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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Acopio de Conchas y Planta de Cal Agrícola Chiloé "

CAPÍTULO I.

ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

1.1. Antecedentes del Titular

Titular: Cal Austral S.A.
Rut: 99.529.170-3
Domicilio: Avenida Condell 376, Providencia, Santiago
Representante Legal: Mark Rookes Oates
Rut: 14.584.318-9
Domicilio: Avenida Condell 376, Providencia, Santiago

1.2. Ubicación

El proyecto se ejecutará en la Región de Los Lagos, en la provincia de Chiloé, comuna de Castro, específicamente en sector de Tey, a unos 5 Km. de Dalcahue por la ruta de Putemun. Sus coordenadas son:

Norte Este
5305356 606826

1.3. Monto de Inversión

700.000 dólares

1.4. Vida util

25 años

1.5. Mano de Obra

Etapa Número de Personas Tiempo
(meses, años)
Construcción 40  8 meses
Operación 28  25 años
Total 68  25 años, 8 meses

1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa Superficie requerida
(Has)
Construcción

 4

Operación

 4

Abandono

 4

 

1.7 Descripción del proyecto

 
1.7.1 Antecedentes Generales
 
El proyecto consiste en la instalación de una planta productora de cal agrícola que usará como materia prima las conchas de moluscos generadas en las plantas de procesamiento de mariscos localizadas en la Provincia de Chiloé, X Región de Los Lagos. Estas conchas se acumularan en áreas de acopio definidas al interior del predio donde se desarrollará el Proyecto, para luego ser secadas, molidas y el producto ensacado.
 
Para lo anterior, se ha contemplado un Plan de Desarrollo del Proyecto que contempla las siguientes etapas:
 
i.                     Establecer un sector de acopio que permita, previo a la construcción de la planta de molienda, recepcionar conchas de mariscos a fin de estoquear un volumen aproximado de 75.800 m3 (equivalente a 25.000 toneladas, considerando una densidad aproximada de 0,33 ton/m3), en una superficie máxima disponible de 1,5 has, de las cuales 0,2 has estarán destinadas a caminos interiores del área de acopio,
 
ii.                   Instalación de una planta de procesos en un área de aproximadamente 0,5 has, que permita secar y moler las conchas de mariscos acopiadas en la fase 1 y las que continúen llegando a los sectores de acopio, con una capacidad de producción de 25.000 toneladas anuales (tpa) de cal agrícola,
 
iii.                  En una fecha futura, se contempla ampliar la planta a una capacidad máxima de 50.000 tpa de cal agrícola, para lo cual se habilitarán nuevos sectores de acopio de conchas y se ampliará la planta de procesamiento, ocupando una superficie adicional total de aproximadamente 2 has, que se sumarán a las 2 has ocupadas en las etapas i) y ii). El plazo en el que se ejecutará esta ampliación principalmente dependerá del comportamiento del mercado de la cal agrícola.
 
 
La materia prima (conchas de mariscos) para la planta de cal agrícola será despachada vía camiones desde las diversas plantas de procesamiento de mariscos existentes en la X Región de Los Lagos. Por otro lado, el producto obtenido en la Planta (cal agrícola) será despachado por medio de camiones a los principales puntos de comercialización y consumo de insumos agrícolas de la zona sur del país.
 
 
1.7.2 Objetivo General del Proyecto
 
El objetivo del Proyecto consiste básicamente en producir

 
1.7.3 Definición de las partes, acciones y obras físicas del proyecto
 
Se contemplan  las siguientes tres etapas:
 
i.                     Habilitación de sectores de acopio y recepción de conchas de mariscos,
 
ii.                   Construcción y operación de planta de secado y molienda de conchas, con una capacidad de producción de 25.000 toneladas anuales (tpa) de cal agrícola,
 
iii.                  Ampliación de sectores de acopio de conchas de mariscos y de planta de molienda para alcanzar una capacidad de producción máxima de 50.000 tpa de cal agrícola.
 
Se ejecutará la etapa i) antes de la construcción de la planta de molienda (etapa ii), la cual  tiene por objeto disponer, con la mayor antelación posible, de una instalación que permita ir recepcionando las conchas de mariscos que son desechadas en la actualidad por las plantas de procesamiento existentes en la zona de Dalcahue – Castro, en la Provincia de Chiloé, e ir de este modo acopiando el material que posteriormente alimentará la planta de molienda, asegurando de este modo su abastecimiento y, además, equilibrando los ciclos de producción de conchas (durante el período de cosechas, entre noviembre y abril) y ciclos de consumo de cal agrícola. 
 
En el Anexo Nº2 de la DIA, se presenta el plano de emplazamiento de las instalaciones que constituyen el Proyecto.
 
 
a) Etapa 1 – Acopio de Conchas de Mariscos
 
Fase de Construcción
 
En esta primera etapa se habilitará como sector de acopio una superficie de 1,5 has ubicadas en el norte del predio, tal como se muestra en la Figura 2 – 3 de la DIA. 
 
La habilitación de estos sectores de acopios contempla el despeje del terreno de vegetación (arbustos y árboles) y la construcción de zanjas perimetrales alrededor de cada celda de acopio para la canalización de las aguas lluvia.
 
Por otro lado, se contempla la construcción de un acceso vehicular al predio del Proyecto, el cual será debidamente presentado ante la Dirección Regional de Vialidad de la X Región de Los Lagos a fin de obtener su autorización sectorial.
 
Se contempla la construcción de una garita de acceso al predio, donde se controlarán los camiones que accedan a depositar conchas en las celdas del modo que se describe en el punto siguiente y evitar además el ingreso clandestino de otra clase de residuos. La ubicación de esta garita de acceso podrá variar en la medida que se ejecuten las diversas etapas contempladas en el desarrollo del Proyecto.
 
 
Fase de Operación
 
Una vez habilitado el sector de acopio, se contempla la recepción paulatina de conchas de mariscos en camiones tolva de 15 m3 de capacidad aproximada, cuya carga estará cubierta conforme a lo que estable la normativa vigente. No se excluye el empleo, a futuro, de camiones de mayor capacidad, los cuales deberán cumplir en todo momento con los límites máximos de dimensiones y pesos establecidos en la normativa aplicable.
 
Los sectores de acopio de conchas o “celdas” tendrán una base rectangular cuyas dimensiones variarán entre 40 a 60 metros de ancho y 50 a 80 metros de largo, y una altura máxima de 10 metros, dimensiones que permiten optimizar el diseño del acopio. Se contempla una senda central a través de la cual maniobrarán los camiones que descarguen las conchas, y un cargador frontal que permita su correcta disposición en cada celda. Este diseño podría sufrir modificaciones menores a objeto de optimizar la operación en el área de acopio.       
 
