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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Extension Via Ferrea a Planta Contrachapados "

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

1.1. Antecedentes del Titular

Titular: CMPC Maderas S.A.
Rut:
95304000-k
Domicilio: Av. Alemania 751, Los Ángeles, VIII Región
Representante Legal: Rafael Campino Johnson
Rut: 5397043-5
Domicilio: Agustinas 1343, 4° piso

1.2. Ubicación

El proyecto se ejecutará en la Región de la Araucanía, en la provincia de Malleco, comuna de Collipulli, localidad de Mininco, específicamente en el  predio contiguo a la Planta Pacifico de CMPC Celulosa S.A..

Sus coordenadas son:  Norte 5814090 y Este: 722760

1.3. Monto de Inversión

US$ 630. 000

1.4. Vida útil

50 años

1.5. Mano de Obra

Etapa de Construcción 40 personas

Etapa de Operación 40 personas:

1.6. Superficie del terreno a utilizar:

El proyecto ocupará un total de 5.000 m2.

 

1.7. Descripción del proyecto

 

Planta Contrachapados de CMPC Maderas, ubicada en la localidad de Mininco, Región de La Araucanía y corresponde a una instalación industrial destinada a la fabricación de paneles de madera terciada o contrachapada (plywood).

 

El proyecto se presentó por medio de una Declaración de Impacto Ambiental en el año 2005 la cual fue calificada favorablemente por COREMA Región de La Araucanía mediante la Resolución Exenta Nº 46/2005.

 

El proyecto original aprobó la producción de 300.000 m3ssc/año de paneles de contrachapados y consideraba desarrollar el transporte de materia prima, insumos, productos y residuos íntegramente mediante camiones.

 

La presente DIA consiste en una modificación al proyecto original calificado por la RCA N° 46/2005; Modificación consistente en la implementación de una extensión de la línea férrea que llega a la Planta Pacífico de CMPC Celulosa, además de la construcción de una bodega de carga adosada a sus instalaciones existentes.

 

La Planta de Contrachapados ya ha sido implementada, en su presentación original no consideró al transporte ferroviario como una opción para el traslado de sus productos. Por ello, el presente proyecto considera la construcción de una Bodega de Carga adosada a la nave principal de la Planta, a la cual llegará la extensión de la vía férrea.

 

Durante la evaluación se ha establecido que el tren se empleará sólo para carga y descarga de productos manufacturados por Planta Contrachapados, además no se realizaran mantenciones al tren en Planta Contrachapados.

 

De acuerdo a lo informado en la DIA, el transporte en tren de 1000 m3/día de producto (paquetes de paneles de contrachapado) reemplaza a 22 camiones/día. Tomando en cuenta que el proyecto original consideró en su evaluación ambiental un flujo total de hasta 140 camiones/día, con la implementación del servicio de transporte ferroviario el flujo vehicular descendería a 118 camiones/día, los cuales estarían destinados al transporte de materias primas, insumos y residuos.

 

1.8. Descripción General de la Actividad del Proyecto

 

El proyecto consiste en la implementación de una extensión hasta sus instalaciones de la vía férrea que llega a Planta Pacífico de CMPC Celulosa, más la construcción de una bodega de carga adosada a sus instalaciones existentes.

 

a. Instalaciones

 

El Proyecto considera la construcción de dos unidades principales: una vía férrea y una bodega para carga de productos.

 

Complementariamente, se implementarán barreras y señalización apropiada en el cruce de la vía férrea con el camino de acceso a la Planta.

 

b. Vía Férrea y obras de desvío

 

El desvío de acceso a implementar se conectará a la línea existente que va desde Planta Pacífico a los puertos de la VIII Región, aproximadamente en el punto de coordenadas UTM E722.366 y N 5.814.316 referidas al DATUM PSAD-56.

 

El punto de conexión y el trazado de la extensión se presentan además en las planimetría adjunta de la presente declaración de Impacto Ambiental.

