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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Proyecto Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado "
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1. Antecedentes del Titular × Titular : Agrícola Santa Marta de Liray S.A. × RUT : 95.651.330 – 6 × Domicilio Faena : Km 24,5 Panamericana Norte × Comuna : Colina × Domicilio Comercial : Agustinas 1070, piso 3, oficinas Exprinter × Comuna : Santiago × Fono : 4886003 × Fax : 6982703 × Representante Legal : José Luis Moure × RUT : 5.169.304 – 3 × Domicilio : Agustinas 1070, piso 3, oficinas Exprinter × Comuna :Santiago × Fono : 7331041 × Fax : 6982703 1.2. Ubicación El Proyecto se emplaza en la Región Metropolitana, Provincia de Chacabuco, en el Km 24,5 Panamericana Norte, Comuna de Colina. Las coordenadas UTM del área del proyecto son:
1.3. Monto de Inversión US $ 500.000 (Quinientos mil dólares) 1.4. Vida útil 20 años 1.5. Mano de Obra · Fase de construcción: Se requerirán 14 trabajadores. · Fase de operación: Se emplearán aproximadamente 10 trabajadores. 1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
1.7. Descripción del proyecto 1. Agrícola Santa Marta de Liray S.A. ha presentado tres Declaraciones de Impacto Ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los cuales son: · Ampliación de plantel productor de huevos, con Resolución de Calificación Ambiental Favorable RCA Nº 29/99. · Fabrica de alimentos balanceados para aves, RCA Nº 378/2000. · Mejoramiento tecnológico y ampliación de pabellones de aves de postura, RCA Nº 014/2001. 2. El presente proyecto se genera como consecuencia del considerando 5.3.4 de la RCA Nº 014/2001, el cual indica: ‘‘Que el titular podrá incorporar guano en el suelo hasta un volumen máximo de 2.050 ton/año (75% de humedad), equivalentes a 512.50 ton/año de materia seca, considerando 90 hectáreas cultivadas’’. Posterior a este monto el manejo de guano se deberá realizar a través del compostaje. Considerando lo anterior, Agrícola Santa Marta de Liray S.A. utilizará el proceso de compostaje para secar y estabilizar biológicamente el guano (que no será incorporado al suelo, por superar la capacidad física del predio) producido por la gallinas ponedoras, de manera mecanizada y encapsulada. 1.7.1 Localización Su ubicación en relación al Plan Regulador Metropolitano de Santiago corresponde a una zona clasificada como agropecuaria exclusiva. Se adjunta plano de ubicación en Anexo 1 y Certificado de Informaciones Previas en Anexo 2 de la DIA del proyecto. 1.7.2 Situación actual de la agrícola y el retiro del guano El retiro del guano desde los pabellones se realiza con una frecuencia de 24 horas y el proceso de retiro demora 30 minutos en cada pabellón. Se recolecta el guano depositado sobre las cintas ubicadas al interior de los pabellones, el que se traslada al final del pabellón donde una cinta transportadora lo saca al exterior. En este punto se instala un coloso especialmente diseñado para este efecto, luego se distribuye e incorpora el guano en los huertos frutales de la agrícola con fines de reutilizarlo como abono orgánico. Luego que el coloso distribuye el guano fresco por el predio, pasa un tractor el cual remueve e incorpora el guano al suelo de las plantaciones. 1.8. Definición de sus partes, acciones y obras físicas 1.8.1 Proceso general del compost El compostaje es el proceso biológico aeróbico, mediante el cual los microorganismos actúan sobre la materia rápidamente biodegradable (restos de cosecha, excrementos de animales y residuos urbanos), permitiendo obtener "compost", que es un abono excelente para la agricultura. El compost o mantillo se puede definir como el resultado de un proceso de humidificación de la materia orgánica, bajo condiciones controladas y en ausencia de suelo orgánico. El compost es un nutriente para el suelo que mejora la estructura, ayuda a reducir la erosión, contribuye a la absorción de agua y nutrientes por parte de las plantas. 1.8.2 Propiedades del compost a) Mejora las propiedades físicas del suelo: La materia orgánica favorece la estabilidad de la estructura de los agregados del suelo agrícola, reduce la densidad aparente, aumenta la porosidad y permeabilidad, y aumenta su capacidad de retención de agua en el suelo. Se obtienen suelos más esponjosos y con mayor retención de agua. b) Mejora las propiedades químicas: Aumenta el contenido en macronutrientes N, P,K, y micronutrientes, la capacidad de intercambio catiónico (C.I.C.) y es fuente y almacén de nutrientes para los cultivos. c) Mejora la actividad biológica del suelo: Actúa como soporte y alimento de los microorganismos ya que viven a expensas del humus y contribuyen a su mineralización. 