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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Almacenamiento y Distribución de Ahídrido Sulfuroso "

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

 

1.1. Antecedentes del Titular y Representante Legal:

 

Razón Social

SULFOQUIM S.A.

R.U.T.

99.510.420-2

Domicilio

Educadora Silvia Hurtado Nº 2130, Villa El Señorial, San Felipe

Comuna

Putaendo

Provincia

San Felipe de Aconcagua

Región

Valparaíso

Teléfono

34-502711

Representante Legal

Juan Carlos Flores González

 

 

1.2. Ubicación:

Las instalaciones destinadas al almacenamiento de anhídrido sulfuroso se ubicarían en Calle Ejército Libertador (Ruta E-71) a la altura del km 6,4, Sector Las Coimas, comuna de Putaendo, Provincia de San Felipe de Aconcagua, Región de Valparaíso. Las coordenadas geográficas de su ubicación serían; Latitud 32º42’33.15 Sur y Longitud 70º44’27.30” Oeste.

 

El área de emplazamiento de las instalaciones correspondería a la propiedad asignada al ROL Nº636-049 que corresponde a un predio rural con permiso de cambio de uso de suelo para 3.100 m2, otorgado por la SEREMI de Agricultura de la Región de Valparaíso mediante Resolución Exenta Nº20, del 18 de junio de 2010. Se adjunta en el Anexo I de la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA), el plano correspondiente.

 

Las regiones y comunas involucradas en el Proyecto, serían las que se presentan a continuación:

 

Región

Provincia

 Comunas

Actividad en Comunas

III

Huasco

Vallenar

Comuna destino

IV

Elqui

La Higuera

Comuna de paso

Coquimbo

Comuna de paso

La Serena

Comuna de paso

Vicuña

Comuna destino

Limarí

Ovalle

Comuna destino

Choapa

Los Vilos

Comuna de paso

Canela

Comuna de paso

V

Los Andes

Los Andes

Comuna de paso

San Esteban

Comuna de paso

San Felipe de Aconcagua

San Felipe

Comuna destino

Putaendo

Comuna almacenamiento y destino

Santa María

Comuna destino

Catemu

Comuna de paso

Panquehue

Comuna de paso

Llay - Llay

Comuna de paso

Quillota

Hijuelas

Comuna de paso

Nogales

Comuna de paso

La Calera

Comuna de paso

Puchuncaví

La Ligua

Comuna de paso

Papudo

Comuna de paso

Zapallar

Comuna de paso

 

1.3. Tipología de Proyecto: El proyecto "Almacenamiento y Distribución de Anhídrido Sulfuroso" (en adelante el Proyecto) se encuentra tipificado por el siguiente literal:

ñ.1) “Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.Of 89”.

 

1.4. Monto de Inversión:

 

El monto de inversión considerado para el Proyecto sería de US $563.468

 

1.5. Vida útil:

 

El Proyecto consideraría una vida útil de 30 años.

 

1.6. Mano de Obra:

 

La mano de obra durante la etapa de construcción sería de 15 personas y durante la etapa de operación de 7 trabajadores.

 

1.7. Superficies del Proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas:

El Proyecto comprendería la construcción de un galpón techado de 139,30 m2 de superficie destinado como bodega de materiales y algunas actividades de mantenimiento, y un área de estacionamiento de camiones de 500 m2.

1.8. Descripción del Proyecto:

 

El Proyecto comprendería la importación de anhídrido sulfuroso desde Argentina, su transporte, almacenamiento en las instalaciones de SULFOQUIM S.A. y la distribución nacional de éste.

 

En las instalaciones de SULFOQUIM S.A., el producto sería descargado mediante un sistema de válvulas y compresores, directamente desde el camión hacia tres estanques de almacenamiento de 15.000, 22.000 y 50.000 kilos de capacidad cada uno.

 

1.8.1. Descripción del producto a transportar:

 

El anhídrido sulfuroso es un gas incoloro de olor pungente. Bajo presión es un gas licuado que se disuelve fácilmente en agua. La identificación del producto para el transporte es la siguiente:

 

Numero de Naciones Unidas     : UN 1079

Clase de Peligro DOT               : 2.3

Riesgo Secundario DOT           : 8 “Corrosivo”

Rotulo y Etiqueta DOT              : Gas Tóxico

 

En el Anexo IV de la DIA, se adjunta la ficha técnica y la Hoja de Datos de Seguridad del producto.

 

1.8.2. Descripción de Camiones Utilizados en el Transporte:

 

Camiones utilizados en la importación del producto:

 

Los camiones que se utilizarían en la importación del producto serían de propiedad del proveedor. El Titular exigiría a su proveedor el cumplimiento de la normativa nacional y de seguridad aplicables, incluyendo las nomas de seguridad UN 1079. Los tipos de camiones considerados contarían con la autorización de transporte internacional correspondiente.

 

En el Anexo V de la DIA, se adjuntan las autorizaciones correspondientes a la flota de camiones del proveedor.

 

Camiones utilizados en la distribución nacional:

 

El tipo de camiones que se utilizarían para la distribución nacional del anhídrido sulfuroso serían de propiedad de SULFOQUIM S.A., en ellos la cabina se encontraría completamente aislada de la zona de carga. A continuación, se presentan las características de los camiones:

 

Tipo de vehículo (camión, camioneta, etc.)

N° vehículos

Capacidad del vehículo de transporte

(Ton)

Características generales, tales como: dimensiones, sistema de control de velocidad, tipo de carrocería (cerrada o, abierta), entre otros.

Camión

 

2

20

 

Marca: Volvo

Patentes: FEF 231- IOL 124

Dimensiones: 2,60x14 m

Peso Bruto Total: 45.000 Kilos

Peso Eje Delantero 6.500 Kilos

Peso Eje Trasero doble puente 18.000 Kilos

Carrocería: aljibe

Control de Velocidad: Tacógrafo

Control de Ruta: GPS

Camión

 

1

4

Marca: Mitsubishi

Patente: XC 3211

Dimensiones: 1,96x6,65 m

Peso Bruto Total: 7500 Kilos

Peso Eje delantero simple: 2500 Kilos

Peso Eje Trasero doble rodado: 5000 kilos

Carrocería: Aljibe

Control de Velocidad: Tacógrafo

Control de Ruta: GPS

Camión

 

1

14

Marca: Ford

Patente: CHRB 87

Dimensiones: 2,4 x 9,5 m

Peso Bruto Total: 24.000 Kilos

Peso Eje delantero simple: 6000 Kilos

Peso Eje Trasero doble rodado: 18000 kilos

Carrocería: Aljibe

Control de Velocidad: Tacógrafo

Control de Ruta; GPS

 

Cada camión contendría, entre otros, los siguientes implementos de seguridad (punto 4.1. Anexo 2, Adenda N°1):

 

  • Hojas de Datos de Seguridad del producto.
  • Extintores.
  • Equipos de respiración autónoma.
  • Máscaras y filtros químicos.
  • Trajes de PVC, guantes, cascos y botas.
  • Cintas y conos delimitadores.
  • Teléfono celular.
  • Sistema para descargar electricidad estática en estanque y chasis.
  • Cinta reflectante.
  • Contenedor de agua potable, mínimo 5,0 lt.
  • Extintor de polvo.
  • Especificaciones técnicas para la carga y descarga.

 

Todos los vehículos de SULFOQUIM S.A. contarían con monitoreo constante mediante GPS, los que se utilizarían como medida preventiva o en caso que ocurra un accidente y el chofer no pueda comunicarse. Si desde la Central se percibiera alguna anomalía respecto a la ruta y/o programa del viaje, se daría aviso a las Autoridades competentes.

 

Los camiones considerados en el Proyecto contemplarían los rótulos para el transporte de las sustancias peligrosas, según lo establecido en el D.S. Nº298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y en la NCh 2190/Of 93 y Código de Naciones Unidas UN 1079. Éstos serían puestos en los cuatro costados del camión, siendo fácilmente visibles e identificables.

 

1.8.3. Obras, Acciones, y Partes que constituyen el Proyecto:

 

1.8.3.1. Etapa de Construcción:

 

El Proyecto contemplaría la construcción de las obras destinadas al almacenamiento de anhídrido sulfuroso y las siguientes actividades:

 

Movimientos de tierra: los movimientos de tierra serían menores, sólo para las fundaciones requeridas por el Proyecto. Mayores especificaciones, se presentan en el Estudio de Ingeniería Conceptual, Memoria Técnica, que se adjuntó en el Anexo VIII de la DIA. La distribución de las instalaciones, se presentó en el plano de emplazamiento adjunta en el Anexo II de la DIA.

 

Construcción de radier: En toda la superficie del sector donde estarían ubicados los estanques de almacenamiento, se construiría un radier previa compactación y aplicación de una capa de estabilizado, seguido de poliestireno de 0.8 mm para recibir el hormigón tipo H 25 de 12 cm de altura. El hormigón tendría aditivo impermeabilizante. Asimismo, se construiría un pretil perimetral de una altura de 60 cm y un ancho de 20 cm, construido en hormigón armado, con anclajes de fierro de 8 mm, a 20 cm de distancia cada uno.

 

Fundaciones para estanques de almacenamiento (puntos de apoyo): Se realizaría la construcción de fundaciones de tipo bombonas para los 3 estanques de almacenamiento, las que serían construidas de hormigón H-30 con armadura de fierro estriado Nº12.

 

Como medida de protección de los estanques, para evitar ser afectados por un camión, se construirían postes de tubos metálicos de un diámetro de 35 cm, la altura sobre nivel de piso sería de 70 cm y estarían confeccionados en lámina de 3 mm de espesor. Su empotramiento tendría una fundación de hormigón de 1 m. de profundidad y la distancia máxima entre ellos sería de 2 m. La distancia entre pretil y estos cilindros será de 1,5 m.

 

En el Anexo A del Adenda N° 2, se adjunta plano.

 

Construcción de servicios sanitarios y comedor: Se realizaría la construcción en concreto, de un baño y una sala destinada a comedor.

 

Montajes: Se realizaría el montaje de un galpón techado de estructuras metálicas que abarcaría una superficie de 139,3 m2. Las estructuras metálicas serían prefabricadas en taller externo, realizándose un montaje tipo “mecano”. Además, se instalarían y habilitarían 3 contenedores de 20 pies cada uno, los cuales estarían destinados a las labores de oficina, bodegaje de herramientas y artículos varios.

 

Instalación de sistema de alcantarillado particular: Se considerarían las obras civiles destinadas a la instalación de un sistema de fosas sépticas para el tratamiento de las aguas servidas. En el Anexo VII de la DIA, se adjuntaron los antecedentes técnicos del sistema de fosas sépticas considerado, así como su comprobante de ingreso ante la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso.

 

Estacionamientos y estabilizado de caminos: Se habilitaría un área de estacionamiento de camiones de 500 m2, la cual sería estabilizada con gravilla al igual que los caminos al interior del predio.

 

Cierre perimetral: El lugar de almacenamiento de estanques contaría con un cierre perimetral, el que contaría con una puerta de acceso determinado.

 

Mayores detalles se presentan en el Anexo A del Adenda N°2. 

 

La construcción de las obras tendría una duración de aproximadamente un mes.

 

Aspectos Viales durante la construcción:

 

El acceso hacia las instalaciones de SULFOQUIM S.A., se realizaría a través de la Ruta E-71. El Titular estimó que durante la fase de construcción existiría un flujo de 14 camiones durante esta etapa. Respecto de vehículos livianos, se estimó un flujo de 3 viajes diarios.

 

Requerimientos de Energía Eléctrica:

 

La electricidad durante esta etapa sería proporcionada por el vecino colindante, en el Anexo X de la DIA, se adjunta un recibo de suministro de Chilquinta del predio colindante de donde se obtendría energía eléctrica provisoria para las faenas.

 

Requerimientos Sanitarios:

 

a) Suministro de agua potable:

 

Considerando que en la etapa de construcción los trabajadores promediarían 15 personas, los requerimientos de agua potable serían de 1,5 m³ diario. En el Anexo XI de la DIA, se adjunta un recibo de suministro de agua potable del predio colindante de donde se obtendría el suministro provisorio para las faenas.

 

b) Sistema de alcantarillado:

 

En la fase de construcción se utilizarían baños químicos. El servicio de provisión, mantención y retiro de éstos lo realizaría una empresa autorizada para tales efectos.

 

Manejo de residuos sólidos:

 

Durante esta etapa se generarían residuos propios de la construcción, los que serían acopiados en un lugar destinado especialmente para ello y alejado de faenas de rutina. Una vez concluidas las obras, se realizaría el retiro de éstos por una empresa de transporte autorizada para tales efectos y serían depositados en sitios autorizados. En caso que los materiales se encuentren en buen estado, el Titular vería la posibilidad de reutilizarlos en forma previa a su transporte y disposición.

 

1.8.3.2. Etapa de Operación:

 

Importación de anhídrido sulfuroso:

 

La importación del anhídrido sulfuroso desde Mendoza, Argentina, se realizaría a través del Paso Los Libertadores, luego de cumplir con los trámites aduaneros requeridos por la legislación para su correcto ingreso al país. Este transporte se realizaría en camiones de la empresa proveedora del producto, los cuales cumplirían con la normativa vigente en cuanto a características y certificaciones de los estanques, capacitaciones de los choferes y mantenciones de sus equipos.

 

Las rutas que se utilizarían para el acceso hacia las instalaciones de SULFOQUIM S.A. en Putaendo, serían la Ruta 60 CH y E-71. El mapa de la ruta se adjunta en la Figura 2.2. de la DIA. En el Anexo IX de la DIA, se adjunta la respuesta de la Dirección de Vialidad respecto de la factibilidad técnica de acceso. Al respecto, el Proyecto daría cumplimiento a las especificaciones técnicas otorgadas por la Autoridad y contemplaría un flujo de 3 camiones mensuales.

