REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA | Califica Ambientalmente el proyecto "Conexión Cardones" Resolución Exenta Nº 181 Copiapó, 9 de Septiembre de 2015 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 18 de junio de 2015, su Adenda de fecha 03 de agosto de 2015, del proyecto “Conexión Cardones”, presentado por el Sr. Juan Alejandro Lorenzini Lorenzini, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Conexión Cardones”. 3°. El Acta de Evaluación N° 29 de fecha 24 de agosto de 2015, elaborada por el Comité Técnico. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Conexión Cardones” de fecha 26 de agosto de 2015. 5°. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, de fecha 02 de septiembre de 2015. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Conexión Cardones”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1°. Que, Transmisora Eléctrica del Norte S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Conexión Cardones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Antecedentes del Titular | Nombre o razón social | Transmisora Eléctrica del Norte S.A. | Domicilio | Avda. Apoquindo 3721 piso 8, Las Condes, Santiago | E-mail | alejandro.lorenzini@edelnor.cl | Nombre representante legal | Juan Alejandro Lorenzini Lorenzini | Domicilio representante legal | Avda. Apoquindo 3721 piso 8, Las Condes, Santiago | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de agosto de 2015, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: · Acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. · No genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 y los artículos 5,6,7,8,9 y 10 del Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. · Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 138, 140, 142, 151, 156, 157 y 160 del RSEIA. 3°. Que, en sesión de fecha 02 de septiembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Conexión Cardones”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de agosto de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. Antecedentes generales | Objetivo general | El proyecto tiene por objetivo interconectar el Proyecto “Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones - Cardones” de propiedad de Transmisora Eléctrica del Norte S.A., con la Subestación Cardones, de propiedad de Transelec. | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). b.2. Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte. | Vida útil | · Etapa de construcción: 24 meses · Etapa de operación: 50 años · Etapa de cierre: 9 meses. | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | Se dará inicio a la ejecución del Proyecto con la actividad de emplazar la instalación de faenas del proyecto, que se estima para septiembre de 2015. En la figura C1-3 del Capítulo 1 de la DIA, se presenta el cronograma de actividades de construcción del Proyecto. | Proyecto se desarrollará por etapas | SI | NO | | | [X] | Proyecto modifica un proyecto o actividad | SI | NO | | | [X] | 4.2. Ubicación del Proyecto | División político-administrativa | Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Copiapó. | Descripción de la localización | El Proyecto se ejecutará al sur de la subestación eléctrica Cardones existentes | Superficie | Obra | Superficie (ha) | Línea de Transmisión | 27,7 | S/E Unión | 13,8 | Accesos (construcción y mejoramiento) | 2,4 | Superficie Total del Proyecto | 43,9 | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | Coordenadas referenciales de las obras. Tabla. Coordenadas de las estructuras del trazado, Datum WGS 84, Huso 19S Estructura | Norte | Este | 1 (VS-1) | 6.955.706 | 359.411 | 2 | 6.955.758 | 359.426 | 3 | 6.955.889 | 359.653 | 4 | 6.956.149 | 359.959 | 5 | 6.956.279 | 360.110 | 6 | 6.956.409 | 360.262 | 7 | 6.956.536 | 360.417 | 8 | 6.956.662 | 360.573 | 9 | 6.956.788 | 360.728 | 10 | 6.956.913 | 360.884 | 11 | 6.957.039 | 361.040 | 12 | 6.957.163 | 361.198 | 13 | 6.957.287 | 361.355 | 14 | 6.957.410 | 361.511 | 15 | 6.957.534 | 361.669 | 16 | 6.957.657 | 361.826 | 17 | 6.957.779 | 361.985 | 18 | 6.957.902 | 362.142 | 19 | 6.958.027 | 362.299 | 20 | 6.958.152 | 362.457 | 21 | 6.958.195 | 362.512 | 22 | 6.958.299 | 362.656 | 23 | 6.958.509 | 362.690 | 24 | 6.958.613 | 362.793 | Tabla. Vértices S/E Unión Vértice | Coordenadas WGS84 | Norte (m) | Este (m) | A | 6.955.765 | 359.486 | B | 6.955.491 | 359.748 | C | 6.955.254 | 359.499 | D | 6.955.533 | 359.241 | | Caminos de acceso | El acceso a los lugares del proyecto se realizará a través de: ruta 5 Norte (salida sur de Copiapó), Ruta C-386 (ruta bypass de Copiapó), ruta C-412, ruta C-397 y caminos de tierra existentes. | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | En el Anexo N° 3 de la DIA, se presenta cartografía en formato kmz y shape de la localización de las obras. | 4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto | 4.3.1. Fase de construcción | Instalación de Faenas | Considera oficinas, bodega y pañol de maquinarias y herramientas y se encontrará emplazada al interior del terreno destinado a la S/E Unión. | Habilitación del acceso a las estructuras | Los accesos a utilizar y a desarrollar en el Proyecto se clasifican en tres grupos: · Accesos existentes que poseen al menos 4 m de ancho: no se efectuará ningún tipo de mejoramiento. · Accesos existentes que poseen menos de 4 m de ancho: se ensancharán y mejorarán hasta alcanzar los 4 m de ancho. · Accesos a construir: En el sector de la S/E Unión, será necesaria la habilitación de accesos, lo que se realizará dentro de la franja de intervención de la línea de 220 kV, el que tendrá una longitud de 250 m. | Movimiento de tierra | El movimiento de tierra asociado al Proyecto considera un volumen total de 14.820 m3, en una superficie total de 206.440 m2 (Tabla C1-9: Volumen de movimiento de tierras y superficie del Proyecto, DIA), del cual un 45% será reutilizado en relleno compactado y el resto del