La salmuera concentrada, materia prima utilizada en la producción de carbonato de litio, será suministrada en camiones provenientes de las pozas de evaporación solar ubicadas en el Salar de Atacama. Esta salmuera corresponde a un subproducto de la producción de cloruro de potasio (salmuera de descarte que es concentrada en pozas de evaporación solar localizadas en el salar).
La salmuera suministrada será descargada en el área de recepción, donde será bombeada a un estanque, el cual contiene un agitador y bombas que disolverán los sólidos que precipitan en el transcurso del viaje desde el Salar a la Planta. Así, agregando agua en forma controlada y agitando los sólidos, éstos se disuelven y después se transfieren a una piscina de decantación para luego ser almacenadas en las piscinas de salmuera.
b) Operación de planta de cal.
El proyecto considera el reemplazo de la actual planta de procesamiento de cal por una nueva planta, la cual incorpora un sistema de recepción, almacenamiento y dosificación de cal en forma controlada a un estanque de preparación de lechada. La cal apagada se utiliza para la purificación de magnesio desde la salmuera, la cual a su vez es materia prima para la producción de carbonato de litio.
El diseño de la planta de cal, incluye un sistema neumático para la descarga, un silo de 50 m3 de capacidad, con celdas de carga para pesaje del producto almacenado y una serie de equipos como tornillos y dosificadores que se emplearán para alimentar controladamente la cal al estanque de preparación de lechada de cal de 30 m3. El sistema de dosificación de cal será automático, comandado por un controlador proporcional.
La recepción de cal desde el camión hacia el silo de almacenamiento y su posterior utilización se realizará en forma confinada y exenta de emisiones de partículas. Para esto, el sistema contará con un sistema de filtros de mangas de alta eficiencia que retendrá las partículas de cal y evacuará el aire desde el sistema de transporte neumático en la descarga.
c) Remoción de boro.
En esta etapa, la salmuera es bombeada desde las piscinas de almacenamiento a un estanque de alimentación y, posteriormente desde este estanque a la planta de remoción de boro donde será sometida a un proceso de acidificación con ácido clorhídrico (HCI), de esa forma mediante el contacto intimo con un solvente orgánico específico se extrae el boro de la salmuera, proceso que ocurre en las unidades mezcladoras-decantadoras. El orgánico resulta enriquecido en boro, al mismo tiempo que la salmuera pasa a la condición libre deboro.
La salmuera libre de boro será bombeada al proceso siguiente. (Proceso de purificación) El solvente orgánico enriquecido con boro es sometido a un proceso de regeneración (stripping), empleando una solución acuosa alcalina (soda cáustica) la cual es desechada una vez enriquecida en boro. El solvente orgánico regenerado es recirculado al proceso.
El proyecto contempla la instalación de nuevas celdas de extracción y remoción de boro, del mismo tipo que las existentes.
El agua con alto contenido de boro será bombeada a las pozas de descartes a través de la línea común que recoge todos los riles generados en los distintos puntos del proceso.
d) Purificación de salmuera.
La salmuera proveniente de la planta de remoción de boro será enviada al proceso de purificación (para remover magnesio). Este proceso consta de dos etapas que se describen a continuación.
d.1) Primera etapa de purificación o extracción.
La salmuera se hará reaccionar en los 3 reactores existentes con la solución de licor madre proveniente de la tercera etapa de carbonatación y con solución de ceniza de soda.
La descarga del estanque que actualmente alimenta a los filtros tambor será alimentada ahora hacia un espesador, del que se obtendrán dos corrientes:
- O’flow: Líquido con un mínimo de sólidos y que corresponde al rebalse del espesador, el que será transportado por medio de bombas a dos filtros de prensa nuevos que se incorporarán al sistema.
- U’flow: Pulpa (sólido + líquido) y que corresponde a la descarga por el fondo del espesador. La pulpa será transportada por medio de bombas a los dos filtros de tambor existentes.
El líquido obtenido de los nuevos filtros prensa (salmuera con un contenido reducido de magnesio), es almacenado en un estanque existente y desde este acumulador es transportado a la segunda etapa de purificación.
Por su parte, el sólido obtenido en ambos tipos de filtro (filtros de tambor y prensa) será repulpeado y transportado por medio de bombas al proceso de centrifugado. El sólido húmedo resultante del proceso de centrifugación será enviado en camiones a las pozas de descartes. El líquido clarificado será enviado a las pozas a través de la línea común que recoge los efluentes del proceso.
Además, se modificarán los agitadores de los actuales reactores y se reemplazarán o agregarán bombas, de modo de aumentar la capacidad de transporte del fluido y pulpa; adicionalmente se contempla el redireccionamiento de cañerías y equipos de control.
d.2) Segunda etapa de purificación o extracción.
En esta etapa, se elimina el remanente del ión magnesio de la salmuera.
La salmuera proveniente de la etapa anterior, se procesa con lechada de cal (hidróxido de calcio, Ca(OH)2) para precipitar parte del magnesio presente como hidróxido de magnesio y el calcio agregado como carbonato de calcio. Este proceso se realiza en 2 reactores y en un espesador. El proyecto considera la instalación de un tercer reactor.
La pulpa compuesta por hidróxido de magnesio, carbonato de calcio y salmuera será tratada en filtros de prensa (el proyecto considera la instalación de un filtro de prensa nuevo).
Una vez que la pulpa pasa por los filtros prensa, se obtienen dos corrientes:
- Sólidos: estos serán repulpeados y tratados en las centrífugas junto con los sólidos provenientes de los filtros de tambor de la primera etapa de purificación.
