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INFORME CONSOLIDADO DE LA EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO "Nuevo Nivel Mina "

  1. Antecedentes generales del Proyecto

  2. 1.1 Nombre del Proyecto: Nuevo Nivel Mina (NNM)
     
    1.2 Identificación del Titular:
     
    -          Titular: CODELCO Chile, División El Teniente (DET)
    -          RUT: 61.704.000-K
    -          Domicilio: Millán 1020, Rancagua
    -          Representante Legal: Mario Eugenio Márquez Maldonado
     
    1.3 Objetivo del Proyecto:
     
    El Proyecto consiste en asegurar la continuidad operacional de la DET, incorporando a la explotación minera nuevas reservas de mineral que reemplazarían las reservas de los sectores productivos actuales.Se mantendrían los niveles actuales de procesamiento de la planta Colón (131 kt/d o 131.000 ton/d).
     
    1.4 Justificación del Proyecto:
     
    Se explotarían reservas que están a mayor profundidad que las explotaciones actuales (ver Figura 1-4 del Estudio de Impacto Ambiental, en adelante EIA). La no realización del Proyecto significaría reducir drásticamente los niveles productivos hasta el cierre de faenas, lo cual sucedería aproximadamente en el año 2028. Con la materialización del Proyecto se incorporarían nuevas reservas mineras a explotación a partir del año 2017 (ver Figura 1-2 del EIA).
     
    1.5 Ubicación del Proyecto:
     
    Se localizaría en la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, en la provincia de Cachapoal, comuna de Machalí, específicamente en la DET de CODELCO Chile (ver Figura 1-3 del EIA).
     
    El acceso al Proyecto se realizaría a través de la Carretera El Cobre Presidente Eduardo Frei Montalva (en adelante Carretera El Cobre), hasta el sector de Maitenes, donde empalmaría con un nuevo camino privado que conectaría con el área del Proyecto (ver Figura 1-3 del EIA). Asimismo, el Proyecto se desarrollaría bajo los actuales sectores productivos de la Mina El Teniente cuyo nivel de hundimiento estaría ubicado en la cota 1.880 m.s.n.m. (ver Figura 1-4 del EIA), por lo que se profundizaría la actual mina subterránea, lo que permitiría extender la continuidad operacional hasta el año 2064.
     
    1.6 Superficie Intervenida:
     
    Correspondería a 105,6 ha aproximadamente (61 ha del camino e instalación de faenas Maitenes, 2.3 ha de la correa transportadora, 2.3 ha del edificio de acopio y 40 ha correspondientes a botaderos de detritos de excavación). Además, el cráter de subsidencia ocuparía una superficie aproximadamente de 780 ha el año 2064.
     
    1.7 Monto de Inversión del Proyecto:
     
    El monto de inversión estimado ascendería a un total de US$ 3.278 millones.
     
    1.8 Vida Útil:
     
    Se estima una vida útil hasta el año 2064.
     
    1.9 Mano de obra:
      
    En el período de punta de la etapa de construcción se estima una dotación máxima de 2.400 trabajadores. En la etapa de operación se estima una dotación máxima de 2.650 trabajadores. En la etapa de cierre y/o abandono se estima una dotación mensual de aproximadamente 50 trabajadores.
     
    1.10 Definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto:
     
    Las partes, acciones y obras que componen el proyecto NNM serían:
     
    1.10.1 Desarrollo y operación de un nuevo nivel de explotación de la mina desde la cota 1.880 msnm, que consideraría:
     
    -          Obras comunes.
    -          Nivel de hundimiento.
    -          Nivel de producción.
    -          Sistema de ventilación (inyección / extracción).
    -          Nivel de acarreo.
    -          Nivel de drenaje.
    -          Instalaciones de chancado.
     
    El nuevo nivel de explotación de la mina consideraría la habilitación de un conjunto de niveles de trabajo (ver Figura 1-5 Capítulo 1 del EIA). Todos los niveles poseen elementos comunes en materia de accesos, ventilación y captación de agua drenada. La ventilación de los distintos niveles de trabajo se haría directamente desde el subnivel de ventilación a través de chimeneas de inyección y extracción. El aire sería impulsado por medio de ventiladores secundarios comandados desde la sala de control central. Asimismo, el agua drenada de los distintos niveles se descargaría hacia el nivel de drenaje a través de chimeneas de drenaje.
     
    1.10.2 Transporte y acopio de mineral desde el NNM a la planta Colón existente, que consideraría:
     
    -          Correa principal de transporte del mineral de 84” de ancho, compuesta de 4 tramos, entre las instalaciones de chancado, plataforma Confluencia y planta Colón, con sus correspondientes estaciones de traspaso, con una longitud total de 11 km.
    -          Edificio de acopio de mineral de 260 kt de capacidad de almacenamiento, vecino a planta Colón, y con su correspondiente correa de distribución.
    -          Correa 240-CV-11 existente en Colón modificada en su extensión para recibir mineral desde el edificio de acopio.
     
    Las correas serían cubiertas y las emisiones que se generarían en las estaciones de transferencia serían captadas por campanas, ventiladores y filtros de mangas. La eficiencia de estas medidas se estima en un rango de 95% a 99,5%. También se contaría con sistemas de supresión de polvo compuestos por rociadores de agua. Un sistema similar se instalaría en el edificio de acopio.
     
    1.10.3 Acceso al nuevo nivel de explotación de la mina mediante 2 túneles para transporte de mineral y transporte de personal, entre la plataforma Confluencia y la Mina.
     
    Estos túneles serían de aproximadamente 9,5 m de diámetro y del orden de 9 km de longitud cada uno. Ambos túneles estarían separados a 40 m de distancia medido entre los ejes. Los túneles de acceso tendrían una pendiente media de 2% desde su inicio en la plataforma Confluencia, proyecto aprobado ambientalmente mediante Resolución Exenta N°121/09 de la COREMA VI Región. Estos túneles se pueden apreciar en la Figura 1-7 Capítulo 1 del EIA.
     
    El túnel de acceso para transporte de personal consideraría dos pistas bidireccionales pavimentadas, para facilitar el transporte del personal, hacia y desde la mina. Este túnel incluiría refugios (estocadas) destinados a la protección de las personas para la prevención de eventuales accidentes. Estos refugios serían de tamaño suficiente para cinco peatones, espaciados cada 100 m, en cada costado del túnel, es decir, estarían cada 50 m intercalados entre ambos costados.
     
    El túnel correa transporte de mineral consideraría dos pistas, una para la correa de transporte de mineral desde el NNM hacia la estación de traspaso principal ubicada en la plataforma Confluencia y la otra pista, para la circulación de vehículos para movilización de personal en caso de ser necesario (no se consideraría esta último en forma permanente en la etapa de operación). Además, en este túnel se habilitaría la infraestructura para la conducción de las Aguas Contacto Mina.
     
    Se consideraría habilitar en un trayecto de 7 kilómetros galerías de conexión peatonal y vehicular entre ambos túneles, destinadas a la protección de las personas frente a contingencias como incendios o accidentes de tránsito y para facilitar labores de mantenimiento de los túneles. En ambos casos incluirían piso pavimentado y puertas de ventilación de confinamiento. Un esquema con las secciones de ambos túneles se presenta en la Figura 1-8 Capítulo 1 del EIA y en la Tabla 1-2 Capítulo 1 del EIA, se presentan las características de las conexiones al interior de los túneles y refugios.
     
    1.10.4 Sistema de manejo de Aguas de Contacto:
     
    El sistema de manejo de aguas de contacto consideraría lo siguiente:
     
    a)      Aguas de Contacto Mina (ACM):
    -          La intercepción de aguas limpias no afectadas por el proceso minero, evitando así su infiltración a la Mina a través del cráter y su devolución a cauces naturales.
    -          La segregación de aguas con alto contenido de cobre (AACCu) al interior de la Mina y su impulsión a la planta SX-EW existente.
    -          Transporte y recirculación de ACM desde Confluencia a Planta Colón. El proceso de recirculación de las ACM desde la actual Planta del ADIT 71 a la Planta Colón está autorizado por RE Nº 115/08 de 14 de mayo de 2008, de la COREMA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
    -          Neutralización y descarga a Río Coya de eventuales ACM excedentes.
    b)      Aguas de Contacto Túnel (ACT):
    -          Captación, transporte y recirculación de ACT a Planta Colón.
     
    Mayores antecedentes en respuesta 1.21 y 4.5 del Adenda Nº 1.
     
    1.10.5 Camino privado de acceso al Proyecto entre Maitenes y Confluencia:
     
    Para acceder al NNM se proyecta la construcción de un camino alternativo al actual, el que se iniciaría en el sector de Maitenes y terminaría en la Plataforma Confluencia, lugar donde empalmaría con el túnel de acceso de personal. El detalle del trazado del camino se adjunta en el Anexo 1-2 Capítulo 1 del EIA,
     
    El camino Maitenes – Confluencia empalmaría con la Carretera El Cobre en el sector Maitenes mediante una serie de obras viales que incluirían, entre otras, pasos sobre nivel en la Carretera El Cobre y en el desvío a Coya, cuyo detalle se muestra en el Anexo 1-1 Capítulo 1 del EIA. El trazado del camino contemplaría una calzada bidireccional de una longitud aproximada de 17 km. y 12 m de ancho total; que incluiría una calzada de 7 m, bermas laterales de 2,0 m cada una y un sobreancho de plataforma de 0,5 m al borde del terraplén y una cuneta de 0,7 m al pie del talud de corte. El trazado en los primeros 5 km se desarrollaría entre Maitenes y la Quebrada Alcaparrosa, y su geometría requeriría la construcción de dos puentes (Los Bosques y La Paula) y dos túneles (T1 y T2), de 465 m y 922 m de longitud, respectivamente. Luego, el trazado cruzaría el río Coya a través de un puente proyectado de 200 m de longitud (Puente Alcaparrosa) y continuaría por su ladera Este. En este sector se consideraría la construcción de 2 puentes (puentes Tes Sur y El Durazno), terminando en un túnel, denominado Túnel Curvo, que empalmaría con el túnel de acceso al NNM.
     
    Todos los puentes poseerían un ancho de calzada de 7 m y corresponderían a estructuras de hormigón. En la Tabla 1-3 Capítulo 1 del EIA, se entrega un cuadro resumen con ubicación y características de los 5 puentes proyectados en el camino, y en la Tabla 1-4 Capítulo 1 del EIA, se indica la ubicación y longitud de los 3 túneles a construir en el camino.
     
    1.10.6 Instalaciones e infraestructura auxiliar:
     
    Se considerarían las siguientes instalaciones e infraestructura auxiliar:
     
    -          3 Talleres de mantenimiento: dos ubicados en los niveles de producción y acarreo, y uno emplazado en superficie, en un sector cercano al portal oeste al túnel curvo de acceso de personal. Estos talleres contarían con infraestructura para el personal consistente en oficinas, sala de reuniones, casa de cambio, casino y comedores, sector de primeros auxilios y rescate.
     
    -          3 Barrios cívicos en interior Mina: con infraestructura para el personal interior mina consistente en anden para recepción de buses de personal, casino y comedores, oficinas, estacionamientos de vehículos menores como furgones y camionetas, salas de reuniones, sectores para primeros auxilios y elementos de rescate, casas de cambio, duchas, excusados, lavamanos, y urinarios.
     
    -          Bodegas y áreas de almacenamiento de insumos y residuos: la superficie total de almacenamiento alcanzaría a 1.187 m², la cual se distribuiría en los distintos recintos de acuerdo a lo indicado en la Tabla 1-4 Capítulo 1 del EIA.
     
    -          Plantas de tratamiento de aguas servidas: las aguas servidas generadas en los barrios cívicos del personal serían conducidas mediante sondajes sanitarios hasta la planta de tratamiento de aguas servidas, compuesta por tres módulos, ubicada en el nivel de drenaje.
     
    -          Planta de separación agua y aceite: las descargas líquidas de la operación generadas por los jumbos en los frentes de trabajo, serían colectadas y bombeadas hasta una planta de tratamiento consistente en separación por decantación y separación de aceites que se ubicaría en el nivel de drenaje. El agua clara resultante del proceso sería recirculada a la operación mediante el sistema de suministro de agua industrial de la mina, en tanto el aceite recuperado sería manejado según el D.S. Nº 148, de 2003, del MINSAL, en conjunto con el resto de los residuos peligrosos generados en la DET y dispuestos finalmente en instalaciones debidamente autorizadas. Por su parte, el agua utilizada en los talleres de mantenimiento para el lavado de máquinas y equipos, sería conducida a través de una canaleta receptora a la planta separadora de agua y aceite, que se ubicaría en el nivel de drenaje. El aceite separado será manejado como residuo peligroso y el agua clara sería recirculada a la operación mediante el sistema de suministro de agua industrial de la mina.
     
    -          Suministro eléctrico: la energía eléctrica sería abastecida mediante la conexión al sistema de suministro actual, a través de la S/E Cordillera, ubicada en Colón Alto, donde se instalarían tres transformadores de poder de aproximadamente 50 MVA, 110/33 kV, utilizando el paño que dejará disponible el proyecto “Reforzamiento Sistema Eléctrico Mina” (aprobado mediante Resolución Exenta N° 170/09, de la Comisión Regional del Medio Ambiente, de la Región del Libertador General Bernardo O`Higgins). A partir de esta instalación se alimentaría a las siguientes subestaciones que construiría el proyecto, a saber: Subestación Principal NNM (Interior Mina); Subestación Correas Principales, Subestación Acopio y Subestación Bombas de Drenaje (las tres ubicadas en superficie).
     
    -          Botaderos: el material de excavación de los túneles de acceso al NNM y ventanas, con características mineralizadas y con potencial de generación de aguas ácidas sería depositado en el botadero Barahona, el cual se ubicaría al costado oriente del muro pretil del embalse de relaves Barahona, en la ladera oriente de la Quebrada Minero, adyacente a la Carretera El Cobre, aproximadamente a 6 kilómetros desde los túneles de acceso.
     
    Además, los restos de excavaciones provenientes del Camino Maitenes - Confluencia tendrían como acopio final los botaderos que se ubicarían en los sectores La Isla y Quebrada El Durazno. Asimismo, los restos de excavaciones de material estéril, sistema de transporte mineral (correas superficiales y stockpile), serían depositados en el Botadero Quebrada Pelada.
     
    Por último, el material generado por las excavaciones de material estéril, túneles acceso NNM y ventanas, sería transportado hacia el botadero Minero 2 (aprobado por Resolución Exenta N° 121/09, de la Comisión Regional del Medio Ambiente que califica el proyecto “Construcción Plataforma Confluencia” y por SERNAGEOMIN mediante Resolución N° 200 del 24.2.10).
     
    1.11 Cronograma:
     
    El cronograma del Proyecto se presenta en la Figura 1-9 Capítulo 1 del EIA.
     
    1.12 Fecha estimada de inicio de la ejecución o modificación de sus partes:
     
    Se estima para el primer semestre del año 2011.
    El proyecto no tiene elementos georreferenciados


  3. Descripcion del proyecto o actividad

    2.1 Descripción etapa de construcción.
     
    2.1.1 Descripción de las actividades constructivas.
     
    2.1.1.1 Habilitación del nuevo nivel de explotación de la mina:
     
    La habilitación de nuevos sectores de explotación al interior del NNM se denomina preparación minera. El diseño ha considerado todos los estándares exigidos por el D.S. Nº 132 de 2002, Reglamento de Seguridad Minera del Ministerio de Minería para minería subterránea. A continuación, se describe las obras y acciones del Proyecto:
     
    2.1.1.1.1 Obras comunes:
     
    La construcción y habilitación de las galerías de los distintos niveles consideraría las siguientes obras comunes de construcción:
     
    Habilitación de accesos: se construirían accesos desde una rampa proveniente del nivel Teniente Sub 7 localizado en la cota 2.040 m.s.n.m. Los accesos dispondrían de refugios peatonales adecuados, debidamente identificados, señalizados y distanciados. Los accesos contarían con sistema de ventilación que durante la construcción sería provisto desde la rampa que se conectaría con el sistema de ventilación de los actuales sectores en explotación. A medida que se avance en las obras, se habilitarían las chimeneas de ventilación y/o galerías que permitan suministrar y extraer la demanda de aire requerido.
     
    Desarrollos horizontales: consistirían en la construcción de los componentes de una galería tales como; cajas laterales, piso, techo, punto inicio curvatura, y radio, según se muestra en la Tabla 1-6 y Figura 1-10 Capítulo 1 del EIA.
     
    Labores verticales: posibilitarían la comunicación entre los niveles, permitiendo conducir el flujo de aire para el caso de chimeneas de ventilación, chimeneas para ser utilizadas como cara libre para obtener la sección definitiva del diseño requerido, y el traspaso de material a niveles de acarreo y transporte. La construcción de los desarrollos verticales se realizaría con equipos perforadores mecanizados con sistema Blind Hole ó Raise Borer.
     
    Piques de traspaso: serían labores verticales con geometría circular y fortificada para favorecer la estabilidad, que comunicarían dos niveles horizontales a través de los cuales se realizaría el traspaso de mineral. Éstos contarían con un ángulo de inclinación mayor a 65º, de manera de permitir el flujo de mineral hacia los niveles inferiores y considerando las características del mineral asociadas a la granulometría, humedad y dureza del mineral. La longitud del pique estaría condicionada por las cotas del nivel superior e inferior a las cuales comunica.
     
    Punto de vaciado: serían excavaciones en las cuales el equipo de palas cargadoras (LHD) realizaría la descarga del mineral. Existen dos tipos de punto de vaciado: a) aquellos ubicados en el nivel de producción destinados a la descarga de mineral proveniente de los puntos de extracción ubicados a un costado de las calles de producción y b) aquellos ubicados como producto del desarrollo de labores de excavación de cualquier nivel.
     
    Los puntos de vaciado se ubicarían a un costado de las calles de producción entre galerías zanjas, en las esquinas de los pilares y en aquella zona donde se forme el mayor ángulo (ángulo obtuso) de la intersección calle y zanja. De esta manera debilitaría menos al pilar del nivel de producción. En este sentido, y por razones de estabilidad, se considera que en el nivel de producción existiría un sólo punto de vaciado por pilar.
     
    Evacuación de aguas: la evacuación de aguas se realizaría con pendientes negativas hacia los sistemas de evacuación mediante tiros de drenaje, tuberías, cunetas y canaletas.
     
    2.1.1.1.2 Nivel de hundimiento:
     
    La galería correspondiente a este nivel tendría una sección libre 4,0 x 3,6 m, con una orientación de calles, interceptadas por cruzados de accesos que se dispondrían cada 140 m, de sección libre 4,0 x 4,0 m. En los accesos principales, se consideraría proyección de shotcrete para el tránsito seguro de equipos y personal.
     
    Los desarrollos como calles o cruzados serían de corta vida útil, pues todo el nivel quedaría hundido en un corto período de tiempo. Lo anterior, implica que las instalaciones y fortificación que se utilizarían serían temporales, proporcionando como mínimo las condiciones óptimas de seguridad para realizar las labores de preparación minera y operaciones de perforación y tronadura para realizar la socavación.
     
    La fortificación sería la necesaria para asegurar la estabilidad del sector y proporcionar las condiciones de seguridad de trabajo. Esta se realizaría con perno-malla y se consideraría para la sección excavada y libre de la galería.
     
    Las calles de hundimiento serían de uso exclusivo para equipos, por lo cual, la distancia mínima de seguridad estaría dada por un espacio mínimo de 0,5 m.
     
    El diseño de las galerías horizontales consideraría pendientes negativas hacia los accesos, labores principales, tiros y/o chimeneas de drenaje, desde las que posteriormente se conducirían hacia niveles inferiores y al exterior mina. Los valores de las pendientes se encontrarían en un rango entre 0,5 – 1,5 %.
     
    Los cruzados de geometría semicircular interceptarían la totalidad de las calles, de tal manera de permitir el acceso de los equipos y de infraestructura necesarios para avanzar con la preparación del nivel. En general, por los cruzados se suministrarían los siguientes servicios; agua, energía, ventilación, y permitirían el acceso a equipos de desarrollo.
     
    En la Tabla 1-8 Capítulo 1del EIA se describe en detalle la infraestructura del nivel hundimiento.
     
    2.1.1.1.3 Nivel de producción:
     
    La galería correspondiente a este nivel tendría calles con geometría semicircular orientadas con rumbo Norte 25º Oeste, y separadas 32 m una de otra de sección excavada 4,2 x 3,8 m. Serían interceptadas por las galerías zanjas orientadas con rumbo Norte 85º Oeste y sección excavada 4,2 x 3,8 m.
     
    Las calles de producción serían de uso exclusivo para equipos, por lo cual, la distancia mínima de seguridad estaría dada por un espacio mínimo de 0,5 m.
     
    En la Tabla 1-9 Capítulo 1del EIA se presentan las obras civiles e instalaciones de las calles del nivel de producción.
     
    Las galerías zanjas serían desarrollos horizontales de baja pendiente que se dispondrían interceptando las calles de producción. Las galerías zanjas, al igual que las calles de producción, se encontrarían en todos los sectores productivos y formarían parte de la base del diseño en la explotación por método Panel Caving.
     
    Las galerías zanjas tendrían pendientes que conduzcan las aguas hacia las calles de producción y nunca hacia los centros para no acumular aguas en las bateas (base en donde se almacena el mineral fragmentado proveniente del nivel superior). Se usarían estructuras de hormigón armado y marcos de sección semicircular para otorgar la mayor estabilidad posible.
     
    Las zonas del nivel de producción serían; acceso, punto de extracción y batea (mayores detalles en el numeral 1.2.1.1 Capítulo 1del EIA). 
     
    2.1.1.1.4 Sistema de ventilación (inyección / extracción):
     
    En las Figuras 1-11 y 1-12 del Capítulo 1 del EIA, se presentan las dimensiones y el emplazamiento de los portales de inyección y los portales de extracción de aire de ventilación. En la Figura 1-13 Capítulo 1 del EIA se presenta un perfil esquemático del circuito de ventilación con el diagrama de los subniveles de inyección y extracción que constituirían el nivel de ventilación. Los portales de inyección tendrían una longitud aproximada de 740 m y se construirían mediante desarrollos horizontales (método convencional de perforación y tronadura - P&T) y verticales (mediante el método mecanizado Raise Bore). Los portales de extracción tendrían una longitud aproximada de 720 m y se construirían de manera similar a los portales de inyección.
     
    Los subniveles de ventilación inyección y extracción estarían ubicados a 20 m y 40 m respectivamente bajo el nivel de producción.
     
    Los cruzados del nivel de ventilación (inyección/extracción) serían labores sub-horizontales o de baja pendiente y constituirían labores de tráfico por donde circularían principalmente los equipos menores de mantención y transporte de personal.
     
    El nivel de ventilación se comunicaría en forma directa con los Adits de ventilación en la superficie. La distancia mínima de un cruzado del nivel de ventilación y otra labor sería de al menos 3 veces el diámetro de la sección mayor.
     
    En la Tabla 1-10 del Capítulo 1 del EIA se presentan las obras civiles e instalaciones que serían consideradas en el diseño de la excavación de una galería del nivel de producción.
     
    2.1.1.1.5 Nivel de acarreo:
     
    Este nivel se ubicaría en la cota 1.800 (cota piso) m.s.n.m., 60 m por debajo del nivel de producción. Dispondría de galerías de acarreo de sección excavada 5,5 x 5,5 m, a través de las cuales se contemplaría la circulación de camiones diesel de 80 t, que serían cargados por buzones y vaciarían el mineral a estaciones ubicadas sobre tres chancadores primarios. Se utilizaría la mínima sección, con una geometría semicircular para favorecer la estabilidad.
     
    En la Tabla 1-11 del Capítulo 1 del EIA se presentan las obras civiles e instalaciones que serían consideradas en el diseño del nivel de acarreo.
     
    2.1.1.1.6 Nivel de drenaje:
     
    La explotación del NNM supone una coexistencia por muchos años con los sectores en producción sobre el Nivel Teniente 8. En tal sentido, la infraestructura de drenaje del NNM consideraría soluciones de drenaje de ciertos sectores actuales teniendo presente que el nivel de transporte Teniente 8 no tiene solución para recibir descargas de aguas de infiltración por los piques que irían quedando en abandono. La recolección de agua de cada uno de los niveles se realizaría en un subnivel de drenaje, ubicado bajo el nivel de acarreo.
     
    2.1.1.1.7 Instalaciones de chancado:
     
    Se consideraría la instalación a través del tiempo de 3 estaciones de chancado de similares características. Dentro del alcance definido para cada sistema de chancado, se considerarían cavernas, instalaciones y equipos incluidos a partir de la tolva de descarga del camión hasta el chute de descarga de la correa, la cual alimentaría la correa principal de transporte que conduce el mineral hasta la superficie.
     
    Las galerías y cavernas de la sala de chancado serían labores destinadas al montaje de equipos, tráfico de personas y vehículos menores. En términos generales, la distancia mínima de la galería y cavernas sería al menos 3 veces el diámetro de la sección mayor.
     
    Para la implementación de la estación del chancador primario N° 1, se requerirían excavaciones para construir varios recintos, que en total suman 61.010 m³.
     
    Para la construcción de las excavaciones de la estación de chancado se requeriría un plazo total de 14 meses. Para cumplir con la construcción de estas obras, se avanzaría en forma simultánea en los tres niveles, para lo cual sería necesario disponer de la conexión del túnel de acceso de personal con el nivel de acarreo y las conexiones de la rampa secundaria a los niveles inferior e intermedio de la estación de chancado (ver Tabla 1-12 Capítulo 1 del EIA).
     
    En la Tabla 1-13 del Capítulo 1 del EIA se presentan las obras civiles e instalaciones que serían consideradas en el diseño de infraestructura de chancado.
     
    Para la evacuación de las aguas se consideraría en el diseño de cada galería y caverna una pendiente (en lo posible no superior al 1%), que permitiría el escurrimiento de las aguas hasta un punto de recolección o traspaso al nivel de drenaje. El agua sería conducida por el costado de cada galería y caverna mediante instalaciones especiales (tubos de PVC, canales de hormigón armado, u otro método) eliminando la presencia de agua a fin de evitar el deterioro de los equipos y la formación de barro.
     
    2.1.1.2 Sistema de transporte de mineral:
     
    El transporte del mineral desde el chancador primario hasta la planta concentradora de Colón se efectuaría mediante correas transportadoras cubiertas de 84” de ancho, de 11 km longitud y con una variación de pendiente de -2% para el primer tramo y de 2% para los 3 tramos restantes.
     
    La construcción de las correas incluiría la construcción de caminos de acceso, la preparación del terreno donde se ubicaría la correa, la habilitación del camino de servicio, la construcción de fundaciones y soportes de la correa, y la instalación de las estructuras y mecanismos de la correa propiamente tal, así como de los mecanismos de supresión y abatimiento de polvo en las estaciones de traspaso.
     
    El tramo 1 de la correa (desde el chancador primario, hasta la estación de transferencia, en el sector de Confluencia) se extendería al interior del túnel de transporte de mineral en sentido Sur-Norte, y el acceso para su instalación quedaría habilitado una vez concluida la construcción del túnel.
     
    Para la construcción de las instalaciones vinculadas a la correa principal de transporte de mineral desde Confluencia a Colón (tramos 2, 3 y 4), se consideraría construir caminos de acceso de longitudes menores, conectados a distintos sectores de la Carretera El Cobre, los que permanecerían habilitados durante la etapa de operación del Proyecto.
     
    Además, el Proyecto requeriría de la construcción de un edificio de acopio de mineral, el cual se localizaría en el sector de la Planta Colón (ver Figura 1-15 y Figura 1-16 Capítulo 1 del EIA). El acopio consistiría en una estructura metálica cerrada con capacidad para almacenar hasta 260.000 toneladas y una base de concreto, bajo la cual se ubicarían las correas transportadoras con destino a las plantas concentradoras existentes en Caletones. Los alimentadores del acopio contarían con un sistema independiente de captación y supresión de polvo. La construcción de esta instalación comprendería labores de excavación en el área para la confección de la base del acopio, bajo la cual se ubicarían dos túneles de hormigón armado de 9 m de alto, donde estarían los alimentadores, que descargarían el mineral en las correas que lo trasportarían hacia la correa existente 240-V-11. Además, se consideraría la instalación de la estructura metálica cerrada que conformaría el acopio, los sistemas eléctricos y el control de la operación.
     
    2.1.1.3 Túneles de acceso al NNM:
     
    En respuesta 1.16 del Adenda Nº 1 se indicó que la metodología empleada para determinar el trazado de los túneles de acceso del personal y transporte de material se realizó teniendo en consideración principalmente la longitud de túnel, reconocimiento geológico – geotécnico, posición de futuras cavernas de chancado, ubicación de planta concentradora en Colón, descongestión del actual tramo vehicular Maitenes – Mina, y el drenaje de las  ACM.
     
    2.1.1.3.1 Construcción túnel de acceso al personal:
     
    El túnel de transporte de personal se construiría mediante la tecnología de excavación de túneles a sección completa “Tunnel Boring Machine” (TBM) de doble escudo, y tendría un diámetro de 9,4 a 10 m durante la excavación con un área libre interna de uso de 8,3 m de diámetro (ver Figura 1-17 Capítulo 1 del EIA).
     
    La TBM sería armada en la caverna de ensamblaje a partir del Portal N°2 ubicado en la Plataforma Confluencia correspondiente al futuro acceso de personal al NNM, desde donde comenzaría su excavación. El mencionado portal es parte del proyecto Plataforma Confluencia, aprobado ambientalmente mediante R.E. Nº 121/09 de COREMA Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
     
    El agua industrial necesaria para la operación de la TBM sería de 20 l/s, o sea, 72m3/hr con una presión de 8 bar (ver respuesta 1.17 del Adenda Nº 1).
     
    Se estima que la construcción del túnel de acceso del personal tardaría 30 meses.
     
    2.1.1.3.2 Construcción túnel de transporte del mineral:
     
    El túnel de transporte de mineral se construiría mediante el método de perforación y tronadura (P&T), y tendría un ancho y alto de excavación de 9,4 y 8,9 m. Con la finalidad de minimizar los plazos de construcción, se consideraría la construcción de ventanas de acceso a los túneles principales, cuyo acceso sería a través de la carretera El Cobre en el tramo 3, esto es en el antiguo camino Caletones-Sewell. Preliminarmente se considerarían cuatro posibles ubicaciones para las ventanas, las cuales se presentan en la Figura 1-18 Capítulo 1 del EIA.
     
    Antes de empezar con el retiro del material, se humectaría el área para minimizar el polvo durante la carga y para eliminar gases nitrosos que puedan quedar en la marina a pesar de la ventilación. La carga de la marina sería efectuada por el equipo LHD situadas en el frente del túnel y transportadas mediante camión a los botaderos.
     
    La fortificación sería realizada utilizando la combinación de pernos de anclaje, malla de acero y mortero. Los criterios de fortificación se definirían de acuerdo a la calidad geotécnica del macizo rocoso.
     
    Durante la construcción de los túneles se consideraría la implementación de un programa geotécnico de auscultación, el cual sería llevado a cabo con los siguientes propósitos:
     
    ·         Verificar si la fortificación implementada es apropiada para la roca que está conteniendo.
    ·         Evaluar el grado de estabilidad alcanzado en la excavación del túnel y en la fortificación.
    ·         Detectar potenciales inestabilidades, buscando medidas de seguridad apropiadas.
    ·         Controlar evolución de deformaciones (tensiones) durante el desarrollo de los trabajos.
     
    Con la metodología de P&T, se estima que la construcción del túnel de transporte de mineral tardaría 30 meses, considerando hasta 4 frentes de trabajo simultáneos.
     
    2.1.1.4 Sistema de manejo de aguas:
     
    A continuación se describen las obras que se habilitarían para el sistema de manejo de aguas del Proyecto:
     
    2.1.1.4.1 Obras de intercepción:
     
    El sistema de intercepción existente en la actualidad conduce el agua de modo que no entre en contacto con el cuerpo mineralizado ni se mezcle con aguas de contacto, y las conduce hacia el Adit 55, por donde sale a la superficie descargando hacia la Quebrada Coya.
     
    El Proyecto mejoraría el sistema de intercepción en la cabecera de la cuenca para minimizar el agua limpia que se infiltraría a la mina, y contemplaría las siguientes obras:
     
    Pantalla Impermeable La Huacha 1ª y 2ª etapa: en una primera etapa se contemplaría el uso de una pantalla impermeable consistente en una pared moldeada dispuesta en forma transversal a la quebrada Teniente aproximadamente en la coordenada 1700 N (sistema de coordenadas Mina). Dado que el escurrimiento de la quebrada sería principalmente subterráneo, se proyecta que la pantalla se ubique en el talud correspondiente a la unidad de relleno fluvio-glacial. Se estima que esta pantalla podría retener aproximadamente el 85% del caudal afluente a ella, el cual sería drenado a través de los tiros de gran diámetro existentes aguas arriba de la pantalla. La vida útil de la pantalla impermeable sería hasta el año 2037.
     
    En una segunda etapa se contemplaría la ubicación de una nueva pantalla impermeable a 350 metros aguas arriba de la primera pantalla, en la coordenada 2050 N (sistema de coordenadas Mina), fuera del límite de subsidencia del cráter en el año 2064. Esta nueva obra implicaría realizar nuevos tiros de drenaje aguas arriba de la pared moldeada y obras de by-pass para poder conducir las aguas interceptadas hacia el túnel del Adit 55, que también se vería afectado por la subsidencia en forma simultánea a la pantalla impermeable de la primera etapa.
     
    En la Figura 1-19 del Capítulo 1 del EIA se presenta un esquema de la ubicación de las pantallas proyectadas.
     
    Intercepción Quebrada Diablo (1ª y 2ª etapa): se contemplaría la construcción de 3 pretiles de retención y una conducción para evacuar las aguas captadas en la Quebrada Diablo. Se estima que la obra tendría una eficiencia de captación de aproximadamente el 80%, producto de las pérdidas ocasionadas por la sedimentación en el canal, derrumbe y otros. De acuerdo a los antecedentes recopilados, se estima que la subsidencia del cráter acabaría con estas obras el año 2037. Debido a esto, para una segunda etapa se proyectarían obras similares en el límite de subsidencia del cráter del año 2064. Esta obra consideraría la rehabilitación del camino existente con longitud aproximada de 17 km. Las aguas limpias recolectadas se descargarían al Río Coya.
     
    Intercepción Ladera Poniente: constaría de una cuneta proyectada en el camino existente de acceso a zona de tiros y una obra de caída con descarga al tiro STH existente. En el interior de la cuneta se consideraría un dren subsuperficial longitudinal consistente en una tubería de HDPE de drenaje (ranurada) instalada en un filtro de gravilla seleccionada. Esta solución permitiría interceptar los escurrimientos superficiales que se generarían en la subcuenca Ladera Poniente hasta que la subsidencia del cráter en superficie interfiera con las obras proyectadas. Se estima que la obra tendría una eficiencia de captación de aproximadamente el 80%, producto de las pérdidas ocasionadas por la sedimentación en el canal, derrumbe y otros. No se consideraría la construcción de nuevas obras posteriores al colapso de las obras de intercepción proyectadas. Las aguas limpias recolectadas se descargarían en el Adit 55 y posteriormente serían devueltas al Río Coya.
     
    Intercepción Aguas Contacto Túnel: se interceptarían después del paso por los desarenadores, para lo cual se proyectan tres canaletas recolectoras de hormigón de sección rectangular (20 cm de base y 10 cm de altura) con una rejilla superficial. Cada canaleta tendría un largo de 8.822 m y descargarían a dos tuberías de HDPE de 250 mm de aproximadamente 8.822 m de largo en el túnel de Acceso y una tubería de HDPE de 400 mm en el Túnel Correa, del mismo largo. Dichas tuberías se dispondrían al interior de los túneles enterradas bajo la plataforma. El caudal de diseño de estas tuberías sería de 150 l/s.
     
    Durante la construcción, y considerando su calidad, estas aguas serían conducidas y recirculadas hacia la Planta Colón mediante una tubería de acero revestido en HDPE de 20” de diámetro y un largo de 1.250 m que llega a una cámara de carga desde donde se enviarían gravitacionalmente a Colón mediante una tubería de HDPE PN 10 de 400 mm de diámetro y un largo de 2970 m.
     
    2.1.1.4.2 Obras de segregación de las Aguas con Alto Contenido de Cobre (AACCu):
     
    Estas aguas se segregarían del resto de las ACM para luego ser conducidas desde la mina a la Planta SX-EW (Electro-Obtención por Solventes) existente en Colón. Se requeriría de una línea de conducción compuesta por una tubería de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 20” y un largo aproximado de 14 km, que sería dispuesta en un primer tramo bajo la carpeta de rodado del túnel correa del NNM. Al exterior de los túneles del NNM, la tubería seguiría un trazado paralelo a la correa de transporte del NNM para luego derivar hacia el estanque de cabeza de la planta SX-EW en Colón.
     
    2.1.1.4.3 Transporte y recirculación de  Aguas de Contacto Mina (ACM) a Colón:
     
    La recirculación de las ACM a la Planta Colón se continuaría efectuando mediante el proceso aprobado por Resolución Exenta Nº 115/08, de la COREMA VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, hasta el año 2043. No obstante, desde 2017 comenzaría a generarse un caudal de ACM que requeriría la construcción de una serie de obras para posibilitar el envío de la totalidad de las ACM desde Confluencia a partir del 2043. Entre estas obras se contemplaría:
     
    -          Para la conducción de las ACM en los túneles de acceso y correa, se proyectan dos tuberías de HDPE diámetro nominal 710 mm de aproximadamente 8.822 m de largo cada una. Dichas tuberías se dispondrían al interior del túnel enterradas bajo la plataforma. El caudal de diseño de estas tuberías sería de 778 l/s, correspondiente a la mitad del caudal de diseño de ACM de la Mina (1.556 l/s) En caso de emergencia, dichas tuberías podrían conducir hasta 1.300 l/s cada una, por lo que se podría evacuar de la mina los caudales asociados al 1% de probabilidad de excedencia.
     
    -          En Confluencia se contemplaría contar con un estanque de traspaso que permitiría disipar la energía del caudal de ACM transportado por tuberías al interior de los túneles. De este estanque saldría una conducción al sistema de bombeo proyectado y otra conducción al sistema de manejo de excedentes eventuales de ACM. Esta cámara tendría un volumen útil de 60 m3, con un diámetro de 5 m y una altura de 3 m.
     
    -          Contiguo a la estación de bombeo proyectada, el Proyecto contemplaría una piscina de emergencia en plataforma Confluencia de una capacidad de 15.000 m3 que permitiría recibir ACM durante 2 horas para el caudal máximo en el caso de un corte de energía. La reposición de la energía convenida con los proveedores normalmente es menor a media hora con lo cual se evitaría derramar ACM hacia el Río Coya. El agua de la piscina de emergencia posteriormente se inyectaría al sistema de bombeo para enviarla a Colón.
     
    -          Se contemplaría una planta elevadora de ACM en Confluencia que permitiría impulsar un máximo de 1.200 l/s hacia un estanque de regulación, desde donde gravitacionalmente se conduciría el agua a Colón. La planta consideraría una altura de impulsión de 332 m y una potencia instalada de 5.2 MW (4 bombas en operación más una de respaldo, de 1.3 MW cada una). Se estima que ésta requeriría un área de 15x30 m2. La línea de impulsión proyectada para llegar hasta este estanque de regulación consistiría en dos tuberías paralelas de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 30” y un largo de 1.250 m cada una que llegarían a un estanque de carga rectangular proyectado de 1.000 m3. El caudal de diseño de cada tubería correspondería a 600 l/s, pudiendo en conjunto transportar hasta 1.200 l/s.
     
    -          El estanque de regulación estaría ubicado en un punto alto, desde donde saldría una conducción gravitacional hacia Colón. Este estanque tendría un volumen de 1.000 m3, 4 m de altura, un largo de 20 m, un ancho de 12,5 m y un área de 250 m2.
     
    -          Se consideraría una conducción gravitacional desde el estanque de regulación proyectado hasta el sector de los estanques recuperadores en Colón. Esta línea de conducción estaría compuesta de una tubería de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 36” y un largo de 2.970 m. El caudal de diseño correspondería a 1.200 l/s.
     
    En la Figura 1-20 del Capítulo 1 del EIA se presenta un esquema de las obras contempladas para el manejo de las ACM del proyecto NNM.
     
    2.1.1.4.4 Manejo de eventuales ACM excedentes:
     
    El sistema de manejo de eventuales ACM se ha diseñado para un caudal máximo de 277 l/s, valor asociado a un año tipo con probabilidad de excedencia 10%. Bajo estas condiciones, en años muy húmedos, y sólo en período de deshielo, se estima que el caudal a ser recirculado a Colón, pudiera exceder los 1.200 l/s, y por lo tanto, sería necesario descargar ACM neutralizada al Río Coya. Las obras necesarias serían un sistema de ajuste de pH y una línea de conducción compuesta por una tubería de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 26” y un largo de 56 m (caudal de diseño de 838 l/s). Esta tubería transportaría el caudal excedente del sistema desde la cámara de traspaso al cauce del Río Coya en el sector de Confluencia.
     
    En respuesta 1.25 del Adenda Nº 1 se aclara que la planta de neutralización con soda cáustica sería de operación automática, se ubicaría en el sector de Plataforma Confluencia y estaría compuesta por los siguientes elementos para el ajuste de pH: 1 estanque de almacenamiento de NaOH; 2 bombas dosificadoras con control 4-20 mA; 1 controlador de pH; 1 sonda de pH; y 1 tablero de fuerza y control (ver Figura 8 del Adenda Nº 1).
     
    Los eventuales excedentes de ACM tendrían un sólo punto de descarga en el Río Coya, cuyas coordenadas UTM (Datum WGS 84 HUSO 19) serían: N: 6.224.893 m y E: 366.775 m. (ver Figura 2 del Adenda Nº 2). A continuación en la Tabla 1 se presentan los parámetros a monitorear y sus respectivos límites de acuerdo a lo establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya):
     
         Tabla 1 Parámetros a monitorear y sus límites en CO-10 y CA-30.
     
    Parámetros Físicos y químicos
    Límite en CO-10
    Límite en CA-30
    Conductividad eléctrica (μ S/cm)
    1.500
    750
    DBO5 (mg/L)
    20
    5
    Oxígeno Disuelto (mg/L)
    > 7,5
    > 5,5
    pH
    5,5-8,5
    6,5-8,5
    Sólidos disueltos (mg/L)
    1.000
    1.000
    Sólidos suspendidos (mg/L)
    1.591,67
    767,25
    Inorgánicos
     
    Amonio (mg/L )
    0,5
    0,5
    Cianuro (μg/L )
    5
    5
    Cloruro (mg/L )
    80
    80
    Fluoruro (mg/L)
    0,8
    0,8
    Nitrito (mg/L )
    0,05
    0,05
    Sulfato (mg/L )
    500
    500
    Orgánicos
     
    Aceites y Grasas (mg/L)
    10
    10
    Detergentes (SAAM) (mg/L)
    0,16
    0,16
    Metales esenciales (elementos totales)
     
    Cobre(μg/L)
    15.674
    7.731
    Cromo total (μg/L)
    32
    32
    Hierro (mg/L )
    59,5
    13,69
    Manganeso (mg/L)
    2,089
    0,495
    Molibdeno (mg/L )
    0,5
    0,5
    Níquel (μg/L )
    42
    42
    Selenio (μg/L )
    5
    4
    Zinc (mg/L )
    1
    1
    Metales no esenciales (elementos totales)
     
    Aluminio (mg/L)
    32,37
    9,291
    Arsénico (mg/L)
    0,34
    0,143
    Cadmio (μg/L)
    12
    10
    Plomo (mg/L)
    0,2
    0,2
    Microbiológicos
     
    Coliformes fecales (NMP/100 ml)
    2.000
    2.000
    Coliformes totales (NMP/100 ml)
    -----
    5.000
     
    2.1.1.5 Camino de acceso Maitenes – Confluencia:
     
    El nuevo acceso a la DET se iniciaría en la zona de Maitenes, en la cota 1.041 m.s.n.m., y se desarrollaría en dirección suroriente hasta empalmar con el túnel de acceso de personal, con un largo de 17 km aproximadamente. En el Anexo 1-2 del EIA se presenta un plano con el trazado del camino.
     
