1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. ", presentada por el Señor Diego Barros Aspillaga, en representación de AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 2 de Junio de 2010.
2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Declaración de impacto ambiental (DIA) Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 02/06/2010
Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 03/06/2010
Oficio solicitud de evaluación DIA Nº192 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 04/06/2010
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº179 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 05/07/2010
Adenda Nº1 Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 13/08/2010
Solicitud de evaluación de adenda Nº382 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 19/08/2010
Adenda Nº 2 Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 23/11/2010
Solicitud de evaluación de adenda Nº064 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 25/11/2010
Resolución de ampliación de plazo Nº035 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 10/12/2010
Adenda Nº 3 Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 13/01/2011
Solicitud de evaluación de adenda Nº018
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 14/01/2011
Adenda Nº 4 Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 11/02/2011
Solicitud de evaluación de adenda Nº 85
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 11/02/2011
Adenda Nº5 Por AGUAS CHAÑAR S.A., con fecha 25/02/2011
Solicitud de evaluación de adenda Nº 44
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 25/02/2011
2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio Nº406 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº566 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº219 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº137 sobre la DIA, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº1496 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº481 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº433 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 22/06/2010; Oficio Nº341 sobre la DIA, por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº965 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº815 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº233 sobre la DIA, por SEC, Región de Atacama, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº3297 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº1281/2010 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 23/06/2010; Oficio Nº130 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 24/06/2010; Oficio Nº672 sobre la DIA, por SEREMI MINVU, Región de Atacama, con fecha 24/06/2010; Oficio Nº144 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 25/06/2010; Oficio Nº489 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 25/06/2010; Oficio Nº216 sobre la Adenda 1, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 26/08/2010; Oficio Nº4346 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 31/08/2010; Oficio Nº1556 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 31/08/2010; Oficio Nº579 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 01/09/2010; Oficio Nº758 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 02/09/2010; Oficio Nº590 sobre la Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 02/09/2010; Oficio Nº359 sobre la Adenda 1, por SEC, Región de Atacama, con fecha 02/09/2010; Oficio Nº712 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 02/09/2010; Oficio Nº242 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 03/09/2010; Oficio Nº573 sobre la Adenda 1, por SEREMI SERPLAC, Región de Atacama, con fecha 07/09/2010; Oficio Nº1904-2010 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 09/09/2010; Oficio Nº817 sobre la Adenda 2, por DOH, Región de Atacama, con fecha 07/12/2010; Oficio Nº846 sobre la Adenda 2, por DGA, Región de Atacama, con fecha 07/12/2010; Oficio Nº943 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 07/12/2010; Oficio Nº1024 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 07/12/2010; Oficio Nº362 sobre la Adenda 2, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 09/12/2010; Oficio Nº2702/2010 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 13/12/2010; Oficio Nº48 sobre la Adenda 3, por DOH, Región de Atacama, con fecha 14/01/2011; Oficio Nº058 sobre la Adenda 3, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 25/01/2011; Oficio Nº68 sobre la Adenda 3, por DGA, Región de Atacama, con fecha 25/01/2011; Oficio Nº45 sobre la Adenda 3, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 26/01/2011; Oficio NºBS3 Nº179-2011 sobre la Adenda 3, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 28/01/2011; Oficio Nº193 sobre la Adenda 4, por DGA, Región de Atacama, con fecha 22/02/2011; Oficio Nº106 sobre la Adenda 4, por DOH, Región de Atacama, con fecha 23/02/2011; Oficio Nº157 sobre la Adenda 4, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 23/02/2011; Oficio Nº151 sobre la Adenda 4, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/02/2011; Oficio NºBS 3 Nº379 / 2011 sobre la Adenda 4, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 23/02/2011; Oficio Nº128 sobre la Adenda 5, por DOH, Región de Atacama, con fecha 25/02/2011; Oficio Nº172 sobre la Adenda 5, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 28/02/2011; Oficio Nº210 sobre la Adenda 5, por DGA, Región de Atacama, con fecha 28/02/2011; Oficio Nº181 sobre la Adenda 5, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 28/02/2011;
2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. ', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
CONADI, Región de Atacama
CONAF, Región de Atacama
DGA, Región de Atacama
DOH, Región de Atacama
Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama
Gobierno Regional, Región de Atacama
Ilustre Municipalidad de Copiapó
SAG, Región de Atacama
SEC, Región de Atacama
SEREMI Agricultura, Región de Atacama
SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
SEREMI MOP, Región de Atacama
SEREMI Minería, Región de Atacama
SEREMI MINVU, Región de Atacama
SEREMI SERPLAC, Región de Atacama
SEREMI Salud, Región de Atacama
SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
SERNATUR, Región de Atacama
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. ' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:
Oficio no participación en la evaluación Nº08-125/2010
Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 17/06/2010
3. La Sesión de fecha 14/03/2011 de la Comisión de Evaluación Región de Atacama.
4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.”.
5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.
1. Que, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.".
2. Que, el derecho de AGUAS CHAÑAR S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " consisten en:
3.1.-Antecedentes del Titular
Titular : Aguas Chañar S.A.
Rut : 99.542.570-K
Domicilio : Los Carreras 1070
Comuna : Copiapó
Región : Atacama
Teléfono : (52) 20 32 00
Fax : (52) 20 32 68
Representante Legal : Diego Barros Aspillaga
Rut : 6.061.269-2
Domicilio : Los Carreras 1070
Comuna : Copiapó
Región : Atacama
Teléfono : (52) 20 32 00
Fax : (52) 20 32 68
3.2. Ubicación
El proyecto se emplazará en la comuna de Copiapó, entre las siguientes calles:
• Avenida Copayapu.
• Diego de Almagro.
• Leónidas Pérez
Tabla 1. Coordenada en UTM- Huso 19 WGS 84. Sector de emplazamiento del proyecto.
| | Este | Norte |
| Punto 1 | 370173,70 | 6970235,09 |
| Punto 2 | 370133,67 | 6970202,86 |
| Punto 3 | 370173,73 | 6970151,46 |
| Punto 4 | 370213,87 | 6970185,05 |
3.3.- Monto de Inversión.
El monto estimado de la inversión asciende a un valor neto de US$ 10.000.000. El monto de la inversión es de la totalidad del proyecto el cual tiene una duración de 25 años.
3.4.- Vida Útil
La vida útil del proyecto es de 25 años según planificación y características de recarga Natural que poseen los pozos de captación de agua potable.
3.5.- Mano de Obra
Para la ejecución de los trabajos en la fase de construcción, se estima que la cantidad de recurso humano a emplear en momentos de mayor auge será aproximadamente de 15 personas, incluyendo para ello los trabajos que comprenden las distintas etapas construcción (obra gruesa, terminaciones, urbanizaciones, obras exteriores, instaladores, etc.). Durante la etapa de puesta en marcha y operación del proyecto, se estima un número de 3 personas. En la siguiente tabla se presenta la mano de obra a utilizar en el proyecto.
Tabla 2. Mano de obra utilizada en cada etapa del Proyecto
| Fase | Mano de Obra Promedio | Mano de Obra Máxima |
| Construcción | 30 | 50 |
| Operación | 3 | 5 |
| Cierre y Abandono | 10 | 15 |
3.6. Superficies del Proyecto
La superficie total del proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.” es de 4550 m2. En la Tabla Nº 2 se observan las superficies que caracterizan el proyecto:
Tabla 3. Superficies que involucra el Proyecto
| Componente | Superficie (m2) |
| Proyecto | 3225 |
| Áreas Verdes | 200 |
| Otras áreas | 1125 |
| TOTAL | 4550 |
3.7.- Descripción del Proyecto.
3.7.1.- Acciones y Obras Asociadas.
El proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.”, se desarrollará a través de cuatro etapas generales durante las cuales se contemplan la totalidad de las obras proyectadas. Las acciones asociadas al proyecto corresponden a:
a) Etapa de levantamiento de información:
b) Recolección de antecedentes técnicos sobre las características del acuífero.
c) Información técnica del terreno.
d) Informe acústico
e) Etapa de construcción:
• Despeje y nivelación de superficie.
• Construcción de instalaciones.
f) Etapa de operación:
• Desarrollo de tratamiento de las aguas captadas a través del sistema de osmosis inversa.
• Entrega del servicio de agua potable.
g) Etapa de cierre del proyecto:
h) Cierre y abandono de las instalaciones o el desarrollo e implementación de tecnologías para optimizar el proyecto y sus operaciones.
3.7.2 Objetivo General
La “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla – Aguas Chañar S.A.”, tiene por objetivo el tratamiento mediante osmosis o nanofiltración de las aguas captadas desde los sondajes denominados Placilla Sierralta, ubicados en la comuna de Copiapó. El agua tratada será impulsada hasta el estanque Manuel Rodríguez desde donde será distribuida hacia la población.
La planta será alimentada con agua obtenida desde una batería de sondajes ubicados en los recintos de Placilla Sierralta y eventualmente desde los sondajes del recinto San Miguel (ambos correspondientes al Sector Hidrogeológico Nº4). La planta producirá agua potable con los estándares de calidad establecidos por la Norma Chilena 409/05. La cloración del agua para su desinfección y fluoruración se harán en el recinto de los estanques Manuel Rodríguez.