material será dispuesto en lugar autorizado. | Construcción línea de transmisión | a. Construcción de fundaciones · Excavación Si durante las actividades de excavación hay imposibilidad por medios mecánicos de realizarla, se hará uso de explosivos, para lo cual se presentará ante la Autoridad Ambiental competente, previo a la utilización de explosivos, los antecedentes de las áreas, obras o circunstancias, indicando cantidad de explosivos a utilizar, lugar en que se utilizarán, periodicidad de su uso, descripción de la flora, vegetación y fauna existente en el lugar, si existe población cercana y a qué distancia. · Instalación barra de fundación · Enfierradura y moldajes · Proceso de hormigonado Se realizará un proceso de hormigonado, con un máximo de 7 camiones para las fundaciones de una torre. Para el lavado de la canaleta de los camiones mixer se dispondrá de un tambor de acumulación de residuos, una vez endurecido los residuos de hormigón se retirarán y dispondrán en botadero autorizado. · Verificación de la correcta fijación de las barras de fundación b. Montaje de estructuras, aisladores, tendido de conductores y cable de guardia | Construcción de la S/E Unión | a. Construcción de fundaciones Se requerirá 10.000 m3 de hormigón. b. Montaje electromecánico | Insumos | Insumos | Cantidad | Agua potable | 21 m3/día | Agua Industrial | 10 m3/día | Combustible | 1.000 l/mes | Áridos | 1.000 m3 | Sustancias Peligrosas | 1270 l | Energía eléctrica | 150 kVA | | Recursos naturales renovables | El Proyecto no considera la afectación de recursos naturales como flora y fauna. | Emisiones y efluentes | Emisiones Atmosféricas En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se señala que las emisiones atmosféricas generadas en la construcción de las obras, se generarán debido a actividades como excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, equipos electrógenos, etc. | MP10 | MP2,5 | NOx | CO | TOTALES (kg/día) | 74,01 | 34,68 | 163,7 | 42,01 | Ruido En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se entrega una estimación de niveles de presión sonora en 1 receptor que es la Posada La Agustina y que se encuentra a 180 m del proyecto, considerando el funcionamiento simultaneo de la maquinaria o equipos, alcanzan los 60 dB(A) en horario diurno (el proyecto no contempla actividades en horario nocturno), valor inferior al máximo permitido. Residuos Líquidos Durante la etapa de construcción de las obras se generarán residuos líquidos de origen doméstico correspondiente al uso de los baños químicos y PTAS. Se estima una cantidad de 16,8 m3/día. | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.4, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles a su Proyecto. Todos los residuos sólidos generados en la obra, serán almacenados en los lugares de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos aprobados por la SEREMI de Salud de Atacama. Además, se adjunta el procedimiento de registro y seguimiento de residuos sólidos. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV y V. | 4.3.2. Fase de operación | Mantenimiento Línea de Alta Tensión | Consistirán en servicios asociados a la inspección visual de la línea, limpieza de la franja de seguridad, cambio de unidades en la cadena de aisladores y de unidades en la ferretería. · Mantenimiento preventivo: considera el lavado de aisladores con agua presurizada con la línea energizada, inspección visual de estructuras y cadenas de aisladores, mediciones de termografía y verificación y mantenimiento de pinturas. La inspección de aisladores y estructuras a lo largo de toda la línea, se realizará al menos cuatro veces al año. El lavado de aisladores de la línea de transmisión y subestación se realizará al menos cuatro veces al año con agua presurizada. · Mantenimiento correctivo programado, cuando se detecten anomalías. · Mantenimiento correctivo contra fallas. · Reparaciones de emergencia. | Mantenimiento Subestación eléctrica | Las inspecciones visuales se realizarán en forma trimestral (cuatro al año). - Mantenimiento Preventivo: consiste en el lavado de aislación e inspección mediante termografía para los conductores. - Mantenimiento Correctivo contra fallas. - Reparaciones de emergencia. | Insumos | Insumos | Cantidad | Agua potable | 1 m3/día | Agua Industrial | 260 m3 /año | Combustible | 200 l/mes | Áridos | --- | Sustancias Peligrosas | 5 l/mes | Energía eléctrica | 30 KVA | | Recursos naturales renovables | El Proyecto no considera la extracción ni explotación de recursos naturales renovables. | Emisiones y efluentes | Emisiones Atmosféricas En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se informa que se generarán bajas emisiones de material particulado o gases de combustión, las cuales serán eventuales y esporádicas, debido a que corresponden a actividades de inspección y mantenimiento de la línea de transmisión, las cuales se realizarán con una baja frecuencia (aproximadamente 4 veces al año) y algunas actividades eventuales de respuesta ante la presencia de anomalías. Ruido En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se señala que los niveles de ruido del Proyecto, corresponde a la ionización del aire que rodea a los conductores de alta tensión, donde el NPS para una línea de transmisión de 220 kV es del orden de 40 dB(A) en el sector inmediatamente debajo y menores de 45 dB(A) según indica la norma nacional. Además, la subestación puede llegar a alcanzar intensidades del orden entre los 37 y 48 dB(A). Residuos Líquidos Durante la etapa de operación de las obras se generarán residuos líquidos que serán manejados a través de una PTAS. Se estima una cantidad de 1,2 m3/día. | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.4, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles a su Proyecto. Todos los residuos sólidos generados en la obra, serán almacenados en los lugares de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos aprobados por la SEREMI de Salud de Atacama. Además, en Adenda, se adjunta el procedimiento de registro y seguimiento de residuos sólidos. | 4.3.3. Fase de cierre | Se realizará un desarme y traslado de las estructuras, las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta unos 30 cm de profundidad, para luego esparcir suelo proveniente del mismo sector. | 4.4. Descripción de las fases del Proyecto | 4.4.1. Fase de construcción | Fecha estimada de inicio | Septiembre de 2015 | Parte, obra o acción que establece el inicio | Instalación de faenas | 4.4.2. Fase de operación | Fecha estimada de inicio | Julio del 2017 | Parte, obra o acción que establece el inicio | Puesta en servicio | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos | Impacto no significativo | Emisiones Atmosféricas En lo referente a las principales emisiones a la atmósfera del proyecto, se concluye que se encuentran asociadas a material particulado MP10, MP2,5, CO y NOx. Al respecto, se presentan compromisos ambientales voluntarios, los que se señalan en el considerando N° 8 del presente documento. | Parte, obra o acción que lo genera | Las acciones que genera mayores aporte de emisiones de material particulado son las excavaciones, tránsito de camiones, construcción de fundaciones, equipos electrógenos, etc. | Fase en que se presenta | Construcción | Impacto no significativo | Ruido De acuerdo a la estimación de niveles de presión sonora realizada de considerando el funcionamiento simultaneo de la maquinaria o equipos en 1 receptor, para el periodo diurno, se determinó que se cumple con el D.S 38/2011. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | Fase en que se presenta | Construcción | Impacto no significativo | Residuos El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos sólidos y líquidos que se generarán en cada etapa del proyecto. Los residuos sólidos y líquidos generados serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, para luego transportados por empresas autorizadas hacia destinatarios de disposición final que cuenten con autorización para este fin. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y Operación de las obras. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | No se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. | 5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire | Impacto no significativo | Para el componente Flora y Vegetación, se identificaron 18 especies de flora, 10 son nativas y 8 endémicas, de las cuales 4 especies se encuentran en categoría de conservación y se registró 1 especie listada en el D.S N° 68/2009. Al respecto, se presentan compromisos ambientales voluntarios, los que se señalan en el considerando N° 8 del presente documento. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y Operación de las obras. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | Impacto no significativo | Respecto a la caracterización de fauna realizada, se detectaron 12 especies: 4 reptiles, 6 aves y 2 mamíferos, de las cuales 5 se encuentran en alguna categoría de conservación. Al respecto, se presentan compromisos ambientales voluntarios, los que se señalan en el considerando N° 8 del presente documento. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y Operación de las obras. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. | 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos | Impacto no significativo | Es posible indicar que el proyecto, no generará procesos migratorios o cambios en la estructura de la población local y no generará reasentamiento de comunidades humanas, no afectará el bienestar social básico y socio económico. El proyecto se desarrollará alejado de centros poblados, distante a más de 12 km de Copiapó y a 180 m aproximadamente del único receptor correspondiente al local comercial Posada La Agustina. Además, el proyecto se ejecutará sobre áreas previamente intervenidas por actividades antrópicas u obras asociadas a otros proyectos. Por lo que es posible indicar que los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos no se verán significativamente afectados por la construcción del Proyecto. Además, se señala que no se realizaran cierres de camino durante el despeje de la franja, la construcción de fundaciones o durante el montaje de las estructuras y que durante el tendido y la instalación de crucetas se realizarán actividades previas consistentes en el traslado e instalación de equipos de tendido, señalización del área de trabajo y cierre del perímetro cercano a los equipos; señalización en caminos a cruzar y la instalación de portales de protección de madera en caminos públicos y privados con tránsito. Asimismo, en el caso del bloqueo de un camino público o de uso público debido a la instalación de una estructura, se presentará en forma previa a la intervención, un plan de gestión de tránsito a la SEREMI de MOP de la Región de Atacama. Este plan contendrá los flujos de vehículos a utilizar, tipo de vehículos y periodicidad del flujo de transporte hacia el Proyecto. Además, se solicitarán a Vialidad los permisos correspondientes para el uso de caminos, además del cierre del camino y las medidas de control pertinentes (bandereros de tránsito, métodos de información a la comunidad y señaléticas apropiadas). | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y Operación de las obras. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | 5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar. | Impacto no significativo | el proyecto no se localiza próximo a población protegida por ley, recursos y áreas protegidas, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. El proyecto se encuentra emplazado dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido, éste posee una superficie total de 671.665,82 ha, y el área de intervención del Proyecto es de 43,9 ha, lo que representa el 0,007% de la superficie del sitio prioritario. Además, las áreas de intervención asociadas a la línea de transmisión (27,7 ha) en la práctica serán menores, puesto que existen intervenciones puntuales (torres y caminos de accesos). Asimismo, para este Sitio Prioritario se registra un total de 249 especies, de las cuales en el área de influencia solo se registraron 15 especies, lo que representa un 6,02% del total de la flora. Al respecto, se presentan compromisos ambientales voluntarios, los que se señalan en el considerando N° 8 del presente documento. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y Operación de las obras. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | El Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. | 5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona | Impacto no significativo | Según la información proporcionada durante el proceso de evaluación referida al Paisaje y Turismo, acompañado de fotomontajes presentados en la Fotografías C2-3 y C2-4, Capítulo 2 de la DIA, el área de influencia donde se emplazará el Proyecto, si bien es un paisaje destacado, no se detectó ningún tipo de elementos, características particulares o sitios singulares que hagan de esta zona un lugar único y destacable dentro de lo que es la Cordillera de la Costa, es decir, no se observan atributos naturales que le otorguen una calidad que lo hace único y representativo y el proyecto no producirá pérdida de naturalidad, ya que existe un nivel de intervención (centrales y tendido eléctrico) por lo que la zona presenta cualidades antrópicas de nivel medio. Debido a lo anterior, el Proyecto no generará afectaciones que alteren el valor paisajístico de la zona, sin embargo, se utilizarán colores en las estructuras privilegiando tonalidades claras y texturas etéreas o transparentes. Además, el área intervenida por el Proyecto no constituye una zona de valor turístico, ya que no cumple con los parámetros definidos por SERNATUR (2011). Finalmente, de acuerdo a las Áreas Turísticas Prioritarias (ATP) definidas por SERNATUR, la comuna de Copiapó cuenta con tres (3) ATP, siendo estas: Ojos del Salado-Cordillera de Atacama, Barranquilla-Totoral y Valle de Copiapó, esta última es la que presenta mayor cercanía con el Proyecto, encontrándose distante a 9 km. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | Fase en que se presenta | Construcción | El Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. | 5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural | Impacto no significativo | De acuerdo a este componente, se detectaron 2 hallazgos, correspondientes a un rasgo aislado y un hallazgo aislado, ambos de cronología indeterminada. Estos hallazgos no serán intervenidos, por lo que se descarta la afectación de dichos hallazgos, sin embargo, se implementarán compromisos ambientales voluntarios, los que señalan en el considerando N° 8 del presente documento. | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | Fase en que se presenta | Construcción | El Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. | 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos | 6.1.1. Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº725/1967, Código Sanitario, del artículo 138 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre | Parte, obra o acción a que aplica | Se instalarán plantas de tratamientos de aguas servidas tipo ECO PAEX, con la capacidad de tratar un caudal 16,8 m3/día para la etapa de construcción y cierre y 2 m3/día para la etapa de operación, la cual se ubicará dentro de la subestación eléctrica Unión. | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA, Capítulo III y Anexo AD-1 del Adenda | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°1280, de fecha 10.08.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre | Parte, obra o acción a que aplica | Se acumulará temporal residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos, en una bodega que se ubicará en el sector de instalación de faena (Anexo C3-2, Plano de Ubicación de la DIA). | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA y Capítulo III y Anexo AD-1 del Adenda | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°1280, de fecha 10.08.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción, operación y cierre | Parte, obra o acción a que aplica | Se construirá un patio de almacenamiento de residuos peligrosos dentro del sector de la instalación de faena (Anexo C3-2, Plano de Ubicación de la DIA). | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA y Capítulo III y Anexo AD-1 del Adenda | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°1280, de fecha 10.08.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.4. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | Parte, obra o acción a que aplica | Para la construcción de la S/E Unión y la línea de transmisión, el Proyecto contempla la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, para lo cual se presenta un Plan de Trabajo de Formaciones xerofíticas para la especie Eulychnia acida. | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA y Anexo C3-3 de la DIA. | Pronunciamiento del órgano competente | La CONAF, Región de Atacama, mediante Ord. N°79-EA/2015, de fecha 08.07.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.5. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | Parte, obra o acción a que aplica | Se identificaron 4 estructuras de la Línea de Transmisión (N° 3, 12, 21 y 23) que intervienen cauces intermitentes al sur del trazado para la crecida de periodo de retorno T=100 años (Figura C3-14 de la DIA). | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA. | Pronunciamiento del órgano competente | La DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°407, de fecha 10.07.