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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
DE LA X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente favorable el proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región "

Resolución Exenta Nº 179

Puerto Montt, 16 de Febrero de 2007



VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región ", presentada por el Señor Hans Kossmann Perl en representación de Patagonia Salmon Farming S.A., con fecha 20 de Enero de 2006.

2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

  • Declaracion de Impacto Ambiental (DIA).
    Publicado por Patagonia Salmon Farming S.A., con fecha 20/01/2006.
  • Test de Admisión.
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 24/01/2006.
  • Of. Solicitud de Evaluacion DIA Nº148
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 26/01/2006.
  • Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA)
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 07/03/2006.
  • Adenda Nº 1
    Publicado por Patagonia Salmon Farming S.A., con fecha 06/09/2006.
  • Solicitud de Evaluacion de Adenda Nº1521
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 08/09/2006.
  • Resolucion de Ampliacion de Plazos Nº573
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 13/09/2006.
  • Adenda
    Publicado por Patagonia Salmon Farming S.A., con fecha 22/12/2006.
  • Solicitud de Evaluacion de Adenda Nº 2222
    Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 29/12/2006

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

  • Oficio Nº 56 sobre la DIA, publicado por Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos, con fecha 03/02/2006;
  • Oficio Nº 54 sobre la DIA, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 08/02/2006;
  • Oficio Nº 431/E3/08-2006 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, X Región de Los Lagos, con fecha 14/02/2006;
  • Oficio Nº 12.600/55 sobre la DIA, publicado por Gobernación Maritima de Puerto Montt, con fecha 16/02/2006;
  • Oficio Nº 164 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 16/02/2006;
  • Oficio Nº 624 sobre la DIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 20/02/2006;
  • Oficio Nº 124 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 20/02/2006;
  • Oficio Nº 390204706 sobre la DIA, publicado por Sernapesca, X Región de Los Lagos, con fecha 23/02/2006;
  •  Oficio Nº 265 sobre la DIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 01/03/2006;
  • Oficio Nº 390950806 sobre la Adenda 1, publicado por Sernapesca, X Región de Los Lagos, con fecha 13/09/2006;
  • Oficio Nº 90/2006 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, X Región de Los Lagos, con fecha 22/09/2006;
  • Oficio Nº 1226 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 26/09/2006;
  • Oficio Nº L/0812 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 02/10/2006;
  • Oficio Nº 3253 sobre la Adenda 1, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 04/10/2006;
  • Oficio Nº 455 sobre la Adenda 2, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 19/01/2007;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región ', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA X, Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Gobernación Maritima de Puerto Montt
  • SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de los Lagos
  • Sernapesca, Región de Los Lagos
  • Sernatur,  Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Montt

3. El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Ambiental de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Rerión de Los Lagos, de fecha 14 de febrero de 2007.

4. El Acta de sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, de fecha 29 de enero de 2007.

5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región ".

6. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 520/96, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región ".

2. Que, el derecho de Patagonia Salmon Farming S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región " tiene las siguientes características:

3.1. El Proyecto consiste en la ampliación de la planta de proceso, regularización de la planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos (RILes), como de la planta de tratamiento de aguas servidas  y la instalación de un emisario submarino fuera de la zona de protección de litoral.

La planta procesa  40.000 kg. de materia prima de peces, correspondiente a la temporada alta, en los meses de Noviembre y Diciembre. La ampliación de la capacidad de proceso se contempla en 80.000 kg. de materia prima en la temporada alta de producción (a partir del año 2008), valor que se mantendrá  constante para los próximos años.

 

El ritmo de producción durante el día para la planta se realiza en jornadas de 8 horas cada una, con una pausa en el período de colación, existiendo 2 turnos en temporada normal, lo que da 16 horas de producción. En temporada alta se agrega un turno más, generándose 24 horas de producción diaria.

 

3.2. El proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región" se encuentra tipificado en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, según lo establecido en el artículo 10, literal o) de la Ley 19.300 y en el artículo 3, literales o.6) y o.7), del D.S 95/2001 Reglamento del SEIA .

 

3.3. El proyecto se ejecutará en la Región de Los Lagos, en la provincia de Llanquihue, comuna de Puerto Montt, específicamente en Bahía Ilque. Sus coordenadas son: 

Latitud S

Longitud W

41º 37" 41.32

73º 04"35.54

3.4. Que, el proyecto presenta una vida útil de carácter indefinida, su inversión es de US $ 1538474; contempla en mano de obra a 33 personas en la etapa de construcción y 85 personas en la etapa de operación; su superficie es de 0.954 há según resolución exenta 132/98 de Agricultura.

 

3.5. Que, el proyecto contempla las siguientes partes, acciones y obras fícicas.

 

3.5.1. Etapa de Construcción.

 

3.5.1.1. Planta de Proceso.

 

En las líneas de proceso se contempla la incorporación de un túnel continuo con capacidad de congelado de 2.000 k/h, de filetes de salmón congelado, además la construcción de una cámara de almacenamiento de productos congelados de 250 toneladas, con un sistema de almacenaje push-back, ligada a la sección de empaque de la planta de proceso.


Se disminuirán  los tiempos de almacenamiento de las materias primas y se elimina el uso de bins con hielo para la mantención, por lo tanto se requerirá de un menor uso de agua por tonelada de materia prima procesada en planta.

 

La cámara de almacenamiento de productos congelados evitará el uso de contenedores para el almacenamiento temporal de los productos congelados, asegurando aún más la cadena de frío de los productos.  

