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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "PROYECTO UNIDADES DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DE RESPALDO LOS BRONCES "
1. CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1. Antecedentes del Titular. Titular: Anglo American Sur S.A. Representante Legal: Ignacio Quiñones Sotomayor 1.2. Ubicación y superficie. El proyecto se ejecutará en la Región Metropolitana de Santiago, en la provincia de Santiago, comuna de Lo Barnechea, específicamente en el área industrial de la faena minera Los Bronces, a una altura promedio de 2.700 m.s.n.m. Sus coordenadas son:
Las unidades generadoras de electricidad abarcarán una superficie estimada de 1.3. Monto de Inversión. US$ 4.000.000.- (cuatro millones de dólares) 1.4. Vida Útil. El presente Proyecto se extenderá durante toda la vida útil prevista para la faena Los Bronces, la cual se estima actualmente en 23 años. . 1.5. Mano de Obra.
1.6. Descripción del Proyecto. 1.6.1. Descripción General. El “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces”, tiene como objetivo proporcionar mayor seguridad al suministro de energía eléctrica de la faena minera Los Bronces de Anglo American Sur S.A.. permitiendo contar con sistema de respaldo ante una eventual falla en el suministro normal de energía eléctrica, o bien, ante restricciones o racionamiento que puedan generarse en la disponibilidad energética en el Sistema Interconectado Central (SIC). El presente proyecto considera instalar 4,8 MVA de potencia, mediante unidades de generación que operan en base a combustible diesel. El escenario considerado en la DIA, para efectos de la evaluacion ambiental, es la operación permanente de los grupos generadores por períodos de hasta seis (6) meses en un año, suponiendo condiciones adversas de disponibilidad energética. 1.6.2. Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto a) Descripción: Los componentes de generación eléctrica que considera instalar y operar el Proyecto comprenden cuatro (4) unidades de generación eléctrica (o grupos electrógenos) ubicados dentro de contenedores insonorizados y aptos para funcionar en condiciones de nieve, cuatro (4) transformadores de media tensión; interruptores de baja tensión; interruptor de poder; transformadores de medida (potencial y corriente); y medidores de energía. Además se contempla la instalación de cuatro (4) estanques de almacenamiento de combustible del tipo horizontal de En lo particular, los grupos electrógenos corresponden a motores diesel de generación, cada uno con una potencia de 1,2 MVA (4,8 MVA total), compuestos principalmente por: § Motor diesel § Sistema eléctrico del motor § Sistema de refrigeración § Alternador § Depósito de combustible principal § Depósito de combustible diario § Contenedor insonorizado § Amortiguadores para vibración § Silenciador y sistema de escape § Sistema de control § Interruptor automático de salida Cada contenedor de unidad generadora ocupará una superficie aproximada de 13 x Las actividades necesarias para la instalación de las unidades generadoras son las siguientes: Nivelación del terreno: tiene por objetivo generar una superficie plana sobre la cual se instalarán los generadores. Su preparación considera movimientos de tierra y compactación con maquinaria. Instalación de cerco perimetral y entradas: Se considera instalar un cerco perimetral con malla galvanizada o similar tipo cierro y postes metálicos en el frente, con dos puertas de corredera. Losas: Las losas de los equipos generadores se apoyarán sobre el emplantillado, en tanto los muros, la fundación de los estanques y los pavimentos se apoyarán sobre un relleno compactado. En la construcción de las fundaciones se utilizará hormigón armado. Canalizaciones eléctricas: La energía producida por los generadores será evacuada por medio de canalización enterrada (trincheras o bancos de ductos) y/o superficial para las acometidas en media tensión. Sistema de abastecimiento de petróleo: Se considera el montaje de 4 estanques de almacenamiento de petróleo diesel, cilíndricos horizontales de Sala de control: La sala de control se habilitará en base a container como espacio físico apropiado para ejercer las funciones de supervisión y control. Contará con aislamiento térmico, instalaciones de iluminación ajustadas a norma, alimentadores de energía en 220 Volts, iluminación de emergencia y calefacción. La sala alojará en su interior un controlador (PLC) y HMI, las celdas del switchgear de media tensión y el sistema de baterías de respaldo. b) Insumos La fase de construcción tendrá como insumos los materiales de construcción, incluyendo cemento, agregados pétreos, moldajes, enfierraduras, estructuras metálicas y cercos. El agua necesaria para las actividades constructivas se abastecerá en camión aljibe, estimándose un total de La fase de operación tendrá como insumo principal el combustible diesel necesario para el funcionamiento de las unidades generadoras de electricidad. El consumo se estima en Además se emplearán refrigerantes, aceites lubricantes y aceites aislantes. Los volúmenes que se manejarán en cada unidad de generación son aproximadamente c) Sistema de Seguridad contra Incendio y Gases Combustibles Se considera la instalación de sistemas contra incendios. Para esto los diferentes equipos