El Titular indicó que no realizará venta de agua a camiones dentro del recinto.
3.7.3. Etapa de Construcción
La duración de esta etapa se estima en 15 meses
. Esta etapa contempla las siguientes actividades:
• Despeje y nivelación de superficie.
• Construcción de instalaciones.
Los trabajos para la construcción de las instalaciones y equipos antes señalados serán efectuados de la siguiente manera:
3.7.3.1. Cierre Perimetral.
Se contempla un cierre perimetral que restringa el acceso a la zona de construcción, según la planificación de construcción de cada una de las etapas. Este cierre perimetral poseerá todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad del personal que transita por la zona de construcción del proyecto.
3.7.3.2. Instalación de Faenas.
La instalación de faenas incluye la habilitación de un recinto temporal para la administración, habilitación de un recinto para trabajadores, bodega de materiales y artículos de seguridad, oficinas administrativas, espacios para el estacionamiento, tanto de vehículos como de maquinaria.
Durante la etapa de construcción de la planta se habilitarán baños químicos para los trabajadores. En relación a la distancia con los baños, se realizará conforme a lo establecido en el D.S. Nº 594/99 MINSAL, asimismo lo relativo a cantidad de baños de acuerdo al número de trabajadores.
Por su parte, el agua para consumo humano, en el ínter tanto que se habilite el sistema de agua potable, será suministrado por una empresa externa quién dispondrá dispensadores para el consumo en el área de emplazamiento del proyecto, dando pleno cumplimiento al Artículo 15 del D.S. N°594/99.
La ejecución del proyecto no considera necesaria la instalación de campamentos debido a la cercanía del área a la ciudad de Copiapó, ni tampoco se habilitarán casinos para la preparación de alimentos.
La instalación de faenas ocupará un área de no más de 100 m2, estas instalaciones ocuparán parte de la misma etapa. En esta instalación no se almacenarán combustibles, los vehículos se proveerán en locales establecidos en la ciudad. Tampoco se almacenarán sustancias peligrosas dentro de las instalaciones del proyecto.
El Titular exigirá contractualmente a los contratistas el cumplimiento de las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigente. También se exigirá el cumplimiento de las ordenanzas u otras disposiciones municipales aplicables a las faenas de construcción.
3.7.3.4. Materias Primas e Insumos.
En las diferentes etapas de construcción, se utilizarán variados tipos de insumos y servicios, tales como:
a) Combustible.
El combustible a utilizar durante esta etapa corresponde a petróleo Diesel y será suministrado por las estaciones de servicio cercanas al proyecto.
b) Equipos y Maquinarias.
Para el desarrollo del proyecto se utilizaran las siguientes maquinarias:
• Equipo de soldadura.
• Grúa horquilla.
• Cargador Frontal.
• Camiones de transporte.
Los modelos, marcas y año de equipos y maquinarias aún no se encuentran definidos, sin embargo el titular del proyecto se compromete a operar con vehículos con revisión técnica al día, cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, la cual establece los valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas. Además, los vehículos que circulen en la vía pública no podrán exceder de las dimensiones máximas establecidas, en cuanto al ancho, largo y alto máximo.
Así mismo, se velará por la mantención de camiones, maquinarias y diferentes equipos de la construcción la que se realizará en locales establecidos, fuera del área del proyecto.
Los materiales y/o insumos principales serán: aluminio, ladrillos, cemento, productos de terminación (madera, vidrios, aluminio, etc.), tuberías PVC, fitting cobre, alambres, postes hormigón, entre otras, y serán suministrados por las empresas del rubro de la construcción que operan en la comuna de Copiapó.
c) Suministro de agua potable.
El suministro de agua potable para el proyecto durante la etapa de operación, será directamente desde la red de agua potable de Aguas Chañar.
d) Servicios sanitarios.
Durante la etapa de construcción de la planta se habilitarán baños químicos para los trabajadores. En relación a la distancia con los baños, se realizará conforme a lo establecido en el D.S. Nº 594/99 MINSAL, asimismo lo relativo a cantidad de baños de acuerdo al número de trabajadores.
e) Suministro eléctrico.
La conexión eléctrica para el proyecto, será a través de un empalme con el sistema público de este servicio. La conexión es suministrada por la Empresa Eléctrica Atacama S.A. (EMELAT).Las instalaciones eléctricas interiores, se ajustarán a la normativa técnica vigente. La correcta ejecución de dichas instalaciones se acreditará ante la Dirección de Obras Municipales, acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible. Adicionalmente se considera la instalación de un Generador eléctrico como sistema de apoyo ante eventuales fallas energéticas. La utilización de estos equipos será informada a la autoridad a través de la declaración de emisiones según el D.S. 138/05, del Ministerio de Salud.
f) Flujo de camiones.
El traslado de material de construcción, hormigones, enfierradura, tubos y equipos en General, generará un flujo de camiones y otros vehículos estimado en 2 viajes/día en promedio. En las etapas de hormigonado puede aumentar a 3 viajes/día (en un período máximo de 2 semanas).
g) Movilización del personal.
El personal que trabaje durante las faenas de construcción se movilizará desde su lugar de vivienda hacia la faena, y viceversa, mediante movilización propia.
h) Servicios.
Por su parte, los principales servicios requeridos durante el transcurso de la obra son:
• Fletes varios para el transporte de materiales.
• Servicio de vigilancia.
La fase de construcción finaliza con el retiro de todas las instalaciones provisorias empleadas durante las faenas de construcción. Asimismo, se efectuará una limpieza de las áreas comunes y perímetro del proyecto. La puesta en marcha se iniciará con la recepción Municipal, contemplando para enero de 2012.
3.7.4. Etapa de Operación
El agua potable debe cumplir con ciertos estándares de calidad, los cuales se encuentran establecidos en la Norma Chilena 409/05, por lo cual Aguas Chañar S.A. tratará las aguas a través de una Planta de Osmosis Inversa, desalinizándola, para así disminuir los sulfatos y sólidos total disueltos.
La planta será abastecida por aguas provenientes de pozos del sector Placilla Sierralta (Sector Hidrogeológico Nº4), donde de acuerdo con los antecedentes recogidos, las aguas producidas por los pozos de ese sector están con contenidos objetables de sales, destacándose el Sulfato y los sólidos totales disueltos.
En caso que se considere el By-Pass de la Planta de Osmosis Inversa, para el abastecimiento de la Población, este evento quedará sujeto a la autorización de la SEREMI de Salud.
a) Análisis de las aguas por tratarse
La planta de osmosis proyectada abatirá sulfatos y disminuirá los sólidos suspendidos totales presentes en forma natural en el agua extraída desde los sondajes; la concentración de estos parámetros en el agua a tratar se presenta en la Tabla N°4. En base a la caracterización del afluente, la osmosis permitirá llegar a valores de sulfatos y sólidos suspendidos totales dentro de los máximos establecidos en la NCh 409/05.
Tabla 4.- Caracterización del agua cruda y tratada.
| Elemento | Unidad | Agua Cruda | Valor Normado NCh 409/05 | Agua potable obtenida por Planta de tratamiento |
| Sulfato | mg/l | 877 | 500 | <500 |
| TDS | mg/l | 1908,1 | 1500 | <1500 |
3.7.4.1 Descripción del tratamiento global
La finalidad del proceso de tratamiento del proyecto, es llevar las concentraciones de Sulfatos y de Sólidos totales disueltos a los valores que específica la norma NCh409/1.Of2005. Para esto, se desmineraliza acabadamente una parte de las aguas, la que al ser mezclada a continuación con una fracción de agua cruda, da lugar a un agua mezcla con la calidad requerida por la normativa señalada.
El tratamiento seleccionado para la fracción por desmineralizarse es el de ósmosis inversa/nanofiltración, a través de membranas semipermeables, que producen un agua libre de sustancias disueltas.
a) Definición del Pretratamiento
Del cuerpo de agua que entregará el suministro necesario para ser tratado en el proyecto, no existen otros contaminantes que excedan los límites de la norma NCh409/1.Of2005. El proyecto para la etapa de pretratamiento, contempla la adición de los productos químicos necesarios para obtener el acondicionamiento adecuado del agua para pretratamiento. Estos productos químicos seán Antiincrustantes y Soda Cáustica (NAOH).
b) Porcentaje de conversión
Las condiciones de operación del tratamiento consideran un 75 % de conversión de la alimentación.
c) Post-tratamiento
El post-tratamiento de la planta de osmosis se define en tres etapas, las que son descritas a continuación:
• Eliminación de CO2 (de requerirse): en el caso que se requiera, se debe efectuar la eliminación de CO2, debido a que el pH del agua tratada es muy ácido, debido al alto contenido de CO2. Si bien esta situación se corrige parcialmente al mezclarse con agua sin tratar, la mezcla mantiene condiciones corrosivas que es preciso corregir. La eliminación de CO2 es parte de este proceso de corrección.
