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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones"

Resolución Exenta Nº 0369/2017

Antofagasta, 29 de septiembre de 2017



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12/06/2017 y su Adenda Complementaria de 10/08/2017 del proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones, presentado por Complejo Portuario Mejillones S.A. con fecha 21/12/2016.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3.3.1del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones.

3°. El Acta de Evaluación N° 46 de 13/02/2017, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones de 01 de septiembre de 2017.

5°. El Acuerdo N° 040/2017, de la sesión ordinaria N° 16 de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta de fecha 11 de septiembre de 2017.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones.

7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Toma Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016, que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. Nº 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

 1°. Que, Complejo Portuario Mejillones S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Complejo Portuario Mejillones S.A

Rut

96.819.040-7

Domicilio

Coronel Pereira 72, Oficina 603, Las Condes, Santiago

Teléfono

(562) 26903850

Nombre representante legal

Álvaro Arroyo Albala

Rut representante legal

10.605.396-0

Domicilio representante legal

Coronel Pereira 72, Oficina 603, Las Condes, Santiago

Teléfono representante legal

(562) 26903850

Correo electrónico Titular o representante legal

AArroyo@cpmsa.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 1 de septiembre de 2017, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de 11 de septiembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, acordó calificar favorablemente el proyecto Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 1° de septiembre de 2017 el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:  

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del Proyecto es implementar un terminal de recepción, almacenamiento y embarque de concentrado de cobre en la Bahía de Mejillones, lo cual incluye obras terrestres y marítimas que son necesarias para la operación del Proyecto.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

f) Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos.

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

k) Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales.

Vida útil

40 años

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio a la ejecución del Proyecto corresponde a la implementación de la instalación de faenas. Esta corresponde a la instalación del Módulo Tipo Contenedor que servirá como Oficina del contratista de las obras civiles del edificio de recepción de concentrado.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

X

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No


 

X

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

X

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se localiza en la Región de Antofagasta, provincia de Antofagasta, comuna de Mejillones.

Descripción de la localización

La superficie total del Proyecto corresponde a 37.730 m2, el cual se ubica en un terreno disponible al norte de la bahía de Mejillones, entre las instalaciones de Interacid Chile y Puerto Angamos.

Superficie

37.730 m2

Coordenadas UTM en Datum WGS84

El proyecto contempla diversas instalaciones  en las coordenadas siguientes:

 

Tabla 4.2.1: Coordenadas UTM de localización de las instalaciones del proyecto

Sector/Obra

Vértices

Coordenadas UTM WGS84

Norte (m)

Este (m)

Derivación Línea Férrea

V1

357.583

7.446.677

V2

358.055

7.447.320

V3

357.782

7.447.711

 

 

 

Edificio de

Almacenamiento

V1

357.974

7.447.316

V2

358.014

7.447.342

V3

357.893

7.447.531

V4

357.852

7.447.505

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Instalaciones de Recepción

V1

357.930

7.447.271

V2

358.035

7.447.336

V3

357.824

7.447.662

V4

357.724

7.447.595

V5

357.778

7.447.514

V6

357.689

7.447.450

V7

357.732

7.447.386

V8

357.816

7.447.439

Sistema de

Transporte de

Concentrado de cobre

V1

357.854

7.447.506

V2

357.891

7.447.530

V3

357.830

7.447.628

V4

357.400

7.448.112

 

 

 

Muelle de Embarque

V1

357.711

7.447.788

V2

357.739

7.447.818

V3

357.235

7.448.296

V4

357.207

7.448.267

 

 

Caminos de acceso

El Proyecto considera dos caminos de acceso, uno corresponde al acceso por la ruta B- 262 en dirección hacia la Ruta 1 desde Mejillones y por otro lado, por la ruta B-262 en dirección hacia Mejillones, ingresando en ambos casos, por la Avenida Quinta Industrial hasta la intersección con Avenida Longitudinal punto donde toma esta vía en dirección a la costanera.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 4 de la DIA

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Obras terrestres

Obras previas

a) Instalación de Faenas

Para el desarrollo de las obras y actividades relacionadas a la fase de construcción del Proyecto, se requiere de una instalación de faenas, la cual dispondrá de un área de aproximadamente 2,9 ha. Las coordenadas de la instalación de faena se presentan en tabla C1-5 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en numeral 6.1.1.1 a) de la DIA.

b) Frentes de trabajo

Los frentes de trabajo corresponden a los puntos donde se llevarán a cabo las obras asociadas a la Instalación de Recepción y al Edifico de Almacenamiento, junto con el tramo realizado vía terrestre del Sistema de Transporte de Concentrado de Cobre (correas, excepto la CT-05). Los frentes de trabajo podrán operar en forma simultánea.

c) Vías de acceso

Durante la fase de construcción del Proyecto, el abastecimiento de insumos se realizará fundamentalmente por vía terrestre. Para el acceso a las faenas de construcción, el Proyecto usará la Ruta B-262 y el camino de acceso a Puerto Angamos.

Obras civiles

a) Movimiento de tierras: Una vez realizada la limpieza y nivelación del terreno, se realizarán excavaciones y rellenos para la formación de plataformas de trabajo, lo que se efectuará a través de medios mecanizados (retroexcavadoras, excavadoras y camiones tolva) y manuales. La cantidad estimada de material a remover que se contempla en esta actividad corresponde a 74.037 m3. El material excedente será de 28.000 m3, el cual será retirado del Proyecto para ser dispuesto en un lugar autorizado. El material utilizado para relleno provendrá de una fuente externa, estimándose un consumo de 6.915 m3.

b) Explanadas y Rellenos: Se contempla el movimiento de tierras para excavaciones en corte o rellenos, necesarios para la conformación de la sub-rasante de los caminos o calles de circulación interior y plataformas de almacenamiento de contenedores.  

c) Pavimentos y Drenaje de Aguas Superficiales: El Proyecto contempla dos tipos de pavimentos; de asfalto para las calles de circulación interior de la Planta y de hormigón para plataformas en las áreas de almacenamiento de contenedores. El sistema vial interno de las instalaciones del Proyecto, considera la construcción de un sistema de aguas lluvias que recolecte las aguas para ser utilizadas en el proceso o enviadas a tratamiento para su disposición final. 

d) Proceso de hormigonado en estructuras: Una vez finalizada la etapa de excavaciones, se procederá a instalar la enfierradura y los moldajes para recibir el hormigón. Para el proceso de hormigonado se considera el empleo de camiones mixer, estimándose una cantidad de hormigón de 7.212 m3, lo que implica una cantidad total de 902 camiones (camión tipo de capacidad de 8 m3) para la construcción del Proyecto. En el área del Proyecto se realizará el lavado de la canaleta de los camiones mixer, para lo cual se dispondrá de un tambor de acumulación de residuos y bajo él una capa de geotextil a fin de evitar infiltraciones en el suelo. Una vez endurecido los residuos de hormigón, éstos se retirarán y dispondrán en botadero autorizado. 

e) Montaje de obras civiles: Para esta etapa se considera el desarrollo de rellenos estructurales necesarios para instalar la malla de puesta a tierra, de acuerdo a las especificaciones técnicas de construcción y para las fundaciones sobre las cuales se montarán los equipos. El proceso continuará con la implementación de fundaciones de hormigón armado para montar los equipos de generación, tanque, transformadores y equipos en los que se instalarán los cables de poder. Una vez terminadas las fundaciones se instalarán las estructuras metálicas generales y se construirán los sistemas de alarmas y protección contra incendios. Finalmente, se realizarán las canalizaciones de cables de control, entre los equipos y la sala eléctrica de protecciones. 

f) Montaje mecánico 

f.1) Derivación Línea Férrea 

Las obras asociadas corresponden básicamente a las siguientes:

  • Movimientos de tierra
  • Rellenos y estabilizado
  • Fabricación e instalación de durmientes
  • Suministro e instalación de rieles nuevos
  • Instalación de aparatos
  • Terminaciones y alineación final

f.2) Instalación de Recepción

1) Edificio de Recepción: tendrá una superficie de 21,5 m de largo x 20 m de ancho y 12 m de altura máxima y será construido con pretiles de estructura metálica, pre-pintada con pintura epóxica anticorrosivas y en su base poseerá pretiles de hormigón para sellar y confinar sus superficies. 

2) Sector para descarga de contenedores: se considera realizar un trasdós de hormigón donde pueda operar el equipo reach-stacker (grúa móvil).  

3) Área de acopio de contenedores: será construido en base a una plataforma de hormigón o adocretos, y tendrá una superficie de aproximadamente 1.500 m2, permitiendo el acopio de 150 contenedores aproximadamente. 

f.3) Sistema de Transporte de Concentrado de Cobre

  • Actividades relativas al montaje de torres de transferencia
  • Actividades relativas al montaje de cintas transportadoras.

La Tabla C1-6 de la DIA describe el montaje de los quipos asociados al Sistema de Transporte de Concentrado de Cobre.

f.4) Edificio de almacenamiento: El Edificio de Almacenamiento se compone de una estructura de acero galvanizado en caliente, aplicación que también se utilizará en la pernería y los tornillos. El revestimiento de la bodega será en base de paneles de FRP opaco y partes del techo de paneles de FRP translúcidos. En cuanto a los muros y pisos, estos serán de hormigón armado. La bodega mantendrá sistemas de iluminación y ventilación adecuados para cumplir con los requerimientos del D.S. Nº 594/99. Se utilizarán ventiladores axiales con celosías gravitacionales para mantener presión negativa al interior del edificio. El sistema de iluminación será en base a luminarias LED. Para la separación de las cargas de diferentes clientes se considera una pantalla estructural desmontable que opera con el objetivo de generar la separación completa de las celdas de carga. El edificio contará con dos portones de acceso en las caras frontales del edificio, donde cada portón será del tipo plegable, operado mediante un centro de control de mando individual. El Edificio de Almacenamiento, tendrá 225 m de largo y 48 m de ancho. 

Las características constructivas para el Edificio de Recepción y Edificio de Almacenamiento de CuCon se describen en la Tabla AD-4 y AD-5 de la Adenda de la DIA. 

f.5) Montajes de sistema de control de emisiones: La descripción sobre el montaje del Colector tipo Filtro de Manga, se presenta en Anexo AD-01 de la Adenda de la DIA.

Obras marítimas

Obras previas

Vías de acceso: Durante la fase de construcción del Proyecto, el abastecimiento de insumos se realizará por vía terrestre, y vía marítima a través de una balsa para transporte de materiales. Para el acceso a las faenas de construcción, el Proyecto usará la Ruta B-262 y el camino de acceso a Puerto Angamos.