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.6. Permiso para para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, del artículo 157 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | Parte, obra o acción a que aplica | La S/E Unión considera obras de protección consistentes en 3 canales abiertos (Tabla C3-11 Coordenadas de los canales, de la DIA), los cuales se implementarán alrededor de la Subestación y que permitirán encauzar las aguas de eventuales escurrimientos superficiales y devolverlas aguas abajo. Los canales serán trapezoidales revestidos en shotcrete, con una profundidad de 1 m y pendiente H:V = 0,5:1 y cada canal contará con disipadores de energía consistentes en peldaños de 30 cm de profundidad. Las alturas de cada uno de los 3 canales corresponden a: - Canal 1: 1,0 m - Canal 2: 1,0 m - Canal 3: 0,6 m | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA. | Pronunciamiento del órgano competente | La DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°407, de fecha 10.07.15, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 6.1.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del RSEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | Parte, obra o acción a que aplica | El Proyecto considera la construcción de una instalación de faenas temporal para la etapa de construcción del proyecto y el uso de un edificio de control y caseta de guardia para la etapa de operación, fuera de los límites urbanos (Anexo C3-6, Plano de Emplazamiento de la DIA). | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Capítulo 3 de la DIA. | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, mediante Ord. N°223, de fecha 20.07.14, se pronunció conforme en relación a este PAS. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: Componente/Materia: Aire | Norma | D.S. Nº144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza del Ministerio de Salud. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | Se considera los siguientes compromisos ambientales voluntarios para evitar las emisiones de polvo para la etapa de construcción: · Los caminos internos no pavimentados serán humectados. · Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado. · Se realizará una mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos. · Se exigirá una velocidad de 30 km. por hora en los caminos no pavimentados. · Humectación de terreno durante las excavaciones, donde se estima un consumo de 6 m3/día. Para lo cual en Adenda s e informa que se mantendrá un registro de la frecuencia y consumo de agua para este proceso en la instalación de faenas. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Aire | Norma | D.S. Nº138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica, modificado por el D.S. N° 90/2010 del Ministerio de Salud. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y cierre | Forma de cumplimiento | Se declarará las emisiones del proyecto correspondientes de los equipos electrógenos durante la etapa de construcción y cierre del proyecto, en la página www.declaracionemision.cl o en www.retc.cl. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Aire | Norma | D.S N° 75/87 Establece Condiciones para el Transporte de Carga del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Los camiones de transporte de materiales y carga del proyecto cumplirán las disposiciones establecidas, utilizando la señalización correspondiente en caso de traslado de equipos y materiales que lo requieran. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Aire | Norma | D.S N° 4/94, Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Durante todas las etapas del Proyecto, se contempla un programa de mantención periódica a los vehículos y se mantendrá un control de las revisiones técnicas de cada vehículo. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Aire | Norma | D.S N° 54/94 y D.S N° 55/94, Norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos y pesados del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Se exigirá que todos los vehículos motorizados del Proyecto, durante todas sus etapas, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el correspondiente certificado de revisión técnica y gases. Además, se verificará que los vehículos motorizados pesados como camiones y maquinarias inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 01 de Septiembre de 1994 porten el sello autoadhesivo que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten no serán admitidos en la obra. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Sustancias Peligrosas | Norma | D.S. N° 78/09, Aprueba Reglamento de Sustancias Peligrosas del Ministerio de Salud. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas que se utilizarán durante la construcción del proyecto (Tabla C1-13, DIA Conexión Cardones). | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Sustancias Peligrosas | Norma | D. S N° 160/09 del Ministerio de Economía y Fomento, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos y D.S N° 379/86 Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | El abastecimiento de combustibles y lubricantes que se requerirá durante todas las etapas se realizará en alguna estación de combustible y para el funcionamiento de equipos motorizados en los frentes de trabajo, se proveerá de combustible preferentemente en las instalaciones de faenas donde se habilitará un lugar de almacenamiento que no superará los 1000 l. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Residuos | Norma | D.F.L. Nº725/1968 del Ministerio de Salud, Código Sanitario. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Durante la etapa de construcción y cierre del proyecto se dispondrá de baños químicos en los frentes móviles, con un número de artefactos de acuerdo al número de trabajadores en la obra. Éstos serán provistos y mantenidos por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria. Además, para la etapa de construcción, operación y cierre, se instalará una planta de tratamiento, para lo cual se entregan los antecedentes requeridos para la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 138 de D.S.N°40/2011. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Residuos | Norma | D.S Nº594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Durante la etapa de construcción y cierre del proyecto se dispondrá de baños químicos en los frentes móviles, con un número de artefactos de acuerdo al número de trabajadores en la obra. Éstos serán provistos y mantenidos por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria. Además, para la etapa de construcción, operación y cierre, se instalará una planta de tratamiento, para lo cual se entregan los antecedentes requeridos para la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 138 de D.S.N°40/2011. Todos los residuos sólidos generados durante todas las etapas, serán acopiados temporalmente en el área de emplazamiento del proyecto y llevados a disposición final autorizado, para lo cual se entregan los antecedentes requeridos para la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 140 de D.S.N°40/2011. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Residuos Peligrosos | Norma | D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Los residuos peligrosos serán almacenados conforme esta normativa, para lo cual se entregan los antecedentes requeridos para la solicitud del permiso ambiental sectorial definido en el artículo 142 de D.S.N°40/2011. Además, la disposición final y transporte se realizará por empresas especializadas que cuenten con las autorizaciones respectivas. Asimismo, se señala que se declarará los residuos peligrosos que se generen en el Proyecto a través del portal de ventanilla única. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Flora | Norma | D.S N° 68/2009 del Ministerio de Agricultura. | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | Se registraron ejemplares de Eulychnia acida, para los cuales su presencia era mayoritaria en la formación vegetal, por lo cual se registró la presencia de Formaciones Xerofíticas. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Flora | Norma | Ley Nº 20.283 Ley Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | Se realizará la corta, destrucción o descepado de formaciones de Xerofíticas de Eulychnia acida, para lo cual se presentan todos los antecedentes del PAS 151. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Flora | Norma | D.S Nº 93/2009 (modificado por el D.S. 26/2011) del Ministerio de Agricultura | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | Se realizará la corta, destrucción o descepado de formaciones de Xerofíticas de Eulychnia acida, para lo cual se presentan todos los antecedentes del PAS 151. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Ruido | Norma | D.S N°38/2011 Establece Norma de emisión de ruido generados por fuente. Ministerio del Medio Ambiente | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | La estimación de niveles de presión sonora realizada de considerando el funcionamiento simultáneo de la maquinaria o equipos en 1 receptor para la etapa de construcción, para el periodo diurno, cumple con esta normativa. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Arqueología | Norma | Ley N°17.288/70, sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento contenido en el D.S. Nº484/90 | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | Forma de cumplimiento | Se presentaron compromisos ambientales voluntarios, como: señalética, cierre perimetral, inducción a trabajadores, monitoreo permanente y entrega de informes al CMN. No obstante, si durante el emplazamiento del proyecto aparecieran restos culturales mencionados en las leyes de Monumentos Nacionales y del Medio Ambiente (hallazgos arqueológicos o paleontológicos), se suspenderán inmediatamente los trabajos y se procederá según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los Artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y al Gobernador Provincial de la jurisdicción. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | Componente/Materia: Luminarias | Norma | D.S N° 43/2013 Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica del Ministerio del Medio Ambiente | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, Operación y Cierre | Forma de cumplimiento | Para las luminarias, se dará cumplimiento instalándose sólo luminarias que técnicamente cumplan con las exigencias. | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto se presentaron compromisos ambientales voluntarios. Componente | Medidas | Emisiones Atmosféricas | Para la etapa de construcción se implementarán los siguientes compromisos: · En los caminos no pavimentados se implementará un aglomerante. · Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado. · Se realizará una mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos. · Se exigirá una velocidad de 30 km/hr en los caminos no pavimentados, para lo cual se instalarán carteles. · Humectación de terreno durante las excavaciones, donde se estima un consumo de 6 m3/día. Para lo cual en Adenda se informa que se mantendrá un registro de la frecuencia y consumo de agua para este proceso en la instalación de faenas. | Medio Humano | · El Proyecto considerará que al menos el 5% de la mano de obra provenga de trabajadores de la comuna principalmente y de la región a la que pertenece el Proyecto y que para la etapa de operación al menos 2 personas (20%) serán de la Comuna de Copiapó. Para esto se generará un vínculo directo con la Oficina de Intermediación Laboral del Municipio de Copiapó, que permita promover capacitaciones y charlas técnicas en pro de obtener mano de obra calificada. Además, en Adenda se señala que como medio de verificación se entregará la planilla con el personal contratado, al inicio de cada etapa, a la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama con reporte a la Superintendencia del Medio Ambiente. · No se realizaran cierres de camino durante el despeje de la franja, la construcción de fundaciones