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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa ."

1           CAPITULO I:    DESCRIPCION Y ANTECEDENTES GENERALES

1.1           Datos del Titular y Ubicación del Proyecto

a)      Titular

 

Titular              :           AES GENER S.A.

R.U.T.             :           94.272.000-9

Domicilio         :           Mariano Sánchez Fontecilla N° 310 piso 3, Las Condes, Santiago

Teléfono          :           686 8900

Fax                  :           686 8991

 

b)      Representante Legal

 

Representante legal:     Luis Felipe Cerón Cerón

R.U.T.             :           6.375.799-3

Domicilio         :           Mariano Sánchez Fontecilla N° 310 piso 3, Las Condes, Santiago

Teléfono          :           686 8900

Fax                  :           686 8991

 

1.2         Antecedentes Generales del Proyecto y Ubicación

 

El nombre del proyecto es “Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa”, también denominado CTSL, consiste en la construcción y operación del proyecto Central Termoeléctrica Santa Lidia que fuera aprobada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Bío-Bío, en sesión de fecha 09 de abril de 2007, lo cual consta en la Resolución de Calificación Ambiental RCA Nº 127/2007 del 10 de Mayo de 2007, en un nuevo lugar de emplazamiento y con algunas modificaciones al proyecto original.

 

De esta manera, en esta DIA se somete un proyecto de características similares al anterior, que cumple la normativa ambiental, y que se localiza a 3 km del anterior, vecino a la Subestación (S/E) Charrúa del Sistema Interconectado Central (SIC). Una vez aprobada la presente DIA, y por lo tanto aprobado el proyecto CTSL en el emplazamiento propuesto en este documento, Charrúa, AES GENER renunciará al permiso otorgado en el emplazamiento aprobado por la RCA Nº 127/2007, del cual es actualmente titular.

 

El proyecto CTSL será de 396 MW en 3 Etapas. En su primera etapa, la CTSL será del tipo Ciclo Abierto con una potencia instalada bruta de 132 MW funcionando a través de una turbina dual. El combustible principal a utilizar en esta primera etapa será petróleo diesel. En una segunda etapa, la CTSL tendrá una potencia instalada bruta de 264 MW utilizando dos turbinas duales (petróleo diesel) de 132 MW cada una. Finalmente se proyecta una tercera etapa cuya potencia instalada bruta será de 396 MW, a través de 2 turbinas duales (petróleo diesel / gas natural) de 132 MW cada una, las que operarán en ciclo combinado incorporando una turbina a vapor de 132 MW. El combustible principal en esta etapa será gas natural y por lo tanto esta etapa se construirá una vez que la central pueda operar a gas natural.

 

El sector donde se ubicará la central se caracteriza por la existencia de amplias áreas con plantaciones de pinos y un número importante de líneas de transmisión eléctrica. La población más cercana al sitio de la nueva central es la localidad de Charrúa.

 

El área de emplazamiento específica del proyecto corresponde a un área rural de 5,0 ha., localizada fuera de la extensión normada por el Plan Regulador de la Comuna de Cabrero. El terreno se encuentra inserto en una propiedad de 15,5 ha. Las 5,0 ha. que se ocuparán para las instalaciones de la CTSL incluyen la S/E de salida y parte de la franja que se ocupará para el tendido eléctrico. Se reforestará una franja de 6 metros en el perímetro del  terreno, a objeto de mitigar los efectos sobre el paisaje generado por la CTSL.

 

La distancia al empalme de distribución de petróleo diesel Oleoducto Trasandino es de 2,5 km y al empalme de distribución de gas natural Gasoducto del Pacífico es de aproximadamente 26 km.

 

Las coordenadas del predio de emplazamiento del proyecto son las siguientes:

 

Tabla Nº 1

Coordenadas UTM de los Vértices del Predio donde se Emplazará la

Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa

 

Vértice

Norte

Este

V1

5.891.328

738.440

V2

5.891.144

738.809

V3

5.891.535

738.926

V4

5.891.629

738.742

V5

5.891.583

738.724

V6

5.891.673

738.550

Datum WGS-84

 

El predio donde se emplaza la CTSL se encuentra vecino al deslinde Oriente de la S/E Charrúa.

 

La energía generada en la CTSL será transportada desde el patio de alta tensión a la S/E Charrúa mediante una línea transmisión eléctrica de 2x220 kV de 100 metros (según plano Nº P-256-CE-01 en Anexo 2.1 de la DIA).

 

Para acceder al predio donde se ubicará el Proyecto, existe una red vial compuesta por la Ruta 5 Sur, desde donde, a la altura de Cabrero, se accede a la Ruta O – 97 – N (Cabrero – Cholguán). A 550 metros del cruce con la Ruta O – 541 por la Ruta O – 97 – N se toma a la derecha un camino de uso forestal situado bajo las líneas de alta tensión que conectan la S/E Charrúa que finalmente conduce al sitio de emplazamiento del proyecto.

 

La siguiente figura muestra el camino de Acceso a la CTSL desde la Ruta 5 Sur. (ver versión papel de este informe en expediente para acceder a figuras o figura Nº2 de la DIA).

1.3     Monto estimado de la inversión y Cronograma de actividades

 

La inversión total estimada para el proyecto Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa es de 175,0 millones de dólares.

 

 

El inicio de la construcción del proyecto está contemplado para el segundo semestre del año 2007, mientras que el inicio de la operación de la primera etapa está previsto para el segundo semestre del año 2008.

 

La vida útil considerada para la CTSL es de 25 años.

 

Si bien la Etapa 1 del proyecto se ejecutará una vez que se cuente con la aprobación ambiental, la Etapa 2 se realizará de acuerdo a la demanda del sistema eléctrico y para la última (Etapa 3) una vez se disponga de gas natural para el proyecto. Por ello, los plazos presentados para la ejecución total del proyecto son tentativos y están sujetos, como fue mencionado anteriormente, a la demanda de energía y disponibilidad de gas natural.

 

En el Anexo 2.2 de la DIA se presenta el Plano 256-1000-GA-001 con la Disposición de Equipos e Instalaciones (lay-out) del proyecto, conforme a las etapas de desarrollo que se plantean hasta alcanzar la generación de 396 MW. En dicha lámina se puede apreciar la ubicación de la S/E y la línea de salida de la energía.

 

El promedio de personal requerido durante el período de construcción es de 100 personas, pudiendo llegar a unas 250 personas en el máximo. De este personal, unas 50 es personal calificado y alrededor de 200 son no calificadas o semi-calificadas.

 

1.4   Descripción de la Etapa de Construcción

 

Las principales obras de la Etapa 1 del proyecto corresponden a la Instalación en faenas y preparación del sitio donde se instalará la CTSL, mejora del camino de acceso, relleno de la plataforma (incluyendo el transporte de material para relleno), instalación de la turbina y estructuras (Construcción de edificios, obras civiles y fundaciones, galpones, estructuras de soporte de la chimenea, chimenea, pozos de agua, estanque de agua, S/E) y línea de transmisión. Finalmente se realizarán las pruebas de los equipos de la CTSL.

 

Las principales obras para llevar a cabo en la Etapa 2 corresponden a movimientos de tierra para la ampliación de la plataforma, la instalación de la segunda turbina dual, estructuras de soporte de la nueva chimenea, chimenea, aumento de la capacidad de planta de agua desmineralizada.

 

Las principales obras en la Etapa 3 corresponden a movimientos de tierra para la ampliación de la plataforma, instalación de la turbina de vapor, calderas recuperadoras con su chimenea y aumento de capacidad de planta de agua desmineralizada y torres de enfriamiento.

 

El horario normal de trabajo durante la etapa de construcción será de las 24 horas de lunes a domingo.

 

Los trabajos radiográficos de soldaduras, serán ejecutados por firmas especializadas, en horario nocturno, con las medidas de seguridad correspondientes como por ejemplo, impedir la circulación de personal a 50 metros del lugar de la radiografía.

 

Los trabajos de construcción se realizarán con procedimientos que minimicen los riesgos de incendio. No se permitirá el almacenamiento de desechos inflamables en la obra. Se proveerán equipos adecuados de protección y combate contra incendios en las áreas de trabajo y se capacitará al personal en su uso.

 

La primera actividad corresponde a la instalación de faenas en terreno para lo cual se dispondrá de un área de 2.5 hectáreas (dentro de las 15,5 has. donde se emplaza el proyecto). La instalación de faenas contempla la instalación de oficinas para el Contratista y la Inspección Técnica de Obras del Mandante, depósito de materiales, depósito de combustibles, bodegas, talleres, baños y servicios higiénicos, comedor y otras instalaciones menores.

 

Como primera actividad constructiva se realizará la limpieza, escarpe y despeje del área de 5 hectáreas donde se emplazará la Central Termoeléctrica Santa Lidia.

 

Debido a que el sitio donde se emplaza el proyecto fue un área con destino forestal, es necesario remover la capa de suelo orgánico en el área del proyecto la cual será reutilizada para fines de reforestación.

 

La obra no contará con campamento para alojar a los trabajadores por cuanto estos podrán pernoctar en las localidades de Charrúa, Cabrero y Monte Águila, próximas al terreno del proyecto.

 

1.4.1    Mejoras al Camino de Acceso

 

Para acceder al predio donde se ubicará el Proyecto, existe una red vial compuesta por la Ruta 5 Sur, desde donde, a la altura de Cabrero, se accede a la Ruta O – 97 – N (Cabrero – Cholguán).

 

A 550 metros del cruce con la Ruta O – 541 por la Ruta O – 97 – N se toma a la derecha por un camino de uso forestal situado bajo las líneas de alta tensión que van hacia la S/E Charrúa. Por este camino se debe cruzar el Canal “Derivado del Medio o Pangal” también conocido como Canal Zañartu para llegar hasta el sitio de emplazamiento del proyecto. Debido a las condiciones requeridas para el tránsito frecuente de camiones de este camino, se realizarán mejoras hasta el acceso de la CTSL. (según Anexo 2.4 Plano 256-SK-1000-CE-001 de la DIA).

 

Las mejoras que se efectuarán al camino de acceso forestal son la instalación de una carpeta de rodado de 4,4 metros de ancho desde el  cruce con la ruta O-97-N y hasta la CTSL totalizando 1,3 km de caminos.

 

Además se construirá un puente de hormigón que permita el paso de los camiones que transportan el petróleo Diesel sobre el Canal Zañartu, para lo cual se elaborará un proyecto que será presentado oportunamente a las autoridades competentes para su revisión y aprobación.

 

La señalización, y la protección será mediante cercos de alambre, se realizará conforme se indica en el Manual de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas. Se accederá al sitio a través de una garita de control.

 

Se construirá además una pista de desaceleración y viraje en la Ruta O - 97 - N, en el sector de entrada al camino interno de 1,3 km para lo cual se elaborará un proyecto ad hoc, que será presentado oportunamente a las autoridades competentes para su revisión y aprobación.

 

1.4.2    Plataforma y Rellenos

 

La construcción y montaje de las obras del proyecto contempla la construcción de la plataforma para la fundación de los equipos, dadas las características del suelo arenoso en el predio donde se instalará la CTSL, la que será en etapas.

 

Previo a la ejecución de los rellenos de la plataforma, se considera la remoción y escarpe de un espesor promedio de 0,3 m. de terreno vegetal, en toda el área de la plataforma donde se emplazarán las instalaciones de la Central, equivalente a un área de 50.000 m2. El escarpe de tierra vegetal se dispondrá en los alrededores del sitio, dentro del terreno del proyecto. No se contempla la generación de mayores cantidades de material estéril.

 

Las características del relleno inicialmente previstas se resumen en la Tabla Nº 2.  Las cantidades señaladas corresponden a las necesarias para la construcción de la plataforma para las tres Etapas de desarrollo del proyecto.

 

Tabla Nº 2

Características del Relleno de la Plataforma Total del Proyecto

 

PARAMETRO

VALOR

Área

50.000 m2

Altura

3,0 m sobre el nivel del terreno

Material de Relleno

Gravas arenosas

Volumen de escarpe

(30 cm de profundidad)

15.000 m3

Volumen de Relleno

150.000 m3

 

Los rellenos que conformarán la plataforma serán gravas arenosas limitadas a un tamaño máximo de 10”, y a un porcentaje no mayor de 5 % de material fino. Estas serán compactadas con rodillos lisos vibratorios por capas de 0,5 m. de espesor.

 

Los áridos para los rellenos se obtendrán de yacimientos de empréstito cercanos que cuenten con la debida autorización de los organismos competentes.

 

El drenaje de la plataforma será preferentemente por infiltración en el mismo terreno y, en menor proporción, por escurrimiento superficial. Se mantendrá inalterado el sistema natural de drenaje superficial existente en las zonas adyacentes al relleno para la construcción de la plataforma.

 

Una vez construida la plataforma, se procederá a construir la estructura que albergará a las turbinas. Las turbinas se distribuirán sobre una plataforma de 50.000 m2 de los cuales 40.000 m2 son utilizados para la instalaciones de equipos y edificios, 5.000 m2 son utilizados para la subestación eléctrica de la central, y los restantes 5.000 m2 serán utilizados para patios de almacenamientos, oficinas y talleres durante la etapa de construcción.

 

El transporte de las turbinas al lugar de emplazamiento se realizará por calles y carreteras desde el puerto de ingreso al país, situación que será informada oportunamente cuando las dimensiones sobrepasen las permitidas por la infraestructura a utilizar. Para el transporte se subcontratará a una empresa especializada en transporte de equipos mayores, la que será responsable de solicitar en su oportunidad las autorizaciones y permisos correspondientes.

 

 

1.4.3    Línea de Transmisión Eléctrica

 

El proyecto incluye un patio de alta tensión, donde el voltaje generado por los turbogeneradores (15 kV) es elevado a 220 kV mediante transformadores de poder. Los transformadores estarán aislados por muros perimetrales contra incendio y contarán con muro de contención de derrames de aceite.

 

La energía eléctrica será transportada desde el patio hacia a la S/E Charrúa, para lo cual se construirá una línea de transmisión de alto voltaje (2x220 kV) de salida, de una longitud aproximadamente 100 metros hasta la S/E Charrúa.

 

El proyecto considera un conductor de aleación de aluminio, con un conductor por fase, y un cable de guardia de acero de alta resistencia (EMS 3/8”).

 

Las estructuras de las torres serán de acero galvanizado, auto-soportantes para circuito doble, con disposición vertical de conductores. Se emplearán aisladores de disco con acoplamiento tipo bola y rótula. Las cadenas de suspensión se formarán de varias unidades de aisladores dispuestos en forma de cadenas.

 

Cada estructura conectará a tierra por una pletina de acero galvanizado. Las estructuras se ubicarán de modo que la distancia mínima al suelo de cualquier conductor cumpla con las normas correspondientes de la SEC.

 

La construcción de la línea de transmisión se desarrolla en la Etapa 1 de acuerdo al siguiente procedimiento:

 

          Se excavará aproximadamente 1m x 1m en la superficie, y 2,5 m de profundidad, por cada pata de las estructuras de alta tensión.

 

          Las fundaciones se realizarán con hormigón micro-vibrado, el cual será transportado mediante camiones mixer y depositado en la excavación, para luego compactar el sector de la fundación en conformidad con la topografía inicial del terreno.

 

          El montaje de las estructuras de marcos se realizará descargando las partes prearmadas de los marcos y luego instalando sobre las fundaciones con la ayuda de grúas plumas, para finalizar con las estructuras de menor tamaño.

 

          Finalmente se procederá a realizar el tendido de los conductores. Para ello, se instalará un huinche mecánico, y en el otro extremo un freno y el carrete conteniendo el conductor. Se instalarán cadenas de aisladores las cuales en sus extremos tendrán poleas por donde pasará el conductor, se pasará un cable guía por las poleas, y con el huinche se comenzará a tirar el cable mientras que con el freno se controlará la tensión del conductor de modo de que éste vaya a una distancia uniforme al suelo. Luego de que el conductor se haya extendido se procederá a tensarlo hasta la tensión de diseño.

  

 

1.4.4    Otros Insumos y Servicios

 

Petróleo diesel: Se utilizará petróleo diesel para grúas, vehículos y compresores, abastecido por empresas distribuidoras de la zona. Para la operación de la CTSL se instalará un estanque de almacenamiento de combustible de 2.000 m3.

 

 

Electricidad: Durante la construcción se necesitará electricidad para maquinaria, herramientas, iluminación y calefacción, con una potencia máxima de 500 kW, la que será proporcionada por la empresa local de distribución.

 

Gas Licuado: Se utilizará gas licuado en cilindros para consumo doméstico y calentamiento de agua.

 

Agua. Durante la construcción de la Central, el agua se obtendrá de los pozos profundos construidos en el terreno, los que posteriormente proveerán el agua para la operación del proyecto. El agua se utilizará para el hormigón, abatimiento de polvo y pruebas de estanqueidad de equipos.

 

Agua Potable y Alcantarillado: En el sitio donde se emplazará la CTSL no existe servicio de alcantarillado ni agua potable, debido a lo anterior, el agua potable para consumo humano será envasada. Se utilizarán plantas modulares de tratamiento de aguas servidas y baños químicos de acuerdo a lo que indica el DS 594/99 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, los que serán manejados por una empresa autorizada.

 

La operación de la Central Termoeléctrica Santa Lidia se realizará en la primera y segunda etapa en ciclo abierto y en la tercera etapa a través de un ciclo combinado. A continuación, se describe el proceso de generación eléctrica en ciclo abierto y ciclo combinado detallando las tres etapas involucradas en el Proyecto. Posteriormente se presentan los requerimientos de insumos, mano de obra y servicios.

 

1.5       Proceso de Generación Eléctrica

 

A continuación se describen los procesos de las tres etapas mencionadas.

 

Etapa 1 Proyecto CTSL: Potencia instalada bruta de 132 MW a través de una turbina dual (petróleo diesel), la que operará en ciclo abierto. El combustible principal a utilizar en esta primera etapa será petróleo diesel. Esta etapa tendrá una duración aproximada de 1 año o más, dependiendo de las condiciones de demanda del marcado, período en que operará como respaldo al SIC, para lo cual su funcionamiento quedará sujeta a las demandas del mercado y disponibilidad de gas natural en el sistema.

 

Etapa 2 Proyecto CTSL: Potencia instalada bruta de 264 MW a través de dos turbinas duales (petróleo diesel) de 132 MW cada una, las que operarán en ciclo abierto. El combustible principal a utilizar en esta segunda etapa será petróleo diesel. Esta etapa tendrá una duración aproximada de 1 año o más, período en que operará como respaldo al SIC, para lo cual su funcionamiento quedará sujeta a las demandas del mercado y hasta que se disponga de gas natural.

