Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Arauco" CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1. Antecedentes del Titular Titular: Empresa de Servicios Sanitarios del Bio Bio S.A. Rut: 96.579.330-5 Domicilio: Diagonal Pedro Aguirre Cerda Nº 1129 3er piso Concepción Representante Legal: Gregory John Holland . Rut: 21.212.314-5 Domicilio: Diagonal Pedro Aguirre Cerda N° 1129 3er piso , Concepción 1.2. Ubicación: El proyecto se ejecutará en la Región del Bio Bio, en el sector de la Provincia de Arauco, Comuna de Arauco, específicamente en Sector Punta Carampangue, camino antiguo Arauco-Carampangue. Sus coordenadas son:
1.3. Monto de Inversión: $1.510 millones de pesos 1.4. Vida útil: 11 Años 1.5. Mano de Obra
1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
1.7. Descripción del proyecto El proyecto consiste en la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en la localidad de Arauco, para llevar a cabo el saneamiento ambiental de las localidades de Arauco, Carampangue y Ramadillas, mejorando la calidad de vida de las personas beneficiadas, que alcanza a una población cercana a 28.350 habitantes, de modo de permitir a la población elevar sus niveles de salud y bienestar, descontaminando los cursos hídricos. El sistema de tratamiento corresponderá a Lodos Activados en modalidad aireación extendida, que considera las siguientes etapas: Ingreso de las Aguas Servidas A la entrada del sistema de tratamiento ingresarán todas las aguas servidas de las localidades de Arauco, Carampangue y Ramadillas. El agua residual afluente a la planta de tratamiento, pasa primero por un aliviadero de tormenta con registro de caudal instantáneo y acumulado. Aliviadero de Tormenta La planta de tratamiento contará con un aliviadero de tormenta, que permitirá el by-pass general de la planta, el cual tendrá las siguientes funciones. Evacuar excedentes que sobrepasen el caudal máximo señalado, en el evento de lluvias. Derivar completamente el caudal afluente por razones operacionales o de mantención Dispondrá de un sistema de medición del caudal derivado a través del mismo, con registro instantáneo y acumulado. Este sistema de medición contará con un vertedor rectangular de pared delgada y sensor ultrasónico de nivel. Tratamiento Preliminar El tratamiento preliminar estará destinado a realizar una limpieza previa de las aguas servidas que ingresarán al tratamiento principal e incluye la remoción de sólidos gruesos (palos, vidrios, trozos de género, plásticos, etc.) y arenas que pudieran causar problemas de operación y mantenimiento del sistema de tratamiento (daños en bombas y maquinarias, obstrucción de cañerías, abrasión, etc.). El tratamiento preliminar estará conformado por las siguientes unidades: Rejas Gruesas La planta contempla una cámara de rejas gruesa manual en acero galvanizado, la cual permitirá retirar todos aquellos elementos con un tamaño mayor a 30 mm. Rejas Finas (1 automática y 1 manual de by-pass) La separación de sólidos finos se realiza en una cámara de reja de tren doble, que permite la operación normal a través de uno de los canales en el cual se ubica un tamizado mecánico a través de un filtro espiral, mientras en el segundo se ubican rejas manuales de 10 mm. de diámetro espaciadas a 20 mm. entre sí. Desarenador mecánico circunferencial Para la remoción de la arena se utilizará un desarenador de flujo radial tipo Vortex, sección circular de diámetro 2.5 m. y extracción automática de arenas a través de un Air Lift. Este operará a través de un canal de acceso rectangular, controlado por una compuerta manual que permite la entrada al desarenador. Cámara de Distribución y Medición de Caudal Afluente La medición del caudal afluente al sistema de tratamiento contará con un dispositivo hidráulico de control de flujo y sensor ultrasónico de nivel y se llevará a cabo en la cámara de distribución, que se ubicará equidistante al punto de entrega del agua residual a los selectores biológicos. La cámara de distribución se construirá en hormigón y contará con vertederos de sección de control triangular, encargados de medir el caudal pasante a cada punto de entrega. La medición se realizará en forma automática, controlando las alturas de agua vertida a través de un sensor de nivel ubicado en el interior de la cámara. Tratamiento Secundario El tratamiento secundario corresponderá a un proceso biológico aeróbico de cultivo suspendido por lodos activados, en modalidad aireación extendida. Con el objeto de optimizar el espacio y de tener una mejor operación del sistema de tratamiento, todo el tratamiento biológico se realiza en un estanque en forma de anillo (o