 

Operaciones de carga y descarga de anhídrido sulfuroso en las instalaciones de SULFOQUIM S.A. y de los clientes:

 

El producto se almacenaría en 3 estanques, los cuales obtendrían la certificación por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), o algún organismo autorizado para tales efectos, previo al inicio de la operación del Proyecto.

 

El procedimiento de carga y descarga de anhídrido sulfuroso, estaría a cargo del Titular y sería el siguiente:

 

a) Seguridad:

 

El técnico encargado de la operación contaría con los siguientes Elementos de Protección Personal (punto 2.3.6. de la DIA):

 

  • Traje de protección química.
  • Casco.
  • Antiparras.
  • Guantes de PVC.
  • Máscara con filtro para gases con SO2.
  • Detector personal de gases de SO2.
  • Zapatos de seguridad.

Durante el proceso de carga y descarga, no habría ninguna otra persona dentro de la zona delimitada por el vallado.

 

b) Descripción del proceso de carga y descarga desde el camión al estanque de almacenamiento:

 

Este procedimiento de carga y descarga del SO2, sería el que se presenta a continuación.

  • Se ubicaría el camión en la zona destinada a la descarga, próxima al estanque de almacenamiento, fijando su posición con el bloqueador de mano y con tacos para inmovilizar las ruedas tractoras del semi-remolque.

  • Se colocarían conos de advertencia a 10 metros de cada lateral del camión y se cercaría la zona con cinta reflexiva y a 15 m del camión se pondrían los caballetes con el cartel de advertencia de peligrosidad. 
  • Se conectaría la manguera de trasvase de líquido entre la válvula de salida del camión y la entrada a la bomba de descarga. Se abriría la válvula que está entre la bomba y el estanque de almacenamiento como también la de descarga del estanque cisterna para equilibrar presiones entre ambos estanques.
  • Se conectaría la manguera de presión entre la válvula de desgase del estanque de almacenamiento y el estanque del semi-remolque del camión. Estas conexiones serían adecuadas para este tipo de gases, ya que contarían con uniones dobles y válvulas en cada uno de sus extremos para una descarga más segura. 
  • Una vez inundada la bomba con líquido, se pondría en funcionamiento la misma y se abriría la válvula al estanque de almacenamiento para comenzar el trasvase de líquido.
  • Cuando la bomba deja de pasar líquido y comience a pasar gases, ésta se detendría inmediatamente, para evitar que funcione sin líquido y se finalizaría la operación de descarga.

En la Figura 2.3 de la DIA, se presenta en forma esquemática la operatoria de carga y descarga desde el camión hacia los estanques de almacenamiento.

 

c) Operación de descarga en puntos de destino:

 

Al llegar a su destino, los camiones descargarían el producto en estanques de almacenamiento que serían entregados en comodato por SULFOQUIM S.A. a cada uno de sus clientes. Los estanques estarían ubicados en un sitio habilitado para estas maniobras dentro de las instalaciones de las empresas destinatarias. La operación de descarga se realizaría bajo las normas de seguridad del Titular, sumado a las normas de seguridad de cada empresa. Esta operación se realizaría bajo el siguiente procedimiento:

  • Se ingresaría a la planta del cliente para pesaje del camión.
  • Se cercaría el perímetro de descarga con los conos de seguridad, previa autorización del encargado de planta o de bodega del cliente.
  • Personal de SULFOQUIM S.A., se equiparía con los implementos de seguridad señalados previamente.
  • Se verificaría el nivel del estanque del cliente con detector portátil.
  • Se verificaría la corriente eléctrica, debiendo ésta ser trifásica.
  • Se procedería a realizar la descarga del producto bajo el mismo procedimiento descrito en el punto precedente.
  • Se cerrarían las válvulas de seguridad del visor del estanque, previa conformidad del cliente.
  • Se realizaría la destara del camión para verificar los kilos reales cargados.
  • Se procedería a confeccionar guía de despacho para ser recibida conforme por el encargado de planta o jefe de bodega.

Rutas consideradas en el Proyecto:

 

El transporte de anhídrido sulfuroso se realizaría por calles y caminos existentes utilizados normalmente para este tipo de carga. En cada una de las rutas seleccionadas para el transporte, se daría cumplimiento a lo indicado en el D.S. N° 298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y en el D.S. N° 75, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece las Condiciones para el Transporte de Cargas que Indican.

 

Las rutas utilizadas en la distribución serían principalmente la Ruta 5 Norte y 5 Sur. La ruta de los camiones estaría definida considerando la capacidad de la vía para soportar el flujo de camiones requerido, descartándose en todo caso la circulación por caminos sin especificaciones técnicas, sin mantención o en estado deficiente. Asimismo, en todo momento se seguirían las indicaciones locales de cada comuna.

 

Antes de cualquier despacho, se tendría programada la trayectoria entre el punto de distribución y los puntos de destino, a través de un instructivo (o guías de despacho respectivas), donde estarían definidos los sitios donde se realizarían detenciones y las instrucciones respecto a los canales de comunicación (teléfonos de emergencias) para activar el Plan de Emergencia en Carretera, en caso de ser requerido.

 

La distribución del producto se realizaría principalmente durante el período de noviembre a junio.

Las Rutas a utilizar y la información de transporte del anhídrido sulfuroso se presentan a continuación: 

Región

Comunas

Rutas y/o vías a utilizar

Instalación de origen o lugar de carga (nombre, dirección y comuna)

Instalación de destino  o lugar de descarga (nombre, dirección y comuna)

Cantidad/tiempo

Frecuencia viajes

(viajes/mes)

V

Putaendo

Ruta 60 CH

Ruta E 71

Carretera Ejército Libertador Nº766 Sector Las Coimas, Putaendo

Sarmiento N° 451, Mendoza

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

 

 

 

60

Ton/mes

 

 

3

III

Vallenar

Ruta E 71,

Ruta 60 CH, Ruta 5 Norte, Ruta C 485, Camino Alto del Carmen

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

Capel, Manuel Rodríguez Nº 44, Vallenar

3.500 kg/mes

2

 

IV

Vicuña

 

Ruta E 71,

Ruta 60 CH

Ruta 5 Norte

Ruta 41 CH Camino Peralillo

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

Pisquera Rio Elqui Ltda., Camino Peralillo s/n, Vicuña

2240 kg/mes 

 

4

IV

Ovalle

Ruta E 71, Ruta 60 CH

Ruta 5 Norte Ruta D-45

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

Patagonia Fresh S.A., Ruta D 45, km 23,3, Ovalle

12000 kg/mes

3

V

Putaendo

Ruta E 71,

Carretera Ejército Libertador Sector Las Coimas

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

Sociedad Comercial Inverpro Ltda. Carretera Ejército Libertador Nº22, Sector Las Coimas, Putaendo

15000 kg/mes

4

V

San Felipe

Ruta E-71,

Av. Maipú, Avda. O’Higgins,

Calle 12 de Febrero

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

David del Curto S.A., Calle 12 de Febrero N° 1643, San Felipe

 15000 kg/mes

 5

V

Santa María

Ruta E-71,

Av, Miraflores, Calle Chorrillos S/N, Parcela 46.

Centro de Almacenamiento SULFOQUIM S.A.

Carretera Ejército Libertador Nº766 sector Las Coimas, Putaendo

Sociedad Comercial Las Lechuzas Ltda., Calle Chorrillos s/n Parcela 46

12260 kg/mes

 2

 

Estacionamiento de los vehículos y lugares de detención:

 

El estacionamiento de los vehículos se realizaría en lugares autorizados por la autoridad competente. En caso de imprevistos, se evitaría estacionar en zonas residenciales, lugares públicos o de fácil acceso al público, áreas densamente pobladas o de gran concentración de personas o vehículos, según lo estipulado en el Artículo 19 del D.S. N° 298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

 

Los lugares de descanso a utilizar se presentan a continuación:

·         Autopista Aconcagua desde Santiago a Los Vilos: Sectores de detención en la Ruta 5 Norte, en el Kilómetro 204, a ambos lados de la ruta.

·         Autopista del Elqui desde Los Vilos a La Serena: Sectores de detención en la Ruta 5 Norte, en el Kilómetro 266 y 409.

 

Los choferes en ningún caso manejarían un tiempo continuo mayor a 5 horas, ante tal situación éstos tomarían un descanso en las zonas que se encuentran habilitadas para tales fines, en las carreteras y autopistas, lo que se coordinaría durante la etapa de planificación logística del viaje, con la finalidad de contar siempre con un período de descanso en un sitio debidamente autorizado y seguro, entre períodos continuos de conducción.

 

Durante el trayecto sólo se considerarían detenciones esporádicas de corta duración para maniobras e inspecciones de seguridad, descanso y alimentación, de acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos y a la NCh.2120/2 Of.98.

 

Programa de Mantención:

 

a) Mantención y lavado de camiones:

 

La mantención y lavado de los camiones, se realizaría fuera de las instalaciones de SULFOQUIM S.A. en empresas autorizadas para tales efectos, las que a continuación se presentan:

 

·       Mantención y lavado de camiones Ford: Automotriz Siglo XXI, Victoria 3033, Valparaíso, se adjuntó certificado de autorización en Anexo 3.1. del Adenda N°1.

·        Mantención y lavado de camiones Mitsubishi: Copec Sucursal San Felipe, ubicada en Coimas Esquina Freire. Se adjunta certificado de autorización en Anexo 3.2. del Adenda N°1.

 

El Titular llevaría un registro de la totalidad de las mantenciones realizadas, el cual incluiría: lugar de la mantención, fecha y tipo de mantención realizada. Este registro se mantendría disponible para la consulta de la Autoridad pertinente.

 

Las mantenciones de la flota de camiones destinadas a la importación de materias primas, las realizaría el proveedor en su país de origen bajo las normas internacionales vigentes.

 

b) Mantenciones de estanques de almacenamiento:

 

El Titular realizaría una mantención rigurosa de los estanques de almacenamiento en sus instalaciones para la recepción del producto, ésta sería realizada por personal técnico autorizado y contemplaría lo siguiente:

·       Se verificaría que el personal cuente con los siguientes implementos de seguridad previo a cada actividad de mantención: casco, traje antiácido, guantes de protección, zapatos de seguridad y máscara para gases con protector facial (con filtro para SO2)

·      Semanalmente se verificaría el estado de las válvulas de cada estanque: válvulas de seguridad (fabricada con acero inoxidable ICI 316 L), válvulas de carga y descarga reforzadas de tres cuerpos en acero inoxidable, (revisión periódica visual de su estructura y se verificaría mediante un reactivo que la válvula esté funcionando correctamente).

·       Se realizaría una revisión periódica en cada válvula, a través de un equipo protector monogas.

·       En caso que en alguna revisión se detecten fugas por mínimas que éstas fueran, se procedería al recambio, previo vaciado y desgasado del estanque.

·       Cada doce meses se realizaría la medición del espesor de las paredes de cada estanque de acopio, con un equipo de medición ultrasónica.

·       Semestralmente se realizarían mantenciones de pintura anti óxido blanca con el recambio de la señalética adhesiva reglamentaria.

·       En cada revisión, el personal tomaría nota de las observaciones periódicas en una hoja de control, en la que se registraría la fecha de la revisión y firma del técnico interviniente.

 

La mantención de los estanques no requeriría de lavado, limpieza o mantenimiento interior por contener gas puro.

 

Requerimientos de energía eléctrica:

 

El suministro de energía eléctrica durante la operación del Proyecto, sería provisto por la empresa Chilquinta. En el Anexo X de la DIA, se adjunta certificado de factibilidad de conexión eléctrica. Cabe señalar que la instalación de suministro eléctrico sería certificada por personal autorizado por la SEC.

 

Requerimientos Sanitarios:

 

a) Suministro de agua potable:

 

El requerimiento de agua potable sería de 1,05 m3/día, el cual se obtendría de la red pública del Comité de Agua Potable Rural La Ermita, Las Coimas-Encón. El requerimiento de agua, sólo sería para el consumo en servicios (comedores y sanitarios) por parte del personal.

 

Se adjunta certificado de factibilidad de conexión al Sistema de Agua Potable Rural en el Anexo XI de la DIA.

 

b) Sistema de alcantarillado:

 

El Proyecto consideraría la construcción de un sistema de alcantarillado particular, el cual ya fue presentado al SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso en forma sectorial. En el Anexo VII de la DIA se adjunta comprobante de ingreso y antecedentes técnicos del sistema.

 

El sistema de alcantarillado consistiría en la instalación de una fosa séptica en albañilería y ladrillo, dren de absorción, cámaras de inspección, cámara interceptora de aceites y grasas y tuberías de PVC sanitario. La capacidad de la fosa sería para un total de 12 trabajadores (a objeto de tener un margen de seguridad, considerando que se proyectan solo 7 trabajadores en la etapa de operación), por lo que se estimaría un caudal de 1,62 m3/día.

 

c) Aspectos Viales:

 

El acceso a las instalaciones de SULFOQUIM S.A., se realizaría a través de la Ruta E-71, el flujo vehicular estimado por el Titular durante esta etapa sería de 20 camiones al mes y de 3 vehículos livianos al día. En la siguiente tabla, se presenta el desglose del flujo vehicular estimado.

 

Actividad

Flujo vehicular

Camiones de distribución (egreso e ingreso)

17/mes

Camiones de importación de producto

3/mes

Camión Limpia-fosas sistema de alcantarillado

1/ cada 4 meses

Vehículos livianos

3/día

 

1.8.3. Etapa de Abandono:

 

El Proyecto no contemplaría una etapa de abandono, no obstante en caso de algún suceso no previsto, el Titular desmantelaría las instalaciones, realizaría la venta correspondiente de bienes que se encuentren en buenas condiciones; y los residuos se transportarían y dispondrían por empresas autorizadas para tales efectos.

