del sector, ubicada en esquina de calle Coventry con Avda. Irarrázaval, debido a las implicancias sociales que ello acarrea en un lugar habitado por adultos de tercera edad, existiendo una clara identificación con dicho comercio. Incluso resulta contraproducente a la opinión pública debido a los recientes casos de colusión de las cadenas de farmacias, de muy reciente instalación en el área. Existen terrenos alternativos, con construcciones livianas recientes, con escaso nivel de ocupación de suelo. | Durante el proceso de evaluación de la DIA, el titular eliminó el pique que afectaba los locales comerciales en el sector del Pique Diagonal Oriente. |
| Pique Diagonal Oriente – Sur, área verde y dimensiones. | En cuanto a esto se debe considerar, en primer lugar, que la ley 18.772 (ley Metro S.A.) en su artículo 10 dispone que "se declaran de utilidad pública los bienes inmuebles necesarios para ejecutar obras derivadas directamente del objeto de la sociedad anónima". Es decir, la excepción a las normas generales de urbanismo se fundamenta en el objeto de la sociedad, el cual está definido en la misma ley, en su artículo 2° inciso segundo, disponiendo que "La sociedad anónima tendrá por objeto la realización de todas las actividades propias del servicio de transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos u otros medios eléctricos complementarios y las anexas a dicho giro". En consecuencia, las obras de Metro S.A. en un área verde deben ajustarse en términos generales a las normas de planificación urbana, específicamente en este caso incluyendo el Plano Regulador Comunal de Ñuñoa vigente. La norma excepcional debe ser aplicada como tal y por ello, Metro S.A. debería presentar la alternativa menos invasiva posible y que no contemplara de forma alguna ninguna otra actividad a desarrollar en el subsuelo que no sea la de transporte de pasajeros en ferrocarriles metropolitanos, más cuando la actividad comercial no se encuentra permitida en el área verde definida por el Plano Regulador Comunal aplicable. A raíz de lo expuesto se solicita la disminución a su mínimo posible de la intervención que se ejecutará en el Parque Ramón Cruz de la comuna de Ñuñoa. No existiendo antecedentes en la DIA respecto de la naturaleza de la estación proyectada, Metro S.A. carece de argumentos que sustenten la razón por la que este pique, en especial, conlleva una instalación de faenas tan invasiva, lo cual se hace evidente al compararlo con cualquiera de los piques cercanos. | - El titular modificó el área geométrica del pique ubicado sobre el Parque Ramón Cruz, según se informó en la Adenda n° 2. - Se aclara que el desarrollo de la expresión superficial de la estación no es materia de evaluación de esta DIA. |
| Pique Diagonal Oriente – Sur, ubicación. | Se solicita considerar la posibilidad de trasladar este pique al inmueble ubicado en la esquina de Avenida Irarrázaval con calle Diagonal Oriente, lugar en el que opera un strip-center de reciente construcción, cuyo uso de suelo permite la actividad comercial. | El titular modificó el área geométrica del pique ubicado sobre el Parque Ramón Cruz, según se informó en la Adenda n° 2. |
| Pique Diagonal Oriente – Sur, orientación instalación de faenas y especies arbóreas | Se observa que la zona de instalación de faenas proyectada ocupa gran parte del sector aledaño a Avenida Irarrázaval, lo cual lo hace de suyo desagradable para los vecinos que ocupan el Parque Ramón Cruz. Asimismo, a diferencia de lo sostenido en los estudios de paisajismo y de especies arbóreas presentados por Metro S.A. en la DIA, se constata que en la instalación de faenas proyectada quedan dentro de la misma especies cuya longevidad, valor paisajístico, dimensiones y valor patrimonial, por pertenecer históricamente al antiguo parque de la Chacra Valparaíso de principio del siglo XX, les hace sujeto de resguardos primordiales. Nadie podría sostener que su presencia sempiterna pueda ser reemplazada, más cuando se trata de especies que no resisten traslados. Nos llama la atención y merece serias dudas respecto a sus conclusiones, que, tal como consta en el Anexo 3, Caracterización del Paisaje, de la DIA, la etapa en terreno del estudio del paisaje se realizara en sólo dos días para toda la extensión del proyecto, desde Quilicura a La Reina. Como alternativa para la instalación de faenas se sugiere su ubicación en sentido Norte Sur y en forma aledaña a la calle Ramón Cruz, sector en el que la cobertura vegetal es de menor entidad, que admite su intervención y manejo. A mayor abundamiento, la utilización de ese sector del Parque por los vecinos es menor. | Tanto para el parque mencionado como para todo el arbolado urbano posible de ser afectado, el titular ha propuesto su protección (específicamente de los troncos) en forma previa al comienzo de las obras, con tablones, revestimiento metálico u otro material aislante, en una altura no inferior a los 3 metros, a fin de evitar que se les ocasionen daños por las operaciones propias de las obras o paso de vehículos y máquinas en terrenos cercanos. Estas protecciones serán retiradas una vez finalizadas las obras, cuando no exista riesgo de ser afectados. |
| Pique Diagonal Oriente – Sur, orientación instalación de faenas, flujo vehicular, tránsito de camiones y disminución de transporte. | Para cualquier habitante del sector es evidente que la Avenida Irarrázaval presenta un flujo vehicular mayor al presente por calle Ramón Cruz, por lo que se sugiere que la instalación de faenas considere el ingreso y salida de los camiones por calle Ramón Cruz. Si se consideran la alternativa original y la propuesta en cuanto al recorrido de los camiones, se hace evidente que nuestra alternativa presenta ventajas sustanciales pues reduce la distancia recorrida por los camiones, al evitar tener que rodear la cuadra completa en la que se ubica el lugar de trabajo en el horario no punta, lo cual conlleva reducciones en los costos de transporte, en las emisiones de material particulado y ruido, libera a la calle Jorge Monckeberg del tránsito de camiones, constituyéndose dicha vía en una alternativa para flujos vehiculares particulares y de transporte público. | El titular modificó el área geométrica del pique ubicado sobre el Parque Ramón Cruz, según se informó en la Adenda n° 2, habilitando el acceso y salida de camiones de la obra desde y hacia Ramón Cruz. |
| Pique Diagonal Oriente, cambio de denominación de futura estación. | Se observa que la denominación del Pique como Diagonal Oriente no produce arraigo en la comunidad del sector. De hecho los antiguos proyectos del tren metropolitano denominaban Ramón Cruz a la estación proyectada. Hitos relevantes del lugar o puntos de referencia lo constituyen la Villa Frei y, con mayor frecuencia, el Parque Ramón Cruz. La denominación Diagonal Oriente resulta antojadiza, pues así se denomina un sector de seis de las tres calles que confluyen en la intersección, en efecto, Avda. Irarrázaval mantiene su nombre, Ramón Cruz cambia a Coventry y Diagonal Oriente a Presidente Battle y Ordóñez. Lo arbitrario resalta más si se considera que, de mantenerse el proyecto de los piques, futuras estaciones y accesos, las esquinas intervenidas son Avda. Irarrázaval con Coventry y Avda. Irarrázaval con Ramón Cruz. | La denominación de los piques es un tema no ambiental y las estaciones no corresponden al proyecto en evaluación. |
| Pique Diagonal Oriente, coordinación con proyectos de inversión locales. | Se solicita que el proyecto de Metro S.A. considere el Efecto Sinérgico (letra h bis del artículo 2° de la Ley 19.300) que se produce con el proyecto presentado por la I. Municipalidad de Ñuñoa denominado "Mejoramiento Parque Urbano Alcalde Ramón Cruz Montt, comuna de Ñuñoa", Código BIP 30004004, que se encuentra pronto a iniciar la licitación de la etapa de proyecto, presupuestándose que las obras en terreno se inicien en el año 2013. | Respecto a la relación del proyecto con el mejoramiento del Parque Urbano Ramón Cruz, se informa que el proyecto de METRO se encuentra inserto en el área nororiente del Parque Ramón Cruz, que no se contrapone con el proyecto de mejoramiento, el cual busca renovar el estado del mobiliario y de las áreas verdes del Parque. |
| 27/8/12 | Adriana Verónica Godoy Ramos | Javiera Carrera Norte n° 40 | La Reina | Medio Construido | Aclarar la interacción del proyecto con las futuras obras de la Autopista Vespucio (túnel o superficie) y actuales obras y funcionamiento futuro del Mall Plaza Egaña. Por lo mismo, considerando que Larraín es un barrio residencial, con equipamiento educ. prescolar, básico y medio, hacia ambos sentidos, deben tomarse medidas preventivas para evitar accidentes, por el flujo de camiones, desvíos de tránsito y congestión vehicular. Medidas de mitigación por impacto vial. Semáforo en Paula Jaraquemada – Larraín (paso de cebra no basta) y zonas de retorno o viraje antes de Valladolid. | El titular ha comprometido desarrollar las coordinaciones necesarias para considerar la interacción con los proyectos aledaños a las obras de la presente DIA. |
| Hidrología y Ruido | - Considerando el gran movimiento de tierra y la alteración de las aguas subterráneas, nuevamente, los vecinos nos veremos afectados por la migración de ratones. Por tanto, desratizar en un área mayor al impacto. - Garantizar el control del ruido por trabajos nocturnos y en el día, sobretodo frente al Colegio Larraín. Considerar que los cierres de 2,4 mts. en inst. de faena, no tapen la visual del conductor. Mirada integral, realizar podas si es necesario en calles de desvío vehicular. | - Se deberá implementar un programa de control de vectores durante la etapa de construcción, el cual es mensual, y abordará todo el perímetro interior de las instalaciones de faena (comedores, baños, oficinas, bodegas, pañoles, entre otros). - Las medidas establecidas para el tema ruido se encuentran contenidas en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Estudio de Impacto Acústico. |
| Medio Construido | - Precisar los criterios y procedimientos para la expropiación de locales comerc. y viviendas e informar cuando se inician las obras en La Reina. Posibilidad de considerar terrenos alternativos a los propuestos (centro de diálisis, automotora, vivienda). - Establecer mesa de trabajo por el tiempo que dure el proyecto entre Juntas de Vecinos, comerciantes de Larraín, municipio y Metro para enfrentar problemas, imponderables que surjan en el desarrollo del proyecto. | - Las expropiaciones no son parte de la evaluación de impacto ambiental. - Las obras pueden comenzar una vez que el titular cuente con la RCA favorable. - El titular desarrollará un plan comunicacional y de difusión en el entorno de las obras con los/as vecinos/as, lo que será coordinado con cada municipio. - Además el titular efectuará al menos una reunión con los/as vecinos/as situados/as en las zonas adyacentes a las obras, previo al inicio de obras. |
| 27/8/12 | Liliana Cristina Villalobos Mendez | Premio Nobel 3061 | Macul | Aspectos socioeconómicos del impacto ambiental | El proyecto contiene impactos negativos de revelancia sobre la comunidad en lo que se refiere al pique de Chile España ya que la zona que se utilizara junto al estacionamiento publico es una zona de servicios a la comunidad que comprende restaurante y shoperia, tienda de genero, librería , hogar de Cristo y servicios telefónicos, que están presentes en promedio por mas de 30 años, sobre 50 años los mas antiguos, constituyéndose en una zona típica y tradicional, o sea un patrimonio cultural de la comuna de Ñuñoa, que merecen ser preservados como tales. Además la comunidad dejara de recibir los servicios que prestan dichos locales, que dada sus características propias y únicas las hacen difícil de encontrar en Santiago. Esto llevara a los habitantes de la comuna a tener que desplazarse a otras comunas en busca de igualar dichos servicios, con la consiguiente perdida de tiempo, costo de desplazamiento y el hecho mismo de la incomodidad de tener que salir de la comuna y sin perder de vista que los servicios que reciban muy probablemente sean de inferior nivel de calidad ya que perderán tanto su antigüedad como su familiaridad como clientes. Por otra parte se encuentra el impacto que tiene sobre las personas que trabajan como empleados en estos locales. A algunas las obligara a reubicarse, probablemente con otros empleadores y a otras probablemente las dejara sin trabajo definitivamente ya sea por su edad u otros factores. Se estima que en estos locales trabajan alrededor de 20 personas sin incluir propietarios y /o arrendatarios tenedores de los giros comerciales. Este ultimo grupo, los comerciantes que manejan los giros, detentan un valor que se ha forjado durante años con mucho sacrificio , con una cartera de clientes y con la inversión personal y monetaria que han incorporado para mantenerse a pesar de la competencia de supermercados, grandes tiendas y malls por tanto esto no se puede tirar a la basura . Por consiguiente y dada su tradición, hay que tener en cuenta que estos locales son muy difícil de replicar. Este impacto, en términos del daño que causarían con la eliminación de estos locales seria enorme y en algunos casos devastador, ya que involucra un impacto sobre las familias de cada uno de estos. Cada una con sus propias realidades de deudas, de créditos de consumo e hipotecarios, hijos en el colegio o universidades, cubrimiento de enfermedades y miembros de la familia que mantener. Por lo que se pide a las autoridades que no se piense que tanto empleados y empleadores son solo un numero que se puede desechar fácilmente y dejarlos en la calle sin saber que hacer; existiendo alternativas técnicas de fácil acceso, que solucionarían el problema que se han visto aplicadas en otras estaciones del metro minimizando el impacto negativo sobre la comunidad. | - El proceso de expropiación está regulado por la Ley de Expropiaciones y los procedimientos que ella establece. El titular deberá informar en primera instancia las respectivas notificaciones a los/as propietarios/as. |
