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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Mejoramiento Agua Potable Rural Ventana Alto"

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO.

 
1.1.        Objetivo General.
 

El proyecto “Mejoramiento Agua Potable Rural Ventana Alto” consistiría en dotar de servicio de agua potable a las viviendas que en la actualidad no cuentan con dicho abastecimiento y mejorar el suministro de agua potable de las viviendas abastecidas actualmente en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví. El proyecto consideraría la integración inmediata al sistema de 2.390 habitantes que actualmente no cuentan con servicio y al final del período de previsión, se habrían integrado al sistema 5.803 habitantes. 

El proyecto fue sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante una Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo a lo establecido en el artículo 3, letra o) de la Ley Nº 19.300 de Bases del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417 (2010) y en el artículo 3, letra o.3) del D.S. 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (S.E.I.A.) donde se indica que son susceptibles de causar impacto ambiental y deberán ser sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: 

“o) Se entenderá por proyectos de saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas, dispositivos o piezas comprendidas en soluciones sanitarias, y que correspondan a:

o.3.   Sistemas de agua potable que comprendan obras que capten y conduzcan agua desde el lugar de captación hasta su entrega en el inmueble del usuario, considerando los procesos intermedios, y que atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500) habitantes…;”

 
1.2.        Antecedentes del Titular.
 
Titular

Ministerio de Obras Públicas

RUT
61.202.000-0
Domicilio Comercial

Morandé 59, Santiago

Fono

02- 4493000

Representante Legal

Mariana Concha Mathiesen

 
 
1.3.        Ubicación.
 

El proyecto se localizaría en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso. 

Las coordenadas UTM (WGS 84 Huso 19 Sur) de localización del proyecto corresponderían a:

 

Por el poniente

Norte: 6374600

Este 266400

Por el oriente

Norte: 6374700

Este 268000

Por el norte

Norte: 6375200

Este 267200

Por el sur

Norte: 6374200

Este 267200

 
 

En la DIA, Figura N° 1.1 el titular presenta imagen con la ubicación general del área de estudio.

 
1.4.        Monto de Inversión: US$ 970.000.000.-
 
1.5.        Vida útil:
 

El proyecto se ha diseñado con capacidad para un horizonte de 20 años; no obstante, dado que el servicio de entrega de agua potable a la población es indefinido, tanto la derivación, la red de distribución, como las obras de los recintos se consideran de vida útil indefinida, con mantención y reposición de equipos según sea requerido.

 
1.6.        Mano de Obra.
 
Etapa
Mano de Obra Promedio (N° personas)
Mano de Obra Máximo
(N° personas)
Construcción
40
50
Operación
2
3
 

 

1.7.        Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas.

 

La superficie total de estudio del proyecto corresponde aproximadamente a 85 ha y el área de influencia directa del proyecto, que incluye superficie de excavaciones e instalaciones, es de aproximadamente 13.400 m2.

1.8.        Descripción del proyecto.

1.8.1.    Situación Actual. 

 

a)    Ventana Alto. 

Con respecto a la producción, en el año 2007, ESVAL construye la matriz de agua potable que exporta recursos desde la cuenca del Aconcagua, hasta la localidad de la Laguna, celebrando el “Convenio Especial de Abastecimiento de Agua Potable CAPOVEN Ltda. y ESVALS.A.”, mediante el cual se compromete a entregar un caudal máximo de 6.0 l/s a la Cooperativa de Agua Potable de Ventanas (CAPOVEN), la cual entrega el servicio en la zona denominada Ventana Alto.  

El abastecimiento se realiza desde la conducción Concón-Zapallar, mediante una derivación que alimenta el estanque de regulación de 300 m3 de capacidad y que tiene su origen en la intersección de las calles Los Castaños y Camino a Lagunillas, es de HDPE de diámetro 160 mm con una longitud de 425 m. 

Existen además 3 estanques adicionales, los que no son utilizados para el abastecimiento de agua potable debido a que el mencionado estanque de ESVAL es suficiente, en cuanto a cota y capacidad, para abastecer a todo Ventana Alto. Dos de ellos, se ubican en la calle Bello Horizonte de la Villa CORVI, en un terreno adyacente al que se ubica el estanque de ESVAL. Uno es semienterrado, de albañilería y hormigón armado, de 90 m3 de capacidad y eventualmente, se utiliza para entregar agua a través de un grifo, el cual está conectado directamente al estanque. El segundo de ellos es también semienterrado y de hormigón armado y tiene una capacidad de 50 m3. Ambos están en buen estado de conservación. 

El tercero de los estanques, es elevado, de hormigón armado, de una capacidad de 60 m3 y se ubica en calle Los Castaños de la Villa Renacer, y actualmente no se usa.  Su estado general es bueno, excepto que se producen unas mínimas filtraciones en algunos sectores de su manto. 

Respecto de la distribución, existe un sector de la red que fue construido en asbesto cemento y actualmente presenta problemas de obstrucciones e incrustaciones, generando en algunos sectores problemas de suciedad del agua. Así mismo, en algunos sectores los usuarios manifiestan problemas de presión de agua. 

 

b)    Ventana Bajo. 

Ventana Bajo se abastece actualmente a través de un sondaje que se ubica en un recinto particular desde donde se extrae actualmente 2,6 l/s. Existe un convenio entre el dueño de la propiedad (Sra. Marta Morales) y la Ilustre Municipalidad de Puchuncaví, mediante el cual la Sra. Marta Morales autoriza el uso del sondaje y además es la encargada de su operación. 

Las coordenadas del sondaje corresponden a Norte: 6.374.832,43 y Este: 266.805,02 (UTM wGS 84, Uso 19 Sur). 

En Adenda N° 1 el titular aclara que el proyecto no consideraría el abastecimiento de agua de dicho pozo, ya que sería provista íntegramente por ESVAL. S.A. 

En verano el agua no es suficiente y es necesario realizar cortes del servicio, (entre las 15:00 a las 19:00 hrs y desde las 23:00 a las 7:00 hrs.).  Incluso fuera de estos horarios, a veces también es necesario cortar el suministro, pues el pozo se agota temporalmente. 

Respecto de la regulación, existe un estanque circular, semienterrado de 45 m3, ubicado en Pasaje La Falda 1, el que se encuentra en buen estado de conservación.  

El volumen de regulación es suficiente para los clientes actuales, pero si todas las viviendas existentes se conectaran a la red y además se aumentara la producción actual y se dejara un volumen de reserva, éste sería deficitario. 

En relación a la distribución, en la zona baja, se producen algunas roturas en la red, así mismo, los usuarios manifiestan que el agua es de mala calidad y se producen cortes del suministro, sobretodo en el verano. 


1.8.2.    Situación Propuesta.

a)    Parámetros de Diseño. 

Se ha considerado un horizonte de análisis de 20 años, una densidad poblacional de 5 hab/viv, una tasa de crecimiento poblacional de 2% anual, una dotación media de agua potable de 160 l/hab/día y los siguientes coeficientes de máxima: FDMC=1,5 y FHMC=1,5. (Según parámetros del Programa de Agua Potable Rural). 

 

El número de casas existentes corresponde a: 

-       Viviendas que actualmente son abastecidas de agua potable por CAPOVEN en el caso de Ventana Alto, y por la Municipalidad de Puchuncaví en el caso de Ventana Bajo. 

-     Viviendas que poseen otro sistema de abastecimiento de agua potable, pero que se encuentran dentro del área de estudio. 

-    Viviendas que no poseen agua potable, pero que se encuentran dentro del área de estudio. 

En la actualidad hay 1.628 viviendas. Adicionalmente, existen dos construcciones correspondientes al Complejo Educacional Sargento Aldea y al Jardín Infantil Caballitos de Mar, que corresponden a grandes consumidores de agua potable. Dichos consumos han sido incorporados considerando el 15% del total de personas (alumnos + personal), como número de habitantes adicionales.  

 

Conforme a las normas de diseño para Sistemas de Agua Potable Rural del Ex SENDOS, se considera para el diseño del estanque un volumen comprendido entre 15% y 20% del consumo máximo diario.  

Por otro lado, considerando que en la localidad quedarían operativos 8 grifos, se adicionaría un 20% al volumen resultante, con el fin de contar con un caudal de reserva. 

 

Se consideró un nivel de pérdidas constante de 20% para todo el período de previsión.

 

 b)    Caudales de Diseño y Balance Oferta – Demanda. 

