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Adenda Nº 1 en respuesta a la Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones o Ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Modificación al Trazado Línea Ancoa - Alto Jahuel 2x500kV: Primer Circuito"



1. Descripción de proyecto

    Pregunta
    Localización del Proyecto:

    1.1. El Titular indica en los numerales 1.1 y 2.1 de la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA) la redefinición del trazado con la localización de las Variantes 1, 2, 3 y 4. Por otra parte, en la Tabla 1-1 de la DIA “Ubicación Político-Administrativa de los tramos modificados por el Proyecto” se indican las Comunas, Provincias y Regiones en que se ubican las variantes. Al respecto se indica al Titular que esta información no es consistente con lo señalado en los numerales 1.1. y 2.1 de la DIA, por lo que se solicita al Titular rectificar dicha información. 

    Excavaciones y Rellenos

    1.2. En el numeral 2.3.2.1. de la DIA, pagina 2-27 se indica que "Eventualmente, dependiendo de las condiciones del terreno, se podrán usar explosivos, previa autorización sectorial correspondiente…", además, señala que "en caso de ser imprescindible se dará oportuno aviso a la población, de los horarios y duración de dichas actividades". Al respecto, se solicita al Titular: 

    a) Indicar los criterios para la utilización de explosivos.

    b) Se solicita mantener un registro, en las instalaciones de faena, de la utilización de explosivos en la etapa de construcción.

    c) señalar las acciones que se adoptaran para evitar impactos sobre la fauna silvestre.

    Superficies de afectación del Proyecto:

    1.3. Se indica al Titular que en las Tablas 2-15, 2-16, 2-17 y 2-18 del numeral 2.4.1 de la DIA “Superficie de Afectación de Vegetación Tramos Originales y Modificados”, no se consideran las áreas de bosque nativo a afectar por huellas, franja de seguridad y plazas de lanzamiento del conductor consideradas en Anexo 2 de la DIA. Al respecto, se solicita al Titular rectificar dicha información de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo 2. 

    Ruido:

    1.4. De acuerdo a lo indicado en el numeral 3.1.4 de la DIA, “…en la etapa de construcción las principales fuentes de emisión de ruido, corresponden al uso de maquinaria y el tránsito de vehículos; en relación a dichas fuentes, las modificaciones al proyecto aprobado con RCA 050/2012 que se evalúan en la presente DIA, no se presentan variaciones en lo que a emisiones de ruido se refiere”. Al respecto, se solicita al Titular presentar los antecedentes a fin de determinar si existen o no potenciales nuevos afectados, o si éstos se localizan más cercanos al nuevo trazado.  

    1.5. En el capítulo 3 de la DIA, específicamente en la Tabla 3-6, el Titular presenta los valores estimados para diferentes frentes de trabajo asociados a la fase de construcción. Además, se indica que para aquellos puntos en que se supere la norma se implementará una barrera, sin embargo no se indica cuáles serán los niveles de ruido que se obtendrán con tal medida. Al respecto, se solicita al Titular indicar estos niveles de ruido.  

    1.6. De acuerdo lo indicado en el Anexo 6 de la DIA “Línea de Base”, apartado 4.5, se observa que las medidas de atenuación del ruido se encuentran referenciadas al D.S. N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (Minsegpres) norma que no aplica a la presente DIA. Al respecto, se solicita al Titular corregir y ajustarse a lo establecido en el D.S. N° 38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente. En efecto, sobre la materia, se debe tener presente que el D.S. N°38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, remplaza al D.S. N°146, de 1997, Minsegpres.  

    1.7. Con respecto al método de predicción de nivel de presión sonora FORSCHUNGSGEMEINSCHAFT FÜR HOCHSPANNUNGE UND HOCHSTROMTECHNIK E. V. (F.G.H.), utilizado por el Titular para estimar el ruido generado por la línea eléctrica de alta tensión en su fase de operación, puede aplicarse a cualquier configuración de geometría de línea que contenga como máximo 6 conductores por fase y un diámetro de estos entre 2 [cm] y 7 [cm]. No obstante, el método estima el nivel de presión sonora NPSi para la fase i, por cuanto el nivel de presión sonora total se debe obtener de la suma energética de la contribución de cada una de las fases que considera el Proyecto. En este sentido, se observa que el Titular sólo ha considerado la contribución de una única fase.

    A partir de lo anterior, se solicita al Titular especificar la configuración de las torres y el número de fases que posee el Proyecto, junto con una representación gráfica de la estructura, señalando las fases y alturas sobre el nivel de suelo que han sido consideradas. Adicionalmente, se solicita especificar la menor altura de la catenaria respecto al nivel de suelo. Para el caso de existir más de una fase, se solicita corregir la estimación de los niveles de ruido, junto con actualizar y corregir todo lo que se desprenda de dicha corrección. 

    1.8. Se indica al Titular que la expresión utilizada para estimar el nivel de presión sonora generado por el efecto corona, no se ajusta al definido por el método FORSCHUNGSGEMEINSCHAFT FÜR HOCHSPANNUNGE UND HOCHSTROMTECHNIK E. V. (F.G.H.), por lo que se solicita al Titular rectificar y corregir los resultados que de ello se desprenda, en consideración a lo observado en el numeral anterior del presente informe.  

    1.9. En el Anexo 6 de la DIA “Línea de base”, específicamente en el numeral 4.3.3 Etapa de operación, se indica que “La atenuación sonora es equivalente a una fuente cilíndrica (3 dB al duplicar distancia). De acuerdo al software MINERVA, la atenuación teórica por condiciones atmosférica es de 1.2 dB/100 metros (10ºC, 90%H) utilizando el espectro sonoro característico de esta fuente, por lo tanto, la atenuación teórica de 3 dB es evidente en el campo cercano, mientras que a mayor distancia la atenuación atmosférica empieza a cobrar más importancia (Tabla 32 y Figura 39)”. Al respecto y en el contexto de la estimación de niveles de ruido para la fase de operación, no se comprende el vínculo de tal estimación y lo señalado en la tabla 32 y figura 39, que aluden a un espectro sonoro obtenido de la medición de una Subestación, en consecuencia que se requiere estimar los niveles generados por el efecto corona de la línea eléctrica de alta tensión, es decir, una fuente de ruido diferente. Además, cabe destacar que el método FGH, predice el nivel de presión sonora NPSi para la fase i, donde el parámetro Ri es la distancia radial entre la fase i y el punto de cálculo, por cuanto no se comprende la finalidad de generar una atenuación teórica en base al software MINERVA, que dada sus cualidades, sólo permite realizar una modelación para fuentes puntuales, que claramente no es el caso. A mayor abundamiento, se precisa que, en estricto rigor, el método se desarrolló a partir de líneas de prueba y en consideración al campo lejano. De acuerdo a lo indicado, se solicita al Titular aclarar los alcances de lo declarado y, de ser necesario, realizar las correcciones a los valores estimados según las observaciones de los numerales 1.4 y 3.2 de este documento. 

    Cursos de aguas:

    1.10. Se solicita al Titular aclarar y presentar los antecedentes técnicos que permitan fundar las siguientes aseveraciones señaladas en el numeral 1.1. de la DIA Introducción: “el proyecto no intervendrá ni alterará ningún curso de agua, ya sea superficial o subterráneo” y “el proyecto no afectará sectores de quebradas identificadas en cartografía oficial, caminos ni canales, ya que no se intervendrán”.

    Flora y fauna:

    1.11. En el numeral 2.3.2.1 de la DIA subtítulo “Tendido del conductor”, el Titula indica: “Previo a la instalación del conductor, este debe ser pre tensado. Esto consiste en el estiramiento del conductor a una tensión adecuada, para lo que se utilizarán franjas de seguridad que se encuentren mayormente despejadas”. Al respecto, se solicita al Titular informar cómo realizará este procedimiento en aquellas zonas con presencia de vegetación nativa, considerando la alta probabilidad que ocurra impacto sobre la vegetación señalada. 

    1.12. En el numeral 1 del Anexo 6 de la DIA “Antecedentes Generales”, se indica lo siguiente “Las variantes 1 y 3, no están contenidas en las áreas de análisis del EIA por lo que se requiere de nuevos estudios de línea de base”. Al respecto, se solicita al Titular aclarar dicha aseveración, y entregar mayores antecedentes respecto de la ampliación de la línea de base y su vinculación con el EIA original.

    1.13. Se solicita al Titular aclarar si la superficie con formaciones vegetacionales que será afectada por la construcción de "Huella" indicada en el DIA (Tabla 2-19), corresponde a toda la superficie asociada a las siguientes obras: “Huellas de acceso (2.2 f), “Habilitación caminos de acceso” (2.3.2.1) y “Habilitación de huellas de acceso” (2.3.2.3). 

    Paisaje:

    1.14. Se solicita al Titular entregar una simulación fotográfica o fotomontaje de los siguientes sectores involucrados en el cambio de trazado con el fin de apreciar el trazado original aprobado por la RCA Nº 050/2012 y el propuesto. 

    a) Sector Astillero Alto, ubicado entre las comunas de San Clemente y Pelarco, Región del Maule.

    b) Sector de Huemul Bajo, comuna de Teno, Región del Maule.

    c) Sector de Popeta, ubicado entre las comunas de Rengo y Malloa, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

    d) Sector trazado entre las torres 231/2 y 233/1, en una longitud de 2,1 km, ubicado en la comuna de Paine, región Metropolitana.

    Patrimonio Cultural:

    1.15. Se indica al Titular que figura inscrita en el Registro de Asociaciones y Comunidades Indígenas de la CONADI, la “Asociación Indígena Epu Newen” registro N°58 localizada en la Comuna de Rengo. En virtud de aquello, se solicita al Titular determinar si existe población indígena en el área de influencia del proyecto. 

    Respuesta

     

     

     

    Localización del Proyecto:

     

    Respuesta 1.1:

     

    En la Tabla 1 de la presente Adenda se rectifica la información presentada en la DIA.

     

    Tabla 1. Ubicación Político-Administrativa de los tramos modificados por el Proyecto.

     

    Tramo

    División administrativa

    Comuna

    Provincia

    Región

    Variante 1

    Pelarco – San Clemente

    Talca

    Del Maule

    Variante 2

    Teno

    Curicó

    Del Maule

    Variante 3

    Rengo – Malloa

    Cachapoal

    O´Higgins

    Variante 4

    Paine

    Maipo

    Metropolitana

     

    Esta corrección no incide en ninguna otra parte de la DIA ni otros documentos o planos anexos presentados.

     

     

    Excavaciones y Rellenos:

     

    Respuesta 1.2:

     

    a)    Del mismo modo que lo presentado y aprobado en el EIA original mediante la RCA 050/2012, el proyecto de las modificaciones considera que las excavaciones se realizarán preferentemente con retroexcavadora. Eventualmente podría aparecer roca fragmentada, la que podría ser aún más fracturada (para su extracción) mediante percusión neumática, método comúnmente utilizado. Sólo después de una prospección geotécnica o sondajes será posible saber si la roca en la que se instalará la cimentación es o no la adecuada para el anclaje de las formaletas, y a partir de ello determinar la que deba ser tronada. Sin embargo, de darse el caso, este tipo de tronaduras serán controladas, de baja energía, de volúmenes poco relevantes, y realizadas por una empresa autorizada especialista en el tema y que cuente con todas las autorizaciones sectoriales.

     

    b)    Se mantendrá en las instalaciones de faenas un registro de los sectores y actividades relacionadas con la utilización de explosivos.

     

    c)    Se reitera que el Proyecto considera que las excavaciones se realizarán preferentemente con retroexcavadora, por lo tanto el uso de explosivos será de carácter eventual y realizado por una empresa especialista autorizada.

     

    Si bien, no se prevén efectos sobre la fauna del sector, el Proyecto ha previsto la presencia de un especialista en biota en la etapa previa al inicio de las obras del Proyecto, de manera de controlar y prevenir los efectos que puedan generar las acciones eventuales de tronadura sobre este recurso.