| Aspectos técnicos de impacto ambiental en la futura estación del Metro Chile España, que forma parte de la nueva línea 3 | Los piques y faenas Estación Chile España de la línea 3 que serán emplazados en la esquina Sur Oriente de Avda. Irarrázaval con José Pedro Alessandri en la zona de locales y parte de la de estacionamientos públicos, conforme a lo sucedido y observado en otras estaciones pueden realizarse aprovechando de mejor manera todos los bienes de uso público disponibles en el lugar, sin afectar a privados, los cuales son muy superiores a los espacios requeridos de otras estaciones. Téngase presente que el ancho de la calle Jose Pedro Alessandri entre vereda oriente y poniente incluidos los espacios intermedios triplican el ancho entre veredas de otras calles. Lo mismo sucede de Norte a Sur .De hecho el espacio de los estacionamientos, es suficiente por si solo, sin necesidad de afectar a los locales. Otros piques y faenas de iguales dimensiones de la misma línea usaran un espacio menor al de los estacionamientos públicos acá disponibles. Además emplazándose el pique unos pocos metros hacia el Sur aprovechando los espacios de los estacionamientos públicos, la Estación del Metro se acercaría hacia la Estación del Transantiago que hay en Jose Pedro Alessandri (Macul) con el consiguiente beneficio para los usuarios y al mismo tiempo preservando los locales cercanos al pique. El estacionamiento público forma casi un cuadrado y los locales, una forma rectangular, donde prima el largo más que el ancho (100 x 8mt). Al analizar mas detenidamente los espacios que hay disponibles en dicha esquina y en sus alrededores muy próximos, se puede elegir una alternativa que resulte más conveniente tanto para metro como para los comerciantes que operan allí por muchos años, cumpliendo a la vez con el objetivo declarado del metro de privilegiar el uso de espacios públicos. Los espacios alternativos existentes en la Zona son los siguientes: 1) Utilizar para faenas los estacionamientos públicos que están quedando libres cercanos y enfrente a locales que dan hacia José Pedro Alessandri, con lo que se completaría un área entre pique y faenas más próxima entre ambas y con una forma totalmente cuadrada, optimizaría los trabajos. 2) Instalar las faenas en la vereda Nororiente de Irarrázaval en vez de en la suroriente, donde existe una amplia zona de jardines, (bien de uso público) recinto que ha sido utilizado en oportunidades anteriores con dicho objetivo (faenas y bodegaje). Mas aun, contiguo a este recinto hay otro terreno, a la fecha sin construcciones. 3) Utilizar para faenas un sitio que hay en José Pedro Alessandri en la vereda poniente a unos 50 metros de Irarrázaval, de aprox. de 2.000 Metros, donde se ubican hoy en menos de la mitad del terreno locales de tipo artesanales microempresarios (construcción ligera tipo tabiques ), vacíos desde hace un mes ,en un terreno que habría sido de propiedad Municipal hasta que se fueron los locatarios. Contiguo a este sitio hay otro sitio sin construcciones, de unos 1.400 mt2 aprox., donde recién se ha demolido la casa que existía (antiguo club de jazz). 4) Utilizar para faenas un sitio que hay disponible, sin uso actual de ningún tipo, de aprox. 800 mt2 en Duble Almeyda, casi esquina Macul vale decir a menos de una cuadra de distancia, a la misma altura del pique y faenas en estudio. Contiguo a este sitio sin uso, en Duble Almeyda, hay otro sitio de las mismas dimensiones, aprox. 800 m2, que hoy es utilizado como estacionamiento. Se estima como ideal desde el punto de vista del metro ya que estos sitios cumplen con las dimensiones necesarias y minimizaría su adecuación a faenas al no tener ningún tipo de construcciones así como tampoco no afectarían a sus dueños por su utilización y sin perder de vista que es una solución de mucho, pero mucho menor costo. 5) Ubicar el pique unos metros más hacia el Sur, siempre utilizando el espacio disponible de estacionamientos (bien de uso público), de manera de no afectar los locales de la esquina y siguientes. Esto también se ha visto en distintas estaciones actuales. 6) Utilizar el área verde (bien de uso público) de forma tipo trapezoide que hay entre la calzada oriente y la calzada poniente de Avenida Jose Pedro Alessandri con Irarrázaval. que cuenta con mas de 25 mt. de frente en Irarrázaval y 30 metros aproximadamente por el lado de la calzada poniente por Jose Pedro Alessandri y 20 mt. Aprox. por el lado de la calzada oriente de José Pedro Alessandri de manera que la futura Estación emerja en parte por esta zona, disminuyendo la necesidad en la zona de estacionamientos y locales y por ende el impacto sobre estos. Solución ya utilizada para la parte final visible en superficie en otras estaciones del metro , por ejemplo en estación de Echeñique con Avda. Ossa, ( de unos 20 metros finales de ancho en cada lado) dejando en menos de 14 metros la necesidad de espacio final para la estación en su lado mas angosto. También en la Estación Irarrázaval (Irarrázaval con Bastamente) hoy existente , la salida hacia Irarrázaval tiene menos de 4 metros de ancho y menos de 6 metros de largo y la “ventilación” en un espacio del parque (bien de uso publico) que hay entre la calzada norte de Avda. Bustamante y la calzada Sur de Avda. Bustamante con Irarrázaval. 7) Disminuir el diámetro del pique de manera de disminuir el impacto sobre los locales. Conforme a publicaciones, hay estaciones, de la línea 4, en que dadas las soluciones y técnicas adoptadas por las empresas contratistas, este diámetro ha sido de 15 mt., logrando, cito textual, “menores interferencias con la superficie a costos similares al equivalente a tajo abierto”. 8) Utilizar parte de la vereda oriente de la calle Jose Pedro Alessandri contigua al estacionamiento, de unos 6 metros (al poniente del estacionamiento) ya que su ancho es el doble del ancho típico de cualquier vereda y también del ancho de las vereda del resto de Jose Pedro Alessandri Como se ve en ese sector todos los espacios públicos superan ampliamente las dimensiones habituales en comparación de muchas estaciones de metro Por lo tanto ,se puede aprovechar los espacios públicos sin afectar los locales. Causando por lo tanto un menor impacto ambiental de un lugar tradicional parte de la cultura de la comuna mejorando la calidad de vida y el impacto social. | - El área de instalación de faenas de Pique Chile-España se redujo en el eje Irarrázaval al Oriente, pero el pique mantiene sus características técnicas. - En relación al Pique Chile-España, las áreas requeridas para poder realizar las obras corresponden a lo necesario para el desarrollo de las obras de construcción, sin tener el titular aún precisión respecto a los deslindes de las propiedades. - No obstante, dado que el proceso de expropiación está regulado por la Ley de Expropiaciones y los procedimientos que ella establece, el titular deberá informar en primera instancia las respectivas notificaciones a los/as propietarios/as. |
| | | | | Otras consideraciones técnicas | La expropiación de Monseñor Eyzaguirre en un pique igual al de Macul ocupa menos espacio que el del estacionamiento publico disponible. La reorientación de la salida de la estación (ejemplos) 1) Las estaciones de metro Bilbao (Bilbao con Tobalaba) y Príncipe de Gales (Avda. Ossa con Tobalaba) utilizan hoy en superficie 20 metros por 20 metros como construcción del metro (son de las mas grandes en superficie). No habiendo afectado a las estaciones de servicio Shell que se ubican en cada una de ambas esquinas. (la de Avda. Ossa fue utilizada como parte de las etapas de la obra y luego restituida). Lo anterior sin perder de vista otra alternativa que es que en la calle Jose Araneda, (en proximidades de Irarrázaval con Suecia) se ubicaría otro pique y faenas, donde se cuenta con amplios estacionamientos de superficie, estos últimos tanto hacia Irarrázaval como hacia la calle anterior, y que desde allí se podría avanzar bajo superficie para realizar los trabajos en Irarrázaval con Macul. Al escoger una de las alternativas anteriores habría un menor impacto ambiental y social, lo que beneficiaria a la comunidad en general en una obra de utilidad publica. Este es un argumento fuerte ya que si en un momento les sirvió un menor espacio y si utilizar el espacio publico y terrenos privados disponibles que en este caso en especial ambos son bastante amplios, les tiene que servir para todo el resto de las estaciones del metro. | Las estaciones no corresponden al proyecto en evaluación, el cual es acerca de piques y galerías. |
| 27/8/12 | Amanda Ormazabal (y 4 personas más, vecinos de Joaquin Godoy) | Joaquin Godoy n° 90 | La Reina | | Consideramos importante que el Metro llegue hasta el Hospital Militar | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación ambiental. |
| | Impacto vial por Avenida Larraín durante el tiempo de construcción de la Línea 3. | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n°7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| | ¿Va a ser necesario expropiar propiedades y cuales sería? | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| | Cómo va a afectar la construcción de la Línea 3 al futuro túnel minero de la Autopista de Américo Vespucio | El titular ha comprometido desarrollar las coordinaciones necesarias para considerar la interacción con los proyectos aledaños a las obras de la presente DIA. |
| | Como se va a tratar el impacto acústico y el tema de control de plagas. | - Las medidas contempladas para el tema ruido se encuentran contenidas en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. - Se deberá contemplar la implementación de un programa de control de vectores durante la etapa de construcción, el cual es mensual, y abordará todo el perímetro interior de las instalaciones de faena (comedores, baños, oficinas, bodegas, pañoles, entre otros). |
| 27/8/12 | Vladimir Nolberto Huichacura Quintriqueo (en representación del “Centro Cultural Matta Sur Barrio Valioso”, 2 Juntas de Vecinos y 1 comité de adelanto) | Victoria 325 | Santiago | Expropiaciones en Avenida Manuel Antonio Matta, Comuna de Santiago. | Las expropiaciones afectan específicamente a los siguientes sectores: Avda. Matta esquina Santa Rosa, lado Nororiente Avda. Matta esquina Victor Manuel. Lado Sur poniente; Avda. Matta lado Sur, entre las calles Cuevas y Rogelio Ugarte. Estas expropiaciones afectan aproximadamente a más de 1000 m2 de superficie, por cada una de estas (en total, más de 3000 m2 de superficie). En esta DIA, se hace mención al casco histórico de la comuna de Santiago: Plaza de Armas, calle Moneda, entre otros donde se efectuarán diversos piques. No se hace mención en parte alguna de la DIA a la Av. Matta, cuya reseña histórica puede resumirse así: El desarrollo urbano de Av. Matta empezó bajo la intendencia de don Benjamín Vicuña Mackenna a fines del siglo XIX, construyéndose edificaciones de gran valor artístico y arquitectónico, las que han sido reconocidas y valoradas en las siguientes categorías: Portal Eliseo del Campo (Entre Av. Portugal y Pedro León Ugalde, declarado inmueble de conservación histórica). Iglesia del Santísimo Sacramento, (entre calles Artemio Gutierrez y Carmen) declarado Monumento Nacional) Colegio María Auxiliadora (entre Av. Matta y Santa Rosa) declarado Inmueble de Conservación Histórica. Escuela Francisco Andrés Olea (Av. Matta esquina Serrano) inmueble de Conservación Histórica y además de una zona típica. Además de ellas coexisten otras edificaciones de interesante factura y valor arquitectónico, generalmente construidas en las esquinas de esta Avenida, como son: - Casa esquina en calle Cuevas – Av. Matta (3 pisos) - Casa esquina en calle Rogelio Ugarte con Av. Matta incluyendo la casa que prosigue (2 pisos de uso comercial y residencial). Ambos inmuebles de gran valor patrimonial fueron reconocidos en una modificación al Plano Regulador Comunal Seccional que se encuentra desarrollando la Ilustre Municipalidad de Santiago. - Casas de igual diseño enfrentadas en las esquinas de Av. Matta y Tocornal (2 pisos). - Casas de igual diseño enfrentadas en las esquinas de Av. Matta y Carmen lado norte (2 pisos) uso comercial. - Casa esquina en Santa Rosa con Av. Matta lado sur oriente (2 pisos) comercial y habitacional. - Casa esquina en Av. Matta con Lima (habitacional, Casa de la Cueca) - Edificio de 2 pisos en calle San Francisco esquina Av. Matta (comercial) - Iglesia San Rafael, Arturo Prat con Av. Matta. - Escuela Luis Cruz Martinez San Diego esquina Matta. Estas edificaciones construidas entre fines del XIX y mediados del XX dan carácter e identificación a la Av. Matta, con un estilo Eclecticista, producto de la variada arquitectura de la época, que no obstante armonizan entre sí, por la pureza de sus líneas y su urbanidad. Lamentablemente, por la desidia de las autoridades y la acción de vándalos, estas valiosas edificaciones han sido mancillas por los grafitis que las desfiguran y no dejan reconocer su prestancia y armonía. A pesar de ello la comunidad organizada ha recogido un antiguo anhelo, cual es, que se proteja por un lado y se reconozca por otro, la valía de este antiguo barrio y de su histórica Avenida: Manuel Antonio Matta, declarándola Zona Típica y de esta forma procurar su resguardo para las futuras generaciones. Es un hecho reconocido y manifestado por diversos historiadores, arquitectos