    En la respuesta a 1.3 del Adenda Nº 1, se indica que las características básicas del nuevo acceso serían un enlace con pasos desnivelados, ubicado 200 metros antes de llegar a la barrera Maitenes, para separar todos los flujos que utilizan la Carretera El Cobre y que requieren ingresar a Coya o tomar el camino al Proyecto (ver Figura 1 del Adenda Nº 1). El tiempo proyectado para la ejecución de la obra de acceso sería de 6 meses (mayores detalles en respuesta 1.11 del Adenda Nº 1).
     
    La construcción del camino se realizaría por tramos, en los cuales se conformarían distintos frentes de trabajo.
     
    Frente de trabajo 1 correspondiente al tramo Maitenes – Alcaparrosa: se accedería a través de los accesos que se habilitarían durante el despeje del camino desde el sector de Maitenes. Además, se rehabilitarían las huellas existentes en el área, para transportar el material de descarte de la construcción del camino hacia el botadero La Isla que se ubicaría cercano a Maitenes.
     
    Frente de trabajo 2 correspondiente al tramo Alcaparrosa – Quebrada El Durazno: para acceder al frente, sería necesario rehabilitar una huella existente, al que se accede desde la zona del botadero Minero 2 ubicado a un kilómetro de Colón. Además, se requeriría la habilitación de huellas hacia el botadero La Isla.
     
    Frente de trabajo 3 correspondiente al tramo Confluencia – Quebrada El Durazno: avanzaría desde Confluencia hacia el Poniente y prepararía el sector para recibir el equipo de trabajo que realizaría el portal y excavaciones del túnel curvo. Se accedería desde el sector de Confluencia. También se requeriría la habilitación de huellas de acceso hacia el acopio de material de excavación denominado Quebrada El Durazno.
     
    Entre las principales actividades a desarrollar en la construcción del camino se señalan; despeje y limpieza de la faja; escarpe; remoción de material inadecuado; excavaciones de corte; excavación en roca; excavación para drenaje, puentes y estructuras; y túneles camineros (mayores detalles en numeral 1.2.1.5 del Capítulo 1 del EIA).
     
    2.1.1.6 Instalación de faenas:
     
    El Proyecto contemplaría la materialización de dos instalaciones de faena generales en los sectores de Maitenes y Quebrada El Durazno, que permitirán albergar a la dotación para la construcción del Proyecto en cada turno, más 3 instalaciones al interior del NNM. Estas instalaciones permanecerían durante toda la extensión o duración del Proyecto, siendo ocupadas por uno o más contratistas y por el personal que administraría los contratos por parte del Titular. De manera complementaria, se consideraría la utilización de las instalaciones existente en el sector de Caletones, de acuerdo a los requerimientos del Proyecto.
     
    Las instalaciones de faenas tendrían una casa de cambio acondicionada para recibir la totalidad del personal que demandarían los trabajos. Las instalaciones contarían con módulos o contenedores de aproximadamente de 6 m de largo, 2,5 m de ancho y 2,5 m de alto que serían habilitados como oficinas para el desarrollo de las labores administrativas.
     
    Los contenedores baño o casa de cambio serían conectados a una planta de tratamiento de aguas servidas que se habilitaría para estos fines. Cada planta de tratamiento de aguas servidas, estará diseñada en base a la cantidad de personas que estarían trabajando en cada instalación de faenas, y añadiendo una sobre estimación de un 15% en caso que se requiera aumentar el personal.
     
    Además, se habilitarían módulos para el almacenamiento de materiales, equipos, maquinaria e insumos propios de los trabajos y bodegas. Se contemplaría la habilitación de un sector o patio de bodegaje para efectuar pre-armados o mantención de equipos menores y/o para almacenar materiales o equipos que sean parte del Proyecto. En los patios no se efectuarían mantenciones o cambios de aceite a equipos mayores. Las instalaciones de faena contarían con bodegas destinadas para el almacenamiento de sustancias peligrosas (de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N° 594/99 MINSAL y NCh 389). Se destinaría un sector como patio de salvataje para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos domiciliarios e industriales y se habilitaría una Bodega de Acopio Temporal de residuos peligrosos (BAT).
     
    Las instalaciones de faena base contarían con un Taller de Mantenimiento, destinado a equipos, maquinaria y/o camiones que se emplearían en las obras, permitiendo al menos tener en forma simultánea de 2 a 4 camiones. Estos talleres de mantenimiento contarían con una cámara separadora de grasas y aceites, antes de enviar las aguas utilizadas a la planta de tratamiento.
     
    A continuación, se describe brevemente las instalaciones de faenas del Proyecto:
     
    Maitenes: estaría ubicada al sur de la barrera de Maitenes, teniendo como acceso un camino lateral a construir, paralelo a la Carretera el Cobre, según se presenta en la Figura 1-21 del Capítulo 1 del EIA. Este sector se destinaría para la instalación de las oficinas de Administración del Proyecto y para el contratista principal del camino Maitenes-Confluencia.
     
    Para el suministro de agua potable, se dispondría de un estanque de 10 m³ de capacidad, el cual sería abastecido mediante camión aljibe según requerimientos. El sistema contaría con un sistema de cloración.
     
    Respecto al suministro de energía, se dispondría de alimentación eléctrica a través de generadores tipo grupo electrógeno, los cuales suministrarían la energía necesaria para el funcionamiento de las instalaciones como bodegas, oficinas, comedores, plantas de tratamiento, etc.
     
    El Durazno: la instalación de faena estaría ubicada en la Quebrada El Durazno, su acceso se habilitaría una vez avanzado el camino Maitenes-Confluencia. La ubicación del Taller de Mantenimiento El Durazno se presenta en la Figura 1-22 del Capítulo 1 del EIA.
     
    Interior NNM: se habilitarían instalaciones de faenas en el interior de la mina, en particular en el Nivel de Producción, Nivel de Acarreo y en el sector Correa Transporte Principal, necesario para satisfacer los requerimientos de cada uno de los frentes de trabajo en los distintos niveles de la mina, optimizando el número de instalaciones.
     
    Se trabajaría bajo la modalidad de 3 turnos y 1 turno en descanso. La Tabla 1-16 del Capítulo 1 del EIA presenta la proyección de dotación máxima por turno en instalaciones de faena durante la etapa de construcción.
     
    Se utilizarían baños químicos del tipo digestor aeróbicos (reactor cerrado), los que serían proporcionados y mantenidos por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
     
    Faenas móviles:
     
    Se habilitarían instalaciones temporales o móviles, que se desplazarían en conjunto con los frentes de trabajo móviles (camino, túneles, etc.). Las instalaciones de faena poseerían una superficie estimada de 100 m².
     
    Este tipo de instalaciones consideraría contenedores del tipo modulares para oficinas y para almacenaje de materiales, herramientas y equipos menores. Se emplearían baños químicos que serían mantenidos por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
     
    El agua necesaria para bebida del personal sería suministrada en dispensadores por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
     
    El suministro de energía para los contenedores como para las herramientas sería provisto por un grupo generador. La instalación de este equipo se realizaría en un área cercada que contaría con una base de polietileno y un pretil de contención de derrames de aceite o petróleo.
     
    Las faenas móviles serían consideradas para los siguientes trabajos: trazado del Camino Maitenes-Confluencia, excavaciones de túnel de acceso al personal, excavación del túnel de transporte de mineral, excavación del túnel curvo, habilitación de botaderos, sistema de transporte de mineral y en el interior de la mina.
     
    2.1.2 Requerimientos de servicios y suministros:
     
    2.1.2.1 Agua industrial y potable:
     
    En la Tabla 2 del presente informe se presenta la demanda de agua industrial promedio para la preparación minera.
     
    Tabla 2: Demanda de agua industrial promedio para la preparación minera 

    Equipos
    Consumo unitario l/s
    Consumo total (l/s)
    2011
    2012
    2013
    2014
    2015
    2016
    2017
    Raise Borer
    6,95
    0
    6,95
    6,95
    13,9
    6,95
    6,95
    0
    Blind Hole
    2,83
    0
    0
    0
    0
    5,66
    5,66
    11,32
    Jumbo Empernador
    0,67
    2,01
    3,35
    4,69
    9,38
    8,04
    5,36
    4,69
    Jumbo Cables
    1,33
    0
    0
    0
    0
    1,33
    1,33
    2,66
    Jumbo radial
    1,33
    0
    0
    0
    0
    0
    1,33
    1,33
    Jumbo socavación
    1,33
    0
    0
    0
    0
    0
    1,33
    1,33
    Jumbo frontal
    1,12
    3,36
    5,60
    7,84
    15,68
    13,44
    8,96
    7,84
    Total Anual (l/s)
     
    5,37
    15,9
    19,48
    38,96
    35,42
    30,92
    29,17

     El agua industrial sería suministrada a través de una red proveniente del Teniente Sub 7 y canalizada a través de una rampa existente.
     
    Durante la construcción y preparación minera, el agua para consumo humano se suministraría mediante dispensadores dispuestos en zonas de oficinas e instalaciones de faenas. Estos dispensadores serían abastecidos y mantenidos por una empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
     
    2.1.2.2 Energía:
     
    Se consideraría abastecer de energía la infraestructura operativa de faenas ubicadas en el área de la plataforma Norte en Confluencia. Este apoyo se haría a través de un alimentador de 13,8 kV desde una de las celdas de los switchgear de la S/E El Cobre (Proyecto Levantamiento Vulnerabilidades Subestación El Cobre, Resolución Exenta N° 277/09, de la COREMA VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins), de esta subestación partiría un alimentador conformado por dos cables tripolares, que después de recorrer una longitud de aproximadamente 1.500 m, rematarían en un centro de maniobras de 15 kV. Este equipo se instalaría en el interior de una sala eléctrica prefabricada la cual se ubicaría en la ribera norte del Río Coya, lugar donde los contratistas de construcción tomarían la energía.
     
    Para la construcción del túnel de acceso personal, se estima que la potencia instalada de la máquina tunelera sería de aproximadamente 6.000 kW.
     
    En la construcción del sistema de transporte de mineral, el consumo de energía estaría asociado principalmente al alumbrado para los frentes de trabajo y en los distintos sectores donde se desarrollarían las obras, y al requerimiento de equipos de construcción tales como: soldadoras y equipos de levante para construcción y montaje. La energía eléctrica se obtendría a partir de la plataforma Norte en Confluencia.
     
    La demanda eléctrica que se requeriría para la construcción de los distintos niveles al interior mina, sería suministrado a través de la habilitación de dos subestaciones del tipo unitaria que se ubicarán en la rampa, cuya alimentación proviene de la actual Subestación Reservas Norte, Éstas serían alimentadas a través de un cable de media tensión, el que arrancaría desde el interruptor RESN17/18 del tablero de media tensión SWG-01-10 de la Subestación. Para ello se ampliaría el equipo en una nueva celda de 15 kV.
     
    Desde ambas subestaciones unitarias se alimentaría un centro de control de motores de 600 V, los cuales alimentarían ventiladores de inyección y/o extracción de 150 hp cada uno, tableros de alumbrado e instrumentación y red de soldadoras.
     
    2.1.2.3 Combustible:
     
    A partir del parque de equipos considerados para los desarrollos de preparación minera, se estima una demanda máxima de 47.000 l/día al año 2014. La curva de consumo de combustible diesel necesario para los desarrollos de preparación minera se presenta en la Figura 1-23 del Capítulo 1 del EIA.
     
    El consumo máximo de combustible para la construcción de los túneles ha sido estimado en 8.500 l/día de petróleo diesel, siendo provisto por la empresa distribuidora que opera actualmente al interior de la DET. Para los equipos pesados que estén en el frente de trabajo, se realizaría la recarga de combustible mediante un camión aljibe siguiendo el Procedimiento para la Recepción de Combustibles en Operación de la DET y cumpliendo la legislación aplicable.
     
    Asimismo, se estima una demanda máxima de 11.260 l/día y una demanda máxima de 3.200 l/día para la construcción de la correa de transporte de mineral.
     
    2.1.2.4 Explosivos:
     
    Durante la construcción del Proyecto se requeriría el uso de explosivos que serían abastecidos desde el polvorín de Barahona, autorizado por la Autoridad Fiscalizadora Nº 37 de Carabineros de Chile. Su transporte se realizaría en camión u otro vehículo autorizado por SERNAGEOMIN y la autoridad fiscalizadora correspondiente, y según lo dispuesto en el Reglamento Interno de Transporte, Almacenamiento y Manejo de Explosivo de la División El Teniente (ver Anexo 1.2 del EIA). Este reglamento cumple con lo dispuesto sobre la materia en el D.S. Nº 72, de 1985, modificado por el D.S Nº 140, de 1992, y por el D.S. Nº 132, de 2004, todos del Ministerio de Minería, y lo dispuesto en el reglamento complementario de la Ley 17.798 que establece el Control de Armas y Explosivos, los cuales regulan las actividades de transporte, almacenamiento, manejo y uso de explosivos y accesorios en la minería e industria.
     
    El control de calidad de los explosivos, desde el punto de vista de la seguridad para su uso y manipulación, será ejercido por el Instituto de Investigaciones y Control del Ejército, en su carácter de Banco de Pruebas de Chile, en conformidad a lo establecido por la ley vigente.
     
    En las áreas de la construcción sólo se manejarían cantidades menores bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente. Para ello se habilitarían polvorines cercanos a las obras y estos cumplirán con la normativa vigente. En términos generales, los recintos destinados al almacenamiento de explosivos, estarían protegidos de impactos accidentales de vehículos, rocas, rodados de nieve, bajadas de agua u otros. Su área circundante estaría permanentemente limpia, ordenada, debidamente identificada y exenta de materiales combustibles e inflamables.
     
    El índice de consumo de explosivos para las diferentes obras del Proyecto se detalla en la Tabla 1-19 del Capítulo 1 del EIA.
     
    2.1.3 Generación y manejo de emisiones y efluentes y residuos.
     
    2.1.3.1 Emisiones Atmosféricas:
     
    Se generarían emisiones de Material Particulado (MP) producto de la construcción del Proyecto. Las actividades de construcción estarían asociadas a movimientos de tierra, extracción, carga, transporte y disposición de materiales de excavación, construcción de fundaciones de las diferentes obras, construcción de caminos y canalizaciones subterráneas, tránsito de vehículos y maquinarias por caminos no pavimentados, transporte de personal y materiales, etc. Además, se producirían emisiones de MP10 debido a las explosiones y tronaduras en la construcción de túneles y accesos al NNM y durante el movimiento y disposición del material de excavación.
     
    Asimismo, se generarían emisiones gaseosas debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones y de la maquinaria utilizada durante la fase de construcción.
     
    A continuación, en la Tabla 3 del presente Informe, se muestra un resumen de las emisiones estimadas de MP y gases de combustión para la etapa de construcción del Proyecto y, en el Anexo 1-4 del Capítulo 1 del EIA se adjunta Memoria de Cálculo de Emisiones Atmosféricas.
     
    Tabla 3: Estimación de Emisiones Etapa de Construcción 

    Tipo de Contaminante
    Actividad
    Emisión Etapa Construcción (kg totales c)
    CO
    NOx
    MP10
    HC/COV
    Material Particulado
    Resuspendido
    Escarpe
    -
    -
    99
    -
    Tronaduras
    -
    -
    765
    -
    Compactación del Terreno
    -
    -
    2.348
    -
    Excavaciones
    -
    -
    79.350
    -
    Carguío y Descarga de Camiones
    -
    -
    4.888,9
    -
    Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados
    -
    -
    193.172
    -
    Tránsito de vehículos por caminos pavimentados
    -
    -
    216.694
    -
    Erosión Eólica
    -
    -
    1.548
    -
    Gases de Combustión
    Emisión de combustión de maquinaria
    107.068
    387.797
    34.407
    49.043
    Emisión de combustión de Vehículos
    20.866
    78.151
    2.827
    11.827
    Total kg/día a
    50
    182
    210
    24
    Total t/año b
    18
    67
    77
    9
    Total t c
    128
    466
    536
    61

    a.- Considera jornadas de trabajo de 24 horas diarias
    b.- Considera jornadas de trabajo durante los 365 días del año
    c.- Considera 7 años como duración de la etapa de construcción.
     
    Para controlar las emisiones durante la etapa de construcción del Proyecto se contemplaría implementar las siguientes medidas de manejo o abatimiento de emisiones:
     
    -          Los camiones que transportarían el material para la construcción de las diferentes obras cumplirán con las disposiciones del D.S. Nº 75, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.
     
    -          Los materiales de construcción serían debidamente humectados y cubiertos, con el objeto de controlar y minimizar las emisiones de material.
     
    -          Los terrenos y accesos no pavimentados, afectos al tránsito de vehículos, serían humectados a lo menos tres veces al día, dependiendo de la estación del año y avance de las obras.
     
    -          La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizaría humectando previamente la superficie del suelo.
     
    -          Los vehículos poseerían su revisión técnica al día. La mantención de la maquinaria se realizaría de acuerdo a especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
     
    2.1.3.2 Emisiones de ruido:

    Durante la etapa de construcción, el ruido se produciría debido a las tronaduras requeridas para la construcción del nivel de explotación, túneles de acceso y transporte de mineral y obras del camino. Además, se considera que se generaría ruido por la maquinaria que participaría en el movimiento de tierra y por la actividad de carga y descarga de material. En los Anexos 2.2 y 2.3 del EIA se presentan las estaciones de monitoreo para ruido y vibraciones, y las fichas correspondientes respectivamente.
     
    2.1.3.3 Residuos líquidos:
     
    2.1.3.3.1 Aguas de talleres de mantenimiento (RILES):
     
    Es importante indicar que en respuesta 1.1 del Adenda 4, el Titular aclara que en los niveles de Hundimiento, Producción y de Acarreo, existirían talleres de mantenimiento donde se generarían aguas con aceites y grasas (RILES), producto del lavado de máquinas, equipos, y del piso del taller. Para cada uno de estos talleres se implementarían plantas separadoras de aceite, agua y sólido (una por nivel), plantas que se utilizarían en forma temporal hasta la habilitación definitiva de las naves de lavado de cada nivel. El taller de mantenimiento El Durazno consideraría también una planta separadora de aguas, aceite y sólidos para el tratamiento de sus aguas de lavado de camiones, maquinarias y pisos.
     
    El aceite separado sería manejado como RESPEL dando cumplimiento al D.S. N° 148/03 del MINSAL y el agua clara sería canalizada para ser bombeada a Colón desde Confluencia, para su posterior reutilización en el proceso.
     
    2.1.3.3.2 Aguas servidas:
     
    El Proyecto generaría aguas servidas domésticas provenientes de las instalaciones de faenas permanentes, temporales y servicios sanitarios habilitadas para la construcción del Proyecto. Se consideraría un personal máximo en turno de 1.800 operarios (en época punta) por lo que se estima que la generación máxima de aguas servidas sería de un caudal de 144 m³/día, considerando una dotación de agua potable promedio de 100 l/persona/día y un retorno del 80%, según instructivo de la SISS.
     
    Para el manejo de las aguas servidas generadas en las instalaciones de faenas base se habilitaría una planta de tratamiento de aguas servidas de lodos activados en cada una de ellas.
     
    En relación al manejo del efluente, para el caso de las instalaciones de faena de Maitenes y Quebrada El Durazno, el agua clara resultante de dicho proceso sería utilizada para la humectación de caminos no pavimentados y los lodos generados serían retirados por una empresa autorizada.
     
    En la instalación de faena de Caletones, las aguas resultantes del sistema de tratamiento de aguas servidas serían impulsadas al sistema de agua industrial. Los lodos generados serían retirados por una empresa autorizada. En la Figura 1-24 del Capítulo 1 del EIA, se adjunta el sistema de tratamiento de aguas servidas y en la Tabla 1-24 del Capítulo 1 del EIA se presenta la calidad esperada del efluente de las plantas de tratamiento. Las aguas servidas de los baños químicos portátiles que serían instalados en los frentes de trabajo, serían manejadas (retiradas y dispuestas) por una empresa especializada mediante camiones limpia fosas, que estarían debidamente autorizados por la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins.
     
    El efluente tratado en las plantas de tratamiento cumplirá con lo establecido en el D.S. Nº 90, de 2001, del MINSEGPRES, que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
     
    Es importante indicar que en respuesta 1.1 del Adenda 4, el Titular aclara que las Aguas de Contacto Túneles (ACT) no corresponderían a RILES dado que son aguas de escorrentía de flujos subterráneos de origen natural que entran en contacto con materiales lixiviables que forman el macizo rocoso por donde se construirían los túneles, lo cual es concordante con el criterio establecido por el Dictamen N° 067514 del 03 de diciembre de 2009 de la Contraloría General de la República, el cual indica que no es procedente clasificar las aguas de contacto como residuos líquidos industriales.
     
    Por su parte, las ACT que se infiltren durante la construcción y operación de los túneles de acceso serían captadas mediante un sistema de canaletas al interior de los mismos y se estiman en 150 l/s. Estas aguas serían conducidas a la piscina de emergencia ubicada en la Plataforma Confluencia, proyecto que fue aprobado ambientalmente mediante RCA N° 121/2009 del 12 de junio de 2009 de la COREMA VI Región, para luego ser enviadas hacia la Planta Colón existente en la DET, sin que se considere tratamiento específico para su reutilización. Este procedimiento se mantendrá durante la construcción y operación del Proyecto.
     
    Por otro lado, de acuerdo con la definición establecida en el D.S. 90/00 y en concordancia con el D.S. N° 46/02, ambos del MINSEGPRES, se entiende por Residuo Líquido o Aguas Residuales “aquellas aguas que se descargan desde una fuente emisora a un cuerpo receptor”, de acuerdo con lo anterior los efluentes generados en la construcción de los túneles de acceso, transportes de mineral y habilitación del nivel de explotación y las aguas de lavado de máquinas y equipos, no corresponderían a RILES, dado que dichos efluentes, como parte del proceso, no serán descargados a un cuerpo receptor como cursos de aguas superficiales o subterráneas. No obstante lo anterior, el Titular considera la implementación de un tratamiento a dichas aguas dado que éstas serían reutilizadas en el proceso industrial, y requerirían cumplir con condiciones mínimas para su utilización.
     
    2.1.3.4 Residuos sólidos:
     
    En la Tabla 4 del presente Informe, se muestra el resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición durante la etapa de construcción.
     
    Tabla 4: Resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición 

    Tipo de residuo
    Cantidad mensual
    Sitio de acopio temporal
    Sitio de disposición final
    Residuos sólidos domésticos
     
    (Restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc.)
    64,8 t/mes
     
     
    Los residuos serían acopiados en contenedores especiales localizados en cada instalación de faenas, los cuales serían retirados por la empresa contratista cada 3 días para ser dispuestos finalmente en un lugar autorizado.
    El transporte se realizaría a través de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria
    Relleno Sanitario Sector Coligues – La Yesca, o sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos domiciliarios
     
    Residuos sólidos industriales no peligrosos
     
    (Restos de materiales de la construcción, montaje y desmontaje de los equipos, como chatarras no-contaminadas y escombros. Adicionalmente, se producirían hormigones sobrantes, despuntes de cables, elementos de protección personal, restos de embalajes, envases vacíos, clavos, restos de tuberías, alambres, metales, maderas, entre otros)
     
    40,3 t/mes
    Patios de salvataje que se habilitarían en las instalaciones de faena.
     
    Dichos residuos serían trasladados periódicamente al “Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos” (CMRIS)
    CMRIS aprobado mediante RE Nº104/99 de COREMA, VI Región y la Resolución N°133/02 del Servicio de Salud O'Higgins
    Residuos Peligrosos
     
    (Aceites usados, filtros de aceites, huaipes y telas con restos de aceites y grasas, elementos de protección personal en desuso, envases de grasas y aceites, etc., producto de la mantención preventiva de la maquinaria y equipos utilizados en la etapa de construcción)
    3,9 ton/mes
     
     
    Los residuos serían dispuestos según compatibilidad en contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados al interior de bodegas de almacenamiento temporal habilitadas en las instalaciones de faenas, desde donde serían trasladados al CMRIS, donde serían dispuestos temporalmente, para su posterior disposición final fuera de la DET, en recinto autorizado. El tiempo máximo de almacenamiento temporal en el CMRIS sería de 6 meses
    Sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos (HIDRONOR Chile, Bravo Energy u otros)
     
    Restos de excavaciones de material mineralizado, túneles acceso NNM y ventanas
     
    1,8 millones de m³ o (38.000 m³/mes aprox.) de materiales sulfurados
    Área de acopio temporal ubicada en Plataforma Confluencia Norte y en ADIT de ventanas
    Botadero Barahona ubicado a 6 km del área de Confluencia
    Restos de excavaciones Camino Maitenes – Confluencia
    2 millones de m³ o (57.000 m3/mes aprox.) de material a remover de los cuales el 50% se reutilizará principalmente en la construcción de terraplenes, miradores, y pistas de emergencia
    Se contemplarían sólo acopios menores en los frentes de trabajo
    Áreas de acopio final de material de excavación que se habilitarían para tal propósito, ubicados en los sectores La Isla y Quebrada El Durazno
     
    Restos de excavaciones de material estéril, sistema de transporte mineral (correas superficiales y stockpile)
     
    1,8 millón de m³ o (60.000 m³/mes aprox.)
    Acopio temporal en los frentes de trabajo
    Botadero denominado Quebrada Pelada
    Restos de excavaciones de material estéril, túneles acceso NNM y ventanas
    0,7 millones de m³ o (15.000 m3/mes aprox.) de material de excavación estéril
    Área de acopio temporal ubicada en Plataforma Confluencia Norte y en ADIT de ventanas
    Botadero Minero 2, aprobado en el proyecto “Construcción Plataforma Confluencia” (R.E. Nº 121/09) ubicado a 5 km del área de Confluencia
    Residuos de construcción
     
     
     
    Estos residuos serían clasificados y acopiados provisoriamente en los patios de salvataje, que se habilitarían en las diferentes instalaciones de faena, desde donde serían trasladados periódicamente al CMRIS, el cual fue aprobado mediante Resolución Exenta Nº104/99 de COREMA, VI Región y la Resolución N°133/02 del Servicio de Salud O’Higgins. El patio de salvataje sería cercado y señalado con letreros que indiquen que el sector corresponde a un área de acopio temporal. Los residuos serían retirados periódicamente de las faenas
    Además, los escombros serían dispuestos en el botadero existente Minero 1
     
    Lodos de Baños Químicos y PTAS
    3 ton/mes
    Los lodos serían retirados directamente desde los baños químicos y PTAS por empresa autorizada
    PTAS de ESSBIO en Chancón u otra instalación que cuente con la autorización sanitaria correspondiente

    Respecto a las maderas de embalajes de los equipos que provengan de otros países, se exigiría la certificación de la Resolución N° 133/05 del SAG destinado a la prevención del ingreso potencial de plagas al país.
     
    En relación a los restos de excavaciones de material mineralizado, túneles acceso NNM y ventanas, se estima una generación de 2,4 millones m³ aproximadamente, producto de las labores de construcción de los túneles de acceso y sus ventanas. Este material sería removido y transportado hacia un área de acopio temporal, con una capacidad de recepción de 1 a 2 días de producción de la excavación. Esta área estaría ubicada en la Plataforma Confluencia Norte, desde donde el material de excavación sería transportado mediante camiones de 30 m³ hacia los botaderos que se habilitarían para este propósito, según las características de la marina.
     
    En la Tabla 1-22 del Capítulo 1 del EIA, se presentan los volúmenes de material de excavación provenientes de túneles de acceso y ventanas de construcción. En la Tabla 1-23 del Capítulo 1 del EIA se detalla la estimación de las excavaciones durante el desarrollo de las actividades de preparación del NNM. Se estima que el total de material de excavación a depositar en botaderos según su naturaleza sería de 4,5 m³.
     
    En la Tabla 6 del Adenda Nº 1 se presentan los sitios de disposición y autorizaciones por tipo de residuos para el Proyecto.
     
    De acuerdo a lo indicado en la Tabla 4 del presente Informe, los botaderos considerados en el Proyecto, serían los que se describen a continuación:
     
    Botadero Barahona
     
    Recepcionaría el material generado por las excavaciones de material mineralizado, túneles acceso NNM y ventanas con 1,8 millones de m³ o (38.000 m³/mes aprox.) de materiales sulfurados. En este contexto, se presume potencial generación de aguas ácidas debido a los residuos dispuestos, por lo que se ha considerado que toda el área se impermeabilizaría, y sería recubierta primeramente por un geotextil de 250 g/m², posteriormente vendría la carpeta de geomembrana y luego un recubrimiento de acabado de geotextil de las mismas características. Lo anterior, permitiría tener un mayor coeficiente de rugosidad y una mejor cohesión en los anclajes laterales asegurando su estanqueidad (mayores detalles en respuestas 1.6 del Adenda Nº 1 y respuestas 1.1 y 1.2 del Adenda Nº 2).
     
    Los antecedentes técnicos, las características de la geomembrana y método de instalación, se presentan en la respuesta 2.4 y en el Anexo N° 2 del Adenda Nº 2. Asimismo, en la Tabla 2 del Adenda Nº 2 se describe el sistema de drenaje perimetral del botadero (ver respuesta 1.8 del Adenda Nº 1) y complementado en respuesta 1.4 del Adenda Nº 2. Para mayores especificaciones relacionadas al diseño del botadero ver respuestas 1.6, 1.7, 1.8, 1.16, 3.7, 5.9, 5.13, 9.2 y Anexo Nº 3 del Adenda Nº 1.
     
    Botadero Minero 2
     
    Recepcionaría el material generado por las excavaciones que se realizarían para las instalaciones vinculadas a parte del sistema de transporte de mineral desde Confluencia a Colón y material inerte proveniente de los túneles de acceso y ventanas. Dado que todo este material tiene la característica de inerte, el botadero no requeriría contar con un sistema de impermeabilización (ver respuesta 1.6 del Adenda Nº 2). El proyecto “Construcción Plataforma Confluencia” (R.E. 121/09) generaría un total de 1,25 millones de m³ de detritos de excavación compactados, quedando disponible un volumen de 1,55 millones de m³. Por su parte, el Proyecto NNM consideraría el envío de un total estimado de 0,7 millones de m³, quedando disponible aún aproximadamente 0,85 millones de m³, con lo cual se concluye que dicho Botadero contaría con disponibilidad suficiente para recibir el material del Proyecto.
     
    Botadero El Durazno
     
    Dicho botadero recibiría material inerte proveniente de la construcción del camino, por lo tanto, no requeriría contar con un sistema de impermeabilización (ver respuesta 1.6 del Adenda Nº 2). En la Tabla 2 del Adenda Nº 2 se describe el sistema de drenaje perimetral del botadero (ver respuesta 1.8 del Adenda Nº 1). Además, en el Plano 3 del Anexo Nº 1 del Adenda Nº 1, se presentan la disposición general y drenaje del mencionado botadero.
     
    Botadero La Isla
     
    Este botadero, al igual que en el caso del Botadero El Durazno, recibiría material inerte proveniente de la construcción del camino, en consecuencia, no requeriría de un sistema de impermeabilización (ver respuesta 1.6 del Adenda Nº 2). En la Tabla 2 del Adenda Nº 2 se describe el sistema de drenaje perimetral del botadero (ver respuesta 1.8 del Adenda Nº 1). Además, en el Plano 4 Anexo Nº 1 del Adenda Nº 1, se presentan la disposición general y drenaje del mencionado Botadero.
     
    Botadero Quebrada Pelada
     
    Recepcionaría el material inerte generado por las excavaciones que se realizarán en el stock pile (acopio de mineral) y otra parte de las excavaciones vinculadas al sistema de transporte de mineral desde Confluencia a Colón, por lo que tampoco requiere contar con un sistema de impermeabilización (ver respuesta 1.6 del Adenda Nº 2). En el Plano 5 Anexo Nº 1 del Adenda Nº 1, se presentan la red de caminos para el acceso a los botaderos para la ejecución del Proyecto.
     
    2.2 Descripción etapa de operación.
     
    2.2.1 Descripción del proceso:
     
    2.2.1.1 Método de explotación del mineral:
     
    El Proyecto explotaría mineral primario mediante el método Panel Caving con la variante de Hundimiento Avanzado y método de socavación Crinkle Cut. Este método se caracteriza por llevar el nivel de hundimiento y parte del nivel de producción adelantados (ver Figura 1-25 del Capítulo 1 del EIA).
     
    En la Tabla 1 del Adenda Nº 1, se presenta la caracterización del mineral que se explota actualmente y a explotar por el Proyecto.
     
    A continuación, se describe brevemente el proceso de explotación:
     
    Operación minera: la actividad más importante que se realizaría en el nivel de hundimiento sería la socavación, es decir, producir, mediante perforación y tronadura, el corte basal de la columna mineralizada con el propósito de inducir quiebre y por ende al hundimiento.
     
    La colocación del explosivo se realizaría con una máquina que lo cargaría en forma automática, la colocación y conexionado de los detonadores se realizaría en forma manual. Para darle continuidad a la socavación se extraería el material por medio de LHD, y se traspasaría hasta el nivel de producción a través de unas chimeneas piloto en zanjas adelantadas, emplazadas en inmediaciones del cruzado de acceso del nivel de hundimiento. En el nivel de producción, el material sería transportado por LHD operados en forma manual hasta algún pique de traspaso definitivo, que transferiría el material al nivel de acarreo.
     
    El nivel de acarreo permitiría transferir por medio de camiones de 80 toneladas de capacidad, el mineral desde los buzones ubicados en la parte inferior de los piques que vienen del nivel de producción a las tolvas de alimentación de los chancadores primarios.
     
    Al igual que los niveles de producción y hundimiento, la ventilación del nivel de acarreo, se haría directamente desde el subnivel de ventilación a través de chimeneas de inyección y extracción. El aire sería impulsado por medio de ventiladores secundarios comandados desde la sala de control central.
     
    Ventilación; la ventilación del nivel de producción se haría inyectando aire fresco desde los portales (Adits) ubicados en superficie, puntualmente en el sector de Quebrada Diablo, hasta el nivel de inyección por medio de ventiladores primarios y secundarios ubicados en la base de cada chimenea. Con este sistema se lograría que para cada pala en operación exista una inyección y una extracción independiente.
     
    Drenaje: en este nivel se recibirían las aguas infiltradas en la mina, el diseño contemplaría que todas las aguas que se infiltren desde la superficie a la mina, y aquellas que se generen producto del proceso minero, serían conducidas en forma gravitacional, a través de cunetas laterales proyectadas en el piso de las galerías de los diferentes niveles, hasta piques de traspaso que las conducirían finalmente hasta el nivel de drenaje. Para el retiro del material sólido de la estación de sedimentación se dispondrían de equipos de limpieza adecuados para este propósito.
     
    A la salida de los estanques desarenadores, las aguas clarificadas serían conducidas gravitacionalmente hacia dos cañerías de acero de 24” de diámetro que descenderían por un pique de traspaso hasta interceptar el túnel correa o de transporte de mineral del Proyecto. En el interior del túnel, las cañerías de drenaje estarían instaladas bajo la carpeta de rodado (ver Figura 1-26 del Capítulo 1 del EIA) y conducirían las aguas gravitacionalmente hacia la superficie hasta el sector de Confluencia a la cota 1.520 m.s.n.m. En este sector, el ACM se conduciría a procesos en Colón (sector de estanques recuperadores) a través de una planta elevadora y una línea de impulsión proyectada. Frente a eventos de excedencia del caudal de recirculación (1.200 l/s), el excedente sería neutralizado y descargado al Río Coya.
     
    Ante la presencia de una interrupción del suministro eléctrico, que deje el sistema de impulsión fuera de servicio, se ha considerado que el proveedor del suministro pueda restablecer el servicio en un lapso de tiempo no mayor que 30 minutos. También se dispondría de una piscina revestida con HDPE, emplazada a un costado de la estación de bombeo que permitiría recibir el agua durante la interrupción del servicio, la habilitación de esta piscina de emergencia fue aprobada en la DIA del Proyecto “Construcción Plataforma Confluencia” (R.E. 121/08 COREMA VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins).
     
    La línea de impulsión hacia Colón consistiría en un tramo de tubería de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 32” y un largo de 1.250 m que llegaría a un estanque de regulación rectangular proyectado de 500 m3. Luego, se consideraría una conducción gravitacional desde el estanque de regulación proyectado hasta el sector de los estanques recuperadores. Esta línea de conducción estaría compuesta de una tubería de acero revestido en HDPE de diámetro nominal 24” y un largo de 2.970 m. En ambas conducciones, el caudal de diseño correspondería a 685 l/s.
     
    Chancado del mineral: los equipos y etapas relacionados con este sistema correspondería a tolva de descarga de camiones, alimentadores chancador, chancadores, correas sacapalos, correas de traspaso, correa principal (tramos 1, 2, 3 y 4), correa repartidora móvil (stockpile), alimentadores y correas colectoras reversibles bajo el edificio de acopio, correa existente modificada 240-cv-11 y nueva correa alimentación planta concentradora en Colón.
     
    El sistema de manejo de minerales consideraría dos tolvas de descarga de camiones, con una capacidad de 4.000 toneladas de carga cada una, ubicadas a cada lado del chancador. En el caso de falla o necesidades de reparación de la tolva, cada alimentador sería capaz de manejar el 100% del flujo de alimentación del chancador.
     
    El mineral se descargaría a un chancador giratorio para ser reducido a un tamaño nominal menor a 200 mm. El chancador descargaría el mineral en la tolva de acopio ubicada en la parte inferior de la sala de chancado cuya capacidad de acopio para carga sería de 5.000 toneladas.
     
    Bajo la tolva de acopio se ubicarían dos alimentadores de bandeja, los que entregarían el mineral a dos correas sacapalos, ubicadas en una galería. En la descarga de los alimentadores se prevé electroimanes montados sobre pequeñas grúas puente, que permitirán capturar los elementos ferromagnéticos.
     
    Para el chancador 1, las correas sacapalos descargan directamente a la correa principal que transportarían el mineral desde el interior de la mina hacia Colón. Las correas sacapalos de los chancadores 2 y 3 descargarían a correas de traspaso, que a su vez descargarían a la correa principal que transporta el mineral desde el interior de la mina hacia Colón. En la descarga de las correas de traspaso, se instalarían electroimanes que retirarían los elementos extraños
     
    Sistema de Control de Manejo de Mineral (SCMM): cubriría básicamente la instrumentación y sistemas de control y monitoreo de todos los equipos que van desde los puntos de extracción de mineral en los niveles de producción, hasta la descarga de la correa transportadora principal, pasando por chutes, alimentadores, chancadores, transporte intermedio, y transporte principal.
    La operación normal estaría centralizada en la Sala de Control Central ubicada fuera de la mina.
     
    2.2.1.2 Operación sistema transporte mineral
     
    El primer tramo de la correa principal sería alimentado por la correa sacapalos del chancador 1 y por las correas de traspaso de los chancadores 2 y 3.
     
    El túnel donde sería instalada esta correa, en la parte inferior, contaría con un relleno de una altura adecuada, para una carpeta de rodado de 7 m de ancho, suficiente para la instalación de la correa y el desplazamiento de un camión para el traslado de equipos y materiales para mantenimiento. Bajo la carpeta de rodado se encontrarían instaladas cañerías destinadas a la conducción de ACM y AACCu, que las conducirán a la Plataforma Confluencia.
     
    El primer tramo de la correa principal, subterráneo, descargaría en la estación de transferencia principal en superficie, emplazada en la Plataforma Confluencia. El segundo tramo de la correa principal del mismo ancho y capacidad que el tramo 1 contaría con segmentos subterráneos y segmentos en superficie instalados en el interior de galerías de estructura metálica. El tercer tramo similar al anterior estaría instalado en superficie en una galería de estructura metálica. El cuarto tramo de la correa principal estaría instalado en superficie en una galería de estructura metálica y descargaría el mineral en la correa repartidora móvil instalada en el acopio en Colón.
     
    La correa repartidora móvil descargaría el mineral en el acopio, lo distribuiría a lo largo de éste y estaría instalada en una galería de estructura metálica sobre el edificio de acopio. Por su parte, dicho edificio tendría una capacidad total de almacenamiento de 260 kt de mineral, lo que permitiría un día y medio de operación del concentrador sin alimentación de la mina.
     
    Bajo la zona de almacenamiento de mineral del acopio, estarían instalados dos conjuntos de seis alimentadores de correa montados en línea cada uno, los que entregarían el mineral a dos correas colectoras instaladas bajo éstos. Cada una de estas correas podría manejar un flujo máximo de 131 kt/d y descargarían el mineral, indistintamente en la correa existente 240-CV-11. Dicha correa existente transportaría el mineral desde el edificio de acopio hasta la planta de molienda semi autógenas (SAG) y chancado secundario, por los sistemas de correas existentes en Colón.
     
    Durante el proceso en operación, la correa transportadora contaría con una serie de sensores como interruptores de deslineamientos, detector de ruptura de correa, sensores de velocidad cero, sensores de deslizamientos, los cuales monitorearan el estado y funcionamiento de las correas y activarían las alarmas locales y en la sala de control.
     
    El sistema de control contemplado para el trasporte de mineral en caso de corte de correa y colapso del sistema, consideraría un tiempo de respuesta de detención, de 30 segundos para el caso del tramo 1 de la correa y de 6 segundos para los tramos 2, 3 y 4. La cantidad de material que caiga al piso, dependería del tiempo que tarde el sistema de control en detectar la falla y ordenar la detención del sistema de transporte. La limpieza del sector se realizaría mediante equipos de limpieza, integrados por cargadores frontales y camiones.
     
    Sistema contra incendio: permitiría detectar en forma directa e indirecta y alarmar una situación de incendio en los túneles, ensanches, estocadas y otros recintos. En forma indirecta, la detección dentro de los túneles de una anormalidad sería realizada a través de: superación de límites de opacidad, superación de límites de concentración de CO, superación de límites de concentración de NOx, detección de puerta abierta en nicho de incendios, aviso desde teléfonos de emergencia, aviso desde detectores de calor, humo, radiación, accionamiento de pulsador de emergencia, supervisión a través de cámaras de televisión, otros.
     
    Para la detección directa ya sea automática o manual, debido a la intervención del operador a través de la aplicación o un usuario mediante la activación de las estaciones manuales de alarma, el sistema contaría básicamente de central de detección de incendios, sistema de detección lineal, estaciones manuales de alarma, sensores de humo y temperatura (en base a microprocesador u otro sistema).
     
    Una vez que se ha detectado el incendio, el Sistema de Gestión de Túnel dispondría de los siguientes medios para informar a los usuarios de los túneles sobre las medidas que deben tomar o los pasos a seguir: alarma con luz estroboscópica, semáforos, megafonía, radio túnel, (FM y VHF), paneles de mensaje variable, telefonía de emergencia, telefonía corporativa, circuito cerrado de TV (CCTV).
     
    2.2.1.3 Túnel de acceso de personal:
     
    A partir de 2017, accedería el personal que trabajaría al interior mina durante la etapa de operación. Lo anterior, en 2 turnos, de 12 por 12, posibilitando el acceso y evacuación de aproximadamente 1.325 personas/día. Esto significaría una frecuencia de unos 20 buses/día, los cuales transitarían por rampas de acceso que se habilitarían en las cabeceras de los distintos niveles. Estas rampas estarían conectadas entre los niveles de la mina y permitirían acceder a los barrios cívicos y a los frentes de trabajo.
     
    2.2.1.4 Sistema de manejo de aguas de contacto mina:
     
    Las ACM en un caudal de 1.477 l/s para un 10% de excedencia de los caudales máximos diarios, se recolectarían en los distintos niveles de la mina y se conducirían por piques al nivel de drenaje donde pasarían a través de desarenadores. Los desarenadores entregarían el agua clarificada a una cámara desde donde parten tuberías ubicadas al interior de los túneles de acceso proyectados para el NNM, que conducirían el ACM al túnel correa, de 9 km de largo y 2% de pendiente. Las conducciones se ubicarían bajo la carpeta de rodado llegando a la salida de Confluencia.
     
    La construcción de los túneles principales consideraría como condición de diseño para sus fortificaciones, tratamiento de grietas y revestimientos interiores, un caudal de ACT para el túnel Correa y túnel de Acceso de personal no superior a los 150 l/s. Estas aguas serían interceptadas y conducidas al interior del túnel mediante canaletas, sumideros y colectores hasta la cámara de carga localizada en Confluencia, donde se mezclarían con las ACM.
     
    El manejo de las ACM a la salida de los túneles del NNM para el año 2064 del Proyecto contemplaría la conducción a Colón desde la cámara de traspaso en Confluencia, a través de una planta elevadora y una línea de impulsión hasta un estanque de regulación y después gravitacionalmente hasta el sector de estanques recuperadores. El diseño consideraría un caudal máximo a recircular de 1.200 l/s.
     