     

    Conforme a lo anterior, para realizar una eventual actividad de tronadura el Titular considera las mismas acciones presentadas en el EIA aprobado, de modo de minimizar los efectos sobre las especies de fauna silvestre del sector:

     

    -      Dar aviso previo y oportuno al Servicio Agrícola y Ganadero, respecto de los sectores y días en que se efectuarán las detonaciones, a objeto de que la autoridad pueda visitar previamente y en conjunto con el personal asesor de la empresa constructora, dichos lugares.

     

    -      El especialista en biota de la Supervisión Ambiental, recorrerá el área de detonación y su entorno a objeto de verificar la existencia de sitios de nidificación, madrigueras u otro elemento de interés especial y que deba ser ahuyentados de manera controlada para ejecutar las acciones de tronaduras.

     

    -      Se tomarán todos los resguardos técnicos descritos en la letra a) de la presente respuesta.

     

    -      De ser necesario (de acuerdo a lo indicado en la supervisión del especialista de fauna) se aplicará el Plan de Perturbación Controlada para ahuyentar a las especies potenciales.

     

    Además de lo anterior, de acuerdo a lo indicado en la RCA 050/2012, se aplicarán las siguientes medias para minimizar posibles efectos sobre la fauna silvestre del sector:

     

    Para percusión neumática:

     

    ·         Realizar y restringir el trabajo sólo durante jornada diurna.

    ·         Informar oportunamente a la comunidad circundante respecto de este tipo de faenas, indicando horarios y duración de la actividad.

     

    Para explosivos:

     

    ·         Asegurar secuencias de detonación tiro a tiro y con tiempo de retardos adecuados.

    ·         Previo al uso de explosivos, se realizaría una modelación de ruido de modo de determinar la secuencia de detonación adecuada y sus respectivas medidas de control.

    ·         Asegurar secuencias de iniciación adecuada.

    ·         Asegurar un buen confinamiento de taco. Evitar que se produzcan eyecciones, ya que estas dejan escapar los gases de la detonación, lo que produciría un gran ruido.

    ·         Realizar las detonaciones sólo en la jornada diurna.

    ·         Informar oportunamente a la comunidad circundante respecto de este tipo de faenas, indicando horarios y duración de la actividad.

     

    Conforme lo anterior no se espera efectos significativos sobre la fauna silvestre del área aledaña a la tronadura.

     

     

    Superficies de afectación del Proyecto:

     

    Respuesta 1.3:

     

    Efectivamente, las tablas 2-15 a la 2-18 de la DIA presentada, indican sólo las superficies de afectación de las estructuras, no considerando la afectación por huellas, franja de seguridad ni plazas de lanzamiento del conductor. Sin embargo para una mayor claridad, en las siguientes tablas se presenta la información requerida.

     

    Para mayor claridad, en Anexo A de la presente Adenda se actualiza el Anexo 2 de la DIA, ya que por concepto de avance de la ingeniería del proyecto, se incluyó una huella de acceso en la Variante 2 para acceder a las estructuras 99/2 y 100/1. La superficie de esta nueva huella de acceso es de 0,072 hectáreas, la que también es actualizada en los respectivos Planes de Manejo (ver Anexo B de la presente Adenda).

     

    A continuación se complementan las tablas citadas de la siguiente manera:

     

     


     

     

    Tabla 2-15 Unificada. Superficie de afectación de vegetación en Tramo Modificado y Original en Variante 1.

    TRAMO ORIGINAL VARIANTE 1

    TRAMO MODIFICADO VARIANTE 1

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

     

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

     

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    36/1-V-15

    270

    1.330

    1.600

    0

    36/1-V-15

    270

    1.330

    1.600

    0

    36/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    36/2

    2.484

    516

    3.000

    170

    37/1

    2.484

    516

    3.000

    0

    37/1

    2.484

    516

    3.000

    0

    37/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    37/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    37/3

    2.484

    516

    3.000

    0

    37/3

    2.484

    516

    3.000

    0

    38/1-V-15A

    270

    1.330

    1.600

    0

    38/1-V-15A

    270

    1.330

    1.600

    0

    38/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    38/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    39/1

    2.484

    516

    3.000

    0

    39/1

    2.484

    516

    3.000

    30

    39/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    39/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    40/1

    270

    1.330

    1.600

    0

    40/1

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    40/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    40/2

    270

    1.330

    1.600

    530

     

     

     

     

     

    40/3 (nueva)

    2.484

    516

    3.000

    0

    41/1-V15B

    2.484

    516

    3.000

    3.000

    41/1-V15B

    270

    1.330

    1.600

    0

    41/2

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    41/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    42/1

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    42/1

    270

    1.330

    1.600

    45

    42/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    42/2

    270

    1.330

    1.600

    15

     

     

     

     

     

    42/3 (nueva)

    270

    1.330

    1.600

    80

    43/1-V-16

    270

    1.330

    1.600

    0

    43/1-V-16

    270

    1.330

    1.600

    230

    Total (m2)

    19.818

    15.582

    35.400

    6.200

    Total  (m2)

    20.358

    18.242

    38.600

    2.700

    Área huella (m2)

    4.400

    Área huella (m2)

    5.801

    Área Franja (m2)

    0

    Área Franja (m2)

    4.697

    Área PLC (m2)

    0

    Área PLC (m2)

    2.096

     

     

    Tabla 2-16 Unificada. Superficie de afectación de vegetación en Tramo Modificado y Original en Variante 2.

    TRAMO ORIGINAL VARIANTE 2

    TRAMO MODIFICADO VARIANTE 2

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    98/2

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    98/2 - V-33D

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    99/1

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    99/1

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    99/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    99/2

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    100/1

    270

    1.330

    1.600

    0

    100/1 - V-33E

    270

    1.330

    1.600

    0

    100/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    100/2

    2484

    516

    3.000

    0

    101/1

    2.484

    516

    3.000

    0

    100/3

    2484

    516

    3.000

    0

    101/2

    2.484

    516

    3.000

    0

    101/1

    2484

    516

    3.000

    0

    101/3 - V-34

    270

    1.330

    1.600

    0

    101/2 - V-34

    270

    1.330

    1.600

    0

    Total (m2)

    8.802

    8.198

    17.000

    3.200

    Total (m2)

    8.802

    8.198

    17.000

    4.800

    Área huella (m2)

    1.300

    Área huella (m2)

    3.980

    Área Franja (m2)

    0

    Área Franja (m2)

    863

    Área PLC (m2)

    0

    Área PLC (m2)

    1.493


     

    Tabla 2-17 Unificada. Superficie de afectación de vegetación en Tramo Modificado y Original en Variante 3.

    TRAMO ORIGINAL VARIANTE 3

    TRAMO MODIFICADO VARIANTE 3

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    152/1

    2.484

    516

    3.000

    1.600

    152/1 - V-56

    270

    1.330

    1.600

    1.033

    152/2

    2.484

    516

    3.000

    3.000

    152/2

    270

    1.330

    1.600

    576

    152/3 - V-56

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    152/3

    270

    1.330

    1.600

    1.600

     

     

     

     

     

    153/1

    270

    1.330

    1.600

    0

    152/4

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    153/2- V-57

    270

    1.330

    1.600

    917

    153/1

    270

    1.330

    1.600

    385

    154/1

    270

    1.330

    1.600

    684

    154/1

    270

    1.330

    1.600

    0

    154/2

    270

    1.330

    1.600

    1.588

    154/2 - V-57

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    155/1 - V-58

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    155/1 - V-58

    270

    1.330

    1.600

    1.389

    155/2- V-58A

    270

    1.330

    1.600

    1.591

    155/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    155/3

    270

    1.330

    1.600

    1.553

    156/1

    2.484

    516

    3.000

    2.386

    156/1

    270

    1.330

    1.600

    1.143

    156/2 - V-59

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    156/2 - V-59

    270

    1.330

    1.600

    741

    Total (m2)

    9.612

    12.188

    21.800

    15.160

    Total (m2)

    3.240

    15.960

    19.200

    13.025

    Área huella (m2)

    5.020

    Área huella (m2)

    8.832

    Área Franja (m2)

    0

    Área Franja (m2)

    2.051

    Área PLC (m2)

    300

    Área PLC (m2)

    1.204

     


     

    Tabla 2-18 Unificada. Superficie de afectación de vegetación en Tramo Modificado y Original en Variante 4.

    TRAMO ORIGINAL VARIANTE 4

    TRAMO MODIFICADO VARIANTE 4

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Estructura

    (1)

    (2)

    (3)=(1)+(2)

    Área Bosque Nativo Afectada (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    Área permanente (m2)

    Área temporal (m2)

    Área Frente de Trabajo (m2)

    231/2 - V-89C

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    231/2 - V-89C

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    231/3 - V-90

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    231/3 - V-90A

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    232/1

    2.484

    516

    3.000

    3.000

    232/1

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    232/2

    270

    1.330

    1.600

    1.600

    232/2

    270

    1.330

    1.600

    0

    233/1

    270

    1.330

    1.600

    446

    233/1 - V-90B

    270

    1.330

    1.600

    446

    Total (m2)

    3.564

    5.836

    9.400

    7.800

    Total (m2)

    1.350

    6.650

    8.000

    5.246

    Área huella (m2)

    2.050

    Área huella (m2)

    935

    Área Franja (m2)

    0

    Área Franja (m2)

    3.256

    Área PLC (m2)

    0

    Área PLC (m2)

    0

     

     

     

     


     

     

    Ruido:

     

    Respuesta 1.4:

     

    Tal como se menciona en la DIA presentada, la fase de construcción de las variantes se inserta en la etapa de la construcción total del proyecto original aprobado con RCA 050/2012, manteniendo los mismos estándares constructivos y ambientales establecidos y definidos en la RCA 050/2012. De la misma manera y en forma concordante, la generación de ruido proviene de las mismas fuentes emisoras (maquinaria, equipos, y método constructivo).

     

    Así también, en el Anexo 6 de la DIA presentada, se adjuntó la caracterización para la componente ruido, desarrollada especialmente para las variantes. Durante el trabajo en terreno se identificaron nuevos receptores asociados a las nuevas variantes. Al respecto, la siguiente Tabla muestra la distancia de los receptores cercanos identificados en relación a cada variante.

     

    Tabla 2.  Ubicación puntos de medición de ruido basal nuevas variantes.

    Punto

    UTM E

    UTM N

    Dist. (m)

    Descripción

    F1

    298.379

    6.083.032

    330

    Viviendas de 1 piso ubicadas al costado norte de la ruta K-45. Sector sureste de la Variante 1.

    E1

    321.447

    6.138.872

    170

    Región del Maule, Teno. Viviendas de madera de 1 piso, ubicadas en el sector al noreste de la Variante 2.

    C1

    334.964

    6.188.745

    350

    Sector residencial con viviendas de 1 a 2 pisos ubicadas al costado de ruta H-65 en el sector Variante 3.

    C2

    335.139

    6.188.350

    350

    Sector residencial con viviendas de 1 a 2 pisos ubicadas al costado de ruta H-65 en el sector Variante 3.

    G1

    353.138

    6.251.676

    253

    Sector residencial con viviendas de 1 piso  ubicadas en Variante 4.

    G2

    352.869

    6.251.664

    464

    Sector residencial con viviendas de 1 piso ubicadas en Variante 4.

    G3

    352.582

    6.251.096

    457

    Sector residencial con vivienda de 3 pisos ubicadas en Variante 4.

    Fuente: Elaboración propia

     

    En el mismo Anexo 6 indicado, se presentó la proyección de ruido para la fase de construcción y operación del Proyecto y la evaluación normativa, donde se identificó un receptor (identificado como G1) que excede los límites establecidos en el DS Nº38/2011. Sin embargo, de acuerdo a lo presentado en el apartado 4.5 del Anexo 6 de la DIA presentada (ver Anexo C de la presente Adenda), se contempla aplicar la misma medida de atenuación considerada en el proyecto con RCA 050/2012, la cual corresponde a una barrera modular completamente hermética. Con esta medida se asegura el cumplimiento normativo de niveles de ruido.