 

1.9. Plan de Contingencia:

 

1.9.1. Capacitación de conductores y personal:

 

Se contemplaría una capacitación anual de manejo y transporte de sustancias peligrosas otorgada por la Mutual de Seguridad, para operadores y conductores, también se realizarían simulacros. Además, de los módulos de capacitación considerados, se realizaría una inducción al personal nuevo sobre Leyes y/o Reglamentos que rigen las actividades que desarrollan. Mayores detalles se presentan en el punto 14 del Anexo 2 del Adenda N°1.

 

El Titular contrató los servicios de la empresa SUATRANS Chile, para controlar emergencias químicas, la que además desarrollaría una actividad anual de capacitación, entrenamiento o simulacro de 4 horas de duración, para el personal de SULFOQUIM S.A.

 

El Titular realizaría ejercicios de emergencia y evacuación, los que se detallaron en la respuesta 9 del Adenda N°2.

 

1.9.2. En la operación del centro de almacenamiento de anhídrido sulfuroso y procedimientos de carga y descarga:

 

Este plan tiene por objetivo dar a conocer los procedimientos que se aplicarían en caso de emergencias, siniestros, incendio y/o fuga producidos en la zona donde se encontraría ubicada la central del Proyecto.

 

a) Procedimiento en caso de fallas en la carga y descarga del producto:

 

En caso de alguna falla en el sistema de carga y descarga de producto, se tendrían en cuenta las siguientes medidas:

·         Cerrar la válvula de seguridad.

·         Aislar la zona 50 m a la redonda.

·         Dar aviso inmediato a Bomberos, Carabineros, Municipio y SEREMI de Salud.

·         Chequear la dirección del viento y ubicarse en consecuencia (del lado de donde viene el viento).

·         Las personas que participen en la operación, llevarían equipo autónomo de respiración de presión positiva y ropa de protección química.

·         Proceder a identificar inmediatamente la falla.

·         Asegurar la adecuada ventilación en el área.

·         Intentar detener el escape o derrame.

·         Reducir los vapores de la fuga mediante la proyección de abundante agua pulverizada.

·         Prevenir la entrada de producto en las alcantarillas, fosos de trabajo o cualquier otro lugar donde la acumulación pudiera ser peligrosa.

 

b) Procedimiento en caso de fugas y/o derrames de los estanques de almacenamiento:

 

·         Todos los estanques de almacenamiento, tendrían su correspondiente pretil para contención de derrames.

·         En caso de fugas, se controlaría el elemento que produce el derrame, ya sea la manguera, fisura de estanque y/o válvula dañada.

·         Se aislaría la zona comprometida en el accidente abarcando 50 m a la redonda instalando huinchas de emergencia (peligro), conos y letreros de peligro.

·         Detectado niveles mínimos de gas por el equipo detector de gas, se activaría el equipo dispersor de agua, con el propósito de contener de manera inmediata el gas evaporado, principalmente si se trata de una fuga por la parte superior del estanque.

·         Para recuperar toda traza de gas, se colocaría sobre el estanque, un cobertor de polietileno de 300 micrones que estaría siempre disponible junto con los elementos de seguridad. Este cobertor se sellaría al pretil, colocándole arena sobre todos sus bordes para que no escape gas (esta arena estaría disponible junto con los elementos de seguridad).

·         Se conectaría una manguera a una válvula que tendría preparada el cobertor mediante la cual se extraerían, con una bomba o compresor, los gases que se estuvieran emanando. Estos gases serían enviados a otro estanque de seguridad que estaría siempre disponible con agua, y al que se le agregaría soda cáustica al momento de ingresarle los gases de SO2, para hacer burbujear y transformar el anhídrido sulfuroso en bisulfito de sodio.

·         Las aguas ácidas serían acumuladas en el pretil de contención de derrames de los estanques y desde allí se bombearían a un estanque de seguridad de 30 m3 que se mantendría vacío.

·         Una vez controlada la emergencia se procedería a reparar y/o reemplazar el elemento dañado por uno nuevo si fuese necesario, una vez finalizada la reparación se procedería a la limpieza del sector involucrado en el accidente.

·         Los elementos utilizados en la limpieza y los residuos que se hayan recuperado por efecto de un derrame, serían manipulados por SUATRANS Chile de acuerdo al procedimiento dispuesto en el D.S. N° 148 de 2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

 

En caso de una rotura en la parte inferior del estanque (en su fase líquida) y se genere contacto del producto con el exterior, se perdería la presión y el anhídrido sulfuroso al expandirse, se congelaría de manera instantánea dentro del mismo estanque, por lo tanto, el producto se auto controlaría respecto de la emisión de fugas y permitiría solucionar la emergencia antes de que comience el proceso de evaporación, ya que el tiempo necesario para que la masa congelada del estanque comience a licuarse y luego a evaporarse sería de 16,65 horas

 

Mayores detalles sobre la estimación de fugas y las medidas de control se presentaron en el Adenda N°3.

 

c) Sismo:

 

Si existiese un sismo, con y sin generación de fuego, se llevarían a cabo las siguientes acciones:

  • Se procedería a cortar el suministro de gas, electricidad y combustibles.
  • Se revisarían los daños materiales en las instalaciones (galpones y tanques).
  • En los sectores con derrames de líquidos y/o principios de incendio, se evacuaría el lugar del siniestro y se comunicaría inmediatamente a bomberos y ambulancias.

d) Incendio:

 

El Titular señaló que el SO2 no es un gas inflamable y en caso de incendios cercanos se evacuaría el personal de la zona, se enfriarían los estanques cercanos a la fuente calórica con agua. Se usaría cualquier elemento extintor para fuego.

 

En caso de fugas, se aislaría la zona a unos 50 m a la redonda, se pulverizarían las emanaciones con agua y posteriormente se neutralizarían con carbonato de sodio o cal. La posibilidad de explosión de los estanques podría estar dada por sobre-presión interna de los cilindros o depósitos cuando se exponen a intenso calor o llamas. No obstante, los estanques de SULFOQUIM S.A., contarían con válvulas de seguridad para poder desalojar la cantidad de gas que sea necesaria para reducir la presión y así evitar explosiones o proyecciones.

 

1.9.3. Durante el transporte:

 

El presente Plan tendría como objetivo establecer los procedimientos a seguir en caso de sucesos no previstos ocurridos durante el transporte de cargas, en donde se vean comprometidas la integridad física del conductor, el medio ambiente, la carga transportada o el vehículo de la empresa.

 

a) Medidas de prevención generales:

 

·         El conductor sólo transitaría por rutas autorizadas para el transporte de cargas peligrosas.

·         El conductor chequearía los implementos de seguridad a bordo y respetaría los lugares de detención autorizados.

·         Todos los recorridos se realizarían con la correspondiente hoja de ruta y la hoja de datos de seguridad del producto.

·         El conductor cumpliría todas las leyes de tránsito, extremando precauciones en curvas, puentes y lugares de mayor afluencia de público.

·         Se instalarían GPS de seguimiento en los camiones, su trayectoria se seguiría vía internet identificando velocidad, tiempo de paradas, circulación por rutas permitidas.

 

En relación al Paso Los Libertadores, éste se consideraría como uno de los tramos críticos en el transporte del producto y por lo tanto, se aplicarían las siguientes medidas especiales:

 

·         El paso por este tramo se realizaría sólo en horarios diurnos, para mejor visibilidad.

·         No se realizaría la importación de producto en los meses de invierno, para evitar rutas congeladas.

·         Se llevaría un estricto control de las mantenciones de los camiones que vienen desde Argentina.

·         Ante cualquier emergencia, el conductor daría aviso inmediato a Carabineros y a la Central de SULFOQUIM S.A. que contaría con convenio para atender accidentes en rutas.

·         Se realizaría el envío de informe mensual a las Autoridades competentes de recorridos controlados por GPS en las rutas destinadas a la importación del producto.

 

b) Procedimiento general a seguir en caso de accidentes en la ruta:

 

Si un camión de SULFOQUIM S.A., se viera involucrado en un accidente mientras transporta carga, las acciones a efectuar por el conductor, serían las siguientes manteniendo la secuencia u orden indicado:

 

·         Aislaría el camión poniendo conos y cintas.

·         Exigiría la suspensión inmediata del tránsito.

·         Exigiría un radio de seguridad mínimo de 800 metros.

·        Impediría que cualquier persona sin elementos de seguridad entre en contacto con el producto transportado.

·         En caso de filtración, se evitaría la llegada del producto a cauces de agua y/o alcantarillados.

·         Se daría aviso de inmediato vía teléfono celular a la empresa y a Carabineros, teniendo el cuidado de informar lo siguiente:

-    Nombre del conductor y patente del equipo.

-    Hora y lugar del accidente, indicando puntos de referencia.

-    Lleva o no lleva carga. Hay o no fuga del producto.

-    Posición del equipo.

-    Si el vehículo accidentado quedase fuera de la ruta o berma, indicar grado de dificultad para el acceso.

-    Si hay vehículos de terceros involucrados.

-    Si a raíz del accidente hay heridos, lesionados, muertos, etc.

-    Condiciones imperantes alrededor.

-    Indicar la presencia de Carabineros y/o Bomberos.

·         Si no estuviera a su alcance el comunicarse vía celular, el conductor podría accionar el botón de pánico del GPS durante 3 segundos y la prestadora del servicio GPS informaría a las personas a cargo de emergencias en SULFOQUIM S.A. También, intentaría buscar S.O.S. en carreteras concesionadas y/o pedir ayuda a un tercero para que éste realice la llamada desde otro punto.

·         En caso de fallecimiento del conductor o en el caso que éste quede imposibilitado de realizar labores, se incluiría en la cabina del conductor en lugares visibles, los números de teléfono de contacto en caso de emergencia para que terceras personas puedan dar a conocer accidentes en la ruta de transporte o para hacer denuncias.

 

Si se generaran residuos peligrosos producto de algún accidente en la ruta, éstos serían inventariados y depositados en tambores resistente al material que contienen y serían mantenidos en forma provisoria, en algún sector el que se cubriría con plástico a la espera que llegue un transportista autorizado por la Autoridad Sanitaria, para llevarlos a disposición en lugares autorizados para tales efectos. El almacenamiento transitorio, sería definido previa inspección del lugar y se esperaría que éste no alcance a estar un tiempo superior a 48 horas mientras es retirado, sin perjuicio de lo que ordene la Autoridad Sanitaria, de acuerdo a su respectiva competencia.

 

c) Fallas en el equipo (panas):

 

Si un conductor se encuentra con su equipo en pana, procuraría sacar el vehículo de la ruta, alejándolo de toda zona de riesgo. En caso de no ser posible obtener la condición anterior, se consideraría:

 

·         Aislar el camión poniendo conos y cintas.

·         Bajar los extintores y ubicarlos frente al camión.

·         Dar aviso de inmediato vía teléfono celular a la empresa a alguno de los teléfonos señalados en el Anexo 2 del Adenda 1.

 

Si no está al alcance del chofer, el comunicarse vía celular, intentaría buscar S.O.S. en carreteras concesionadas y/o pedir ayuda a un tercero para que éste realice la llamada desde otro punto, teniendo el cuidado de informar lo indicado en el punto siguiente.

 

  • Nombre del conductor y patente del equipo.
  • Hora y lugar de la pana, indicando uno o más puntos de referencia.
  • Lleva o no lleva carga.
  • Posición del equipo (sobre la ruta, berma, costado de la berma, etc.)
  • Si el vehículo en pana quedase fuera de la ruta o berma, indicar grado de dificultad para el acceso.
  • Condiciones imperantes alrededor.
  • En lo posible, teléfono del denunciante.

d) Incendio del vehículo:

 

Si un camión de SULFOQUIM S.A., se viera involucrado en un incendio y por ello se extiende a lugares circundantes a dicha emergencia, se efectuaría lo siguiente:

 

·         La responsabilidad de comunicar el hecho sería del conductor, el que debería hacerlo de forma inmediata luego de la detección de la emergencia, comunicándose con su jefatura directa en SULFOQUIM S.A. y con el cuerpo de bomberos más cercano indicando la ubicación más exacta de la emergencia.

·         En el aviso de incendio, se informaría sobre la carga transportada (SO2).

·         Se entregaría la documentación e información necesaria sobre este tipo de sustancias, a los grupos de ayuda, Bomberos y Carabineros.

·         El conductor evaluaría si pudiese controlar la situación con los equipos disponibles, tomando en consideración las características del SO2.

·         La evaluación consistiría en utilizar los implementos necesarios para el combate de incendios, evitando principalmente que éste se propague a recintos adyacentes, con agua.

·         Posteriormente se generaría la limpieza del área y del suelo y se almacenarían los residuos generados del incendio, guardándolos en tambores sellados y etiquetándolos respectivamente para su posterior disposición en empresa autorizada para tales labores.

 

e) En caso de accidente y/o derrame en cuerpos de agua:

 

El Titular señaló que la probabilidad de que existan derrames de anhídrido sulfuroso hacia cursos de agua es muy baja, no obstante, se identifican los siguientes riesgos asociados:

 

  • Volcamiento directo de la carga a cursos de agua.
  • Fugas de los estanques de almacenamiento y control con agua pulverizada (esta acción detiene la dispersión del gas a la atmósfera, pero podría generar escurrimiento de aguas ácidas que deben contenerse).

En caso que existiese algún accidente de los señalados precedentemente y que afecte cuerpos de agua, se tendrían en cuenta las siguientes medidas:

 

·         Inmediatamente ocurrido el accidente, se daría aviso mediante celular o radio a las autoridades pertinentes individualizadas en el plan de contingencia y al gerente de SULFOQUIM S.A. Los números de contactos estarían grabados en el celular y se adjuntan en el Anexo 2 del Adenda N°1.