y urbanistas que la ciudad de Santiago ha visto perder de forma inclemente valiosas construcciones (palaciegas incluso) sin tener el más mínimo respeto por la historia representada en estas edificaciones y por quienes las habitaron, pues dichos edificios además de su arquitectura valiosa tienen una histórica personal, que refleja un modo de vida y de costumbres. El barrio de Avenida Matta, ha sido justamente apreciado y valorado por importantes personalidades del mundo cultural como entre otros el arquitecto Miguel Lawner, historiador, Miguel Laborde que se refieren a su construcción de fachada continua, que configura tres tipos de vivienda, la de un piso entre medianeros, la de un piso esquina y la de dos pisos que por lo general abarca al menos una esquina. La simetría de sus construcciones, el tratamiento del ladrillo, con un sofisticadísimo nivel de diseño de las terminaciones que son dignos de toda consideración y su valor inmaterial e histórico, justifican plenamente la petición al Consejo de Monumentos Nacionales de declararlo Zona Típica por parte del comité Matta Sur Barrio Valioso. Vale señalar que esta petición está avalada por la Ilustre Municipalidad de Santiago que la ha hecho suya en Carta N°1074, fechada el 20 de mayo de 2011, direccionada al Presidente del Centro Cultural Matta Sur. Consecuentemente con ello se solicita un reestudio de las expropiaciones en la Avenida Manuel Antonio Matta, que la Empresa Metro S.A. piensa efectuar, pues siendo el Fisco su principal dueño, es a él que le cabe resguardar el patrimonio arquitectónico, histórico, material e inmaterial de la ciudad capital. Dichas demoliciones quitan a ésta de parte importante de su patrimonio, y lo más trágico no ha sido patrocinado por particulares sino que el propio Estado representado por Metro S.A. será quien ejecute este acto deplorable. Además se considera que no existe justificación suficiente para desviar el trazado de recorrido entre las Estaciones Diez de Julio e Irarrázaval, para solo construir una estación (Santa Rosa). En todo caso, si la estación llegara a efectuarse se propone cambiar el nombre a estación Manuel Antonio Matta. | - Ninguna de las edificaciones mencionadas será afectada en la presente etapa del proyecto. - El titular ha modificado el área de instalación de faenas en el Pique Cuevas, como se informó en la Adenda n° 2, con lo cual ya no se afectará la casa esquina de calle Rogelio Ugarte. Con tal propósito Metro S.A., se ha coordinado con la Municipalidad de Santiago, de acuerdo a lo declarado en la adenda n° 2. |
| | Por otra parte la comunidad propone, sin perjuicio de otros estudios que el Metro S.A. puede efectuar para evitar este perjuicio irreparable, las siguientes alternativas: A) En vez de construir el pique entre las calles Cuevas y Rogelio Ugarte, efectuarlo doscientos metros al poniente, entre las calles Lira y Sierra Bella, donde hay una bomba bencinera y varias propiedades que fueron en parte expropiadas por el ensanche de Sierra Bella para las vías exclusivas del Transantiago. Dichas propiedades se encuentran deshabitadas y semidestruidas, además de tener dos sitios eriazos. Esto evitaría la destrucción principalmente del valioso inmueble esquina de Rogelio Ugarte y del otro inmueble que lo continúa, a los que se ha hecho referencia anteriormente. Considerando que en Avda. Matta hay una bomba bencinera cada seis cuadras, cinco en toda su extensión, muy por el contrario, a futuro a ese espacio se le podría dar otro destino para mejoramiento del barrio. B) En vez de construir el pique, destruyendo las propiedades al poniente, en la esquina de Victor Manuel y Avda. Matta, efectuarlo en la misma calle Victor Manuel, que puede perfectamente cerrase al tráfico, pues casi no tiene movimiento de vehículos, ya que ese tramo termina al final de la calle, si se construyera en ese sector la Estación Manuel Antonio Matta, su ingreso o salida puede efectuarse en la calzada de Avda. Matta que en esa parte tiene el ancho suficiente, y por otra parte en otras estaciones así se ha hecho Ej. La Estación Irarrázaval. C) En vez de construir el pique en Avda. Matta esquina Santa Rosa, lado nororiente, destruyendo las propiedades destinadas en su mayoría a uso comercial desde antigua data, en una de las esquinas más concurridas de dicha Avenida, con gran afluencia de público, que le da vida al sector, sin que se sepa que va a ocurrir a posterior con ese terreno de más de mil metros cuadrados, que de acuerdo a la Ley de Expropiaciones debe ser destinado exclusivamente a la razón por la cual se expropia, usar el terreno adyacente en Victor Manuel con Avda. Matta donde está otra bomba bencinera que tiene un terreno similar al sector a expropiar y si faltare para las obras de entrada y salida de camiones, usar la misma calle Victor Manuel que también en ese tramo, casi no tiene tráfico y termina en calle Porvenir, paralela a Avda. Matta. Es muy posible que ello constituyera un menor costo por expropiación, además mantendría el carácter comercial de dichas propiedades y evitaría cesantía. Finalmente, debe señalarse que el día Sábado 18 del actual, en la Revista Vivienda y Decoración del Diario El Mercurio, se publica un reportaje que realza el valor como patrimonio histórico del barrio Matta, el florecimiento industrial y de migración desde el campo a la ciudad, y la llegada de colonias españolas, italianas, árabes y judías, en la primera mitad del siglo XX. En ese artículo, Yasna Contreras, doctora en Urbanismo y Profesora de Geografía de la Universidad de Chile, declara que Matta es la oportunidad para el Municipio de Santiago de construir mejor ciudad, repoblar el barrio con comunidades amigables, con diseños urbanos y verdes interesantes, que respeten las fachadas prexistentes, las alturas. Consideramos por otra parte, que las expropiaciones a realizarse en Avda. Matta como propias de un Estudio de Impacto Ambiental y no de una Declaración de Impacto Ambiental, puesto que estas destruyen propiedades con valor histórico y que pertenecen al patrimonio cultural, por su antigüedad, por sus características constructivas, por su contexto histórico y su singularidad. Todo ello definido por la ley 17288 del Consejo de Monumentos Nacionales y por la ley 19.00, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. | Respuestas de acuerdo a la factibilidad técnica para las siguientes propuestas: a) El pique no es posible moverlo dado que se requiere tener una equidistancia entre piques para poder garantizar la ventilación de los túneles de Metro. Por otra parte, el titular ha acordado con la Ilustre Municipalidad de Santiago la forma de salvar dos propiedades de valor patrimonial, lo que ha quedado reflejado en la Adenda n° 2. b) El pique en la esquina de Víctor Manuel con Avda. Matta no se construye en esta etapa. c) Dado los aspectos funcionales y de integración se requiere que el pique se construya en la esquina Nor-Oriente de Avda. Matta con Santa Rosa. |
| Pique y Galerías Línea 3 Metro S.A., Comuna de Santiago. | PIQUE CAL Y CANTO. Se debe incluir que el pique se encuentra emplazado en la Zona Típica parque Forestal (D.E. N°824, MINEDUC, 29/07/1997. D.O. 12/08/1997). No se especifica donde serán reubicados los colectivos que hoy ocupan la plaza donde se emplazará el pique y por cuánto tiempo será este traslado. | - El titular se ha coordinado con la Ilustre Municipalidad de Santiago para la reubicación temporal de los taxis colectivos que se encuentran actualmente en la Plaza Venezuela. - El titular ha coordinado con la Ilustre Municipalidad de Santiago las condiciones con las que se atenderá en forma efectiva el traslado de los taxis colectivos de la Plaza Venezuela, esto se materializará en condiciones similares a las existente. - Al respecto, en la calle Aillavilu quedan 22 posiciones para taxis colectivos y al sur del borde del Río Mapocho se albergan otras 17 posiciones más, con lo que se da ubicación a las 39 posiciones solicitadas por la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM. |
| PIQUE PLAZA DE ARMAS. Se debe indicar que el terreno donde se emplazará el pique y posterior acceso a la estación Plaza de Armas, se encuentra colindante al inmueble de Conservación Histórica N°157, conforme al Plan Regulador Comunal de Santiago (PRCS). | Se acoge la observación. Al respecto el titular deberá cumplir con la normativa vigente. |
| PIQUE MONEDA. Este pique también se emplazará en Zona de Conservación Histórica A1 Microcentro (PRCS). | Se acoge la observación. Al respecto el titular deberá cumplir con la normativa vigente |
| PIQUES CAL Y CANTO, PLAZA DE ARMAS, MONEDA y ALAMEDA. Para todos ellos se deberá considerar lo señalado en el PRCS, Artículo 30 Zona A letra o, con respecto a las excavaciones. | El componente de patrimonio arqueológico ha sido evaluado por el Consejo de Monumentos Nacionales y se han establecidos todas les medidas requeridas de acuerdo a la normativa vigente, solicitando los estudios pertinentes. |
| PIQUE DIEZ DE JULIO. Se deberá modificar el nombre de la estación a “Parque Almagro”, debido al lugar donde se emplaza y a la confusión que podría provocar con el público. | El nombre de las estaciones no tiene relación con el proyecto en evaluación. El cual corresponde a piques y galerías. |
| 27/8/12 27/8/12 27/8/12 27/8/12 | Sandra Lidia Soriano Inostroza Marcela Margarita Nuñez Díaz Karin jara S. Juan Carlos Muñoz Cayuqueo | Andacollo 494 Andacollo 452 Andacollo 494 Salar del Carmen 573 | La Reina La Reina La Reina La Reina | | El proyecto no aborda la totalidad del trayecto que se requiere para dar respuesta a las necesidades de la comuna y de esta zona de Santiago, por lo que solicitamos la extensión del proyecto hasta el Hospital Militar. Aspecto señalado por los concejales Francisco Olea y José M. Palacios en carta dirigida al presidente de La República Sr. Sebastián Piñera E. | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación. |
| | Problemas, de Conectividad vial y calles adyacentes. Alto Tráfico de camiones. | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo 5 de la adenda n° 1. |
| | Ruidos Molestos para los hogares y familias de la zona. | El tema ruido se encuentra contenido en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Estudio de Impacto Acústico. |
| | Problemas de contaminación ambiental evidentes. | La evaluación ambiental de la DIA permite determinar que no existirán impactos ambientales significativos. |
| | Impacto ambiental en las Feria sectores comerciales: tráfico de peatones y personas que circulan y camina por esta zona. | El proyecto no afectará las ferias libres de la Comuna de La Reina. |
| | Cortes de arboles urbanos en las zona de excavaciones. | El titular deberá dejar en similares o mejores condiciones los sitios que sean intervenidos por las faenas, incluyendo la arborización existente. Respecto a la tala de arboles. La compensación será según lo declarado por el titular en la DIA. |
| | Expropiaciones. Solicitamos indicar y precisar la naturaleza, metros cuadrados, viviendas de posibles expropiaciones a la comunidad y vecinos. | Las expropiaciones no son parte de la evaluación de impacto ambiental. |
| | Plagas de roedores en barrios y hogares. | Se deberá contemplar la implementación de un programa de control de vectores durante la etapa de construcción, el cual es mensual, y abordará todo el perímetro interior de las instalaciones de faena (comedores, baños, oficinas, bodegas, pañoles, entre otros). |
| 27/8/12 27/8/12 27/8/12 27/8/12 | Rogelio Rodríguez Esteban Pizarro Eduardo Alvarez Hernan Rojas | Blest Gana 6600 Blest Gana 6662 Blest Gana 6614 Blest Gana 6627 | La Reina La Reina La Reina La Reina | | Un problema que deberá resolverse es el del ruido ambiental que será consecuencia de las faenas y del traslado de camiones | El tema ruido se encuentra contenido en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| | Otro problema: la contaminación atmosférica, producto del polvo que levantarán los trabajos. | Entre las medidas que el titular debe considerar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| | Otro problema: la proliferación de ratones que será efecto de las excavaciones en terrenos cercanos al Canal San Carlos. | Se deberá contemplar la implementación de un programa de control de vectores durante la etapa de construcción, el cual es mensual, y abordará todo el perímetro interior de las instalaciones de faena (comedores, baños, oficinas, bodegas, pañoles, entre otros). |
| | Otro problema: la congestión vehicular al realizar faenas durante años en la Avda. Larraín, donde circula diariamente una vasta cantidad de vehículos particulares y buses de la locomoción colectiva. | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| 27/8/12 | Agueda Moya Sáez | Alcalde Chadwick 2265-A | La Reina | Impacto en el territorio | - ¿Cuál será el plan de conservación y/o reemplazo de arbolado urbano y áreas verdes? - ¿Cuáles serán las medidas de mitigación de ruidos y polvo en suspensión? | - El titular deberá considerar el traslado del arbolado en la medida que ello sea posible técnicamente, lo que será coordinado con el respectivo Municipio, en donde también se tendrá presente el estado fitosanitario de las especies al momento de intervenir. La compensación a realizar será de acuerdo a lo planteado por la normativa vigente. Ruido: Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. Material Particulado: Entre las medidas que el titular debe implementar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| Congestión vehicular y transito de camiones | - ¿Cuáles serán las medidas para disminuir la alta frecuencia y tonelaje de camiones y maquinarias? (horarios) - ¿Se cuidarán y mantendrán el pavimento y veredas de nuestra comuna? | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - El titular deberá realizar un catastro de la infraestructura vial involucrada en el proyecto, previo al inicio de las obras, el que deberá ser informado a los municipios respectivos. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las soleras, calzadas o veredas que pudieran eventualmente ser dañadas con motivo de las obras, una vez concluido el proyecto en su totalidad (Etapas 1 y 2). |