- Líquidos: estos serán almacenados en un estanque existente desde donde será alimentado a la etapa de carbonatación.
Como consecuencia de una mayor producción de carbonato de litio, existe un aumento en los barros obtenidos de los filtros tambor y los filtros prensa, por tal motivo el proyecto contempla instalar dos centrífugas adicionales, quedando cuatro centrífugas para la operación.
e) Carbonatación.
La salmuera del estanque de acumulación se calienta y se envía a los reactores, donde será mezclada con una solución de carbonato de sodio para producir carbonato de litio.
Actualmente esta área de proceso está formada por dos líneas paralelas conformadas por tres reactores cada una. El proyecto contempla agregar una 3ª línea formada por tres reactores en cascada.
La pulpa del último reactor de cada línea, se enviará a una nueva batería de hidrociclones, obteniéndose dos corrientes:
- U´flow: ciclón: corriente que alimentará a los filtros de banda.
- O´flow: corriente que alimentará a un espesador existente.
Del espesador se obtienen dos nuevas corrientes:
- Under espesador: corriente que se alimentará a los filtros de banda, juntándose con la corriente proveniente del U´flow del ciclón.
- Over espesador: corriente que alimentará a un filtro de prensa (filtro carbonatación) a fin de recuperar el sólido de carbonato de litio. Actualmente en la planta existe un filtro prensa para recuperar este sólido, y considerando los nuevos flujos, el proyecto contempla instalar un 2º filtro para tales propósitos.
f) Proceso de filtrado.
Las corrientes de U’flow y under espesador alimentarán a los filtros de banda.
Los filtros de banda generarán un queque de carbonato de litio y dos corrientes de filtrado. El queque de carbonato de litio se descargará en un transportador de tornillo que lo lleva a la etapa de secado. En cuanto a las dos corrientes de líquido filtrado: la solución fuerte irá al espesador y cuyo rebalse da origen al licor madre, y la solución débil que será usada para preparar la solución de ceniza de soda empleada en el proceso.
La filtración actualmente se realiza con 2 filtros de banda y el proyecto considera instalar un tercer filtro de banda para obtener la humedad adecuada para la etapa posterior de secado.
Igual que las etapas anteriores, en ésta se consideran cambios o modificaciones de bombas y cañerías, para adecuarse a los nuevos flujos.
Un circuito separado de lavado con ácido sulfúrico (H2SO4) se empleará periódicamente para desincrustar los reactores y cañerías de los depósitos de carbonato de litio.
g) Secado, compactación y envasado.
El queque de carbonato de litio húmedo, se transportará a los secadores. El proyecto contempla instalar un segundo secador.
El producto seco será dispuesto en un tornillo alimentador que descarga en un elevador de capachos que, finalmente, lleva el producto a la tolva de alimentación del sistema compactador del carbonato de litio seco o a la tolva de productos según los requerimientos de despachos.
El proyecto contempla incorporar una nueva unidad de compactado, que incluye sistema de harneros, molino, y transporte neumático, entre otros equipos
Los productos terminados son enviados a los silos de almacenamiento desde donde son envasados en sacos, tambores o maxisacos.
Los polvos producidos durante el manejo del carbonato de litio en la etapa de terminación y envasado son recogidos mediante colectores de mangas, que descargan su producto, a través de válvulas rotatorias para sólidos, a tornillos alimentadores que retornan el carbonato de litio a la línea de producción.
Los gases calientes generados por los secadores, junto con el polvo arrastrado, reciben una especial consideración en el diseño. Se contempla la instalación de un nuevo sistema colector para el nuevo secador, la purificación del aire se realizará mediante filtros de manga pulsantes aptos para elevadas temperaturas.
h) Mantención de equipos y maquinaria.
Comprende las actividades propias de la mantención de los equipos y maquinaria, para su adecuado funcionamiento. Para la mantención de los equipos se procederá de acuerdo a los manuales de operación y mantenimiento proporcionados por los fabricantes.
3.5.2. Materia prima, insumos y prodducto.
a) Materia Prima: Salmuera de Cloruro de Litio.
Para la producción de 48.000 ton/año de carbonato de litio, se requerirá un consumo adicional de 150.000 ton/año de salmuera concentrada en Litio. La salmuera será suministrada desde las operaciones de SQM en el Salar de Atacama, y transportada en camión hasta el área de recepción y almacenamiento en la planta.
El consumo de 150.000 ton/año de salmuera concentrada en Litio equivale aproximadamente a 4 l/s de salmuera proveniente de las pozas localizadas en el Salar de Atacama. Dicha salmuera corresponde a un porcentaje inferior al 1% de la extracción actualmente aprobada según la Resolución Exenta Nº 226/06 de esta COREMA.
b) Insumos asociados a la operación del proyecto.
Corresponden a los insumos requeridos para la operación de las instalaciones del proyecto.
- Energía Eléctrica. Necesaria para el funcionamiento de equipos de proceso e iluminación asociado al aumento de la capacidad productiva de la planta. Se estima un consumo adicional de 8.962 MWH anuales.
- Agua Potable. Necesaria para el consumo y actividades de higiene del personal de la planta. Se contempla un consumo adicional de agua potable debido al aumento progresivo de la dotación de personal. Se estima un consumo máximo adicional de 2 m3/día.
- Agua Industrial. Necesaria para la dilución de sólidos en la salmuera que ingresa a la planta, lavado de Li2CO3 y equipos de proceso. Se estima un consumo adicional de 252.365 m³/año, proveída por FCAB.