1.8.3 Factores que condicionan el proceso de compostaje El proceso de compostaje se basa en la actividad de microorganismos que viven en el entorno, ya que son los responsables de la descomposición de la materia orgánica. Para que estos microorganismos puedan vivir y desarrollar su actividad se requiere ciertas condiciones óptimas de temperatura, humedad y oxigenación. Los factores que condicionan la calidad del compost son: a) Temperatura: Se consideran óptimas las temperaturas del intervalo 35-55 ºC para conseguir la eliminación de patógenos, parásitos y semillas de malas hierbas. A temperaturas muy altas, muchos microorganismos interesantes para el proceso mueren y otros no actúan al estar esporados. b) Humedad: En el proceso de compostaje es importante que la humedad alcance unos niveles óptimos del 40-60 %. Si el contenido en humedad es mayor, el agua ocupará todos los poros y por lo tanto, el proceso se volvería anaeróbico, es decir, se produciría una putrefacción de la materia orgánica. Si la humedad es excesivamente baja se disminuye la actividad de los microorganismos y el proceso es más lento. El contenido de humedad dependerá de las materias primas empleadas. Para materiales fibrosos o residuos forestales gruesos la humedad máxima permisible es del 75-85 % mientras que para material vegetal fresco, ésta oscila entre 50-60%. c) pH: Influye en el proceso debido a su acción sobre microorganismos. En general los hongos toleran un margen de pH entre 5-8, mientras que las bacterias tienen menor capacidad de tolerancia (pH= 6-7,5). d) Oxígeno: El compostaje es un proceso aeróbico, por lo que la presencia de oxígeno es esencial. La concentración de oxígeno dependerá del tipo de material, textura, humedad, frecuencia de volteo y de la presencia o ausencia de aireación forzada. Relación C/N: El carbono y el nitrógeno son los dos constituyentes básicos de la materia orgánica. Por ello para obtener un compost de buena calidad es importante que exista una relación equilibrada entre ambos elementos. Teóricamente una relación C/N de 25-35 es la adecuada, pero esta variará en función de las materias primas que conforman el compost. Si la relación C/N es muy elevada, disminuye la actividad biológica. Una relación C/N muy baja no afecta al proceso de compostaje, perdiendo el exceso de nitrógeno en forma de amoniaco. Es importante realizar una mezcla adecuada de los distintos residuos con diferentes relaciones C/N para obtener un compost equilibrado. Los materiales orgánicos ricos en carbono y pobres en nitrógeno son la paja, el heno seco, las hojas, las ramas, la turba y el aserrín. Los pobres en carbono y ricos en nitrógeno son los vegetales jóvenes, las deyecciones animales y los residuos de matadero. e) Población microbiana: El compostaje es un proceso aeróbico de descomposición de la materia orgánica, llevado a cabo por una amplia gama de poblaciones de bacterias, hongos y actinomicetes. 1.8.4 Proceso del compostaje mecanizado/ encapsulado a) Descripción de la operación de Secado y Compostaje de Guano El proyecto Planta de Compostaje de Guano de Aves de Postura está concebido como un mecanismo de secado y estabilización del guano generado por las gallinas ponedoras de la Agrícola Santa Marta de Liray S.A., mediante un proceso de compostaje y oxidación aerobia controlada. Será así convertido en un producto de interés para el mejoramiento de suelos. La producción de guano podrá ser variable en el tiempo y está condicionada al incremento de la capacidad productiva de la empresa. En Tablas Nº1 y N°2 se presenta las características físico químicas y microbiológicas del guano procedente de los galpones de la Agrícola Santa Marta de Liray S.A. Tabla 1. Caracterización Físico – Química de Guano de Aves
Tabla 2. Caracterización Microbiológico de Guano de Aves
b) Descripción del proyecto de mejoramiento El guano será convertido en un producto de interés para el mejoramiento de suelos. El proceso a desarrollar es compostaje continuo del subproducto en forma mecanizada. La actividad se desarrollará al interior de terrenos de la empresa, planteles de aves de postura, actualmente en funcionamiento (según se muestra en Anexo 1 de la DIA del proyecto). El guano de gallinas será vertido, mezclado con materiales ricos en carbono y agitado mecánicamente para disminuir su contenido de humedad, por la generación de calor biológico por acción microbiana. El proceso total de estabilización durará como promedio cinco (5) semanas para cada unidad de guano ingresada al sistema de tratamiento continuo. Forma de operación: La forma de operación del sistema de compostado continuo se efectuará de la siguiente manera: 1. Transporte: El transporte del guano desde los planteles de la avícola hasta el lugar de compostado mecanizado (aproximadamente 700 m de caminos interiores), se realizará con una frecuencia de 24 horas y el proceso de retiro demora 30 minutos en cada pabellón. En la actualidad el guano fresco es depositado en forma automática sobre las cintas ubicadas al interior de los pabellones, el que se traslada al final del mismo, donde una cinta transportadora lo saca al exterior. En ese punto se instalará un coloso especialmente diseñado para el efecto que lo descargue en la planta de compostaje. El coloso transitará por el camino interior directamente hasta la zona de descarga, según se muestra en plano de ubicación (Ver Anexo 1 de la DIA del proyecto). 2. Transporte e ingreso a maquina de compostaje mecanizado: El transporte e ingreso a la máquina compostadora se realiza a través del coloso que depositará el guano en la entrada del galpón del compostaje para que comience el proceso mecanizado. 