En la medida que la celda se vaya llenando con conchas, estas se cubrirán con una cubierta plástica de polietileno grueso, sujetas con neumáticos o algún otro elemento similar. Esta cubierta permitirá, por una parte, impedir el ingreso de aguas lluvias a los acopios de conchas, y por otro lado evitar que avifauna local (gaviotas, tordos, etc.) pueda acceder a los acopios y extraer conchas desde estos.
 
Se contempla que los nuevos sectores de acopios se vayan cubriendo en la medida que estos se vayan llenando de conchas. Se instalarán ductos de PVC de 10 cm de diámetro y 1 m de longitud, los que permitirán mantener aireadas las celdas, extrayendo a través de estos los eventuales gases que se podrían generar al interior de estas.
 
Tal como esta indicado en la Figura 2–3, cada celda contará con zanjas perimetrales de aproximadamente 0,5 m de profundidad y 0,5 m de ancho que permitirán canalizar las aguas lluvias hacia la quebrada ubicada al norte del sector de acopio (ver Figura 2–2) siguiendo los patrones naturales de drenaje del terreno.
 
Se exigirá contractualmente a las plantas procesadoras de mariscos que las conchas se entreguen limpias de restos de carne. De lo contrario se enviaran tales conchas a otro vertedero para tales fines. Por otro lado, se contempla la recepción de conchas enteras o bien picadas y/o molidas, lo cual permitirá reducir el volumen de transporte y el espacio requerido para la disposición de estas conchas en el acopio. 
 
Durante esta etapa se empleará sólo 1 persona por turno de 8 horas como guardia del predio y control del ingreso de los camiones. Todas las actividades de acopio de conchas estarán a cargo de un contratista quien proveerá de la maquinaria requerida para tal labor. La mantención y lavado de esta maquinaria se realizará fuera del predio, en un lugar autorizado para tal labor, y será responsabilidad exclusiva del contratista.
 
b)  Etapa 2 – Planta de Producción de Cal Agrícola (25.000 tpa de capacidad)
 
Fase de Construcción
 
En esta etapa se construirá la infraestructura que albergará a los equipos constituyentes de la planta de molienda, la bodega donde se almacenará la cal agrícola producida y las instalaciones administrativas (oficina, baños, comedores, estacionamientos).
 
Todas estas ocuparán una superficie máxima de 0,5 has, cuya construcción contemplará las siguientes actividades:
 
a)                      Despeje y Escarpe del Área
 
Esta actividad consistirá en la remoción de la capa vegetal suelo en el área donde se emplazarán las instalaciones de la Planta (0,5 has). Los materiales que se hayan retirado o removido (suelo orgánico) serán depositados en terrenos colindantes a la planta, permitiendo de este modo su recuperación.
 
 
b)                      Movimiento de Tierras Área Planta
 
 
Se realizarán excavaciones y movimientos de tierra menores (cortes y rellenos) en la plataforma donde se instalarán los componentes y equipos de la Planta.
 
Para el desarrollo de estas labores se empleará equipo mecanizado, tales como bulldozer, camiones, retroexcavadora, cargadores frontales y compactadores.
 
 
c)                      Construcción y Montaje Infraestructura Planta
 
 
Para la construcción de la planta se contratará una empresa constructora con experiencia en el montaje de instalaciones fabriles similares a la proyectada por Cal Austral S.A. Se exigirá contractualmente el cumplimiento de la normativa laboral, ambiental y sectorial aplicable a estas obras y que establece los estándares que deben ser aplicados a los materiales utilizados para dicha actividad.
 
Se contempla el empleo de 40 personas durante la fase de construcción de la planta de molienda.
 
 
Fase de Operación
 
Durante la Fase de Operación de la planta de molienda, se continuará recepcionando y acopiando conchas de mariscos de acuerdo al procedimiento descrito en el punto 2.3.1 de esta DIA. También éstas podrán ser vaciadas directamente en la tolva de alimentación al proceso, sin pasar por el acopio.
 
Las conchas serán retiradas desde las celdas de acopio mediante el empleo de un cargador frontal (y camión en caso que la distancia así lo requiera), el cual descargará en una tolva de recepción desde la cual serán alimentados al secador rotatorio mediante una correa transportadora o un tornillo sin fin.
 
En el secador se extraerá la humedad de las conchas (que puede alcanzar un 16 %) mediante el calor generado por un quemador y la circulación de aire. Para la operación del quemador del secador se contempla el empleo de petróleo el cual será almacenado en un estanque de 18 m3, estimándose un consumo semanal aproximado de 13.000 litros cuando se procesen 25.000 tpa, y de 26.000 litros cuando se procesen 50.000 tpa.
 
Las conchas saldrán del secador prácticamente sin humedad, a una temperatura de 100ºC, para ser recibidas en otra cinta transportadora o alimentador de tornillo que las conducirán a la tolva de alimentación del molino donde se realizará la trituración del material. 
 
Una vez molido, el material pasará a través de un sistema de clasificación granulométrica. El rechazo (sobretamaño) será devuelto al molino mientras que el material clasificado será conducido a un ciclón en donde capta tal material para conducirlo directamente a su envasado y comercializado como cal agrícola. Luego de ello, la corriente de gases es filtrada para recuperar el material arrastrado (que es enviado a los silos de almacenamiento y envasado) y una vez limpia de polvos, es emitida a la atmósfera.
 
Posteriormente, la cal agrícola es envasada en sacos de 40 a 50 kg y/o maxisacos de 500 o 1000 kg y trasladada a la bodega de almacenamiento de la planta.
 
El despacho del producto será en camiones, empleando para ello empresas transportistas de la zona.
 
El personal encargado del funcionamiento de la Planta se estima en 28 personas distribuidas en 3 turnos de 8 horas cada uno, más 4 administrativos.
 
La operación del sistema será fundamentalmente desde la Sala de Control, pero gran parte de los equipos tendrán la posibilidad de ser operados manualmente por operarios en caso de fallas del sistema de control central, y para efectos de mantención.
 
La Figura 2 – 4 esquematiza el proceso productivo que se implementará en la planta de molienda.
 
