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REPÚBLICA DE CHILE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA

Califica Ambientalmente el proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre"

Resolución Exenta Nº 0176/2012

Santiago, 12 de Marzo de 2012



VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sus Adendas, del proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre", presentada por el señor Juan Carlos Palma Irarrázaval, en representación de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM, con fecha 5 de Agosto de 2011.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, los cuales se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (ICE) de la DIA del Proyecto  "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre".

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre".

  4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al Proyecto.

 

CONSIDERANDO:

1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre" (en adelante, el Proyecto).

2. Que, el derecho de Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM (en adelante, el Titular o Collahuasi) a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3. Que, según los antecedentes señalados en la DIA del proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre", el Proyecto consistirá en incorporar un modo alternativo de despacho de concentrado de cobre mediante camiones hacia los puertos de Arica, Iquique, Antofagasta y Mejillones para su embarque, ante situaciones de contingencia, emergencia y mantención en el Puerto Patache. El Puerto Patache, fue aprobado ambientalmente mediante Resolución Exenta N° 9, de 01 de febrero de 2010, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Tarapacá (RCA Nº 09/2010), ya que corresponde a una de las obras y actividades del proyecto “Optimización a 170 KTPD”.

El Proyecto se ejecutará en las regiones y comunas indicadas en la Tabla Nº1:

Tabla Nº1: Localización 

Región

Comunas

Región de Arica y Parinacota

Arica y Camarones.

Región de Tarapacá

Huara, Iquique y Pozo Almonte.

Región de Antofagasta

María Elena, Mejillones, Sierra Gorda, Antofagasta y Tocopilla.

Este Proyecto se ejecutará solamente en caso de declararse una "Situación de Contingencia", en los términos que más abajo se indican, las cuales consisten en situaciones de contingencia, emergencia, mantención (especialmente del Cargador de Naves denominado en inglés como “Shiploader”), y eventos de la naturaleza que ocurran en el sector del Puerto Patache que corresponde a Collahuasi o condiciones climáticas adversas, que impidan el desembarque por el mismo. El Titular estima que los eventos de esta naturaleza podrían tener una duración de alrededor de 15 días (en caso de mantenciones y condiciones climáticas adversas) hasta aproximadamente 240 días (en caso de una contingencia).

El Titular consensuará con el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá y la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Tarapacá  la declaración de “Situación de Contingencia” en Puerto Patache, con el fin de determinar en conjunto a dichos organismos si la situación es de una magnitud tal que efectivamente amerite la activación de los procedimientos y acciones descritos en el presente Proyecto.  Asimismo, se indicará el plazo en el que se estima se restablecerá el normal carguío del concentrado de cobre por el Puerto Patache.

Para que la autoridad determine si dicha situación constituye una "Situación de Contingencia", el Titular deberá presentar la siguiente información, según corresponda  (punto1.3 de la Adenda N° 3): 

  • Nombre del Titular e identificación del Proyecto.
  • Lugar y área afectada.
  • Fecha y hora.
  • Tipo de accidente.
  • Causa accidente.
  • Equipo afectado.
  • Componente afectado.
  • Tipo de sustancia o residuo.
  • Duración del evento.
  • Medidas de control asumidas para el componente afectado.
  • Medidas de mitigación, restauración o descontaminación, si corresponde, para el componente afectado. En caso de implementar medidas al componente agua, éste será presentado previamente a la Autoridad Marítima para su aprobación.
  • Medidas de seguimiento adoptadas.
  • Organismos que participaron.

Esta Dirección Ejecutiva estima necesario aclarar que el presente Proyecto sólo se refiere a las actividades tendientes al traslado de concentrado de cobre vía terrestre en las rutas propuestas una vez consensuada la “Situación de Contingencia” en el sector de Puerto Patache, y que en ningún caso se evalúa el impacto ambiental derivado de dicha situación.

En relación a los Puertos de Destino, el Titular indica que seleccionará como alternativa sólo aquellos puertos que cuenten con las Autorizaciones Sanitarias y Ambientales vigentes para recepcionar el concentrado de cobre en el momento que se presente la Situación de Contingencia. De este modo, sólo se llevará el concentrado de cobre a los puertos que cuenten con las condiciones y capacidades necesarias para que las actividades de descarga, almacenamiento y embarque no generen efectos negativos en la salud de la población y el medio ambiente.

Una vez declarada la “Situación de Contingencia” en el sector de Puerto Patache, en consenso, con la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá y la SEREMI de Salud de la Región de Tarapacá, de acuerdo a lo indicado en el punto 1.3 de la Adenda Nº3, el Titular entregará a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y al Ministerio de Salud una propuesta de acciones y actividades que incluirá los puntos que a continuación se señala. La propuesta deberá ser aprobada por la Dirección Ejecutiva, previo informe del Ministerio de Salud. antes de iniciar las actividades: 

  • Plazos en el que se estima se restablecerá el normal carguío del concentrado de cobre en Puerto Patache.
  • Las autorizaciones ambientales y sanitarias para recibir y manejar el concentrado de cobre de cada puerto que sea considerado como alternativa.
  • Procedimientos específicos de cada puerto (de descarga de camiones, almacenamiento y embarque).
  • Plan de Contingencia elaborado para el presente Proyecto (Anexo D de la DIA y Anexo C de la Adenda 1).
  • Disponibilidad de los puertos seleccionados para recibir y gestionar el concentrado de cobre en los periodos de tiempo que Puerto Patache se encuentre declarado en situación de contingencia. A tal efecto, se presentará un documento emanado de la empresa portuaria correspondiente, que acredite la disponibilidad y capacidad del puerto para prestar el servicio.
  • Autorización correspondiente del sistema de lavado de camiones del Puerto de Destino. En caso de no existir un sistema de lavado de camiones en el puerto de destino, se aplicará un sistema de aspirado que se detalla en la letra f) del punto “1.7.2.2 Etapa de operación” del ICE.