 

Las dos etapas antes mencionadas operan en ciclo abierto, en este, el combustible se quema en las cámaras de combustión de las turbinas, generando gases de escape que salen por chimenea, entregando su energía a los alabes del rotor de la turbina de gas, haciendo girar éste a 3.000 rpm. El rotor de la turbina impulsa a su vez al generador, produciendo energía eléctrica, cuyo voltaje es de 15 kV. Esta tensión es elevada hasta 220 kV en un transformador de poder, que es el voltaje de transmisión de la red transversal del SIC.

 

Los gases de escape producto de la combustión se emiten vía una chimenea a aproximadamente 542 °C

 

El sistema en Ciclo Abierto, tanto para la Etapa 1 como la 2, considera un sistema de abatimiento de NOx por adición de agua desmineralizada. Este sistema consiste en la inyección de agua durante la combustión, con el objeto de reducir la formación de NO2 emitido a la atmósfera como consecuencia de la disminución de la temperatura de combustión. El agua desmineralizada utilizada se transforma en vapor de agua, el cual es emitido a la atmósfera junto con los gases de combustión.

 

Etapa 3 Proyecto CTSL: Potencia instalada bruta de 396 MW, a través de 2 turbinas duales (petróleo diesel / gas natural) de 132 MW cada una, las que operarán en ciclo combinado incorporando una turbina a vapor de 132 MW. El combustible principal a utilizar será gas natural y por lo tanto esta etapa se construirá una vez que el gas natural esté disponible para la operación de la CTSL.

 

En el caso del ciclo combinado, operan las dos turbinas duales (diesel/gas), similar a lo señalado en la Etapa 2 del proyecto, pero los gases de combustión de cada turbina, antes de ser emitidos a la atmósfera, son enviados a una caldera recuperadora de calor, una por cada turbina, las que utilizan su energía para producir vapor de agua a alta presión y temperatura.

 

El vapor producido por las calderas recuperadoras alimenta una turbina de vapor cuya energía mueve los alabes del rotor, a 3.000 rpm (50 Hz), el que mueve un generador de la turbina de vapor produciendo energía eléctrica, cuyo voltaje se eleva también de 15 kV a 220 kV, mediante un transformador de poder.

 

El vapor que entregó su energía en la turbina de vapor se recupera en un condensador, el cual es refrigerado por agua, la que a su vez es enfriada en una torre de enfriamiento. El vapor es condensado y retornado a la caldera mediante bombas, siendo este un ciclo cerrado denominado Ciclo Agua-Vapor.

 

Finalmente, los gases de escape son emitidos a la atmósfera vía la chimenea de la caldera recuperadora a 100 °C, aproximadamente.

 

La descripción técnica de las turbinas a gas, turbina a vapor, caldera recuperadora, condensador, generadores, transformadores, torres de refrigeración y patio de alta tensión se encuentra contenida en la sección 2.3.2 de la DIA.

 

1.6       Extracción de Agua Cruda

 

Durante la operación, el proyecto CTSL requiere agua para: el control de los NOx, para compensar las pérdidas por evaporación de la torre de refrigeración, las purgas de agua de la caldera y del circuito de vapor de la turbina, el lavado de equipos, la red de incendio y agua potable. 

 

Estos requerimientos serán cubiertos por agua cruda proveniente de 3 pozos profundos que se construirán en el terreno. El sistema de extracción de agua cruda consiste en una bomba para cada uno de los 3 pozos perforados en el terreno de la Central, los que tienen un caudal máximo aproximado de 50 L/s. El agua cruda será tratada de acuerdo a los requerimientos de cada consumo.

 

Se añadirá hipoclorito de sodio al agua extraída de los pozos para control biológico y potabilización antes del estanque de agua cruda. Después se eliminan el hierro y manganeso por filtros de funcionamiento automático. El agua filtrada se acumulará en un Estanque de 2.000 m3 de capacidad, que posee un sensor de nivel que verifica si existe el volumen de agua necesaria para realizar el retro-lavado de los filtros. Este estanque provee el agua para operar la planta durante la limpieza de filtros. El agua de retro-lavado de filtros se envía al Estanque de Neutralización.

 

Se realizarán las conexiones y tendido de cañerías necesarias para conectar el circuito de agua cruda con su estanque de almacenamiento y posterior procesamiento en la planta de desmineralización, para ser usada en la Etapa 1, 2 y 3. La solicitud de derechos de aguas subterráneas será tramitada en la DGA en conformidad al Código de Aguas.

 

En la tabla a continuación se presentan los caudales diarios de agua cruda requeridos en cada etapa del proyecto.

Tabla Nº 3

 

Requerimientos de Agua Cruda por Etapa del Proyecto CTSL

 

ETAPA

Osmosis Reversa

Retro-lavado

de Filtros

Torre de Enfriamiento

Agua Potable

TOTAL

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

L/s

1

912

0

0

14,4

926,4

10,7

2

1.800

0

0

14,4

1.814,4

21

3

2.112

29

9.192

14,4

11.347,4

131,3

 

 

 

 

El agua es impulsada mediante una estación de bombeo al sistema de filtración de carbón activo, compuesta por dos grupos motobombas, cada una a una presión de descarga de 3 kg/cm2. Cuando esté operando la planta a un 100% de su capacidad, habrá un grupo motobomba en servicio y uno disponible (stand-by). Este sistema de filtración se compone por dos filtros de carbón activado de funcionamiento automático, los que operan en servicio durante un tiempo de 12 horas. La limpieza de los filtros es secuencial: filtro Nº 1 y filtro Nº 2. El agua de retrolavado es conducida a la piscina de almacenamiento, correspondiente a un estanque de neutralización de 100 m3 de capacidad. Lo anterior se representa en el Diagrama de Balance de Aguas disponible en el Anexo 10 de la DIA.

1.7       Producción de Agua Desmineralizada

 

Conforme al desarrollo de sus distintas etapas del proyecto, se instalará una planta de tratamiento de agua tipo OR/EDI (Osmosis Reversa + Electrodeionización), para una producción total de agua desmineralizada de 684 m3/día y 1.368 m3/dia en la primera y segunda etapa respectivamente, creciendo hasta 1.605,6 m3/día para la tercera etapa, que corresponde al consumo máximo del Ciclo Combinado, con abatimiento de NOx de las dos turbinas a gas para la cual considera un caudal inicial de agua cruda de 11.347,4 m3/día, con agua proveniente del estanque de agua cruda con capacidad de 2.000 m3. Además se instalará un estanque de agua desmineralizada de 1.000 m3 según se ha indicado.

 

En términos generales, el sistema cuenta con bombas de succión de agua cruda desde el estanque de agua cruda y envíada a la planta de agua DEMI, sistema OR/EDI para su proceso. Posteriormente, conforme mediciones de conductividad eléctrica y otros parámetros, es enviada al estanque de agua desmineralizada para su almacenamiento.

 

La planta de agua DEMI tiene un 75% de recuperación. El paso del agua en este proceso es el siguiente, primero pasa por prefiltros de cartucho de 20 micrones (membranas), posteriormente pasa el agua a las membranas de osmosis inversa. Para el control de la osmosis inversa se consideran manómetros, medidores de caudales y válvulas en la línea de descarga de la bomba de alta presión y en el rechazo.

 

Para la limpieza de las membranas se consideran dos tipos. Uno es el lavado de las membranas que consiste en un barrido de las sales acumuladas, aumentando el caudal de rechazo por 30 segundos, esto se logra abriendo válvulas automáticas dispuestas en la línea de rechazo. El otro tipo es el lavado de las membranas, que se contempla de dos a tres veces por año, lo que será determinado de acuerdo al comportamiento de las máquinas de osmosis, es decir, disminución del flujo de permeato (agua producto), aumento de la pérdida de carga o disminución de la calidad del agua de permeato. El agua de retrolavado es conducida al estanque de neutralización.

 

El agua de permeato pasa a un estanque de permeato y de ahí a un proceso de electrodeionización para una mejor purificación. Este proceso representa el pulimento del producto permeato de la Osmosis Inversa, ya que remueve los gases disueltos como el dióxido de carbono (CO2) y Oxigeno (O2) de los flujos acuosos incorporando separación por membranas de transferencia. Esta tecnología usa electricidad para producir agua ultra pura.

 

Los efluentes del proceso de regeneración van al Estanque de Neutralización de Efluentes donde se ajusta en forma automática el valor de pH a neutro. Finalmente los efluentes van a mezclarse con otros efluentes tratados en la pileta colectora, y de allí se descarga en el canal Zañartu mediante una tubería de 10 pulgadas de aprox. 300 m de largo, cumpliendo con la Tabla Nº1 del D.S. Nº 90/00, MINSEGPRES, y la Norma Chilena de uso del agua para riego (NCh1333/Of.78).

 

Las obras de descarga al canal Zañartu se encuentran en el Anexo 2.5 P-256-SK-01 de la DIA.

 

 

1.8       Agua de Refrigeración

 

En las 2 primeras etapas, donde se opera en ciclo abierto, no hay consumo de agua para la refrigeración. En este caso los sistemas son circuitos cerrados para refrigerar los descansos de ejes de la turbina, generador, aire de la combustión y sistema de lubricación de la turbina y generador. Este circuito cerrado con aeroenfriadores se alimenta del estanque de agua desmineralizada sólo para el primer llenado del sistema. El sistema de enfriamiento opera con dos bombas centrífugas, no produciéndose residuos líquidos en este proceso.

 

En la etapa 3, es decir, cuando se opera en ciclo combinado, si bien el sistema de refrigeración para la parte del ciclo agua-vapor es cerrado, utilizando  una torre de enfriamiento, una pequeña parte del agua se evapora y otra es purgada para reducir la concentración de sales, debiendo reponerse igual cantidad llegando a un consumo por este concepto de 383 m3/hr. Esta purga se llama descarte de torres de enfriamiento, el cual se descarga directamente a la pileta colectora.

 

 

1.9       Sistema de Agua Potable

 

El agua potable será empleada para servicios sanitarios, lavatorios y duchas. El agua potable será obtenida de una planta propia de potabilización con hipoclorito de sodio, para lo cual se dispondrá de un estanque de almacenamiento de 20 m3 con monitoreo de cloro libre. Este proceso será totalmente automatizado.

 

El sistema está diseñado para un consumo máximo de agua potable de 16,8 m3/día, considerando un máximo de 27 personas por turno para operar la CTSL.

 

1.10     Aguas Servidas

 

El Proyecto CTSL considera utilizar una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de 4.000 litros/día con capacidad para atender a una dotación de 27 personas, del tipo Ecojet. En este modelo de planta la producción de lodos es mínima pues estos se convierten en sales en el traspaso entre el estanque de aireación y la cámara de sedimentación. Existe una etapa de pre-tratamiento en la cual quedan atrapados todos los elementos no biodegradables (arena, plásticos, etc.), la cual deberá ser limpiada a lo más una vez al año, para llevarlo a un depósito autorizado sanitaria y ambientalmente. Este tipo de planta es de tipo prefabricada, existente en el mercado, de amplio uso y cumple con la normativa Chilena.

 

El diseño y proceso de estas plantas garantiza que las aguas tratadas cumplan con la de riego NCh 1.333 y el Decreto 90. Este RIL es enviado a la pileta colectora (Estanque de recepción de Efluentes) antes de su descarga al Canal Zañartu.

 

Los lodos producidos en la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, serán extraídos anualmente, por un camión limpia fosas que posea las autorizaciones correspondientes.

 

En el Anexo 3 de la DIA se presentan las características técnicas y especificaciones de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.

 

1.11     Tratamiento de Efluentes

 

La planta de tratamiento de efluentes se compone de un separador agua/aceite, el cual realiza la separación de emulsiones oleosas de los pozos de la zona de  transformadores, desagües producto del mantenimiento de la central térmica, turbinas, generdor y condensador y de los posibles derrames del proceso de descarga y manejo de combustible.

 

Las aguas claras de este separador se envían a la pileta colectora. El aceite es recuperado en tambores y derivado a una empresa externa autorizada por el SEREMI de Salud para su procesamiento, reutilización y/o disposición final.

 

El efluente final (la colección de todos los efluentes) será descargado al Canal Zañartu también conocido como Colonia Sur, Derivado del Medio o Pangal, donde posteriormente se utilizará para riego, pues cumplirá con la norma de agua con fines de riego NCh1333/Of.78, y con la Tabla Nº1 del D.S. Nº 90/00 del Minsegpres, que regula las descargas de residuos líquidos a aguas continentales y superficiales.

 

1.12     Red Contra Incendios

 

El sistema es una unidad funcional de extinción de incendios que consiste en equipos detectores de humo; red de agua a presión, rociadores para los transformadores, equipos móviles de polvo químico seco y estático de CO2  para el interior de las turbinas y espuma física para el caso de incendio de combustibles y lubricantes.

 

El sistema contempla 6 grifos en circuitos cerrados de agua, alimentados por una red subterránea de 250 mm de diámetro. Habrá una reserva permanente de 450 m3 de agua para incendio en el estanque de 2.000 m3 de agua cruda. Se contará además con rociadores de agua de incendio hacia los transformadores principales y auxiliares.

 

 

1.13     Petróleo Diesel para la Etapa de Operación

 

Durante la Etapa 1 y 2, la CTSL producirá electricidad a través del ciclo abierto con turbinas de combustión, utilizando petróleo Diesel como combustible principal. El combustible a utilizar será el petróleo Diesel Grado B, el cuál contiene como máximo 350 ppm de azufre. Las características se presentan en la Tabla Nº 9 de la DIA y en el Anexo 4 de la DIA se presenta la hoja de seguridad del combustible a utilizar.

 

El petróleo será transportado en camiones estanque desde Concepción por la Ruta 5, Ruta O-97-N y camino interno de 1,3 km siguiendo la ruta señalada en la Figura Nº3 de la DIA. Alternativamente, el petróleo puede ser transportado desde Chillan o desde San Vicente por el Oleoducto Trasandino que llegará a las cercanías de la central, desde donde se desprenderá un ramal de interconexión de aproximadamente 2,5 Kilómetros de longitud, que ingresará al predio de la  CTSL. En este último caso, en su oportunidad, se deberá solicitar la autorización ambiental de construcción y operación de dicho ramal.

 

El petróleo será descargado y almacenado en un estanque de 2.000 m3 de capacidad, desde donde se alimenta a la turbina, previo a su paso por equipo de filtrado.

 

El estanque para el almacenamiento de petróleo diesel se sujetará a lo indicado en el D.S. Nº 379/85 (1) y D.S. Nº 90/96 (2), ambos del Ministerio de Economía, con la finalidad de almacenar en forma segura el combustible líquido, evitando o minimizando los riesgos que ello implica.

 

Previo a la puesta en servicio, las instalaciones del estanque de almacenamiento de petróleo será inscrito en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). Para ello se realizará una presentación que, entre otros antecedentes, incluirá plano de ubicación de las instalaciones, distancias de seguridad a las construcciones propias y de terceros, distancia a vías públicas, definición de la capacidad del estanque, materiales a usar para su construcción, tipo de combustible, memoria de cálculo y condiciones del diseño, elementos de seguridad, medidas de operación, medidas de prevención de accidentes y medidas ante contingencias, con la finalidad de resguardar a las personas, los bienes materiales y el medio ambiente. Existen autorizaciones asociadas a ambos decretos supremos para comenzar con las operaciones.

 

Contando con la autorización de la SEC y una vez que comience a operar el estanque, se mantendrán en las oficinas de la Central Termoeléctrica, por toda la vida útil del proyecto, los estudios técnicos que exige la normativa, de modo que estén disponibles para la fiscalización por la autoridad, en cualquier momento.

 

No obstante lo señalado, en conformidad a la legislación, el estanque de almacenamiento de petróleo contará con un pretil de contención con capacidad para el 100% del estanque ante un eventual derrame por fractura o falla del estanque principal. Junto con los antecedentes señalados anteriormente, se presentará a la SEC, previo a la entrada en operación, un reglamento de Seguridad. Además, se indicará acerca del perfil del personal que se encontrará preparado para actuar en caso de una emergencia. El sistema de captación de derrames se presenta en el Anexo 2.3 P-256-PI-01 de la DIA.

 

El sistema de almacenamiento de petróleo contará con su propio sistema contra incendio, conforme a las regulaciones establecidas en el DS 90/1996 y a la norma internacional NFPA (National Fire Protection Association), ajustándose al código NFPAI "Código de prevención de incendios". El código NFPAI proporciona un conjunto de requerimientos necesarios para establecer un nivel razonable de seguridad contra incendios y una protección adecuada contra peligros causados por el fuego y explosiones. Es así que este código establece los requerimientos básicos de prevención contra incendios y aspectos de prevención y protección de muchas de las otras normas y códigos de la NFPA.

 

El consumo de petróleo diesel de la turbina en la Etapa 1 es de 39,7 m3/h, o 953 m3/día. La central contará con un estanque de almacenamiento de 2.000 m3, lo que permitirá tener una autonomía de operación de la turbina a plena capacidad durante 50 horas aproximadamente.

 

El consumo de petróleo diesel para las dos turbinas de la Etapa 2 es de 79,4 m3/h, o 1.907 m3/día.

 

El estanque de almacenamiento de 2.000 m3 permitirá tener una autonomía de operación de la turbina a plena capacidad durante 25 horas aproximadamente.

 

Los camiones típicos usados para transportar petróleo diesel, tienen una capacidad de 30 m3, por lo que se requiere 1,3 camiones a la hora para la Etapa 1 y 2,6 camiones/hora para la Etapa 2, para proveer de petróleo diesel a la CTSL.

 

El sistema de descarga de camiones operará de forma manual-local, haciéndose funcionar una de las bombas de descarga mientras la segunda permanece como reserva. Las bombas tienen mandos independientes, obteniéndose con ello mayor confiabilidad en la función de respaldo.

 

La capacidad de cada bomba permitirá la descarga de un camión aljibe de transporte de petróleo Diesel de 30 m3 en un lapso de 15 minutos. Los camiones se ubicarán en bahías de descarga construida con pavimento impermeabilizado, con pendientes adecuadas para conducir los eventuales derrames hasta el pozo de drenaje. (en Anexo 2.3 de la DIA se presenta el Control de Derrames P-256-PI-01).

 

Durante la Etapa 3 la CTSL producirá electricidad a través del ciclo combinado, utilizando gas natural como combustible principal, por lo que no se prevé tránsito de camines asociado al transporte de combustible, salvo en los casos de problemas de abastecimiento de gas y que el sistema eléctrico requiere la operación de la central con petróleo.

 

1.14     Gas Natural

 

En la Etapa 3 se requiere gas natural para la operación del Ciclo Combinado. Este será transportado desde Argentina o desde una planta de regasificación de LNG, por medio de un ramal del Gasoducto del Pacífico de 26 km. de longitud hasta el predio donde se ubica la Central. El Anexo 4.2 de la DIA presenta la hoja de seguridad del combustible a utilizar.