Obras civiles

a) Montaje mecánico Obras Marítimas 

1) Sistema de Embarque:  

El montaje de los equipos y componentes principales que conforman el Sistema de Embarque, corresponde a la Torre de Transferencia TT-02 que será instalada sobre fundación de hormigón y cerrada con planchas de FRP, siendo todos sus equipos al interior instalados en forma mecánica. La correa CT-05 será instalada en forma mecánica sobre la Galería de Acceso al Muelle. El Cargador Fijo con Giro, también será instalado sobre la estructura del muelle.  

2) Galería de Acceso al Muelle  

La instalación de los pilotes, y el montaje de las estructuras metálicas del muelle, el cabezo y las defensas se realizarán mediante el apoyo de equipo flotante y/o jackup. Para la hinca de pilotes se posicionan en primer lugar las guías de hinca, para luego realizar el hincado de pilotes mediante el uso de un martinete, el cual trabaja golpeando la parte superior del pilote, para enterrarlo en el fondo marino. A medida que se avance con la instalación de los pilotes se irá construyendo la estructura metálica que soporta la Galería de Acceso, pasarela y correa tubular CT-05. El Proyecto no contempla la realización de excavaciones submarinas y no se considera utilizar productos químicos durante el hincado de pilotes. 

3) Plataforma de embarque:  

Esta estructura corresponde a una losa de hormigón armado de 30 cm de espesor y dimensiones en planta de 24 m x 14,5 m, soportada por un entramado de vigas metálicas principales y secundarias, conectadas rígidamente con pilotes tubulares de acero, hincados en el fondo marino. El fondo marino en el sector de la plataforma tiene una profundidad promedio de -21 m con respecto al Nivel de Reducción de Sondas (NRS). 

La plataforma contará en el frente de atraque con dos defensas de goma y dos bitas de amarre (ubicadas en los duques de alba). Adicionalmente contará con pasarelas con barandas de protección a ambos lados y un piso formado por una parrilla de FRP o acero tipo ARS-4.  

4) Sistema de Atraque y Amarre:  

Duques de alba: los duques están estructurados en base a nueve pilotes tubulares de acero de diámetro 36” para los duques menos profundos (DA1 y DA2) y de 40” para los más profundos (DA3 y DA4). Estos pilotes serán hincados en el fondo marino y empotrados en su extremo superior en un macizo de hormigón armado de dimensiones en planta 8 m x 7,25 m y de 1,5 m de espesor.  

Para el atraque de las naves se dispone una defensa de goma en cada duque fija al faldón de hormigón armado. Sobre la losa se instala una bita para amarre de las naves. El acceso a los duques se realiza a través de pasarelas desde la plataforma de embarque.  

Postes de amarre: los Postes de Amarre considerados por el Proyecto, estarán estructurados por una losa de hormigón armado de dimensiones en planta 4 m x 4 m y 1,5 m de espesor, unida rígidamente a cuatro pilotes tubulares de acero hincados en el fondo marino, de diámetro 32” para el poste de popa y 42” para el poste de proa. En cada poste se dispondrá de una estructura que permitirá el atraque de embarcaciones menores para el embarque y desembarque de personal de amarre y de equipos menores durante la operación del terminal. 

Defensas de Goma: Se dispondrán en el cabezo y duques de alba defensas de goma para absorción de energía tipo HPi 1700Hx1500L, provistas con panel protector de polietileno de baja fricción y cadenas de corte, tensión y sujeción.  

Bitas de Amarre: Se considera la instalación de bitas de amarre tipo hongo, en plataforma de embarque, duques de alba y postes de amarre, las que tendrán una capacidad de 125 t.  

Luces de Ayuda a la navegación: En tierra se dispondrán balizas de enfilación, necesarias para la ejecución de maniobras de ingreso y salida del terminal (diurna y nocturna), conformadas por un poste tubular de acero, panel de madera y lámpara guía de enfilación. Además en el poste de proa se instalará una lámpara de señalización. 

La Tabla C1-7 de la DIA describe el montaje de los equipos asociados a las obras marítimas, complementado con numeral I.27 de la Adenda de la DIA.

Recursos naturales renovables  

El Proyecto no considera explotar o extraer recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Durante la fase de construcción del Proyecto se prevé la ocurrencia de emisiones fugitivas de material particulado, debido a las actividades propias de esta fase, tales como: excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, etc. También existirán emisiones de material particulado producto de la combustión interna de maquinarias, vehículos y equipos electrógenos. 

 

MP10

MP2,5

NOx

CO

Total (kg/día)

57,62

28,07

308,82

72,54

Los residuos líquidos generados durante esta fase, corresponden a las aguas servidas de carácter domestico provenientes de los servicios higiénicos y comedor. Considerando que en la fase de construcción habrá una mano de obra de 260 trabajadores en el peak, se estima que la cantidad máxima de residuos líquidos domésticos a generar será de 31,2 m3/d, que serán tratadas mediante Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la fase de construcción se estima que se generará como máximo, 260 kg/d de residuos sólidos domésticos en el peak de trabajadores.

Los residuos no peligrosos corresponden a desechos como: escombros, cemento, hormigón de desecho, restos de madera, fierros, papel, plásticos de embalaje, ropas de trabajo desechables, entre otros. Se estima que la generación de residuos no peligrosos será aproximadamente de 5 t/mes.

En la fase de construcción se generarán pequeñas cantidades de residuos industriales peligrosos correspondientes a trapos, guaipe, ropa y papeles contaminados con aceite y grasas, envases de pinturas, aceites, grasas, solventes y otros residuos contaminados. Se estima que la generación de residuos peligrosos será aproximadamente de 2,8 t/año.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 5.2

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Recepción

El concentrado de cobre llegará a la Instalación de Recepción en contenedores transportados por camiones y trenes. Los contenedores serán de tipo open top volteable con tapa estanca. 

La descarga de material se realizará mediante una grúa móvil en área denominada “área de descarga”. Luego de la descarga se podrán realizar dos acciones con los contenedores de CuCon: 

1. Llevar el contenedor al Edificio de Recepción a través de camiones de porteo, donde el portal grúa coloca contenedor en volteador de contenedores que descarga el material sobre una tolva, para posteriormente entregar el material a la correa transportadora convencional tubular (CT-01) mediante el chute de transferencia (CHT-01) para su traslado al Edificio de Almacenamiento.  

2. Disponer los contenedores en área denominada “área de acopio de contenedores”, donde se acopiarán, para posteriormente (según disponibilidad del equipo), ser llevados mediante la grúa móvil hacia el Edificio de Recepción para descarga según lo señalado anteriormente. 

Los contenedores una vez descargados en la tolva serán devueltos a camión o tren a través del portal grúa, o llevados por camión de porteo a área de acopio de contenedores, donde son recuperados por la grúa móvil y acopiados. El sistema de recepción podrá recibir un máximo real de 750 t/h. 

Los contenedores serán aspirados por sus caras exteriores en un galpón especialmente destinado a este propósito (Edificio de limpieza de contenedores), a la salida del edificio de recepción, posterior al proceso de descarga de material, situación por lo que nunca se considerarán que existan contenedores sucios a la intemperie. A su vez se solicitará al cliente que los contenedores deben recepcionarse libres de trazas de concentrado de cobre. 

Los contenedores limpios serán acopiados hasta la llegada del tren o camión que los retira para ser retornados al cliente de origen, además los camiones asociados al transporte del CuCon, previo a su salida de las instalaciones del Proyecto, pasarán por un Sistema de lavado de ruedas, el que será alimentado por el agua tratada de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de la fase de operación.

Almacenamiento

La correa CT-01 entrega el material a través de la torre de transferencia TT-01 a la correa CT-02, la cual se encuentra al interior del Edificio de Almacenamiento. La correa transportadora (CT-02) entrega el material a los carros Tripper los cuales se movilizan a través de la correa, para entregar el CuCon a los Puentes Apiladores (desde los carros Tripper) que se ubican en los Puentes Grúa, los cuales distribuyen el material formando pilas de concentrado de cobre. Para la recuperación de la carga se utilizan los mismos dos puentes grúa que en el lado contrario a la recepción, cuentan con cuchara (PGR-01 y PGR-02) que extrae el CuCon apilado en Edificio de Almacenamiento y lo depositan en la correa transportadora tubular (CT-03) que va en el interior y a lo largo del edificio. Al final de la correa CT-03, a través del chute de trasferencia CH-03 se transfiere el CuCon a la correa CT-04 para realizar la operación de pesaje del mineral. Posteriormente la correa entrega el mineral a la torre de transferencia TT-02 donde se inicia el despacho al Muelle de Embarque y donde además se realiza el control de calidad del mineral (toma de muestras). El Edificio de Almacenamiento permitirá acopiar en total 160.000 toneladas de concentrado de Cobre.

Embarque

El Sistema de Embarque comenzará con el ingreso del CuCon a la torre de transferencia TT-02, la cual realiza la operación de muestreo del mineral (control de calidad del mineral). Posteriormente, desde la torre TT-02 y a través del chute de transferencia CH- 04, se entregará el concentrado de cobre a la correa de embarque CT-05 la cual llevará el material a través del Muelle de Embarque hacia el Cargador Fijo con Giro ubicado en la Plataforma de Embarque. El Cargador Fijo recibe el CuCon desde la CT-05 a través de un chute ubicado en el cargador y lo deposita en correa interna, la cual posee un cabezal móvil que incorpora un chute móvil que deposita el concentrado de mineral en las bodegas de la nave, no generando emisión de materia particulado. La nave se conectará con sistema de atraque y amarre, consistente en duques de alba, postes de amarre y otros elementos que incorpora el Proyecto. El Muelle de Embarque tendrá la capacidad para embarcar 3.000.000 t/año.

Sistema de ventilación y captación de polvo

Contiguo al Edificio de Recepción estará instalado un colector de polvo el cual cumplirá la función de captar el material particulado que se genere en todos los puntos de descarga y/o transferencia de concentrado en este edificio. Para esto se considera la instalación de campanas de succión en cada punto de transferencia, las que actuarán al momento de la descarga, captando el polvo que se genere durante la operación. El polvo captado, será direccionado al colector principal en Edificio de Almacenamiento, el cual filtrará el flujo de aire.  