Por otro lado, conforme a lo sugerido por el Ministerio de Salud mediante Ord. N° B32/793, de 08 de marzo de 2012, el Titular deberá incluir en la propuesta de acciones a seguir, los siguientes datos: tipo de accidente, causa del accidente, equipo afectado, componente afectado y duración del evento.

A continuación, se reproduce  la Tabla Nº2 presentada en el punto 1.4 de la Adenda N°3, en la que se describe el estado actual de los Puertos evaluados en este Proyecto como alternativas para la recepción de concentrado de cobre en “Situación de Contingencia” de Puerto Patache.

Tabla Nº2: Condición actual de puertos de destino.

Empresa
RCA
Tipo de edificio de almacenamiento
Sistema de correas transportadoras
Sistema de embarque
Sistema de limpieza de camiones
Terminal Puerto Arica
RCA N°73/2005
Galpón metálico cerrado, mantenido bajo presión negativa
Encapsuladas, con un sistema de captura de polvo
Correas transportadoras y traspasos cubiertos y sistema de chute telescópico en el carguío del barco
Sistema de aspirado fijo, por vacío.
Sistema de aspirado móvil, de operación por vacío.
Empresa Portuaria de Iquique
Sin Ant.
Sin Ant.
Sin Ant.
Sin Ant.
Sin Ant.
Antofagasta Terminal
Internacional
RCA N°0131/2003
Galpones Herméticos (Sitio 4 – 5), Sistema Presión Negativa
Encapsuladas
Correas transportadoras y traspasos cubiertos y sistema de chute telescópico en el carguío del barco
Sistema de aspirado dentro del galpón
Terminal Marítimo
Puerto Mejillones
RCA 0216/2011
Galpón de almacenamiento confinado.
Correa tubular, con sistema de filtro de mangas que captará el eventual particulado fugitivo generado en el traspaso
Correas transportadoras de  tipo tubular, desde el traspaso de Carga,  hasta la alimentación  de los cargadores de  buques que consiste en una manga retráctil provista de un repartidor (loadingspout) en su extremo inferior.
Los sistemas de limpieza contemplan el uso de aire o agua a presión dependiendo de la naturaleza de los gráneles a manejar

Una vez finalizada la situación de contingencia, se emitirá un Informe de Investigación el cual contendrá los siguientes antecedentes (Adenda 1, Anexo C “Actualización Plan de Contingencia”):

  • Nombre del Titular y Proyecto Calificado en el SEA.
  • Lugar.
  • Fecha.
  • Hora.
  • Tipo de accidente.
  • Causa accidente.
  • Tipo de sustancia o residuo.
  • Cantidad de concentrado de cobre derramado.
  • Duración de la contingencia.
  • Fotografías del área afectada.
  • Implicancias.
  • Medidas de control implementadas.
  • Efectos del evento.
  • Personas afectadas.
  • Medidas de rehabilitación, restauración o descontaminación.
  • Medidas de corrección y/o seguimiento adoptadas.
  • Organismos que participaron.

Conforme a lo solicitado por el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32/793, de 08 de marzo de 2012, el Titular deberá incluir, además del “Informe de Investigación” que propone el Titular en su respuesta a la consulta Nº 1.4 de la Adenda N°3, un informe del “cierre” de las actividades ejecutadas en el marco del presente Proyecto, relativas al transporte, recepción y descarga, almacenamiento y embarque de los Concentrados de Cobre, indicando el detalle de las actividades realizadas, sus resultados y conclusiones.

Ambos informes deberán ser entregados en un plazo de 15 días a contar del último embarque efectuado a consecuencia de la “Situación de Contingencia”,  a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y al Ministerio de Salud.

3.1. Características de la sustancia a transportar:

Las características del concentrado de cobre a transportar se encuentran en la Hoja de Datos de Seguridad (HDS) que se adjunta en el Anexo F de la Adenda Nº1.

Por su parte, las características químicas del concentrado de cobre a transportar se encuentran en el Anexo C de la DIA y sus características granulométricas en el Anexo D de la Adenda Nº1.

3.2. Descripción de partes, acciones y obras físicas asociadas al Proyecto una vez consensuada la “Situación de Contingencia" en el sector de Puerto Patache:

3.2.1 Cantidad de concentrado de cobre a transportar en camiones en caso de contingencia en Puerto Patache:

Considerando la producción y transporte por vía marítima de concentrado de cobre fino que actualmente tiene aprobado Collahuasi en su Proyecto “Optimización a 170 KTPD”, la cual corresponde a entre 300 a 450 M/t/año, en caso de ocurrir una contingencia en el área del Puerto Patache, y que se impida la carga de concentrado a los barcos, se considera que la cantidad de concentrado de cobre que será transportada hacia los puertos de Arica, Iquique, Antofagasta o Mejillones corresponderá a un promedio aproximado de 1.400 toneladas finas diarias (equivalentes a 5.700 toneladas húmedas diarias).

3.2.2 Etapas del Proyecto:

Dado que el Proyecto operará en forma eventual y transitoria y solamente en “Situación de Contingencia”, éste solo considera la etapa de operación. No se considera etapa de construcción, dado que el transporte se realizará desde instalaciones existentes hacia puertos que son operados por terceros. Del mismo modo, no se contempla una etapa de abandono, dado que una vez que finalice o se dé por terminado el transporte transitorio en camiones, sólo se producirá un cese en la utilización de las rutas, lo que no implicará un abandono o desmantelamiento de infraestructura.