 

El proyecto CTSL considera la provisión del gas natural en el terreno de la Central, por lo que la construcción del ramal no forma parte de este proyecto que es sometido a evaluación ambiental. En su oportunidad, se deberá solicitar la autorización ambiental de construcción y operación de dicho ramal.

 

El consumo de gas natural será de 42.563 Nm3/h, por turbina, por lo que se estima que una vez que estén operando el ciclo combinado (con una potencia instalada de 396 MW), el consumo total de gas natural será de 85.126 Nm3/h.

 

Todo el gas natural que se consuma en la Central será abastecido por medio del gasoducto, por lo que no se considera almacenamiento de gas natural al interior de la CTSL.

 

Se contará con una estación de filtrado de gas natural al interior de la Central, en donde además se medirá el consumo de gas. En esta estación, se filtra el gas de material particulado y la humedad y se regula la temperatura y la presión. Un esquema de esta instalación se presenta en la Figura Nº8 de la DIA.

 

El poder calorífico inferior del gas natural será de 33.649 kJl/Nm3  y su densidad, en condiciones estándar (15 ºC de temperatura y presión de 14.696 psi), será de 0,84 kg/m3. El gas recibido en la central estará libre de impurezas, aceites, e hidrocarburos licuables a temperaturas superiores a 4º C y a 5.500 kPa de presión absoluta. En ningún caso contendrá más de 65 miligramos de vapor de agua por metro cúbico de gas, en condiciones estándar.

 

La temperatura del gas no excederá de 50 ºC, las partículas no superarán 22,5 kg por millón de m3, con un tamaño superior a 5 micrones, y el contenido de líquidos no superará los 0,10 ml/m3.

 

1.15     Otras sustancias insumos para operación

 

Otros insumos corresponden a sustancias químicas reconocidas como peligrosas por la Normativa Chilena y que serán empleadas para el proceso de desmineralización de aguas. Los valores están expresados como consumos mensuales son los siguientes:

 

Hipoclorito de sodio 10% (NaOCl)     :                32 kg

Permanganato de potasio (KmnO4)     :                13 kg

Ácido sulfúrico 98% (H2SO4)             :           1.000 kg

Bisulfito de Sodio (NaSO3)                 :           1.100 kg

Anti incrustante (Flocon 260)               :                50 kg

 

A continuación se indica la Clase de Sustancia de acuerdo a la normativa:

 

NCh 2120/5.Of98 Sustancias peligrosas - Parte B: Clase 5 - Sustancias comburentes: Permanganato de potasio (KmnO4)

 

NCh 2120/5.Of98 Sustancias peligrosas - Parte B: Clase 5 - Sustancias corrosivas: Hipoclorito de sodio 10% (NaOCl), Ácido sulfúrico 98% (H2SO4), Bisulfito de Sodio (NaSO3)

 

Hazardous Materials Identification system (HMIS): Sustancias peligrosas - Sustancias corrosivas: Anti incrustante (Flocon 260).

 

Cabe señalar que todas las sustancias antes mencionadas serán manejadas por empresas debidamente autorizadas según se indica en la hoja de seguridad de cada uno de estos productos presentadas en el Anexo 4 de la DIA.

 

1.16    Principales Impactos Ambientales, Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación y de los planes de vigilancia ambiental en la Etapa de Construcción

 

Del análisis de toda la información disponible del proyecto, en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se concluye lo siguiente:

 

1.16.1  Impacto en la Calidad del Aire – Etapa de  Construcción

 

Este impacto dice relación con la modificación que se producirá en la calidad del aire principalmente por el levantamiento de polvo y la generación de gases y material particulado producto del funcionamiento de motores y maquinarias en las obras y acciones del proyecto que involucran movimientos de tierra, excavaciones, transporte y pruebas operacionales. El impacto ocurrirá por un período corto y será reversible. Aunque el titular no entrega estimaciones cuantitativas respecto a estas emisiones y atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, esta Dirección Regional de CONAMA estima que este impacto negativo es de baja magnitud e importancia y puede considerarse menor.

 

No obstante, especial atención debe prestarse a la presencia de viviendas ubicadas en predios vecinos a la central. Con todo, deberán implementarse, como mínimo, las medidas de control detalladas a continuación:

 

·          Riego constante en el sector en que se realice la construcción y de las vías internas y externas de la zona. Se debe efectuar el humedecimiento de todas las superficies 3 veces al día en período estival, y 1 vez al día en las temporadas restantes.

 

·          Instalación de Malla Rachel en el perímetro del sitio de la construcción para evitar la dispersión de material particulado en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo. Especial atención se deberá tener con la vivienda situada el límite sur del predio. El objetivo de la instalación de la Malla Rachel es evitar la dispersión de material particulado directamente en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo. La altura que debe alcanzar la malla para cumplir efectivamente con el objetivo propuesto deberá ser por lo menos de 4 m. En cuanto al color, se recomienda que sea anaranjada, de modo de delimitar claramente la existencia de faenas en la zona.

 

·          El transporte de materiales que produzca polvo deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lona o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. El material utilizado para ello y el sistema para fijar la cubierta de los camiones deberá ser 100% eficiente.

 

·          Junto con el recubrimiento de camiones, se procederá al cubrimiento de los acopio de excedentes, provenientes de movimientos de tierra.

 

·          Utilización de procesos húmedos en caso de molienda o mezcla de materiales.

 

·          Control de la velocidad de desplazamiento vehicular en el área de influencia y en los caminos no pavimentados mediante la señalética correspondiente.

 

 

Respecto de las emisiones de gases por combustión de motores de maquinarias y camiones, se contempla que sólo podrán circular los que tengan su documentación al día, especialmente la revisión técnica, por lo que todos los vehículos de la obra deberán acreditar el cumplimiento de la normativa de emisiones. Los motores de los equipos de construcción serán inspeccionados regularmente y mantenidos de forma que se minimicen las emisiones de gases y los humos.

 

1.16.2    Aumento en los niveles de ruido – Etapa de Construcción

 

El ruido proveniente de las obras de construcción del proyecto será normal para este tipo de faenas. Para estos efectos se proveerá todo el equipamiento de seguridad necesario para la protección de los trabajadores, de conformidad a la legislación vigente, a través del uso de protectores auditivos de casquete en ambientes de trabajo ruidosos.

 

Las medidas mínimas de mitigación serán las siguientes:

 

·          Control de ruido de maquinarias y vehículos a través de la mantención mecánica de motores

·          Privilegiar la utilización de maquinaria de baja emisión sonora, de acuerdo a los avances tecnológicos de la época

·          Controlar que el flujo de vehículos en los frentes de obras sea el estrictamente necesario

·          Instruir al personal para que no altere las condiciones normales de operación de la maquinaria y/o encapsulamientos mediante la apertura de escotillas para “ventilar mejor”  los equipos

·          Controlar la emisión de ruidos innecesarios, en especial en las actividades de carga y descarga de materiales

·          Instruir al personal de manera de evitar las tareas ruidosas y de minimizar la práctica de tareas ruidosas o mal uso de equipos y herramientas

·          Velar por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos de casquete en ambientes de trabajo ruidosos.

·          Instalación de pantallas móviles de control acústico durante toda la etapa de construcción.

 

 

El entorno del proyecto corresponde a un sector rural, con presencia habitacional en dirección Oeste a una distancia aproximada de 630 m y en dirección Sur aproximadamente a 910m en el camino al Manzano, mientras en dirección Nor-Este se identifican viviendas aisladas a una distancia aprox. entre  1360 y 1920m. La figura Nº2 siguiente presenta la distribución de los receptores más cercanos al proyecto. (ver versión papel de este informe en expediente para acceder a figuras o figura Nº9 de la DIA).

 

El Anexo Nº5 de la DIA presenta el Estudio de Impacto Acústico de la central en etapa de construcción y operación.

 

 Los puntos indicados como A hasta I corresponden a los receptores sensibles al ruido más cercanos al proyecto.

 

La modelación de ruido realizada evalúa los niveles de presión sonora que perciben los habitantes más cercanos al Proyecto en sus etapas de construcción y operación. Luego, al cumplir con los máximos permitidos en los puntos sensibles más cercanos se cumplirá también en sectores más alejados con los máximos permitidos por el Decreto Supremo Nº 146/97 del MINSGPRES tanto para el período diurno como para el nocturno.

 

Los niveles de ruido proyectados durante la etapa de construcción, sobre puntos sensibles al ruido, fluctúan entre 30 y 44 dBA, por lo que se estaría cumpliendo con los límites establecidos en el D.S.146/97 del MINSEGPRES.

 

En las tablas 13, 14, 15 y 16 de la DIA se evalúan los niveles de ruido estimados por las faenas de construcción, tanto en la fase de movimiento de tierra como construcción de la central, con respecto al límite diurno establecido por el D.S.146/97 del MINSEGPRES.

 

No obstante lo anterior, se realizará un programa de seguimiento sobre las viviendas existentes en el entorno de la planta, indicándose de requerirse, medidas adicionales de control de ruido que permitan cumplir norma.

 

Mayor detalle de los efectos del proyecto sobre niveles de presión sonora percibidos por los receptores más sensibles y el plan de seguimiento propuesto se encuentra en el Estudio de Impacto Acústico adjunto en el Anexo 5 de la DIA.

 

Para la etapa de Construcción, se deberá realizar como mínimo una medición en el periodo de mañana y otra en la tarde en cada uno de los puntos definidos anteriormente.

 

Respecto a la frecuencia del monitoreo, éste será mensual durante la etapa de construcción, a realizarse en día hábil, en ausencia de lluvia y velocidad de viento inferior a 5 m/s. Con la misma frecuencia se entrega un Informe del Monitoreo a la Autoridad Sanitaria con copia a la Dirección Regional de CONAMA.

 

1.16.3 Generación de Residuos Líquidos y Sólidos en Etapa de Construcción

 

En relación a las aguas servidas y lodos provenientes de los baños químicos que serán utilizados  en la etapa de construcción, estos no serán descargados a ningún cuerpo de agua, sino serán manejados y dispuestos en un lugar autorizado por una empresa especializada,  que se hará cargo de esta actividad.

 

Todo material que no sea utilizado será dispuesto en lugares autorizados sanitaria y ambientalmente por la autoridad competente. La basura domiciliaria será trasladada al lugar de disposición final autorizado. Los desechos que requieran un manejo especial serán entregados a empresas especializadas en el rubro para su procesamiento y disposición final.

 

En relación a los embalajes de madera, el proyecto dará cumplimiento al Decreto Ley Nº 3.557/1981 del Ministerio de Agricultura, que establece disposiciones sobre Protección Agrícola, para evitar el ingreso de plagas y hongos cuarentenarios al país.

 

El titular declara que no existen causes naturales o artificiales al interior del predio donde se ubica el proyecto.

 

Se establecerá la prohibición de estacionamiento y mantención de camiones en las riberas de los cursos de agua cercanos (carga de combustible, cambios de aceite, reparaciones, mantención, lavado y aseo de maquinaria y vehículos, etc.)

 

Se establecerá la prohibición de la descarga de desechos de cualquier tipo al cauce de los canales existentes en las cercanías (materiales de desechos domiciliarios, residuos de construcción, etc.)

 

 

1.16.4  Alteración del Relieve y del Suelo Etapa de Construcción

 

Producto de las actividades tales como limpieza del sitio, excavaciones, movimiento de tierras y construcción de pozos profundos, se generará una alteración de las condiciones edafológicas y geomorfológicos del suelo. Existirá una perdida de suelo con un uso actualmente Forestal.

 

Se estima que las modificaciones geomorfológicos implicarán una pérdida de las condiciones originales en cuanto a pendiente. De todas maneras, las modificaciones que se producirán son irrelevantes atendiendo a la superficie que será intervenida en comparación con las grandes extensiones adyacentes al proyecto.

 

El impacto ha sido considerado de baja magnitud e importancia, pero con efectos irreversibles, ya que permanecen durante toda la vida útil del proyecto

 

Se delimitará el área máxima a intervenir, con el fin de evitar mayores pérdidas.  Se contará con elementos que eviten la contaminación del suelo y del aire, tales como malla Rachel y lonas de impermeabilización

 

Se realizará el rescate del Horizonte A del suelo (hasta 30 cm) en la zona donde se instalará la Central, inmediatamente después del despeje de vegetación. El suelo reciclado será dispuesto en los terrenos aledaños a la Central y/o utilizados en las áreas verdes y de forestación del terreno.

 

1.17     Principales Impactos Ambientales, Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación y de los planes de vigilancia ambiental en la Etapa de Operación

1.17.1  Impacto en la Calidad del Aire – Etapa de  Operación

 

Las emisiones a la atmósfera son función de los contaminantes del combustible y del resultado de la combustión. Considerando el gas natural como combustible, las emisiones principales son de NOx, CO e Hidrocarburos (HC), y pequeñas cantidades de MP10 del aire para el proceso de combustión. El gas natural no contiene azufre.

 

Al usar petróleo diesel, las principales emisiones al aire son de SO2, NOx, MP10, CO, y HC.

 

En las tablas siguientes resumen las tasas de emisiones y emisiones anuales respectivamente para la operación de la CTSL con Petróleo Diesel grado B y gas natural a su máxima capacidad, con sistema de abatimiento de emisiones de NOx.

 

 

Tabla Nº 4

Tasas de emisión de la CTSL por escenario de emisión

Gas o

 Partícula

Escenarios de emisión (g/s)

Fase I

Fase II

Fase III

Diesel 132 MW CA*

Diesel 264 MW CA*

Gas Natural 396 MW CC**

Diesel 396 MW CC**

NOx

46,5

93

60,38

93,05

CO

9,16

18,32

11,11

18,61

SOx

9,25

18,5

-

18,61

HC

2,11

4,22

4,7

4,16

MP10

1,61

3,22

1,08

3,2

*CA: Ciclo Abierto; **CC: Ciclo Combinado

 

Tabla Nº 5

Tasas de emisión por operación a plena carga

Gas

o Partícula

Escenarios de emisión (ton/año)

Fase I

Fase II

Fase III

Diesel 132 MW CA*

Diesel 264 MW CA*

Gas Natural 3396 MW CC**

Diesel 396 MW CC**

NOx

1.466,4

2.932,8

1.904,1

2.934,4

CO

288,9

577,7

350,4

586,9

SOx

291,7

583,4

-

586,9

HC

66,5

133,1

148,2

131,2

MP10

50,8

101,5

34,1

100,9

*CA: Ciclo Abierto; **CC: Ciclo Combinado

 

Para evaluar este impacto se tomó en consideración la modelación realizada para el componente calidad del aire presentada en el Anexo 7 de la DIA. Este estudio da cuenta de los resultados obtenidos al modelar la dispersión atmosférica de las emisiones gaseosas y de material particulado provenientes de las futuras Centrales Santa Lídia, Campanario y Los Pinos (tres proyectos  termoeléctricos conocidos y autorizados para desarrollar en la zona).

 

Según lo expuesto en la modelación de dispersión de contaminantes atmosféricos (Anexo 7 de la DIA):

 

  • La Línea de Base de Calidad del Aire existente en la zona indica que previo a la instalación de las centrales termoeléctricas. los niveles de contaminación existentes en su entorno son inferiores al 80% de los límites máximos permitidos por la legislación chilena y la utilizada como referencia por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

 

  • Por otra parte, la meteorología el sitio de emplazamiento del Proyecto indica que la zona posee una alta capacidad de dilución y dispersión atmosférica. con capas de inversión térmica moderadamente altas; lo que facilita que los contaminantes ha ser emitidos no provoquen episodios de alto impacto.

 

  • Con respecto a los vientos medidos en la zona, éstos poseen moderada intensidad y si bien provienen mayoritariamente desde el sur sureste, los mayores aportes horarios se producen al noreste, producto de vientos suaves provenientes del suroeste.

 

  • En la totalidad de las Fases del Proyecto, el aporte de la Central Santa Lidia es marginal respecto del aporte del total de las fuentes emisoras modeladas.

 

  • A su vez, el aporte conjunto de la totalidad de las fuentes emisoras modeladas es muy inferior a los niveles de línea de base existentes en la zona.

 

  • Por otra parte, el aporte de NO2 del Proyecto considerando funcionamiento en ciclo abierto de la Central Santa Lidia, es inferior al aporte considerando funcionamiento en ciclo combinado. Esta situación se debe principalmente a que en ciclo combinado la temperatura y velocidad de los gases es inferior a lo que acontece en ciclo abierto.

 

  • Sin embargo lo anterior, al sumar los aportes de las centrales térmicas a los niveles de línea de base medidos en la zona, en la totalidad de los escenarios modelados, se obtienen concentraciones ambientales de PM-10, NOx, CO y SO2 inferiores el 80% de las normas de calidad del aire vigentes en Chile.

 

Con la finalidad de evaluar los efectos de la operación de la CTSL en las concentraciones de Ozono en su nuevo emplazamiento, en el Anexo Nº1 de la Adenda de la DIA, se adjunta una nueva modelación de dispersión para este contaminante, donde se concluye que las concentraciones ambientales de ozono en el entorno del proyecto y considerando la operación de las centrales Campanario, Los Pinos y Santa Lidia son inferiores al 80% del valor límite permisible establecido e n el D.S. Nº 112/02, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

 

Monitoreo de Emisiones y de Calidad del Aire durante la Operación

 

En cada chimenea de gases de escape se implementará la instrumentación necesaria para la medición continua de los gases y parámetros que se indican, lo cual se ejecutará desde la sala de control centralizada. Se realizará medición de los niveles de emisión de los parámetros O2, Tº, NOx, SO2, CO, CO2 y HCT, en forma continua, en las chimeneas de salida de gases de combustión, tanto en ciclo abierto como en ciclo combinado.

 

Además, se deberán realizar al menos dos (2) mediciones isocinéticas de PTS al año, una en temporada estival y otra en invierno. Lo anterior servirá para verificar los compromisos de emisiones de material particulado declarados por el titular y para completar los formularios requeridos por el Decreto Supremo 138/05 del Ministerio de Salud que “Establece obligación de declarar emisiones que indica”. Los resultados de los muestreos isocinéticos de material particulado deberán ser reportados A CONAMA Región del Bío Bío y a la Autoridad Sanitaria dentro de los 20 días después de haber realizado los monitoreos.