reactor concéntrico). La planta de tratamiento está constituida por dos reactores concéntricos. En el anillo exterior están dispuestos el estanque selector, el reactor biológico y el digestor de lodos y en el centro del anillo se encuentra ubicado el sedimentador secundario circular. El tratamiento biológico está constituido por las siguientes unidades: Selector Biológico En el estanque selector se lleva a cabo la selección de microorganismos, permitiendo que ingresen a la planta aquellos que permiten la máxima eficiencia de remoción de carga orgánica biodegradable, aumentando la sedimentación posterior. El estanque selector ocupa una porción de volumen del reactor. El efluente proveniente del pretratamiento, descargará en el selector a través de una descarga sumergida que obliga al agua a ingresar al selector por el fondo y efectuar un mayor recorrido. Reactores Biológicos La planta contempla dos reactores biológicos con forma de anillo concéntrico a la unidad de sedimentación (tipo reactor concéntrico). La edad del lodo será de 25 días como promedio anual al final del período de previsión. El sistema de aireación será por difusión, lo que evitará la generación de aerosoles y ruidos molestos al entorno. La oxigenación del sistema se realizará mediante inyección de aire a través de difusores de burbuja fina distribuidos en el fondo de los estanques, montados sobre una red de tuberías de distribución. El sistema de distribución de aire deberá ser fragmentable y desmontable, de tal forma de permitir la mantención preventiva y correctiva necesaria. Se contará con un medidor de oxígeno disuelto para controlar el caudal total de aire que entrará a los estanques mediante válvulas de regulación manual. Sedimentador Secundario La planta contempla dos sedimentadotes circulares construidos en hormigón concéntrico al reactor biológico. El Sedimentador se alimenta por carga hidráulica desde el tanque de aireación y vierte sus aguas clarificadas gravitacionalmente hacia la cámara de contacto, mientras los lodos acumulados en el fondo son impulsados mediante bombas hacia el área de espesado de lodos o bien recirculados hacia el tanque de aireación. El sedimentador tiene en su parte superior un canal de hormigón periférico que recoge el efluente clarificado para luego conducirlo gravitacionalmente a la cámara de contacto, para su desinfección. Este canal cuenta con un vertedero y con una lámina deflectora que impide la salida de los flotantes junto con el efluente, además cuenta con un puente con barredor superficial removedor de espumas y flotantes. Remoción de Fósforo Se considerará la dosificación de cloruro férrico para el control del fósforo, que se aplicará en el reactor biológico en caso de ingresar concentraciones altas de éste al sistema de tratamiento. Desinfección El sistema contemplará un estanque de contacto con panel en fibrocemento que asegurará un tiempo de residencia hidráulica de 30 minutos y la aplicación de Gas Cloro que se realizará al inicio de la cámara de contacto. El sistema deberá permitir una operación continua, las 24 horas del día. El estanque está configurado de forma tal que permite operar sólo con la mitad del mismo en caso de ser necesario la mantención a una de sus partes. Las tasas de dosificación de cloro a aplicar sobre el caudal máximo horario o caudal máximo de bombeo se presenta en la siguiente tabla: Tabla 1. Tasas de Dosificación de Cloro
El sistema de dosificación de cloro se ubicará en un recinto exclusivo y bien ventilado. La totalidad del sistema deberá contar con las medidas adecuadas de seguridad, de acuerdo a los estándares internos de ESSBIO, referidos al transporte, almacenamiento y dosificación y las recomendaciones que para este efecto ha establecido la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Los aspectos a considerar son a lo menos los siguientes: · Detector de fugas de gas cloro · Alarmas y señales visuales · Extractores ubicados en el recinto de contenedores (de operación automática enclavados a detector de gas cloro y/o apertura de puertas) · Kit de emergencia para control de fugas · Elementos de protección personal. Incluir por el exterior de la caseta de cloración una ducha de emergencia tipo americana y sistema lavaojos. Antes de la entrada a la cámara de contacto de la cloración, se instalará un sistema de medición del caudal efluente, mediante un dispositivo hidráulico de control para el cual se utilizará un vertedor de pared delgada de sección triangular y sensor ultrasónico de nivel. Descarga Efluente Tratado Las aguas servidas tratadas serán dispuestas al río Carampangue El efluente tratado deberá cumplir con la