    La Tabla 1-25 Capítulo 1 del EIA resume los caudales ACM estimados para los años 2017, 2022, 2037, 2057 y 2064, considerando una probabilidad de excedencia del 10% y las obras de intercepción propuestas de acuerdo a la metodología que se presenta en el Anexo 1-5 del EIA. Asimismo, la Tabla 1-26 del Capítulo 1 del EIA muestra la distribución del caudal total que saldría de la mina para los años 2017,2022, 2037, 2057 y 2064.
     
    Luego, se estima que sólo a partir de 2043 se podrían producir las eventuales excedencias que superen la capacidad de 1.200 l/s del sistema de recirculación. En la eventualidad que se genere caudal de ACM excedente al sistema, este sería descargado en un sólo punto del cauce del Río Coya previa neutralización, cuya descarga estaría dentro del rango admisible para el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Ro Cachapoal. Estos caudales corresponderían a vertimientos eventuales que podrían producirse en años húmedos (años con superávit de precipitaciones a nivel local), específicamente en el período de deshielo, es decir, durante tres a cuatro meses en estos años excepcionales.
     
    2.2.2 Suministros y servicios.
     
    2.2.2.1 Mantenimiento de infraestructura y equipos:
     
    Las reparaciones mayores de los equipos se realizarían en la nave de mantención ubicada fuera de la zona de explotación minera, mientras que las reparaciones menores se realizarían en los talleres de mantenimiento que se ubicarían en los diferentes niveles de la mina.
     
    Para la mantención de la carpeta del camino Maitenes-Confluencia se consideraría un plan de mantención trimestral que consistiría en el recorrido y revisión de la carpeta de rodado detectando fallas visibles sobre la carpeta. Las fallas detectadas serían informadas y reparadas según el tipo de daño que posea y conforme a lo establecido por el Manual de Carreteras.
     
    En la Tabla 1-27 del Capítulo 1 del EIA se indica el tránsito medio diario anual, estimado para el camino Maitenes Confluencia.
     
    2.2.2.2 Maquinaria y equipos:
     
    Los equipos primarios que se utilizarían en el nivel de explotación, corresponderían a aquellos equipos que tienen directa relación con la producción, es decir, equipos de socavación, extracción, acarreo, construcción de zanjas y reducción secundaria. Por su parte, los equipos secundarios serían aquellos que prestan apoyo a la producción, tales como: equipos de limpieza, de apoyo al mantenimiento mecánico y eléctrico. El detalle de lo que incluirían los equipos primarios se presenta en el numeral 1.3.2.2 Capítulo 1 del EIA.
     
    Los equipos vinculados al sistema de transporte de mineral, desde Confluencia a Colón, se presentan en la Tabla 1-28 del Capítulo 1 del EIA.
     
    2.2.2.3 Insumos.
     
    2.2.2.3.1 Combustibles:
     
    El consumo de combustible en la faena estaría asociado principalmente a las operaciones de la mina. La demanda de combustible diesel del Proyecto se ha estimado del orden de 120 m3/d según se muestra en la Tabla 2-25 Capítulo 1 del EIA. El almacenamiento se realizaría en superficie en la Plataforma Confluencia Norte en tres nuevos estanques verticales de acero de 288 m3 de capacidad cada uno que permitirían una autonomía de una semana para la operación minera, y cuyo abastecimiento se realizaría mediante camiones aljibe debidamente autorizados.
     
    Desde los estanques, el combustible sería bombeado y conducido por cañerías de acero, a través del túnel correa, hasta el nivel de drenaje al interior de la mina. En dicho nivel, el combustible sería descargado en seis estanques auxiliares horizontales de 20 m3 cada uno, desde donde sería conducido hasta los niveles de producción y transporte, mediante seis sistemas de impulsión, uno por cada estanque, implementados con una bomba de engranajes de 80 l/min a 9 bar y cañerías de conducción de 1 ½”. En tales niveles se instalarían estaciones de servicio en lugares adecuados para el acceso de los vehículos y maquinarias que deben abastecerse de combustible.
     
    En respuesta 1.27 del Adenda Nº 1 el Titular agrega que el tipo de combustible sería Diesel N° 2, el almacenamiento y capacidad correspondería a 6 estanques horizontales (20 m3 c/u) en el interior de la mina y 3 estanques verticales (288 m3 c/u) con techo fijo para exterior mina, y que el lugar de almacenamiento sería el sub-nivel de ventilación extracción, para los estanques interior mina, y en plataforma Confluencia sector norte, para estanques exterior mina.
     
    2.2.2.3.2 Explosivos:
     
    El consumo de explosivo para la producción (tronadura de bateas en el nivel de producción y perforación para la socavación en el nivel de hundimiento), se estima en aproximadamente 14.000 toneladas de explosivo a granel (ANFO), cuyo promedio en el período de mayor consumo corresponde a 581 t/mes de ANFO.
     
    Las operaciones de tronadura de la mina serían realizadas por un contratista especializado, quien sería el encargado del almacenamiento y manejo de explosivos, dando estricto cumplimiento a las disposiciones de la normativa vigente.
     
    2.2.2.3.3 Otros insumos:
     
    Durante la operación, el Proyecto requeriría acero de distintas calidades y características ya sea como insumo básico o en forma de componentes estructurales o de calderería. En la Tabla 1-30 del Capítulo 1 del EIA, se presenta la estimación de acero requerido para la operación del Proyecto.
     
    Asimismo, se estima un consumo aproximado de 660.000 m3 de hormigón de distintas características, en obras e instalaciones vinculadas al Proyecto, considerando un consumo de hormigón de 302.864 m3 en minería y de 354.000 m3 en obras civiles (ver Tabla 1-32 Capítulo 1 del EIA).
     
    2.2.2.4 Servicios.
     
    2.2.2.4.1 Energía eléctrica:
     
    Para la operación del Proyecto, la energía eléctrica se ha estimado en 84 MW, de los cuales 38 MW serían para la explotación al interior de la mina y 46 MW en superficie. El suministro de energía se realizaría a partir de las barras de 110 kV de la Subestación Cordillera, ubicada en Colón Alto. Desde esta subestación se daría energía a las instalaciones de Subestación Principal NNM (Interior Mina), Subestación Correas Principales (en superficie), Subestación Acopio (en superficie) y Subestación Bombas de Drenaje (en superficie).
     
    Se utilizaría el paño disponible en la subestación Cordillera proveniente del proyecto Reforzamiento Sistema Eléctrico Mina, el cual fue aprobado ambientalmente mediante R.E N° 170/09 de COREMA VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, donde se reemplazaría el equipamiento existente y se instalarían tres nuevos transformadores de potencia de 110 a 33 kV- 50 MVA con su respectivo patio de maniobra para abastecer las demandas de los sectores del Proyecto.
     
    El suministro a cada una de las subestaciones en superficie sería mediante cables aislados en 33 Kv.
     
    Para dar energía a la Subestación Principal del nuevo nivel de la mina, se tenderían cables aislados en 33 kV a través del túnel de acceso principal de alrededor de 9 km. Esta subestación estaría conformada por tres transformadores de poder de 25 MVA c/u, cuya tensión sería de 33 a 13,8 kV. Desde aquí, la energía se distribuiría mediante cable en 13,8 kV a los sectores de chancado, rectificadoras, ventilación principal y los diferentes niveles de explotación.
     
    Además, la S/E Principal NNM contaría con un respaldo eléctrico mediante cables en 33 kV provenientes de la S/E Teniente 7 Sur, la cual fue considerada en el proyecto Reforzamiento Sistema Eléctrico Mina, aprobado ambientalmente mediante R.E. N° 170/09 de COREMA VI Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
     
    En la Figura 1-30 del Capítulo 1 del EIA se muestra un diagrama en bloque del suministro eléctrico para la etapa de operación del Proyecto.
     
    2.2.2.4.2 Agua industrial y potable
     
    El requerimiento de agua industrial del Proyecto se ha estimado en 175 l/s, siendo el nivel de producción el de mayor consumo, con 68 l/s. La captación de agua industrial sería realizada a partir de la bocatoma existente y en operación en la DET, cuyos derechos de agua están inscritos en el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, Registros de Aguas, por un caudal máximo de 100 l/s regularizados para uso industrial. Los 75 l/s restantes serían obtenidos de la recirculación de las aguas tratadas de las PTAS.
     
    Desde dicha bocatoma el caudal de agua industrial sería conducido en forma gravitacional, a través de una cañería matriz de HDPE, hasta un nuevo estanque de acero de una capacidad de 2.520 m3. Desde la salida de dicho estanque, el agua sería conducida gravitacionalmente hacia el interior de la mina, mediante una cañería matriz de acero 3.500 m de longitud, la cual sería instalada en el Adit 72 y las chimeneas de ventilación y de extracción. Para el suministro del agua en los distintos puntos de consumo se han proyectado arranques, en cada nivel contemplado en el Proyecto, los cuales estarían provistos con válvulas reguladoras de presión.
     
    El requerimiento total de agua potable del Proyecto se estima en 15,6 l/s aproximadamente, para el consumo de baños, cocina y casas de cambio en los niveles de hundimiento, producción y acarreo. La captación del agua sería realizada desde el sistema de agua potable existente en Sewell, específicamente desde el área denominada “Estanque Cuadrado”. Desde dicho punto, el caudal de agua sería conducido en forma gravitacional a través de una cañería de HPDE, hasta un nuevo estanque de acero de 676 m3, el cual estaría ubicado en un sector cercano al portal del Adit de ventilación y de extracción en Quebrada Teniente. A partir de dicho estanque, el agua sería conducida gravitacionalmente hacia el interior de la mina mediante una cañería matriz de acero, la cual se instalaría en el Adit y en las chimeneas de ventilación y de extracción.
     
    Para el suministro de agua en los distintos puntos de consumo se han proyectado arranques en cada nivel contemplado en el Proyecto, los cuales estarían provistos con válvulas reguladoras de presión y representarían una longitud aproximada de 5.000 m de cañería de acero.
     
    2.2.2.4.3 Red húmeda nivel de explotación:
     
    Se habilitaría un estanque independiente de 125 m3 de capacidad que permitiría la extinción de dos focos de incendio en forma simultánea, con un flujo total de 28 l/s durante 90 minutos y una presión mínima de 5 bar, el cual sería alimentado desde la misma matriz que alimentaría el estanque de agua industrial del Proyecto. Para las áreas de manejo de petróleo diesel se utilizaría un sistema tipo diluvio de agua con espuma de baja expansión y para las instalaciones del barrio cívico se utilizaría una red de rociadores.
     
    El agua contra incendio para abastecer los aproximadamente 10 km de correa transportadora, se captaría desde la red de agua contra incendio del interior de la mina.
     
    2.2.3 Generación, manejo y disposición de emisiones y efluentes y residuos.
     
    2.2.3.1 Emisiones atmosféricas:
     
    A continuación en la Tabla 5 se presenta la estimación de los niveles de emisión de material particulado (MP) y gases en la etapa de operación del Proyecto, las que se detallan en el Anexo 1-4 del EIA.

    Tabla 4: Estimación de emisiones de MP10 y gases etapa de operación del Proyecto
     
    Tipo de Contaminante
    Actividad
    Emisión (kg/año)
    CO
    NOx
    MP10
    HC/COV
    SO2
    Material particulado resuspendido
    Explotación Mina
    -
    -
    279.200
    -
    -
    Correa Transportadora
    -
    -
    14.300
    -
    -
    Tránsito de vehículos por caminos pavimentados
    -
    -
    7.954
    -
    -
    Gases de combustión
    Emisión de combustión de Vehículos
    372
    967
    33
    154
    -
    Explotación Mina
    1.136.430
    36.740
    -
    -
    74.500
    Total kg/día a
    3.115
    103
    826
    0,4
    204
    Total t/año
    1.137
    38
    301
    0,1
    74,5
    a) Considera jornadas de trabajo de 24 horas diarias
     
    La estimación de las emisiones de la actividad “Explotación Mina”, considera el conjunto de actividades que se realizarían bajo superficie al interior de la mina, tales como: excavaciones, transferencia de material, tránsito de camiones y maquinarias, entre otras. Las emisiones, generadas por dichas actividades serían controladas al interior de la mina mediante perforaciones en húmedo y aspersores en las trasferencias de material, y evacuadas a la atmósfera por el sistema de ventilación. Cabe señalar que para minimizar el nivel de polvo en suspensión generado por el sistema de transporte de mineral mediante correa, se consideraría la instalación de sistemas independientes de captación de polvo en cada estación de transferencia. Cada uno de estos sistemas estaría compuesto por ventilador, filtro de mangas, campanas de captación y ductos de conducción del polvo.
     
    Considerando que el Proyecto no aumentaría los niveles de explotación/producción actuales, las actividades antes señaladas reemplazarían a las que se llevan a cabo en el presente en otros sectores de la mina, por lo que no se prevé un incremento de los niveles de emisión a través del sistema de ventilación de la mina. Lo mismo ocurre con todas las actividades asociadas a la operación del NNM, tales como “Tránsito de vehículos por caminos pavimentados”, la operación de la Planta Colón y todas aquellas cuya vida útil se extiende hasta 2064.
     
    Las únicas emisiones realmente “nuevas” son las provenientes de la actividad “Transporte de mineral mediante correa”, la cual debería compensarse paulatinamente con el término de las emisiones producidas por la operación del sistema de transporte de mineral mediante ferrocarril.
     
    2.2.3.2 Emisiones de ruido:
     
    Se produciría ruido fundamentalmente debido a las tronaduras en la mina y a la operación de los chancadores, ambas a nivel subterráneo en el nuevo nivel de explotación. Además, se generaría ruido debido al tránsito de vehículos y maquinarias y durante el transporte del mineral, por el traspaso de una correa a otra. Otras fuentes menores de ruido asociadas a las operaciones y procesos incluirían compresores y bombas hidráulicas.
     
    Las tronaduras se ejecutarían una vez por día en promedio, con una duración breve, por lo que constituirían fuente de ruido de corta duración y gran intensidad, aunque de menor alcance ya que se ejecutan al interior de las galerías.
     
    2.2.3.3 Residuos Líquidos:
     
    2.2.3.3.1 Aguas de talleres de mantenimiento (RILES):
     
     El agua utilizada en los talleres de mantenimiento para el lavado de máquinas y equipos, sería escurrida por la pendiente del piso hasta una canaleta recolectora, arrastrando el barro y aceite residual. Para asegurar que no queden residuos sin llegar a la canaleta recolectora, se consideraría un lavado del piso después de cada lavado. Los efluentes de este proceso serían conducidos hasta una planta separadora de agua, aceites y sólidos, compuesta de un estanque decantador y de un estanque separador ubicada en el nivel de drenaje. El aceite separado sería manejado como RESPEL y el agua clara sería recirculada a la operación mediante el sistema de suministro de agua industrial de la mina (ver Figura 1-27 Capítulo 1 del EIA y respuesta 1.1 del Adenda 4 del EIA).
     
    2.2.3.3.2 Aguas servidas:
     
    Considerando una dotación máxima de personal en época punta de 1.325 operarios/día, se estima la generación de un caudal máximo de 106 m3/día de aguas servidas, considerando una dotación de agua potable promedio de 100 l/persona/día y un retorno del 80%. Las aguas servidas serían recolectadas mediante sondajes sanitarios y conducidas hacia tres estanques de regulación de 43 m3 cada uno, localizados en el nivel de drenaje al interior del nuevo nivel de explotación de la mina, estos estanques alimentarían tres plantas de tratamiento y juntos tendrían una capacidad de regulación de 24 horas, de manera de almacenar las aguas cuando las plantas se encuentren fuera de servicio, además de dosificar la alimentación de éstas, previo al proceso de tratamiento. El efluente tratado desde la planta de tratamiento sería recirculado, reutilizado en el proceso, o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. Nº 90, de 2001, del MINSEGPRES, que establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.
     
    2.2.3.3.3 Aguas de Contacto Mina
     
    Durante los primeros años de operación del Proyecto, el caudal de aguas de contacto efluente de la mina para recirculación en Colón (1.200 l/s) se distribuirían entre la conducción existente de Río Blanco (a partir del Adit 71) y las conducciones proyectadas al interior de los túneles del NNM. Paulatinamente, el aporte de ACM a la conducción iría disminuyendo para quedar, en el largo plazo, la totalidad de las ACM conducidas por las tuberías proyectadas al interior de los túneles de acceso.
     
    La solución de manejo de las ACM consideraría en su diseño un caudal máximo diario de salida de los túneles del NNM para el año 2064 de 1.486 l/s (ver Tabla 1-25 Capítulo 1 del EIA). Se proyectarían dos tuberías paralelas de HDPE de diámetro nominal 710 mm de aproximadamente 8.822 m de largo cada una, que se dispondrían al interior del túnel de acceso a la Mina enterradas bajo la plataforma. El caudal de diseño de estas tuberías sería de 778 l/s, correspondiente a la mitad del caudal de diseño de ACM de la Mina (1.556 l/s). En situaciones de emergencia, asociadas a la ocurrencia de caudales mayores a los de diseño, dichas tuberías podrían conducir hasta 1.300 l/s cada una, lo que implicaría que se podría evacuar de la mina los caudales asociados al 1% de probabilidad de excedencia (2.038 l/s), para luego proceder a la neutralización y posterior descarga al Río Coya.
     
    Tal como se indicó en el 2.1.1.4.4 del presente Informe, en respuesta 1.25 del Adenda Nº 1 se aclara que la Planta de neutralización con soda cáustica sería de operación automática, se ubicaría en el sector de Plataforma Confluencia y estaría compuesta por los siguientes elementos para el ajuste de pH: 1 estanque de almacenamiento de NaOH; 2 bombas dosificadoras con control 4-20 mA; 1 controlador de pH; 1 sonda de pH; y 1 tablero de fuerza y control (ver Figura 8 del Adenda Nº 1).
     
    2.2.3.3.4 Aguas de Contacto Túneles
     
    El Titular en respuesta 1.1 del Adenda N° 4 señala que las ACT no corresponderían a RILES dado que son aguas de escorrentía de flujos subterráneos de origen natural que entran en contacto con materiales lixiviables que forman el macizo rocoso por donde se construirán los túneles. A la salida del túnel proyectado, las ACT serían conducidas a una piscina de traspaso en el Sector de Plataforma Confluencia, y posteriormente mezcladas con las ACM para ser transportadas a recirculación en la Planta Colón. En consecuencia las ACT nunca serían descargadas al río Coya. Mayores antecedentes en respuesta 1.21 y 4.5 del Adenda Nº 1.
     
    2.2.3.4 Residuos sólidos
     
    En la Tabla 6 del presente Informe, se muestra el resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición durante la etapa de operación.
     
    Tabla 6: Resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición
     
    Tipo de residuo
    Cantidad mensual
    Sitio de acopio temporal
    Sitio de disposición final
     
    Residuos sólidos domésticos
     
    (Restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc)
     
    48 t/mes
    Contenedores provistos de tapas localizados en cada instalación para personal
    Relleno Sanitario Sector Coligues – La Yesca, o sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos domiciliarios.
     
    Residuos sólidos industriales no peligrosos
     
    (Restos de materiales, montaje y desmontaje de los equipos, como chatarras no-contaminadas y escombros. Adicionalmente, se producirían hormigones sobrantes, despuntes de cables, elementos de protección personal, restos de embalajes, envases vacíos, clavos, restos de tuberías, alambres, metales, maderas, entre otros).
     
    103 t/mes
    Patios de salvataje habilitados en las naves de mantenimiento
    Los residuos que puedan ser reutilizados o comercializados, serían derivados al CMRIS aprobado mediante RE Nº104/99 de COREMA y la Resolución N°133/02 del Servicio de Salud O'Higgins para su clasificación, almacenamiento transitorio, re-uso, reciclaje comercialización o disposición final, conforme a los procedimientos existentes en DET. Cabe señalar que para la realización del Proyecto, se ha limitado la capacidad total de disposición de residuos en el CMRIS a 7.400 t/año.
    Residuos peligrosos
    38,9 ton/mes (aceites usados y otros), y 2.156 unidades/mes (neumáticos, filtros y baterías)
    Contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados al interior de bodegas de almacenamiento temporal habilitadas en las naves de mantenimiento, desde donde serían trasladados al CMRIS
    HIDRONOR Chile S.A., o sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos.
    Lodos de PTAS
    3,3 t/mes para el máximo de dotación de la etapa.
    Los lodos serían retirados directamente desde las PTAS por empresa autorizada.
    PTAS de ESSBIO en Chancón u otra que cuente con la autorización sanitaria correspondiente.
     
    En la Tabla 6 del Adenda Nº 1 se presentan los sitios de disposición y autorizaciones por tipo de residuos para el Proyecto.
     
    2.3 Descripción Etapa de cierre y/o abandono.
     
    2.3.1 Objetivos generales del Plan de cierre y/o abandono.
     
    Los objetivos generales del Plan de Cierre y/o Abandono del Proyecto, definidos de acuerdo con el D.S. N° 72, de 1985, modificado por el D.S. N° 132 de 2002, ambos del Ministerio de Minería y cuya competencia corresponde al SERNAGEOMIN, serían entre otros:
     
    ·         Prevenir, minimizar y/o controlar los riesgos y efectos negativos que se puedan generar o continúen presentándose con posterioridad al cese de las operaciones de la faena minera, en la vida e integridad de las personas que se desempeñan en ella o por algún motivo específico acceden al lugar.
     
    ·         Prevenir los riesgos a las condiciones naturales del área afectada por las operaciones de la faena minera, protegiendo la salud, seguridad pública y respetando compromisos ambientales en el largo plazo, con un mínimo de intervención.
     
    ·         Evitar la generación de pasivos ambientales de largo plazo derivados de una inadecuada gestión ambiental.
     
    ·         Riesgos remanentes en el cierre, para personas y medio ambiente, deben ser tolerables y no significativos, respectivamente.
     
    ·         El cumplimiento de la normativa aplicable.
     
    2.3.2 Criterios para el Plan de cierre y/o abandono.
     
    Los lineamientos conceptuales del Plan se ajustarían a lo establecido en el Reglamento de Seguridad Minera, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N° 132, de 2002, del Ministerio de Minería, enmarcado de acuerdo a lo establecidos por la Directriz Corporativa para Cierre de Faenas Mineras de CODELCO – Chile.
     
    Entre las principales consideraciones para el cierre de las faenas mineras de CODELCO DET, se adoptarían los siguientes criterios para el Plan de Cierre:
     
    ·         Respecto a la seguridad de las personas y de los animales, se cerrarían todos los accesos a lugares con algún riesgo tales como: mina, botadero de estériles, contemplando el bloqueo de caminos que se abandonen.
     
    ·         Asegurar que las pendientes y/o muros del botadero sean capaces de resistir los eventos previstos para evitar que ocurran derrumbes o desplazamientos perjudiciales.
     
    ·         Desmantelar edificios e instalaciones industriales.
     
    ·         Desmantelar edificios e instalaciones de servicios, como instalaciones eléctricas, líneas de abastecimiento de agua y oficinas.
     
    ·         Limpiar, cubrir y perfilar los terrenos afectados, rellenando algunas áreas deprimidas tendiendo a las geoformas naturales y asegurar su estabilidad física y geomecánica.
     
    ·         Realizar los trabajos de cierre con materiales y tecnologías adaptadas a las características de la topografía de la faena y las condiciones meteorológicas locales, a fin de facilitar el cierre de la faena, disminuyendo la necesidad de monitoreo y mantenimiento en el largo plazo.
     
    ·         Restablecer el paisaje en condiciones que se restituyan del mejor modo posible las propiedades básicas del ambiente del lugar.
     
    2.3.3 Actividades de cierre.
     
    2.3.3.1 Nuevo Nivel Mina:
     
    Los contenidos técnicos a considerar para el cierre del Proyecto corresponderían a las materias definidas en el artículo 494 del Reglamento de Seguridad Minera (D.S. N° 132, de 2002, del Ministerio de Minería).
     
    Las medidas de cierre para el NNM que permitirían prevenir los riesgos que se puedan presentar con motivo del cese de las operaciones de la mina, consistirían en el sellado de los accesos, habilitando sólo algunos portales (adits) para inspecciones futuras, especialmente asociadas al drenaje interior mina. Las principales obras de cierre que se implementarían se presentan a continuación.
     
    Se procedería a realizar las siguientes actividades de cierre para el desmantelamiento de instalaciones:
     
    a) Todos los equipos móviles serían retirados por los operadores al momento de su desmovilización. Los equipos fijos no serían retirados, con la excepción de los chancadores previo análisis de riesgo.
     
    b) Antes de intervenir cualquier instalación eléctrica, éstas serían desenergizadas, cumpliendo los estándares de seguridad que se aplican en la industria para el control de los riesgos por descargas eléctricas de baja, mediana y alta tensión.
     
    c) Se retirarían todos los equipos eléctricos: switchgears, tableros, transformadores, ductos de barras, variadores de frecuencia, bancos de baterías y cableados eléctricos desde el interior de las labores, además de los cableados de instrumentación. Los equipos de iluminación y las canalizaciones (escalerillas, ductos, cañerías eléctricas y de instrumentación) no se retirarían.
     
    d) Tuberías y aguas mina: todas aquellas aguas provenientes desde el interior de la mina serían conducidas a los portales. No se retirarían las líneas y elementos de cañería (fitings, válvulas, estanques, etc.) que se encuentren enterradas, agua, red contra incendio y aire de instrumentación.
     
    e) Los estanques de combustible y el piping serían vaciados y limpiados completamente antes de su desmantelamiento, cualquier remanente sería vendido o devuelto al proveedor.
     
    f) Demoliciones: todos aquellos elementos existentes en el interior mina que al momento del cierre no hayan sido removidos y que no representen riesgos posteriores en general, se dejarían. No se demolerían los edificios interiores, ni estructuras de hormigón tales como: muros, buzones, losas, radieres, fundaciones de equipos, etc.; tampoco se demolerían los pavimentos de hormigón o asfálticos existentes. Para los edificios se consideraría demolición secuencial con limpieza previa, de estructuras y equipos.
     
    Se procedería a realizar las siguientes actividades de cierre para los accesos:
     
    a) Se bloquearían los accesos a las labores que sin salir a la superficie, delimitan la mineralización, mediante cortado de caminos y cercado de zonas de acceso, impidiendo el paso de personas y vehículos. También, se haría el bloqueo de las bocas minas.
     
    b) Se cercarían los lugares de hundimiento, impidiendo el acceso de personas o vehículos al cráter de la mina.
     
    c) Se instalarían letreros de advertencia de peligro, para prevenir daños y accidentes.
     
    Para proceder al cierre de la mina subterránea, se clausurarían todos los accesos, entre ellos: túneles, galerías, chimeneas y piques. Por lo tanto, el cierre de los portales se realizaría de dos formas, diferenciando los que encauzan aguas de los de acceso o ventilación:
     
    a) Todos los portales de acceso o ventilación serían sellados con un muro de hormigón armado firmemente adherido a las paredes de los mismos, sellando la totalidad de la sección y sin dejar puertas o ventanas de inspección, canaletas ni filtraciones de aire al interior de la labor minera.
     
    b) Los túneles que evacuen agua al exterior serían sellados con hormigón permitiendo el libre paso de las aguas y dejando una puerta de inspección para mantenimiento de las canaletas interiores.
     
    En los caminos de acceso se instalarían letreros de advertencia de prohibición de acceso no autorizado, con la indicación que en el sitio operó anteriormente una Mina Subterránea.
     
    El cierre de polvorines ubicados al interior de la mina según procedimientos autorizados, sería realizado por operaciones al momento de la desmovilización. Las empresas contratistas a cargo de los polvorines, realizarían la limpieza del lugar y el retiro de materiales explosivos, su destrucción o disposición final autorizada, de acuerdo a la normativa que rige esta actividad, dando aviso y/o solicitando los permisos necesarios a las autoridades competentes. Las mismas medidas se aplicarían a los polvorines externos, y las instalaciones serían desmanteladas.
     
    En lo referente a las ACM y ACT, al cese de las operaciones de la Mina Subterránea se llevarían a cabo las siguientes acciones (mayores detalles en respuesta 1.31 del Adenda Nº 1):
     
    a) Desmantelamiento de instalaciones, si fuere necesario, lo cual incorporaría los estanques y conducciones.
     
    b) Cierre de accesos y Adits.
     
    c) Sellado de bocaminas y/o piques a superficie.
     
    d) Señalizaciones.
     
    e) Infiltración natural de las aguas de contacto.
     
    f) Mantención de la segunda pantalla impermeable.
     
    El detalle de estas acciones se presentaría en el contexto de la actualización del Plan de Cierre Divisional exigido por el D.S. Nº 72/86 “Reglamento de Seguridad Minera” modificado por el D.S. Nº 132/04, del Ministerio de Minería, el cual sería presentado a la autoridad en su oportunidad, según lo establecido en la legislación de cierre de faenas mineras.
     
    Los pisos contaminados, estanques de combustibles y lubricantes de los talleres mecánicos al interior de la mina serían lavados con agua a presión las que serían conducidas a lugares autorizados para su disposición final. Por ser el piso de roca sólida y hormigón, no se consideraría su demolición.
     
    2.3.3.2 Túneles de acceso:
     
    El cierre de los portales se realizaría de dos formas, diferenciando los que encauzan aguas, de los de acceso o ventilación:
     
    a) El túnel de acceso y portales de ventilación serían sellados con un muro de hormigón armado firmemente adherido a las paredes de los mismos, sellando la totalidad de la sección y sin dejar puertas o ventanas de inspección, canaletas ni filtraciones de aire al interior de la labor minera.
     
    b) El túnel de transporte de mineral, por donde se conduce el drenaje mina al exterior, sería sellado con hormigón permitiendo el libre paso de las aguas y dejando una puerta de inspección para mantenimiento de las canaletas interiores.
     
    2.3.3.3 Camino de acceso Maitenes – Confluencia:
     
    El camino se mantendría para las inspecciones y control del cierre y post cierre del Proyecto.
     
    2.3.3.4 Infraestructura e instalaciones:
     
    Las acciones de cierre para la infraestructura e instalaciones en general se describen a continuación:
     
    a) Antes de intervenir serían desenergizadas, para lo cual se procedería a cortar el suministro eléctrico, se retirarían los cables conductores y postaciones, los transformadores y otros equipos existentes en subestaciones y salas eléctricas.
     
    b) Al cese de las operaciones, las instalaciones, equipos y estanques serían entregados sin carga de materiales. Los repuestos sobrantes serían retirados de las áreas.
     
    c) Se procedería al desmantelamiento y demolición de las instalaciones existentes, previa ejecución de limpieza de estructuras y equipos. Los equipos y materiales resultantes del desmantelamiento de infraestructura serían enviados a un lugar de reciclaje o depósito autorizado.
     
    d) El manejo de materiales residuales no peligrosos tales como: maderas, estructuras metálicas, concretos, plásticos, caucho, fibra de vidrio, etc., tendría gestión priorizando los criterios de reducción en el origen, reuso, recuperación, reciclaje, re-utilización y disposición final. La medida seleccionada consistiría en la disposición de los residuos no peligrosos en un relleno sanitario que cuente con la correspondiente autorización por parte de la autoridad competente.
     
    e) El desmantelamiento y demolición de las instalaciones generaría materiales residuales considerados como peligrosos. Estos materiales pueden ser de cualquier tipo (madera, concretos, ladrillos, etc.) contaminados por metales u otros contaminantes a los que no fue posible aplicarles tratamiento alguno de limpieza. La medida seleccionada para los materiales RESPEL consistiría en la disposición final en un relleno de seguridad externo. Los materiales residuales serían transportados por vía terrestre en camiones debidamente autorizados.
     
    f) En relación a los suelos potencialmente contaminados, se realizarían los estudios de caracterización de suelos, con el fin de establecer, si la hubiere, la extensión y profundidad real de contaminación (mayores detalles en respuesta 1.32 del Adenda Nº 1). Para los sitios eventualmente contaminados se adoptarían las medidas de control que apliquen.
     
    g) Los sitios industriales donde se emplazarían las instalaciones auxiliares permanecerían con control de accesos a personas y vehículos.
     
    h) Los taludes de las plataformas o nivelaciones que fueron necesarios para la construcción y para el cierre de instalaciones auxiliares quedarían estables, minimizando el riesgo de accidentes a personas.
     
    i) Se instalarían letreros de advertencia de prohibición de acceso no autorizado a un recinto privado, con la indicación que en estos sitios hubo instalaciones de una faena minera de cobre.
     
    j) Respecto al suministro eléctrico se propone como medida única, la desconexión, retiro y remoción para todas las subestaciones eléctricas, además de transformadores, tableros, cables, barras, baterías, motores, generadores, grupos diesel y equipos con SF6.
     
    k) Como medida de cierre para la infraestructura asociada al almacenamiento de agua industrial y agua potable, se tomaría en consideración las siguientes actividades:
     
    -          Se procedería a la demolición de los estanques, las instalaciones de hormigón y sus fundaciones y los canales de transporte de agua, entre otros. Los restos que se generen serían trasladados al lugar de disposición final. Posteriormente, se nivelaría el terreno.
    -          Se realizaría sellado de las cañerías mediante tapones en los extremos, y se colocarían tapones en aquellos puntos donde los cambios de dirección pudiesen producir fisuras de la cañería enterrada.
    -          Las cañerías que se encuentren en superficie serían desmanteladas y retiradas del sector.
     
    2.3.3.5 Botaderos de estéril – excavaciones:
     
    Las medidas de cierre para los Botaderos se presentan a continuación:
     
    a) El botadero ha sido diseñado para mantener sus condiciones de estabilidad bajo condiciones particulares de estabilidad de taludes (ver Tabla 1-35 del Capítulo 1 del EIA).
     
    b) Para prevenir daños y accidentes producto de las fallas locales que puedan afectar pequeñas áreas al pie de los botaderos, las áreas potencialmente afectadas por desprendimiento de roca serían delimitadas y señalizadas en el terreno mediante letreros de advertencia de peligros.
     
    c) Se clausurarían los caminos de acceso a los botaderos, solo quedarían transitables los caminos que sean necesarios para el seguimiento de post-cierre.
     
    d) Se prevé la disposición de un medio de evacuación de aguas de los botaderos, constituido por un drenaje francés (canal de captación de aguas ubicado justo detrás del botadero para canalizar las aguas fuera de éste) (ver Figura 1-28 Capítulo 1 del EIA).
     
    e) Para el botadero Barahona con potencial de drenaje ácido, se contemplaría el sellado de la superficie con un recubrimiento a través de HDPE, con el fin de evitar la infiltración de agua. Toda el agua superficial no infiltrada del botadero impermeabilizado se transportaría aguas abajo hacia el cauce de la quebrada El Teniente mediante obras de descarga.
     
    2.3.3.6 Planta de Beneficio Colón:
     
    El Plan de Cierre de la “Faena Minera División El Teniente” (Resolución Nº 326/09 SERNAGEOMIN), consideraría como principal medida de cierre la demolición secuencial con limpieza previa. Lo anterior, implicaría que las instalaciones se demuelen en forma secuencial, incluyendo la limpieza de estructuras y equipos. Esta actividad incluiría todas las actividades de desmantelamiento, demolición, limpieza y lavado, remoción de RESPEL, retiro de escombros y disposición de éstos en sitio autorizado (mayores detalles en el numeral 1.4.3.6 Capítulo 1 del EIA).
     
    2.3.3.7 Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos:
     
    El Plan de Cierre del CMRIS fue aprobado mediante R.E. 104/99 de la COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, no siendo modificado por el proyecto NNM. Cabe señalar que este Centro no está autorizado para el manejo de Residuos Peligrosos por la Autoridad Sanitaria, por lo cual el Plan de Cierre aprobado sólo aplicaría a residuos industriales sólidos no peligrosos.
     
    2.3.3. 8 Planta de Abatimiento de Mo:
     
    El Plan de Cierre de la PAMO fue aprobado mediante R.E. 944/06 de la Dirección Ejecutiva de CONAMA, no siendo modificado por el proyecto NNM.
     
    2.3.3.9 Depósito de Escorias:
     
    Según la R.E. 153/00 de la COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, el depósito de escorias no tiene Plan de Cierre puesto que la DET desea mantener las condiciones para su eventual explotación o licitación a terceros.
     
    2.3.3.10 Planta de Recirculación Aguas Contacto Mina:
     
    En la R.E. 115/08 de la COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins que aprobó la construcción, operación y cierre de esta Planta, se señala que la DET deberá presentar el cierre de esta planta a SERNAGEOMIN de acuerdo con la normativa del D.S. 132/02, del Ministerio de Minería. En la R.E. 115/08 de la COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, se señala que el Plan de Cierre debe ser sometido a la CONAMA y COREMA de la Región del Libertador Bernardo O´Higgins, obligación que se cumple con la presentación del Plan de Cierre en este EIA.
     
    El Plan de Cierre de la Planta de Recirculación abarcaría lo siguiente:
     
    a) Desmantelamiento de instalaciones, edificios, equipos y maquinarias: se procedería al desmantelamiento y demolición de las instalaciones existentes, previa ejecución de limpieza de estructuras y equipos. Los equipos y materiales resultantes del desmantelamiento de infraestructura serían retirados y enviados a un lugar de reciclaje o sitio de disposición final autorizado. Se cumplirá la normativa de seguridad industrial y salud ocupacional en todas las etapas de las obras de cierre de instalaciones, adoptando las medidas técnicas que permitan reducir el riesgo para la salud y la seguridad de los trabajadores.
     
    b) Cierre de accesos: las instalaciones permanecerían con control de accesos a personas y vehículos, de manera de impedir el paso de personal no autorizado.
     
    c) Sellado de bocaminas y/o piques a superficie.
     
    d) Estabilización de Taludes: los taludes de las plataformas o nivelaciones que fueron necesarios para la construcción y para el cierre de la planta de procesamiento y su infraestructura asociada quedarían estables, minimizando el riesgo de accidentes a personas.
     
    e) Señalizaciones: se instalarían letreros de advertencia de prohibición de acceso no autorizado a un recinto privado, con la indicación que en estos sitios habían instalaciones de una faena minera de cobre.
     
    f) El cierre de polvorines ubicados al interior de la mina según procedimientos autorizados. Las empresas contratistas a cargo de los polvorines, realizarían la limpieza del lugar y el retiro de materiales explosivos, su destrucción o disposición final autorizada, de acuerdo a la normativa que rige esta actividad, dando aviso y/o solicitando los permisos necesarios a las autoridades competentes.
     
    g) Monitoreo de aguas superficiales.
     
    2.3.3.11 Generación de residuos:
     
    En la Tabla 7 se muestra el resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición durante la etapa de cierre.
     
    Tabla 7: Resumen de generación mensual de residuos y sitios de disposición 

    Tipo de residuo
    Cantidad mensual
    Sitio de acopio temporal
    Sitio de disposición final
    Sólidos Domésticos
    1,5 t/mes, considerando 50 personas
    Contenedores provistos de tapas localizados en cada instalación para personal.
    Relleno Sanitario Sector Coligues – La Yesca, o sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos domiciliarios.
    Lodos de PTAS
    0,1 t/mes para la dotación de la etapa.
    Los lodos serían retirados directamente desde la PTAS por empresa autorizada.
    PTAS de ESSBIO en Chancón u otra que cuente con la autorización sanitaria correspondiente.
    Sólidos Industriales No Peligrosos
    Una vez desmantelada la faena, se estima una cantidad muy reducida de estos residuos, provenientes de obras de carácter esporádica (<1 t/año).
    Patio de salvataje habilitado en Plataforma Confluencia.
    CMRIS: Reciclaje, reutilización y comercialización.
    Residuos Peligrosos
    Se estima una cantidad muy reducida de RESPEL, provenientes de la mantención en faena de vehículos y maquinaria (<200 kg/mes).
    Contenedores o tambores cerrados, debidamente rotulados al interior de bodega de almacenamiento temporal habilitada en Plataforma Confluencia.
    HIDRONOR Chile S.A., o sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos.

     

  4. Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable

    Normativa de caracter ambiental

    3.1 Normativa de carácter ambiental 

    3.1.1 Ley Nº 18.248, de 1983, del Ministerio de Minería, que fija texto del Código de Minería
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Titular cumplirá con la normativa de carácter sectorial, ejerciendo los derechos y cumpliendo las obligaciones que le corresponden, en virtud del Código de Minería y sus leyes y reglamentos complementarios, en su calidad de concesionario minero. La totalidad del desarrollo minero del proyecto NNM será desarrollado sobre concesiones mineras de CODELCO.
     
    3.1.2 D.S. Nº 132, de 2002, del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Titular cumplirá con las regulaciones establecidas en el Reglamento de Seguridad Minera, para lo cual deberá acreditar ante el SERNAGEOMIN, el cumplimiento de requisitos y condiciones específicas, en las distintas etapas del Proyecto.
     
    La DET cuenta con un plan de cierre de faenas Mineras aprobado por SERNAGEOMIN, mediante Resolución Exenta Nº 326 del 09 de marzo de 2009. En dicha resolución se establecieron las medidas específicas para el cierre de mina; botaderos; plantas concentradoras; instalaciones de conducción y depósito de relaves; fundición, refinerías; plantas hidrometalúrgicas e infraestructura y otras instalaciones, sin perjuicio de las actualizaciones que corresponda realizar a este Plan, en virtud de lo propuesto en el capítulo 1.4 del EIA.
     
    El Titular contempla que el diseño y construcción de las diversas áreas de la mina, se ajuste a los diversos estándares fijados por este decreto y, específicamente, por aquellos con alcance ambiental, a fin de garantizar las adecuadas condiciones de ventilación en cualquier lugar en que se desempeñe su personal.
     
    Para el cumplimiento específico de la normativa, el Titular solicita el otorgamiento del PAS del artículo 88 del Reglamento del SEIA y acompaña los antecedentes necesarios para su aprobación (mayores detalles en el numeral 12.2.2 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.1 del Adenda Nº 1 y 2.1 del Adenda Nº 2).
     
    3.1.3 D.S. Nº 81 de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Plan de Descontaminación para el Área Circundante a la Fundición de Caletones de la DET Codelco Chile
     
    Forma de Cumplimiento
     
    En el Anexo 1-4 del EIA (Memoria de cálculo de emisiones atmosféricas), se indica que las emisiones de MP10 asociadas al Proyecto en sus diversas etapas no implicarán un aumento significativo por sobre las emisiones actuales. Del mismo modo, las emisiones de SO2, sólo se producirán en la etapa de operación del Proyecto y se estiman equivalentes a las actuales. Lo anterior, permitirá dar cumplimiento a las obligaciones globales que afectan a las “nuevas fuentes” en el área de aplicación del plan, según se establece en su artículo Décimo, puesto que no implicarán bajo ningún respecto la superación de las normas de calidad del aire para material particulado respirable.
     
    3.1.4 D.S. Nº 144, de 1961, del Ministerio de Salud, Establece Normas para evitar Emisiones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Las emisiones durante la etapa de construcción del Proyecto, producto principalmente de las tronaduras, movimiento de tierra, tránsito de vehículos, no se producirán simultáneamente sino que corresponderán a actividades que serán desarrolladas en serie en los distintos frentes de trabajo, estimándose durante los primeros tres años de la construcción del Proyecto.
     
    Las emisiones corresponden en su mayoría a emisiones fugitivas, las cuales se producen por la resuspensión de partículas a raíz de las actividades constructivas, por lo que para disminuir estas emisiones se contempla la implementación de una serie de medidas de control, entre ellas:
     
    ·         Se dispondrán en los frentes de trabajo sistemas de abatimiento con el fin de atrapar el polvo resuspendido y evitar que las emisiones sean transferidas a la atmósfera.
    ·         Se considera la instalación de cercos de malla raschell en puntos de acopio temporal, y gomas protectoras, tipo mantas cobertoras de superficie, para evitar proyección de partículas y emisiones en los frentes de tronadura.
    ·         Mantener una adecuada humectación de los caminos que son utilizados para el transporte de materiales y relleno, a lo menos tres veces al día durante la época estival e incorporando un sistema de lavado de ruedas de camiones y el cubrimiento eficaz de las cargas a transportar.
    ·         Durante la etapa de operación, el Proyecto considera instalar un sistema de abatimiento de emisiones en cada estación de transferencia del sistema de transporte de mineral entre Confluencia y Colón, cuya eficiencia se estima en un rango de 95% a 99,5%.
    ·         La circulación de vehículos se realizará por vías pavimentadas y en adecuado estado de mantenimiento, y a todo vehículo que ingrese y opere en la DET se le exigirá contar con revisión técnica al día y certificado de emisión de gases al día.
     