 

Se realizará monitoreo de la meteorología y calidad del aire desde el inicio de la operación del Proyecto. La red de monitoreo meteorológica y de calidad del aire de la “Central Termoeléctrica Santa Lidia” estará constituida por dos (2) estaciones:

 

Tabla Nº 6

Estaciones de Red de Monitoreo “Central Termoeléctrica Santa Lidia Charrúa”

 

Estación de Monitoreo

Coordenadas de Ubicación

Variables Monitoreadas

UTM-N

UTM-E

El Progreso

5.894.041

741.474

DV, VV, TEMP, HR, PBAR, RAD, PP, PM10, SO2, CO, NO, NO2, O3, HCNM, PH en lluvia caída

Colicheo

5.899.021

743.195

DV, VV, TEMP, HR, PBAR, RAD, PP, PM10, SO2, CO, NO, NO2, O3, HCNM, PH en lluvia caída

1: DV: Dirección del Viento; VV: Velocidad del viento; TEMP: Temperatura; HR: Humedad Relativa; PBAR: Presión Barométrica; RAD: Radiación Solar; PP: Precipitación; PM-10: Concentración de PM-10; SO2: Concentración de SO2;  CO: Concentración de CO; NO: Concentración de NO; NO2: Concentración de NO2; O3: Concentración de O3; HCNM: Concentración de Hidrocarburos No Metánicos HCNM.

 

La frecuencia del monitoreo para los distintos parámetros monitoreados en la Red de la “Central Termoeléctrica Santa Lidia” se presentan en la siguiente tabla:

 

Tabla Nº7

Frecuencia del Monitoreo de la calidad del aire

y parámetros meteorológicos

 

Parámetro

Frecuencia

SO2

Continuo

NO y NO2

Continuo

CO

Continuo

O3

Continuo

HCNM

Continuo

PM-10

Diario

Velocidad del viento

Continuo

Dirección del viento

Continuo

Temperatura

Continuo

Humedad Relativa

Continuo

Presión Barométrica

Continuo

Radiación

Continuo

Precipitación

Diario

Ph

Campañas mensuales durante el invierno

 

 

Estas mediciones se realizarán en forma continua por toda la vida útil del proyecto, salvo que la autoridad ambiental, luego de un período inicial de 3 años de evaluación,  y a la luz de los resultados obtenidos, autorice otra cosa, en el sentido de disminuir o aumentar tanto el número de estaciones, los parámetros monitoreados, y la localización de cada una de ellas. En las estaciones de calidad del aire que conformarán la red de monitoreo se deberá monitorear el PM10 con una frecuencia al menos diaria.

 

Se implementará un sistema informático vía web que permita monitorear los resultados de la calidad del aire y meteorología en línea. Este sistema será de acceso público y su operatividad se detallará en conjunto con la Autoridad Sanitaria y CONAMA Biobío antes de la entrada en operación de la central.

 

No obstante lo anterior, los resultados, al mas detallado nivel temporal disponible, de cada una de las variables monitoreadas, tanto de calidad del aire, meteorológicas como de emisiones en chimenea, deberán ser enviados trimestralmente, 3 semanas después de finalizado cada trimestre,  a la dirección Regional de CONAMA y a la Autoridad Sanitaria, con copia en formato electrónico del reporte y planilla de cálculo con los valores detallados. En cualquier caso, la forma, contenido y frecuencia de estos informes podrá ser acordado con la autoridad ambiental en cualquier momento. Estos informes contendrán al menos los siguientes aspectos:

 

·          Informe Meteorológico y de Calidad del Aire  Estaciones Progreso y Colicheo.

·          Informe Actividades de Mantención y Calibración de la Red de Monitoreo “Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa”.

 

1.17.2  Aumento en los Niveles de Ruido – Etapa de  Operación

 

En las tablas Nº22 y Nº23 de la DIA resumen los niveles de ruido estimados por la operación de la central, tanto en horario diurno como nocturno.

 

Según esta modelación, que es presentada en detalle en el Estudio de Impacto Acústico del Anexo Nº5 de la DIA, los niveles de ruido proyectados durante el período diurno cumplirían con la normativa vigente en las tres etapas del proyecto.

 

Durante el período nocturno, los niveles de ruido proyectados en la etapa 1 y 2 cumplen la normativa vigente (exceptuando el punto G en la etapa 2 que lo supera en 3 dBA), mientras que en la etapa 3 lo supera entre 2 y 9 dBA, siendo necesario implementar medidas de control de ruido.

 

Debido a lo anterior, se establecen una serie de medidas de control sobre los equipos generadores, turbina de vapor, caldera y torre de enfriamiento, correspondiente a los principales equipos asociados a la generación de ruido, con los cuales el nivel de ruido proyectado cumple con la normativa vigente.

 

Al implementar las medidas de control consideradas en el proyecto, el proyecto no generaría niveles de ruido en los puntos receptores que superen los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. Nº 146/97. Las medidas de control propuestas se aplican a los siguientes elementos de la CTSL.

 

  • Generador 9A5 , medida requiere atenuar 10 dB(A)
  • Turbina vapor + generador, medida requiere atenuar 10 dB(A)
  • Caldera, medida requiere atenuar 15 dB(A)
  • Torre enfriamiento, medida requiere atenuar 12 dB(A)

 

Las medidas de control son la instalación de encierros mediante elementos de mayor densidad con material absorbente de ruido e instalación de barreras acústicas localizadas en la fuente. En Adenda Nº1 se indican las siguientes medidas mínimas:

 

Generadores y Turbinas: Se generará un encapsulamiento completo a los equipos generadores y turbinas para lo cual se utilizarán láminas de acero galvanizado de 1mm de espesor (o en su defecto algún elemento que proporcione una atenuación mínima de 10 dBA lo cual se verificará mediante ensayo de laboratorio).

 

Este encapsulamiento estará recubierto interiormente con material absorbente de ruido, mediante el empleo de fibra de vidrio o lana mineral de al menos 5 cm de espesor que cuente con una densidad superior a 80 kg/m3, con el objeto de evitar un incremento del nivel de ruido producto de sus múltiples reflexiones al interior del recinto. Este material deberá ser recubierto con una malla metálica o plancha de aluzinc perforada para evitar su deterioro y desprendimiento, pero permitiendo el paso del ruido a través de él.

 

Los ductos de ventilación de los equipos estarán provistos de silenciadores resistivos, los que se instalarán en la entrada y salida de aire, actuando principalmente en medias y altas frecuencias.

 

Para la Caldera, se dispondrá a la caldera un semi-encierro acústico que proporcione una atenuación mínima de 15 dBA, para lo cual la masa por unidad de superficie del elemento constructivo deberá ser como mínimo de 10 kg/m2, como por ejemplo lámina de acero galvanizada de 1mm de espesor (TL=16 dBA. Acústica Arquitectónica. Manuel recuero López & Constantino Gil, 1993).

 

Al igual que los equipos generadores y turbinas deberá contar con material absorbente en su cara interior mediante el empleo de fibra de vidrio o lana mineral de al menos 5 cm de espesor que cuente con una densidad superior a 80 kg/m3.

 

La altura del encierro será equivalente a la altura de la caldera, con su extremo superior descubierto. Este encierro se podrá instalar a una distancia tal del equipo que permita el desplazamiento de operadores y que permita su normal operación.

 

Para el caso de las torres de enfriamiento se deberá proporcionar una barrera acústica a los ventiladores ubicados en el extremo superior de la torre.

 

Esta barrera se ubicará por todo el deslinde de la torre cuya altura deberá ser al menos un 50% mayor que los ventiladores. El elemento constructivo puede ser cualquiera que presente una densidad superficial mínima de 15 Kg/m2. La cara interna de la barrera deberá estar provista con material absorbente, por ejemplo fibra de vidrio o lana mineral de al menos 5 cm de espesor que cuente con una densidad superior a 80 kg/m3.

 

Es posible establecer que los niveles de ruido proyectados, considerando las medidas de control descritas, cumplen con la normativa vigente.

 

Es importante señalar que las medidas de control de ruido serán implementadas previo al inicio de la etapa 2 y 3 del proyecto.

 

 

Plan de Vigilancia Ambiental de Ruido

 

Con el objeto de evaluar los niveles de ruido generados durante la construcción y operación del proyecto, se realizarán mediciones del Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) según la metodología establecida en el D.S.146/97 y de acuerdo al siguiente programa:

 

 

 

 

 

 

Tabla Nº8

Programa de Mediciones de Ruido

 

Etapa

Período medición

Puntos

Frecuencia

Construcción Central Termoeléctrica

Diurno y nocturno

B, C, D, E, F y G

Mensual

Operación Central Termoeléctrica

Diurno y nocturno

B, C, D, E, F y G

Semestral el primer año y anual desde el segundo año

 

Para la etapa de Construcción, se realizará como mínimo una medición en el periodo de mañana y otra en la tarde en cada uno de los puntos definidos anteriormente.

 

Respecto a la frecuencia del monitoreo, éste será mensual durante la etapa de construcción, a realizarse en día hábil, en ausencia de lluvia y velocidad de viento inferior a 5 m/s. Con la misma frecuencia se entrega un Informe del Monitoreo a la autoridad ambiental respectiva.

 

Para la etapa de operación, se contempla un monitoreo semestral durante el primer año y anual desde el segundo año de operación de la Central Termoeléctrica Santa Lidia. Con la misma frecuencia se entrega un Informe del Monitoreo a la autoridad ambiental respectiva. Luego del primer año de monitoreo se evaluará la continuidad del monitoreo.

 

Sin perjuicio de lo anterior, además, se indica que el plan de seguimiento de ruido deberá agregar una campaña de mediciones en cada uno de los puntos a un mes de haber iniciada la operación de la etapa 2 y de la etapa 3 del complejo termoeléctrico.

 

Se utilizará sonómetro integrador tipo 1 ó 2, con respuesta lenta y filtro de ponderación “A”, que cumpla los requisitos establecidos en el Título IV art 7º del D.S.146/97.

 

Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, el que deberá contener, al menos, lo siguiente:

 

·          Individualización del titular de la fuente,

·          Individualización del receptor,

·          Hora y fecha de la medición,

·          Identificación del tipo de ruido,

·          Croquis o fotografía del lugar en donde se realiza la medición.

·          Identificación de otras fuentes emisoras de ruido que influyan en la medición. Deberá especificarse su origen y características,

·          Valores NPC obtenidos para la fuente fija emisora de ruido y los procedimientos de corrección empleados,

·          Valores de ruido de fondo obtenidos, en el evento que sea necesario,

·          Identificación del instrumento utilizado y su calibración,

·          Identificación de la persona que realizó las mediciones.

 

Se compararán los valores obtenidos con los niveles basales de ruido medidos en la Línea Base y con las campañas que históricamente se vayan registrando, con el objetivo de realizar un análisis de tendencias y evaluar la necesidad de medidas de mitigación adicionales a las implementadas hasta el momento. En todo momento debe cumplirse con el D.S. Nº 146/97.

 

Los instrumentos de medición son los permitidos por el D.S. Nº 146/97, el cual establece:

 

“Las mediciones se efectuarán con un sonómetro integrador que cumpla con las exigencias señaladas para los tipos 0, 1 ó 2, establecidas en las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission, IEC Standard), publicaciones Nº 651 "Sonómetros" ("Sound Level Meters"), primera edición de 1979; y Nº 804 "Sonómetros Integradores-promediadores" ("Integrating-averaging Sound Level Meters"), primera edición de 1985. Lo anterior podrá acreditarse mediante certificado de fábrica del instrumento.

 

En todo caso, se podrán realizar mediciones con otros instrumentos tales como registradores gráficos, dispositivos de grabación, o cualquier otro dispositivo que lo permita, siempre que cumpla con las exigencias señaladas en el inciso anterior.”

1.17.3  Impactos Asociados a la Descarga de Residuos Líquidos

 

En el proceso se generan varios efluentes. El Anexo 10 de la DIA presenta el diagrama de aguas del proyecto para sus tres etapas. A continuación, se indican las descargas máximas del proceso a plena carga para la Etapa 3.

 

Descarte torre de enfriamiento: 6.128,88 m3/día

Separador Agua/Aceite:                       43,2 m3/día

Purga de caldera:                                 182,4 m3/día

Regeneración EDI   :                            28,8 m3/día

Rechazo de los módulos OR    :           496,8 m3/día

Retrolavado de filtros:              60 m3/día

Aguas servidas:                                    4 m3/día

Total:                                                 6.944,08 m3/día; (80,37 L/s)

 

Los efluentes correspondientes a regeneración EDI y purga de caldera son transportados a un Estanque de Neutralización, de capacidad de 100 m3, donde se ajusta el pH. Una vez neutralizados, son enviados al Estanque de Recepción de Efluentes, donde se juntan con todos los otros efluentes (detalle en Anexo 10 de la DIA Balance de Aguas). Desde este último estanque se descarga al canal Zañartu, por un tubo de 300 m de largo y 10” de diámetro. El diseño de la descarga se presenta en el plano P-256-SK-01 en el Anexo 2.5 de la DIA.

 

En la tabla Nº9 se indican los riles generados en cada una de las Etapas del proyecto, en tanto que en la

 se indican los volúmenes diarios descargados a la atmósfera como vapor de agua, desde las torres de enfriamiento y del sistema de abatimiento de NOx.

 

 

 

 

 

Tabla Nº9

Riles generados por cada Etapa del Proyecto

 

ETAPA

Descarte Torres de Enfriamiento

Purga Caldera

Neutraliz. EDI

Separador

Aceite

Retrolavado Filtro

Rechazo Osmosis Reversa

Aguas Servidas

Total

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

m3/día

L/s

      1

0

0

12

16,8

30

212,2

4

275

3,18

2

0

0

24

36

60

424,8

4

548,8

6,35

3

6.128,88

182,4

28,8

43,2

60

496,8

4

6944,1

80,37

 

Tabla Nº10

Emisión de vapor de agua por Etapa del Proyecto

 

ETAPA

Abatimiento de NOx

Torre Enfriamiento

Total

m3/día

m3/día

m3/día

L/s

1

672

0

672

7,78

2

1344

0

1344

15,56

3

1344

3.064,56

4408,56

51,03

 

En la tabla Nº11 se presenta una caracterización estimada del efluente final antes de su descarga al Canal Zañartu. Se aprecia que el efluente tratado a descargar cumplirá con la normativa aplicable, vale decir la Tabla Nº1 del D.S. Nº 90/00 de Minsegpres, y la norma chilena para agua de riego, NCh 1.333/Of.78.

 

Se indica que el canal señalado como canal Zañartu en la plancheta IGM 288 Estación Charrúa 370.000-721.500, sección G Nº 6 N.E., se reconoce por la Asociación de Canalistas de dicho canal como “Canal Colonia Sur”, en tanto que en la Dirección General de Aguas se le conoce como “Canal Derivado del Medio” o “Pangal”, según consta en el Plano Nº16 del Catastro de Usuarios de Aguas de los ríos Itata y Diguillín (DGA-MOP y REG Ingenieros Ltda.,1996).

 

Tabla Nº11

Caracterización del efluente generado por el Proyecto

Componente

Unidad

Expresión

Valor estimado

Tabla    1    D.S. Nº 90

NCh1333

Aceites y Grasas

mg/L

A y G

< 1

20

---

Aluminio

mg/L

Al

< 0,01

5

5

Arsénico

mg/L

As

< 0,006

0,5

0,1

Bario

mg/L

Ba

< 4

---

4

Boro

mg/L

B

0,22

0,75

0,75

Cadmio

mg/L

Cd

< 0,01

0,01

0,01

Cianuro

mg/L

CN-

< 0,05

0,2

0,2

Cloruros

mg/L

Cl-

90,2

400

200

Cobalto

mg/L

Co

< 0,05

---

0,05

Cobre total

mg/L

Cu

0,01

1

0,2

Coliformes fecales o Termotolerantes

NMP/100 ml

Coli/100 ml

23

1000

1000

Índice de Fenol

mg/L

Fenoles

0,0017

0,5

---

Cromo hexavalente

mg/L

Cr6+

< 0,01

0,05

---

DBO5

mg/L

DBO5

3,5

35

---

Fluoruro

mg/L

F-

0,12

1,5

1

Fósforo

mg/L

P

< 0,01

10

---

Hidrocarburos

mg/L

HF

< 1

10

---

Hierro disuelto

mg/L

Fe

< 0,03

5

5

Litio

mg/L

Li

< 0,075

---

0,075

Litio (cítricos)

mg/L

Li

< 0,075

---

0,075

Manganeso

mg/L

Mn

0,2

0,3

0,2

Mercurio

mg/L

Hg

< 0,001

0,001

0,001

Molibdeno

mg/L

Mo

< 0,01

1

0,01

Níquel

mg/L

Ni

0,03

0,2

0,2

Nitrógeno total Kjeldahl

mg/L

NKT

0,24

50

---

Pentaclorofenol

mg/L

C6OHCl5

< 0,001

0,009

---

pH

---

pH

6,5 - 8,0

6,0 - 8,5

5,5 - 9,0

Plata

mg/L

Ag

< 02

---

0,2

Plomo

mg/L

Pb

< 0,002

0,05

5

Poder espumógeno

mg/L

PE

< 1

7

---

Selenio

mg/L

Se

< 0,004

0,01

0,02

Sodio Porcentual

%

Na%

< 35

---

35

Sólidos Suspendidos Totales

mg/L

SS

< 10

80

---

Sulfatos

mg/L

SO42-

200

1000

250

Súlfuros

mg/L

S2-

< 0,5

1

---

Temperatura

ºC

Tº

18

35

---

Tetracloroeteno

mg/L

C2Cl4

< 0,01

0,04

---

Tolueno

mg/L

C6H5CH3

< 0,1

0,7

---

Triclorometano

mg/L

CHCl3

< 0,01

0,2

---

Vanadio

mg/L

V

< 0,1

---

0,1

Xileno

mg/L

C6H4C2H6

< 0,1

0,5

---

Zinc

mg/L

Zn

0,15

3

---

 

 

Según lo indicado por el titular en la Adenda Nº1 de la DIA, en sesión realizada la semana del 1 de Octubre del 2007, la organización de regantes del canal de riego, "Canal Derivado del Medio o Pangal o Canal Colonia del Sur" otorgó mediante una votación la autorización para descargar en el Canal Zañartu los riles provenientes del proyecto CTSL, esta autorización se encontraría en proceso de ser reducida a escritura pública.

 

Al respecto, se debe considerar que la atribución para autorizar dicha descarga debe estar expresamente establecida en los estatutos que rigen a la organización de regantes o puede ser autorizada a través de una Asamblea ordinaria o extraordinaria de la organización de regantes.

 

La documentación que acredita este autorización deberá ser presentada a la Superintendencia de Servicios Sanitarios y a la COREMA previo al inicio de la operación de la planta .

 

Sin perjuicio de la autorización de la organización de regantes, el proyecto de modificación del cauce receptor, asociado a la obra de descarga, deberá contar con la autorización sectorial de la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los arts. 41 y 171 del Código de Aguas.

 

Considerando que los canales de riego podrían estar sujetos a períodos en los cuales no conducen aguas, el D.S. Nº90/2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia establece que el caudal disponible para diluir es nulo, y por tanto, no se autoriza efectuar ningún tipo de descarga en dicho período.