 

El trazado se desarrollará sobre un terraplén hasta el galpón de carga, donde los rieles pasan a estar a nivel con el radier para así facilitar la carga de los vagones.

 

Después de la bodega de carga, la línea se extiende nuevamente sobre terraplén, siendo esta última parte del trazado necesaria para completar las tareas de carga, pues el carguío de los vagones es progresivo.

 

Las Obras de acceso incluyen un desvío de acceso ferroviario a la bodega de carga en la Planta de contrachapado y un enlace entre desvíos ferroviarios EFE y Planta Pacifico de propiedad de CMPC Celulosa.

 

c. Bodega de Carga

 

El galpón se implementará adosado a la nave principal de la Planta Contrachapados, el cual tendrá una superficie de 1.500 m2 y una altura de hasta 9,25 m y estará dividido en tres sectores:

 

- La Línea Férrea al centro del galpón.

- El Sector de Carga a los costados de la Línea.

- El Área de Acopio de Material en el extremo norte del inmueble.

 

Al interior, el galpón contará además con tres accesos conectados directamente a la bodega de la Planta existente, por donde serán ingresados los paquetes con producto para ser prealmacenados en el Área de Acopio. El detalle de las obras a implementar se ilustra en el Plano “Planta de Arquitectura”.

 

1.9. Descripción de la Etapa de Construcción y su Efecto Ambiental

 

a. Actividades Principales de la Etapa de Construcción

 

Las actividades de esta etapa se desarrollarán en dos frentes de forma simultánea. Se presentan a continuación las actividades principales relativas a esta etapa.

 

Desvío de acceso y montaje de enlace:

 

- Movimiento de tierra para construcción plataforma de la vía férrea.

- Montaje de desviadores de conexión del desvío y enlace.

- Distribución de rieles y durmientes

- Armado de la vía férrea

- Distribución de balasto

- Nivelación y alineamiento de la vía férrea.

 

Bodega de Carga:

 

- Preparación de terreno.

- Obras civiles.

- Montaje de equipos.

 

b. Efectos Ambientales de la Etapa de Construcción

 

Emisiones Atmosféricas

 

Las emisiones en la etapa de construcción corresponden principalmente a material particulado respirable (MP10) generado por el movimiento de tierra para la implementación de la Bodega de Carga y del terraplén para la Vía Férrea, ya que para el resto de las instalaciones se utilizarán las instalaciones existentes. Como las edificaciones a implementar requieren movimientos de tierra menores, las emisiones se han considerado despreciables.

 

Sin perjuicio del bajo nivel esperado de emisiones, en la etapa de construcción se adoptarán medidas tendientes a disminuir las eventuales emisiones que puedan afectar la calidad del aire, entre las que se destacan:

 

Encarpado de tolva de camiones que transportan materiales.

 

Uso de contenedores para recibir y acopiar los escombros, además del reciclado de materiales de construcción.

 

Los movimientos de tierra se realizarán humedeciendo previamente la superficie del suelo cuando sea necesario.

 

No se permitirán las quemas de ningún tipo, salvo las exigidas por la legislación (envases de madera importados).

 

Las emisiones de la maquinaria utilizada estarán conforme a la normativa existente, para esto la empresa se compromete a usar sólo maquinaria en buen estado.

Residuos Líquidos

 

Durante la etapa de construcción sólo se producirán aguas servidas. Se contará con instalaciones de forma provisoria en el predio, las que contarán con camarines, baños y comedores.

 

El Titular exigirá contractualmente a la empresa contratista encargada de las obras la limpieza de los baños químicos y la adecuada disposición de sus desechos en lugares autorizados previamente por la Autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía.

Residuos Sólidos

 

Se generarán restos de materiales de montaje, de construcción y embalajes que serán retirados por los contratistas y dispuestos de alguna de las siguientes maneras:

 

- Reciclados.