o durante el montaje de las estructuras. · Durante el tendido y la instalación de crucetas se instalarán señalización del área de trabajo y cierre del perímetro cercano a los equipos; señalización en caminos a cruzar y la instalación de portales de protección de madera en caminos públicos y privados con tránsito. · Casos especiales se consideran los cruces a quebradas o caminos con alto tráfico, como la Ruta C-397, se deberán realizar principalmente las mismas maniobras descritas anteriormente. · En Adenda se informa que todos los vehículos de la empresa y de contratistas involucrados en las distintas etapas del Proyecto contarán con señalética indicando nombre de la empresa y del Proyecto. | Componente | Tipo de hallazgo | Medida | Indicador de cumplimiento | Animales | Fauna nativa en categoría de conservación | Desarrollo de charlas educativas sobre cuidado y valoración de la biodiversidad, con énfasis en la presencia de especies en categoría de conservación, por parte de un Biólogo. | Capacitación de personal, durante todas las etapas del proyecto y se mantendrá un registro. | Fauna nativa | Instalación de señalética durante todas las etapas del proyecto indicando la presencia de fauna nativa. | Se mantendrá un registro fotográfico. | Fauna nativa de baja movilidad | Desarrollo de un plan de perturbación controlada para reptiles y micromamíferos, siendo ejecutado en lo posible en la época estival, para la línea de transmisión eléctrica según lo informado en Adenda. | Se elaborará un informe de cumplimiento de la medida con registros fotográficos de su implementación. Este informe será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. | Fauna nativa | Durante la construcción quedará prohibido la caza, captura o colecta y alimentación de especies nativas, además de la introducción de animales domésticos. | Capacitación de personal y se mantendrá un registro. | Fauna nativa | Restricción del movimiento del personal y maquinarias. | Capacitación de personal y se mantendrá un registro. | Fauna nativa | Confección de cartillas con fotografías e información relevante sobre la fauna en categoría de conservación. | Se mantendrá un registro Fotográfico y de la cartilla impresa. | Fauna nativa | Se instalarán elementos disuasivos en la línea de alta tensión, como: -Desviadores de vuelo: tipo espiral y tipo luciérnagas, que se ubicarán en los cables de guardia, en el trazado completo de la línea de transmisión. -Peinetas (guardaperchas): que se instalarán en cada estructura (torres de transmisión). | Se elaborará un informe de cumplimiento de la medida con registros fotográficos de su implementación. Este informe será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. | Aves | En caso de encontrarse nidos en la LAT, no deberá ser interferido el proceso reproductivo de las aves hasta que este finalice y lo abandonen. | Informes deben ser remitidos a la SEREMI del Medio Ambiente y SAG, de la Región de Atacama, sin perjuicio de reportar a la SMA. | Fauna nativa | Se presentará un Plan de contingencia para actuar en caso de accidente o de encontrarse con fauna de alta movilidad herida en el área de influencia del proyecto, el cual debe coordinarse con el SAG, Región de Atacama. | Informes deben ser remitidos a la SEREMI del Medio Ambiente y SAG, de la Región de Atacama, sin perjuicio de reportar a la SMA. | Plantas | Flora nativa, herbáceas perennes y bulbosas pertenecientes al Desierto Florido | Se realizará la extracción y acopio de los primeros 50 cm de suelo orgánico en las áreas intervenidas, para la conservación del germoplasma, para especies herbáceas perennes y bulbosas, de los cuales los primeros 15 cm de suelo de las áreas a intervenir y reservarlo sin mezclarlo y depositarlo en áreas intervenidas o degradadas y el rescate de geófitas debe ser mediante harneado del suelo desde los 15 cm y hasta los 50 cm de profundidad. Se informa que esta actividad que considera las siguientes etapas: -Delimitación de las áreas a intervenir -Extracción del material genético -Acopio temporal del material edáfico -Disposición final del material edáfico: en sectores dentro de la servidumbre del proyecto, en sectores degradados o sectores aledaños al proyecto, en sectores degradados. | Se mantendrá un registro fotográfico. Los informes con los resultados serán remitidos a la CONAF, SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama y Superintendencia del Medio Ambiente. | Flora nativa, pertenecientes al Desierto Florido | Restricción del movimiento del personal y maquinarias. | Capacitación de personal y se mantendrá un registro de capacitación. | Flora nativa, perteneciente al Desierto Florido | Se prohibirá el uso de fuego. | Capacitación de personal y se mantendrá un registro de capacitación. | Flora nativa, perteneciente al Desierto Florido | Se implementará una capacitación específica sobre la valoración del Sitio Prioritario Desierto Florido. | Capacitación de personal y se mantendrá un registro de capacitación. | Flora en categoría de conservación | Se realizará el rescate y relocalización de los ejemplares de las especies suculentas en categoría de conservación. Respecto del rescate y relocalización de flora, el éxito de esta medida debe medirse cuando las precipitaciones en el área del proyecto superen los 15mm durante la operación del proyecto. Además, previo al inicio del proyecto, se detallará respecto a las áreas de relocalización de cactáceas, la superficie y se presentara en formato digital (kmz y argis) datum WGS84, Huso 19S. | Se mantendrá un registro fotográfico y de la localización original de los ejemplares (georreferenciación). Informes deben ser remitidos a la SEREMI del Medio Ambiente y CONAF, de la Región de Atacama, sin perjuicio de reportar a la SMA. | Flora en categoría de conservación | A partir de los ejemplares rescatados se colectarán semillas de acuerdo a los protocolos establecidos por el