|
Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "PROYECTO MODIFICACIÓN SISTEMA DE TRATAMIENTO DE RILES Y AMPLIACION PLANTA PROCESADORA EL PAICO "
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1. Antecedentes del Titular Titular: Agroindustrial El Paico Ltda Rut: 96.590.000-4 Representante Legal: Enrique Cruz Sotomayor Rut: 6519580-1 1.2. Localización El proyecto se localizaría en la Región Metropolitana de Santiago, en la Provincia de Talagante, Comuna de El Monte, específicamente en la localidad de El Paico, en el N° 1740 de Avenida Los Libertadores (nombre de la Ruta G-78 por el paso de la zona urbana), aproximadamente a a) Uso de Suelo La comuna de El Monte cuenta con una definición de su límite urbano, según la cual, el predio de la Planta faenadora El Paico, se emplaza en un 40 % de predio en zona urbana (sector contigua a Av. Los Libertadores) y un 60% en zona rural (sector contiguo a la Autopista Santiago – San Antonio). Cabe hacer mención que el Instrumento de Planificación proyectado para esta zona “Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Modificación PRMS Incorporación Provincias de Melipilla/Talagante y Comunas de Buin y Paine”, mantiene los límites urbano /rurales de la comuna. b) Coordenadas:
c) Acceso: · El acceso a la planta se realiza por la Ruta 78 (Autopista del Sol) hasta el peaje El Paico, tomando la calle Nazario Araoz, hasta empalmar con la ruta G-78, por donde se recorre un tramo de aproximadamente 1.3. Monto de Inversión: US$14.000.000.- 1.4. Vida Útil: 20 años 1.5. Mano de Obra
1.5.1 Cronograma de actividades programadas La construcción de las obras se realizaría en un período de 7 meses para el sistema de tratamiento de RILes , de los cuales 93 días corresponden a la etapa de movimiento de tierra y los 93 días restante a la instalación de estructuras y 3,5 meses para la ampliación de la planta (cuando la demanda lo requiera). 1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas El predio donde se ubica la Planta comprende una superficie total de El proyecto que se somete a evaluación ambiental contempla la construcción de una superficie total de En la siguiente tabla se indican las nuevas instalaciones y superficies involucradas
1.7. Descripción del proyecto El proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de RILes y Ampliación Planta Procesadora El Paico”, corresponde a una modificación del actual Sistema de Tratamiento de Riles con el objeto de cumplir el Decreto Supremo N° 90/00 MINSEGPRES y adecuarse a los nuevos niveles de producción. Además de aumentar la capacidad de producción de la planta, independizando las líneas de producción de pollos y pavos actualmente unidas en la fase de enfriamiento final. El proyecto contempla: 1. Modificar el actual sistema de tratamiento de RILes de la Planta (tratamiento físico químico), autorizado por Resolución de Calificación Ambiental Exenta N° 023/02 (RCA N° 023/02) de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana de Santiago y a través de la Resolución SISS N° 70 de 1998 y vigente a la fecha, incorporando un sistema de tratamiento biológico para dar cumplimiento al Decreto Supremo 90/00 MINSEGPRES, el que a su vez permitirá aumentar en una primera etapa, el caudal a tratar desde 220 m3/h a 250 m3/h, y en una segunda etapa a 500 m3/h. Cabe precisar, que el sistema de tratamiento de RILes actual de la Planta El Paico, compuesto por un Separador rotatorio; Estanque de Ecualización; Estanque de Flotación y Decanter, será reubicado en su totalidad. 2. Ampliar la capacidad de producción de la planta procesadora, trabajando un segundo turno. Para ello se deberá construir una línea de enfriado, cámaras de almacenamiento en frío y áreas de despacho. Este aumento de producción generará un aumento en los RILes del sistema de tratamiento, por lo que en su momento se deberá ampliar el sistema de tratamiento propuesto en el punto 1, y se llevara a cabo cuando la demanda del mercado de carne de aves lo requiera. 3. Ampliar la subestación eléctrica Actualmente la Planta El Paico opera con dos generadores DDC 800 de 800 KVA y 640 KW marca FG Wilson (Engineering) Ltd. UK. Respecto a la proyección de generadores, ésta se estima en cuatro grupos electrógenos, lo que implica una generación de 3200 KVA. Éstos se estima serán de la marca FG Wilson (Engineering) Ltd. UK, cada uno con de 800 KVA y 640 KW de potencia. En Anexo F de la Adenda se presentó el catálogo de los equipos generadores actuales y futuros Actualmente la Planta Procesadora EL Paico faena aves a una tasa de 240 ton/día de pollos y 160 ton/día de pavos, alcanzando un total de aproximadamente 10.000 ton/mes entre pollos y pavos. La ampliación contempla que cada línea productiva opere en forma independiente posibilitando su operación simultánea, con lo que la producción podría llegar a 480 ton/día de pollos y 240 ton/día de pavos, totalizando 18.000 ton /mes de aves. Para alcanzar esta capacidad de faena, es necesario construir una nueva línea de enfriado, empaque, almacenamiento y despacho y ampliar la capacidad del sistema de tratamiento de RILes desde 220 m3/h, (capacidad de tratamiento aprobada a través de RCA Nº 023/2002), a 500 m3/h. 1.7.1 Situación Actual 1.7.1.1 Sistema Productivo La Planta trabaja con dos líneas faenadoras, una para pollos y la otra para pavos. Cada una de estas líneas funciona por un periodo de 7,5 horas/día. En promedio se faenan 10.000 pollos por hora (240 toneladas por día), 2.400 pavos por hora (160 toneladas de pavos/día), totalizando 400 toneladas de aves/día. La Planta opera con un total de 700 trabajadores. El proceso productivo se divide en cuatro grandes etapas correspondientes a: recepción, faenación, almacenamiento y envío a mercados de consumo. La etapa de faenación se divide a su vez en las fases de insensibilización, desangre, escaldado y desplumado, flameado, eviscerado, lavado y enfriado.Posteriormente se procede al almacenamiento en cámaras de frío para ser derivadas a mercados de consumo, el que puede ser tanto nacional como extranjero. Una síntesis del proceso productivo se presenta a continuación: ü Recepción y Colgado de Aves Las aves llegan a la planta transportadas desde las granjas en jabas plásticas paletizadas, sobre camiones. Éstos ingresan a una zona de estacionamiento. Posteriormente los pallets son descargados mediante grúas horquillas hacia las maquinas que desapilan las jaulas. Las jaulas se trasladan por cintas transportadoras hacia la zona de colgado. En la zona de colgado llegan las jabas a una velocidad de 25 jabas/minuto. En el caso de los pollos, las aves son colgadas en un transportador aéreo continuo que se dirige hacia la zona de insensibilización. En el caso de los pavos, éstos se cuelgan en forma directa desde el camión en la línea de transporte. ü Insensibilización, Desangre, Escaldado y Pelado de Aves El insensibilizador es una tina con agua en la cual se sumerge solamente la cabeza de las aves. De tal forma de que pase por el cuerpo una corriente eléctrica de alta frecuencia y bajo voltaje. Con ello se consigue dejar el ave inconsciente para que pueda trabajar el equipo de matanza y desangrado. Después del desangre, las aves se dirigen a la zona de escaldado, que es una tina con agua caliente, en donde el agua es agitada por burbujas de aire que homogenizan la temperatura. La etapa siguiente son las desplumadoras las cuales son una serie de discos giratorios con dedos de goma que permiten desprender las plumas del cuerpo del ave. Durante este proceso se genera un máximo de 20.000 litros de sangre/día y 30 ton de plumas/día. La sangre se trata con anticoagulante y se refrigera, para su posterior traslado hacia la planta procesadora de harina de sangre. Las plumas se trasladan en camiones cerrados hacia la planta de tratamiento de subproductos de Ariztía. ü Eviscerado, Lavado y Enfriado de Pollos Una vez pelados, los pollos son transferidos a la línea de evisceración automática, que consiste en una serie de equipos, cada uno con una función especifica, como abrir el ano, extraer las vísceras, extraer el buche, etc. Al final de esta línea existe una ducha con agua a presión, la cual permite lavar el ave y desprender restos de intestinos u otro material sucio. El proceso finaliza cuando los pollos pasan por una serie de tinas con agua a cero grados, con lo que se consigue enfriarlos. ü Eviscerado, Lavado y Enfriado de Pavos La diferencia en esta etapa con los pollos, corresponde al proceso de evisceración que es manual. Posteriormente se procede a llevar a las aves a la ducha a presión y pasar a los pavos por las tinas de enfriamiento. Como el área de lavado y enfriado es común a pollos y pavos, son los horarios de uso de estos equipos, los diferentes. En esta etapa se generan vísceras en cantidades de 50 a 60 ton/día, las cuales son transportadas por agua hacia un separador de sólidos. La vísceras se trasladan en camiones cerrados hacia la planta procesadora de subproductos. Una vez enfriada las aves, éstas son calibradas y se dirigen a la etapa de trozado. En el caso de los pollos se hace en forma automática, en tanto que los pavos se trozan manualmente. Los productos trozados poseen dos alternativas: Ø Se congelan y se embalan en cajas de cartón, para exportación, o Ø Se refrigeran para posterior despacho al mercado nacional. Además del producto principal (pollos y pavos, enteros o trozados) también se generan subproductos que corresponden a aves que mueren antes de ser faenadas, plumas, vísceras y a los decomisos de cada una de las etapas productivas. Estos subproductos son enviados dentro de estanques cerrados en camiones especialmente habilitados para esto a la Planta de Recuperación de Proteínas, ubicada 5 Km. al sur de la ciudad de Melipilla, donde se fabrica harina de plumas y de víscera. Las instalaciones existentes en la Planta y que se presentaron en la Figura 2 de la DIA corresponden a: - Edificio de proceso: planta faenadora, desposte y túneles de enfriamiento. - Edificio de almacenamiento: cámaras de frío, picking y despacho. - Edificio de servicios: sala de calderas, planta de tratamiento Riles, bodega, taller de mantención, sala de generadores, sala eléctrica, estanques de agua y filtro sanitario. - Oficinas. - Edificio en donde se localizan los lockers, baños y el casino. - Estacionamientos, portería, patio de recepción, romana y calles interiores. 1.7.1.2 Sistema de Tratamiento de RILes En la Planta se realiza el tratamiento de los Residuos Industriales Líquidos del proceso, el cual está constituido por las siguientes unidades: - Separador rotatorio; donde se separan los sólidos de mayor tamaño. - Piscina de Ecualización; donde los líquidos son ecualizados con el fin de tener una carga estable en los procesos sucesivos. - Estanque de Flotación modificado a sistema contracorriente; en esta unidad se produce la coagulación-floculación a través de la adición de polímeros. - Decanter; en esta unidad reduce la humedad del lodo hasta un 75%. 1.7.2 Situación Proyectada 1.7.2.1 Proceso Productivo El proyecto permitirá que cada línea productiva, tanto de pollos como pavos opere en forma independiente posibilitando su operación en paralelo, con lo que la producción de El Paico será de 480 ton/día de pollos y 240 Ton /día de pavos totalizando 18.000 ton/mes de aves. 1.7.2.2 Sistema de tratamiento de RILes El proyecto en evaluación presenta un sistema de tratamiento de RILes para un caudal máximo de 500 m3/hora, considerando para ello la construcción de dos unidades equivalentes, cada una de ellas con capacidad de 250 m3/hr. Al respecto se debe aclarar que éstas serán construidas en dos fases: la primera para alcanzar una capacidad de 250 m3/hr (actualmente el sistema esta aprobado para 220 m3/hr), mientras que la segunda fase aumentará la capacidad de 250 m3/hr hasta 500 m3/hr. Esta última fase se construirá en función de la demanda de mercado. Dicho sistema considera los siguientes tratamientos: a. Pre-Tratamiento. Consiste en canalizar los RILes hacia un Estanque de Homogenización de 19 m de diámetro, una altura total de 5,5 m y una altura útil de 4,5 m, que tiene una capacidad para 1.276 m3 con 4,3 horas de retención hidráulica. En él se homogenizan las características del RIL, manteniendo los parámetros constantes de modo de evitar afectar las eficiencias de tratamiento de las siguientes unidades. Una segunda función de esta unidad es que permite el paso de un caudal constante hacia las siguientes etapas, optimizando así su eficiencia. b. Tratamiento Físico - Químico. b.1) Sistema Dosificador de Químicos. Los Riles provenientes del Estanque de Homogenización harán ingreso a un sistema de dosificación de químicos en línea, que los acondicionarán antes de hacerlos pasar al estanque de Flotación – DAF. Esta unidad se encuentra dentro de un área techada y cuenta principalmente con: - Bombas dosificadoras de soda al 50%, cuyo objetivo es ajustar el pH a un nivel óptimo para las posteriores etapas de coagulación, floculación y entrada al estanque biológico. El almacenamiento de soda se realiza en un estanque de resina epóxica con recubrimiento para sustancias básicas, en un sitio contiguo al estanque