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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA | Califica Ambientalmente el proyecto "Parque Fotovoltaico Délano" Resolución Exenta Nº 247 Copiapó, 23 de Diciembre de 2015 | VISTOS: -
°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de fecha 27 de enero de 2015, su Adenda Complementaria de fecha 29 de mayo de 2015 y su Adenda Extraordinaria de fecha 04 de noviembre de 2015, del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”, presentado por Inversiones y Servicios SunEdison Chile Limitada con fecha 22 de julio de 2014. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”. 3°. El Acta de la reunión realizada con fecha 09 de septiembre de 2014 con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. El Acta de Evaluación N° 38 de fecha 03 de diciembre de 2015, elaborada por el Comité Técnico. 5°. El ICE del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” de fecha 04 de diciembre de 2015. 6°. El Acta de fecha 16 de diciembre de 2015, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama. 7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”. 8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: -
°. Que, Inversiones y Servicios SunEdison Chile Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Antecedentes del Titular | | Nombre o razón social | Inversiones y Servicios SunEdison Chile Limitada | | Rut | 76.168.904-5 | | Domicilio | Av. Vitacura 2939, Piso 27. Las Condes | | Teléfono | +56 2 2964 9450 | | Nombre representante legal | Alejandro Nicolas Erazo Lynch | | Rut representante legal | 14.045.462-9 | | Domicilio representante legal | Magdalena 140 piso 10 Las Condes | | Teléfono representante legal | +56 2 2964 9450 | | Correo electrónico Titular o representante legal | aerazo@sunedison.com | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de diciembre de 2015, el Director Regional de la Región de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto El proyecto cumple con la normativa ambiental vigente incluido los PAS 126, 132, 138, 140, 142, 146, 151 y 160, y el proyecto se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. 3°. Que, en sesión de 16 de diciembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 04 de diciembre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. Antecedentes generales | | Objetivo general | El Proyecto Parque Fotovoltaico Délano (en adelante el Proyecto) consiste en la construcción y operación de un parque solar con una potencia total de 112 MWp según lo informado en la Adenda Extraordinaria. La central aprovechará la tecnología disponible con la instalación de 342.761 módulos fotovoltaicos para la captación de la energía solar. El Proyecto inyectará la energía producida en la línea Maitencillo–Cardones de 220 kV, perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC), lo que permitirá abastecer la demanda energética debido al rápido crecimiento del país. Además el Proyecto se convertirá en un apoyo a la seguridad del sistema eléctrico. | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | Tipología principal: literal c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Tipologías secundarias: literal b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. | | Vida útil | La vida útil estimada para el Proyecto es de 25 años (operación). Al término de este período, se realizará una evaluación que decidirá si es conveniente realizar una actualización tecnológica que permita mantener el parque en funcionamiento. | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | El hito de inicio de la etapa de construcción es la habilitación de la instalación de faena y de los patios de acopio de materiales. Esta actividad se inicia con el escarpe y nivelación en el sector en que se ubicará la faena de construcción. | | Proyecto se desarrollará por etapas | SI | NO | | | | X | | Proyecto modifica un proyecto o actividad | SI | NO | | | | X | | Proyecto modifica otra(s) RCA | SI | NO | | | | X | | 4.2. Ubicación del Proyecto | | División político-administrativa | El proyecto se ejecutará en la Región de Atacama, en la provincia de Huasco, comuna de Vallenar, específicamente a 27 km al norte de la localidad de Vallenar, comuna de Vallenar, Provincia de Huasco, Región de Atacama. | | Descripción de la localización | El proyecto se localizaría fuera del área urbana definida por el Plan Regulador Comunal (PRC) de Vallenar vigente, ubicándose en un área rural. | | Superficie | Área total de emplazamiento de 241 ha. | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | A continuación se presentan las coordenadas para las principales instalaciones del Proyecto (UTM, Datum WGS 84, Huso 19 Sur). | Instalación | Vértices | Coordenada N | Coordenada E | | Parque fotovoltaico (incluye caminos) | A | 6.868.717 | 333.611 | | B | 6.868.717 | 334.023 | | C | 6.868.672 | 334.078 | | D | 6.868.458 | 334.407 | | E | 6.868.063 | 335.045 | | F | 6.867.966 | 335.262 | | G | 6.867.030 | 335.181 | | H | 6.867.174 | 333.427 | | Subestación | A | 6.868.952 | 333.637 | | B | 6.868.952 | 333.751 | | C | 6.868.849 | 333.751 | | D | 6.868.849 | 333.637 | | Instalaciones de faena (incluye oficinas, patios, etc. e instalaciones fase construcción) | A | 6.868.780 | 333.843 | | B | 6.868.780 | 333.944 | | C | 6.868.724 | 333.944 | | D | 6.868.724 | 333.843 | | Centro control | A | 6.868.703 | 333.639 | | B | 6.868.703 | 333.624 | | C | 6.868.712 | 333.624 | | D | 6.868.712 | 333.639 | | Oficinas (operación) | A | 6.868.742 | 333.790 | | B | 6.868.742 | 333.832 | | C | 6.868.723 | 333.832 | | D | 6.868.723 | 333.790 | | Conexión al SIC (*) | Torre 1 | 6.868.926 | 333.605 | | Torre 2 | 6.868.926 | 333.625 | | Torre 3 | 6.868.909 | 333.624 | | Torre 4 | 6.868.909 | 333.603 | | | Caminos de acceso | El único camino considerado como acceso al Parque será el camino denominado “Camino de acceso”, detallado digitalmente en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Cabe mencionar que el camino de acceso a utilizar por el proyecto es un camino privado y tiene una longitud de 205 m. El detalle de ingeniería del empalme a la Ruta 5 será presentado a la Dirección de Vialidad, Región de Atacama, para su aprobación sectorial, de acuerdo a la normativa vigente. | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | El layout General del Proyecto se presenta en forma definitiva en el Anexo 1 de la Adenda Extraordinaria, sin embargo, es posible considerar de manera referencial los archivos digitales del Anexo 1 de la Adenda Complementaria donde no se han sacado los paneles desde la quebrada de régimen intermitente. | | 4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto | | 4.3.1. Fase de construcción | | Faena de construcción | Durante la fase de construcción se habilitará la faena de construcción, la cual será desmantelada previo al inicio de la fase de operación (manteniendo sus áreas destinadas al manejo de residuos y almacenamiento de combustible). | | Habilitación de la faena de construcción | En una primera fase se preparará la superficie mediante nivelación de los terrenos. Para la adecuada coordinación y ejecución de las obras y actividades en la fase de construcción se habilitará dentro de la instalación de faena, una zona especializada para las dependencias de oficinas, salas de reunión y bodega, la que estará constituida por instalaciones modulares (desarmables, transportables y fáciles de montar). En estas instalaciones se centralizarán las actividades generales de control de Proyecto, administración, planificación, gestión de recursos materiales y humanos. También se habilitará un comedor para alimentación del personal. Además se habilitarán baños y duchas de acuerdo a lo establecido en el DS 594/99, y se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, cuyos lodos cumplirán con el DS 4/2009 En los frentes de trabajo se instalarán baños químicos dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. Este servicio se contratará a proveedores debidamente autorizados. El retiro, transporte y disposición de las aguas servidas generadas por su uso, se realizará según la normativa vigente. En Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. También se destinará un sector para el almacenamiento de materiales y equipos de construcción, así como también el patio de salvataje para clasificación y almacenamiento temporal de los residuos sólidos. | | Módulos fotovoltaicos | El módulo fotovoltaico lo componen celdas fotovoltaicas dispuestas una al lado de la otra, conectadas en serie/paralelo, mediante circuitos eléctricos conectados a los polos positivos y negativos de las celdas. La estructura de un módulo se ilustra en la Figura 1-6 del EIA. En la Tabla 1-4 del EIA se detallan otras características de los módulos fotovoltaicos. | | Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos | La estructura seleccionada es un seguidor horizontal con seguimiento a un eje modelo Apollo Tracker AP90 o similar. La profundidad de hincado así como el perfil a utilizar dependerá de las características del suelo y de la carga a soportar en función del peso de la estructura y de los módulos, combinada con otros factores, como la carga debida al viento. Estos factores serán obtenidos del estudio geotécnico a realizar previo al dimensionado final de los perfiles y la profundidad. En la Adenda el Proponente aclara que se realizará el hincado de los módulos en forma directa sin necesidad de utilizar micropilotes de hormigón o cemento. A modo de referencia se indica que la profundidad normal es de dos metros. Una vez instaladas las estructuras de soporte se procederá al montaje de los paneles fotovoltaicos mediante una grúa o manualmente. A la vez que se van montando los paneles se va procediendo a la conexión de los mismos entre ellos. | | Sistema de seguimiento | El sistema de seguimiento estará compuesto por una serie de equipos que permiten capturar de mejor forma la radiación solar, incrementando así la producción de energía de los módulos fotovoltaicos. El Proyecto contará con aproximadamente 345 seguidores y el seguimiento será controlado por un motor capaz de mover el eje que permite girar las diferentes filas de módulos. Los inversores son equipos diseñados para transformar la energía producida por el panel fotovoltaico desde corriente continua a corriente alterna para conducirla hacia los transformadores. Cada inversor cuenta con un banco de condensadores que corrige el factor de potencia mediante un sistema de monitoreo a distancia, lo que permite analizar las diferentes variables desde un controlador único. Los inversores son de tipo y características específicas para un determinado sistema de conexión a red. El Proyecto se acogerá a la normativa local NTS y CS para que la calidad de la energía sea acorde a la exigida por la normativa local. En total se instalarán aproximadamente 78 inversores centrales, cada uno en un edificio de inversores, junto a transformadores de potencia (en aceite o secos), celdas de media tensión (MT) y contadores. | | Centro de repartos | Un centro de reparto se define como un centro en el que una o más líneas de MT se derivan de otras con la misma tensión. Dicho centro contiene los elementos de protección y conmutación de las líneas derivadas, no existiendo transformadores de potencia en su interior. El Proyecto de planta fotovoltaica incluirá 6 centros de reparto para la distribución de los circuitos de media tensión. | | Sistema de Cableado | Los paneles se conectarán entre sí para formar las filas correspondientes para su conexión con el inversor. Cuando los cables no puedan llevarse por la propia estructura, es decir desde el final de la fila hasta las estaciones de media tensión (inversor y transformador) y luego hasta la subestación del parque solar fotovoltaico, se llevarán a través zanjas de baja tensión. Las zanjas de baja tensión (BT) serán de 0,8 m de profundidad por 0,6 m de ancho. La tensión de los cables será entre 900 a 1000 V. Zanjas de media tensión (MT): serán de 1,2 m de profundidad por 1 m de ancho. La tensión de los cables será de 20 kV. En el Anexo 1 de la Adenda Complementaría se presenta el trazado de las zanjas de baja y media tensión. | | Instalación del sistema de cableado | En una primera fase se realizarán actividades de excavación y de relleno de zanjas, incluyendo su preparación y nivelación. Estas actividades se realizarán mediante una retroexcavadora y un camión para transporte del material excavado y/o de relleno. En la zanja se eliminan los materiales sueltos o flojos y se rellenan huecos y grietas. Se quitan las rocas sueltas o disgregadas y todo material que se haya desprendido de los taludes. Una vez instalado el sistema de cableado se rellena y compacta la zanja. | | Subestación eléctrica | El parque fotovoltaico contará con una subestación transformadora/seccionadora 23/220 kV, habilitada con dos transformadores de potencia entre rangos de potencia de 40 a 50 MVA, o bien un transformador de potencia con rangos de 80 MVA a 100 MVA. La subestación se construirá en el sector noroeste del parque fotovoltaico y a la misma llegarán los circuitos de 23 kV que recogen la energía generada en las distintas zonas de la Planta Fotovoltaica. La configuración de la subestación será de barra simple con barra de transferencia, y se describe las siguientes características: Sistema de 220 kV, compuesto por: • Dos paños para el seccionamiento de circuito de línea existente a 220 KV • Dos paños de transformación 220 kV y dos transformadores de potencia • Paño de barra de transferencia Los elementos mencionados, serán instalados a la intemperie; el montaje de todos los elementos y equipos se realizará sobre estructuras metálicas de dimensiones adecuadas. Sistema de 23 kV, compuesto por: • Celdas de protección de línea por disyuntor y medida de tensión en barras. • Celdas para acoplamiento de barras. • Celdas de protección de circuitos colectores a 23 kV por disyuntor. • Celdas de protección de transformador de servicios auxiliares por rupto-fusible. • Un sistema de control de la subestación para la recogida de datos y envió de órdenes, señales y alarmas a distancia, que se instalará en el edificio de control de la subestación. | | Montaje de edificaciones y subestación | Los centros de transformación; la subestación principal (sala de celdas, sala de control y zona de transformador); las distintas oficinas o salas de control; la zona de acopio de los materiales para la construcción, etc. consistirán en instalaciones tipo contendor o edificios prefabricados que se instalarán sobre bases de hormigón previamente habilitadas. La construcción de la subestación comprende la habilitación de una sala de control y la habilitación de la subestación con sus paños eléctricos. | | Conexión al SIC | La conexión al SIC se realizará mediante 4 apoyos entre la línea existente y la subestación seccionadora. La ubicación de las torres se presenta en la Tabla 1-3 de la Adenda (UTM, Datum WGS 84, Huso 19 Sur). La estructura será completamente nueva y será del tipo de anclaje / anclaje y amarre y serán del tipo celosía construida en acero galvanizado. La estructura estará constituida por perfiles angulares atornillados, de cuerpo formado por tramos tronco piramidales cuadrados, con celosía doble alternada en los montantes y las cabezas prismáticas también de celosía. La estructura dispondrá de una cúpula para instalar el cable de guarda con fibra óptica por encima del circuito de energía, con la doble misión de protección contra la acción del rayo y comunicación. Las crucetas forman parte de la estructura de la LAT y serán las encargadas de soportar y sujetar directamente a los conductores, proporcionando la separación lateral del cuerpo principal de la estructura. El tipo de cruceta será el adecuado para cada uno de los tipos de estructuras atendiendo a su función (anclaje o remate). La cruceta se instalará de forma que permita por un lado dar continuidad a la LAT actualmente existente y por otro, permitir la derivación de la línea hacia la subestación transformadora. Las fundaciones corresponden a la cimentación que se utilizará en las estructuras de la LAT, serán del tipo de zapatas separadas y serán el empleadas para estructuras de anclaje y remate. | | Sistema de control y comunicación | El sistema de seguridad y vigilancia en el parque fotovoltaico estará compuesto por: Cámaras de seguridad con visión nocturna cubriendo el parque y sus accesos; Sistemas de alarma; Sistema de grabación y almacenamiento; Barreras de infrarrojos; Vallado perimetral; Sistema de respaldo con transmisión GSM para enviar alarmas en caso de fallo del sistema; y Sistema de respaldo eléctrico para alimentar el sistema de seguridad en caso de caída de la red eléctrica. En el parque fotovoltaico se instalarán estaciones de control que permitan detectar la condición en la que se encuentra la planta fotovoltaica, registrando el comportamiento de variables tales como: Irradiancia en el plano horizontal (2 medidas por estación); Irradiancia en el plano de los módulos fotovoltaicos (siguiendo el movimiento de los seguidores, 2 medidas por estación); Albedo; Presión atmosférica; Humedad relativa; Velocidad y dirección del viento; Nivel e intensidad de precipitaciones; Temperatura ambiental; y Temperatura de los módulos fotovoltaicos. La ubicación de estas estaciones de control será al interior de la planta fotovoltaica y estarán integradas en el sistema de monitorización. | | Caminos internos y cierre perimetral | Al interior del parque se habilitarán caminos internos, con carpeta granular, con la finalidad de facilitar el acceso a los módulos fotovoltaicos. En la Adenda se informa que la red de caminos interiores corresponderá a caminos privados de ancho de 5 metros. Esta red incluye un camino perimetral en torno a los módulos fotovoltaicos. En el Anexo 1 de la Adenda Complementaria se presenta un plano digital con la red de caminos interiores. Todo el parque contará con un cierre perimetral tipo malla que tendrá una altura máxima de 2,5 metros. En la Adenda se informa que el cerco perimetral entre estacas utilizará malla tipo bizcocho sin utilizar alambre de púas. Además, para evitar mortandad por ataque de lagomorfos se utilizará repelente. | | Habilitación acceso y caminos | El acceso al parque se hará desde la Ruta 5. El acceso y los caminos internos contarán con una carpeta granular de 5 metros de ancho. Para la habilitación de los caminos se realizará un escarpe de unos 50 cm para remover el material suelto de la superficie. Este material de escarpe será llevado hacia los costados del mismo camino, lo que funcionará como barrera para los vehículos. Los caminos se pueden observar en el Anexo 1-2 “Plano general de instalaciones”, Cabe mencionar que para la habilitación de accesos y caminos se pedirán todas las autorizaciones correspondientes. En la Adenda se aclara que la tierra que será removida (escarpe), será distribuida íntegramente en sectores a nivelar, siempre al interior de la zona de intervención. Por lo tanto, no existirá material depositado al costado del camino. En caso que se requiera (sujeto a programación in situ de tiempos de actividad de escarpe – nivelación), el material removido (escarpe) será depositado transitoriamente en terreno ya intervenido o por intervenir, durante tiempos no superiores a 3 días. | | Actividades de transporte | Durante la fase de construcción se requerirá transportar materiales de construcción, estructuras, equipos, insumos, alimentación y personal, entre otros. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. La siguiente tabla muestra la cantidad estimada de viajes asociados al Proyecto durante esta fase, en períodos de máxima actividad. | Tipo de vehículo | Nº de viajes/día | Tipo de Carga | | Buses | 35 | Personal | | Camionetas 4x4 y Furgonetas | 100 | Personal | | Camión Tanque (combustible) | 10 | Combustible | | Camión Aljibe | 15 | Agua | | Camión Hormigonero o mezclador | 10 | Hormigón | | Camión grúa | 10 | Carga general | | Camión | 19 | Carga general | | Camión | 1 | Residuos | | Total | 200 | Fuente: Tabla 1-6 del EIA En la Adenda se informa que durante la fase de construcción los 200 viajes diarios asociados con el transporte se distribuirán en 9 horas. Se estima que el mayor tráfico vehicular se producirá en la mañana entre 8 y 10 AM y en la tarde entre 5 y 7 PM, debido al transporte de personal (buses). En la Adenda se informa que en la fase de construcción los buses tendrán su origen en las ciudades de Copiapó y de Vallenar en una proporción estimada de 15 buses desde Copiapó y 20 desde Vallenar. En ambos casos, los buses iniciarán su recorrido desde el terminal de buses respectivo hasta las instalaciones del proyecto, de tal manera que no se interferirá con el libre tránsito en el área urbana. En la Adenda se informa que se incluirá señalética que identifique la Titularidad y el nombre del Proyecto en todos los vehículos, equipos y servicios que el Proyecto contrate. En la Adenda el Proponente informa que establecerá un Plan de Manejo que registrará el tipo de obra y los horarios en que se producirá mayor tráfico vehicular, en cada una de las fases del Proyecto. | | Insumo: Agua | Durante la fase de construcción se requerirá agua potable para consumo humano y agua para las labores de habilitación de terrenos y humectación, con el fin de disminuir emisiones. Se estima una cantidad máxima de 2.760 m3/mes de agua potable (cantidad promedio estimada de 100 l/día/persona). Cabe señalar que mediante tratamiento de aguas servidas se recuperará del orden de 2.208 m3/mes de agua cuyo destino serán actividades de construcción y humectación. El almacenamiento de agua para servicios higiénicos y otros usos se realizará en un estanque con capacidad de 30 m3. En la siguiente tabla presentada en la Adenda se presenta las cantidades de agua industrial a utilizar por el proyecto durante la construcción. | Actividad | Cantidad (m3/mes) | Fuente abastecimiento | | Máx. | Prom | | Humectación caminos | 108 | 75 | PTAS | | Humectación frentes de trabajo | 2.100 | 1200 | PTAS | Fuente: Tabla 1-4 de la Adenda. Es importante considerar que los efluentes de la PTAS corresponden a un valor máximo. Para efectos de cálculo de su uso en actividades de humectación se ha considerado un valor promedio de 2,5 m3 diario en el caso de humectación de camino y de 40 m3 diario en el caso de humectación de frentes de trabajo. | | Actividades de humectación | En la fase de construcción se utilizará agua proveniente de la planta de tratamiento para humectar los tramos de caminos que se utilizarán en la jornada y los frentes de trabajo. La humectación de caminos se hará una vez durante la mañana y una vez durante la tarde (véase Anexo D-16 del Adenda). La humectación de los frentes de trabajo se realizará de la siguiente manera: De acuerdo al avance del proceso de habilitación de terrenos, se define el área que corresponderá intervenir mediante movimiento de tierra para habilitación del terreno. Antes de la intervención se humecta un área máxima de 100 m2. Una vez concluido el proceso de habilitación se continúa con el siguiente área de 100 m2, comenzando con su humectación. Y así sucesivamente. En la Adenda se informa que respecto a la medida de “Mantener la humectación de caminos y frentes de trabajo” se tomará registro de la fecha y la hora del día en que se realice cada humectación. En la Adenda Extraordinaria se informa que sobre el agua potable a utilizar, la cual será abastecida por proveedores autorizados tanto para la etapa de construcción y operación, por lo que una vez determinados los proveedores, se informará al SEA, indicando además la ubicación de las fuentes de agua consideradas y la indicación de los derechos legales constituidos sobre el recurso hídrico en cuestión. Sumado a lo anterior, el Proponente informará semestralmente a la Superintendencia de Medio Ambiente y mantendrá estos registros en faena de sus respectivas autorizaciones. | | Insumo: Combustible | En la fase de construcción se requerirá de petróleo diésel para la operación de camiones y maquinarias de construcción y para el funcionamiento de generadores utilizados en servicios auxiliares. Se estima una cantidad de 11 m3/mes de combustible. Para su almacenamiento y distribución se habilitará en la faena un estanque de 1 m3. El abastecimiento será operado por distribuidores autorizados. En Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. | | Insumo: Energía | La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones de control y personal, será obtenida mediante un grupo electrógeno de 220 kVA. Estos equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre una base de concreto que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible. | | Insumo: Áridos y hormigón | Durante la fase de construcción se requerirá de áridos para la construcción de la subestación y en menor medida para las zanjas de cableado. Este material será obtenido y operado por proveedores autorizados que cuenten con las autorizaciones respectivas. Una vez determinados los proveedores, se informará a la DOH, Región de Atacama, previo a adquirir este material para la construcción, indicando además la ubicación de los sitios de extracción, adjuntando las autorizaciones correspondientes. Se estima una utilización de aproximadamente 63.000 m³ de ripio. En Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. Durante la fase de construcción se requerirá también de hormigón para la construcción de la subestación y en menor cantidad para las bases de las edificaciones. Este material será proporcionado por empresas externas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes. Se estima un requerimiento de 30.400 m³ de hormigón aproximadamente. | | Insumo: Maquinaria | Los equipos y maquinarias principales que se emplearán en la construcción serán: • Excavadora • Grúas • Toro/Manitou • Maquina Hincadora/Perforadora • Rodillo • Motoniveladora | | Recursos naturales renovables | Respecto a la superficie efectivamente intervenida (240,6 ha), el 99,97% se encuentra cubierta por matorral nativo y formaciones xerofíticas, mientras que el 0,03% restante corresponde a sectores donde la vegetación natural ha sido erradicada para la construcción de caminos y remociones de tierra. La formación vegetal más abundante dentro del área de estudio corresponde a formaciones xerofíticas con 325,08 ha, de las cuales 146,32 ha serán intervenidas por las obras del proyecto. Por otro lado, el matorral nativo está representado por142,52 ha, de las cuales 92,79 ha serán intervenidas. La intervención de Formaciones Xerofíticas implica la elaboración y presentación de un plan de trabajo de formaciones xerofíticas. | | Emisiones y efluentes | - Emisiones Atmosféricas