- Gas Natural. Necesario para el funcionamiento de los secadores rotatorios y el calentador de agua. Se estima un consumo adicional de 1.444 ton/año.
- Gas licuado. Se requerirá para el funcionamiento de los secadores rotatorios, en un eventual escenario de falla o corte de suministro de gas natural. Se estima un consumo adicional de 686 ton/año.
- Petróleo Diesel. Necesario para el funcionamiento de equipos rodantes (grúas horquillas, cargador frontal y camiones que retiran residuos industriales sólidos desde el área de las centrífugas). Se estima un consumo adicional de 106 ton/año de petróleo diesel. Sin perjuicio de lo anterior, en caso eventual de desabastecimiento de gas natural podría utilizarse para la operación del calentador de agua, lo cual implicaría un consumo adicional de 629 ton/año de petróleo diesel.
- Cal viva. Se utiliza para la purificación del magnesio. Se estima un consumo adicional de 2.823 ton/año.
- Ácido Sulfúrico. Se utiliza en la etapa de remoción de boro y para el lavado de cañerías y reactores en la etapa de carbonatación. Se estima un consumo adicional de 571 ton/año.
- Ácido Clorhídrico. Se utiliza en la etapa de remoción de boro. Se estima un consumo adicional de 913 ton/año de esta sustancia.
- Tierra Filtrante. Necesaria para la filtración de . Se estima un consumo adicional de 231 ton/año de este material.
- Alcohol. Se utiliza en la extracción de boro. Se estima un consumo adicional de 19 ton/año de esta sustancia.
- Ceniza de Soda. Se utiliza para la precipitación de y de magnesio. Se estima un consumo adicional de 59.677ton/año de esta sustancia. En la Adenda 2, el titular indica que la ceniza de soda es comprada a un proveedor internacional (USA) y se traslada vía marítima hasta el puerto de Antofagasta.
- Scaid. Necesario para la etapa de remoción de boro (carrier del extractante). Se estima un consumo adicional de 76 toneladas anuales de esta sustancia.
- Hidróxido de Sodio. Se utiliza en la etapa de remoción de boro. Se estima un consumo adicional de 3 toneladas anuales de esta sustancia.
c) Producto: Carbonato de Litio.
El proyecto permitirá aumentar la producción de carbonato de litio en 16.000 toneladas por año, alcanzando una producción total de 48.000 ton/año.
d) Almacenamiento de materia prima e insumos.
Las condiciones actuales de almacenamiento de la materia prima e insumos se mantendrán mayoritariamente inalteradas una vez que se amplíe la planta, a excepción de la ampliación de la bodega de ceniza de soda y la instalación de un silo de almacenamiento en la planta de cal. La Tabla 2.9 de la DIA resume las condiciones de almacenamiento de la materia prima y de los insumos del proyecto.
3.5.3. Flujos y rutas vehiculares.
La Tabla 2.10 de la DIA presenta los flujos vehiculares adicionales y rutas a utilizar asociados al aumento de suministro de materia prima e insumos, y a la producción de carbonato de litio durante la etapa de operación del proyecto.
3.6. Etapa de abandono.
Durante la etapa de abandono del proyecto, el titular contempla la ejecución de distintas actividades, según se presenta a continuación.
- Desenergización de las instalaciones: se dejarán sin energía eléctrica todas las instalaciones.
- Las estructuras metálicas, paneles, sistema eléctrico y equipos eléctricos localizados al interior de la planta serán desmantelados y retirados del lugar de emplazamiento, en la medida que su retiro sea necesario para evitar condiciones de riesgo. Dependiendo de las condiciones imperantes, los materiales retirados podrán ser vendidos, utilizados en otras instalaciones, o bien, enviados a un depósito cercano que, a dicha fecha, esté autorizado para su recepción.
- Dependiendo de las condiciones de mercado, se intentará su venta o utilización en otras instalaciones, en cuyo caso se retirará el sistema de cañerías desde pozas de almacenamiento y bombas asociadas. En caso que ello no sea posible, se retirarán los ítems necesarios para evitar condiciones de riesgo, y se enviarán a un depósito cercano que a dicha fecha, esté autorizado para su recepción.
- Las pozas quedarán llenas hasta el momento que se sequen completamente por evaporación, dado que son inocuas. Además, se instalarán letreros de advertencia.
- Las piscinas de almacenamiento de salmuera quedarán vacías al momento del cierre, y se les instalarán letreros de advertencia.
- Al momento del cierre, se cerrarán los accesos a la planta, de modo de evitar el ingreso a ésta y la protección de las estructuras remanentes. Además se instalarán las señalizaciones correspondientes en las áreas abandonadas.
3.7. Principales emisiones, residuos y descargas del proyecto.
3.7.1. Emisiones a la atmósfera
Durante la construcción, las actividades de transporte de materiales de construcción, hormigón, personal de construcción, residuos de construcción y basuras domésticas, de movimiento de tierra durante las excavaciones y compactación de terreno, y de circulación de camiones y maquinaria de construcción, emitirán material particulado y gases, según se señala en la Tabla 7. Las emisiones de partículas y gases durante la construcción –de carácter reversible y temporal– se minimizarán a través de la implementación de las siguientes medidas de control:
- Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.
- Humidificación previa de las zonas a excavar.
- Minimización del flujo de camiones.
- Mantención adecuada de maquinaria y equipos motorizados.
