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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN IX REGIÓN DE LA ARAUCANÍA | SE PRONUNCIA SOBRE ADMISIÓN A TRÁMITE
Resolución Exenta N° 206/18
Temuco, 1 de junio de 2018 | VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: 1. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Minihidro Santa Olga", presentado por el señor Cristián Fernando Pérez Rossi, en representación de Sociedad Hidroelectrica Santa Olga SpA con fecha 25 de mayo de 2018. 2. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el D.S. N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Resolución Exenta N° 1061, de 14 de noviembre 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y la Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1. Que, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Minihidro Santa Olga" (en adelante, el Proyecto) presentado por el señor Cristián Fernando Pérez Rossi, en representación de Sociedad Hidroelectrica Santa Olga SpA, así como también de los requisitos formales para admitir a trámite el respectivo EIA. 2. Que, el EIA cumple con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA. 3. Que, en consecuencia, corresponde admitir a trámite el EIA del proyecto. SE RESUELVE: 1. Acoger a trámite el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Minihidro Santa Olga", presentado por el señor Cristián Fernando Pérez Rossi, en representación de Sociedad Hidroelectrica Santa Olga SpA.
Anótese, notifíquese al titular y archívese,
Cristian Andrés Lineros Luengo Director (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región de La Araucanía
CLL Adj. lo indicado C/c: - Patricia Espinoza Del Pozo
- Ing. Cristian Andrés Lineros Luengo
- Encargada Participación Ciudadana
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