| Diseño de obra | Necesitamos tener un diseño de línea hasta el Hospital Militar | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación de impacto ambiental |
| 27/8/12 27/8/12 | Concejal José Manuel Palacios Concejal Francisco Olea Lagos | Avenida Larraín 9925 Avenida Larraín 9925 | La Reina La Reina | | El proyecto no aborda la totalidad del trayecto que se requiere para dar respuesta a las necesidades de la comuna, por lo que solicitamos la EXTENSIÓN DEL PROYECTO hasta el Hospital Militar. Sin embargo, en el actual diseño de ingeniería se proyecta sólo desde Conchalí hasta Av. Larraín con calle Valladolid. Dicho “remate” en La Reina, corresponde al sector de Tobalaba con Larraín, área con escasa capacidad vial y “estrangulada” por flujos viales y alta frecuencia de transporte. Por ende, las nuevas cargas vehiculares y externalidades afectarían negativamente un sector de sello residencial, cohesionado, de baja densidad y altura, y sin vías expeditas de conexión. Pensamos que el Hospital Militar de Santiago (HMS) –ubicado en Avenida Larraín 9100- es una alternativa territorial y urbana con condiciones e incentivos para este “Remate” de Metro S.A. HMS, es el principal centro clínico del Ejército de Chile y cuenta con todas las tecnologías para entregar la mejor atención a sus pacientes. Su infraestructura así lo demuestra. Además, el HMS está abierto a la comunidad y posee una serie de convenios con Fonasa, Isapres y otras instituciones, por lo que es factible elaborar un diseño definitivo de “remate” de la línea 3 que potencia esta mega obra. Hemos indicado que en el radio del HMS existen paños y predios que acogen desde el punto de vista espacial, con condiciones territoriales objetivas, la extensión de este transporte público. A ello se suman razones poderosas para una estación terminal como son: la localización de la Villa La Reina, el parque industrial, subcentros comerciales en desarrollo, acceso al parque Mahuida, y flujos de sectores residenciales de comunas altamente pobladas y en expansión como Peñalolén y La Florida. | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación de impacto ambiental |
| | Circulación de camiones por calles no aptas, de ancho insuficiente para sumar a la carga vial habitual camiones de la envergadura que se proponen. Se pide al Titular que adecuar el tamaño de los camiones a la estructura vial existente, hacerlo en horarios que no afecten el desplazamiento de los vecinos y que se asegure desde ya que en caso de producirse daños, las calles y veredas serán reparadas, por el Titular en un plazo acotado. | - En el proyecto se utilizará como máximo 4 camiones por hora, considerando una jornada de trabajo de 10 horas. Los camiones tolva que se utilizarán tendrán 2 ejes, una capacidad de 10 m3 y tecnología reciente para cumplir con la norma Euro III. Es decir, un peso bruto estimado mayor a 16 ton, con fecha de inscripción posterior a septiembre de 2006. Lo que cumple la carga por eje establecida en la normativa vigente. - El resto de las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | Ruido. Dado que el proyecto se desarrolla en zonas preferentemente residenciales se requiere que las medidas de mitigación sean de alta calidad, de manera que aseguren que la población no sufrirá impactos en este aspecto, por lo que a lo menos debiera garantizar el Titular que sólo realizará labores en horario diurno, mediciones por terceros independientes, información a la comunidad de obras que ocasiones mayor ruido que el habitual, paralización de obras los fines de semana. | - Ruido: Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. - Vibraciones: Durante la etapa de construcción del proyecto que es materia de esta evaluación, no se contempla la generación de vibraciones, por la naturaleza de los trabajos de las obras. No obstante, el titular deberá establecer y mantener todos los mecanismos de medición relacionados con esta materia y tomar las medidas correctivas adecuadas en caso de ser necesario. |
| | Vibraciones: no se han considerad los daños colaterales que ocasiona la vibración producto de las excavaciones en las cercanías de las obras. Al respecto se solicita incluir un mecanismo de responsabilidad por los daños que este tipo de obras ocasionan en los bienes de los vecinos: fractura de paredes, rotura de vidrios, desnivel en suelos, etc. | Durante la etapa de construcción del proyecto que es materia de esta evaluación, no se contempla la generación de vibraciones, por la naturaleza de los trabajos de las obras. No obstante, el titular deberá establecer y mantener todos los mecanismos de medición relacionados con esta materia y tomar las medidas correctivas adecuadas en caso de ser necesario. |
| | Emisión de gases y MP, producto de las excavaciones, maquinarias y camiones que circularán. | Entre las medidas que el titular deberá implementar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| | Afectación de áreas verdes: resguardo de las especies nativas, plan de recuperación de áreas verdes, señalar propuesta de cuidado de arbolado urbano. Actualizar inventario de arbolado. | Para el arbolado urbano susceptible de ser afectado, el titular ha propuesto su protección (específicamente de los troncos) en forma previa al comienzo de las obras, con tablones, revestimiento metálico u otro material aislante, en una altura no inferior a los 3 metros, a fin de evitar que se les ocasionen daños por las operaciones propias de las obras o paso de vehículos y máquinas en terrenos cercanos. Estas protecciones serán retiradas una vez finalizadas las obras, cuando no exista riesgo de ser afectados. |
| | Afectación en aguas subterráneas y sus consecuencias. | Según la información entregada en la DIA y de acuerdo a la evaluación ambiental, no se detectó napa freática en el Tramo 1 entre las calicatas 1 al 11, correspondiente a la zona de la comuna de La Reina, como consta en el Anexo n° 8A de la DIA. |
| | Expropiaciones. Solicitamos indicar y precisara la naturaleza, metros cuadrados, viviendas de posibles expropiaciones a la comunidad y vecinos. | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| | Control de posibles plagas en la zona. Medidas concretas. | Se deberá contemplar la implementación de un programa de control de vectores durante la etapa de construcción, el cual es mensual, y abordará todo el perímetro interior de las instalaciones de faena (comedores, baños, oficinas, bodegas, pañoles, entre otros). |
| | Mecanismos de control, monitoreo y seguimiento de las acciones postuladas. | - El Marco Legal y Plan de Cumplimiento de la Legislación Aplicable al Proyecto se encuentra en la DIA en el punto VII. - Por su parte, las modificaciones introducidas a la Ley n° 19.300 por la Ley n° 20.417, consideran la existencia de una Superintendencia del Medio Ambiente y Tribunales Ambientales, quienes son los órganos encargados del seguimiento, fiscalización y sanción de los proyectos que cuenten con RCA aprobada. |
| | Solicitamos además, indicar cuál es el Plan de Manejo Ambiental Previsto y proyectado por esta empresa. | Según lo establecido en el artículo n° 42 de Reglamento del SEIA, los planes de manejo no aplican a proyectos aprobados mediante EIA o DIA. No obstante el titular deberá cumplir con la normativa sectorial aplicable, que se encuentra contenida en la DIA. |
| 27/8/12 | Gerardo José Soto Gutiérrez | Avda. Larraín 6831 | La Reina | Seguridad | La extracción y/o supresión de la Estación de Servicio ubicada en Larraín/Tobalaba Sur Oriente implica por disposición de la SEC (Superint. de Elect. y combustibles) que no se puede realizar trabajos de compactación y/o trabajos con elementos de metal que impliquen explosión o incendio por posible contaminación del terreno o con combustibles. | La SEC se pronunció respecto de las siguientes materias relacionadas con seguridad de electricidad y combustibles - El suministro de combustibles a maquinarias, equipos y/o vehículos debe cumplir con los requerimientos establecidos en el D. S. n° 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. - Las instalaciones eléctricas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la SEC, mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S n° 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. |
| Aspecto social, humano | Es el único Servicentro que atiende a la comunidad que circula hacia el Oriente. Atiende todo el sector desde Mons. Edwards (Reina Bajo) con kerosene, a peatones vecinos del sector, no teniendo otra alternativa. La ubicación en este sector implica cesantía de 14 jefes de familia (inc. Verduleria). | No ambiental |
| Económico | El proyecto con el pique al frente vereda norte no requiere expropiaciones, solo restaurar arboles que por los años deben ser renovados (peligro de desganche), por lo que recomiendo traslado a vereda del frente. | El titular modificó el área geométrica del pique Larraín, según se informó en la Adenda n° 2, quedando con las siguientes características: Pique circular de 22 mts. de diámetro y 21 mts. de profundidad. |
| 27/8/12 | M. Antonieta Garrido (en nombre de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de La Reina) | Avenida Larraín 9990 | La Reina | | El horario consignado de los camiones es inapropiado por lo angosto de las calles y porque en este sector es la única salida y entrada de la Comuna, por lo tanto debiera el horario de los camiones debiera empezar después de las 10 horas (reversibilidad de Avda. Larraín) | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | Es inviable que circulen camiones que vienen desde Simón Bolívar y vuelven por Lynch Norte, pues en esa calle existen dos colegios que tienen mucho movimiento de vehículos de apoderados y transporte escolar | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | El recorrido de los camiones por las calles interiores será absolutamente inviable debido a lo angosto de las calles y arboleda naja. Consideramos que el recorrido óptimo sería por Avda. Larraín hasta Laura Rodriguez o Jorge Alessandri y bajada por Arrieta, al mismo tiempo les sirve para el retorno de los camiones a los piques. | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | Es absolutamente necesario el uso de banderero para señalizar el movimiento de camiones y evitar accidentes. | Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| | Debido al gran tránsito de camiones que se realizará durante toda la etapa de construcción, éste quedará muy deteriorado por lo tanto exigimos la reposición del pavimento. | El titular deberá realizar un catastro de la infraestructura vial involucrada en el Proyecto, previo al inicio de las obras, el que será informado a los municipios respectivos. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las soleras, calzadas o veredas que pudieran eventualmente ser dañadas con motivo de las obras, una vez concluido el proyecto en su totalidad (Etapas 1 y 2). |
| | ¿Qué ocurrirá con el acueducto Agua Negra que queda a menos de 30 mts. del pique de Plaza Clorinda Henriquez? | Las obras a ejecutar se encuentran alejadas del acueducto mencionado por lo cual no existe riesgo de interferencia. |
| | Cuántos metros cuadrados se expropiarán y cuales son las propiedades afectadas. Cuáles serán las medidas de compensación para la comunidad de La Reina. | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| | Deseamos conocer el mecanismo de control de emisión de ruidos, es decir Plan de Manejo Ambiental. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| | Solicitamos seguro de accidentes para vecinos y medidas para prever mecanismo de control, prevención para solucionar futuros problemas. | Las modificaciones introducidas a la Ley n° 19.300 por la Ley n° 20.417, consideran la existencia de una Superintendencia del Medio Ambiente y Tribunales Ambientales, quienes son los órganos encargados del seguimiento, fiscalización y sanción de los proyectos que cuenten con RCA aprobada. |
| | Solicitamos que se consigne una garantía por 5 años de eventuales daños a la infraestructura de las casas aledañas. | El titular deberá realizar un catastro de las viviendas cercanas a las obras del proyecto, previo al inicio de las obras. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las posibles afectaciones o daños ocasionados a las viviendas, que sean atribuibles a la materialización del proyecto. |
| | Cabe recordar que nuestra Comuna es una comuna verde, amigable por lo que nos importan mucho los arboles, su mantención y conservación, como así mismo las ciclovías, plazas y luminarias. | El titular deberá dejar en igual o mejores condiciones todos los sitios donde se produzcan obras del proyecto. |
| | Solicitamos se considere estacionamientos de bicicletas. | No relacionado con el proyecto de piques y galerías. |
| | Para evitar la polucion ambiental solicitamos se nos informe las soluciones previstas – movimiento de camiones, riego, mallas con los vecinos, etc. | Entre las medidas que el titular deberá implementar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| | Por el ruido producido por la obra queremos saber cuáles serán las mitigaciones. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| | Aunque no está dentro de su ámbito deseamos insistir con la extensión del Metro hasta el Hospital Militar, para continuar teniendo una buena calidad de vida. | No relacionado con el proyecto de piques y galerías. |