 

Las modificaciones consideran en las siguientes etapas:  

 

a. Etapa 1:  

- Eviscerado: Se considera cambiar la línea de eviscerado y lavado manual, actualmente con capacidad para 14 personas por una máquina evisceradora Baader BA 142 con capacidad para 1.200 piezas/hora. Esta máquina concentra la extracción de vísceras y el lavado en un solo punto de la planta de proceso y mediante sistema de vacío extrae las vísceras y los restos de riñón, transportándolo al ciclón que descarga en la tolva de recepción que tiene el sistema con vacío de transporte de vísceras. El antiguo sistema considera el lavado con agua y el arrastre de sólidos a través de las canaletas de la planta, posterior filtrado y descarga en la tolva del sistema de transporte de vísceras  cámara 0º C. Se eliminará la cámara de almacenamiento de materia prima y esta área se transformará en planta de proceso, se eliminará el uso de bins para almacenamiento transitorio de materia prima, evitando el uso de agua, hielo y manejo del producto. 

- Túnel de Congelado.: Se eliminará el túnel de congelado estático de 2.500 kg / 8 horas. Este túnel liberará un espacio en el área central de la planta de proceso, donde se instalará la segunda línea de fileteo.  

- Cámara de almacenamiento de producto congelado.: Se eliminará la cámara de almacenamiento de productos congelados, con capacidad para 25 ton, que se encuentra al centro de la planta, y por lo tanto liberará espacio para la instalación de la segunda línea de fileteo. También se proyecta la construcción de una cámara de –25 °C, inmediatamente al lado de la actual sala de empaque y despacho, lo que mantiene la continuidad del producto. La nueva cámara tiene una capacidad de 250 ton, con racks para almacenar en forma ordenada, por calidad y calibres. Además se proyecta una ante-cámara climatizada a 0 °C para el orden de los pallets, con dos andenes para la carga de camiones frigoríficos.  

 

- Túnel continuo.: Se instalará un túnel para 2.000 kg/h, de régimen continuo. Este deberá minimizar el uso de polietileno en el moldeo. 

- Sistema de Transporte de Vísceras.: Es sistema de transporte de vísceras de la planta cuenta con 3 tolvas de recepción. 

  • Tolva del filtro: Se ubica a la salida del filtro rotatorio que recibe el agua de todas las canaletas de la planta de proceso, de modo de recibir los sólidos que se arrastran a través de ella. Esta está intercalada antes del estanque de ecualización de la planta de tratamiento de aguas. Los sólidos son trasladados por vacío al silo de vísceras de 15 m3 de capacidad.
  • Tolva de Evisceradora: Se ubica en el exterior, después de los ciclones de la evisceradora Baader 142. Colecta la descarga de los ciclones y transporta por vacío las vísceras hasta el silo de 15 m3 de capacidad.
  • Tolva de Línea de Fileteo: Se ubica en el exterior de la planta, en paralelo a la línea de fileteo. Mediante una cinta de transporte se colectan los esquelones y cabezas del fileteo, como también los recortes del proceso de fileteo, trimming y despinado. Esta tolva cuenta con triturador para las cabezas y luego transporta mediante vacío al silo de 15 m3 de capacidad.

b. Etapa 2.

 

Esta etapa considera la fabricación de las líneas de fileteo, trim, clasificado, ingreso a túnel de manera de poder transportar los filetes, entre las distintas etapas del proceso hasta el túnel continuo o hasta la clasificación del producto fresco que se enfría en los túneles estáticos mediante el uso de placas en carros. El diseño de las líneas contempla un sistema de evacuación de desechos, tanto de la líneas de recorte como de las líneas de fileteo, hasta la tolva de recepción de la línea de transporte de vísceras con vacío. También en ésta etapa se considera la fabricación e instalación de líneas de empaque con glaseador automático, grader automático por definir.

 

c. Etapa 3.

 

En esta etapa se considera la construcción de un galpón que permita una separación de las áreas de eviscerado y calibrado de las líneas de fileteo y proceso. En esta área se considera techar y construir un piso de baldosas para mantener aislado los estanques de enfriado y desangrado de peces vivos.

 

Se construirá un área servicio en un edificio en tres niveles, donde se plantea la instalación de sala de secado de ropa, oficinas y ampliación de casino.

 

3.5.1.2. Planta de Tratamiento de RILes.

 

La actividad cuenta con una planta de tratamiento la cual consiste básicamente en un sistema físico-químico, con un sistema final de tratamiento por oxidación avanzada. La planta cuenta con tecnología que asegura la disminución de los  parámetros a niveles por debajo a los estipulados por la norma, entre los cuales se cuenta un estanque de flotación por aire disuelto (DAF), un sistema automático de preparación de polímero y un equipo generador de ozono.

 

La planta está diseñada para una capacidad máxima de 1200 m3/dia y para operar bajo un régimen de caudal constante.

 

3.5.1.3. Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.

 

Se implementará una planta de tratamiento para las aguas servidas en base lodos activados, modalidad aireación extendida.

Las obras civiles a ejecutar son las siguientes:

 

  • Fosa séptica (existente)
  • Estación elevadora (V= 20 m3 )
  • Estanque Reactor Biológico (V= 50 m3)
  • Sedimentador secundario (A= 4,5 m2)
  • Radieres y Galpón. 

3.5.1.4. Instalación Emisario Submarino.

 

Para el diseño de emisario submarino se estimó un caudal de 1200 m3/día (50 m3/h), que es equivalente a la capacidad máxima de la planta de tratamiento de riles, considerando la jornada laboral de temporada alta de producción (24 hrs.).

 

La instalación del emisario submarino, será realizada por una empresa dedicada a estos servicios y con la autorización correspondiente de concesión marítima sobre un sector de playa y fondo de mar en Bahía Ilque, Puerto Montt, aproximadamente frente a las instalaciones de la Planta de Proceso perteneciente a la empresa (Patagonia Salmon Farming S.A.).