Etapa de operación una vez consensuada la “Situación de Contingencia” con la autoridad:

El transporte de concentrado de cobre contemplará las siguientes actividades:

a) Carguío de concentrado de cobre a camiones:

El carguío de los camiones se realizará en las instalaciones de Puerto Patache mediante cargadores frontales y dentro de los edificios de almacenamiento dispuesto para estos fines.

Más detalles del procedimiento de carga de camiones se encuentran en el Anexo B de la Adenda Nº1.

b) Lavado de camiones previo a su salida: 

Las instalaciones del Puerto Patache cuentan con una estación de lavado de camiones, en las que se eliminará el polvo adherido a la carrocería y ruedas previo a la salida del camión desde la zona de carguío. 

La estación de lavado no generará efluentes, ya que cuenta con un circuito cerrado de captación y recirculación del agua para su reprocesamiento en la Planta de Filtros existente, la cual está descrita en el Proyecto “Optimización a 170 KTPD” calificado favorablemente mediante RCA Nº 09/2010.

c) Encarpado de camiones:

El Titular señala que los camiones contarán con bateas encarpadas para evitar polución, contaminación y derrames durante el transporte. Asimismo, el Titular señala que el encarpado impedirá una variación significativa de la humedad desde su origen hasta su destino, no pudiendo constituir un posible foco de emisión de material particulado. 

Como medida de seguridad, el Titular señala que el encarpado tendrá un sello de seguridad para evitar el desencarpado durante la ruta. 

Las características de los materiales que se emplearán para el encarpado serán las siguientes: 

  • Carpas para camiones: Cobertura tipo 10.000 Naranja y Polinervi Naranja.
  • Sellos de Plástico, MOD. ANRE (Ajustable): material polipropileno de 39,7 cm  largo útil, con un inserto metálico como mecanismo de cierre; sigla y numeración propia estampada o equivalentes.
  • La técnica de instalación de la carpa en los camiones será la siguiente: 
    • Se detendrá el camión con el motor apagado entre las plataformas.
    • Posterior muestreo, 2 encarpadores accederán a las plataformas diseñadas para la tarea.
    • Sacarán los sellos de seguridad afianzados en las esquinas de la tolva.
    • Procederán en conjunto a estirar la carpa desplazándose por las pasarelas, siempre con la vista en frente, hasta llegar al final de la tolva.
    • Posteriormente, colocarán perlón según corresponda, en ambos costados dejando libre la parte posterior.

d) Transporte hacia puntos de destino: 

El transporte desde el Puerto Patache hacia los puertos de Arica, Iquique, Antofagasta o Mejillones, se realizará a través de las rutas señaladas en la Tabla Nº3 del ICE. A su vez, mayores antecedentes respecto de las rutas a utilizar se indican en el punto 2.1.1.3 de la DIA y en el Anexo E de la Adenda Nº1. 

e) Descarga de camiones en los puntos de destino (puertos y sitios de almacenamiento):

Una vez que el camión llegue a su destino, se procederá a la descarga del concentrado en los sectores habilitados para ello, que posea el puerto, según las condiciones de operación establecidas por éste.

El Titular indica que en los puntos de descarga habrá supervisores de Collahuasi las 24 horas del día.

Máyores detalles del procedimiento de descarga de camiones se encuentran en el Anexo B de la Adenda Nº1.

f) Lavado de camiones previo a su salida desde el puerto de destino:

De acuerdo a lo indicado por el Titular en el punto 1.2 de la Adenda Nº 2, una vez seleccionado el puerto de destino, el Titular subcontratará el servicio de aspirado a una empresa especializada y que cuente con todas las autorizaciones sanitarias respectivas para la limpieza de camiones. El servicio de aspirado se aplicará siempre y cuando el puerto de destino no cuente con un sistema propio de limpieza, sea éste de lavado o aspirado y que satisfaga y cumpla con los mismos objetivos y estándares del sistema descrito en la respuesta 1.2 de la Adenda N°3. El polvo recuperado será devuelto al sistema, luego de cada maniobra de aseo.

El Titular dispondrá de Supervisores en los destinos analizados, estos tendrán la labor de chequear la condición de llegada y salida de los camiones, así como también de velar por el cumplimiento de los procedimientos operativos requeridos para la descarga en cada puerto de destino.

A mayor abundamiento se indica que, en caso de utilizarse un sistema de lavado de camión, este deberá contar con todas las autorizaciones correspondientes.

A continuación, se detalla el procedimiento de limpieza de camiones mediante aspirado, para el caso de que el puerto de destino no disponga de un sistema de lavado autorizado:

  • El camión se dirigirá hacia la zona de aspirado dentro del área de descarga o en el caso que los requisitos de espacio o por razones de seguridad de los puertos de destino no lo permitan, este se instalará en el portón de salida del galpón de descarga.
  • Se procederá a la limpieza en seco principalmente de ruedas y tolvas de los camiones, y todas aquellas áreas donde pudiera haberse adherido el concentrado de cobre.
  • El camión saldrá de la zona de aspirado donde se evaluará la limpieza realizada. Dicha actividad la realizará el inspector de Collahuasi que se encontrará en el puerto de destino, quien aprobará la salida del camión.
  • Con respecto al equipo de aspiración, cuando el sensor indique la alerta de que la capacidad de carga se ha completado, el equipo se dirigirá hacia la zona habilitada para la descarga de concentrado de cobre, donde descargará el material aspirado.
  • El equipo de aspirado, una vez realizada la descarga en la zona habilitada para dicho propósito, también será sometido al proceso de limpieza en seco.

