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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Generación Eléctrica Soprole "

Resolución Exenta Nº 599/2010

Santiago, 29 de Septiembre de 2010



VISTOS:

 

 
1.-      Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994 y en el Decreto Supremo Nº95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; la Ley 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.
 
2.-      La Declaración de Impacto Ambiental y las Adenda Nº1, N°2 y Nº3 del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, localizado en la comuna de San Bernardo, sometido por Soprole S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
 
3.-      Las observaciones y pronunciamientos de los Organos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
 
Oficio NºSRM RMS Nº 027/2010 (seia - dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, de fecha 02/02/2010; Oficio Nº1384 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 10/02/2010; Oficio Nº0030 del Ministerio de Energía, de fecha 10/02/2010; Oficio Nº458 de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, de fecha 11/02/2010; Oficio Nº1027 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 11/02/2010; Oficio Nº810 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 12/02/2010; Oficio Nº264 del Ministerio de Energía, de fecha 09/04/2010; Oficio Nº2990 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 12/04/2010; Oficio Nº2951 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 09/04/2010; Oficio Nº914 de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, de fecha 13/04/2010; Oficio Nº5477 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana de fecha 07/07/2010; Oficio Nº6889 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 17/08/2010.
 
4.-      El Informe Consolidado de la Evaluación del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole".
 
5.-      Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole".
 
6.-    El Acuerdo de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 9 de Septiembre de 2009.
 

CONSIDERANDO:

 

 
1.-          Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”.
 
2.-          Que, el derecho del Titular del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar dichos permisos.
 
3.-         Que, según los antecedentes indicados en la Declaración de Impacto Ambiental, el Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, tiene por objetivo principal autogenerar energía eléctrica en horario punta, liberando una parte de la demanda eléctrica del proveedor del servicio, lo que a su vez permitirá garantizar la continuidad operacional en situaciones de cortes de energía ocasionados por fallas en el proveedor externo, abasteciendo a todas las instalaciones de la Planta San Bernardo.
               Dichas unidades de generación operarán utilizando petróleo diesel como combustible.
               El proyecto consiste en la instalación de 8 generadores eléctricos de respaldo de 1.000 KVA cada uno, que operarán en horarios en que las empresas eléctricas aplican tarifas punta. Adicionalmente, se instalarán 3 generadores de emergencia de 1.000 KVA cada uno, los que operarán en conjunto con los 8 generadores de respaldo, antes mencionados, en situaciones de cortes de suministro eléctrico, lo cual permitirá suplir completamente la demanda de la Planta. Asimismo, los 3 generadores de emergencia se utilizarán como reemplazo de los generadores de respaldo, en el caso de que alguno de ellos presente una falla y deba recibir una mantención no programada.
               Los 8 generadores de respaldo totalizan una potencia instalada total de 8.000 KVA (6,4 MW), y los 3 generadores de emergencia de 3.000 KVA (2,4 MW).
               Estos generadores suministrarán energía a las Planta UHT, Planta Fermentados y Planta embotelladora de jugo y aguas (denominada “Burbujas”), todas ellas localizadas en el establecimiento industrial de Soprole ubicado en Avenida Presidente Jorge Alessandri Rodríguez 10.800, comuna de San Bernardo, así como las instalaciones aprobadas ambientalmente mediante la RCA Nº 406/2007 para el proyecto “Ampliación Planta Actual”.
               El consumo interno estimado de energía eléctrica de la Planta (considerando el proyecto “Ampliación Planta Actual”, aprobado mediante RCA Nº 406/2007) es de 9,95 MW. Con la implementación del presente proyecto, durante los periodos de horario punta, dicha energía será provista por los 8 equipos generadores (de 800 Kw. de capacidad por cada unidad), los que en su conjunto aportarán 6,4 MW, la diferencia de 3,55 MW seguirá siendo suministrada por el proveedor externo del servicio para cubrir la demanda total de la Planta. Con la implementación del presente proyecto, el generador de respaldo existente, PR-2970, será reemplazado y quedará para uso exclusivo de emergencia.
               Durante la ocurrencia de emergencias eléctricas, es decir, ante eventuales cortes o fallas eléctricas inesperadas del proveedor del servicio, estarán disponibles los 11 nuevos generadores considerados en el proyecto (8 de respaldo y 3 de emergencia) y los tres generadores existentes (el PR-2970, PR-5628 y PR-7122). La cantidad de generadores a utilizar en emergencias eléctricas inesperadas, dependerá de la duración del corte de suministro y de las decisiones internas de producción.
               La energía producida por los generadores será transmitida hacia los bornes de baja tensión (BT), por medio de conductores de cobre. Los conductores serán canalizados en trincheras de hormigón y soportados en escalerillas metálicas galvanizadas debidamente conectados a tierra, para transmitir la energía desde el lado de baja tensión (BT) de los generadores hasta la Subestación eléctrica para ser distribuida a las cargas correspondientes.
 