 

- Dispuestos en un vertedero autorizado para la disposición final de este tipo de residuos.

 

Lo anterior será informado en su oportunidad a la Autoridad Sanitaria respectiva.

 

Los residuos sólidos asimilables a domésticos, serán dispuestos en vertedero autorizado, previa autorización de la Seremi de Salud..

Ruido y Vibraciones

 

Los niveles de ruido durante esta etapa serán temporales y limitados a la fase en la cual se ejecutará la obra gruesa, montaje y fijación de estructuras.

 

La maquinaria y las herramientas que se utilizarán para el desarrollo de las actividades constructivas fueron indicadas previamente.

 

La planificación de las actividades de construcción y montaje mecánico considerarán que la gran mayoría de las acciones, salvo en aquellos casos en que se requiera trabajo continuo, se desarrollen durante horario laboral diurno (entre las 8:30 y las 19:00 hrs).

 

1.10. Descripción de la Etapa de Operación y su Efecto Ambiental

 

Actividades Principales de la Etapa de Operación

 

Una vez implementado el proyecto, el tren podrá ingresar a la planta para cargar sus vagones y despachar por esta vía hasta 1.000 m3/día (570 ton/día) de paneles, para posteriormente ser conducidos hasta puertos de la VIII Región del Bío Bío.

 

Se considera realizar un viaje diario, de lunes a sábado. Cada viaje considera un tren con una cantidad de carros de acuerdo al volumen a transportar, pudiendo llegar hasta 16 carros una vez que la planta alcance el máximo de producción estimada. Complementariamente, el tren podrá combinarse con carros con Celulosa, provenientes de otras plantas de CMPC Celulosa.

 

Operación de Carga

 

La operación de carga de trenes se desarrollará de la siguiente manera:

 

El tren llega con los carros vacíos a los desvíos de Planta Pacifico.

 

Fracciona el tren e ingresa con los 3 primeros carros a la bodega de despacho. Mientras, los otros carros los deja en los desvíos exteriores de Planta Pacifico.

 

Se procede a la carga de los 3 carros que están en interior de bodega.

 

 

Una vez cargados los 3 primeros carros, se ingresa con 3 carros siguientes y desplaza los carros cargados. De esta forma, deja posicionados los otros 3 carros vacíos.

 

Una vez cargados los 6 carros, se retiran de la planta y se dejan en los desvíos exteriores, para procede a ingresar 3 carros vacíos a bodega de despacho.

 

El procedimiento se repite hasta que se carga todo el tren.

 

Una vez cargado todo el tren se procede al armado del tren en los desvíos exteriores de Planta Pacifico.

 

Finalmente, se espera hasta que EFE de la autorización de salida de la estación.

 

Efectos Ambientales de la Etapa de Operación

 

Se ha considerado como referencia la evaluación ambiental desarrollada para la DIA “Planta Contrachapados”, debido a que el presente Proyecto es una modificación que introduce cambios de consideración a lo originalmente presentado. Sin embargo, y tal como se muestra a continuación, el presente proyecto no implica nuevas y/o mayores emisiones respecto a lo ya evaluado.

 

Emisiones Atmosféricas

Las actividades relativas al proyecto no generarán emisiones atmosféricas.

 

Por una parte, el tren en su desplazamiento y actividades de acomodo para la carga no genera emisiones al transitar por la vía.

 

Por el contrario, reducirá emisiones de los camiones equivalentes que dejarán de realizar el transporte de paneles. En efecto, se estima que para cargar 1000 m3/día se requieren hasta 22 camiones (con capacidad de carga de 46.3 m3, equivalente a 26.4 toneladas por camión). Formando  forma de transporte evaluada originalmente por la DIA para insumos y productos.