3. Descarga: En la zona de descarga se procederá a depositar el guano sobre una capa de material rico en carbono (paja de trigo u otro similar), de unos 15 cm. Una vez ocurrida la descarga, se procederá a cubrir el guano traído con una capa de aproximadamente 10 cm del mismo tipo de material u otro rico en carbono. De esta forma se encapsulará el guano, asegurando una mezcla de aproximadamente 15% de carbono v/s 85% de guano fresco, considerando 1 fardo de paja (0,15 m3) por cada 1 m3 de guano. 4. Mezclado inicial: La mezcladora toma el guano encapsulado e inicia el mezclado mecánico del mismo, mediante la agitación de las paletas y además del movimiento hacia el interior de la línea de compostado, hasta completar un avance de aproximadamente 4,6 metros, realizando dos ciclos cada 24 horas. 5. Mezclado Intermedio: La masa de compost mezclado, avanza en la misma proporción hacia el final de la línea (4,6 metros), además de ser agitada y nuevamente mezclada, asegurando una buena aireación y uniformidad de compostado. En dos rieles paralelos dentro del galpón, será instalado el sistema rotatorio de mezcla, capaz de aumentar el número de agitaciones/mezcla. Indistintamente el sistema trabaja en las dos líneas instaladas para el proceso de compostaje. De esta forma se tiene, cerca de 2 líneas o pistas por 140 metros de largo de compostaje. 6. Mezclado final: Al llegar al final de la línea o pista, se desarrolla el último mezclado y agitado dejando el producto listo para ser incorporado al suelo agrícola. 7. Incorporación al suelo: El coloso, retira el compost maduro para llevarlo de inmediato a las distintas plantaciones e incorporar este abono a los suelos. De ocurrir lluvias, el techo del recinto evitará la generación de un lavado de la superficie de la línea de compostado y posterior escurrimiento superficial, además las aguas lluvias no podrán entrar al sistema, ya que cuenta con muros alrededor del largo del sistema, construido en ambos costados, para este fin. También cuenta con suelo impermeable (p<10-7) que se lograra por medio de una capa 30 cm arcilla compactada (Ver plano de Anexo 1 de la DIA del proyecto), para evitar el escurrimiento de aguas lluvias hacia y desde el interior. 1.8.5 Descripción de las obras físicas Las obras físicas comprenden una estructura tipo galpón de 14 m de ancho por 1,40 m de largo y 4,5 m de altos, según se muestra en plano (Anexo 1 de la DIA del proyecto). La máquina se traslada sobre rieles desde el inicio del galpón movilizando todo el guano compostado aproximadamente 4,6 m lineales diario y volviendo nuevamente al inicio, para recoger y mezclar el guano con paja e iniciar nuevamente el ciclo; se contemplan 2 ciclos por día (1 por cada pista). La máquina que se utilizará en el compostaje mecanizado encapsulado es proveniente de la empresa Kohshin Engineering y el modelo de la maquina es KNLL(H) – WW. El sistema de esta máquina es rotatorio lo cual produce que el guano y el carbono utilizado se mezclen homogéneamente, el proceso se realiza en dos rieles lo que ayuda a aumentar el numero de agitaciones/mezcla. 1.8.6 Cantidad de guano utilizado en el proceso de compostaje mecanizado La siguiente tabla muestra la proyección de guano en función de la cantidad de pabellones de aves que tendrá la empresa. Esto en función de lo señalado en el proyecto aprobado mediante RCA Nº 014/2001. Tabla 3. Proyección de cantidad de guano producido
1.8.7 Almacenamiento de producto final (Compost) El producto final producido por la planta de compost mecanizado tendrá dos destinos: 1. Abono orgánico para el predio del titular del proyecto; y 2. La comercialización en un futuro cercano. En la Adenda N° 1 de la DIA del proyecto, se entrega una “Guía Metodológica de Aplicación del Compost”. 1.8.8 Fase de Abandono La fase de abandono contempla: 1. Venta del equipo a valor residual. 2. Desmontar galpón y venderlo al valor residual.
1.9 Emergencias y Prevención de Riesgos El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº 1 y Adenda N° 2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: 1.9.1 Agrícola Santa Marta de Liray S.A. tiene implementado un Programa de Prevención de Riesgos, enfocado en tres áreas: Trabajadores, Infraestructura y medio que lo rodea, maquinarias y/o herramientas utilizadas. En este programa se considera principalmente lo establecido en la legislación vigente (Ley Nº 16.744, D.S. N° 594, Minsal). También se contará con un programa de capacitación para el personal, en lo referente a Seguridad e Higiene Industrial. 1.9.2 Prevención de Incendios: Como medida de extinción de incendios y de acuerdo a D.S. Nº 594. Los extintores estarán distribuidos en sitios de fácil acceso y clara identificación, libre de cualquier obstáculo, y en condiciones de funcionamiento máximo. 1.9.3 Señales de Seguridad: Debido al propósito que cumplen las señales de seguridad, estas estarán colocadas en lugares destacados, claramente visibles para todo el personal y su visión no debe ser obstruida de modo alguno. De presentar algún grado de suciedad y de deterioro que dificulte su interpretación de manera clara y expedita, la señal de seguridad será rehabilitada o reemplazada, según corresponda. Las señales estarán en lugares con nivel de luminosidad adecuado. Dentro de las señales que la planta instalará, se encuentran las siguientes: • Proteja sus oídos • Uso obligatorio de calzado de seguridad • Prohibido fumar • Proteja su vista • Proteja sus pulmones • Mantenga limpia el área 1.9.4 Letreros de Seguridad: El propósito de los letreros de seguridad junto con la aplicación de los colores de seguridad (NCh 1410), es dar un aviso o mensaje de seguridad; como también pueden usarse para la ubicación de elementos y equipos de importancia desde el punto de vista de seguridad. 