3.1    Localización
               El proyecto se desarrollará dentro del predio industrial que Soprole S.A. posee en Avenida Jorge Alessandri Rodríguez N° 10.800, Comuna de San Bernardo, Región Metropolitana. El área de emplazamiento del proyecto está clasificada como Zona Industrial Exclusiva, que corresponde a un área en la cual es posible emplazar Actividades Industriales del tipo Inofensivo y/o Molesto, de acuerdo a lo dispuesto por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y en el Plan Regulador Comunal de San Bernardo. Las coordenadas de su localización son:
 
              

Coordenadas U.T.M. 18 Datum SAD 69
Punto
Norte (X)
Este (Y)
1
6.286.251
340.657

 
 
 
 
3.2    Superficie del Proyecto
La superficie a intervenir por el Proyecto de Generadores de Respaldo será de 0,26 hectáreas aproximadamente, dentro de las 21 hectáreas del predio industrial de Soprole.
 
3.3    Descripción de Fases del Proyecto
 
3.3.1 Fase de Construcción
3.3.1.1          Instalaciones que incorpora el proyecto
 
3.3.1.1.1        Generadores Eléctricos
El proyecto considera la instalación de lo siguiente:
      11 módulos de generación insonorizados equipados con grupo generador 800/1.000 Kw./kVA cada uno, más sistema de control con interruptor motorizado.
      2 Salas Eléctricas de tipo modular prefabricadas, especialmente diseñadas para el montaje de los equipos eléctricos.
Cada uno de los 11 generadores (8 de respaldo y los 3 de emergencia) está compuesto de un motor ciclo diesel y un alternador, montados en una base común y unidos mediante un sistema de acoplamiento flexible.
Todos los generadores estarán equipados con horómetros. Dichos instrumentos permitirán registrar sus horas de funcionamiento, las que corresponderán a los horarios de mayor tarifa y cortes en el distribuidor o en su defecto a las horas de funcionamiento de prueba, estas últimas no superarán las 26 horas anuales. Cabe señalar que las horas de funcionamiento serán informadas a la Autoridad Santaria mediante la Declaración Anual de Emisiones.
En la siguiente tabla se presentan las características técnicas de los nuevos equipos generadores.
 
Características
Ciclo Continuo
Coeficiente de carga máximo recomendado
100%
Potencia
800 kW / 1.000 KVA
Combustible
Petróleo Diesel
Consumo de combustible (al 100%)
240,1 L/hr.
Horas de funcionamiento anual
750 hrs.
 
 
Los nuevos generadores estarán dispuestos en la Planta de acuerdo a la subestación correspondiente de la siguiente manera:
      Subestación 2 (Planta Productiva 3 – Planta UHT y Servicios)
o       4 Unidades de 1.000 KVA.
      Subestación 3 (Planta Productiva 4 – Planta Fermentados y Servicios)
o       4 Unidades de 1.000 KVA.
      Subestación Planta Burbuja, Planta Agua y Planta de RILes
o       2 Unidad de 1.000 KVA.
      Subestación Planta Popeye (Planta Productiva Margarinas)
o       1 Unidad de 1000 KVA.
 
En el Anexo 2 de la DIA, se presentó plano layout de las instalaciones, donde se indica la disposición de los generadores de respaldo y emergencia, lo que en total suman 11 equipos.
 
A continuación, se describen los sistemas que componen a los equipos generadores:
 
a)      Sistemas Mecánicos
Sistema de Enfriamiento del Motor
Cada unidad generadora cuenta con un circuito cerrado, enfriado por agua y aire, montado sobre la misma base común del motor. El circuito de enfriamiento consta de un radiador, un ventilador y una bomba de agua con sus respectivas cañerías. La capacidad del radiador es de 135 Lts. y el circuito completo de 190 Lts.
El drenaje de líquido refrigerante se canalizará hacia el exterior del contenedor para recibirlo en un recipiente, mediante una tubería de descarga compuesta de cañería flexible, llave de bola y fittings.
 
Sistema de Gases de Escape
Cada unidad generadora cuenta con un silenciador de gases de escape, un ducto tipo fuelle y las chimeneas de salida de gases a un altura de 9.456 mm (norma para medición de CH5) medido desde el piso de instalación de los módulos.
 
Sistema de Drenaje de Aceite
Se canalizará el sistema de ventilación de los gases de carter hacia un filtro decantador, el cual impide la salida hacia el exterior de residuos de aceite. Para efectos de mantenimiento, el carter contiene una llave de corte con copla para conexión de una bomba de succión del aceite a un recipiente.
 
b)      Sistemas Eléctricos
Instalaciones Eléctricas Interiores y Exteriores
Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del contenedor, serán del tipo estándar industrial tipo Heavy Duty, con bandejas porta conductores galvanizadas cerradas y conduits de acero galvanizado, de diámetros adecuados a la sección y al número de conductores interiores.
Las cajas de derivación a utilizar, son tipo condulet de Aluminio fundido y las cajas para contener Artefactos Eléctricos (tal como enchufes, interruptores, comandos, sensores, etc.) del tipo estampada en acero bicromatizado ó con tratamiento de galvanizado, con su base de montaje.
El grupo de generación cuenta con una malla de conexión de puesta a tierra, diseñada de acuerdo a los parámetros eléctricos del proyecto.
 
c)      Salas Eléctricas
Los equipos generadores serán controlados y operados en forma automática y centralizado desde dos Salas Eléctricas, una ubicada en el sector de la Planta Nº 3 y otra ubicada en el sector de la Planta Nº4, según lo indicado en el plano layout presentado en el Anexo 2. La estructura de las salas, será autosoportante y totalmente independiente del equipo instalado en su interior.
La Sala Eléctrica contará con el tamaño suficiente para albergar los equipos de maniobra de baja tensión (BT) 380 volt, los sistemas de control y tableros asociados.
En lo que se refiere a los sistemas que se manejarán dentro de la sala eléctrica, serán aquellos identificados en el numeral 1.7.2.1.1 letra c) del Informe Consolidado de Evaluación (ICE).
 