• Mezcla con agua sin tratar: el agua tratada contiene sólidos disueltos totales y en particular Sulfatos mucho menores de los que impone la normativa, por lo tanto, se trata sólo una parte por ósmosis inversa/nanofiltración y el producto se mezcla con agua sin tratar. La proporción mínima calculada requiere producir una mezcla del orden del 50% de agua cruda y el parámetro que debe ser controlado es el sulfato.
• Adición de soda cáustica: la adición de soda, es aplicada con la finalidad de corregir el carácter corrosivo residual del agua que se entrega a la red.
d) Calidad del agua producida
Con el tratamiento enunciado, la calidad del agua producida estimada será la establecida por la norma NCh409/1.Of2005.
3.7.4.2 Descripción de la planta
A continuación se describen las instalaciones que se consideran para el tratamiento de las aguas captadas desde los pozos.
a) Tanque de recepción de agua cruda (de requerirse)
De ser necesario, la entrada de la planta se incorporará un tanque de agua de 300 m3 de capacidad, semienterrado, que recibirá las corrientes de todos los pozos que abastecerán el tratamiento. El tanque será de hormigón armado. El volumen de almacenamiento temporal es suficiente, ya que se estipula que la planta funcionará en forma continua y en condiciones nominales, el agua producida se despachará a la red en forma inmediata, a caudal constante, utilizándose los tanques del sistema como pulmones de almacenamiento.
b) Bombeo de agua cruda al Pretratamiento
Se define un conjunto de bombas de agua cruda. Las bombas serán accionadas por variadores de frecuencia para modular la entrega de agua a las condiciones de la demanda, sobre todo en lo que respecta a las presiones, que dependen fuertemente del estado de atascamiento tanto de los filtros de arena como de los filtros de cartuchos. Las bombas se completan con manifolds de aspiración y de impulsión constituidos por tuberías de acero al carbono y válvulas manuales tipo mariposa de aislamiento.
c) Filtros de granulares de pretratamiento
Los filtros granulares de pretratamiento funcionarán en paralelo, en forma de batería. Los filtros contarán con un manifold de tuberías y válvulas para permitir las operaciones de producción y de lavado.
d) Lavado de los filtros
Los filtros granulares que contempla el proyecto, tendrán una autonomía de 24 horas y se lavarán uno por vez. La secuencia de lavado será:
1. Vaciado
2. Lavado con agua y aire, de requerirse
3. Lavado con agua sola (enjuague y reclasificación)
4. Maduración
La frecuencia de lavado será de 36 horas para cada filtro. El agua de lavado será depositada en un estanque enterrado de 150 m3 para evitar descargas puntuales al alcantarillado y descargar el caudal amortiguado.
e) Filtros de cartuchos
Los filtros de cartuchos actuarán como barrera física antes de admitir el ingreso de las aguas al tratamiento de la ósmosis inversa propiamente tal. Los filtros de cartucho contemplan una medición de caudal de entrada, medición de presión diferencial, y manómetros en la entrada y salida de la batería.
f) Bombeo de alta presión
Después del control de todos los parámetros fisicoquímicos regulados por el pretratamiento, el agua pretratada, es enviada al tratamiento por medio de bombas de alta presión. Cada rack de tratamiento será alimentado por una bomba. Las bombas estarán accionadas por variadores de frecuencia para adaptar el consumo de energía a las condiciones reales de temperatura del agua y grado de atascamiento de las membranas.
g) Racks de ósmosis
Se definen los siguientes racks de ósmosis:
• Cantidad de Racks: 3
• Cantidad de etapas:2
• Cantidad de tubos de presión por etapa
• Primera etapa 20 tubos de presión
• Segunda etapa 10 tubos de presión
• Cantidad de membranas por tubo de presión: 6
El caudal de rechazo será controlado por una válvula de caudal de funcionamiento automático. En el colector de permeado se colocará una válvula automática para la eliminación al desagüe de aquellas fracciones de la producción que están fuera de especificación.
Esta contemplado agregar un 4to. Rack, en el caso que se determine ampliar la capacidad de la planta, por lo cual se considera en el plano 1351-IP-A-MP-DIAG-03.pdf de la DIA
h) Eliminación de CO2 (de requerirse)
Si se requiere, el permeado producido por todos los racks será enviado por medio de un colector general al tratamiento de eliminación de CO2 por medio de “stripping” con aire en contracorriente. El proceso se llevará a cabo en columnas rellenas de un material que amplía la superficie de contacto entre el agua y el aire, permitiendo un intercambio más eficiente. Para evitar que el aire huya por debajo de la torre hacia el tanque de almacenamiento de agua desgasificada, se colocará un sello hidráulico en la parte inferior de la torre de forma de bloquear ese camino al gas. Las torres irán instaladas sobre el tanque de mezcla y envío de agua tratada a la red.
i) Mezcla de aguas y envío a la red
El agua osmosada se mezclará con una fracción de agua sin tratar, para producir la mezcla con la calidad de agua planificada.
j) Dosificación de reactivos
A continuación se describe la función de cada reactivo que se utilizará en el tratamiento:
• Anti-incrustante: es utilizado para impedir la precipitación de sales sobresaturadas en el interior de las membranas, y que se dosificará antes de los filtros de cartuchos.
• Hidróxido de Sodio: es utilizado para la pasivación final del agua osmosada.
k) Sistema de limpieza de membranas
Todo sistema de tratamiento por membranas requiere de una limpieza periódica para eliminar las impurezas retenidas en su superficie y restituir lo máximo posible las condiciones originales de funcionamiento. El fluido de limpieza es inyectado por medio de un grupo de bombeo dedicado, con presión suficiente para enviarlo a través de las membranas y recuperarlo en el tanque de lavado para permitir su recirculación.
El conjunto está constituido de la siguiente manera:
• Tanque de limpieza
• Bombas de limpieza
• Filtro de cartuchos de limpieza
l) Sistemas auxiliares
La planta contempla un grupo de elevación de agua de servicio para atender las necesidades de preparación y dispersión de reactivos. Adicionalmente, si corresponde, se dispondrá de una unidad de generación de aire comprimido para las válvulas on-off neumáticas y para las válvulas de control neumáticas.
m) Sistema de evacuación de efluentes
Al no existir Norma Ambiental que establezca requisitos a las aguas de descarte de las plantas de agua potable (Ord.SISS Nº3409 de fecha 23 de septiembre de 2010), la disposición del caudal total de rechazo de 42.5 l/s se realizará a través de la dilución con el caudal del efluente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Copiapó, cuyo valor medio mensual es de 300l/s, esto se realizará en la unidad de mezcla de la PTA, de modo de generar una mezcla diluida de los dos, el caudal final, cuya mezcla corresponde a la suma del efluente medio mensual de la PTAS Copiapó y el rechazo de la PTOI Placilla-Sierralta será de 342.5 l/s, la carga diaria estimada de sulfatos y cloruros es de 24.000 kg/día para la PTOI y 6.700 kg/día para la PTAS.
La cámara de mezcla es de tipo vertedero, conformado por un bafle o pantalla donde confluirán el rechazo y el efluente de la PTAS de Copiapó, de tal forma de asegurar la mezcla de ambas corrientes, esta mezcla será descargada al río Copiapó en el mismo punto donde descarga la PTAS de Copiapó.
El control de la Mezcla consta de un muestreo manual, realizado por un operador capacitado para dicha labor (El Anexo 1 del Adenda 4 se encuentra el plano del sistema antes descrito).
El agua de rechazo se conducirá través de una tubería, de uso exclusivo para esta operación, de 10 km de longitud y de diámetro de 350 mm, que ira desde la PTOI Placilla-Sierralta hasta la PTAS de Copiapó.
El trazado de la tubería de descarga del rechazo es el indicado en el plano del Adenda Nº3. En dicho trazado, se proyecta un atravieso aéreo del río Copiapó en el sector del puente Bodega (obra existente), sin interferir con su estructura ni con el cauce del río, para ello se ha considerado una estructura tipo catenaria o similar que se definirá en el proyecto de ingeniería de detalle, que será presentado a los Servicios con Competencia para su aprobación Sectorial previo a la ejecución de las obras. Los apoyos del atravieso se ubicarán alejados de los apoyos del puente existente y de los bordes de la ribera del río, como se indica en el plano esquemático que se adjunta en Anexo 1 (Adenda 4). De este modo, la estructura de apoyo del atravieso tendrá una mayor luz que el puente existente y en consecuencia, no se proyectan obras al interior del cauce. La ubicación será en las siguientes coordenadas UTM.
Tabla 5. Coordenadas UTM, Datum WGS 84 Huso 19 apoyo ribera sur.
| | ESTE | NORTE |
| Apoyo atravieso ribera sur | 364200 | 6975048 |
Tabla 6. Coordenadas UTM, Datum WGS 84 Huso 19 apoyo ribera norte.
| | ESTE | NORTE |
| Apoyo atravieso ribera norte | 364200 | 6975080 |
El Punto de descarga se ubicará en las siguientes coordenadas:
Tabla 7. Punto de Descarga, coordenadas UTM, Datum WGS 84 Huso 19
| | ESTE | NORTE |
| Punto 1 | 362201 | 6975051 |
Adicionalmente al Punto de descarga de las aguas mezcladas sobre el cauce natural del río Copiapó, se considera a fin de acercar el Punto de Descarga a las áreas de regadío y evitar la infiltración, descargar la mezcla en un segundo lugar de descarga en las coordenadas:
Tabla 8. Punto de Descarga, coordenadas UTM, Datum WGS 84 Huso 19
| | ESTE | NORTE |
| Punto 2 | 362692 | 6976723 |
El Punto 1 de descarga no quedará completamente deshabilitado una vez que comience a descargar del punto 2.