 

Estará construido con una tubería de polietileno de alta densidad, de diámetro 200 [mm], PN 4 PE 80, de 451 metros de largo aproximadamente desde la línea de mas baja marea y 652 metros aproximadamente desde su origen (planta de tratamiento de RILes). Las tiras de 12 (m) de tubo que la conforman serán unidos entre sí por el sistema de Termofusión, a través de placa calefactora, formando 4 tramos de tubería unidos con stub-end y flanges de acero al carbono.

 

El emisario se fijará al fondo por medio de muertos de 250 kg. de peso (en seco), distanciados cada 3 metros. En su región distal, en el punto de descarga y de acuerdo al Informe de Línea Base Ambiental, se recomiendan 10 difusores de Ø 63 (mm), distanciados 30 cm , que generen un chorro ascendente en un ángulo de 90 grados en relación al eje principal del emisario, mejorando la dilución de la pluma; además como medida de contingencia ante taponamientos será factible el retiro de toda la sección distal de difusores y recambio por un repuesto (ver figura 2).

 

Todas las obras submarinas se filmarán en formato digital (CD), también se dispondrán de planos detallados del proyecto terminado, a modo de certificación de los trabajos realizados.

 

No se utilizará las tradicionales abrazaderas para evitar posible puntos de corrosión.

 

3.5.2. Etapa de Operación.

 

3.5.2.1. Planta de Proceso.

 

Las materias primas utilizadas corresponden a Pescado Fresco y Congelado, de las especies; salmón atlántico (Salmo salar), salmón coho (Oncorhynchus kisutch) y trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss).

 

a. Recepción de materia prima.

 

La materia prima proviene desde 3 centros: Ilque (ubicado en el sitio de estudio del presente proyecto), Isla Capeaguapi (ubicado a media hora de navegación desde la planta Ilque), y Puyuhuapi (ubicado a 20-24 horas de navegación desde la planta Ilque). En la actualidad, toda la materia prima procesada en la planta Ilque proviene de un sistema de cosecha viva.

La materia prima que presenta algún grado de proceso ya sea como filete, HG, entero, etc. en estado fresco y/o congelado, será ingresado a la planta como producto de reproceso. El producto congelado podrá ser ingresado a la cámara de –20 ºC (sector 11), a la espera de ser procesado. Tiempo máximo de espera en cámara de 48 horas para el producto fresco.

 

b. Pesaje de materia prima.

 

El pescado es pesado después de la salida del estanque de desangrado del sistema de cosecha en vivo.

 

c. Corte y eviscerado (sector 1).

 

Para el eviscerado se cuenta con una máquina automática de marca Baader, cuyo modelo es el B142. Se realiza un corte ventral desde el poro genital hasta el nivel de aletas pectorales luego se extraen las vísceras. En forma opcional se puede realizar en esta etapa un corte de cabeza o corte de las agallas.  En esta etapa además se separan las ovas disponiendo para esto de bandejas plásticas. Las ovas se dejan en sector 5 a la espera de ser procesada.

 

d. Limpieza (sector 2)

 

El riñón ubicado bajo la espina dorsal se saca mediante un corte superficial en el tejido para luego retirarlo en forma semiautomática (succionado mediante sistema de vacío), los restos de sangre y grasa se extraen con agua, en esta etapa se lava por aspersión la cavidad ventral, agallas si es necesario y la piel, el producto es llevado a la etapa de clasificación a través de canaletas de movimiento continuo.

 

e. Clasificación y calibrado (sector 3)

 

En esta etapa se clasifica el pescado de acuerdo a los estándares de clasificación y calidad exigidos por la Asociación de Productores de Salmón y Trucha. , y/o de acuerdo a los estándares exigidos por el cliente.  Se verifica la limpieza y presencia de parásitos en branquias.

 

El pescado se calibra en balanza mecánica, electrónica o automática de acuerdo a los estándares comerciales de la que maneja la planta.

 

f. Pescado fresco enfriado

 

La presentación del producto es entero y/o HG eviscerado con y / o sin agallas. 


g. Filetes y/o Trozos.

 

Descamado (opcional) (sector 3): El descamado es una operación opcional que se aplica sobre el pescado entero antes del proceso de fileteo. La descamación se realiza en forma mecánica por medio de una descamadora, posteriormente se realiza un lavado por inmersión para extraer los restos de escamas. El pescado descamado se ubica en bins en cama de hielo hasta continuar con el proceso de fileteo.

El tiempo de recambio de esta solución será cada 500 kilos.

 

g.1. Fileteado (sector 6): En esta operación se obtienen los filetes en forma manual haciendo un corte medio longitudinal tomando como eje la espina dorsal del pescado.

Recorte, extracción de espinas y/o porcionado (trozado) (sector 7): En esta operación se definen 6 tipos de corte los cuales se denominan comúnmente como Trim A, B, C, D, E y F. Esta nomenclatura define la presencia de espinas hueso y grasa del filete.

 

g.2 Despielado (opcional) (sector 7): Este es un paso opcional donde se extrae la piel utilizando una despieladora semiautomática que realiza un corte laminar entre la piel y la carne.

Clasificación del filete (sector 7): En esta etapa se clasifica el filete de acuerdo a los requerimientos del cliente, además se inspecciona color, presencia de parásitos, espinas y restos de sangre.

 

g.3 Moldeo de filetes (sector 8): El filete clasificado es envuelto en un Film strech y o protegido con lámina plástica. En ambos casos el producto es dispuesto sobre placas y estas en los carros de enfriamiento.

 

h. Pescado congelado.

 

La presentación del producto es entero y/o HG; eviscerado con y / o sin agallas; filetes; trozos y subproductos.