dispondrán de sistema de detección de incendio, además de sistema de extinción automático por CO2 Las instalaciones eléctricas dispondrán de medios para evitar y/o minimizar la propagación de un eventual incendio. En la sala de control se considera un sistema de detección, alarma y detección de humo y calor, así como extintor manual de incendio. Además se contempla un sistema de alarmas con indicación local (visual y audible) y un contacto seco disponible para indicación remota, todo ello en el área donde operarán las unidades. En todos los sectores donde exista algún riesgo de incendio se instalarán extintores de acuerdo al D.S. 594 de 1999 del Ministerio de Salud. d) Sistemas de Contención de Derrames § Sistema de Contención de Derrames para Unidades Generadoras: El Proyecto considera la instalación de un sistema contenedor de derrames consistente en sumideros de concreto impermeabilizados con una capa polimérica resistente al aceite, para un volumen equivalente a la suma de los líquidos susceptibles de derramarse. Cada sumidero contará con una capa de ripio de El sistema conducirá los eventuales derrames a través de una canalización gravitacional, hacia un tanque recolector. El tanque será de concreto armado revestido en su interior con una capa polimérica con resistencia química, resistentes a solventes y petróleo. § Sistema de Contención de Derrames del Sistema de Abastecimiento de Combustibles Los estanques de almacenamiento de combustibles estarán insertos dentro de una zona estanca y dispondrán de un recinto de contención impermeabilizado con capacidad igual al 110% del volumen del estanque de mayor capacidad. 1.6.3. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto o actividad a) Emisiones atmosféricas: De acuerdo a lo declarado por el titular, durante la fase de construcción del proyecto se generarán emisiones menores y transitorias de material particulado debido a la circulación de vehículos y los trabajos de movimientos de tierra y montaje, las cuales serán abatidas mediante humectación del terreno. Además se generarán emisiones menores de gases de combustión por la operación de maquinaria, equipos y vehículos de construcción. La fase de operación generará emisiones de gases de combustión y material particulado producto del funcionamiento de los motores diesel, estimándose las siguientes tasas de emisión totales:
b) Residuos líquidos: De acuerdo a lo declarado por el titular, el proyecto no generará residuos industriales líquidos en ninguna de sus fases. Durante la fase de construcción se generarán aproximadamente La fase de operación no generará un incremento significativo de aguas servidas, debido a la baja dotación de personal requerida. c) Residuos sólidos § Residuos sólidos industriales no peligrosos: De acuerdo a lo declarado por el titular, en la fase de construcción los residuos sólidos generados corresponderán a embalajes de los motores y otros residuos menores propios de la actividad de montaje, como despuntes de cables y tuberías, estimándose unos Durante la etapa de operación, los residuos sólidos corresponderán a trapos de limpieza y filtros de aire, aceite y petróleo, provenientes del mantenimiento de los equipos, estimándose una generación de § Residuos Peligrosos: De acuerdo a lo declarado por el titular, los residuos con características peligrosas que se generen durante la fase de construcción (restos de diluyentes, pinturas, etc.) serán manejados según los procedimientos internos de Anglo American Sur (almacenaje, transporte, rotulado), de acuerdo al D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud. Durante la fase de operación, la generación de residuos con características de peligrosidad corresponderán a lubricantes, filtros, baterías y refrigerantes usados, estimándose una cantidad de § Residuos domiciliarios: De acuerdo a lo declarado por el titular, durante la fase de construcción se generará una cantidad estimada de residuos domésticos de 30 kg/día, asociada a la dotación de trabajadores. El manejo y disposición de estos residuos se realizará de acuerdo a los sistemas y procedimientos actuales del Titular y representa un aumento marginal respecto de la generación de residuos domésticos de la faena minera. La fase de operación no generará un incremento significativo de residuos domésticos, debido a la baja dotación de personal requerida. 1.6.4. Fase de cierre El titular ha declarado que la fase de cierre del Proyecto se desarrollará y llevará a cabo en el marco del plan de cierre y abandono integral de la faena minera Los Bronces, dando cumplimiento a la normativa nacional (D.S. Nº 72/1986, modificado por D.S. Nº 132/2004 “Reglamento de Seguridad Minera” y Ley 19.300 “Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente”), así como a los estándares de cierre de Anglo American Sur. Las medidas y acciones de cierre previstas específicamente para las instalaciones del Proyecto comprenden: § Vaciado de estanques de combustibles y limpieza de los mismos para venta y/o reutilización. § Desmontaje y retiro de los equipos, para su posterior venta y/o reutilización. § Limpieza general del sitio. § Remoción de suelo eventualmente contaminado y manejo del mismo como residuo peligroso. § Remoción de fundaciones hasta el nivel del terreno. § Acondicionamiento del terreno para otorgar un relieve similar al natural.
2. CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. § Declaración de Impacto Ambiental (DIA), de Anglo American Sur S.A., de fecha 18/03/2008 § Test de Admisión, de CONAMA Región Metropolitana, de fecha 24/03/2008 § Of. Solicitud de Evaluación DIA Nº793, CONAMA Región Metropolitana, de fecha 24/03/2008 § Resolución de Ampliación de Plazos Nº354/2008, de CONAMA Región Metropolitana, de fecha 14/05/2008 § Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº1 de CONAMA Región Metropolitana, de fecha 31/07/2008 § Adenda Nº1 de Anglo American Sur S.A., de fecha 05/08/2008 § Solicitud de Evaluación de Adenda Nº2370 de CONAMA Región Metropolitana, de fecha 11/08/2008 § Adenda Nº2 de Anglo American Sur S.A., de fecha 12/09/2008 § Solicitud de Evaluación de Adenda Nº2860 de CONAMA Región Metropolitana, de fecha 22/09/2008 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Oficio NºORD. SRM Nº0079/2008 (e) sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 08/04/2008; Oficio Nº00 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 08/04/2008; Oficio Nº0476 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería, con fecha 10/04/2008; Oficio Nº1902 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 10/04/2008; Oficio Nº1748 sobre la DIA, por Superintendencia de Electricidad y Combustibles, con fecha 14/04/2008; Oficio Nº511 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 14/04/2008; Oficio Nº2459 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , con fecha 15/04/2008; Oficio Nº74 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, CONAF RM, con fecha 16/04/2008; Oficio Nº224 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, con fecha 16/04/2008; Oficio Nº2695 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 07/05/2008; Oficio Nº1013 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 25/08/2008; Oficio Nº5719 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , con fecha 29/08/2008; Oficio Nº6837 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , con fecha 08/10/2008; 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA Región Metropolitana, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: § Corporación Nacional Forestal, CONAF RM § Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana § Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea § Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM § Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM § Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana § Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM § Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM § Servicio Agrícola y Ganadero, RM § Consejo de Monumentos Nacionales § Servicio Nacional de Geología y Minería § Superintendencia de Electricidad y Combustibles Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: § Of. no Participación en la Evaluación Nº581 de Servicio Agrícola y Ganadero RM, de fecha 15/04/2008 § Of. no Participación en la Evaluación Nº1368 de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 07/05/2008
3. CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300. 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. 3.1.1. Componente Ambiental aire – emisiones atmosféricas. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante las fases de construcción y operación, comprometiéndose lo siguiente: § Cumplir con el D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud, que establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, incluyendo gases, vapores, humos y polvo. § Cumplir con el D.S. Nº 58/03 del Ministerio Secretaría General de § Cumplir con el D.S. Nº 59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que modifica el D.S. Nº 45/01 y que establece la norma primaria de calidad del aire para el material particulado respirable. § Cumplir con el D.S. Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece condiciones para el transporte de cargas que se indican. § Cumplir con el D.S. Nº 4/92 del Ministerio de Salud que establece la norma de emisión de material particulado a fuentes estacionarias puntual y grupal. § Cumplir con el D.S. Nº 113/02 del Ministerio Secretaría General de § Cumplir con el D.S. Nº 114/02 del Ministerio Secretaría General de § Cumplir con el D.S. Nº 115/02 del Ministerio Secretaría General de § Cumplir con el D.S. Nº 138/05 del Ministerio de Salud sobre la declaración de emisiones atmosféricas. b) Ademas, el titular se comprometió, para la fase de construcción, la implementación de las siguientes medidas de control de emisiones atmosféricas con el objetivo de garantizar el cumplimento de la normativa ambiental aplicable: § Realizar una humectación periódica de los caminos que no cuenten con tratamiento mediante bischofita u otro producto similar. § Humectar el terreno durante las actividades de movimiento de tierra. § Transportar escombros y materiales en camiones con carga cubierta. § Someter a mantenimiento periódico las unidades