El segundo punto de descarga señalado en la Adenda 4, corresponde a una obra existente autorizada mediante RCA Nº 273 de fecha 2 de septiembre de 2008, otorgada a la Compañía Contractual Minera Candelaria, para la ejecución del proyecto denominado “Acueducto Chamonate Candelaria”.
Previo a la construcción del atravieso de la cañería el Titular deberá presentar a la Dirección General de Aguas el o los proyectos a que hace mención el Art.Nº 294 letra d) del Código de Aguas y sus Modificaciones vigentes.
En caso que se dicte una Norma de emisión aplicable a dicho efluente, el proyecto deberá dar cumplimiento a dicha Norma en los plazos que esta establezca, hasta esa fecha el proyecto deberá velar porque las características de las descargas correspondan exclusivamente a las del normal funcionamiento de la PTOI, sin que se observe deterioro de su calidad en el tiempo.
En el caudal de rechazo, previo a la mezcla con el caudal de la PTAS Copiapó, se realizarán 4 muestreos compuestos al año, uno por trimestre, para verificar el cumplimiento de los parámetros indicados en la Tabla 9.
Tabla 9. Caracterización de flujos generados con un caudal de rechazo máximo de 42.5 L/s (Adenda 5)
| Parámetro | Agua cruda | Alimentación proceso de osmosis | Rechazo (*) |
| Cloruros (mg/L) | 250 | 250 | 1000 |
| Sulfatos (mg/L) | 900 | 900 | 3600 |
| TDS (mg/L) | 1700 | 1700 | 6800 |
| Arsénico (mg/L) | 0.0025 | 0.0025 | 0.01 |
| Cianuro (mg/L) | 0.02 | 0.02 | 0.08 |
| Magnesio (mg/L) | 90 | 90 | 360 |
(*) Las concentraciones de los parámetros del rechazo indicadas en la tabla anterior son los valores máximos que se obtienen al considerar que para una retención de sales de un 100% en la etapa de osmosis inversa, la misma carga de sales quedará concentrada en el rechazo. Dado que el rechazo equivale a un 25% del flujo de agua que ingresa a la planta, la proporción del balance de masas para determinar las concentraciones en el rechazo es de 3:1 respecto de la condición del agua cruda, lo que es equivalente a que el rechazo cuadruplica los valores del agua cruda.
Antes de realizar la mezcla con el efluente de la PTAS Copiapó con el rechazo de la PTOI Placilla-Sierralta, se realizarán monitoreos en base a lo estipulado en el D.S.90/00al Efluente de la PTAS, el Plan de Monitoreo propuesto por el Titular contempla una frecuencia de muestreo semanal de la mezcla, análisis que serán realizados por un laboratorio certificado, los parámetros a analizar serán los indicados en la tabla 9b)
Tabla 9 b. Parámetros a Monitorear en el efluente de la PTAS Copiapó, después de la mezcla con el caudal proveniente de PTOI Placilla-Sierralta.
| | Mezcla (Nivel Máximo) |
| Coliformes Fecales (NMP) | ≤ 1000 |
| Cloruros (mg/l) | ≤ 1000 |
| Sulfatos (mg/l) | ≤ 1000 |
Para efectos de control, se realizaran muestreos semestrales a todos los sondajes de la región, con objeto de evaluar la calidad de las fuentes.
Todos los monitoreos deberán ser enviados a la Autoridad Ambiental, en base trimestral.
n) Edificios y facilidades de la planta
Para facilidad de operación de la planta, se dispondrá de los siguientes edificios de Operación y administrativos:
Todos los equipos, bombas, Racks de osmosis y bodega estarán ubicados dentro del edificio proyectado. El edificio proyectado será un Galpón de estructura metálica con sus paredes totalmente cerradas. El edificio contará con techumbre metálica y el piso será de hormigón sobre el cual se instalaran todos los equipos (Memoria en Adenda 3)
3.7.5. Etapa de Cierre
Si bien el proyecto contempla una vida útil de 25 años, esta proyección de vida se hace en relación a las características técnicas de los equipos y tecnología actual de los equipos. En relación a este tema, el titular una vez finalizado el periodo estimado para el proyecto, trabajará en la actualización y modernización de los equipos así como las tecnologías asociadas al proyecto, con la finalidad de mejorar las características operacionales de éste.
3.8.- Principales Aspectos de la evaluación de Impacto Ambiental
3.8.1.- Emisiones a la Atmósfera
3.8.1.1. Emisiones a la Atmósfera Etapa de Construcción.
En la etapa de construcción se generarán emisiones menores de gases de combustión y de material particulado localmente en el sitio de obras, debido al movimiento de tierra y otras labores de construcción.
Tabla 10.- Maquinaria utilizada en la etapa de construcción.
| Maquinaria/Vehículo | Cantidad | Tiempo Utilizado (meses) |
| Camión | 1 | 11 |
| Retroexcavadora | 1 | 11 |
| Movimiento de Tierra | | 11 |
En la zona del Proyecto para minimizar las emisiones de material Particulado se realizara lo siguiente:
• Humectación de zona en construcción: Esta medida se basa en el uso de agua para humectar la zona de construcción y así evitar el levantamiento de polvo por efectos del tránsito de vehículos y movimiento de material en la zona de construcción. En caso de de escasez de agua se utilizará supresores químicos como es el caso del Cloruro de Magnesio Hexahidratado (Bischofita) con una eficiencia de la medida de hasta un 96%.
• Colocar Malla Rachel: Si bien esta medida se utiliza para retener el MP10 más grueso, también tiene otra finalidad, la cual es evitar la influencia de fuertes variaciones de viento sobre el sector y así disminuir erosión eólica de estos sitios.
• Cubrir carga de camiones: Esta medida se orienta a evitar la emisión de material por parte del camión propiamente tal y también con prevenir que el material trasladado ensucie las calles y por ende aumente el potencial de emisiones por el transito en caminos pavimentados.
Las emisiones de contaminantes por actividad:
Tabla 11.- Actividades que generan Emisiones Atmosféricas
| Maquinaria | Cantidad |
| Movimiento de Tierra | MP10 |
| Excavación | MP10 |
| Tránsito de Camiones en caminos Pavimentados (disposición de material en rellenos sanitarios) | MP10 |
| Tránsito de camiones en caminos no pavimentados (disposición de rellenos sanitarios y tránsito dentro del recinto) | MP10 |
| Tránsito de retroexcavadora en camino no pavimentado (dentro del recinto) | MP10 |
| Funcionamiento de los motores de los vehículos. | MP10 |
La actividad que genera mayor emisión a la atmósfera es la producida por la utilización de la retroexcavadora, esta etapa se extiende por un periodo máximo de 3 meses.
Este proyecto no representa una fuente de emisiones atmosféricas importante, que se verifica al comparar las emisiones estimadas con las tasas de emisión anuales límites del Plan de Compensación, definidos en el D.S. 58/03 del MINSEGPRES, que reformula y actualiza PPDA
Tabla 12.-Cumplimiento de la Normativa
| Contaminante | Emisión Ton/Año | Límite de Compensación |
| CO | 0.26 | 100 |
| COV | 0.12 | 100 |
| NOx | 0.98 | 50 |
| PM 10 | 3.5 | 10 |
3.8.1.2. Emisiones a la Atmósfera Etapa de Operación.
El proyecto durante la etapa de operación no generara emisiones atmosféricas o fugitivas Se generarán emisiones lumínicas, que están reguladas por el Decreto 686, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. El proyecto utilizará luminarias que cumplen con la norma mencionada.
3.8.2 Residuos
3.8.2.1.- Residuos Líquidos Domésticos
Durante la etapa de construcción, los únicos efluentes líquidos generados serán las aguas servidas de los trabajadores, sin embargo estos serán retirados por la empresa encargada de los baños químicos.
3.8.2.2. Residuos Industriales Líquidos
En la etapa de operación se generarán los siguientes residuos industriales líquidos:
a) Rechazo del proceso de osmosis inversa tiene un caudal de rechazo máximo de 42.5 l/s. Este rechazo es un concentrado salino con una composición del Total de Sólidos Disuelto (TDS) de aproximadamente 9000 mg/l.
b) El lavado de los filtros produce un efluente de 50 m3 por filtro.
c) Los residuos líquidos producidos serán enviados a través de una tubería de uso exclusivo, para este fin, a la PTAS Copiapó, para ser mezclados con la descarga de la PTAS Copiapó, considerando un caudal nominal de 300l/s, la descarga conjunta será de 342.5 l/s, la cual será descargada en el punto antes mencionado
3.8.2.3. Residuos Sólidos
a) Etapa de Construcción.