 

h.1 Moldeo (colgado y/o en placa) (sector 9): El producto es ubicado en placas y/o colgado de acuerdo a los requerimientos del cliente. sub productos (pulpa, recortes, gónadas.).

h.2. Lavado y selección materia prima (sector 2): La materia prima de la pulpa es el esquelón, Esta materia prima y las ovas son separadas de la línea de proceso a la espera de ser procesada. Previo al proceso definitivo, la materia prima es lavada por inmersión para eliminar restos de sangre. Las ovas son seleccionadas y ubicadas en canastillos.  El tiempo de recambio de esta solución será cada 100 kilos.

h.3 Extracción de carne (sector 7): La carne de esquelón se obtiene con una máquina que hace este trabajo.

Clasificación de pulpa: La carne debe estar libre de restos de sangre y o huesos.

Clasificación ovas (sector 3): Las ovas de buena pigmentación y que no han sufrido daño mecánico se envasan en bolsas plásticas.

h.4 Moldeo y pesaje (sector 8):

La pulpa y ova son moldeadas en bolsas plásticas formando bloques de entre 0.5 a 5 kg.

 

i. Enfriado (10)

 

Para los productos fresco enfriado el pescado se mantiene a baja temperatura (entre 2°C y 0.5 °C) para esto se disponen los pescados clasificados y calibrados en bins isotérmicos, alternando una capa de hielo y otra capa de pescado. Los filetes son moldeados en placa, las cuales son llevadas a túnel de frío hasta que el producto alcance 0ºC.

 

j. Congelación (sector 10) .

 

El producto entero y o HG son puestos en placas que van en carros de congelado. Los carros con el producto son llevados al túnel de congelación que funciona en sistema batch, esta operación debe realizarse en un máximo de 8 horas para el producto entero o HG y en 6 horas para filete y subproductos.

Otra opción es, túnel continuo donde los productos van directo en la cinta del túnel continuo, el tiempo de congelado mediante este sistema es para filetes en 1,5 horas y el HG alrededor de 2,5 horas aproximadamente. Una vez que el producto ha alcanzado la temperatura de congelación en su centro térmico es trasladado al post túnel donde queda hasta ser empacado.

 

k. Vacum pack (opcional) (sector 12).

 

El producto congelado es empacado al vacío.

 

l. Pesaje (sector 12)

 

El producto congelado previo al glaseo es pesado en cajas plásticas taradas (peso neto del producto) El producto fresco es pesado en la caja definitiva previa tara del material de empaque por caja.

 

m. Glaseo (opcional) (sector 12).

 

Operación opcional en el producto congelado. El pescado y/o los filetes son glaseado por inmersión, durante 2 a 3 seg., en una solución de agua- hielo, a 0°C, para formar una capa protectora que evitará la deshidratación y oxidación durante el almacenaje. El tiempo de recambio de esta solución será cada 870 kilos.

 

n. Empaque (sector 12).

 

En el producto fresco enfriado una vez lograda la temperatura de enfriado (de 0.5 a -2,0ºC) el producto se coloca en cajas de poliestireno expandido, se registra en la caja peso neto, las unidades, el calibre, identificación de la especie, el tipo de presentación, la clave de producción, la guía, el número de caja. En éste momento se agrega hielo o gelpack, se sellan las cajas con cinta adhesiva y se palletizan.

Para el producto congelado, las piezas son envasadas individualmente en bolsas plásticas, se colocan en cajas de cartón las cuales se sellan con zuncho plástico, una vez realizado esto, se procede a la rotulación de las cajas registrándose el peso neto, las unidades, el calibre, identificación de la especie, el tipo de presentación, la clave de producción, la guía y el número de caja.

 

o. Almacenamiento (opcional) (sector 13 y 11):

 

Las cajas con el producto fresco terminado, se almacenan en cámara de refrigeración, a una temperatura de -2°C a 0.5ºC, durante 24 a 36 hrs. (sector 13). En el producto congelado las cajas empacadas se disponen en pallets y son llevadas a la cámara de almacenamiento (sector 11) o contenedores térmicos donde se estiban en forma ordenada de acuerdo a tipo de producto y grado de calidad, estas permanecen en la cámara hasta el despacho, a una temperatura de -18°C, como mínimo.

 

p. Despacho (sector 14)

Durante el despacho de producto, se toma registro de las cajas despachadas con el fin de generar las planillas de resumen de embarque documento donde se declara el producto despachado.

 

q. Recepción de insumos (sector 14).

 

El encargado de bodega recepciona los insumos, cerciorando visualmente que estos correspondan a lo que él ha pedido. Una vez recepcionado, estos se etiquetan claramente y se guardan separando los detergentes y sanitizantes de los insumos de empaque. Para cada insumo se solicitará en forma obligatoria la presentación de los Certificados Food Grade.

 

r. Se incorpora la etapa de cosecha viva que contempla; el lance los peces, bombeo, estanque de enfriado, corte de agallas, desengrasado y recepción de materia prima (Especificaciones Adenda 1).

 

3.5.2.2. Sistema de Tratamiento de RILes.

 

a. Requerimiento de mantención.

 

- Limpieza de cámara de rejas (separación primaria): 1 vez/ semana Aceitado y engrase de motores agitadores: 1 vez/ año Mantención de rodamiento y engranajes de motorreductores: 1 vez/ año Mantención de rastras DAF, engrase: 1 vez/ año.

 

- Control de la operación: niveles de equipos. Verificación de operación bombas de dosificación, agitador sumergible.

 

- Cuando se complete un ciclo de filtración, se apaga encendido de bomba de alimentación de lodos IR-ARO 2“, ya que se podría activar automáticamente estando el filtro abierto.

 

-         Limpieza de placas y telas al menos una vez por semana, con hidrolavadora.