 

Por otra parte, las operaciones de carga, a desarrollarse en la bodega, no generarán emisiones adicionales, pues son actividades ya evaluadas en la DIA del proyecto “Planta Contrachapados”, aprobado mediante la Resolución Nº 46/2005, las que sólo cambian de ubicación respecto a su concepción inicial. Complementariamente, se señala que el carguío de los carros se desarrollará en una instalación cerrada, por lo cual no se espera que se generen emisiones hacia el exterior.

 

Residuos Líquidos

 

El proyecto no generará residuos líquidos, por cuanto éste no tiene considerado adicionar procesos o actividades que generen RILes. Complementariamente, se aclara que al no adicionar nuevo personal para la etapa de operación (serán los mismos operarios de carga, considerados en la dotación original del proyecto, pero desarrollando funciones en otro punto dentro de la Planta), tampoco se generaría un incremento en las aguas servidas.

Residuos Sólidos

 

Debido a que la actividad de carga ya fue evaluada en la DIA “Planta Contrachapados”, los residuos sólidos a generarse durante la presente etapa no debiesen diferir de los considerados originalmente, tanto en composición como en cantidad.

 

Ruido y Vibraciones

 

La actividad de transporte ferroviario ya se desarrolla en Mininco, en particular, para la Planta Pacífico de CMPC Maderas. Al respecto, serán trenes de similares características los que desarrollarán el servicio de carga para Planta Contrachapados, con una frecuencia de hasta 1 vez por día en horario diurno, actividad que reemplazaría al transporte por camiones (forma de transporte originalmente evaluada en la DIA respectiva). Considerando que 1 tren de 11 carros tiene la misma capacidad que 22 camiones de carga, de implementarse este sistema de transporte se percibirá una disminución en los niveles de inmisión de ruido en Mininco por el menor tráfico de vehículos pesados.

 

Las actividades a desarrollarse en la Bodega de Carga son equivalentes a las consideradas originalmente en la DIA para la carga de camiones, por lo cual no se espera que se generen nuevos impactos.

 

Por lo que se contempla la construcción de estas dos unidades principales, complementariamente, se implementarán barreras y señalización apropiada en el cruce de la vía férrea con el camino de acceso a la Planta.

 

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
Por CMPC Maderas S.A., con fecha
08/02/2008

Test de Admisión
Por CONAMA IX, Región de la Araucanía, con fecha
18/02/2008

Of. Solicitud de Evaluación DIA Nº 33
Por CONAMA IX, Región de la Araucanía, con fecha
18/02/2008

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA)
Por CONAMA Región de la Araucanía, con fecha
28/03/2008

Adenda N 1
Por CMPC Maderas S.A., con fecha
07/04/2008

Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 77
Por CONAMA IX, Región de la Araucanía, con fecha
07/04/2008

Resolución de Ampliación de Plazos Nº 100
Por CONAMA IX, Región de la Araucanía, con fecha
30/04/2008

Adenda N 2
Por CMPC Maderas S.A., con fecha
02/05/2008

Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 99
Por CONAMA IX, Región de la Araucanía, con fecha
02/05/2008

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº 576 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 05/03/2008; Oficio Nº 451 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía, con fecha 06/03/2008; Oficio Nº 345 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 10/03/2008; Oficio Nº 98 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía, con fecha 10/03/2008; Oficio Nº 278 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 10/03/2008; Oficio Nº 203 sobre la DIA, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 11/03/2008; Oficio Nº 701 sobre la DIA, por Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 11/03/2008; Oficio Nº 385 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 24/03/2008; Oficio Nº 1669 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/03/2008; Oficio Nº 1264 sobre la Adenda 1, por Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía, con fecha 14/04/2008; Oficio Nº 919 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 16/04/2008; Oficio Nº 408 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía, con fecha 18/04/2008; Oficio Nº 455 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 18/04/2008; Oficio Nº 0627 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía, con fecha 18/04/2008; Oficio Nº 332 sobre la Adenda 1, por Subdirección Nacional Temuco CONADI, con fecha 21/04/2008; Oficio Nº 1095 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía, con fecha 07/05/2008; Oficio Nº 515 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de la Araucanía, con fecha 08/05/2008;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Extensión Vía Férrea a Planta Contrachapados ', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA IX, Región de La Araucanía, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional Forestal, CONAF, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Aguas, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía
Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía
Dirección Regional del SAG, Región de la Araucanía
Dirección Regional SEC, Región de la Araucanía
Ilustre Municipalidad de Collipulli
SEREMI Bienes Nacionales
SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía
Seremi de Salud Novena Región de La Araucanía
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de la Araucanía
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de la Araucanía
SEREMI MOP, Región de la Araucanía
Subdirección Nacional Temuco CONADI
Consejo de Monumentos Nacionales