| 27/8/12 | M. Antonieta Garrido Calabresse (en nombre de la Junta de Vecinos n°11 “Manuel Oyarzun P.”) | Los Prunos 6978 | La Reina | Acueducto | Existe en ese Pique Tobalaba, Clorinda Henriquez al costado de la bomba Petrobras un acueducto que surte de agua a la zona Oriente ¿Qué pasará ahí? | No se producirá ninguna interferencia con el acueducto indicado. |
| Expropiación | En ese sector se expropiarán terrenos y casas ¿Cuándo se les informará a los vecinos? | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| Polución | No se informa de las medidas de mitigación por la polución, ni con qué periodicidad se mojarán y lavarán las calles que transitarán camiones con tierra. | Entre las medidas que el titular deberá implementar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| 27/8/12 | M. Alicia Arratia Mahuzier (en nombre de la Junta de Vecinos n°7 “Gabriela Mistral”) | Calatayud 418 | La Reina | Camiones Calles | La circulación de camiones por calles interiores de Avda. Larraín será un grave problema, por sus calles angostas y 100% residenciales.- Solución Avda. Larraín – Jorge Alessandri o Laura Rodríguez. | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| Ruidos | Medida de mitigación de alta calidad, de manera de asegurar que los vecinos no sufran gran impacto. Sin trabajo los fines de semana. Medición de ruido por terceros independientes. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| Expropiación | Dirección de casas afectadas en Avda. Larraín esq. Valladolid. | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| Emisión de gases y M.P. | Producto de las excavaciones, maquinarias y camiones. | Las emisiones atmosféricas del proyecto se encuentran en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, específicamente en el punto V.1 emisiones atmosféricas. Por su parte en el Anexo n° 8. se encuentra el Cálculo de Emisiones Atmosféricas |
| Vibraciones | Considerar daños colaterales que se produzcan por la vibración producto dela excavación. Solicito incluir un mecanismo de responsabilidad por los daños de este tipo de obra ocasionan en los bienes de los vecinos – fractura de pared, rotura de vidrios, desnivel suelos. | El titular deberá realizar un catastro de las viviendas cercanas a las obras del proyecto, previo al inicio de las obras. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las posibles afectaciones o daños ocasionados a las viviendas, que sean atribuibles a la materialización del proyecto. |
| Extensión del proyecto | Solicitamos que se aborde la totalidad del trayecto para dar respuesta a las necesidades de la Comuna, extendiendo la línea 3 hasta el Hospital Militar. | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación de impacto ambiental. . |
| 27/8/12 | Victor Manuel Palacios Hurtado | Av. Ossa 765 | La Reina | | Seguros y garantía por 5 años postconstrucción por deterioros en bienes de los vecinos (muchas veces daño estructural). | El titular deberá realizar un catastro de las viviendas cercanas a las obras del proyecto, previo al inicio de las obras. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las posibles afectaciones o daños ocasionados a las viviendas, que sean atribuibles a la materialización del proyecto. |
| | Ruido ambiental se suma con los que ya existen. Mitigar - polución ambiental durante la construcción. 2 colegios en Lynch Norte donde circulan los camiones | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| | Horario de camiones – congestionarán Vespucio. Contratar expertos en mitigación de ruido, deterioro de calles y de casas aledañas. | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| 27/8/12 | Margarita Orellana Jimenez (en representación de Junta de Vecinos n°9 Lynch Sur – Tobalaba”) | Nueva Tobalaba 176 | La Reina | Ruidos | Que las medidas de mitigación sean de mucha calidad, porque los vecinos que están a continuación del pique serán afectados, paralización de obras los fines de semana. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| Expropiación | Queremos saber cuales son las propiedades a expropiar en Larraín con Lynch Sur | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| Extensión | No aborda la totalidad del trayecto que se requiere para dar respuesta a las necesidades de la comuna, solicito extensión del Metro hasta el Hospital Militar | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación. |
| 27/8/12 | Concejala Adriana Muñoz Barrientos | Av. Larraín 9925 | La Reina | | Estrategia Comunicación. Dado que el proyecto es de alto impacto para la comunidad solicito conocer a la brevedad el plan de información a los vecinos de los sectores afectados. | El titular implementará un plan de comunicaciones con la comunidad del entorno de cada obra, cuyas principales acciones serán: - Plan de Difusión del Proyecto. Se realizarán reuniones periódicas con las comunidades y vecinos inmediatos a cada obra, en coordinación con cada municipio, para dar a conocer los aspectos esenciales del proyecto junto con informar sobre las obras y actividades propias del proyecto y sus beneficios, así como el avance de las obras. - Plan de Instalación de faenas. Previo a la instalación de faenas, en coordinación con el municipio respectivo, se informará a la comunidad aledaña sobre las faenas y de los planes de desvío de tránsito contemplados. - Canales de información: Las inquietudes, sugerencias y reclamos de las comunidades podrán hacerse llegar a través del Libro de Reclamos disponible en cada obra; página WEB de Metro; Oficinas de Atención a Clientes de cada línea en servicio; correos electrónicos, etc., las que serán respondidas a través del Sistema Central de Atención a Clientes de Metro S.A. u otro sistema que se diseñe para estos efectos. Las acciones de difusión y comunicación serán apoyadas mediante la distribución de volantes, afiches, gigantografías instaladas en las obras, información a través del sitio Web de Metro, canales y medios locales, etc. |
| | La Comuna de La Reina se caracteriza por tener calles y avenidas estrechas ¿cómo abordarán este aspecto considerando el flujo que existe actualmente de transporte público y que produce serios atochamientos particularmente en las mañanas y en las tardes? | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo 5 de la adenda n° 1. |
| | Con relación a puntos críticos del tránsito vehicular, es decir, los horarios consignados para el desplazamiento de los camiones es inapropiado por lo cual ocasionará serios problemas a los vecinos del sector. Avenida Larraín es la principal vía estructurante de la Comuna y circulan miles de vehículos. Se sugiere revisar los horarios | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | Respecto a la circulación de camiones que vienen desde Simón Bolivar y vuelven por Lynch Norte, es absolutamente inconveniente dado la presencia de 2 colegios con gran matricula, sumando a los autos de los apoderados y buses escolares. Es absolutamente necesario el uso del banderero para señalizar el movimiento de camiones y evitar accidentes. | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| | Es necesario evaluar los ruteos de los flujos vehiculares considerando que la calzada Norte de Avenida Larraín y los problemas que ocasionará en las calles residenciales Palmas de Mallorca, Pontevedra, Clorinda Henriquez (existe una feria tradicional en esta esquina que atrae a muchas personas) | Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. |
| | La experiencia que hemos tenido a partir de la construcción del Mall Plaza Egaña nos permite decir con certeza que se produce un gran deterioro de las calles, es urgente prevenir este aspecto a objeto de reparar de forma inmediata las calles y baches. | El titular deberá realizar un catastro de la infraestructura vial involucrada en el proyecto, previo al inicio de las obras, el que deberá ser informado a los municipios respectivos. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las soleras, calzadas o veredas que pudieran eventualmente ser dañadas con motivo de las obras, una vez concluido el proyecto en su totalidad (Etapas 1 y 2). |
| | ¿Qué ocurrirá con el acueducto Agua Negra que queda a menos de 30 mts. del pique de Plaza Clorinda Henriquez? | Las obras a ejecutar se encuentran alejadas del acueducto mencionado por lo cual no existe riesgo de interferencia. |
| | Una de las centrales preocupación de los vecinos se refiere a la expropiación de casas. ¿Cuántos metros cuadrados se expropiarán y cuales son las propiedades?. ¿Cuáles serán las medidas de compensación, para la comunidad de La Reina? | Las expropiaciones no son materia de la evaluación de impacto ambiental. |
| | Con respecto al tránsito de camiones que extraerán la tierra hacia los centros de acopio ¿Dónde se llevará la tierra?, ¿cuánto tiempo toma esta operación? ¿cuáles son los recorridos que harán los camiones? ¿qué medidas se tomarán en el verano dado el desprendimiento de polvo? | - Tal como se señala en la DIA y Adenda n° 1, los sitios de disposición de material excedente son Cerros de Renca, áridos Baltierra y Suiza. - El plazo de cada excavación es variable, dependiendo de las características técnicas de cada pique, pero se proyecta un plazo de 2 años. - Las vías de entrada y salida a cada pique han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Como medidas para el material particulado, los camiones deberán circular adecuadamente encarpados y cada pique deberá contar con una trampa lavaruedas a la salida de los camiones. Además de las medidas que se implementarán directamente en la obra para disminuir las emisiones a la atmosfera. |
| | Solicito conocer en detalle Plan de Manejo Ambiental. Y solicito frente a alguna discrepancia del Plan contar con algún experto externo que entregue información imparcial. | Según lo establecido en el artículo n° 42 de Reglamento del SEIA, los planes de manejo no aplican a proyectos aprobados mediante EIA o DIA. No obstante el titular deberá cumplir con la normativa sectorial aplicable, que se encuentra contenida en la DIA. |
| | En la experiencia de la edificación del Plaza Egaña, obra que aún no termina, ocurrieron accidentes en los departamentos de los vecinos producto de malos cálculos. Solicito saber cual será el seguro de accidentes para vecinos y medidas para prever mecanismos de control, prevención para solucionar futuros problemas. | El titular deberá realizar un catastro de la infraestructura vial involucrada en el proyecto, previo al inicio de las obras, el que deberá ser informado a los municipios respectivos. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las soleras, calzadas o veredas que pudieran eventualmente ser dañadas con motivo de las obras, una vez concluido el proyecto en su totalidad (Etapas 1 y 2). |
| | Ante los eventuales daños que se pudiesen producir en el sector cercana a los piques se consigne una garantía de 5 años de eventuales daños a la infraestructura de las casas aledañas y de los espacios públicos. | El titular deberá realizar un catastro de la infraestructura vial involucrada en el proyecto, previo al inicio de las obras, el que deberá ser informado a los municipios respectivos. En base a dicho catastro Metro S.A. deberá restituir las soleras, calzadas o veredas que pudieran eventualmente ser dañadas con motivo de las obras, una vez concluido el proyecto en su totalidad (Etapas 1 y 2). |
| | De acuerdo a nuestro Plan regulador y el Pladeco de la comuna, La Reina se caracteriza por ser una comuna eminentemente residencial por lo cual es imprescindible defender y preservar su identidad y carácter, esto implicó mantener el arbolado comunal, plazas, jardines y ciclovías en buen estado. ¿Cuál será el compromiso de la empresa Metro en este sentido? | El titular deberá dejar en similares o mejores condiciones los sitios que sean intervenidos por las faenas, incluyendo la arborización existente, y eventual deterioro de calles y veredas. |
| | ¿Cómo piensan abordar el de reparación del arbolado urbano? | - Para el arbolado urbano posible de ser afectado, el titular ha propuesto su protección (específicamente de los troncos) en forma previa al comienzo de las obras, con tablones, revestimiento metálico u otro material aislante, en una altura no inferior a los 3 metros, a fin de evitar que se les ocasionen daños por las operaciones propias de las obras o paso de vehículos y máquinas en terrenos cercanos. Estas protecciones serán retiradas una vez finalizadas las obras, cuando no exista riesgo de ser afectados. - El titular deberá considerar el traslado del arbolado en la medida que ello sea posible técnicamente, lo que será coordinado con el respectivo Municipio, en donde también se tendrá presente el estado fitosanitario de las especies al momento de intervenir. La compensación a realizar será de acuerdo a lo planteado por la normativa vigente. |
| | En relación a la polución ambiental solicito informes periódicos tanto de las soluciones previstas, movimientos de camiones, riego, mallas con los vecinos, etc. | Entre las medidas que el titular deberá implementar para disminuir la emisión de material particulado se encuentran: - Humectación periódica (cuatro veces al día) de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo. - En los brocales de los piques y en los frentes de trabajo en superficie que por su naturaleza generen emisiones de polvo fugitivo, se instalará una malla del tipo Raschel. - Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. - En relación a la flota de camiones, se exigirá a los contratistas el empleo de camiones que cumplan como con la norma Euro III. - Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada y mantenciones recomendadas por el fabricante o proveedor. |