Sistemas de Control y Sincronización (Master Control)
Cada unidad de generación cuenta con un sistema de maniobra y control para sincronización y paralelismo de los generadores. Este sistema, esta compuesto por cubículo clase 600 V más un interruptor de capacidad de 1.600 Amperes, 42 KA de ruptura. Cada interruptor incluirá una unidad de protección por sobre carga y corto circuito.
 
 
d)      Abastecimiento de Combustible
El combustible utilizado por los generadores, petróleo diesel N°2, será abastecido en forma directa desde 2 estanques superficiales de 5 m3, uno ubicado en la Estación Generadora Rol Planta 3, el otro ubicado en la estación generadora Rol Planta 4 y desde otro estanque superficial ubicado en Planta de Agua de 1 m3, ubicado en la Estación generadora de Planta Burbuja.
El consumo diario de Diesel para las situaciones de emergencia variará dependiendo de la duración de ésta. Sin embargo, los consumos máximos de los equipos de respaldo utilizados en los periodos de horario punta, se presentan en la siguiente tabla.
 
Escenario de Operación
Nº de Generadores Operativos
Consumo Peak Diario (lts/día)
Frecuencia de Abastecimiento en situación peak
Escenario Máxima Operación
8
9.604
2 camión/semana
Capacidad 30.000 lts
 
Los estanques se diseñaron siguiendo lo especificado por la norma internacional aplicable, y en conformidad con la legislación vigente, en lo que respecta al diseño y certificación de estanques.
Los estanques están debidamente certificados y autorizados por la SEC; los estanques de 5m3 tienen certificación SEC N° 12400 y 12401 respectivamente y el estanque de 1m3 tiene certificación SEC N° 0-13159-06-00.
El almacenamiento de combustible se realizará en 2 estanques matriz de 50 m3 existentes. Estos estanques de tipo subterráneo, son llenados a un 80% de su capacidad, es decir, 80 m3 en total; desde aquí y mediante tuberías, alimentan combustible a los 3 estanques de los equipos generadores mencionados anteriormente. La frecuencia de suministro para el periodo de horario punta, será de 3 camiones a la semana con capacidad de 30 m3, de esta manera se obtiene el máximo requerimiento de combustibles para los 8 equipos.
 
 
 
3.3.1.2          Actividades Principales de la Construcción
 
La construcción del Proyecto considera las siguientes obras y actividades:
      Traslado de Equipamiento y Personal
      Instalación de Faenas
      Obras Civiles (Excavaciones, fundaciones, malla de tierra y rellenos)
      Montaje de Equipos
      Montaje Estanque de Combustible
      Canalizaciones Subterráneas y Aéreas
      Pruebas de funcionamiento y Puesta en Marcha
 
Traslado de Equipamiento y Personal
El traslado de los equipos será vía terrestre, para estos efectos se hará uso de los caminos existentes, utilizando vehículos que cuenten con todos los elementos de seguridad y cumplan con las disposiciones sobre transporte estipulados en la normativa vigente. Entre los equipos a emplear se pueden mencionar retroexcavadoras, grúas, camiones pluma, equipos generadores, camionetas y camión de combustible.
 
Instalación de Faenas
Se instalarán contenedores que serán utilizados como Oficina/Bodega y Casa de Cambio. La instalación, se cerrará con malla tipo bizcocho. Se instalará techo en malla Raschell entre contenedores para uso de taller y bodega para materiales de tamaño grande (conduits, escalerillas, cable, etc).
 
Obras Civiles
Para excavaciones, fundaciones, malla de tierra y rellenos, se utilizará excavadora y jornales. El material retirado, correspondiente a relleno controlado, se acopiará en rellenos de la faena o se utilizará en recuperar el nivel de piso de la obra. Las fundaciones se construirán del tipo pilotes o estructuras similares prefabricadas y su elaboración se realizará en industrias debidamente autorizadas para este tipo de fabricación. El hormigón a utilizar será certificado. Los pilotes se instalarán utilizando Camión Pluma y para su nivelación se utilizará equipo topográfico.
 
Montaje del Equipamiento
Considera la instalación de los Generadores, Transformadores, Salas Eléctricas, Sistemas de distribución de energía, almacenamiento y suministro de combustible. Estos equipos se instalarán sobre sus fundaciones correspondientes.
 