-         En caso de saturación de las telas por tener exceso de polímero, se recomienda sumergirlas al menos 1 día en una solución ácida (sulfúrico o clorhídrico) al 5-10%.

-         Verificación del  nivel de aceite en central hidráulico-neumática.


b. Etapas físico-químicas de la planta .

 

b.1. Acumulación:

 

El estanque contempla una capacidad 200 m3, con un tiempo de retención de 4 horas. Para la alimentación de Ril hacia la siguiente etapa del sistema de tratamiento, se utilizarán dos bombas de elevación, una en operación la otra en stand-by con una capacidad de 50 m3/h a una altura de elevación de 7,5 m.c.a.

 

b.2. Coagulación:

 

Aquí se realiza la dosificación de agente coagulante (cloruro férrico) para neutralizar las cargas eléctricas de los coloides y así promover la formación de coágulos. Al igual que la etapa anterior, la coagulación se realiza en un estanque reactor agitado, fabricado en HDPE con una capacidad de 5.000 litros. El sistema cuenta además con una electrobomba dosificadora de coagulante, la que será comandada por un sistema automático de control de pH.

 

b.3. Ajuste de pH:

 

El RIL coagulado y a un pH entre 4-5, pasa a la siguiente etapa por rebalse, en donde se realiza la dosificación de agente neutralizante (lechada de cal) con el objeto tanto de ajustar (elevar) el pH al nivel óptimo (pH 6-8) para la posterior etapa de floculación. Este ajuste de pH, también se realizará en un estanque reactor agitado fabricado en HDPE con una capacidad de 5.000 litros. El sistema cuenta además con una bomba neumática dosificadora de lechada de cal, la que será comandada por un sistema automático de control de pH, y un estanque agitado para su preparación.

b.4. Floculación:

 

La dosificación del floculante (polielectrolito) permite la formación de coágulos de gran tamaño (flóculos), los que son removidos en la etapa posterior de flotación. La dosificación del floculante se realizará en la línea de alimentación a la unidad de flotación, en donde el RIL cae por gravedad e ingresa a la siguiente etapa también por rebalse. Esta etapa estará equipada con un sistema automático de preparación y dosificación de polímero.

 

b.5 Flotación:

 

Con el objeto de separar los flóculos generados en la etapa anterior, se implementará un sistema de Flotación por aire disuelto (D.A.F.), íntegro en acero inoxidable, el que generará las condiciones adecuadas para lograr la flotación de los flóculos, los que serán descartados a través de un sistema de paletas móviles por un vertedero superior, siendo el agua tratada descargada por un vertedero inferior hasta el punto final de disposición.

 

para su desinfección final. Las principales ventajas de este sistema, respecto de los convencionales de flotación, dicen relación con la formación de las microburbujas más pequeñas que se puedan obtener (20-50µ), lo que significará una notable mayor eficiencia en la flotación y por ende menor consumo de productos químicos.

 

b.6. Acumulación de lodos:

 

Con el fin de acumular y facilitar la operación del sistema de deshidratado, se dispondrá de un estanque de acumulación de lodos, fabricado en polipropileno con un volumen de 5 m3.

 

b.7. Filtración.

 

Para separar y compactar el volumen de lodos floculados contenidos en el Ril, se dispone de un equipo Filtro-Prensa. Fue elegida esta opción debido a las ventajas operativas que presenta ya que permite deshidratar los lodos a un contenido de humedad del orden del 55%. Los lodos deshidratados serán dispuestos en un contenedor. Con el objeto de asegurar una expedita operación del sistema existente, si dispondrá de una bomba de diafragma con capacidad para 7,0 m3/h a una presión de 9 bar.

 

c. Frecuencia de emisión de RILes.


La frecuencia de emisiones de RILes será constante durante el día, mes, y año, respetando la jornada laboral. La generación de Riles será continua durante la jornada laboral, pero será discontinua durante el día (24 hrs.). Durante cada jornada laboral, la producción y emisión de RILes será siempre al 100%, por cuanto la producción seguirá este ritmo.

3.5.2.3.  Planta de tratamiento de Aguas Servidas.  

El sistema de tratamiento de aguas servidas del cual cuenta la Planta contempla básicamente las siguientes etapas:

 

a. Fosa séptica.

 

Para la remoción de sólidos gruesos molestos para las posteriores etapas del tratamiento, se dispondrá de una Fosa Séptica.

 

b. Tratamiento Biológico.

 

Cuenta con un Sistema lodos activados, modalidad aireación extendida. El Sistema presenta una mínima generación de lodos, una mínima potencia instalada y una excelente capacidad de adaptarse a los peaks de carga orgánica. Por la alta retención celular que existe en el Sistema (mayor a 20 días), no se hace necesaria la digestión final de los lodos descartados.

 

c. Sedimentación Secundaria.

 

Esta etapa, después del tratamiento en el reactor de Lodos Activados, se separa por sedimentación los lodos biológicos generados en el proceso de Aireación. El sobrenadante, agua tratada, es evacuado a través de un vertedero superior ya en condiciones de ser enviado al cuerpo receptor.

 

Los lodos biológicos son extraídos desde el fondo del sedimentador, recirculándose parte de ellos al estanque de aireación para mantener una adecuada concentración de microorganismos en el Reactor biológico, siendo el exceso
enviado a un Sistema de deshidratado, a base de Filtro prensa.

 

El sedimentador utilizado es un sedimentador estático de 4,5 m2 de área de sedimentación, 2,5 m de diámetro y una altura total de 3,83 m.

 

d. Deshidratado de lodos.