Considerando un total de 1.628 viviendas, sumado a la población equivalente por los alumnos del colegio y del jardín infantil y la densidad habitacional de 5 hab/viv, se obtiene la siguiente población equivalente:

 

Población equivalente actual por sector

Sector

Ventana  Alto

Ventana Bajo

Total

N° viviendas actuales

1209

419

1628

Densidad habitacional (hab/vivienda)

5

5

5

Población residencial actual (hab)

6.045

2.095

8.140

Personal y alumnos Complejo Educacional Sargento Aldea

922

 

922

Personal y alumnos Jardín Infantil Caballitos de Mar

80

 

80

Población equivalente actual (habitantes)

6.195

2.095

8.290

 

 

Aún cuando la cobertura actual no alcanza al 100% de las viviendas, para fines del presente proyecto, se supondría una cobertura de agua potable del 100% de las viviendas existentes, válida para todo el período de previsión. Es decir, se supone que se construirían las extensiones de redes necesarias y que además en un futuro cercano todas las viviendas estarían conectadas a la red de agua potable. 

En la DIA, Tabla N° 2.2. Demanda de agua potable Las Ventanas, el titular presenta los antecedentes en base a la población del sector residencial, la dotación adoptada y los caudales de agua potable a nivel de producción y consumo. 

Los volúmenes requeridos por año para el estanque Ventanas, como justificación del volumen de estanque adoptado corresponderían a:   

Volúmenes Requeridos de Estanque por Año

Año

Volumen Máx Diario Producción (m3)

Volúmenes (m3)

Mínimo

Mínimo +20%

Máximo

Máximo +20%

Adoptado

0

2.487

373

448

497

597

450

1

2.537

381

457

507

609

460

2

2.588

388

466

518

621

470

3

2.639

396

475

528

633

480

4

2.692

404

485

538

646

490

5

2.746

412

494

549

659

500

6

2.801

420

504

560

672

510

7

2.857

429

514

571

686

520

8

2.914

437

525

583

699

530

9

2.972

446

535

594

713

540

10

3.032

455

546

606

728

550

11

3.092

464

557

618

742

560

12

3.154

473

568

631

757

570

13

3.217

483

579

643

772

580

14

3.282

492

591

656

788

600

15

3.347

502

603

669

803

610

16

3.414

512

615

683

819

620

17

3.483

522

627

697

836

630

18

3.552

533

639

710

853

640

19

3.623

543

652

725

870

660

20

3.696

554

665

739

887

670


1.8.3.    Definición de las Obras y partes del proyecto.

 

El proyecto comprendería la construcción de las siguientes obras y en Adenda N° 1, Anexo N°8 titular presenta plano a escala 1:1000 con localización de cada uno de éstas: 


a)    Derivación desde conducción Concón-Zapallar hasta nuevo estanque de regulación, de HDPE PN12.5 D=225 mm y 453 m de largo. 

Se consideraría una nueva derivación desde la conducción Concón-Zapallar para alimentación del nuevo estanque de regulación de 670 m3, para un caudal de diseño de 42,8l/s. La nueva derivación sería de HDPE PN12.5 de diámetro nominal 225 mm y 453 m de largo.  

El agua de la conducción Concón-Zapallar proviene de una planta de tratamiento que ESVAL posee en Concón, junto al río Aconcagua. Esta es una fuente que asegura la calidad del agua suministrada, desde la cual actualmente se abastece Ventana Alto y otras localidades como Quinteros, Horcón y La Laguna. 

En la DIA,  Figura n° 2.2, el titular presenta detalle de la derivación.

 

b)    Nuevo estanque de regulación de V=670 m3, lo que permitiría aumentar la capacidad de suministro del sistema existente.  

Se proyectaría la construcción de un estanque elevado de 670 m3 de capacidad, el cual se emplazaría en terreno de propiedad municipal, junto al estanque de ESVAL existente de 300 m3 de capacidad. En la DIA, Anexo Nº 3 el titular adjunta autorización Municipal para la construcción del nuevo estanque. 

El radier del estanque se encontraría elevado a 14.2 m respecto al terreno y la obra tendría una altura total de 21 m. La altura del estanque se ha adoptado de acuerdo a la altura del estanque existente de ESVAL, para que ambos puedan funcionar en conjunto. En Adenda N° 1 el titular aclara que durante la operación normal de la red ambos estanques funcionarían en conjunto. 

En la DIA, Figura N° 2.3. el titular presenta detalle del estanque y su ubicación en el terreno. 

En Adenda N° 1 el titular aclara que el proyecto sólo contempla 2 estanques para su operación; el existente de 300 m3 y el proyectado de 670 m3, ambos ubicados en un mismo recinto. Los otros estanques existentes, tres en total (de 90 m3, 50 m3 y 60 m3 de capacidad) quedarían fuera de servicio, no considerando el presente proyecto su demolición ni ninguna obra relativa a ellos ni a los recintos en los cuales se encuentran.

 

c)  Reemplazo de la totalidad de la red de distribución de asbesto cemento, para mejorar el funcionamiento y evitar contaminación del agua potable. 

Se consideraría el reemplazo de todas las tuberías de asbesto cemento existentes en la red. En su lugar se instalarían tuberías de PVC Clase 10, de diámetros entre 63 y 250 mm. 

El titular en Adenda N° 1 aclara que las tuberías de asbesto cemento existentes serían reemplazadas y quedarían enterradas. Al respecto la SEREMI de Salud, mediante ORD. N° 0292 de fecha 22 de Febrero de 2013 señala que el titular deberá realizar y dejar disponible un catastro con información de ellas (ubicación georreferenciada y longitud de cada una) y en caso de ser necesario extraerlas por ocurrencia de alguna contingencia sanitaria y ambiental. Este catastro deberá ser entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud dentro de los 90 días siguientes de concluida la etapa de construcción del proyecto.

Además se consideraría la reconexión de los arranques existentes y la conexión de las viviendas que no tienen arranques, ubicadas en los sectores de los reemplazos.

 

d)    Extensiones de redes de distribución y conexión de viviendas que actualmente no reciben agua potable, lo que permitiría aumentar significativamente la cobertura. 

Se consideraría la construcción de nuevas redes, las que se proyectarían en tuberías de PVC Clase 10, de diámetros entre 63 y 250 mm. Además, se contemplaría la conexión de la totalidad de las viviendas que no tienen arranques, ubicadas en los sectores en que se proyectan las extensiones.

 

e)    Refuerzos para mejorar las presiones de servicio. 

Se consideraría la construcción de refuerzos en algunos tramos de la red existente, los que  se  proyectaría en tuberías de PVC Clase 10, de diámetros entre 63 mm. y 200 mm.

 

f)    Acuartelamientos y desagüe de la red. Válvulas de sectorización, que permitan la adecuada mantención y operación del proyecto. 

Instalación de válvulas de sectorización de la red construidas sobre tuberías existentes, o en extensiones de redes, con el objetivo de permitir realizar reparaciones sin tener que interrumpir el servicio en toda la red.  Se consideraría la colocación de un total de 8 válvulas de corta, con su correspondiente cámara de válvula y unión autobloqueante.  

Contempla además la construcción de un desagüe de la red, ubicado en la Avenida Costanera con Galdames, con su respectiva válvula de corta en cámara. El agua proveniente del desagüe se dirigiría a un canal ubicado aguas arriba de puente existente, en el sector Caleta. El objetivo de esta obra sería poder desaguar la red en caso que sea necesario realizar reparaciones de cierta importancia. 

En Adenda N° 1 el titular aclara que el desagüe de la red consistiría en una tubería que se derivaría desde una cañería de la red de distribución hacia un canal de desagüe, ubicado en las cercanías del sector Caleta. La tubería de derivación tendría una válvula, la cual se encontraría normalmente cerrada, y se ubicaría en el interior de una cámara. En el eventual caso que sea necesario desaguar parte de la red, para hacer alguna reparación, se abriría la válvula y el agua de la red saldría hacia el canal de desagüe.  Esta tarea sería programada, motivo por el cual la cantidad de agua que se evacuaría sería limitada. Además es importante considerar que se trataría de agua potable. 

Las coordenadas de localización del desagüe son: Norte: 6.374.706,09 Este: 266.668,84  (Sistema de referencia utilizado es UTM WGS 84 Huso 19 SUR). 

En Adenda N° 1, Anexo Nº10 el titular adjunta Figura con ubicación del desagüe y detalle de cámara de válvulas. 

El agua que se desaguaría sería agua potable provista por ESVAL, por lo que cumpliría con los requerimientos del D.S. Nº 735/1969 del Ministerio de Salud. El caudal se regularía mediante una válvula y no superaría los 50 l/s.

 

g)    5 válvulas reguladoras de presión, para evitar que las presiones sobrepasen los 40 mca. 