Puesta en marcha
 
Una vez culminada la etapa de construcción, se desarrollarán todas las actividades conducentes a operar la Planta bajo condiciones reales. Estas tienen por finalidad comprobar, que el Proyecto en su conjunto cumple con todas las especificaciones de calidad y capacidad contempladas en el diseño, así como verificar el cumplimiento de los objetivos operativos del Proyecto, en particular el cumplimiento de la Normativa ambiental vigente.
 
En esta misma etapa, se realizan todas las actividades de entrenamiento y capacitación de operadores y supervisores relacionados con la operación. 
 


c) Etapa 3 : Ampliación Acopio de Conchas y Planta de Producción de Cal Agrícola (50.000 tpa de capacidad)
 
Cuando las condiciones de mercado de cal agrícola así lo justifiquen, se plantea realizar una ampliación del sector de acopio de conchas y de la planta de molienda para alcanzar una capacidad de producción de 50.000 toneladas anuales de cal agrícola.
 
Dicha ampliación consistirá en la habilitación de un nuevo sector de acopio de conchas ubicado al sur de la planta de molienda, tal como se muestra en el plano de emplazamiento del Proyecto (Anexo Nº2). La construcción y operación de este nuevo sector de acopio será similar a lo considerado en la etapa 1, descrito en el punto 2.3.1.
 
En relación a la planta de molienda, se contempla la construcción de una nueva línea de producción similar a la descrita en el punto 2.3.2, con la cual se alcanzaría la producción estimada de 50.000 toneladas anuales. Además se realizarán ampliaciones menores en las demás instalaciones (baños, bodegas, etc.). El momento en el cual se construirá esta segunda etapa dependerá de las condiciones del mercado de cal agrícola.
 
Abandono
 
Se estima que para la Etapa de Abandono se procederá al desmantelamiento de las instalaciones, opción que involucra actividades de desmontaje de equipos, estanques, correas transportadoras, chimeneas, silos, ciclones, desarme de instalaciones anexas en superficie (garita de control, oficinas, bodega de almacenamiento de producto) y limpieza final y recuperación del sitio.
 
Al momento de ejecutarse el cierre del Proyecto, se cumplirá con toda la normativa aplicable y vigente al momento de ejecutar esta actividad.
 
1.7.4 ABASTECIMIENTO DE MATERIAS PRIMAS E INSUMOS
 
Tal como se ha indicado en los capítulos precedentes, la principal materia prima que se empleará en la producción de cal agrícola corresponderá a conchas de moluscos, las que se obtendrán desde las diversas plantas de procesamiento de mariscos existentes en la X Región.
 
Los principales insumos que requerirá el Proyecto durante su etapa de Operación serán combustibles, energía eléctrica y agua para uso doméstico e industrial, cuya demanda variará en cada una de las tres etapas en que se desarrollará el Proyecto: Acopio, Planta 25.000 tpa y Planta 50.000 tpa.
 
La energía eléctrica será obtenida desde la red trifásica pública, y se estima un consumo total anual regulado por un transformador de 550 Kva., que será la potencia requerida para la operación del Proyecto a su máxima capacidad (50.000 tpa). Cuando corresponda, se procederá a solicitar las autorizaciones y se realizará la declaración de red eléctrica privada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). 
 
En caso de requerirse transformadores de potencia, se dará cumplimiento a la normativa que establece la prohibición de emplear PCBs.
 
En relación a los servicios básicos, se instalará una red de distribución particular de agua potable a partir de un pozo que se construirá en el predio, la cual será almacenada en un estanque de 2 m3 de capacidad, previa cloración. Dados los bajos volúmenes de consumo estimados (3.375 L/d), también se contempla como alternativa la compra de agua a un tercero autorizado.
 
El proyecto contempla emplear petróleo diesel como combustible en el secador de la planta de procesos. La Tabla siguiente, muestra el consumo de dicho combustible en función de la capacidad de producción de la Planta (25.000 y 50.000 tpa), esto considerando un funcionamiento durante 6 días de la semana, con 3 turnos de 8 horas cada uno:
 

 
Unidad
Planta 25.000 tpa
Planta 50.000 tpa
Consumo petróleo
L/semana
13.000
26.000

 
Se contempla contar con capacidad de almacenamiento para aproximadamente 1 semana de operación (a 50.000 tpa), para lo cual se instalará un estanque de 18 m3. Este estanque contará con todas las especificaciones técnicas y medidas de seguridad establecidos en el D.S. Nº 379/85, y estará debidamente inscrito en la SEC.
 
 
 
1.8 Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto o actividad
1.8.1 Emisiones a la Atmósfera
 
a) Fase de Construcción
 
Durante la etapa de construcción se generarán emisiones de material particulado producto de las actividades de despeje del terreno y movimientos de tierra, y además emisiones de gases de combustión desde los vehículos y maquinarias que se emplearán durante la construcción.
 
Dado lo acotado de la superficie a intervenir, correspondiente a menos de 0,5 has en el caso de la construcción de la planta de molienda (en los sectores de acopio no se intervendrá el suelo en forma previa a la disposición de conchas, salvo la construcción de las zanjas perimetrales y el camino de acceso) y a la alta humedad que se espera tenga el suelo producto de la elevada pluviometría que se registra en la zona, es posible anticipar que las emisiones de material particulado que se generen durante la construcción serán de baja magnitud.
 
Respecto de los vehículos y equipos de construcción, se exigirá que estos vehículos tengan un adecuado control mecánico, de manera que se asegure que la emisión de gases desde éstos sea mínima. Como se ha mencionado anteriormente, todas las actividades de mantención de maquinaria y equipos serán realizadas por terceros y fuera del predio.
 
 
En relación al Ruido generado durante la etapa de construcción, esté se circunscribirá al área donde se ejecutarán las obras civiles del proyecto, ocasionado por el movimiento de maquinaria utilizadas en la faena. Este ruido será temporal y de baja magnitud, por lo que no se contempla alteración del nivel de ruido basal en las casas ubicadas en la cercanía del Proyecto.
 
 
b) Fase de Operación
 
Durante la operación de la planta de producción de cal agrícola se generarán emisiones producto de la circulación de camiones de descarga de conchas y transporte de cal agrícola, y del cargador frontal y camión que operarán en las celdas de acopio y en la tolva de alimentación a la planta de molienda. La emisión de gases de combustión desde estos vehículos se controlará mediante una buena mantención mecánica.
 