El Sistema de Captación de Material Particulado utilizado en la etapa de recepción del concentrado se compone de captación de polvo, ubicado en la Tolva de Recepción TOL- 01, donde el polvo es captado para ser direccionado al colector con filtro de manga (Colector de polvo COL-01), ubicado a un costado del Edificio de Recepción. Adicional al equipo de captación de polvo considerado en la Tolva de Recepción, se incorporará un sistema de neblina de agua, el cual permitirá capturar las emisiones fugitivas durante el volteo de contenedores sobre la Tolva, mejorando la eficiencia del sistema a un 99%. Las acciones de mantenimiento del sistema de neblina se detallan en numeral I.1 de la Adenda complementaria de la DIA. 

Además este sistema de succión será implementado en el traspaso del CuCon desde la Tolva de Recepción hacia la CT-01 (por medio de Alimentador de Correa o Feeder (FDR-01)) a través del CHT-01, donde el polvo captado se direcciona al colector (COL-01) ubicado a un costado del Edificio de Recepción. En Anexo AD-01 de la Adenda de la DIA se presenta Catálogo de Sistema de captación y Catálogo de Colector tipo Filtro de Manga, cuya eficiencia señalada corresponden a 90% y 99%, respectivamente. 

Para el caso del Edificio de Almacenamiento, se contará con un sistema de ventilación. El sistema de ventilación de este edificio estará provisto de celosías gravitacionales (8 unidades), que permitirán la entrada de aire fresco, y de ventiladores axiales (entre 8 a 10 unidades) que forzarán la salida de aire para su renovación, lo cual generará una condición de presión negativa que permitirá evitar el escape de material. Los filtros metálicos a utilizar serán de tipo desechables, y serán reemplazados como máximo cada seis (6) meses.  

En caso de detectar disminución en la eficiencia de los filtros, en base a las mediciones isocinéticas que se realizarán 6 meses después de iniciada la fase de operación del Proyecto se realizará el recambio de los filtros metálicos previo a los seis meses señalados. Adicionalmente se realizará una inspección por tacto del estado de limpieza de los filtros, con una frecuencia semanal. De acuerdo a la frecuencia de recambio de filtros, se mantendrá un stock de filtros suficiente para realizar los recambios necesarios. 

Durante la operación del Proyecto se realizara un registro de los cambios de los filtros metálicos, con la finalidad de detectar su tiempo óptimo de uso y así asegurar su correcto funcionamiento 

Por otro lado se controlara el sistema de ventilación compuesto por las celosías gravitacionales y los ventiladores axiales, verificando la presión in-out del Edificio de Almacenamiento, la cual debe mantener una presión negativa para evitar el escape de concentrado. Adicionalmente, se realizara una verificación mediante técnica “termografía”, del motor utilizado para activar los ventiladores axiales, esto en consideración a que un aumento en la temperatura de funcionamiento del motor del ventilador, es señal que se está forzando su funcionamiento (filtros saturados), disminuyendo la ventilación del Edificio de Almacenamiento.  

Tabla 4.3.2.1: Actividades de mantención de los filtros metálicos

Ítem

Componente

Actividad

Frecuencia

Filtros metálicos de ventiladores axiales

Filtros metálicos

Medir saturación / estado

Semanal

Verificación de funcionalidad (mecánica y eléctrica)

Mensual

Jet Pulse

Probar funcionamiento

Semanal

Celosía gravitacional

Celosía

Verificación de funcionalidad apertura y cierre

Mensual

 

Respecto a los filtros metálicos que hayan sido reemplazados, estos serán tratados inicialmente como residuos peligrosos, hasta que se realice un análisis de peligrosidad el cual será presentado a la Autoridad Sanitaria para su resolución, por lo que serán dispuestos temporalmente en bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, para luego ser retirado para su transporte y disposición final por empresa autorizada, de acuerdo a lo establecido por el D.S 148/03, del Ministerio de Salud, el cual “Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. En caso contrario (resultado del análisis que indique que corresponde a residuo sólido no peligroso), se dispondrá temporalmente en sitio de acopio de residuos no peligrosos y posteriormente será enviado a un lugar de disposición final autorizado, cuyo traslado y disposición será realizado por una empresa que cuente con todas las autorizaciones correspondientes. 

La correa tubular (CT-05) para el transporte de material hasta Muelle de Embarque, será encapsulada con FRP para prevenir la emanación de material particulado. El polvo captado en esta correa y en el Sistema de Embarque, será direccionado al colector principal en edificio de Almacenamiento, el cual filtrará el flujo de aire.  

Respecto al Sistema de Captación de Material Particulado asociado al Sistema de Embarque, éste corresponde a equipo de succión asociado al traspaso del concentrado de cobre transportado por la correa transportadora CT-05 al Cargador Fijo con Giro, lo cual se realiza mediante un chute de transferencia ubicado en el cargador (CHT-05), el cual estará conectado al Colector tipo filtro de manga (COL-04), ubicado en la Plataforma de Embarque.  

Para el traspaso de material desde la correa interna del Cargador Fijo con Giro (SHL- 01) a Manga retráctil (CHT-06, chute retráctil o manga), la cual depositará el concentrado de cobre en las bodegas de la nave, se utilizará un sistema de captación de polvo el cual redirigirá el concentrado captado al colector ubicado en Plataforma de Embarque (COL-04). 

Respecto de la forma en que la manga (telescópica y/o retráctil) del cargador fijo con giro evita la pérdida de material al medio marino producto de la carga del concentrado de cobre y evita la pérdida por resuspensión, la manga telescópica y/o retráctil, estará confeccionada en acero estructural en base a tubos concéntricos armados en cascada y sujetos con sistemas de cadenas, los cuales se encuentran revestidos interiormente con material UHMW (Polietileno de ultra alto peso molecular), evitando así emisiones a través de las uniones estructurales, en caso de rotura de la manga. Este revestimiento interior otorga al “Chute Telescópico” (retráctil) un bajo coeficiente de fricción, permitiendo que la carga (concentrado de cobre) se deslice sin dificultad en su interior, evitando la retención de partículas que pudiesen ocasionar emisiones durante la carga de los barcos. El Programa de Mantenimiento de la manga retráctil se adjunta en Anexo ADC-01 de la Adenda complementaria de la DIA. 

A continuación se presentan los sistemas de control de emisiones, su eficiencia y mantenciones asociadas del Edifico de Recepción, Torre de Transferencia TT-01, Edificio de Almacenamiento, Torre de Transferencia TT-02, Plataforma de Embarque.  

Tabla 4.3.2.2. Sistema de control de emisiones en Edificio de Recepción

Equipo

Porcentaje eficiencia

Programa de mantención

Periodicidad de mantención

Equipo de succión en TOL-01

90%

 

Mensual

Equipo de captación de polvo

en CHT-01

90%

Revisión de filtros

Mensual

Verificación de

funcionalidad

Mensual

COL-01

99% para

MP10

Inspección de estado mecánico

Mensual

Inspección de

estado eléctrico

Semestral

Inspección estado

estructural

Anual

Revisión de Filtros y cambio

Mensual

Mantención por el

representante

Anual

  

Tabla 4.3.2.3. Sistema de control de emisiones en Torre de Transferencia TT-01

Equipo

Porcentaje eficiencia

Programa de mantención

Periodicidad de mantención

Equipo de captación de polvo

en Chute de Transferencia CHT-

02

90%

Revisión de filtros

Semestral

Verificación de

funcionalidad

Mensual

COL-02

99% para

MP10

Inspección de estado mecánico

Mensual

Inspección de

estado eléctrico

Semestral

Inspección estado

estructural

Anual

Revisión de Filtros y cambio

Mensual

Mantención por el

representante

Anual

 

Tabla 4.3.2.4. Sistema de control de emisiones en Edificio de Almacenamiento

Equipo

Porcentaje eficiencia

Programa de mantención

Periodicidad de mantención

Equipo de captación de polvo en Chute de Transferencia CHT- 03

90%

Mensual

 

 

Tabla 4.3.2.5. Sistema de control de emisiones en Torre de Transferencia TT-02

Equipo

Porcentaje eficiencia

Programa de mantención

Periodicidad de mantención

Equipo de captación de polvo

en Chute de Transferencia CHT-

04

90%

Revisión de filtros

Semestral

Verificación de

funcionalidad

Mensual

COL-03

99% para

MP10

Inspección de estado mecánico

Mensual

Inspección de

estado eléctrico

Semestral

Inspección estado

estructural

Anual

Revisión de Filtros y cambio

Mensual

Mantención por el

representante

Anual

 

Tabla 4.3.2.6. Sistema de control de emisiones en Plataforma de Embarque

Equipo

Porcentaje eficiencia

Programa de mantención

Periodicidad de mantención

Equipo de captación de polvo en Chute de Transferencia CHT- 05

90%

Revisión de filtros

Semestral

Verificación de

funcionalidad

Mensual

Equipo de captación de polvo

en Chute de Transferencia CHT-

06

90%

Revisión de filtros

Semestral

Verificación de

funcionalidad

Mensual

COL-04

99% para

MP10

Inspección de estado mecánico

Mensual

Inspección de

estado eléctrico

Semestral

Inspección estado

estructural

Anual

Revisión de Filtros y cambio

Mensual

Mantención por el

representante

Anual

 

Respecto al Plan de Mantenimiento para los Colectores de polvo y correas transportadoras, éste se detalla en Anexo AD–04 de la Adenda de la DIA.

Se mantendrá un Plan de Registro que estará en las instalaciones del Proyecto con la finalidad de que pueda ser fiscalizable por la autoridad ambiental que lo requieran, y contendrá:

  • Nombre del equipo
  • Tarea/área en que es utilizado
  • Vida útil
  • Cambios del equipo
  • Frecuencia de mantenimiento
  • Fechas de mantenimientos y limpiezas realizadas
  • Supervisor responsable

El diagrama de ubicación en planta con la disposición de cada equipo colector de polvo considerado en el Proyecto, se presenta en Anexo AD-03 de la Adenda de la DIA.