     

    Considerando lo anterior, se demuestra que si bien se identificaron nuevos receptores asociados a las variantes, éstos no son afectados por las actividades del Proyecto.

     

    Respuesta 1.5:

     

    Los niveles de ruido estimados con la medida de atenuación se indicaron en la Tabla 37 del informe de Línea base (página 76), Anexo 6 de la DIA en evaluación, los cuales se presentan a continuación:

     

    Tabla 3. Niveles de ruido en punto G1 con medida.

    Receptor

    Límite Normativo (dBA)

    Altura

    Barrera (m)

    Huella de

    Acceso (dBA)

    Excavación

    (dBA)

    Moldaje, enfierradura y hormigonado (dBA)

    Montaje de estructura (dBA)

    ¿Cumple

    norma?

    G1

    45

    2.4

    42

    Cumple

    31

    Cumple

    38

    Cumple

    30

    Cumple

    SI

     

    Del mismo modo, se presenta nuevamente para el punto G1 los mapas de ruido de la condición sin barrera y con barrera para la etapa de construcción, los que se elaboran con el programa de modelación sonora PREDICTOR LIMA V 8.11 de BRUEL & KJAER. La modelación se efectuó por medio de la Norma ISO 9613 "Acoustics - Attenuation of sound during propagation outdoors - Part 1: Calculation of the absorption of sound by the atmosphere; Part 2: General method of calculation" y Concawe, e incluye la topografía del lugar.

     

     

    Figura 1. Mapa de ruido etapa de construcción. Variante 4 – Punto G1 sin barrera de atenuación.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

     

    Figura 2. Mapa de ruido etapa de construcción. Variante 4 – Punto G1 con barrera de 2.4 metros de altura.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

     

    De acuerdo con los valores indicados en la Tabla precedente, más la información contenida en las Figuras anteriores, los niveles de ruido previstos sobre el punto sensible al ruido al considerar las medidas descritas, cumplen con la normativa vigente.

     

     

    Respuesta 1.6:

     

    Se acoge la observación, se rectifica según lo solicitado y se presenta la evaluación con respecto al límite del D.S.38/11 del MMA. En este sentido, ya que los receptores se ubican en zona rural, se considera el menor nivel que resulta de sumar 10 dBA a los niveles basales o los límites establecidos para zona III (65 dBA diurnos y 50 dBA nocturnos).

     

    Tabla 4. Límite normativo según D.S.38/11.

    Punto

    Receptor

    Zona D.S.38/11

    Límite Diurno (dBA)

    Límite Nocturno (dBA)

    C1

    Rural

    65

    50

    C2

    Rural

    55

    49

    E1

    Rural

    56

    48

    F1

    Rural

    55

    50

    G1

    Rural

    45

    42

    G2

    Rural

    44

    38

    G3

    Rural

    44

    40

     

    La tabla siguiente evalúa los niveles de ruido estimados en la etapa de construcción con respecto al límite diurno del D.S.38/11 del MMA. No se contemplan faenas nocturnas de construcción.

     

     

     

     

    Tabla 5. Evaluación normativa para la etapa de construcción. Niveles en dBA.

    Punto

    Límite Normativo

    Huella de

    acceso

    Excavación

    Moldaje, enfierradura y hormigonado

    Montaje de estructura

    C1

    65

    41

    Cumple

    30

    Cumple

    37

    Cumple

    29

    Cumple

    C2

    55

    32

    Cumple

    21

    Cumple

    28

    Cumple

    20

    Cumple

    E1

    56

    48

    Cumple

    37

    Cumple

    44

    Cumple

    36

    Cumple

    F1

    55

    51

    Cumple

    40

    Cumple

    47

    Cumple

    39

    Cumple

    G1

    45

    52

    Supera en 7

    41

    Cumple

    48

    Supera en 3

    40

    Cumple

    G2

    44

    43

    Cumple

    32

    Cumple

    39

    Cumple

    31

    Cumple

    G3

    44

    29

    Cumple

    18

    Cumple

    25

    Cumple

    17

    Cumple

     

    El punto G1 supera la norma en hasta 7 dBA, por lo tanto, se aplicará la medida de control de ruido descrita en el estudio acústico (apartado 4, Anexo 6 de la DIA presentada) que corresponde a una barrera de 2.4 metros de altura con lo cual el nivel de ruido proyectado se estima en 42 dBA durante la construcción de la huella de acceso, cumpliendo la norma (ver respuesta a observación 1.5 del presente Adenda). Esta medida de control se encuentra aprobada en el proyecto original con RCA 050/2012.

     

    La evaluación normativa para la etapa de operación, considerando todas las fases, es la siguiente:

     

     

    Tabla 6. Evaluación normativa para la etapa de operación.

     

    Punto

    Nivel estimado por el proyecto (dB)

    Límite Normativo

    Diurno/nocturno (dB)

    Nivel de cumplimiento

    C1

    40

    65/50

    Cumple

    C2

    40

    55/49

    Cumple

    E1

    43

    46/48

    Cumple

    F1

    42

    55/50

    Cumple

    G1

    41

    45/42

    Cumple

    G2

    38

    44/38

    Cumple

    G3

    39

    44/40

    Cumple

     

    Los niveles de ruido estimados por el proyecto en su etapa de construcción y operación cumplen con lo establecido por la norma.

     

     

    Respuesta 1.7:

     

    Ver respuesta a pregunta 1.9 de la presente Adenda, donde se incluye representación gráfica de torre y aporte sonora de cada fase.

     

    Respuesta 1.8:

     

    Ver respuesta a pregunta 1.9 de la presente Adenda, donde se corrige la fórmula utilizada en la proyección sonora.

     

    Respuesta 1.9:

     

    Se rectifican las estimaciones de ruido considerando todas las fases y números de conductores. Se corrige además la expresión del modelo de cálculo, de acuerdo a lo siguiente:

     

    RAi = 2 Ei + 45 log (d) + 18 log (N) – 0.3 – 10 log(Ri)

     

    Donde:

    Ei es el campo eléctrico en la superficie del conductor en Kv/cm,

    d es el diámetro del conductor en cm, el que corresponde a 2,445 cm,

    N el número de conductores por fase,

    Ri la distancia del conductor al punto de cálculo en metros.

     

     

    El Proyecto contempla la operación de un circuito de tres fases cada una compuesta por cuatro conductores. La tabla siguiente especifica las características de cada una de ellas.

     

    Tabla 7. Campo eléctrico y conductores para las distintas fases.

     

    Fase

    Kv/cm

    Nº Conductores

    1

    16.73

    4

    2

    17.55

    4

    3

    14.65

    4

     

    Los valores indicados en la tabla anterior se obtuvieron del Anexo H del EIA con RCA 050/2012, “Estudio de Campos Electromagnéticos”.

     

    La siguiente Figura presenta la representación gráfica de una torre.

     

    Figura 3. Presentación esquemática de torre.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

     

    Las proyecciones sonoras a los distintos receptores se efectúan en base al modelo FORSCHUNGSGEMEINSCHAFT FÜR HOCHSPANNUNGE UND HOCHSTROMTECHNIK E. V. (F.G.H.), considerando la corrección por distancia allí señalada.  Las proyecciones sonoras se efectuaron con las siguientes condiciones climáticas: 10ºC de temperatura ambiental y de 90% de humedad.

     

    La altura mínima que debe tener el conductor, según el cálculo indicado por la norma NSEG 5 En 71, corresponde a 9 metros. Se consideró esta altura, 9 metros, para representar la condición más desfavorable.

     

    En la tabla siguiente se presentan los parámetros de entrada para el modelo y los resultados obtenidos considerando las tres fases.

     

     

    Tabla 8

     Aporte Sonoro de las distintas fases y nivel total sobre los receptores sensibles al ruido.

     

    Variante

    Receptor

    Altura

    receptor (msnm)

    Altura línea

    (msnm)

    Distancia efectiva a la línea (m)

    Nivel Sonoro

    Fase 1 (dB)

    Nivel Sonoro

    Fase 2 (dB)

    Nivel Sonoro

    Fase 3 (dB)

    Total Fases

    (dB)

    1

    F 1

    382

    377

    247

    37

    39

    33

    42

    2

    E 1

    365

    368

    205

    38

    40

    34

    43

    3

    C 1

    451

    651

    325

    35

    37

    31

    40

    C 2

    461

    651

    343

    35

    37

    31

    40

    4

    G1

    717

    767

    265

    37

    38

    33

    41

    G2

    691

    767

    514

    34

    36

    30

    38

    G3

    628

    780

    434

    34

    36

    30

    39

     

    Finalmente, la tabla siguiente evalúa el nivel de ruido total con respecto al límite normativo establecido por el D.S.38/11 del MMA.

     

    Tabla 9. Evaluación de cumplimiento normativo.

     

    Punto

    Nivel estimado por el proyecto (dB)

    Límite Normativo

    Diurno/nocturno (dB)

    Nivel de cumplimiento

    F1

    42

    55/50

    Cumple

    E1

    43

    56/48

    Cumple

    C1

    40

    65/50

    Cumple

    C2

    40

    55/49

    Cumple

    G1

    41

    45/42

    Cumple

    G2

    38

    44/38

    Cumple

    G3

    39

    44/40

    Cumple

     

     

     

    Es posible advertir que los niveles de ruido estimados durante la etapa de operación de la línea de tensión cumplen con la norma considerando el escenario más desfavorable, que corresponde al efecto corona originado bajo condiciones de alta humedad ambiental.

     

    Si bien los puntos receptores de la Variante 4 (puntos G1, G2 y G3) se encuentran en el límite normativo, dichas estimaciones son representativas de un escenario desfavorable que tal como se indicó, en la DIA presentada, corresponde al efecto Corona, el que aumenta bajo condiciones de alta humedad, acotada a la estación invernal, sin embargo, para efectos de asegurar el cumplimiento normativo, una vez entre en operación la línea y bajo condiciones de alta humedad, se implementará una campaña de medición de NPC en dichos puntos de acuerdo a la metodología establecida en el D.S.38/11del MMA o norma vigente a la fecha. Los resultados de dichas mediciones se informarán a la Autoridad Ambiental respectiva.

     

     

    Cursos de aguas:

     

    Respuesta 1.10:

     

    Tal cual se indicó en la DIA presentada, el Proyecto mantendrá los mismos estándares de construcción y de protección al medio ambiente establecidos en el EIA aprobado mediante RCA Nº 050/2012.

     

    De acuerdo a lo anterior, en el Capítulo 1, apartado 1.2.7.3 del EIA aprobado, se identificaron los cuerpos de agua que cruza la línea. Posteriormente se indica que el diseño de las obras y la localización de las estructuras que forman parte del proyecto se ha realizado de tal forma de evitar cualquier tipo de intervención de quebradas y cauces naturales, siendo estos de forma aérea. En este sentido, el trazado de las variantes es básicamente paralelo al trazado original, y por lo tanto no se intersecan nuevos cursos de agua que los que ya fueron identificados en el EIA aprobado mediante RCA Nº 050/2012.

     

    En el mismo Capítulo indicado en el párrafo anterior, se señala que la excepción la constituye el cruce de los ríos Maule, Teno y Peuco, donde se proyecta la instalación de estructuras. Al respecto, las cuatro variantes presentadas a evaluación se localizan fuera de los citados ríos.

     

    Por lo tanto, se reitera que el Proyecto “Modificación al Trazado Línea Ancoa - Alto Jahuel 2x500kV, Primer Circuito” no intervendrá ni alterará los cursos de aguas presentes en las zonas donde se proyecta la implementación de las variantes, ya sea superficial o subterráneo.

