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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Centro de distribución mayorista y transporte EIT"

Resolución Exenta Nº 623/2016

Santiago, 28 de noviembre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 24 de mayo de 2016, su Adenda de fecha 16 de agosto de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 12 de octubre de 2016 del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT” presentada por EIT Logística S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT”.     

 

3°. El Acta de Evaluación N° 04/2016 de fecha 02 de junio de 2016 y el Acta de Evaluación N° 04/2016 de fecha 20 de octubre de 2016, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT” de fecha 14 de noviembre de 2016.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 22 de noviembre de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

 

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, EIT Logística S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

EIT Logística S.A.

Rut

83.639.600-6

Domicilio

Puerto Vespucio #9637, Pudahuel, Santiago.

Teléfono

(56 2) 840 7400

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Francisco Javier Pavez Muñoz

Rut del/los representante(s) legal(es)

12.017.353-7

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Puerto Vespucio #9637, Pudahuel, Santiago.

Correo electrónico del titular o representante(s) legal(es)

fpavez@eit.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de noviembre de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, 160 y el Pronunciamiento del artículo 161, del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 22 de noviembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 14 de noviembre de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto comprende la construcción y puesta en marcha de un Centro de Almacenamiento y Logística, donde se contempla la distribución y el almacenamiento de productos y elementos peligrosos y no peligrosos. La actividad tiene como objetivo brindarle a los clientes del titular la posibilidad de almacenar sus productos y elementos para gestionarlos y despacharlos según sus requerimientos específicos, principalmente a grandes importadoras y distribuidoras que necesiten hacer llegar sus productos y elementos a tiendas en distintas partes de la ciudad y/o el país.

 

En el Anexo N°1.1 de la DIA, se adjunta el Certificado de Informaciones Previas N° 10465 de fecha 21/10/2015 emitido por la DOM de la I. Municipalidad de Pudahuel.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: de acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3° del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

 

 ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:…”

“ñ.3. Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).

Se entenderá por sustancias inflamables en general, aquellas señaladas en la Clase 2, división 2.1, 3 y 4 de la NCh 382.Of2004, o aquella que la remplace”.

 

Tipología Secundaria: no tiene.

Vida útil.

La vida útil del proyecto ha sido evaluada para un período de 50 años, sin embargo se considera la operación indefinida mediante el reacondicionamiento de las instalaciones de acuerdo a las necesidades técnicas y comerciales de la empresa.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el titular, es de US$ 2,7 millones.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El hito que da inicio corresponde al escarpe y la nivelación del terreno.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

Tabla 1.2 del ICE

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El proyecto se encuentra ubicado en el terreno correspondiente al Loteo ENEA Poniente, Lote B-2A1-C-1, ROL S.I.I. 2597-141, Avenida Los Maitenes Norte N°11.600, Comuna de Pudahuel, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

 

En el Anexo 5 de la Adenda, se representa un plano en formato KMZ del polígono del proyecto.

Justificación de la localización.

El terreno se ubica en  una “zona excluida o restringida al desarrollo urbano ISAM 2”, de acuerdo a lo establecido por el P.M.R.S. vigente. Esta zona permite actividades agropecuarias y agroindustriales, extracción de minerales no metálicos, cementerios, centros de distribución mayorista y vialidad y transporte.

 

En el Anexo 1.1 de la DIA se adjunta el Certificado de Informaciones Previas N° 10465 de fecha 21/10/2015 emitido por la DOM de I. Municipalidad de Pudahuel.

Superficie.

El proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie es de 40.168,75 m² y la superficie total construida será de 24.378,24 m².

 

En la tabla presentada en la respuesta 1.2 de la Adenda, se detallan las superficies del proyecto.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas del polígono del proyecto son las siguientes:

 

Tabla 1: Vértices del polígono del proyecto.

Vértices

Coordenadas UTM WGS 84, H19

Norte

Este

1

              6.299.352

333.274

2

6.299.346

333.409

3

6.299.059

333.264

4

6.299.057

333.402

Fuente: Tabla 1 de la DIA.

Caminos de acceso.

El acceso principal al terreno del Centro se encontrará en Avenida el Retiro – Parque los Maitenes (calzada sur), camino al que se accede directamente desde Autopista Vespucio Norte.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·         Planos de plantas, corte y elevación; planos de detalle (bodega RIS, RESPEL, insumos y baterías), Anexo 4 de la DIA.

·         Layout, Anexo 5 de la Adenda.

·         Plano en formato KMZ de partes y obras, Anexo 5 de la Adenda Complementaria.

·         Plano en formato KMZ Instalación de Faenas, Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

·         Georreferenciación del proyecto, tabla 1 de la DIA.

 

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Delimitación e instalación de faenas

 

 

Se habilitará una instalación de faenas, ubicada estratégicamente dentro del terreno, teniendo por objeto disponer de espacios e instalaciones adecuadas y cercanas al área de trabajo, instalando un contenedor habitable con divisiones interiores, así como también contar con zonas definidas de acopio de materiales, equipos y residuos.

 

En el Anexo 4 de la Adenda Complementaria, se adjunta plano en formato KMZ de esta zona.

Sitio de acopio de residuos

El proyecto contempla para la fase de construcción, el acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios y residuos industriales no peligrosos. Mayores detalles se encuentran en el punto 2.2.1, Capítulo V de la DIA (PAS 140 - Fase de Construcción).

 

Asimismo, para esta fase se considera un container que se habilitará en el pañol y que almacenará temporalmente residuos peligrosos. Mayores detalles se encuentran en el punto 2.2.2 de la DIA Capítulo V de la DIA (PAS 142 - Fase de Construcción).

 

Se mantendrá un registro en obra del transporte y disposición final de material y/o escombros de las distintas faenas de construcción a ejecutar, para acreditar la disposición final en destinatario autorizado por la Autoridad competente. Además, se efectuará la correspondiente declaración de estos residuos ante el RETC, ya sea a través del contratista o a través del mismo titular.

 

El lugar de acumulación temporal los residuos generados en esta fase, se identifica en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria (formato KMZ).

Sustancias peligrosas

Las sustancias químicas que se utilizarán durante la fase de construcción podrían corresponder a material de soldadura, pinturas y solventes de limpieza en cantidad mínima, según tabla siguiente:

 

Tabla 2: Sustancias Peligrosas.

Sustancia / Insumo

Clasificación NCh382 Of. 2004

Cantidad estimada

Lugar de almacenamiento

Esmalte sintético

2.1

1.500 kg

Zona delimitada al interior del pañol.

Diluyente

3

1.000 kg

Solventes de limpieza

8

700 kg

Fuente: Respuesta  1.11 de la Adenda

4.3.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Escarpe y preparación del terreno

Corresponden a las actividades de: escarpe y preparación del terreno, nivelación y relleno y trazado.

Se limpia y empareja el terreno, se extrae la capa vegetal superficial del suelo, se rellena el terreno escarpado y se trazan los niveles necesarios para las construcciones.

Excavación y movimientos de tierra

Corresponden a las actividades de: excavaciones, extracción de excedentes y rellenos.

Las excavaciones se ejecutan según proyecto de estructuras, se tomarán las medidas para evitar derrumbes y/o inundaciones de las excavaciones. Se retirarán de la faena todos los excedentes del material excavado que no hayan sido utilizados en el relleno de las excavaciones, trasladándolos a botaderos autorizados. Los rellenos se ejecutarán de acuerdo a proyecto de especialidad.

Cimientos y radieres

 

Las fundaciones en galpones y oficinas serán de hormigón armado. Los radieres en galpones se ejecutarán en hormigón H30 espesor 15 cm. Los radieres en oficinas serán de hormigón de 170 kg/cm/m3 con espesor de 7 cm, se considera material de terminación de piso.

Ejecución de estructuras principales

 

En galpones se consulta estructura tipo “Hormisur” o similar, en base marcos de hormigón pretensado (pilares y vigas) con costaneras de cubierta de hormigón pretensado alternadas con costaneras metálicas tipo “Z”. Los muros perimetrales de los galpones serán en base a placas de hormigón pretensado. En oficinas y otros, los muros de primer y segundo piso se ejecutarán en albañilería de ladrillo tipo fiscal (30 x 15 x 7cm) reforzado con pilares y cadenas en hormigón armado, con enfierraduras y dimensiones según se indica en planos de cálculo.

Techumbres y cubiertas

Las estructuras de cubierta de las oficinas serán envigados metálicos formados por dos perfiles tipo costanera soldados de 200/50/15/3mm y 150/50/15/3 mm distanciados a 2 m aproximadamente, las costaneras serán 100/50/15/3 mm. En galpones, se considera cubierta en base a paneles aislantes tipo Kover L-804 o similar de Instapanel fijados con tornillos autoperforantes de ¼” x 4” en las cantidades y ubicaciones según indicaciones del fabricante. Los paneles tendrán los largos y traslapos que se indican en plano de cubierta. La cumbrera será del tipo ventilación continua con todos los forros y accesorios necesarios para su correcta terminación.

Terminaciones varias

 

Se consideran diversos tipos de instalaciones, entra ellas: aislación térmica en galpones y oficinas, cielos en oficinas, pavimentos, guardapolvos, revestimiento de cerámica en baños de galpones, puertas, portones y ventanas, quincallería, reja de cierre, pinturas y barnices oficinas y bodegas, pintura intumescente en techumbre, entre otros.

Limpieza y entrega de obras

Limpieza y entrega de obras.

Obras de drenaje y saneamiento de aguas lluvias

Estas obras corresponden a la materialización de obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias del proyecto, cuya memoria de cálculo se adjunta en el Anexo 2 de la Adenda. Cabe indicar, que de acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 1.18 de la Adenda, el nivel de la napa de diseño se encuentra a 10,0 m de profundidad y las aguas serán infiltradas a una profundidad respecto a la superficie del suelo de 4,0 m, el diseño se realizó considerando que todas las aguas lluvias del área del proyecto se infiltren. Además, dado que el proyecto se trata de un centro de distribución, no habrá contacto de aguas lluvias con sustancias, debido a las medidas constructivas y operacionales de control de posibles derrames, abordadas en el Plan de Contingencias.

 

Para inspeccionar si las zanjas de infiltración se encuentran funcionando (mínimo una vez al año en época de lluvia) se instalarán tubos de PVC de 110 mm clase 10 cada 20,0 m en las zanjas de infiltración con tapa de registro. En caso de que las zanjas se encuentren colmatadas se debe realizar el remplazo de los cubos dren en los sectores donde se detecten problemas.

Vialidad

En base a la cantidad de residuos estimada y al movimiento propio de materiales y equipos de construcción, a continuación se presenta una tabla con la estimación del flujo vehicular para la fase de construcción:

 

Tabla 3: Información de camiones durante la fase de construcción.

Actividad

Nº Camiones

Tipo Camiones

Frec. diaria

Frec. Semanal

Frec. Mensual

Rutas Preferentes

Ingreso de materiales y maquinaria de construcción

4

Plano 20 ton

 

-

3

 

 

-

Salida de Sodimac Pudahuel, La Farfana, Pajaritos, Vespucio Norte Express, avenida Los Maitenes Norte, acceso al centro.

Cerrado 5 ton

 

-

1

 

 

 

-

Retiro de escarpes y excavaciones

15

Tolva 25 ton

-

15

 

 

 

 

-

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Autopista Central, camino Catemito, ingreso Idea Corp.