Los residuos sólidos de construcción que se generarán en esta etapa, consistirán básicamente en desechos sólidos de metales, algunos moldajes usados en las obras civiles y algunos restos de hormigón. Éstos sólo serán dispuestos en lugares autorizados. La cantidad de residuos generados durante la construcción será de aproximadamente 5 kg/día.
Los residuos sólidos domiciliarios generados por los trabajadores durante la construcción serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) y serán retirados por un camión de recolección municipal
b) Etapa de Operación.
Durante la etapa de operación del proyecto, los residuos sólidos generados corresponden a los residuos generados por los trabajadores los que poseen características de residuos domiciliarios. La correcta disposición de estos residuos, será efectuada en contenedores claramente identificados los que posteriormente serán retirados por personal de la empresa y llevados a sitios de disposición autorizados o en su defecto, serán retirados por el servicio municipal.
La cantidad de residuos generados durante esta etapa será aproximadamente de 1,5 Kg/día.
Los residuos sólidos generados en la operación de la planta de tratamiento de agua potable, tales como envases de reactivos serán devueltos a los proveedores del servicio para su correcta disposición.
Al momento de la fiscalización deberá mantener respaldo de ingreso a disposición final autorizada de los residuos generados, esto sin perjuicio que los residuos sean manejados por terceros contratados por el Titular del proyecto.
3.8.2.5. Residuos Peligrosos
El transporte de dichos productos, en caso que se requieran utilizar, se hará según normativa aplicable que es el Decreto Nº 298. Considerando como principales aspectos los siguientes:
• Vehículos motorizados que se utilicen en el transporte de sustancias peligrosas deberán tener una antigüedad máxima de 15 años.
• Los vehículos deberán portar los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190.Of93.
• Los vehículos motorizados deberán estar equipados con tacógrafo u otro dispositivo electrónico que registre en el tiempo, como mínimo, la velocidad y distancia recorrida.
• En el transporte de sustancias peligrosas a granel, los vehículos deberán reunir las condiciones técnicas necesarias para poder soportar además, las operaciones de carga, descarga y transbordo, siendo el transportista responsable de tales condiciones.
• Los vehículos destinados al transporte de sustancias peligrosas deberán portar uno o más letreros, visibles para otros usuarios de las vías, con las siguientes indicaciones:
En el caso de ser un solo letrero, deberá ubicarse centrado en el costado izquierdo de la zona de carga, sobre la carrocería del vehículo, o sobre el empaque de la carga cuando las dimensiones del letrero impidan su colocación sobre la carrocería.
Los letreros aludidos anteriormente deberán tener las siguientes características:
La distribución de los datos y su aspecto general será como se muestra en la figura siguiente:
Se llevará un registro de todos los residuos generados durante el proceso de osmosis una vez que estos se generen, no se superarán las 12 toneladas de residuos durante el año, según lo establecido en el D.S.Nº148, sobre el manejo de residuos peligrosos.
En el Anexo 7 de Adenda 1 se adjuntan fichas de seguridad de las sustancias químicas a utilizar:
Tabla 13.Cantidadde residuos generados por el uso de químicos
| Residuo Peligroso | Cantidad/2 meses | Kg/Año |
| Bidones vacíos de 800g | 68 bidones vacíos | 327 |
| Sacos vacíos de 200g | 253 sacos vacíos | 304 |
| | Total | 631 |
Los residuos peligrosos generados corresponden a sacos y bidones vacíos, usados previamente como contenedores de sustancias corrosivas, de acuerdo a lo señalado en la NCh 382.
3.8.3.- Sustancias peligrosas
Se dará cumplimiento al D.S. N° 78 vigente sobre el almacenamiento de sustancias peligrosas en todo lo que aplica, particularmente al Titulo X.
La bodega tendrá 20 m2 (separada en 2, químicos ácidos y básicos) de superficie útil y consistirá en un radier de hormigón, el cual estará cerrado por una pared de albañilería o de hormigón de 2 metros de altura. La bodega contará con todas las medidas de contención de derrames y estará ubicada al interior del edificio que albergará la planta. Se indica que dicho edificio estará completamente cerrado y dispuesto en el interior del edificio de la PTOI.
Las Medidas de seguridad se detallan en el plan de contingencia adjunto en el anexo 1de la Adenda 3, en el cual se señalan todas las medidas de seguridad y prevención de riesgos.
En la planta no existen riesgos de explosiones o de emanación de gases tóxicos que puedan causar algún daño o perjuicio a vecinos del sector.
Antes de que el agua entre en proceso de osmosis inversa, se dosificara antiescalante para evitar la precipitación de sales al concentrarse en el agua tratada.
Se realizará u Postratamiento, donde se adicionara hidróxido de sodio (NaOH) para ajustar el pH y eliminar posibles concentraciones de CO2.
En relación a la cantidad máxima de sustancias químicas que se almacenarán se presentan en la Tabla 16, correspondientes a la cantidad requerida para 2 meses de funcionamiento.
Tabla 14.Cantidad máxima de almacenamiento requerido para 2 meses de funcionamiento
| Formato de fabrica | Cantidad/2 meses | Toneladas almacenados como máximo en bodega |
| Bidones de 25 Kg contenedores de Antiescalante, Solución al 100% | 66 bidones | 1,65 |
| Sacos de 5 Kg contenedores de Soda caustica (NaOH) al 50% | 253 sacos | 1,27 |
| Bidones de 25 Kg detergente ácido | 1 bidón | 0,05 |
| Bidones de 25 Kg detergente básico | 1 bidón | 0,05 |
| | TOTAL | 3,02 |
En total son 3 toneladas de químicos almacenados como máximo, estas cantidades son para mantener una autonomía de 2 meses.
De acuerdo al Decreto N°78, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, el Titular se compromete a dar cumplimiento a lo señalado en el Artículo 8 de la normativa.
Para el manejo de las sustancias peligrosas, clasificadas según la NCh 382, las sustancias corrosivas deben contar con monitores fijos contra incendio con alimentación de agua, dispuestos en los alrededores del depósito de contención. Si la clase secundaria de peligrosidad de esta sustancia es la inflamabilidad, se deben cumplir los requisitos establecidos para los inflamables en este artículo.
3.8.4.- Plan de Contingencia
En Anexo 4 (Adenda 2), se presenta un Plan Operativo de Emergencias el que relaciona situaciones tales como: incendio, explosión, entre otras, o cualquier otra situación conveniente de implementar.
Con respecto al Plan de Emergencia de Incendios, La empresa cuenta con un plan en cada una de las localidades y recintos. Se adjunta en el Anexo 3 de Adenda 1.
Con respecto a las sustancias químicas estas serán almacenadas en los envases respectivos y puestos en una bodega para tales fines, cuando se utilicen las sustancias químicas los envases vacíos serán devueltos al proveedor según contrato que suscribirá Aguas Chañar con el proveedor del servicio. La bodega contará con todas las especificaciones estipuladas en la normativa aplicable.
Se contempla tener en planta sustancias químicas, las cuales serán manejadas en sus propios envases y en cantidades mínimas por lo cual no se contempla sistema de control de dichos químicos. Sin embargo, el titular instalará una ducha en la bodega. Además los trabajadores cada vez que manejen dichas sustancias contarán con sus implementos de seguridad, tales como antiparras, guantes, entre otros.
Aguas Chañar cuenta con un experto prevencionista de riesgos contratado en forma permanente para inspeccionar las instalaciones de Aguas Chañar. El Comité Paritario de la Empresa se encuentra funcionando, el período comprendido es desde 01.07.2010 hasta el 01.07.2012
Aguas Chañar contempla la instalación de servicios sanitarios para los trabajadores en la etapa de operación, el agua potable para estos servicios será proporcionada desde la red de agua potable y las aguas servidas serán conducida al colector para su posterior tratamiento en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Aguas Chañar S.A.
Aguas Chañar sólo contempla la instalación de lockers ya que los trabadores se retirarán a sus hogares en las horas de colación. En la zona de influencia del proyecto no se contempla un área de bodegas de maquinarias y equipos. Los trabajadores contarán con todos sus implementos de seguridad y habrá registro de la entrega de los implementos en las oficinas de la PTOI.
3.8.5.- Ruido
Las Mediciones de Ruido de Fondo en la línea Base de Ruido para horario diurno y nocturno se presenta en Anexo 6 de la DIA.
El ambiente acústico del lugar de emplazamiento del proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla ‐ Aguas Chañar S.A.”, está compuesto en su totalidad por el ruido de fondo del sector como se respalda en el estudio acústico presentado en Anexo 6 de la DIA.
Se prevé que una vez que se ponga en marcha el proyecto, el ambiente acústico se verá influenciado por las faenas de construcción del proyecto en las que se pueden detectar fuentes generadoras ruido como por ejemplo cargadores frontales, martillazos, trabajo con esmeriles etc.