Máyores detalles respecto del aspirado se presentan en el Anexo A de la Adenda Nº2, y en el punto 1.2 y Anexo A, ambos de la Adenda N° 3.

g) Regreso a Puerto Patache:

Luego de finalizada la descarga en los puntos de destino los camiones regresarán, utilizando las mismas rutas de ida, para continuar con el ciclo de despacho.

La única variación que habrá en el regreso será el uso de la calle Oficina Salitrera Victoria en reemplazo de la calle Las Cabras en la ruta de destino hacia el Puerto de Iquique, ya que ésta última es unidireccional.

3.2.3 Control en ruta: 

Se dispondrá de tecnología apropiada y personal experimentado para hacer un seguimiento continuo de los desplazamientos de los camiones, con el objeto de detectar posibles problemas y/o verificar condiciones indebidas durante la circulación en ruta.  

En este sentido, para los controles en ruta se considerarán los siguientes entre otros:

  • Control vía remota (GPS u otro) las 24 horas desde Puerto Patache y con personal en ruta, para atender emergencias. Mediante un sistema proactivo, se informará la localización de la flota y eventuales situaciones fuera de la normalidad.
  • Controladores de ruta cada 100 km, las 24 horas del día, los cuales medirán velocidad y controlarán los descansos y lugares de colación.
  • Prevencionistas en los circuitos de transporte, cuya función será dar charlas de conducción segura y apoyar al conductor.
  • Camioneta de mantención en ruta, destinada a solucionar problemas mecánicos menores y efectuar diagnóstico para fallas mayores.
  • Todos los informes de incidentes o accidentes viales serán investigados por el departamento de seguridad de la compañía, a fin de confirmar su ocurrencia y establecer sus razones, así como implementar planes de mejoramiento que permitan el desarrollo óptimo de la actividad.
  • De existir, en aquellos sectores de la ruta, obras y/o trabajos de mejoramiento de la infraestructura vial, así como zonas de desvíos, se exigirá a los conductores respetar la señalización transitoria.

Máyores detalles del control en ruta se indican en el punto 2.1.1.6 de la DIA.

3.2.4 Características de los camiones: 

Para el transporte del concentrado de cobre se utilizarán camiones del tipo “camión batea” con una capacidad de carga de hasta 30 toneladas de concentrado de cobre húmedo. Las bateas serían encarpadas según lo descrito en la letra c del punto 3.2.2 de la presente resolución. 

Más detalles de las características de los camiones se encuentran en el punto 2.1.1.4 de la DIA.

3.2.5 Programa de mantención: 

Todos los camiones que se utilicen para el transporte de concentrado de cobre tendrán su Certificado de Revisión Técnica al día. 

Las labores de mantención de los camiones serán realizadas por terceros en instalaciones autorizadas para ello (talleres mecánicos, terminales de servicio, etc.).

3.2.6 Capacitación de conductores:

El Titular mantendrá un programa de capacitación para los conductores que participen en el transporte de concentrado de cobre. Los objetivos que tendrá el programa de capacitación se presentan en el numeral 1.7.2.6 del ICE.

Las clases serán expositivas y con discusión de los temas presentados, los cuales serán impartidos por el prevencionista de riesgo, o si fuese necesario, por profesionales externos idóneos en los temas a tratar. El tiempo anual que se asignará en capacitación a cada conductor será de 45 horas/año, el cual incluirá los tiempos para realizar los test de conocimientos para verificar el aprendizaje de los conductores. 

Adicionalmente a lo anterior, el Titular de forma preventiva informará oportuna y convenientemente a cada uno de los conductores acerca de los riesgos de la actividad laboral, de las medidas preventivas y de la correcta ejecución del trabajo encomendado. 

El Titular mantendrá un registro en el Puerto Patache de las capacitaciones de cada uno de los conductores contratados. 

3.2.7 Plan de Contingencia: 

3.2.7.1 Aviso a la autoridad: 

El Titular indica que frente a cualquier emergencia o contingencia producida, independiente de los avisos internos programados que posea, dará también aviso en forma inmediata a Cuerpos de Bomberos y a la Dirección Regional de la Oficina Nacional de Emergencia (ONEMI), Dirección Regional de Vialidad, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipios, Dirección Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMIS) del Ministerio del Medio Ambiente (MMA) correspondientes, SEREMIS de Salud respectivas, Corporación Nacional Forestal (CONAF), y a la Dirección General de Aguas (DGA) en caso de afectar recursos hídricos superficiales y/o subterráneos, como también a la asociación de canalistas, si corresponde.

Por otra parte, el Titular en el punto 1.34 de la Adenda Nº1 indica que remitirá un informe preliminar en un plazo no superior a 24 horas frente a una contingencia ambiental que afecte el o los componentes  suelo, flora, vegetación, fauna o agua. Dicho informe será remitido al Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, a la SEREMI del Medio Ambiente que corresponda y a la Dirección General de Aguas (DGA) en caso de afectar recursos hídricos superficiales y/o subterráneos.

El informe contendrá la siguiente información;

a)     Identificación del Proyecto: identificación del Titular, proyecto calificado en el SEIA.

b)     Información de la contingencia: Identificación del lugar y área afectada, fecha y hora, tipo y causa del accidente, patente del vehículo, duración del evento y sustancia transportada.

c)   Evaluación de incidente: identificar, caracterizar y evaluar el o los componente(s) afectado(s), tales como suelo, vegetación, flora, fauna, agua continental (superficial y/o subterránea) o marítima. Presentar los resultados de monitoreos inmediatos en el área de influencia del accidente.

d)   Plan de contingencia: Identificación y justificación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se llevarán a cabo para realizar la limpieza de el o los recursos que hayan sido afectados en suelo, vegetación, flora, fauna, agua continental (superficial y/o subterránea) o marítima.

e)  Medidas inmediatas y mediatas utilizadas durante el evento de contaminación, medidas de restauración o descontaminación que tomará, acciones de seguimiento posibles que adoptará y medidas que el Titular del Proyecto tomará para corregir errores que originaron el accidente. Para el caso de tener que implementar medidas de mitigación al componente agua, el plan deberá ser previamente aprobado por la DGA.