Canalizaciones
Estas obras comprenden canalizaciones subterráneas y aéreas y consideran los siguientes elementos:
 
      Escalerillas FRP: Se instalarán en el interior de las canaletas de hormigón, y debajo de la Sala Eléctrica, escalerillas de FRP que permitan tender los cables apropiada y ordenadamente. La soportación se realizará en ferretería de acero galvanizado.
      Conduit PVC Sch. 80: Se instalará en el tramo de media tensión de los transformadores, tipo celdas conduit PVC Sch. 80.
      Conduit a.g. (diferentes medidas): Se instalará conduit a.g. en los generadores y tablero de control en Sala Eléctrica.
 
Estanques de Combustible
Las obras necesarias para la instalación de los estanques son las siguientes:
      Trazado del terreno, donde se fijarán los límites de distancias requeridas por norma SEC, medidos al perímetro del estanque, contra puntos de fuego, ignición, eléctricos, etc.
      Terminación y acomodación para montar cada estanque
      Montaje de estanques.
      Las líneas eléctricas del tablero de fuerza y control, serán instaladas en igual condición a las del suministro de combustible.
 
Pruebas de Funcionamiento y Puesta en Marcha
Las actividades de puesta en marcha de los equipos generadores consisten en pruebas de funcionamiento con y sin carga, a las calibraciones y ajustes técnicos de la especialidad eléctrica y mecánica. Previo a la fase de pruebas, el motor de cada unidad generadora, debe prepararse para su operación, lo cual implica actividades propias de mantenimiento. Las actividades de mantenimiento, tienen relación con llenado del sistema de enfriamiento con líquido refrigerante y revisión de los niveles de aceite del carter y pruebas de operación.
 
 
3.3.2 Fase de Operación
3.3.2.1           Descripción del Proceso de Auto Generación de Energía Eléctrica
El combustible diesel llega a los estanques mediante camiones del proveedor y se distribuyen a los equipos de generación mediante sistema de bombeo. Éste alimenta el estanque diario de cada motor y mediante el accionamiento del interruptor en “Automático”. El proceso de generación de electricidad se auto-controla durante su operación.
Desde el alternador la potencia eléctrica se entrega en 400 volts, este voltaje entra en el alimentador de las barras de distribución de los tableros de fuerza.
 
3.3.2.2           Actividades Complementarias
 
Mantenimiento Preventivo
El mantenimiento preventivo se realizará sobre la base de las pautas definidas por los fabricantes y establecidas con base en las horas de servicios y/o por valores medidos en el equipo y/o síntomas característicos detectados con instrumentación especializada.
 
Mantenimiento Correctivo
Esta actividad se refiere a las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones en caso de fallas detectadas en el sistema que comprometan la generación de energía.
 
Mantenimiento No Programado
Es el mantenimiento que se debe ejecutar después de detectar anomalías durante la operación normal de los equipos. Es una situación que escapa al mantenimiento normal de los equipos generadores. Dependiendo de la complejidad de las anomalías, la mantención será atendida por personal especialista.
 
3.3.2.3           Insumos de la Operación
 
Combustibles
Para abastecer a los equipos de petróleo diesel, se tienen 3 estanques superficiales (2 estanques de 5 m3 y un estanque de 1 m3) los cuales serán alimentados por 2 estanques matriz (tipo subterráneo), existentes en la Planta, los que se aprovecharán para almacenamiento, cuya capacidad es de 50 m3 cada uno, los cuales se llenan sólo en un 80%, es decir, 80 m3 en total.
Se ha estimado que el consumo de combustible para el funcionamiento de los 8 equipos de respaldo, será de 9.604 litros/día.
 
Filtros y Lubricantes
A continuación se entrega una estimación de los insumos requeridos por cada generador.
      68 litros de aceite para cambio cada 21 días de operación del motor.
      filtros de aceite tipo envase removible.
      filtros de petróleo diesel Nº 2 tipo envase removible cada 500 horas de operación del motor.
      filtros de aire del tipo removible cada 500 horas de operación del motor.
 
3.3.2.4           Sistema de Prevención y Control de Emergencias
En lo que se refiere a las medidas de prevención y control de emergencias, con las que contará el Proyecto (Reglamento Interno de Seguridad (RIS); Elementos para la Prevención y Control de Incendios; Señalización de Seguridad; Plan de Prevención de Riesgos; Manual de Emergencias); sus alcances y características particulares se definen en el numeral 1.7.3.4 del ICE.
 
 
4.-    Que, de lo señalado por el Titular en la Declaración de Impacto Ambiental y en sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de la Evaluación, se concluye que el proyecto generará impactos sobre los componentes ambientales Aire, Agua  y Suelo.
 
 
5.-    Que el Titular del proyecto debe hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas señaladas por el Titular, las cuales junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto:
 
5.1     Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, por Emisiones Atmosféricas, el titular se obliga a:
 
Fase de Construcción
5.1.1       Que los movimientos de tierra se realizarán humedeciendo previamente la superficie del suelo cuando sea necesario.
5.1.2       Que las emisiones de la maquinaria utilizada estarán conforme a la normativa existente, para esto la empresa se compromete a exigir a sus contratistas el uso de maquinaria en buen estado y además, se llevará control de esta variable.
 