    3.1.5 D.S. Nº 138, de 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Titular entrega los antecedentes a la autoridad correspondiente, a través de la declaración de emisiones de la DET y en los formatos exigidos por la Autoridad.
     
    3.1.6 D.S. Nº 75, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica
     
    Forma de Cumplimiento
     
    En ambas etapas del Proyecto se utilizarán camiones debidamente cubiertos que impidan que los materiales de cualquier tipo que se transporten se derramen o escurran y, en caso de circular en zonas urbanas, ello se realizará con la carga debidamente cubierta. Esta obligación será cumplida por el Titular y terceros contratistas.
     
    3.1.7 D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Durante la etapa de construcción del Proyecto, los residuos sólidos industriales se acopiarán temporalmente en patios de salvataje en cada instalación de faenas y luego serán dispuestos en el Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos (CMRIS), el cual fue aprobado mediante Resolución Exenta Nº 104 de 1999 de la COREMA VI Región que calificó favorable el proyecto “Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos”, y la Resolución N° 133 de 2002 del Servicio de Salud O'Higgins.
     
    Durante la operación, este tipo de residuo será dispuesto directamente en el CMRIS. Los residuos que puedan ser reutilizados o comercializados, serán derivados al CMRIS para su clasificación, almacenamiento transitorio, reuso, reciclaje comercialización o disposición final.
     
    La DET solicitará autorización sanitaria, para cuyos efectos realizará la declaración de tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales (Artículo 20) oportunamente, en el marco de las comunicaciones que actualmente realiza a la Autoridad Sanitaria.
     
    Respecto a las aguas servidas, durante la etapa de construcción se instalarán en los frentes de trabajo baños químicos móviles, los cuales se irán desplazando con el frente de trabajo y en la cantidad que se establece.
     
    Todas las instalaciones de faenas contarán con planta de tratamiento de aguas servidas de lodos activados para el manejo de las aguas servidas que se generen. El efluente tratado resultante de dicho proceso cumplirá con el D.S. Nº 90 del 2000 para descarga a cauces naturales sin dilución, y será usado para la humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo, o bien recirculado o reutilizado en el proceso industrial en su totalidad, sin descarga a cuerpos de agua.
     
    En la etapa de operación del nivel de explotación, al interior de la mina, los efluentes generados por el Proyecto serán conducidos mediante sondajes sanitarios hasta una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, ubicada en el Nivel de Drenaje. El efluente tratado desde la planta de tratamiento será recirculado o reutilizado en el proceso o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. Nº 90 del 2000.
     
    3.1.8 D.S. Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Proyecto se emplazará dentro de la DET, donde el frente de trabajo más cercano a receptores sensibles se ubica a tres kilómetros en línea recta de asentamientos de población humana permanente (Coya), por lo cual no existen efectos del Proyecto sobre el nivel de ruido de fondo representativo y característico de ese entorno.
     
    En la etapa de operación, las fuentes de emisión de ruido se ubican a una distancia aproximada de doce kilómetros en línea recta del centro poblado más cercano (Coya), existiendo además un cordón montañoso de por medio, por lo que las emisiones sonoras no superarán los valores establecidos en esta norma.
     
    En consecuencia, dadas las distancias que separan las áreas del Proyecto con el receptor sensible más cercano, se concluye que el Proyecto no generará diferencias en el nivel de ruido de fondo para estos receptores.
     
    3.1.9 D.F.L. Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario y D.F.L. Nº 1 de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Respecto a las aguas servidas, durante la etapa de construcción se instalarán en los frentes de trabajo baños químicos móviles, los cuales se irán desplazando con el frente de trabajo y en la cantidad que se establece.
     
    Todas las instalaciones de faenas contarán con planta de tratamiento de aguas servidas de lodos activados para el manejo de las aguas servidas que se generen. El efluente tratado resultante de dicho proceso cumplirá con el D.S. Nº 90 del 2000 para descarga a cauces naturales sin dilución, y será usado para la humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo, o bien recirculado o reutilizado en el proceso industrial en su totalidad, sin descarga a cuerpos de agua.
     
    En la etapa de operación del nivel de explotación, al interior de la mina, los efluentes generados por el Proyecto serán conducidos mediante sondajes sanitarios hasta una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, ubicada en el Nivel de Drenaje. El efluente tratado desde la planta de tratamiento será recirculado o reutilizado en el proceso o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. Nº 90 del 2000.
     
    En cuanto a la generación de las ACM captadas serán recirculadas a proceso con un caudal de recirculación máximo de 1.200 l/s, que es el caudal autorizado a la DET en la Resolución Exenta Nº 115/08 de 14 de Mayo de 2008, de la COREMA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins. El ACM excedente, estimado para 2077 y para un año de 10% de probabilidad de excedencia en 277 l/s, se producirá para algunos años húmedos y sólo durante el período de deshielo. Se dará cumplimiento a los parámetros a monitorear y sus respectivos límites de acuerdo a lo establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la Cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Para el cumplimiento específico de los artículos 71 letra b) y 74 del Código Sanitario, se presentan a la Autoridad, los antecedentes para el otorgamiento de los permisos contenidos en el PAS del artículo 91 -referido al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra destinada evacuar, tratar o disponer desagües y aguas servidas- (mayores detalles en el numeral 12.2.3 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.2 del Adenda Nº 1) y en el PAS del artículo 92, -referida a la autorización para ejecutar labores mineras en sitios cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural de las aguas-, el cual se refiere a los efectos posibles de la descarga eventual del ACM excedente (mayores detalles en el numeral 12.2.4 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.3 y 3.4 del Adenda Nº 1 y 2.2 del Adenda Nº 2).
     
    Durante la etapa de construcción los residuos domésticos serán almacenados en contenedores especiales localizados en cada instalación de faenas, los cuales serán retirados por una empresa contratista especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes, con una frecuencia de retiro de 3 días aproximadamente, para ser transportados y dispuestos finalmente en un lugar autorizado. Durante la operación, estos residuos serán manejados y dispuestos de igual forma que en la operación actual, es decir, serán almacenados en contenedores provistos de tapas localizados en cada instalación para personal (oficinas, talleres, casino, etc.), los cuales serán retirados en forma periódica por una empresa contratista autorizada para su transporte y disposición final en un relleno sanitario debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria.
     
    Durante la etapa de construcción del Proyecto, los residuos sólidos industriales, se acopiarán temporalmente en patios de salvataje en cada instalación de faenas y luego serán dispuestos en el CMRIS, el cual fue aprobado mediante Resolución Exenta Nº 104 de 1999 de la COREMA VI Región y Resolución N° 133 de 2002 del Servicio de Salud O'Higgins. Durante la operación, este tipo de residuo será dispuesto directamente en el CMRIS.
     
    Los residuos que puedan ser reutilizados o comercializados, serán derivados al CMRIS para su clasificación, almacenamiento transitorio, re-uso, reciclaje comercialización o disposición final.
     
    Los residuos sólidos peligrososprovenientes del mantenimiento preventivo de la maquinaria durante la etapa de construcción, serán acopiados temporalmente en una Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) de residuos peligrosos emplazada en cada patio de salvataje de las instalaciones de faena, y dispuestos finalmente en recintos autorizados fuera de la DET. Alternativamente, y de manera previa a su disposición final, estos podrán ser dispuestos temporalmente en el CMRIS, en este caso el tiempo máximo de almacenamiento temporal de los residuos será de 6 meses. Para la etapa de operación, los residuos peligrosos serán dispuestos temporalmente en el CMRIS, para su posterior disposición final, fuera de la DET, en recinto autorizado. El tiempo máximo de almacenamiento temporal en el CMRIS será de 6 meses.
     
    Para el cumplimiento íntegro de la normativa, el Titular acompaña los antecedentes necesarios para solicitar el PAS del artículo 93 del Reglamento del SEIA -referido a la instalación de todo lugar destinado a la acumulación de basuras y desperdicios de cualquier clase- para la habilitación de los patios de salvataje que se instalarán en diversas áreas del Proyecto (mayores detalles en el Anexo 6 del Adenda Nº 2, complementado en respuestas 3.5, 3,6 y 3,7 del Adenda Nº 1 y 2.3 y 2.4 del Adenda Nº 2).
     
    3.1.10 D.S. Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Durante todas las etapas del Proyecto, los residuos sólidos peligrosos serán dispuestos en receptáculos y transportados al CMRIS, donde serán dispuestos temporalmente para su posterior disposición final, fuera de la DET, en un recinto autorizado. El tiempo máximo de almacenamiento temporal en el CMRIS será de 6 meses.
     
    Para el cumplimiento específico de los artículos 6, 25 y 27 y 28 el Titular contempla:
     
    ·         Efectuar el manejo de los residuos peligrosos de acuerdo con el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos División El Teniente (ver Anexo 7-1 del EIA).
    ·         Tomar las precauciones necesarias para prevenir toda inflamación o reacción, los separará adecuadamente y los mantendrá alejados de fuentes de calor y otras que puedan generar riesgos.
    ·         Adoptar las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas, manteniendo los residuos adecuadamente almacenados, sellados y rotulados según exige la normativa.
    ·         Para encomendar a terceros el transporte y eliminación de residuos peligrosos, se exigirá que el tercero cuente con la autorización sanitaria correspondiente; que el sitio de eliminación se encuentre autorizado, específicamente, para los residuos generados por el Proyecto y efectuará las gestiones relacionadas con el traspaso de información y entrega de las Hojas de Seguridad respectivas.
     
    3.1.11 Decreto N° 236, de 1926, del Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión Social y Trabajo, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento de la normativa citada, durante la etapa de construcción, se instalarán en los frentes de trabajo baños químicos móviles, los cuales se irán desplazando con el frente de trabajo y en la cantidad que se establece.
     
    Adicionalmente, las instalaciones de faenas contarán con planta de tratamiento de aguas servidas de lodos activados para el manejo de las aguas servidas que se generen. El efluente tratado resultante de dicho proceso cumplirá con el D.S. Nº 90 de 2000 para descarga a cauces naturales sin dilución, y será usado para la humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo, o bien recirculado o reutilizado en el proceso industrial en su totalidad, sin descarga a cuerpos de agua.
     
    En la etapa de operación del nivel de explotación, al interior de la mina, los efluentes generados por el Proyecto serán conducidos mediante sondajes sanitarios hasta una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, ubicada en el Nivel de Drenaje. El efluente tratado desde la planta de tratamiento será recirculado o reutilizado en el proceso o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. Nº 90 de 2000.
     
    Para el cumplimiento de la normativa ambiental el Titular solicita el Permiso Ambiental Sectorial a que se refiere el PAS del artículo 91 del Reglamento del SEIA, para las plantas de tratamiento a instalar en las etapas de construcción y operación, y acompaña los antecedentes necesarios (mayores detalles en el en el numeral 12.2.3 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.2 del Adenda Nº 1).
     
    3.1.12 D.S. Nº 90, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    En la fase de construcción todas las instalaciones de faenas contarán con plantas de tratamiento de aguas servidas de lodos activados. El efluente tratado resultante de dicho proceso cumplirá con el D.S. 90 de 2000 para descarga a cauces naturales sin dilución (Tabla 1, artículo 1º numeral 4.2.) y será usado para la humectación de caminos no pavimentados y frentes de trabajo, o bien recirculado o reutilizado en el proceso industrial en su totalidad.
     
    En la etapa de operación del nivel de explotación, al interior de la mina, los efluentes generados por el Proyecto serán conducidos mediante sondajes sanitarios hasta una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, ubicada en el Nivel de Drenaje. El efluente tratado desde la planta de tratamiento será recirculado o reutilizado en el proceso o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. 90 de 2000.
     
    3.1.13 D.S. Nº 867, de 1978, del Ministerio de Obras Públicas, declara oficial NCh. 1333. Of 78, “Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos”.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Dado que aguas abajo de la confluencia del Río Coya con el Cachapoal, son utilizadas en diferentes secciones de su recorrido como aguas de riego, el Titular ha propuesto que el cuerpo receptor cumpla con los requisitos de calidad del agua para tal uso en el punto de captación más próximo. Para esto instalará un punto de monitoreo tal como se expresa en el Capítulo 6 del EIA.
     
    3.1.14 D.F.L. 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Fija el texto del Código de Aguas, modificado por Ley N° 20.017.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento del artículo 294 del Código de Aguas -dado que el Proyecto contempla la construcción de un acueducto con un caudal de diseño equivalente a 2,15 m³/s-, el Titular solicitaría el PAS del artículo 101 del Reglamento del SEIA y acompaña los antecedentes para su otorgamiento en el EIA (mayores detalles en el numeral 12.2.9 Capítulo 1 y en el Anexo Nº 12.4 del EIA).
     
    Para el cumplimiento del artículo 171 del Código de Aguas, el Titular solicita el PAS del artículo 106 del Reglamento del SEIA referido a las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el inciso 2º del artículo 171 del Código de Aguas y acompaña los antecedentes para su otorgamiento en el EIA mayores detalles en el Capítulo 12 del EIA numeral 12.2.11, en el Anexo Nº 12.6 (obras de intervención en Quebrada Teniente y Diablo) y en el Anexo 12.7 (puentes y alcantarillas del camino Maitenes – Confluencia y el puente correa) ambos en el EIA; y en el Anexo Nº 3 del Adenda Nº 2.
     
    3.1.15 Ley Nº 19.473, de 1996, del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento de la normativa vigente, el Titular solicita el Permiso contenido en el artículo 99 del Reglamento de SEIA y acompaña los antecedentes necesarios,  descritos en el Anexo 5-1 del EIA (para los sectores Trazado camino Maitenes - Quebrada el Durazno, Sector Botadero Barahona, Ventilación, Inyección/Extracción (todos incluidos en el numeral 12.2.8 del Capítulo 12 del EIA) y en el Anexo 10 del Adenda Nº 2 (para el Sector Botadero Quebrada Pelada).
     
    3.1.16 Decreto Nº 5, de 1998, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza, modificado por D.S. Nº 53, de 2003, del Ministerio de Agricultura.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento de la normativa vigente, el Titular solicita el Permiso contenido en el artículo 99 del Reglamento de SEIA y acompaña los antecedentes necesarios,  descritos en el Anexo 5-1 del EIA (para los sectores Trazado camino Maitenes - Quebrada el Durazno, Sector Botadero Barahona, Ventilación, Inyección/Extracción (todos incluidos en el numeral 12.2.8 del Capítulo 12 del EIA) y en el Anexo 10 del Adenda Nº 2 (para el Sector Botadero Quebrada Pelada).
     
    3.1.17 Ley Nº 18.892, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    No se introducirán agentes de ningún tipo que puedan causar daño a las especies hidrobiológicas.
     
    En caso de eventuales excedencias de ACM, se cumplirá con los parámetros a monitorear y sus respectivos límites de acuerdo a lo establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    3.1.18 Decreto 4.363, de 1931, Ministerio de Tierras y Colonización, Aprueba texto definitivo de la Ley de Bosques y D. L. Nº 701, de 1974, del Ministerio de Agricultura, fija régimen legal de los terrenos forestales, y establece normas de fomento sobre la materia.  
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento, el Titular solicita el otorgamiento del PAS del artículo 102 del Reglamento del SEIA, y acompaña los antecedentes para su otorgamiento en el Anexo 7 del Adenda Nº 1 en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles.
     
    3.1.19 Ley N° 20.283, de 2008, del Ministerio de Agricultura, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento, el Titular solicita el otorgamiento del PAS del artículo 102 del Reglamento del SEIA, y acompaña los antecedentes para su otorgamiento el Anexo 7 del Adenda Nº 1 en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles.
     
    Para el cumplimiento del artículo 60, el Titular presentaría sectorialmente, el Plan de Trabajo para intervenir formaciones xerofíticas.
     
    3.1.20 D.S. N° 82 de 2010, Ministerio de Agricultura, Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales.
     
    Se hace presente que con fecha 11 de febrero de 2011 se publicó en el Diario Oficial y entró en vigencia el Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales, aprobado por el D.S. N° 82 de 2010, del Ministerio de Agricultura. Tal reglamento constituye normativa ambiental vigente, por lo que, sin perjuicio de tener presente que la oportunidad de su entrada en vigencia impidió que el Titular se refiriera a la forma de cumplimiento, éste forma parte de la calificación ambiental del Proyecto y debe dar cumplimiento a sus disposiciones.
     
    3.1.21 D.L. 3.557 de 1981, Ministerio de Agricultura, Establece disposiciones sobre Protección Agrícola y sus modificaciones.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Se consideraría la adecuada rotulación de los residuos peligrosos y su acopio temporal, por un período no superior a 6 meses, para su posterior transporte y disposición final por una empresa con autorización vigente y en un recinto con autorización de la Autoridad Sanitaria. Del mismo modo, el acopio temporal de este tipo de residuos se realizará considerando las disposiciones de esta normativa. Las medidas específicas para el manejo de los residuos peligrosos se establecen en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos División El Teniente (ver Anexo 7-1 del EIA). Lo anterior, sin perjuicio de las demás medidas indicadas para el tratamiento y disposición de otros contaminantes.
     
    3.1.22 Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación Pública, Legisla sobre Monumentos Nacionales y Decreto 484, de 1991, del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 29 y 30, el Titular ha descartado cualquier intervención en el área afecta a la declaratoria de “zona típica” denominada “Campamento Sewell”.
     
    Respecto al manejo de los sitios arqueológicos identificados en el cráter de subsidencia, este ha sido propuesto a la Autoridad en la DIA “Explotación Rajo Sur”, actualmente en tramitación. Al respecto, se hace presente que mediante Of. Ord. Nº 1536 de 23 de marzo de 2010, el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) se pronunció “conforme” con las medidas propuestas en la DIA y sus Adendas.
     
    En lo que dice relación con el cumplimiento de los artículos 21 y 26, el Proyecto no afectará sitios arqueológicos.
     
    En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá de acuerdo a lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse, el Titular paralizaría las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informaría de inmediato y por escrito al CMN para que este organismo disponga los pasos a seguir.
     
    3.1.23 Decreto Exento 857, de 1998, del Ministerio de Educación, Declara Zona Típica Campamento Sewell, comuna de Machali, provincia de Cachapoal, Sexta Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Monumento Nacional no será afectado por ninguna de las actividades del Proyecto.
     
    3.1.24 Ley Nº 19.253, de 1993, del Ministerio de Planificación y Cooperación, Estable Norma sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    No hay comunidades indígenas en el área de influencia del Proyecto y tampoco se afectarán inmuebles de propiedad indígena.
     
    3.1.25 D.S. Nº 160, de 2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, que aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    CODELCO informará a la SEC previamente al inicio de la construcción de cualquier instalación de combustibles y solicitará la inscripción de los estanques de combustibles líquidos que operarán en el Proyecto.
     
    El Titular dará cumplimiento a las demás normas sobre diseño y operación de la instalación y exigirá su cumplimiento a terceros contratistas que realicen directamente las actividades reseñadas.
     
    3.1.26 D.F.L. Nº 458, de 1975, aprueba nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y D.S. Nº 47, de 1992 Ordenanza de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Para el cumplimiento del inciso final del artículo 55, el Titular solicita la autorización de cambio de uso de suelo contenida en el PAS del artículo 96 del Reglamento del SEIA (mayores detalles en el Anexo 7 del Adenda Nº 2, complementado en respuesta 2.5 del Adenda Nº 2).
     
    3.1.27 D.S. Nº 298 de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta el transporte de sustancias peligrosas por calles y caminos.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    Los contratistas deberán cumplir las siguientes acciones: los vehículos utilizados en el transporte no podrán tener una antigüedad mayor a 15 años; deberán portar los rótulos a que se refiere la NCh 2190 Of.04; deberán estar equipados con tacógrafo u otro dispositivo que registre en el tiempo, velocidad y distancia recorrida; deberán contar con un sistema de radiocomunicaciones o celular con cobertura nacional; y no podrá transportar sustancias peligrosas con animales, alimentos u otro tipo de cargas, salvo que ellas sean compatibles.
     
    Se amplía la forma de cumplimiento en la respuesta 2.1 del Adenda Nº 1.
     
    3.1.28 Resolución Exenta Nº 133, de 2005, del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera y sus modificaciones.
     
    Forma de Cumplimiento
     
    El Titular dará cumplimiento a la normativa reglamentaria y requerirá su cumplimiento por parte de las empresas importadoras de partes o piezas que se utilicen, extendiendo su cumplimiento a cualquier contratista. Se exigirá la certificación del embalaje de madera, haya sido sometido a alguno de los tratamientos fitosanitarios, descrito en la normativa identificada.
     
    3.2 Relación del Proyecto con otros proyectos presentados por el titular aprobados ambientalmente
     
    El análisis se centra principalmente en los componentes de la DET que, si bien no forman parte del Proyecto NNM, pueden resultar modificados por el mismo, sin que existan obras o nuevos impactos generados por el Proyecto. En los casos que el Plan de Cierre de estos proyectos fue evaluado ambientalmente, el Titular adoptará las medidas ya comprometidas con la autoridad. En el caso de aquellos proyectos cuya Resoluciones de Calificación Ambiental no indica un Plan de Cierre aprobado ambientalmente, el respectivo Plan de Cierre se ha incorporado en la descripción del proyecto, numeral 1.4 Descripción de la fase de cierre y/o abandono del EIA.
     
    A continuación, en la Tabla 8 del presente Informe, se muestra un resumen de la relación del Proyecto NNM con otros proyectos del Titular aprobados ambientalmente.
     
    Tabla 8: Resumen de la relación del proyecto NNM con otros proyectos

    Área
    Proyecto
    RCA
    Autoridad
    Relación con el Proyecto
    Mina
    El Teniente
    Rajo Sur
    RE 133/2010
     
    COREMA VI
    Región
    El Proyecto no modifica el proyecto Explotación Rajo Sur cuya vida útil es de 10 años ni introduce riesgos adicionales a los señalados en la DIA. El Proyecto Explotación Rajo Sur se hace cargo de sitios arqueológicos ubicados en el área de influencia del Proyecto.
    Planta
    Colón
    Optimización
    Prod. Mina -
    Concentrador DET
    131 Ktpd
    RE 1184/2006
    Dirección
    Ejecutiva
    El Proyecto requiere que se extienda la vida útil de la Planta Colón del 2031 al 2064 e incluye nuevos sectores de extracción del mineral del mismo yacimiento (Modifica Considerandos 3.3 y 3.5.1.1). En todo lo demás se mantienen las condiciones aprobadas ambientalmente. La Planta, a partir del año 2017 comenzará a recibir mineral proveniente del Proyecto, y sólo requerirá actividades de mantención y reposición de equipos hasta 2064.
    Fundición
    Caletones
    Proyecto
    Desarrollo
    Fundición de
    Caletones
    RE 016/2002
    COREMA VI
    Región
    El Proyecto no modifica el proyecto Desarrollo Fundición de Caletones. La vida útil de la Fundición es indefinida al igual que las plantas de limpieza de gases.
    Manejo
    de residuos
    Peraltamiento
    Embalse Carén
    RE 880/2008
    Dirección
    Ejecutiva
    El Proyecto no modifica el Proyecto Peraltamiento Embalse Carén. El relave continuará siendo depositado en el Embalse bajo las condiciones aprobadas hasta completar su vida útil (2064).
    Proyecto Centro de
    Manejo de RIS
    (CMRIS)
    RE 104/99
    COREMA VI Región
    El Proyecto requiere que se extienda la vida útil del CMRIS hasta 2064. En el EIA se declaró una vida útil mínima de 20 años a contar de su puesta en marcha considerando una tasa de disposición de 20.000 t/año. En el Proyecto se modifica esta RCA, debido al aumento de vida útil del CMRIS por baja en la tasa de disposición de residuos a 7.400 t/año, reducción que obedece a la aplicación de gestiones para la minimización de residuos como también para la reutilización de ellos.
    Ampliación Planta
    Abatimiento de
    Molibdeno (PAMO)
    y Regulación pH RIL
    Carén
    RE 2845/07 y
    RE 944/06
    Dirección
    Ejecutiva
    El Proyecto requiere que se extienda la vida útil del Proyecto PAMO desde el año 2031 al 2064 (Modifica el Considerando 3.1.3, RE 2845/07). Esto se hará bajo las mismas condiciones aprobadas para este proyecto. La PAMO sólo requerirá actividades de mantención y reposición de equipos. En cuanto a la disposición de lodos con Mo, el Ord. de la Dirección Ejecutiva N° 091247 de 09 abril de 09 estableció que previo al llenado de los pozos se deberá implementar a lo menos una de las tres alternativas ya aprobadas en la RCA N° 2845/07 anteriormente mencionada.
    En el Proyecto, el Titular se compromete a cumplir con tal disposición considerando que la solución que se adopte permitirá disponer los lodos hasta el año 2064.
    Depósito de Escorias
    de Descarte de la
    Fundición
    RE 153/00
    COREMA VI Región
    El Proyecto requiere que se extienda la vida útil del Proyecto Depósito de Escorias. Se identifica que la tasa actual de disposición de escoria en el Escorial es de 191.000 m3/año en vez de 292.000 m3/año señalados en la RE 153/00.
    Esto ha permitido mantener una capacidad actual ociosa del Escorial de 11,2 millones m3, lo que a la actual tasa de disposición anual permite extender la vida útil del escorial más allá de 2064.
    Infraestructura
    Construcción
    Plataforma
    Confluencia
    RE 121/09
    COREMA VI Región
    El Proyecto no modifica el Proyecto Plataforma Confluencia. En el Proyecto se evalúa la etapa de operación del Proyecto Plataforma Confluencia según Considerando 3.6.3.2. Esto se efectúa en el Capítulo 4 del EIA.
    Suministro
    eléctrico
    Reforzamiento
    Sistema Eléctrico
    Mina
    (RSEM)
    RE 170/09
    COREMA VI Región
    El Proyecto no modifica el Proyecto RSEM cuya vida útil es “equivalente a la vida útil de la DET (Considerando 3.2)”. El Proyecto utilizará la S/E Teniente 7 Sur, en el interior de la mina, considerada en el proyecto RSEM, desde la cual se instalará un alimentador de 33 KV como respaldo del sistema eléctrico del Proyecto
    (Capítulo 1 del EIA).
    Transporte ácido
    sulfúrico
    Modificación
    Transporte Acido
    Sulfúrico Fundición
    Caletones
    RE 3743/09
    Dirección
    Ejecutiva
    El Proyecto no modifica el Proyecto de Transporte de Ácido Sulfúrico cuya vida útil es indefinida. El Proyecto contempla utilizar el servicio de transporte en los términos autorizados por la RE 3743/09, hasta el término de su vida útil.
    Manejo de Aguas
    de Contacto
    Aumento Capacidad
    Recirculación Aguas
    Drenaje Mina a
    Procesos
    RE 115/08
    COREMA VI Región
    El Proyecto requiere que se extienda la vida útil de la Planta de Recirculación de Aguas de Drenaje del 2023 al 2043. En esta fecha, el Adit 71, conductor de las aguas de contacto que alimentan esta planta, es totalmente interceptado por el socavamiento del cráter, por lo que las ACM saldrán a superficie solamente en Confluencia, a través de las conducciones contempladas en el Proyecto.
    Desde 2023 en adelante, esta planta sólo requerirá actividades de mantención y reposición de equipos hasta 2043. Desde 2043, el sistema de manejo de ACM proyectado en Confluencia –operativo desde 2017, tomará toda el ACM, según se describe en el Capítulo 1 del EIA, y la recirculará a la Planta Colón.

     

    Permisos Ambientales Sectoriales

    3.3 Permisos Ambientales Sectoriales  

    Según lo informado por el Titular en el EIA, el Proyecto requeriría de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) de los artículos 85, 88, 91, 92, 93, 94, 96, 99, 101, 102 y 106 del RSEIA, del MINSEGPRES. Asimismo, y a consecuencia del proceso de evaluación ambiental, el Titular agregó el PAS del artículo 76 en el Adenda Nº 1 y el PAS del artículo 90 en el Adenda Nº 4. A continuación, se presenta la información correspondiente a los PAS:
     
    3.3.1 PAS ARTÍCULO 76
     
    En los permisos para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
     
    Aplicabilidad del PAS: en el Capítulo 12 Línea Base numeral 2.7 y en los Anexos 2.13 y 2.16 del EIA se presenta la identificación de todos los hallazgos arqueológicos que fueron incluidos en el Proyecto. En respuesta 5.17 del Adenda Nº 1, respecto a la Línea Base Arqueológica terrestre efectuada en el área de emplazamiento de obras en superficie del camino Maitenes – Confluencia, se constató la presencia de un sitio arqueológico denominado hallazgo 4 en el Área de Influencia Directa, correspondientes a ocupaciones del Período Alfarero Temprano (mayores detalles en el apéndice 1 del Anexo 9 del Adenda Nº 1). Respecto de dicho hallazgo, el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord. N° 5129 de 14 de Octubre de 2010, indicó que los resultados de la caracterización inicial del sitio hallazgo 4 corresponden al ámbito de la línea base del Proyecto, por lo cual no corresponde la solicitud del PAS 76.
     
    El Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord. N° 0255 de 18 de Enero de 2011, indicó que dado que se efectuaría la recolección de los hallazgos 12, 15 y 19, referente a intervenciones en sitios arqueológicos, le aplica el PAS contenido en el artículo 76 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental pronunciándose conforme. En el caso que el Proyecto fuese ejecutado, deberá ser tramitado por el arqueólogo ante el Consejo de Monumentos Nacionales. Además, se establecieron las siguientes condiciones:
     
    ·         Implementación de un cerco permanente y señalética de resguardo en los hallazgos 01, 02, 06, 07, 08, 11, 13, 14, 16, 17 y 18 considerando un buffer de 10 metros en torno a la última línea de dispersión de material cultural, el cual deberá ser supervisado por un arqueólogo. El cerco se implementará antes de las obras de construcción del Proyecto.
    ·         Inducción arqueológica sobre el patrimonio cultural, destacando la importancia del cuidado de los sitios y la forma de proceder antes un hallazgo arqueológico, a todo el personal de trabajo, el cual deberá ser realizado por un arqueólogo o Licenciado en Arqueología.
    ·         Monitoreo arqueológico periódico del estado de los cierres y de los sitios durante la fase constructiva del proyecto.
    ·         La implementación de una inspección visual arqueológica del área a reforestar, a informar de los resultados de dicha actividad y la adopción de las medidas de mitigación según correspondan en caso de hallazgos, las cuales deberá ser visada por el Consejo de Monumentos Nacionales.
    ·         Envío de un informe al Consejo de Monumentos Nacionales una vez implementadas las medidas de cercado, señalética, e inducción arqueológica del personal,  a más tardar un mes después de ejecutadas.
    ·         Envío de un informe periódico (semestral) sobre el estado de los cierres y los sitios arqueológicos cercados.
     
    3.3.2 PAS ARTÍCULO 85
     
    En el permiso para ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, en cementerios, en playas de puertos habilitados y en sitios destinados a la captación de las aguas necesarias para un pueblo; a menor distancia de cincuenta metros (50 m), medidos horizontalmente, de edificios, caminos públicos, ferrocarriles, líneas eléctricas de alta tensión, andariveles, conductos, defensas fluviales, cursos de agua y lagos de uso público, y a menor distancia de doscientos metros (200 m), medidos horizontalmente, de obras de embalse, estaciones de radiocomunicaciones, antenas e instalaciones de telecomunicaciones, a que se refiere el artículo 17 Nº 1 de la Ley Nº 18.248, Código de Minería.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 85 se presentan en el numeral 12.2.1 Capítulo 12 del EIA.
     
    Aplicabilidad del PAS: el Proyecto requiere habilitar las siguientes obras:
     
    ·         Puente Correa para el trasporte de mineral, paralelo al puente vial de la Plataforma Confluencia, aprobado por resolución R.E. Nº 121/09 de COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins.
    ·         Puente Alcaparrosa sobre el Río Coya, puente vial que formará parte del camino proyectado Maitenes Confluencia.
    ·         Puente La Paula, sobre quebrada la Paula, puente vial que formará parte del camino proyectado Maitenes Confluencia.
     
    Puente Correa para el trasporte de mineral: para su construcción se utilizaría la instalación de faena del proyecto Construcción Plataforma Confluencia, aprobado ambientalmente mediante R.E. Nº 121/09 de COREMA de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Estas instalaciones cuentan con suministro de energía eléctrica, agua fresca, agua industrial, e infraestructura para el tratamiento de aguas servidas.
     
    Puente Alcaparrosa y Puente La Paula: para la construcción de ambos puentes se utilizaría principalmente la instalación de faenas Maitenes, ubicada al sur de la barrera de Maitenes, teniendo como acceso un camino lateral a construir, paralelo a la Carretera el Cobre.
     
    En cuanto al suministro de energía, se dispondrá de alimentación eléctrica mediante generadores tipo grupo electrógeno, los cuales suministrarán la energía necesaria para el funcionamiento de las instalaciones como, bodegas, oficinas, comedores, plantas de tratamiento, etc.
     
    Respecto al presente PAS, la Gobernación Provincial de Cachapoal, mediante Ord. N° 65 de 27 de Enero de 2011 y complementado mediante Ord. Nº 67 de 25 Enero 2011, indicó que se manifiesta conforme con el otorgamiento del PAS establecido en el Artículo 85 del D.S Nº 95, condicionado a:
     
    ·         Que los cauces de agua no sean intervenidos.
    ·         Que sea la DOH y la DGA  quien se pronuncie de acuerdo a su competencia.
    ·         Que sea el MINVU quien se pronuncie de acuerdo a su competencia.
    ·         Cualquier intervención voluntaria o involuntaria, que no esté de acuerdo a proyecto del agua o de las quebradas, las identificadas y no identificadas en el PAS 85 sean informadas a la Gobernación antes de 24 horas.
    ·         Que sea el Ministerio de Transporte quien se pronuncie sobre las vías de acceso a las faenas mineras, transporte y movimiento de vehículos.
    ·         Que sea la Autoridad Sanitaria y la SISS, quienes se pronuncien sobre el manejo y disposición de residuos.
    ·         Las labores de exploración y explotación, tal como lo menciona el informe no aplica.
     
    3.3.3 PAS ARTÍCULO 88
     
    En el permiso para establecer un apilamiento de residuos mineros a que se refiere el inciso 2º del artículo 233 y botaderos de estériles a que se refiere el artículo 318, ambos del D.S. Nº 72/85 del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 88 se presentan en el numeral 12.2.2 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.1 del Adenda Nº 1 y 2.1 del Adenda Nº 2.
     
    Aplicabilidad del PAS: el Proyecto requiere disponer de las marinas con potencial de generación de ácido, provenientes de la construcción de los túneles de acceso de personal y transporte de mineral. Para ésto se ha dispuesto la habilitación de un botadero denominado Barahona con una capacidad de 2,0 Mm³, el que se ubicaría a un costado del embalse Barahona en la ladera oriente de la Quebrada Minero, adyacente a la carretera El Cobre, tramo 2 (ver Capítulo 12 Figura 12-1).
     
    Se considerarían acciones formuladas en el diseño del botadero, correspondiente al drenaje del talud, limpieza del material fino – lagunar en superficie, e impermeabilización de la base del botadero que permitirían establecer un nivel de riesgo residual de baja probabilidad de ocurrencia del fenómeno de remoción en masa.
     
    Las propiedades de la geomembrana para el revestimiento impermeabilizante del Botadero se presentan en el Anexo 2 del Adenda Nº 2.
     
    Asimismo, en respuesta 2.1 del Adenda Nº 2, el Titular agrega que se ha monitoreado en el período febrero- septiembre 2010 la calidad del aire en el sector Quebrada Diablo, área desde donde se captaría el aire a ser utilizado en la ventilación del proyecto NNM. La Figura 3 del Adenda Nº 2 señala la ubicación de la Estación de Monitoreo con respecto a la zona de ingreso de aire a la mina, y en el Anexo Nº 4 del Adenda Nº 2 se presentan los resultados de monitoreo del aire realizados en el sector Quebrada Diablo.
     
    Por último, en base a estos resultados de monitoreo del aire el Titular entrega una proyección de la caracterización del aire que ingresará al NNM (ver Tabla Nº 1 del Adenda Nº 2).
     
    Por los antecedentes expuestos y los valores presentados, se considera que la calidad del aire en la zona de inyección de aire de ventilación al Proyecto sería adecuada para cumplir con los límites del D.S. 594/99, del MINSAL, dentro de la mina.
     
    Respecto al efecto de la inversión térmica, que usualmente es en invierno, el análisis de los resultados de monitoreo que se adjuntan en el Anexo Nº 4 del Adenda Nº 2, indica que en el 2010 los episodios de mayor concentración de contaminantes, han ocurrido en los meses de marzo y abril.
     
    Respecto al presente PAS, el Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Ord. N° 00280 de 19 de Enero de 2011, indicó se manifiesta conforme respecto del PAS 88, dado que se cumplen los requisitos y condiciones establecidos en la normativa vigente.
     
    3.3.4 PAS ARTÍCULO 90
     
    En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 90 se presentan en respuesta 2.1 del Adenda Nº 4.
     
    Aplicabilidad del PAS: El Proyecto instalaría plantas separadoras de aceites, agua y sólidos en cada uno de los talleres de mantenimiento (lavado de máquinas, equipos y del piso del taller después de cada proceso de lavado).
     
    Tanto para las etapas de construcción como de operación, los talleres de mantenimiento se localizarían en Nave de lavado Nivel de Hundimiento, Nave de lavado Nivel de Producción, Nave de lavado Nivel de Transporte Intermedio y El Durazno.
     
    La caracterización de los residuos líquidos a tratar generados en los talleres de mantenimiento consideraría principalmente aceites, grasas y lubricantes provenientes del lavado de camiones, maquinaria y pisos. No se esperaría contenido microbiológico en las aguas residuales.
     
    En la Tabla 1 del Adenda 4, se presenta la caracterización físico – química típica de las aguas residuales de los talleres de mantenimiento.
     
    El caudal a tratar durante la etapa de construcción, considerando la suma de los caudales de las aguas de los talleres se ha estimado en 2 a 5 l/s y para la etapa de operación, un total de 6,7 l/s.
     
    El agua utilizada en los talleres de mantenimiento al interior del NNM y en El Durazno serían conducida hasta las plantas separadoras aceites, agua y sólidos (ver figura 1 del Adenda Nº 4), cuyos efluentes serían reutilizados en el lavado o recirculados a proceso hacia el sector de Colón. El aceite y la grasa separado serían manejados como residuo peligroso según lo estipulado en el D.S. N° 148, 2003, del MINSAL.
     
    Se consideraría la evacuación de lodos descartados de la separación sólido – líquido y lodos de aceites, grasas y lubricantes. Estos lodos serían manejados como residuos peligrosos según el D.S. Nº 148/03 MINSAL, en conjunto con el resto de los residuos peligrosos generados en la DET y dispuestos finalmente en sitios debidamente autorizados. No se espera la generación de olores.
     
    El Proyecto no consideraría la descarga de los RILES ni de los efluentes de las plantas de separación de aceite, agua y sólidos a cursos superficiales ni a cuerpo receptor alguno.
     
    La disposición de los lodos se realizaría en sitios con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos, como puede ser HIDRONOR Chile, Bravo Energy u otros.
     
    Al respecto, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 727 de 03 de Marzo de 2011, remite el pronunciamiento de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Oficio Nº 478 de 02 de Marzo de 2011, donde se pronuncia conforme respecto del permiso del  artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
     
    3.3.5 PAS ARTÍCULO 91
     
    En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 91 se presentan en el numeral 12.2.3 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.2 del Adenda Nº 1.
     
    Aplicabilidad del PAS: el Proyecto durante la etapa de construcción generaría como máximo 144 m³/día de aguas servidas domésticas, provenientes de las faenas permanentes (mayores a 6 meses) y servicios sanitarios habilitados en los distintos frentes de trabajo. Para el tratamiento de estos efluentes se contaría con Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), distribuidas en cada faena. Las PTAS serían del tipo lodos activados modulares con capacidad de tratamiento del caudal máximo en cada una de las faenas.
     
    Las aguas servidas de los baños químicos portátiles que serían instalados en los frentes de trabajo, serían manejadas (retiradas y dispuestas) por una empresa especializada mediante camiones limpia fosas, que estarían debidamente autorizados por el SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
     
    Durante la etapa de operación, el Proyecto generaría en total 106 m³/día de aguas servidas. Estos efluentes serían recolectados mediante sondajes sanitarios y conducidos hacia tres estanques de regulación de 43 m³ cada uno, localizados en el nivel de drenaje al interior del nuevo nivel de explotación. Estos estanques alimentarían tres plantas de tratamiento, que en conjunto tendrían una capacidad de regulación de 24 horas, de manera de almacenar las aguas en los momentos en que las plantas se encuentren fuera de servicio, además de dosificar la alimentación de éstas, previo al proceso de tratamiento.
     
    Cabe recalcar que la descarga al cuerpo receptor sólo se realizaría de manera puntual, bajo condiciones que el efluente supere la capacidad de reutilización en los procesos.
     
    Las aguas tratadas durante la etapa de construcción en las instalaciones de faenas de Maitenes y Quebrada El Durazno, serían reutilizadas para la humectación de caminos y áreas de faena para minimizar la dispersión de partículas a la atmósfera y en caso que los caudales de agua tratada superen la capacidad de reutilización, estas o partes de ellas, serían descargadas al cauce natural del Río Coya cumpliendo el D.S. 90/00 MINSEGPRES.
     
    Durante la etapa de operación los efluentes tratados en las plantas de tratamiento de aguas servidas serían evacuados e incorporados al proceso productivo o bien descargado a un cauce natural cumpliendo el D.S. 90/00 MINSEGPRES. La caracterización física química se ajustaría a lo presentado en la Tabla 12-5 Capítulo 12 del EIA.
     
    En respuesta a la pregunta 3.2 de del Adenda Nº 2, se aclara que no existirían sitios para acumulación y eliminación de lodos generados por PTAS dentro del área del Proyecto, por cuanto serían retirados directamente de la planta por empresa externa autorizada sanitariamente.
     
    Al respecto, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 191 de 21 de Enero de 2011, remite el pronunciamiento de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Oficio Nº 147 de 18 de Enero de 2011, donde se pronuncia conforme respecto al PAS del artículo 91 del RSEIA del MINSEGPRES. Además, se informa al Titular que deberá tramitar sectorialmente en la Autoridad Sanitaria de la Región, las autorizaciones referidas al mencionado PAS, en caso que se emita RCA Favorable.
     
    3.3.6 PAS ARTÍCULO 92
     
    Permiso para ejecutar labores mineras en sitios donde se han alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua, a que se refiere el artículo 74 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 92 se presentan en el numeral 12.2.4 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuestas 3.3 y 3.4 del Adenda Nº 1 y 2.2 del Adenda Nº 2.
     
    Aplicabilidad del PAS: producto de la construcción del túnel de acceso al NNM y las explotaciones de las nuevas reservas mineras a mayor profundidad, el Proyecto prevé la intersección de niveles de aguas subterráneas que generarían afloramientos de agua de contacto. Estas aguas serían captadas y recirculadas a proceso en la Planta Colón.
     
    Se distinguen dos tipos de aguas: las generadas a partir de la construcción de los túneles de acceso al NNM (Aguas de Contacto Túneles o ACT) y las que serían captadas en el nuevo nivel de explotación NNM (Aguas de Contacto Mina o ACM).
     
    ACT: las aguas que se alumbrarían por la construcción de los túneles de acceso y correa actualmente no tienen uso, puesto que serían las obras de construcción de los túneles las que generarían el alumbramiento de ellas. En relación al uso previsto, se estima un flujo máximo de agua de 150 l/s para los dos túneles, los cuales serían recolectados en diferentes puntos de cada túnel y conducidos a una cámara de traspaso en Confluencia desde donde serían bombeadas a Colón, para ser reutilizadas en el proceso.
     
    ACM: el uso actual al interior de la mina es para el proceso minero. En la actualidad esta agua es extraída por un sistema de drenaje, a partir de la cual es canalizada a través de ductos e impulsada mediante un sistema de bombeo a una Planta de Tratamiento desde donde es recirculada a Colón. Esta agua es sólo de uso industrial y no apta para el consumo humano. Asimismo, el uso previsto para el agua que se captaría en el nuevo nivel de explotación de NNM sería similar al actual, es decir, para cubrir los requerimientos de aguas industriales de la División. En la Tabla 12-9 Capítulo 12 del EIA, se muestra la distribución del caudal total que sale de la mina para los años 2017,2022, 2037, 2057 y 2077. En la Tabla 12-10 Capítulo 12 del EIA, se describe los caudales ACM estimados (probabilidad de excedencia 10%).
     