Desde la planta de producción de Cal Agrícola se generarán emisiones de gases de combustión desde el secador. De acuerdo a los factores de emisión publicados por la Environmental Protection Agency de Estados Unidos (US EPA) en el documento “Compilation of Air Pollutant Emisión Factors, Volume I, Stationary Point and Area Source, AP – 42”, los valores de emisión esperados de dióxido de azufre, monóxido de carbono y óxidos de nitrógeno, son los siguientes:
 

 
Factor de Emisión 1 (kg/103L)
Consumo (L/día)
Emisión (g/día)
Emisión 3 (g/día)
 
SO2
CO
NOx
combustible 2
SO2
CO
NOx
SO2
CO
NOx
Petróleo
17
0,6
2,4
4344
73848
2606
10426
1,28
0,05
0,18
Notas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1: Factor de emisión expresado en kg emitido por cada 103 litros de combustible consumidos
2: Consumo máximo estimado para la planta de molienda con 50.000 toneladas anuales de capacidad
3: Considerando 16 horas de operación al día

 
Estos niveles de emisión son mínimos, y permiten asegurar que no alterarán los niveles de calidad del aire para estos gases en el entorno del predio donde se ejecutará el Proyecto, cumpliendo con la normativa de calidad vigente para cada uno de estos contaminantes.
 
Para controlar las emisiones de material particulado se ha contemplado la instalación de un filtro de mangas en la salida del ciclón. Los polvos colectados en estos filtros serán depositados en los silos de almacenamiento del producto final.    
 
En relación al ruido, durante la operación de la planta de molienda se generará ruido en el secador y en molino. En plantas similares a la que se propone construir se han realizado mediciones del ruido emitido desde estas fuentes, las cuales se resumen en la Tabla siguiente:
 

Planta
Sitio de Monitoreo
Leq
NPS máx
NPS min
Planta Cal Austral en Dalcahue 1
Medición de ruido dentro de galpón donde se ubica secador y molino
92,3
94,9
91,3
Planta Toralla S.A. 2
Proceso de Secado
95,23
 
 

 
Fuentes: 
1. Medición realizada en Febrero 2005 para verificar nivel de ruido operacional en Planta de Cal Austral ubicada en Dalcahue.
2. Extraído de DIA de “Planta de Transformación de Residuo Sólido en Carbonato de Calcio” presentado por Toralla S.A. a CONAMA X Región en el año 2003.
 
Ambas mediciones se realizaron dentro de los galpones que albergaban los equipos de molienda y secado de cada planta. A pesar de esto, si consideramos este valor como el nivel de emisión de ruido de una planta de secado y molienda (en la práctica el nivel de emisión al exterior es menor debido al efecto atenuante que representa el galpón en sí), consideramos la operación conjunta de dos plantas de secado y molienda (lo que en la práctica ocurrirá así cuando se produzcan 50.000 tpa de cal agrícola) lo que se refleja en un incremento de 3 dB(A) en el valor emisor de la fuente, y aplicamos la fórmula logarítmica de dispersión del ruido en la atmósfera, dada por la siguiente gráfica, tenemos que a una distancia de 500 metros (donde se ubica la casa habitación más cercana al Proyecto) se debe verificar el cumplimiento del D.S. 146/98. Al ser zona rural, el nivel esperado de ruido “con proyecto” no debe superar en 10 dB(A) al nivel de ruido basal monitoreado, que en este caso se ha estimado en 35 dB(A), nivel característico de una zona rural silenciosa.
 
Considerando el nivel de emisión más alto monitoreado en una planta de secado y molienda similar (95,2 dB(A)), y considerando la potencia sonora de dos fuentes equivalentes (98,2 dB(A)) se tiene que el nivel de ruido estimado a una distancia de 500 metros de la fuente será menor de 40 dB(A), lo cual es muy similar al nivel base estimado en dicho receptor, equivalente a 35 dB(A).
 
Estos antecedentes permiten afirmar que el Proyecto cumplirá con la norma de calidad sonora establecida en el D.S. N° 146/98. 
 
En relación a las emisiones a la atmósfera producto de la descomposición de los restos orgánicos que pudieran traer las conchas o conchillas las cuales se depositarán en la cancha de acopio, el proyecto contempla cubrirlas con polietileno ( plástico) a fin de no tener contacto con el agua ( lluvia) para no generar percolados y además evitar que se produzcan emanaciones de olores molestos, en caso de producirse la empresa deberá tomar las acciones pertinentes a fin de no generar molestias en el entorno.
 
1.8.2 Residuos Liquidos
 
Tal como se ha señalado anteriormente, el Proyecto contempla la habilitación de un sector de acopio de conchas previo al procesamiento de estas en la planta de secado y molienda. La operación del acopio y planta de proceso no produce efluentes líquidos directos asociados con un proceso industrial, pero las conchas llegarán a las canchas de acopio con un grado de humedad, parte de cual podría eventualmente percolar naturalmente hacia la superficie del terreno. Sin embargo, se ha determinado que, en el caso de que el proyecto, como esta concebido, genere este percolado, será en tal cantidad y calidad que no corresponderá a una fuente emisora de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nª 46.
 
La afirmación anterior, se genera en base a una serie de análisis, cuyo detalle se incluye en el Anexo 4 de la DIA, y que consisten básicamente en lo siguiente:
 
determinación del nivel de humedad de las conchas que se dispondrán en los acopios, construcción de un balance de agua para calcular la cantidad de agua que podría percolar, análisis de composición química del percolado que se genera desde el tipo de conchas que se acopiarán en el Proyecto, y determinación de la carga media diaria de percolado que generará el Proyecto.
 
La humedad de las conchas (propiamente tal) con que ingresan al acopio es un 16% en peso del total a recepcionar. Una vez acopiadas, las conchas irán perdiendo paulatinamente su humedad por evaporación y escurrimiento e infiltración en el terreno. Se ha determinado que el mínimo nivel de humedad que alcanzarán las conchas antes de ingresar a la planta de proceso para la producción de cal agrícola será de un 10% en peso, por lo que la humedad que escurrirá y percolará desde las conchas representará un 6% del peso de estas. Las conchas que serán procesadas directamente en la planta de molienda (sin pasar por el acopio) no van a contribuir al monto de percolado que se espera se genere.
 
Se ha determinado la densidad de las conchas, la cual dependerá de si estas vienen enteras, molidas o bien, una mezcla de ambas. Estas densidades se muestran en la tabla siguiente:
 

Tipo
Densidad Húmeda
(g/cm3)
Densidad Seca
(g/cm3)
Conchas Enteras
0,20
0,16
Molida
0,35
0,29
Material Mezclado
0,33
0,28

 
Considerando que el material mezclado será la mayoría del material que se dispone en los acopios, se asume una densidad de 0.33 ton/m3.
 