·         El personal que participe en la operación, contaría con su traje de protección química y equipo autónomo de respiración positiva.

·         De existir fuga al aire, se interrumpiría el tráfico en carretera, mediante conos y cinta señalética reflectante, al menos 100 metros a cada lado, por un período mínimo de 15 minutos, o hasta que no exista evidencia de olores propios del anhídrido sulfuroso en el aire.

·         De existir fuga a un curso de agua, se evaluaría la magnitud del evento en forma preliminar, construyendo en lo posible diques de arena para evitar escurrimiento.

·         En caso de volcamiento directo de la carga, se procedería a neutralizar el área afectada agregando carbonato de calcio como primera medida. Cada camión dispondría de un saco con 25 kg de cal.

·         Para evaluar el impacto ambiental del evento, el Titular realizaría las gestiones para la toma de muestras del cuerpo de agua afectado, dentro de las 24 horas de ocurrido el evento. Dichas gestiones se realizarían con laboratorios y/o Universidades de la región preferentemente para agilizar la evaluación. Se fijarían 4 estaciones de monitoreo definidas, según los siguientes criterios:

-    100 m aguas arriba del derrame.

-    En el lugar del derrame.

-    100 m aguas abajo del derrame.

-    200 m aguas abajo del derrame.

·         En cada estación, se tomaría una muestra de agua superficial, una muestra de columna de agua y una muestra de sedimentos. Los parámetros a analizar en cada matriz serían los siguientes:

-    Muestra de agua superficial: pH, temperatura, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables, sulfuros y sulfatos.

-    Muestra de columna de agua: pH, temperatura, sólidos suspendidos, sólidos sedimentables, sulfuros, sulfatos y oxígeno disuelto.

-    Sedimentos: pH, humedad, sulfuros y sulfatos.

·         Además, se mediría el caudal del curso de agua a objeto de dimensionar los efectos de dilución y dispersión de contaminantes.

·         Cabe señalar que el análisis de pH y temperatura, se realizarían in situ a objeto de tener una evaluación preliminar e inmediata que permita dimensionar el impacto del evento. Estos parámetros serían medidos cada 2 horas, por un período de 24 horas desde que se aplicó el carbonato de calcio, si los resultados fuesen negativos se procedería a aplicar mayor cantidad y se repetiría la toma de muestras hasta alcanzar el nivel de pH normal del agua (entre 7 y 9).

·         De ocurrir contaminación en un curso de agua, se efectuarían 2 campañas de monitoreo. La primera 30 días después de ocurrido el accidente y la segunda a 60 días de ocurrido el mismo.

·         Se utilizarían las mismas estaciones de monitoreo definidas en la etapa de evaluación del accidente y se analizarían los mismos parámetros a objeto de comparar y realizar el seguimiento de variables ambientales.

·         Todos los resultados de los análisis de la evaluación serían enviados a los organismos competentes, incluida la Dirección General de Aguas.

 

e.1) Procedimiento en caso de afectar sistemas de agua potable para consumo humano:

 

En caso que ocurra un accidente en el cual se viera afectado algún cuerpo de agua que abastezca con agua potable viviendas aledañas, se tomarían las siguientes medidas:

 

Acciones inmediatas:

 

·         Se daría aviso inmediato a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, a la SEREMI de Salud y la Municipalidad correspondiente.

·         Se evaluaría el área afectada, tomando muestras 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo del accidente, éste comprendería un monitoreo de parámetros de interés sanitario por 3 días, tomando una muestra cada 12 horas. Los resultados, serían enviados a los organismos competentes, incluida la Dirección General de Aguas y SEREMI de Salud, de la región que corresponda.

·         Se analizarían los parámetros de pH, sólidos suspendidos, sulfuros y sulfatos.

·         Los análisis de pH, se medirían in situ. En caso que exista una alteración significativa del pH del agua, se procedería de inmediato a dar aviso a la empresa sanitaria para el corte del suministro.

 

Acciones posteriores:

 

·         Se enviaría un informe a las Autoridades dentro de 15 días con el siguiente contenido:

-    Lugar del accidente.

-    Resultados del monitoreo.

-    Población abastecida.

-   Evaluación ambiental del impacto. La evaluación incluiría la comparación de los parámetros medidos con respecto a la NCh 409 y los registros de la empresa sanitaria correspondiente.

-    En caso que la evaluación indique un impacto significativo se enviaría la propuesta con un plan de descontaminación.

·         Sólo en caso que se detecte un impacto ambiental significativo, SULFOQUIM S.A. se haría cargo del abastecimiento de agua potable mientras se repara el daño causado.

·         La evaluación del impacto y el informe correspondiente, sería ejecutado por terceros, ya sean consultoras especializadas o Universidades.

 

e.2) Procedimiento en caso de afectar agua para riego y/o consumo animal:

 

En caso que ocurra un accidente en el cual se viera afectado algún canal o cuerpo de agua que se utilicen para regadío, se tomarían las siguientes medidas:

 

Acciones inmediatas:

 

·         Se daría aviso inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), SEREMI de Agricultura y al Centro de SULFOQUIM S.A.

·         Se evaluaría el área afectada, tomando muestras 100 m aguas arriba y 100 m aguas abajo del accidente.

·         Se analizarían los parámetros de pH, sólidos suspendidos, sulfuros y sulfatos.

·         Los análisis de pH, se medirían in situ. En caso que exista una alteración significativa del pH del agua, se procedería de inmediato a dar aviso a la Asociación de Canalistas correspondiente.

 

Acciones posteriores:

 

·         Se enviará un informe a las Autoridades dentro de 15 días con el siguiente contenido:

-    Lugar del accidente

-    Resultados del monitoreo

-    Asociación de Canalistas correspondiente

-   Evaluación ambiental del impacto. La evaluación incluiría la comparación de los parámetros medidos con respecto a la NCh 1333, Calidad de agua de riego, como patrón de referencia.

-    En caso que la evaluación indique un impacto significativo se enviaría la propuesta con un plan de descontaminación.

·         La evaluación del impacto y el informe correspondiente, sería ejecutada por terceros imparciales, ya sean consultoras especializadas o Universidades.

 

f) Procedimiento en caso de afectar a unidades del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado u otras de protección oficial:

 

En el caso que algún accidente en la ruta afectará áreas que involucren a unidades del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), u otras áreas consideradas bajo protección oficial de acuerdo al Artículo N°2, letra a) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se efectuarían las siguientes acciones:

 

·       Dar aviso inmediato a la Central de SULFOQUIM S.A., al SAG, SEREMI de Agricultura, SEREMI de Salud y Municipalidad correspondientes.

·       Aislar la zona afectada, colocando cintas y conos.

·       El personal que participa en la labor utilizaría el traje de protección química y equipo de respiración.

·       En caso de fugas, se chequearía la dirección del viento y se favorecería la ventilación del sector.

·       En caso de escurrimientos, se construirían diques de arena, para detener el derrame.

·       Se solicitaría en forma inmediata la evaluación de un especialista (biólogo) quien estaría en la zona del accidente en un plazo no superior a 24 horas. Este profesional realizaría un levantamiento de la situación y elaboraría un diagnóstico, y en base a la magnitud del evento propondría las acciones de restauración, tales como: rescate y relocalización de flora y fauna en caso que sea necesario.

·       En informe de evaluación del biólogo sería entregado al SAG, Corporación Nacional Forestal (CONAF) y Dirección Ejecutiva del SEA, dentro de 15 días hábiles de ocurrido el accidente. Este informe contendría como mínimo:

-    Identificación del área afectada, por lo general entre 50 a 100 m a la redonda desde el punto del accidente.

-    Identificación y estado de especies de flora y vegetación existente en el área.

-    Identificación y estado de especies de fauna existente en el área.

-    Análisis del potencial impacto ambiental a especies de flora y fauna existentes.

-    Resultados de las acciones de restauraciones, como lavar con abundante agua la flora y fauna silvestre dentro del área protegida y en otros casos se trasladarían algunos ejemplares fuera del área.

-    Propuesta de medidas de seguimiento y monitoreo de las acciones implementadas en la restauración del área definida, para constatar la existencia de algúna especie de flora y fauna en categoría de conservación dañada, transcurrido 1 mes del accidente. De encontrarse dichas especies, se identificarían y cuantificarían, informando de este efecto a la autoridad competente, repitiendo este seguimiento 1 mes después, y hasta que no se detecte más mortalidad de flora y fauna, por la acción directa del anhídrido sulfuroso.

·       En caso que existan derrames a cursos de agua, se procedería de acuerdo al literal e).

·       En caso que existan porciones de suelos afectados por algún escurrimiento, se procedería a tomar muestras de suelos para medir pH, y se compararía con una muestra patrón de algún sitio cercano no afectado. Los resultados serían enviados, dentro de 15 días de ocurrido el accidente al SAG correspondiente.

·       Si se constata alteración del pH en suelos del área afectada, se entregaría al SAG un informe con las medidas para neutralización y recuperación del área afectada.

 

g) Procedimiento en caso de incendios forestales:

 

El SO2 no es un producto inflamable, por lo tanto, el riesgo de incendios forestales, sólo se acotaría a aquellos eventos de accidentes en ruta comunes y propios de cualquier vehículo por inflamación de combustible.

 

El caso que se genere algún incendio forestal, el conductor estaría capacitado para el aviso de la emergencia y control inicial del siniestro. Las actividades primordiales a seguir frente a este tipo de incidentes serían:

·         Comunicarlo inmediatamente a SULFOQUIM S.A., bomberos y al teléfono de emergencia de CONAF (130).

·         Evacuar del área a personas ajenas a los procedimientos de control de incendios.

·         Evaluar la factibilidad del control de incendio tomando en cuenta los equipos de control disponibles, el grado de avance del siniestro y los elementos inflamados. Si se determina que es factible el combate del siniestro con los medios disponibles se consideraría:

- Utilizar adecuadamente los equipos de control de incendios.

- Trabajar siempre a favor del viento, vale decir, el viento siempre debería dar en la espalda del personal que combate el siniestro.

- Trabajar lo más alejado posible de donde se originó el fuego.

- Evitar que el fuego se propague mojando los recintos adyacentes con agua.

Asegurarse que todo el personal se haya enterado del incendio.

·         Si no es posible el control del incendio se evacuaría del área a todo el personal, esperando el ingreso de bomberos, Carabineros y personal de CONAF, a los cuales se les proporcionaría toda la información solicitada y la ayuda que éstos requieran.

·         Posteriormente se generaría la limpieza del área, limpiando el suelo y almacenando los residuos generados del incendio, guardándolos en tambores sellados y etiquetándolo respectivamente para su posterior disposición en empresa autorizada para tales labores.

 

h) Aviso a la autoridad:

 

En caso de contingencia o cualquier tipo de emergencia, independiente de los avisos internos programados por la empresa, el Titular avisaría en forma inmediata a aquellos organismos de reacción ante accidentes o emergencias, tales como Carabineros de Chile, Cuerpos de Bomberos y Autoridad Sanitaria. Asimismo, deberá avisar a las Oficinas Regionales de Emergencias, Dirección Regional de Vialidad, Asociación de Canalistas, DGA, CONAF, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipios, la Dirección Ejecutiva del SEA que correspondan y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales.

 

El Titular remitiría un informe preliminar sobre la contingencia en un tiempo no superior a 24 horas a la Dirección Ejecutiva del SEA. Dicho informe debería contener, a lo menos, la siguiente información: identificación del Titular y Proyecto calificado en el SEIA, lugar, fecha, hora, tipo de accidente, causa de accidente, tipo de sustancia o residuo, patente del vehículo, implicancias, duración del evento, medidas de control asumidas, medidas de rehabilitación, restauración o descontaminación de la zona, personas afectadas por el incidente, medidas de seguimiento posibles de adoptar y órganos que participaron en el evento, medidas que el Titular del Proyecto tomaría para corregir errores que originaron el accidente. Además, se mantendría permanentemente informada, del avance de las acciones, a la Dirección Ejecutiva del SEA, entre el período de la ocurrencia y su respectivo control.

 

Una vez el chofer o su acompañante hayan notificado la emergencia al encargado de la empresa, éste evaluaría la factibilidad de controlar la emergencia con equipos propios y daría aviso inmediato a estos Organismos, según el grado de contingencia de la emergencia, entregando como mínimo la siguiente información:

 

  • Descripción del accidente
  • Patente del camión y nombre del chofer y su acompañante
  • Estado del chofer y su acompañante
  • Lugar especifico de ocurrencia del hecho
  • Identificación de las sustancias transportadas
  • Posible área de influencia
  • Detalle de las medidas inmediatas tomadas
  • Recursos naturales afectados y posibles impactos ambientales.

Al final de la eventual emergencia, se elaboraría un informe final de la emergencia en un plazo no mayor a 15 días después de ocurrido en accidente que sería enviado al SEA y los Organismos regionales competentes. Dicho informe debe incluiría:

 

  • Titular y Proyecto calificado en el SEIA.
  • Causas de la contingencia.
  • Tipo de sustancia o residuo.
  • Patente del vehículo.
  • Fecha y hora de la contingencia.
  • Duración de la contingencia.
  • Efectos del evento.
  • Localización y superficie afectada.
  • Fotografías del área afectada.
  • Medidas de rehabilitación, restauración o descontaminación de la zona.
  • Medidas de seguimiento posibles de adoptar y órganos que participaron en el evento.
  • Medidas que el Titular del Proyecto tomará para corregir errores que originaron el accidente.

Además, se mantendría permanentemente informada, del avance de las acciones, a la Dirección Ejecutiva del SEA, entre el período de la ocurrencia y su respectivo control.

