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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Plantel de cerdos Quebrada Honda"
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1 Antecedentes Generales del Proyecto Titular : Agrícola Santa Lucía Ltda. RUT : 79.930.150-4 Domicilio : Av. del Cóndor 550, oficina 306, Huechuraba, Región Metropolitana. Representante Legal : Cristián Kühlenthal Becker. RUT : 10.327.368-4 Domicilio : Av. del Cóndor 550, oficina 306, Huechuraba. Región : Región Metropolitana de Santiago. Comuna : Huechuraba. Tipología de Proyecto : l) planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales. 1.2 Monto de Inversión El monto de inversión ascenderá a USD $18.015.400 1.3 Vida útil La construcción del proyecto tendrá una duración de 2 años y la etapa de operación 20 años. 1.4 Mano de Obra La mano de obra que se requerirá para la etapa de construcción será de 40 personas, 82 personas para la etapa de operación y 40 para la etapa de abandono. 1.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas Las obras que comprenden el proyecto ocuparán las siguientes superficies:
1.6 Localización La ubicación político-administrativa del proyecto será la siguiente: -Región: Libertador General Bernardo O´Higgins. -Provincia: Cardenal Caro. -Comuna: La Estrella. El proyecto se ubicará en un predio perteneciente a Agrícola Santa Lucía Ltda., a 6 km al noreste de la localidad de La Estrella, cuyo emplazamiento se presenta en el Anexo 1 de la Adenda 2 a través de una cartografía síntesis, con coordenadas de los polígonos de intervención de todas las obras. El acceso al predio se efectuará a través de la Ruta I-120. Para el transporte de los cerdos a faenación, se deberá recorrer 45.49 Km desde el sitio de cría; utilizando las rutas de I-120, I-140, I-158, I-162, H-76, H-886 y H-82. Las citadas rutas Incluirán el tránsito por las comunas de La Estrella, Marchigue y Pichidegua. Es preciso señalar que si bien el proyecto se emplaza en la comuna de La Estrella, la ubicación del predio limita con la comuna de Litueche. 1.6.1 Justificación de la Localización La selección del emplazamiento del plantel de cerdos, se debe a que la zona central de Chile posee una serie de factores ambientales y económicos que favorecen las labores de crianza de cerdos, entre los que destacan un clima adecuado carente de temperaturas extremas, aislación sanitaria, cercanía a sectores de producción de insumos alimenticios para los cerdos, entre otros. Sumado a lo anterior, el proyecto se desarrollará al interior de un predio rural, cuya ubicación tendrá por ventajas la cercanía a la Planta Faenadora Las Pataguas del mismo titular, donde serán transportados los cerdos una vez finalizado cada ciclo de crianza, optimizando los requerimientos de transporte. 1.6.2 Coordenadas Las coordenadas UTM datum WGS 84, huso 19 sur referenciales serán las siguientes:
1.7. Descripción del proyecto 1.7.1 Antecedentes y Justificación del Proyecto El predio destinado para el emplazamiento del plantel de cerdos es un terreno, de propiedad del Titular, sin uso en la actualidad, que fue utilizado en el pasado para actividades agrícolas y de ganadería. El terreno se caracteriza por un relieve de colinas, planicies y quebradas, siendo estos últimos dos sectores los que presentan una mayor concentración de vegetación y hábitats para fauna. El área de planicie posee actualmente una plantación de eucaliptus en distintas etapas de crecimiento, concentradas hacia el sector oriental del predio, siendo este lugar el de mayor intervención por parte de las obras y/o acciones a ejecutar por el proyecto. El proyecto consistirá en la construcción y operación de un plantel de crianza y engorda de cerdos, destinados para la producción de productos cárnicos. Contemplará la habilitación de un total de 105 pabellones de crianza, proyectados para albergar 93.500 cerdos como máximo en su peak productivo. El peak operativo se alcanzará luego de 4 años desde la puesta en marcha del plantel. El proceso productivo se dividirá en las siguientes 3 etapas de crianza: Sitio-1 Reproducción, gestación y maternidad, Sitio-2 Recría y Sitio-3 Engorda. 1.7.2 Objetivo del Proyecto El objetivo será la construcción y operación de un plantel de crianza de cerdos, con una capacidad de albergue del orden de 93.500 cerdos en ciclo completo, destinados para la producción de productos cárnicos. Al finalizar el ciclo, los cerdos serán destinados a la Planta Faenadora Las Pataguas ubicada en la comuna de Pichidegua, perteneciente al mismo titular, aprobada por RCA Nº 025/2005 de COREMA VI Región. 1.7.3 Tipología de Proyecto Según lo establece la Ley Nº 19.300 en su Artículo 10, el proyecto tipifica en los literales: l) agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales de dimensiones industriales. Complementariamente y de acuerdo al D.S. 95/2001 del MINSEGPRES, el proyecto tipifica en el literal l.3. Planteles y establos de crianza, lechería y/o engorda de animales, correspondientes a ganado bovino, ovino, caprino o porcino, donde puedan ser mantenidas en confinamiento, en patios de alimentación por más de un mes continuado, un número igual o superior a trescientas (300) unidades animal. Lo anterior, considerando que el proyecto contemplará la construcción y operación de un plantel de crianza de cerdos, con una capacidad de 93.500 animales. El Servicio de Evaluación Ambiental de esta región, considera oportuno señalar, dado que el proyecto considera un sistema de tratamiento de riles (purines), también tipifica según lo señalado en el artículo 3 del D.S. 95/01 MINSGEPRES, en el literal o.7 Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que contemplen dentro de sus instalaciones lagunas de estabilización, o cuyos efluentes tratados se usen para riego o se infiltren en el terreno, o que den servicio de tratamiento de residuos provenientes de terceros , o que traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas líquidas. Lo anterior en función que el titular considera un sistema de tratamiento de riles para el tratamiento de los purines a genera por el proyecto, cuyo destino tratado, corresponderá a uso de agua para riego de eucaliptus. 1.7.4 Etapas del Proyecto 1.7.4.1 Etapa de Construcción Las obras civiles y actividades principales previstas para el establecimiento del plantel corresponderán a: · Instalación de faenas: Comprenderá la habilitación de espacios para oficinas de los contratistas, parque de maquinarias, bodegas, pañoles, talleres de mantención, servicios de agua potable y servicios higiénicos y recintos de acopio transitorio de materiales. Estas estructuras serán construidas a base de paneles prefabricados y galpones de estructura metálica o containers. La superficie de intervención será de 500 m2. · Preparación del terreno y movimiento de tierra: Las actividades estarán conformadas por trabajos de despeje, limpieza y nivelación de superficies para alcanzar un nivel de plataforma para las fundaciones de las infraestructuras proyectadas. Las labores de despeje implicarán el retiro de la capa vegetal y otros materiales existentes dentro de las áreas requeridas para el desarrollo del proyecto, donde sea estrictamente necesario. No se utilizará fuego en las faenas de despeje. Para la construcción de la plataforma se efectuarán excavaciones y preparación del sello de fundación, para luego realizar el relleno, compactación y nivelación del área que albergará la infraestructura mayor. El material de excavaciones se usará para relleno, construcción de terraplenes, mejoramiento de caminos, entre otros. · Construcción de pabellones: Contemplará la habilitación de un total de 105 pabellones de crianza, proyectados para albergar del orden de 93.500 cerdos como máximo en su peak productivo, divididos en cada una de las etapas del proceso. Cada sitio de crianza será construido en sectores alejados uno de otro, con el objetivo de evitar la contaminación sanitaria cruzada, en caso de existir algún tipo de contingencia de carácter infeccioso para los animales. El plantel estará constituido por las siguientes instalaciones: - 30 Pabellones de reproducción, gestación y maternidad (Sitio 1). - 27 Pabellones de recría (Sitio 2). - 48 Pabellones de engorda (Sitio 3). - Obras complementarias: silos de alimento, sistema de alimentación y bebida, sistema eléctrico, sistema de calefacción, entre otros. Los pabellones serán instalados sobre una capa de ripio compactada, construidos en bloques de cemento con barras de acero estructurales. Los pisos serán de radieres de cemento ranurado e impermeable. Además, en los pabellones de maternidad y recría se utilizarán pisos plásticos ranurados. Los pabellones tendrán una rejilla plástica sobre el suelo, capaz de infiltrar los purines generados por los cerdos, lo que permitirá efectuar la limpieza de estos sitios. Las instalaciones tendrán canaletas, fosas de recepción y evacuación de purines. El proyecto estará diseñado con sistemas de ventilación de los pabellones, consistentes en cortinas abatibles, que además permitirán la regulación térmica de las salas. · Construcción del sistema de evacuación de purines: Cada área de crianza tendrá un estanque enterrado de homogenización de purines construido en hormigón armado y con una losa superior de concreto. El estanque de homogenización será rectangular, con un volumen de 850 m3, un largo de 30 m, un ancho de 20 m, una profundidad bruta de 1,7 m y una profundidad neta de 1,42 m. En el fondo del estanque se localizará un agitador mecánico, que proporcionará inyección de aire para mantener el purín en movimiento, evitando su sedimentación. Cada estanque poseerá una bomba sumergida diseñada para trabajar con efluentes de alto contenido de sólidos. El sistema de evacuación estará constituido por una red subterránea en base a tubos de polietileno de alta densidad, que permitirán la conducción mediante gravedad de los purines hacia el sistema de tratamiento habilitado para estos residuos. Esta red subterránea se construirá a 1 m de profundidad y considerará un colchón de arena, de al menos 10 cm para proteger el ducto de los movimientos, piedras u otros elementos que pudiesen dañarlo. En caso que la pendiente no sea suficiente en algunos puntos para la conducción de los purines, la conducción será efectuada mediante bombeo. · Construcción del sistema de tratamiento de purines: Los 3 sitios de crianza de cerdos evacuarán los purines generados al interior de los pabellones a través de ductos enterrados de HDPE de 200 mm de diámetro. Cada sitio tendrá un estanque de acumulación con estación de bombeo. Desde los 3 estanques de acumulación, los purines serán enviados mediante tuberías de HDPE de 200 mm de diámetro hasta el estanque de homogenización y distribución, ubicado en el sector de tratamiento de purines. Este estanque poseerá una estación de bombeo que alimentará cada uno de los tres biodigestores, mediante tuberías de HDPE de 200 mm de diámetro. Los tubos conectarán con una cámara de seguridad que tendrá un tubo al nivel de operación de cada biodigestor, con el objetivo de asegurar un nivel normal de operación, generando una trampa de gas y un sistema de seguridad en caso de falla eléctrica o instrumental. El área de emplazamiento de estas instalaciones estará cercada en todo su contorno, a una distancia de seguridad de 20 m. En el caso que 1 de los 3 biodigestores presente un problema, se mantendrá la operación de tratamiento con los otros 2 digestores por un período de hasta 2 semanas. El sistema de tratamiento tendrá un volumen de 21.250 m3 total, distribuido en 3 unidades de tratamiento de 7.083 m3. Las paredes y fondo se impermeabilizarán con una membrana de HDPE tipo HD400 de 1 a 1,5 mm de espesor, resistente a la rotura de 27 KN/m. Cada biodigestor tendrá un diámetro superior de 39 m, un talud de 50°, un diámetro inferior de 24 m y una profundidad de 9,2 m. Para mantener la temperatura de la biomasa a 36º C en cada biodigestor, se instalarán tres serpentines de tubos de acero de 2” al interior de cada unidad, para una circulación de agua a 55º C. Este aumento de temperatura se efectuará con la instalación de una caldera, que operará en base al gas generado en el sistema biodigestor, cuya extracción será ejecutada mediante tubos de polietileno de 4” de diámetro para el manejo y distribución del insumo. Complementando estas instalaciones, se construirá una cámara de monitoreo y extracción del gas junto a cada biodigestor, que tendrán una válvula de seguridad y una válvula de aislamiento, permitiendo evitar que la presión al interior de cada biodigestor supere los 12 mbar. Desde esta cámara, el gas será conducido a una caseta de control de encendido y apagado automático de la antorcha, que se ubicará junto a la caseta. Por último, cada biodigestor será cubierto con una membrana de LLDPE tipo LD400, de espesor y resistencia idéntico a la membrana de fondo. De esta forma, se confinará una cámara aislada del exterior, en cuyo interior se llevará a cabo el proceso de degradación anaeróbica. Ambas membranas serán ancladas sobre una fundación continua en todo el perímetro de cada biodigestor, a 0,6 m del borde interno del talud. Dicha fundación permitirá también, canalizar las aguas lluvia fuera del área del sistema biodigestor, evitando la erosión del talud. Las instalaciones asociadas al manejo y tratamiento de purines se emplazarán en las proximidades del Sitio 3 (engorda), que será el mayor generador de purines. Además, dicho emplazamiento considerará una menor alteración del entorno, por tratarse de suelos intervenidos con bajo potencial agronómico, ausencia de formaciones vegetales nativas, terreno de baja pendiente (menor a 8%) y distantes de sectores de quebradas. · Construcción del sistema de aplicación: La distribución del efluente proveniente de los biodigestores se efectuará a través de surcos, desde los que se aplicará en plantaciones de eucaliptus, teniendo en consideración el relieve del terreno. El efluente de aplicación será distribuido mediante tuberías superficiales, con la finalidad de controlar las áreas de aplicación y rotación de los terrenos de aplicación. La aplicación se ejecutará durante todo el año, a excepción de los días de eventos pluviométricos intensos; en cuyo caso, las aguas tratadas serán acumuladas en dos lagunas de emergencia con capacidad efectiva de retención de al menos 6.750 m3 cada una. Estas lagunas estarán aisladas del subsuelo por una superficie impermeable de arcilla compactada, cuya conductividad hidráulica no superará los 10-7 cm/s y una membrana de HDPE de 1 a 1,5 mm de espesor. Las lagunas serán construidas en base a pretiles con una altura de 2,5 m sobre el nivel del terreno y una profundidad total de 3,5 m. · Construcción del área de almacenamiento temporal de animales muertos: Cada sitio tendrá un área para el acopio temporal de animales muertos en bins, al interior de un contenedor (unidad de traspaso). Las áreas tendrán pisos de concreto impermeable con un pretil que permitirá contener las aguas de lavado y desinfección de esta superficie. Al respecto, no habrá techumbre, encontrándose al aire libre fuera de las zonas limpias, en el límite perimetral de cada sitio. El contenedor o unidad de traspaso será una estructura de hormigón con compuertas metálicas, para el ingreso de los bins desde el interior del sitio de crianza. En el lado exterior del sitio existirán compuertas para que el camión recolector efectúe el retiro de los animales muertos. De esta forma, se evitará el ingreso del camión recolector a la zona limpia de crianza. Los bins utilizados serán de materiales anticorrosivos, resistente a golpes, herméticos y con ruedas. Para ello, se privilegiará la utilización de bins de polietileno u otro material que permita una fácil limpieza y desinfección. La unidad de traspaso tendrá compuertas metálicas herméticas con bisagras, para aislar el contenido del exterior. · Construcción del sistema de desinfección de ingreso: Los vehículos procedentes del exterior del plantel serán lavados y desinfectados antes de su ingreso, a través de un sistema de desinfección que se ubicará a la entrada del predio, desde la ruta I-120. La obra gruesa se construirá en concreto, complementado con un área de contención, receptáculos laterales, válvula para el control de reposición de solución, entre otras partes. Estará conformado por rodiluvios y duchas arco para vehículos, y pediluvios para la limpieza del personal. El diseño de esta infraestructura considerará la demarcación del nivel máximo y mínimo de llenado del desinfectante, paredes lavables y un sumidero lateral con retorno para amortiguar posibles rebalses, válvula para el control de reposición de la solución y pisos impermeables. Además, se construirán conducciones perimetrales destinadas al desvío de las aguas lluvias que puedan dirigirse hacia el interior. · Construcción del sistema de agua potable: El abastecimiento de agua potable se realizará a través de la extracción desde dos pozos subterráneos de captación existentes, con derechos de aprovechamientos de aguas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo.
El abastecimiento de agua se efectuará desde ambos pozos, donde se realizará la captación directa habilitando un sistema de potabilización. Para la extracción se utilizarán tuberías de acero de 6,35 mm, con un diámetro de perforación de 12” y diámetro de entubamiento de 8”, utilizando un sistema de bombeo. En Anexo 7 de la DIA se detalla el proyecto hidráulico de este sistema. Se instalará un estanque de cloración de agua en cada núcleo productivo o sitio (3 en total), con capacidad para dos días de almacenaje cada uno. Previo al inicio de la etapa de construcción, el titular solicitará los permisos para la habilitación de este sistema ante la SEREMI de Salud de la región. En forma transitoria a la operación del sistema de agua potabilizada, se proveerá a los trabajadores de agua potable envasada. De acuerdo a los registros disponibles en la DGA, el único pozo del cual se tiene antecedente en las cercanías del área del proyecto corresponde al pozo del Comité de Agua Potable Rural de Pulín. Este pozo se localiza en las coordenadas UTM Datum WGS 84 huso 19 sur: 263.157 E y 6.219.296 N, a una distancia de 900 m del área del proyecto, con un caudal de extracción de 6 l/s. · Construcción del sistema de tratamiento de aguas servidas: Cada sitio de crianza tendrá un sistema de alcantarillado particular, mediante módulos de tratamiento de aguas servidas a base de lodos activados. Estos sistemas estarán diseñados para tratar los volúmenes proyectados para cada área productiva, con un consumo diario de 100 l/día/trabajador. En cada sitio se habilitarán cámaras subterráneas para el tratamiento. Para cada uno de ellos, se efectuará una excavación menor que permita la instalación de algunos equipos bajo tierra, como estanque, cámaras y otros equipos asociados, que se ubicará a una distancia no mayor a 5 m de la cámara receptora de los servicios higiénicos del edificio de control, unidas por medio de tuberías sanitarias de PVC de 110 mm, con pendiente del 3 %. El estanque corresponderá a una unidad de fibra de vidrio reforzado de 6 mm, el cual incluirá un digestor de lodos y una bomba neumática de retorno de lodos. A su salida, se instalará una cámara de contacto para cloración-decloración de fibra de vidrio reforzado, para la desinfección del efluente. El sistema de tratamiento tendrá un tablero eléctrico de control, un motor, un soplador, válvulas, vertedero de acero inoxidable, entre otras instalaciones y equipos complementarios. · Construcción de salas de basura: En cada área productiva se construirá una sala de basura (3 en total), con piso impermeable de radier construido a contra pendiente, y con zanjas que permitirán capturar eventuales derrames provenientes de los contenedores. La estructura soportante será de pilares metálicos con un cierre de malla galvanizada, con techumbre y canaletas para captar las aguas lluvias. · Construcción de instalaciones asociadas: Cada sitio tendrá oficinas, comedor, servicios higiénicos y una vivienda para el personal a cargo. Entre las edificaciones se habilitarán servicios básicos como camarines, duchas, servicios higiénicos, dispensadores de agua potable, entre otros. Asimismo, se habilitarán caminos de servicio al interior del predio para el traslado del personal y tránsito de vehículos. En el trazado de estos caminos no se intervendrán quebradas y laderas que presentan vegetación arbórea o arbustiva nativa. De esta manera, se priorizará el uso de huellas preexistentes. Adicionalmente, se instalarán las siguientes estructuras complementarias: - 3 estanques de gas en superficie de 1 m3 cada uno, para duchas, calefacción y comedores. - El plantel tendrá estanques para gas localizados en los sectores de los sitios 1 y 2, destinados para la calefacción de pabellones; y, un estanque de combustible diesel destinado para el abastecimiento de vehículos de transporte interno. - Todos los estanques de combustible serán aprobados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. - Otras instalaciones: Entre estas se encuentran los sistemas de alimentación automatizados, instalaciones eléctricas, instalaciones sanitarias, cortinas, entre otras. - Para el manejo de las aguas lluvias, las construcciones tendrán un sistema de recolección y transporte independiente, que permitirá canalizarlas hacia los sectores de quebrada más cercanas. El sistema de recolección estará compuesto por canaletas perimetrales localizadas en cada recinto del plantel, conduciendo las aguas por gravedad hacia las quebradas. - Todas las dependencias del plantel serán techadas; por lo tanto, no existirá contaminación de las aguas lluvias con residuos del proceso productivo. · Habilitación de barrera arbórea: Junto al inicio de la construcción de las obras se procederá a la plantación de eucaliptus en todo el perímetro del plantel, con el objetivo de generar una barrera arbórea que actuará como muro de aislación, disminuyendo los potenciales efectos que se pudieran generar durante la etapa de operación. La habilitación de la barrera se efectuará en aquellas áreas desprovistas de árboles en sus alrededores. Al respecto, se espera que en dos años los eucaliptos tengan una altura superior a 3 m. La barrera estará conformada por al menos tres hileras de separación entre ellas y con una separación de 2 m entre individuos en cada hilera, alcanzando una densidad de 1.100 árboles/Há (Anexo A de la Adenda 3). Cabe señalar que, actualmente el predio posee una superficie de 330 Há de plantaciones de eucaliptos en distintas etapas de crecimiento, cubriendo más de la mitad del predio hacia el oriente. · Equipos y maquinarias: La maquinaria que se utilizará estará compuesta por 1 retroexcavadora, 1 compactador, 1 camión aljibe y 4 camiones tolva. · Agua: Un porcentaje del agua que será obtenida desde los pozos existentes en el predio, se utilizará para la confección de hormigones y humectación de caminos de servicio, entre otros usos. · Combustible: El abastecimiento de combustible se ejecutará fuera del área de la actividad, en estaciones de servicio públicas cercanas al área del proyecto. Aquellas maquinarias de menor movilidad serán abastecidas directamente a sus estanques, mediante un camión cargador, con una frecuencia según requerimiento. Durante la etapa de construcción se utilizará gas licuado para el funcionamiento de comedor y duchas. El suministro de este insumo se efectuará a través de camiones estanques de empresas distribuidoras, de estaciones establecidas en la región. · Electricidad: La energía eléctrica se obtendrá mediante un empalme provisorio, provisto a través de la red de energía eléctrica de la empresa abastecedora de la zona, a través de una red de distribución aérea con postes sulfatados de 8 m de altura. · Materiales de construcción: Para la construcción de estructuras se requerirá el abastecimiento de enfierradura, madera, cemento, ladrillos, tuberías, entre otros. Los materiales serán almacenados temporalmente en un área habilitada dentro del predio. · Instalaciones sanitarias: Se habilitarán baños químicos para el uso del personal en todos los frentes de trabajo, mientras se construyan los servicios higiénicos y sistema de alcantarillado. La instalación de los baños químicos se ejecutará conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. El manejo de los baños químicos estará a cargo de una empresa autorizada. A modo de control se mantendrá un sistema de registro de la mantención y disposición final. Una vez habilitados los servicios higiénicos destinados para la operación del proyecto y conectados a la red de alcantarillado interna habilitada, podrán ser utilizados en primera instancia durante los siguientes meses de construcción de las obras. Existirá un recinto para servicios higiénicos en cada sitio de crianza, compuestos por excusados, duchas, lavamanos y camarines, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594/99 MINSAL. En base a la cantidad de trabajadores previstos para la construcción, habrá un requerimiento de un mínimo de 3 excusados y lavamanos, pudiendo reemplazarse para los baños de hombres el 50 % de los excusados por urinarios. En cuanto al abastecimiento de agua, será obtenida a través de dos pozos de captación tipo noria. Se instalará un sistema de potabilización mediante cloración y un estanque de almacenamiento, desde donde se distribuirá hacia los frentes de trabajo. Se mantendrán controles que aseguren que la calidad de esta agua cumpla con los requisitos mínimos establecidos por la normativa nacional para consumo humano. Previo al inicio de la construcción del proyecto, se solicitarán los permisos para la habilitación de este sistema de potabilización a la SEREMI de Salud de la región. En forma transitoria a la operación del sistema de agua potabilizada, se proveerá a los trabajadores de agua potable envasada. Para la alimentación del personal se habilitará un comedor, ubicado distante de las áreas de trabajo y de almacenamiento de residuos e insumos. En el comedor no se efectuará preparación de comidas, debido a que éstas serán provistas desde un recinto autorizado para la preparación y manipulación de alimentos. El comedor estará dotado con mesas y sillas de cubierta de material lavable, con piso de material sólido y de fácil limpieza. Además, tendrá sistemas de protección que impidan el ingreso de vectores sanitarios, dotados con agua potable para el aseo de los usuarios, energía eléctrica, medios de refrigeración, cocinillas y dispositivos eléctricos para calentar los alimentos. Estas instalaciones cumplirán con el D.S Nº 594/99 del MINSAL. · Transporte: El transporte de materiales de construcción y equipos se efectuará en camiones, en horario diurno. La entrada y salida al predio se realizará por la ruta I-120. 1.7.4.2 Etapa de Operación Una vez que el plantel y la infraestructura de apoyo se encuentren instalados, se realizarán pruebas de funcionamiento con el objetivo de detectar posibles fallas para corregirlas antes de comenzar con la puesta en marcha. El peak operativo del plantel se alcanzará transcurridos 4 años desde la puesta en marcha e inicio de operaciones del plantel, situación que albergará la masa de animales de diseño de las instalaciones (93.500 cerdos).
· Operación de pabellones: Los pabellones comenzarán a operar de forma paulatina a medida que vayan siendo habilitados. Alcanzando su peak de 93.500 animales al cuarto año de operación. A continuación, se detallan las etapas que contendrá el plantel. - Reproducción, gestación y maternidad: Los cerdos reproductores serán ingresados en los pabellones de reproducción para realizar la inseminación de las hembras. Confirmado el estado de preñez, las madres se ingresarán a los pabellones de gestación, permaneciendo por un tiempo de 110 días. Durante esta etapa, las hembras permanecerán en jaulas de aislamiento. Entre 3 a 5 días antes del parto, las madres serán enviadas a los pabellones de maternidad donde sucederá el proceso de parto. El promedio por camada será de 10 a 11 lechones. Entre los días 3 y 4, los lechones se enumerarán mediante marcas en las orejas. Una vez alcanzados los 10 días de vida se efectuará la operación de castración. Los lechones permanecerán junto a la madre por aproximadamente 20 días desde su nacimiento. Alcanzado el día 21 de edad, los lechones serán trasladados a los pabellones de recría, y las hembras destetadas se trasladarán nuevamente a los pabellones de gestación para repetir el proceso de inseminación. Los pabellones tendrán un sistema de control automático de temperatura, y un sistema de calefacción a través de calderas a gas, operando una caldera cada dos pabellones de maternidad. Para el traslado de lechones desde la Maternidad a la Recría se utilizará un camión de 5 toneladas, con carrocería de 2 pisos y techo sólido. - Recría: Cumplidos los 21 días de vida, los lechones serán enviados a los pabellones de recría, tiempo en el cual poseen un peso promedio de 6 kg. Los lechones permanecerán hasta los 75 días de vida, cuando alcancen un peso promedio de entre 30 y 40 kg, momento en el cual serán trasladados a los pabellones de engorda. La temperatura de estos pabellones se mantendrá mediante un sistema de cortinas reguladas automáticamente, en función de la temperatura; y, serán calefaccionados mediante calderas a gas, una cada cuatro pabellones. Para el transporte de cerdos desde la Recría hacia la Engorda se utilizarán dos colosos cerrados, con capacidad para 50 animales cada uno y de carga lateral, remolcados por un tractor. - Engorda: Los cerdos ingresarán a esta etapa de crianza una vez alcanzado un peso entre 30 a 40 kg, a los 75 días de vida. Los cerdos permanecerán en engorda hasta cumplir alrededor de 180 días de vida, período en el cual alcanzarán un peso promedio de 120 kg. Posteriormente, serán trasladados hacia la planta faenadora Las Pataguas, para su comercialización en mercados internos y externos. En cada pabellón se instalará un sistema automático de alimentación y bebida para los animales, consistente en líneas transportadoras de alimento, con comederos automáticos de tipo seco-húmedo con chupete incorporados. Para ello, en cada pabellón se instalará un silo individual metálico para almacenar y distribuir el alimento a los animales, el que tendrá una capacidad de 12 toneladas. En los pabellones de maternidad y recría, se instalarán cortinas reguladas automáticamente y calderas para calefacción mantener la temperatura; por lo tanto, el sitio 1 y el sitio 2 tendrán 19 y 10 calderas, respectivamente. Además, se llevarán controles con información dependiente de la etapa de vida de los cerdos, en donde se registrarán datos como cantidad de animales, fecha de monta, fecha de parto probable, fecha de nacimiento, fecha de entrada al pabellón, peso de entrada, días de lactancia, fecha de salida, número de animales muertos, vacunas y antiparasitarios, entre otros. Operación del sistema de evacuación y tratamiento de RILes: Los residuos líquidos generados por el proceso de crianza de cerdos, como excretas y orines (purines), serán retirados mediante arrastre con agua, para ser conducidos hacia el sistema de tratamiento de riles destinado a estos residuos. La composición promedio de las excretas según el estado fisiológico del animal y la estimación de purines a generar en cada uno de los sitios, será la siguiente: Estimación efectuada por el titular, en base a las concentraciones propuestas por Peralta, J. (INIA 2005). A continuación, se detalla la composición del purín por sector productivo del plantel, en concentración de elementos.