Con el objeto de caracterizar el percolado que se podría generar de un acopio de conchas, se efectuó un análisis experimental en el cual se tomó una muestra de conchas de similares características a las que se procesarán en la Planta de Cal Austral y se dejo expuesto a las precitaciones que se registran en el área del Proyecto.
 
Las conchas se dejaron dentro de un recipiente plástico esterilizado perforado en el fondo, luego un segundo recipiente recepciona las aguas percoladas desde el primero, es decir, contendrá las aguas lluvias y las propias de la materia a tratar (Conchas) en proporciones equivalentes al balance de agua estimada para la operación (usando un cubierto). En el Anexo 4 se muestran el procedimiento experimental realizado conjunto con fotos.
 
Se tomaron muestras diarias del líquido percolado en embases esterilizados para garantizar su nivel de preservación, y arbitrariamente se envió a análisis una muestra a un laboratorio certificado de acuerdo a los parámetros contenidos en el D.S. Nº 46/2002, estipulando con exactitud fecha y hora de toma de muestra.
 
Para determinar la carga media diaria de percolante que será generada en los acopios se debe estimar, en primer lugar, la cantidad de percolado que se puede generar en los acopios y ponderar dicho caudal por las concentraciones.
 
De acuerdo a las estimaciones descritas en el balance de agua del Anexo 4, se espera la generación de los siguientes caudales máximos de percolados para cada etapa del Proyecto.
 
tpa
10.000
25.000
50.000
m3/ día
0,6
1,5
3,0
 
Considerando el caudal máximo de infiltración esperable (3,0 m3/día en el escenario de producción de 50.000 toneladas anuales), se ha determinado la Carga Media Diaria la cual se ha contrastado con los límites establecidos en el DS 46/02 que definen una Fuente Emisora. 
 
De acuerdo a esto, al generarse una Carga Media Diaria inferior a lo establecido en la Tabla anterior del D.S. Nª 46/2002, se concluye que el Proyecto Acopio de conchas y Planta de Cal Agrícola Chiloé” no corresponde a una Fuente Emisora de acuerdo a lo establecido en esta normativa. 
 
Para minimizar la posibilidad de generación de líquidos percolados desde los acopios de conchas se ha contemplado el cubrimiento de estas con plástico y la construcción de zanjas perimetrales de conducción de aguas lluvias, de forma que se evite el ingreso de aguas a dichas celdas. Además, cabe señalar, que debido al buen drenaje del terreno (sin ñadis, ver anexo 7 de la DIA), no se acumulará o estancará el percolado, aspecto relevante en la selección del terreno.
 
Dadas las condicionantes aquí descritas (limitación contractual en la cantidad y calidad de conchas que se recibirán, buen sistema de manejo de precipitaciones y drenaje de escorrentías superficiales, cobertura plástica de acopios) se espera que el volumen de percolado a generar será bajo. La presencia de buenas condiciones de drenaje fue fundamental para la selección del terreno donde se ejecutará el Proyecto. Esta situación es por completo contraria a los acopios clandestinos de conchas existentes en la actualidad en distintos sectores de la Isla de Chiloé (ver anexo 7 de la DIA), dado que Proyecto consiste en un destino final para las conchas, vale decir transferir un residuo industrial a un insumo agrícola para consumo en la X región.
 
Para las aguas servidas generadas durante la etapa de construcción, se contempla el empleo de baños químicos que serán retirados periódicamente y manejados por una empresa autorizada para tal labor. El agua de bebida de los trabajadores será provista por agua envasada.
 
Para el manejo de las aguas servidas durante la operación, se contempla la construcción de una fosa séptica, a la cual convergerán las aguas servidas generadas en la planta, el casino y la oficina.
 
La operación de la planta de secado y molienda no generará residuos líquidos industriales de ningún tipo.
 
 
1.8.3  Residuos Sólidos
El Proyecto generará residuos sólidos domésticos durante las Fases de Construcción y Operación del Proyecto, los cuales serán retirados mediante el camión recolector que pasa tres veces a la semana por la ruta de Putemun, en las afueras del predio donde se construirá el Proyecto.
 
Los residuos sólidos industriales que se generen durante la Fase de Construcción deberán ser manejados y retirados por el contratista a cargo de la construcción de la planta de molienda. Se exigirá contractualmente la disposición de estos residuos en lugares autorizados.
 
Durante la Fase de Operación, eventualmente se pueden generar como residuos sólidos en la planta de secado, conchas de rechazo a raíz de su posible contenido de materia orgánica. Para esta eventualidad, se contempla el traslado a un vertedero autorizado.

CAPÍTULO II.

ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) S/N
Publicado por Cal Austral S.A. , con fecha 07/09/2006

Test de Admisión S/N
Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 13/09/2006

Of. Solicitud de Evaluacion DIA Nº1570
Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 14/09/2006

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA) S/N
Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 06/11/2006

Adenda S/N
Publicado por Cal Austral S.A. , con fecha 06/12/2006

Solicitud de Evaluacion de Adenda Nº2110
Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 12/12/2006

Resolucion de Ampliacion de Plazos Nº22
Publicado por CONAMA X, Región de Los Lagos, con fecha 08/01/2007

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº91/2006 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, X Región de Los Lagos, con fecha 26/09/2006; Oficio Nº151 sobre la DIA, publicado por Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos, con fecha 03/10/2006; Oficio Nº3451 sobre la DIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/10/2006; Oficio Nº819 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 16/10/2006; Oficio Nº533 sobre la DIA, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 20/10/2006; Oficio Nº1036 sobre la DIA, publicado por Ilustre Municipalidad de Castro, con fecha 24/10/2006; Oficio Nº2351 sobre la DIA, publicado por Dirección General de Aguas Puerto Montt, X Región, con fecha 24/10/2006; Oficio NºL/ 0894 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 02/11/2006; Oficio Nº183 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos, con fecha 03/01/2007; Oficio Nº010 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección General de Aguas Puerto Montt, X Región, con fecha 03/01/2007; Oficio Nº011 sobre la Adenda 1, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 04/01/2007; Oficio Nº021 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 08/01/2007; Oficio Nº183 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos, con fecha 12/01/2007; Oficio NºL/ 0011 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 14/01/2007;

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Acopio de Conchas y Planta de Cal Agrícola Chiloé ', han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA X, Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

Dirección General de Aguas Puerto Montt, X Región
Dirección Regional de Vialidad, X región
Ilustre Municipalidad de Castro
SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, X Región
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, X Región de Los Lagos
Sernatur, X Región de Los Lagos
Servicio Agrícola Y Ganadero, X Región de Los Lagos
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Acopio de Conchas y Planta de Cal Agrícola Chiloé ' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

Of. no Participacion en la Evaluacion Nº1355
Publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 25/10/2006

 

CAPÍTULO III.

CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

 
 
 
 
MATERIA
TEXTO LEGAL
ESTABLECE
FORMA DE CUMPLIMIENTO
Medio Ambiente e Institucionalidad Vigente
Constitución Política
Artículo 19
El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. En virtud de lo cual la realización de todo Proyecto o actividad debe respetar este derecho fundamental.
El proyecto debe  someterse  al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)
Ley de Bases del Medio Ambiente
 
Ley 19.300
Ley de Bases del Medio Ambiente
Ministerio Secretaría General de la República
 
El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la preservación del patrimonio ambiental.
Contempla entre los instrumentos de gestión ambiental el sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA)
El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la presentación de esta Declaración de Impacto Ambiental
Reglento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
D.S. Nº 95/01
Reglamento del SEIA
Ministerio Secretaría General de la República
 
Establece las normas por las cuales se rige el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los criterios para decidir entre estudio o declaración de impacto ambiental (DIA o EIA), los plazos y procedimientos de evaluación, los permisos ambientales sectoriales.
El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), a través de la presentación de esta DIA.
Presenta la normativa de carácter ambiental a cumplir y los requisitos de los Permisos Ambientales Sectoriales que requiere.
Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo
 
 
Agua Potable, Aguas Servidas y Residuos Líquidos Industriales
 
 
D.S. 594 de 1999.
Ministerio de Salud.
Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo
 
Párrafo II, Art. 12 – 15 y Párrafo IV, Art. 21 – 26
Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Reglamenta aspectos relacionados con la provisión de agua potable, servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas.
 
 
 
 
 
 
 
Establece la necesidad de ventilación, por medios naturales o artificiales, de los lugares de trabajo para proporcionar condiciones ambientales confortables y que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador. Dispone que los agentes contaminantes sean captados y que se impida su dispersión por el local de trabajo.
 
Establece límites a la exposición de los trabajadores al ruido, asimismo la obligatoriedad de usar equipos de protección personal (audífonos) en el caso de superarse dichos niveles
 
Se dará fiel cumplimiento a este cuerpo legal.
El agua potable durante la construcción será abastecida a terreno en bidones sellados, los que serán suministrados por proveedores autorizados.
Durante la operación el agua será obtenida de pozo profundo y se le realizarán todos los tratamientos necesarios para cumplir con la NCh 409/84.
Los servicios higiénicos contarán con el número apropiado de acuerdo las disposiciones de este D.S.
Las aguas servidas serán tratadas y luego infiltradas según lo indica la normativa respectiva
Además estos deberán contar con implementos de seguridad ( vestimenta y equipos), como también un lugar para colación.
 
 
Durante la operación la Planta contara con filtros de manga como sistema de abatimiento de material particulado.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Los trabajadores expuestos al ruido deberán hacer uso de los elementos de protección personal que les serán entregados para éste fin.
 
 
 
Ley General de Urbanismo y Construcciones
DFL 458/76
Artículo 55 relativo al Cambio de uso de suelos
El proyecto presenta antecedentes para cumplir con este cuerpo legal sobre:
-   No afecta al recurso suelo
-   No genera nuevos núcleos al margen de la planificación urbana regional 
Ordenanza General de Construcciones
DS 47/93
Artículo 4.14.1 Calificación Industrial y de Bodegaje.
 El Titular presenta los antecedentes para que el proyecto sea calificado por la Autoridad Sanitaria.
Calidad del Aire y Emisiones a la Atmósfera
 
 
 
 
 
DFL 725 de 1967, Código Sanitario. Artículos 67, 83 y 89
Estos artículos corresponden a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Corresponde al Servicio Nacional de Salud, controlar los siguientes aspectos:
Factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de las personas.
Las municipalidades no podrán otorgar permisos sin previo informe de la autoridad sanitaria.
Conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que amenacen la salud y seguridad de las personas.
El proyecto acatará lo dispuesto en el Código Sanitario.
Se preservarán los lugares de trabajo en forma limpia y libre de riesgos.
Los trabajadores recibirán el equipo de protección personal apropiado a las actividades que realicen.
Emisión de Material Particulado
D.S. Nº 4, de 1992.
Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales.
Ministerio de Salud
Prohíbe las emisiones de gases y partículas no efectuadas a través de chimeneas o ductos de descarga, salvo autorización expresa en contrario del Servicio de Salud.
Además, establece límites a la emisión de material particulado.
La Planta contara con filtros de manga como sistema de abatimiento de material particulado.
Emisión de Ruidos de Fuentes Fijas
D. S. 146 de 1997.
Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Este reglamento establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continua y criterios técnicos para evaluar y clasificar la emisión de ruidos molestos en áreas urbanas y rurales.
De acuerdo a lo indicado en el Anexo C, el proyecto cumple con los límites establecidos en este decreto.
El Proyecto en su etapa de construcción generará ruido a partir de las actividades propias de este tipo de proyectos, tales como:
·            Excavaciones de obras civiles y fundaciones.
·            Compactar el material reutilizado de las excavaciones.
·            Montaje de las estructuras de la planta.
Durante la etapa de operación, la principal fuente de ruido estará constituida por la operación del molino y el secador. Éste estará instalado al interior de un edificio que dispondrá de un aislamiento acústico adecuado.
 
Residuos Peligrosos
D.S Nº 148, de 2003
Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Ministerio de Salud
Respecto del manejo de residuos peligrosos, establece las exigencias para los generadores, transportistas y destinatarios. Además establece los procedimientos analíticos para la identificación y clasificación de los residuos peligrosos y los estándares para su almacenamiento, transporte, reuso y reciclaje, incineración y disposición final.
El Proyecto no generará sustancias peligrosas como resultado de sus actividades
Monumentos Nacionales, Recursos Culturales y restos o vestigios de carácter histórico antropológico, arqueológico o paleontológico
Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales
D. S. Nº 484 de 1990, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales
Ministerio de Educación Pública
Protección de los recursos culturales.
Imponen, ambos, a toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico antropológico, arqueológico o paleontológico, la obligación a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador de la provincia, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él.
El titular dará fiel cumplimiento a este cuerpo legal, ante el hallazgo de cualquier resto de interés patrimonial, se dará avisó inmediato a las autoridades competentes, deteniendo las actividades de construcción.
 