     

    Flora y fauna:

     

    Respuesta 1.11:

     

    El método de tendido del conductor a utilizar en las 4 variantes que se presentan en esta modificación, corresponde al mismo método presentado en el proyecto aprobado mediante la RCA 0050/2012, donde el Titular no considera una intervención de la vegetación mayor a la presentada en los antecedentes del PAS 102 (ver actualización en Anexo B de esta Adenda).

     

    A mayor abundamiento, en el numeral 1.4.2.2.5 del EIA aprobado con RCA 050/2012, se comprometió el siguiente procedimiento de tendido del conductor:

     

    …Una vez instalados los conjuntos (de aislación) se procederá a situar las poleas que se utilizarán para el tendido de los conductores. Para ello se seguirá un procedimiento similar al indicado para los conjuntos de aislación.

     

    Previo a la instalación del conductor, este debe ser pre tensado. Esto consiste en el estiramiento del conductor a una tensión adecuada, para lo que se utilizarán franjas de seguridad que se encuentren mayormente despejadas.

     

    Posteriormente se tenderá el cable guía y el conductor por medio de un huinche. Con el freno se controlará la tensión del cable de guía y del conductor, de modo que este corra sobre una distancia segura respecto del suelo, quebrada, laderas, etc. Éstos se dejarán instalados a una altura prudente listos para su tensado. Una vez que el conductor se haya tendido entre todas las estructuras seleccionadas en el tramo del lanzamiento del conductor y su correspondiente cable de guardia, se procederá al tensado hasta llevarlos a la tensión proyectada.

     

    Finalmente, se fijarán mecánicamente los conductores a las cadenas de suspensión y anclaje, en el caso del cable de guardia a los herrajes correspondientes.

     

    En caso de producirse interferencias con el tendido del conductor, como, caminos, canales, otras líneas, etc., se procederá a la instalación de postes auxiliares de madera, los cuales ayudan a elevar los cables (conductor y guardia),y a no interferir con los servicios de éstos, además se solicitarán los permisos correspondientes a cada caso.

     

    Al conductor instalado se le dará la tensión precisa que se requiere para las condiciones ambientales que se presentan en el momento del tensado. Una vez tensado el conductor, será asegurado a la cadena de aisladores para lo cual se fija en la grampa de suspensión respectiva.

     

    Una vez finalizado el tensado, se retirarán las poleas y se engramparán en los respectivos conjuntos de aislación.

     

    Se confeccionarán los puentes requeridos en las estructuras de anclaje y remate, estos últimos tienen por objeto facilitar la operación de la línea, considerando:

     

    ·         Numeración de las estructuras.

    ·         Colocación de la placa de peligro.

    ·         Colocación de las protecciones antitrepantes.

    ·         Colocación de balizas de señalización para el tránsito aéreo.

     

    A mayor abundamiento, se presenta a continuación la respuesta 1.39 incluida en Adenda 1 del EIA relacionada con el tendido del conductor en sector de vegetación nativa:

     

    En el caso de quebradas inaccesibles, y para dar cumplimiento al Decreto 82/2011 del MINAGRI, la instalación de los conductores en dichas áreas consistirá en tender el cable piloto en varias fases, siendo el primer paso el tendido en forma manual, de una cuerda de ¼” por encima de la vegetación, hasta que quede sobrepuesto en todo el tramo, para posteriormente, con esta cuerda traer otra más gruesa de ¾”. Una vez cubierto todo el tramo se tira un pilotillo de acero, manteniéndolo en el aire todo el tiempo hasta completar el tramo a tender, de una sola vez. Con los extremos del acero o piloto en cada máquina (huinche y freno) se procederá a tirar el conductor con tensión controlada. De esta forma no será intervenida mayor vegetación que la declarada en esta evaluación.

     

     

    Respuesta 1.12:

     

    Las cuatro variantes descritas en el Proyecto presentado en la DIA, corresponden a un desplazamiento paralelo del eje de la línea para sectores acotados del trazado original. Las Variantes 1 y 3 presentan un desplazamiento mayor al área de estudio de línea base presentada en el EIA original para algunas de las componentes ambientales.

     

    De manera ilustrativa, a continuación se presenta, para el caso de las componentes flora, vegetación y fauna, figuras comparativas de las Variantes 1 y 3 con los trazados originales y con el ancho de prospección, donde se aprecia que las variantes se desplazan fuera del ancho de prospección de la línea base original (300 metros a cada lado del eje de la línea), y por lo tanto, al no estar levantado el sector de las Variantes 1 y 3 se procedió a elaborar una nueva línea base para la modificación del trazado.

     

     

     

    Figura 4. Áreas de prospección flora y fauna línea base original y Variante 1.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

     

    Figura 5. Áreas de prospección flora y fauna línea base original y Variante 3.

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

     

    Esta misma situación se observa en los componentes de ruido, arqueología, paisaje y geología, geomorfología y riesgos, razón por la que se ejecutó para estas componentes un nuevo levantamiento de línea base para las Variantes 1 y 3, presentado en Anexo 6 de la DIA.

     

     

    Respuesta 1.13:

     

    El titular hizo referencia indistintamente a huellas de acceso, habilitación de caminos de acceso o simplemente huellas en el ítem “Huella” del Proyecto, por lo tanto, no hay diferencia en sus características. En la Tabla 2-19 de la Declaración de Impacto Ambiental se presenta la afectación total por dicha obra.

     

    Adicionalmente, en relación a las huellas de acceso se aclara lo siguiente:

     

    a)    En la Variante 2, la conexión a un camino existente para la huella de acceso de las torres 98/2 y 99/1 se realiza mediante la huella a la torre 98/1, la cual ya fue evaluada y aprobada ambientalmente mediante la RCA Nº 050/2012. En Anexo D, Lámina 1, se presentan las huellas indicadas. Adicionalmente, en esta misma figura, se aprecia la huella que conecta las estructuras 99/2 con 100/1, la cual se desarrolla bajo el trazado de la línea y cuya superficie está considerada en el respectivo PMF.

     

    b)    Para la Variante 3, en Anexo B se presentan la cartografía del PMF, donde se muestra la delimitación de bosque nativo y la ubicación de las huellas de acceso, mostrando claramente que la huella de acceso a la estructura 154/1 llega hasta la torre. Lo anterior ya que en el Anexo 7 de la DIA presentada pareciera que dicha huella finaliza en el borde de la franja de seguridad, debido a que no se incluye dicha área ya que corresponde a matorral, vegetación que no está sujeta a la presentación de PMF.

     

     

    Paisaje:

     

    Respuesta 1.14:

     

    En Anexo E adjunto al presente Adenda, se presenta el fotomontaje de los sectores solicitados donde se compara el trazado original aprobado por la RCA Nº 0050/2012 y el propuesto en la DIA presentada.

     

     

    Patrimonio Cultural:

     

    Respuesta 1.15:

     

    De acuerdo con información suministrada por la encargada de la Oficina de Asuntos Indígenas de la I. Municipalidad de Rengo, no existen asentamientos indígenas con propiedad de tierras en la comuna. La Asociación Indígena Epu Newen corresponde a una asociación con personalidad jurídica que logró la adjudicación de viviendas básicas, las cuales se localizan en el área urbana de la comuna de Rengo.

     

    Adicional a lo anterior, las obras y actividades de la Variante 3 se emplazan completamente en cuatro predios privados correspondientes a asociaciones agrícolas. La siguiente Figura muestra el emplazamiento de las obras de la Variante 3 y los predios particulares sobre los cuales se sitúa y el sector urbano de Rengo. Si bien el análisis incluyó las tres zonas urbanas presentes en la comuna de Rengo: Rengo, Esmeralda y Rosario, el sector urbano de Rengo es el que se encuentra más cercano al proyecto y es donde la I. Municipalidad de Rengo informó que se localiza la Asociación Indígena Epu Newen.

     

     

    Figura 6. Límite urbano Plan Regulador Rengo, Variante 3 y predios particulares relacionados.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

    Considerando que la Variante 3 se localiza en área rural, emplazada completamente sobre predios particulares de asociaciones agrícolas, se concluye que no existe población indígena en el área de obras y actividades del Proyecto.

     

    La información fue obtenida de la página web de la municipalidad de Rengo (http://www.municipalidadrengo.cl/?page_id=181) y corresponde al instrumento de Planificación Territorial publicado en el Diario Oficial de la República de Chile el 14 de Abril de 2009. Según la información recopilada, el área urbana se encuentra alejada aproximadamente a 4 km de la línea de transmisión y franja de seguridad (área de influencia directa del proyecto).

     

     

     



2. Normativa de carácter ambiental aplicable

    Pregunta

    2.1.En el numeral 4.1.6 de la DIA “Recursos Naturales”, en la ficha correspondiente a Bosque Nativo y Formaciones Xerofíticas, Decreto Supremo N° 68, “Relación con el Proyecto” se indica lo siguiente “Las especies arbóreas listadas en dicho decreto que conforman bosque y que serán intervenidas por el proyecto corresponden a: Lithrea caustica-Azara integrifolia y Nothofagus obliqua-Cryptocarya alba, entre otras, en variante 1”, sin embargo, en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles de la Provincia de Talca (Anexo 7 de la DIA), no se mencionan las especies Nothofagus obliqua y Azara integrifolia. Además, en la misma ficha también se señala lo siguiente “En la Variante 3 no hay formación de bosque de las especies establecidas en el DS 68”, información que difiere con lo presentado en los respectivos Planes de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles, presentados en el Anexo 7 de la DIA. Al respecto, se solicita al Titular aclarar y rectificar dicha información.  

    2.2. De acuerdo a lo indicado en el Ord. N° 755 de la Ilustre Municipalidad de Rengo, “al interior del predio rol 213-43 de la comuna de Rengo, cuyo titular de dominio es Pino Azul S.A., existen manantiales declarados fuente curativa que deben ser debidamente catastrados, especificados, tipificados, analizados y georreferenciados.


    Los manantiales decretados como Fuente Curativa ubicados en el predio rol 213-43 son al menos dos, y fueron así declarados mediante Decreto N° 613 exento del Ministerio de Salud publicado en el Diario Oficial de la República de Chile, el Jueves 9 de diciembre de 2004”
    .

    Se solicita indicar cómo dará cumplimiento al Decreto N° 106, de 1997, del Ministerio de Salud y al DFL 237, de 1931, del Ministerio de Bienestar Social, en consideración al Decreto Exento N° 613, de 2004, del Ministerio de Salud, que declara "Fuente Curativa" el agua mineral de las fuentes denominadas Malambo, Sin Nombre N°2 y Sin Nombre N°3, ubicadas en el Fundo el Encanto, Comuna de Rengo. Al respecto, se solicita realizar un análisis para determinar si la construcción de la obra produce alguna alteración, disminución o extinción de la fuente de agua, acompañar con un plano indicando las obras en dicho predio e indicar como dará cumplimiento a lo establecido en los Decretos anteriormente mencionados. 

    Respuesta

      

    Respuesta 2.1:

     En el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos de la Provincia de Talca (Variante 1) se menciona Nothofagus oblicua en la tabla Nº 5.3, predio Nº 4.  Respecto a la Azara integrifolia, no corresponde incluirla en el PMF por ser una especie arbustiva, todo esto conforme a lo establecido en la Ley Nº 20.283.

     

    En la Variante 3, es válido lo indicado en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos, por lo que rectifica lo indicado en la DIA y se agrega en la ficha correspondiente a Bosque Nativo y Formaciones Xerofíticas, Decreto Supremo N° 68, página 4-35: "Las especies arbóreas listadas en dicho decreto que conforman bosque y que serán intervenidas por el proyecto en la Variante 3 corresponden a: Quillaja saponaria-Lithrea caustica y Acacia caven."

     

     

    Respuesta 2.2:

     

    Efectivamente, el Decreto Nº 613 declara fuente curativa el agua mineral proveniente de las fuentes ubicadas en el Fundo El Encanto, de propiedad de Pino Azul S.A. Las fuentes, según lo informado en el Decreto, tienen la siguiente ubicación en coordenadas UTM: 6.155.510 Norte, 332.495 Este.