Sistema de medición de eficiencia de equipos

Se realizará una medición anual que asegure la eficiencia del equipo en el tiempo, para todos los equipos del Sistema de Captación de Polvo (Colector tipo filtros de mangas (COL-01, COL-02 y COL-03), sistema de captación en puntos de transferencia (equipo de succión) y extractores con filtros metálicos (corresponden a los ventiladores axiales con filtros de tipo insertables) cuya metodología corresponderá a:

  • Medición de Presión: para acreditar la eficiencia de todos los componentes del Sistema de Captación de Polvo se implementará un sistema de medición y registro periódico de presión para verificar la eficiencia del sistema in situ.
  • Medición Isocinética: para acreditar la eficiencia de todos los componentes del Sistema de Captación de Polvo se realizará medición isocinética en cada uno de los colectores tipo filtro de manga, según metodología de toma de muestras publicada por la Environmental Protection Agency (EPA) en el “Code of Federal Regulation” y de acuerdo a la normativa del Ministerio de Salud que se encuentre vigente. En caso que el método de la EPA sea modificado y/o la legislación vigente, se realizarán las modificaciones necesarias para cumplir con lo establecido en la metodología de medición.

Las mediciones señaladas se realizaran seis (6) meses contados desde el inicio de la fase de operación con la finalidad de establecer un parámetro de medición, posteriormente a ese periodo, se realizarán mediciones anuales.

Red de incendios

Para la protección de las Instalaciones de Recepción y de Almacenamiento de concentrado de cobre, las correas transportadoras asociadas e instalaciones del Muelle de Embarque, se instalará un Sistema de Protección contra Incendio, el cual contendrá todos los elementos necesarios para dar cumplimiento a las normativas, NFPA, UL/UM y las reglamentaciones de leyes locales vigentes. Dicho sistema, contempla para la alimentación de la red de incendio, conectarse a la estación de bombas de impulsión y estanque de alimentación, el cual corresponde a un estanque de 300 m3. Para la protección de los edificios se considera un anillo exterior para la matriz de Incendio, con ramales de alimentación a Grifos Doble y gabinetes acondicionados con mangueras, pitones y accesorios para su operación.

Actividades de mantención y conservación

Las mantenciones comprendidas para el Proyecto consisten en el control de todos los equipos y componentes de la Instalación de Recepción, el Sistema de transporte de concentrado de cobre, el Edificio de almacenamiento y el Muelle de Embarque junto con sus instalaciones asociadas.  

El Plan de Mantenimiento asociado a los Edificios de Recepción y Almacenamiento presenta un programa de mantenimiento preventivo, el cual se divide en periodos de hasta un año y un programa de mantenimiento correctivo que corresponden a mantenciones mayores desde 1 año hasta 10 años, donde se incluye mantenciones, reparaciones y cambios de equipos. Para mayor información, ver Anexo AD-04 de la Adenda de la DIA, donde se presenta el Plan de Mantenimiento de los equipos y áreas asociadas al Proyecto (Edificio de Recepción, Edificio de Almacenamiento y Muelle de Embarque). 

Respecto al mantenimiento de las estructuras metálicas de la Plataforma de Embarque del Proyecto, se realizarán las siguientes actividades: aplicación de granalla y aplicación de pintura. Las medidas a implementar para evitar la caída de material al medio marino serán las siguientes: 

  • Aplicación de granalla: se considera la instalación de carpas y malla raschell, alrededor del área del muelle a intervenir durante las mantenciones. Además se utilizara polietileno en la base del andamio para evitar la caída de granalla al medio marino.
  • Aplicación de pintura: el equipo de pintura a utilizar será ubicado sobre un pretil y a su vez se utilizara polietileno en la base del andamio para evitar la caída de pintura al medio marino.
  • La revisión de las estructuras soportantes del Muelle de Embarque se revisará anualmente, de acuerdo al Plan de mantenimiento presentado en Anexo AD-04 de la Adenda de la DIA.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no considera explotar o extraer recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Las emisiones generadas en la fase de operación corresponderán actividades de carga y descarga, transferencia en cintas transportadoras, transito en caminos pavimentados, combustión de vehículo y equipos.

 

MP10

MP2,5

NOx

CO

SOx

Total (kg/día)

1,542

0,549

0,30

1,09

0,04

Los residuos líquidos generados durante esta fase, corresponden a las aguas servidas de carácter domestico provenientes de los servicios higiénicos y a las aguas servidas provenientes de los barcos. Considerando que en la fase de operación la mano de obra será de un máximo de 16 trabajadores, se generarán 1,92 m3/d de agua servidas.

Los residuos líquidos industriales serán retirados por medio de una conexión universal dispuesta en el sector del cabezo, que permite la conexión con los flexibles del barco, para luego ser transportada por medio de una cañería de conducción de HDPE de 6” de diámetro y de una longitud aproximada de 755 m, la cual irá dispuesta dentro de la galería del muelle, para que puedan ser descargadas mediante camiones limpia fosas que se ubicarán en tierra.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la fase de operación se estima que se generará como máximo, 16 kg/d de residuos sólidos domésticos en el peak de trabajadores.

Provendrá de las actividades de mantención de las instalaciones, generando residuos tales como cartón, madera, plástico. Durante esta fase se estima se generarán aproximadamente 100 kg/mes de residuos industriales no peligrosos, en promedio. 

Se estima que durante la fase de operación se generarán residuos peligrosos tales como trapos, guaipe, ropa y papeles contaminados con aceite y grasas, principalmente. Se estima que la generación de residuos peligrosos será aproximadamente de 6 t/año.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 5.3

4.3.3. FASE DE CIERRE

El Proyecto no considera fase de cierre, ya que se contempla la realización de las modificaciones necesarias para la mantención, mejoras y remodelación de las instalaciones, lo cual permitirá extender su vida útil hasta un periodo indefinido.

En el caso hipotético de realizarse un cierre de la actividad de recepción, almacenamiento y embarque de concentrado de cobre, la mano de obra, requerimientos, suministros básicos, insumos, maquinarias y servicios para la operación (se entiende por ello servicios para desmovilización de equipos y estructuras), requeridos para una hipotética fase de cierre serán como máximo la misma cantidad que para la fase de construcción.

Respecto de las principales acciones de la hipotética fase de cierre, corresponden a medidas de carácter general, ya que otras de mayor detalle dependerán de las técnicas más apropiadas con que se cuente al momento de realizar el abandono o cierre. Estas medidas corresponden a:

•           Demolición de estructuras

•           Desmantelamiento

•           Retiro de equipos

•           Retiro escombros

•           Limpieza del lugar

•           Cierre de sector 

Adicionalmente, ante un eventual cierre del Proyecto, el total del concentrado de cobre almacenado en la bodega sería despachado para embarque, o sería despachado a las instalaciones de su propietario, o enviados a disposición final en sitio autorizado para tal fin. Las actividades descritas, serán contenidas en un Plan de Cierre, el cual será presentado en forma previa a su ejecución a la Superintendencia del Medio Ambiente, además de solicitar todos los permisos sectoriales que sean requeridos. El inicio de la Fase de Cierre del Proyecto, se produciría de manera similar a la Fase de Construcción, es decir, con la firma del “Acta de entrega de terreno”.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no considera explotar o extraer recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

 

MP10

MP2,5

NOx

CO

Total (kg/día)

57,62

28,07

308,82

72,54

Para el control de emisiones se consideran las siguientes medidas:

  • Se realizarán las mismas acciones de humectación señaladas para la fase de construcción, asociado a excavaciones o movimientos de tierra, lo cual será consignado en el Registro de Humectación.
  • Mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos.
  • Se exigirá una velocidad máxima de 15 km/h en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo.

En cuanto a los residuos líquidos domésticos, se estima una generación de 31,2 m3/día de aguas servidas. El efluente será tratado en las plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) y utilizado para la humectación de áreas a excavar (movimientos de tierra) al interior de las instalaciones del proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la fase de cierre se estima que se generará como máximo, 260 kg/d de residuos sólidos domésticos. Estos residuos serán almacenados en contenedores rotulados y con tapas provistos por empresa autorizada encargada del retiro de este tipo de residuos. Estos contenedores serán retirados con una frecuencia mínima de 2 veces por semana y posteriormente serán enviados a disposición final en lugar autorizado. 

Los residuos no peligrosos corresponden a desechos como: escombros, cemento, hormigón de desecho, restos de madera, fierros, papel, plásticos de embalaje, ropas de trabajo desechables, entre otros. Se estima que la generación de residuos no peligrosos será aproximadamente de 5 t/mes. 

En los frentes de trabajo los residuos no peligrosos se almacenarán en contenedores para luego ser enviados diariamente al patio de salvataje, ubicado al interior de instalación de faena. Posteriormente serán enviados a un lugar de disposición final autorizado, cuyo traslado y disposición será realizado por una empresa que cuente con todas las autorizaciones correspondientes, o vendidos a terceros autorizados para su reutilización, estimándose una frecuencia de retiro mensual o según cantidad de residuos acumulados. 

Se estima que la generación de residuos peligrosos será aproximadamente de 2,8 t/año. Los residuos generados serán almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos ubicada en instalación de faena. El retiro, transporte y disposición final de los residuos peligrosos será realizado por empresa autorizada.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 5.4

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Marzo 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Acta de entrega de instalación de faena

Fecha estimada de término

Agosto 2020

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción de obra terminada por contratista

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Septiembre 2020

Parte, obra o acción que establece el inicio

Primer embarque de concentrado de cobre

Fecha estimada de término

2060, pudiendo extenderse

Parte, obra o acción que establece el término

Cierre de negocio

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

El Proyecto no considera Fase de Cierre. En caso de ser requerida se informará a la autoridad.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Solicitud de Permisos Sectoriales

Fecha estimada de término

2 años luego de obtenidos los permisos

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de todos los excedentes

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

El proyecto no genera riesgo para la salud de la población.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.1

El proyecto se localiza a aproximadamente 5 km de la localidad de Mejillones. De acuerdo a la modelación de calidad de aire presentada en Anexo C2-2 de la DIA, el aporte del proyecto en su fase de construcción a la localidad de Mejillones será nulo. En relación a la fase de operación, de acuerdo a la modelación de calidad del aire presentada en Anexo ADC-04 de la Adenda complementaria, el aporte del proyecto a la localidad de Mejillones será nulo durante la fase de operación.

 

Respecto de la componente ruido, para la fase de construcción, a partir de la estimación de emisiones sonoras, se tiene que el mayor NPS sería 103,1 dB(A) a 10 m de la fuente, en un escenario conservador, caracterizado por la simultaneidad de operación de todos los equipos y maquinarias considerados en las actividades para la construcción del Muelle de Embarque. De acuerdo a la modelación de la propagación de las emisiones sonoras (Anexo C2-3 de la DIA), el proyecto cumplirá con el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

 

Respecto a los residuos, el Proyecto considera medidas de manejo y contratación de servicios externos que manejen y realicen la disposición final de los residuos, según normativa vigente.

