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REPÚBLICA DE CHILE
COMISION REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
VII REGIÓN DEL MAULE

Califica Ambientalmente el proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO "

Resolución Exenta Nº 206

Talca, 3 de Enero de 2011



VISTOS:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

     

  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO", Adendas, y documentos complementarios presentado por Hidroeléctrica Centinela Limitada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), a través de su representante legal don Pablo Lois Varela.

     

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

     

    3.1        Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:   Oficio Nº2 sobre la Adenda 1, publicado por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 15/01/2010; Oficio Nº5 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 13/01/2010; Oficio Nº006 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 14/01/2010; Oficio Nº011 M.A. sobre la Adenda 1, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 08/01/2010; Oficio Nº019. sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Nacional de Pesca,SERNAPESCA, Región del Maule, con fecha 11/01/2010; Oficio Nº45 sobre la Adenda 1, publicado por Dirección General de Aguas Región del Maule, con fecha 14/01/2010; Oficio Nº68 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Agricultura Región del Maule, con fecha 27/01/2010; Oficio Nº71 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 19/01/2010; Oficio Nº0077 sobre la Adenda 1, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 15/01/2010; Oficio Nº079 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 19/01/2010; Oficio Nº0136 sobre la Adenda 1, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 14/01/2010; Oficio Nº179 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 18/01/2010; Oficio Nº1274 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 30/12/2009; Oficio NºSE07-00374-2010 sobre la Adenda 1, publicado por Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule, con fecha 15/01/2010; Oficio Nº000 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 14/01/2010; y Oficio Nºxxx sobre la Adenda 1, publicado por Subsecretaría de Pesca, con fecha 21/01/2010.

     

    3.2.       Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:   Oficio Nº26 sobre la Adenda 2, publicado por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 19/05/2010; Oficio Nº080 sobre la Adenda 2, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 19/05/2010; Oficio Nº80 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Agricultura Región del Maule, con fecha 25/05/2010; Oficio Nº360 sobre la Adenda 2, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/05/2010; Oficio Nº390 sobre la Adenda 2, publicado por Dirección General de Aguas Región del Maule, con fecha 19/05/2010; Oficio Nº535 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 20/05/2010; Oficio Nº834 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 24/05/2010; Oficio Nº1167 sobre la Adenda 2, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 20/05/2010; Oficio NºNº SE07-001496-2010 sobre la Adenda 2, publicado por Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule, con fecha 20/05/2010; y Oficio Nº000 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 20/05/2010.

     

    3.3.       Con relación al Informe de Respuestas al 3º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:    Oficio Nº05 sobre la Adenda 3, publicado por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 11/08/2010; Oficio Nº89 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Agricultura Región del Maule, con fecha 19/08/2010; Oficio Nº105 sobre la Adenda 3, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 16/08/2010; Oficio Nº661 sobre la Adenda 3, publicado por Dirección General de Aguas Región del Maule, con fecha 16/08/2010; Oficio Nº953 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 19/08/2010; Oficio Nº1968 sobre la Adenda 3, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 16/08/2010; y Oficio Nº000 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 17/08/2010.

     

    3.4.       Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:   Oficio Nº44 sobre el EIA, publicado por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 14/05/2009; Oficio Nº54 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Agricultura Región del Maule, con fecha 14/05/2009; Oficio Nº096 sobre el EIA, publicado por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 15/05/2009; Oficio Nº109 MA sobre el EIA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 05/05/2009; Oficio Nº118 sobre el EIA, publicado por Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 14/05/2009; Oficio Nº372 sobre el EIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/04/2009; Oficio Nº378 sobre el EIA, publicado por Dirección General de Aguas Región del Maule, con fecha 13/05/2009; Oficio Nº0457 sobre el EIA, publicado por Ministerio de Energía, con fecha 14/05/2009; Oficio Nº721 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 18/05/2009; Oficio Nº929 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 13/05/2009; Oficio Nº1493 sobre el EIA, publicado por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 13/05/2009; Oficio Nº2182 sobre el EIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/05/2009; Oficio Nº540090709 sobre el EIA, publicado por Servicio Nacional de Pesca,SERNAPESCA, Región del Maule, con fecha 12/05/2009; Oficio NºSE07-002617-2009 sobre el EIA, publicado por Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule, con fecha 13/05/2009; Oficio Nº000 sobre el EIA, publicado por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 19/05/2009; y Oficio Nºxxx sobre el EIA, publicado por Subsecretaría de Pesca, con fecha 22/05/2009.

     

    3.5.       Con relación a los documentos CA054/2010 de fecha 04/10/2010  y  CAR055/2010 de fecha 04/10/2010 ambos del Titular, y sobre los cuales los Servicios emitieron los siguientes documentos:  Oficio Nº1992, remitido por la Subsecretaría de Pesca, con fecha 07/10/2010;  Oficio Nº218/2010,  remitido por la Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule, con fecha 08/10/2010;  Oficio Nº2553, remitido por el Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 12/10/2010;  y  Oficio Nº1282, remitido por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, con fecha 13/10/2010.

     

     

  4. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO", de fecha 7 de Septiembre de 2010.

     

  5. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO".

     

  6. El Acta de la Reunión Extraordinaria de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Maule (COREMA Región del Maule), con fecha 18 de Octubre del 2010.

     

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la VII Región del Maule debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO" cuyo titular es Hidroeléctrica Centinela Limitada.

     

  2. Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.
  3. Que debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

     

  4. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO " posee las siguientes características:

     

    4.1.       Antecedentes Generales:

    4.1.1                  Localización:      En la Región del Maule, zona cordillerana al interior de la ciudad de Linares.  Involucra las comunas de Longaví y Linares, ambas pertenecientes a la provincia de Linares.  Las principales componentes de las Centrales Hidroeléctricas  El Castillo y Centinela    se encuentran a una altitud aproximada de 788 y 393 m.s.n.m. respectivamente.   Las coordenadas de ubicación de puntos de referencia de las principales obras del proyecto son.

     

    Componente principal del Proyecto

    Obras

    Coordenadas Geográfica (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Norte

    Este

    Central El Castillo

    Bocatoma

    6.000.894

    308.994

    Tranque de punta

    6.001.249

    308.336

    Rápido de descarga

    6.002.828

    302.099

    Cámara de carga

    6.002.686

    301.989

    Casa de máquinas

    6.002.737

    301.476

    Punto de restitución

    6.002.734

    301.404

    Central Centinela

    Bocatoma

    6.002.408

    301.365

    Tranque de punta

    6.001.505

    300.806

    Rápido de descarga

    6.005.032

    285.460

    Cámara de carga

    6.005.052

    285.796

    Casa de máquinas

    6.004.926

    284.850

    Tranque de contrapunta

    6.004.936

    284.673

    Punto de restitución

    6.004.808

    284.398

    Sistema de interconexión eléctrica

    Subestación eléctrica

    (El Castillo)

    Inicio línea de interconexión eléctrica

    6.002.712

    301.479

    Subestación eléctrica (Centinela)

    Término línea de interconexión eléctrica

    6.004.888

    284.862

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    El acceso al área del Proyecto, desde la ciudad de Linares, será mediante el camino público rol L-45, con dirección a la precordillera de Los Andes, hacia el sector rural denominado Pejerrey, a 28 km de dicha ciudad.

     

    4.1.2.                 Monto de Inversión: US$ 285.000.000 (doscientos ochenta y cinco millones de dólares americanos).

     

    4.1.3.                 Vida Útil: 100 años

     

    4.1.4.                 Mano de Obra:

     

    Etapa

    Número de Personas

    Tiempo

    Construcción (36 meses)

    En promedio 465

    (781 peak (mes 12 al 14))

    36 meses

    Operación

    30 (operación y mantención)

    100 años

     

    4.1.5.     Superficies del proyecto asociadas incluidas obras y/o acciones asociadas:

     

    Etapa

    Superficie requerida

    Construcción

    220 Há

    Operación

    148 Há

     

    El desglose de la superficie a intervenir será:

     Superficie de las obras principales del proyecto

    Obra o Faena

    Superficie (hectáreas)

    CENTRAL EL CASTILLO

    Obras definitivas

    Bocatoma y enrocado de protección

    0,07

    Canales (incluye camino borde)

    7,32

    Túneles

    2,25

    Tranque de Punta

    4,49

    Tubería de presión

    0,41

    Obras de Seguridad

    0,69

    Casa de máquinas – Canal de restitución – Cámara de carga

    0,17

    Línea de interconexión

    43,12

    Subestación

    0,10

    Caminos existentes (privados)

    0,10

    Caminos existentes privados a mejorar

    2,27

    Caminos nuevos privados proyectados

    3,30

    Obras asociadas a la construcción

    Frente de trabajo

    0,99

    Instalación de faenas

    3,14

    Depósito de Marinas

    13,50

    Total central El Castillo

    81,92

    CENTRAL CENTINELA

    Obras definitivas

    Bocatoma y enrocado de protección

    0,12

    Canales (incluye camino de borde)

    22,54

    Túneles

    4,51

    Tranque de Punta

    13,44

    Sifón

    0,27

    Tubería de presión

    0,86

    Obras de Seguridad

    1,42

    Casa de máquinas- Canal de restitución – Cámara de carga

    0,24

    Tranque de Contrapunta

    9,37

    Subestación

    0,28

    Caminos existentes (público y privados)

    21,54

    Camino existente privado a mejorar (incluye badén)

    0,40

    Caminos nuevos privados proyectados (incluye puente)

    8,56

    Obras asociadas a la construcción

    Frente de trabajo

    1,39

    Instalación de faenas

    3,98

    Depósito de Marinas

    47,49

    Total central Centinela

    136,41

    TOTAL

    218,33

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

     

    4.2.       Descripción del Proyecto:

    4.2.1      Descripción del proyecto o actividad

    Construcción y operación de dos centrales hidroeléctricas de pasada en serie, denominadas El Castillo y Centinela, con una potencia total instalada de 135 MW. Ambas centrales estarán unidas por un sistema de interconexión eléctrica, constituido por una línea eléctrica de 66 kV y dos subestaciones eléctricas (una subestación por cada central).

     

    4.2.2.    Partes, acciones y obras físicas

    Ambas centrales (El Castillo y Centinela), estarán compuestas por obras similares, diferenciándose en la magnitud de ellas. Centinela estará ubicada aguas abajo de El Castillo. Las características generales de cada una de las centrales serán:

    Características

    Centrales hidroeléctricas

    El Castillo

    Centinela

    Ubicación

    Captación

    500 m aguas abajo de la confluencia del río Achibueno y del estero Potrero Grande

    600 m aguas abajo de la confluencia del río Achibueno y del estero Las Ánimas

    Potencia    MW

    30

    105

    Altura bruta de caída   m

    226,2

    375,6

    Caudal de diseño¨  m3/s

    16

    34

    Turbinas

    2 unidades Francis

    2 unidad Pelton

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Estas centrales tendrán una potencia instalada conjunta de 135 MW, pudiendo producir en conjunto una energía media de, aproximadamente, 600 GWh/año.

     

    La Central El Castillo captará las aguas del río Achibueno, mediante una bocatoma ubicada inmediatamente aguas abajo de la confluencia con el estero Potrero Grande.   Un canal trapecial revestido hasta el tranque de punta.  Una cámara de carga mediante una aducción que se desarrolla por la vertiente Sur del río (7,6 km, con dos tramos en canal y un tramo en túnel).  Cámara de carga,  tubería en presión y casa de máquinas. Desde la casa de máquinas nace el canal de restitución al río Achibueno, en el sector de la confluencia con el estero Las Ánimas.

     

    La Central Centinela captará las aguas en una bocatoma, aguas abajo del punto de restitución de la Central El Castillo.   Un canal hasta el tranque de punta, desde donde comienza la aducción a la central (19,3 km.  Aducción  compuesta de once tramos (sifón que cruza el río Achibueno, canales trapeciales revestidos y túneles excavados en roca)).    Cámara de carga.   Tubería en presión  y casa de máquinas.   Tranque de contrapunta,  y restitución al río Achibueno  (3 km aguas arriba de la confluencia con el Estero Pejerrey).

     

    Ambas centrales cuentan con obras de emergencia, conformadas por rápidos de descarga y obras de disipación. Los rápidos de descarga se ubicarán contiguos a las cámaras de carga, y evacúan al río en el caso de la Central El Castillo, o al tranque de contrapunta en el caso de la Central Centinela.   En la descarga de los tranques se  instalarán pequeñas unidades hidroeléctricas destinadas a aprovechar el desnivel existente entre la entrada y la descarga de los tranques para generar energía. La energía generada será transportada hasta las sub estaciones de las centrales, a través de líneas de Media Tensión en 12 kV en postes de hormigón armado.    El sistema de interconexión comenzará en la subestación eléctrica aledaña a la casa de máquinas de la central El Castillo y se desarrollará siguiendo los caminos de acceso al Proyecto, para finalizar en la subestación eléctrica asociada a la Central Centinela.   Para llevar a cabo lo anterior, se mejorarán caminos existentes y la construcción de caminos privados nuevos, habilitación de sectores para depósitos de marinas,  e  infraestructura de apoyo (instalaciones de faenas, frentes de trabajo, plantas dosificadoras de hormigón, entre otros).   Las principales obras del proyecto son:

     

    OBRAS DEL PROYECTO

    Centrales Hidroeléctricas

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Bocatoma

    Bocatoma

    Tranque de punta

    Tranque de punta

    -

    Sifón

    Acueducto (túnel y canal)

    Acueducto (túnel y canal)

    Cámara de carga

    Cámara de carga

    Rápido de descarga

    Rápido de descarga

    Tubería en presión

    Tubería en presión

    Casa de máquina

    Casa de máquina

    -

    Tranque de contrapunta

    Canal de restitución

    Canal de restitución

    Sistema de Interconexión Eléctrica

    Subestación central El Castillo

    Subestación central Centinela

    Línea de interconexión

    Caminos

    Mejoramiento de caminos públicos y privados

    Caminos nuevos privados

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.2.3.    Partes y obras principales.

    4.2.3.1.              Centrales hidroeléctricas.

    i)          Bocatoma:          Estarán compuestas por una barrera móvil, una toma lateral con reja para impedir el ingreso de material flotante y una compuerta de regulación del gasto captado. 

     

    Características de bocatomas

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Material de barrera fija

    -

    Hormigón armado

    Hormigón Armado

    Nº de compuertas de barrera móvil

    Unidad

    6

    8

    Capacidad de evacuación barrera

    m3/s

    509

    1.051

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ii)         Tranque de punta:           Los tranques estarán conformados por muros de relleno granular, controlado en tres de sus caras, y con el borde Sur excavado en la ladera. Las obras de seguridad de los tranques consideran vertederos, que operarán de manera automática.

     

    Características de tranques de punta

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Capacidad

    m3

    90.000

    257.000

    Superficie

    m2

    29.000

    75.000

    Capacidad de evacuación

    m3/s

    16

    34

    Cota de coronamiento

    m s. n. m.

    1.024,10

    781,90

    Cota de fondo

    m s. n. m.

    1.019,00

    777,00

    Longitud del canal bypass

    m

    265

    495

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

     

    iii)        Aducción:           Conjunto de las obras necesarias para la conducción del agua captada desde el río hasta la cámara de carga.   Considera canales y túneles. Además un tramo con un sifón que cruza el río Achibueno (Central Centinela)

     

    ·                     Canales en suelo:                        Estarán revestidos en hormigón y sección tipo trapecial, con taludes laterales 1:1,5 (H:V) y una pendiente media de 0,05 %.    Central El Castillo, considera este tipo de obra tanto para el canal de conducción al tranque de punta, como para el primer tramo de la aducción.   Central Centinela, considera este tipo de sección para el canal de aducción entre la bocatoma y el tranque de punta.

    Características de canales en suelo

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho basal de la sección

    m

    2,0

    2,5

    Ancho superficial

    m

    5,7

    7,4

    Altura

    m

    2,8

    3,7

    Inclinación de taludes

    H:V

    1:1,5

    1:1,5

    Revestimiento

    -

    Hormigón

    Hormigón

    Longitud:

    Conducción a Tranque

    Canal de Aducción

    m

    660

    1.127

    620

    0

    Pendiente

    %

    0,05

    0,05

    Capacidad

    m3

    16

    34

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Canales en roca:             Estarán revestidos en hormigón, con sección trapecial, taludes 1:3 (H:V) y pendiente media de 0,05%.   Central El Castillo considera 2 tramos.   Central Centinela considera 5 tramos.

    Características de canales en roca

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho basal de la sección

    m

    2,0

    2,5

    Ancho superficial

    m

    5,7

    7,4

    Altura de la sección

    m

    2,8

    3,7

    Inclinación de taludes

    H:V

    1:1,5

    1:1,5

    Revestimiento

     

    Hormigón

    Hormigón

    Longitud total

    m

    1.925

    10.053

    Pendiente

    %

    0,05

    0,05

    Capacidad

    m3

    16

    34

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Túneles:                        La sección de excavación será del tipo arco de medio punto, con una forma rectangular en su base y un semicírculo en la parte superior.   La operación considera el funcionamiento como acueducto.   Central El Castillo contempla un tramo de túnel. Central Centinela considera 5 tramos de túnel.

    Características de túneles

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho basal de la sección

    m

    3,0

    4,5

    Altura de la sección rectangular

    m

    1,8

    2,7

    Radio del semicírculo de túnel

    m

    1,5

    2,25

    Pendiente

    %

    0,15

    0,11

    Longitud total

    m

    4.492

    9.002

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Sifón cruce río Achibueno (central Centinela):       La Central Centinela considera la construcción de un sifón invertido, que empalmará la obra de entrega del tranque de punta con el primer túnel de aducción, a través el cruce por debajo del lecho del río Achibueno.   La obra será en hormigón armado, con una sección doble cajón.

    Características de sifón

    Característica

    Unidad

    Central Centinela

    Profundidad de cruce bajo el río

    m

    2,0

    Material

    -

    Hormigón armado

    Sección cajón doble

    -

    3 m x 3m

    Longitud

    m

    203

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Cámara de carga:            Estructura de transición entre el sistema de aducción y la tubería de presión.  Como obra de seguridad, por falla o detención brusca de la central. Esta obra está compuesta por un vertedero lateral, un canal colector que entrega las aguas al rápido de descarga y una obra de disipación de energía.

    Características de cámara de carga

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho de la sección

    m

    4,0

    6,0

    Longitud cámara

    m

    38

    48

    Longitud vertedero

    m

    23,0

    42,4

    Profundidad máxima

    m

    8,3

    10,2

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Rápido de descarga:                    Su función es conducir en forma controlada el caudal de rechazo de las centrales, desde la cámara de carga hasta el punto de entrega.  Central El Castillo,  entrega al río Achibueno, en tanto que la Central Centinela, entrega al tranque de contrapunta.   Consiste en un canal de hormigón con un disipador de energía.

     

    Características de rápido de descarga

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho de la sección

    m

    3,0

    6,0

    Longitud total

    m

    550

    980

    Longitud disipador

    m

    20

    25

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                     Tubería en presión:                     tiene por objeto conducir el agua desde la cámara de carga hasta las turbinas al interior de la casa de máquinas.   Consiste en una tubería de acero, dispuesta exteriormente sobre el terreno, montada sobre machones y sillas de hormigón armado.  Central El Castillo, tubería de 2,2 m de diámetro.     Central Centinela, tubería de 2,9 m de diámetro.

     

    iv)                 Casa de Máquinas:           Edificio que aloja y da soporte a los equipos electromecánicos que permiten transformar la energía potencia (hidráulica) en energía eléctrica. En ella, se alojarán las unidades generadoras (turbina-generador) La edificación está estructurada fundamentalmente en hormigón armado, con una estructura metálica de techumbre.  En las afueras de esta estructura se ubicará el patio de alta tensión, con un transformador conectado a una línea de media tensión de 66 kV, que unirá las subestaciones de El Castillo con la subestación de Centinela.

     

    Características de casa de máquinas

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ubicación respecto del río Achibueno

    -

    Margen izquierdo

    Margen derecho

    Nivel del patio de montaje

    m s. n. m.

    790

    407

    Número de unidades generadoras

    Unidad

    2

    2

    Tipo de turbina

    -

    Francis

    Pelton

    Potencia (de cada una)

    MW

    30

    105

    Superficie

    m2

    12.000

    25.000

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ·                      Canal de restitución:      En el caso de la central El Castillo, las aguas turbinadas serán devueltas al río Achibueno a través de un canal de restitución excavado en suelo y revestido en hormigón de 600 m de longitud.  En la central Centinela, las aguas turbinadas serán conducidas al tranque de contrapunta, para luego ser devueltas al Río Achibueno de mediante un canal de restitución excavado en suelo y revestido en hormigón de 20 m de longitud.

     

    Características de canal de restitución

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Ancho basal de la sección

    m

    2,0

    2,5

    Altura de la sección

    m

    2,8

    3,7

    Inclinación de taludes

    H:V

    1:1,5

    1:1,5

    Longitud

    m

    60,0

    20,0

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    vi)                 Tranque de contrapunta:  Su función es la de restituir el régimen normal del río, invirtiendo la operación realizada en los tranques de punta, acumulando aguas durante las horas de punta y entregando al río en forma uniforme el volumen embalsado durante el horario fuera de punta.   Contará con un vertedero de seguridad (obra hidráulica) y una descarga de fondo de sección circular de 3,0 m de diámetro, excavada en túnel.

    Características de tranque de contrapunta

    Característica

    Unidad

    Central Centinela

    Capacidad

    m3

    267.000

    Superficie

    m2

    87.000

    Cota de coronamiento

    m s. n. m.

    388,5

    Cota de fondo

    m s. n. m.

    378,0

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    vii)       Minicentrales:    Se construirán dos minicentrales con una potencia instalada menor a 2 MW, que aprovecharán la infraestructura de las centrales del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, y que no incluirán obras adicionales pues estarán asociadas a los tranques de punta.   Las obras civiles, consideran:

    ·                     una cámara de carga dispuesta en el canal by-pass del tranque,

    ·                     una tubería,

    ·                     una caseta para albergar los equipos,  y

    ·                     un canal que descarga al canal de entrega del tranque.

     

    La extensión total de estas obras será del orden de 50 m y se desarrollarán dentro del área intervenida por el proyecto hidroeléctrico Achibueno, entre el tranque y el disipador que empalma el canal by-pass con el canal de salida del tranque.  Las obras eléctricas, sólo involucrarán un empalme desde la minicentral a la línea eléctrica de alimentación de las compuertas del tranque (ver Lámina 2.2-10 del Anexo 2 del Adenda 1).

     

    viii)      Atraviesos:        La aducción de la central El Castillo interceptará a lo largo de su desarrollo un total de 14 quebradas. La aducción de la central Centinela por su parte, interceptará 22 quebradas a lo largo de su trazado. En las láminas 2.2-18 y 2.2-19 del Anexo 2 del Adenda Nº1, se identifican las cuencas y se individualizan los puntos de los cruce de las quebradas con los canales de aducción de ambas centrales.

    Coordenadas de puntos de atravieso

    Nº Atravieso

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Norte

    Este

    Norte

    Este

    DATUM WGS 84

    1

    6.001.021,95

    308.659,39

    6.000852,65

    296.188,45

    2

    6.001.176,12

    308.306,98

    6.000.817,72

    296.098,32

    3

    6.001.339,71

    307.987,80

    6.000.649,66

    295.739,85

    4

    6.001.582,82

    307.722,08

    6.000.449,52

    295.418,76

    5

    6.001.785,18

    307.517,84

    6.000.349,92

    295.116,72

    6

    6.001.9947,5

    307.374,15

    6.000.359,04

    294.868,40

    7

    6.001.975,07

    307.314,62

    6.000.241,28

    294.481,91

    8

    6.002.132,07

    307.183,49

    6.000.244,69

    294.440,47

    9

    6.001.813,74

    302.616,54

    6.000.273,59

    294.030,91

    10

    6.001.876,68

    302.602,80

    6.000.434,31

    293.652,76

    11

    6.001.981,95

    302.576,97

    6.000.677,07

    293.665,92

    12

    6.002.121,65

    302.535,41

    6.001.383,73

    293.151,70

    13

    6.002.308,28

    302.417,88

    6.003.398,19

    290.081,97

    14

    6.002.652,82

    302.134,23

    6.003.316,45

    289.756,19

    15

    -

    -

    6.003.728,17

    288.477,88

    16

    -

    -

    6.003.777,23

    288.333,58

    17

    -

    -

    6.003.838,19

    288.253,85

    18

    -

    -

    6.004.624,93

    287.230,62

    19

    -

    -

    6.004.754,43

    286.776,99

    20

    -

    -

    6.004.653,19

    286.548,39

    21

    -

    -

    6.004.643,04

    286.461,43

    22

    -

    -

    6.004.632,85

    286.461,43

     

     La materialización de los cruces considera dos tipos de obras, dependiendo si corresponde a una quebrada mayor o menor. En ambos casos, el cruce del canal de aducción se realizará por debajo del fondo de la quebrada. Para los cruces de quebradas menores se considerará el canal con su sección normal trapecial. Sobre el canal se dispondrán losetas de hormigón armado que permitan cruzar las aguas de la quebrada por encima del canal.

     

    Para los cruces de quebradas mayores se considerará el canal con una sección rectangular cerrada (cajón de hormigón), dispuesto del orden de 1 m por debajo del fondo de la quebrada. Tras construir la obra se restituirá la geometría original de la quebrada   (ver Lámina 2.2-16 del Anexo 2 del Adenda Nº1).    En ambos casos, el camino de borde del canal pasará a actuar como badén, y tanto el sector de aguas arriba como de aguas abajo del cruce se protegerá con bolones consolidados para evitar socavaciones y facilitar el encauzamiento de las aguas.

     

    4.2.3.2.              Sistema de interconexión eléctrica

    Estará compuesto por dos subestaciones eléctricas (S/E) con sus respectivos patios de alta tensión, y una línea de interconexión eléctrica entre ambas subestaciones.

     

    i)          Subestaciones (S/E):      Dos subestaciones, una para cada central. Ambas centrales generarán energía eléctrica a una tensión de 13.800 voltios (13,8 kV) que posteriormente será elevada. En la S/E  El Castillo la tensión se elevará a 66.000 voltios (66 kV)  y en la S/E Centinela a 220.000 voltios (220 kV).   Estarán constituidas por:

    ·                      Transformador de Poder

    ·                      Interruptores de fuerza unipolar

    ·                      Seccionador Trifásico

    ·                      Transformador para medida y protección

    ·                      Aislador de pedestal

    ·                      Pararrayos

    ·                      Cierre perimetral y elementos de seguridad

     

    La energía será transmitida desde la S/E El Castillo hasta la S/E Centinela a través de la línea de transmisión con un nivel de tensión de 66 kV.

     

    Características de las subestaciones eléctricas

    Característica

    Unidad

    Central El Castillo

    Central Centinela

    Tipo de transformador

    MVA

    40

    40 y 130

    Transformador de poder

    kV

    13,8/66

    66/220 y 13,8/220

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ii)         Línea de interconexión eléctrica:             El objetivo será unir las subestaciones eléctricas de ambas centrales, para permitir transmitir la energía producida en la central El Castillo hasta la central Centinela.

     

    El presente proyecto no contempla la línea de transmisión en alta tensión que conectará el complejo al Sistema Interconectado Central (SIC).

     

    Características de línea de interconexión

    Características

    Unidades

    Valor

    Tensión nominal

    kV

    66

    Frecuencia

    Hz

    50

    Longitud total aprox.

    km

    26,9

    Ancho faja de servidumbre

    m

    20

    Conexión inicial

    El Castillo

    Conexión final

    Centinela

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.2.3.3.              Caminos

    Se efectuará el mejoramiento de caminos públicos y privados existentes, así como la habilitación de caminos privados nuevos, los cuales permitirán el acceso a los sectores donde se desarrollarán las obras del Proyecto, tales como depósitos de marina, tranques, túneles, canales y casas de máquinas, entre otros. El mejoramiento de caminos públicos será en tramos puntuales por seguridad.

     

    Las características de los caminos privados nuevos proyectados, serán ancho total de 7 m, pendiente máxima de un 13%, con una base estabilizada, barreras de contención y señalética.

     

    Tipos de caminos Centrales El Castillo y Centinela

    Tipo de Camino

    Identificación de camino

    Longitud (m)

    CENTRAL HIDROELECTRICA EL CASTILLO

    Caminos existente privado

    Camino a Las Ánimas - Bocatoma Castillo

    241,29

    Camino a Las Ánimas - Bocatoma Castillo tipo huella a mejorar

    5.668,33

    Caminos nuevos proyectados privados

    Camino Pejerreyes a Bocatoma El Castillo

    (lado Sur del Río Achibueno)

    31.000

    Camino a Frente de Trabajo Castillo 02

    589,75

    Camino a Frente de Trabajo Castillo 04

    2.251,13

    Camino a Frente de Trabajo Castillo 03

    1.258,90

    Total

    41.009,4

    CENTRAL HIDROELECTRICA CENTINELA

    Caminos existente privados

    Camino a Depósito de Marina Centinela 02a

    312,08

    Camino a Los Hualles

    1.292,73

    Camino a Las Animas

    47,17

    Camino a sector Las Mulas

    6.160,74

    Camino a Depósito de Marina Centinela 03 tipo huella a mejorar

    999,39

    Camino a Depósito de Marina Centinela 02

    5.200,48

    Camino a Depósito de Marina Centinela 05

    2.799,84

    Camino a Depósito de Marina Centinela 06

    5.537,11

    Camino a Depósito de Marina Centinela 01

    1.784,03

    Caminos nuevos proyectados privados

    Camino a salida Tramo 4

    2.136,91

    Camino a Bocatoma Centinela

    2.611,33

    Camino a Casa de Maquinas Centinela

    437,98

    Camino a DM Centinela 04

    6.229,42

    Camino a DM Centinela 05

    5.665,72

    Camino a DM Centinela 06

    236,76

    Camino a FT Centinela 01

    423,82

    Camino a FT Centinela 05

    2.831,71

    Camino Las Ánimas

    860,14

    Caminos existente público

    Camino Público L-45

    20.702,98

    Camino Público L-565

    10.030,24

    Total

    76.300,59

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Los caminos estarán destinados fundamentalmente a servir de acceso a las obras durante la etapa de construcción, contemplándose un flujo muy reducido para la etapa de operación.

     

    Como parte de la habilitación de caminos privados, se contempla la readecuación de un puente y el mejoramiento de un badén existente. El puente se readecuará en el sector El Carro de Pejerreyes, por su parte el badén se encuentra ubicado en el cruce de un camino existente privado que va a un depósito de marinas, con el estero los Hualles. Las coordenadas de ubicación de estas obras se detallan a continuación:

    Coordenadas de ubicación de puente y badenes

    Obra

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Norte

    Este

    Puente Pejerrey

    6.007.574

    283.561

    Puente río Achibueno –Sector El Carro

    6.001.432

    300.520

    Badén cruce estero los Hualles

    Orilla sur estero los Hualles

    5.999.967

    293.006

    Orilla norte estero los Hualles

    5.999.974

    293.010

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    El diseño y la construcción de los caminos privados se efectuará de acuerdo a lo establecido por el Manual de Carreteras de Vialidad del MOP.

     

     

    4.3.       Etapas del Proyecto

    4.3.1.     Obras y Actividades Etapa de Construcción

    Comprende la ejecución de obras y actividades a realizar durante la etapa de construcción (ver Capítulo 2 del EIA)

     

    Obras

    Actividades

    CENTRALES HIDROELÉCTRICAS

    Bocatomas

    Construcción de ataguías

    Excavaciones fundaciones obras captación

    Construcción de bocatoma

    Canales

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones (incluye tronaduras en sectores con roca)

    Revestimiento de canales con hormigón proyectado

    Construcción de obras especiales (transiciones y cruce de quebradas)

    Túneles

    Construcción de portales

    Tronadura (excavaciones subterráneas)

    Retiro de marinas

    Colocación de sostenimientos

    Construcción de radier de hormigón

    Sifón

    Construcción de ataguías

    Excavaciones (incluye tronaduras en sectores con roca)

    Construcción del sifón

    Restitución del cauce y protección con enrocados

    Tranques

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones

    Construcción de muros (relleno con material granular)

    Instalación de revestimiento impermeable

    Construcción obras de toma, de entrega y de seguridad

    Cámaras de carga

    Roce y despeje de vegetación

    Excavación (incluye tronaduras en sectores con roca)

    Construcción de la cámara en hormigón armado

    Tuberías en presión

    Roce y despeje de vegetación

    Excavación (incluye tronaduras en sectores con roca)

    Construcción de sillas y manchones de anclaje

    Montaje de tubería

    Casas de Máquinas

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones (incluye tronaduras en sectores con roca)

    Construcción de las obras civiles

    Montaje de estructuras metálicas

    Montaje de equipos electromecánicos

    Pruebas y puesta en marcha

    Rápidos de descargas

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones

    Construcción de obras de hormigón

    Construcción obras de protección hidráulica

    Canal de Restitución

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones

    Tronaduras

    Construcción de canales de hormigón

    Construcción obras de protección hidráulica

    SISTEMA DE INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA

    Subestaciones

    Roce y despeje de vegetación

    Movimiento de tierra

    Construcción de obras civiles

    Instalación de cercos

    Instalación de equipos

    Pruebas y puesta en marcha

    Línea de interconexión

    Poda de la vegetación

    Movimiento de tierra

    Instalación de los postes

    Tendido de los conductores y cable de guardia, montaje de conjuntos de suspensión y anclaje

    Pruebas de recepción

    CAMINOS PRIVADOS

    Caminos nuevos

    Roce y despeje de vegetación

    Excavaciones

    Construcción de terraplenes

    Construcción cunetas

    Construcción de carpeta de rodado

    Instalación de barreras y señalética

    Caminos a mejorar

    Construcción carpeta de rodado

    Rehabilitación de cuneta

    Instalación de barreras y señalética

    INSTALACIONES DE APOYO

    Instalaciones de faenas

    Roce y despeje de vegetación

    Escarpe del terreno

    Nivelación, relleno y compactación del suelo

    Construcción de instalaciones

    Instalación y operación de grupos electrógenos

    Manejo de aguas servidas – baños químicos (en faenas)

    Manejo de residuos sólidos domésticos y asimilables

    Manejo de residuos sólidos de construcción e industriales

    Manejo de excedentes de excavaciones

    Tránsito de maquinaria pesada y camiones (transporte de materiales, insumos, residuos sólidos, excedentes de excavaciones, etc.)

    Manejo de combustibles

    Desmovilización y retiro de instalaciones

    Incorporación de suelo vegetal y plantación de vegetación

    Frentes de Trabajo

    Instalación y operación de grupos electrógenos

    Manejo de aguas servidas – baños químicos (en faenas)

    Manejo de residuos sólidos domésticos y asimilables

    Manejo de residuos sólidos de construcción e industriales

    Manejo de excedentes de excavaciones

    Tránsito de maquinaria pesada y camiones (transporte de materiales, insumos, residuos sólidos, excedentes de excavaciones, etc.)

    Desmovilización y retiro de instalaciones

    Polvorines

    Roce y despeje de vegetación

    Escarpe del terreno

    Nivelación, relleno y compactación del suelo

    Construcción de instalaciones

    Manejo de explosivos

    Desmovilización y retiro de instalaciones

    Incorporación de suelo vegetal y plantación de vegetación

    Plantas dosificadoras de hormigón

    Roce y despeje de vegetación

    Escarpe del terreno

    Emplazamiento de instalaciones

    Instalación y operación de grupos electrógenos

    Acopio de material granular

    Tránsito de maquinaria pesada y camiones (transporte de áridos y de hormigón)

    Desmovilización y retiro de instalaciones

    Depósitos de marinas

    Escarpe del terreno

    Manejo de residuos de construcción y excedentes de excavaciones

    Desmovilización y retiro de instalaciones

    Cierre-abandono de depósitos de marinas

    Incorporación de suelo vegetal y plantación de vegetación

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Medidas generales en las actividades descritas serán:

    ·                      Transporte de material de forma cubierta.

    ·                      Humectación de caminos de acceso a las obras.

    ·                      Humectación de zonas de faenas como frentes de trabajo.

     

    Para las excavaciones en roca se considera la utilización de explosivos (tronaduras). El suministro, almacenamiento y manipulación de los explosivos se realizará cumpliendo la legislación vigente y las normas pertinentes.

     

    4.3.2.    Instalaciones de faena:   Se habilitarán seis instalaciones de faena, con una superficie estimada de una hectárea cada una, que serán utilizadas como centros de operación de los Contratistas a cargo de la ejecución de las obras (ver Ver Lámina 2.3-1A y Lámina 2.3-1B del EIA).

     

    Ubicación de instalaciones de faena

    Instalación de faena

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Norte

    Este

    El Castillo

    01

    6.001.363

    308.413

    02

    6.003.218

    305.911

    03*

    6.003.157

    302.121

    Centinela

    01

    6.000.059

    293.626

    02

    6.003.304

    290.347

    03*

    6.005.032

    284.616

    *Instalaciones de faena principal.

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Cada una de ellas contará con: oficinas,  bodegas,  provisión de agua potable,  instalaciones sanitarias (baños químicos),   comedor,  y  almacenamiento de residuos.    Solo dos constarán con talleres de mantención. En estos lugares, se realizarán todas las actividades de mantención de maquinaria y equipos, lavado de piezas, cambios de aceites, etc.    Concluida la construcción, se retirarán todas las instalaciones, y los terrenos afectados serán restituidos a su condición original.

     

    4.3.3.    Frentes de trabajo:        Se habilitarán doce frentes de trabajo con una superficie estimada de 0,1 hectáreas cada uno. Cinco de ellos destinados a la construcción de las obras asociadas a la central El Castillo, y los restantes a la central Centinela.   La principal función será el almacenamiento temporal de equipos y maquinarias (ver Lámina 2.3-2A y Lámina 2.3-2B del EIA).

     

    Ubicación de frentes de trabajo

    Frentes de trabajo

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Norte

    Este

    El Castillo

    01

    6.001.305

    308.503

    02

    6.002.142

    307.170

    03

    6.001.854

    302.708

    04

    6.002.697

    302.147

    05

    6.002.778

    301.502

    Centinela

    01

    6.001.747

    300.832

    02

    6.001.678

    300.510

    03

    6.001.177

    296.708

    04

    6.001.318

    293.077

    05

    6.003.396

    290.349

    06

    6.005.028

    285.940

    07

    6.004.528

    284.729

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Al término de la construcción, se procederá al retiro de todas las instalaciones, y los terrenos afectados serán restituidos a su condición original.

     

    4.3.4.    Portales:           Se habilitarán seis portales, cuyas coordenadas de entrada y salida para construcción de túneles son:

     

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Entrada

    Salida

    Norte

    Este

    Norte

    Este

    Portal Central El Castillo

    6.002.142

    307.170

    6.001.854

    302.708

    Portales Central Centinela

    6.001.228

    300.389

    6.000.705

    295.805

    6.000.807

    293.677

    6.001.184

    293.504

    6.001.406

    293.086

    6.003.306

    290.104

    6.003.134

    289.415

    6.003.551

    288.827

    6.004.351

    287.894

    6.004.590

    287.234

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.3.5.    Polvorines:         Se habilitarán dos polvorines para el acopio de los elementos explosivos que se utilizarán en las excavaciones de roca.  Cumplirán con lo establecido en la Ley 17.798, sobre Control de Armas y Explosivos, y en el D.S. Nº 77/82, que aprueba el reglamento complementario de la Ley, ambos del Ministerio de Defensa Nacional.

     

    4.3.6.    Plantas dosificadoras de hormigón:           En las dos instalaciones de faenas principales serán localizadas las plantas dosificadoras de hormigón. Estas plantas estarán compuestas por:  silo de almacenaje de cemento,  almacenamiento de áridos,  estanques de almacenamiento de agua,  máquina dosificadora, y camión mixer.

     

    El Proyecto no considera la extracción directa de áridos, serán obtenidos de un proveedor autorizado ambiental y sanitariamente.

     

    4.3.7.    Depósitos de marina:       Son áreas destinadas a los depósitos de materiales inertes provenientes de la construcción de las distintas obras que forman parte del Proyecto. Las actividades a realizar en ellas serán:  escarpe del terreno y  delimitación de las áreas a ocupar. Al finalizar los trabajos en las marinas, se efectuarán labores de acondicionamiento, tales como suavizar el acopio y así evitar su desestabilización.   De ser necesario y dependiendo de la topografía del sector se construirán fosos perimetrales dando cumplimiento a la normativa para el saneamiento de caminos. Los fosos deberán contener y captar las aguas lluvia, que no hayan sido infiltradas, devolviéndolas a su cauce natural (ver Lámina 2.3-3A y Lámina 2.3-3B del EIA,  Capítulo 5.4.1. del EIA;  Consultas 1.7.2,  1.7.4, láminas 2.3.4,  2.3.12 ambas de Anexo 2 del Adenda 1  y Anexo 6 del Adenda Nº1;  y  Consulta 5.9 del Adenda Nº2).

     

    Ubicación de depósitos de marinas

    Depósito de marina (DM)

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Superficie (Ha)

    Norte

    Este

     

    Central Hidroeléctrica El Castillo

    DM El Castillo 01

    6.001.341

    308.425

    2,499

    DM El Castillo 02

    6.001.343

    308.200

    0,946

    DM El Castillo 03

    6.003.090

    306.002

    6,562

    DM El Castillo 04

    6.003.242

    302.241

    3,500

    Total El Castillo

    13,508

    Central Hidroeléctrica Centinela

    DM Centinela 01

    6.002.882

    301.086

    7,884

    DM Centinela 02

    6.001.007

    296.950

    4,556

    DM Centinela 02ª

    6.001.150

    297.226

    2,004

    DM Centinela 03

    6.000.015

    293.222

    8,085

    DM Centinela 04

    6.002.101

    291.878

    4,508

    DM Centinela 05

    6.004.394

    290.677

    4,522

    DM Centinela 06

    6.005.086

    296.048

    15,927

    Total Centinela

    47,486

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.4.       Requerimientos de Servicios e Insumos.

     

    4.4.1.     Agua potable:     Será del orden de 363 m3/mes (considerando 30 l/día-persona, y una dotación promedio de 465 personas al día).    Se entregará un mínimo de 30 litros diarios, por trabajador, previa visación de la Autoridad Sanitaria (D.S Nº 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo).  Se dará cumplimiento a la Norma Oficial Chilena Nº 409/Of.05, “Requisitos del Agua para Consumo Humano” y  D. S. Nº 735/1969, “Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano”.

     

    4.4.2.    Agua industrial:    Se obtendrá de las plantas de tratamiento de las aguas originadas en la construcción de túneles y  arriendo de pozos.  Se utilizará en la humectación de caminos un volumen aproximado de 113 m3/día seco,  y  10.040 m3  en la elaboración de hormigón.

     

    4.4.3.    Baños:               Se instalarán baños químicos.  Se dará cumplimiento al Decreto Supremo Nº 594/99, del Ministerio de Salud.     En las instalaciones de faena, se instalarán servicios higiénicos (en promedio 12 baños químicos en las instalaciones de faena y frentes de trabajo, llegando a 20 artefactos durante el mes peak de trabajo).

     

    4.4.4.    Energía Eléctrica:          Se instalarán 2 grupos electrógenos de aproximadamente 1 MW, en las instalaciones de faenas de El Castillo, y otro de aproximadamente 1,2 MW, en las instalaciones de Centinela. Además, en cada uno de los frentes de trabajo se utilizarán uno o más grupos electrógenos de 400 a 1.000 kW.

    Requerimiento de generadores durante la etapa de construcción

    Número de Generadores

    Potencia (MW)

    Horas funcionamiento diario (unitario)

    12

    0,4

    24

    1

    1

    24

    1

    1,2

    24

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.4.5.    Combustibles:                 Se consumirán petróleo Diesel y gasolina, durante 36 meses.  Este volumen será ocupado en el abastecimiento de maquinaria y camiones utilizados en la faena constructiva.  El abastecimiento de combustible estará a cargo de un distribuidor autorizado, quien llevará hasta la obra todas las instalaciones necesarias para el abastecimiento del combustible (sistema de suministro en planta).

    Requerimientos de combustible durante la etapa de construcción

    Consumo de combustible

    Unidad

    Cantidad

    Consumo promedio de combustible por máquina

    litro/hora

    20

    Consumo total promedio año 1

    m3/año

    4.597

    Consumo total promedio año 2

    m3/año

    7.764

    Consumo total promedio año 3

    m3/año

    3.319

    Consumo total

    m3/año

    15.680

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.4.6.    Transporte:       Involucrará traslado del personal, materiales de construcción, insumos, equipos, maquinaria, y otros.

     

    4.4.7.    Transporte de personal:  Se efectuará entre la ciudad de Linares y las instalaciones de faena, diariamente, por medio de camionetas y buses.

     

    4.4.8.    Transporte de materiales de construcción, insumos, maquinarias y equipos:        Todos serán trasladados desde la ciudad de Linares por el camino público rol L-45 hasta la primera instalación de faena principal de la central Centinela. Desde ese punto los vehículos de transporte utilizarán las rutas L-565 y L-45.    Los viajes asociados al Proyecto en los meses de máxima actividad 12 y 14, serán 

     

    Flujos de transporte caminos públicos durante etapa de construcción  (meses 12 al 14))

    Ruta

    Caminos públicos

    Buses

    (50 per.)

    Camionetas

    Camión

    Insumos

    (15 m3)

    Camión hormigón

    (8 m3)

    Otros

    Viajes/día

    L-45

    Linares hasta IFP Centinela

    16

    10

    16

    -

    3

    L-565

    10

    4

    -

    8

    2

    L-45

    IFP Centinela hasta término camino

    4

    5

    4

    -

    1

    Trazado camino ribera sur

    4

    5

    4

    -

    1

    IFP: Instalación de faena principal.

    Otros: corresponde a maquinaria, equipos y otros viajes que se puedan realizar.

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.5.       Seguridad y prevención de riesgos

    Se dará cumplimiento al Decreto Supremo Nº 594/99, del Ministerio de Salud (ver punto 7.3 del Capítulo 7 del EIA).

     

    4.6.       Etapa de Operación

    4.6.1.     Centrales hidroeléctricas:           La operación se fundamenta en utilizar la energía potencial del agua y convertirla, primero en energía mecánica de rotación, y luego, en energía eléctrica.   Las aguas del río Achibueno serán captadas y transportadas por medio de una aducción hasta la cámara de carga, luego por tuberías hasta las turbinas y posteriormente serán restituidas al río.   Las dos centrales hidroeléctricas son de pasada, con regulación de caudal horario, y generación en punta. Operarán las 24 horas del día, durante todo el año, dependiendo de la disponibilidad de agua en el río y de las mantenciones a los diferentes equipos.

     

    Desde el 1º de abril al 30 de septiembre de cada año las centrales tendrán  la posibilidad de generar en horario de punta, desde las 18:00 horas a las 23:00 horas. Para ello cuentan con tranques de punta (que funcionarán durante todo el año), aguas abajo de las bocatomas, los cuales acumularán el agua durante el día para la generación en punta.  La central Centinela contará con un tranque de contrapunta, que recibirá las aguas provenientes de la casa de máquinas. Este tranque restituirá el régimen natural del río Achibueno.

     

    4.6.2.    Caminos de acceso:          El uso estará circunscrito al tránsito de vehículos livianos asociados al transporte de personal que operará las centrales.   Se utilizarán las rutas L-45, L-565 y un camino de 31 Km. que se construirá en el costado Sur del Río Achibueno.   La nueva alternativa para llegar a la Central El Castillo ofrece ventajas, tales como,  menor afectación en cuanto a cantidad de propietarios (alrededor de un 20% del trazado por la ribera Norte), menor corta de bosque nativo, por ende, menor afectación a fauna nativa y la construcción de un puente ubicado en el sector del carro de Pejerrey.

     

    4.6.3.    Agua Potable:       Solo para el consumo de agua potable del personal que opere las centrales y será del orden de 3 m3/día.   Será suministrada mediante camiones aljibe por un contratista autorizado, almacenada en estanques  y control diario del cloro libre residual del agua.  Se  dará cumplimiento al Decreto Supremo N° 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, así como con la Norma Oficial Chilena NCh 409/1 Of. 05, “Requisitos del Agua para Consumo Humano” y el Decreto Supremo Nº 735/1969 “Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano”.

     

    4.6.4.    Baños:               Se construirán dos sistemas particulares de alcantarillado, cada uno asociado a las casas de máquinas de El Castillo y Centinela.   Se implementarán sistemas modulares, compuestos por un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico con modalidad de lodos activados de aireación extendida, decantación y un sistema de cloración de aguas residuales tratadas (ver Anexo F del  EIA).

     

    4.6.5.    Energía Eléctrica:          Se recurrirá al autoconsumo.  En caso de corte de energía eléctrica, se utilizarán grupos electrógenos de respaldo o emergencia.  Se estima que la potencia eléctrica para satisfacer las necesidades propias, no superará los 2.000 kWh/mes.

     

    4.6.6.    Combustibles:                 Consumo para transporte y posible uso de equipos de respaldo, que no superará los 21 m3/año.   El abastecimiento se realizará directamente desde estaciones de servicio en la ciudad de Linares.

     

    4.6.7.    Transporte:                   Estará asociado a la movilización, mediante vehículos livianos, de los operarios de las centrales hidroeléctricas y    de forma esporádica    al tránsito de camiones, que transporten repuestos e insumos para los equipos en mantención de las centrales y/o del sistema de interconexión eléctrica y al transporte de agua potable, mediante camiones aljibe.   El flujo vehicular asociado a la etapa de operación será:

     

    Actividad

    Tipo de vehículo

    Viajes/mes

    Transporte de personal

    Vehículo liviano (3)

    90

    Bus

    30

    Transporte de agua potable

    Camión aljibe

    15

    Mantenciones de equipos

    Camiones

    1

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    4.6.8.    Mantenimiento

    a)         Centrales hidroeléctricas:           Se realizarán las siguientes actividades:

    i)          Mantenimiento de obras:              Limpieza de las rejas de la bocatoma y cámara de carga. 

    ii)         Inspección periódica de las obras, mediante recorridos que permitan chequear visualmente el correcto funcionamiento o detectar eventuales problemas.

    iii)        Mantenimiento preventivo de equipos:       Se efectuarán de acuerdo a lo especificado por los fabricantes de los mismos. 

    iv)        Mantenimiento correctivo:           Serán las actividades a realizar producto de anomalías detectadas en las inspecciones del mantenimiento preventivo y, en situaciones anómalas.

     

    b)         Sistema de Interconexión Eléctrica.        Se realizarán las siguientes actividades:

    i)          Visitas de inspección:     Recorridos por los emplazamientos de las subestaciones y el trazado de la línea para detectar posibles fallas en los materiales, así como también problemas de erosión de suelo en las bases de las estructuras, que pudiesen afectar la estabilidad de éstas.

    ii)         Mantenimiento de la faja de servidumbre:    Se despuntarán todos los árboles rebrotados, de manera que su altura con respecto a los conductores cumpla con las distancias establecidas y no afecte la seguridad de la línea ni la continuidad de la interconexión entre las centrales El Castillo y Centinela.

    iii)        Mantenimiento preventivo de la línea:       Corregirá anomalías que se detecten durante las visitas de inspección. Se utilizará equipamiento mecánico menor y se estima una mano de obra de alrededor de 8 personas, quienes trabajarán de forma esporádica y dentro de la faja de servidumbre, sin afectar el terreno.   Se avisará en cada oportunidad a los propietarios de los terrenos, en que se trabaje.

    iv)        Mantenimiento correctivo de la línea:       Contempla las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones de la línea de interconexión tras las fallas detectadas en el sistema, que comprometan la transmisión de energía. Su envergadura, dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada y, en algunos casos, es posible que se requiera emplear una mayor cantidad de personal y maquinaria pesada, como grúas y camiones. Se avisará en cada oportunidad a los propietarios de los terrenos, en que se trabaje.

     

    4.7.       Seguridad y prevención de riesgos

    Las principales situaciones de riesgos identificadas en las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto (ver punto 7.3. del Capítulo 7 del EIA) estarán focalizadas en:

    ·                     Centrales hidroeléctricas.

    ·                     Sistema de interconexión eléctrica.

    ·                     Caminos privados.

    ·                     Instalaciones de apoyo (instalaciones de faena, frentes de trabajo, plantas de hormigón y depósito de marinas).

     

    4.8.       Etapa de Cierre-Abandono

    Las instalaciones temporales utilizadas en la construcción de las centrales hidroeléctricas, del sistema de interconexión eléctrica y de los caminos privados, serán desmanteladas o demolidas, restituyendo las áreas intervenidas.  Los mantenimientos y trabajos propios de la operación de las centrales hidroeléctricas El Castillo y Centinela, así como el acondicionamiento o reemplazo de algunos equipos, de acuerdo a los avances tecnológicos futuros, permitirán considerar la operación de estas centrales de manera indefinida, sin necesidad de cerrarlas o abandonarlas.

     

    Si, en el caso que por motivos de fuerza mayor, se requiera proceder al cierre del Proyecto, se presentará a la autoridad correspondiente, un plan de abandono y cierre de las obras, con al menos un año de antelación, conforme a la legislación vigente y a los avances tecnológicos disponibles a esa fecha.  Si durante el período de construcción  el Titular decide no seguir adelante con la construcción por motivos de fuerza mayor, se presentará un plan de abandono y cierre de las obras asociadas al Proyecto, con una antelación de seis meses, para ser sometida a la aprobación de la autoridad.

     

    4.9.       Emisiones y Descargas al Ambiente

     

    4.9.1.     Emisiones atmosféricas

    i)          Etapa de construcción:    Se generarán emisiones de material particulado (PM10) y gases de combustión debido al movimiento de tierra en las actividades de escarpe del terreno, relleno y compactación, resuspensión de polvo producto del tránsito de vehículos pesados en caminos no pavimentados y combustión de motores, tanto de vehículos pesados como maquinaria y grupos electrógenos.   Los gases, se generarán producto de la combustión de motores de vehículos pesados, el uso de maquinaria y los grupos electrógenos.

     

    Se dará cumplimiento a la normativa ambiental aplicable a emisiones atmosféricas y de calidad del aire.  Se implementarán las siguientes medidas:

    ·                      Transporte de los materiales en camiones con carga cubierta.

    ·                      Control de velocidad al interior de la obra (máximo 40 km/h) y restricciones de velocidad en zonas sensibles.

    ·                      Humectación de caminos utilizados, al menos tres veces al día.

     

    ii)         Etapa de operación:        No se generarán emisiones atmosféricas. Ambas centrales consideran la utilización de generadores eléctricos de respaldo en caso de corte de energía para iluminación y operación básica de los equipos de las centrales y subestaciones.

     

    4.9.2.    Efluentes líquidos

    i)          Etapa de construcción:    Se generarán  aguas servidas, aguas de lavado de camiones mixer y aquellas producidas debido a las construcción de túneles.

    a)         Aguas servidas:  Se utilizarán baños químicos en los frentes de trabajo

    b)         Aguas de lavado de camiones mixer:              Se efectuarán sobre piscinas de hormigón, que conducirán las aguas hasta las plantas dosificadoras de hormigón, se recirculan en el mismo proceso.   Estas piscinas estarán ubicadas en los dos frentes de trabajo principales.

    c)         Construcción de túneles:  Se generará una mezcla de aguas residuales por cada perforación que realizan los equipos Jumbo. La mezcla estará compuesta por las aguas que se emplean en el frente de las perforaciones de los túneles, las aguas de alumbramiento que eventualmente podrían aflorar desde el contorno que se ha excavado, sólidos suspendidos, grasas y aceites, entre otros.   Esta agua será conducida mediante bombas hasta un sistema de tratamiento   Los puntos de generación de aguas residuales (ver respuesta 6.12.1 de la Adenda N°1 y observación 1.4 del Adenda N°2.), corresponderán a los portales de ingreso y de salida de los túneles de aducción de ambas centrales.    

    Las aguas que se produzcan por filtración de los túneles serán separadas de los eventuales RILES, y se devolverán al río o cauce natural.    Sólo las aguas de perforación serán canalizadas desde el interior de los túneles mediante tuberías, y serán conducidas por bombeo al exterior. Una vez fuera del túnel serán transportadas mediante tubería de HDPE colocada sobre el terreno, hasta el sitio de almacenamiento y tratamiento.  Se instalarán dos piscinas excavadas en tierra revestidas con lámina de HDPE de  125 m3 cada una (250 m3 en total), almacenamiento para  30 días aproximadamente, período en el cual se establecerán las condiciones específicas de la planta de tratamiento. Las piscinas de almacenamiento serán también unidades que actuarán como decantadores primarios para sedimentación de sólidos en suspensión, excesos de aceites y grasas y de hidrocarburos fijos serán también retenidos totalmente en las unidades de tratamiento primario. Los sólidos sedimentados en las piscinas serán tratados como residuos peligrosos, encargando su retiro y disposición final a una empresa autorizada.    Una vez que estén construidas ambas piscinas de almacenamiento, actuarán en serie, es decir, desde la primera se trasvasijará el sobrenadante a la segunda, de manera de optimizar la remoción de contaminantes.    El remanente de sólidos suspendidos que no se haya decantado en las piscinas, así como los demás contaminantes que son especialmente metales (Al, Cd, Fe, Mn, Pb), se estudiará en los primeros 60 días para determinar si hay excesos respecto de los límites de la NCh 1.333, tomando muestras del sobrenadante de las piscinas. Además, se efectuarán pruebas de tratabilidad físico – química tipo “prueba de jarras”. A más tardar al día 45 se tendrá un informe de tratabilidad con la conclusión del tipo y características de tratamiento. El día 60 se dispondrá del diseño de la eventual planta de tratamiento.

     

    ii)         Etapa de operación:        Existirán dos sistemas de alcantarillado particular, cada uno asociado a las casas de máquinas de las centrales.   Consistirán en sistemas modulares (pre-tratamiento y un reactor biológico con modalidad de lodos activados de aireación mecánica), cuyas caracterizaciones son:

     

    Las características del efluente de la planta de tratamiento de aguas servidas

    Parámetro

    Valor

    pH

    5,50 – 9,00

    DBO5 (mg/l)

    <40

    Sólidos Suspendidos (mg/l)

    <40

    Coliformes fecales (NMP/100 ml)

    <1.000

    Fuente: Valores típicos de plantas de lodos activados.

     

    4.9.3.    Residuos sólidos

    i)          Etapa de construcción:    Los principales residuos o desechos y las consideraciones de manejo son (ver Anexo B, parte 2  y Anexo G  del EIA):

    a)         Residuos sólidos domésticos y asimilables: Restos de envoltorios, papeles de oficinas, cartones, restos de alimentos, y cualquier otro que se puede asimilar a un residuo doméstico.   Estos residuos serán almacenados transitoriamente por separado, según su tipo (vidrio, plástico, papel y orgánico), en contenedores herméticos (de 5 a 8 m3 de capacidad). El área donde se emplazarán los contenedores se encontrará señalizada y en condiciones de orden y aseo periódico.

    b)         Residuos sólidos industriales:      Producto de las instalaciones de faena y en los frentes de trabajo, y corresponderán a despuntes de aluminio, chatarras de fierro,  carretes, madera de embalajes, neumáticos, etc..   Estos residuos serán acopiados de forma temporal en un área señalizada y sectorizada para la correcta segregación de los residuos, los que luego serán enviados a un sitio de disposición final autorizado sanitaria y ambientalmente.

    c)         Residuos peligrosos:        Generados en las instalaciones de faenas y en los frentes de trabajo, debido a las labores menores de mantención de maquinarias.   Solo se realizarán en los dos frentes de trabajo principales y las zonas tendrán la siguiente implementación: superficies impermeables, baldes plásticos, tambores de 200 litros con tapa, palas y aserrín, como material de contención, que será tratado como residuo peligroso, en caso de su utilización en el control de derrame.   Se dará cumplimiento al D.S. 148/2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.   Las mantenciones generales de los equipos, maquinarias y vehículos, serán en la ciudad de Linares, por lo que en el área del Proyecto sólo se generarán aceites usados, baterías desgastadas y residuos de explosivos.

    d)         Otros residuos peligrosos a generar serán:

    ·                      Aceites usados: actividades de mantenciones menores.

    ·                      Baterías: debido al uso de maquinarias y vehículos dentro de las obras del Proyecto.

    ·                      Residuos de explosivos: corresponden – en su mayoría –  a chisperos, detonadores y resinas que no exceden el 2% en peso (entre 1% y 2%).

     

    Una estimación de la generación anual de residuos peligrosos para la etapa de construcción, es:

     

    Tipo de residuo

    Unidad

    Año 1

    Año 2

    Año 3

    Total

    Aceites usados

    t

    5,14

    8,68

    3,71

    17,53

    Baterías usadas

    t

    0,57

    0,97

    0,41

    1,96

    De explosivos

    t

    1,94

    3,28

    1,4

    6,63

    Total

    t

    7,66

    12,93

    5,53

    26,12

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ii)         Etapa de operación:        Se generarán principalmente residuos sólidos domésticos (papeles, restos de alimento, cajas, entre otros) y lodos de las plantas de aguas servidas y generación de una cantidad menor de residuos peligrosos, como consecuencia de las actividades de mantención de equipos.   

     

    No se efectuará tratamiento alguno para los residuos sólido que se generen durante la etapa de construcción y/u operación.   Sólo habrá almacenamiento temporal, hasta el retiro, transporte por una empresa autorizada y disposición final en un sitio autorizado ambiental y sanitariamente, para ello.   Se dará cumplimiento a la normativa vigente, en especial con el D.F.L. N°725 de 1967 Código Sanitario, el D.S. N°594 de 1999 y el D.S. N° 148 de 2003, todos ellos del MINSAL (ver Anexo F del  EIA).

     

    Sitios para instalaciones de acopio temporal de residuos generados por el proyecto con coordenadas.

     

    Central

    Sitio

    Tipo de Residuos

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Norte

    Este

    Etapa de Construcción

    Central El Castillo

    Instalación De Faena Principal (Confluencia Entre El Río Achibueno Y El Estero Los Maquis)

    Residuos Domésticos Y Asimilables

    Residuos Industriales Sólidos No Peligrosos

    Residuos Peligrosos

    6.003.157

    302.121

    Instalación De Faena 01

    residuos domésticos y asimilables

    residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.001.363

    308.413

    Instalación De Faena 02

    residuos domésticos y asimilables

    residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.003.218

    305.911

    Central Centinela

    Instalación De Faena Principal (Frente A Tubería En Presión)

    residuos domésticos y asimilables

    residuos industriales sólidos no peligrosos

    residuos peligrosos

    6.005.032

    284.616

    Instalación De Faena 01

    Residuos domésticos y asimilables

    Residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.000.059

    293.626

    Instalación De Faena 02

    Residuos domésticos y asimilables

    Residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.003.304

    290.347

    Etapa De Operación

    Central El Castillo

    Casa De Máquinas

    Residuos domésticos y asimilables

    Residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.002.737

    301.476

    Central Centinela

    Casa De Máquinas

    Residuos domésticos y asimilables

    Residuos industriales sólidos no peligrosos

    6.004.926

    284.850

    Nota: Instalaciones de faena corresponde a instalaciones de apoyo con una superficie estimada de una (1) hectárea cada una, que serán utilizadas como centros de operación de los Contratistas a cargo de la ejecución de las obras.

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

      

    4.9.4.    Ruido

    i)          Etapa de construcción:    Se generarán emisiones sonoras provenientes tanto de fuentes fijas, como móviles (ver Anexo N Parte 1 y Anexo C Parte 7 del EIA).

    a)         Fuentes Fijas:                Consecuencia de actividades, dispositivos o maquinaria que se encuentran confinadas para operar en un lugar determinado, aun cuando su naturaleza permita que sean desplazadas.

    b)         Fuentes Móviles:            Relacionadas con el transporte o desplazamiento de un lugar a otro.

    En ambos casos se dará cumplimiento a la normativa vigente.

     

    ii)         Etapa de operación

    No habrá generación significativa de emisiones sonoras.

      

    4.9.5.    Otras formas de energía

    No habrá generación de otras formas de energía o descargas al ambiente, en sus etapas de construcción y/u operación.

     

    Para el manejo general de los residuos peligrosos originados en el área del Proyecto, serán contenidos y segregados por tipo, en tambores de 200 litros, sellados y rotulados, para luego ser almacenados temporalmente en recintos que contarán con las especificaciones técnicas exigidas en el artículo 33 del D.S. 148/2003, del Ministerio de Salud, “Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.    Los residuos peligrosos serán almacenados en estos recintos por un tiempo de 2 meses y como máximo 6 meses. Para luego ser trasladados a su lugar de disposición final, autorizado por el SEREMI de Salud.     En cada sitio de almacenamiento se mantendrá un registro en el que se consignará la identificación de los residuos a ser almacenados temporalmente, en cada lugar. Para el caso de los residuos de carácter peligroso, se registrarán las características de peligrosidad asociadas a cada tipo, así como la estimación de la cantidad a ser almacenada de cada uno de ellos, por período de tiempo. En el dicho registro, se indicará el detalle de los procedimientos internos para recoger, transportar, embalar, etiquetar y almacenar los residuos, atendiendo a sus características de peligrosidad, cuando se trate de materiales de este tipo (ver Anexo B parte 2 del EIA).

     

     

  5. Las siguientes observaciones dan cumplimiento a la normativa legal (artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental) en lo que respecta a requisitos para ser ponderadas en el marco del proceso de evaluación ambiental:

      

    I-         Observaciones Ciudadanas al EIA del Proyecto “Central Hidroeléctrica Achibueno”.

     

    I.I. Las observaciones formuladas al Estudio de Impacto Ambiental y ponderadas fueron realizadas por:

    Adivanni López Canelo

    Los Hualles, Comuna de Linares

    Alba Gajardo Avila

    Sector Batuco, Comuna de Linares

    Alex Hernandez Liberona.

    1 Norte 160, Longaví

    Álvaro  Bustos Vera-Pinto

    Calle Don Bosco N° 36 Linares

    Álvaro  Rondon Humeres

    Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago

    Álvaro Troncoso Olivos

    Pobl. Frei, Pasaje José Retamal 0117, Comuna de Linares 

    Andrés Alejandro Alcayata Roa

    Pasaje Ricardo Ruiz Nº1948 Villa María del Valle Linares

    Andrés Arturo Alcayata  Zúñiga

    Villa  Jorge Sánchez Salas Pje. Ramón Carnicer Nº 273 Linares

    Andrés Zaldúa

    Puren N° 1360 Comuna de Las Condes Santiago

    Ángel Emiliano Mercado Venegas

    Avda. El Parrón 1399 San Ramón Santiago

    Arcadio Henríquez

    Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Augusto Cornejo

    Sánchez Fontecilla N°11314, Santiago

    Bárbara  Hernández Rubio

    Pasaje Guaquivilo Nº0402, Población Achibueno, Linares

    Bernardo San Martín

    Carlos Antúnez Nº 1325, Edificio 20, departamento 210, Santiago

    Brisa Campillay Alarcón

    Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó

     

    Camila Badilla 

    Antonio Varas Nº60 departamento 205 Santiago

    Camila de la Paz Méndez Oyanedel

    Población Germán Segura Nº 53 Linares

    Camila Lara Ibarra 

    Colo Colo Nº470 departamento 104 Concepción

    Camila Muñoz Bizama 

    Camino a Panimávida Km. 2 Linares

    Camilo Allende Castro

    Los Ceibos Nº 178 Maipú Buin

    Camilo Álvarez

    Montecillos Sargento Aldea 157, Comuna de Linares

    Carla Núñez Matus 

    Suecia Nº415 departamento 904 Comuna de Providencia Santiago

    Carlos  Camerati Picasso

     Fundo San Gabriel  s/n  Linares

    Carmen Gloria Carrillo Araneda

    Esperanza 1146 Linares

    Carola Castro Lagos

    Andes Nº1521 Villa Santa Sara Linares

    Carolina Martínez

    Padre Román N° 4461, Santiago

    Carolina Rodríguez Molina 

    Ramón Olate Nº1633 Linares

    Carolina Rodríguez Torres

    Sebastián  Elcano Nº955 Santiago

    Carolina Sanhueza Campos 

    Cochrocanne Nº1340 departamento 301 Concepción

    Catalina Alfaro Cerda,

    Monseñor Escriba B Nº 14415, Santiago

    Claudia  Gómez Parada

    Freire Nº 118, Linares

    Claudio Cerda Villagra

    Esperanza 1146 Linares

    Claudio Cofre Ávila

    El Emboque, Comuna de Linares

    Claudio Soto Valdés

    Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Constanza Andrea Valdivieso Jara 

    Manuel Rodríguez Nº1175 Linares

    Constanza Ivonne González Riquelme

    Tucapel Nº 452, Concepción

    Cristóbal Sepúlveda Sandoval

    Intendente Fontana Nº3076 San Javier

    Daniel Antonio Soto V.

    Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Daniel González

    Avda. México N°8136, Comuna La Florida, Santiago

    Daniela Saldaño  Verdugo

    Pobl. Santa Cecilia  Antuco Nº 115 Linares

    Diego Ignacio Alcayata Hortuvia

    Villa Santa Marcia del Valle, Pje. Ricardo Ruiz N°1948 Linares

    Dionisio Cerda H

    Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Eduardo Maturana Santis

    Avda. Maipú Nº 1842 Maipú Santiago

    Eduardo Pastor

    Avda. Costanera Nº1011 Pichidangui, Los Vilos

    Elisa Maya Sepúlveda Seppi

    Calle Maipú 91, Comuna de Linares

    Ellen Marie Guidera

    Calle  Maipú Nº 91, Comuna de Linares

    Elsa Rosa Henríquez Campos

    Los Hualles Esperanza 1152 Linares

    Elsa Maureira M

    Malalhue N°182, Santiago

    Ernesto González Mallea

    Avda. Estación Nº190 Buin

    Evelyn Valdés Maureira

    San José Nº1322, Linares

    Fernando Torres Hernández

    Pasaje Olivos Nº1283, Población Yerbas Buenas, Linares

    Francisca C. Lobos Loyola

    Pasaje John Cristal Nº 1038 Linares

    Francisca Cerda Carrillo

    Esperanza N°1146 Linares 

    Francisca Rojas Olivos 

    Panimávida s/n Colbún

    Francisco Adriazola Carvallo,

    Camino El Olivar Nº 1377, Comuna Las Condes, Santiago

    Gabriela Márquez Salvo 

    Cochranne Nº1340 departamento 301 Concepción

    Gerardo Berrios Campos

    Las Pataguas Nº0063, Villa El Alba, Linares

    Gloria Patricia Carrasco Vásquez

    Tegualda Nº 1762 Comuna de Ñuñoa Santiago

    Grisselle Morales Campos

    Los Predicadores Nº 50, Linares

    Héctor Eduardo Montoya Castro

     Yerbas Buenas Nº597, Linares

    Héctor Pincheira Espinoza

    Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares

    Hermida Quezada Hernández, Presidenta de Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Linares

    Villa Independencia, 4 estaciones Nº 416, Comuna de Linares.

    Henry Purcell

    Calle  Maipú Nº 91, Comuna de Linares

    Hernán Álvarez Barros

    Sargento Aldea 157, Comuna de Linares

    Hernán Espinoza Cerda

    Los Hualles , Comuna de Linares

    Hilda Margarita Hortuvia Morales,

    Villa Santa Mónica Punta  Arenas Nº 3578 Depto. 104 Santiago

    Hilda Olivia Morales Morales

    Villa Alta Mónica, Punta Arenas N° 3578, Depto. 104, Santiago

    Hugo Cáceres Carrasco

    Intendente Fontana Nº 447, Comuna de Linares

    Humberto Salazar

    Montecillos Nº 40 B Domicilio Montecillos, Comuna de  Linares

    Ignacio Astudillo Meza

    Pasaje Osorno Nº100 Población Santa Cecilia Linares

    Iris Elena Vera –Pinto Retamal

    Don Bosco Nº 36 Linares

    Irma del Carmen Fuentealba Chávez

    Villa Sta. Sara, Los Alpes 1142 Comuna de Linares

    Ismael Pablo Mena Valdés

    Calle Sotomayor N° 408 Linares

    Iván Bey Vives

    Tegualda Nº1823 Santiago

    Iván Yáñez Ávila

    Santa Rosa, Comuna de Linares

    Jaime Fernando Gómez San Martín

    Freire N 118, Linares

    Jacqueline Romo Valencia

    Pasaje Los Tucanes, Santiago

    Javier Alejandro Valerio Gutiérrez

    Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares

    Javier Antonio Cisterna Vásquez

    Lincoyán con Santiago Nº 724 Belloto Norte, Quilpue

    Javier Tapia Berly

    Los Pelues Nº075 Valdivia

    Jimena Yánez Alegría

    San Pablo Nº1353 Santiago

    Jorge Basso Méndez

    Antupirén 8361, Comuna de Peñalolen, Santiago

    Jorge Bernal Fernández.

    Lolco 7914, Las Condes, Santiago

    Jorge Yañez Gajardo

    San Antonio, Comuna de Linares

    José Arcides Parra Retamal

    Pacul Nº 1563 Santiago

    José E. Tapia Cerda

    Los Hualles Esperanza 1152 Comuna de Linares

    José Galindo Carrillo Olate

    Pobl. Batuco Rari Nº 0164, Comuna de Linares

    José Manríquez Olivera

    Pobl. Emilio Gidi / 7 de Junio 610, Comuna de Linares

    José Soto Méndez

    P. Lynch 370, Comuna de Linares

    Josefina Sánchez Hormazábal

    Pobl. Meza Seco/ Coloraciones, 0611, Comuna de Linares

    Juan Alberto Bustos Bustos

    Calle Don Bosco Nº36, Linares

    Juan C. Méndez Salazar

    Los Hualles, Comuna de Linares

    Juan Herrera Oyarzún

    Ramón Olate N°1361, Linares

    Juan Espinoza O.

    Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Juan López Toro

    Los Hualles, casa Nº 11, Comuna de Linares

    Juan Manuel Henríquez

    Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Juan Palma

    Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de  Linares.

    Juan Pedro García Fernández

    Apoquindo N°4775, oficina 704, Santiago

    Julia Hortensia Gutiérrez Lestón

    Pasaje Maica 1345, Población Yerbas Buenas, Comuna de  Linares

    Julio González  Rodríguez

    Pobl. H. Meza Rojas  Pasaje el pastor 01228, Comuna de Linares

    Karina Antúnez Molina

    Biarritz Nº1919, departamento 503, Santiago

    Leonardo Zurita

    Villa Federico Gana Nº985 Linares

    Lessly Arias

    Maurice Ravel 7217, Santiago

    Leticia López Cerda

    Los Hualles, Comuna de Linares

    Luis Alberto Parra Retamal

    Pacul Nº 1563 Santiago

    Luis Cerda Salgado

    Mario Dueñas 971, Comuna de Linares

    Luis Juvencio Fuentes Méndez

    Villa Santa Sara Pje. Las Gredas 143, Comuna de Linares

    Luisa Benavides Mella,

    Ampliación Yerbas Buenas  Pje. 1 Casa Nº 10, Linares

    Manuel Jesús Valenzuela Parada.

     Eyzaguirre 1140 Torre D, Dpto 1206, Santiago

    Marcela Zamorano Valdés 

    Relbun Nº0886 Linares

    Marcelo Norambuena Sepúlveda

    Colo Colo Nº273 Linares

    Marco González Norambuena

    Imperial Nº0369 Linares

    María Eugenia  Lagos

    Villa Santa Sara Andes Nº 1521 Linares

    María Francisca  Henríquez  Sanhueza

    Gran Avda. Nº 5620, departamento 1502-B, Comuna de San Miguel, Santiago

    María Jesús Araneda Fernández

    Esperanza Nº1162 Linares

    María Jesús Badilla 

    Antonio Varas Nº60 departamento 205 Santiago

    María José Jaña Zúñiga 

    Roosvelt Nº1703 Ed. Los Jardines departamento 042 Concepción

    María Mellado Moya

    Colo Colo 359, Comuna de Linares

    María Mónica Henríquez

    Esperanza 1152, Comuna de Linares

    María Moraleda Tapia

    Los Litres 1192, Villa El Bosque, Comuna de Linares

    Marianela  Troncoso 

    O`Higgins Nº892 Linares

    Mariano Rivera Figueroa

    Kurt Moller Nº523 Casa 9 Linares

    Marta Morales

    Los Hualles Esperanza 1152 Linares

    Matías Andrés Alcayata Hortuvia

    Santa María del Valle Pje. Ricardo Ruz Nº 1948 Linares

    Matías Ruiz- Tagle Tapia

    Plaza Pedro Montt N° 4952, Comuna de Ñuñoa, Santiago

    Matilde Baeza Bain

    Navidad N°1512 comuna de Vitacura Santiago

    Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez

    Los Tenores N° 706 Maipú Santiago

    Mauricio Valiente Olivares, Director de CODEF Maule

    3 Sur  Nº 1386, Comuna de Talca.

    Mauricio Valdenegro Correa

    Avda. España N°604, Comuna de Rancagua

    Michael Robinson

    Bellín zona 4754, Santiago

    Mirtha Núñez González 

    Carmen Nº263 Linares

    Mónica de las Nieves Fariña Duarte

    Freire 355, Comuna de Linares

    Monserrat Catalina Navarrete Gurrea

    San José Parcela 5 Sitio C Colina Santiago

    Myriam Marcela Villar Gómez

    M. Miguel León Prado Georgia Nº1296 Linares

    Natalia Ximena Jorquera Peña

    Hermanos Cabot Nº 8057 Comuna de Las Condes, Santiago

    Néstor Daniel Becerra Monsalve.

    Serrano 973, Linares

    Nicholas Enrique Rojas  Silva

    Calle Yerbas buenas  Nº 0188 Linares

    Nicolás Hidalgo Collao

    Avda. Vicuña Mackenna N°693, departamento 5, Santiago

    Nicolás Gutiérrez Rojas

    Kurt  Möller Nº 1117, Comuna de Linares

    Nicoll Marcela Rojas Silva

    Calle Yerbas Buenas Nº0188, Población Ramón Olate, Linares

    Nora Elena Rivera Cáceres

    Freire Nº785, Linares

    Orosmira del Carmen Cerda Espinoza

    Juan Amigo Parcela Nº 3, Comuna de Linares

    Oscar Alberto Spichiger S.

    Salvador 411 Providencia, ciudad de Santiago, Chile

    Pablo Gutiérrez Pareja

    1 Norte 963 Edificio Centro 2070 Piso 5

    Paloma León

    Santa Rita N°543, Comuna de La Reina, Santiago

    Paola Angélica Villalobos Ríos

    Colo Colo Nº952, Linares

    Paola Cerda Henríquez

    Esperanza 152, Comuna de Linares

    Patricia Henríquez Henríquez

    Sargento Aldea 157 Linares

    Patricia Mihovilovic Lemaitre

    Calle Uno Sur Nº 865, Oficina Nº 2 , Talca

    Patricio Henríquez Espinoza

    Los Hualles , Comuna de Linares

    Patricio Navas Rodriguez

    René Scneider N°0173, Linares

    Pedro Jorge Arriagada Cameratti

    Villa Pablo Neruda, Pasaje Poema 20 N°823, Linares

    Pía Romero 

    Volcán Chillan Nº1855 Parque Cordillera Linares

    Priscila Yevenes

    Toronto N°1250, Comuna de La Florida, Santiago

    Raúl E. Méndez Muñoz.

    Concordia N°13 Población Porvenir, Linares

    Raúl Poblete Foster

    Arturo Prat Nº 68 Linares

    Ramón Montero Portilla

    Los Acanto Nº 1604, Depto. 1201 Vitacura, Santiago

    Ricardo Cerdas

    Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Ricardo Hernández Catillo

    Colo Colo Nº1282 Linares

    Ricardo Rivera Espinoza

    Camino San Antonio Nº 044-B, Linares

    Rita Cristina Roa Villegas

    Villa Jorge Sánchez Pje. Ramón Carnicer Linares

    Roberto Esteban Morales Pedrero

    Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019 Linares

    Roberto Salazar Ortega

    Ecuador Nº 1222 La Cisterna Santiago

    Rodolfo Antonio Mora Concha

    Pasaje Hungría Nº1255 Linares

    Rodolfo Córdova Núñez

    Valentín Letelier Nº984 Linares

    Rodolfo Suárez

    Padre Orellana N°1569, Santiago

    Rodrigo Alarcón Villalobos

    Villa Quiñipeumo  Pasaje Rucalhue Nº 0806 Linares

    Rodrigo Astudillo Meza

    Pasaje Osorno Nº100, Población Santa Cecilia, Linares

    Rodrigo Balladares

    Las Pataguas  Nº 0173 Linares

    Rodrigo Mauricio Mercado Sepúlveda

    Ramón Olate Nº850 Linares

    Rosa María Barrientos Ojeda

    Calle Yerbas Buenas Nº0729, Linares

    Rosario Badilla 

    Antonio Varas Nº60 departamento 205 Santiago

    Sandro Rodrigo Tapia

    Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Sergio Emilio Yánez Pérez

    Balmaceda Nº116, Linares

    Sergio Romero Guzmán

    Calle Sotomayor Nº 408, Comuna de Linares

    Simón Badilla

    O`Higgins Nº892 Linares

    Sonia Flores M.

    Santa Magdalena Nº75, departamento 810, Santiago

    Susana Espinoza Opazo

    Esperanza 1152, Comuna de Linares

    Sylvia Suárez Ramírez

    Travesia Nº 743 Linares

    Ulises Badilla

    O`Higgins Nº892 Linares

    Víctor Horacio Osega Ríos

    Luis Rodríguez Velasco N° 4712 Comuna de Las Condes Santiago

    Viviana Yánez González 

    Sara Barun Nº1380 Punta Arenas

    Ximena Guzmán Vásquez

    Parque Cordillera, calle Cerro Cordillera Nº 1006, Comuna de Linares

    Yanet del C. Astudillo Meza

    Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago

    Yanis Ramírez Lagos

    Emilio Gidi Achibueno Nº1600 Linares

     

    I.II.- Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 28 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental fueron las siguientes:

     

              Por no acreditar personalidad jurídica ni representación legal:

     

              Nombre:  Cámara de Comercio, Turismo e Industria de Linares

    Fecha Presentación Observación: 24.06.09

     

              Nombre:  Junta de Vecinos El Emboque.

                 Fecha Presentación Observación:  25.06.09

     

              Por no señalar indicar domicilio:

     

                          Nombre:  Paul Mc Rostie Bustamante.

                Fecha Presentación Observación: 04.06.09

     

                          Nombre: Pablo Espinoza Espinoza.

                Fecha Presentación Observación:  23.06.09

     

                          Nombre: Hernán Henríquez C.

                Fecha Presentación Observación:  23.06.09

     

                          Nombre : Bernarda Cerda Henríquez

                Fecha Presentación Observación:  25.06.09

     

              Nombre: Rodrigo Elías Cáceres Troncoso.

                Fecha Presentación Observación:  26.06.09

     

     

              Por no tener derecho a realizar observación en el marco de no corresponder a una   Organización con personalidad Jurídica y/o persona natural:

              Nombre: Diego Delgado de Nordenflycht. Alcalde Subrogante I. Municipalidad de Linares.

              Fecha Presentación Observación: 24.06.09

     

    I.III.- Las observaciones formuladas al Estudio de Impacto Ambiental por parte de las siguientes organizaciones ciudadanas y/o personas naturales, y que cumplen los requisitos establecidos en los artículos 28 y 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son las siguientes:

     

    5.1. Nombre: Oscar Alberto Spichiger S.
    Domicilio: Salvador 411 Providencia, ciudad de Santiago, Chile,

    5.1.1.  Se solicita presentar cartografía a una escala adecuada que incluya de qué forma es el sistema de atraviesos de las quebradas y cauces por parte de los canales de interconexión. No se sabe si las aguas de estas quebradas se suman al  caudal del canal o se deja su libre su libre escurrimiento.

    Esta Comisión considera pertinente la consulta, y al respecto señala  que la aducción de la central El Castillo interceptará a lo largo de su desarrollo un total de 14 quebradas. La aducción de la central Centinela por su parte, interceptará 22 quebradas a lo largo de su trazado. En las láminas 2.2-18 y 2.2-19 del Anexo 2 del Adenda Nº1, se identifican las cuencas y se individualizan los puntos de los cruce de las quebradas con los canales de aducción de ambas centrales.

    La materialización de los cruces considera dos tipos de obras, dependiendo si corresponde a una quebrada mayor o menor. En ambos casos, el cruce del canal de aducción se realizará por debajo del fondo de la quebrada. Para los cruces de quebradas menores se considerará el canal con su sección normal trapecial. Sobre el canal se dispondrán losetas de hormigón armado que permitan cruzar las aguas de la quebrada por encima del canal.

    Para los cruces de quebradas mayores se considerará el canal con una sección rectangular cerrada (cajón de hormigón), dispuesto del orden de 1 m por debajo del fondo de la quebrada. Tras construir la obra se restituirá la geometría original de la quebrada   (ver Lámina 2.2-16 del Anexo 2 del Adenda Nº1).    En ambos casos, el camino de borde del canal pasará a actuar como badén, y tanto el sector de aguas arriba como de aguas abajo del cruce se protegerá con bolones consolidados para evitar socavaciones y facilitar el encauzamiento de las aguas.

     

    5.1.2.  De igual forma no se precisan la forma que abordaran los atraviesos de cauces y quebradas en la construcción y mantención de caminos privados.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, y al respecto señala que el titular consideró que el diseño y la construcción de caminos, incluido los atraviesos de cruces y quebradas, se realizará de acuerdo con lo establecido por el Capítulo 3 Volumen 3 del Manual de Carreteras, y que es el documento que regula este tipo de obras de la  Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.

     

    5.1.3.  En el Predio Pejerrey 1, ROL 554-069, producto del trazado del canal de conducción de la Central Centinela, el predio se corta en dos partes.  Este predio se encuentra actualmente plantado en su totalidad con Pino Radiata. Las obras impiden la futura cosecha, mientras no se planifiquen  puentes sobre el canal  para retirar  la madera con camiones.

     La Comisión señala que según el Titular, el predio corresponde a una propiedad de la Forestal Niblinto en el cual existe un camino utilizado en la actualidad para faenas forestales, y que se ubica paralelo al trazado del canal. Este camino será cortado por el canal, no obstante lo anterior Hidroeléctrica Centinela tendrá caminos para el mantenimiento de las obras, por lo que existirá conexión entre los predios y se contempla la construcción de puentes.

     

    5.1.4.  Se solicita precisar plano topográfico de los sectores de marinas incluyendo obras de contención y evacuación de aguas lluvias.

    La comisión acoge observación considerándola pertinente, así mismo señala que la topografía de cada uno de los depósitos de marinas así como sus obras de contención y evacuación de aguas lluvias se encuentra contenidas en  las láminas 2.3-4 a la 2.3-12 del Anexo 2 de la  Adenda N° 1.

    Así mismo señala que estas se encuentran ubicadas entre los sectores Montecillo y Las Animas (Centinela) y Estero las Animas y Estero Potrero Grande (Castillo).
     

    Depósito de marina (DM)

    Coordenadas (UTM)

    Datum WGS84, Huso 19 Sur

    Superficie (Ha)

    Norte

    Este

     

    Central Hidroeléctrica El Castillo

    DM El Castillo 01

    6.001.341

    308.425

    2,499

    DM El Castillo 02

    6.001.343

    308.207

    0,946

    DM El Castillo 03

    6.003.090

    306.002

    6,562

    DM El Castillo 04

    6.003.242

    302.241

    3,500

    Total El Castillo

    13,508

    Central Hidroeléctrica Centinela

    DM Centinela 01

    6.002.882

    301.086

    7,884

    DM Centinela 02

    6.001.007

    296.950

    4,556

    DM Centinela 02ª

    6.001.150

    297.226

    2,004

    DM Centinela 03

    6.000.015

    293.222

    8,085

    DM Centinela 04

    6.002.101

    291.878

    4,508

    DM Centinela 05

    6.004.394

    290.677

    4,522

    DM Centinela 06

    6.005.086

    296.048

    15,927

    Total Centinela

    47,486

    5.1.5.  Se solicita precisar las zonas de corta con planos a una escala adecuada.

    La Comisión considera pertinente la observación y respecto de ello se señala que la  cartografía de las áreas de intervención, se encuentra incorporado en el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 102 en el Capítulo 7 del Estudio de Impacto Ambiental y las láminas L-1 a L-7 correspondiente a la Adenda 1 y anexas a él. Las obras proyectada en las láminas,  al igual que las zonas de intervención, han sido trazadas a  escala.


    5.1.6. La técnica de reducción de copa para el tendido eléctrico no funciona en especies de Pino Radiata, que carece de yemas de renegociación, muriendo  un ejemplar luego de la corta y dejando la superficie despoblada. Por ende, en estos casos hay que realizar una corta completa de la franja incluida.-

    Esta Comisión considera que la observación es pertinente, por tanto la  ejecución  de  la  corta  a  ras  de  suelo  de  las  especies  arbóreas  es ecológicamente negativa, tanto desde el punto de vista de la protección del suelo y de las laderas, como para la flora y la fauna (restricción de hábitat, disminución del éxito reproductivo poblacional de las especies arbóreas).  La empresa mantendrá, en lo posible, la altura de los árboles mediante la poda de las ramas de los individuos que interfieran en la franja de seguridad de la línea de interconexión eléctrica. Esto con la finalidad de mantener una altura máxima de los árboles sin que ello interfiera con la conducción segura de la electricidad.   Por otra parte, en sectores específicos del área de intervención de la vegetación que se encuentra debajo del tendido eléctrico, y en particular en la ubicación de los postes donde por motivos de seguridad de los trabajadores, o, porque las condiciones de operación de la faena en terreno así lo requieren, la empresa señala realizar la corta a ras de suelo de los ejemplares. Así mismo, en los casos en que sea necesario realizar una poda de magnitud incompatible con la recuperación y supervivencia de los individuos de Pinus radiata, u otras especies arbóreas que no posean la capacidad para rebrotar de tocón, dicha corta se realizará también a ras de suelo y considerando todas las medidas de protección ambiental indicadas en el PAS 102, entregado en el Anexo L del EIA.

    Cabe señalar, que el titular establece que cualquiera fuera el caso, todos los individuos eliminados mediante la corta a ras de suelo, existentes en el área de intervención de la vegetación que se encuentra debajo del tendido eléctrico, serán reforestados en igual número en los sitios destinados a la reforestación.

    5.1.7. En caso de incendio forestal, es necesario contratar un seguro de incendios por sobre las  plantaciones aledañas al proyecto, ya que  las actividades de construcción aumentan el  riesgo de incendios.  En éste debe indicarse las coberturas, cláusulas y deducibles.

    La Comisión considera pertinente la observación. Se debe señalar que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, establece medidas de prevención contra incendios forestales.  Dicho Plan, establece el Titular,  tiene como finalidad indicar todas las medidas, normas y aquellas actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello será la organización y  coordinación de  charlas  y  utilización  de  diversos  medios  de  difusión.  Se incorporará, además, las medidas de control pertinentes contra incendios forestales.

    No obstante lo anterior, el Titular señala que una vez que se posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se podrá realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.   Sin perjuicio de lo anterior,  el Titular establece que si se detecta un incendio forestal, se dará aviso de inmediato a las autoridades y se comunicará esta situación al teléfono de emergencias de CONAF, Fono 130.  Así también, se señala que mientras se espera el arribo de personal especializado de CONAF, se pondrá en acción el plan de emergencia implementado por el profesional forestal o agrónomo especializado, con el fin de realizar un ataque inicial al siniestro.

    Se debe aclarar que la contratación de seguros no es materia de la Evaluación de Impacto Ambiental y escapa absolutamente del marco legal ambiental vigente. Sin embargo, ello podrá ser evaluado por el Titular de manera voluntaria una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.
     

    5.1.8. Dadas las condiciones de pendiente y de peligrosidad de incendios forestales, se deben suscribir contratos de apoyo en la liquidación de incendios forestales con empresas forestales y con operadores de brigadas profesionales con helicópteros, dado que es el método más efectivo en estas  condiciones.  El proyecto emplaza esta responsabilidad a CONAF para la extinción de incendios, sin considerar que los recursos de ésta son limitados y el helicóptero no está siempre disponible en la Región, por apoyo en otras regiones.

    Respecto a esta observación la Comisión informa que la contratación de servicios de apoyo para la liquidación de incendios forestales no es materia de la Evaluación de Impacto Ambiental.   Sin embargo, señala que el Titular considerará evaluar dicha situación una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental. De esta manera el Titular podrá realizar un convenio con CONAF y/o con una empresa (forestal) especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.

    El  Estudio de  Impacto Ambiental (EIA)  del  Proyecto Hidroeléctrico Achibueno establece las medidas de prevención y control contra incendios forestales. De esta manera contempla establecimiento de un plan de prevención cuya finalidad es indicar todas las medidas, normas y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello serán la organización y coordinación de charlas y utilización de diversos medios de difusión. Las medidas de control pertinentes contra incendios forestales son también incorporadas.


    5.1.9. El titular debe comprometerse formalmente a restaurar y compensar las zonas que por  causas asociadas al  proyecto, sean voluntarias o accidentales, el ambiente sea dañado.  Por  ejemplo, deslizamientos, incendios forestales, contaminación de aguas, suelos, etc.

    La Comisión considera adecuada la observación, y respecto de ella  el Titular, en caso de detectar impactos no previstos a causa del Proyecto,  estos serán mitigados, reparados o compensados en función de las características particulares y la magnitud de los eventuales impactos imprevistos. En este caso, la Empresa desarrollará una extensión a los planes de mitigación, reparación o compensación ya contemplados en el Capítulo 7 del EIA.
         
    5.1.10.  Con respecto a las tornaduras, el titular debe especificar dónde se realizan las actividades e indicar cuáles son las medidas   implementar para resguardar los deslizamientos de tierra.

    La Comisión considera pertinente la consulta, señalando que La Empresa en la etapa de  la  construcción  tiene  contemplado solicitar  apoyo técnico en ingeniería mecánica a un experto en materia de suelos para realizar estudios de taludes, específicamente en lo referido a su estabilidad.  Cabe señalar que en la situación de encontrar taludes inestables, se llevarán a cabo las medidas para resguardar los deslizamientos de tierras.

    Las tronaduras según lo determina el Estudio serán realizadas principalmente como parte de la construcción de túneles, y adicionalmente en forma puntual en canales, sifón, cámara de carga, tubería de presión, casas de máquinas y canal de restitución, específicamente en la excavación de los sectores con rocas.

    Aquellas tronaduras a realizar en la superficie, es decir, a excepción de los túneles, serán programadas con la debida  anticipación,  determinándose  previamente  los  procedimientos  a  aplicar,  límites, cantidad y calidad del explosivo a utilizar, y la profundidad y distribución de las perforaciones, entre otras consideraciones.

    Por otra parte la Empresa, considera estabilizar, donde sea factible los taludes generados como consecuencia de la construcción, principalmente, de los caminos de acceso, canales y en los sectores con pendientes pronunciadas (sobre 30% de pendiente), y consiste, básicamente, en el mejoramiento de la estabilidad de los taludes que poseen suelo, evitando así el deslizamiento de suelo y roca.

    5.1.11.   En el numerando 2.2.5.3 se refiere a las características de los caminos con una pendiente máxima de 13%. El normal de la industria forestal para este tipo de terrenos de alta fragilidad, la pendiente máxima aplicable es de un 12%.  Pendientes superiores a ésta presentan alta probabilidad de colapsar el camino, generando arrastre de sedimentos a las quebradas. Se requiere identificar el número de desagües y la ubicación de éstos.-

    La Comisión considera relevante la observación, ante lo cual establece que en los caminos de construcción y definitivos en general se tratará en la medida de lo posible de usar como pendiente máxima 12%. El saneamiento de estos caminos será mediante cunetas o fosos según corresponda para el caso longitudinal, los cuales descargaran a las obras de arte transversales que se ubican en las quebradas. La cantidad y ubicación de las descargas se especificarán en los planos de ingeniería de detalles de los caminos, los cuales se adjuntan en el  EIA y Anexo 1 del Adenda 1.   En los caminos se contempla lo siguiente:
     ¬En caminos que se emplacen en cortes con roca, se evitarán los derrames de rocas en zonas de pendientes pronunciadas.
     ¬Construir bermas laterales a los caminos, en zonas de pendientes elevadas, para desviar el escurrimiento superficial de agua hacia zonas estables y/o con vegetación.
     ¬Se estabilizarán taludes y evitarán derrames de suelo y rocas (cortes y terraplenes), en zonas de pendientes pronunciadas. Se considerará, de ser factible, privilegiar el uso de tronaduras controladas para disminuir su efecto.
     ¬Se dispondrá del horizonte orgánico del suelo al lado del trazado de caminos, si éstos se utilizan por un período relativamente corto (uno a dos años).


    5.1.12.  En la página Anexo I-22, el Rol de la propiedad en el plano no coincide con el proyecto. Se solicita aclarar.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al  respecto indica que el Titular  rectifica los datos del predio afecto a cambio de uso de suelo, cuyo Rol es 554-17 (Matriz), de propiedad del señor Servando Castro Labra.  Este posee una superficie total de 6,40 hectáreas siendo necesario desafectar sólo un 1,43% de la superficie total del predio.   En el Anexo 2 del Adenda 1 se presenta la cartografía rectificada, que indica el Rol del predio, con el sector que será desafectado del uso agrícola, las superficies, la clase de capacidad de uso del suelo y los deslindes prediales, de acuerdo con la Pauta de Procedimiento para la Autorización de Cambio de Uso del Suelo (Ministerio de Agricultura, 1999).


    5.1.13.  En las páginas Anexo L-4 y L-5, los roles no existen y las superficies declaradas no representan el estudio. El Rol 554-21 no pertenece a Forestal Niblinto. El rol 554-129 no pertenece a Rufino Zúñiga. Las superficies de los predios Rol 554-140 y 554-164 no corresponden con la realidad.  La propiedad Rol 554-99 no pertenece  a Forestal Niblinto. El predio Nº 49 pertenece a Forestal Niblinto y aparece en el estudio “Sin información”. Todo esto genera un cálculo erróneo por sobre el % de superficie de impacto de proyecto, por proyecto, por ende los cálculos en base a esta información no corresponde. Se solicita aclarar.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que en el Adenda N°1  se indica lo siguiente:
    • El ROL 554-21 fue modificado por SII para Forestal Niblinto. El nuevo ROL es el 554- 456, señalado con ese rótulo en la Lámina L-7 del PAS 102.
    • El Rol 554-129 no pertenece a Rufino Zúñiga. Dicho predio pertenece a Pejerrey 4.
    • Las  superficies  de  los  predios  rol  554-99  no  pertenece  a  Forestal  Niblinto.  La información ha sido corregida el predio pertenece a Rancho Vásquez.
    • El predio N° 49 sin información de rol pertenece a Forestal Niblinto.
    Cabe señalar que en el Anexo 7 de la Adenda N°1 – Permiso Ambiental Sectorial 102 se entregan antecedentes complementarios que actualizan la información ambiental relativa al Plan de manejo de Corta y Reforestación de Bosques.


    5.1.14.  En el  numerando 6.4.1. La caracterización del Medio Biótico esta incompleto, Incluye sólo 6 especies con algún peligro de conservación, omitiendo cuatro especies arbóreas identificadas y una clasificación está incompleta. Especial importancia toma la especie Legrandia concinna o “Luma del Norte” con características de Vulnerable según el Libro Rojo. Ver Anexo Nº 1.-

    La comisión considera pertinente la observación efectuada, sin embargo, se debe tener presente que en  el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno las especies en categorías de conservación corresponden  a las especies con problemas de conservación registradas al interior del área de influencia del Proyecto a partir del muestreo realizado en las campañas de terreno de la línea base.  Lo anterior, es posible encontrarlo en el acápite 6.4.1 del EIA.   Por otra parte se concluye que el listado de las especies allí mencionadas estaría completo por cuanto constituyen las especies en categorías de conservación detectadas en las campañas de línea base realizada por la Empresa, al interior del área de influencia del Proyecto definida para el componente flora y vegetación terrestre. 

    Se efectuaron cuatro campañas de terreno (ver Anexo 3 del Adenda 2), en las cuales se realizó un catastro de todas las especies de flora encontradas al interior del área de influencia del Proyecto y donde se dio especial énfasis a la detección de especies con problemas de conservación.  De esta manera, en el acápite en referencia se entregó el listado de especies en categorías de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto, según las categorías indicadas en el D.S. 151/2077, D.S. 50/2078 y D.S. 51/2078, todos de MINSEGPRES y en el Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile (Benoit, 1989). Debe señalarse que la especie Legrandia concinna (Luma del Norte) no se detectó al interior del área de influencia del Proyecto, lo  mismo ocurre con otras especies cuyo rango de distribución abarca la cuenca del Achibueno, pero que no se encuentran en los sectores específicos que conforman el área de influencia del Proyecto.

    5.1.15.  En el numerando Anexo I-5 La ubicación de la calicata con coordenadas Norte 6.004.897. Este 284.854 (WGS84-zona 19 sur) para solicitar cambio de uso de suelo no corresponde al Rol 554-17.  La calicata está construida en otro sector  y el estudio del perfil no corresponde al lugar indicado.

    La Comisión determina que la observación señalada es relevante y por establece que el Titular en la Adenda N°1 reconoce efectivamente, que el Rol 554-17 de propiedad de Forestal Niblinto, no corresponde al predio que se requiere solicitar cambio de uso del suelo para el emplazamiento de la casa de máquinas Centinela (sector Pejerrey).  Por lo cual se  se rectifican los datos del predio afecto a cambio de uso de suelo, cuyo Rol es 554-17 (Matriz), de propiedad del Señor Servando Castro Labra, el cual no ha solicitado al SII asignación de Rol, por ello mantiene el rol de la Matriz.   Este predio tiene  una superficie total de 6,40 ha, siendo necesario desafectar sólo un 1,43% de la superficie total del mismo..

    La ubicación de la calicata con la respectiva caracterización del recurso suelo, corresponde al lugar donde se proyecta emplazar la casa de máquinas Centinela.   Para mayores antecedentes, recomienda esta Comisión revisar el Anexo 2, Lámina PAS 96-I3 de la Adenda N°1 en la cual se presenta la cartografía rectificada, que indica el Rol del predio, con el sector que será desafectado del uso agrícola, las superficies, la clase de capacidad de uso del suelo y los deslindes prediales, de acuerdo con la Pauta de Procedimiento para la Autorización de Cambio de Uso del Suelo.


    5.2. Nombre: José E. Tapia Cerda.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152 Comuna de Linares

    5.2.1.  Yo  quiero que si el proyecto se realiza que el camino sea  por los Hualles, es decir, la  ruta L 71 una con la L 45.-

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.

    5.3. Nombre: Hernán Álvarez Barros.
     Domicilio: Sargento Aldea 157, Comuna de Linares

    5.3.1. Que variantes va a tener la ruta L 571 y en que lugar y cuantas.-

     La Comisión considera pertinente la consulta y al respecto señala que por esta ruta  L-571 (L-565 camino Los Hualles en el EIA), serán  transportados los materiales, la maquinaria, equipos, entre otros, hasta los diferentes frentes de trabajo de la central Centinela, así como también los buses y camionetas que repartirán a los trabajadores. Sin embargo, se debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante ya que será utilizada completamente por el Proyecto. Lo anterior implicará realizar ciertas mejoras en algunos puntos, los cuales serán informados a la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, a objeto de cumplir con la normativa vigente. Cabe mencionar además que la utilización del camino se plantea básicamente para la etapa de construcción, contemplándose un flujo muy reducido durante la operación de las centrales.

    5.4. Nombre: Juan Palma.
    Domicilio: Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de  Linares.

    5.4.1. Yo veo  el  proyecto Hidroeléctrico con  esperanza pues si consideran para el trabajo de mano de obra local. Así dejaremos de hacer carbón por el tiempo que dure el trabajo.

    Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.

    5.5. Nombre: Claudio Soto Valdés.
    Domicilio: Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.5.1. Quisiéramos saber si el proyecto se aprueba la gente que vive en los Haulles sería contratada por la Empresa para dejar por un tiempo de cortar el bosque nativo.

    Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.


    5.6. Nombre: Daniel Antonio Soto V.
    Domicilio: Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.6.1. Deseamos saber si el proyecto es aprobado el camino los  Haulles uniría  al de Juan Amigo, es decir la ruta L 571 se uniría al L 45.-

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.


    5.7. Nombre: Sandro Rodrigo Tapia.
    Domicilio: Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.7.1. Nosotros deseamos saber si existe alguna posibilidad que la gente del sector sea contratada por esta Empresa para así dejar de cortar el Bosque Nativo.

      Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.


    5.8.- Nombre : María Mónica Henríquez.
     Domicilio: Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.8.1. Quisiera saber  si el  proyecto es aprobado los vecinos de los Haulles tendríamos acceso a los caminos que une  los Hualles, es decir  la ruta L 571 con la Ruta L45, ya que esto sería muy beneficioso ya que en el futuro podríamos hacer turismo y así dejar de cortar el Bosque Nativo.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.


    5.9. Nombre: Dionisio Cerda H.
    Domicilio: Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.9.1. Nosotros deseamos  saber si el  proyecto es aprobado se tiene considerado contratar mano de obra local para poder dejar de cortar el Bosque Nativo que existe en el sector.

    Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.


    5.9.2. Será posible cambiar el trazado del proyecto en los tramos que es  corral a Túnel, a modo de evitar la corta de los árboles.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y en este ámbito señala que la ubicación de las obras del Proyecto, se emplaza en las áreas donde se produciría el menor impacto sobre la flora y vegetación nativa presente en el sector.

    Cabe señalar  que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable e incorpora los planes de manejo ambiental que están orientados específicamente a mitigar, restaurar y/o compensar los impactos ambientales generados por el Proyecto sobre el componente de flora y vegetación terrestre.   Por otra parte agrega el “Plan de Protección de la Flora y Fauna Nativa” orientado a mitigar los impactos del Proyecto sobre la flora y fauna, incluidos los bosques de Ciprés de la Cordillera, Hualo y especies de flora protegidas. Esto se realizará mediante la implementación de medidas de protección incorporadas en la Normativa Interna de Protección ambiental (NIPA), así como actividades de capacitación y educación ambiental dirigidas al personal que ejecutará las actividades del  Proyecto en  terreno. Asimismo, el  plan  de  manejo ambiental denominado “Creación de un Área de Conservación” ha contemplado la incorporación de estas asociaciones vegetales en dicha área con fines de protección y conservación en el largo plazo.  Por otra parte, el Titular entrega la información correspondiente en el Anexo 14 – Flora y vegetación terrestre de la Adenda N°1, de la  caracterización ambiental de  los  sectores potenciales donde se propone la realización de la medida de compensación “Creación de un Área de Conservación”.


    5.10. Nombre: Arcadio Henríquez.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares.

    5.10.1. El Estudio de Impacto Ambiental protege  el estero los Hualles, la cual como vecino del sector se encuentra que la medida es positiva para nuestra comunidad por cuanto mejora nuestra calidad de vida.

    Esta  Comisión considera pertinente la observación y al respecto agrega que el Estudio de Impacto Ambiental  propone en el Capitulo 7 establecer una medida de compensación denominada  Propuesta de Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles”, orientada a proteger y resguardar dicho Estero, dado que este presenta una riqueza y abundancia de especies nativa relevantes.  Por lo anterior, la Empresa propone la protección de un tributario del río Achibueno, de tal forma de propender a la permanencia y eventual aumento de la abundancia y riqueza de especies nativas. El objetivo es desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles, en acuerdo y con la colaboración de las autoridades y comunidad local.

    Por lo anterior y dado que el estero no es de tuición del Titular, y muchas de las medidas propuestas deberán ser aprobadas por varias autoridades competentes, el plan a desarrollar debe  ser evaluado como una propuesta.  Así mismo las acciones que considera   son las siguientes:
    • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales o  cualquier otra fuente de contaminación de las aguas en el estero Los Hualles.
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus características de hábitat favorable a las especies ícticas y sus fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar actividades de pesca de especies nativas en el sector.
    • Realizar estudios de línea base con al menos 4 estaciones de flora y fauna acuática y una estación de calidad de aguas.

    En una segunda etapa, se proponen los siguientes cursos de acción:
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades que tienen injerencia en su implementación, entre las cuales destaca: Subsecretaría de Pesca, Servicio Nacional de Pesca, Dirección de Obras Hidráulicas y Dirección General de Aguas del MOP y la I. Municipalidad de Linares. Este plan estudiara a nivel de factibilidad técnica y administrativa la declaración de una Reserva Marina en Cuerpos de Agua Dulce.
    • Diseñar y financiar una campaña de difusión tendiente a sensibilizar a la población ribereña con respecto a la conservación de la biodiversidad y, en particular, de las especies ícticas nativas. Dicha campaña contemplará actividades como presentaciones, desarrollo de guías y trípticos informativos para pescadores y escolares, señalética ambiental, etc.
    • Basado en la información del catastro de descargas de aguas servidas u otras fuentes contaminantes y en acuerdo con la comunidad y las autoridades pertinentes, se impulsará la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    • De acuerdo con la información contenida en catastro de zonas en las que se ha eliminado la vegetación ripariana, y en acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    • Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha intervenido los cauces, deteriorando su calidad como hábitats, en acuerdo las autoridades competentes, ejecutar labores de restauración de dichos ambientes. En este mismo contexto, podrían eventualmente introducirse refugios artificiales para ictiofauna que aumenten la heterogeneidad de los hábitats presentes.
    • Se solicitara a las autoridades e interesados no introducir truchas en Los Hualles.
    • Definir zonas de pesca deportiva diurna para limitar las poblaciones de truchas.
    • Sembrar especies nativas en Los Hualles provenientes de las capturas de monitoreo (Diplomystes nahuelbutaensis)

    Finalmente, cabe señalar que el compromiso del Titular es presentar el plan antes del inicio de operación del proyecto.

    5.11. Nombre: Juan Espinoza O.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares.

    5.11.1. Si el proyecto Hidroeléctrico Achibueno se aprueba el camino que une Los Hualles, es decir, la Ruta L 571 con la Ruta L 45 unirá a estos dos caminos.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.


    5.12. Nombre: Susana Espinoza Opazo.
    Domicilio: Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.12.1. Nosotros deseamos que si el  proyecto se aprueba se le diera trabajo a la  gente de los Hualles, pues así, dejaríamos de cortar el bosque nativo para hacer carbón.

    Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.


    5.13. Nombre: Juan Manuel Henríquez.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152, Comuna de Linares

    5.13.1. La Empresa que construirá el Proyecto tiene contemplado ocupar la capacidad de alojamiento disponible en el Sector de los Hualles.

    Esta Comisión respecto de la consulta señala que durante la etapa de construcción del Proyecto,  según lo ha determinado la Empresa, se estima que los trabajadores asociados al Proyecto se alojarán en su gran mayoría en la ciudad de Linares y en menor medida en Longaví. No obstante lo anterior, parte del personal de la empresa, particularmente sus profesionales y técnicos, utilizarán el alojamiento disponible de las localidades próximas al Proyecto.


    5.14. Nombre: Ricardo Cerdas.
    Domicilio: Los Hualles, Esperanza 1152, Comuna de Linares.

    5.14.1. Si se construye la Central será posible que la puedan visita turistas que visiten nuestros sectores.

    Esta Comisión señala que según lo determinado por el Titular, las dependencias de las  centrales hidroeléctricas estarán abiertas para hacer visitas semanales guiadas a todas las personas pertenecientes a la provincia de Linares.


    5.15. Nombre: Camilo Álvarez.
    Domicilio: Montecillos Sargento Aldea 157, Comuna de Linares

    5.15.1. ¿Cómo hará la Empresa para no ensuciar el agua del Río Achibueno y del Estero Los Hualles, durante la construcción?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que la Empresa durante la fase de construcción, las aguas servidas serán generadas producto del desarrollo de faenas de la obra, para lo cual se contempla el uso de baños químicos en los frentes de trabajo e instalaciones de faenas, que serán de responsabilidad del Titular, el cual deberá transportar y disponer dichos efluentes en lugares autorizados. Al respecto, la empresa, en su calidad de Titular del Proyecto, verificará el cabal cumplimiento de estos compromisos o exigencias.

    Por otra parte, se generarían aguas de lavado de camiones mixer. Esta actividad se realizará sobre una o más piscinas de hormigón, que conducirá las aguas hasta las plantas dosificadoras de hormigón.

    Así también, producto de la construcción de túneles se espera que se genere una mezcla de aguas residuales, la cual se estima en 0,3 L/s, por cada perforación que realizan los equipos jumbo.  La  mezcla  estaría  compuesta por  las  aguas  que  se  emplean en  el  frente  de  las perforaciones de los túneles, de las aguas de alumbramiento que eventualmente podrían aflorar desde el contorno que se excavaría, sólidos suspendidos, algo de grasas y aceites, entre otros. Esta agua será conducida mediante un sistema de bombas hasta un sistema de tratamiento, el cual estará constituido como máximo por tres unidades de tratamiento.

    Los efluentes líquidos que generaría el Proyecto, serían controlados descartando la posibilidad de contaminación del río Achibueno y el estero Los Hualles.

    Cabe señalar que la empresa establece que durante las excavaciones se realizarán desvíos locales del río, con material adecuado, de modo de no aportar sólidos en suspensión, sólo hacerlo puntualmente.


    5.16. Nombre: Paola Cerda Henríquez.
    Domicilio: Esperanza 152, Comuna de Linares

    5.16.1. El Estudio Impacto Ambiental contempla la contratación del personal en un número considerable, se debería obligar  a que un porcentaje considerable de la mano de obra existente en el sector de los Hualles, Montecillos, Pejerrey entre otros. Lo que se vería beneficioso por que  por  un plazo que duren  los  trabajos, disminuiría los cortes de nativo para carbón que es la única entrada con que cuenta la gente de estos sectores.

    Esta Comisión considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.

    5.17. Nombre: Patricia Henríquez Henríquez.
    Domicilio: Sargento Aldea 157 Linares.

    5.17.1. Las áreas que serán ocupadas por instalaciones al terminar el proyecto serán restablecidos a su situación inicial.-

    La Comisión establece que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable y no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales controlados y  además de ello establece medidas de conservación y restauración del ecosistema y medidas mitigatorias adecuadas.  Es decir,  el Titular se ha obligado a restablecer todas las áreas ocupadas durante la etapa de construcción.


    5.18. Nombre: Humberto Salazar.
    Domicilio: Montecillos Nº 40 B Domicilio Montecillos Linares.

    5.18.1. Quisiéramos saber  si el  camino cajón Los Hualles Ruta L 571 une al de ruta  L 45, ya que sería muy bueno para todos los lugareños.
    Como también, si el  proyecto se realiza tendremos una buena oportunidad de fuente de trabajo.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.

    Por otra parte considera pertinente la preocupación e interés, sin embargo establece que, no es posible pronunciarse en materias que sobrepasen la evaluación  ambiental, sin embargo puede señalar que según lo informado por la Empresa en el Capitulo 2 del EIA en la  Descripción de Proyecto, “se privilegiará la contratación de personal de la región, especialmente de localidades cercanas al área del Proyecto. No obstante lo anterior, es importante aclarar que Hidroeléctrica Achibueno Ltda. desarrollará las obras por intermedio de empresas contratistas, que son las encargadas de contratar al personal que trabajará en la ejecución del Proyecto, por lo que la empresa contratará directamente a muy pocas personas. Sin embargo, lo natural es que las empresas constructoras contraten la mayor parte de sus trabajadores en la zona, debido a que el hecho de traer trabajadores de zonas alejadas, involucra mayores costos de alojamiento alimentación y transporte. Es así como en los últimos proyectos realizados, la gente de la zona ha llegado a valores del orden del 70% de la mano de obra total, que se estima corresponderá básicamente al tipo “no calificada” o “semi calificada”, siendo el 30% restante a puestos de trabajos que por capacitación no pudieron ser ocupados por gente del sector”.
     

    5.19. Nombre: Marta Morales.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152 Linares.

    5.19.1. Si el proyecto se realiza, quisiéramos saber si el camino los Hualles que es la ruta L 571 se  unirá a L 45,  en las Ánimas ya que eso sería beneficioso para los habitantes de estos sectores.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles  y unirlo con el sector de Las Ánimas.


    5.20. Nombre: Raúl Poblete Foster.
    Domicilio: Arturo Prat Nº 68 Linares
    5.20.1. Al realizarse este proyecto mejorarían el camino a los Hualles Ruta L 571 se unirá con el L 45 tendríamos más cercanía para llegar en vehículo y acercarnos más a la Cordillera y hacer mejor turismo.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles  y unirlo con el sector de Las Ánimas.

    5.21. Nombre: Elsa Rosa Henríquez Campos.
    Domicilio: Los Hualles Esperanza 1152 Linares.

    5.21.1 Como vecino del sector, creo que se debiera implementar la conectividad del sector de los Hualles con las Ánimas, mejorando el camino los Ilares, por cuanto  ya existe como huella que es usada para la explotación de árboles.

    Esta Comisión debe mencionar que según lo establecido por el Titular dicha ruta no tendrá ninguna variante,  y  que no está considerado prolongar el camino Los Hualles y unirlo con el sector de Las Ánimas.


    5.22. Nombre: Claudio Cerda Villagra.
    Domicilio: Esperanza 1146 Linares.

    5.22.1. ¿Cual  va  hacer el  Impacto  que va  a tener  para las personas que ocupan  agua del Río para regar, como la Asociación de Regantes de El Melado, ya que se baja el nivel del agua y no va alcanzar para que rieguen todos?.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que los derechos de agua otorgados al Titular son de carácter no consuntivo, es decir no se consumen para ningún fin sino que se restituyen íntegramente al curso de agua original después de ser utilizados para la generación de energía eléctrica. El tramo en que se desvían las aguas van desde la bocatoma de la Central el Castillo, ubicada cerca del Estero Potrero Grande, hasta Pejerrey a la altura de la confluencia con el estero Los Hualles; tramo en que el Titular dejará pasar a lo menos el caudal ecológico, es decir 3 m³/s en todo momento, por lo que en ese sector el río siempre mantendrá este caudal además de los aportes de los afluentes que existen en este tramo.

    Por otra parte, aguas debajo del sector de  Pejerrey, el caudal se mantendrá igual que siempre, es decir, hacia linares, el agua mantendrá los mismos niveles.

    Es decir, no  se  afectarían los  derechos de  tipo consuntivo (riego) aprobados por la Dirección General de Agua en la comuna de Linares, debido a que estos derechos están otorgados considerando como fuente de extracción el estero los Hualles principalmente, el que no será alterado por el Proyecto.


    5.22.2. Habrá posibilidades que se regularice el  sistema eléctrico en el sector de los Hualles y vecinos se lo merecen.

    La Comisión considera que dicha observación no se encuentra dentro de las competencias del Titular,  dado que la regularización del sistema eléctrico de la localidad de Los Hualles, no le corresponde, así como la provisión de servicio eléctrico a las localidades de la comuna de Linares, ya que este servicio de cobertura y distribución eléctrica está a cargo de las empresas Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica (CONAFE) y Luz Linares.  
     

    5.23. Nombre: Carmen Gloria Camillo Araneda.
    Domicilio: Esperanza 1146 Linares

    5.23.1. Desearía saber si con este proyecto  de la Central Hidroeléctrica iremos  a tener algún problema con la subida por los caminos a los ríos que se encuentran en esos sectores.

     La Comisión considera pertinente la observación y al respecto informa que  la  ejecución del  Proyecto no  restringirán los  accesos históricos por los que se han realizado las veranadas y las actividades de la comunidad en general, por lo que no debiera tener problemas para realizar las actividades de transito habitual de la comunidad.  Cabe señalar que el Titular establece realizar actividades de capacitación a la comunidad escolar presente en el sector y la entrega de folletos con referencia a seguridad vial a la comunidad afectada. Esta actividad será desarrollada por la Gestión Ambiental del proyecto.

    Por otra parte el Titular en conjunto con las personas y entidades que realizan las actividades de veranadas, definirá un programa de paso de veranadas el cual será presentado previo a su aplicación a COREMA Región del Maule y a los servicios con competencia en el tema (Dirección de Vialidad (Subdepartamento de Seguridad Vial) y la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Transportes y Telecomunicaciones regional y Servicio Agrícola y Ganadero).

    Finalmente, cabe agregar que el Titular ha reconocido en el EIA los efectos en el flujo vehicular de los caminos públicos existentes durante la etapa de construcción del Proyecto. En este marco, se incluyó en el EIA la medida de : “Control de flujo vehicular en caminos públicos durante la etapa de construcción del  Proyecto”.   La aplicación de ésta medida conlleva la ejecución de dos líneas de acción: 
    i) Gestión de ruta:
    • Protocolo de coordinación permanente con Carabineros, Bomberos y Centros de Salud.
    • Estudio sobre la situación basal de tránsito y desarrollo de actividades (entrada y salida de escuela, atenciones de salud, culto, arreo de ganado, por ejemplo).

    ii) Control de accidentes:
    • Control de  exigencias técnicas a  conductores y  vehículos (capacitación, licencias, revisiones, planes de riesgo y/o emergencia).
    • Instalación  de  señalética  (restricciones  en  zonas  pobladas  y  adecuado  tránsito peatonal).
    • Control de velocidad para vehículos del Proyecto en zonas pobladas (lomos de toro, banderilleros, otros).
    • Unidades móviles de atención ante desperfectos y accidentes (primeros auxilios).

    La medida reconoce, en este contexto, el uso de caminos públicos y el traslado de animales (veranadas), tratando de mantener su uso en las mismas condiciones que las actuales. En la etapa de operación se mantendrá el uso del camino y traslado de animales (veranadas) como en la línea de base.

    5.24. Nombre: Francisca Cerda Carrillo.

    5.24.1. Quería recibir información por si los caudales van a disminuir o no.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que  el proyecto considera un caudal ecológico de 3 m3/s, caudal que asegura se mantendrá el escurrimiento en el río durante todo el año. Cabe aclarar que la central El Castillo necesita para su funcionamiento solamente 16 m3/s y que la central Centinela requerirá 34 m3/s, por lo que todo el resto del caudal del río se dejará pasar, además del caudal ecológico.

    Por otra parte, el Rio Achibueno cuenta con varios tributarios que no serán intervenidos por el proyecto, por lo que la disminución de caudal afectaría solamente y fundamentalmente en época de verano, a los tramos comprendidos entre las bocatomas y el primer tributario. En el caso de la captación de El Castillo, existen 2 quebradas ubicadas a unos  1,2 y 2 km de de la bocatoma, y el estero La Gloria a unos 3 km que aportan sus aguas al cauce. En el caso de la captación  Centinela también existen tributarios  aguas abajo de la bocatoma,  correspondientes a quebradas ubicadas a unos 3 km  que aportan  caudales. Adicionalmente es importante señalar que el proyecto considera construir dos tranques de regulación laterales al río, lo que constituirá un impacto positivo para las aves acuáticas al constituir un hábitat adicional para estas especies.

    Cabe reiterar que el caudal máximo captable de 30 m3/s y 60 m3/s, respectivamente, otorgado por la Dirección General de Aguas mediante D.S. 149, del 28 de febrero de 1990.  No obstante lo anterior, el caudal de diseño de las centrales, que es el que necesitan para el funcionamiento, es de 16 m3/s y 34 m3/s, respectivamente. Por lo que ellas no captan todo lo que está aprobado por la autoridad, el resto del caudal del río se dejará pasar. Adicionalmente, siempre se resguardará el caudal ecológico establecido por la autoridad en 3 m3/s. Si existen menos de 3 m3/s en el cauce, la central no captará agua por lo que no generará energía.

    5.25. Nombres y Domicilios: Bibiana  Urrutia Ferrada. Maipú Nº 240, Linares, Presidenta y en Representación de la Cámara de Comercio Turismo e Industrial de Linares; Nombre: Alex Hernández, domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Nombre: Brisa Campillay Alarcón. Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó. Nombre: Javier Antonio Cisterna Vásquez, domiciliado en Lincoyán con Santiago Nº 724 Belloto Norte, Quilpue; Nombre: Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Nombre: María Francisca  Henríquez  Sanhueza, domiciliada en Gran Avda. Nº 5620, departamento 1502-B, Comuna de San Miguel, Santiago; Nombre: Nicolás Gutiérrez Rojas, domiciliado en Kurt  Möller Nº 1117, Comuna de Linares; Nombre: Bernardo San Martín domiciliado en Carlos Antúnez Nº 1325, Edificio 20, departamento 210, Santiago; Nombre Jorge Basso Méndez domiciliado en Antupirén 8361, Comuna de Peñalolen, Santiago; Nombre Mauricio Valdenegro Correa domiciliado en Avda. España N°604, Comuna de Rancagua; Nombre: Daniel González domiciliado en Avda. México N°8136, Comuna La Florida, Santiago; Nombre: Rodolfo Suárez domiciliado en Padre Orellana N°1569, Santiago; Nombre: Matilde Baeza Bain domiciliada en Navidad N°1512 comuna de Vitacura, Santiago; Nombre: Paloma León domiciliada en Santa Rita N°543, Comuna de La Reina, Santiago, Nombre: Priscila Yevenes domiciliada en Toronto N°1250, Comuna de La Florida, Santiago; Nombre: Juan Pedro García Fernández domiciliado en Apoquindo N°4775, oficina 704, Santiago; Nombre: Carolina Martínez domiciliada en Padre Román N° 4461, Santiago; Nombre: Augusto Cornejo, domiciliado en Sánchez Fontecilla N°11314, Santiago; Nombre: Michael Robinson domiciliado en Bellín zona 4754, Santiago; Nombre: Lessly Arias domiciliado en Maurice Ravel 7217, Santiago; Nombre: Matías Ruiz- Tagle Tapia domiciliado en Plaza Pedro Montt N° 4952, Comuna de Ñuñoa, Santiago; Nombre: Andrés Zaldúa domiciliado en  Puren N° 1360, Comuna de Las Condes, Santiago; Nombre: Víctor Horacio Osega Ríos, domiciliado en Luis Rodríguez Velasco N° 4712, Comuna de Las Condes, Santiago; Nombre: Rodrigo Mauricio Mercado Sepúlveda, domiciliado en Ramón Olate Nº850, Linares; Nombre: Rodolfo Antonio Mora Concha, domiciliado en Pasaje Hungría Nº1255, Linares; Nombre: Álvaro Rondon Huméres domiciliado en Balmaceda Nº 790, Comuna de Estación Central, Santiago; Nombre: Marcelo Norambuena Sepúlveda, domiciliado en Colo Colo Nº273, Linares; Nombre: Iván Bey Vives, domiciliado en Tegualda Nº1823, Santiago; Nombre: Yanis Ramírez Lagos, domiciliada en Emilio Gidi Achibueno Nº1600, Linares; Nombre: Daniela Verónica Saldaño Verdugo, domiciliada en Antuco Nº115, Población Santa Cecilia, Comuna de  Linares; Nombre: Rodrigo Balladares. Las Pataguas  Nº 0173, Linares; Nombre: Mirtha Núñez González, domiciliada en Carmen Nº263, Linares, Marcela Zamorano Valdés domiciliada en Relbun Nº0886, Linares; Carla Núñez Matus domiciliada en Suecia Nº415, departamento 904, Comuna de Providencia, Santiago; Viviana Yánez González domiciliada en Sara Barun Nº1380, Punta Arenas; Mariano Rivera Figueroa domiciliado en Kurt Moller Nº523, Casa 9, Linares; Rodrigo Alarcón Villalobos domiciliado en Villa Quiñipeumo,  Pasaje Rucalhue Nº 0806, Linares; Pía Romero domiciliada en Volcán Chillan Nº1855, Parque Cordillera, Linares; Rodolfo Córdova Núñez domiciliado en Valentín Letelier Nº984, Linares; Javier Tapia Berly domiciliado en Los Pelues Nº075, Valdivia; Carolina Sanhueza Campos domiciliada en Cochrocanne Nº1340, departamento 301, Concepción; Camila Lara Ibarra domiciliada en Colo Colo Nº470, departamento 104, Concepción; Carolina Rodríguez Molina domiciliada en Ramón Olate Nº1633, Linares; Camila Muñoz Bizama domiciliada en Camino a Panimávida Km. 2, Linares; Ernesto González Mallea domiciliado en Avda. Estación Nº190, Buin; Cristóbal Sepúlveda Sandoval domiciliado en Intendente Fontana Nº3076, San Javier; Francisca Rojas Olivos domiciliada en Panimávida s/n, Colbún; Gabriela Márquez Salvo domiciliada en Cochranne Nº1340, departamento 301, Concepción; María José Jaña Zúñiga domiciliada en Roosvelt Nº1703, Ed. Los Jardines, departamento 042, Concepción; Ricardo Hernández Catillo domiciliado en Colo Colo Nº1282, Linares; Constanza Andrea Valdivieso Jara domiciliada en Manuel Rodríguez Nº1175, Linares; Camila Badilla domiciliada en Antonio Varas Nº60, departamento 205, Santiago; Rosario Badilla domiciliada en Antonio Varas Nº60, departamento 205, Santiago; María Jesús Badilla domiciliada en Antonio Varas Nº60, departamento 205, Santiago; Marianela  Troncoso domiciliada en O`Higgins Nº892, Linares, Ulises Badilla domiciliado en O`Higgins Nº892, Linares; Simón Badilla domiciliado en O`Higgins Nº892, Linares; Nombre: Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019, Linares; Nombre: Marco González Norambuena domiciliado en Imperial Nº0369, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en  Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Jorge Bernal Fernández domiciliado en Lolco Nº1914, Comuna de Las Condes, Santiago; María Jesús Araneda Fernández domiciliado en Esperanza Nº1162, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia  Lagos. Villa Santa Sara Andes Nº 1521 Linares.  Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Nombre: Héctor Pincheira Espinoza. Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nombre: Nicholas Enrique Rojas Silva, calle Yerbas Buena Nº 0188, Linares; Nombre: Luis Alberto Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Nombre: Yanet del Carmen Astudillo Meza. Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E  Santiago; Nombre: Jimena  Isabel  Yánez Alegría. San Pablo Nº 1353 Santiago; Nombre: Monserrat Catalina Navarrete Gurrea. San José Parcela 5 Sitio C Colina, Santiago; Nombre: Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez. Tenores Nº 706. Maipú, Santiago.

    5.25.1. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación. Proyecto se pretende desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA Sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional, según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2003 (sitio Nº 40 “Altos de Achibueno” en el que se describe el ecosistema como: “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de alta biodiversidad ecosistémica y paisajística, conteniendo humedales alto andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en categoría de conservación”), que constituye parte del hot spot chileno de importancia mundial para la conservación de la biodiversidad (Myers et al, 2000; Arroyo et al, 2006) y Hot Spot de Biodiversidad según Internacional Conservation 2004.

    La Comisión considera pertinente  la observación, dado que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para implementarse. En este sentido, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). 

    Sin perjuicio de lo anterior, como lo plantea  la observación en el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad.   Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT).

    No obstante, el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) se rige por los parámetros de la normativa vigente en el país, a su vez establece medidas para mitigar y controlar. A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera compensaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.


    5.25.2. Proyecto se pretende desarrollar en uno de los últimos sectores de la precordillera central sin intervenir.  Desde Santiago hasta Temuco prácticamente todas las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE).

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que esta iniciativa  cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5.25.3.  Región del Maule posee menor representación en el SNASPE  (sólo un 0,6% de su territorio está en protección bajo el Sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile. Vegetación del área de influencia del proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto informa que el Titular ha establecido métodos para compensar algunos componentes ambientales de la flora y fauna, para ello contempla la creación de un área de conservación que posibilite la conservación y recuperación de los ecosistemas representativos que serían afectados por las obras del proyecto.
     
    El área de conservación de como lo establece el EIA, tendrá una superficie de 207 Há que es igual a los ecosistemas naturales afectados por el proyecto y deberá incluir muestras de las asociaciones vegetacionales representativas del área de influencia del proyecto, hábitats de distintas especies de fauna y elementos paisajísticos atractivos.

    Las características de esta área de conservación y su estrategia de manejo, no sólo permitirán la protección y recuperación de los ecosistemas representativos de la zona, sino que además permitirá su uso para el desarrollo de otras medidas de compensación comprometidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

    Para la definición de la superficie a conservar, el titular deberá considerar las áreas relacionadas con las unidades vegetales identificadas en el área de influencia directa del Proyecto que poseen una mayor importancia ambiental.

    La línea de Base de flora y vegetación terrestre en el área del proyecto se deduce que los bosques nativos, en especial aquellos dominados por las especies del género Nothofagus, Austrocedrus chilensis  y especies hidrófilas, constituyen las unidades vegetales con una mayor importancia ambiental.

    Por lo anterior, se propone la creación del área de conservación con una superficie de 207 ha, valor que corresponde a la superficie de las unidades vegetales con mayor importancia ambiental que se encuentran presentes en el área de influencia directa del proyecto. Por otra parte, desde el punto de vista de la Fauna de Vertebrados Terrestres, el impacto más significativo se traduce en la reducción de la disponibilidad de hábitat para aquellas poblaciones de animales que utilizan estos espacios, como por ejemplo refugio, fuente de alimento y lugares de reproducción.

    Esta área de conservación deberá contener parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se perdería como consecuencia del proyecto. 

    Por otra parte, tal como se aprecia en el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 102 del EIA, el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.

    Adicionalmente, los impactos en la flora y fauna se encuentran incorporados en la política de intervención eficiente y conservación del entorno de la empresa, que se traduce en un programa de reforestación con especies autóctonas, la creación de un área de conservación y otra de conservación de la fauna íctica (peces). Además de un programa de reubicación y conservación de las especies animales de la  zona.

    El titular del proyecto en la Adenda N°2 establece que ha reevaluado la localización del sitio destinado a conservación como medida de compensación, junto con CONAMA, y se ha llegado a un consenso de que esta área de conservación debe estar ubicada en un sector adyacente a un sitio protegido por CONAF.  

    5.25.4  Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE.  En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia promedio por Km de río intervenido o desviado: MW / Km), el Proyecto se encuentra entre los más ineficientes que se haya presentado al SEIA. En efecto, con el proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW / Km de río intervenido (36 Kms según HCL; 40 Kms según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada), Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en río Maule, en calificación), todas producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW / Km de río intervenido. Adicionalmente, el índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía) para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia..   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.
     
    5.25.5.  Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de proyección de crecimiento exponencial (que reportó US$40 millones para la zona en 2078, según información de Sernatur Maule), y afecta seriamente el proyecto “Sendero de Chile” en la zona.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente al respecto señala que según lo establecido por la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporto el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, han sido evaluados tanto en sus efectos como en  las medidas ambientales del mismo, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir, incluido lo referido al Turismo.

    El Proyecto presenta  efectos locales   controlados, presentando las  medidas mitigatorias adecuadas, lo cual lo define como  una intervención  acorde con criterios técnicos y ambientales.