Retiro de escombros y residuos pétreos

 

3

Tolva 25 ton

-

3

 

 

-

Retiro de residuos valorizables y asimilables a domésticos

1

Tolva 25 ton

-

2

 

 

 

-

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Autopista Central, ingreso a acceso sur Sta. Marta.

Retiro de RSD

1

Tolva 5 ton

 

-

-

 

1

(final de la obra)

Retiro de RESPEL

 

2

Cerrado 5 ton

 

-

-

 

 

 

 

 

 

3

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Costanera Norte, Ruta 68, camino a Noviciado, Bilbao, acceso a Hidronor.

Total Construcción

27

-

-

24

3

-

Fuente: Respuesta 1.20 de la Adenda.

Permisos varios

Se refiere a la recopilación y tramitación de antecedentes y permisos para la ejecución del proyecto tales como: Recepción Municipal, Autorizaciones Sanitarias, Informe Sanitario, Patente Comercial.

4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos

El terreno cuenta actualmente con factibilidad de conexión al sistema de abastecimiento de agua potable y al sistema de alcantarillado públicos. Durante esta fase se contempla la implementación de baños químicos que serán aportados por el contratista para sus trabajadores. El abastecimiento de agua potable se realizará mediante camiones aljibe hasta que el sistema de abastecimiento de agua potable se encuentre funcional, para un máximo de 37 operarios.

 

En el Anexo 1.2 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 68/16 de fecha 02/05/2016 emitido por la empresa Aguas Santiago Poniente S.A.

Sistema de abastecimiento eléctrico

Existe actualmente tendido eléctrico en todas las calles del conjunto. El proyecto se conectará directamente a ese tendido mediante un empalme provisorio para la construcción, que posteriormente se remplazará por el definitivo.

Maquinarias

Para las distintas actividades a ejecutar durante esta fase, se contempla el desplazamiento y empleo de maquinarias y camiones al interior del predio, dentro de los cuales se considera: retroexcavadora, cargador frontal, camiones tolva, placa compactadora, camiones mixer, plataforma elevadora, esmeril, entre otros, de acuerdo a la información presentada por el titular en el Estudio Acústico (Anexo 2.1 de la DIA) y Estudio de Emisiones (Anexo 2 de la Adenda Complementaria).

4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

 

4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES

4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones

En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto. Las actividades generadoras de emisiones corresponden a:

 

Emisiones directas:

·         Escarpe.

·         Excavaciones.

·         Compactación del terreno.

·         Carguío y volteo de camiones.

·         Tránsito de camiones por caminos no pavimentados al interior del sitio.

·         Erosión de material en pila.

·         Emisiones de combustión de maquinaria y vehículos al interior del sitio.

Emisiones indirectas:

·         Tránsito de camiones por caminos pavimentados fuera del sitio.

·         Volteo de camiones en sitios de disposición.

·         Emisiones de combustión de vehículos.

                                        

A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones de un año cronológico, donde la fase de construcción corresponde a 9 meses y a continuación, 3 meses de la fase de operación:

 

Tabla 4: Emisiones atmosféricas, fase de construcción (9 meses) y operación (3 meses).

Contaminante

Construcción

(ton/año)

Operación

(ton/año)

Límite PPDA (ton/año)

MP10

1,01

0,28

2,5

CO

0,52

0,10

-

HC

0,38

0,02

-

NOx

1,58

0,48

8

SOx

0,86

1,16

50

CO2

26,79

36,11

-

NH3

113,21

144,25

-

Fuente: Tabla 85 y 86 del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a los cálculos realizados, adjuntos en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria,  el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones.

4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos industriales (Lavado de ruedas)

No existirán aguas residuales de faenas constructivas, pues todos los elementos de hormigón serán ejecutados con material premezclado traído en camión betonero, por lo tanto, sólo se empleará agua potable en el curado de morteros y del hormigón y que se consumirá íntegramente en la actividad, no afectando al medio circundante. Las demás faenas de obra gruesa se refieren básicamente a armado y montaje de estructuras que no requieren uso de agua. No se efectuará ningún tipo de mantención a maquinarias o camiones de construcción dentro del terreno, no existiendo generación de riles por este concepto. En caso de requerirse, las mantenciones se efectuarán en talleres externos, autorizados, quedando registro en obra de esta actividad externa.

 

En relación a lo anterior, el titular aclara en las respuestas 1.8 y 1.9 de la Adenda que no se efectuará lavado de ruedas de camiones en el lugar del proyecto y tampoco existirá lavado de canoas de camiones mixer.

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

El terreno cuenta actualmente con factibilidad de conexión al sistema de abastecimiento de agua potable y al sistema de alcantarillado público. Durante esta fase se contempla la implementación de baños químicos que serán aportados por el contratista para sus trabajadores.

 

En el Anexo 1.2 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 68/16 de fecha 02/05/2016 emitido por la empresa Aguas Santiago Poniente S.A.

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido y Vibraciones

En el Anexo 2.1 de la DIA se presenta el Estudio Acústico del proyecto, documento en el cual se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto, se estiman los niveles de ruido generados en las distintas actividades de la fase de construcción, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA.

 

En las tablas 4 y 6 del citado Anexo se presentan las proyecciones acústicas para las actividades de la fase de construcción: escarpe y obras civiles, respectivamente.  En las tablas 5 y 7, por su parte, se evalúan los niveles de ruido en relación a la normativa para cada receptor. De acuerdo a la verificación de la normativa para las etapas de escarpe y obras civiles, se obtiene que el proyecto no requiere medidas de control, ya que los niveles de emisión en las fases de construcción se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA, para horario diurno.

 

Cabe señalar, que el área de emplazamiento del proyecto y los receptores (Imagen 1 del Estudio Acústico, Anexo 2.1 de la DIA), según el Certificado de Informaciones Previas (Anexo F, Estudio Acústico), corresponde a Zona Rural a excepción del receptor R4, que según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (Imagen 7, Estudio Acústico) se encuentra al interior del límite urbano, específicamente en un área definida como “Zona Industrial Exclusiva”, que se homologa a Zona III del D.S. N° 38/11 MMA. Finalmente, de acuerdo a las mediciones de ruido de fondo presentadas en la tabla 2 del Estudio Acústico, el nivel máximo permitido para el proyecto corresponde a 65dB(A) en horario diurno y para sus 4 receptores.

 

A continuación, en la siguiente tabla, se muestra la evaluación normativa en cada uno de los puntos receptores evaluados:

 

Tabla 5: Verificación cumplimiento al D.S.: N° 38/11 MMA.

Puntos evaluados

Escarpe* y Obras Civiles**

Receptor

Zonificación

Límite normativo [dBA]

NPS Proyectado

Escarpe

dB(A)

NPS Proyectado

Obras Civiles

dB(A)

 

1

R1

 

Zona Rural

65

60

56

R2

65

57

52

R3

65

34

34

R4

Zona III

65

47

37

 

2

R1

 

Zona Rural

65

49

51

R2

65

47

44

R3

65

59

52

R4

Zona III

65

49

44

 

3

R1

 

Zona Rural

65

48

49

R2

65

40

41

R3

65

44

44

R4

Zona III

65

50

47

Fuente: Tablas 5 y 7 del Anexo 2.1 de la DIA.

* Imagen 4 del Estudio Acústico (Anexo 2.1 de la DIA).

** Imagen 5 del Estudio Acústico (Anexo 2.1 de la DIA).

4.3.5 RESIDUOS

4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Durante esta fase existirá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. Los residuos serán almacenados de manera transitoria en un sector delimitado para contenedores al interior del terreno (instalación de faenas), cubiertos y sobre radier para evitar filtraciones y/o derrames. El contratista a cargo de la construcción estará a cargo del retiro periódico de este tipo de residuos, y lo dispondrá en sitio autorizado, como por ejemplo Santa Marta.

 

Se estima una generación de 1,69 m3 diarios, considerando un total de 37 trabajadores y 22 días al mes.

Residuos inertes de la construcción, escarpe y escombros

 

A modo de resumen, para esta fase se estima una generación de residuos de acuerdo a lo indicado en la tabla siguiente:

 

Tabla 6: Estimación de residuos fase de construcción.

Tipo de residuo

Características

Total Estimado

(ton)

Residuos domésticos (RSD) y pérdidas generales.

Desechos de envases, despuntes, restos de alimentos, etc.

192,21

Residuos de excavaciones y escarpe.

Tierra, piedras y algunos escombros inertes.

12.220

Residuos pétreos de construcción.

Arenas, áridos, restos de ladrillo, hormigón y mezcla.

1.208,34

Residuos no pétreos de construcción (valorizables).

Metales, papel, cartón y plásticos

479,5

Fuente: Punto 2.2.1, a.3), Capítulo V de la DIA (PAS 140).

 

El titular presenta alternativas de disposición en el punto 3.6 b) Capítulo II de la DIA, sin perjuicio de modificarlas de acuerdo a la necesidad del momento, por otras igualmente autorizadas.

 

Se mantendrá un registro en obra del transporte y disposición final de material y/o escombros de las distintas faenas de construcción a ejecutar, para acreditar la disposición final en destinatario autorizado por la Autoridad competente. Además, se efectuará la correspondiente declaración de estos residuos ante el RETC, ya sea a través del contratista o a través del mismo titular.

4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos peligrosos

Los residuos peligrosos de construcción se almacenarán dentro de un container que se habilitará en el pañol, será recinto con cierros y cubierta de plancha metálica, y revestimientos interiores de fibrocemento o yeso-cartón, tendrá piso de terciado con revestimiento vinílico o similar. Los RESPEL se almacenarán en tambores sobre bandeja metálica o plástica con resaltos perimetrales.

 

Tabla 7: Estimación de residuos peligrosos, fase de construcción.

Tipo de residuos

Clasificación

Máximo a generar (ton/mes)

Máximo a almacenar (ton)

Elementos de limpieza

y textiles

contaminados

Inflamables / Tóxico corrosivo

4,3

8

Fuente: Punto 2.2.2, c), Capítulo V de la DIA (PAS 142).

 

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142, pto. 2.2.2, Capítulo V de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN.

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.

Instalaciones del proyecto

Las instalaciones consideradas en el proyecto son las siguientes:

 

Tabla 8: Instalaciones.

Construcciones

Superficie total

(m2)

Portería

21,6

Acceso Principal

421,51

Oficinas

1.237,77

Casino

629,61

Servicios

468,31

Bodega inofensivos

16.703,54

Operaciones EIT

452,68

Bodega peligrosos

3.925,29

Bodega RIS

46,42

Bodega RESPEL

45,9

Bodega insumos

35,04

Taller mecánico

390,57

Fuente: Respuesta 1.2 de la Adenda.

 

Como instalaciones anexas al proyecto, se puede mencionar el sistema de detección automático de incendios y la red húmeda de acuerdo a lo especificado en el punto 2.3 a. y b. del capítulo II de la DIA. Cabe destacar que el origen de las aguas para sistema de red húmeda y extinción automática de incendios proyectado, corresponde a la red de agua potable de acuerdo a la factibilidad de Aguas Santiago Poniente (respuesta 1.4 de la Adenda).