El proyecto incorporaría la instalación de válvulas reductoras de presión, de modo de cumplir con los requerimientos de presiones máximas en la red. Se consideraría la colocación de un total de 5 válvulas reguladoras de presión, con su correspondiente cámara de válvula y piezas especiales correspondientes.

 

h)    Colocación y reposición de arranques domiciliarios. 

Se instalarían 328 nuevos arranques y se reconectarían 263 arranques existentes. De acuerdo con ello y con los arranques existentes que se conservan, se consideraría un total de 1.628 arranques. 

Para todas las viviendas que no cuenten con arranque domiciliario (tanto en la red existente como en la proyectada) se consideraría su instalación de acuerdo a la normativa vigente para agua potable rural (plano tipo 2 B APR), el que  incluiría  fittings de bronce, cañería de PVC,  medidor de transmisión magnética con nicho y una llave tipo jardín.  

Se contemplaría además la construcción del nicho protector del medidor en todas las casas que no lo tengan.

 

i)     Reemplazo de 6 grifos.  

El proyecto consideraría reemplazar 6 grifos para dejar operativos un total de 8 grifos en el área.

 

1.8.4.    Etapas del proyecto.


1.8.4.1.        Etapa de Construcción.

La etapa de construcción tendría una duración aproximada de 7 meses, lo anterior según el cronograma presentado por el titular en la DIA., punto 2.10 y complementado en Adenda N° 1, Anexo N° 11.

Las actividades contempladas en la etapa de construcción se desarrollarían de lunes a sábado de 08:00 hrs a 19:00 hrs. 

Según lo señalado por el titular en el Adenda N° 1 el primer acto que daría cuenta del inicio de la etapa de construcción se manifiesta cuando el Inspector Técnico de la Obra entrega el terreno al Contratista a través del libro de Obras y se comience con la demarcación topográfica del eje de la tubería para luego proseguir con la preparación de la pista con la excavación de la zanja que contendría la tubería y con la confección de la cama de apoyo.  

El titular informaría el inicio de las obras a la Superintendencia del Medio Ambiente. 

Se requeriría realizar la actividad de movimiento de tierra  para conformar la zanja en donde se instalarían las tuberías y cámaras de válvulas, actividad que sería minimizada y sólo se intervendría la capa vegetal en los lugares que sea estrictamente necesario. 


Volumen de tierra instalación de tuberías y cámaras de válvulas.

Zanja 1 Tub.

Red de Distribución

Material

D (mm)

L (m)

Ancho Zanja (m)

Profundidad Media

(m)

Excavación (m3)

Cama de Arena (m3)

Relleno (m3)

Retiro y Transporte de Excedentes (m3)

PVC

63

235

0,60

1,26

178

14

163

52

75

4459

0,60

1,28

3411

268

3124

998

110

654

0,61

1,31

523

40

477

155

160

1114

0,66

1,36

1000

74

904

305

200

193

0,70

1,40

189

13

169

59

250

98

0,75

1,45

107

7

95

35

Derivación

HDPE

225

277

0,73

1,43

286

20

255

92

Zanja 2 Tub.

Red / Derivación

PVC/HDPE

160

225

168

1,39

1,43

332

23

298

103

Total Tuberías

6026

459

5485

1799

Total Cámaras

672

 

559

259

Total

6698

459

6044

2059

                       

 Al total de material a remover por efecto de la instalación de las tuberías y cámaras se debería agregar la excavación producto de la instalación del estanque elevado de V=670 m3 y sus obras anexas.

 

Volumen de tierra construcción de estanque e interconexiones

Obra

Excavación (m3)

Cama de Arena

(m3)

Relleno (m3)

Retiro y Transporte de Excedentes. (m3)

Estanque

718

 

428

463

Cámaras

217

 

186

78

Interconexiones

71

6

63

24

Total

1007

6

677

565

 

En resumen, el proyecto generaría un total de 7.705 m3 de material producto de las excavaciones.  

Considerando que parte del material excavado se utilizaría para los rellenos, el volumen de material que debería ser llevado a un botadero autorizado por la I. Municipalidad de Puchuncaví correspondería a 2.624 m3.  

Las labores de movimiento de tierra requerirán de 4 a 5 viajes diarios de camiones de 4 m3, durante los días hábiles de 7 meses (656 viajes en total). Los camiones circularían entre las 8 AM y las 7 PM, desde Ventanas hasta el botadero autorizado por la I.Municipalidad de Puchuncaví, que se ubica a unos 10 km. en el camino a Valle Alegre. 

La ruta a seguir por los camiones cargados con material de relleno sería Pedro Aldunate en Ventanas, Ruta F-30, Ruta F-20 y camino Valle Alegre, hasta llegar al vertedero autorizado. En Adenda N° 1, Figura N° 1, el titular presenta imagen con la ruta de camiones hacia botadero. 

Posteriormente correspondería la instalación de la tubería que incluye: transporte y montaje de la cañería a lo largo del trazado, preparación de singularidades e instalación y prueba de la cañería en zanja.  

Las tuberías debidamente acopiadas en las bodegas del contratista, se transportarían en camión hasta el frente de trabajo. 

Posteriormente se retomaría el movimiento de tierra que comprendería llenado intermedio de la zanja; tapado de la zanja; restitución de la capa vegetal, de existir, en los lugares que fue retirada; retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción. 

Para la construcción de un estanque elevado de 670 m3 de capacidad, el cual se emplazaría en terreno de propiedad municipal, junto al estanque de ESVAL existente de 300 m3, se instalarían provisoriamente los siguientes elementos: 

-       Oficina de administración e inspección de tipo container.

-       Baños químicos para los trabajadores.

-       Containers para almacenamiento de materiales y equipos.

-       Un contenedor para residuos domésticos.

-       Un contenedor para residuos peligrosos.

-       Una zona de acopio para los movimientos de tierra.

 

En la DIA, Figura N° 2.4, el titular presenta plano con Planta Emplazamiento Recinto Estanque.

Como parte de la construcción de las instalaciones, es preciso someter al estanque de regulación a una prueba que en lo esencial consiste en llenarlo de agua, para determinar posibles filtraciones y comprobar su funcionamiento.  

El titular en Adenda N° 1 aclara que dado a que no existe otra fuente de agua disponible, las pruebas se realizarían con agua potable de ESVAL, actualmente disponible en el recinto. El agua de las pruebas se desaguaría utilizando la misma tubería que desagua el estanque existente. 

Un procedimiento análogo es necesario realizar por tramos de las tuberías proyectadas, para comprobar su adecuada instalación y funcionamiento. Se informaría a la población involucrada cuando se realicen las pruebas correspondientes.  

Las descargas que dichas faenas involucrarían se detallan a continuación: 

Identificación de la fuente de descarga

Volumen o caudal de la descarga

Unidad de medida

Duración de la descarga

Frecuencia de la descarga

Agua para prueba de estanque.

670

m3

7hrs

Una vez

Agua para prueba de cañerías.

74

m3

24hrs

Una vez

 

1.8.4.2.        Etapa de Operación.


Una vez finalizada la etapa de construcción se procede a poner en funcionamiento todo el sistema, disponiendo de las labores de administración general, operación y mantenimiento necesarias para entregar a la población beneficiada agua potable en calidad, continuidad y cantidad acorde con la normativa vigente. 

El proyecto contemplaría abastecer una población proyectada de 8.140 habitantes en el año “0” y 12.096 habitantes para el año “20”, que correspondería a la población en periodo de verano. 

La llegada de agua a los estanques, existente y proyectado, sería independiente, abasteciéndose cada uno de una derivación de la conducción Concón-Zapallar. El caudal de entrada al estanque existente seguiría regulado mediante la válvula de control y el caudal de entrada al estanque proyectado sería regulado mediante una válvula limitadora de caudal.  

En caso de encontrarse alguna de las dos derivaciones, existente o proyectada, fuera de servicio, el sistema permitiría abastecer ambos estanques desde la línea operativa. 

La operación del sistema de agua potable quedaría definida básicamente a través de la  cantidad y calidad del agua.

 

a)    Calidad del afluente. 

El agua afluente sería de buena calidad y proveniente de la planta Concón de ESVAL que cumpliría con las normas chilenas correspondientes. En la DIA, Anexo Nº 4, el titular presenta análisis de agua de la red de Ventana Alto, la cual es abastecida actualmente por la misma fuente que consideraría el presente proyecto. 

Se considera eventual recloración del agua proveniente de la conducción Concón-Zapallar, en caso de encontrarse bajos los niveles de cloro necesarios. 