 

i) Equipos de emergencia:

 

El equipamiento de seguridad que llevaría a bordo cada camión que participe en el Proyecto se señala en el numeral 11 del Adenda N°1.

 

El Titular contrataría los servicios de la empresa SUATRANS Chile S.A., adjuntándose el certificado de factibilidad en el Anexo B del Adenda N°2. Cabe señalar que la ubicación y teléfonos de contacto de la empresa SUATRANS Chile S.A. que cubren las rutas del Proyecto son las siguientes:

 

Copiapó: Calle 8, Manzana G 121, Barrio Industrial Paipote.

Teléfonos: (52) 535 283; (52) 535 284;(52) 535 211

Fax: (52) 535 285

 

Coquimbo: Av. Nueva Cinco Nº 1240, Barrio Industrial, Alto Peñuelas, Coquimbo.

Teléfonos – Fax: (51) 544 230; (51) 544 2331; (51) 544 2332

Fax: (51) 544 233

 

Valparaíso: Av. Décima 2480, Placilla de Peñuelas.

Teléfono: (32) 229 0965

Fax: (32) 229 0428

 

j) Tiempo de respuesta:

 

El tiempo máximo de respuesta para acudir al lugar del incidente en todas las rutas por donde se propone el tránsito de anhídrido sulfuroso sería de 2,5 horas.

 

Más detalles sobre los planes de emergencia y contingencia se presentan en el Anexo 2 del Adenda N°1.

 

1.10. Estimación de Emisiones y Residuos generados por el Proyecto:

 

1.10.1 Emisiones a la Atmósfera:

 

Las emisiones a la atmósfera generadas durante la fase de construcción del Proyecto serían menores y acotadas al mes que dura la obra. Durante esta etapa no se realizarían movimientos de tierra importantes, ya que el terreno se encuentra compactado, y por ende no se usaría maquinaria pesada. No obstante, se tendrían en cuenta las siguientes acciones para minimizar cualquier emisión a la atmósfera durante esta etapa:

 

·         Se utilizarían camiones y vehículos con sus mantenciones adecuadas y revisiones técnicas al día.

·         El transporte de materiales susceptibles de causar desprendimiento de polvo y/o material particulado, se realizaría con carga cubierta.

·        Se humedecerían las vías interiores en caso que sea necesario y dependiendo de las condiciones climáticas.

 

Las emisiones a la atmósfera durante la etapa de operación del Proyecto obedecerían principalmente a gases de combustión por la circulación de vehículos. Para estimar las emisiones a la atmósfera en esta etapa, el Titular utilizó factores de emisión del manual de la EPA para fuentes móviles, material particulado, CO y NOx y con el flujo vehicular considerado para la operación del Proyecto, calculó las emisiones que se generarían por las fuentes móviles en esta etapa, las que se presentan a continuación:

 

Tipo de Vehículo

Autos

Camiones

Potencia (HP)

80

120

Uso (horas/año)

432

1662

PM10 (Ton/año)

0,01

0,06

NOx (Ton/año)

0,16

1,00

CO (Ton/año)

0,02

0,14

 

Todo el transporte de anhídrido sulfuroso desde el proveedor en Argentina, pasando por el centro de almacenamiento de SULFOQUIM S.A., hasta las dependencias del cliente como destino final, se realizaría por un sistema de circuito cerrado, por lo que no existirían emisiones de SO2 gaseosas al ambiente. Por otro lado, todos los estanques de los camiones, así como los estanques de almacenamiento contarían con las certificaciones correspondientes. Además, los estanques de almacenamiento serían sometidos a una rigurosa mantención a objeto de evitar cualquier fuga.

 

1.10.2. Residuos Líquidos:

 

Durante la fase de construcción, sólo se generarían aguas servidas provenientes de los trabajadores que participen en la obra. El Titular estimó una generación de aguas servidas de 1,2 m3/día, teniendo en cuenta 15 trabajadores. Esta descarga, se realizaría mediante el uso de baños químicos provistos, los que serían mantenidos por una empresa autorizada para tales efectos.

 

Por su parte, durante la etapa de operación se generarían aguas servidas provenientes de las actividades domésticas, el Titular estimó una generación de 840 L/día de aguas servidas, teniendo en cuenta a los 7 trabajadores de la etapa de operación.

 

Para estos efectos, se instalaría un sistema de alcantarillado particular de tipo fosa séptica con una capacidad de 1.620 L/día (el sistema tendría un margen de seguridad cercano a un 50% de la generación de aguas servidas proyectadas).

 

El proyecto de alcantarillado fue presentado al SEREMI de Salud en forma sectorial. Se adjunta comprobante de su ingreso y los antecedentes técnicos en el Anexo VII de la DIA, sin embargo, en el Capítulo VI de la DIA, se adjuntan todos los antecedentes requeridos para la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial 91 correspondiente a esta actividad.

 

El Proyecto, no generaría residuos industriales líquidos debido a que la mantención y lavado de carrocería de camiones se realizaría fuera de las dependencias de SULFOQUIM S.A. y sería realizada por empresas autorizadas para tales efectos. Por otro lado, los estanques que almacenarían anhídrido sulfuroso, no requieren lavado dentro de sus mantenciones.

 

1.10.3. Residuos Sólidos:

 

Durante la etapa de construcción, se generarían residuos sólidos domésticos provenientes de los trabajadores de la obra y residuos sólidos de construcción. En la siguiente tabla, se presentan las cantidades estimadas de estos residuos, su correspondiente manejo y disposición final. El material de escarpe que se generaría al construir las fundaciones, sería redistribuido en el mismo predio.

 

Tipo de Residuo

Composición

Cantidad

Manejo

Disposición Final

Residuos sólidos domiciliarios

Restos de comidas, plásticos, latas de aluminio, papeles, cartones, etc.

7,5 Kg/día

Se depositarían en contenedores con tapa debidamente identificados y serían retirados por la empresa de recolección municipal 3 veces por semana.

Relleno Sanitario

 

Residuos de construcción

Sacos de papel

50 Kg/mes

Se acopiarían en un sector destinado especialmente en el sector sur de la planta y apartado de labores cotidianas. Serían retirados, una vez concluida la obra, por empresas autorizadas una vez terminada la faena, ya sea para disponer o reciclar materiales.

Sitio autorizado,  reciclaje.

Restos de madera

100 Kg/mes

Otros: restos metálicos, fierros, alambres, etc.

50 Kg/mes

 

En el sector de acopio de residuos de la construcción, se dispondrían tambores de 200 litros con tapa, debidamente identificados para almacenar aquellos residuos de construcción que su volumen así lo permita, a objeto de mantener el orden y aseo del lugar. No se descartaría la posibilidad de reciclar materiales antes de su transporte y disposición final.

 

En relación a la etapa de operación, los residuos domésticos y asimilables a domésticos serían dispuestos en contenedores con tapa y bolsas de basura en su interior, los cuales estarían ubicados en distintos puntos de fácil acceso para el personal. Estos residuos serían retirados tres veces por semana por el camión de recolección municipal y dispuestos en lugar autorizado.

 

Se contemplaría la generación de biosólidos, correspondiente a los lodos que se producirían por la operación del sistema de fosa séptica, los que serían retirados 4 veces al año, cuando se realice la mantención de ésta. Esta actividad sería realizada por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria y dispuestos en lugares autorizados para tales efectos.

 

No se contempla la generación de residuos peligrosos, en virtud que la mantención de estanques se realiza bajo circuito cerrado. En relación a los residuos peligrosos que se generarían producto de la mantención de los camiones, se realizaría fuera de las dependencias de SULFOQUIM S.A. y sería realizada por empresas autorizadas para tales efectos.

 

Los residuos sólidos que se generarían durante la etapa de operación, la estimación de sus cantidades, manejo y disposición final, se describen en la siguiente tabla.

 

 

Tipo de Residuo

Composición

Cantidad

Manejo

Disposición Final

Residuos Sólidos  domésticos y asimilables

Restos de comidas, plásticos, latas de aluminio, papeles, cartones, etc.

3,5 Kg/día

Se depositarían en contenedores con tapa debidamente identificados y serían retirados por la empresa de recolección municipal 3 veces por semana.

Relleno Sanitario

Lodos de fosa

Materia orgánica

360 L/día

Serían retirados por un camión limpia-fosas que cuente con autorización sanitaria

Lugar de disposición autorizado por Autoridad Sanitaria.

 

Todo el material que se genere y/o utilice durante una contingencia para el control de derrames, sería manejado por el Titular como residuo peligroso y dispuesto en sitio autorizado para tales efectos, según lo indicado en el D.S. N° 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

 

1.10.4. Emisiones de Ruido:

 

Las fuentes de ruido que generaría el Proyecto en la etapa de construcción corresponderían fundamentalmente a motores de combustión de los camiones. No se considerarían movimientos de tierra relevantes ni maquinaria pesada, como tampoco se utilizaría generador de energía eléctrica. Por estas razones, el Titular estimó que las emisiones de ruido durante esta etapa serían menores y acotadas sólo al mes que dura la obra. Por otro lado, cabe señalar que el sector de emplazamiento del Proyecto cuenta con cambio de uso de suelo industrial y la casa habitacional más cercana se encontraría ubicada a 80 m de las instalaciones de SULFOQUIM S.A.

 

Por su parte, durante la etapa de operación las emisiones de ruido provendrían básicamente de los motores de combustión de los camiones considerados en la distribución de anhídrido sulfuroso. Se calculó un flujo de 20 camiones al mes durante esta etapa, razón por la que el Titular estimó que no se generarían ruidos molestos. Se debe considerar además, que todos los camiones utilizados contarían con las autorizaciones y revisiones técnicas correspondientes, a objeto de minimizar cualquier ruido excesivo proveniente de los motores de los camiones. Por otro lado, las rutas de los camiones estarían diseñadas para que su recorrido sea preferentemente en carreteras y si no es posible se utilizarían las vías menos pobladas.

 

No obstante, el Titular realizaría un seguimiento ambiental de ruido en los potenciales puntos de inmisión sonora, considerando para ello un monitoreo durante la etapa de construcción mientras el escenario acústico sea el más desfavorable y durante la etapa de operación de forma trimestral en el primer año de funcionamiento, el cual sería enviado a la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso y a la Dirección Ejecutiva del SEA.

 

1.10.5. Emisiones por formas de energía:

 

El Proyecto no contemplaría la generación de emisiones por formas de energía en ninguna de sus etapas.

 

1.10.6. Emisiones por combinación y/o interacción conocida de contaminantes:

 

El Proyecto no contemplaría la generación de emisiones por combinación y/o interacción conocida de contaminantes en ninguna de sus etapas.

 

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

 

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Declaración de impacto ambiental (DIA) de SULFOQUIM S.A., con fecha 24/09/2010

 

Test de admisión del Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 01/10/2010

 

Oficio solicitud de evaluación DIA Nº100003 del Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 05/10/2010

 

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº100174 del Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 23/11/2010

 

Adenda N°1 de SULFOQUIM S.A., con fecha 18/01/2011

 

Solicitud de evaluación de adenda Nº110091 de Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 24/01/2011

 

Resolución de ampliación de plazo Nº60 de Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 07/02/2011

 

Adenda N°2 de SULFOQUIM S.A., con fecha 17/03/2011

 

Solicitud de evaluación de adenda Nº110339 del Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 18/03/2011

 

Adenda N°3 de SULFOQUIM S.A., con fecha 27/05/2011

 

Solicitud de evaluación de adenda Nº110943 del Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 27/05/2011

 

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental:

Oficio Nº036, por CONAF, Región de Coquimbo, con fecha 12/10/2010

Oficio Nºe066/10, por Secretaría Regional Ministerial Obras Públicas Región de Coquimbo, con fecha 14/10/2010

Oficio Nº2452, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 18/10/2010

Oficio Nº1049, por Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, con fecha 21/10/2010

Oficio Nº710, por DGA, Región de Atacama, con fecha 21/10/2010

Oficio Nº12600/05/1504, por Gobernación Marítima, Región de Coquimbo, con fecha 22/10/2010

Oficio Nº75, por SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, con fecha 22/10/2010

Oficio Nº1931, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 22/10/2010

Oficio Nº1461, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 26/10/2010

Oficio Nº1383, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Valparaíso, con fecha 26/10/2010

Oficio Nº429, por Ilustre Municipalidad de Putaendo, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº72, por Servicio Evaluación Ambiental, V Región de Valparaíso, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº2777, por SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº1177, por Dirección Regional DGA, Región de Valparaíso, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº0736, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº121, por Servicio Evaluación Ambiental, IV Región de Coquimbo, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº188, por Dirección General de Aguas, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº2574, por Ilustre Municipalidad de Vallenar, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº585, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº3850, por Gobierno Regional, Región de Coquimbo, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº390, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº273, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº4413, por División de Norma, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con fecha 27/10/2010;

Oficio Nº901, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 27/10/2010

Oficio Nº1493, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 28/10/2010

Oficio Nº1250, por Ilustre Municipalidad de San Felipe, con fecha 29/10/2010

Oficio Nº515, por Ilustre Municipalidad de La Calera, con fecha 29/10/2010

Oficio Nº2348, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 02/11/2010

Oficio Nº1220, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, con fecha 02/11/2010

Oficio NºSE-04-3475, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Coquimbo, con fecha 10/11/2010

Oficio Nº5041, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso, con fecha 18/11/2010

Oficio Nº3680, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 19/11/2010

 

b) Referente al Adenda N°1:

Oficio Nº0073, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 27/01/2011

Oficio Nº50, por Ilustre Municipalidad de La Calera, con fecha 27/01/2011

Oficio Nº17, por Dirección General de Aguas, con fecha 01/02/2011

Oficio Nº0230, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 02/02/2010

Oficio Nº383, por División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 02/02/2011