de ecualización, dentro de un pretil de cemento para contener derrames. - Controlador de pH en línea con sensor autolimpiante, que estará instalado al final del sistema DAF. Su función es permitir la correcta inyección de soda al sistema, manteniendo un perfecto control de pH en la línea. - Bombas dosificadoras de Coagulante (Cloruro Férrico) y su estanque de almacenamiento. El objetivo de la coagulación es neutralizar las cargas de los coloides y favorecer la formación de coágulos. El almacenamiento del cloruro férrico, se realiza en un estanque de resina epóxica con recubrimiento especial, de 6,7 m3 de capacidad. - Bombas dosificadoras de Floculante con su estanque de almacenamiento. El objetivo de la floculación es formar coágulos de gran tamaño (flóculos) que posteriormente serán removidos por el sistema DAF. El floculante se almacena en un contenedor ICB de 1 m3 (contenedor de productos químicos transportable). Este sistema se emplaza sobre un pretil de concreto para demarcar la zona de emplazamiento de ICB. b.2) Estanque de Flotación por aire disuelto (DAF). En una primera etapa se aplica un coagulante (cloruro férrico) y luego en línea se aplica el floculante donde se da un tiempo de retención por medio de un flujo turbulento. Posteriormente el RIL acondicionado ingresará al Estanque de Flotación por aire disuelto (DAF) para extraer en forma continua por medio de la aplicación de aire a presión los sólidos suspendidos, grasas y parte de la DBO5. Los lodos provenientes de este estanque se almacenarán en un estanque agitado para evitar formación de zonas anaeróbicas con capacidad para aproximadamente 1 día de retención hidráulica. El clarificado del DAF pasa en forma continua a la fase de tratamiento biológico en el estanque anóxico. En este punto se acondiciona con soda para regular el pH de entrada. c. Tratamiento Biológico. c.1) Estanque Anóxico. El propósito de esta unidad es la reducción de las concentraciones de nitrógeno en el RIL. Esto se logra debido a la acción de bacterias facultativas que, en condiciones de anoxia, retiran el oxígeno de moléculas como NO3 y NO2 liberando así nitrógeno en forma de N2 a la atmósfera. Posteriormente el RIL ingresa en forma gravitacional al Estanque de Aireación (sistema de tratamiento aeróbico, del tipo Lodos Activados) cuya función es remover la materia orgánica disuelta (DBO5). El tiempo de retención hidráulico es de 0,45 horas. Otra función del estanque anóxico, ubicado en la cabecera del sistema biológico, es desfavorecer la presencia de bacterias filamentosas generadoras de espumas superficiales que interfieren el proceso de tratamiento. c.2) Estanque de Aireación. La degradación de la materia orgánica disuelta en el RIL se realizará mediante el desarrollo de bacterias aeróbicas que generan una reducción de la DBO5. Este estanque cuenta con un Medidor de Oxígeno disuelto que permite tener un control de la demanda entregada por el sistema de aireación. Cuenta con 4 sopladores, 1 de los cuales se mantendrá permanentemente stand by para posibles reparaciones o fallas. Estos sopladores se ubicarán dentro de una caseta insonorizada a un costado del estanque de Aireación. El tiempo de retención hidráulico es de 14,5 horas y la edad de los lodos que se mantienen dentro del sistema de 8,5 días. Este sistema se diseñó con una relación F/M de carga baja, fomentando la estabilización de lodos, con el propósito de evitar la generación de olores. c.3) Estanque de Sedimentación. Desde el estanque de aireación, el agua pasará por gravedad, hasta el Estanque de Sedimentación de tipo circular, donde se logrará la separación gravitacional de los flóculos biológicos (lodos activos) del agua clarificada. Diariamente, en cada unidad de tratamiento de 250 m3/hr de capacidad, se generarán aproximadamente 62 m3/día de lodos activos. Una fracción de ellos serán recirculados al estanque de aireación, a fin de mantener una concentración de bacterias activas en ese estanque, y otra fracción será impulsada hasta el Estanque Espesador de Lodos. Las aguas clarificadas serán tratadas en un sistema de desinfección por cloración. c.4) Estanque de Cloración. Las aguas clarificadas provenientes del estanque de sedimentación serán sometidas a un sistema de desinfección de agentes patógenos, mediante cloración. Esta cámara de contacto tiene un tiempo de retención hidráulica de 25 minutos. 1.7.2.3 Etapa de Acondicionamiento de Lodos Los lodos activos (biológicos), provenientes del estanque de sedimentación harán ingreso a un estanque espesador, que aumentará su densidad, desde una concentración de un 0,8 - 1% hasta un 2,5%. Diariamente el volumen de lodos espesados generados en cada unidad de tratamiento con capacidad para 250 m3/hr será de 37 m3/día. Posteriormente serán enviados a un estanque de aireación, cuya función es prevenir la generación de olores. Aquí los lodos serán mantenidos por un tiempo de retención de aproximadamente 2 días, período en el que el material es aireado por un sistema de burbuja gruesas, que permite evitar la generación de olores derivada de presencia de zonas anaeróbicas. Por su parte, y tal cual se señaló en la sección b), los lodos Físico Químicos provenientes del DAF pasarán por gravedad a un estanque de acumulación de lodos físico-químico, que permitirán su almacenamiento para su posterior deshidratación. a) Deshidratado de Lodos. Como se generarán dos tipos de lodos (químico y biológico), éstos serán tratados en forma separada, tal cual se indica a continuación. b) Deshidratado de Lodos Físico Químicos Los lodos provenientes del estanque de acumulación de lodos físico-químico serán acondicionados en línea por una unidad dosificadora de polímeros que permite su aglomeración y facilita su deshidratación en la Centrífuga, hasta alcanzar un porcentaje de materia seca (MS) sobre el 25%. Éstos se han estimados en 135 m3/día (para cada unidad de tratamiento de 250 m3/hr), se descargarán en una unidad recolectora y serán enviados a un relleno autorizado. Las aguas filtradas serán recirculadas hacia el estanque de homogenización. c) Etapa de Acondicionamiento de Lodos Los lodos activos (biológicos), provenientes del estanque de sedimentación harán ingreso a un estanque espesador, que aumentará su densidad, desde una concentración de un 0,8 - 1% hasta un 2,5%. Diariamente el volumen de lodos espesados generados en cada unidad de tratamiento con capacidad para 250 m3/hr será de 37 m3/día. Posteriormente serán enviados a un estanque de aireación, cuya función es prevenir la generación de olores. Aquí los lodos serán mantenidos por un tiempo de retención de aproximadamente 2 días, período en el que el material es aireado por un sistema de burbuja gruesas, que permite evitar la generación de olores derivada de presencia de zonas anaeróbicas. Por su parte, y tal cual se señaló en la sección 2.2.1.1, los lodos Físico Químicos provenientes del DAF pasarán por gravedad a un estanque de acumulación de lodos físico-químico, que permitirán su almacenamiento para su posterior deshidratación. d) Deshidratado de Lodos. Como se generarán dos tipos de lodos (químico y biológico), éstos serán tratados en forma separada, tal cual se indica a continuación. d.1) Deshidratado de Lodos Físico Químicos Los lodos provenientes del estanque de acumulación de lodos físico-químico serán acondicionados en línea por una unidad dosificadora de polímeros que permite su aglomeración y facilita su deshidratación en la Centrífuga, hasta alcanzar un porcentaje de materia seca (MS) sobre el 25%. Éstos se han estimados en 135 m3/día (para cada unidad de tratamiento de 250 m3/hr), se descargarán en una unidad recolectora y serán enviados a un relleno autorizado. Las aguas filtradas serán recirculadas hacia el estanque de homogenización. d.2) Deshidratado de Lodos Activados (biológicos) Los lodos provenientes del estanque de aireación de lodos activados serán impulsados, acondicionados y deshidratados por un sistema que estará constituido por: - Un medidor de flujo electromagnético en línea de 0 – 20 m3/h, que permitirá controlar el correcto ingreso de lodo a la centrífuga. - Una unidad dosificadora de polímeros en línea que permite la aglomeración de los lodos y facilita la deshidratación del lodo en la centrífuga. - Una centrífuga cuya capacidad es de 8 m3/h. Los lodos deshidratados se descargarán en una unidad recolectora y serán enviados al relleno autorizado. Las aguas filtradas serán recirculadas hacia la unidad previa al sistema de tratamiento físico-químico, es decir al estanque de homogenización. - Dos bombas tipo tornillo, una de emergencia, impulsaran los lodos, estimados en 61,9 m3/día (por cada 250 m3/hr), desde el estanque de aireación al sistema de deshidratación. 1.7.2.4 Dimensionamiento y Eficiencia del Sistema. La Tabla 4 de la DIA presentó el tamaño de cada una de las unidades del Sistema de Tratamiento, para un caudal de 250 m3/hr, correspondiente a la 1º fase de construcción. Su ampliación a 500 m3/hr implicará replicar en su totalidad estas estructuras manteniendo las dimensiones presentadas. De acuerdo a lo presentado en la Tabla 4 de la DIA se observa que el sistema de tratamiento fue diseñado con un alto factor de seguridad, presentando a lo menos 0,5 m disponibles en cada una de las unidades para enfrentar eventos de lluvias máximas. Considerando la precipitación máxima mensual (registrada en el mes de junio de 1997), el sistema es capaz de contener 1,4 veces dicha precipitación, es decir aproximadamente 84 días de capacidad para contener aguas de lluvia equivalente a las máximas registradas de aproximadamente 84 días de eventos de precipitaciones críticos. A continuación se presentan las eficiencias del Sistema de Tratamiento: Eficiencias del Tratamiento Físico-Químico.
Eficiencias del Tratamiento Biológico.
1.7.2.5 Descarga y Monitoreo. Las aguas del sistema serán descargadas al Estero El Paico, en las coordenadas UTM 310.800 E y 6.270.850 N, cumpliendo con los requisitos establecidos en el D.S. Nº 90/00 MINSEGPRES sin considerar la capacidad de dilución del cuerpo receptor. El monitoreo se realizará en una cámara de inspección que se habilitará para tal efecto. De acuerdo a la metodología señalada en el D.S. N° 90/00 en relación a las condiciones específicas de monitoreo, se debe realizar mínimo 12 días de monitoreo al año en forma proporcional a la distribución del volumen de descarga del RIL. Dado lo anterior se realizará durante el primer año un monitoreo mensual, dado que la descarga es similar cada mes. La muestra compuesta de cada día de control, estará constituida por la mezcla homogénea de muestras puntuales obtenidas cada dos (2) horas. En cada muestra puntual se registrará el caudal del efluente. De igual manera, la muestra puntual estará constituida por la mezcla homogénea de dos submuestras de igual volumen, extraídas en lo posible de la superficie y del interior del fluido. 1.7.3 Descripción de la Fase de Construcción del proyecto. Durante la construcción del proyecto se considerarían las siguientes actividades. a. Instalación de faena. Esta incluye el transporte de materiales de construcción. b. Despeje y limpieza del terreno. c. Movimiento de tierra. Los movimientos de tierra requeridos para las obras corresponden a la nivelación de terreno donde se instalarán las bases de las unidades del Sistema de Tratamiento de RILes. La tierra removida será utilizada como pretiles para los estanques. d. Levantamiento de las estructuras. e. Montaje de equipos tales como chiller, centrifugas, aireadores, etc. f. Terminaciones. 1.7.4 Descripción de la Fase de Operación del proyecto. Esta fase incluye las etapas del proceso productivo y del sistema de tratamiento de Riles, ambas descritas en detalle en punto 1.7.2 del presente informe. I. Proceso productivo: · Recepción, · Faenación, · Almacenamiento y · Envío a mercados de consumo II. Sistema de tratamiento de RILes: · Pre-Tratamiento. · Tratamiento Físico - Químico. · Tratamiento Biológico. Paralelamente se realizarán actividades de limpieza y mantención de los equipos en la Planta. 1.7.5 Descripción de la Fase de Abandono del proyecto. Durante la construcción del proyecto se considerarían las siguientes actividades. De acuerdo con la naturaleza del proyecto, no se contempla una fase de abandono, sino más bien se define una vida útil para el mismo. Según los criterios de diseño adoptados, la vida útil de las instalaciones se proyecta para un mínimo de 20 años. Transcurrido dicho período, el titular analizará diversas alternativas de uso, considerando entre otras una modernización, re acondicionamiento, etc. En el caso de un eventual abandono de las instalaciones, las acciones a tomar serán las siguientes: 1.7.5.1 Instalaciones y equipos i. Se desmantelarán los equipos y se retirarán las estructuras y elementos arquitectónicos; ii. Se retirarán estanques y las redes de tuberías para conducción de agua pertenecientes al sistema de tratamiento de RILes. iii. Los terrenos alterados con rellenos o cortes, como parte de este proyecto, serán reacondicionados. Para ello se usarán los propios materiales extraídos, de modo de asegurar la estabilidad física del terreno.
CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
2.2.Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. 2.2.1 Respecto de la Declaración de Impacto Ambiental: · Oficio Nº2341 de Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con fecha 29/05/2006; · Oficio Nº803 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 01/06/2006; · Oficio Nº441 de Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 05/06/2006; · Oficio NºSRM RMS Nº 143/2006 (e) de Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 06/06/2006; · Oficio Nº1925 de Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 06/06/2006; · Oficio Nº721 de Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 08/06/2006; · Oficio Nº514 de Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 09/06/2006; · Oficio Nº128 de Corporación Nacional Forestal, CONAF RM, con fecha 09/06/2006; · Oficio Nº1723 de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 13/06/2006; · Oficio Nº3144 de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 14/06/2006; · Oficio Nº4079 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, con fecha 29/06/2006; · Oficio Nº1723 de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 30/06/2006; 2.2.2 Respecto de la Adenda Nº1: · Oficio Nº2036 de Dirección Regional de Aguas, RM, con fecha 11/09/2006; · Oficio Nº770 de Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 12/09/2006; · Oficio Nº1172 de Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/09/2006; · Oficio Nº1191 de Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 15/09/2006; · Oficio NºSRM RMS Nº 224/2006 (e) de Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 20/09/2006; · Oficio Nº5591 de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 25/09/2006; · Oficio Nº6.309 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, con fecha 26/09/2006; · Oficio Nº3213 de Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 02/10/2006; · Oficio Nº876 de Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 04/10/2006; · Oficio Nº2979 de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 10/10/2006; 2.2.3 Respecto de la Adenda Nº2: · Oficio Nº1619 de Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 12/12/2006; · Oficio Nº8191 de Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, con fecha 18/12/2006; 2.2.4 Respecto de la Adenda Nº3: · Oficio Nº2998 de Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, con fecha 18/04/2007; · Oficio Nº441 de Servicio Agrícola y Ganadero RM, con fecha 08/05/2007 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor 2.3.1 En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de RILes y Ampliación Planta Procesadora El Paico”, han sido invitados a participar, coordinados por la Comisión Regional del Medio Ambiente, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: 1. Corporación Nacional Forestal, CONAF RM 2. Dirección Regional de Aguas, RM 3. Dirección Regional de Obras Hidráulicas 4. Ilustre Municipalidad de El Monte 5. Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM 6. Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM 7. Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM 8. Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM 9. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM 10. Servicio Agrícola y Ganadero, RM 11. Consejo de Monumentos Nacionales 12. Superintendencia de Electricidad y Combustibles 13. Superintendencia de Servicios Sanitarios 2.4 Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto "Modificación Sistema de Tratamiento de RILes y Ampliación Planta Procesadora El Paico" realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: · Oficio Nº2341 de Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con fecha 29/05/2006; · Oficio Nº128 de Corporación Nacional Forestal, CONAF RM, con fecha 09/06/2006
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. 3.1.1. Impactos asociados a la localización del proyecto 3.1.1.1. Vialidad El titular señaló que el proyecto contempla generar un flujo adicional de 60 camiones diarios, sobre los 53 ya existentes y 2 camionetas diarias sobre las 4 que operan el día de hoy. Además, de indicar que el acceso a la planta se realiza por la Ruta 78 (Autopista del Sol) hasta el peaje El Paico, tomando la calle Nazario Araoz, hasta empalmar con la ruta G-78, por donde se recorre un tramo de aproximadamente 0,5 kilómetros hacia el oriente hasta acceder directamente a la Planta Procesadora. Para análisis de esta variable, el Titular en Anexo G de la DIA, presentó un análisis vial básico, para el proyecto El titular se compromete a: · Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N° 850/97 del MOP en los siguientes artículos: a. Artículo 30, que hace referencia al control de pesos; para ello se contará una báscula de pesaje fija b. Artículo 31, relativo a la prohibición de evacuar aguas lluvias y de cualquier especie hacia rutas MOP; c. Artículo 36, referido a la prohibición de verter materiales de cualquier especie a las rutas MOP; y d. Artículo 38, correspondiente a la veda de la instalación de avisos publicitarios en la faja fiscal de las rutas MOP. e. Artículo 40, correspondiente a las exigencias de contar con la autorización de acceso a los proyectos que sean colindantes con rutas o caminos tuición MOP. Agroindustrial El Paico presentará al Sub-Departamento de Administración de Faja de la Dirección de Vialidad de la Región Metropolitana, el proyecto de ingeniería de detalles del acceso a la Planta, una vez aprobado el presente proyecto. · Mejorar las condiciones de operación y seguridad vial mediante, la implementación de las siguientes medidas: a. Entubar el canal a todo lo largo del frontis de la Planta; b. Construir una pista de desaceleración para el ingreso desde el poniente; c. Desplazar el refugio peatonal ubicado frente a la Planta hacia el oriente; d. Desplazar la postación existente en el lugar; e. Desplazar la señal de curva a la izquierda existente; f. Regular las salidas con señales “Pare”; g. Mejorar los radios de giro para camiones. h. Demarcar pasos de cebra de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, e instalar las señales verticales correspondientes (cruce de peatones) antes y después del paso que atraviesa la Ruta G-78 i. Construir aceras peatonales para facilitar el acceso de peatones desde y hacia los paraderos de buses ubicados frente a la Planta. j. Demarcación del pavimento frente a la Planta Faenadora El Paico y al letrero "ceda el paso" en la rotonda de salida hacia la Autopista del Sol, ubicada sobre la Ruta G-78 · Dar cumplimiento al DS 158/80 del MOP · Contar para la fase de construcción con el siguiente flujo vehicular:
· Generar un flujo adicional de 60 camiones diarios, sobre los 53 ya existentes y 2 camionetas diarias sobre las 4 que operan el día de hoy, es decir, con el proyecto de ampliación en funcionamiento el flujo diario total alcanzará a 119 vehículos en un sentido de tránsito, de los cuales 113 serán camiones y 6 serán camionetas. Si se consideran ambos sentidos, el total será de 238 vehículos por día. · Las obras que se realicen en la vía pública, deberán considerar lo dispuesto en el Capítulo Nº 5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial. Además, se solicita que antes de comenzar cualquier trabajo en la vía pública deberá contar con los permisos municipales correspondientes. · Considerar el Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Obras Públicas que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 1) El titular del proyecto se compromete a dar cumplimiento al DFL MOP Nº850/97, en sus Artículos 30 y 40. Lo que deberá quedar consignado en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) respectiva. 3.2. Impactos asociados a las emisiones y descargas al ambiente del proyecto 3.2.1. Emisiones a la atmósfera Fase de Construcción El titular señaló que en esta fase se registrarían emisiones de material particulado resuspendido y gases provenientes de la combustión de motores de las maquinarias y equipos (Retroexcavadora, cargador frontal, rodillo, camión tolva, camión rampa para traslado de estructura y papelería y camión betonero para hormigón). Estimándose una cantidad de material a remover de 6.600m3 por cada unidad de tratamiento de RILes (2 unidades, lo que se traduce a 13.200 m3). La estimación de emisiones se presentó en Anexo I de la DIA, la que fue rectificada en función de las observaciones en Anexo I de la Adenda N°1 y anexo B del Adenda N°2. La siguiente tabla detalla las emisiones estimadas de PM 10 en la fase de construcción para cada actividad:
La estimación de los gases de combustión se presenta a continuación:
Cabe precisar que las estimaciones presentadas en las tablas anteriores, corresponden a las emisiones asociadas a la ampliación de la planta y la construcción del sistema de tratamiento para una capacidad de 250 m3/hr Para controlar el efecto de las acciones realizadas en esta fase, el titular implementará las siguientes medidas: · Dar cumplimiento al D.S. Nº 47/92 MINVU, realizando las siguientes medidas, regar el terreno, transportar los materiales en camiones con la carga cubierta, mantener la obra aseada. · Realizar el transporte de material que produzca polvo (escombros, cemento, yeso, etc.). cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. · Transporte de materiales en camiones con la carga cubierta. · Impedir todo tipo de quema. · Reducir velocidad de vehículos a 30 km/h, en vías interiores del recinto. · Humectar zonas de acopio temporal de material y de circulación de maquinaria. · Implementar lavado de ruedas de camiones antes de salir del recinto, · Mantención periódica de maquinaria. · Utilizar barrera (malla rachell) perimetral a las obras del proyecto. · Realizar mantenciones periódicas a las maquinarias, equipos, camiones y vehículos en general, controlando las emisiones atmosféricas de gases contaminantes. Al respecto, esta Comisión precisa que el titular debe mantener un registro y respaldo de la documentación en la obra, para facilitar la fiscalización de los organismos competentes Fase de Operación El titular señaló que durante la operación del proyecto, se generarán emisiones de material particulado producto del tránsito de vehículos por caminos pavimentados. Asimismo se consideró las emisiones producto de los gases de combustión. Dichas estimaciones se presentaron en la DIA, y se rectificaron en Adenda N°1 y anexo B del Adenda N°2 La siguiente tabla presenta las emisiones de PM 10en la fase de operación:
La estimación en base a los gases de combustión se presenta a continuación:
Las emisiones máximas se alcanzarán en el período en que se efectúe la construcción de la segunda unidad de tratamiento de RILes (para una capacidad de 250 m3/hr), donde las emisiones de la construcción coincidirán con las generadas por la operación del proyecto, alcanzando un máximo de 8,72 ton/año.
Actualmente la Planta El Paico opera con dos generadores DDC 800 de 800 KVA y 640 KW marca FG Wilson (Engineering) Ltd. UK. Respecto a la proyección de generadores, ésta se estima en cuatro grupos electrógenos, lo que implica una generación de 3200 KVA. Éstos se estima serán de la marca FG Wilson (Engineering) Ltd. UK, cada uno con de 800 KVA y 640 KW de potencia. En Anexo F de la Adenda se presentó el catálogo de los equipos generadores actuales y futuros Por lo anterior, el Titular se compromete a: · Impedir todo tipo de quema. · Mantener instalaciones aseadas y sin desperdicios, mediante la colocación de recipientes colectores. · Reducir velocidad de vehículos a 30 km/h en vías interiores del recinto. · Contar con revisión técnica al día de los vehículos. · Presentar un Plan de Compensación de emisiones para un total de 23,45 ton/año (equivalente al 150% de las emisiones generadas), para dar cumplimiento al artículo 51 del DS 58/03 MINSEGPRES. Las que se desglosan según la siguiente tabla:
El programa se presentará para aprobación a CONAMA una vez aprobado el proyecto. No obstante lo anterior, se contempla como alternativa de compensación la forestación de zonas que no constituyen bosque, en una superficie de 43,5 ha al interior del fundo Quilhuica, localizado en María Pinto. La empresa Agrícola Ariztía, de la cual Agroindustrial El Paico es filial, cuenta con 1,5 kg/día de compensación de emisiones por la caldera 1419 de propiedad de Agroindustrial El Paico, y por la diferencia, se presentará un proyecto de compensación de emisiones a la Autoridad Sanitaria, al momento de hacer la futura ampliación de la Planta Faenadora, si llegara a realizarse. Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 3.2.1.1. El titular deberá presentar un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) donde se establezca la forma en que dará cumplimiento con la obligación que lo afecta y las acciones a que se obliga para este plan se concrete. 3.2.1.2. Este PCE, o una propuesta preliminar del mismo, deberá ser presentado a CONAMA Región Metropolitana para su evaluación y posterior aprobación antes de 90 días de aprobada la respectiva RCA. De no ser aprobado el PCE el titular deberá realizar la compensación a todo evento indicada por el titular. 3.2.2. Emisiones Odorantes El titular señala que, de acuerdo a las condiciones de diseño y a los procedimientos de operación del sistema de tratamiento, éste no producirá olores molestos a la comunidad. Respecto a las condiciones de diseño, se hace notar que la unidad de pretratamiento (estanque de homogenización) amortigua las variaciones de carga, caudal pH y temperatura con el objetivo de mantener un caudal de RIL con características constantes, lo cual a su vez favorece una operación mucho más segura y estable. La fase anóxica permite la remoción del exceso de nitrógeno en sus formas oxidadas mediante el proceso de desnitrificación, lo cual favorecerá que este proceso no ocurra en la fase posterior de sedimentación y con ello se evitará la resuspensión de lodo y la pérdida de sólidos en el efluente, reduciendo la generación de olores. Adicionalmente, los tratamientos biológicos con estanques de aireación del tipo “Lodo Activado” que cuentan con un sedimentador secundario, son eficientes en la remoción de la materia orgánica disuelta, por la formación y mantención de una microflora bacteriana diversa, que realiza la remoción de materia orgánica. Si se produce una falla en el proceso, la siguiente tabla identifica las causas que podrían generar olores y cómo solucionar los problemas:
Por lo anterior, el Titular se compromete a: · Dar cumplimiento al DS 144/61 del MINSAL “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza” · Implementar sistema de tratamiento de RILes que favorece las condiciones aeróbicas, · Mantener las instalaciones aseadas y sin desperdicios, mediante la colocación de recipientes colectores, · Impedir todo tipo de quema. · Utilización de cortinas aromatizantes. · Transportar de subproductos dentro de contenedores estancos, evitando de esta manera la emisión de gases odoríferos y que se encuentran autorizados por la Autoridad Sanitaria para realizar esta actividad. · Aumentar la frecuencia de retiro de lodos. · Aplicación de un sistema de enmascaramiento o eliminación de olores, entre ellos la Cortina de Aromatizante, la cual funciona en base a Aceites esenciales los cuales son vaporizados en un equipo especialmente dispuesto para ello. Otra alternativa es la nube ascendente de aromatizante la cual es dispersada mediante un equipo aspersor rotatorio. Ambos sistemas de control se aplicarán en los focos generadores, deshidratado de lodos. · Realizar deshidratado en galpón cerrado y techado. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud somete a consideración de COREMA lo siguiente: 3.2.2.1.El titular deberá implementar las medidas de mitigación señaladas en la D.I.A., Adenda Nº 1, Adenda Nº 2 y Adenda Nº 3, y todas aquellas medidas adicionales que fuesen necesarias de adoptar, para asegurar el cumplimiento del D.S. Nº 144 de 1961 del MINSAL, que establece “Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. 3.2.2.2.Que el titular respecto los contenedores tanto para el retiro de los lodos deshidratados como de biológicos estos deberán ser estancos y cerrados. 3.2.3. Emisiones Acústicas Fase de Construcción El titular señaló que durante la construcción del proyecto las emisiones en esta fase estarán relacionadas con la descarga de materiales, corte y unión de piezas, armado de estructuras y movimiento de maquinaria pesada. Con el objeto de estimar el aumento en el nivel de presión sonora se realizó un Estudio Acústico en el área del proyecto, el cual fue adjuntado en el Anexo J de la DIA del proyecto. Además, en Anexo K de la DIA, se adjuntó la modelación; antecedentes que fueron complementados durante la evaluación del proyecto en los adenda Nº1, Nº2 y Nº3. En dicho modelo se observa que en el peor de los casos, a una distancia de 17,1 m, se cumpliría con los límites establecidos por el D.S. N°146/97 MINSEGPRES. Dado que las viviendas más cercanas, correspondientes a 7 casas, se ubican aproximadamente a 30 m de distancia del sitio dónde se ejecutarán los trabajos de construcción del sistema de tratamiento de RILes, se dará cumplimiento a la normativa vigente. Por lo anterior, el titular se compromete a: · Regular los horarios de construcción a un horario laboral diurno, excluyendo los días festivos. · Paralizar obras entre las 20:00 y 08:00 hrs. · Evitar bocinazos innecesarios. · Evitar simultaneidad innecesaria de actividades generadoras de ruido. · Efectuar revisión técnica periódica de la maquinaria, de manera de revisar el estado de silenciadores en motores y cambiar las unidades defectuosas. · Evitar aceleraciones en vacío. · Construir el nuevo muro divisorio de ladrillos de 5 m de alto y a incorporar en el diseño de los galpones de recepción de pollos y pavos vivos, que se construirá al momento de ejecutar la ampliación de la faenadora, de un muro sólido de masa superior a 15 Kg/m2 que limitará esta zona hacia el oriente. Éste tendrá una altura total de 4,5 m de alto. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM los siguientes puntos: 3.2.3.1. De acuerdo a lo declarado por el titular, las faenas de construcción deberán efectuarse sólo en horario diurno (7 a 21 horas). 3.2.3.2. Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa declarado por el titular, se deberá establecer un Plan de Manejo con la Comunidad indicando el tipo de obra que se realizará, el horario de trabajo, el horario en el que se producirán las mayores emisiones de ruido y la duración de tales eventos, con el objeto de reducir los impactos y minimizar la molestia que ello pudiera causar en la comunidad. Lo anterior, a través de la entrega de cartillas informativas, las que deben ser entregadas en forma previa al inicio de las faenas. Se deberá designar además, a un encargado en la obra que pueda recoger los reclamos de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias. Sin perjuicio de lo anterior, se debe establecer un teléfono de reclamos para complementar el Plan de Manejo establecido.. Fase de Operación Las emisiones de ruido asociadas a las actividades de la ampliación de la capacidad de producción de la planta y la implementación del sistema de tratamiento se relacionan básicamente con la operación de los aireadores del sistema de tratamiento. Es por ello que dichos equipos se mantendrán dentro de una cámara de aislamiento acústico, evitando de esta manera la generación de niveles sonoros hacia el exterior. Adicionalmente se generarán emisiones producto del uso de herramientas para eventuales reparaciones, las cuales se estiman serán mínimas. Por lo anterior, el titular se compromete a: · Mantener las fuentes generadoras de ruido (aireadores) dentro de una cámara de aislamiento acústico. · Efectuar revisión técnica y mantención periódica de la maquinaria, de manera de revisar el estado de silenciadores en motores y cambiar las unidades defectuosas. · Evitar bocinazos innecesarios. · Evitar aceleraciones en vacío. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM los siguientes puntos: 3.2.3.3. De acuerdo a lo propuesto en el Anexo B Estimaciones de Niveles de Ruido y Modelación Ambiente Sonoro, adjunto a la Adenda Nº 3 del proyecto, se deberá: · Implementar un panel como cierre lateral en la cara oriente del sector de galpones de recepción de pavos y pollos vivos, compuesto por un material de densidad superficial mínima de 15 kg/m2. · Insonorizar la sala de calderas con muros diseñados para asegurar una emisión máxima de 57 dB(A) a 10 m de distancia, en cualquier dirección. · Acondicionar la sala de sopladores de manera de tener una emisión máxima de 67 dB(A) a 10 m de distancia de dicha sala, en cualquier dirección. 3.2.3.4. Adicionalmente, y sin perjuicio de las medidas anteriores, se deberá verificar el cumplimiento de los límites máximos permisibles de ruido establecidos en el D.S. Nº 146/97 del MINSEGPRES, o el que lo reemplace, en un plazo no superior a 6 meses después de iniciada la fase de operación del proyecto. Al respecto el titular deberá: a. realizar mediciones de ruido en los receptores existentes en el entorno de la planta identificados en la evaluación ambiental del proyecto. Para las mediciones se deberá considerar la condición más desfavorable dentro de la propiedad evaluada. En caso de no ser posible realizar las mediciones dentro de las propiedades afectadas, se deberán proyectar los niveles medidos en puntos más cercanos a la fuente para obtener el Nivel de Presión Sonora Corregido NPC en los receptores a evaluar, mediante la utilización de un modelo de propagación basado en la norma internacional ISO 9613-2:1996 Acoustics “Attenuation of sound during propagation outdoors” Part 2 General method of calculation. b. Las mediciones de ruido deberán realizarse en las condiciones de mayor emisión sonora de la planta dentro de las condiciones de operación proyectada. c. En caso de constatarse la superación de la normativa, se deberán proponer e implementar a la brevedad medidas de control adicionales, cuya eficiencia deberá ser verificada mediante nuevas mediciones de ruido. d. El informe con los resultados de las mediciones de ruido y la verificación del cumplimiento de la normativa, incluidas las medidas adicionales (si corresponde), deberá ser mantenido en la planta a disposición de la autoridad, o ser remitido a ésta en caso de ser solicitado. 3.2.4. Residuos Sólidos • Residuos Domiciliarios. Los residuos domiciliarios que se generan en la planta corresponden a los del casino que son principalmente restos de comida, envases y envoltorios de comidas, cartones, papeles, plástico y astillas de madera entre otros. La cantidad estimada es en promedio de 3 ton/día, equivalente a aproximadamente 92 ton/mes. Los residuos sólidos domésticos se trasladan diariamente o cada dos días, dependiendo del volumen de residuos generados, hasta la Estación de Transferencia de KDM ubicada en Quilicura o hasta el Relleno Sanitario Santa Marta en la localidad de Lonquén, siendo su transporte responsabilidad de la empresa ECOSER (ver Anexo F). La ampliación del proyecto implicará un aumento en la cantidad de residuos en aproximadamente 1 ton/día. El manejo de estos residuos será equivalente al efectuado actualmente. • Residuos Industriales. Los residuos industriales generados por el proceso productivo de la planta son básicamente huesos de aves. La cantidad estimada es de 11 ton/día lo cual equivale a aproximadamente 275 ton/mes. Los residuos sólidos son transportados por ECOSER hacia la Estación de Transferencia de KDM ubicada en Quilicura, o hacia el Relleno Sanitario Santa Marta en la localidad de Lonquén. En ocasiones puntuales los residuos grasos se transportan por SENAVIN hacia Idea Corp S.A., empresa ubicada en la comuna de San Bernardo. La ampliación de la planta tendrá asociado un aumento en la cantidad de residuos en aproximadamente 11 ton/día. El manejo de estos residuos será equivalente al efectuado actualmente. Adicionalmente, durante el proceso productivo se generan los siguientes subproductos: A. Sangre y plumas: éstos se producen durante la etapa de Insensibilización, Desangre, Escaldado y Pelado de Aves, generando un máximo de 20.000 litros de sangre/día y 30 ton de plumas/día. La sangre se trata con anticoagulante y se refrigera para su posterior traslado hacia la planta procesadora de harina de sangre de Don Pollo. Las plumas se trasladan en camiones cerrados hacia la planta de tratamiento de subproductos de Ariztia. B. Vísceras: éstas se originan durante la etapa de Eviscerado, Lavado y Enfriado de Aves generando vísceras en cantidades de 50 a 60 ton/día, las cuales son transportadas por agua hacia un separador de sólidos. La vísceras se trasladan en camiones cerrados hacia la planta procesadora de subproductos de Ariztía. La siguiente tabla presenta las cantidades y frecuencia de retiro de los subproductos:
No se generan residuos tóxicos o peligrosos. • Lodos. Los lodos generados en el sistema de tratamiento son llevados por la empresa ECOSER hasta las plantas de compostaje de Reciclajes Industriales (Armony) u otra empresa autorizada. Cabe destacar que la cantidad de lodos sin deshidratar, los que serán de 270 m3/día provenientes del sistema físico – químico y de aproximadamente 124 m3/día generados por el sistema de tratamiento biológico cuando el cauda a tratar alcance los 500m3/h. Fase de Construcción El titular se compromete a cumplir con las siguientes medidas: · Disponer los residuos generados en contenedores. Su retiro estará a cargo de la empresa actual empresa de transporte de residuos (ECOSER) u otra autorizada. · Privilegiar el reuso de los materiales de construcción. No obstante, en caso de generar material que no sea posible guardar para su posterior utilización, éste se llevará a un sitio autorizado de disposición de escombros, de acuerdo al registro disponible en www.asrm.cl. Asimismo, el transporte se realizará mediante una empresa autorizada, de acuerdo a los requerimientos de la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana. · Disponer finalmente estos materiales en un sitio de disposición final (rellenos de canteras, botaderos de material de construcción) o pozo con Plan de Recuperación de Suelos autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional y por alguna I. Municipalidad, distinto de los rellenos sanitarios autorizados para los residuos domésticos, ya que por ser desechos inertes y en algunos casos voluminosos, ocuparían un valioso lugar dentro de estos rellenos sanitarios. · Acreditar el uso del pozo con Plan de Recuperación de Suelos como destino final de este material, mediante boletas emitidas por el dueño del pozo las que a su vez deben dar cuenta de un monto de eliminación final de material. Al respecto, un listado de los sitios de disposición de escombros de la construcción, autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional, se encuentra a disposición de los usuarios en la página web: www.autoridadsanitariarm.cl. · Considerar como medida general y para el caso del material residual sobrante de los movimientos de tierras como resultado de la eliminación de escarpes, nivelaciones del terreno, excavaciones, etc. en la fase de construcción del proyecto, y siempre y cuando estas tierras no provengan de suelos contaminados, el titular del proyecto podría considerar el siguiente manejo: a) Disponer el material en un sitio de disposición final (rellenos de canteras, botaderos de material de construcción) o pozo con plan de recuperación de suelos autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional y por alguna I. Municipalidad, distinto de los rellenos sanitarios autorizados para los residuos domésticos, ya que por ser residuos inertes y en algunos casos voluminosos, ocuparían un valioso lugar dentro de estos rellenos sanitarios, en cuyo caso debe seguir el procedimiento descrito en el párrafo anterior. b) Utilizar el material para nivelar el mismo terreno del proyecto u otros terrenos particulares de escasa superficie, en cuyo caso también debiera ser acreditado su correcto uso, a través, por ejemplo, de una declaración simple del destinatario ocasional (guía de despacho). c) Considerar que los residuos de origen vegetal provenientes, por ejemplo, de la remoción de las posibles áreas verdes existentes en el sitio del proyecto, pudiesen ser eliminados, de manera preferencial, en alguna de las plantas de compostaje existentes en la región, autorizadas para la recepción de este tipo de residuos. · Considerar como residuos sólidos asimilables a domésticos a los restos de papeles y cartones; de plásticos; de estructuras metálicas; de alambres, fierros, latas, aluminio, cobre y despuntes de estos metales; viruta metálica; tubos; pernos; maderas en forma de aserrín, viruta, polvo, palos, listones, pallets y despuntes; así como los tarros y envases que no contuvieron sustancias peligrosas · Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y de limpieza, disponiendo en puntos estratégicos al interior de las faenas, recipientes con tapa para la disposición temporal de los residuos, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios y para evitar la generación de malos olores. · Considerar que la disposición final de todos estos residuos generados por el proyecto, es de exclusiva responsabilidad del generador de los residuos, debiendo gestionar su adecuado reuso, reciclaje, tratamiento y/o disposición final en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición de los usuarios en la página web: www.autoridadsanitariarm.cl · Considerar que para la construcción del proyecto, los residuos producidos por efecto de algún derrame, por ejemplo, los que resulten de situaciones en que la maquinaria sufra desperfectos al interior de la faena y se produzcan derrames de aceite hidráulico o de lubricantes, o aquellos que se generen por el trasvase de combustible a la maquinaria o por cualquier otro evento de derrame accidental de aceites, pinturas, barnices, pegamentos, grasas y/o lubricantes, incluido, entre otros, los residuos como el suelo contaminado con el derrame y los materiales como la arena utilizados para la contención del derrame, o aquellos residuos generados en esta etapa como restos de pinturas, aceites y otros de características peligrosas, incluyendo sus envases residuales, estos serán: a) Recuperados y almacenados en contenedores con tapa diferenciados de los residuos sólidos domésticos y asimilables, o industriales no peligrosos, disponiéndolos en un sector techado, con piso impermeabilizado, señalizado y con control de derrame. b) Eliminados en algún sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición de los usuarios en la página web: www.autoridadsanitariarm.cl.. Para tal efecto, es preciso considerar que la normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, continúa siendo el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO", y que la normativa que rige actualmente a los residuos caracterizados como peligrosos, es el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que "APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS". · Realizar monitoreo de lodos, una vez se cuente con los lodos se realizará por una vez la caracterización que se indica a continuación, para solicitar la calificación de los lodos como no peligrosos, la que se remitirá a CONAMA RM. Para ello, se realizará una caracterización Físico-química mediante TCLP Inorgánico; Reactividad; Inflamabilidad; Corrosividad; TCLP Orgánico; una caracterización de lodos según los parámetros indicados en el punto 1.8 del Adenda N°2. Fase de Operación El titular se compromete a: · Disponer los residuos domiciliarios en contenedores y los cuales serán retirados por la empresa ECOSER u otra autorizada. · Destinar los lodos generados en el sistema de tratamiento, equivalentes a 135 m3/día (para los 250 m3/hr de RILes a tratar) o bien 270 m3/día (para los 500 m3/hr de RILes) ha plantas de compostaje autorizadas, los que serán transportados por la empresa ECOSER u otra autorizada. · Disponer los residuos industriales en relleno sanitario autorizado o planta de compostaje autorizada · Realizar almacenamiento de productos líquidos en zonas especialmente habilitadas (piso impermeable, zanjas de control de derrames); · Efectuar siempre el trasvase de combustible, aceite u otro producto líquido en zonas con piso impermeable y control de derrames; · En caso de presenciar un derrame de líquidos, éstos serán recuperados con materiales absorbentes (como arena o aserrín) y almacenados en contenedores con tapa, debidamente identificados. · Con respecto a los residuos domésticos y asimilables a domésticos generados en la fase de operación del proyecto, el titular ha considerado: que la ampliación del proyecto implicará un aumento en la cantidad de estos residuos en aproximadamente 1 ton/día y; que el manejo de estos residuos será equivalente al efectuado actualmente; es decir, los residuos serán dispuestos en contenedores con tapa y retirados por la empresa actual a cargo del sistema de recolección (ECOSER) diariamente o cada 2 días, dependiendo del volumen de residuos generados, hasta la Estación de Transferencia de KDM ubicada en Quilicura o hasta el Relleno Sanitario Santa Marta en la localidad de Lonquén. Al respecto, complementariamente a lo señalado, indicó lo siguiente: a. Considerar como residuos sólidos asimilables a domésticos a los restos de papeles y cartones; de plásticos; de estructuras metálicas; de alambres, fierros, latas, aluminio, cobre y despuntes de estos metales; viruta metálica; tubos; pernos; maderas en forma de aserrín, viruta, polvo, palos, listones, pallets y despuntes; así como los tarros y envases que no contuvieron sustancias peligrosas. b. Mantener en todas las dependencias de la "Planta", buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos dentro de las instalaciones, recipientes con tapa para la disposición temporal de estos residuos, adoptando las medidas más efectivas para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios, y para evitar la generación de malos olores. c. Considerar que el tratamiento y/o la disposición final de todos los residuos generados en la "Planta", es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos que privilegie las alternativas de prevención, reuso y reciclaje de los residuos, por sobre las alternativas de control como son el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición de los usuarios en la página web: www.autoridadsanitariarm.cl. d. En el caso de tratar y/o disponer finalmente los residuos asimilables a domésticos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional, la Solicitud de Autorización Sanitaria solicitada por el titular, cuando los residuos sean generados en una cantidad máxima que no supere los 224 Kg/mes o 1.600 lt/mes, deberá contar con el timbre que indica que "El tratamiento y/o disposición de los residuos declarados como asimilables a domésticos en este documento, no requiere de Autorización Sanitaria". En el caso de una generación mayor a la señalada, el titular debe contar con la Autorización Sanitaria correspondiente, a no ser de que el municipio establezca contrato con el titular para efectuar dicho retiro, en cuyo caso no se requiere contar con dicha autorización. Agroindustrial El Paico se compromete a solicitar a la SEREMI de Salud respectiva, de acuerdo con lo establecido en el art. 19 del DS 594/99, la “Solicitud de Autorización de Tratamiento y/o Disposición Final de Residuos Sólidos Industriales para Generadores”, en la que se identificará la actividad generadora, la descripción del residuo, y los antecedentes de la empresa transportista, entre otros. Dicha solicitud será presentada una vez obtenida la calificación ambiental favorable del proyecto. · Con respecto a los residuos industriales generados, el titular ha considerado: que dichos residuos corresponderán, principalmente, a los mismos residuos que actualmente se están produciendo en la "Planta", es decir, a los huesos de las aves; que la ampliación de la "Planta" tendrá asociado un aumento en la cantidad de estos residuos en aproximadamente 11 ton/día; que el manejo de los residuos será equivalente al efectuado actualmente, es decir, los residuos serán transportados por ECOSER hacia la Estación de Transferencia de KDM ubicada en Quilicura, o hacia el Relleno Sanitario Santa Marta en la localidad de Lonquén y; que en ocasiones puntuales los residuos grasos se transportarán por SENAVIN hacia Idea Corp S.A., empresa ubicada en la comuna de San Bernardo. Complementariamente a lo ya señalado el titular del proyecto se compromete a: a) Considerar que forman parte de estos residuos industriales, los residuos industriales no peligrosos y los posibles residuos peligrosos que se pudiesen generar en esta etapa, entre los que podemos agregar, además, los lodos provenientes del sistema de tratamiento de los RILes; los envases vacíos metálicos, plásticos y de cartón que contuvieron lubricantes, grasas y/o aceites, sustancias químicas para el tratamiento de los RILes (soda, cloruro férrico, floculante, polímeros para la aglomeración y deshidratación de los lodos del tratamiento físico-químico); los restos de lubricantes, grasas y/o aceites, y sustancias químicas para el tratamiento de los RILes sin uso o vencidas; los derrames de estos materiales y los materiales contaminados con los derrames; otros residuos generados por las actividades de limpieza y manutención de los equipos de la "Planta" y de las máquinas y equipos asociados al sistema de tratamiento de RILes; entre otros residuos. b) Considerar que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.autoridadsanitariarm.cl. c) Mantener dentro de las instalaciones de la "Planta", buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en punto estratégico dentro de ella, un sitio para el almacenamiento (temporal) de estos residuos hasta su retiro y envío a un sitio de eliminación autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Todo esto, adoptando las condiciones sanitarias y de seguridad necesarias que permitan resguardar la salud y el bienestar de las personas que allí se desempeñan, y el medio ambiente. Para el caso particular de los residuos que presenten alguna característica de peligrosidad, éstos deberán ser almacenados de acuerdo, como mínimo, a las condiciones establecidas en el D.S. Nº 148 del 2003 del MINSAL, que "APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS". d) Solicitar la autorización sanitaria para disponer los residuos industriales en un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional, presentando en esta solicitud todos los antecedentes que permitan acreditar que tanto el transporte, el tratamiento como la disposición final de los residuos, será realizada por personas o por empresas, a su vez, debidamente autorizadas por esta Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO", para el caso de los residuos industriales no peligrosos. En este sentido y para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular debe dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que "APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS", enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados. e) Realizar la declaración de los residuos industriales, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución N° 5.081 de 1993 del SESMA, que establece el "SISTEMA DE DECLARACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS DESECHOS INDUSTRIALES", y para el caso específico de los residuos peligrosos manejados, dar cumplimiento al "Sistema de Declaración y Seguimiento" establecido en el citado D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que "APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS". f) Considerar entonces que la normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, continúa siendo el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO" y la normativa que rige actualmente a los residuos caracterizados como peligrosos es el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que "APRUEBA REGLAMENTO SANITARIO SOBRE MANEJO DE RESIDUOS PELIGROSOS". · Considerar que al momento de solicitar la autorización sanitaria para tratar y/o disponer estos residuos fuera del predio industrial, deberá presentar los resultados de los análisis de caracterización de los "lodos" (los de la etapa físico-químico y los de la etapa biológica del sistema), y en el caso de contemplar su disposición final en un relleno sanitario, dar cumplimiento a lo establecido en el Ordinario Nº 6.014 de 1993 de la Subsecretaría de Salud, el cual establece que los lodos provenientes del tratamiento de aguas residuales deben tener un porcentaje de humedad menor o igual al 60 % en base seca, y no contener sustancias tóxicas que puedan interferir en los procesos microbiológicos de digestión anaeróbica que se desarrollan en los citados rellenos sanitarios, o que puedan contaminar el subsuelo de estos sitios. Dichos requerimientos para la disposición de estos lodos en rellenos sanitarios, están orientados a asegurar que su incorporación al sitio de disposición final no interferirá con las operaciones propias del relleno sanitario, ya que la maquinaria pesada utilizada en las faenas de un relleno no permite manejar residuos de alta plasticidad o que se adhieran fácilmente a su estructura. · Adoptar las medidas apropiadas a fin de realizar un manejo ambientalmente sustentable de dichos lodos. · Contar con una bodega para el almacenamiento de productos líquidos, la cual se encuentra actualmente habilitada. 3.2.5. Agua Potable y Alcantarillado Agua Potable La Planta El Paico requiere agua para el proceso y lavado de sus instalaciones, así como para el consumo humano. Actualmente el requerimiento de proceso asciende a 150.000 m3/mes, en tanto que el requerimiento de los trabajadores corresponde a 2.100 m3/mes. El agua se extrae desde 3 pozos, ubicados al interior del predio y es desinfectada por un sistema de adición de cloro, hasta una concentración de 0,5 ppm. La Planta cuenta con la autorización sanitaria N° 6851 de1 16/06/1992 y N° 13745 del 19/11/92 ambas del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente –SESMA, para el consumo de agua. La ampliación generará un aumento de requerimiento de agua de 300 m3/mes de agua potable para la dotación de los nuevos trabajadores (300 trabajadores) y 207.000 m3/mes para el proceso. El recurso hídrico será extraído de los 3 pozos existentes y de dos nuevos pozos perforados en el predio, cuyos derechos de aprovechamiento de aguas serán tramitados ante la Dirección General de Agua respectiva. Cabe destacar que uno de estos pozos se perforó con fines de respaldo de aguas de proceso. Aguas Servidas El manejo de aguas servidas se realiza mediante el sistema compacto de depuración por lodos activados, de aireación extendida marca ECOJET- 240, el cual es capaz de tratar un efluente de 120 m3/día. La descarga de efluente tratado es en promedio de 2,9 m3/h y se realiza en el Estero El Paico. El sistema cuenta con la autorización sanitaria N° 7948 del 13/07/1992 del SESMA (presentada en Anexo E de la DIA). Actualmente en la Planta El Paico trabajan 700 personas, en turnos de 7,5 horas, generando un volumen de 70 m3/día de aguas servidas. El aumento de personal a un total de 1000 personas, generará un volumen máximo total de 100 m3/día, por lo que el sistema de tratamiento actual tendrá capacidad para absorber este requerimiento. Fase de Construcción El titular se compromete a: · Abastecer para los trabajadores de esta fase de agua potable a través de la planta de agua potable de la Planta El Paico. · Utilizar baños químicos para el servicio de aguas servidas (1 cada 10 trabajadores), además, se compromete a que: a) El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del D.S.594/99 del MINSAL b) Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. c) una vez finalizada la faena temporal, se reacondicionarán sanitariamente los espacios físicos que ocupaban los baños químicos, evitando la proliferación de vectores sanitarios, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación de los mismos, siendo todas estas actividades de responsabilidad del mismo titular. d) Mantener en el lugar de los trabajos, una copia del contrato vigente entre el titular y la empresa prestadora del servicio sanitario (baños químicos), en donde se indicarán, entre otros, los puntos autorizados para la descarga de las aguas servidas. e) Mantener en el lugar de los trabajos, una copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito entre la empresa prestadora del servicio sanitario y la empresa sanitaria que debe autorizar la descarga de las aguas servidas. · Disponer los residuos de baños químicos en lugar autorizado por la SEREMI de Salud. · Dar cumplimiento a las exigencias establecidas en los artículos del Párrafo IV, "De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas", contenidos en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO". · Mantener en el lugar de trabajo suministro de agua potable destinada a consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, considerando una dotación mínima de 100 L/día por persona. Al respecto cabe señalar que el agua potable cumplirá con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente. Adicionalmente, la planta cuenta con servicios higiénicos y duchas debidamente habilitadas. Fase de Operación El Titular se compromete a: · Abastecer de agua potable para consumo humano y para el proceso a través, de las actuales instalaciones y de los pozos nuevos perforados en el predio. · Contar con arranque de la matriz de la red pública de agua potable, · Manejar las aguas servidas, en el sistema actual de tratamiento (sistema compacto de depuración por lodos activados, de aireación extendida, el cual es capaz de tratar un efluente de 120 m3/día). · Dar cumplimiento a la obligación técnica y reglamentaria de la conexión al alcantarillado público de las aguas servidas domesticas Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 3.2.5.1. La Planta El Paico requiere agua para el proceso y lavado de sus instalaciones, así como para el consumo humano. Actualmente el requerimiento de proceso asciende a 150.000 m3/mes, en tanto que el requerimiento de los trabajadores corresponde a 2.100 m3/mes. El agua se extrae desde 3 pozos, ubicados al interior del predio y es desinfectada por un sistema de adición de cloro, hasta una concentración de 0,5 ppm. La Planta cuenta con una Autorización Sanitaria N° 6851 del 16/06/1992 del Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente –SESMA antecesor legal de ésta Autoridad Sanitaria, para el consumo de agua potable. La ampliación generará un aumento de requerimiento de agua de 300 m3/mes de agua potable para la dotación de los nuevos trabajadores (300 trabajadores) y 207.000 m3/mes para el proceso. Por lo que el recurso hídrico será extraído de los 3 pozos existentes y de dos nuevos pozos perforados en el predio, por los que el titular cuyos derechos de aprovechamiento de aguas deberán ser tramitados ante la Dirección General de Agua respectiva. Cabe destacar que uno de estos pozos se perforó con fines de respaldo de aguas de proceso. 3.2.6. RILes El titular señaló que los RILes generados en la Planta Faenadora (CIIU 31113) serán tratados a través de un tratamiento físico-químico y biológico, cuyo detalle fue presentado en el punto 1.7.1 del presente informe. El sistema de tratamiento se ha diseñado para una capacidad de 250 m3/hora y garantizar el cumplimiento del D.S. Nº 90/00 MINSEGPRES sin considerar la capacidad de dilución del cuerpo receptor. Adicionalmente, Agroindustrial el Paico considera aumentar la capacidad de tratamiento de RILes a 500 m3/hr, para lo cual replicará en su totalidad las estructuras antes señaladas. Por lo anterior el Titular se compromete a: · Contar con sistema de tratamiento de RILes con una capacidad de 250 m3/h que podrá ampliarse a 500 m3/h, según las necesidades de la planta faenadota. La descarga al Estero El Paico será en las coordenadas UTM 310.800 E y 6.270.850 N, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el D.S. N° 90/00 MINSEGPRES “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales” Tabla N°1 sin considerar la capacidad de dilución del cuerpo receptor. · Contar con programa de monitoreo para el efluente, el que se realizará en Cámara habilitada luego del estanque clorador, el que se realizará con frecuencia mensual durante la fase de operación, cuyos resultados serán entregados a la SISS de modo trimestral. Los parámetros considerados son: DBO5, Coliformes fecales, Temperatura, pH, Sólidos Suspendidos Totales, Aceites y Grasas, Fósforo, Nitrógeno Total Kjeldahl. · Contar con registro de la información de monitoreo según la siguiente tabla:
· Avisar por escrito a la SISS, 90 días antes de iniciar el funcionamiento del nuevo sistema de tratamiento de RILes, informando los antecedentes requeridos por la SISS según formato de aviso. · Dar cumplimiento a toda la normativa asociada a los residuos industriales líquidos; es decir, a la Ley N° 18.902 de 1990 "Ley Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios", a la Ley N° 19.821 de 2002 "Deroga la Ley Nº 3.133, y Modifica la Ley Nº 18.902 en Materia de Residuos Industriales", y a la respectiva norma de descarga que corresponde, para este caso, al D.S. Nº 90 de 2001 del MINSEGPRES, que "ESTABLECE NORMA DE EMISIÓN PARA LA REGULACIÓN DE CONTAMINANTES ASOCIADOS A LAS DESCARGAS DE RESIDUOS LÍQUIDOS A AGUAS MARINAS Y CONTINENTALES SUPERFICIALES". Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia de Servicios Sanitarios que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 3.2.6.1. Avisar por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, 90 días antes de iniciar el funcionamiento de sus nuevo sistema de RILes, informando los antecedentes según formato de aviso. 3.2.6.2. El nuevo programa de monitoreo de control de funcionamiento del sistema de tratamiento e informes periódicos al fiscalizador serán establecidos mediante Resolución SISS 3.2.7. Recurso Hídrico El titular señaló que el cuerpo de agua superficial más cercano a la Planta es el Estero El Paico localizado aproximadamente a 350 m al este de la Planta. El Río Maipo, que corresponde al mayor cuerpo de agua de la zona, se encuentra aproximadamente a 2,2 Km. al sur de la Planta. De acuerdo a los pozos existentes en el predio, el nivel estático de las aguas subterráneas se encuentra entre 1,24 m y 2,28 m de profundidad. En Anexo B de la DIA se presentó la estratigrafía de cada uno de los pozos abastecedores de agua existentes en el predio y en Anexo C de la DIA las resoluciones de derecho de aprovechamiento de agua subterránea. Cabe señalar que se acaban de perforar dos nuevos pozos, cuyos derechos de agua serán tramitados ante la DGA respectiva. Además, se contará con obra de descarga para la evacuación del efluente del sistema de tratamiento de RILes, al estero El Paico. Por lo anterior, el titular se compromete a: · Contar con obra de descarga responderá al siguiente diseño: Longitud total aprox. de 1020 m, en dos tramos con las siguientes características: • Tramo Nº 1 - Longitud: 340 m. - Diámetro: ø 355 mm. - Material: HDPE 80, PN 4. - Pendiente: 0.3% - Caudal Máximo: 95 lts/seg. • Tramo Nº 2 - Longitud: 680 m. - Diámetro: ø 315 mm. - Material: PVC Hidráulico, Clase 10. - Pendiente: 1 % - Caudal Máximo: 95 lts/seg. El emplazamiento de la cañería antes de su descarga al estero es de hormigón de 15 cm de ancho, rodeada en mampostería de bolones de 15 cm de diámetro máximo. De lo anterior se desprende que el caudal máximo de descarga por esta tubería podría llegar hasta los 340 m3/hora, lo cual incluye el rango de los 250 m3/hora que se pretenden ampliar. Para el aumentó del caudal de descarga a 500 m3/hora se deberá instalar una estación de bombeo de a lo menos 500 m3/hora a 17 m c.a. En estas nuevas condiciones el flujo la velocidad dentro de la tubería alcanzará aproximadamente los 2, 8 m/seg, para lo cual se construirá un receptáculo de disipación de energía de aproximadamente 1 m2. Además, se construirá un pedraplen de 6 m de longitud por el ancho del canal con muros de 1 m. · Realizar tres monitoreos durante el año 2007, en un único punto sobre el estero, caracterizándose para tales efectos, los parámetros de sólidos suspendidos totales (SST) y Coliformes Fecales, cuyos resultados serán informados a CONAMA R.M Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Agricultura que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 3.2.7.1. Contar con el conocimiento y autorización de canalistas del Estero El Paico por la recepción del efluente. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Agrícola y Ganadero que participó en la evaluación ambiental del proyecto estima necesario someter a consideración de la COREMA RM las siguientes exigencias y/o precisiones: 3.2.7.2. Se solicita quede establecido como compromiso realizar tres monitoreos solo durante el año 2007 aguas arriba y aguas abajo del Estero el Paico tomando como referencia los parámetros establecidos en la Norma Chilena de Riego 1.333. 3.2.8. Arqueología El titular se compromete a:
3.2.9. Uso de Suelo El titular señaló que el área de emplazamiento del proyecto corresponde en un 40 % de predio en zona urbana (sector contigua a Av. Los Libertadores) y un 60% en zona rural (sector contiguo a la Autopista Santiago – San Antonio). Cabe hacer mención que el Instrumento de Planificación proyectado para esta zona “Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Modificación PRMS Incorporación Provincias de Melipilla/Talagante y Comunas de Buin y Paine”, mantiene los límites urbano /rurales de la comuna. 3.2.10. Prevención de Riesgos El Titular se compromete a: 3.2.10.1. Contar con programa de mantención para la Planta de RILes, consistente en :
3.2.10.2. Contar con procedimiento de operación del sistema de tratamiento de RILes que involucra las siguientes acciones: 1. Control y Registro de Variables Físico-Químicas. 2. Control y Registro de los Parámetros o Criterios de Operación. 3. Control y Registro de Consumos. 4. Ejecución y Registro de Mantenimiento. La ejecución de estas acciones previene incidentes producto del inadecuado funcionamiento del sistema de tratamiento. A continuación se detalla acciones a seguir ante contingencias. 3.2.9.1.1 Rebalse de las Unidades del Sistema de Tratamiento. Si se produce un rebalse de las unidades que puede ocasionar la inundación de las cámaras eléctricas que están en los alrededores de la unidad afectada y pueden causar la contaminación de los líquidos o terrenos que están bajo la cota de suelo del estanque se procederá de la siguiente manera: a. El operador actuará de forma inmediata y cauta, revisando la o las causas del rebalse, a la vez de minimizar los efectos colaterales; b. Se detendrá momentáneamente la alimentación de la unidad con problemas; c. Se dará aviso inmediato a su supervisor; d. Se reducirán los volúmenes de RIL con bombas de achique, hacia puntos que no impliquen mayores alteraciones; e. Se efectuará la limpieza inmediata y remoción de residuos del lugar con abundante agua y limpiadores. f. Asimismo, se precisa que ante una falla aguas abajo del Pre – Tratamiento, el estanque de Homogenización con una capacidad de 4,3 horas de tiempo de retención hidráulica (TRH), permite intervenir en los equipos y procesos detenidos por mantención o reparación. 3.2.9.1.2 Derrames de Lodos. Como primera medida se encuentra la prevención de derrames para lo cual se debe considerar lo siguiente: a. Se mantendrán implementos de contingencia y prevención en el área de sistema de tratamiento de RILes tales como: palas, botas de goma, guantes de goma, mascarillas y números telefónicos para dar aviso a quién corresponda (supervisores directos de ECORILES y de la Planta). b. Cada vez que el servicio de transporte del lodo retire éste desde la planta se verificará y registrará: tara, patente, estado del contenedor y estado de la revisión técnica del camión. c. El camión transportador debe poseer implementos ante contingencia como: palas, botas de goma, guantes de goma y mascarillas. d. Si ocurre un evento de derrame de lodos, tanto en las instalaciones de la Planta como en su transporte a su lugar de disposición se recogerá el lodo derramado con los implementos de contención ante derrames, limpiando el área correspondiente. Se dará aviso al encargado de la planta con el fin de verificar las acciones a seguir. 3.2.9.1.3 Derrame de Químicos. El sistema de tratamiento de RILes utiliza químicos en su proceso, por lo tanto, los procedimientos que se deben seguir en caso de enfrentar un derrame de estos productos se encuentran señalados en la Hoja de Seguridad que se presenta en Anexo H para cada tipo de producto, la cual indica los riesgos existentes, las precauciones que se deben adoptar y la forma de mitigar los efectos que se ocasionen a partir del derrame. 3.2.10.3. Contar con Procedimiento ante Riesgos Naturales 3.2.10.3.1. Temblores de gran magnitud Las unidades del sistema no presentan riegos para este tipo de eventos dado que el diseño estructural se realizó de acuerdo con las normas chilenas que consideran el efecto de los sismos. No obstante lo anterior, una vez ocurrido un evento sísmico, se procederá a la revisión de las unidades del sistema de tratamiento, como tuberías y pretiles, donde se identificarán los daños producidos. Ante filtraciones o roturas de tuberías, se detendrá de inmediato la descarga al estero y se procederá a la reparación de éstas. 3.2.10.3.2. Precipitaciones Las unidades del sistema han sido sobre dimensionadas, lo que permitirá enfrentar eventos críticos de precipitaciones. Al respecto cabe señalar que: a. La capacidad de estanque de ecualización es de 1.560 m3, de los cuales 1.276 m3 estarán ocupados por el RIL, por lo que se han considerado 284 m3 para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 1.000 mm de precipitaciones. b. El volumen total del estanque anóxico es de 125 m3, de los cuales 112,5 m3 estarán destinados a mantener el RIL y 12,5 m3 adicionales para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 500 mm de precipitaciones. c. El volumen total del estanque de aireación o reactor biológico es de 4.021,2 m3, de los cuales 3.619 m3 estarán destinados a mantener el RIL y 402 m3 adicionales para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 500 mm de precipitaciones. d. La capacidad del Sedimentador Secundario es de 1.099 m3, de los cuales 1.225 m3 estarán destinados a mantener el RIL y 157 m3 adicionales para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 500 mm de precipitaciones. e. El volumen total del estanque de acumulación de lodos físico-químicos es de 141,4 m3, de los cuales 127,2 m3 estarán destinados a mantener el RIL y 14,1 m3 adicionales para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 500 mm de precipitaciones. f. El volumen total del estanque espesador de lodos es de 149,3 m3, de los cuales 132,7 m3 estarán destinados a mantener el RIL y 16,6 m3 adicionales para enfrentar eventos de alta precipitaciones durante el invierno, equivalentes a 500 mm de precipitaciones. g. Las unidades de deshidratación, sopladores y el DAF se encuentran bajo techo. 3.2.10.3.3. Cortes de Energía En el caso de cortes de energía eléctrica, la Planta cuenta con generadores de energía capaces de suplir las necesidades de las actividades que se estén realizando en ese momento. 3.2.10.3.4. Incendios En caso de producirse un accidente o un incendio en las instalaciones, se procederá de la siguiente manera: a. Dar aviso en forma inmediata a portería y al supervisor indicando el lugar exacto del incendio; b. Llamar a los Bomberos (numero de Emergencia 674) e indicarles, lo más preciso posible, el lugar del siniestro, atendiendo a la pregunta de los Bomberos; c. Se avisará en forma directa al organismo de emergencia que corresponda (Carabineros, Mutual, etc.). Los teléfonos de emergencia se encontrarán en portería; d. Evacuar o hacer evacuar la zona peligrosa que puede verse afectada por el siniestro; e. Hacer uso, en primera intervención, de extintores o mangueras. El combate del fuego deberá realizarse siempre de frente y a favor del viento, evitando así ser alcanzado por las llamas; f. Nunca apagar fuegos con agua en zonas donde existan instalaciones eléctricas; g. Las vías de evacuación estarán libres de objetos. Los extintores contra incendios, bocas de incendio equipadas con mangueras y otros aparatos de extinción, estarán señalizados visiblemente, para la pronta localización; h. Cortar la acometida de corriente a la zona siniestrada; i. Mientras no se corte la Corriente se utilizarán extintores de CO2 o polvo, nunca agua; j. Si se incendian las ropas de algún trabajador: · Hacerle rodar por el suelo. · Que no corra. · Tumbarle y cubrirle con una manta que no sea inflamable, y k. El administrador en conjunto con el supervisor deberán establecer la causa y origen del siniestro, posteriormente deberá enviar la información a prevención de riesgos. 3.2.10.4. Dar cumplimiento a las exigencias de construcción contenidas en el párrafo VII del Reglamento Sanitario de Alimentos DS N°977/01 del MINSAL. 3.2.10.5. Contar con Registro de Incidentes y Accidentes, según lo indicado en el punto 1.18 del Adenda N°1. 3.2.10.6. Establecer los mecanismos de prevención y control de la(s) plaga(s) que pueda(n) afectar a la planta, se implementará un programa de control, cuyo procedimiento principal se describe a continuación: a. Mantención constante de edificaciones a fin de eliminar posibles focos de reproducción. b. Sellado de aberturas que representen potenciales puntos de ingreso de roedores. c. Retiro de escombros y otros materiales, de manera de eliminar potenciales puntos de abrigo de plagas. d. Mantención de la zona libres de basuras. e. Se contará con los servicios de una empresa externa competente y autorizada, quienes serán los encargados de la inspección regular de las instalaciones de la planta y de la ejecución de su control. f. Si se detecta una plaga, se acudirá a la empresa contratada para el servicio, para que determine su origen y posterior control. g. La empresa externa procederá al control de las plagas, especificando lo siguiente: • Plaga a controlar • Método utilizado para su control • Frecuencia de la ejecución y supervisión • Responsables de la ejecución y supervisión • Registro de la actividad 3.2.10.7. Implementar medidas de seguridad que impidan el ingreso de personas ajenas al área del proyecto, especialmente a las zonas de las excavaciones mediante, por ejemplo, la instalación de señalética prohibiendo el ingreso (considerando instalar letreros alusivos en las áreas que rodean al proyecto, para advertir la zona de trabajos), la demarcación de las zonas de riesgo y zonas de seguridad, entre otras 3.2.10.8. Almacenar los materiales de la construcción debe ser realizado por medio de procedimientos seguros, y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores; las sustancias peligrosas almacenadas con sus correspondientes hojas de seguridad y en recintos específicos de acuerdo a las características de cada sustancia (cumpliendo con las condiciones de almacenamiento establecidas en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS DE LOS LUGARES DE TRABAJO", disponiendo de la implementación necesaria para la prevención y el control de incendios (instalación eléctrica reglamentaria y equipos de control de incendios adecuados). 3.2.10.9. Realizar capacitación teórica y práctica a la totalidad de los trabajadores (100 % del personal) de la actividad, en el uso y manejo de los equipos de extinción. 3.2.10.10. Proveer, sin costo alguno y para la totalidad de los trabajadores, de todos los elementos y/o equipos de protección personal adecuados y requeridos para realizar sus tareas asignadas con la debida seguridad, los cuales deberán ser usados por éstos mientras se encuentren expuestos al riesgo. Además, los elementos y/o equipos elegidos deberán ser certificados, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO", y el titular deberá llevar un registro firmado de la recepción de esta implementación por parte de los trabajadores. 3.2.10.11. Realizar capacitación a los trabajadores en Procedimientos de Trabajo Seguro para las distintas actividades de la construcción; por ejemplo, el manejo de grúas horquillas y de maquinaria pesada en general; la carga, descarga, acopio y transporte de material de la construcción al interior de la obra; los procesos de pintado; el traslado de peso manual por parte de los trabajadores de la obra; la manutención de los equipos y maquinarias; la carga y almacenamiento de combustible al interior de la obra; el manejo, transporte y manipulación de sustancias peligrosas; el manejo de los distintos tipo de residuos, etc.. Además, de distribuir los escritos correspondientes que contengan esta información y mantener documentado, dentro del lugar de las faenas, todos los procedimientos considerados, además de la documentación que acredite la difusión correspondiente de la información, para su fiscalización por parte de los organismos competentes. 3.2.10.12. Cumplir con las respectivas disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), para las instalaciones de gas y eléctricas. 3.2.10.13. Confeccionar e implementar un Plan de Emergencia para la fase de construcción del proyecto, el cual debe ser difundido a todo el personal al momento de formar parte de la obra. 3.2.10.14. Contar con sistema de control de incendio acorde a lo indicado en el DS 594/99 del MINSAL 3.2.10.15. Contar con procedimiento para el manejo de sustancias químicas, además de instructivo para manejo seguro de productos químicos para la bodega. 3.2.10.16. Ajustar el Plan de Emergencias actual, a través de la incorporación de los aspectos relacionados con el nuevo sistema de tratamiento de RILes y con el aumento del nivel de producción de la Planta. 3.2.10.17. Realizar evaluaciones en el ambiente de trabajo en lo que respecta a exposición de ruido, polvo, iluminación y riesgos laborales en general. Además y en caso de corresponder, se harán evaluaciones sobre el cumplimiento de los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos, físicos y biológicos. Adicionalmente los trabajadores expuestos a riesgo ocupacional se mantendrán bajo un Programa de Vigilancia Ocupacional. 3.2.10.18. |Afiliar a los nuevos trabajadores de la "Planta" a alguno de los organismos administradores del Seguro Social Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ACCHS, IST, Mutual CCHC, INP u organismo de administración delegada), de tal manera de contar con la afiliación del 100 % de los trabajadores de la misma, dando cumplimiento a lo establecido en el Título I, Párrafo 3, artículo 4 de la Ley N° 16.744. Sin perjuicio de lo anterior, la SEREMI de Salud, estima necesario someter a consideración de COREMA las siguientes precisiones: 3.2.10.19. Contar con instalación eléctrica aérea desde tableros a maquinarias y con conductores debidamente protegidos; contar con tableros con disyuntor y diferencial como medida de seguridad para las dependencias y trabajadores en la etapa de construcción de la obra. 3.2.10.20. Mantener medidas de control de molestias a la comunidad respecto a olores, ruidos molestos y polvo en suspensión provenientes de la obra. No se permitirá el uso de pozos negros en las instalaciones provisorias. 3.2.10.21. Que se instalarán en diferentes puntos perfectamente visibles tambores pintados para la recolección de la basura doméstica, los que se pondrán a disposición del camión recolector de basura del sector. 3.2.10.22. Verificar que los trabajadores posean la licencia de conducir que exige la Ley de Tránsito. Además que los vehículos transporte de carga y maquinaria móvil (Maquinaria Retroexcavadora, cargador frontal, rodillo, camión tolva, camión rampa para traslado de estructura y papelería y camión betonero para hormigón), cuenten con alarma de retroceso de tipo sonoro. Controlar que las maquinarias, vehículos de carga o de transporte utilizados en el proyecto cuenten con sus revisiones y mantenciones al día. Contar con cierres provisorios y vigilancia nocturna y festiva para evitar el ingreso de personas ajenas a la obra en la etapa de instalación de faenas, excavación y otros. 3.2.10.23. Que para cualquier trabajo que implique movimiento de tierra, compactaciones, ensayos de calidad para el proceso de soldaduras u otras acciones que impliquen la utilización de equipos generadores de radiaciones ionizantes, con fuentes radioactivas y selladas para la realización de mediciones de humedad y densidad de los suelos, deberá cumplir con lo dispuesto en el D.S.133/84 y D.S. 3/85 ambos del MINSAL. 3.2.10.24. Implementar un Plan de Emergencia para la Fase de Construcción del Proyecto el cual debe ser difundido a todo el personal al momento de formar parte de la obra.