 

Las estadísticas disponibles de caudales del canal deberán ser informadas a la DGA, a la SISS y a la COREMA, antes de la entrada en operación de la central.

 

La zona de descarga del efluente en el canal debe estar cercada en todo el perímetro circundante. El cerco deberá impedir, durante toda la vida útil del proyecto, el paso de animales y personas, especialmente niños, y evitar el contacto directo con el ril sin dilución.

 

Plan de Seguimiento Ambiental RILES y Cuerpo Receptor

 

Con la finalidad de preservar las características físico-químicas y bacteriológicas de las aguas del canal Zañartu, se realizará un seguimiento de los efluentes que serán descargados en éste, con una frecuencia mensual, conforme lo señala el D.S. Nº 90/00 (Condiciones específicas del monitoreo: frecuencia de monitoreo).

 

Los parámetros que serán considerados en la medición serán los especificados en la Tabla Nº1 del D.S. Nº 90/00 y los de la Norma Chilena NCh1333/Of.78, agua con fines de regadío, considerando que el efluente será descargado en un canal de riego, cuyas aguas se utilizan con dichos fines.

 

Además de lo anterior, se realizará mensualmente un muestreo del cauce receptor en puntos ubicados 30 metros aguas arriba y 30 metros aguas abajo de la descarga. Lo anterior con la finalidad de evaluar el aporte del proyecto a la calidad de las aguas del canal.

 

En cada oportunidad en que se recoja una muestra del efluente, se levantará una ficha indicando la fecha, persona que efectuó el muestreo y otros antecedentes que se estimen relevantes en ese momento, entre los cuales se cuenta, registrar la temperatura del efluente.

 

Además de lo anterior, el proyecto considera un monitoreo diario de cloro libre residual en el efluente.

 

Se presentará un informe Trimestral a la autoridad ambiental con los resultados de las mediciones y la variación histórica que se haya registrado a la fecha.

 

La empresa encargada del muestreo y análisis del efluente estará debidamente autorizada por la SISS.

 

El procedimiento de muestreo debe realizarse de acuerdo a la NCh 411/10 Of.2005.

 

El titular deberá avisar a la SISS con 90 días de anticipación, el inicio de la operación de su sistema de tratamiento de RILES,  de acuerdo al formato de aviso que se encuentra en la página web www.siss.cl

 

Plan de seguimiento nivel del acuífero

 

Se deberá desarrollar un monitoreo del nivel freático con el objetivo de confirmar que el impacto provocado por la explotación del acuífero será mínimo, y que los usuarios actuales y futuros de las aguas subterráneas en el entorno de la Central Termoeléctrica Santa Lidia (CTSL) no se verán afectados. Deberá monitorearse cada quince días el nivel freático. Llevándose un registro en 3 piezómetros. Dos de ellos a instalar dentro del recinto de Santa Lidia y un tercer piezómetro que deberá ser ubicado en las inmediaciones de la captación de agua de abastecimiento de la comunidad de Charrúa.

 

La ubicación precisa definitiva deberá ser informada oportunamente a la COREMA, antes de la entrada en operación de la central. En cualquier caso, la autoridad ambiental se reserva el derecho de reubicación de los puntos que serán propuestos por el titular.

 

1.17.4  Otros Residuos durante la Operación

 

El Proyecto generará dos tipos de residuos en la Etapa de Operación: residuos sólidos domésticos y lodos de la Planta de Tratamiento Aguas Servidas.

 

 

 

Los residuos domésticos corresponderán a restos de comida, envases, papeles, plásticos, latas y botellas de vidrio, entre otros. Estos residuos serán almacenados temporalmente en bodegas debidamente autorizadas por la Autoridad Sanitaria y retirados por empresas autorizadas para tal efecto y dispuestos en el relleno sanitario autorizado sanitaria y ambientalmente.

 

Respecto a las aguas servidas, para un grupo de 27 personas en la CTSL, se han estimado los siguientes parámetros:

 

Carga DBO per cápita:            36 gr/habitante * día

Carga DBO:                            0,93 kg/día

Tasa de producción de lodos:  0,8 kg/kg DBO

Producción de lodos:               22,3 kg/mes

 

La planta de tratamiento de aguas servidas del tipo Ecojet, cuyas especificaciones se encuentran en el Anexo 3 de la DIA, genera mínima producción de lodos pues estos se convierten en sales en el traspaso entre el estanque de aireación y la cámara de sedimentación. Las especificaciones del fabricante son que los lodos producidos serán extraídos anualmente, por un camión limpia fosas que posea las autorizaciones correspondientes de la Autoridad Sanitaria local.

 

Por otro lado, producto de las actividades de limpieza de las torres de refrigeración y los conductos del sistema se generaran residuos sólidos, los cuales serán caracterizados física y químicamente durante la operación del proyecto y en función de los resultados de dicha caracterización estos residuos se dispondrán de acuerdo a la normativa vigente.

 

Esta caracterización físico-química deberá realizarse una vez que se efectúe una extracción de lodos, la que deberá realizarse dentro de los primeros 2 años desde la puesta en marcha de la planta y los resultados deberán ser remitidos en esa oportunidad a la dirección Regional de CONAMA y a la Autoridad Sanitaria de la Región del Biobío.

1.18     Etapa de Abandono

 

Aunque la vida útil de este tipo de centrales puede extenderse por más de 25 años, vía mantenimiento de equipos y obras civiles, en el caso de abandonar la central, se deberá presentar a la COREMA Región del Biobío un completo plan de cierre, el que debe ser visado por esta Comisión para proceder en forma programada, expedita, efectiva y con el apego irrestricto a toda la normativa vigente aplicable.

 

 

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) S/N
Por AES GENER S.A, con fecha 28/08/2007

Test de Admisión S/N
Por CONAMA VIII, Región del Biobio, con fecha 30/08/2007

Of. Solicitud de Evaluacion DIA Nº531
Por CONAMA VIII, Región del Biobio, con fecha 04/09/2007

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº.
Por CONAMA VIII, Región del Biobio, con fecha 27/09/2007

Adenda S/N
Por AES GENER S.A, con fecha 26/10/2007

Solicitud de Evaluacion de Adenda Nº657
Por CONAMA VIII, Región del Biobio, con fecha 27/10/2007

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº026 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio, con fecha 12/09/2007; Oficio Nº1352 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Bio-Bio , con fecha 14/09/2007; Oficio Nº806 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/09/2007; Oficio Nº1.193 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio, con fecha 20/09/2007; Oficio Nºxx sobre la DIA, por Comisión Nacional de Energía, con fecha 20/09/2007; Oficio Nº728 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio, con fecha 24/09/2007; Oficio Nº1936 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio, con fecha 25/09/2007; Oficio Nº5069 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 03/10/2007; Oficio Nº1456 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio, con fecha 07/11/2007; Oficio Nº1613 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Bio-Bio , con fecha 08/11/2007; Oficio Nº965 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 08/11/2007; Oficio Nº036 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio, con fecha 11/11/2007; Oficio Nº2220 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio, con fecha 12/11/2007; Oficio Nº789 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio, con fecha 13/11/2007;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa .', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA VIII, Región del Biobio, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Corporación Nacional Forestal, Región del Bio-Bio
Dirección Regional de Aguas, Región del Bio-Bio
Dirección Regional de Vialidad, Región del Bio-Bio
Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio
Dirección Regional SEC del Bio Bio
Ilustre Municipalidad de Cabrero
SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio
SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio
Comisión Nacional de Energía
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

 

La tabla Nº12 resume la Normativa ambiental aplicable al proyecto.

 

Tabla Nº12 Normativa ambiental aplicable al proyecto “Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrua”

 

Constitución Política de la República de Chile. Artículos 19 número 8 y 24.

Establece la garantía constitucional a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.  Dispone que por ley pueden establecerse limitaciones y obligaciones que deriven de la función ambiental de la propiedad. Establece que por ley pueden establecerse restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente.

El proyecto se ajustará a las disposiciones de la Constitución. El sometimiento del proyecto al SEIA para su evaluación y aprobación aseguran el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondiente.

Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y los siguientes reglamentos:

Reglamentos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S.95/01 del MINSEGPRES)

Reglamento para la dictación de las normas de calidad ambiental y de emisión (DS. Nº 93/95 del MINSEGPRES)

Reglamento que fija el procedimiento y etapas para establecer planes de prevención y descontaminación (DS. N° 94/95 del MINSEGPRES) 

Establece el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Contempla  el procedimiento para generar normas de calidad ambiental, dictar normas de emisión, declarar zonas saturadas o latentes y elaborar planes de Descontaminación o prevención.

Dispone que quién cause daño ambiental deberá responder por el mismo.

La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA para su evaluación y aprobación da cuenta del cumplimiento de esta legislación.

 

Código Sanitario (DFL N° 725/67) Título II “De la higiene y seguridad del ambiente”. Artículos 69 y siguientes.

Establece normas sobre procedimientos y autorizaciones o permisos de funcionamiento de establecimientos industriales, en el marco de sus competencias sanitarias.

Establece normas sobre el uso sanitario de las aguas.

Establece normas sobre desperdicios y basuras.

Establece la obligación de tramitar un informe sanitario favorable para la instalación de industrias, previo a la obtención de patente municipal.

Establece normas relativas a la contaminación del aire y de los ruidos y vibraciones.

Establece normas sobre sustancias tóxicas o peligrosas para la salud.

 

Los antecedentes entregados en esta evaluación ambiental permiten prever el cumplimiento de este decreto tanto en la etapa de construcción como de operación.

D.S. N° 594/00 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

 

 

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Este reglamento establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas que deberá cumplir todo lugar de trabajo, sin perjuicio de la reglamentación específica que se haya dictado o se dicte para aquellas faenas que requieren condiciones especiales. Establece, además, los límites permisibles de exposición ambiental a agentes químicos y agentes físicos, y aquellos límites de tolerancia biológica para trabajadores expuestos a riesgo ocupacional.

 

Los antecedentes entregados en esta evaluación ambiental permiten asegurar el cumplimiento de este decreto tanto en la etapa de construcción como de operación.

 

El titular desarrollará vigilancia epidemiológica para el personal expuesto a ruido. Además, durante la construcción y más tarde en la operación de la Central, todo el personal será provisto de equipos personales de protección contra ruido, además de que el equipo cumpla con las normas vigentes establecidas por la Normativa .

 

Decreto con Fuerza de Ley Nº 3.557, de 1981, del Ministerio de Agricultura. Establece Disposiciones sobre Protección Agrícola

 

 

 

 

 

Resolución Nº 1.826 Exenta, de 1994, del Servicio Agrícola Ganadero.

 

Establece la obligación general de adoptar medidas que eviten la contaminación de los recursos agrícolas, las que pueden estar asociadas al aire, agua o suelo.

El artículo 11 dispone que los establecimientos industriales o cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura deberán adoptar las medidas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación.

 

Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.

 

Dispone, en lo pertinente el punto 1º, de esta resolución que las maderas de los embalajes utilizados en el transporte de cualquier clase de mercadería que ingrese al país, deberán encontrarse libres de corteza, de insectos y de daños producidos por éstos.

 

Por su parte, el punto 2º confiere facultades de inspección a los inspectores del Servicio Agrícola y Ganadero respecto de cualquier medio de transporte, partida o embalaje de madera proveniente del extranjero, a objeto de determinar su estado fitosanitario.

 

 

El cumplimiento de este decreto es consecuencia directa del cumplimiento de todas aquellas normativas asociadas a la calidad del aire y protección de los recursos naturales (aire, suelo, agua).

 

 

 

El Proyecto considera la internación al país de diversos equipos y materiales requeridos en la fase de construcción, por lo que las disposiciones de esta resolución resultarán aplicables. 

 

En virtud de la Ley de Protección Agrícola y Resol. No 1826 y D.S. 3557, el titular informará oportunamente al SAG cuando lleguen los contenedores con equipos con la finalidad de que estos realicen las inspecciones respectivas.

 

 

D.S. N° 48/84 del Ministerio de Salud, Reglamento  de Calderas y Generadores de Vapor.

Condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean móviles o estacionarias. Corresponderá a la  Autoridad Sanitaria regional fiscalizar y controlar el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento, todo ello de acuerdo con las normas e instrucciones generales que imparta el Ministerio de Salud.

Los antecedentes entregados en esta evaluación ambiental permiten asegurar el cumplimiento de este decreto. Se exigirá de manera contractual a la empresa contratista correspondiente el cumplimiento de los aspectos establecidos en este decreto, en lo que se refiere a construcción e instalación. Durante la operación se realizarán las mantenciones respectivas además de respetarse las condiciones de operación y seguridad especificadas a cada caso.

Cuerpo Legal: DS 735/1969 Requisitos del agua para consumo humano y DS 594/1999 del Ministerio de Salud.

 

El titular deberá mantener en el lugar de los trabajos y durante toda la etapa de construcción y operación, el suministro de agua potable con una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh Nº 409, según lo establecido en los art. 12,13,14 y 15 del DS 594/99 modificado por el DS 201/01, ambos del Ministerio de Salud

 

En el caso de tener asociado un sistema de captación de agua particular. Presentar ante el Servicio de Salud correspondiente, el proyecto de abastecimiento particular para su aprobación, en cuyo momento deberá adjuntar los resultados del análisis del agua de la fuente de captación, para la totalidad de sus parámetros físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos. Asimismo el titular debe solicitar ante este servicio, la respectiva autorización de funcionamiento de las obras una vez construido el sistema particular, para dar cumplimiento a lo establecido en el DS 594/99 modificado por el DS 201/01.)

 

Los antecedentes entregados en esta evaluación ambiental permiten asegurar el cumplimiento de este decreto tanto en la etapa de construcción como de operación. El agua potable para consumo humano durante la construcción será envasada y deberá ser provista por empresas autorizadas para ello. Se utilizarán baños químicos de acuerdo a lo que indica el DS 594/99 Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, los que serán manejados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Durante la operación, el agua potable será empleada para servicios sanitarios, lavatorios y duchas. El agua potable será obtenida de planta propia de potabilización con hipoclorito de sodio, para lo cual se dispondrá de un estanque de almacenamiento con monitoreo de cloro libre. Este proceso será totalmente automatizado.

Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

 

Resolución que prohíbe el uso de bifenilos – policlorinados (PCBs) en equipos eléctricos.

No se contempla el uso de PCBs en ninguno de los equipamientos.

Decretos Supremos Nº90 de 1996 y Nº29 de 1986, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,

 

 

 

D.S. Nº 379/85, Ministerio de Economía Fomento y Construcción.

 

 

D.S. 222/96 Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.

Aprueban Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Refinación, Transporte y Expendio de Combustibles Líquidos derivados del petróleo y Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento, Transporte y Expendio de Gas Licuado, destinados a Consumos Propios, respectivamente.

 

Requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios.

 

Reglamento de Instalaciones interiores de gas (D.O. 25.04.96), Mod por D.S. N°78 de 1998

El diseño de los estanques y los procedimientos de manejo cumplirán  con lo establecido en este decreto y se elaboran los respectivos Reglamentos de Seguridad los que serán debidamente presentados a la SEC. Se presentarán los antecedentes señalados a la SEC.

Las instalaciones de gas y red de cañerías al interior del predio serán responsabilidad del Proyecto, para lo cual se presentará a la SEC una Declaración emitida por profesional competente.

Los antecedentes entregados en el EIA permiten asegurar el cumplimiento de estos decretos  tanto en la etapa de construcción como de operación.

No obstante, todas las instalaciones y obras eléctricas, de gas y combustibles líquidos asociados al proyecto deberán ser comunicadas y/o declaradas en la Dirección Zonal de la SEC en forma previa a su puesta en servicio, a través de los profesionales correspondientes.

D.S. N° 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República

 

 

Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas artículo primero, numerales 3 y 5. Establece los niveles de presión sonora máximos permitidos de emitir por una fuente fija para áreas urbanas y zonas rurales. Este parámetro será medido donde se encuentre el receptor.

Considerando todas las medidas de mitigación descritas en la DIA, en sus adendas y anexos se estaría asegurando el cumplimiento de lo estipulado en el D.S. N°146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Existirá plan de vigilancia de acuerdo a lo estipulado en la sección correspondiente de este documento.

DFL Nº 458/76 Ley General de Urbanismo y Construcciones. (L.G.U.C)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DS Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 

El Art. 55 de la L.G.U.C establece la prohibición de destinar los suelos rurales a fines diversos de la agricultura, salvo para levantar construcciones necesarias para la explotación agrícola del inmueble o para las viviendas del propietario del mismo y de sus trabajadores, o para la construcción  de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas  de hasta un valor de 1000 UF que cuenten con los requisitos para obtener subsidios del Estado.

 

Su inciso cuarto establece que “las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, requerirán previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la  Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola y Ganadero que corresponda”.

 

El artículo 4.14.2 dispone que los establecimientos industriales o de bodegaje son calificados caso a caso por el Servicio de Salud Competente en consideración a los riesgos que éste pueda ocasionar a sus trabajadores, vecindario o comunidad.

 

Establece disposiciones técnicas sobre la urbanización y edificación. (materiales, diseño, condiciones de seguridad, etc.) y los procedimientos administrativos asociados.

 

Establece disposiciones sobre la contaminación por faenas de la construcción..

El proyecto requiere permiso de cambio de uso de suelo ( Art. 96 del DS N°95/01 del MINSEGPRES.).

 

El diseño y técnicas constructivas que se emplazarán en el Proyecto consideran las disposiciones de estas normativas.

 

Los antecedentes emanados del proceso de evaluación ambiental en el SEIA permiten asegurar el cumplimiento de estas normativas, en particular la autorización o permiso de cambio de uso de suelo ( Art. 96 del DS N°95/01 del MINSEGPRES.).

 

Se entregará al Director de Obras Municipales, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes: - Horarios de funcionamiento de la obra. - Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. - Nombre del constructor.

 

Se regará el terreno durante el período en que se realicen las obraas; Se dispondrá de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables. Se transportarán los materiales en camiones con la carga cubierta; Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

              Riego constante en el sector en que se realice la construcción y de las vías internas y externas de la zona. Se debe efectuar el humedecimiento de todas las superficies 3 veces al día en período estival, y 1 vez al día en las temporadas restantes.

              Instalación de Malla Rachel en el perímetro del sitio de la construcción para evitar la dispersión de material particulado en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo.

DS 75/1.987 "Establece condiciones para el Transporte de Carga que indica" del MINTRATEL

 

 

 

 

 

 

 

D.S. Nº 298, de 1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, modificado por Decreto Supremo Nº 235, de 4 de septiembre de 1995, del mismo

 

Cuerpo legal: DS 158/80 "Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos"

 

 

 

 

 

 

Resolución 11/1.991 "Establece las Dimensiones Máximas de los vehículos que indica"

 

DFL 850/1998 Ley Orgánica del MOP

Art 2, los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lona o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire.