D.F.L. Nº 850, de 1997.
Ministerio de Obras Públicas
Este DFL establece, entre otras cosas, lo siguiente:
Prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
Prohíbe la evacuación de aguas lluvias y de cualquier especie a alguna ruta MOP.
Prohíbe el desecho o vertido de materiales o basuras de cualquier tipo hacia las rutas MOP. Además prohíbe desviar, cortar o entorpecer la libre circulación vehicular por rutas MOP.
Los propietarios de predios colindantes con caminos nacionales sólo podrán abrir caminos de acceso a éstos con autorización expresa de la Dirección de Vialidad. Además, dicha Dirección podrá prohibir cualquier otro tipo de acceso a esos caminos cuando puedan constituir un peligro para la seguridad del tránsito o entorpecer la libre circulación por ellos.
La planta contará con una romana para el control de peso de camiones.
Las aguas lluvia no serán dispuestas en las rutas.
De ser necesario habilitar accesos, estos serán tramitados ante la Dirección de Vialidad del MOP para su aprobación.
 
D.S. Nº 75, de 1987.
Sobre contaminación atmosférica causada por el transporte de áridos y sustancias odoríferas
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
El Artículo Nº 2 de este establece que la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire.
Se exigirá a los contratistas que el movimiento de materiales que pueda generar material particulado, en cualquier etapa del proyecto, cumpla con la normativa con respecto a la instalación de lonas sobre las cargas.
 
D.S. 90 de 1996
 Reglamento de Seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo
Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.
Establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo, como también los requisitos mínimos de seguridad que se deben observar en las operaciones que se realicen con dichos combustibles, con el fin de resguardar a las personas y los bienes, y preservar el medio ambiente
Se solicitarán los permisos necesarios para la instalación de los estanques para el almacenamiento de combustibles.
 
D.S. 379 de 1985
Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento de Combustibles Líquidos derivados del petróleo destinado a consumo propio.
Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción
Reglamenta las medidas de seguridad que se deben adoptar en terrenos particulares donde se almacenen y manipulen combustibles líquidos derivados del petróleo
Se solicitarán los permisos necesarios para la instalación de los estanques para el almacenamiento de combustibles.
 
 
 
 

Nº de Ley
Cuerpo Legal
Materia que Regula
Cumplimiento
Ley 19.300
Ley de Bases General Sobre el Medio Ambiente
Artí 8 y 10 Respecto a la pertinencia de ingresar al SEIA
El proyecto se somete al SEIA
DS 95/2001
Reglamento del SEIA
Respecto a los antecedentes específicos del proyecto.
 
Acreditación de cumplimiento de Normativa Ambiental Aplicable
 
Acreditación de Permisos Ambientales
Sectoriales
El proyecto ingresa al SEIA como DIA y presenta antecedentes que indican cumplimiento de normativa aplicable y de Permisos Ambientales
DFL 458/75
Ley General de Urbanismo y Construcciones
Artículo 55 relativo al Cambio de uso de suelos.
 
 
 
 
 
 
 
El proyecto presenta antecedentes para cumplir con este cuerpo legal sobre:
 
-   No afecta al recurso suelo
 
-   No genera nuevos núcleos al margen de la planificación urbana regional 
 
 
DFL 725/67
Código Sanitario
 Artículo 71 letra b) Relativo a la construcción de obra destinada a la evacuación y tratamiento de aguas servidas
 El proyecto deberá contar con un sistema de tratamiento de las aguas servidas, según los antecedentes estos serán tratados para luego ser infiltrados. 
Ley 17.288
Monumentos Nacionales
 Artículo 26 relativo al hallazgo de restos arqueológicos 
 El Titular deberá dar aviso en caso de encontrar vestigios de monumentos arqueológicos y cualquier otro del patrimonio cultural.
DS 146/97
Reglamento de Emisión de Ruidos de Fuentes Fijas
 
El Proyecto en su etapa de construcción y operación generará ruido a partir de las actividades propias de este tipo de proyectos.
 
El Tiutlar deberá tomar las medidas para cumplir esta normativa.
 
DS 90/2000
Norma de Emisión a Aguas Superficiales
Establece normas a cumplir para fuentes emisoras, en particular se aplica a este proyecto la Tabla 3 sobre Limites de Emisión sobre Cuerpos Lacustres
El Titular deberá cumplir con tabla 3.
 a objeto de cumplirla presenta compromiso voluntario y monitoreo más estricto, por un periodo de 12 meses.
Nch 1333
Norma Chilena de Calidad de Aguas Para la Vida Acuática
Respecto a la concentración de Oxigeno Disuelto y Tº
El Titular deberá cumplir con una concentración mínima de 5 mg/l y un aumento máximo de 3 ºC de las Aguas del Estero Carrión
DS 594/99
Reglamento Sanitario Ambiental de Los Trabajadores
Respecto a las condiciones de seguridad y de trabajo de los operarios
El proyecto deberá contar con instalaciones sanitarias para los trabajadores tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.
 
Además estos deberán contar con implementos de seguridad ( vestimenta y equipos), como también un lugar para colación.

 
 

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos.
 
 
 Según los antecedentes analizados durante el proceso de evaluación ambiental no habría un riesgo significativo para la salud de la población debido a las siguientes medidas:
- En cuanto a los residuos líquidos
Las conchas se acopiarán en sectores habilitados con zanjas de  drenajes para evitar mezclarse con aguas lluvias y producir percolados. Asi mismo se cubrirán las conchas acopiadas para que la lluvia no genere  percolados. Por lo tanto no se generarán peroclados o Riles.
- En cuanto a los residuos sólidos
El Proyecto generará residuos sólidos domésticos durante las Fases de Construcción y Operación del Proyecto, los cuales serán retirados mediante el camión recolector que pasa tres veces a la semana por la ruta de Putemun, en las afueras del predio donde se construirá el Proyecto.
 
Los residuos sólidos industriales que se generen durante la Fase de Construcción deberán ser manejados y retirados por el contratista a cargo de la construcción de la planta de molienda. Se exigirá contractualmente la disposición de estos residuos en lugares autorizados.
 
Durante la Fase de Operación, eventualmente se pueden generar como residuos sólidos en la planta de secado, conchas de rechazo a raíz de su posible contenido de materia orgánica. Para esta eventualidad, se contempla el traslado a un vertedero autorizado.
- En cuanto a las emisiones a la atmósfera
Durante la operación de la planta de producción de cal agrícola se generarán emisiones producto de la circulación de camiones de descarga de conchas y transporte de cal agrícola, y del cargador frontal y camión que operarán en las celdas de acopio y en la tolva de alimentación a la planta de molienda. La emisión de gases de combustión desde estos vehículos se controlará mediante una buena mantención mecánica.
 
Desde la planta de producción de Cal Agrícola se generarán emisiones de gases de combustión desde el secador.
Para controlar las emisiones de material particulado se ha contemplado la instalación de un filtro de mangas en la salida del ciclón. Los polvos colectados en estos filtros serán depositados en los silos de almacenamiento del producto final. 
 
 
b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo aire y agua.
 
Según los antecedentes analizados durante el proceso de evaluación no se generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo aire y agua. Lo anterior debido a que
- El proyecto no genera Riles, por lo que no se conaminarán cursos de agua superficial ni subterránea.
- Las emisiones a la atmósfera serán controladas debido a que el proyecto contará con filtros de mangas que atrapan las particulas mayores que se producen en el proceso productivo.
- El suelo no será intervenido en forma significativa. además se tomarán medidas para evitar la erosión.
 
c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
 
 
El proyecto no  produce reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
 
 
 
d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en
que se pretende emplazar.
 
Según los antecedentes analizados en el proceso de evaluación de impacto ambiental el proyecto no se encuentra próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
 
e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona
 
Según los antecedentes analizados en el proceso de evaluación de impacto ambiental el proyecto no produce alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico. A lo anterior se agrega los compromisos asumido por el Titular a fin de usar colores ármonicos y establecer una cortina vegetal en el frontis del proyecto que da a la ruta a Dalcahue.
 
 
f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
 
 
Según los antecedentes analizados en el proceso de evaluación de impacto ambiental el proyecto no produce alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
 
Sin embargo en caso de encontrar vestigios se deberá cumplir con la normativa vigente al respecto.
 
 

CAPÍTULO IV.

INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

El proyecto requiere de los siguientes permisos ambientales sectoriales:
Artículo 91.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario,
a)                 En caso de disposición de las aguas por infiltración:
a.1. La profundidad de la napa en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante.
a.2. La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción.
a.3. La cantidad de terreno necesario para filtrar.
a.4. La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas.
Antecedentes del Permiso:
a) La napa se encuentra aproximadamente a 40 mts de profundidad
b) El suelo presenta condiciones para infiltración ( no son suelos ñadis)
c) La cantidad de terreno necesaria para infiltrar es de 33 mts.2 aproximadamente
d) La descarga corresponde a aguas servidas domésticas ( alta carga orgánica y de coliformes fecales).
Artículo 93.- En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de trata­miento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº725/67, Código Sanitario.
Se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:
a)       Aspectos Generales:
a.1. Definición del tipo de tratamiento.
a.2. Localización y características del terreno.
a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.
a.4. Obras civiles proyectadas y existentes.
a.5. Vientos predominantes.
a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implemen­tar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.
a.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas.
a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.
a.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta.
Antecedentes del Permiso:
a.1) El tratamiento corresponde a la reutilización de un residuo como insumo para la generación de cal agrícola.
a.2) Según los antecedentes el proyecto se llevará a cabo en un predio de 4 hectáreas, ubicado en el sector de Tey ( Comuna de Castro). El terreno es plano desprovisto de vegetación arbustiva.
a.3) El residuo a utilizar son conchas y conchillas sin restos orgánicos. En cuanto a la cantidad de residuo a utilizar esta variará de 25 a 50 mil toneladas.
a.4) Se contemplan las sigueintes obras:
cancha de acopio, canales perimetrales en cada celda, accesos vehiculares. En cuanto a la planta se contempla cimientos de hormigón, pavimento de hormigón, pozo profundo,  etc.
a.5) En el área predominan los vientos con dirección Nor-Oeste.
a.6) Las medidas son: Cubrimiento de los residuos, tratamiento de aguas servidas,
a.7) Las principales características principales: No existen cuerpos de agua superficiales en las inmediaciones, en cuanto a las hidrogeologia en el área se presenta un acuífero no confinado de una profundiad media de 40 mts.
a.8) Plan de prevención de riesgos: El proyecto presenta un Plan que se describe en lel capitulo de Permisos Ambientales  de la DIA.
a.9) El manejo de los resiudos se describe en forma pormenorizda en la DIA. 
Artículo 94.- En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Antecedentes del Permiso:
En anexo 6 de la DIA se entregan los antecedentes del permiso, entre estos la memoria tecnica con los antecedentes específicos del proyecto, el proceso productivo , las medidas de control por contaminación biológica, fisica y quimica, caracteriticas de las sustancias peligrosas a utilizar y las medidas de control ante riesgos a la comunidad, así como las medidas de protección a los trabajadores.
  
Artículo 96.-         En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
En la  Declaración de Impacto Ambiental,  se deberán señalar las medidas y/o condiciones ambientales adecuadas, en consideración a:
a)                 la pérdida y degradación del recurso natural suelo, y
b)                 que no se generen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana-regional.
Antecedentes del Permiso:
a) Según los antecedentes expuestos en el proceso de evaluación ambiental el suelo no sufrirá una perdida o alteración significativa, lo anterior debido a las siguientes medidas:
- Los suelos se estabilizarán así como los taludes
- Se mantendrá la cubierta vegetal en las zonas no ocupadas
En cuanto a sus características, el suelo es de origen volcánico ( cenizas) siendo de capacidad de uso IV.
b) El proyecto es una construcción aislada, no constituyendo un nuevo núcleo al margén de la planificción urbana regional.

CAPÍTULO V.

COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

El Titular del Proyecto asume los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 a) Concentrar sus actividades en el área de emplazamiento de obras que se muestra en el Plano incluido en el Anexo 2 de la DIA.
b) Pintar los edificios e instalaciones con pinturas que permitan su mimetización con el entorno.
c) Implementar una cortina de árboles en todo el perímetro del predio donde se ejecutará el proyecto, ampliando de este modo el compromiso suscrito en el Capítulo 6 de la DIA que se refería solo a plantar árboles en el lado sur del terreno.
d) Revegetar el área una vez que cese la vida útil del proyecto.

CAPÍTULO VI.

OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

No hay otras observaciones relacionadas con el proyecto.


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=4e/11/b3efe7f829b0337a9de843acae99cd92edbd


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