 

Con  el objeto tanto de deshidratar como de reducir el volumen de lodos generados en el tratamiento biológico, para poder ser dispuestos en un vertedero autorizado, se considera la utilización de un sistema a base de Filtro Prensa y Floculador. Para lograr una expedita operación del sistema, se dispone de un floculador mecánico de 1000 litros de capacidad, el que además cumple la función de acumulación del exceso de lodos generado por día del sistema de tratamiento, como también un filtro prensa de placas con capacidad de 32,4 litros el que permite efectuar solo un batch de prensado por día.

 

El exceso de lodo generado será de aproximadamente 1,0 m3/d con 99% de humedad, que serán deshidratados hasta aprox. 65% de humedad con un volúmen de aprox. 30,0 l/d.

e. Desinfección.

 

Esta etapa tiene como finalidad remover el contenido de coliformes fecales contenidos en las ASD, para lo cual se cuenta con un sistema de dosificación de ozono, existente, a la salida del sedimentador secundario.

 

3.5.2.4. Plan de Contingencias propuesto por el titular.

 

Actividad

Tipo de acción

Evento

frecuencia

Objetivo

Responsable

Emisario submarino

 

 

 

 

 

 Preventiva

Revisión visual de emisario

semestralmente

Determinar posibles desconexiones, fracturas o roturas del emisario mediante buceo submarino en toda su extensión.

Operación (Depto. Mantención).

Revisión y filmación

anual

Filmar emisario submarino para ver posición de muertos, posibles fallas por fatiga del emisario, etc.

Gerencia y empresa externa en el ejecución

 

 

 

 

  

Correctiva

Desconexión de tubo de emisario  por cualquier motivo

Ocurrencia media

Se deberá detener la generación de riles relativos a no ejecutar proceso de riles hacia el sistema.

 Operación. Depto. mantención.

Fractura o rotura de emisario submarino (fatiga de material otro motivo

Ocurrencia baja

Se deberá detener  la generación de riles en la empresa  mientras se ejecuta la reparación

 Operación. Depto. de mantención

 

 

Planta de pretratamiento de Riles y proceso de aguas servidas.

preventiva

mantención

Según especificaciones fabricante

Mantención de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante.

Operación. Depto. de mantención

correctiva

Desperfectos

Ocurrencia baja

Mantención preventiva en los sistemas de menor generación de residuos.

Operación. Depto. de mantención

correctiva

Cortes de luz

Ocurrencia baja

Conexión a generador de planta de proceso.

Operación. Depto. de mantención

 

El titular señala que, la capacidad de tratamiento que posee el sistema de tratamiento de RILes (1200 m3/día) esta sobrestimada, respecto a los caudales generados por la planta de proceso (450 m3/día de ril y aguas servidas) por lo que la saturación de capacidad de tratamientos de RILes es muy poco probable, sólo en caso de aumentar la producción de la planta se elevarán los caudales de RILes generados al punto de saturación de tratamiento, lo que implicaría la remodelación o reemplazo del sistema de tratamiento actual. Dado lo anterior, el titular no propone medidas de contingencia ante la saturación de capacidad del sistema de tratamiento de RILes.  

 

3.5.2.5. Plan de monitoreo propuesto por el titular.

 

a. Se proponen los siguientes parámetros a monitorear: Caudal, Ph, Temperatura, Sólidos Sedimentables, Sólidos Suspendidos Totales, DBO5, Aceites y Grasas, Sustancias Activas al Azul de Metileno.

 

b.  Los métodos de análisis contemplarán los métodos establecidos en las normas chilenas oficiales, teniendo en cuenta que los resultados deberán referirse a valores totales en los contaminantes que corresponda.

 

3.5.3. Etapa de Abandono.

 

La vida útil del proyecto es indefinida. No obstante, a futuro la empresa considera modificaciones necesarias para la mantención, mejoramiento y remodelación de instalaciones y proceso productivo, todo tendiente a generar una producción sustentable en términos económicos y ambientales. 

 

3.6. Principales  emisiones,  descargas y residuos del proyecto.

 

3.6.1.      Generación de residuos líquidos.  

Se generarán residuos industriales líquidos provenientes de la planta de proceso con un caudal de descarga promedio de 420 m3/dia , los cuales serán descargados al mar a través de un emisario submarino fuera de la zona de protección de litoral.

Se generarán 30 m3/dia de aguas servidas, las que serán previamente tratadas a través de una planta de reacción biológica con aireación extendida y una vez tratadas serán unificadas al RIl (tratado) y descargadas la mar mediante el emisario submarino fuera de la zona de protección de litoral.

3.6.2. Generación de Residuos Sólidos.

Los residuos sólidos generados se especifican en la siguiente tabla:

Etapa

Tipo de residuo

Tratamiento

Cantidad

Disposición final

Construcción

Escombros restos propios de la instalación

Almacenamiento dentro del predio bins

---

Vertedero autorizado

Operación Planta tratamiento riles

Lodos

Deshidratación mediante equipo de prensa.

----

Vertedero autorizado

Operación Planta tratamiento aguas servidas

lodos

Acumulación en fosa séptica y deshidratados en filtro de prensa.

 

 

 

La humedad indicada en la caracterización de lodos (Informe de Análisis SAH-05111) corresponde a Lodo en base seca, proveniente de la prensa de la planta de tratamiento de RILes. En dicho Informe la humedad resultante es de un 61,78%, humedad que se condice con Lodo Deshidratado (Aquellos sometidos a procesos de secado, logrando un porcentaje de humedad igual o inferior al 70% por peso).

3.6.3. Generación de Ruidos.

No se contempla generar ruidos de carácter significativo en la etapa de construcción como en la etapa de operación del proyecto..

3.6.4. Generación de emisiones atmosféricas.

Se generarán emisiones de material particulado producto del movimiento de maquinaria durante  la etapa de construcción, en cantidades menores, por lo que no habrán emisiones de carácter significativo.