Estimación efectuada por el titular, en base a las concentraciones propuestas por Peralta, J. (INIA 2005). Estanque de Acumulación Cada sector del plantel (n°1, n°2 y n°3), tendrán un estanque de acumulación de donde serán dirigidos los purines hacia el estanque homogenizador. Según la respuesta 1.2 de la Adenda 3, el estanque de acumulación que se ubicará en el sector de engorda (262 m3/día), no será utilizado para el acopio permanente del purín, debido a que será un estanque de paso desde donde el volumen excedente se enviará hacia el estanque de homogeneización (850 m3 de capacidad real) mediante un sistema de bombeo automático. Desde el estanque de homogeneización, los residuos líquidos(purines) serán enviados al sistema de biodigestores (3 unidades) con una capacidad de almacenamiento total (real) de 21.000 m3. El sistema operará mediante control automático por niveles; es decir, una vez alcanzado un nivel determinado se activará el sistema de bombeo que enviará el volumen hacia el estanque de homogeneización; por ello, no se producirán excedentes en ningún punto de almacenamiento temporal (según lo presentado por el titular enAnexo 6 de Adenda 1). Estanque de Homogenización. Evacuación de purines: El purín obtenido de la limpieza será arrastrado a través de canaletas y tuberías, hacia un estanque de homogenización subterráneo que minimizará fluctuaciones de pH, carga de sólidos suspendidos, sólidos sedimentables, aceites y grasas, flujo hidráulico, entre otros parámetros. Con esta unidad, se logrará una mayor eficiencia en el sistema de tratamiento, en cuanto al uso de recursos y funcionamiento estable del sistema. Habrá 3 estanques de homogeneización, uno por cada sitio (sector 1, sector 2 y sector 3). El estanque de homogenización tendrá un agitador mecánico, que permitirá mantener el purín en movimiento para evitar que sedimente la fracción sólida. Para el estanque de mezcla se considerará un tiempo de retención hidráulico de un día. Los estanques tendrán una bomba sumergida especializada para el trabajo con efluentes de alto contenido de sólidos, cuyo control se efectuará a través de indicadores de nivel presentes en el estanque. El indicador ubicado en el estanque de reacción y mezcla, desactivará la bomba en el estanque de homogenización. Al alcanzarse el nivel medio en el estanque de reacción y mezcla, se volverá a activar la bomba en el estanque de homogenización. Se repetirá este ciclo hasta que se alcance el nivel bajo en el estanque de homogenización, provocando que se apague el sistema de tratamiento. Se volverá a activar el sistema de tratamiento cuando se alcance nuevamente, el nivel y medio del estanque de homogenización. Biodigestores Tratamiento de purines: El tratamiento de purines será realizado por un sistema biodigestor que operará en base a procesos bioquímicos anaerobios de degradación bacteriana, desarrollados en su interior. Habrá 3 biodigestores anaeróbicos, diseñados para una capacidad total máxima para recibir un total de caudal de 850 m3/día, considerando un 25% de margen de seguridad; es decir, condición normal 675 m3/día Además de los biodigestores, el sistema de tratamiento estará constituido por cámaras herméticas y cerradas que permitirán que su contenido no tenga contacto con el exterior. Al interior de cada biodigestor se instalará un sistema de agitación hidráulica, para los sedimentos que se depositen en el fondo, que optimizará la generación de gas y reducirá el material sedimentado a cantidades mínimas, de manera que no sea necesario retirarlos de cada biodigestor por largos períodos de tiempo. El sistema de biodigestión tendrá en su base tuberías de dispersión del efluente que generarán una leve agitación al residuo, condición que evitará la acumulación excesiva de sedimentos en el fondo. El proceso mantendrá una temperatura constante, generando un ambiente ideal para el metabolismo del cultivo bacteriano que permite la degradación de la materia orgánica. Para mantener la temperatura del biodigestor, se circulará agua caliente a través de tuberías de contacto al interior, utilizando una caldera que operará con el gas producido por los mismos biodigestores, con lo que se estabilizará la temperatura en 36ºC. Dado que el gas generado en el biodigestor será inodoro, no será sometido a un proceso de purificación para su uso en la caldera. La producción de biogás será de 5.700m3/día y la energía obtenida corresponderá a 34.250 kWh/día, utilizada para operación de los mismos biodigestores. Las capacidades y abatimientos del sistema de tratamiento de purines será la siguiente:
Estimación efectuada por el titular, en base a González, S (INIA, 2004) y Peralta, J (INIA 2005). El control de la operación del sistema de tratamiento, incluyendo la temperatura de biodigestión, se efectuará a través de un software de Adquisición de Datos y Control de Supervisión (SCADA), que permitirá el registro y monitoreo de datos en tiempo real. El calentamiento del digestor se realizará por medio de la recirculación del líquido contenido en los digestores, a través de un intercambiador de calor externo, que estará alimentado con agua caliente procedente de la cogeneración del motogenerador con el biogás producido en la planta (caldera a biogás). Las principales pérdidas de calor durante la operación del biodigestor, se producirán por entrada de materia fresca más fría, pérdidas de calor del digestor al medio ambiente y evaporación de la humedad que sale con el biogás. A través de sondas de temperatura se estarán recibiendo los valores térmicos internos del digestor, del líquido en la entrada y en la salida. Para compensar las pérdidas de calor, el ajuste de temperatura se ejecutará por medio de una válvula de 3 vías, ubicada en el circuito de agua caliente que ajustará la temperatura del agua que entra al intercambiador de calor, consiguiendo la regulación de la temperatura deseada. El diseño de los biodigestores evitará la disminución de materia orgánica disponible para la reacción, a través de purines de cerdos que tienden a la acumulación de sedimentos y a la formación de una capa flotante. La capa flotante contendrá mucha materia orgánica y microorganismos que la degradarán; al respecto cuando aumenta cierto grosor, parte del material en la superficie se deshidratará y no estará disponible para la degradación. La solución propuesta corresponderá a la extracción continua del material que se acumulará en el fondo del digestor, distribuyéndolo por sobre la capa flotante mediante toberas flexibles. Para ello, la capa flotante se mantendrá húmeda; y, por lo tanto, biológicamente activa, funcionando como un lecho fijo con una constante recirculación vertical en el estanque, impulsada por una bomba centrifuga. La salida de efluentes líquidos estará diseñada para extraer material del fondo y de la superficie del digestor, estableciendo un equilibrio, evitando la acumulación de sedimentos y de capa flotante. La permanente extracción en la zona del fondo del digestor para la recirculación y para la salida del efluente, controlará la acumulación de sedimentos. En este sentido, habrá un estado de equilibrio entre los fenómenos de sedimentación, resuspensión y eliminación en el efluente. Como acción ambiental preventiva y control, se monitoreará el nivel de sedimentación anualmente. En caso de que exista una acumulación de sedimentos mayor a 1 m se ejecutará una labor de remoción de estos sedimentos, debido a que la infraestructura del biodigestor tendrá compuertas a través de las cuales se hará el retiro. Además, se podrá desmontar la doble membrana (gasómetro), para luego bombear los sedimentos a camiones con estanques cerrados pertenecientes a una empresa autorizada, cuyos lodos estabilizados se dispondrán en un lugar autorizado. Dada la existencia de 3 biodigestores, durante el tiempo que dure la operación de limpieza (máximo 7 días), se operará con los dos digestores restantes. Durante este período los digestores operarán con un tiempo de retención hidráulica de 17 días, permitiendo un funcionamiento sin problemas de al menos 2 semanas. En consecuencia, habrá una baja tasa de generación de sedimentos o lodos, con un máximo determinado por el control operacional de 1 m/año, equivalente a 1.800 m3/año por cada digestor; es decir, la generación total será menor a 5.400 m3/año. Los trabajos de limpieza de los digestores podrán programarse con antelación, evitándose trabajar en el verano con el fin de no generar problemas de emisión de olores molestos. Cabe destacar que los sedimentos según declara el titular, estarán estabilizados, degradados y con bajos niveles de sólidos volátiles; y, por ello, no tendrán actividad de descomposición aeróbica o anaeróbica durante el proceso de limpieza. Una vez realizado el trabajo de limpieza, el digestor se llenará con efluentes de los dos digestores adicionales (inóculo) y en parte con purín fresco, para asegurar un rápido inicio de la producción de biogás y para reducir la carga orgánica al interior del digestor. En base a los volúmenes de afluente, el digestor se llenará en aproximadamente 10 días, para luego entrar en una operación normal. Durante la operación del sistema de tratamiento de riles (purines), se monitorearán continuamente los flujos de entrada al sistema, la temperatura de los biodigestores, la presión de gas y la acumulación de sólidos de fondo de estas unidades. Además, se tomarán muestras para analizar semanalmente las concentraciones de sólidos totales y sólidos volátiles y, su relación de concentración de ácidos orgánicos con la capacidad buffer de la solución. Junto con lo anterior, se aplicará un programa de mantención preventiva para motores, equipos, elementos mecánicos, sistema eléctrico, sellos y ductos, con el objetivo de asegurar la continuidad operacional de las unidades que componen el sistema de tratamiento. Dentro del programa de seguimiento ambiental se ejecutará el siguiente monitoreo de purines y efluentes tratados:
Lagunas de Emergencia El proyecto tendrá 2 lagunas de emergencia frente a la eventualidad que el sistema de tratamiento presente alguna interrupción en su funcionamiento, en períodos de precipitaciones, cortes de energía no previstos, saturación del suelo que impida efectuar el riego en la zona de los eucaliptus, entre otros eventos. Las lagunas tendrán una capacidad efectiva de retención de 6.750 m3 cada una, con una capacidad para acumular los efluentes provenientes de los 3 sectores del plantel. Según los antecedentes presentados por el titular en Anexo 4 de la Adenda N°1. En Anexo 1 de la Adenda 2 se presentó el plano de las lagunas de emergencia; y, en el Anexo 1 de la Adenda 1 mostraron las figuras con las dimensiones, características constructivas y ductos de entrada y salida para estas unidades. Cabe señalar que el Oficio Ord. 067/2014 la SEREMI de Salud de esta región se pronuncia conforme al proyecto, condicionado a: Al momento de la tramitación sectorial del permiso ambiental consagrado en el artículo 90 del D.S. 95/01 MINSEGPRES, deberá presentar acciones a adoptar en caso que por condiciones climatológicas, el suelo no pueda ser regado, y las piscinas de acumulación se vean sobrepasadas en su capacidad de retención, aun cuando la probabilidad sea baja. Aplicación de Purines en Suelo (riego de eucaliptus) · Las condiciones de manejo de aplicación consideraron el volumen de diseño del sistema biodigestor; es decir, para un efluente de 850 m3/día considerando un 25 % de margen de seguridad, y de 675 m3/día, en condición habitual. El flujo de aplicación será de 675 m3/día incorporado a riego, por medio de un sistema por surcos (sistema de riego del tipo californiano), transportando el efluente de purines tratados por tuberías de PVC hasta los mismos sectores de riego (22 paños de 15 hectáreas), para distribuirlo en 330 Há de plantaciones de eucaliptus, con una densidad de 1.2500 árboles/Há (Anexo A de la Adenda 3). La aplicación se hará efectuando una rotación de la superficie plantada de 21 días por parcela, distribuyendo el caudal en 22 paños de 15 Há/día. De acuerdo a la respuesta I.26 de la Adenda 1, la superficie de habilitación de la barrera arbórea funcionará como cortina vegetal debido a que no se explotará comercialmente; y, en caso de que se requiera la corta de árboles para labores de mantención u otras razones, se tomará la precaución de planificar la corta de tal manera de dejar siempre una cobertura arbórea de al menos cinco hileras por todo el contorno de las instalaciones productivas, sistema de tratamiento de efluentes líquidos y área de aplicación de efluentes tratados. Al respecto, en el Anexo 1 de la Adenda 2 se adjunta la cartografía que detalla la superficie forestal que contempla el proyecto, asociadas al permiso ambiental sectorial artículo 102 del D.S. 95/01 MINSEGPRES. El Titular indica que si bien no se cuenta con estudios específicos respecto de la eficiencia de las cortinas vegetales en el control de olores, la literatura (Malone y Abbott-Donnelly, 2001) señalan que la creación de cortinas vegetales alrededor de granjas de aves y cerdos tiene múltiples beneficios, entre ellos: servir como biofiltro activo para olores, disminuir el impacto visual y hermosear el paisaje, junto con incrementar la eficiencia de la producción. Un aspecto muy importante de las cortinas vegetales es su capacidad de funcionar como biofiltro activo, reduciendo olores y filtrando polvo, partículas y cualquier ruido molesto emitido por la operación del plantel. El titular declara que las cortinas vegetales ayudarán a reducir las emisiones de amoníaco, gas de efecto invernadero, precursor de material particulado fino (MP 2.5) y fuentes de olores molestos, debido a que actuarán capturando físicamente los olores y el material particulado. La adopción temprana de un programa de plantación de árboles se configurará como una estrategia eficaz de minimización de emisiones en años venideros. Según respuesta I.4 de la Adenda 3, la zona de plantación para evitar la dispersión de olores molestos, se encuentra calificada por la Corporación Nacional Forestal como terrenos de aptitud preferentemente forestal. Cabe señalar que los suelos poseen restricciones en su profundidad (53 cm) y de drenaje. Cabe señalar además que el Titular señala que si bien existen plantaciones establecidas y bonificadas por CONAF por alrededor de 4 años en el lugar; sin embargo, la capacidad de rendimiento de los eucaliptos no estarán exentos de problemas de crecimiento: enanismo de la especie y anoxia radicular. De manera de mejorar las condiciones y restricciones edáficas, se considerará el subsolado al suelo de al menos 80 cm, previo a la plantación, con el objetivo de mejorar la estructura del suelo. Las plantaciones serán regadas con 28,1 L/mes/árbol (según se indicó en cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda 1), con los purines tratados proveniente del sistema de tratamiento, y tendrán una fertilización al momento del establecimiento. Agrega además, que este riego será durante todo el año y provocará un mejoramiento en el crecimiento de la especie, distinto a lo observado en plantaciones aledañas. Se evitará el riego durante los períodos con precipitaciones prolongadas e intensas, reanudándose una vez que la superficie manifieste la no saturación. En estos períodos se efectuará la acumulación del efluente en las lagunas de emergencia, que tendrán una capacidad para retener el volumen generado en 20 días, según ha estimado el titular. Con el objetivo de distribuir homogéneamente los purines tratados provenientes del sistema de tratamiento, biodigestores, se confeccionarán las líneas de plantación y los surcos de riego, teniendo en consideración el relieve del terreno. El área de aplicación presenta pendientes inferiores a 8%. De acuerdo a la respuesta I.3 de la Adenda 3, el sistema de manejo de purines propuesto contemplará aplicación de los efluentes tratados a terrenos con plantaciones forestales, considerando el balance hídrico y de nutrientes en función del riego de eucaliptos. Se estableció una tasa de aplicación que no superará el 80% de la capacidad de retención de humedad del suelo, para que no se produzca la saturación hídrica del terreno. Los datos y antecedentes para el cálculo del balance Hídrico y de Nitrógeno, según la respuesta I.3 de la Adenda 3 es el siguiente: El estudio agrológico realizado en el sitio de interés, indicó que la profundidad efectiva media del suelo es de 53 cm, y la clase textural predominante es franco arcillo limoso.
Para determinar la demanda hídrica se requiere conocer los parámetros que a continuación se definen. Utilizando para ello la siguiente formula: Evapotranspiración de cultivo (ETc) ETc = ETo* Kc ETc, evapotranspiración de cultivo (mm/mes); ETo, evapotranspiración potencial (mm/mes); Kc, coeficiente de cultivo, al respecto la tabla muestra el coeficiecinete de cultivo utilizado para este proyecto. El coeficiente de cultivo (Kc) utilizado para los cálculos del proyecto, según lo declarado se ajustarían a las condiciones climáticas y características fenológicas de los eucaliptos.
Fuente: García, 2007 La siguiente tabla fue presentada para las precipitaciones medias y la evapotranspiración de referencia, necesarias para estimar la evapotranspiración del cultivo, representando la altura de agua que será evapotranspirada por una cubierta vegetal baja (20 cm), continua y sin restricciones bióticas o abióticas. El coeficiente Kc, corrige esta condición de referencia a una condición real, en función de las propiedades del cultivo de eucalipto.
1: Dirección General de Aguas, 2005 – 2: Santibáñez, 1990 Demanda hídrica neta, DHN Se obtiene a través de la diferencia entre la evapotranspiración de cultivo (ETc) y el aporte de la precipitación (tabla anterior), particularmente, de la precipitación efectiva, la que corresponde a la fracción de la precipitación total que puede ser aprovechada por el cultivo. La fracción, que no es utilizada, puede perderse en forma de escorrentía superficial, percolación profunda o evaporación. La importancia de considerar una precipitación efectiva radica en el hecho de que en periodos de alta precipitación es posible que el cálculo tienda a sobrestimar la evapotranspiración del cultivo dado que se considera una mayor disponibilidad de agua. Precipitación efectiva: Paraelcálculodelaprecipitaciónefectiva,seempleaelmétodode Blaney y Criddle, cuya aplicabilidad se ajusta a las condiciones edafoclimáticas del sector proyecto. El cálculo se realiza a partir de la precipitación real mensual expresada por la siguiente ecuación: Ppef (mes) = ‐0,0032 (Ppreal (mes)) 2 + 1,1415(Ppreal (mes)); r2=0,99 Donde: Ppef(mes), precipitación efectiva mensual, Ppreal(mes), precipitación real mensual, y r2 coeficiente de determinación. Los montos de precipitación efectiva calculados, son los siguientes:
Con los datos señalados, se alimentó un modelo matemático para determinar el balance hídrico diario de una unidad de riego, de acuerdo a las condiciones de aplicación diseñadas; es decir, considerando 22 paños de 15 Há (330 Há totales), lo que implicará períodos de descanso de 21 días para cada paño. Demanda hídrica bruta o tasa de riego La demanda hídrica bruta o tasa de riego, da cuenta del volumen de agua que es preciso aplicar a una superficie unitaria (1 ha) de cultivo, para satisfacer su demanda hídrica neta. El volumen definitivo de agua que será aplicado, depende de la eficiencia de aplicación del riego, según: TR= DHN/ Ef riego Donde: TR = Tasa de riego, y DHN = Demanda hídrica neta, Ef riego = Eficiencia de riego. En este caso el cálculo precisa el agua que realmente es necesario aplicar considerando las pérdidas inherentes al tipo de sistema de riego, en este caso fue considerado un 60% asociado a un riego de tipo californiano que basa su sistema en surcos y transporte de agua al sector de riego en tuberías plásticas que reducen las pérdidas en comparación a un sistema tradicional de surcos cuya eficiencia se encuentra alrededor del 40 a 45%. RESULTADOS De acuerdo al Cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda 1, la demanda hídrica bruta (tasa de riego) calculada para eucaliptos desde 1 a 5 años de edad, considerando una eficiencia de aplicación de riego de un 60%, asociado a un sistema de riego californiano, será la siguiente:
Según el Cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda 1, las consideraciones de riego para el Plantel de Cerdos Quebrada Honda, serán las siguientes:
En el punto 1.2 del Anexo 4 de la Adenda 1 “Estudio de Balance Hídrico y de Nitrógeno”, se señala que la oferta que generará el proyecto será de 750 m3/día-1, con volúmenes anuales de 684 m3/Há-1, monto que será superado por las necesidades de la plantación en los meses de mayor demanda. En los meses invernales la demanda será 0 (cero), por lo que la incorporación de riego podría generar percolación y/o escurrimiento, según los datos bibliográficos calculados. La realización de un seguimiento en terreno de las características de almacenamiento de agua en el suelo y requerimiento de las plantas, permitirá una estimación más cercana a la realidad. En el Anexo 4 de la Adenda 1 se adjunta el informe de balance hídrico y de nitrógeno. Respecto a dichos balances, deberán presentarse en forma anual a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero antes de la temporada de aplicación, en formato papel y digital para su evaluación, debido a que las variables pueden modificarse de una temporada a otra, además de verificar que la carga de nitrógeno aplicada al suelo no supere el valor máximo, para evitar contaminación. Toda modificación al balance hídrico y de nitrógeno deberá ser enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente, para ser remitida, evaluada y aprobada por los órganos del Estado con competencia ambiental, previa a su ejecución. Se mantendrá un registro de campo de aplicación de purín y de los resultados del monitoreo de Nitrógeno Total y fertilidad de los suelos receptores, actualizado mensualmente, indicando a lo menos el paño del predio que se utilizó (superficie), caudal, frecuencia de aplicación, entre otros aspectos, el cual deberá estar actualizado semanalmente y a disposición de los órganos del Estado con competencia ambiental, cuando ello se requiera; y deberá ser enviado anualmente a la Superintendencia de Medio Ambiente. Respecto a la respuesta I.3 de la Adenda 3, para asegurar que las condiciones modeladas se mantengan, el diseño del sistema de manejo y aplicación de efluentes tratados contemplará las siguientes acciones: - El riego se realizará mediante surcos construidos en curvas de nivel de manera de asegurar pendientes inferiores a 8%, maximizando la infiltración y evaporación y minimizando pérdidas por escorrentías superficiales. - Diariamente se cambiará el área de riego para evitar la saturación del suelo. La rotación permitirá contar con 21 días de descanso en cada área de riego. - Las labores de riego serán ejecutadas por operarios capacitados, que estarán permanentemente en terreno vigilando el correcto desarrollo del plan de aplicación. - Habrá maquinaria agrícola que realizará labores de incorporación del suelo y restitución de los surcos de riego. La maquinaria estará disponible para atender cualquier contingencia relacionada con el plan de aplicación de purines. - El caudal de riego será controlado permanentemente mediante caudalímetros, con registro instalados a la salida de las piscinas de acumulación. - Diariamente, antes de cada aplicación, se determinará la humedad del suelo en el área de riego mediante tensiómetros agrícolas instalados en sectores representativos de cada unidad de riego. En caso de superar 80% de su capacidad de retención de humedad, se destinará un sector que presente una humedad inferior o se evitará el riego, destinando el efluente tratado a la piscina de almacenamiento, que presenta una capacidad de 20 días de retención. - No se aplicarán purines durante los días de precipitaciones y posteriores, hasta que se verifique que éste posee menos de un 80% de su capacidad de retención de humedad utilizada. - Como medida de seguridad adicional, se instalarán tensiómetros para medir humedad del suelo en sectores representativos de la franja de seguridad, de tal forma de detectar cualquier escurrimiento de purines fuera del área de aplicación y poder adoptar oportunamente medidas de control. Balance de Nitrógeno El detalle fue presentado en Anexo 4 de la Adenda N°1, en el punto 2.1. Componentes del Balance de Nitrógeno, 2.1.1. Contenido de N inicial en el suelo, 2.1.2. Mineralización de N orgánico, 2.1.3. Aporte de N contenido en rastrojos, 2.1.4. Absorción de nitrógeno, 2.1.5. Volatilización y Desnitrificación de nitrógeno, 2.1.7. Aportes de N por aplicación de la fracción sólida de purín de cerdo, 2.1.8. Aportes de N por aplicación de la fracción líquida de purín de cerdo, 2.1.9. Formas de nitrógeno presentes en el purín aplicado vía riego por surco. Resumen del Balance de Nitrógeno A continuación se presenta el resumen del balance de nitrógeno considerando todas las entradas y salidas del sistema: Según lo presentado en Cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda N°1, Resumen del balance de nitrógeno de Quebrada Honda (400 Há).