Tabla N°1 de la Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Superficiales Continentales (Decreto Nº90/2000), que establece los límites máximos permitidos para cuerpos de agua fluviales sin capacidad de dilución. Etapa de Construcción Durante la construcción de la Planta de Tratamiento proyectada se desarrollarán una serie de actividades, las que se describen en la DIA. Etapa de Operación Las acciones más relevantes durante la operación de la planta de tratamiento de aguas servidas desde el punto de vista ambiental, tendrán relación básicamente con la cantidad y calidad de los líquidos y sólidos que entran y salen del proceso de tratamiento. Etapa de Abandono El plazo de utilización de este sistema de tratamiento es indefinido y, por consiguiente, no está previsto el abandono de ella, ya que el servicio se mantendrá mientras exista la ciudad. Emisiones a la atmósfera Durante la etapa de construcción se generarán emisiones de polvo a la atmósfera poco significativas, las cuales se deberán principalmente a la preparación de los terrenos donde se instalarán las obras. Estas emisiones a la atmósfera son propias de la etapa de construcción y en definitiva se caracterizan por ser temporales, no peligrosas y de impacto local. Para mitigar estos impactos, se exigirá a la Empresa Contratista adoptar medidas tales como: humedecer periódicamente el área de trabajo y además de una adecuada mantención de las carrocerías de los camiones de carga de modo de evitar derrames en la vía pública. Durante la etapa de operación, el proyecto no involucra la generación de emisiones a la atmósfera. Descargas de Efluentes Líquidos Durante la fase de construcción se producirán aguas servidas debido a la utilización de baños para los operarios que ocuparán servicios higiénicos del tipo de baño químico. En la fase de operación del proyecto se generarán las aguas servidas tratadas de la localidad de Arauco y que serán dispuestas al río Carampangue, que corresponde a: Tabla Descarga de Efluentes Líquidos Las variables a monitorear y su frecuencia se indican en la siguiente tabla:
Generación de Residuos Sólidos Durante la etapa de construcción se generarán residuos sólidos producto de las actividades de construcción (materiales sobrantes de embalajes de equipos, y otros), así como residuos de tipo domésticos correspondientes a los trabajadores que trabajarán durante la construcción. Todos estos residuos serán dispuestos en lugares autorizados por el Servicio de Salud Arauco. Durante la etapa de operación se producirán sólidos del tratamiento preliminar y lodos provenientes del proceso de tratamiento Secundario. Con respecto a los sólidos del tratamiento preliminar, se generarán sólidos provenientes de las cámaras de rejas y desarenadores. Estos residuos serán dispuestos en contenedores, para luego ser llevados a lugares autorizados por el Servicio de Salud Arauco En cuanto a los lodos generados del proceso de tratamiento, el volumen estimado que se producirá se detalla en la siguiente tabla: Los lodos deshidratados serán retirados periódicamente de la planta, para ser llevados a: un Relleno Sanitario autorizado por el Servicio de Salud Arauco Tratamiento de Lodos El objetivo final del tratamiento y deshidratación de lodos, es la estabilización y reducción de volumen del material que es necesario transportar y disponer en vertedero autorizado. Las unidades de proceso a considerar son las siguientes: Digestor de Lodos La planta contempla dos digestores aeróbicos de lodos, que estará ubicados en el anillo exterior del sistema de tratamiento. El oxígeno requerido en el estanque será suministrado por difusores de burbuja fina, ubicados en el fondo del estanque. Espesador de Lodos El lodo en exceso desde el digestor pasa al espesador de banda construido en acero inoxidable, que permitirá reducir el contenido de agua en el lodo a deshidratar. El lodo espesado descargará en forma gravitacional al deshidratador. La aplicación de polímeros se realizará en la entrada del espesador, mediante un sistema de dosificación con floculante en emulsión. Deshidratación Mecanizada La deshidratación de los lodos se efectuará mediante filtro banda, la que alcanzará una sequedad mínima del 18%. El lodo es recibido por gravedad del espesador ubicado aguas arriba de éste, pasando por dos bandas permeables que realizan la función deshidratadora. En forma posterior al deshidratado mecánico, los lodos serán transferidos a canchas de secado para ulterior deshidratación. Canchas de Secado El lodo deshidratado será transferido directamente a canchas de secado, donde serán dispuestos con una altura máxima de 30 cm. Las canchas de