 

Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos

 

Establece algunas disposiciones de tipo ambiental respecto de los caminos Públicos, como el art. 36 que prohíbe ocupar, cerrar, obstruir o desviar los caminos públicos como asimismo extraer tierras, derramar aguas, depositar materiales, desmontes, escombros y basuras, en ellos y en los espacios laterales hasta una distancia de 20 metros, y en general, hacer ninguna clase de obras en ellos.

Con el objeto de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos, la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas por medio del presente Decreto Supremo, estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de carga podrán circular por los caminos del país. Asimismo, establece que para transportar carga indivisible con peso bruto superior a 45 toneladas debe solicitar permiso especial en la Dirección de Vialidad.

 

En protección del tráfico seguro y expedito, y de la infraestructura vial, esta resolución dispone que los vehículos que circulen por la vía pública no podrán exceder de las siguientes dimensiones, descontando espejos retrovisores exteriores y sus soportes:

La Dirección de Vialidad podrá autorizar la colocación de cañerías de agua potable y desagüe, las obras sanitarias, los canales de riego, las postaciones con alambrado telefónico, etc.

Los antecedentes entregados permiten asegurar el cumplimiento de estas normativas.

 

 

 

 

 

 

 

Aunque el Proyecto no contempla la utilización de transporte en forma directa, podrá transportarse a través de contratistas, en los términos autorizados por la autoridad competente.

 

El transporte de materiales e insumo estará a cargo de empresas especializadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de estas normativas. Se informarán y solicitarán los permisos necesarios para realizar transporte de carga que sobrepase las dimensiones establecidas.

 

Se solicitarán los permisos respectivos para transportar cargas que excedan los pesos máximos permitidos (Dirección de Vialidad del MOP y Carabineros de Chile).

 

El transporte, manipulación y almacenamiento de las sustancias peligrosas  será externalizado a una empresa especialista que cuente con todas las autorizaciones respectivas. 

 

El titular de este proyecto será el responsable del cumplimiento de estas normativas por parte de cada una de las empresas contratistas.

 

 

 

Sobre Emisiones Atmosféricas:

 

D.S. 144/61 - Ministerio de Salud , 1961.

 

 

 

 

 

 

 

 

DS Nº59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire PM10 modificado por el D.S. Nº45, 23 marzo 2001.

D.S. Nº112/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire O3

D.S. Nº113/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire SO2

D.S. Nº114/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire NO2

D.S. Nº115/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire CO.

D.S. Nº136/00 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, calidad del aire Plomo.

 

D.S. Nº185/91 del Ministerio de Minería

 

 

Decreto Supremo 138/05 del Ministerio de Salud”

 

 

Dispone que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes producidos por cualquier establecimiento industrial, deben ser captados o eliminados, de manera que no causen peligros, daños o molestias en el vecindario. Prohíbe la incineración de desperdicios, confiere a los Servicios de Salud facultad para calificar, especificar los medios, obras para evitar peligros, daños o molestias.

Normas de calidad del aire para los contaminantes que indica.

 

Normas de calidad del Aire vigentes en Chile.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Reglamenta establecimientos emisores de SO2, PM10 y Arsénico.

 

Establece obligación de declarar emisiones que indica

 

Para evaluar este impacto se tomó en consideración la modelación realizada para el componente calidad del aire presentada en el Anexo 7 de la DIA. Este estudio da cuenta de los resultados obtenidos al modelar la dispersión atmosférica de las emisiones gaseosas y de material particulado provenientes de las futuras Centrales Santa Lídia, Campanario y Los Pinos (tres proyectos  termoeléctricos conocidos y autorizados para desarrollar en la zona).
Se presentan los Informes de Modelación, Monitoreo de Meteorología y de Calidad del Aire. Se desprende q1ue el proyecto no provocará efectos adversos significativos sobre la calidad del aire de su entorno, toda vez que las concentraciones ambientales no superarán el 80% de las normas de calidad del aire vigentes en Chile ni el 80% de las normas de calidad del aire de referencia definidas en el reglamento del SEIA.

Se realizará medición de los niveles de emisión de los parámetros O2, Tº, NOx, SO2, CO, CO2 y HCT, en forma continua, en las chimeneas de salida de gases de combustión, tanto en ciclo abierto como en ciclo combinado. Además, se deberán realizar al menos dos (2) mediciones isocinéticas de PTS al año, una en temporada estival y otra en invierno.

 

Se realizará monitoreo de la meteorología y calidad del aire desde el inicio de la operación del Proyecto. La red de monitoreo meteorológica y de calidad del aire de la “Central Termoeléctrica Santa Lidia” estará constituida por dos estaciones y se implementará un sistema informático vía web que permita monitorear los resultados de la calidad del aire y meteorología en línea.

 

En resumen, los antecedentes entregados permiten asegurar el cumplimiento de esta normativa, asociada a la calidad del aire, tanto en la etapa de construcción como de operación.

 

Sobre Agua y Residuos Líquidos:

 

D.F.L. 1122/81 Código de Aguas, publicado en el D.O. el 31 de Enero de 1981

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

D.F.L. 725/67 Código Sanitario Art.73

 

 

 

 

 

 

Decreto Supremo N°90, de 30 de mayo de 2000, Ministerio Secretaría General de la Presidencia (D.O. 7/03/2001).

 

Artículos 73 y 74; De la servidumbre natural de escurrimiento. El predio inferior está sujeto a recibir las aguas que descienden del superior naturalmente. No se puede dirigir un albañal o acequia sobre un predio vecino. No se puede hacer cosa alguna que estorbe la servidumbre natural.

Art. 41,130,131,171,294 al 297. La DGA deberá aprobar los proyectos para realizar construcciones o modificaciones en cauces naturales o artificiales.

 

Establece la prohibición de vaciar a acueductos, cauces artificiales o naturales que conduzcan aguas o vertientes, lagos, lagunas o depósitos de agua, residuos líquidos y materias sólidas que emanen de faenas industriales y que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, sin la debida depuración o neutralización de tales residuos a través de un procedimiento aprobado por el Presidente de la República. 

 

 

Prohíbase descargar las aguas servidas y los residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos.

 

Establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales

 

Las texturas arenosas le confieren al suelo una alta capacidad de infiltración y una baja capacidad de escurrimiento.

La Fuente de captación de agua es mediante pozos en el mismo sitio del proyecto. El titular del proyecto deberá gestionar ante la DGA la tramitación de estos pozos, de acuerdo a lo establecido en el Código de Aguas y en la Resolución DGA Nº 186 del 11-03-1996, independientemente sí el uso de ellos es parcial o total.

 

Se  realizará una medición periódica del nivel freático, llevándose un registro en 2 piezómetros a instalar dentro del recinto de Santa Lidia. La frecuencia de medición será mensual. La ubicación definitiva será informada oportunamente a COREMA, y dependerá de la ubicación de los sondajes que se construirán para la extracción de aguas. De igual manera es necesario que el titular realice una medición del nivel freático en las inmediaciones de la captación de agua de abastecimiento de la comunidad de Charrúa.

 

El proyecto contempla descargar sus RILES a un canal de regadío y contempla el estricto cumplimiento de la normativa ambiental aplicable a las descargas líquidas, en particular la Tabla Nº1 del DS 90. En caso de contingencia  el efluente se almacenará en el estanque de ecualización, para su tratamiento adecuado antes de la descarga.

 

Se realizará un monitoreo de los efluentes de la central de acuerdo a los parámetros del D.S. 90 y a la correspondiente resolución de calificación ambiental y a la que  deberá dictar la Superintendencia de Servicios Sanitarios. También existirá monitoreo del cuerpo receptor de acuerdo a lo indicado en este documento.

 

Sobre Residuos Sólidos:

 

D.F.L. 725/68 del Servicio de Salud, Artículos 80 y 81.

 

 

 

 

Cuerpo Legal: DS 594/1.999, Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

D.S. Nº.148/2003   Ministerio de Salud

 

Sobre patrimonio nacional: 
Ley Nº 17.288. Ley sobre  Monumentos Nacionales

 

 

 

El Servicio de Salud debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

El artículo 18 indica que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.
El artículo 19 , señala que " las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de los residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente."
En tanto, el artículo 20 dispone que en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos.

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

 

 


Ley sobre  Monumentos Nacionales

 

 

 

El proyecto contratará los servicios de una empresa del rubro, para la extracción, transporte y disposición de residuos domésticos y de construcción que se generen en el proyecto. Esta empresa contará con la autorización correspondiente de la Autoridad Sanitaria.

 

Se generarán residuos de construcción (Rescon) tales como escombros, despuntes, cajas de embalajes, maderas, restos de latas, fierro, etc.

 

El Proyecto generará principalmente dos tipos de residuos en la Etapa de Operación : residuos sólidos domésticos y lodos de la Planta de Tratamiento Aguas Servidas.

 

Todo material que no sea utilizado será dispuesto en lugares autorizados sanitaria y ambientalmente por la autoridad competente. La basura domiciliaria será trasladada al lugar de disposición final autorizado. Los desechos que requieran un manejo especial, o que puedan ser clasificados como residuos peligrosos, serán entregados a empresas autorizadas y especializadas en el rubro para su procesamiento y disposición final cumpliendo expresamente cada uno de los requerimientos establecidos en el D.S. 148/2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

 

 

No se reconocieron elementos o restos antropo-arqueológicos paleontológicos u otros del patrimonio histórico cultural. En caso que durante las faenas de excavación se encontraren se informará el hallazgo al Gobernador Provincial respectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y 23 del Reglamento de la Ley 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

En la sección 3.3 de la DIA se presenta un análisis del proyecto de acuerdo a los artículos 5º al 11º del Reglamento del SEIA (a excepción del artículo 7º) que son los que permiten definir si el proyecto debe presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).

 

Considerando dicho análisis, que el proyecto original de la Central Termoeléctrica Santa Lidia fue evaluado ambientalmente bajo la forma de un EIA y aprobado según consta en la RCA Nº127/2007 del 10 de Mayo del presente año, lo que permitió entre otras cosas, una activa participación de la comunidad organizada local. Considerando que lo anterior redundo en que el proyecto cambiara su ubicación y considerando que las características técnicas y de los diferentes componentes ambientales que pudieran sufrir impacto ambiental, producto de la operación de este proyecto, son de similares características, el comité técnico de evaluación considera en consecuencia que el Proyecto “Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa” no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias mencionados en el artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Título II del Reglamento del SEIA, por lo que sólo procede presentar una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), todo ello de conformidad a lo indicado en el artículo 4 del mencionado Reglamento.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

PAS descrito en el Artículo 90 y PAS descrito en el Artículo 91 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

 

PERMISO 90: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b)  del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

 

PERMISO 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

 

Pertinencia:

 

La central requiere agua durante la operación comercial para lo siguiente: compensación de las pérdidas por evaporación de las torres de refrigeración, compensación de las purgas de agua de la caldera y del circuito de vapor de la turbina, lavado de equipos, sistema de combate de incendio y agua potable.

 

El Proyecto “Central Termoeléctrica Santa Lidia” considera el tratamiento de agua de pozo para su desmineralización, por lo que se generará un residuo líquido, que será tratado en un estanque de neutralización. Posteriormente este ril será transportado a un Estanque de Acumulación, donde llegarán todos los efluentes que se generen en la Central Térmica, uniéndose con el efluente de la Planta de Aguas Servidas propia de la Central.

 

El efluente final (la mezcla de todos los efluentes) será descargado al Canal Derivado Del medio o Pangal, también conocido como Colonia Sur, donde posteriormente se utilizará para riego y deberá cumplir con la norma de agua con fines de riego NCh1333/Of.78, y con la tabla Nº1 del D.S. Nº 90/00, Minsegpres.

 

Habiendo tenido a la vista todos los antecedentes técnicos necesarios dentro del proceso de evaluación ambiental del proyecto, la Autoridad Sanitaria, en el ORD Nº2220 del 8 de Noviembre del 2007, condiciona el otorgamiento final del PAS 90 y PAS91 a que el titular demuestre, previo al inicio de las operaciones de la central, que tiene los permisos correspondientes de la asociación de canalistas respectiva.

 

 

PAS descrito en el Artículo 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

 

Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 

Habiendo tenido a la vista todos los antecedentes técnicos necesarios dentro del proceso de evaluación ambiental del proyecto, la Autoridad Sanitaria, en el ORD Nº1936 del 25 de septiembre del 2007, acredita su cumplimiento.

 

PAS descrito en el Artículo 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

 

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3° y 4° del Artículo 55 del D.F.L. N° 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 

Pertinencia:

 

El Proyecto Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa, se encuentra ubicado en una zona rural. Por lo anterior es necesario solicitar el permiso ambiental asociado al cambio de uso de suelos.

 

De acuerdo al reconocimiento de terreno los suelos corresponden a la Serie Arenales (ARN), Fase ARN – 1, presentado una Clase de Capacidad de Uso IVs.

Habiendo realizado el estudio se puede concluir que el cambio de uso de suelo no afectará la productividad del predio analizado. El predio no realiza actividad agrícola sino forestal.

 

En ORD. Nº 036 del 8 de Noviembre del 2007, la dirección regional del SAG, indica que si bien la capacidad de uso de los suelos del lugar de emplazamiento del proyecto permite realizar un cambio de uso de suelo, faltan antecedentes respecto al propietario del mismo. En este sentido, tal como lo indica el ORD Nº 1389 del 13 de noviembre del 2007, el  titular  cumple con los  requisitos ambientales para el otorgamiento del permiso ambiental  del Artículo  96 del Reglamento de la Ley de Bases del Medio  Ambiente. Las observaciones realizadas por el SAG  corresponden a requisitos  sectoriales que el titular  debe completar ante la SEREMI de Agricultura  una vez que  obtenga una Resolución de Calificación  Ambiental  favorable .

 

 

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

En caso que esta Declaración de Impacto Ambiental sea aprobada, el Titular se compromete a renunciar a la autorización ambiental del Proyecto Central Termoeléctrica Santa Lidia, que fuera aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Bio-Bío, en sesión de fecha 09 de abril de 2007, lo cual consta en la Resolución Exenta (RE) Nº 127 de 10 de mayo de 2007, y del cual AES GENER S.A es titular según consta en carta y documentos adjuntos presentados en la Comisión Nacional del Medio Ambiente de la Región del Bio-Bío, en que dando cumplimiento al Art. 119 inciso tercero, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se informó la modificación de titularidad, representación legal y domicilio del Proyecto con fecha 20 de agosto de 2007.

 

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

6.1       Evaluación Ambiental del ramal del Gasoducto

 

El ramal del gasoducto, que llevaría eventualmente el gas natural necesario a la central, durante la etapa 3 del proyecto, constituye un proyecto diferente, aunque complementario al proyecto de central termoeléctrica que se evalúa en esta oportunidad. Esta diferencia no sólo es conceptual, sino también práctica, en el sentido que, lo más probable, es que se trate de proyectos con calendarios diferentes de construcción, en que los proponentes constituyan personas jurídicas distintas y sin ninguna relación societaria. Por lo anterior, no corresponde necesariamente que sean evaluados en forma conjunta.

 

No obstante lo anterior, el proyecto de construcción del gasoducto deberá ser evaluado ambientalmente dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y tener RCA favorable antes de la entrada en operación de la tercera etapa descrita para este proyecto “Central termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa”.  

 

6.2       Verificación Lodos Limpieza Torres de Refrigeración

 

Producto de las actividades de limpieza de las torres de refrigeración se generaran residuos sólidos, los cuales serán caracterizados física y químicamente durante la operación del proyecto y en función de los resultados de dicha caracterización estos residuos se dispondrán de acuerdo a la normativa vigente. Se estima que esta actividad se realizará cada dos años.

 

Esta  Caracterización físico-química deberá realizarse una vez que se efectúe una extracción de lodos, la que deberá realizarse dentro de los primeros 2 años desde la puesta en marcha de la planta y los resultados deberán ser remitidos en esa oportunidad a la dirección Regional de CONAMA y a la Autoridad Sanitaria de la Región del Biobío.

 

 

 

 

6.3       Extracción de áridos y responsabilidad del titular

 

Considerando las numerosas denuncias por este tipo de actividades en las cercanías de la localidad de Charrúa, el titular del proyecto CENTRAL TERMOELÉCTRICA SANTA LIDIA EN CHARRÚA será el responsable de comprobar y asegurar que las empresas que proveerán los materiales para los rellenos que involucra el desarrollo de este proyecto, cuenten con las respectivas autorizaciones legales para efectuar las extracciones correspondientes.

 

Si el material es extraído desde el álveo de cauces y/o cuerpos superficiales, los proveedores deberán contar con las autorizaciones legales de la Dirección de Obras Hidráulicas del M.O.P. y Municipalidades respectivas.

 

En el caso de que el material sea extraído de yacimientos en predios particulares y/o lejos de cuerpos de agua, el titular deberá informar ante la Dirección de Obras Municipales de la comuna respectiva, con copia a la COREMA Biobío, antes de iniciada la extracción de áridos, el lugar, las condiciones técnicas de extracción  y una completa caracterización de los predios vecinos en término de viviendas, extracciones de aguas subterráneas, vialidad utilizada y/u otra infraestructura que pueda ser afectada por la actividad de extracción. En el caso de que la extracción de áridos produzca impactos ambientales relevantes, evidentes y constatables en terreno por las autoridades con competencias fiscalizadoras en esta materia, el titular del proyecto CENTRAL TERMOELÉCTRICA SANTA LIDIA EN CHARRÚA será quién deberá responder por los daños y perjuicios que esto produzca.

 

 

6.4       Plan de medidas de prevención de riesgos y control de accidentes

 

Considerando que el proyecto original de la Central Termoeléctrica Santa Lidia fue evaluado ambientalmente bajo la forma de un EIA y aprobado según consta en la RCA Nº127/2007 del 10 de Mayo del presente año, lo que permitió entre otras cosas, una activa y más profunda revisión de los antecedentes técnicos y de control de riesgos y emergencias para este tipo de actividad productiva. Considerando que en la presente evaluación ambiental los antecedentes presentados por el titular al respecto no fueron suficientes según lo indicado por la Autoridad Sanitaria y por último, considerando que las características técnicas y de los diferentes componentes ambientales que pudieran sufrir impacto ambiental, producto de la operación de este proyecto, son de similares características, el comité técnico de evaluación considera en consecuencia que el Proyecto “Central Termoeléctrica Santa Lidia en Charrúa” deberá implementar, como base, el mismo Plan de medidas de prevención de riesgos y control de accidentes que fuera dispuesto en la evaluación del proyecto original, a continuación descrito integramente.