1.9.5 Señalización de Extintores: El letrero constará de un círculo rojo con una flecha en el sentido de la ubicación del extintor. Sobre el disco estára pintada en blanco la palabra “EXTINTOR”. En el caso de ubicación en zonas oscuras, se reforzarán las señales con cintas fosforescentes o reflectantes de color rojo. 1.9.6 Líneas de Demarcación: Las zonas de tránsito de peatones y perímetros del proceso productivo se encontrarán delimitados por medio de señalética adecuada. Los pisos de los lugares de trabajo así como los pasillos de tránsito demarcados se mantendrán libres de todo obstáculo que impida un fácil y seguro desplazamiento de los trabajadores tanto en las tareas normales como en situaciones de emergencia. 1.9.7 Elementos de Protección Personal (E.P.P.): La empresa entregará a sus trabajadores todos los implementos de protección personal y ropa de trabajo, sin cobrarles su valor, según lo establecido en el art. 68 de la ley Nº 16.744, (sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). En este caso los E.P.P. serán entre otros: • Casco protector • Calzado de Seguridad • Anteojos adecuado • Guantes adecuado • Ropa adecuada 1.9.8 Reglamento de Higiene y Seguridad: La empresa cuenta con Reglamento Interno de Higiene y Seguridad aprobado por la Autoridad pertinente, el cual se entrega a cada trabajador que ingresa a la planta. En el Anexo 4 de la DIA del proyecto se adjuntan las cartas de recepción del reglamento interno ante la inspección del trabajo. 1.9.9 Condiciones Generales: La empresa vela por la higiene y seguridad en los lugares de trabajo. Además, se inspeccionan periódicamente todos los equipos de extinción de incendios, iluminación de emergencia y otros, para que estos funcionen en forma correcta. Todo lugar de trabajo estará provisto, individual y/o colectivamente, de servicios higiénicos que disponen como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado cuenta con un compartimiento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. Estos servicios así como también los camarines son periódicamente sanitizados. En el Anexo 6 de la DIA del proyecto se adjunta certificado de sanitización y desratización. 1.9.10 Turnos de trabajo: Se considera una jornada de trabajo diaria entre las 8 hrs. AM y las 18 hrs. PM. Sin embargo, dado que el plantel opera sólo con operarios que viven en las inmediaciones del predio y que se movilizan a pie o en bicicleta, no se considera impacto horario por este concepto. 1.9.11 Capacitación: Agrícola Santa Marta de Liray S.A. cuenta con un programa de capacitación, acorde a las necesidades de la empresa. Se recuerda que como requerimiento de las normas internacionales a las cuales está adscrita esta organización (EUREGAP, BPM), es imprescindible contar con personal capacitado. Adicionalmente, se dictan charlas de inducción a cada trabajador nuevo que ingresa a la Agrícola. Se capacitará a todo el personal que trabaje en la planta de compostaje, en lo que se refiere a: • Fundamentos en la prevención de riesgo. • Manejo Seguro de materiales • Práctica Plan de emergencia. • Uso adecuado de los elementos de protección personal 1.9.12 Plan de Emergencia: La Agrícola cuenta con un plan o procedimiento para actuar en caso de emergencia. Se adjunta en el Anexo 6 de la DIA del proyecto. 1.9.13 Higiene y seguridad: De acuerdo con lo señalado en el D.S. N° 594 del Minsal se velará por la higiene en los lugares de trabajo, baños y casino. Además, se inspeccionará periódicamente todos los equipos de extinción de incendio, alarmas, iluminación de emergencia y otros, para que esto funcione en forma correcta. No obstante lo anterior, se estima necesario someter a consideración de esta Comisión, la incorporación de las siguientes precisiones señaladas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, que participó en la evaluación del proyecto mediante Ord. Nº 1335 de fecha 13 de febrero de 2008: Fase de Operación: 1.9.14 Contemplar un Plan de Contingencias, con medidas a aplicar en casos de emergencias o fallas del sistema por eventualidades operacionales y no operacionales para las etapas extracción y transporte del guano, compostaje, y aplicación de compost en los predios. Al respecto, dicho plan debe ser conocido por todos los trabajadores que operan en las diferentes etapas. 1.9.15 En caso de generarse una situación sanitaria que escape del normal funcionamiento de la planta, el titular deberá informar inmediatamente a las autoridades ambientales y a la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, respecto de la situación de contingencia generada y las medidas que se han adoptado, tendientes a evitar una contingencia mayor y/o riesgo para la salud de las personas que allí laboran y del entorno.
CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. § Declaración de Impacto Ambiental (DIA) § Test de Admisión § Of. Solicitud de Evaluación DIA Nº 300/2007 § Resolución de Ampliación de Plazos Nº 238/2007 § Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) § Adenda Nº 1 § Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 2514 § Adenda Nº 2 § Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 327 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Respecto a la DIA: Oficio Nº 104 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 12/02/2007; Oficio Nº 178 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 12/02/2007; Oficio Nº 1078 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 14/02/2007; Oficio Nº 99 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Colina, con fecha 20/02/2007; Oficio Nº 278 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 15/03/2007; Respecto a la Adenda Nº 1: Oficio Nº 513 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Colina, con fecha 06/09/2007; Oficio Nº 6538 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 10/09/2007; Oficio Nº 1158 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 18/10/2007; Respecto a la Adenda Nº 2: Oficio Nº 67 sobre la Adenda 2, por Ilustre Municipalidad de Colina, con fecha 11/02/2008; Oficio Nº 1335 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 13/02/2008; Oficio Nº 287 sobre la Adenda 2, por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 13/02/2008. 2.3. Constitución y Funcionamiento del Comité Revisor 2.3.1 En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” han sido invitados a participar, coordinados por la Comisión Nacional del Medio Ambiente, CONAMA Región Metropolitana, los siguientes Órganos de la Administración del Estado, con competencia ambiental: 1. Dirección Regional de Aguas, RM 2. Ilustre Municipalidad de Colina 3. Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM 4. Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM 5. Servicio Agrícola y Ganadero, RM
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. El titular del proyecto, entrega en el punto 3.6 de la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto la “la documentación y los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental”, asociada a la ejecución del proyecto, que se describen a continuación: 3.2. Impactos Asociados a las Emisiones y Descargas al Ambiente 3.2.1. Emisiones Atmosféricas El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: Fase de Construcción: 3.2.1.1 El proyecto acredita cumplimiento de las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 58/03 del Minsegpres, que "Reformula y Actualiza Plan De Prevención y Descontaminación Atmosférica para 3.2.1.2 Las obras serán planificadas, para optimizar las excavaciones y generar la menor emisión de material particulado. 3.2.1.3 Se regará el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavación. 3.2.1.4 Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. 3.2.1.5 Se utilizarán lavado de ruedas a través de pediluvios actualmente en plaza. 3.2.1.6 Se efectuará mantención preventiva de motores a fin de evitar emisiones. Fase de Operación: 3.2.1.7 El proyecto acredita cumplimiento de las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 58/03 del Minsegpres, que "Reformula y Actualiza Plan De Prevención y Descontaminación Atmosférica para 3.2.1.8 Las emisiones se generan principalmente por el transporte del guano de gallina de los planteles hacia la planta de compostaje. 3.2.1.9 Se humectaran los caminos no pavimentados por los cuales se transite, según necesidad. Practica actualmente en operación por parte de la empresa. 3.2.1.10 Se continuará con el lavado de ruedas por medio de pediluvios. 3.2.1.11 Se efectuará mantención preventiva de motores a fin de evitar emisiones. 3.2.2 Emisión de Olores El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: Fase de Operación: 3.2.2.1 Las fuentes de olor en los residuos orgánicos provienen de la descomposición de materiales de bajo peso molecular y volátiles, tales como los metil mercaptanos, metil sulfuros y aminas. Esta emanación de olores se intensifica notablemente en la medida que el producto a compostar aumente el contenido en sulfato y si el proceso de fermentación se da en forma anaerobia, es decir, en ausencia de oxígeno, además de exhalar gases irritantes para las mucosas nasales.
No obstante lo anterior, se estima necesario someter a consideración de esta Comisión, la incorporación de las siguientes precisiones señaladas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, que participó en la evaluación del proyecto mediante Ord. Nº 1335 de fecha 13 de febrero de 2008: 3.2.2.2 Dar estricto cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 144 de 1961, del Minsal, que prohíbe la emisión de olores o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza de todo establecimiento fabril o lugar de trabajo. En caso de presentarse eventos de olores molestos, el titular del proyecto, deberá implementar un plan de monitoreo y control de olores, orientado específicamente a minimizar y eliminar este impacto hacia el entorno inmediato.
3.2.3 Emisiones de Ruido El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que:
3.2.3.1 El proyecto cumple con los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 146/97 del Minsegpres; para cada una de las fases del proyecto. 3.2.3.2 El entorno del proyecto lo constituyen 117 ha de campo de propiedad de la empresa Agrícola Santa Marta de Liray S.A. en el cual se emplazan las oficinas de la empresa, los pabellones de gallinas ponedoras, alguna casa de trabajador y la casa del propietario de la empresa. 3.2.3.3 Según figura que se adjunta en la Adenda N° 1 de la DIA del proyecto, los receptores más cercanos son: a) Casa de trabajador a 400 m b) Oficina de la empresa a 400 m Fase de Construcción: 3.2.3.4 Se generará ruido producto de la construcción del galpón y montaje de equipo de compostaje. Fase de Operación. El titular del proyecto declara que las emisiones de ruido: 3.2.3.5 Corresponden al ruido emitido por los motores que accionan la maquinaria que permite realizar el compostaje mecanizado/encapsulado: a) 02 motores de mezcla de 7,5 KW cada uno b) 04 motores de tracción de 0,2 KW cada uno c) 02 motores de locomoción horizontal cada uno con una potencia de 0,1 Kw d) 01 motor hidráulico de 1,5 KW. No obstante lo anterior, se estima necesario someter a consideración de esta Comisión, la incorporación de las siguientes precisiones señaladas por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, que participó en la evaluación del proyecto mediante Ord. Nº 1335 de fecha 13 de febrero de 2008: 3.2.3.7 Realizar mediciones de nivel de ruido de acuerdo al procedimiento establecido por el D.S. Nº 146/97 del Minsegpres en un plazo no mayor a seis meses desde la puesta en marcha del proyecto, dichas mediciones se realizarán con la finalidad de evaluar la operación de la totalidad de las fuentes de ruido de Agrícola Santa Marta de Liray S.A., verificando el cumplimiento de los límites máximos permitidos de nivel de presión sonora por parte de la actividad. El informe de monitoreo deberá ser mantenido en el lugar del proyecto, disponible a requerimiento de personal fiscalizador, o ser enviados en caso que la Autoridad Sanitaria así lo solicite al titular. Cuando en este monitoreo se detecte la superación de la norma, se deberán implementar de inmediato medidas adicionales de mitigación que permitan minimizar el impacto acústico y dar cumplimiento a la norma, lo cual deberá ser evaluado en el mismo informe de monitoreo, el que deberá ser informado en forma inmediata a la Autoridad Sanitaria, adjuntando tanto el monitoreo como el cronograma con las medidas a implementar y/o implementadas. Las condiciones que debe cumplir este monitoreo son las siguientes: i) Lugares de medición: Las mediciones deberán realizarse, identificando la totalidad de puntos receptores a niveles de ruido. ii) Homologación de usos de suelo: Se deberá adjuntar en el informe, un pronunciamiento de la autoridad competente en materias de ordenamiento territorial, Dirección de Obras o Asesoría Urbana según corresponda, homologando la totalidad de puntos receptores de acuerdo a las zonas establecidas en el D.S. 146/97 del Minsegpres. iii) Frecuencia de las mediciones: En cada lugar se deberá realizar a lo menos una (1) medición, la que corresponderá a la condición de mayor nivel de inmisión de ruido, considerando los periodos horarios correspondientes durante el funcionamiento de las fuentes sonoras de la etapa de operación del proyecto, en su condición de mayor carga (situación más desfavorable). iv) Contenido de los informes: i. Características del equipamiento utilizado: Marca, modelo, certificado de calibración vigente, especificaciones técnicas. ii. Fuentes de ruido evaluadas: Deberá indicarse la fuente de ruido en estudio y cualquier otra fuente ajena a las evaluadas. iii. Fichas de medición y evaluación de ruido. iv. Croquis del lugar, señalando las distintas fuentes emisoras, los puntos de medición y las respectivas distancias entre la fuente generadora de ruido y punto receptor. 3.2.4 Manejo de Aguas Servidas y Aguas Lluvias: El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que para la fase de construcción y operación: Aguas Servidas 3.2.4.1 El proyecto cuenta con sistema particular de disposición de aguas servidas, autorizados por la Autoridad Sanitaria, y dando cumplimiento a la RCA N° 014/2001. Las resoluciones son las siguientes y se encuentran en la Adenda N° 1 y Adenda N° 2 de la DIA del proyecto: a) Resolución 07260 del 16 de marzo de 2005, en la cual se autoriza proyecto de Alcantarillado particular de Santa Marta de Liray. b) Resolución 024521 del 19 de agosto de 2005, en la cual se recepcionan las obras de Alcantarillado particular de Santa Marta de Liray. 3.2.4.2 Para la fase de construcción del proyecto, los trabajadores usarán los servicios higiénicos disponibles en la actualidad para los trabajadores de la Agrícola. Aguas Lluvias 3.2.4.3 Con respecto al manejo de estas aguas, el procedimiento de compostaje, considera la implementación de tecnología de punta por medio de proceso mecanizado/encapsulado lo cual evitará que las aguas lluvia ingresen al sector de proceso evitando la generación de lixiviados producidos por esta acción. 3.2.4.4 El suelo estará impermeabilizado por medio de cemento y se construirán zanjas que intercepten las aguas lluvia, las cuales serán canalizadas posteriormente al regadío del huerto. 3.2.4.5 Se considera una pendiente de 0,5% a fin de asegurar escurrimiento de eventuales aguas hacia la canaleta de colección, la cual llevará las aguas hacia una cámara (con capacidad de 1000 L) para poder recuperarlas y darles adecuada disposición. 3.2.5 Residuos Sólidos El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: Manejo de Residuos Fase de Construcción: 3.2.5.1 Existirá una acumulación temporal de residuos producto de la construcción de la planta de compostaje mecanizado, los cuales serán enviado a un lugar de disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria. 3.2.5.2 Se seguirá dando cumplimiento con la Resolución N° 5.081, del ex – Sesma, sobre la Declaración de los Residuos Industriales. 3.2.5.3 Se considera la instalación de contenedores con tapa hermética en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, con el fin de disponer los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos serán retirados regularmente por el departamento de Aseo de la Ilustre Municipalidad de Colina, y dispuestos en lugares de disposición final autorizada. 3.2.5.4 El titular del proyecto posee certificaciones internacionales de EUREGAP - BPA y BPM, estas acreditaciones requieren que las empresas que optan y obtienen dicha certificación cuenten con procedimientos estrictos de operación y de orden y limpieza entre otros. De este modo se considera que el orden y limpieza en la instalación de faenas quedará asegurada. Fase de Operación: 3.2.5.5 Se generaran residuos sólidos asimilables a domestico, los cuales serán retirados por el departamento de Aseo de la Ilustre Municipalidad de Colina, y dispuestos en lugares de disposición final autorizada. 