Estacionamientos

·         Para vehículos de carga: 127

·         Estacionamiento de camiones: 5

·         Andenes de carga y descarga: 22

·         Para bicicletas: 66

Maquinaria y equipos

El listado de máquinas y equipos requeridos para la ejecución del proyecto se detalla a continuación:

 

Tabla 9: Máquinas y equipos

Máquinas/Equipos

Cantidad

Apiladores eléctricos

20

Transpaletas eléctricas

30

Transpaletas manuales

20

Grúas horquilla

5

Etiquetadoras (incluye transportadora)

6

Enzunchadora

2

Pesas y balanzas

20

Cargadores de apiladores y traspaletas

50

Niveladoras de altura en andenes

24

Racks

22.000 posiciones pallet aprox. total

Altillo

2

Fuente: Tablas 14 y 15 de la DIA.

Almacenamiento de residuos

Para el manejo de los residuos generados durante esta fase, se considerará:

 

·         Los residuos domésticos se acumularán en contenedor metálico tipo tolva, que se ubicará sobre pavimento bajo cubierta.

·         Los residuos industriales no peligrosos se acumularán en contenedor metálico tipo tolva al interior de la bodega de RISES.

·         La madera de pallets dañados o dados de baja (residuos valorizables), serán apilados en lugar exterior de la bodega de RISES en zona delimitada para ello.

·         Los residuos peligrosos serán almacenados temporalmente al interior de la bodega de RESPEL.

4.4.1.2 ACCIONES.

Nombre

Descripción

Almacenamiento de productos peligrosos inflamables

Los respectivos procesos internos correspondientes a las actividades de logísticas y almacenamiento de sustancias inflamables son:

 

·         Gestión y logística de recolección de mercadería: Desde el Centro de almacenamiento y logística se coordina con el cliente la recolección de la mercadería desde los puntos de recepción del cliente.

·         Recepción de mercadería y materias primas: La mercadería ingresa al terreno en camiones hasta el patio de operaciones, luego el camión se posiciona en la bodega para posteriormente abrir sus puertas y bajar la carga mediante el uso de transpaletas manuales y eléctricas. Una vez bajada la carga se coloca en una zona de recepción, se cuenta, pesa, inspecciona y se almacena. Los productos que vengan dañados o en malas condiciones, son devueltos al cliente. Para la recepción de mercadería, se estima el siguiente flujo de camiones:

 

Tabla 10: Flujo de camiones.

Recepción de sustancias inflamables (clase 2 y 3), perfumes.

Tipo de camión

Cantidad

(ton)

Procedencia

Flujo de camiones

Rutas

Sem.

Mes

Cerrado

20 ton

 

29

Aeropuerto

 

 

 

2

Salida del aeropuerto, Armando Cortinez Oriente, Costanera Norte, avenida Los Maitenes, acceso al centro.

Cerrado

20 ton

 

255

Puertos

 

4

 

Límite regional, Costanera Norte, avenida Los Maitenes Norte, acceso al centro.

Ingreso de Insumos

Cerrado 20 ton

 

38

 

 

Winpack

 

 

 

 

2

Salida de Winpack, Ojos del Salado, Lo Echevers, Vespucio Norte Express, Armando Cortinez, Salar de Atacama, Avenida Los Maitenes, acceso al centro.

Fuente: Respuesta 2.3 de la Adenda Complementaria.

 

El detalle de los insumos de operación, consumo mensual y forma de almacenamiento, se presentan en la tabla 8 de la DIA.

·         Almacenamiento: Proceso que consiste básicamente en mover la mercadería recepcionada y disponerla en la bodega de productos peligrosos inflamables. Para ello, se utilizan transpaletas manuales y/o eléctricas y alzadores eléctricos. Las cantidades de sustancias inflamables que serán almacenadas, dando cumplimiento al D.S. N° 43/2015 MINSAL, corresponden a:

 

Tabla 11: Almacenamiento de sustancias peligrosas.

Tipo de producto

Cantidad mensual (ton/mes)

Cantidad máxima de almacenamiento proyectada (ton)

Forma de almacenamiento

Perfumería

24

424

Almacenamiento en cajas, bidones y/o contenedores sobre pallets en racks (5 alturas), al interior de la bodega de sustancias inflamables (clase 2 y 3).

Estuchería

22

391

Aerosoles

4

35

Fuente: Respuesta 1.3 de la Adenda.

 

·         Etiquetado e instalación de alarmas: Según requerimiento del cliente.

·         Picking: De acuerdo a requerimientos, se recolectan los productos desde bodega y se disponen en la zona de despacho, mientras se preparan para su posterior despacho y se embalan, según los pedidos.

·         Despacho: Se emiten documentos necesarios y concordantes con los requerimientos del cliente y se procede a cargar los camiones con los productos dispuestos en la zona de carga y descarga. El flujo de camiones para esta actividad se detalla en tabla siguiente:

 

Tabla 12: Flujo de camiones (despacho de sustancias inflamables clase 2 y 3).

Tipo de camión

Cantidad

(ton)

Lugar de destino

Flujo de camiones

Semanal

Ruta

Cerrado 5 ton

7,6

 

Ripley

 

1

Salida del centro, avenida los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Av. General Velásquez, Autopista Central, El Barrancón, acceso Ripley

Cerrado 5 ton

5,2

Pre-Unic

 

1

Salida del centro, avenida los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Ruta 68, Serrano, Claudio Arrau, acceso Pre-Unic.

Cerrado 5 ton

3,2

La Polar

 

1

Salida del centro, avenida los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, avenida Oceánica, camino Pedro Jorquera, Puerto Madero, acceso La Polar.

Cerrado 5 ton

7,6

 

Cencosud

 

1

Salida del Centro, avenida Los Maitenes, Salar de Atacama, autopista Vespucio Norte, camino Lo Boza, acceso Cencosud.

Cerrado 5 ton

5,2

 

Socofar

 

1

Salida del centro, Avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Autopista del Sol, Isabel Riquelme, Carlos Valdovinos, Vicuña Mackenna, acceso Socofar.

Cerrado 5 ton

8,8

 

Falabella

 

1

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Vespucio Sur Express, Aeropuerto, avenida Lo Espejo, Acceso Falabella.

Cerrado 5 ton

3,2

 

Fasa

 

1

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Costanera Norte, Ruta 68, Los Valles, Los Vientos, acceso a Fasa.

Cerrado 5 ton

3,2

 

Maicao

 

1

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, avenida Oceánica, camino Pedro Jorquera, Puerto

Vespucio, Puerto Madero, acceso Maicao.

Cerrado 5 ton

5,2

 

Salcobrand

 

1

Salida del centro, Vespucio Norte Express, ruta 68, avenida Libertador Bernardo O’Higgins, Autopista Central, acceso Salcobrand.

Fuente: Respuesta 2.3 de la Adenda Complementaria.

Almacenamiento de productos no peligrosos

En bodega de 16.704 m2 se efectuará el almacenamiento de elementos no peligrosos. El titular dispondrá el transporte de dichos elementos y productos desde donde los clientes lo requieran, trasladándolos en camiones hasta el centro de almacenamiento. Las actividades asociadas al almacenamiento de productos no peligrosos son similares al de productos peligrosos, es decir:

 

·         Gestión y logística de recolección de mercadería.

·         Recepción de mercadería: Para ello se estima el siguiente flujo de camiones:

 

Tabla 13: Flujo de camiones.

Recepción de elementos no peligrosos.

Tipo de camión

Cantidad

(ton)

Procedencia

Flujo de camiones

Rutas

Día

Cerrado

20 ton

 

3.604

 

Puertos

 

9

 

Límite regional, Costanera Norte, avenida Los Maitenes Norte, acceso al centro.

Cerrado

20 ton

 

901

 

Aeropuerto

3

Salida del aeropuerto, Armando Cortinez Oriente, Costanera Norte, avenida Los Maitenes, acceso al centro.

Fuente: Respuesta 2.3 de la Adenda Complementaria

 

·         Almacenamiento: Dentro de la bodega de productos no se contempla, en ningún caso, el almacenamiento de sustancias peligrosas. La estimación de productos que serían almacenados se indica en la tabla siguiente:

 

Tabla 14: Almacenamiento de elementos no peligrosos.

Tipo de producto

Cantidad mensual (ton/mes)

Cantidad máxima de almacenamiento proyectada (ton)

Forma de almacenamiento

Industriales

2.000

 

 

10.500

Dispuestos en cajas de cartón o sacos sobre pallets (dependiendo de las características del elemento).

Alimentos

2.000

Cosméticos

5

Ropa y accesorios de retail

500

Fuente: Tabla 12 de la DIA.

 

·         Despacho: El flujo de camiones estimado para el despacho es el siguiente:

 

Tabla 15: Flujo de camiones (despacho no peligrosos).

Tipo de camión

Cantidad

(ton)

Lugar de destino

Flujo de camiones

Ruta

Día

Sem.

Cerrado 20 ton

500

San Francisco Puerto Madero

 

1

 

Salida del centro, avenida los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, avenida Oceánica, camino Pedro Jorquera, Puerto Madero, acceso bodegas San Francisco.

Cerrado 20 ton

500

La Farfana

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Isabel Riquelme, Los Pajaritos, La Farfana, acceso bodega.

Cerrado 20 ton

500

Laguna Sur

 

1

 

Salida del centro, Vespucio Norte Express, La Farfana, acceso bodega Laguna Sur.

Cerrado 20 ton

500

Sodimac

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Vespucio Sur Express, General Velásquez, avenida Lo Espejo, acceso Sodimac.

Cerrado 20 ton

500

Walmart

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Salar de Atacama, Armando Cortinez, Vespucio Norte Express, Panamericana Norte, acceso Wallmart.

Cerrado 20 ton

500

Cencosud

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, Bilbao, Nueva Uno, acceso a Cencosud.

Cerrado 20 ton

500

Rendic

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, Ciudad del Valle, Las Flores, avenida Del Canal, acceso Rendic.

Cerrado 20 ton

500

Arcor

 

1

 

Salida del centro, avenida Los Maitenes Norte, Vespucio Norte Express, Vespucio Sur Express, General Velásquez, acceso Arcor.

Cerrado 20 ton

101

Parque Arauco

 

 

2

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, avenida Presidente Kennedy, Alonso de Córdova, Presidente Riesco, acceso mall.

Cerrado 20 ton

101

Costanera Center

 

 

2

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, Santa María, Nueva Tobalaba, Holanda, Vitacura, acceso a mall.

Cerrado 20 ton

101

Alto Las Condes

 

 

2

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, avenida Presidente Kennedy, acceso al mall.

Cerrado 20 ton

101

Mall Sport

 

 

2

Salida del centro, avenida Los Maitenes, Costanera Norte, Avenida La Dehesa, Avenida Las Condes, acceso al mall.

Cerrado 20 ton

101

Tradis

 

 

2

Salida del centro, Vespucio Norte Express, San Pablo, Luis Beltrán, El Triunfo, Lo Espejo, San Pablo, Jesús Cañas, acceso a Tradis.

Fuente: Respuesta 2.3 de la Adenda Complementaria.

Actividades de transporte

En el Anexo 3 de la Adenda se adjunta el “Instructivo de Recepción de Mercancías” donde se describe, entre otros, el procedimiento para el posicionamiento de los camiones para la descarga. En dicho Anexo, se adjunta también el “Procedimiento de Bodega” en el cual se detalla además, el procedimiento de despacho. Al respecto, el titular indica en la respuesta 1.22 b. de la Adenda que “Se capacitará a los transportistas en todos los protocolos internos de manejo apropiado de productos”.  

 

Por su parte, en la respuesta 1.23 de la Adenda, el titular declara estar en conocimiento que es el responsable último ante cualquier contingencia ocurrida en cualquiera de las fases del proyecto.