Fase de Operación
5.1.3       Dar cumplimiento a lo establecido por el D.S N°66/2009 Minsegpres, en su Artículo 97: En relación a las fuentes estacionarias denominadas “grupos electrógenos” que funcionen en la Región Metropolitana y que tengan que cumplir con exigencias de medición de emisiones, deberán contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, mediante el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que deberán ser registradas e informadas anualmente, mediante la Declaración de Emisiones, a la Seremi de Salud RM.
5.1.4       Buscar la mejor tecnología disponible en equipos de abatimiento de NOx, que permita reducir las emisiones de este contaminante en más de un 68% para los 8 equipos nuevos de respaldo que funcionarán en horario punta, a fin de reducir la emisiones anuales de NOx del Proyecto completo por debajo de las 8 ton/año que determinan el límite sobre el cual se compensan emisiones de acuerdo al Art. 98 del D.S. 66/2009.
5.1.5       Para la verificar lo anterior, se compromete a realizar una medición oficial de NOx a los equipos de respaldo dentro de un plazo máximo de 90 días luego de haberse implementado el equipo de control correspondiente. En caso que la medición de NOx de los 8 equipos de respaldo con sistema de control, arroje resultados superiores a 14,2 ton/año, con lo cual la emisión total del Proyecto supera las 8 ton/año, se deberá compensar emisiones. En este caso, el Titular se compromete a presentar un Plan de Compensación de Emisiones de NOx ante la Autoridad Ambiental para su aprobación, en un plazo de 90 días tras haber recibido el informe oficial del laboratorio que haya realizado la medición de NOx.
Este Plan contendrá entre otras materias:
a.     Un plan de búsqueda y cotización de tecnología disponible de abatimiento de NOx, que permita reducir las emisiones de los 8 equipos nuevos de respaldo en más de un 68 % (llegando a una emisión total del orden de 14,2 ton/año en estos equipos) a fin de reducir la emisión anual de NOx del Proyecto por debajo del límite de 8 ton/año del Art. 98 del D.S. 66/2010, considerando la rebaja de las emisiones del equipo PR-2970 en 7,92 ton/año y la suma de la emisiones por concepto de emergencia de 1,39 ton/año.
b.    Descripción de las tecnologías de reducción de NOx evaluadas y la infraestructura anexa en caso de ser necesario, incluyendo las reducciones de emisión esperadas.
c.     Calendario de hitos y plazos de implementación de las tecnologías de control de las emisiones. Este calendario deberá incluir las fechas de medición de emisiones una vez implementada la tecnología de abatimiento escogida, para verificar si el Proyecto deberá o no compensar emisiones.
d.    En caso que, tras haber realizado las mediciones de gases en los nuevos equipos con la tecnología implementada, las emisiones de NOx del Proyecto superen las 8 toneladas/año, el Titular deberá compensar las emisiones del proyecto en un 150%, lo cual será requisito para la operación de los nuevos equipos en condición de Respaldo.
5.1.6       En tanto no se obtengan los resultados de medición de NOx con el sistema de control de emisiones, que permita dilucidar si el proyecto requiere compensar emisiones, se compromete a operar los 11 grupos electrógenos (incluidos los 8 grupos nuevos), exclusivamente en situaciones de emergencia de suministro eléctrico.
5.1.7       En caso que CONAMA RM, luego de haber revisado los antecedentes entregados por el Titular en el Plan de Compensación de Emisiones de NOx, solicite formalmente presentar una solicitud de pertinencia de ingreso al SEIA, el Titular se compromete a acoger dicho pronunciamiento y presentar una solicitud de pertinencia de ingreso al SEIA a la Autoridad Ambiental.
5.1.8       Dar cumplimiento al lo indicado por el Procedimiento “Exigencias de medición de material particulado para grupos electrógenos” del Subdepartamento de Calidad del Aire (SESMA), febrero 2004, donde se define que para los grupos electrógenos de emergencia puntuales, deberán acreditar el cumplimiento de la norma de emisión de material particulado mediante la realización de un muestreo isocinético de tres corridas con método CH-5. Esta acreditación es sólo por una primera vez. Para los grupos electrógenos de respaldo, el titular acreditará el cumplimiento de la norma de emisión de material particulado, mediante la realización de un muestreo isocinético de tres corridas con método CH-5, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
5.1.9       Entregar todos los antecedentes que solicita la Autoridad Sanitaria para certificar el sistema de monitoreo de horas de servicio e informar a la misma entidad 30 días antes del inicio de las operaciones de los grupos electrógenos.
 
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá:
Fase de Operación
 
5.1.10    Implementar un sistema de monitoreo directo de cuatro señales digitales, el cual se conectará con sistema de control y monitoreo centralizado mediante comunicación Ethernet Industrial, el cual entregará mapa de memorias de las variables leídas. Se acoge además el compromiso de entregar todos los requisitos solicitados por la Autoridad Sanitaria para que certifique el sistema de monitoreo de horas para los grupos electrógenos, informando 30 días antes del inicio de las operaciones, dando así cumplimiento a lo referido en el Art. 97, D.S. 66/2009 del Minsegpres. El titular deberá informar a esta Autoridad el día exacto en que se realizará este hito.
 