    Los datos respecto a la captación de aguas superficiales del Río Coya (Coya Alta y Coya Baja) están ubicados en el sector de Sewell, o sea, aguas arriba de la operación del Proyecto. Mayores detalles se presentan en la Tabla 2 del Adenda Nº 2. La ubicación de la vista de la zona de captación con relación a la zona de descarga de las ACM se observa es la Figura 4 del Adenda Nº 2.
     
    En cuanto a la generación de aguas de contacto, las ACM captadas serán recirculadas a proceso con un caudal de recirculación máximo de 1.200 l/s, que es el caudal autorizado a la DET en la Resolución Exenta Nº 115/08 de 14 de Mayo de 2008, de la COREMA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins. El ACM excedente, estimado para 2077 y para un año de 10% de probabilidad de excedencia en 277 l/s, se producirá para algunos años húmedos y sólo durante el período de deshielo. Se dará cumplimiento a los parámetros a monitorear y sus respectivos límites de acuerdo a lo establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    No se produce ninguna alteración en los usos previstos de las aguas, ya que éste corresponde al uso del proceso minero, tal como se realiza actualmente, previo al adecuado tratamiento.
     
    En relación al presente PAS, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 191 de 21 de Enero de 2011, remite el pronunciamiento de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Oficio Nº 147 de 18 de Enero de 2011, donde se pronuncia conforme respecto al PAS del artículo 92 del RSEIA del MINSEGPRES. Además, se informa al Titular que deberá tramitar sectorialmente en la Autoridad Sanitaria de la Región, las autorizaciones referidas al mencionado PAS, en caso que se emita RCA Favorable.
     
    3.3.7 PAS ARTÍCULO 93
     
    En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 93 se presentan en el Anexo 6 del Adenda Nº 2, complementado en respuestas 3.5, 3.6 y 3.7 del Adenda Nº 1 y 2.3 y 2.4 del Adenda Nº 2.
     
    Aplicabilidad del PAS: El Proyecto contemplaría la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de los residuos.
     
    El Proyecto generaría las siguientes instalaciones de acopio temporal de residuos, cuyos detalles se presentan en el Anexo Nº 6 del Adenda Nº 2. 
     
    Área Exterior Mina:
     
    Instalación de Faenas Maitenes y Durazno:
     
    ·         Área de acopio temporal de residuos domésticos (2)
    ·         Área de acopio temporal residuos no peligrosos (2)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (2)
     
    Instalación exterior Plataforma Confluencia:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (1)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (1)
     
    Instalación exterior Stock Pile (acopio mineral):
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (1)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (1)
     
    Áreas de faenas construcción Adits ventilación y extracción:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (1)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (1)
     
    Áreas de faenas construcción ventanas túneles:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (2)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (2)
     
    Área Interior Mina:
     
    Nivel de hundimiento:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (2)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (2)
    ·         Área de acopio temporal de residuos domésticos (1)
     
    Nivel producción:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (2)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (2)
    ·         Área de acopio temporal de residuos domésticos (1)
     
    Nivel transporte:
     
    ·         Áreas de acopio temporal residuos no peligrosos (2)
    ·         Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos (2)
    ·         Área de acopio temporal de residuos domésticos (1)
     
    Para las instalaciones en superficie definidas en este PAS, no existiría ningún tratamiento de los residuos, sólo se almacenarían temporalmente durante la etapa de construcción del Proyecto. El Proyecto generaría residuos sólidos peligrosos y no peligrosos en las etapas de construcción y operación.
     
    Para las instalaciones presentadas en este PAS, las obras proyectadas para almacenar residuos corresponden a patios de salvataje y bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, que se habilitarían durante la etapa de construcción del Proyecto.
     
    Adicionalmente, se utilizaría la obra existente denominada Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos (CMRIS) de División El Teniente, autorizado mediante R.E. Nº 104/99 de COREMA de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, y la Resolución N° 133/02 del Servicio de Salud O’Higgins en la cual los residuos que puedan ser reutilizados o comercializados, serían derivados al CMRIS para su clasificación, almacenamiento transitorio, reuso, reciclaje comercialización o disposición final, conforme a los procedimientos existentes en DET.
     
    Los patios de salvataje serían cercados y señalizados con letreros que indiquen que el sector corresponde a un área de acopio temporal. Los residuos serían retirados periódicamente hacia el CMRIS. Las bodegas de almacenamiento temporal darán cumplimiento a lo estipulado en el D.S. 148/03 de MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Cabe señalar que la totalidad de los residuos generados se almacenarían en tambores sellados y permanecerán al interior de los patios de salvataje y BAT de residuos peligrosos.
     
    Por su parte, las instalaciones de acopio temporal de residuos domésticos al interior mina, para la etapa de operación del Proyecto, se habilitarían en puntos cercanos a los comedores en los Barrios Cívicos de los niveles de hundimiento, producción y transporte del NNM. Se proyecta el acondicionamiento del área mediante la disposición de un sitio plano con un radier o base impermeable y debidamente señalizado. El Proyecto almacenaría temporalmente residuos sólidos domésticos mediante contenedores con tapa y debidamente rotulados.
     
    Los residuos domésticos serían retirados periódicamente por una empresa autorizada para llevarlos a sitios de disposición final autorizados para este tipo de residuos.
     
    Los residuos domésticos serían manejados y dispuestos de igual forma que en la operación actual, es decir, serían almacenados en contenedores provistos de tapas localizados en cada una de las áreas de acopio temporal de residuos domésticos en interior mina, los cuales serían retirados en forma periódica por una empresa contratista autorizada para su transporte y disposición final en un relleno sanitario debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria.
     
    En relación al presente PAS, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 191 de 21 de Enero de 2011, remitió el pronunciamiento de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Oficio Nº 147 de 18 de Enero de 2011, donde se pronuncia conforme respecto al PAS del artículo 93 del RSEIA del MINSEGPRES. Además, se informa al Titular que deberá tramitar sectorialmente en la Autoridad Sanitaria de la Región, las autorizaciones referidas al mencionado PAS, en caso que se emita RCA Favorable.
     
    3.3.8 PAS ARTÍCULO 94
     
    En la Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 94 se presentan en el numeral 12.2.6 Capítulo 12 del EIA, complementado en respuesta 3.8 del Adenda Nº 1.
     
    Aplicabilidad del PAS: los talleres de mantenimiento de equipos y maquinarias que construirá el Proyecto para su operación, corresponderían a establecimientos industriales o de bodegaje por lo que debe ser calificado de acuerdo a lo señalado.
     
    Se identifican tres instalaciones correspondientes a talleres de mantenimiento, dos de ellas al interior del nivel de explotación, en los niveles de producción y acarreo, y uno en superficie en el sector de la Quebrada El Durazno a un costado del camino Maitenes – Confluencia (mayores detalles en el numeral 12.2.6.4 Capítulo 12 del EIA).
     
    Se estima que durante la etapa de operación se generarían las siguientes cantidades residuos peligrosos al mes: aceites usado (37.2 toneladas), neumáticos (342 unidades), filtros (1.745 unidades), baterías (69), y otros (1.7 toneladas).
     
    En relación al presente PAS, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 191 de 21 de Enero de 2011, remitió el pronunciamiento de la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Oficio Nº 147 de 18 de Enero de 2011, donde se pronuncia conforme respecto al PAS del artículo 94 del RSEIA del MINSEGPRES. Además, se informa al Titular que deberá tramitar sectorialmente en la Autoridad Sanitaria de la Región, las autorizaciones referidas al mencionado PAS, en caso que se emita RCA Favorable.
     
    3.3.9 PAS ARTÍCULO 96
     
    En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 96 se presentan en el Anexo 7 del Adenda Nº 2, complementado en respuesta 2.5 del Adenda Nº 2.
     
    Aplicabilidad del PAS: el Proyecto construiría las siguientes edificaciones:
     
    ·         Edificio de acopio de mineral vecino a Planta Colón (Stock Pile).
    ·         Instalaciones de faenas en sectores Maitenes.
    ·         Sala de bombas en el Sector Confluencia.
    ·         Estaciones de transferencia del mineral.
    ·         Taller de mantenimiento El Durazno.
     
    Se indica que el área de emplazamiento de la instalación de faenas en el sector de El Durazno correspondería al mismo sitio del Taller de Mantenimiento El Durazno, y consecuentemente son válidos para esta edificación. Por otra parte, las bodegas de almacenamiento de insumos y residuos del Proyecto se ubicarían en las instalaciones de faena y taller de mantenimiento en la etapa de construcción y operación respectivamente, por lo cual estas edificaciones ya estarían contenidas.
     
    Finalmente, el Titular aclara que no habría garita de acceso, sino dos barreras de acceso operadas electrónicamente, tal como se indicó en la respuesta 1.4 de la Adenda N°1.
     
    Respecto a la pérdida y degradación del recurso natural suelo, se detalla lo siguiente: el Edificio de acopio de mineral vecino a Planta Colón (Stock Pile) tiene una Clase VII de Capacidad de Uso con severas limitaciones; las Instalaciones de faenas en sectores Maitenes presentan suelos de Clase VI de Capacidad de Uso; la Sala de bombas en el Sector Confluencia tendría una Clase VIII de Capacidad de Uso; la Estación de Transferencia 1 (Sector Confluencia) presenta Clase VIII de Capacidad de Uso; Estación de Transferencia 2 (Sector Patos Sapos) tiene Clase VIII de Capacidad de Uso y Estación de Transferencia 3 (Sector Colón), tiene Clase VII de Capacidad de Uso; finalmente el Taller de mantenimiento El Durazno, presenta una Capacidad de Uso VIII  (ver Figuras Nº 1 a la Nº 6 Anexo N° 7 del Adenda Nº 2 respectivamente). Consecuentemente, el cambio de uso no afectaría negativamente al recurso suelo.
     
    Todas las edificaciones asociadas al Proyecto se emplazarían al interior de la propiedad de la DET, área con vocación industrial alejada de centros poblados, lo que permiten afirmar que no existiría posibilidad de desarrollo de nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana-regional.
     
    En relación al presente PAS, el SEREMI de Agricultura de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, mediante Ord. N° 68 de 25 de Enero de 2011, se pronunció conforme con el otorgamiento del permiso. Por su parte, el SEREMI Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, mediante Ord. N° 0081 de 25 de Enero de 2011, se manifestó conforme respecto del PAS 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
     
    3.3.10 PAS ARTÍCULO 99
     
    En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza.
     
    Durante el proceso de evaluación del Proyecto se realizó una campaña complementaria para ampliar la Línea Base de fauna, la cual fue ejecutada entre el 4 y el 10 de diciembre de 2010, agregándose el Sector Botadero Quebrada Pelada, donde se evidenció la presencia de 9 especies de fauna. De ellas, 3 eran reptiles (todos nativos y en categoría de conservación), 4 aves (todas nativas y 2 en categoría de conservación) y 2 mamíferos (nativos y uno en categoría de conservación) (mayores detalles en el Anexo Nº 9 del Adenda Nº 2). Lo anterior, sería la razón del porque el Titular amplio la solicitud del PAS del Artículo 99 para este sector en particular.
     
     
    Aplicabilidad del PAS: como se identificó la presencia de fauna en categoría de conservación en el Trazado camino Maitenes - Quebrada el Durazno, Sector Botadero Barahona, Ventilación, Inyección/Extracción (todos incluidos en el numeral 12.2.8 del Capítulo 12 del EIA) y en el Sector Botadero Quebrada Pelada (ver Anexo 10 del Adenda Nº 2), sería necesario la captura para efectos de relocalizarlos.
     
    Al respecto, el Titular implementaría un Plan de Rescate y Relocalización de fauna en categoría de conservación para cada uno de estos lugares, según se describe a continuación:
     
    3.3.10.1 Trazado camino Maitenes - Quebrada el Durazno
     
    En el levantamiento de información de terreno para la elaboración de la Línea Base del componente fauna para el Proyecto, se registró la presencia de al menos 6 especies de reptiles amenazados en el área Callopistes palluma, Liolaemus monticola, Liolaemus tenuis, Lioalemus nitidus, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus y de 4 especies de micromamíferos amenazadas Abrocoma bennetti (ver Figura 12-12 Capítulo 12 del EIA), Octodon bridgesi, Abrothrix longipilis y potencial presencia de Thylamys elegans, en el tramo entre el sector de Maitenes y Alcaparrosa.
     
    Por su parte, puntualmente en la quebrada El Durazno, se registró la presencia de al menos 4 especies de reptiles amenazados Liolaemus curicensis  (ver Figura 12-13 Capítulo 12 del EIA), Liolaemus tenuis, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus
      
    Sitios de relocalización
     
    En la Figura 12-14 Capítulo 12 del EIA, se ilustra el esquema metodológico planteado para la definición de los ambientes donde se ejecutaría la relocalización de la especie objetivo del Plan de Rescate de Vertebrados Terrestres.
     
    Sitios de Muestreo y Métodos de captura
     
    Los ejemplares fueron detectados a lo largo del área de Proyecto. Debido a que se trataría de un área grande (trazado de aproximadamente 8 kms), con una obra de carácter lineal, es que las actividades de rescate se ejecutarían en todas aquellas zonas con mayor potencial de presencia de fauna dentro del área de estudio como serian; quebradas, matorrales, roqueríos y se consideraría un bûffer de 100 metros entorno al camino proyectado.
     
    Las actividades de rescate se realizarían en primavera-verano, cuando existe mayor actividad de estos animales. Se realizarían esfuerzos de captura entre las 9:00 y 18:00 horas.
     
    La técnica de captura para reptiles comprendería capturas con lazos de nudo escurridizo y manual. Los reconocimientos de reptiles se ejecutarán en transectas de 100 x 10 m, con el objetivo de poder determinar densidades relativas y de este modo realizar comparaciones por esfuerzo de captura. En el caso de micromamíferos, se dispondrían 120 trampas sherman estándar (dos noches por estación de muestreo) y 60 trampas sherman grandes para micromamíferos de talla media. Se estima un total de 10 días para cubrir los sitios de mayor relevancia dentro del área de estudio.
     
    Manejo y Traslado
     
    Los ejemplares más grandes de reptiles colectados serían depositados en bolsas de género y los más pequeños en recipientes plásticos con ventilación, cada bolsa o recipiente contendrían  no más de 3 individuos. En el caso de los micromamíferos, serían trasladados en las mismas trampas, reduciendo su manipulación. Dentro de los aspectos rutinarios del manejo estaría el chequeo frecuente del estado de salud y se registrarían aspectos tales como: peso, talla, sexo e identificación específica.
     
    Marcaje y Liberación
     
    Los individuos capturados, previo a su relocalización, serían identificados y fotografiados. En el caso de reptiles, los procedimientos se realizarían al interior de un terrario de policarbonato transparente de 70x50x40 cms, tapado con una malla en su parte posterior.
     
    Para el monitoreo se marcarían los animales con microchips electrónicos para su seguimiento, factible para aquellos de talla media a grande. En el caso de micromamíferos, la técnica de marcaje correspondería al uso de crotales de aluminio con identificación específica.
     
    Monitoreo
     
    Se efectuará un primer monitoreo a los 15 días posteriores del rescate y 30 días después. Posteriormente, realizaría un monitoreo cada cuatro meses durante un año, coincidente con cada estación del año favorable para reptiles (primavera, verano, otoño). Se buscaría registrar la recaptura de los ejemplares rescatados.
     
    Adicionalmente, se marcarían individuos locales de las áreas de monitoreo, pues ellos servirían como grupo control (tasas de recaptura por ejemplo). Con ello, se esperaría poder dar cumplimiento a la medida y generar información relevante para la especie.
     
    Indicadores del éxito del rescate
     
    El éxito se expresaría en función del número de animales capturados por superficie. Los indicadores serían: tasa de captura (expresada en superficie, en relación a animales que escaparon, en comparación a antecedentes de la Línea Base) y tasa de sobrevivencia en el rescate.
     
    Comunicación de Resultados
     
    Una vez que se decidan los sitios de relocalización, se definirían con mayor precisión los puntos de liberación, donde se concentrarán los esfuerzos de monitoreo, los que serán informados al SAG para su validación.
     
    El informe con los resultados de los trabajos de elección de los sitios de relocalización y del rescate - relocalización se enviaría al SAG una vez ubicados los individuos en el sitio de disposición final.
     
    El informe con los resultados de los monitoreos, se enviarían al SAG y a la Autoridad Ambiental a más tardar un mes después que se efectúe la visita a terreno.
     
    3.3.10.2 Sector Botadero Barahona
     
    En el levantamiento de información de terreno para la elaboración de la Línea Base del componente fauna para el Proyecto, se registró la presencia de al menos 3 especies de reptiles amenazados Liolaemus schroederi, Liolaemus nigroviridus, Liolaemus lemniscatus) (ver Figura 12-11 del Capítulo 12 del EIA). En el área de estudio estos animales encuentran alimento y refugios (oquedades). Dichas especies se encuentran protegidas de acuerdo al actual Reglamento de la Ley de Caza (D.S. 05 de 1998, del MINAGRI).
     
    Sitios de relocalización
     
    En la Figura 12-10 del Capítulo 12 del EIA se ilustra el esquema metodológico planteado para la definición de los ambientes donde se ejecutaría la relocalización de la especie objetivo del Plan de Rescate de Vertebrados Terrestres. Los sitios de relevamiento se ubicarían en sitios homólogos dentro del área de estudio.
     
    Sitios de Muestreo y Métodos de captura
     
    El rescate se centraría en la zona próxima al botadero y en un buffer de 50 metros alrededor del botadero Barahona. Las actividades de rescate se realizarían en primavera-verano, cuando existe mayor actividad de estos animales. Se realizarían esfuerzos de captura entre las 9:00 y 18:00 horas. Se estima una campaña de 5 días para cubrir ambas áreas.
     
    La técnica de captura para reptiles comprendería capturas con lazos de nudo escurridizo y manual. Los reconocimientos de reptiles se ejecutarían en transectas de 100 x 10 m, con el objetivo de determinar densidades relativas y de este modo realizar comparaciones por esfuerzo de captura.
     
    Manejo y Traslado
     
    Los ejemplares más grandes de reptiles colectados serían depositados en bolsas de género y los más pequeños en recipientes plásticos con ventilación, y cada bolsa o recipiente contendría no más de 3 individuos. Entre los aspectos rutinarios del manejo estaría el chequeo frecuente del estado de salud y se registrarían aspectos tales como: peso, talla, sexo e identificación específica.
     
    Marcaje y Liberación
     
    Los individuos capturados, previo a su relocalización, serían identificados y fotografiados. En el caso de reptiles, los procedimientos se realizarían al interior de un terrario de policarbonato transparente de 70x50x40 cms, tapado con una malla en su parte posterior. Para el monitoreo se marcarían los animales con microchips electrónicos para su seguimiento. Ello es factible para reptiles de talla media a grande.
     
    Monitoreo
     
    Se efectuaría un primer monitoreo a los 15 días posteriores del rescate y 30 días después. Posteriormente, se realizaría un monitoreo tres veces al año, coincidente con cada estación del año favorable para reptiles (primavera, verano, otoño), para los efectos de verificar la eficiencia de las labores de rescate y relocalización. Se buscaría registrar la recaptura de los ejemplares rescatados.
     
    Adicionalmente, se marcarían individuos locales de las áreas de monitoreo, pues ellos servirán como grupo control (tasas de recaptura por ejemplo). Con ello, se espera poder dar cumplimiento a la medida y generar información relevante para la especie.
     
    Indicadores del éxito del rescate
     
    El éxito se expresaría en función del número de animales capturados por superficie. Los indicadores serían: tasa de captura (expresada en superficie, en relación a animales que escaparon, en comparación a antecedentes de la Línea Base) y tasa de sobrevivencia en el rescate.
     
    Comunicación de Resultados
     
    Una vez que se decidan los sitios de relocalización, se definirían con mayor precisión los puntos de liberación, donde se concentrarán los esfuerzos de monitoreo, los que serán informados al SAG para su validación.
     
    El informe con los resultados de los trabajos de elección de los sitios de relocalización y del rescate - relocalización se enviaría al SAG una vez ubicados los individuos en el sitio de disposición final.
     
    El informe con los resultados de los monitoreos, se enviarían al SAG y a la Autoridad Ambiental a más tardar un mes después que se efectúe la visita a terreno.
     
    3.3.10.3 Sector de ventilación, Inyección/Extracción
     
    En el levantamiento de información de terreno para la elaboración de la Línea Base del componente fauna para el Proyecto, se registró la presencia de una especie de reptil, Liolaemus altissimus (ver Figura 12-9 del Capítulo 12 del EIA), asociada al matorral altoandino (ver Fotografía 12-2 del Capítulo 12 del EIA) y catalogada como Rara de acuerdo a la Ley de caza 19.473 (D.S. 05, de 1998, del MINAGRI).
     
    Sitios de relocalización
     
    La Figura 12-10 del Capítulo 12 del EIA, ilustra el esquema metodológico planteado para la definición de los ambientes donde se ejecutaría la relocalización de la especie objetivo del Plan de Rescate de Vertebrados Terrestres. En una primera instancia, los sitios de relocalización se ubicarían en la misma Quebrada Diablo, aguas arriba y abajo del punto donde ésta sería interrumpida.
     
    Sitios de Muestreo y Métodos de captura
     
    El rescate se centraría en los parches de vegetación ubicados fuera del área actual del cráter sur y en un buffer de 50 metros. Las actividades de rescate se realizarían en primavera-verano, coincidente con la mayor actividad de estos animales. Se realizarían esfuerzos de captura entre las 9:00 y 18:00 horas. La técnica de captura comprendería la utilización de lazos de nudo escurridizo y manual. Los reconocimientos de reptiles se ejecutarían en transectas de 100 x 10 m, con el objetivo de determinar densidades relativas y de este modo, realizar comparaciones por esfuerzo de captura.
     
    Manejo y Traslado
     
    Los ejemplares más grandes de reptiles colectados serían depositados en bolsas de género y los más pequeños puestos en recipientes plásticos con ventilación, cada bolsa o recipiente contendrían no más de 3 individuos. Los micromamíferos serían trasladados en las mismas trampas, reduciendo la manipulación de ellos. Entre los aspectos rutinarios del manejo estaría el chequeo frecuente del estado de salud y se registrarían aspectos tales como; peso, talla, sexo e identificación específica.
     
    Marcaje y Liberación
     
    Los individuos capturados, previo a su relocalización, serían identificados y fotografiados. Los procedimientos se realizarían al interior de un terrario de policarbonato transparente de 70x50x40 cms, tapado con una malla en su parte posterior. Se realizaría rescate durante 5 años.
     
    Se implementarían monitoreos a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización. Posteriormente, se repetirían los monitoreos en primavera, verano y otoño después de realizado el rescate y éstos se extenderían durante un año de realizado el rescate.
     
    Indicadores del éxito del rescate
     
    El éxito se expresaría en función del número de animales capturados por superficie. Los indicadores serían: tasa de captura (expresada en superficie, en relación a animales que escaparon, en comparación a antecedentes de la Línea Base) y tasa de sobrevivencia en el rescate.
     
    Comunicación de Resultados
     
    Una vez que se decidan los sitios de relocalización, se definirían con mayor precisión los puntos de liberación, donde se concentrarán los esfuerzos de monitoreo, los que serán informados al SAG para su validación.
     
    El informe con los resultados de los trabajos de elección de los sitios de relocalización y del rescate - relocalización se enviaría al SAG una vez ubicados los individuos en el sitio de disposición final.
     
    El informe con los resultados de los monitoreos, se enviarían al SAG y a la Autoridad Ambiental a más tardar un mes después que se efectúe la visita a terreno.
     
    3.3.10.4 Sector Botadero Quebrada Pelada
     
    En el levantamiento de información de terreno para la elaboración de la Línea Base del componente fauna para el Proyecto, se registró la presencia de 3 especies de reptiles amenazados Liolaemus nigroviridus, Liolaemus ceii, Liolaemus curicensis. En el área de estudio estos animales encuentran alimento y refugios (oquedades).
     
    Las especies se encuentran protegidas de acuerdo al actual Reglamento de la Ley de Caza (DS 05/98).
     
    Sitios de relocalización
     
    En la Figura Nº 1 del anexo Nº 10 del Adenda N2, se ilustra el esquema metodológico planteado para la definición de los ambientes donde se ejecutaría la relocalización de las especies objetivos del Plan de Rescate de Vertebrados Terrestres.
     
    Sitios de Muestreo y Métodos de captura
     
    El rescate se centraría en el área del botadero Quebrada Pelada y en un buffer de 50 metros alrededor del mismo. Las actividades de rescate se realizarían en primavera-verano, cuando existe mayor actividad de estos animales. Se estima una campaña de 5 días.
     
    La técnica de captura para reptiles comprendería capturas con lazos de nudo escurridizo y manual. Los reconocimientos de reptiles se ejecutarían en transectas de 100 x 10 m, con el objetivo de determinar densidades relativas y de este modo realizar comparaciones por esfuerzo de captura.
     
    Manejo y Traslado
     
    Los ejemplares de reptiles colectados serían depositados en bolsas de género los más grandes y en recipientes plásticos con ventilación los más pequeños, cada bolsa o recipiente contendrían no más de 3 individuos. Dentro de los aspectos rutinarios del manejo estaría el chequeo frecuente del estado de salud. Se registrarían aspectos tales como; peso, talla, sexo e identificación específica.
     
    Marcaje y Liberación
     
    Los individuos capturados, previo a su relocalización, serían identificados y fotografiados. En el caso de reptiles, los procedimientos se realizarían al interior de un terrario de policarbonato transparente de 70x50x40 cms, tapado con una malla en su parte posterior.
     
    Para el monitoreo se marcarían los animales con microchips electrónicos para su seguimiento, factible para reptiles de talla media a grande.
     
    Monitoreo
     
    Se efectuará un primer monitoreo a los 15 días posteriores del rescate y 30 días después. Posteriormente, se realizaría un monitoreo tres veces al año, coincidente con cada estación del año favorable para reptiles (primavera, verano, otoño) para los efectos de verificar la eficiencia de las labores de rescate y relocalización. Se buscaría registrar la recaptura de los ejemplares rescatados.
     
    Adicionalmente, se marcarían individuos locales de las áreas de monitoreo, pues ellos servirían como grupo control (tasas de recaptura por ejemplo). Con ello, se esperaría poder dar cumplimiento a la medida y generar información relevante para la especie.
     
    Indicadores del éxito del rescate
     
    Se expresará en función del número de animales capturados por superficie. Los indicadores serían: tasa de captura (expresada en superficie, en relación a animales que escaparon, en comparación a antecedentes de la Línea Base) y tasa de sobrevivencia en el rescate.
     
    Comunicación de Resultados
     
    Una vez que se decidan los sitios de relocalización, se definirían con mayor precisión los puntos de liberación, donde se concentrarán los esfuerzos de monitoreo, los que serán informados al SAG para su validación.
     
    El informe con los resultados de los trabajos de elección de los sitios de relocalización y del rescate - relocalización se enviaría al SAG una vez ubicados los individuos en el sitio de disposición final.
     
    El informe con los resultados de los monitoreos, se enviarían al SAG y a la Autoridad Ambiental a más tardar un mes después que se efectúe la visita a terreno.
     
    Al respecto, el Servicio Agrícola y Ganadero, mediante Ord. N° 1803 de 11 de Febrero de 2011, indicó que el Proyecto cumple con las materias pertinentes al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Artículo 99 del D.S. Nº 95. Sin embargo, el mencionado Servicio, mediante Ord. 0377 de 11 de Enero de 2011, condicionó su otorgamiento a lo siguiente:
     
    -          Los ejemplares capturados deberán ser trasladados en recipientes individuales.
    -          Los individuos deberán ser trasladados y liberados en un período que no supere las 12 horas de captura.
    -          Respecto al Plan de seguimiento del componente fauna, se sugiere utilizar para el marcaje pintura en vez de microchips. Además, el seguimiento debe estar relacionado con monitorear el tamaño poblacional de las especies rescatadas, antes de la relocalización en los lugares de destino, a los 15 días, a los 30 días y posteriormente, cada 3 meses por un período de 2 años.  Por último, el Titular deberá hacer extensiva estas condiciones a los sectores; camino Maitenes -  Confuencia,  instalación de faenas Maitenes y Botadero Barahona.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 99 se presentan en el numeral 12.2.8 del Capítulo 12 del EIA y en el Anexo 10 del Adenda Nº 2.
     
    3.3.11 PAS ARTÍCULO 101
     
    En el permiso para la construcción de las obras a que se refiere el artículo 294 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.
     
    Los antecedentes relacionados con el PAS del Artículo 101 se presentan en el numeral 12.2.9 Capítulo 1 y en el Anexo Nº 12.4 del EIA).
     
    Aplicabilidad del PAS: se consideraría la construcción de un acueducto con un caudal de diseño superior a 2 m³/s en la segunda etapa de construcción de obras intercepción de las subcuencas aportantes al cráter de la mina.
     
    En cuanto a las medidas, condiciones y antecedentes que permitan comprobar que la obra no produciría contaminación de las aguas, según lo dispuesto en el artículo 101 del Reglamento del SEIA, se proyecta construir un túnel de drenaje para conducir las aguas captadas por el futuro sistema de intercepción hasta el túnel existente que descarga en el Adit 55. Estas aguas interceptadas corresponderían a aguas subterráneas provenientes de la cabecera de la Quebrada Teniente.
     
    El detalle de los antecedentes, respecto a ubicación y descripción general; caudal de diseño; dimensionamiento de la obra; y las medidas, condiciones y antecedentes que comprueban que la obra no produciría la contaminación de las aguas, para el otorgamiento del permiso se adjunta en el Anexo 12-4 del EIA.
     
    Al respecto, la Dirección General de Aguas, mediante Ord. N° 85 de 09 de Junio de 2010, se pronunció conforme respecto del permiso.
     
    3.3.12 PAS ARTÍCULO 102
     
    Permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 102 se presentan en el Anexo 7 del Adenda Nº 1 en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles.
     
    Aplicabilidad del PAS: previo al desarrollo de la etapa de construcción del Proyecto, se requeriría la corta de bosques que se registraron en el área del Camino Maitenes-Confluencia durante la elaboración de la Línea Base. Esta zona sería afectada por la construcción e instalación del camino e impactarían puntualmente a estas formaciones y los ejemplares arbóreos.
    En conformidad al artículo 102 del Reglamento del SEIA, se deberá considerar la reforestación de una superficie igual, a lo menos, a la cortada o explotada. Al respecto, el Proyecto afectaría aproximadamente 45 ha de bosque esclerófilo, el cual sería reforestado en su totalidad, con especies equivalentes a las presentes al interior de la DET. A continuación, en la Tabla 9 se incluyen las medidas que se han adoptado para dar cumplimiento al permiso solicitado.
     
    Tabla 9: Resumen Plan de manejo de corta.
     
    Tipo forestal y/o especies a intervenir
    Año
    Superficie (há)
    Esclerófilo mixto con Acacia dealbata, Pinus radiata y Acacia melanoxylon
    2013
    11
    Esclerófilo
    2013
    34
    Total a cortar
    45 HÁ
     
    El objetivo de la corta sería habilitar los terrenos para la construcción de las obras e infraestructura del Proyecto, las cuales se detallan a continuación:
     
    ·         Instalación de faenas Maitenes: Área 1, 2 y 3.
    ·         Botadero La Isla: Áreas 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18.
    ·         Camino Maitenes – Confluencia, tramo Maitenes - Alcaparrosa: Áreas 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11.
    ·         Camino Maitenes – Confluencia, tramo Alcaparrosa – El Durazno: Áreas: 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25.
    ·         Botadero El Durazno: Área 26.
     
    A continuación, en la Tabla 10 se presenta el Plan de manejo de reforestación.
     
    Tabla 10: Plan de manejo de reforestación. 

    Área a reforestar (há)
    Año
    Tipo de vegetación actual
    Especie
    Densidad (pl/ha)
    5,5
    2013
    Matorral abierto
    Quillaja saponaria (quillay)
    750
    Kageneckia oblonga (Bollén)
    750
    Schinus polygamus (huingán)
    500
    Aristotelia chilensis (maqui)
    500
    Maytenus boaria (maitén)
    250
    Cryptocarya alba (peumo)
    250
    2,8
    2013
    Pradera anual
    Quillaja saponaria (quillay)
    750
    Kageneckia oblonga (Bollén)
    750
    Schinus polygamus (huingán)
    500
    Colliguaja odorifera (colliguay)
    500
    Maytenus boaria (maitén)
    500
    3,9
     
    2013
    Pradera anual
    Quillaja saponaria (quillay)
    750
    Kageneckia oblonga (Bollén)
    750
    Schinus polygamus (huingán)
    500
    Maytenus boaria (maitén)
    500
    Lithrea caustica (litre)
    250
    Azara petiolaris(maquicillo)
    250
    32.8
     
    2013
     
    Pradera húmeda
     
    Quillaja saponaria (quillay)
    750
    Kageneckia oblonga (Bollén)
    750
    Schinus polygamus (huingán)
    500
    Maytenus boaria (maitén)
    500
    Aristotelia chilensis (maqui)
    500
    Total a Reforestar
    45 HÁ

    En relación a la pregunta 3.10 del Adenda Nº 1, respecto a la densidad de plantación de 3.000 plantas/há, el Titular acoge la observación para considerar un 50% correspondería a especies con forma de crecimiento arbóreo y el restante 50% a especies con forma de crecimiento arbustivo.
     
    Respecto al presente PAS, la Corporación Nacional Forestal, de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, mediante Ord. N° 003 de 17 de Enero de 2011 y Ord. N° 008 de 01 de Febrero de 2011, indicó que se pronuncia conforme respecto a los contenidos ambientales del PAS 102 del D.S. 95 de 2001, pues se proporcionaron los requisitos formales y técnicos para acreditar su cumplimiento.
     
    3.3.13 PAS ARTÍCULO 106
     
    El permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.
     
    Los antecedentes para la solicitud del PAS del Artículo 106 se presentan en el Anexo 3 del Adenda Nº 2.
     
    Aplicabilidad del PAS: para el desarrollo del Camino Maitenes-Confluencia, se construirían cinco puentes y seis alcantarillas las cuales intervendrán cauces naturales. Junto con esto, en el sector de Confluencia se construirá el puente correa de transporte de mineral sobre el río Coya, desde la salida de los túneles de acceso al NNM hacia el sistema de transporte que lo llevaría al Stock Pile.
     
    El detalle y localización de los puentes, se detalla en la Tabla 11.
     
    Tabla 11: Localización de los puentes.
     
    Puente
    Longitud (m)
    Distancia del camino (m)
    Inicio Proyecto
     
    0,0
    Los Bosques
    120
    3.141-3.261
    Paula
    120
    3.864-3.984
    Alcaparrosa
    200
    5.011-5.221
    Tes Norte
    120
    8.843-8.963
    Durazno
    96
    12.467-12.563
     
    Por otro lado, el desarrollo de proyecto de drenaje del proyecto NNM contemplaría efectuar la intervención del álveo de varias quebradas. Se trata de obras de pantallas que modifican el álveo de la cabecera de la Quebrada Teniente (QT) y de tres pretiles que modifican la sección de afluentes de la Quebrada Diablo (QD), según se muestra en la Tabla 12.
     
    Tabla 12: Localización de pantallas y pretiles. 

    Identificación de la obra
    Coordenadas UMT
    (DATUM WGS 84) Norte
    Coordenadas UMT
    (DATUM WGS 84) Este
    Pantalla 1 Etapa (a) (QT)
    6.229.258
    377.813
    Pantalla 2 Etapa (a) (QT)
    6.229.435
    377.032
    Pretil 1 (b) (alto, largo) (QD)
    6.226.134
    376.991
    Pretil 2 (b) (alto, largo) (QD)
    6226.158
    375.662
    Pretil 3 (b) (alto, largo) (QD)
    6.226.175
    375.541

    Obs: 1) Las coordenadas indican la intercepción con el eje de la quebrada que se modifica.
             2) Fuente coordenadas: planos: a) 02. Obras de intercepción y b) SYR-PLA-160607
            © Alto, por el ancho de la base, por el largo.
     
    La Dirección General de Aguas, mediante Ord. N° 85 de 09 de Junio de 2010, respecto a los antecedentes presentados correspondiente al PAS del Artículo 106 de las siguientes obras (ver Anexo 12.7 del EIA): Puentes (Los Bosques, Paula, Alcaparrosa, Tes Norte, El Durazno y correa transportadora), y Obras de Arte (OA) o alcantarillas (AO Nº1, AO Nº2, AO Nº3, AO Nº4, AO Nº5 y AO Nº 6), se pronunció conforme. Asimismo, en relación al PAS del Artículo 106 de las obras ubicadas en Quebrada Teniente, se pronunció conforme.
     
    La Dirección General de Aguas, mediante Ord. N° 10 de 13 de Enero de 2011, se pronunció conforme respecto al PAS en cuestión, en relación a las obras que modificarán el cauce de la Quebrada Diablo.
  5. Descripción de aquellos efectos, características o circunstancias del Artículo 11 de la Ley que dan origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental

    A continuación, se presenta el análisis en relación a los efectos, características o circunstancias contemplados del artículo 11º de la Ley Nº 19.300 y de los artículos 5º al 11º (a excepción del artículo 7º) del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia (MINSEGPRES), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: 

    4.1 Artículo 5 “El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.”
     
    Literal a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del presente Reglamento.
     
    El Proyecto se ajustará a las normas primarias de calidad ambiental y cumplirá las normas de emisión que le son aplicables, así como con el Plan de Descontaminación que rige en la Zona Saturada por SO2 y MP10 declarada por D.S. Nº 179/94 de MINSEGPRES.
     
    Literal b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera.
     
    El Proyecto emitiría 77 t/año de MP10, 67 t/año de NOx, 18 t/año de CO y 9 t/año de COV, durante la etapa de construcción, producto principalmente del movimiento de tierra, tránsito de vehículos, y uso de maquinaria. En la fase de operación, sólo se generaría un máximo de 14 t/año de emisiones de MP10, adicionales a las actuales emisiones de la DET.
     
    El Proyecto generaría aguas servidas en las fases de construcción (144 m³/d) y operación (106 m³/d). Estas aguas serían tratadas y cumplirán con el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, por lo cual no revisten peligrosidad.
     
    Durante la construcción de los túneles se generarían efluentes líquidos provenientes de los talleres de mantenimiento, instalando plantas separadoras de aceites, agua y sólidos en cada uno de ellos. Igualmente, en la fase de construcción, se generarían Aguas de Contacto de los Túneles (ACT) de acceso las que serían recirculadas a Planta Colón. Durante la operación, se generarían Aguas de Contacto de la Mina (ACM), las cuales, junto con las ACT, serían recirculadas al proceso a una tasa máxima de 1.200 l/s. En caso de generarse ACM excedentes, las que se estiman en 277 l/s, éstas se neutralizarían y descargarían al Río Coya cumpliendo con los límites de acuerdo a lo establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Por lo anterior, se concluye que la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera del Proyecto, no presentarían riesgos para la salud de la población.
     
    Literal c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.
     
    Las emisiones atmosféricas serían discontinuas, ocurrirían principalmente en la etapa de construcción del camino Maitenes-Confluencia (3 años) y se localizarían en lugar alejado de población permanente y que concentra actividades minero industriales.
     
    Las aguas servidas tratadas se generarían durante la construcción y operación del Proyecto y se descargarían a un cauce natural cumpliendo el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, cuando no puedan ser recirculadas, utilizadas en la construcción, o en el proceso productivo.
     
    Los efluentes líquidos provenientes de la construcción serían bombeados a pozas de decantación, sometidas a separación aceite-agua y/o ajuste de pH cuando sea necesario, y recirculados a Planta Colón, junto con las ACT de los túneles NNM, en la etapa de construcción. Durante toda la operación del Proyecto, las ACM junto con las ACT, serían adecuadamente recolectadas y recicladas al proceso en Colón. En caso de generarse ACM excedentes, estas se neutralizarían y descargarían al Río Coya cumpliendo con los límites establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Por lo anterior, se concluye que la frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera del Proyecto, no presentaría riesgos para la salud de la población.
     
    Literal d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.
     
    Se estima que el Proyecto generaría 40,3 y 103 t/mes de residuos industriales sólidos no peligrosos, durante las etapas de construcción y operación respectivamente. El Sitio de Acopio Temporal serían los Patios de salvataje que se habilitarán en las instalaciones de faena y en los Patios de salvataje habilitados en las naves de mantenimiento. El Sitio de Disposición Final será el Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos (CMRIS), aprobado mediante RE Nº104/99 de COREMA VI Región y la Resolución N°133/02 del Servicio de Salud O'Higgins (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    Por su parte, el Proyecto generaría 64,8 t/mes y 48 t/mes de residuos domiciliarios y asimilables, durante las etapas de construcción y operación respectivamente. El Sitio de Acopio Temporal serían los contenedores especiales localizados en cada instalación de faenas y en los Contenedores provistos de tapas localizados en cada instalación para personal, y el Sitio de Disposición Final sería el Relleno Sanitario Sector Coligues – La Yesca, u otro sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos domiciliarios (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    El Proyecto generaría aproximadamente 4,5 millones de m³ de excedentes de tierra removida para la construcción. De éstos, 1,8 millones de m³ corresponderían a material mineralizado provenientes de la excavación de los túneles de acceso cuyo acopio temporal se ubicaría en Plataforma Confluencia Norte y en ADIT de ventanas y el sitio de disposición final sería el Botadero Barahona ubicado a 6 km del área de Confluencia (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    La estimación de residuos peligrosos para las etapas de construcción y operación es de 3,9 y 38,9 t/mes respectivamente, fundamentalmente residuos provenientes de la mantención de equipos y maquinaria. Al respecto, el Sitio de Acopio Temporal será en contenedores o tambores cerrados según compatibilidad, debidamente rotulados al interior de bodegas de almacenamiento temporal habilitadas en las instalaciones de faenas, desde donde serán trasladados al CMRIS, donde serían dispuestos temporalmente. El Sitio de Disposición Final puede ser HIDRONOR Chile, Bravo Energy u otros, que cuente con la autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    La estimación de los lodos de PTAS para las etapas de construcción y operación es de 3,0 y 3,3 t/mes respectivamente. Al respecto, se indica que los lodos serán retirados directamente desde los baños químicos y PTAS por empresa autorizada y el Sitio de Disposición final será ESSBIO en Chancón u otra instalación que cuente con la autorización sanitaria correspondiente (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    Por lo anterior, se concluye que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos del Proyecto, no presentaría riesgos para la salud de la población.
     
    Literal e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.
     
    Los residuos domésticos y asimilables se generarían diariamente y serían retirados periódicamente para su disposición final en relleno sanitario autorizado.
     
    Los residuos no peligrosos de construcción y operación serían derivados al CMRIS de la DET para su clasificación, almacenamiento transitorio, re-uso, reciclaje, comercialización o disposición final, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de gestión de RIS de la DET (GSYS- CMRIS-P-015). El manejo de los embalajes de madera dará cumplimiento a la Res. N°133/05 modificada por la Res. N°2859/07, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero.
     
    Los residuos sólidos peligrosos provenientes de la mantención de la maquinaria serían dispuestos temporalmente en el CMRIS, para su posterior disposición final fuera de la División, en recinto autorizado.
     
    Los detritos de excavación se generarían durante 6 años y serían dispuestos en los botaderos del Proyecto que se han dispuesto para ese propósito. El material mineralizado se generaría durante 2 años y sería dispuesto en el botadero Barahona (N°1), el cual sería cerrado al término de la excavación de este material desde los túneles de acceso. Cabe señalar que para este botadero se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 88 del DS 95/01 del MINSEGPRES.
     
    Por lo tanto, se concluye que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos del Proyecto, no presentaría riesgos para la salud de la población.
     
    Literal f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana permanente.
     
    El Proyecto se emplazaría dentro de una zona industrial cuya obra más próxima (camino de acceso) está a 3 kilómetros en línea recta del asentamiento de población humana permanente más próximo (Coya), por lo cual la emisión temporal de ruido durante la construcción del camino no alteraría el nivel de ruido de fondo representativo y característico de esa población.
     
    Por su parte, la construcción de los túneles para el transporte del personal y acarreo de material para la extracción del mineral, se encuentra distante a 12 kilómetros en línea recta del poblado más cercano de Coya.
     
    Por lo anterior, se concluye que la diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con Proyecto y el nivel de ruido de fondo del entorno donde existe población humana permanente no presentaría riesgos para la salud de la población.
     
    Literal g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad.
     