Producto del pequeño monto de dichas emisiones (las emisiones máximas de material particulado respirable durante esta etapa alcanzarán los 2,5 kg/h de MP10 [20 kg/día]; ver Anexo III de la DIA), del carácter temporal de la obras, de las medidas de mitigación señaladas y de la lejanía de las obras con los centros poblados más cercanos (actualmente no existe población en la zona de emplazamiento del proyecto; la población más cercana se encuentra a poco más de 12 km del área de emplazamiento del proyecto) el impacto de las emisiones atmosféricas emitidas durante la construcción es no significativo.
Durante la operación, las emisiones de partículas y gases provendrán principalmente de la combustión de gas natural durante la operación del calentador de agua y de los dos secadores, del manejo o proceso de compactado y envasado del carbonato de litio, del manejo e hidratado de la cal, y del transporte de materias primas, insumos y del producto (ver Tabla 7 siguiente). Las emisiones de partículas y gases durante la operación se minimizarán a través de la implementación de las siguientes medidas de control:
- Calibración semestral de la combustión de gas en la caldera y en los secadores.
- El manejo de la cal desde la recepción hasta la alimentación al apagador se llevará a cabo en forma confinada, incorporando un sistema de control y captación de polvo. Específicamente, se implementará un sistema de filtros de mangas de alta eficiencia, que retendrá las partículas de cal y evacuará el aire desde el sistema de transporte neumático en la descarga.
- En relación al manejo del carbonato de litio, se contempla: a) uso de equipos totalmente encapsulados con sistemas de captación y control de emisiones existentes; b) incorporación de un sistema de filtros de mangas en el nuevo secador rotatorio; y c) incorporación de un sistema de filtro de mangas y condiciones adecuadas de manejo en área de envasado y almacenamiento del producto, disminuyendo al mínimo la pérdida de éste y evitando posibles emisiones a la atmósfera.
- Transporte de materias primas, insumos, productos principalmente a través de caminos pavimentados.
- Programación óptima del transporte de materiales disminuyendo al mínimo el flujo de vehículos con capacidad desocupada.
- Mantención adecuada de equipos y maquinaria.
Dado el monto de las emisiones estimadas (0,32 kg/h de MP10 [7,7 kg/día]; ver Anexo III de la DIA) para una producción 48.000 ton/año de carbonato de litio, la implementación de las medidas de mitigación señaladas, y los incrementos máximos de concentración estimados en los receptores más cercanos (ver numeral III.5.3 en Anexo III de la DIA), el titular concluye que el impacto de las emisiones atmosféricas del proyecto durante su operación es no significativo.
La Tabla 3.2 de la DIA presenta la identificación de las fuentes de emisión de MP10, la etapa del proyecto en que se producen, su duración y la frecuencia en que se emiten.
En el Anexo II de la Adenda 2 a la DIA, el titular presenta un cuadro resumen (Ver Tabla II.1 de dicho Anexo) con los principales parámetros que se emiten actualmente a la atmósfera debido a la operación de la Planta. El proyecto genera NOx durante su etapa de operación debido al funcionamiento de un calentador de agua y secadores. Las emisiones derivadas de estos equipos se estiman en 0,001 kg/h.
El receptor más cercano corresponde a una zona agrícola ubicada a poco más de 3 km al poniente del proyecto. El segundo receptor más cercano es la localidad de Antofagasta, centro poblado ubicado a aproximadamente 12 km de la planta.
El incremento de la concentración ambiental diaria de NOx en el receptor (Antofagasta), producto de la operación normal del proyecto, será menor a 0,0014 μg/m³, para el escenario más pesimista. En la zona agrícola localizada a más de 3 km de la planta se esperaría un incremento en la concentración diaria de NOx inferior a 0,0039 μg/m³.
Por lo tanto, producto del bajo incremento estimado en la concentración de NOx en el receptor, el titular concluye que el proyecto no producirá impactos significativos en la calidad del aire durante su operación, dando cumplimiento con la normativa de calidad de aire vigente.
En forma adicional, se simuló un escenario pesimista, en el cual las emisiones de NOx derivadas de la planta ascienden a 60 kg/día (2.500 veces las emisiones proyectadas en base a mediciones isocinéticas). En este escenario, el incremento de la concentración ambiental diaria de NOx en el receptor (Antofagasta), sería inferior a 2,9 μg/m³. En la zona agrícola localizada a más de 3 km de la planta se esperaría un incremento en la concentración diaria inferior a 6,68 μg/m³.
Se continuará ejecutando las mediciones isocinéticas realizadas actualmente en la Planta y además se agregará al plan de seguimiento la medición de calidad del aire para los parámetros NOx y SO2 en la planta. Este monitoreo se realizará durante dos años, luego de los cuales se reevaluará en conjunto con la autoridad, la necesidad de mantener el monitoreo de estos dos parámetros.
En el Anexo II de la Adenda 2, se presenta el detalle de los cálculos de las emisiones anteriormente mencionadas. El plan de seguimiento ambiental modificado se presenta en el Anexo IV de la Adenda 2.
3.7.2. Efluentes líquidos.
Durante la etapa de construcción, no se generarán riles (residuos industriales líquidos).
Las aguas servidas generadas durante la construcción –estimadas en menos de 1,5 m3/día durante 11 meses– serán manejadas con baños químicos, cuyos residuos serán retirados por empresas autorizadas del rubro.
El ril generado durante la etapa de operación corresponde a una mezcla de agua con boro generada en el proceso de extracción por solvente, efluente de proceso de centrifugado, purga de descarte del proceso de cristalización del carbonato de litio y solución de lavado de equipos. Se estima un flujo de aproximadamente 22 m³/h, para una producción adicional de 16.000 ton/año de carbonato de litio. La Tabla 3.3 de la DIA presenta la composición característica de la mezcla, estimada a partir de monitoreos realizados a los descartes de la planta.