3.3. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. 3.3.1. ARTICULO 4 El proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de RILes y Ampliación Planta Procesadora El Paico”, se inserta en la letra l) y letra o) del artículo 10º de la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y artículo 3º letra l.2) y letra o.7) del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y su proponente declara que el proyecto mencionado no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11º de la Ley y en los artículos precedentes del Reglamento. 3.3.2. ARTICULO 5: El proyecto no genera riesgo para la salud de la población en su área de influencia o fuera de ésta, en relación a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. 3.3.3. ARTICULO 6: El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 3.3.4. ARTICULO 8: El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de la población en su área de influencia. 3.3.5. ARTICULO 9: El proyecto, incluidas sus obras o acciones asociadas, en sus fases de construcción y operación, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. El proyecto no se localiza en, o cercano a poblaciones, recursos y/o áreas protegidas. 3.3.6. ARTICULO 10: El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de tipo paisajístico o turístico. El proyecto no interviene y/o se emplaza en un área con valor paisajístico y/o turístico. 3.3.7. ARTICULO 11: El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, que se definen en la Ley 17.288 y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Todo lo señalado anteriormente se corrobora y se encuentra certificado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación Sistema de Tratamiento de RILes y Ampliación Planta Procesadora El Paico”, comuna de El Monte.
CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO El proyecto requiere de los siguientes permisos ambientales sectoriales señalados en el D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4.1 Artículo 94: En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las características del establecimiento, en consideración a: a. Memoria técnica de características de construcción y ampliación; El proyecto contempla ampliar la capacidad de producción de la planta procesadora, para lo cual se deberá construir una línea de enfriado y cámaras de almacenamiento en frío. Este aumento de producción generará un incremento en la generación de RILes, por lo que en su momento se deberá ampliar la capacidad del sistema de tratamiento a 500 m3/h. Ø Obras Las principales obras que comprende el proyecto corresponden a: · Construcción de un primer piso, el que cubrirá una superficie de 0,93 ha, donde se encontrarán la sala de Chiller, Lavado de Bins, Sala de procesos, entre otras (ver detalle en Tabla 3 del punto 1.6 del presente informe) · Construcción de un segundo piso, el cual abarcará una superficie de 0,49 ha. Allí se ubicarán la sala de bandejas, sala de procesos, sala de máquinas y de juegos. La construcción de los pisos considerará un radier en base a hormigón de alta resistencia de un espesor mínimo de 15 cm, con sellador y revestimiento superficial de poliuretano. Los cielos serán de paneles Rudnev, acero ambas caras, colgados de la estructura o de la losa según corresponda, considerando un espesor de 50 o 75 mm, según la luz a cubrir. Las estructuras del primer piso serán en base a pilares de hormigón armado, similar a los existentes en la planta actual, siguiendo igual modulación. Entre pilares (como elementos divisorios entre recintos) se instalarán paneles Rudnev, acero ambas caras, montados sobre zócalo hormigón. Espesor: 100 a 225 mm según la necesidad de aislamiento. Las estructuras del segundo piso serán metálicas, basada en cerchas y vigas enrejadas y estructura con terminación en base a galvanizado en caliente. La cubierta será de zinc-alum tipo PV4 o similar, instalada sobre costaneras. Respecto de la electricidad, se realizarán los aumentos de potencia necesarios de acuerdo a los requerimientos (400 Kw aproximadamente), para lo cual se informará oportunamente a la SEC, organismo que certificará la instalación.- Paralelamente se modificará el sistema de tratamiento de RILes que actualmente opera en la planta, incrementando su capacidad a un máximo de 500 m3/hr. La totalidad de las obras asociadas al sistema de tratamiento corresponden a: · 1 estanque homogenizador: estanque cilíndrico de 19 m de diámetro, una altura total de 5,5 m y una altura útil de 4,5 m · 2 estanques de flotación: (DAF): estanque cilíndrico de 32 m de diámetro, una altura total de 5 m y una altura útil de 4,5 m · 2 estanques anóxico: estanque de 5 m de largo por 5 m de ancho y 5 m de alto, considerando una altura útil de 4,5 m · 2 estanques de sedimentación: estanque cilíndrico de 20 m de diámetro, una altura total de 4 m y una altura útil de 3,5 m · 2 estanques espesadores: estanque cilíndrico de 6,5 m de diámetro, una altura total de 4,5 m y una altura útil de 4 m · 2 estanques de aireación de lodos: estanque cilíndrico de 4,5 m de diámetro, una altura total de 5 m y una altura útil de 4,5 m · 4 estanques de acumulación de lodos: estanque cilíndrico de 6 m de diámetro, una altura total de 5 m y una altura útil de 4,5 m · 2 centrífugas: equipo de 8m3/h de capacidad · 1 estanque de cloración: estanque rectangular de 14 m de largo por 1,2 m de ancho y 2,5 m de alto, considerando una altura útil de 1,2 m. Al respecto cabe señalar que: - Los estanques no presentarán losa superior. - Los estanques estarán semienterrados con revancha de 1.5 m sobre el nivel de terreno. - Se considera relleno estabilizado bajo losa de estanques para mejorar sello en un espesor de 40 cm. - Estanque de cloración a nivel de terreno con revancha de 40 cm. - No se considera pintura de ningún tipo. - Plataformas de circulación estanques elevados, se consideran con malla de piso y barandas por ambos lados, se considera tratamiento. - En bases centrífugas, se considera radier de hormigón 18 CMS sólo bajo la estructura de hormigón propuesta. Se considera un mejoramiento de 60cms con estabilizado. - Iluminación a la planta, considerando un poste y tres focos halógenos de 1000 watts c/u. Ø Materiales de construcción Los materiales de construcción corresponden a:
Ø Tipo de suelo De acuerdo con la prospección efectuada en el área del proyecto a través de la descripción de dos calicatas, se determinó que el sector posee un suelo de Capacidad de Uso Clase IV y corresponde a una sola unidad cartográfica debido a la similitud de los perfiles en donde se advierte drenaje pobre y frecuente susceptibilidad de inundación, lo que determina una limitada adaptabilidad a cultivos. Los primeros 28 cm del suelo, corresponden a un suelo de textura franco arcillo limosa; estructura de bloques subangulares finos, débiles; friable en húmedo, muy plástico y muy adhesivo; raíces finas abundantes; poros finos abundantes; límite lineal abrupto. Ø Certificado de uso de suelo, de la Dirección de Obras Municipales respectiva El certificado solicitado esta siendo tramitado con la Dirección de Obras de la Municipalidad de El Monte. Ø Certificado del o los prestadores de servicio sanitario para provisión y/o factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado Actualmente la planta cuenta con autorización sanitaria para consumo de agua potable y sistema de alcantarillado particular (presentados en Anexos D y E de la DIA). El titular señala que se han perforado 2 nuevos pozos profundos en la Planta (uno de ellos como respaldo de agua para proceso), cuyos derechos de aprovechamiento serán tramitados ante la Dirección General de Agua respectiva. b. Plano de planta; El plano de planta se presenta en Figura 2 de la DIA c. Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma; La Planta trabaja con dos líneas faenadoras, una para pollos y la otra para pavos. El proceso productivo se divide en cuatro grandes etapas que corresponden a: recepción, faenación, almacenamiento en cámaras de frío para finalmente ser derivadas a mercados de consumo, el que puede ser tanto nacional como extranjero. Paralelamente al sistema de producción, se generan RILes los cuales serán tratados mediante un sistema de tratamiento físico-químico y un tratamiento biológico, para luego descargar el efluente al Estero El Paico en el mismo punto en que se realiza actualmente. d. Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química; El Titular señala que el proyecto que somete a evaluación ambiental no tiene asociado actividades que pudiesen generar contaminación biológica, física y química, por tanto no se han considerado medidas de bioseguridad. e. Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar; Las actividades relacionadas al proyecto en evaluación no tienen asociado el manejo de sustancias peligrosas. f. Medidas de control de riesgos a la comunidad. El titular señala que Agroindustrial El Paico contará con un estricto procedimiento de operación del sistema de tratamiento de RILes, el cual involucrará las siguiente acciones: · Control y Registro de Variables Físico-Químicas. · Control y Registro de los Parámetros o Criterios de Operación. · Control y Registro de Consumos. · Ejecución y Registro de Mantenimiento. La ejecución de estas acciones prevendrá incidentes producto del inadecuado funcionamiento del sistema de tratamiento. Respecto del riego de ocurrencia de incendio, cabe señalar que este es bajo, dado que las temperaturas existentes en el lugar son del orden de los 7°C. Ø Medida de contingencia ante emergencias Rebalse de las unidades - El operador actuará de forma inmediata y cauta, revisando la o las causas del rebalse, a la vez de minimizar los efectos colaterales; - Se detendrá momentáneamente la alimentación de la unidad con problemas; - Se dará aviso inmediato a su supervisor; - Se reducirán los volúmenes de RIL con bombas de achique, hacia puntos que no impliquen mayores alteraciones; - Se efectuará la limpieza y remoción de residuos inmediata del lugar con abundante agua y limpiadores. Derrame de lodos Si ocurre un evento de derrame de lodos, tanto en las instalaciones de la Planta como en su transporte a su lugar de disposición se recogerá el lodo derramado con los implementos de contención ante derrames, limpiando el área correspondiente. Se dará aviso al encargado de la planta con el fin de verificar las acciones a seguir y si fuera necesario conseguir otros implementos de contención. Derrame de químicos Los procedimientos a seguir en caso de enfrentar un derrame de productos químicos estarán señalados en la Hoja de Seguridad para cada tipo de producto (Anexo H), la cual indica los riesgos existentes, las precauciones que se deben adoptar y la forma de mitigar los efectos que se ocasionen a partir del derrame. Temblores de gran magnitud Las unidades del sistema no presentan riegos para este tipo de eventos dado que el diseño estructural se realizará de acuerdo con las normas chilenas que consideran el efecto de los sismos. No obstante lo anterior, una vez ocurrido un evento sísmico, se procederá a la revisión de las unidades del sistema de tratamiento, como tuberías y pretiles, donde se identificarán los daños producidos. Ante filtraciones o roturas de tuberías, se detendrá de inmediato la descarga al estero y se procederá a la reparación de éstas. Precipitaciones Las unidades del sistema han sido sobre dimensionadas, lo que permitirá enfrentar eventos críticos de precipitaciones, por tanto no se consideran medidas de contingencia. Cortes de energía En el caso de cortes de energía eléctrica, la Planta cuenta con generadores de energía capaces de suplir las necesidades de las actividades que se estén realizando en ese momento. Incendios - Dar aviso en forma inmediata a portería y al supervisor indicando el lugar exacto del incendio; - Llamar a los Bomberos (numero de Emergencia 674) e indicarles, lo más preciso posible, el lugar del siniestro, atendiendo a la pregunta de los Bomberos; - Se avisará en forma directa al organismo de emergencia que corresponda (Carabineros, Mutual, etc.). Los teléfonos de emergencia se encontrarán en portería; - Evacuar o hacer evacuar la zona peligrosa que puede verse afectada por el siniestro; - Hacer uso, en primera intervención, de extintores o mangueras. El combate del fuego deberá realizarse siempre de frente y a favor del viento, evitando así ser alcanzado por las llamas; - Nunca apagar fuegos con agua en zonas donde existan instalaciones eléctricas; - Las vías de evacuación estarán libres de objetos. Los extintores contra incendios, bocas de incendio equipadas con mangueras y otros aparatos de extinción, estarán señalizados visiblemente, para la pronta localización; - Cortar la acometida de corriente a la zona siniestrada; - Mientras no se corte la Corriente se utilizarán extintores de CO2 o polvo, nunca agua; - Si se incendian las ropas de algún trabajador, hacerle rodar por el suelo y tumbarle y cubrirle con una manta que no sea inflamable, - El administrador en conjunto con el supervisor deberán establecer la causa y origen del siniestro, posteriormente deberá enviar la información a prevención de riesgos. Ø Medida de Higiene y Seguridad Laboral Agroindustrial El Paico Ltda. cuenta con un acabado Programa de Prevención de Riesgos, el cual permite realizar todas las operaciones de la planta con el mínimo riesgo, cuidando de esta manera la integridad física de sus trabajadores. Dicho programa se presenta en Anexo L de la DIA. En el punto 3.1 del Adenda N°1, el titular entregó mayores antecedentes relativos a número de operarios actuales, superficies actuales contraídas, desglose de equipos por línea productiva, insumos, materias primas, condiciones de almacenamiento, entre otros. En Adenda Nº2, el titular amplió los antecedentes anteriores y manifestó la voluntad de las capacitaciones pertinentes, evaluaciones a los trabajadores, de acuerdo a la normativa vigente. 