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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Planta de Piping"
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO 1.1 Antecedentes del Titular
1.2 Ubicación El proyecto se encuentra emplazado en la calle El Castaño, Lote 1A 2B, Loteo Santa Isabel en la Comuna de Lampa. Las coordenadas UTM DATUM (WGS 84), de la ubicación del proyecto son las siguientes: Tabla N° 01 Coordenadas en U.T.M (WGS 84) de la ubicación del proyecto
1.3 Superficiedel proyecto Las superficies asociadas al proyecto se muestran en la siguiente tabla: Tabla N°02 Superficies del Proyecto
1.4 Monto de Inversión U$ 5.000.000 1.5 Vida útil Superior a 25 años. 1.6 Mano de Obra Tabla N°03 Mano de Obra
1.7 Cronograma de Fases El titular en el punto 2.3 de la DIA, indica la Descripción cronológica de las fases Tabla N°04 Cronograma de Fases
1.8 Descripción del proyecto Este proyecto consiste en la construcción de cinco plantas de producción, 2 salas de granallado, una bodega para almacenamiento de sustancias peligrosas y una bodega de residuos peligrosos. 1.8.1. Tipología de proyecto. El proyecto “Planta de Piping” ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de la letra ñ1), del artículo 3 del D.S. Nº 95/01, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Artículo 3, letra ñ: Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de: ñ.1 Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.Of89. 1.8.2. Descripción General del proyecto. El proyecto se refiere a la construcción de un conjunto de cinco naves de producción denominadas Planta de Spools de acero inoxidable, Planta de Spools de acero carbono, Planta de Caucho, Planta de Poliuretano y Nave para pintura. Junto con esto, se construirá una bodega común para almacenamiento de sustancias peligrosas, una bodega de residuos peligrosos, oficinas, camarines, baños, comedor, obras exteriores como circulaciones, accesos, cierros y caseta de guardia. 1.8.3. Fase de construcción. a) Escarpado. La excavación de escarpe consistirá en la extracción y retiro de la capa superficial del suelo natural (0.3 m aprox.). La superficie total de intervención del proyecto que requerirá escarpe será de aproximadamente de 15.000 m2 (1,5 ha). La actividad de escarpe se contempla en aproximadamente 2 meses de duración. b) Excavaciones. Las excavaciones serán realizadas para la construcción de las fundaciones mediante retroexcavadora, la que será apoyada con un cargador frontal. Está acción contempla un periodo de 15 días de duración, con un total de 120 horas de trabajo. c) Carga y volteo de camiones La carga y volteo de material se realizará mediante camiones tolva de 21 m3 de capacidad. Para la estimación de las emisiones por ésta actividad se consideró el total del volumen de material removido 4.500 m3 y un volumen de material de relleno igual a 2.500 m3. 1.8.3.1 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de construcción son: a) Emisiones Atmosféricas En la adenda N°2, el titular adjunta el informe de estimación de emisiones para este proyecto. En la siguiente tabla se nombrar las fuentes de emisión consideradas para la fase de construcción. Tabla N°05 Principales Fuentes de Emisión Asociadas a la Fase de Construcción
b) Emisiones Acústicas El ruido que se generará provendrá del emitido por los equipos móviles que operen en la construcción de las obras. Los trabajos serán realizados solo durante el día. Dada la condición de emplazamiento del Proyecto, estas emisiones serán de bajo impacto. En anexo 6 de la DIA, se presenta la evaluación de ruido, incluida la fase de construcción. c) Residuos Sólidos Según lo declarado por el titular, en esta fase se generarán los siguientes residuos sólidos: Tabla N°06 Residuos sólidos en la Fase de Construcción
Para las etapas de escarpe y fundaciones, el titular se compromete a disponer inmediatamente el material de excedentes, en caso contrario todo acopio será cubierto con lona, previa humectación. En caso de que existan acopios temporales de áridos, estos se cubrirán con materiales impermeables como lonas o polietilenos y se humectarán, a fin de reducir polvo en suspensión, para no afectar la salud de los trabajadores. Se evitará mantener acopios temporales de áridos o excedentes de la construcción, disponiéndolos en lugares autorizados por lo menos una vez a la semana. El titular declara en la DIA que las mantenciones de maquinaria y vehículos serán realizadas en talleres autorizados, por cargo del Contratista. En el área del proyecto se realizarán sólo reparaciones de maquinaria y vehículos que por razones operativas o de urgencia no puedan ser realizadas en talleres externos. En caso de producirse un accidente de derrame o descarga accidental de aceites, líquidos hidráulicos y/o combustibles durante la fase de Construcción, el titular se compromete a recuperar y almacenar los residuos en tambores con tapa, para luego ser dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Este tipo de residuos, por sus características, no es un residuo asimilable a domiciliario, por lo que será enviado a una planta de tratamiento de residuos peligrosos y finalmente dispuesto en un depósito de seguridad con la debida autorización de la Autoridad Sanitaria. Para estos efectos el titular aplicará el plan de contingencia de la empresa, el cual obliga a limpiar el área afectada, disponer los residuos en contenedores etiquetados según NCh 2190 y a disponerlos en sitio autorizados (por ejemplo, Planta Hidronor o Bravo Energy Chile S.A.). El titular contempla habilitar un sector de acopio provisorio o patio de rescate, para la selección de la fracción valorizable de los desechos (acero, madera, aluminio, vidrio, embalajes de cartón, plástico, cables eléctricos, entre otros) para su posterior reutilización o reciclaje a través de la entrega a empresas debidamente autorizadas. Este sector de acopio y selección de Residuos reutilizables considerará al menos la colocación de una carpeta de polietileno en base y contendores definidos para cada grupo de residuos. Respecto de los residuos domiciliarios generados en esta fase, se instalarán contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas, estos residuos serán retirados con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana, con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos y por tanto generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, perros, ratones, otros insectos) evitando la generación de focos de insalubridad. d) Efluentes Líquidos El proyecto considera para este fase el uso de baños químicos instalados en cantidad y calidad de acuerdo a lo establecido en el D.S. 