El ril será dispuesto en las pozas de descartes de líquidos. Las pozas cuentan con un sistema de impermeabilización contra fugas e infiltración de líquidos, el que está formado por dos láminas impermeabilizantes de polietileno de alta densidad (HDPE), para tener una doble barrera contra eventuales filtraciones. Ambas láminas se localizan sobre los taludes y en el fondo de la superficie. La lámina de fondo esta situada directamente sobre el terreno homogenizado y debidamente compactado.
Finalmente, durante la etapa de operación se espera un aumento máximo de 1,6 m³/día de aguas servidas, producto de la contratación de un máximo de 20 personas (adicionales a las que actualmente operan en la planta). El sistema de disposición de aguas servidas estarácompuesto por una fosa séptica, tres pozos absorbentes y el sistema de cañerías filtrantes, el que está diseñado para 120 personas con una dotación de 200 L/habitante/día. Este sistema de disposición de aguas servidas tiene la capacidad de manejar los residuos líquidos domésticos generados por el proyecto.
En el Anexo VI de la Adenda 2 se adjunta copia del cálculo de diseño de la fosa séptica de la planta, y una copia de los planos del sistema de alcantarillado de la planta.
La altura de filtración para los pozos absorbentes es de 3 m y el índice de absorción equivale a 156 L/m2/día. La superficie de filtración del sistema es de 138,5 m2. Las características de los efluentes líquidos serán las típicas correspondientes a las aguas servidas, es decir, DBO5 = 300 mg/L, Aceites y grasas = 50 mg/L y Coliformes fecales = 107 NMP/100 ml.
3.7.3. Residuos sólidos.
Los residuos inertes de construcción incluyen el material extraído en las excavaciones y los escombros. El material extraído en las excavaciones que no se utilizará en el mismo sector para conformar plataformas y los escombros, con un volumen estimado menor que 15 m3 por semana, serán almacenados temporalmente en Planta Salar del Carmen, en un lugar especialmente habilitado para ello, para posteriormente ser reciclados o dispuestos por una empresa autorizada, que cumpla con la legislación ambiental vigente.
Durante la construcción, solamente se generará una pequeña cantidad de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos.
Los residuos no peligrosos se estiman en una cantidad inferior a 350 kg/día (restos de tuberías, despuntes de fierros, etc.). El manejo de estos residuos será de responsabilidad del contratista. Los residuos reciclables (por ejemplo, clavos, tubería plástica y metálica, etc.) serán reutilizados en otras construcciones, mientras que los no reciclables y no asimilables a residuos domésticos (por ejemplo, neumáticos) serán recolectados y almacenados temporalmente en Planta Salar del Carmen, en un recinto especialmente habilitado para ello. Su transporte y disposición final será ejecutado por una empresa autorizada, que cumpla con la legislación ambiental vigente.
Los residuos peligrosos (trapos con grasa y aceites usados, etc.), estimados en una cantidad inferior a 3 kg/día, serán almacenados temporalmente en un lugar autorizado y según las disposiciones legales vigentes. Su transporte y disposición final será ejecutado por una empresa autorizada, que cumpla con la legislación ambiental vigente.
Durante la etapa de construcción, las basuras domésticas, cuya cantidad se estima en menos de 152 kg/día por un período de 11 meses, serán recolectadas y transportadas en camión tres veces por semana por una empresa autorizada, disponiéndose finalmente en el vertedero municipal de residuos sólidos de Antofagasta. Durante la etapa de operación, se generará un aumento de aproximadamente 4,2 ton/h, de barros de magnesio. Su disposición final se realizará en las pozas de descarte de sólidos localizadas al interior del complejo industrial, pozas que cuentan con la capacidad de almacenamiento necesaria y con un sistema de impermeabilización contra fugas e infiltración de líquidos. Al respecto, en la Adenda 2, el titular señala que la capacidad de acopio de estas pozas es de aproximadamente 1.170.000 m3, y hasta la fecha sólo se ha utilizado alrededor de un 23% del espacio disponible, es decir, aproximadamente 270.000 m3. Por lo tanto, queda disponible una capacidad de acopio de 900.000 m3. En consecuencia, estas pozas tienen la capacidad de acopio disponible para la generación de residuos industriales sólidos durante los 23 años del proyecto correspondiente a aproximadamente 888.700 m3.
La Tabla 3.5 de la DIA presenta la composición características de los barros de magnesio
En la etapa de operación se generarán también residuos peligrosos (trapos con grasa y aceites usados, etc.), estimados en una cantidad inferior a 9 kg/día, serán almacenados temporalmente en un lugar autorizado y según las disposiciones legales vigentes. Su transporte y disposición final será ejecutado por una empresa autorizada, que cumpla con la legislación ambiental vigente
Finalmente, durante la etapa de operación se generará una cantidad adicional de 8 kg/día de residuos domésticos, los cuales serán recolectados y transportados por una empresa autorizada, para ser dispuestos en el vertedero municipal para residuos domésticos de Antofagasta. Se mantendrá el mismo régimen de retiro de residuos domésticos actual (3 veces a la semana).
La Tabla 3.6 de la DIA resume los residuos sólidos del proyecto, indicando la etapa en que se generarán, la cantidad estimada, su destino final y tipo de manejo. Es necesario señalar que la cantidad de barros de magnesio generadas durante la operación del proyecto es de 4,2 ton/hora.