 

En forma semestral, el titular enviará registro de placas patentes de los camiones del proyecto al Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes. Además, cada camión portará una copia de la RCA que resulte de la evaluación del proyecto (respuesta 1.25 de la Adenda).

 

Se evitará el paso de los camiones que transporten sustancias peligrosas por rutas de zonas residenciales. Además, en vista que la mayoría de los destinos finales de los productos corresponden a centros de distribución de clientes, se reduce la necesidad de transitar por dichas zonas (respuesta 1.26 de la Adenda).

 

Por otra parte, el titular indica que “No existirán lugares de detención y estacionamientos establecidos por el proyecto para los camiones. Los lugares de detención y estacionamientos para la carga y descarga de productos con el cliente, serán los establecidos por ellos de acuerdo a sus características físicas de ubicación y capacidad” (respuesta 1.27 de la Adenda).

 

Los choferes encargados del transporte de productos (peligrosos y no peligrosos), contarán con toda la información necesaria relativa a la carga, incluyendo los riesgos asociados (respuesta 1.28 de la Adenda).     

Actividades de Mantención

El proyecto contemplará limpieza y aseo general diario de las instalaciones, más un aseo profundo al menos una vez al mes. Además, se realizará una revisión de las instalaciones interiores, eléctricas, sanitarias y demás, en forma semestral, corroborando que su funcionamiento sea el adecuado.

 

Se contempla además, la instalación de un taller mecánico, donde se realizarán mantenciones periódicas a los camiones, principalmente arreglos de mecánica menor, cambio de lubricantes, cambio de neumáticos, etc. Cualquier mantención a los equipos del centro se encargará a empresas externas. El taller cuenta con todas las medidas de seguridad asociadas, incluyendo un sector de disposición de RESPEL, para los derrames de aceites durante la mantención de camiones u otros, canaletas y cámaras de contención de derrames de un volumen mínimo de 1,1 m3.

 

En relación a las actividades a realizar dentro del proyecto, el titular señala en la respuesta 1.10 de la Adenda que: “Se rectifica lo descrito en la DIA. El titular descarta la actividad de lavado de camiones al interior del terreno y desecha la construcción de las instalaciones para ello”.

4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Agua potable y alcantarillado de aguas servidas

En el Anexo 1.2 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 68/16 de fecha 02/05/2016 emitido por la empresa Aguas Santiago Poniente S.A.

Electricidad

La electricidad será aportada por Chilectra, mediante empalme al tendido eléctrico existente en las calles colindantes. El sistema contempla una subestación PAD-MOUNTED de 400 kVA y un grupo electrógeno de emergencia de 150 KVA.

Instalaciones de gas

Se proyecta la instalación de un estanque de 2 m3 de gas licuado para abastecer los camarines de agua caliente. Se utilizará también para surtir de combustible a las grúas horquilla durante la fase de operación.

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

La actividad principal del proyecto corresponde al almacenamiento de productos peligrosos y no peligrosos, no existe mayor intervención a los elementos propiamente tal. La única alteración que se hace sólo a algunos productos, es el etiquetado y la instalación de alarmas en los envases de los productos. Por lo tanto, los productos generados corresponderán principalmente a los mismos productos peligrosos y no peligrosos que ingresan y que fueron detallados en las tablas 11 y 14 de la presente Resolución.

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES

4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Emisiones  (ton/año)

Para esta fase, se estimaron las emisiones generadas por el movimiento de camiones durante las siguientes actividades operativas:

 

·         Ingreso de productos y elementos.

·         Despacho de productos y elementos.

·         Retiro de residuos.

 

Además, se incorporaron las emisiones a generar por un equipo electrógeno de emergencia de 150 KVA.

 

En el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones de la fase de operación:

 

Tabla 16: Emisiones atmosféricas, fase de operación (en 1 año cronológico).

Contaminante

Emisiones (ton/año)

Límite PPDA

MP10

1,05

2,5

NOx

1,53

8

SOx

4,61

50

CO2

144,44

-

NH3

576,98

-

Fuente: Punto 6, Resultados Finales y Conclusiones del Anexo 2 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a los cálculos realizados, adjuntos en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria,  el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones.

4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) y RILes

En el Anexo 1.2 de la DIA, se adjunta el Certificado de Factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 68/16 de fecha 02/05/2016 emitido por la empresa Aguas Santiago Poniente S.A.

 

Cabe destacar lo señalado por el titular en la respuesta 1.10 de la Adenda, en relación a la generación de RILes: “Se rectifica lo descrito en la DIA. El titular descarta la actividad de lavado de camiones al interior del terreno y desecha la construcción de las instalaciones para ello”.

4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

La fase de operación contempla la puesta en marcha de las nuevas instalaciones. El horario de operación de la planta será de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas, por lo que se evalúa la condición, solamente en horario diurno. Las fuentes emisoras de ruido corresponderán a:

 

·         Patio de Maniobras.

·         Sala de Baterías.

·         Taller Mecánico.

·         Vano Bodega.

 

De acuerdo a la verificación de la normativa presentada en la tabla siguiente, en relación a la proyección acústica de las fuentes emisoras de ruido hacia los receptores identificados, se obtiene que el proyecto no requiere medidas de control, ya que los niveles de emisión en la fase de operación se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA.

 

Tabla 17: Verificación cumplimiento al D.S. N° 38/11 MMA.

Receptor

Zonificación

Límite normativo [dBA]

NPS Proyectado

dB(A)

R1

 

Zona Rural

65

27

R2

65

30

R3

65

45

R4

Zona III

65

42

Fuente: Tabla 10 del Anexo 2.1 de la DIA.

 

El área de emplazamiento de la planta y los receptores (Imagen 1 del Estudio Acústico, Anexo 2.1 de la DIA), según el Certificado de Informaciones Previas (Anexo F, Estudio Acústico), corresponde a Zona Rural a excepción del receptor R4, que según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (Imagen 7, Estudio Acústico) se encuentra al interior del límite urbano, específicamente en un área definida como “Zona Industrial Exclusiva”, que se homologa a Zona III del D.S. N° 38/11 MMA.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables e industriales no peligrosos

En la instalación trabajará un total de 381 personas, de lunes a viernes, por tanto se estima una generación mensual de 4,2 ton/mes de RSD.

 

El manejo de estos residuos se efectuará mediante contrato con empresa autorizada para la gestión de este tipo de residuos, donde dicha empresa aportará contenedores tipo tolva para acumular los residuos y retirarlos de forma mensual para destinarlos a Estación de Transferencia Puerta Sur del Consorcio Santa Marta.

 

A continuación, se presenta un resumen de la estimación de residuos no peligrosos generados por la actividad:

 

Tabla 18: Residuos industriales no peligrosos.

Tipo de residuo

Caracterización

Cantidad máxima a generar (ton/mes)

Cantidad

Máxima a almacenar

(ton)

Residuos domésticos (RSD) e industrial asimilable.

Desechos de cartón, papel, plásticos sin contaminación, restos de alimentos, etc.

4,2

5

Residuos industriales sólidos asimilables a domésticos.

Cartón, papel, film plástico y plásticos sin contaminación.

4,5

5

Residuo industrial valorizable.

Madera (pallets) sin contaminación.

0,6

10

Fuente: Punto 2.2.1, a.3), Capítulo V de la DIA (PAS 140).

 

Mayores antecedentes en relación al manejo de estos residuos, se adjuntan en el PAS 140 de la DIA, punto 2.2.1., Capítulo V.

Residuos peligrosos

Los residuos peligrosos serán dispuestos al interior de la bodega de RESPEL (bodega identificada en plano y layout adjuntos en Anexos 4.2 y 4.4 de la DIA). Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142, pto. 2.2.2, Capítulo V de la DIA.

 

Tabla 19: Estimación de residuos peligrosos, fase de operación.

Tipo de residuos

Clasificación

(D.S. N° 148/03 MINSAL)

Máximo a generar

(ton/mes)

Máximo a almacenar

(ton)

Envases de inflamables

Inflamable

0,1

 

 

 

 

 

 

15

Almohadillas

(contención de

derrames)

Inflamable / Tóxico extrínseco

0,01

Baterías y pilas

Tóxico corrosivo /corrosivo

0,01

Tubos fluorescentes

Tóxico crónico

 

0,1

Tóner y catridge de tintas

Tóxico extrínseco

0,01

EPP contaminados

Inflamable

0,01

Aceites y grasas

Tóxico extrínseco

0,2

TOTAL RESPEL estimado

0,44

Fuente: Punto 2.2.2, c), Capítulo V de la DIA (PAS 142).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.5. FASE DE CIERRE.

Dada la naturaleza del proyecto, no se contempla una fase de abandono propiamente tal, sino una modernización o reacondicionamiento de las instalaciones de acuerdo a las necesidades técnicas y comerciales de la empresa.

 

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Noviembre de 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da inicio a esta fase se establece con el escarpe y nivelación del terreno.

Fecha estimada de término.

Julio 2017.

Parte, obra o acción que establece el término.

Limpieza y entrega de obras.

4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Agosto de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La fase de operación comenzará a partir de la carga de los recintos y bodegas, es decir, los primeros almacenamientos de sustancias y/o residuos peligrosos en el Centro.

Fecha estimada de término.

No se contempla una fase de abandono propiamente tal, sino una modernización o reacondicionamiento de las instalaciones de acuerdo a las necesidades técnicas y comerciales de la empresa.

4.6.3. FASE DE CIERRE

No contempla.

 

4.7 MANO DE OBRA

Fases

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

37

20

Operación

381

381

Cierre

No contempla

Total

418

401

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

 

Los niveles de emisiones atmosféricas generados en ambas fases del proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Emisiones, adjunto en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria. Sin perjuicio de ello, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la fase de construcción, el titular considera implementar las medidas descritas en el punto 3.5, Capítulo II de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción:

Escarpe y preparación del terreno, excavaciones y movimiento de tierra, actividades de transporte.

Operación:

Actividades de transporte y grupo electrógeno.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido respecto al límite normativo.

 

Parte, obra o acción que lo genera.

Respecto a las emisiones de ruido evaluadas en el Estudio Acústico, adjunto en el Anexo 2.1 de la DIA, se concluye que para las etapas de escarpe y obras civiles, correspondiente a la fase de construcción, el proyecto no requiere medidas de control, ya que los niveles de emisión en las fases de construcción se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA, para horario diurno.

 

Por su parte, de acuerdo a la verificación normativa presentada en el citado Anexo Acústico para la fase de operación, en relación a la proyección acústica de las fuentes emisoras de ruido hacia los receptores identificados, se concluye que el proyecto no requiere medidas de control, ya que los niveles de emisión durante esta fase se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA en horario diurno (el horario de operación de la planta será de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas).

Fase en que se presenta.

Construcción:

Escarpe y obras civiles.

Operación:

Patio de maniobras, salas de baterías, taller mecánico y vano de bodega.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.

 

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Agua: Afloramiento de napa subterránea.