Es importante tener en cuenta que los cálculos fueron realizados para la totalidad de la superficie plantada con eucaliptos, 400 Há. Cabe señalar que por medio del Oficio Ord. 2424/2013 el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronunció conforme, condicionado a: Establecer un período de al menos diez (10) años para monitoreos sobre fauna silvestre, especialmente reptiles, anfibios y micromamíferos, en el "área de conservación ambiental", considerando que en la medida que se desarrolle el proyecto, los posibles impactos pueden originarse con mayor intensidad, que en una etapa diferente del inicio. 2. Realizar capacitaciones anuales a los operarios que estén a cargo de la aplicación de purín al suelo y lo más importante es la inclusión de evaluaciones anuales o cuando sea necesario realizar, consensuadas con este Servicio, lo que permitirá asegurar el mejor desempeño en esa relevante actividad. 3. Entregar a este Servicio, al inicio de cada temporada de riego, la identificación de cada área (polígonos en formato kml, coordenadas UTM, Datum WGS84) y una planilla de base de datos (formato Excel) con información detallada de los análisis de suelos y riles (si corresponde), fechas de aplicación de riego por paño (15 ha.) y cantidad de purín aplicada por paño. · Manejo de animales muertos: 1.7.4.3 Etapa de Abandono El proyecto no contemplará etapa de cierre debido a que el horizonte de vida estará definido desde un punto de vista económico, incluyendo factores de retribución de la inversión y utilidad. De acuerdo a lo anterior, la vida útil mínima se ha proyectado en 20 años, pudiendo continuar su funcionamiento, modernizando las instalaciones según el avance tecnológico y demanda de mercado. En caso de decidirse el cierre del plantel de cerdo, se presentará un plan de abandono del área intervenida a la Superintendencia de Medio Ambiente, incluyendo un cronograma de ejecución de obras de restauración. Asimismo, una vez finalizadas estas actividades se presentará un plano asbuilt con las condiciones finales del entorno sujeto a restauración, adjuntando cartografía digital georreferenciada en coordenadas UTM, datum WGS 84 a escala 1:5.000. Además, se procederá a las siguientes acciones: · Manejo de cerdos: Los animales que aún se encuentre en las etapas de crianza serán trasladados en camiones a otros planteles de cerdos del titular, o vendidos a otras empresas del rubro en caso de no tener capacidad de recepción. Se privilegiarán aquellos animales sanos que no hayan estado expuestos a enfermedades, si este es el caso del cierre, para evitar la contaminación cruzada entre planteles. Para este efecto, se establecerá un período de cuarentena previo al traslado. En caso que el cierre sea provocado por enfermedades, el manejo de los animales será acordado en conjunto con el SAG y la SEREMI de Salud Regional. Los animales muertos serán enviados a disposición final en un sitio autorizado, dentro de un plazo no mayor a 48 horas desde la data de muerte. · Limpieza y desinfección de instalaciones: En todos los pabellones de cerdos se procederá a efectuar la limpieza y desinfección de pisos, paredes, rejas, puertas y otras estructuras implicadas. Los residuos líquidos serán conducidos hacia el biodigestor, el cual se mantendrá en operación hasta el cierre completo del plantel. Finalmente, se procederá a la limpieza y desinfección del biodigestor, abriéndolo. Se evaluarán las acciones de control de olores para aplicar productos que minimicen dichas emisiones. Las labores de limpieza y retiro de lodos estarán a cargo de una empresa autorizada, y se dispondrán en sitio autorizado. · Desmantelación de instalaciones: En caso que no exista un nuevo uso para las instalaciones, se procederá a su desmantelación y demolición. Previo a efectuar estas labores, se cortará el suministro de energía eléctrica. La desmantelación consistirá en el desarme y retiro de estructuras y equipos como puertas, lámparas, sistema de alimentación, techumbre, vigas, rejas, tuberías, silos, entre otros. Estos materiales podrán ser reutilizados en otras instalaciones, vendido a terceros o enviados para su disposición final por empresas autorizadas. Las tuberías y otros materiales que hayan estado en contacto con los purines, serán lavadas y desinfectadas para luego ser enviadas a disposición final. Las estructuras gruesas serán demolidas y sus escombros retirados. Los cimientos y bases se dejarán sobre el terreno, cubriéndolos con una capa de tierra. Para el caso de futuros usos que potencialmente podrían definirse para el predio, si es aplicable, serán evaluados conforme lo establece el D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. · Equipos y maquinarias: Se requerirá una retroexcavadora, un camión aljibe y dos camiones tolva. · Insumos: - Agua: El agua será abastecida desde los pozos existentes en el predio, a través de las obras de captación y sistema de potabilización utilizados durante la etapa de operación. Ante la eventualidad de no poder abastecerse desde los pozos, se utilizará agua envasada de forma provisoria. El consumo durante la etapa de cierre será de al menos 4 m3/día para consumo humano, considerando un requerimiento de 100 l/día/trabajador según el D.S. N° 594/1999 del MINSAL. Además, desde los pozos se utilizará agua para las labores de humectación de caminos y áreas de tránsito, con el objetivo de minimizar las emisiones atmosféricas. - Combustible: Para el caso de los vehículos, la carga se efectuará en estaciones de servicio más cercanas al sitio. En tanto, las maquinarias de menor movilidad serán abastecidas directamente a sus estanques mediante un camión cargador, con una frecuencia según requerimiento. - Energía Eléctrica: La energía eléctrica requerida se obtendrá desde las fuentes utilizadas durante la etapa de operación. Una vez finalizado el requerimiento de energía eléctrica, se efectuará la desenergización y desmantelamiento de la infraestructura asociada. · Instalaciones sanitarias: Al comienzo de la etapa de cierre podrán utilizarse los servicios higiénicos existentes en el plantel. Además, si es requerido, estas instalaciones podrán ser apoyadas con baños químicos, cuya instalación cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. El manejo estará a cargo de una empresa autorizada, y la disposición final se realizará en un sitio autorizado. El abastecimiento de agua se efectuará desde los pozos de captación (Pulín I y Pulín II), utilizando la infraestructura habilitada para la etapa de operación. Para la alimentación del personal se habilitará un comedor, que se localizará aislado de las áreas de trabajo y de almacenamiento de residuos o insumos. No se efectuará preparación de comidas, debido a que éstas serán provistas desde un recinto autorizado para la preparación y manipulación de alimentos. El titular velará por el cumplimiento de la normativa asociada a la habilitación y funcionamiento del comedor, particularmente a lo establecido en el D.S Nº 594/99 del MINSAL. · Transporte: El transporte estará asociado al traslado de trabajadores y al retiro de residuos. Estas labores se ejecutarán en horario diurno. La entrada y salida al predio se efectuará por la ruta I-120. En la actualidad, no es posible establecer las rutas que serán utilizadas durante esta etapa. 1.7.5 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos Emisiones Atmosféricas · Etapa de Construcción:Las emisiones atmosféricas para la etapa de construcción corresponderán a material particulado suspendido, derivado de las actividades de despeje, movimiento de tierra y tránsito de vehículos. Las faenas de movimiento de tierra se efectuarán principalmente durante los primeros meses de habilitación. Considerando las emisiones señaladas y por concepto de combustión de combustible en motores de vehículos, las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 5.34 ton/año, el CO a 0.49 ton/año, el NOx a 2.01 ton/año y el HC a 0.24 ton/año. Durante esta etapa se efectuará humectación 3 veces al día en los frentes de trabajo, a través de un camión aljibe, acción que permitirá reducir la resuspensión de polvo. Junto con lo anterior, habrá mantención periódica de los vehículos, condición que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. · Etapa de Operación:La principal fuente de emisión en la etapa de operación corresponderá al tránsito vehicular, vinculados al transporte de insumos y de animales hacia la planta faenadora. Otra fuente de emisión serán las calderas a gas utilizadas para la calefacción de los pabellones, las que operarán durante los 6 meses fríos. A lo anterior, se sumarán las emisiones provenientes de la operación de las calderas de los biodigestores, que operarán con el biogas producido por la degradación anaeróbica, cuya característica será la de un combustible limpio; por lo tanto, sus emisiones serán poco significativas. Las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 8.64 ton/año, el CO a 0.07 ton/año, NOx a 0.25 ton/año y HC a 0.06 ton/año. Para reducir las emisiones de material particulado se ejecutará humectación de los caminos internos de mayor movimiento vehicular, con una frecuencia de 3 veces al día mediante camión aljibe. Junto con lo anterior, habrá mantención periódica de los vehículos, condición que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. En tanto, las calderas tendrán un programa de mantenciones con el objetivo de asegurar su óptimo funcionamiento. En el Anexo 3 de la Adenda 1 se presenta el informe de estimación de emisiones atmosféricas para cada una de las fuentes de emisiones en la etapa de operación, incluyendo: el flujo de vehículos, características de estos en cuanto a su dimensión, combustión emitida por las 30 calderas a gas en pabellones, la caldera a biogás para los biodigestores y grupos electrógenos. · Etapa de Abandono: En caso de requerir el cierre del plantel, las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores. Estas emisiones estarán asociadas a movimientos de tierra, tránsito de vehículos, operación de maquinaria y demolición de instalaciones. Las emisiones serán similares a la etapa de construcción; por lo tanto, se aplicarán las mismas acciones para minimizarlas. Ruido · Etapa de Construcción: Durante la etapa de construcción se emitirán ruidos por el funcionamiento de maquinaria y actividades de construcción. El tipo de fuente será de carácter puntual y esporádico, alcanzando niveles de 90 a 100 dB(A) como emisión global. Ante este escenario, se tendrá sólo por atenuación por distancia, un nivel de 44 dB(A) a 250 m de la fuente emisora. Considerando que el área de emplazamiento del proyecto estará a 3 km del lugar habitado más cercano, las emisiones serán de poca relevancia, debido a que no afectarán a la población cercana. Complementariamente, se capacitará al personal sobre las acciones de protección de ruido necesarias; así como también, del uso obligatorio de los equipos de protección auditivos en las faenas que presenten mayor emisión acústica. · Etapa de Operación: Para la etapa de operación, las emisiones acústicas se acotarán básicamente al tránsito vehicular y a sonidos emitidos por los propios animales. En base a la experiencia en proyectos similares, el ruido generado por los cerdos podría bordear los 60 dB(A), considerando un nivel basal de 50 dB(A). Tomando como referencia la atenuación por distancia, la lejanía a sectores poblados y la magnitud de las actividades, la operación del plantel no infringirá las disposiciones del D.S. 146/97 del MINSEGPRES. Al respecto, el poblado de Pulín será el receptor más cercano. Las viviendas más próximas estarán ubicadas a 3 km en dirección NE. Por otra parte, hacia el SW se ubica la localidad de La Estrella a una distancia superior a 5 km, descartándose que esta localidad pueda ser considerada una potencial fuente receptora. · Etapa de Abandono: En caso de requerir el cierre de las instalaciones, las principales fuentes de ruidos corresponderán al tránsito vehicular y a la operación de maquinarias. El distanciamiento a sectores poblados permite definir que no se sobrepasarán los niveles de ruido establecidos en la normativa nacional. Además, no habrá utilización de explosivos durante esta etapa. Manejo de Olores · Etapa de Construcción: Durante la etapa de construcción no habrá generación de olores. Etapa de Operación: De acuerdo a la respuesta III.2 de la Adenda 3 se señala que en el estudio de impacto odorante (Anexo 2 de Adenda 1), se efectuó una modelación de olores utilizando el modelo CALPUFF View 4.0, considerando un período de un año. Posteriormente, se desarrolló una nueva modelación de olores de acuerdo a las consideraciones solicitadas en el ICSARA 2, que indicaba que se debía incluir el área de manejo de animales muertos del plantel, además de desarrollar un Plan de Gestión de Olores (Anexos 6 y 7 de la Adenda 2). Adicionalmente, en Adenda 2 se compromete la incorporación de sistemas de ventilación en los pabellones de engorda (Sitio 3), disminuyendo la percepción de olores en sectores poblados, de acuerdo a la modelación realizada. Para verificar la efectividad de las acciones de control de olores, el titular comprometió en la Adenda 2, mediciones anuales de olores en las áreas potencialmente afectadas. Esta medición se efectuará durante los primeros 4 años de operación del proyecto, considerando las condiciones más desfavorables para percepción de olores; es decir, en meses de verano y al momento de aplicación de efluentes tratados en los paños de riego más próximos a áreas pobladas. La metodología utilizada para la medición de olores corresponderá al Mapa de Olor en base a Olfatometría Dinámica. Los informes de resultados de estas mediciones serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Los resultados arrojados por el modelo señalan que el plantel requerirá un distanciamiento mínimo de 1.993 m en dirección Norte-Este, producto de la influencia de los vientos, distancia que permitirá una pluma de olor diluida, que no implicará la ocurrencia de situaciones de olores molestos percibidos por la comunidad aledaña. Al respecto, la localidad de Pulín está localizada a una distancia de 3 km en dirección Noreste. La operación del plantel alcanzará su capacidad de animales proyectados a partir del año 4 de operación, lo que implicará la generación de olores vinculado a las excretas y orines; y, a la descomposición de animales muertos. La generación de olores molestos en el plantel de crianza de cerdos estará relacionada con una deficiente gestión y manejo de estos residuos. Al respecto, las acciones de manejo de olores que se aplicarán serán las siguientes: -Limpieza diaria de los pabellones: Los pabellones serán sometidos a procedimientos de limpieza diarios, con el objetivo de retirar las excretas de los animales. Esta acción permitirá eliminar y diluir las fuentes de olores desde los pabellones de manera óptima. -Control de olores en el manejo de animales muertos: El manejo de los animales muertos se efectuará en un área habilitada en cada sitio de crianza, en donde existirá un contenedor metálico de bins herméticos para el acopio temporal, denominados “unidad de traspaso”. Dichas áreas se ubicarán en la periferia de cada sitio, en donde cada contenedor se ubicará en el límite perimetral, teniendo compuertas herméticas al interior y al exterior de estos sitios, condición que evitará el ingreso de los camiones recolectores al interior de la Zona Limpia. Las áreas de animales muertos tendrán piso impermeable y pretil de contención. En tanto, los bins móviles serán de material resistente, anticorrosivo y de fácil lavado. Las unidades de traspaso sólo se abrirán para el ingreso o retiro de animales muertos, limitando temporalmente el contacto con el exterior. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos debidamente habilitados. Luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados. Esto se realizará en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrán abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. El período de retiro de animales muertos desde las estaciones de transferencia tendrá una frecuencia todos los días hábiles (lunes a viernes) durante el verano; y, en invierno, será de 3 veces a la semana (lunes – miércoles – viernes). -Control de olores en el manejo de purines: Los purines serán transportados desde los pabellones hasta el sistema de tratamiento de forma subterránea. La utilización de un sistema de digestión anaeróbica, reducirá olores y materia orgánica gracias a la eliminación de los ácidos grasos volátiles (AGV), y otros compuestos de fácil degradación. Los biodigestores serán un sistema cerrado y hermético, en donde el gas producido será utilizado para combustión; por lo tanto, no se emitirá olores al exterior. En caso de detectar la generación de olores persistentes desde los estanques de homogeneización u otro punto crítico del sistema, se evaluará la utilización de aditivos biodegradables para el control de la actividad bacteriana. -Barrera arbórea de protección: El plantel tendrá una barrera arbórea o cortinas vegetales que serán plantadas al inicio de la etapa de construcción; por lo tanto, tendrá una altura promedio de 3 m al momento de iniciar la operación, que se sumará a la arboleda existente en el predio. Las barreras arbóreas son elementos utilizados para el control de olores, siendo una medida recomendada en el Acuerdo de Producción Limpia de Buenas Prácticas Agrícolas en el Sector de Producción Porcino Intensivo, donde se reconoce la factibilidad de esta medida para la reducción de olores provenientes de planteles de cerdo. Asimismo, las fuentes de olores en planteles de cerdos se encuentran localizadas a nivel del suelo, la pluma de dispersión tiene la tendencia de trasladarse de igual modo a través del suelo, razón por la que las barreras arbóreas representan una solución ideal para la intercepción, eliminación y dilución de olores. Existen al menos cinco formas que interactúan entre ellas, por las cuales estas barreras vegetales pueden atenuar los olores: a) Mediante la intercepción y captura física de polvo, aerosoles y gases a través del contacto con las superficies del árbol (tronco, ramas, hojas). b) A través de la dilución y dispersión de las concentraciones de olores en el flujo de aire. c) Fomentando la depositación en el suelo del polvo y otros aerosoles, gracias a la reducción de la velocidad del viento. d) Actuando como sumideros biológicos de los componentes químicos que constituyen los olores, luego de su intercepción. e) Mejorando la estética de los planteles de cerdos y el paisaje rural. En la respuesta III.1 de la Adenda 3, el titular se compromete a evaluar de las condiciones de los puestos de trabajo, a través de la ACHS una vez que entre en operación el proyecto, analizando todos los riesgos asociados, incluida la exposición a gases como NH3, H2S y CO. De esta evaluación, se determinarán y adoptarán las acciones para asegurar que las condiciones laborales no presenten riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores, definiendo la necesidad de realizar acondicionamiento de las instalaciones, utilización de equipos de protección personal y/o instalación de sistemas de monitoreo continuo. El informe que sea obtenido de esta evaluación, junto a las acciones implementadas estará disponible en el plantel para revisión de las autoridades en caso de requerirlo. · Etapa de Abandono: El proyecto no prevé etapa de cierre o abandono. En caso de ocurrir esta situación, las fuentes de olores serán similares a aquellas existentes en la etapa de operación, hasta que se efectúe el completo retiro de los cerdos al interior de las inmediaciones. Una vez deshabitados los pabellones, las instalaciones serán sometidas a limpieza y desinfección para eliminar la fuente primordial de olores del plantel. Luego de efectuado el retiro del contenido de los biodigestores, se procederá a retirar estas instalaciones. Residuos Sólidos · Etapa de Construcción: Los residuos sólidos corresponderán al tipo domésticos y asimilables a domésticos; residuos de construcción y restos de corta. Durante esta etapa no habrá otro tipo de residuos, dado que no habrá mantención o recambio en las maquinarias y vehículos en el predio. Residuos domésticos y asimilables a domésticos: Corresponderán a aquellos generados por los trabajadores, constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. La tasa de generación será de 0,8 kg/hab/día, totalizando una cantidad de 32 kg/día. Al respecto, los residuos serán almacenados en contenedores con tapa, al interior del predio; y, serán transportados por una empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. Restos de materiales de construcción: Estarán conformados por restos de maderas, tuberías, latones y algunos moldajes usados en las obras civiles. Estos residuos serán acopiados de forma transitoria en un patio cercado, con señalética para cada tipo de residuo, pudiendo ser reutilizados en otras labores de construcción y reparación de diversas estructuras del plantel. Aquellos residuos que no puedan ser reutilizados serán retirados por una empresa autorizada, una vez finalizadas las faenas de construcción, para su disposición en lugares autorizados. Restos de corta: Estarán integrados por los restos de vegetales ubicados en la superficie de las plantaciones de eucaliptus, que deberán retirarse, chipearse y reintegrarse en otras superficies como mejorador de suelo.Los residuos vegetales no se acumularán y acopiarán temporalmente, para evitar la presencia de posibles focos de incendios forestales, considerando que el área de intervención está inmersa en una zona de secano interior con plantaciones forestales. · Etapa de Operación: Los puntos de generación de residuos sólidos estarán asociados a la permanencia temporal del personal y a la operación de las áreas de crianza. Residuos domésticos y asimilables a domésticos: Los residuos sólidos domésticos estarán compuestos por restos de comida, papeles, cartones, y otros asimilables. La tasa de generación será de 0,8 kg/hab/día, totalizando una cantidad de 63,2 kg/día. Para el manejo de estos desechos, existirán salas de basura en cada área productiva lejanos a los sitios de crianza, las cuales tendrán contenedores con tapa, en cuyo interior se instalarán bolsas plásticas para el almacenamiento provisorio de los desechos, siendo posteriormente recolectados por una empresa autorizada para su disposición en sitios autorizados. Animales muertos: El retiro de los animales muertos en verano se efectuará todos los días hábiles (lunes a viernes), mientras que en invierno será de 3 veces a la semana (lunes-miércoles-viernes) desde los pabellones, siendo trasladados hacia un área de almacenamiento temporal en bins herméticos al interior de un contenedor con puertas de ingreso. El retiro se efectuará a través de una empresa autorizada, y podrán ser derivados para su utilización por empresas de rendering, o ser enviados a sitios de disposición autorizados. El proceso de crianza tendrá un total de mortalidad de 133 animales/día, que equivaldrá a 4.012 animales/mes. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos; luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrá abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. Residuos veterinarios: Corresponderán a envases de medicamentos, vacunas, vitaminas y desechos de instrumental veterinario como frascos de vidrio y plástico, bidones, sacos de papel, cajas de cartón, guantes, hojas de bisturí, agujas y jeringas. Dichos residuos serán segregados en su origen separando los cortos punzantes y dispuestos en envases rígidos, con el objeto de proteger a los manipuladores. Los contenedores serán rotulados manteniendo un registro de salida, separados de los residuos sólidos domésticos y asimilables; para luego disponerlos en sitios autorizados para su recepción. El plantel producirá 18,7 kg/mes de estos residuos. Aquellos residuos catalogados con algún grado de peligrosidad, serán manejados de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N° 148/03 del MINSAL. Envases de Plaguicidas: Una vez terminada la aplicación de plaguicidas, los envases plásticos vacíos de plaguicidas se someterán a “triple lavado”. Los envases con triple lavado, perforados y sin etiquetas, se dejarán en un espacio predeterminado al interior de la bodega de plaguicidas, señalizados como “Envases vacíos con triple lavado”, en espera de su retiro y disposición a un lugar autorizado. Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos se almacenarán de forma provisoria y separada en bodegas diseñadas para ese objetivo, cumpliendo las disposiciones del D.S. N° 148/03 del MINSAL, para luego ser retirados y dispuestos por una empresa autorizada en el manejo, tratamiento y disposición de este tipo de residuos. A continuación se describe el manejo por tipo de residuo: Aceites lubricantes: Conformados por residuos de aceites de motor, líquidos hidráulicos, residuos de los filtros de petróleo diesel y aceite; los cuales, se almacenarán en tambores de 200 litros con tapas cerradas, para evitar que los residuos se mezclen con agua u otros elementos. La disposición final sólo se hará con empresas autorizadas. En ningún caso, los aceites lubricantes, petróleo o cualquier otro residuo serán utilizados en la mantención de caminos o incinerados en la empresa. El lugar en donde se almacenen estos residuos estará cerrado, techado y con pretil de contención de derrames y radier, además de tener la señalización correspondiente. Filtros de aceite y petróleo: Se dispondrán sobre una superficie para que escurra el aceite o petróleo sobrante. Los filtros vacíos se dispondrán en tambores de 200 litros, para luego ser enviados a una empresa autorizada, al igual que el aceite y petróleo sobrante. Tubos fluorescentes y ampolletas de Haluro: Cada vez que se realice el cambio de Tubos Fluorescentes y Ampolletas de Haluro, serán retirados y guardados en la misma caja del Tubo o Ampolleta nueva, donde se le escribirá “Tubo o Ampolleta usado”; para finalmente, ser almacenados en un área específica al interior de la bodega de residuos peligrosos, rotulada como “Tubos Fluorescentes y Ampolletas de Haluro”. Pilas y baterías de radio: Serán trasladadas a la bodega de residuos peligrosos, donde se almacenarán en un contenedor rotulado “baterías de radios y pilas usadas”, para luego ser enviados a una empresa autorizada. Neumáticos: Los neumáticos en desuso se acopiarán en el área de mantención mecánica, los cuales serán entregados a empresas autorizadas para su transporte y eliminación. Baterías de ácido-plomo: Una vez retiradas desde los vehículos y maquinarias, serán almacenadas transitoriamente en un sitio único dentro del taller de mantención o área de trabajo, sobre un pallet y con la señalética correspondiente al riesgo. Luego, las baterías se trasladarán a la bodega de residuos peligrosos, para luego ser transportada por una empresa autorizada y dispuestas en sitio autorizado. -Lodos de biodigestores y sistema de tratamiento de aguas servidas:El sistema biodigestor permitirá la degradación de la materia orgánica sólida existente en los purines; por lo tanto, operará por largos períodos de tiempo sin la necesidad de aplicarle limpieza. Los lodos en su interior disminuirán su volumen, producto de la digestión de la materia orgánica por parte de bacterias. Se mantendrán revisiones constantes en estos equipos; y, en caso de un eventual requerimiento técnico, se procederá al retiro del lodo contenido en el sistema. La infraestructura del biodigestor tendrá compuertas por las cuales se efectuará el retiro, cuyo procedimiento estará a cargo de una empresa autorizada, siendo trasportados a sitios de disposición final autorizados. En el plantel se mantendrá un registro de las frecuencias de las limpiezas, y de las empresas a cargo del retiro y de la disposición final. Los lodos generados en las cámaras de tratamiento de aguas servidas serán sometidos a un proceso de digestión al interior del sistema, favoreciendo la disminución del volumen producido y permitiendo efectuar un retiro entre 3 a 5 años de operación continua, o según sea el requerimiento de diseño. El manejo se efectuará de acuerdo a lo señalado en el D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES, el cual será retirado y trasladado para su disposición final por una empresa autorizada. · Etapa de Abandono: El proyecto no preverá etapa de cierre o abandono. En caso de eventualidades no previstas, si se requiere efectuar el cierre de las instalaciones, los residuos sólidos estarán distribuidos en las siguientes categorías: Residuos domésticos y asimilables a domésticos:Corresponderán a restos de comida, papeles, cartones, y otros asimilables. Habrá un contingente de personal similar a la etapa de construcción, condición que implicará una cantidad de 32 kg/día. Estos residuos se almacenarán en bolsas plásticas al interior de contenedores con tapa, para luego ser retirados y trasladarlos a sitio autorizado por una empresa autorizada. Animales muertos:Para este tipo de residuos se mantendrá el mismo procedimiento de retiro, almacenamiento y disposición utilizado durante la etapa de operación del plantel, hasta que se desalojen por completo los pabellones. Residuos veterinarios:En el período que se mantendrán cerdos durante el abandono, habrá requerimiento de aplicar algún producto veterinario, situación que generará residuos por esta actividad. El manejo de estos residuos será realizado de igual forma a lo indicado para la etapa de operación. Lodos de biodigestores y sistema de tratamiento de aguas servidas:Previo a que se proceda a desmantelar el biodigestor, se efectuará la limpieza y retiro de lodos desde su interior, procedimiento que será realizado por una empresa autorizada, siendo enviados a un sitio de disposición final autorizado. En tanto, el manejo de los lodos de los sistemas de tratamiento de aguas servidas se efectuará según el D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES, siendo retirados y transportados a un sitio de disposición final por una empresa autorizada. Escombros y residuos de desmantelación:Estarán compuestos por restos de madera, techumbre, enfierradura, cables, escombros, entre otros. En aquellos casos que sean posibles, se reutilizarán estructuras y materiales en otras instalaciones, o será vendido, o retirados del predio por una empresa autorizada para ser transportados a una disposición final autorizada.Aquellos materiales que hayan estado en contacto con los animales serán lavados y desinfectados, previos a su retiro del predio. Residuos Líquidos · Etapa de Construcción: Los residuos líquidos serán los generados por el uso de los baños químicos, manteniéndose hasta que se implementen los baños del plantel.La instalación de los baños químicos se ejecutará conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. El retiro de estas aguas se hará con una frecuencia de 3 veces por semana; y, su manejo estará a cargo de una empresa autorizada. · Etapa de Operación: Aguas servidas: Se generará un volumen de 8,2 m3/día derivados de los servicios higiénicos del plantel, dispuesto en el sistema de alcantarillado particular en cada sitio de crianza. La limpieza de la cámara decantadora del sistema de tratamiento se ejecutará cada 2 años por una empresa autorizada, o según requerimientos técnicos. El agua resultante del tratamiento se usará para el riego de superficies y jardines al interior del plantel. Purines y aguas de lavado: Los RILes generados durante el proceso de crianza se producirán de forma diaria, provenientes del lavado de los pabellones compuesto por excretas y orines de los animales. Se generará un volumen de 675 m3/día. Los purines se transportarán gravitacionalmente a través de una red de tuberías subterráneas hacia el sistema biodigestor, el cual fue diseñado para recibir un caudal de 850 m3/día, considerando un 25 % como margen de seguridad. El efluente que saldrá de los biodigestores será aplicado en plantaciones de eucaliptos, en un área de 330 Há que se fraccionará en unidades de manejo de 15 há/día de superficie, con una rotación diaria para su aplicación. Las aguas utilizadas para riego cumplirán con los parámetros establecidos bajo la norma chilena NCh 1333/78. Lavado de rodiluvio: Serán RILes derivados del lavado constituidos por la solución desinfectante y biodegradable aplicada a los vehículos. Se utilizarán 3 litros/vehículo, donde gran parte del volumen que se usará se evaporará, obteniendo una baja cantidad de agua residual que será contenida en los pretiles del rodiluvio. En caso de requerimiento, se retirará la solución de los pretiles para luego ser dispuesta en el sistema de conducción del biodigestor. · Etapa de Abandono: Aguas servidas: Durante los primeros meses se utilizarán los servicios higiénicos existentes en el plantel, en conjunto con baños químicos. Una vez requerida la desmantelación de todas las instalaciones, se usarán baños químicos. El manejo de estos residuos estará a cargo de una empresa autorizada para su retiro, y envío a disposición final autorizado. Aguas de lavado y efluentes del biodigestor: Las áreas donde habitaban los cerdos serán sometidas a procedimientos de limpieza y desinfección, previo a su desmantelamiento. Las aguas residuales generadas se conducirán a través del sistema de evacuación existente hacia los biodigestores. Los biodigestores serán una de las últimas instalaciones en ser desmanteladas. Una vez desmantelados, las aguas contenidas al interior serán retiradas por una empresa autorizada, su disposición final se efectuará en un sitio autorizado. El proceso de crianza tendrá un margen de mortalidad de animales durante cada una de sus etapas, desglosadas de la siguiente forma:
El manejo de los animales muertos se efectuará en un área habilitada en cada sitio de crianza, en donde existirá un contenedor metálico de bins herméticos para el acopio temporal, denominados “unidad de traspaso”. Dichas áreas se ubicarán en la periferia de cada sitio, en donde cada contenedor se ubicará en el límite perimetral, teniendo compuertas herméticas al interior y al exterior de estos sitios, condición que evitará el ingreso de los camiones recolectores al interior de la Zona Limpia. Las áreas de animales muertos tendrán piso impermeable y pretil de contención. En tanto, los bins móviles serán de material resistente, anticorrosivo y de fácil lavado. Las unidades de traspaso sólo se abrirán para el ingreso o retiro de animales muertos, limitando temporalmente el contacto con el exterior. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos debidamente habilitados. Luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados. Esto se realizará en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrán abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. El período de retiro de animales muertos desde las estaciones de transferencia tendrá una frecuencia todos los días hábiles (lunes a viernes) durante el verano; y, en invierno, será de 3 veces a la semana (lunes – miércoles – viernes). Ante un escenario anormal, de aumento significativo en la tasa de mortalidad de los cerdos, no proyectada o programada, se efectuará el retiro y disposición final de los cerdos a través de una empresa autorizada; y, se mantendrá un registro del retiro. Cabe aclarar, que ocurrido un evento de aumento en la tasa de mortalidad de cerdos, se realizará una investigación para aplicar acciones correctivas, debido a que el aumento de mortalidad será un hecho anormal, que afectará directamente la producción de cerdos y el éxito del proyecto. · Operación del sistema de desinfección.Para mantener limpio el predio y evitar la contaminación cruzada entre núcleos y otros planteles, se ejecutarán los siguientes procedimientos: - Desinfección de entrada y limpieza de rodiluvio: Los vehículos procedentes del exterior serán lavados y desinfectados antes de ingresar a la “zona intermedia”, a través de un rodiluvio o badén y una ducha arco, donde serán lavados con una solución desinfectante. El personal que ingresará al plantel se desinfectará en un baño, previo al ingreso para cambio de ropas; y, luego, antes de su ingreso a los pabellones deberán pasar por un pediluvio con desinfectante. Asimismo, las cajas y envases de los insumos veterinarios serán desinfectados a su entrada al plantel. El rodiluvio consistirá en un foso de concreto que contendrá una solución desinfectante, a través del cual se desplazarán los vehículos. Se aplicará una descarga de 3 litros/vehículo, que se renovará periódicamente. El producto químico utilizado será de tipo biodegradable. El sistema de desinfección tendrá conducciones perimetrales para evitar el escurrimiento de aguas lluvias. El plantel poseerá un Protocolo de Limpieza y Desinfección que detallará el nombre de los productos a utilizar en el sistema de desinfección, el registro de la periodicidad del cambio de dichos productos, revisiones periódicas del sistema de desinfección y mediciones periódicas del pH del líquido desinfectante para constatar su eficacia. La desinfección conllevará la aspersión de un producto desinfectante sobre una superficie, que no implicará un lavado. En este contexto, al interior del plantel no se ejecutarán lavado de camiones, debido a que ese proceso se llevará a cabo en la Planta Faenadora. - Limpieza y sanitización de pabellones: Las labores de aseo de los pabellones serán efectuadas diariamente mediante arrastre hidráulico, hidrolavado y raspadores. El proceso consistirá en un barrido de fecas de los animales hacia canaletas en cada pabellón, donde serán arrastradas gravitacionalmente con agua hacia la red de evacuación de purines. Desde allí, serán conducidas hacia el biodigestor de forma subterránea. Periódicamente, se efectuará el retiro de animales muertos desde los pabellones para enviarlos al área de almacenamiento temporal. Una vez finalizado el ciclo productivo en cada pabellón, se vaciará cada uno de ellos, desarmando los alimentadores para realizar el lavado de todas las superficies a través de una hidrolavadora. Junto con lo anterior, se efectuarán reparaciones si se requiere. La sanitización de los pabellones será llevada a cabo cada 21-22 días para la maternidad, cada 54-55 días para la recría y cada 100-105 días para la engorda. Con este sistema, se garantizará la desinfección de comederos, bebederos, pisos, muros, cortinas, puertas, entre otras infraestructuras, previo a la entrada de nuevos cerdos procedentes de otros pabellones de crianza. - Limpieza y mantención del sistema biodigestor: Se mantendrán controles periódicos del estado del sistema, verificando la estanqueidad del biodigestor, el estado de la cubierta; el desplazamiento del afluente y del efluente, la comprobación de la temperatura de operación, la comprobación del funcionamiento de cada elemento participante del circuito del gas y la ausencia de escapes, poniendo especial atención al funcionamiento del medidor de flujo, los filtros y trampas de condensado, la comprobación del funcionamiento de la caldera de calefacción; y, la verificación de la temperatura al interior de los serpentines que no exceda los 55°C. El retiro de los lodos acumulados al interior de los biodigestores se efectuará anualmente, o según requerimiento. Para el retiro de lodos no se abrirá el sistema completo, debido a que el sistema tendrá compuertas para esta función. - Limpieza del área de almacenamiento temporal de animales muertos: El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos autorizados. Luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados en el radier de las estaciones de transferencia, las que tendrán abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de evacuación de purines y el sistema biodigestor. · Control de vectores:Anualmente se implementará un plan de control de plagas integrado. Acciones de control general: - En los alrededores de los sitios de crianza se eliminarán las malezas, para no favorecer condiciones de permanencia de vectores en las cercanías. - El manejo de los purines desde su generación hasta su tratamiento, se realizará de forma confinada, sin contacto con el entorno. - Los contenedores de animales muertos permanecerán cerrados para impedir el ingreso de insectos. - Permanentemente, se efectuará una limpieza al interior y exterior de los pabellones. - Los silos de alimentos permanecerán limpios a nivel de piso y cerrados para evitar la contaminación del alimento por vectores. Moscas e insectos: - Se efectuará limpieza periódica de los pabellones y otras superficies para prevenir la proliferación de moscas. - Se utilizarán cebos adulticidas en base a pintura para el control de moscas al interior de los pabellones. Dicha acción se ejecutará pintando superficies de al menos 1 m x 0.5 m, en dos puntos a las entradas de los pabellones, y superficies de 0,5 m x 0,5 m cada 7 a 10 m en los pasillos. Además, este producto se aplicará al menos cada dos cortinas de ventilación. Los cebos adulticidas se reactivarán al humedecerlos cada 15 días, y se repondrán cada 45 días. - En los exteriores se aplicará adulticida por aspersión durante las primeras horas de la mañana, horario en el cual las moscas se encuentran posadas debido a las menores temperaturas ambientales. En consecuencia, se asperjarán todas las superficies en donde se posen con frecuencia las moscas, entre ellos aleros, puertas, cortinas, paredes de orientación norte, entre otras. La frecuencia de aplicación será cada 15 días; y, en caso de eventos críticos se ejecutará cada 5 a 7 días. - Se utilizarán productos larvicidas en focos o ambientes ideales para puesta de huevos y proliferación de larvas de moscas, con una frecuencia de aplicación de 20 a 30 días, rotando el uso de éstos. - Complementariamente, se usarán sacos vacíos como banderolas pintados con un producto de cebo adulticida, o neumáticos pintados en su interior con este producto, o asperjando el producto en arbustos y malezas de difícil manejo en algunos puntos del plantel, cercanos a las áreas de aplicación de efluente, lagunas de contención, almacenamiento de animales muertos, entre otras áreas. El producto se reactivará cada 15 días mediante humectación, siendo repuesto cada 45 días. - En el plantel se mantendrá un registro de la aplicación de estos productos en cada sitio. Roedores: - Se eliminarán los orificios o elementos que faciliten el acceso de los roedores al interior de pabellones, silos o dependencias. - Se usarán rodenticidas en tubos de PVC, colocados en el exterior de cada pabellón y en el contorno de la base de los silos, en forma de cercos perimetrales y de manera permanente. Los cebos serán revisados en forma periódica, llevándose un control y reposición de las unidades consumidas. La aplicación de rodenticidas estará a cargo de una empresa autorizada. - Los cebos serán amarrados para evitar que los roedores se los lleven a sus madrigueras en vez de consumirlos, condición que facilitará el monitoreo. - Durante la época invernal se efectuará el monitoreo o reposición de cebos rodenticidas, al menos una vez por semana. Para época estival el monitoreo o reposición se realizará cada 15 a 20 días. - Entre 7 a 10 días antes, previo al desmalezado en el exterior de los pabellones, se cebará al voleo las superficies involucradas, con el objetivo de disminuir las potenciales poblaciones de roedores, e impedir su migración a otros sitios. · Operación del sistema de tratamiento de aguas servidas. Cada sitio de crianza tendrá un sistema de alcantarillado particular, mediante módulos de tratamiento de aguas servidas a base de lodos activados (pre-tratamiento, aireación, sedimentación secundaria y desinfección), diseñados para tratar los volúmenes proyectados para cada área productiva, con un consumo diario de 100 l/día/trabajador. El diseño de la planta permitirá efectuar una limpieza de lodos cada 3 a 5 años. Las tasas de generación serán las siguientes:
· Mantención de instalaciones: Para la mantención de caminos internos se ejecutarán trabajos de despeje, limpieza, mantención de señalética y otras obras. La frecuencia e intensidad de estas labores dependerá del período del año, intensificándose durante el período de invierno. Para el resto del año, se efectuarán despejes de plantas interanuales y mantenciones menores de los recintos. El plantel tendrá un sector de mantención de equipos con instalaciones para la reparación de comederos, cortinas, jaulas y sistemas de alimentación, entre otros. Dicho sector será de piso impermeable y sistema de contención de derrames. En tanto, las mantenciones o reparaciones de mayor complejidad serán efectuadas por empresas especializadas, en lugares autorizados. · Acciones frente a situaciones de emergencia:En Anexo 2 de la Adenda 2 se presenta el Procedimiento de Control de Contingencias Agronómicas, Sanitarias y Ambientales que incluye las acciones de emergencia ante fallas durante la operación del proceso de biodigestión. A continuación, se indican las acciones preventivas y de control ante las posibles situaciones de contingencia durante la operación del sistema de tratamiento de purines. -Ocurrencia de derrames de purines Acciones preventivas: Se mantendrán las canaletas y conducciones limpias y en buenas condiciones, en las cuales se realizarán periódicamente campañas de limpieza y mantenimiento. Habrá volúmenes de seguridad mínimas de 30% en las estaciones de bombeo, estanque de homogenización, biodigestores y piscina de acumulación. Acciones de contingencia: En caso de ocurrencia de derrames, se dispondrá de personal entrenado que ejecutará el siguiente plan de acción: (1) se detendrán la labores de riego mientras se controla el evento; (2) se detendrá la fuente del derrame mediante limpieza o reparación de canaletas y conducciones; (3) se limpiará el derrame e incorporación inmediata del terreno afectado, para evitar focos de generación de olores y atracción de vectores; (4) en caso de eventos de gran magnitud, se informará a las autoridades respecto del derrame y las acciones de control implementadas. En caso que por alguna contingencia se requiera disminuir temporalmente el caudal de purines generados, será posible hacerlo bajando la frecuencia de lavado de pabellones. Mediante esta acción se reducirá la generación de purines hasta en un 50%, pudiéndose mantener por un tiempo máximo de un mes, sin que existan mayores riesgos sanitarios para los animales. -Desperfecto en bombas o agitadores Acciones preventivas: Se mantendrán las bombas y agitadores en adecuadas condiciones de funcionamiento, siguiendo las recomendaciones del fabricante en relación a la operación y realización de revisiones y mantenciones mecánicas periódicas. Habrá equipos de respaldo para reemplazar los equipos defectuosos, en tanto se realiza la reparación. Acciones de contingencia: Se pondrán en funcionamiento los equipos de respaldo. Se solicitará asistencia técnica y se reparará o remplazará el equipo defectuoso. -Desperfecto en motogenerador Acciones preventivas: Se mantendrá el motogenerador en adecuadas condiciones de funcionamiento, siguiendo las recomendaciones del fabricante en relación a la operación; además de revisiones y mantenciones mecánicas periódicas. Acciones de contingencia: Se dará aviso inmediato al servicio técnico para efectuar la reparación del equipo. El biogás generado en los biodigestores será quemado en la antorcha. En caso que la reparación requiera un tiempo mayor a 10 días, se instalará un equipo de remplazo en tanto quede operativo el equipo principal. -Filtraciones desde estanques, biodigestores y piscina de acumulación Acciones preventivas: Se realizarán inspecciones periódicas de las condiciones de los estanques, biodigestores y piscinas de acumulación para detectar puntos de desgaste, o de debilidad de materiales, abolladuras, filtraciones y otros desperfectos. Acciones de contingencia: Se evacuará el líquido del estanque y se procederá a ejecutar las reparaciones pertinentes. Mientras dure la reparación de los biodigestores, se operará con los dos biodigestores restantes. En caso de piscinas de acumulación, mientras dure la reparación se operará con la otra piscina. El control de la operación del sistema de biodigestión, incluyendo la temperatura de biodigestión, pH, caudal de afluentes y caudal de biogás, se ejecutará a través de un software de Adquisición de Datos y Control de Supervisión (SCADA), que permite el registro y monitoreo de datos en tiempo real. El principal problema operacional asociado al sistema de biodigestión será la sobrealimentación, que puede causar disminución del pH; y, por lo tanto, cambios en el equilibrio de la biocenosis interna. Debido a que la alimentación de estos digestores se realizará con un único sustrato muy homogéneo, que presenta mínimas fluctuaciones en composición y volumen, no habrá problemas de sobrealimentación durante la operación del sistema. No obstante lo anterior, como parámetro de control operacional se monitoreará diariamente el pH, para efectuar las correcciones pertinentes al proceso. Considerando los grandes volúmenes de los digestores, la pérdida de temperatura en caso de falla en el sistema de calefacción será muy lenta. Bajo estas condiciones, la degradación biológica continuará operando, aunque probablemente disminuya levemente la generación de biogás a causa de una baja en el metabolismo de las bacterias. Sin embargo, habrá tiempo suficiente para reparar la falla antes de que la disminución metabólica sea significativa. De acuerdo con cálculos de ingeniería, para las condiciones de funcionamiento del sistema proyectado, se estima que a los 10 días de haberse suspendido la calefacción interna del biodigestor, la temperatura del sustrato habrá descendido a 30,4 °C, condición que no es significativa en cuanto a baja metabólica del proceso de biodigestión. Además de los controles ya indicados, se instalarán caudalímetros para los afluentes y para el biogás, cuyos valores serán monitoreaos a través del software SCADA. El flujo del biogás en relación con la carga del sistema será uno de los principales índices operacionales del sistema. Junto con lo anterior, se medirá y registrará la presión interior de los biodigestores como parámetro de seguridad, pero que no influye en la eficiencia de degradación biológica. A continuación se indica el listado de equipos críticos y sus equipos de respaldo.
-Falla en suministro de energía eléctrica Acciones preventivas: Habrá equipos electrógenos de emergencia para enfrentar fallas en el suministro eléctrico, disponibles en las instalaciones de Agrícola Santa Lucía Ltda., en la comuna de Pichidegua. Acciones de contingencia: En caso de fallas eléctricas se detendrá la evacuación de purines desde los pabellones hacia el sistema de tratamiento, por un plazo máximo de 24 horas. En caso que en este plazo no se restablezca el suministro eléctrico, se trasladarán hasta el plantel los equipos electrógenos de emergencia disponibles en las instalaciones centrales (Pichidegua); y, se pondrán en operación mientras dure la falla. -Ocurrencia de Terremotos Acciones preventivas: La implementación de estructuras e instalaciones asociadas al tratamiento de purines (estanques, tuberías, biodigestores y piscinas de acumulación), considerarán normas constructivas antisísmicas para sismos de gran magnitud. Acciones de contingencia: Se suspenderá el riego para evitar derrames ante posibles daños en el sistema. Se verificará que no existan fallas estructurales y de funcionamiento en las estructuras y equipos (estanques, tuberías, biodigestores, piscinas de acumulación). En caso de fallas operacionales o derrames, se dará curso a las acciones de reparación según cada falla. Adicionalmente, en caso de fallas operacionales o derrames de gran magnitud, se informará a las autoridades pertinentes el evento y las acciones de contingencia adoptadas. · Acciones de protección ambiental: Se delimitarán áreas de conservación ambiental al interior del predio, que corresponderán a las quebradas y fondos de éstas, en las cuales no se ejecutarán obras o actividades de alteración. Además, se mantendrá un área buffer de 30 m entre las áreas de aplicación de efluente y las áreas de quebradas, para resguardar que el efluente no alcance dichos sectores. Al respecto, se implementarán las siguientes acciones ambientales: - Se capacitará al personal orientado a la conservación de la flora, fauna y sitios arqueológicos, y a la protección de ejemplares de fauna terrestre, llevadas a cabo por personal competente en cada materia. - Prohibición de captura, recolección y caza de fauna silvestre. - Prohibición de retiro y recolección de flora y vegetación fuera de las áreas de intervención, y de suelo orgánico. - Prohibición de retiro y alteración del material de valor arqueológico en el área identificada. - Prohibición de pastoreo de ganado al interior del predio. - Los residuos de comidas y otros elementos atractivos para la fauna local serán acumulados en contenedores cerrados, y retirados periódicamente. - Durante los dos primeros años de operación, se realizará un campaña semestral de monitoreo de flora, fauna y calidad de agua, donde en base a los resultados que se obtendrán de la segunda campaña, se evaluará la frecuencia de estos monitoreos, cuyos resultados serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. · Equipos y maquinarias: Las maquinarias y equipos que se utilizarán serán un tractor, un camión con carrocería de dos pisos techado de 5 ton, dos colosos cerrados con techo de malla y estructura de fierro para 50 animales cada uno, cuatro camiones para trasporte de animales hacia la faenadora, treinta calderas a gas en los pabellones y una caldera a biogás del biodigestor. Se deja constancia que si los vehículos de transporte interno señalados no alcanzan la eficiencia requerida, o por renovación tecnológica, podrán ser reemplazados por otros vehículos de transporte más eficientes. · Agua: Este insumo será suministrado a través de los pozos existentes Pulín I y Pulín II, que poseen los respectivos derechos de aprovechamiento de aguas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo. La captación de agua será efectuada mediante la misma descripción señalada en la etapa de construcción. Habrá una tasa de consumo de 8,2 m3/día (0,095 l/s) para el personal del plantel, considerando un consumo de 100 litro/persona/día. Respecto de la demanda hídrica del plantel y su relación con la disponibilidad de recurso hídrico del proyecto, en la tabla N° 5 de la Adenda 1 y en la Tabla 12 de la Adenda 2 se establece un consumo diario de 720,3 m3. Posteriormente en respuesta 23 c) de la Adenda 2, el proponente justifica la no utilización de la condición establecida por el INIA (Peralta, 2005), señalando que: “La mejor estimación posible de realizar antes de la operación del proyecto surge de datos reales obtenidos de un proyecto en operación de similares características productivas, operacionales y de emplazamiento”. En la Adenda 1 se presentaron las mediciones reales de consumo de agua del plantel Santa Irene perteneciente al titular, adjuntando los registros de medición. Adicionalmente, con el propósito de verificar los caudales generados en este plantel de referencia, se realizaron campañas de medición de caudal con equipo de monitoreo automático a cargo del laboratorio de análisis de aguas Labser. La medición abarcó 5 días de operación (desde el 09/09/2012 al 13/09/2012), de manera independiente por cada etapa de desarrollo animal (maternidad, recría y engorda). En función de lo anterior, con los datos obtenidos del Anexo N° 4, el titular extrapola los resultados de las mediciones de consumo de agua del Plantel de Cerdos Santa Irene, proyectándolo al total de animales del proyecto por etapa fisiológica, de acuerdo a un consumo promedio de los 5 días de mediciones. Esta condición, calcula el consumo de agua en función del promedio de los datos obtenidos del plantel de cerdos Santa Irene, detalladas en el Anexo 4 de la Adenda 2, sin analizar la peor condición de operación de los datos entregados en el Anexo 4 de la Adenda 2, esto es: volumen total de aguas residuales de lavado de pabellones y generación de purines en m3 para el 9/9/2012 (maternidad), 9/9/2012 (recría) y 10/9/2012 (engorda), sumados a los valores entregados para consumo animal y otros usos (356,7 m3/día), y para consumo humano (6,9 m3/día), todos datos señalados por el titular en la tabla 12 de la Adenda 2. En respuesta I.1 de la Adenda 3 el titular señala que: “Definiendo como peor situación los caudales máximos de purines de distintos días por zona de crianza, no representa en ningún caso la tendencia de consumo del plantel de cerdos”. De acuerdo a esta afirmación, el titular sostiene que: “Los planteles de cerdos no poseen un consumo continuo de agua, siendo más bien de tipo discontinuo o batch, dado que todos los pabellones cuentan con sistemas de acumulación de agua de consumo y para el lavado. Por este motivo se generan las variaciones registradas en las mediciones, razón por la cual el dimensionamiento se realiza en base a una serie de datos y no registros puntuales”. De acuerdo a la respuesta I.1 de la Adenda 3, el consumo de agua estimado para el plantel será de 720,3 m3/día, considerando la totalidad del consumo de agua del plantel, incluyendo bebida de los animales, lavado de pabellones, consumo humano y otros usos. Esta estimación representa más del 70% de los valores de referencia, como se indicó en el Gráfico 2 y Tabla 2 de la respuesta I.1 de la Adenda 3. Otros eventos de consumos superiores están relaciones con situaciones puntuales que pudieron generarse durante los muestreos realizados, y que en ningún caso son representativos de la operación normal de un plantel de crianza. Al respecto, los derechos consultivos de los dos pozos con poseen un potencial de 15,8 l/s (Pulín 1: 5 l/s; Pulín 2: 10,8 l/s); es decir, una capacidad de 1.365,12 m3/día. La tabla 12 de la Adenda 2 indica los consumos de agua del proyecto, la que se expresa a continuación:
Al respecto, el oficio ordinario Nº 212 del 16 de Mayo de 2013 de la Dirección General de Aguas de esta región, que se pronuncia con observaciones sobre la Adenda 2, indica que: “Se ha cuestionado reiteradamente la información proporcionada respecto a las necesidades de agua declaradas para el proyecto. El titular insiste que las necesidades informadas son las reales para su actividad. Por lo tanto, en caso de consumir mayores caudales que los indicados en la Tabla Nº 12 de la Adenda 2, el titular deberá aumentar la capacidad de tratamiento de los residuos generados, ya que el diseño de los biodigestores está en estricta coherencia con los consumos declarados”. Asimismo, el titular en respuesta I.1 de la Adenda 3 sostiene que: “Bajo ninguna circunstancia utilizará un volumen mayor de agua que los derechos debidamente constituidos y vigentes, lo cual será verificado en los registros de consumo de agua del plantel, que será informado de forma semestral a la Dirección General de Aguas”. Sin embargo, el Oficio Ord. 18/2014 de la DGA de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, se pronuncia conforme al proyecto, condicionado a: Que en los monitoreos programados, el titular deberá incluir la determinación de los parámetros insitu de pH, Temperatura, OD y Conductividad Eléctrica. Junto con lo anterior, en los reportes de la información a entregar cada seis meses, se deberá incluir un informe que consolide los monitoreos del período y los históricos, anexando los reportes de análisis del laboratorio. · Alimento para cerdos: El alimento para cerdos estará constituido por maíz, soya, harinilla y otros componentes que aportan en la nutrición animal. Estos insumos serán transportados al plantel desde una planta procesadora de alimento perteneciente al titular, en donde serán preparadas las mezclas para cada etapa de crianza de los cerdos. El alimento se almacenará en silos existentes en cada pabellón y distribuidos de forma automatizada hacia los corrales. · Combustible: El proyecto utilizará como combustibles petróleo diesel y gas licuado. El plantel tendrá estanques de gas de tipo superficial, que abastecerán las calderas de calefacción de los sitios de reproducción y de recría; y, para abastecer los comedores, duchas y calefacción del personal. Habrá 3 estanques de gas licuado de 1 m3 en cada sitio. El plantel usará un estanque para petróleo diesel de tipo superficial, metálico, con muros de hormigón y piscina de contención de derrames para abastecer los vehículos de transporte interno del plantel, abastecido por una empresa autorizada. En el sector de los estanques se ejecutarán acciones para contener derrames, habrá señalética y extintores para combatir posibles brotes de fuego, exigidos por la normativa. El combustible para vehículos livianos y camiones será abastecido en estaciones de servicio cercanas. Todos los estanques de combustibles estarán aprobados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. · Electricidad: La demanda de electricidad será solventada a través de un empalme desde el tendido eléctrico próximo, perteneciente a la empresa distribuidora local. Al respecto, el plantel tendrá una potencia instalada de 200 KVA. Todas las instalaciones eléctricas estarán aprobadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. · Insumos sanitarios y veterinarios: Estos insumos estarán constituidos por productos farmacológicos, de desinfección y sanitización. Cada sitio de crianza poseerá una sala de almacenamiento de estos productos, que se manejarán según control de existencia y acceso. En esta sala de almacenamiento se mantendrán cantidades mensuales del orden de 40 litros de desinfectante para rodiluvio y pabellones, 5 litros de producto para el control de insecticidas y 10 kg de rodenticidas. · Instalaciones sanitarias: En la etapa de operación funcionarán los servicios higiénicos habilitados durante la etapa de construcción del proyecto. · Transporte y vías de tránsito: -Transporte interno:Corresponderá al traslado de animales desde el Sitio 1 hacia el Sitio 2; y, desde el Sitio 2 hacia el Sitio 3. El transporte de cerdos al interior del plantel entre el Sitio 1: Maternidad y Sitio 2: Recría se realizará con un camión de 5 toneladas, con carrocería de 2 pisos con techo sólido, con capacidad para al menos 300 animales, el cual efectuará alrededor de 10 viajes/semana. Para el traslado desde el Sitio 2: Recría hacia el Sitio 3: Engorda, se utilizarán dos colosos arrastrados por un tractor, el cual realizará del orden de 30 viajes/semana. En caso de utilizar vehículos con mayor capacidad (renovación tecnológica), el número de viajes entre sitios de crianza se verá reducido. Estos traslados se ejecutarán íntegramente al interior del predio del plantel, transitando a velocidades no mayores a 30 km/h. -Transporte desde y hacia el exterior: El transporte que se efectuará desde y hacia el plantel tendrá relación con el traslado del personal, abastecimiento de insumos y repuestos, egreso de animales hacia matadero y retiro de residuos. La entrada y salida se ejecutará por la ruta I-120. Las principales rutas utilizadas durante la operación del plantel serán aquellas señaladas en la tabla siguiente:
El personal del plantel se trasladará en movilización pública, bicicletas y automóviles, básicamente desde los alrededores. En la respuesta I.7 de la Adenda 3, se señalan los flujos vehiculares asociados a la etapa de operación del proyecto:
En la respuesta 16 de la Adenda 2, se detallan los vehículos de transporte de alimento y cerdos, indicando características y dimensiones; en tanto, en la respuesta I.7 de la Adenda 3 se describe el tipo de vehículos que se utilizará para el retiro de los animales muertos. A continuación, se presentan los flujos vehiculares de las rutas que utilizará el proyecto, así como el aporte que significará la operación del plantel de cerdos.
CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1 Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. Sobre la DIA Declaración de Impacto Ambiental (DIA) Presentada por Agrícola Santa Lucía Ltda, con fecha 14/12/2011. Test de Admisión Elaborada por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 19/12/2011. Solicitud de evaluación de adenda Nº 1132/2011 Elaborada por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 20/12/2011. Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA 1) Nº 138/2012 Elaborado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 08/02/2012. Sobre la Adenda N° 1 Adenda Nº 1 Presentada por Agrícola Santa Lucía Ltda, con fecha 18/05/2012. Solicitud de evaluación de adenda Nº 506/2012 Elaborada por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 18/05/2012. Resolución de ampliación de plazo Nº 115/2012 Elaborado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 08/06/2012 Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA 2) Nº 584/2012 Elaborado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 11/06/2012. Sobre la Adenda N° 2 Adenda Nº 2 Presentada por Agrícola Santa Lucía Ltda, con fecha 02/05/2013. Solicitud de evaluación de Adenda Nº 162/2013 Elaborada por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 02/05/2013. Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA 3) Nº 195/2013 Elaborado por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 28/05/2013. Sobre la Adenda N° 3 Adenda Nº 3 Presentada por Agrícola Santa Lucía Ltda, con fecha 27/12/2013. Solicitud de evaluación de Adenda Nº 517/2013 Elaborada por Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 27/12/2013. 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Sobre la DIA - Oficio Nº 611/2011 de la SEREMI de Agricultura; - Oficio Nº 5-EA/2012 de la Corporación Nacional Forestal; - Oficio Nº 040/2012 de la Ilustre Municipalidad de Litueche; - Oficio Nº 25/2012 de la SEREMI de Salud; - Oficio Nº 021/007/2012 de la Ilustre Municipalidad de La Estrella; - Oficio Nº 27/2012 de la SEREMI de Obras Públicas; - Oficio Nº 20/2012 de la Dirección General de Aguas; - Oficio Nº 6/2012 del Servicio Agrícola y Ganadero; - Oficio Nº 025/2012 del Servicio Nacional de Turismo; - Oficio Nº 036/2012 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; - Oficio Nº 22/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente; - Oficio Nº 054/2012 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones; - Oficio N° 061/2012 del Gobierno Regional. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. - Oficio Nº 62/2012 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios; - Oficio Nº 0352/2012 del Consejo de Monumentos Nacionales. Sobre la Adenda N° 1 - Oficio Nº 29-EA/2012 de la Corporación Nacional Forestal; - Oficio Nº 973/2012 de la Ilustre Municipalidad de Litueche; - Oficio Nº 340/078/2012 de la Ilustre Municipalidad de La Estrella; - Oficio Nº 557/2012 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones; - Oficio Nº 144/2012 del Servicio Nacional de Turismo; - Oficio Nº 1193/2012 del Servicio Agrícola y Ganadero; - Oficio Nº 0.1118/2012 de la SEREMI de Salud; - Oficio Nº 309/2012 de la Dirección General de Aguas; - Oficio Nº 46/2012 de la SEREMI de Obras Públicas; - Oficio Nº 213/2012 de la SEREMI de Medio Ambiente. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. - Oficio Nº 2218/2012 del Consejo de Monumentos Nacionales; - Oficio Nº 446/2012 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Sobre la Adenda N° 2 - Oficio Nº 00871/2013 de la SEREMI de Salud; - Oficio Nº 973/2013 de la Ilustre Municipalidad de Litueche; - Oficio Nº 724/2013 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones; - Oficio Nº 13-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal; - Oficio Nº 905/2013 del Servicio Agrícola y Ganadero; - Oficio Nº 096/226/2013 de la Ilustre Municipalidad de La Estrella; - Oficio Nº 095/2013 del Servicio Nacional de Turismo; - Oficio Nº 212/2013 de la Dirección General de Aguas; - Oficio Nº 178/2013 de la SEREMI de Medio Ambiente. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Sobre la Adenda N° 3 - Oficio Nº 2424 /2013 del Servicio Agrícola y Ganadero; - Oficio Nº 037/2014 de la SEREMI de Salud; - Oficio Nº 067/2014 de la SEREMI de Salud; - Oficio Nº 52/2014 de la Ilustre Municipalidad de Litueche; - Oficio Nº0096/2014 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones; - Oficio Nº9-EA/2014 de la Corporación Nacional Forestal; - Oficio Nº007/018/2014 de la Ilustre Municipalidad de La Estrella; - Oficio Nº5/2014 del Servicio Nacional de Turismo; - Oficio Nº 18/2014 de la Dirección General de Aguas; - Oficio Nº 019/2014 de la SEREMI de Medio Ambiente. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. 2.3 Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, han sido invitados a participar, coordinados por el Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: - Corporación Nacional Forestal. - Dirección General de Aguas. -Dirección de Obras Hidráulicas. - Dirección de Vialidad. - Gobierno Regional. - Ilustre Municipalidad de La Estrella. - Ilustre Municipalidad de Litueche. - Ilustre Municipalidad de Marchigue. - Ilustre Municipalidad de Pichidegua. - Servicio Agrícola y Ganadero. - Servicio Nacional de Turismo. - Superintendencia de Electricidad y Combustibles. - SEREMI de Agricultura. - SEREMI de Desarrollo Social. - SEREMI de Medio Ambiente. - SEREMI de Obras Públicas. - SEREMI de Salud. - SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones. - SEREMI de Vivienda y Urbanismo. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. - Consejo de Monumentos Nacionales. - Superintendencia de Servicios Sanitarios. Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: - Oficio no participación en la evaluación Nº 92 DOH-VI-UMA/2012 de la Dirección de Obras Hidráulicas. - Oficio no participación en la evaluación Nº 1998/2011 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo. - Oficio no participación en la evaluación Nº 46/2012 de la SEREMI de Desarrollo Social. Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad. 3.1.1 Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto. ● Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Materia Establece el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En su artículo 8° señala que los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 de esta Ley sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en esta Ley. El artículo 9° indica que todo proyecto o actividad comprendida en el artículo 10 deberá presentar una Declaración de Impacto Ambiental o elaborar un Estudio de Impacto Ambiental según corresponda. Cumplimiento El proyecto es sometido a evaluación ante el SEIA de forma obligatoria, por encontrarse tipificado dentro de los proyectos y actividades enumerados en el artículo 10 de la Ley. ● D.S. Nº 95/2001, Reglamento del SEIA del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Materia Establece los proyectos que deben someterse al SEIA, los criterios para determinar la pertinencia de un EIA o de una DIA y establece los requisitos asociados a su presentación, tramitación y aprobación. Cumplimiento El proyecto es sometido a evaluación ante el SEIA de forma obligatoria, por encontrarse clasificado dentro de los proyectos y actividades enumerados por el artículo 3° del Reglamento, siendo presentado mediante una Declaración de Impacto Ambiental y entregados los antecedentes para los permisos ambientales regionales. 3.1.2 Legislación Específica Aplicable al Proyecto ●D.S. Nº 144/1961 del Ministerio de Salud. Materia Regulada El decreto contiene un mandato general al señalar en su artículo 1° que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. Además, prohíbe dentro del radio urbano de las ciudades, la incineración libre, sea en la vía pública o en los recintos privados, de basura, hojas secas u otros desperdicios, y la circulación de vehículos que despidan humo visible a través del tubo de escape. Cumplimiento Las emisiones atmosféricas para la etapa de construcción corresponderán a material particulado suspendido, derivado de las actividades de despeje, movimiento de tierra y tránsito de vehículos. Durante esta etapa se efectuará humectación 3 veces al día en los frentes de trabajo, a través de un camión aljibe, acción que permitirá reducir la resuspensión de polvo. Considerando las emisiones por concepto de combustión de combustible en motores de vehículos, las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 5.34 ton/año, el CO a 0.49 ton/año, el NOx a 2.01 ton/año y el HC a 0.24 ton/año. De acuerdo a esta condición, habrá mantención periódica de los vehículos que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. La principal fuente de emisión en la etapa de operación corresponderá al tránsito vehicular, vinculados al transporte de insumos y de animales hacia la planta faenadora. Otra fuente de emisión serán las calderas a gas utilizadas para la calefacción de los pabellones, las que operarán durante los 6 meses fríos. A lo anterior, se sumarán las emisiones provenientes de la operación de las calderas de los biodigestores, que operarán con el biogás producido por la degradación anaeróbica, cuya característica será la de un combustible limpio; por lo tanto, sus emisiones serán poco significativas. Las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 8.64 ton/año, el CO a 0.07 ton/año, NOx a 0.25 ton/año y HC a 0.06 ton/año. Para reducir las emisiones de material particulado se ejecutará humectación de los caminos internos de mayor movimiento vehicular, con una frecuencia de 3 veces al día mediante camión aljibe. Junto con lo anterior, habrá mantención periódica de los vehículos, condición que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. En tanto, las calderas tendrán un programa de mantenciones con el objetivo de asegurar su óptimo funcionamiento. En caso de requerir el cierre del plantel, las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores. Estas emisiones estarán asociadas a movimientos de tierra, tránsito de vehículos, operación de maquinaria y demolición de instalaciones. Las emisiones en esta etapa serán similares a la etapa de construcción del proyecto; por lo tanto, se aplicarán las mismas acciones para minimizarlas. La operación del plantel alcanzará su capacidad de animales proyectados a partir del año 4 de operación, que implicará la generación de olores, vinculado a las excretas y orines; y, a la descomposición de animales muertos. Al respecto, las acciones de manejo de olores que se aplicarán serán las siguientes: -Limpieza diaria de los pabellones: Los pabellones serán sometidos a procedimientos de limpieza diarios, con el objetivo de retirar las excretas de los animales. Esta acción permitirá eliminar y diluir las fuentes de olores desde los pabellones de manera óptima. -Control de olores en el manejo de animales muertos: En los pabellones se retirarán periódicamente los animales muertos, los que serán trasladados hacia bins herméticos para su almacenamiento temporal. Los bins serán de material anticorrosivo y se almacenarán en una unidad de traspaso que aislará el contenido del medio exterior. Las compuertas de la unidad de traspaso se mantendrán cerradas, siendo abiertas sólo para el ingreso de restos animales. El período de retiro de animales muertos desde las estaciones de transferencia tendrá una frecuencia todos los días hábiles (lunes a viernes) durante el verano; y, en invierno, será de 3 veces a la semana (lunes – miércoles – viernes). Una vez efectuado el retiro, se procederá al lavado y desinfección de los contenedores. -Control de olores en el manejo de purines: Los purines serán manejados de forma confinada desde su generación hasta su tratamiento; es decir, el transporte de los pabellones hasta el sistema de tratamiento será efectuado de forma subterránea. La utilización de un sistema de digestión anaeróbica, reducirá olores y materia orgánica gracias a la eliminación de los ácidos grasos volátiles (AGV), y otros compuestos de fácil degradación. En consecuencia, el efluente resultante no tendrá olor desagradable, siendo un producto más estable. Los biodigestores serán un sistema cerrado y hermético, en donde el gas producido será utilizado para combustión; por lo tanto, no se emitirá olores al exterior. En caso de detectar la generación de olores persistentes desde los estanques de homogeneización u otro punto crítico del sistema, se evaluará la utilización de aditivos biodegradables para el control de la actividad bacteriana. -Barrera arbórea de protección: El plantel tendrá una barrera arbórea o cortinas vegetales que serán plantadas al inicio de la etapa de construcción. Se prevé que la barrera arbórea tendrá una altura promedio de 3 m al momento de iniciar la operación, que se sumará a la arboleda existente en el predio. Las barreras arbóreas son elementos utilizados para el control de olores, siendo una medida recomendada en el Acuerdo de Producción Limpia de Buenas Prácticas Agrícolas en el Sector de Producción Porcino Intensivo, donde se reconoce la factibilidad de esta medida para la reducción de olores provenientes de planteles de cerdo. Existen al menos cinco formas que interactúan entre ellas, por las cuales estas barreras vegetales pueden atenuar los olores: - Mediante la intercepción y captura física de polvo, aerosoles y gases a través del contacto con las superficies del árbol (tronco, ramas, hojas). - A través de la dilución y dispersión de las concentraciones de olores en el flujo de aire. - Fomentando la depositación en el suelo del polvo y otros aerosoles, gracias a la reducción de la velocidad del viento. - Actuando como sumideros biológicos de los componentes químicos que constituyen los olores, luego de su intercepción. - Mejorando la estética de los planteles de cerdos y el paisaje rural. El proyecto no prevé etapa de cierre o abandono. En caso de ocurrir esta situación, las fuentes de olores serán similares a aquellas existentes en la etapa de operación, hasta que se efectúe el completo retiro de los cerdos al interior de los pabellones. Una vez deshabitados los pabellones, las instalaciones serán sometidas a limpieza y desinfección para eliminar la fuente primordial de olores del plantel. Luego de efectuado el retiro del contenido de los biodigestores, se procederá a retirar estas instalaciones. ● D.S. N° 55/1994 MINTRATEL. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados. Materia Regulada Se regulan las emisiones de los vehículos pesados que igualan o superan los 3.860 kilogramos. En particular, se establecen valores diferenciados para los motores a gasolina y a diésel, y la forma en la que se dará cumplimiento a esta normativa bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. Cumplimiento Las emisiones generadas por los motores de vehículos pesados cumplirán con la normativa vigente de concentraciones máximas emitidas. Además, se exigirá que todos los vehículos motorizados sean mantenidos periódicamente, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. ● D.F.L. Nº 458/76, Ley General de Urbanismo y Construcciones; y, D.S. Nº 47/92, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Materia Regulada Dispone que en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar, con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, las siguientes medidas: transportar los materiales en camiones con la carga cubierta; lavado de lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen las faenas; mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores; hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla; regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas. Cumplimiento El levantamiento de polvo fugitivo, asociado al acopio y transporte de material, se producirá en el marco de las faenas de construcción. Si bien la cantidad de polvo resuspendido se considerará despreciable, se aplicarán las siguientes acciones de control: - Humectación de los acopios de material o protección de acopios con algún material cobertor, en directa relación con las condiciones meteorológicas. - Durante la etapa de construcción y abandono se efectuará humectación de los frentes de trabajo con una frecuencia de 3 veces al día, a través de un camión aljibe, acción que permitirá reducir la resuspensión de polvo. - Para reducir las emisiones de material particulado en la etapa de operación, se ejecutará humectación de los caminos internos de mayor movimiento vehicular, con una frecuencia de 3 veces al día mediante camión aljibe. - Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo con el Decreto N° 75 de 1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga. ● Decreto Nº 138/2005 y sus modificaciones del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones a cierto tipo de fuentes fijas de emisión. Materia regulada Establece que todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes. Las Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente tienen la obligación de declarar emisiones. Cumplimiento Durante la operación del proyecto habrá 30 calderas a gas para la calefacción de los pabellones, que funcionarán durante los 6 meses fríos. Además, existirá 1 caldera a biogás para el biodigestor. Las emisiones de estos equipos serán declaradas cada año, a través del sistema implementado por la Autoridad Sanitaria. Las calderas tendrán un programa de mantención para asegurar su óptimo funcionamiento. ● D.S. Nº 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Materia Regulada Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. Además agrega que en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. Cumplimiento Los camiones utilizados tendrán tolvas que no permitirán la caída de material durante su transporte. Además, cuando sea requerido, la carga será humedecida y encarpada, evitando la resuspensión de material durante su transporte. ● D.S. N° 48/1984, Reglamento de calderas y generadores de vapor. Materia Regulada Establece las condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean móviles o estacionarias. Cumplimiento Previo a la instalación de las calderas, éstas serán registradas en la SEREMI de Salud de la región. El proyecto se regirá por las disposiciones de este decreto, en lo referido a las condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad de las calderas. Generación de Ruidos ● Decreto Supremo Nº 146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Materia Regulada Establece normas sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continua equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados hacia la comunidad por fuentes fijas, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. Cumplimiento Durante la etapa de construcción se emitirán ruidos por el funcionamiento de maquinaria y actividades de construcción. El tipo de fuente será de carácter puntual y esporádico, alcanzando niveles de 90 a 100 dB(A) como emisión global. Ante este escenario, se tendrá sólo por atenuación por distancia, un nivel de 44 dB(A) a 250 m de la fuente emisora. Considerando que el área de emplazamiento del proyecto estará a 3 km del lugar habitado más cercano, las emisiones serán de poca relevancia, debido a que no afectarán a la población cercana. Para la etapa de operación, las emisiones acústicas se acotarán al tránsito vehicular y a sonidos emitidos por los propios animales. En base a la experiencia en proyectos similares, el ruido generado por los cerdos podría bordear los 60 dB(A), considerando un nivel basal de 50 dB(A). Tomando como referencia la atenuación por distancia, la lejanía a sectores poblados y la magnitud de las actividades, la operación del plantel no sobrepasará los límites permisibles para áreas rurales. Al respecto, el receptor más cercano estará ubicado a 3 km en dirección NE. En caso de requerir el cierre de las instalaciones, las principales fuentes de ruidos corresponderán al tránsito vehicular y a la operación de maquinarias. El distanciamiento a sectores poblados permite definir que no se sobrepasarán los niveles de ruido establecidos en la normativa nacional. ● D.S. Nº 594/2000 del Ministerio de Salud. Materia regulada En su artículo 74 señala que la exposición ocupacional a ruido estable o fluctuante deberá ser controlada, de modo que para una jornada de 8 hora diarias ningún trabajador podrá estar expuesto a un nivel de presión sonora continua, equivalente o superior a 85 dB(A). Cumplimiento El personal que operará en el entorno de las fuentes emisoras de ruido durante la etapa de construcción, utilizará protección auditiva en las faenas que presenten mayor emisión acústica; y, serán sometidos a los chequeos correspondientes. Residuos Sólidos ● D.S. Nº 594/99, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del MINSAL Materia regulada El artículo 19 señala que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. La empresa deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud. Asimismo, disponeque en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos que genere, diferenciando los peligrosos. Se regula la eliminación y almacenamiento de los residuos sólidos industriales. Se requiere de una autorización para la acumulación, tratamiento y disposición final de los aludidos residuos sólidos, que es otorgada por la SEREMI de Salud. Cumplimiento Los residuos domésticos y asimilables a domésticoscorresponderán a restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. La tasa de generación será de 0,8 kg/hab/día, totalizando una cantidad de 32 kg/día para la etapa de construcción, de 63.2 kg/día para la etapa de operación y de 32 kg/día para la etapa de abandono. Para el manejo de estos desechos, existirán salas de basura en cada área productiva lejanos a los sitios de crianza, las cuales tendrán contenedores con tapa, en cuyo interior se instalarán bolsas plásticas para el almacenamiento provisorio de los desechos, siendo posteriormente recolectados por una empresa autorizada para su disposición en sitios autorizados. Las salas de almacenamiento temporal de residuos estarán constantemente bajo inspección, para procurar que los residuos se encuentren confinados en los contenedores, y no se generen focos de vectores, manteniendo un programa de limpieza permanente. Los restos de materiales de construcción estarán conformados por restos de maderas, tuberías, latones y algunos moldajes usados en las obras civiles. Estos residuos serán acopiados de forma transitoria en un patio cercado, con señalética para cada tipo de residuo, pudiendo ser reutilizados en otras labores de construcción y reparación de diversas estructuras del plantel. Aquellos residuos que no puedan ser reutilizados serán retirados por una empresa autorizada, una vez finalizadas las faenas de construcción, para su disposición en lugares autorizados. Para la etapa de abandono, los escombros y residuos de desmantelación (restos de madera, techumbre, enfierradura, cables, escombros, entre otros), en aquellos casos que sean posibles, se reutilizarán estructuras y materiales en otras instalaciones, o serán vendidos, o retirados del predio por una empresa autorizada para ser transportados a una disposición final autorizada. Todos aquellos materiales que hayan estado en contacto con los animales serán lavados y desinfectados, previos a su retiro del predio. Los restos de corta vegetales ubicados en la superficie de las plantaciones de eucaliptus, serán retirados, chipeados y reintegrados en otras superficies como mejorador de suelo. El retiro de los animales muertos en verano se efectuará todos los días hábiles (lunes a viernes), mientras que en invierno será de 3 veces a la semana (lunes-miércoles-viernes) desde los pabellones, siendo trasladados hacia un área de almacenamiento temporal en bins herméticos al interior de un contenedor con puertas de ingreso. El retiro se efectuará a través de una empresa autorizada, y podrán ser derivados para su utilización por empresas de rendering, o ser enviados a sitios de disposición autorizados. El proceso de crianza tendrá un total de mortalidad de 133 animales/día, que equivaldrá a 4.012 animales/mes. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos; luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrá abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. Los lodos de biodigestores disminuirán su volumen, producto de la digestión de la materia orgánica; sin embargo, se mantendrán revisiones constantes en estos equipos; y, en caso de un eventual requerimiento técnico, se procederá al retiro del lodo contenido en el sistema. La infraestructura del biodigestor tendrá compuertas por las cuales se efectuará el retiro, cuyo procedimiento estará a cargo de una empresa autorizada, siendo trasportados a sitios de disposición final autorizados. En el plantel se mantendrá un registro de las frecuencias de las limpiezas y de las empresas a cargo del retiro; y, de la disposición final. Previo a que se proceda a desmantelar el biodigestor, se efectuará la limpieza y retiro de lodos desde su interior, procedimiento que será realizado por una empresa autorizada, siendo enviados a un sitio de disposición final autorizado. Los lodos generados en las cámaras de tratamiento de aguas servidas serán sometidos a un proceso de digestión al interior del sistema, favoreciendo la disminución del volumen producido y permitiendo efectuar un retiro entre 3 a 5 años de operación continua, o según sea el requerimiento de diseño. El manejo de este residuo se efectuará de acuerdo a lo señalado en el D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES. Este residuo será retirado y trasladado para su disposición final por una empresa autorizada. ●D.F.L. N° 725/1968 del Ministerio de Salud. Materia regulada El Código Sanitario fija condiciones de saneamiento y seguridad relativas a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios. Además, el artículo 80 del Código establece que le corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final basuras y desperdicios de cualquier clase. Cumplimiento Ídem al cumplimiento normativo del D.S. Nº 594/99, reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del MINSAL. ●D.S. N° 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud. Materia regulada Define los residuos peligrosos e impone obligaciones para quienes los generen, almacenen o transporten. Cumplimiento El cumplimiento de este cuerpo normativo se describe en el acápite 1.7.5 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos del presente informe consolidado, Residuos Sólidos. Agua Potable, Aguas Servidas y Residuos Líquidos ● D.S. N° 446/06. Norma Chilena 409, Requisitos de agua potable del MINSAL. Materia Regulada Establece los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable para consumo humano. Cumplimiento Para las etapas de construcción, operación y abandono el agua será suministrada a través de los pozos existentes: Pulín I y Pulín II, que poseen derechos de aprovechamiento de aguas de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo. Se instalará un estanque de cloración de agua en cada núcleo productivo o sitio (3), con capacidad para dos días de almacenaje cada uno. Previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto, se solicitarán los permisos para la habilitación de este sistema ante la SEREMI de Salud de la región. Habrá una tasa de consumo de 8,2 m3/día (0,095 l/s) para el personal del plantel, considerando un consumo de 100 litros/persona/día.El sistema de potabilización permitirá dar cumplimiento con los parámetros mínimos requeridos por este cuerpo legal. El consumo humano durante la etapa de cierre se prevé en al menos 4 m3/día. ● D.F.L. Nº 725/68, Código Sanitario del MINSAL, artículos 71 y 73. Materia Regulada Corresponde a la Autoridad Sanitaria aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. Se prohíbe la descarga de aguas servidas y de residuos industriales o mineros en los ríos o las lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración. Cumplimiento Durante la etapa de construcción y cierre se habilitarán baños químicos para el uso del personal en todos los frentes de trabajo, mientras se habiliten los servicios higiénicos y el sistema de alcantarillado. La instalación de los baños químicos se ejecutará conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. El manejo de los baños químicos estará a cargo de una empresa autorizada. A modo de control se mantendrá un sistema de registro de la mantención y disposición final. Para la fase de operación, cada sitio de crianza tendrá un sistema de alcantarillado particular, mediante módulos de tratamiento de aguas servidas de lodos activados, con un consumo diario de 100 l/día/trabajador. Los antecedentes respectivos, se entregan en el permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 91 del D.S. 95/2001 del MINSEGPRES, Reglamento del SEIA. ●D.S. Nº 594/99, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del MINSAL, artículos 12 al 19, 24 y 26. Materia Regulada Los Artículos 12 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano, y necesidades básicas de higiene y aseo personal. El artículo 21 dispone que todo lugar de trabajo esté provisto, individual o colectivamente de servicios higiénicos, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público; o, en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares, en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Cumplimiento Ídem al cumplimiento normativo del D.S. N° 446/06. Norma Chilena 409, Requisitos de agua potable del MINSAL, y del D.F.L. Nº 725/68, Código Sanitario del MINSAL, artículos 71 y 73. ●D.S. N° 236/1926 del Ministerio de Salud.Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias. Materia Regulada El presente Reglamento establece que los edificios públicos o privados, urbanos o rurales, de cualquier naturaleza, que no puedan ser conectados a alguna red cloacal pública existente, o que se encuentren ubicados en lugares en que no exista alcantarillado público, salvo que la construcción de dicho alcantarillado se encuentre en ejecución, deberán ser dotados, dentro del plazo de dos años, a contar desde esta fecha, del sistema de disposición o tratamiento de aguas servidas prescripto para cada caso en el presente reglamento. En el artículo 3º se establece que todo edificio público o particular, urbano o rural, que se construya en lo sucesivo y cuyas aguas servidas caseras no puedan, por cualquier causa, ser descargadas a alguna red cloacal pública, deberá dotarse de un alcantarillado particular destinado a disponer de dichas aguas servidas en tal forma que no constituyan una molestia o incomodidad, o un peligro para la salubridad pública. Cumplimiento Cada sitio de crianza tendrá un sistema de alcantarillado particular, mediante módulos de tratamiento de aguas servidas a base de lodos activados, diseñados para tratar los volúmenes proyectados para cada área productiva, con un consumo diario de 100 l/día/trabajador.Los antecedentes respectivos, se entregan en el permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 91 del D.S. 95/2001 del MINSEGPRES, Reglamento del SEIA. ● Decreto N° 867/78. Norma Chilena 1.333 del Ministerio de Obras Públicas. Requisitos de calidad de agua para diferentes usos. Materia Regulada Establece los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua utilizada para riego y otros usos. Cumplimiento Durante la operación se utilizará el efluente del sistema biodigestor para riego de superficies de plantaciones de eucaliptus. Además, el flujo resultante de las cámaras de tratamiento de aguas servidas será utilizado para el riego de jardines y superficies. Los RILes generados durante el proceso de crianza se producirán de forma diaria, provenientes del lavado de los pabellones. Se generará un volumen de 675 m3/día. Los purines se transportarán gravitacionalmente a través de una red de tuberías subterráneas hacia el sistema biodigestor.El efluente que saldrá de los biodigestores será aplicado en plantaciones de eucaliptos, en un área de 333,53 há que se fraccionará en unidades de manejo de 15 há/día de superficie, con una rotación diaria para su aplicación. En la respuesta 17 de la Adenda 2, se complementa el diagrama de proceso y aprovechamiento de biomasa presentado en el Anexo N° 6 de la Adenda 1, indicando los niveles de eficacia o abatimiento de cada parte del proceso de tratamiento de purines, señalando los datos de entrada y de salida de todo segmento y obra involucrada, previo ingreso a los biodigestores considerando la Norma Chilena 1.333 Requisitos de calidad de agua para diferentes usos, indicados como críticos para disposición de efluentes porcinos, según la “Guía de Evaluación Ambiental para Aplicación de Efluentes al Suelo” del Servicio Agrícola y Ganadero (2010). Los valores de entrada de DBO5 y NKT corresponderán a los propuestos por Peralta (INIA, 2005), y los valores de entrada de pH y CE serán los propuestos por González (INIA, 2004). Flora y Vegetación ● D.L. Nº 701/74, reemplazado por el D.L. Nº 2.565/79 y modificado por la ley Nº 19.561 ley sobre Fomento Forestal. Materia Regulada Regula la corta o explotación de bosques nativos y de plantaciones ubicadas en terrenos de Aptitud Preferentemente Forestal. Establece la obligación de reforestar una superficie igual o equivalente a la cortada o explotada. Cumplimiento El plan de manejo de corta y reforestación de plantaciones para ejecutar obras civiles D.L. N° 701, se presenta en el Anexo A y B de la Adenda 3 con el fin de habilitar una superficie equivalente a 21.2 Há, en el denominado P1A1 del proyecto (Sitio 3, área de engorda y biodigestores). La superficie en cuestión se encuentra en la actualidad con una plantación de Eucalyptus globulus juvenil. El área de corta estará en el sitio denominado (P1A1), siendo conformado por dos áreas cercanas de 3.63 Há y 17.67 Há. Estas unidades conformarán una superficie total de 21.2 Há. El área de reforestación (P1R1) estará situada al poniente de la plantaciones actuales existentes en el predio, y al oeste de los sitios sin vegetación, que serán utilizados para la construcción de los planteles de reproducción, gestación, maternidad y recría, abarcando 21.2 Há de superficie a reforestar con Eucalyptus globulus, en un sector dominado por pradera anual y en un suelo con capacidad de uso VII. La densidad será de 1.100 plantas por hectáreas. ● Ley N° 20.283/2008 del Ministerio de Agricultura Materia Regulada Establece normas, procedimientos y recursos monetarios para la protección, la recuperación y el mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental. Además, toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la CONAF. Cumplimiento El proyecto no requerirá efectuar un Plan de Manejo Forestal, dado a que no se ejecutará corte de formaciones vegetales nativas, debido a que no existe bosque nativo y formaciones xerofíticas en el predio y áreas de intervención del proyecto. Fauna ● Ley de Caza Nº 19.473/1996 y D.S. N° 5 de 1998 Reglamento de la Ley de Caza, ambos del Ministerio de Agricultura Materia Regulada Sustituye el texto de la Ley Nº 4.601 sobre caza, estableciendo y regulando la crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre terrestre y de mamíferos anfibios. También establece la prohibición de la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente conocido; así como también, las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. Cumplimiento En cumplimiento a la Ley y Reglamento de caza, se desarrollarán las siguientes acciones: - Prohibición de captura, recolección y/o caza de fauna silvestre al interior del predio mediante la capacitación a trabajadores. - Prohibición de ingreso de trabajadores con animales domésticos, tales como perros y gatos. - Los residuos de comidas u otros elementos atractivos para la fauna local, serán acumulados en contenedores cerrados y retirados periódicamente. - Se contemplará una franja de protección de 30 metros desde el deslinde de las zonas de conservación ambiental. En complemento a lo anterior, habrá planes de respuesta ante contingencia, los que indicarán los medios, organización y procedimientos de reacción ante emergencias que puedan afectar las zonas de conservación ambiental, tales como “incendios forestales” y “derrame de efluentes líquidos fuera del área de riego”, detallados en el Anexo 2 de la Adenda 2. - De acuerdo a la respuesta 4 de la Adenda 2, el SAG condiciona el monitoreo sobre la fauna silvestre (aves, mamíferos, anfibios y reptiles), ampliándolo a 10 años, manteniendo el alcance y los aspectos metodológicos (frecuencia, técnicas de captura, análisis de datos, riqueza y abundancia, umbrales, entre otros) de lo indicado en aquella respuesta. Protección Agrícola ● D.L. Nº 3.557 del Ministerio de Agricultura y del Servicio Agrícola y Ganadero. Materia Regulada Los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al Estado, al Fisco, a empresas estatales o a particulares, están obligados, cada uno en su caso, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de aguas, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera que sea el objeto a que estén destinados. Además, los establecimientos industriales, fabriles, mineros y cualquier otra entidad que manipule productos susceptibles de contaminar la agricultura, deberán adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación. Cumplimiento Ídem al cumplimiento normativo del D.S. Nº 594/99, reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del MINSAL, respecto a los residuos sólidos, aguas servidas y residuos líquidos. ● Ley Nº 18.755 de 1989. Orgánica del SAG y sus modificaciones, Ministerio de Agricultura. Materia regulada Establece normas sobre el SAG. El Servicio tendrá por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias. Cumplimiento El proyecto cumplirá las normas de protección agropecuaria emanadas por el SAG y establecidas en la legislación aplicable. El plantel será adscrito al sistema PABCO (Plantel Animal Bajo Control Oficial), regulado por el SAG. ● Resolución Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura. Materia Regulada La citada resolución establece que los embalajes de madera de un espesor superior a los 5 mm, utilizados para el transporte de cualquier envío procedentes del extranjero o en tránsito madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos indicados en el numeral primero de la resolución. Cumplimiento En el caso que se utilicen envíos provenientes del extranjero con embalajes de madera, se verificará que éstos cumplan con las disposiciones establecidas en esta resolución, en lo que dice relación con el tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los tratamientos fitosanitarios. Para ello, se exigirá que la internación de equipos o productos en embalajes de madera sea realizada bajo las medidas de tratamiento fitosanitario descritas en la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias Nº 15 (NIMF Nº15), que entrega las directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional. Patrimonio Arqueológico ● Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/90, Reglamento de la Ley Nº 17.288, Ministerio de Educación. Materia Regulada En caso de que durante las faenas mineras se encontraren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, se procederá a denunciar al Gobernador Provincial respectivo, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el art. 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288. Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos Históricos, Públicos y Arqueológicos, zonas típicas o pintorescas y Santuarios de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo. Cumplimiento En el terreno se efectuó una prospección ejecutada por un arqueólogo, encontrándose un hallazgo de un sitio superficial de material lítico, poco denso, el que se extiende por un radio de 50 m alrededor de la coordenada UTM WGS 84: 257.579 E - 6.216.610 N. El proyecto no afectará el sitio del hallazgo, dado que se implementarán acciones precautorias como: delimitación del sitio y un radio perimetral de 80 m desde el centro del punto del hallazgo. En caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del presente proyecto se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, arqueológico o paleontológico, se informará el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir; y se procederá según lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Vialidad y Transporte ● D.S. Nº 158/1980 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Materia regulada Regula el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total, estableciendo los límites de peso máximo bruto y por ejes con que los vehículos de carga podrán circular por los caminos del país, con el objetivo de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos. Cumplimiento Los camiones que se utilizan respetarán en su capacidad los límites de peso y por ejes para su circulación. Durante la etapa de construcción se utilizarán camiones de 25 toneladas; y, en la operación se usarán camiones de entre 10 y 20 toneladas. ●D.F.L. Nº 850 del Ministerio de Obras Públicas. Materia regulada Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, que establece la prohibición de circular por caminos públicos de vehículos de cualquier especie, que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Prohíbe el vertido o escurrimiento de materiales, productos o desechos generados hacia rutas o caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. Cumplimiento Todos los vehículos que se utilizarán para transporte de insumos, materias primas, residuos y productos terminados no sobrepasarán los límites de peso máximo. Tanto para vehículos propios como de terceros se exigirá una adecuada estiba, fijación, cobertura y/o cierre de la carga para evitar su vertido o escurrimiento hacia rutas y caminos. Se dará cabal cumplimiento a los artículos N° 30 al N° 40 de dicho cuerpo legal. Antes del inicio de la fase de construcción, se presentará a la Dirección de Vialidad un proyecto de mejoras viales y señalización de seguridad en la vía pública, próxima al acceso al plantel. ● D.S. Nº 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Materia regulada Establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. Las disposiciones del decreto son sin perjuicio de la reglamentación especial que sea aplicable a cada producto peligroso en particular. El transporte de productos explosivos debe efectuarse conforme a las normas específicas dictadas por el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Minería, respectivamente, y por las disposiciones del presente reglamento, siempre que no sean incompatibles con dichas normas específicas. Cumplimiento Para la construcción y operación del proyecto se utilizarán combustibles y generarán residuos peligrosos; por lo tanto, se requerirá su transporte fuera del predio. El transporte de combustibles y productos peligrosos será realizado por empresas autorizadas para dichos fines, las que cumplen con las disposiciones señaladas en el presente Decreto Supremo. Entre las acciones a cumplir se exigirá: -Vehículos motorizados con antigüedad máxima de 15 años. -Vehículos equipados con tacógrafo u otro dispositivo que registre la velocidad y distancia recorrida. -Sistema de radiocomunicaciones o un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. -El cargamento de productos peligrosos ser estibará y estará sujeto adecuadamente, de manera que se evite el desplazamiento riesgoso entre ellos, o con las paredes y plataforma del vehículo. -Se prohíbe el transporte de sustancias peligrosas con otro tipo de carga como animales o alimentos, salvo si existe compatibilidad con los elementos transportados. -Los vehículos portarán uno o más letreros, visibles para otros usuarios de las vías, con indicaciones que señalen el nombre común de la carga, nombre y teléfono del destinatario de la carga, nombre del expedidor de la carga, nombre y teléfono del transportista. -Durante el transporte se portará la guía de despacho o factura de los productos transportados, el detalle del producto a transportar con su clasificación y número de Naciones Unidas, las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente basadas en la Hoja de Datos de Seguridad, a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2245, Of 93. ● D.S. N° 18/1993 del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento para Empresas Generadoras de Carga. Materia regulada Establece condiciones que deben cumplir los sistemas de pesaje para empresas a las que se refiere el inciso 5° del Artículo 54 del Decreto M.O.P. N° 294 de 1984, modificado por la Ley 19.171. Se consideran empresas generadoras de carga las que anualmente generen cargas iguales o superiores a 60.000 toneladas. Cumplimiento El plantel de cerdos tendrá sistemas de pesaje que cumplirán las condiciones establecidas por el presente Decreto Supremo. En todo momento se respetarán los pesos máximos estipulados en el Decreto M.O.P. N° 158 de 1980. Sustancias Peligrosas, Electricidad y Combustibles ● D.S. Nº 160/09. Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Materia regulada El Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos que se realicen en tales instalaciones, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar dichas actividades en forma segura, controlando el riesgo de manera tal que no constituyan peligro para las personas y las cosas. Cumplimiento El plantel usará un estanque para petróleo diesel de tipo superficial, metálico, con muros de hormigón y piscina de contención de derrames para abastecer los vehículos de transporte interno del plantel, abastecido por una empresa autorizada. En el sector de los estanques se ejecutarán acciones para contener derrames, habrá señalética y extintores para combatir posibles brotes de fuego, exigidos por la normativa. El combustible para vehículos livianos y camiones será abastecido en estaciones de servicio cercanas. Todos los estanques de combustibles estarán aprobados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Todos los estanques de combustibles estarán aprobados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. ● D.S. N° 66/07, modificado por D.S. N° 20/08. Reglamento de instalaciones interiores y medidores de gas Materia regulada Declara la Norma Chilena, NCh 382 Of.2004 Sustancias Peligrosas – Clasificación General, norma oficial de la República de Chile. Esta norma establece una clasificación general de las sustancias peligrosas en Clase y División. Presenta dos listados de las sustancias peligrosas, el primero ordenado por su enumeración de las Naciones Unidas; y, el segundo por orden alfabético indicando su riesgo secundario y número de Guía GRE (primeras acciones en caso de emergencias). Cumplimiento El plantel tendrá estanques de gas de tipo superficial que abastecerán las calderas de calefacción de los sitios de reproducción y de recría; y, para abastecer los comedores, duchas y calefacción del personal. Habrá 3 estanques de gas licuado de 1 m3 en cada sitio.El proyecto cumplirá con lo establecido en este cuerpo legal.