Emisiones Totales Anuales (t/día) fase construcción | | Emisiones Movimientos de Tierra (t) | Emisiones por Operación de Maquinaria (t) | Emisiones Grupo Electrógeno (t) | Emisiones Tránsito vehicular – (t) | Emisiones Tránsito vehicular – (t) | Emisiones totales (t) | | CO | - | 2,25 | 0,91 | - | 6,28 | 9,44 | | NOx | - | 6,99 | 4,24 | - | 26,61 | 37,84 | | MP10 | 104,72 | 0,69 | 0,30 | 77,01 | 0,72 | 183,45 | | MP2,5 | 45,78 | 0,67 | 0,29 | 8,81 | 0,70 | 56,25 | | SO2 | - | - | 0,28 | - | 0,35 | 0,63 | | COV | - | 1,03 | - | - | 1,13 | 2,17 | | NH3 | - | - | - | - | 0,01 | 0,01 | | HC | - | 1,03 | - | - | 1,13 | 2,17 | | CH4 | - | - | - | - | 0,40 | 0,40 | Fuente: Tabla 2.23 del Anexo 10 de la Adenda 1 - Residuos sólidos
El detalle sobre la cantidad y manejo de los residuos sólidos se presenta en el numeral 4.8.2.i. del ICE. Cabe destacar que respecto de los residuos peligrosos durante la fase de construcción del Proyecto, los cuales consistirán principalmente en residuos producto de actividades de mantención menor de equipos y vehículos generará residuos industriales sólidos peligrosos, tales como aceites usados, guaipes contaminados, restos de pintura materiales contaminados (envases, trapos, etc.). Durante esta fase se estima una generación del orden de 0,15 m3/mes de residuos industriales sólidos peligrosos. En la Adenda Extraordinaria el Proponente aclara que dispondrá los módulos fotovoltaicos dañados o en desuso en un lugar designado para ello dentro de la bodega de residuos peligrosos durante toda la vida útil del proyecto y serán retirados periódicamente por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente. Posteriormente serán reciclados por la empresa PVCycle y en caso de no ser posible su reciclaje, estos serán llevados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003. Tal como se informa en la Tabla 1-9 del EIA los módulos dañados durante la etapa de construcción se estiman en 0,94 m3/mes. - Residuos líquidos
Los efluentes líquidos domiciliarios generados durante la fase de construcción corresponderán a aguas servidas tratadas. La estimación de la cantidad total de aguas servidas tratadas se basa en un consumo de agua potable (100 l/hab/día) multiplicado por un factor de recuperación de 0,8. Por lo tanto, se estima una generación máxima 2.208 m3/mes. Los efluentes de los baños químicos (ubicados en los frentes de trabajo móviles) serán retirados por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente. Los efluentes de la PTAS (ubicada en las instalaciones de apoyo), serán utilizados para la humectación de caminos no pavimentados y en los frentes de trabajo (movimientos de tierra). Estos efluentes cumplirán con los parámetros establecidos en la norma de riego (NCh 1333). Por otra parte, se informa que el Proyecto no generará residuos industriales líquidos. - Ruido
A continuación se presentan los resultados de ruido diurno y nocturno en los receptores de referencia utilizados. Período Diurno | Punto | NPSeq [dB(A)] | NPC Máximo permitido [dB(A)] según D.S. 38/2011 para área rural | Nivel proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo | Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. | | 1 | 43 | 53 | 26 | Cumple | | 2 | 42 | 52 | 27 | Cumple | | 3 | 38 | 48 | 23 | Cumple | | 4 | 36 | 46 | 23 | Cumple | Fuente: basado en tabla 3.16, 3.18 y 3-21 del Anexo 5.2 del EIA Período Nocturno | Punto | NPSeq [dB(A)] | NPC Máximo permitido [dB(A)] según D.S. 38/2011 para área rural | Nivel proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo | Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. | | 1 | 33 | 43 | 26 | Cumple | | 2 | 28 | 38 | 27 | Cumple | | 3 | 34 | 44 | 23 | Cumple | | 4 | 27 | 37 | 23 | Cumple | Fuente: basado en tabla 3-17, 3-18 y 3-22 del Anexo 5.2 del EIA En las tablas anteriores se aprecia que los niveles de ruido proyectados para la etapa de construcción del Proyecto se encuentran por debajo de los límites máximos establecidos en la normativa en todos los puntos receptores y en ambos periodos de evaluación. En conclusión, se efectuaron proyecciones de ruido para el escenario más crítico asociado a las actividades constructivas, contemplando la maquinaria de mayor emisión y la menor distancia entre fuente y receptor en cada caso. De dichas proyecciones se obtuvo que todos los valores están por debajo de los límites máximos del D.S. 38/2011, por lo que las actividades con maquinaria pesada contempladas en el Proyecto no tendrán un impacto de ruido en los receptores sensibles cercanos, cuyo análisis y evaluación, es representativa para las etapas de operación y cierre del mismo considerando su menor e igual emisión, respectivamente. - Vibraciones
A continuación se resumen los resultados obtenidos en el Estudio de Ruido del Anexo 5-2 del EIA. Evaluación de valores vibratorios proyectados en cada receptor. Criterio de daño. | Punto | Distancia Fuente-receptor [Km] | PPV [Pulg./seg.] | Máximo Recomendado | Evaluación | | 1 | 4.6 | 0.00010 | 0.12 | Cumple | | 2 | 4.1 | 0.00012 | 0.12 | Cumple | | 3 | 4.0 | 0.00013 | 0.12 | Cumple | | 4 | 4.3 | 0.00011 | 0.12 | Cumple | Fuente: Tabla 3-23 del Anexo 5-2 del EIA. Evaluación de valores vibratorios proyectados en cada receptor. Criterio molestia. | Punto | Distancia Fuente-receptor [Km] | LV [VdB] | Máximo Recomendado | Evaluación | | 1 | 4.6 | 28.6 | 72 | Cumple | | 2 | 4.1 | 30.1 | 72 | Cumple | | 3 | 4.0 | 30.4 | 72 | Cumple | | 4 | 4.3 | 29.5 | 72 | Cumple | Fuente: Tabla 3-23 del Anexo 5-2 del EIA. En las tablas anteriores se puede observar que los valores de vibraciones proyectados en cada receptor, se encuentran por debajo de los límites máximos recomendados por la normativa internacional de referencia, tanto para el criterio de daño a edificaciones como para el criterio de molestia a las personas, por lo que las actividades con maquinaria pesada contempladas en el Proyecto no tendrán un impacto vibratorio en los receptores sensibles cercanos. En conclusión, se efectuaron proyecciones de vibraciones para el escenario más crítico asociado a las actividades constructivas, contemplando la maquinaria de mayor emisión y la menor distancia entre fuente y receptor en cada caso. De dichas proyecciones se obtuvo que todos los valores están por debajo de los límites máximos recomendados por la normativa internacional de referencia, tanto para el criterio de daño a edificaciones como para el criterio de molestia a las personas, por lo que las actividades con maquinaria pesada contempladas en el Proyecto no tendrán un impacto vibratorio en los receptores sensibles cercanos, cuyo análisis y evaluación, es representativa para las etapas de operación y cierre del mismo considerando su menor e igual emisión, respectivamente. - Formas de energía y radiación
Durante la fase de construcción no se presentan formas de energía y radiación. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Durante esta fase no se generarán residuos o sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Aquellos a generar se detallan en el numeral 4.8.2.i. del ICE junto con su forma de manejo y disposición final. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Véase el Capítulo IV del ICE | | 4.3.2. Fase de operación | | Generación de energía y su monitoreo | La fase de operación consiste en la generación de energía eléctrica a partir de cada módulo fotovoltaico. Este proceso será monitoreado mediante personal calificado desde la subestación, de tal manera de supervisar el correcto funcionamiento de todo el proceso. | | Limpieza de paneles fotovoltaicos | En la fase de operación se contempla la limpieza de los paneles fotovoltaicos para asegurar su eficiencia., la periodicidad depende de la acumulación de polvo y suciedad sobre los paneles fotovoltaicos, se estima que esta actividad podría realizarse una vez al mes, resultando en un consumo de agua estimado de 685 m³/mes para toda la instalación fotovoltaica. La limpieza de los paneles fotovoltaicos se realizará con personal de campo y elementos mecánicos auxiliares para limpieza con agua a presión, con objeto de minimizar el consumo de agua, y optimizar el funcionamiento de la instalación fotovoltaica. Los módulos fotovoltaicos serán limpiados exclusivamente con agua, por lo que no se contempla el uso de detergentes, o agentes químicos contaminantes para esta actividad. | | Transporte de personal y otros | Durante la operación se requerirá transportar personal, residuos e insumos. La tabla siguiente muestra la cantidad estimada de viajes asociados al Proyecto durante esta fase, en períodos de máxima actividad. La estimación se presenta en viajes/día. | Tipo de vehículo | Nº de viajes/día | Tipo de Carga | | Buses | 1 | Personal | | Vehículos Livianos | 10 | Personal | | Camiones | 2 | Insumos, residuos | | Total | 20 | Fuente: Tabla 1-5 de la Adenda. En la Adenda se informa que durante la fase de operación existirá sólo un bus para el traslado de personal. Este bus partirá desde el terminal de buses de Copiapó. Por cantidad y ubicación del origen, se entiende que no interferirá con el libre tránsito en el área urbana. En la Adenda se informa que se incluirá señalética que identifique la Titularidad y el nombre del Proyecto en todos los vehículos, equipos y servicios que el Proyecto contrate. En la Adenda el Proponente informa que establecerá un Plan de Manejo que registrará el tipo de obra y los horarios en que se producirá mayor tráfico vehicular, en cada una de las fases del Proyecto. | | Insumo: Agua | Durante la fase de operación se requerirá agua potable para consumo humano. Asimismo, se requerirá agua para las labores de limpieza de los paneles fotovoltaicos. Se estima una cantidad de 120 m3/mes de agua potable (cantidad promedio estimada de 100 l/día/persona) y 685 m3/mes de agua para actividades de limpieza. El almacenamiento de agua para servicios higiénicos y otros usos se realizará en un estanque con capacidad de 30 m3. En la siguiente tabla se presenta las cantidades de agua industrial a utilizar por el proyecto durante la operación. | Actividad | Cantidad (m3/mes) | Fuente abastecimiento | | Máx. | Prom | | Humectación caminos | 96 | 75 | PTAS | | Lavado de módulos | 685 | 685 | Prov. autorizado | Fuente: Tabla 1-4 de la Adenda. Es importante considerar que los efluentes de la PTAS corresponden a un valor máximo. Para efectos de cálculo de su uso en actividades de humectación se ha considerado un valor promedio de 2,5 m3 diario en el caso de humectación de camino y de 40 m3 diario en el caso de humectación de frentes de trabajo. | | Actividades de humectación | En la fase de operación se utilizará toda el agua proveniente de la planta de tratamiento para humectar el camino de acceso, una vez durante la mañana y una vez durante la tarde (véase Anexo D-16 de la Adenda). En la Adenda Extraordinaria se informa que sobre el agua potable a utilizar, la cual será abastecida por proveedores autorizados tanto para la etapa de construcción y operación, por lo que una vez determinados los proveedores, se informará al SEA, indicando además la ubicación de las fuentes de agua consideradas y la indicación de los derechos legales constituidos sobre el recurso hídrico en cuestión. Sumado a lo anterior, el Proponente informará semestralmente a la Superintendencia de Medio Ambiente y mantendrá estos registros en faena de sus respectivas autorizaciones. | | Insumo: Combustible | En la fase de operación se requerirá de petróleo diésel para la operación de los vehículos en el parque y también para el funcionamiento de generadores, por lo que los consumos serán muy bajos, del orden de 0,5 m3/año de combustible. Para su almacenamiento y distribución se habilitará en la faena un estanque de 1 m3. El abastecimiento será operado por distribuidores autorizados. En la Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. | | Insumo: Electricidad | La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones de control y personal, será obtenida mediante un grupo electrógeno de 220 kVA. Estos equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica. En Adenda se aclara que el equipo electrógeno a utilizar en fase de operación, será un equipo cerrado el cual evitará cualquier derrame, no siendo necesario el polietileno o textil para evitar derrames. | | Recursos naturales renovables | Durante la fase de operación se requerirá agua potable para consumo humano en una cantidad de 120 m3/mes de agua potable (cantidad promedio estimada de 100 l/día/persona). | | Emisiones y efluentes | - Emisiones Atmosféricas
Emisiones Totales Anuales (t/día) fase operación. | Contaminante | Emisiones Grupo Electrógeno (t) | Emisiones Tránsito vehicular – (Resuspensión de MP) (t) | Emisiones Tránsito vehicular – (combustión) (t) | Emisiones totales (t) | | CO | 0,04 | - | 0,49 | 0,53 | | NOx | 0,19 | - | 1,50 | 1,69 | | MP10 | 0,01 | 1,20 | 0,08 | 1,29 | | MP2,5 | 0,01 | 0,26 | 0,08 | 0,35 | | SO2 | 0,01 | - | 0,41 | 0,43 | | COV | - | - | 0,08 | 0,08 | | NH3 | - | - | 0,00 | 0,00 | | HC | - | - | 0,08 | 0,08 | | CH4 | - | - | 0,02 | 0,02 | Fuente: Tabla 2.32 del Anexo 10 de la Adenda 1 - Residuos sólidos
El detalle sobre la cantidad y manejo de los residuos sólidos se presenta en el numeral 4.8.2.ii. del ICE. Cabe destacar que respecto a los residuos peligrosos durante la fase de operación del Proyecto consistirá básicamente en residuos producto de actividades de mantención, tales como: lubricantes, aceites usados, guaipes contaminados, ropa contaminada, etc. Se estima una generación de 0,5 m3 /mes de residuos peligrosos. En la Adenda Extraordinaria el Proponente aclara que dispondrá los módulos fotovoltaicos dañados o en desuso en un lugar designado para ello dentro de la bodega de residuos peligrosos durante toda la vida útil del proyecto y serán retirados periódicamente por una empresa que cuente con la autorización sanitaria correspondiente. Posteriormente serán reciclados por la empresa PVCycle y en caso de no ser posible su reciclaje, estos serán llevados a un lugar de disposición final autorizado, de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N° 148/2003. Tal como se informa en la Tabla 1-14 del EIA los módulos dañados durante la etapa de operación se estiman en 0,75 m3/mes. - Residuos líquidos
En el sector de subestación (instalaciones de operación) operará una planta de tratamiento de aguas servidas con capacidad suficiente (equivalente al máximo de trabajadores en operación) cuyos efluentes serán del orden de 96 m3/mes. La estimación de la cantidad total de aguas servidas tratadas se basa en un consumo de agua potable (100 l/hab/día) multiplicado por un factor de recuperación de 0,8. Cabe señalar que no se considera la generación de residuos líquidos producto de la limpieza de los paneles fotovoltaicos, ya que el agua se aplica a presión sobre los paneles y por las condiciones naturales de la zona se evapora rápidamente. Esta agua de residuo que evapora contiene principalmente el polvo presente sobre las placas fotovoltaicas, por lo que la permanencia de su parte sólida sobre el suelo no generará ningún efecto sobre el mismo Los efluentes de la PTAS serán utilizados para la humectación de caminos. Estos efluentes cumplirán con los parámetros establecidos en la norma de riego (NCh 1333). Cabe destacar, que el Proyecto no generará residuos industriales líquidos. - Ruido
En la etapa de construcción se propuso el escenario más desfavorable, por lo que se asume que durante etapa de operación se dará cumplimiento a la normativa considerando su menor emisión. - Vibraciones
En la etapa de construcción se propuso el escenario más desfavorable, por lo que se asume que durante etapa de operación se dará cumplimiento a la normativa considerando su menor emisión. - Formas de energía y radiación
A continuación se resumen los resultados obtenidos en el Estudio de Campos Electromagnéticos del Anexo 1-6 del EIA, los que se aplican a la etapa de operación, donde se concluye: · La magnitud de campo eléctrico existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde inmediato de subestaciones de 220 kV, no supera 1,0 kV/m, por tanto es inferior al límite ICNIRP de 5,0 kV/m considerado internacionalmente como seguro y aún al límite más restrictivo de 3,0 kV/m establecido en Argentina. · La magnitud de campo magnético máximo existente a un metro de altura sobre el suelo en el borde inmediato de subestaciones con potencias similares a las instalaciones del Proyecto Parque Fotovoltaico Délano, es de 180 mili Gauss, inferior al límite ICNIRP de 1000 mili Gauss considerado internacionalmente como seguro y aún al límite más restrictivo de 250 mili Gauss establecido en Argentina. · El máximo ruido de radio frecuencia (interferencia a las señales de radio y televisión) generado por una subestación similar en niveles de voltaje máximo, es de 50 [dB/1V/m] en el borde de la subestación, inferior a 53 [dB/1V/m] considerado máximo permitido a 15 m del cerco del recinto de la subestación Por otra parte, de los resultados obtenidos en las simulaciones efectuadas para la línea, se concluye: · La magnitud de campo eléctrico en torno a la línea de 220 kV no supera 1,2 kV/m, inferior al límite ICNIRP de 5,0 kV/m considerado internacionalmente como seguro para público en general y exposición permanente, y aún al límite más restrictivo de 3,0 kV/m establecido en Argentina. · La máxima magnitud de campo magnético bajo la línea de 220 kV operando con corrientes máximas equilibradas en régimen permanente, es de 11 mili Gauss, no representando riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite ICNIRP de 1000 mili Gauss considerado internacionalmente como seguro para público en general y exposición permanente y aún al límite más restrictivo de 250 mili Gauss establecido en Argentina. · Valores de radio interferencia medidos de acuerdo a norma en líneas de 230 kV no superan 50,5 [dB /1V/m]. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Durante esta fase no se generarán residuos o sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Aquellos a generar se detallan en el numeral 4.8.2.ii. del ICE junto con su forma de manejo y disposición final. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Véase el Capítulo IV del ICE | | 4.3.3. Fase de cierre | | Desmantelamiento de instalaciones | Durante la fase de cierre se realizará el retiro de todas las estructuras construidas en el presente Proyecto, es decir, el desmantelamiento de los módulos fotovoltaicos, sistema de cableado, seguidores, subestación eléctrica, bodega, oficinas, etc. | | Actividades de restauración | En la fase de cierre se contemplan actividades de restauración de la morfología o geoforma mediante labores de nivelación del terreno, eliminando caminos interiores. Lo anterior ha sido complementado con una restauración vegetal descrita en el Plan de Restauración Vegetal (Anexo 2 de la Adenda Extraordinaria). | | Transporte de equipos y personal | Durante el cierre se requerirá transportar personal y residuos. La Tabla siguiente muestra la cantidad estimada de viajes asociados al Proyecto durante esta fase, en períodos de máxima actividad. La estimación se presenta en viajes/día. | Tipo de vehículo | Nº de viajes/día | Tipo de Carga | | Buses | 10 | Personal | | Vehículos Livianos | 30 | Personal | | Camiones | 5 | Residuos | | Total | 45 | | Fuente: Tabla 1-17 del EIA. En la Adenda se informa que durante la fase de cierre, 25 años después de iniciada la operación, se estima que el origen de los 10 buses será 5 de Vallenar y 5 desde Copiapó. El punto de partida estará definido desde los terminales de buses existentes en Vallenar y Copiapó. En la Adenda se informa que se incluirá señalética que identifique la Titularidad y el nombre del Proyecto en todos los vehículos, equipos y servicios que el Proyecto contrate. En la Adenda el Proponente informa que establecerá un Plan de Manejo que registrará el tipo de obra y los horarios en que se producirá mayor tráfico vehicular, en cada una de las fases del Proyecto. | | Insumo: Agua | Durante la fase de cierre se requerirá del orden de 840m3/mes de agua potable, lo cual será transportado por medio de camiones aljibes. En la siguiente tabla se presenta las cantidades de agua industrial a utilizar por el proyecto durante el cierre. | Actividad | Cantidad (m3/mes) | Fuente abastecimiento | | Máx. | Prom | | Humectación caminos | 96 | 75 | PTAS | | Humectación frentes desmantelamiento. | 744 | 600 | PTAS | Fuente: Tabla 1-4 de la Adenda. Es importante considerar que los efluentes de la PTAS corresponden a un valor máximo. Para efectos de cálculo de su uso en actividades de humectación se ha considerado un valor promedio de 2,5 m3 diario en el caso de humectación de camino y de 40 m3 diario en el caso de humectación de frentes de trabajo. | | Actividades de humectación | Durante la fase de cierre se continuará con la humectación del camino de acceso y se humectarán también los frentes de desmantelamiento, principalmente para las actividades de descompactación (véase Anexo D-16 de la Adenda). En la Adenda se informa que respecto a la medida de “Mantener la humectación de caminos y frentes de trabajo” se tomará registro de la fecha y la hora del día en que se realice cada humectación. En la Adenda Complementaria el Proponente informa que todos los terceros que proveerán aguas para el consumo serán debidamente autorizados con los correspondientes derechos de aguas constituidos, cuya fuente no se verá perjudicada considerablemente por el uso de las aguas. Se realizará el reporte de la fuente, las autorizaciones y los diferentes consumos a la autoridad ambiental semestralmente, además de tener los correspondientes registros y autorizaciones en faena durante todas las etapas del proyecto para disponibilidad de la autoridad cuando la requiera. | | Insumo: Combustible | En la fase de cierre, se requerirá del orden de 0,5 m3/año de combustible. Para su almacenamiento y distribución se habilitará en la faena un estanque de 1 m3. El abastecimiento será operado por distribuidores autorizados. En la Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. | | Insumo: Energía | La energía requerida para el funcionamiento de las instalaciones de control y personal, durante la fase de cierre, será obtenida mediante un grupo electrógeno de 220 kVA. Estos equipos cumplirán con las medidas de seguridad eléctrica y operarán sobre una base de concreto que permita contener cualquier tipo de derrame de combustible. | | Emisiones y efluentes | - Emisiones Atmosféricas