 

El titular señala en la respuesta 1.33 de la Adenda, en relación a que el proyecto se localiza cercano a un acuífero de Vulnerabilidad Moderada a la Contaminación y Acuífero Somero, lo siguiente: “Según el PRMS, los terrenos del sector están gravados, con el “afloramiento potencial de la napa freática”. Al respecto, existen 2 estudios oficiales sobre la profundidad de la napa freática en la comuna de Pudahuel:

- Informe técnico STD 171 de la Dirección General dew Aguas del MOP, titulado “Determinación de la disponibilidad de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas en la cuenca del Río Maipo hasta la confluencia con el estero Puangue” (junio 2004): El estudio se apoya en la medida de los niveles piezométricos, los que para el periodo 1970 – 2005 en dos pozos cercanos a la urbanización ENEA registran profundidades desde 12 m a 27 m para uno, y desde 16 m a 25 m en el otro.

- “Estudio de vulnerabilidad a la Contaminación de los acuíferos de la cuenca de Santiago” del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN, 2003). En donde se indica que la profundidad media del nivel de la napa freática para el área de la urbanización ENEA corresponde al rango ente 10 m y 20 m de profundidad.

Además, en ninguno de los estudios y calicatas realizados en terreno se evidenció la presencia de la napa (Mecánica de suelos y memoria de cálculo sistema de aguas lluvias adjuntos).

En vista de todo lo anterior, se desestima la posibilidad de afloramiento de la napa. De todas maneras, en el caso hipotético en que la napa aflorara, se seguirán los puntos propuestos en la observación y se notificará inmediatamente a las autoridades pertinentes”. (Mayores antecedentes en el Anexo 1 de la Adenda.)

 

Por otra parte, en relación a la profundidad de la napa, en la respuesta 1.14 de la Adenda, el titular indica (basados estudios adjuntos en el Anexo 1 de la Adenda): “Se adjunta estudio donde se especifica la profundidad de la napa freática en el área del proyecto (Profundidad de la napa freática en el área de urbanización de ENEA), donde se determina que la profundidad de la napa es superior a 10 m”. A su vez, en la respuesta recién citada, presenta una imagen donde relaciona la profundidad de la napa y el sello de fundación de la obra civil con mayor profundidad. Al respecto, aclara: “…se observa que existe una distancia mayor a 3 m de la napa freática y que esta a su vez, se encuentra a una profundidad mayor a 5 m. En consideración de lo anterior, se presenta el siguiente esquema (la imagen corresponde a un extracto de la lámina de detalles del proyecto de aguas lluvia)”.

Parte, obra o acción que lo genera.

Excavaciones.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Impacto ambiental.

Agua: Contaminación de aguas subterráneas por derrame de sustancias peligrosas.

 

La mitad del proyecto será un recinto dedicado a la gestión de sustancias peligrosas, por tanto, todas sus partes han sido diseñado con el fin de controlar todos los posibles impactos referidos a una actividad de su tipo, planificando la existencia de zonas segregadas según el tipo de residuo, sistemas de control de derrames en todas las zonas, coordinación con sitios de disposición final autorizado, vehículos autorizados para el transporte, entre otros. Cabe señalar que el proyecto dará cumplimiento al D.S. N° 43/2015 MINSAL para el manejo de sustancias peligrosas y al D.S. N° 148/2003 MINSAL para los residuos peligrosos.

 

Asimismo, el titular complementa la información aclarando que: “…todas las áreas por donde se realizan las operaciones y por donde transitan las sustancias y/o residuos peligrosos y no peligrosos son sectores pavimentados, por lo que en ningún caso, un posible derrame podría llegar a la napa. Además se realizará una mantención periódica de los pavimentos al interior del centro. Se consideran también pretiles de contención y canaletas recolectoras, cámaras y plazas de contención de derrames”, a continuación detalla medidas operativas para el control de derrames y medidas específicas dependiendo de la magnitud del derrame (respuesta 1.12 de la Adenda).

 

En su normal operación la planta no generará RILes ni posibles impactos sobre el medio, de igual manera en el Plan de Contingencias adjunto, se presentan las medidas preventivas, de contingencia y de remediación en caso de eventos no considerados como normales.

 

Finalmente, en relación al lavado de camiones al interior del terreno durante la fase de operación, el titular descarta dicha actividad y desecha la construcción de las instalaciones para ello (respuesta 1.9 de la Adenda).

Parte, obra o acción que lo genera.

Manejo de sustancias peligrosas.

 

Fase en que se presenta.

Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.2 y 6.2 del ICE.

 

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El proyecto se ubicará en la zona nor-oeste de la comuna de Pudahuel, a unos 4 km aproximados de del Aeropuerto AMB y a una distancia aproximada de 1 km de las viviendas más cercanas, en un conjunto de predios denominado “ENEA” al cual se accede desde la calle Los Maitenes; el conjunto se ubica en una zona excluida o restringida al desarrollo urbano ISAM 2, según el art. 8.3.2.2 del PRMS y que permite, entre otros actividades, Centros de Distribución Mayorista  y vialidad y transporte.

 

El proyecto no intervendrá en forma alguna sobre el acceso de otras personas a recursos naturales. Se ubicará en un predio privado, donde no existe presencia de recursos naturales como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural.

 

El proyecto no generará alteración en los flujos habituales de transporte, no se obstruirá la conectividad y/o la circulación de los caminos de acceso al emplazamiento del proyecto.

 

El proyecto no impedirá en forma alguna, las manifestaciones culturales o comunitarias de cualquier tipo. No existen espacios cercanos al proyecto donde se desarrollen este tipo de actividades.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 6.3 del ICE

 

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto no se encuentra cercano a ninguna área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados. El territorio en el que se emplaza el proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población, ya que el área no provee servicios ecosistémicos locales relevantes para la población y no hay presencia de ecosistemas naturales con características de unicidad, escasez o representatividad, por tanto las actividades de construcción y operación del centro no afectarán un territorio con valor ambiental.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

 

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto, por lo que no se afectará la visibilidad con valor paisajístico, además el proyecto se emplaza dentro de una comunidad para actividades industriales menores y la altura de construcción no superara los 8,00 metros. Por otro lado, el área donde se emplaza el proyecto presenta un relieve casi plano acompañado de una extensa intervención humana sobre el medio, lo que en conjunto reduce su calidad original.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Tabla 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

El proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre algún monumento nacional o lugar que pueda considerarse parte del patrimonio cultural. Además, y acorde al análisis bibliográfico y revisión de archivos del Consejo de Monumentos Nacionales, presentado en Informe Arqueológico adjunto, se dilucidó que en las cercanías del proyecto no existe ningún tipo de monumento nacional: Arqueológico, Histórico, Santuario de la Naturaleza y/o Zona Típica.

 

Sus alrededores inmediatos se encuentran ya intervenidos por la urbanización del loteo, y durante esas obras no se registró ningún hallazgo del tipo indicado.

 

Mayores antecedentes en Anexo 2.5 de la DIA, Línea de Base Ambiental del Proyecto Bodegas EIT Logística S.A

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

 

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio de acumulación temporal de residuos sólidos no peligrosos.

 

Fase de construcción:

En plano de instalación de faenas se grafica la ubicación de los acopios en construcción (Anexo 4 de la Adenda).

 

Fase de operación:

En planos adjuntos en los Anexos 4.2 y 4.4 de la DIA y en el Anexo 5 de la Adenda (formato KMZ), se grafica la ubicación en planta de la bodega de RISes.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción:

Los residuos generados en esta fase y que serán almacenados de forma transitoria son:

·         Escombros y residuos pétreos se apilarán en un sector específico en las inmediaciones del terreno segregado para las faenas constructivas, protegido del viento.

·         El resto de los residuos generados en la construcción, serán dispuestos en tolvas dispuestas por los contratistas a cargo de su disposición final.

 

Fase de operación:

·         Los residuos domésticos se acumularán en contenedor metálico tipo tolva, que se ubicará sobre pavimento bajo cubierta.

·         Los residuos industriales no peligrosos se acumularán en contenedor metálico tipo tolva al interior de la bodega de RISES.

·         La madera de pallets dañados o dados de baja (residuos valorizables), serán apilados en lugar exterior de la bodega de RISES en zona delimitada para ello.

 

En el punto 2.2.1, Capítulo V de la DIA se adjuntan mayores antecedentes en relación al PAS 140 para la fase de construcción y operación.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 5436, de fecha 23 de agosto de 2016, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.3.5.1 y 4.4.6.1 y Capítulo IX, punto 9.1.1

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

 

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción:

Los residuos peligrosos de construcción se almacenarán dentro de container que se habilitará en pañol: será recinto con cierros y cubierta de plancha metálica, y revestimientos interiores de fibrocemento o yeso-cartón, tendrá piso de terciado con revestimiento vinílico o similar. Los RESPEL se almacenarán en tambores sobre bandeja metálica o plástica con resaltos perimetrales.

 

Fase de operación:

Los residuos peligrosos serán dispuestos al interior de la bodega de RESPEL, bodega identificada en plano layout del Anexo 4.2 de la DIA y detallada en lámina específica presentada en el Anexo 4.4 de la DIA.

 

La estimación de los RESPEL generados se detallan en los punto 4.3.5.2 y 4.4.6.2 del presente ICE, para la fase de construcción y operación respectivamente.

 

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos, para ambas fases, se describen en el PAS 142 de la DIA (punto 2.2.2, Capítulo V).

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 5436, de fecha 23 de agosto de 2016, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.3.5.2 y Capítulo IX, punto 9.1.2.

 

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

Área del proyecto.

 

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el punto 2.2.3 del Capítulo V de la DIA, se presentan los antecedentes técnicos del PAS 160, en el Anexo 4 del DIA se adjunta el plano de planta del proyecto y sus edificaciones. Por su parte, en el Anexo 1 de la Adenda se adjunta el Informe Agrológico. Por su parte, en la respuesta 1.2 de la Adenda, se presenta una tabla actualizada con las superficies a edificar.

 

Cabe señalar que en la respuesta 3.3 de la Adenda, el titular se compromete a: “En caso de obtener la RCA favorable para el proyecto, el titular presentará los antecedentes respectivos para dar cumplimiento al Art. 55 de la LGUC. Los antecedentes del PAS 160 serán ingresados a través de la SEREMI de Agricultura”.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero, mediante el Oficio N° 1390 de fecha 09 de junio de 2016, se pronuncia de la siguiente forma: “Dado  los antecedentes presentados, se otorga el PAS 160. En caso de obtener una calificación ambiental favorable, el titular del proyecto deberá presentar los antecedentes  para dar cumplimiento al Art. 55 de la LGUC en Seremi de Agricultura la que actúa como ventanilla única ante el SAG y la SEREMI MINVU”, y mediante Oficio N° 2058/2016 de fecha 26 de agosto de 2016, el Servicio Agrícola Ganadero, se pronuncia conforme al Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IX, punto 9.1.3.

 

6.2. PRONUNCIAMIENTO.

6.2.1. Calificación de instalaciones industriales o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Centro de Distribución.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el punto 2.2.4 del Capítulo V de la DIA, se presentan los antecedentes técnicos del Pronunciamiento del Art. 161, información que se complementa con las respuestas 3.4 a 3.9 presentadas por el titular en la Adenda, las que tienen relación con la sala de baterías, sistema de control de incendios, sistema de ventilación de la bodega de sustancias químicas y características constructivas de la zona de picking y packing y de las puertas de descarga y escape de la bodega de inflamables. Adicionalmente, el titular adjunta los siguientes documentos para la solicitud del citado Pronunciamiento:

 

·         Layout y planos del proyecto en Anexo 4 de la DIA.

·         Memoria técnica de ventilación-sala de carga de batería y Memoria técnica de ventilación-bodega de sustancias inflamables, Anexo 2 de la Adenda.