3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce’. (Artículo 5° del Reglamento del SEIA). Emisiones Atmosféricas · Etapa de Construcción:Las emisiones atmosféricas para la etapa de construcción corresponderán a material particulado suspendido, derivado de las actividades de despeje, movimiento de tierra y tránsito de vehículos. Las faenas de movimiento de tierra se efectuarán principalmente durante los primeros meses de habilitación. Considerando las emisiones señaladas y por concepto de combustión de combustible en motores de vehículos, las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 5.34 ton/año, el CO a 0.49 ton/año, el NOx a 2.01 ton/año y el HC a 0.24 ton/año. Durante esta etapa se efectuará humectación 3 veces al día en los frentes de trabajo, a través de un camión aljibe, acción que permitirá reducir la resuspensión de polvo. Junto con lo anterior, habrá mantención periódica de los vehículos, condición que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. · Etapa de Operación:La principal fuente de emisión en la etapa de operación corresponderá al tránsito vehicular, vinculados al transporte de insumos y de animales hacia la planta faenadora. Otra fuente de emisión serán las calderas a gas utilizadas para la calefacción de los pabellones, las que operarán durante los 6 meses fríos. A lo anterior, se sumarán las emisiones provenientes de la operación de las calderas de los biodigestores, que operarán con el biogás producido por la degradación anaeróbica, cuya característica será la de un combustible limpio; por lo tanto, sus emisiones serán poco significativas. Las emisiones totales de material particulado MP10 corresponderán a 8.64 ton/año, el CO a 0.07 ton/año, NOx a 0.25 ton/año y HC a 0.06 ton/año. Para reducir las emisiones de material particulado se ejecutará humectación de los caminos internos de mayor movimiento vehicular, con una frecuencia de 3 veces al día mediante camión aljibe. Junto con lo anterior, habrá mantención periódica de los vehículos, condición que permitirá que los motores operen en condiciones óptimas, ajustados a la normativa vigente que se aplica en las revisiones técnicas. En tanto, las calderas tendrán un programa de mantenciones con el objetivo de asegurar su óptimo funcionamiento. En el Anexo 3 de la Adenda 1 se presenta el informe de estimación de emisiones atmosféricas para cada una de las fuentes de emisiones en la etapa de operación, incluyendo: el flujo de vehículos, características de estos en cuanto a su dimensión, combustión emitida por las 30 calderas a gas en pabellones, la caldera a biogás para los biodigestores y grupos electrógenos. · Etapa de Abandono: En caso de requerir el cierre del plantel, las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores. Estas emisiones estarán asociadas a movimientos de tierra, tránsito de vehículos, operación de maquinaria y demolición de instalaciones. Las emisiones serán similares a la etapa de construcción; por lo tanto, se aplicarán las mismas acciones para minimizarlas. Ruido · Etapa de Construcción: Durante la etapa de construcción se emitirán ruidos por el funcionamiento de maquinaria y actividades de construcción. El tipo de fuente será de carácter puntual y esporádico, alcanzando niveles de 90 a 100 dB(A) como emisión global. Ante este escenario, se tendrá sólo por atenuación por distancia, un nivel de 44 dB(A) a 250 m de la fuente emisora. Considerando que el área de emplazamiento del proyecto estará a 3 km del lugar habitado más cercano, las emisiones serán de poca relevancia, debido a que no afectarán a la población cercana. Complementariamente, se capacitará al personal sobre las acciones de protección de ruido necesarias; así como también, del uso obligatorio de los equipos de protección auditivos en las faenas que presenten mayor emisión acústica. · Etapa de Operación: Para la etapa de operación, las emisiones acústicas se acotarán básicamente al tránsito vehicular y a sonidos emitidos por los propios animales. En base a la experiencia en proyectos similares, el ruido generado por los cerdos podría bordear los 60 dB(A), considerando un nivel basal de 50 dB(A). Tomando como referencia la atenuación por distancia, la lejanía a sectores poblados y la magnitud de las actividades, la operación del plantel no infringirá las disposiciones del D.S. 146/97 del MINSEGPRES. Al respecto, el poblado de Pulín será el receptor más cercano. Las viviendas más próximas estarán ubicadas a 3 km en dirección NE. Por otra parte, hacia el SW se ubica la localidad de La Estrella a una distancia superior a 5 km, descartándose que esta localidad pueda ser considerada una potencial fuente receptora. · Etapa de Abandono: En caso de requerir el cierre de las instalaciones, las principales fuentes de ruidos corresponderán al tránsito vehicular y a la operación de maquinarias. El distanciamiento a sectores poblados permite definir que no se sobrepasarán los niveles de ruido establecidos en la normativa nacional. Además, no habrá utilización de explosivos durante esta etapa. Manejo de Olores · Etapa de Construcción: Durante la etapa de construcción no habrá generación de olores. Etapa de Operación: De acuerdo a la respuesta III.2 de la Adenda 3 se señala que en el estudio de impacto odorante (Anexo 2 de Adenda 1), se efectuó una modelación de olores utilizando el modelo CALPUFF View 4.0, considerando un período de un año. Posteriormente, se desarrolló una nueva modelación de olores de acuerdo a las consideraciones solicitadas en el ICSARA 2, que indicaba que se debía incluir el área de manejo de animales muertos del plantel, además de desarrollar un Plan de Gestión de Olores (Anexos 6 y 7 de la Adenda 2). Adicionalmente, en Adenda 2 se compromete la incorporación de sistemas de ventilación en los pabellones de engorda (Sitio 3), disminuyendo la percepción de olores en sectores poblados, de acuerdo a la modelación realizada. Para verificar la efectividad de las acciones de control de olores, el titular comprometió en la Adenda 2, mediciones anuales de olores en las áreas potencialmente afectadas. Esta medición se efectuará durante los primeros 4 años de operación del proyecto, considerando las condiciones más desfavorables para percepción de olores; es decir, en meses de verano y al momento de aplicación de efluentes tratados en los paños de riego más próximos a áreas pobladas. La metodología utilizada para la medición de olores corresponderá al Mapa de Olor en base a Olfatometría Dinámica. Los informes de resultados de estas mediciones serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Los resultados arrojados por el modelo señalan que el plantel requerirá un distanciamiento mínimo de 1.993 m en dirección Norte-Este, producto de la influencia de los vientos, distancia que permitirá una pluma de olor diluida, que no implicará la ocurrencia de situaciones de olores molestos percibidos por la comunidad aledaña. Al respecto, la localidad de Pulín está localizada a una distancia de 3 km en dirección Noreste. En la respuesta III.3 de la Adenda 3 se señala que de acuerdo a las recomendaciones del SEA en la “Guía para usos de modelos de calidad del aire en el SEIA” (2012) se menciona que “…las características de gran parte del territorio chileno se debieran considerar complejas (heterogéneas)…”. Además de lo anterior, la EPA (Environmental Protection Agency), indica que el modelo recomendado para la estimación de dispersión de olor, especialmente para la modelación en terreno complejo como es el caso general de Chile, es CALPUFF. La heterogeneidad del área de interés, está dado por las características topográficas (orografía, uso de suelo, etc.) que generan un impacto en las condiciones meteorológicas locales. En este caso, la zona de interés se encuentra ubicada en un área de planicies y quebradas que se encuentra dentro de la zona de modelación. Junto a lo anterior, cabe señalar que el dominio de modelación determinado para este estudio fue considerando un radio de 10 km, desde el centro del predio y según el documento “Guía para usos de modelos de calidad del aire en el SEIA” (SEA, 2012), lo más adecuado para un dominio de modelación de más de 5 km de la fuente de emisión, es utilizar un modelo que permita simular meteorología heterogénea, como CALPUFF. El modelo considera entre los parámetros datos meteorológicos de 1 año completo medidos en el lugar(vientos, temperatura, radiación solar), el tipo de superficie y morfología del terreno, lo cual permite evaluar el comportamiento de la pluma de olores, entregando siempre la peor condición esperada. El modelo de dispersión entrega como resultado el peor escenario previsto, el cual incluso no conlleva la generación de molestias sobre las áreas aledañas localizadas en un radio de 5 km del proyecto. Esto quiere decir que, a distancias superiores a 5 km, la dilución de la pluma de olor será aún mayor, y por lo tanto, no conllevará la generación de eventos de olores molestos; y, por lo tanto, no se requiere realizar una modelación para la cuenca completa del Rapel, dado que las emisiones se circunscribirán dentro de un área mucho menor, siendo insignificante el aporte que pudiera tener el proyecto sobre la cuenca.Bajo este contexto, teniendo presente que la evaluación de olores presentada determinó en las zonas pobladas más cercanas, en el peor escenario, una probabilidad de ocurrencia inferior a un 2 % (Figura 1 de la respuesta III.3 de la Adenda 3), lo que significará que a distancias superiores no se generarán olores por efecto del proyecto. Asimismo, las áreas de riego fueron consideradas dentro de la estimación y modelación de olores, correspondiente a la fuente denominada “Área de riego”, en el Anexo N °6 de la Adenda 2. Al respecto, cabe señalar que las áreas de riego operarán a través de 22 paños de 15 Há/día, con una rotación de riego de 21 días por paño; por lo tanto, no se riega en un mismo día toda el área disponible de riego. En la eventualidad que se detecten olores superiores a CP98-1 = 3[ouE /m3], en la respuesta III.4 el titular se compromete a suspender el riego y redestinarlo a paños más alejados, considerando la dirección de los vientos, restituyendo los terrenos causantes de los olores molestos mediante volteo con maquinaria agrícola, entre otras acciones. En la respuesta III.6 de la Adenda 3 se detallan las fichas técnicas de los 3 escenarios modelados durante el proceso de evaluación ambiental, esto es: - Escenario 1: Incluye todas las fuentes de generación de olores, salvo el área de manejo de animales muertos. No considera acciones de minimización de olores. - Escenario 2: Incluye todas las fuentes de generación de olores (incluyendo área de manejo de animales muertos). No considera acciones de minimización de olores. - Escenario 3: Incluye todas las fuentes de generación de olores (incluyendo área de manejo de animales muertos). Considera sistema de ventilación mecánica en pabellones de engorda. En respuesta III.1 de la Adenda 3, el titular se compromete a realizar la evaluación de las condiciones de los puestos de trabajo a través de una mutualidad (ACHS), una vez que entre en operación el proyecto, analizando todos los riesgos asociados, incluida la exposición a gases como NH3, H2S y CO. De esta evaluación se determinarán y adoptarán las acciones necesarias para asegurar que las condiciones laborales no presenten riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores, definiendo la necesidad de realizar acondicionamiento de las instalaciones, utilización de equipos de protección personal y/o instalación de sistemas de monitoreo continuo. El informe que sea obtenido de esta evaluación, junto a las acciones implementadas, estará disponible en el plantel para revisión de las autoridades en caso de requerirlo. Cabe señalar que el Servicio de Evaluación Ambiental de esta región, analizados los fundamentos técnicos respecto a la modelación de olores, y teniendo presente que en el sector de emplazamiento del proyecto existen otras fuentes generadoras de emisiones de olores molestos del mismo origen, que no han sido cuantificadas en la línea base de olores, sostiene que existe incertidumbre de la modelación en términos de concentración de olores, debido a que se desconoce la concentración inicial de olores molestos en la zona (línea base), y la concentración final que generará el proyecto, desconociéndose el umbral final de olores (unidades odoríferas) sobre la comunidad, definiendo el aporte real del proyecto sobre la línea base. La operación del plantel alcanzará su capacidad de animales proyectados a partir del año 4 de operación, lo que implicará la generación de olores vinculado a las excretas y orines; y, a la descomposición de animales muertos. La generación de olores molestos en el plantel de crianza de cerdos estará relacionada con una deficiente gestión y manejo de estos residuos. Al respecto, las acciones de manejo de olores que se aplicarán serán las siguientes: -Limpieza diaria de los pabellones: Los pabellones serán sometidos a procedimientos de limpieza diarios, con el objetivo de retirar las excretas de los animales. Esta acción permitirá eliminar y diluir las fuentes de olores desde los pabellones de manera óptima. - Control de olores en el manejo de animales muertos: El manejo de los animales muertos se efectuará en un área habilitada en cada sitio de crianza, en donde existirá un contenedor metálico de bins herméticos para el acopio temporal, denominados “unidad de traspaso”. Dichas áreas se ubicarán en la periferia de cada sitio, en donde cada contenedor se ubicará en el límite perimetral, teniendo compuertas herméticas al interior y al exterior de estos sitios, condición que evitará el ingreso de los camiones recolectores al interior de la Zona Limpia. Las áreas de animales muertos tendrán piso impermeable y pretil de contención. En tanto, los bins móviles serán de material resistente, anticorrosivo y de fácil lavado. Las unidades de traspaso sólo se abrirán para el ingreso o retiro de animales muertos, limitando temporalmente el contacto con el exterior. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos debidamente habilitados. Luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados. Esto se realizará en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrán abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. El período de retiro de animales muertos desde las estaciones de transferencia tendrá una frecuencia todos los días hábiles (lunes a viernes) durante el verano; y, en invierno, será de 3 veces a la semana (lunes – miércoles – viernes). -Control de olores en el manejo de purines: Los purines serán transportados desde los pabellones hasta el sistema de tratamiento de forma subterránea. La utilización de un sistema de digestión anaeróbica, reducirá olores y materia orgánica gracias a la eliminación de los ácidos grasos volátiles (AGV), y otros compuestos de fácil degradación. Los biodigestores serán un sistema cerrado y hermético, en donde el gas producido será utilizado para combustión; por lo tanto, no se emitirá olores al exterior. En caso de detectar la generación de olores persistentes desde los estanques de homogeneización u otro punto crítico del sistema, se evaluará la utilización de aditivos biodegradables para el control de la actividad bacteriana. -Barrera arbórea de protección: El plantel tendrá una barrera arbórea o cortinas vegetales que serán plantadas al inicio de la etapa de construcción; por lo tanto, tendrá una altura promedio de 3 m al momento de iniciar la operación, que se sumará a la arboleda existente en el predio. Las barreras arbóreas son elementos utilizados para el control de olores, siendo una medida recomendada en el Acuerdo de Producción Limpia de Buenas Prácticas Agrícolas en el Sector de Producción Porcino Intensivo, donde se reconoce la factibilidad de esta medida para la reducción de olores provenientes de planteles de cerdo. Asimismo, las fuentes de olores en planteles de cerdos se encuentran localizadas a nivel del suelo, la pluma de dispersión tiene la tendencia de trasladarse de igual modo a través del suelo, razón por la que las barreras arbóreas representan una solución ideal para la intercepción, eliminación y dilución de olores. Existen al menos cinco formas que interactúan entre ellas, por las cuales estas barreras vegetales pueden atenuar los olores: - Mediante la intercepción y captura física de polvo, aerosoles y gases a través del contacto con las superficies del árbol (tronco, ramas, hojas). - A través de la dilución y dispersión de las concentraciones de olores en el flujo de aire. - Fomentando la depositación en el suelo del polvo y otros aerosoles, gracias a la reducción de la velocidad del viento. - Actuando como sumideros biológicos de los componentes químicos que constituyen los olores, luego de su intercepción. - Mejorando la estética de los planteles de cerdos y el paisaje rural. La existencia de una barrera arbórea de eucaliptos en el perímetro del predio permitirá la dilución de las emanaciones junto al efecto de los vientos dominantes en el sector. Por ende, se considera que estas emisiones por encontrarse controladas no conllevarán al deterioro de recursos naturales renovables en el área de influencia del proyecto. En la respuesta 25 de la Adenda 2, el titular señala que el eucalipto es una especie altamente extractiva de N, con un promedio de alrededor de 500 kg/Há/año; por lo tanto, para sistemas agropecuarios donde la principal limitante es el nitrógeno excedentario, parece ser una especie de alto interés. -Transporte de Animales: A continuación, se indican las acciones ambientales que se adoptarán para minimizar las emisiones de olores durante el traslado de cerdos: - Los vehículos utilizados para el transporte de cerdos serán lavados y desinfectados antes de cada carga. - En la respuesta I.9 de la Adenda 3, se detallan las acciones a seguir en caso de ocurrir algún accidente de tránsito que conlleve la caída de carga en las vías de transporte públicas. - Se evitará, en lo posible, el paso por centros poblados. - Existirá un programa de mantención preventiva para vehículos de transporte de animales, de manera de minimizar riesgos de accidentes y fallas mecánicas. - Se privilegiará el traslado en horario diurno. Para evitar la caída de restos de animales muertos en las vías de tránsito, la carrocería de los camiones cumplirá con las siguientes condiciones: - Poseer barandas y cubierta que proteja la carga. - Ser de un material que no absorba, ni filtre el residuo a transportar. - No podrá tener trizaduras, agujeros, áreas degradadas y corroídas. - Los contenedores serán herméticos y cerrados. - La carga del contenedor de residuos no excederá el 90% de la capacidad de éste. · Etapa de Abandono: El proyecto no prevé etapa de cierre o abandono. En caso de ocurrir esta situación, las fuentes de olores serán similares a aquellas existentes en la etapa de operación, hasta que se efectúe el completo retiro de los cerdos al interior de las inmediaciones. Una vez deshabitados los pabellones, las instalaciones serán sometidas a limpieza y desinfección para eliminar la fuente primordial de olores del plantel. Luego de efectuado el retiro del contenido de los biodigestores, se procederá a retirar estas instalaciones. Considerando el distanciamiento a receptores y la existencia de barreras arbóreas, durante el cierre no habrá situaciones molestas por olores en las áreas colindantes. Residuos Sólidos · Etapa de Construcción: Los residuos sólidos corresponderán al tipo domésticos y asimilables a domésticos; residuos de construcción y restos de corta. Durante esta etapa no habrá otro tipo de residuos, dado que no habrá mantención o recambio en las maquinarias y vehículos en el predio. Residuos domésticos y asimilables a domésticos:Corresponderán a aquellos generados por los trabajadores, constituidos por restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros. La tasa de generación será de 0,8 kg/hab/día, totalizando una cantidad de 32 kg/día. Al respecto, los residuos serán almacenados en contenedores con tapa, al interior del predio; y, serán transportados por una empresa autorizada y dispuestos en sitio autorizado. Restos de materiales de construcción:Estarán conformados por restos de maderas, tuberías, latones y algunos moldajes usados en las obras civiles. Estos residuos serán acopiados de forma transitoria en un patio cercado, con señalética para cada tipo de residuo, pudiendo ser reutilizados en otras labores de construcción y reparación de diversas estructuras del plantel. Aquellos residuos que no puedan ser reutilizados serán retirados por una empresa autorizada, una vez finalizadas las faenas de construcción, para su disposición en lugares autorizados. Restos de corta:Estarán integrados por los restos de vegetales ubicados en la superficie de las plantaciones de eucaliptus, que deberán retirarse, chipearse y reintegrarse en otras superficies como mejorador de suelo. Los residuos vegetales no se acumularán y acopiarán temporalmente, para evitar la presencia de posibles focos de incendios forestales, considerando que el área de intervención está inmersa en una zona de secano interior con plantaciones forestales. · Etapa de Operación: Los puntos de generación de residuos sólidos estarán asociados a la permanencia temporal del personal y a la operación de las áreas de crianza. Residuos domésticos y asimilables a domésticos:Los residuos sólidos domésticos estarán compuestos por restos de comida, papeles, cartones, y otros asimilables. La tasa de generación será de 0,8 kg/hab/día, totalizando una cantidad de 63,2 kg/día. Para el manejo de estos desechos, existirán salas de basura en cada área productiva lejanos a los sitios de crianza, las cuales tendrán contenedores con tapa, en cuyo interior se instalarán bolsas plásticas para el almacenamiento provisorio de los desechos, siendo posteriormente recolectados por una empresa autorizada para su disposición en sitios autorizados. Animales muertos:El retiro de los animales muertos en verano se efectuará todos los días hábiles (lunes a viernes), mientras que en invierno será de 3 veces a la semana (lunes-miércoles-viernes) desde los pabellones, siendo trasladados hacia un área de almacenamiento temporal en bins herméticos al interior de un contenedor con puertas de ingreso. El retiro se efectuará a través de una empresa autorizada, y podrán ser derivados para su utilización por empresas de rendering, o ser enviados a sitios de disposición autorizados. El proceso de crianza tendrá un total de mortalidad de 133 animales/día, que equivaldrá a 4.012 animales/mes. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos; luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrá abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. Residuos veterinarios:Corresponderán a envases de medicamentos, vacunas, vitaminas y desechos de instrumental veterinario como frascos de vidrio y plástico, bidones, sacos de papel, cajas de cartón, guantes, hojas de bisturí, agujas y jeringas. Dichos residuos serán segregados en su origen separando los cortos punzantes y dispuestos en envases rígidos, con el objeto de proteger a los manipuladores. Los contenedores serán rotulados manteniendo un registro de salida, separados de los residuos sólidos domésticos y asimilables; para luego disponerlos en sitios autorizados para su recepción. El plantel producirá 18,7 kg/mes de estos residuos. Aquellos residuos catalogados con algún grado de peligrosidad, serán manejados de acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N° 148/03 del MINSAL. Envases de Plaguicidas: Una vez terminada la aplicación de plaguicidas, los envases plásticos vacíos de plaguicidas se someterán a “triple lavado”. Los envases con triple lavado, perforados y sin etiquetas, se dejarán en un espacio predeterminado al interior de la bodega de plaguicidas, señalizados como “Envases vacíos con triple lavado”, en espera de su retiro y disposición a un lugar autorizado. Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos se almacenarán de forma provisoria y separada en bodegas diseñadas para ese objetivo, cumpliendo las disposiciones del D.S. N° 148/03 del MINSAL, para luego ser retirados y dispuestos por una empresa autorizada en el manejo, tratamiento y disposición de este tipo de residuos. A continuación se describe el manejo por tipo de residuo: Aceites lubricantes: Conformados por residuos de aceites de motor, líquidos hidráulicos, residuos de los filtros de petróleo diesel y aceite; los cuales, se almacenarán en tambores de 200 litros con tapas cerradas, para evitar que los residuos se mezclen con agua u otros elementos. La disposición final sólo se hará con empresas autorizadas. En ningún caso, los aceites lubricantes, petróleo o cualquier otro residuo serán utilizados en la mantención de caminos o incinerados en la empresa. El lugar en donde se almacenen estos residuos estará cerrado, techado y con pretil de contención de derrames y radier, además de tener la señalización correspondiente. Filtros de aceite y petróleo: Se dispondrán sobre una superficie para que escurra el aceite o petróleo sobrante. Los filtros vacíos se dispondrán en tambores de 200 litros, para luego ser enviados a una empresa autorizada, al igual que el aceite y petróleo sobrante. Tubos fluorescentes y ampolletas de Haluro: Cada vez que se realice el cambio de Tubos Fluorescentes y Ampolletas de Haluro, serán retirados y guardados en la misma caja del Tubo o Ampolleta nueva, donde se le escribirá “Tubo o Ampolleta usado”; para finalmente, ser almacenados en un área específica al interior de la bodega de residuos peligrosos, rotulada como “Tubos Fluorescentes y Ampolletas de Haluro”. Pilas y baterías de radio: Serán trasladadas a la bodega de residuos peligrosos, donde se almacenarán en un contenedor rotulado “baterías de radios y pilas usadas”, para luego ser enviados a una empresa autorizada. Neumáticos: Los neumáticos en desuso se acopiarán en el área de mantención mecánica, los cuales serán entregados a empresas autorizadas para su transporte y eliminación. Baterías de ácido-plomo: Una vez retiradas desde los vehículos y maquinarias, serán almacenadas transitoriamente en un sitio único dentro del taller de mantención o área de trabajo, sobre un pallet y con la señalética correspondiente al riesgo. Luego, las baterías se trasladarán a la bodega de residuos peligrosos, para luego ser transportada por una empresa autorizada y dispuestas en sitio autorizado. -Lodos de biodigestores y sistema de tratamiento de aguas servidas:El sistema biodigestor permitirá la degradación de la materia orgánica sólida existente en los purines; por lo tanto, operará por largos períodos de tiempo sin la necesidad de aplicarle limpieza. Los lodos en su interior disminuirán su volumen, producto de la digestión de la materia orgánica por parte de bacterias. Se mantendrán revisiones constantes en estos equipos; y, en caso de un eventual requerimiento técnico, se procederá al retiro del lodo contenido en el sistema. La infraestructura del biodigestor tendrá compuertas por las cuales se efectuará el retiro, cuyo procedimiento estará a cargo de una empresa autorizada, siendo trasportados a sitios de disposición final autorizados. En el plantel se mantendrá un registro de las frecuencias de las limpiezas, y de las empresas a cargo del retiro y de la disposición final. Los lodos generados en las cámaras de tratamiento de aguas servidas serán sometidos a un proceso de digestión al interior del sistema, favoreciendo la disminución del volumen producido y permitiendo efectuar un retiro entre 3 a 5 años de operación continua, o según sea el requerimiento de diseño. El manejo se efectuará de acuerdo a lo señalado en el D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES, el cual será retirado y trasladado para su disposición final por una empresa autorizada. · Etapa de Abandono: El proyecto no preverá etapa de cierre o abandono. En caso de eventualidades no previstas, si se requiere efectuar el cierre de las instalaciones, los residuos sólidos estarán distribuidos en las siguientes categorías: Residuos domésticos y asimilables a domésticos:Corresponderán a restos de comida, papeles, cartones, y otros asimilables. Habrá un contingente de personal similar a la etapa de construcción, condición que implicará una cantidad de 32 kg/día. Estos residuos se almacenarán en bolsas plásticas al interior de contenedores con tapa, para luego ser retirados y trasladarlos a sitio autorizado por una empresa autorizada. Animales muertos:Para este tipo de residuos se mantendrá el mismo procedimiento de retiro, almacenamiento y disposición utilizado durante la etapa de operación del plantel, hasta que se desalojen por completo los pabellones. Residuos veterinarios:En el período que se mantendrán cerdos durante el abandono, habrá requerimiento de aplicar algún producto veterinario, situación que generará residuos por esta actividad. El manejo de estos residuos será realizado de igual forma a lo indicado para la etapa de operación. Lodos de biodigestores y sistema de tratamiento de aguas servidas:Previo a que se proceda a desmantelar el biodigestor, se efectuará la limpieza y retiro de lodos desde su interior, procedimiento que será realizado por una empresa autorizada, siendo enviados a un sitio de disposición final autorizado. En tanto, el manejo de los lodos de los sistemas de tratamiento de aguas servidas se efectuará según el D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES, siendo retirados y transportados a un sitio de disposición final por una empresa autorizada. Escombros y residuos de desmantelación:Estarán compuestos por restos de madera, techumbre, enfierradura, cables, escombros, entre otros. En aquellos casos que sean posibles, se reutilizarán estructuras y materiales en otras instalaciones, o será vendido, o retirados del predio por una empresa autorizada para ser transportados a una disposición final autorizada.Aquellos materiales que hayan estado en contacto con los animales serán lavados y desinfectados, previos a su retiro del predio. Residuos Líquidos · Etapa de Construcción: Los residuos líquidos serán los generados por el uso de los baños químicos, manteniéndose hasta que se implementen los baños del plantel.La instalación de los baños químicos se ejecutará conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL, en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. El retiro de estas aguas se hará con una frecuencia de 3 veces por semana; y, su manejo estará a cargo de una empresa autorizada. · Etapa de Operación: Aguas servidas: Se generará un volumen de 8,2 m3/día derivados de los servicios higiénicos del plantel, dispuesto en el sistema de alcantarillado particular en cada sitio de crianza. La limpieza de la cámara decantadora del sistema de tratamiento se ejecutará cada 2 años por una empresa autorizada, o según requerimientos técnicos. El agua resultante del tratamiento se usará para el riego de superficies y jardines al interior del plantel. Purines y aguas de lavado: Los RILes generados durante el proceso de crianza se producirán de forma diaria, provenientes del lavado de los pabellones compuesto por excretas y orines de los animales. Se generará un volumen de 675 m3/día. Los purines se transportarán gravitacionalmente a través de una red de tuberías subterráneas hacia el sistema biodigestor, el cual fue diseñado para recibir un caudal de 850 m3/día, considerando un 25 % como margen de seguridad. El efluente que saldrá de los biodigestores será aplicado en plantaciones de eucaliptos, en un área de 330 Há que se fraccionará en unidades de manejo de 15 Há/día de superficie, con una rotación diaria para su aplicación. Las aguas utilizadas para riego cumplirán con los parámetros establecidos bajo la norma chilena NCh 1333/78. Durante el tratamiento de purines, se monitorearán continuamente los flujos de entrada, la temperatura del digestor, la presión de gas y la acumulación de sólidos de fondo. Además, se tomarán muestras para analizar semanalmente los sólidos totales, sólidos volátiles y la relación de la concentración de ácidos orgánicos con la capacidad buffer de la solución. Junto con lo anterior, se aplicará un programa de mantención preventiva para motores, equipos, elementos mecánicos, sistema eléctrico, sellos y ductos, con el objetivo de asegurar la continuidad operacional de las unidades de tratamiento. Lavado de rodiluvio: Serán RILes derivados del lavado constituidos por la solución desinfectante y biodegradable aplicada a los vehículos. Se utilizarán 3 litros/vehículo, donde gran parte del volumen que se usará se evaporará, obteniendo una baja cantidad de agua residual que será contenida en los pretiles del rodiluvio. En caso de requerimiento, se retirará la solución de los pretiles para luego ser dispuesta en el sistema de conducción del biodigestor. · Etapa de Abandono: Aguas servidas: Durante los primeros meses se utilizarán los servicios higiénicos existentes en el plantel, en conjunto con baños químicos. Una vez requerida la desmantelación de todas las instalaciones, se usarán baños químicos. El manejo de estos residuos estará a cargo de una empresa autorizada para su retiro, y envío a disposición final autorizado. Aguas de lavado y efluentes del biodigestor: Las áreas donde habitaban los cerdos serán sometidas a procedimientos de limpieza y desinfección, previo a su desmantelamiento. Las aguas residuales generadas se conducirán a través del sistema de evacuación existente hacia los biodigestores. Los biodigestores serán una de las últimas instalaciones en ser desmanteladas. Una vez desmantelados, las aguas contenidas al interior serán retiradas por una empresa autorizada, su disposición final se efectuará en un sitio autorizado. El proyecto no generará formas de energía, radiación o vibraciones que sean un riesgo para la salud de la población. En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no generará o presentará riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental. Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se debe realizar estudio si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire’. (Artículo 6° del Reglamento del SEIA). El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 6° del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.2, Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300 de este informe consolidado; por lo tanto, no se generará efectos adversos sobre los recursos naturales. Acciones Generales de Protección Ambiental - Se capacitará al personal orientado a la conservación de la flora, fauna y sitios arqueológicos, y a la protección de ejemplares de fauna terrestre, llevadas a cabo por personal competente en cada materia. - Prohibición de captura, recolección y caza de fauna silvestre. - Prohibición de retiro y recolección de flora y vegetación fuera de las áreas de intervención, y de suelo orgánico. - Prohibición de retiro y alteración del material de valor arqueológico en el área identificada. - Prohibición de pastoreo de ganado al interior del predio. - Los residuos de comidas y otros elementos atractivos para la fauna local serán acumulados en contenedores cerrados, y retirados periódicamente. - Durante los dos primeros años de operación, se realizará un campaña semestral de monitoreo de flora, fauna y calidad de agua, donde en base a los resultados que se obtendrán de la segunda campaña, se evaluará la frecuencia de estos monitoreos, cuyos resultados serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Suelo De acuerdo a la respuesta I.3 de la Adenda 3, el sistema de manejo de purines propuesto contemplará aplicación de los efluentes tratados a terrenos con plantaciones forestales, considerando el balance hídrico y de nutrientes del sistema. Se estableció una tasa de aplicación de efluentes que no superará el 80% de la capacidad de retención de humedad del suelo, para que no se produzca la saturación hídrica del terreno. Los datos y antecedentes para el cálculo del balance Hídrico y de Nitrógeno, según la respuesta I.3 de la Adenda 3 es el siguiente: El estudio agrológico realizado en el sitio de interés, indicó que la profundidad efectiva media del suelo es de 53 cm, y la clase textural predominante es franco arcillo limoso.