Dado que el manejo del recinto estaría a cargo de ESVAL,  se consideraría cloración mediante el sistema existente, el cual sería modificado para permitir la cloración tanto de la línea de entrada al estanque existente como de la nueva derivación que alimentaría al estanque proyectado.  

En caso de encontrarse alguna de las dos derivaciones, existente o proyectada, fuera de servicio, se cloraría el total del caudal en la línea operativa.

 

b)    Caudal de diseño. 

El caudal máximo de diseño sería: Q máximo diario año 20 = 42,77 l/s. Este caudal es el que llegaría al estanque y sería suministrado por ESVAL. 

 

1.8.4.3.        Etapa de Abandono.

El servicio de entrega de agua potable a la población sería indefinido por lo que no estaría previsto el abandono del proyecto. Se contemplaría una adecuada mantención y reposición de equipos para mantener su operación más allá de 20 años, a partir del año de puesta en servicio. En Adenda N° 1 el titular señala que en el eventual caso de cierre o abandono del proyecto en la etapa de construcción, se consideraría rellenar las excavaciones, zanjas, y pozos temporales; retirar de la vía pública toda clase de materiales de construcción, insumos, señalizaciones, acumulaciones temporales de material, etc.

No obstante a lo anterior, ante un eventual abandono del proyecto, por cualquier motivo, con al menos seis meses de anticipación a su ejecución, el titular deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente una propuesta de plan de abandono del proyecto, el cual debería especificar el destino de las instalaciones e insumos excedentes, e identificar los residuos que se generarían, su manejo y disposición final, entre otros temas ambientales que correspondiesen en ese momento.


1.8.4.4.        Plan de Prevención de Riesgos y Contingencias.

En la DIA, el titular presenta medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier tipo de accidente que pudieran sufrir residentes y transeúntes, las que corresponderían a: 

-    En todos los frentes de faena en calles y pasajes, durante las maniobras de maquinarias y camiones, carguío y descarga, debería haber personal encargado de señalización (“bandereros” o “paleteros”), debidamente equipados y capacitados. 

-      Se realizaría la debida protección de taludes, habilitación de desvíos y señalización de zonas de trabajo. 

-    Se instalarían vallas que impidan el paso de personas no autorizadas a la zona de la excavación. 

-      Durante la etapa de construcción se mantendría la accesibilidad a las residencias, tanto peatonal como vehicular. Las maquinarias deberían tener alarmas y balizas que permitan verlas a una distancia razonable. 

-   Los desvíos de tránsito necesarios para la ejecución de las obras, por efecto de la ocupación de calzadas, aceras y otras áreas, se señalizarían adecuadamente de día y de noche para evitar accidentes, con todos los elementos necesarios, tales como, conos, cintas,  letreros, etc. y serían debidamente notificados y coordinados con la I. Municipalidad  de Puchuncaví y la Junta de Vecinos del sector.

En Adenda N° 1, Anexo N° 3 el titular presenta Plan de Prevención de Riesgos y Contingencias  el cual incluye análisis de los riesgos asociados a las actividades del proyecto, las medidas generales y específicas de control de los riesgos identificados y las medidas de contingencias a implementar, tales como: 

-      Plan de prevención y contingencia de accidentes personales;

-      Plan de prevención y contingencia de accidentes vehiculares;

-      Plan de prevención de riesgos por fenómenos naturales;

-      Plan de prevención de riesgos por manejo de residuos peligrosos;

-      Plan de prevención de riesgos ambientales;

-      Plan de prevención y contingencia de incendios;

-      Plan de contingencia ante un sismo;

-      Plan de contingencia ante artefactos explosivos;:

-      Plan de contingencia frente a hallazgos de sitios patrimoniales.

En Adenda N° 1 el titular señala que las medidas consideradas por el proyecto durante la construcción de las obras frente a posibles contingencias invernales estarían a cargo del Jefe de Obra y correspondería a: 

-    En el caso de la construcción del estanque elevado y de obras de hormigón en general, en períodos de lluvia intensa sería necesario cubrir con lonas los sectores recién hormigonados. 

-    En cuanto a los movimientos de tierra, en caso de lluvias fuertes se suspenderían los rellenos y sus compactaciones. El material de exceso de las excavaciones no sería acumulado en la vía pública. Adicionalmente, se considerarían medidas para asegurar el tránsito de peatones en condiciones seguras, evitando embancamientos y acumulaciones de agua, como podría ser el caso de pozos o piscinas temporales. 

-  Se tomarían todas las medidas necesarias para evitar el arrastre de sedimentos provocados por la escorrentía natural en períodos de lluvia. 

-  Los frentes de trabajo contarían con señalética  permanente y visible a objeto de minimizar accidentes peatonales y/o vehiculares. 

-  Finalmente, si fuera necesario, se reprogramarían ciertas obras, haciendo algunas labores en talleres techados dentro del recinto de estanques. 

 

1.9.        Emisiones y descargas al ambiente.

1.9.1.    Emisiones de partículas y gases.

1.9.1.1.        Etapa de Construcción.


Durante la tapa de construcción se generarían emisiones de material particulado (MP10) producto del movimiento de tierra de las excavaciones, del transporte de materiales, del tránsito de vehículos pesados por calles pavimentadas y por calles sin pavimento y emisiones de  combustión de diesel de vehículos. 

El titular en la DIA, Anexo N° 7, presenta Informe con las Emisiones a la atmósfera que generaría el proyecto. 

Las emisiones de material particulado que se generarían durante la etapa de construcción del proyecto corresponderían a: 

Actividad

Cantidad

Unidad

Excavación

296

kg

Carga de camiones

0.0544

kg

Tránsito por calles pavimentadas

860.42

gr/año

Tránsito por calles sin pavimento

939.58

gr/día

 

Las emisiones por combustión de vehículos corresponderían a: 

 

NOx

CO

Hc

Emisión Anual (Ton/Año)

4,696

1,109

0,583

  

Las medidas que se implementarían para el control de las emisiones a la atmósfera corresponderían a las siguientes:

 

a)    Medidas para el control de emisiones de gases: 

-      Control de las revisiones técnicas de los camiones y vehículos.

-      Apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar.

-      Mantención preventiva y periódica de motores, vehículos y maquinaria.  

En Adenda N° 1, Anexo N° 1, el titular presenta cronograma y frecuencia de dichas medidas junto con la forma de cumplimiento y los indicadores de seguimiento de cada una de ellas.

 

b)    Medidas para el control de emisiones de MP 10. 

-  Riego de los caminos no pavimentados y zonas de circulación de vehículos y maquinarias en el área de faenas. En Adenda N° 1 el titular aclara que la humectación de caminos y sectores de circulación de vehículos se realizaría con una frecuencia de 2 veces al día, o según requerimiento, lo que sería determinado por el Inspector Fiscal del contrato, en especial, durante el período estival. Se estima un consumo promedio de 0,7 m3/semana de agua para la humectación de superficies y caminos. La labor de humectación de caminos sería realizada mediante un camión cisterna de un proveedor que cuente con disponibilidad del recurso y las autorizaciones respectivas para operar. Debido a los bajos volúmenes de agua requeridos para las labores de humectación de caminos no se anticipan escenarios de escasez. 

En Adenda N° 1, Anexo N° 1, el titular presenta cálculos utilizados para la estimación del agua requerida para las labores de humectación de caminos y superficies en las áreas de trabajo. 

-    Cubrimiento de la tolva de los camiones con una carpa que revestiría por completo la carga para evitar derrame y dispersión durante el trayecto al lugar de disposición de los desechos. 

-  Lavado semanal de carrocería, ruedas de los camiones y de todos los vehículos utilizados en las actividades del proyecto en instalaciones de terceros debidamente autorizados. 

-   Prohibir la quema de pasto, papel, madera u otros materiales combustibles de tal manera de no producir emanaciones de humo u otro gas tóxico o molesto.  

-     Mantener la obra aseada, libre de desperdicios, mediante la colocación de recipientes debidamente localizados e identificados para la disposición de residuos domiciliarios. 

En Adenda N° 1, Anexo N° 1, el titular presenta cronograma y frecuencia de dichas medidas junto con la forma de cumplimiento y los indicadores de seguimiento de cada una de ellas.

 

1.9.1.2.        Etapa de Operación. 

Dadas las características del proyecto, durante la etapa de operación del proyecto no se generarían emisiones atmosféricas.  

 

1.9.2.    Generación y Manejo de Residuos Líquidos. 

1.9.2.1.        Etapa de Construcción. 

En la etapa de construcción, se generarían residuos líquidos producto de las aguas servidas provenientes de los baños químicos dispuestos en el área del proyecto. Estos residuos serían manejados por una empresa debidamente autorizada para su posterior retiro, transporte y disposición final. La instalación de los baños químicos se realizaría conforme a lo establecido en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud, especialmente en lo relativo a cantidad según el número de trabajadores y distancia al puesto de trabajo.