secado serán asfaltadas en su totalidad y tendrán una pendiente a un solo lado de la cancha, en la cual se ubicará una canaleta de drenaje o evacuación de aguas lluvias. El agua, producto de este drenaje, se conducirá hacia el inicio del proceso de tratamiento. Esta unidad tendrá una superficie aproximada de 510 m2. Emisiones de Ruidos Durante la etapa de construcción, se generarán ruidos como consecuencia del trabajo de maquinarias pesadas en excavaciones y movimientos de tierra, así como por el tránsito de camiones. En todo caso, para producir el menor impacto posible, estas actividades se realizarán preferentemente de lunes a viernes en horario diurno. Además, se informará debidamente a la población de los trabajos a efectuarse y la duración prevista. Antes de la construcción de la planta se realizaron mediciones de ruido para establecer la línea de base acústica. Durante la operación de la planta de tratamiento, el proyecto no generará impactos acústicos en los receptores actualmente existentes, ya que el nivel de ruido permisible por los receptores rurales será inferior al ruido de fondo aumentado en 10 dB (A). Lo anterior se justifica en el hecho que los sopladores y generador producirán una baja emisión de ruidos, debido a que estarán dispuestos en salas insonorizadas y con los elementos y dispositivos necesarios para cumplir con la Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas (D.S. Nº146). Generación de Formas de Energía EL proyecto no generará formas de energía en ninguna de sus etapas CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. · Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Publicado por Titular el 19 de Agosto de 2004 · Carta Presentación DIA Publicado por Titular el 19 de Agosto de 2004 · Test de Admisión Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio el 23 de Agosto de 2004. · Of. Solicitud de Evaluación DIA Nº 361 Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio el 23 de Agosto de 2004. · Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio el 10 de Septiembre de 2004 · Carta Adenda Nº 492 Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio el 10 de Septiembre de 2004. · Adenda Publicado por Titular el 15 de Septiembre de 2004 · Solicitud de Evaluación de Adenda Nº 416 Publicado por CONAMA VIII, Región del Bio-Bio el 15 de Septiembre de 2004 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. a) Con relación a la DIA del proyecto · Oficio Nº 1454 Publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios el 6 de Septiembre de 2004 · Oficio Nº 6 Publicado por Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio el 6 de Septiembre de 2004 · Oficio Nº 843 Publicado por Subdirección del Ambiente del Servicio de Salud Arauco el 7 de Septiembre de 2004 · Of. Nº 1775, Publicado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo el 07 de septiembre de 2004 b) Con relación a la ADENDA Nº1 de la DIA del proyecto Oficio Nº 1520 Publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios el 20 de Septiembre de 2004 Oficio Nº DDUI Nº 846 Publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Bio-Bio el 23 de Septiembre de 2004 Oficio Nº 9 Publicado por Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio el 24 de Septiembre de 2004 Oficio Publicado por SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio el 24 de Septiembre de 2004 Oficio Nº Ord. 904Publicado por Subdirección del Ambiente del Servicio de Salud Arauco el 29 de Septiembre de 2004 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto """"Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Arauco"""", han sido invitados a participar, coordinados por la Comisión Regional del Medio Ambiente, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: Superintendencia de Servicios Sanitarios Dirección Regional del SAG, Región del Bio-Bio SEREMI de Agricultura, Región del Bio-Bio SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Bio-Bio Subdirección del Ambiente del Servicio de Salud Arauco Ilustre Municipalidad de Arauco SEREMI de Salud, Región del Bio-Bio