 
 
5.2    Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, por Emisiones Acústicas, esta Comisión precisa que el titular deberá:
5.2.1       Cumplir en todo momento con el D.S. 146/97 del Minsegpres, o la normativa que lo reemplace.
 
 
5.3    Respecto del impacto ocasionado sobre el componente ambiental Suelo, por Residuos Sólidos,  el Titular se obliga a:
Fase de Construcción
5.3.1       Que, el destinatario de los residuos sólidos domésticos y asimilables, generados en las fases de construcción y operación, serán llevados al Relleno Sanitario Santa Marta u otro autorizado.
5.3.2       Que, con respecto a los residuos sólidos industriales y asimilables a industriales y a los residuos peligrosos generados durante la construcción, estos se enviarán a la empresa Bravo Energy u otra autorizada.
 
Fase de Operación
5.3.3       Que, el manejo (almacenamiento) y disposición final de residuos peligrosos, cumpla con lo establecido en el D.S N°148/2.003 del Minsal, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos, tanto en lo correspondiente al manejo como a la declaración y a la disposición de tales residuos.
5.3.4       Dar cumplimiento a la Ordenanza Nº5 de Aseo y complementariamente a la Ordenanza Nº17 sobre Normas Sanitarias y Medioambientales Básicas de la comuna de San Bernardo.
5.3.5       Que, los residuos sólidos industriales y asimilables generados durante la operación del proyecto, serán dispuestos en contenedores especiales y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados
 
5.4    Respecto del impacto ocasionado sobre el componente ambiental Agua, por Aguas Servidas,  el Titular se obliga a:
Fase de Construcción y Operación
5.4.1       Que, las aguas servidas generadas durante la construcción y operación del los generadores de respaldo, serán dispuestas al sistema de alcantarillado existente.
 
 
 5.5    Que, en materia de Vialidad Adyacente, para ambas fases del proyecto, el Titular se compromete a:
5.5.1       Considerar las restricciones horarias que exige la correspondiente Municipalidad por la circulación de los vehículos.
5.5.2       Ser responsable último, ante cualquier contingencia ocurrida en cualquiera de las fases del proyecto, independiente de la presencia de contratistas o subcontratistas. Lo anterior, con la finalidad de que los daños a terceros y a la vialidad comprometida por estos eventos sean reparados.
5.5.3       Dar cumplimiento en su totalidad al Decreto Supremo 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos, de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.
5.5.4       Cumplir con lo indicado en el Decreto con Fuerza de la Ley MOP Nº 850/97.
5.5.5       Cumplir con el Decreto Nº 18 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
5.5.6       Cumplir con el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
Fase de Construcción
5.5.7       La cantidad de camiones que demandará el proyecto en esta fase, no deberá ser superior a 15 camiones semanales (3 camiones/día).
5.5.8       La ruta que privilegiarán utilizar los camiones pertenecientes al proyecto o que presten servicios a éste para el transporte de materiales y de los equipos generadores será: Ruta 78 - Ruta G-34 - Ruta 5.
Fase de Operación
5.5.9       La cantidad de camiones que demandará el proyecto en esta fase, no deberá ser superior a dos camiones semanales.
5.5.10    Las rutas que privilegiarán utilizar los camiones durante la fase de operación para el transporte de combustible y otros insumos será Camino a Melipilla – Ruta 5 y Américo Vespucio – Ruta 5.
 
Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión precisa que el titular deberá:
5.5.11    Considerar que la Secretaría Regional de Transportes y Telecomunicaciones, estima recomendable que la circulación de camiones relacionados con el proyecto en su fase de contrucción, ocurra entre las horas fuera de punta de cualquier día de la semana.
 
 
 6.-        Que, en materia de Prevención de riesgos, el Titular se obliga a:
6.1      Considerar en la materialización del proyecto las siguientes normas:
a.     D.F.L. 4/20.018 del 2007, de del Ministerio Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica”.
b.    D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.
c.     D.S. 4188/1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.
d.    •          D.S. 1261/1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma   NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.
e.     D.S.115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCh Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de1984".
f.     Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos 1982".
g.    Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.
6.2      Realizar la correspondiente Declaración Eléctrica Interior y presentará todos los antecedentes ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
6.3      En el evento de una situación de emergencia, coordinarse con el Departamento de Emergencia de la Municipalidad de San Bernardo, ubicado en calle América Nº850, fono 9270837, 9270842, 9270843 y/o 9270847.
 
7.-   Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se acompañaron los antecedentes necesarios para otorgar el Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94 del D.S. N° 95, de 2001 del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Al respecto, la Seremi de Salud RM mediante el Oficio Nº6889 de fecha 17/08/10 se pronunció conforme con dichos antecedentes, calificando la actividad como Inofensiva; siendo las condiciones proyectadas de la actividad las siguientes:
a) Superficies:
Superficie Terreno: 210.566,50 m2; Generador 5º: 46,41 m2; Sala Generadores S/E 3, planta 4: 105,71 m2; Estanque Diesel Sala Generadores S/E 2 planta 3: 11,34 m2; Subestación 3 planta 4: 283,78 m2; Subestación 2, planta 3: 429,26 m2; Subestación Burbujas: 57 m2; Sala Generadores S/E Burbujas: 93,71 m2; Estanque Diesel Sala Generadores S/E Burbujas: 13,14 m2; Sala Generadores S/E 2, planta 3: 130,25 m2; Estanque Diesel Sala Generadores S/E 2, planta 3: 11,34 m2. (Adenda 1, Plano Nº 317-GE-001-A).
 