 

Los antecedentes que se presentan en esta sección tienen la finalidad de detallar los riesgos a las personas y los riesgos ambientales producto del proyecto, las medidas de seguridad consideradas para cada caso y los planes de control de los mismos (planes de control de riesgos o planes de contingencias).

 

Es pertinente indicar que a diferencia de lo que ocurre con los impactos ambientales, cuyo análisis y previsión surge del conocimiento de las diferentes acciones que conllevará el proyecto, todas ellas conocidas y detalladas en secciones anteriores, los riesgos ambientales corresponden a la potencial ocurrencia de imprevistos, los que igualmente deben ser considerados, de tal forma de implementar medidas tendientes a minimizar la probabilidad de ocurrencia e implementar un proyecto con el mayor nivel de salvaguarda ambiental posible.

 

Con respecto a los riesgos laborales, se deberán considerar, al menos, aquellos contemplados en el Código Sanitario y en el D.S. 594 sobre Seguridad y Ambiente Laboral.

 

Dentro de los aspectos relevantes, desde el punto de vista de seguridad ambiental, están:

 

·          Lugares de trabajo seguros y que cumplan con los requerimientos establecidos en el Decreto Nº 594 del MINSAL sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

 

·          Sistemas y métodos de trabajo que no involucren riesgos para la salud, el medio ambiente o la seguridad, tales como: programas de control y protección contra incendios, transporte de combustibles, sustancias peligrosas; y que, además, se encuentren especificados sus modos de operar en normas o instructivos de las asociaciones de seguridad y Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

 

·          Personal adecuadamente entrenado para reconocer, evaluar y controlar riesgos en los lugares de trabajo, cuya ocurrencia cause un deterioro al medio ambiente.

 

La implementación del Plan de Seguridad incluirá el entrenamiento del personal, la definición de roles y responsabilidades y un plan de emergencia desde el punto de vista ambiental.

 

La implementación del plan de seguridad, será de responsabilidad de Sociedad de Inversiones Santa Lidia Limitada, o quién en sus derechos le suceda y debe incluir al menos,  el entrenamiento del personal, la definición de roles y responsabilidades y un plan de emergencia desde el punto de vista ambiental.

 

6.4.1    Etapa de Construcción

 

Los principales riesgos que podrían identificarse durante esta etapa corresponden a: - Riesgos por Accidentes en Caminos. - Riesgos en Instalación de Faenas. - Riesgos por Derrames de Materiales Peligrosos.- Riesgos por Incendio en el Área de Faenas. - Riesgos de Accidentes – Trabajadores y Riesgos por Eventos Naturales.

 

A continuación se presenta en tablas el resumen de los riesgos, medidas mínimas de seguridad y planes de contingencia que deberán ser consideradas para la etapa de construcción.

 

 

 

 

 

 

 

Tabla 13

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia – Etapa de Construcción – Accidentes en Caminos y Carreteras

 

Los equipos que se instalarán en la central, los materiales y las maquinarias de construcción y el personal que laborará en faenas, deberán ser transportados a las áreas de trabajo. Estas actividades tienen asociado riesgo por accidentes en caminos.

 

 

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

- El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, deberá ser personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia Clase A y un mínimo de 5 años de experiencia.

 

- Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente.

 

- El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se esté(n) utilizando o se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad, cuando el peso de los vehículos exceda el máximo permitido. Se coordinará con la Municipalidad respectiva y carabineros para el desplazamiento seguro.

 

- El transporte de combustible, explosivos u otros materiales peligrosos se realizará de acuerdo a lo estipulado en la legislación chilena.

 

- Se llevará un registro en obra que permita cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y en stock. Asimismo, el transportista llevará un registro de las cantidades que transporta.

 

 - El proyecto CTSL proveerá todos los recursos que aseguren un transporte adecuado y seguro. A su vez, los caminos de acceso a las obras contarán con una señalización clara y visible, tanto para el día como para la noche.

El vehículo accidentado y sus ocupantes deberán recibir ayuda en primera instancia por cualquier personal relacionado con las obras.

Se avisará al supervisor de obras del accidente, quién deberá tomar las siguientes medidas:

 

- Asegurarse que los accidentados hayan sido trasladados a centros de atención médica,

 

- Asegurarse que Carabineros ha sido informado del accidente,

 

- Disponer equipos y maquinaria para ayudar a despejar la ruta en el más breve plazo (una vez que la autoridad responsable lo autorice),

 

- Asegurarse que las compañías de seguros involucradas han sido avisadas en forma oportuna,

 

- Entregar información oportuna a los encargados en la empresa a la cual pertenecen los trabajadores involucrados en el accidente.

 

- Registrar el accidente en formulario previamente definido.

 

 

El derrame o vertido de sustancias peligrosas o tóxicas corresponde a una fuga de una porción líquida o gaseosa que se sale por una rotura del recipiente que lo contiene o lo transporte. La manipulación de productos químicos siempre conlleva el peligro de un eventual derrame o proyección del reactivo sobre el cuerpo humano y materiales.

 

Existen diversas clases de sustancias peligrosas, cuya clasificación esta regulada por la Norma NCh 382 Of. 98. Cada contenedor de estas sustancias debe contar con etiquetas de advertencia que describan claramente el tipo de sustancia peligrosa contenida y las condiciones de manejo que se deben tener en consideración.

 

En particular se deberá dar estricto cumplimiento a cada una de las disposiciones contenidas en el D.S. 148/03 del Ministerio de Salud “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

 

Por último, en relación a las actividades con elementos radiactivos, entre los trabajos de instalación de la central, se considera el seguimiento de los procedimientos en cuanto a gamagrafía, los cuales serán enviados a la autoridad competente en forma anticipada.

 

En la etapa de operación del proyecto no se utilizarán equipos radioactivos. Sólo se podría subcontratar de ser necesario el servicio de radiografías de soldaduras a una empresa especialista en la toma de radiografías durante la etapa de construcción. La empresa especialista debe contar con las certificaciones y autorizaciones de los organismos ambientales pertinentes.

 

Tabla 14

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia – Etapa de Construcción – Derrame de Materiales Peligrosos en el Transporte

 

Será necesario transportar al área de la planta algunos materiales potencialmente peligrosos tales como gasolina, petróleo, aceite para maquinarias y solventes. Tanto el transporte como el almacenamiento de dichos elementos presentan riesgos asociados, los que podrán disminuir de acuerdo a las siguientes medidas de seguridad.

 

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

 

En el Transporte:

 

- El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena se regirán por las disposiciones de la legislación vigente.

 

- Se deberá llevar un registro en la obra, que permita cuantificar las cantidades recibidas, utilizadas y en stock. Asimismo el transportista deberá llevar un registro de las cantidades que transporta.

 

- El proyecto proveerá todos los recursos que aseguren un transporte seguro para este tipo de elementos.

 

Se aplica el mismo plan de contingencia que para accidentes carreteros (tabla anterior)

El supervisor de obras deberá trasladar al lugar del accidente todos los equipos y maquinarias que permitan limpiar el derrame en forma rápida y segura para los trabajadores y el medio ambiente.

 

Llamar a bomberos y otras instituciones previamente definidas (si es necesario), quienes podrán ayudar en enfrentar la contingencia.

 

Si el derrame ha afectado algún curso o masa de agua, se deberá diseñar un plan de monitoreo de Contingencia, a fin de revisar y monitorear la calidad de las aguas a futuro. Este deberá ser aprobado por las autoridades competentes.

Entregar información oportuna a los encargados en la empresa involucrada en el accidente.

Registrar el accidente en formulario previamente definido.

Dar aviso a la gerencia del proyecto y a los encargados de comunicaciones, quienes darán la información oficial a la prensa.

 

Tabla 15

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia – Etapa de Construcción – Derrame de Materiales Peligrosos en el Almacenamiento

 

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

En el Almacenamiento:

 

El almacenamiento de productos inflamables, corrosivos u otros potenciales de causar daños se harán considerando las siguientes exigencias mínimas:

 

- Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para sustancias peligrosas, según el D.S. 148/03 de Salud, el cual deberá estar debidamente señalizada y contará con las estructuras de contención para evitar potenciales derrames que impacten los suelos y las aguas, tanto superficiales como subterráneas, de las áreas adyacentes.

 

- Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos que eviten el contacto directo entre los tambores y el suelo.

 

- Se dispondrá, en esta área, de elementos que permitan la contención de pequeños derrames.

 

- La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se hará en un área previamente definida y claramente demarcada.

 

- Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en tambores vacíos para su posterior comercialización o disposición en lugares autorizados, de acuerdo a lo que disponga el encargado de las faenas.

 

- Se dispondrá en los lugares de faena de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños, tales como extintores, mangueras, etc.; de acuerdo a las exigencias del Ministerio de Salud.

 

- Se dará estricto cumplimiento a las disposiciones reglamentarias del SEREMI de Salud en materia de seguridad industrial.

Si el derrame es menor (menos de un tambor) se procederá a:

 

- Utilizar los elementos de contención de derrames pequeños (tapones) a fin de detener el derrame del producto.

 

- Se avisará al supervisor de obras, quién determinará las acciones a seguir para limpiar el área afectada.

 

- Se mantendrá un registro (ficha) indicando la información mínima que permita dimensionar el derrame producido.

 

- Entregar información oportuna a los encargados en la empresa.

 

- Registrar el accidente en formulario previamente definido.

 

-  El supervisor comunicará a la gerencia ambiental del proyecto semanalmente, y a la inspección fiscal, respecto de la estadística de estos derrames.

 

Si el derrame es mayor (más de un tambor) se procederá a:

 

- Se aplicará el plan para derrames menores, aunque previamente se verificará si hay personas que se hayan visto afectadas por el derrame (trabajadores que hayan estado cerca del lugar del derrame y que hayan sido afectados por éste).

 

- Si es así se aplicarán los procedimientos de primeros auxilios adecuados al tipo de Contingencia (ducha de emergencia, lavado de ojos si procede, etc.)

 

- Si es necesario, estas personas serán trasladadas a un centro asistencial (posta, consultorio, hospital, ctc.).

 

- Se comunicará al supervisor de obras quien organizará las labores de limpieza y determinará la necesidad de requerir servicios externos para contener el derrame (bomberos, carabineros, contratistas, etc.)

 

-  Se registrará el accidente y se avisará de inmediato a la gerencia ambiental del proyecto y a la inspección fiscal.  Los encargados de comunicaciones serán quienes darán información oficial a la prensa.

 

 

Para evitar la contaminación de suelos por derrames de aceites y otros desde equipos de movimientos de tierras o vehículos de transporte al interior de las faenas se deberán contemplar adicionalmente las siguientes medidas preventivas

 

·          Normas para la contratación de servicios y subcontrataciones en cuanto a prevención de riesgo de contaminación

·          Normas para lugares de mantención y reparación de vehículos y maquinarias

·          Definición de sectores de lavado de camiones y maquinarias.

·          Disposición en tambores de los residuos de la mantención de vehículos y maquinaria como aceites, grasas y otros, los que a su vez deberán ser dispuestos en sitios autorizados sanitaria y ambientalmente.

·          Prohibición de la descarga de desechos de cualquier tipo al cauce de las acequias y canales aledaños al área de trabajo (materiales de desechos domiciliarios, escombros, material de rechazo de áridos.).

·          Definición de zonas especiales para la disposición de desechos inorgánicos como chatarra, pinturas, baterías, grasas, solventes, reactivos, resinas, tambores, detergentes y otros.

·          Mantener equipos en buen estado mecánico.

·          Capacitación y/o instrucción a chóferes propios o de terceros respecto de las medidas pertinentes.

 

Tabla 16

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia – Etapa de Construcción – Incendios en faenas

 

Los riesgos de incendio en el área de construcción están asociados a un manejo inadecuado de materiales combustibles. Las siguientes medidas de seguridad permitirán minimizar el riesgo asociado a incendios en faenas:

 

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

 

- El manejo de combustible se realizará de acuerdo a lo expuesto en la tabla precedente, más todas aquellas disposiciones específicas que se definan en el plan correspondiente.

 

- El experto de seguridad en faenas definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas.

 

- Se dispondrá de los elementos mínimos para combatir fuegos pequeños (extintores, mangueras, etc.).

 

- Durante esta etapa el experto en seguridad definirá las fuentes de agua más cercana y su forma de utilización, en caso de producirse un incendio en el área.

Se organizará el equipo (previamente entrenado) para utilizar extintores, mangueras de agua u otros elementos que permitan detener fuegos mayores.

 

El supervisor de obras deberá decidir si es necesario solicitar la ayuda de servicios externos para detener el fuego (bomberos, aviones).

 

Se registrará el accidente y se avisará de inmediato a la gerencia ambiental de proyecto.  Los encargados de comunicaciones serán quienes darán información oficial a la prensa.

 

Tabla 17

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia – Etapa de Construcción – Accidentes Trabajadores

 

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

Toda obra donde se desempeñen personas tiene asociada un nivel de riesgo por accidentes de trabajadores. Con el objeto de minimizar estos riesgos, durante la etapa de construcción se deberá contar con un experto en seguridad y prevención de riesgos en terreno, el cual tendrá la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de las normas mínimas de seguridad que se aplicarán en la faena. También tendrá la responsabilidad de registrar los accidentes e informar a las autoridades correspondientes acerca

de los accidentes acontecidos.

 

Será responsabilidad del titular asegurar de proveer al personal de los elementos de seguridad mínimo que permitan la protección de la salud y la vida de los trabajadores. Estos elementos corresponden a cascos, lentes de seguridad, guantes, ropa de seguridad, protecciones auditivas (personal que la requiera), zapatos de seguridad u otros que determine el experto de seguridad.

 

Las exigencias de seguridad para el personal que laborará en la faena, transporte de materiales, u otras actividades asociadas al proyecto regirán tanto para el contratista principal de la construcción como para todos y cada uno de los subcontratos que se materialicen durante la construcción.

Se dará atención de primeros auxilios en el área del accidente.

Si el accidente es mayor, se trasladará al herido hasta el centro asistencial más cercano.

Se dará el aviso correspondiente a la mutual de seguridad.

 

Se registrará el accidente en forma apropiada  y se avisará a la gerencia ambiental del proyecto. 

 

Los encargados de comunicaciones serán quienes darán información oficial a la prensa.

 

Tabla 18

Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y de Contingencia – Etapa de Construcción –Eventos naturales

MEDIDAS MINIMAS DE SEGURIDAD

PLAN DE CONTINGENCIA

Riesgos por Eventos Naturales: Corresponden principalmente a eventos sísmicos que puedan causar deterioros en las instalaciones de la Central, durante la etapa de Construcción. Con el objeto de proceder de mejor manera frente a un evento de esta naturaleza, se deberá disponer de planes de evacuaciones del personal y zonas de seguridad.

 

Evacuar al personal de la planta a las zonas de seguridad establecidas.

 

 

6.4.2    Etapa de Operación

 

Junto con respetar e implementar cada una de las medidas y planes descritos para la etapa de construcción y que sean también procedentes para la etapa de operación, el Plan de Prevención de Riesgos para la operación de la Central Termoeléctrica Santa Lidia considerará los siguientes estándares mínimos de seguridad:

 

·          Proteger a las personas y el medio ambiente; es decir, deberá tener la capacidad de mantener a la comunidad segura de riesgos actuales o potenciales.

·          Proteger cada uno de los elementos ambientales identificados en el desarrollo de este estudio.

·          Disposición de personal, equipos, herramientas y materiales necesarios en el sitio afectado por una emergencia.

·          Mantener una estrecha comunicación y coordinación con las autoridades competentes de bomberos, carabineros y de otros servicios públicos, de manera de obtener recursos y un conocimiento actualizado de las responsabilidades de cada organización, en caso de que tuviese que responder ante una emergencia y coordinar asistencia mutua en la respuesta ante dicha emergencia.

Tabla 19

Medidas específicas

 

Riesgos sobre el Medio Físico

Medidas de Mitigación

Contaminación de Suelos por derrames de aceites, Materiales y Productos

Mantener equipos en buen estado mecánico.

Contaminación de Suelos por Derrames de Materiales y Productos.

Levantamiento de materiales y productos a la cancha correspondiente. Revisión y mejoramiento de prácticas operacionales. Mantención de estanques y contenedores en buen estado.

Riesgos sobre el Medio Humano

Medidas de Mitigación

Riesgo para la Salud de Operadores por Manejo de Productos

Capacitación del personal respecto del manejo del concentrado y productos. Proporcionar y exigir el uso de los elementos de seguridad personal.

Riesgo para la Salud de Operadores en la Operación

Capacitación del personal respecto del proceso y equipos. Proporcionar y exigir el uso de los elementos de seguridad personal.

Riesgo de Accidentes Laborales en la Operación

Capacitar al personal en las materias que sean pertinentes. Proporcionar y exigir el uso de los elementos de seguridad personal. Señalizaciones apropiadas en las áreas de trabajo y permitir acceso sólo a personal autorizado.

 

 

  • Se contará con una red de incendios, el sistema es una unidad funcional de extinción de incendios que consiste en equipos detectores de humo; red de agua a presión; rociadores para los transformadores; equipos móviles de polvo químico seco y estático de CO2  para el interior de las turbinas y espuma física para el caso  de incendio de combustibles y lubricantes. El sistema contempla 6 grifos en circuitos cerrados de agua, alimentados por una red subterránea de 250 mm de diámetro. Habrá una reserva permanente de 450 m3 de agua para incendio en el estanque de 2.000 m3 de agua cruda. Se contará además con rociadores de agua de incendio hacia los transformadores principales y auxiliares. 

 

  • Todas las instalaciones (alumbrado y fuerza) en las áreas de estanques de almacenamiento de combustible, serán consideradas y ejecutadas de acuerdo a la clasificación de las Normas del National Electric Code  500/5003 y Norma Chilena  de Electricidad NCH 4/2003, (Instalaciones a prueba de explosión) su clasificación será  Clase I DIVISIÓN I.

 

  • Los equipos de iluminación que se instalen en la zona de los estanques y que estén dentro de la zona considerada como peligrosa, se consideran a prueba de explosión. La Potencia estimada para estos equipos es de 250 Watt Sodio Alta Presión.

 

  • El sistema de iluminación, contará con equipos de seguridad intrínseca o de seguridad aumentada, equipos que se limitan a las corrientes y tensiones de funcionamiento nominales, estos dispositivos  evitan la producción de chispas, la estanqueidad de estas unidades permiten su uso en áreas altamente explosivas.

 

  • Las canalizaciones de todos los circuitos eléctricos de iluminación, fuerza y control deberán estar fabricadas con ferretería y equipamiento del tipo a prueba de explosión.

 

  • Para los conductores de fuerza, alumbrado y control, se deberá utilizar conductores con aislación del tipo EVALEX, anti flama.