·         Criterio de diseño sistemas de protección e incendios, Anexo 4.6 de la DIA.

·         Informe Estudio de Análisis de Consecuencias, Anexo 4.2 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 5436, de fecha 23 de agosto de 2016, señala textual: “… la actividad se califica de MOLESTA, por el almacenamiento de sustancias peligrosas, condicionado a que el sistema de extinción automático de incendios de la bodega de sustancias inflamables este de acuerdo a la NFPA 30, cuyo líquido a almacenar es de temperatura de inflamación inferior a 60°C, en recipientes no aliviadores, modificando la propuesta de ubicación de rociadores en niveles intermedios a todos los niveles de rack”.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IX, punto 9.1.4.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1 Ley N°458/1976 y D.S. N° 47/1992, MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, OGUC).

Componente/materia:

Medio Construido.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la Recepción Municipal del proyecto.         

Forma de cumplimiento

Una vez obtenida la RCA favorable, el proyecto solicitará el correspondiente Permiso de Edificación para todas las construcciones proyectadas. En ese Permiso y posterior Recepción de Obras se verificará el cumplimiento a todas las exigencias de la O.G.U.C.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permiso de Edificación y Recepción de obras para todas las construcciones.

Verificar que las construcciones se ajusten a lo establecido en el permiso de Edificación.

 

7.2 DFL N°725/1967 del MINSAL. Código Sanitario.

Componente/materia:

Temática General.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Centro de distribución, bodegas, sitios de almacenamiento transitorio de residuos.

Forma de cumplimiento

El proyecto solicitará autorización sanitaria en todas las actividades a desarrollar. Cumplimiento de  todas las exigencias necesarias en materias tales como ambiente laboral, ruidos, prevención de riesgos, mitigación de impactos, etc.

En las áreas de trabajo se dispondrán tambores con tapas para evitar la generación de malos olores y propagación de insectos y roedores de manera de impedir su dispersión y posible atracción de fauna hacia el proyecto

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtenida la RCA se formalizarán los permisos de manera sectorial, considerando los informes sanitarios favorables. En las inmediaciones se mantendrán disponibles los manuales de procedimientos de las actividades. Se mantendrá disponible y en planta el Reglamento de Higiene y Seguridad.

Se mantendrá un registro de manera que se verifique cumplimiento a la norma.

 

7.3 Ley N°594/99 y sus modificaciones, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Componente/materia:

Temática general.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Obras y construcciones de ambas fases.       

Forma de cumplimiento

El proyecto cumplirá con las disposiciones contenidas en esta norma, siguiendo todas las disposiciones aludidas en él. Se contará con servicios higiénicos, agua potable y ventilación calculada en recinto de sustancias nocivas.

Se solicitará Autorización Sanitaria de todos los recintos construidos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización Sanitaria a recintos construidos.

Obtención del certificado de calificación técnica de la Planta general.

Prevencionista o profesional a fin verificará el cumplimiento de la norma.

 

7.4 D.F.L Nº 1/90 MINSAL. Determina materias que requieren autorización expresa.

Componente/materia:

Autorizaciones Sanitarias.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Obras y construcciones de ambas fases que requieren Autorización Sanitaria.        

Forma de cumplimiento

Todas las obras realizadas al interior del centro, serán debidamente autorizadas por la autoridad correspondiente, en forma sectorial.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización Sanitaria a recintos construidos.

Obtención del Certificado de Calificación Técnica del Centro de Distribución.

Prevencionista o profesional afín, verificará el cumplimiento de la norma.

 

7.5 D.S. N°1/2013 del MMA. Aprueba el reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC.

Componente/materia:

Residuos y emisiones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos y emisiones del proyecto, según corresponda.

Forma de cumplimiento

El titular solicitará clave para operar con la Ventanilla única, por tanto se compromete a declarar las emisiones, residuos y transferencia de contaminantes del presente proyecto, acorde a lo especificado en el D.S. N° 1/2013 MMA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de reportes periódicos y de inscripción en el RETC.

Se mantendrá un registro y se verificará la información declarada.

 

7.6 Ley N° 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/1991 MINEDUC. Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

.

Componente/materia:

Patrimonio Arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Faenas de excavaciones y escarpe.  

                                                                     

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de las faenas constructivas (excavaciones y/o escarpe), se produce algún hallazgo de cualquier tipo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso inmediato y por escrito a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este último organismo determine los procedimientos a seguir. Todo lo anterior en conformidad a lo estipulado en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso de hallazgos arqueológicos, se notificará de manera escrita al Consejo de Monumentos Nacionales y a Carabineros. Además, se mantendrá registro de todas las actividades relacionadas con el cumplimiento de la Ley, para acreditar el correcto procedimiento de lo estipulado por las autoridades.

En el caso de hallazgos arqueológicos, se desarrollarán documentos de registro con todas las actividades relacionadas con el cumplimiento de la Ley, los cuales quedarán a disposición de la autoridad en casi de futuras fiscalizaciones.

 

7.7 D.S. N°138/2005 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Grupo electrógeno.

Forma de cumplimiento

El proyecto cuenta con un grupo electrógeno de emergencia como fuente fija. El Prevencionista o encargado recopilará y entregará a la Secretaria Regional Ministerial de Salud los antecedentes para la estimación de contaminantes del grupo electrógeno mediante el sistema de ventanilla única.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de entrega de antecedentes y parámetros para la estimación de contaminantes mediante sistema de ventanilla única.

Se realizarán y registrarán mantenciones periódicas para el grupo electrógeno.

Registro de entrega de parámetros y antecedentes en el sistema de ventanilla única.

 

7.8 D.S. N°144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Actividades propias de la construcción (escarpe y preparación del terreno, excavaciones y movimiento de tierra, tránsito de vehículos de carga).

 

Operación:

Grupo electrógeno de emergencia, tránsito de vehículos de carga.

Forma de cumplimiento

Construcción:

Durante las faenas de construcción que se desarrollen, se adoptarán las siguientes medidas de mitigación y control (punto 3.5, Capítulo II de la DIA):

·         Las superficies no pavimentadas y los acopios de material pétreo serán humectados con una periodicidad de al menos dos veces al día, para minimizar el material particulado en suspensión. Esa humectación se realizará con manguera y agua potable.

·         El transporte de escombros y materiales se hará siempre con carga cubierta, verificándolo tanto en la entrada como en la salida de los camiones. Además se procurará que los camiones de materiales pétreos y residuos sean cargados 10 cm bajo la altura máxima de la carrocería.

·         Dentro del terreno se exigirá circular a baja velocidad (máximo 20 km/hr).

·         Se mantendrá la obra aseada y ordenada en forma permanente.

·         Se prohibirá la quema de cualquier tipo de material (madera, basura, plásticos, etc.).

 

Ambas fases:

El proyecto cuenta con un grupo electrógeno de emergencia como fuente fija, por otro lado, se exigirá a proveedores y demás vehículos que presten servicios, contar con su revisión técnica al día y un registro de talleres autorizados para dicha actividad. La velocidad de los vehículos será controlada y restringida, estableciendo como límite máximo de velocidad para el tránsito de vehículos los 20 km/h. Además, se considera la humectación periódica de las superficies no pavimentadas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Mantención periódica de los equipos.

Informes de las mantenciones realizadas.

Se mantendrá un registro que verifique cumplimiento de la norma.

 

7.9 D.S. N°66/2009 MINSEGPRES. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

 

 

 

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

 

 

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Actividades propias de la construcción (escarpe y preparación del terreno, excavaciones y movimiento de tierra, tránsito de vehículos de carga).

 

Operación:

Grupo electrógeno de emergencia, tránsito de vehículos de carga.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los cálculos realizados adjuntos en el Anexo 2 de la Adenda Complementaria, el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones en ninguna de sus fases. Sin perjuicio de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de abatimiento y control:

 

Ambas fases:

Para el manejo y control de las emisiones provenientes de las actividades realizadas en el centro (tanto en la fase de construcción como en la fase de operación), se mantendrán las siguientes condiciones:

·         Para los movimientos de tierra productos de la excavación en la fase de construcción, se transportará el material de manera cubierta, evitando emisiones fugitivas.

·         Se humedecerá las zonas no pavimentadas.

·         Se prohibirá la quema de cualquier material.

·         Se mantendrá el área de la obra aseada, ordenada y sin desperdicios.

·         Al interior de la obra se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/h.

Además, se realizarán las respectivas mantenciones de los camiones y maquinaria, manteniendo sus revisiones técnicas al día y sus respectivos permisos de circulación, con el fin de asegurar su correcto funcionamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Se mantendrán registros escritos (digitales), asociados a las mantenciones y revisiones técnicas de los camiones, vehículos y maquinaria; registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad.

Los registros mencionados serán recopilados y manejados por el titular con el fin de corroborar el cumplimiento normativo del D.S. N°66/2009 MINSEGPRES.

Se verificará el cumplimiento de limpieza y humectación de caminos internos.

Registros de mantención y revisiones técnicas de camiones, vehículos y maquinaria.

Permisos de circulación al día de los camiones.

 

 

7.10 D.S. N°38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica.

Componente/materia:

Ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción:

Excavaciones, movimiento de tierra, ejecución de estructuras principales.

 

Operación:

Patio de maniobras, sala de baterías, taller mecánico, vanos de bodegas.

Forma de cumplimiento

De acuerdo al Estudio Acústico adjunto en el Anexo 2.1 de la DIA, el proyecto no requiere medidas de control, ya que los niveles de emisión en la fase de construcción y operación se encuentran bajo los límites máximos establecidos por el D.S. N° 38/11 MMA. Sin perjuicio de ello, el titular considera lo siguiente:

 

Construcción:

Una vez que comience la ejecución del proyecto, se realizarán 2 mediciones durante la fase de construcción (durante la excavación y movimientos de tierra y durante la ejecución de estructuras principales).

 

Operación:                                       

Posteriormente, durante la fase de operación, se realizará 1 medición anual durante 2 años para verificar el cumplimiento de la normativa, las cuales se realizarían en los periodos de mayor demanda y mayor flujo de camiones, constituyendo la situación más desfavorable para la planta.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Estudios de Impacto Acústico, los cuales se realizarán durante la fase de construcción y operación.

Prevencionista o encargado verificará el desarrollo del estudio y contrastará los resultados con la norma, corroborando su cumplimiento.

 

7.11 D.S. N°50/2003 del MOP.

Componente/materia:

Residuos líquidos y provisión de agua potable.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción y Operación.

Forma de cumplimiento

Agua potable y residuos líquidos.

 

Indicador que acredita su cumplimiento

Los proyectos de agua potable y alcantarillado serán ejecutados de acuerdo a este reglamento; para acreditar  lo anterior se presentarán los proyectos de instalaciones domiciliarias ante la empresa sanitaria del sector.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados de Dotación de agua potable y alcantarillado definitivos.

Se verificará en obra la correcta construcción del sistema de Agua potable y Alcantarillado.

 

7.12 D.S. N°148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Componente/materia:

Residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos.

 

Forma de cumplimiento

Ambas fases (según corresponda):

El proyecto dará cumplimiento a las exigencias del presente Reglamento en lo que respecta al manejo de residuos peligrosos (RESPEL). En fase de construcción del proyecto se generan pequeñas cantidades de residuos peligrosos, los cuales se guiarán por los procedimientos descritos en el PAS N°142, capítulo V de la DIA.