     

    Las fuentes curativas son declaradas mediante decreto por el Ministerio de Salud, y el perímetro de protección de la fuente curativa lo otorga el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), previa solicitud del interesado.

     

    En la preparación de esta Adenda se consultaron los servicios públicos involucrados en la gestión de estas fuentes curativas: Ministerio de de Salud (SEREMI VI Región) y Dirección General de Aguas (DGA). Según se confirmó mediante consultas a ambos organismos, las fuentes declaradas en el DS Nº 613 no tienen perímetro de protección, por lo que no hay parámetro técnico para demostrar que no hay influencia en la protección de las fuentes. Se adjunta en Anexo F respuesta enviada por el Ministerio de Salud (SEREMI VI Región).

     

    No obstante lo anterior, es importante mencionar que en el EIA original, el trazado evaluado y aprobado mediante RCA 050/2012, el punto más cercano, se encuentra a 440 m de la fuente y la Variante 3 se encuentra a 1280 m. En efecto, la Variante 3 se aleja aún más de la fuente respecto al trazado aprobado mediante RCA 050/2012. En la figura siguiente se presenta la ubicación de la fuente según el DS Nº 613, el trazado original y la variante que se presenta en la DIA. En cuanto a cotas referenciales tomadas de Google Earth, la cota de terreno de la fuente curativa es 359 m.s.n.m mientras que la cota de la torre más cercana del trazado (154/2-V-57) ya aprobado corresponde a 418 m.s.n.m. La cota de la torre 154/2 de la variante se ubica a una cota de 665 m.s.n.m. Cabe recordar que la profundidad de excavación de las fundaciones de las torres es de 3,5 m por lo que esta distancia es poco significativa.

     

    Considerando lo anterior, se concluye que la construcción de la obras no producirá alguna alteración, disminución o extinción de la fuente de agua.

     

    Figura 7. Alejamiento de la variante de la fuente curativa respecto al trazado aprobado con RCA 050/2012.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)



3. Permisos Ambientales Sectoriales

    Pregunta

    PAS 102:

    3.1. Con respecto a los permisos ambientales sectoriales presentados, para los Planes de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos y Plantaciones para ejecutar obras civiles (Anexo 7 de la DIA), se solicita al Titular corregir la cartografía, dado que las etiquetas de los polígonos de corta no dejan apreciar las áreas de corta. Adicionalmente, se solicita corregir la leyenda referida al “Tipo de Forestación”, dado que ésta corresponde al Tipo Forestal o especie a intervenir. 

    3.2. Con respecto a los permisos ambientales sectoriales presentados, para el caso del Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles para las regiones del Maule, Libertador General Bernardo O’Higgins y Metropolitana, se solicita al Titular completar la información entregada en la Tabla 2.4 de dichos planes, donde no se presenta el detalle de las superficies por uso de suelo ni las unidades, y especificar a qué corresponde la columna "otros usos". Adicionalmente, en numeral 5.3 “Vegetación” se solicita incluir una descripción de la vegetación a intervenir. 

    3.3. Respecto a los objetivos de corta presentados en el numeral 3 de los Planes de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles para las provincias de Talca, Curicó, Cachapoal y Maipo, se solicita al Titular precisar las obras que se llevarán a cabo de modo que coincidan con las presentadas en el numeral 5, descripción del área a intervenir. 

    3.4. Respecto al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles de la Provincia del Maipo, en el numeral 6.1 “De la Corta”, el área a intervenir 2.3 tiene Clase capacidad de uso III, sin embargo, esta área en el Plano 484 6.2.E-2 (Anexo 7 de la DIA) se señala como clase VII. Por otro lado, el polígono 3.1 que aparece en la Tabla 6.1 de dicho Plan, no se ve reflejado en la vista general de la cartografía. Al respecto, se solicita al Titular aclara y/o rectificar dicha información. 

    3.5. Respecto al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles de la Provincia del Cachapoal, se solicita al Titular corregir el formato de la Tabla del Plano PL 350 5.2.E-2 (Anexo 7 de la DIA), de forma tal que la columna “Especies a intervenir” se observe completamente. Adicionalmente se solicita incorporar en la cartografía, el curso de agua temporal informado en el punto 5.2 del formulario. 

    3.6. Respecto al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Plantaciones para ejecutar obras civiles de la Provincia de Curicó, en el numeral 3.1 “Suelos”, se solicita al Titular especificar a qué se refiere con C.A.P.F. en la columna referida al Régimen Legal, y revisar la consistencia de dicha tabla. Por otro lado, en el numeral 5.2 “De la reforestación”, se solicita revisar la consistencia y pertinencia de lo allí señalado respecto a los sitios de reforestación. 

    3.7. Respecto al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Plantaciones para ejecutar obras civiles de la Provincia de Talca, en el numeral 3.1 Suelos, se solicita al Titular especificar a qué se refiere con C.A.P.F. en la columna referida al Régimen Legal, y revisar la consistencia de dicha tabla. 

    3.8. Respecto a las medidas de protección contra incendios forestales en el numeral 7.3 descritas en los Planes de Manejo Corta y Reforestación, tanto de Bosques Nativos y Plantaciones para ejecutar obras civiles, se solicita al Titular especificar las medidas del punto “Ordenación de combustible”, detallando cuáles son las formas seguras para la extracción, trozado y acopio de los árboles volteados. 

    Respuesta

      

    PAS 102:

     

    Respuesta 3.1:

     

    En el Anexo B se presenta la cartografía actualizada según los comentarios expuestos. De de forma adicional se incluyen los shape y kmz de corta en bosque nativo para cada provincia en el mismo Anexo citado.

     

    Respuesta 3.2:

     

    Se acoge la observación y en Anexo B se adjunta los respectivos Planes de Manejo de Corta y Reforestación con la información solicitada.

     

    Con respecto a la definición de “otros usos” esta hace relación a si los predios en cuestión tienen un uso distinto a bosque nativo pero no necesariamente excluyente, esto puede ser además de bosque nativo tener actividad agrícola, praderas, habitacional, etc.

      

    Respuesta 3.3:

     

    Se acoge la observación y en Anexo B se adjunta los respectivos Planes de Manejo Forestal con la información solicitada

     

    Respuesta 3.4:

     

    Se rectifica la información, en el Anexo B se adjunta los respectivos Planes de Manejo Forestal con la información correspondiente.

     

    Respuesta 3.5:

     

    Se acoge la observación y en Anexo B se adjunta la respectiva cartografía actualizada para los Planes de Manejo Forestal.

     

    En relación a la incorporación en la cartografía, de la Quebrada el Popeta, esta se encuentra aproximadamente a 2.6 kilómetros del deslinde Este del predio (PL 350 5.2.E-2), por esta razón no se incluye en la cartografía, corrigiendo el formulario respectivo.

     

    Respuesta 3.6:

     

    Se informa que la Sigla C.A.P.F corresponde a predios Calificados de Aptitud Preferentemente Forestal, información que determina el régimen legal para los predios.

     

    Tal como se indica en la Guía de Evaluación Ambiental elaborada por la Corporación Nacional Forestal, el sitio de reforestación se evaluará de manera sectorial, el que deberá cumplir con los criterios de carácter general dispuestos por la Corporación y las medidas de protección para prevenir daños por incendio, plagas y enfermedades. El titular cumplirá en todo momento con la legislación forestal y ambiental aplicable.

     

    Respuesta 3.7:

     

    Se informa que la Sigla C.A.P.F corresponde a predios Calificados de Aptitud Preferentemente Forestal, información que determina el régimen legal para los predios.

     

    Respuesta 3.8:

     

    La ordenación de combustible en el punto mencionado, corresponde a la ordenación de los residuos prevenientes de la corta.

    A continuación se detalla las formas seguras para la extracción, trozado, de igual manera, se detalla el procedimiento de acopio de los arboles volteados.

     

     Etapa extracción:

      ·         Se despejará la base del árbol a cortar y se habilitará una vía de escape para el Motoserrista.

    ·         Los árboles se cortarán siempre de tal forma que su caída sea en la misma dirección de la línea.

    ·         Los árboles a cortar se amarrarán con piolas de acero de 5/8” de diámetro y se manejarán en su caída con tecle tipo Tirfor de 1.5, 3 ó 5 ton, según corresponda con las dimensiones del árbol.

    ·         Instalar la puesta a tierra en las piolas de acero, conectadas a barrenos antes del lugar de manipulación del encargado del tecle.

    ·         Una vez instaladas y tensadas las piolas, y a la orden del Jefe de Faena, se hará el corte de caída y el de dirección según procedimiento, luego de los cuales el Motoserrista se retirará del lugar.

    ·         A continuación se procede a tirar el árbol coordinadamente hasta derribarlo.

     

    Etapa Trozado

     El trozado se hace en distintos largos, de acuerdo al producto final a obtener.

     

    Acopio

     Al finalizar el trozado de los fustes, estos deben ser apilados a orilla de camino para mantener el orden del lugar intervenido, además el lugar en el que se encuentra la torre debe ser despejado colocando todo el material vegetacional (arbustos, ramas, etc.) en fajas paralelas a las curvas de nivel para evitar erosión laminar.

     

    Generación de residuos como maderas, alambre, clavos, los que una vez terminada la actividad serán retirados y llevados a la instalación de faena donde se almacenarán en el patio de salvataje, para posteriormente ser reutilizados o llevados a un botadero autorizado.



4. Acerca de si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente

    Pregunta

    3.1. En la Tabla 5-2 de la DIA, para la letra k, se hace mención que en la Variante 1 serán intervenidas las especies Lithrea caustica-Azara integrifolia y Nothofagus obliqua-Cryptocarya alba, entre otras, sin embargo, en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles de la Provincia de Talca, no se mencionan las especies Nothofagus obliqua y Azara integrifolia. Por otro lado, se menciona que para la Variante 3 no hay formación de bosque de las especies establecidas en el D.S. N° 68, de 2009 del Ministerio de Agricultura, información que difiere con el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para ejecutar obras civiles de la Provincia del Cachapoal. Al respecto, se solicita al Titular aclarar y rectificar dicha información y evaluar si se generán impactos ambientales. 

    3.2. Se solicita al Titular presentar los antecedentes que fundamentan lo declarado en la Tabla 5-2, literal f, de la DIA, en cuanto a que no se prevén efectos sobre fauna, derivados del ruido y las vibraciones que generará el Proyecto, en consideración a cada una de sus fases. 

    3.3. Se solicita al Titular presentar una caracterización de los recursos bióticos de la variante 4, entre ellos flora y fauna, considerando la nueva franja de prospección y además descartar que en dicho lugar existan rutas migratorias de especies de fauna, sitios de nidificación, desplazamiento de fauna, entre otros, con la finalidad de fundamentar que en dicho lugar no se generan algunos de los efectos, características o circunstancias del art. 11 letra b) de la Ley 19.300.  

    3.4. En base a los antecedentes solicitados en el numeral 1.14 (paisaje) del presente Informe, se solicita al Titular descartar que se generen los impactos del art. 11 letra e) de la Ley 19.300.

    Respuesta

      

    Respuesta 3.1:
     

    En el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos de la Provincia de Talca (Variante 1) se menciona Nothofagus oblicua en la tabla Nº 5.3, predio Nº 4.  Respecto a la Azara integrifolia, no corresponde incluirla en el PMF por ser una especie arbustiva, todo esto conforme a lo establecido en la Ley Nº 20.283.

     

    En la Variante 3, es válido lo indicado en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos, por lo que rectifica lo indicado en la DIA y se agrega en la ficha correspondiente a Bosque Nativo y Formaciones Xerofíticas, Decreto Supremo N° 68, página 4-35: "Las especies arbóreas listadas en dicho decreto que conforman bosque y que serán intervenidas por el proyecto en la Variante 3 corresponden a: Quillaja saponaria-Lithrea caustica y Acacia caven."

     
     
     
    Respuesta 3.2:
     

    De acuerdo al criterio establecido por la United States Environmental Protection Agency (EPA); “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, 1971, se establece que las aves presentan un rápido acostumbramiento al ruido, evidenciando un aumento del ritmo cardiaco ante la presencia de depredadores. El informe final del Comité sobre el problema del ruido (1963) estableció que para asustar a las aves se requiere un nivel de presión sonora de 85 dB.

     

    De igual manera, se indica que en los reptiles se obtiene una dosis destructiva con niveles sonoros sobre 114 dBA y tiempo de exposición sobre 7 días, mientras que niveles en torno a 63 dBA no generan cambios conductuales sobre otras especies como lobos y coyotes.

     

    En definitiva, considerando el nivel de emisión sonora de las líneas y acotado radio de acción, no se estiman efectos significativos sobre la fauna existente en el entorno del Proyecto, tanto en su etapa de construcción como en su etapa de operación (ver emisiones de ruido en respuesta a observación 1.9 de la presente Adenda).

     

    En forma complementaria a lo anterior expuesto, se debe considerar el amplio desconocimiento que existe en la materia, más cuando la potencial afectación señalado, afectaría a taxas muy disimiles (algunas con amplia capacidad de desplazamiento, otras más restringidas).

     

    En primer lugar el grado de percepción depende del sistema auditivo de cada especie, esperándose para distintas especies, distintas reacciones expuestas a una misma fuente sonora, por lo tanto, no se puede emplear un mismo criterio de evaluación para todas las especies animales. Otro aspecto a considerar son las condiciones de ruido de fondo que existen en el entorno del hábitat. Si el nivel de ruido asociado a una determinada actividad se confunde o enmascara con el ruido de fondo, es de esperar una nula o poca reacción, mientras que si el nivel de ruido de fondo es bajo con respecto al proyecto es posible esperar algún tipo reacción. En este sentido se puede señalar que algunas especies logran un nivel de “acostumbramiento” a un determinado entorno sonoro, sin embargo, eventos ruidosos de corta duración y alta energía pueden generar un estado de alerta del animal.

     

    Por lo tanto, la evaluación sobre la fauna existente, no es posible realizarla sobre un límite predefinido que implique un determinado filtro de ponderación (para el ser humano se utiliza el filtro “A”), sino que más bien el análisis se debe efectuar sobre un probable cambio de sus actuales condiciones acústicas, es decir, una modificación sobre el entorno sonoro. En este sentido, las obras proyectadas no generaran un nivel de ruido significativamente mayor al ya existente en el área.

     
     
    Respuesta 3.3:
     

    Introducción

     

    Mediante el análisis que sigue se demostrará que la Variante 4 del Proyecto no genera algunos de los efectos, características o circunstancias del art. 11 letra b) de la Ley 19.300. Para mayor claridad, se ha separado la respuesta en un análisis relevante de la componente flora, de la componente fauna, y finalmente una actualización del análisis de pertinencia relativo a las componentes citadas para esta variante.

     

    De acuerdo a lo indicado en el apartado 1 del Anexo 6 de la DIA presentada, la Variante 4 se emplaza en su totalidad dentro del área de línea base para las componentes de flora, vegetación y fauna del EIA aprobado mediante RCA 050/2012.  En efecto, el trazado de la línea de la Variante 4 se encuentra aproximadamente a 220 m en el sector más alejado con el trazado de la línea del EIA original.

     
    Información relevante en cuanto a flora.
     

    La Variante 4 se localiza completamente al interior de la franja de prospección de Flora y Vegetación (300 metros a cada lado del eje de la línea), definida para el EIA aprobado mediante RCA 050/2012. A partir de la información presentada en la Línea de Base Ambiental del proyecto aprobado mediante RCA 050/2012, ha sido posible identificar de manera específica las formaciones vegetales y especies de flora presentes en los sectores en donde se localizan las respectivas obras que conforman la variante 4.

     

    A partir del análisis de la rodalización presentada como parte de la Línea de Base Ambiental del EIA aprobado, fue posible comprobar que con la implementación de la Variante 4 no se afectan ni formaciones ni especies de flora distintas de las informadas por el proyecto aprobado con RCA 050/2012. A continuación se presenta el detalle de las formaciones vegetales afectadas por las obras consideradas en la Variante 4. 

     

     Tabla 10. Formaciones vegetales afectadas por infraestructura de la Variante 4.


    Infraestructura

    Formación vegetal

    Observación

    Estructura 231/2-V89C

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria) y Espino (Acacia Caven).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Estructura 231/3-V90A

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria) y Espino (Acacia Caven).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Estructura 232/1

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria) y Espino (Acacia Caven).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Estructura 232/2

    Pradera con árboles o arbustos aislados

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Estructura 233/1-V-90B

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria), Espino (Acacia Caven) y Litre (Lithrea caustica).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Total de las Huellas

    de Acceso de la Variante 4

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria), Espino (Acacia Caven) y Litre (Lithrea caustica).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Total de la Franja de

    Mantención (catenaria)

    de la Variante 4

    Bosque nativo

    Especie predominante: Quillay (Quillaja Saponaria), Espino (Acacia Caven) y Litre (Lithrea caustica).

    No se encuentran especies en Categorías de Conservación.

    Nota: En esta variante no hay PLC.

     

    De acuerdo a lo anterior, en lo que respecta a componente Flora y Vegetación, las estructuras, huellas de acceso y la franja de mantención de la Variante 4 se emplazan principalmente sobre bosque nativo constituido predominantemente por Quillay, Espino y Litre, especies que no presentan categoría de conservación de acuerdo a los instrumentos legales vigentes. La estructura 232/2 se emplaza sobre la formación vegetal pradera.

     

    Información relevante en cuanto a fauna.

     

    Al igual que para el caso de la componente Flora y Vegetación, la caracterización de la Fauna asociada a la Variante 4 se obtuvo a partir de la información presentada en la Línea de Base del proyecto aprobado mediante RCA 050/2012. Adicionalmente, se obtuvo mayores antecedentes relativos al componente de Fauna a partir de una campaña de monitoreo desarrollada durante la época de otoño de 2012, la que se realizó con la finalidad confirmar la vigencia de la información presentada en el EIA aprobado.

     

    ·         Antecedentes presentados el EIA Proyecto Línea Ancoa – Alto Jahuel 2X 500 kV: Primer Circuito

     

    En el marco del desarrollo de la Línea de Base del EIA que cuenta con RCA 050/2012, se cuenta con información de 2 puntos de observación cercanos a la Variante 4, correspondiente a los puntos 51 y 52 los cuales se sitúan en la región definida como RM Sur, emplazados en la formación vegetacional de tipo matorral esclerófilo, ubicados a 2 km aproximadamente del trazado original.

    A continuación se presentan los resultados de la línea de base del EIA del proyecto:

     

    a)    Análisis de riqueza de especies

     

    En relación a la riqueza de especies por sectores regionales, el sector RM Sur, que es donde se ubica la Variante 4 presenta una de las mayores riquezas. Esto se debe a la presencia de matorral esclerófilo, el cual de manera genérica presenta las condiciones necesarias para el desarrollo de esta característica.

     

    Sobre las abundancias por sectores regionales, en promedio, las aves no rapaces son las abundantes, presentándose los valores máximos en la VI Región; las aves acuáticas también son variables a lo largo del trazado y debiera estar asociado a la disponibilidad de humedales y la superficie asociada. Para el resto de las clases de vertebrados, por ejemplo, mamíferos, reptiles y aves rapaces aumentan sus abundancias hacia la RM Sur.

     

    Los resultados de las campañas de terreno realizadas en el marco del EIA con RCA 050/12 para los Puntos de Observación 51 y 52 arrojaron lo siguiente:

     

    Tabla 11. Distribución de las especies por punto de observación. (Tabla 2.4.2-3 del EIA)

     (ver Tabla en documento ADENDA PDF adjunto)

     

     b)    Categoría de conservación de las especies

     

    Para determinar el estado de conservación de las especies, se tomó como referencia las fuentes legales: D.S. 151/2007, DS 50/2008, DS 51/2008, DS 23/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y la Ley de Caza 19.473 y su Reglamento versión 2009. En la siguiente tabla se presenta estado de conservación de las especies registradas en terreno. Se citan aquellas fuentes legales que sólo contienen especies en categoría de conservación registradas durante las campañas de terreno.

     

    Tabla 12. Categoría de Conservación de Especies. (Tabla 2.4.2-14. Del EIA)

      (ver Tabla en documento ADENDA PDF adjunto)

     

    De acuerdo a la tabla anterior, correspondiente a la presentada en el EIA indicando sólo las especies detectadas en los puntos de observación 51 y 52 cercanos al área de la Variante 4, se encontraron 2 especies en categoría de conservación, que se encuentran en la Ley de Caza (2009) y el reglamento de la ley de caza. Considerando la ley de caza y su reglamento todas las especies de reptiles están catalogadas con algún grado de amenaza entre ellas, Philodryas chamissonis. Se suma la torcaza, Columba araucana, entre las aves no rapaces.

     

    Según el DS 151/07 el loro tricahue se encuentra en categoría Vulnerable, para las regiones donde se inserta la línea de transmisión (Tabla Nº 2.4.2-11 del EIA), sin embargo esta especie no fue identificada en las campañas de terreno desarrolladas en el contexto del EIA aprobado con RCA 050/2012.

     

    Se identificó una especie se encuentra en Peligro y con densidades poblacionales reducidas: la torcaza, Columba araucana y una especie vulnerable, Philodryas chamissonis. La gran mayoría de las especies son beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria o para el equilibrio de los ecosistemas naturales.

     

    c)    Conclusiones

     

    Entre las conclusiones presentadas en el EIA; se tiene lo siguiente:

     

    ·         Las principales riquezas de especies y en gran medida las principales abundancias, se concentraron en la parte norte del proyecto, donde el trazado se emplaza en ambientes más montañosos y menos degradados. En este caso, la Variante 4 se ubica en este sector norte. Gran parte de la riqueza se encuentra en ambientes de humedal, principalmente embalses, luego esteros y río.

     

    ·         En el caso de los anfibios, la presencia de especies se asocia a cursos de aguas menores entre formaciones vegetacionales silvestres o exóticas (plantación de pino). Si bien su presencia estuvo acotado principalmente a la zona sur del proyecto, estos debieran estar distribuidos hacia el norte, según se describe en la bibliografía consultada, pero la escasez de ambientes acuáticos propicios (tranques, esteros) asociados al área del proyecto, es menor.

     

    ·         En cuanto a los reptiles, Liolaemus lemniscatus (lagartija lemniscata), fue la más abundante y ampliamente distribuida tanto a nivel regional como a nivel de ambientes; cabe destacar que esta especie junto a L. tenuis, L. gravenhorsti (lagartija de Gravenhorst) y Phylodrias chamissonis (culebra de cola larga), fueron muy abundantes también en ambientes agrícolas.

     

    ·         Las aves rapaces se distribuyen a lo largo de todo el trazado con algunas singularidades para la zona sur del proyecto y para algunos ambientes; donde los ambientes de espinal y bosque esclerófilo alto reúnen las principales abundancias.

     

    ·         Respecto de las aves no rapaces, gran parte de ellas se distribuyen homogéneamente a lo largo del trazado de 250 km.

     

    ·         Respecto a los mamíferos mayores, el zorro (Lycalopex sp.), se distribuye a lo largo de todo el proyecto, las evidencias (fecas) indican su presencia principalmente en ambientes cerrados y menos degradados. Respecto a los micromamíferos, la comunidad está dominada por especies exóticas del género Rattus, debido a que gran parte del tendido cruza ambientes cercanos a asentamientos humanos y degradados históricamente. Thylamis elegans (yaca), fue la especie más abundante. El bosque esclerófilo alto y el matorral esclerófilo contiene las mayores abundancias de este grupo de especies.

     

    ·         Las especies en categoría de conservación y en sus diversos grados de amenaza, se distribuyen a lo largo de todo el trazado y también en todos los ambientes, aunque es el matorral esclerófilo, ambientes de humedal y el ambiente agrícola los que reúnen la mayor cantidad de especies amenazadas o con densidades poblacionales reducidas o endémicas. Existe un grupo importante de especies en las categorías En Peligro y Vulnerable.

     

    ·         Campaña de otoño 2012 - verificación de aves

     

    Durante el otoño de 2012 se realizó una campaña de terreno para el tramo de la Variante 4, con el objeto de verificar la vigencia de la información presentada en la línea de base del proyecto aprobado mediante RCA 050/2012. Los resultados de esta campaña se ajustan a lo detectado en la campaña de terreno desarrollada en el EIA aprobado, destacándose la caracterización de la avifauna del sector.

     

    La metodología utilizada en el avistamiento de aves fue la siguiente: para la localización de los ejemplares se utilizó el avistamiento directo, empleando para ello binoculares, en conjunto con el reconocimiento de vocalizaciones de las aves, además de la localización e identificación de plumas y nidos. En los ambientes de estudio, se definió transectas para la detección de aves. Las transectas tuvieron una longitud de 200 m y un ancho fijo de 50 m. Estas transectas son recomendables para grandes áreas abiertas ocupadas por ambientes homogéneos (Gibbons et al. 1996).

     

    En el área de estudio se detectó un total de 26 especies de aves todas ellas observadas en los 5 transectos realizados. 25 de estas especies son nativas y 1 especie introducida Callipepla califórnica (Codorniz). Se observó una especie con categoría de conservación; Columba araucana (Torcaza) la cual fue observada en los transectos 1, 2 y 3 y obtuvo una abundancia promedio de 2 individuos por hectárea. Esta especie es considerada como En Peligro por la Ley de caza para la región. De acuerdo al RCE (D.S N° 75, 2005), ninguna de estas especies ha sido aún clasificada.

     

    La especie que obtuvo la mayor densidad promedio fue el Curaeus Curaeus (Tordo) con 2,2 individuos por hectárea.

     


     

     

     

    Tabla 13. Especies de aves observadas, su estado de conservación y su abundancia (individuos por hectárea) por transecto.

      (ver Tabla en documento ADENDA PDF adjunto)

     

    Las conclusiones más importantes son: se observó una importante presencia de torcazas en las quebradas boscosas del sector. Del mismo modo, estas quebradas son hábitat de especies amenazadas como la Yaca, Puma y Zorros.

     

    ·         Análisis

     

    La Variante 4 se emplaza en el área de estudio del trazado original del EIA. Los antecedentes de Línea de Base indican la presencia de especies en categoría de conservación. La campaña de otoño antes mencionada permitió registrar las mismas especies que las presentadas en el proceso de evaluación del EIA. La Figura 8 presenta los puntos de observación utilizados en ambas fuentes de información.

     

    Cabe destacar que si bien el EIA indica que el loro tricahue corresponde a una especie en categoría de conservación (vulnerable) en las tres regiones por donde atraviesa la línea de transmisión, esta especie no fue detectada ni en la línea de base del EIA ni tampoco en la campaña adicional para el sector de proyecto.

     

    En relación con lo señalado, el Titular informa que tanto en la Línea de Base del EIA de referencia como en la campaña de otoño de 2012, no se observaron aves que puedan ser clasificadas como migratorias. Por otra parte, en los alrededores del área no se observan áreas importantes de concentración de fauna (humedales, barrancos), por lo que no es esperable la presencia de desplazamientos importantes de fauna, más allá de los movimientos propios de la fauna residente del sector. Por último, no se observó áreas de nidificación importantes.

     

     


     

     

    Figura 8. Emplazamiento Puntos de Observación Variante 4.

     

    (Ver Figura en dcocumento Adenda PDF adjunto)

     

    ·         Conclusiones

     

    Sobre la base de lo anteriormente presenta se realiza el análisis del Art. 11 letra b) de la Ley 19.300 que indica lo siguiente:

     

    Artículo 11. Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:

     

    b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire;

     

    Sobre la base de los antecedentes presentados, en el sector de la Variante 4 si bien se observó especies en categoría de conservación, no se generará efectos significativos sobre la cantidad ni la calidad los recursos renovables. Lo anterior debido a las características de proyecto (idénticas al proyecto aprobado con RCA 050/2012) y las especies detectadas a proteger (alta movilidad).

     

    El proyecto considera medidas de protección de la fauna (minimización de zonas a intervenir, entre otras) y su afectación mayor se concentra en la zona infraestructura de la Variante 4. Durante la etapa de construcción del Proyecto se producirá movimiento o alejamiento de ejemplares de vertebrados terrestres, reptiles y anfibios, debido a la modificación de condiciones del hábitat natural y/o al ser ahuyentados por la presencia humana. Sin embargo, en base al tipo de intervención, la mayor parte de la fauna tenderá a desplazarse desde los sectores intervenidos por los frentes de trabajo hacia zonas cercanas. Se plantea como medida de prevención la aplicación de un Plan de Perturbación Controlada del hábitat previo a las actividades de construcción de manera que al momento de iniciar las tareas de despeje de vegetación, las especies de fauna ya se hayan desplazado hacia sectores alejados del área a intervenir.

     

    El Proyecto considera mantener el estándar de manejo ambiental según lo establecido en la RCA 050/2012, el cual está focalizado en minimizar las áreas de intervención, optimizar la gestión interna de contratistas y trabajadores y restituir las áreas intervenidas.

     

    Cabe recordar que existen varias líneas de alta tensión en la zona, y que la experiencia nacional como internacional concuerda en que son las aves de gran tamaño y lento vuelo las más propensas a colisionar o electrocutarse. Lo anterior es minimizable con la adopción de medidas correctoras adoptadas en el EIA:

     

    ·         Dentro de los factores ambientales que podrían favorecer la colisión de aves, se puede mencionar la presencia de humedales, sectores de nidificación, sitios de alimentación y cursos de agua (SAG, 2004). Cabe señalar que en el área caracterizada por la línea de base de Fauna, en torno a emplazamiento del Proyecto, no fueron identificadas áreas de nidificación y/o alimentación de relevancia, probablemente debido a la alta intervención antrópica de la zona y a la existencia de otras líneas de transmisión eléctrica, además no se identifica presencia de humedales.

     

    En relación a los cursos de agua que atraviesa el Proyecto, donde pudiere ocurrir alto tránsito de aves se considera la implementación de visualizadores de línea (balizamiento), consistentes en la instalación de triángulos rojos de 30 cm o boyas rojas, los cuales permiten que las aves visualicen con mayor facilidad el sistema de transmisión eléctrico.

     

    ·         La electrocución sucede cuando el ave se posa en una línea de transmisión eléctrica y hace contacto simultáneamente con dos conductores a la vez. Durante la fase de operación, y en relación a las potenciales colisiones de aves con el cable guardia del proyecto, la bibliografía especializada (SAG, 2004) define que este riesgo se debe a que el menor diámetro del cable lo hace poco visible y por tanto, las aves no alcanzan a esquivarlo. En el caso de este proyecto, el cable guardia posee un diámetro de 16 mm, en función a dicho diámetro, es factible afirmar  que el ave será capaz de identificará el cable guardia alcanzando a evadirlo.

     

    Según se señala en SAG (2004), para el caso de aves grandes como las águilas, se sugiere una separación de las fases de 1,5 m. Cabe señalar que la configuración de las estructuras evaluadas, supera la separación de sus fases señalada. La separación entre los conductores supera los 6 metros, por lo cual no se prevé electrocución Proyecto en evaluación.

     

    Adicionalmente, el proyecto ha definido áreas de restricción, dentro de las que se encuentran las quebradas, lo que permite prever que no se afectarán especies de baja movilidad asociadas a los hábitats de quebradas (definida como humedal en el EIA). En particular esta medida protegerá el hábitat de la especie torcaza en las quebradas boscosas del sector. Estas zonas no se intervendrán con torres, y permitirá seguir realizando el tipo de vuelo bajo que acostumbran y no se destruirá su hábitat. Estas medidas permiten proteger las quebradas que son hábitat de especies amenazadas como la Yaca y Zorros.

     

    De acuerdo con lo indicado en el EIA, los mayores efectos sobre el hábitat se podrían verificar en zonas con menor riqueza de especies (plantaciones forestales). Al mismo tiempo, los sectores con mayores riquezas son los que presentan menor superficie de afectación de hábitat (humedal), ello da cuenta de que la definición de zonas de restricción responde a la protección de hábitat de alta riqueza de fauna nativa.

     

     

     

     

    Análisis de pertinencia componente flora y fauna y conclusiones

     

    Considerando lo anterior, a continuación se presenta una actualización de los literales k), l) y m) del artículo 6 del Reglamento del SEIA, que se enfocan en los componentes flora y fauna.

     

    Tabla 14. Análisis de pertinencia de forma de ingreso al SEIA según Art. 6 del D.S. N° 95/02, relativo a los artículos de flora y vegetación para la Variante 4.

     

    Artículo 6

    El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

    A objeto de evaluar si se generan o presentan los efectos adversos significativos a que se refiere el inciso anterior, se considerará:

     

    Contenido

    Cumplimiento

    Letra k)

    La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.

    La construcción de la Variante 4 contempla intervenir 0,944 hectáreas de bosque nativo. El cálculo del área de afectación comprende las obras de la variante: superficie de los frentes de trabajo, mantención de la franja y huellas de acceso. El detalle del cálculo de las superficies de afectación se adjuntó en el Anexo 2 de la DIA presentada.

     

    La forma de intervención de la vegetación nativa es la siguiente:

     

    Las obras civiles que requieren intervenir la vegetación en la Variante 4 corresponden a los frentes de trabajo, las huellas de acceso a las estructuras y la mantención de la franja por la catenaria. En esta variante no se contemplan plazas de lanzamiento del conductor (PLC).

     

    Si bien la modificación del proyecto considera toda la superficie a intervenir como afectada, con sus consiguientes permisos sectoriales, es importante distinguir que existe un tipo de afectación que permite la regeneración de la flora y vegetación y otra no.

     

    La afectación que no permite la regeneración se da por la construcción de las fundaciones de las torres, en las cuales el hormigón permanecerá por siempre en el lugar, imposibilitando la regeneración de la vegetación; y por las huellas de acceso, las cuales quedarán habilitadas durante toda la vida útil del proyecto. También dentro de esta categoría se encuentra la corta por la distancia entre el conductor y los árboles bajo la línea, esta última afectación se calcula en el ítem Franja de Seguridad de la tabla 2-19 del Capítulo 2 de la DIA.

     

    La afectación que sí permite la regeneración es la requerida por la superficie de los frentes de trabajo, donde se desarrollan labores propias de la construcción, la cual será restituida una vez finalizada la obra. En este caso la intervención de esta superficie es corta pero dejando los tocones para un futuro crecimiento.

     

    Por otro lado, el desplazamiento de las estructuras de la Variante 4 no altera las formaciones vegetales afectadas y ya evaluadas en el EIA original. Así también, se observa un cambio en la superficie de afectación, pero no en las especies afectadas (ver respuesta a observación 1.3 de la presente Adenda).

     

    En la Variante 4 se identificaron especies arbóreas que se encuentran listadas en el DS N° 68/09: Quillay (Quillaja Saponaria), Espino (Acacia Caven) y Litre (Lithrea caustica). No se identificaron formaciones xerofíticas en el área de estudio del presente Proyecto.

     

    Todas las superficies declaradas que afecten vegetación nativa o plantaciones, y que cumplan con las características para que su intervención sea regulada por el Ley 20.283 y D.L. 701, fueron incluidas en los respectivos de Planes de Manejo Forestal.

    Letra l)

    La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.

    El Proyecto no contempla la explotación de fauna silvestre, como tampoco la intervención de hábitats relevantes.

     

    Se reitera que el proyecto ha definido áreas de restricción, dentro de las que se encuentran las quebradas, lo que permite prever que no se afectarán especies de baja movilidad asociadas a los hábitats de quebradas (definida como humedal en el EIA). En particular esta medida protegerá el hábitat de la especie torcaza en las quebradas boscosas del sector. Estas zonas no se intervendrán con torres, y permitirá seguir realizando el tipo de vuelo bajo que acostumbran y no se destruirá su hábitat. Estas medidas permiten proteger las quebradas que son hábitat de especies amenazadas como la Yaca y Zorros.

     

    Letra m)

    El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.

    Flora:

     

    Respecto de la flora en la Variante 4, ni el Quillay, Espino ni Litre, como especies nativas detectadas y afectadas  por las obras civiles en el área, presentan problemas de conservación.

     

    Fauna:

     

    En el área de estudio aprobado en el EIA original para la componente fauna en la Variante 4 se constató la presencia de las siguientes especies con problemas de conservación:

     

    Se observó 1 especie de reptil en los puntos de observación 51 y 52 realizados en el área de estudio; Philodryas chamissonis (e) la cual se encuentra clasificada como Vulnerable de acuerdo con la Ley de Caza 2009.

     

    En relación a las aves, se detectó un total de 31 especies de aves (11 detectadas en el EIA en los puntos de observación 51 y 52). Una de las especies observadas es nativa Callipepla californica (Torcaza) la cual se encuentra en peligro de extinción. Cabe destacar que esta especie es de alta capacidad de desplazamiento y no se observaron sitios de reproducción.

     

    En cuanto a los mamíferos y anfibios, en el área de estudio no se detectó la presencia de estas especies.

     

    Se reitera que el proyecto ha definido áreas de restricción, dentro de las que se encuentran las quebradas, lo que permite prever que no se afectarán especies de baja movilidad asociadas a los hábitats de quebradas (definida como humedal en el EIA). En particular esta medida protegerá el hábitat de la especie torcaza en las quebradas boscosas del sector. Estas zonas no se intervendrán con torres, y permitirá seguir realizando el tipo de vuelo bajo que acostumbran y no se destruirá su hábitat. Estas medidas permiten proteger las quebradas que son hábitat de especies amenazadas como la Yaca y Zorros.

     

    En esta variante, además de estar en la misma franja de estudio del EIA, el desplazamiento de las nuevas estructuras es muy poco significativo como para que el hábitat o el ambiente natural cambie respecto al proyecto aprobado y por ende cambien las especies faunísticas. Por esta razón tampoco se hizo necesario hacer un estudio de línea base de esta componente.

     

    En general, el Proyecto considera mantener el estándar de manejo ambiental según lo establecido en la RCA 050/2012, el cual está focalizado en minimizar las áreas de intervención, optimizar la gestión interna de contratistas y trabajadores y restituir las áreas intervenidas.

     

    Se plantea como medida de prevención la aplicación de un Plan de Perturbación Controlada del hábitat previo a las actividades de construcción de manera que al momento de iniciar las tareas de despeje de vegetación, las especies de fauna ya se hayan desplazado hacia sectores alejados del área a intervenir.

     

    Durante la fase de operación, en relación a las potenciales colisiones de aves con el cable guardia del proyecto, la bibliografía especializada (SAG, 2004) define que este riesgo se debe a que el menor diámetro del cable lo hace poco visible y por tanto, las aves no alcanzan a esquivarlo. En el caso de este proyecto, el cable guardia posee un diámetro de 16 mm, en función a dicho diámetro, el ave identificará el cable guardia alcanzando a evadirlo.

     

    En consecuencia, el Proyecto no considera extraer, explotar, alterar o manejar especies de flora o de fauna en categoría de conservación.

     

    Conclusión Artículo 6

    De acuerdo con lo presentado, el Proyecto no generará o presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

     

     

     

    Respuesta 3.4:

     

    De acuerdo con lo establecido por la Ley 19.300 en su Art 11 letra e), los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:

     

    e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, y…

     

    De acuerdo con los antecedentes expuestos en la respuesta a la consulta 1.14 se entiende que la modificación del trazado de la línea de transmisión no genera cambios significativos en comparación con la situación ya aprobada mediante la RCA 050/12.

     

    En términos generales se debe considerar que los sectores en donde se localizan las variantes del proyecto aprobado con RCA 050/2012, corresponden a zonas que carecen de atractivos turísticos o sitios de interés para el observador casual.

     

     

    La situación para la totalidad de puntos analizados mediante fotomontaje, el contexto original versus el modificado, no varía significativamente. Incluso, en algunos casos, la situación mejora debido a que la modificación desplaza o elimina la presencia de las estructuras y cables, lo que se aprecia significativamente en el punto de observación a.1).

     

    A continuación, se presenta un resumen de lo anteriormente expuesto:

     

    Tabla 15.  Análisis paisajístico en puntos de observación.

     

    Letra

    Sector

    Punto de observación

    Observaciones

    Tipo de Modificación

    a)

    Sector Astillero Alto, ubicado entre las comunas de San Clemente y Pelarco, Región del Maule.

    Punto de observación 1, Variante 1.

    Se aprecia un desplazamiento del trazado, sin embargo éste no implica una obstrucción a elementos del paisaje o atractivos turísticos del sector.

    +

     

    Punto de observación 2, Variante 1.

    Se aprecia un desplazamiento del trazado, sin embargo este no implica una obstrucción a elementos del paisaje o atractivos turísticos del sector.

    +

    b)

    Sector de Huemul Bajo, comuna de Teno, Región del Maule.

    Punto de observación 1, Variante 2.

    Si bien la modificación desplaza las estructuras, no se aprecia un cambio significativo entre los trazados.

    =

     

    Punto de observación 2, Variante 2.

    No existe una diferencia sustantiva entre las dos situaciones.

     

    =

    c)

    Sector de Popeta, ubicado entre las comunas de Rengo y Malloa, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.

    Punto de observación 1, Variante 3.

    Desde este punto de observación, es posible indicar que existe una disminución en la visualización del Proyecto.

    =

     

    Punto de observación 2, Variante 3.

    En ambas situaciones, trazado original y modificado, la línea de transmisión es poco perceptible. Incluso la situación modificada correspondería a una mejora debido a que desde este punto de observación, la estructura sobresale en menor altura al cerro donde se emplaza.

    =

    d)

    Sector trazado entre las torres 231/2 y 233/1, en una longitud de 2,1 km, ubicado en la comuna de Paine, Región Metropolitana.

    Punto de observación 1, Variante 4.

    Desde este punto de observación y para ambas situaciones, casi no se percibe el proyecto. La vegetación actúa como pantalla visual.

    =

     

    Punto de observación 2, Variante 4.

    Casi no existe diferencia entre el trazado original y modificado. La vegetación aminora la visualización del Proyecto

    =

    Simbología:

    + La modificación disminuye la accesibilidad visual del Proyecto.

    - La modificación favorece la accesibilidad visual del Proyecto.

    = La modificación no altera las características paisajísticas.

     

     

    Considerando los antecedentes antes expuestos, se considera que la modificación no corresponde a una alteración significativa de la situación aprobada con RCA 050/2012, tanto en términos de magnitud como en duración.

     

    En cuanto a un análisis según lo establecido por el reglamento, la información presentada complementa y valida el análisis indicado en el Capítulo 5 de la DIA, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. N° 95/02).

     



5. Otras Consideraciones Relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto

    Pregunta

    4.1.Se solicita al Titular realizar monitoreo arqueológico permanente, por uno o más arqueólogo(s) o licenciados en arqueología, durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la excavación subsuperficial del terreno. A partir de esta actividad se deberá elaborar un informe mensual de monitoreo, realizado por el arqueólogo y remitirlo al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes antecedentes: 

    a.- Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

    b.- Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

    c.- Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

    d.- Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

    e.- Realizar una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras, tanto a los trabajadores de la empresa y/o subcontratistas, en que se informe sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material cultural que presentan, con ilustraciones o fotografías, la protección legal que presentan, y los procedimientos a seguir frente a la aparición de hallazgos no previstos durante las labores del proyecto. Esta actividad deberá ser realizada por un arqueólogo o licenciado en arqueología. Una vez finalizada la actividad se deberá enviar al CMN, el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

    f.- Elaborar informe final de monitoreo que deberá dar cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Dicho informe deberá remitirlo al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

    g.- En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

    h.- De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Se deberán solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

    4.2. Se solicita al Titular considerar las restricciones horarias que exigen las correspondientes Municipalidad por la circulación de los vehículos. 

    4.3. De acuerdo a lo indicado en el Ord. N° 755 de la Ilustre Municipalidad de Rengo, se solicita al Titular ampliar el análisis de compatibilidad territorial de la Comuna de Rengo con el Proyecto, en consideración a lo señalado en el Plan de Desarrollo Comunal de Rengo, página 76; que señala como IMAGEN OBJETIVO a “una comuna enfocada primordialmente a generar competencias en la micro y pequeña empresa del área de servicios, respaldando el emprendimiento y la demanda laboral: en una segunda prioridad enfocarse a la reconversión de la agricultura hacia productos alimenticios exportables, aprovechando sus ventajas comparativas como el clima y aguas descontaminadas; todo esto en un proceso de crecimiento sustentable y desarrollo a escala humana”.

     

    Respuesta

      Respuesta 4.1:

     

    Se acoge la solicitud del Servicio, las que concuerdan con las medidas establecidas en el Plan de Seguimiento Ambiental del EIA aprobado con RCA 0050/2012. Por lo tanto, se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno. Posteriormente se elaborará un informe mensual de monitoreo y se remitirá éste al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia del Medio Ambiente.

     

    Cabe destacar que las obras y actividades del EIA han cumplido con estos compromisos los que se han ido ejecutando y se pueden verificar en los Informes Técnicos - Informe de Seguimiento Ambiental, específicamente los resultados se pueden observar del numeral 3.3 “Supervisión de aspectos del patrimonio cultural de las áreas intervenidas por el proyecto.”

     

    Los distintos informes presentan los resultados de la supervisión de los aspectos relacionados con este componente ambiental para los distintos meses de ejecución del proyecto. El equipo arqueológico ha monitoreado las distintas actividades desarrolladas (habilitación y demarcación de accesos, entre otros, despeje de área de zona de torres, excavación de calicatas para estudio de mecánica de suelos, entre otras). Para las distintas obras se han realizado fichas con fotografías y descripción de obras.

     
     
     
    Respuesta 4.2:
     

    Se acoge lo solicitado, el proyecto considerará las restricciones horarias indicadas por el Municipio.

     
     
     
    Respuesta 4.3:
     

    El Proyecto es plenamente compatible con el Plan de Desarrollo Comunal de Rengo, página 76, puesto que se considera el mismo estándar del proyecto aprobado mediante RCA 050/2012, en el cual se aprobó el tendido y las obras en consideración de la compatibilidad de los PLADECO de las comunas donde se desarrolla el Proyecto.

     

    La Imagen Objetivo del Pladeco de Rengo (página 76), dice:

     

    "Una comuna enfocada primordialmente a generar competencias en la micro y pequeña empresa del área de servicios, respaldando el emprendimiento y la demanda laboral; en una segunda prioridad enfocarse a la reconversión de la agricultura hacia productos alimenticios exportables, aprovechando sus ventajas comparativas como el clima y aguas descontaminadas; todo esto en un proceso de crecimiento sustentable y desarrollo a escala humana".

     

    Al respecto, se informa que producto de la instalación y operación del tendido eléctrico no se alterarán de forma alguna las ventajas comparativas de la zona, es decir, clima y aguas descontaminadas. Además de lo anterior, el trazado no interfiere con los procesos de crecimiento sustentable de las actividades de la Imagen Objetivo de la comuna.

     

  • Anexos



  • Raúl García Posada
    Representante legal
    Alto Jahuel Transmisora de Energia S.A.


    Firmas Electrónicas:

    El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=c3/e5/0361ecf9241e7ca21d08cdfae536a9da4236


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