b) Nº de trabajadores asociados al proyecto: Para la operación, se considera la contratación de 6 personas para esta actividad. La etapa de operación no es continua, se trata de una operación limitada y utilizada en posibles eventos esporádicos no controlados, los que dependerán de las fallas o cortes del sistema proveedor de electricidad externo. (DIA 1.2.11).
 
c) Ubicación de los grupos generadores en las dependencias: Los nuevos generadores estarán dispuestos en la Planta de acuerdo a la subestación correspondiente de la siguiente manera: Subestación 2 (Planta Productiva 3 – Planta UHT y Servicios)   4 Unidades de 1.000 KVA; Subestación 3 (Planta Productiva 4 – Planta Fermentados y Servicios) 4 Unidades de 1.000 KVA, Subestación Planta Burbuja, Planta Agua y Planta de RILes, 2 Unidades de 1.000 KVA, Subestación Planta Popeye (Planta Productiva Margarinas) 1 Unidad de 1.000 KVA. (DIA 3.2.1.1).
 
d) Características de la construcción:
 
Zona de carga y descarga de combustibles: Base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los productos y a las labores de carga y descarga. Señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. Nº 2.190 Of.93, "Sustancias Peligrosas - Marcas para la Información de Riesgos". Se dispondrá durante las labores de carga y descarga los medios suficientes para atender las contingencias que puedan ocurrir como derrames e incendios. (Adenda 1 PAS 94).
Sala eléctrica: subestación 2 (planta 3, UHT y servicios), subestación (planta 4, fermentado y servicios): elementos soportantes verticales: muros de albañilería reforzada estucada con pilares de hormigón armado F120, muro no soportante y tabiques: muros de albañilería reforzada estucada con pilares de hormigón armado, un muro de policarbonato, elemento soportante horizontal: hormigón armado F120, techumbre: planchas de zinc, piso: radier. (Adenda 1, anexo 4).
Sala generadores: subestación 2 (planta 3, UHT y servicios), subestación 3 (planta 4, fermentado y servicios), subestación planta burbuja, agua y riles, subestación planta popeye (planta productiva, margarinas) elementos soportantes verticales: perfil rectangular de acero y revestido con pintura intumescente F30, muro no soportante y tabiques: paneles acústicos en plancha galvanizada mas plancha yeso cartón F15, techumbre: cerchas de acero estructural revestidas con pintura intumescente F15 y techumbre de planchas de zinc, piso: radier. (Adenda 1 anexo 4).
 
e) Maquinaria y/o equípos: 11 módulos de generación insonorizados equipados con grupo generador 800/1.000 Kw/KVA cada uno, más sistema de control con interruptor motorizado, 2 Salas Eléctricas de tipo modular prefabricadas, especialmente diseñadas para el montaje de los equipos eléctricos. Cada uno de los 11 generadores está compuesto de un motor ciclo diesel y un alternador, montados en una base común y unidos mediante un sistema de acoplamiento flexible. (DIA 3.2.1.1).
 
f) Materias primas e insumos: Petróleo diesel Nº 2 9.604 lt/día, aceite para motor 228 lt/año, refrigerante 190 lt/año, filtro separador de agua 24 unidades/año, filtro de aceite 48 unidades/año, filtro de combustible 24 unidades/año, filtro de aire 48 unidades/año. (DIA 4.3).
 
g) Abastecimiento de petróleo a los grupos generadores: Para abastecer a los equipos de petróleo diesel, se tienen 3 estanques superficiales (2 estanques de 5 m3 y un estanque de 1 m3) los cuales serán alimentados por 2 estanques matriz (subterráneo), existentes en la Planta (utilizados por la calderas de la Planta que ahora funcionan con gas natural), estos estanques de tipo subterráneo, son llenados a un 80% de su capacidad, es decir 80 m3 en total, desde aquí y mediante tuberías, alimentan combustible a los 3 estanques de los equipos generadores. Frecuencia de Abastecimiento en situación peak 2 camión/semana Capacidad 30.000 lts. Los estanques se diseñaron siguiendo lo especificado por la norma internacional aplicable y en conformidad con lo señalado en la legislación vigente. (DIA 3.1.2).
 
h) Movimiento de vehículos del proyecto: 1 camión abastecimiento de diesel capacidad de 30 m3 con una frecuencia de 2 veces por semana y 01 camión liviano/camioneta para insumos (filtros, aceites, u otros) con una frecuencia de 4 veces por año. (Adenda 1, Tabla 1).
 
i) Medidas de control de incendios:
Los generadores, contarán con extintores de acuerdo a lo establecido por el artículo 44 del D.S. Nº 594. Estos se encontrarán instalados en sitios de fácil acceso, clara identificación, libres de cualquier obstáculo y estarán debidamente señalizados. Cuando se realice mantenimiento de los extintores, los lugares de trabajo no quedarán desprovistos de éstos. (DIA 3.4.1.4). El detalle de los sistemas de control de incendio se encuentra detallados en el anexo 6 de la adenda 1.
 