El coeficiente de cultivo (Kc) utilizado para los cálculos del proyecto se ajusta a las condiciones climáticas y características fenológicas de los eucaliptos.
Fuente: García, 2007 En la siguiente tabla se señalan las precipitaciones medias y la evapotranspiración de referencia, necesarias para estimar la evapotranspiración del cultivo, representando la altura de agua que será evapotranspirada por una cubierta vegetal baja (20 cm), continua y sin restricciones bióticas o abióticas. El coeficiente Kc, corrige esta condición de referencia a una condición real, en función de las propiedades del cultivo de eucalipto.
1: Dirección General de Aguas, 2005 – 2: Santibáñez, 1990 Los montos de precipitación efectiva calculados, son los siguientes:
Con los datos señalados, se alimentó un modelo matemático para determinar el balance hídrico diario de una unidad de riego, de acuerdo a las condiciones de aplicación diseñadas; es decir, considerando 22 paños de 15 Há (330 Há totales), lo que implicará períodos de descanso de 21 días para cada paño. De acuerdo al Cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda 1, la demanda hídrica bruta (tasa de riego) calculada para eucaliptos desde 1 a 5 años de edad, considerando una eficiencia de aplicación de riego de un 60%, asociado a un sistema de riego californiano, será la siguiente:
Según el Cuadro 4 del Anexo 4 de la Adenda 1, las consideraciones de riego para el Plantel de Cerdos Quebrada Honda, serán las siguientes:
En el punto 1.2 del Anexo 4 de la Adenda 1 “Estudio de Balance Hídrico y de Nitrógeno”, se señala que la oferta que generará el proyecto será de 750 m3/día-1, con volúmenes anuales de 684 m3/Há-1, monto que será superado por las necesidades de la plantación en los meses de mayor demanda. En los meses invernales la demanda será 0 (cero), por lo que la incorporación de riego podría generar percolación y/o escurrimiento, según los datos bibliográficos calculados. La realización de un seguimiento en terreno de las características de almacenamiento de agua en el suelo y requerimiento de las plantas, permitirá una estimación más cercana a la realidad. En el Anexo 4 de la Adenda 1 se adjunta el informe de balance hídrico y de nitrógeno. Respecto a dichos balances, deberán presentarse en forma anual a la Superintendencia del Medio Ambiente y al Servicio Agrícola y Ganadero antes de la temporada de aplicación, en formato papel y digital para su evaluación, debido a que las variables pueden modificarse de una temporada a otra, además de verificar que la carga de nitrógeno aplicada al suelo no supere el valor máximo, para evitar contaminación. Toda modificación al balance hídrico y de nitrógeno deberá ser enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente, para ser remitida, evaluada y aprobada por los órganos del Estado con competencia ambiental, previa a su ejecución. Se mantendrá un registro de campo de aplicación de purín y de los resultados del monitoreo de Nitrógeno Total y fertilidad de los suelos receptores, actualizado mensualmente, indicando a lo menos el paño del predio que se utilizó (superficie), caudal, frecuencia de aplicación, entre otros aspectos, el cual deberá estar actualizado semanalmente y a disposición de los órganos del Estado con competencia ambiental, cuando ello se requiera; y deberá ser enviado anualmente a la Superintendencia de Medio Ambiente. Respecto a la respuesta I.3 de la Adenda 3, para asegurar que las condiciones modeladas se mantengan, el diseño del sistema de manejo y aplicación de efluentes tratados contemplará las siguientes acciones: - El riego se realizará mediante surcos construidos en curvas de nivel de manera de asegurar pendientes inferiores a 8%, maximizando la infiltración y evaporación y minimizando pérdidas por escorrentías superficiales. - Diariamente se cambiará el área de riego para evitar la saturación del suelo. La rotación permitirá contar con 21 días de descanso en cada área de riego. - Las labores de riego serán ejecutadas por operarios capacitados, que estarán permanentemente en terreno vigilando el correcto desarrollo del plan de aplicación. - Habrá maquinaria agrícola que realizará labores de incorporación del suelo y restitución de los surcos de riego. La maquinaria estará disponible para atender cualquier contingencia relacionada con el plan de aplicación de purines. - El caudal de riego será controlado permanentemente mediante caudalímetros, con registro instalados a la salida de las piscinas de acumulación. - Diariamente, antes de cada aplicación, se determinará la humedad del suelo en el área de riego mediante tensiómetros agrícolas instalados en sectores representativos de cada unidad de riego. En caso de superar 80% de su capacidad de retención de humedad, se destinará un sector que presente una humedad inferior o se evitará el riego, destinando el efluente tratado a la piscina de almacenamiento, que presenta una capacidad de 20 días de retención. - No se aplicarán purines durante los días de precipitaciones y posteriores, hasta que se verifique que éste posee menos de un 80% de su capacidad de retención de humedad utilizada. - Como medida de seguridad adicional, se instalarán tensiómetros para medir humedad del suelo en sectores representativos de la franja de seguridad, de tal forma de detectar cualquier escurrimiento de purines fuera del área de aplicación y poder adoptar oportunamente medidas de control. Los surcos de riego se encontrarán distanciados a 3 m entre sí y presentarán un ancho aproximado de 50 cm. Considerando un paño de riego de 15 hectáreas, la superficie de infiltración aportada por los surcos de riego será cercana a 25.000 m2, lo que implicará una altura máxima de agua durante un día de riego de 2,7 cm (675 m3/día). En el área de riego predominan suelos de tipo franco arcillo limoso, con una conductividad hidráulica teórica (K) de 0,15 cm/h. Lo anterior, determinará que el flujo teórico máximo que puede aceptar cada paño (15 Há), sin considerar la evaporación, será de 3,6 cm/día, otorgando un margen de seguridad de 25% por sobre el flujo máximo aportado por el riego. Asimismo, se evitará en todo momento el riego de suelos saturados, lo que será controlado mediante medición a través de tensiómetros de suelo. Para la acumulación de efluentes tratados habrá 2 piscinas de almacenamiento, con una capacidad para 20 días de autonomía. En consecuencia con lo anterior, aun considerando eficiencias de 40% para el sistema de riego, para asegurar que no se producirán escorrentías de efluentes líquidos fuera del área de aplicación, habrá cortes hidráulicos (tacos o cierres) en los surcos de evacuación de cada parcela de riego. Además, en caso de que se vean sobrepasados los cortes hidráulicos, habrá surcos conductores hacia sectores de riego habilitados que estén en período de descanso, los cuales recibirán los eventuales excedentes antes de que éstos alcancen la franja de seguridad de 30 m en torno a las quebradas. Se debe señalar que la franja de seguridad en ningún caso será utilizada para la acumulación de purín. Esta área ha sido definida para asegurar que el efluente no escurra hacia las quebradas, que permita la retención de cualquier volumen que pudiera escurrir fuera de los paños de riego. En estas superficies no se efectuará riego. Como medida de seguridad adicional, se instalarán tensiómetros para medir humedad del suelo en sectores representativos de la franja de seguridad, de tal forma de detectar cualquier escurrimiento de purines fuera del área de aplicación y poder adoptar oportunamente medidas de control. Además, para evitar potenciales efectos de pérdida de suelo por erosión no se arará la franja de seguridad, previniendo cualquier arrastre de material, manteniéndose con vegetación natural para asegurar la fijación del suelo y prevenir su erosión. En el área de aplicación y al inicio de la temporada de riego, se efectuarán monitoreos anuales de suelo debido a que el manejo de efluentes líquidos se realizará mediante aplicación homogénea en unidades de manejo de 15 Há cada una. A continuación se indica el programa de monitoreo de suelos.
Cabe señalar que el Servicio de Evaluación Ambiental de esta región, analizados los fundamentos técnicos respecto de los aspectos que dan origen a la forma de realizar los cálculos, la obtención de la información por parte del titular que dieron origen al Balance Hídrico y al Balance de Nitrógeno, que inciden en la cantidad necesaria de purines a embalsar en épocas en donde el suelo se encuentre saturado, o por condiciones meteorológicas como lluvias intensas, que no puedan ser dispuestos a riego de eucaliptos, tiene las siguientes incertidumbres: - En el Anexo 4 de la Adenda 1, punto 1, se obtienen resultados erróneos en virtud de los cálculos realizados por este Servicio. Lo anterior, se fundamenta debido a que en el cuadro 2 de dicho anexo, se consideran las precipitaciones medias o reales menores que la precipitación efectiva para meses estivales, y que resultan ser mayores en los meses de invierno, entregadas en la tabla 3. Las precipitaciones efectivas representadas corresponden a los requerimientos hídricos de los eucaliptus. - El cálculo de las precipitaciones efectivas con la fórmula del punto 1.1.3 del Anexo 4 de la Adenda 1 (que es la que entrega la Guía del SAG, “Condiciones Básicas Para la Aplicación de Riles de Agroindustrias en Riego”, punto 3.2 de la Guía y calcula la Demanda Hídrica Neta) está mal efectuado para cada mes y año; y, no se condicen con lo reflejado y exigido en dicha guía. - Dado los errores de cálculos anteriores, la demanda hídrica neta (DHN) de los cultivos es solo para 4 meses: enero, febrero, noviembre y diciembre; por cuanto, desde marzo a octubre los cultivos no necesitan agua que se disponga, permitiendo en teoría, mantenerse sólo con el agua aportada por las precipitaciones. Lo anterior cobra relevancia debido a que en el punto 1.2 del Anexo 4 de la Adenda 1 “Estudio de Balance Hídrico y de Nitrógeno”, es el titular quien señala que en los meses invernales la demanda será 0 (cero), por lo que la incorporación de riego podría generar percolación y/o escurrimiento, según los datos bibliográficos calculados. - El cálculo de la tasa de riego o demanda hídrica bruta, considerando una eficiencia de riego de 40% por medio de surcos (respuesta III.9 de la Adenda 3), es muy distinta a la entregada por el titular, ya que sólo debe regar en 4 meses y no 7 meses como señala en la tabla 4 del Anexo 4 de la Adenda 1. - De la consecuencia de los errores en el balance hídrico, no se puede determinar la capacidad real de embalsamiento de la fracción líquida de purines, cuando no se pueda regar. - Para el año 1, la tasa de riego indicada por el titular es de 9.165,3 m3/Há; sin embargo, al rectificar el balance hídrico en función de lo expresado por el SEA, la tasa de riego solo sería de 503 m3/Há. - Respecto a la superficie mínima requerida para riego con los purines (Anexo 4 de la Adenda 1), el titular señala que dispone de 400 Há; pero, de acuerdo la estimación de la tasa de riego, en función de los purines tratados a regar, la superficie mínima requerida sería de 482 Há. Dicha información es inconsistente según lo expresado en respuesta I.1. y II.1 (PAS 90) de la Adenda 3, que en ella señala que dispone de una superficie de 330 Há para riego (22 paños de 15 Há), no actualizando según esta superficie el respectivo balance hídrico y de nitrógeno. - Atendiendo al estudio agrológico presentado por el titular, es probable que exista riesgo de escurrimiento de los purines tratados en la zona de riego hacia las quebradas internas del predio, cuyos cauces son afluentes de la Quebrada Honda. Lo anterior se fundamenta, debido a que el suelo corresponde a un perfil franco-arcillo-limoso, con un horizonte B de mal drenaje, siendo un suelo delgado que no supera los 53 cm, todas condiciones que aceleran y favorecen el escurrimiento de la fracción líquida de purines aplicados en el suelo. Esta condición también genera incertidumbre respecto de la capacidad de rendimiento de los eucaliptos (enanismo de la especie y anoxia radicular) y de prendimiento de la especie a utilizar; además, como pantalla vegetal asociada a la minimización de olores. Las materias tratadas fueron consultadas durante todo el proceso de evaluación, donde no existió rectificación de los cálculos presentados y se mantuvieron las condiciones presentadas en el Balance Hídrico y Balance de Nitrógeno (Anexo 4 de la Adenda N°1). Recurso Hídricos Superficiales Los únicos recursos hídricos corresponderán a un sistema de quebradas de cauce intermitente al interior del predio donde se emplazará el proyecto; y limitando hacia el norponiente la Quebrada Honda que presenta escorrentías esporádicas, principalmente en invierno. En respuesta 1.6 de la Adenda 3 y de acuerdo al Oficio Ord. 2424/2013 del SAG Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que se pronuncia conforme condicionado, con el objetivo de justificar que no se producirán afectaciones a la calidad de las aguas de la Quebrada Honda y la Quebrada Secundaria aledaña al proyecto, el titular implementará un monitoreo, con las siguientes características: - Periodicidad del monitoreo: mensual. - Inicio: 3 meses después de la eventual aprobación de la RCA. - Parámetros a monitorear in situ: pH, temperatura, oxígeno disuelto y conductividad eléctrica. - Parámetros a monitorear en laboratorio: DBO5, DQO, nitrógeno Kjeldahl, fósforo total, sólidos suspendidos totales y coliformes fecales. - Los puntos donde se efectuarán los monitoreos deberán cartografiarse y georreferenciarse en coordenadas UTM, datum WGS 84, huso 19 sur. - Reporte de la información: cada 6 meses, a través de un informe que consolide los monitoreos del período y los históricos; anexando además, los reportes de análisis de laboratorio. El resultado de la información monitoreada con anterioridad al inicio de la etapa de operación, se entenderá como la referencia a utilizar para comparar la situación durante la etapa de operación. El proyecto tendrá 2 lagunas de emergencia frente a la eventualidad que el sistema de tratamiento presente alguna interrupción en su funcionamiento, en períodos de precipitaciones, cortes de energía no previstos, entre otros eventos. Las lagunas tendrán una capacidad efectiva de retención de 6.750 m3 cada una, con una capacidad para acumular el efluente de al menos 20 días. En Anexo 1 de la Adenda 2 se presenta plano de las lagunas; y, en el Anexo 1 de la Adenda 1 se grafica una figura con las dimensiones, características constructivas y ductos de entrada y salida. Vegetación y Flora En el marco de la Adenda 2 se efectúo una campaña de prospección de flora (Anexo 8 de dicho documento), en donde se detectaron ejemplares de Tahay (Calydorea xyphioides) en parte de las áreas de intervención previstas. Dicha especie está clasificada como Vulnerable y Rara según el D.S. N° 50/2008 del MINSEGPRES. En el predio se detectaron al menos 504 ejemplares de Tahay, de los cuales 182 se encuentran dentro de las áreas de intervención del proyecto. Por este motivo se consideran acciones de protección, las que se detallan a continuación: - Escarpe o extracción de la capa de suelo, de al menos 30 cm en las áreas en donde se concentra la especie en los sectores donde se construirán obras. - Rescatar los bulbos de la tierra cuidadosamente, dejar secar los bulbos en una zona aireada que no esté expuesta a pleno sol ni a humedad excesiva. - Envolver los bulbos en papel periódico para que se mantengan óptimos para la próxima temporada. - Plantar los bulbos en la temporada inmediatamente próxima a su rescate; y, en la época del año más adecuada de acuerdo a la especie. - En caso de que el tamaño de bulbos sea demasiado pequeño que imposibilite su rescate, se realizará depósito del escarpe en un área específica dentro del predio y que posea características similares a la que se observó la especie (área señalada en plano del Anexo B de la Adenda 3). - El sitio de depósito de escarpe será cercado para evitar el ingreso de ganado que existe en la zona. Este cercado corresponderá a postes con tres hebras de alambre púa, en todo el contorno. - Se efectuará un monitoreo anual a partir del año siguiente en que se hará el depósito del escarpe, de manera de verificar el crecimiento de la especie y el rescate efectivo de esta. En este monitoreo se evaluará la presencia de la especie, mediante la identificación de la floración. Este antecedente será aportado por personal que se encuentra a diario en el predio, de manera de visitar el área de rescate cuando exista floración de manera de evaluarla correctamente. - Se habilitará un área de resguardo adicional, cultivo en invernadero y/o cultivo en jardines dentro del predio, en caso que el plan de relocalización no tenga éxito. - Prohibición de retiro y/o recolección de flora y vegetación fuera de las áreas de intervención. - Minimizar las superficies de alteración, acotándose sólo a aquellas que sean estrictamente necesarias para la ejecución de las obras. - Se enviará un informe de resultados a la Superintendencia de Medio Ambiente, a CONAF y a la SEREMI de Medio Ambiente, luego de efectuado el monitoreo anual. En la respuesta 3 de la Adenda 2 se complementa lo expresado en la respuesta I.7 de la Adenda 1, detallando los aspectos técnicos y metodológicos de los estudios anuales de flora y vegetación comprometidos, en los que se analizan parámetros como cobertura, abundancia y riqueza; además de la aplicación, desarrollo y temporalidad de las actividades de monitoreo de la flora nativa en las Áreas de Valor Ambiental aledañas a las obras del proyecto. Fauna El proyecto “Plantel de cerdos Quebrada Honda” no alterará ni explotará fauna silvestre. Las áreas del predio que presentan mayor concentración de fauna son los sectores de quebradas donde existen elementos estructurales que permiten establecer procesos e interacciones, siendo funcionales a los vertebrados terrestres. Al respecto, los sectores de quebrada no serán intervenidos por el proyecto. Durante la campaña realizada en el área cuyos resultados fueron presentados en el Anexo 3 de la Adenda 2, si bien las superficies se encuentran altamente intervenidas, se detectó la presencia de al menos 13 ejemplares de Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus) en distintos sectores del predio. Esta especie se encuentra catalogada como de Preocupación Menor según el D.S. N° 19/2012 del Ministerio de Medio Ambiente (anteriormente clasificada como Vulnerable por el D.S. N° 5/1998 MINAGRI). Teniendo en cuenta que esta especie posee una baja movilidad, previo al inicio de las faenas de construcción se desarrollarán las siguientes acciones ambientales de resguardo: - Se efectuará un rescate de reptiles, ejecutado bajo un plan de captura previamente presentado ante el SAG. Por este motivo, se efectúa la solicitud del PAS 99 (respuesta II.2 de la Adenda 3). - Se mantendrá una coordinación permanente con el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), durante las labores de rescate y relocalización de fauna silvestre. - Las áreas donde se relocalizarán las especies de fauna sometidas a rescate, serán acordadas entre el titular y el SAG. Al respecto, el ambiente de liberación será lo más cercano posible al sitio de captura, fuera del área de intervención directa del proyecto. - Con antelación a las labores a ser realizadas, se solicitará el permiso de captura respectivo al Servicio Agrícola Ganadero (SAG). - El rescate será ejecutado en los lugares ubicados dentro del área de intervención directa del proyecto. - Cualquier otra especie de reptil que sea capturada, será incluida como parte del rescate. - En toda el área involucrada se efectuará un rastreo en busca de reptiles, moviendo piedras, troncos y plantas, capturando todo animal detectado. El rastreo se ejecutará durante todo el día, con mayor énfasis entre las 10:00 y 13:00 horas, y entre las 16:00 y 18:00 horas. - El rescate se realizará de forma manual, con lazo de nylon y/o con mallas entomológicas. - Los individuos capturados serán mantenidos temporalmente en contenedores y bolsas herpetológicas, hasta su liberación. No se colocarán ejemplares de distintas especies en un mismo contenedor o malla herpetológica. Una vez finalizado el período de captura, se procederá a identificar el animal y su sexo, tomando además medidas morfométricas. - El procedimiento deberá implementarse como máximo 15 días antes de que comiencen las actividades de construcción en el área de rescate; este período será necesario para impedir la recolonización del área intervenida. - Se procederá a llevar cada individuo colectado al área de relocalización, previamente seleccionada, georreferenciada y aprobada por la autoridad ambiental competente. Ningún ejemplar estará en cautiverio por más de 24 horas, siendo ideal liberarlos durante el día de captura. - Finalmente se emitirá un informe a la autoridad ambiental con los resultados del plan de rescate y recolonización, 30 días posteriores a la ejecución de la actividad. El informe indicará al menos las áreas rastreadas, sitios de captura, especies recolectadas, número y sexo de los ejemplares, dimensiones morfológicas, sitios de relocalización, ejemplares detectados en campañas posteriores al rescate, personal a cargo del rescate, entre otros. - Prohibición de captura, recolección y/o caza de fauna silvestre al interior del predio, mediante la capacitación a trabajadores. - Prohibición de ingreso de trabajadores con animales domésticos, tales como perros y gatos. - Los residuos de comidas u otros elementos atractivos para la fauna local, serán acumulados en contenedores cerrados y retirados periódicamente. Se contemplará una franja de protección de 30 metros desde el deslinde de las zonas de conservación ambiental. En complemento a lo anterior, habrá planes de respuesta ante contingencia, los que indicarán los medios, organización y procedimientos de reacción ante emergencias que puedan afectar las zonas de conservación ambiental, tales como “incendios forestales” y “derrame de efluentes líquidos fuera del área de riego”, detallados en el Anexo 2 de la Adenda 2. De acuerdo a la respuesta 4 de la Adenda 2, el SAG condiciona el monitoreo sobre la fauna silvestre (aves, mamíferos, anfibios y reptiles), ampliándolo a 10 años, manteniendo el alcance y los aspectos metodológicos (frecuencia, técnicas de captura, análisis de datos, riqueza y abundancia, umbrales, entre otros) de lo indicado en aquella respuesta. Recursos Naturales Se implementará un Área de Conservación Ambiental en la cual se asegurará la no intervención de quebradas por concepto de obras, actividades temporales del proyecto, caminos e instalaciones permanentes y actividades humanas como caza, extracción de leña, recreación, pastoreo, entre otras. En la Tabla 16 de la Adenda 3 se señalan las diversas acciones de protección que se ejecutarán para la protección de los recursos naturales en el área de conservación ambiental. En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no generará o presentará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos’. (Artículo 8° del Reglamento del SEIA). El desarrollo del proyecto no implicará cambios o alteraciones en la ocupación del territorio, distribución de la población o su estructura de relaciones. Asimismo, no alterará los índices de población total de la zona, distribución urbano-rural, población económicamente activa ni en la distribución por edades y sexo. A su vez, en el área de emplazamiento o en sus áreas aledañas no se realizan ceremonias religiosas u otras manifestaciones culturales, folklóricas o étnicas. De igual forma, no intervendrá o alterará el sistema productivo del sector, o el acceso de la comunidad a recursos naturales. Junto con lo anterior, el proyecto no interferirá o dificultará el acceso de la población a ningún servicio ni equipamiento básico. Toda etapa constructiva posee un período acotado para su ejecución, que para el caso del presente proyecto será de 2 años. Al respecto, se crearán 40 puestos de trabajo temporales para el desarrollo de las obras. Debe tenerse presente que en esta fase de desarrollo no es posible determinar con precisión los beneficios económicos que tendrán las áreas productivas de las comunas. Lo anterior se debe a que la determinación de proveedores y contratistas que trabajarán en la construcción de las obras, corresponderá a una fase posterior a la evaluación ambiental, dependiente de factores técnicos y económicos que entreguen viabilidad al proyecto. No obstante lo anterior, no se evidencian efectos negativos sobre las actividades productivas comunales, teniendo presente que el proyecto desarrollará acciones de protección ambiental y compromisos voluntarios para un adecuado manejo de potenciales externalidades negativas, que pudiesen afectar el desarrollo de actividades económicas en los alrededores. En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar’. (Artículo 9° del Reglamento del SEIA). En el área del proyecto y cercana a él no habita población protegida por leyes especiales, que pueda verse afectada. Asimismo, no existen recursos protegidos en forma oficial que puedan ser afectados directa o indirectamente por su ejecución. Junto con lo anterior, cabe indicar que no existen áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados. Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteraciones significativas, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona’. (Artículo 10 del Reglamento del SEIA). El proyecto no obstruirá la visibilidad a zonas que puedan poseer valor paisajístico. No existen sitios de valor turístico o paisajístico en el área de influencia del proyecto. Además, el área de emplazamiento del proyecto, dominada por una meseta de secano interior no presenta características que permitan asignarle un valor paisajístico significativo. Junto con lo anterior, no se emplazará en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975. El proyecto se localizará a más de 3 km del sector poblado de Pulín y más de 7,7 km del área del Embalse Rapel. Teniendo en consideración que el proyecto se emplazará en una meseta donde se habilitará un cierre arbóreo en el perímetro de las instalaciones, que actuará como barrera visual, contribuyendo a unificar la unidad de planicies con las unidades de quebrada, que actuará a la vez como barrera de contención y dilución de olores, sumado a que las emisiones del proyecto no implicarán un deterioro ambiental, se señala que el proyecto no conllevará la alteración sobre las actividades turísticas de la zona. En conclusión, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico. Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300 ‘Se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural’. (Artículo 11 del Reglamento del SEIA). En el área de emplazamiento del plantel no existen sitios o edificaciones catalogadas como Monumentos Nacionales, definidos por la Ley N°17.288. Asimismo, no contemplará la modificación o deterioro de recursos, sitios, construcciones o lugares de valor cultural o protegidos por leyes especiales. En el área del proyecto no existen lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. Asimismo, el área de emplazamiento no presenta reclamaciones de tierras por parte de comunidades indígenas. La prospección arqueológica realizada en las áreas de intervención directa del proyecto no registró la presencia de ningún tipo de sitio, construcciones, restos y/o materiales de valor cultural o patrimonial. No obstante, al interior del predio, pero fuera del área de intervención se detectó un hallazgo de material lítico tallado, el cual se extiende aproximadamente en un radio de 50 m alrededor de la coordenada central, aunque superficialmente no es muy denso. Las obras y actividades del proyecto no afectarán este sitio, debido a que se delimitará el perímetro del sitio, estableciendo un radio de 80 m cuyo centro será la coordenada UTM, 257.579 E - 6.216.610 N (Datum WGS 84, Huso 19); además, se implementará señalética que indique a los trabajadores la presencia del sitio y las normas de protección aplicables. De acuerdo a la respuesta IV.4 de la Adenda 1, el titular acoge lo indicado por el Consejo de Monumentos Nacionales, adoptando las siguientes acciones ambientales, dado que en sectores cercanos al proyecto existen evidencias de material arqueológico, sumado a que en el área de emplazamiento del proyecto existe escasa visibilidad de la superficie: a) Protección del sitio arqueológico denominado “Quebrada Honda”, localizado dentro del área de estudio del presente proyecto (Baudet 2007, cita presentada en informe de Westfall 2011), implementado un cerco de materialidad adecuada para dicho sitio. Esta actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o un licenciado en arqueología, e informada al Consejo de Monumentos Nacionales. Este sector no deberá ser intervenido por las obras de construcción del presente proyecto. b) Ejecución de un monitoreo arqueológico, efectuado por un arqueólogo o licenciado en arqueología durante las etapas de construcción y operación del proyecto, que involucren movimientos de tierra, limpieza, excavaciones, escarpe y/o remoción sub-superficial. El citado monitoreo deberá comprender el trazado del camino, el sector de la planchada e instalaciones de faena y se deberá implementar hasta alcanzar la capa estéril, según los antecedentes que se manejen para el área y la información que entregue la estratigrafía de cada sector. Complementariamente, se deberá presentar un informe con los resultados de las actividades implementadas con los siguientes requisitos: - Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación con mes y fecha. - Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. - Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. - Planos en coordenadas UTM Datum WGS 84 huso 19 sur, a escala 1:5.000, con base digital de terreno y simbología legible para cada uno de los elementos representados. El plano deberá incluir la presentación de una tabla con los vértices de coordenadas de la información graficada, además de fotografías de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avance. - El informe final de monitoreo debe dar cuenta de las actividades realizadas; y de haberse detectados sitios arqueológicos, se deberá incluir la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se hubiera ejecutado, si corresponde. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis por especialistas en cada tipo de materialidad y la conservación de todos los materiales culturales, arqueo faunísticos y bioantropológicos que se encuentren motivo de esta actividad. - De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final de monitoreo, remitiéndose un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Se deberán solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora. c) Realizar charlas de inducción efectuadas por el arqueólogo a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo. Se deberá remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma. d) En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el área del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda”, ya que este no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO Sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Plantel de Cerdos Quebrada Honda” requiere de los permisos ambientales sectoriales 90, 91, 93, 99 y 102 contemplado en el Título VII, del D.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. Nº 90 del Reglamento del SEIA Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial 90, de acuerdo a lo expuesto en el Capítulo 8 y Anexo 5 y 8 de la DIA, en los Anexos 6 y 7 de la Adenda 2; y, en el capítulo II Permisos Ambientales Sectoriales, respuesta 1 de la Adenda 3. Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. Nº 91 del Reglamento del SEIA Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial 91, de acuerdo a lo expuesto en el Capítulo 8 de la DIA. Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. Nº 93 del Reglamento del SEIA Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial 93, de acuerdo a lo expuesto en el Capítulo 8 y Anexo 9 de la DIA. Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. Nº 99 del Reglamento del SEIA Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial 99, de acuerdo a lo expuesto en el Capítulo 2, respuesta II.2.de la Adenda 3. Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Art. Nº 102 del Reglamento del SEIA Sí, entrega antecedentes del PAS en el capítulo 8 de la DIA, en el Capítulo III, respuestas III.1 y III.2, y Anexo 1 de la Adenda 1, Capítulo III, respuesta 19 y Anexo 5 de la Adenda 2; y, Capítulo 2, respuesta II.3, Anexo A y Anexo B de la Adenda 3.
CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS El titular del proyecto asumirá los siguientes compromisos ambientales voluntarios: - Mejoramiento de señalética desde el acceso al plantel hasta unos 4 km, trayecto en el que se efectuará un levantamiento de la señalética existente para efectos de detectar la necesidad de la instalación de señales de tránsito, específicamente en aquellos puntos de riesgo vial. Esta labor será ejecutada previa a la etapa de operación del proyecto, en conjunto con la Dirección de Vialidad Regional. Este compromiso considera incorporar y mantener a costo del titular, aquella señalética que sea requerida según el diagnóstico mencionado para el tramo vial en cuestión. - Se desarrollará continuamente un plan de capacitación para los operarios del plantel, a fin de entregar los conocimientos relacionados con la correcta operación de los procesos productivos, acciones de manejo ambiental, protección del medio ambiente, medidas de bioseguridad y cuidados para la salud y seguridad de las personas.Dicho plan será preparado en detalle y actualizado a principios de cada año, en base a la evaluación de resultados de capacitación del año anterior. - Se implementarán las siguientes acciones de manejo ambiental, durante la vida útil del proyecto: a) Acciones para evitar erosión significativa en la zona de intervención, especialmente en las áreas de disposición de los purines. b) Se proteja y mantenga el estado natural de las quebradas que limitan con las áreas de disposición de los purines. c) Se asegure la protección de los cursos de agua y se limite la erosión. d) Realizar un adecuado mantenimiento de las instalaciones para evitar y detectar fugas de aceite, lubricantes, combustibles de las maquinarias, equipos y dispensadores. e) Estudiar y controlar las fuentes de olores, evaluando constantemente las acciones implementadas de aislamiento. f) Apagar los equipos y vehículos si no van a ser utilizados. g) Mantenimiento de los sistemas de silenciadores de la maquinaria y vehículos en óptimo estado. h) Control de las emisiones de ruido especialmente en época de cría de las aves y fauna en la zona. i) Limitar la velocidad de los equipos móviles y el paso de maquinaria no necesaria. Ante el evento de detectar que los resultados del monitoreo de flora y fauna indican la existencia de un impacto ambiental no previsto, y que esté asociado a la operación del proyecto, se extenderá el período de este monitoreo según sea acordado con la autoridad ambiental competente.
CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO Ante cualquier eventualidad que implique una descarga de RILes en curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, el titular deberá informar por escrito a la Superintendencia de Medio Ambiente en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma, el plan de contingencia a aplicar y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema. En caso de ser denunciadas irregularidades en el manejo de efluentes, entendiéndose como irregularidad cualquier situación distinta a la presentada en el proyecto sometido a evaluación y que pudiera afectar un curso o masa de agua superficial y/o subterráneo, la Superintendencia de Servicios Sanitarios podrá tomar las acciones y/o aplicar las sanciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 2° y 11° letras a, b, c y d de la Ley 18.902, que otorga a dicha Superintendencia competencias fiscalizadoras y sancionadoras para ejercer el control de los residuos líquidos. El titular del proyecto deberá informar a la SISS, con 90 días de anticipación a la entrada en operación de sistema de tratamiento y/o disposición de Riles, de acuerdo a formato aviso disponible en sitio web www.siss.cl, con el fin de que este organismo dicte la Resolución de Monitoreo, en caso que corresponda. Para efectos del seguimiento del proyecto, el titular deberá entregar planos actualizados de la construcción de las obras según estado de avance en las diferentes etapas del proyecto, con coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur. Una vez finalizada la etapa de montaje y puesta en marcha deberá entregar el Plano Asbuilt con las instalaciones asociadas al proyecto.
CAPÍTULO VII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y POLITICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad La Región del Libertador General Bernardo O’Higgins cuenta con una Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad, la cual expresa y describe los principios, objetivos y lineamientos estratégicos para la región relativa a la protección del patrimonio natural. Se encuentra vigente para el periodo 2008–2014, centrando su gestión e implementación en los organismos públicos con competencia ambiental, encabezada por la máxima autoridad regional. Esta estrategia se enmarca en la necesidad de reducir los efectos de las amenazas que afectan la biodiversidad (fenómenos naturales y antrópicos), propiciando la protección y preservación del medio ambiente. Entre las amenazas permanentes a la diversidad biológica en Chile y en específico en la región que destaca la Estrategia, se señalan las siguientes: - Sobre extracción de recursos naturales, es decir, la explotación de los recursos a capacidades de carga mayores a la capacidad de las especie de regenerarse; - Cambios en el uso del suelo; - Inadecuado manejo de los residuos, descargas y emisiones provenientes de las actividades humanas que causan contaminación urbana, industrial, y agrícola. En base a lo descrito, el proyecto no producirá efectos y/o emisiones que alteren la biodiversidad existente en el área; además, el sitio de emplazamiento se encuentra en un área previamente alterada para uso agrícola, donde predominan especies introducidas. En el marco de la Adenda 2 se efectúo una campaña de prospección de flora (Anexo 8 de dicho documento), en donde se detectaron ejemplares de Tahay (Calydorea xyphioides) en parte de las áreas de intervención previstas. Dicha especie está clasificada como Vulnerable y Rara según el D.S. N° 50/2008 del MINSEGPRES. En el predio se detectaron al menos 504 ejemplares de Tahay, de los cuales 182 se encuentran dentro de las áreas de intervención del proyecto. Por este motivo se consideran acciones de protección ambiental. En la respuesta 3 de la Adenda 2 se complementa lo expresado en la respuesta I.7 de la Adenda 1, detallando los aspectos técnicos y metodológicos de los estudios anuales de flora y vegetación comprometidos, en los que se analizan parámetros como cobertura, abundancia y riqueza; además de la aplicación, desarrollo y temporalidad de las actividades de monitoreo de la flora nativa en las Áreas de Valor Ambiental aledañas a las obras del proyecto. Durante la campaña realizada en el área cuyos resultados fueron presentados en el Anexo 3 de la Adenda 2, si bien las superficies se encuentran altamente intervenidas, se detectó la presencia de al menos 13 ejemplares de Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus) en distintos sectores del predio. Esta especie se encuentra catalogada como de Preocupación Menor según el D.S. N° 19/2012 del Ministerio de Medio Ambiente (anteriormente clasificada como Vulnerable por el D.S. N° 5/1998 MINAGRI). Teniendo en cuenta que esta especie posee una baja movilidad, previo al inicio de las faenas de construcción se desarrollarán acciones ambientales de resguardo. Se implementará un Área de Conservación Ambiental en la cual se asegurará la no intervención de quebradas por concepto de obras, actividades temporales del proyecto, caminos e instalaciones permanentes y actividades humanas como caza, extracción de leña, recreación, pastoreo, entre otras. En la Tabla 16 de la Adenda 3 se señalan las diversas acciones de protección que se ejecutarán para la protección de los recursos naturales en el área de conservación ambiental. En complemento a lo anterior, habrá planes de respuesta ante contingencia, los que indicarán los medios, organización y procedimientos de reacción ante emergencias que puedan afectar las zonas de conservación ambiental, tales como “incendios forestales” y “derrame de efluentes líquidos fuera del área de riego”, detallados en el Anexo 2 de la Adenda 2. De acuerdo a la respuesta 4 de la Adenda 2, el SAG condiciona el monitoreo sobre la fauna silvestre (aves, mamíferos, anfibios y reptiles), ampliándolo a 10 años, manteniendo el alcance y los aspectos metodológicos (frecuencia, técnicas de captura, análisis de datos, riqueza y abundancia, umbrales, entre otros) de lo indicado en aquella respuesta. Por lo tanto, es posible concluir que el proyecto no vulnera los lineamientos de esta Estrategia, y como lo declara el presente documento, este proyecto dará cumplimiento de las normativas de protección de la biodiversidad.
CAPÍTULO VIII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y PLANES DE DESARROLLO COMUNAL Plan de Desarrollo Comunal de Litueche y La Estrella (PLADECO) Si bien el proyecto se localiza íntegramente en el territorio de la comuna de La Estrella, el terreno se emplaza cercano al límite con la comuna de Litueche. Es por este motivo que a continuación se analizan los lineamientos del PLADECO de esta comuna. Litueche posee un Plan de Desarrollo Comunal vigente para el periodo 2012-2016, el cual tiene por visión: “La consolidación de la comuna como plataforma territorial de servicios, sobre la base de su sustentabilidad urbano rural, su calidad humana, innovación tecnológica, participación comunitaria e integración comunal”. En tanto, el Plan de Desarrollo Comunal de La Estrella vigente para el período 2011-2014 tiene la visión de futuro y se insiste en: “Posicionar la identidad y focalizar la comuna de La Estrella, instaurando valores turísticos, siendo reconocida y enfocada a realzar la imagen de lugar autóctono del campo chileno”. El proyecto tendrá control y manejo de todas sus actividades que puedan implicar afectar a la comunidad aledaña. Es así como para la gestión de sus residuos líquidos contará con sistemas de tratamiento, cuyos efluentes serán utilizados para aplicación en plantaciones al interior del predio, y no serán descargados a quebradas o cursos de agua; por lo tanto, no alterará la calidad de las aguas de la zona. Complementando lo anterior, se mantendrá una franja de protección de 30 m entre las superficies de aplicación y las áreas de quebradas, donde no se efectuará esta aplicación. Asimismo, no se realizará la aplicación durante los periodos de precipitaciones. Además, la gestión de los residuos sólidos garantizará que no se provoquen focos de olores y vectores que puedan causar molestias en poblados cercanos. Las excretas generadas en los pabellones serán retiradas diariamente mediante arrastre hidráulico, siendo transportadas mediante tuberías subterráneas hacia el sistema de tratamiento cerrado, lo cual no permitirá la emisión de olores por este factor. Por otra parte, el retiro de los animales muertos en verano se efectuará todos los días hábiles (lunes a viernes), mientras que en invierno será de 3 veces a la semana (lunes-miércoles-viernes) desde los pabellones, siendo trasladados hacia un área de almacenamiento temporal en bins herméticos al interior de un contenedor con puertas de ingreso. El sistema de retiro de animales muertos implicará el vaciado de los bins en camiones estancos; luego de su vaciado, los bins serán lavados y desinfectados en el radier de las estaciones de transferencia, que tendrá abastecimiento de agua limpia y un sistema de evacuación de las aguas de lavado hacia el sistema de tratamiento de purines. Finalmente, el plantel contará con controles de vectores. Toda etapa constructiva posee un período acotado para su ejecución, que para el caso del presente proyecto será de 2 años. Al respecto, se crearán 40 puestos de trabajo temporales para el desarrollo de las obras. Debe tenerse presente que en esta fase de desarrollo no es posible determinar con precisión los beneficios económicos que tendrán las áreas productivas de las comunas. Lo anterior se debe a que la determinación de proveedores y contratistas que trabajarán en la construcción de las obras, corresponderá a una fase posterior a la evaluación ambiental, dependiente de factores técnicos y económicos que entreguen viabilidad al proyecto. No obstante lo anterior, no se evidencian efectos negativos sobre las actividades productivas comunales, teniendo presente que el proyecto desarrollará acciones de protección ambiental y compromisos voluntarios para un adecuado manejo de potenciales externalidades negativas, que pudiesen afectar el desarrollo de actividades económicas en los alrededores. Por lo anterior, el proyecto no transgrede los lineamientos establecidos por los PLADECO de Litueche y La Estrella. La I. M. de Litueche a través del oficio ordinario 52 del 14 de Enero de 2014 se pronuncia inconforme a la Adenda 3 del proyecto, señalando que el plantel de cerdos no responde en absoluto a los lineamientos de desarrollo de la comuna, plasmado en el PLADECO vigente 2012-2016 en el cual se señala como visión comunal: “Consolidar a Litueche como una comuna limpia, con un desarrollo productivo sustentable que respete el medio ambiente y sus recursos naturales, dotada de servicios básicos que integren a la comunidad de Litueche con capacidad de preservar y visualizar la identidad cultural. Dicho proyecto amenaza en forma sustancial las aspiraciones sociales, económicas y ambientales de la comunidad, donde el resguardo de la salud de las personas, de los recursos naturales y el medio ambiente constituyen para este órgano los principales ejes de desarrollo comunal”. Respecto a la relación del proyecto con el PLADECO de La Estrella, no existe concordancia entre lo planteado por el titular y lo analizado por la I. M. de La Estrella, debido a que el Plan de Desarrollo Comunal vigente para el período 2011-2014 tiene la visión de posicionar la identidad de la comuna desde el punto de vista turístico, enfocada a realzar la imagen de lugar autóctono rural de secano interior, mediante el reconocimiento de su patrimonio tangible e intangible en el territorio, para que se constituya en eje transversal del desarrollo comunal, alineados en pos del desarrollo comunitario, sin actividades contaminantes que afecten el desarrollo productivo artesanal, y a las tradiciones campesinas promocionadas en innumerables fiestas costumbristas. Lo anterior, se vio reflejado durante el proceso de evaluación ambiental en el capítulo 10 de la DIA, punto 10.1. “Plan de Desarrollo Comunal de La Estrella”, en la consulta N° 27 de la Adenda 2 y en el acápite VI “Relación con los planes de desarrollo comunal”, consulta VI. 1 de la Adenda 3.
CAPÍTULO IX. COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO El proyecto se emplazará fuera del límite urbano de la comuna de La Estrella, localizándose específicamente en el área rural que permite las actividades asociadas a la agroindustria. CAPITULO X. RECOMENDACIÓN DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, recomienda Aprobar la Declaración de Impacto Ambiental, basándose en que:a) El proyecto acredita el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, incluido los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales consagrados en los artículos 90, 91, 93, 99 y 102 del D.S. N° 95 de 2001 MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. b) A lo largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes técnicos para fundamentar que el proyecto no genera efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente. c) En Sesión Nº 02 del Comité Técnico de fecha 14 de enero del 2014, los Servicios asistentes a la presentación del proyecto, SEREMI Agricultura, SEREMMI Transporte y Telecomunicaciones, SEREMI de Salud, Servicio Nacional de Turismo, Servicio Agrícola y Ganadero; y, Dirección General de Aguas, todos de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, visaron el Acta de Evaluación Nº 04/2014 correspondiente al proyecto, sin observaciones. d) Todos los servicios con competencia ambiental que participaron de la evaluación se pronunciaron conforme a lo expresado en los párrafos anteriores, a excepción de la I. M. de La Estrella que se pronuncia con observaciones a la Adenda 3; y, de la I. M. de Litueche que se pronuncia inconforme a la Adenda 3. Que indicó lo siguiente:
Los principales tópicos observados y que fueron siendo plasmados durante la evaluación ambiental del proyecto, dicen relación con: · Consumo de Agua, que además llevan a seguir objetando los siguientes puntos: estimación de agua por bebida animal, estimación de demanda para limpieza, transporte y tratamiento de excreta, demanda de agua del plantel, agua bebida de trabajadores, agua sanitaria e industrial, balance hídrico. · Sistema de tratamiento de Riles: Manejo de excedencia de purines, cálculo de riego, volúmenes de residuos a disponer, capacidad de suelo, requerimiento de suelo para eucaliptos, cortina vegetal, franja de seguridad. · Sobre los antecedentes entregados por el Titular para demostrar la inexistencia de efectos, características o circunstancia del artículo 5° literal b) y artículo 6° del D.S. 95/01 MINSEGPRES. · Relación del proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal. Análisis SEA: · Él SEA de esta región, informa que respecto de las materias tratadas fueron abordadas durante la evaluación; y, que los Órganos de Administración del Estado con Competencia Ambiental en las distintas materias se pronunciaron conforme sobre los aspectos normados. · Respecto a la relación del proyecto con el PLADECO, no existe concordancia entre lo planteado por el titular y lo analizado por la I. M. de La Estrella, debido a que el Plan de Desarrollo Comunal vigente para el período 2011-2014 tiene la visión de posicionar la identidad de la comuna desde el punto de vista turístico, enfocada a realzar la imagen de lugar autóctono rural de secano interior, mediante el reconocimiento de su patrimonio tangible e intangible en el territorio, para que se constituya en eje transversal del desarrollo comunal, alineados en pos del desarrollo comunitario, sin actividades contaminantes que afecten el desarrollo productivo artesanal, y a las tradiciones campesinas promocionadas en innumerables fiestas costumbristas. Lo anterior, se vio reflejado durante el proceso de evaluación ambiental en el capítulo 10 de la DIA, punto 10.1. “Plan de Desarrollo Comunal de La Estrella”, en la consulta N° 27 de la Adenda 2 y en el acápite VI “Relación con los planes de desarrollo comunal”, consulta N° 1 de la Adenda 3. Pronunciamiento inconforme sobre la Adenda 3
Los principales tópicos observados y que fueron siendo plasmados durante la evaluación ambiental del proyecto, dicen relación con: · Consumo de Agua, que además llevan a seguir objetando los siguientes puntos: estimación de agua por bebida animal, estimación de demanda para limpieza, transporte y tratamiento de excreta, demanda de agua del plantel, agua bebida de trabajadores, agua sanitaria e industrial, balance hídrico. · Sistema de tratamiento de Riles: Manejo de excedencia de purines, cálculo de riego, volúmenes de residuos a disponer, capacidad de suelo, requerimiento de suelo para eucaliptos, cortina vegetal, franja de seguridad. · Declaratoria de zona de interés turístico del Lago Rapel. · Sobre los antecedentes entregados por el Titular para demostrar la inexistencia de efectos, características o circunstancia del artículo 5° literal b) y artículo 6° del D.S. 95/01 MINSEGPRES. · Relación del proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal. Análisis SEA: · El SEA de esta región, informa que respecto de las materias tratadas fueron abordadas durante la evaluación; y, que los Órganos de Administración del Estado con Competencia Ambiental en las distintas materias se pronunciaron conforme sobre los aspectos normados. · Respecto a la relación del proyecto con el PLADECO vigente 2012-2016, la I. M. de Litueche señala que el plantel de cerdos no responde en absoluto a los lineamientos de desarrollo de la comuna, plasmado en el PLADECO, en el cual se expresa como visión comunal: “Consolidar a Litueche como una comuna limpia, con un desarrollo productivo sustentable que respete el medio ambiente y sus recursos naturales, dotada de servicios básicos que integren a la comunidad de Litueche con capacidad de preservar y visualizar la identidad cultural. Dicho proyecto amenaza en forma sustancial las aspiraciones sociales, económicas y ambientales de la comunidad, donde el resguardo de la salud de las personas, de los recursos naturales y el medio ambiente constituyen para este órgano los principales ejes de desarrollo comunal”. La aprobación quedará condicionada a los siguientes requerimientos solicitados por los Órganos de Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron de la evaluación ambiental del proyecto:
En caso que las variables ambientales contempladas en el Plan de Gestión de Olores no evolucionen en la forma prevista, varíen sustantivamente o no se verifiquen, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins podrá, excepcionalmente, revisar la Resolución de Calificación Ambiental a fin de adoptar las acciones que estime necesarias para corregir dicha situación.
· Establecer un período de monitoreo sobre fauna silvestre (reptiles, anfibios y micro mamíferos) al menos por 10 años en el "área de conservación ambiental", considerando que en la medida que se desarrolle el proyecto, los posibles impactos pueden originarse con mayor intensidad, que en una etapa diferente del inicio. · Realizar capacitaciones anuales a los operarios que estén a cargo de la aplicación de purín al suelo, incluyendo evaluaciones anuales; o, cuando sea necesario realizarlas, consensuarlas con este Servicio, lo que permitirá asegurar el mejor desempeño en esa actividad relevante. · Entregar a este Servicio, al inicio de cada temporada de riego, la identificación de cada área (polígonos en formato kml, coordenadas UTM, Datum WGS 84) y una planilla de base de datos (formato Excel) con información detallada de los análisis de suelos y purines, fechas de aplicación de riego por paño (15 Há) y cantidad de purín aplicada por paño.
· Efectuar un monitoreo periódico de la emanación de malos olores en los sectores localizados en el Lago Rapel, ya sea derivados de reclamos de empresarios y prestadores de servicios turísticos, como también turistas que visiten el destino, situación que deberá resolverse en virtud de la norma. Los olores se asocian a un elemento perceptual del paisaje y que además afecta negativamente la experiencia turística del destino asociado a la componente turística.
· Respecto a los monitoreos programados, el titular deberá incluir la determinación de los parámetros in situ de pH, Temperatura, OD y Conductividad Eléctrica. · Junto con lo anterior, en los reportes de la información a entregar cada 6 meses, se deberá incluir un informe que consolide los monitoreos del período y los históricos, anexando los reportes de análisis del laboratorio.
· El área propuesta para reforestar cuenta actualmente con una Calificación de Terrenos de Área Preferentemente Forestal (APF), aprobada según Resolución N° 183/0-63/10 de CONAF de esta región, de fecha 3 de junio de 2010. Esta calidad jurídica del terreno entrega la posibilidad al titular de forestar dicha zona y optar a una bonificación estatal por este concepto. De acuerdo a lo expresado, el titular deberá en primera instancia, desafectar la superficie requerida para cumplir con los compromisos legales de la reforestación, antes de presentar a CONAF el Plan de Manejo de Obras Civiles, dado que la actividad a desarrollar corresponde a una compensación legal obligatoria, que no puede ni debe ser bonificada por el Estado de Chile. · El titular cumpla a cabalidad con las medidas para resguardar y proteger la especie Tahay señaladas en el ICSARA N° 3 del 28 de mayo de 2013, en el ítem III, punto 31. · Se sugiere realizar una evaluación más exhaustiva respecto a la especie utilizar en la reforestación, dado las condiciones edafoclimáticas presentes en la actualidad en el sector donde se ubicará el proyecto.
· En cuanto al monitoreo de amoníaco y el resto de los gases presente, se deberá considerar para ello, los valores que se encuentran en el D.S. 594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, y este monitoreo deberá llevarse a cabo por un espacio de un año, en forma continua; y, en base a los resultados obtenidos, se deberán tomar las medidas que ameriten y no dejarlo como una alternativa, teniendo presente, que se debe velar por la salud y bienestar de las personas que allí laboran; además, los respectivos informes deberán ser remitidos a esta SEREMI de Salud en forma quincenal. · En relación a los cerdos muertos, el titular plantea retiro por estaciones, siendo en la época estival todos los días; y, en época de invierno sólo tres veces a la semana. Es menester para esta Autoridad Sanitaria indicar, que para el retiro de los cerdos muertos, en las estaciones de otoño y primavera se mantenga la condición de verano; es decir, todos los días. · En atención al PAS 90, esta Autoridad Sanitaria se manifiesta conforme; sin perjuicio de esto, el titular deberá indicar las medidas que adoptará en caso que por condiciones climáticas, el suelo no pueda ser regado y las piscinas de acumulación sean sobrepasadas en su capacidad de retención, estando en conocimiento que por las condiciones climáticas del sector (secano interior), es poco probable que ocurran lluvias tan intensas, pero la probabilidad está presente.
· En el plan de Contingencias, ante distintas eventualidades derivadas del traslado de cerdos a la planta faenadota u otros destinos, el titular propone en la respuesta I.9 de la Adenda 3: “Capacitación de los trabajadores sobre medidas de conducción seguras, y respecto a las acciones que deben llevarse a cabo en caso de algún accidente de tránsito. Al respecto, se solicita conocer el plan de capacitación propuesto, así como ser informados con anticipación de la ejecución de la capacitación y sus detalles (lugar, fecha, hora, asistentes, plan de trabajo, etc). Respecto del mismo punto anterior, se plantea incluir en la RCA del proyecto, si corresponde, el compromiso asumido por el titular relacionado con garantizar un tiempo de reacción máximo de dos horas, frente a cualquier tipo de emergencia que pudiera ocurrir durante el transporte asociado al proyecto. |
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Firmas Electrónicas:
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