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. · Superintendencia de Servicios Sanitarios: se pronuncia conforme a los antecedentes presentados en la D.I.A. y la adenda, debiendo dar cumplimiento a lo establecido en los oficios ORD. SISS Nº 1199/2003 y ORD. SISS Nº 1056/03, este último modificado por el oficio ORD SISS Nº 1259/03la y que además cumpla con el procedimiento de fiscalización de lodos en plantas de tratamiento de aguas servuidas · Seremi de Vivienda y Urbanismo: manifiesta su conformidad a los antecedentes presentados en la D.I.A. y la Adenda · Servicio Agrícola y Ganadero: manifiesta su conformidad a los antecedentes presentados en la D.I.A. y la Adenda, condicionado a que los lodos deben ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados y de efectuar la aplicación de lodos en cualquier clase de suelos de uso silvoagropecuario, se deberá contar con Resolución de Calificación Ambiental favorable. · Servicio de Salud Arauco: Informa que el titular da cumplimiento con el Permiso Ambiental Sectorial Art. 91, dando respuesta a lo solicitado, pero quedando condicionado a que los lodos provenientes del tratamiento de las aguas servidas, sólo podrán ser dispuestos en un relleno sanitario con autorización previa del Servicio de Salud Arauco, lo anterior debido a que la resolución que autorizó la aplicación benéfica de lodos, dejó establecida las plantas de tratamiento de aguas servidas. · CONAMA Bio Bio: Esta Dirección estima que los lodos deberán ser dispuestos en un relleno sanitario y si por otra parte el titular requiere destinar los lodos para uso benéfico, deberá tener presente los considerandos de la Resolución Exenta Nº 229/2004 y las modificaciones que esta pudiere sufrir producto de nuevos antecedentes ambientales, que están en conocimiento de la autoridad ambiental. (Comité Técnico que evaluó dicho proyecto) 3.1.1. Normativa aplicable al Proyecto
3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. 5.1 El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288; o la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural?
El proyecto no considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288 de 1970; ni la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. No obstante, ante la eventual aparición de restos arqueológicos durante el desarrollo de las excavaciones, se tomarán todas las medidas preventivas que dicta la Ley Nº17.288 de Monumentos Nacionales. 5.2. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿considera la extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en alguna de las siguientes categorías de conservación: en peligro de extinción, vulnerables, o insuficientemente conocidas?
El proyecto no considera la extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en alguna de las siguientes categorías de conservación: en peligro de extinción, vulnerable o insuficientemente conocido, debido a que en el área de emplazamiento del proyecto no existen especies de flora y fauna en las categorías de conservación mencionadas. 5.3. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿programa el desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar de emplazamiento?
El proyecto no considera la implementación de un programa de desplazamiento y reubicación de personas, ya que actualmente el área del Proyecto corresponde a un área de propiedad de la empresa ESSBIO S.A. 5.4. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿considera afectar la realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano?
El proyecto no considera afectar la realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano, debido a que las obras se llevarán a cabo dentro del recinto de la Planta de Tratamiento de Arauco de propiedad de ESSBIO S.A. y en dicho lugar, así como en sus alrededores, no se realiza ningún tipo de manifestación de las mencionadas en la pregunta. 5.5. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿Considera afectar negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo, o el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales?
La ejecución del Proyecto no contempla afectar la presencia de formas asociativas en el sistema productivo, o el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales. En particular, la Planta de Tratamiento, por su ubicación, no compromete el acceso de la población a los recursos naturales. 5.6. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿considera afectar negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamientos básicos?
El proyecto no considera afectar negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamientos básicos. Por el contrario, debido a la tipología del proyecto, la población de las localidades de Arauco, Carampangue y Ramadillas accederán a un mejor servicio de saneamiento ambiental. 5.7. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas: ¿considera afectar la presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales?
No existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales en el área del proyecto. 5.8 El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, considera la intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico, y/o una área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.224 de 1975?