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo” y sus modificaciones, previo a la conexión de las faenas al alcantarillado. No se realizará labores de lavado de maquinarias al interior de la faena, todo el hormigón será transportado en camiones aljibes, los cuales serán lavados en dependencias del proveedor. En caso de que se generen residuos líquidos en la fase de construcción, el procedimiento será el siguiente: - Todos los Residuos serán segregados y almacenados en IBC separado, debidamente etiquetados. - No se realizará tratamiento interno. - Solo se transportaran los residuos a sitio autorizado con transportes autorizados. - La disposición final se realizará solo en destinatarios autorizados - El titular se compromete a declarar cada residuo según la normativa ambiental vigente. 1.8.4. Fase de operación del proyecto. Respecto a los procesos productivos de las diferentes áreas se destacan: a) Fabricación de Spools El proceso productivo comienza con la recopilación de los distintos elementos que componen el spools indicado. Este puede ser de distinta forma, tamaño, tipo de acero (al carbono, inoxidable, aleaciones, etc.) y contemplar distintos componentes. Estos van a estar de acuerdo a los requerimientos del cliente, y en función de la red de fluido diseñada por su ingeniería. Entre ellos se tienen, cañerías, flanges, codos, fittings, stub ends, entre otros. Luego se cortan las cañerías con oxicorte y/o plasma, del tamaño necesario. Luego se arma el spool uniendo mediante un pinchazo de soldadura, las distintas piezas que lo componen. Luego, una vez verificado la conformidad dimensional, se procede a desarrollar todas las uniones soldadas. Con ello, el spool queda terminado. En el caso de los spools fabricados en acero carbono es necesario cubrirlos con una capa de pintura para protegerlos de la corrosión. El esquema de pintura viene definido por el cliente, de acuerdo al medio al que van a estar expuestos. Los spools fabricados en acero inoxidable no requieren de pintura protectora. b) Granalla En primer lugar, el spool terminado pasa a una sala absolutamente cerrada donde se procede a extraer todo el material distinto del fierro, que se encuentra en la superficie (normalmente los componentes iniciales como cañerías, fitttings, etc., vienen pintados de fábrica) con la finalidad de dejar la superficie del fierro absolutamente limpia, para luego recibir la capa de pintura. Este proceso de limpieza, se hace por medio de un proceso de abrasión con granalla. En esta sala un operador (protegido con Elemento de Protección Personal) le aplica un chorro a presión de granalla metálica (una especie de arena metálica) a través de una pistola especialmente diseñada para estos fines. En anexo 3 de la DIA, se presenta una descripción del sistema de extracción y recuperación de la granalla, el cual asegura la minimización de las emisiones. El sistema de recuperación permite, minimizar la generación de sólidos, al reutilizar la granalla recuperada, se estima que solo se generarán un tambor de 200 litros cada dos meses. Una vez efectuado este proceso de limpieza, el spool pasa al siguiente proceso, que es la aplicación de las distintas capas de pintura, de acuerdo al esquema estipulado, en toda su superficie. c) Pintado spool El pintado de Spool, se realiza en una sala de pintura, la cual cuenta con un sistema de extracción de gases y equipos de aplicación tipo Airless y de membrana convencional para aplicaciones de tipo inorgánicas y una gran variedad de pinturas. El secado de las piezas se realizará solo a temperatura ambiente, sin equipos tipo hornos. d) Revestimiento de Poliuretano: El proceso productivo consiste en la fabricación de piezas de poliuretano rígido mediante un proceso batch, por mezcla física de dos materias primas, las que corresponden a un prepolímero y agentes activadores, moc, en una relación de 10 a 1 aproximadamente. Luego la mezcla es homogeneizada e introducida en el molde de fierro o aluminio respectivo y termofraguado hasta estado sólido (rígido) en horno eléctrico. Etapa 1. Licuación del prepolímero. Un tambor de 200 kg de prepolímero es transportado desde la bodega de almacenamiento de materias primas hasta la zona de producción, donde se introduce en un horno especialmente diseñado para el licuado del prepolímero mediante circulación de aire caliente, con su correspondiente sensor y control de temperatura. La temperatura de trabajo es de 70°C aproximadamente. Etapa 2. Trasvasije de prepolímero. El tambor de prepolímero es descargado del horno de licuado y trasladado a la zona de reactor de prepolímero, en donde se coloca sobre un soporte en posición horizontal y se trasvasija en baldes con porciones de 30 kg aproximadamente, los cuales se cargan al reactor hasta su nivel máximo (120 kg). Posteriormente se pigmenta y se hace vacío durante 20 minutos con agitación para eliminar burbujas de aire. Posteriormente, el reactor se lleva a presión atmosférica. Dicho reactor cuenta con un sistema de calentamiento mediante resistencias eléctricas, para mantener o elevar la temperatura del prepolímero entre 70°C – 85°C, con su correspondiente sensor y control de temperatura. Etapa 3. Licuación de agente curativo o activador. La moca se traslada de bodega de materias primas en cuñetes de 50 kg y luego se trasvasija en un reactor de moca en cantidades de 20 kg aproximadamente. Posteriormente, el reactor se calienta a 115°C hasta alcanzar la licuación del material. Este reactor también está equipado con sensor y control de temperatura. Etapa 4. Mezcla de prepolímero y agente curativo. Desde el reactor de prepolímero, por medio de la válvula de descarga, se trasvasijan porciones debidamente pesadas sobre una balanza electrónica. Luego, desde el reactor de moca, también por medio de su válvula de descarga, se trasvasija una porción debidamente pesada y se vierte sobre el balde de prepolímero, llevándose al agitador, para mezclar los dos componente durante 2,5 minutos a una velocidad de 350 – 400 rpm. Etapa 5. Llenado de matrices o moldes. La mezcla del prepolímero más la moca, obtenida en la etapa 4, es vaciada cuidadosamente a la matriz ó molde, el cual se encuentra a una temperatura de 100°C en un horno especialmente diseñado, con su respectivo sensor y controlador de temperatura. Antes de ello, el molde es preparado aplicándole desmoldante mediante brocha y secado con paño, para evitar los excesos que perjudican la calidad superficial de la pieza terminada. Después del desmoldante se sella el molde con silicona estándar, para evitar filtraciones. Después se mete el molde al horno. Una vez llenado el molde o matriz, se introduce nuevamente al horno para su curado o termofraguado a 100°C durante 19 horas. Etapa 6. Desmoldaje. Una vez terminado el tiempo de curado y post-curado, se retira el molde del horno y se procede al desmoldaje de las piezas terminadas. Se ha estimado una utilización mensual de 1.200 kg de prepolímero y 120 kg de moca en condiciones normales y de 1.500 kg de prepolímero y 150 kg de moca en condiciones de máxima operación. La materia prima se almacena en la bodega de materias primas, en las mismas condiciones provenientes de fábrica, el prepolímero en tambores de 200 kg y la moca en cuñetes de 50 kg. Todos los tambores y cuñetes se almacenan debidamente sellados y etiquetados. e) Revestimiento de caucho El proceso productivo consiste en la introducción de un cilindro de caucho el interior de cada tubería o piping, posteriormente la tubería es introducida en el autoclave, el cual mediante la aplicación de vapor consigue el calentamiento de la pieza y su unión térmica, las temperaturas necesarias para la vulcanización del caucho son de 140ºC. La planta cuenta con dos autoclaves uno de 1.6 mts. de diámetro por 12.5 mts. de largo y un segundo de 3 mts. de diámetro por 12.5 mts. de largo. f) Maquinarias y Equipos Tabla N°07 Las maquinarias y equipos a utilizar durante la fase de operación