En la etapa de operación se pueden distinguir como las principales fuentes generadoras de ruido las diversas bombas de impulsión distribuidas dentro de la planta. Dentro de los procesos que requieren el uso de bombas para su funcionamiento están la planta elevadora de aguas tratadas, la planta elevadora del agua de mezcla, la planta elevadora de cabecera de planta, el sistema de filtros y la planta elevadora de la descarga de aguas de descarte.
En la Adenda 2 se presenta el Nivel de Ruido Proyectado en la Línea Base de Mediciones de Ruido.
Como las faenas de construcción se desarrollaran en el horario comprendido entre las 8 de la mañana y las 8 de la Tarde, solo se considera el cumplimiento del D.S. N° 146/97 para el horario comprendido para el periodo diurno.
La evaluación de los niveles de ruido proyectados en los receptores, en horario diurno durante la etapa de construcción, según los niveles máximos permisibles del D.S. N° 146/97 para una zona II, se presentan el la Tabla 7 de Adenda 2.
El incremento de los niveles de ruido durante las faenas de construcción en cada uno de los puntos delalíneabaseesmenora0,5dB.
Debido a que en los puntos N° 3, 4 y 5 de la línea base de ruido se registro un nivel de ruido de fondo menor al medido en el resto de los puntos que componen esta, se decidió alejar la zona de trabajos ruidosos determinada para la etapa de construcción. La nueva ubicación de esta zona se detalla en la siguiente Tabla.
Tabla 15.Ubicación georreferenciada de los vértices del sector habilitado para fuentes ruidosas
| Vértice | Coordenadas UTM DATUM WGS84 |
| Este | Norte |
| 1 | 370190 | 6970158 |
| 2 | 370201 | 6970145 |
| 3 | 370184 | 6970129 |
| 4 | 370171 | 6970143 |
Como medida complementaria a lo señalado anteriormente se propone establecer un plan de manejo con la comunidad, mediante el cual se deberá informar el tipo de obra que se realizará, el horario de trabajo, el horario en que se producirán las mayores emisiones de ruido y la duración de tales eventos, con el objeto de reducir los impactos y minimizar la molestia que ello pudiera causar en la comunidad. Esta información deberá ser comunicada en forma previa al inicio de cada fase de la etapa de construcción. Se deberá asignar además a un encargado en la obra que pueda recoger los reclamos de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias y establecer un teléfono de reclamos para complementar el plan de manejo.
Para la proyección de los niveles de ruido en la etapa de operación, fueron consideradas las principales fuentes emisoras de ruido asociadas a los procesos de la Planta de Tratamiento de Agua Potable Osmosis Inversa, estas fuentes emisoras de ruido corresponden a las distintas bombas ubicadas al interior de la planta. Los niveles de emisión de presión sonora, se consideró la ubicación de las bombas señaladas dentro de galpones especialmente habilitados para su funcionamiento, de las fuentes de ruido identificadas en la etapa de operación, se muestran en la siguiente tabla:
Tabla 16.Niveles de emisión de ruido de la maquinaria.
| Maquinaria | *NPS a 3 mts dB(A). | Cantidad de Bombas | Suma Energética NPS d (A) |
| Bombas Sistema de Lavado | 70 | 3 | 74.888 |
| Bombas P.E. Aguas Tratadas | 70 | 2 | 73 |
| Bombas P.E. Aguas de Mezcla | 70 | 2 | 73 |
| Bombas P.E. Cabecera de Planta | 70 | 4 | 76 |
| Bombas P.E. Descarga Aguas Descarte | 70 | 2 | 73 |
| Caseta del grupo generador | 80 | 1 | 80 |
*Fuente: Mediciones similares realizadas por el consultor
La evaluación de los niveles de ruido proyectados en los receptores de acuerdo a los niveles máximos permisibles estipulados en el D.S.N°146/97, en horario diurno y nocturno durante la etapa de operación, se presentan en la Adenda 2
El nivel de ruido proyectado para la etapa de operación del proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable Osmosis Inversa ‐ Copiapó”, no supera el nivel máximo permisible establecido para cada uno de los puntos de la línea base de ruido, por lo que los niveles de emisión acústica del proyecto estarán en cumplimiento con los niveles máximos permisibles de acuerdo al D.S. Nº 146/97 MINSEGPRES.
Debido a la cercanía existente entre el lugar donde se desarrollarán las faenas, y los receptores identificados en la línea base (Puntos N° 3, 4 y 5 definidos en Adenda Nº2), los niveles proyectados para dicha etapa no estarían en cumplimiento con los niveles máximos permisibles para una zona II. Debido a esta circunstancia se generan medidas de mitigación con el objeto de bajar al menos 10 dB(A) y así asegurar que los niveles de emisión de ruido estarán dentro de los niveles máximos permisibles para una zona II según el D.S. N° 146/97.
Como medidas de mitigación se comprende:
• Habilitar sectores donde realizar faenas ruidosas como uso de galleteras y esmeriles, encontrándose lo más alejadas posibles de los receptores identificados.
• Instalación de barrera de ladrillos, de al menos 3 metros de altura con el fin de cumplir el rol de barrera acústica. y en concordancia con las disposiciones de la Dirección de Obras de la Comuna. Los puntos de referencia para la ubicación de la barrera se muestran en detalle en la Tabla 17
Tabla 17. Coordenadas de referencia para la ubicación de la barrera.
| Punto Referencia | Coordenadas UTM DATUM WGS84 (Huso J 19) |
| Este | Norte |
| 1 | 370176 | 6970152 |
| 2 | 370187 | 6970137 |
Se considerara un seguimiento mensual de las medidas de mitigación a través de mediciones en los puntos abordados, mientras duren las faenas de construcción del proyecto.
De acuerdo a los antecedentes mencionados en este documento se concluye que de acuerdo con la implementación de las medidas de mitigación propuestas, no se prevee un incremento de los actuales niveles de ruido de fondo del sector que rodea a la ubicación del proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.”, siempre considerando que los niveles de emisión proyectados para las etapas de construcción y operación se encuentran por debajo de los niveles máximos permisibles según el D.S. N° 146/97 del MINSEGPRES.
3.8.6. Medio Humano
La población a abastecer con agua potable es equivalente a 27.000 clientes es decir a un promedio de 108.000 habitantes. El plano definido en conjunto con la SISS se adjunta en el Anexo 2 de Adenda 1
3.8.7. Paisaje
Esta planta se emplazará en un área de 4550 m2. El sector de emplazamiento de la planta se encuentra rodeado por casas de uso residencial tal como se describe en la Figura 3 Adenda 1. Bajo esta consideración, el paisaje que será irrumpido no representa una zona con valor paisajístico de acuerdo a criterios de valoración del paisaje (singularidad, rareza, representatividad, naturalidad) para la comuna de Copiapó.
Como una manera de valorizar el paisaje circundante, pertinentes a la identidad de la Región de Atacama, el proyecto considera que la terminación exterior de la parte techada de la planta tenga una arquitectura similar a su edificio de oficinas ubicado en la esquina de calle Diego de Almagro con Av. Copayapu. Además se considera que en el sector existen dos edificaciones similares: el edificio de Aguas Chañar y el edificio de la Universidad del Mar, por lo anterior, el proyecto mantendrá la arquitectura del entorno.
3.8.8.-Patrimonio
El área del proyecto corresponde actualmente a una instalación de la empresa Aguas Chañar S.A. denominado “Recinto de Placilla Sierralta”. Actualmente se encuentra una estación de bombeo y pozos de extracción de agua, con instalación de redes de agua y líneas eléctricas subterráneas.
De acuerdo a la nómina oficial de Monumentos Nacionales declarados entre 1925-2002, publicada por el Consejo de Monumentos Nacionales (2003), en el la comuna de Copiapó solo existen Monumentos Nacionales relacionados al patrimonio histórico, ninguno de los cuales se encuentra en el área de influencia del proyecto.
La revisión del catastro de sitios arqueológicos del MOP (1994) señala que en la calle Chañaral en Copiapó se registró la presencia de 12 tumbas individuales separadas por muros de asignación Inca-Diaguita (G. Looser, 1928; J. Iribarren 1958).
Hacia el sector N del área del proyecto existe una hilera de pimientos (Schinus molle) de gran antigüedad (Figura 2). Se inspecciona una pequeña zanja con montículos de tierra expuesta en sus costados. No se registran restos arqueológicos en este sector.
La revisión bibliográfica demuestra numerosos antecedentes arqueológicos para el área urbana de la ciudad de Copiapó. Resulta una zona profusamente habitada a lo largo de una extensa secuencia cultural de la prehistoria regional. A pesar de esto no se registran evidencias sobre el patrimonio cultural protegido por la Ley 17.288 en el área prospectada asociada al proyecto.
3.8.9. Relación del Proyecto con las Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional. Estrategia Regional de Desarrollo.
Plan de Desarrollo Comunal de Copiapó, tiene por objeto delinear los ejes de desarrollo Estratégico de la comuna, En este sentido, se indica que “La Ilustre Municipalidad de Copiapó, en el proceso de elaboración de su Plan de Desarrollo Comunal, construyó un diagnóstico comunal para tener una primera aproximación a la realidad de la Comuna y visualizó los siguientes Ejes de Gestión:
• Superación de la pobreza, entendida como un deber ético para hacer una sociedad más igualitaria, la que se pretende lograr con una fuerte gestión para el acceso a la vivienda propia, la educación como llave del desarrollo para las familias y garantizar una salud de calidad para todos.