3.7.4. Ruido.
La Tabla 3.7 de la DIA caracteriza las fuentes de ruido en las etapas de construcción y operación. Para el análisis de las emisiones de ruido, es importante señalar que el proyecto corresponde a la ampliación de una planta industrial que actualmente se encuentra en operación y que en esta misma área de emplazamiento funciona otra planta industrial del mismo titular (Planta de Hidróxido de Litio).
El aumento de ruido, medido en términos del nivel de presión sonora equivalente (NPSeq), durante la etapa de construcción estará básicamente ligado al funcionamiento de la maquinaria de construcción y al tránsito de camiones pesados. Se estima que el nivel máximo de ruido, que ocurriría en períodos muy acotados de tiempo y áreas restringidas, debido a la construcción del proyecto, sería de alrededor de 115-120 dB(A).
En la Tabla II.1 de la Adenda 1, se presentan los niveles de ruido a 3 km de distancia del proyecto. De acuerdo a dicha Tabla, el nivel de ruido se reduciría en alrededor de 70 dB(A), resultando en un nivel ambiental máximo de 44 dB(A) durante la etapa de construcción, valor que cumple la norma para zona urbana I en horario diurno
En la etapa de operación, la principal fuente de ruido corresponderá al funcionamiento de diversos equipos de proceso. El presente proyecto incorporará nuevos equipos de la planta de carbonato, sin embargo, se considera que durante la etapa de operación los niveles actuales de ruido no sufrirán un incremento significativo. En este sentido, los niveles de ruido en los límites del sitio de emplazamiento del proyecto estarán por debajo de los máximos permisibles para la zona urbana IV (zona industrial exclusiva), establecidos en el D.S. Nº146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Para el cumplimiento de la normativa incluida en el D.S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud (Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo), aplicable a los trabajadores de la Planta de Carbonato de Litio, SQM cuenta con un Programa de Salud Ocupacional, que monitorea permanentemente los niveles de ruido en los lugares de trabajo, implementa medidas correctivas y provee de los equipos y procedimientos de trabajo necesarios para proteger la salud de los trabajadores.
Las nuevas instalaciones consideradas en el presente proyecto quedarán sujetas al programa existente.
4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Ampliación Planta Carbonato de Litio a 48.000 ton/año" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación Planta Carbonato de Litio a 48.000 ton/año" cumple con la siguiente normativa:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
La Tabla siguiente sintetiza la normativa ambiental aplicable al proyecto, señalando el nombre del instrumento legal, su temática y el plan de cumplimiento asociado.
| | INSTRUMENTO LEGAL | PLAN DE CUMPLIMIENTO |
| Ley Nº18.410, Crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. | · Se comunicará a la SEC en forma previa, la puesta en servicio de las obras de energía eléctrica (art. 3º, número 8). Se informará a la SEC el inicio de la construcción de las obras, en forma previa a su ejecución (art. 3º, número 28). |
| | D.S. Nº18/1995 del Ministerio de Obras Públicas. | El proyecto recibirá una cantidad superior a la indicada, por lo que en el recinto ya existe una romana para el pesaje de vehículos de carga. |
| | D.S. Nº 158/1980, D.S. Nº 200/1993 y D.S. Nº 396/1993 del Ministerio de Obras Públicas | Se efectuará control de pesos en forma permanente. |
| | D. S. Nº 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. | El transporte de insumos (material de relleno durante la construcción, etc.), materia prima (salmuera) y producto (carbonato de litio) se realizará en camiones que cumplan con las disposiciones establecidas en esta norma. |
| | D. S. Nº 55/1994 modificado por Decreto Nº 20/01 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. | Se mantendrá la revisión técnica al día de todos los vehículos motorizados. |
| | D.S. N°72/1985 del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera. | Todas las instalaciones de SQM Salar, incluyendo las obras contempladas en esta DIA, cumplirán con las normas aplicables de este reglamento. |
| | D.F.L. Nº1/1982 del Ministerio de Minería, Ley General de Servicios Eléctricos. | Se cumplirá con todas las disposiciones de esta ley, incluyendo concesiones y permisos, explotación y suministro, y tarifas. |
| | D.S. Nº327/1997 del Ministerio de Minería, Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. | Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento, incluyendo: disposiciones generales; concesiones, permisos y servidumbres; relaciones entre propietarios de instalaciones, clientes y autoridad; interconexión de instalaciones; instalaciones y equipo eléctrico; calidad de servicio y precios; y multas y sanciones. |
| | Decreto Nº1.280/1971 del Ministerio del Interior, Reglamento de Instalaciones Eléctricas. | Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento, incluyendo las instalaciones eléctricas y los pliegos de normas técnicas. |
| | Resolución Exenta Nº610/1982 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. | No se usará PCB en ningún equipo eléctrico. |
| | Norma NCh Elec. 4/84, Electricidad, Instalaciones Interiores en Baja Tensión. | Se cumplirán todas las disposiciones de esta norma, incluyendo: exigencias generales; tableros; alimentadores; materiales y sistemas de canalización; medidas de protección contra tensiones peligrosas; puesta a tierra; instalaciones de alumbrado; instalaciones de fuerza; instalaciones de calefacción; y sistemas de emergencia. |
| | D.S. Nº379/1985 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. | · El proyecto usará petróleo diesel como fuente de energía para los equipos rodantes. Se seguirán todas las disposiciones de esta norma, incluyendo especificaciones de seguridad para el almacenamiento y transporte de este combustible · No se requerirá la construcción de nuevas instalaciones. |