 

Dado que la principal actividad del centro (fase de operación), genera residuos peligrosos, se cumplirá con todas las exigencias establecidas en el presente Reglamento. Se ha diseñado para contar con todas las medidas de control de impactos: sistemas de control de derrames incorporados al proyecto, manejo de hojas de seguridad, capacitación e inducción a operarios, planes de acción frente a todo tipo de contingencias, etc. Mayores detalles se describen en el PAS 142, Capítulo V de la DIA.

 

Se mantendrá registro de todas las actividades que estén relacionadas con la generación de residuos, almacenaje y disposición final de los residuos peligrosos. Se utilizarán contenedores especialmente diseñados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente identificados y sellados. Serán retirados por una empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Registros de declaraciones.

Copia de recibos, boletas o facturas que certifiquen el transporte y disposición final de los residuos peligrosos.

Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados.

Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos.

Seguimiento del registro de camiones que ingresan y salen del Centro. Revisión de protocolos internos sobre manejo de residuos peligrosos. Declaraciones al RETC.

Registro de destinatarios finales.

 

7.13 D.S. N°43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de sustancias peligrosas.

                                                                     

Forma de cumplimiento

Ambas fases:

La principal actividad del proyecto, consiste en almacenar sustancias peligrosas, por lo que sus bodegas cumplirán las condiciones exigidas por este decreto. Se establecerán todas las condiciones básicas de seguridad que se deben mantener para las bodegas que almacenen sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Operación:

Autorización sanitaria expresa, para todos los almacenamientos de sustancias peligrosos definitivos.

 

Ambas fases:

Verificación del cumplimiento en el manejo de sustancias peligrosas, considerando existencia de medidas de contención, uso de EE.PP, capacitaciones, entre otros.

 

7.14 Res. N°5.081 del MINSAL. Declaración y seguimiento de residuos industriales sólidos.

Componente/materia:

Residuos sólidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Generación de residuos sólidos no peligrosos.

                                                                     

Forma de cumplimiento

El centro una vez operativa, efectuará declaraciones periódicas de sus residuos industriales de acuerdo a lo señalado en este decreto. Por otra parte, se solicitará además su autorización como generador de Residuos Industriales.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de declaraciones periódicas.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma

 

7.15 D.F.L. N°850/1998 del MOP. Ley de construcción y conservación de caminos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ambas fases:

Actividades de Transporte.

Forma de cumplimiento

Ambas fases:

El proyecto no ocupará ningún camino público más que para el tránsito de vehículos que accedan a las bodegas. No se ubicará ninguna publicidad en los caminos, y de requerirse se solicitará autorización. Los vehículos propios de la empresa cumplirán con todas las exigencias del presente decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Se mantendrá registro de vehículos y camiones vinculados a la empresa, con un uso detallado de cada uno.

Se mantendrá un registro de contratos y permisos en caso de instalar publicidad.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma

 

7.16 D.S. N°158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ambas fases:

Actividades de Transporte.                           

Forma de cumplimiento

Ambas fases:

El proyecto cumplirá con las restricciones establecidas en este decreto.

Los camiones que salgan o ingresen al centro serán revisados de forma tal que se pueden verificar las medidas requeridas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Registro de revisión en planta para verificar las medidas exigidas.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma

 

7.17 D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas - Vialidad y transporte

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte (excedentes de tierra de excavaciones y escombros).

 

Forma de cumplimiento

El transporte de materiales se efectuará a través de un transportista autorizado, con la carga cubierta con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato.

Antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de revisiones en planta para verificar las medidas establecidas.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma.

 

7.18 D.S. N°298/1994 MINTRATEL. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte de sustancias peligrosas.

                                                                     

Forma de cumplimiento

El transporte de sustancias peligrosas se realizará por transportes autorizados, cumpliendo con todas las condiciones establecidas por el decreto. Se respetarán los aspectos indicados respecto del tipo de vehículos, rotulación y equipamientos de los mismos, la antigüedad máxima de camiones, carga, acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación, prohibiciones e incompatibilidades, exigencias al conductor y al personal de carga y descarga, sistema de comunicación y luz de seguridad cuando corresponda.

Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos deberán portar los rótulos a que se refiere la Norma Chilena NCh 2190Of2003, los que deberán ser fácilmente visibles.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de los camiones involucrados (patente, modelos, revisiones técnicas, características).

Documento de autorización para los camiones.

Registro de licencias de conducir de los conductores.

Protocolos internos de transporte de sustancias peligrosos en concordancia con la normativa y su revisión periódica.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma

 

7.19 D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Ambas fases:

Transporte de carga. 

                                                                     

Forma de cumplimiento

Ambas fases:

El proyecto cumplirá con las restricciones horarias y de peso bruto, establecidas, además, se emplaza fuera del anillo Américo Vespucio.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ambas fases:

Se mantendrá un registro de las entradas y salidas de camiones, con lo que podrá controlar el cumplimiento de la norma señalada.

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1 Condición o exigencia 1: Ruido.

Impacto asociado

Aumento en los niveles de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo

Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del proyecto.

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 5436 de fecha 23 de agosto de 2016:

 

Fase de Construcción:

·         “Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas”.

 

Ambas fases:

·         “Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica””.

 

Oportunidad: fase de construcción de 9 meses y durante toda la operación del proyecto. 

Indicador que acredite su cumplimiento

Ambas fases:

Estudios de Impacto Acústico, los cuales se realizarán durante la fase de construcción y operación, de acuerdo a lo comprometido por el titular en la respuesta 2.1 a) de la Adenda Complementaria, en relación al D.S. N° 38/11 MMA.

Prevencionista o encargado verificará el desarrollo del estudio y contrastará los resultados con la norma, corroborando su cumplimiento.

 

8.2. Condición o exigencia 2: Uso de la vialidad adyacente.

Impacto asociado

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación

Manejo correcto de las vías relacionadas al proyecto, durante los trabajos de construcción y durante la fase de operación.

Forma y oportunidad de implementación

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N° 6484 de fecha 31 de agosto de 2016:

 

·         El Titular deberá respetar los procedimientos para el carguío de camiones, planteado en la Adenda.

·         El Titular deberá respetar los procedimientos relacionados con el traslado de los productos declarados en la Adenda.

·         El Titular se ha comprometido a que cada 6 meses envíe al programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes un registro con las placas patentes de los camiones del proyecto. De manera complementaria, dichos camiones deberán portar una copia de la RCA que resulte de la evaluación del proyecto.

·         El Titular deberá evitar el paso de camiones que transporten sustancias peligrosas por rutas de zonas residenciales.

·         El Titular deberá tener presente que frente a cualquier accidente en la Región Metropolitana se deberá informar al programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes.

·         El Titular deberá mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones en entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

·         “En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.

·         El Titular evitará la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00), por cuanto se ha constatado que en el horario fuera de punta se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y carreteras de la región Metropolitana”.

 

 

8.3. Otras condiciones o exigencias.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación según corresponda.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la DOH, mediante el oficio Ord. Nº 773 de fecha 09 de junio de 2016:

·         El proyecto de solución de aguas lluvia, deberá considerar y aplicar un programa de mantenimiento permanente, acorde a la vida útil del proyecto.

 

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas, mediante el oficio Ord. Nº 1070 de fecha 24 de agosto de 2016:

·         “Que, las aguas a utilizar en las Fases de Construcción y Operación del proyecto, se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Santiago Poniente S.A., según lo declarado por el Titular en el Anexo 02 de la DIA.

·         Que, en el lugar del proyecto no se realizará lavado de ruedas, ni de canoas de camiones mixer, ni de camiones, según lo declarado en Adenda 1.

·         Aplicar el Plan de Emergencias y Contingencias del Adenda 1, en caso de escurrimientos que pudieran afectar el recurso hídrico.

·         Que, en atención a la Respuesta 2.1 del Adenda 1, en que el Titular declara que según el PRMS, los terrenos están gravados, con el “afloramiento potencial de la napa freática”, el Titular debe dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 8.2.1.1 letra a.2 del PRMS Riesgo de Inundación, Napa freática, por lo que previo al inicio de la Fase de Construcción debe presentar los resultados de sondajes y medición de la profundidad del acuífero durante 3 días a lo menos, a la Dirección de Obras Municipales respectiva. En caso de no cumplir tales condiciones en forma natural, la urbanización deberá considerar las obras de drenaje que resuelvan dicho aspecto.

·         Que, el Titular ha sido informado que debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, por lo que debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

·         Que, aun cuando el proyecto no hace uso de derechos de aprovechamiento de aguas propios o de terceros, se ha informado al Titular que debe tener presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

·         Que, aun cuando el proyecto no considera la intervención de cauces, se ha informado al Titular que debe tener presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

·         Que, tal como se indicó al Titular, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

·         Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”.

 

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región Metropolitana, mediante el oficio Ord. Nº 5474 de fecha 14 de noviembre de 2016:

·         “Debe obtener la calificación técnica industrial inofensiva o molesta antes del permiso de edificación”.

 

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

9.1.1. PLAN DE EMERGENCIAS

Las medidas o acciones relevantes del Plan de Emergencias corregido (Anexo 3 de la Adenda) son las que se detallan a continuación. Por su parte, en el Anexo 3 de la Adenda, se detallan además, acciones frente a emergencias tales como:

·         Incendio en caso que el centro se encuentre desocupado (fines de semana y festivos).

·         Incendio en zonas colindantes.

·         Accidentes en el transporte, asociado a fallas mecánicas del vehículo durante el transporte de insumos y productos peligrosos.

·         Sismos.

·         Saqueos y vandalismo.

·         Incidentes eléctricos.

·         Inundaciones.

·         Aviso anónimo externo de bombas.

·         Detección de artefacto explosivo.

9.1.1.1 Situación de emergencia 1: Incendio en días de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior del Centro, asociadas al manejo residuos peligrosas, fallas eléctricas o fugas de gas.

Acciones a implementar

ETAPA PRIMARIA O REACTIVA: (Previo a llegada de Bomberos).

·         Detener todas las actividades que se estén realizando.

·         Seguir protocolo de evacuación y comunicación.

·         Detectado el fuego, se debe aislar la zona y comunicar de inmediato a al capitán de la brigada, y a bomberos.

·         Se informara a Guardias para que restrinjan el acceso vehicular.

·         La brigada de emergencia deberá organizarse para el ataque primario del fuego (amago). En caso de aplicar directamente agua sobre el fuego, se deberá previamente la desenergizar el área o los artefactos comprometidos.

·         La brigada de emergencia manejará el incendio siguiendo las indicaciones de las Hojas de Seguridad correspondiente a la sustancia o residuos y se entregará información necesaria a los grupos de ayuda a Bomberos y Carabineros.

·         Adicionalmente, se notificaría también a las autoridades del Aeropuerto.

ETAPA PLENA O DE FUEGO DECLARADO (Emergencia a cargo de Bomberos):

·         La brigada de Incendio y la de evacuación, colaborará con Bomberos en la evacuación de personas y materiales, quedando la acción de SALVATAJE en manos de Bomberos.

ETAPA DE RECUPERACION (una vez extinguido el fuego):

·         Para el caso de las sustancias y residuos peligrosos, estos se retirarán y almacenarán guardándolos en tambores sellados y etiquetándolos respectivamente.