    Con respecto a los beneficios, esta Comisión señala que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del proyecto


    5.25.6. Voluntad institucional pública y privada para protección del río Achibueno y Rechazo total de la comunidad de Linares al Proyecto. Existe la voluntad política porque el área se conserve, así como los usos que allí se desarrollen sean compatibles con la conservación del lugar, reflejando en numerosos documentos CONAMA (http://www.conama.cl/portal/1301/article-43424.html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2003 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2002 a 2005, CODEFF Nacional y Regional, Universidad de Talca, Municipio de Linares, etc. Si se permiten estas 2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los afluentes de esta zona (ya hay derechos de aprovechamientos de aguas solicitadas por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de 207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.25.7.  Debiera haber un condicionamiento de la aprobación de proyectos hidráulicos según los resultados de la Estrategia de Cuencas. La Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet se comprometió-en su programa de Gobierno- a definir “…una Estrategia Nacional de cuencas que se permitirá identificar en base a la mejor información científica, aquellas cuencas se podrán intervenir, así como las que son de interés preservar. Tomaremos en cuenta lo sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad,…condicionaremos  la aprobación del proyecto hidráulicos al resultado de la estrategia Nacional de Cuencas”.

     Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.25.8. Inexistencia  de  crisis  energética  permite ser más selectivos en la  aprobación de Proyectos Energéticos.  Según datos de la Comisión Nacional de energía (CNE), respecto de la capacidad instalada y el crecimiento en consumo eléctricos (5,4% anual) considerándose solo los proyectos “Limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por el SEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%). Considerando aquellos proyectos en  Etapa  de  calificación ambiental “Limpios”, las necesidades energéticas de nuestro país, están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%); y agregando Hidroaysén, las necesidades energéticas estarían  cubiertas  hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos “No Limpios”. Lo anterior permite ser más selectivos en la aprobación de proyectos, permite desarrollar e implementar otros tipos de energía y preservar aquellos ríos que serán fuentes de riquezas para la biodiversidad y poblaciones humanas que lo habitan y visten en el futuro.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y se hace cargo adecuadamente de sus impactos ambientales significativos.

    Otro punto importante es que las centrales hidráulicas de paso Centinela y El Castillo son de energía limpia, las cuales al entrar en funcionamiento desplazan en promedio 2,4 millones de toneladas de CO2 al año en relación a las centrales térmicas, las cuales generan CO2 a la atmósfera, lo que significa un aumento del calentamiento global, tema muy importante el cual está siendo abordado por el Estado, y haciendo conciencia entre los chilenos para ayudar a combatirlo.

    5.26. Nombre: Ismael Pablo Mena Valdés
    Domicilio: Calle Sotomayor N° 408 Linares y Fundo La Gloria, ubicada al  oriente y poniente del Estero La Gloria, y colindante en  aproximadamente 4 kms con el Río Achibueno, Comuna de Linares, VII Región del Maule

    5.26.1. Sobre mi condición de afectado directo. Como consta de los antecedentes que se acompañan soy copropietario del predio individualizado en el encabezado de este documento ubicado en el  área en que el  Proyecto Hidroeléctrico Achibueno se instalaría de aprobarse el Estudio de Impacto Ambiental presentado por su titular, la empresa HCL. De acuerdo a los antecedentes entregados por la empresa en su Estudio de Impacto Ambiental, mi propiedad (Fundo  La Gloria) está dentro  del  área de influencia directa del proyecto, concretamente, entre los  puntos de  captación y restitución de la Central El Castillo proyectada, al norte del Río  Achibueno, y colindante con este último en aproximadamente 4 kms. Nuestra casa y lugar de asentamiento se ubica justo frente a uno de los botaderos proyectados al otro lado del Río Achibueno.

    Esta Comisión señala que El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, tienen la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente, motivo por el cual el Titular ha entregado todos los antecedentes técnicos requeridos en la evaluación. 

    Es importante considerar, además, que el Titular ha incorporado en su estudio una evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda.

    En virtud a la consulta, respecto al depósito de marina aludido es importante señalar que tal como lo determina el Titular, se trata de una obra temporal que será restaurada en su totalidad una vez copada su capacidad o término de las obras del proyecto.   En efecto, se estima que dicha obra se realizará entre los meses 10 y 36 asociada a la fase de construcción de la central El Castillo.

    5.26.2. Forma en que nos afecta el  proyecto o actividad. La eventual materialización del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, nos afecta  pues  involucraría: (i) secar los 4 kms de Río que colindan con nuestra propiedad, afectando   irreversiblemente actividades deportivas como kayak, rafting y pesca deportiva, en  un lugar reconocimiento único para el desarrollo de tales actividades; (ii) poner en peligro evidente los 4 kms de flora nativa (en especial distintas  variedad de  Notofagus), colindantes con el  río, única  en la zona, que sobreviven gracias al  caudal actual del río; (iii) instalar botaderos de basuras, marinas, tranques o piscinas con recubrimientos plásticos, escombros producto de  las excavaciones en  los canales  y  túneles, y  sus  correspondientes cierres perimetrales, todo lo anterior, justo en el  lugar denominado La Gloria, que viene a ser el punto estratégico de nuestro proyecto al que me refiero más adelante, con los perjuicios que eso significa para la tranquilidad y belleza escénica del lugar, y (iv) destruiría y afectaría en su esencia y por completo el “Proyecto Ecológico la Gloria- Altos de Achibueno”, que comprende desarrollo de actividades de conservación, ecoturismo, agrícola-forestal, educacional e  inmobiliaria, por un monto de inversión total aproximado de US$5 millones, que los propietarios, del   Fundo La Gloria pretendemos desarrollar.  (En efecto, este   proyecto de   mediano y largo plazo, ambientalmente amigable y sustentable, que pretende estar a  la vanguardia en  proyectos de este tipo- desde el  punto de vista  de respecto por el  medio ambiente-, que iniciamos el  2075 y 2076 con la adquisición del Fundo La Gloria, se  vería  irreversiblemente afectado con el (PHA). Evidentemente que haber adquirido “a 4 kms. De orilla de río” no es lo mismo que “4 kms. De orilla de  un cauce pedregoso seco”, o obstante que se diga que existirá un caudal mínimo ecológico, por cuanto este último sería evidentemente insuficiente para mantener el ecosistema que tanto esfuerzo le ha costado a nuestra naturaleza desarrollar desde hace  cientos de años.  De igual forma, colindar con un sector de flora y fauna nativa no es lo mismo que colindar con tuberías, marinas, piscinas plásticas, zonas de botaderos de escombros, etc. y todo lo anterior, con sus correspondientes cierre perimetrales. Todo lo anterior genera un menoscabo grave y significativo en nuestro patrimonio –  no sólo en el del suscrito, sino que en el de los demás copropietarios, que por  años hemos  cuidado y desarrollado el lugar – para beneficio de toda la comunidad, pues nuestra  propiedad está abierta al  público,  y afectando el desarrollo del Proyecto ante referido. El PHA involucra pérdidas netas de bienes presentes, así como también pérdida de los bienes futuros derivados de cualquier actividad económica que podamos desarrollar en él, en particular de nuestro Proyecto Ecológico. La  Gloria – Altos de Achibueno al que me  referí previamente. Por estas razones, y por las  que se  indican a continuación solicito se rechace por parte de las  autoridades pertinentes el EIA del PHA.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el  Proyecto Hidroeléctrico Achibueno tiene la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente,  es por ello que la Empresa  entregó los  antecedentes técnicos, los cuales han sido evaluados  por los diferentes servicios públicos del Estado con competencia ambiental.

    Dentro del Estudio se han incorporado  la evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda, todo lo cual se desarrolla y se detalla en el EIA.

    Respecto de los proyectos  turísticos en el fundo La Gloria podemos señalar, que estas actividades  pueden coexistir sin problemas con el proyecto hidroeléctrico Achibueno,  ya que el efecto sobre el ecoturismo será controlado.

    Cabe señalar, que el titular realizó un estudio que presenta una visión general del turismo en la zona donde se emplazará el proyecto.  Se señala que la actividad turística existente en el área de influencia directa del proyecto (AID) se desarrolla de manera incipiente, lo que se ve reflejado en las condiciones básicas en calidad y nivel de servicio (como falta de electricidad, agua potable y servicios sanitarios) en zonas de camping y picnic, lo que se ve incrementado por la mala accesibilidad hacia sectores como Las Ánimas, Vado Azul, Monte Oscuro y Las Mulas. El turismo se ha generado de modo espontáneo a partir de iniciativas e inversiones del sector privado,  y  la  oferta  de  servicios  turísticos  exhibe  un  alto  nivel  de  fragmentación, especialmente en los rubros de hotelería, restaurantes y agencias de viaje, tendiendo a una mayor concentración en el caso de los servicios de transporte.

    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa


    También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    5.26.3. Rechazo rotundamente que el PHA altere el curso de las aguas, secando entre otros, 4 kms. De río Achibueno, kilómetros que colindan, amparados por el  derecho de propiedad del que soy titular, protegido constitucionalmente.  HCL ha formulado su proyecto sin considerar los efectos devastadores que tendrá en la zona, desde el punto de vista ambiental, y de turismo, todo lo cual afecta mi derecho a usar, gozar y disponer de mis  bienes. La  empresa no ha justificado de ninguna manera que no existan otros proyectos, alternativas o diseños de obras que eviten los perjuicios irreparables que su construcción, eventualmente irrogaría a mi vida, la de mi familia, a nuestros derechos  y bienes. El estudio de Impacto Ambiental realizado por la Empresa, en ningún momento da cuenta de estos antecedentes, únicamente se restringe a estudiar un proyecto  identificar el conjunto de predio que resultarían afectados de materializarse. A este respecto, es indispensable señalar que la empresa tiene obligación primera de “eliminar” (art. 12 letra e, Ley 19.300) los efectos negativos de su  proyecto y para ello, es  indispensable que se entreguen todos  los  antecedentes que señalan que la afectación de mi propiedad es inevitable.

    Esta Comisión Regional del Medio Ambiente,  establece que el Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente y se hace cargo adecuadamente de sus impactos ambientales significativos. Para ello, el Titular entregó los antecedentes técnicos que fueron sometidos a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En efecto, el EIA entrega información sobre una serie de componentes ambientales, identificando efectos y medidas específicas, las cuáles se desarrollan en sus capítulos 6, 7 y 8, complementándose con lo establecido en las adendas del proceso de evaluación.

    El Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales  y controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigatorias, reparatorias y compensatorias

    5.26.4. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación.  El PHA se pretende  desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA como “sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional”, según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2003 (sitio Nº 40 “Alto de Achibueno” en el que se describe el ecosistema como “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de  alta biodiversidad ecosistémica y  paisajística, conteniendo humedades altos andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en categoría de conservación”), que constituyen parte del hotspot chileno de importancia mundial para  la  conservación de la biodiversidad (Myers et al, 2000; Arroyo et al. 2006) y Hot Sport de Biodiversidad según Internacional Conservación 2004.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior establece que según lo determina la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de conformidad a los antecedentes  técnicos entregados por la Empresa y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, hacen posible determinar que el Proyecto, cumple con las condiciones sectoriales.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) se rige estrictamente a los parámetros de la normativa vigente en el país.

    Sin perjuicio de lo anterior, como lo plantea  la observación en el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad.   Sin embargo, se debe aclarar que esta zona no tiene carácter normativo, conforme la legislación vigente. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente, ni tampoco se encuentra en algún área protegida o bajo protección oficial.

    No obstante, lo anterior la Empresa identificó y describió un conjunto de impactos ambientales sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Por consiguiente, esta Comisión establece que el Proyecto consideró medidas de mitigación  como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    El Proyecto representa efectos locales   controlados; se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.26.5. Proyecto se pretende desarrollar en uno de los últimos sectores de la precordillera central sin intervenir. Desde  Santiago hasta Temuco  todas  las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas. El lugar donde se pretende desarrollar el Proyecto es uno de los últimos lugares sin intervenir.

    Esta Comisión no tiene competencia respecto de  iniciativas de inversión que realizan otras  Empresas que participan o desean participar en el mercado eléctrico en el territorio nacional.  Lo anterior se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE). Sin perjuicio de lo anterior, éste o cualquier proyecto que se proponga realizar debe cumplir con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En este marco el Proyecto Central Hidroeléctrica Achibueno cumple con la normativa ambiental vigente.

    5.26.6. Región del Maule posee menor representación en el SNASPE  (sólo un 0,6% de su territorio está en protección bajo el Sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile. Vegetación del área de influencia del proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto indica que la Empresa ha propuesto la medida de compensación “Creación de un área de conservación” destinada a conservar una superficie de bosque nativo (representativo de los ecosistemas naturales presentes en el área de influencia del Proyecto igual o superior a la intervenida.

    El Titular establece el compromiso de obtención de los terrenos y posteriormente una vez aprobada la RCA definir el sitio de conservación más apropiado y la forma legal para implementar esta área de conservación, con la participación de Bienes Nacionales, CONAF, SAG y COREMA, todos de la región del Maule.

    5.26.7. Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE. En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia promedio por Km de río intervenido o desviado: MW / Km), el PHA se encuentra entre los más ineficientes que se haya presentado al SEIA. En efecto, con el proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW / Km de río intervenido (36 Kms según HCL; 44 Kms según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada), Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en río Maule, en calificación), todas producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW / Km de río intervenido. Adicionalmente, el índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía) para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia..   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.

    5.26.8. Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de proyección de crecimiento exponencial que reportó US$40 millones para la zona en 2008, según información de Sernatur Maule, y afecta seriamente el proyecto “sendero de Chile” en la zona.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente al respecto señala que según lo establecido por la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para operar.    En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporto el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, han sido evaluados tanto en sus efectos como en  las medidas ambientales del mismo, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir, incluido lo referido al Turismo.

    El Proyecto presenta  efectos locales controlados, presentando las  medidas mitigatorias adecuadas, lo cual lo define como  una intervención  acorde con criterios técnicos y ambientales.

    Con respecto a los beneficios, esta Comisión señala que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 EN UN PERÍODO DE 21 AÑOS A CONTAR DEL INICIO DE LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO

    Para la realización del estudio señalado se estableció un período de trabajo con una duración de 2 años, de manera de abarcar las temporadas turísticas alta y baja, logrando con ello un análisis más acabado de la demanda existente. Para determinar la oferta local se llevará a cabo un catastro, georreferenciación y sistematización de la oferta turística actual.

    Con ello el compromiso de la empresa está en la definición de potenciales turísticos y con ello, la determinación de los requerimientos de inversión en equipamiento turístico adecuado a los mercados de interés y a la demanda potencial.

    5.26.9. Voluntad institucional pública y privada para protección del río Achibueno y Rechazo total de la comunidad de Linares al Proyecto. Existe la voluntad política porque el área se conserve, así como los usos que allí se desarrollen sean compatibles con la conservación del lugar, reflejando en numerosos documentos de CONAMA (http://www.conama.cl/portal/1301/article-43424.html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2003 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2002 a 2005, CODEFF Nacional y Regional, Universidad de Talca, Municipio de Linares, etc. Si se permiten estas 2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los afluentes de esta zona (ya hay derechos de aprovechamientos de aguas solicitadas por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera compensaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de 207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.26.10. Condicionamiento de la aprobación de proyectos hidráulicos según los resultados de la Estrategia de  Cuencas.  La  Presidenta de  la  República Sra.  Michelle Bachelet se comprometió-en su programa de Gobierno- a definir “…una Estrategia Nacional de cuencas que se permitirá identificar en base a la mejor información científica, aquellas cuencas se podrán intervenir, así como las que son de interés preservar. Tomaremos en cuenta los sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad,…condicionaremos la aprobación del proyecto hidráulicos al resultado de la estrategia Nacional de Cuencas”.-

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.26.11. Inexistencia  de  crisis  energética  permite ser más selectivos en la  aprobación de Proyectos Energéticos. Según datos de la Comisión Nacional de energía (CNE), respecto de la capacidad instalada y el crecimiento en consumo eléctricos (5,4% anual) considerándose solo los proyectos “Limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por elSEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%). Considerando aquellos proyectos en  Etapa  de  calificación ambiental “Limpios”, la necesidades energéticas de nuestro país, están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%); y agregando  Hidroaysén, las  necesidades energéticas  estarían  cubiertas  hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos  “No Limpios”.  Lo anterior   permite ser más   selectivos en   la   aprobación de proyectos, y   permite desarrollar e implementar  otros  tipos de energía y preservar aquellos  ríos que serán fuentes de  riquezas  para la  biodiversidad  y poblaciones humanas que  lo habitan y visten  en el  futuro.  Las autoridades  encargadas de aprobar o rechazar el PHA tiene la  posibilidad histórica de  sentar un  precedente único  al  elevar las  exigencia medioambientales a un Standard de país desarrollado, antes de que sea tarde, y la destrucción de un Sitio Prioritario de Conservación será irreversible.  Incluso  se podría exigir que  todo el proyecto El Castillo  (i) deba respetar un caudal mínimo ecológico efectivo y compatible con la realidad del lugar, y (ii) se efectúe en forma subterránea, incluyendo las  tuberías de descarga en el  punto de destitución, todo lo cual tendría la consecuencia de hacer el  PHA un poco menos rentable en el corto plazo para  su  propietario, pero  de todas  formas  tremendamente rentable en el  mediano y largo plazo.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    El Proyecto contribuirá al desarrollo de la Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    5.26.12. Solicitud que se efectúa en virtud de lo expuesto y dispuesto en los artículos 29 de la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y 49 de Decreto Supremo 95 publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre del año 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia solicito a usted tenga por presentada las observaciones  contenidas en este documento y dada  su  gravedad y relevancia rechace el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, por las razones antes expuestas.
         
    Esta Comisión ha relevado la importancia de las observaciones planteadas las    que han sido debidamente ponderadas en el marco del proceso de evaluación de este proyecto.

    5.27. Nombre: Ángel Emiliano Mercado Venegas.
    Domicilio: Avda. El Parrón 1399 San Ramón Santiago.

    5.27.1. La Captación de agua desde el  Río Achibueno, podría afectar el  volumen de aguas que trae la vertiente que me abastece de agua, haciendo disminuir o desaparecer su caudal.   El proyecto no tiene un estudio hidrogeológico que analice las posibles consecuencias, que puede provocar  la  intervención del río, en las  fuentes de  agua del área. Durante la reunión informativa realizada en los Hualles, en el mes de Mayo, al consultar le al expositor de la empresa Hidroeléctrica Centinela Ltda.: ¿Cuántos eran los Kms? ¿Qué recorrían el río Achibueno, desde que le sustraían las aguas en la bocatoma hasta que se le restituían cerca de Pejerrey?  Su respuesta fue que no sabía.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente considera pertinente la observación señalando que los sistemas hídricos superficiales que se localizan en  la zona del Proyecto, son alimentados por las precipitaciones según el ciclo del agua. Además de ello, cabe señalar que los aportes a las vertientes no dependen de las condiciones del cauce principal debido a que, por lo general, están a un nivel altitudinal mayor y sus aportes provienen de la infiltración de agua producto de las precipitaciones.  Por otra parte, las microcuencas que aportan a vertientes o a cursos secundarios no dependen de las cuencas que aportan a los puntos de captación del Proyecto, lo que no ocurre en el caso contrario, en que el cauce principal y su cuenca dependen de los sistemas hídricos menores que lo componen, ya que una disminución del sistema de vertientes o cauces secundarios disminuye el aporte al sistema y cauce principal, salvó que exista alguna conexión subterránea, lo que difícilmente ocurra por las características litológicas que limitan la generación de acuíferos por su baja a nula permeabilidad.

    A partir de lo anterior, se debe aclarar que la presencia de acuíferos indicada en el EIA, sólo considera la presencia de éstos como factibles teóricos considerando al río como una entrada a un potencial acuífero en rocas que podrían tener mejores condiciones de permeabilidad, principalmente, que el resto del área.

    Sin embargo, y en base a los antecedentes recopilados no  existen  antecedentes  que  permitan  visualizar  la  presencia  de acuíferos  en  el  área  ya  que  las  rocas  volcánicas  e  intrusivas  presentes  no  tienen  las propiedades litológicas ni estructurales adecuadas. Por otra parte, los tipos de rocas que afloran en el área y sus características geológicas, no favorecen la presencia de acuíferos en la cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles.

    Cabe señalar que según informe complementario realizado por el Titular especialmente en la zona del Proyecto, se verificó que el sector debe ser considerado, de categoría baja o ausente con respecto a las aguas subterráneas, más aún siendo la mayoría de las rocas de carácter intrusivo y volcánico e impermeables.
     
    Finalmente, respecto de la  longitud del  cauce  intervenido, desde  la  Bocatoma de  la  Central  el  Castillo  hasta  la restitución de la central Centinela, es de aproximadamente 36 km.

    5.27.2. ¿Cuántos eran los Kilómetros cuadrados comprendidos en la hoya hidrográfica en el tramo anteriormente señalado?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que la superficie aportante para la central El Castillo (ACH1) es de 172,6 km², y la superficie aportante para la central Centinela (ACH2) es de 367,7 km².  

    5.27.3 ¿Si existía un estudio hidrogeológico que evaluara los posibles efectos en las fuentes de aguas del área señalada? Su respuesta fue que no lo sabía.  En Los Hualles no existía agua potable, y por lo tanto para el consumo humano, animal y para la pequeña agricultura de subsistencia que se logra realizar, se depende de pozos, vertientes, napas subterráneas, ojos de aguas, etc. El ciclo del agua es altamente dinámico y todos sus elementos son importantes y en lo respecta al área involucrada, el río al aportar el mayor volumen de agua sería el más importante, por lo tanto, no se puede realizar una intervención de tal magnitud sin tener antecedentes que evalúen su impacto. Esto podría traducirse en la disminución y hasta desaparición de vertientes, napas subterráneas, ojos de aguas etc., afectando seriamente la calidad de vida de los habitantes de los Hualles. Basado en la existencia de antecedentes ni estudios que informen sobre el cual va a ser el impacto que va a producir la disminución artificial y permanente del caudal del río, en las fuentes de agua de los Hualles y teniendo como precedente lo sucedido a las fuentes de agua de los habitantes del norte del país, con la concesión de aguas de las empresas mineras, es que hago esta observación.     Considerando que la  generación eléctrica no solo es  un problema energético, también es un problema  de seguridad  nacional, es   que  la aprobación debe estar  sujeta a medidas  de compensación, si en   el caso de que al  entrar en  funcionamiento la Central Eléctrica  Centinela, las  fuentes de  aguas de Los Hualles y toda el  área señalada disminuyen  su caudal (no importando el volumen de disminución), y/o desaparecen dentro de  un período de tiempo no inferior a diez años.     Esta compensación debería  ser del 100% del valor comercial de  la  propiedad, ya que  al no tener  agua o hacerse  insuficiente, los  habitantes  del sector  deberíamos  emigrar del  lugar.     El representante de la empresa en la reunión, aunque  reconoció la inexistencia de   un estudio hidrogeológico, aseguro en reiteradas ocasiones a los que no encontrábamos presentes en  la reunión, que no había  ningún peligro para nuestra  fuente de agua.   Basado en estas aseveraciones, es que  considero  que la empresa no tendrá ningún inconveniente  en  suscribir por escrito un compromiso de compensación como el  que propongo, ante la  posibilidad que la  intervención del río traiga como consecuencia, la disminución y/o desaparición de las  fuentes  de agua  existentes.

    Esta Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente la observación y se señala que la Empresa incorpora Estudio hidrológico complementario en la cual se  evalúa la posible existencia de acuíferos en el área de influencia.    Las conclusiones de dicho estudio indican que los tipos de rocas que afloran en el área y sus características geológicas, dificultan la presencia de acuíferos en la cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles.  Por lo anterior, considerando las características litológicas, grado de alteración y de permeabilidad nula o ausente, de las rocas graníticas y de las rocas volcánicas del área, se deduce que el agua:

    • Escurre  como  pequeños  flujos  por  fracturas  en  las  rocas  aflorando en  las  terrazas aledañas al río o en las laderas de los cerros.
    • Que es mas abundante en la interfase roca/suelo.
    • Que fluye fácilmente en suelo vegetal, es decir que el agua de las vertientes proviene de la infiltración del agua de lluvia, ya sea en roca o en suelo. De ahí cae por gravedad formando pequeños causes y flujos muy superficiales que afloran a lo largo del Río Achibueno y estero Los Hualles y sus respectivas cuencas.
    • Parte de agua migra a pequeños cauces y parte aflora como vertientes que finalmente también aportan a los cauces.

    Por lo antes expuesto, esta Comisión considera que no se afectarán las fuentes de agua aledañas al área de influencia del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno.

    5.28.  Nombre: Patricia Mihovilovic Lemaitre.
    Domicilio: Calle Uno Sur Nº 865, Oficina Nº 2 de la ciudad de Talca,

    5.28.1. Que a objeto de acreditar de una manera más fehaciente su calidad de persona natural directamente afectad, en los términos del artículo 28 de la citada ley ambiental, viene en precisar que el indicado predio se ubica a 42 Kilómetros de la ciudad de Linares, limitando en su lado poniente con el río Achibueno en un perímetro de 3 kilómetros, con lo cual deja de manifiesto su legitimidad en la presente comparecencia y su particular interés en la preservación del entorno y caudal del mencionado cauce. A este respecto se hace presente de manera muy especial, que nuestra  preocupación en relación al proyecto hidroeléctrico en comento, dice más que nada relación con le racional temor de que una semejante pueda menguar el caudal medio de río Achibueno, al punto de atentar contra todo el ecosistema imperante en su cuenca hidrográfica; supuesto que, a más de significar un daño directo a los recursos naturales del sector cuyo sustento es la referida cuenca, importaría un grave perjuicio a la vida de los lugareños y a las expectativas de todas las personas que buscando una mejor calidad de vida se han asentados en este bello entorno, viendo así frustrados sus legítimos anhelos de contar con una realidad natural que se halla preservada de manera tan singular en nuestra región, riqueza ecológica que a la postre constituye a un patrimonio ambiental de todos sus habitantes y, porqué no decir: del país entero, toda vez que lugares tan prístinos como el que es objeto de la presente observación, son escasos en el sector centro sur de nuestra patria, ya que por desgracia este  tipo  de  causes se  han  visto, cuanto no  mermados en  su  caudal, contaminados de una manera muy acelerada, afectado todo ello la calidad de sus oxigenadas aguas cordilleranas y su entorno ecológico, siendo la cuenca hidrográfica del Río Achibueno un verdadero oasis dentro de esta depredación ambiental en la referida zona de país.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE).

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que este cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo, además incluye y evalúa un conjunto de efectos sobre el medio ambiente, así como las medidas para hacerse  cargo de los impactos identificados.

    Finalmente, cabe agregar que con respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    5.28.2. Por otro lado hay que señalar que la preocupación expresada en el párrafo precedente no es antojadiza, muy por el contrario, tiene sobrado fundamento. En efecto, entre otras razones, hemos tenido conocimiento que aún no se ha formalizado en legal forma por la empresa titular del proyecto hidroeléctrico, la solicitud ante la Dirección General de Aguas para la extracción de los derechos de aprovechamiento no consuntivos de que es titular, como tampoco de su restitución al cauce natural, amén de que la asignación de los señalados derechos de aprovechamiento importó la exigencia de respetar un mínimo ecológico de caudal, específicamente ascendente a 3 cúbicos por segundo, lo que se hace necesario garantizar de  una  manera fehaciente mecanismos jurídicos que  permitan resguardar suficientemente el cumplimiento de tal obligación para el evento de aprobarse el respectivo Estudio de Impacto Ambiental, extremo éste que no aparece debidamente implementado en el proyecto observado, todo lo cual exige imponer al solicitarle los mecanismos cautelares que permitan asegurarse que el mínimo ecológico del caudal deberá mantenerse siempre en el cause del Río Achibueno, especialmente siempre en el cause del Río Achibueno, especialmente en su época de estiaje. Finalmente, queremos hacer presente que nuestra inquietud por la preservación de la naturaleza y protección del medio ambiente a más del aprecio personal por tales valores, se sustenta, entre otras, en normas constitucionales, como lo es la establecida en el artículo 19 Nº 8º de la Constitución Política, esto es: “El derecho a vivir en un medio ambiente libre de la contaminación”. Sin embargo, tampoco queremos con ello generar un caprichoso obstáculo al progreso y al beneficio que a él tienen legítimamente derechos todos los chilenos, sólo que acorde con nuestro propia legislación ambiental, deseamos que tal desarrollo de haga de una manera sustentable que permita no comprometer la expectativas de las generaciones futuras.

    Esta Comisión Regional,  señala la Dirección General de Aguas otorgó en la Resolución Nº 149 de 28 de febrero de 1990, en favor del Titular los derechos  de  aguas  no  consuntivos, permanentes  y  continuos pues, lo cual se señala en Capitulo 2 N° 2.2.4 de la Descrpción del proyecto. 
    El  caudal  máximo  captable establecido es de 30 m3/s, para la central El Castillo, y de 60 m3/s, para la central Centinela, con probabilidad de excedencia del 5% y un caudal ecológico de 3 m3/s para cada central.  Las obras de captación deberán garantizar en todo momento el cumplimiento del caudal ecológico.

    Por otra parte, esta Comisión aclara que la función del SEIA es evaluar los impactos ambientales de este u otro proyecto, dicho proceso obliga al Titular a establecer e identificar los impactos ambientales, su valoración y las medidas de mitigación, compensación y restauración necesarias.  En este caso todos los antecedentes fueron entregados  y evaluados,  evidenciando que  el Titular cumple con  la  normativa ambiental vigente.

    El proyecto Achibueno tiene impactos acotados, y compatibles con el desarrollo del turismo.

    5.29.- Nombre: Irma del Carmen Fuentealba Chávez.
    Domicilio: Villa Sta. Sara, Los Alpes 1142 Comuna de Linares.

    5.29.1. Este proyecto Hidroeléctrico nos afecta a nuestro medio ambiente, la gente que no tiene plata para salir a veranear solo tienen los ríos para sacar a sus hijos. En el Capítulo 6, acápite 6.5.4.2, se identifico el Impacto “MH-SCE-OPE-01: Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela, se reconoce actividad turística incipiente sustentada en el río como principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular identifico el Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela, se reconoce actividad turística incipiente sustentada en el río como principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

     Finalmente, cabe agregar que el Titular entregó un catastro de la incipiente actividad turística del río Achibueno realizado en la época estival de 2010 y de acuerdo a ello, se identificaron las zonas en que esporádicamente se realiza kayak y pesca deportiva de manera incipiente y espontánea por los veraneantes que llegan al lugar, ya que no existen sectores fijados para dichas actividades.  Por ello, se consideró que la pesca y el kayak podrían efectuarse a lo largo de todo el río Achibueno, entre las ánimas y Pejerrey (Central Centinela), ya que entre Potrero Grande y Las Ánimas (Central El Castillo) no se realiza ninguna actividad dado que no existe acceso a dicha zona.

    La altura del agua necesaria para realizar kayak es 40 cm, es por ello que  la Empresa estudió las alturas medias mínimas mensuales (para el caudal ecológico durante época estival que tendrá el río en los diferentes tramos cuando el proyecto esté en operación.

    5.30.- Nombre: Luis Juvencio Fuentes Méndez.
    Domicilio: Villa Santa Sara Pje. Las Gredas143, Comuna de Linares

    5.30.1. Eliminar de  forma inmediata gran parte ecológica y turística, siendo inconsecuente con los recursos naturales tan vitales como el agua. Solo pensando en ganancias monetarias.

    Esta Comisión no tiene competencia respecto de  iniciativas de inversión que realizan otras  Empresas que participan o desean participar en el mercado eléctrico en el territorio nacional.  Lo anterior se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE). Sin perjuicio de lo anterior, éste o cualquier proyecto que se proponga realizar debe cumplir con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En este marco el Proyecto Central Hidroeléctrica Achibueno cumple con la normativa ambiental vigente y no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.30.2. El Impacto Ambiental creo que ellos no lo están viendo o racionalizando de la mejor manera, porque bajo ningún punto de vista es beneficioso para esta Provincia una Central Hidroeléctrica en los que se llenar los bolsillos de plata unos desconsiderados que no les importa la naturales, tomando en cuenta que la gente por ninguna razón es beneficiada, usemos un poco el sentido común con la naturaleza, que nos sirve a todos.

    Esta Comisión Regional señala que en materia de beneficios, el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    5.31.- Nombre: Josefina Sánchez Hormazábal.
    Domicilio: Pobl. Meza Seco/ Coloraciones, 0611, Comuna de Linares.

    5.31.1. Afecta la ecológica y a la vez a muchos animales, exterminación de aves silvestres.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental,  le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental,  dicho proyecto dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela).

    Cabe señalar que existen medidas de conservación y restauración del ecosistema; así como las medidas mitigadoras adecuadas.

    Por ejemplo se realizarán planes de rescate, relocalización y planes de seguimiento establecidos y normados por los planes sectoriales.

    5.31.2. Al cortar los árboles no tendríamos oxigeno, las aguas de regadío  serían  afectados los agricultores cada vez nos están limitando agua y oxigeno. En este país se esta valorando más el turismo que la  vida humana y para que nos sirve tener bosques, si los están exterminando.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, respecto de la observación planteada señala que  éste o cualquier proyecto que se proponga realizar debe cumplir con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En este caso, el Proyecto cumple con esta normativa.   En concordancia con lo anterior,  el Titular está obligado a  lograr que al menos diez árboles logren un estado fisiológico que les permita desarrollarse solos desde ese momento, por cada árbol cortado.

    5.32.- Nombre: José Soto Méndez, Domicilio: P. Lynch 370, Comuna de Linares.

    5.32.1. Turismo y medio ambiente.

    Esta  Comisión Regional conforme a la observación establece que la Empresa entrega antecedentes dentro del Estudio de las “Actividades productivas desarrolladas en la ribera del río Achibueno”, en el se informa al sector Centinela como el área en donde se concentra la mayor parte de la incipiente actividad turística del sector, ocupación que se desarrolla en la ribera del río Achibueno. Ésta, se sustenta, básicamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo.

    Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contempla diferentes aspectos para el cuidado del estilo de vida de los vecinos que viven en el área de influencia y del turismo. Entre ellas:

    • La construcción y mejoramiento de 90 kilómetros de caminos, lo que generará mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví, pues será más fácil su acceso.
    • La construcción de un camino por la ribera sur del río, lo que permitirá llegar a 15 kilómetros del Nevado de Longaví y construir un puente para personas y vehículos a la altura de Pejerrey. Esto significa que más personas podrán accesar a una zona que hoy se encuentra prácticamente restringida.
    • El Proyecto considera una intervención eficiente del entorno, es decir, con efectos locales    controlados; se  preocupa de la  conservación y  restauración del ecosistema; y contempla las medidas mitigatorias  adecuadas. 
     La entrega de capitales semilla a los vecinos para que generen proyectos de desarrollo en la zona.
    • Algunas de las medidas mitigatorias son la reforestación de las zonas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación de     207 ha; la creación de un área de conservación íctica; la contratación de un paisajista para disminuir el impacto visual de las obras, entre otras.

    Es importante señalar, por otro lado, que la construcción y operación de las centrales propuestas no afectarán la hotelería y los mejoramientos en caminos y conectividad obtenidos. Se  prevé  que  las  obras  proyectadas contribuirán a  mejorar  la  conectividad en  la  zona, generando beneficios a la actividad turística.

    El Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, considerando los  eventuales efectos sobre todos los componentes del medio ambiente, generando medidas para hacerse cargo adecuadamente de ellos.

    5.32.2.  “CONAMA”, debe resolver ¡¡no!! A este atentado a nuestra naturaleza

    Esta Comisión Regional establece que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) se realiza considerando el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y decidir, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Respecto al procedimiento de calificación ambiental de los proyectos, éste es de conocimiento público y se refiere a la normativa ambiental que regula las condiciones por las cuáles la autoridad debe tomar sus decisiones en el marco del SEIA. Esto es, en términos generales, la revisión de los antecedentes que presenta el Titular, la generación de informes sectoriales por parte de los órganos con competencia ambiental que participan de la evaluación, las solicitudes para acceder a nueva información, incluido el Reglamento de sala que regula las actividades de la Comisión Regional del Medio Ambiente, las votaciones de dicho cuerpo colegiado y los recursos de reclamación que son posibles de presentar una vez calificado el proyecto en cuestión.

    5.32.3. Para las futuras generaciones “Medio Ambiente, Flora y Fauna”.

    Esta Comisión Regional establece que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) se realiza considerando el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y decidir, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Respecto al procedimiento de calificación ambiental de los proyectos, éste es de conocimiento público y se refiere a la normativa ambiental que regula las condiciones por las cuáles la autoridad debe tomar sus decisiones en el marco del SEIA. Esto es, en términos generales, la revisión de los antecedentes que presenta el Titular, la generación de informes sectoriales por parte de los órganos con competencia ambiental que participan de la evaluación, las solicitudes para acceder a nueva información, incluido el Reglamento de sala que regula las actividades de la Comisión Regional del Medio Ambiente, las votaciones de dicho cuerpo colegiado y los recursos de reclamación que son posibles de presentar una vez calificado el proyecto en cuestión.

    5.32.4. “CONAMA”, no puede ser  juez y parte.  Sencillamente juez y no debe  aceptar este proyecto “Homicida” a la naturaleza.

    Esta Comisión Regional establece que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) se realiza considerando el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y decidir, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Respecto al procedimiento de calificación ambiental de los proyectos, éste es de conocimiento público y se refiere a la normativa ambiental que regula las condiciones por las cuáles la autoridad debe tomar sus decisiones en el marco del SEIA. Esto es, en términos generales, la revisión de los antecedentes que presenta el Titular, la generación de informes sectoriales por parte de los órganos con competencia ambiental que participan de la evaluación, las solicitudes para acceder a nueva información, incluido el Reglamento de sala que regula las actividades de la Comisión Regional del Medio Ambiente, las votaciones de dicho cuerpo colegiado y los recursos de reclamación que son posibles de presentar una vez calificado el proyecto en cuestión.

    5.33.- Nombre: Orosmira del Carmen Cerda Espinoza, Presidenta y en representación de la Junta de Vecinos Juan Amigo.
    Domicilio: Juan Amigo Parcela Nº 3, Comuna de Linares.

    5.33.1. Por el turismo, ya que el Río va a tener menos agua, la pesca deportiva y el bosque nativo.

    Esta Comisión Regional establece que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, la evaluación se realizó considerando el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y en ello se establecen los impactos y las medidas para mitigar y compensarlos.

    En lo particular cabe señalar, que las centrales no operarán cuando el caudal del rio es  menor al caudal ecológico, vale decir, funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s, al respecto los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico.

    El proyecto Achibueno, según esta Comisión tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Por otra parte, se generaron las siguientes medidas para los impactos asociados al caudal del río: “Minimización intervención de cauces” y Propuesta restauración y conservación estero Los Hualles”. La primera medida es de mitigación y la otra de compensación.

    En relación a la pesca deportiva, casi en su totalidad,  se localiza bajo el área de influencia del Proyecto. Respecto a la trucha se estima no afectará la sustentabilidad de esta especie en el Área de Influencia del Proyecto, razón por la cual no se han previsto medidas adicionales para esta especie, la que además, presenta adecuadas condiciones de adaptación al escenario expuesto.

    Cabe señalar que en el caso de la trucha arcoíris, la disminución parcial de su hábitat no se ha considerado significativa o de mayor relevancia puesto que además de corresponder a una especie introducida, su presencia resulta nociva desde el punto de vista de la fauna con problemas de conservación, dado que compiten y presionan a las especies nativas. Como tal, el detrimento de las poblaciones de trucha cercanas a especies protegidas como el tollo de aguas dulce y la carmelita es un impacto positivo del proyecto.

    La empresa propuso además hacerse cargo del impacto identificado sobre la vegetación, para lo cual propone un  Plan de Manejo: Protección de la flora y fauna nativa Reparación; Restauración en las obras provisorias”; Creación de un Área de Conservación y Conservación de germoplasma de especies de flora en categoría de conservación.

    Adicionalmente se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    5.33.2. Se terminarían los Nalcales, El Loro Tricahue, las Catitas, todo lo que afectaría  a la ecología el Río se oxida al traer poco agua y se comenzaría a llenar de matorrales y todos los ciudadanos van a veranear al sector y no pagan, Bao, azul bajo, las piedras, etc. y por ser uno de los Ríos más limpios que no quedan en la Región.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala  que la ejecución del Proyecto no provoca la extinción de alguna especie de flora o fauna en el área de influencia del Proyecto.    Cabe señalar que las cuatros aves identificadas en la zona proyecto que se encuentran en peligro de extinción son; Loro Tricahue, Carpintero Negro, Torcaza y Cachaña, por otra parte respecto de los mamíferos se encontró la Guiña. Respecto de ellos se establecen medidas de rescate y relocalización.

    Los planes de manejo ambiental que se indican a continuación, los que se centran plenamente en la flora y fauna nativa presente en el área:
    • PM-INT-01: Protección de la flora y fauna nativa.
    • PM-INT-02:  Restricciones  de  corta  de  vegetación  durante  la  construcción  y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica.
    • PR-INT-01: Restauración en las obras provisorias.
    • PC-INT-01: Creación de un Área de Conservación.
    • PC-FVT-01:  Conservación  de  germoplasma  de  especies  de  flora  en  categoría  de conservación.
    • PM-FFT-01: Rescate y relocalización de vertebrados terrestres.
    • PM-FFT-02: Utilización de los atraviesos de quebradas para fauna de vertebrados terrestres.
    • PM-FFT-03: Cercamiento de canales.

    Respecto al uso turístico las áreas en donde se concentra la mayor parte de la actividad turística del sector, ocupación que se sustenta, efectivamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo.

    También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano será similar a la conocida actualmente.

    5.34.- Nombre: Iván Yáñez Ávila.
    Domicilio: Santa Rosa, Comuna de Linares

    5.34.1. Turismo Local y Provincial: Se puede  concluir  los  daños  en que  afectará  dicho proyecto acabando con cualquier plan de bosque nativo.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el  Proyecto se  ajusta a lo establecido en la legislación ambiental vigente de nuestro país, en particular lo contenido en Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medioambiente, que señala las condiciones bajo las cuales se deben someter los Proyectos o actividades susceptibles de causar impactos sobre el medio ambiente.

    La Comisión considera  que el Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Al respecto, se considera pertinente aclarar la diferencia entre impacto ambiental y daño al medio ambiente.  Por consiguiente, el Proyecto genera impactos ambientales no así daño   sobre  el  medioambiente. Daño  ambiental corresponde a  toda  pérdida, disminución, detrimento o  menoscabo significativo inferido al  medio ambiente o  a  uno  o  más  de  sus componentes, y que no ha tenido en consideración los instrumentos de gestión ni las disposiciones contenidas  en  la  legislación  ambiental  vigente  para  tales  efectos.  Por el contrario, impacto ambiental, en cambio, corresponde a la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada; el cual ha sido sometido y tramitado por el Titular del Proyecto de conformidad con las normas establecidas en la legislación vigente. Es por ello que este último caso, los impactos ambientales son debidamente identificados y evaluados y deben ser mitigados, reparados y/o compensados por el Titular del Proyecto, de manera proporcional al impacto identificado.

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Con respecto al impacto ambiental del Proyecto sobre la vegetación nativa que sería afectada el Titular entregó  una caracterización detallada de la flora y vegetación nativa presente en el área de influencia del Proyecto, así también el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre.  Se  entregó además, los planes de manejo ambiental destinados a  mitigar, reparar  y/o  compensar los  impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa.

    El Titular del Proyecto se ha comprometido a reforestar una superficie al menos igual a la superficie de bosque nativo cortada con motivo de la construcción de las obras del Proyecto.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    Por otra parte,  el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.

    El Proyecto se ajusta a la reciente Ley N° 20.283 sobre Recuperación del  Bosque Nativo y  Fomento Forestal, y a las Resoluciones que tanto el Ministerio de Agricultura como la CONAF han emitido en aplicación de la nueva legislación

    Considerando lo anteriormente expuesto, se concluye que el EIA se ajusta a la legislación ambiental vigente en el país y que los impactos sobre la flora y vegetación terrestre han sido incorporados en los planes de manejo ambiental para su mitigación, reparación y/o restauración.

    5.35.- Nombre: Alba Gajardo Avila.
    Domicilio: Sector Batuco, Comuna de Linares.

    5.35.1. Se acabará el Turismo

    Esta Comisión considera pertinente la observación,  y al respecto señala que a esta instancia definida por la normativa ambiental,  le corresponde pronunciarse a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, dicho Proyecto sometido a evaluación dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    El Titular  identifico y analizó el  Impacto “: Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”,  tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela. En él  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Adicionalmente se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Para la realización del estudio señalado se estableció un período de trabajo con una duración de 2 años, de manera de abarcar las temporadas turísticas alta y baja, logrando con ello un análisis más acabado de la demanda existente. Para determinar la oferta local se llevará a cabo un catastro, georreferenciación y sistematización de la oferta turística actual.

    Con ello el compromiso de la empresa está en la definición de potenciales turísticos y la determinación de los requerimientos de inversión en equipamiento turístico adecuado a los mercados de interés y a la demanda potencial.

    5.35.2. Que pasará con la Flora y Fauna del Sector

    La Comisión considera pertinente la observación y respecto flora y fauna local el Titular incluye una evaluación de impacto ambiental del componente,  dentro del Estudio, así como medidas asociadas.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de al menos 106,6 hectáreas,  aún cuando la Hidroeléctrica Centinela se compromete a que sean de 207 ha; la creación de conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.36.- Nombre: Julia Hortensia Gutiérrez Lestón.
    Domicilio: Pasaje Maica 1345, Población Yerbas Buenas, Comuna de  Linares.

    5.36.1. Contaminantes insolucionanables. ¿Y para qué tantas centrales? Si igual pagaremos luz; si igual hay más contaminación; si igual el asunto no se reinvierte, solo pregunto, para que.

    Esta Comisión considera pertinente la observación citada , sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE).

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que este cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    5.37.- Nombre: Jorge Yañez Gajardo.
    Domicilio: San Antonio, Comuna de Linares

    5.37.1. Deben tomar todas las medidas necesarias para no afectar el medio ambiente.

    La Comisión Regional del Medio  Ambiente señala que  éste  o  cualquier proyecto que  se  proponga realizar debe cumplir con  la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En este marco, la COREMA establece que el proyecto cumple con la normativa legal aplicable.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Finalmente, cabe agregar  que se consideró como una de las medidas de mitigación la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.38.- Nombre: Claudio Cofre Ávila.
    Domicilio: El Emboque, Comuna de Linares

    5.38.1. Flora y Fauna. Afectará bosques, al turismo y al medio ambiente.

    La Comisión Regional del Medio  Ambiente señala que  éste  o  cualquier proyecto que  se  proponga realizar debe cumplir con  la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Titular  identifico el  Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela,  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Respecto a la flora y fauna local en el EIA se entregan antecedentes de impacto ambiental del componente, así como medidas asociadas, tal como se desarrolla en los acápites 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3 sobre flora y fauna terrestre y acuática; y 6.4.1, 6.4.2 y 6.4.3, respecto de los mismos ámbitos.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.39.- Nombre: Mónica de las Nieves Fariña Duarte.
    Domicilio: Freire 355, Comuna de Linares

    5.39.1. Los Linarenses vamos mucho a veranear al interior de nuestra ciudad y esto nos hace perder nuestro entorno natural, bosque y fauna silvestre.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto establece que este o cualquier proyecto que se proponga realizar debe cumplir con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    El Proyecto debe cumplir en su ejecución  todas las exigencias y normativas ambientales aplicables, implementando acciones que serán conocidas por los residentes locales y fiscalizables por la autoridad ambiental.    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.39.2. El gran impacto ambiental que causaría es dañino para todos los linarenses, nuestros hijos y nietos se  maravillan con nuestros paisajes, fauna silvestre, ríos, pajaritos, etc. ¿como negarles lo maravillo de nuestra ciudad?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y en este marco señala que el  Proyecto se  ajusta a lo establecido en la legislación ambiental vigente de nuestro país, en particular lo contenido en Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medioambiente, que señala las condiciones bajo las cuales se deben someter los Proyectos o actividades susceptibles de causar impactos sobre el medio ambiente.

    La Comisión considera  que el Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Al respecto, se considera pertinente aclarar la diferencia entre impacto ambiental y daño al medio ambiente.  Por consiguiente, el Proyecto genera impactos ambientales no así daño   sobre  el  medioambiente. Daño  ambiental corresponde a  toda  pérdida, disminución, detrimento o  menoscabo significativo inferido al  medio ambiente o  a  uno  o  más  de  sus componentes, y que no ha tenido en consideración los instrumentos de gestión ni las disposiciones contenidas  en  la  legislación  ambiental  vigente  para  tales  efectos.  Por el contrario, impacto ambiental, en cambio, corresponde a la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada; el cual ha sido sometido y tramitado por el Titular del Proyecto de conformidad con las normas establecidas en la legislación vigente. Es por ello que este último caso, los impactos ambientales son debidamente identificados y evaluados y deben ser mitigados, reparados y/o compensados por el Titular del Proyecto, de manera proporcional al impacto identificado.

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Con respecto al impacto ambiental del Proyecto sobre la vegetación nativa que sería afectada el Titular entregó  una caracterización detallada de la flora y vegetación nativa presente en el área de influencia del Proyecto, así también el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre.  Se  entregó además, los planes de manejo ambiental destinados a  mitigar, reparar  y/o  compensar los  impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa.

    Además entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.
     

    5.40.- Nombre: Luis Cerda Salgado.
    Domiciliado: Mario Dueñas 971, Comuna de Linares

    5.40.1. En general al turismo que estamos tratando de darle auge a esta ciudad.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente establece que el  Proyecto se ha ajustado plenamente a lo establecido en la legislación ambiental vigente en Chile, en particular lo contenido en el Párrafo 2 del Título II de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medioambiente, y que señala las condiciones bajo las cuales se deben someter los Proyectos o actividades susceptibles de causar impactos sobre el medio ambiente.

    El Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Por otra parte, es importante aclarar que el Proyecto genera impactos ambientales, pero en ningún caso, daños  sobre  el  medioambiente. Daño  ambiental corresponde a  toda  pérdida, disminución, detrimento o  menoscabo significativo inferido al  medio ambiente o  a  uno  o  más  de  sus componentes, y que no ha tenido en consideración los instrumentos de gestión ni las disposiciones contenidas  en  la  legislación  ambiental  vigente  para  tales  efectos.  Impacto ambiental, en cambio, corresponde a la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada; el cual ha sido sometido y tramitado por el Titular del Proyecto de conformidad con las normas establecidas en la legislación vigente. Es por ello que este último caso, los impactos ambientales son debidamente identificados y evaluados y deberán  ser mitigados,  reparados y/o compensados por el Titular del Proyecto, de manera proporcional al impacto identificado.

    5.40.2. Nuestros ingresos como ciudad turística serían muy beneficios  para todos si no tenemos  nada  para  mostrar al turista como verdes  bosques, hermosos ríos, una gran fauna silvestre, bosques nativos de turismo estaríamos hablando.

    Esta Comisión Regional señala que es pertinente la observación y a su vez declara que lo se debe procurar es el desarrollo sustentable, es decir, se deben hacer los proyectos de energía, turismo de manera de generar sinergia y poder potenciarse unos a otros. El proyecto Achibueno tiene impactos acotados, y compatibles con el desarrollo del turismo.

    Con respecto al impacto ambiental del Proyecto sobre la vegetación nativa que sería afectada por el Proyecto, debe señalarse que el Titular incorporó, sobre línea base del componente Flora y vegetación terrestre en el acápite 5.4.1. del EIA y en los Adendas 1, 2 y 3  una caracterización detallada de la flora y vegetación nativa presente en el área de influencia del Proyecto. 

    Así también, se entregó el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre, en el que  sobresale, la importancia ambiental de flora y vegetación nativa (acápite 6.4.1 del EIA) .

    Finalmente, el Proyecto considera  los planes de manejo ambiental destinados a  mitigar, reparar  y/o  compensar los  impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa (acápite 7.2.2.1 del EIA).

    5.40.3. Nos afecta porque perdemos nuestros paisajes que nos sirven para nuestro turismo que es muy importante.

    Con respecto al impacto ambiental del Proyecto sobre la vegetación nativa que sería afectada,  el Titular entregó  una caracterización detallada de la flora y vegetación nativa presente en el área de influencia del Proyecto, así también el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre.  Se  entregó además, los planes de manejo ambiental destinados a  mitigar, reparar  y/o  compensar los  impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa.

    El Titular del Proyecto se ha comprometido a reforestar una superficie al menos igual a la superficie de bosque nativo cortada con motivo de la construcción de las obras del Proyecto.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno representa un efecto menor sobre los bosques nativos de preservación del área. El análisis de la información permitió concluir un importante porcentaje de la flora es de origen introducido (20%), lo que indica una intensa historia de perturbaciones antrópicas pasadas, lo cual probablemente ha permitido la invasión de la flora alóctona observada.

    Por otra parte,  el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.

    Complementando lo anterior,  dentro del  Permiso Ambiental Sectorial 102, entregado en el EIA, se entregó la información relativa al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar las Obras Civiles del Proyecto, conforme a la Pauta Explicativa de CONAF.

    El Proyecto se ajusta a la reciente Ley N° 20.283 sobre Recuperación del  Bosque Nativo y  Fomento Forestal, y a las Resoluciones que tanto el Ministerio de Agricultura como la  CONAF han emitido en aplicación de la nueva legislación.

    Considerando lo anteriormente expuesto, se concluye que el EIA se ajusta a la legislación ambiental vigente en el país y que los impactos sobre la flora y vegetación terrestre han sido incorporados en los planes de manejo ambiental para su mitigación, reparación y/o restauración.

    5.41.- Nombre: Hugo Cáceres Carrasco.
    Domicilio: Intendente Fontana Nº 447, Comuna de Linares

    5.41.1. Por ser perjudicial para el turismo y al entorno en general.

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la observación planteada, y al respecto señala que  éste  o  cualquier proyecto que  se  proponga realizar debe cumplir con  la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Titular  identificó el  Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela,  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.   Se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Para la realización del estudio se estableció un período de trabajo con una duración de 2 años, de manera de abarcar las temporadas turísticas alta y baja, logrando con ello un análisis más acabado de la demanda existente.

    Por otra parte, cabe señalar, que el titular realizó un estudio que presenta una visión general del turismo en la zona donde se emplazará el proyecto. Se señala que la actividad turística existente en el área de influencia directa del proyecto (AID) se desarrolla de manera incipiente, lo que se ve reflejado en las condiciones básicas en calidad y nivel de servicio (como falta de electricidad, agua potable y servicios sanitarios) en zonas de camping y picnic, lo que se ve incrementado por la mala accesibilidad hacia sectores como Las Ánimas, Vado Azul, Monte Oscuro y Las Mulas. El turismo se ha generado de modo espontáneo a partir de iniciativas e inversiones del sector privado,  y  la  oferta  de  servicios  turísticos  exhibe  un  alto  nivel  de  fragmentación, especialmente en los rubros de hotelería, restaurantes y agencias de viaje, tendiendo a una mayor concentración en el caso de los servicios de transporte.

    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    5.41.2. La naturaleza nuestros bosques nativos, la fauna silvestre es lo único que nos va quedando, si lo destruimos, ¿qué verán nuestros  hijos y nietos?, solo hidroeléctricas, en que nos beneficia a nosotros, en nada, por ningún motivo me privarán de esos lindos lugares que son solo nuestros.

    La Comisión Regional, señala que la observación planteada es pertinente y al respecto establece que  la flora y fauna local se encuentra analizada en evaluación de impacto ambiental de dicho  componente, así como medidas asociadas, tal como se desarrolla en los acápites 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3 sobre flora y fauna terrestre y acuática; y 6.4.1, 6.4.2 y 6.4.3, respecto de los mismos ámbitos, todos del EIA y en los Adendas 1, 2 y 3.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.42.- Nombre: José Manríquez Olivera.
    Domicilio: Pobl. Emilio Gidi / 7 de Junio 610, Comuna de Linares

    5.42.1. Me afecta  el  paisaje la  naturaleza  y que  ofrecemos  a futuro a nuestros  hijos y al turista y al planeta.

    La Comisión Regional del Medio  Ambiente señala que  éste  o  cualquier proyecto que  se  proponga realizar debe cumplir con  la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Titular  identifico el  Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela,  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Por otra parte, cabe señalar, que el titular realizó un estudio que presenta una visión general del turismo en la zona donde se emplazará el proyecto. Se señala que la actividad turística existente en el área de influencia directa del proyecto (AID) se desarrolla de manera incipiente, lo que se ve reflejado en las condiciones básicas en calidad y nivel de servicio (como falta de ectricidad, agua potable y servicios sanitarios) en zonas de camping y picnic, lo que se ve incrementado por la mala accesibilidad hacia sectores como Las Ánimas, Vado Azul, Monte Oscuro y Las Mulas. El turismo se ha generado de modo espontáneo a partir de iniciativas e inversiones del sector privado,  y  la  oferta  de  servicios  turísticos  exhibe  un  alto  nivel  de  fragmentación, especialmente en los rubros de hotelería, restaurantes y agencias de viaje, tendiendo a una mayor concentración en el caso de los servicios de transporte.

    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa


    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Respecto a la flora y fauna local el EIA incluye una evaluación de impacto ambiental del componente, así como medidas asociadas, tal como se desarrolla en los acápites 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3 sobre flora y fauna terrestre y acuática; y 6.4.1, 6.4.2 y 6.4.3, respecto de los mismos ámbitos, todos del EIA y en los Adendas 1, 2 y 3.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.43.- Nombre: José Galindo Carrillo Olate.
    Domicilio: Pobl. Batuco Rari Nº 0164, Comuna de Linares.

    5.43.1. No voy a tener donde ir a veranear.

    Esta Comisión Regional, conforme a la observación planteada establece que la normativa ambiental vigente determina la existencia de un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir.

    El Titular identifico el  Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela,  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Respecto a la flora y fauna local el EIA incluye una evaluación de impacto ambiental del componente, así como medidas asociadas, tal como se desarrolla en los acápites 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3 sobre flora y fauna terrestre y acuática; y 6.4.1, 6.4.2 y 6.4.3, respecto de los mismos ámbitos, todos del EIA y en los Adendas 1, 2 y 3.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.43.2. No estoy de acuerdo porque afecta el turismo en nuestra zona.

    La Comisión señala que El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá a una mayor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví.

    5.44.- Nombre: María Moraleda Tapia.
    Domicilio: Los Litres 1192, Villa El Bosque, Comuna de Linares

    5.44.1. No estoy de acuerdo porque se van a terminar muchas partes  turísticas de nuestra zona en la cual constamos para atraer el turismo.

    Esta Comisión Regional, conforme a la observación planteada establece que la normativa ambiental vigente determina la existencia de un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir.

    El Titular identifico el  Impacto Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela,  se  reconoce  actividad turística incipiente sustentada en  el  río  como  principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    Para la realización del estudio se estableció un período de trabajo con una duración de 2 años, de manera de abarcar las temporadas turísticas alta y baja, logrando con ello un análisis más acabado de la demanda existente.

    Respecto a la flora y fauna local el EIA incluye una evaluación de impacto ambiental del componente, así como medidas asociadas, tal como se desarrolla en los acápites 5.4.1, 5.4.2, 5.4.3 sobre flora y fauna terrestre y acuática; y 6.4.1, 6.4.2 y 6.4.3, respecto de los mismos ámbitos, todos del EIA y en los Adendas 1, 2 y 3.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.45.- Nombre: María Mellado Moya.
    Domicilio: Colo Colo 359, Comuna de Linares

    5.45.1. Nos  afectaría  todas las zonas donde podemos disfrutar, recrearse con los niños, zonas donde podemos realizar turismo, dar a conocer nuestra ciudad, resaltar los atributos que tiene nuestra zona.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación planteada y al respecto agrega que el Proyecto se ajusta a lo establecido en la legislación ambiental vigente en Chile, en particular lo contenido en el Párrafo 2 del Título II de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medioambiente, y que señala las condiciones bajo las cuales se deben someter los Proyectos o actividades susceptibles de causar impactos sobre el medio ambiente.

    El Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas. Todas estas consideraciones hablan de una intervención responsable y acorde con criterios técnicos y ambientales.

    Por otra parte, es importante aclarar que el Proyecto genera impactos ambientales, pero en ningún caso, daños  sobre  el  medioambiente. Daño  ambiental corresponde a  toda  pérdida, disminución, detrimento o  menoscabo significativo inferido al  medio ambiente o  a  uno  o  más  de  sus componentes, y que no ha tenido en consideración los instrumentos de gestión ni las disposiciones contenidas  en  la  legislación  ambiental  vigente  para  tales  efectos.  Impacto ambiental, en cambio, corresponde a la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada; el cual ha sido sometido y tramitado por el Titular del Proyecto de conformidad con las normas establecidas en la legislación vigente. Es por ello que este último caso, los impactos ambientales son debidamente identificados y evaluados y deberán  ser mitigados,  reparados y/o compensados por el Titular del Proyecto, de manera proporcional al impacto identificado.

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Con respecto al impacto ambiental del Proyecto sobre la vegetación nativa que sería afectada por el Proyecto, cabe señalar que el Titular proporcionó una caracterización detallada de la flora y vegetación nativa presente en el área de influencia del Proyecto (acápite 5.4.1 del EIA) .   Por otra parte,  se entregó el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre. En dicho capítulo, la importancia ambiental de flora y vegetación nativa constituyó el principal criterio para evaluar los impactos del Proyecto sobre este componente.  Finalmente, el Proyecto incorpora  los planes de manejo ambiental destinados a  mitigar, reparar  y/o  compensar los  impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa (acápite 7.2.2.1 del EIA).

    Adicionalmente, el Titular entregó la información relativa al Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar las Obras Civiles del Proyecto, conforme a la Pauta Explicativa de CONAF. Al respecto, de acuerdo con lo establecido en la legislación forestal-ambiental vigente en Chile, el Titular del Proyecto se ha comprometido a reforestar una superficie al menos igual a la superficie de bosque nativo cortada con motivo de la construcción de las obras del Proyecto.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    El Proyecto considera la reciente Ley N° 20.283 sobre Recuperación del  Bosque Nativo y  Fomento Forestal, su  relación con  la  normativa forestal preexistente, y los Ordinarios y Resoluciones que tanto el Ministerio de Agricultura como la CONAF han emitido en aplicación de la nueva legislación.

    Considerando lo anteriormente expuesto, se concluye que el EIA se ajusta a la legislación ambiental vigente en el país y que los impactos sobre la flora y vegetación terrestre han sido incorporados en los planes de manejo ambiental diseñados en el EIA para su mitigación, reparación y/o restauración.

     
    5.46.- Nombre: Julio González  Rodríguez
    Domicilio: Pobl. H. Meza Rojas  Pasaje el pastor 01228, Comuna de Linares

    5.46.1. No me afecta porque estoy de acuerdo con los avances tecnológicos.

    Esta Comisión Regional, considera que es importante destacar que el Proyecto contempla evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 Kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local.

    Cabe señalar, que entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.47.- Nombre: Hernán Espinoza Cerda.
    Domicilio: Los Hualles, Comuna de Linares

    5.47.1. Yo como propietario y lugareño, apoyo el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, por lo que repararán el camino y creará trabajo a la comunidad y vendrán mayor cantidad de visitas al sector.

    Esta Comisión Regional señala que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 Kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local.

    Cabe señalar, que entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.48.- Nombre: Patricio Henríquez Espinoza.
    Domicio: Los Hualles, Comuna de Linares

    5.48.1. Yo pienso que me ayudaría con trabajo el cual es escaso, yo cuento con caballos los cuales también les puedo arrendar para conocer los lugares de la zona.

    Esta Comisión Regional señala que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 Kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local.

    Cabe señalar, que entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.48.2.  El proyecto Hidroeléctrico Achibueno, para mi es importante por el progreso de los Hualles.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente establece que el Titular se comprometió a elaborar un catastro laboral en el área de influencia directa del Proyecto pues su interés es generar la mayor cantidad de mano de obra posible en la zona. Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local

    5.49.- Nombre: Adivanni López Canelo
    Domicilio: Los Hualles, Comuna de Linares

    5.49.1. Según mi parecer traerá gran beneficio en la reforestación, donde se podrá encontrar especies casi ya extintos de gran belleza, el mejoramiento del camino, lo cual hará más expedito el desplazamiento de los vehículos y con ello mayor turismo y el progreso de esta hermosa localidad.

    Esta Comisión Regional señala que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    5.50.- Nombre: Juan López Toro.
    Domicilio: Los Hualles, casa Nº 11, Comuna de Linares.

    5.50.1. Este proyecto me sirve por lo siguiente: prestar el servicio de taller de soldadura, reparación y confección de estructuras metálicas y mecánica en general, servicio a  todo público en forma permanente.
    Por  lo cual el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, será de gran beneficio para generar mayor movimiento de trabajo.

    Esta Comisión Regional señala que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local

    5.51.- Nombre: Leticia López Cerda.
    Domiciliada: Los Hualles, Comuna de Linares.

    5.51.1. Yo como propietaria y lugareña, apoyo el Proyecto  Hidroeléctrico Achibueno, por lo que creará trabajo a la comunidad y una mejor calidad de vida.

    Esta Comisión Regional señala que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Cabe señalar que entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles por el Titular muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    5.52.- Nombre: Juan C. Méndez Salazar.
    Domiciliado: Los Hualles, Comuna de Linares

    5.52.1. Yo apoyo el proyecto hidroeléctrico Achibueno, ya que podré ser empleado como de obra y este proyecto será de gran beneficio para la comunidad.

    Esta Comisión Regional establece que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    La Comisión Regional del Medio Ambiente establece que el Titular se comprometió a elaborar un catastro laboral en el área de influencia directa del Proyecto pues su interés es generar la mayor cantidad de mano de obra posible en la zona. Asimismo, la construcción del Proyecto generará necesariamente un impacto positivo en la economía local.

    53.- Nombre: Hermídia Quezada Hernández, Consejera del Cesco, Presidenta de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos y en representación de HéctorOlmedo González, Fernando Alegría Vargas y Jorge Fuentes Urriaga,
    Domicilio: Villa Independencia, 4 estaciones Nº 416, Comuna de Linares.
     
    5.53.1.  La comunidad no está del todo informada, pese a unas  consultas ciudadanas que se realizaron lo que personalmente considero que fueron insuficiente ya que, y de acuerdo  a la visión que tengo de la comuna  en mis  visitas  a casi la totalidad de las Juntas de Vecinos Rurales (son alrededor de 150 J. de Vecinos) como Presidenta de la Unión Comunal, son muchos los vecinos que ignoran lo que pretende este Proyecto, para  tal efecto envío copias de las  actas del Cesco realizadas en las  fechas  ahí  indicadas, adjunto asimismo  antecedentes  recopilados  como observaciones, pues el deseo de la mayoría de los linarenses decimos NO a nuevas Centrales y que estos sitios prioritarios de conservación sean  respetado, ayudando de esta manera a que también nuestro planeta no sea más contaminado y su flora y fauna no sufra los estragos que sufrirá al realizarse este Proyecto.

    La Comisión considera pertinente  la observación, dado que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para implementarse. En este sentido, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). 

    En este aspecto el Proyecto Achibueno cumple con la normativa y ha entregado los antecedentes requeridos por los organismos de competencia ambiental que han participado de la evaluación.
     
    El Proyecto considera evitar una intervención mayor  del entorno, con efectos locales   controlados. A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.53.2. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación; Proyecto se pretende desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA Sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional,  según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2003 (sitio Nº 40 “Altos de Achibueno”, en el que se describe el ecosistema como: “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de alta biodiversidad ecosistémica y paisajística, conteniendo humedales alto andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en categoría de conservación”). Que constituye  parte del  hotspot chileno de importancia mundial para la conservación de la biodiversidad (Myers et  al, 2000; arroyo et al, 2006) y Hot Spot de Biodiversidad según Internacional Conservation 2004.

    La Comisión considera pertinente  la observación, y al respecto plantea que tal como se establece en el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. Sin embargo, se debe aclarar que esta zona no tiene carácter normativo, conforme la legislación vigente. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente, ni tampoco se encuentra en algún área protegida o bajo protección oficial.