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Extensión Vía Férrea a Planta Contrachapados ' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Of. no Participación en la Evaluación Nº 048 M.A.
Por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha
22/02/2008

Of. no Participación en la Evaluación Nº 470018408
Por Dirección Regional de Pesca, Región de la Araucanía, con fecha
07/03/2008

Of. no Participación en la Evaluación Nº 2184
Por SEREMI de Agricultura, Región de la Araucanía, con fecha
07/03/2008

Of. no Participación en la Evaluación Nº 0040/0202
Por Dirección Regional de Turismo, Región de la Araucanía, con fecha
13/03/2008

Of. no Participación en la Evaluación Nº 0821
Por Dirección Regional de Vialidad, Región de la Araucanía, con fecha
20/03/2008

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

 

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto cumple con la siguiente normativa:

Normativa

Componente ambiental regulado

Acción de cumplimiento

Etapa del Proyecto en que se implementa la acción de cumplimiento

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300/1994).

Medio ambiente.

El Proyecto ingresa al SEIA.

Desde su ingreso al SEIA.

Reglamento del SEIA (D.S. 95/01) Título III, Art.14, 15 y 16.

Medio ambiente.

Con el mérito de esta presentación se acredita el cumplimiento.

Desde su ingreso al SEIA.

Decreto con Fuerza de Ley 725/67, Código Sanitario, del Ministerio de Justicia

Condiciones para habitabilidad y ambiente de trabajo.

El Proyecto cumplirá con lo establecido en este Decreto.

Construcción y Operación.

D.S. 146/98

Ministerio Secretaría General de la República.

 

Ruido.

De acuerdo a estimación realizada, no se sobrepasan los límites impuestos en el D.S. 146/98.

Construcción y Operación.

D.S. 594/01 (y posteriores modificaciones D.S. 2001/01)

Ministerio de Salud.

Ambiente de Trabajo.

Se cumplirá todo lo establecido con respecto a las condiciones básicas en lugares de trabajo.

Operación.

D.S. 1.157/1931

Les General de Ferrocarriles

Se cumplirá todo lo establecido con respecto a las condiciones en las cuales se ha de desarrollar la implementación y utilización de vías férreas.

Construcción y Operación.

Decreto con fuerza de ley Nº 850/97 (art.30 y 36)

Requisitos de peso para vehículos pesados para vehículos que utilizan rutas o caminos de tuición del MOP.

Prohíbe el vertido o escurrimiento de materiales, productos o desechos generados a causa de las actividades del proyecto, hacia rutas o caminos de tuición MOP.

Se cumplirá con lo establecido en el decreto mencionado, en especial en lo relativo a los artículos N º30 y 36.

Construcción y Operación

D.S. Nº 59/1998 y D.S. Nº 45/2001

Ministerio de Secretaría General de la República

Establece la norma de calidad del aire para MP10

El proyecto cumplirá con lo establecido en este decreto.

Construcción y Operación

D.S. Nº 236/26, Reglamento General de Alcantarillados Particulares

Agua

Se cumplirá todas las disposiciones y exigencias del Decreto.

Construcción y Operación

D.S. Nº  735/69, Reglamento de Los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano

Agua

Se cumplirá todas las disposiciones y exigencias del Decreto.