1.8.4.1 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de operación son: a) Emisiones Atmosféricas Esta fase el titular considera las siguientes fuentes de emisiones: - Sistema de granallado de tuberías - Caldera autoclave. - Sala de Pinturas - Generadores A continuación se describen las características de diseño y constructivas de cada una de estas áreas y de los sistemas de control de emisiones que poseen. Sala de Granallado: Provisión e instalación de sistemas de captación de polvo para dos salas de granallado. Salas de granallado situadas en interior de galpón de producción, acotadas entre ejes B y C / 10 al 12. Los sistemas consistirían (para cada sala) en instalar filtros de retención de partículas del tipo cartridges, de alto grado de filtración (sobre 90% de eficiencia para partículas desde 1 micrón) y de limpieza automática por aire comprimido (sistema Jet-Pulse), extraer y filtrar el aire de la sala, retener el polvo producido en esta, retornar a la sala parte del aire limpio filtrado y expulsar al exterior un porcentaje de este aire filtrado, logrando de este modo que las salas trabajen en depresión con respecto al ambiente que las rodea, con un mínimo de pérdida de energía en vez de proporcionar 100% de aire nuevo de ingreso a cada sala. La captación de aire y polvo ambiente de cada sala sería a través de una celosía tipo bafle – laberinto, a situar en muro, hacia el ambiente en donde estarían ubicados los cartridges. Los cartridges se ubicarían en plenos de captación con instalación y acceso inferior. Sobre los cartridges se instalará un pleno de aire limpio formado por una placa espejo, 2 muros, encerramiento de dos lados y techo. Hacia la cabina de pintura y el pasillo central el filtro estará sellado por planchas de acero de 3 mm de espesor, con una puerta de acceso de servicio. Al pleno de aire limpio sobre el filtro ingresarán 6 cañerías sopladoras de aire comprimido, descargado por 6 electro - válvulas solenoides desde un mánifold adosado a la estructura del filtro. La limpieza de los elementos cartridges será comandada automáticamente por la acción de un electro- switch automático sensor de presión diferencial de los cartridges (con opción desde tablero por selector manual), que dará señal a una tarjeta controladora de pulsos y secuencia de descarga de aire comprimido por las electro - válvulas. Los ventiladores de extracción succionarán desde el pleno de aire limpio, descargando por ductos metálicos hacia el exterior del recinto y reingresando parte del aire filtrado a cada ambiente sala de granallado. Ventiladores Ingevent modelos CIA-245 de accionamiento indirecto por motor de 15 hp. Los ventiladores se ubicarán sobre el techo de cada sala, sobre amortiguación antivibracional Los componentes principales de los sistemas de filtración y captación de polvo de las salas de granallado serían: - Un ventilador Centrífugo Ingevent CIA-245 con motor eléctrico de 15 Hp (Dos ventiladores en total) - Un filtro de cartridges formado por: 18 elementos filtrantes cartridges, placa espejo soporte de elementos cartridges, pleno de aire limpio, manifold de aire comprimido, 6 válvulas solenoides. Sin tolva de recolección de polvo, para recolección de este en forma manual desde pleno bajo filtros cartridges (Dos filtros en total) - Una celosía tipo bafles - Laberinto, de paso de aire de la sala de granalla al filtro de cartridges (Dos celosías en total) - Ductos de succión y descarga de ventilador, fabricados en planchas de acero galvanizado, con celosías de reingreso al ambiente y descarga al exterior (Dos ductos en total). - 8 Filtros para ingreso de aire a cada cabina, con protección interior contra posible chorro abrasivo (16 Filtros en total) - Un tablero eléctrico de fuerza y control para motor de ventilador y control de limpieza de filtros (Dos tableros en total) Sala de pintura Provisión e instalación de un sistema de captación de polvo de pintura Cabina de pintura situada en interior de galpón destinado a producción, en sectores de la construcción acotada entre los ejes B – C / 13 – 17, Recinto de dimensiones interiores proyectadas: 23 x 8.7 y 10.4 x 32 m (frente x alto al hombro y cumbrera x largo). El sistema consistiría en instalar 8 plenos de captación de polvo de pintura, ubicados uno en cada módulo, 4 a cada lado de la cabina, los que extraerán y filtrarán el polvo de pintura en suspensión por dos etapas de filtrado, la primera etapa por bafles metálicos (permanentes) y la segunda etapa por filtros de cartón con media filtrante de fibra de vidrio (desechables), haciendo que el aire que sale al exterior tenga un particulado mínimo para cumplir con las normas vigentes de control de emisiones de residuos al exterior. Los plenos serán fabricados en planchas de acero galvanizado con refuerzos de perfil L, de forma rectangular, con frentes de captación de aproximadamente 3000 x 3500 mm (frente x alto) cada uno. Dos redes de ductos de recolección del aire filtrado de cada pleno, conducirán el aire hacia los ventiladores de extracción. Ductos fabricados en planchas de acero galvanizado, de unión enflanchada y recorrido pegados a los pilares de los muros de ejes B y C, de un ancho máximo de 900 mm (980 mm en marcos de unión). Dos ventiladores de extracción (uno para cada 4 plenos de captación en cada lado), serán ubicados en el exterior de la sala, muro de eje 17, a cada lado del portón de ingreso exterior de la sala (ejes Bhacia el A y ejes C hacia el D), descargando el aire filtrado por ductos verticales hacia el exterior. Ventiladores centrífugos Ingevent modelos CIA-660, de simple aspiración y accionamiento indirecto por poleas y correas mediante motores de 125 hp, 380V-3f-50Hz cada uno, son los adecuados para manejar este nuevo gran volumen de ventilación requerido. El aire será conducido desde la descarga de los ventiladores, en forma vertical hacia el exterior. En la descarga de los ventiladores se transformarán los ductos de rectangular a cuadrados, instalando correctores de flujo que permitan realizar el muestreo isocinético de cada uno de ellos a distancia de 2 diámetros equivalentes desde dicho corrector