    No obstante, el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) se rige por los parámetros de la normativa vigente en el país, a su vez establece medidas para mitigar y controlar. A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.53.3. El proyecto no es   de 135 MW permanentes: La potencia instalada no es buen referente para evaluar el aporte energético de estas centrales. Las dos centrales hidroeléctricas de paso en serie, denominadas El Castillo y Centinela tendrían una potencia total instalada de 135 MW, sin embargo el  EIA reconoce que su  capacidad de generación anual podría llegar a ser sólo de 600 GWh, de lo cual se deduce que la potencia anual es de 15MW para la Central Castillo y de 49 MW para la Central Centinela.

    A esta Comisión solo le compete analizar los aspectos ambientales y que las medidas de mitigación, compensación o reparación sean las adecuadas para hacerse cargo de los impactos asociados.

    5.53.4. El Proyecto prácticamente no aporta energía cuando esta se necesita.  La potencia promedio anual tampoco no es un buen referente para evaluar el aporte energético en las estaciones de mayor necesidad energética. En efecto la potencia promedio que estas centrales podrán aportar al SIC en los meses de menor nivel de los embalses entre enero y marzo de cada año es de  2,18 MW para la  Central de Castillo y de  16,6 MW para la Central Centinela. Es decir, aportes al SIC durante la  estación seca son menores al  0,02% y menores al  0,2% para las centrales castillo y centinela respectivamente. En este sentido beneficio de abatimiento de gases de carbono a los que hace referencia la empresa  son  absolutamente marginales puestos  que las centrales térmicas tendrán  que operar de todas formas dado que estas centrales no estarán disponibles cuando se las necesita.

    La Comisión considera respecto de esta observación que los aspectos económicos y/o rentabilidades son temas sectoriales y de los propios inversionistas.     Adicionalmente el aporte energético y/o la ocasión en que puedan funcionar, son aspectos que no dependen completamente del Titular, sino que de otras autoridades  y/o condiciones climáticas.   Sin embargo, la Sra. Quezada tiene razón al señalar que en caso de no funcionamiento y la imposibilidad de ser reemplazado el aporte energético por otra central hidroeléctrica, en la matriz eléctrica presente hoy en el SIC, los requerimientos de energía deberán ser satisfechos por una central térmica u otra que el CDEC-SIC determine.

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que este da cumplimiento con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5.53.5. El Proyecto se pretende desarrollar en uno de los  últimos  sectores de la precordillera central sin intervenir.  Desde  Santiago hasta Temuco todas las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE).

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que este cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5. 53.6. Región del  Maule posee menor presentación en el  SNASPE. (Sólo un 0,6 de su territorio está en  protección bajo el Sistema  Nacional de Áreas  Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile). Vegetación del área de influencia del Proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto informa que el Titular ha establecido métodos para compensar algunos componentes ambientales de la flora y fauna, para ello contempla la creación de un área de conservación que posibilite la conservación y recuperación de los ecosistemas representativos que serían afectados por las obras del proyecto.
     
    El área de conservación como lo establece el EIA, tendrá una superficie igual o superior a los ecosistemas naturales afectados por el proyecto y deberá incluir muestras de las asociaciones vegetacionales representativas del área de influencia del proyecto, hábitats de distintas especies de fauna y elementos paisajísticos atractivos.

    Las características de esta área de conservación y su estrategia de manejo, no sólo permitirán la protección y recuperación de los ecosistemas representativos de la zona, sino que además permitirá su uso para el desarrollo de otras medidas de compensación comprometidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

    Para la definición de la superficie a conservar, el titular plantea   considerar las áreas relacionadas con las unidades vegetales identificadas en el área de influencia directa del Proyecto que poseen una mayor importancia ambiental.

    La línea de Base de flora y vegetación terrestre en el área del proyecto se deduce que los bosques nativos, en especial aquellos dominados por las especies del género Nothofagus, Austrocedrus chilensis  y especies hidrófilas, constituyen las unidades vegetales con una mayor importancia ambiental.

    Por lo anterior, se creará un área de conservación con una superficie igual a 207 hectáreas, valor que corresponde a la superficie de las unidades vegetales con mayor importancia ambiental que se encuentran presentes en el área de influencia directa del proyecto. Por otra parte, desde el punto de vista de la Fauna de Vertebrados Terrestres, el impacto más significativo se traduce en la reducción de la disponibilidad de hábitat para aquellas poblaciones de animales que utilizan estos espacios, como por ejemplo refugio, fuente de alimento y lugares de reproducción.

    Esta área de conservación deberá contener parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se perdería como consecuencia del proyecto. 

    Por otra parte, tal como se aprecia en el PAS 102 del EIA, el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.

    Adicionalmente, los impactos en la flora y fauna se encuentran incorporados en la política de intervención eficiente y conservación del entorno de la empresa, que se traduce en un programa de reforestación con especies autóctonas, la creación de un área de conservación de 207 hectáreas y otra de conservación de la fauna íctica (peces). Además de un programa de reubicación y conservación de las especies animales de la  zona.

    El titular del proyecto en la Adenda N°2 establece que ha reevaluado la localización del sitio destinado a conservación como medida de compensación, junto con CONAMA, y se ha llegado a un consenso de que esta área de conservación debe estar ubicada en un sector adyacente a un sitio protegido por CONAF.

    El procedimiento para definir el sitio de conservación que propone el Titular es comprometer en la RCA del Proyecto, la obtención del terreno a proteger por parte del Titular y luego de aprobada la RCA seleccionar el sitio más apropiado y la forma legal para implementar esta área de conservación, con la participación de CONAF, SAG y COREMA, todos de la región del Maule.

    5.53.7. Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE:    En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia  promedio por km. de río intervenido o desviado MW/Km.), el Proyecto se encuentra entre las más ineficientes que se hayan presentado al SEIA. En efecto, con el Proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW/km de río intervenido (36 kms. Según HCL; 40 kms. Según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada). Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en Río Maule, en  calificación), todas  producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW/km. de río intervenido.  Adicionalmente, el Índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía), para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia..   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.

    5.53.8. Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su  principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de  proyección de crecimiento exponencial (que reportó US$40 millones para la zona en 2078, según información de Sernatur Maule), y afecta seriamente el proyecto “Sendero de Chile” en la zona.

    La Comisión Regional del Medio  Ambiente señala que  éste  o  cualquier proyecto que  se  proponga realizar debe cumplir con  la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares. Un 80% de ese monto se gastará en la Región a través de la construcción de las obras civiles requeridas para el proyecto, situación que permitirá generar mil empleos en 3 años y mejorar y construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví". Además en el EIA se propone un “Estudio de potencialidades Turísticas”, el que tiene por objetivo compensar el impacto que causa la disminución de caudal, el cual registrará lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial. Asimismo, la medida descrita pretende ayudar a la población a concretar la ejecución de proyectos turísticos.

    5.53.9. Voluntad institucional pública y privada  para protección del río Achibueno y rechazo total de la  comunidad de  Linares al Proyecto.  Existe  la voluntad  política porque  el área se conserve, así como los usos  que allí se desarrollen sean  compatibles con la conservación del lugar, reflejado en numerosos documentos de CONAMA (http://conama.cl/portal/1301/article-43424html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2073 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2072 a 2075 CODEFF Nacional y Regional, Universidad  de Talca, Municipalidad de Linares, etc. Si se permiten estas  2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los  afluentes de esta zona  (ya hay derechos de aprovechamiento de aguas  solicitados por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.53.10. Condicionamiento de la   aprobación de proyectos   hidráulicos a los resultados de la Estrategia  Nacional de Cuencas.  La Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet se comprometió – en su  programa de Gobierno-a definir “…una Estrategia Nacional  de Cuencas que permita identificar en base a la mejor información científica aquellas cuencas que se podrán intervenir.  Así  como las que son interés preservar.  Tomaremos en cuenta los Sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad… condicionaremos la aprobación de proyectos hidráulicos a los resultados de la Estrategia Nacional de Cuencas”.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.53.11. Inexistencia de crisis energética permite ser más selectivo en la aprobación de proyectos energéticos: Según datos de la Comisión Nacional de Energía (CNE), respecto de la capacidad instalada y el crecimiento  en consumo eléctrico (5,4% anual), considerándose sólo los proyectos “limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por el SEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%).  Considerando aquellos proyectos en etapa de calificación ambiental, “limpios”, las necesidades energéticas de nuestro país están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%) y agregando Hidroaysén, las necesidades energéticas  estarían cubiertas hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos “no limpios”.  Lo anterior permite ser más selectivos en la aprobación de proyectos, y permite desarrollar e implementar otros  tipos de energía y preservar aquellos ríos que serán fuente de riqueza para la biodiversidad y poblaciones humanas que lo habitan y visiten en el futuro.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    Otro punto importante es que las centrales hidráulicas de paso Centinela y El Castillo son de energía limpia, las cuales al entrar en funcionamiento desplazan en promedio 2,4 millones de toneladas de CO2 al año en relación a las centrales térmicas, las cuales generan CO2 a la atmósfera, lo que significa un aumento del calentamiento global, tema muy importante el cual está siendo abordado por el Estado, y haciendo conciencia entre los chilenos para ayudar a combatirlo.

    5.53.12. Durante varios años he estado al mando de la Unión Comunal de Juntas de Linares, la misma  que gracias a un fuerte  trabajo y al compromiso de su  directorio se ha posesionado como una de las Organizaciones con mayor fortaleza dentro de la comunidad linarense. Nuestro trabajo se enfoca en lograr que los habitantes de Linares y de la Provincia puedan gozar de mejores ventajas en todos los sentidos para que vaya en  ayuda de su crecimiento y desarrollo personal y poder lograr vivir en ambientes más gratos y más  armónicos, conocerse y compartir más ya que nos damos cuenta que gran parte de las cosas negativas que están ocurriendo en nuestra sociedad como la delincuencia, drogadicción, prostitución y alcoholismo entre otras, es producto de una mala comunicación desde los hogares mismos, donde se ha perdido el respeto, el  diálogo y los valores, en general.

    Esta Comisión Regional considera que la respuesta a esta inquietud por no ser de carácter ambiental debe ser entregada por otras instancias.

    5.53.13. ¿Quién defiende a la ciudadanía?, ¿quienes nos dan a conocer los aspectos negativos?, en esta participación ciudadana ¿han comprobando el grado de estudios o conocimiento del sector rural y a quienes solo les preocupa que se les arregle sus caminos vecinales (que son la mayoría), poder conseguir un salario, pero que no tiene ninguna conciencia ecológica, exceptuando unos pocos?

    Esta Comisión regional acoge la inquietud, sin embargo es importante señalar que el procedimiento de  participación ciudadana se encuentra establecida en la normativa ambiental vigente,  y es un aspecto al cual se le asigna un rol fundamental, donde no se requieren competencia técnicas de parte de los ciudadanos, por el contrario, son opiniones, inquietudes y/o consultas.   El propósito de este procedimiento, es asegurar tanto el suministro de la información oportuna a personas que pudieran verse afectadas, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular del proyecto.  De esta manera se realizaron diversas actividades dentro del plazo de la Participación Ciudadana, las cuales se realizaron cumpliendo con el calendario establecido por CONAMA y ambos Municipios pertenecientes al área de influencia del proyecto. En su totalidad fueron ocho talleres los que se realizaron en el mes de Abril del año 2009, de los cuales; dos de ellos se efectuaron en los sectores urbanos de Linares y Longaví y el resto en el área de influencia del proyecto (El Culmen, Vega de Salas, Vega de Molinos, Los Hualles, Montecillo y Pejerrey. En total asistieron un número de 256 personas.

    5.53.14. ¿Creen que las personas de lugares tan alejados, vayan a tomarse el tiempo para llenar un formulario y dar razón bien fundamentada?, ¿Porqué se pidieron que estas opiniones fueran personas y se han puestos tantas trabas a las Organizaciones, como exigir, personalidad jurídica y adjuntan hasta los mismos Estatutos, como ha sido en el caso de la Organización que estoy representando? ¿Porqué las exposiciones, este proyecto se presentó como algo ya aprobado y en ningún momento decían “en que sea aceptado” excepto cuando  yo lo mencioné?  

    Esta Comisión acoge la observación y al respecto, señala que sólo se exige acreditación de personalidad a las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, sin prejuicio de lo anterior también se informa a la ciudadanía la posibilidad de realizar observaciones por escrito como persona natural, en cuyo caso sólo importa la mención del domicilio. 

    Cabe señalar que estas exigencias o requisitos están establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la cual norma el proceso de participación ciudadana dentro de la evaluación de impacto ambiental.

    5.53.15. Proyecto traería grandes beneficios, especialmente a sus dueños, pero también trae grandes pérdidas, destrucción y muerte de muchos indefensos seres vivos como lo es la flora y fauna. Por tal razón he tenido  que documentarme mucho consiguiendo información por aquí y por allá, como para tener al menos razones fundamentadas para explicarle el porqué de mi oposición, de este Directorio y el de las personas que libremente han firmado esta carta.

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5.53.16. Se dice que ya no  estamos en crisis. Basta ver los datos publicados por la CNE respecto a capacidad instalada y el crecimiento en consumo eléctrico por un lado y los proyectos de generación eléctrica que ya han sido aprobados por el SEIA y que se encuentran  en  desarrollo para darse cuenta  de que  nuestras necesidades energéticas estarán cubiertas por los próximos diez años. Los siguientes datos pueden ser corroborados en las páginas web del INE y del E-SEIA.

    Hay ciertos  ríos en  nuestro  país que, por sus características excepcionales, debieran  conservarse siempre en su estado  natural, para goce nuestro y de las  futuras   generaciones de  chilenos y para  preservar  su valiosa biodiversidad; incluso  en calidad de  productos  de exportación.  Es el caso del  río Achibueno.  Este  Proyecto  contempla hacer  dos centrales de  pasada.  Una de esas centrales  tiene un aporte tan  marginal que equivale a tan sólo el 0,3% del consumo energético del SIC en el  2078 y  destruiría  una de las  cuencas más hermosas y mejor  conservadas de Chile Central, y uno de los  últimos ríos de Chile Central sin  intervenir.  Es un río único en cuanto a  belleza, biodiversidad y estado de conservación y el  mantenerlo  tal y  como está, será la mejor  herencia que podemos dejarle a nuestra  generaciones  futuras, ya que  el día  de  mañana podrán decir que sus  antepasados ayudaban  a cuidar y preservar el Medio Ambiente.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    5.53.17. ¿Cómo se compensará el daño y la pérdida de especies forestales  con  problemas  de conservación?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente la observación y al respecto señala que el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno ha considerado un conjunto de medidas de manejo ambiental tendientes a mitigar, reparar y/o compensar los impactos del Proyecto sobre el medio ambiente y, en particular, sobre la flora y vegetación terrestre. Ello se materializa en las propuestas incorporadas en el EIA dentro del “Programas de Manejo Ambiental”. Aquí se detallan los planes de mitigación, reparación y/o compensación que indica el artículo 12, letra h) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del  SEIA, Decreto Supremo Nº  95/2001 del  Ministerio Secretaría General de la Presidencia), cuyo propósito es minimizar, reparar y/o compensar los efectos adversos que un Proyecto o actividad generará. Entre estos efectos adversos se encuentra la pérdida de individuos arbóreos con problemas de conservación, pero en ningún caso la pérdida de las especies como taxa.

    El Proyecto propone la conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación y la creación de un área de conservación, de tamaño igual o superior a la superficie de unidades vegetales de mayor valor ecológico que serían intervenidas. La primera medida considera actividades tendientes a la conservación ex situ e in situ del germoplasma contenido en las poblaciones de las especies en categoría de conservación que se encuentran en el área de emplazamiento del Proyecto. Ejemplos de estas actividades son rescate y relocalización de individuos, colecta de semillas bajo criterios especialmente establecidos para este fin por el INIA, viverización de ejemplares y plantación. Adicionalmente el Titular,  ha considerado la colecta y envío de semillas de individuos de las especies en categoría de conservación al banco de semillas del INIA, para lo cuál el Titular cuenta con un documento de respaldo emitido por dicha institución referido al proceso de eventual recepción y almacenamiento de las semillas colectadas.

    Con especto al área de conservación, se espera que ésta contenga parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y fauna que se perdería como consecuencia del Proyecto. Al mismo tiempo, esta área podría utilizarse como un área de recepción de parte del material vegetal considerado en la medida de conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación .

    De acuerdo a los antecedentes contenidos en el expediente de evaluación y a la opinión de los Servicios con competencia el proyecto daría cumplimiento a los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5.53.18. ¿Qué pasará con las especies ribereñas o qué dependen del cauce normal de río?, ¿cómo se verán afectadas por la disminución del caudal y qué medidas hay para compensar esto?. Por ejemplo el caso de Eucriphya glutinosa catalogada como RARA.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular  establece la “Evaluación del efecto de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña  del  río  Achibueno”.   En dicho  Estudio  (EIA) se señala una “Caracterización de la flora y vegetación asociada a las riberas del río Achibueno: Sector Pejerrey – Chapa Verde”. En dicho informe se concluye la presencia de ejemplares de la especie Guindo Santo (Eucryphia glutinosa) en la vegetación presente en sectores específicos de la ribera del río en referencia, en el tramo entre la zona de captación y restitución de agua de las centrales hidroeléctricas.

    Al respecto, se identificó el Impacto “Pérdida de flora y vegetación ribereña el área comprendida entre la captación de la central El Castillo y las obras de reposición de la central Centinela”. Este impacto fue calificado como Leve para todo el tramo del río Achibueno que sería afectado por la operación de las centrales El Castillo y Centinela, no teniendo ningún efecto significativo a nivel poblacional sobre la gran mayoría de las especies que se encuentran presentes en la ribera del río Achibueno. El efecto generado por la operación se hará significativo para aquellas especies cuyos requerimientos hídricos son muy altos y que su presencia en esta cuenca está estrechamente relacionada con el actual régimen de caudales del río Achibueno. Entre estas especies se encuentran Cortaderia araucana, Cyperus eragrostis, Eleocharis albibracteata, Equisetum bogotense, Gunnera magellanica y Eucryphia glutinosa, todas de amplia distribución geográfica, a excepción de E. glutinosa, la cual se encuentra presente sólo entre la VII y IX Región, es endémica de Chile y está considerada como una especie Rara.

    Considerando los antecedentes expuestos anteriormente, el Proyecto incorpora la especie Eucryphia glutinosa (guindo santo) en la medida de compensación “Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación”.  Esta medida considera estrategias de conservación in situ y ex situ, orientadas a conservar y proteger el germoplasma de los individuos de esta especie que potencialmente serían afectados por el proyecto.

    5.53.19. ¿Cuáles son las especies anuales que crecen en periodo estival?, ¿Cuántas hay en categoría de conservación y qué medidas se tomarán para mitigar el impacto, sobre todo en el caso de las  tuberosas que crecen a gran  profundidad y son difíciles de transplantar?

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que el Titular proporciona en el EIA un  listado de especies de flora vascular identificadas en el área de influencia del Proyecto, en el se establece que  se encontraron 169 especies herbáceas, de ellas 108 son nativas (autóctonas) y 22 son endémicas de Chile. Del total de especies herbáceas, 108 especies corresponden a plantas perennes, varias de las cuales son plantas geófitas (tuberosas); mientras que las 61 especies herbáceas restantes son plantas anuales. Ninguna de las especies herbáceas detectadas se encontraban en alguna categoría de conservación. (Capítulo 5 del EIA, acápite 5.4.1.4.3, (tabla 5.4.1-8)

    El efecto del Proyecto sobre estas especies ha sido considerado como “Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto”. ( acápite 6.4.1.1 del EIA) Asimismo, el Proyecto considera las medidas ambientales tendientes a mitigar, reparar y/o compensar el impacto del Proyecto sobre estos taxa, en particular mediante las medidas “Protección de la flora y fauna nativa”, “Restauración en las obras provisorias” y “Creación de un área de conservación.”

    5.53. 20. ¿Qué rol cumple el cauce actual e histórico del río en la dispersión y propagación de especies vegetales como esta función ecológica se verá afectada al disminuir el caudal?

    La Comisión considera pertinente la observación, y al respecto señala que el Proyecto presentó el estudio “Evaluación del efecto de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña del río Achibueno”, en el cual se entrega una descripción de la flora y vegetación terrestre asociada a la ribera del río Achibueno entre el sector Pejerrey y Chapa verde, que corresponde al área comprendida entre la captación de las aguas de la central El Castillo y las obras de reposición de las aguas de la central Centinela. Dicha descripción se ha hecho considerando plenamente lo establecido en el Artículo 12, letra f) del D.S 95-2071 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

    5.53.21. ¿Cuál es el valor que otorgan las especies endémicas al paisaje?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente establecer que el término Paisaje se entiende como la manifestación visual o externa del territorio, derivada de la combinación de una serie de factores físicos, como son la geomorfología y el clima y factores biológicos como la vegetación y la fauna, así como la incidencia de perturbaciones de tipo natural y de origen antrópico. Este paisaje se genera a partir de lo que un “observador” es capaz de percibir de ese territorio fundamentalmente por su visión, junto con la participación de los demás sentidos.

    Al respecto, la vegetación asume una gran importancia en la caracterización del paisaje visible ya que constituye, por lo general, la cubierta del suelo. En la evaluación de un paisaje no se suelen evaluar los individuos diferenciados, sino constituyendo formaciones monoespecificas o  pluriespecificas de  variada  fisonomía y  su  evaluación y ponderación está directamente relacionada con sus atributos visuales (color, texturas), espaciales (distribución, variedad de formaciones, coberturas) y  estructurales (desarrollo vertical y/o horizontal de la vegetación), lo anterior sin perjuicio de que algún ejemplar pueda constituirse como un hito visual por su singularidad. Esta misma situación sucede con la valoración de la fauna, cuya ponderación va en directa relación con la posibilidad de apreciarla directamente valorando su permanencia, grado de atractivo visual, o riqueza de especies.

    Por lo tanto, más que valorar especies por ser propias y exclusivas de determinadas localidades o regiones, se analizan los aspectos derivados de las características integradas, tanto espaciales como estéticas.

    5.53.22. ¿Cuál es el valor que otorgan los profundos pozones y sus aguas cristalinas al paisaje de río y como la  disminución del caudal afectará este valor escénico? ¿Cómo se verá afectada la calidad y cristalinidad del agua al disminuir el caudal? ¿Qué especies acuáticas de algas proliferarán? ¿Cuál será el control ecológico sobre estas? Cómo esta pérdida escénica y de pureza afectara el turismo?.

    Esta Comisión Considera pertinente la observación, y desde una perspectiva local los empozamientos presentes en el río Achibueno aumentan la belleza escénica del entorno inmediato, puesto que la presencia y características con que se manifiestan imprimen un importante grado de singularidad al paisaje local. No obstante, desde una escala mayor de análisis, sobre la cual se realizan los estudios sobre el componente paisaje  estos sectores pierden su relevancia, dado que pasan a formar parte de una superficie mayor donde domina la diversa configuración geomorfológica de la cuenca del río Achibueno.

    Los empozamientos del río Achibueno presentan un valor paisajístico reconocido por la comunidad local, correspondiendo a un recurso escénico que permite el desarrollo de actividades de recreación principalmente durante la época estival.

    Respecto de la observación en particular, esta Comisión señala que  las alteraciones en el régimen de caudales del río Achibueno, no generarían una variación significativa de los factores y elementos que componen el paisaje.

     En este sentido, si bien los empozamientos del río registrarían un cambio bajo la línea de base establecida, en términos de su actual régimen, se dejará escurrir en forma permanente al menos el caudal ecológico para la preservación del equilibrio ecológico. Por otra parte, adicional al caudal ecológico se sumará también el aporte de diversos esteros con una contribución hídrica significativa, entre estos se destaca: la quebrada La Leona, Los Perros, el estero Los Copihues (ver Anexo N parte 2 del EIA, Informe de “Caudal Ecológico”). Según este escenario el desarrollo de las actividades recrativas  que se realizan habitualmente en la zona (El Morro) permanecerán sin alteraciones, ya que este pozón está aguas debajo de la descarga de la central Centinela y por lo tanto no se generarán cambios significativos sobre las condiciones actuales de calidad escénica del paisaje.

    Los cuerpos de agua no corresponden a los únicos atractivos paisajísticos identificados dentro de las unidades de paisaje definidas, y por ende en totalidad de la sección de la cuenca del río Achibueno y del estero Los Hualles involucradas en el Proyecto. En lo que guarda relación con el reconocimiento y descripción del uso antrópico de estos apozamientos naturales del río Achibueno, todos los antecedentes se presentan en los acápites 5.5.6 y 5.5.7 del Capítulo 5 del EIA.

    La particular configuración del territorio donde se insertará el Proyecto, destaca por presentar una variada  y  diversa  geomorfología  como  uno  de  los  elementos  estructurantes  del  paisaje, teniendo como resultado, la presencia de importantes hitos visuales y/o áreas de interés escénico para el observador. A lo anterior, se deben sumar, aspectos relacionados con el desarrollo horizontal y vertical de elementos bióticos constitutivos del paisaje como la vegetación y la fauna que otorgan al conjunto calidades visuales calificadas como altas para ambas unidades de paisaje (acápite 5.9.4 de Capítulo 5).

    En consecuencia, sin duda que el río Achibueno y sus apozamientos naturales se configuran como elementos de gran atractivo para los visitantes; sin perjuicio de lo anterior y desde la perspectiva y escala de análisis de los estudios de paisaje entregados por el Titular, corresponden  a  elementos  que  no  logran  constituirse  en  parte  de  los  elementos dominantes  del  paisaje  en  evaluación.  Es decir en  la  actualidad,  los  observadores  que acceden al área del Proyecto, cuentan con escasas y breves vistas del cauce del Achibueno, como resultado de factores como la presencia de importantes barreras visuales naturales (vegetación y relieve) y la posición de los observadores respecto del cauce.

    El titular presenta un análisis comparado para dos sectores con apozamientos naturales  del río Achibueno; Pozón 1, Sector Las  Mulas  y  Pozón  2, Sector Pejerrey en ellos, se identifican los posibles impactos visuales que generarían las obras proyectadas en las cercanías de estos sectores; la etapa del Proyecto en que se manifestaría el impacto (construcción u operación) y la percepción que tendrían los visitantes.

    En cuanto a los empozamientos que se localizan en el sector Las Mulas Alto, la disponibilidad hídrica durante la operación del Proyecto si bien será menor, cumplirá con el mínimo definido por el caudal ecológico, volumen que se asemeja al que naturalmente presenta el río en época estival, y que permite por lo tanto asociarlo a una reducción hídrica propia de la temporada.

    Sobre la base de los antecedentes expuestos, es posible afirmar que si bien los empozamientos verán una disminución del volumen hídrico, la alteración no perjudicará significativamente el valor escénico del paisaje circunscrito a estos sectores, puesto que el aporte de tributarios permitirá mantener las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de las actividades que hasta hoy se realizan en el río Achibueno.

    Una disminución de caudal no afectará la calidad del agua, considerando que el caudal ecológico más los aportes de los tributarios mantendría dinamismo en el flujo de los pozones.

    Las  aguas  del  río  Achibueno  en  el  área  del  proyecto,  independiente de  su  profundidad presentan alta transparencia, lo anterior esta dado por un flujo constante determinado por el caudal y  pendiente de este sistema fluvial, además de las características geológicas del sustrato y matriz del lecho del río, principalmente conformado por grandes rocas, bolones y sustrato de arena gruesa.   Por otra parte en función de la mantención del caudal ecológico, que fue determinado en 3 m/s por la DGA , cabe señalar que las centrales no operarán cuando el caudal del río sea menor al caudal ecológico se espera que la luminosidad no se verá modificada y por lo tanto el valor escénico del espejo de agua se mantendrá en la fase clara siendo compatible con las actividades turísticas y de recreación planteadas.

    Por otro lado, respecto a las algas y macrófitas, éstas tienden a crecer durante la época de estival debido a una mayor disponibilidad de luz. Sin embargo durante la época en donde los caudales naturales observados en  el  río son muy similares e  incluso inferiores al  caudal ecológico asignado no se han observado eventos de proliferación de micro o macroalgas, razón por lo cual no se esperan eventos de este tipo en el río, y por tanto la generación de un impacto asociado. Adicionalmente, se reitera que las centrales de paso proyectadas no operarán cuando el caudal del río sea menor al caudal ecológico asignado. Además, en el río se presentan eventos cíclicos de las crecidas de invierno que son muy importantes en este sistema y las cuales no serán afectados por el proyecto, razón por la se mantendrán altos caudales en el río que provocan un efecto de barrido que mantendrá el lecho del río despejado de macrófitas.

    El Informe sobre Caudal ecológico, presentado en el EIA identifica los sectores que desde el punto de vista biológico son aptos para la presencia de peces y respecto de los cuales se realizó la evaluación de impacto referida a Flora y Fauna acuática (Capítulo 6, numeral 6.4.3.)

    Respecto a la calidad del agua para fines de turismo y recreación, el caudal de verano será similar al existente en dicha época, ya que las centrales funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s.

    Conforme estos antecedentes, se identificaron un conjunto de impactos, dentro de los cuales destacan;  Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces” y  Modificación de las comunidades bióticas  por  cambios  en  el  régimen natural  de  caudales  entre  el  punto  de captación y restitución de las aguas.

    Sobre la base de los impactos identificados, el Proyecto establece las siguientes medidas: “Minimización intervención de cauces” y “Propuesta restauración y conservación estero Los Hualles”. La primera medida es de mitigación y la otra de compensación.

    La medida asociada a la minimización de intervención de cauces tiene por objetivo minimizar la pérdida de hábitat y la resuspensión de sedimentos, limitando las intervenciones en los cauces e implementando técnicas constructivas no invasivas, a través de acciones tales como:

    • La planificación de las obras en los cauces deberá restringir las intervenciones en los mismos a la mínima superficie requerida para su ejecución.
    • La planificación de las obras en los cauces deberá suponer el restringir las  intervenciones en los cauces al mínimo tiempo requerida para su ejecución y, en lo posible, limitarlas a las épocas de estiaje del río.
    • Para la construcción de las bocatomas y cepas de apoyo, se deberán implementar desvíos temporales al interior de los cauces, que permitan aislar las obras del caudal del río.
    • No se podrá acumular materiales en el caudal del río, pues ante la eventualidad de alguna crecida, puedan ser arrastrados al río.
    • Una vez finalizadas las obras, los materiales utilizados para el  desvío de los cauces deberán ser retirados y dispuestos –de preferencia– en los mismos sectores de lecho seco desde donde fueron retirados y/o en escombreras.

    Por su parte, la medida asociada a la Propuesta de Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles tiene por objetivo desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles, en acuerdo y con la colaboración de las autoridades y comunidad local, a través de:

    • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus características de hábitat favorable a las especies ícticas y sus fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar actividades de pesca de especies nativas en el sector.
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades que tienen injerencia en su implementación.
    • Diseñar  y  financiar una  campaña  de  difusión tendiente a  sensibilizar a  la  población ribereña con respecto a la  conservación de la biodiversidad y,  en particular, de las especies ícticas nativas.
    • Sobre la base del catastro de descargas de aguas servidas u otras fuentes contaminantes y en acuerdo con la comunidad y las autoridades pertinentes, se impulsará la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    • Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha eliminado la vegetación ripariana, y en acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    • Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha intervenido los cauces, deteriorando su calidad como hábitats, en acuerdo las autoridades competentes, ejecutar labores de restauración de dichos ambientes. En este mismo contexto, el Titular establece que se podrían introducir refugios artificiales para ictiofauna, que aumenten la heterogeneidad de los hábitats presentes.
    • Proceder al control de las especies introducidas mediante su pesca dirigida, ejecutada preferentemente  durante  su  época  de  desove  (invierno).  Para  ello,  las  autoridades pertinentes deberán aprobar y autorizar los permisos de pesca respectivos.

    Adicionalmente, se menciona el sector Centinela como el área en donde se concentra la mayor parte de la actividad turística del sector, actividades productivas desarrolladas en la ribera del río Achibueno. Ésta, se sustenta, básicamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo turístico, siendo la pesca recreativa y o deportiva una de las actividades realizadas. (acápite 5.5.7.4.12 del EIA).

    Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto.

    5.53.23. ¿Cómo afectará la apertura de nuevos caminos y la sobrecarga de los antiguos al ecosistema existente? ¿Qué medidas de control o fiscalización se  instaurarán para evitar  la deforestación ilegal  de especies en  categoría  de conservación, quemas o botaderos de basura?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente la observación y al respecto  señala que durante la etapa de construcción y operación del Proyecto, las obras en las centrales Centinela y  El  Castillo  requerirán  de  la  apertura  y  mejoramiento de  caminos.  La  probabilidad  de ocurrencia de atropellamientos de fauna silvestre aumentará de acuerdo a la construcción de nuevos caminos y al aumento de tráfico en los ya existentes. En este sentido, y con el fin de minimizar la pérdida de flora y fauna producto del tránsito vehicular generado, se ha incorporado la medida de mitigación “Protección de la flora y fauna nativa”. Dicha medida contempla la instalación de señalética informativa y precautoria en zonas de riesgo. (PM-INT-01; Capítulo 7, página 18 del EIA)

    El Titular además incorpora de manera complementaria a lo indicado en el párrafo anterior Cartografía complementaria,  láminas  donde se  muestra la ubicación de las zonas de riesgo y el lugar donde será ubicada la señalética que contempla la medida de mitigación “Protección de flora y fauna nativa”.

    Además, el Proyecto ha incorporado en la medida ambiental en referencia la elaboración de la Normativa Interna de Protección Ambiental (NIPA), con la finalidad de evitar efectos adversos sobre la flora y fauna existente en el área por parte del personal que trabaja en terreno. Dicho documento será de cumplimiento obligatorio para los contratistas, y establecerá los lineamientos generales que el Titular abordará en la dimensión ambiental durante la etapa de construcción. La  NIPA  será  parte  integrante de  todos  los  contratos  de  construcción y establecerá entre sus lineamientos los citados en el Capítulo 7, acápite 7.2.2.1.1, página 18.

    5.53.24. ¿A qué se refieren con poda  de los especimenes? ¿Será esta repetida estacionalmente? ¿De qué manera afectará a los  especimenes nativos? ¿Habrá especialistas encargados de las podas o serán trabajadores sin conocimientos al respecto?

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, y señala que tal como se indicó en el EIA en el relativo a la evaluación de los impactos del Proyecto sobre el componente flora y vegetación terrestre, durante la etapa de construcción y de operación del Proyecto, se realizará un roce selectivo de la vegetación arborescente presente en la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica, con la finalidad de cumplir con la franja de seguridad del tendido eléctrico y evitar los efectos ecológicos negativos de la corta a ras de suelo de los ejemplares. La franja de seguridad considera la mantención de una distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. Para tales efectos, el principal criterio de intervención consiste en la corta de las ramas de los individuos que interfieran o pudieran interferir esta franja de seguridad. En la práctica, estas intervenciones consisten en la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea a una altura de corte igual o menor a 4 m desde el suelo, en los casos que se requiera.

    El Titular establece que esta intervención se realizará periódicamente, de manera de asegurar el cumplimiento de la distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. Considerando que consiste en una poda de reducción de copa, se espera que la gran mayoría de las especies nativas  responda adecuadamente a  esta  intervención, en  términos de  regeneración y  de crecimiento aéreo.

    Cabe señalar que el Titular establece que todas estas intervenciones serán supervisadas por encargados especialistas con conocimientos en la materia.

    5.53.25. ¿De qué manera  la reforestación asegurará la continuidad de las especies en el Cajón de Achibueno, sobre todo de aquellas que requieren de hábitats singulares para sobrevivir? ¿Cómo se asegurará su viabilidad a través de los años?

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la observación señalando que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno afectará una cantidad acotada de ejemplares de las especies presentes en el Cajón del Achibueno, pero en ningún caso a la totalidad de los ejemplares pertenecientes a una o más de estas especies.

    El compromiso de reforestación  propuesto en el EIA obedece a reponer una plantación forestal equivalente al  bosque cortado, en términos de superficie y  densidad, considerando para  ello  el  empleo  de  especies  arbóreas  que  sean  representativas de  las unidades vegetales afectadas por el Proyecto. Para tales efectos, tal como se indicó en el Permiso Ambiental Sectorial 102, la reforestación se ejecutará en terrenos que cumplan con las condiciones ecológicas requeridas por las especies seleccionadas para su adecuado establecimiento y desarrollo. (Anexo L, del EIA).

    De acuerdo a los antecedentes contenidos en el expediente de evaluación y a la opinión de los Servicios con competencia el proyecto daría cumplimiento a los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5.53.26. ¿Qué medidas se tomarán para la prevención y combate de potenciales incendios forestales debido a la mayor afluencia de público sobre todo durante la etapa de construcción? ¿Qué propuesta compensatoria habrá en caso que se incendien áreas del sitio prioritario?

    La Comisión Regional considera relevante señalar que el  Estudio  de  Impacto  Ambiental (EIA)  del  Proyecto  Hidroeléctrico Achibueno, en el acápite relacionado al Permiso Ambiental Sectorial 102, señala las medidas de prevención y control contra incendios forestales. Aquí se considera el establecimiento de un plan de prevención cuya finalidad es indicar todas las medidas, normas y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. Las medidas de control pertinentes contra incendios forestales son también incorporadas.

    Sin  perjuicio  de  lo  anterior,  existe un compromiso por parte del Titular  realizar un convenio con CONAF, o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales incorporando las sugerencias entregadas por la autoridad.

    Se aclara además que en caso de detectarse impactos no previstos a causa del Proyecto, estos serán mitigados, reparados o compensados por el Titular en función de las características particulares y la magnitud de los eventuales impactos imprevistos. Esto se llevará a cabo en la forma de extensión de los planes de mitigación, reparación y/o compensación ya considerados en el EIA, Capítulo 7 -según corresponda.

    Por otra parte es preciso señalar que el Titular establece que si se detecta un incendio forestal, se dará aviso de inmediato a las autoridades y se comunicará esta situación al teléfono de emergencias de CONAF, Fono 130.

    Así también, se señala que mientras se espera el arribo de personal especializado de CONAF, se pondrá en acción el plan de emergencia implementado por el profesional forestal o agrónomo especializado, con el fin de realizar un ataque inicial al siniestro.

    Si el incendio es pequeño (menos de 100 m2), este plan de emergencia considera los siguientes pasos:

    • Establecer una salida de emergencia.
    • Haciendo uso de herramientas, cercar el fuego, rodeándolo mediante una zanja o retirando hojas secas o materiales que se quemen fácilmente.
    • Respirar con un pañuelo mojado en la boca para evitar los efectos negativos del humo.
    • Si una persona está cerca del fuego y se ve amenazada, será necesario seguir los siguientes pasos:
    • Si existe pendiente, deberá huir de las llamas del fuego hacia abajo, ya que el fuego tenderá a desplazarse ladera arriba.
    • No intentar cruzar las llamas sin saber lo que hay detrás. Si lo hace, hay que mojar la ropa y proteger la cara.
    • Tratar de alejarse por las zonas laterales del incendio y más desprovistas de vegetación.
    • Siempre avanzar en sentido contrario a la dirección del viento y estar atento a los cambios de dirección de éste.
    • En lo posible, no dirigirse hacia barrancos o quebradas.
    • Si se ve cercado por el fuego, hay que situarse en zonas ya quemadas, echado en el suelo, detrás de alguna roca o cubierto de tierra. Siempre tumbado, porque el aire más puro queda más próximo al suelo.
    • No hacer uso de los vehículos si la persona está rodeada de fuego.
    • Al combatir el fuego, hágalo por la cola y los costados, nunca por la cabeza del incendio.
    • Trabaje siempre en equipo, no se separe sin necesidad.
    • Mantener en el predio herramientas mínimas para enfrentar emergencias de esta naturaleza (palas, rastrillos, rozones etc.).
    • Acceso a maquinarías y equipos de apoyo.
    • Habilitación de fuentes de agua.

    5.53.27. ¿Cómo se abordarán los posibles deslizamientos y erosión producidas por la tala y el corte de terreno en zonas con alta pendiente?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto hace referencia a los posibles  deslizamientos y erosiones que se podrían generar en zonas con alta pendiente, durante la etapa de construcción y operación del Proyecto. Para ello el Titular establece intervenciones focalizadas de la vegetación existente, al interior de la franja de servidumbre del tendido eléctrico. El propósito de ellas se orienta a mantener, siempre y en toda ubicación, una franja de seguridad libre de vegetación entre los conductores eléctricos y la copa o follaje de árboles, según lo establece la normativa de seguridad eléctrica en el país. Las intervenciones consistirán en la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea a una altura de corte igual o superior a 4 m desde el suelo, en los casos que se requiera.

    Considerando lo anterior, el plan establecido en el Proyecto considera las siguientes medidas aplicables a las fajas de servidumbre de las líneas de transmisión eléctrica:

    • Focalizar las actividades de corta en los individuos que, en edades adultas, pudieran intervenir la zona de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica.
    • No aplicar el método de corta de tala rasa.
    • Evitar, en la medida de lo posible, la corta de especies arbustivas que posean una altura menor a cuatro metros.
    • En caso que se requiera la aplicación de un raleo selectivo de individuos, el corte de los ejemplares se realizará en bizel, a unos 30 cm de altura, y no se removerán los tocones remanentes para favorecer el rebrote de las especies que poseen la capacidad de retoñar.
    • En la práctica, considerando la altura de los conductores eléctricos, las intervenciones consistirán en una reducción de copa de los ejemplares de hábito arbóreo que interfieran la franja de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica, a una altura que no será inferior a 4 m medidos desde el suelo.

    Se respetará a cabalidad el cumplimiento de las prescripciones técnicas que se establezcan en el plan de manejo forestal que apruebe CONAF, sobre esta materia.

    Sin perjuicio de lo anterior, se presenta a continuación un listado de las principales medidas propuestas en el componente edafología y en prevención de riesgos, del Capítulo 7 del EIA.

    1.- Recuperación de suelo vegetal a través de su retiro y almacenamiento, para posteriormente utilizarlo en tareas de restauración de los componentes ambientales en las áreas ocupadas de forma temporal, una vez que termine la etapa de construcción.

    2.- Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción busca la utilización de técnicas adecuadas de construcción de las centrales, para realizar de forma eficaz la reparación final del área intervenida y minimizar las superficies requeridas para las obras, de tal forma que el impacto sobre la pérdida y erosión del suelo quede lo más “restringido” al sector del Proyecto.

    3.- Control y estabilización de laderas y taludes en zonas inestables , esta medida apunta a la estabilización, donde sea factible, de los taludes generados como consecuencia de la construcción, principalmente, de los caminos de acceso, canales y en los sectores con pendientes pronunciadas (sobre 30% de pendiente). En general, será aplicada a taludes y laderas de terrenos desprovistos o que hayan perdido su vegetación, debido a la intervención del suelo para las instalaciones de apoyo u otras obras del Proyecto.

    4.-Revegetación de zonas con pérdida de suelo, ello consiste en la implantación de especies vegetales en sectores que han sido desprovistos de ellas, debido a la utilización temporal del suelo producto de las instalaciones de apoyo.

    Los objetivos de la medida apuntan a cumplir los siguientes puntos:

    • Conservar con especies herbáceas, arbustivas y arbóreas, sectores desprovistos de vegetación e intervenidos por obras civiles o erosionadas.
    • Mejorar la aptitud del suelo y reducir el avance de procesos erosivos.
    • Generar una formación vegetal similar y autosostenible a las formaciones naturales pre-existentes.

    5.- Medidas de control para remociones en masa.

    Durante la etapa de construcción del Proyecto, las medidas contempladas para el control de remociones en masa son las siguientes:

    • Se realizará capacitación a los trabajadores antes de iniciar los trabajos de construcción, especialmente a aquellos que participen en las actividades de corte de terreno y excavaciones. Esta capacitación buscará que se apliquen procedimientos de trabajo seguro, uso de los elementos de protección personal requeridos, y se conozcan las medidas de prevención y de emergencia a implementar ante un evento de derrumbe.
    • Antes del inicio del corte o excavación del terreno, se efectuará el retiro de las rocas, rodados, escombros y todo material suelto presente en el área.
    • Se exigirá la señalización de todas las áreas en donde se lleven a cabo actividades de excavación. Sobre todo, aquellas que estén expuestas al tránsito peatonal y/o vehicular.
    • Será el profesional encargado de la prevención de riesgos de la empresa contratista, el responsable de autorizar cualquier actividad realizada en superficie y que sea generadora de vibraciones intensas.
    • Los acopios de material, maquinaria u otro elemento, deberán situarse en zonas alejadas a los bordes de cualquier excavación, con el fin de minimizar el peligro de inestabilidad del mismo y generar remociones en masa hacia las excavaciones.
    • Se contemplará la mínima remoción de vegetación en sectores de cortes de laderas, a fin de evitar la aparición de procesos de erosión (arrastre de materiales).
    • Luego de producirse lluvia o sismo en la zona, se contempla la inspección de los taludes y paredes de las excavaciones, con el fin de advertir la presencia y/o aparición de grietas o fallas.
    • Durante la operación del Proyecto, en términos generales, se aplicarán las mismas medidas descritas anteriormente.

    53.28. ¿Cómo afectará la apertura de caminos e intervenciones masivas al desarrollo genético de las especies de Nothofagus sp entre otras?

    Esta Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que  en lo referido al flujo génico dentro y/o entre poblaciones dentro del área de influencia del Proyecto, la empresa indica que, los procesos de polinización no se verían  mayormente afectados, debido  principalmente a  la  característica de  anemofilia que  las  especies  de  Nothofagus  presentan.  Con respecto a la dispersión, el titular indica  que  las especies más sensibles podrían ser N. glauca (hualo) y N. alpina (raulí). Tanto N. glauca como N. alpina presentan un síndrome de dispersión mediada principalmente por gravedad, y probablemente en algún grado por zoocoría (dispersión mediada por animales), especialmente en el caso de N. glauca, a diferencia de Nothofagus obliqua y Nothofagus dombeyi cuya dispersión estaría mediada principalmente por el viento.

    Considerando que el ancho de la franja que debe talarse para la construcción de los caminos proyectados es demasiado pequeña como para impedir el intercambio del material genético de las especies de Nothofagus (fluidez de los procesos de polinización y dispersión), por lo tanto  la diversidad genética dentro y entre las poblaciones de Nothofagus presentes en el área de estudio no debería ser mayormente afectada por estas obras en particular. Otro punto importante es que la mayoría de los caminos utilizados por el proyecto son públicos, o huellas existentes, por lo que ya son sitios intervenidos.

    Finalmente el camino para llegar a la CH El Castillo se construirá en la ribera sur del Río Achibueno, donde la corta de bosque nativo es menor, lo que minimizará impactos.

    De acuerdo a los antecedentes contenidos en el expediente de evaluación y a la opinión de los Servicios con competencia el proyecto daría cumplimiento a los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    53.29. ¿Cómo afectará la corta de especies de Nothofagus sp? ¿Qué especies de hongos o fauna que depende de ellos? La corta de especies de Nothofagus afectará también a otros organismos asociados a ellos como hongos, musgos, helechos y especies de fauna.

    La Comisión regional del Maule considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que la corta de especies de Nothofagus afectará también a otros organismos asociados a ellos como hongos, musgos, helechos y especies de fauna. Los hongos y otros organismos cuyo sustrato esté constituido parcial o totalmente por los árboles particulares que deberán talarse serán eliminados en consecuencia.

    Este impacto se encuentra considerado en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno dentro del denominado impacto, “Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto” En síntesis, y de acuerdo a la evaluación propiamente tal del impacto, éste ha sido calificado como significativo para todas las obras que afectan bosque nativo. Habiendo sido valorados los impactos de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA, Decreto Supremo Nº 95/2071 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), el Titular presenta en el Capítulo 7 del EIA lo indicado por el artículo 12, letra h) del recién citado Reglamento. Dicho Capítulo contiene las medidas de mitigación, reparación y/o compensación destinadas a minimizar y compensar el impacto. La s medidas establecidas por el titular son: “Protección de la flora y fauna nativa”, “Restauración en las obras provisorias”, “Creación de un área de conservación  y “Conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación”.  Los detalles de estas medidas se encuentran desarrollados en el Capítulo 7 del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (acápite 7.2.2.1).
     

    5.53.30. No se mencionan ningún tipo de hongos, escasamente estudiados y  conocidos en la zona. ¿Es que acaso no existen estos organismos?

    Esta Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que de acuerdo con lo indicado por el artículo 12º, letra f.2. del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA, Decreto Supremo Nº 95/2071 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), el presente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno consideró en el desarrollo de su línea base sólo organismos pertenecientes a los reinos ANIMALIA y PLANTAE, enfatizando aquellas especies que se encuentran en categoría de conservación. A su vez, la flora estudiada se ha restringido a las plantas vasculares (Tracheophyta,  Cormophyta).   Sin perjuicio de ello y ante una solicitud de la autoridad ambiental, el Titular realizará un estudio adicional de especies no consideradas anteriormente, como el Reino Fungi.

    5.53.31. ¿Qué otro ecosistema en la región presenta características similares que podrían reemplazar la pérdida de pristinidad de este sitio Prioritario, tanto en términos ecológicos como turísticos?

    La Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que tal como se explica el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), sobre línea base del componente flora y vegetación terrestre, la vegetación natural presente en el área del Proyecto presenta signos  de alteración y degradación por efectos de la acción humana, distando de encontrarse en  un  estado  prístino, como  se  ha  señalado. Al  respecto, las actividades humanas que mayormente han contribuido a la pérdida de calidad y empobrecimiento de las comunidades vegetales constituyen a la corta selectiva (floreo) para fines madereros, la ganadería extensiva y el reemplazo de bosques nativos por plantaciones forestales.

    En el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. Sin embargo, esta zona no ha sido declarada oficialmente como un área protegida. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente.

    Es pertinente aclarar, que si bien el Proyecto se emplaza dentro del sitio prioritario para la conservación “Cajón de Achibueno”, el que cuenta con una superficie de 27.526,5 ha, de las cuales el Proyecto utilizará sólo un 0,2 % (67,4 ha).

    Sin perjuicio de lo anterior, el EIA identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y  compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En efecto, en el capítulo 6 del EIA, se describen impactos ambientales significativos sobre: Flora y Fauna (“Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación”, “Pérdida de hábitat para la fauna nativa de vertebrados terrestres”, “Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces”, “Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres”, “Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de las líneas de interconexión eléctrica”); Paisaje (“Alteración de la calidad y fragilidad visual del paisaje, debido a la modificación de sus componentes físicos, bióticos, la introducción de elementos de origen antrópico y  el  incremento parcial de la accesibilidad a nuevos territorios”) y Edafología (“Pérdida de suelo”, “Activación de procesos erosivos”, “Compactación del suelo”), entre otros.

    Entre las medidas informadas en el Capítulo 7 del EIA, destacan: “Protección de la flora y fauna nativa”; “Restauración en las obras provisorias”; “Creación de un Área de Conservación”; “Restricciones de corta de vegetación durante la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica”; “Restauración de la vegetación en las obras provisorias”, “Rescate y Relocalización de Vertebrados”; “Utilización de los atraviesos de quebradas para fauna de vertebrados terrestres”; “Cercamiento de canales”; “Propuesta de Plan de restauración y conservación estero Los Hualles”;”Programa de Mitigación de Impactos sobre el Paisaje”; “Programa de Reparación de Impactos sobre el Paisaje”;”Delimitación de las zonas de faenas”; “Recuperación de suelo vegetal”; “Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción”, entre otras.

    Considerando lo anterior, el EIA evaluó los efectos sobre los ecosistemas afectados que conforman el área de influencia del Proyecto. Sin perjuicio de aquello, la medida de “Creación de  un  área  de  conservación”  es  aplicable  como  compensación al  impacto  descrito en la observación,  aún cuando responde, en rigor, a la “Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica”.

    La medida se  orienta a  la  generación de medidas de conservación in  situ y  ex situ del germoplasma de  las  poblaciones  de  especies  en  peligro  o  en  categoría  de  conservación, presentes en las cuencas donde se inserta el Proyecto, conforme los lineamientos del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

    Respecto al turismo, la Estrategia Regional de Desarrollo comunal 2076–2010, señala que no existe información concluyente respecto a la influencia de la actividad  turística  sobre  la  comunidad  local,  el  valor  de  los  atractivos  turísticos,  la rentabilidad de las ideas y proyectos de inversión, por tanto, en vastos sectores de la Región se arriesga la ocurrencia del turismo espontáneo-no planificado, situación que impacta la calidad de vida local y ambiental. No obstante lo anterior, reconoce que las comunidades agrícolas están en buenas condiciones para desarrollar el turismo rural.

    Adicionalmente, en el acápite 5.5.7.4.12 del EIA, Actividades productivas desarrolladas en la ribera del río Achibueno, se menciona el sector Centinela como el área en donde se concentra la mayor parte de la actividad turística del sector, ocupación que se desarrolla en la ribera del río Achibueno. Ésta, se sustenta, básicamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo turístico, siendo la pesca recreativa y o deportiva una de las actividades realizadas.

    Por otro lado, en el Capítulo 6, acápite 6.5.4.2, se identifico el Impacto “Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto se reconoce actividad turística incipiente asociada a kayakismo, canotaje, pesca deportiva y recreación. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Conforme este impacto, el EIA incorporó la medida “Fomento al desarrollo del turismo en el área de influencia directa del Proyecto”. La medida propuesta busca compensar el impacto que causa la disminución de caudal, y dice relación con la elaboración de un “Estudio de Potencialidades Turísticas”, el cual registre lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial. Asimismo, la medida descrita pretende ayudar a la población a concretar la ejecución de proyectos turísticos.


    5.53.32. El área de reserva ecológica  propuesta donde será  y en qué medida equiparara las características de este valle. No hay que olvidar que prácticamente todas las cuencas y valles precordilleranos y cordilleranos del Maule ya están intervenidos, por tanto no será fácil  encontrar un área que permita reproducir el ecosistema afectado. Se señala que será de 105 ha o más, cuanto más. ¿Cuál es el stress y probabilidades que la fauna terrestre se mantenga y adecue a este nuevo ecosistema?

    Esta  Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que el área de conservación propuesta  EIA se ubicará dentro de la misma cuenca del río Achibueno y será de 207 hectáreas.  En el Anexo 14 Flora y vegetación terrestre “Caracterización de los sectores potenciales para la implementación del área de conservación” se entrega la caracterización ambiental de los sectores potenciales donde el Titular ha propuesto la realización de la medida de compensación: “Creación de un Área de Conservación”. Además, como índice de éxito de la medida se considerará el grado de similitud de la riqueza y abundancia de especies en el área de conservación con respecto a los antecedentes obtenidos para la cuenca en la Línea Base. Ello servirá para verificar la calidad funcional de la medida propuesta.

    5.53.33. No es absurdo proponer una conservación ex situ si lo más razonable y visionario sería dejar este ecosistema de valiosa  biodiversidad  para una conservación in situ a largo plazo.

    La Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que en el marco de la medida: Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación, la estrategia de conservación ex situ se propuso como una medida adicional a la estrategia de in situ, propuesta para conservar el germoplasma de las especies con problemas de conservación que serían afectadas por el Proyecto. Ello con la finalidad de asegurar por ambas vías la protección de la variabilidad genética de los individuos que serían intervenidos por el Proyecto.

    5.53.34. ¿Cuántas hectáreas de bosques afectará la línea de transmisión eléctrica que no fue incorporada en este EIA? ¿Por qué no se evalúa el impacto en su conjunto de manera de tener dimensión adecuada de este?

    Esta  Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que desde el punto de vista del SEIA, el proyecto de transmisión eléctrica corresponde a una tipología distinta de proyecto de las centrales mismas de generación eléctrica. De ello dan cuenta la letra b) del artículo 3° del Reglamento del SEIA, con respecto al primero, y la letra c) de la misma disposición, en referencia a las segundas. La práctica del SEIA indica asimismo que en muchas oportunidades se han presentado de forma separada los proyectos de generación y de transmisión.

    Por lo tanto, jurídicamente no hay objeción al respecto, conforme a la normativa ambiental vigente. Más aún, la  modificación de Ley 19.300 aborda el tema del no fraccionamiento de proyectos, reconoce de manera expresa que hay proyectos que sí se pueden fraccionar y ellos son los que se desarrollan por etapas o bien aquellos que contienen más de un proyecto de acuerdo a las tipologías señaladas en el artículo 10 de dicha ley, siendo este último el caso en cuestión.

    Es importante señalar que el proceso en su totalidad comprende diversas etapas que se integran de manera vertical: generación, transmisión y distribución. El Estudio de Impacto Ambiental presentado corresponde a  la  primera etapa, generación, por  lo  que  en lo  que respecta a las otras etapas mencionadas, se considerarán en otro estudio.

    5.53.35. ¿De qué manera se prevendrá que los derechos de agua solicitados por HUTURI SA en toda la cuenca de Achibueno implique la canalización e intervención total del valle?

    La Comisión Regional  tiene a bien informar que Hidroeléctrico Achibueno constituye una iniciativa distinta a otros proyectos que se puedan desarrollar en el Valle del río Achibueno, por lo que en esta instancia no corresponde pronunciarse acerca de otros emprendimientos.

    53.36. ¿De qué manera  el estero Los Hualles podrá equiparar el  ecosistema acuático del Río Achibueno siendo que actualmente es un estero cuya principal flora son especies forestales exóticas y poco favorables para  el desarrollo de un sotobosque, ¿Cómo se arreglarán los deslindes de los propietarios para lograr este objetivo?.

    Finalmente, señora Directora  de CONAMA, como chileno y linarense me siento muy  orgullosa  de todos los  grandes  avances que ha tenido nuestro país, especialmente en los últimos años ya que tanto los chilenos como las chilenas, gozamos de muchos privilegios que ante, sencillamente, eran impensables como tener más acceso a la educación, a viviendas más dignas, mejor tecnología, a mejor salud, alimentación más equilibrada y a pensiones más dignas, entre otras, al aprobarse la nueva Ley de la Reforma Previsional por nuestra queridísima Presidenta Michelle Bachelet, sin embargo, también queremos que exista una mayor conciencia ecológica y en lo posible que nadie dañe el Medio Ambiente ya que es por todos sabido que estamos casi al borde de un colapso debido al calentamiento global, causado por nuestra propia irresponsabilidad, razones más que suficiente como para no seguir permitiendo más destrucción en aquellos lugares donde aún se conservan vírgenes y absolutamente naturales, nuestro planeta y nuestros hijos nos lo agradecerán a futuro.

    La Comisión Regional considera su  pregunta  señala  que la medida de compensación propuesta en el acápite 7.2.2.3 el EIA asociada al Estero los Hualles, “Minimización de intervención de cauces”  corresponde a una medida de compensación en relación con la Flora y fauna acuáticas, que fue propuesto en base a la evaluación de impactos identificados y evaluados en el área de influencia del proyecto en relación con la ictiofauna presente en el área. En este sentido, su objetivo central es la preservación de la Ictiofauna nativa potencialmente afectada por el proyecto. Este Estero fue seleccionado sobre la base de dos características principales, la primera es que corresponde a un tributario de aguas permanentes que no será afectado por ninguna actividad del proyecto; la segunda es que en ese en este estero se detectó la presencia de dos especies nativas en categoría de conservación. La presencia de estas especies indica que el estero es un ambiente favorable para  la  ictiofauna nativa, en  las  condiciones que  se  encuentra en  la actualidad con evidente intervención antrópica, como lo es que parte de su flora está conformada por especies forestales exóticas, las cuales son poco favorables para el desarrollo y establecimiento de un sotobosque con características adecuadas para sustentar un aporte de nutrientes para la biota acuática existente. Debido a ello es que se estimó que ejecutando algunas medidas tendientes a restaurar el ecosistema acuático, de tal forma de propender a la permanencia y eventual aumento de la abundancia y riqueza de las especies nativas presentes en él.

    En razón de lo anterior, la medida propuesta no tiene por objetivo equiparar el ecosistema acuático del río Achibueno, toda vez que por sus dimensiones, características hidrogeológicas y componente biótico no son comparables. Sin embargo, desde un punto de vista biológico- ecosistémico este tributario no es un sistema aislado, sino una componente fundamental que forma parte de un todo denominado sistema fluvial Achibueno (técnicamente subcuenca del Maule).  En  este  sentido,  se  justifica  el  establecimiento  del  Plan  de  Restauración  y Conservación estero Los Hualles, cuyo objetivo principal persigue desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles.

    A continuación se indican los principales lineamientos de este Plan:
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades bajo el marco regulatorio de la  ley  vigente.  El  cual  contemple,  basado  inicialmente  en  la  caracterización  del componente íctico del área (EIA) y de todos sus componentes asociados.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus  características de  hábitat favorable a  las  especies ícticas y  sus  fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    • Un plan de seguimiento estacional para constatar la evolución del estado por especie, del ensamble de especies presentes y de parámetros poblacionales. Lo anterior, se llevará a cabo mediante un diseño de muestreo sitio-específico que a la vez considere la diversidad  y  evolución  temporal  de  los  hábitats  y  de  sus  fuentes  de  aporte  (vegetación).
    • En  acuerdo  las  autoridades  competentes,  ejecutar  labores  de  restauración  de ambientes intervenidos previamente identificados.


    5.54.- Nombre: Ximena Guzmán Vásquez, en representación de su padre Pedro Guzmán Cerda Domicilio: Parque Cordillera, calle Cerro Cordillera Nº 1006, Comuna de Linares

    5.54.1. En  primer  lugar,  la  central  “Centinela”,  de  acuerdo  a  los  antecedentes presentados, se ubica cercana a la localidad de Pejerrey, donde tenemos una propiedad con  mi  familia (roles perdiales554-55, 554-591). El  ataque de  contrapunta y  la Instalación de Faenas 03, se proyectan en nuestra prosperidad, que a la fecha, no se ha venido, arrendado, traspasado, o permutado a la empresa, por lo que existe duda si realmente se concretarán estas obras en el sector indicado por Proyecto. De lo contrario, el Proyecto debiera modificarse en cuanto a la ubicación del tranque, instalación de faenas, y casa de máquinas de la central Centinela.

    Esta Comisión Regional establece que el titular, para poder ejecutar su proyecto, deberá constituír las servidumbres que sean necesarias. En caso de no lograrse acuerdo directo con los propietarios de los predios sirvientes, el Titular podrá recurrir  a los mecanismos legales (DFL Nº4/ley 2077) para obtener los terrenos necesarios para las obras

    5.54.2.-. No se menciona cómo se dará continuidad al río ya que en la descripción del proyecto sólo se indica que en las bocatomas permitirán pasar el caudal ecológico, ¿esto es para todo el año? Asimismo, el diseño de la obras no permitirían de desplazamiento de los peces por la bocatoma hacia aguas abajo se ésta por el cauce del río, lo que implicaría la pérdida de la fauna íctica entre las centrales El Castillo y Centinela.

    Esta Comisión Regional del Medio Ambiente establece en relación con la continuidad del río y el desplazamiento de los peces aguas abajo, cabe señalar que durante la fase de operación de las centrales, la continuidad del río no se verá afectada, dado que esta se encuentra asegurada por la mantención de un régimen de caudal ecológico, el cual fue determinado por la Dirección General de Aguas y correspondiente a 3 m3/s para cada bocatoma. El valor así determinado tiene por objetivo la mantención de los ecosistemas presentes en el río por lo cual se espera que éstos persistan en el tiempo.  Cabe señalar que para asegurar el caudal ecológico, la Empresa  instalará un tubo en la compuerta diseñado para que con el nivel normal en la poza de la captación pase por gravedad un caudal de 3 m3/s., el que se  hace lo más bajo posible para que no se obstruya. Esta ubicación se justifica dado que es la mejor disposición para maximizar la cantidad de peces arrastrados aguas abajo por el caudal ecológico, lo que permitiría que la mayoría de dicha fauna pase hacia aguas abajo del río y no se desvíe hacia la toma. Por otra parte, durante los periodos de máximo caudal en donde se exceda la capacidad máxima de operación de las centrales,  el caudal sobrante será vertido aguas abajo mediante los conductos de entrega, barrera móvil y o sobrepasando la barrera fija de las bocatomas, todo lo cual permite el paso de los peces aguas abajo, asegurando la continuidad del río.  Adicionalmente implementará una medida de mitigación que consistirá en un sistema de barrera electrónica en la bocatoma.   

    En relación a la duración de la entrega del caudal ecológico, se aclara que su entrega será durante todo el año, ello mientras el caudal en el río supere los 3 m3/s. Debe tenerse presente que cuando el caudal circulante sea menor al ecológico, lo que ocurrirá probablemente durante los meses de verano, las centrales no podrán captar agua, y por tanto no se modificará el caudal natural presente en ese momento.

    5.54.3. La restauración del estero Los Hualles es insuficiente como medida de compensación y se consulta: ¿Qué ingerencia tiene la Municipalidad de San Clemente en la restauración del estero los Hualles, si el proyecto se emplaza en las comunas de Longaví y Linares?

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación e informa que el titular rectifica el párrafo el siguiente: donde dice “Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades que tienen injerencia en su implementación, entre las cuales destaca La Subsecretaría de Pesca, el Servicio Nacional de Pesca, La Dirección de Obras Hidráulicas y la Dirección General de Aguas del MOP y la I. Municipalidad de San Clemente.” debe decir “Acordar y  aprobar un  Plan  con  el  conjunto de autoridades que  tienen injerencia en  su implementación, entre las cuales destaca La Subsecretaría de Pesca, el Servicio Nacional de Pesca, La Dirección de Obras Hidráulicas y la Dirección General de Aguas del MOP y la I. Municipalidad de Linares”.

    Por otra parte, es importante aclarar que la medida propuesta por el Proyecto no tiene por objetivo equiparar el ecosistema acuático del río Achibueno, toda vez que por sus dimensiones, características hidrogeológicas y componente biótico no son comparables. Sin embargo, desde un punto de vista biológico-ecosistémico este tributario no es un sistema aislado, sino una componente fundamental que forma parte de un todo denominado sistema fluvial Achibueno (técnicamente subcuenca del Maule). En este sentido, el titular establece un Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles, cuyo objetivo principal persigue desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles. Este estero fue seleccionado por el Proyecto, sobre la base de dos características principales, la primera es que corresponde a un tributario de aguas permanentes que no será afectado por ninguna actividad del proyecto; la segunda es que en ese en este estero se detectó la presencia de a lo menos tres especies nativas en categoría de conservación, a saber Diplomystes nahuelbutaensis, Nematogenys inermis y Percillia gillissi. La presencia de estas especies indica que el estero de por sí es un ambiente favorable para la ictiofauna nativa, inclusive en las condiciones que se encuentra en la actualidad con evidente intervención antrópica, como lo es que parte de su flora ribereña está conformada por especies forestales exóticas y la presencia en el estero de la especie introducida Oncorhynchus mykiss.

    5.54.4. Cabe señalar, que hace algunos años se ejecutó un proyecto de la comunidad con la CONAF de restauración del estero los Hualles, financiado por el Fondo de Protección Ambiental de CONAMA Región del Maule, por lo tanto, sería conveniente incluir a la CONAF como contraparte técnica de esta restauración aún cuando el objetivo es asegurar el hábitat para la íctiofauna.

    La Comisión considera , relevante su mención y al respecto señala que el Proyecto incorpora dentro Plan de Manejo asociado al estero Los Hualles tuvo a la vista lo indicado en la ley 20.256 sobre las Normas de Pesca Recreativa en relación con el establecimiento de área preferencial. En vista de ello es que no se menciono a la Corporación Nacional Forestal en el listado de los servicios que tienen injerencia destacada en su  implementación. No obstante ello, el  Titular incluirá a CONAF en los  servicios a consultar.

    5.54.5. Según el Estudio de Impacto Ambiental, el proyecto no contemple extracción de áridos del río Achibueno, por lo que se estima que el tránsito de camiones cargados con materiales para la construcción hacia los frentes de trabajo, transitarán por el camino L- 45 cuyo peso y flujo, sin duda implicará un deterioro de esta ruta. Se solicita incluir como medidas de mitigación, reparación y compensación, el mantenimiento de este camino no sólo con la humectación, sino que se aplique en capas de estabilizado y se mejore la carpeta de rodado en los sectores poblados de acceso a la obras.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto identificó el Impacto  Efectos asociados al aumento  de  los  flujos  vehiculares en  las  rutas  L-45  y  L-565,  producto de  las  obras  y actividades del Proyecto”. Dicho impacto reconoce un aumento en el transporte de carga (equipos e insumos), y de personal que participará en la construcción del Proyecto.

    Los efectos asociados al aumento de flujos vehiculares se asocian al crecimiento en las tasas de accidentabilidad en los caminos públicos existentes (rutas L-45 y L-565), y a dificultades en el traslado de los residentes hacia los lugares donde desarrollan sus actividades habituales o hacia sus casas. El titular prevé que las zonas más afectadas serán Montecillo, Los Hualles y Pejerrey, conforme la densidad poblacional e infraestructura vial disponible.

    Estos efectos se visualizarán  durante toda la fase de construcción del Proyecto, la cual se estima en torno a los 36 meses; con un peak de 8 meses (desde el mes 11 hasta el mes 18) en los  que  se  producirá el  mayor número de  viajes considerando la  construcción de  ambas centrales. Por tanto, los meses de verano están considerados en la etapa de construcción.

    Conforme lo anterior, el Proyecto establece medida Control de flujo vehicular en caminos públicos durante la etapa de construcción del Proyecto”. El objetivo general de esta medida, es mitigar los efectos generados por el incremento del flujo vehicular en aspectos relativos a la seguridad vial, además de realizar acciones específicas para evitar que se genere efectos negativos en las viviendas e infraestructura comunitaria emplazada en las rutas L-45 y L-565. La aplicación de ésta medida conlleva la ejecución de dos líneas de acción:

    Gestión de ruta:
    • Protocolo de coordinación permanente con Carabineros, Bomberos y Centros de Salud.
    • Estudio sobre la situación basal de tránsito y desarrollo de actividades (entrada y salida de escuela, atenciones de salud, culto, arreo de ganado, por ejemplo).

    Control de accidentes:

    • Control  de  exigencias  técnicas  a  conductores  y  vehículos  (capacitación, licencias, revisiones, planes de riesgo y/o emergencia).
    • Instalación  de  señalética  (restricciones  en  zonas  pobladas  y  adecuado  tránsito peatonal).
    • Control de velocidad para vehículos del Proyecto en zonas pobladas (lomos de toro, banderilleros, otros).
    • Unidades móviles de atención ante desperfectos y accidentes (primeros auxilios).

    Por otra parte, en cuanto al mejoramiento de los caminos, se tiene contemplado que el paquete estructural de acciones sobre las rutas cumpla con todos los requisitos técnicos para que sean transitables durante todo el año, considerando todos los flujos estudiados en el EIA, es decir, para que permita cumplir técnicamente con el tránsito de todos los vehículos y maquinarias necesarios para construir el Proyecto.

    Conforme a lo expuesto, el Titular considera que las medidas y acciones propuestas permitirán mitigar adecuadamente los impactos identificados sobre las rutas que serán utilizadas por el Proyecto.

    5.54.6. En cuanto a las instalaciones de faena, y el número máximo de trabajadores contemplados, se estima insuficiente el abastecimiento de agua potable a través de camiones aljibe y bidones. Debiera contemplarse una planta de abastecimiento de agua potable y de tratamiento de aguas servidas. Los baños químicos debieran ser provisorios para el personal de la oficina. ¿Se contempla la habilitación de campamentos de trabajadores? Y si es así ¿dónde se emplazarían?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto  señala que el Proyecto considero el cálculo del agua potable que debe ser suministrado a los trabajadores durante la etapa de construcción del Proyecto, ello mediante la base de lo dispuesto en el D.S Nº 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, que en su artículo 15 establece un mínimo de 30 litros diarios, por trabajador, previa autorización de la Autoridad Sanitaria.

    El Proyecto establece que para el caso de los baños químicos, la cantidad y localización de éstos, estará conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594/99, del Ministerio de Salud. Específicamente en las instalaciones de faena, según lo determina el Titular se contará con servicios higiénicos que cumplan con el número de artefactos (sanitarios y lavamanos) estipulados en los artículos 24 y 25 del referido Decreto Supremo. En base a lo establecido, serán distribuidos en promedio 12 baños químicos en las instalaciones de faena y frentes de trabajo, llegando a 20 artefactos durante el mes peak de trabajo.

    Es  importante  indicar  que  la  provisión  de  agua  potable  y  baños  químicos  será  de responsabilidad del contratista. No obstante lo anterior, la Empresa se compromete y se hace responsable de verificar el cabal cumplimiento de la normativa aplicable relacionada.

    Sobre la base de lo anteriormente expuesto y considerando el Proyecto no contempla la habilitación de campamentos, el Titular estima que no es necesaria la habilitación de una planta de abastecimiento de agua potable y de tratamiento de aguas servidas.

    5.54.7. El cierre de  los canales de sección trapecial no se específica, sólo se contempla como medida de resguardo para que no ingresen animales o estos  puedan ahogarse.  Sin embargo, no se describe cómo se efectuará el cierre, por lo que se solicita aclarar.

    La Comisión Regional del Maule señala que según lo establecido en el Proyecto los canales serán protegidos con cerco perimetral de 1,8 metros de malla tipo bizcocho y 3 hebras de alambre de púas en la parte superior, esto con el propósito de evitar la caída de animales a los canales. Lo anterior es posible visualizarlo en Lámina 2.2-17 “Diseño de cercos y portones” del Anexo 2 de esta Adenda N°1.

    5.54.8.- Por otro lado es necesario señalar que de este proyecto solo se conoce por nuestra familia por la información entregada en las páginas correspondientes de Internet, de este modo en atención a los mapas allí expuestos hemos tomado conocimiento sorpresivamente que nuestro terreno es parte fundamental para la instalación de la hidroeléctrica en comento, ya que en este se encuentran  contemplado  el tranque de punta más la instalación de la sala de máquinas, abarcando en tal sentido casi la totalidad de nuestro  terreno y en  concordancia con lo que representa la instalación de lo señalado anteriormente, se deja de manifiesto que lo que queda sin utilizar por la hidroeléctrica quedaría totalmente inutilizable. Se puede desprender de lo anteriormente señalado la imprudencia y falta de respeto de la empresa gestionadora para con las personas dueñas de los predios, al no acercarse  y presentar  por escrito el proyecto a las  familias eventualmente afectadas, contemplando expresamente a  cada  una  de  ellas  por separado  las  afectaciones correspondientes.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente considera  pertinente la observación planteada y al respecto señala lo siguiente:

    1.- El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, (SEIA) no exige al Titular del Proyecto ser propietario del área de su influencia directa donde se localizarían las obras y sitios de ejecución.
    2.- El Estudio (EIA) debe comprender el emplazamiento del Proyecto en  todas sus partes y localización de sus obras.

    3.- La instancia de SEIA no despoja de derecho alguno a quienes pudieren eventualmente verse afectados por un proyecto, sino que tiene sólo por objeto evaluar si ambientalmente es factible desarrollar este último, en cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

    4.- Sin perjuicio de lo anterior, el dueño tiene una serie de herramientas legales que le asisten para proteger su propiedad y atributos del dominio, los cuales no son menoscabados por la resolución de calificación ambiental.

    5.54.9. Es dable mencionar también y en atención a otro punto, que aporte del daño pecuniario que este proyecto trae a nuestra familia, este también provoca un daño social y moral de real importancia  dado que nuestros padres  toda la vida  han vivido en el  lugar, creando lazos afectivos tanto con el entorno como con su gente, lo que hace improcedente atentar contra derechos garantizados por  la Constitución Política de la República de nuestro país, al  sacar  a la  mayoría de la  población de su  ambiente y dejar  a la  suerte  de cada  uno de ellos su nueva  instalación.  Respecto a este tema en particular la empresa puede señalar que no es necesario que toda la gente se movilice y busque nuevos  rumbos con todo lo que ello conlleva, pero  nuestra  pregunta es, para asegurar el pleno bien estar de nuestra gente y en  particular de  nuestros  padres  ¿los dejaríamos viviendo aislados en un terreno donde se encuentra una sala de nuestros padres ¿los dejaríamos  viviendo aislados en  un terreno donde se encuentra una sala  de máquinas, con las radiaciones  u otras  emisiones que de ellas puedan  emanar y más aún directamente al lado del tranque de punta, contemplado todos los riesgos que de el se puedan  extraer? En definitiva  para nadie es conveniente perder el único bien raíz de que se es propietario, y señalamos perder en el sentido de que aunque se pague por el, la pérdida es  considerablemente mayor  a  los beneficios  que  la  empresa  pueda contemplar.

    Esta Comisión Regional, señala que no es el sentido en una etapa de evaluación ambiental la discusión sobre una eventual expropiación ni compensación económica, sino sólo la factibilidad ambiental del Proyecto, lo que incluye los componentes biológicos, físicos, culturales, sociales, paisajísticos, etc., que constituyen componentes del medio ambiente, y que han sido abordados en el EIA y Adendas.

    5.55.-. Nombre: Mauricio Valiente Olivares, Director de CODEFF Maule  y en representación de Pedro Garrido Vásquez, Sigisfredo Bustos, Ariel Riquelme Valenzuela Henríquez, Pablo Bravo Monasterio, Patricio Ortiz, Frank Trebilcock, Virginia Mcrostie, Gabriela Baeza, Nicolás San Martín Díaz y Fernando Abud Cáceres
    Domicilio: 3 Sur  Nº 1386, Comuna de Talca. 
     
    5.55.1. Se recomienda realizar un nuevo estudio de fauna terrestre, debido a las especies detectadas en el  Estudio base  realizado por CODEFF y que no  se encuentra indicadas en las tablas presentadas en el EIA, tales como anfibios, y reptiles, esto podría acarrear una calificación de valores distinta a la ya entregada, debido a la categoría de conservación en que se encuentran.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que el Titular incorpora en los estudios de línea base de Fauna terrestre presentados en el EIA, la  caracterización  en relación a la diversidad de los vertebrados terrestres del área de estudio. En virtud de lo anterior el análisis de evaluación de impactos del EIA, contó con los antecedentes necesarios, referidos a la fauna del área del Proyecto.  Respecto al levantamiento  de la línea de base para anfibios, reptiles y aves, se informa también de la realización de una campaña durante enero 2010, resultados que se adicionan a los antecedentes usados en la línea de base del EIA. Este muestreo de verano dio como resultado la detección de 16 especies de aves y 5 especies de mamíferos no registrados en el monitoreo anterior. No se detectó la presencia ni evidencias de otras especies de anfibios o reptiles.

    Respecto de los anfibios no se consideró necesario la realización de muestreos nocturnos para anfibios y el uso de grabaciones de cantos, ya que la búsqueda activa y exhaustiva, removiendo troncos y piedras en sectores que cubrieron toda el área de influencia del Proyecto se considera suficiente en el marco de un EIA. La detección de 2 especies de anfibios (Peuroderma thaul y Bufo spinulosus) ambas definidas como Vulnerables, indica éxito de este tipo de muestreo y permite la aplicación de medidas de protección para todos los anfibios, hayan sido o no registrados.

    En función de los reptiles, cabe señalar que la metodología empleada en términos generales es el procedimiento,  que incluyó transectos de búsqueda de 150 m de largo en cada una de las estaciones de muestreo y revisión activa de áreas potenciales de presencia como rocas pircas, grandes roqueríos, troncos de árboles.

    Finalmente, en las aves y de las rapaces la Empresa señala que se hizo un muestreo intenso, registrándose cada individuo avistado y/o escuchado dentro del área de influencia del Proyecto, registrada por profesionales entrenados en reconocer los cantos de las aves, durante todos los días de campaña que los especialistas estuvieron el área.

    En forma particular, para determinar la abundancia relativa de las especies, se realizaron transectos de 150 m de largo, en 44 estaciones de muestreo a través del área de influencia del Proyecto, donde se registraron todos los individuos escuchados o avistados en una franja de aproximadamente 50 m a cada lado de un eje central imaginario. Aunque la metodología no incluyó estaciones de escucha si se usó el reconocimiento de canto como método de identificación.  Se incluyó, sin embargo, el registro de toda evidencia de las especies presentes en el área del Proyecto y de un muestreo cuantitativo y especializado a través de transectos de tamaño fijo. Con respecto a la hora en que se realizaron los registros, éstos se realizaron en forma continua desde el amanecer hasta la hora crepuscular, abarcando parte del período de actividad de especies nocturnas de aves. Se indica que se utilizaron binoculares 8X40 y 7X35 para la observación y reconocimiento de especies de aves.

    Esta Comisión señala que la ejecución de transectos es un método validado, el cual asociado a un catastro de observación, a consultas de lugareños y a estudios bibliográficos del área pueden dar una aproximación importante a la diversidad y abundancia presente en el área de intervención del proyecto. Además la Empresa define las medidas de mitigación, compensación y reparación adecuadas para suplir la pérdida de hábitat para fauna y de los ejemplares que no puedan ser rescatados, ello a través de las medidas de rescate, relocalización y perturbación controlada y con la implementación de un área de preservación. A esto se suma las campañas de seguimiento que permitirán verificar que se cumpla adecuadamente con la implementación de las medidas en el tiempo.

    5.55.2. Dentro del EIA no se incluye un estudio de insectos que se pueden ver afectado por las obras, insectos voladores de corto y lento desplazamiento, representados principalmente por especies de coleopteras, hymenópteras y lepidópteras, incluso algunos con problemas de conservación.

    Considerando la falta de conocimiento acerca de los insectos de este país, no es posible determinar su estado de conservación y, según especialistas, en la medida que se proteja la biodiversidad de las asociaciones vegetales, los invertebrados terrestres están protegidos, además se encuentran incluidos en las medidas de manejo ambiental que implementará la Empresa.  Estas medidas se traducen en la protección y cuidado de todas las especies que habitan las asociaciones vegetacionales presentes en el área del Proyecto, independientemente de que hayan sido registradas o no durante las campañas de terreno de línea base.

    5.55.3. A pesar de indicar  el impacto de las  obras planteadas para realizar en el EIA, no se incluye dentro de la metodología, un cálculo de abundancia de especies, sólo se aprecia en el  EIA riquezas de especies, medida que no representa a la estructura de la comunidad existente en el lugar.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular  considero la realización de cuatro campañas de terreno, registrando un total de 62 especies de vertebrados terrestres, los cuales correspondieron a 43 especies de aves, 9 especies de mamíferos, 8 especies de reptiles y 2 especies de anfibios.

    En cuanto a la abundancia total de especies, se señala que durante las 4 campañas de terreno, en las 44 estaciones de muestreo se registró un total de 821 individuos de vertebrados terrestres. La especie más abundante fue la Cachaña (Enicognathus ferrugineus), de la cual se registraron 96 individuos, seguida del Rayadito (Aphrastura spinicauda) con 89 individuos y el Picaflor chico (Sephanoides sephanoides), con 63 individuos.

    Entre los mamíferos, la especie más abundante fue el Ratón de cola larga (Oligoryzomys longicaudatus), con 32 individuos capturados, seguida por el Ratón oliváceo (Abrothrix olivaceus), con 13 ejemplares. En el caso de la herpetofauna, la especie más abundante fue la Lagartija tenue (Liolaemus tenuis), con 41 individuos, seguida por la Lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), con 34 ejemplares registrados.

    Cabe señalar que en la Adenda 1 el Titular (observación N° 5.4.7 Parte 5)  incluyen tablas con el detalle de la riqueza y abundancia para las especies que se encuentran clasificadas en alguna categoría de conservación, las endémicas y las con distribución restringida.

    Finalmente, cabe agregar que en Enero del año 2010, se presentan los resultados de la campaña de Flora y Vegetación Terrestre en el Informe Sobre Intervenciones o Alteraciones de Carácter Imprescindible del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno.  En este  estudio se incluyó el monitoreo de verano para fauna terrestre solicitado. Los resultados del catastro de fauna realizado figuran 21 especies de fauna (16 aves y 5 mamíferos) no registrados en el estudio anterior.

    5.55.4. De acuerdo a las características del terreno, no me parece que sea factible el traslado en vehículos de todos los materiales necesarios para la construcción. Es por esto que, al igual que en otros  proyectos de esta índole, ¿existe la posibilidad de traslado de cargas pesadas en helicóptero, cual será su impacto en la fauna terrestre, debido a la turbulencia que produce y el sonido?

    Esta Comisión Considera pertinente la observación señalando que la Empresa  considera para el acceso de camiones a las áreas del Proyecto el mejoramiento de caminos, por lo tanto, no estiman la utilización de helicópteros.

    Lo anterior, hace completamente factible la ejecución del proyecto con los caminos señalados.

    5.55.5. Fauna Acuática: La fauna acuática nativa del Río Achibueno, en el EIA de la Central es escasa, comunican que se encontraron 6 especies, de un total de 46 especies, descritas para el sector. Su estado de conservación es crítico, un tercio de ella está en peligro de extinción (Diplomystes, nahuelbutaensis y Bollockia Maldonado), La mitad de la ictiofauna esta calificada como vulnerable (Trichomycterus areolatus, percilia gillissi y Nematogermys inermes) y una especie es considerada cono insuficientemente conocida (Percichthys trucha) (Poch, 2079). Por lo que una  intervención en el sector solo agravaría el estado de conservación de las especies individualizadas. 

    Respecto a la  intiofauna introducida se determinó la presencia de 2 especies  (Salmo trutta y Oncorhybchus mykiss) que constituyen el 50% de la fauna  acuática potencial para la zona (Poch, 2079).

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular ha expuesto que de la totalidad de la ictiofauna nativa dulceacuícola de Chile, compuesta por alrededor de 46 especies (Glade 1988, Campos et al. 1993), de ella, la potencial ictiofauna posible de encontrar en la subcuenca del río Achibueno corresponde a 16 especies nativas y 4 introducidas (Tabla 5.4.3-8, Ictiofauna potencial para la cuenca del río Achibueno, EIA). Esta eventual ictiofauna presente fue determinada a partir de una revisión bibliográfica que consideró los trabajos de: Acuña et. al. (2075), Arratia (1981), Arratia et al. (1978), Campos (1973), Campos et al. (1997, 1998), De Buen (1959), Dyer (207), Habit et al. (2073, 2076), Habit (2075), Muñoz et al. (1996), Ruíz & Berra (1994), Vila et al. (1987, 1999 y 2076), Zunino et al. (1999) y la Línea de Base del proyecto de construcción del Embalse Ancoa (CADE- IDEPE, 2074).

    De esta misma manera, el Titular explicita en la Adenda 1 que “probablemente, el bajo número de especies detectadas efectivamente en el área de influencia del proyecto, obedezca por un lado a requerimientos de hábitat específicos ausentes en el área y, por otra parte, debido a la competencia y depredación por parte de las especies introducidas como la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) y café (Salmo trutta) presentes en el río Achibueno, efecto deletéreo que ha sido ampliamente documentado  en otros sistemas fluviales de Chile y el mundo (Soto et al. 2076, Global invasive species database 2 009).”

    Dentro de las especies en categoría de conservación potencialmente presentes en el sector, sólo tres de ellas se encuentran efectivamente en el área de influencia  del  proyecto  y  estas  corresponden  al  Tollo  (Diplomystes nahuelbutaensis), el Bagrecito (Trichomycterus  areolatus) y la Carmelita (Percilia gillissi). Las demás especies nativas, como la Perca (Percichthys trucha), el Bagre (Bullockia maldonadoi) y Bagre grande (Nematogenys inermis) fueron exclusivamente encontrados fuera del área de influencia del proyecto y aguas abajo de ésta, probablemente debido a sus particulares características de uso de hábitat, condiciones no encontradas en el cauce principal de la zona alta en donde se planea el proyecto.

    Respecto de la descripción entregada por la Empresa de las especies efectivamente presentes en el área de influencia del proyecto, esta Comisión considera que se  identificó un impacto durante la etapa de construcción y tres impactos durante la etapa de operación, a saber: “Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces”, “Modificación de las comunidades bióticas por cambios en el régimen natural de caudales entre el punto de captación y restitución de las aguas”, “Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación” y “Pérdida de individuos de especies de ictiofauna nativa”.Todos estos impactos fueron evaluados por la Empresa, teniendo en consideración la presencia de las especies de ictiofauna nativa y su respectiva categoría de conservación en cada sector potencialmente afectado. Por lo anterior, cabe agregar que ninguno de estos impactos resulta significativo, debido principalmente a la escasez de las especies en los sectores potencialmente afectados, su baja abundancia y a que el proyecto contempla la  entrega de  un  caudal ecológico, cuyo objetivo es  precisamente la mantención de la ictiofauna nativa en el río.

    Adicionalmente, en el Anexo 9 de la Adenda N°2 se profundiza en las medidas específicas de mitigación y restauración que propenden a su preservación y conservación de los impactos identificados y evaluados.  Específicamente se contempla el Plan de restauración y conservación estero Los Hualles, el cual pretende desarrollar, así mismo se propone la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero, en acuerdo y con la colaboración de las autoridades sectoriales, territoriales  y la comunidad local.

    La Comisión también considera pertinente la observación respecto a las especies introducidas presentes en el área de influencia del proyecto que son objeto de pesca deportiva. Al respecto señala,  que  debido a su amplia distribución en el área de influencia directa, sumado a su reconocida capacidad de colonización y a los resultados obtenidos en el Estudio de Caudal Ecológico (Anexo N del EIA), permiten establecer que no serán mayormente afectadas por el proyecto, no siendo necesaria la proposición de medidas específicas, como el repoblamiento, dado que además, ello no  favorecería la  mantención de  la  ictiofauna nativa .

    La dominancia de las especies de salmónidos introducidas sobre la ictiofauna nativa que se expresan  EIA (acápite 5.4.3), es un aspecto importante que señalar respecto y desde un punto de vista biológico, dado que la preservación, conservación y sobrevivencia de las especies nativas se encuentran cada vez más amenazada producto de la depredación y competencia de estas especies invasoras o artificialmente introducidas.  En este sentido, el Titular establece dentro del plan de seguimiento y ampliación, la identificación de áreas importantes para reproducción y pesca de estas especies foráneas. De esta manera los objetivos de la Empresa dicen relación con incentivar el desarrollo de la pesca recreativa en estos sitios para beneficio de la comunidad y por otro lado,  el seguimiento tendiente a controlar las poblaciones de estas especies que finalmente permitirían privilegiar la sobrevivencia, mantención y potencial aumento de las especies nativas amenazadas y sus poblaciones del sistema fluvial Achibueno en el tiempo.
     
    5.55.6 En el sector se encontró exoesqueletos de camarón de Río del sur Samastacus spinifrons,  especie calificada como vulnerable para la  Región del Maule (Bahamonde et al.199)  También  se encontró la presencia de conchas de caracoles de agua dulce, los que son  o actúan  como bioindicadores de  niveles de contaminación de aguas.  Especie  que no aparecen  informadas en el  EIA correspondiente.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto establece que la  determinación y cuantificación temporal de caracoles o gastrópodos de agua dulce, específicamente de la Familia Chilinidae, fue debidamente abordada en Estudio           (acápite 5.4.3.4.5 del  EIA). Con respecto de la  ausencia de  Camarón de Río (Samastacus spinifrons) en  el  área de influencia del proyecto, el Titular establece que ello es congruente con el uso de hábitat descrito para esta especie, ya que es característico de ambientes de potamón asociado a sedimento fino y blando. Esta especie se ubica de preferencia en zonas de remansos, entre la vegetación de las orillas, donde excava cuevas ribereñas poco profundas e individuales, o bien se refugia bajo troncos, palos, piedras o entre las raíces de los árboles.

    Según lo determinado por algunos autores como Arrignon (1985) se describe a esta especie habitando cursos de agua dulce, preferentemente ríos con abundante vegetación cuyos sistemas radiculares ofrecen apropiados refugios. Son organismos fotobos, ubicados en sitios donde reina una oscuridad casi constante, presentando hábitos nocturnos de alimentación, principalmente omnívora. Los ambientes así descritos se encuentran sólo aguas abajo del área de influencia del proyecto. Por el contrario, el área de influencia del proyecto presenta pendiente pronunciada y el caudal torrentoso, por lo que la ausencia de Samastacus spinifrons es esperable y los exoesqueletos encontrados, podrían corresponder a individuos del género Aegla presente efectivamente en el área que corresponde a sus requerimientos de hábitat.

    5.55.7. Estos antecedentes permiten suponer que una intervención de esta magnitud en el Río Achibueno alteraría y perjudicaría la ictiofauna local la que ya es considerada como pobre, por otro lado, la “empresa” no plantea ni considera en ninguna de sus etapas medidas de repartación para fauna íctica nativa.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular identificó un impacto respecto de las especies nativas presentes en el área de influencia del proyecto, durante la etapa de construcción y tres impactos durante la etapa de operación, a saber “Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces” (MB-FFA-CON-01), “Modificación de las comunidades bióticas por cambios en el régimen natural de caudales entre el punto de captación y restitución de las aguas” (MB-FFA- OPE-01), “Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación” (MB-FFA-OPE-02) y “Pérdida de individuos de especies de ictiofauna nativa” (MB- FFA-OPE-03). Todos estos impactos fueron evaluados teniendo en consideración la presencia y abundancia de las especies de ictiofauna nativa (y su respectiva categoría de conservación) en cada sector potencialmente afectado, siendo sólo uno de ellos significativo (ver Adenda 3).

    Por otra parte, y como lo expone el Titular,  el bajo número de especies nativas detectadas en el área de influencia del proyecto puede obedecer a la competencia y depredación ejercida por las especies introducidas como la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) y café (Salmo trutta) presentes en el río Achibueno, efecto deletéreo que ha sido documentado por expertos.
     
    En conclusión, la implementación y operación del proyecto no implica un impacto que agrave la condición de  conservación de  las  especies de  ictiofauna nativa  presentes en  el  área  de influencia, no obstante ello, el Titular ha propuesto una medida de compensación que propende a la sustentabilidad de la ictiofauna nativa presente en el área de influencia del proyecto, tales como:

    Medida PM-FFA-CON-01: Minimización de intervención de cauces
    Medida PM-FFA-CON-02: Rescate y Relocalización de fauna previo al desvío de cauces
    Medida PS-FFA-CON -01 Monitoreo de calidad de aguas durante la Construcción.
    Medida PS-FFA-CON-02 Monitoreo de Flora y Fauna Acuática durante la Construcción
    Medida  PC-FFA-01: Propuesta de Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles
    Medida PM-FFA-OPE-04 Repoblamiento de Diplomystes nahuelbutaensis  aguas arriba de la bocatoma de la central Centinela
    Medida PM-FFA-OPE-05: Medidas para fomentar la actividad de pesca deportiva
    PS-FFA-OPE -03 Monitoreo de calidad de aguas durante la Operación.
     PS-FFA-OPE-04Monitoreo de Flora y Fauna Acuática durante la Operación

    Esta Comisión complementa la respuesta anterior señalando lo siguiente:

    1.- Respecto del Impacto “Pérdida de ejemplares de biota acuática con problemas de conservación por obras en el cauce”, se debe especificar que el tiempo de ejecución de las obras civiles en el cauce del río es de aproximadamente de sietemeses, y las obras se desarrollarían casi simultáneamente en el cauce para ambas centrales. Cabe señalar sin embargo, que independiente de la época del año en que se inicie el proyecto, las obras en el río se realizarían aproximadamente entre los meses de Noviembre y Mayo, ya que las obras en el cauce deben implementarse en temporada de bajo caudal.

    2.- Respecto de la Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación” La calificación de impacto negativo leve se refiere específicamente al efecto barrera que afectará los desplazamientos de la trucha arcoiris (Oncorhynchus mykiss), especie introducida y que presenta hábitos migratorios a lo largo del río.  En relación con el grado de impacto del proyecto sobre la trucha arcoiris cabe señalar que en su determinación se conjugan dos consideraciones importantes y contrapuestas:

    Se considera en primer lugar que corresponde a una especie introducida y que constituye el principal predador de las especies nativas en aguas chilenas, especialmente del Diplomystes nahuelbutaensis especie declarada “en peligro de extinción” y que se encuentra presente en la zona del proyecto y que por lo que al afectar los desplazamientos de la trucha hacia aguas abajo de la bocatoma, El Castillo se favorece la sobrevivencia del Diplomystes y también de las otras especies nativas registradas en dicha área.

    Debido a la condición de especie de interés deportivo de la trucha arcoiris por otra parte, se requiere definir su protección como recurso turístico, por lo que se  define en la Adenda Nº 2 la Medida PM-FFA-OPE-05: destinada a fomentar la actividad de pesca deportiva asociada a la trucha arcoiris, y a mitigar el Impacto MB-FFA-OPE-01 Modificación de las comunidades bióticas por cambios en el régimen natural de caudales entre el punto de captación y restitución de las aguas Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación.

    Debido a que la pesca deportiva es una actividad recreativa y turística de importancia en zona y que las poblaciones de trucha arcoiris   mantendrán su presencia en toda el área del proyecto,  los objetivos de conservación de especies nativas y la pesca deportiva pueden llegar a  ser  coherentes  generando  zonificaciones  asociadas  a  esta distribución segregada  de especies introducidas y nativas, focalizando las acciones de conservación par las especies nativas aguas abajo de la bocatoma El Castillo donde habitan naturalmente, y de  fomento de pesca deportiva aguas arriba de la bocatoma.

    Respecto de la presencia de peces nativos aguas arriba de la central El Castillo, las condiciones del ecosistema y la no detección de fauna nativa en los muestreos indican que es poco probable su presencia en la zona. Cabe señalar sin embargo, que la presencia de fauna nativa aguas arriba se revisará en la campaña a realizarse previo a la intervención del río, y que ésta información será considerada en el proyecto de manejo de la trucha, que se presentará a la SUBPESCA y SERNAPESCA un proyecto.

    Se considera la adición de cuatro nuevas estaciones de monitoreo en este tramo, las que se incorporarán en la campaña a realizarse previo a la intervención del río.

    5.55.8. Las medidas de mitigación no son claras y no permiten suponer que las especies de la fauna acuática afectada podrán soportar el impacto producido por la construcción y etapa de funcionamiento de la hidroeléctrica.

    La Comisión considera pertinente la observación y la respecto determina que en el EIA se propuso una medida de mitigación y una medida de compensación en relación con la Flora y Fauna Acuáticas, “Minimización de intervención de cauces” (PM-FFA-01) y “Propuesta de Plan de restauración y conservación estero Los Hualles” (PC-FFA-01), las que fueron propuestas en base a la evaluación de impactos identificados y evaluados en el área de influencia del proyecto y que consideraron y valoraron específicamente la presencia de la ictiofauna en el área. En este sentido, el Titular establece que las mencionadas especies nativas sólo Diplomystes nahuelbutaensis, Trichomycterus areolatus y Percilia gillissi, efectivamente se encuentran en el área de influencia directa e indirecta del proyecto y debidamente señalados en la Línea de Base del el EIA (Acápite 5.4.3). Es relevante señalar que éstas especies nativas muestran bajas abundancias comparadas con la presencia de la especie introducida Oncorhynchus mykiss. Las especies nativas presentes en el Área de Influencia del Proyecto son especies de pequeño tamaño, con bajo desplazamiento, plasticidad en el uso de hábitat y que se encuentran representadas también fuera del área de influencia, en los sitios Estero los Hualles y aguas abajo del sitio Vega  de  Salas.  Por  su  parte  las  especies  Percichthys trucha y  Bullockia maldonadoi se encuentran aguas abajo de la entrega del Área de Influencia del proyecto, por lo que se estima no serán afectadas por las obras y acciones del Proyecto.
     
    Por su parte, la especie Nematogenys inermis ha sido localizada exclusivamente al interior del Estero los Hualles, el que no será afectado por el proyecto y ha sido propuesto como área de conservación debido a sus singulares características, lo que claramente privilegia la sobrevivencia y mantención de las especies más amenazadas.

    Adicionalmente, cabe señalar que durante la etapa de construcción del Proyecto no será modificado el caudal del río, por ende de ninguno de sus tributarios. De esta manera las condiciones de ambientes lóticos en el área de influencia y su fauna asociada no se verán afectados.  Si  bien  es  cierto,  durante  esta  etapa,  se  producirán  acciones  permanentes asociadas a las obras físicas (bocatomas, desripiadores, de restitución, puente y sifón), es conveniente aclarar que estas se ejecutarán directamente sobre secciones específicas del lecho del río, no siendo afectada por lo tanto la hidrología ni geomorfología de los tributarios contiguos al área de influencia. Lo anterior se fundamenta en la metodología de trabajo empleada durante la ejecución de la faena, la cual contempla dos etapas, donde se desvía el río por una mitad del cauce, mientras se ejecuta la obra en la otra mitad, generalmente en época de bajo caudal (época de estiaje). En resumen, con esta metodología de trabajo, donde la intervención sobre el cauce involucra sólo un desvío temporal de las aguas, se asegura el libre escurrimiento del río sin modificar el caudal del río ni su biota acuática.

    El Titular informa para la etapa de operación, las secciones del río entre las obras de captación y entrega (AID) quedarán sujetas al régimen de caudal ecológico determinado por la Dirección General de Aguas en la Resolución que otorgó los derechos de agua para cada central, siendo éste 3 m3/s para  cada  bocatoma. Estos  caudales fueron  verificados mediante las  metodologías tanto hidrológicas como de modelamiento de hábitats para peces comúnmente utilizadas para su determinación (ver Anexo N Parte 2 Caudal Ecológico del EIA), por lo que dado que su objetivo es la mantención de los ecosistemas presentes en el río, se espera que éstos persistan en el tiempo.

    Cabe señalar que en relación a la especie el tollo de agua dulce (Diplomystes nahuelbutaensis) registrado en el área del proyecto especie endémica de Chile, con reducida abundancia, es posible señalar  que  su biología indica que existe una separación entre los ejemplares juveniles y adultos en cuanto al hábitat, debido que los adultos viven en aguas más torrentosas y profundas, en cambio los juveniles se asocian a preferentemente a zonas menos torrenciales ribereñas, además se han descrito en ambientes de ritrón, principalmente en zonas de pozones profundos con bentos, sustratos de gravilla a bolones con bajas temperaturas y alta oxigenación. 
    Debido a la presencia de la bocatoma de la central Centinela, el Titular espera  que exista una barrera al desplazamiento de esta especie,  sin embargo el D. nahuelbutaensis no presenta migraciones y solo requiere desplazamientos entre los sectores de alimentación y refugio de los adultos y de reproducción. Adicionalmente se prevé que esta barrera actuaría sobre los desplazamientos hacia aguas arriba de la bocatoma, ya que los ejemplares que estén aguas arriba de dicha bocatoma podrán descender por la obra de entrega del caudal ecológico. Respecto de los juveniles, debido a sus preferencias de hábitat, se verán favorecidos por la reducción de caudal y la mantención del caudal ecológico. 
    Basado en estas consideraciones, el efecto barrera sólo sería válido en el caso que ejemplares adultos requieran desplazarse a sectores reproductivos aguas arriba de la barrera, pero las poblaciones aguas arriba y aguas abajo de la barrera serán viables.  En este caso se podría  estimar un efecto genético por aislamiento de las poblaciones aplicable porque los ejemplares tendrían eventualmente problemas para desplazarse aguas arriba de la bocatoma.

    Este efecto genético es difícil comprobarlo y su posible ocurrencia podría tomar incluso décadas en manifestarse. Se ha optado por aplicar la medida de manejo que da cumplimiento al  artículo 168 de la Ley General de Pesca y Acuicultura consistente en el traslado de peces desde aguas abajo a aguas arriba de la bocatoma de manera de mitigar el posible aislamiento genético.
    La medida de  mitigación diseñada para este efecto barrera consiste en realizar repoblamiento de ejemplares adultos de Diplomystes nahuelbutaensis  aguas arriba de la bocatoma de la central Centinela. Esta medida se implementará una vez que entre en funcionamiento el proyecto y estará asociada a las campañas de monitoreo semestrales durante la operación para el período de verano, definidas en el Plan de Seguimiento de Flora y Fauna Acuática.  Consistirá en que los ejemplares adultos de esta especie que sean capturados durante los muestreos aguas abajo de la bocatoma, serán liberadas aguas arriba de la misma y se llevará un registro estadístico de las especies relocalizadas.
    Esta actividad se ejecutara dos veces cada año de operación de la central durante el período definido de ejecución de los monitoreos. Los ejemplares capturados en el monitoreo regular aguas abajo de la Bocatoma Centinela por pesca eléctrica serán trasladadas aguas arriba de la bocatoma. Los procedimientos de traslado incluirán la mantención de los peces en aguas fresca con aireación forzada con tiempos de traslado que no superarán las 3 horas. Se solicitará el Permiso de Pesca de Investigación correspondiente a Subsecretaria de Pesca para este traslado.
    Se enviará un informe luego de realizada la actividad a la Subsecretaría de Pesca y a COREMA región del Maule para su conocimiento. La efectividad de la medida de repoblamiento se evaluará de acuerdo con los resultados obtenidos y  se definirá en conjunto con  la Subsecretaría de Pesca, los plazos y/ o modificaciones a la medida.
    Por otra parte, respecto de otras medidas como las escaleras de peces, cabe señalar que no existen experiencias previas en este sentido y que su implementación según la Empresa, favorecerían a las truchas que son la principal competencia del Diplomystes.  En cuanto a la alternativa de realizar un repoblamiento con hatchery, ésta no es posible porque no se han hecho cultivos de la especie.
    Adicionalmente, según lo determinado por el Titular, de ser necesario, luego de estudiar la existencia de áreas de desove aguas arriba y abajo de la bocatoma. se revisará la posibilidad de implementar una medida de habilitar artificialmente áreas de desove y de alimentación para juveniles aguas arriba y aguas abajo de la bocatoma Centinela.  Esta construcción de hábitats, consistiría en crear áreas con este propósito, mediante la habilitación artificial de pozones laterales al río con macrófitas y aguas someras imitando las características de los sectores donde se detecte presencia de juveniles y ovas.

    El Titular, revisará, luego de la campaña de monitoreo y levantamiento de la información sobre los tributarios, a realizarse en el periodo primavera - verano, siguiente luego de aprobada la RCA, y previo al inicio de la construcción de las obras  en el cauce, la factibilidad de sembrar ejemplares de Diplomystes en el estero Los Hualles, basado en las características del hábitat y la existencia de esta especie en dicho estero. La definición de esta medida se revisará con la Subsecretaría de Pesca, previo a su implementación.

    Otra medida de manejo propuesta que es de relevancia para esta especie es la mantención del caudal ecológico. La modelación de caudal ecológico PHABSIM se indica que áreas con caudal disminuido favorecerán la reproducción del Diplomystes creándose vastas áreas con juveniles.

    5.55.9. Respecto a las medidas de compensación estas son un brazo lateral del Río Achibueno (se propone la protección de un tributario del río), compensación básica que apenas cumple con la normativa vigente y no apunta a la generación de conocimientos, aumento de recuperación de la ictiofauna y otras especies de la fauna acuática nativa.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto, señala que el área de protección propuesta en el Plan de restauración y conservación estero Los Hualles (PC-FFA-01) corresponde al tributario más importante de esta subcuenca desde el punto de vista del aporte de caudal, con un caudal promedio anual de 12,69 m3/s. Por otra parte su elección por parte del Titular, se basó, entre otros aspectos, a que corresponde a un hábitat que ha presentado una riqueza y abundancia de especies nativa relevantes, al detectarse en él D. nauelbutaensis, T. aerolatus y P. gillisii, ello a pesar de las evidencias de intervención antrópica existentes en el sector. Adicionalmente este estero no será afectado por ninguna actividad del proyecto. Por otra parte, es conveniente recalcar que el plan propuesto junto a las medidas de seguimiento persigue efectivamente la generación de conocimientos del componente biótico de este sistema, así como también claramente propende a la recuperación de la ictiofauna acuática nativa cumpliendo con lo establecido en el artículo 60 de Reglamento del SEIA. La medida indicada señala:
    La medida corresponde a acciones tendientes a proteger la ictiofauna nativa presente en el estero Los Hualles, de sus principales amenazas. Entre las medidas se resumen en:
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades bajo el marco regulatorio de la ley vigente. El cual contemple, basado inicialmente en la caracterización del componente íctico del área (EIA) y de todos sus componentes asociados.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus  características de  hábitat favorable a  las  especies ícticas y  sus  fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    • Un plan de seguimiento estacional para constatar la evolución del estado por especie, del ensamble de especies presentes y de parámetros poblacionales. Lo anterior, se llevará a cabo mediante un diseño de muestreo sitio-específico que a la vez considere la diversidad  y  evolución  temporal  de  los  hábitats  y  de  sus  fuentes  de  aporte (vegetación).
    • En  acuerdo  las  autoridades  competentes,  ejecutar  labores  de  restauración  de ambientes intervenidos previamente identificados.
    • En acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    • En  acuerdo  con  la  comunidad  y  las  autoridades  pertinentes,  se  impulsará  la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    • Plan de seguimiento las condiciones hidrológicas del área y  que además debe ser coincidente con el seguimiento de peces y del componente vegetacional.
    • Diseñar y financiar una campaña de difusión tendiente a sensibilizar a la población ribereña con respecto a la conservación de la biodiversidad total y, en particular, de las especies ícticas nativas.
    • Si fuesen identificados lugares de atractivo turístico asesorar a sus propietarios mediante un diseño sustentable del sitio en cuestión para un mejoramiento de su calidad y acorde con el objetivo del Plan de Manejo del área propuesta.

    5.55.10. Para resolver esto proponemos que antes de una intervención se investigue y plantee medidas  que permitan  conocer la realidad de la  fauna  y flora acuática del sector, por lo que creemos que es  necesario conocer con más detalles la biología de las  especies de la ictiofauna, molusco y crustáceos nativos de Chile y su interacción con el hábitat.

    La Comisión considera pertinente la observación, y al respecto establece que la línea base de Flora y fauna acuática contenida en el acápite 5.4.3 del EIA cumple adecuadamente con los requisitos establecidos en la letra f.1) del artículo 12 de Reglamento del SEIA, es decir su caracterización en una situación sin proyecto. El desarrollo de estudios de autoecología de las especies escapa de los alcances de una línea base en el marco del SEIA, ya que corresponden a estudios que requieren de varios años para llegar a entender básicamente las complejas relaciones dentro de un ecosistema como éste.

    Por otra parte, el conocimiento de los grupos mencionados es básico e incipiente en Chile, no correspondiendo a un EIA en particular subsanar el vacío existente en cuanto al funcionamiento de éste tipo de ecosistemas. En razón de ello, es que para el desarrollo del EIA el Titular consultó la literatura científica existente al respecto de estas especies, tanto revisiones generales como trabajos particulares, como se puede apreciar en el acápite 5.4.3.6 del EIA.

    Sin prejuicio de lo anterior,  durante la operación, se considera estudiar la flora y vegetación acuática como indicador de la condición del sedimento y la fauna bentónica constituida por insectos acuáticos, crustáceos, moluscos y otros macroinvertebrados, considerando su riqueza, diversidad y abundancia, como indicadores de la condición de un río.

    5.55.11. Proponemos que especies en peligro de extinción y en estado de conservación de vulnerable  deben ser protegidas y no se deben alterar su hábitat, sobretodo si están en los límites geográficos de su distribución.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el EIA tanto en el levantamiento de la línea de base y de la evaluación de los  impactos, ha considerado las  especies de  ictiofauna presentes en el Área de Influencia del proyecto, ello debido precisamente al interés que ellas revisten en el marco de la preservación de la biodiversidad. No obstante ello, la evaluación de impactos efectuada, así como el estudio de caudal ecológico desarrollado indican que tanto la construcción como  operación del  proyecto  no  ponen  en  peligro  la  sustentabilidad de  las poblaciones de especies nativas presentes.

    Por otra parte, según se desprende de la Tabla 5.4.3-18 del EIA que se reitera a continuación, la única especie detectada por la Empresa que se encuentra en su límite norte de distribución corresponde a Bullockia maldonadoi, (Bagre) sin embargo esta especie fue detectado solo en la estación La Recova que se  encuentra fuera  tanto  del  Área  de  Influencia Directa  como  Indirecta  del  proyecto, aproximadamente a 12 km del punto de restitución de la Central Centinela, sector que no se verá afectado por la operación del proyecto, debido a la existencia del tranque de contrapunta, que permitirá regular la entrega de caudales durante la operación de la central, de tal forma que aguas abajo el río no verá alterado su régimen natural de caudales.

    Para mayo detalle la distribución latitudinal de la ictio fauna es la siguiente:
    1.- Diplomystes nahuelbutaensis,  Tollo de agua dulce,  IV a IX Región
    2.-Trichomycterus areolatus, Bagrecito,  III a X Región.
    3.- Bullockia maldonadoi, Bagre VIII a X Región
    4.- Percilia gillissi, Carmelita, V a X Región.
    5.- Percichthys trucha Perca trucha V a XII Región
    6.- Nematogenys inermis Bagre grande V a X Región
    7.- Oncorhynchus mykiss, Trucha arcoiris
    8.- Salmo trutta Trucha café

    5.55.12. Afirmamos que las medidas de mitigación y reparación propuestas por la empresa no aseguran la conservación de especies nativas en peligro de extinción, ni de especies en estado vulnerable, porque la intervención antrópica perjudicaría aún más el precario estado de conservación en que se encuentra la ictiofauna local.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto precisa que la implementación del proyecto no implica que se agrave el estado de conservación de  las  especies de  ictiofauna nativa  presente en  el  área  de  influencia del proyecto, debido a que claramente los resultados muestran su presencia en baja ocurrencia dentro de ella, la que a su vez se encuentra dominado principalmente por la trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) (> 50%). De esta forma, a pesar de la situación de conservación en la que se encuentran las mencionadas especies, sólo tres de ellas se encuentran efectivamente en algunos sitios dentro del área total de influencia del proyecto y estas corresponden al Tollo (Diplomystes nahuelbutaensis), el Bagrecito (Trichomycterus areolatus) y la Carmelita (Percilia gillissi). Si bien es cierto que en el área en donde éstas se presentan se producirá una intervención directa sobre el cauce del río por la construcción de las obras civiles se espera que esta sea mínima debido al plan de ejecución contemplado. Por otra parte, el proyecto considera la mantención de un caudal ecológico en las secciones del río entre las obras de captación y entrega (AID) determinado por la Dirección General de Aguas en la Resolución que otorgó los derechos de agua para cada central, siendo éste 3 m3/s para cada bocatoma. Estos caudales fueron verificados mediante las metodologías tanto hidrológicas como de modelamiento de hábitats para peces comúnmente utilizadas para su determinación, por lo que dado que su objetivo es la mantención de los ecosistemas presentes en el río, se espera que éstos persistan en el tiempo.

    Por otra parte, para la etapa de operación, La empresa identificó y evaluó los impactos, los que no han resultado significativos debido esencialmente a lo reducido de las intervenciones en los cauces y a la naturaleza de operación de las centrales, que corresponden a centrales de paso, con un caudal ecológico que asegura la sustentabilidad del río.

    Cabe señalar además que las demás especies nativas, a saber la Perca (Percichthys trucha), el Bagre  (Bullockia maldonadoi) y  el  Bagre  grande  (Nematogenys inermis),  ellas  fueron exclusivamente encontrados aguas abajo y fuera del área de influencia del proyecto, de tal forma que el proyecto no las afectará.

    Finalmente, el EIA en su acápite 7.2.2.3 ha propuesto una medida de mitigación y una medida de compensación en relación con la Flora y Fauna Acuática, a saber “Minimización de intervención de cauces” (PM-FFA-01) y “Propuesta de Plan de restauración y conservación estero Los Hualles” (PC-FFA-01), las que fueron propuestas en base a la evaluación de impactos identificados y evaluados en el área de influencia del proyecto y que consideraron y valoraron específicamente la presencia de la ictiofauna en el área.

    En razón de lo anteriormente expuesto, se considera que el proyecto ha tomado en consideración la ictiofauna presente en su área de influencia, y que su implementación no provocará un detrimento relevante de sus poblaciones.

    5.55.13. Finalmente reiteramos que el plan de trabajo de manejo, las medidas de mitigación y compensación propuestas por la empresa no son serían efectivas al ser desconocido ciclo biológico de las especies más vulnerables. Que también estas medidas son insuficientes ya que no aseguran un seguimiento adecuado ni que se vigile efectivamente su cumplimiento.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que la Línea de Base de flora y Fauna contenida en el EIA y sus posteriores Adendas cumple adecuadamente con los requisitos establecidos en la letra f.1) del artículo 12 de Reglamento del SEIA, es decir su caracterización en una situación sin proyecto. El desarrollo de estudios de autoecología de las especies escapa de los alcances de una línea de base en el marco del  SEIA, ya  que  corresponden a  estudios que  requieren de  varios años  para  su desarrollo. No obstante ello, para el desarrollo de la línea de base y la evaluación de los impactos se revisó y consideró,  la literatura científica más relevante sobre cada grupo, tal y como queda reflejado en el acápite 5.4.3.6 del EIA.

    Por otra parte, en el EIA se han propuesto una serie de medidas tendiente, por una parte a la protección de la ictiofauna presente, el aumento de su conocimiento y su seguimiento en el tiempo, a saber:

    • Plan de restauración y conservación estero Los Hualles, detallado en el EIA (PC-FFA- 01).
    • Ejecutar prospección íctica asociado a hidrología durante el periodo de mayor actividad reproductiva, Septiembre-Abril de todas las estaciones de muestreo definidas que permitirá establecer completamente la identificación, composición y abundancia de todas las especies hidrobiológicas presentes en el área y completar así la información de un periodo de ciclo anual completo.
    • Relacionado y durante la fase anterior, ejecutar prospección íctica de los tributarios que potencialmente pudieran albergar especies nativas considerando la diversidad de ambientes y sus parámetros físico-químicos asociados.
    • A  partir  de  la  información de  parámetros comunitarios se  ejecutará  un  plan  de seguimiento estacional (expresamente detallado en el EIA). para constatar la evolución del estado por especie, del ensamble de especies presentes y de parámetros poblacionales. Lo anterior, se llevará a cabo mediante un diseño de muestreo sitio- específico que a la vez considere la diversidad evolución temporal de los hábitats.
    • Si producto de la ejecución del Proyecto fuese necesario el rescate de fauna íctica nativa  presente,  se  utilizará  el  área  del  plan  de  manejo  para  su  relocalización considerando los requerimientos de hábitats para cada especie.

    • Durante la fase de operación se contempla un plan de captura periódica y liberación manual de ejemplares aguas arriba de las obras asegurando el flujo génico entre poblaciones separadas, esta medida ha sido específicamente propuesta sólo para las especies amenazadas en el área de restitución de El Castillo y captación de Centinela, dado que más arriba sólo ocurren especies introducidas y además como complementaria a las medidas del Plan de Seguimiento.

    5.55.14. Por otra parte, en el sector del descargue de las aguas, no esta claro la velocidad con que se evacuaran las aguas, las que podrían alterar significativamente el cauce del  río, erosionar las riberas y destruir hábitat de peces nativos.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto opina que basado en la determinación de las velocidades de salida del flujo del agua, proveniente de las descargas en el  punto de entrega de las obras de evacuación del proyecto, los cálculos estimados corresponden a rápido de descarga (3,1 m/s) y canal de restitución (3,52 m/s) de la central El Castillo y rápido de descarga (4,2 m/s) y canal de restitución (3,82 m/s) desde el tranque de contrapunta de la central Centinela. Estas velocidades son en las tuberías, ya que en el río se construyen disipadores de energía para entregar las aguas con menores velocidades. Estos disipadores son los que ayudan a disminuir las velocidades y no generan impactos sobre el cauce, y sobre todo no causan erosiones, por ende, protegen el hábitat de la fauna acuática.

    5.55.15. Flora Terrestre: Para la flora y  vegetación nativa en lo  que respecta a las medidas de compensación se menciona la  relocalización de especies en sitios  previamente escogidos, pudiendo ser este el mismo Cajón del Achibueno o un lugar a Kilómetros del área de influencia del proyecto, como otras empresas así lo han hecho anteriormente. Es por esto que se vuelve imprescindible que la empresa adquiera el compromiso de que el sitio de la relocalización al igual que la zona de conservación que también se menciona, sean establecidas en el mismo sector del Cajón del Achibueno o en su defecto delimitar una zona de amortiguación donde desarrollar estas actividades.-

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto establece que el Titular propuso en el EIA la “creación de un área de conservación” (PC-INT-01), y es en esta área donde se pretende relocalizar los individuos rescatados desde otros sitios.

    Por su parte, el área de conservación propuesta en la medida se ubicará próxima a la cuenca del río Achibueno. En el Anexo 14 de la Adenda 1 Flora y vegetación terrestre “Caracterización de los sectores potenciales para la implementación del área de conservación” se  entrega la  caracterización ambiental de  los  sectores potenciales donde el  Titular ha propuesto la realización de la medida de compensación PC-INT-01: “Creación de un Área de Conservación”. Además, como índice de éxito de la medida se ha propuesto en esta adenda considerar el  grado  de  similitud de  la  riqueza y  abundancia de  especies en  el  área  de conservación con respecto a los antecedentes obtenidos para la cuenca en la Línea Base. Ello servirá para verificar la calidad funcional de la medida propuesta.

    5.55.16. En el listado de especies de flora en categorías de conservación presentes en el área de influencia del proyecto se ignora la presencia de guindo santo (eucryphia glutinosa) especie catalogada como rara por el libro rojo de la flora terrestre de Chile.

    La Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que la Empresa complementa información contenida en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, en el listado de especies de flora identificadas en el área de influencia del Proyecto, información disponible en la adenda 1 y 2.

    Sin perjuicio de lo anterior, conforme con lo solicitado por la autoridad, se efectuó la evaluación de la flora y vegetación terrestre, presente en las riberas del río Achibueno, que potencialmente podría verse afectada por la operación de las centrales hidroeléctricas y se entrega documento “Caracterización de la flora y vegetación asociada a las riberas del río Achibueno: Sector Pejerrey – Chapa Verde”. En dicho informe se concluye la presencia de ejemplares de la especie Guindo Santo (Eucryphia glutinosa) en la vegetación presente en sectores específicos de la ribera del río en referencia.

    Dicha descripción se ha hecho considerando plenamente lo establecido en el Artículo 12, letra f) del D.S 95-2071 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

    Al respecto, se identificó el Impacto MB-FVT-OPE-01: “Pérdida de flora y vegetación ribereña el área comprendida entre la captación de la central El Castillo y las obras de reposición de la central Centinela”. Este impacto fue calificado como Leve para todo el tramo del río Achibueno que sería afectado por la operación de las centrales El Castillo y Centinela, no teniendo ningún efecto significativo a nivel poblacional sobre la gran mayoría de las especies que se encuentran presentes en la ribera del río Achibueno. El efecto generado por la operación se hará significativo para aquellas especies cuyos requerimientos hídricos son muy altos y que su presencia en esta cuenca está estrechamente relacionada con el actual régimen de caudales del río Achibueno. Entre estas especies se encuentran Cortaderia araucana, Cyperus eragrostis, Eleocharis albibracteata, Equisetum bogotense, Gunnera magellanica y Eucryphia glutinosa, todas de amplia distribución geográfica, a excepción de E. glutinosa, la cual se encuentra presente sólo entre la VII y IX Región, es endémica de Chile y está considerada como una especie Rara.

    De acuerdo a los antecedentes contenidos en el expediente de evaluación y a la opinión de los Servicios con competencia el proyecto daría cumplimiento a los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5.55.17. En el tema de paisaje el estudio dice que como medida de reparación al terminar la construcción, en las instalaciones y frentes de trabajo se deberán restituir las condiciones  originales de los sectores utilizados. Se retirará absolutamente todo vestigio de ocupación del lugar como: radieres, construcciones, cercos, etc. Ahora ¿de que forma se logrará restituir esa condición original por ejemplo, de un bosquete de roble, o de matorral esclerófilo considerado de alto valor  ecológico por la  ley de bosque nativo? Por que condición original me imagino que se refiere a dejar el lugar tal cual estaba antes de la intervención antrópica que ahí se supone se va a producir.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y con respecto a ello señala que  las actividades contenidas en la medida de “Restauración en las obras de apoyo” (PR-INT-01) o zonas de intervención temporal, serán definidas por el Titular con criterios basados en el marco teórico existente sobre restauración ecológica, y se pretenderá con ello aproximarse a la condición original de los ecosistemas intervenidos. En términos generales, estos criterios contemplan que la restauración ecológica es una actividad realizada con el propósito de iniciar o acelerar el proceso de recuperación de la estructura, composición y diversidad de un ecosistema dañado o degradado. Su principal objetivo es reconstruir dicho ecosistema restituyendo su diversidad biológica, componentes estructurales y funcionamiento. Todos los sistemas ecológicos tienen cierta capacidad intrínseca de recuperarse de impactos exógenos o naturales dentro de márgenes bastante definidos, y bajo condiciones particulares que consideran el cese de la causa que origina el impacto. La restauración es una actividad que pretende imitar y acelerar la sucesión ecológica que se desarrollaría durante una recuperación natural.

    En este sentido, la decisión de las especies a considerar en las actividades de revegetación es clave debido a los roles ecológicos que deberán cumplir las distintas especies escogidas como “pioneras”. Uno de los roles iniciales de importancia durante la revegetación es el papel de “percha” que cumplirían los individuos plantados. Esta primera cohorte de individuos arbóreos sería utilizada mayormente por las aves, organismos que acarrean material genético de las poblaciones vegetales aledañas a la zona de restauración mediante la dispersión de semillas. Considerando lo anterior, y otros procesos, la presencia y funcionamiento de los individuos plantados que cumplen el rol de pioneros contribuyen modificando las condiciones del sitio para la invasión y establecimiento de especies más tardías de la sucesión. Ello dentro del marco del concepto de “filtros” (abióticos y bióticos), que considera que de todas las especies que podrían potencialmente poblar un área, sólo lo harán aquellas que se ajusten a las condiciones del medio –en este caso biótico-. Este proceso favorece el aumento de la complejidad estructural del sistema, y contribuye a recuperar progresivamente las condiciones de hábitat de las especies animales y vegetales habitantes de la comunidad original. Considerando los criterios antes expuestos, en la respuesta a la observación N° 7.21.1 Parte 7 de la Adenda 1se entrega un listado de las principales especies a utilizar en las actividades de replante de la medida “Restauración en las obras de apoyo” (PR-INT-01).

    Adicional a lo anterior, el EIA considera un conjunto de medidas ambientales destinadas a mitigar, reparar y/o compensar los efectos ambientales generados por la construcción de las obras del Proyecto, las que fueron incorporadas en el EIA dentro del Capítulo 7, “Programas de Manejo Ambiental”. En dicho capítulo se detallaron los planes de mitigación, reparación y/o compensación que indica el artículo 12, letra h) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del  SEIA, Decreto Supremo Nº  95/2071 del  Ministerio Secretaría General de la Presidencia), y cuyo propósito es minimizar, reparar y/o compensar los efectos adversos que genera un proyecto o actividad.

    5.55.18. ¿Cuál será o cuál es, el sector escogido para el depósito de material? ¿Existe un lugar de tal magnitud desprovisto de vegetación en el cual se pueda acopiar libremente toneladas de escombros?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el material inerte generado de la construcción del Proyecto será distribuido en 10 depósitos de marinas distintos, cuyas ubicaciones se encuentra en la Tabla 2.3-4, capítulo 2, acápite 2.3.3.5.4 del EIA, donde se presentan las coordenadas UTM, las que fueron escogidas, en lo posible, en los lugares con menor valor ambiental.

    Sin prejuicio  de lo anterior, estos botaderos (DM) considerados corresponden a los siguientes: Centinela 01,  Centinela 02 y 02a; Centinela 03; Centinela 04; Centinela 05; Centinela 06 y El Castillo 01 y 02 y el Castillo 03. Se incluye a continuación una descripción resumida de cada uno de los botaderos según lo solicitado.

    Depósito de marinas (DM) Centinela 01
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 300.971 E, 6.002.942 N.
    Superficie:  7,9 ha
    Uso actual:  Bosque renoval de Hualo alterado con evidencias de un incendio forestal reciente.
    Depósito de marinas (DM) Centinela 02 y 02a
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.001.149 N, 297.227 E.
    Superficie:  4,5 y 2,0 ha respectivamente
    Uso actual:  Matorral arborescente con  alteración natural y antrópica.
    Depósito de marinas (DM) Centinela 03
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.000.065 N, 292.997 E.
    Superficie:  8,0 ha
    Uso actual:  Pradera con pastoreo ocasional.
    Depósito de marinas (DM) Centinela 04
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.006.699 N, 291.137 E.
    Superficie:  4,5 ha
    Uso actual:  Bosque nativo Roble-Hualo con evidente intervención antrópica.
    Depósito de marinas (DM) Centinela 05
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.004.334 N, 290.634 E.
    Superficie:  4,5 ha
    Uso actual:  bosque esclerófilo mixto, poco denso con evidente intervención antrópica.
    Depósito de marinas (DM) Centinela 06
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.0047.338 N, 287.088 E.
    Superficie:  15,9 ha
    Uso actual:  bosque esclerófilo mixto, poco denso con evidente intervención antrópica.
    Depósito de marinas (DM) El Castillo 01 y 02
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.001.338 N, 308.222 E.
    Superficie:  superficie aproximada de 2,5 y 0,9 ha, respectivamente.
    Uso actual:  Matorral pradera abierto, altamente antropizado y degradado.
    Depósito de marinas (DM) El Castillo 03
    Localización:  (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84):
    Superficie:  Localización: (Coord. UTM Zona 19 Datum WGS84): 6.003.150 N, 306.039 E.
    Superficie:  6,5 ha
    Uso actual:  Matorral,  altamente antropizado.

    5.55.19. ¿Cómo se hará efectiva la protección de flora y fauna nativa en esta etapa de construcción?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en el Programa de Manejo Ambiental incorporado en el EIA, Capítulo 7, Una de las medidas de mitigación consideradas es la Protección de la flora y fauna nativa (PM-INT- 01; página 18). El objetivo general de este plan es implementar disposiciones sencillas y claras, destinadas a minimizar el efecto de la interacción de los trabajadores en terreno ― durante la etapa de construcción ― con la flora y fauna terrestre. Entre las medidas que considera este plan están, por ejemplo la prohibición absoluta de extracción, colecta, captura, caza o alteración de cualquier ejemplar de flora y/o fauna distinto a los considerados en los planes de intervención previamente establecidos por el Proyecto y aprobados por la autoridad competente. Adicionalmente se prohibirá en lo absoluto hacer uso del fuego, así como el transporte o ingreso de ejemplares de flora y fauna foránea al área de influencia del Proyecto.

    Como una base de apoyo de lo expuesto anteriormente, durante la etapa de construcción del Proyecto se desarrollará además un programa de capacitación o educación de todo el personal involucrado en  las  faenas de  terreno, tanto en  labores de  construcción como operación. Concretamente se realizarán charlas y se implementará material visual como afiches y cartillas explicativas indicando el valor del ambiente dentro del cuál se inserta el Proyecto, incentivando la conservación y la protección de la flora y fauna del lugar. De manera particular se abordarán temas como el efecto negativo que puede tener la perturbación humana sobre la conducta y fisiología de las especies de flora y fauna, los efectos negativos de la introducción de especies foráneas en los ecosistemas nativos, las conductas humanas “amigables” con el medioambiente y especialmente el tema de las especies en categoría de conservación, haciendo particular énfasis en su identificación.

    En cuanto a las medidas de apoyo, la instalación de señalética informativa y precautoria será implementada en zonas consideradas como “zonas de riesgo”. Estas zonas han sido determinadas en función del conocimiento obtenido durante el desarrollo de la línea base en cuanto a  la  ubicación y/o  presencia de  especies vegetales o  animales “singulares”. En  la presente adenda, y en forma complementaria a lo indicado en el Capítulo 7 del EIA, acápite
    7.2.2.1.1 (páginas 18 y 19), se entrega, en el Anexo 2 de Antecedentes cartográficos complementarios, las láminas 7.2.2-5 y 7.2.2-6 donde se detalla la ubicación de zonas de riesgo y que explican los lugares donde serán ubicadas las señales que contempla la medida de mitigación “Protección de flora y fauna nativa” (PM-INT-01).

    5.55.20. ¿En qué consistirán estas restricciones de corta de vegetación?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en el capítulo 6.4.1 del EIA relativo a la evaluación de los impactos del Proyecto sobre el componente flora y vegetación terrestre, durante la etapa de construcción y de operación del Proyecto, se realizará un roce selectivo de la vegetación arborescente presente en la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica, con la finalidad de cumplir con la franja de seguridad del tendido eléctrico y evitar los efectos de la corta a ras de suelo de los ejemplares. La franja de seguridad considera la mantención de una distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. Para tales efectos, el principal criterio de intervención consiste en la corta de las ramas de los individuos que interfieran o pudieran interferir esta franja de seguridad. En la práctica, estas intervenciones consisten en la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea a una altura de corte igual o inferior a 4 m desde el suelo, en los casos que se requiera.

    Para efectos de verificar el cumplimiento del roce selectivo descrito, a realizar al interior de la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica, se propuso en el Programa de Manejo Ambiental del EIA, Capítulo 7, la medida de mitigación denominada “Restricciones de corta de vegetación durante la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica” (PM-INT-02). Dicho plan de manejo considera un conjunto de restricciones tendientes a disminuir la corta de vegetación que se realizará al interior de la faja de servidumbre de la línea de transmisión eléctrica, durante la construcción y mantenimiento de las mismas, con el fin de asegurar la permanencia y regeneración de la vegetación en dicho lugar. Las intervenciones dentro de la faja de servidumbre serán focalizadas y contemplarán las siguientes medidas restrictivas ― dentro de lo que la normativa de transmisiones eléctricas permite ―: evitar el uso de talas rasas, focalizar las cortas y/o reducciones de copa en individuos adultos que  intervengan en  la  zona  de  seguridad de  las  líneas de  transmisión eléctrica, no remover los tocones cuando la tala haya sido inevitable (esto favorece la regeneración vegetativa) y evitar la corta de arbustos de menos de 4 m.

    5.55.21. ¿En qué criterios se basan?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que las restricciones de corta de la vegetación al interior de la faja de servidumbre de las líneas de interconexión eléctrica buscan compatibilizar, por una parte, las normas de seguridad del tendido eléctrico, y, por otra, evitar los efectos ecológicos negativos de la tala a ras de suelo de la vegetación.

    En efecto, las restricciones de corta de vegetación propuestas aseguran el cumplimiento de las normas de seguridad eléctrica, que exigen la mantención de una franja de seguridad del tendido eléctrico, libre de follaje, con una distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. A su vez, las intervenciones dentro de la faja de servidumbre serán focalizadas y contemplarán las siguientes medidas restrictivas ― dentro de lo que la normativa de transmisiones eléctricas permite ―: evitar el uso de talas rasas, focalizar las cortas y/o reducciones de copa en individuos adultos que intervengan en la zona de seguridad de  las  líneas de  transmisión eléctrica, no  remover los  tocones cuando la  tala  haya sido inevitable (esto favorece la regeneración vegetativa) y evitar la corta de arbustos de menos de 4 m.

    Además, dentro de este marco, la corta de vegetación también considerará especialmente criterios de priorización de la seguridad de los trabajadores. Durante las faenas, se considerará como criterio general el de no intervenir más de lo necesario (de acuerdo a las normas de seguridad) y  en ningún caso más de lo autorizado, respetando a  cabalidad el cumplimiento de las prescripciones técnicas que se establezcan en el plan de manejo que apruebe CONAF.

    5.55.22. ¿Esta restauración consistirá básicamente en  replantas  especies  afectadas  y colocarlas en otro lugar?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que la restauración, y tal como se menciona en el acápite 7.2.2.1.2 “Medidas de Reparación” (página 20, Capítulo 7 del EIA), se focalizará en los siguientes componentes ambientales: geoformas, suelos, flora y vegetación, hábitat para fauna terrestre y paisaje. En la práctica, esta medida consistirá en la implementación de condiciones adecuadas para el inicio de un proceso natural de sucesión de los ecosistemas que estaban presentes en cada una de las obras temporales. Estas “condiciones adecuadas” son principalmente: restablecimiento de la capa vegetal de suelo, revegetación y manejo inicial de vegetación “pionera” establecida  (para detalles referirse al Capítulo 7 del EIA, páginas 20 a la 23).

    Si bien todos los sistemas ecológicos tienen cierta capacidad intrínseca de recuperarse de impactos exógenos o naturales dentro de márgenes bastante definidos (y bajo un escenario de cese de la causa que originó el impacto), las condiciones iniciales que se logren en la fase inicial de la restauración son determinantes para catalizar el proceso natural de sucesión de los ecosistemas originales. En las obras temporales que considera el Proyecto, toman importancia especial el restablecimiento de la capa vegetal de suelo y la decisión de las especies que constituirán la primera cohorte vegetal. Estas especies crean nuevas condiciones bióticas y abióticas en las áreas antes degradadas, de manera que a partir de su presencia y funcionamiento se favorecerá el aumento de la complejidad estructural del sistema, contribuyendo a recuperar progresivamente las condiciones de hábitat de las especies animales y vegetales habitantes de la comunidad original.

    En el mismo sentido de lo expuesto en el párrafo anterior, cabe mencionar que en la elección de especies se privilegiará el uso de aquellas representativas de las asociaciones originales que serán intervenidas. Sin perjuicio de ello, se dará importancia a la incorporación de las especies con problemas de conservación (especies con mayor riesgo) en los replantes, pudiendo utilizar algunos de los individuos rescatados que contempla el plan de “Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación” (PC-FVT-01; acápite 7.2.2.1.3: página 23). Incorporamos a la presente adenda en la respuesta a la observación N° 7.21.1 Parte 7, un listado de las principales especies a utilizar en las actividades de replante de la medida “Restauración en las obras de apoyo” (PR-INT-01).

    5.55.23. ¿Habrá un seguimiento posterior para evaluar el grado de “prendimiento” de los individuos?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que En relación a los indicadores de éxito de la medida “Restauración en las obras de apoyo” (PR- INT-01), éstos fueron presentados en el Capítulo 8 del EIA “Programas de Seguimiento” bajo el título de “parámetros de medición” en la Tabla 8.2.2.1-5

    5.55.24. ¿Si lo hubiese, quién lo efectuará y cuál será su duración?
    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que tal como se menciona en el Capítulo 8 del EIA, acápite 8.2.2.1.4, el plan de Seguimiento a la medida de reparación “Restauración en las obras de apoyo” (PR-INT-01), se orienta a verificar el cumplimiento de la restauración o recuperación de los componentes ambientales, especialmente la flora y fauna terrestre, en las obras provisorias o temporales del Proyecto. El responsable de ejecutar dicho plan de seguimiento corresponde al Titular del Proyecto, y la fiscalización recae en CONAF y/o el SAG. Su duración será de 10 años a partir del inicio de la etapa de abandono de cada obra temporal.

    5.55.25. En cuanto a la especie “Loro Tricahue” (Cayaloliseus paragonus) cuya  lorera estará a unos 120 metros del área de influencia directa del proyecto ¿se implementará un programa de seguimiento y monitoreo poblacional para evaluar  los efectos  del proyecto sobre la colonia de esta zona?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el proyecto no afectará la lorera de tricahues ubicada en el sector de Los Puentes (coordenadas UTM WGS84 19 sur E 299.321 N 5.999.030) y cuya ubicación se señala  en la  Lámina 5.4.2-3 incluida en el EIA.  Para ello el Titular desarrollará un plan de protección y prevención de riesgos para la lorera y para  estas aves que incluye la implementación de las siguientes medidas:
    • Se establecerá un área de exclusión de obras en torno a la lorera del sector Los Puentes, que considerará al menos 300 m de radio en torno a la colonia durante el período que duren las obras del proyecto en ese sector.
    • Se evitará, mediante un cercado y vigilancia permanente, el acceso del personal en faenas a dicho sector.
    • Se capacitará al personal respecto de las medidas de protección de la lorera, de la prohibición de cazar y de sustraer polluelos, y de reducir al mínimo las actividades ruidosas  durante las faenas en el sector, especialmente en el período reproductivo del loro Tricahue, (entre Septiembre y Enero).
    • Se colocará señalética respecto la prohibición de acceso al sector y de prohibición de caza o  sustracción de polluelos.
    El cumplimiento y seguimiento  de estas medidas será verificado e informado a COREMA y al Servicio Agrícola y Ganadero.

    5.55.26. Si se hace  efectivo este plan de monitoreo poblacional ¿cuánto tiempo durará y cuál será la frecuencia de muestreo?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el proyecto no afectará la lorera de tricahues ubicada en el sector de Los Puentes (coordenadas UTM WGS84 19 sur E 299.321 N 5.999.030) y cuya ubicación se señala  en la  Lámina 5.4.2-3 incluida en el EIA.  Para ello se estableció un
    plan de protección y prevención de riesgos para la lorera y para  estas aves, lo cual está detallado en la consulta anterior.   Dicho plan deberá cumplirse rigurosamente durante toda la etapa de construcción de las centrales, y monitorearse periódicamente durante la etapa de operación.

    5. 55.27 ¿Cómo se fiscalizara que este programa  si efectivamente se efectúe? 

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que tal como se indicó en forma detallada en el acápite 8.2.2.2.1 del capítulo 8 del EIA, el organismo fiscalizador de este Plan de Seguimiento será el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al cual el Titular enviará informes en forma trimestral, con los resultados obtenidos y respectivo su análisis acumulativo.

    5. 55.28. Además de focalizar esfuerzos de rescate de herpetofauna en las especies halladas durante el estudio de línea base, también se debería incluir en el procedimiento a la especie Tachymenis chilensis (Culebra de cola corta), especie registrada durante los muestreos efectuados por CODEFF Región del Maule.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que efectivamente, la medida titulada “Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres” (PM- FFT-01) (acápite 7.2.2.2.1 del EIA) se implementará para rescatar todos los individuos de especies de  baja  movilidad (herpetozoos y  micromamíferos) que  se  detecten y  capturen independientemente de que estas hayan sido registrados o no, durante los estudios de línea base de Fauna terrestre en el área.

    5. 55.29. Se sugiere que para  aumentar las posibilidades de encontrar  y rescatar  un mayor número de ejemplares y especies de anfibios, durante las capturas nocturnas sería provechoso el uso de cantos territoriales grabados.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el uso de “playbacks” o grabaciones de cantos específicos, es parte de las metodologías específicas que permiten ubicar con mayor facilidad a los individuos de anfibios. De este modo, esta metodología se implementará durante la ejecución de la medida titulada “Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres” (PM-FFT-01) (acápite 7.2.2.2.1 del EIA).

    5.55.30. Respecto de la  liberación de anfibios y reptiles, se sugiere establecer un Programa de seguimiento estacional al menos  durante un año para  evaluar la efectividad de los procedimientos de relocalización.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el Titular implementará un Plan de Seguimiento Ambiental a la medida de mitigación “Rescate y relocalización de vertebrados terrestres”. Dicho plan se encuentra descrito en detalle en el acápite 8.2.2.2.1 del EIA. Efectivamente este Plan de seguimiento tendrá una duración de dos años durante los cuáles se realizarán campañas de seguimiento de los individuos relocalizados en forma mensual durante los 3 primeros meses y, de modo estacional hasta completar dos años.

    5. 55.31. También se debería incluir en el programa de captura y relocalización a ejemplares de armadillos o piches, los cuales tienen también en esta zona parte de su distribución geográfica. 

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que como se indicó en el acápite 7.2.2.2.1 del EIA, el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, implementará un plan específico para mitigar los efectos de las obras sobre todas las especies nativas de baja movilidad (herpetozoos y micromamíferos). Este plan llamado “Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres” (PM-FFT-01) se llevará a cabo en forma previa a todas las obras a ejecutarse, tales como las instalaciones de apoyo, mejoramiento de caminos existentes, construcción de  caminos  de  acceso,  instalación del  sistema  de  interconexión eléctrica, disposición de marinas y las centrales hidroeléctricas (para mayor detalle sobre el plan ver acápite 7.2.2.2.1 del EIA). Estos esfuerzos incluirán sólo a las especies de baja movilidad (herpetozoos y micromamíferos) registradas y capturadas, independientemente de hayan sido avistadas durante los estudios de línea de base de fauna en el área del Proyecto.
     
    Con  respecto  a  la  especie  que  se  nombra  en  la  observación, el  Piche  (Zaedyus  pichiy), efectivamente se  distribuiría desde  la  V  Región  hasta  la  Patagonia,  pero  de  acuerdo  a recientes publicaciones, entre las regiones V y VIII este se encontraría únicamente en zonas limítrofes con Argentina, en valles áridos de alturas (Iriarte 207849), o en hábitats abiertos y arenosos tipo estepa, hasta los 2500 msnm (Superina et al. 207950). Es importante destacar que este tipo de ambientes no están descritos para el área de influencia del Proyecto (línea base de Flora y Vegetación Terrestre, acápite 5.4.1 del EIA), que además se emplazará en alturas desde los 350 hasta sólo los .1000 m s.n.m., donde este tipo de hábitats no se desarrolla, por lo tanto la probabilidad de encontrar esta especie en el área de influencia del Proyecto es baja.

    Sin perjuicio de lo anterior, es importante recalcar que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno ha planeado implementar una serie de medidas de manejo ambiental que se traducirá en la protección y cuidado de todas las especies presentes en el área del Proyecto, independientemente de que hayan sido registradas o no durante las campañas de terreno de línea base. Estas medidas que funcionarán de modo “paraguas” son las siguientes:
    • Creación de un área de conservación (Medida PC-INT-01) (página 7-26 del capítulo 7 del EIA).
    • Restauración en las obras de apoyo (Medida PR-INT-01) (Acápite 7.2.2.1.2 del capítulo 7 del EIA)
    • Protección de la flora y fauna nativa (Medida PM-INT-01) (acápite 7.2.2.1.1)

    5. 55.32. Los cercos que se  instalarán  en las  cercanías de los canales, ¿a qué distancia de ellos estarán?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que se dispondrán limitando el área de servidumbre.

    5. 55.33. ¿Cuál será la densidad de la malla o sistema de  protección para evitar que sea atravesada por pequeños organismos?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que la malla utilizada para realizar los cercos es del tipo bizcocho caracterizado por presentar una densidad de 8 gr/cm2. Mayores detalles se presentan en la Lámina 2.2-17 “Diseño de cercos y portones” del Anexo 2 de esta Adenda.

    5. 55.34. ¿Cuál será su profundidad en el suelo y cómo se asegurará que mamíferos cavadores no la atraviesen y caigan a los canales?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que los canales son de hormigón armado, por lo que los mamíferos cavadores no podrán cavar y atravesar sus paredes. En el caso de los cercos, la malla bizcocho se tensa con un tensor en la parte inferior que va a unos 30 cm de profundidad, por lo que los mamíferos cavadores tendrían que cortar el tensor para cruzar. Mayores detalles se presentan en la Lámina 2.2-16 “Planta y cortes” del Anexo 2 de esta Adenda.

    5. 55.35. ¿Cuál será la altura de esta  barrera  de protección en el caso  que animales como zorros o incluso Pumas puedan saltarla?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el cerco perimetral estará conformado por una malla tejida de acero galvanizado (tipo bizcocho), de 1,8 m de altura, sobre la cual se disponen dos hebras de alambre de púa distanciadas cada 0,2 m, alcanzando una altura total de 2,2 m. El cerco va sujeto en postes de madera de 4” de diámetro, distanciados cada 3 m.

    5. 55.36. Para  el caso del establecimiento del tendido de alto tensión  y  su cercanía con 2 moreras del Tricahue en la zona, ¿Cómo se preverá que ejemplares de las colonias del sector no colisionen contra los cables del tendido eléctrico?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el Titular del proyecto ha propuesto la implementación de 2 medidas de mitigación. Como primera medida y con el fin de evitar principalmente la electrocución de aves, se incluye en el diseño de los postes, estructuras disuasivas tipo rastrillo en los extremos superiores de los postes. Esta medida, se suma a las modificaciones propuestas “antiperching” en las crucetas horizontales. Estas medidas, tiene por propósito evitar el “perchamiento” de las aves en la estructura de los postes.

    La segunda medida, enfocada principalmente a la colisión de las aves y de manera secundaria a la  electrocución,  corresponde  a  la  instalación  de  dispositivos  anticolisión  tipo  espiral (Diámetro: 0,3m x Largo: 1m) en las zonas que se determinen de riesgo de colisión de aves. Estos serán ubicados en forma alternada en cada una de las fases a una distancia de 7 m, quedando espaciadas a 21 m entre señalizaciones contiguas en un mismo conductor. Previo a la construcción del tendido eléctrico, se desarrollará un estudio para determinar las zonas de mayor riesgo de colisión de aves, las cuales corresponderán a las zonas en que se aplicará la medida.

    Las medidas propuestas anteriormente, están de acuerdo con lo recomendado por el SAG en su documento “Medidas de mitigación de impactos ambientales en fauna silvestre (SAG 2074)”.

    5. 55.37. ¿Qué sucederá si durante las remoción de la vegetación con maquinaria pesada se encuentren árboles que estén siendo utilizados como dormideros o sitios de anidación de “carpintero negro”, (Campephilus magellanicus), “Concón” (Strix rufipex), “Cachañas” (Enicognathus ferrugineus), “Choroy”(Enicognathus leptorhynchus), o  “peuquito” (Accipiter chilensis)?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que tanto el Concón como el Choroy y el Peuquito, no fueron registrados en el área de influencia del Proyecto. Por su parte el Carpintero negro, se presentó en bajas densidades y la Cachaña se observó en mayores números. En todo caso, la afectación de estas especies dependerá de la fecha en que se realicen las obras de despeje de la vegetación, si estas ocurren fuera del período reproductivo de estas especies, estas no serán afectadas.

    Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementará medidas de restauración y compensación que se encuentran descritas en detalle en el capítulo 7 del EIA. Estas medidas se traducirán en la generación y protección de hábitat en forma permanente, para estas y otras especies que habitan en el área del Proyecto.

    5. 55.38. ¿Existe  algún procedimiento en caso que durante la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea se encuentren plataformas utilizadas por aves rapaces?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que la reducción de copa de la vegetación arbórea se realizará para los efectos de la construcción y la mantención de la línea de interconexión eléctrica. Sin embargo, no se considera implementar procedimientos específicos en el caso de encontrar, durante esta faena, un nido o plataforma de ave rapaz. Con respecto a estas especies, es importante destacar que éstas se presentan generalmente en bajas densidades, por lo tanto la probabilidad de que se instale un nido en el trazado de la línea eléctrica es baja.    Sin perjuicio de lo anterior y tal como se indicó en la respuesta a la observación N° (63.38 19) de la Parte II del Adenda 1, el Titular implementará medidas de restauración y compensación que se encuentran descritas en detalle en el capítulo 7 del EIA.

    5. 55.39. ¿Dónde será dispuesto el suelo removido durante las obras de emplazamiento?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que se deberá estudiar los posibles lugares donde ubicar el suelo removido y proceder a su selección, teniendo en consideración lo siguiente:

     • Las zonas de acopio no deben situarse en áreas cercanas a formaciones vegetales, cercos o cursos de agua, los cuales podrían ser perjudiciales y causar daños al suelo.
    • Deben ubicarse en sectores planos o con pendientes ligeramente inclinadas, para evitar la pérdida de suelo por erosión.
    • Previo al transporte hacia la zona de acopio, se planificarán las rutas de los camiones que trasladan el suelo, de forma que no circulen sobre las capas de suelo ya reinstaladas.
     
    5. 55.40. Cuando se busca recuperar las condiciones del terreno, para la restauración de la flora y vegetación original, ¿cómo se efectuará la descompactación del suelo y el mejoramiento del drenaje?
    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el Titular deberá desarrollar el siguiente plan:
    A. Descompactación  del suelo: Las áreas que resulten alteradas por la compactación, deberán –una vez terminadas las faenas– ser descompactadas con las técnicas adecuadas, dependiendo del caso.

    Para descompactar el suelo se debería considerar el uso de arado del tipo cincel o escarificado que es más superficial y, para descompactar a mayor profundidad, se podría emplear un subsolador con bulldozer. Donde se haya descompactado con subsoladores, antes de extender el suelo vegetal, la superficie de la capa suele quedar poco uniforme, por lo que es aconsejable nivelar la superficie para minimizar la pérdida de suelo vegetal entre las depresiones y huecos de la superficie de asentamiento.

    Esta operación debe realizarse cuando el suelo está relativamente seco. Si se realiza con el suelo húmedo, las máquinas no levantan y desmenuzan el suelo sino que forman unos surcos por donde se canaliza la escorrentía, arrastrando el suelo.

    En este sentido, deberán ser observaciones de terreno y/o calicatas capaces de observar la pérdida de estructura y la mejora en la densidad aparente del suelo y que –a la vez– permita decidir por las acciones a seguir.

    B. Mejora del drenaje: Se  recomienda drenar el  agua fuera del  área  restaurada, mediante tuberías de  plástico perforadas que recogen el agua y la transportan hacia los puntos de descarga previstos (obras de desagüe, drenes, diques, ríos, entre otros).   Hay ciertas recomendaciones y criterios generales que deben tenerse en cuente al diseñar un sistema de drenaje, como las mencionadas a continuación:

     • El drenaje es considerablemente más efectivo si los tubos van insertos en un relleno de material permeable, por ejemplo, gravas de entre 5 y 50 mm de diámetro.
    • Se recomienda emplear tuberías de plástico o PVC, al ser flexibles y desplazarse fácilmente al pasar la maquinaria o durante el laboreo del suelo.
    • La distancia entre los tubos se determina en función del tipo de suelo y la profundidad de drenaje. Generalmente, se disponen con una separación de entre 20 y 60 m.

    5.55.41. Luego de la relocalización de individuos de la flora singular, ¿Se implementará un programa se seguimiento del porcentaje de establecimiento de estos individuos?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que deberá existir una pendiente suficiente en el terreno restituido para facilitar el movimiento lateral del agua (1:100 como mínimo). Los drenajes laterales se colocan perpendicularmente a la dirección de la pendiente.
    El diámetro idóneo para los tubos de drenaje lateral, oscila entre 60 y 80 mm, aunque los drenajes principales deben tener un diámetro mayor.
     • Después de la instalación del sistema de drenaje debe descompactarse el terreno.
     • Es importante instalar el sistema de drenaje en el momento adecuado. Si se construye demasiado pronto, se corre el riesgo de que las tuberías queden “cegadas” o se muevan al asentarse el material de relleno. Si se construye demasiado tarde, el suelo puede sufrir daños por compactación al saturarse de agua por falta de drenaje.
     • Si en la restitución del suelo, se ha rellenado con materiales inertes, el sistema de drenaje puede instalarse inmediatamente, ya que casi no se producen variaciones de volumen. En algunos casos, el sistema de drenaje debe ser instalado durante las operaciones de aporte y extendido del suelo para evitar deterioros. Esto sucede cuando se utilizan suelos de alta calidad sobre un sustrato arcilloso o poco permeable.

    5. 55.42. Medida PC-INT-01: Creación de un área de conservación. La  creación  de esta  área de conservación, ¿Considera el inicio de un procedimiento que busque un carácter legal mediante el establecimiento de alguna categoría de protección oficial, ya sea Reserva Nacional, Santuario de la Naturaleza u otro?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que la selección de los terrenos hecha por el Titular para dar cumplimiento a la medida de compensación comprometida en el EIA, denominada “Creación de un área de conservación” (PC- INT-01), se ha realizado privilegiando la extensión y representatividad de los principales ecosistemas terrestres que serían afectados por el Proyecto.

    Tal como se indica en la observación, el Titular iniciará conversaciones con el Ministerio de Bienes Nacionales y CONAF, a fin de explorar el estatuto idóneo de afectación con fines de preservación y/o conservación, entre aquellos existentes en nuestro ordenamiento jurídico. El Titular finalmente traspasará la administración de dicha área de conservación al Estado, de manera que pase a formar parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE).

    5. 55.43. Consideraciones Sobre Mamíferos Terrestres: ¿Cómo se piensa mitigar el impacto sobre micromamíferos?, en especial sobre la yaca (thylamys elegans).

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que como se indicó en acápite 7.2.2.2.1 del EIA, el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno implementará un plan específico para mitigar los efectos de las obras sobre todas las especies nativas de baja movilidad (herpetozoos y micromamíferos) entre los que se encuentran la Yaca (Thylamys elegans). Este plan llamado “Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres” (PM-FFT-01) se llevará a cabo en forma previa a todas las obras a ejecutarse, tales como las instalaciones de apoyo, mejoramiento de caminos existentes, construcción de caminos de acceso, instalación del sistema de interconexión eléctrica, disposición de marinas y las centrales hidroeléctricas (para mayor detalle sobre el plan ver acápite 7.2.2.2.1 del EIA). Dicho plan forma parte de las medidas sugeridas por la autoridad ambiental para dichos efectos (SAG 2074).

    5.55.44. ¿Cuál o cuáles son los  recursos y/o  beneficios que obtienen las  diferentes especies del área de influencia de proyecto?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que ver respuesta a la observación N° 5.4.6 de la Parte 5 de la presente Adenda, donde se presenta una revisión bibliográfica referida a los recursos y/o beneficios que las diferentes especies que se encuentran clasificadas en alguna categoría de conservación (según Tabla 5.4.2-6 del Capítulo 5 del EIA) obtienen en el área de influencia del Proyecto.

    5. 55.45. En la  línea  de base  de fauna  se deberán  establecer  los atributos poblacionales de las especies detectadas (abundancia, diversidad, distribución espacial, entre otros). Considerar al menos las especies que se encuentran en alguna condición de vulnerabilidad.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que  ver la respuesta a la observación N° 5.4.7 de la Parte 5 de la presente Adenda donde se presenta el detalle de la riqueza y abundancia para las especies que presentan alguna condición de vulnerabilidad, es decir, las especies registradas en el área del Proyecto que se encuentran clasificadas en alguna categoría de conservación, las endémicas y las con distribución restringida (ver Anexo 11 Fauna terrestre para ver el registro del total de especies por estación de muestreo).

    5. 55.46. En la línea  de base  de  fauna  se deberán establecer las características estacionales de las especies o grupos de especies, definiendo aspectos reproductivos donde éstas sean particularmente sensibles a las perturbaciones generadas por el proyecto.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y solicita ver la respuesta a la observación N° 5.4.8 de la Parte 5 del Adenda 1, donde se presenta además, el Capítulo de evaluación de impactos del EIA, mediante el “juicio de experto” (ver acápite 6.4.2 del EIA).   Sin perjuicio de lo anterior,  en el caso de las aves registradas en el área del Proyecto, su ciclo reproductivo varía entre especies sin embargo, en términos generales se extiende entre Agosto y Marzo. Respecto de las especies coloniales como el loro tricahue (Cyanoliseus patagonus), ellas podrían estar en mayor vulnerabilidad frente al Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, no obstante (ver Capítulo 5 del EIA), no realizará ninguna alteración de la lorera del sector de Las Puentes. Por otro lado, de acuerdo a la literatura (www.avesdechile.cl) hay especies que migran al área, ya sea para reproducirse, como es el caso del picaflor gigante (Patagona gigas), del fío-fío (Elaenia albiceps) y del aguilucho chico (Buteo albigula), o para alejarse del invierno austral como la viudita (Colorramphus parvirostris).  En el caso de los anfibios, la época reproductiva abarca desde mediados de Agosto hasta Enero.

    5. 55.47. Se deben detallar qué especies serán captadas directamente por el proyecto, en especial de las que se  encuentran en categoría de conservación. Se debe detallar claramente cómo se verán afectadas estas especies.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que esta es información que se encuentra descrita en forma detallada en el acápite 6.4.2 (capítulo 6 del EIA) en el análisis de cada uno de los impactos potenciales identificados. En dicho acápite se describen además, las especies que serán afectadas para cada uno de los impactos identificados.
     

    5. 56. Nombre: Sergio Romero Guzmán.
    Domicilio: Calle Sotomayor Nº 408, Comuna de Linares

    5. 56.1. La eventual materialización del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, nos afecta pues involucraría: (i) secar los 4 kms de Río que colindan con nuestra propiedad, afectando irreversiblemente actividades deportivas como kayak, rafting y pesca deportiva, en un lugar reconocimiento único para el desarrollo de tales actividades; (ii) poner en peligro evidente los 4 kms de flora nativa (en especial distintas variedad de Notofagus), colindantes con el río, única en la zona, que sobreviven gracias al caudal actual del río; (iii) instalar botaderos de basuras, marinas, tranques o piscinas con recubrimientos plásticos, escombros producto de las excavaciones en los canales y túneles, y sus correspondientes cierres perimetrales, todo lo anterior, justo en el lugar denominado La Gloria, que viene a ser el punto estratégico de nuestro proyecto al que me refiero más adelante, con los perjuicios que eso significa para la tranquilidad y belleza escénica del lugar, y (iv) destruiría y afectaría en su esencia y por completo el “Proyecto Ecológico la Gloria- Altos de Achibueno”, que comprende desarrollo de actividades de conservación, ecoturismo, agrícola-forestal, educacional e inmobiliaria, por un monto de inversión total aproximado de US$5 millones, que los propietarios, del Fundo La Gloria pretendemos desarrollar. (En efecto, este proyecto de mediano y largo plazo, ambientalmente amigable y sustentable, que pretende estar a la vanguardia en  proyectos de este tipo- desde el punto de vista de respecto por el medio ambiente-, que iniciamos el 2075 y 2076 con la adquisición del Fundo La Gloria, se vería irreversiblemente afectado con el PHA). Evidentemente que haber adquirido “a 4 kms. De orilla de río” no e lo mismo que “4 kms. De orilla de  un cauce pedregoso seco”, o obstante que se diga que existirá un caudal mínimo ecológico, por cuanto este último sería evidentemente insuficiente para mantener el ecosistema que tanto esfuerzo le ha costado nuestra naturaleza desarrollar desde hace cientos de años. De igual forma, colindar con un sector de flora y fauna nativa no es lo mismo que colindar con tuberías, marinas, piscinas plásticas, zonas de botaderos e escombros, etc. y todo lo anterior, con sus correspondientes cierre perimetrales. Todo lo anterior genera un menoscabo grave y significativo en nuestro patrimonio – no sólo en el del suscrito, sino que en el de los demás copropietarios, que por años hemos cuidado y desarrollado el lugar – para beneficio de toda la comunidad, pues nuestra propiedad está abierta al público, y afectando el desarrollo del Proyecto ante referido.
    El PHA involucra pérdidas netas de bienes presentes, así como también pérdida de los bienes  futuros derivados de cualquier actividad económica que podamos desarrollar en él, en particular de nuestro Proyecto Ecológico. La Gloria – Altos de Achibueno al que me  referí previamente.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, así como otros proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), tienen la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente, motivo por el cual el Titular ha entregado un estudio que contiene un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los diferentes servicios públicos del Estado con competencia ambiental. En este contexto, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) ha analizado dichos antecedentes y argumentos técnicos.

    Es importante considerar, además, que el estudio ha incorporado una evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda, todo lo cual se desarrolla en los capítulos 6,  7 y 8 del EIA.

    Entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de 207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    Respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    5. 56.2. Rechazo rotundamente que el PHA altere el curso de las aguas, secando entre otros, 4 kms. de río Achibueno, kilómetros que colindan, amparados por el derecho de propiedad del que soy titular, protegido constitucionalmente. HCL ha formulado su proyecto sin considerar los efectos devastadores que tendrá en la zona, desde el punto de vista ambiental, y de turismo, todo lo cual afecta mi derecho a usar, gozar y disponer de mis  bienes. La empresa no ha justificado de ninguna manera que no existan otros  proyectos, alternativas o diseños de obras que eviten los perjuicios irreparables que su construcción, eventualmente irrogaría a mi vida, la de mi familia, a nuestros derechos y bienes. El estudio de Impacto Ambiental realizado por la Empresa, en ningún momento da cuenta de estos antecedentes, únicamente se restringe a estudiar un proyecto e identificar el conjunto de predios que resultarían afectados de materializarse. A este respecto, es indispensable señalar que la empresa tiene obligación primera de “eliminar” (art. 12 letra e, Ley 19.300) los efectos negativos de su  proyecto y para ello, es indispensable que se entreguen todos  los  antecedentes que señalan que la afectación de mi propiedad es inevitable.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que este Proyecto, como cualquier otro, debe cumplir con la normativa ambiental vigente. Para ello, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que se encuentran participando en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), ha ponderado en su mérito el conjunto de argumentos y antecedentes que están a la vista y forman parte del expediente de evaluación y decidió, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al SEIA.

    En efecto, el EIA incorpora una evaluación de impacto ambiental sobre una serie de componentes ambientales, identificando efectos y medidas específicas, las cuáles se desarrollan en los capítulos 6, 7 y 8 del documento presentado.

    5. 56.3. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación.  El PHA se pretende  desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA como “sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional”, según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2073 (sitio Nº 40 “Alto de Achibueno” en el que se describe el ecosistema como “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de  alta biodiversidad ecosistémica y  paisajística, conteniendo humedades altos andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en  categoría de conservación”), que constituyen parte del hotspot chileno de importancia mundial para la conservación de la biodiversidad (Myers et al, 2000; Arroyo et al. 2006) y Hot Sport de Biodiversidad según Internacional Conservación 2004.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que se debe procurar es el desarrollo sustentable, es decir, se deben hacer los proyectos de energía, turismo de manera de generar sinergia y poder potenciarse unos a otros. El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) ha ponderado el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y decidió, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5. 56.4. Proyecto se pretende desarrollar en uno de los últimos sectores de la precordillera central sin  intervenir. Desde Santiago hasta Temuco todas las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas. El lugar donde se pretende desarrollar el Proyecto es uno de los últimos lugares sin intervenir.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que las definiciones sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico se desprenden de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, el Ministerio de Energía.

    5.56.5. Región del Maule posee menor representación en el SNASPE (sólo un 0,6% de su territorio está en protección bajo el Sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile. Vegetación del área de influencia del proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en lo que respecta al Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE), la Región del Maule presenta 7 áreas silvestres protegidas en la categoría de Reserva Nacional, y comprenden 187,2 km2 de extensión. Considerando que la superficie total de la región es de 30.518 km2, se concluye que sólo un 0,6% de la superficie regional se encuentra protegida (CONAF, 2079; CONAMA, 2079). Esta situación ha sido considerada en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, y se  encuentra declarada en  el Capítulo 5 de Línea base del EIA (páginas 177 y 178), y discutida en el Capítulo 6 de Evaluación de  impacto  ambiental  del  EIA  (páginas  139 y 140). El grado de representación de  los ecosistemas nativos de la  Región del Maule en el  Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE) escapa el ámbito de acción del Titular y del presente EIA. Sin embargo, en la evaluación de la magnitud del impacto ambiental (Tabla 6.4.1-4 del EIA), la relevancia del componente ambiental (VA) se calificó en función del valor ambiental de las unidades de vegetación afectadas con una relevancia extrema (valor 9), en el caso de todas las obras del Proyecto que afectan bosques nativos. Esta valoración consideró criterios referidos a  la relevancia ecológica del bosque maulino, entre ellos, la baja representación de los tipos forestales presentes en el área de influencia dentro del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas (SNASPE). En consecuencia, el impacto fue calificado como “significativo” para todas las obras que afectan bosques nativos (página 140, párrafo 3 del Capítulo 6 del EIA).

    5.56.6. Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE. En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia promedio por Km de río intervenido o desviado: MW / Km), el PHA se encuentra entre los más ineficientes que se haya presentado al SEIA. En efecto, con el proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW / Km de río intervenido (36 Kms según HCL; 44 Kms según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada), Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en río Maule, en calificación), todas producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW / Km de río intervenido. Adicionalmente, el índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía) para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia.   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.

    5. 56.7. Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de proyección de crecimiento exponencial que reportó US$40 millones para la zona en 2078, según información de Sernatur Maule, y afecta seriamente el proyecto “sendero de Chile” en la zona.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente al respecto señala que según lo establecido por la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporto el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, han sido evaluados tanto en sus efectos como en  las medidas ambientales del mismo, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir, incluido lo referido al Turismo.

    El Proyecto presenta  las  medidas mitigatorias, compensatorias y de restauración adecuadas, lo cual lo define como  una intervención  acorde con criterios técnicos y ambientales.

    Adicionalmente se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 


    5. 56.8. Voluntad institucional pública y privada para protección del río Achibueno y Rechazo total de la comunidad de Linares al Proyecto. Existe la voluntad política porque el área se conserve, así como los usos que allí se desarrollen sean compatibles con la conservación del lugar, reflejando en numerosos documentos de CONAMA (http://www.conama.cl/portal/1301/article-43424.html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2003 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2002 a 2005, CODEFF Nacional y Regional, Universidad de Talca, Municipio de Linares, etc. Si se permiten estas 2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los afluentes de esta zona (ya hay derechos de aprovechamientos de aguas solicitadas por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de 207 hectáreas.

    5. 56.9. Condicionamiento de la aprobación de proyectos hidráulicos según los resultados de la Estrategia de Cuencas. La Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet se comprometió-en su programa de Gobierno- a definir “…una Estrategia Nacional de cuencas que se permitirá identificar en base a la mejor información científica, aquellas cuencas se podrán intervenir, así como las que son de interés preservar. Tomaremos en cuenta los sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad, condicionaremos la aprobación del proyecto hidráulicos al resultado de la estrategia Nacional de Cuencas”.-

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.56.10. Inexistencia de crisis energética permite ser más selectivos en la  aprobación de Proyectos Energéticos.  Según datos de la Comisión Nacional de energía (CNE), respecto de la  capacidad  instalada y el crecimiento en consumo  eléctricos (5,4% anual) considerándose solo los proyectos “Limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por el SEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%). Considerando aquellos proyectos en  Etapa de calificación ambiental “Limpios”, las necesidades energéticas de nuestro país, están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%); y agregando Hidroaysén, las  necesidades energéticas estarían cubiertas hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos “No Limpios”.  Lo anterior permite ser más selectivos en la aprobación de proyectos, y permite desarrollar e implementar otros tipos de energía y preservar aquellos  ríos que serán fuentes de  riquezas para la biodiversidad y poblaciones humanas que  lo habitan y visten en el futuro. Las autoridades  encargadas de aprobar o rechazar el PHA tiene la posibilidad histórica de sentar un precedente único a llevar las exigencia medioambientales a un Standard de país desarrollado, antes de que sea tarde, y la destrucción de un Sitio Prioritario de Conservación será irreversible.  Incluso  se podría exigir que todo el proyecto El Castillo deba respetar un caudal mínimo ecológico efectivo y compatible con la realidad del lugar, y en un volumen acorde con lo que ocurre en el terreno.

    Esta Comisión considera pertinente la observación  y se debe recalcar, en primer lugar, que, es la instancia colegiada definida en la normativa ambiental,  es  decir,  la  Comisión  Regional  del  Medio  Ambiente  de  la  Región  del  Maule (COREMA), es quién debe, a la luz de las políticas, normativas y procedimientos ambientales vigentes  calificar  los  proyectos  que  se  someten  al  Sistema  de  Evaluación  de  Impacto Ambiental (SEIA), ponderando en su mérito, el conjunto de antecedentes que forman parte del expediente de evaluación.   Conforme lo anterior, la calificación ambiental de un proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    “El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, así como otros proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), tienen la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente, motivo por el cual el Titular ha entregado un estudio que contiene un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los diferentes servicios públicos del Estado con competencia ambiental. En este contexto, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) deberá analizar dichos antecedentes y argumentos técnicos, para luego ponderarlos en su conjunto, evaluarlos y tomar una decisión respecto del Proyecto, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al SEIA.

    Es importante considerar, además, que el Titular ha incorporado en su estudio una evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda.

    5.56.11. Informe técnico de empresa especializada y líder en el área objeta de manera clara y fundada diversos aspectos  esenciales del EIA del PHA.  Se adjunta Informe elaborado por la empresa GeoHidrología Consultores Ltda. Denominado “Observaciones Estudio de Impacto Ambiental “Proyecto Hidroeléctrico Achibueno”, mayo 2009, el cual concluye que “los acápites de geología, hidrología e hidrogeología no cuentan con la información mínima requerida para poder realizar una evaluación de impacto ambiental, por parte de la autoridad y de la ciudadanía.  Se destacan como aspectos críticos, los cálculos y modelos hidrológicos utilizados para verificar caudales ecológicos, en conjunto con la pobre descripción hidrogeológica realizada” (Subrayado agregado). Se hace presente que el  equipo de profesionales de GeoHidrología que elaboró este informe es considerado como uno de los más calificados equipos profesionales en estos rubros a nivel nacional, incluyendo a quien lideró este equipo, el Sr. José Francisco Muñoz, Profesor titular del departamento de Ingeniería Hidráulica y Ambiental de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y miembro del DICTUC.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.

    Sin perjuicio de lo anterior el Adenda 1 entrega antecedentes complementarios, que esta Comisión tuvo en consideración al momento de resolver.

    5.56.12. Solicitud que se efectúa en virtud de lo expuesto y dispuesto en los artículos 29 de  la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente  y 49 de Decreto  Supremo 95 publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre del año 2072 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia solicito a usted tenga por presentada las observaciones contenidas en este documento y dada su gravedad y relevancia rechace el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, por las razones antes expuestas.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, pero es necesario indicar que toda autoridad pública debe desarrollar sus acciones en el marco de las facultades y condiciones que la ley y las normas establecen, y que en este caso se conducen a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.   Sistema que administra la Comisión Nacional del Medio Ambiente y en el cuál los organismos públicos pertinentes, en lo que respecta a sus ámbitos de acción ambientales,  se han pronunciado.   Se debe indicar que la evaluación,   ha establecido las medidas de mitigación y compensación adecuadas y necesarias a los impactos generados.  

    5. 57.- Nombre: Henry Purcell y Ellen Marie Guidera.
    Domicilio: Calle  Maipú Nº 91, Comuna de Linares.

    5. 57.1. La eventual materialización del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, nos afecta  pues  involucraría: (i) secar los 4 kms de Río que colindan con nuestra propiedad, afectando irreversiblemente actividades deportivas como kayak, rafting y pesca deportiva, en  un lugar reconocimiento único para el desarrollo de tales actividades; (ii) poner en peligro evidente los 4 kms de flora nativa (en especial distintas  variedad de  Notofagus), colindantes con el río, única en la zona, que sobreviven gracias al caudal actual del río; (iii) instalar botaderos de basuras, marinas, tranques o piscinas con recubrimientos plásticos, escombros producto de las excavaciones en los canales y túneles, y sus correspondientes cierres perimetrales, todo lo anterior, justo en el  lugar denominado La Gloria, que viene a ser el punto  estratégico de nuestro  proyecto al que me refiero más adelante, con los perjuicios que eso significa para  la tranquilidad y belleza escénica del lugar, y (iv) destruiría y afectaría en su esencia y por completo el “Proyecto Ecológico la Gloria- Altos de Achibueno”, que comprende desarrollo de actividades de conservación, ecoturismo, agrícola-forestal, educacional e  inmobiliaria, por un monto de inversión total aproximado de US$5 millones, que los propietarios, del Fundo La Gloria pretendemos desarrollar. (En efecto, este   proyecto de   mediano y largo plazo, ambientalmente amigable y sustentable, que pretende estar a  la vanguardia en  proyectos de este tipo- desde el  punto de vista  de respecto por el  medio ambiente-, que iniciamos el  2075 y 2076 con la adquisición del Fundo La Gloria, se  vería  irreversiblemente afectado con el PHA).  Evidentemente que haber adquirido “a 4 kms. De orilla de río” no e lo mismo que “4 kms. De orilla de  un cauce pedregoso seco”, o obstante que se diga que existirá un caudal mínimo ecológico, por cuanto este último sería evidentemente insuficiente para mantener el ecosistema que tanto esfuerzo le ha costado nuestra naturaleza desarrollar desde hace  cientos de años.  De igual forma, colindar con un sector de flora y fauna nativa no es lo mismo que colindar con tuberías, marinas, piscinas plásticas, zonas de botaderos de escombros, etc. y todo lo anterior, con sus correspondientes cierre perimetrales.
    Todo lo anterior genera un menoscabo grave y significativo en nuestro patrimonio –  no sólo en el del suscrito, sino que en el de los demás copropietarios, que por  años hemos  cuidado y desarrollado el lugar – para beneficio de toda la comunidad, pues nuestra  propiedad está abierta al  público,  y afectando el desarrollo del Proyecto ante referido.
    El PHA involucra pérdidas netas de bienes presentes, así como también pérdida de los bienes futurosderivados de cualquier actividad económica que podamos desarrollar en él, en particular de nuestro Proyecto Ecológico. La  Gloria – Altos de Achibueno al que me  referí previamente.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el  Proyecto Hidroeléctrico Achibueno tiene la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente,  es por ello que la Empresa  entregó los  antecedentes técnicos, los cuales han sido evaluados  por los diferentes servicios públicos del Estado con competencia ambiental.

    Dentro del Estudio se han incorporado  la evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda, todo lo cual se desarrolla se detalla en el EIA.

    Respecto de los proyectos  turísticos en el fundo La Gloria se señalar, que estas actividades  puede coexistir sin problemas con el proyecto hidroeléctrico Achibueno, ya que el efecto sobre el ecoturismo será controlado.

    Cabe señalar, que el titular realizó un estudio que presenta una visión general del turismo en la zona donde se emplazará el proyecto. Se señala que la actividad turística existente en el área de influencia directa del proyecto (AID) se desarrolla de manera incipiente, lo que se ve reflejado en las condiciones básicas en calidad y nivel de servicio (como falta de electricidad, agua potable y servicios sanitarios) en zonas de camping y picnic, lo que se ve incrementado por la mala accesibilidad hacia sectores como Las Ánimas, Vado Azul, Monte Oscuro y Las Mulas. El turismo se ha generado de modo espontáneo a partir de iniciativas e inversiones del sector privado,  y  la  oferta  de  servicios  turísticos  exhibe  un  alto  nivel  de  fragmentación, especialmente en los rubros de hotelería, restaurantes y agencias de viaje, tendiendo a una mayor concentración en el caso de los servicios de transporte.

    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa

    También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    Además, dada la atención a la participación ciudadana, el titular ha propuesto una alternativa de camino por la ribera sur del río Achibueno, por lo que la línea de interconexión y el camino no pasaría por la propiedad del Fundo La Gloria.   Finalmente se aclara que no existen canales proyectados en esos terrenos y que el tranque se encuentra proyectado al otro lado del río.


    5. 57.2. Rechazamos rotundamente que el PHA altere el curso de las aguas, secando entre otros, 4 kms. de río Achibueno, kilómetros que colindan, amparados por el derecho de propiedad del que soy titular, protegido constitucionalmente. HCL ha formulado su proyecto sin considerar los efectos devastadores que tendrá en la zona, desde el punto de vista ambiental, y de turismo, todo lo cual afecta mi derecho a usar, gozar y disponer de mis  bienes. La  empresa no ha justificado de ninguna manera que no existan otros  proyectos, alternativas o diseños de obras que eviten los perjuicios irreparables que su construcción, eventualmente irrogaría a mi vida, la de mi familia, a nuestros derechos  y bienes. El estudio de Impacto Ambiental realizado por la Empresa, en ningún momento da cuenta de estos antecedentes, únicamente se restringe a estudiar un proyecto e identificar el conjunto de predios que resultarían afectados de materializarse. A este respecto, es indispensable señalar que la empresa tiene obligación primera de “eliminar” (art. 12 letra e, Ley 19.300) los efectos negativos de su  proyecto y para ello, es  indispensable que se entreguen todos  los  antecedentes que señalan que la afectación de mi propiedad es inevitable.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto, como cualquier otro, debe cumplir con la normativa ambiental vigente. Para ello, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participan en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En efecto, el EIA incorpora una evaluación de impacto ambiental sobre una serie de componentes ambientales, identificando efectos y medidas específicas, las cuáles se desarrollan en los capítulos 6, 7 y 8 del documento presentado, así también complementa la información en la Adenda Nº1, Nº2 y Nº3.


    5. 57.3. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación.  El PHA se pretende  desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA como “sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional”, según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2003 (sitio Nº 40 “Alto de Achibueno” en el que se describe el ecosistema como “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de  alta biodiversidad ecosistémica y  paisajística, conteniendo humedades altos andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en  categoría de conservación”), que constituyen parte del hotspot chileno de importancia mundial para  la  conservación de la biodiversidad (Myers et al, 2000; Arroyo et al. 2006) y Hot Sport de Biodiversidad según Internacional Conservación 2004.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior establece que según lo determina la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de conformidad a los antecedentes  técnicos entregados por la Empresa y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, hacen posible determinar que el Proyecto, cumple con las condiciones sectoriales.

    El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) se rige estrictamente a los parámetros de la normativa vigente en el país.

    Sin perjuicio de lo anterior, como lo plantea  la observación en el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”,  definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. Sin embargo, esta zona no ha sido declarada oficialmente como un área protegida. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente.

    No obstante, la Empresa identificó y describió un conjunto de impactos ambientales sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).   Además consideró medidas de mitigación  como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.


    5. 57.4. Proyecto se pretende desarrollar en uno de los últimos  sectores de la precordillera central sin  intervenir. Desde Santiago hasta Temuco todas las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas. El lugar donde se pretende desarrollar el Proyecto es uno de los últimos lugares sin intervenir.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, el Ministerio de Energía.

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que este cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).


    5. 57.5. Región del Maule posee menor representación en el SNASPE  (sólo un 0,6% de su territorio está en protección bajo el Sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile. Vegetación del área de influencia del proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto informa que el Titular ha establecido métodos para compensar algunos componentes ambientales de la flora y fauna, para ello contempla la creación de un área de conservación de 207 hectáreas que posibilite la conservación y recuperación de los ecosistemas representativos que serían afectados por las obras del proyecto.   Esta área de conservación deberá contener parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se perdería como consecuencia del proyecto.   

    Por otra parte, tal como se aprecia en el PAS 102 del EIA, el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.


    5. 57.6. Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE. En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia promedio por Km de río intervenido o desviado: MW / Km), el PHA se encuentra entre los más ineficientes que se haya presentado al SEIA. En efecto, con el proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW / Km de río intervenido (36 Kms según HCL; 44 Kms según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada), Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en río Maule, en calificación), todas producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW / Km de río intervenido. Adicionalmente, el índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía) para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia.   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.

    5. 57.7. Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de proyección de crecimiento exponencial que reportó US$40 millones para la zona en 2078, según información de Sernatur Maule, y afecta seriamente el proyecto “sendero de Chile” en la zona. Al respecto, creemos tener conocimiento del potencial turístico de Chile, atendidos los proyectos que hemos desarrollado en otros lugares de similar belleza y condiciones que éste.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente al respecto señala que según lo establecido por la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporto el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, han sido evaluados tanto en sus efectos como en  las medidas ambientales del mismo, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir, incluido lo referido al Turismo.

    Se constituirá además,  una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    5. 57.8. Voluntad institucional pública y privada para protección del río Achibueno y Rechazo total de la comunidad de Linares al Proyecto. Existe la voluntad política porque el área se conserve, así como los usos que allí se desarrollen sean compatibles con la conservación del lugar, reflejando en numerosos documentos de CONAMA (http://www.conama.cl/portal/1301/article-43424.html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2073 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2072 a 2075, CODEFF Nacional y Regional, Universidad de Talca, Municipio de Linares, etc. Si se permiten estas 2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los afluentes de esta zona (ya hay derechos de aprovechamientos de aguas solicitadas por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    El proyecto Achibueno tiene impactos   acotados, compatibles con el desarrollo del turismo.

    Cabe señalar que toda autoridad pública debe desarrollar sus acciones en el marco de las facultades y condiciones que la ley y las normas establecen, y que en este caso se conducen a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se verificará que el proyecto sea ambientalmente sustentable y que establezca las medidas de mitigación y compensación adecuadas y necesarias a los impactos generados.   Además de garantizar la total objetividad y rigurosidad con que CONAMA y los demás organismos evaluadores abordarán el citado proyecto.

    5. 57.9. Condicionamiento de la aprobación de proyectos hidráulicos según los resultados de la Estrategia de Cuencas. La Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet se comprometió-en su programa de Gobierno- a definir “…una Estrategia Nacional de cuencas que se permitirá identificar en base a la mejor información científica, aquellas cuencas se podrán intervenir, así como las que son de interés preservar. Tomaremos en cuenta los sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad,…condicionaremos la aprobación del proyecto hidráulicos al resultado de la estrategia Nacional de Cuencas”.-

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.57.10. Inexistencia  de  crisis  energética  permite ser más selectivos en la  aprobación de Proyectos Energéticos.  Según datos de la Comisión Nacional de energía (CNE), respecto de la capacidad instalada y el crecimiento en consumo eléctricos (5,4% anual) considerándose solo los proyectos “Limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por el SEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%). Considerando aquellos proyectos en  Etapa  de  calificación ambiental “Limpios”, las necesidades energéticas de nuestro país, están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%); y agregando Hidroaysén, las  necesidades energéticas estarían  cubiertas  hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos  “No Limpios”.  Lo anterior   permite ser más   selectivos en   la   aprobación de proyectos, y   permite desarrollar e implementar  otros  tipos de energía y preservar aquellos  ríos que serán fuentes de  riquezas  para la  biodiversidad  y poblaciones humanas que  lo habitan y visten  en el  futuro.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    5. 57.11.  Informe técnico de empresa especializada y líder en el área objeta de manera clara  y fundada  diversos aspectos  esenciales del EIA del PHA.  Se adjunta Informe elaborado por la empresa GeoHidrología Consultores Ltda. Denominado “Observaciones Estudio de Impacto  Ambiental “Proyecto Hidroeléctrico Achibueno”, mayo 2009, el cual concluye que “los acápites de geología, hidrología e hidrogeología no cuentan con la información mínima requerida para poder realizar una evaluación de impacto ambiental, por parte de la autoridad y de la ciudadanía.  Se destacan como aspectos críticos, los cálculos y modelos hidrológicos utilizados para verificar caudales ecológicos, en conjunto con la pobre descripción hidrogeológica realizada” (Subrayado agregado). Se hace presente que el  equipo de profesionales de GeoHidrología que elaboró este informe es considerado como uno de los más calificados equipos profesionales en estos rubros a nivel nacional, incluyendo a quien lideró este equipo, el Sr. José Francisco Muñoz, Profesor titular del departamento de Ingeniería Hidráulica y Ambiental de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y miembro del DICTUC.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.

    Sin perjuicio de lo anterior el Adenda 1 entrega antecedentes complementarios, que esta Comisión tuvo en consideración al momento de resolver.

    5.57.12. Solicitud que se efectúa en virtud de lo expuesto y dispuesto en los artículos 29 de  la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente  y 49 de Decreto  Supremo 95 publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre del año 2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia solicito a usted tenga por presentada las observaciones  contenidas en este documento y dada  su  gravedad y relevancia rechace el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, por las razones antes expuestas.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, pero es necesario indicar que toda autoridad pública debe desarrollar sus acciones en el marco de las facultades y condiciones que la ley y las normas establecen, y que en este caso se conducen a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.   Sistema que administra la Comisión Nacional del Medio Ambiente y en el cuál los organismos públicos pertinentes, en lo que respecta a sus ámbitos de acción ambientales,  se han pronunciado.   Se debe indicar que la evaluación,   ha establecido las medidas de mitigación, compensación y reparación adecuadas y necesarias a los impactos generados.  

    5. 58.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado  en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó;  Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Linares; Francisco Adriazola Carvallo, domiciliado en Camino El Olivar Nº 1377, Comuna Las Condes, Santiago; Álvaro Rondon Huméres domiciliado en Balmaceda Nº 790, Comuna de Estación Central, Santiago; Daniela Verónica Saldaño Verdugo, domiciliada en Antuco Nº115, Población Santa Cecilia, Comuna de Linares; Grisselle Morales Campos domiciliada en Los Predicadores Nº 50, Linares; Fernando Torres Hernández domiciliado Pasaje Olivos Nº1283, Población Yerbas Buenas, Linares; Constanza Ivonne González Riquelme domiciliada  en Tucapel Nº 452, Concepción; Catalina Alfaro Cerda, domiciliada en Monseñor Escriba B Nº 14415, Santiago; Natalia Ximena Jorquera Peña domiciliada en Hermanos Cabot Nº 8057, Comuna de Las Condes, Santiago; Luisa Benavides Mella, domiciliado en  ampliación Yerbas Buenas  Pje. 1 Casa Nº 10, Linares; Héctor Eduardo Montoya Castro, domiciliado  Yerbas Buenas Nº597, Linares; Paola Angélica Villalobos Ríos, domiciliada en Colo Colo Nº952, Linares; Claudia  Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Rodrigo Astudillo Meza domiciliado en Pasaje Osorno Nº100, Población Santa Cecilia, Linares; Camila de la Paz Méndez Oyanedel domiciliada en Población Germán Segura Nº 53 Linares; Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuente Nº 0019, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en  Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; María Jesús Araneda Fernández domiciliado en Esperanza Nº1162, Linares; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Juan Alberto Bustos Bustos domiciliado en Calle Don Bosco Nº36, Linares; Héctor Pincheira  Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas  Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas  Nº 0188, Linares; Luis Alberto  Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza,  domiciliada en Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Isabel Yánez  alegría, domiciliada en san Pablo Nº 1353 Santiago; Hilda Margarita Hortuvia Morales, domiciliada en Villa Santa Mónica Punta  Arenas Nº 3578 Depto. 104 Santiago; Monserrat Catalina Navarrete  Gurrea, domiciliada en San José Parcela 5 Sitio C Colina Santiago; Eduardo Maturana Santis, domiciliado en  Avda. Maipú Nº 1842 Maipú Santiago; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores Nº 706 Maipú, Santiago.

    5. 58.1. Se  presenta  una  comparación  relativa con metodologías  validadas  para condiciones del continente europeo que son  obviamente inapropiadas dado que el régimen de caudal de los ríos en esa zona no tiene necesariamente semejanza con ríos cordilleranos como el Río Achibueno. De hecho lo anterior se verifica observando las curvas  de la  modelación PHASIB que el  mismo Titular realiza a continuación donde se aprecia claramente que las metodologías de cálculo de caudales ecológicos mediante dichos métodos extinguirían prácticamente por completo la  fauna íctica del río lo cual es claramente un contrasentido.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, y al respecto señala que el modelo utilizado en el EIA  y que es el PHABSIM, es utilizado y por muchos años como metodología para determinar el caudal ecológico en el Continente Europeo, estas metodologías se basan en una larga  experiencia de aplicación en otros ríos, donde si bien algunas características pueden ser distintas, el comportamiento de las especies y su reacción ante cambios del medio es similar.   En base a lo expuesto,  lo realizado en el continente Europeo y en EEUU, se basa en una larga  experiencia, en el cual existen muchos proyectos hidroeléctricos. El caudal ecológico así determinado para el proyecto cumple a cabalidad con su propósito, que es conservar la vida acuática.   Se debe indicar que las metodologías utilizadas para evaluar el caudal ecológico son las de uso común en Chile, la Ley N°20.017 utilizada para la asignación de nuevos derechos de aguas y el código de aguas.     Además, los modelos como el PHABSIM consideran la correlación hidráulica – biológica y de simulación, siendo  por tanto adecuados a los ríos chilenos.

    Finalmente, el estudio de caudal ecológico presentado en el Anexo N del EIA, analizó y comparó los resultados de tres grandes grupos metodológicos con el caudal ecológico determinado por la DGA para ambas centrales.    Es importante señalar que el Adenda 2 que actualmente y en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico.

    5. 58.2. El análisis que se realiza con la metodología del perímetro mojado asume información topográfica  mediante una modelación computacional que no se presenta y que por lo tanto  es  inverificable.   El Titular debe indicar cuales secciones del río midió y presentar topografía georeferenciada. El punto de supuesta inflexión no cuenta con ningún soporte y aparece como arbitrario y por lo tanto donde el titular concluye que el caudal ecológico óptimo para la bocatoma El Castillo sería de 1 m3/s perfectamente podría indicarse que 5 m3/s es aún mejor óptimo, lo mismo para la central Centinela. En efecto, el  supuesto punto óptimo seleccionado para la Central El Castillo corresponde entre un 25 a 50 % del perímetro mojado promedio actual del río dependiendo de la sección escogida, en consecuencia difícilmente puede justificarse que esta sea una variación marginal del perímetro mojado promedio actual del río. Con ello el Titular parece  ignorar  el principal objetivo de este  método que se  basa en  que variaciones marginales del perímetro mojado tendrían efectos menores en la fauna y flora acuática.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y señala que de acuerdo a los antecedentes aportados en el EIA, la topografía indicada utiliza una metodología  del tipo gráfico y se trata de encontrar el punto donde la curva cambia de pendiente (un punto de inflexión).   Lo anterior entrega como resultados para el Castillo  1 m3/s  y para Centinela  2 m3/s.    Las apreciaciones respecto a que valores mayores de caudales serían el “mejor óptimo” no se desprenden del gráfico y no corresponden al objeto de la metodología, que es encontrar obviamente el menor caudal que satisface los requerimientos y obviamente no el mayor valor.   El mayor valor en estos casos sería  no extraer agua del río.  En definitiva lo que se persigue el SEIA es el desarrollo sustentable.

    5. 58.3. Por último el Titular luego de realizar un análisis con la metodología PHASIB con parámetros que no presenta y donde el principal resultado observable es que el hábitat del tollo de agua dulce  correspondiente a una  especie en peligro de extinción se reducirla a un 20-30% de hábitat actual, concluye que, “la situación con proyecto podría convocar un efecto de cierta relevancia correspondiente a la reducción de hábitat de las especies carmelita y el tollo de agua dulce. Sin embargo, es importante destacar que el hecho que se determine una reducción del hábitat  potencial no significa que se atente contra la supervivencia de la especie, puesto que sólo se estarán afectando sectores con determinada preferencia de hábitat localizados dentro del área intervenida por el proyecto. Lo anterior se traducirá en que las especies afectadas deban redistribuirse a lo largo del río, localizándose en aquellos sectores que presenten condiciones más favorables para su desarrollo. Aunque esta redistribución puede no ocurrir de forma natural y debiera incurrirse en primer lugar  en planes de monitoreos y probablemente planes de rescate, traslado o recuperación de hábitat”. Lo que el Titular no hace notar es que la extensión de río intervenida por  el proyecto corresponde a 35 kilómetros equivalente al  45% de la  extensión total del río lo que hace  que el  impacto sobre especies en extinción sea mucho mayor a que si la extensión intervenida fuese de unos pocos kilómetros como en centrales de pasada normales y ecológicamente eficientes. El alto grado de endemismo de estas especies las hace especialmente vulnerables en cuanto a la afectación de sus hábitats naturales. Naturalmente estas especies no migran a  otros  sectores.  Recomendamos que se exija  citar y documentar alguna experiencia de relocalización de fauna ictica nativa.

    En relación a lo anterior se solicita realizar un estudio etáreo de la  población de  bagre chico y tollo de agua  dulce.  Si la proporción de bagres adultos disminuye habrá tres efectos: Una baja tasa de reproducción. Mayor vulnerabilidad ya que serán presas de los salmónidos introducidos. Reducción de la distribución de la especie.

    En consideración a lo anterior, se solicita aumentar el caudal para que el área de habitabilidad de los adultos aumente a un 80%.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que resultados obtenidos por modelación de hábitat para la fauna ictica con problemas de conservación, concluye que la situación con proyecto (para ambas centrales) provocaría un aumento del hábitat disponible para las especies bagre chico y tollo juvenil y tendría un efecto sobre las especies tollo adulto y trucha arcoíris (en ambas centrales) y sobre la carmelita (central Centinela), reduciendo parcialmente su hábitat potencial en la parte superior del tramo intervenido por el proyecto.     El hecho que se determine una reducción del hábitat potencial no significa que se atente contra la supervivencia de la especie, puesto que sólo se estarán afectando sectores con  determinada preferencia de  hábitat  localizados dentro  del  área intervenida por el proyecto. Lo anterior se traducirá en que las especies afectadas deban redistribuirse a lo largo del río, localizándose en aquellos sectores que presenten condiciones más favorables para su desarrollo.

    Adicionalmente esta Comisión establece que el río no tiene sólo 77 km, ya que esto es considerando sólo hasta su confluencia con el río Ancoa,  se debe considerar que estos dos ríos confluyen y se desarrollan hasta su confluencia con el Loncomilla 30 km aguas abajo y 35 km más abajo con el Río Maule, para llegar al mar luego de 215 km.   Es claro que la fauna íctica se desarrolla según sus posibilidades a lo largo del río y sus afluentes y efluentes sin restricciones y que no se puede hacer un seccionamiento arbitrario del río para efectos medio ambientales.

    El EIA entregó un estudio de Caudal Ecológico (Anexo N del EIA), el cual presenta estimaciones de caudal ecológico según métodos hidrológicos (confederación suiza, legislación asturiana, legislación francesa, entre otras), estimaciones según la correlación hidráulica – biológica (perímetro mojado) y estimaciones según simulación de hábitat (modelación Phabsim).
     

    5. 59.  Alex Hernández , Domiciliado en 1 NorteNº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapo;  Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en  Villa Arauco Icalma Nº 0733, Linares; Alvaro Rondon Humeres, liado en  Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago, Daniela Verónica Saldaño Verdugo, Domiciliada en  Pobl. Santa cecilia Antuco Nº 115 Linares; Manuel Jesús Valenzuela Parada, domiciliado en Eyzaguirre Nº 1140 Torre D Depto. 1206 Santiago; Néstor Daniel Becerra Monsalve, domiciliado en  Serrano Nº 973 Linares; Gloria Patricia Carrasco Vásquez, domiciliada en Tegualda Nº 1762 Ñuñoa Santiago; Ignacio Astudillo Meza, domiciliado en  Pobl. Santa  Cecilia Osorno Nº 100 Linares; Roberto Esteban Morales Pedrero, domiciliado en pje Doctor de la Fuente Nº019 Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez, domiciliado en Balmaceda Nº 116, Linares; Raúl Méndez Muñoz , domiciliado en Concordia Nº 13 Pobl. Porvenir, Linares; Jorge Bernal Fernández, domiciliado  en  Lolco Nº 1914 Las Condes Santiago; Carola Castro  Lagos  y María Eugenia Lagos, ambas domiciliadas en  Villa  Santa Sara Andes Nº 1521  Linares; Myriam Marcela  Villar Gómez, M. Miguel León Prado Georgia Nº 1296 Linares; Héctor Pincheira Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas Nº 0188 Linares; Luis Alberto Parra y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Rita Cristina Roa Villegas, domiciliada en Villa Jorge Sánchez Pje. Ramón Carnicer Linares; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez Los Tenores Nº 706 Maipú Santiago.

    5. 59.1 Estando  dentro  de plazo  legal, me dirijo  a usted, a fin de formular observaciones al denominado “Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (PHA)”, actualmente en proceso de calificación ambiental, cuyo titular es la empresa  Hidroeléctrica Centinela Ltda. Por los fundamentos que se exponen en estudio técnico elaborado por la consultora Geohidrología Consultores Ltda. y que adjunto a la presente.  El estudio técnico en cuestión ha sido elaborado por Dr. José Francisco Muñoz, IngenieroAgrónomo/ Magíster Ciencias de la Ingeniería y Gabriela  Collao, Ingeniero  Civil Hidráulico UC.  En general las observaciones  desarrolladas en el  mismo  comprenden una  completa revisión técnica de los aspectos relacionados a la geología, hidrología e hidrogeología del proyecto y donde la conclusión del mismo indica.

    “De acuerdo a la revisión realizada al  Estudio de Impacto Ambiental presentado para el Proyecto  Hidroeléctrico Achibueno, los acápites de geología, hidrología e hidrogeología no cuentan  con la  información mínima  requerida  para poder realizar  una evolución  de impacto ambiental, por parte  de la  autoridad y de la  ciudadanía.   Se destacan, como aspectos críticos, los cálculos y modelos hidrológicos utilizados para verificar  caudales ecológicos,  en  conjunto  con  la  pobre  descripción hidrogeológica  realizada  se recomendaría a la autoridad pertinente solicitar al titular del proyecto aclarar y corregir el  Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo a las observaciones individualizadas en el presente informe”.

    En virtud de lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 29 de la Ley Nº 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y 49 del Decreto Supremo 95 del año 2072, solicito a usted tenga  por presentadas las observaciones contenidas en este documento y dada  su gravedad y relevancia rechace  el Estudio de Impacto Ambiental  del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.

    Sin perjuicio de lo anterior el Adenda 1 entrega antecedentes complementarios, que esta Comisión tuvo en consideración al momento de resolver.

    5. 60.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó;  Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Alvaro  Rondon Humeres, domiciliado en  Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago, Daniela Verónica Saldaño Verdugo, domiciliada en Antuco Nº115, Población Santa Cecilia, Comuna de  Linares; Claudia  Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Ignacio Astudillo Meza, domiciliado en Pasaje Osorno Nº100, Población Santa Cecilia, Linares;  Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuente Nº 0019, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en  Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; María Jesús Araneda Fernández domiciliado en Esperanza Nº1162, Linares; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira  Espinoza, domiciliado  en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017, Linares; Nicholas Enrique Rojas  Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas  Nº 0188  Linares; Luis Alberto  Parra Retamal  y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, domiciliada en Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Isabel Yánez  alegría, domiciliada en san Pablo Nº 1353 Santiago; Monserrat Catalina Navarrete Gurrea, domiciliada en San José Parcela 5 Sitio C Colina Santiago; Eduardo Maturana Santis, domiciliado en  Avda. Maipú Nº 1842 Maipú Santiago; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores Nº 706 Maipú Santiago; Jacqueline Romo Valencia, domiciliada en Pasaje Los Tucanes, Santiago; Elsa Maureira M., domiciliada en Pasaje Malalhue N°182, Santiago; Patricio Navas Rodríguez, domiciliado en René Scneider N°0173, Linares; Nicolás Hidalgo Collao, domiciliado en Avda. Vicuña Mackenna N°693, departamento 5, Santiago; Juan Herrera Oyarzún, domiciliado en Ramón Olate N°1361, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia Lagos ambas domiciliadas en Villa Santa Sara Andes N°1521, Linares; Alvaro Bustos Vera-Pinto domiciliado en Don Bosco N°36, Linares; Pedro Jorge Arriagada Cameratti, domiciliado en Villa Pablo Neruda, Pasaje Poema 20 N°823, Linares.

    5. 60.1. En relación al capítulo 5.3.1 de la  línea base del EIA dedicado a la caracterización de Clima y Meteorología, el EIA no se hace cargo del dinamismo climático ni de las consecuencias que este tendrá a futuro en la capacidad de generación eléctrica del proyecto, tanto en cantidad como en disponibilidad a lo largo del año. En particular, los cambios que se  prevén  debido  al calentamiento global  harán  disminuir  las precipitaciones y subir las isotermas 0, con lo cual las reservas de agua en forma nivosa para las épocas secas ya no estarán disponibles.

    De acuerdo al  estudio “Estudio de la  variabilidad climática en chile para el siglo XXI, Informe Final” encargado por CONAMA y entregado en diciembre del 2076, las precipitaciones en Chile Central sufrirán una disminución notable. Asimismo, debido al aumento de temperaturas, el informe sostiene que hacia el año 2046 la isoterma 0 podría subir entre 300m y 500m. En este escenario, considerado el más probable, el agua disponible para generación disminuye y las reservas nivosas también, con lo cual, además de haber menos agua, ésta se  concentrará  en los meses lluviosos aún más que hoy.

    Es crucial que se incorporen de una manera aterrizada los cambios climáticos proyectados. Sin bien es imposible tener certeza de la magnitud de los cambios por venir, no se puede  cerrar los ojos  y pretender que a futuro presidente de la Comisión Nacional de Energía, plantea en el documento “Política Energética; Nuevos Lineamientos”, publicado el 2078 por la CNE que: “el desarrollo futuro de la hidroelectricidad debe considerar los cambios significativos en el régimen hidrológico que se espera en el país como resultado del cambio climático”. Estos cambios no están incorporados en las estimaciones que tiene el Proyecto de su capacidad  futura de generación de energía.

    Por lo tanto, espero que las observaciones y comentarios antes referidos puedan contribuir y aportar antecedentes que permitan  a los  órganos de la Administración del Estado cumplir con lo dispuesto en los artículos 23 y siguiente del Reglamento de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y demás normas pertinentes, en cuanto a la obligación de informar sobre si el Proyecto cumple con la normativa ambiental en el ámbito de sus respectivas competencias.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la inquietud, sin embargo podemos señalar que el EIA, en alguna medida, se hace cargo del dinamismo climático, especialmente de las precipitaciones, diseñando las  obras  en  función de  la  disponibilidad probabilística de  los recursos hídricos, es por esto que toda obra de aprovechamiento energético en base a la energía cinética y potencial del recurso agua (dinámico), se diseña con probabilidad de excedencia, así  mismo  se  cuantifica la  variable  meteorológica precipitación, también con probabilidades de excedencia tal como se indica en el acápite 5.3.1.4.2 del EIA del Proyecto. En resumen, el Estudio consideran las probabilidades de disponibilidad del recurso para diseñar y aproximar la potencia a generar por cada una de las centrales, estos factores  son  importantes para  determinar finalmente la  factibilidad técnico-ambiental y económica del Proyecto.

    Respecto de lo indicado en el “Estudio de la variabilidad climática en chile para el siglo XXI, Informe  Final”,  el Titular indica que es  importante  definir  que  el  estudio  realizado  por  el  Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile, cuyos resultados se entregan en el informe mencionado, consideraron para la modelación de las condiciones futuros dos escenarios globales, estos corresponde a los escenarios B2 y A2. Tal como menciona este, los escenarios A2 y B2 se diferencian en  tres  aspectos  socioeconómicos globales:  crecimiento demográfico, política ambiental y equidad social. En A2 el aumento de población es rápido en tanto que en B2 es moderado; tanto en ambiente como equidad existe un deterioro en A2, al paso que en B2 hay un progreso.

    En este contexto, los resultados se presentan en un escenario muy desfavorable y severo, que pretende reflejar una globalización que no toma ningún tipo de medida para disminuir las emisiones tanto en países desarrollados como en vías de desarrollo, manteniendo un incremento sostenido de los gases de efecto invernadero. Sin embargo, hoy en día, se están aplicando a nivel global y nacional, medidas para reducir las emisiones para que escenarios como estos no se presenten a futuro, por ejemplo el mismo Protocolo de Kioto. Por lo que un escenario como el que presenta la observación está condicionado. Las estimaciones realizadas para este estudio no necesariamente se presentarán y de hecho es difícil que se presenten en los niveles de magnitud  mencionados, sin  considerar  variables  como  el  avance  de  la  tecnología  que  ha permitido incorporar mejores sistemas que disminuyen las emisiones de GEI.

     5. 61.- Nombre: Alex Hernández , Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó;  Javier Antonio Cisterna Vásquez. Lincoyán con Santiago Nº 724 Belloto Norte, Quilpue; Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Alvaro Rondon Humeres, domiciliado en Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago; Carlos  Camerati Picasso, domiciliado en  Fundo San Gabriel  s/n  Linares; Sylvia Suárez Ramírez, domiciliada en Travesia Nº 743 Linares; Gloria Patricia Carrasco Vásquez, domiciliada en Tegualda Nº 1762, Comuna de Ñuñoa, Santiago; Claudia  Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia Lagos, ambas domiciliadas en  Villa  Santa  Sara Andes Nº 1521  Linares;  Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas Buenas Nº 0188, Linares; Luis Alberto Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Camilo Allende Castro domiciliado en los Ceibos Nº 178, Maipú,  Buin; Jimena Yánez Alegría, domiciliado en San Pablo Nª 1353 Santiago; Andrés Arturo Alcayata  Zúñiga, domiciliado en  Villa  Jorge Sánchez Salas Pje. Ramón Carnicer Nº 273 Linares; Monserrat Navarrete Gurrea, domiciliada en San José Parcela 5 Sitio C Colina Santiago.

    5. 61.1. El titular no realiza un análisis de potenciales riesgos de erosión producidos por caminos, canales y tendidos eléctricos especialmente aquellos que se presentan en pronunciadas pendientes con evidente riesgo de  remoción de masa debido a la  remoción de cubierta vegetal y bosque nativo.  El valor ambiental del impacto  en la  alteración de laderas resultó evaluado como “Alto”.  Sin embargo, consideran que este impacto  no es relevante. El Titular debe presentar un análisis serio en relación a las obras necesarias para evitar erosión y deslizamiento.

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior, como se indica  en el estudio (acápite 6.3.3 del EIA ) en el componente ambiental Geomorfología, el potencial riesgo de erosión producido por la construcción y mejoramiento de caminos, se ve disminuido debido a que se utilizarán mayormente las vías existentes (huellas o caminos), con el fin de minimizar costos, plazos e intervención de vegetación y laderas, lo que a su vez minimiza el impacto ambiental. Es por esto que un gran porcentaje de los caminos considerados para el Proyecto corresponden a mejoramiento de los mismos o mejoramiento de huellas existentes, aprovechando así las plataformas, además de evitar la alteración de nuevos sectores y laderas, minimizando la remoción de la cubierta vegetal, y manteniendo así los niveles de erosión y remoción en masa ya existentes en un escenario sin Proyecto.  Con respecto a la evaluación de impacto ambiental, se indica que la metodología utilizada para valorar el impacto es ampliamente utilizada en Estudios de Impacto Ambiental. Dicha metodología se detalla en el acápite 6.1.3 del EIA, y tal como se indica en el EIA, el valor total del impacto ambiental es en función de varios parámetros entre  los  cuales  está  el  Valor  Ambiental, cuya valoración es “alto”, debido a que la modificación de este componente afecta la calidad basal original.  

    Respecto de los caminos, estos contarán de acuerdo a lo señalado por la normativa vigente con un saneamiento longitudinal a la largo del trazado, consistente en cuentas, fosos, contrafosos y bajadas de agua según corresponda, los cuales evacuarán en obras de arte ubicadas en las quebradas, por lo que no se espera que se produzcan erosiones ni deslizamientos.  En el caso de los canales el emplazamiento es en zonas de corte, por lo que la evacuación de la aguas lluvia se mantiene por la condición actual que es por las quebradas existentes, para las cuales se proyectan atraviesos que mantengan este escurrimiento.  Para los tendidos eléctricos, la generalidad es que luego de hacer las fundaciones de las estructuras se  rellenará  con  un  material  clasificado  y  compactado, para  posteriormente recuperar la  cobertura vegetal. Cuando existan estructuras en  zona de  pendiente, si  es necesario  el Titular señala que construirá  obras  de  contención  que  eviten  que  se  produzcan  cárcavas  o erosiones.

    5. 61.2. La  caracterización de los tipos de suelo del área afectada no menciona el hecho de que hay sectores que presentan suelos aptos para producción agrícola. Se trata de algunas de las terrazas fluviales, en las cuales históricamente hubo cultivos en forma artesanal. Por ejemplo, en el sector de La Gloria se cultivaba trigo hasta hace pocos años en las terrazas fluviales, utilizándose un canal  para el riego de estas terrazas. En el sector de la confluencia del Estero Potrero Grande también se ha cultivado. Aguas debajo de la  confluencia entre el río Las  Animas y Río Achibueno también existen sectores cultivados. Lo anterior puede confirmarse mediante simple observación en Google Earth.  Algunos de estos sitios se verán  afectados  por las  obras de captación y decrecimiento en el  nivel del río.  El estudio de la línea base y el impacto del proyecto sobre estos terrenos está subvalorado.

    La Comisión Regional, considera pertinente la observación y al respecto indica que el  levantamiento de suelos para la línea base de Edafología que forma parte del acápite 5.3.4 del EIA, se efectuó sobre el área de influencia directa (AID) del Proyecto definida, la cual considera aquellas áreas donde se manifestarán los efectos del Proyecto, producto de las obras y/o acciones del mismo, en sus etapas de construcción y operación. Por lo tanto, sobre dicha área el Titular, realizó la caracterización del suelo, la evaluación de los potenciales impactos y las medidas para mitigar, reparar o compensar los impactos identificados,  no considerando los sectores fuera del área en estudio.

    Cabe destacar que los sectores que presentan suelos aptos para la producción agrícola son mencionados por el Titular en la línea base de Uso de suelo (acápite 5.7 del EIA), la que identifica los terrenos de uso agrícola presentes en el área de influencia directa, utilizando para ello, la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT).

    Así mismo, desarrolla la Evaluación de Impactos de Uso de Suelo del EIA, identificándose el impacto Afectación de terrenos de uso agrícola (US-USU-CON-01), en el se indica la superficie y el porcentaje de afectación de los terrenos de uso agrícola en el área de ocupación de las obras y/o instalaciones del Proyecto, además, se evalúa y califica dicho impacto con un  valor de  hasta -42, que representa un  impacto negativo moderadamente significativo.

    Adicionalmente, en el Anexo I Permiso Ambiental Sectorial del Art. 96 del EIA y en respuesta a la observación N° 1.74 de la Parte 1 de la Adenda Nº 1 en el Anexo 6 Caracterización Física y Química de los Suelos en los Depósitos de Marinas de la presente adenda, se entrega la caracterización de los suelos que presentan aptitud para la producción agrícola.

    Respecto a las obras de captación y decrecimiento en el nivel del río, la Dirección General de Aguas al asignar los derechos sobre el río Achibueno, estableció un caudal ecológico de 3 m3/s para ambas centrales (Resolución DGA Nº 149 de 1990) y se realizó un estudio de caudal ecológico (Anexo N Parte 2 del EIA), donde se concluye que el caudal ecológico asignado por la DGA es apropiado y cumple con las normas de carácter hidráulicas e hidrológicas establecidas y  representa en  suma  un  efecto  de  significancia medio  bajo  según  las  metodologías de simulación de hábitat. Por lo que no se verán afectados mayormente los escasos terrenos de uso agrícola.

    5. 62.- Nombre:  Alex Hernández, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó;  Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Alvaro Rondon Humeres, domiciliado en Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago; Ramón Montero Portilla, domiciliado en Los Acanto Nº 1604, Depto. 1201 Vitacura, Santiago;  Claudia Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en  Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia Lagos, ambas domiciliadas en Villa Santa Sara Andes Nº 1521 Linares; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira  Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas Nº 0188, Linares; Luis Alberto  Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Yánez Alegría, domiciliada en San Pablo Nº1353 Santiago; Hilda Olivia Morales Morales, domiciliada en Villa Alta Mónica, Punta Arenas N° 3578, Depto. 104, Santiago; Eduardo Maturana Santis, domiciliado en Avda. Maipú Nº 1842 Maipú Santiago; Mauricio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores Nº 706 Maipú, Santiago.

    5. 62.1. Pareciera ser, a juzgar por como se han desarrollado algunos de los últimos procesos de evaluación ambiental para proyectos de generación eléctrica, que existe  la voluntad a nivel de gobierno de aprobar, como sea, todo proyecto de generación que se  presente.   Las instrucciones de la directora de CONAF, señora Catalina Bau, a sus subalternos para que  aprobarán  los  proyectos de Alto Maipú y del Parque Nacional  Puyehue, pese a la  oposición legítima de los encargados regionales por contravenir estos proyectos leyes específicas y la escandalosa aprobación ambiental de la Termoeléctrica Los Robles son  manifestaciones de  este fenómeno que se ampara  en  una errada  sensación de que seguimos en una crisis energética. Crisis, que por lo demás, resulta muy conveniente para quienes presentan  proyectos  que normalmente, sin crisis, no contarían con el respaldo de la opinión pública.

    Esta Comisión Regional considera importante señalar que respecto al proceso de calificación ambiental de los proyectos, existe un procedimiento que es de conocimiento público y se refiere a la normativa ambiental que regula las condiciones por las cuáles la autoridad debe tomar sus decisiones en el marco del SEIA. Esto es, en términos generales, la revisión de los antecedentes que presenta el Titular, la generación de informes sectoriales por parte de los órganos con competencia ambiental que participan de la evaluación, las solicitudes para acceder a nueva información, incluido el Reglamento de sala que regula las actividades de la Comisión Regional del Medio Ambiente, las votaciones de dicho cuerpo colegiado y los recursos de reclamación que son posibles de presentar una vez calificado el Proyecto en cuestión.

    5. 62.2.  Pero la verdad es que ya no estamos en crisis. Basta ver los datos publicados por la CNE respecto a capacidad instalada y el crecimiento en consumo eléctrico por un lado y los proyectos de generación eléctrica que ya han sido  aprobados por el SEIA y que se encuentran en desarrollo para darse cuenta de que nuestras necesidades energéticas estarán cubiertas por los próximos diez años.  Los siguientes datos pueden ser corroborados en las páginas Web de la CNE y del E-SEIA.

    Esta comisión considera pertinente la inquietud y al respecto puede señalar que no corresponde a la autoridad ambiental comentar el desarrollo del escenario energético del país sino más bien evaluar si los proyectos que se le presentan cumplen con la normativa ambiental vigente.  En este ámbito los escenarios que fija la autoridad energética, sirven como marco de referencia y plantean, en general, horizontes temporales mayores a los diez años. Conforme lo anterior, los oferentes elaboran sus respectivos planes de inversión, los cuáles deben ser sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), para que la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) califique el Proyecto.
     
    5. 62.3  Hoy  el SIC tiene una capacidad instalada de 9385 MW. El consumo de energía durante el 2078 del SIC fue de  41804 GWH, consumo que durante los últimos 12 años ha crecido a una tasa  promedio de 5.4%.. Hoy se encuentran aprobados ambientalmente proyectos de generación “limpios” – entiéndase por limpios aquellos que no son ni a petróleo ni a carbón por una potencia total adicional de 4046 MW, con una capacidad  de  generación anual de 24000 GWH.  En el  improbable escenario de que el consumo energético del SIC siguiera  creciendo a una tasa  de 5.4% anual, los proyectos de generación “limpios” ya aprobados suplirán nuestras necesidades energéticas hasta  el año 2017. Adicionales a los ya  aprobados, hay proyectos de generación “limpios” en proceso de calificación por una  potencial adicional de 1528 MW, con lo cual se garantiza el suministro  eléctrico del SIC hasta el año 2018. Y para respaldo ante eventualidades, como pudiera ser el caso de una gran sequía, hay proyectos de generación “no limpios”, ya aprobados ambientalmente por una  potencia adicional de 4270 MW y otros 4119 MW en proceso de calificación, en total casi el equivalente a la actual potencia instalada del SIC. Las cifras mencionadas para proyectos “limpios” no consideran los eventuales 18430 GWH anuales que aportarían las centrales de HidroAysén en caso de materializarse.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental,  le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).   Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, y como se señaló no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    5. 62.4. Una ventana de tiempo de diez años  nos permite  ser más selectivo en qué proyectos se aprueban  y  cuáles  se rechazan.  Permite, por ejemplo, esperar que bajen  los costos de implementar centrales termo solares en la II y III Regiones. Permite recorrer buena parte del  camino necesario para construir y operar  una central nuclear.  Permite aumentar el  incipiente  parque  eólico, de enorme potencial y avanzar en  exploraciones para centrales geotérmicas. Y permite no tener que sacrificar cada  río de nuestro país para generar electricidad.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la inquietud, y al respecto señala que es el Ministerio de Energía quien fija para los próximos años la aplicación de regulaciones, subsidios e inversiones en los ámbitos señalados en la observación. Los privados, concurren y participan, consecuentemente con proyectos que deben cumplir con la normativa ambiental vigente y someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En este sentido, el trabajo que hacen los órganos del Estado con competencia ambiental sobre los antecedentes del Proyecto que se encuentran a la vista en el expediente de evaluación, tiene por objetivo evaluar tanto la identificación y valoración de los impactos que la iniciativa genera, como la oportunidad y pertinencia de las medidas propuestas para hacerse cargo de los efectos identificados.

    Hidroeléctrica Centinela presentó su proyecto sobre la base de estudios y antecedentes concretos.   La empresa debe velar por que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) cumpla con la normativa vigente.

    En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporta el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, deben evaluar tanto los efectos como las medidas ambientales del Proyecto, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) deberá ponderar el conjunto de argumentos que forman parte del expediente de evaluación y decidir, conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5. 62.5. Es un mito el que las centrales de pasada son   innocuas. Es cierto, no generar emisiones de  CO2, pero el impacto que tiene la  construcción de una central de paso en el ecosistema de un río y en su potencial turístico puede ser tremendo. Nuestros ríos son un tesoro de todos los chilenos.  Son fuente de vida tanto  para los ecosistemas que albergan  como para  nosotros  mismos.  Sólo por el hecho de que podamos  nosotros gozarlos  en su estado natural y aumentar nuestro bienestar y el de nuestros hijos. Son fuente de futuras riquezas  para nuestro país en la medida de que se desarrolle el potencial turístico que indudablemente tienen. ¿Por qué debemos aceptar que una cuenca se destruya simplemente por el hecho de que el desnivel de sus  aguas posee un potencial energético? ¿Más  aún si ni hoy ni mañana tendremos necesidad de ese potencial adicional? ¿Debemos todos los chilenos, acaso, sacrificar nuestro tesoro común por el sólo beneficio de un inversionista?

    La Comisión Regional considera valida la inquietud y al respecto igual que en la respuesta anterior, debemos señalar que es el Ministerio de Energía, como órgano competente, el que fija para los próximos años en el país las opciones de generación que conforman la matriz energética.

    Sin perjuicio de lo anterior, este Proyecto debe cumplir con la normativa ambiental vigente y someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), o objeto de que la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA) pueda calificar el Proyecto, ponderando los antecedentes que tenga a la vista y que forman parte del expediente de evaluación.

    Asimismo, el Proyecto se diseñó pensando en evitar una intervención mayor del entorno, con efectos locales controlados.  El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.   El Proyecto contempla, entre otras cosas, la construcción y el mejoramiento de 90 kilómetros de caminos.

    5. 62.6.  Hay ciertos ríos en nuestro país que, por sus características excepcionales, debieran conservarse en  su  estado  natural, para goce, nuestro  y de las futuras  generaciones de chilenos y para preservar su valiosa biodiversidad; incluso en calidad de productos de exportación.  Es el caso del Río Achibueno.  El PHA contempla  hacer dos  centrales de pasada.  Una de esas centrales tiene un aporte tan  marginal que equivale a tan sólo el 0,3% del consumo energético del SIC en el  2078 y destruiría una de las  cuencas  más hermosas y mejor conservadas de Chile Central, y uno de los últimos ríos de Chile Central sin intervenir. Es un río único en cuanto a belleza, biodiversidad y estado de conservación. Lo bueno es que se puede perfectamente prescindir de su potencial energético porque ya estamos cubiertos  para  los próximos diez años y existen  otras alternativas para alimentar energéticamente el progreso de Chile. No nos equivocamos, tiene  más valor  para Chile  conservar este río tal como ésta  que  transformarlo en  un mero excedente de nuestra matriz energética.

    La Comisión Regional considera valida la inquietud y al respecto señala que son las autoridades de Gobierno las encargadas de determinar los escenarios, estrategias, regulaciones, planes y acciones a seguir en materia energética. En efecto, la Comisión Nacional de Energía (CNE) ha fijado un horizonte para los próximos años que incluye la aplicación de regulaciones, subsidios e inversiones en los ámbitos señalados en la observación. Los privados, concurren y participan, consecuentemente con proyectos que deben cumplir con la normativa ambiental vigente y someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En este sentido, el trabajo que hacen los órganos del Estado con competencia ambiental sobre los antecedentes del proyecto presentados y que se encuentran a la vista en el expediente de evaluación, tiene por objetivo evaluar tanto la identificación y valoración de los impactos que la iniciativa genera, como la oportunidad y pertinencia de las medidas propuestas para hacerse cargo de los efectos identificados.

    Por tanto, existe una normativa ambiental y un marco regulatorio que éste o cualquier proyecto debe cumplir, conforme los antecedentes técnicos que se sometan a evaluación. En este marco, la decisión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), debe ponderar el conjunto de argumentos presentados y decidir conforme constituye un cuerpo colegiado que está mandatado para resolver la calificación de los proyectos que se someten al SEIA.

    5. 63.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado  en 1 Norte  Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó; Roberto Salazar Ortega, domiciliado en Ecuador Nº 1222 La Cisterna Santiago; Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Álvaro Rondon Huméres domiciliado en Balmaceda Nº 790, Comuna de Estación Central, Santiago; Francisca C. Lobos Loyola, domiciliada en Pasaje John Cristal Nº 1038, Linares; Gloria Patricia Carrasco Vásquez, domiciliada en Tegualda Nº 1762, Comuna de Ñuñoa, Santiago; Claudia Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Ignacio Astudillo Meza, domiciliado en Pasaje Osorno Nº100, Población Santa Cecilia, Linares; Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019, Linares; Leonardo Zurita, domiciliado Villa Federico Gana Nº985 Linares; Andrés Alejandro Alcayata Roa domiciliado en Pasaje Ricardo Ruiz Nº1948, Villa María del Valle, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Carola Castro Lagos y María Eugenia Lagos ambas domiciliadas en Villa Santa Sara Andes Nº 1521 Linares; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira Espinoza, domiciliadoen Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas  Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas  Nº0188, Linares; Luis Alberto  Parra  Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Yánez Alegría, domiciliada en San Pablo Nº1353 Santiago; Eduardo Maturana Santis, domiciliado en Avda. Maipú Nº 1842 Maipú Santiago; Mauricio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores Nº 706 Maipú, Santiago; Monserrat Navarrete Gurrea, domiciliada e San José Parcela 5 Sitio C Colina Santiago ; Iris Elena Vera –Pinto Retamal, domiciliada en Don Bosco Nº 36 Linares; Camilo Allende Castro, domiciliado en Los Ceibos Nº 178, Maipú, Buin;

    5. 63.1. ¿Cómo se compensará el daño y la pérdida de especies forestales  con  problemas  de conservación?

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación planteada y al respecto  señala que el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno ha considerado un conjunto de medidas de manejo ambiental tendientes a mitigar, reparar y/o compensar los impactos del Proyecto sobre el medio ambiente y, en particular, sobre la flora y vegetación terrestre. Ello se materializa en las propuestas incorporadas en el EIA dentro del Capítulo 7, “Programas de Manejo Ambiental”. En este punto, se detallan los planes de mitigación, reparación y/o compensación que indica el artículo 12, letra h) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del  SEIA, Decreto Supremo Nº  95/2071 del  Ministerio Secretaría General de la Presidencia), cuyo propósito es minimizar y/o reparar los efectos adversos que un Proyecto o actividad generará. Entre estos efectos adversos se encuentra la pérdida de individuos arbóreos con problemas de conservación, pero en ningún caso la pérdida de las especies como taxa.

    Con respecto a las medidas de compensación, el Proyecto ha propuesto la conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación (PC-FVT-01) y la creación de un área de conservación (PC-INT-01), de tamaño igual o superior a la superficie de unidades vegetales de mayor valor ecológico que serían intervenidas. La primera medida considera actividades tendientes a la conservación ex situ e in situ del germoplasma contenido en las poblaciones de las especies en categoría de conservación que se encuentran en el área de emplazamiento del Proyecto. Ejemplos de estas actividades son rescate y relocalización de individuos, colecta de semillas bajo criterios especialmente establecidos para este fin por el INIA, viverización de ejemplares y plantación. Adicionalmente se ha considerado la colecta y envío de semillas de individuos de las especies en categoría de conservación al banco de semillas del INIA, para lo cuál el Titular cuenta con un documento de respaldo emitido por dicha institución referido al proceso de eventual recepción y almacenamiento de las semillas colectadas (ver respuesta a observación 7.21.1 Parte 7 de la presente Adenda). Con especto al área de conservación, se espera que ésta contenga parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y fauna que se perdería como consecuencia del Proyecto. Al mismo tiempo, esta área podría utilizarse como un área de recepción de parte del material vegetal considerado en la medida de conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación (PC-FVT-01).

    Adicionalmente el Titular debe dar cumplimiento a todos los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5. 63.2. ¿Qué pasará con las especies ribereñas o que dependen del cauce normal de río?, ¿cómo se verán afectadas por la disminución del caudal y que medidas hay para compensar estos? Por ejemplo el caso de Eucriphya glutinosa catalogada como RARA.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular  establece la “Evaluación del efecto de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña  del  río  Achibueno”.   En dicho  Estudio  (EIA) se señala una “Caracterización de la flora y vegetación asociada a las riberas del río Achibueno: Sector Pejerrey – Chapa Verde”. En dicho informe se concluye la presencia de ejemplares de la especie Guindo Santo (Eucryphia glutinosa) en la vegetación presente en sectores específicos de la ribera del río en referencia, en el tramo entre la zona de captación y restitución de agua de las centrales hidroeléctricas.   Al respecto, se identificó el Impacto “Pérdida de flora y vegetación ribereña el área comprendida entre la captación de la central El Castillo y las obras de reposición de la central Centinela”. Este impacto fue calificado como Leve para todo el tramo del río Achibueno que sería afectado por la operación de las centrales El Castillo y Centinela, no teniendo ningún efecto significativo a nivel poblacional sobre la gran mayoría de las especies que se encuentran presentes en la ribera del río Achibueno. El efecto generado por la operación se hará significativo para aquellas especies cuyos requerimientos hídricos son muy altos y que su presencia en esta cuenca está estrechamente relacionada con el actual régimen de caudales del río Achibueno. Entre estas especies se encuentran Cortaderia araucana, Cyperus eragrostis, Eleocharis albibracteata, Equisetum bogotense, Gunnera magellanica y Eucryphia glutinosa, todas de amplia distribución geográfica, a excepción de E. glutinosa, la cual se encuentra presente sólo entre la VII y IX Región, es endémica de Chile y está considerada como una especie Rara.  Considerando los antecedentes expuestos anteriormente, el Proyecto incorpora la especie Eucryphia glutinosa (guindo santo) en la medida de compensación “Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación” Esta medida considera estrategias de conservación in situ y ex situ, orientadas a conservar y proteger el germoplasma de los individuos de esta especie que potencialmente pudiesen ser afectados por el proyecto.    Adicionalmente deberá dar cumplimiento a todos los requisitos establecidos por la Ley 20.283  sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5. 63.3. ¿Cuáles son las especies anuales que crecen en periodo estival?, ¿cuántas hay en categoría de conservación y qué  medidas se tomarán para mitigar el impacto, sobre todo en el caso de las  tuberosas que crecen a gran  profundidad y son difíciles de transplantar?

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que el Titular proporciona en el EIA un  listado de especies de flora vascular identificadas en el área de influencia del Proyecto, en el se establece que  se encontraron 169 especies herbáceas, de ellas 108 son nativas (autóctonas) y 22 son endémicas de Chile. Del total de especies herbáceas, 108 especies corresponden a plantas perennes, varias de las cuales son plantas geófitas (tuberosas); mientras que las 61 especies herbáceas restantes son plantas anuales. Ninguna de las especies herbáceas detectadas se encontraban en alguna categoría de conservación. (Capítulo 5 del EIA, acápite 5.4.1.4.3, (tabla 5.4.1-8)

    El efecto del Proyecto sobre estas especies ha sido considerado como “Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto”. ( acápite 6.4.1.1 del EIA) Asimismo, el Proyecto considera las medidas ambientales tendientes a mitigar, reparar y/o compensar el impacto del Proyecto sobre estos taxa, en particular mediante las medidas “Protección de la flora y fauna nativa”, “Restauración en las obras provisorias” y “Creación de un área de conservación.”

    5. 63.4. ¿Qué rol cumple el cauce actual e histórico del río en la dispersión y propagación de especies vegetales? ¿cómo esta  función ecológica se verá afectada al disminuir el caudal?

    La Comisión considera pertinente la observación, y al respecto señala que el Proyecto establece sobre la flora y vegetación asociada a las riberas del Achibueno, la “Evaluación del efecto de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña del río Achibueno”, en ella se entrega, el documento “Caracterización de la flora y vegetación asociada a las riberas del río Achibueno: Sector Pejerrey – Chapa Verde”. Así también, se hace referencia, se entrega el documento denominado “Evaluación del impacto de la operación de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña del río Achibueno”.

    Por lo anterior se entrega una descripción de la flora y vegetación terrestre asociada a la ribera del río Achibueno entre el sector Pejerrey y Chapa verde, que corresponde al área comprendida entre la captación de las aguas de la central El Castillo y las obras de reposición de las aguas de la central Centinela. Dicha descripción se ha hecho considerando plenamente lo establecido en el Artículo 12, letra f) del D.S 95-2071 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

    El Proyecto considera también la “Pérdida  de  flora  y  vegetación  ribereña  el  área comprendida entre la captación de la central El Castillo y las obras de reposición de la central Centinela”. Este impacto fue calificado Leve para todo el tramo del río Achibueno que sería afectado por la operación de las centrales El Castillo y Centinela, no teniendo ningún efecto significativo a nivel poblacional sobre la gran mayoría de las especies que se encuentran presentes en la ribera del río Achibueno.

    Considerando los antecedentes expuestos el Titular incorpora la especie Eucryphia glutinosa (Guindo  Santo)  en  la  medida  de  compensación  PC-FVT-01:  “Conservación  de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación” establecida en acápite 7.2.2.1.3 del Capítulo 7 del EIA. Esta medida considera estrategias de conservación in situ y ex situ, orientadas a conservar y proteger el germoplasma de los individuos de esta especie.

    5. 63.5. ¿Cuál es el valor que otorgan las especies endémicas al paisaje?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente establecer que el término Paisaje se entiende como la manifestación visual o externa del territorio, derivada de la combinación de una serie de factores físicos, como son la geomorfología y el clima y factores biológicos como la vegetación y la fauna, así como la incidencia de perturbaciones de tipo natural y de origen antrópico. Este paisaje se genera a partir de lo que un “observador” es capaz de percibir de ese territorio fundamentalmente por su visión, junto con la participación de los demás sentidos.

    Al respecto, la vegetación asume una gran importancia en la caracterización del paisaje visible ya que constituye, por lo general, la cubierta del suelo. En la evaluación de un paisaje no se suelen evaluar los individuos diferenciados, sino constituyendo formaciones monoespecificas o  pluriespecificas de  variada  fisonomía y  su  evaluación y ponderación está directamente relacionada con sus atributos visuales (color, texturas), espaciales (distribución, variedad de formaciones, coberturas) y  estructurales (desarrollo vertical y/o horizontal de la vegetación), lo anterior sin perjuicio de que algún ejemplar pueda constituirse como un hito visual por su singularidad. Esta misma situación sucede con la valoración de la fauna, cuya ponderación va en directa relación con la posibilidad de apreciarla directamente valorando su permanencia, grado de atractivo visual, o riqueza de especies.

    Por lo tanto, más que valorar especies por ser propias y exclusivas de determinadas localidades o regiones, se analizan los aspectos derivados de las características integradas, tanto espaciales como estéticas.

    5. 63.6 ¿Cuál es el valor que otorgan los profundos pozones y sus aguas cristalinas al paisaje de río y como la  disminución del caudal afectará este valor escénico? ¿Cómo se verá afectada la calidad y cristalinidad del agua al disminuir el caudal? ¿Que especies acuáticas de algas proliferarán? ¿Cuál será el control ecológico sobre estas? ¿Cómo esta pérdida escénica y de pureza afectara el turismo?

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación, y desde una perspectiva local los pozones presentes en el río Achibueno aumentan la belleza escénica del entorno inmediato, puesto que la presencia y características con que se manifiestan imprimen un importante grado de singularidad al paisaje local. No obstante, desde una escala mayor de análisis, sobre la cual se realizan los estudios sobre el componente paisaje  estos sectores pierden su relevancia, dado que pasan a formar parte de una superficie mayor donde domina la diversa configuración geomorfológica de la cuenca del río Achibueno.

    Los pozones del río Achibueno presentan un valor paisajístico reconocido por la comunidad local, correspondiendo a un recurso escénico que permite el desarrollo de actividades de recreación principalmente durante la época estival.

    Respecto de la observación en particular, esta Comisión señala que  las alteraciones en el régimen de caudales del río Achibueno, no generarían una variación significativa de los factores y elementos que componen el paisaje.

     En este sentido, si bien los pozones del río registrarían un cambio bajo la línea de base establecida, en términos de su actual régimen, se dejará escurrir en forma permanente al menos el caudal ecológico para la preservación del equilibrio ecológico. Por otra parte, adicional al caudal ecológico se sumará también el aporte de diversos esteros con una contribución hídrica significativa, entre estos se destaca: la quebrada La Leona, Los Perros, el estero Los Copihues (ver Anexo N parte 2 del EIA, Informe de “Caudal Ecológico”). Según este escenario el desarrollo de las actividades recrativas  que se realizan habitualmente en la zona (El Morro) permanecerán sin alteraciones, ya que este pozón está aguas debajo de la descarga de la central Centinela y por lo tanto no se generarán cambios significativos sobre las condiciones actuales de calidad escénica del paisaje.

    Los cuerpos de agua no corresponden a los únicos atractivos paisajísticos identificados dentro de las unidades de paisaje definidas, y por ende en totalidad de la sección de la cuenca del río Achibueno y del estero Los Hualles involucradas en el Proyecto. En lo que guarda relación con el reconocimiento y descripción del uso antrópico de estos apozamientos naturales del río Achibueno, todos los antecedentes se presentan en los acápites 5.5.6 y 5.5.7 del Capítulo 5 del EIA.

    La particular configuración del territorio donde se insertará el Proyecto, destaca por presentar una variada  y  diversa  geomorfología  como  uno  de  los  elementos  estructurantes  del  paisaje, teniendo como resultado, la presencia de importantes hitos visuales y/o áreas de interés escénico para el observador. A lo anterior, se deben sumar, aspectos relacionados con el desarrollo horizontal y vertical de elementos bióticos constitutivos del paisaje como la vegetación y la fauna que otorgan al conjunto calidades visuales calificadas como altas para ambas unidades de paisaje (acápite 5.9.4 de Capítulo 5).

    En consecuencia, sin duda que el río Achibueno y sus apozamientos naturales se configuran como elementos de gran atractivo para los visitantes; sin perjuicio de lo anterior y desde la perspectiva y escala de análisis de los estudios de paisaje entregados por el Titular, corresponden  a  elementos  que  no  logran  constituirse  en  parte  de  los  elementos dominantes  del  paisaje  en  evaluación.  Es decir en  la  actualidad,  los  observadores  que acceden al área del Proyecto, cuentan con escasas y breves vistas del cauce del Achibueno, como resultado de factores como la presencia de importantes barreras visuales naturales (vegetación y relieve) y la posición de los observadores respecto del cauce.

    El titular presenta un análisis comparado para dos sectores con apozamientos naturales  del río Achibueno; Pozón 1, Sector Las  Mulas  y  Pozón  2, Sector Pejerrey en ellos, se identifican los posibles impactos visuales que generarían las obras proyectadas en las cercanías de estos sectores; la etapa del Proyecto en que se manifestaría el impacto (construcción u operación) y la percepción que tendrían los visitantes.

    En cuanto a los pozones que se localizan en el sector Las Mulas Alto, la disponibilidad hídrica durante la operación del Proyecto si bien será menor, cumplirá con el mínimo definido por el caudal ecológico, volumen que se asemeja al que naturalmente presenta el río en época estival, y que permite por lo tanto asociarlo a una reducción hídrica propia de la temporada.

    Sobre la base de los antecedentes expuestos, es posible afirmar que si bien los pozones verán una disminución del volumen hídrico, la alteración no perjudicará significativamente el valor escénico del paisaje circunscrito a estos sectores, puesto que el aporte de tributarios permitirá mantener las condiciones mínimas necesarias para el desarrollo de las actividades que hasta hoy se realizan en el río Achibueno.

    Una disminución de caudal no afectará la calidad del agua, considerando que el caudal ecológico más los aportes de los tributarios mantendría dinamismo en el flujo de los pozones.

    Las  aguas  del  río  Achibueno  en  el  área  del  proyecto,  independiente de  su  profundidad presentan alta transparencia, lo anterior esta dado por un flujo constante determinado por el caudal y  pendiente de este sistema fluvial, además de las características geológicas del sustrato y matriz del lecho del río, principalmente conformado por grandes rocas, bolones y sustrato de arena gruesa.   Por otra parte en función de la mantención del caudal ecológico, que fue determinado en 3 m/s por la DGA , cabe señalar que las centrales no operarán cuando el caudal del río sea menor al caudal ecológico se espera que la luminosidad no se verá modificada y por lo tanto el valor escénico del espejo de agua se mantendrá en la fase clara siendo compatible con las actividades turísticas y de recreación planteadas.

    Por otro lado, respecto a las algas y macrófitas, éstas tienden a crecer durante la época de estival debido a una mayor disponibilidad de luz. Sin embargo durante la época en donde los caudales naturales observados en  el  río son muy similares e  incluso inferiores al  caudal ecológico asignado no se han observado eventos de proliferación de micro o macroalgas, razón por lo cual no se esperan eventos de este tipo en el río, y por tanto la generación de un impacto asociado. Adicionalmente, se reitera que las centrales de paso proyectadas no operarán cuando el caudal del río sea menor al caudal ecológico asignado. Además, en el río se presentan eventos cíclicos de las crecidas de invierno que son muy importantes en este sistema y las cuales no serán afectados por el proyecto, razón por la se mantendrán altos caudales en el río que provocan un efecto de barrido que mantendrá el lecho del río despejado de macrófitas.

    El Informe sobre Caudal ecológico, presentado en el EIA identifica los sectores que desde el punto de vista biológico son aptos para la presencia de peces y respecto de los cuales se realizó la evaluación de impacto referida a Flora y Fauna acuática (Capítulo 6, numeral 6.4.3.)

    Respecto a la calidad del agua para fines de turismo y recreación, el caudal de verano será similar al existente en dicha época, ya que las centrales funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s.

    Conforme estos antecedentes, se identificaron un conjunto de impactos, dentro de los cuales destacan;  Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces” y  Modificación de las comunidades bióticas  por  cambios  en  el  régimen natural  de  caudales  entre  el  punto  de captación y restitución de las aguas.

    Sobre la base de los impactos identificados, el Proyecto establece las siguientes medidas: “Minimización intervención de cauces” y “Propuesta restauración y conservación estero Los Hualles”. La primera medida es de mitigación y la otra de compensación.

    La medida asociada a la minimización de intervención de cauces tiene por objetivo minimizar la pérdida de hábitat y la resuspensión de sedimentos, limitando las intervenciones en los cauces e implementando técnicas constructivas no invasivas, a través de acciones tales como:

     • La planificación de las obras en los cauces deberá restringir las intervenciones en los mismos a la mínima superficie requerida para su ejecución.
    • La planificación de las obras en los cauces deberá suponer el restringir las intervenciones en los cauces al mínimo tiempo requerida para su ejecución y, en lo posible, limitarlas a las épocas de estiaje del río.
     • Para la construcción de las bocatomas y cepas de apoyo, se deberán implementar desvíos temporales al interior de los cauces, que permitan aislar las obras del caudal del río.
     • No se podrá acumular materiales en el caudal del río, pues ante la eventualidad de alguna crecida, puedan ser arrastrados al río.
    • Una vez finalizadas las obras, los materiales utilizados para el  desvío de los cauces
    deberán ser retirados y dispuestos –de preferencia– en los mismos sectores de lecho seco desde donde fueron retirados y/o en escombreras.

    Por su parte, la medida asociada a la Propuesta de Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles tiene por objetivo desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles, en acuerdo y con la colaboración de las autoridades y comunidad local, a través de:

     • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus características de hábitat favorable a las especies ícticas y sus fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar actividades de pesca de especies nativas en el sector.
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades que tienen injerencia en su
    implementación.
    • Diseñar  y  financiar una  campaña  de  difusión tendiente a  sensibilizar a  la  población ribereña con respecto a la  conservación de la biodiversidad y,  en particular, de las especies ícticas nativas.
    • Sobre la base del catastro de descargas de aguas servidas u otras fuentes contaminantes y en acuerdo con la comunidad y las autoridades pertinentes, se impulsará la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    • Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha eliminado la vegetación ripariana, y en acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    • Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha intervenido los cauces, deteriorando su calidad como hábitats, en acuerdo las autoridades competentes, ejecutar labores de restauración de dichos ambientes. En este mismo contexto, el Titular establece que se podrían introducir refugios artificiales para ictiofauna, que aumenten la heterogeneidad de los hábitats presentes.
    • Proceder al control de las especies introducidas mediante su pesca dirigida, ejecutada preferentemente  durante  su  época  de  desove  (invierno).  Para  ello,  las  autoridades pertinentes deberán aprobar y autorizar los permisos de pesca respectivos.

    Adicionalmente, se menciona el sector Centinela como el área en donde se concentra la mayor parte de la actividad turística del sector, actividades productivas desarrolladas en la ribera del río Achibueno. Ésta, se sustenta, básicamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo turístico, siendo la pesca recreativa y o deportiva una de las actividades realizadas. (acápite 5.5.7.4.12 del EIA).

    Cabe señalar que el Titular identifica y se hace cargo Impacto: “Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela” y conforme a ello incorporó la medida “Fomento al desarrollo del turismo en el área de influencia directa del Proyecto”.

    5. 63.7. ¿Cómo afectará la apertura de nuevos caminos y la sobrecarga de los antiguos al ecosistema  existente?  ¿Qué medidas de control o fiscalización se  instaurarán para evitar  la deforestación ilegal  de especies en  categoría  de conservación, quemas o botaderos de basura?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente la observación y al respecto  señala que durante la etapa de construcción y operación del Proyecto, las obras en las centrales Centinela y  El  Castillo  requerirán  de  la  apertura  y  mejoramiento de  caminos.  La  probabilidad  de ocurrencia de atropellamientos de fauna silvestre aumentará de acuerdo a la construcción de nuevos caminos y al aumento de tráfico en los ya existentes. En este sentido, y con el fin de minimizar la pérdida de flora y fauna producto del tránsito vehicular generado, se ha incorporado la medida de mitigación “Protección de la flora y fauna nativa”. Dicha medida contempla la instalación de señalética informativa y precautoria en zonas de riesgo. (PM-INT-01; Capítulo 7, página 18 del EIA)

    El Titular además incorpora de manera complementaria a lo indicado en el párrafo anterior Cartografía complementaria,  láminas  donde se  muestra la ubicación de las zonas de riesgo y el lugar donde será ubicada la señalética que contempla la medida de mitigación “Protección de flora y fauna nativa”.

    Además, el Proyecto ha incorporado en la medida ambiental en referencia la elaboración de la Normativa Interna de Protección Ambiental (NIPA), con la finalidad de evitar efectos adversos sobre la flora y fauna existente en el área por parte del personal que trabaja en terreno. Dicho documento será de cumplimiento obligatorio para los contratistas, y establecerá los lineamientos generales que el Titular abordará en la dimensión ambiental durante la etapa de construcción. La  NIPA  será  parte  integrante de  todos  los  contratos  de  construcción y establecerá entre sus lineamientos los citados en el Capítulo 7, acápite 7.2.2.1.1, página 18.

    5. 63.8.  ¿A qué se refieren con poda  de los especimenes? ¿Será esta repetida estacionalmente? ¿De qué manera afectara a los especimenes nativos? ¿Habrán especialistas encargados de las podas o serán trabajadores sin conocimientos al respecto?

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, y señala que tal como se indicó en el EIA en el relativo a la evaluación de los impactos del Proyecto sobre el componente flora y vegetación terrestre, durante la etapa de construcción y de operación del Proyecto, se realizará un roce selectivo de la vegetación arborescente presente en la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica, con la finalidad de cumplir con la franja de seguridad del tendido eléctrico y evitar los efectos ecológicos negativos de la corta a ras de suelo de los ejemplares. La franja de seguridad considera la mantención de una distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. Para tales efectos, el principal criterio de intervención consiste en la corta de las ramas de los individuos que interfieran o pudieran interferir esta franja de seguridad. En la práctica, estas intervenciones consisten en la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea a una altura de corte igual o menor a 4 m desde el suelo, en los casos que se requiera.

    Esta intervención se realizará periódicamente, de manera de asegurar el cumplimiento de la distancia mínima de 6 m entre la copa de los árboles y los conductores eléctricos. Considerando que consiste en una poda de reducción de copa, se espera que la gran mayoría de las especies nativas  responda adecuadamente a  esta  intervención, en  términos de  regeneración y  de crecimiento aéreo.

    5. 63.9. ¿De qué manera  la reforestación asegurará la continuidad de las especies en el Cajón de Achibueno? Sobre todo de aquellas que requieren de hábitats singulares para sobrevivir. ¿Cómo se asegurará su viabilidad a través de los años?

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la observación señalando que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno afectará una cantidad acotada de ejemplares de las especies presentes en el Cajón del Achibueno, pero en ningún caso a la totalidad de los ejemplares pertenecientes a una o más de estas especies.

    El compromiso de reforestación  propuesto en el EIA obedece a reponer una plantación forestal equivalente al  bosque cortado, en términos de superficie y  densidad, considerando para  ello  el  empleo  de  especies  arbóreas  que  sean  representativas de  las unidades vegetales afectadas por el Proyecto. Para tales efectos, tal como se indicó en el Permiso Ambiental Sectorial 102, la reforestación se ejecutará en terrenos de aptitud forestal que cumplan con las condiciones ecológicas requeridas por las especies seleccionadas para su adecuado establecimiento y desarrollo. (Anexo L, del EIA).

    Por otro lado, cabe mencionar que el Titular efectuó todos los procedimientos reglamentarios que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Ello incluye presentar todos los antecedentes dispuestos en los títulos II y III de dicho cuerpo legal, especialmente los contenidos en el artículo 19º. Estos antecedentes se refieren ―entre otros― al requerimiento de documentar, mediante un informe de experto, que las intervenciones contenidas en el Proyecto “no amenacen la continuidad de las especies en categoría de conservación a nivel de cuenca o, excepcionalmente, fuera de ella”. Este informe debe considerar detallados términos de referencia establecidos por CONAF en cuanto a su contenido y conclusión final. En este sentido, todos los procedimientos reglamentarios se realizan conforme a los plazos y protocolos establecidos por la autoridad.

    5.63.10. ¿Qué medidas se tomarán para la prevención y combate de potenciales incendios forestales debido a la mayor afluencia de público sobre todo durante la etapa de construcción? ¿Qué propuesta compensatoria habrá en caso que se incendien áreas del sitio prioritario?

     La Comisión considera pertinente la observación, sin embargo se debe señalar que Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, establece las medidas de prevención contra incendios forestales.  Dicho Plan establece el Titular,  tiene como finalidad indicar todas las medidas, normas y aquellas actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello serán la organización y  coordinación de  charlas  y  utilización  de  diversos  medios  de  difusión.  Se incorporan además las medidas de control pertinentes contra incendios forestales.

    No obstante lo anterior, el Titular señala que una vez que se posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se podrá realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.   Sin perjuicio de lo anterior,  el Titular establece que si se detecta un incendio forestal, se dará aviso de inmediato a las autoridades y se comunicará esta situación al teléfono de emergencias de CONAF, Fono 130.  Así también, se señala que mientras se espera el arribo de personal especializado de CONAF, se pondrá en acción el plan de emergencia implementado por el profesional forestal o agrónomo especializado, con el fin de realizar un ataque inicial al siniestro.

    Se debe aclarar que la contratación de seguros no es materia de la Evaluación de Impacto Ambiental y escapa absolutamente del marco legal ambiental vigente. Sin embargo, ello podrá ser evaluado por el Titular de manera voluntaria una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

    5. 63.11. ¿Cómo se abordarán los posibles deslizamientos y erosión producidas por la tala y el corte de terreno en zonas con alta pendiente?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto hace referencia a los posibles  deslizamientos y erosiones que se podrían generar en zonas con alta pendiente, durante la etapa de construcción y operación del Proyecto. Para ello el Titular establece intervenciones focalizadas de la vegetación existente, al interior de la franja de servidumbre del tendido eléctrico. El propósito de ellas se orienta a mantener, siempre y en toda ubicación, una franja de seguridad libre de vegetación entre los conductores eléctricos y la copa o follaje de árboles, según lo establece la normativa de seguridad eléctrica en el país. Las intervenciones consistirán en la poda o reducción de copa de la vegetación arbórea a una altura de corte igual o superior a 4 m desde el suelo, en los casos que se requiera.

    Considerando lo anterior, el plan establecido en el Proyecto considera las siguientes medidas aplicables a las fajas de servidumbre de las líneas de transmisión eléctrica:

    • Focalizar las actividades de corta en los individuos que, en edades adultas, pudieran intervenir la zona de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica.
    • No aplicar el método de corta de tala rasa.
    • Evitar, en la medida de lo posible, la corta de especies arbustivas que posean una altura menor a cuatro metros.
    • En caso que se requiera la aplicación de un raleo selectivo de individuos, el corte de los ejemplares se realizará en bizel, a unos 30 cm de altura, y no se removerán los tocones remanentes para favorecer el rebrote de las especies que poseen la capacidad de retoñar.
    • En la práctica, considerando la altura de los conductores eléctricos, las intervenciones consistirán en una reducción de copa de los ejemplares de hábito arbóreo que interfieran la franja de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica, a una altura que no será inferior a 4 m medidos desde el suelo.

    Se respetará a cabalidad el cumplimiento de las prescripciones técnicas que se establezcan en el plan de manejo forestal que apruebe CONAF, sobre esta materia.

    A continuación se enuncian las Medidas de Reparación propuestas por el Titular:
    Sin perjuicio de lo anterior, se presenta a continuación un listado de las principales medidas propuestas en el componente edafología y en prevención de riesgos, del Capítulo 7 del EIA.

    1.-  Recuperación de suelo vegetal a través de su retiro y almacenamiento, para posteriormente utilizarlo en tareas de restauración de los componentes ambientales en las áreas ocupadas de forma temporal, una vez que termine la etapa de construcción.
    2.-  Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción busca la utilización de técnicas adecuadas de construcción de las centrales, para realizar de forma eficaz la reparación final del área intervenida y minimizar las superficies requeridas para las obras, de tal forma que el impacto sobre la pérdida y erosión del suelo quede lo más “restringido” al sector del Proyecto.
    3.-  Control y estabilización de laderas y taludes en zonas inestables , esta medida apunta a la estabilización, donde sea factible, de los taludes generados como consecuencia de la construcción, principalmente, de los caminos de acceso, canales y en los sectores con pendientes pronunciadas (sobre 30% de pendiente). En general, será aplicada a taludes y laderas de terrenos desprovistos o que hayan perdido su vegetación, debido a la intervención del suelo para las instalaciones de apoyo u otras obras del Proyecto.
    4.- Revegetación de zonas con pérdida de suelo, ello consiste en la implantación de especies vegetales en sectores que han sido desprovistos de ellas, debido a la utilización temporal del suelo producto de las instalaciones de apoyo.    Los objetivos de la medida apuntan a cumplir los siguientes puntos:
    • Conservar con especies herbáceas, arbustivas y arbóreas, sectores desprovistos de vegetación e intervenidos por obras civiles o erosionadas.
    • Mejorar la aptitud del suelo y reducir el avance de procesos erosivos.
    • Generar una formación vegetal similar y autosostenible a las formaciones naturales pre-existentes.

    5.-  Medidas de control para remociones en masa.
    Durante la etapa de construcción del Proyecto, las medidas contempladas para el control de remociones en masa son las siguientes:
    • Se realizará capacitación a los trabajadores antes de iniciar los trabajos de construcción, especialmente a aquellos que participen en las actividades de corte de terreno y excavaciones. Esta capacitación buscará que se apliquen procedimientos de trabajo seguro, uso de los elementos de protección personal requeridos, y se conozcan las medidas de prevención y de emergencia a implementar ante un evento de derrumbe.
    • Antes del inicio del corte o excavación del terreno, se efectuará el retiro de las rocas, rodados, escombros y todo material suelto presente en el área.
    • Se exigirá la señalización de todas las áreas en donde se lleven a cabo actividades de excavación. Sobre todo, aquellas que estén expuestas al tránsito peatonal y/o vehicular.
    • Será el profesional encargado de la prevención de riesgos de la empresa contratista, el responsable de autorizar cualquier actividad realizada en superficie y que sea generadora de vibraciones intensas.
    • Los acopios de material, maquinaria u otro elemento, deberán situarse en zonas alejadas a los bordes de cualquier excavación, con el fin de minimizar el peligro de inestabilidad del mismo y generar remociones en masa hacia las excavaciones.
    • Se contemplará la mínima remoción de vegetación en sectores de cortes de laderas, a fin de evitar la aparición de procesos de erosión (arrastre de materiales).
    • Luego de producirse lluvia o sismo en la zona, se contempla la inspección de los taludes y paredes de las excavaciones, con el fin de advertir la presencia y/o aparición de grietas o fallas.
    • Durante la operación del Proyecto, en términos generales, se aplicarán las mismas medidas descritas anteriormente.

    5.63.12.  ¿Cómo afectará la apertura de caminos e intervenciones masivas al desarrollo genético de las especies de Nothofagus sp entre otras?

    Esta Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que  en lo referido al flujo génico dentro y/o entre poblaciones dentro del área de influencia del Proyecto, la empresa indica que, los procesos de polinización no se verían  mayormente afectados, debido  principalmente a  la  característica de  anemofilia que  las  especies  de  Nothofagus presentan.  Con respecto a la dispersión, las especies más sensibles podrían ser N. glauca (hualo) y N. alpina (raulí). Tanto N. glauca como N. alpina presentan un síndrome de dispersión mediada principalmente por gravedad, y probablemente en algún grado por zoocoría (dispersión mediada por animales), especialmente en el caso de N. glauca, a diferencia de Nothofagus obliqua y Nothofagus dombeyi cuya dispersión estaría mediada principalmente por el viento.

    Considerando que el ancho de la franja que debe talarse para la construcción de los caminos proyectados es demasiado pequeña como para impedir el intercambio del material genético de las especies de Nothofagus (fluidez de los procesos de polinización y dispersión), por lo tanto  la diversidad genética dentro y entre las poblaciones de Nothofagus presentes en el área de estudio no debería ser mayormente afectada por estas obras en particular. Otro punto importante es que la mayoría de los caminos utilizados por el proyecto son públicos, o huellas existentes, por lo que ya son sitios intervenidos.

    5.63.13.  ¿Cómo afectará la corta de especies de Nothofagus sp? ¿A especies de hongos o fauna que depende de ellos?

    La Comisión Regional del Maule considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que la corta de especies de Nothofagus afectará también a otros organismos asociados a ellos como hongos, musgos, helechos y especies de fauna. Los hongos y otros organismos cuyo sustrato esté constituido parcial o totalmente por los árboles particulares que deberán talarse serán eliminados en consecuencia.

    Este impacto se encuentra considerado en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno dentro del denominado impacto, “Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto” y ha sido calificado como significativo para todas las obras que afectan bosque nativo. Habiendo sido valorados los impactos de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Titular presenta en el Capítulo 7 del EIA lo indicado por el artículo 12, letra h) del recién citado Reglamento. Dicho Capítulo contiene las medidas de mitigación, reparación y/o compensación destinadas a minimizar y compensar el impacto. Las medidas establecidas por el titular son: “Protección de la flora y fauna nativa”, “Restauración en las obras provisorias”, “Creación de un área de conservación  y “Conservación del germoplasma de especies de flora en categoría de conservación”.  Los detalles de estas medidas se encuentran desarrollados en el Capítulo 7 del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (acápite 7.2.2.1).

    5.63.14. No se mencionan ningún tipo de hongos, escasamente estudiados y  conocidos en la zona. ¿Es que acaso no existen estos organismos?

    Esta Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala que de acuerdo con lo indicado por el artículo 12º, letra f.2. del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA, Decreto Supremo Nº 95/2071 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), el presente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno consideró en el desarrollo de su línea base sólo organismos pertenecientes a los reinos ANIMALIA y PLANTAE, enfatizando aquellas especies que se encuentran en categoría de conservación. A su vez, la flora estudiada se ha restringido a las plantas vasculares (Tracheophyta,  Cormophyta).   Sin perjuicio de ello y ante una solicitud de la autoridad ambiental, el Titular realizará un estudio adicional de especies no consideradas anteriormente, como el Reino Funji.

    5.63.15.  ¿Qué otro ecosistema en la región presenta características similares que podrían reemplazar la pérdida de pristinidad de este sitio Prioritario, tanto en términos ecológicos como turísticos?

    La Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que tal como se explica el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), sobre línea base del componente flora y vegetación terrestre, la vegetación natural presente en el área del Proyecto presenta signos  de alteración y degradación por efectos de la acción humana, distando de encontrarse en  un  estado  prístino, como  se  ha  señalado. Al  respecto, las actividades humanas que mayormente han contribuido a la pérdida de calidad y empobrecimiento de las comunidades vegetales constituyen a la corta selectiva (floreo) para fines madereros, la ganadería extensiva y el reemplazo de bosques nativos por plantaciones forestales.

    En el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. Sin embargo, esta zona no ha sido declarada oficialmente como un área protegida. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente.

    Sin perjuicio de lo anterior, el EIA identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y  compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    En efecto, en el capítulo 6 del EIA, se describen impactos ambientales significativos sobre: Flora y Fauna (“Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación”, “Pérdida de hábitat para la fauna nativa de vertebrados terrestres”, “Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces”, “Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres”, “Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de las líneas de interconexión eléctrica”); Paisaje (“Alteración de la calidad y fragilidad visual del paisaje, debido a la modificación de sus componentes físicos, bióticos, la introducción de elementos de origen antrópico y  el  incremento parcial de la accesibilidad a nuevos territorios”) y Edafología (“Pérdida de suelo”, “Activación de procesos erosivos”, “Compactación del suelo”), entre otros.

    Entre las medidas informadas en el Capítulo 7 del EIA, destacan: “Protección de la flora y fauna nativa”; “Restauración en las obras provisorias”; “Creación de un Área de Conservación”; “Restricciones de corta de vegetación durante la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica”; “Restauración de la vegetación en las obras provisorias”, “Rescate y Relocalización de Vertebrados”; “Utilización de los atraviesos de quebradas para fauna de vertebrados terrestres”; “Cercamiento de canales”; “Propuesta de Plan de restauración y conservación estero Los Hualles”;”Programa de Mitigación de Impactos sobre el Paisaje”; “Programa de Reparación de Impactos sobre el Paisaje”;”Delimitación de las zonas de faenas”; “Recuperación de suelo vegetal”; “Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción”, entre otras.

    Considerando lo anterior, el EIA evaluó los efectos sobre los ecosistemas afectados que conforman el área de influencia del Proyecto. Sin perjuicio de aquello, la medida de “Creación de  un  área  de  conservación”  es  aplicable  como  compensación al  impacto  descrito en la observación,  aún cuando responde, en rigor, a la “Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica”.

    La medida se  orienta a  la  generación de medidas de conservación in  situ y  ex situ del germoplasma de  las  poblaciones  de  especies  en  peligro  o  en  categoría  de  conservación, presentes en las cuencas donde se inserta el Proyecto, conforme los lineamientos del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

    Respecto al turismo, la Estrategia Regional de Desarrollo comunal 2076–2010, señala que no existe información concluyente respecto a la influencia de la actividad  turística  sobre  la  comunidad  local,  el  valor  de  los  atractivos  turísticos,  la rentabilidad de las ideas y proyectos de inversión, por tanto, en vastos sectores de la Región se arriesga la ocurrencia del turismo espontáneo-no planificado, situación que impacta la calidad de vida local y ambiental. No obstante lo anterior, reconoce que las comunidades agrícolas están en buenas condiciones para desarrollar el turismo rural.

    Adicionalmente, en el acápite 5.5.7.4.12 del EIA, Actividades productivas desarrolladas en la ribera del río Achibueno, se menciona el sector Centinela como el área en donde se concentra la mayor parte de la actividad turística del sector, ocupación que se desarrolla en la ribera del río Achibueno. Ésta, se sustenta, básicamente, en el aprovechamiento del río como principal atractivo turístico, siendo la pesca recreativa y o deportiva una de las actividades realizadas.

    Por otro lado, en el Capítulo 6, acápite 6.5.4.2, se identifico el Impacto “Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto se reconoce actividad turística incipiente asociada a kayakismo, canotaje, pesca deportiva y recreación. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Finalmente se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto.Conforme este impacto, el EIA incorporó la medida “Fomento al desarrollo del turismo en el área de influencia directa del Proyecto”. La medida propuesta busca compensar el impacto que causa la disminución de caudal, y dice relación con la elaboración de un “Estudio de Potencialidades Turísticas”, el cual registre lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial. Asimismo, la medida descrita pretende ayudar a la población a concretar la ejecución de proyectos turísticos.

    5.63.16. El área de reserva ecológica  propuesta donde será  y en qué medida equiparara las características de este valle. No hay que olvidar que prácticamente todas las cuencas y valles precordilleranos y cordilleranos del Maule ya están intervenidos, por tanto no será fácil encontrar un área que permita reproducir el ecosistema afectado. Se señala que será de 105 ha o más, cuanto más. ¿Cuál es el stress y probabilidades que la fauna terrestre se mantenga y adecue a este nuevo ecosistema?

    Esta  Comisión considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que el área de conservación propuesta  en el EIA se ubicará próxima a la cuenca del río Achibueno. En el Anexo 14 Flora y vegetación terrestre “Caracterización de los sectores potenciales para la implementación del área de conservación” se entrega la caracterización ambiental de los sectores potenciales donde el Titular ha propuesto la realización de la medida de compensación: “Creación de un Área de Conservación”. Además, como índice de éxito de la medida se ha propuesto en el Adenda 1 considerar el grado de similitud de la riqueza y abundancia de especies en el área de conservación con respecto a los antecedentes obtenidos para la cuenca en la Línea Base. Ello servirá para verificar la calidad funcional de la medida propuesta.

    5.63.17. ¿No es absurdo proponer una conservación exsitu si lo más razonable y visionario sería dejar este ecosistema de valiosa  biodiversidad  para una conservación in situ a largo plazo?

    La Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y señala  que en el marco de la medida: Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación, la estrategia de conservación ex situ es una medida adicional a la estrategia de in situ, para conservar el germoplasma de las especies con problemas de conservación que pudieran ser afectadas por el Proyecto. Ello con la finalidad de asegurar por ambas vías la protección de la variabilidad genética de los individuos que serían intervenidos por el Proyecto.

    5.63. 18. ¿Cuántas hectáreas de bosques afectará la línea de transmisión eléctrica que no fue incorporada en este EIA? ¿Por qué no se evalúa el impacto en su conjunto de manera de tener dimensión adecuada de este?

    Esta  Comisión Regional considera pertinente la pregunta  y al respecto señala  que desde el punto de vista del SEIA, el proyecto de transmisión eléctrica corresponde a una tipología distinta de proyecto de las centrales mismas de generación eléctrica. De ello dan cuenta la letra b) del artículo 3° del Reglamento del SEIA, con respecto al primero, y la letra c) de la misma disposición, en referencia a las segundas. La práctica del SEIA indica asimismo que en muchas oportunidades se han presentado de forma separada los proyectos de generación y de transmisión.

    Por lo tanto, jurídicamente no hay objeción al respecto, conforme a la normativa ambiental vigente. Más aún, la  modificación de Ley 19.300 aborda el tema del no fraccionamiento de proyectos, reconoce de manera expresa que hay proyectos que sí se pueden fraccionar y ellos son los que se desarrollan por etapas o bien aquellos que contienen más de un proyecto de acuerdo a las tipologías señaladas en el artículo 10 de dicha ley, siendo este último el caso en cuestión.

    Es importante señalar que el proceso en su totalidad comprende diversas etapas que se integran de manera vertical: generación, transmisión y distribución. El Estudio de Impacto Ambiental presentado corresponde a  la  primera etapa, generación, por  lo  que  en lo  que respecta a las otras etapas mencionadas, se considerarán en otro estudio.

    5.63.19. ¿De qué manera se prevendrá que los derechos de agua solicitados por HUTURI SA en toda la cuenca de Achibueno implique la canalización e intervención total del valle?

    La Comisión Regional  tiene a bien informar que Hidroeléctrico Achibueno constituye una iniciativa distinta a otros proyectos que se puedan desarrollar en el Valle del río Achibueno, por lo que en esta instancia no corresponde pronunciarse acerca de otros emprendimientos.

    Por lo demás, conforme a la legislación vigente cualquier persona natural o jurídica puede solicitar derechos de aprovechamiento de aguas, y será la Dirección General de Aguas quien en definitiva los otorgará o no, en la medida que se cumplan los requisitos legales.

    Con respecto a la afirmación que se hace en cuanto a “canalización e intervención total del valle”, en lo que respecta al Proyecto Hidroeléctrico Achibueno,  cabe señalar que se trata de dos centrales de pasada que si bien contemplan canalizaciones, ellas están lejos de ser totales sino que son focalizadas en puntos específicos entre la aducción de las aguas y su restitución aguas abajo. Para dichos efectos se ha considerado el cumplimiento cabal de la legislación no sólo en materia de aguas, sino también forestal, de suelos, de flora y fauna, etc.
     

    5.63.20. ¿De qué manera  el estero Los Hualles podrá  equiparar  el  ecosistema acuático del Río Achibueno siendo que actualmente es un estero cuya principal flora son  especies forestales exóticas y poco favorables para  el desarrollo de un sotobosque?  ¿Cómo se arreglarán los deslindes de los propietarios para lograr este objetivo?

    La Comisión Regional considera pertinente su observación y al respecto señala  que la medida de compensación propuesta en el acápite 7.2.2.3 el EIA asociada al Estero los Hualles, “Minimización de intervención de cauces”  corresponde a una medida de compensación en relación con la Flora y fauna acuáticas, que fue propuesto por el Titular en base a la evaluación de impactos identificados y evaluados en el área de influencia del proyecto en relación con la ictiofauna presente en el área. En este sentido, su objetivo central es la preservación de la Ictiofauna nativa potencialmente afectada por el proyecto. Este Estero fue seleccionado sobre la base de dos características principales, la primera es que corresponde a un tributario de aguas permanentes que no será afectado por ninguna actividad del proyecto; la segunda es que en ese en este estero se detectó la presencia de dos especies nativas en categoría de conservación. La presencia de estas especies indica que el estero es un ambiente favorable para  la  ictiofauna nativa, en  las  condiciones que  se  encuentra en  la actualidad con evidente intervención antrópica, como lo es que parte de su flora está conformada por especies forestales exóticas, las cuales son poco favorables para el desarrollo y establecimiento de un sotobosque con características adecuadas para sustentar un aporte de nutrientes para la biota acuática existente. Debido a ello es que el Titular estableció algunas medidas tendientes a restaurar el ecosistema acuático, de tal forma de propender a la permanencia y eventual aumento de la abundancia y riqueza de las especies nativas presentes en él.