| | D.S. Nº90/1996 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. | · El proyecto usará petróleo diesel como fuente de energía para los equipos rodantes. Además, se usará en caso de desabastecimiento de gas natural para el funcionamiento del calentador de agua. Se seguirán todas las disposiciones de esta norma, incluyendo especificaciones de seguridad para el almacenamiento y transporte de este combustible · El proyecto usará gas natural bajo condiciones normales, o bien, gas licuado y/o petróleo como combustibles alternativos en caso de desabastecimiento como fuente de energía para el funcionamiento del calentador de agua y secadores. |
| | D.S. Nº90/1993 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (NCh 2190.Of93). | · El proyecto contempla la utilización y almacenamiento de sustancias peligrosas tales como combustibles, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, etc. Se seguirán todas las especificaciones de esta norma, incluyendo: características de las marcas y etiquetas; disposiciones generales para el uso de éstas; características de los rótulos; disposiciones generales para uso de los rótulos; y número NU de identificación de sustancias peligrosa. · Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del gas natural, gas licuado, hidróxido de litio, cal viva y ácido sulfúrico, incluyendo: características de las marcas y etiquetas; disposiciones generales para el uso de marcas y etiquetas; características de los rótulos; disposiciones generales para uso de los rótulos; y número NU de identificación de sustancias peligrosas |
| | D.S. N°298/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. | El transporte de petróleo diesel y otras sustancias peligrosas será realizado por empresas, a las que se les exigirá el cumplimiento de este reglamento. |
| | D.S. Nº222/1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. | El proyecto cumplirá con las disposiciones de este Reglamento. |
| | D.S. Nº29/1986 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Transporte y Expendio de Gas Licuado. | Se seguirán todas las especificaciones de este reglamento para el manejo del gas licuado, incluyendo materiales y equipos para gas licuado, transferencia de gas licuado líquido, almacenamiento de cilindros de gas licuado y transporte de gas licuado por camiones. |
| | D.S. Nº1.314/1955 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh388.Of55). | Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del gas natural, petróleo diesel y el combustible alternativo que sea usado, incluyendo: disposiciones generales, empleo de gases inertes o inactivos, y otros medios extintores. |
| | D.S. Nº1.164/1974 del Ministerio de Obras Públicas (NCh 389.Of74). | Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del gas natural, diesel y el combustible alternativo que sea usado, incluyendo: disposiciones generales; edificios, construcciones e instalaciones anexas; seguridad; y lucha contra incendios u otros siniestros. |
| | Resolución Nº110/1971 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh 758.EOf71). | Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el almacenamiento de petróleo diesel. |
| D.S. Nº1.314/1955 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (NCh 387.Of55). | Se seguirán todas las especificaciones de esta norma para el manejo del gas natural, diesel y el combustible alternativo que sea usado, incluyendo: disposiciones generales sobre uso y manejo, y elementos protectores de uso personal. | |
| | D.F.L. Nº458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones y D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. | · El proyecto se emplazará en un área industrial, por lo que no se requiere solicitar el permiso de cambio de uso de suelo · Las edificaciones cumplirán con los requisitos establecidos en los permisos de obra. |
| | D.F.L Nº725/1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario. | Se cumplirá con todas las disposiciones contenidas en el Código Sanitario y sus Reglamentaciones complementarias. |
| | D.S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, modificado por los D.S. Nº201/2001 y Nº556/2000 del mismo Ministerio. | · Se cumplirá con todas las disposiciones contenidas en el Reglamento, incluyendo el saneamiento básico de los lugares de trabajo, las condiciones ambientales adecuadas, y la ausencia de contaminación ambiental. · Los residuos sólidos domésticos generados durante la construcción y operación del Proyecto, serán recolectados, transportados y depositados por una empresa autorizada, en el vertedero Municipal de Antofagasta · Durante la construcción: (a) el agua de bebida será suministrada en bidones y/o botellas proporcionadas por empresas autorizadas; y (b) las aguas servidas serán manejadas con baños químicos, cuyos residuos serán recolectados por empresas autorizadas. · Durante la operación: (a) el proyecto ajustará el suministro y distribución actual de agua potable de acuerdo a la dotación, (b) el incremento de volumen de las aguas servidas será absorbido por las instalaciones actuales que cuenta con autorización sanitaria. · Respecto de los residuos sólidos industriales, éstos serán dispuestos en las pozas de descarte (residuos de proceso) o almacenados temporalmente para su posterior retiro por empresas autorizadas (ver Capítulo 3 de la DIA). · Se utilizarán los equipos de protección personal adecuados. |
| | D.S. 48/84, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor. | La caldera existente cuenta con el respectivo registro ante la autoridad sanitaria y cumple con todos los requerimientos técnicos establecidos en el reglamento. |
| | D.S. Nº90/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | El proyecto no involucra la descarga de residuos líquidos a aguas marinas o continentales superficiales. |
| | D.S. Nº46/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | El proyecto no involucra la descarga de residuos líquidos a aguas subterráneas (ver Capítulo 3 de la DIA.) |
| | D.S. N°609/98 del Ministerio de Obras Públicas. | El proyecto no involucra la descarga de residuos industriales líquidos a alcantarillados públicos (ver Capítulo 3 de la DIA). |
| | D.S. Nº146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | El proyecto no tiene emisiones significativas de ruido, cumpliéndose con los niveles máximos permitidos (ver Capítulo 3 de la DIA). |
| | D.S. Nº686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. | Se cumplirán todas las disposiciones de esta norma, incluyendo: disposiciones generales; límites máximos permitidos; plazos de cumplimiento de la norma; y metodología de medición y control. |