generadoras de energía eléctrica para lograr un funcionamiento óptimo. c) Junto a lo anterior, el titular se comprometió, para la fase de operación, la implementación de las siguientes medidas de control de emisiones atmosféricas con el objetivo de garantizar el cumplimento de la normativa ambiental aplicable: § Realizar mediciones de gases (NOx, SO2 y CO) y material particulado (MP) en un plazo no superior a 60 días de instalados los generadores, con el fin de acreditar el cumplimiento de la normativa vigente. En base a los resultados de las mediciones se determinarán las emisiones anuales, verificando que no estén afectas a compensaciones de NOx y MP. Los sistemas de instrumentación contarán con las aprobaciones requeridas por la Autoridad Sanitaria. 3.1.2. Componente ambiental aire – ruido. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante las fases de construcción y operación, comprometiéndose a cumplir con el D.S. Nº 146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que establece normas sobre niveles máximos permisibles de ruidos molestos generados por fuentes fijas. 3.1.3. Componente ambiental agua – aguas servidas y agua potable. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante la fase de operación, comprometiéndose a lo siguiente: § Cumplir con el D.F.L. Nº 725/68, sobre Código Sanitario, del Ministerio de Salud, que regula la disposición de residuos industriales líquidos y mineros. § Cumplir con el D.S. Nº 594/00 del Ministerio de Salud, sobre reglamento de condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. b) Adicionalmente, el titular se comprometió, para la fase de construcción, la implementación de las siguientes medidas de control de emisiones atmosféricas con el objetivo de garantizar el cumplimento de la normativa ambiental aplicable: § Proporcionar agua potable envasada y baños químicos en los lugares de trabajo, conforme a las exigencias establecidas por norma. 3.1.4. Componente ambiental suelo – residuos sólidos. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante la fase de operación, comprometiéndose a lo siguiente: § Cumplir con el D.F.L. Nº 725/68, Código Sanitario, del Ministerio de Salud que regula la disposición final de residuos industriales. § Cumplir con el D.S. Nº 594/00 del Ministerio de Salud sobre reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y que regula el tratamiento o disposición final de residuos sólidos industriales. § Cumplir con el D.S. 148/03 del Ministerio de Salud, sobre reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. b) Adicionalmente, el titular se comprometió la implementación de las siguientes medidas de manejo de residuos sólidos con el objetivo de garantizar el cumplimento de la normativa ambiental aplicable: § Los residuos de construcción y los residuos domésticos serán manejados conforme a los procedimientos y sistemas implementados por AAS, los cuales cuentan con aprobación de la autoridad competente. 3.1.5. Vialidad adyacente. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante la fase de operación, comprometiéndose a: § Cumplir con el D.S. Nº 158/80 y el Decreto Nº 1.910/00 del Ministerio de Obras Públicas que establece límite de pesos por eje y límites de peso bruto total. § Cumplir con el DS Nº298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. § Cumplir con el DS Nº 75/1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. § Decreto N° 18/01 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, respecto de las vías y horarios establecidos para los vehículos de carga de más de dos ejes y/o peso bruto vehicular superior a 18.000 kilogramos. b) Adicionalmente, el titular se comprometió la implementación de las siguientes medidas asociadas a vialidad adyacente al proyecto, estas son: § Respetar las restricciones horarias que establezca la correspondiente Municipalidad para la circulación de vehículos. 3.1.6. Electricidad y combustibles. a) De acuerdo con los antecedentes obtenidos en el proceso de evaluación, el titular identificó las normativas ambientales aplicables al proyecto durante la fase de construcción y operación, comprometiéndose a: § D.S. Nº 90/96, Reglamento de seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Actúa como organismo fiscalizador § D.F.L. Nº 1/82 y D.S. Nº 327/98 del Ministerio de Minería. Ley General de Servicios Eléctricos y su Reglamento. Actúa como organismo fiscalizador b) Sin perjuicio de lo anterior, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante ORD. Nº 1748 del 11 de Abril de 2008, se ha manifestado conforme, condicionando dicho pronunciamiento al cumplimiento de lo siguiente: § En materias de electricidad, se tenga presente que el texto del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería, “Ley General de Servicios Eléctricos”, que se cita en la DIA, fue refundido, coordinado y sistematizado por el DFL Nº 4/20018 de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y que en la ejecución