El Proyecto, no considera la intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico, y/o una área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.224 de 1975. El área de emplazamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas corresponde a un terreno de propiedad de ESSBIO S.A., ubicado en zona rural; por lo tanto, no cabe dentro de ninguna de las categorías establecidas en el D.L. Nº1.224. 5.9 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se generarán efectos adversos significativos debido a la relación entre las emisiones de los contaminantes generados y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables
El proyecto no generará ni presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, debido a que en el sector de emplazamiento de la planta no existen recursos naturales que puedan sufrir algún deterioro ambiental significativo producto de las emisiones de los contaminantes. La principal emisión a la atmósfera durante la etapa de construcción, corresponderá a material particulado proveniente de los movimientos de tierra derivados de la ejecución de obras de construcción. En el caso de la etapa de operación no se consideran presencia de fuentes fijas relevantes (desde el punto de vista de las emisiones que generarán). En definitiva, tanto para la etapa de construcción como de operación, no se estiman emisiones atmosféricas que presenten riesgo para la salud de las personas. En lo referente a residuos líquidos, estos serán tratados hasta reducir su carga contaminante para cumplir con los límites máximos establecidos en la normativa vigente (D.S. Nº90/2000). En el caso de los residuos sólidos, lo más relevante es la producción de lodos provenientes del proceso de tratamiento de las aguas servidas de las localidades de Arauco, Carampangue y Ramadillas, los que una vez deshidratados, serán llevados a destino final, de acuerdo con las alternativas planteadas en la página 18 de la D.I.A. Con respecto a la emisión de ruidos, eventualmente se podrán generar algunas molestias durante la etapa de construcción de la planta, por lo que se considerarán las siguientes medidas de mitigación: · Las actividades se realizarán preferentemente de lunes a viernes en horario diurno. · Se informará debidamente a la población de los trabajos a efectuarse y la duración prevista. Durante la etapa de operación no se generarán molestias a la población, ya que se cumplirá con la norma de emisión de ruidos (D.S. Nº146). 5.10 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se generarán efectos adversos significativos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, considerando para efectos de la evaluación su capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración?
El proyecto no generará efectos adversos significativos sobre la calidad de los recursos naturales renovables, debido a que la planta descargará los efluentes tratados al río Carampangue cumpliendo con los límites máximos establecidos en la tabla Nº1 del D.S. Nº90/2000. 5.11 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se intervendrá o explotará vegetación nativa?
No se intervendrá o explotará vegetación nativa, debido a que en el área del proyecto no se presenta este tipo de vegetación. 5.12 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se intervendrán o explotarán recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles?
El proyecto no considera explotar recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectados por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles, debido a que el proyecto contempla el uso del río Carampangue como cuerpo receptor del efluente de descarga de la Planta de Tratamiento. 5.13 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se explotarán o intervendrán recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra?
Durante la construcción y operación del Proyecto no se explotarán ni intervendrán recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra. En la operación, el efluente de la Planta de Tratamiento descargará al río Carampangue. 5.14 A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se introducirán al territorio nacional alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares?
El Proyecto no considera introducirá al territorio nacional ninguna especie de flora o de fauna u organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares. 5.15 ¿A través del proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, se generarán aumentos o cambios significativos de los índices de población total; de la distribución urbano rural; de la población económicamente activa; y/o distribución por edades y sexo?
El proyecto, por su naturaleza, no generará aumentos o cambios en los índices de población total, de la distribución urbano rural, de la población económicamente activa y/o distribución por edades y sexo. 5.16 ¿A través del proyecto o actividad, se producirá obstrucción de la visibilidad a zonas con valor paisajístico?
Las instalaciones que contempla el proyecto se van a construir al interior del recinto en el cual se emplazará la planta de tratamiento, por lo que de ninguna manera se intervendrá la visibilidad a zonas con valor paisajístico. 5.17 ¿A través del proyecto o actividad, se alterará algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico?
El proyecto y ninguna de sus obras o acciones asociadas alterarán algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico 5.18 ¿A través del proyecto o actividad, se generará una obstrucción del acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico?
El proyecto no generará una obstrucción del acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO Permiso Ambiental Sectorial 91; permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº725/67, Código Sanitario. Permiso que ha sido informado favorablemente por el Servicio de Salud Arauco. Permiso Ambiental Sectorial 96: , para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Permiso que ha sido informado favorablemente por la Seremi de Agricultura. CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO No hay otras consideraciones |
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