 

Para mayores detalles, ver numeral capítulo 2 numeral 9.1 de la DIA, complementado con numeral VI.1 de la Adenda y numeral IV.1 de la Adenda complementaria.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.2

Ecosistemas terrestres

 

El titular presenta la prospección de fauna en Anexo C2-1 de la DIA, complementado con una segunda campaña que se detalla en  Anexo AD-20 de la Adenda. En el área de influencia del proyecto se identificó las especies: Sternula lorata (Gaviotin chico) clasificada como en peligro de extinción, y las especies Microlophus atacamensis (Corredor de Atacama) y Phyllodactylus gerrhopygus (Salamanqueja del norte grande), ambas clasificadas como Vulnerables (VU) por la Ley de Caza y su Reglamento (DS 5/1998 MINAGRI). Por otro lado, en el ambiente borde costero fueron registradas cinco especies pertenecientes a la clase aves y a la clase reptilia. De estas especies, tres se encuentran en alguna categoría de conservación, la especie Leucophaeus modestus (Gaviota garuma) en la categoría Vulnerable, Sternula lorata (Gaviotín chico) clasificada En Peligro y la especie Microlophus atacamensis (Corredor de Atacama) clasificada en la categoría Vulnerable, además de ser una especie endémica de Chile.

 

Se implementarán las siguientes medidas para evitar impactos asociados a  las actividades del proyecto:

  • Para las especies especies Microlophus atacamensis y Phyllodactylus gerrhopygus se considera realizar una perturbación controlada que consiste en el ahuyentamiento de los individuos a través de una alteración controlada del ambiente (Anexo C2-4 de la DIA), de modo de inducir la emigración paulatina de la fauna hacia áreas aledañas que no serán afectadas o intervenidas. Luego de aplicado el plan de perturbación controlada, se realizará un seguimiento durante un año (estacional) en los ambientes o hábitats receptores. Luego de cada seguimiento se elaborará un reporte que será enviado al SAG.
  • El inicio de la fase de construcción no se realizará en el periodo reproductivo de la especie Sternula lorata, además se dará aviso a la Fundación para la sustentabilidad del gaviotín chico para que monitoreen el área antes de comenzar la construcción. Esto de acuerdo al Decreto Alcaldicio N° 1776/2007 de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, modificado por el Decreto N° 1011/2008, que restringe el acceso a la zona de nidificación de la especie Sternula lorata (gaviotín chico) en las zonas de protección denominadas zonas 1 (ZP1) y 2 (ZP2), a los vehículos no autorizado.
  • Durante la ejecución de las obras de construcción en el ambiente borde costero, el que constituye un sector de nidificación de las especies Haematopus palliatus (Pilpilén) y de Sternula lorata (Gaviotín chico), el proyecto contempla una medida de manejo ambiental que será implementada de manera previa al inicio de la fase de construcción de las obras proyectadas en el borde costero y que consiste en cubrir el área a intervenir con una malla tipo raschell. El objetivo de esta medida es prevenir que parejas en edad reproductiva de Haematopus palliatus ocupen el sector a intervenir como posible área de nidificación. De esta manera, el cubrimiento del área permitirá generar un área de exclusión temporal de nidificación de esta especie, impidiendo la formación de nidos, lo que descartará la destrucción de los mismos y/o de los polluelos.
  • Manejo extracción de tierra/arena: Los volúmenes de tierra que se extraerán, serán dispuestos en un lugar de disposición y según el procedimiento de manejo que se acordarán con la Ilustre Municipalidad de Mejillones en forma previa fase de construcción del Proyecto. En ese contexto, se aclara que no se dejará remanente en los sectores aledaños a las obras, de modo de no afectar sectores de nidificación de avifauna, como Haematopus palliatus (Pilpilén)) y el Sternula lorata (gaviotín chico).
  • Charlas de capacitación: El Titular se compromete a realizar capacitaciones al personal que estará presente durante la fase de construcción y operación del Proyecto. Se desarrollarán charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en las especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto. Estas capacitaciones se impartirán de forma obligatoria a todas las personas que trabajen durante la construcción del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de capacitación como indicador de cumplimiento del compromiso.
  • Cartillas con fotografías e información: En concordancia con el punto anterior, y de manera regular se hará entrega al personal (incluidos contratistas) de cartillas con información relevante (estado de conservación, principales amenazas, distribución, etc.). Este material será entregado durante la etapa de construcción y operación, tratando de coordinar su contenido con los procesos naturales que se estén desarrollando durante esa época. Esta medida, contribuirá a la sensibilización y compromiso de los trabajadores con el cuidado y protección de los recursos naturales del sector del Proyecto.
  • Instalación de señalética: Esta medida apunta a hacer patente la presencia de fauna y el uso (nidificación, alimentación, etc.), que hace de los ambientes de planicie de desierto costero y litoral, con el objetivo que el personal involucrado en las etapas de construcción y operación, comprenda que el sector constituye el ambiente de especies de fauna nativa silvestre, alguna de las cuales están en categoría de conservación.
  • Prohibición de introducción y alimentación de animales domésticos: Mediante esta medida general, se evitará incrementar los eventos de depredación de nidos, tanto de Sternula lorata como de Haematopus palliatus, por parte de fauna silvestre introducida.
  • Basureros con cierres automáticos: La instalación de estos dispositivos evitará la proliferación de roedores y la llegada de fauna silvestre (nativa o introducida), que puedan constituir un riesgo para la nidificación de Sternula lorata en el área contigua al proyecto y Haematopus palliatus que hace uso del ambiente litoral para la nidificación.
  • Desplazamiento del personal y de los equipos y maquinaria se realizará por rutas definidas: De esta manera, durante todas las fases se evitará el riesgo de alterar (tránsito de personas y vehículos) áreas no autorizadas ambientalmente en el marco de la tramitación de este Proyecto, resguardando las zonas de nidificación.
  • Uso eficiente de luz natural: El uso eficiente de la luz natural, permite disminuir la alteración de poblaciones de fauna por la presencia de luz artificial, en sectores que pudieran constituir refugio y/o nidificación para la fauna del sector. Bajo este mismo criterio, la luz artificial será de baja intensidad y tonalidad amarilla, con postes de una altura no superior a 3 [m], siendo estos instalados exclusivamente en aquellos sectores donde es indispensable por motivos operacionales y/o de seguridad.
  • El titular contará con un Plan de Contingencia de Animales Silvestres (Anexo AD-08 de la Adenda), para que los trabajadores sepan cómo proceder en caso de avistamiento o hallazgo de esta especie o cualquier animal silvestre

Ruido y vibraciones

 

En el Anexo C2-3 de la DIA, se realizó una evaluación del efecto ruido sobre la especie Sternula lorata (gaviotín chico) durante la fase de construcción, mientras que  en Anexo AD-19 de la Adenda de la DIA se adjunta un Mapa de ruido con identificación de presencia de fauna. Para la evaluación del efecto ruido sobre la especie Sternula lorata (gaviotín chico), fue simulada la propagación de las emisiones sonoras asociadas al Proyecto considerando un escenario conservador, consistente en el funcionamiento simultáneo de toda la maquinaria o equipos en el periodo con mayor número de maquinaria para cada tipo de maquinaria.

 

La simulación de la propagación de ruido evaluada en el receptor R2 (nido de Gaviotín chico identificado, más cercano al Proyecto), dio como resultado 61 dB(A), por lo tanto, se cumple el nivel de referencia “Effects of Noise on Wildlife and Other Animals”, United States Environmental Protection Agency (EPA). (Anexo AD-10 de la DIA).

 

Respecto a las vibraciones, no habrá impactos significativos por vibraciones para la especie Sternula lorata (Gaviotín chico), debido a que la principal maquinaria a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto, que genera algún efecto de vibraciones es el martinete utilizado para realizar el hincado de pilotes, efecto que es inhibido por el medio marino, no siendo perceptible en tierra.

 

Ecosistemas marinos

 

La Línea de base marina se presenta en Anexo AD-24 de la Adenda de la DIA y en Anexo ADC-06 de la Adenda complementaria de la DIA se presenta una modelación de dispersión de sedimento en el medio marino producto del hincado de pilotes. Este estudio concluye que se producirá un efecto acotado sobre el medio marino, generando resuspensión de sedimentos desde el fondo marino, con una dispersión acotada (cercano al punto de hincado de pilote) y de corta duración en relación a la actividad de hincado (hasta 30 minutos luego de finalizada la actividad).

 

El titular implementará un plan de seguimiento ambiental de la matriz acuática correspondiente a la fase de construcción, que se detalla en la Tabla AD-33 de la Adenda de la DIA.

 

Por otra parte, para prevenir la descarga de concentrado de cobre al mar, el embarque de producto se realizará a través de chute o manga retráctil se encontrará totalmente sellada por acero estructural. La manga al ser retráctil depositará el concentrado directamente en el fondo de la bodega del buque, es decir, la manga entra a la bodega y descarga a corta distancia del suelo de manera uniforme, elevándose en la medida que se llena el depósito del barco, evitando generar resuspensión del concentrado o su caída al medio marino. En caso de ocurrir una contingencia o emergencia de caída de CuCon al mar, se aplicarán las medidas establecidas en el Plan de Contingencias y emergencias (AD-05 de la Adenda de la DIA).

 

Adicionalmente, el titular incorporará un plan de seguimiento para ecosistemas marinos, durante la fase de operación, que se detalla en la Tabla AD-34 de la Adenda de la DIA.

 

Para mayores detalles, ver numeral 9.2 de la DIA, complementado con numerales VI.2, VIII.1 de la Adenda y numeral IV.2 de la Adenda complementaria de la DIA.

  

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

El Proyecto no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o  alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.3

El área de emplazamiento del Proyecto corresponde a un sector intervenido en sus inmediaciones y destinado a actividades portuarias.

 

No generará la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Dada la naturaleza y características del Proyecto, así como su ubicación en una zona industrial portuaria, no presentarán efectos negativos en los tiempos de desplazamiento de la población en las rutas a utilizar. Además, la cantidad de trabajadores requeridos corresponde a un máximo de 260 en fase de construcción y 16 en fase de operación, cantidad de personas que no afectarán la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica de Mejillones.

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

El Proyecto no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.4

El Proyecto se emplaza en un sector industrial portuario intervenido en sus inmediaciones. Además, no existen antecedentes de comunidades indígenas en las cercanías del emplazamiento del Proyecto.