• Ciudad Segura, entendida como una condición básica para lograr una mejor calidad de vida que posibilite el desarrollo integral de las potencialidades de las personas, que se expresa no sólo a través de acciones desde el municipio, sino también de la institucionalidad policial, de las organizaciones de bases territoriales y de la ciudadanía, donde metas comunes permiten construir una alianza estratégica integral.
• Desarrollo Urbano, que integre a todos los ciudadanos y brinde la posibilidad de encuentro en espacios públicos pensados para la familia copiapina.
• Ciudad con Cultura, entendida como parte del desarrollo, necesario para profundizar los procesos de participación y democratización de la sociedad, que lleve a encontrar lo común y lo diverso y construir un Copiapó de todos y para todos, tratando de desarrollar y difundir nuestra identidad cultural local y regional.
El grupo directivo de la Municipalidad a partir de una mayor comprensión de la dimensión estratégica, se planteó ser los articuladores del desarrollo de la ciudad de Copiapó. Su ambición es convertirse en un referente nacional e internacional con la marca del desarrollo cultural del territorio y ser un equipo de alto rendimiento, cambiando la forma de trabajar, incorporando prácticas de cumplimiento de compromisos y excelencia”.
Finalmente, de la revisión del Plan de Desarrollo Comunal se constata que éste se encuentra fuertemente orientado a definir lineamientos estratégicos del ámbito urbano, con énfasis en los centros poblados, dejando las áreas rurales y despobladas, en una situación de apoyo al desarrollo urbano. En este sentido, el proyecto se ajusta a directrices de desarrollo comunal, debido que generará mano de obra en la etapa de construcción y de operación del proyecto, así como entregara un beneficio directo a la comunidad que reside en la comuna como la población flotante de esta, entregando un servicio de calidad en relación al suministro de agua potable.
A continuación se desarrolla una caracterización regional, la que presenta los 9 lineamientos estratégico definidos por los actores regionales y que constituyen los pilares en torno a los cuales se orienta el trabajo de la región en los próximos 9 años, es decir del 2007-2017. Los lineamientos estratégicos se enumeran a continuación:
1. Desarrollo del capital humano
2. Modernización institucional y de la gestión regional.
3. Promoción de la investigación e innovación
4. Protección social
5. Diversificación y mayor dinamismo de la economía regional
6. Integración y ordenamiento del territorio para un desarrollo armónico
7. Implementación y consolidación de un modelo de desarrollo que garantice el uso eficiente y sustentable del recurso hídrico
8. Promoción de la cultura y patrimonio regional
9. Medio ambiente para el desarrollo sustentable
El proyecto se encuentra vinculado a algunos de los lineamientos antes mencionados, a continuación se hace una descripción de éstos:
Lineamiento 1. Desarrollo del capital humano
El proyecto se encuentra vinculado con este lineamiento debido a que Aguas Chañar S.A. proveerá de empleo en todas las etapa del proyecto, además generará capacitaciones para sus empleadores, de esta manera aumentar las competencia de éstos.
Lineamiento 4. Protección social
El proyecto involucra entregar a la comunidad un recurso indispensable, por lo cual se utilizará tecnología adecuada para la potabilización del agua, para obtener un recurso con las características de calidad necesarias para su consumo.
Lineamiento 5. Diversificación y mayor dinamismo de la economía regional
Uno de los objetivos de este lineamiento es “Incorporar infraestructura habilitante (inclusive agua y energía) para el desarrollo y competitividad de las empresa”. Aguas Chañar S.A. ingresa el proyecto al SEIA para entregar a la comunidad un recurso con características óptimas para su consumo implementando tecnología de punta para cumplir con los estándares de calidad.
Lineamiento 6. Integración y ordenamiento del territorio para un desarrollo armónico
Uno de los objetivos principales de este lineamiento es “Gestión integrada del territorio de Atacama, que articule en forma coherente los distintos instrumentos regulatorios del uso de suelo”, el proyecto en cuestión se encontrará inserto en la “ZONA B”, según el Plan Regulador Comunal de Copiapó, los usos de suelo permitido en esta zona son:
• Mixta de Vivienda
• Equipamiento
• Talleres
• Almacenamiento
Por lo cual, el proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.” se ajusta al instrumento de planificación territorial de la comuna.
Lineamiento 7. Implementación y consolidación de un modelo de desarrollo que garantice el uso eficiente y sustentable del recurso hídrico
Los objetivos de este lineamiento se enmarcan en:
• Modificar el marco legal e institucional regulatorio del uso del recurso hídrico regional, de manera de garantizar la sustentabilidad de este recurso.
• Desarrollar estratégicas que apunten a hacer más eficiente el uso en la región de los recursos hídricos disponibles.
• Detección y desarrollo de nuevas fuentes de recursos hídricos
El proyecto se vincula a este lineamiento debido a Aguas Chañar S.A. es una empresa sanitaria que abastece de agua potable a la comunidad, por lo cual debe contar con todos los permisos relacionados, tales como los derechos de agua, de esta manera garantizar la sustentabilidad del recurso. Además el presente proyecto, tiene la finalidad de utilizar un recurso hídrico disponible, de manera eficiente, entregando solución de agua potable a la comunidad, de esta manera otorgar una mejora de la calidad de vida de la comunidad. Finalmente en relación al tercer objetivo de este lineamiento, el proyecto desarrollará la detección de nuevas fuentes de obtención de recursos hídricos, de esta manera complementar y asegurar la entrega de un servicio elemental para la comunidad de Copiapó.
3.8.10. Compatibilidad territorial
El área donde se desarrollará el “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.”, corresponde a un sector ubicado en una zona identificada como “ZONA B” que permite el uso de:
a) Mixta de Vivienda
b) Equipamiento
c) Talleres
d) Almacenamiento
La zonificación para el proyecto es obtenida del Plan Regulador Comunal de Copiapó, Capítulo IV, Macro Áreas, Zonificación, Usos de Suelo y Normas Específicas; Párrafo 2. Usos de Suelo y Normas Específicas. En la zona de influencia del proyecto se encuentran instaladas las baterías de sondajes que abastecerán de agua al sistema de tratamiento de osmosis inversa.
El proyecto se ajusta al ordenamiento territorial definido por el Plan Regulador vigente de la comuna de Copiapó, es decir se enmarca dentro de los usos contemplados para el lugar. Este proyecto, su duración y magnitud, no interfiere con las zonas que pueden representar o representan sitios o recursos con valor paisajístico o turístico en la zona. Se ubica a aproximadamente a 600 metros de río Copiapó, lo que impide que signifique una barrera visual hacia este. Por otra parte Contribuyendo a satisfacer los requerimientos del recurso agua en la zona.
4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " cumple con:
4.1 Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
4.1.1.-D.S 148/03, del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Relación con el Proyecto.
Los residuos peligrosos no superarán las 12 toneladas anuales, por lo que de acuerdo al Artículo 25 del D.S. 148/05, el que señala que:” Las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria”, por lo tanto no se deberá realizar un Plan de Manejo de residuos Peligrosos.
4.1.2.-D. S. Nº78 de fecha 26.11.2009. Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas: Para el almacenamiento de las sustancias químicas requeridas en el proceso de la planta de tratamiento de osmosis inversa, se construirá una bodega para sustancias peligrosas destinada exclusivamente para la clase, definida según la NCh 382.Of98, que corresponderá a bodega para sustancias corrosivas. En relación a la estructura de almacenamiento de sustancias químicas que se requerirán para el proyecto, estas cumplirán con el Articulo 25 del D.S. 78, que señala que las bodegas para sustancias peligrosas deberán ser cerradas en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con techo liviano, y piso sólido resistente estructural y químicamente, liso, lavable e impermeable y no poroso. En Anexo 4, se presenta un Plan Operativo de Emergencias el que relaciona situaciones tales como: incendio, explosión, entre otras, o cualquier otra situación conveniente de implementar.
4.1.3.-D.S.594/99.- 1999 Ministerio de Salud.Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. El proyecto poseerá las instalaciones necesarias para cumplir con lo establecido a este Decreto Supremo, como es la implementación y entrega de equipos de protección personal, cantidad de años y distancia requerida y las condiciones laborales óptimas para desarrollar las actividades asociadas a cada función dentro del proyecto. De esta manera, asegurar la salud de todos los trabajadores el proyecto. El proyecto se abastecerá de agua potable durante la etapa de construcción por medio de dispensadores, dando cumplimiento al presente Decreto. Una vez que el proyecto se encuentre en etapa de operación, el suministro será por medio de los baños contemplados. se dotará de Extintores Manuales de acuerdo al Decreto 594/99 en aquellas zonas de Riesgos de Incendio según evaluación, el tipo de extintor y la cantidad, estos pueden ser de P.Q.S. o bien de CO2, los trabajadores estarán capacitados para operar en forma inmediata ante cualquier evento que se presente.