Construcción y Operación

NCh Nº 409

Agua Potable

 

Agua potable

Se cumplirá todas las disposiciones y exigencias de la norma

Construcción y Operación

D.S. Nº 148

Reglamento de Residuos Sólidos Peligrosos

Forma de manejo y disposición de Residuos Sólidos Peligrosos

Se cumplirá todas las disposiciones y exigencias del Decreto.

Construcción y Operación

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

 

Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto no presenta ninguno de los  efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. Por lo que procedería que fuese calificado como una Declaración de Impacto Ambiental.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

 

4.1. Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto solicita una modificación al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Artículo 94. Referente a la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 Permiso que ha sido informado favorablemente por la Seremi de Salud según Ord. N° 1264 del 14 de abril de 2008.

4.2. En relación al Permiso Ambiental Sectorial indicado en el Artículo 89 del DS N° 95/2001,  se establece que el proyecto no requiere de tal antecedente.

De acuerdo a la ingeniería del proyecto, los volúmenes de áridos a utilizar en el proyecto serán los indicados en la siguiente Tabla:

 

Requerimientos de Áridos

Uso

Volumen  - (m3)

En terraplenes y rellenos

3.200

En hormigones y morteros

250

 

Los áridos a considerar por el Proyecto deberán adquiridos a proveedores autorizados (Empresas Productoras de Áridos), quienes deberán contar con los permisos sectoriales vigentes para la extracción y clasificación de éstos (“Proyecto de extracción de áridos”  aprobado por la DOH Región de la Araucanía y Permiso Municipal vigente).

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

 

Se compromete a que los áridos requeridos por el Proyecto serán provistos por empresas productoras de áridos autorizadas y con sus permisos de extracción vigentes.

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

 

6.1. El Proyecto considera realizar un escarpe previo a la ejecución del terraplén, el que consiste en remover tierra y raíces a lo largo de la faja de la línea férrea. En particular, se ha calculado que se removerán 2535 m3 de material, los cuales serán utilizados como rellenos en el mismo predio o bien traspalados a plantaciones forestales de propiedad de Forestal Mininco (parte del Holding CMPC Empresas).

 

6.2. Otros residuos sólidos, como material sobrante de la construcción, serán dispuestos de forma análoga a los residuos de la Planta, según tipo.

 

6.3. Para la etapa de construcción del Proyecto se consideran 2 contenedores móviles de 4 ruedas y 1000 lt. de capacidad cada uno. Además se pretende que los materiales reciclados (reutilizados) sean utilizados en la misma obra y en caso de no poder ocurrir esto, serán dispuestos en un vertedero autorizado para esta labor. Además, esto será informado en su oportunidad a la Autoridad Sanitaria respectiva.

 

6.4. La dotación de camarines, baños y comedores, para la etapa de construcción, dentro de las áreas de trabajo, se han considerado según lo establecido en el D.S. Nº 594/99 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, estimándose un total de 40 trabajadores, todos varones. De esta forma, la cantidad de baños requeridos será una cantidad mínima de 2 baños químicos, cumpliendo con lo expuesto en el Artículo 24 del D.S. Nº 594/99.

 

6.5. Los camarines y vestidores, serán amplios y existirá un casillero por cada trabajador, en buen estado y con ventilación. De esta forma se dará cumplimiento a lo establecido en el Artículo 27 del D.S. Nº 594/99.

 

6.6. Se considera un comedor, aislado de las áreas de trabajo y fuentes de contaminación, donde se habilitarán mesas y sillas de cubierta lavable, agua potable, medio de refrigeración, cocinilla (medio para calentar comida), lavaplatos y energía eléctrica. Se implementará sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores. En todos los casos se considerará la Autorización Sanitaria respectiva.

 


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=c7/6a/ed12cc59e1a3e225a796a1f5bd890feb965f


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