 

6.4.3    Derrames Eventuales de Petróleo u otros Combustibles

 

Con respecto a eventuales derrames en el manejo de Petróleo Diesel, cada estanque de almacenamiento estará rodeado por un dique impermeable que permita captar los eventuales derrames, para luego proceder a recuperar el combustible vertido. Se mantendrá estrecho contacto con las instituciones de la zona que puedan prestar apoyo y ayuda en caso de emergencia, como por ejemplo: bomberos, hospitales, carabineros, mutuales, organizaciones civiles, etc. Para restaurar la operación después de una emergencia, se seguirán rigurosamente las instrucciones de operación del fabricante.

 

En la Figura Nº5 Plano – Control de Derrames de la Adenda Nº1 de la DIA se muestra los sistemas de captación y evacuación de todos los posibles derrames dentro de la CTSL.

 

La principal zona de riesgo de derrame es aquella donde se ubica el estanque de almacenamiento de petróleo diesel. Este estanque se sujetará a lo indicado en el D.S. Nº 379/85 y D.S. Nº 90/96, ambos del Ministerio de Economía, con la finalidad de almacenar en forma segura el combustible líquido, evitando o minimizando los riesgos que ello implica.

 

Previo a la puesta en servicio, las instalaciones del estanque de almacenamiento de petróleo serán  inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC). Para ello se realizará una presentación que, entre otros antecedentes, incluirá plano de ubicación de las instalaciones, distancias de seguridad a las construcciones propias y de terceros, distancia a vías públicas, definición de la capacidad del estanque, materiales a usar para su construcción, tipo de combustible, memoria de cálculo y condiciones del diseño, elementos de seguridad, medidas de operación, medidas de prevención de accidentes y medidas ante contingencias, con la finalidad de resguardar a las personas, los bienes materiales y el medio ambiente. Existen autorizaciones asociadas a ambos decretos supremos para comenzar con las operaciones.

 

Contando con la autorización de la SEC y una vez que comience a operar el estanque, se mantendrán en las oficinas de la CTSL, por toda la vida útil del proyecto, los estudios técnicos que exige la normativa, de modo que estén disponibles para la fiscalización por la autoridad, en cualquier momento.

 

No obstante lo señalado, en conformidad a la legislación, el estanque de almacenamiento de petróleo será impermeabilizado para impedir que filtren, contando con un estanque de contención ante un eventual derrame por fractura o falla del estanque principal. La capacidad del estanque de retención de los derrames 1,5 veces la capacidad máxima del estanque.

 

Junto con los antecedentes señalados anteriormente, se presentará a la SEC, previo a la entrada en operación, un Reglamento de Seguridad. Además, se indicará acerca del personal que se encontrará preparado para actuar en caso de una emergencia y los procedimientos de comunicación a  autoridades.

 

Dado lo anterior, se estima poco probable una contaminación del acuífero producto de una infiltración en los estanques de almacenamiento de diesel, o por derrames de petróleo.

 

Adicionalmente, a continuación se identifican cada uno de los eventuales derrames que puedan producirse en la CTSL así como las medidas a adoptar en cada caso, las cuales fueron diseñadas de forma a minimizar el riesgo a las personas y al medio, especialmente a las aguas subterráneas.

 

 

- Estación de descarga de camiones

 

Se pueden producir eventuales derrames en la conexión de mangueras para la transferencia del petróleo. El área tendrá pavimento de hormigón con pendientes que conduzcan los derrames y aguas lluvias con trazas de petróleo hacia un foso acumulador de 30 m3 (capacidad máxima del camión estanque). El petróleo acumulado en el foso es vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada en el manejo y disposición final de este tipo de residuos. Adicionalmente las aguas lluvias con trazas de petróleo o el derrame de petróleo, desde el foso acumulador se conducen a un separador de aceite. El petróleo acumulado en el separador de aceite es extraído con bomba a camión de empresa autorizada y el agua de salida del separador de aceite es conducido al estanque de Recepción de Efluentes (Riles).

 

- Estanque de almacenamiento de petróleo

 

Se pueden producir eventuales derrames en este estanque y su conexión de cañerías. El estanque dispone de dique recolector de derrames (pavimento y muro dique) y de sistema de detección de derrames de plancha de fondo de estanque de acuerdo a normas vigentes (API 650). Este dique es capaz de contener 1,5 veces el volumen del estanque de almacenamiento de petróleo. Los derrames del estanque o aguas lluvias con trazas de petróleo se acumulan en el dique recolector alrededor del estanque, se conduce hasta un sumidero en el interior del dique. El petróleo acumulado en el dique es vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada para su retiro y disposición final. Adicionalmente, las aguas lluvias con trazas de petróleo o el derrame de petróleo se conduce desde el sumidero a un separador de aceite. El petróleo acumulado en el separador de aceite es extraído con bomba a camión y el agua de salida del separador de aceite es conducido al estanque de Recepción de Efluentes (Riles).

  

- Bombas del sistema de petróleo

 

Se pueden producir eventuales derrames de petróleo en el sector de bombas de petróleo, considerándose en el proyecto pavimento de hormigón con brocal que conduce derrame al foso de acumulación de 30 m3, el cual será vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada para su retiro y disposición final. Adicionalmente las aguas lluvias con trazas de petróleo, desde el foso acumulador se conduce a un separador de aceite. El petróleo acumulado en el separador de aceite es extraído con bomba a camión y el agua de salida del separador de aceite es conducido al estanque de Recepción de Efluentes (Riles).

 

- Patio de Transformadores

 

Se pueden producir eventuales derrames de aceite en el patio de transformadores. La fundación del transformador dispone de foso recolector de aceites. El aceite acumulado en el foso es vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada. Adicionalmente las aguas lluvias con trazas de aceite, desde el foso se conducen a un separador de aceite. El aceite acumulado en el separador de aceite es extraído con bomba a camión de empresa autorizada para su retiro y disposición final y el agua de salida del separador de aceite es conducido al estanque de Recepción de Efluentes (Riles).

 

- Unidad de turbogeneradores

 

Los eventuales derrames de petróleo o aceites en cada unidad de turbogenerador, son recolectados por canaleta perimetral y conducidos a un foso recolector de aceite. El aceite acumulado en el foso es vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada para su retiro y disposición final.

 

- Trincheras de conducción de líneas de petróleo

 

Las trincheras de conducción de líneas de petróleo, tienen la capacidad de recolectar eventuales derrames y conducirlos hasta un sumidero. El aceite acumulado en el foso es vaciado mediante bomba a camión de empresa autorizada para su retiro y disposición final.

 

También son aplicables a la etapa de operación los Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia definidas para la Etapa de Construcción en las tablas correspondientes de este informe.

 

Derrames de otras Sustancias Peligrosas

 

El derrame o vertido de sustancias peligrosas corresponde a una fuga de una porción líquida o gaseosa que se sale por una rotura del recipiente que lo contiene o lo transporte. La manipulación de productos químicos siempre conlleva el peligro de un eventual derrame o proyección del reactivo sobre el cuerpo humano y materiales.

 

Existen diversas clases de sustancias peligrosas, cuya clasificación esta regulada por la Norma NCh 382 Of. 98. Cada contenedor de estas sustancias debe contar con etiquetas de advertencia que describan claramente el tipo de sustancia peligrosa contenida y las condiciones de manejo que se deben tener en consideración.

 

Las sustancias químicas más relevantes que se emplearán durante la operación del Proyecto, según se indica en el EIA, corresponden a ácido sulfúrico (H2SO4) e hipoclorito de sodio (NaClO). Estas sustancias serán provistas y manejadas por empresas externas especialistas en el manejo de ellas, las cuales contarán con las autorizaciones y planes de manejo y de prevención de riesgos pertinentes.

 

El hipoclorito de sodio o hipoclorito sódico es un compuesto químico cuya fórmula es NaClO. Contiene el cloro en estado de oxidación +1 y por lo tanto es un oxidante fuerte y económico. Debido a esta característica destruye muchos colorantes por lo que se utiliza como blanqueante. Además se aprovechan sus propiedades desinfectantes. En disolución acuosa sólo es estable a pH básico. Al acidular en presencia de cloruro libera cloro elemental. Por esto debe almacenarse alejado de cualquier ácido. Luego es incompatible con el ácido sulfúrico. El almacenamiento en planta de éste último será realizado según las normas del D.S. 201/01 del MINSAL, para el ácido sulfúrico, por lo cual el riesgo de incompatibilidad será manejado en forma adecuada.

 

Para hacer frente a un derrame de sustancias peligrosas, se deberán considerar las siguientes actividades inmediatas:

 

- Informar derrame al operador de turno, quien a su vez deberá informar al Jefe de Operaciones y  al Jefe de la Central.

- Asegurar seguridad del personal, identificando al agente del derrame

- Evaluar riesgos de personas alrededor del derrame

- Si es posible, controlar el riesgo a personas

- Evaluar si el derrame puede ser detenido o controlado

- Determinar si es seguro y posible tratar de detener el derrame

- Reunir información del estado de la situación y evaluarla

- Informar a las autoridades pertinentes: bomberos, carabineros, servicio de salud, etc. cuando el riesgo del derrame involucre a personas o al medio ambiente.

 

Para evitar los derrames en la carretera, se deberán considerar las siguientes medidas mínimas

de seguridad:

 

- Los camiones de transporte deben estar equipados con teléfono celular, los camiones de las otras empresas deberán informar si sus vehículos tienen teléfono o equipo de radio. Deberán cumplirse las leyes del tránsito sobretodo en cuanto a velocidades.

- Controlar semanalmente los tacógrafos

 

También son aplicables a la etapa de operación los Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia definidas para la Etapa de Construcción en las tablas correspondientes  de este informe.

 

Asimismo, se deberán considerar las siguientes acciones frente a eventos particulares:

 

·          Derrame de Hipoclorito de Sodio:

 

En la planta:

 

El Hipoclorito de Sodio al igual que los otros productos líquidos, se encuentra en estanques, los cuales están ubicados dentro de un pretil de seguridad que impide el escurrimiento de éste a otros sectores de la fábrica. También dentro de la batería de estanques hay un estanque vacío que se encuentra debidamente señalizado y que actúa como estanque de seguridad para, en caso de derrame recibir por medio de una bomba el producto que se encuentra en el pretil. De esta manera estamos asegurando que el Hipoclorito de Sodio no podrá juntarse con otros productos ni caer a la red de alcantarillado.

 

El Hipoclorito que queda en el pretil, una vez que se acabó el derrame y se trasladó al estanque de seguridad, se analizará y se trasladará también al estanque de seguridad.

 

En la carretera:

 

Los camiones trasladan este producto en estanques de fibra de vidrio. El camión debe trasladarse (esto para todos los productos químicos líquidos) con la numeración correcta del líquido (N° NU) y con la hoja de seguridad respectiva.

 

En caso de accidente en la carretera, el chofer debe tratar de detener la fuga con la pala y tierra

formando un cerco alrededor del líquido derramado.

 

Son aplicables los Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia definidas para la Etapa de Construcción en las tablas correspondientes de este informe.

 

·          Derrame de Ácido Sulfúrico:

 

En la Planta:

 

Este ácido es uno de los más peligrosos y corrosivos, por lo tanto hay que actuar con mucho cuidado y usando los elementos de seguridad respectivos.

 

Los estanques de ácido sulfúrico se encuentran dentro de un pretil y existe un estanque de seguridad vacío para recibir el líquido derramado. En caso de un derrame, no agregar agua, pues esta reacciona violentamente con el ácido desprendiendo calor. Hay que enviar la mayor parte del líquido derramado al estanque de seguridad y luego neutralizar el resto con cal, ceniza de soda o caliza. De preferencia, usar cal que por su granulometría reacciona más rápidamente con el ácido y no genera gases que puedan arrastrar neblina ácida.

 

En la carretera:

 

Un derrame en la carretera de este producto es peligrosísimo. Se deberá avisar de inmediato al Jefe de Operaciones de la Central, a Bomberos y Carabineros. Evitar el tumulto de gente y tratar de desviar el tránsito. Tratar de colocar el camión en sitio eriazo donde el ácido pueda contenerse

o estancarse.

 

Evitar en lo posible que se una con fuentes de agua, como ríos, canales, etc. contenerlo con palas encerrándolo por todos lados con tierra, piedras o arena, debido a que reacciona violentamente con el agua, poniendo en riesgo la vida humana y animal. Si cae a una corriente de agua, se hace difícil su contención y control. Neutralizar con ceniza de soda, cal o caliza.

 

Son aplicables los Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia definidas para la Etapa de Construcción en las tablas correspondientes de este informe.

 

·          Derrame de Soda Cáustica:

 

En la Planta:

 

En caso de un derrame en la fábrica se debe activar el comité de emergencia disponiendo de inmediato de medidas a seguir. Los estanques de soda cáustica líquida se encuentran dentro de un pretil. Si el derrame se produce hay que trasladar por bomba el líquido escurrido desde el pretil al estanque.

 

En la carretera:

 

En caso de derrame hay que avisar a las autoridades competentes. Sacar el camión de zonas de mucho tránsito. Avisar de inmediato al comité de emergencia. Contener con pala y tierra para evitar que escurra.

 

Son aplicables los Riesgos, Medidas Mínimas de Seguridad y Planes de Contingencia definidas para la Etapa de Construcción en las tablas correspondientes de este informe.

 

Sobre los responsables que actuarán en cada evento de emergencia

 

En la Tabla presentada a continuación se indican los responsables de la ejecución de las actividades, dirección y coordinación de respuesta ante emergencias producidas dentro de la CTSL.

 

El jefe de emergencia cuenta con las atribuciones para nombrar a las personas responsables, siempre que estas estén  previamente capacitadas, para ejercer las distintas actividades de control de la emergencia.

 

En lo referente a la coordinación de primeros auxilios, hospital y mutual, el jefe administrativo tiene la función de apoyar al jefe de emergencia. En ausencia de éste, el jefe emergencia está facultado para designar a otra persona que cumpla con las actividades de coordinación.

 

Tabla 20

Cuadro de responsabilidades en caso de emergencias CTSL

 

Responsables

Función

Actividades a realizar ante Emergencias

Persona que detecta la emergencia

Comunicar la emergencia a quien corresponda

 

Llamar  inmediatamente al operador de turno

Operador sala de control

 

Comunicar la emergencia a quien corresponda

Verificar la existencia de condición de emergencia

Coordinar la aplicación del plan de emergencia específico establecido para el caso;

Comunicar al Jefe de operaciones el inicio de la aplicación del plan de emergencia específico;

Apoyar la protección del complejo:

Control de acceso a áreas afectadas y operación de vehículos de emergencia;

Control de servicios de seguridad y coordinación de primeros auxilios, hospital,

mutual; y Coordinación de otros elementos requeridos para el control de la emergencia.

Procurar el suministro de los materiales requeridos para el control de la emergencia.

Jefe de operaciones o Jefe de turno

Jefe Técnico de Emergencia

Entregar al Jefe del complejo información técnica para mejorar la eficiencia de la respuesta;

Realizar la evaluación de los resultados obtenidos durante el control de la emergencia;

Entregar información al Jefe del complejo sobre el avance en el control de la emergencia; y

Preparar el informe correspondiente, una vez superada la emergencia.

Jefe del Complejo

Coordinación y comunicación interna

Realizar la gestión general de la respuesta de emergencia, la supervisión de la aplicación del plan de emergencia específico y los resultados de su aplicación.Informar a la Gerencia de Explotación o Gerencia Técnica, según corresponda,  de acuerdo a los procedimientos establecidos; y

Recibir los reportes del Jefe Técnico de Emergencia.

Gerente de Explotación

Comunicaciones oficiales internas

Comunicar la emergencia a los mandos superiores de la CTSL., de acuerdo a los procedimientos establecidos; y

Coordinar la gestión general de la respuesta de emergencia.

Gerente General CTSL

Comunicaciones oficiales externas

Entregar los comunicados oficiales de la emergencia, a las Autoridades ambientales, Autoridades del gobierno local, regional, nacional, periodistas, representantes de la comunidad, otros.

Jefe del complejo.

 

Deberá cumplir y hacer cumplir el presente Plan de Contingencias, capacitando e instruyendo al personal a su cargo respecto de las actividades a desarrollar en caso de ocurrido una emergencia.

 

Proveer los medios para enfrentar las acciones en forma adecuada ante emergencias que puedan ocurrir.

 

Procurar que ningún trabajador desarrolle sus labores en un lugar inseguro, a menos que sea con el propósito de dejarlo en condiciones seguras y sólo, después que se hayan adoptado precauciones adecuadas para proteger al trabajador.

 

Velar por la integridad física, salud y bienestar de los trabajadores y la conservación de los equipos, materiales y ambiente que los rodean.

 

Velar por el cuidado de todos los sistemas y equipos para enfrentar efectivamente una emergencia (extintores, camillas, entre otros).

 

Deberá instruir y entrenar al personal del contenido del procedimiento de contingencia, asegurando que posean un completo entendimiento de las acciones especificas ante una emergencia

 

Trabajadores del complejo.

 

Todo el personal de la CTSL, deberá ser adecuadamente capacitado en la operación y manejo de los equipos  para  prevenir emergencias.

Velar por su propia integridad física y las de sus compañeros de trabajo.

Cumplir y hacer cumplir el presente plan de contingencia, como también los Procedimientos Seguros de Trabajo imperantes en la CTSL.

 

Sobre la capacitación de los trabajadores en el manejo de emergencias

 

Todo personal de la CTSL debe ser capacitado en respuesta ante una Emergencia durante el primer mes de trabajo dentro del complejo. Cada vez que un trabajador es cambiado de actividad debe ser capacitado en respuesta ante el riesgo de Emergencia correspondiente a su nueva ubicación.

 

El personal de la CTSL debe ser capacitado en respuestas que debe dar, desde su actividad específica, en caso que sea activada la Alarma de Emergencia. Este programa de capacitación a lo menos debe comprender:

 

  Reconocimiento de las señales de Alarma (acústica).

  Vías de escape y ubicación de Zonas de Seguridad.

 

Las capacitaciones del personal deben considerar los posibles eventos de emergencia que puedan ocurrir, además, debe contar con personal preparado para enfrentar dichas situaciones de emergencia.

 

Sobre el destino de los residuos que se generen por estos eventos.

 

Los Residuos generados en los eventos de emergencias serán recogidos y transportados por empresas debidamente autorizadas sanitaria y ambientalmente, dependiendo del tipo de sustancias involucradas en cada emergencia.

 

Los residuos deberán ser dispuestos en lugares autorizados sanitaria y ambientalmente dependiendo del tipo de sustancias involucradas en cada emergencia.

 

 

 

 


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=99/c7/175b3d74ccc15f93d0cd87b2b87304ce0639


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