Finalmente, el Titular mantendrá permanentemente informada tanto a la Dirección Ejecutiva del SEA y a las Direcciones Regionales del SEA, como también a la SEREMI del Medio Ambiente que corresponda, del avance de las acciones posteriores.

Una vez finalizadas las acciones tomadas en la zona afectada, se emitirá un informe de investigación de emergencia el cual contendría los siguientes antecedentes:

a)      Nombre del Titular y Proyecto Calificado en el SEIA.

b)      Lugar y área afectada.

c)      Fecha y hora.

d)     Tipo de accidente.

e)      Causa accidente.

f)       Equipo afectado.

g)      Componente afectado.

h)      Tipo de sustancia o residuo.

i)        Duración del evento.

j)        Medidas de Control Asumidas para el componente afectado.

k)      Medidas de mitigación, restauración o descontaminación, si corresponde, para el componente afectado. En caso de implementar medidas al componente agua, éste será presentado previamente a la Autoridad Marítima para su aprobación.

l)        Medidas de seguimiento adoptadas.

m)      Organismos que participaron.

Este informe se enviará a las autoridades competentes en un periodo no mayor a 15 días, luego de ocurrido el accidente.

3.2.7.2 Tiempos de repuesta: 

El Titular indica en el Anexo C de la Adenda Nº1 que el tiempo para dar aviso ante una contingencia será no mayor a 15 minutos, y el tiempo de respuesta que demore en llegar la brigada de emergencia será en promedio de 4 horas.

3.2.7.3 Tipos de contingencia: 

a) Derrame de concentrado de cobre sobre cursos de agua: 

-El Titular coordinará todas aquellas medidas que permitan interrumpir el flujo tanto de aguas arriba como aguas abajo de la zona del derrame, evitando así su dispersión.  

-Se pondrá en aplicación un monitoreo especial e intensivo de las aguas para evaluar el efecto causado en su calidad. El monitoreo se extenderá temporalmente hasta que las condiciones naturales del agua se recuperen.  

-En el caso que se generen residuos provenientes de las acciones de contención o limpieza del derrame, éstos serán manejados de acuerdo a la legislación vigente. 

En el punto 1.25 y el Anexo A (Lámina 2), ambos de la Adenda Nº1, se presentan los principales cursos de aguas superficiales presentes en el área del Proyecto. 

b) Derrame de concentrado de cobre sobre el suelo: 

Este tipo de contingencia podría ocurrir en la zona de carga del Puerto Patache, durante el transporte por las rutas autorizadas, o en la descarga del concentrado de cobre en los puertos alternativos de embarque.  

Las acciones descritas a continuación se aplicarán tanto a suelos en áreas bajo protección oficial como a cualquier suelo. 

-El conductor del vehículo estará entrenado para aplicar las primeras medidas de control de la emergencia, incluyendo la notificación al Titular y/o empresa contratista, para que a su vez se comuniquen con las autoridades pertinentes en cada caso y así dar inicio a las medidas correspondientes.

-Se dará aviso de inmediato a CONAF, Dirección Regional ONEMI y Dirección Ejecutiva del SEA.

-La Brigada de Emergencias acudirá inmediatamente al sitio del accidente con los equipos y elementos adecuados para controlar la situación.

-Se prestarán las atenciones de primeros auxilios si hay personas afectadas y paralelamente se adoptarán las medidas necesarias para aislar el lugar del accidente y mantener el derrame fuera de cauces de agua si los hubiera.

-Se contendrá el derrame para evitar una mayor superficie a ser afectada. Para esto, se utilizará arena u otro material inerte disponible para evitar la expansión del derrame, construyendo barreras en forma de dique.

-Nunca se permitirá que el producto derramado ingrese a cámaras de aguas o pisos en que el producto pueda infiltrar.

-Luego de la absorción del producto derramado con arena u otro material inerte, se recogerá mediante palas, maquinaria pesada, según se requiriera, y se depositará en contenedores, según lo estipulado en procedimiento para derrames.

-La zona de derrame será limpiada completamente. El suelo contaminado será removido y manejado de igual forma que el material recuperado.

-Se acordará con la autoridad competente, si es necesario realizar monitoreos posteriores a la contingencia en la zona afectada por el derrame.

-Se dejará la zona afectada por el derrame en condiciones similares a las que se encontraban antes del derrame.

-En el caso que se generen residuos provenientes de las acciones de contención o limpieza del derrame, éstos serán manejados de acuerdo a la legislación vigente.

-En caso que el conductor del vehículo accidentado no pudiera atender la emergencia, las primeras medidas serán aplicadas por otros conductores que se dirijan desde/hacia el Puerto Patache.

-El testigo de la emergencia deberá informar a la brevedad a su supervisión directa y/o encargados operacionales del área proporcionando la siguiente información: lugar del derrame, cantidad derramada y personal afectado si hubiera.

-Se informará a la Dirección Regional de la ONEMI, a la SEREMI de Salud y a la Dirección Ejecutiva del SEA, dentro de las 24 horas posteriores de ocurrido el derrame.

-Se evaluarán las causas del accidente y en función del análisis se adoptarán las medidas pertinentes para prevenir futuras situaciones de esa naturaleza.

-Se elaborará un registro del incidente.