4.1.1 La SEREMI de Salud RM informó mediante Ord. Nº 2026 de fecha 16/03/07 que, con relación a este permiso ambiental sectorial, y considerando las condiciones informadas por el titular del proyecto durante el proceso de evaluación del impacto ambiental, en el marco del S.E.I.A., complementadas, adicionalmente, con las exigencias establecidas por la Autoridad Sanitaria Regional en el marco de su participación en el S.E.I.A., la actividad que se localizará en el interior de la “Planta Procesadora de Aves El Paico”, ubicada en la localidad de El Paico, en el N° 1740 de Av. Los Libertadores (nombre de la Ruta G-78 por el paso de la zona urbana), comuna de El Monte; Provincia de Talagante; Región Metropolitana; se ha resuelto, a partir del proceso de evaluación de impacto ambiental en el marco del S.E.I.A., complementada adicionalmente con las exigencias establecidas por la Autoridad Sanitaria Regional y en conformidad a los antecedentes expuestos por el titular del proyecto en la D.I.A., la Adenda Nº 1, la Adenda Nº 2 y Adenda Nº 3, se informa al titular pronunciamiento conforme y se otorga el Permiso Ambiental Sectorial 94, calificando la actividad como INOFENSIVA. No obstante lo anterior de aprobarse el mencionado proyecto, la R.C.A. deberá establecer los siguientes considerandos en la implementación de su proyecto: Superficie del proyecto: en un terreno de superficie total de 10,4 ha (104.00 m2), de las cuales se encuentran construidas 17.590,70 m2(16,9% del total), y contemplará remodelaciones y nuevas construcciones por una superficie total de 17.347 m2, de las cuales 14.088 m2 corresponden a construcciones para la ampliación de la “Planta” faenadora y 3.259 m2 al sistema de tratamiento de RILes. Tipo de instalación Unidades Superficie (m2) Sala de Chiller 144 Cámara 208 288 Lavado de Bins y Pallets 144 Sala de procesos1 2.167,2 Ante cámaras 754 Cámaras 2.353 Ampliación de camarines 471,8 Sala enfriadora de pavos 994,4 Túnel de pavo (1/2 Superficie) 137,8 Galpón de Pavos vivos (1/2 Superficie) 241 Galpón de pollos vivos (1/2 Superficie) 329,7 Taller 1.158 Sub Total 1ª Piso: 9.176,9 m2 Sala de bandejas 432 Sala de proceso 1 1.377,8 Sala de proceso 2 2.013,5 Sala de máquinas 615,4 Sala de juegos 471.8 Sub Total 2ª Piso: 4.910,5 m2 Sistema de tratamiento de RILes 1ª Etapa 1.957,6 Sistema de tratamiento de RILes 2ª Etapa 1.301,3 TOTAL: 17.347 m2 ii. Planificación territorial: La comuna de El Monte cuenta con una definición de su límite urbano, graficada a través de planimetría “Localización de áreas rurales - comuna El Monte” otorgado por la Municipalidad de El Monte, según la cual, el predio de la Planta faenadora El Paico, se emplaza en un 40 % de predio en zona urbana (sector contigua a Av. Los Libertadores) y un 60% en zona rural (sector contiguo a la Autopista Santiago - San Antonio). Cabe hacer mención que el Instrumento de Planificación proyectado para esta zona “Plan Regulador Metropolitano de Santiago, Modificación PRMS Incorporación Provincias de Melipilla/Talagante y Comunas de Buin y Paine”, mantiene los límites urbano /rurales de la comuna. iii. En la modificación del actual sistema de tratamiento de RILes (de tipo físico-químico con separador rotatorio, piscina de ecualización, estanque de coagulación-floculación, unidad para reducir humedad de los lodos y descarga del efluente tratado al Estero El Paico) autorizado por la Resolución de Calificación Ambiental (R.C.A.) Nº 023/2002, por un sistema de 2 unidades de tratamiento equivalentes que considerarán las etapas de pre-tratamiento, tratamiento físico-químico, tratamiento biológico, acondicionamiento de lodos, deshidratado de lodos y descarga final en el Estero El Paico, el que permitirá aumentar el caudal a tratar, todo esto para adecuarse a los nuevos niveles de producción y cumplir con la respectiva norma de descarga (D.S. Nº 90/00 MINSEGPRES). iv. Sistema productivo actual: La Planta trabaja con dos líneas faenadoras, una para pollos y la otra para pavos. Cada una de estas líneas funciona por un periodo de 7,5 horas/día. En promedio se faenan 10.000 pollos por hora (240 toneladas por día), 2.400 pavos por hora (160 toneladas de pavos/día), totalizando 400 toneladas de aves/día. El proceso productivo se divide en cuatro grandes etapas correspondientes a: recepción, faenación, almacenamiento y envío a mercados de consumo. La etapa de faenación se divide a su vez en las fases de insensibilización, desangre, escaldado y desplumado, flameado, eviscerado, lavado y enfriado. Posteriormente se procede al almacenamiento en cámaras de frío para ser derivadas a mercados de consumo, el que puede ser tanto nacional como extranjero. Además del producto principal (pollos y pavos, enteros o trozados) también se generan subproductos que corresponden a aves que mueren antes de ser faenadas, plumas, vísceras y a los decomisos de cada una de las etapas productivas. Estos subproductos son enviados dentro de estanques cerrados en camiones especialmente habilitados para esto a la Planta de Recuperación de Proteínas, ubicada 5 Km. al sur de la ciudad de Melipilla, donde se fabrica harina de plumas y de víscera. Adicionalmente en la Planta se realiza el tratamiento de los Residuos Industriales Líquidos del proceso, el cual está constituido por las siguientes unidades: Separador rotatorio; donde se separan los sólidos de mayor tamaño. Piscina de Ecualización; donde los líquidos son ecualizados con el fin de tener una carga estable en los procesos sucesivos. Estanque de Flotación modificado a sistema contracorriente; en esta unidad se produce la coagulación-floculación a través de la adición de polímeros. Decanter; en esta unidad reduce la humedad del lodo hasta un 75%. Este sistema fue aprobado ambientalmente a través de la Resolución de Calificación Ambiental Exenta Paico. v. El proyecto consiste en realizar las ampliaciones que permitan que cada línea productiva, tanto de pollos como pavos opere en forma independiente (actualmente se encuentran unidas en la fase de enfriamiento final), posibilitando su operación simultánea, con lo que la producción de El Paico será de 480 ton/día de pollos y 240 Ton /día de pavos totalizando 18.000 ton/mes de aves lo que antes era de 10.000 ton/mes de aves. Para ello es necesario construir una nueva línea de enfriado, empaque, almacenamiento y despacho. Se estima que se necesitarán aproximadamente 300 trabajadores adicionales. Esta ampliación en la capacidad de producción significará un aumento en los RILes generados, construyéndose ésta ampliación en dos fases: la primera para alcanzar una capacidad de 250 m3/h (actualmente el sistema esta aprobado para 220 m3/hr), miéntras que la segunda fase aumentará la capacidad de 250 m3/hr hasta 500 m3/hr (esta última fase se construirá en función de la demanda de mercado). El proyecto tendrá una fase de construcción de 7 meses para la 1ra. etapa del sistema de tratamiento y 3,5 meses para la ampliación de la “Planta” vi. Cantidad de trabajadores: trabajarán 25 personas en la fase de construcción, con una fase de operación que se proyecta a 20 años, en donde trabajarán 300 personas adicionales a las 700 personas que actualmente trabajan en la “Planta”. vii. Dar cumplimiento a lo relacionado con la afiliación de los trabajadores respeto al “Seguro Social Obligatorio Contra Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales” afiliándose a algún organismo administrador del seguro, para dar cumplimiento a lo señalado en el Titulo I, Párrafo 3, artículo 4 de la Ley 16.744. viii. Dar cumplimiento al Título V, artículo 14 del D.S. N° 40/69 del MINTRAB en lo que dice relación con la elaboración e implementación del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, incluyendo en una tabla la descripción de cada uno de los riesgos con que se ven enfrentados los trabajadores en el desempeño de sus labores, consecuencia para el trabajador en caso de producirse un accidente en cada tipo de riesgos, forma de evitar los accidentes específicos enumerados. ix. Implementar el Plan de Prevención de Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades profesionales. x. Transporte: El proyecto contempla generar un flujo adicional de 120 camiones diarios (60 camiones de ida y 60 de regreso adicionales). xi. Contar con número de extintores en las dependencias de acuerdo a lo estipulado en el D.S. 594/99 MINSAL y a lo establecido en la Ley y Ordenanza de Construcción y Urbanismo. Los extintores ubicados a la intemperie deberán contar con protección en el gatillo. xii. Mantener medidas de control de molestias a la comunidad provenientes de la actividad, entendiéndose por molestias a la comunidad a las emisiones de humos o polvo provenientes de fuentes fijas o de faenas, descargas de solventes, descarga de aerosoles por pinturas y lavado con sistemas de fluidos a presión, ruidos molestos, carga de combustibles, etc. xiii. Contar con un programa ambiental por exposición a riesgos específicos, e incorporar a los trabajadores a un Programa de Vigilancia, a fin de evitar enfermedades profesionales originadas por la actividad. xiv. Rotular en español todo producto químico que se encuentre en las dependencias de acuerdo a normativa sanitaria vigente. xv. Regularizar las instalaciones eléctricas, de gas licuado y de Combustible de acuerdo a lo establecido por la SEC. xvi. Verificar que el almacenamiento de Residuos Industriales peligrososse realice de acuerdo a compatibilidades de los residuos. Los contenedores que contengan residuos peligrosos deben cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo al D.S. 148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos: Tener un espesor adecuado y estar construido con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a pruebas de filtraciones. Estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados. Estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención. Estar rotulados indicando, en forma claramente visible, características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCH 2.190 Of. 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados. Compromiso de manejo de los aceites de desechos y en lo que se refiere a todas las actividades de generación, almacenamiento y transporte de residuos peligrosos de acuerdo a lo normado en el Art. 18 del D.S. 148/03 del MINSAL, Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos. xviii.Contar con programa de control de vectores sanitarios de completo. xix. Demarcar los pasillos utilizados como sección de almacenamiento y talleres y mantener las mínimas distancias de separación de otra sección y de los muros perimetrales de acuerdo a lo estipulado por el D.S.594/99 MINSAL. xx. Mantener habilitadas vías de evacuación, las cuales estarán debidamente señalizadas y libres de obstáculos. xxi. El Titular deberá dar cumplimiento a Resolución 5081/93 SESMA que establece sistema de declaración y seguimiento de desechos industriales, esto es para neumáticos residuales, arena o aserrín utilizados en el control de derrames, baterías, desechos taller desabolladura, desechos taller pintura (aerosoles, solventes), tipos de pintura (acrílica, hepóxica etc.). xxii. Contar con plan de emergencias en coordinación con bomberos de la comuna una vez construidas las instalaciones de la empresa y previamente a su funcionamiento. xxiii.Cumplir con el D.S. N° 594 de 1999, modificado por el D.S. 201 de 2001, ambos del MINSAL, que establece las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”, en todas las etapas del proyecto. xxiv.Confeccionar un “Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad”, para dar cumplimiento al Título V, artículo 14 del D.S. Nº 40/69 del MINTRAB. xxv. El titular expresó el compromiso de implementar las recomendaciones y las medidas de prevención de riesgos a las instalaciones y a las personas, exigidas por el organismo en el que se encuentra afiliada la "Planta" (ACHS). Esto, según lo establecido en la Ley 16.744, que "ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES", además de indicar expresamente el compromiso de que una vez que se resuelva la indicación, el titular realizará nuevamente las mediciones correspondientes que acrediten el cumplimiento del citado Decreto. xxvi.En caso de escape de amoniaco en sala de máquina "Plan para fugas de gases", el titular del proyecto debe considerará como implementación física y formativa para los trabajadores, en esta sala, lo siguiente: a) Incluir curso en casos de siniestros, b) Establecer y registrar la actividad de comunicación con las empresas y actividades de su entorno, de tal manera de dar los avisos correspondientes en el caso de fugas, c) Contar con pretil de contención para el control de derrames, en el caso de contar con duchas para el control de propagación, d) Contar con Ducha de emergencia para los trabajadores expuestos, e) Realizar mantención del equipo (tubo) autónomo (aire comprimido), el que deberá mantenerse señalizado y en lugar de fácil acceso, f) Realizar capacitación con equipos autónomos en caso de fuga, para la actividad de recarga del estanque, g) Realizar radiografías de espesores y pruebas de resistencias a las tuberías de amoníaco para evitar posibles fugas, h) Realizar calibración de válvulas de estanque como parte de la correspondiente manutención, i) Realizar capacitación para el portero y guardias del recinto, k) Mantener en todo momento las hojas de seguridad del producto a la vista y en conocimiento de los trabajadores, k) Mantener en todo momento las hojas de seguridad del producto a la vista y en conocimiento de los trabajadores, l) Mantener croquis/esquema de la ubicación del amoníaco, incluyendo cañerías, m) La sala debe contar con piso de concreto y malla tipo Acme, n) Contar con Red Húmeda señalizada, libre de obstáculos y siempre operativa, o) Contar con detección automática de incendios, p) Realizar el transporte del amoníaco en cilindros parados (en forma vertical) ya que la fuga es lenta en fase gaseosa, q) Contar con letreros con la indicación de "NO FUMAR", r) Contar con indicador de la dirección del viento por posibles fugas. xxvii. Respecto a todas las sustancias peligrosas que se manipularán y almacenarán en bodega y taller, el titular deberá: Mantener debidamente rotuladas, según NCh 2190 Of. 93 y 1411 Of. 78. Mantener en todo momento un registro completo y detallado de todos los materiales, que permita contar con la información cuantitativa de las cantidades de materiales recibidos, almacenados, despachados y en stock (en litros, kilos o toneladas según corresponda). Mantener en todo momento y a disposición de los trabajadores, las hojas de seguridad (fichas técnicas) en su versión en español de todas las sustancias químicas, donde se indique entre otros puntos, sus características, procedimientos de trabajo seguro y las medidas que se deben adoptar en el caso de derrames, incendios, entre otras emergencias. xxviii. El Titular deberá dar a conocer y capacitar a sus trabajadores periódicamente y deberá distribuir los escritos que contengan esta información, Respecto a los Procedimientos de Trabajo Seguro en: Manejo de Residuos al interior de la Planta. Mantención Preventiva y Reparativa de Maquinarias. Limpieza de Líneas de Producción. Manejo, hojas de seguridad, transporte y manipulación de Sustancias Peligrosas. Carga y Descarga de material peligroso e inofensivo. Acopio de material. Carga manual máxima por trabajador. Manejo (conducción) al interior de la Planta. xxix. Según lo indicado por el titular, la Planta cuenta con un estanque de combustible (petróleo), para uso de calderas de vapor. Actualmente la empresa evalúa el traslado de las calderas a la nueva ubicación y considerará instalar dos estanques nuevos de 25 m3 c/u subterráneos. Sin embargo deberá considerar el siguiente equipamiento: dispensadores duplex de alto galonaje en cada isla de carguio; señaléticas de seguridad y elementos de seguridad (extintor mínimo PQS tipo ABC); atriles con 3 baldes de arena; tableros eléctricos debidamente señalizado, letreros de procedimientos, sistemas de venteo diámetro 2”, detectores de fuga, válvulas de seguridad en caso de siniestro, monitores de derrames, contenedores de derrames sector de llenado de estanque, cámaras domo, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. 379/94 y D.S. 90/96 ambos del MINECON para el diseño y construcción del estanque y ante la SEC para su declaración. xxx. Cumplimiento del 100% de vigencia, instalación, señalización de los equipos de extinción dando cumplimiento al D.S. 594/99 MINSAL. xxxi. Cumplimiento del D.S. 48/84 MINSAL, Calderas y operadores. xxxii. Adecuar el "Manual de Administración de Programa" interno, a la situación proyectada para la Planta de Tratamiento de RILes, además de mantener este documento, junto con el "Programa de Mantenimiento de Equipos" y el "Procedimiento de Registro de Incidentes y Accidentes", entre otros, siempre documentado dentro de las instalaciones de la "Planta" para su fiscalización por parte de los organismos competentes. xxxiii. Suprimir durante todas las fases del proyecto, cualquier factor de peligro que pueda afectar la salud o integridad física de los trabajadores, según lo establece el D.S. N° 594 de 1999 modificado por D.S. Nº 201 de 2001, ambos del MINSAL. De la misma forma, debe proporcionar a sus trabajadores los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir, los que deberán ser usados por éstos, mientras se encuentren expuestos al riesgo.
CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS El titular del proyecto, no contempla la realización de compromisos ambientales voluntarios.
CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO --- 056/2006 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=ba/2c/6fa19703e56577d53c2c3715bc3591f11f34