del proyecto se considere también la siguiente normativa eléctrica vigente: - Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC “Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos 1982”. - Norma NSEG 5 E.n. 71. Electricidad. “Instalaciones de Corrientes Fuertes”. - Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”. - D.S.115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCH.ELEC4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de1984". § El titular deberá cumplir con la normativa aplicable al proyecto, es decir el D.S. 379 de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento Sobre Requisitos Mínimos de Seguridad para el Almacenamiento y Manipulación de Combustibles Líquidos Derivados del Petróleo, Destinados a Consumos Propios”. § El titular deberá dar cumplimiento a los procedimientos de notificación de obras (Oficio Circular N° 2083 de 1998) y, previo a su puesta en servicio, de inscripción de la instalación de combustibles líquidos (punto 5.3.1 del citado D.S. 379 de 1985), establecidos por esta Superintendencia. Al momento de la inscripción, deberá presentar un Plan de emergencias, acorde las disposiciones del referido D.S. 90 de 1996, y en el que, a lo menos, se verifiquen los procedimientos que se adoptarán en caso de incendio, derrame, explosión y desastres naturales.
3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. 3.2.1. Articulo 5 del Reglamento del SEIA: El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce. 3.2.2. Articulo 6 del Reglamento del SEIA: El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 3.2.3. Articulo 8 del Reglamento del SEIA: El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de la población en su área de influencia. 3.2.4. Articulo 9 del Reglamento del SEIA: El proyecto, incluidas sus obras o acciones asociadas, en sus etapas de las fases de construcción y operación, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 3.2.5. Articulo 10 del Reglamento del SEIA: El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de tipo paisajístico o turístico. 3.2.6. Articulo 11 del Reglamento del SEIA: El proyecto no impactará monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general los pertenecientes al patrimonio cultural Todo lo señalado anteriormente se corrobora y se encuentra certificado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces”. Por ultimo, el proyecto “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces” ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, mediante la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental, consignando en las tipologías indicadas en el siguiente literal del Art. 10 de la Ley 19.300 y del Art. 3, del D.S. Nº 95/2001, de Minsegpres: Letra c).- Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
4. CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO. 4.1. De acuerdo con la información presentada en la DIA, el permiso ambiental sectorial relacionado con la actividad del “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces”, es el establecido en el artículo 94 del D.S. N°95/01 del Minsegpres, publicado en el Diario Oficial el sábado 7 de diciembre de 2002, sobre el “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. 4.2. Con relación a dicho Permiso Ambiental Sectorial 94, relacionado con la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere al artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Construcciones, la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana señaló mediante Ord. Nº 6837 del 06 de octubre de 2008 que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria para acreditar su cumplimiento, por lo anterior, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados, calificando el “Proyecto de Generación Eléctrica de Respaldo Los Bronces” como una actividad MOLESTA. Al respecto, las condiciones más relevantes de esta actividad son:
a) De acuerdo a lo establecido en el Estudio de Riesgo, la actividad es considerada de Riesgo Categoría II, según lo indicado en la Circular 95 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo. b) Cuadro de Superficies: Las unidades generadoras de electricidad abarcarán una superficie estimada de 1.200 m2 (43 m x 28 m). c) Número de trabajadores: El proyecto no contempla la contratación de trabajadores adicionales a los existentes en la faena minera Los Bronces. d) Horario de Funcionamiento: 24 hrs (operación continua) e) Características de la Construcción: Estructura soportante: Hormigón, Muros: Metálicos, Piso: losa de concreto, Techumbre: Metálica. f) Materias Almacenadas: 48m3 de petróleo diesel, 235 litros de refrigerante, 30 litros de aceite lubricante y 1100 litros de aceite aislante. g) Maquinaria: Los componentes de generación eléctrica que considera instalar y operar el Proyecto comprenden cuatro (4) unidades de generación eléctrica (o grupos electrógenos) ubicados dentro de contenedores insonorizados y aptos para funcionar en condiciones de