3.2.5.6 Para los residuos industriales, se realizará el retiro por parte de una empresa autorizada, los cuales serán enviado a un lugar de disposición final autorizada por la Autoridad Sanitaria. Manejo de Guano 3.2.5.7 El guano producido en los pabellones saldrá de éstos directamente hacia la instalación de compostaje. El vehículo transportador volcará sobre la superficie impermeable la totalidad del guano dentro del galpón de proceso, el cual iniciará de inmediato el proceso de compostaje. De acuerdo a la sobrada capacidad del equipo de compostaje, se considera que el guano depositado no deberá permanecer almacenado en ningún momento. 3.2.5.8 Dar cumplimiento a la Norma Chilena NCh 2880 Of. 2004 del INN, Norma del Compost, Clasificación y Requisitos. 3.2.5.9 El mecanismo que se utilizará para depositar y cubrir el guano que se contempla es la utilización de viruta de madera seca, paja de trigo u otros de similares características. El procedimiento está señalado en la página 14 de la DIA del proyecto, y se detalla a continuación: ü Descarga: En la zona de descarga se procederá a depositar el guano sobre una capa de material rico en carbono (paja de trigo u otro similar), de unos 15 cm. Una vez ocurrida la descarga, se procederá a cubrir el guano traído con una capa de aproximadamente 10 cm del mismo tipo de material u otro rico en carbono. De esta forma se encapsulará el guano, asegurando una mezcla de aproximadamente 15% de carbono v/s 85% de guano fresco, considerando un fardo de paja (0,15 m3) por cada 1 m3 de guano. 3.2.5.10 El proyecto no contempla acumular guano en ninguna estación del año sino convertirlo permanentemente en compost. Para ello, la empresa cuenta en terreno con un generador eléctrico para poder sustentar la operación de compostaje en caso de corte eléctrico. 3.2.5.11 Si en caso excepcional – y/o de emergencia por falta de electricidad por tiempo prolongado acompañado por falla generalizada del generador en planta e imposibilidad eventual de arrendar otro – a la entrada del pabellón de proceso se podrá ubicar la producción de hasta una (1) semana de guano sobre piso de cemento. 3.2.5.12 Si llegase a ocurrir tal situación se adoptarán las siguientes medidas: a) Se cubrirán la(s) eventual(es) pila(s) con láminas de polietileno b) Se establecerá una distancia de seguridad c) Se colocará señalética adecuada a fin de impedir el paso de personal no autorizado d) Se instalará sebos de control de vectores y se aplicará producto para impedir la proliferación de moscas. 3.2.5.13 Es necesario señalar que si por alguna razón de fuerza mayor durante 1, 2 o 3 días no se pudiese procesar el guano en la planta de compostaje, se realizará el manejo mediante lo autorizado en la RCA N° 014/2001, distribuyendo ese guano excepcionalmente en los huertos frutales a las tasas autorizadas y en las condiciones actuales.
3.2.5.14 Despachar al SAG, RM los resultados de los monitoreos del compost generado en cumplimiento de la norma NCh 2880 Of. 2004 del INN, Norma del Compost, Clasificación y Requisitos.
3.3 Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley 19.300. El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de la letra o, del artículo 3 del D.S. Nº 95/01, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Artículo 3, letra o: Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos. o.8. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. Respecto de los efectos, características y/o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley 19.300, y en el Título II del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se puede señalar que: 3.3.1 Artículo 5: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” no genera riesgo para la salud de la población en su área de influencia o fuera de ésta, en relación a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. 3.3.2 Artículo 6: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 3.3.3 Artículo 8: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de la población en su área de influencia. 3.3.4 Artículo 9: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado”, incluidas sus obras o acciones asociadas, en sus fases de construcción y operación, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 3.3.5 Artículo 10: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de tipo paisajístico o turístico. 3.3.6 Artículo 11: El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, que se definen en la Ley 17.288 y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Todo lo señalado anteriormente se corrobora y se encuentra certificado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado”.
CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO El proyecto “Mejoramiento de Manejo de Guano de Aves de Postura Mediante Compostaje Mecanizado/Encapsulado” requiere del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del D.S. Nº 95/01 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Relacionado con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725 de 1967, Código Sanitario; y el cual corresponde aplicar por tanto el proyecto realiza compostaje de guano de ave mediante la técnica de mecanizado/encapsulado. Para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del D.S. Nº 95/01 del Minsegpres, el titular del proyecto aportó los antecedentes necesarios en la DIA del proyecto y en la Adenda Nº 1. En consideración con los antecedentes presentados por el titular del proyecto, la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, que participó en la evaluación del proyecto mediante Ord. Nº 1335 de fecha 13 de febrero de 2008, se pronunció conforme otorgando dicho permiso. Las características del compostaje mecanizado/encapsulado son las siguientes: 4.1 Definición del tipo de tratamiento: Compostaje mecanizado/encapsulado de guano proveniente de los pabellones de gallinas de postura. El proyecto contempla llegar a procesar entre 60 ton a 70 ton de guano de gallina ponedora húmedo por día.