Respecto a la especie Sternula lorata, el titular implementará una serie de medidas para evitar la afectación a esta especie, que se detallan en numeral 9.2 del Informe Consolidado de Evaluación. Para mayor detalle, ver numeral 9.4 de la DIA.

 

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

El Proyecto no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.5

El Proyecto se emplaza en un sector industrial portuario intervenido en sus inmediaciones, donde se emplazan industrias productivas y portuarias, por lo que no se generarán efectos sobre el paisaje, dado que no hay un área con valor paisajístico en el área de influencia del Proyecto. Para mayor detalle, ver numeral 9.5 de la DIA.

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 9.6

El Proyecto se emplaza en un sector industrial portuario intervenido en sus inmediaciones, donde se emplazan industrias en productivas y portuarias.

 

Por otra parte, en el Anexo C2- 1 de la DIA se presentan los antecedentes de la caracterización ambiental para el componente Patrimonio Cultural (Arqueología), donde se indica que no se registraron elementos del patrimonio cultural posibles de ser afectados en el área donde se desarrollarán las obras del Proyecto.

 

Una vez iniciada la fase de construcción, el titular realizará un  monitoreo arqueológico de todas las obras terrestres, sean permanentes o no, el que debe ser realizado por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología. A partir de esta actividad se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe de monitoreo mensual elaborado por el arqueólogo.

 

En tanto que en el Anexo AD-13 de la Adenda de la DIA se presenta una  evaluación arqueológica subacuática. La evaluación arqueológica subacuática del área de influencia del Proyecto, no reveló la presencia de evidencias materiales depositadas sobre el fondo marino que pueden representar restos de valor arqueológico, histórico o revistan la calidad de Patrimonio Cultural, Arqueológico y/o Patrimonio Cultural Subacuático.

 

Para mayores detalles, ver numeral 9.6 de la DIA, complementado con numerales VI.3. VIII.3 de la Adenda.

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, del artículo 119 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Los monitoreos voluntarios comprometidos requieren realizar la actividad de pesca de investigación para la componente de ecosistemas marinos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD. Nº (D.AC.) ORD. SEIA. Nº 280 de fecha 30 de agosto de 2017, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura se pronunció conforme.

 

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Plantas de tratamiento de aguas servidas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD. N° 97 de fecha 01 de septiembre de 2017, la SEREMI de Salud de la  región de Antofagasta se pronunció conforme.

 

6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Almacenamiento de residuos industriales no peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD. N° 97 de fecha 01 de septiembre de 2017, la SEREMI de Salud de la  región de Antofagasta se pronunció conforme.

 

6.2.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Almacenamiento de residuos industriales  peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas a este permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante ORD. N° 97 de fecha 01 de septiembre de 2017, la SEREMI de Salud de la  región de Antofagasta se pronunció conforme.

 

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la Instalación industrial como Molesta. 

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

NORMA

Decreto N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcción

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

De acuerdo a lo que menciona la OGUC en su artículo 2.1.29 este tipo de proyecto se entiende siempre admitido y por tanto en cumplimiento. Por otro lado, la obra de recepción y almacenamiento se localiza en la zona portuaria 1, que corresponde al sector norponiente del área portuaria. Se concibe como área específica de recintos portuarios y su actividad asociada, por lo que se permite toda actividad relacionada a ello y que son parte de las instalaciones, tales como oficinas, viviendas de cuidador, entre otras. Se permite el uso de suelo Actividades productivas e infraestructura, y las actividades permitidas son: Actividades productivas relacionadas con actividad portuaria: de atraque, embarque, descarga y transferencia de carga. Calificadas como peligrosas. Dicho lo anterior, el Proyecto es compatible a la normativa del PRC de Mejillones.

Indicador que acredita su cumplimiento

El proyecto concuerda con lo establecido en la LGUC, OGUC y PRC Mejillones.

Forma de control y seguimiento

La forma de control corresponde a que los planos de ingeniería sean acorde a lo que se encuentre en terreno cuando el Proyecto ya esté construido. Por otro lado la fiscalización de esto será a través de la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.1.1

 

8.2  COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

NORMA

Decreto Alcaldicio N° 1776/2007 de la Ilustre Municipalidad de Mejillones, Modificado por el Decreto Alcaldicio N°1011/2008 de la Ilustre Municipalidad de Mejillones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

  • El Proyecto contempla la protección y resguardo de ejemplares de fauna silvestre, aplicándose procedimientos de resguardo para evitar que fauna silvestre sean atraídos a faena, realizándose charlas de inducción en la materia.
  • Prohibición de caza al interior de la faena.
  • Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto.
  • El Titular se compromete a realizar capacitaciones al personal que estará presente durante todas las fases del Proyecto. Se desarrollarán charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en las especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto.
  • Estas capacitaciones se impartirán de forma obligatoria a todas las personas que trabajen durante todas las fases del Proyecto. Al respecto, se mantendrá un registro de capacitación como indicador de cumplimiento del compromiso.
  • Se confeccionaran cartillas (afiches) con fotografías e información relevante sobre la fauna en categoría de conservación y que esté presente en el área de influencia del Proyecto.
  • Además, el titular contará con un Plan de Contingencia de Animales Silvestres para que los trabajadores sepan cómo proceder en caso de avistamiento o hallazgo de esta especie o cualquier animal silvestre, durante todas las fases del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en el la Ley. Los afiches o cartillas estarán disponibles para los trabajadores durante todas las fases del Proyecto, con el fin de facilitar la identificación de posibles hallazgos de fauna durante esta fase. Estas cartillas tendrán una breve descripción de las especies, acompañada de fotografías, en énfasis en los huevos y nidos de la especie Sterna lorata (Gaviotín chico).

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá una copia del registro de charlas en oficinas del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.1.2

 

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo N° 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Para minimizar las emisiones atmosféricas, el Proyecto ha considerado en la fase de construcción:

  • Los caminos interiores no pavimentados se mantendrán humectados a través de la utilización de camiones aljibe, así como también durante los movimientos de tierra asociados a la construcción de las obras del Proyecto.
  • Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. Cabe señalar que todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto.
  • En las instalaciones de faenas estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).
  • Se exigirá una velocidad máxima de 15 km/h en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo.
  • Se exigirá, cuando corresponda, que aquellos vehículos que transporten material que emitan partículas de polvo, sean encarpados previo inicio de su recorrido.
  • Durante la construcción se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día, así como también que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el reglamento (D.S. N° 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones).

Lugar: En las instalaciones del proyecto y rutas de transporte establecidas.

Oportunidad: durante todas sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento durante la fase de construcción, corresponderá a mantener un registro de la implementación de las medidas señaladas en la forma de cumplimiento

Forma de control y seguimiento

Control de revisiones técnicas de vehículos, mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos y seguimiento del programa de control de emisiones en caminos, registro que se mantendrá en obra a disposición de ser requerido.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.4 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo N° 47/92 (modificado por DS 47/2011) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Para minimizar las emisiones atmosféricas, el Proyecto ha considerado en la fase de construcción, las siguientes medidas:

a) Los caminos interiores no pavimentados se mantendrán humectados a través de la utilización de camiones aljibe, así como también durante los movimientos de tierra asociados a la construcción de las obras del Proyecto.

b) El acceso a las obras es por camino existente asfaltado de acceso al Puerto Angamos, así como ruta B-262.  

c) Se exigirá, cuando corresponda, que aquellos vehículos que transporten material que emitan partículas de polvo, sean encarpados previo inicio de su recorrido. Se exigirá una velocidad máxima de 15 km/h en los caminos interiores no pavimentados para no levantar polvo.  

d) Se hará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. Cabe señalar que todas las mantenciones se realizarán en talleres autorizados, fuera del área del Proyecto.  

El titular se compromete a implementar todas las medidas que se mencionan en esta normativa y que permiten minimizar las emisiones de polvo en la fase de construcción del Proyecto. Cabe señalar que la letra e) señalada en la norma no aplica al presente Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la obtención de los permisos requeridos para la edificación, como recepción final de las obras definitivas por parte de la Dirección de Obras Municipales. Además mantener un registro de la humectación de caminos, encarpado de camiones asociado al movimiento de tierra y de las mantenciones a vehículos y maquinaria, lo cual cada contratista mantendrá en obra a disposición de ser requerido.

Forma de control y seguimiento

Seguimiento del proceso de tramitación de los permisos. Seguimiento y control de las medidas a implementar con la finalidad de minimizar las emisiones polvo, a través de los registros a implementar.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.5 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo N° 54/1994 y sus modificaciones. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Normas de Emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases, para aquellos vehículos que les corresponda. Lugar y oportunidad: En las instalaciones del proyecto, durante todas sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica al día y de emisión de gases, con lo cual se creará un registro de control antes de comenzar cada fase del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto en todas las fases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.6 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo Nº 4/94 (modificado por D.S. Nº 58/03) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Se utilizarán vehículos motorizados que cumplirán con lo establecido en esta normativa, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y con mantenciones periódicas a todos los vehículos, cumpliendo así lo establecido en el Artículo 1 del presente Decreto. De igual forma, se dará cumplimiento a los índices de ennegrecimiento establecidos en el Artículo 3 a través del certificado de revisión técnica al día.  

Lugar y oportunidad: En las instalaciones del proyecto, durante todas sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica al día y de emisión de gases, con lo cual se creará un registro de control antes de comenzar cada fase del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.7 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

D.S. Nº 55/1994 y sus modificaciones. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Durante las fases del Proyecto, se mantendrá un control de las revisiones técnicas de cada vehículo. Los vehículos pesados y maquinaria deberán cumplir con las mantenciones periódicas indicadas por el fabricante, que garantice que los motores operarán de manera óptima. Se verificará que los vehículos motorizados pesados (camiones y maquinarias) inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de Septiembre de 1994, porten el sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten no serán admitidos en la obra.

Lugar y oportunidad: En las instalaciones del proyecto, durante todas sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones de vehículos motorizados pesados

Forma de control y seguimiento

Control y seguimiento de mantenciones de los vehículos pesados del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1.5

 

8.8 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

D.S. Nº 211/1991. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos, sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión.