| | D.S. N°144/1961 del Ministerio de Salud, Reglamento para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. | · El proyecto no tiene emisiones atmosféricas significativas y contempla medidas de mitigación adecuadas (ver Capítulo 3 de la DIA). · No se incinerarán desperdicios dentro del radio urbano. |
| | D.F.L Nº1.122, del Ministerio de Justicia. Código de Aguas | No serán vertidos residuos a ningún curso o masa de agua. |
| | D.S. Nº11/1984 del Ministerio de Salud (NCh 409/1.Of84). | El agua potable será suministrada en botellas y bidones por empresas autorizadas. |
| | D.S. Nº867/1978 del Ministerio de Obras Públicas, modificado por el D.S. Nº105/1987 del mismo Ministerio (NCh1333.Of78 modificada en 1987). | · El agua potable será suministrada en botellas y bidones por empresas autorizadas. · El proyecto no involucra usar agua para la bebida de animales, riego, recreación y estética, o vida acuática. |
| | D.S. 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos | El proyecto generará residuos peligrosos tales como, material absorbente impregnado con aceites y grasas, etc., los cuales serán almacenados temporalmente en un recinto que cumple con las disposiciones de este reglamento. Posteriormente serán retirados y dispuestos por empresas autorizadas. |
| | D.F.L. Nº1/1989 del Ministerio de Salud. Código Sanitario D.S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. | Se dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en este decreto, para lo cual: · Las basuras domésticas serán enviadas al vertedero municipal de Antofagasta (ver Capítulo 3 de la DIA). · Los residuos sólidos inertes generados durante la construcción (material excavado, escombros, etc.) serán almacenados temporalmente en un recito habilitado (recinto a construir al interior del complejo industrial) para luego ser retirados por empresas autorizadas (ver Capítulo 3 de la DIA). · Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados durante la construcción y operación del proyecto (clavos, tubos de plástico, metal, repuestos usados, partes y piezas de equipos, etc.) serán almacenados temporalmente en un recito habilitado (recinto a construir al interior del complejo industrial) para luego ser retirados por empresas autorizadas o reciclados en otras construcciones (ver Capítulos 3 y 6 de la DIA). · Los residuos industriales sólidos peligrosos serán almacenados temporalmente en un lugar autorizado dentro del complejo industrial Salar del Carmen y según las disposiciones legales vigentes. Su transporte y disposición final será ejecutado por una empresa autorizada, que cumpla con la legislación ambiental vigente (ver Capítulo 3 de la DIA). · Los residuos industriales sólidos (barros de magnesio) y de los residuos industriales líquidos (purga del sistema de centrifugación y agua con boro generado durante el proceso de remoción de boro) serán dispuestos en las poza de descarte correspondientes (ver Capítulo 3 de la DIA). De acuerdo a lo indicado en esta norma, se solicitarán las autorizaciones sanitarias correspondientes. |
| | D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza. | El personal asociado al proyecto tendrá prohibición expresa de cazar, capturar, criar, conservar y utilizar en forma sustentable, los animales de la fauna silvestre incluidos en el reglamento. |
| | Ley Nº17.288 del Ministerio de Educación Pública, sobre Monumentos Nacionales. D.S. Nº 484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. | El proyecto no involucra intervenir ningún Monumento Histórico, Monumento Público o Santuario de la Naturaleza. |
| | Resoluciones Nº381/1996, Nº24/1999, N°0109/2002, N°0066/2006, Nº0190/2006 y N°203/2006; todas de la Comisión Regional del Medio Ambiente. | Se cumplirá con lo establecido en las resoluciones. |
| | Resolución Nº 083/2001 de la Comisión Nacional del Medio Ambiente | Se cumplirá con lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental. A su vez, la DIA propone una adecuación del Plan de Seguimiento Ambiental vigente, de acuerdo a los términos señalados en el Anexo II de la Adenda 1. |
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación Planta Carbonato de Litio a 48.000 ton/año" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90, 93 y 94 del D.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El detalle de los contenidos técnicos y formales de estos permisos se encuentra descrito en el Capítulo IV del Informe Consolidado de Evaluación ambiental del proyecto.
La SEREMI de Salud, mediante su Oficio Ordinario Nº 75, del 16 de Mayo de 2007, manifiesta su conformidad respecto de los antecedentes presentados por el titular para acreditar el cumplimiento de los requisitos aplicables a estos 3 permisos ambientales sectoriales.
5. Que, durante el proceso de evaluación ambiental, el titular se ha comprometido a lo siguiente:
5.1. Remitir un informe en que se muestre a través de un registro fotográfico la construcción de las pozas de descartes, además de la certificación de la unión de las membranas.
5.2. Enviar periódicamente el estado de avance de las obras y los debidos registros a la Dirección Regional del SERNAGEOMIN.
5.3. Continuar ejecutando las mediciones isocinéticas realizadas actualmente en la Planta. Además, se agregará al plan de seguimiento la medición de calidad del aire para los parámetros NOx y SO2 en la planta. Este monitoreo se realizará durante dos años, luego de los cuales se reevaluará en conjunto con la Autoridad Sanitaria, la necesidad de mantener el monitoreo de estos dos parámetros.
5.4. En caso que se requiera comprar el material de relleno a terceros, se informará a esta Comisión la empresa que proveerá este material y las coordenadas del lugar de extracción del material de relleno.
6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Ampliación Planta Carbonato de Litio a 48.000 ton/año" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
8. Que, para que el proyecto "Ampliación Planta Carbonato de Litio a 48.000 ton/año" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
9. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
10. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta, la individualización de cambios de titularidad.
11. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
12. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la II Región de Antofagasta