En caso de haberse removido suelo para la limpieza del lugar afectado, el Titular indica que se desarrollarán labores para rellenar la cavidad de suelo generada con suelo de similares características y coordinado con las autoridades competentes.

3.2.7.4 Equipamiento de control y acción a utilizar ante contingencias: 

El Titular indica en el Anexo C de la Adenda Nº1 que a los camiones de terceros a contratar se les exigirá contar los siguientes implementos de seguridad y equipo de contención ante derrames:

Elementos de protección personal:

-Casco.

-Antiparra ajustable.

-Zapatos de seguridad.

-Guantes de cabritilla.

-Respirador mecánico con filtros para polvos y gases (P100).

-Traje Tyvek.

Equipo de contención ante derrames:

-Una pala de punta.

-8 conos plásticos rígidos.

-Cinta plástica de seguridad, con rayas blancas y rojas y que tenga inscrito “peligro”.

-Dos extintores de polvo químico triclase de 5 Kg cada uno.

-Botiquín para primeros auxilios.

-Cuñas reglamentarias.

-Cubierta plástica.

3.2.8 Plan de monitoreo, seguimiento y recuperación ambiental: 

El presente plan busca asegurar que las medidas ambientales establecidas en el Plan de Contingencia sean efectivas y suficientes para abordar situaciones de emergencia.

Tabla Nº3: Plan de Monitoreo y Seguimiento Calidad de Aguas Superficiales 

Nombre del plan

Plan de Monitoreo y Seguimiento de Calidad de Agua Superficial.

Componente

Calidad del agua.

Afectación ambiental asociado

Contaminación por derrame de concentrado de cobre.

Método o procedimientos a utilizar o acciones de seguimiento

Se medirá la calidad del cuerpo de agua afectado de acuerdo a los procedimientos indicados en la normativa vigente:

• NCh 411/2 Of. 96 Calidad del agua, Muestreo Parte 2: Guía sobre técnicas de muestreo.

• NCh 411/3 Of. 96 Calidad del agua, Muestreo Parte 3: Guía sobre la preservación y manejo de las muestras.

• NCh 411/10 Of. 97 Calidad del agua, Muestreo Parte 3: Guía muestreo de aguas residuales.

Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente

Aluminio, Arsénico, Bario, Berilio, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruros, Cobalto, Cobre, Cromo, Fluoruro, Hierro, Litio, Litio (cítricos), Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plata, Plomo, Selenio, Sodio Porcentual, Sulfatos, Vanadio, Zinc y Ph o aquellos que la autoridad pertinente estime necesario medir.

Ubicación de los puntos de control

Se consideran dos puntos de control

• Aguas arriba de la zona afectada.

• Aguas abajo de la zona afectada.

Duración y frecuencia de medición

La duración del monitoreo se condiciona de acuerdo a los resultados obtenidos en cada monitoreo.

La frecuencia de monitoreo se estimará de acuerdo a lo indicado por la autoridad competente.

Niveles cuantitativos o límites permitidos o 

comprometidos

Se establece como mecanismo de referencia, la comparación de los dos puntos de monitoreo correspondiente a los puntos de control.

Resultados esperados

Que los resultados sean similares en los puntos aguas arriba y aguas abajo de la zona afectada, principalmente en su composición química.

Organismo fiscalizador

DGA, SISS y SEREMI de Salud, dependiendo de la implicancia del evento.

Tabla Nº4: Plan de Monitoreo y Seguimiento de Fauna

Nombre del plan

Plan de Monitoreo y Seguimiento de Fauna.

Componente

Biótico (Fauna Terrestre).

Afectación ambiental asociado

Alteración del hábitat de especies nativas y en categoría de conservación producto de derrame de concentrado de cobre.

Método o procedimientos a utilizar o acciones de seguimiento

Observación y medición en campo. En el caso de identificar una especie que se encuentre perjudicada significativamente por el accidente, esta será relocalizada.

Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente

Se monitoreará la presencia y/o ausencia de las especies identificadas en el área afectada y sus alrededores. En el caso de relocalización, se evaluará el comportamiento de adaptación de la especie en la nueva locación (coordinación con autoridad competente).

Ubicación de los puntos de control

Se controlará toda la zona afectada y sus alrededores, así como las zonas de relocalización, en el caso que proceda.

Duración y frecuencia de medición

Las medidas serán aplicadas de acuerdo a la magnitud del accidente en la zona afectada. El monitoreo se realizará con una frecuencia semanal hasta que se restablezcan las condiciones originales. Cabe mencionar que la continuidad del monitoreo será condicionado de acuerdo al comportamiento de las especies identificadas en la zona afectada y si estas no presentan alteraciones, el programa se dará por finalizado, previo acuerdo con la autoridad competente.

Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos

Se mantendrá el programa de monitoreo y seguimiento de la relocalización de especies de baja movilidad mientras se detecten individuos en áreas de futuras construcciones.

Resultados Esperados

La recuperación del hábitat, así como las especies de fauna afectadas, si corresponde.

Organismo fiscalizador

CONAF y SAG.

 

Tabla Nº5: Plan de Monitoreo y Seguimiento de Flora y Vegetación 

Nombre del plan

Plan de Monitoreo y Seguimiento de Flora y Vegetación.

Componente

Biótico (Flora y Vegetación).

Afectación ambiental asociado.

Pérdida de la cobertura vegetal y de individuos de flora nativa.

Método o procedimientos a utilizar o acciones de seguimiento.

Se relocalizarán aquellas especies afectadas por el derrame en sector definido por la autoridad y a través de la observación de campo se describirá la evolución de la especie.

Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente.

Seguimiento del éxito de la replantación de la especie intervenida.

Ubicación de los puntos de control.

Zona de relocalización.