| | Los ruidos ocasionados por esta mega obra incidirán en el entorno y particularmente en las casas de los vecinos. Solicito un experto en medición de ruidos a objeto de contrastar con las mediciones que hace Metro, sumado a lo anterior solicito saber cuáles serán las medidas de mitigaciones y reparación. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| | Aunque no está dentro de su ámbito deseamos insistir con la extensión del Metro hasta el Hospital Militar, para continuar teniendo una buena calidad de vida. | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación. |
| 27/8/12 | Alcalde Luis Montt Dubournais | Av. Larraín 9925 | La Reina | | En nombre Alcalde de la Comuna de La Reina Sr. Luis Montt Dubournais, del Concejo Municipal, y de la Comunidad en general, a través de esta carta se plantea un marco general y apoyo a las observaciones que están realizando: la Unión Comunal; Juntas de Vecinos; Agrupaciones Funcionales; y Personas Naturales al DIA del proyecto “Línea 3 – Etapa 1” del Metro de Santiago, manifestando lo siguiente: Como ya es de conocimiento público La Comuna de La Reina a través de su Municipio desde marzo del año 2011 a la fecha, ha estado realizando gestiones y peticiones formales planteando la necesidad de incorporar como parte del proyecto “Línea 3” la extensión desde la estación ubicada en Tobalaba con Clorinda Henriquez hasta una nueva en el Hospital Militar. Asumiendo que un proyecto de infraestructura metropolitana de esta envergadura debe ser concebido desde su inicio abordando y considerando todos los requerimientos, exigencias y problemáticas que, por “sentido común”, involucra su trazado. En este sentido, los antecedentes ya entregados en marzo del año 2011 al Gerente de Desarrollo de Proyectos de la Empresa Metro S.A. el Sr. Víctor Morales Vega, y posteriormente en junio del 2011 al Presidente el de la Republica el Sr. Sebastián Piñera, solicitando la extensión de la línea 3, entre otros argumentos se planteó lo siguiente: El costo económico de la operación de extensión de la Línea 3 del Metro hasta el Hospital Militar, estimado en US$ 75.000.000 aproximadamente, es un valor que queda por muy debajo de los inmensos beneficios sociales que este proyecto generaría, identificados en 4 ejes fundamentales: A) Mejorar considerablemente los tiempos de viaje de 30.000 personas correspondientes a los habitantes de Villa La Reina, quienes actualmente por la infraestructura y sistema de transporte metropolitano, y en función de la localización de muchos de los lugares de trabajo y estudio a los ellos se desplazan, alcanzas tiempos excesivos de traslados, en desmedro de su calidad de vida y requerimientos básicos de progreso. B) Conectar y articular a través de la Red de Metro de Santiago el Campus Militar, donde se encuentra infraestructura de relevancia metropolitana como es el Hospital Militar, la Academia de Guerra, Escuela de Servicios, Escuela de Idiomas, Escuela de Educación Física, Academia Politécnica Militar, CECOPA, y residencia de los funcionarios del Ejército de Chile, entre otros, movilizando una gran cantidad de viajes a ese lugar. C) Hasta el lugar al cual se solicita la extensión de la Línea 3 del Metro (Hospital Militar), corresponde al corazón funcional, geométrico y geográfico de la comuna, por lo que poder conectar ese lugar a nivel metropolitano, sobre todo a través de una medio de trasporte moderno, limpio y eficiente, representa un hecho poderoso que coincide con el modelo de desarrollo de esta comuna. D) Un potencial gigante de transformar esta estación (Hospital Militar), en una estación de carácter intermodal con sistemas de transporte no contaminante, al conectarse con la red de ciclovías existente de la comuna. Una iniciativa inédita que traería un alto volumen de pasajeros de ese perfil, y con un fuerte carácter de estación conectora intermodal emplazada en una comuna predominantemente residencial, articulando Metro-Bicicleta, Metro-Auto, Metro-Bus Comunal, y Metro-Bus Colector Transantiago. Como último antecedente, es significativo mencionar que, exactamente en la misma esquina del Hospital Militar existen propietarios dispuestos a realizar donaciones de suelo a Metro S.A. para la realización de la estación que se emplace ahí producto de la extensión solicitada. Propietarios quienes manifestaron formalmente su iniciativa, documentación que se entregó en las solicitudes formales ya mencionadas que el municipio ha realizado. | Esta solicitud no es pertinente con el proyecto presentado a evaluación. |
| | Como observaciones a realizar respecto al impacto ambiental de este proyecto, considerando que desde el Municipio ya se enviaron las observaciones pertinentes, y no obstante a esto, se quiere plantear la necesidad de que los recorridos de los camiones desde los piques proyectados solo sean establecidos por las vías que tienen las condiciones de amplitud y programáticas necesarias para albergar un tránsito de esta envergadura, y no calles residenciales angostas que no resisten el tránsito de este tipo de vehículos y que alteran profundamente la vida al interior de estos barrios. En este sentido, se solicita utilizar como vías para el tránsito de camiones, tanto de salida como de entrada a la comuna, y considerando la condición de reversibilidad de Av. Larraín, específicamente las siguientes calles: Av. Larraín; Av. José Pedro Alessandri; Av. Laura Rodríguez; Av. Arrieta; Av. Tobalaba; y Av. Américo Vespucio, para realizar todos los recorridos de vehículos pesados requeridos para la construcción de este proyecto. | - Las medidas contempladas para el tema vial, han sido incorporadas en anexo n° 7 de la DIA y en anexo n° 5 de la adenda n° 1. - Tal como se indica en el Anexo n° 5 de la Adenda n° 1, se sugiere la utilización de un banderero en la salida de camiones, por Avda. Larraín. |
| 27/8/12 | Pilar Pantaleón Collazo | Departamental 440 | San Joaquín | Ruido | Respecto al pique “Rampa Norte” consulto respecto a quién o quienes son los receptores más cercanos a los cuales se les efectúa la medición. ¿se considera la materialidad de la construcción del receptor acústico? ¿se consideraron las familias que habitan en el campamento Fundo El Molino, cercano a pique Rampa Norte? A pesar de ser una toma irregular y de tener sus terrenos asignación de uso de suelo exclusivo industrial?. ¿Será posible tomarlos en cuenta para las medidas de mitigación en general?. Es un grupo de familias que viven en condiciones precarias hace más de 20 años y corren riesgo de ver aún más empeoradas sus condiciones de vida. ¿Cómo es posible que la construcción y las medidas de mitigación logren disminuir los niveles de ruido?. | Esta información se encuentra contenida en el punto V. “emisiones, efluentes y residuos generados por el proyecto” de la DIA, el ruido específicamente se encuentra contemplado en el punto V.2 de la DIA. Por su parte la normativa asociada al tema ruido se encuentra en el punto VII.2.2 de la DIA. En Anexo n° 9 de la DIA, se entrega el Informe de Estudio de Impacto Acústico. |
| Emisión de polvo y material particulado. | ¿Se considera, a pesar de la asignación de uso de suelo, que existe un campamento con 52 familias respecto de las medidas de mitigación en pique “Rampa Norte”? | En la Adenda n° 1 el titular indica que se elimina el Pique Rampa Norte por lo cual los vecinos/as no tendrán obras del proyecto en sus inmediaciones. |
5. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental, en su Adenda N°1 y Adenda N°2, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (Emisiones Atmosféricas y Ruido), Suelo (Sustancias Peligrosas, Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos) Agua (Residuos Industriales Líquidos y Manejo de Aguas), Patrimonio Arqueológico.
6. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
6.1. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, al respecto, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones, según estimación de emisiones presentadas en el Anexo 3 “Cálculo de Emisiones Atmosféricas” de la Adenda 1, que se resumen en la siguiente tabla.
Tabla N°7: Estimación Emisiones Atmosféricas totales del proyecto.
| Contaminante | Emisión (ton/año) | Límite Anual Emisión [ton/año] |
| Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Toneladas totales |
| MP10 | 2,2206 | 2,0733 | 2,0733 | 0,1728 | 6,54 | 2,5 |
| CO | 1,2242 | 1,2701 | 1,2701 | 0,1059 | 3,87 | - |
| HC | 0,3003 | 0,3167 | 0,3167 | 0,0264 | 0,96 | - |
| NOx | 5,0127 | 5,2067 | 5,2067 | 0,4339 | 15,86 | 8 |
6.1.1. El titular se obliga a dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N° 66/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace.
6.1.2. El titular se obliga a dar cumplimiento en todo momento a lo señalado en el Decreto Supremo N°144/1961 Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”, o aquel que lo reemplace.
6.1.3. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace. Especialmente en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
6.1.4. Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga por Vías que Indica”, o aquel que lo reemplace, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
6.1.5. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, o aquel que lo reemplace, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas:
i. Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
ii. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.
iii. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
iv. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
v. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
vi. Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
vii. La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.
viii. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
6.1.6. Realizar charlas de inducción a los trabajadores de la obra para el correcto uso de recolectores de desperdicios y el control del material particulado.
6.1.7. Realizar un monitoreo permanente del estado mecánico de la maquinaria en obra para prevenir las emisión de gases producto de una mala combustión.
6.1.8. No quemar material combustible.
6.1.9. Humectar periódica (cuatro veces al día), excepto en períodos de lluvia (que funciona como abatimiento natural), de los sitios de faena y áreas de movimientos de tierra; y de los accesos a los frentes de trabajo; o aplicación de un aglomerante químico natural que tiene funciones como supresor de polvo, cuya alta higroscopicidad permite absorber y retener la humedad del aire, aminorando la pérdida de partículas finas y emulando un riego periódico sobre la superficie.
6.1.10. Uso de cubierta y carga adecuada de los vehículos de transporte de materiales. Los camiones con carga de material de las excavaciones y escarpe sólo podrán circular con la tolva cubierta con una lona impermeable en buenas condiciones, sujetas firmemente y cubriendo la totalidad de la carga.
6.1.11. Implementar un revestimiento en los puntos de trabajo que generen polvo fugitivo con malla raschel.
6.1.12. Instalar trampas de ruedas, para evitar que los camiones arrastren material particulado a la vía pública.
6.1.13. Mantener aseado el perímetro de la obra.
6.1.14. Mantener en buen estado los pavimentos de los ejes adyacentes (a cada uno de los piques) que sean utilizados como rutas de entrada y salida de camiones.
6.1.15. Contar con camiones que cumplan como mínimo con la norma Euro III.
6.1.16. Las maquinarias utilizadas deberán contar con tecnología adecuada, de manera de minimizar las emisiones a la atmósfera.
6.1.17. Dar cumplimiento al D. S. Nº 279 de 1983, Ministerio de Salud, Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna.
6.1.18. Dar cumplimiento al D. S. Nº 4/92, del Ministerio de Salud, establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales.
6.2. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a emisiones de ruido, el titular se obliga a lo siguiente:
6.2.1. Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborado a partir de la Revisión del Decreto Supremo N° 146/97, del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia, o el que lo reemplace; es decir, los medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina).
6.2.2. Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
6.2.3. Implementar una cierre perimetral (barrera acústica) en toda la extensión de la faenas. La materialidad de los paneles puede ser de madera tipo OSB con un espesor mínimo de 15 mm o algún material equivalente con una densidad superficial igual o superior a 9.9 Kg/m2 o algún elemento equivalente en masa. Además el panel deberá incorporar lana mineral de 50 mm de espesor, con una densidad superficial de 1.75 Kg/m2 o cualquier otro material con propiedades absorbentes que contenga las características de densidad superficial superior o igual a 1.75 Kg/m2 en los puntos sensibles en donde se considere relevante reforzar el apantallamiento acústico, tales como centros de culto, educacionales y/o habitacionales, si corresponde. La implementación de estas materialidades conforma una estructura que posee una densidad superficial igual o superior a 10 Kg/m2, la cual se comporta como barrera acústica de acuerdo a lo establecido en la Norma ISO 9613–2.
6.2.4. Implementar barreras acústicas modulares para las faenas con retroexcavadora, camión tolva y carga/ descarga de marina mediante grúa pórtico.La materialidad de las barreras puede componerse de paneles de madera tipo OSB con un espesor mínimo de 15 mm o algún material equivalente con una densidad superficial igual o superior a 9.9 Kg/m2, las paredes interiores deberán estar revestidas con material absorbente (ej: lana mineral, lana de vidrio) que tenga una densidad superficial de al menos 1.75 Kg/m2 y un mínimo espesor de 50 mm.