j) Sistema de Prevención y Control de Emergencias: Las medidas de prevención y control con las que contará el Proyecto estarán enfocadas a prevenir la ocurrencia de eventuales accidentes, permitiendo así el trabajo seguro de los trabajadores. Las instalaciones contarán con un Reglamento Interno de Seguridad (RIS), en conformidad con lo indicado por el D.S. Nº 160/2008, “Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”, el cual será debidamente comunicado a todo el personal para su capacitación y a toda persona que concurra a las instalaciones. (DIA 3.4.1.4).
Señalización de Seguridad: Los equipos poseerán un sistema de señalización de seguridad compuesto por letreros de identificación de seguridad que indican los elementos de protección personal mínimo a utilizar al interior de la instalación, vías de evacuación en caso de emergencias u otros. (DIA 3.4.1.4).
Plan de Prevención de Riesgos: El Proyecto contempla la elaboración de un plan de prevención de riesgos específicos, que incluirán las siguientes situaciones de riesgo: Incendio, Fugas en estanques de almacenamiento de combustible y Derrames en descarga de camiones. (DIA 3.4.1.4).
Manual de Emergencias: La Planta cuenta con un Manual de Emergencia, el cual incluye un conjunto de procedimientos que permitan enfrentar en forma eficiente y eficaz las emergencias que puedan generarse en la operación de todos los elementos de la Planta. (DIA 3.4.1.4).
 
k) Medidas de control de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales hacia el trabajador:
El titular con el fin de controlar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales hacia el trabajador cumplir con lo establecido en la Ley 16.744 “Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales”, sus Reglamentos y con los instrumentos de prevención de riesgos (Afiliación a organismo administrador de la Ley 16744/68 y otros). (DIA punto 8).
Contará con Plan de Emergencia y procedimientos para: Accidente laboral al exterior de la Planta con y sin resultado de muerte, sismo, incendio, derrumbe, Derrame o fugas de productos químicos peligrosos, Cascada de llamadas contactos con otras entidades afines (carabineros, bomberos, entre otros), el cual debe ser difundido a todo el personal al momento de formar parte de la obra. Este Plan deberá estar siempre documentado y actualizado y otros documentos que acrediten otras acciones, tales como capacitaciones, simulacros y otros operativos, deberán estar siempre disponibles en el lugar de las oficinas dentro de la actividad, para la fiscalización de los organismos competentes. (Adenda 1, PAS 94).
 
 
8.-   Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo, acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y mitigarlos.
 
9.-   Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, colaborando con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Organos del Estado con competencia ambiental en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el eficiente desempeño de sus funciones.
 
10.-   Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
 
11.-     Que, el Titular deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, los cambios de titularidad, domicilio o de representante legal.
 
12.-   Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, por lo que para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas que le sean aplicables.
 
13.-    Que, en atención a todo lo preceptuado precedentemente, es posible concluir, que si se cumplen oportunamente las medidas y disposiciones de esta Resolución, los impactos ambientales del Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, que las medidas son adecuadas para hacerse cargo de los impactos ambientales generados por el proyecto y; que éste, no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias previstos en el Articulo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
 
14.-   Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, 
 

RESUELVE:

 

 
1.     Calificar Ambientalmente Favorable el Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, de Soprole S.A.
 
2.     Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá dar cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los considerandos de la presente Resolución de Calificación Ambiental.
 
3.     Certificar que el Proyecto “Generación Eléctrica Soprole”, requiere del  permiso ambiental sectorial N°94 del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual se otorga y que cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley Nº19.300.
 
4.     Se hace presente que proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reposición, ante esta Comisión; y en subsidio, el recurso jerárquico, ante la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente. El plazo para interponer estos recursos es de 5 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Fernando Jose Echeverria Vial
Intendente
Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la
Región Metropolitana de Santiago




Alejandro Donoso Henríquez
Director Regional de CONAMA
Secretario Comisión Regional del Medio Ambiente de la
Región Metropolitana de Santiago




PCA/ADH/PGF/FACh/RNM/APLL

Distribución:
  • José Francisco Silva Barroilhet
  • Ilustre Municipalidad de San Bernardo
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM
  • Ministerio de Energía
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles
  • Intendente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura
  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales
  • Gobernadora Provincia de Chacabuco
  • Gobernador Provincia de Talagante
  • Gobernador Provincia de Cordillera
  • Secretaría Regional Ministerial de Minería
  • Secretaría Regional Ministerial de Planificación, Coordinación y Economía RM
  • Sr. Manuel Urrutia, Consejero Regional
  • Sr. Felix Viveros, Consejero Regional
  • Secretaría Regional Minsiterial de Educación
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud
  • Gobernador Provincia de Melipilla
  • Gobernador Provincia del Maipo
  • Servicio Agrícola y Ganadero
  • Leonardo Grijalba Vergara
  • Andrés Ugarte Navarrete
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Generación Eléctrica Soprole "
  • Archivo CONAMA Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=59/03/8a2da98b2b472f43018b6fd75b2390257e5a


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