·         El Capitán de la brigada en conjunto con el Jefe de seguridad, efectuarán el informe de la emergencia, para las necesidades de la Empresa.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, además de la entrega del “Informe de contingencia ambiental”, el cual será enviado con un tiempo no mayor a 24 horas después de ocurrido el incidente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.1.2 Situación de emergencia 2: Fuga o derrame de sustancias y residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior del Centro, asociado al manejo de sustancias y residuos peligrosos.

Acciones a implementar

·         Detener todas las actividades que se estén realizando.

·         Seguir protocolo de evacuación y comunicación

·         Aislar la zona afectada.

·         Una vez detectada la fuga o derrame, se deberá identificar el tipo y naturaleza de la sustancia involucrada.

·         Se debe esperar a que los residuos escurran hacia las cámaras de contención de derrames.

·         Todo derrame menor deberá ser controlado con material de contención.

·         Evaluar el daño y equipos comprometidos en el derrame.

·         Realizar limpieza del sector afectado, aplicando arena y con papel absorbente. El material utilizado en la limpieza debe ser tratado y dispuesto como RESPEL.

·         El Capitán de la brigada en conjunto con el Jefe de seguridad, efectuarán el informe de la emergencia, para las necesidades de la Empresa.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, además de la entrega del ”Informe de contingencia ambiental”, el cual será enviado con un tiempo no mayor a 24 horas después de ocurrido el incidente

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.1.3 Situación de emergencia 3: Afectación de recursos hídricos producto de accidentes.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Asociado a contaminación de cauces o aguas subterráneas.

Acciones a implementar

·         Para las aguas subterráneas, se efectuará una inmediata medición de las aguas subterráneas, a través de un pozo cercano al terreno del proyecto. En el caso de que no se pueda acceder a algún pozo cercano se realizará un sondaje.

·         En el caso de las aguas superficiales, se extraerá una muestra representativa de agua proveniente del cauce en cuestión.

·         Las muestras serán enviadas a un laboratorio autorizado.

·         Avisar a las autoridades involucradas en la contingencia

·         Coordinar el cierre de obras

·         Se consideraran las siguientes medidas:

Ø  Construir un dique aguas arriba y aguas debajo de la zona de derrame.

Ø  En la zona contaminada, construir balsas con filtros de arena.

Ø  Bombear aire en el agua.

Acciones específicas después de la contingencia.

·         Tomar muestras aguas abajo, cada cierto intervalo de tiempo.

·         Tomar muestras lo más cerca posible del centro del curso.

·         El muestreo se deberá realizar en los primeros 2 kilómetros cada 500 metros.

·         Se tomarán muestras cada 10 minutos desde conocido el derrame hasta que el agua comience a restaurar su condición alcalina, tiempo que se estima en 60 minutos después del fin de la descarga.

 

En caso de ocurrencia de un accidente que afecte recursos hídricos, es necesario informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, señalando lo siguiente:

·         Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

·         Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

·         Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

·         En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.12 y 1.32 de la Adenda y Anexo 3 de la Adenda.

9.1.1.4 Situación de emergencia 4: Afloramiento de agua subterránea.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

Actividades de construcción.

Acciones a implementar

Ante posible afloramiento de napas colgadas durante la construcción del proyecto, se deberá dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida.

·         Detener las actividades en el frente de trabajo.

·         Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·         En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·         Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración.

·         Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Ante posible afloramiento de napas colgadas durante la construcción del proyecto, se deberá dar aviso, en un plazo menor a 24 horas de ocurrido el evento, a la Dirección General de Aguas, Región Metropolitana.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.33 de la Adenda.

9.1.1.5 Situación de emergencia 5: Accidentes en el transporte asociados a derrames en vía pública.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Asociado a accidentes automovilísticos en las rutas transitadas por los vehículos del centro.

Acciones a implementar.

·         Aislar el camión: poniendo conos y cintas de demarcación.

·         Bajar los extintores y ubicarlos frente al camión.

·         Si se evidencia un derrame, desde la carga del vehículo, proceder a utilizar los elementos de protección personal dispuestos en el vehículo para este propósito.

·         Disponer inmediatamente de las Hojas de Seguridad de los productos involucrados.

·         Notificar a jefe de operaciones, Jefe de seguridad y brigada a objeto de asistir con personal de brigada inmediatamente al sector donde ocurrió el derrame.

·         Si no está a al alcance el comunicarse vía celular, se intentara buscar S.O.S. en carreteras concesionadas y/o pedir ayuda a un tercero.

·         Proceder a realizar la contención del derrame con agentes de control dispuestos en el vehículo.

·         Evitar que el producto derramado alcance alcantarillados o cursos de agua. De lo contrario notificar inmediatamente a Carabineros y Bomberos.

·         Si el derrame fuese de magnitud, proceda a solicitar la presencia de Carabineros para efectuar regulación del flujo vial.

·         El producto recuperado debe ser dispuesto en tambores con identificación hasta que se defina su destino final.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, además de la entrega del “Informe de contingencia ambiental”, el cual será enviado con un tiempo no mayor a 24 horas después de ocurrido el incidente

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.1.6 Situación de emergencia 6: Accidentes en el transporte asociados a incendios por causa externa o causada por la carga.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Asociados a accidentes automovilísticos en las rutas transitadas por los vehículos del centro.

Acciones a implementar.

·         Evacuación inmediata del vehículo.

·         Notificar a jefe de operaciones, jefe de seguridad y brigada a objeto de asistir con personal de brigada inmediatamente al sector donde ocurrió el derrame.

·         Si no está a su alcance el comunicarse vía celular, buscar S.O.S. en carreteras concesionadas y/o pedir ayuda a un tercero.

·         Chofer evaluará si pudiese controlar la situación con los equipos disponibles, tomando en consideración el tipo de residuos según la capacitación entregada.

·         Posteriormente a la extinción del siniestro se deberá generar la limpieza del área.

·         Retiro de los residuos, una vez se ha estabilizado la situación, almacenándolos en tambores sellados y etiquetándolo respectivamente.

·         Una vez se han detenido los vapores es posible sellar el contenedor y transportarlo a un lugar autorizado.

·         Los residuos peligrosos generados, se dispondrán en un lugar autorizado por las autoridades pertinentes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, además de la entrega del “Informe de contingencia ambiental”, el cual será enviado con un tiempo no mayor a 24 horas después de ocurrido el incidente

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.1.7 Situación de emergencia 7: Accidentes durante la manipulación, transporte, carga o descarga de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Asociada a rutas transitadas e interior del centro.

Acciones a implementar.

·         Detener todas las actividades que se estén realizando.

·         Evaluación visual de las personas involucradas y los daños asociados.

·         Personas a cargo utilizarán equipo de protección necesario.

·         Informar a personas presentes sobre la situación y evacuar.

·         Aislar área si fuere necesario, en carretera se considerara un perímetro de 800 m.

·         Retirar a personas involucradas si las hubiere dejándolas en un lugar más elevado al lugar del derrame y en dirección contraria al viento.

·         Dar aviso telefónico del accidente al personal responsable.

·         Demarcar el área de accidente y restringir el acceso a personal no autorizado y sin equipo de protección personal.

·         Se requiere tener claridad sobre los residuos involucrados en la emergencia a fin de contenerlos apropiadamente e informar a las autoridades sobre los alcances de la situación, si corresponde.

·         Cercar el líquido derramado con la arena, de no ser suficiente se utilizará la pala para sacar tierra de las áreas cercanas al accidente, finalmente se usarán los paños absorbentes para retirar el 100% de los líquidos derramados.

·         Una vez absorbido el 100% del líquido derramado se recogerán los medios absorbentes en el contenedor vacío y se sellará el envase.

·         Una vez detenido los vapores es posible sellar el contenedor y transportarlo a un lugar autorizado.

·         Los residuos generados se dispondrán en un lugar autorizado por las autoridades pertinentes.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En el caso de que se active este plan de emergencia, se procederá a comunicar a la SMA por medio de su página web en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA, además de la entrega del “Informe de contingencia ambiental”, el cual será enviado con un tiempo no mayor a 24 horas después de ocurrido el incidente

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.2. PLAN DE CONTINGENCIAS.

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Por su parte, en el Anexo 3 de la Adenda, se detallan además, acciones frente a contingencias como Cortes de Energía Eléctrica y Corte de Vías de Acceso a la Planta.

 

Cabe destacar, de acuerdo a lo señalado en la respuesta 1.34 de la Adenda, que el titular dará aviso de inmediato a la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) del Aeropuerto Arturo Merino Benítez (AAMB) en caso de amago de incendio y/o derrame de sustancias químicas inflamables, dentro del recinto del proyecto. 

 

Mayores detalles en el Plan de Contingencias corregido (Anexo 3 de la Adenda) y respuestas 1.32 y 1.33 de la Adenda.

9.1.2.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Derrames.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior del Centro, asociadas al manejo de sustancias peligrosas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia.

·         Pretiles de contención y canaletas recolectoras.

·         Cámara de contención de derrames.

·         Control de contaminación a aguas lluvias.

·         Control de aguas lluvias.

·         Limitar la extensión de la contaminación.

·         Minimizar el impacto sobre el medio ambiente y la población humana.

·         Prevenir la dispersión dentro de los cursos de agua, filtración en tierra y filtración sub-superficial al abastecimiento de agua.

·         Aviso inmediato al aeropuerto en caso de amago de incendio y/o derrame de sustancias inflamables.

·         Constante mantención de pretiles y limpieza de cámaras de contención de derrames.

Forma de control o seguimiento

Verificación y seguimiento a mantención de pretiles y limpieza de cámaras de contención de derrames.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.2.2 Situación de riesgo o contingencia 2: Incendio.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior del Centro, asociadas al manejo residuos y sustancias peligrosas, fallas eléctricas o fugas de gas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Extintores distribuidos por toda la planta.

·         Red húmeda perimetral.

·         Plan de emergencias coordinado con bomberos.

·         Personal capacitado en uso de extintores y control de incendios.

·         Aviso inmediato al aeropuerto en caso de amago de incendio y/o derrame de sustancias inflamables.

Forma de control o seguimiento

Seguimiento de las capacitaciones, constante mantención de extintores y red húmeda.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.2.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Inundación.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Al interior del Centro, asociado al colapso del sistema de aguas lluvias.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Sistema exclusivo de recolección de aguas lluvias.

·         Mantención continua del sistema de recolección de aguas lluvias.

·         Utilización de arena y construcción de barreras de contención.

Forma de control o seguimiento

Verificación de la mantención continua del sistema de recolección de aguas lluvias

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

9.1.2.4 Situación de riesgo o contingencia 4: Sismos de gran magnitud.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Asociada a toda el área en general, a nivel regional.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Tambores y bidones destinados al almacenamiento se mantendrán siempre cerrados y nunca superando las 3 unidades apiladas.

·         Identificar las zonas de seguridad.

·         Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras.

·         Realizar simulacros.

·         Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia.

Forma de control o seguimiento

Verificación de realización de simulacros y supervisión constante del almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda.

 

10. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

14. Que, para que el proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

16. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT” de EIT Logística S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto "Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como MOLESTA.

 

5°. Certificar que el proyecto “Centro de Distribución Mayorista y Transporte EIT”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/MRS

Distribución:

  • Francisco Javier Pavez Muñoz
  • Intendente Región Metropolitana
  • SERNAGEOMIN, Zona Central
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Dirección General de Aeronautica Civil
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Centro de distribución mayorista y transporte EIT"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=7a/4f/6ba0a84c35ec0c2f22373f07554fc553af9c


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