4.2 Localización y características del terreno: Km 24,5 Panamericana Norte, comuna de Colina, en terrenos de uso agrícola pero de uso de suelo agroindustrial según plano regulador. 4.3 Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos: Se trata de un subproducto, guano de gallina ponedora, el cual al momento de encontrarse implementada a cabalidad el proyecto autorizado mediante RCA N° 014/2001 podría alcanzar las 70 ton/día. 4.4 Obras civiles proyectadas y existentes: × En la actualidad existen pabellones para albergar 260.000 aves. × A través de este proyecto se contempla la instalación de un equipo de compostaje automático o mecanizado/encapsulado que permita aprovechar este sub-producto, guano de gallina, generando a partir de este un mejorador de suelo. 4.5 Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores: No habrá implementación de caminos nuevos, los trayectos utilizados serán los mismo a los actuales por lo que no se contemplan efectos adicionales a los indicado en los proyecto ya aprobados. Es importante mencionar, que éste es un proyecto de mejoramiento ambiental por lo que se proyecta una disminución de efectos sobre el ambiente a través de un mejor manejo del guano de gallina entre los cuales se puede indicar, que el proyecto permitirá reducir las emanaciones de gases de efecto invernadero a la atmósfera. 4.6 Características hidrológicas e hidrogeológicas: El lugar corresponde al mismo emplazamiento de los proyectos ya autorizados. Sin perjuicio de ello, se puede indicar que no se observan cursos de agua en las inmediaciones del lugar de emplazamiento proyectado para la planta de compostaje. 4.7 Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos: La empresa cuenta con un plan de emergencia general al interior del plantel, el cual está descrito en la DIA del proyecto, el que se encuentra implementado e informado al personal. 4.8 Sistema de manejo de los rechazos: Se proyecta que la totalidad del guano sea compostado, por lo que no se producirán rechazos. 4.9 Manejo de los Lixiviados: Considerando que se trata de guano de gallina a compostar, sobre cemento, no se contempla generación de líquidos lixiviados en condiciones normales de operación. Sin embargo, se cuenta con un estanque acumulador de lixiviados, cuyas características son: × La pared del estanque será de ladrillo de pandereta. × El estanque estará recubierto de estuco platachado con malla acma c-92. × La base del estanque será de emplantillado clase H10. × El estanque estará cerrado. Adicionalmente, el titular del proyecto deberá tramitar ante la Autoridad Sanitaria la aprobación y autorización de la Planta de Compostaje de acuerdo a lo dispuesto en el D.F.L. N° 1/90 del Minsal, que determina las materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa. Sin perjuicio de lo anterior y de lo señalado en el literal 1.7 (descripción del proyecto) del presente documento, la Seremi de Salud mediante Ord. Nº 6538 de fecha 7 de septiembre de 2007, estima necesario someter a consideración de esta Comisión, la incorporación de las siguientes precisiones: 4.10 Acreditar al momento de tramitar ante la Seremi de Salud, el componente sanitario del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93, un coeficiente permeabilidad de la zona de compostaje no superior a 10-7 cm/s. No existen inconvenientes técnicos respecto de la utilización de cemento en el piso de la procesadora de compost, no obstante, deberá ir revestido con algún material impermeabilizante de tal forma de garantizar el citado coeficiente de permeabilidad. 4.11 En caso de que se instale una capa de arcilla de 30 cm, de acuerdo a lo informado en la Declaración de Impacto Ambiental (Punto N° 2.3.2.3 Descripción del Proyecto de Mejoramiento), previo a la instalación de la capa de cemento, se deberán realizar ensayos de permeabilidad sobre suelo en puntos representativos de la zona de operación del proyecto, por un organismos externo, con el objetivo de acreditar ante la Autoridad Sanitaria un coeficiente de permeabilidad no superior a 10-7 cm/s.
CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 5.1 La actividad será incorporada voluntariamente como parte de la cartera de proyectos Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) del territorio de Chile, en conformidad al artículo 12 del Protocolo de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y sus anexos A y B, adoptado en Kyoto, Japón, el 11 de diciembre de 1997, ratificado por el Estado de Chile en Sesión 10ª, ordinaria, el martes 2 de julio de 2002 del Senado de la República.
CAPITULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO 6.1 Vectores Sanitarios El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: 6.1.1 En la actualidad, la empresa cuenta con un sistema de control de vectores implementado que forma parte del sistema de gestión de la planta, Buenas Prácticas Agrícolas – EUREGAP, y Buenas Prácticas de Manufactura. Dicho sistema de control de plagas se hará extensivo a la nueva actividad de compostaje mecanizado/encapsulado de guano de gallina ponedora, para mantener las adecuadas condiciones actuales que a este respecto se observan en el predio. 6.1.2 Seguirá aplicando las medidas que fueron comprometidas en la RCA N° 014/2001, considerando 5.4, es decir: a) Aplicar al alimento de las gallinas de postura, un larvicida a base de Ciromazina como ingrediente activo. b) Realizar desratización con una frecuencia mínima de un año, mediante una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. 6.2 Agua Potable El titular del proyecto en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda Nº1 y Adenda Nº2, respectivamente, ha informado a esta Comisión que: 6.2.1 La provisión de agua potable de la empresa y sus instalaciones, en las cuales se incluye áreas de servicio y provisión de necesidades de los trabajadores, corresponde al Comité de Agua Potable Rural Santa Marta de Liray. En la Adenda N° 1 de la DIA del proyecto se adjuntan los últimos 3 recibos de pago. 6.2.2 Es de su responsabilidad mantener en el lugar de trabajo y durante todas las fases del proyecto, el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual o colectivo, de tal forma que cada uno de los trabajadores disponga de una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que cumplirá los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh Nº 409 Of. 1984 "Requisitos del Agua para Consumo Humano", según lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S. N° 594 de 1999, del Minsal, sobre las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. |
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=af/70/ade0aae71ec8a5d0c4c13816d5b59d337a04