nieve, cuatro (4) transformadores de media tensión; interruptores de baja tensión; interruptor de poder; transformadores de medida (potencial y corriente); y medidores de energía. Además se contempla la instalación de cuatro (4) estanques de almacenamiento de combustible del tipo horizontal de 12 m3 de capacidad cada uno. Con sistema de combate de incendio, y una sala destinada al control de los generadores. El consumo se estima en 10 metros cúbicos por día por cada generador, considerando una operación continua de 24 horas. Los grupos electrógenos corresponden a motores diesel de generación, cada uno con una potencia de 1,2 MVA (4,8 MVA total), compuestos principalmente por: § Motor diesel § Sistema eléctrico del motor § Sistema de refrigeración § Alternador § Depósito de combustible principal § Depósito de combustible diario § Contenedor insonorizado § Amortiguadores para vibración § Silenciador y sistema de escape § Sistema de control § Interruptor automático de salida h) Medidas de control de incendios: El Proyecto considera un sistema de detección y un sistema de extinción automático (CO2). Estos sistemas estarán compuestos por detectores de llamas, central inteligente, monitores de 500GPM de 2,5”, alarmas con indicación local (visual y audible) y un contacto seco disponible para indicación remota, tambores de espuma AFFF 3%. Adicionalmente se implementará un sistema de bombeo i) Condiciones de Almacenamiento: El petróleo diesel será almacenado en cuatro estanques de 12 m3 cada uno. Cada contenedor de unidad generadora ocupará una superficie aproximada de 13 x 4 m, tendrá una altura de 4 m y un peso aproximado de 27 toneladas. Cada transformador ocupará una superficie aproximada de 3,5 x 2,6 m, tendrá una altura de 1,8 m y un peso aproximado de 5,3 toneladas. j) Instalación eléctrica: La instalación eléctrica será declarada en la SEC. k) Condiciones Relevantes: El Proyecto no contempla el almacenamiento de residuos peligrosos. El Proyecto utilizará las instalaciones sanitarias existentes en la faena minera. La carga de petróleo diesel será realizada mediante una bomba de aproximadamente 150 galones por minuto (gpm) y una cañería de 3” de diámetro. Los estanques dispondrán de escaleras de acceso y estructuras para permitir una inspección y operación segura. El combustible será transportado al área del Proyecto en camiones empleando el sistema de transporte que abastece de petróleo a la faena minera Los Bronces. Los tanques serán herméticos; condición que se verificará por medio de una prueba de presión realizada el fabricante y que es parte del protocolo de pruebas y certificado de fabricación. Además cada tanque posee una placa de identificación en donde figura el número de fabricación, año de fabricación, capacidad, propietario, contenido, presión de prueba de hermeticidad, peso seco, empresa certificadora, espesor de manto, norma de fabricación, numero de certificado y fecha de fabricación. El Proyecto considera además, la instalación de un sistema contenedor de derrames consistente en: § Sistema de Contención de Derrames para Unidades Generadoras: sumideros de concreto impermeabilizados con una capa polimérica resistente al aceite. Cada sumidero (2 m³) contará con una capa de ripio de 30 cm de espesor mínimo; la conducción de los eventuales derrames se realizará a través de canalización gravitacional, hacia un tanque recolector (2,2 m³), común para los cuatro equipos. El tanque será de concreto armado revestido en su interior con una capa polimérica con resistencia química, resistentes a solventes y petróleo. § Sistema de Contención de Derrames del Sistema de Abastecimiento de Combustibles Los estanques de almacenamiento de combustibles de 12 m³ poseerán un pozo de contención de derrames de 52 m³ de capacidad común a todos ellos. l) Movimiento de vehículos: Para el abastecimiento de petróleo y lubricantes se estima un flujo de un (1) camión diario de 15 a 20 m3 de capacidad. m) Prevención de Riesgos: El proyecto contará con un Plan de Emergencia y Plan de Prevención de Riesgos para las Unidades de Generación Eléctrica de Respaldo. Además, el titular posee un reglamento interno sobre “Normas del Sistema de Gestión de Seguridad” donde se detallan los instrumentos para la prevención de riesgos en todas las etapas de los proyectos. El Proyecto contará con los permisos sectoriales de la Superintendencia de Electricidad y Combustible y cumplirá con lo dispuesto en el DS 133/84 y DS 3/85 ambos del MINSAL. Por otra parte, no se considera la generación de agentes definidos de contaminación laboral que puedan ser perjudiciales para la salud del trabajador(aerosoles, solventes, humos, gases, vapores, olores, polvos u otros).
5. CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS. El Titular no considera compromisos ambientales voluntarios.
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Firmas Electrónicas:
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