de flujo y descargando en la vertical sobre otros 2 diámetros equivalentes desde cada punto de medición. Para efectos de realizar el muestreo isocinético de cada ventilador, se instalarán plataformas de medición con estructura soporte al piso para cada equipo, normalizadas ubicadas a distancia adecuada bajo el punto de muestreo, con barandas de protección, escaleras de acceso y jaulas de protección en cada escalera. El aire de ingreso a la cabina, deberá permitirse por el portón de acceso, preferentemente opuesto a la sala de granallado, para que este aire ingrese libre de partículas e impurezas que se encuentran en suspensión en el aire ambiente exterior, se considera se instalen en dicho portón 144 filtros de fibra sintética (tipo abrasiva) de dimensiones 500 x 500 mm frontal cada uno. Los componentes principales del sistema serán: - Dos ventiladores Centrífugos Ingevent CIA-660 con motores eléctricos de 125 Hp c/u. - Ocho plenos de captación y filtrado de aire dispuestos 4 a cada lado de la cabina (muros ejes B y C) - Dos redes de ductos de recorrido lateral de unión de cada pleno de captación hacia el ventilador de extracción y descarga al exterior correspondiente. - Filtros para ingreso de aire a cabina. - Dos tableros eléctricos de fuerza y control para motores de ventilador, por partidores suaves. - Dos plataformas en altura sobre ventiladores con su estructura metálica, escaleras y barandas de protección, para toma de muestras isocinéticas de particulado al ambiente. Caldera autoclave Los autoclaves (2) utilizados en el proceso de recubrimiento de ductos con caucho, serán alimentados por medio de una caldera de tipo dual, que puede operar con gas y con petróleo, en Anexo 3 de la DIA se presenta una ficha técnica del equipo. Grupo Generador El proyecto contempla tener equipos generadores de respaldo, que operarán en periodos puntas. Se considera el uso de 2 equipos generadores de 500 KVA y un tercero que opera en mantenciones de alguno de los equipos. Los equipos generadores de respaldo poseerán un motor de 4 tiempos a combustión interna del tipo a inyección diesel marca “VOLVO MODELOS TAD734GE / TAD940GE TAD941GE / TAD1241GE / TAD1242GE / TAD1640GE TAD1641GE / TAD1642GE / TAD1643GE”. b) Emisiones Acústicas Según el titular el proyecto no generará impacto acústico significativo. En el Anexo N°6 de la DIA se presenta el Estudio de Ruido. c) Residuos Solidos Según lo declarado por el titular, en esta fase se generarán los siguientes residuos sólidos: Tabla N°08 Residuos sólidos en la Fase de Operación
Los trozos de cañerías, recortes de fierro, virutas metálicas y otros desechos metálicos no peligrosos, serán almacenados a granel en contenedores de 15 m3. Los plásticos serán almacenados en tambores de 200 lts. Los papeles y cartones serán almacenados en un contenedor exclusivo. Las latas de pinturas vacias, y todo el material contaminado con residuos peligrosos serán almacenados en un contenedor exclusivo para ese tipo de residuos, los cuales se dejarán en una bodega de residuos peligrosos para su posterior disposición en sitios autorizados por la autoridad sanitaria. d) Efluentes Líquidos En la adenda N°1 el titular declara que el líquido residual generado en la fase de operación, corresponde al proceso de limpieza de decapado de soldadura de inoxidables. Este líquido de limpieza corresponde a un caudal aproximado de 1 m3/día y será almacenado en bins los cuales se ubicarán en el sector de almacenamiento de residuos peligroso para luego ser retirado semanalmente por una empresa autorizada para su tratamiento y disposición final. 1.8.5. Fase de abandono del proyecto. El proyecto no contempla fase de abandono, sin embrago el titular declara en adenda N°2 un plan de cierre. 1.8.6 Instalaciones Generales 1.8.6.1 Agua Potable y Alcantarillado El proyecto cuenta con factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado otorgado por la empresa sanitaria Explotaciones Sanitarias S.A. (ESSA), por lo tanto deja sin efecto la utilización del pozo profundo existente. Ver documentos de Factibilidades adjuntados en la Adenda N°3. 1.8.6.2 Aguas Lluvias El sistema de recolección de aguas lluvias consiste básicamente en una red de cañerías de PVC Sanit. C-4 de diámetros 250, 200 y 140 mm. Las cuales conducen el agua lluvia hacia 02 pozos de absorción en el sector sur-poniente del terreno. Los pozos de absorción tienen una profundidad de 2 mtos. Y diámetro 0,60 m., las paredes están perfiladas en terreno natural y poseen una capa de gravilla y bolones en el fondo al nivel de la napa subterránea, por lo tanto no existe disposición en los cauces del Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias. Se adjunta en el anexo N°9 de la Adenda N°1, plano de proyecto de evacuación de aguas lluvias. 1.8.6.3 Almacenamiento de sustancias peligrosas. El titular declara en Adenda N°1 y Adenda N°2, que tendrá una bodega común para el almacenamiento de 3600 Kgs de sustancias peligrosas, de los cuales 1200 kgs serán de inflamables, 1800 Kgs de tóxicos y 600 kgs de otras sustancias peligrosas, como se detalla en la siguiente Tabla. Tabla N°09 Sustancias Peligrosas
En la Adenda N°1 el titular declara que las sustancias serán almacenadas a nivel de piso en sus envases originales dispuestos sobre pallet con un máximo 4 unidades por pallet. La altura máxima será de dos pallet (uno sobre otro) y estos serán envueltos en sello film para asegurar su estabilidad. Esta bodega constará de un área de 150 m2 y su ubicación esta dada en el plano adjunto de la Adenda N°2. 3.1.14 Bodega de Residuos Peligrosos. Para la fase de operación el titular habilitará una bodega de almacenamiento temporal de residuos solidos peligrosos, la que tendrá las siguientes características: i. Un área de 16 m2. ii. Estructura soportante metálica, muros mallas de acero, techo metálico, piso de radier de hormigón pulido y sellado, con pendiente para control de derrames. iii. Su ubicación esta dada en el plano adjunto de la Adenda N°2. iv. Contará con señalización correspondiente. Los residuos peligrosos se almacenarán de la siguiente forma: i. Las latas de pinturas vacias, y todo el material contaminado con residuos peligrosos serán almacenados en un contenedor exclusivo para ese tipo de residuos. ii. Los tambores de sustancias peligrosas que sean desechados serán almacenados sobre pallet de madera en cantidad no superior a 8 tambores por pallet. 1.8.6.4 Vectores. El Titular contratará los servicios de Control de Plagas a una empresa especializada y debidamente autorizada por la Seremi de Salud. 1.8.6.5 Vialidad Adyacente Tabla N°10 Magnitudes en Términos de Flujos de Camiones del Proyecto
El acceso principal a la Planta tendrá al menos 7 mts. de ancho y el radio de giro para los vehículos será de 7 mts En adenda N°1 el titular adjunta fotografías de las rutas aledañas con la ruta principal (ruta 5 Norte) desde y hacia los diferentes destinos.
CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 1. Declaración de impacto ambiental (DIA) PorFASTPACK S.A. S.A., con fecha 06/12/2011. 2. Test de admisión Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 07/12/2011. 3. Oficio solicitud de evaluación DIA Nº 2439 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 07/12/2011. 4. Oficio solicitud de evaluación DIA Nº 2440 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 07/12/2011. 5. Oficio solicitud de evaluación DIA Nº 2441 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 07/12/2011. 6. Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA N°1) Nº101 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 17/01/2012. 7. Adenda 1 Por FASTPACK S.A. S.A., con fecha 17/04/2012. 8. Solicitud de evaluación de adenda n°1 Nº0781 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 18/04/2012. 9. Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la Adenda N°1 (ICSARA N°2) Nº0912. Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 08/05/2012. 10.Adenda 2 Por FASTPACK S.A. S.A., con fecha 11/07/2012. 11.Solicitud de evaluación de adenda N|||°2 Nº1428 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 11/07/2012. 12.Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la Adenda N°1 (ICSARA N°3) Nº1590. Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 30/07/2012. 13.Adenda 3 Por FASTPACK S.A. S.A., con fecha 26/09/2012. 14.Solicitud de evaluación de adenda n°3 Nº2087 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 26/09/2012. 15.Solicitud de evaluación especial de adenda n°3 Nº2141 Por Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, con fecha 03/10/2012. 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Respecto a la DIA 1. Oficio Nº5817 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana, de fecha 16/12/2011; 2. Oficio Nº1997 de la Dirección Regional de Obras Públicas, Región Metropolitana, de fecha 23/12/2011; 3. Oficio N°SRM RMS N°191/2011 (sea-seia-dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana, de fecha 27/12/2011; 4. Oficio N° 10053 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 27/12/2011; 5. Oficio N°1216 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 29/12/2011; 6. Oficio Nº 1400 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 29/12/2011; 7. Oficio N°1058 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 29/12/2011; 8. Oficio Nº 9649 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 29/12/2011. Respecto a la Adenda Nº 1 1. Oficio N°337 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 24/04/2012; 2. Oficio Nº 373 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 25/04/2012; 3. Oficio Nº 502 de laSecretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 25/04/2012; 4. Oficio N° 3075 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 25/04/2012; 5. Oficio N°SRM RMS N°53/2012 (sea-seia-dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana, de fecha 30/04/2012; 6. Oficio Nº 3203 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 30/04/2012; 7. Oficio Nº632 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana, de fecha 02/05/2012; 8. Oficio Nº1711 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana, de fecha 03/05/2012. Respecto a la Adenda Nº 2 1. Oficio Nº 1031 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana, de fecha 13/07/2012; 2. Oficio Nº 673 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 24/07/2012; 3. Oficio N° 5437 de la Secretaria Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, de fecha 25/07/2012; 4. Oficio Nº 5214 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 25/07/2012. Respecto a la Adenda Nº 3 1. Oficio Nº 7216 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 04/10/2012; 2. Oficio Nº 1270 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 08/10/2012; 3. Oficio de Rectificación Nº 7578 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 17/10/2012. 2.3. Constitución y Funcionamiento del Comité Revisor En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de Piping .” han sido invitados a participar, coordinados por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, los siguientes Órganos de la Administración del Estado, con competencia ambiental: 1. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana 2. Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana 3. Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana 4. Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, Región Metropolitana. 5. Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, Región Metropolitana 6. Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana 7. Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región Metropolitana 8. Servicio de Vivienda y Urbanización, Región Metropolitana. 9. Gobierno Regional, Región Metropolitana. 10. Superintendencia de Servicios Sanitarios. 11. Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región Metropolitana. 12. Ilustre Municipalidad de Lampa. Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Planta de Piping.” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios: 1. Oficio Nº13741 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región Metropolitana, de fecha 20/12/2012; 2. Oficio Nº 9981 del Servicio de vivienda y urbanización SERVIU, Región Metropolitana, de fecha 28/12/2011.
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
3.1.1 Emisiones Atmosféricas. Fase de Construcción El titular en la Fase de Construcción deberá: 1. Dar cumplimiento del D.S. N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia o el que lo reemplace, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto no requiere compensar sus emisiones atmosféricas debido a que no supera los límites establecidos en el artículo 98 de la misma normativa (En la Adenda N°2, se adjunta el Estudio de Emisiones). Se Adjunta Tabla N°11, que da cuenta de esto: Tabla N°11 Resumen de Emisiones Totales por Año.
2. Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. 3. Dar cumplimiento a D.S N°.54/94 que Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados medianos, que circulen por el país del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 4. Cumplir con lo estipulado en el D.S. Nº 18 de 2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, o el que lo reemplace, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio en determinados horarios. 5. Dar cumplimiento a D.S. N° 4/94 que Establece normas de emisión de contaminantes para vehículos motorizados, para los cuales no se haya fijado normas, y fija los procedimientos para su control. del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 6. Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. Nº 4 de 1992, del Ministerio de Salud, que “Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales” o el que lo reemplace. 7. Dar cumplimiento a D.S. N° 55 de 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, o el que lo reemplace que “Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que indica”. 8. Dar cumplimiento a D.S. N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material. 9. Además, el titular se obliga a dar cumplimiento a la siguiente medida: a) Mantener en todo momento el orden y limpieza en su instalación de faenas (bodegas y vestidores, entre otros recintos) y delegará en el Jefe de Obra y en el personal propio las inspecciones que aseguren el cumplimiento de las directrices de orden y limpieza de las instalaciones. b) Sólo se utilizarán vehículos con su revisión técnica al día. c) Durante el tránsito por caminos no pavimentados se dispondrán velocidades máximas que no generen mayores impactos por material Particulado (20 Km./hr. como velocidad máxima.) d) El transporte de materiales se realizarán con tolva cubierta, impermeable y sujeta a la carrocería, además el material será trasportado previamente humedecido. e) Se regará constantemente el área de tránsito para minimizar la generación de material particulado, esto en los caminos no estabilizados. f) Cuando se deba acopiar material que pueda desprender polvo, este se mantendrá humectado. g) Realizar a lo menos una vez al año actividades de inducción, capacitación y/o entrenamiento a cada trabajador que participe en alguna de las fases del proyecto, garantizando el derecho a saber y buscando como objetivo el minimizar las emisiones atmosféricas de material particulado y gases mediante la formación de conductas responsables y preventivas. h) Se humectará, mediante camión aljibe, en forma previa las zonas a escarpar y excavar, de manera de controlar efectivamente las emisiones de material particulado. i) Se humectará en forma previa el material que se cargue y descargue desde la faja, con el fin de controlar la emisión de material particulado. j) Prohibir, con el objetivo de evitar emisiones atmosféricas innecesarias, que las maquinarias, equipos, vehículos u otros con motor a combustión que no realicen actividad alguna permanezcan encendidos. k) Mantener en todo momento los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidas para evitar el levantamiento de polvo. l) Contar con una barrera perimetral del tipo malla "rachel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo. Ésta debe instalarse en el perímetro de toda faena constructiva y deberá ser mantenida siempre en buenas condiciones. m) Prohibir la quema de materiales y/o desechos para calentar alimentos, para calefacción o para otro uso. 10.Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “El titular del proyecto debe implementar, en cada una de las etapas del proyecto, las medidas de mitigación señaladas en la D.I.A., las Adendas y todas aquellas medidas adicionales que fuesen necesarias de implementar, para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, específicamente, lo señalado en el D.S. Nº 66 /2009 del MINSEGPRES”. 11.Al respecto, la Seremi de Medio Ambiente RM, mediante el Oficio Nº1031, de fecha 13 de julio de 2012, se ha manifestado conformey ha indicado como precisión lo siguiente: “Pese a observar que algunos cálculos no son correctos, se comprueba que no se superan los límites establecidos en el artículo 98 del D.S. N° 66/2009”. Fase de Operación: El titular en la Fase de Operación deberá: 12.Dar cumplimiento del D.S. N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto no requiere compensar sus emisiones atmosféricas debido a que no supera los límites establecidos en el artículo 98 de la misma normativa. 13.Dar cumplimiento a lo establecido en el D. S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. 14.Dar cumplimiento a D.S.54/94 que Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados medianos, que circulen por el país del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 15.Dar cumplimiento a D.S.4/94 que Establece normas de emisión de contaminantes para vehículos motorizados, para los cuales no se haya fijado normas, y fija los procedimientos para su control. del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 16.Dar cumplimiento en todas sus fases a lo señalado en el D.S. Nº 4/1992, del Ministerio de Salud, que “Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales” o el que lo reemplace. 17.Dar cumplimiento en todas sus fases a lo señalado en el D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud, que “Normas para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza"” o el que lo reemplace. 18.Dar cumplimiento al D. S. Nº 48/ 1984, del Ministerio de Salud, que establece “Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor” o el que lo reemplace. 19.Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “El titular del proyecto debe implementar, en cada una de las etapas del proyecto, las medidas de mitigación señaladas en la D.I.A., las Adendas y todas aquellas medidas adicionales que fuesen necesarias de implementar, para asegurar el cumplimiento de la normativa vigente, específicamente, lo señalado en el D.S. Nº 66 /2009 del MINSEGPRES”. 20.Al respecto, la Seremi de Medio Ambiente RM, mediante el Oficio Nº1031, de fecha 13 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “Pese a observar que algunos cálculos no son correctos, se comprueba que no se superan los límites establecidos en el artículo 98 del D.S. N° 66/2009”. 3.1.2 Emisiones de Ruido Fase Construcción El titular en la Fase de Construcción deberá: 1. Dar cumplimiento, a los límites máximos permisibles establecidos en el D.S.146 de 1997 del MINSEGPRES, que “Establece las Normas Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas”, o el que lo reemplace. 2. Implementar cerco perimetral de faena, compuesto por barreras acústicas del tipo aislante-absorbente, de material tipo plancha estructural (OSB) recubierto en su cara interna por lana mineral, con una altura promedio de 3,6 m. 3. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “Se informa en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución de calificación ambiental deberán quedar establecidas que durante todas las etapas se deberá dar cumplimiento a los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N° 146/97 del MINSEGPRES, “Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas”, o el que lo reemplace” Fase Operación El titular en la Fase de Operación deberá: 4. El titular deberá dar cumplimiento, al D. S. N°146/1997 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre “Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas”, o el que lo reemplace. 5. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “Se informa en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución de calificación ambiental deberán quedar establecidas que durante todas las etapas se deberá dar cumplimiento a los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N° 146/97 del MINSEGPRES, “Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas”, o el que lo reemplace” 3.1.4 Residuos Sólidos Fase Construcción El titular en la Fase de Construcción deberá: 1. Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace. 2. Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace. 3. Dar cumplimiento al D.F.L. Nº 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos. 4. Implementar en esta fase una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición final. 5. Mantener un registro en obra (boleta, factura u otro documento) durante la fase de construcción del proyecto, a través del cual se acredite que la disposición final de los escombros, residuos asimilables a domiciliarios y desechos peligrosos se realizará en destinos autorizados por la autoridad sanitaria. Junto con esto, deberá tener copia de la autorización de destino. 6. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: a) “El Titular deberá considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición final”. b) El titular deberá mantener orden y limpieza en su instalación de faenas (bodegas y vestidores, entre otros recintos). 7. Al respecto, la Seremi de Medio Ambiente RM, mediante el Oficio Nº1031, de fecha 13 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “El titular adjunta a su presentación el plano denominado “Bodega Respel”, por lo que el diseño de dichas instalaciones deberá ajustarse en todo momento a las condiciones establecidas en el D.S Nº 148/2003 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” en materia de almacenamiento de residuos peligrosos, sin perjuicio de lo que establezca el organismo competente en la materia”. Fase Operación El titular en la Fase de Operación deberá: 8. Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº 594/1999 del Minsal, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo". 9. Sobre residuos peligrosos el titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº 148 de 2003 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. 10.El titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución 5081/93 que Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de residuos Industriales Sólidos en la región Metropolitana. 11.De generarse residuos no peligrosos el titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 71 del D.F.L N°725 del código sanitario. 12.Dar cumplimiento a la NCh 2190/ Of.2003 que “Establece los contenidos que deben poseer una Hoja de Seguridad y los requisitos de su contenido”. 13.Dar cumplimiento a la NCh 2245/Of.2003 que “Establece los distintivos de seguridad para sustancias peligrosas (marcas, etiquetas, rótulos)”. 14.Dar cumplimiento a la NCh 382./Of 2004 que “Establece la clasificación general y terminología para las sustancias peligrosas”. 15.Dar cumplimiento a la Nch 2120/Of.2004 que “Sustancias Peligrosos Clases 1-9”. 16.Dar cumplimiento en su totalidad al D.S. 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente. 17.Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: a) El Titular deberá considerar que en su generalidad, el manejo de residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas como el tratamiento y/o la disposición final. b) El titular debe dar cumplimiento a los siguientes cumplimientos normativos: - Sistema de seguimiento y declaración de residuos industriales, respecto de los residuos generados durante la producción de la planta, Resolución 5081/1993 para los residuos no peligrosos y D.S. 148/2003 para los residuos peligrosos. - Artículo 19, D.S. 594/1999 Reglamento Sanitario Sobre Las Condiciones Laborales y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, respecto disposición final de los residuos generados por la planta. 3.1.5 Efluentes Líquidos 1. Dar cumplimiento en todo momento del D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL especialmente en lo referente al 5.4.1.1, que aprueba Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas e los Lugares de Trabajo”. Fase Construcción 2. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante el Oficio Nº5214 de fecha 25 de julio de 2012, se ha manifestado conforme y ha indicado como precisión lo siguiente: “Se indica al Titular que es responsabilidad del titular del proyecto la instalación, en la etapa de construcción, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios, a saber, los baños químicos y duchas con recinto de vestuario para la totalidad de los trabajadores durante la etapa de construcción del proyecto. Lo anterior, debe dar cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26 del D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. Lo anterior, principalmente en lo que respecta a: a) Que, el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado Decreto Supremo 594 de 1999. b) Que, los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo. c) Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto. El titular del proyecto debe cumplir con los artículos del Párrafo IV, “De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas”, contenidos en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo” “. Fase Operación 3. El titular se obliga a dar cumplimiento en su art. 73 del D.F.L 725/1967 del Ministerio de Salud, código sanitario referido a la descarga al alcantarillado. 3.1.6 Agua Potable 1. El proyecto deberá contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores que cumpla en todo momento la calidad establecida en el D.S. 735/69, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S. Nº 131/06 y D.S. N° 76/09 y el D.S. 594/99, del MINSAL. 2. El proyecto deberá contar con abastecimiento de agua potable para sus trabajadores bajo todas las condiciones establecidas en el D.S. 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones. 3.1.7 Aguas Lluvias 1. El Titular se compromete a que no se generarán mayores caudales de escurrimientos superficiales producto de la construcción de superficiales impermeables, que los producidos en la situación base sin proyecto. 3.1.8 Vialidad Adyacente 1. Operar, para el traslado de materiales, con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP. 2. Dar cumplimiento al D.S. 18/2001 y sus Modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, referente a que se prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. 3. El titular se obliga a dar cumplimiento a D.S.55/94 que Establece normas sobre características técnicas de motores que permiten cumplir niveles máximo de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos totales, óxidos de nitrógeno y material particulado del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. 4. El titular debe dar cumplimiento en su totalidad al D.S. 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente. 5. El titular deberá respetar las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos. 6. El titular deberá coordinar y programar que la circulación de camiones relacionados con el proyecto ocurra en horarios de menor demanda (fuera de punta) de cualquier día de la semana. De preferencia se programará el flujo de camiones entre las 10:00 am. y las 17:00 pm. 7. El titular deberá considerar las recomendaciones de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) en materia de seguridad de tránsito contenida en los manuales publicados por este organismo. 8. El titular deberá habilitar zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga, al interior del terreno del proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública. 9. Las obras que se realicen en la vía pública, se deberá considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos. 3.1.9 Almacenamiento de Sustancias Peligrosas 1. El titular deberá dar cumplimiento al D.S. N°78/2009 del MINSAL, “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. Durante el proceso de evaluación, conforme a lo que se acompaña en el expediente del mismo, y lo consignado además en el punto 3.1 precedente Informe Consolidado de Evaluación, el titular ha acompañado los antecedentes necesarios para acreditar que el proyecto mencionado no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11º de la Ley y en los artículos precedentes del Reglamento, esto es: Artículo 5: El proyecto “Planta de Piping.” no genera riesgo para la salud de la población en su área de influencia o fuera de ésta, en relación a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. Artículo 6: El proyecto “Planta de Piping.” no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Artículo 8: El proyecto “Planta de Piping.” no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de la población en su área de influencia. Artículo 9: El proyecto “Planta de Piping.”, incluidas sus obras o acciones asociadas, en sus fases de construcción y operación,no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Artículo 10: El proyecto “Planta de Piping.” no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de tipo paisajístico o turístico. Artículo 11: El proyecto “Planta de Piping.” no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, que se definen en la Ley 17.288 y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Todo lo señalado anteriormente se corrobora y se encuentra certificado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Planta de Piping.”.
CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del D.S. Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Planta de Piping” requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento: 1. Respecto al Permiso Ambiental Sectorial del Articulo 93, del D.S. N° 95 de 2001 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Impacto Ambiental que corresponde al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL Nº 725 de 1967, Código Sanitario, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, mediante el Ord. N° 7216 de fecha 04 de octubre de 2012, se pronunció conforme con los antecedentes presentados por el titular otorgando el referido permiso ambiental sectorial para el sitio de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos generados durante la fase de operación del proyecto 2. Respecto al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94, del D.S. N° 95 de 2001 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que corresponde al permiso para la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismos, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM, mediante los Ord. N°7216 de fecha 04 de octubre de 2012 y Ord. de rectificación N°7578 de fecha 17 de octubre de 2012, se pronunció conforme, calificando la actividad de “Molesta”, de acuerdo a las siguientes condiciones: a) Mano de obra: 130 personas b) Superficie: Terreno 33.000 m2, Construcción: 7905 m2 c) Vecinos colindantes: actividades industriales d) Maquinaria: 1 cilindradora, 5 portal grúas, 22 soldadoras MIG, 2 soldadoras al arco, 6 equipos de corte PLASMA, 5 compresores, 3 montacargas, 25 tecles, 2 autoclaves, 01 Generador de Vapor de 1000 kg vapor (a petróleo diesel como combustible), 2 salas de granallado con sistema de captación forzada de polvo, 2 cabinas de pintado con sistema de captación forzada de aerosoles, 5 estanques para gas GLP de 4 m3 c/u, 1 estanque enterrado de 15 m3 para petróleo diesel. e) Características de la construcción: i. Edificios de producción y bodegas para productos no peligrosos: Estructura soportante metálica, cubierta de planchas metálicas y planchas translúcidas, muros perimetrales de albañilería en hormigón y metálicas, pisos de radier en hormigón pulido y sellado. ii. Bodega de sustancias peligrosas: Estructura soportante en albañilería y hormigón armado, muros de albañilería en ladrillo, techo metálico, piso de radier de hormigón pulido y sellado, con pendiente para control de derrames. Esta bodega deberá dar cumplimiento a los distanciamientos indicados en el DS.78/2009 del MINSAL, tanto a vecinos colindantes como a otras construcciones de la misma empresa. iii. Bodega de residuos: Estructura soportante metálica, muros mallas de acero, techo metálico, piso de radier de hormigón pulido y sellado, con pendiente para control de derrames. iv. Zona de carga y descarga, estacionamientos y vías de circulación: pavimentadas. f) Almacenamiento de insumos peligrosos: Se realizará en bodega común según el DS 78/2009, con un almacenamiento máximo de 3600 kilos. De los cuales 1200 kilos serán de inflamables, 1800 de tóxicos y 600 kilos de otras sustancias peligrosas. Con pasillos de 1,2 metros Con un distanciamiento de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. g) Flujo vehicular: 4 vehículos pesados/hora h) Medidas de control de incendios: Contarán con detectores de humo fotoeléctricos, llama, pulsadores manuales de alarma con sirenas y luz estroboscópica, red húmeda con gabinetes de mangueras y extintores portátiles distribuidos de acuerdo a la superficie a cubrir. La bodega de sustancias peligrosas bodega de insumos, contará con un sistema de detección automática de incendios, donde el tipo de detector debe ser instalado de acuerdo a los productos almacenados. Con extintores en toda la planta en cantidad, tipo, potencial de extinción y peso de acuerdo a lo solicitado en el DS.594/99 del MINSAL. i) Agua Potable: De acuerdo a lo declarado por el titular, durante la etapa de operación del proyecto, el abastecimiento de agua potable se realizará a través de la conexión al sistema público, de acuerdo a lo señalado en el Certificado de Factibilidad de Agua Potable N° 105/2012 del 14.08.2012, emitido por la empresa Sanitaria Explotaciones Sanitarias S.A., para el predio emplazado en Santa Isabel N° 850 comuna de Lampa. Al respecto, se hace presente que será responsabilidad del titular que el abastecimiento de agua potable cumpla en todo momento con lo dispuesto en el D.S 735/69 Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano. j) Medidas de control de riesgos: Cabina de pintura: Contará con captación forzada, zona de plenum, filtro e instalación eléctrica a prueba de explosión o intrínsecamente segura. Cuenta con Plan de prevención de riesgos. Toda la instalación eléctrica deberá ser declarada en la SEC. El proyecto no contempla taller de recarga de baterías. El titular indica que no contará con un dispensador de combustible. El proyecto en su etapa de construcción, deberá contar con abastecimiento de agua potable provisorio para sus trabajadores, con la calidad y en la cantidad que establece el D.S. 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”, y sus modificaciones.
CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS El proyecto “Planta de Piping” no contempla compromisos ambientales voluntarios.
CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO El proyecto “Planta de Piping”” no contempla otras consideraciones relacionadas con el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto.
CAPÍTULO VII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y POLITICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL Dentro de los desafíos estratégicos del Plan Regional de Gobierno de la Región Metropolitana de Santiago 2006 – 2010, se establecen siete ejes temáticos: A INTEGRACION Y EQUIDAD SOCIAL B DESARROLLO ECONÓMICO, INNOVACIÓN Y FOMENTO PRODUCTIVO C DESARROLLO TERRITORIAL D MEDIO AMBIENTE Y SUSTENTABILIDAD E SEGURIDAD CIUDADANA F MODERNIZACION DE LA GESTION G IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Las definiciones que hace el Gobierno Regional de los ejes temáticos “DESARROLLO ECONÓMICO, INNOVACIÓN Y FOMENTO PRODUCTIVO” y “MEDIO AMBIENTE Y SUSTENTABILIDAD”, son las siguientes: Respecto de este objetivo estratégico del Plan de Desarrollo Regional, creemos que el proyecto desarrollado por la empresa FASTPACK S.A. se inserta perfectamente bien, toda vez que el proyecto en evaluación genera empleo, incrementa el mercado externo y potencia la base empresarial y el emprendimiento en la Región Metropolitana. En relación a este objetivo, creemos que el proyecto “Planta de Piping” presentado a la Autoridad a través de esta Declaración de Impacto Ambiental ya esta dando cuenta de la preocupación de la empresa FASTPACK S.A. por dar cumplimiento a la normativa medio ambiental de nuestro país, dando de esta manera un sentido pleno e inequívoco al objetivo fijado por el Gobierno Regional.
CAPÍTULO VIII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y PLANES DE DESARROLLO COMUNAL La comuna de Lampa posee un PLADECO aprobado en el año 2005, donde el municipio establece diferentes programas y proyectos, a través de los cuales se plantean los objetivos a cumplir y los lineamientos estratégicos. Las acciones estratégicas de comunicación y de integración, llamada proactiva, deben inspirar a todos los programas, como debe ser al constituir lineamientos. El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO), es el principal instrumento de planificación y gestión con el que cuenta la organización municipal. El objetivo principal es contribuir a una administración eficiente de la Comuna y promover iniciativas y proyectos destinados a impulsar el progreso económico, social y cultural de sus habitantes. El proyecto Planta de Piping se inserta en este Plan de Desarrollo Comunal al privilegiar la contratación de personas de la comuna aportando de esta manera a mejorar los índices de empleo de la comuna, aumentar los ingresos Municipales (pago de patentes y derechos) y aportar con un grano de arena al desarrollo y progreso de la comuna de Lampa.
CAPÍTULO IX. COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO De acuerdo a los antecedentes aportados durante el proceso de evaluación del proyecto “Planta de Piping.”, y lo aportado por los servicio participantes en dicho proceso, se concluye que el emplazamiento del proyecto se encuentra acorde con el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. CAPITULO X. RECOMENDACIÓN DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, recomienda Aprobar la Declaración de Impacto Ambiental, basándose en que: |
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Firmas Electrónicas:
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