6.2.5. Implementar un túnel acústico al camión mixer, el cual deberá contar con al menos 2 lados y cielo. El túnel acústico puede ser materializado por planchas de madera tipo OSB de 15 mm de espesor revestidos interiormente con material absorbente. Para el elemento absortor sonoro se recomienda un material que tenga al menos una densidad superficial de al menos 1.75 Kg/m2 y un mínimo espesor de 50 mm, de igual forma el elemento que sostiene el material absortor sonoro, para evitar desprendimiento de material, puede ser metal desplegado o perforado. Las medidas del túnel acústico deben ser aproximadamente las siguientes: Largo: 10.8 metros, ancho 4.9 metros, y alto 4.8 m.
6.2.6. Las faenas más ruidosas de ubicación variable como banco de sierras, corte de fierro deberán instalarse en los sectores donde estén más alejados de los receptores. Se deberá implementar arreglos tipo semi-encierros donde se efectúen las faenas de corte y limpieza de moldajes. La variación con respecto a las barreras móviles sería la inclusión de un cielo, tal como se muestra en las siguientes ilustraciones. La materialidad de los semi-encierros es la misma recomendada para las barreras acústicas, es decir, paneles de madera tipo OSB con un espesor mínimo de 15 mm o algún material equivalente con una densidad superficial igual o superior a 9.9 Kg/m2, las paredes interiores deberán estar revestidas con material absorbente (ej: lana mineral, lana de vidrio) con densidad superficial de al menos 1.75 Kg/m2 y un espesor mínimo de 50 mm.
6.2.7. Realizar un apoyo informativo a la comunidad más afectada mediante carteles ampliamente visibles o trípticos informativos que expliquen a los afectados la necesidad de las faenas ruidosas y su duración.
6.2.8. Se deberán implementar las medidas categorías 0, 1, 2 y/o 3, definidas en la Tabla 31 del Anexo Estudio de Impacto Acústico de la Adenda 2 (apartado 8.5 Categorización de Medidas de Control de Ruido, página 89), en cada sitio de faenas de acuerdo a lo indicado en las Tablas 32 y 33 del mismo anexo (apartado 9. Resultados y Evaluación con Medidas de Control de Ruido, páginas 92 a 110). A continuación se detallan las medidas:
6.2.9. Implementar un apoyo informativo a la comunidad más afectada mediante carteles ampliamente visibles o trípticos informativos que expliquen a los afectados la necesidad de las faenas ruidosas y su duración.
6.3. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de Sustancias Peligrosas, Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos, el titular se obliga a:
6.3.1. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 78/2010, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
6.3.2. Dar cumplimiento en todas sus fases al Decreto Supremo N°594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.
6.3.3. Dar cumplimiento en todas sus fases a las autorizaciones a las que hace referencia el Decreto Fuerza Ley N°725/67, Código Sanitario y el Decreto con Fuerza de Ley N°1 del Ministerio de Salud, que Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.
6.3.4. Dar cumplimiento en todas sus fases al Decreto Supremo N°148 de 2003 del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, o aquel que lo reemplace.
6.3.5. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 298 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, o aquel que lo reemplace.
6.3.6. Dar cumplimiento a la Norma Chilena NCh. Nº 2.190 Of.93, "Sustancias Peligrosas - Marcas para la Información de Riesgos".
6.3.7. Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
6.3.8. Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.
6.3.9. Para el manejo y gestión de residuos sólidos generados durante la construcción, el titular considerará implementar las medidas estipuladas en la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales para la construcción” de la Cámara Chilena de la Construcción año 2010”.
6.3.10. Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional.
6.3.11. Se deberá contar con una empresa que tenga autorización sanitaria vigente emitida por la SEREMI de Salud, para el traslado y disposición final de residuos peligrosos.
6.3.12. Implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, volver a usar y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición final. En su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos.
6.3.13. Recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, para luego ser dispuestos en sitios autorizados por esta Autoridad Sanitaria, en caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustibles durante esta fase. Este tipo de residuos, por sus características, no es un residuo asimilable a domiciliario, por lo que debe ser enviado a una planta de tratamiento de residuos peligrosos y finalmente dispuesto en un el depósito de seguridad con la debida autorización de la Autoridad Sanitaria.
6.3.14. Los residuos peligrosos serán acopiados en contenedores según las características de cada elemento o en su defecto en su contenedor original. Éstos se mantendrán sellados y debidamente etiquetados en sectores claramente delimitados, cubiertos y rotulados. Los contenedores se ubicarán sobre pallets de madera, en un lugar separado a las instalaciones principales de trabajo.
6.3.15. Instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Éstos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección con frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos, por tanto, generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. Además, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
6.3.16. En caso de que existan acopios temporales de áridos, estos se deberán cubrir con materiales impermeables como lonas o polietilenos y humectarlos, a fin de reducir polvo en suspensión, para no afectar la salud de los trabajadores. El titular deberá evitar mantener acopios temporales de áridos o excedentes de la construcción, disponiendo en lugares autorizados con regularidad.
6.3.17. Los residuos sólidos inertes generados por excavaciones, los de materiales empleados en la construcción (hormigón, enfierraduras, etc.), los excedentes de movimiento de tierra y los de materiales empleados en la construcción, deberán ser eliminados en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud del lugar de destino final. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. El titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.
6.3.18. Disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción (restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, madera, etc.), en sitios autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional.
6.3.19. En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustible durante la construcción y operación del proyecto, el titular debe recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, en un sector con piso impermeable, con control de derrame, bajo techo y señalizado, para luego ser dispuesto en sitios autorizados por esta Autoridad Sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, es considerado un residuo peligroso, por lo que para proceder a su mejor manejo, eliminación y/o tratamiento en planta autorizada.
6.3.20. Incorporar un sistema de control de vectores de interés sanitario (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario alrededor de la planta, que incluya tanto la desratización, sanitización y desinsectación de todas las instalaciones, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
6.3.21. Mantener un registro disponible para fiscalización, de las aplicaciones efectuadas para el control de vectores sanitarios, incluyendo los sitios de aplicación, productos utilizados, dosis y fecha de aplicación.
6.3.22. La marina o material resultante de la excavación, será reutilizado como relleno de la misma obra, para lo cual será acopiado en áreas específicas y delimitadas, con el objeto que éstos no se dispersen. El resto del material generado, podrá ser utilizado por el titular para nivelar y estabilizar la cota de terrenos propios o de terceros. En tal caso, dicho material no puede ser considerado como un residuo sino que como un insumo para la nivelación del terreno.
6.3.23. Llevar un registro en obra de los talleres autorizados donde se realizarán las mantenciones de las maquinarias a utilizar, para ello se llevará un control de los residuos peligrosos que se generen al interior de la instalación de faena producto de la ejecución de dicha actividad.
6.3.24. Mantener un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite la disposición final de los escombros, en destinatarios autorizados por la Autoridad Sanitaria, y una copia de la resolución.
6.4. Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, por generación Residuos Industriales Líquidos, Manejo de Aguas Servidas y Manejo de Aguas, titular se obliga a implementar lo siguiente:
6.4.1. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en lo referido a la responsabilidad del titular la instalación, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios, baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a:
i. Número mínimo de artefactos.
ii. Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros del área de trabajo.
iii. El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del convenio del uso de colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.
iv. El transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto, y una vez finalizada la faena, será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba el baño químico, evitando la proliferación de vectores, malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
6.4.2. Dar Cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N°1/1990 del Ministerio de Salud, que “Determina las Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”.
6.4.3. Dar cumplimiento a la Nch N°409/1 Of 2005 y Nch N 409/2 Of 2004 del Instituto Nacional de Normalización, sobre “Requisitos de Agua Potable”.
6.4.4. Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 735/69 del Ministerio de Salud, “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones.
6.4.5. Implementar en cada pique, un área especial, para el lavado de las canoas de los camiones mixer, consistentes en receptáculos resistentes y sin filtraciones, en la que los camiones puedan lavar sus partes, para prevenir eventuales derrames al suelo. Estas aguas de lavado (también llamadas “lechada”), serán dispuestas temporalmente en los recipientes antes indicados, para que por decantación se separen los sólidos. Se estima que la cantidad que se generará es de 200 lt/día por pique.
6.5. Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar lo siguiente:
6.5.1. Dar cumplimiento a la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
6.5.2. Si durante la realización de los sondeos arqueológicos y/o durante la ejecución de las obras, que impliquen excavación y/o remoción de suelo, se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto, se procederá según lo establecido en los artículos 26° y 27° de la Ley Nº 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, se paralizarán las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y se notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será realizada por el titular del proyecto.
6.5.3. Implementar acciones de salvataje y/o de protección de los sitios detectados. Para ello, se contará con un Procedimiento de Rescate, que en lo principal, contempla:
i. Excavación del área de los hallazgos de tal forma de recuperar los contextos y los materiales culturales que permitirán su adscripción cultural y descripción apropiada.
ii. Análisis de laboratorio de los materiales culturales obtenidos. En general, estos análisis consisten en el lavado, registro, clasificación y descripción de la cerámica, los materiales líticos y óseos encontrados en la excavación, para lograr una apropiada descripción de los contextos.
iii. Embalaje apropiado de los materiales y entrega de éstos al Museo o a quién corresponda que el Consejo de Monumentos sugiera.
6.5.4. Remitir un informe mensual al Consejo de Monumentos Nacionales indicando si se identificaron o no hallazgos arqueológicos. En el caso de identificar algún hallazgo, se incluirá en el informe los aspectos que sean pertinentes como secuencia ocupacional, diagnóstico de valor patrimonial de los restos, posible funcionalidad, estado de conservación y evaluación, entre los principales.
6.5.5. El arqueólogo o licenciado en arqueología, será el responsable de elaborar el informe mensual a ser enviado al Consejo de Monumentos Nacionales, con el detalle de todas las actividades realizadas en el periodo.
6.5.6. Realizar charlas educativas al personal involucrado en la construcción y movimientos de tierra. Los contenidos de esta charla se refieren al valor de los sitios arqueológicos, los compromisos legales involucrados, así como el instructivo acerca de cómo proceder frente a sitios detectados y hallazgos no previstos.
6.5.7. Enviar, una vez finalizadas las labores de supervisión, al Consejo de Monumentos Nacionales un informe final, que dará cuenta de todas las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, éste incluirá la información correspondiente de los mismos, además de los trabajos de salvataje o rescate arqueológico que se hubieran ejecutado, si correspondiere. En estos casos, se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren.
6.5.8. Dar cumplimiento a lo establecido en el D. S. N° 484 de 1991, del mismo Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones, arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”.
6.5.9. Realizar un acabado estudio técnico de ingeniería de los inmuebles que se mencionan en la siguiente tabla, incluyendo los Monumentos Públicos, identificados en el Anexo N°6 de la DIA, y complementado en el Anexo N°8 del Adenda N°1, en forma individual para cada sector, el cual debe ser presentado y entregado al Consejo antes de iniciar las obras referidas a cada uno de los Piques y Galerías.