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día antes de comenzar cada fase del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1.6

 

8.9 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

D.S. N° 279/83, Ministerio de Salud, “Aprueba reglamento para el control de la emisión de vehículos motorizados de combustión interna”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el Proyecto tendrán su revisión técnica al día, además se realizarán mantenimientos en forma regular

Indicador que acredita su cumplimiento

Control de certificados de revisión técnica de vehículos, lo que permitirá verificar el cumplimiento para todos los vehículos motorizados de combustión interna, que certifiquen el cumplimiento de la revisión técnica y gases al día, antes de comenzar cada fase del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Control y seguimiento de revisiones técnicas de los vehículos del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.10 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo Nº 75/87 (modificado por D.S. Nº 78/97) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El transporte de materiales e insumos está a cargo de las empresas contratistas, las que de manera contractual acreditarán el cumplimiento de este Decreto al titular. Los vehículos que transporten, desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. Para el debido cumplimiento de lo anteriormente expuesto se implementarán medidas tales como tránsito con tolvas cubiertas, revisiones técnicas al día y mantenimiento de las rutas de circulación interna de la faena.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a un registro generado a partir de la inspección in situ de camiones con carga.

Forma de control y seguimiento

Inspección visual al ingreso y/o Salida del Proyecto para que todo vehículo que transporte carga, cuente con cubiertas y revisión técnica al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.11 COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

D.S. Nº 138/2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Por medio de la plataforma Web habilitada para ello, el Titular del Proyecto entregará anualmente, los antecedentes necesarios para la declaración de emisiones provenientes de las fuentes del Proyecto (equipos electrógenos mayores a 20 kW), lo cual se realizará de acuerdo a los términos descritos en la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Reporte de la declaración de emisiones que entrega la plataforma Web.

Forma de control y seguimiento

Verificación de declaraciones de emisiones del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.1

 

8.12 COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

Decreto Supremo Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Durante todas las fases del Proyecto se cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión, medida en el lugar en que se ubiquen los receptores más cercanos.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento será el cumplimiento de la normativa para cada fase del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Verificación de cumplimiento normativo a partir de no recibir denuncias por parte de la comunidad que se ubica a 5 kilómetros desde la fuente, para cada fase del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.2.

 

8.13  COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica

NORMA

D.S. N° 43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas la fases

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, el Titular se ajustará a las disposiciones de este Decreto, utilizando luminarias que cumplan con la norma y emitiendo la capacidad máxima permitida. Además, la certificación del cumplimiento de los límites de emisión será realizada previa a la instalación y por laboratorios autorizados para tales efectos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Por otro lado, se utilizará el Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia de certificado y/o información técnica proporcionada por el fabricante o vendedor. La información técnica de las luminarias, será mantenida en oficinas del Complejo Portuario Mejillones, de modo de estar disponibles ante posibles fiscalizaciones.

Forma de control y seguimiento

Verificación del registro del cumplimiento de la normativa indicada.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.3.

 

8.14  COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/68 (modificado por Ley 20.380) del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 

Forma de cumplimiento

El Proyecto no descargará a cuerpos o masas de agua, sustancias que pudiesen resultar nocivas a la bebida o el riego. La planta de tratamiento de aguas servidas contará con la aprobación del Proyecto y autorización de funcionamiento, otorgada por la Autoridad Sanitaria

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá la autorización de funcionamiento por parte de la autoridad competente.

Forma de control y seguimiento

Mantener los registros de la autorización de funcionamiento por parte de la autoridad competente en las oficinas administrativas del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.4

 

8.15 COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

D.S. N° 236/1926 y sus modificaciones, “Reglamento General de Alcantarillado Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto Absorbentes y Letrinas Domiciliarias”. Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión y Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

El efluente tratado en las plantas de tratamiento de aguas servidas (PTAS) será utilizado para la humectación de áreas a excavar (movimientos de tierra) al interior de las instalaciones del proyecto. En el Anexo AD-15 de la Adenda, se incorporan los antecedentes necesarios para la aprobación del respectivo permiso Se realizará un seguimiento de la tramitación de la Resolución sanitaria hasta su obtención.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención favorable del PAS 138

Forma de control y seguimiento

Se realizará un seguimiento del PAS 138, hasta la obtención favorable. Mantener en las oficinas de la planta los la Resolución Sanitaria respectiva. Se realizará un seguimiento de la tramitación de la Resolución sanitaria hasta su obtención.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.4

 

8.16  COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

D.F.L. 2.222/78, Ministerio de defensa Nacional, establece ley de navegación

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El Proyecto no considera el vertimiento al mar de ningún tipo de sustancia, por lo que no se infringirá la prohibición establecida en el presente cuerpo legal. El Proyecto considera el embarque de concentrado de cobre al interior de las bodegas de los buques, evitando así posibles vertimientos de mineral al mar. Además se considera un Plan de Contingencias del Muelle de Embarque de concentrado de Cobre de acuerdo a las características del presente Proyecto, para someterlo a aprobación sectorial por parte de la Autoridad.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se verificará constantemente el proceso para evitar que ocurran derrames no previstos y se seguirán todos los protocolos establecidos

Forma de control y seguimiento

Operación normal del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.4.2

 

8.17  COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

Decreto Supremo N° 430/92, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

El Proyecto no considera el vertimiento al mar de ningún tipo de sustancia, por lo que no se infringirá la prohibición establecida en el presente cuerpo legal. El Proyecto considera el embarque de concentrado de cobre al interior de las bodegas de los buques, evitando así posibles vertimientos de mineral al mar. Además se considera un Plan de Contingencias del Muelle de Embarque de concentrado de Cobre de acuerdo a las características del presente Proyecto, para someterlo a aprobación sectorial por parte de la Autoridad.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se verificará constantemente el proceso para evitar que ocurran derrames no previstos y se seguirán todos los protocolos establecidos.

Forma de control y seguimiento

Operación normal del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.4

 

8.18  COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos industriales

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/68 (modificado por Ley 20.380) del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

D.S. Nº 594/1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Los residuos se dispondrán en lugares autorizados para tales efectos. Se llevará un registro y control sobre la cantidad y tipo de residuos dispuestos temporalmente en los sitios de almacenamiento temporal para la fase de construcción y operación. Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán disponibles, copias de los registros de retiros de residuos. Se mantendrá copia de la autorización sanitaria de la empresa externa transportista de los residuos, Además del registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. Obtención sectorial del PAS Nº 140.

Forma de control y seguimiento

Mantener los registros de cantidad y tipo de residuos de residuos dispuestos en los sitios de disposición final en las oficinas administrativas del Proyecto. Seguimiento de la tramitación del PAS Nº 140 hasta su obtención

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.5

 

8.19  COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos

NORMA

Decreto Supremo Nº 148/04 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos generados por el Proyecto, tanto en construcción como en operación, se manejarán de acuerdo a lo indicado en el Capítulo 1 de la DIA del Proyecto, en una bodega que para estos efectos, que contará con autorización y el PAS 142. El transporte y la disposición final de los residuos peligrosos se realizará a través de empresas autorizadas y cumpliendo con el sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del retiro de los residuos peligrosos por la empresa transportista autorizada y el registro y control de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final. Obtención favorable del PAS 142 por la autoridad competente.

Forma de control y seguimiento

Verificación de los registros en las oficinas administrativas del Proyecto. Seguimiento del permiso ambiental sectorial (PAS) 142.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.6

 

8.20   COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

NORMA

D.S. N°43/16 Ministerio de Salud, Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

Las sustancias peligrosas se almacenarán temporalmente en la bodega de sustancias peligrosas, según dispone la normativa aplicable.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización de almacenamiento de sustancias peligrosas por parte de la autoridad sanitaria de las instalaciones, las que permanecerán en las oficinas del Proyecto a modo de respaldo en caso de posibles fiscalizaciones.

Forma de control y seguimiento

Revisiones realizadas por la autoridad y la autorización sanitaria entregada por la autoridad. Mantener las actas de inspección disponibles

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.2.7

 

8.21   COMPONENTE/MATERIA: Contaminación acuática

NORMA

D.S N° 1/92, Ministerio de Defensa Nacional “Reglamento para el control de la contaminación acuática”

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Durante todas las fases del Proyecto no se prevé arrojar, derramar o verte alguna sustancia y/o materia al mar, y en los procesos de embarque o desembarque se dará estricto cumplimiento a lo establecido en esta normativa. Se adoptarán las medidas necesarias para evitar y controlar derrames accidentales de acuerdo al Plan de Emergencias y Contingencias del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificar las medidas del Plan de Emergencias y Contingencias del Proyecto para evitar y controlar derrames accidentales.

Forma de control y seguimiento

Verificar las medidas establecidas en Plan de Emergencias y Contingencias que dispone el Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.3.1

 

8.22   COMPONENTE/MATERIA: Contaminación acuática

NORMA

D.S. Nº1.689/1995, Promulga el Protocolo relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, de 1973, adoptado el 17 de febrero de 1978 en la Conferencia Internacional sobre Seguridad de los Buques Tanque y Prevención de la Contaminación (MARPOL 73/78)

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El Proyecto considera un Plan de Prevención de Contingencia y Emergencias para el control de derrames de sustancias susceptibles de contaminar (concentrado de cobre) y derrame de otras sustancias e hidrocarburos en el área de influencia marina (fondo, columna de agua y terreno de playa)

Indicador que acredita su cumplimiento

El Proyecto no contempla descarga de efluentes al mar.

Forma de control y seguimiento

Revisión periódica de plan de prevención de contingencias y emergencias.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.3.1

 

8.23   COMPONENTE/MATERIA: Fauna

NORMA

Ley Nº 19.473/1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre Caza, del Ministerio de Agricultura.

D.S. Nº 5/1998 Reglamento de la Ley de Caza, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla la protección y resguardo de ejemplares de fauna silvestre, aplicándose procedimientos de resguardo para evitar que fauna silvestre sean atraídos a faena, realizándose charlas de inducción en la materia. Prohibición de caza al interior de la faena. Los resultados de la caracterización ambiental realizada para el Proyecto indican que se presentan especies de Animales Silvestres en categoría de conservación, de acuerdo a los procesos de clasificación de especies asociados al mencionado Decreto. Se prohibirá toda forma de captura y/o caza de fauna silvestre al personal durante las distintas fases del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en el la Ley.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá una copia del registro de charlas en oficinas del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.3.2

 

8.24   COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

NORMA

Ley Nº 17.288 del Ministerio de Educación,  sobre Monumentos Nacionales;

D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En el caso de realizar algún tipo de descubrimiento patrimonial, se cumplirá con lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Por lo tanto, ante algún hallazgo durante las actividades de construcción, se paralizarán en forma inmediata las faenas que puedan afectarlos y se procederá a informar al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de producirse hallazgos asociados al patrimonio cultural y/o arqueológico será dará aviso al Gobernador Provincial respectivo o al Consejo de Monumentos Nacionales, según corresponda en cumplimiento del artículo 26 de la presente en la normativa, a través de:

- Reportes de monitoreo arqueológico

- Informes al Consejo de Monumentos en caso de producirse un hallazgo patrimonial

Forma de control y seguimiento

Registro del aviso a la Autoridad en caso de hallazgo arqueológico.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 11.3.2

 

9°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

9.1. El Titular sólo podrá dar inicio a la fase de operación de su proyecto  con la aprobación de la Autoridad Marítima del “Sistema adicional de control de emisiones punto de transferencia Muelle–Nave”.