Duración y frecuencia de medición.

El monitoreo se realizará con una frecuencia semanal hasta que se restablezcan las condiciones originales. Cabe mencionar que la continuidad del monitoreo será condicionada de acuerdo al comportamiento de las especies intervenidas y relocalizadas. Si estas presentan una evolución favorable, el programa se dará por finalizado, previo acuerdo con la autoridad competente.

Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos.

Se mantendrá el programa de monitoreo hasta demostrar un nivel de evolución favorable de la especie intervenida.

Resultados Esperados

Que el proceso de adaptación de aquellas especies relocalizadas no sea degenerativa, sino que el proceso evolutivo de la especie rinda resultados positivos y que su comportamiento sea el más natural al sector de origen.

Organismo fiscalizador

CONAF

Tabla Nº6: Plan de Monitoreo y Seguimiento Suelo 

Nombre del plan

Plan de Monitoreo y Seguimiento Suelo.

Componente

Edafología (Suelo).

Afectación ambiental asociado

Pérdida de suelo.

Método o procedimientos a utilizar o acciones de seguimiento.

La medida consiste en realizar una inspección visual en la zona afectada, se establecerán los puntos de comparación para la toma de muestra, previo acuerdo con la autoridad. En el caso que se presenten trazas del incidente, ya sea por determinación visual o resultados de laboratorio, estas serán removidas de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Plan de Contingencia. Con posterioridad a lo señalado, la zona intervenida será rellenada con suelo que presente características similares al original.

Parámetros a utilizar para caracterizar el estado o evolución del componente.

A las muestras que se extraigan de la zona afectada se le realizarán los análisis de laboratorio de acuerdo a los parámetros químicos que se indique por parte de la autoridad competente.

Ubicación de los puntos de control

Zona Intervenida.

Duración y frecuencia de medición

La duración y frecuencia del monitoreo se establecerá previo acuerdo con la autoridad competente.

Niveles cuantitativos o límites permitidos o comprometidos

No existe normativa que establezca los procedimientos o límites permitidos de calidad de suelo.

Resultados Esperados

Recuperación del suelo afectado.

Organismo fiscalizador

SAG, CONAF, SEA.


El Titular indica que los resultados obtenidos del programa de seguimiento y monitoreo se agruparán en un informe consolidado, el cual será reportado a la autoridad ambiental por los periodos señalados para cada componente involucrado en el derrame de concentrado de cobre. 

Cabe mencionar que el informe documentará la evolución y efectividad de las medidas aplicadas, así como la identificación de afectaciones ambientales imprevistas, si se presentasen, durante el desarrollo del programa. 

Mayores antecedentes del Plan de Monitoreo Seguimiento y Recuperación se presentan en el Anexo B de la Adenda Nº2.

3.2.9 Emisiones: 

A continuación se presentan las características de las emisiones, descargas y residuos que generará el Proyecto durante su etapa de operación.

3.2.9.1 Residuos sólidos: 

a) Residuos sólidos domésticos: 

Los choferes se alimentarán en restaurantes o lugares establecidos, por lo que los residuos domésticos generados serán dispuestos según el procedimiento empleado en cada lugar de alimentación.

b) Residuos sólidos industriales: 

Debido a las características del Proyecto, no se generarán residuos sólidos industriales ya que las actividades de mantenimiento de los vehículos se realizarán en lugares autorizados, fuera de las instalaciones del Titular.

c) Residuos sólidos peligrosos: 

El transporte de concentrado de cobre no generará residuos sólidos peligrosos dada las características del Proyecto.

d) Residuos producidos en caso de contingencias: 

En caso de contingencia de derrame, tanto los residuos no peligrosos y/o peligrosos generados producto de la limpieza serán transportados y almacenados por empresas que cuenten con las autorizaciones sanitarias conforme a las exigencias establecidas en la normativa vigente. Asimismo, el Titular en el punto 1.1 de la Adenda Nº3 indica que procederá a la disposición final de los residuos generados durante la “Situación de Contingencia” en lugares, que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes para el desarrollo de dicha actividad.

3.2.9.2 Residuos líquidos: 

a) Residuos líquidos industriales: 

Para el transporte de concentrado de cobre los residuos líquidos que podrá generar el Proyecto corresponden al agua de lavado de los camiones. El área del Puerto Patache cuenta con una estación de lavado de camiones que permite eliminar el polvo adherido a la carrocería y ruedas previo a la salida del camión desde el Puerto. Esta estación cuenta con circuito cerrado de captación y recirculación del agua para su reprocesamiento en la Planta de Filtros existente.

b) Residuos líquidos domésticos:

Los choferes utilizarán los servicios higiénicos autorizados existentes en estaciones de servicio y restaurantes, mientras que el resto del personal utilizará los servicios higiénicos autorizados existentes en los lugares en que se desempeñarán (Puerto Patache). En razón de lo anterior, estos efluentes se descargarán a la red de alcantarillado público o al sistema específico de disposición y tratamiento que posea cada lugar, los que se encontrarán debidamente autorizados.

3.2.9.3 Emisiones atmosféricas: 

Conforme a lo señalado en el Anexo E de la DIA, el Proyecto generará aproximadamente 0,79 tonelada/diaria de material particulado (MP10), por concepto de viajes ida y vuelta, que serán diseminados a través de un largo total de camino de 835 km, en el sector costero de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta. De lo anterior, se puede afirmar que el Proyecto producirá aproximadamente 0,94 kg/día de MP10 por kilómetro recorrido. Las concentraciones en 24 horas y anuales de MP10 provenientes del Proyecto, alcanzarán aproximadamente un máximo diario de 1,5 µg/m³N y un máximo anual de 0,3 µg/m³N, a una distancia de 200 metros medidos desde la fuente. Posterior a dicha distancia, las concentraciones disminuyen y se dispersan rápidamente a medida que se alejan de la fuente, resultando poco significativas. 