Se generarían además residuos líquidos producto de las pruebas a las que es preciso someter al estanque de regulación, descrito en el numeral 1.8.4.1 de este Informe Consolidado de Evaluación. Las descargas que dicha faena involucraría se detallan a continuación: 

Identificación de la fuente de descarga

Volumen o caudal de la descarga

Unidad de medida

Duración de la descarga

Frecuencia de la descarga

Agua para prueba de estanque

670

m3

7 hrs.

Una vez

Agua para prueba de cañerías

74

m3

24 hrs.

Una vez

 

1.9.2.2.        Etapa de Operación. 

Dadas las características del proyecto, durante la etapa de operación del proyecto no se generarían residuos líquidos. 


1.9.3.    Generación y Manejo de Residuos Sólidos.

1.9.3.1.        Etapa de Construcción.

En la etapa de construcción, se generarían residuos domiciliarios y/o asimilables a domésticos, residuos sólidos no peligrosos y peligrosos. 

Se estima que se generarían 400 kg/mes aproximadamente de residuos sólidos domiciliarios, considerando 0.5 kg/día por trabajador, alcanzando aproximadamente 3.200 kg durante toda la etapa de construcción del proyecto. Estos residuos se almacenarían en contenedores adecuados para tal efecto y se dispondrían para el retiro por el camión recolector los días programados por la I. Municipalidad de Puchuncaví en los distintos sectores. No se permitiría disponer desechos en la vía pública por parte del equipo de trabajo. 

Si bien durante la etapa de construcción se generarían residuos peligrosos, éstos no superarían en ningún caso las 12 ton/año señaladas como límite para la presentación de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de acuerdo al D.S. N° 148 del Ministerio de Salud.  

Se consideraría la generación de 30 kg. de residuos peligrosos durante toda la etapa de construcción del proyecto consistente en pinturas, barnices, pegamentos, envases usados contaminados con algún producto como solventes, pilas o baterías, aceites lubricantes usados. 

Estos residuos se almacenarían en contenedores adecuados, resistentes a golpes y al tipo de residuo almacenado, serían etiquetados de manera clara y visible, indicando las características de peligrosidad de acuerdo a la normativa vigente. Los contenedores tendrían una ubicación fija, específicamente dentro del recinto de estanque existente, dispuestos para su retiro y transporte hacia un sitio de disposición final especializado y debidamente autorizado. En Adenda N° 1, Anexo N° 2, el titular presenta tasa de generación estimada para los residuos peligrosos y en Anexo N° 12 presenta la ubicación exacta del sitio de acopio temporal de estos residuos. 

En Adenda N° 1 el titular señala que el sitio de acopio temporal de residuos peligrosos tendría las siguientes características: 

-   Cierre perimetral de 1,80 m de altura, y techumbre para proteger de la humedad, temperatura y radiación solar;

-      Superficie de 9 m2, con piso de base continua e impermeable, resistente químicamente a los residuos almacenados;

-      Sistema de drenaje y colección para eventuales derrames;

-  Señalización visible y permanente sobre características y riesgos asociados a los residuos almacenados;

-      Vías de acceso y evacuación señalizados y libres de obstrucciones.

El titular en Adenda N° 1 aclara que el proyecto no generaría residuos de asbestos cemento, ya que las tuberías existentes de ese material que serían reemplazadas no seguirían operativas, puesto que quedarían enterradas. Al respecto la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso,  mediante ORD. N° 0292 de fecha 22 de Febrero de 2013 señala que el titular deberá realizar y dejar disponible un catastro con información de ellas (ubicación georreferenciada y longitud de cada una) y en caso de ser necesario extraerlas por ocurrencia de alguna contingencia sanitaria y ambiental. Este catastro deberá ser entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la SEREMI de Salud dentro de los 90 días siguientes de concluida la etapa de construcción del proyecto.  

Durante la etapa de construcción se generarían residuos sólidos resultantes de la faena, principalmente de los excedentes de los movimientos de tierra, cuyo volumen podría alcanzar los 2.594 m3. El material excedente de la excavación de zanjas sería transportado a un botadero autorizado por la I. Municipalidad de Puchuncaví. 

El titular señala que no se permitiría el acopio de excedentes en la vía pública. Los residuos sólidos de las obras emplazadas en el recinto de estanque serían acopiados temporalmente en el interior del recinto, en un sector del área de faenas que no dificulte las maniobras, en espera de su retiro y transporte al lugar de disposición final autorizado.  

La SEREMI de Salud, mediante ORD. N° 0292 de fecha 22 de Febrero de 2013 señala que el titular deberá obtener las autorizaciones de funcionamiento de todo sitio destinado al almacenamiento de residuos de cualquier naturaleza, las que deberían ser solicitadas antes del inicio de la construcción del proyecto ante la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso.


1.9.3.2.        Etapa de Operación. 

Dadas las características del proyecto, durante la etapa de operación del proyecto no se generarían residuos sólidos.


1.9.4.    Ruido.

El titular presenta en el Adenda N° 1, Anexo N° 7, Estudio de Impacto Acústico.

En dicho documento se definieron 15 puntos como receptores sensibles de ruido, correspondiendo a los siguientes:


Punto

Descripción

Distancia

UTM

Norte

Este

1

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas al poniente de la Av. Costanera, al norte de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.698

266.558

2

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas en calle Los Pescadores, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.987

366.662

3

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas en Av. Principal, 100 mts. al norte de calle El Tebo, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

15 mts.

6.374.962

266.866

4

Viviendas y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en Av. Bellavista esquina calle Italia, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.687

266.977

5

Viviendas y colegio de uno y dos pisos, ubicados en Av. Bellavista esquina calle Bello Horizonte, al norte, poniente y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.484

267.188

6

Viviendas, iglesia y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en av. Pedro Aldunate Solar, entre la calle Piragua y pasaje El Mirador, al norte , poniente y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.326

267.078

7

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas en calle Comandante Silva altura N° 51, al oriente y poniente de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.503

267.319

8

Viviendas y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.604

267.175

9

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas en calle Unión entre calle Teniente Merino y Pasaje La Florida, al oriente y poniente de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.726

267.293

10

Viviendas de uno y dos pisos ubicadas al final de la calle Bello Horizonte, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.812

267.473

11

Viviendas, asilo de ancianos y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en calle Bello Horizonte entre las calles Los avellanos y Campos Sport, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto.

5 mts.

6.374.698

267.454

12

Viviendas y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en calle Lagunilla esquina calle Los Nogales al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.374.644

267.734

13

Viviendas de un piso ubicadas en calle Lagunilla esquina calle Paillantu, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto.

5 mts.

6.374.660

267.940

14

Viviendas y locales comerciales de uno y dos pisos, ubicadas en la Villa Lucero, al norte de la tubería contemplada por el proyecto

5 mts.

6.375.004

267.571

15

Viviendas de un piso, en la comunidad Las Heras, ubicadas en pasaje las Brisas, al norte y sur de la tubería contemplada por el proyecto.

5 mts.

6.375.136

267.242


La evaluación de los niveles de ruido se realiza con respecto al límite establecido por el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para este caso, según el Plan Regulador Comunal de Puchuncaví, específicamente para la localidad de Ventanas, los puntos receptores de ruido 1 y 12 se localizan en la Zona ZHM-1 homologable a Zona III, es decir el nivel máximo de ruido permitido sobre estos receptores no debe superar 65 dBA durante el período diurno. El resto de los puntos (13 al 15) se ubican fuera del límite comunal equivalente a zona rural, quedando determinados los límites de acuerdo al menor valor entre el ruido de fondo obtenido en el lugar del receptor, más 10 dBA según el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente y el límite para Zona III (65 diurno y 55 nocturno).

Los límites máximos permitidos en los puntos receptores que se encuentran en zona rural corresponden a:

Punto

Zonificación

RF: Ruido de fondo diurno

RF + 10 dBA

Zona III D.S.  N° 38/2011

Límite diurno

13

Rural

46

56

65

56

14

Rural

39

49

65

49

15

Rural

41

51

65

51


Los usos de suelo y los límites normativos para cada punto receptor son los que se presentan a continuación:

Punto

Zona PRC

Usos permitidos

Homologación al D.S.  N° 38/2011

Límite diurno

13 al 15

Rural

 

Rural

Punto 13: 56 dBa

Punto 14: 49 dBA

Punto 15: 51 dBA

1 al 12

ZHM-1

Vivienda, equipamiento a escala vecinal y comunal; industria y almacenamiento de categoría inofensiva.