Oficio Nº138, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 02/02/2011

Oficio Nº40, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 04/02/2011

Oficio Nº0215, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama, con fecha 04/02/2011

Oficio NºBS3 / Nº 239 / 2011, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 04/02/2011

Oficio Nº267, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 07/02/2011

Oficio Nº119, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo, con fecha 07/02/2011

Oficio NºB32 421, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 08/02/2011

Oficio Nº85, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 10/02/2011

Oficio Nº001, por Ilustre Municipalidad de Putaendo, con fecha 11/02/2011

 

c) Referente al Adenda N°2:

Oficio Nº432, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 18/03/2011

Oficio Nº181, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 21/03/2011

Oficio Nº0207, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 22/03/2011

Oficio Nº142, por Ilustre Municipalidad de La Calera, con fecha 25/03/2011

Oficio Nº620, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 28/03/2011

Oficio Nº02-EA, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 29/03/2011

Oficio NºB32/1021, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 01/04/2011

Oficio Nº3557, por SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso, con fecha 01/04/2011

Oficio Nº525, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 06/04/2011

Oficio Nº161, por Ilustre Municipalidad de Putaendo, con fecha 12/04/2011

 

d) Referente al Adenda N°3:

Oficio NºB32/1893, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 07/06/2011

 

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Almacenamiento y Distribución de Anhídrido Sulfuroso", han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

CONAF, Región de Atacama
DGA, Región de Atacama
Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama
Gobierno Regional, Región de Atacama
Ilustre Municipalidad de Vallenar
SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
SEREMI MOP, Región de Atacama
SEREMI Salud, Región de Atacama
SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama
CONAF, Región de Coquimbo
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo
Dirección Regional de Vialidad, Región de Coquimbo
Gobernación Marítima, Región de Coquimbo
Gobierno Regional, Región de Coquimbo
Ilustre Municipalidad de Canela
Ilustre Municipalidad de Coquimbo
Ilustre Municipalidad de La Higuera
Ilustre Municipalidad de La Serena
Ilustre Municipalidad de Los Vilos
Ilustre Municipalidad de Ovalle
Ilustre Municipalidad de Vicuña
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Coquimbo
SEREMI de Salud, Región de Coquimbo
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo
Secretaría Regional Ministerial Obras Públicas Región de Coquimbo
Servicio Evaluación Ambiental, IV Región de Coquimbo
Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
Dirección Regional DGA, Región de Valparaíso
Dirección Regional de Vialidad, Región de Valparaíso
Gobierno Regional, Región de Valparaíso
Ilustre Municipalidad de Catemu
Ilustre Municipalidad de Hijuelas
Ilustre Municipalidad de La Calera
Ilustre Municipalidad de La Ligua
Ilustre Municipalidad de Llay Llay
Ilustre Municipalidad de Los Andes
Ilustre Municipalidad de Nogales
Ilustre Municipalidad de Panquehue
Ilustre Municipalidad de Papudo
Ilustre Municipalidad de Putaendo
Ilustre Municipalidad de San Esteban
Ilustre Municipalidad de San Felipe
Ilustre Municipalidad de Santa María
Ilustre Municipalidad de Zapallar
SEREMI Salud, Región de Valparaíso
SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso
SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
Servicio Evaluación Ambiental, V Región de Valparaíso
Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
Dirección General de Aguas
Dirección Nacional de Límites y Fronteras del Estado
Dirección Nacional de Vialidad
División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Ministerio de Bienes Nacionales
Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Servicio Agrícola y Ganadero

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto "Almacenamiento y Distribución de Anhídrido Sulfuroso" realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

 

Oficio Nº3896, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 31/03/2011

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

 

 

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
 
3.1.1. D.F.L. N° 725 de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto durante de fase de construcción y operación, proporcionará las medidas sanitarias adecuadas dando cumplimiento a las disposiciones del Código Sanitario en virtud a lo siguiente:
 
·         Manejo de aguas servidas: Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos. Durante la fase de operación se instalará un sistema de alcantarillado particular de tipo fosa séptica, cuyas especificaciones técnicas y plano correspondiente se adjuntan en el Anexo VII de la DIA.
·         Manejo de residuos sólidos: Durante la etapa de construcción y operación del Proyecto, los residuos sólidos asimilables a domésticos, serán almacenados en contenedores con tapa debidamente identificados, y retirados por una empresa autorizada para tales efectos y dispuestos en lugar autorizado. Durante la etapa de construcción, se generarán residuos tales como restos de materiales, maderas, sacos de papel, los cuales serán reciclados y/o bien se realizará la venta a terceros. Los residuos que no puedan ser reutilizados serán retirados por una empresa acreditada para dichas labores y dispuestos en sitio autorizado, una vez finalizadas las obras.
·         Manejo de sustancias peligrosas: Todos los estanques de almacenamiento contarán con las certificaciones correspondientes.
·         El centro de almacenamiento en general, se mantendrá ordenado y limpio, a fin de evitar proliferación de vectores.
·         Todo el material que se genere y/o utilice durante una contingencia para el control de derrames, será manejado por el Titular como residuo peligroso y dispuesto en sitio autorizado para tales efectos.
 
3.1.2. D.S. N° 594 de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo del Ministerio de Salud.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto contará con baños químicos en la etapa de construcción y se construirá un sistema de alcantarillado particular y fosa séptica para las aguas servidas que se generen durante la operación.
 
Los distintos tipos de residuos sólidos, que se generarán tanto en la construcción y operación del Proyecto, serán manejados considerando la presente normativa.
 
3.1.3. D.S. N° 144 de 1961, del Ministerio de Salud, que Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquiera Naturaleza.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto no generará en ninguna de sus fases emisiones atmosféricas que pudieran causar peligro, daño o molestias a la comunidad, tal como se presentó en la estimación de las emisiones a la atmósfera, ya que éstas serán reducidas. Además, sólo se utilizarán vehículos con su mantención correspondiente al día a objeto de minimizar cualquier emisión proveniente de fuentes móviles.
 
Por último, el manejo de anhídrido sulfuroso se realizará en un circuito cerrado y SULFOQUIM S.A., contaría con un Plan de Contingencia para el transporte del producto.
 
3.1.4. D.S. N° 148 de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
 
Forma de cumplimiento:
 
Los residuos que se hayan recuperado por efecto de un derrame serán manipulados de acuerdo al procedimiento dispuesto en el presente Reglamento.
 
En el caso que existiera algún accidente en la ruta que genere residuos peligrosos, éstos serán inventariados y depositados en tambores resistente al material que contienen y serán mantenidos en forma provisoria, en algún sector que se recubrirá con un plástico, a la espera que llegue un transportista autorizado por la Autoridad Sanitaria, para ser transportados y dispuestos en lugares autorizados para tales efectos. El almacenamiento transitorio no alcanzará a estar un tiempo superior a 48 horas mientras es retirado.
 
Con respecto a la mantención y limpieza de camiones, éstas se realizarán en establecimientos que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes.
 
3.1.5. D.S. N° 78 de 2009, del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
 
Forma de cumplimiento:
 
El diseño de los estanques de almacenamiento de SO2, se regirá por la aplicación del código ASME Sección VIII Div1, tal como se especifica en los certificados del Anexo A del Adenda N°3, que corresponden a la actualización de pruebas de mediciones de espesores y cálculo de las presiones de trabajo de cada estanque. Por lo tanto, se dará cumplimiento a las disposiciones del artículo 60 de este cuerpo legal. Asimismo, el Titular señala que el diseño de los estanques fijos superficiales para el almacenamiento de SO2, se elaborará por un profesional idóneo, aplicando las normas internacionales del código ASME, según lo señalado anteriormente.
 
No se generará corrosión al interior del estanque, ya que éste tendrá una humedad interna de 50 ppm. Respecto a la corrosión exterior, en el caso particular del Anhídrido Sulfuroso, el diseño considerará un sobre espesor de 1 mm adicional al que entregue el cálculo según código ASME CODE VIII Div 1 (UG-25). Sumado a esto, el mantenimiento preventivo periódico exterior del estanque (detallado en la DIA), se realizará con pintura tricapa, la cual cumple con tres funciones: anticorrosiva, conversor de corrosión en caso de que existiese corrosión y esmalte protector.
 
Respecto al flujo para el llenado y vaciado de estanques, éste será de aproximadamente 7.000 kg/h. Este será realizado a través de un compresor que se encarga de transferir gases desde un recipiente a otro. El sistema interconectado de ambos estanques trabajará a presión constante durante la operación y no generará sobrepresión en los mismos. Para controlar el nivel máximo de carga, el operador visualizará en el nivel de vidrio, la altura de la columna de líquido donde se marcará el máximo de carga del estanque y al llegar a este punto, se detendrá el funcionamiento del compresor.
 
Respecto de la sobrepresión del estanque, cabe señalar que la presión de trabajo de SULFOQUIM para el almacenamiento de SO2 será de 4kg/cm2, no obstante cada estanque soporta presiones máximas muy superiores a la presión de trabajo y por tanto se trabajará con un alto coeficiente de seguridad. Las presiones máximas según la última certificación de estanques se adjuntan en el Anexo A del Adenda N°3.
 
Respecto de la ubicación de los estanques de almacenamiento, se cumplirá con lo señalado en el artículo 63 del Reglamento.
 
El Titular realizará la tramitación sectorial correspondiente a la autorización sanitaria para almacenar sustancias químicas peligrosas, conforme a las disposiciones de este Reglamento.
 
3.1.6. D.S. N° 55 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Regula la emisión de vehículos motorizados pesados.
 
Forma de cumplimiento:
 
Todos los camiones considerados en el Proyecto, contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas correspondientes al día.
 
3.1.7. D.S. N° 4 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Regula la emisión de contaminantes aplicable a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
 
Forma de cumplimiento:
 
Todos los camiones considerados en el Proyecto, contarán con sus mantenciones y revisiones técnicas correspondientes al día.
 
3.1.8. D.S. N° 146 de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas, elaborada a partir de la revisión de la norma de emisión, contenida en el D.S. N° 286 de 1984, del Ministerio de Salud.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Titular estimó que el Proyecto no generará ruidos molestos durante la fase de construcción en virtud que el terreno se encuentra nivelado y compactado, y por ende no se requerirá maquinaria pesada para realizar grandes movimientos de tierra.
 
Las emisiones de ruido durante la operación del Proyecto provendrán principalmente del tránsito de 20 camiones mensuales, estimados para la distribución del producto, los cuales contarán con las autorizaciones y revisiones técnicas correspondientes a objeto de minimizar cualquier ruido excesivo proveniente de los motores de los camiones.
 
El Proyecto, no contemplará un proceso productivo, por lo que no existirá otro tipo de motores que pudieran generar ruidos molestos durante esta etapa.
 
El Titular realizará un seguimiento ambiental de ruido en los potenciales puntos de inmisión sonora, considerando para ello un monitoreo durante la etapa de construcción mientras el escenario acústico sea el más desfavorable y durante la etapa de operación de forma trimestral en el primer año de funcionamiento, el cual será enviado a la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso y Dirección Ejecutiva del SEA.
 
3.1.9. D.S. N° 298 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
 
Forma de cumplimiento:
 
·         Los camiones no tendrán una antigüedad superior a 15 años y contarán con sus certificaciones correspondientes. En caso de algún desperfecto de los camiones considerados en el Proyecto, éste será reemplazado por uno de iguales características.
·         Los camiones tendrán los rótulos correspondientes según norma NCh 2190 Of. 93, fácilmente visible en los cuatro costados.
·         Los camiones llevarán a bordo un teléfono celular y una luz de seguridad.
·         Durante los procesos de carga y descarga, los motores de los camiones estarán detenidos.
·         Todos los estanques de almacenamiento de los camiones contarán con sus certificaciones correspondientes según los antecedentes adjuntos.
·         La mantención y limpieza de los camiones, se realizará en lugares autorizados para tales efectos.
·         El transporte, no contemplará el uso de túneles no permitidos y todos los recorridos serán programados de modo de evitar el paso por zonas de mayor afluencia de público.
·         Los camiones sólo se detendrán en las zonas autorizadas.
·         Todos los camiones se estacionarán con su freno accionado.
·         Todos los camiones contarán con un letrero visible, con los antecedentes solicitados en el artículo 20 de este cuerpo legal.
·         Todos los choferes contarán con cursos de capacitación.
·         Todo el personal que participe en las labores de carga y descarga contará con implementos de seguridad apropiados para este tipo de producto.
·         Todos los recorridos se realizarán con su correspondiente hoja de ruta a bordo.
·         Todos los camiones contarán con implementos de seguridad a bordo: botiquín de primeros auxilios, hojas de datos de seguridad del producto, tacógrafo, linterna, bomba de trasvasije, generador portátil, equipos de respiración autónoma, máscaras y filtros químicos, trajes de PVC, guantes, cascos, botas, cintas, conos delimitadores, teléfono celular, rueda de repuesto en buen estado, con su respectiva gata, juego de triángulos, sistema para descargar electricidad estática en estanque y chasis, cinta reflectante, contenedor de agua potable (mínimo 5,0 lt), extintor de polvo mínimo 2 kg, 25 kilos de carbonato de calcio, bolsas para contener arena o tierra (en caso de necesitar formar pretiles de emergencia), pala, especificaciones técnicas para la carga y descarga. 
 
3.1.10. D.S. N° 75 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece condiciones para el transporte de cargas que indica.
 
Forma de cumplimiento:
 
Durante la construcción, el transporte de aquellos materiales susceptibles al desprendimiento de polvo se realizará con carga cubierta. Además, los estanques que se utilizarán contarán con las mantenciones al día.
 