Emisiones Totales Anuales (t/día) fase cierre. | | Emisiones Movimientos de Tierra Construcción (t) | Emisiones por Operación de Maquinaria (t) | Emisiones Grupo Electrógeno (t) | Emisiones Tránsito vehicular (t) | Emisión Tránsito vehicular (t) | Emisiones totales (t) | | CO | - | 0,13 | 0,69 | - | 0,87 | 1,68 | | NOx | - | 0,36 | 3,18 | - | 3,58 | 7,12 | | MP10 | 2,50 | 0,04 | 0,23 | 44,58 | 0,12 | 47,47 | | MP2,5 | 0,38 | 0,04 | 0,22 | 4,65 | 0,11 | 5,39 | | SO2 | - | - | 0,21 | - | 0,59 | 0,81 | | COV | - | 0,06 | - | - | 0,16 | 0,22 | | NH3 | - | - | - | - | 0,00 | 0,00 | | HC | - | 0,06 | - | - | 0,16 | 0,22 | | CH4 | - | - | - | - | 0,05 | 0,05 | Fuente: Tabla 2.41 del Anexo 10 de la Adenda - Residuos Sólidos
Resumen generación de residuos - Fase de cierre | Tipo de Residuos | Descripción | Cantidad mensual | Manejo | Disposición Final | | Domésticos | Restos de comida, envases, papeles, etc. | 8,4 | Retiro diario desde contenedores en las diversas áreas de generación; retiro y traslado al patio de salvataje para almacenamiento temporal | Sitio autorizado (fuera del área del Proyecto) | | Sólidos industriales no peligrosos | Chatarra, escombros y materiales, módulos fotovoltaicos. | 3.772 m3 | Disposición temporal en contenedores ubicados en las áreas de generación; retiro y traslado al patio de salva-taje para su clasificación y almacenamiento temporal | Sitio autorizado o reciclado (fuera del área del Proyecto) | | Peligrosos | Aceites, grasas; Envases, trapos | 0,53 m3 | Aceites, grasas, líquidos: disposición temporal en contenedor metálico Otros residuos: disposición temporal en tambor | Sitio autorizado según D.S. N° 148/2003 (fuera del área del Proyecto) | Fuente: basado en la Tabla 1-18 del EIA. - Residuos Líquidos
Basado en la información de la Tabla 1-18 del EIA se puede informar que los efluentes líquidos domiciliarios generados durante la fase de cierre corresponderán a aguas servidas en una cantidad de 840 m3/mes. Dichas aguas serán retiradas por una empresa autorizada a un sitio autorizado fuera del área del proyecto. - Ruido
En la etapa de construcción se propuso el escenario más desfavorable, por lo que se asume que durante etapa de cierre se dará cumplimiento a la normativa considerando su menor emisión. - Vibraciones
En la etapa de construcción se propuso el escenario más desfavorable, por lo que se asume que durante etapa de cierre se dará cumplimiento a la normativa considerando su menor emisión. - Formas de energía y radiación
Durante la fase de cierre no se presentan formas de energía y radiación. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Durante esta fase no se generarán residuos o sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Aquellos a generar se detallan en el numeral 4.8.2.iii. del ICE junto con su forma de manejo y disposición final. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Véase el Capítulo IV del ICE | | | | 4.4. Descripción de las fases del Proyecto | | 4.4.1. Fase de construcción | | Fecha estimada de inicio | Primer semestre de 2017. | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Habilitación de la instalación de faena y de los patios de acopio de materiales. Esta actividad se inicia con el escarpe y nivelación en el sector en que se ubicará la faena de construcción. | | Fecha estimada de término | Segundo semestre de 2017. | | Parte, obra o acción que establece el término | Momento en que el parque solar empiece a proporcionar energía al Sistema Interconectado Central (SIC). Este momento ocurrirá cuando se dé por finalizada la última prueba de conexión. | | 4.4.2. Fase de operación | | Fecha estimada de inicio | Segundo semestre de 2017. | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Momento en que el parque solar empiece a proporcionar energía al Sistema Interconectado Central (SIC). Este momento ocurrirá cuando se dé por finalizada la última prueba de conexión. | | Fecha estimada de término | Fines del año 2041 o principios del año 2042. | | Parte, obra o acción que establece el término | Momento en que el parque solar se desconecte definitivamente al Sistema Interconectado Central (SIC). Esta actividad será previamente informada a la autoridad con 15 días de anticipación. | | 4.4.3. Fase de cierre | | Fecha estimada de inicio | Fines del año 2041 o principios del año 2042. | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Desconexión de los cables de conexión del Proyecto FV (lado de Media Tensión del transformador) en la subestación. | | Fecha estimada de término | Primer semestre de 2042 (6 meses de iniciada la etapa). | | Parte, obra o acción que establece el término | Retiro de la planta de tratamiento de aguas servidas, ya desmantelada. | | | | | 5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen: | 5.1. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire | | Impacto significativo | Pérdida de flora en estado de conservación, endémicas y de carácter singular. Se reconoció este impacto producto de la intervención de las 240 ha producto de las obras del proyecto para las especies de Rhodophiala bagnoldii, Cordia decandra y Eulychnia acida. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Flora | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto significativo | Pérdida de ejemplares de las especies Callopistes maculatus (Iguana chilena) y Liolaemus nigromaculatus (lagarto de mancha) | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Fauna | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado | | Fase en que se presenta | Construcción | | Impacto significativo | Alteración del hábitat de la especie Lama guanicoe (guanaco). Lo anterior debido a que en el área se identificó la presencia de guanacos en forma permanente. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Fauna | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numerales 5.5. y 5.6 del ICE | | El proyecto generará un efecto adverso significativo sobre los recursos de flora y fauna. | | | | 5.2. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar | | Impacto significativo | Alteración de la biótica del sector de emplazamiento, alterando de las características que dan origen al sitio prioritario “Desierto Florido”. El área del proyecto se ubica en un sitio prioritario para la conservación de la diversidad, correspondiente a los 64 sitios prioritarios para fines del SEIA, correspondiente a “Zona del Desierto Florido” que comprende 671665,82 hectáreas aproximadamente, de las cuales 241,96 hectáreas se verán intervenidas por las obras del proyecto | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Flora y Fauna | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numeral 5.7. del ICE | | El proyecto generará un efecto adverso significativo sobre el sitio prioritario Desierto Florido. | 6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | 6.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos | | Impacto no significativo | Alteración de la calidad del aire debido a las emisiones atmosféricas generadas | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado Transporte de insumos, maquinaria y personal Desmantelamiento de instalaciones | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Impacto no significativo | Alteración de las dinámicas de desplazamiento de ganado caprino y mular y pérdida de área de pastaje de animales. | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado Transporte de insumos, maquinaria y personal Desmantelamiento de instalaciones | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Impacto no significativo | Afectación de sitios con potencial arqueológicos | | Parte, obra o acción que lo genera | Habilitación de la faena de construcción Hincado de estructuras y montaje de los paneles fotovoltaicos Habilitación de accesos y caminos Montaje de edificación y subestación Instalación del sistema de cableado | | Fase en que se presenta | Construcción | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numerales 5.4., 5.8 y 5.9 del ICE | | El Proyecto no generará alteración de la calidad del aire debido a las emisiones atmosféricas generadas, alteración de las dinámicas de desplazamiento de ganado caprino y mular y pérdida de área de pastaje de animales y afectación de sitios con potencial arqueológicos. | 7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que las siguientes medidas de mitigación, reparación y/o compensación son adecuadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto, las que deberán implementarse para su ejecución: 7.1. Fase de construcción: | 7.1.1. Plan de Manejo Biológico | | Tipo de medida | Compensación y Mitigación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Flora | | Impacto significativo asociado | Pérdida de individuos de especies protegidas | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Establecer los lineamientos técnicos y procedimientos a utilizar en el manejo de especies en categoría de conservación y/o singularidad ambiental de las especies presentes en el área de influencia del proyecto: Tetragonia pedunculata (herbácea), Argylia radiata (herbácea), Cryptantha parviflora (herbácea), Rhodophiala bagnoldii (herbácea), Skytanthus acutus (arbusto), Cordia decandra (arbusto), Tiquilia litoralis (arbusto), Austrocylindropuntia miquelii (suculenta), Cumulopuntia sphaerica (suculenta), Eulychnia acida (suculenta) y Lycium deserti (suculenta). Descripción: Esta medida incluye las siguientes actividades: (a) Plan de Manejo Biológico de Especies Arbustivas, sobre las especies: Cordia decandra, Skytanthus acutus, Lycium deserti y Tiquilia litoralis. (b) Plan de Manejo Biológico de Cactáceas, para las especies: Eulychnia acida, Austrocylindropuntia miquelii y Cumulopuntia sphaerica. (c) Protección de Material Vegetativo, para las especies: Tetragonia pedunculata, Argylia radiata, Cryptantha parvifolia y Rodophiala bagnoldii. (d) Seguimiento Hongos y Líquenes, sobre el sustrato de los individuos relocalizados. Justificación: Esta medida permitirá establecer una zona con características propias del área de influencia sin que sea intervenida por terceros. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Las características del sitio se describen en el Anexo 5 de la Adenda Extraordinaria. El área de reforestación, en total tiene una extensión de 146,75 ha y está compuesto por dos sitios. El primero corresponde al sitio donde se reforestarán los individuos de Cordia decandra y la relocalización de Eulychnia acida, cuya extensión es de 1 hectárea. El segundo sitio corresponde al sector donde se reforestará con Tiquilia litoralis, Lycium chilense y Skytanthus acutus, más la relocalización de Austrocylindropuntia miquelii y Cumulopunthia sphaerica. La extensión de esta segunda área, corresponde a 145, 75 ha. En este mismo sector se incluirán las medidas correspondientes a la protección del material vegetativo de especies geófitos. Ambos sitios se encuentran en el sector norte del proyecto fuera de las obras y de otras actividades que pudieran incidir negativamente en el éxito del rescate y reforestación. Forma: La forma de implementación para cada actividad se describe en el Anexo 5 de la Adenda Extraordinaria. Oportunidad: El momento de implementación para cada actividad se describe en el Anexo 5 de la Adenda Extraordinaria. | | Indicador de cumplimiento | El plan para especies será exitoso si se alcanza éxito de sobrevivencia o prendimiento de los ejemplares reforestados para Cordia decandra del 90%, Skytanthus acutus 75%, Tiquilia litoralis del 75%, Lycium deserti del 75%, Austrocylindropuntia miquelii del 80%, Cumulopuntia sphaerica del 80% y Eulychnia acida el 80%. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Flora y Vegetación del ICE. | | 7.1.2. Rescate y relocalización de individuos de Callopistes maculatus y Liolaemus nigromaculatus | | Tipo de medida | Mitigación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Fauna | | Impacto significativo asociado | Pérdida individuos de Callopistes maculatus y Liolaemus nigromaculatus | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Disminuir sustancialmente la probabilidad de muerte de individuos de Callopistes maculatus y Liolaemus nigromaculatus Descripción: Captura de individuos de las especies indicadas anteriormente a partir de captura manual y/o con lazo de nudo corredizo. Esta actividad será realizada por un equipo de profesionales y especialistas. Para el rescate de reptiles se realizarán transectas y búsquedas activas dirigidas, removiendo madrigueras, levantando piedras y removiendo arbustos, en toda el área a intervenir más un buffer de 50 m en torno al límite del polígono. El detalle de la descripción de la medida se señala en el PASM 146. En Adenda el Proponente informa que la estimación de la cantidad de ejemplares presentes en el área de estudio se realizará extrapolando la densidad promedio de individuos por superficie de hábitat, para cada especie en base a sus requerimientos específicos. Adicionalmente, se incluirán los límites propuestos por la desviación estándar de las muestras de densidad para cada especie, considerando que la totalidad de los ejemplares (100%) corresponde a un rango y no a un número exacto, entendiendo las implicancias metodológicas y la imposibilidad de realizar un censo. Justificación: La medida permitirá relocalizar a los individuos presentes en las áreas de intervención del proyecto, con el fin de reducir la cantidad de individuos de baja movilidad y en categoría de conservación que podrían verse afectados. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: El rescate se realizará en aquellos sectores en los cuales se emplazarán las obras del proyecto, y su relocalización se realizará dentro un área seleccionada que se encuentra adyacente al parque solar (244 ha) la cual es parte del predio en el que se llevará a cabo el Proyecto. Forma: La forma de implementación para cada actividad se describe en los antecedentes presentados para el PASM 146 del RSEIA del Capítulo 10 del EIA. Oportunidad: En el PASM 146 se hace referencia a los plazos en los que se llevará a cabo el rescate y relocalización de reptiles durante la fase de construcción: los rescates serán desarrollados en un plazo máximo de tres días antes del inicio de la fase de construcción (no antes). Este plazo para el desarrollo de la actividad tiene como objetivo evitar la recolonización por parte de los individuos relocalizados, ya que, una vez iniciadas las actividades relacionadas con la fase de construcción, el grado de perturbación que presentará el área desincentivará la recolonización de estos lugares. | | Indicador de cumplimiento | En Adenda el Proponente informa que rescatará el 100% de los ejemplares presentes en el área del proyecto, considerando como referencia los valores registrados en la línea de base y la campaña complementaria. Se proponen los siguientes indicadores para caracterizar la evolución de la variable: - Tasa de captura: Estimación del total de individuos capturados v/s total de individuos observados durante las jornadas de captura - Tasa de reavistamiento: Individuos reavistados / total de individuos marcados. - Tasa de sobrevivencia: Individuos capturados y retenidos vivos/ Total de individuos capturados y retenidos (vivos y muertos). - Tasa de mortalidad: Individuos capturados y retenidos muertos/ Total de individuos capturados y retenidos (vivos y muertos). La Tabla 10-32 del Capítulo 10 del EIA muestra los rangos de valor para los grados de éxito de aplicación de la medida. El informe con los resultados será entregado a las autoridades competentes dentro de un plazo máximo de 30 días tras el término de las actividades de seguimiento de la medida. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Fauna del ICE. | | 7.1.3. Habilitación de nuevas áreas para generar un hábitat propicio para los individuos de la especie Lama guanicoe presentes en el área de influencia del Proyecto. | | Tipo de medida | Compensación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Fauna | | Impacto significativo asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Habilitar áreas para generar un hábitat propicio para la especie, que permitan un desplazamiento dirigido de los individuos de Lama guanicoe presentes en el área de influencia, los cuales han sido identificados en el levantamiento de línea de base (Capítulo 3 del presente EIA). Descripción: Esta medida incluye las siguientes actividades: (a) Determinación de la dieta de los individuos El Titular ya ha iniciado un monitoreo mediante tres campañas a la fecha que han permitido una caracterización del grupo familiar de guanacos presentes en el área de influencia. La medida de compensación que se consulta se iniciará dando continuidad a este monitoreo mediante actividades de investigación que permitan caracterizar la dieta específica de los individuos presentes en el área de influencia. Para ello se caracterizará la composición florística y vegetacional del área por parte de botánicos en base al análisis de individuos y especies y de la oferta forrajera ambiental presentes en el área de influencia. En base a esta caracterización se elaborará un herbario que permita generar patrones de referencia para contrastar partículas de plantas. El contraste se realizará en laboratorio tomando dichos patrones (partículas de plantas del herbario) vs. partículas de plantas presentes en muestras frescas de fecas recolectadas asociadas a la familia en estudio. De esta manera se determinará la selectividad botánica de la dieta de los individuos. (b) Habilitación de áreas Con los resultados de la etapa anterior (determinación de la dieta) se definirá el espacio óptimo que premita reproducir el hábitat actualmente ocupado por los individuos de guanaco, tomando en primer lugar la zona definida para efectos de la medida del Plan de Manejo Biológico (ver Numeral 7.2.1 y Anexo 7-1). El espacio o zona seleccionada será enriquecido con aquellas plantas que forman parte de la dieta de los guanacos presentes en el área de influencia. Justificación: Esta medida permitirá el desplazamiento de los individuos de guanaco hacia zonas similares al actual territorio ocupado, compensando así la reducción de hábitat que generará el Proyecto. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Al norte del Proyecto se ha seleccionado un área especial destinada a la medida denominada “Plan biológico”. Esta misma área será enriquecida con especies que favorezcan la dieta del Guanaco. La ubicación y sus límites se especifican en el archivo D-1, en el Anexo D-1 “Planos en formato digital”, compatible con Google Earth, ArcGis y Autocad. Todos los archivos se presentan en Datum WGS84, Huso 19s. Forma: En Adenda el Proponente aclara que el polígono no será intervenido durante la vida útil del Proyecto, por ningún tipo de actividad antrópica. Se aclara sin embargo que el polígono escogido coincide con el polígono asociado al Plan de Manejo Biológico, ya que de esta manera se mantiene un área con características similares al entorno, evitando áreas nuevas que generen la segregación. Oportunidad: La medida comenzará a desarrollarse una vez aprobado el Proyecto, de tal manera de tener habilitada una zona antes del inicio de la fase de operación. La forma de implementación se indica en la descripción de la medida. En la Adenda se aclara que la habilitación del área destinada a generar un hábitat propicio, así como la implementación del Plan de Manejo Biológico, sólo pueden realizarse en la medida en que se vaya realizando la actividad de escarpe, principal fuente de abastecimiento del Plan. | | Indicador de cumplimiento | En la Adenda se informa que el indicador de cumplimiento incluirá la migración de ejemplares; por lo tanto, se considerarán los siguientes indicadores: • número de individuos adultos en el área de estudio • número de individuos juveniles en el área de estudio • número de individuos adultos ‘emigrados’ • número de individuos juveniles ‘emigrados’ Los eventuales lugares de ‘migración’ y los eventuales efectos que esta ‘migración’ pudiese ocasionar en la población afectada no se consideran como indicadores de cumplimiento; sino que serán parte del monitoreo que se propone como medida adicional que complemente la información sobre el comportamiento de este grupo. Se considerará que la medida ha sido exitosa mientras la disminución de estas variables no sea significativa (mayor a 50%) en relación a la condición inicial (inicio de la fase de construcción), considerando que debe tomarse en cuenta la mortalidad natural de un individuo. El informe con los resultados será entregado a las autoridades competentes dentro de un plazo máximo de 30 días tras el término de las actividades de seguimiento de la medida. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Fauna del ICE. | 7.2. Fase de operación: | 7.2.1. Desarrollo de estudio de investigación sobre pasos de Lama guanicoe en la Ruta 5. | | Tipo de medida | Compensación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Fauna | | Impacto significativo asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Contar con conocimiento científico que permita analizar sitios existentes para cruces de individuos de la especie Lama guanicoe en base a experiencias internacionales. Descripción: Esta medida incluye las siguientes actividades: (a) Registro de individuos presentes en sectores cercanos a la Ruta 5 En una primera etapa se realizará una compilación de registros de presencia de guanacos (revisión de estudios, consultas a organismos pertinentes, otros registros). En paralelo, mediante dos campañas en terreno, se elaborará un registro de avistamiento de guanacos a lo largo de la Ruta 5 (buffer de 5 km a cada lado). La primera campaña será a fines del verano y la segunda a fines de invierno (una vez iniciado el Proyecto). En caso de presencia de desierto florido, se realizará una campaña en noviembre. (b) Análisis de sitios potenciales para ubicación de los cruces La definición de los sitios se basará en el análisis de la actividad anterior (registro de individuos) y en un análisis de la variabilidad del paisaje alrededor de la Ruta 5 que incluirá paisaje, vegetación, uso de suelo, propiedad de la tierra, así como también de los sitios existentes. Estos análisis permitirán establecer una relación entre presencia y/o densidad de guanacos y las propiedades del paisaje, utilizando modelos espaciales. (c) Estudio conceptual de diseños y evaluación económica para cada sitio de cruce. Una vez definido el sitio de cruce, se desarrollará, a nivel conceptual, el diseño de cada cruce. El informe incluirá una evaluación económica que involucraría dicha obra. Justificación: Esta medida permitirá generar información para eventuales desplazamientos de individuos de guanaco desde un lado a otro de la Ruta 5, eliminando la fragmentación del hábitat generada por la ampliación de la Ruta 5. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Según indica en la descripción. Forma: Según indica en la descripción. Oportunidad: La medida se comenzará a implementar durante el primer año de la fase de operación, haciendo coincidir las campañas de terreno según las estaciones indicadas. | | Indicador de cumplimiento | Una vez concluida cada actividad se elaborará un informe detallado que de cuenta de la realización y conclusiones obtenidas; el cual estará disponible en los servicios pertinentes. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Fauna del ICE. | | 7.2.2. Aportes al desarrollo y la investigación de la especie Lama guanicoe | | Tipo de medida | Compensación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Fauna | | Impacto significativo asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Aumentar el conocimiento sobre la especie guanaco presente en la región y generar conciencia ambiental al respecto. Descripción: Esta medida incluye las siguientes actividades: (a) Charlas educativas Tal como se informa en la Adenda, se programará en conjunto con la Municipalidad de Vallenar, Copiapó y CONAF, la realización de tres charlas educativas, enfocadas en ilustrar sobre la especie Lama guanicoe en la región de Atacama, las amenazas existentes y las medidas de prevención. Dos charlas se realizarán en Vallenar y una en la ciudad de Copiapó Especial énfasis se pondrá en alertar sobre las acciones humanas que afectan directamente a los individuos (caza ilegal, perros asilvestrados, etc.). Las charlas serán talleres abiertos al público y de duración de un día, para abordar el conocimiento integral de la especie. Además, se programará una charla específica sobre la especie Lama guanicoe a definir y coordinar en conjunto con el SAG Región de Atacama y CONAF Región de Atacama. La invitación quedará abierta a otros organismos del Estado. (b) Aportes a actividades de investigación promovidas por organismos públicos Tal como se informa en la Adenda, el proyecto aportará con US$ 10.000 anuales durante toda la vida útil del proyecto. Este aporte servirá para apoyar estudios de investigación y actividades contempladas en el Plan Nacional de Conservación del Guanaco. Bajo este concepto se considerarán estudios específicos en los ámbitos de investigación: • Ámbito de investigación - Objetivo estratégico 1: Se aportará en las líneas de acción: “Distribución, abundancia y el uso de hábitat de perros asilvestrados en sitios poblados con presencia de áreas de concentración de guanacos y establecer programas de erradicación”. Se privilegiará en zonas cercanas al Proyecto. “Estudios sobre aspectos sanitarios del Guanaco, integrando información respecto de la presencia de pumas y su rol de predación sobre la especie”. Se financiará al menos un estudio en los primeros cinco años de la fase de operación. • Ámbito de normativa y coordinación - Objetivo estratégico 3: Se aportará en las líneas de acción: “Realización de encuentros de discusión, intercambio de información y difusión de experiencias de coordinación”. Se auspiciará un encuentro cada 5 años, comenzando en el primer año de la fase de operación. • Ámbito de educación ambiental y difusión - Objetivo estratégico 5: Se aportará en las líneas de acción: “Fomentar la participación informada de las comunidades rurales y urbanas en áreas con presencia de Guanaco”. Se privilegiará por las comunidades cercanas al Proyecto. “Desarrollar programas de educación ambiental que incorpore a los principales actores en la protección del Guanaco”. Se apoyará con material didáctico elaborado a partir de las charlas educativas que realizará el Proyecto en Copiapó y Vallenar. Todas estas actividades serán programadas en conjunto con CONAF Región de Atacama. Justificación: Esta medida permitirá aumentar el conocimiento sobre la especie Lama guanicoe y ayudar así a un comportamiento humano que disminuya las amenazas a su existencia. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: El lugar de implementación serán acordados con los organismos públicos que corresponda a través de la coordinación con el SEA. Forma: El aporte con US$ 10.000 se realizará anualmente durante toda la vida útil del proyecto. La forma de implementación serán acordados con los organismos públicos que corresponda a través de la coordinación con el SEA. Oportunidad: La medida se iniciará durante el primer año de la fase de operación. | | Indicador de cumplimiento | Una vez concluida cada actividad se elaborará un informe detallado que de cuenta de la realización y conclusiones obtenidas; el cual estará disponible en los servicios pertinentes. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Fauna del ICE. | | 7.2.3. Continuidad del monitoreo hasta el tercer año de la fase de operación | | Tipo de medida | Compensación. | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Fauna | | Impacto significativo asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Aumentar el conocimiento sobre la especie guanaco presente en la región y generar conciencia ambiental al respecto. Descripción: La medida incorpora los siguientes períodos de monitoreo: • Período durante la fase de construcción: Permitirá establecer el comportamiento del grupo de guanacos ante las actividades de construcción y su desplazamiento hacia la zona de hábitat generado. • Período durante la fase de operación: Permitirá establecer el comportamiento del grupo de guanacos ante el Proyecto en operaciones, su desplazamiento (eventual ‘migración’). A estos escenarios se agregarán los antecedentes ya recopilados (y por recopilar hasta el inicio del Proyecto) que corresponde al período: • Periodo previo a la fase de construcción: Incluye levantamiento línea base, inicios de estudio de dieta, desplazamientos, comportamiento, etc. De esta manera se tendrán antecedentes sobre el grupo en el área de influencia que considerará un total de tres escenarios. El primer período puede considerarse como el escenario sin proyecto, completando entre dos a tres años. Debido a que la fase de operación no presentará variaciones, es decir, siempre será la misma actividad, no se justifica extender el monitoreo por más de tres años durante esa fase. De esta manera se completa un programa de monitoreo previo al cambio, un programa de monitoreo durante el cambio (fase de construcción) y un programa de monitoreo posterior al cambio (situación con proyecto). La frecuencia de los monitoreos en cada período será la siguiente: • Periodo previo a la fase de construcción: Se mantiene el monitoreo mensual hasta completar 12 meses (febrero 2015). Posteriormente, hasta el inicio del Proyecto se realizará un monitoreo trimestral. • Período durante la fase de construcción: Desde el inicio de la fase de construcción hasta su término, el monitoreo será mensual • Período durante la fase de operación: Durante el primer año se realizarán tres monitoreos. Durante el segundo y tercer año se realizarán dos monitoreos cada año. Justificación: Esta medida permitirá aumentar el conocimiento sobre la especie Lama guanicoe y ayudar así a un comportamiento humano que disminuya las amenazas a su existencia. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Se marcarán 6 individuos aleatorios, al lado este y oeste de la carretera. Hay que aclarar que la captura de ejemplares debe ser aleatoria dentro de una familia y no dirigida a individuos o grupos específicos por las siguientes razones: (1) las distancias de acercamiento para un dardeo efectivo son variables, por lo que se debe aprovechar cualquier instancia para ejecutar la captura; (2) los costos aumentan exponencialmente si se desea capturar ejemplares de grupos específicos, ya que de un dardeo pedestre se debe tomar la decisión de un dardeo aéreo; (3) el impacto en la estabilidad de unidad social (desarme del grupo), y pérdida de territorio es más probable cuando se realizan capturas por persecución, como sería una captura aérea (Sarno et al., 2009); (4) debido a lo anterior, no se podría separar el efecto de la captura del efecto de la construcción del proyecto fotovoltaico. Por ello proponemos un trabajo que permita evidenciar el desplazamiento de guanacos en el área de estudio más que la evaluación del proyecto sobre el desplazamiento. Forma: Se realizará un seguimiento a través de captura y marcaje mediante collares GPS de un máximo de 6 individuos cercanos al área del Proyecto. Oportunidad: Es importante destacar que dicho monitoreo será realizado durante un periodo de tiempo de 2 años posterior a las capturas, con lo cual se presentarán informes semestrales a la autoridad. | | Indicador de cumplimiento | Los informes serán entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia al SAG, Región de Atacama, y CONAF, Región de Atacama. Los informes se presentarán con plazo máximo de 15 días hábiles, a partir de la última actividad de las medidas “Continuidad del monitoreo hasta el tercer año de la fase de operación” | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VII Fauna del ICE. | 7.3. Fase de cierre: | 7.3.1. Plan de Restauración | | Tipo de medida | Reparación | | Componente(s) ambiental(es) objeto de protección | Flora | | Impacto significativo asociado | Pérdida de individuos de especies protegidas | | Objetivo, descripción y justificación de la medida | Objetivo: Diseñar un Plan de Restauración para restablecer las propiedades básicas del suelo y del componente flora y vegetación, en el área de intervención del Proyecto. El Plan será ejecutado en la Fase de cierre y/o abandono del Proyecto. Descripción: Descompactación del Suelo: subsolado del suelo a una profundidad mínima de 30 cm. Esta actividad será realizada de forma mecánica. Restauración vegetal: restaurar las características fisionómicas y estructurales de la vegetación que será afectada por las obras de construcción y/o funcionamiento del Proyecto. Especies que originalmente componían y describían las formaciones vegetales presentes. (Descritas en la Tabla 3 del Anexo 2 de la Adenda Extraordinaria). Justificación: Esta medida permitirá establecer una zona con características propias del área de influencia sin que sea intervenida por terceros. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación de la medida | Lugar: El sitio específico para la Restauración vegetal corresponde al sector donde se emplazaran las obras del proyecto. Forma: Detalle descrito en el Anexo 2 de la Adenda Extraordinaria. Oportunidad: Esta medida se realizará una vez inicie la etapa de cierre del proyecto. (1 año de seguimiento) | | Indicador de cumplimiento | Se fija un 75% de sobrevivencia mínima de la Restauración vegetal. Si el porcentaje es menor al establecido, se reforestará con el fin de cubrir la tasa faltante. Según lo recomendado por la autoridad, se efectuará un monitoreo, hasta un año posterior a la restauración (inicio de la plantación). | | Referencia al ICE para mayores detalles | [Identificar sección, parte o capítulo del ICE, según corresponda] | 8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambientales el siguiente: 8.1. Fase de construcción: | 8.1.1. Variable ambiental: Individuos de flora de especies protegidas | | Impacto asociado | Pérdida de individuos de especies protegidas | | Medida(s) asociada(s) | Plan de Manejo Biológico | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Flora | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | La repoblación y los puntos de control se localizarán aledaños a las obras directas del proyecto en lugares que reúnan condiciones de hábitat similares y con presencia dominante de la especie. Además los sitios presentarán accesibilidad para realizar las acciones de regadío, monitoreo de las plantaciones, y formarán un continuo con la vegetación allí existente y estarán dentro de la propiedad del titular. Así se garantiza que los sectores de plantación no serán intervenidos por otras actividades que pudieran incidir negativamente en el éxito y perdurabilidad de los individuos. | | Parámetros a monitorear | • Sobrevivencia • Estado de las protecciones • Estado Fitosanitario | | Límites permitidos o comprometidos | Se estimará como índice de éxito un prendimiento sobre el 90% para la Cordia decandra y 75% para Lycium deserti, Skytanthus acutus y Tiquilia litoralis, considerando, además un buen desarrollo de las plantas. | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Se extenderá durante los cuatro años post plantación. Frecuencia: Se realizará un monitoreo una vez terminado los trabajos de plantación que generará un primer informe que será enviado hasta 15 días hábiles posterior al término de esta faena. Posteriormente se mantendrá un registro durante los periodos estacionales del año (Diciembre, Marzo, Junio y Septiembre). | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Según descripción del Anexo 5 de la Adenda extraordinaria. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Plazo: plazo de máximo de 15 días hábiles de terminada la última actividad de monitoreo. Frecuencia: Se generará 4 informes al año, los cuales serán entregados a la autoridad pertinente (CONAF y SMA) | | Organismo destinatario de informes | Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF Región de Atacama | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra a) del ICE, Anexo 5 de la Adenda extraordinaria. | | 8.1.2. Variable ambiental: Individuos de fauna de especies protegidas | | Impacto asociado | Pérdida individuos de Callopistes maculatus y Liolaemus nigromaculatus | | Medida(s) asociada(s) | Rescate y relocalización de individuos de Callopistes maculatus y Liolaemus nigromaculatus | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Fauna | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Los puntos de control o muestreo estarán ubicados en: • Áreas de captura: Puntos a situar en los sectores en que se realicen las capturas, y en los cuales se ejecutarán y ubicaran las obras. • Áreas de relocalización: Puntos identificados en el PASM 146. | | Parámetros a monitorear | • Tasa de captura: Estimación del total de individuos capturados v/s total de individuos observados durante las jornadas de captura. • Tasa de reavistamiento: Individuos reavistados / total de individuos marcados. • Tasa de sobrevivencia: Individuos capturados y retenidos vivos/ Total de individuos capturados y retenidos (vivos y muertos). • Tasa de mortalidad: Individuos capturados y retenidos muertos/ Total de individuos capturados y retenidos (vivos y muertos). Todos los antecedentes del seguimiento de rescate y relocalización de reptiles están en detalle en el PASM 146 del Capítulo 10 del EIA. | | Límites permitidos o comprometidos | Los límites permitidos para los indicadores son los siguientes: • Tasa de captura: >30% • Tasa de reavistamiento: >25% • Tasa de sobrevivencia: >30% • Tasa de mortalidad: <60% | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Durarán menos de 2 meses. Frecuencia: El monitoreo propuesto será llevado a cabo de la siguiente manera: • Primera campaña: posterior a los 7 días desde la captura o rescate. • Segunda campaña: 14 días desde la captura o rescate. • Tercera campaña: 21 días desde la captura o rescate. • Cuarta, quinta y sexta campaña: cada 14 días desde la campaña anterior. | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Los monitoreos serán efectuados por cuatro profesionales, durante 2 jornadas, de las 10:00 – 13:30, y de las 15:30 - 18:00. Se realizaran transectos de observación, de ancho fijo y largo variable, mediante la participación por cuatro profesionales, en horarios de 9:00 a 13:00, y de 14:00 a 17:00, de acuerdo a la duración y frecuencias señaladas. Asimismo, los transectos deberán ser complementados con el levantamiento de piedras, principalmente para el área de relocalización. El método de medición se describe en detalle en el PASM 146 del Capítulo 10 del EIA. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Plazo: Los informes se presentarán con plazo máximo de 15 días hábiles, a partir de la última actividad de las medidas “Rescate y relocalización de individuos” y “Continuidad del monitoreo hasta el tercer año de la fase de operación”. Frecuencia: Se procederá a emitir los informes requeridos en los plazos que se indiquen, según se indique en la Resolución exenta que autorice las capturas. | | Organismo destinatario de informes | Superintendencia del Medio Ambiente y SAG Región de Atacama | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra b) del ICE, PASM 146 del Capítulo 10 del EIA. | | 8.1.3. Variable ambiental: Áreas de Individuos de fauna de especies protegidas | | Impacto asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Medida(s) asociada(s) | Habilitación de nuevas áreas para generar un hábitat propicio para los individuos de la especie Lama guanicoe presentes en el área de influencia del Proyecto | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Fauna | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Zona a la cual habrán emigrado los individuos en cuestión y que incorpora el área definida como hábitat habilitado (área escogida para efectos de la medida del Plan de Manejo Biológico). | | Parámetros a monitorear | Las variables indicadoras de cumplimiento de la medida serán las siguientes: “número de individuos adultos” y “número de ejemplares juveniles” asociados al área de influencia del proyecto. Para mayor detalle ver Anexo 9- 1 Plan de Monitoreo Lama guanicoe actualizado en el Anexo 6 del Adenda Extraordinaria. | | Límites permitidos o comprometidos | Se considerará que la medida ha sido exitosa mientras la disminución de estas variables no sea significativa (mayor a 50%) en relación a la condición inicial (inicio de la fase de construcción). | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Durante la totalidad de la fase de construcción y los primeros tres años de fase de operación, se realizarán monitoreos estacionales (4 monitoreos al año). Frecuencia: Previo a fase de construcción (1 año) se realizarán monitoreos mensuales. | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Se contarán los individuos, según los procedimientos definidos en el Anexo 6 del Adenda Extraordinaria. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Plazo: Los informes se presentarán con plazo máximo de 15 días hábiles desde realizada la actividad. Frecuencia: Anual para las actividades que lo requieran. | | Organismo destinatario de informes | Superintendencia del Medio Ambiente, SAG Región de Atacama y CONAF, Región de Atacama. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra b) del ICE, Anexo 6 del Adenda Extraordinaria. | | 8.1.4. Variable ambiental: Flora a restaurar | | Impacto asociado | Pérdida de individuos de especies protegidas | | Medida(s) asociada(s) | Plan de manejo biológico (Protección material vegetativo, reincorporación capa vegetal, extracción del germoplasma) | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Flora | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Los puntos de control serán establecidos en el lugar de almacenamiento definitivo que corresponderá el Centro de Semillas y Árboles Forestales (CESAF) con el objetivo de realizar estudios del material genético, métodos de germinación y propagación y en puntos de control de 100 m² cercanos a un camino existente del área del proyecto con el objetivo de no intervenir otras áreas (en la zona de relocalización definida al norte del área a intervenir). El número de estos puntos de control dependerá de la cantidad de semillas a recolectar en la capa superficial (50 cm). Por otra parte se efectuarán puntos de control en el área de instalación de paneles para analizar el comportamiento de la flora de especies efímeras del desierto florido del área una vez comenzado el período de operación del proyecto. | | Parámetros a monitorear | • Germinación y florecimiento de especies: Aparición de material vegetativo como cotiledones, hojas, aparición de flores. Se estimarán porcentajes de germinación y florecimiento de las poblaciones en estudio. • Composición florística: Determinación del número de especies que se originan en estos sectores de reposición. Se analizará la riqueza indicando número de individuos presentes. • Protecciones. En terreno se registrará la condición general de vías de accesos y medidas de protección como el cercado perimetral y protecciones individuales de cada planta. Se evaluará la cantidad de metros lineales dañado. | | Límites permitidos o comprometidos | Los límites comprometidos guardarán relación con la generación de información relacionada con la germinación y florecimiento de especies en los sectores de reposición y centros de investigación donde se observará la composición florística en cada sector a monitorear, a objeto de determinar que especies constituyen el ecosistema del desierto florido. | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Este seguimiento se extenderá durante los cinco años. Frecuencia: Se mantendrá un registro durante los periodos de primavera (Septiembre-Octubre) tanto del material trasladado como aquel presente bajo los paneles fotovoltaicos. Además se presentará un informe que será enviado hasta un mes posterior al término de las faenas, indicando los sectores que fueron motivo de remoción de suelo y las técnicas usadas para conservar el material vegetativo. | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | La metodología consistirá en: Germinación y florecimiento: • Aparición de material vegetativo: Cotiledones, hojas, etc. • Aparición de flores. Composición florística: • Determinar el número de especies que se originan en estos sectores de reposición. Estado de las protecciones: En terreno se registrará la condición general de vías de accesos y medidas de protección como el cercado perimetral y protecciones individuales de cada planta | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Plazo: Los informes se presentarán con plazo máximo de 15 días hábiles, a partir de la última actividad de monitoreo de cada año. Frecuencia: Se presentará un informe que será enviado hasta un mes posterior al término de las faenas, indicando los sectores que fueron motivo de remoción de suelo y las técnicas usadas para conservar el material vegetativo. Posteriormente se mantendrá un registro durante los periodos de primavera (Septiembre-Octubre) tanto del material trasladado como aquel presente bajo los paneles fotovoltaicos. Este seguimiento se extenderá durante los cinco años posteriores, el que generará 1 informe al año. Durante estos 5 años se evaluará la germinación y el comportamiento del material vegetativo en las áreas sombreadas, en los sitios de relocalización, situación que será condicionada por el fenómeno del desierto florido. Adicionalmente, las semillas que serán seleccionadas y enviadas al Centro de Semillas y Árboles Forestales (CESAF) deberán entregarán resultados que serán difundidos a través de dos informes semestrales (en un año), indicando las mejores técnicas de propagación. | | Organismo (s) destinatario (s) de informes | Superintendencia del Medio Ambiente y CONAF Región de Atacama | | Referencia al ICE para mayores detalles | [Identificar sección, parte o capítulo del ICE, según corresponda] | 8.2. Fase de operación: | 8.2.1. Variable ambiental: Pasos de fauna en estado de conservación | | Impacto asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Medida(s) asociada(s) | Desarrollo de estudio de investigación sobre pasos de Lama guanicoe en la Ruta 5 | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Fauna | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Zona a la cual se habrán desplazado los individuos en cuestión y que incorpora el área definida como hábitat habilitado (área escogida para efectos de la medida del Plan de Manejo Biológico). | | Parámetros a monitorear | Las variables indicadoras de cumplimiento de la medida serán las siguientes: • número de individuos adultos en el área de estudio • número de individuos juveniles en el área de estudio • número de individuos adultos fuera del área de estudio • número de individuos juveniles fuera del área de estudio | | Límites permitidos o comprometidos | Se considerará que la medida ha sido exitosa mientras la disminución de estas variables no sea significativa (mayor a 50%) en relación a la condición inicial (inicio de la fase de construcción). | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Durante las etapa de construcción y operación Frecuencia: • Periodo previo a la fase de construcción: Se mantiene el monitoreo mensual hasta completar 12 meses (febrero 2015). Posteriormente, hasta el inicio del Proyecto se realizará un monitoreo trimestral. • Período durante la fase de construcción: Desde el inicio de la fase de construcción hasta su término, el monitoreo será mensual (abarcando un total de 10 meses). • Período durante la fase de operación: Durante el primer año se realizarán tres monitoreos. Durante el segundo y tercer año se realizarán dos monitoreos cada año. | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Se contarán los individuos. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Frecuencia: Anual. | | Organismo (s) destinatario (s) de informes | Superintendencia del Medio Ambiente, SAG Región de Atacama y CONAF, Región de Atacama. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra b) del ICE. | | 8.2.2. Variable ambiental: Investigación de fauna en estado de conservación | | Impacto asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Medida(s) asociada(s) | Aportes al desarrollo y la investigación de la especie Lama guanicoe | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Fauna | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Zona a la cual se habrán desplazado los individuos en cuestión y que incorpora el área definida como hábitat habilitado (área escogida para efectos de la medida del Plan de Manejo Biológico). | | Parámetros a monitorear | Las variables indicadoras de cumplimiento de la medida serán las siguientes: • número de individuos adultos en el área de estudio • número de individuos juveniles en el área de estudio • número de individuos adultos fuera del área de estudio • número de individuos juveniles fuera del área de estudio | | Límites permitidos o comprometidos | Se considerará que la medida ha sido exitosa mientras la disminución de estas variables no sea significativa (mayor a 50%) en relación a la condición inicial (inicio de la fase de construcción). | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Durante las etapa de construcción y operación Frecuencia: • Periodo previo a la fase de construcción: Se mantiene el monitoreo mensual hasta completar 12 meses (febrero 2015). Posteriormente, hasta el inicio del Proyecto se realizará un monitoreo trimestral. • Período durante la fase de construcción: Desde el inicio de la fase de construcción hasta su término, el monitoreo será mensual (abarcando un total de 10 meses). • Período durante la fase de operación: Durante el primer año se realizarán tres monitoreos. Durante el segundo y tercer año se realizarán dos monitoreos cada año. | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Se contarán los individuos. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Frecuencia: Anual. | | Organismo (s) destinatario (s) de informes | Superintendencia del Medio Ambiente, SAG Región de Atacama y CONAF, Región de Atacama. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra b) del ICE. | | 8.2.3. Variable ambiental: Monitoreo de fauna en estado de conservación | | Impacto asociado | Reducción de hábitat especie Lama guanicoe | | Medida(s) asociada(s) | Continuidad del monitoreo hasta el tercer año de la fase de operación | | Componente (s) ambiental (es) objeto de seguimiento | Fauna | | Ubicación de los puntos/zonas de medición y control | Será definido por el estudio | | Parámetros a monitorear | Se incorporará la identificación de revolcaderos y defecaderos, aunque su utilidad en términos prácticos es baja si es que se realizan avistamientos de animales, como es el caso de guanaco en el área del proyecto y sus inmediaciones. | | Límites permitidos o comprometidos | Será definido por el estudio | | Duración y frecuencia de la medición | Duración: Hasta el tercer año de la fase de operación Frecuencia: Anual | | Método o procedimiento de medición de cada parámetro | Será definido por el estudio. | | Plazo y frecuencia de entrega de informes | Frecuencia: Anual. | | Organismo (s) destinatario (s) de informes | Superintendencia del Medio Ambiente, SAG Región de Atacama y CONAF, Región de Atacama. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IX letra b) del ICE. | 9. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: | 9.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos | | 9.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de toda instalación diseñada para el manejo de lodos de plantas de tratamiento de aguas servidas del artículo 126 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación. | | Parte, obra o acción a que aplica | Tratamiento de las aguas servidas. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°276, de fecha 11.02.15. | | 9.1.2. Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, del artículo 132 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a que aplica | Construcción de las distintas obras correspondientes al parque solar. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | En el caso que el proyecto llegase a ser aprobado ambientalmente, deberá ser tramitado por un arqueólogo profesional ante el Consejo de Monumentos Nacionales. | | Pronunciamiento del órgano competente | El CMN se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través del Ord. N°3505, de fecha 10.11.15. | | 9.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza., del artículo 138 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación. | | Parte, obra o acción a que aplica | Tratamiento de las aguas servidas. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°276, de fecha 11.02.15. | | 9.1.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a que aplica | Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°276, de fecha 11.02.15. | | 9.1.5. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a que aplica | Almacenamiento de residuos peligrosos. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°276, de fecha 11.02.15. | | 9.1.6. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del RSEIA. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción. | | Parte, obra o acción a que aplica | Construcción de las distintas obras correspondientes al parque solar. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | El SAG, Región de Atacama, se pronuncia sin observaciones a los antecedentes presentados a través de Ord. N°745/2015, de fecha 09.11.15. | | 9.1.7. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del RSEIA. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción. | | Parte, obra o acción a que aplica | Construcción de las distintas obras correspondientes al parque solar. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La CONAF, Región de Atacama, se pronuncia sin observaciones a los antecedentes presentados a través de Ord. N°127-EA/2015, de fecha 13.11.15. | | 9.1.8. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del RSEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción. | | Parte, obra o acción a que aplica | Comedor, talleres, oficinas instalación de faenas, servicios higiénicos, oficinas fase de operación, edificio de control, zona de paneles (Zona 1, Zona 2, Zona, 3, Zona 4, Zona 5, Zona 6, Zona 7, Zona 8 y Zona 9). | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°339, de fecha 23.11.15. | 11. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: a) Calidad del Aire | Norma | D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las actividades de movimiento de tierra y en el uso de vehículos y maquinaria. | | Forma de cumplimiento | El Titular del Proyecto adoptará una serie de medidas en sus fases de construcción y operación, entre las que se destacan: • Los caminos no pavimentados así como los frentes de trabajo en los que se realizarán movimientos de tierra se mantendrán humectados y el transporte de material se realizará en camiones encarpados. Se mantendrán registros que verifiquen la frecuencia de humectación y la circulación de camiones encarpados. • Control de la velocidad de desplazamiento vehicular, estableciendo un máximo de 30 km/h para los camiones cargados y camionetas en los caminos no pavimentados. • El titular se compromete a exigir a sus contratistas el uso de maquinaria en buen estado. Además todos los vehículos involucrados en el Proyecto tendrán su revisión técnica al día. • Los contratos de servicios durante la fase de construcción, operación y cierre especificarán un estándar de calidad de los equipos, de ese modo, se asegurará que los motores de los equipos de construcción serán inspeccionados y mantenidos regularmente, lo que permitirá minimizar las emisiones de gases. | | Indicador que acredita su cumplimiento | La verificación de cumplimiento de estas medidas podrá realizarse in situ, mediante simple inspección visual, y en el caso de la maquinaria mediante los certificados de revisión técnica al día. En la Adenda se informa que para la actividad de “Mantener el control de velocidad para los camiones cargados y camionetas en los caminos no pavimentados.” se obligará a una velocidad máxima de 30 km/h. La verificación se hará mediante controles (tiempo y recorrido) sin aviso previo, los cuales quedarán registrados. | | Forma de control y seguimiento | Mantención de los registros en las faenas para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | Norma | D.S. Nº 138/ 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Uso de generador. | | Forma de cumplimiento | Declaración de las emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de las distintas fases del Proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro interno de las declaraciones de emisiones en las condiciones descritas en la norma. | | Forma de control y seguimiento | Revisión periódica del registro de declaraciones de emisiones. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. Nº 75, de 1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Actividades que generan emisiones a la atmósfera. | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además, el titular exigirá que el transporte de materiales se realice en camiones encarpados.. En la Adenda se informa que para la actividad de “Mantener la circulación de camiones encarpados.” se tomará registro al ingreso y salida de cada camión y la situación de su encarpado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento de estas medidas se podrá realizar in situ, mediante simple inspección visual | | Forma de control y seguimiento | Disponibilidad del registro para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | Decreto Supremo Nº 4, modificado por Decreto Supremo N° 58. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Actividades que generan emisiones a la atmósfera. | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá con las normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además, el titular exigirá que el transporte de materiales se realice en camiones encarpados. En la Adenda se informa que para la actividad de “Mantener la circulación de camiones encarpados.” se tomará registro al ingreso y salida de cada camión y la situación de su encarpado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento de estas medidas se podrá realizar in situ, mediante simple inspección visual | | Forma de control y seguimiento | Disponibilidad del registro para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | Decreto con Fuerza de Ley Nº 725. Ministerio de Salud. Código Sanitario | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Actividades que generan emisiones a la atmósfera. | | Forma de cumplimiento | Los caminos no pavimentados así como los frentes de se mantendrán humectados y el transporte de material se realizará en camiones encarpados. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento de estas medidas se podrá realizar in situ, mediante simple inspección visual | | Forma de control y seguimiento | Disponibilidad del registro para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | b) Ruido | | | | Norma | D.S. Nº 38, de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Actividades propias de cada una de las fases. | | Forma de cumplimiento | En la fase de cierre se prevé que la generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras será similar a la de la fase de construcción del Proyecto. Cabe destacar que los niveles de ruido presentados corresponden a un escenario conservador, ya que considera la operación simultánea de todas las fuentes, estimando que en la práctica sean menores. Por tanto, se concluye finalmente, que los niveles de ruido generados por la construcción (con la correcta implementación de la barrera) y operación del proyecto, cumplen con los límites máximos de ruido establecidos por el D.S.38/11 del MMA. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | c) Residuos Líquidos | | | | Norma | Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Servicios higiénicos. | | Forma de cumplimiento | Durante la fase de construcción y operación se implementaría una planta de tratamiento de aguas servidas modular | | Indicador que acredita su cumplimiento | Antes de la puesta en marcha del sistema de tratamiento de aguas servidas contará con las respectivas autorizaciones sanitarias | | Forma de control y seguimiento | Se podrá verificar en la planta los permisos ambientales que autoricen el funcionamiento de la PTAS. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Servicios higiénicos. | | Forma de cumplimiento | Durante la fase de construcción y operación se implementaría una planta de tratamiento de aguas servidas modular El efluente tratado proveniente de las plantas de aguas servidas y utilizado para la humectación de caminos, cumplirá con los parámetros biológicos de la Nch 1333 Of. 78, en lo que a calidad de agua para riego se refiere. No se realizará infiltración de efluentes. Como indicador de cumplimiento, se podrá verificar en la planta, la disposición y manejo de dichos residuos, por parte de la empresa autorizada por la SEREMI de Salud de Atacama. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Antes de la puesta en marcha del sistema de tratamiento de aguas servidas contará con las respectivas autorizaciones sanitarias | | Forma de control y seguimiento | Se podrá verificar en la planta los permisos ambientales que autoricen el funcionamiento de la PTAS. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | a) Residuos Sólidos | | | | Norma | D.F.L. Nº 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos. | | Forma de cumplimiento | Los residuos generados por el proyecto serían segregados y almacenados en contenedores acordes al tipo de residuo y debidamente rotulados. El almacenamiento contaría con autorización sanitaria y el retiro y disposición final de los residuos se realizaría por terceros autorizados y en sitios autorizados. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Solicitud de los permisos ambientales sectoriales 140 y 142. | | Forma de control y seguimiento | Se mantendría disponible el registro de la autorización de los permisos ambientales sectoriales para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos. | | Forma de cumplimiento | Los residuos generados por el proyecto serían segregados y almacenados en contenedores acordes al tipo de residuo y debidamente rotulados. El almacenamiento contaría con autorización sanitaria y el retiro y disposición final de los residuos se realizaría por terceros autorizados y en sitios autorizados. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Solicitud de los permisos ambientales sectoriales 140 y 142. | | Forma de control y seguimiento | Se mantendría disponible el registro de la autorización de los permisos ambientales sectoriales para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | Decreto con Fuerza de Ley N° 1. Ministerio de Salud. Establece las materias que requieren autorización sanitaria expresa | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos. | | Forma de cumplimiento | Los residuos generados por el proyecto serían segregados y almacenados en contenedores acordes al tipo de residuo y debidamente rotulados. El almacenamiento contaría con autorización sanitaria y el retiro y disposición final de los residuos se realizaría por terceros autorizados y en sitios autorizados. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Solicitud de los permisos ambientales sectoriales 140 y 142. | | Forma de control y seguimiento | Se mantendría disponible el registro de la autorización de los permisos ambientales sectoriales para su fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | Decreto Supremo Nº 148. Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos peligrosos (entre los que se cuentan los paneles fotovoltaicos en desuso o dañados) | | Forma de cumplimiento | Almacenamiento temporal en una bodega específica para ello, identificados y clasificados. El tiempo máximo de almacenamiento sería de 6 meses, a través de una empresa autorizada, declarando oportunamente la cantidad de residuos peligrosos en el sistema de declaración y seguimiento de residuos peligrosos (SIDREP). | | Indicador que acredita su cumplimiento | Solicitud del permiso ambiental sectorial 142. | | Forma de control y seguimiento | Se mantendría disponible para control de la Autoridad el registro de la autorización del permiso ambiental sectorial. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. Nº 4/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de tratamiento de aguas servidas. | | Forma de cumplimiento | El proyecto contemplaría la utilización de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) durante la construcción y operación. El Titular llevará un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible para control de la Autoridad el documento timbrado que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Los lodos provenientes de los sistemas de tratamiento serán manejados y dispuestos en sitios de disposición final autorizados aprobados por la Autoridad Sanitaria, dando cumplimiento a la normativa, a modo de indicador de cumplimiento. | | Forma de control y seguimiento | Se mantendría disponible para su fiscalización el documento que certifique la disposición final de los lodos. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | | | b) Fauna | | | | Norma | Ley Nº 19.473, de 1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre caza, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 5, de 1998, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Acciones de construcción, operación y desmantelamiento del parque solar. | | Forma de cumplimiento | El titular instruirá y prohibirá a sus trabajadores la caza en todos los lugares en que se desarrollará el Proyecto. Previo a la etapa de construcción se llevara a cabo un “Plan de rescate y de relocalización”, presentándose los antecedentes necesarios del SAG relacionados con el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. 146 del Reglamento del SEIA debido a la presencia de especies de baja movilidad encontradas en el área. Para la situación del guanaco, el especialista sugiere realizar un programa de monitoreo de la población, con la finalidad de datar su comportamiento de desplazamiento antes, durante y después del desarrollo del proyecto. Como indicador de cumplimiento, en faena se podrán consultar los resultados del plan de rescate y relocalización, además de los resultados del plan de monitoreo del guanaco. En Adenda el Proponente informa que “Instruir y prohibir la caza de fauna a sus trabajadores” se materializará mediante charlas de capacitación y entrega de material educativo. El tipo de verificador consistirá en lista de asistencia a las charlas y en registros de recepción y dos copias del material distribuido a los trabajadores. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Obtención del permiso para el rescate y relocalización de reptiles y micromamíferos PAS 146 del RSEIA. | | Forma de control y seguimiento | Registro de las actividades contenidas en el plan de rescate y relocalización y de la ocurrencia de accidentes y de las capacitaciones a los trabajadores. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | c) Flora | | | | Norma | Decreto Supremo N° 68/09. Establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción de las obras del parque solar. | | Forma de cumplimiento | Ejecución del plan de manejo biológico | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento consistirá en el registro del plan de corta de las formaciones xerofíticas afectadas, el cual se encontrará en la planta. | | Forma de control y seguimiento | Obtención del PAS 151 del RSEIA. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | d) Patrimonio Cultural | | | | Norma | Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925 | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las obras y acciones del proyecto. | | Forma de cumplimiento | En el diseño del Proyecto se consideró la ubicación de 11 hallazgos patrimoniales para la definición de la ubicación de sus instalaciones, de manera de evitar su afectación. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento consistirá en mantener un arqueólogo en terreno, mientras se realicen excavaciones y movimientos de tierra durante la etapa de construcción. | | Forma de control y seguimiento | En caso que durante las actividades de construcción del Proyecto se produzca el hallazgo de algún elemento histórico o arqueológico no detectado previamente, se implementará un plan de acción y comunicación a la autoridad competente. En la Adenda se indica que en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la construcción del Parque Fotovoltaico, el Titular procederá según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. La implementación de los pasos a seguir será efectuada por el Titular del proyecto. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las obras y acciones del proyecto. | | Forma de cumplimiento | En el diseño del Proyecto se consideró la ubicación de 11 hallazgos patrimoniales para la definición de la ubicación de sus instalaciones, de manera de evitar su afectación. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento consistirá en mantener un arqueólogo en terreno, mientras se realicen excavaciones y movimientos de tierra durante la etapa de construcción. | | Forma de control y seguimiento | En caso que durante las actividades de construcción del Proyecto se produzca el hallazgo de algún elemento histórico o arqueológico no detectado previamente, se implementará un plan de acción y comunicación a la autoridad competente. En la Adenda se indica que en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la construcción del Parque Fotovoltaico, el Titular procederá según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. La implementación de los pasos a seguir será efectuada por el Titular del proyecto. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | e) Combustibles y Sustancias Peligrosas | | | | Norma | D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto considera la utilización de combustibles en todas sus fases. | | Forma de cumplimiento | El abastecimiento de combustible necesario para el funcionamiento de maquinarias y equipos empleados durante la ejecución de la etapa de construcción del Proyecto, se realizará a través del servicio de suministro de combustible de terceros, debidamente autorizados por la SEC para transporte de combustible, el cual distribuirá el combustible a estanques de almacenamiento en faena o bien directamente a cada uno de los equipos y maquinarias que lo requieran en tierra, mediante un surtidor automático. Se contará en faena con los formularios presentados ante la SEC para sus estanques de almacenamiento y se pedirá a sus proveedores igual información como medio de verificación. En Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de las empresas que provean de combustible donde consten los volúmenes entregados para dichos efectos. | | Forma de control y seguimiento | Documentos disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | D.S. Nº 78/2010, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Utilización de sustancias peligrosas durante todas las etapas | | Forma de cumplimiento | El Proyecto en su construcción será ejecutado en plena conformidad con el presente decreto. La empresa abastecedora de combustible estará inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), y estará certificada por una empresa reconocida por dicha Superintendencia. Por otra parte, pinturas y lubricantes serán almacenados en un área especialmente destinada para tal fin, bajo techo, con acceso restringido, hojas de seguridad y equipos de control de incendios a la vista y con adecuado espaciamiento para el desplazamiento de personal. Asimismo, el área de almacenamiento contará con un pretil de contención de derrames con una capacidad equivalente al 110% del recipiente más grande. El indicador de cumplimiento consistirá en el registro en planta de la empresa abastecedora de combustibles, certificada por la superintendencia, además de las obras de almacenamiento para las pinturas y lubricantes, las cuales podrán ser visitadas por la autoridad. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se llevaría un registro de las sustancias peligrosas almacenadas. | | Forma de control y seguimiento | Documentos disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | f) Ordenamiento Territorial | | | | Norma | D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción y operación de un parque solar en área rural. | | Forma de cumplimiento | En el Capítulo 10 de la EIA se presentan los antecedentes formales y técnicos para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial (PASM) del artículo 160 del Reglamento del SEIA. Luego de la obtención de la RCA, el titular solicitará el cambio de uso de suelo a la Autoridad competente. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento corresponderá al documento correspondiente al permiso de edificación y las correspondientes autorizaciones del Servicio Agrícola y Ganadero y la SEREMI MINVU, los cuales se encontrarán en faena. | | Forma de control y seguimiento | Documentos disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | g) Contaminación Lumínica | | | | Norma | Decreto Supremo Nº 686. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma de Emisión para la regulación de la contaminación lumínica. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Las luminarias que se instalarán en el área del proyecto | | Forma de cumplimiento | Las luminarias que se instalarán en el área del Proyecto estarán certificadas y su emisión lumínica será menor a los límites máximos establecidos en el numeral III del presente decreto. Además, antes del inicio de cualquier etapa del Proyecto, el titular adjuntará al Formulario TE1 los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el Proyecto, además de una declaración simple por parte del instalador (debidamente autorizado), en la cual se indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias, en concordancia con su respectivo certificado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, todo lo anterior será acreditado ante la autoridad, en forma sectorial y en forma previa al inicio de funcionamiento del sistema de iluminación. | | Forma de control y seguimiento | Documentos disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | h) Vialidad y Transporte | | | | Norma | Decreto Supremo Nº 75, modificado por Decreto Supremo N° 78. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Labores de movimiento de material | | Forma de cumplimiento | El transporte de materiales e insumo estará a cargo de empresas especializadas, las que de manera contractual deberán acreditar el cumplimiento de este decreto. Entre otras disposiciones deberán contar con medidas que eviten que el material trasportado pueda escurrirse o caer al suelo, por causa alguna. | | Indicador que acredita su cumplimiento | La verificación de cumplimiento de estas medidas podrá realizarse in situ, mediante simple inspección visual. | | Forma de control y seguimiento | Registros disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | | | | Norma | Decreto Supremo Nº 298, modificado por Decreto Supremo N° 116. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las etapas | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de residuos peligrosos (incluidos los paneles fotovoltaicos dañados o en desuso) | | Forma de cumplimiento | Para la concreción del Proyecto se requiere de sustancias peligrosas, en particular durante la etapa de construcción, las cuales serán provistas por terceros autorizados en faena. Destacan en este sentido el combustible para maquinaria, pinturas y lubricantes de uso autorizado en el país. En Adenda el Proponente informa que la documentación (contratos, registros, boletas y autorizaciones) que permitirá acreditar que los terceros (aquellos que el Proponente ha informado que se realizarán por agentes, lugares, empresas, transportistas, proveedores, distribuidores, todos autorizados) están debidamente autorizados se encontrará para su revisión en faena, en forma ordenada y a disposición de la autoridad ambiental. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, se mantendrá en faena los antecedentes técnicos de los camiones utilizados por sus contratistas para el transporte de sustancias peligrosas. | | Forma de control y seguimiento | Documentos disponibles para fiscalización. | | Referencia al ICE para mayores antecedentes | Plan de Cumplimiento Normativo Capítulo 12.7 del ICE | 12. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA se establecieron las siguientes condiciones o exigencias adicionales al Proyecto: | 12.1. Seguimiento de guanacos a través de dispositivos GPS | | Impacto asociado | Alteración de hábitat del guanaco | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: reiterar el momento de instalación de los dispositivos Descripción: Reitera que la instalación de los dispositivos debe realizarse previo a la etapa de construcción. Justificación: El instalar los dispositivos durante la fase de construcción no reflejaría el comportamiento previo al impacto generado por la etapa de construcción. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: en los 6 individuos de guanacos Forma: según se estableció en la medida original. Oportunidad: previo a la etapa de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Según se estableció en la medida original. | | Forma de control y seguimiento | según se estableció en la medida original. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.2.a) del ICE. | | 12.2. Mantenimiento de la condición genética del sector | | Impacto asociado | Detrimento de la condición genética de las especies de flora | | Fase del Proyecto a la que aplica | Post-cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: asegurar que las especies que serán utilizadas en el plan de restauración sean las mismas que las intervenidas. Descripción: asegurar que la procedencia de las especies a reforestar pertenezcan a las mismas poblaciones vegetales que serán afectadas por el proyecto, para ello se debe utilizar el material vegetativo recolectado en la etapa de construcción o en su defecto se debe recolectar semillas de las poblaciones vegetales aledañas pertenecientes a la misma cuenca hidrográfica. Justificación: Ayuda a mantener la condición genética original del sector intervenido. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: área que fue intervenida por las obras del proyecto y que requieren restauración. Forma: según se estableció en la medida original. Oportunidad: durante la etapa de post-cierre | | Indicador que acredite su cumplimiento | Según se estableció en la medida original, considerando los registros de las especies recolectadas (lugar y fecha de recolección) | | Forma de control y seguimiento | Según se estableció en la medida original. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.2.b) del ICE. | | 12.3. Orden en el seguimiento de las medidas asociadas a la flora | | Impacto asociado | Pérdida de individuos de flora en estado de conservación | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: facilitar el seguimiento y la fiscalización ambiental Descripción: incorporar la información referidas a Individuos a repoblar (tabla 1) y porcentaje de prendimiento esperado por especie (tabla 2) al Plan de Manejo Biológico con el fin de obtener un documento consolidado respecto a los compromisos adquiridos para flora y vegetación Justificación: no están incorporadas las especies en forma ordenada. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: según se estableció en la medida original. Forma: según se estableció en la medida original. Oportunidad: previo a la etapa de construcción | | Indicador que acredite su cumplimiento | Presentar un documento compilatorio con el orden propuesto | | Forma de control y seguimiento | Informe presentado a la SMA y CONAF, Región de Atacama previo a la etapa de construcción. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.2.b) del ICE. | | 12.4. Definir el seguimiento de Hongos y Líquenes | | Impacto asociado | Afectación de la flora de hongos y líquenes | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: adecuar el seguimiento de hongos y líquenes tal como se proyecto originalmente Descripción: En el Plan de Manejo Biológico del Adenda Complementaria respecto al seguimiento de Hongos y Líquenes se informó “Se realizará una vez al año durante cinco años”, a pesar de que no se realizó ninguna observación sobre aquello en el ICSARA Extraordinario en el PMB incluido en la respectiva Adenda se redujo el periodo de seguimiento “Se realizará una vez al año durante dos años”. El Proponente debe mantener el seguimiento de hongos y líquenes durante cinco años tal como lo solicitó la autoridad en ICSARA Complementario. Justificación: En la evaluación se realizó un cambio arbitrario sin justificación | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: según se estableció en la medida original. Forma: según se estableció en la medida original. Oportunidad: previo a la etapa de construcción | | Indicador que acredite su cumplimiento | Presentar los informes con un monitoreo de 5 años | | Forma de control y seguimiento | Informe presentados según se estableció en la medida original. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.2.b) del ICE. | | 12.5. Seguimiento al consumo del recurso hídrico | | Impacto asociado | Afectación del recurso hídrico | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, operación y cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: adecuar el seguimiento del recurso hídrico Descripción: En la Adenda Extraordinaria se informó que “Sobre el agua potable a utilizar, la cual será abastecida por proveedores autorizados tanto para la etapa de construcción y operación, una vez determinados los proveedores, se informará al SEA”. Al respecto el Titular debe informar a la SMA sobre la utilización de agua asociada al proyecto (potable e industrial) durante todas las etapas del proyecto. Justificación: En la evaluación no se han incluido el seguimiento de todo el recurso hídrico como se solicitó durante la evaluación. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: según se estableció en la medida original. Forma: según se estableció en la medida original. Oportunidad: durante las etapas de construcción, operación y cierre | | Indicador que acredite su cumplimiento | Presentar los informes según se estableció en la medida original. | | Forma de control y seguimiento | Informe presentados según se estableció en la medida original. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.2.c) del ICE. | 13. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: | 13.1. Restricción en la velocidad de circulación de los vehículos y/o maquinaria | | Impacto asociado (si aplica) | Cambio en concentraciones de material particulado debido a emisiones. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, operación, cierre. | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de desarrollar acciones asociadas a la conducción que puedan generar emisiones de material particulado, en específico en los caminos de acceso (construidos por el proyecto) y en los caminos secundarios no pavimentados. Descripción: Señalética que restringa la velocidad de circulación de todo vehículo al interior de la planta (velocidad máxima 30 km/h). Justificación: La medida se justifica dado que se presenta como una herramienta complementaria que apunta a minimizar las emisiones de material particulado asociados al tránsito vehicular generado por el proyecto. También en Adenda Complementaria el Titular acoge la solicitud de indicar que el objeto de protección de la medida son los guanacos y zorros, lo cual será informado mediante texto bajo la señal de “Máxima 30 km/h”. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En el camino de acceso, visible para quienes se incorporarán a la faena. En la Figura 1-3 de la Adenda se presenta la ubicación de dicha señalética. Forma: La medida se basará en las siguientes líneas de acción • Instalación de señalética al inicio de la fase de construcción. Se instalara durante el primer mes de la fase de construcción y se retirarán en el segundo mes de la fase de cierre. • Inclusión de la medida en material educativo visual y escrito. • Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva al inicio de las fases de construcción y operación. Oportunidad: Durante el primer mes de la fase de construcción | | Indicador que acredite su cumplimiento | Señalética instalada. Además, se realizará inmediatamente después de la charla de capacitación una actividad práctica estilo prueba, en la cual se evaluarán los contenidos expuestos en las charlas de capacitación, incluyendo la medida de restricción de velocidad. Se considerará que la charla fue exitosa si todos los asistentes obtienen al menos un 70% de respuestas correctas. | | Forma de control y seguimiento | Archivo con registro de actividades y listas de asistencia de los trabajadores a las capacitaciones. Éstos estarán disponibles en la faena en el caso que la autoridad los solicite. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.a) del ICE. | | 13.2. Actividades de Humectación | | Impacto asociado (si aplica) | Cambio en concentraciones de material particulado debido a emisiones. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y cierre. | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Controlar emisiones en general Descripción: Como medidas de control para mitigar la emisión de material particulado en general, se consideran actividades de humectación. En la fase de construcción (fase de mayor emisión) se humectará el terreno a escarpar, antes de iniciar dicha actividad. En la fase de cierre se humectará el terreno a descompactar, antes de iniciar dicha actividad. En la fase de construcción, la humectación se hará una vez durante la mañana y una vez durante la tarde y aplicará al camino de acceso y a los tramos de caminos interiores que serán utilizados en la jornada respectiva (y que se encuentren habilitados). En la fase de operación sólo se humectará el camino de acceso (una vez durante la mañana y una vez durante la tarde). Debido a los flujos, no se justifica humectar caminos internos. Lo mismo ocurrirá durante la fase de cierre. Justificación: En el cálculo de las emisiones se ha considerado un abatimiento en el camino de acceso no pavimentado de un 58,3%. Esto se estima según “Emissions Inventory Guidance: Mineral Handling and Processing Industries Handling” del Mojave Desert Air Quality Management District (MDAQMD), citado por la USEPA , en su Guía de Inventario de Emisiones la cual considera como parte de sus variables la tasa de evaporación anual para el sector del proyecto, incluyendo intrínsecamente las condiciones meteorológicas específicas de la zona. Para el cálculo del nivel de abatimiento de las emisiones por efecto de la humectación de los frentes de trabajo se considera lo indicado en el documento “National pollutant inventory emission estimation technique manual for mining version 3.1, january 2012”; es decir, que al aumentar la humedad en la actividad de escarpe, ya sea en forma natural o artificial, se puede alcanzar un control de 50%, utilizando 2 l/m2h. Si bien se dispone en promedio de 40.000 litros por cada 8 horas, en la estimación de emisiones se ha considerado una eficiencia de abatimiento de 50%. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: La totalidad del área del proyecto (caminos y áreas de movimiento de tierra) Forma: según descrito en la descripción de la medida. Oportunidad: Previo a la actividad de escarpe y descompactación del terreno. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Realización de las actividades de humectación durante las jornadas de trabajo. | | Forma de control y seguimiento | En la Adenda se informa que respecto a la medida de “Mantener la humectación de caminos y frentes de trabajo” se tomará registro de la fecha y la hora del día en que se realice cada humectación. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.a) del ICE. | | 13.3. Instalación de mallas de control de polvo | | Impacto asociado (si aplica) | Cambio en concentraciones de material particulado debido a emisiones. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Controlar emisiones en general Descripción: El titular aclara que utilizará mallas antipolvo, del tipo raschel según la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales para la Construcción”, documento de la cámara Chilena de la Construcción, en conjunto con la Guía para la Evaluación de Impacto Ambiental de Centrales Eólicas de Generación de Energía Eléctrica (SEA, 2012). La ubicación de las mallas variará de acuerdo al avance en las actividades de habilitación de los terrenos y será instalada en dirección hacia Ruta 5 (Este) y en direcciones Norte y Este, con el fin de disminuir la dispersión de polvo hacia el hábitat del Guanaco. Justificación: Reducción de polvo hacia las áreas cercanas donde se ha comprobado la presencia de especies en estado de conservación como el guanaco. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: La ubicación de las mallas variará de acuerdo al avance en las actividades de habilitación de los terrenos y será instalada en dirección hacia Ruta 5 (Este) y en direcciones Norte y Este. Forma: según descrito en la descripción de la medida. Oportunidad: Previo a la actividad de escarpe y descompactación del terreno. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Instalación de las mallas previo al movimiento de tierra | | Forma de control y seguimiento | Registros de instalación de las mallas. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.a) del ICE. | | 13.4. Prohibición de alimentar especies silvestres; botar residuos fuera de los lugares establecidos; velocidad y circulación de vehículos y trabajadores fuera de sectores y caminos habilitados y establecidos; Prohibición del uso de fuego. | | Impacto asociado (si aplica) | Alteración del hábitat del zorro chilla, iguana chilena, lagarto de mancha. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Generar lineamientos para los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas asociadas a la alimentación de especies silvestres que generen su acostumbramiento, y con esto la pérdida de su capacidad natural y/o instintiva de buscar alimento, con la consecuente muerte de individuos en el largo plazo. Descripción: Mediante la utilización de material y orientación educativa se prohibirá alimentar todo tipo de especies silvestres presentes en el sector. Adicionalmente, se indicará que estará prohibido el uso de fuego ya sea para la implementación de fogatas y/o quema de residuos, entre otros. Justificación: La medida se presenta como una herramienta complementaria que apunta a reducir atracción de individuos de fauna a lugares de actividad humana. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Material y orientación educativos según lo especificado en Medidas educativas (Ver Medidas educativas). Forma: La medida se basara en las siguientes líneas de acción: a) Generación de material educativo visual y escrito. Este material educativo será estructurado y desarrollado por un profesional competente y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. Además estará en un formato sencillo y amigable, de tal manera que logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores y contará con indicaciones visuales y escritas. Se entregarán y distribuirán folletos de papel tipo tríptico y a color, a todos los trabajadores (uno por cada trabajador). Este material se entregará durante las charlas de capacitación; en la fase de construcción y en la fase de operación una vez al año, durante los 25 años de duración. En faena y a disposición de la autoridad se encontrarán los registros (firma recepción) y copias del material distribuido a los trabajadores. b) Charlas de capacitación a los trabajadores indicando la importancia y/o razón de la medida prohibitiva (inicio fases de construcción y operación). En la fase de construcción del proyecto, la charla se realizará una vez al mes, hasta que todos los trabajadores del proyecto asistan (se estima que serán los primeros 3 meses de Construcción); en la fase de operación se realizará una vez al año, durante los 25 años de duración. El objetivo de las charlas de capacitación consiste en educar a los trabajadores con el objetivo de disminuir sustancialmente las acciones humanas que puedan producir la alteración del hábitat y pérdida de ejemplares de fauna. Las charlas estarán a cargo de uno o más relatores, profesionales especialistas en fauna silvestre, competentes y con conocimiento en las materias a tratar, lo cual estará respaldado por sus antecedentes curriculares. Las charlas estarán estructuradas en un formato sencillo y amigable, de tal manera que se logre la atención en forma clara y precisa de los trabajadores, exponiendo de manera oral las siguientes temáticas: o Principales especies presentes y/o potenciales en el sector. o Especies que se encuentren en alguna categoría de conservación según la legislación nacional vigente (Ley de caza y/o RCE), destacando aquellas especies donde se identificó un impacto medianamente significativo y significativo. o Sitios de interés para la fauna y su importancia ecológica en la región. o Importancia ecológica de las diversas especies y de su hábitat. o Riesgo al cual se pueden ver expuestas las diversas especies durante la etapa de construcción y operación. o Qué hacer frente a la presencia de algún animal accidentado y/o en riesgo de estarlo. o Medidas prohibitivas y/o generales a ser adoptadas por cada trabajador dando énfasis en su importancia y/o razón de implementación. o Medidas mitigantes adoptadas por el titular o Medidas a reforzar e implementar en época reproductiva de las especies presentes en el sector. Las charlas serán realizadas en una sala o auditorio dispuesto por el titular, durante la fase de construcción, organizadas para grupos de no más de 30 trabajadores. Deberán participar en las charlas todos los trabajadores del Proyecto. Además, se indica que se mantendrá en faena los registros de la capacitación (listas de asistencia y presentaciones realizadas), etc. Oportunidad: Durante la etapa de construcción, según lo descrito en la forma de cumplimiento. | | Indicador que acredite su cumplimiento | La actividad teórica, se realizará a modo de Seminario/Taller, durante medio día, para un máximo de 30 personas, en donde un especialista en guanacos y un médico veterinario, darán una charla y expondrán su experiencia. Se realizará inmediatamente después de la charla de capacitación una actividad práctica estilo prueba, en la cual se evaluarán los contenidos expuestos en las charlas de capacitación. Se considerará que la charla fue exitosa si todos los asistentes obtienen al menos un 70% de respuestas correctas. | | Forma de control y seguimiento | Archivo con registro de actividades y listas de asistencia de los trabajadores a las capacitaciones. Éstos estarán disponibles en la faena en el caso que la autoridad los solicite. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.5. Instalación de dispositivos anti colisiones | | Impacto asociado (si aplica) | Muerte de avifauna | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, operación y cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Disminuir la cantidad de avifauna que muere por electrocución por la línea eléctrica Descripción: Se ha optado por instalar dispositivos anticolisión y antielectrocución de aves en las líneas eléctricas (no en las torres), como por ejemplo el mostrado en la Figura 2 de la Adenda Complementaria. Justificación: Reducción de los individuos de aves que se apoyan en la línea eléctrica | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Los lugares exactos donde serán instalados estos dipositivos serán cada 15 metros, tal como se observa en la Figura 3 de la Adenda Complementaria y el Anexo 1 del Adenda Complementaria. Forma: Una vez que se haya terminado la línea eléctrica que se conectará al SIC. Oportunidad: Durante la etapa de construcción al instalar las línea eléctricas. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Instalación de los dispositivos previo al inicio de la etapa de operación. | | Forma de control y seguimiento | Registros de instalación de los dispositivos | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.6. Monitoreo de la especie guanaco a través de collares con GPS | | Impacto asociado (si aplica) | Alteración del hábitat del guanaco | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Conocer el comportamiento de la especie guanaco. Descripción: En Adenda Extraordinaria se informa que sin perjuicio de los monitoreos ya presentados a la autoridad, es posible proponer un seguimiento a través de captura y marcaje mediante collares GPS de un máximo de 6 individuos cercanos al área del Proyecto. Es importante destacar que dicho monitoreo será realizado durante un periodo de tiempo de 2 años posterior a las capturas, con lo cual se presentarán informes semestrales a la autoridad. Justificación: Con este tipo de dispositivos es posible realizar un seguimiento detallado de los individuos y conocer así el comportamiento de la especie. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En 6 individuos de guanacos del área de influencia del proyecto identificada en la evaluación ambiental. Forma: Se marcarán 6 individuos aleatorios, al lado este y oeste de la carretera. Hay que aclarar que la captura de ejemplares debe ser aleatoria dentro de una familia y no dirigida a individuos o grupos específicos por las siguientes razones: (1) las distancias de acercamiento para un dardeo efectivo son variables, por lo que se debe aprovechar cualquier instancia para ejecutar la captura; (2) los costos aumentan exponencialmente si se desea capturar ejemplares de grupos específicos, ya que de un dardeo pedestre se debe tomar la decisión de un dardeo aéreo; (3) el impacto en la estabilidad de unidad social (desarme del grupo), y pérdida de territorio es más probable cuando se realizan capturas por persecución, como sería una captura aérea (Sarno et al., 2009); (4) debido a lo anterior, no se podría separar el efecto de la captura del efecto de la construcción del proyecto fotovoltaico. Por ello se propuso un trabajo que permita evidenciar el desplazamiento de guanacos en el área de estudio más que la evaluación del proyecto sobre el desplazamiento. Finalmente, se sugiere que se utilice el concepto de desplazamiento en vez de migración, ya que existe evidencia de campo y de investigaciones en curso (telemétrica, genética y morfológica; González datos no publicados), que indican que no existen desplazamientos de individuos de guanaco desde la alta cordillera a la costa y viceversa, no descartándose si el contacto en tiempo evolutivos y a nivel trans-generacional. Con esta medida se aporta al Plan Nacional de Conservación del Guanacos en la Macrozona Norte y Centro y Estrategia y Plan de Acción para la Conservación y Uso Sustentable de la Biodiversidad de Atacama 2010-2017. Oportunidad: Durante la etapa de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Instalación de los dispositivos en 6 individuos de guanacos al lado este y oeste de la ruta 5. | | Forma de control y seguimiento | Registros de instalación de los dispositivos | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.7. Instalación de pantallas de ruido en la faena del proyecto | | Impacto asociado (si aplica) | Alteración del hábitat del guanaco | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Disminuir el ruido que se emite en el área de influencia y que podría afectar a la especie guanaco. Descripción: En la Adenda Complementaria se informa que el proyecto contemplará la instalación de pantallas que reducirán el ruido ambiente y vibraciones de la fase de construcción de la planta. Justificación: Reducción de la presión sonora sobre la fauna del sector. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Los sitios seleccionados son hacia el sur y el Este del Proyecto, basado en las zonas de mayor frecuencia de observación de guanacos en el área del proyecto Délano. En la Adenda Extraordinaria se aclara que no es posible definir la ubicación específica y fija para las barreras acústicas ya que éstas deben desplazarse junto con las maquinarias de construcción a medida que avanzan las faenas. Lo que sí se puede asegurar es que siempre las barreras estarán ubicadas de manera que obstaculicen la propagación sonora hacia el sur y el este del proyecto, durante toda la fase de construcción. Forma: Las características de las pantallas serán las siguientes: • La materialidad de los paneles será de madera tipo OSB con un espesor mínimo de 18 mm, o bien algún otro material equivalente con una densidad superficial igual o superior a 9.9 Kg/m2. Además el panel incorporará lana mineral de 50 mm de espesor en su cara con dirección a la fuente de ruido, con una densidad superficial de 1.75 kg/m2 o cualquier otro material con propiedades absorbentes que contenga dichas características de densidad superficial. La implementación de estas materialidades conformará una estructura que posee una densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2, la cual se comporta como barrera acústica de acuerdo a lo establecido en la Norma ISO 9613–2. Las barreras serán modulares de 3,6 metros de altura y un largo de al menos 20 metros más la longitud de la maquinaria, lo cual puede aumentar en el caso que ésta tenga una operación móvil (Ver Figura 2 y Figura 3 ambas de la Adenda Extraordinaria). Oportunidad: Durante la etapa de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Instalación de las barreras acústicas junto a la maquinaria de construcción. | | Forma de control y seguimiento | Registros de instalación de las barreras | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.8. Instalación de señalética en los alrededores del proyecto | | Impacto asociado (si aplica) | Alteración del hábitat del guanaco | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, operación y cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Advertir la presencia de guanaco a los visitantes y trabajadores Descripción: El proyecto contemplará la instalación de señalética que advierta la presencia de guanaco. Justificación: Advertir a quienes ingresar al área de la presencia de especies en estado de conservación, particularmente la especie guanaco. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: La señalética a ubicar en caminos, se basarán en la Ley de Tránsito (Ley N° 18.290/2009) y el Manual de Señalización de Tránsito (aprobado mediante el decreto N° 78/2012), el cual contiene las señales y las especificaciones de diseño. Forma: La forma de la señalética será un cuadrado con una de sus diagonales colocada verticalmente y el color de fondo será amarillo, sus símbolos y leyendas serán negros. Se incorporará una advertencia de la presencia de fauna silvestre, en que se usará como símbolo la silueta de un guanaco (L. guanicoe) de color negro. Asimismo, por debajo del cuadrado en diagonal, se incorporará un rectángulo con la leyenda “PRESENCIA DE FAUNA SILVESTRE”, cuya coloración será igual que el cuadrado superior (Figura 4 de la Adenda Extraordinaria). En la Adenda Extraordinaria se informa que se incluirá dentro de la señalética, un letrero que indique la presencia de fauna silvestre en el área. Oportunidad: Durante la etapa de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Instalación de la señalética para fauna | | Forma de control y seguimiento | Registros de instalación de la señalética | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.9. Medidas asociadas al inicio de la construcción y cerco perimetral | | Impacto asociado (si aplica) | Alteración del hábitat del guanaco | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Impedir que individuos de la especie guanaco se vean afectados durante su período de gestación Descripción: En la Adenda Extraordinaria el Proponente aclara que el Proyecto comenzará su fase de construcción una vez terminado el periodo de reproducción y lactancia de la especie Lama Guanicoe, es decir, a contar del mes de Mayo, sin embargo, es importante señalar que el proyecto no podrá detener la fase de construcción durante los meses de Noviembre a Abril. Sin perjuicio de lo anterior, al momento de iniciar la fase de construcción del proyecto, el polígono de emplazamiento será cercado (malla rashel o malla de 1,4 m o similar; sin alambres de puas. Los alambres serán lisos cada 20 cm hasta una altura de 2 metros) con el fin de evitar que la fauna presente en el área de estudio se vea afectada por las actividades propias de la construcción, independiente de los meses de reproducción y lactancia de las crías, por lo cual el cercado generará de manera natural un desplazamiento de individuos de la especie Lama guanicoe del área del Proyecto. Justificación: Menor alteración a la especie guanaco durante el período de gestación | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Todas las áreas de instalación del proyecto Forma: Cerco perimetral sin alambres de púas. Cabe destacar que en la Adenda Extraordinaria el Proponente aclara que el Proyecto comenzará su fase de construcción una vez terminado el periodo de reproducción y lactancia de la especie Lama guanicoe, es decir, a contar del mes de Mayo, sin embargo, es importante señalar que el proyecto no podrá detener la fase de construcción durante los meses de Noviembre a Abril. Oportunidad: Implementación del cerco como una de las primeras medidas durante la etapa de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Cronograma de realización de la etapa de construcción e implementación del cerco perimetral | | Forma de control y seguimiento | Registros de aviso a la autoridad sobre inicio de la etapa de construcción y registros de instalación del cerco perimetral | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.b) del ICE. | | 13.10. Restauración vegetacional con las mismas especies que existían en el lugar | | Impacto asociado (si aplica) | Recolonización vegetacional del área del proyecto por especies exógenas | | Fase del Proyecto a la que aplica | Post-cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Asegurar que la recolonización del área se genere con las mismas especies que las afectadas por la instalación del proyecto. Descripción: Posterior al cierre, el Proponente implementar medidas de restauración para la vegetación del área de intervención del proyecto para asegurar que la vegetación identificada en la línea de base recolonice los lugares intervenidos por las obras del proyecto. Justificación: No hay pérdida ni detrimento de la biodiversidad originaria del sector | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Todas las áreas que fueron intervenidas por el proyecto Forma: Las actividades de restauración del suelo se han presentado en el Anexo 2 de la Adenda Extraordinaria. Oportunidad: posterior al cierre. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Se realizará un monitoreo durante 1 año posterior a la implementación de la medida. Este consistirá en la visita de las áreas reforestadas, por parte de un Ingeniero Forestal o profesional a fin, quien mediante parcelas de muestreo inspeccionara una serie de parámetros en las especies reforestadas. | | Forma de control y seguimiento | Registros de sobrevivencia de las especies revegetadas | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.c) del ICE. | | 13.11. Medidas para los hallazgos identificados en el área del proyecto | | Impacto asociado (si aplica) | Afectación de los hallazgos identificados en el área del proyecto | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Proponer medidas de protección para la totalidad de los hallazgos identificados y presentados en el EIA Descripción: Para los 8 hallazgos aislados (ED02, ED03, ED04, ED07, ED08, ED09, ED10 y ED11) se propone implementar una recolección del material arqueológico superficial, realizando un registro de esta actividad, el cual comprenda notas de campo, fotografía digital y geo referenciación mediante gps. Se justifica esta medida considerando la naturaleza de estos hallazgos aislados y que el material presente es escaso, discreto y no presenta potencial estratigráfico. En cuanto a las dos huellas identificadas en terreno (tres sitios: ED01 y ED05 asociada a ED06) se considera adecuado adoptar las siguientes medidas: • Registro en terreno de las huellas previamente identificadas, y en una extensión de hasta 1 km a cada lado del segmento conocido, aplicando una ficha de registro especializada. • Levantamiento topográfico de las huellas mediante geo referenciación con herramienta gps. • Registro fotográfico digital de los detalles y singularidades de la huella (eventuales cambios en el terreno, desvíos y bifurcaciones), además de un levantamiento de imágenes cada 500 m. De esta manera, mediante las medidas planteadas, se aspira a implementar las medidas especiales aplicadas a los 11 hallazgos/sitios identificados en el área de estudio, de los cuales 4 se encuentran en el área de influencia del Proyecto. Justificación: Se entiende que estas medidas no corresponden a trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; ni tampoco a excavaciones. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Área de escarpe y nivelación Forma: La medida se implementará previo a realizar las obras de escarpe o remoción de superficie (fase de construcción). En el Anexo 3 de la Adenda Extraordinaria se presenta la carta del Museo Regional de Atacama firmada por Profesor Rodrigo Zalaquett Fuente-Alba, Jefe de Colecciones, aceptando la solicitud por parte del titular de entregar en esta institución los hallazgos ED02, ED03, ED04, ED07, ED08, ED09, ED10 y ED11. Además en el mismo anexo se presenta el PASM 132 con las dos huellas identificadas en terreno (tres sitios: ED01 y ED05 asociada a ED06) sobre las cuales se realizará un registro en terreno. Oportunidad: previo al escarpe o remoción | | Indicador que acredite su cumplimiento | Una vez realizadas las medidas, se entregará un informe acerca de su implementación, incluyendo fotografías para cada uno de los sitios. | | Forma de control y seguimiento | Informe presentado al CMN | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.d) del ICE. | | 13.12. Monitoreo arqueológico permanente durante obras de construcción | | Impacto asociado (si aplica) | Afectación de sitios con potencial arqueológico | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Esta medida tiene por objetivo evitar impactos sobre restos arqueológicos que pudieran existir bajo la superficie y que sean detectados durante la realización de movimientos de tierra u otras obras similares Descripción: Durante las obras de escarpe en terreno y en todas las actividades que consideran la remoción de superficie se mantendrá un arqueólogo en terreno y/o licenciado en arqueología. Justificación: La medida se justifica dado que pudieran existir restos arqueológicos bajo la superficie. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Área de escarpe y nivelación Forma: Envío de informe que incluirá: a.- Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b.- Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c.- Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. d.- Planos y fotos (de óptima resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances. El informe final de monitoreo dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Oportunidad: La medida se implementará previo a realizar las obras de escarpe o remoción de superficie (fase de construcción). | | Indicador que acredite su cumplimiento | Se remitirá Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente el informe mensual de monitoreo elaborado por el arqueólogo. | | Forma de control y seguimiento | Informe presentado al CMN | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.d) del ICE. | | 13.13. Mejoramiento señales verticales y demarcaciones | | Impacto asociado (si aplica) | Uso de la red vial | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Aumento del nivel de seguridad vial. Descripción: Incorporación de demarcación “Pare”. Justificación: Acceso al proyecto se considera como una situación riesgosa | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En el camino de acceso, visible para quienes se retiren de la faena (ver Figura 1-2 de la Adenda) Forma: La medida será realizada en conformidad con la normativa vigente, en particular el Manual de Señalización Vertical y Demarcaciones (Conaset, 2013). Oportunidad: Se instalara durante el primer mes de la fase de construcción y se retirarán en el segundo mes de la fase de cierre. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Señalética instalada. | | Forma de control y seguimiento | Registros de la señalética instalada. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.e) del ICE. | | 13.14. Registro fotográfico previo a la intervención y posterior a la restauración del área del proyecto | | Impacto asociado (si aplica) | Impacto sobre el paisaje del área del proyecto | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y cierre | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Asegurar que posterior al cierre el área del proyecto quedará en una situación similar a la original Descripción: En la Adenda el Proponente informa que previo a la fase de construcción de cada obra considerada en el proyecto, se generará una base de datos fotográficos (a color) que presentará la situación original del área del proyecto. Una vez terminada la fase de cierre, se generará una base de datos fotográficos (a color) de los mismos lugares que se fotografió previa a la fase de construcción. Justificación: El compromisos del Proponente de dejar el área lo más parecida posible a la situación original debe ser corroborada. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Las fotografías deben ser tomadas en los mismo lugares y dirección tanto en la construcción como en el cierre, con el fin de que permitan comparar y mostrar la efectividad de recuperación del área en aspectos de la geoforma, vegetación, etc. posterior al cierre del proyecto. Forma: registro fotográfico a color en los mismos lugares que sirvan de comparación de que el terreno ha quedado en una situación similar a la original. Oportunidad: Las fotografías se tomarán antes y después de realizar las acciones de restauración de la fase de cierre. | | Indicador que acredite su cumplimiento | El Proponente generará un informe en formato papel y digital al finalizar la fase de cierre (según tecnologías disponibles en ese entonces), donde se presente la comparación fotográfica de las bases de datos previo a la construcción y posterior al cierre. Dicho informe será entregado a la Superintendencia del Medio Ambiente y SERNATUR Región de Atacama. | | Forma de control y seguimiento | Informe con el registro fotográfico. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 11.1.f) del ICE. | 14. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: A continuación se presentan las medidas de contingencia propuestas en dicho capítulo. i) Medidas Prevención Contingencias adoptadas a) Sismo Fases de construcción: · El tipo de estructuras y emplazamientos de las instalaciones de faenas darán cumplimiento a las especificaciones tipo para instalaciones de este tipo bajo normativa chilena, la que considera los riesgos de sismos. · Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, los cuales deberán ser capacitados en forma anual; se apoyará en el departamento de Prevención de Riesgos y Comités Paritarios respectivos. · A modo general se definirán zonas de seguridad y se elaborará un Plan de Evacuación de Emergencia para cada contrato de construcción que incluye un programa de comunicaciones el cual incluirá aquellas contingencias independientemente de su evaluación de criticidad, el cuál será verificado y controlado en cumplimiento por parte del asesor en prevención de riesgos del titular. Fases de operación y cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción. b) Condiciones Climáticas Fases de construcción: · No se ubicara la instalación de faenas en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. · No se trabajara durante condiciones de mal tiempo sean viento y lluvia. · Las instalaciones eléctricas se inspeccionaran de manera permanente por un especialista del área. · El diseño de ingeniería y la construcción de las instalaciones del Proyecto, obedecen a normas o estándares nacionales e internacionales de resistencia. Fases de operación y cierre: · Por el tipo de obras, no se contemplan acciones especiales para eventos climáticos durante estas Fases, excepto aquellas que establece la Ley. c) Incendio en el Área de faenas Fases de construcción: · El contratista se regirá por las medidas y obligaciones establecidas por El Titular para minimizar el riesgo de incendio y las que establece la ley. · En la instalación de faenas se construirán recintos especialmente habilitados para el almacenamiento de combustible y otras sustancias inflamables. Los materiales inflamables se mantendrán en forma ordenada y clasificada al interior del recinto. El prevencionista de riesgos realizará una inspección permanente, detectando posibles fallas en los procedimientos de manejo de estas sustancias. · Los contratistas dispondrán en las áreas de trabajos e instalación de faenas, de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). · El contratista constituirá una brigada adiestrada, la que se mantendrá operativa durante toda la construcción. El manejo de combustible se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos por la normativa vigente. · El experto en Prevención de Riesgos en la faena definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. Fases de operación: · Los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, mangueras, tambores con arena, etc.). · El experto en Prevención de Riesgos en la faena definirá un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas Fases de cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción. d) Accidentes de tránsito Fases de construcción: · El Contratista implementará un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna, el cual permanecerá al interior de cada vehículo de carga. · El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). · Se capacitará a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. · Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. Para ello se utilizarán señales; barreras; luces intermitentes eléctricas; y cilindros delineadores. · El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo a las rutas/puentes que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. · Detenga el motor del vehículo y detenga cualquier fuente de ignición si es posible. Fases de operación y cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción. e) Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Medidas de seguridad asociadas al transporte: · El transporte de combustible será realizado por empresas autorizadas. · El transporte de líquidos, tales como combustible y otros que se puedan requerir en la faena, se regirán por las disposiciones de la legislación vigente. · El transportista o conductor poseerá la licencia adecuada, en conjunto a la capacitación necesaria para responder en caso de accidentes, con derrame de las sustancias transportadas. · Los conductores de los vehículos de transporte contarán con capacitación en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames (incluye la instrucción de los procedimientos asociados al manejo de sustancias peligrosas). · El transporte de sustancias peligrosas contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. Medidas de seguridad asociadas al almacenamiento y manipulación: · Se capacitará al personal que manipule y almacene este tipo de sustancias, en las instalaciones de faenas. · Se dispondrá de un área especial de almacenamiento para estos materiales al interior de la instalación de faenas, la cual estará debidamente señalizada y acondicionada según lo dispuesto por las autoridades competentes. · Los tambores de combustibles y aceite se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objeto de facilitar su transporte y evitar la humedad y corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre los tambores y el suelo. · Se dispondrá en esta área de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. · Los recintos de acopio de estas sustancias, contarán con las Hojas de Seguridad respectivas, que contendrán entre otros datos, las características de las sustancias, sus riesgos y los procedimientos de emergencia que deberán activarse en caso de declaración del riesgo. · La carga de combustible a maquinarias y equipos utilizados durante la construcción, se hará en un área previamente definida y claramente demarcada · Los aceites de cambio y otros desechos aceitosos se almacenarán en lugares adecuados y en tambores vacíos y cerrados, para su posterior disposición en lugares autorizados o devolución a los proveedores. · Cabe indicar que para el funcionamiento de la maquinaria y vehículos motorizados a utilizar en la construcción de obras, se requerirá de petróleo diésel y gasolina, los que serán abastecidos por empresas distribuidoras locales. Fases de operación: · No se prevé este tipo de riesgos durante la etapa de operación. Fases de cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción. f) Uso de equipo y maquinaria pesada Fases de construcción: · El Contratista implementará un procedimiento formal para la operación que permita atender de forma segura la conducción y operación de maquinarias, el cual permanecerá al interior de cada equipo. · Se capacitará a los operadores y conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro. · Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción · La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación. · Se implementara un plan de mantención de equipos y maquinarias. · En caso de detectarse alguna intervención de un sitio arqueológico, se debe detener la obra en ese sector e informar a las autoridades. · El supervisor será el responsable de resguardar el sitio arqueológico en las mismas condiciones que se detectó Etapa de operación y cierre: · No se contemplan acciones especiales durante esta etapa excepto aquellas que establece la Ley. g) Planta Tratamiento Aguas Servidas Fases de construcción: · El tipo de estructuras y emplazamientos de las instalaciones de faenas darán cumplimiento a las especificaciones tipo para instalaciones de este tipo bajo normativa chilena e internacional. · Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, los cuales deberán ser capacitados en forma anual; se apoyará en el departamento de Prevención de Riesgos y Comités Paritarios respectivos. Fases de operación · El tipo de estructuras y emplazamientos de las instalaciones de faenas darán cumplimiento a las especificaciones tipo para instalaciones de este tipo bajo normativa chilena e internacional. · Se capacitará y entrenará a personal en labores de rescate y emergencia, los cuales deberán ser capacitados en forma anual; se apoyará en el departamento de Prevención de Riesgos y Comités Paritarios respectivos. · Se realizara un programa de mantención por una empresa especializada en el rubro. Fases de cierre · Por el tipo de obras, no se contemplan acciones especiales para eventos de la desmovilización durante esta etapa, excepto aquellas que establece la Ley. h) Atropello Fauna Silvestre Fases de construcción, operación y cierre: · Durante las actividades del Proyecto, vehículos de transporte de material y personal utilizarán caminos existentes y caminos nuevos especialmente habilitados para dar acceso al parque. En este contexto, la actividad de transporte involucra el riesgo de atropello de animales silvestres. · Es posible entonces identificar este riesgo de atropello de animales durante la fase de construcción del Proyecto, que es la que requiere un mayor control de la velocidad. Entre las medidas a tomar están las siguientes: · Colocación de letreros de aviso de paso de animales. · Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15 - 20 km/hr. · Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. En la Adenda se informa que una vez iniciado el Proyecto se instalará un cerco que evitará el acceso de los guanacos al área de trabajos y caminos en construcción. Por lo tanto, no existirá riesgo de que guanacos crucen o transiten en el área del Proyecto. Cabe destacar que en el Anexo 12 de la Adenda se presenta específicamente un “Plan de Contingencias para la Fauna” donde entre otras cosas se establecen los procedimientos para prevenir accidentes con la fauna, las acciones a realizar frente a accidentes con la fauna y los contactos frente a accidentes con la fauna. i) Desmontaje de equipo Fases de construcción: · El Contratista implementará un procedimiento formal para el desmontaje de equipos que permita atender de forma segura esta actividad. · Se capacitará a los trabajadores de las acciones a seguir ante un siniestro. · Se implementará la señalización para las áreas de trabajos. · La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación. · Los equipos serán trasladados a lugares previamente autorizados por la Autoridad Pertinente. Fases de operación. · No se contemplan acciones especiales durante esta etapa. Fases de cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción j) Demolición de obras Fases de construcción: · El Contratista implementará un procedimiento formal para la demolición de obras que permita atender de forma segura esta actividad. · Se capacitará a los trabajadores de las acciones a seguir ante un siniestro. · Se implementará la señalización para las áreas de trabajos. · La operación de equipos no deberá exceder los máximos permitidos de acuerdo al manual de operación. · Los escombros serán trasladados a lugares previamente autorizados por la Autoridad Pertinente. Fases de operación. · No se contemplan acciones especiales durante esta etapa. Fases de cierre: · Ídem a las medidas indicadas para la fase de construcción. k) Derrame de combustible desde el almacenamiento En la Adenda se aclara que en la zona de almacenamiento de combustible, se dispondrá de un depósito colector de derrames y recepción de residuos. Se trata de una plataforma de hormigón armado cuyo perímetro debe contar con lomos de toro que los aíslen del suelo sin protección y que colectará los eventuales derrames de los ductos que se conectan a los camiones. En aquellos casos que se detecte un derrame incipiente se procederá en forma inmediata a su control. Para realizar el control del derrame se contará con paños absorbentes, aserrín, bolsas de polietileno, palas, recipientes y contenedor de desechos. Estos residuos serán acopiados en forma segregada al interior de la bodega de residuos peligrosos. Al detectarse el derrame, el personal a cargo de las instalaciones o quien la detecte deberá en forma inmediata disponer bajo ésta paños absorbentes y recipiente de recepción de derrames. De ser necesario se deberá utilizar aserrín con el fin de concentrar el derrame y evitar su contacto directo al suelo. Las acciones a seguir para la limpieza de derrames sobre el suelo sólido se indican a continuación: · Delimitar el perímetro del derrame con una berma de material absorbente para evitar que el área afectada se incremente · Recoger la sustancia derramada utilizando material o paños absorbentes, los que serán depositados en un tambor especialmente dispuesto · Limpiar la superficie utilizando, si ello es posible, detergente biodegradable y escobillando para lograr remover todos los residuos. Todos los residuos que se generen de la limpieza de derrames serán considerados como residuo industrial peligroso, incluyendo el material absorbente utilizado y el aserrín. Serán almacenados en forma temporal en contenedores sellados y rotulados en bodega de residuos peligrosos de la instalación. Posteriormente serán trasladados para su disposición definitiva por una empresa autorizada por la autoridad competente. ii) Verificadores de las medidas de contingencia A continuación se presentan los indicadores, lugar de implementación, y el plazo para las medidas de contingencia informadas anteriormente. | Medida | Indicador | Lugar de implementación | Plazo | | Capacitar y entrenar a personal en labores de rescate y emergencia. | Listas de asistencia a la capacitación. | El área del proyecto | La charla se realizara antes de que los trabajadores comiencen sus labores, y s repetirá una vez al año en etapa de operación. | | Elaborar un Plan de Evacuación de Emergencia. | Manual de procedimiento | El área del proyecto | El plan deberá estar listo previa a la construcción. | | No instalar la infraestructura en zonas expuestas a deslizamientos de tierra. | Planos de ubicación de infraestructura. | El área del proyecto | Previo a la construcción. | | Inspección permanente de las instalaciones eléctricas por un especialista del área. | Certificados de autorización de instalaciones eléctricas. | El área del proyecto | Durante la construcción y operación del proyecto. | | Inspección permanente de las instalaciones por el prevencionista de riesgos. | Certificados o informe de autorización de instalaciones | El área del proyecto | Durante la construcción y operación del proyecto. | | Colocación en áreas de trabajo de elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio. | Listas de asistencia a la capacitación. | El área del proyecto | La charla se realizara antes de que los trabajadores comiencen sus labores, y s repetirá una vez al año en etapa de operación. | | Constituir una brigada adiestrada para el control del fuego. | Listas de asistencia a la capacitación. | El área del proyecto | La charla se realizara antes de que los trabajadores comiencen sus labores, y s repetirá una vez al año en etapa de operación. | | Definir un área, alrededor del área de almacenamiento de combustibles, donde esté expresamente prohibido encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. | Señalética. Registro fotográfico. | Área donde se instalara el estanque de combustible | La señalética deberá estar instalada inmediatamente después de instalar el estanque de almacenamiento de combustible. | | Implementación de un procedimiento formal para enfrentar accidentes de tránsito que permitan atender la emergencia en forma oportuna. | Listas de asistencia a la capacitación. | El área del proyecto | La charla se realizara antes de que los trabajadores comiencen sus labores, y s repetirá una vez al año en etapa de operación. | | Capacitar a los conductores respecto de las acciones a seguir ante un siniestro en la ruta. | Listas de asistencia a la capacitación. | El área del proyecto | Tres primeras semanas de la fase de construcción y una vez al año en etapa de operación | | Instalar señalización especial en los lugares de acceso a los frentes de trabajos. | Registro fotográfico. | Área donde se instalará la faena y frentes de trabajo | Se instalaran al principio de la etapa de construcción | | No exceder el peso máximo permitido en los camiones cargados con equipos o materiales. | Registro en oficinas | Portería | Cada vez que ingrese un camión a faena con carga | | Empresa autorizada para transportar combustible. | Registro en oficinas | Oficinas | Cada vez que ingrese el camión a faena con combustible | | El conductor o transportista debe tener la licencia adecuada. | Registro en oficinas | Oficinas | Cada vez que ingrese un nuevo camión a faena | | El conductor debe tener capacitaciones en el manejo de las sustancias que transportan, primeros auxilios, respuesta en caso de accidentes y control en eventuales derrames. | Listas de asistencia a la capacitación | El área del proyecto | La charla se realizara antes de que los trabajadores comiencen sus labores, y s repetirá una vez al año en etapa de operación. | | Disponer de elementos que permitan la contención de derrames de mediana magnitud. | Registro de compra de elementos de contención de derrames, en oficinas | El área del proyecto | Estarán disponibles para ser utilizadas en cualquier momento dentro de las fases del proyecto | | Disponer de Hojas de Seguridad en recintos de acopio. | Registro en oficinas | El área del proyecto | Estarán disponibles para ser utilizadas en cualquier momento dentro de las fases del proyecto | | Colocar letreros de aviso de paso de animales. | Señalética. Registro fotográfico. | Camino de acceso | La señalética deberá estar instalada inmediatamente después habilitar la huella existente | | Instalar letreros para la protección de la fauna. | Señalética. Registro fotográfico. | El área del proyecto | La señalética deberá estar instalada inmediatamente después habilitar la huella existente | | Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto. | Señalética. Registro fotográfico. | El área del proyecto y el camino de acceso | La señalética deberá estar instalada inmediatamente después habilitar la huella existente | | Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. | Señalética. Registro fotográfico. | El área del proyecto y el camino de acceso | La señalética deberá estar instalada inmediatamente después habilitar la huella existente | | Los escombros serán trasladados a lugares previamente autorizados por la Autoridad Pertinente. | Registro en oficinas | Oficinas | Cada vez que salga el camión con escombros del área del proyecto | Fuente: Tabla 8-1 de la Adenda. 15. Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 85 del RSEIA, en base al contenido del acta de la reunión realizada con fecha 09 de septiembre de 2014 con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el Proyecto. 16. Que, durante el proceso de participación ciudadana desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formuló la siguiente observación por parte de la comunidad respecto del Proyecto, la que ha sido considerada en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala: 16.1. Observante: Oscar Fernando Rodriguez Garrido Observación: Los riesgos geológicos están definidos como la probabilidad de ocurrencia de un desastre natural, los cuales afectan las condiciones físicas del medio en que ocurren, y a su vez, menoscaben o deterioren el medio humano circundante. El documento EIA señala fechas y riesgos pero no indica tiempo de ocurrencia o alguna estadística que indique o aclare la probabilidad de ocurrencia de los distintos tipos de desastres naturales por lo que el Proponente debe incluir dicha información. Respuesta: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. Respecto a lo observado se aclara Efectivamente, los riesgos geológicos están definidos como la probabilidad de ocurrencia de un desastre natural. En el EIA se reconocen los eventos sísmicos como el principal agente de riesgo en el área del Proyecto. En virtud de que no es posible establecer con claridad la frecuencia y magnitud de próximos sismos, en el EIA se entregó información sobre los eventos sucedidos en los últimos años. Es importante aclarar que no corresponde entregar información sobre sismos sin contar con antecedentes o respaldos que en realidad no existen o no son suficientes, ya que podrían generarse temores infundados. Finalmente se reitera lo indicado en el EIA, en el sentido que el Proyecto no generará ningún efecto que favorezca o precipite riesgos geológicos. 17. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 18. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4.1 de la presente Resolución. 19. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 20. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 21. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 22. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico. 23. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA. 24. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: -
°. Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Délano”, de Inversiones y Servicios SunEdison Chile Limitada. 2°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 126, 132, 138, 140, 142, 146, 151 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Parque Fotovoltaico Délano” se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 letras b) y d) de la Ley N° 19.300, al proponer medidas de mitigación, reparación y compensación adecuadas a tal efecto. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4. del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. Notifíquese y Archívese
Miguel Vargas Correa Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama
Marco Antonio Cabello Montecinos Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Atacama
MCM/VOP/JES Distribución: - Alejandro Nicolas Erazo Lynch
- Superintendencia del Medio Ambiente
- CONADI, Región de Atacama
- CONAF, Región de Atacama
- DGA, Región de Atacama
- DOH, Región de Atacama
- Gobernación Marítima de Caldera
- Gobierno Regional, Región de Atacama
- Ilustre Municipalidad de Vallenar
- SAG, Región de Atacama
- SEC, Región de Atacama
- SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
- SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama
- SEREMI de Energía, Región de Atacama
- SEREMI de Minería, Región de Atacama
- SEREMI de Salud, Región de Atacama
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
- SEREMI MOP, Región de Atacama
- SERNAGEOMIN, Región de Atacama
- Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
- Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Expediente del Proyecto "Parque Fotovoltaico Délano"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama
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