3.6.5. Generación de forma de energía.

No se generarán formas de energía. 

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que:

4.1. De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, lo señalado en los informes sectoriales de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de evaluación, los demás antecedentes agregados al expediente y lo expuesto en este Informe Consolidado final de la evaluación, es posible señalar que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental vigente, asociada al proyecto. 

4.1.1. Ley 19.300/1994. Ley de Bases Generales del Medio Ambiente.

El titular ha acreditado durante la evaluación ambiental del proyecto que cumple con todos los aspectos de la Ley aplicables a la actividad.

4.1.2. Decreto Supremo 95/2001. Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El titular ha acreditado durante la evaluación ambiental del proyecto que cumple con todos los aspectos del presente Reglamento, incluidos los antecedentes y exigencias del permiso ambiental sectorial estipulado en el artículo 73, 90, 91, 94 y 96 de dicho Reglamento.

4.1.3. D.S. N° 90/00. Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.  

  • El titular dará cumplimiento al Plan de Monitoreo que establece la referida norma, y descargará al mar fuera de la Zona de Protección de Litoral, a través de un emisario submarino de acuerdo a los parámetros indicados en la Tabla 5.
  • El titular deberá, con al menos 90 días de anticipación a la entrada en operación del Sistema de tratamiento, dar aviso por escrito a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), según formato indicado en la página web: www.siss.cl, con el objeto de que ésta fije mediante resolución, el Plan de Monitoreo e informes respectivos al fiscalizador.
  • Una vez que se inicie la etapa de operación, el titular realizará una caracterización de su descarga, conforme a la tabla N° 3.7 del D.S. N° 90/00, cuya metodología corresponderá a lo establecido en el punto 6 de la misma Norma.
  • Lo Autocontroles serán realizados según el punto 6.1, y las metodologías de muestreo y análisis serán las correspondientes a las indicadas en dicha norma.
  • Considerando que la descarga se efectuará al interior de un área apta para la acuicultura, deberá incluir en el monitoreo de Autocontrol del efluente y en el programa de Vigilancia Ambiental del medio acuático el parámetro coniformes fecales.

4.1.4. Ley 18.892 D.S. N°430/1992 Ley General de Pesca y Acuicultura.

 

El titular deberá someterse al cumplimiento en todas las etapas del proyecto con las condiciones y exigencias impuestas, respecto del artículo 1º, 122 y 136º de la presente Ley

4.1.5. D.S. N° 1/1992 Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática.

  • El titular descargará los efluentes tratados Fuera de la Zona de Protección Litoral, a través del emisario submarino.
  • El titular dará cumplimiento a las disposiciones contenidas en el "Protocolo para la protección del Pacífico sudeste contra la contaminación de Fuentes Terrestres y sus anexos I, II, y III ", para las descargas efectuados desde el emisario submarino

4.1.6. D.S. N° 594/1999 Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en Lugares de Trabajo.

  • El Titular garantizará en todas las etapas de desarrollo de la actividad, las condiciones sanitarias y seguridad básicas para las personas que laborarán en ella.

4.1.7.  D.F.L. Nº 725/67. Regula el otorgamiento de autorización sanitaria para evacuar, tratar o disponer aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o minero y las condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras.

  • Se acreditará la recepción y autorización del sistema de tratamiento de RIles.
  • Se mantendrán las condiciones adecuadas en el manejo y la disposición intermedia de los desechos (traslado), así como también, la disposición final de éstos, se efectuará en un Vertedero o Relleno Sanitario debidamente autorizado

4.1.8. Ley 19.821, que modificó la ley 18902, relativa a establecimientos Industriales .

El titular velará a fin de prevenir la contaminación de los cuerpos de agua mediante el control de los contaminantes asociados a los residuos líquidos generados en el sistema de pretratamiento. 

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región " requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 73, 90, 91, 94 y 96 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto se indica que:

4.2.1. Artículo 73: Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna, a que se refiere el artículo 140 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, reglamento para el control de la contaminación acuática. Al respecto:

a. La ubicación donde serán evacuados los efluentes esta determinado fuera de la zona de protección litoral  y cumplirá en todo momento con los límites máximos permitidos por la Tabla Nº 5 del DS Nº 90.

b. El caudal máximo a descargar de riles será de 420 m3/dia, de acuerdo al flujo de descargas especificados en la DIA (antecedentes complementarios Adenda Nº 1) .

 

c.  Respecto de lo establecido en el Título IV del “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”, promulgado por D.S.1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, el titular entrega los antecedentes necesarios sobre la el punto de descarga y las características de diseño generales que tendrá el Emisario Submarino, de acuerdo a las especificaciones informadas en la DIA, la Línea de Base Ambiental, y aclaraciones de la adenda.

 

d. El punto de descarga del emisario será a una profundidad de 25 m, en las coordenadas UTM (Universal Tranversal Mercator): 5.389.722 Norte y 660.224 (Este).

 

e.  La ZPL, quedará fijada mediante resolución de Directemar que fije la ZPL, a fin de dar cumplimiento a Tabla N° 5 del DS 90 (límites máximos permitidos para la descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua marinos fuera de la zpl).

 

g. El titular contempla un Programa de Vigilancia Ambiental que permitirá evaluar en el tiempo el impacto que tendrá la ejecución del proyecto en el sector de Bahía Ilque. El monitoreo propuesto, contempla un programa semestral del cuerpo de agua receptora (Especificaciones DIA Anexo X).