3.1.11. D.F.L. N° 1 de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290 de 1994, sobre Tránsito.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto realizará la distribución de anhídrido sulfuroso por calles y caminos autorizados. Todos los camiones considerados en el transporte de anhídrido sulfuroso, contarán con sus certificaciones correspondientes. Los choferes contarán con la capacitación correspondiente para el manejo seguro del producto y SULFOQUIM S.A., contará con los planes de contingencia correspondientes.
 
El Titular exigirá a la empresa contratista que realice las obras de construcción, el cumplimiento de este cuerpo normativo.
 
3.1.12. D.F.L. N° 850 de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y del DFL N° 206 de 1960.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto no realizará en ninguna de sus etapas las actividades citadas en el artículo 36 de esta norma. El Titular velará por el cuidado de carreteras y caminos, manteniendo las certificaciones correspondientes para el transporte seguro del producto, las revisiones técnicas al día de los camiones y la capacitación de sus choferes. Además, SULFOQUIM S.A., contará con un plan de contingencia.
 
Previo al inicio de las obras, el Titular contará con la autorización técnica de acceso de la Dirección Regional de Vialidad.
 
3.1.13. D.S. N° 50 de 2003, del Ministerio de Obras Públicas, que reglamenta las instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Proyecto dará cumplimiento a este cuerpo normativo, para lo cual se adjuntó en el Anexo VII de la DIA, todos los antecedentes del sistema de fosa séptica.
 
3.1.14. D.S. N° 3.557 de 1981, del Ministerio de Agricultura, que establece disposiciones sobre protección agrícola.
 
Forma de cumplimiento:
 
El predio donde se realizará el almacenamiento del producto cuenta con la autorización para el cambio de uso de suelo industrial para 3.100 m2 otorgado por la SEREMI de Agricultura de la Región de Valparaíso, mediante Resolución Exenta N° 020/2010.
 
La distribución del producto entre las Regiones III, IV y V se realizará por vías públicas, preferentemente carreteras, dando cumplimiento a toda la reglamentación correspondiente al manejo seguro de este tipo de sustancia.
 
A su vez, el Proyecto contará con un plan de contingencia.
 
3.1.15. Resolución Exenta N° 427 de 2002, de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama, publicada en el Diario Oficial del 04.12.2002, y que restringe uso de vías para vehículos que transportan sustancias peligrosas.
 
Forma de cumplimiento:
 
El Titular sólo usará las vías autorizadas bajo esta resolución.

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

 

3.2.1. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 letra a): Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos; el Titular señala que:

 

·         Para las aguas servidas que se generarían en la etapa de construcción, se utilizarían baños químicos, los que serían provistos y mantenidos por empresa autorizada. Para la etapa de operación del Proyecto, se construiría un sistema de alcantarillado particular con fosa séptica.

·         El Proyecto no generaría otro tipo de residuos líquidos en ninguna de sus etapas. Las mantenciones y lavado de los camiones, serían realizadas por una empresa externa autorizada y fuera de las dependencias de SULFOQUIM S.A. Los estanques de almacenamiento en las instalaciones, no requerirían de lavado.

·         Durante la fase de construcción del Proyecto, las emisiones a la atmósfera serían menores y acotadas al mes que dura la obra. Durante la etapa de operación, se generarían emisiones provenientes de los gases de escape de los motores de combustión de camiones, los cuales cumplirían con las normas respectivas.

·         Los residuos generados en contingencia serían manejados conforme la normativa aplicable. 

·         No se contemplarían emisiones por olores molestos que pudieran afectar la salud de las personas en virtud del tipo de instalación.

·         El Titular daría cumplimiento a las disposiciones señaladas en el Código Sanitario, respecto del manejo de residuos sólidos en todas sus etapas.

·         El Proyecto no contemplaría la generación de ruidos molestos en ninguna de sus etapas, además los vecinos colindantes serían dos agroindustrias, encontrándose la casa habitacional más cercana a 80 m de las instalaciones.

·         El Proyecto no generaría emisiones de algún tipo de energía o vibraciones en ninguna de sus etapas, como tampoco generaría emisiones por efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes en ninguna de sus etapas.

A su vez, el Titular contaría con un Plan de Contingencia.

 

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, por lo que no le resulta aplicable el literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

3.2.2. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 letra b): Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, el Titular señala que:

 

·         El Proyecto generaría aguas servidas durante la fase de construcción y de operación, las que serían manejadas y dispuestas de acuerdo a la normativa vigente.

·         No existiría riesgo de derrames de líquidos peligrosos, en virtud de que si bien el SO2 se almacenaría y transportaría en estado líquido, éste al despresurizarse se convertiría en gas. Todas las operaciones de carga y descarga se realizarían mediante un circuito cerrado.

·         El Proyecto no contemplaría la generación de emisiones a la atmósfera en concentraciones tales que puedan afectar las normas de calidad del aire vigentes.

·         El Titular daría cumplimiento a las disposiciones señaladas en el Código Sanitario, respecto del manejo de residuos sólidos en todas sus etapas.

·         El Proyecto no contemplaría la generación de ruidos molestos en ninguna de sus etapas. Durante la operación, el máximo nivel de ruido provendría del tránsito de camiones y se estimó un flujo de 20 camiones/mes, los cuales utilizarían rutas habilitadas para este tipo de transporte.

·         El Proyecto no generaría emisiones de algún tipo de energía o vibraciones en ninguna de sus etapas, como tampoco generaría emisiones por efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes.

·         El Proyecto contaría con un plan de contingencias, que tendría por objetivo proteger la salud de los trabajadores, la comunidad y los recursos naturales.

·         El Proyecto no intervendría vegetación nativa ni fauna silvestre, en ninguna de sus etapas, como tampoco existiría riesgo por erosión, debido a que el emplazamiento de las instalaciones correspondería a zona con uso de suelo industrial según consta en el certificado de zonificación del Anexo I de la DIA.

·         El Proyecto no intervendría recursos hídricos que generen alteraciones, o que signifiquen desniveles ni fluctuaciones en ninguna de sus etapas.

·         El Proyecto no contemplaría en ninguna de sus etapas la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o fauna de ninguna clase.

 

De acuerdo a lo señalado, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, por lo que no le resulta aplicable el literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

3.2.3. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra c): Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, el Titular señala que:

 

·         El Proyecto no contemplaría el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habiten el área de influencia en ninguna de sus etapas.

·         El Proyecto no intervendría la dimensión demográfica en el área de influencia, en virtud que no alteraría la estructura de la población. El Proyecto se localizaría en una zona con uso industrial permitido y la distribución del producto se realizaría por rutas existentes.

·         El Proyecto no intervendría las actividades de dimensión antropológica, realizadas en el área de influencia, como tampoco la dimensión socio-económica, ya que en virtud de la actividad industrial solo se generaría mano de obra en el lugar de emplazamiento del Centro de Almacenamiento.

·         El Proyecto no intervendría la dimensión de bienestar social básico en ninguna de sus etapas.

 

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección Ejecutiva estima que no le resulta aplicable el literal c) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

3.2.4. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra d): Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, el Titular señala que:

 

El Proyecto no afectaría de modo alguno la presencia de población, comunidades o grupos humanos, menos aún de aquellos protegidos por leyes especiales; como tampoco intervendría ni se emplazaría en áreas protegidas, sitios prioritarios, humedales protegidos ni glaciares, dado que el transporte se realizaría en rutas establecidas y las instalaciones de almacenamiento se ubicarían en un sector con cambio de uso de suelo industrial, por lo que esta Dirección Ejecutiva estima que no le resulta aplicable el literal d) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

3.2.5. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra e): Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, el Titular señala que:

 

El Proyecto no alteraría ni obstruiría el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, ya que el Centro de Almacenamiento se localizaría en un área que cuenta con cambio de uso de suelo industrial y colinda con dos agroindustrias del sector. Además, la importación y distribución del Proyecto contemplaría un flujo de 20 camiones/mes por rutas existentes, por tanto, no se entorpecería la visibilidad de zonas con valor paisajístico en ningún caso.

 

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección Ejecutiva estima que al Proyecto no le resulta aplicable el literal e) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

3.2.6. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra f): Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el Titular señala que:

 

·         Las instalaciones de almacenamiento se encontrarían emplazadas a 3,2 km del Monumento Nacional “Combate de Las Coimas”, dada la distancia con el Proyecto éste no se vería afectado. Por otro lado, sólo se utilizarían rutas y estacionamientos existentes y habilitados.

·         En Proyecto no contemplaría en ninguna de sus etapas la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de ningún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288. Durante la etapa de construcción, sólo se contemplarían movimientos de tierra menores, en consideración a que el terreno se encuentra actualmente nivelado y compactado.

·         El área de emplazamiento del Centro de Almacenamiento del Proyecto, correspondería a sitio eriazo, sin valor agrícola, y con cambio de uso de suelo autorizado para la actividad. No existen construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.

·         El Proyecto no consideraría la afectación de lugares en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore, ya que estas festividades serían informadas al transportista oportunamente, con la finalidad de reprogramar el viaje.

 

Por lo anteriormente expuesto, esta Dirección Ejecutiva estima que al Proyecto no le resulta aplicable el literal f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

 

La ejecución del Proyecto, requeriría de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales (PAS), que se presentan a continuación:

 

4.1. Permiso Ambiental Referido en el Artículo 91 del D.S. Nº95, de 2001 del MINSEGPRES, el que señala “En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.”

 
Este Permiso se requeriría para la construcción del sistema de alcantarillado particular para la evacuación, tratamiento y disposición de las aguas servidas que se generen durante la fase de operación. El sistema comprendería la instalación de una fosa séptica y un dren de absorción almacenamiento transitorio en la bodega de residuos peligrosos. Los antecedentes técnicos y formales respectivos fueron presentados en el punto 6.1. y Anexo VII ambos de la DIA.
 
Mediante Ord. Nº 1493 de fecha 25 de Octubre de 2010, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, se pronunció favorable respecto del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 91 del Reglamento del RSEIA.
 
4.2. Permiso Ambiental Referido en el Artículo 94 del D.S. Nº95, de 2001 del MINSEGPRES, el que señala “En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.”
 
El Proyecto consideraría la instalación de un Centro de Almacenamiento de anhídrido sulfuroso en la comuna de Putaendo, provincia de San Felipe de Aconcagua, Región de Valparaíso, razón por la cual se requeriría este permiso.
 
Los antecedentes técnicos y formales respectivos fueron presentados en el punto 6.2. y Anexo VIII de la DIA y el Anexo 2, 4, 5 y 6 del Adenda N° 1 y Adenda N°3.
 
Mediante Ord. N° 899 de fecha 6 de junio de 2011, de la SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso, remitido a través de Ord N° B32 1893, de 7 de junio de 2011, del Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, dicha SEREMI se pronunció respecto del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 94 del Reglamento del SEIA, calificando la actividad como molesta. Sin perjuicio de lo anterior, se precisa que en cuanto al sistema de control de fugas, se debe tener presente que la eficacia de estos sistemas dependen del grado de contacto que tengan las partículas con el líquido, por lo cual es de vital importancia su atomización y dar un tiempo de contacto adecuado.
 
4.3. Permiso Ambiental Referido en el Artículo 96 del D.S. Nº95, de 2001 del MINSEGPRES, el que señala “En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.”
 
Este Permiso, se requeriría para la construcción del Centro de Almacenamiento de anhídrido sulfuroso, ya que el lugar donde se pretendería emplazar corresponde a zona rural.
 
El Titular adjuntó informe técnico, con todos los requisitos técnicos y formales en el Anexo D del Adenda N°2, el que concluyó que la actividad no generaría degradación de los suelos, ni se generarían nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbano regional.
 
La SEREMI de Agricultura de la Región de Valparaíso, mediante ORD N° 3557/2011, señaló que se excluye de participar de la evaluación del Proyecto, ya que con anterioridad al ingreso de éste al SEIA se otorgó autorización de cambio de uso de suelo mediante Resolución N° 020 del 18 junio 2010 a nombre de SULFOQUIM S.A., desafectando una superficie de 3.100 m2.
 
La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, mediante ORD N° 267/2011 se pronunció conforme, señalandoque será obligación del Director de Obras Municipales, cautelar el cumplimiento de las normas sectoriales de su competencia, relacionadas con la ejecución del proyecto, como asimismo, la coherencia entre los permisos de edificación otorgados y su relación con la calificación que realice la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
 

 

 

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

En caso de un eventual accidente o emergencia derivado del Proyecto, el Titular se comprometió a restituir y asumir los costos de los insumos utilizados o los equipos dañados empleados por las instituciones comunales de emergencia.

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

 

6.1. El Titular incluiría los antecedentes de los siguientes organismos, dentro de los procedimientos que contempla el Plan de Contingencia:

·         Municipalidad de Vallenar: teléfono; 051-614188

·         Emergencias 130 de CONAF y teléfonos de los Departamentos de Protección Contra Incendios Forestales Regionales de CONAF.

·         SEREMI Salud Región de Atacama: dirección Chacabuco Nº 630, Copiapó. Teléfono; (52) 465010

·         SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo: dirección San Joaquín N°1801 La Serena. Teléfonos; (051) 331400 o (051) 331466.

·         SEREMI de Salud de la Región de Valparaíso: teléfonos de la Oficina Provincial de Salud San Antonio; (35)206010 o (35) 206024.

 

6.2. El Titular cumplirá la ordenanza municipal de Vallenar y Decreto Exento N° 789/1998, "Ordenanza Sobre la Protección y Conservación del Medio Ambiente".

 

6.3. En relación a las rutas de transporte que utilizaría el Proyecto, el Titular tendría presente la existencia, entre otros, de los siguientes puntos críticos, los cuales se incorporaron al Plan de Contingencias:

·         Puente El Litre, bajo el cual fluye el estero del mismo nombre y que aguas abajo pasa por sectores agrícolas y urbanos antes de desembocar en el Río Aconcagua.