9.2. El Titular deberá estricto  cumplimiento al artículo N° 142 de D. L. (M) N° 2.222 Ley de Navegación, de fecha 21 de mayo de 1978, y artículo N° 2 D. S. (M) N° 1 Reglamento para el Control de La Contaminación Acuática, de fecha 06 de enero de 1992

9.3. El Titular sólo podrá dar inicio a la etapa de operación de su proyecto, con la aprobación de SEREMI del Medio Ambiente Región de Antofagasta, Gobernación Marítima de Antofagasta y SERNAPESCA Región de Antofagasta, del complemento del protocolo post emergencia por derrame, según lo estipulado en ORD. N° 0348/2017 de fecha 28 de agosto de 2017de  SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta.

10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso el siguiente compromiso ambiental voluntario:

10.1. Realizar capacitaciones al personal para cuidado y valoración de la biodiversidad junto con la prohibición de introducción y alimentación de animales domésticos

Impacto asociado (si aplica)

Depredación de nidos, tanto de S.  lorata como de H. palliatus

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre (en caso que se requiera dicha fase)

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: educar a los trabajadores sobre el cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en las especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto. Y evitar incrementar los eventos de depredación de nidos, tanto de S. lorata como de H. palliatus, por parte de fauna silvestre introducida Descripción: se impartirán charlas de capacitación a todos los trabajadores (internos y contratistas) durante todas las fases del Proyecto sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en las especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto, prohibiendo expresamente la tenencia de perros vagos y/o abandonados en las instalaciones del Proyecto, debido a la amenaza de depredación de huevos y polluelos de gaviotín chico.

Justificación: a través de las charlas impartidas al personal se entregara información sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en las especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto, prohibiendo expresamente la tenencia de perros vagos y/o abandonados.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: instalaciones del Proyecto. Forma: charlas y cartillas (afiches) con fotografías e información relevante sobre la fauna en categoría de conservación y prohibición de tenencia de perros vagos y/o abandonados. Este material estará disponible para los trabajadores con el fin de facilitar la identificación de posibles hallazgos de fauna durante la construcción, operación y cierre del proyecto. Estas cartillas tendrán una breve descripción de las especies, acompañada de fotografías, en énfasis en los huevos y nidos de la especie Sterna lorata (Gaviotín chico). Oportunidad: en el marco de las charlas de inducción para cada Fase del Proyecto, reiterando la medida en épocas de nidificación del Gaviotín. Se evaluará la frecuencia del compromiso de acuerdo al comportamiento de los trabajadores y al avistamiento de perros vagos y/o abandonados en áreas cercanas al Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Se mantendrá un registro de capacitación como indicador de cumplimiento del compromiso.

Forma de control y seguimiento

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 13

 

11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

11.1. Vertimiento accidental de producto al mar durante el embarque

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Embarque de producto por medio de embarcador en bodega de la nave

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

El sistema de embarque se realiza mediante cintas tubulares, las cuales van dentro de una galería sellada y mediante un embarcador fijo con giro que descarga directo al interior de la bodega. Por lo que las medidas de prevención serán:

  • Plan de Mantenimiento preventivo del sistema de embarque (correas y embarcador)
  • Plan de inspecciones periódicas estructurales y componentes del sistema de embarque (correas y embarcador)
  • Operación del cargador a cargo de personal calificado.

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento se realizará a través del Plan de Mantenimiento Preventivo y el Plan de Inspecciones periódica de los componentes del sistema de embarque.

Mantenimiento Preventivo: Incluido en Plan de Mantenimiento.

Inspecciones Periódicas Estructura y Componentes del sistema embarcador : Frecuencia Mensual

Ejecución de un programa de monitoreo post-emergencia que permita evaluar el grado de recuperación alcanzado en las componentes ambientales afectadas por la contingencia.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Ante la ocurrencia de una emergencia se consideran las siguientes medidas:

  • Las actividades serán detenidas en caso de derrame de producto al mar (Sistema transportador y Embarque de producto)
  • Solicitar la presencia del equipo de Respuesta y Equipo Logístico para asistir la contingencia
  • Dar aviso a la Capitanía de Puerto Mejillones y Autoridad Ambientales/Salud/ Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Regional de Antofagasta /Dueño de la carga
  • Evaluar la magnitud del vertimiento y definir la necesidad de buceo submarino para evaluar efectos locales
  • Evaluar y coordinar el apoyo de organismos externos de acuerdo a magnitud del evento.
  • En caso de vertimiento al mar evaluar posibilidades de recuperación desde fondo marino
  • Establecer vigilancia en orilla de playa para definir recuperación mediante cuadrillas de limpieza manual o mecanizada (dependiendo de la magnitud del vertimiento).
  • El material recuperado se almacenará temporalmente en tambores con el fin de disponer al sitio asignado para el depósito temporal de los residuos del producto recuperado.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Inmediatamente ocurrida la Emergencia, Vía Telefónica o Correo Electrónico a : Autoridad Marítima Bahía de Mejillones; SEREMI de Salud, SEREMI del Medio Ambiente Antofagasta; Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Regional de Antofagasta ;Circulo de Protección y Seguridad de Mejillones; Dirección del Trabajo Mejillones.

En caso de que ocurra una emergencia, se elaborará un informe preliminar y un informe final de la emergencia. El informe preliminar deberá ser remitido de inmediato y el informe final en un plazo no superior a 24 horas luego de ocurrido el incidente, a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente de la región de Antofagasta, Gobernación Marítima de Antofagasta y SERNAPESCA región de Antofagasta. 

Tanto las operaciones de limpieza, como las medidas desde el punto de vista ambiental de la emergencia, serán informadas a las autoridades correspondientes (Autoridad Marítima, Superintendencia de Medio Ambiente, Seremi de Salud, Seremi de Medio Ambiente y Sernapesca) para que evalúen las labores propuestas para realizar.

 

11.2. Incendio del Sistema Transportador/Embarcador

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Cintas transportadores/Embarcador

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Tanto el sistema Transportador como el Embarcador cuentan con sistemas de detección y control automático de incendios, los cuales están monitoreados a través de una central de alarmas

Forma de control y seguimiento

El control y seguimiento se realizara a través del Plan de Mantenimiento Preventivo y el Plan de Inspecciones periódica de los componentes del sistema de embarque.

Mantenimiento Preventivo: Incluido en Plan de Mantenimiento.

Inspecciones Periódicas Estructura y Componentes del sistema embarcador: Frecuencia Mensual Verificación del sistema de detección y control automático de incendios: Incluido en plan de mantenimiento.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Ante la ocurrencia de una emergencia se consideran las siguientes medidas:  

En caso de la detección de un fuego el sistema de control se activara en forma automática en el punto de ocurrencia. La persona, que detecte el evento deberá transmitir la alarma de manera inmediata, por el medio más próximo (alarma prestablecida, Radiotransmisor, Teléfono o a viva voz) al jefe del equipo de operaciones identificándose, indicando el área y el lugar a donde se debe dirigir el apoyo. En caso de ser necesario y si es un fuego incipiente y si tiene la capacidad, el personal que lo detecte deberá hacer uso, también de los extintores portátiles apropiados y dispuestos en el área.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Inmediatamente ocurrida la Emergencia, Vía Telefónica o Correo Electrónico a : Autoridad Marítima Bahía de Mejillones; Bomberos; Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura Dirección Regional de Antofagasta; Circulo de Protección y Seguridad de Mejillones; SEREMI Salud y Medio Ambiente Antofagasta; Dirección del Trabajo Mejillones

    

11.3. Incidentes con la animales silvestres al interior de las dependencias y frentes de trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación

Parte, obra o acción asociada

Labores de construcción y operación

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia y controlar la emergencia

En relación con incidentes y/o accidentes donde se vea comprometida fauna silvestre, el Titular se compromete a seguir el siguiente procedimiento:

  • Se tomarán las acciones necesarias para rescatar a la fauna silvestre comprometida en un incidente, en el más breve plazo posible, enviándolas al Centro de rescate y rehabilitación de fauna silvestre de la Universidad de Antofagasta.
  • Se realizarán las notificaciones a las autoridades competentes.

Por otra parte, como parte de la investigación del accidente ambiental, se evaluarán los alcances de éste y se propondrán a las autoridades medidas correctivas y de monitoreo en función de la magnitud del incidente.

El titular contará con un Plan de Contingencia de Animales Silvestres para que los trabajadores sepan cómo proceder en caso de avistamiento o hallazgo de esta especie o cualquier animal silvestre. Este plan se encuentra en el Anexo AD-08 de la Adenda, y en él se indica la forma de proceder frente a eventos de atropellos, accidentes, colisiones u otras contingencias que se pueden dar de manera esporádico y donde esté involucrada fauna silvestre, al interior de las instalaciones del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

El encargado de Medio Ambiente, generará un registro de cada incidente con fauna vertebrada silvestre, de manera que se pueda contar con una base de datos que permita seguir las acciones tomadas con cada animal e implementar medidas todas las medidas preventivas necesarias para evitar la ocurrencia de nuevos incidentes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Todos los eventos se reportarán a la Dirección Regional SAG y SMA.

   

12°. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 

16°. Que, para que el proyecto “Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 

18°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.  

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones”, de Complejo Portuario Mejillones S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  

4°. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo 119 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

5°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la Instalación industrial como molesto. 

6°. Certificar que el proyecto “Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones”  no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

7°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

8°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Arturo Molina Henríquez
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora Regional Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Antofagasta




RMM/PTV/DLR/NMM

Distribución:

  • ALVARO CESAR ARROYO ALBALA
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • Dirección de Obras Portuarias, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Mejillones
  • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Terminal de Graneles en Complejo Portuario Mejillones"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=b6/51/158e241352a5da2ceeaa15d63d5f7ff0dbe7


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