El Titular señala que el contenido de humedad que poseerá el concentrado de cobre cargado en los camiones será de 7 a 10%, el cual restringirá la posible emisión de material particulado durante su carguío y transporte. 

El transporte de concentrado de cobre emitiría gases producto de la combustión de los motores de los camiones, las que serán poco relevantes. Al respecto, se debe señalar que los camiones utilizados cumplirán con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica periódico de los camiones. Las emisiones de material particulado y gases tienen un carácter temporal y se producirán durante el periodo que dura la contingencia. 

Por otra parte, en caso de que el puerto seleccionado no disponga de un sistema de lavado o aspirado de camiones, el Titular dispondrá de un sistema de aspirado móvil con el fin de evitar las emisiones atmosféricas. 

El sistema de aspirado móvil no generará residuos que sea necesario almacenar o eliminar, ya que se depositará el concentrado de cobre aspirado en el área de almacenamiento de concentrado de cobre en puerto, junto al concentrado de cobre a ser embarcado.

Cabe hacer presente que el equipo de aspirado móvil contempla los siguientes procedimientos: 

•  El equipo de aspirado se instalará en la salida de camiones, dentro del Galpón de descarga y almacenamiento de concentrado de cobre.

•    Las maniobras de limpieza se realizarán una vez que el camión haya realizado la descarga de concentrado de cobre en el área de acopio. Esta limpieza se centrará en el aspirado de ruedas, tolva y carrocería.

•   Una vez aspirado el camión, Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM a través del inspector que estará en el puerto de destino, verificará que dicha actividad se haya ejecutado de manera efectiva.

•   El equipo de aspiración deberá tener al menos una capacidad de 5 m3 y un detector de nivel. Una vez que se active el detector de nivel, éste se dirigirá al área de almacenamiento de concentrado de cobre, dentro del mismo galpón, y realizará la descarga de lo aspirado junto al resto del concentrado de cobre para ser embarcado. Cabe señalar que el equipo cuenta con un sistema basculante y con puerta automática que permite descargar el contenido lo que facilita este proceso. (Se adjunta en el Anexo A, Ficha Técnica del Equipo de Aspirado, de la Adenda N° 3).

•  El equipo de aspirado, una vez realizada la descarga retornará al área de salida de camiones (dentro del galpón de descarga), en donde una vez posicionado realizará un auto-aspirado. 

Puesto que las labores de aspirado y acopio de concentrado de cobre dentro de un galpón cerrado, se evitará y controlará cualquier generación y resuspensión de material particulado que pudiera existir.

3.2.9.4 Ruido: 

Las emisiones de ruido se producirán por la operación de carguío del concentrado y el tráfico de camiones asociados al Proyecto. La operación de carguío del concentrado se realizará en las instalaciones existentes en Puerto Patache y que corresponden a las únicas fuentes fijas de emisión de ruido. El ruido generado por el Proyecto se considera poco significativo debido a que ésta se desarrollará en un recinto cerrado ubicado en un área industrial existente (Puerto Patache). Si bien el sector más cercano (Caleta Cáñamo) se ubica aproximadamente a 350 m de distancia del Puerto, no existirían incrementos en los niveles de ruido sobre este sector debido al Proyecto, incluso en la condiciones de operación más adversas (durante la noche).

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre"  cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el punto 3.1 del ICE. 

5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto  "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre"  no requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. Nº95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre"  no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el punto 3.2 del ICE.

7. Que, en el proceso de evaluación del Proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el Titular ha adquirido los siguientes compromisos voluntarios; 

7.1. El Titular se compromete a reponer aquellos equipos o insumos que Bomberos de Chile, Carabineros de Chile, u otra institución pública gaste con ocasión de la respuesta a una emergencia. 

7.2. El Titular se compromete a restaurar los componentes bióticos y/o abióticos que puedan verse afectados en Áreas Silvestres Protegidas, así como en otros sitios que presenten formaciones vegetacionales de competencia de CONAF.  

8. Que, se sugiere al Titular del Proyecto que dé cumplimiento al ingreso de las “exigencias ambientales al Sistema de Cargas de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente” (www.compromisos-ambientales.cl). Lo anterior, con el propósito de facilitar tanto el seguimiento como el cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de las cuales se emite la presente Resolución de Calificación Ambiental.

9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, al menos con una semana de anticipación, el inicio de la ejecución del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

10. Que, para que el proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

11. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

12. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, la individualización de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio.

13. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 

RESUELVO:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre", presentado por Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi SCM.

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre" cumple con la normativa de carácter ambiental,  y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

     

Notifíquese y Archívese





Ignacio Toro Labbé
Director Ejecutivo
Servicio de Evaluación Ambiental




JMF/MMT/PGM/SHB/MPG/MBB

Distribución:
  • Juan Carlos Palma Irarrázaval
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá
  • Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá
  • Gobernación Marítima de Iquique
  • Gobierno Regional, Región de Tarapacá
  • Ilustre Municipalidad de Huara
  • Ilustre Municipalidad de Iquique
  • Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
  • SEREMI de Salud, Región de Tarapaca
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá
  • SEREMI MOP, Región de Tarapaca
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de María Elena
  • Ilustre Municipalidad de Mejillones
  • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda
  • Ilustre Municipalidad de Tocopilla
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta
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  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota
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C/c:
  • Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Tarapacá
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Expediente del Proyecto "Alternativas de Transporte de Concentrado de Cobre"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=c0/1a/a53f198ba38d7a9272285f10ebd106357e05


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