III

65



1.9.4.1.        Etapa de Construcción. 

Las principales fuentes de ruido para la etapa de construcción corresponderían a:

 

Fuentes de ruido en construcción de zanja e instalación de ductos.

Fuente de Ruido

Frecuencia en Hz, Nivel en dB

NPS total

dB(A)

63

125

250

500

1k

2k

4k

Retroexcavadora 8 ton.

72

63

67

67

63

62

56

69

Grúa telescópica 240 KW

78

69

97

94

92

57

49

67


Los resultados de presión sonora proyectados para la etapa de construcción (Adenda N° 1, Anexo N° 8), fueron comparados con el máximo permitido por el D.S. 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. 

La verificación del cumplimiento del nivel de ruido corregido con dicha normativa se presenta en la siguiente tabla:

 

Evaluación de valores NCP para el punto de medición de acuerdo a D.S. N° 38/2011.Horario diurno. Etapa de construcción sin medidas de control.

Punto de evaluación

Construcción Zanja

Máximo permitido

Diferencia

dB(A)

¿Cumple Normativa?

1, 2 y 4 al 12

73

65

8

NO

3

65

65

0

SI

13

73

65

17

NO

14

73

65

24

NO

15

73

65

22

NO


De lo anterior, es posible constatar que los niveles de presión sonora exceden el máximo permitido por el D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente en los puntos 1, 2, 4 al 15 producto de la actividad de construcción de la zanja por el uso de la retroexcavadora.

Para dar cumplimiento con los niveles de ruido de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, el titular implementaría una barrera modular totalmente hermética, que presente una densidad superficial superior a 9.6 Kg/m2, por ejemplo, madera tipo OSB "Oriented Strand Boards" de 15 mm de espesor, esta barrera tendría una altura variable dependiendo de su ubicación y tendría una longitud superior a 20 metros con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Esta pantalla se montaría a una distancia igual o inferior a 1 metros de la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. 

La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) estaría cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cms. espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

La barrera no solamente debería ser aplicada en el punto discreto de medición sino que a lo largo del trazado en el entorno o área circundante, es decir, en el sector acústicamente homogéneo y de iguales características.

Los niveles de ruido estimados al considerar una barrera de 2.4 m y 3.7 m de altura durante la construcción de la zanja corresponderían a:  

Niveles proyectados con barrera acústica. Construcción Zanja. Niveles en dBA.

Punto

Altura barrera (m)

NPSeq estimado

Límite normativo

Exceso de nivel

¿Cumple norma?

1, 2 y 4 a 12

2.4

65

65

0

SI

13

3.7

52

56

0

SI

14

3.7

52

49

3

No

15

3.7

52

51

1

No

 

El nivel estimado con barrera en los puntos 1, 2 y 4 a 13, cumplirían con la normativa vigente al implementar medidas de mitigación. Mientras que en los puntos 14 y 15 aún se superaría dicha norma, siendo necesario obtener una reducción adicional de entre 1 y 3 dBA, para lo cual se debería reemplazar la retroexcavadora por un mini cargador de 5 ton, que presenta un nivel de referencia de 65 dBA a 10m (fuente: DEFRA), que es 4 dBA menor a la retroexcavadora. 

El nivel estimado en los puntos 14 y 15 al considerar ésta fuente y una barrera de 3.7 m de altura sería de 49 dBA cumpliendo con la normativa vigente, tal como se indica a continuación: 

Niveles proyectados en dBA. Construcción zanja con minicargador y barrea acústica.

Punto

NPSeq estimado

Límite normativo

Exceso de nivel

¿Cumple norma?

14

49

49

0

SI

15

49

51

0

SI

 

 

1.9.4.2.        Etapa de Operación.


Dadas las características del proyecto, durante la etapa de operación del proyecto no se generarían emisiones de ruido. 


1.9.5.    Formas de energía. 

El proyecto no generaría en sus distintas etapas ninguna forma de energía.

 

 

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

 

2.1.        Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 
  • Declaración de Impacto Ambiental (DIA) S/N publicado por Ministerio de Obras Públicas, con fecha 06/09/2012; 
  • Test de Admisión S/N, publicado por Servicio de Evaluación Ambiental Región de Valparaíso, con fecha 07/09/2012, 
  • Of. Nº 1175 de Solicitud de Evaluación DIA publicado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, con fecha 07/09/2012, 
  • Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA N° 1) publicado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, con fecha 11/10/2012; 
  • Resolución Exenta Nº 232 de Cambio de Representante Legal publicada por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, con fecha 10/12/2012; 
  • Adenda Nº 1 publicado por Ministerio de Obras Públicas, con fecha 07/02/2013; 
  • Of. Nº 99 de Solicitud de Evaluación Adenda N° 1 publicado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, con fecha 11/02/2013; 
  • Acta N° 26/2013 de Sesión del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaíso, publicado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, con fecha 08/03/20132. 
 

2.2.        Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

2.2.1.    Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento Agua Potable Rural Ventana Alto” han sido invitados a participar, coordinados por el Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 
  • Gobierno Regional, Región de Valparaíso;
  • Ilustre Municipalidad de Puchuncaví;
  • SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso;
  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso;
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso;
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso;
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso;
  • SEREMI Salud, Región de Valparaíso;
  • SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso;
  • Corporación Nacional Forestal Región de Valparaíso;
  • Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso;
  • Gobernación Marítima de Valparaíso;
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso;
  • Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central;
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso;
  • Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso;
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso;
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura;
  • Consejo de Monumentos Nacionales;
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios.
 
2.2.2.    Se excluyeron de la evaluación.
 
  • Oficio N° 3145 de Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 20/09/2012;
  • Oficio N° 61-E-A/2012 de Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso; con fecha 10/09/2012;
  • Oficio N° 485 de SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 25/09/2012;
  • Oficio N° 1673 de Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso, con fecha 28/09/2012.
  • Oficio N° 12.600/02/SMA/738 de Gobernación Marítima de Valparaíso, con fecha 01/10/2012.
 
2.2.3.    Observaciones a la DIA.
 
  • Oficio Nº 2250, de Servicio Nacional de Pesca, Región de Valparaíso, con fecha 27/09/2012;
  • Oficio Nº 2260, de Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 27/09/2012;
  • Oficio N° 796, de Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 02/10/2012;
  • Oficio Nº 1419, de Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 02/10/2012;
  • Oficio Nº 537, de SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 04/10/2012;
  • Oficio Nº 4196, de Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 08/10/2012;
  • Oficio Nº 1429, de SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 03/10/2012;
  • Oficio Nº 001432, de SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso, con fecha 10/01/2012;
  • Oficio Nº 2322, de SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 19/10/2012;
  • Oficio Nº 351, de Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso, con fecha 02/10/2012;
  • Oficio N° 4207, de SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, con fecha 02/10/2012;
  • Oficio N° 2097, de SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 02/10/2012;
  • Oficio N° 2734, de Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 03/10/2012;
  • Oficio N° 443, de Ilustre Municipalidad de Puchuncaví, con fecha 05/10/2012.
 

2.2.4.    Observaciones al Adenda Nº 1.

 
  • Oficio N° 295, de SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 12/02/2013;
  • Oficio Nº 308, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 22/02/2013;
  • Oficio N° 521, de Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 22/02/2013;
  • Oficio Nº 0292, de SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 22/02/2013;
  • Oficio Nº 350, de Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 22/02/2013;
  • Oficio Nº 698 de Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/03/2013.

 

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300.

 

3.1.        Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

 

Entre otros, el proyecto debería dar cumplimiento a los siguientes cuerpos legales: 

3.1.1.    D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud, que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza. 

3.1.2.    D.S. Nº 346/1993 del Ministerio de Agricultura, que Declara como Zona Saturada por Anhídrido Sulfuroso y Material Particulado Respirable a la Zona Circundante al Complejo Industrial Ventanas, en las áreas jurisdiccionales de las comunas de Puchuncaví y Quintero. 

3.1.3.    D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud (D.O. 5.7.2001). 

3.1.4.    D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. 

3.1.5.    Ley N° 3.557/80, de Protección Agrícola, en su artículo 11, que establece la protección de las explotaciones silvoagropecuarias y recursos naturales renovables de la contaminación por residuos líquidos, sólidos y contaminantes atmosféricos. 

3.1.6.  D.S. Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica, modificado por el D.S. N° 78/97 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 

3.1.7.    Ley Nº 17.288/70, sobre Monumentos Nacionales; y su Reglamento, D.S. Nº 484/90 del Ministerio de Educación, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Ante cualquier hallazgo arqueológico durante la ejecución del proyecto, el titular paralizaría las obras y daría aviso inmediato a las autoridades competentes. 

3.1.8.    D.S. 735/69, del Ministerio de Salud, Reglamento de los Servicios de Agua destinados al consumo humano. 

3.1.9.    D.S. 656/00, del Ministerio de Salud, Prohíbe uso del asbesto en productos que indica. 

3.1.10. Ley N° 19.473/96, de Caza, y su Reglamento, D.S. Nº 5/98 del Ministerio de Agricultura, que protege la fauna silvestre del área de influencia del proyecto y establece los procedimientos para el rescate en caso de haber especies que se encuentren en categoría de conservación, principalmente durante la etapa de construcción. 

3.1.11. D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. 

3.1.12. D.F.L. Nº 725/67, del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

 

3.2.      Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

De acuerdo a lo establecido en la DIA y su respectivo Adenda, lo señalado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al expediente respectivo y lo expuesto en este Informe Consolidado de Evaluación, es posible señalar, que el proyecto no generaría efectos, características y circunstancias de las señaladas en el artículo 11 de la Ley 19.300, dado lo siguiente:

 

3.2.1.     En relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que: 

 

a)    Emisiones a la atmósfera: Durante la ejecución del proyecto se generarían emisiones a la atmósfera las que serían manejadas de acuerdo a las medidas que se detallan en el numeral 1.9.1. de este Informe Consolidado de Evaluación. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

b)    Residuos Líquidos: Durante la ejecución del proyecto se generarían residuos líquidos que serían manejados, tratados y dispuestos de acuerdo a las medidas que se detallan en el numeral 1.9.2. de este Informe Consolidado de Evaluación. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

c)    Residuos Sólidos: Durante la ejecución del proyecto se generarían residuos sólidos que serían manejados y dispuestos según se detalla en el numeral 1.9.3. de este Informe Consolidado de Evaluación. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. 

d)    Generación de Ruidos: Durante la ejecución del proyecto y con la implementación de las medidas señaladas en el punto 1.9.4 de este Informe Consolidado de Evaluación, se daría cumplimiento al D.S. N° 38/11, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. 

De acuerdo a lo señalado en los literales anteriores, el proyecto no generaría riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.

 

3.2.2.    En relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:  

a)   Recurso Aire: Durante la ejecución del proyecto se generarían emisiones a la atmósfera las que serían manejadas de acuerdo a las medidas que se detallan en el numeral 1.9.1. de este Informe Consolidado de Evaluación. 

b)   Recurso Suelo: El proyecto se localizaría en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso. Se requeriría realizar la actividad de movimiento de tierra  para conformar la zanja en donde se instalarían las tuberías y cámaras de válvulas, actividad que sería minimizada y sólo se intervendría la capa vegetal en los lugares que sea estrictamente necesario. El proyecto generaría un total de 7.705 m3 de material producto de las excavaciones. Considerando que parte del material excavado se utilizaría para los rellenos, el volumen de material que debería ser llevado a un botadero autorizado por la I. Municipalidad de Puchuncaví correspondería a 2.624 m3.  

c)   Recurso Agua: Dado el tipo de proyecto a ejecutar, no requeriría interferir ni explotar recursos hídricos. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no generaría efectos adversos significativos sobre este recurso.

d) Recurso Flora y Fauna: Dadas las características del proyecto y su lugar de emplazamiento, éste no considera dentro de sus obras y/o acciones asociadas la extracción, explotación o manejo de especies de flora y fauna que se encuentran en alguna de las siguientes categorías de conservación: en peligro de extinción, vulnerables o insuficientemente conocidas, como tampoco de ninguna especies de flora y fauna fuera de las categorías antes indicadas. 

Con relación a la Fauna, en Adenda N° 1, Anexo N° 4 el titular presenta caracterización de la fauna silvestre presentes en el área de emplazamiento del nuevo estanque de regulación observándose una baja abundancia y riqueza de especies de fauna terrestre, situación característica de un ambiente urbano altamente intervenido y degradado. No obstante se identificó la presencia de un individuo de la especie Liolaemus lemniscatus, en estado de conservación Vulnerable, por lo anterior se contempla la ejecución de un Plan de Perturbación Controlada de forma previa al inicio de las labores de despeje en el recinto donde se construiría el estanque elevado, a objeto de minimizar el impacto de dicha actividad sobre eventuales especies de reptiles presentes en el sector. El Plan de Perturbación Controlada se presenta en Adenda N° 1, Anexo N° 5.

Al respecto el Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, señala respecto al Plan de Perturbación Controlada que el titular deberá mantener un registro de dicha acción como medio de verificación, donde conste la fecha de ejecución y el profesional responsable de la actividad. Dicha información deberá ser enviada a la Superintendencia de Medio Ambiente con copia al Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, una vez realizada. 

De acuerdo a lo señalado en los literales anteriores, el proyecto no generaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 

 

3.2.3.  En relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que:

El proyecto no generaría reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. El proyecto consistiría en dotar de servicio de agua potable a las viviendas que en la actualidad no cuentan con dicho abastecimiento y mejorar el suministro de agua potable de las viviendas abastecidas actualmente en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví.

Para la ejecución de las obras se consideraría mantener un acceso continuo a las viviendas, tanto de las personas como de los vehículos. Para ello, y mientras la excavación esté abierta, se pondría una plancha de acero o algún otro material sobre ella, que permita el paso de los vehículos y las personas de forma segura. Frente a cada vivienda la excavación no debería estar abierta más de una semana, mientras se instala la tubería y se hacen los rellenos correspondientes. 

En Adenda N° 1 el titular aclara que la obra de desagüe de la red de agua potable rural no afectaría las actividades de pesca artesanal que se desarrollan en la localidad de Ventanas dado a que se trata de desagüe de agua potable con caudales menores a 50 l/s, programados con antelación y que serán recibidos en un curso de agua que normalmente opera en época de lluvias.

En la DIA, el titular presenta medidas de seguridad necesarias para evitar cualquier tipo de accidente que pudieran sufrir residentes y transeúntes, descritas en el numeral 1.8.4.4 de este Informe Consolidado de Evaluación. 

Por otra parte, el titular ha señalado que las actividades contempladas en la etapa de construcción se desarrollarían de lunes a sábado de 08:00 hrs. a 19:00 hrs. y daría cumplimiento con los niveles de ruido de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, implementando para los receptores 1, 2 y 4 a 13 identificados por el titular en el Adenda N° 1, Anexo N° 7, una barrera modular totalmente hermética, con una densidad superficial superior a 9.6 Kg/m2, por ejemplo, madera tipo OSB "Oriented Strand Boards" de 15 mm de espesor, la que tendría una altura variable dependiendo de su ubicación y una longitud superior a 20 metros con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Esta pantalla se montaría a una distancia igual o inferior a 1 metros de la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores, mientras que para los receptores 14 y 15 se reemplazaría además la retroexcavadora utilizada para la etapa de construcción por un mini cargador de 5 toneladas.

Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

 

3.2.4.  En relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que:

El proyecto y sus actividades asociadas no se encuentran en o próximas a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, así como tampoco generan efectos sobre el valor ambiental del territorio. El proyecto se localizaría en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso. 

Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

 

3.2.5.    En relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar que:

El proyecto y sus actividades asociadas no contemplarían afectar el valor paisajístico o turístico de la zona. El proyecto se localizaría en la localidad de Las Ventanas, Comuna de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso. Por otra parte, no existen en el área de intervención inmediata del proyecto recursos turísticos protegidos.

Por lo anterior, la ejecución del proyecto no consideraría generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias.

 

3.2.6.  En relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se puede indicar que: 

El proyecto no generaría alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general a los pertenecientes al patrimonio cultural. El titular presenta en Adenda N° 1, Anexo N° 6, Informe Arqueológico, concluyéndose que en el área de emplazamiento del proyecto no han sido detectados elementos de carácter arqueológico. Sin embargo, existen referencias sobre la existencia de sitios arqueológicos muy próximos al área a intervenir, tratándose de depósitos conchíferos bastantes extensos sobre terrazas. El titular implementaría charlas de inducción arqueológica a todo el personal de faena, sobre la importancia del componente patrimonial, junto con la normativa y procedimientos a seguir en caso de un hallazgo arqueológico, las que serían efectuadas por un arqueólogo o licenciado en arqueología y remitiría a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales un informe final con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma una vez desarrollada.

 

Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord. N° 698 de fecha 01 de Marzo de 2013 solicita realizar un monitoreo arqueológico -por un arqueólogo o licenciado en arqueología- durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie.

 

A partir de esta actividad se deberá remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente y al Consejo de Monumentos Nacionales, un Informe de Monitoreo mensual elaborado por el arqueólogo, el que debería incluir los siguientes antecedentes:

 

a)  Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

b)    Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de  excavación.

c)    Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

d)  Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

 

El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluiría una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad.

 

De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva debería ser indicada al momento de entregar el Informe Final del monitoreo, para lo cual, se remitiría un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

 

Sin perjuicio de lo anterior, el titular debe tener especial cuidado al momento de realizar alguna obra de excavación y/o movimiento de tierra, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo arqueológico realizado en cuyo caso se deberá actuar según lo disponen los arts. 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y los arts. 20º y 23º del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular.

 

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO. 

De acuerdo a lo establecido en la DIA y su respectivo Adenda, lo señalado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al expediente respectivo y lo expuesto en este Informe Consolidado de Evaluación, el permiso ambiental aplicable al proyecto sería el siguiente: 

4.1.    Artículo 93.- En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario. 

En la DIA, Anexo N° 5 complementado en Adenda N° 1, punto 3.2. el titular presenta los requisitos de este Permiso Ambiental Sectorial. 

La SEREMI de Salud informa favorablemente el Permiso Ambiental Sectorial del artículo Nº 93 del Reglamento del S.E.I.A. mediante Ord. N° 0292 del 22 de Febrero de 2013, condicionado a que la obtención de las autorizaciones de funcionamiento de todo sitio destinado al almacenamiento de residuos de cualquier naturaleza, deberán ser solicitadas antes del inicio de la construcción del proyecto ante la SEREMI de Salud, Región de Valparaíso.

 

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS. 

5.1.         En Adenda N° 1 el titular asume como compromiso voluntario el ingreso de las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia de Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de la notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.

 

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO. 

6.1.        La SEREMI de Salud, Región de Valparaíso, mediante ORD. N° 1429 de fecha 03 de Octubre de 2012 le informa al titular que deberá presentar en forma sectorial, una vez obtenido la RCA favorable, el proyecto de ingeniería para su aprobación, conforme al Art Nº 71, inciso “a” del Código Sanitario, Art Nº 22 del DFL Nº1/89 “Materias que requieren autorización sanitaria expresa”. Al momento de presentar el proyecto de ingeniería deberá presentar:  

a)    Análisis de agua potable actualizado, puesto que lo presentado corresponde al año 2008.

b)    Proponer sistema para abatir hierro y nitratos, ya que los análisis de agua indican que están excedidos en esos parámetros.

c)    Dada la cercanía en sectores de tipo agrícola deberá incluir en el análisis de agua parámetros de plaguicidas, indicados en el art Nº8 del Dto. 735/69.

d)    Incluir en las obras protección sanitaria de los pozos existentes y pozo proyectado, que evite ingreso de posible contaminación o inundación.  

6.2.        La SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, mediante ORD. N° 2097 de fecha 02 de Octubre de 2012 le informa al titular que con respecto a los desvíos de tránsito a implementarse producto de la ejecución del proyecto, la señalización debe dar cumplimiento al Capítulo N° 5 del Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.  

6.3.        La Ilustre Municipalidad de Puchuncaví, mediante Ord. N°443 de fecha 05 de Octubre de 2012 señala lo siguiente: 

a)    El titular deberá presentar cronograma de trabajo de las obras a la Dirección de Obras Municipales, e indicar procesos de resolución de conflicto ante reclamos de la comunidad. 

b)    Deberá dar cumplimiento con la Ordenanza Municipal de Aseo y Ornato así como de la Ordenanza para protección y prevención de la contaminación acústica de la I. Municipalidad de Puchuncaví. 

c)    Deberá informar a la Dirección de Tránsito de la I. Municpalidad de Puchuncaví las rutas y horarios de circulación de camiones durante la etapa de construcción, además de indicar la programación, en caso de corresponder, de cortes de calles del sector. 

d)    Las obras y permisos que se requirieran para la ejecución del proyecto deberán ser solicitadas a la dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Puchuncaví. 

e)  El titular deberá incorporar dentro de las bases de licitación del proyecto la contratación de mano de obra local.

 

CAPÍTULO VII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y POLITICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL. 

El titular señala que el proyecto se relacionaría con el Plan Regional de Gobierno de Valparaíso (2006-2010), el cual señala: “Con el fin de alcanzar el desafío mencionado, se espera incorporar la construcción de una mayor cantidad de viviendas, aumentando sus estándares de calidad, la generación de nuevos programas de reparación de viviendas (sean ellas construidas por el Estado o autoconstrucción), la regularización de asentamientos (loteos, tenencia de la propiedad), la construcción y la extensión de redes de infraestructura básica (agua potable, alcantarillado, electricidad, aguas lluvias), la extensión de las redes de comunicación (telefonía, televisión, Internet), la creación y consolidación de áreas recreativas (plazas, áreas verdes, paseos costeros, costaneras), la construcción de equipamientos educacionales, culturales, de salud, comerciales; y la consolidación de un sistema de transporte público eficiente, generando ciudades y barrios seguros y de una alta calidad”. 

Se destaca también que el acceso a los servicios básicos permite el mejoramiento de la salud de la población, lo que a su vez se traduce en un desarrollo humano con equidad, permitiendo que exista una real integración social de la población regional. 

La provisión de agua, así como la operación y mantenimiento de los sistemas constituye una demanda social prioritaria que constituye una respuesta mínima frente a las situaciones de vulnerabilidad sanitaria que vive este sector postergado del país.

 

CAPÍTULO VIII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y PLANES DE DESARROLLO COMUNAL. 

El titular señala que el proyecto estaría directamente relacionado con el Plan de Desarrollo Comunal de Puchuncaví (2009–2012) el cual señala: “En términos energéticos y de comunicaciones, todas las localidades se encuentran dotadas adecuadamente, considerándose desde ese punto de vista como localidades claramente integradas a la provincia, la región y el país. No sucede lo mismo en lo que respecta al agua potable y consecuentemente al alcantarillado, que son claramente deficitarios e inexistentes en algunos casos, considerándose como la principal limitante al desarrollo urbano de la comuna. Es dable suponer que la dotación de agua potable para la población y viviendas existentes, a la vez que para aquellas que quieran instalarse a futuro, generará un crecimiento con una dinámica aún superior a la que se ha venido experimentando en los últimos años. La situación actual de la infraestructura de los servicios de agua potable y alcantarillado demuestra que es técnicamente factible y económicamente viable dotar de servicios”. 

Por otra parte el PLADECO indica que uno de los polos de desarrollo de la comuna estaría constituido por los núcleos poblados de Ventanas y Horcón. Ventanas es el poblado de mayor dinámica expansiva, impulsada por el auge de las actividades industriales y turísticas, con mayor énfasis en las primeras, que han generado un gran aumento de la población que la están transformando en un núcleo en expansión que ha ido incorporando a su estructura urbana a los poblados aledaños (La Greda, La Chocota) y con tendencia a unirse con Horcón. Las Ventanas tiende a consolidarse como núcleo urbano residencial permanente, sin abandonar por el momento su destino de balneario costero temporal. Dualidad de destino que debe ser estructurado y resguardado por la planificación urbana. 

En cuanto a la dinámica de crecimiento futuro de los centros urbanos, en el Plan de Desarrollo Comunal se indica que “El extraordinario crecimiento experimentado por Ventanas, 12,4% en el período 1982-2002, ha estado acompañado por un aumento significativo en la superficie urbana, la que ha crecido de 50 hectáreas entre 1982 a 300Ha en 2002. Esto trae como efecto una disminución de la densidad poblacional, de 31,2 hab/Ha, a 10,7 hab/Ha en el mismo período. La expansión urbana se encuentra limitada no sólo por la precariedad existente en infraestructura básica, sino también por la carencia actual del recurso agua, no existiendo fuentes de buena calidad. Esta situación se refleja en que el suministro existente en la actualidad en Ventanas Bajo contiene proporciones significativas de hierro y yodo que comprometen ambientalmente el futuro desarrollo urbano, junto con la contaminación atmosférica asociada a la Refinería de Ventanas y la existencia de basurales clandestinos en el sector”.

 

CAPÍTULO IX. COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO. 

De acuerdo al Plan Regulador Comunal de Puchuncaví, específicamente para la localidad de Ventanas, el polígono que abarcaría el trazado del proyecto se localiza en la Zona Habitacional Mixta (ZHM-1).

 

CAPITULO X. RECOMENDACIÓN DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL

El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, recomienda Aprobar la Declaración de Impacto Ambiental, basándose en que:

La opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto: 

-        Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

-  Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y

-    No genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.


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