4.1.4.-D.F.L 725/67, del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Relación con el Proyecto. El proyecto generará efluentes líquidos correspondientes a las aguas servidas de los trabajadores provenientes de los baños químicos, los que contarán con las respectivas autorizaciones sanitarias. Cumplimiento. Los desechos líquidos serán retirados para su disposición final por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes.
4.1.5.-Decreto Supremo N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Relación con el Proyecto:
En la etapa de construcción y de operación del proyecto, en relación a los ruidos, no representará un impacto, dado que las emisiones de ruido serán esporádicas. En el Anexo 6 de la DIA esta el informe acústico realizado y en Adenda 2, se presenta la revisión del mismo y las medidas de mitigación consideradas. De acuerdo a los antecedentes mencionados en este documento se concluye que de acuerdo con la implementación de las medidas de mitigación propuestas, no se prevee un incremento de los actuales niveles de ruido de fondo del sector que rodea a la ubicación del proyecto “Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A.”, siempre considerando que los niveles de emisión proyectados para las etapas de construcción y operación se encuentran por debajo de los niveles máximos permisibles según el D.S. N° 146/97 del MINSEGPRES.
4.1.6.-Decreto Supremo 327 1998 Ministerio de Minería Fija Reglamento De La Ley General De Servicios Eléctricos.
El proyecto cumplirá todos los requisitos referente a las instalaciones eléctricas del proyecto. Estas instalaciones deberán ser recepcionadas por la SEC.
4.1.7.-Decreto Supremo Nº 686/98 1998 Superintendencia de Electricidad y Combustible La presente norma tiene por objetivo prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de la II, III y IV regiones, de manera de proteger la calidad astronómica de dichos cielos, mediante la regulación de la emisión lumínica. Se espera conservar la calidad actual de los cielos señalados y evitar su deterioro futuro. La construcción del proyecto solamente será efectuada si las condiciones de luz del día así lo permitan. Se ha establecido como horario máximo de trabajo, las 20:00 hrs. Cuando el proyecto se encuentre operando de manera normal, se establecerá el procedimiento respectivo para minimizar el consumo eléctrico en horarios nocturnos.
4.1.8.-Decreto Supremo Nº138 2005 Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica El titular entregará y declarará el total de las emisiones producidas por el proyecto según es definido en el Decreto.
4.1.9.-Norma Chilena NCh Nº 409 1984 Ministerio de Salud. Establece los requisitos que debe cumplir el agua potable. El agua potable para consumo humano cumplirá con los requisitos de esta norma. El titular incorporara un control para asegurar la calidad del servicio entregado, de esta manera asegurar el total cumplimiento normativo en relación a la presente Norma Chilena.
4.1.10.-Decreto Supremo N°144 1961 Ministerio de Salud. Norma para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquiera Naturaleza Durante la etapa de construcción, se generarán gases de combustión de los vehículos motorizados y material particulado producto del movimiento de tierra, compactación del terreno y el tránsito por caminos pavimentados y no pavimentados. Estas emisiones serán mínimas y esporádicas, lo que no representará riesgo alguno para la salud humana o el medio ambiente. Respecto a los gases de combustión, los camiones y maquinaria pesada tendrán su revisión técnica al día y contarán con un plan de mantenimiento de acuerdo las especificaciones del fabricante; Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape.
4.1.11.- NCh Elc 4/2003 las instalaciones eléctricas deberán cumplir con lo establecido en la Norma NCH Elec. 4/2003 "Instalaciones de consumo en baja tensión".
4.2 Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 94 y 101 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.2.1.- Artículo 90. permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. N° 725/67, Código Sanitario.
El proyecto requerirá la evacuación de descartes de la PTOI (salmuera, agua de lavado de filtros, agua de limpieza de membranas etc), que serán eliminados en el río Copiapó. Los antecedentes requeridos para dar cumplimiento al permiso ambiental sectorial del art. 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se detallan en el Anexo 2 de la Adenda 2 y en la Adenda 4, donde se señalan las características del efluente en función de las dos alternativas de manejo.
La SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del Ord. BS 3 Nº379 / 2011 de fecha 23 de Febrero 2011 se pronuncia conforme a los antecedentes ambientales presentados por el Titular y que son requeridos para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.2.2.-Articulo 94. Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el Art. 4.14.2 del D.S. Nº47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que menciona los requisitos para otorgamiento y los requisitos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento.
Debido a que el proyecto debe contar con almacenamiento de sustancias químicas peligrosas utilizadas en su proceso y que se encuentra inmerso en zona B de acuerdo al Plan Regulador Comunal de Copiapó, el cuál permite uso habitacional entre otros, se presentan los antecedentes para dar cumplimiento al permiso ambiental sectorial del Art.94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los antecedentes se presentan en la Adenda 1: anexos 4, 5 y 6, Adenda 2 y Adenda 3.
La SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del Ord. BS 3 Nº379 / 2011 de fecha 23 de Febrero 2011 se pronuncia conforme a los antecedentes ambientales presentados por el Titular y que son requeridos para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4.2.3.-Artículo 101. Permiso para la construcción de las obras a las que se refiere el artículo 294 del D.F.L. N° 1.122/81, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.
La Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Copiapó requiere realizar un atravieso del cruce del río Copiapó. Los antecedentes requeridos para dar cumplimiento al permiso ambiental sectorial del art. 101 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se detallan en la Adenda 4.
La Dirección General de Aguas, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 210 de fecha 28 de Febrero 2011 se pronuncia conforme a los antecedentes ambientales presentados por el Titular y que son requeridos para dar cumplimiento al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 101 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Previo a la construcción del atravieso de la cañería el Titular deberá presentar a la Dirección General de Aguas el o los proyectos a que hace mención el Art.Nº 294 letra d) del Código de Aguas y sus Modificaciones vigentes.
5.-Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
a) En relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, contenido en el Art. 5° del Reglamento SEIA, es posible señalar que la actividad no produce el referido efecto dado que el Titular dispondrá los residuos sólidos en lugar autorizado, manteniendo un registro de ello. Los residuos líquidos serán mezclados con las descargas de la PTAS de Copiapó, en forma previa a su disposición final en el Río Copiapó. En relación a las emisión de ruido, el Titular implementó medidas de control, específicamente la instalación de una barrera acústica de ladrillo de una altura mínima de 3 mts.
b) En relación a los efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales, incluidos suelo, agua, aire, contenidos en el Art. 6 del Reglamento SEIA, es posible señalar que el proyecto no genera emisiones que afecten a los recursos naturales. Los residuos sólidos serán manejados en receptáculos con tapa y dispuestos en lugar autorizado.
c) En relación al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de sistemas de vida o costumbres de grupos humanos, contenido en art. N° 8 del Reglamento SEIA, es posible señalar que el proyecto no genera implica un reasentamiento de comunidades ni presenta efectos significativos sobre esta componente.
d) En relación a la localización próxima a la población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, contenido en el Art. N° 9 del Reglamento SEIA, es posible señalar que el proyecto no se encuentra ubicado cerca de población o área protegida..
e) En relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, contenido en el Art. N° 10 del Reglamento SEIA, es posible señalar que el proyecto no genera efectos negativos a la componente paisaje. El no proyecto no se emplaza en zona de interés turístico. Tal como se puede ver en la Figura 1 de la DIA, el sitio de emplazamiento del proyecto y por lo tanto las futuras instalaciones, no interfieren con las vías dispuestas para el tránsito y movilización ya existentes.
El proyecto no se emplaza en una zona o centro de interés turístico, según lo dispuesto en el decreto Ley Nº 1.224 de 1975.
f) En relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertinentes al patrimonio nacional, contenido en el Art. N° 11 del Reglamento SEIA, es posible señalar que el proyecto no genera efectos sobre esta componente. El proyecto no se localiza próximo a algún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288, tampoco interviene construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. En anexo B de la DIA el Titular presenta informe Arqueológico, donde se muestra que no habrá afectación sobre este componente.
6.- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al SEA de la III Región de Atacama, las modificaciones del Proyecto, a objeto de analizar la pertinencia de ingreso de dichas modificaciones al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
7.-Que si bien el Seguimiento y Monitoreo Ambiental señalado en la presente resolución, permitirá corroborar que las variables ambientales que pudieran verse afectadas por el proyecto, evolucionen según las predicciones realizadas por el Titular, la Comisión Regional del Medio Ambiente podrá solicitar cuando existieren antecedentes fundados, monitoreos análisis y mediciones adicionales a los establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, así como la modificación de sus frecuencias. A su vez el Titular podrá solicitar a la Comisión, cuando existieren antecedentes fundados para ello, la modificación, reducción o eliminación de dichos monitoreos, análisis, mediciones o sus frecuencias y/o demás características.
8.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar al SEA de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funcione.
9.-Que, para que el proyecto "Planta de Tratamiento de Agua Potable de Osmosis Inversa Planta Placilla - Aguas Chañar S.A. " pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
10.-Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Autoridad Ambiental de la III Región de Atacama, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11.-Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al SEA de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad.
12.-Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
13.-Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama