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REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN EJECUTIVA | Califica Ambientalmente el proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones ." Resolución Exenta Nº 0504/2012 Santiago, 14 de Junio de 2012 | VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2° del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" (en adelante el Proyecto), y sus Adendas, presentado por el señor Demián Andrés Talavera, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A. (en adelante, el Titular) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la Administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 3.1 Con relación al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº603 sobre la EIA, por Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta, con fecha 13/07/2011; Oficio Nº717 sobre la EIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 20/07/2011; Oficio Nº15-EA/2011 sobre la EIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 21/07/2011; Oficio Nº753 sobre la EIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 26/07/2011; Oficio Nº567 sobre la EIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 08/08/2011; Oficio Nº56-EA/2011 sobre la EIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 08/08/2011; Oficio Nº606 sobre la EIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/08/2011; Oficio Nº1197 sobre la EIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 18/08/2011; Oficio Nº107 sobre la EIA, por Dirección General de Aguas, con fecha 18/08/2011; Oficio Nº789 sobre la EIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 18/08/2011; Oficio Nº694 sobre la EIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 18/08/2011; Oficio Nº516 sobre la EIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 19/08/2011; Oficio Nº1215 sobre la EIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 19/08/2011; Oficio Nº4491 sobre la EIA, por Dirección de Obras Hidraúlicas, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº630 sobre la EIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº1225 sobre la EIA, por Ministerio de Energía, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº1357 sobre la EIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº10549 sobre la EIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº487 sobre la EIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 22/08/2011;Oficio Nº0369 sobre la EIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 22/08/2011;Oficio Nº549 sobre la EIA, por Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº17 sobre la EIA, por Dirección Nacional de Vialidad, con fecha 22/08/2011; Oficio Nº1744 sobre la EIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº236 sobre la EIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº112563-A sobre la EIA, por Subsecretaría del Medio Ambiente, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº3585 sobre la EIA, por División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº18-EA/2011 sobre la EIA, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº407 /PROCESO N° 5034919 sobre la EIA, por Dirección Regional DOH, Región de Antofagasta, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº1539 sobre la EIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº419 sobre la EIA, por SEC, Región de Atacama, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº696 sobre la EIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº09954 sobre la EIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 23/08/2011; Oficio Nº1913 sobre la EIA, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 24/08/2011; Oficio Nº392 sobre la EIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 24/08/2011; Oficio Nº120 sobre la EIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 24/08/2011; Oficio Nº0571 sobre la EIA, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 24/08/2011; Oficio Nº572 sobre la EIA, por Ministerio de Bienes Nacionales, con fecha 25/08/2011; Oficio Nº4700 sobre la EIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/08/2011; Oficio NºBS3 1710_2011 sobre la EIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 26/08/2011; Oficio NºB32/2783 sobre la EIA, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 29/08/2011; Oficio Nº220/2011 sobre la EIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 30/08/2011; Oficio NºSE02 3268/2011 sobre la EIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta, con fecha 01/09/2011; Oficio Nº810 sobre la EIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 02/09/2011; Oficio Nº1.712 sobre la EIA, por SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama, con fecha 03/10/2011;Oficio Nº1.727 sobre la EIA, por Gobierno Regional, Región de Antofagasta, con fecha 12/10/2011; Oficio Nº393 sobre la EIA, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 20/10/2011. 3.2 Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº105 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 18/01/2012; Oficio Nº55 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 18/01/2012; Oficio Nº1031 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 25/01/2012; Oficio Nº01/12 sobre la Adenda 1, por Dirección Nacional de Vialidad, con fecha 26/01/2012; Oficio Nº0049 sobre la Adenda 1, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 27/01/2012; Oficio Nº62 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional, con fecha 27/01/2012; Oficio Nº443 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidraúlicas, con fecha 27/01/2012; Oficio Nº5-EA/2012 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 27/01/2012; Oficio Nº105 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 01/02/2012; Oficio Nº627 sobre la Adenda 1, por División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 02/02/2012; Oficio Nº128 sobre la Adenda 1, por Ministerio de Bienes Nacionales, con fecha 02/02/2012; Oficio Nº91 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 03/02/2012; Oficio Nº037 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 03/02/2012; Oficio Nº20 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, con fecha 03/02/2012; Oficio Nº120390 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría del Medio Ambiente, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº115 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº185 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº387 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº203 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº185 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº115 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2012; Oficio Nº113 sobre la Adenda 1, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 07/02/2012; Oficio Nº0597 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 07/02/2012; Oficio Nº054 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 08/02/2012; Oficio NºN°103/PROCESO:5513652 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DOH, Región de Antofagasta, con fecha 08/02/2012; Oficio NºB 32 495 sobre la Adenda 1, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 08/02/2012. 3.3 Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº4236 sobre la Adenda 2, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 13/04/2012; Oficio Nº11-EA/2012 sobre la Adenda 2, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 18/04/2012; Oficio Nº68 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, con fecha 18/04/2012; Oficio Nº288 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 20/04/2012; Oficio Nº121207 sobre la Adenda 2, por Subsecretaría del Medio Ambiente, con fecha 24/04/2012; Oficio Nº098 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 25/04/2012; Oficio NºB32/1367 sobre Adenda 2 por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud con fecha 27/04/2012; Oficio Nº177 sobre la Adenda 2, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 04/05/2012; Oficio Nº1883 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 08/05/2012; Oficio Nº410 sobre la Adenda 2, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 16/05/2012 y Oficio NºB32/1711 sobre la Adenda 2, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud con fecha 23/05/2012. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" (en adelante ICE), de fecha 25 de mayo de 2012. Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos: ORD. Nº436, del 25/05/2012, Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta; ORD. Nº5023, del 28/05/2012, SERNAGEOMIN, Región de Atacama; ORD. Nº 952, del 28/05/2012, Dirección Regional de Vialidad, Región Antofagasta; ORD. Nº 116, del 29/05/2012, SEREMI Energía Región Antofagasta; ORD. Nº526, del 29/05/2012, SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta; ORD. Nº95, del 29/05/2012, Dirección General de Aguas; ORD. Nº54-EA/2012, del 29/05/2012, Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta; ORD. Nº47, del 29/05/2012, SEREMI de Energía, Región de Atacama; ORD. Nº6150524, del 30/05/2012, Gobierno Regional, Región de Atacama; ORD. Nº6150, del 30/05/2012, Servicio Agrícola y Ganadero; ORD. Nº322, del 30/05/2012, Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta;ORD. Nº16-EA/2012, del 30/05/2012, Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva; ORD. Nº 667, del 30/05/2012, Ministerio de Energía; ORD. Nº 305, del 30/05/2012, Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional; ORD. Nº192, del 31/05/2012, Dirección Regional de SERNATUR, Región de Antofagasta; ORD. Nº 364, del 31/05/2012, DOH, Región de Atacama; ORD. Nº 121687, del 31/05/2012, Subsecretaría del Medio Ambiente; ORD. Nº 03958, del 31/05/2012, Servicio Nacional de Geología y Minería; ORD. Nº 5700, del 31/05/2012, Superintendencia de Electricidad y Combustibles; ORD. Nº 56-EA/2012, del 31/05/2012, Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama; ORD. Nº 0334, del 01/06/2012, Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta;ORD. Nº 130, del 01/06/2012, SERNATUR, Región de Atacama;ORD. Nº 372, del 01/06/2012, Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama;ORD. Nº 1186, del 01/06/2012, SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta; ORD. Nº 186, del 01/06/2012, Ilustre Municipalidad de Mejillones; ORD. Nº 364, del 01/06/2012, DGA, Región de Atacama; ORD. Nº 1437, del 01/06/2012, Subsecretaría de Pesca; ORD. Nº 2485, del 01/06/2012, Dirección de Obras Hidraúlicas; ORD. Nº 06/12, del 01/06/2012, Dirección Nacional de Vialidad;ORD. Nº 3478/2012, del 01/06/2012, Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta; ORD. Nº0154, del 01/06/2012, Dirección Regional CONADI, Región de Antofagasta; ORD. Nº 0218, del 04/06/2012, Ministerio de Vivienda y Urbanismo;ORD. Nº 2314, del 04/06/2012, Consejo de Monumentos Nacionales; ORD. Nº 611, del 04/06/2012, SERNAPESCA, Región de Atacama; ORD. Nº 217, del 04/06/2012, SEREMI Agricultura, Región de Atacama; ORD. Nº BS3 1039-2012, del 04/06/2012, SEREMI Salud, Región de Atacama; ORD. Nº 2639, del 04/06/2012, División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones; ORD. Nº 440, del 04/06/2012, Superintendencia de Servicios Sanitarios; ORD. Nº 285, del 11/06/2012, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; y ORD. Nº 2074, del 12/06/2012, SEREMI de Salud, Región de Antofagasta. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la evaluación del impacto ambiental del proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones". CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" cuyo titular es Transmisora Eléctrica del Norte S.A. Que, el derecho del Titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente. Que, debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, que las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" posee las siguientes características: 4.1. Antecedentes generales del Proyecto: El Proyecto corresponderá a la construcción de una línea de transmisión (LT) de 570 km de longitud aproximadamente, en doble circuito, con una franja de servidumbre de 60 m y tensión nominal de 500 kV; además de cuatro subestaciones (S/E) terminales ubicadas en las comunas de Mejillones y Copiapó respectivamente y dos S/E de compensación. Adicionalmente, se considerará la construcción de 5 km, aproximadamente, de LT en 220 kV. El Proyecto se extenderá desde el sitio del Proyecto “Infraestructura Energética Mejillones” (proyecto aprobado ambientalmente mediante RCA 094/2010 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, II Región de Antofagasta), ubicado en Mejillones, Región de Antofagasta, hasta la S/E Reductora, ubicada en la comuna de Copiapó (Sector Cardones), Región de Atacama. Las regiones, provincias y comunas por las cuales se emplazarán las obras del Proyecto, corresponderán a las presentadas en la tabla siguiente: Tabla 1. Localización y Obras del Proyecto | Regiones | Comunas | Obras del Proyecto | | Antofagasta | Mejillones | LT 220 kV S/E 220 KV S/E Elevadora 220/500kV LT 500 kV | | Antofagasta | LT 500 kV S/E de Compensación I | | Taltal | LT 500 kV | | Atacama | Chañaral | LT 500 kV S/E de Compensación II | | Diego de Almagro | LT 500 kV | | Copiapó | LT 500kV S/E Reductora LT 220kV S/E 220 kV | Cabe destacar que durante el proceso de evaluación ambiental, a raíz del pronunciamiento del Ministerio de Bienes Nacionales, mediante Oficio Ord. N° 572 de 25 de agosto de 2011, que indicó que el Proyecto se superpondrá con un proyecto de energía solar y que además, solicitó al Titular ajustar la línea al corredor eléctrico planificado por la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Atacama, para el emplazamiento de tendidos aéreos de transporte de energía eléctrica, el cual considera una faja de aproximadamente 200 metros de ancho, el Titular redefinió el trazado de la LT de la siguiente manera: Respecto al tramo de la comuna de Diego de Almagro, coordenadas UTM E: 393640 N: 7.083.087 y E: 393551 N: 7.082.323, correspondiente al proyecto de generación de energía solar, se ha realizado una redefinición del trazado del Proyecto en el sector de emplazamiento del mencionado proyecto de energía. En la figura contenida en el numeral 1.4 de la Adenda N°1 se aprecia que el trazado de la LT ha sido desplazado, existiendo una distancia de 64 m entre el eje del trazado y el punto más cercano del Proyecto de energía solar. Por su parte, en el numeral 1.5 de la Adenda N°1, en relación al trazado comprendido entre el sector del deslinde Sub Estación Cerro El Bramador y el sector conocido como Llano Seco, Comuna de Copiapó, se ha ajustado el trazado del Proyecto al corredor eléctrico planificado por la SEREMI de Bienes Nacionales de la Región de Atacama, para el emplazamiento de tendidos aéreos de transporte de energía eléctrica. En la Figura Nº2 contenida en el Anexo PL-1 de la Adenda N°1, se presenta el ajuste de trazado. Asimismo, en base al pronunciamiento del Servicio Nacional de Turismo de la Región de Atacama, mediante oficio Ord. Nº 236 de fecha 23 de agosto de 2011 y del Servicio Nacional de Turismo, Dirección Nacional, mediante oficio Ord. Nº 549 de fecha 23 de agosto de 2011, que solicitan al Titular proponer las correspondientes medidas ambientales en el supuesto que se determinen efectos sobre el valor turístico del sector asociado al Mar de Dunas y Dunas de Medanoso, el Titular señala que el Proyecto no intervendrá el área denominada Mar de Dunas (norte de Chamonate), ya que el trazado va por el sector del borde de la Ruta 5 y no cruza ese campo dunario. Sin embargo se ha redefinido el trazado en el sector Dunas de Medanoso y el sector del Mineral de Tres Puntas para evitar intervenir dichos sectores. En el Anexo PL-1 de la Adenda N°1, se adjunta un plano con el nuevo trazado en el sector Dunas de Medanoso, el cual considera acercarse a la Ruta C-17. A su vez, derivado del pronunciamiento del Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32/2783 de 26 de agosto de 2011, en el numeral 1.6 de la Adenda N°1, el Titular indica que se ha realizado una redefinición del trazado del Proyecto en el sector donde se emplaza la propiedad de la empresa CONFINOR en la comuna de Copiapó, de manera que el punto más cercano de la LT a dicha empresa se encuentra a 115 m. Respecto al trazado de la LT en el Tramo Sur, en las actividades de Participación Ciudadana se constató que la LT pasaría a menos de 30 m. de un lugar habitado de propiedad de la empresa UNIFRUTTI en la comuna de Copiapó. Dado lo anterior, el Titular en el numeral 1.2 de la Adenda N°1 indica que replanteó el trazado de la LT logrando de esta forma alejarla del conjunto de viviendas utilizadas por trabajadores temporeros de la citada empresa. De esta manera, no se encuentra ninguna construcción debajo de la franja de seguridad del Proyecto (ver Figura Nº1 contenida en el Anexo PL-1 de la Adenda N°1). El detalle con el trazado definitivo de la LT, se presenta en los Anexos PL-1, PL-2 y PL-3 de la Adenda N°1. El Proyecto involucrará una inversión estimada de US$516.000.000. Por su parte, el plazo total de ejecución de las faenas de construcción y montaje se ha estimado en 36 meses. La vida útil del Proyecto se estima en 50 años. Sin embargo, no se descarta que se extienda la utilización de la LT en función de que a futuro exista la demanda suficiente de energía eléctrica que justifique una ampliación de la vida útil. 4.2. Definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto: El Proyecto corresponderá a la modificación del proyecto “Sistema de Interconexión SIC – SING, Tramo La Negra – Salado”, no construido y ambientalmente aprobado mediante Resolución Exenta N°019/99 de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (en adelante RCA N°019/99), el cual fue sometido a evaluación por la empresa Electroandina S.A. En el presente Proyecto, Transmisora Eléctrica del Norte S.A. comparece como Titular en virtud de carta autorización que para tal efecto le ha conferido Electroandina S.A. la cual se adjunta en Anexo DP-00 del EIA. El Titular indica que en virtud de lo señalado en el artículo 25 sexies de la Ley 19.300 solicita que se establezca un texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución N°019/99 de la Dirección Ejecutiva de CONAMA, con la que resuelva del presente EIA. Al respecto esta Dirección Ejecutiva hace presente que dicha solicitud deberá formularse una vez que el actual EIA, en calificación, obtenga una resolución favorable, dado que en virtud del artículo 25 sexies de la Ley N° 19.300, cuando una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) sea modificada por otra resolución se podrá establecer el texto refundido, coordinado y sistematizado de dicha RCA. El Proyecto contemplará tres tramos principales (norte, central y sur), donde el Tramo Central corresponde al mismo trazado definido en el proyecto aprobado ambientalmente, cuyos vértices definidos en la RCA N° 019/99 (Datum PSAD56), corresponden a los mismos del Proyecto. En el Anexo DP-01 del EIA se presentan las coordenadas geográficas de los vértices del tramo aprobado, y su conversión al sistema de coordenadas WGS84, que corresponde al sistema de referencia a utilizar en el presente Proyecto. Geográficamente (de norte a sur) las modificaciones al proyecto aprobado mediante RCA N°019/99 corresponderán a las siguientes: Tabla 2. Modificaciones al proyecto aprobado mediante Resolución Exenta N°019/99 | Modificación RCA N°019/99 | Categoría | Región | Tramo | | LT de 220 kV entre el Proyecto Infraestructura Energética Mejillones y nueva S/E Elevadora 220/500 kV (Mejillones) | Nueva obra a construir | Antofagasta | Norte | | Una S/E 220 kV | Nueva obra a construir | Antofagasta | Norte | | Una S/E Elevadora 220/500 kV (Mejillones) | Nueva obra a construir | Antofagasta | Norte | | Extensión en 500 kV de la LT ambientalmente aprobada hacia el norte (desde la Negra hasta la S/E Elevadora, Mejillones) | Nueva obra a construir | Antofagasta | Norte | | Dos S/E de Compensación, a ser localizadas en el sector del tramo ambientalmente aprobado mediante RCA N°019/99 | Nueva obra a construir | S/E de Compensación I en la Región de Antofagasta S/E de Compensación II en la Región de Atacama | Centro – Ambientalmente Aprobado por RCA 019/99 | | Cambio de voltaje de 220 a 500 kV en el tramo aprobado entre los vértices P-12 y P-47 de la LT ambientalmente aprobada | Modificación del voltaje de la LT aprobada mediante Resolución N°019/99, aumentando de 220 a 500 kV que se materializa en una ampliación de la franja de servidumbre, desde 30 a 60 m, torres de mayor altura (con respecto a aquellas de la LT de 220 kV) y con mayor espaciamiento entre ellas | Antofagasta y Atacama | Centro – Ambientalmente Aprobado por RCA 019/99 | | Extensión en 500 kV de la LT ambientalmente aprobada hacia el Sur (Zona de Cardones) | Nuevas obras a construir | Atacama | Sur | | Una S/E Reductora 500/220 kV (Cardones) | Nuevas obras a construir | Atacama | Sur | | LT de 220 kV desde S/E Reductora 500/220 kV a S/E de 220kV (Cardones) | Nueva obra a construir | Atacama | Sur | | Una S/E 220 kV (Cardones) | Nueva obra a construir | Atacama | Sur | Para efectos de este Proyecto, no se considera la construcción de las S/E la Negra, Los Dorados, ni Salado contempladas en el proyecto aprobado ambientalmente mediante RCA 019/99. 4.2.1. Línea de Transmisión 500 kV: Tal como se señaló anteriormente, la construcción de la LT comprenderá 3 tramos principales, divididos en Tramo Norte (Mejillones - La Negra), Tramo Central (La Negra - norte de Diego de Almagro) y Tramo Sur (Diego de Almagro - sur de Copiapó). La LT de 500 kV consistirá en estructuras reticuladas autosoportantes de acero galvanizado. Las características de la LT se indican a continuación: - Potencia: 1.000 MVA - Tensión: 500 kV - Número de circuitos: 2 - Número de conductores por fase: 2 - Vano medio: 480 m - Cantidad estimada de estructuras: 1.200 El área de influencia directa de cada estructura será de 25 m a cada lado del eje de la línea, ya que contemplará una separación entre patas de 14 m, una separación de 1,5 m entre cada pata de la torre y el camino perimetral, y el ancho del camino perimetral de 4 m. En la LT se ha proyectado el uso de cable de guardia, el cual cumple la función de transmisión de descargas atmosféricas a tierra, además de la comunicación del sistema mediante el uso de fibra óptica. En relación a las descargas del sistema a tierra, se ha considerado en la etapa de ingeniería de detalles la construcción de una malla de puesta a tierra individual para cada estructura, en base a un respectivo estudio de resistividad del terreno. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.3.1.5 del EIA. El detalle con el trazado, la ubicación de los vértices y torres de la LT de 500 kV se presenta en el Anexo PL0- de la Adenda N°1. Asimismo, las estructuras y sus dimensiones se presentan en las figuras DP-01 y DP-02 del EIA. 4.2.2. Línea de Transmisión 220 kV: El Proyecto considera además la construcción de dos LT de 220 kV en: - Sector Mejillones: Tramo desde el sitio del Proyecto “Infraestructura Energética Mejillones” hasta S/E Elevadora 220/500 kV, cuya longitud será de 3,8 km. - Sector Sur de Copiapó: Tramo desde S/E Reductora 500/220 kV a S/E de 220 kV en el sector de Cardones, cuya longitud será de 1 km aproximadamente. El área de influencia directa de cada estructura será de 20 m a cada lado del eje de la línea, ya que contempla una separación entre patas de 9 m, una separación de 1,5 m entre cada pata de la torre y el camino perimetral, y el ancho del camino perimetral de 4 m. Las características de la LT de 220 kV se indican a continuación: - Potencia: 1.000 MVA - Longitud total aproximada de la línea: 5 km - Tensión: 220 kV - Número de circuitos: 2 - Número de conductores por fase: 2 - Vano medio: 350 m - Cantidad estimada de estructuras: 15 Las estructuras que componen la LT se presentan en la Figura DP-06 del EIA. El detalle con el trazado, la ubicación de los vértices y torres de la LT de 220 kV se presenta en el Anexo PL0- de la Adenda N°1. Por su parte, el Titular señala en el numeral 1.1 de la Adenda N°2 que la ubicación de las torres de las LT se localizarán fuera de la faja vial de los caminos públicos. 4.2.3. Franja de Seguridad: En relación a la franja de seguridad de la línea de 500 kV, de acuerdo al artículo 109 de la Norma NSEG 5 E.n. 71, se ha adoptado para la LT un ancho de seguridad de 60 m de franja, considerando 30 m a cada lado del eje de la línea. En base a la misma norma mencionada, se determinaron las alturas de seguridad del cable, de acuerdo al uso que tenga el terreno por donde está proyectada. Para el Proyecto se han adoptado alturas de seguridad mínimas de conductores respecto al suelo, las cuales se presentan en la tabla 3 del ICE. Respecto a la franja de seguridad de la LT de 220 KV, en el numeral 1.10 de la Adenda N°1, el Titular señala la LT de 220 kV tendrá una franja de seguridad de 33 m lo cual implica 16,5 m a cada lado del eje de la línea. 4.2.4. Subestaciones Eléctricas: El Proyecto contempla la construcción de seis S/E, las cuales se han proyectado en serie para los niveles de tensión de 500 kV. En las S/E se tendrán conformados patios de equipos, patios de transformación, sala de control y protecciones. Asimismo, se dispondrá de accesos para el mantenimiento de equipos y para los diferentes sectores definidos. A continuación se indican las características de las S/E: a) S/E de 220 kV en Mejillones (se encuentra incorporada en el recinto de la S/E Elevadora): La superficie de la plataforma de la S/E de 220 kV en Mejillones corresponderá a 28.600 m2. La ubicación y vértices de la S/E de 220 kV se presentan a continuación: Tabla 3. Vértices de S/E 220 kV Mejillones | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | A | 7.443.685 | 354.863 | | B | 7.443.617 | 355.051 | | C | 7.443.482 | 355.003 | | D | 7.443.547 | 354.811 | Datum UTM, sistema WGS 84 b) S/E Elevadora: La superficie de la plataforma de la S/E Elevadora corresponderá a 71.400 m2. Los vértices de la S/E Elevadora se indican en la siguiente tabla: Tabla 4. Vértices de S/E Elevadora | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | C | 7.443.482 | 355.003 | | D | 7.443.547 | 354.811 | | E | 7.443.147 | 354.880 | | F | 7.443.216 | 354.692 | Datum UTM, sistema WGS 84 c) S/E de Compensación I 500 kV en la comuna de Antofagasta y d) S/E de Compensación II 500 kV en la comuna de Chañaral: La superficie de cada plataforma de la S/E de Compensación corresponderá a 64.000 m2. Las ubicaciones de las S/E de Compensación I y II se presentan a continuación: Tabla 5. Vértices de S/E de Compensación I | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | A | 7.286.357 | 416.286 | | B | 7.286.452 | 416.462 | | C | 7.286.170 | 416.613 | | D | 7.286.075 | 416.437 | Datum UTM, sistema WGS 84 Tabla 6. Vértices de S/E de Compensación II | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | A | 7.114.800 | 398.773 | | B | 7.114.825 | 398.971 | | C | 7.114.508 | 399.012 | | D | 7.114.483 | 398.814 | Datum UTM, sistema WGS 84 e) S/E Reductora: La superficie de la plataforma de la S/E Reductora corresponderá a 75.000 m2. La ubicación geográfica de la S/E Reductora se presenta a continuación: Tabla 7. Vértices de S/E Reductora | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | A | 6.959.484 | 363.022 | | B | 6.959.234 | 363.189 | | C | 6.959.346 | 362.814 | | D | 6.959.097 | 362.981 | Datum UTM, sistema WGS 84 f) S/E de 220 kV (Sur de Copiapó, Sector Cardones): La superficie de la plataforma de la S/E de 220 kV corresponderá a 17.856 m2. La ubicación y vértices de la S/E de 220 kV se presentan a continuación: Tabla 8. Vértices de S/E 220 kV Sur de Copiapó (sector Cardones) | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | A | 6.958.501 | 363.407 | | B | 6.958.406 | 363.487 | | C | 6.958.411 | 363.299 | | D | 6.958.315 | 363.379 | Datum UTM, sistema WGS 84 Mayores detalles del emplazamiento y superficie de las S/E se presentan en el numeral 1.5.3.3 del EIA, Anexo PL-5 de la Adenda N°1 y en el numeral 1.9.4. del ICE. 4.2.5. Instalaciones de Faenas: Se han considerado cuatro instalaciones de faenas principales ubicadas en los extremos del trazado y en las S/E de Compensación I y II. En la siguiente tabla se indica la ubicación y descripción general de las instalaciones de faenas: Tabla 9. Ubicación y Descripción General de Instalaciones de Faenas | Instalación | Comuna | Vértice | Descripción | | Norte (m) | Este (m) | | IF-01 | Mejillones | 7.443.720 | 354.770 | Instalación principal con equipamiento para oficinas, bodegas y acopio de materiales a un costado de la S/E Elevadora. Contempla un área de 25.000 m2 | | 7.443.685 | 354.863 | | 7.443.450 | 354.778 | | 7.443.485 | 354.684 | | IF-02 | Antofagasta | 7.286.334 | 416.559 | Instalación principal ubicada a un costado de la S/E Compensación I. Considera oficinas y campamento para personal (campamento Nº1). Contempla un área de 22.500 m2 | | 7.286.466 | 416.488 | | 7.286.536 | 416.621 | | 7.286.404 | 416.692 | | IF-03 | Chañaral | 7.144.628 | 398.614 | Instalación principal ubicada a un costado de la S/E de Compensación II. Considera oficinas y campamento para personal (campamento Nº2). Contempla un área de 22.500 m2 | | 7.144.777 | 398.595 | | 7.144.796 | 398.743 | | 7.144.647 | 398.763 | | IF-04 | Copiapó | 6.959.484 | 363.022 | Instalación principal con equipamiento para oficinas, bodegas y acopio de materiales a un costado de la S/E Reductora. Contempla un área de 12.500 m2, la cual será destinada principalmente al acopio de equipos y logística para la S/E | | 6.959.539 | 363.106 | | 6.959.435 | 363.175 | | 6.959.380 | 363.092 | Datum UTM, sistema WGS 84 IF: Instalación de faenas En las figuras DP-13 a DP-17, tablas DP-19 a DP-23 del EIA y Anexo PL-5 de la Adenda N°1, se presentan las ubicaciones de las instalaciones de faena. En el caso de las S/E Elevadora y Reductora, se ha previsto que cada una de ellas posea una instalación de faenas dentro del recinto, con equipamiento de oficinas y bodega para los equipos que requieren mayor cuidado. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.9.5. del ICE. 4.2.6. Campamentos: Se ha considerado la implementación de dos campamentos cercanos a las instalaciones de faenas principales, en las S/E de Compensación I y II, para el personal que trabaje en las LT y S/E. En ellos se instalarán los servicios básicos para alojamiento y almacenamiento de materiales, así como de oficinas para el personal administrativo. De esta forma, los campamentos contarán con oficinas administrativas, bodega y pañol de maquinarias y herramientas, patio de almacenamiento de materiales, dormitorios y comedores. En la tabla siguiente se presenta la ubicación y superficie de cada campamento: Tabla 10. Vértices de Campamentos I y II | Campamentos | Comuna | Vértice | Superficie (m2) | | Norte (m) | Este (m) | | Campamento I (corresponderá a la instalación de faena IF-02) | Antofagasta | 7.286.334 | 416.559 | 22.500 | | 7.286.466 | 416.488 | | 7.286.536 | 416.621 | | 7.286.404 | 416.692 | | Campamento II (corresponderá a la instalación de faena IF-03) | Chañaral | 7.114.628 | 398.614 | 22.500 | | 7.114.777 | 398.595 | | 7.114.796 | 398.743 | | 7.114.647 | 398.763 | Datum UTM, sistema WGS 84 La cartografía de los campamentos se presenta en el Anexo PL-5 de la Adenda N°1. 4.2.7. Bodegas: Las bodegas serán dispuestas de acuerdo al avance del Proyecto y sus necesidades de suministro de materiales y equipos, pudiendo no ser necesarias durante toda la construcción, sino en el momento en que el avance de las obras lo requiera. En la tabla siguiente se presenta la ubicación y descripción de cada bodega: Tabla 11. Ubicación de Bodegas | Instalación | Comuna | Vértice | Descripción | | Norte (m) | Este (m) | | B-01 | Antofagasta | 7.391.312 | 371.988 | Instalación de bodega en el sector de La Negra. Contempla instalaciones de bodegas y pañol de equipos. Contempla un área 10.000 m2 | | 7.391.264 | 372.087 | | 7.391.168 | 372.052 | | 7.391.204 | 371.946 | | B-02 | Taltal | 7.203.825 | 412.519 | Instalación de bodega al interior de Taltal, cercano a la Ruta 5. Contempla un área de 10.000 m2 | | 7.203.925 | 412.520 | | 7.203.924 | 412.620 | | 7.203.824 | 412.619 | | B-03 | Diego de Almagro | 7.041.398 | 403.685 | Instalación de bodega en localidad Inca de Oro. Contempla un área de 10.000 m2 | | 7.041.403 | 403.784 | | 7.041.303 | 403.789 | | 7.041.298 | 403.689 | Datum UTM, sistema WGS 84 B: Bodega Las características de las bodegas se señalan en el numeral 1.9.7. del ICE. Por su parte, los planos de emplazamiento de las bodegas se presentan en el Anexo PL-4 de la Adenda N°1. 4.2.8. Frentes de Trabajo: La cantidad de frentes de trabajo dependerá directamente de la extensión de la LT. Estos serán ubicados en sectores del Proyecto donde se realizarán las actividades de construcción circunscritas al área a desarrollar. A continuación, se indican los frentes de trabajo a disponer en las S/E y en la LT: 4.2.8.1. Línea de Transmisión: Se han considerado 6 frentes de trabajo distanciados a 95 km como máximo, desde la instalación de faenas principal. En la tabla siguiente se presentan los frentes de trabajo del Proyecto. Tabla 12. Frentes de Trabajo para Construcción de LT | Frente | Descripción | | I | Abarca desde la central (Mejillones) hasta el sector de La Negra | | II | Abarca desde el sector de La Negra hasta la S/E de Compensación I | | III | Abarca desde la S/E de Compensación I hasta la zona al interior de Taltal | | IV | Abarca desde el interior de Taltal hasta la S/E de Compensación II | | V | Abarca desde la S/E de Compensación II hasta la comunidad de Inca de Oro | | VI | Abarca desde la comunidad de Inca de Oro hasta la S/E 220 kV (Sur de Copiapó sector Cardones) | Los materiales y equipos de trabajo menores serán trasladados diariamente desde las respectivas bodegas de las instalaciones de faenas hasta los puntos de trabajo. Cabe señalar que todas las labores se realizarán dentro de la franja de seguridad del Proyecto. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.4.2 del EIA. 4.2.8.2. Subestaciones: En el caso de la construcción de las S/E, se ha considerado un frente de trabajo en cada S/E junto con la respectiva instalación de faenas y bodega. 4.3. Atraviesos de cursos de agua: El Titular señala en el numeral 1.15 de la Adenda N°1 que el único cauce natural que será cruzado por el Proyecto corresponde al Río Copiapó y éste no será intervenido. Al respecto, si bien el Proyecto atravesará un par de quebradas, dichas quebradas no constituyen cauces[1], y que se han formado debido a escorrentías esporádicas de aguas lluvias, excepto el Río Copiapó. La instalación de las torres por ningún motivo considera utilización de los fondos de quebradas que no están intervenidas actualmente. El Titular señala que se tomarán todas las medidas para asegurar que la infraestructura montada no se vea afectada ante eventuales crecidas del Río Copiapó. En el Anexo PL-1 (Figura Nº3) de la Adenda N° 1 se adjunta un perfil transversal con el cruce del Proyecto sobre el Río Copiapó. Asimismo, en el Anexo H se presenta el análisis de crecidas para un período de retorno de 100 años del Río Copiapó. Al respecto, en el Anexo PL-1 Lámina 1 de la Adenda N°2, se adjunta plano con área de inundación en planta y cota de inundación en perfiles transversales. Asimismo, en el Anexo PR-1 se adjunta el análisis de altura de escurrimiento en cruce de la LT sobre el Río Copiapó. El Titular señala que la torre V-165 queda fuera del área de inundación, considerando que en la zona existen pretiles del lado sur del río. Cabe señalar que, de no existir dichos pretiles, efectivamente la mencionada torre quedaría dentro del cauce del río, considerando éste como aquél que se extiende debido a una crecida con período de retorno de 100 años. Como medida preventiva, la instalación de la torre en este sector será realizada en el período de estiaje del Río Copiapó, así disminuyendo potenciales problemas en la etapa de construcción. De igual manera, el Titular ha considerado como medida constructiva, para proteger a esta estructura de posibles crecidas, la implantación de fundaciones para suelo tipo 6 con protección a base de una alfombra de gaviones (que se encuentran enterrados) o una fundación especial a base de pilotes. Para mayor detalle remitirse al Anexo HI-1 de la Adenda N°2, donde se muestran los detalles de las fundaciones diseñadas para proteger la torre en cuestión. 4.4. Paralelismos y atraviesos a caminos públicos y de uso público: En la Tabla 14 del ICE se adjunta el listado de paralelismos y atraviesos a caminos públicos y de uso público. Por su parte, las obras atravesadas por los tramos que se amplían respecto de la LT aprobada en RCA 019/99, se presentan en el numeral 1.5.3.1.7 del EIA. 4.5. Descripción Etapa de Construcción: 4.5.1. Construcción de la LT: Habilitación de Accesos a las Estructuras: La habilitación de accesos se realizará principalmente con retroexcavadoras, las cuales generarán una huella sin aporte de material de 4 m de ancho. En los casos que se requiera incorporar material debido a la presencia de arenas con baja cohesión, éste será adquirido a proveedores autorizados. Durante la vida útil de la LT, se realizarán mantenciones a los accesos. En aquellas zonas en que el trazado cruza por áreas montañosas y de difícil acceso, la habilitación de accesos se desarrollará mediante el uso de bulldozer. Los accesos a utilizar y a desarrollar en el Proyecto han sido clasificados en 3 grupos: - Accesos existentes que poseen al menos 4 m de ancho: estos accesos serán utilizados en el Proyecto sin efectuar ningún tipo de mejoramiento. - Accesos existentes que poseen menos de 4 m de ancho: estos accesos serán utilizados en el Proyecto, previo ensanchamiento y mejoramiento hasta alcanzar los 4 m de ancho. - Accesos a construir: estos accesos son inexistentes y serán construidos con un ancho de 4 m. Por su parte, se indica en el numeral 1.25 de la Adenda N°1 que debido a las modificaciones de trazado, se han ajustado algunos accesos y con ello ha variado la extensión de cada clasificación, a continuación se presenta el detalle: - Accesos existentes que poseen al menos 4 m de ancho: 22,3 km. - Accesos existentes que poseen menos de 4 m de ancho: 29,2 km. - Accesos a construir: 17,7 km. Mayores detalles de los accesos del Proyecto, se señalan en el numeral 1.25 de la Adenda N°1. Despeje de la Franja de la Línea de Transmisión: La vegetación de la franja de la LT sólo será eliminada en los sectores de instalación de obras y estructuras y en lugares de ampliación de accesos. Movimientos de Tierras: El movimiento de tierras se producirá en la etapa de construcción de las fundaciones, en las cuales será necesario realizar excavaciones y extraer material. Para las estructuras se considera en promedio 58 m3 de tierra excavada. De esta cantidad, un 45% será reutilizado en relleno compactado y el resto del material será esparcido sobre el suelo aledaño a cada torre dejando el terreno, en lo posible, de similares características a como estaba antes de ser intervenido. A lo largo de la LT se considera aproximadamente un volumen total de 70.000 m3 asociados a movimiento de tierras, de los cuales 52.000 m3 serán esparcidos en terreno. En relación a los movimientos de tierra asociados a las instalaciones de faenas y bodegas, se estiman en 2.500 m3 en promedio por cada lugar. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.1.3 del ICE. Construcción de Fundaciones para Estructuras: Se procederá a realizar lo siguiente: a) Excavación: Si durante las actividades de excavación hay imposibilidad que por medios mecánicos se pueda ejecutar dicha actividad, se hará uso de explosivos. El procedimiento será regularizado ante la autoridad competente. La ejecución de este tipo de excavaciones será desarrollada de forma exclusiva por personal autorizado y bajo condiciones controladas de seguridad. En relación al uso de explosivos, el Titular señala en el numeral 1.22 de la Adenda N°1 que no se utilizarán explosivos en las cercanías de áreas pobladas, entre los vértices V 161 y V 168. Asimismo, se señala que se presentará ante la Autoridad Ambiental competente, previo a la utilización de explosivos, los antecedentes de las áreas, obras o circunstancias en que requerirá emplear estos elementos, indicando cantidad de explosivos a utilizar, lugar en que se utilizarán, periodicidad de su uso, descripción de la flora, vegetación y fauna existente en el lugar, si existe población cercana y a qué distancia. En el Anexo DP-1 de la Adenda N°1 se adjunta el procedimiento para almacenamiento y transporte de tronaduras. b) Instalación barra de fundación. c) Enfierradura y Moldajes. d) Proceso de hormigonado. e) Verificación de la correcta fijación de las barras de fundación. Mayores detalles de la construcción de fundaciones para estructuras se presentan en el numeral 1.5.4.7.4 del EIA y numeral 2.1.4.del ICE. Montaje de Estructuras, Aisladores, Tendido de Conductores y Cable de Guardia: Las estructuras a montar en esta etapa serán descargadas, clasificadas, empaquetadas y prearmadas en el patio de estructuras que se ubicará en cada instalación de faena. Se tendrá especial cuidado en no realizar maniobras fuera de la franja de servidumbre, además de impedir el tránsito fuera de las huellas preparadas y autorizadas para el Proyecto. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.4.7.5 del EIA y en el numeral 2.1.5. del ICE. 4.5.2. Subestaciones: Habilitación de Huellas de Acceso: El detalle de las huellas de acceso a cada instalación proyectada, se indican en el numeral 2.2.1. del ICE. Construcción de Fundaciones para Estructuras: Se estiman cerca de 3.380 m3 de hormigón para todas las S/E lo cual considerará fundaciones para equipos eléctricos y fundaciones para estructuras. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.4.8.2 del EIA. Movimientos de Tierras: Se estima que se realizará un movimiento de tierra cercano a 6.000 m3 en las S/E que requieran más movimiento de tierra y un promedio de 3.500 m3 por S/E. Si este material no fuese suficiente para satisfacer el requerimiento de rellenos se requerirá de material de empréstito, adquirido a proveedores autorizados, para suplir la deficiencia. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.4.8.3 del EIA. Montaje Electromecánico: Una vez realizadas las fundaciones se realizará el montaje de estructuras y de equipos, lo anterior se realizará utilizando camiones pluma y eventualmente grúas para el montaje de equipos de mayor envergadura. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.4.8.4 del EIA. Por su parte, en el numeral 1.5.4.9 del EIA el Titular presenta las consideraciones de seguridad y ambientales aplicables a toda la LT y S/E. 4.5.3. Flujos Vehiculares: Los flujos vehiculares asociados al Proyecto se detallan en la tabla 15 del ICE. 4.5.4. Insumos: Agua Potable: En el caso de las áreas de trabajo fijas (instalación de faenas y campamentos), el agua potable se almacenará en estanques. Este insumo será destinado principalmente para el uso en servicios sanitarios y será otorgado por proveedor autorizado. En cuanto a los frentes de trabajo, el agua potable será suministrada diariamente en dispensadores de 20 litros. Los dispensadores serán provistos por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Agua Industrial: El agua industrial será utilizada en las faenas de trabajo para las actividades asociadas al uso de hormigón fabricado y el lavado de camiones mixer. Cabe señalar que debido a los altos requerimientos de agua que se necesitan para fraguar el cemento (5.300 m3), en la etapa de construcción, se contará con un proveedor autorizado de este suministro, quien además proveerá aproximadamente 250 m3 destinados a actividades de limpieza de camiones mixer. En cuanto a la etapa de operación, el agua industrial será necesaria para el lavado de torres, instalaciones y equipos. El abastecimiento de agua industrial se obtendrá de las localidades más cercanas al Proyecto, es decir, Mejillones, Antofagasta, Chañaral, Taltal, Diego de Almagro y Copiapó. Energía Eléctrica: La energía eléctrica en las instalaciones de faenas será suministrada por grupos generadores. Para el suministro de energía en frentes de trabajo, se implementarán generadores portátiles. En la tabla DP-29 del EIA se presentan el número estimado de generadores fijos y portátiles a utilizar. Combustible: Los vehículos que sean operados con gasolina y/o diesel, serán abastecidos en estaciones de servicio existentes en las ciudades y centros poblados cercanos al trazado. Para el funcionamiento de equipos motorizados de construcción destinados a los frentes de trabajo, se proveerá de combustible preferentemente en las instalaciones de faenas donde se habilitará un lugar de almacenamiento. Este sector cumplirá con los requisitos señalados por D.S. N° 160/2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”. El almacenamiento de combustible no superará los 1.000 litros y será dispuesto en tambores metálicos, rotulados de acuerdo a la normativa vigente e instalados sobre piso de concreto y de material incombustible. En aquellos casos en que el suministro de combustible deba realizarse en los frentes de trabajo, éste se realizará a través de camiones apropiados para el traslado del combustible y lubricantes. En esta actividad se dispondrá de una superficie plástica impermeable, sobre la cual se realizará la carga de combustible a la máquina. Por su parte, en el Anexo RI-1 de la Adenda N°1 se adjunta el procedimiento para el almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas. Maquinarias: En el numeral 1.5.4.5 del EIA se señala la estimación de equipos a utilizar para el desarrollo de las actividades de construcción. Áridos: Durante la etapa de construcción se usarán áridos, el que será adquirido a proveedores autorizados. Al respecto, el Titular enviará a las SEREMI de Bienes Nacionales respectivas previo a la etapa de construcción, un resumen identificando los proveedores de los áridos y copia de la Resolución Exenta Vigente del Ministerio de Bienes Nacionales que autoriza al proveedor a extraer árido de una determinada superficie fiscal, cuando corresponda. Asimismo, se enviará una coordenada del yacimiento de extracción junto con la información anterior. 4.5.5. Mano de Obra: Para la construcción del Proyecto, se considerará un promedio de 985 trabajadores, y un máximo de 1.525 trabajadores en los meses de mayor demanda, correspondiente a los 16 meses de construcción de la LT y las S/E. Los frentes de trabajo que participarán en la construcción de las S/E (frente I y VI), contarán con 295 personas cada uno y 235 personas para cada frente restante. El Titular indica en el numeral 7.22 de la Adenda N°1 que se privilegiará la contratación de mano de obra a nivel local y comunal, en coordinación con las municipalidades correspondientes a las comunas donde se emplazará el Proyecto. El cumplimiento de esto se desarrollará a través de tres vías: - Se solicitará a los municipios correspondientes, el listado de personas desocupadas, junto con su nivel de calificación técnica, de modo que puedan ser empleadas durante las etapas de construcción y/u operación, siempre que cumplan con los requisitos. - Se realizará una publicación en un diario de circulación local y comunal en donde se invitará a las personas interesadas a postular a los distintos cargos que se requieren para desarrollar el Proyecto. - Se publicarán avisos de requerimiento de trabajo en radios de alcance local y comunal, a través de los cuales se invitará a postular a las personas a los diferentes cargos necesarios para desarrollar el Proyecto. Existirá un registro de origen de los trabajadores, el cual podrá ser consultado por la autoridad cuando esta lo estime conveniente, a través del que se podrá verificar el cumplimiento de lo anterior. Para aquellos cargos que requieren un cierto nivel de calificación, en caso de no existir o no estar disponible en las localidades o en la comuna, éste será traído desde otros puntos del país. 4.6. Descripción Etapa de Operación y Mantención: Se implementará un programa permanente de mantenimiento a fin de reducir totalmente las fallas que puedan generarse en el sistema. Para determinar qué tipo de mantenimiento se debe aplicar al sistema, así como evaluar la implementación y su eficiencia, se realizarán al menos dos inspecciones visuales anualmente. Sin embargo, en aquellas zonas que presentan un nivel de contaminación alto, se realizará una mayor cantidad de inspecciones para verificar su correcta operación. 4.6.1 Programa de Mantenimiento: Línea de Tensión: En general, el programa de mantención considerará las siguientes acciones de tipo preventivo, correctivo programado y correctivo contra fallas: a) Mantenimiento Preventivo Básico: se considerará el lavado de aisladores con línea energizada, inspección visual de estructuras y cadenas de aisladores, mediciones de termografía y verificación, y mantenimiento de pinturas. La inspección de aisladores y estructuras a lo largo de toda la LT, se realizará a través de inspección pedestre y vehicular al menos dos veces al año. El lavado de aisladores de la LT y S/E se realizará al menos dos veces al año en las zonas interiores con nivel de contaminación medio, y al menos cuatro veces al año en zonas costeras donde el nivel de contaminación y salinidad del ambiente es alto. Se utilizará camión lavador, el cual recorrerá la zona del trazado de la LT. b) Mantenimiento Correctivo Programado. Dentro de este mantenimiento se considerará: - Reemplazo de aisladores: se realizará en la eventualidad que un aislador sea dañado ya sea por intervención de terceros como por falla de operación. - Reemplazo de conductor: se realizará sólo si el conductor se ve afectado ya sea por intervención de terceros como por falla de operación. c) Mantenimiento Correctivo Contra Fallas. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.5.2.1 del EIA y en el numeral 3.1. del ICE. Subestaciones: En el caso de las S/E, se considerará la realización de recorridos pedestres para la inspección visual de conductores, conjuntos y equipos del patio de las S/E. Estas inspecciones se realizarán en forma trimestral y/o semestral, dependiendo del emplazamiento de cada S/E y si se encuentra en zonas con alto nivel de contaminación. En base a los recorridos por las S/E y sus condiciones de operación, se establecerán los siguientes tipos de mantenimientos, similares a los de la LT, pero aplicados a las S/E: a) Mantenimiento Preventivo Básico. b) Mantenimiento Correctivo Programado. c) Mantenimiento Correctivo Contra Fallas. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.5.2.2 del EIA. 4.6.2. Reparaciones de Emergencia: Líneas de Transmisión: Estas reparaciones se realizarán la mayor parte del tiempo en estructuras que hayan sufrido daños mayores y que pueden haber sido causados por factores climáticos externos o causados por terceros. Este tipo de operaciones se mantendrán en una zona limitada alrededor de la(s) torre(s) afectada(s). Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.5.3.1 del EIA. Subestaciones: Comprende a reparaciones no programadas que puedan surgir por la intervención de terceros o daños provocados por la naturaleza a las instalaciones de las S/E. Una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos y los residuos para ser depositados en lugares autorizados para este efecto. 4.6.3. Mano de Obra: Para la operación del sistema se consideran 10 personas distribuidas en tres turnos de 8 horas, esto sin considerar personal de mantenimiento. En los casos de mantención y reparaciones básicas, preventivas y ante fallas de la LT, se dispondrá de tres cuadrillas de 10 personas. Para las S/E, se considerarán dos cuadrillas de 10 personas, quienes irán realizando las mantenciones e inspecciones programadas a lo largo de las S/E del sistema. En el caso que se presente una emergencia de magnitud considerable, se empleará más personal para solucionar la emergencia a la brevedad. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.5.5.4 del EIA y 3.2.3 del ICE. 4.6.4. Consideraciones de seguridad: Como medida de protección de la avifauna, el Proyecto considerará la instalación de elementos disuasivos, tales como, desviadores de vuelo y peinetas (guardaperchas), que se describen a continuación: a) Desviadores de Vuelo Tipo Espiral: Estos dispositivos serán ubicados en los cables de guardia. b) Desviadores de Vuelo Tipo Luciérnagas: Corresponden a unidades que se disponen en el cable de guardia mediante una abrazadera que impide su deslizamiento por el cable. Además, son confeccionados de un material que permite que brillen hasta 10 horas durante la noche, permitiendo que sean avistados por especies que realizan vuelos nocturnos (Leucocephalus modestus). c) Peinetas: Cada estructura contará con peinetas (guardaperchas), especialmente diseñadas para evitar la pose de aves sobre los aisladores. Estos 3 tipos de dispositivos, serán ubicados en los cables de guardia, en los siguientes tramos del trazado de la LT: - LT 220 kV desde su inicio en terrenos del Proyecto Infraestructura Energética Mejillones hasta la S/E 220 kV de Mejillones. - LT 500 kV desde su salida de la S/E Elevadora hasta el vértice 25 (La Negra). - LT 500 kV entre vértices 161 y 168 (sector de viñas en zona de Copiapó). Mayores detalles de los desviadores de vuelo se presentan en el numeral 1.5.5.7 y Anexo MM-01 del EIA. Por su parte, en el numeral 7.13. de la Adenda N°1, el Titular señala que las guardaperchas serán dispuestas de tal manera que cubran el área por encima del aislador y conductor, con una longitud de 1 metro para las estructuras tipo suspensión y tipo anclaje o vértice. Asimismo, los desviadores de vuelo se dispondrán cada 5 metros, siguiendo las recomendaciones del fabricante. El recambio de estos señalizadores se realizará cada tres (3) años, tiempo que puede variar dependiendo del estado de deterioro que presenten los dispositivos, lo que se determinará mediante inspecciones anuales de estos. Durante las inspecciones anuales, se harán las reposiciones necesarias de aquellos dispositivos que presenten daños en su estructura. La revisión, reposición y recambios de desviadores de vuelo y guardaperchas se realizará durante toda la vida útil del Proyecto. 4.7. Etapa de Cierre o Abandono: La vida útil del Proyecto se estima en 50 años, durante la cual es posible que se produzca un abandono anticipado. Para evitar o prever el fin anticipado de la vida útil de un Proyecto existen posibilidades de repotenciamiento del sistema, a través de modificaciones factibles de realizar en un sistema como este. El repotenciamiento se podrá basar en los siguientes aspectos: - Cambio de conductor. - Aumento de la tensión eléctrica nominal. - Tendido de nueva línea por franja de seguridad existente. En cuanto al desarme y traslado de las estructuras, el procedimiento a realizar consistirá en retirar las partes que componen cada estructura con la ayuda de una pluma y una grúa cuando sea posible, para luego trasladar dichas partes a la base del contratista. Las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta unos 10 cm de profundidad, para luego esparcir suelo proveniente del mismo sector a fin de borrar evidencia de la existencia de las estructuras y dejar el terreno con características similares a las originales. Mayores detalles de la etapa de abandono del Proyecto, se presenta en el numeral 1.5.6 del EIA. 4.8. Emisiones y Descargas al Ambiente: 4.8.1. Emisiones Atmosféricas (PM10): Etapa de Construcción: Los resultados obtenidos de emisiones de MP10 (kg/día), para la etapa de construcción se presentan en la siguiente tabla: Tabla 13. Emisión de PM10 - Etapa de Construcción | Actividad | Emisión MP10 (kg/día) | | Escarpe | 3,55 | | Excavación | 20,71 | | Carga y descarga de material | 0,29 | | Movimiento de material | 11,81 | | Tránsito camino no pavimentado | 34,94 | | Combustión interna camiones | 0,05 | | Combustión interna de maquinaria | 13,09 | | Combustión interna de equipos electrógenos | 4,82 | | Total (kg/día) | 89,28 | Tal como se aprecia en la tabla anterior, las emisiones de MP10 producidas durante la etapa de construcción del Proyecto, serán principalmente generadas por el tránsito de camiones por caminos no pavimentados. Respecto a las emisiones de gases, a continuación se presentan los resultados obtenidos para la etapa de construcción: Tabla 14. Emisión de gases - Etapa de Construcción | Gases (kg/día) | NOx | CO | SO2 | HC | | Combustión interna camiones | 1,20 | 0,31 | - | 0,20 | | Maquinaria | 170,88 | 35,70 | - | 16,07 | | Equipos electrógenos | 67,68 | 14,62 | 4,5 | - | | Total | 239,77 | 50,63 | 4,50 | 16,26 | Al respecto, el Titular comprometió las siguientes medidas para controlar el material particulado, entre otras: - Mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos. - En las instalaciones de faenas estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). - Todo carguío dentro de la obra se efectuará con el debido cuidado para evitar el exceso de polvo. - Se utilizarán mallas protectoras en las faenas y zonas de acopio de áridos o material, con el fin de evitar la dispersión de material particulado. Por su parte, el Titular señala en el numeral 1.29 de la Adenda N°1, que en relación a las áreas de instalaciones de faenas y acceso a la LT entre el vértice V 163 y V 166, utilizará un aglomerante abatidor de material particulado. Etapa de Operación: Por su parte, durante la etapa de operación del Proyecto, se emitirá polvo fugitivo por el tránsito de camiones y otros vehículos menores que realizarán las actividades de mantención. Tabla 15. Emisión de PM10 - Etapa de Operación | Actividad | Emisión MP10 (kg/día) | | Tránsito camino pavimentado | 2,91 | | Tránsito camiones caminos no pavimentados | 74,03 | | Tránsito camionetas caminos no pavimentados | 31,27 | | Combustión interna camiones | 0,02 | | Combustión interna camionetas | 0 | | Total (kg/día) | 108,25 | Respecto a las emisiones de gases, a continuación se presenta la siguiente tabla con los resultados obtenidos para la etapa de operación: Tabla 16. Emisión de gases - Etapa de Operación | Gases (kg/día) | NOx | CO | HC | | Combustión interna camiones | 0,47 | 0,11 | 0,06 | | Combustión interna camionetas | 0,08 | 0,03 | 0,01 | | Total | 0,55 | 0,14 | 0,07 | Al respecto, se indica que estas emisiones ocurrirán solamente durante las actividades de mantenimiento preventivo básico, el cual considera el lavado 2 veces al año. El detalle de las emisiones atmosféricas por cada actividad en las etapas de construcción y operación del Proyecto se presentan en la Tabla DP-31 del EIA y en los Anexos EM-1 y EM-2 de la Adenda N°1. 4.8.2. Emisiones Sonoras: Se identificaron los receptores cercanos al Proyecto y sus obras dentro de un área buffer de 300 m de las obras (LT y S/E), para lo anterior se estableció la caracterización de la línea base mediante la evaluación de 10 lugares de medición, correspondiendo 6 a casas habitación, 1 a módulos (campamentos de trabajadores) y 3 a viviendas ocasionales o sin moradores. Etapa de Construcción: El máximo Nivel de Presión Sonora (NPS) que emitirá el Proyecto en la etapa de construcción, viene dado por la actividad de “movimientos de tierra”, con 103,2 dB(A) a un metro de distancia desde la fuente. Para el caso de los receptores R4 y R8, se supera el límite máximo establecido por el D.S. N°146/97 para Zona Rural, superándose en 13,6 y 4,0 dB(A), respectivamente, en horario diurno y en 16,6 y 16,4 dB(A), respectivamente, en horario nocturno. Todos los demás receptores cumplen con el límite en horario diurno. En cuanto al horario nocturno, además de los receptores indicados (R4 y R8), los receptores R1 y R2 superan el límite máximo establecido por el D.S. N°146/97 para Zona III, sobrepasándolo en 2,1 y 1,3 dB(A), respectivamente. Cabe destacar que el caso de estos dos receptores, el ruido de fondo (línea de base) ya supera el límite, sin la incidencia del Proyecto, en 1,0 y 0,5 dB(A), respectivamente. Igualmente en horario nocturno, en los receptores R3 y R10 se supera el límite máximo establecido por el D.S. N°146/97 para Zona Rural, sobrepasándolo en 5,7 y 12,5 dB(A), respectivamente. Dado lo anterior, el Titular presenta las correspondientes medidas para hacerse cargo del impacto. Mayores detalles en el numeral 7.1 de la presente resolución. Etapa de Operación: Para esta etapa se estima un NPS del orden de 40 dB(A) en el sector inmediatamente debajo de la LT, por lo que fuera de la franja de servidumbre este nivel es imperceptible. De acuerdo con los resultados de NPS proyectado a cada receptor, los que corresponden a valores nulos o, en el caso del receptor R4, a un valor prácticamente despreciable (1,1 dB), se puede asegurar que el ruido generado producto de la operación de la LT, será imperceptible en todos los receptores considerados. De hecho, en el límite de la franja de seguridad de la línea (30 m), se esperan valores de ruido cercanos a 10 dB(A), los que son casi imperceptibles por el oído humano. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo RU-1 Actualización Estudio de Ruido y RU-2 Estimación de Niveles de Presión Sonora, contenidos en la Adenda N°1 4.8.3. Emisiones de Campo Eléctrico y Magnético: Según lo señalado en el numeral 1.3 de la Adenda N°2, las frecuencias relevantes a considerar en la LT varían entre los 50 y los 60 Hertz, siendo el campo eléctrico límite aceptable de 5.000 V (5 kV) y el campo magnético de 100 μT. De acuerdo a los Gráficos DP-1 y DP-2 contenidos en la Adenda N°2, el campo eléctrico y magnético en el borde de la franja de seguridad de la LT de 2x500 kV no superará los 2.500 V (2,5 kV) ni los 10 μT, cumpliéndose los límites recomendados por la “International Commission on Non-Ionizing Radiation Protection” (Comisión Internacional para la Protección de Radiación no Ionizante). En relación a las S/E, al igual que en la LT, los recintos de las S/E son dimensionados a fin de generar mínimas cantidades de campos electromagnéticos fuera de los límites del recinto. Además de ser áreas de acceso restringido a personal externo, las ubicaciones de las S/E son sectores aislados y lejanos a los centros urbanos y viviendas, de modo que prácticamente no existen personas que puedan ser afectadas por la incidencia de los campos electromagnéticos que se generen al momento de la operación del sistema. Al respecto, según lo señalado en el numeral 1.37 de la Adenda N°1, dada la distancia del Proyecto respecto a zonas pobladas (casa más cercana a 96 m. del eje del trazado) no existe exposición directa de las personas a los campos eléctricos y magnéticos que se generarán en la LT. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular indica en el numeral 1.35 de la Adenda N°1, que procederá a medir los niveles de emisión de los campos eléctricos y magnéticos. Esta medición se realizará anualmente en el sitio de la vivienda más cercana al eje de la LT. En relación a lo anterior, esta Dirección Ejecutiva del SEA indica que la metodología a aplicar deberá ser previamente acordada con la Dirección Ejecutiva del SEA y la SEREMI de Salud respectiva, enviándose a dichos órganos de la Administración del Estado, un informe a los 30 días de realizadas las respectivas campañas de monitoreo. 4.8.4. Residuos Sólidos: Etapa de Construcción: A continuación, se presenta el detalle del tipo, generación y manejo de residuo sólido a generar en la etapa de construcción, según lo indicado en el Anexo RS-2 de la Adenda N°1: Tabla 17. Tipo, Generación y Manejo de Residuos Sólidos | Tipo de residuo | Cantidad | Zona de generación | Disposición temporal | Disposición final | Frecuencia de disposición final | | Domésticos | 985 kg/día | Frentes de trabajo e Instalaciones de faena | Patio de almacenamiento de residuos | Lugar autorizado | Cada dos días | | No Peligrosos | 410 kg/día | Frentes de trabajo e Instalaciones de faena | Patio de almacenamiento de residuos | Lugar autorizado o reutilizadas | Una vez a la semana | | Peligrosos (residuos diesel, grasas, lubricantes, pinturas, baterías y otros) | 400 kg/mes | Frentes de trabajo e Instalaciones de faena | Patio de almacenamiento de residuos | Lugar autorizado | Una vez al mes | | Peligrosos (lodos) | 0,5 m3/mes | Lavado de maquinaria y vehículos | Recolectado en piscinas | Retiro por empresa autorizada para su disposición en lugar debidamente autorizado | Una vez al mes | En el numeral 1.24 de la Adenda N°1, se presenta el detalle de las sustancias peligrosas que serán almacenadas durante las etapas del Proyecto. El Titular señala que dispondrá los excedentes de materiales empleados en la construcción (maderas, escombros, alambres, restos de embalajes, restos de hormigón, enfierraduras, materiales sintéticos, etc.), en botaderos o en pozos con planes de recuperación de suelos, autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva. Etapa de Operación: A continuación, se presenta el detalle del tipo, generación y manejo de residuo sólido a generar en la etapa de operación: Tabla 18. Tipo, Generación y Manejo de Residuos Sólidos | Tipo de residuo | Cantidad | Zona de generación | Disposición temporal | Disposición final | Frecuencia de disposición final | | Domésticos | 10 kg/día | S/E y LT | Sector de almacenamiento de residuos | Lugar autorizado | Una vez al mes | | Peligrosos | 20 kg/mes | S/E y LT | Sector de almacenamiento de residuos | Lugar autorizado | Una vez al mes | El transporte de residuos peligrosos lo realizará una empresa autorizada para dichos efectos, la cual retirará los residuos directamente desde los frentes de trabajo. Etapa de Cierre o Abandono: A continuación, se presenta el detalle del tipo y generación de residuo sólido a generar en la etapa de abandono: Tabla 19. Tipo y Generación de Residuos Sólidos | Tipo de residuo | Cantidad kg/mes | | Peligrosos | 220 | | Domésticos | 720 | | No Peligrosos | 130 | Para el caso del hormigón a ser retirado una vez que se proceda al desarme y reutilización y/o reciclaje de las estructuras, éste será dispuesto en lugares autorizados por la autoridad competente. Este hormigón corresponderá a 3.416 m3, equivalente a todas las estructuras del Proyecto. El manejo de los residuos generados en esta etapa se realizará según la normativa vigente. 4.8.5. Residuos Líquidos: Etapa de Construcción: A continuación se presenta el detalle de la generación y manejo de aguas servidas a generar en la etapa de construcción: Tabla 20. Generación y manejo de aguas servidas | Cantidad m3/día | Zona de generación | Disposición temporal | Disposición final | Frecuencia de disposición final | | 221 (*) | Frentes de trabajo, instalaciones de faenas y bodega | baños químicos, baños fijos de descarga en fosa séptica | Retiro por empresa autorizada para su disposición en lugar debidamente autorizado | Una vez al día | (*) Considerando un peak de mano de obra de 1.525 personas en los meses de mayor demanda. Otros residuos líquidos serán generados por el lavado de carrocerías de maquinaria y vehículos, los cuales se evaporarán en zonas cubiertas con membrana impermeable. El lavado de camiones se realizará en las instalaciones de faena. Cada instalación de faenas, contará en su interior con una piscina de lavado de camiones. Las piscinas de lavado serán de hormigón de dimensiones 10 m (largo) x 5 m (ancho) x 1 m (alto), con una rampa de acceso de 5 m de largo. A un costado de la piscina de lavado, se instalará una segunda piscina, dedicada a la evaporación, la cual recolectará los líquidos que sobren del lavado de los vehículos. Esta piscina se construirá en terreno natural sellada con material de polietileno para evaporar el agua sobrante. Considerando que el agua que sobre del proceso de lavado de maquinaria (camiones Mixer y/o vehículos menores), puede contener sustancias como aceite o grasas, este residuo líquido se dejará en las piscinas de evaporación para que cumplan con este proceso. El residuo sólido proveniente del lavado será recolectado y trasladado a lugar autorizado. El traslado será por medio de camiones encarpados, de manera de evitar la fuga de material particulado durante su traslado. Tanto las piscinas de lavado como de evaporación se demolerán con herramientas neumáticas y sus restos serán trasladados a lugares debidamente certificados y autorizados por la legislación vigente. Respecto a las S/E, el lavado de equipos y maquinaria será realizado en sectores impermeables, cuyo efluente será recolectado en piscinas para ser retirado posteriormente por empresa autorizada. Mayores detalles se presentan en el numeral 1.6.1.2 del EIA y 1.31 de la Adenda N°1. Etapa de Operación: A continuación, se presenta el detalle de la generación y manejo de residuos líquidos en la etapa de operación: Tabla 21. Generación y Manejo de Residuos Líquidos | Tipo | Cantidad | Zona de generación | Disposición temporal | Disposición final | Frecuencia de disposición final | | No Peligroso | 0,9 m3/día | Aguas servidas | Plantas de tratamiento de aguas servidas | Retiro por empresa autorizada para su disposición en lugar autorizado | Una vez por semana | | No Peligroso | 250.000 l/año | Lavado de torres | - | Efluente evaporado naturalmente | - | | No Peligroso | 48.000 l/año | Lavado de instalaciones y equipos | Zonas cubiertas con membrana impermeable | Efluente evaporado en zonas cubiertas con membrana impermeable | - | | Peligroso | 1.000 l/año | Operación de transformadores y condensadores (aceite) | Retiro manual o con bombas de las piscinas contenedoras y almacenados en tambores | Retiro por empresa autorizada para su disposición en lugar autorizado | Cada 6 meses | [1] Según lo señalado por el Titular, de acuerdo al documento “Definiciones y Conceptos Relacionados con la Fiscalización” de la Unidad de Fiscalización del MOP, 2005, Cauce es: Lecho por donde corre un arroyo o un río Conducto descubierto o acequia por donde corren las aguas para riego u otros usos. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se recibieron 3 observaciones ciudadanas al Estudio de Impacto Ambiental. Las observaciones formuladas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental son las siguientes: Nombre: Samuel Hidalgo Palacios Observación: Considero que como medida de mitigación, por el impacto visual del sector, se debe mejorar la instalación del Cristo que se ubica en el cruce a Mejillones, elevando dicho monumento. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, en tanto se refiere a un compromiso voluntario del titular. Respecto de lo observado, y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el Titular en la Adenda N°1 (punto 11.3, pág. 133) acoge esta solicitud, comprometiendo voluntariamente a la elevación del citado monumento, de modo tal que no pierda notoriedad frente al trazado de la Línea de Transmisión. El detalle de las disposiciones para el cumplimiento del compromiso se presenta en el numeral 10.4 del presente documento. Nombre: Alexi Manuel Guerra Núñez Observación: La línea de transmisión tiene el vértice número 67 (V67, según lo revisado en la descripción del Proyecto) y se revisó este punto en terreno, pudiéndose verificar que pasa a unos 300 metros, aproximadamente, de un grupo de personas que se tomaron ese terreno. Se tiene conocimiento que ellos hicieron los trámites para regularizar la posesión del terreno ante la SEREMI de Bienes Nacionales en la ciudad de Copiapó. Las coordenadas UTM del V67 son: N7.079.876; E393.264 y el punto que tomamos en el sector denominado las parcelas que administran los señores del Club de Huasos de Diego de Almagro, es: N7.079.740; E392.270. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, en tanto se refiere a potenciales impactos ambientales sobre los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos. Respecto de lo observado, y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que el trazado original de la línea de transmisión presentaba efectivamente las características indicadas en la observación. Sin embargo, en la Adenda N° 1, el Titular replanteó el emplazamiento del trazado en algunas secciones, siendo una de ellas el sector aludido. A continuación se reproduce un extracto de la descripción que presenta el Titular de la nueva situación proyectada en el sector Club de Huasos de Diego de Almagro ante su posible afectación (Adenda N°1, numeral 11.1, págs. 130-131): “(…) los vértices que se encuentran más cercanos al sector “Club de Huasos de Diego de Almagro” corresponden a los vértices V98 y V99 (tal como se ve en la figura adjunta). "Si se mide la distancia desde el límite de este sector de parcelas (Línea roja cuya coordenada de referencia es: N 7.079.935; E 392.931 WGS84), a cada uno de los vértices mencionados, las distancias son superiores a 450 m, tal como se muestra en la tabla siguiente: -Vértice V98 Coordenada E (WGS 84) 393.324 coordenada N (WGS 84) 7.080.392 distancia en línea recta 603 (m) -Vértice V99 Coordenada E (WGS 84) 393.333 coordenada N (WGS 84) 7.079.697 distancia en línea recta 467 (m). Otra consideración que se debe tener al respecto, es la ubicación de las torres, las cuales están localizadas sobre los cerros, por tanto no existen torres a nivel del Club de Huasos”. A lo anterior cabe añadir que el área considerada como adecuada para el levantamiento de información de línea de base para el componente medio humano fue de 500 m. a cada lado del eje del trazado, lo cual fue solicitado en el ICSARA N°1 y atendido por el Titular en la Adenda N°1. En la figura MH-5 contenida en el Anexo MH-1 de la Adenda 1 (pág. 12), se aprecia la ubicación de las viviendas del sector Club de Huasos fuera del área de estudio del Proyecto. De acuerdo a estos antecedentes, se puede afirmar que el Proyecto no genera impactos ambientales sobre el grupo humano que se señala en la observación. Nombre: Alexi Manuel Guerra Núñez Observación: La línea base realizada por la empresa consultora y que fue solicitada por la empresa mandante no cumple con la estacionaldad mínima para la revisión del desierto florido en nuestra provincia. Este se está manifestando en la localidad de Inca de Oro, particularmente, y existe un desconocimiento desde el punto de vista bibliográfico e institucional del verdadero alcance del desierto florido en el norte puesto que en el Libro Rojo de la Flora de Atacama en la Parte IV, capítulo 15 no hace mención del límite norte en la zona intermedia (nuestra comuna o Copiapó) sino que solo se limita a indicar que es en la costa donde el desierto florido se extiende más al norte (región de Antofagasta, probablemente). Lamentablemente mi tiempo y los recursos con lo que cuento no me alcanzaron para hacer una revisión in situ, y solo me limité a revisar lo que afectaba a las personas consiguiéndome un vehículo con los mineros de la zona, a quienes les interesaba su situación particular. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, en tanto se refiere a aspectos sujetos a evaluación conforme a la Ley N° 19.300, como es el estudio de la línea de base del componente flora y vegetación y elementos ambientales asociados. Respecto de lo observado, y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, cabe señalar que, respecto a la estacionalidad del estudio sobre el desierto florido, el Titular incorporó tres campañas adicionales de terreno realizadas con posterioridad a la presentación del EIA, las cuales complementan las realizadas anteriormente entre marzo y junio del 2011, atendiendo la solicitud especificada en el punto 5.9 de la Adenda N°1 (pág. 63). Respecto a las nuevas campañas, el Titular informa lo siguiente (Adenda N°1, numeral 11.1, págs. 131-132): “Con el objetivo de caracterizar el estado de la Flora y Vegetación existente en el área de influencia del Proyecto, incluyendo las modificaciones contempladas para el trazado (Tramo Sur: Norte de Diego de Almagro – Sur de Copiapó) y considerando el enriquecimiento de la flora en las diversas unidades, producto de la emergencia de especies perennes, asociadas al fenómeno del Desierto Florido en la Región de Atacama, se realizaron diversas campañas en sectores a lo largo y ancho del buffer definido (llevadas a cabo durante las semanas del 20 al 24, del 26 al 30 de septiembre y del 7 al 11 de noviembre, todas ellas en el 2011), con la finalidad de obtener información detallada relacionada con la riqueza de especies de flora, tanto de las nuevas áreas (definidas por los cambios de trazado) como de los aportes en el ensamble florístico producto de la generación del “fenómeno del Desierto Florido” en la Región de Atacama, con especial énfasis en una revisión acabada (en terreno) en el área afecta por el Proyecto del Sitio Prioritario Desierto Florido”. Asimismo, las campañas de terreno fueron cotejadas con fotointerpretación y establecimiento de unidades de vegetación a través de imágenes satelitales correspondientes a los períodos de todas las campañas de terreno realizadas, según consta en el numeral 5.8 de la Adenda N°1 (pág. 63). Por otra parte, en relación al grado de conocimiento disponible sobre las características del desierto florido en las comunas de Diego de Almagro y Copiapó, incluyendo la localidad de Inca de Oro, y entendiendo que la observación plantea que la carencia o incompletitud de éste pudiese afectar al estudio de línea base para este Proyecto en evaluación, se puede señalar, de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, lo siguiente: a) Efectivamente, si bien tanto la institucionalidad ambiental como diversos antecedentes bibliográficos reconocen y/o describen la presencia del desierto florido en la Región de Atacama, aún no existe consenso sobre los límites y alcances de la manifestación de este fenómeno. b) Para cumplir con los requerimientos del estudio de línea de base de este proyecto, y considerando la mencionada incertidumbre respecto a los límites y alcance del desierto florido en la Región, el titular realizó campañas de terreno, fotointerpretación y parcelas de inventarios florísticos, por medio de lo cual se determinó la existencia y variedad de especies presentes en el área de estudio. Producto de ello se detectaron 104 unidades vegetacionales que van desde el Sur de Copiapó (y que desde la Unidad 1 a la 29 abarcan el denominado, y con alcances legales por la normativa ambiental vigente, Sitio Prioritario Desierto Florido), hasta el norte de Diego de Almagro, donde específicamente, de la Unidad 1 a la 70 (las unidades 69 y 70 se encuentran ubicadas al noroeste de la localidad de Inca de Oro). El detalle de estos resultados se encuentra en el Anexo FV-1 y FV-2 de la Adenda N°1. Por último, cabe añadir que el Titular propone medidas para el componente flora y fauna en el contexto del desierto florido, que consideran además un plan de seguimiento, lo cual puede ser consultado en la presente resolución, en los considerandos 7 y 8 correspondientes al Plan de Medidas de Mitigación, Compensación, Reparación y/o Restauración y al Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, respectivamente.
Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en inciso 4º del artículo 16 de la Ley Nº 19.300: 6.1 De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que dado que en horario diurno y nocturno de la etapa de construcción del proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” se supera el límite máximo establecido por el Decreto Supremo N° 146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas, en algunos receptores, al proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” le resulta aplicable el literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.1 del ICE. 6.2 De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” generará o presentará efectos adversos significativos sobre la vegetación y flora (unidades correspondientes a formaciones xerofíticas, intervención de formaciones vegetales en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido, efecto sobre individuos de especies en categoría de conservación presentes en y fuera del Sitio Prioritario), fauna y suelo del Sitio Prioritario, por lo que le resulta aplicable el literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300. En relación a lo anterior, si bien el Titular no identificó como efectos, características o circunstancias que dan origen a la necesidad de realizar un EIA, la afectación sobre la fauna terrestre esta Dirección Ejecutiva solicitó en el numeral 4.1 del ICSARA N°1 presentar los antecedentes que avalen lo señalado en el numeral 3.3.2. del capítulo 3 del EIA, en cuanto a la no alteración de la cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y explotación. Lo anterior, dado que el Titular calificó el impacto “Alteración en la abundancia y distribución de las poblaciones de fauna terrestre por pérdida en la calidad del hábitat” de jerarquía media. Al respecto, en el numeral 4.1 de la Adenda N°1 se indica que el Proyecto no provocará efectos adversos significativos sobre la fauna silvestre, lo que, a juicio de esta Dirección Ejecutiva, se contrapone con lo señalado por el Titular en la evaluación de impacto del Proyecto, concluyendo en definitiva que sí hay afectación sobre la fauna nativa. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.2 del ICE. 6.3. De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que el proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” no generará alteración significativa, en términos de reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, por lo que no le resulta aplicable el literal c) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.3 del ICE. 6.4. De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que al proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” le resulta aplicable el literal d) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, lo anterior, porque se considera una intervención en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.4 del ICE. 6.5. De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que el proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” no generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, por lo que no le resulta aplicable el literal e) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.5 del ICE. 6.6. De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1 y 2, y lo expuesto en los informes emanados de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que al proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”, le resulta aplicable el literal f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, lo anterior, por la presencia de elementos patrimoniales en las áreas a ser intervenidas por el Proyecto. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.6 del ICE. Que del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto denominado "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" puede concluirse que las siguientes medidas, propuestas por el Titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas, complementadas, en su caso, por los Órganos de la administración del Estado con Competencia Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias que se generarán o presentarán, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto: 7.1. Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación, de Riesgos y Contingencias Presentadas por el Titular del Proyecto. Impacto: Riesgo a la salud de la población debido a emisiones sonoras Según lo señalado por el Titular en el numeral 5.4 de la Adenda N°2, durante la etapa de construcción de la LT, se instalarán barreras acústicas modulares interponiéndose en la línea de visión entre las fuentes de ruido que proyecten a los receptores R4 y R8. Se considerará un alto de barrera de 3,5 metros en las tres torres más cercanas al receptor R4, entre los vértices 166 y 168 (torres N° 1.192, 1.193 y 1.194) y de 1 metro en las tres torres más cercanas al receptor R8, vértices 137 y 138 (torres N° 1.064, 1.065 y 1.066). El largo de la barrera no será inferior a 10 metros (cuando esto sea posible). En relación a lo anterior, en la tabla RU-3 contenida en la Adenda N°2 se presentan los valores de proyección de ruido esperado para los receptores R4 y R8, considerando la medida de control de ruido propuesta se cumplirá con los niveles máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 146/97 del MINSEGPRES, en todos los receptores identificados. Por su parte, dado que en el horario nocturno (entre las 21:01 hrs. y las 06:59 hrs.), la construcción del Proyecto sobrepasa los límites máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 146/97 del MINSEGPRES, en seis de los diez receptores identificados, el Titular implementará como medida de control de ruido, la paralización nocturna total de las obras del Proyecto, en las cercanías de los receptores R1, R2, R3, R4, R8 y R10. Las estructuras involucradas en esta medida van desde la N° 1.188 (vértice 162) hasta la N° 1.194, para cumplir en los receptores R1, R2, R3 y R4, y desde la torre N° 1.062 y la N° 1.068, para cumplir en los receptores R8 y R10. Otras medidas a implementar corresponden a las siguientes: ˗ Antes de iniciar trabajos, se informará a las casas cercanas al trazado (receptores) de las actividades a ser realizadas. Para lo anterior, se realizarán reuniones informativas a habitantes cercanos a las actividades de construcción a realizar. Al respecto, se mantendrán actas de reunión informativa. ˗ Se restringirá el uso de bocinas, utilizándose sólo en emergencias. ˗ Se utilizarán maquinarias y herramientas en buen estado de mantenimiento. ˗ Todas las maquinarias y camiones utilizados contarán con sus revisiones técnicas al día. Mayores detalles se presentan en el considerando 4.8.2 de la presente resolución. Impacto: Pérdida de suelo Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Donde sea necesario la habilitación de accesos hasta la franja de la LT, se priorizarán aquellas huellas o senderos existentes. ˗ Se privilegiará la utilización del material excedente de las excavaciones para su reaprovechamiento en la preparación del terreno para las S/E. ˗ Respecto a la pérdida de suelo en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido, según lo señalado por el Titular en los numerales 7.3 y 7.4 de la Adenda N°1, se reconsideró una remoción, extracción y acopio de los primeros 20 cm de suelo superficial en las áreas a intervenir por el Proyecto al interior del Sitio Prioritario, con la finalidad de extraer material genético de la flora presente en dicho Sitio. Por su parte, el Titular se hará responsable de la extracción, acopio y disposición del suelo orgánico considerado. El manejo de este suelo se detalla en el numeral 7.5 de la Adenda N°1, donde se define el acopio de suelo dentro del área que se ocupará para la construcción de las torres (625 m2). Este suelo se acopiará sobre geotextiles. Por su parte, se mantendrá un registro de extracciones, acopio y disposición final del suelo. Por su parte, en el numeral 7.3 de la Adenda N°1, el Titular presenta la aproximación metodológica de manera de revertir el impacto ocasionado por la extracción y posterior disposición del suelo. Impacto: Alteración en la abundancia y distribución de las poblaciones de fauna terrestre por pérdida en la calidad del hábitat Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, con énfasis en la presencia de especies en categoría de conservación detectadas en el área de influencia del Proyecto, las cuales se impartirán de forma obligatoria a todas las personas que trabajen durante las distintas etapas del Proyecto. Para las obras a realizar en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido, desde el cruce del Río Copiapó al sur, el Titular dictará charlas a los trabajadores en todo el período de la fase de construcción, sobre temáticas relacionadas a la flora y fauna del ecosistema del Desierto Florido y hábitos y conductas amigables en su relación con ecosistemas de zonas áridas. Al respecto, se mantendrá un registro de capacitación. Mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 del Adenda N°1. ˗ En el área de influencia del Proyecto (tramo Sur: norte de Diego de Almagro – sur de Copiapó) se detectó la presencia de Lama guanicoe y Lycalopex griseus, por lo que se instalarán durante la etapa de construcción señalética indicando la presencia de este tipo de fauna en el sector y así evitar posibles atropellos. Al respecto, se mantendrá un registro fotográfico de la medida. ˗ En relación a la medida de mitigación propuesta en el EIA por el Titular “Plan de Rescate y Relocalización de reptiles y micromamíferos”, el Servicio Agrícola y Ganadero mediante Oficio Ord. Nº 10549 de fecha 22 de Agosto de 2011, solicitó considerar otro tipo de medida de mitigación. Al respecto, el Titular en el numeral 7.11 de la Adenda N°1 acoge la observación de la autoridad, por lo que la medida originalmente propuesta será sustituida por un plan de ahuyentamiento para reptiles y micromamíferos. Las actividades de ahuyentamiento de fauna serán llevadas a cabo durante la época estival, que coincide con los mayores índices de actividad para este tipo de fauna. A su vez, la aplicación del plan se realizará de acuerdo al cronograma de avance del Proyecto, debido a que entre el ahuyentamiento y el comienzo de las obras no debe transcurrir más de una semana debido a la posibilidad de recolonización por parte de la fauna ahuyentada. Los antecedentes del plan de ahuyentamiento se presentan en el Anexo FA-3 de la Adenda N°1. Complementario a lo anterior, mediante Oficio Ord. Nº 4236 de fecha 13 de Abril de 2012, el Servicio Agrícola y Ganadero solicitó establecer un adecuado Plan de Perturbación Controlada, que garantice su éxito. ˗ Piedras, rocas y restos de vegetación serán trasladadas desde el área a intervenir por el Proyecto a las zonas aledañas que no serán alteradas por las obras. De esta manera, los individuos ahuyentados dispondrán de sectores donde puedan refugiarse. Al respecto, se mantendrá un registro fotográfico de la medida. ˗ Durante las faenas de construcción quedará estrictamente prohibido la caza, captura o colecta y alimentación de especies nativas, además de la introducción de animales. ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir. ˗ Confección de cartillas con fotografías e información relevante sobre la fauna en categoría de conservación presente en el área de influencia del Proyecto, disponibles para los trabajadores en la etapa de construcción del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro fotográfico de la medida. Impacto: Posible alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna Las medidas a ser implementadas consideran: ˗ Instalación de desviadores de vuelo en el tramo comprendido entre Mejillones y La Negra, desde el inicio de la LT 220 kV hasta la S/E Elevadora Mejillones, y en la LT 500 kV hasta el vértice 25 (La Negra). ˗ Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, con énfasis en las especies en categoría de conservación, las cuales se impartirán de forma obligatoria a todas las personas que trabajen durante las distintas etapas del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de capacitación. Mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 del Adenda N°1. Mayores detalles de la medida propuesta por el Titular se presentan en el Anexo MM-1 del EIA. Impacto: Alteración en la abundancia de las poblaciones de aves rapaces Las medidas a ser implementadas consideran: ˗ Instalación de desviadores de vuelo en el tramo comprendido entre Diego de Almagro y Copiapó (incluyendo el tramo en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido), además de guardaperchas que impedirán la utilización de las torres de alta tensión como perchas. Lo anterior, desde el vértice 160 hasta el vértice 183 en la S/E Reductora. El recambio de estos señalizadores se realizará cada tres años, tiempo que puede variar dependiendo del estado de deterioro que presenten los dispositivos, lo que se determinará mediante inspecciones anuales de éstos. Durante las inspecciones anuales, se harán las reposiciones necesarias de aquellos dispositivos que presenten daños en su estructura. La revisión, reposición y recambios de desviadores de vuelo y guardaperchas se realizará durante toda la vida útil del Proyecto. Con la finalidad de proteger la avifauna, la Subsecretaría de Medio Ambiente mediante Oficio Ord. N° 112563-A de fecha 23 de agosto de 2011, solicitó al Titular ampliar la implementación de medidas de protección de la avifauna desde la estación 101 a 104 en lo que respecta a los dispositivos desviadores de vuelo de tipo espiral, desviadores de tipo luciérnagas y peinetas (guardaperchas). Dado lo anterior, el Titular en el numeral 7.12. de la Adenda N°1 acoge la observación en cuanto a la ampliación de las medidas de protección de avifauna dentro del Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido. ˗ Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, con énfasis en las especies en categoría de conservación, las cuales deberán impartirse de forma obligatoria a todas las personas que trabajen durante las distintas etapas del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de las charlas realizadas. Impacto: Intervención de Formaciones Xerofíticas Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Se elaborará un Plan de Rescate y Relocalización de Leñosas Bajas a aquellas plantas que determinan o son codominantes de formaciones xerofíticas así como las que se emplazan en el Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido y que conforman formaciones vegetales (mayores detalles en los Anexos MM-04 Protocolo de Rescate y Relocalización de Leñosas Bajas del EIA y FV-4 de la Adenda N° 1). ˗ Se realizará un Plan de Rescate y Relocalización de Cactáceas (mayores detalles en el Anexo FV-4 de la Adenda N°1). ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir, con el objetivo de evitar intervenciones en áreas no planificadas. ˗ Se prohibirá el uso de fuego para actividades de despeje de vegetación y/o eliminación de desechos con la finalidad de disminuir los riesgos de incendio. ˗ Capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo la conservación de la flora del área del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de las capacitaciones. Mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 de la Adenda N°1. Impacto: Intervención de formaciones vegetales en Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Se realizará una colecta de germoplasma de acuerdo a la factibilidad técnica, de las especies dominantes y codominantes (acompañantes, relevantes en la estructura vegetacional) en cada unidad de formación vegetal en el Sitio Prioritario (que no comprenda Formación Xerofítica). Este material será utilizado para la implementación del Plan de Revegetación (mayores detalles en el Anexo FV-4 de la Adenda N°1). ˗ Se realizará la extracción y acopio de los primeros 20 cm de suelo orgánico en las áreas previamente definidas en el microrruteo. Esto permitirá la conservación del germoplasma de las especies ubicadas en estas áreas, tanto para herbáceas perennes como bulbosas. ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir, con el objetivo de evitar intervenciones en áreas no planificadas. ˗ Se prohibirá el uso de fuego para actividades de despeje de vegetación y/o eliminación de desechos con la finalidad de disminuir los riesgos de incendio. ˗ Capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo la conservación de la flora del área del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de las capacitaciones. Mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 del Adenda N°1. Impacto: Intervención de individuos de especie en categoría de conservación, en Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Se realizará el rescate y relocalización de los ejemplares de las especies suculentas en categoría de conservación en sectores anexos y en la misma faja de seguridad (mayores detalles en los Anexos MM-03 del EIA Protocolo y Relocalización de Cactáceas y FV-4 de la Adenda N°1). ˗ Previo a la medida efectiva de rescate se realizará la georreferenciación de los ejemplares que deban ser extraídos, para su posterior relocalización. ˗ Se contempla la realización de una viverización de individuos de Copiapoa megarhiza, mediante ensayos de germinación, sobrevivencia y repoblación, a partir de la recolección de semillas desde el fruto (enero a marzo), con el fin de generar una recuperación en la población que naturalmente se expresa en el área. Esta actividad se realizará durante la etapa de construcción. ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir, con el objetivo de evitar intervenciones en áreas no planificadas. ˗ Se prohibirá el uso de fuego para actividades de despeje de vegetación y/o eliminación de desechos con la finalidad de disminuir los riesgos de incendio. ˗ Capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo la conservación de la flora del área del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de las capacitaciones (mayores detalles en el Anexo FV-5 de la Adenda N°1). Impacto: Intervención de individuos de especie en categoría de conservación, fuera del Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido Las medidas consideran lo siguiente: ˗ Se realizará el rescate de los ejemplares en categoría de conservación de Cumulopuntia sphaerica en áreas a intervenir, y la relocalización se realizará en áreas previamente habilitadas para su reubicación, preferentemente contiguas a las mismas áreas de intervención (mayores detalles en los Anexos MM-03 del EIA Protocolo y Relocalización de Cactáceas y FV-4 de la Adenda N°1). ˗ Previo a la medida efectiva de rescate se realizaría la georreferenciación de los ejemplares que deban ser extraídos, para su posterior relocalización. ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir, con el objetivo de evitar intervenciones en áreas no planificadas. ˗ Se prohibirá el uso de fuego para actividades de despeje de vegetación y/o eliminación de desechos con la finalidad de disminuir los riesgos de incendio. ˗ Capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo la conservación de la flora del área del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de capacitación. Mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 de la Adenda N°1. Respecto a los impactos sobre flora y vegetación, en el numeral 6.3 de la Adenda N°2 el Titular, señala que como medida de restauración se realizará la revegetación (a través de germoplasma y viverización, estacas, rescate y relocalización, etc.) de las unidades de matorral, de las especies leñosas bajas dominantes y codominantes de cada unidad, y de las especies suculentas (cactáceas) en categoría de conservación. A su vez, la revegetación se llevará a cabo en las mismas áreas que serán despejadas por los frentes de trabajo y en la base de las torres, una vez se haya culminado su instalación. Asimismo, se señala que el rescate de germoplasma y la viverización respectiva se contempla para todas las especies objetivo consideradas, por tanto comprende las actividades que aportan a la correcta implementación de las acciones propuestas (mitigación, restauración y compensación, siendo esta última medida la que incorpora la repoblación, la cual se realizará mediante germoplasma y viverización y, a su vez, por reproducción vegetativa). A continuación se indican las especies involucradas en la medida: Tabla 22. Especies involucradas en la medida | Especie | Actividad | | Rescate y relocalización | Rescate de germoplasma y viverización | Reproducción vegetativa por esqueje o estaca | | Atriplex clivicola | | X | X | | Atriplex deserticola | | X | X | | Copiapoa megarhiza | X | X | | | Cumulopuntia sphaerica | X | X | X | | Ephedra breana | X | X | | | Eulychnia acida | X | X | X | | Heliotropium chenopodiaceum | X | X | X | | Nolana albescens | | X | X | Impacto: Potencial Alteración de Evidencias Patrimoniales A efectos de evitar la intervención de los elementos del patrimonio cultural identificados en la línea de base el Titular contempla la realización de las siguientes medidas: ˗ Cercado y señalización de elementos patrimoniales antes del inicio de la construcción del Proyecto: los elementos patrimoniales ubicados en el área de influencia directa o en sectores vulnerables, serán delimitados considerando un área de buffer, la cual será determinada por un arqueólogo en terreno, y protegidos mediante la instalación de cercos y señalética. Los cercos perimetrales y señalética serán mantenidos durante toda la etapa de construcción, para luego ser retirados, con la supervisión arqueológica correspondiente, al finalizar ésta. ˗ En relación a elementos viales altamente significativos, como posibles caminos incaicos y huellas múltiples, se tomarán resguardos especiales para evitar su alteración, limitando la construcción de caminos de accesos que intervengan los mismos y la instalación de elementos físicos para su protección. Aun cuando no se proyecten caminos de acceso que intervengan o crucen este tipo de elementos viales, se instalarán cercos que impidan el tránsito por sobre ellos en el área de influencia del Proyecto. En este mismo sentido, durante el montaje de los cables conductores, en los sectores donde el tendido eléctrico cruce de forma aérea por este tipo de evidencias, se instalarán portales antes y después del sector que requiere protección, que eviten el arrastre de cables y por lo tanto cualquier intervención en la superficie de los mismos. ˗ En el caso de elementos areales significativos, se utilizarán caminos existentes y se evitará la instalación de estructuras de conducción en los sectores nucleares. ˗ Desarrollo de charla de inducción patrimonial: Durante la construcción del Proyecto se realizarán periódicamente charlas a todo el personal involucrado en la construcción del Proyecto, sobre el cuidado y valoración del patrimonio cultural. Asimismo, como parte del contenido de la inducción a los trabajadores, se incluirá un protocolo o procedimiento respecto de hallazgos arqueológicos no detectados durante la Línea Base. Las charlas y sus contenidos serán definidas por el arqueólogo monitor. Para lo anterior, se realizará un informe de arqueólogo en faena y se mantendrán registros de capacitación. ˗ Distribución de cartografía de elementos patrimoniales con la finalidad de que la existencia de elementos patrimoniales protegidos sea conocida de forma generalizada y evitar así su alteración. Esta información será distribuida durante la construcción del Proyecto y entregada a supervisores que tengan a su cargo trabajadores que laboren directamente en terreno. Asimismo, el Titular entregará material de difusión consistente en trípticos que serán entregados en la oficina de Cultura de la Municipalidad de Diego de Almagro y en la Escuela Básica de Inca de Oro. Los trípticos tendrán un resumen de la importancia de los recursos patrimoniales registrados en áreas del Proyecto pertenecientes a la comuna de Diego de Almagro (especialmente del Camino del Inca), redactado en lenguaje sencillo y con apoyo fotográfico, dirigido al público general para difusión del patrimonio local. Al respecto, esta Dirección Ejecutiva indica que todo material de difusión deberá ser visado previamente por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN). ˗ Monitoreo arqueológico permanente durante la construcción para así verificar las medidas planteadas. Respecto de la instalación de cercos y señalética, el Titular remitirá un informe con las características técnicas de dichas medidas al CMN para su análisis y aprobación, previo a iniciarse dichos trabajos. Por su parte, la delimitación y protección de los sitios será realizada antes del inicio de las faenas de construcción. La materialidad de cercos y señalética será acorde con el paisaje y con los factores de riesgo sobre el patrimonio. La señalética establecerá claramente la restricción de acceso a los sitios durante la construcción y operación del Proyecto. El detalle de las medidas de mitigación para el patrimonio cultural, se adjunta en el anexo MM-5 del EIA y Anexo FI-1 de la Adenda N°1. A continuación se presentan las medidas incorporadas en el EIA del proyecto calificado ambientalmente mediante la RCA 019/99, las cuales aplican al Tramo Central: ˗ No se realizarán movimientos de tierra y no se instalarán torres en sectores con vegetación o rastrojos de ésta, especialmente en quebradas (Carrizalillo, Doña Inés Chica, Salado y Saladillo). ˗ No se instalarán torres en aquellos sectores donde existe la probabilidad de acumulación de agua (depresiones o sectores con depósito de limo). ˗ No se realizarán movimientos de tierra en aquellos sectores donde existe la probabilidad de acumulación de agua (depresiones o sectores con depósito de limo). ˗ Previo al inicio de actividades de construcción, se realizará un reconocimiento detallado de los lugares a intervenir, de manera de identificar la existencia de madrigueras de la especie Callopistes palluma. ˗ En relación al impacto “Desequilibrio en el perfil natural de la quebrada (Carrizalillo) nivel superior, medio e inferior”, se considera la ocupación del mínimo espacio, donde se concentren las actividades del Proyecto. Se entenderá por mínimo espacio la utilización exclusiva de la franja de servidumbre. Asimismo, se considera el emplazamiento de estructuras transparentes (líneas simples). 7.2 Otras acciones ambientales consideradas por el Titular: Sterna lorata (gaviotín chico): Se considera la realización de las siguientes acciones: ˗ Desarrollo de charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, por parte de un biólogo, con énfasis en la presencia de Sterna lorata en la bahía de Mejillones, la importancia de este sector como área de nidificación del 80% de la población mundial de gaviotines chicos, además de los esfuerzos realizados por parte de la Ilustre Municipalidad de Mejillones y la Fundación para la Sustentabilidad del Gaviotín Chico para su conservación. Al respecto, se mantendrá un registro de las charlas realizadas (mayores antecedentes, se presentan en el Plan de Capacitación Ambiental contenido en el Apéndice 1, Anexo FV-5 de la Adenda N°1). ˗ Confección de cartillas con fotografías e información relevante sobre el gaviotín chico, para entrega a trabajadores durante la etapa de construcción (material impreso disponible en frentes de trabajo). ˗ Prohibición de caza, captura o colecta y maltrato de cualquier ejemplar de gaviotín chico. Además de la introducción de animales que puedan afectar la sobrevivencia de los huevos o polluelos potencialmente presentes en las áreas circundantes. ˗ Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de acceso definidos y áreas a intervenir, con el objetivo de evitar destrucción de nidos de gaviotín chico. ˗ Desarrollo de un plan de monitoreo de colisiones en el tramo norte del Proyecto, para las especies Sterna lorata (gaviotín chico) y Leucophaeus modestus (gaviota garuma) (detalles en el Anexo FA-4 de la Adenda N°1). Flora: ˗ Según lo señalado por el Titular en el Anexo FV-4 de la Adenda N°1 se considera un monitoreo durante la etapa de construcción, de las poblaciones de Eriosyce confinis (unidad 13), así como de Eriosyce aurata (unidad 52a), a fin de corroborar la nula intervención de sus ejemplares por parte de las obras del Proyecto y cotejar su estado fitosanitario y condiciones biológicas respectivas. Paisaje y Suelos: ˗ Al término de la construcción del Proyecto se realizará una limpieza de las áreas de trabajo (franja de seguridad y áreas de instalación de faenas), de modo de eliminar del terreno carretes de cables, instalaciones de faenas u otros elementos exógenos al paisaje. ˗ En los lugares de emplazamiento de la instalación de faenas, una vez finalizada la etapa de construcción, se procederá a reacondicionar el terreno, con el fin de dejar el lugar en condiciones topográficamente similares a las previas al desarrollo del Proyecto. En relación las medidas mencionadas, se entregará a la Dirección Ejecutiva del SEA un informe de cumplimiento de medidas al final de la etapa de construcción. Suelos: ˗ El Titular ha definido que todos aquellos accesos con una pendiente superior al 15%; que sean huellas existentes o accesos a construir; que se encuentren en sectores de moderado o alto grado de erodabilidad o que estén presentes dentro del Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido, tendrán medidas para evitar la activación de procesos erosivos. Dichas medidas se detallan en el numeral 7.2 de la Adenda N°1 y en el anexo SU-1 de la Adenda 2, donde se incorpora el plan de seguimiento del componente suelo. ˗ Para el estrato superficial efectivo en los suelos de Capacidad de Uso Clase III y IV, se realizará la remoción de los primeros 50 cm, los cuales se acopiarán y se dispondrán para reacondicionar sectores según lo señalado por los propietarios de cada uno de los predios Norfrut y Unifruti. Por su parte, el Titular considerará que en las medidas de construcción, operación y cierre del Proyecto, el corte y el manejo de los taludes sigan la topografía dominante, además el material removido se dispondrá de manera uniforme sobre la superficie del terreno, de tal forma de evitar la modificación de las geoformas predominantes. Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido: ˗ Se contempla realizar una revisión de terreno cada vez que se presente el fenómeno de Desierto Florido durante un periodo de 10 años posteriores al inicio de la etapa de operación del Proyecto, en el área de estudio definida para la línea de base, al interior del Sitio Prioritario para la Conservación Desierto Florido, con la finalidad de complementar la información existente acerca de este Sitio, generando avances y actualización (estado del arte) del conocimiento florístico y vegetacional en el sector. Después de cada inspección se entregará un informe de resultados a la autoridad competente. Respecto de la presente medida, la Subsecretaría de Medio Ambiente mediante Ord. N° 121207 de fecha 23 de Abril de 2012 condiciona lo siguiente: Se reitera la posibilidad de que dentro de los 10 años que propone el Titular no se produzcan eventos de precipitaciones que permitan asegurar un evento de floración en el ecosistema del Desierto Florido en la Comuna de Copiapó. Por lo tanto, para asegurar el éxito de las medidas, especialmente lo referido al suelo que se reservará y repondrá con todo el material genético rescatado, se establecerá que el umbral mínimo para evaluación debe ser de 15 mm de precipitación o superior a este. Si este volumen de precipitación no se cumple dentro de los 10 años que propone el Titular, éste debe esperar que se cumpla la condición para realizar una evaluación válida. Mayores detalles en el numeral 7.2.5. del ICE. Por otro lado, la Subsecretaría de Medio Ambiente mediante Oficio Ord. N° 112563-A de fecha 23 de Agosto de 2011 solicitó considerar como medida de compensación, la implementación de infraestructura (señalética, letreros, etc.) en el bien protegido “Autodestinación con fines de Conservación Desierto Florido de los Llanos de Travesía”. Al respecto, el Titular en el numeral 7.20 de la Adenda N°1 indicó que llevará a cabo la implementación de infraestructura alusiva al bien protegido “Autodestinación con fines de Conservación Desierto Florido de los Llanos de Travesía”, mediante señalética, de las cuales se consideran tres (uno en el inicio, otro en el tramo medio y finalmente en la última sección de proyección del Proyecto al interior del Sitio Prioritario Desierto Florido), en sectores relevantes a definir en terreno, donde se puedan visualizar correctamente por las personas que transiten por el área. El detalle del Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación propuesto por el Titular, se presenta en el Capítulo 5 del EIA y en la Adenda N°1, incluido su Anexo FI-1. Por su parte, las medidas de prevención de riesgos y control de accidentes y el Plan de prevención de riesgos y de Emergencias Químicas consideradas por el Titular, se presentan en el capítulo VIII del ICE. En la Tabla siguiente se presenta el Plan de seguimiento de las variables ambientales que dan origen al EIA. Tabla 23. Plan de seguimiento de las variables ambientales que dan origen al EIA | Descripción | Impacto en | Dónde | Comparar con | Duración y Frecuencia | Método | Frecuencia de informes | Informes | | Ruido Medición de emisiones sonoras producto de las obras de construcción Etapa de construcción | Riesgo a la salud de la población debido a emisiones de sonoras | En receptores R4 y R8 | Límites del D.S. Nº 146/97 Ministerio Secretaría General de la Presidencia (R4:50 y R8:47,1 dB(A)) | Durante la construcción de las 3 torres más cercanas al receptor R4 (N° 1.192, 1.193 y 1.194) y al receptor R8 (N° 1.064, 1.065 y 1.066). La primera campaña se realizará apenas inicien las obras, y luego con frecuencia mensual, si la construcción supera esa duración | Conforme a lo establecido en el D.S. Nº 146/97 MINSEGPRES Informe de instalación de pantalla con fotografías | Mensual | Ministerio de Salud Dirección Ejecutiva SEA | | Suelo Remoción de suelo en sectores que presenten sensibilidad a la erosión Etapa de construcción y operación | Suelos susceptibles de ser erosionados | Obras del Proyecto y tramos de accesos sujetos a ampliación o construcción que, estén dentro del Sitio Prioritario, o que presenten una pendiente superior al 15% o se encuentren en un área definida como moderada o alta erodabilidad | Monitoreo cada seis meses, partiendo de un monitoreo cero antes de construcción, y que se extenderá hasta que no haya evidencia de procesos erosivos activados por el Proyecto, incluyendo el monitoreo de medidas correctivas, si procede | Monitoreo fotográfico realizado por equipo experto, que permita tener registro semestral de las áreas involucradas para determinar la ocurrenciade procesos erosivos | Que no se verifiquen cambios en comparación al monitoreo cero, considerando que previamente deberán aplicarse todas las medidas ambientales para vegetación que fueron comprometidas en el Anexo FV-4, de la Adenda N°1 y la reposición del suelo extraído en el Sitio Prioritario Desierto Florido | Informe posterior al monitoreo cero, previo al inicio de la construcción del Proyecto. Informes semestrales y un informe final una vez demostrada la no afectación de las obras en este recurso | SAG Dirección Ejecutiva SEA | | Fauna Monitoreo de la implementación del Plan de Perturbación Controlada para reptiles y micromamíferos Etapa de construcción | Alteración en la abundancia y distribución de poblaciones de fauna terrestre | En áreas del Proyecto donde se detecte la presencia de reptiles y micromamíferos | Indicadores de éxito de la medida, ausencia de evidencias de reptiles y micromamíferos, con posterioridad a la implementación de plan de perturbación controlada. Mayores detalles en el Anexo FA-3, Adenda N°1 | La medida se implementará 1 semana antes el comienzo de las obras en cada sector, con el objeto de evitar la recolonización por parte de los organismos. La medida se llevará a cabo de acuerdo al avance del cronograma del Proyecto | Alteración del hábitat de reptiles y micro mamíferos, mediante la remoción de refugios, con el objeto de forzar su huida hacia sectores aledaños. Mayores detalles en el Anexo FA-3, Adenda N°1 | Informe luego de cada campaña de perturbación controlada | SAG Dirección Ejecutiva del SEA | | Desarrollo de charlas educativas de cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en especies en categoría de conservación Etapa de construcción | Alteración en la abundancia y distribución de poblaciones de fauna terrestre | Frentes de Trabajo | Lista de asistencia, entrega de instructivo (tríptico, ficha técnica y materiales) y registro | Para cada nuevo trabajador que se incorpore a los frentes de trabajo (Plan de Capacitación, Apéndice FV-1, Anexo FV-5, Adenda N°1) | Realización de charlas de capacitación y control de registro | Informe semestrales de capacitaciones realizadas y copia de bitácora | SAG Dirección Ejecutiva del SEA | | Formaciones Vegetales en Sitio Prioritario Monitoreo de Implementación de Plan de revegetación Etapa de construcción | Intervención de Formaciones vegetales en Sitio Prioritario para la Conservación | En áreas de relocalización a ser informadas previo al proceso de revegetación, se considera en sectores anexos en cada unidad intervenida | Establecimiento de ejemplares objetivo, que considera el real establecimiento de las especies objetivo del Plan de Trabajo para Aprovechamiento Sustentable de Formaciones Xerofíticas | Frecuencia mensual durante los tres primeros años (año 1 al 3); trimestral desde el año 4 al 6 y anual desde el año 7 al 10 | Verificación in-situ de individuos objetivo de medida. Determinación real del establecimiento de los ejemplares objetivo, considerando su estado fitosanitario, su vigor, regeneración de tejido vegetativo,generación de floración y semillación | Informes semestrales (año 1 al 6), informe anual desde el año 7 al 10 | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF | | Implementación de plan de capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico, comprometiendo la conservación de las formaciones vegetales en Sitio Prioritario para la Conservación Etapa de construcción | Intervención de Formaciones vegetales en Sitio Prioritario para la Conservación | Dependencias físicas y frentes de Trabajo | Lista de asistencia, entrega de instructivo (tríptico, ficha técnica y materiales) y registro | Para el público objetivo directo de manera semanal, para el público objetivo indirecto de manera quincenal y para el personal de operación y mantenimiento de manera trimestral (ver Plan de Capacitación, en Apéndice 1 del Anexo FV-5) | Realización de charlas de capacitación y control de registro | Informes semestrales (año 1 al 10). | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF | | Individuos de especies en categoría de conservación, en Sitio Prioritario Monitoreo de medidas aplicadas a las especies en Categoría de Conservación Etapa de construcción | Intervención de individuos en Categoría de Conservación, dentro del Sitio Prioritario | Frentes de Trabajo en unidades definidas por COT, en las cuales se presenten estas especies | Establecimiento de los ejemplares objetivo, que considera su real establecimiento (especies objetivo y alcances definidos en el Anexo FV-4). Todos los informes generados serán entregados a la autoridad competente para su conformidad | Frecuencia mensual durante los tres primeros años (año 1 al 3); trimestral desde año 4 al 6 y anual desde el año 7 al 10 | Verificación insitu de individuos objetivo de medida. Determinación del real establecimiento de los ejemplares objetivo, considerando su estado fitosanitario, su vigor, regeneración de tejido vegetativo, turgencia de espinas, generación de floración y semillación | Informes semestrales (1 al 6to año), informe anual desde el año 7 al 10 | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF SAG | | Ensayos de germinación sobrevivencia y repoblación para Copiapoa megarhiza Etapa de construcción | Intervención de individuos en Categoría de Conservación, dentro del Sitio Prioritario | Faja de seguridad y frentes de Trabajo en unidades definidas por COT, en las cuales se presenten éstas especies | Establecimiento de los ejemplares objetivo, que considera su real establecimiento. Todos los informes generados serán entregados a la autoridad competente para su conformidad | Frecuencia mensual durante los tres primeros años (año 1 al 3); trimestral desde el año 4 al 6 y anual desde el año 7 al 10 | Verificación insitu de individuos objetivo de medida. Determinación del real establecimiento de los ejemplares objetivo, considerando su estado fitosanitario, su vigor, regeneración de tejido vegetativo, turgencia de espinas, generación de floración y semillación | Informes semestrales (año 1 al 6), informe anual desde el año 7 al 10 | Dirección Ejecutiva del SEA Subsecretaría de Medio Ambiente CONAF SAG | | Implementación de charlas educativas de cuidado y valoración de la biodiversidad Etapa de operación | Intervención de Sitio Prioritario para la Conservación | Puntos de trabajos | - | En forma semestral, al inicio de manifestación del fenómeno del Desierto Florido o bien al inicio de toda nueva actividad a cargo de cada contratista | Realización de charlas de capacitación y control de registro | Informe semestrales de capacitaciones realizadas y copia de bitácora. | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF | | Individuos de especies en categoría de conservación, fuera de Sitio Prioritario Monitoreo de medidas aplicadas a las especies en categoría de conservación Etapa de construcción | Intervención de individuos en Categoría de Conservación, fuera del Sitio Prioritario | Frentes de Trabajo en unidades definidas por COT, en las cuales se expresan éstas especies | Establecimiento de los ejemplares objetivo, que considera su real establecimiento (especies objetivo y alcances definidos en el Anexo FV-4). Todos los informes generados serán entregados a la autoridad competente para su conformidad | Frecuencia mensual durante los tres primeros años (año 1 al 3); trimestral desde el año 4 al 6 y anual desde el año 7 al 10 | Verificación insitu de individuos relocalizados. Determinación del real establecimiento de los ejemplares objetivo, considerando su estado fitosanitario, su vigor, regeneración de tejido vegetativo, turgencia de espinas, generación de floración y semillación | Informes semestrales (año 1 al 6), informe anual desde el año 7 al 10 | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF SAG | | Implementación de plan de capacitación del personal involucrado directa o indirectamente con el medio biótico comprometiendo la conservación de los individuos en Categoría de Conservación, fuera del Sitio Prioritario Etapa de construcción | Intervención de individuos en Categoría de Conservación, fuera del Sitio Prioritario | Dependencias físicas y frentes de trabajo | - | Para el público objetivo directo de manera semanal, para el público objetivo indirecto de manera quincenal y para el personal de operación y mantenimiento de manera trimestral (ver Plan de Capacitación, en Apéndice 1 del Anexo FV-5) | Realización de charlas de capacitación y control de registro | Informes semestrales (1 al 10 año) | Dirección Ejecutiva del SEA CONAF SAG | | Arqueología Monitoreo arqueológico permanente de los elementos patrimoniales registrados en línea de base y supervisión de movimientos tierra que pudiesen dejar al descubierto elementos patrimoniales en estratigrafía, no registrados durante la línea de base Etapa de construcción | Intervención de elementos patrimoniales | Frentes de trabajo y en general todas las áreas del influencia del Proyecto en donde se registraron elementos patrimoniales | Estado de conservación de elementos patrimoniales registrados en línea de base | Se realizará de forma permanente durante toda la etapa de construcción del Proyecto | Revisión periódica del estado de conservación de los elementos patrimoniales detectados en la línea de base. La supervisión directa de los frentes de trabajo donde se desarrollen movimientos de tierra | Informes bimensuales. Al respecto el Titular señala en la Adenda N°2 que remitirá los informes en un plazo no mayor a 10 días hábiles, tras el término de cada período de monitoreo mensual | Dirección Ejecutiva del SEA Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) | | Cercado y señalización de elementos patrimoniales Etapa de construcción | Intervención de elementos patrimoniales | Frentes de trabajo y en general todas las áreas del influencia del Proyecto en donde se registraron elementos patrimoniales | Estado de conservación de elementos patrimoniales registrados en línea de base | Se realizará de forma permanente durante toda la etapa de construcción del Proyecto | Supervisión de la correcta Implementación de medidas de mitigación (p.e. señaléticas y cercados) | Informes de carácter bimensual. | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | | Desarrollo de charlas de inducción patrimonial Etapa de construcción | Intervención de elementos patrimoniales. | Frentes de trabajo | - | Se impartirán a todo el personal involucrado en la obras y cuando se incorporen nuevos contratistas al Proyecto durante la etapa de construcción | Implementación de charlas educativas de cuidado y valoración del Patrimonio arqueológico | Informes de carácter bimensual y actas de asistencia | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | | En el caso de huellas, caminos u otros de carácter patrimonial, se tomarán medidas para evitar su alteración (limitar el acceso, construcción de portales, etc.) Etapa de construcción | Intervención de elementos patrimoniales | Frentes de trabajo y en general todas las áreas del influencia del Proyecto en donde se registraron elementos patrimoniales | Estado de conservación de elementos Patrimoniales registrados en línea de base | Se realizará de forma permanente durante toda la etapa de construcción del Proyecto | Instalación de portales, señalética, cercos, geotextil, etc. | Informes de carácter bimensual | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | Respecto a la posible alteración en la abundancia de las poblaciones de avifauna y la alteración en la abundancia de las poblaciones de aves rapaces, el Titular realizará una verificación visual de las medidas de instalación de desviadores de vuelo en el tramo comprendido entre Mejillones y La Negra e instalación de desviadores de vuelo en el tramo sur final en la comuna de Copiapó, además de guardaperchas, respectivamente. Adicionalmente, el Titular realizaría los siguientes seguimientos de otras variables ambientales: Tabla 24. Seguimiento de otras variables ambientales | Descripción | Etapa | Componente afectado | Dónde | Comparar con | Duración y Frecuencia | Método | Frecuencia informes | Informes | | Paleontología Monitoreo Paleontológico en el sector 1 en los puntos LB1, LB2, LB3, LB4 y en el sector 4 en los puntos LB18, LB19 y LB20 registrados en línea de base y supervisión de movimientos tierra y excavación de fundaciones que pudiesen dejar al descubierto elementos patrimoniales en estratigrafía, no registrados durante la línea de base | Construcción | Intervención de elementos paleontológico | En frentes de trabajo en los puntos LB1, LB2, LB3 del sector 1 y los puntos LB18, LB19, LB20 del sector 4 | Estado de conservación de elementos patrimoniales registrados en línea de base | Se realizará durante las actividades de movimiento de material y excavaciones de fundaciones | Revisión periódica del estado de conservación de los elementos patrimoniales detectados en la línea de base. La supervisión directa de los puntos de los sectores 1 y 4 de trabajo cuando se desarrollen movimientos de tierra y excavaciones de fundaciones de estructuras | Informes mensuales de monitoreo en un plazo no mayor a 10 días hábiles, tras el término de cada periodo de monitoreo mensual. | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | | Suelo Remoción de superficie de 25 x 25 x 0,2 m de suelo en estructuras de vértices de anclaje | Construcción y Operación | Suelos de Clase III y IV | Suelos Clase III predio Norfrut y Suelos Clase IV Unifruti | Se realizará un monitoreo al momento de la extracción del suelo involucrado. Posteriormente se realizará una supervisión de toda la trazabilidad de la actividad | Verificación in situ de la extracción del recurso suelo y de la disposición en áreas dispuestas cercanas a las torres. | No aplica | Informe al inicio de las obras. Informes semestrales y un informe final al cabo de los 5 años o una vez demostrada la no afectación de las obras en el suelo | Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) Dirección Ejecutiva SEA | Respecto del componente paleontológico, el CMN indica mediante Ord. Nº 1883 de fecha 2 de Mayo de 2012 que considera adecuada la propuesta de monitoreo paleontológico propuesta por el Titular en los tramos individualizados. Dicho monitoreo deberá ser permanente en estos sectores y dar cuenta mediante informes mensuales de las actividades realizadas en todos los frentes de excavación o movimiento de tierra que el Proyecto requiera. Dichos informes deberán, a su vez, ser remitidos al CMN para su consideración y revisión en un plazo no mayor a 10 días hábiles una vez concluido el periodo mensual de monitoreo. Adicionalmente, se deberá remitir un informe consolidado final de todas las actividades efectuadas una vez concluidas las etapas de construcción en los tramos monitoreados. A su vez, el Titular indica que de ser necesario intervenir algún rasgo lineal se informará a la Dirección Ejecutiva del SEA y al CMN. En ese caso, se hará un registro completo de éste en el área de intervención o faja de servidumbre del Proyecto, a través de un seguimiento estableciendo rumbo y trayectoria, además del registro de puntos singulares (cruces, bifurcaciones, otros elementos patrimoniales asociados espacialmente, etc.), a fin de obtener información cultural que permita una mejor descripción y comprensión del rasgo lineal considerando una extensión de 1 km. El registro completo se hará con fichas adecuadas que den cuenta tanto de las características y orientación de dichos rasgos así como de sus asociaciones contextuales, lo cual será registrado en un plano o mapa a escala adecuada (ej. 1:10.000), labor que será ejecutada durante la fase de monitoreo y adjuntada a los correspondientes informes mensuales. Por otro parte, el Titular compromete un monitoreo de colisión de aves, las actividades de monitoreo de colisiones serán llevadas a cabo durante la época reproductiva de las especies Sterna lorata (gaviotín chico) y Leucophaeus modestus (gaviota garuma) durante toda la vida útil del Proyecto. Durante estos monitoreos, también se registrarán los hallazgos de otras especies de aves detectadas en el tramo estudiado. Para el caso de Sterna lorata, se monitoreará el sector de Pampa Mejillones, área utilizada por esta especie para la nidificación. El monitoreo comenzará la primera semana de agosto y se extenderá hasta la última semana de febrero del año siguiente. La metodología considera el monitoreo del trazado de la LT desde el vértice 1 de la LT 200 kV hasta el vértice 2 de la LT 500 kV, con una frecuencia semanal. El monitoreo se realizará dentro de un buffer de 50 metros hacia cada lado del tendido, en donde se registrarán todos los hallazgos de gaviotines muertos (volantones, juveniles y adultos). En el caso de Leucophaeus modestus, se monitoreará el sector desde la costa de Mejillones hasta La Negra. El monitoreo comenzará la primera semana de noviembre y se extenderá hasta la última semana de marzo del año siguiente. Se monitoreará el trazado del tendido eléctrico desde el inicio de la LT 220 kV, hasta la S/E Elevadora Mejillones, y en la LT 500 kV hasta el vértice 25 (La Negra). El monitoreo se realizará dentro de un buffer de 50 metros hacia cada lado del tendido El informe contendrá la información relacionada a incidentes de colisión (número de individuos muertos, especie, edad, estado del cuerpo, presencia y estado de dispositivos de desviación de vuelo, fotografías, coordenadas UTM, entre otros), además de las medidas correctoras ejecutadas cuando corresponda. A su vez, se evaluarán los cambios en la frecuencia de colisiones con la línea de transmisión, identificando las zonas con mayores registros, asociando esta información con las condiciones climáticas y analizando los cambios entre cada temporada. También se indicarán los hallazgos de otras especies de aves muertas registradas en el marco de los monitoreos de colisiones para S. lorata y L. modestus, describiendo los mismos parámetros. Los informes se elaborarán posteriores al término de la temporada reproductiva, y serán enviados a la Subsecretaría del Medio Ambiente y al Servicio de Evaluación Ambiental, Dirección Ejecutiva, para ser entregado a los servicios competentes para su revisión y observaciones respectivas. Mayores antecedentes en el Anexo FA-4 de la Adenda N°1. A continuación, se adjunta el seguimiento aprobado en la RCA Nº019/99 (Tramo Central): Tabla 25. Seguimiento Proyecto Aprobado mediante RCA Nº019/99 | Descripción | Componente afectado | Dónde | Comparar con | Duración y Frecuencia | Método | Frecuencia de informes | Informes | | Seguimiento a los hallazgos arqueológicos detectados en la zona para aquellos clasificados como de “riesgo” (A menos de 100 m a cada lado de la línea o S/E) | Intervención de elementos patrimoniales | Frentes de trabajo y en general todas las áreas del influencia del Proyecto en dónde se registraron elementos patrimoniales | Estado de Conservación de elementos patrimoniales registrados en línea de base | Se realizará de forma permanente durante toda la etapa de construcción del Proyecto | Supervisión de la correcta implementación de medidas de mitigación (p.e. señalética y cercados) | Informes de carácter bimensual | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | | Se exigirá que los accesos sean en la franja de seguridad | Intervención de elementos patrimoniales | Accesos por construir del Proyecto | Estado actual de sectores sin intervenir | Durante la etapa de construcción | Supervisión del cumplimiento de la medida | Informes (semestral) durante en avance de las obras | Dirección Ejecutiva del SEA CMN | | Monitorear las medidas mitigantes de paisaje | Paisaje de la Zona | Áreas de influencia del Proyecto | Línea de Base | Durante la etapa de construcción | Supervisión de la correcta implementación de medidas | 1 vez al finalizar las obras | Dirección Ejecutiva del SEA | | Estado de avance de las obras, identificación detallada de las medidas de mitigación, reparación y compensación, identificación de los impactos ambientales no previstos, la forma de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable, y la identificación de los profesionales y/o especialistas autores del informe | - | - | Informes anteriores | Bimensual, durante la duración de las obras | Realización del informe propiamente tal | Bimensual | Dirección Ejecutiva del SEA | | Informe Final a la etapa de construcción del Proyecto con: Síntesis de las obras y acciones etapa construcción, descripción de medidas aplicadas durante la construcción (incluyendo fotografías y cartografía), Análisis de la efectividad de las medidas de mitigación, reparación y/o compensación aplicadas, identificación de impactos no previstos, junto a medidas adoptadas para hacerse cargo de sus efectos, la forma de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable a las obras y acciones ejecutadas durante la construcción del Proyecto, y la identificación de los profesionales y/o especialistas autores del informe | - | - | - | Al finalizar la etapa de construcción | Realización del informe propiamente tal | Un informe al finalizar la etapa de construcción | Dirección Ejecutiva del SEA | El detalle del Plan de Seguimiento se adjunta en el Anexo SE-1 del Adenda N°2. Los detalles de otras acciones a implementar por el Titular se presentan en el numeral VIII del ICE. Condiciones o Exigencias Específicas 10.1. Respecto de los generadores de electricidad que se utilizarán, se indica al Titular que, si estos tienen una potencia mayor a 20 KW, deberá declarar sus emisiones de contaminantes atmosféricos, de acuerdo al D.S. N° 138, de 2005, del MINSAL. 10.2. En caso de generarse descargas accidentales de residuos líquidos, el Titular deberá informar por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios en un plazo máximo de 24 horas indicando las circunstancias del incidente, las medidas para superarlo y el plazo en que se ejecutarán. 10.3. Respecto al numeral 8.1 del ICE, se estipula que ante el riesgo de que durante la etapa de construcción del Proyecto ocurriese algún tipo de riesgo de intervención en elementos o sitios pertenecientes al patrimonio cultural,“se aplicará un plan de rescate arqueológico de los elementos en riesgo, el cual será presentado al CMN para obtener autorización para realizar un rescate y traslado de los recursos de valor arqueológico hasta los lugares designados por dicho Consejo. El Plan de Rescate considerará al menos los siguientes aspectos: un área suficientemente amplia que permita excavar y obtener adecuado registro sin dañar las evidencias arqueológicas, la recopilación de muestras para ser enviadas a un laboratorio especializado para su lavado, clasificación, embalaje y el envío de los elementos arqueológicos a lugares designados por la autoridad correspondiente”, entre otras medidas a implementar. Al respecto, dicha medida sólo procede en caso de realizarse hallazgos imprevistos de componentes patrimoniales, no siendo una alternativa de manejo a implementar para aquellos sitios reconocidos en la Línea de Base Arqueológica durante la evaluación ambiental, los cuales se protegerán de las obras y actividades del Proyecto. Asimismo, en caso de detectarse un sitio arqueológico como hallazgo no previsto que se encuentre en riesgo inminente de intervención durante la etapa de construcción del Proyecto, el CMN será quien defina si se debe implementar un salvataje o un rescate arqueológico. 10.4. Disposiciones para el cumplimiento del compromiso voluntario del Titular respecto al Monumento del Cristo ubicado en el Cruce de Mejillones: Dado que el Titular asume como compromiso voluntario la elevación del Monumento de Cristo ubicado en el Cruce de Mejillones, llamado también “Cristo del Camino”, con el fin de que éste no pierda notoriedad frente al trazado de la Línea de Transmisión, se especifica lo siguiente para su cumplimiento: - Se firmarán actas del acuerdo con el detalle de las obras y/o actividades, y se elaborará un plan de cumplimiento del compromiso, previo a la construcción de la línea en la comuna de Mejillones, de los cuales se enviará copia al SEA para su seguimiento. El acta de acuerdo y el plan de cumplimiento deberá contar con la firma de, al menos, las siguientes personas: a) Representante del Titular. b) Alcalde de Mejillones. c) Director de Obras. d) Autoridad Parroquia Corazón de María de Mejillones. e) Encargado/a Museo de Mejillones. f) Propietario del terreno donde se emplaza el Monumento. Asimismo, se sugiere que se incorpore a personas que participaron en la gestación del monumento en el año 1981 y en su inauguración en 1982. - El plan de cumplimiento del compromiso podrá incluir obras anexas al levantamiento del monumento (pintura, placas conmemorativas, etc.), siempre y cuando se resguarde el sentido y los usos actuales que éste tiene. - El compromiso de levantar el monumento podrá anularse sólo si existe un rechazo por parte de la totalidad de los participantes en el acuerdo, y por motivos debidamente fundados, lo que deberá estar acreditado a través del rechazo expreso. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán realizar las obras anexas aludidas en el punto anterior, que cumplan con las disposiciones allí presentes y que cumplan con la finalidad expresa de que el monumento no pierda notoriedad frente al trazado de la LT. - Las obras podrán comenzar en cuanto el Titular sea notificado por la Dirección Ejecutiva del SEA de la aprobación del plan de cumplimiento del compromiso. - El compromiso de elevar el Cristo se deberá cumplir dentro del plazo máximo de 1 año a contar del inicio de las obras en la comuna de Mejillones. - Una vez finalizadas las obras, se elaborará un informe que las detalle, junto a los plazos en las cuales fueron efectuadas, planos o fotografías y otros elementos que describan el cumplimiento del compromiso. El informe deberá ser enviado a la Dirección Ejecutiva del SEA, en un plazo de 1 mes de finalizadas las obras y deberá acompañarse del documento en que se dé constancia de la conformidad de los firmantes del acta del acuerdo y plan de cumplimiento. - Se podrá realizar una actividad pública de inauguración de las obras u otras actividades que se ajusten a la finalidad de este compromiso. Que, con relación al cumplimiento de la legislación ambiental aplicable, las presentaciones efectuadas por el Titular, así como lo informado por los Organismos de la Administración del Estado competentes, dan cuenta que el Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto y su forma de cumplimiento se describe en el numeral 3.1 del ICE. Al respecto, el Titular señala que el Plan de Trabajo de Aprovechamiento Sustentable de las Formaciones Xerofíticas será presentado sectorialmente a CONAF, una vez que el Proyecto se encuentre con Resolución de Calificación Ambiental aprobada. Los protocolos y metodologías aplicadas se presentan en los Anexos MM-3 y MM-4 del Capítulo 5 del EIA. En este contexto, para la labor solicitada se deben considerar las condicionantes específicas que determinan la obligatoriedad de presentar un Plan de Trabajo, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 3° del artículo 3° del D.S. N° 93/2008 modificado por el D.S. N° 26/2011, ambos del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley N° 20.283. Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones", éste requiere para su ejecución de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) de los artículos Nº 91, 93 y 96 del RSEIA. 12.1. PAS del Artículo 91.-“En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalen en el presente artículo”. El Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, mediante oficio Ord. Nº B32/2783 de fecha 26 de agosto de 2011, solicitó al Titular presentar para ser evaluados y otorgar, en caso que se considere procedente, el PAS del artículo 91 del RSEIA, para las obras que permitirán manejar las aguas servidas generadas en el Proyecto. Al respecto, el Titular indicó en el numeral 3.1 de la Adenda N°1 que respecto a las instalaciones de faenas y bodegas a disponer a lo largo del trazado y a las instalaciones de faena y campamentos en las S/E, el manejo de residuos líquidos se realizará a través de baños fijos con descarga en fosa séptica de 1.000 litros de capacidad que no infiltrarán a terreno, cuyo contenido será bombeado cada 3 días por un camión limpia fosas. Respecto a la etapa de operación, en las S/E se generarán residuos líquidos domésticos producto del personal que trabajará en la operación y/o mantenimiento, el manejo de estos residuos se realizará en baños fijos de descarga en fosa séptica, con limpieza periódica tal como se realizará en la etapa de construcción. De acuerdo a lo anterior, el Titular indica que el Proyecto no considera ninguna de las situaciones indicadas en el artículo 91 del RSEIA, a saber: a) En caso de disposición de las aguas por infiltración. b) En caso que las aguas, con o sin tratamiento, sean dispuestas en un cauce superficial. c) En casos de plantas de tratamiento de aguas servidas. Al respecto, mediante oficio Ord. Nº B 32/495 de fecha 7 de febrero de 2012, el Departamento de Salud Ambiental, del Ministerio de Salud, indicó que en lo que respecta a la solución sanitaria propuesta, consistente en fosa séptica cuyas aguas servidas acumuladas serán extraídas por camión limpiafosas, este tipo de solución sanitaria sólo es aceptable como temporal, y no corresponde a una instalación susceptible de ser autorizada por la SEREMI de Salud correspondiente, por lo que se deberá contemplar una instalación sanitaria permanente, la cual deberá ser autorizada y dar cuenta del manejo de las aguas servidas generadas y que, a su vez, prevenga el evento de ausencia o inaccesibilidad del camión limpiafosas. Al respecto el Titular señaló en el numeral 3.1 de la Adenda N°2, que para la etapa de operación, considera la instalación de plantas de tratamiento de aguas servidas en las S/E cuyo efluente tratado será utilizado para humectar el sector interno de las S/E, en consideración a que las instalaciones se encuentran en sectores de extrema aridez. Sin perjuicio de lo anterior, y si a la Autoridad Sanitaria no le resulta aceptable la solución de usar el efluente tratado para humectar se considera también la alternativa de infiltración en terreno. Asimismo, se realizará un monitoreo trimestral del efluente tratado, respecto a los parámetros considerados en la Tabla Nº1 “Concentraciones máximas de elementos químicos en agua para riego”, de la Norma Chilena NCh 1.333/78. Los resultados de los análisis serán enviados al Seremi de Salud correspondiente. En relación a lo anterior, mediante oficio Ord. Nº B 32/1367 de fecha 26 de abril de 2012, el Departamento de Salud Ambiental, del Ministerio de Salud, adjunta los oficios Ord. Nº BS3/797 de fecha 22 de abril de 2012 y Ord. Nº 1431 de fecha 25 de abril de 2012 de la Seremi de Salud de la Región de Atacama y Antofagasta respectivamente, que se pronuncian conforme respecto de los antecedentes presentados por el Titular sobre el PAS 91. Los antecedentes técnicos y formales del PAS del artículo 91 se presentan en el Anexo PC-1 de la Adenda N°2. 12.2. PAS del Artículo 93.- En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. Respecto a la etapa de construcción, los residuos sólidos serán acumulados temporalmente en contenedores en las áreas específicas a disponer en las instalaciones de faena y bodegas del Proyecto. En el caso de los frentes de trabajo los residuos se almacenarán y serán retirados al final de cada jornada laboral para transportarlos a los contenedores ubicados en las zonas ya indicadas. En las instalaciones de faena se habilitará un sector de almacenaje para los residuos generados. Para ellos se contempla el estabilizado del área y cierre perimetral, además de contar con señalización del tipo de residuo que se trate y las prohibiciones de acceso respectivas. En particular, para el área de almacenamiento de residuos peligrosos, se dispondrá de un radier impermeable con pretil para impedir que eventuales derrames lleguen al piso, cerco perimetral y techo. El resto de las instalaciones se habilitarán de acuerdo a las exigencias establecidas en el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. Al respecto, el Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, mediante oficio Ord. Nº B32/2783 de fecha 26 de agosto de 2011, indicó que el presente PAS, aplica también a los residuos industriales peligrosos y no peligrosos generados en la etapa de operación. Asimismo, se indica que en relación al residuo sólido generado en las piscinas de evaporación, producto del lavado de camiones, éste corresponde a un residuo peligroso, por lo que se solicita presentar todos los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento del PAS. En relación a lo anterior, el Titular señala en el numeral 3.2 b) de la Adenda N°1 que el residuo será caracterizado de acuerdo a lo señalado en el D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, para verificar si efectivamente es o no peligroso. De no ser peligroso, se dispondrá con los residuos industriales no peligrosos. Si por el contrario, resulta peligroso, se enviará a un lugar de disposición autorizado. Mientras no se disponga de los resultados, estos residuos se tratarán como peligrosos. A su vez, se generarán residuos sólidos domésticos e industriales (peligrosos y no peligrosos), los cuales serán almacenados temporalmente en todas las S/E del Proyecto. En las S/E se habilitará un sector de almacenaje para los residuos generados. Para ellos se contempla el estabilizado del área y cierre perimetral, además de contar con señalización del tipo de residuo que se trate y las prohibiciones de acceso respectivas. El patio de salvataje será un recinto cerrado y techado. En particular, para el área de almacenamiento de residuos peligrosos, se dispondrá de un radier impermeable con pretil para impedir que eventuales derrames lleguen al piso, cerco perimetral y techo. La disposición final y transporte se realizará por empresas autorizadas que cuenten con las autorizaciones respectivas. En relación a lo anterior, mediante Oficio Ord. Nº B 32/1367 de fecha 26 de Abril de 2012, el Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, adjunta el oficio Ord. Nº 1431 de fecha 25 de Abril de 2012 de la Seremi de Salud de la Región de Antofagasta, que se pronuncia conforme respecto de los antecedentes presentados por el Titular sobre el PAS 93. Asimismo, mediante Oficio complementario Ord. Nº B32/1711 de fecha 22 de mayo de 2012, el Departamento de Salud Ambiental, del Ministerio de Salud, adjunta el oficio Ord. Nº BS3/917 de fecha 17 de mayo de la Seremi de Salud de la Región de Atacama, que se pronuncia conforme respecto de los antecedentes presentados por el Titular sobre el PAS 93. Los antecedentes técnicos y formales del PAS del artículo 93 se presentan en el capítulo X del EIA y en los Anexos RS-1 y RS-2 de la Adenda N°1. Asimismo, en el Anexo PL-5 y PL-4 de la Adenda N°1, se adjuntan los planos de las instalaciones de faenas y de las bodegas donde se aprecian los sectores de almacenamiento temporal de residuos respectivamente. 12.3. PAS del artículo 96.- “En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del DFL Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo”. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo mediante Ord. Nº 0571 de fecha 22 de agosto de 2011, precisa que las instalaciones o edificaciones complementarias de las S/E que no forman parte de la red y las instalaciones de faenas, que se emplacen en el área rural, deberán tramitar sus correspondientes permisos de construcción, en atención a lo prescrito en el inciso 4° del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el que a su vez, se vincula al PAS del artículo 96 del RSEIA. Asimismo, mediante oficio Ord. Nº 753 de fecha 21 de julio de 2011, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, solicita para el área de Campamento I, pese a su transitoriedad, la aplicación del Artículo 124º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, referente a los permisos de Edificación. En relación a lo anterior, mediante oficio Ord. Nº 185 de fecha 6 de febrero de 2012, la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, indicó que el PAS del artículo 96 del RSEIA será aplicado a una superficie de 9,73 ha que corresponden a las siguientes obras: Tabla 26. Obras y superficies del PAS 96 Región de Antofagasta | Obras | Superficie (ha) | Comuna | | Sala de Control Área S/E Compensación I | 6,48 | Antofagasta | | Instalación de Faenas IF-2 | 2,25 | Antofagasta | | Bodega 2 (B-02) | 1 | TalTal | | Campamento Nº 1 | 2,25 | Antofagasta | | Total | 9,73 | | *Los polígonos, Instalación de Faenas IF-2 y Campamento Nº 1 coinciden en coordenadas y superficies, por consiguiente se contabiliza solo un polígono. Asimismo, la Seremi de Agricultura de la Región de Antofagasta mediante Oficio Ord. Nº 098 de fecha 25 de Abril de 2012, indica que se otorgará el PAS del artículo 96 del RSEIA por una superficie de 9,73 ha. En relación a las obras emplazadas en la Región de Atacama, la Seremi de Agricultura, Región de Atacama mediante Ord. Nº 177 de fecha 4 de Mayo de 2012, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados por el Titular para el presente PAS. Por su parte, la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental mediante solicitud especial de pronunciamiento Oficio Ord. Nº 120596 de fecha 16 de Abril de 2012 solicitó a la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Atacama, pronunciarse respecto al presente PAS, este Órgano del Estado indica que no presenta observaciones al informe de referencia. Dado lo anterior, el permiso se tendrá por otorgado favorablemente, en función del artículo 15 inciso segundo de la Ley 19.300. Respecto a las obras emplazadas en la Región de Atacama, esta Dirección Ejecutiva señala que las instalaciones o edificaciones complementarias de las S/E que no forman parte de la red y las instalaciones que se emplacen en el área rural, deberán tramitar sectorialmente sus correspondientes permisos de construcción para las superficies afectas al PAS del artículo 96. A su vez, el Servicio Agrícola y Ganadero, no presenta observaciones sobre el PAS del artículo 96 del RSEIA. El Anexo CS-1 de la Adenda N°1 se entregan los antecedentes del presente PAS para las S/E, instalaciones de faenas, campamentos y bodegas. Que, para que el Proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Autoridad Ambiental, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del Proyecto. 15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Autoridad Ambiental, la ocurrencia de impactos no previstos en el EIA y sus Adendas, asumiendo acto seguido las acciones necesarias para abordarlos. 16. Que, el Titular deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Autoridad Ambiental, la individualización de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio. 17. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de terceros.
RESUELVO: CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones", presentado por el señor Demián Andrés Talavera, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A., condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución. CERTIFICAR que el proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones", de Transmisora Eléctrica del Norte S.A., en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos Nº 91, 93 y 96 del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas. DEJAR constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N° 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 días hábiles, contados desde la notificación de la presente resolución, ante el Comité de Ministros. Notifíquese y Archívese
Ignacio Toro Labbé Director Ejecutivo Servicio de Evaluación Ambiental
PGM Distribución: - Demián Andrés Talavera
- Superintendencia del Medio Ambiente
- Samuel Hidalgo Palacios
- Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta
- Dirección Regional de Pesca, Región de Antofagasta
- Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta
- Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta
- Dirección Regional DOH, Región de Antofagasta
- Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta
- Dirección Regional SEC, Región de Antofagasta.
- Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
- Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta
- Gobierno Regional, Región de Antofagasta
- Ilustre Municipalidad de Antofagasta
- Ilustre Municipalidad de Mejillones
- Ilustre Municipalidad de Taltal
- Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
- Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta
- SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
- SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta
- SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
- SEREMI Energía Región Antofagasta
- Alexi Manuel Guerra Núñez
- CONADI, Región de Atacama
- Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
- DGA,Región de Atacama
- Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama
- DOH, Región de Atacama
- Gobierno Regional, Región de Atacama
- Ilustre Municipalidad de Chañaral
- Ilustre Municipalidad de Copiapó
- Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
- SAG, Región de Atacama
- SEC, Región de Atacama
- Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
- SEREMI Agricultura, Región de Atacama
- SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
- SEREMI de Energía, Región de Atacama
- SEREMI Minvu, Región de Atacama
- SEREMI MOP, Región de Atacama
- SEREMI Salud, Región de Atacama
- SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
- SERNAGEOMIN, Región de Atacama
- SERNAPESCA, Región de Atacama
- SERNATUR, Región de Atacama
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
- Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
- Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
- Dirección de Obras Hidraúlicas
- Dirección General de Aguas
- Dirección General de Obras Públicas
- Dirección Nacional de Vialidad
- División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
- Ministerio de Bienes Nacionales
- Ministerio de Energía
- Ministerio de Vivienda y Urbanismo
- Servicio Agrícola y Ganadero
- Servicio Nacional de Geología y Minería
- Servicio Nacional de Pesca
- Servicio Nacional Turismo, Dirección Nacional
- Subsecretaría del Medio Ambiente
- Subsecretaría de Pesca
- Superintendencia de Electricidad y Combustibles
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Expediente del Proyecto "Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones ."
- Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva
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