    El Proyecto se emplazaría al interior de una zona minero industrial cuya obra más próxima (camino de acceso) está a 3 kilómetros en línea recta del asentamiento de población humana permanente más próximo (Coya), por lo cual el efecto temporal de las vibraciones generadas por las tronaduras durante la construcción del camino no afectarían a la población.
     
    Por su parte, la construcción de los túneles tanto para el transporte del personal como para el acarreo de material para la extracción del mineral, se encuentra distante a 12 kilómetros en línea recta del poblado más cercano de Coya.
     
    Por lo tanto, se concluye que las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el Proyecto no presentarían riesgos para la salud de la población.
     
    Literal h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto o actividad.
     
    Los efectos derivados de la interacción o combinación de los contaminantes emitidos o generados por el proyecto no presentan riesgos a la salud de la población, por cuanto no se sobrepasa la normativa primaria de calidad y se cumple con las normas de emisión.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1,  2, 3 y 4, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina no generará o presentará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, por lo que no le resulta aplicable el literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
     
    4.2 Artículo 6 “El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire”.
     
    Literal a) Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7° del Reglamento del SEIA.
     
    El Proyecto se ajustará a las normas secundarias de calidad ambiental y cumplirá con las normas de emisión que le son aplicables, así como con el Plan de Descontaminación que rige en la Zona Saturada por SO2 y MP10 declarada por D.S. Nº 179/94 de MINSEGPRES.
     
    Literal b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera.
     
    El Proyecto emitiría 77 t/año de MP10, 67 t/año de NOx, 18 t/año de CO y 9 t/año de COV, durante la etapa de construcción, producto principalmente del movimiento de tierra, tránsito de vehículos y uso de maquinaria. En la fase de operación, solo se generaría un máximo de 14 t/año de emisiones de MP10, adicionales a las actuales emisiones de la División.
     
    El Proyecto generaría aguas servidas en las fases de construcción (144 m³/d) y operación (106 m³/d). Estas aguas serían tratadas para cumplir con el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, por lo cual no revisten peligrosidad.
     
    Durante la construcción de los túneles se generarían efluentes líquidos provenientes de la excavación y de la preparación de cimientos, perforaciones, plantas de hormigón, y talleres mecánicos. Igualmente, en la fase de construcción, se generarían aguas de contacto de los túneles (ACT) de acceso las que serían recirculadas a Planta Colón. Durante la operación, se generarían aguas de contacto de la mina (ACM), las cuales, junto con las ACT, serían recirculadas al proceso a una tasa máxima de 1.200 l/s. En caso de generarse ACM excedentes, las que se estiman en 277 l/s, estas se neutralizarían y descargarían al Río Coya cumpliendo con los límites establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Por lo anterior, se concluye que la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera del Proyecto, no presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
     
    Literal c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.
     
    Las emisiones atmosféricas serían discontinuas, ocurrirían principalmente en la etapa de construcción del camino Maitenes-Confluencia (3 años) y se localizarían en lugar alejado de población permanente y que concentra actividades minero industriales.
     
    Las aguas servidas tratadas se generarían durante la construcción y operación del Proyecto y se descargarían a un cauce natural cumpliendo el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, cuando no puedan ser recirculadas, utilizadas en la construcción, o en el proceso productivo.
     
    Los efluentes líquidos provenientes de la construcción serían bombeados a pozas de decantación, sometidas a separación aceite-agua y/o ajuste de pH cuando sea necesario, y recirculados a Planta Colón, junto con las ACT de los túneles NNM, en la etapa de construcción. Durante toda la operación del Proyecto, ACM junto con las ACT, serían adecuadamente recolectadas y recicladas al proceso en Planta Colón. En caso de generarse ACM excedentes, estas se neutralizarían y descargarían al Río Coya cumpliendo con los límites establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Por lo anterior, se concluye que la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera del Proyecto, no presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
     
    Literal d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.
     
    Se estima que el Proyecto generaría 40,3 y 103 t/mes de residuos industriales sólidos no peligrosos, durante las etapas de construcción y operación respectivamente. El Sitio de Acopio Temporal serían los Patios de salvataje que se habilitarán en las instalaciones de faena y en los Patios de salvataje habilitados en las naves de mantenimiento. El Sitio de Disposición Final sería el Centro de Manejo de Residuos Industriales Sólidos (CMRIS), aprobado mediante RE Nº104/99 de COREMA VI Región y la Resolución N°133/02 del Servicio de Salud O'Higgins (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    Por su parte, el Proyecto generaría 64,8 t/mes y 48 t/mes de residuos domiciliarios y asimilables, durante las etapas de construcción y operación respectivamente. El Sitio de Acopio Temporal serían los Contenedores especiales localizados en cada instalación de faenas y en los contenedores provistos de tapas, localizados en cada instalación para personal. El Sitio de Disposición Final sería el Relleno Sanitario Sector Coligues – La Yesca, u otro sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos domiciliarios (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    El Proyecto generaría aproximadamente 4,5 millones de m³ de excedentes de tierra removida para la construcción. De éstos, 1,8 millones de m³ corresponderían a material mineralizado provenientes de la excavación de los túneles de acceso cuyo acopio temporal se ubicaría en Plataforma Confluencia Norte y en ADIT de ventanas, y el sitio de disposición final sería el Botadero Barahona ubicado a 6 km del área de Confluencia (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    La estimación de residuos peligrosos para las etapas de construcción y operación es de 3,9 y 38,9 t/mes respectivamente, fundamentalmente residuos provenientes de la mantención de equipos y maquinaria. Al respecto, el Sitio de Acopio Temporal será en contenedores o tambores cerrados según compatibilidad, debidamente rotulados al interior de bodegas de almacenamiento temporal habilitadas en las instalaciones de faenas, desde donde serán trasladados al CMRIS donde serían dispuestos temporalmente. El Sitio de Disposición Final puede ser HIDRONOR Chile, Bravo Energy u otros, que cuente con la autorización de la Autoridad Sanitaria para la disposición final de residuos peligrosos (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    La estimación de los lodos de PTAS para las etapas de construcción y operación es de 3,0 y 3,3 t/mes respectivamente. Al respecto, se indica que los lodos serían retirados directamente desde los baños químicos y PTAS por empresa autorizada y el Sitio de Disposición final sería ESSBIO en Chancón u otra instalación que cuente con la autorización sanitaria correspondiente (mayores detalles en las Tablas 4 y 6 del presente Informe).
     
    Por lo anterior, se concluye que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos que genera el Proyecto, no presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
     
    Literal e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.
     
    Los residuos domésticos y asimilables se generarían diariamente y serían retirados periódicamente para su disposición final en relleno sanitario autorizado.
     
    Los residuos no peligrosos de construcción y operación serían derivados al CMRIS de la DET para su clasificación, almacenamiento transitorio, reuso, reciclaje, comercialización o disposición final, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de gestión de RIS de la DET (GSYS- CMRIS-P-015). El manejo de los embalajes de madera dará cumplimiento a la Res. N°133/05 modificada por la Res. N°2859/07, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero.
     
    Los residuos sólidos peligrosos provenientes de la mantención de la maquinaria serían dispuestos temporalmente en el CMRIS, para su posterior disposición final fuera de la División, en recinto autorizado. Todos los residuos peligroso serían manejados en conformidad a lo dispuesto por el D.S. Nº148, 2003, del MINSAL Sobre Manejo de Residuos Peligrosos y según el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de la DET (PMRPDET) y el procedimiento de Gestión de RIS (GSYS-CMRIS-P-015).
     
    Los detritos de excavación se generarían durante 6 años y serían dispuestos en los botaderos del Proyecto que se han dispuesto para ese propósito. El material mineralizado se generaría durante 2 años y sería dispuesto en el botadero Barahona (N°1), el cual sería cerrado al término de la excavación de este material desde los túneles de acceso. Cabe señalar que para este botadero se solicita el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 88 del DS 95/01 del MINSEGPRES.
     
    Por lo anterior, se concluye que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos por parte del Proyecto, no presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
     
    Literal f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.
     
    El Proyecto se emplazaría en una zona en la cual se identificó fauna nativa. No obstante, el Proyecto cuenta con un Plan de Rescate y Relocalización de Fauna, que minimizaría cualquier efecto temporal de ruido sobre especies de fauna nativa en categoría de conservación. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no generaría efectos adversos significativos sobre hábitat de relevancia para la fauna nativa producto de los niveles estimados de inmisión de ruido con el Proyecto.
     
    Literal g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad.
     
    El Proyecto se emplazaría en una zona en la cual se identificó fauna nativa. No obstante, el Proyecto cuenta con un Plan de Rescate y Relocalización de Fauna, que minimizaría cualquier efecto temporal de las vibraciones generadas por las tronaduras durante la construcción del camino, sobre especies de fauna nativa. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no generaría efectos adversos significativos sobre hábitat de relevancia para la nativa fauna producto de formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el Proyecto.
     
    Literal h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el proyecto o actividad.
     
    Los efectos derivados de la interacción o combinación de los contaminantes emitidos o generados por el Proyecto no generaría efectos adversos significativos sobre los recursos naturales, por cuanto no sobrepasaría los límites establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya) y se cumpliría con los compromisos establecidos por el Plan de Descontaminación de Caletones.
     
    Literal i) La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables.
     
    Los contaminantes generados por el Proyecto o actividad no alterarían la calidad ambiental de los recursos naturales renovables, por cuanto no sobrepasaría los límites establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del río Cachapoal, en los puntos de monitoreo CO-10 (Río Coya antes de la junta con el Río Cachapoal) y CA-30 (Río Cachapoal aguas debajo de la Confluencia del Coya).
     
    Literal j) La capacidad de dilución, dispersión, auto depuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del proyecto o actividad.
     
    El Proyecto no afectaría la capacidad de dilución, dispersión, auto depuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables, por cuanto sólo ocuparía una fracción marginal del espacio ocupado por los recursos naturales renovables en el área de influencia del Proyecto.
     
    Literal k) La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.
     
    La construcción del camino Maitenes – Confluencia intervendría 45 hectáreas de formaciones de bosque esclerófilo, para lo cual se presentaría un Plan de Manejo. Se revegetaría 56,9 ha adicionales utilizando para esto principalmente especies autóctonas generadas a partir de germoplasma local. De la superficie señalada, aproximadamente 20 ha serán consideradas en el Plan de Trabajo de formaciones xerofíticas a presentar producto de la corta de este tipo de vegetación por el Proyecto, en tanto que la superficie restante será distribuida en revegetar áreas en el entorno al camino Maitenes – Confluencia, botaderos de detritos y además en taludes y cortes. En respuesta 6.3 del Adenda Nº 1, el Titular aclara que dicho Plan contemplaría la plantación de una superficie equivalente a la que el Proyecto afectaría, considerando una composición florística similar a la existente el cual se tramitaría sectorialmente.
     
    Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no presentaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y superficie de vegetación nativa debido a su forma de intervención y/o explotación.
     
    Literal l) La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.
     
    Se identificaron 14 especies de fauna en categoría de conservación en las diversas áreas intervenidas por el Proyecto. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto podría generar efectos adversos significativos sobre la fauna silvestre nativa en categoría de conservación.
     
    Literal m) El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.
     
    El Proyecto afectaría 14 especies de fauna en categoría de conservación, de las cuales hay 2 en peligro, 8 vulnerables, y 4 insuficientemente conocidas. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto podría generar efectos adversos significativos sobre la fauna silvestre nativa en categoría de conservación.
     
    Literal n) El volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en:
     
    n.1) Vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y II, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas.
    n.2) Áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.
    n.3) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles.
    n.4) Una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra.
    n.5) Lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.
     
    No aplica, pues el Proyecto no contempla la intervención y o explotación de los recursos hídricos señalados en este literal.
     
    Literal ñ) Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medio ambiente la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna; así como la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.
     
    El Proyecto no consideraría la introducción al territorio nacional de especie de flora o de fauna. Tampoco contemplaría la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.
     
    Literal o) La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación.
     
    El Proyecto se emplazaría en la zona industrial de la DET en áreas de tipo cordillerano, cuyo suelo no es de tipo productivo, ocupando del orden de 105,6 ha.
     
    Por lo anterior, el Proyecto no presentaría efectos adversos significativos sobre el recurso suelo.
     
    Literal p) La diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración.
     
    El Proyecto se emplazaría dentro de una zona predominantemente industrial en la cual hay especies de fauna nativa en categoría de conservación que podrían ser afectadas por el Proyecto. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto podría afectar la diversidad biológica de especies de fauna en el área de influencia.
     
    Literal q) La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.
     
    En el área donde se emplazarían las obras e infraestructura del Proyecto no se detectó la presencia de glaciares cuya superficie o volumen pudiera afectarse a consecuencia de la ejecución del proyecto. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no afectaría la superficie o volumen de glaciares.
     
    A modo de conclusión, se indica que la construcción del Proyecto tiene la potencialidad de generar efectos adversos significativos sobre la cantidad de los recursos naturales renovables, posiblemente sobre 14 especies de fauna en categoría de conservación, principalmente en el sector del camino Maitenes – Confluencia.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1, 2, 3 y 4,  y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina generará o presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, por lo que le resulta aplicable el literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
     
    4.3 Artículo 8 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
     
    Literal a) Dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y transporte.
     
    El Proyecto no alteraría la dimensión geográfica del área de influencia pues no hay grupos humanos que habiten en el área de desarrollo del Proyecto.
     
    Literal b) Dimensión demográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones.
     
    El Proyecto no alteraría la dimensión demográfica del área de influencia pues se desarrolla al interior de la División El Teniente, donde no se presenta población permanente y se mantiene los niveles actuales de operación y producción de la División.
     
    Literal c) Dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados.
     
    El Proyecto no alteraría la dimensión antropológica del área de influencia pues ésta no presenta población permanente.
     
    Literal d) Dimensión socio-económica, considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa.
     
    El Proyecto no alteraría la dimensión socio-económica del área de influencia pues este mantiene los niveles actuales de operación y producción de la DET.
     
    Literal e) Dimensión de bienestar social básico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios.
     
    El Proyecto no alteraría el acceso de un grupo humano a bienes, equipamiento y servicios puesto que no hay población permanente en el área de desarrollo del Proyecto y mantiene los niveles actuales de operación y producción de la DET.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1, 2, 3 y 4, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, por lo que no le resulta aplicable el literal c) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
     
    4.4 Artículo 9 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
     
    Literal a) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales.
     
    En el área de influencia del Proyecto no habitaría población protegida por leyes especiales.
     
    Literal b) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.
     
    En el área de influencia del Proyecto no se detectó la presencia de glaciares cuya superficie o volumen pudiera afectarse a consecuencia de la ejecución del Proyecto. Del mismo modo, se señala que no existen humedales protegidos al interior de la División El Teniente y por lo tanto en el área de emplazamiento del Proyecto.
     
    Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no afectaría áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.
     
    Literal c) La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.
     
    El Proyecto se emplazaría en una zona donde no se registran áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial cercanas, ni sitios prioritarios para la conservación.
     
    Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no afectaría áreas protegidas, colocadas bajo protección oficial ni sitios prioritarios para la conservación.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1, 2, 3 y 4, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina, no se localizará en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, por lo que no le resulta aplicable el literal d) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
     
    4.5 Artículo 10 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
     
    Literal a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico.
     
    El Proyecto no obstruiría la visibilidad a zonas con valor paisajístico.
     
    Literal b) La duración o magnitud en que se alteren recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.
     
    Las obras del Proyecto no afectarían el área patrimonial ni el valor turístico de Sewell, ni alterarían zonas con valor paisajístico. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no alteraría el valor paisajístico o turístico de la zona.
     
    Literal c) La duración o la magnitud en que se obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.
     
    El Proyecto no obstruiría el acceso a zonas con valor paisajístico o turístico.
     
    Literal d) La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.
     
    El Proyecto no intervendría zonas declaradas de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1, 2, 3 y 4, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, la Dirección Ejecutiva del SEA estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina no generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, por lo que no le resulta aplicable el literal e) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
     
    4.6 Artículo 11 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
     
    Literal a) La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288.
     
    El Proyecto no afectaría los sitios arqueológicos detectados en las inmediaciones del Camino Maitenes – Confluencia, del botadero Barahona, ni los detectados en la cercanía del Taller de Mantenimiento El Durazno, ni los próximos al cráter de subsidencia, los que serían manejados por el Titular en el marco del Proyecto Rajo Sur, según aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) (Ord. 1536 del 23.3.10). Todo ello sin perjuicio de las medidas de protección preventiva que el Proyecto adoptaría.
     
    En el caso de cualquier hallazgo arqueológico durante la ejecución del Proyecto, éste sería debidamente comunicado a la autoridad competente y las obras serían detenidas de inmediato. Los trabajos se reanudarían una vez efectuadas las operaciones de protección del patrimonio cultural que correspondan, y contando con la conformidad del CNM.
     
    Por último, en relación al Componente ambiental Patrimonio Cultural con el objeto de resguardar los hallazgos arqueológicos identificados en la Línea Base, el Titular realizaría antes de la etapa de construcción la recolección de los hallazgos 12, 15 y 19 próximos al camino Maitenes- Confluencia.
     
    Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no afectaría monumentos nacionales definidos por la Ley 17.288. 
     
    Literal b) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288.
     
    El Proyecto no removería, destruiría, excavaría, trasladaría, deterioraría o modificaría en forma permanente (ni temporalmente) algún Monumento Nacional conocido de aquellos definidos por la Ley 17.288. En particular, las obras del Proyecto no afectarían el área patrimonial de Sewell.
     
    Literal c) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.
     
    El Proyecto no deterioraría o modificaría en forma permanente (ni temporalmente) construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. En particular, las obras del Proyecto no afectarían el área patrimonial de Sewell.
     
    Literal d) La proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
     
    El Proyecto se ubicaría alejado de lugares o sitios en donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
     
    Dado lo anterior, esta Dirección Ejecutiva estima que el Proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
     
    De acuerdo a lo establecido en el EIA, Adendas N° 1, 2, 3 y 4, y lo expuesto en los informes emanados por parte de los órganos de la Administración del Estado que han participado en el proceso de evaluación, esta Dirección Ejecutiva estima que el proyecto Nuevo Nivel Mina, no generará alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, por lo que no le resulta aplicable el literal f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
  6. Línea base

    En la Tabla 2-1 Capitulo 2 del EIA se presenta la definición de las áreas de influencia para los distintos componentes ambientales caracterizados en la línea base del Proyecto, y en los Anexos 1-1 y 1-2 del EIA, se grafica espacialmente los sectores que ocuparía el Proyecto. Para mayores detalles de la línea base ver Capítulo 2 del EIA. 

    5.1 Medio Físico.
     
    5.1.1 Clima y Meteorología:
     
    En las tres estaciones meteorológicas Coya Club, Coya Población y Sewell se observaron direcciones de viento predominante distintas. En Sewell, las direcciones WSW y ENE predominaron ampliamente con más del 60% de los vientos. En la estación de Coya Población, se registró un predominio de las direcciones NNE y NE y en la estación Coya Club, la dirección predominante fue W con cerca del 25%.
     
    La temperatura muestra una tendencia propia del clima presente en el área de influencia, templado frío con invierno lluvioso.
     
    En relación a las precipitaciones, la lluvia caída alcanzó 116,30 mm en invierno y la nieve 407,50 cm en el mismo mes (60,16 y 92,61% del total anual respectivamente). Es importante destacar que no se observaron estaciones secas durante el año 2006.
     
    La línea base correspondiente a clima y meteorología se describe en el numeral 2.3.1 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.1.2 Calidad del Aire:
     
    El Proyecto se desarrollaría en una Declarada Zona Saturada por MP10 y SO2, a través del D.S. N°179, de 1994, del MINSEGPRES.
     
    Las principales fuentes de emisión que se identifican en el área de influencia estarían relacionadas con la actividad urbana e industrial. Las fuentes urbanas se encuentran principalmente en el poblado de Coya, siendo el MP10 el principal agente contaminante emitido a la atmósfera. La actividad industrial más importante corresponde a Fundición de Caletones, cuyas principales emisiones corresponden a MP10 y SO2. Debido a la naturaleza del Proyecto, la calidad de aire se caracteriza en base a la presencia de material particulado, específicamente MP10.
     
    La línea base correspondiente a calidad del aire se describe en el numeral 2.3.2 Capítulo 2 del EIA.
     
    5.1.3 Ruido y Vibraciones:
     
    Las mediciones efectuadas abarcan las áreas de influencia del Proyecto, que incluyen zonas al interior de El Teniente (Sewell) y sectores poblados más cercanos al exterior del sector del Proyecto (localidad de Coya y Club de Campo Coya). En los puntos del sector de Coya, los niveles son influenciados por fuentes propias de sectores residenciales como ruido comunitario, aves, perros y tránsito vehicular lejano. En el período nocturno los registros bajan por menor actividad comunitaria.
     
    En el sector de Sewell, los registros de vibraciones reflejan los procesos y la cercanía con el actual camino de acceso, obteniéndose los mayores registros en el punto 3, Planta de Molienda Sewell.
     
    La línea base correspondiente a ruido y vibraciones se describe en el numeral 2.3.3 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.1.4 Geología, Geomorfología y Riesgos Naturales:
     
    La geología de la región no señala la presencia de fracturas o fallas de importancia que generen riesgos geológicos.
     
    Respecto al trazado del camino Maitenes – Confluencia, la línea base correspondiente al actual trazado del camino evita desarrollarse por área con riesgos naturales de derrumbe o remoción en masa. El resto de las áreas de emplazamiento del Proyecto no presentan riesgos geológicos ni riesgos naturales significativos.
     
    La línea base correspondiente a Geología, Geomorfología y Riesgos Naturales se describe en el numeral 2.3.4 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.1.5 Hidrogeología:
     
    Según lo observado en terreno, se encontró que existe una geología superficial en correspondencia al tipo de escorrentía presente en la cuenca y otra más profunda según lo revisado en la bibliografía disponible (DGA, 2003).
     
    La hidrología de la zona donde se ubicaría el botadero Barahona, presenta un régimen de precipitaciones concentrado en la época invernal, con precipitaciones máximas en 24 horas abundantes, que generan a su vez altos caudales; para período de retorno de 10 años el caudal máximo en 24 horas estimado es del orden de 5 m3/s y para un período de retorno de 100 años es de 13 m3/s.
     
    La línea base correspondiente a hidrogeología se describe en el numeral 2.3.5 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.1.6 Recursos Hídricos:
     
    Para cada uno de los cursos de agua de interés para el Proyecto, se realizó un estudio de crecidas para períodos de retorno de 10, 20, 50 y 100 años, junto a una estimación de las crecidas milenarias y la crecida máxima probable.
     
    El Trazado del Camino Maitenes – Confluencia cruza diversas quebradas y esteros, los cuales desembocan sus aguas al curso del Río Coya, el principal curso de agua del sector.
     
    Por su parte, para caracterizar la calidad de las aguas de los ríos Coya y Cachapoal, se utiliza la estadística de muestreos para el período 2006-2009, realizados por la Gerencia de Sustentabilidad de DET, bajo la coordinación de la CONAMA VI Región.
     
    La línea base correspondiente a recursos hídricos se describe en el numeral 2.3.6 Capítulo 2 del EIA. Asimismo, en el Anexo Nº 5 del Adenda Nº 1, se adjunta el Informe de Calidad del Agua y en el Anexo Nº 6 del Adenda Nº 1, se presentan los certificados de los análisis de agua.  A su vez, el balance hidráulico-hidrológico (estimación de caudales) se presenta en respuesta 4.5 del Adenda Nº 1.
     
    5.1.7 Suelo:
     
    En el área de influencia los suelos presentan Capacidades de Uso VII y VIII, los suelos de Capacidad VII pertenecientes a la Serie Bellavista Fase 3 (SRB-3), presentan limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos, siendo su uso fundamental pastoreo y forestal. En el caso de los suelos de Capacidad de Uso VIII de la Serie Bellavista Fase 4 (SRB-4), son suelos sin valor silvoagropecuario.
     
    Respecto al riesgo de activación de procesos erosivos se han determinados tres niveles, siendo estos; bajo (unidad 8), medio (0, 2, 4, 5, 9, 11, 13 y 15) y alto (1, 3, 6, 7, 10, 12, 14, 16 y 18), con un total de 19 unidades. El riesgo alto se presenta en un 57,4% del área (68,5 ha), el medio en un 34,1% (40,7 ha) y el riesgo bajo en un 2,0% (2,4 ha) del área de influencia. En el Plano Nº 6 Anexo Nº 1 del Adenda Nº 1 se presenta el mapa de riesgo.
     
    La línea base correspondiente a suelo se describe en el numeral 2.3.7 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.2 Medio Biótico.
     
    5.2.1 Vegetación y Flora:
     
    Se consideró como área de influencia los sectores donde se desarrollarían las obras en superficie del Proyecto.
     
    El sector del sistema de transporte de mineral presenta una vegetación principalmente herbácea y escasa. En cuanto a la flora presente destaca Alstromeria andina (mariposa del campo).
     
    Por su parte, el sector del Botadero Barahona se encuentra en una zona intervenida que presenta una plantación de Robinia pseudocacia (acacio). En cuanto a la flora, no se registraron especies con problemas de conservación para esta área.
     
    El sector del cráter norte, no presentó presencia de organismos vegetales. Por su parte, el cráter sur registró vegetación del tipo altoandina, destacándose en flora la presencia de Laretia acaulis (llaretilla) especie declarada Fuera de Peligro de acuerdo con el D.S. 51, 2008, del MINSEGPRES.
     
    En el tramo del camino Maitenes – Alcaparrosa se destaca en los sectores de exposición sur-oriente, bosques dominados por Quillaja saponaria y Lithrea caústica. En los sectores de exposición norte, noroeste y noreste, se presentan matorrales abiertos dominadas por Schinus polygamus (huingán), Muehlenbeckia hastulata (quilo) y Colliguaja odorifera (colliguay). En las laderas de exposición poniente destaca la presencia de Chusquea cumingii (quila), Echinopsis chiloensis (quisco) y Puya coerulea (chagualcito). En cuanto a la flora no se registran especies con problemas de conservación.
     
    En el tramo del camino Alcaparrosa – Confluencia en las laderas de exposición norte dominan los matorrales bajos y abiertos. Cercano a la laguna Tes destacan matorrales con presencia de ejemplares arbóreos de Quillaja saponaria (quillay), Acacia caven (espino) y Lithrea caustica (litre). Destaca la presencia de vegas en el sector. En cuanto a la flora no se registran especies con problemas de conservación para esta área.
     
    En el sector del Botadero Quebrada Pelada existe escasa o nula vegetación. La flora presenta escasos individuos de Muehlenbeckia hastulata (quilo) y Conyza sp.,que crecen en forma aislada.
     
    El área del Botadero La Isla se presentan zonas con bosque mixto de quillay (Quillaja saponaria), litre (Lithrea caustica) y peumo (Cryptocarya alba). En las áreas de exposición este y noreste se presenta un matorral de quila (Chusquea cummingii) con ejemplares aislados de quillay y litre. En las zonas de quebradas existe un tipo de formación hidrófila con parches leñosos altos de chequén (Luma chequen), quillay y maitén (Maytenus boaria). En el pie del botadero proyectado, se registra una formación de tipo estepa abierta de espinos (Acacia caven) acompañada por una pradera anual con Conyza sp. y pasto delgado (Vulpia sp.). En cuanto a la flora no se presentan especies con problemas de conservación.
     
    El área del Botadero El Durazno, presenta escasa vegetación en las zonas bajas, dominadas por herbáceas y matorrales bajos y abiertos. En cuanto a la flora, destacan especies autóctonas en el área, correspondiendo a un 94.7%. En el sector del taller de mantenimiento, quebrada El Durazno, se presentan individuos de quilo y achaparrados de litre, además de ejemplares agrupados de Conyza sp.
     
    El sitio propuesto para la instalación de faenas Maitenes y el acceso al camino que va al NNM presenta varios sectores ya intervenidos, donde se registra un matorral dominado por romerillo (Baccharis linearis) y crucero (Colletia hystrix). En aquellos sectores donde las intervención ha sido menor se registra la presencia de un bosque esclerófilo mixto de quillay (Quillaja saponaria) y maitén (Maytenus boaria) con las especies introducidas aromo (Acacia melanoxylon) y ciprés (Cupressus arizonica y C.sempervirens).
     
    La línea base correspondiente a vegetación y flora, se describe en el numeral 2.4.1 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.2.2 Fauna:
     
    De las campañas de terreno realizadas, se obtuvieron los siguientes resultados:
     
    Ventilación (Inyección/Extracción), Cráter Norte y Cráter Sur: destaca la presencia de cóndores (Vultur gryphus) especie vulnerable presente especialmente en el sector Cráter sur y la presencia de Liolaemus altissimus (Rara) en los parches de vegetación altoandina en el sector Cráter Sur. Los ejemplares se restringen a pequeñas áreas que se ubican en una matriz árida.
     
    Infraestructura de apoyo: destaca la presencia de cóndores en el área de Stock Pile.
     
    Botadero Barahona: se registró la presencia de 3 especies de reptiles amenazados en el área Botadero Barahona (Liolaemus schroederi, Liolaemus nigroviridus, Liolaemus lemniscatus).
     
    Trazado camino Quebrada El Durazno-Maitenes: presencia de una importante comunidad de reptiles con problemas de conservación tales como: Liolaemus tenuis, L. lemniscatus, L. curicensis, Callopistes palluma, etc. y micromamíferos amenazados como Abrocoma bennetti, Octodon bridgesi, Abrothrix longipilis y Pseudalopex sp. Por otro lado, se puede observar un gran número de especies endémicas de Chile central como L. monticola, L. nitidus, L. curicensis, O. degus, A. bennetti. Un área particular de presencia de reptiles corresponde a la Quebrada El Durazno, donde se observaron L. tenuis, L. curicensis, L. lemniscatus y L. chiliensis halladas en un área de matorral esclerófilo. Por otro lado, se observaron 2 esteros en el trazado con presencia de Pleurodema thaul, el único anfibio observado en toda el área de influencia.
     
    Botadero Quebrada Pelada: presenta una baja riqueza de especies, dada las condiciones ambientales extremas. Es probable que los elementos faunísticos más sensibles correspondan a reptiles del genero Liolaemus.
     
    Botadero La Isla: se observaron 8 especies con problemas de conservación, 3 reptiles (L. lenmiscatus, L. tenuis y L. monticola), 2 aves (V. gryphus y T. melanosis), aunque fueron observadas lejos del área directa de perturbación y 3 mamíferos (Pseudalopex sp., O. bridgesi y A. longipilis).
     
    Botadero El Durazno: se observó 4 especies con problemas de conservación; el ave Vultur gryphus, el reptil Liolaemus lemniscatus, el cánido Pseudalopex sp y el anfibio Pleurodema thaul.
     
    Taller de Mantenimiento: se observaron 4 especies con problemas de conservación, de ellas, 2 son reptiles (L. lenmiscatus y L. tenuis), un mamífero (Pseudalopex sp.) y un ave (Vultur gryphus).
     
    Instalación de Faenas Los Maitenes: corresponde a un área fuertemente intervenida por el hombre, lo que se refleja en el dominio de especies exóticas en ella.
     
    La línea base correspondiente a fauna se describe en el numeral 2.4.2 Capítulo 2 del EIA y en el Anexo 9 del Adenda Nº 2.
     
    5.2.3 Limnología:
     
    En relación a la calidad física, química y bacteriológica de la columna de agua, se observaron tres tendencias principales: 1) mejor condición de la calidad del agua en invierno en comparación al verano; 2) buena calidad del agua en la estación con mayor altitud del Río Coya (aguas arriba de Sewell) y mala calidad en las estaciones aguas abajo de ésta (río Coya aguas arriba quebrada El Durazno y Río Coya aguas abajo quebrada Barahona) y una leve mejora en la calidad en la última estación en el río Coya (aguas abajo quebrada Los Loros), y 3) buena calidad del agua en las quebradas asociadas al Coya, a excepción de quebrada El Teniente.
     
    En cuanto a la biota, se observó que las comunidades biológicas acuáticas presentaron dos tendencias: 1) baja presencia o ausencia de organismos en el Río Coya, a excepción de la estación ubicada aguas arriba de Sewell, que presentó un número importante de organismos, 2) presencia de organismos de biota acuática en todas las quebradas afluentes del río Coya, a excepción de quebrada El Teniente. En esta última, no se detectó presencia de flora y fauna acuática. La quebrada del Diablo se caracteriza por una biota mínima.
     
    Finalmente, las comunidades de peces y anfibios fueron escasas en términos de riqueza y abundancia, encontrándose solo ejemplares de Trichomycterus areolatus (Bagre Chico) y Pleurodema thaul (Sapito de cuatro ojos), catalogados como vulnerables, y encontradas en la Quebrada La Paula.
     
    La línea base correspondiente a limnología se describe en el numeral 2.4.3 Capítulo 2 del EIA.
     
    5.3 Medio Humano y Construido.
     
    Aún cuando el área de estudio del medio humano está focalizada en la comuna de Machalí, el énfasis se realiza en la ciudad de Machalí y el pueblo de Coya.
     
    El patrón de asentamiento es concentrado y urbano. En efecto, de los 28.628 habitantes con que contaba la comuna, el 83,5% se concentra en Machalí y el 10,2% en Coya; entre ambos contienen el 93,7% y que constituyen la única ciudad y único pueblo respectivamente. La identidad del área de influencia se ha construido alrededor de dos vertientes históricas que aparecen desde muy temprano: la minería y la agricultura.
     
    La línea base correspondiente a medio humano y medio construido, se describe en los numerales 2.5.1, 2.5.2 y 2.5.3 del Capítulo 2 del EIA respectivamente.
     
    5.4 Vialidad.
     
    Los accesos de personas y servicios al Proyecto comienzan en el sector de Maitenes, dónde se construirá un nudo vial para conectar la Carretera El Cobre con el camino de acceso a NNM. El acceso a Maitenes se realizará por la actual Carretera El Cobre que constituye el área de influencia en donde se levantó la línea base Vial.
     
    En la intersección Carretera El Cobre con Av. Bombero Villalobos, el nivel de servicio obtenido en la modelación es D para la hora punta tarde, lo que significa que la intersección está comenzando a presentar inestabilidad en sus flujos, producto del alto volumen de tráfico que la utiliza.
     
    En la intersección Carretera El Cobre con Acceso a Coya, el nivel de servicio obtenido en la modelación es A, lo que implica que ésta presenta holgura en el comportamiento de sus flujos.
     
    En tramos de vía el nivel de servicio actual de la Carretera El Cobre en el Tramo B es B. Este nivel representa una condición de flujo estable con velocidades de operación algo restringidas por las condiciones de tránsito.
     
    El nivel de servicio actual de la Carretera El Cobre en el tramo C es C.  Este nivel presenta una condición de flujo estable.
     
    Los detalles correspondientes a la línea base vial se describe en el numeral 2.6 del Capítulo 2 del EIA y en el Informe de Impacto vial del Proyecto, el cual se presenta en el Anexo 8 del Adenda Nº 1.
     
    5.5 Patrimonio Cultural.
     
    Se identificó la existencia de 11 hallazgos arqueológicos, los que fueron numerados del 01 al 11, todos se encuentran en el área de influencia indirecta de las obras proyectadas, y por lo tanto, no serán afectados. Cabe señalar que el manejo de los hallazgos 09 y 10 quedó establecido en el marco de la R.E. N° 121/08 de la COREMA VI Región.
     
    Asimismo, se concluye la existencia de 8 hallazgos arqueológicos, los que fueron numerados del 12 al 19, todos los cuales se encuentran en el área de influencia indirecta de las obras proyectadas, y por lo tanto, no serán afectados.
     
    Del estudio de línea base de arqueología para el Proyecto Rajo Sur, se concluye la existencia de 3 hallazgos arqueológicos y 1 animita, encontrándose todos ellos cercanos al área de subsidencia del cráter mina, y en el área de influencia directa del Proyecto Rajo Sur. Por tal motivo, las condiciones de manejo de estos hallazgos como también del memorial, quedaron establecidos en la R.E Nº 133/2010, de la COREMA de la VI Región y no serán afectados por el Proyecto NNM.
     
    La línea base correspondiente a patrimonio cultural, se describe en el numeral 2.7 del Capítulo 2 del EIA.
     
    5.6 Paisaje.
     
    Se definieron 3 Unidades de Paisaje, de acuerdo a aspectos morfológicos, características de espacialidad y patrones de homogeneidad. De acuerdo a ello, se señala que dominan paisajes cordilleranos, diferenciados entre sí por las características fisonómicas específicas de los pisos altitudinales a los que corresponden.
     
    Respecto a los valores de calidad visual obtenidos en las unidades de paisaje definidas, éstos se ubicaron en los rangos medios de calidad, tendiendo por su parte los valores asignados a la fragilidad visual, hacia rangos medios y altos.
     
    La línea base correspondiente a paisaje se presenta en los numerales 2.8.5 y 2.8.6 del Capítulo 2 del EIA.
  7. Predicción y evaluación de los impactos ambientales incluidas las eventuales situaciones de riesgo

    Se cuantificaron los impactos considerando la Línea Base y la Descripción del Proyecto, utilizando como metodología la establecida por el procedimiento “Evaluación de los Impactos Ambientales en Proyecto Ingresados al SEIA” (SGP-DDS-AMB-PRO-001) desarrollado por la Dirección de Desarrollo Sustentable de la Vicepresidencia Corporativa de Proyectos de CODELCO Chile, presentado en el Anexo 4-1 del EIA.

    4.1 Identificación de Impactos Ambientales:
     
    En la Tabla 13 del EIA se presenta el impacto ambiental identificado en el Proyecto que dio origen al EIA.
     
    Tabla 13: Impacto ambiental identificado en el Proyecto
     
    Medio
    Componente
    Impactos
    Etapa del Proyecto
    Biótico
    Fauna Terrestre
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del camino Maitenes - Confluencia hasta quebrada El Durazno.
    Construcción
     
    4.2 Descripción, caracterización y calificación de los impactos ambientales:
     
    A continuación, se reproduce la información contenida en la Tabla 4-20 del Capítulo 4 del EIA, donde se presenta el grado de impacto ambiental y su correspondiente significancia según el componente ambiental  para la etapa de construcción del Proyecto.
     
    Tabla 14: Evaluación de impactos para la etapa de construcción
     
    Actividad
    Aspecto Ambiental
    Grado de impacto ambiental
    Significancia
    Contratación mano de obra
    Aumento del empleo a escala local
    Moderado
    No significativo
    Instalaciones de faenas
    Afectación de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción de instalaciones de faena Maitenes
    Moderado
    No significativo
    Alteración de los flujos viales actuales en la Carretera El Cobre con el cruce Coya, producto de la construcción del enlace con el camino del proyecto NNM
    Leve
    No significativo
    Disminución de superficie con vegetación de bosque mixto para la construcción de la instalación de faenas Maitenes
    Leve
    No significativo
    Excavaciones y movimiento de tierras
    Aumento temporal e intermitente de la concentración de material de gases de combustión (CO, NOx, COV) dentro de la norma
    Leve
    No significativo
    Aumento temporal e intermitente de la concentración ambiental de material particulado (MP10)
    Leve
    No significativo
    Aumento de nivel de presión sonora durante la construcción del camino Maitenes – Confluencia dentro de la norma
    Leve
    No significativo
    Alteración de la geomorfología local por los terraplenes y cortes del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno.
    Moderado
    No significativo
    Alteración de la geomorfología local producto de los botaderos de estériles y de marinas.
    Moderado
    No significativo
    Pérdida de sustrato suelo por remoción de capa orgánica por la construcción del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno.
    Moderado
    No significativo
    Disminución de superficie con vegetación por la construcción del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno.
    Moderado
    No significativo
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del camino Maitenes - Confluencia hasta quebrada El Durazno
    Alto
    Significativo
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del taller de mantenimiento El Durazno, Botaderos Barahona y La Isla
    Moderado
    No significativo
    Alteración del hábitat de fauna terrestre por la construcción del camino Maitenes - Confluencia hasta quebrada El Durazno
    Moderado
    No significativo
    Transporte a faenas (personal, materiales, equipos e insumos)
    Aumento temporal e intermitente de la concentración ambiental de gases de combustión (CO, NOx, COV) dentro de la norma
    Leve
    No significativo
    Aumento de los niveles de ocupación de la Carretera El Cobre, tramo Rancagua – Maitenes, y disminución de niveles de seguridad por aumento de flujo vehicular
    Leve
    No significativo
    Construcción de puentes del Camino Maitenes – Confluencia
    Alteración del flujo superficial en las quebradas con puentes y alcantarillas en el camino Maitenes – Confluencia
    Leve
    No significativo
    Excavación Túneles de Acceso NNM
    Alteración de la geomorfología local producto de los botaderos de estériles y de marinas
    Moderado
    No significativo
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del botadero Barahona
    Moderado
    No significativo
      
     
    El impacto “Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del camino Maitenes - Confluencia hasta quebrada El Durazno” durante la etapa de construcción, fue el único clasificado como negativo significativo alto. Lo anterior, porque en el área de influencia del Proyecto se registró la presencia de especies en categoría de conservación en diferentes sectores del camino proyectado, según se detalla a continuación:
     
    -          Trazado camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno: se registró la presencia de al menos 6 especies de reptiles amenazados, entre ellas: Callopistes palluma, Liolaemus monticola, Liolaemus tenuis, Lioalemus nitidus, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus) y de 4 especies de micromamíferos amenazadas (Abrocoma bennetti, Octodon bridgesi, Abrothrix longipilis y potencial presencia de Thylamys elegans), en el tramo entre el sector de Maitenes y Alcaparrosa (ver Figura 12-12 Capítulo 12 del EIA).
     
    -          Puntualmente en la quebrada El Durazno, se registró la presencia de al menos 4 especies de reptiles amenazados: Liolaemus curicensis, Liolaemus tenuis, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus. Las especies se encuentran protegidas de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza (D.S. 05 de 1998, del MINAGRI).
     
    En consecuencia, este impacto sería minimizado mediante el Plan de Rescate y Relocalización de individuos de baja movilidad tales como anfibios, reptiles y micromamíferos, hacia hábitats de similares características alejados de la zona intervenida en forma previa a la construcción o intervención del hábitat.
     
    A continuación, en la Tabla 15 se reproduce la información contenida en la Tabla 4-21 del Capítulo 4 del EIA, donde se presenta el grado de impacto ambiental y su correspondiente significancia según el componente ambiental  para la etapa de operación del Proyecto.
     
    Tabla 15: Evaluación de impactos para la etapa de operación
     
    Actividad
    Aspecto Ambiental
    Grado de impacto ambiental
    Significancia
    Contratación de mano de obra
    Continuidad de capacidad para generar empleos por parte de la DET
    Moderado
    No significativo
    Operación del nuevo nivel de explotación
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por el aumento del área de subsidencia en el área del Cráter sur
    Moderado
    No significativo
    Mejoramiento en la oferta vial a partir del sector de Maitenes hacia el interior de la División El Teniente, tanto para trabajadores como para empresas colaboradoras.
    Leve
    No significativo
    Optimización de los tiempos de traslado de los trabajadores de la mina en el tramo Maitenes – Confluencia
    Moderado
    No significativo
    Operación del sistema de manejo de ACM y ACT
    Alteración de la calidad del agua superficial por la descarga eventual de excedentes de ACM
    Leve
    No significativo
    Operación del sistema de transporte de mineral
    Aumento temporal e intermitente de la concentración ambiental de material particulado (MP10)
    Leve
    No significativo
     
    De esta forma, para la etapa de operación no se identificaron impactos ambientales clasificados como negativo significativo alto.
     
    Por último, en la Tabla 16 se reproduce la información contenida en la Tabla 4-21 del Capítulo 4 del EIA, donde se presenta el grado de impacto ambiental y su correspondiente significancia según el componente ambiental  para la etapa de cierre del Proyecto.
     