Tabla N°10: Listado de Inmuebles.
| N° | Nombre del inmueble | Dirección | Comuna | Tipo de protección | Observaciones (Criterio de selección) |
| 1 | Catedral de Santiago | Pza. de Armas N° 444 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 6 m del pique Plaza de Armas. |
| 2 | Ex Congreso Nacional | Bandera N° 46-52 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 40 m del pique Plaza de Armas y a 35 m del pique Compañía. |
| 3 | Palacio Viejo de los Tribunales (Museo de Arte Precolombino) | Bandera N° 361- 385 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 17 m del pique Compañía. |
| 4 | Tribunales de Justicia | Lado sur de Compañía, entre Bandera y Morandé. | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 46 m del pique Compañía. |
| 5 | Ex Hotel Mundial | Moneda N° 1096 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 33 m del pique Moneda. |
| 6 | Bolsa de Comercio | La Bolsa N° 84 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 3 m del pique Moneda. |
| 7 | Club de la Unión | Av. Alameda N° 1091 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 55 m del pique Moneda. |
| 8 | Casa Central Universidad de Chile | Av. Alameda N° 1058 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 50 m del pique Alonso de Ovalle. |
| 9 | Palacio Ossa (Casa de la Cultura de Ñuñoa) | Av. Irarrázaval N° 4055 | Ñuñoa | Monumento Histórico | Aprox. 70 m del pique Casa de la Cultura y 2,5 m de los jardines. |
| 10 | Hotel Bristol | Av. Presidente Balmaceda Nº 1114 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 35 m del pique Puente Cal y Canto. |
| 11 | Estación Mapocho | Bandera N° 1056 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 30 m del pique Puente Cal y Canto. |
| 12 | Templo Parroquial El Sagrario | Pza. de Armas N° 444 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 75 m del pique Plaza de Armas. |
| 13 | Palacio Arzobispal | Pza. de Armas sector sur poniente | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 75 m del pique Compañía. |
| 14 | Club de Septiembre (Casa Edwards) | Catedral N° 1183 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 80 m del pique Plaza de Armas. |
| 15 | Iglesia de las Agustinas | Moneda N° 1054 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 65 m del pique Plaza de Armas. |
| 16 | Basílica de los Sacramentinos | San Diego N° 500 | Santiago | Monumento Histórico | Aprox. 50 m el muro ábside del pique 10 de Julio. |
| 17 | Edificio en Catedral 1115/1125 | Catedral N° 1115/1125 | Santiago | ICH en Zona Típica | Colindante al pique Plaza de Armas. |
| 18 | Edificio en Catedral 1139/1143 | Catedral N° 1139/1143 | Santiago | ICH en Zona Típica | Aprox. 20 m del pique Plaza de Armas. |
| 19 | Edificio en Catedral 1165 | Catedral N° 1165 | Santiago | ICH en Zona Típica | Aprox. 40 m del pique Plaza de Armas. |
| 20 | Hotel City | Compañía N° 1051-1073 | Santiago | ICH en Zona Típica | Aprox. 30 m del pique Compañía. |
| 21 | Edificio Polla Chilena de Beneficencia | Compañía N° 1085 esq. Bandera | Santiago | Sin valor en Zona Típica | Colindante al pique Compañía, que a pesar de no tener interés, es a su vez colindante al Hotel City. |
| 22 | Edificio en Compañía 1068 | Compañía N° 1068 | Santiago | De valor ambiental en Zona Típica | Aprox. 35 m del pique Compañía. |
| 23 | Edificio en Catedral 1063 | Catedral N° 1063 | Santiago | De valor ambiental en Zona Típica | Aprox. 30 m del pique Plaza de Armas. |
| 24 | Edificio Ariztía | Nueva York N° 52 | Santiago | ICH en Zona Típica | Aprox. 60 m del pique Moneda. |
| 25 | Caja de Amortización | Bandera N° 46 al 56 | Santiago | ICH | Aprox. 25 m del pique Moneda. |
| 26 | Banco del Estado | Av. Alameda N° 1111 esq. Bandera | Santiago | ICH en Zona Típica | Aprox. 60 m del pique Moneda. |
| 27 | Casa en Zona Típica Población Suboficiales Escuela Aplicación de Caballería | Av. Antonio Varas N° 2801 | Ñuñoa | De valor ambiental en Zona Típica | Aprox. a 50 m del pique Antonio Varas, el inmueble de Av. A. Varas N° 2801 es el más cercano al pique de esa Zona Típica. |
6.5.10. Ante cualquier eventualidad de daño que pudiese producirse en alguno de los Monumentos Históricos o algún inmueble que se emplace en una Zona Típica producto de las obras de excavaciones de los piques y galerías, la entidad responsable de ello será el titular del proyecto.
6.5.11. Respecto a la seguridad estructural de los Monumentos Históricos e inmuebles insertos en Zona Típica cercanos a los piques y galerías, el diseño de ingeniería y la ejecución de las obras deberá considerar la realización de un sistema de monitoreo permanente de las deformaciones sobre la obra propia, como también de las estructuras y construcciones aledañas. Dicho monitoreo comienza con un catastro de dichas estructuras previo al inicio de las obras del titular, el cual se mantiene durante toda la construcción. El sistema de monitoreo deberá considerar en su aplicación e implementación las siguientes condiciones y procedimientos:
i. En caso de detectarse cualquier irregularidad o alarma en el sistema de monitoreo se deberán detener las obras inmediatamente y avisar en el mismo momento al Consejo de Monumentos Nacionales.
ii. Todo daño que se ocasione en cualquiera de las construcciones bajo protección de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales, deberá ser reparado por el titular.
iii. Si es dañado el patrimonio arquitectónico y cultural, nunca se compensará en un 100 %, puesto que en ellos hay valores intangibles, inmateriales e históricos asociados, por lo que toda medida precautoria será necesaria de implementar adelantándose a cualquier eventualidad de daño.
iv. De existir algún daño, el titular, deberá consultar a un auditor externo, consistente en una oficina de ingeniería que objetivamente emane un informe estructural, el cual se deberá enviar al Consejo de Monumentos Nacionales. Esta oficina de ingeniería deberá ser de confianza de ambas partes (CMN y titular) y será contratada por el titular.
v. La oficina de ingeniería (auditor externo), deberá emanar un informe que indique las medidas de urgencia a realizar en el momento, y luego los procedimientos a seguir, para asegurar totalmente la consolidación y estabilidad definitiva del inmueble antes afectado.
vi. Se deberán entregar informes mensuales del monitoreo, y si la oficina de ingeniería lo requiera, se entregarán informes con mayor periodicidad.
vii. Todos los informes de monitoreo, como los que emane la oficina de ingeniería deberán ser remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales.
Otras consideraciones relacionadas con el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto.
6.6. Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular deberá implementar lo siguiente, durante la fase de construcción:
6.6.1. Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
6.6.2. Implementar todas las señales, demarcaciones, barreras y delineadores proyectados y denotados en el Anexo 7 adjunto en la Declaración de Impacto Ambiental, y aquellas modificadas en el Anexo 5 adjunto en la Adenda Nº 1.
6.6.3. De acuerdo a lo establecido en el Art. 3 del Decreto Supremo N° 83 de 1985 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se deberá presentar en dependencias de SEREMITT R.M., proyecto de cada uno de los desvíos de tránsito y/o angostamiento vial a ejecutar, según corresponda, a fin de evaluar en detalle con los municipios respectivos y UOCT, los desvíos propuestos, producto de las obras a desarrollar.
6.6.4. Se deberá mantener en adecuada condiciones de seguridad el circuito peatonal en el entorno del área de influencia del cada uno de los piques, asegurando un buen estado de las veredas y adecuada iluminación.
6.6.5. No se deberá realizar acopio de materiales en la vía pública, durante los trabajos realizados en esta fase.
6.6.6. Durante el lapso que duren las obras se deberá mantener en buen estado los pavimentos de los ejes adyacentes (a cada uno de los piques) que sean utilizados como rutas de entrada y salida de camiones.
6.7. Respecto de los impactos ocasionados sobre el Infraestructura, el titular deberá implementar lo siguiente, durante la fase de construcción:
6.7.1. En caso que el proyecto requiera de trasplante de árboles, estos deberán ser aprobados previamente por el Municipio involucrado.
6.7.2. En caso que el proyecto de reubicación en Plaza Venezuela, requiera de extracción de árboles, que no se puedan mantener y/o trasplantar, estos deberán ser compensados al Municipio de Santiago, según valoración determinada por la Dirección de Ornato, Parques y Jardines.
6.7.3. Hacerse cargo de la limpieza interna y externa de cada pique.
6.7.4. Respecto a los sectores correspondientes a Bien Nacional de Uso Público (BNUP), deberán contar con la autorización de cada municipio en consideración a que la entidad edilicia es la administradora de dichos espacios públicos.
6.7.5. No se utilizarán los adoquines de piedra natural, los rieles de tranvía y las soleras de piedra forman parte del patrimonio. De tal manera que si no se utilizan en el mismo lugar de extracción, deben almacenarse en bodega municipal con guía de despacho que se debe entregar a la subdirección de pavimentación de la municipalidad correspondiente.
6.7.6. Coordinar la construcción de piques y galerías que impliquen reubicación de servicios públicos, además de los contratos que tengan con las diferentes compañías, deben coordinarse con la subdirección de pavimentación de municipalidad respectiva.
6.7.7. Programar el tránsito de camiones desde o hacia los piques de la comuna deberá programarse fuera de horas punta, respetando el decreto supremo n° 18/01 del ministerio de transportes y la ordenanza municipal n° 79 relativa a la carga y descarga en la comuna de Santiago.
6.7.8. Considerar las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos, o en su defecto, se deberá realizar en las horas fuera de punta.
6.7.9. En el interior del proyecto, se deberán considerar la instalación de señalizaciones transitorias y medidas de seguridad, destinadas tanto a los obreros, como a personas ajenas a las obras que circulen por ese lugar.
6.7.10. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.
6.8. Respecto de los impactos ocasionados sobre el Medio Urbano, el titular deberá implementar lo siguiente, durante la fase de construcción:
6.8.1. Respecto a la reubicación de los taxis colectivos ubicados en Plaza Venezuela, indicada en el punto 4.12 del Adenda N°1 complementado en el punto 1.1 i. y el Anexo N°6 del Adenda N°2, el titular deberá presentar una propuesta a la Ilustre Municipalidad de Santiago la cual deberá ser aprobada previo al inicio de las obras del respectivo pique.
6.8.2. Implementar un plan de comunicaciones con la comunidad del entorno de cada obra, cuyas principales acciones serán:
i. Plan de Difusión del Proyecto. Se realizarán reuniones periódicas con las comunidades y vecinos inmediatos a cada obra, en coordinación con cada municipio, para dar a conocer los aspectos esenciales del proyecto junto con informar sobre las obras y actividades propias del proyecto (ubicación de obras, plazo de ejecución, horarios de trabajo, eventuales impactos y medidas de control previstas) y sus beneficios, así como el avance de las obras.
ii. Plan de Instalación de faenas. Previo a la instalación de faenas, en coordinación con el municipio respectivo, se informará a la comunidad aledaña sobre las faenas y de los planes de desvío de tránsito contemplados.
iii. Canales de información: Las inquietudes, sugerencias y reclamos de las comunidades podrán hacerse llegar a través del Libro de Reclamos disponible en cada obra; página WEB de Metro; Oficinas de Atención a Clientes de cada línea en servicio; correos electrónicos, etc., las que serán respondidas a través del Sistema Central de Atención a Clientes de Metro S.A. u otro sistema que se diseñe para estos efectos.
7. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Línea 3 – Etapa 1: Piques y Galerías” requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento:
7.1. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 75 del DS Nº 95/2001, relacionado con el permiso realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico; para destruir, transformar o reparar un Monumento Histórico, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo, a que se refieren los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales
7.1.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme el Consejo de Monumentos Nacionales, a través del Oficio Nº 4187 del 8 de octubre de 2012, precisando que:
“Sobre los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los Art. Nº 75 y 77 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del D. S. Nº 95/2001 –referente a intervenciones en Monumentos Históricos y Zonas Típicas respectivamente- una vez calificado favorablemente el proyecto, deberán ser tramitados ante el Consejo de Monumentos Nacionales.”
7.2. Respecto del permiso contenido en el artículo 76 del DS 95/2001 que corresponde al permiso para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación.
7.2.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme el Consejo de Monumentos Nacionales, a través del Oficio Nº 4187 del 8 de octubre de 2012, precisando que:
“Sobre los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los Art. Nº 75 y 77 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del D. S. Nº 95/2001 –referente a intervenciones en Monumentos Históricos y Zonas Típicas respectivamente- una vez calificado favorablemente el proyecto, deberán ser tramitados ante el Consejo de Monumentos Nacionales.”
7.3. Respecto del permiso contenido en el artículo 77 del DS 95/2001, que corresponde al permiso para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, a que se refiere el artículo 30 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.
7.3.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme el Consejo de Monumentos Nacionales, a través del Oficio Nº 4187 del 8 de octubre de 2012, precisando que:
“Sobre el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Art. Nº 76 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del D. S. Nº 95/2001 –referente a intervenciones en sitios arqueológicos y/o paleontológicos- una vez calificado favorablemente el proyecto, deberá ser tramitado por el arqueólogo del mismo ante el Consejo de Monumentos Nacionales.”
7.4. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del DS 95/2001 que corresponde al permiso construcción, modificación y ampliación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL Nº 725 de 1967, Código Sanitario.
7.4.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio Nº 7215, de fecha 4 de octubre de 2012 y otorga dicho permiso ambiental, precisando lo siguiente:
“Sin perjuicio de ello, se precisa que los sitios de almacenamiento de residuos propuestos para las 40 instalaciones de faena, deberán cumplir con las características descritas en el Anexo 11 de la DIA, teniendo presente que la materialidad del cierre de estos recintos deberá estar acorde a la carga combustible almacenada en su interior, protegiendo en todo momento a los residuos de las condiciones ambientales y climáticas.”
8. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, a la SEREMI de Medio Ambiente Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
9. Que, el titular del proyecto “Línea 3 – Etapa 1: Piques y Galerías” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
10. Que, el titular del proyecto “Línea 3 – Etapa 1: Piques y Galerías” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
11. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
12. Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable vigente, y a aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.
13. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Línea 3 – Etapa 1: Piques y Galerías”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
14. Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.