·         El trayecto de la Ruta 5 Norte a través de La Calera, entre el Enlace El Olivo y el Puente El Litre, por cuanto dicha carretera colinda con viviendas en la mayor parte de su trazado por la comuna y perpendicular a ella se encuentran dos accesos a la ciudad (acceso convencional Las Acacias y nuevo acceso tipo trébol) que a la vez son puertas de entrada hacia el litoral de Valparaíso.

·         Rutas E-71 y 60 CH, las cuales tienen en sus áreas aledañas, zonas densamente pobladas, presentando una faja vial reducida, sinuosa de alta montaña en el caso de la Ruta 60 CH, cuyo trazado es restrictivo.

 

El análisis de los puntos críticos considerados en el plan de contingencia se incorporarían en el programa de capacitación de los choferes.

 

6.4. El acceso al sector de Las Coimas se efectuaría por la ciudad de San Felipe.

 

6.5. Dado el carácter turístico de la Región de Coquimbo y que las Ruta 5 y 43 son críticas para camiones con cargas peligrosas, el Titular programaría los desplazamientos en horarios adecuados para evitar las horas punta donde se producen los problemas de tránsito debido al movimiento masivo de turistas.

 

6.6. El Titular informaría a la Dirección Ejecutiva del SEA, al menos con una semana de anticipación, el inicio de la etapa de operación.

 

6.7. En el caso de alguna contingencia que pudiese ocurrir en la comuna de La Calera, el Titular enviaría copia del Informe Preliminar y del Informe Final de Emergencia, a ese Municipio.

CAPÍTULO VII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y POLITICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL

 

7.1. Relación del Proyecto con Planes de Desarrollo III Región de Atacama:

 

La Estrategia Regional de Desarrollo Región 2009 – 2014, de la III Región de Atacama establece los objetivos generales relacionados a infraestructura y sustentabilidad ambiental de la Región. Al respecto, el Titular señaló que el Proyecto no muestra relación directa con los lineamientos contenidos en esta estrategia, sin embargo, dado el fuerte impulso que la región tiene en su sector agrícola, frutícola, vitivinícola y en la fabricación de alcoholes como el pisco, donde el anhídrido sulfuroso está incorporado como un insumo de importancia en sus procesos productivos, el Proyecto aseguraría el normal suministro de este producto. Por otro lado, el uso de este producto bajo el sistema de circuito cerrado, permitiría reducir los riesgos de emisiones a la atmósfera provenientes de cámaras azufradoras convencionales, fortaleciendo procesos con una mayor sustentabilidad a la industria de la Región.

 

Al respecto, mediante ORD. N° 1461 de 2010, el Gobierno Regional de Atacama, señaló que el Titular no cumplió con describir la forma en que el Proyecto se relaciona con las políticas, planes y programas de desarrollo regional.

 

7.2. Relación del Proyecto con Planes de Desarrollo IV Región de Coquimbo:

 

La Estrategia Regional de Desarrollo Región de Coquimbo al 2020, está orientada en dos grandes líneas:

1. Un mayor equilibrio y sustentabilidad del territorio regional (lineamiento 13) y

2. La búsqueda de una mayor igualdad y cohesión social para reducir las brechas sociales, económicas, ambientales y culturales, a través de políticas sectoriales aplicadas al conjunto de la región.

 

El Titular señaló que el Proyecto no muestra relación directa con los lineamientos contenidos en esta estrategia. Sin embargo dado el fuerte impulso que la región tiene en su sector agrícola, frutícola, vitivinícola y en la fabricación de alcoholes como el pisco, donde el anhídrido sulfuroso está incorporado como un insumo de importancia en sus procesos productivos, el Proyecto aseguraría el normal suministro de este producto. Por otro lado, el uso de este producto bajo el sistema de circuito cerrado, permitiría reducir los riesgos emisiones a la atmósfera provenientes de cámaras azufradoras convencionales, fortaleciendo procesos con una mayor sustentabilidad a la industria de la Región.

 

Al respecto, mediante ORD. N° 0073 de 2010, el Gobierno Regional de Coquimbo, señaló que se abstiene de pronunciarse respecto al análisis y compatibilidad que la DIA establece con el uso del suelo permitido por el Plan de Desarrollo Urbano Región de Coquimbo.

 

Sin embargo, de acuerdo a lo establecido por la Estrategia Regional de Desarrollo de la Región de Coquimbo, se pronuncia conforme respecto al análisis, coherencia y relación que el Proyecto establece con este instrumento de planificación regional.

 

7.3. Relación del Proyecto con Planes de Desarrollo V Región de Valparaíso:

 

La Estrategia Regional de Desarrollo Región de Valparaíso 20012010, se divide en siete capítulos, cada cual presenta sus propios objetivos de desarrollo regional.

 

El Titular señaló que el Proyecto, en particular la central operativa y de almacenamiento se encontraría emplazada en la Región, con lo que se ajustaría al plan regional del desarrollo económico y la inversión de la pequeña y mediana empresa, además del fuerte crecimiento del sector agroindustrial y frutícola, donde el Proyecto buscaría asegurar el normal suministro de este producto.

 

Al respecto, el Gobierno Regional no se pronunció en la evaluación del Proyecto.

CAPÍTULO VIII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y PLANES DE DESARROLLO COMUNAL

 

8.1. Comunas de Destino

El Proyecto comprende la distribución de anhídrido sulfuroso a agroindustrias de las comunas que se mencionan a continuación:

 

Comuna de Putaendo:

El Plan de Desarrollo Comunal de Putaendo (PLADECO), da especial énfasis al sector agropecuario. Éste fue diseñado por el municipio en conjunto con el SAG, INDAP, los agricultores y otros organismos afines y aspira a integrar al sector más pobre de la población. En la práctica, el PLADECO atiende las propuestas de ambos planes de desarrollo: las actividades frutícola y agrícola, la construcción del embalse, aplicación de nuevas tecnologías, la canalización de las aguas de regadío.

 

El Titular señaló que el Proyecto no muestra relación directa con los lineamientos contenidos en este Plan. Sin embargo, la central operativa y de almacenamiento se encontraría emplazada en la comuna, con lo que se ajustaría al plan de desarrollo económico y a la inversión de la pequeña y mediana empresa. Además, el Proyecto buscaría asegurar el normal suministro de anhídrido sulfuroso, el que es utilizado en el sector agroindustrial y frutícola, sectores de fuerte crecimiento.

 

Al respecto, la Ilustre Municipalidad de Putaendo, mediante ORD N° 429/2010, se pronunció entre otros puntos, respecto al Proyecto y su plan de contingencias, sin hacer mención a la relación del Proyecto con el PLADECO.

 

Comuna de San Felipe:

Cabe señalar que dentro de los lineamientos de crecimiento y desarrollo económico de la comuna, San Felipe rescata la aptitud agrícola y frutícola de su clima y de sus suelos, orientando sus esfuerzos para que los predios, las instalaciones, los productores y los trabajadores, logren las diferentes certificaciones que aseguran un mejoramiento integral y la competitividad de los productos. Por otro lado, el plan de desarrollo destaca que sobre la base de su ubicación en el centro y eje del valle, se preocupa de apoyar la sustentabilidad de la microempresa y atraer nuevas inversiones que diversifiquen y generen más fuentes de empleo. Por lo tanto, el Titular señaló que el Proyecto si bien no tiene una intervención directa en la comuna, apoyaría indirectamente el mejoramiento de los procesos productivos de la agroindustria suministrando el SO2 de manera segura y eficiente.

 

Al respecto, la Ilustre Municipalidad de San Felipe, mediante ORD N° 01 1250/2010, se pronunció respecto al Plan de Contingencias del Proyecto, sin hacer mención a la relación de éste con el PLADECO.

 

Comuna de Santa María:

El PLADECO de esta comuna se encuentra en desarrollo, no obstante, el documento en borrador facilitado por el Municipio, define los cinco grandes objetivos, que en el transcurso de los cuatro años del Plan orientarán la gestión del desarrollo de Santa María. Estos objetivos de desarrollo están formulados a modo de resultados:

·        Hábitat comunal protegido y planificado

·        Gestión económica municipal ligada a intencionar nuevas iniciativas productivas, considerando la diversificación, innovación y la asociatividad.

·        Población con altos índices de desarrollo humano, social y calidad de vida.

·        Patrimonio comunal conocido y protegido y con población con mayor acceso a la cultura.

·        Gestión del desarrollo municipal modernizada, coordinada e integrada con actores públicos y privados.

 

El Titular señaló que el Proyecto, no tiene una intervención directa en la comuna, no obstante, apoyaría indirectamente el desarrollo de las actuales y nuevas iniciativas productivas suministrando el SO2 de manera segura y eficiente a la agroindustria del sector.

 

Al respecto, la Municipalidad no se pronunció en el proceso de evaluación del Proyecto.

 

Comuna de Vicuña:

 

La Estrategia Regional de Desarrollo Comunal de Vicuña posee los siguientes lineamientos:

·         Un crecimiento equilibrado del sistema urbano regional con calidad de vida e integración social.

·         Un espacio rural con mayores oportunidades para sus habitantes.

·         Una economía compatible con la preservación de la base de recursos naturales y la calidad de vida como sello comunal, para lo cual se proyecta aumentar la sustentabilidad y sostenibilidad de la base de recursos naturales (renovables y no renovables), optimizar los impactos provenientes de los factores económicos externos, potenciar el desarrollo endógeno y la economía residencial.

 

El fuerte impulso que la región tiene en su sector agrícola, frutícola, vitivinícola y en la fabricación de alcoholes como el pisco, donde el anhídrido sulfuroso está incorporado como un insumo de importancia en sus procesos productivos. Al respecto, el Titular señaló que el Proyecto aseguraría el normal suministro de este producto, además bajo el sistema de circuito cerrado, se permitiría reducir los riesgos emisiones a la atmósfera provenientes de cámaras azufradoras convencionales, fortaleciendo procesos con una mayor sustentabilidad a la industria de la comuna.

 

Al respecto, la Municipalidad no se pronunció en el proceso de evaluación del Proyecto.

 

Comuna de Ovalle:

La Estrategia Regional de Desarrollo Comunal 2004-2010 de Ovalle, tiene los siguientes lineamientos:

·       Promover el desarrollo económico de la comuna a través del incentivo y fomento de la calidad, competitividad y la inversión en la micro, pequeña y mediana industria. Contribuir a que los beneficios del desarrollo sectorial incorporen a la pequeña y mediana agricultura. Garantizar a la sociedad el uso sostenible de los ecosistemas forestales y la administración eficiente del SNASPE.

·        Medio Ambiente: Fomentar la protección del patrimonio medio ambiental. Proteger la naturaleza y el paisaje.

·        Gestión del Desarrollo Social.

·        Cultura.

 

El fuerte impulso que la región tiene en su sector agrícola, frutícola, vitivinícola y en la fabricación de alcoholes como el pisco, donde el anhídrido sulfuroso está incorporado como un insumo de importancia en sus procesos productivos, al respecto el Titular señaló que el Proyecto aseguraría el normal suministro de este producto, además bajo el sistema de circuito cerrado, permitiría reducir los riesgos emisiones a la atmósfera provenientes de cámaras azufradoras convencionales, fortaleciendo procesos con una mayor sustentabilidad a la industria de la comuna.

 

Al respecto, la Municipalidad no se pronunció en el proceso de evaluación del Proyecto.

 

Comuna de Vallenar:

La Estrategia Regional de Desarrollo Comunal  2009 – 2013 de Vallenar, establece los siguientes objetivos relacionados a infraestructura y sustentabilidad ambiental de la Comuna.

 

  • Ordenamiento integral y permanente del flujo vehicular en la ciudad.
  • Institucionalidad y componente ambiental en las políticas públicas
  • Gestión ambiental del territorio y conservación de la naturaleza
  • Participación ciudadana y transparencia en las decisiones ambientales
  • Medio ambiente urbano, ciudades sustentables

El Titular señaló que el Proyecto no intervendrá de forma negativa en el ordenamiento integral de la comuna, en virtud que la frecuencia mensual estimada es de 2 camiones de despacho, lo que no se considera significativo para causar algún tipo de impacto vial o congestión vehicular. Sin embargo, el Titular se compromete a respetar las restricciones de horarios y rutas establecidas por la comuna. Por otro lado, el uso de anhídrido sulfuroso bajo el sistema de circuito cerrado, permite reducir los riesgos de emisiones a la atmósfera provenientes de cámaras azufradoras convencionales, fortaleciendo procesos con una mayor sustentabilidad a la industria de la comuna.

 

Al respecto, la Ilustre Municipalidad de Vallenar, mediante ORD N° 2574 de 2010, señaló que el Proyecto se relaciona con el PLADECO en el ítem Desarrollo Urbano – Modificación del Plan Regulador, en lo concerniente a la nueva vialidad estructurante determinada por la Variante Vallenar del proyecto Ruta 5 Norte, Tramo Vallenar – Caldera, por lo cual solicitó al Titular relacionar las proposiciones del PLADECO con las actividades del Proyecto, las cuales deben ajustarse de igual forma a la Ordenanza sobre la protección y conservación del medio ambiente.

CAPÍTULO IX. COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO

El Gobierno Regional de Coquimbo se pronuncia conforme respecto al análisis, coherencia y relación que el Proyecto establece con este instrumento de planificación regional.

CAPITULO X. RECOMENDACIÓN DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL

El Servicio de Evaluación Ambiental, Dirección Ejecutiva, recomienda Aprobar la Declaración de Impacto Ambiental, basándose en que:

·         El Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente.

·         El Proyecto no genera ni presenta los efectos, características y circunstancias incluidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300.

·         El Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los respectivos Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=aa/e0/2f3442325d3cd7f87fb3849cdf810e72f5f8


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