    Tabla 16: Evaluación de impactos para la etapa de cierre
     
    Actividad
    Aspecto Ambiental
    Grado de impacto ambiental
    Significancia
    Nuevo Nivel Mina – Desmantelamiento de Instalaciones
    Aumento puntual de aportes de residuos de demolición
    Leve
    No significativo
    Disminución del aporte total de residuos
    Leve
    No significativo
    Nuevo Nivel Mina - Cierre de la mina subterránea
    Disminución de capacidad para generar empleos por parte de la DET
    Alto
    Significativo
    Nuevo Nivel Mina - Manejo de Aguas de Contacto Mina y Túneles
    Riesgo de alteración de la calidad del agua superficial por infiltración de ACM residuales
    Leve
    No significativo
    Camino acceso Maitenes - Confluencia
    Disminución aporte MP 10 por reducción de flujo vehicular
    Leve
    No significativo
    Desmantelamiento infraestructura en superficie
     
     
    Disminución aporte MP 10 por desmantelamiento correa transporte de mineral
    Leve
    No significativo
    Aumento puntual del aporte de residuos de demolición
    Leve
    No significativo
    Disminución del aporte total de residuos
    Leve
    No significativo
    Botaderos de estériles - excavaciones
    Disminución del aporte de MP10 por revegetación natural del botadero
    Leve
    No significativo
     
    Respecto de la evaluación de impactos para la etapa de cierre, si bien el Titular identificó la “Disminución de capacidad para generar empleos por parte de la DET” como significativo, esta Dirección Ejecutiva considera que dicho impacto, no corresponde a un impacto ambiental propiamente tal y por lo tanto no corresponde presentar  medidas de mitigación, reparación y/o compensación.
     
  8. Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación

    7.1 Plan de Medidas de Mitigación:

     
    A continuación, en la Tabla 17 se presenta el Plan de Medidas de Mitigación del Proyecto. 

    Tabla 17: Plan de Medidas de Mitigación del Proyecto 

    Etapa de Construcción
    Impacto: Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del camino Maitenes - Confluencia hasta quebrada El Durazno.
     
    En el levantamiento de información de terreno para la elaboración de la Línea Base del componente fauna para el Proyecto, se registró la presencia de al menos 6 especies de reptiles amenazados en el área Callopistes palluma, Liolaemus monticola, Liolaemus tenuis, Lioalemus nitidus, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus y de 4 especies de micromamíferos amenazadas Abrocoma bennetti (ver Figura 12-12 Capítulo 12 del EIA), Octodon bridgesi, Abrothrix longipilis y potencial presencia de Thylamys elegans, en el tramo entre el sector de Maitenes y Alcaparrosa.
     
    Por su parte, puntualmente en la quebrada El Durazno, se registró la presencia de al menos 4 especies de reptiles amenazados Liolaemus curicensis  (ver Figura 12-13 Capítulo 12 del EIA), Liolaemus tenuis, Liolaemus chiliensis, Liolaemus lemniscatus.
     
    Las especies se encuentran protegidas de acuerdo al actual Reglamento de la Ley de Caza (DS 05/98).
     
    Al respecto, el Titular implementaría un Plan de Rescate y Relocalización de fauna en categoría de conservación, según se describe a continuación:
     
    Sitios de relocalización
     
    En la Figura 12-14 Capítulo 12 del EIA, se ilustra el esquema metodológico planteado para la definición de los ambientes donde se ejecutaría la relocalización de la especie objetivo del Plan de Rescate de Vertebrados Terrestres.
     
    Sitios de Muestreo y Métodos de captura
     
    Los ejemplares fueron detectados a lo largo del área de Proyecto. Debido a que se trataría de un área grande (trazado de aproximadamente 8 kms), con una obra de carácter lineal, es que las actividades de rescate se ejecutarían en todas aquellas zonas con mayor potencial de presencia de fauna dentro del área de estudio como serian; quebradas, matorrales, roqueríos y se consideraría un baffer de 100 metros entorno al camino proyectado.
     
    Las actividades de rescate se realizarían en primavera-verano, cuando existe mayor actividad de estos animales. Se realizarían esfuerzos de captura entre las 9:00 y 18:00 horas.
     
    La técnica de captura para reptiles comprendería capturas con lazos de nudo escurridizo y manual. Los reconocimientos de reptiles se ejecutarán en transectas de 100 x 10 m, con el objetivo de poder determinar densidades relativas y de este modo realizar comparaciones por esfuerzo de captura. En el caso de micromamíferos, se dispondrían 120 trampas sherman estándar (dos noches por estación de muestreo) y 60 trampas sherman grandes para micromamíferos de talla media. Se estima un total de 10 días para cubrir los sitios de mayor relevancia dentro del área de estudio.
     
    Manejo y Traslado
     
    Los ejemplares más grandes de reptiles colectados serían depositados en bolsas de género y los más pequeños en recipientes plásticos con ventilación, cada bolsa o recipiente contendrían no más de 3 individuos. En el caso de los micromamíferos, serían trasladados en las mismas trampas, reduciendo su manipulación. Dentro de los aspectos rutinarios del manejo estaría el chequeo frecuente del estado de salud y se registrarían aspectos tales como: peso, talla, sexo e identificación específica.
     
    Marcaje y Liberación
     
    Los individuos capturados, previo a su relocalización, serían identificados y fotografiados. En el caso de reptiles, los procedimientos se realizarían al interior de un terrario de policarbonato transparente de 70x50x40 cms, tapado con una malla en su parte posterior.
     
    Para el monitoreo se marcarían los animales con microchips electrónicos para su seguimiento, factible para aquellos de talla media a grande. En el caso de micromamíferos, la técnica de marcaje correspondería al uso de crotales de aluminio con identificación específica.
     
    Monitoreo
     
    Se efectuará un primer monitoreo a los 15 días posteriores del rescate y 30 días después. Posteriormente, realizaría un monitoreo cada cuatro meses durante un año, coincidente con cada estación del año favorable para reptiles (primavera, verano, otoño). Se buscaría registrar la recaptura de los ejemplares rescatados.
     
    Adicionalmente, se marcarían individuos locales de las áreas de monitoreo, pues ellos servirían como grupo control (tasas de recaptura por ejemplo). Con ello, se esperaría poder dar cumplimiento a la medida y generar información relevante para la especie.
     
    Indicadores del éxito del rescate
     
    El éxito se expresaría en función del número de animales capturados por superficie. Los indicadores serían: tasa de captura (expresada en superficie, en relación a animales que escaparon, en comparación a antecedentes de la Línea Base) y tasa de sobrevivencia en el rescate.
     
    Comunicación de Resultados
     
    Una vez que se decidan los sitios de relocalización, se definirían con mayor precisión los puntos de liberación, donde se concentrarán los esfuerzos de monitoreo, los que serán informados al SAG para su validación.
     
    El informe con los resultados de los monitoreos, se enviarían al SAG y a la Autoridad Ambiental a más tardar un mes después que se efectúe la visita a terreno.
     
    Mayores detalles del Plan de Rescate y Relocalización de fauna en categoría de conservación se presentan en el literal c) del Anexo 5-1 del EIA.
    Durante la construcción del camino Maitenes – Confluencia, y con la finalidad de no alterar el hábitat de fauna terrestre, el Titular informa que dentro del marco del PAS del artículo 102 del Reglamento SEIA, se revegetaría con especies nativas aquellas áreas degradadas producto de la construcción del camino, y que actualmente corresponden a praderas. Lo anterior, permitiría recuperar hábitats que no eran preferentes para la fauna local, y la posibilidad de nuevos nichos disponibles para repoblación de fauna. Al respecto, cabe señalar Durante la rehabilitación se mantendrá un Plan de Rescate y Relocalización con el correspondiente seguimiento de las comunidades terrestres de baja movilidad, de modo de evaluar el grado de recolonización.
    Se realizaría capacitación técnica a los jefes de área, supervisores de terreno y capataces, sobre las especies de fauna en el área del Proyecto y que presentan valor biológico dado su estado de conservación y la fragilidad o vulnerabilidad de su hábitat. Además, se capacitaría sobre la prohibición de desarrollar actividades de caza, no recoger y/o mover huevos y crías presentes en el área (en caso de encontrarse), no espantar aves, prohibición de introducir animales domésticos y no alimentar a la fauna silvestre.
     No se circularía fuera de los sectores habilitados para las obras o caminos relativos al Proyecto. En los caminos de acceso como en los caminos interiores del Proyecto, se circularía a una velocidad baja y con precaución, con el objetivo de no afectar a la fauna que se cruce en la vía. No se arrojaría basura en sitios no habilitados para ello.
    Previo a la habilitación de los frentes de trabajo, y posterior a la ejecución del Plan de Rescate y Relocalización de los ejemplares de reptiles y micromamíferos, se efectuarían actividades de perturbación controlada de modo de generar que el resto de la fauna no relocalizada se ubique por sus medios fuera del área de trabajo.
    Sólo estaría permitido acceder a los frentes de trabajos a través de los caminos de construcción habilitados, impidiendo la intervención de otras áreas.
     Para disminuir el factor de fragmentación de las poblaciones especialmente en fauna de baja movilidad, el Titular consideraría la construcción de puentes para el cruce de las quebradas principales y de obras de arte para atravesar las quebradas menores. Para verificar la eficiencia de estas medidas se realizaría un monitoreo de marcaje-recaptura de reptiles, comenzando en la etapa de construcción del camino. Para realizar dicha actividad se solicitaría el permiso en forma sectorial.

    7.2 Otras acciones consideradas en el Proyecto:

     7.2.1 Durante la etapa de construcción, y con la intención de aumentar la superficie con vegetación producto de la construcción del camino Maitenes – Confluencia, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se revegetarían 56,9 ha, utilizando principalmente especies autóctonas generadas a partir de germoplasma local. De la superficie señalada, aproximadamente 20 ha serían consideradas en el Plan de Trabajo de formaciones xerofíticas a presentar producto de la corta de este tipo de vegetación por el Proyecto, en tanto que la superficie restante se distribuiría en áreas en el entorno al camino Maitenes – Confluencia, botaderos de detritos y en taludes y cortes. En respuesta 6.3 del Adenda Nº 1, el Titular aclara que dicho Plan se referiría a la plantación de una superficie equivalente a la que el Proyecto afectaría, considerando una composición florística similar a la existente.
     
    7.2.2 Durante la etapa de construcción, con la finalidad de atenuar el aumento temporal e intermitente de la concentración ambiental de material particulado (MP10), el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se realizaría un control de fuentes móviles, por medio de la utilización de maquinaria y vehículos con emisiones certificadas, control de las revisiones técnicas de los camiones y vehículos, apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar, control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, exigencia a los contratistas de actividades periódicas de inspección/mantención de los vehículos, maquinarias y equipos.
     ·         Los camiones que transportarían el material para la construcción de las diferentes obras cumplirán con las disposiciones del D.S. Nº 75, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.
     ·         En el transporte de los materiales de excavación serían debidamente humectados y cubiertos, con el objeto de controlar y minimizar las emisiones de material.
     ·         Los terrenos y accesos no pavimentados, afectos al tránsito de vehículos, serían humectados conforme a las condiciones ambientales existente diariamente y en función al avance de las obras, a lo menos tres veces al día.
     ·         La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizaría humectando previamente la superficie del suelo.
     ·         Se estabilizaría y compactarían las huellas para el tránsito de maquinaria y vehículos a los frentes de trabajo.
     ·         Se controlaría la velocidad a través de una adecuada señalética, para los vehículos que transiten por caminos no pavimentados.
     ·         Se instalarían cercos de malla raschell en puntos de acopio temporal de material de excavación a botadero, y de gomas protectoras, tipo mantas cobertoras de superficie, para evitar proyección de partículas y emisiones en los frentes de tronadura.
    ·         Se exigiría en las bases de licitación la disposición de materiales de excavación y/o escombros sólo en áreas habilitadas y autorizadas, con el objetivo de no aumentar la concentración de material particulado.
     ·         Se utilizarían procesos húmedos para clasificación y manejo del material de excavación y/o rellenos.
     
    7.2.3 Durante la etapa de construcción, con la intención de atenuar el aumento temporal e intermitente de la concentración ambiental de gases (CO, NOx, COV), el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se utilizaría maquinaria y vehículos con emisiones certificadas, control de las revisiones técnicas de los camiones y vehículos, apagado de motores mientras los vehículos y maquinarias estén detenidos y sin operar, control de las velocidades de circulación al interior de las faenas, exigencia a los contratistas de actividades periódicas de inspección/mantención de los vehículos, maquinarias y equipos.
     ·         Sólo podrían desempeñarse en obra vehículos que tengan revisión técnica al día, por lo tanto, todos los vehículos asociados acreditarían el cumplimiento de la normativa de emisiones.
     ·         Los motores de los equipos de construcción serían inspeccionados regularmente y mantenidos de forma que se minimicen las emisiones de gases y los humos. La documentación de la inspección se mantendría en la instalación de faena y sería responsabilidad de cada contratista tenerla disponible.
     
    7.2.4 Durante la etapa de construcción, y con la finalidad de no provocar la alteración de la geomorfología local por los terraplenes y cortes del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Para evitar la posible erosión de las zonas que fueron definidas con alto riesgo de activación de procesos erosivos, producto de condiciones atmosféricas como: viento, lluvia, nieve, etc, se conformarían taludes en los costados de las excavaciones en forma de terraza, con una adecuada pendiente vertical y berma entre terrazas, de manera de hacerlo estable en condición estática y dinámica.
     ·         Además, se contemplaría un proyecto de saneamiento y drenaje de la plataforma del camino, y de los taludes que la conforman, que consideraría el diseño de fosos y contrafosos sin revestir, para conducir las aguas lluvias hasta las obras de arte de evacuación de aguas lluvias. En todos los sectores de corte se consideraría el diseño de cuneta revestida y para los terraplenes más altos, y especialmente aquellos con peralte, se proyectaría una solera al borde de la berma para proteger los terraplenes (mayores detalles en respuesta 6.1 del Adenda Nº 1).
     
    7.2.5 Durante la etapa de construcción, con el objeto de no provocar la pérdida de suelo por remoción de capa orgánica debido a la construcción del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno, el Titular implementaría la segregación del material de escarpe del camino proyectado del resto de material de excavación. Este material sería utilizado en los taludes de los terraplenes del camino de acuerdo al avance en la construcción de éste, con el fin de conservar las propiedades del material, y como cobertura final en los botaderos de detritos.
     
    7.2.6 Durante la etapa de construcción, para enfrentar la disminución de superficie con vegetación por la construcción del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se consideraría una intervención para la construcción del camino en una faja de 40 m (20 metros a cada lado del eje), procurando disminuirla donde sea posible de acuerdo a las condiciones del terreno.
     ·         Se estaría permitido acceder a los frentes de trabajos sólo a través de los caminos de construcción habilitados, impidiendo la intervención de otras áreas.
     ·         Se realizaría capacitación técnica a los jefes de área, supervisores de terreno y capataces, sobre las especies vegetales en el área del Proyecto, y que presentan valor biológico, dado su estado de conservación y la fragilidad o vulnerabilidad. Además, se instruiría a los trabajadores acerca de la prohibición de extraer ejemplares vegetales, sus flores y/o frutos.
     
     ·         En respuesta 4.13 del Adenda Nº 1, el Titular aclara que aun cuando la especie llaretilla (Laretia acaulis) se encuentra en la categoría de Fuera de Peligro según el D.S. N° 51, de 2008, del MINSEGPRES y considerando que el Proyecto sólo afectaría un parche de vegetación aislado donde se registran ejemplares con una baja densidad (1 a 5% de cobertura) en el sector del Cráter Sur, se implementarían las siguientes acciones tendientes a mejorar el conocimiento de la especie a nivel local:
     
    -          Estudio de distribución geográfica y abundancia de la especie en la cuenca del Río Coya, de modo de generar un mapa de distribución local.
    -          Estimación del número de individuos de la especie que actualmente se desarrollan en esta cuenca.
    -          Plan piloto para la reproducción de la especie a partir del rescate de germoplasma del área proyectada para la subsidencia del Proyecto.
    -          Plan piloto de plantación de la especie en ambientes propicios para su crecimiento en la cuenca del río Coya, y que no sea afectados por el Proyecto. Se propone el sector de Chapa Verde como principal área de plantación.
     
    7.2.7 Durante la etapa de construcción, con la finalidad de no provocar la alteración de la geomorfología local producto de botaderos de estériles y de marinas, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         A modo de generar la incorporación de los botaderos a las geoformas de cada sector, tanto para los de detritos de excavación como para los de estériles no mineralizados, se incluirían las siguientes acciones:
     -          Manejo y suavizado de las pendientes de modo de conformar un talud estable en condición estática y dinámica.
    -          Cubrimiento del botadero con el material de escarpe rescatado desde las áreas de movimiento de tierra.
    -          Revegetación del botadero con especies perennes adecuadas a las condiciones ambientales donde se desarrolle cada uno.
     ·         A modo de generar la incorporación del botadero a las geoformas de cada sector, particularmente para los botaderos de marinas se incluirían las siguientes acciones:
     -          Manejo y suavizado de las pendientes de modo de conformar un talud estable en condición estática y dinámica.
    -          Cubrimiento del botadero con una membrana impermeable.
     
    7.2.8 Durante la etapa de construcción,  para enfrentar el aumento en los niveles de ocupación de la Carretera El Cobre, tramo Rancagua - Maitenes, y disminución de niveles de seguridad por aumento del flujo vehicular, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se programarían los viajes generados/atraídos por el Proyecto, en especial aquellos de alta recurrencia (transporte de personal) o que impliquen requerimientos especiales (transporte de equipos de gran tamaño). De forma complementaria, se privilegiarían las horas fuera de punta para la recepción de insumos o el despacho de residuos.
     ·         Se solicitaría a la Dirección Regional de Vialidad la autorización para la circulación de vehículos con sobrepeso y sobredimensión por calles o caminos públicos antes que el transporte sea efectuado, y se coordinaría con Carabineros de Chile para el transporte de equipos/piezas de gran tamaño.
     ·         En respuesta 6.2 del Adenda Nº 2, se hace referencia al Anexo Nº 11 del Adenda Nº 2, donde se presenta el documento “Análisis Paraderos Sistema de Transporte de Personal de Codelco División El Teniente”, que contiene las respuestas sobre la cantidad de paraderos, tiempo de subida y bajada de pasajeros, y número de usuarios en cada parada. Respecto al uso de paraderos de transporte público, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    -          Se mejorarían doce paraderos en la comuna de Rancagua y se construiría un paradero en la comuna de Machalí. Se presentaría un proyecto a la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, y a las respectivas Municipalidades para la ejecución de dichas mejoras, previa aprobación.
    -          Se establecería un convenio con la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, para estudiar en conjunto, mejoras en la gestión de las paradas existentes en el Sistema de Transporte de Personal de Codelco División El Teniente, tales como su racionalización, localización y el mejoramiento en su infraestructura y señalización.
    -          Se implementaría el proyecto “Intermodalidad Bici-Metrotren”, que consistiría en una estación intermodal de bicicletas en la estación de Metrotren de Rancagua, y el proyecto complementario “Estacionamiento para Bicicletas en Plaza Los Héroes” de Rancagua.
     
    7.2.9 Durante la etapa de construcción, con el objetivo de resguardar los hallazgos arqueológicos del Patrimonio Cultural, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Postura de un cerco permanente y señalética de resguardo en los hallazgos 01, 02, 06, 07, 08, 11, 13, 14, 16, 17 y 18 considerando un buffer de 10 metros en torno a la última línea de dispersión de material cultural, el cual sería supervisado por un arqueólogo. El cerco se implementaría antes de las obras de construcción del Proyecto.
     ·         Inducción arqueológica sobre el patrimonio cultural, destacando la importancia del cuidado de los sitios y la forma de proceder antes un hallazgo arqueológico, a todo el personal de trabajo, el cual sería realizado por un arqueólogo o Licenciado en Arqueología.
     ·         Monitoreo arqueológico periódico del estado de los cierres y de los sitios durante la fase constructiva del Proyecto.
     ·         Implementación de una inspección visual arqueológica del área a reforestar, a informar de los resultados de dicha actividad y la adopción de las acciones según correspondan en caso de hallazgos, las cuales serían visada por el Consejo de Monumentos Nacionales.
     ·         Envío de un informe al Consejo de Monumentos Nacionales una vez instalados los cercos, la señalética y la inducción arqueológica del personal, a más tardar un mes después de ejecutadas.
     ·         Envío de un informe periódico (semestral) sobre el estado de los cierres y los sitios arqueológicos cercados.
     
    7.2.10 Durante la etapa de operación, con la finalidad de enfrentar el aumento temporal e intermitente de la concentración de material particulado MP10 en el sector del sistema de transporte de mineral en superficie, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se instalaría un sistema de abatimiento de emisiones en cada estación de transferencia del sistema de transporte de mineral entre Confluencia y Colón. Cada uno de estos sistemas estaría compuesto por ventilador, filtro de mangas, campanas de captación y ductos de conducción del polvo, y su eficiencia se estima en un rango 95% a 99,5%.
     ·         La correa de transporte de mineral sería instalada al interior de una galería de estructura metálica y el sector de acopio de mineral se realizaría dentro de una estructura metálica cerrada.
     ·         La circulación de vehículos se realizaría por vías pavimentadas y en adecuado estado de mantención. Se exigiría al contratista el cumplimiento del reglamento del tránsito para el ingreso de vehículos y equipos al interior de la DET, esto es, se exigiría la revisión técnica y certificado de emisión de gases al día.
     
    7.2.11 Durante la etapa de operación, y con la finalidad de no provocar la alteración de las aguas del Río Coya por eventual descarga de ACM de excedente, el Titular implementaría las siguientes acciones:
     
    ·         Se utilizaría soda cáustica para el proceso de neutralización de las ACM (ver respustas1.25 y 6.2 del Adenda Nº 1).
     ·         Se entregaría un informe semestral del Plan de Monitoreo de esta variable ambiental que incluiría: frecuencia de monitoreo, caudales, punto de monitoreo aguas arriba de la descarga (punto AA), punto de monitoreo aguas abajo de la descarga de ACM (punto D-0), monitoreo de la descarga previo a la entrada en funcionamiento de la planta de tratamiento de neutralización (sin tratamiento) y después del tratamiento y previo a la descarga al río Coya (con tratamiento); parámetros a monitorear (metales como elementos totales) y sus respectivos límites que aseguren la calidad del agua superficial (ver detalle en respuesta 7.2 del Adenda Nº 2).
     ·         Se señala que la concentración resultante en el Río Coya cumplirá con los parámetros a monitorear y límites en CO-10 y CA-30 del Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del Río Cachapoal (ver Tabla 1 del Adenda Nº 3).
     
    7.2.12 Durante la etapa de cierre, y para enfrentar la disminución de capacidad para generar empleos por parte de la DET, el Titular implementaría en forma previa al cierre, un Plan de reinserción y reconversión laboral para sus trabajadores.
  9. Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes

    8.1 Medidas de prevención de riesgos ambientales.

    8.1.1 Medidas generales prevención de riesgos:

    En la Tabla 18 del presente Informe, se presentan las medidas generales de prevención de riesgos propuestas por el Titular.
     
    Tabla 18: Medidas generales de prevención de riesgos 

    Medida general
    Prevención de riesgos
    Operación y mantención de los equipos y materiales
    - La operación y mantención preventiva y correctiva de las maquinarias, materiales y equipos a utilizar en el Proyecto, sería realizada por personal calificado, capacitado y entrenado para ejercer estas funciones.
    Elaboración de un Programa Interno de Prevención de Riesgos Ambientales y Control de Accidentes
    - El Titular exigiría a sus contratistas de obras un Programa Interno de Prevención de Riesgos Ambientales y Control de Accidentes, el cual sería aplicado en todas las etapas de desarrollo del Proyecto.
    Prohibición de utilizar fuego
    - Se establecería la prohibición de utilizar fuego en los frentes de trabajo. Por su parte, las actividades tales como: soldaduras o las que requieran utilizar una fuente de calor o fuego directamente, dispondrían de extintores y elementos para el primer combate del fuego.

    8.1.2 Medidas de prevención según riesgos identificados:
     
    A continuación, en la Tabla 19 se indican las medidas de prevención de riesgos que se aplicarían durante las diferentes etapas del Proyecto.
     
    Tabla 19: Medidas de prevención de los riesgos identificados en el Proyecto 

    Riesgo
    Actividad / Etapa
    Medidas de Prevención
    Riesgo de alteración de la napa subterránea y alteración físico-química del suelo por filtraciones en el botadero de marinas.
     
    Botadero de marinas / Construcción,  Operación y Cierre
    - Emparejamiento y sellado de la base del botadero mediante lámina de HDPE.
    - Encapsulamiento del botadero mediante el sellado de su superficie con un recubrimiento de una lámina de HDPE, con el fin de evitar la infiltración de agua.
    -  Se construiría un sistema de drenaje francés perimetral del botadero (ver respuestas 1.8 del Adenda Nº 1 complementado en respuesta 1.4 del Adenda Nº 2).
    - Se consideraría un monitoreo semestral de la calidad de agua subterránea desde el inicio de la operación del botadero de marinas, mediante pozos de sondajes fijos aguas abajo del botadero y en la quebrada Barahona. El detalle de este plan de monitoreo se presenta en el Capítulo 6 del EIA.
    - En la Etapa de cierre del Botadero Barahona, se recubrirá superficialmente con el objeto de evitar y minimizar la infiltración de aguas y nieve que pudieran reaccionar con el material de excavación de túneles con características mineralizadas, generando aguas ácidas. El recubrimiento superficial sería adicional a la instalación de carpetas impermeables localizadas en la base del Botadero, quedando efectivamente encapsulado (ver respuesta 1.7 del Adenda Nº 1).
    Riesgo de alteración de la calidad del agua superficial por descarga de excedentes de aguas de contacto mina (ACM)
     
    Descargas de excedentes de aguas de ACM / Operación
    - La solución de manejo de ACM se ha diseñado para un 10% de probabilidad de excedencia del caudal medio diario máximo.
    - El caudal de ACM excedente al sistema sería descargado al cauce del Río Coya previa neutralización (ajuste de pH a través de planta soda caústica) en el sector de Confluencia.
    - El Proyecto contemplaría una piscina de emergencia para acumular las ACM en casos de falla del suministro eléctrico.
    Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos
     
    - Establecimiento de áreas de exclusión arqueológica, las cuales estarían físicamente demarcadas y protegidas en terreno mediante un cerco, y se prohibiría el ingreso.
    - En las instalaciones de faena se dispondría de un plano de dichas áreas superpuesto al plano de las obras, de modo de identificar la ubicación de los sitios detectados respecto de las áreas de trabajo.
    - A cada empresa contratista que desarrolle actividades constructivas en los frentes de trabajo se le exigiría la presencia en terreno de un encargado ambiental quien velaría por el cumplimiento de estas medidas.
    - La implementación de estas medidas sería verificada a través del supervisor ambiental, que formará parte de la Inspección Técnica de Obras del Titular.
    - Se supervisaría las actividades de movimiento de tierra como medida preventiva en caso de detectar nuevos hallazgos arqueológicos.
    - Se realizarían charlas de inducción al personal, enfatizando la importancia de los sitios arqueológicos.
    - Se indicarían las áreas de trabajo, las áreas de tránsito y las áreas excluidas, haciendo mención de la absoluta prohibición de ingreso a éstas y de disturbar o intervenir los sitios presentes en el área.
    - Se crearía un protocolo o procedimiento en caso de que un trabajador encuentre algún objeto con valor patrimonial, el cual dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales y en su reglamento.
    Riesgo de incendio en el área de faenas
    Construcción
    - Los trabajadores se regirían por las medidas y obligaciones establecidas por el Titular del Proyecto, para minimizar el riesgo de incendio.
    - Se utilizarían criterios de diseño que considerarían la localización y factores estructurales de seguridad.
    - Las instalaciones del Proyecto contarían con sistemas de detección de incendios acorde con sus características estructurales y de funcionamiento.
    - En las instalaciones del Proyecto se dispondría de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.).
    - El manejo de combustible se realizaría de acuerdo a los procedimientos establecidos.
    - En las áreas circundantes de almacenamiento de combustibles se prohibiría encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas.
    - Se realizarían capacitación a los trabajadores en el manejo de sustancias peligrosas en el procedimiento de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios.
    - En caso de incendio se procedería de acuerdo al plan de control de accidentes.
    Riesgo por accidentes de tránsito asociados al Proyecto
     
    / Construcción, Operación y Cierre
    - Se capacitaría a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito de la DET y sobre el procedimiento de emergencia en caso de accidentes de tránsito.
    - El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, sería personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigiría licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito.
    - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarían con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente. Al interior de la División, estos vehículos contarían con escolta.
    - Se implementaría la señalización adecuada en el área de construcción y bandereros en las intersecciones que presenten mayor riesgo de accidente, las que serían identificadas por el experto en Prevención de Riesgos en la faena.
    - Los atraviesos peatonales existentes se mantendrían permanentemente habilitados durante la ejecución de las obras.
    - Se dispondría señalización especial en los lugares de acceso a las áreas de trabajos. Para ello se utilizarían señales, barreras, luces intermitentes eléctricas y cilindros delineadores.
    - En toda la vialidad inmediatamente cercana al Proyecto, la velocidad se restringiría y se estipularía en los respectivos Planes específicos de Obras.
    - La maquinaria y vehículos que operen en las áreas de trabajo se mantendría en óptimas condiciones de funcionamiento.
    - En caso de accidente se procedería de acuerdo al plan de control de accidentes.
     
    Riesgo por derrame de sustancias peligrosas.
     
    / Construcción y Operación
    Las medidas de seguridad asociadas al transporte serían las siguientes:
    - El transporte de sustancias peligrosas se realizaría en camiones que reunieran condiciones especiales de seguridad (D.S. Nº 298, de 1994, del MINTRATEL).
    - El transportista o conductor poseería la licencia adecuada, y la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas.
    - Los conductores de los vehículos de transporte contarían con la capacitación en relación al manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluyendo la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas).
     
    Las medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación serían las siguientes:
     
    - Se capacitaría al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas.
    - Se dispondría de un área especial de almacenamiento para estos materiales, la cual estaría debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes.
    - Los tambores de combustibles y aceite se dispondrían sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos.
    - Se dispondría de elementos que permitieran la contención de derrames de mediana magnitud.
    - La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se haría en un área previamente definida, demarcada y de acuerdo con los procedimientos internos de la DET.
    - Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción, se requeriría de petróleo Diesel, que sería abastecido por empresas distribuidoras, mediante la instalación estanques y surtidores en las instalaciones de faena.
    - En caso de derrame se procedería de acuerdo al plan de control de accidentes.
    Riesgos de accidentes laborales y/o emergencias médicas
     
    / Construcción y Operación
    - Se evaluaría permanentemente la efectividad de los sistemas de riesgos, ocupacionales y operacionales, con la finalidad de realizar las mejoras correspondientes para garantizar una operación segura desde el punto de vista laboral, técnico y ambiental. Para estos efectos, la DET levantaría un detallado inventario de peligros y evaluación de riesgos y realizaría un estricto control en las operaciones críticas.
    Riesgo por eventos naturales
     
    / Construcción y Operación
    - Se dispondría de planes de evacuación del personal para estos eventos.
    - Las construcciones se llevarían a cabo cumpliendo la normativa antisísmica vigente.
    Riesgo de accidentes en el manejo de explosivos.
     
    / Construcción, Operación y Cierre
    El manejo de explosivos se realizará de acuerdo a lo establecido en el reglamento interno de la DET para el Transporte, Almacenamiento y Manejo de Explosivos (mayores detalles en el Anexo 1-3 del EIA). A modo general, se establece lo siguiente:
    - Solamente pueden transportar, usar y/o administrar explosivos y accesorios las personas autorizadas, con la licencia vigente para manejo de explosivos extendida por parte de la autoridad fiscalizadora estatal, que corresponda a su especialidad. Esta situación sería verificada por el supervisor a cargo de la operación, antes de efectuar alguna actividad con explosivos.
    - El supervisor a cargo de la operación en donde se utilizan explosivos y accesorios, tendría conocimientos suficientes e instruiría a su personal en toda la reglamentación de explosivos de su ocupación.
    - Se prohibiría estrictamente fumar, mantener llamas abiertas, manejar herramientas o elementos que puedan producir chispas al transportar, manejar o almacenar explosivos.
    - En presencia de restos de explosivo, se prohibiría efectuar cualquier operación que no esté orientada a la eliminación de los mismos.
    - Después de toda tronadura se procedería a ventilar, regar, acuñar la frente o lugar de disparo, verificando que no haya tiros quedados.
    - En toda operación con explosivos y accesorios se emplearía el personal necesario según Carta de Instrucción del Área.
    - Se prohibiría conectar los detonadores antes de dar término al carguío de la frente o de colocar cargas en los tiros.
    - Se quemarían disparos con guías compuestas en reemplazo de elementos de retardos, cuando se utilice secuencia de salida tiro a tiro, en este caso se esperaría 30 minutos antes del retorno.
    - Se prohibiría a toda persona usar ilícitamente los explosivos y accesorios o llevarlos a sitios ajenos a los autorizados.
    - Todos los envases vacíos utilizados en las actividades de tronadura, serían revisados y retirados del frente y de los lugares de redistribución de explosivos, con el fin de devolverlos al polvorín, para que el personal autorizado por Gerencia de Minas, proceda a su eliminación de acuerdo a los procedimientos reglamentarios establecidos.
    - Las cajas vacías se entregarían totalmente desarmadas para evitar que quede cualquier resto de explosivos en su interior.
    - Estaría estrictamente prohibido volver a examinar un tiro fallido, antes de 30 minutos a lo menos, siempre que las condiciones ambientales lo permitan.
    Riesgo de incendios o explosiones por manejo de materiales inflamables y/o combustibles.
     
    / Construcción, Operación y Cierre
    En el documento ABA-P-004 de la DET se establecen los procedimientos para la recepción de combustibles, donde se desprenderían las siguientes medidas:
    - Todos los camiones que ingresen a la DET con combustibles serían sometidos a la revisión de sellos y fugas, primero en las barreras de control y luego en el sitio de descarga.
    - El transporte y descarga de combustibles se realizaría cumpliendo las medidas de seguridad indicadas en la norma NCh 393. Of.60.
    - El lugar de descarga se exhibiría un letrero “Peligro descargando combustible, No Fumar”, y se dispondría de a lo menos, un extintor del tipo ABC.
    - No se manipularía combustible si existiera en el sector: llamas, enchufes mal conectados, señales luminosas abiertas, estufas encendidas, gente fumando, etc.
    - Se descargaría combustible siempre y cuando los resultados de las revisiones y disposiciones establecidas en el documento ABA-P-004 sean cumplidas.
    Riesgo de vertimiento o derrame de sustancias peligrosas durante su transporte a las instalaciones del Proyecto
     
    / Construcción, Operación y Cierre
    - La DET cuenta con un instructivo para el control de emergencias en el transporte de sustancias peligrosas.
    - El personal de la Unidad Protección industrial controlaría que el transporte de sustancias peligrosas (desde o hacia la DET) en los puestos de control (barreras), cumpla con lo establecido en las normativas internas y legislación vigente.
    - Las sustancias peligrosas se etiquetarían con la identificación de riesgo en el transporte de los productos que ingresan o sean despachados desde DET.
    - Se capacitaría al personal de Protección Industrial, en los contenidos del instructivo para el control de emergencias en el transporte de sustancias peligrosas.
    - Se controlaría a los vehículos que transportan cargas peligrosas y que ingresan a dependencias de la DET a través de los diferentes puestos de control, según pautas de control general y específicas (Explosivos, Radiactivos, Gases, Peróxido de Hidrógeno, Ácido Sulfúrico, etc.) y de acuerdo con instructivos, normas, reglamentación interna y nacional.
    - Se mantendría instruido a todo el personal involucrado en el control del transporte de cargas peligrosas o emergencias relacionadas con ellas, mediante la incorporación de material básico en su programa de capacitación regular.
    - Se utilizarían sólo las sustancias peligrosas aprobadas para su empleo en el interior mina ó superficie.
    - Se cumplirían las disposiciones relativas al manejo integral de las sustancias peligrosas, sus envases y residuos.

    8.2 Plan de control de accidentes.
     
    8.2.1 Medidas generales de control de accidentes:
     
    En la Tabla 20 se presentan las medidas generales de control de accidentes propuestas por el Titular.
     
    Tabla 20: Medidas generales de control de accidentes 

    Medida general
    Control de accidente
    Reglamento de Tránsito
    - La DET cuenta con un Reglamento de Tránsito que sería aplicable al Proyecto (ver Anexo 8-1 del EIA).
    Reglamentos corporativos
    - CODELCO dispone de reglamentos corporativos de Seguridad y Salud Ocupacional (ver Anexo 8-2 del EIA), y con un sistema de gestión de Salud y Seguridad Ocupacional (ver Anexo 8-3 del EIA) que sería aplicable en actividades de operación, y por lo tanto, sería implementado en el Proyecto.
    - Ambos reglamentos, con la finalidad de conducir las actividades de construcción y operación del NNM de manera de asegurar la protección de los trabajadores, instalaciones, pobladores y del entorno.
    Presencia de expertos en terreno
    - Su presencia sería para implementar y supervigilar que los diferentes trabajos y operaciones unitarias sean realizados y garanticen la seguridad de los trabajadores que laboran en las diferentes tareas asociadas al Proyecto y/o personas que directamente o indirectamente puedan verse afectadas.
    Evaluación de la efectividad de los sistemas de riesgos operacionales
    - Se evaluaría permanentemente la efectividad de los sistemas de riesgos operacionales, de tal forma de hacer las mejoras correspondientes para garantizar una operación segura desde el punto de vista técnico y ambiental. Para estos efectos, la DET levantaría un detallado inventario de peligros y evaluación de riesgos y realizaría un estricto control en las operaciones críticas.
    Investigación de la emergencia
    - Independientemente del tipo de emergencia, el Jefe de Seguridad del Proyecto, abriría una investigación de la emergencia, accidente y/o contingencia, con la finalidad de establecer la o las causas del incidente.
    Informe de la investigación de emergencia
    - Esta investigación concluiría con un informe detallado que contenga como mínimo los siguientes tópicos: descripción del incidente en cuestión, incluyendo la cronología de los eventos; mapa o dibujo del lugar; listado de personal, agencias y organizaciones que asistieron al lugar, fotografías; e información de la propiedad dañada y/o perjudicada.
    Mantención de los registros de la emergencia
    - La investigación del incidente y/o emergencia sería tratada como una No Conformidad, por lo cual se mantendría registro y se incluiría las acciones correctivas o preventivas que aseguren la solución y el cierre de la misma.
    Plan de acción
    - Después de establecer las acciones correctivas o preventivas adecuadas y definitivas, se diseñaría un plan de acción en donde se defina: la descripción de las acciones a tomar para dar solución a la no conformidad; la identificación de los responsables que aplicarían las acciones correctivas; las fechas límites de aplicación; y el seguimiento que se daría a las acciones establecidas para determinar que hubieran sido las más apropiadas.
    Cierre y verificación
    - Una vez se determine que las acciones fueron implementadas y se ha dado solución a la no conformidad, se procedería al cierre. Posteriormente, se verificaría el accionar de la medida correctiva para evaluar su efectividad.

    8.2.2 Medidas específicas de control de accidentes para los riesgos identificados:
     
    En la Tabla 21 se presentan las medidas específicas de control de accidentes para los riesgos identificados en el Proyecto.
     
    Tabla 21: Medidas específicas de control de accidentes

    Medida general
    Control de accidente
    Alteración de la calidad del agua superficial por descarga de excedentes de ACM
    - Se implementaría el Plan de Seguimiento descrito en el Capítulo IX del presente Informe. En caso que se produjeran efectos no previstos sobre la calidad del agua de riego en el Río Cachapoal (punto CA-30), se evaluaría la extensión del efecto de la descarga y se generaría un informe con el detalle y una propuesta de acción para la aprobación de la Autoridad Ambiental.
    - Sin perjuicio de lo anterior, se contaría con las siguientes medidas: verificación del adecuado funcionamiento del sistema de desarenado y neutralización de las ACM excedentes; y la implementación de un monitoreo semanal durante tres meses, aguas abajo de la descarga, posterior al registro de la alteración de la calidad del agua del cuerpo receptor, con el objeto de verificar si se mantiene en el tiempo la condición de alteración. Las mediciones las realizaría un laboratorio independiente.
    Alteración de la calidad del agua subterránea por fugas en el botadero de marinas Barahona
    - Se evaluaría la extensión del efecto de la fuga y se generaría un informe con el detalle y una propuesta de acción para la Autoridad Ambiental.
    - Sin perjuicio de lo anterior, se implementarían las siguientes medidas: identificación y reparación de la fuga; construcción de un pretil o barrera para detener avance del flujo de agua subterránea con mineral; retiro de suelo contaminado, el cual sería manejado como RESPEL, por lo tanto, transportado, almacenado temporalmente y dispuesto en un lugar autorizado; implementación de un monitoreo semanal durante tres meses, aguas abajo del embalse o botadero, posterior al registro de la alteración de la calidad del agua subterránea, con el objeto de verificar si se mantiene en el tiempo la condición de alteración. Las mediciones las realizaría un laboratorio independiente.
    Contaminación del suelo por fugas en el botadero de marinas Barahona
    - Se evaluaría la extensión del efecto de la fuga sobre el suelo, y se generaría un informe con una propuesta de acción o plan de rehabilitación ambiental de acuerdo con el nivel de efecto registrado para la Autoridad Ambiental.
    - Sin perjuicio de lo anterior, se implementarían las siguientes medidas: identificación y reparación de la fuga; construcción de un pretil o barrera para detener el avance del flujo de agua subterránea con mineral, que haya generado la contaminación; retiro de suelo contaminado, el cual sería manejado como RESPEL, por lo tanto, transportado, almacenado temporalmente y dispuesto en un lugar autorizado. En caso de ser necesario, se rellenaría el área contaminada de donde se haya retirado suelo, con material proveniente de excedentes de excavación no mineralizados. Lo anterior, tendría por objeto recuperar las geoformas locales y favorecer la revegetación del área. Por último, se consideraría la realización de un monitoreo semanal durante tres meses, aguas abajo del embalse o botadero, posterior al registro de la contaminación del suelo, con el objeto de verificar si se mantienen en el tiempo la condición de alteración. Las mediciones las realizaría un laboratorio independiente.
    Alteración de sitios arqueológicos
    - En caso que durante las obras se alteren los sitios arqueológicos identificados o se detecte la existencia de nuevos restos arqueológicos, se suspenderían los trabajos y se avisaría al Consejo de Monumentos Nacionales y/o Carabineros.
    - Se aplicaría un Plan de Rescate arqueológico de los elementos en riesgo, el cual sería presentado al Consejo de Monumentos
    Nacionales para obtener autorización de realizar un rescate y traslado de los recursos de valor arqueológico hasta los lugares designados por el Consejo de Monumentos Nacionales.
    - El Plan de Rescate consideraría al menos los siguientes aspectos: un área amplia que permitiera excavar y obtener un adecuado registro sin dañar las evidencias arqueológicas, la recopilación de muestras para ser enviadas a un laboratorio especializado para su lavado, clasificación y embalaje y el envío de los elementos arqueológicos a lugares designados por la Autoridad. Estas labores serían realizadas por un especialista calificado.
    Incendios
    - El contratista constituiría una brigada que se mantendría operativa durante toda la construcción del Proyecto. Esta brigada sería adecuadamente instruida y mantendría un canal de comunicación directa con CONAF y Bomberos de modo de alertar ante la presencia de un foco de incendio.
    - En el caso de incendio, sería la brigada de incendios conformada por los trabajadores quienes tomarían las acciones inmediatas para controlar la propagación del fuego. El jefe de emergencia o quien asuma el liderazgo de la emergencia, informaría a bomberos de Rancagua y/o de Machalí, para el apoyo en las labores de control del incendio. Lo anterior, hasta la llegada de bomberos quienes asumirían el liderazgo en el control del incendio. Se procedería con la evacuación del personal que se encuentre en peligro.
    - En caso que el incendio afecte a vegetación o para prevenir que sea afectada, se informaría al personal de control de incendios forestales de CONAF.
    - Las faenas cercanas al (los) foco(s) de incendio serían suspendidas de inmediato, y los trabajadores se sumarían a las labores de apoyo encomendadas por la brigada de incendios. Además, como complemento las áreas de mayor riesgo serían resguardadas para que no sean alcanzadas por el fuego, especialmente el sector de almacenamiento de combustible.
    Accidentes de tránsito
    - Se procedería de acuerdo con lo establecido en el Capítulo Sexto Título II del Reglamento de Tránsito de la DET adjunto en el Anexo 8-1 del EIA.
    Derrame de sustancias peligrosas
    - Se procedería de acuerdo con lo establecido en el Capítulo Sexto Título II del Reglamento de Tránsito de la DET adjunto en el Anexo 8-1del EIA. Sin perjuicio de ello, se consideran las siguientes medidas específicas:
    - Como medida de control, cada camión portaría extintores a base de Polvo Químico Seco, con su correspondiente sello de seguridad y etiqueta con fecha de revisión y vencimiento, y estarían en adecuada condición de uso, con su carga completa y ubicada de tal manera que puedan usarse en forma rápida y expedita. La revisión de su estado se efectuaría a lo menos cada seis meses. El conductor sería responsable de aislar la zona del accidente mediante cintas de peligro y conos de advertencia a fin de advertir el riesgo y evitar el ingreso de personas ajenas a la emergencia. La zona sería aislada a lo menos 50 metros a la redonda. En el camión se mantendrían los elementos necesarios para poder contener los derrames, es decir, pala, bolsas plásticas, material absorbente, etc. Todo material contaminado (plástico, papel, madera, metal, suelo, vegetación, líquidos y equipos de protección personal) sería colectado y envasado apropiadamente. El material envasado sería transportado y depositado en lugar de disposición autorizado.
    - Las acciones para la contención inicial del derrame, acciones para el derrame (se aplicarían según corresponda para derrames en cauces y/o suelos), acciones para la descontaminación (se aplicarían según corresponda), y acciones de documentación por medio de un reporte final se describen en el numeral 8.3.2.2 del Capítulo 8 del EIA.
    Accidentes laborales y/o emergencias médicas
    - El Proyecto consideraría brigadas de emergencia en terreno con equipamiento, vehículos adecuados y personal entrenado, entre otras acciones.
    Derrame o infiltración de RILes
    - Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de RILes en un curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el Titular informaría por escrito a la SISS, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la descarga, las medidas de contingencia aplicadas y el plazo en que se dará solución definitiva al problema.
    Plan de Contingencia para calidad del aire
    - Se continuaría con los monitoreos de calidad del aire en el sector en que instale la captación de aire, hasta comprobar que el ajuste del modelo cumple con los estándares.
    - Se elaboraría un Plan de Contingencias,  que especificaría las medidas que se tomarían en caso que se produzcan desviaciones que excedan los valores máximos establecidos en el D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo.
    - Para un adecuado control, este Plan de Contingencias sería distribuido a la Autoridad Sanitaria y a SERNAGEOMIN.  