INIA, de las que una parte será resguardada en el INIA y otra será utilizada para la reproducción de las especies cuyos ejemplares mueran producto de la relocalización. Respecto de las semillas que se rescatarán y se llevarán al INIA, previo al inicio del proyecto, se establecerá la cantidad mínima por especie, que permita lograr la efectividad de la medida de acuerdo a los estándares de INIA. | Se llevará un registro de la recolección de semillas y su envío al INIA. Se mantendrá un registro fotográfico y georreferenciado de aquellos individuos muertos y que serán reemplazados a partir de las semillas recolectadas. Informes deben ser remitidos a la SEREMI del Medio Ambiente y CONAF, de la Región de Atacama, sin perjuicio de reportar a la SMA. | Flora nativa, pertenecientes al Desierto Florido y en categoría de conservación | Se realizará para la caracterización de flora, una nueva campaña que deberá realizarse en primavera del 2015, para incluir las especies encontradas en los compromisos ambientales presentados anteriormente. | Informes deben ser remitidos a la SEREMI del Medio Ambiente y CONAF, de la Región de Atacama, sin perjuicio de reportar a la SMA. | Patrimonio | Hallazgos aislados (OP_092 y OP_093) | Instalación de señalética de carácter transitorio, indicando la presencia de un elemento arqueológico protegido por la Ley 17.288 y la prohibición de alterarlo. | Instalación de señalética, indicando la restricción de acceso a los sitios durante la construcción y operación del Proyecto. | Rasgo aislado (OP_092) | Cercado perimetral de carácter Transitorio, con un buffer de 2 m desde el límite superficial de estos elementos patrimoniales. | La implementación de los cercados será supervisada por un arqueólogo o un licenciado en arqueología. | Presencia de material arqueológico en el área del Proyecto | Se implementará una inducción sobre Patrimonio a los trabajadores. | Este protocolo se entregará al CMN y estará disponible dentro de la instalación de faena durante toda la obra. El proceso será supervisado por el encargado de monitoreo arqueológico (Arqueólogo o Licenciado en Arqueología). Al respecto, se mantendrá un registro de las capacitaciones. | Presencia de material arqueológico en el área del Proyecto | Monitoreo arqueológico permanente durante la etapa de construcción. | Respecto de la instalación de cercos y señalética, se remitirá un informe con las características técnicas de dichas medidas al CMN para su análisis y aprobación, previo a iniciarse dichos trabajos. | Presencia de material arqueológico en el área del Proyecto | Todas estas actividades serán informadas por escrito al CMN a través de dos informes. | Dos informes, un mes antes del inicio de la etapa de construcción y otro al cierre. | Presencia de material arqueológico en el área del Proyecto | Ante la eventualidad de que se realice un hallazgo arqueológico no previsto, se procederá según lo establecido en la norma. | Informar de inmediato y por escrito al CMN para que este organismo determine los procedimientos a seguir. | Paisaje | Alteración de zonas con valor paisajístico. | Para la implementación de la S/E Unión, se incorporará materiales de textura lisa y uso de colores similares al paisaje adyacente. | Se realizará una modelación de paisaje del área en situación sin y con proyecto, incluyendo las medidas indicadas, analizando el grado de alteración al valor paisajístico, el que será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente una vez finalizada la etapa de construcción. | Alteración de zonas con valor paisajístico. | El color de la estructuras se adaptará a las características del paisaje donde se emplazará el proyecto. | 9°. Que, respecto de los Planes de Prevención de Contingencias y de los Planes de Emergencias, se presentaron en el Anexo C1-8 de la DIA, para riesgos naturales y antrópicos. 10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución. 12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 13°. Que, para que el proyecto “Conexión Cardones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 14°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 15°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico. 16°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA. 17°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Conexión Cardones”, presentado por el Sr. Juan Alejandro Lorenzini Lorenzini, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A. 2°. Certificar que el proyecto “Conexión Cardones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Conexión Cardones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 151, 156, 157 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Conexión Cardones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. Notifíquese y Archívese
Miguel Vargas Correa Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama
Verónica Ossandón Pizarro Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Atacama
VOP/BRS/CAC Distribución: - Juan Alejandro Lorenzini Lorenzini
- CONADI, Región de Atacama
- CONAF, Región de Atacama
- DGA, Región de Atacama
- DOH, Región de Atacama
- Gobernación Marítima de Caldera
- Gobierno Regional, Región de Atacama
- Ilustre Municipalidad de Copiapó
- SAG, Región de Atacama
- SEC, Región de Atacama
- SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
- SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama
- SEREMI de Energía, Región de Atacama
- SEREMI de Minería, Región de Atacama
- SEREMI de Salud, Región de Atacama
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
- SEREMI MOP, Región de Atacama
- SERNAGEOMIN, Región de Atacama
- Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
- Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c: - Encargada de Participación Ciudadana
- Expediente del Proyecto "Conexión Cardones"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama
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