4.2.2. Artículo 90: En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario. Al respecto:

a. Para la caracterización del RIL, se considerarán los parámetros de acuerdo a la Norma de Emisión de residuos líquidos a cuerpos de aguas  continentales superficiales, D.S Nº 90/2000 para límites máximos de descarga de residuos líquidos industriales  fuera de la Zona de protección de Litoral Tabla Nº 5.

b. Se considera el tratamiento físico-químico de las aguas RILes , el cual contempla un sistema de deshidratación de lodos mediante filtro de prensa.

 

c.  La capacidad máxima de tratamiento por parte de esta planta es de 1200 m3/día, caudal considerado en las modelaciones de la Pluma (como peor condición). Las aguas servidas aportan con 30 m3/día, lo que completa un caudal total de 450 m3/día descargados por el emisario submarino.

 

d. Los RILes serán dispuesto al cuerpo receptor vía emisario submarino, en cuyo proceso de descarga no se contempla la generación de olores de ningún tipo.

 

e.  El titular implementará tres cámaras de muestreo: la posición de éstas se dan en las siguientes las coordenadas UTM DATUM WGS – 84:

Cámara 1 (RILes): 659689,71 (E) y 5389752,23 (N).

Cámara 2 (Aguas Servidas): 659700,17 (E) y 5389720,00 (N).

Cámara 3 (unificación de descarga): 659703,16 (E) y 5389775,07 (N).

 

4.2.3. Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

 

a. Se tratarán las aguas servidas media nte sistema de lodos activados, modalidad aireación extendida. Se realiza una caracterización físico-química y microbiológica de las aguas.(antecedentes DIA)

b. El efluente no sobrepasará  los 70 NMP/100 ml. de coliformes fecales (En el anexo 1 (Informes de Laboratorio) se presenta el Informe 0603346 del Laboratorio Ambiental (SGS Chile Ltda.), correspondiente a los análisis de Coliformes fecales de entrada y salida).

4.2.4. Artículo 94.: "En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo

a. El titular presenta diagrama de flujo de la planta de tratamiento incluyendo todas las unidades involucradas y detallando los caudales de entrada y salida.(Adenda 1, ANEXO 3).

b. El titular presenta memoria técnica de características de construcción de planta (Especificaciones Anexo II DIA).

c. El titular presenta plano de planta con las instalaciones del proyecto (anexo V. DIA).

d. El titular presenta Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química.

e. No se contempla  el uso de sustancias peligrosas durante la operación del proyecto.

f. El titular velará para dar cumplimiento  a los requerimientos sectoriales y ambientales relativos a la implementación de Medidas de control de riesgos a la comunidad. 

4.2.5. Artículo 96: permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento a que se refiere el D.S. 485/75 Ley General de Urbanismo y construcciones Art. 55 incisos 3º, 4º. Al respecto:

El sector en donde se encuentra emplazada la Planta de Proceso Ilque ya cuenta con un permiso CUS, emitido por el ministerio de Agricultura el 10 de agosto de 1998, mediante la Resolución EX.Nº 132 (ver Anexos) . Las ampliaciones planteadas en el presente proyecto están dentro de los terrenos autorizados .

 

De acuerdo a los antecedentes informados, el índice de constructibildad excede lo aprobado. Por lo consiguiente el titular deberá solicitar sectorialmente y ante el Órgano correspondiente  la solicitud de  modificación en el índice de constructibilidad, o la eventual necesidad de ampliar la superficie predial.

5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región " no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6. Que, en consideración a lo señalado en el artículo 15, literal d) del D.S 95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el titular no adquiere compromisos ambientales voluntarios.

7. Que, cualquier cambio en la capacidad del sistema de tratamiento de RILes, deberá evaluarse la pertinencia de ingreso y/o modificación dentro del marco del SEIA.

8. Que, se incluye a la presente resolución como parte complementaria al proyecto, todos los informes generados durante el proceso de evaluación ambiental, incluida sus adendas e Informe Consolidado de Evaluación (ICE) ambiental.

 

9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular informará a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

 

10.  Que, respecto al Plan de Contingencias y Medidas de Seguridad, el titular  llevará un registro de las medidas propuestas, y un registro de la aplicación del Plan, el cual estará en el lugar del Proyecto a objeto del Plan de Seguimiento ambiental correspondiente.

 

11. Que, en caso de emergencias producida por materiales o sustancias peligrosas, o que las puedan afectar, pudiendo ser o no, alguna de las establecidas en los planes de contingencia del proyecto, el titular dará aviso además de las autoridades competentes, como son la Autoridad Sanitaria y  Dirección Regional de CONAMA, al cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano del lugar . De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de éstos a objeto de controlar dicha emergencia.

 

12. Que, el titular del proyecto informará inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

 

13. Que, el titular del proyecto comunicará inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.

 

14. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

15. Que, para que el proyecto Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 

 

16. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos. 

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región ".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región " cumple con la normativa de carácter ambiental,  incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 73, 90, 91, 94, y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Asi mismo, los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental en las materias, relativas al respectivo proyecto actividad, quedarán obligados a otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos ambientales

Notifíquese y Archívese





Jaime Bertín Valenzuela
Intendente
Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la
X Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director (S)
Secretario Comisión Regional del Medio Ambiente de la
X Región de Los Lagos




AWS/ZSG

Distribución:
  • Hans Kossmann Perl
  • Gobernación Maritima de Puerto Montt
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Montt
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, X Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de los Lagos
  • Sernapesca, X Región de Los Lagos
  • Sernatur, X Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Ampliación de Planta de Proceso, Regularización de Planta de Tratamiento de RILes y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, e Instalación de Emisario Submarino para la Descarga de Efluentes fuera de la Zona de Protección Litoral de la Empresa Patagonia Salmon Farming S.A., en Bahía Ilque, X región "
  • Archivo CONAMA X, Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=9c/49/4070218b180300fd1e518f6741da6fd289b7


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