     

  10. Plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que dan origen al Estudio de Impacto Ambiental

    A continuación, en la Tabla 22 se presenta el Plan de seguimiento de la variable ambiental que da origen al EIA en la etapa de construcción.

    Tabla 22: Plan de seguimineto de la variable que da origen al EIA en la etapa de construcción

    Componente Ambiental
    Tipo Monitoreo o Seguimiento
    Impacto Ambiental Asociado
    Ubicación Puntos de Seguimiento o Control
    Parámetros
    Niveles o límites permitidos
    Método o Procedimiento de Medición
    Frecuencia de Monitoreo y Duración
    Frecuencia de entrega de informes y plazos
    Organismo Competente
    Fauna Terrestre
    Captura y relocalización de ejemplares
    Afectación de especies de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del camino Maitenes – Confluencia hasta quebrada El Durazno.
    Sitios de relocalización
    Tasa de sobrevivencia de las especies en el rescate.
    Tasa de recaptura.
    ---
    Captura con lazos para los reptiles, y trampas Sherman o similar para micro-mamíferos.
    Monitoreo a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización.
    Monitoreo en primavera, verano y otoño durante 3 años luego de la etapa de construcción del camino.
    Un mes después de cada monitoreo.
    SAG VI Región
     
    Autoridad Ambiental

    Además, el Titular se compromete a realizar los siguientes monitoreos en la etapa de construcción del Proyecto.

    Tabla 23: Monitoreo de otras variables ambientales en la etapa de construcción

    Componente Ambiental
    Tipo Monitoreo o Seguimiento
    Impacto Ambiental Asociado
    Ubicación Puntos de Seguimiento o Control
    Parámetros
    Niveles o límites permitidos
    Método o Procedimiento de Medición
    Frecuencia de Monitoreo y Duración
    Frecuencia de entrega de informes y plazos
    Autoridad a informar
    Fauna Terrestre
    Captura y relocalización de ejemplares
    Afectación de especies de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción de la instalación de faenas Maitenes.
    Sitios de relocalización
    Tasa de sobrevivencia de las especies en el rescate.
    Tasa de recaptura.
     
    ---
    Captura con lazos para los reptiles, y trampas Sherman o similar para micro-mamíferos.
    Monitoreo a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización.
    Monitoreo en primavera, verano y otoño durante 3 años luego de la etapa de construcción del camino.
    Un mes después de cada monitoreo.
    SAG VI Región
     
    Autoridad Ambiental
    Afectación de especies de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del botadero Barahona
    Sitios de relocalización
    Tasa de sobrevivencia de las especies en el rescate.
    Tasa de recaptura.
    ---
    Captura con lazos para los reptiles, y trampas Sherman o similar para micro-mamíferos.
    Monitoreo a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización.
    Monitoreo en primavera, verano y otoño durante 3 años luego de la etapa de construcción del camino.
    Un mes después de cada monitoreo.
    SAG VI Región
     
    Autoridad Ambiental
    Afectación de especies de baja movilidad en categoría de conservación por la construcción del botadero Quebrada Pelada
    Sitios de relocalización
    Tasa de sobrevivencia de las especies en el rescate.
    Tasa de recaptura.
    ---
    Captura con lazos para los reptiles, y trampas Sherman o similar para micro-mamíferos.
    Monitoreo a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización.
    Monitoreo en primavera, verano y otoño durante 3 años luego de la etapa de construcción del camino.
    Un mes después de cada monitoreo.
    SAG VI Región
     
    Autoridad Ambiental
    Calidad de Aire
    Medición instrumental
    No hay impacto asociado.
    Entrega antecedentes para evaluar la calidad del aire.
    Estaciones del actual Plan de Seguimiento de la DET:
    ·Coya Población
    ·Coya Club
    MP10
    150µg/m3N
    Muestreador de polvo MP10 alto volumen.
    Continua. Permanente durante toda la etapa de construcción del Proyecto.
    Este seguimiento se realizaría en el marco del monitoreo existente para este componente ambiental por parte de la DET.
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
     
    Autoridad Ambiental
    Calidad de Agua Superficial
    Analítico
    No hay impacto asociado. Entrega antecedentes adicionales de calidad de aguas superficiales.
     
     
    Se establecerían los siguientes puntos de medición:
    E5: Río Coya aguas arriba Qda. El Durazno. UTM WGS 84: 363.348 E – 6.223.581 N.
    E9: Río Coya aguas abajo Qda. Los Loros. UTM WGS 84: 357.552 E - 6.215.969 N).
    CO-10: Río Coya antes de la Junta con el río Cachapoal en sistema de coordenadas UTM
    WGS 84: 359.003 E - 6.213.840 N
    PSAD 56: 359.204 E- 6.214.156 N
    CA-30:Aguas abajo de la confluencia del Coya con Cachapoal, en sistema de coordenadas UTM
    WGS 84:358.354 E – 6.212.534 N
    PSAD 56: 358555 E- 6212850 N
    Para los puntos señalados (E5, E9, CO-10 y CA-30) se mediría el caudal al momento del monitoreo de calidad de agua. Además, se medirían los parámetros establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del río Cachapoal:
    Conductividad eléctrica (μS/cm), DBO5 (mg/L), Oxígeno Disuelto (mg/L),                    pH,                      Sólidos disueltos (mg/L),              Sólidos suspendidos (mg/L),            Amonio (mg/L ), Cianuro (μg/L ), Cloruro (mg/L ), Fluoruro (mg/L), Nitrito (mg/L), Sulfato (mg/L ), Aceites y Grasas (mg/L),     Detergentes (SAAM) (mg/L), Cobre (μg/L),    Cromo total (μg/L), Hierro (mg/L), Manganeso (mg/L), Molibdeno (mg/L), Níquel (μg/L), Selenio (μg/L),      Zinc (mg/L),   Aluminio (mg/L), Arsénico (mg/L), Cadmio (μg/L), Plomo (mg/L), Coliformes fecales (NMP/100 ml). Además, se medirán Coliformes totales (NMP/100 ml), sólo en el punto CA-30.
    Puntos CA-30 y CO-10: cumplirán con los valores de referencia contenidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del río Cachapoal.
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005.
    Los análisis de laboratorio seguirán la NCh 2313.
     
     
    Previo al inicio de la operación del NNM, se realizará  mediciones de la calidad del agua, mensualmente por un período de 5 meses, durante el período de deshielo (Octubre a Febrero), y trimestrales para el resto del año.
     
     
    Semestral, cuarenta y cinco días después de realizado el monitoreo del mes de cierre del monitoreo.
     
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
    SERNAPESCA VI Región.
     
    Autoridad Ambiental
    SAG
    Dirección Nacional
    Calidad de Agua Subterránea
    Analítico
    No hay impacto asociado.
    Entrega antecedentes para establecer un sistema de alerta temprana ante el riesgo de fugas en el botadero de marinas mineralizadas Barahona.
    Botadero Barahona:
    Un pozo de monitoreo aguas arriba del botadero Barahona y
    2 pozos aguas abajo del botadero:
    a)       Sobre una quebrada temporal (UTM WGS 84 aprox. 361.508 E – 6.225.094 N)
    b)       Sobre la quebrada Barahona según accesibilidad.
    Aluminio (mg/L) Arsénico (mg/L) Cloruro (mg/L) Cobre total (mg/L) Conduc. Eléctrica (μS/cm)    Fosfato (mg/L) Hierro (mg/L) Manganeso (mg/L) Molibdeno (mg/L) Nitrato (mg/L) Oxígeno disuelto (mg/L)                       pH                       Razón de adsorción de sodio (%)          SDT (mg/L)      Sulfatos (mg/L)     Zinc (mg/L)
    De acuerdo con lo que se establezca como valores referenciales
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005.
    Los análisis de laboratorio seguirían la NCh 2313.
    Previo al inicio de la operación del botadero Barahona, se monitorearía la calidad del agua subterránea en los puntos indicados, con mediciones mensuales por un período de 1 año. Con esto se determinarían los límites de los parámetros.
    Semestral, cuarenta y cinco días después de realizado el monitoreo del mes de cierre del monitoreo.
     
    Autoridad Ambiental
     
    SERNAGEOMIN Zona Central, en lo referente a los resultados del botadero Barahona.
     
     

    Además, el Titular se compromete a realizar los siguientes monitoreos en la etapa de operación del Proyecto.
     
    Tabla 24: Monitoreo de otras variables ambientales en la etapa de operación
     
    Componente Ambiental
    Tipo Monitoreo o Seguimiento
    Impacto Ambiental Asociado
    Puntos de Seguimiento o Control
    Parámetros
    Niveles o límites
    Método o Procedimiento de Medición
    Frecuencia de Monitoreo y Duración
    Frecuencia de entrega de informes y plazos
    Autoridad a informar
    Calidad de Aire
     
    No hay impacto asociado. Entrega antecedentes para evaluar la calidad del aire.
    Estaciones del actual Plan de Seguimiento de la DET:
    ·Coya Población
    ·Coya Club
    MP10
    150µg/m3N
    Muestreador de polvo MP10 alto volumen.
    Este seguimiento se realizaría en el marco del monitoreo existente para este componente ambiental por parte de la DET.
    Este seguimiento se realizaría en el marco del monitoreo existente para este componente ambiental por parte de la DET.
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
    Autoridad Ambiental
    Calidad de Agua Superficial
    Analítico
    Alteración de la calidad del agua superficial por la descarga eventual de excedentes de ACM.
    Se establecieron los siguientes puntos de medición:
    AA: Punto aguas arriba descarga ACM y aguas abajo badén (UTM WGS84 367.003 E - 6.225.102 N).
    D-0: Punto descarga ACM excedente (UTM WGS 84: 366.775 E - 6.224.893 N)
    E5: Río Coya aguas arriba Quebrada El Durazno (UTM WGS 84: 363.348 E - 6.223.581 N
    E9: Río Coya aguas abajo Quebrada Los Loros (UTM WGS 84: 357.552 E - 6.215.969 N)
    CO-10: Río Coya antes de la Junta con el río Cachapoal en sistema de coordenadas UTM
    WGS 84: 359.003 E - 6.213.840 N
    PSAD 56: 359204 E- 6214156 N
    CA-30: Aguas abajo de la confluencia del Coya con Cachapoal, en sistema de coordenadas UTM
    WGS 84:358.354 E – 6.212.534 N
    PSAD 56: 358555 E- 6212850 N
    Para los puntos en el río Coya (AA, D-0, E5, E9 y CO-10) y en el río Cachapoal (CA-30) se mediría el caudal al momento del monitoreo de calidad de agua. Además, para todos los puntos señalados se medirían los parámetros establecidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del río Cachapoal:
    Conductividad eléctrica (μS/cm), DBO5 (mg/L), Oxígeno Disuelto (mg/L),                    pH,                      Sólidos disueltos (mg/L),              Sólidos suspendidos (mg/L),            Amonio (mg/L ), Cianuro (μg/L ), Cloruro (mg/L ), Fluoruro (mg/L), Nitrito (mg/L), Sulfato (mg/L ), Aceites y Grasas (mg/L),     Detergentes (SAAM) (mg/L), Cobre (μg/L),    Cromo total (μg/L), Hierro (mg/L), Manganeso (mg/L), Molibdeno (mg/L), Níquel (μg/L), Selenio (μg/L),      Zinc (mg/L),   Aluminio (mg/L), Arsénico (mg/L), Cadmio (μg/L), Plomo (mg/L), Coliformes fecales (NMP/100 ml). Además, se medirían Coliformes totales (NMP/100 ml), sólo en el punto CA-30.
    Puntos CA-30 y CO-10: cumplirán con los valores de referencia contenidos en el Anteproyecto de Normas Secundarias para la cuenca del río Cachapoal.
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005.
    Los análisis de laboratorio seguirían la NCh 2313.
     
    Para el punto aguas arriba de la descarga ACM (AA), punto de descarga ACM (D-0), y cuatro puntos aguas abajo de la descarga (E5, E9, CO-10 y CA-30) el monitoreo se realizaría en forma mensual. Además se realizarían monitoreos diarios cada vez que existan descargas de excedencias de ACM al río Coya.
     
     
    Además, cuando haya descarga de ACM excedente se realizarían mediciones con la misma frecuencia que para caudal y calidad de Agua de Contacto de Mina excedente, o sea se tomarían muestras horarias para establecer un compósito diario.
    Semestral 45 días después de realizado el último monitoreo del período correspondiente.
     
     
    Autoridad Ambiental
     
    Dirección General de Aguas (DGA), VI Región.
     
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
    SERNAPESCA VI Región.
     
    SAG
    Dirección Nacional.
     
    SAG
    VI Región.
     
    Caudal y Calidad de Agua de Contacto de Mina Excedente
    Analítico
    Alteración de la calidad del agua superficial por la descarga de excedentes de ACM.
    Cámara de traspaso en Confluencia
    Los parámetros establecidos en el Anteproyecto de Norma Secundaria para la cuenca del Río Cachapoal.
    Además, se registraría en forma continua el caudal de ACM excedente vertido al Río Coya, cuando se presente el evento.
    No aplica
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005. Los análisis de laboratorio seguirán la NCh 2313. El caudal de ACM excedente se medirá por método continuo.
    Se tomarían muestras horarias para generar una muestra compuesta diaria, proporcional al caudal horario.
    21 días después de ocurrido la descarga de ACM excedente.
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
    SERNAPESCA VI Región.
     
    SAG
    VI Región.
     
    Autoridad Ambiental
    Calidad de Agua Subterránea
    Analítico
    No hay impacto asociado.
    Entrega antecedentes para establecer un sistema de alerta temprana ante el riesgo de fugas en el botadero de marinas mineralizadas Barahona.
    Botadero Barahona:
     
    Un pozo de monitoreo aguas arriba del botadero Barahona y
    2 pozos aguas abajo del botadero:
    a)   Sobre una quebrada temporal (UTM WGS 84 aprox. 361.508 E – 6.225.094 N)
    b)   Sobre la quebrada Barahona según accesibilidad.
    Aluminio (mg/L) Arsénico (mg/L) Cloruro (mg/L)     Cobre total (mg/L) Conduc. Eléctrica (μS/cm)     Fosfato (mg/L)   Hierro (mg/L) Manganeso (mg/L) Molibdeno (mg/L) Nitrato (mg/L) Oxígeno disuelto (mg/L)                        pH                          Razón de adsorción de sodio (%)                 SDT (mg/L)                   Sulfatos (mg/L)           Zinc (mg/L)
    De acuerdo con lo que se establezca como valores referenciales
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005.
    Los análisis de laboratorio seguirían la NCh 2313.
    Se monitorearía cada 6 meses durante la etapa de operación del Proyecto.
    Semestral, cuarenta y cinco días después de realizado el monitoreo del mes de cierre del monitoreo.
     
    Autoridad Ambiental
     
    SERNAGEOMIN Zona Central, en lo referente a los resultados del botadero Barahona.
     
    DGA
    Nivel Central
     
    Dirección Regional de Aguas
    VI Región
    Fauna Terrestre
    Captura y relocalización de ejemplares
    Afectación de especies de fauna de baja movilidad en categoría de conservación por el aumento del área de subsidencia en el área del Cráter sur.
    Sitios de relocalización
    Tasa de sobrevivencia de las especies en el rescate.
    Tasa de recaptura.
    ---
    Captura con lazos para los reptiles, y trampas Sherman o similar para micro-mamíferos.
    Monitoreo a los 15 y 30 días después del rescate y relocalización.
    Monitoreo en primavera, verano y otoño durante un año.
    Un mes después de cada monitoreo.
    SAG VI Región
    Autoridad Ambiental
     
     
     
     
     
    Suelo
    Inspección
    Erosión del suelo
    Tramos que presentan alto potencial erosivo en el mapa de riesgo (Plano Nº 6 en el Anexo Nº 1 de Adenda Nº 1)
    ·Presencia de cárcavas, zanjas o erosión laminar en las caras de los cortes y taludes del camino Maitenes - Confluencia.
    ·Arrastre o depositación de material fino en fosos, cunetas, zanjas de desvío de agua, obras de arte y carpeta de rodado del camino Maitenes - Confluencia.
    ·Presencia de desprendimientos de material en las cabeceras de los cortes del camino Maitenes - Confluencia.
    ---
    Inspección visual.
    Trimestrales.
    Disponibles para la autoridad en un plazo no mayor a tres meses de haber realizado la inspección trimestral.
    SAG
    Dirección Nacional
     
    Autoridad Ambiental
     
    Por último, el Titular se compromete a realizar los siguientes monitoreos en la etapa de cierre del Proyecto.
     
    Tabla 25: Monitoreo de otras variables ambientales en la etapa de cierre
     
    Componente Ambiental
    Tipo Monitoreo o Seguimiento
    Impacto Ambiental Asociado
    Puntos de Seguimiento o Control
    Parámetros
    Niveles o límites
    Método o Procedimiento de Medición
    Frecuencia de Monitoreo y Duración
    Frecuencia de entrega de informes y plazos
    Autoridad a informar
    Calidad de Agua Superficial.
    Analítico
    Alteración de la calidad del agua superficial por la eventual descarga de excedentes de ACM.
    CA-30: Aguas abajo de la confluencia del Coya con Cachapoal, en sistema de coordenadas UTM
    WGS 84:358.354 E – 6.212.534 N
    PSAD 56: 358555 E- 6212850 N
    Para el punto CA-30 se medirían los siguientes parámetros:
    Conductividad eléctrica (μS/cm), DBO5 (mg/L), Oxígeno Disuelto (mg/L),                    pH, Sólidos disueltos (mg/L), Sólidos suspendidos (mg/L), Amonio (mg/L ), Cianuro (μg/L ), Cloruro (mg/L ), Fluoruro (mg/L), Nitrito (mg/L), Sulfato (mg/L ), Aceites y Grasas (mg/L), Detergentes (SAAM) (mg/L), Cobre (μg/L), Cromo total (μg/L), Hierro (mg/L), Manganeso (mg/L), Molibdeno (mg/L), Níquel (μg/L), Selenio (μg/L), Zinc (mg/L),   Aluminio (mg/L), Arsénico (mg/L), Cadmio (μg/L), Plomo (mg/L), Coliformes fecales (NMP/100 ml). Coliformes totales (NMP/100 ml).
    En el Punto CA-30 se cumplirá con los valores de referencia contenidos en el Anteproyecto de Norma Secundaria para la cuenca del Río Cachapoal, o la norma que aplique en el momento.
    La recolección de las muestras de agua se realizaría de acuerdo con lo indicado en la NCh 411/10 Of. 2005.
    Los análisis de laboratorio seguirían la NCh 2313.
    El monitoreo sería trimestral para los parámetros físico– químicos.
     
    El monitoreo se extendería por 10 años de realizado el cierre de las faenas del Proyecto.
    Informe semestral.
    Autoridad Ambiental
     
    Dirección General de Aguas (DGA), VI Región.
     
    Autoridad Sanitaria
    VI Región.
     
    SERNAPESCA VI Región.
     
    SAG Dirección Nacional.
     
    SAG VI Región.
     
    La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), mediante Ord. N° 443 de 09 de Junio de 2010 y Ord. N° 831 de 13 de octubre de 2010, condiciona al Titular respecto a los Residuos Industriales Líquidos (RIL), en los siguientes términos:
     
    ·         Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de RILES en un curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el Titular deberá informar por escrito a la SISS, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la descarga, las medidas de contingencia aplicadas y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.
     
    ·         Se deberá informar a la SISS, con 90 días de anticipación a la entrada en operación de sistema de tratamiento y/o disposición de RILES, de acuerdo al formato aviso disponible en sitio web www.siss.cl.

    La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante Ord. N° 5901 de 08 de Junio de 2010 y la SEC - Rancagua mediante Ord. N° 524 de 15 de junio de 2010, condiciona al Titular de la siguiente manera:

    ·         Las instalaciones de combustibles líquidos contempladas en el Proyecto, cumplan, en lo que corresponda, con los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el D.S. Nº 160, de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
     
    El SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O’Higgins, mediante Ord. N° 389 de 13 de octubre de 2010 condiciona al Titular a que en caso de remoción en masa en la vertiente oriental de la quebrada alcaparrosa, se deberá hacer una estimación de los volúmenes de arrastre y de las obras de contención (Ingeniería Conceptual) conforme a la geología y geomecánica del sector.
     
    El Servicio Nacional de Geología y Minería, mediante Ord. N° 11 de 18 de Enero de 2010 y mediante complemento Ord. N° 00280 de 19 de Enero de 2010, condiciona al Titular según se indica a continuación:
     
    ·         Se deberá continuar con los monitoreos de calidad del aire en el sector en que instalará la captación, hasta comprobar que el ajuste del modelo cumple con los estándares.
     
    ·         Se deberá elaborar un Plan de Contingencias, que especifique las medidas que tomará en caso que se produzcan desviaciones que excedan los valores máximos establecidos en el D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo.
     
    ·         El Plan de Contingencias deberá ser distribuido a la Autoridad Sanitaria y a SERNAGEOMIN.  
     
    El Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 191 de 21 de Enero de 2011, condiciona al Titular a informar de manera inmediata a dicha Autoridad y a la SEREMI de Salud de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins respecto de la ocurrencia de los eventuales episodios de emergencia donde sea necesario efectuar descargas de ACM acondicionadas al río Coya. De acuerdo a lo anterior, se especifica lo siguiente:
     
    ·         Se requiere analizar la calidad de las aguas de contacto previo a su descarga e implementar medidores de caudal en continuo con totalizadores de caudal en la salida de las aguas de contacto que eventualmente descargarían al Río Coya.
     
    ·         Se requiere que frente a estos episodios se remitan informes a las Autoridades de los niveles central y regional, en un plazo no superior a 5 días hábiles. Dichos informes deben incorporar la totalidad de la información anteriormente indicada y la contenida en la respuesta 7.2 del Adenda Nº 2.
     
    Asimismo, el Ministerio de Salud, mediante Ord. N° B32 727 de 03 de Marzo de 2011, condiciona a suprimir, durante la ocurrencia de los eventuales episodios de emergencia, la descarga al Río Coya de Aguas de Contacto que contengan otros efluentes de cualquier naturaleza, tales como: aguas de uso industrial con pequeñas cantidades de partículas y aceites flotantes, como es el caso de las ACT.
     
    Por su parte, esta Dirección Ejecutiva señala que el Proyecto queda condicionado de acuerdo a lo que se indica a continuación:
     
    ·         Respecto a los RILES generados en los Talleres de Mantenimiento, particularmente las aguas claras separadas de los aceites, ésos no podrán ser descargados a cauces naturales.
     
    ·         En relación a las eventuales descargas de las ACM que no sean recirculadas a la Planta Colón, sólo podrán ser descargadas en un punto del Río Coya y considerando los parámetros referenciales y límites de acuerdo a lo establecido en el Anteproyecto de Norma Secundaria de Calidad para el Río Cachapoal.

     

  11. Relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y con los planes de desarrollo comunal

    En relación a la Estrategia Regional de Desarrollo para el período 2000 - 2010, el Titular analizó los objetivos estratégicos y la relación del Proyecto según se indica a continuación: 

    Objetivo estratégico: Ordenamiento urbano y territorial asegura un estilo de vida familiar acorde con el paisaje y la cultura regional. El Proyecto no generaría modificación al ordenamiento urbano en la región, dado que éste consistiría en la prolongación de actividades mineras que se desarrollarían en la DET, área históricamente de uso minero - industrial, se concluye que no se afectaría el ordenamiento territorial existente en la región.
     
    Objetivo estratégico: Actividad económica sustenta la calidad de vida de la población y respeta el entorno cultural y natural de la región. El Proyecto permitiría la continuidad operacional de la DET, la cual sería una de las actividades económicas de importancia a nivel regional, ya que constituye un foco de empleos y desarrollo económico. La relación del Proyecto sería directa por cuanto permitiría la continuidad de una actividad económica relevante para la región. Respeto al entorno cultural, el emplazamiento del Proyecto no afectaría el Área Patrimonial de Sewell. En relación al entorno natural, el Proyecto consideraría medidas de mitigación de los impactos ambientales que genera.
     
    Objetivo estratégico: La comunidad regional integra y acoge a sus componentes, promueve la igualdad de oportunidades de sus integrantes, facilita el acceso a servicios, cultura y estilos de vida saludables. La DET apoya iniciativas en el ámbito del fomento productivo, socio educacional, y socio ambiental, en Machalí y en Rancagua. En el contexto del fomento productivo, destacan las Becas Sociales, Escuelas de Orfebres, Apoyo a Asociaciones Pequeños Ganaderos, y el Convenio con la Fundación Superación de la Pobreza. En el ámbito Socio Educacional, la DET apoya Talleres de Alfabetización Digital Pro O’Higgins, Programa Fomento Lector Pro O’Higgins, Programa "Jugando a Ser Empresa" Pro O’Higgins, Programa Exploremos Juntos La Naturaleza, Proyecto Aulas Tecnológicas, Apoyo Semana de la Artes y Cultura en Coya y Proyecto Aulas de Patio. Por su parte, en el ámbito Socio Ambiental, la DET tiene un rol activo en programas de Forestación Urbana en el marco del Convenio Teniente – CONAF, Taller Colectores Solares, Programa de visitas Estaciones de Monitoreo Calidad del Aire y Apoyo proyecto Fondo de Protección Ambiental de CONAMA. Considerando que el Proyecto tiene por objetivo asegurar la continuidad operacional de la DET, éste permitiría mantener su aporte en la promoción de la igualdad de oportunidades, acceso a servicios, cultura y estilos de vida saludables.
     
    Objetivo estratégico: La región articula iniciativas e instrumentos que facilitan la labor productiva y la interconexión entre sus comunas y el mundo. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto. Sin perjuicio de ello, el Proyecto no entraría en conflictos con dicho objetivo.
     
    Objetivo estratégico: En la región las actividades económicas se desarrollan en condiciones de competitividad y participando de los mercados globales. El desarrollo del Proyecto permitiría la continuidad operacional de la DET, lo que a su vez, permitiría mantener un foco productivo líder en la minería del cobre a nivel nacional y mundial. Cabe señalar que las actividades directas e indirectas de la DET generan del orden del 23% del PIB regional.
     
    Objetivo estratégico: Los grupos vulnerables de la población regional acceden a condiciones básicas que aseguran su participación en la sociedad en igualdad de oportunidades. La DET apoya programas de fomento productivo y socio educacionales que aportan a mejorar la igualdad de oportunidades. De este modo, y dado que el Proyecto consistiría en dar continuidad operacional a la DET, éste permitiría mantener el aporte de la División en este ámbito a nivel regional.
     
    Objetivo estratégico: La región promueve la autonomía y coherencia en el diseño de instrumentos de planificación en sus distintos niveles y la igualdad de oportunidades para las personas y desarrollo equilibrado para las comunas. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto. Sin perjuicio de ello, el Proyecto no entraría en conflictos con dicho objetivo.
     
    Objetivo estratégico: Las instancias del gobierno regional y comunal se organizan para promover la actividad productiva en interacción permanente con los agentes económicos y restantes actores de la vida regional. El Proyecto aportaría al logro de este objetivo, toda vez que, al permitir la continuidad operacional de la DET, se mantendría una importante actividad productiva a nivel regional.
     
    Objetivo estratégico: La institucionalidad regional interactúa con la comunidad a través de un diálogo eficaz, promueve el sistema institucional de participación y desarrolla espacios complementarios de diálogo. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto. Sin perjuicio de ello, el Proyecto no entraría en conflictos con dicho objetivo.
     
    A modo de conclusión, se señala que la ejecución del proyecto NNM sería consistente con los aspectos ambientales contenidos en la Estrategia Regional de Desarrollo de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. Adicionalmente, el Proyecto NNM sería coherente con los objetivos estratégicos establecidos para el desarrollo de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y en aquellos en los que no existe una relación directa con la Estrategia, se descartaría que el Proyecto genere conflictos.
     
    Al respecto, el Gobierno Regional de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, mediante Ord. N° 5939 de 03 de agosto de 201, indicó que con referencia al análisis del Proyecto con la Estrategia Regional de Desarrollo, se presenta la vinculación de las actividades, y aportes en los distintos ámbitos de desarrollo, esto es; social, territorial y económico.
     
    En relación al Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) de la comuna de Machalí para el período 1998 - 2008, el Titular analizó el objetivo general y sus respectivos objetivos específicos y la relación del Proyecto según se indica a continuación:
     
    Objetivo general: Fomentar, incentivar y motivar actividades económico-productivas que generen encadenamientos al interior de la comuna, basados en los recursos endógenos tanto humanos como financieros que a la postre generen riqueza comunal a sus habitantes.
     
    Objetivo específico: Generar las condiciones para la implementación y creación de una oficina de fomento productivo comunal. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto, como tampoco el Proyecto entraría en conflicto con éste.
     
    Objetivo específico: Crear las condiciones para la actividad empresarial de modo de atraer inversiones y empresas a la comuna. El Proyecto presetaría una relación indirecta, en efecto, la prolongación en el tiempo de la actividad minera requeriría de diversos servicios que pudieran ser brindados por empresas localizadas en la comuna. Sin embargo, ello dependería no sólo de la existencia de la actividad minera sino también de la gestión del municipio, de las competencias del recurso humano local, de la disponibilidad de terrenos o locales, entre otros.
     
    Objetivo específico: Fomentar la integración y diversificación de la estructura productiva y de servicios comunal. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto, sin embargo, el Proyecto no entraría en conflicto con éste.
     
    Objetivo específico: Fortalecer el desarrollo empresarial comunal, especialmente de las pequeñas y microempresa. La DET apoya iniciativas en los ámbitos del fomento productivo y socio educacional en la comuna de Machalí., destacando el Apoyo a Asociaciones Pequeños Ganaderos, el Convenio con la Fundación Superación de la Pobreza, y Programa "Jugando a Ser Empresa" Pro O’Higgins. Junto con lo anterior, y tal como se señaló para este mismo objetivo general, el proyecto NNM permitiría mantener los diversos servicios que son prestados por empresas locales.  El Proyecto tendría por objetivo asegurar la continuidad operacional de la División, éste permitiría mantener su aporte en el fortalecimiento del desarrollo empresarial comunal, y en especial el de las pequeñas y microempresas.
     
    Objetivo específico: Coordinar con otras instancias locales, programas y proyectos con impacto potencial en la economía local. El alcance de este objetivo no se relacionaría directamente con el Proyecto, como tampoco el Proyecto entraría en conflicto con éste.
     
    A modo de conclusión, en relación al PLADECO de Machalí, el proyecto NNM se insertaría de manera armoniosa en gran parte de sus objetivos específicos ya que, al tener por finalidad la continuidad operacional de la DET, permitiría conservar el aporte de la División en los ámbitos de fomento productivo, socio educacional y socio ambiental comunal.
     
    La Ilustre Municipalidad de Machalí no se pronunció respecto al PLADECO.
  12. Compatibilidad territorial del proyecto

    El Gobierno Regional de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y la Ilustre Municipalidad de Machalí no se pronunciaron respecto a la compatibilidad territorial del Proyecto.
  13. Negociación con Interesados

    El Titular del Proyecto, antes y durante el proceso de evaluación ambiental no estableció negociaciones ni acuerdos con la comunidad y/o interesados con el objeto de acordar medidas de mitigación, reparación y compensación.

  14. Antecedentes del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental

    13.1 Síntesis de la cronológica de las etapas de evaluación de impacto ambiental

    Estudio de Impacto Ambiental S/N, por CODELCO CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, con fecha 19/04/2010.
     
    Test de admisión S/N, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 22/04/2010.
     
    Solicitud de evaluación de EIA Nº 101207 a Municipalidad, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 27/04/2010.
     
    Solicitud de evaluación de EIA Nº 101208 a Gobierno Regional, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 27/04/2010.
     
    Solicitud de evaluación de EIA Nº 101209 a Servicios, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 27/04/2010.
     
    Solicitud de evaluación de EIA Nº 101278 a Municipalidad, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 04/005/2010.
     
    Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones al EIA (ICSARA) Nº 1 Nº 102236, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 27/07/2010.
     
    Adenda Nº 1, por CODELCO CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, con fecha 15/09/2010.
     
    Solicitud de evaluación de Adenda Nº 1 Nº 102937, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 21/09/2010.
     
    Resolución de ampliación de plazo Nº 69, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 16/11/2010.
     
    Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones al EIA (ICSARA) Nº 2 Nº 100248, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 07/12/2010.
     
    Adenda Nº 2, por CODELCO CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, con fecha 21/12/2010.
     
    Solicitud de evaluación de Adenda Nº 2 Nº 100338 a Servicios, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 29/12/2010.
     
    Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones al EIA (ICSARA) Nº 3 Nº 110126, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 31/01/2011.
     
    Adenda Nº 3, por CODELCO CHILE DIVISIÓN EL TENIENTE, con fecha 04/02/2011.
     
    Solicitud de evaluación de Adenda Nº 3 Nº 110167 a Servicios, por Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva, con fecha 07/02/2011.
     
    13.2 Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto
     
    Sobre el EIA
     
    Oficio Nº 1061 sobre el EIA, por Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 06/05/2010; Oficio Nº 2141 sobre el EIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, con fecha 07/05/2010; Oficio Nº 158 sobre el EIA, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 10/05/2010; Oficio Nº 2730 sobre el EIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 19/05/2010; Oficio Nº 390 sobre el EIA, por SEREMI Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 20/05/2010; Oficio Nº 47-DOH-VI UMA sobre el EIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 24/05/2010; Oficio Nº 381 sobre el EIA, por Ilustre Municipalidad de Machalí, con fecha 25/05/2010; Oficio Nº 15 sobre el EIA, por CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 28/05/2010; Oficio Nº 0350 sobre el EIA, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 31/05/2010; Oficio Nº 0001.099 sobre el EIA, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/06/2010; Oficio Nº 627 sobre el EIA, por SEREMI Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 04/06/2010; Oficio Nº 183 sobre el EIA, por SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 07/06/2010; Oficio Nº 2632 sobre el EIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 07/06/2010; Oficio Nº 2249 sobre el EIA, por División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 07/06/2010; Oficio Nº 5901 sobre el EIA, por Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con fecha 08/06/2010; Oficio Nº 00018 sobre el EIA, por Ministerio de Bienes Nacionales, con fecha 08/06/2010; Oficio Nº 00128-2010 sobre el EIA, por Ministerio de Bienes Nacionales, con fecha 08/06/2010; Oficio Nº 072 sobre el EIA, por SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 07/06/2010; Oficio Nº 443 sobre el EIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/06/2010; Oficio Nº 1010 sobre el EIA, por Dirección Nacional de Vialidad, con fecha 09/06/2010; Oficio Nº 249 sobre el EIA, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 09/06/2010; Oficio Nº 5839 sobre el EIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 09/06/2010; Oficio Nº 85 sobre el EIA, por Dirección General de Aguas, con fecha 09/06/2010; Oficio Nº 2136 sobre el EIA, por Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 14/06/2010; Oficio Nº 524 sobre el EIA, SEC Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 15/06/2010; Oficio complemento Nº 6229 sobre el EIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 15/06/2010; Oficio Nº B32/1939 sobre el EIA, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 17/06/2010; Oficio Nº 484 sobre el EIA, por Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 18/06/2010; Oficio Nº 1539 sobre el EIA, por Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/08/2010.
     
    Sobre Adenda Nº 1
     
    Oficio Nº 860 sobre Adenda Nº 1, por Ilustre Municipalidad de Machalí, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 10936 sobre Adenda Nº 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 171 sobre Adenda Nº 1, por Dirección General de Aguas, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 0706 sobre Adenda Nº 1, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 6655 sobre Adenda Nº 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 47 sobre Adenda Nº 1, por CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 1199 sobre Adenda Nº 1, por SEREMI Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº 389 sobre Adenda Nº 1, por SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº 831 sobre Adenda Nº 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº 486 sobre Adenda Nº 1, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº 2710 sobre Adenda Nº 1, por Dirección Nacional de Vialidad, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº 4195 sobre Adenda Nº 1, por División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº 5129 sobre Adenda Nº 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 14/10/2010; Oficio Nº 23/2010 sobre Adenda Nº 1, por Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 18/10/2010; Oficio Nº 878 sobre Adenda Nº 1, por SEREMI Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 18/10/2010; Oficio Nº 0138 sobre Adenda Nº 1, por Ministerio del Medio Ambiente, con fecha 19/10/2010; Oficio Nº B32 3402 sobre la Adenda Nº 1, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 28/10/2010.
     
    Sobre Adenda Nº 2
     
    Oficio Nº 2480 sobre Adenda Nº 2, por SAG Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 29/12/2010; Oficio Nº 1016 sobre Adenda Nº 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 29/12/2010; Oficio Nº 493 sobre Adenda Nº 2, por Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva, con fecha 30/12/2010; Oficio Nº 1130 sobre Adenda Nº 2, por SEREMI Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 30/12/2010; Oficio Nº 18 sobre Adenda Nº 2, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 05/01/2011; Oficio Nº 0009 sobre Adenda Nº 2, por Ministerio de Vivienda y Urbanismo, con fecha 07/01/2011; Oficio Nº 7 sobre Adenda Nº 2, por Dirección General de Aguas, con fecha 11/01/2011; Oficio Nº 0377 sobre Adenda Nº 2, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 11/01/2011; Oficio complemento Nº 10 sobre Adenda Nº 2, por Dirección General de Aguas, con fecha 13/01/2011; Oficio Nº 0255 sobre Adenda Nº 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 18/01/2011; Oficio Nº 11 sobre Adenda Nº 2, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 18/01/2011; Oficio Nº 001 sobre Adenda Nº 2, por CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/01/2011; Oficio complemento Nº 42 sobre Adenda Nº 2, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 14/01/2011; Oficio complemento Nº 003 sobre Adenda Nº 2, por CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 17/01/2011; Oficio Nº 00280 sobre Adenda Nº 2, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 19/01/2011; Oficio Nº B32 191 sobre Adenda Nº 2, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 21/01/2011; Oficio Nº 65 sobre Adenda Nº 2, por Gobernación Provincial de Cachapoal, con fecha 24/01/2011; Oficio complemento Nº 67 sobre Adenda Nº 2, por Gobernación Provincial de Cachapoal, con fecha 25/01/2011; Oficio Nº 008/2011 sobre Adenda Nº 2, por CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 10/02/2011; Oficio complemento Nº 0081 sobre Adenda Nº 2, por SEREMI Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 25/12/2010; Oficio complemento Nº 68 sobre Adenda Nº 2, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 25/01/2011.
     
    Sobre Adenda Nº 3
     
    Oficio Nº 1803 sobre Adenda Nº 3, por Servicio Agrícola y Ganadero, con fecha 11/02/2011.
     
    Se excluyeron de participar en la evaluación del Proyecto “Nuevo Nivel Mina”, los siguientes servicios:
     
    Oficio Nº 317 sobre el EIA, por Servicio Nacional de Turismo, Dirección Ejecutiva, con fecha 04/06/2010; Oficio Nº 1115 sobre el EIA, por SAG Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 03/06/2010; Oficio Nº 1155 sobre el EIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería, Dirección Regional Zona Central, con fecha 07/06/2010.
     
    Sobre Adenda Nº 4
     
    Oficio Nº 0000470 sobre Adenda Nº 4, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 02/03/2011; Oficio Nº 478 sobre Adenda Nº 4, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 02/03/2011; Oficio Nº B32 737 sobre Adenda Nº 4, por Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud, con fecha 03/03/2011.
     
    13.3 Constitución y funcionamiento del Comité Revisor
     
    En la Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Nivel Mina”', han sido invitados a participar, coordinados por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, los siguientes Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental:
     
    CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Consejo de Monumentos Nacionales
    Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
    Departamento de Gestión de Calidad del Aire, Comisión Nacional del Medio Ambiente
    Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
    Dirección de Obras Hidráulicas
    Dirección de Obras Hidráulicas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Dirección General de Aguas
    Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Dirección Nacional de Vialidad
    División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
    Gobernación Provincial de Cachapoal
    Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Ilustre Municipalidad de Machalí
    Ministerio de Bienes Nacionales
    Ministerio de Vivienda y Urbanismo
    Ministerio del Medio Ambiente
    SAG Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEC Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEREMI Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SEREMI Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Servicio Agrícola y Ganadero
    Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Servicio Evaluación Ambiental, VI Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
    Servicio Nacional de Geología y Minería
    Superintendencia de Electricidad y Combustibles
    Superintendencia de Servicios Sanitarios

    4. Acta del Comité Técnico

  15. Participación ciudadana del Estudio de Impacto Ambiental

    1. Síntesis del proceso de participación ciudadana

      Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana:  La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 3/5/2010, en los diarios Oficial y La Nación, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 3/5/2010, para concluir al cabo de 60 días el 29/7/2010.

      Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad organizada, así como alternativas de consulta y discusión con el proponente, se realizaron talleres en la totalidad de las comunas involucradas con el proyecto de acuerdo al siguiente programa: 

      Taller Lugar Fecha
      Taller de Participación Ciudadana, Localidad de Machalí, Comuna de Machalí

      El taller se realizará en el Salón del Concejo Municipal de la Ilustre Municipalidad de Machalí, a las 18.30 hrs.

      03/06/2010
      Taller de Participación Ciudadana Localidad de Coya, Comuna de Machalí

      El taller se realizará en la Escuela Bellavista de la localidad de Coya, comuna de Machalí, a las 18.30 hrs.

      02/06/2010
    2. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

      Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental son las siguientes:

      Por no cumplir con Presenta observación con fundamento: Marcelo Sandoval Sepulveda, Jorge Catrilaf Quintuman, Erick Muñoz Dinamarca, Mario Catrilaf Quintuman, Jorge Catrilaf Quintuman, Claudio Rain , Jacobina Queupumil , APR Batuco - Santa Sara, cristian leiva garcia, Ingrid Amoyado Jaramillo, Javier Amoyado Jaramillo
      Por no cumplir con Presenta observación con fundamento: Comite de Adelanto La Frontera de Puerto Fuy
    3. Evaluación Técnica de las observaciones ciudadanas

      En el presente proceso de evaluación de impacto ambiental, según señalado en el numeral anterior, no se presentaron observaciones ciudadanas admisibles.
  16. Recomendación de calificación ambiental

    EL Servicio de Evaluación Ambiental de la Dirección Ejecutiva, recomienda Aprobar el Estudio de Impacto Ambiental, basándose en que:

    • El Proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable vigente.
    • El Proyecto propone medidas apropiadas, que se hacen cargo del efecto, característica o circunstancia establecido en la letra b) del artículo 11 que genera o presenta el Proyecto, esto es, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. En particular, se presenta un Plan de Rescate y Relocalización de las especies de fauna en categoría de conservación presentes en el área de influencia del Proyecto.

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=a1/c7/879234f806382bd8f622fd8fcaf052b32496


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