    En razón de lo anterior, la medida propuesta no tiene por objetivo equiparar el ecosistema acuático del río Achibueno, toda vez que por sus dimensiones, características hidrogeológicas y componente biótico no son comparables. Sin embargo, desde un punto de vista biológico- ecosistémico este tributario no es un sistema aislado, sino una componente fundamental que forma parte de un todo denominado sistema fluvial Achibueno (técnicamente subcuenca del Maule).  En  este  sentido,  se    estableció el  Plan  de  Restauración  y Conservación estero Los Hualles, cuyo objetivo principal persigue desarrollar y proponer la creación de un área de protección de la ictiofauna nativa en el sector del estero Los Hualles.

    A continuación se indican los principales lineamientos de este Plan:
    • Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades bajo el marco regulatorio de la  ley  vigente.  El  cual  contemple,  basado  inicialmente  en  la  caracterización  del componente íctico del área (EIA) y de todos sus componentes asociados.
    • Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus  características de  hábitat favorable a  las  especies ícticas y  sus  fuentes de alimentación (zoobentos).
    • Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    • Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    • Un plan de seguimiento estacional para constatar la evolución del estado por especie, del ensamble de especies presentes y de parámetros poblacionales. Lo anterior, se llevará a cabo mediante un diseño de muestreo sitio-específico que a la vez considere la diversidad  y  evolución  temporal  de  los  hábitats  y  de  sus  fuentes  de  aporte  (vegetación).
    • En  acuerdo  las  autoridades  competentes,  ejecutar  labores  de  restauración  de ambientes intervenidos previamente identificados.

    • En acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    • En  acuerdo  con  la  comunidad  y  las  autoridades  pertinentes,  se  impulsará  la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    • Plan de seguimiento las condiciones hidrológicas del área y  que además debe ser coincidente con el seguimiento de peces y del componente vegetacional.
    • Diseñar y financiar una campaña de difusión tendiente a sensibilizar a la población ribereña con respecto a la conservación de la biodiversidad total y, en particular, de las especies ícticas nativas.
    • Si fuesen identificados lugares de atractivo turístico asesorar a sus propietarios mediante un diseño sustentable del sitio en cuestión para un mejoramiento de su calidad y acorde con el objetivo del Plan de Manejo del área propuesta.

    Finalmente, en relación con los deslindes de las propiedades, se aclara que no corresponde intervención directa alguna por parte del Titular, toda vez a que las acciones establecidas a través del Plan de Restauración y Conservación estero Los Hualles (PC-FFA-01, 7.2.2.3.3.) deberán ejecutarse en acuerdo con los propietarios y deberán cumplir la normativa aplicable y vigente para cado caso en particular.

    5.64.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco Icalma Nº 0733, Comuna de Linares; Álvaro Rondon Huméres domiciliado en Balmaceda Nº 790, Comuna de Estación Central, Santiago; Claudia  Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia Lagos, ambas domiciliadas en Villa Santa Sara Andes Nº 1521  Linares;  Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira  Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas buenas Nº 0188, Linares; Luis Alberto  Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Yánez Alegría, domiciliada en San Pablo Nº1353 Santiago; Monserrat Navarrete Gurrea, domiciliada en  San  José  Parcela 5 Sitio C Colina Santiago; Eduardo  Maturana Santis, domiciliado en Avda. Maipú Nº 1842 Maipú, Santiago.

    5.64.1. Hemos detectado varias deficiencias metodológicas en el  estudio  de  hidrología presentado, siendo tal vez la  más  notoria que nunca se calibró el modelo propuesto con un aforo del Río Achibueno propiamente tal. En vez de esto, se está modelando la hidrología tan sólo en base a los datos de estaciones hidrológicas y meteorológicas de cuencas distintas a la del Achibueno.

    La Comisión Regional considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior la Empresa en el Estudio (acápite 5.3.5.3.1 del EIA), justifica la no utilización de las estaciones Achibueno Los Peñascos (ACH-P) y Achibueno la Recova (ACH-R), a pesar de que ambas estaciones cuentan con información de la DGA.   El argumento expresado por el Titular se resume a que las mediciones de ambas estaciones se encuentran influenciadas por la acción antrópica, como por ejemplo el desvío del cauce para usos consuntivos como lo es el regadío, lo que implica la pérdida del ciclo del agua, debido a que el uso consuntivo no devuelve el cauce a su lugar de origen, además muchas de estas extracciones son de carácter informal y se realizan principalmente en los esteros y pequeños tributarios del río Achibueno.

    Otro argumento es que la estación Achibueno en Los Peñascos (ACH-P) estuvo vigente entre 1956 a 1984 siendo reemplazado por la estación Achibueno en La Recova (ACH- R) con estadística entre diciembre de 1986 al 2077. Ambas estaciones se presentan ubicadas en la zona baja del río Achibueno con áreas aportantes de 975 (km2) y 896 (km2) respectivamente, muy superiores a las áreas de las cuencas bajo estudio, y con una geomorfología también diferente.

    5.64.2. Los datos  de calibración del  modelo de precipitaciones con base en Ancoa toman un período demasiado antiguo (1961-1985).  Debido a los cambios climáticos que se han presentado no nos parece válido considerar dicho período como base de calibración de un modelo. Por lo demás, la orientación de la cuenca alta del Río Ancoa es totalmente distinta a la  orientación de la cuenca del Río Achibueno, lo que hace que los  patrones de acumulación de nieve y posterior derretimiento sean bastante distintos.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto informa que en  el EIA se utilizó para la calibración del modelo la estación del río Ancoa antes del túnel Canal Melado, que presenta su estadística en régimen natural, para calibrar el modelo propuesto,  ya que la estación ubicada en el río Achibueno, denominada La Recova, presenta un régimen intervenido por extracciones de riego.  La estación de río Ancoa.

    En el EIA se procedió a verificar lo que resulta de la aplicación del modelo en la estación La Recova, resultados que se presentan en la Adenda Nº1, encontrándose una buena simulación (R=0.85) con la excepción que no pueden desarrollar los pick en algunos meses, respecto a lo datos medidos.   Se observa que para los caudales de interés para el Proyecto, caudales medios y bajos (menor a 100 m3/s), el modelo simula levemente en exceso los caudales con respecto a los medidos, ya que los caudales medidos presentan extracciones de riego aguas arriba de la sección de aforo.   La verificación del modelo, se realizó con la estadística medida de la nueva estación La Recova, con registros disponibles mucho más actuales, que abarca desde el año 1986-2076.    De lo anterior se deduce que el modelo utilizado, genera de buena forma, tanto los caudales de la cuenca del río Ancoa como del río Achibueno.

    Por consiguiente, respecto a las diferentes orientaciones de las cuencas bajo estudio (las cuales no son en extremo diferentes), se puede señalar que dicho aspecto es relevante en la determinación de los caudales a nivel horario y en menor grado a nivel diario, pero no a nivel de caudales promedios mensuales (que es lo que calcula el modelo propuesto), ya que estas variaciones de caudal durante el día, se pierden (o no se representan) en el promedio mensual del caudal.

    5.64.3. Da la impresión de que se  está  sobrevalorando el aporte de origen  nivoso en los meses de primavera. Por experiencia propia y confirmado por datos medidos en la estación Achibueno en la Recova, la época de mayor caudal del Río Achibueno son los meses de Junio, Julio y Agosto, no Octubre, Noviembre y Diciembre. Contar con un buen estudio de la distribución de caudal de agua en el río a lo largo del año es fundamental, ya  que no es lo mismo tener un mes fuerte en  Julio que un mes fuerte en Diciembre, en términos de la importancia del aporte energético que dicho caudal podría generar. Una vez más aparece la necesidad de contar con un aforo del caudal del Río Achibueno. A continuación un gráfico del caudal medio mensual del Río Achibueno en La Recova y un gráfico del comportamiento esperado según el modelo presentado por el EIA.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y señala que en el acápite 5.3.5.3.1 del EIA, es indicada la utilización del cálculo de crecidas y caudales mínimos DGA, siendo este último utilizado para el cálculo de las crecidas en las superficies de las subcuencas con aporte nival, en contraposición del cálculo de las crecidas en las subcuencas con aporte pluvial, siendo éste último calculado con la formula racional y de Verni King con los coeficientes que indica el manual de carreteras para dicho cálculo (coeficiente de duración y coeficiente de frecuencia).  Una vez obtenidos los datos de crecidas y caudales mínimos con las metodologías anteriormente señaladas, se procedió a la comparación de resultados.

    Como resultado final se obtuvo que el análisis interanual en los puntos de interés permite establecer que los valores máximos se concentran en los meses de primavera (entre septiembre y octubre), período en que producto de un aumento en las temperaturas diarias, se producirían los deshielos.  No se concluye en referencia al manual de carreteras, debido a que éste se utiliza cuando no existen estaciones fluviométricas y en el caso del modelo utilizado de escorrentía se utilizó la estación Ancoa (AN-TM) para calibrar el modelo.

    5.64.4. El comportamiento del Río en las bocatomas Centinela y Castillo, poco tiene que ver con el que pueda tener en Los Peñascos, donde ya ha sido intervenido en múltiples puntos por diversas canalizaciones. Además, el período analizado por Velasco (1947-1981) tuvo características meteorológicas bastantes distintas a las actuales.   En conclusión, creemos que el método de modelación en base a  precipitación-escorrentía no fue bien aplicado o no fue bien calibrado, creencia confirmada al observar el régimen hidrológico del propio  Achibueno en  La Recova. Creemos que es fundamental contar con  un  aforo  de río en los  puntos donde estará  ubicadas las  bocatomas de ambas centrales.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y señala que en el acápite 5.3.5.3.1 del EIA, se justifica la no utilización de las estaciones ACH-P y ACH-R, a pesar de que ambas estaciones cuentan con información de la DGA. El argumento expresado en dicho acápite se resume a que las mediciones de ambas estaciones se encuentran influenciadas por la acción antrópica, como por ejemplo el desvío del cauce para usos consuntivos como lo es el regadío, lo que implica la pérdida agua del ciclo del agua, debido a que el uso consuntivo no contempla la devolución del flujo utilizado al cauce, además muchas de estas extracciones son de carácter informal y se realizan principalmente en los esteros y pequeños tributarios del río Achibueno.

    Por otra parte, la estación Achibueno en Los Peñascos (ACH-P) estuvo vigente entre 1956 a 1984 siendo reemplazado por la estación Achibueno en La Recova (ACH-R) con estadística entre diciembre de 1986 al 2077. Ambas estaciones se encuentran ubicadas en la zona baja del río Achibueno con áreas de 975 km2 y 896 km2 respectivamente, muy superiores a las áreas de las cuencas bajo estudio, y con una geomorfología también diferente.

    Por lo anteriormente señalado, se justifica el uso de la estación Ancoa antes del túnel el Melado (AN-TM) para calibrar el modelo de simulación  En el EIA, se procedió a verificar lo que resulta de la aplicación del modelo en la estación La Recova, resultados que se presentan en la Adenda N°1, encontrándose una correlación (R=0,85) con la excepción que no pueden desarrollar los pick en algunos meses, respecto a lo datos medidos.   Asimismo se observa que para los caudales de interés para el Proyecto, caudales medios y bajos (menor a 100 m3/s), el modelo simula levemente en exceso los caudales con respecto a los medidos, ya que los caudales medidos presentan extracciones de riego aguas arriba de la sección de aforo.

    5.64.5. Desde el punto de vista de geohidrológico tenemos la siguiente inquietud. Se indica que se respetará un caudal ecológico de 3 metros cúbicos por segundo en cada bocatoma. Sin embargo, el EIA no presenta ningún análisis técnico respecto a los impactos  de esta reducción de caudal  en el  ecosistema de 42 km. de Río  intervenido y tampoco presenta ningún estudio hidrológico que permita evaluar que dicho caudal “ecológico” se mantenga  o incremente aguas debajo de las respectivas  bocatomas y que no se afectará  por  infiltración, especialmente en la  estación seca  donde los aportes agua abajo son escasos o nulos. Es una posibilidad real que ante una disminución tan drástica y permanente del caudal  del río los acuíferos existentes pudieran terminar por secarse y que producto de esto el río infiltrase  hacia los acuíferos cayendo por debajo del caudal mínimo ecológico establecido. La empresa hidroeléctrica debiera realizar  un estudio  serio que permita asegurar que no se producirá  tal  infiltración y secado del río.

    La Comisión  Regional considera pertinente la observación y al respecto el Titular debe  dejar  disponible un  caudal  ecológico de  3  m³/s  según  lo  establece la  DGA  en  el otorgamiento de los derechos de agua no consuntivos para la generación hidroeléctrica y el estudio de caudal ecológico presentado.

    El EIA presentado, contempla la evaluación de impactos ambientales del Proyecto, incluyendo todo lo que respecta a la alteración del caudal y lo relacionado en términos ambientales con dicha alteración. En el acápite 6.3.5 del EIA, se presenta específicamente la Evaluación del Impacto “MF-HID-OPE-01: Alteración de régimen de caudales”, en el cual se determina el valor del impacto ambiental en función de la metodología explicada en el acápite 6.1.3 del EIA.   Adicionalmente el  Anexo N del EIA, adjuntó un estudio de caudal ecológico, en el que señala la alteración del caudal y sus implicancias en el ecosistema, lo que también se analiza en diversos acápites del EIA, como por ejemplo en el acápite 6.4.3 de Impactos sobre la Flora y fauna acuática.

    Con respecto a la posibilidad de infiltración del caudal ecológico, la hidrogeología se basa en las características geológicas del área de influencia del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno. En el estudio complementario de geología (Informe Irene Tapia, Geóloga que se entrega en el Anexo 13 de la presente Adenda, se concluye que existe una baja a nula permeabilidad, debido a las características litológicas  y  grado  de  alteración  de  las  rocas  graníticas  y  de  las  rocas volcánicas del área, por lo que la presencia de acuíferos en la cuenca del río Achibueno es limitada.    Lo anterior se reafirma según (M.O.P., D.G.A., 1986), citado en Sandoval 2070, en cuanto a la clasificación  hidrogeológica,  la  ocurrencia  de  aguas  subterráneas  en  la  cuenca  del  río Achibueno presenta una  categoría clasificada como  muy  baja  a  ausente, con  un  tipo  de permeabilidad nula, caracterizada por rocas plutónicas, rocas sedimentarias y mixtas (sedimentario-volcánicas), coladas, brechas, en general impermeables. De acuerdo a las principales formaciones predominantes en el sector, se encuentran las del tipo KT, las que corresponden al cretácico-terciario mixto-sedimentario-volcánico.

    5.65.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó;  Ricardo Rivera Espinoza, domiciliado Camino San Antonio Nº 044-B, Linares; Álvaro Rondon Huméres domiciliado en Balmaceda Nº 790, Comuna de Estación Central, Santiago; Daniela Saldaña  Verdugo, domiciliada en  Pobl. Santa Cecilia  Antuco Nº 115 Linares; Bárbara  Hernández Rubio, domiciliada en Pasaje Guaquivilo Nº0402, Población Achibueno, Linares; Nicoll Marcela Rojas Silva, domiciliada en Calle Yerbas Buenas Nº0188, Población Ramón Olate, Linares; Gloria Patricia Carrasco Vásquez, domiciliada en Tegualda Nº 1762, Comuna de Ñuñoa, Santiago; Nora Elena Rivera Cáceres, domiciliada  en  Freire Nº785, Linares; Evelyn Valdés Maureira, domiciliada en San José Nº1322, Linares; Karina Antúnez Molina, domiciliada en Biarritz Nº1919, departamento 503, Santiago; Rosa María Barrientos Ojeda, domiciliada en Calle Yerbas Buenas Nº0729, Linares; Sonia Flores M. domiciliada  en Santa Magdalena Nº75, departamento 810, Santiago; Claudia Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares; Rodrigo Astudillo Meza domiciliado en Pasaje Osorno Nº100, Población Santa Cecilia, Linares; Carolina Rodríguez Torres, domiciliada en Sebastián  Elcano Nº955 Santiago; Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019, Linares; Eduardo Pastor   domiciliado en Avda. Costanera Nº1011 Pichidangui, Los Vilos; Sergio Emilio Yánez Pérez domiciliado en  Balmaceda Nº116, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares; Carola Castro Lagos domiciliada en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares; María Eugenia Lagos, ambas domiciliadas en Villa  Santa Sara Andes Nº 1521 Linares; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Héctor Pincheira Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas Buenas Nº 0188, Linares; Luis Alberto Parra y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto.  207 E Santiago; Jimena Yánez Alegría, domiciliada en San Pablo Nº1353 Santiago; Matías Andrés Alcayata Hortuvia, domiciliado en Santa María del Valle Pje. Ricardo Ruz Nº 1948 Linares; Javier Alejandro Valerio Gutiérrez, domiciliado en Icalma N° 0733, Villa Arauco, Linares.

    5.65.1. El Titular indica que el proyecto requiere la disposición de 11 depósitos de marinas (escombros) que comprenden un volumen total superior a los  2.2 millones  de metros cúbicos  dispuestos  en  una superficie de 70 hectáreas en la ribera del Río Achibueno. Considerando el volumen y superficie de dichas marinas se desprende que dichos depósitos  excederían en  promedio los 2 metros de altura. El Titular no indica  el tipo de obra de  contención y de evacuación de aguas que se pretende realizar para evitar que este material sea socavado y arrastrado  al cauce del Río en la forma de aluviones producto de lluvias que en dicha zona pueden llegar a ser especialmente intensas.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto indica que efectivamente el Proyecto requerirá de 11 depósitos de marinas, que serán las áreas destinadas para el acopio de los materiales inertes originados en las obras de construcción. Estos en total abarcarán un área de 61 ha.

    Características de depósitos de marinas

    Depósito de marina

    (DM)

    Superficie

    (Ha)

    Volumen

    (m3)

    Central Hidroeléctrica El Castillo

    DM El Castillo 01

    2,5

    45.000

    DM El Castillo 02

    0,9

    19.900

    DM El Castillo 03

    6,6

    927.100

    DM El Castillo 04

    3,5

    105.500

    Total El Castillo

    13,5

    1.097.500

    Central Hidroeléctrica Centinela

    DM Centinela 01

    7,9

    512.207

    DM Centinela 02

    4,4

    565.700

    DM Centinela 0

    2,2

    86.400

    DM Centinela 03

    8,1

    277.100

       

    DM Centinela 04

    4,5

    30.000

    DM Centinela 05

    4,5

    381.100

    DM Centinela 06

    15,9

    3.257.100

    Total Centinela

    47,5

    5.109.600

    Total Proyecto

    61

    6.207.100

     

    Las obras de contención y de evacuación de aguas se presentan en la respuesta a la observación Nº 1.7.2  del Adenda 1.

    5.65.2. El Titular informa que se contempla la construcción de 3 tranques de acumulación con capacidad  de  347.000 metros cúbicos  totales  dispuestos  en  una superficie total de 27,3 hectáreas lo que implica una profundidad promedio de 1,27 metros. Dichos tranques se encuentran dispuestos a lasorillas  del río por lo que s debiera especificar las obras de contención de los mismos a fin de evaluar el riesgo de aluviones asociado a movimientos telúricos, así como también frente a la  posibilidad de erupción del volcán Longaví tal como se  afirma en capítulo 5.3.3.4.2. asociado a lo anterior su  debería presentar evaluación de riegos para  la población que habita aguas debajo de dichos tranques y el plan de contingencia en caso de colapso de los mismos.

    Esta Comisión considera pertinente la inquietud, pero al respecto repara que la capacidad total de los tres tranques es de 614.000 m3  y la superficie que será abarcada por estas estructuras será de 19 há, por lo tanto, la profundidad promedio aproximada será de 3,2 m.
     
    Los tranques, al igual que el resto de las obras de la central, se diseñan para resistir sismos, en conformidad a las normas correspondientes y considerando factores de seguridad adecuados para garantizar su estabilidad. De esta manera, tal como sucede en el caso de un edificio, no es esperable que alguna de estas estructuras colapse por sismo.  En caso de un improbable evento volcánico, los flujos serían conducidos por el cauce del río. Como los tranques quedan situados fuera del área de influencia del río (sobre el nivel de la crecida 1/500 años), no son afectados por este evento.  En consecuencia, los eventos señalados (sismo y erupción volcánica) no representan un riesgo de colapso para los tranques, por lo que no corresponde presentar un plan de contingencia.  Cabe señalar que no se tiene registro histórico de la erupción del volcán Longaví, por lo que su erupción es un evento muy poco probable. Así mismo, en caso de riesgo por erupción, se procederá a vaciar los tranques, con lo cual se elimina cualquier riesgo como el descrito.

    5. 65.3. El Titular no realiza  un análisis de potenciales  riesgos de erosión producidos por caminos, canales y tendidos eléctricos especialmente aquellos que se presentan en pronunciadas pendientes con evidente riesgo de remoción de masa debido a la remoción de cubierta vegetal y bosque nativo. El valor ambiental del impacto en la alteración de laderas resultó evaluado como “Alto”. Sin embargo, consideran que este impacto no es relevante. El Titular debe presentar un análisis serio en relación a las obras necesarias para evitar erosión y deslizamientos.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación e indica que en el acápite 6.3.3 del EIA (componente ambiental Geomorfología), el potencial riesgo de erosión producido por la construcción y mejoramiento de caminos, este riesgo, se ve disminuido debido a que se utilizarán mayormente las vías existentes (huellas o caminos), con el fin de minimizar costos, plazos e intervención de vegetación y laderas, lo que a su vez minimiza el impacto ambiental. Es por esto que un gran porcentaje de los caminos considerados para el Proyecto corresponden a mejoramiento de los mismos o mejoramiento de huellas existentes, aprovechando así las plantaformas, además de evitar la alteración de nuevos sectores y laderas, minimizando la remoción de la cubierta vegetal, y manteniendo así los niveles de erosión y remoción en masa ya existentes en un escenario sin Proyecto.

    Con respecto a la evaluación de impacto ambiental, se indica que la metodología utilizada para valorar el impacto es ampliamente utilizada en Estudios de Impacto Ambiental. Dicha metodología se detalla en el acápite 6.1.3 del EIA.

    Para el caso de los caminos, estos contarán de acuerdo a lo señalado por la normativa vigente con un saneamiento longitudinal a la largo del trazado, consistente en cuentas, fosos, contrafosos y bajadas de agua según corresponda, los cuales evacuarán en obras de arte ubicadas en las quebradas, por lo que no se espera que se produzcan erosiones ni deslizamientos.   En el caso de los canales el emplazamiento es en zonas de corte, por lo que la evacuación de la aguas lluvia se mantiene por la condición actual que es por las quebradas existentes, para las cuales se proyectan atraviesos que mantengan este escurrimiento. 
    Para los tendidos eléctricos, la generalidad es que luego de hacer las fundaciones de las estructuras se  rellenará  con  un  material  clasificado  y  compactado, para  posteriormente recuperar la  cobertura vegetal. Cuando existan estructuras en  zona de  pendiente, si  es necesario  se  construirán  obras  de  contención  que  eviten  que  se  produzcan  cárcavas  o erosiones.

    5.65.4. La  caracterización de los  tipos de suelo  del área afectada no menciona el hecho de que  hay sectores que  presentan suelos  aptos  para producción agrícola.  Se trata de algunas  de las terrazas fluviales, en las cuales históricamente hubo cultivos en forma artesanal. Por ejemplo, en el sector de la Gloria se cultivaba trigo hasta hace pocos años en las terrazas fluviales, utilizándose un canal para el riego de estas terrazas. En el sector de la confluencia del Estero Potrero Grande, también se ha cultivado. Aguas debajo de la confluencia entre el Río Las Animas y Río Achibueno también existen sectores cultivados. Lo anterior puede confirmarse mediante simple observación en Google Earth. Algunos de estos sitios se verán afectados por las obras de captación y decrecimiento en el nivel del Río. El Estudio de la línea base y el impacto del proyecto sobre estos terrenos está subvalorado.

    La Comisión Regional, considera pertinente la observación y al respecto indica que el  levantamiento de suelos para la línea base de Edafología que forma parte del acápite 5.3.4 del EIA, se efectuó sobre el área de influencia directa (AID) del Proyecto definida, la cual considera aquellas áreas donde se manifestarán los efectos del Proyecto, producto de las obras y/o acciones del mismo, en sus etapas de construcción y operación. Por lo tanto, sobre dicha área se realizó la caracterización del suelo, la evaluación de los potenciales impactos y las medidas para mitigar, reparar o compensar los impactos identificados,  no considerando los sectores fuera del área en estudio.

    Cabe destacar que los sectores que presentan suelos aptos para la producción agrícola son mencionados por el Titular en la línea base de Uso de suelo (acápite 5.7 del EIA), la que identifica los terrenos de uso agrícola presentes en el área de influencia directa, utilizando para ello, la metodología de la Carta de Ocupación de Tierras (COT).    Así mismo, desarrolla la Evaluación de Impactos de Uso de Suelo del EIA, identificándose el impacto Afectación de terrenos de uso agrícola (US-USU-CON-01), en el se indica la superficie y el porcentaje de afectación de los terrenos de uso agrícola en el área de ocupación de las obras y/o instalaciones del Proyecto.

    Adicionalmente, en el Anexo I Permiso Ambiental Sectorial del Art. 96 del EIA y en respuesta a la observación N° 1.74 de la Parte 1 de la Adenda Nº 1 en el Anexo 6 Caracterización Física y Química de los Suelos en los Depósitos de Marinas de la presente adenda, se entrega la caracterización de los suelos que presentan aptitud para la producción agrícola.  Respecto a las obras de captación y decrecimiento en el nivel del río, la Dirección General de Aguas al asignar los derechos sobre el río Achibueno, estableció un caudal ecológico de 3 m3/s para ambas centrales (Resolución DGA Nº 149 de 1990) y se realizó un estudio de caudal ecológico (Anexo N Parte 2 del EIA), donde se concluye que el caudal ecológico asignado por la DGA es apropiado y cumple con las normas de carácter hidráulicas e hidrológicas establecidas y  representa en  suma  un  efecto  de  significancia medio  bajo  según  las  metodologías de simulación de hábitat. Por lo que no se verán afectados mayormente los escasos terrenos de uso agrícola.  Por todo lo anterior, los terrenos de uso agrícola en el área de influencia del Proyecto, no se consideran subvalorados.

    5.66.- Nombre: Alex Hernández, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Brisa Campillay Alarcón, Domiciliada en  Los Huilliches Nº 1464 El Tambo II,  Copiapó; Álvaro  Rondon Humeres, domiciliado en  Balmaceda Nº 790 Estación Central Santiago; Javier  Valerio  Gutiérrez, domiciliado en Villa Arauco, Icalma Nº 0733 Linares;   Gloria Patricia Carrasco Vásquez, domiciliada en Tegualda Nº 1762, Comuna de Ñuñoa, Santiago; Claudia  Gómez Parada domiciliada en Freire Nº 118, Linares Roberto Esteban Morales Pedrero domiciliado en Pasaje Doctor de la Fuentes Nº0019, Linares; Sergio Emilio Yánez Pérez, domiciliado en Balmaceda 116, Linares; Carola Castro Lagos y María Eugenia Lagos ambas domiciliadas en Andes Nº1521, Villa Santa Sara, Linares ; Myriam Marcela Villar Gómez domiciliada en M. Miguel León Prado Georgia Nº1296, Linares; Juan Alberto Bustos Bustos domiciliado en Calle Don Bosco Nº36, Linares; Héctor Pincheira  Espinoza, domiciliado en Pobl. Héctor Pinochet E. González Nº 01017 Linares; Nicholas Enrique Rojas Silva, domiciliado en Calle Yerbas Buenas Nº 0188 ,Linares; Luis Alberto Parra Retamal y José Arcides Parra Retamal ambos domiciliados en Pacul Nº 1563 Santiago; Yanet del C. Astudillo Meza, Avda. Diagonal Paraguay Nº 252 Depto. 207 E Santiago; Jimena Yánez Alegría, domiciliada en  San Pablo Nº1353 Santiago; Diego Ignacio Alcayata Hortuvia , domiciliado en  Villa Santa Marcia del Valle, Pje. Ricardo Ruiz N’ 1948 Linares; Eduardo Maturana Santis, domiciliado en Avda. Maipu N’ 1842 Maipu Santiago; Gerardo Berrios Campos domiciliado Las Pataguas Nº0063, Villa El Alba, Linares; Jaime Fernando Gómez San Martín, domiciliado en Freire N 118, Linares; Raúl Méndez Muñoz domiciliado en Concordia Nº13, Población Porvenir, Linares.

    5.66.1. En el Capítulo 7 del EIA dedicado a este ítem se afirma: “Dadas las condiciones micro climáticas del sector y la distribución espacial, marcadamente discontinua de las formaciones vegetacionales, se prevé  una baja a media probabilidad  de  ocurrencia de un evento del incendio (…)”. El sector contempla formaciones vegetacionales de diversos tipos, algunas discontinuas, pero otras marcadamente continuas, en donde la probabilidad de  ocurrencia  de un incendio es al  menos mediana  y la  probabilidad de propagación y catástrofe, una vez iniciado el incendio, es sin duda alta.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la inquietud y en relación a los riesgos  antrópicos el EIA identificó como uno de los riesgos la ocurrencia de incendios forestales. Si bien no se realiza una  evaluación  cuantitativa de  la  probabilidad de  ocurrencia de  incendios forestales, se menciona que “Dadas las condiciones microclimáticas del sector y la distribución espacial marcadamente  discontinua de las formaciones vegetacionales,  se prevé una baja a media probabilidad de ocurrencia de un evento de incendio, siendo la época estival, el período que presentaría una mayor probabilidad de riesgo de incendio”. Se menciona además que la zona que presentaría mayor riesgo corresponde a aquella determinada entre la confluencia del Achibueno con el estero Los Hualles y confluencia del Achibueno con estero Pejerrey, dado que este sector se configura como uno de incipiente potencial turístico y recreativo (Capítulo 7, acápite 7.3.3.4, páginas 60 y 61 del EIA).

    No obstante el valor cualitativo (bajo, medio o alto) de probabilidad de incendio según la época del año y las características de las distintas zonas del área de influencia, y tal como se señala en el acápite 6.6.1 del Anexo L del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Permiso Ambiental Sectorial 102), las medidas de prevención contra incendios forestales consideran que se establecerá un programa de prevención. Este plan tendrá como finalidad indicar todas las medidas, normas y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La principal metodología utilizada para ello serán la organización y coordinación de charlas y utilización de diversos medios de difusión.  Con respecto al control de incendios declarados se incorporarán las medidas pertinentes. Sin perjuicio de lo anterior, una vez que el Titular posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, el Titular se compromete a realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.

    5.66.2. En marzo de este año se desató un incendio justo al norte del sector de Las Mulas. Durante el 2078 hubo otro incendio en el sector que afectó 45 hectáreas. Durante el 2076 otro incendio devoró  la margen sur del río  Achibueno frente a la  confluencia con el estero La Gloria.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que la Empresa contempla en el acápite 6.6.1 del Anexo L del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Permiso Ambiental Sectorial 102), las medidas de prevención contra incendios forestales, que consideran el establecimiento de un programa de prevención. Este plan tendrá como finalidad indicar las medidas, normas y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello serán la organización y coordinación de charlas y utilización de diversos medios de difusión. Se incorporan además las medidas de control pertinentes contra incendios forestales.

    Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, una vez que el Titular posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se podrá realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.

    5.66.3 Un río caudal  reducido  a un mínimo ciertamente implicará  que la  66.3.vegetación a orillas del río se seque, lo que junto con un aumento en la intervención humana significa un alza significativa en el riesgo de incendio. ¿Cómo puede sostener la empresa que desde un punto de vista probabilística el riesgo de incendio sea tan sólo de medio a bajo?

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no realiza una evaluación cuantitativa de la probabilidad de ocurrencia de incendios forestales, este tema ha sido abordado por el Proyecto considerando que siempre es posible que un incendio tenga lugar ―incluso si las causas son fortuitas―. En este sentido, el Proyecto contempla en el acápite 6.6.1 del Anexo L del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Permiso Ambiental Sectorial 102), las medidas de prevención y control contra incendios forestales. Estas medidas consideran el establecimiento de un programa de prevención que tendrá como finalidad indicar todas las medidas, normas y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello serán la organización y coordinación de charlas y utilización de diversos medios de difusión. Se incorporan además las medidas de control pertinentes contra incendios forestales.

    Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, una vez que el Titular posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se podrá realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.

    5.66.4. Por otra parte, no se menciona en ningún lugar el impacto que tendrá el proyecto en el aumento del riesgo de incendio. Dado que el proyecto implicará  un aumento considerable de la actividad humana en el sector, así  la empresa  debiera  hacerse  cargo de este aumento y mantener, tanto durante la fase de construcción como de operación, una brigada para  control de incendios forestales capaz de controlar efectivamente cualquier incendio que se declare en el sector. Esta brigada debiera estar disponibles en los alrededores de la zona donde se construiría la central Castillo, zona de más difícil acceso y además Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad de la región.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no incorpora al riesgo de incendio como un impacto del Proyecto propiamente tal pues este riesgo es inherente a la actividad humana. Sin embargo, este tema ha sido abordado por el Proyecto considerando que siempre es posible que un incendio tenga lugar ―incluso si las causas son fortuitas―. En este sentido, el Proyecto contempla en el acápite 6.6.1 del Anexo L del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Permiso Ambiental Sectorial 102), las medidas de prevención y control  contra  incendios  forestales.  Estas  medidas  consideran  el  establecimiento de  un programa de  prevención que  tendrá  como  finalidad indicar  todas  las  medidas, normas  y actividades tendientes a evitar que se declare un incendio forestal. En cuanto a sus contenidos, éste considera la capacitación de todo el personal, de manera de crear conciencia en aquellas personas que laboran en el Proyecto acerca del valor que representan los recursos naturales renovables y la necesidad de cuidarlos. La metodología principal utilizada para ello serán la organización y  coordinación de  charlas  y  utilización  de  diversos  medios  de  difusión.  Se incorporan además las medidas de control pertinentes contra incendios forestales.

    Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, una vez que el Titular posea la Resolución de Calificación Ambiental favorable, se podrá realizar un convenio con CONAF o con una empresa forestal especializada en la materia, a quién se le encargará la gestión de protección de incendios forestales.

    5.67. Nombre: Alex Hernández , Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores N’ 706 Maipú Santiago; Alvaro Bustos Vera-Pinto domiciliado en Don Bosco N°36, Linares.

    5.67.1. En general el estudio de los impactos ambientales sobre el paisaje presente en el EIA (Cap. 6, 9) es de una  gran  superficialidad, justificando poco o nada  la asignación de valores a los parámetros del modelo lo que hace que sus resultados no sean confiables.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que en el acápite 6.9 del EIA se identifican los impactos de distinta significancia que serán generados tanto en la etapa de construcción como de operación del Proyecto.   A este respecto la Comisión Evaluadora resuelve tomando en consideración los antecedentes que los servicios con competencia ambiental, informan durante el proceso de evaluación.

    5.67.2. El proponente sólo considera las líneas de “interconexión eléctrica” en la EIA, dejando  fuera las líneas  de transmisión. Sobre la primera  considera su  impacto sobre el paisaje como “moderado”, lo que presenta una débil justificación en la EIA, no mencionando siquiera  las  superficies  de bosque nativo intervenido para sus 26 kms. De tendido.  Finalmente debe señalarse que, si bien  la empresa ha  dejado fuera del EIA las líneas de transmisión eléctrica, resulta muy difícil evaluar el impacto del proyecto sobre el  paisaje a considerar su  impacto. Las centrales  evaluadas no pueden funcionar sin transmisión y esta parte del proyecto considera uno de los impactos más relevantes del proyecto sobre el  paisaje. Sin conocer sus características y trazado se hace prácticamente imposible definir la real  magnitud del impacto  del proyecto sobre el paisaje. El único impacto sobre el paisaje considerando en el EIA en la etapa de Operación del Proyecto se refiere a Creación de nuevos cuerpos de agua temporales dentro del mosaico del paisaje (PA-PAI-OPE-01)” (Pág. 6-243) el que se considera – increíblemente – como “positivo”.

    Resulta difícil justificar que el único impacto del proyecto sobre el paisaje en su etapa de operación (vida útil del  proyecto) se reduzca a los  nuevos embalses, dejando fuera por ejemplo impactos tan  significativos en el  paisaje como la reducción del caudal del río a  un “mínimo ecológico” de 3 m3/s, el  efecto permanente sobre el  paisaje del sistema de interconexión eléctrica, el impacto de los caminos y resto de las instalaciones como casas de maquinarias, bocatomas, etc. que impactarán sobre el paisaje de manera permanente en su etapa de operación.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y en relación a ello señala que los impactos previstos, afectarán tanto la calidad como la fragilidad del paisaje fundamentalmente por las siguientes razones:
    i) la alteración o modificación de los actuales componentes físicos (relieve y suelos) y bióticos (vegetación nativa o introducida) del paisaje;
    ii) la introducción en el paisaje de nuevos elementos de origen antrópico, como caminos, construcciones, estructuras, tendidos eléctricos, depósitos de materiales, etc.; y
    iii) un aumento en la fragilidad visual del paisaje, como resultado del acceso -que los caminos
    mejorados y nuevos- darán a potenciales observadores a paisajes y/o porciones del territorio hoy sin acceso terrestre.

    Las modificaciones señaladas, y que se esperan sobre los elementos físicos y bióticos que conforman el paisaje afectarán la condición basal –en lo que a calidad visual del paisaje se refiere– serán provocados durante la construcción del Proyecto, y perdurarán durante la operación. Por esta razón tanto la disminución del caudal del río como la inclusión en el paisaje de elementos de origen antrópicos (líneas eléctricas, caminos, entre otros) se iniciará durante la etapa de construcción de las centrales, razón por lo que este impacto ha sido clasificado en esta etapa.

    5.67.3 Por otro lado la “Creación de nuevos cuerpos de agua temporales dentro del mosaico del paisaje (PA-PAI-OPE-01)” (Pág. 6-243) se considera “positivo” en la EIA sin que se presente un análisis comparado del valor paisajístico actual de los sectores de emplazamiento de estos embalses versus la situación con embalses. Como se puede apreciar enla siguiente fotografía este valor es significativamente alto la actualidad, por lo que difícilmente su destrucción  para emplazar  un embalse logre tener un impacto positivo sobre el paisaje.

    La Comisión Regional considera pertinente la observación planteada y al respecto indica que el estudio de línea base de Paisaje (acápite 5.9 del EIA) cumple con lo exigido en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº95/01 D.O
    07/12/2072). En este sentido el estudio determinó la calidad, fragilidad y condiciones de visibilidad basales del área de estudio, calificando al paisaje con una Calidad promedio Alta producto de los atributos que se emplazan en la superficie evaluada. La metodología empleada permite determinar, para cada elemento constituyente del paisaje, un valor que se asigna según la presencia, forma y dominancia en relación con el contexto en que se disponen.

    Según lo anterior, y desde un análisis dimensional que ha sido probado ampliamente a través de las preferencias de público para diferentes paisajes, en términos cognitivos de complejidad, legibilidad y percepción de los estímulos, la presencia de cuerpos de agua invariablemente incrementan el valor del paisaje, si es que ésta se presenta con una apariencia específica, dentro de lo que se destaca una apariencia clara y limpia.

    De esta manera, y como se indica en el EIA (Acápite 6.9) se espera que la inclusión en el paisaje de nuevos cuerpos temporales de agua enriquezcan la “oferta” de recursos escénicos y ambientales dentro del área del Proyecto. Lo anterior no establece que el área afectada tendrá finalmente mayor calidad visual que su situación original, si no que el Proyecto aportará con nuevos recursos incrementando la valoración en relación a un paisaje ya intervenido por el Proyecto.

    5.68.- Nombre: Alex Hernández Liberona, Domiciliado en 1 Norte Nº 160 Longaví; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores N’ 706 Maipú Santiago.

    5.68.1. Además  de los antecedentes entregados en el EIA  respecto a la actividad volcánica del nevado Longaví montañista que han alcanzado su cumbre por diversas caras han reportado la presencia de fumarolas en sus laderas (ver http://www.andeshandbook.cl/cerro.asp?codigo=235). El riesgo de que este volcán vuelva a hacer erupción es real. Si tal situación se produjera y la colada o lahares descendieran por el estero  Los Patos, arrasaría con la bocatoma de la central Castillo y también con el  tranque  de punta ahí ubicado, los cuales están  solo 1900m aguas abajo del estero Los Paltos.  ¿Qué consecuencias tendría que dicho tranque cediera de  golpe?
    ¿Están diseñados los tranques de punta y contrapunta para resistir los efectos de un aluvión provocado por una erupción volcánica?

    En  relación al  riesgo  por  actividad volcánica, el  EIA  plantea la  realización de inspecciones periódicas de los volcanes Longaví, Loma Blanca y San Pedro-Pellado.
    ¿Quién realizará  dichas inspecciones y cada cuánto  tiempo? ¿Cuáles serán los criterios de activación de medidas de emergencia tales como el vaciamiento a tiempo de los tranques de punta y contrapunta, de modo de evitar que estos sean llevados de golpe?

    Del  mismo modelo, el EIA reconoce la existencia de numerosas  fallas  geológicas en el área de influencia. Sin embargo, no se incluye en el estudio una evaluación de las consecuencias que tendría  un sismo sobre las  instalaciones del  proyecto, en particular sobre los tranques de punta y contrapunta.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la inquietud, así mismo establece que siempre es recomendable realizar prospecciones de actividad volcánica, sin embargo esto esta fuera de los alcances de un EIA, y corresponde a un esfuerzo de las instituciones del estado Chileno, más aun considerando lo ocurrido con el volcán Llaima y el volcán Chaitén.   En este sentido la autoridad ambiental en el tema SERNAGEOMIN, evalúa la actividad volcánica y la evolución y comportamiento eruptivo de los volcanes activos, dentro de los cuales no se encuentra el Nevado de Longaví, según dicha institución.

    Sin duda, una erupción es un evento excepcional que provoca daños de consideración cuando ocurren tanto a la tecno estructura, como a la biogeoestructura. En el caso poco probable de una erupción del Longaví (inactivo), ésta podría afectar la Bocatoma de la Central el Castillo, tal como se señala en el acápite 5.3.3.4.2 del EIA y posiblemente al tranque de punta de la misma central, debido a los flujos laháricos provenientes del flanco oriental del volcán a través del estero Los Patos, tal como se señala en la observación.  Pero es muy importante tener presente que dado que Chile es un país sísmico, lo que ha sido considerado en el diseño, ya que todas sus estructuras están diseñadas para ello, según normas chilenas.   Sin embargo, en caso de una erupción, la apertura de compuertas y el vaciado de los tranques se aleja toda posibilidad que una erupción produzca mayores daños.  En relación al riesgo por actividad volcánica, se puede mencionar que dichos riesgos no están asociados a impactos ambientales y por consiguiente a planes de manejo y seguimiento, debido a que los riesgos naturales no son provocados por el Proyecto, sino que existen per se.  El SERNAGEOMIN, es el servicio encargado de realizar los estudios de evolución de la actividad de volcanes activos.   Respecto de a la existencia de fallas geológicas de importancia, en el acápite 5.3.3.4.2 de Áreas de Riesgo, se describe el riesgo sísmico a la que está sujeta el área de influencia del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno. En dicho acápite se especifica la baja frecuencia de este tipo de eventos en la región del Maule.

    En el mismo acápite se señala que, para el área de influencia del Proyecto, el riesgo sísmico está muy asociado a la calidad litológica, ya que ella permite entender los riesgos asociados a este tipo de eventos. Según la clasificación de calidad sísmica de terrenos (Karzulovic, 1980), las unidades Andesítica, Tobáceas, Las Toscas y Rocas Intrusitas (ex Las Ánimas) existentes en la zona de Proyecto, presentan una calidad de resistencia sísmica "excelente" a "buena", llegando a calidad aceptable en zonas afectadas por alteraciones hidrotermales, como es el caso del sector quebrada Los Maquis.   Para el área de influencia en general, el riesgo sísmico se considera comparativamente bajo, pues la región comprendida entre los 35° y 37° de latitud sur presenta una baja concentración de focos sísmicos, concentrándose estos más hacia los 35° de latitud sur y a una profundidad de 80 a 100 km, y en la zona costera a una profundidad de 10 a 60 km. Además la calidad sísmica de los terrenos, por su forma es bastante estable como para representar riesgos considerables.   El área de influencia no presentaría una cercanía importante a epicentros por lo que, de ocurrir movimientos telúricos, éstos serían de baja magnitud, siendo improbable la ocurrencia de sismos de consecuencias catastróficas que puedan afectar el área de influencia del Proyecto, Valdés (1990).    Como antecedente adicional, de los 107 sismos importantes y/o destructivos registrados entre 1570  y  Mayo  del  2075,  según  el  servicio  sismológico  de  la  Universidad  de  Chile http://ssn.dgf.uchile.cl/home/terrem.html, solo tres se ubican en latitudes correspondientes a la Región del Maule con epicentros concentrados en la región costera.    Cabe destacar que en caso de un evento de este tipo, el diseño de los tranque de Punta de las centrales El Castillo y Centinela, permiten la evacuación controlada del agua acumulada, es necesario precisar que los tranque de punta son de una capacidad relativamente baja.

    Por último, el diseño estructural de las obras contempla un estudio previo de riesgo sísmico que se encuentra en desarrollo, del cual se obtienen recomendaciones que son incluidas en el diseño de las obras y que aseguran su buen comportamiento ante estos eventos.

    5.69.- Nombre: Alex Hernández Liberona, Domiciliado  en  1 Norte  Nº 160 Longaví;Álvaro  Bustos Vera-Pinto, domiciliado en Calle Don Bosco N’ 36 Linares; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores N’ 706 Maipú Santiago.

    5.69.1. En la  metodología  de monitoreo de fauna  entregada en el  EIA no se señala la realización de monitoreos nocturnos para la detección de aves. Se solicita indicar si fueron realizados y los resultados obtenidos.

    Esta Comisión  Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que los estudios de línea base de Fauna terrestre entregados por el Titular, no se realizaron monitoreos nocturnos para la detección de aves rapaces dado que se implementaron acciones que tienen el mismo propósito. De esta forma, en las 44 estaciones de muestreo que se indican en el estudio de  línea base se realizó la búsqueda activa de evidencias tales como posaderos y egagrópilas de aves rapaces, además a los muestreos por estación, se sumaron todas las especies observadas durante caminatas a través del área de influencia del Proyecto. Por otro lado, gran parte de los censos  de  aves  se  realizaron  durante  las  primeras  horas  de  la  mañana,  lo  cuál  permitió observar la eventual presencia de aves rapaces de hábitos nocturnos pertencientes a la familia Strigidae como son el Tucúquere (Bubo magellanicus) y el Chuncho (Glacidium nanum).

    Sin perjuicio de lo anterior, debe tenerse presente como lo señala el Titular en la Adenda N°1 de acuerdo a la distribución geográfica reportada por la literatura científica actualizada (Jaramillo 20732), en el área del Proyecto sólo se podrían encontrar otras tres aves rapaces nocturnas; el Pequén (Athene cunicularia), la Lechuza (Tyto alba) y el Concón (Strix rufipes rufipes). El Pequén, es la menos nocturna de este tipo de rapaces, volando con igual facilidad tanto de día como de noche, además es relativamente fácil de detectar, ya que suele permanecer posado en algún montículo de tierra, poste o baranda. Individuos de esta especie es posible encontrarlos en terrenos abiertos o faldeos poco vegetados de la precordillera. En virtud de lo anterior, y por estas razones anteriormente expuestas, se concluye que los muestreos tanto diurnos como nocturnos son igualmente válidos para detectar eventuales individuos de esta especie.

    En el EIA se indica, que con respecto a la Lechuza y el Concón, los individuos de dichas especies son de hábitos predominantemente nocturnos. El Concón vive en zonas de bosques, por lo que es más abundante hacia la zona sur y bastante escaso desde el Biobio hasta Santiago, donde se ha  reportado su límite norte. Por otro lado, la Lechuza es cosmopolita y posee una gran capacidad de adaptación, pudiendo encontrarse en una gran variedad de hábitats, tanto en el campo, como en pueblos y ciudades. A pesar del esfuerzo de muestreo desplegado (directo e indirecto  -egagrópilas,  plumas,  etc.-)  ambas  especies  no  fueron  detectadas  durante  los estudios de línea base, probablemente debido a su ausencia dentro del área de influencia del Proyecto, o a que se presentan en densidades bajas.

    Sin perjuicio de lo anterior, es importante recalcar que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno implementará una serie de medidas de manejo ambiental que se traducirá en la protección   y   cuidado   de   todas   las   especies presentes en   el   área   del   Proyecto, independientemente de que hayan sido registradas o no durante las campañas de terreno de línea de base. Estas medidas que funcionarán de modo “paraguas” son las siguientes:
    •  Creación de un área de conservación (Medida PC-INT-01) (página 7-26 del capítulo 7 del EIA).
    Esta Comisión considera pertinente la observación t señala que esta área de conservación contendrá parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se afectaría como consecuencia del Proyecto. Al respecto, la superficie del área de conservación será de 207 hectáreas que  corresponden  a  la  sumatoria  de  la  superficie  de  las  unidades  vegetales  con  mayor importancia ambiental presentes en el área de influencia del Proyecto .

    •  Restauración en las obras de apoyo (Medida PR-INT-01) (Acápite 7.2.2.1.2 del capítulo 7 del EIA)
    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que el objetivo general de este plan consiste en restaurar los componentes ambientales del medio terrestre (geoformas, suelos, flora y vegetación, hábitat para la fauna y paisaje), en los sectores de emplazamiento de las obras provisorias del Proyecto. Este plan de restauración se aplicará a todas las obras provisorias del Proyecto tales como frentes de trabajo, instalaciones de faenas y depósitos de marinas.

    •  Protección de la flora y fauna nativa (Medida PM-INT-01) (acápite 7.2.2.1.1)
    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que esta medida tendrá por objetivo central mitigar o minimizar los potenciales efectos negativos de la interacción del personal del Proyecto con la fauna silvestre, durante el período de construcción del Proyecto.  Por lo tanto, y como se ha mostrado en los párrafos precedentes, y con el propósito de brindar amplia y efectiva protección a las especies de fauna, incluso a las que son de difícil registro, el Proyecto  Hidroeléctrico  Achibueno  ha  propuesto  y  diseñado  una  serie  de  medidas  de protección que también las benefician.

    5.69.2. Se solicita adelantar de que manera las líneas de transmisiones eléctrica afectarán el vuelo y trayectoria de las aves en el valle.

    Esta Comisión considera pertinente la observación sin prejuicio de lo anterior, señala que el titular evalúa según lo expuesto en Adenda N°1 los siguientes impactos:
    Impacto MB-FFT-OPE-04: Mortalidad de avifauna por colisión y electrocución en línea de interconexión eléctrica
    La colisión y la electrocución de fauna silvestre contra los cables de guardia y los conductores de líneas eléctricas pueden llegar a ser un problema en algunos hábitats y para algunas especies de vertebrados voladores.
    Las aves rapaces, son atraídas a postes y líneas eléctricas ya que pueden utilizarlos como posaderos para descansar y acicalarse, puntos estratégicos de caza y nidificación, y para exhibir comportamientos sociales como la defensa del territorio.
    La colisión resulta del choque de las aves con los cables conductores de media y alta tensión y con los cables de guardia de las líneas de alta tensión. Sucede cuando el ave no ve el cable mientras vuela, puesto que los cables son difíciles de percibir como obstáculos, produciendo daños, mutilaciones y mortalidad debido al impacto con la línea.
    Entre los factores que influencian las colisiones se encuentran aquellos relacionados con la biología de las especies y aquellos relacionados con las condiciones ambientales:
    • Edad de las aves: aves volantones presentan menor destreza y maniobrialidad, además de menor conocimiento del área, que aves adultas.
    • Conducta social: aves gregarias que vuelan en bandadas son más vulnerables ya que se reduce el espacio para evitar los obstáculos y la visibilidad de la línea de vuelo de las aves.
    • Tamaño y peso del cuerpo: aves de tamaño corporal grande son más vulnerables que las aves pequeñas ya que se limita su maniobrialidad en el aire (ej: garzas, flamencos, patos, gansos y cisnes).
    • Visibilidad de los cables: La visibilidad de los tendidos eléctricos se ve reducida en ciertas condiciones climáticas (ej: precipitaciones, neblina, viento) y la hora del día (mayor riesgo durante el crepúsculo y el amanecer).
    • Topografía del paisaje: Las aves utilizan las características geomorfológicas  del paisaje como rutas de migración o corredores. Por lo tanto, los tendidos eléctricos ubicados en las cadenas montañosas, líneas costeras, y  valles o  cajones de río presentan mayor peligro de colisión para las aves.
    • Zonas de concentración de avifauna: Los humedales por concentrar la  avifauna acuática representan focos de vulnerabilidad a este impacto (Infante et. al 1995).

    En resumen, la vulnerabilidad a las colisiones depende de la especie y el hábitat específico.

    A continuación, se muestra el análisis y predicción del posible impacto que tendrá sobre la avifauna, la línea de interconexión eléctrica que estará presente en el Proyecto.

    Se determinó que durante la línea base se registró la presencia de al menos 17 especies propensas al impacto de colisión y/o electrocución.

    El diseño de esta línea de interconexión, presenta 2 tipos de postes de hormigón con crucetas de acero galvanizado, estos corresponden a una estructura de anclaje y a una estructura de paso. Ambas estructuras presentan aisladores dispuestos en posición vertical hacia arriba de la cruceta, y un espacio entre conductores y eje central de la cruceta de 75 y 80 cm respectivamente. Estas características estructurales sumadas principalmente al hecho de que las aves rapaces utilizan estas estructuras como posaderos o perchas, determinan una probabilidad extrema de electrocución de de aves en este tipo de crucetas. Sin embargo, el diseño de postes a utilizarse en esta línea de interconexión involucra la instalación de un disuasivo de la percha tipo “rastrillo” de 10 cms de alto, en el brazo de la cruceta que disminuye la posibilidad de que las aves se perchen, disminuyendo así la probabilidad de electrocución. En este caso, existe posibilidad de electrocución si las aves de mayor envergadura alar registradas en esta área (el águila y el cóndor, ver tabla siguiente) se perchan en la punta del poste más corto de la estructura de anclaje y tocan el cable conductor que está a sólo 75 cm de distancia. Esta situación ocurriría en condiciones tales como, que el ave  que  se  pose  tenga  el  plumaje  mojado,  humedad  ambiental  alta  (precipitaciones por ejemplo), y que el ave defeque y/u orine al pararse en el poste.

    Con respecto a la probabilidad de colisión esta es mayor en la estructura (o poste) de paso, que en la estructura de anclaje ya que presenta menor espaciamiento entre el cable de guarda y los cables conductores. La colisión de aves con los cables es probable ya que la línea atraviesa sectores de bosques donde las líneas son menos visibles para las aves, varias de ellas que vuelan en bandadas y a que estará ubicada a lo largo del valle cerrado de Achibueno. Al respecto, ha sido documentado el hecho de que las aves utilizan los valles como corredores de vuelo. Los volantones especialmente, podrían chocar con los cables en un intento por atravesar el río.

    Por último, considerando que se trata de una obra de carácter permanente, existen expectativas altas de que se manifieste este impacto. Por lo tanto, la probabilidad de que ocurra (P) este impacto se calificó como Alto (valor 0,8).

    El carácter del impacto (C) es negativo, ya que la mortalidad de especies implica pérdida de diversidad genética y, en el caso de las especies en categoría de conservación, posee mayor relevancia.

    La extensión del impacto (E), se calificó como comunal (valor 1) ya que se extiende a través de un área de dimensión comunal.

    Con respecto a la intensidad del impacto (I) el Titular determinó que puede ser moderada (valor 2) ya que sólo dos de las ocho especies de aves rapaces registradas en el área presentan probabilidad de electrocutarse. De todas maneras, se debe considerar que las aves rapaces poseen densidades y tasa reproductiva baja, por lo que la pérdida de pocos individuos tiene un impacto significante en la población local.

    Además, varias aves propensas a la colisión, vuelan en bandadas, por lo que es probable que más de una de ellas tengan accidentes en un solo evento de colisión.

    La reversibilidad del impacto (R) se calificó como irreversible (valor 2), por tratarse de mortalidad de individuos.

    Por último, al componente se le dio un valor de relevancia extrema (de valor 8). Se determinó que al menos 17 de las 41 especies de aves registradas en el área del Proyecto durante el estudio de línea base de fauna pueden presentar interacciones con la línea de interconexión eléctrica, debido a que poseen ciertas características corporales y/o conductuales. De estas 16 especies, dos se encuentran En Peligro; el carpintero negro (Campephilus magellanicus) y la Torcaza (Columba araucana), y una se encuentra clasificada como Vulnerable, esta es el Loro tricahue (Cyanoliseus patagonus bloxami). Todas ellas pueden tener posibilidades de chocar con los cables de la línea de interconexión, debido a que poseen tamaño corporal grande y a que  vuelan en  bandadas (excepto el  carpintero negro). Por  otro  lado, el  cóndor (Vultur gryphus) se encuentra Vulnerable y es una de las dos especies identificadas que son propensas a la electrocución debido la posibilidad de posarse en las crucetas de las torres.

    De acuerdo a los resultados que se presentan en la tabla anterior, el valor del impacto es moderado con  un  valor  de  -44,8. Este  valor  estuvo  determinado, principalmente, por  la probabilidad y la valoración ambiental. Como medida de mitigación el diseño del proyecto contiene la instalación de postes con antiperching del tipo hormigón pre-fabricado, lo que evitará el acercamiento de aves. Además, Se propone que en las zonas que se determinen de riesgo de colisión de aves, la utilización de dispositivos anticolisión tipo Espiral (Diámetro: 300[mm] x Largo: 1000[mm]).   Estos serán ubicados en forma alternada en cada una de las fases a una distancia de 7[m], quedando espaciadas a 21[m] entre señalizaciones contiguas en un mismo conductor.

    5.69.3. ¿Cómo afectarán las tronaciones y dinamitados al pudú, especie altamente sensible a los ruidos y alteraciones ecosistémicas?

    La Comisión considera pertinente  la observación, dado que conforme la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para implementarse. En este sentido, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). 

    Respecto a los impactos en la especie del  Pudú (Pudu pudu)  en el EIA se  ha señalado que es una especie que se asocia preferentemente a lugares sombríos y húmedos del sotobosque del Bosque Templado. Los factores más importante que han hecho disminuir sus poblaciones son el deterioro del hábitat, la amenaza de perros y la introducción en su ambiente natural, de enfermedades por parte del ganado doméstico, además, es cazado ilegalmente para ser utilizado como alimento.   El sector que será afectado por el Proyecto cubre un área altamente intervenida actualmente, donde el Bosque nativo ha sido raleado, reemplazado en algunas zonas por plantaciones forestales y por praderas. Además, recibe un alto tránsito de ganado y de perros. Por estas razones es que, a pesar del muestreo exhaustivo durante los estudios de línea de base de fauna, el Pudú fue detectado sólo en dos ocasiones mediante la presencia de fecas, esto probablemente debido a que se encuentra en el área del Proyecto en extremadamente bajas densidades.

    El EIA agrega información de autores o publicaciones científicas de Smith & Flueck  respecto al oído de cérvidos en relación al ruido emitido por aeronaves que podrían ser comparables con el ruido producido por tronaduras. Entre las principales conclusiones de las investigaciones publicadas, se concluyó que el oído de cérvidos es muy distinto al del humano y no pueden ser comparados, y que incluso frecuencias del ruido de helicóptero son percibidas mucho menos por cérvidos que humanos.

    Por último, es importante recordar que el Titular previo al inicio de cualquier obra, incluyendo donde se implementará el uso de explosivos, en primer lugar se llevarán a cabo los procedimientos de la medida “Rescate y relocalización de vertebrados terrestres” (acápite 7.2.2.2.1 del EIA) que si bien no operará sobre esta especie, incluirá la presencia de profesionales en el área que ahuyentarían a los potenciales individuos de esta especie sensible a la presencia humana.

    También se señala en el EIA que la mayor parte de las tronaduras serán en los túneles, desarrollándose tronaduras sólo en las excavaciones donde aparezca roca competente que no puedan ser removidas por medios mecánicos, es decir, su uso en superficie será reducido.

    5.69.4. ¿Cómo se  asegura el éxito del  traslado  de fauna fuera del  área original? ¿Qué resguardos se tomarán y medidas de control para seguir su evolución en el tiempo?

    La Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto el Titular ha informado que el traslado de fauna rescatada se encuentra disponible en forma detallada el acápite 7.2.2.2.1 del EIA. Para cada taxa de vertebrados de baja movilidad se utilizarán metodologías específicas que están validadas por las autoridades (SAG 2074) y la experiencia de especialistas. Asimismo, la información sobre estas metodologías específicas se encuentra en forma detallada en la respuesta a la observación N° 7.18 iii) de la Parte 7 de la presente Adenda. Por otro lado, con respecto a la medida de control para seguir la evolución en el tiempo de los animales rescatados, el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno propuso implementar un Plan de Seguimiento Ambiental para la medida “Rescate y relocalización de vertebrados terrestres” que se encuentra descrito en forma detallada en el acápite 8.2.2.2.1 del EIA, dicho plan contempla la realización de campañas de seguimiento de los individuos relocalizados en forma mensual durante los 3 primeros meses y, de modo estacional, durante dos años. Esto permitirá al Titular elaborar informes que serán enviados al organismo fiscalizador SAG.

    5.69.5. ¿Qué sucederá con el corredor ecológico que actualmente representa este cajón tanto para especies de fauna como de flora?

    Esta Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertinente la observación y al respecto indica que los corredores biológicos son áreas que conectan hábitats, estos funcionan como vías “verdes” que prestan conectividad entre grandes parches de hábitat utilizados por numerosas especies animales. En general, los corredores  están  conformados  por  un  mosaico  de  diferentes  parches  de  comunidades vegetales y condiciones medioambientales. Estos mosaicos proveen un ambiente heterogéneo, con múltiples microhábitats donde los animales pueden realizar todas o algunas de sus actividades vitales. Sin embargo, los corredores también pueden ser especie-específicos. La especifidad de los corredores, se relaciona con los requerimientos biológicos de las especies.

     En este caso, los cajones o quebradas, tienen la potencialidad utilizados como corredores tanto para especies de Fauna como especies de Flora para moverse  en el gradiente elevacional a lo largo del río.   A pesar de que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno afectará un sector en el cajón del río Achibueno, por  fuera  del  área  de  influencia existen  abundantes y  extensos parches  de hábitats iguales o similares a los que podrían afectarse.  El Titular establece que el área a ser afectada no se trata de hábitats prístinos sino que muy por el contrario, estos presentan actualmente un alto nivel del intervención,  como  es  el  raleo  de  bosques  y  matorrales,  la  presencia  de  plantaciones forestales, praderas artificiales, presencia de espécies exóticas como la rata (Ratus norvegicus) y el conejo (Oryctolagus cuniculus) que afectan en forma directa el hábitat y la sobrevivencia de especies de fauna nativa, el tránsito de ganado equino, bovino, ovino y caprino.  Por lo tanto, el Proyecto no afectará la condición potencial actual del cajón del río Achibueno como corredor biológico.  Sin perjuicio de lo anterior, en el EIA se declararon los impactos de Pérdida de hábitat y Modificación del hábitat para vertebrados terrestres (Efecto borde y barrera), por lo que el Titular establece las siguientes medidas de manejo que mitigarán, restaurarán y compensarán esta pérdida, contribuyendo de manera significativa con la mantención de la funcionalidad del cajón del río Achibueno como corredor biológico. Estas medidas son las siguientes:
    i) Creación de un área de conservación (Medida PC-INT-01): Esta área de conservación contendrá parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se afectaría como consecuencia del Proyecto. Al respecto, la superficie mínima del área de conservación deberá alcanzar las 106,6 hectáreas que  corresponden a  la  sumatoria  de  la  superficie  de  las  unidades  vegetales  con  mayor importancia ambiental presentes en el área de influencia del Proyecto (ver tabla 7.2.2.1-3 del capítulo 7 del EIA).
    ii) Restauración en las obras de apoyo (Medida PR-INT-01): El objetivo general de este plan consiste en restaurar los componentes ambientales del medio terrestre (geoformas, suelos, flora y vegetación, hábitat para la fauna y paisaje), en los sectores de emplazamiento de las obras provisorias del Proyecto. Este plan de restauración se aplicará a todas las obras provisorias del Proyecto tales como frentes de trabajo, instalaciones de faenas y depósitos de marinas.
    iii) Protección de la flora y fauna nativa (Medida PM-INT-01): Esta medida tendrá por central, mitigar o minimizar los potenciales efectos negativos de la interacción del personal del Proyecto con la fauna silvestre, durante el período de construcción del Proyecto.

    5.69.6. ¿Se tomarán medidas especiales para aquella fauna en categoría de conservación?

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno propuso una serie de medidas de manejo ambiental que mitigan, restauran y/o compensan los potenciales impactos identificados que podrían afectar a especies de fauna clasificadas en alguna categoría de conservación. Estas medidas se encuentran descritas en forma detallada en el capítulo 7 del EIA (ver acápites 7.2.2.2 y 7.2.2.1 del EIA) y son las siguientes:
    • Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres (Medida PM-FFT-01) (acápite 7.2.2.2.1)
    • Utilización de los atraviesos de quebradas de vertebrados terrestres (Medida PM- FFT-02) (página 7-33 del capítulo 7 del EIA).
    • Cercamiento de canales (Medida PM-FFT-03) (página 7-34 del capítulo 7 del EIA).
    • Creación de un área de conservación (Medida PC-INT-01) (página 7-26 del capítulo 7 del EIA).
    • Restauración en las obras de apoyo (Medida PR-INT-01) (acápite 7.2.2.1.2 del capítulo 7 del EIA)
    • Protección de la flora y fauna nativa (Medida PM-INT-01) (acápite 7.2.2.1.1)

    5.69.7. ¿Qué otro sector en Chile Central aún alberga la diversidad de especies faunística que tiene Achibueno?

    Esta Comisión Región Regional considera pertinente la observación y de acuerdo a los estudios de la fauna nativa de Chile, en específico un estudio que analizó la similitud faunística y el patrón de la riqueza de mamíferos entre diferentes área de Chile (Contreras 2070), el área del Proyecto (ubicada en el paralelo 36 latitud Sur) se ubicaría inserta dentro de una región formada por ambientes mediterráneos típicos del centro y por los bosques templados del Sur del país.

    5.69.8. ¿Adónde se podría asegurar un lugar que preserve estas especies a nivel nacional y mundial?

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que se considerará la medida de compensación propuesta en el capítulo 7 del EIA: “Creación de un Área de Conservación” (PC-INT-01) (Página 7-26 del EIA).  Esto implica la implementación de un área de conservación donde se encuentren los hábitats o asociaciones vegetacionales que serán afectados por el Proyecto, compensando además su superficie total.   Además, se ubicará próxima a la cuenca del Achibueno, es decir, bajo las mismas condiciones abióticas que el área que será afectada, por lo tanto, asegura la preservación de todas las especies de fauna presentes en el área de influencia.
     

    5.70.- Nombre: Alex Hernández Liberona, Domiciliado  en  1 Norte  Nº 160 Longaví;  Alvaro Bustos Vera-Pinto domiciliado en Don Bosco N°36, Linares; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores N’ 706 Maipú Santiago.

    5.70.1. En el capítulo 2.2.6- Superficie involucrada  por el  Proyecto, el Titular informa que la  superficie total  afectada  por el  proyecto es de  207,3 hectáreas.  Al mismo tiempo en el capítulo 5.7.4.4- Uso de suelo en el  área de influencia – el Titular informa que la superficie afectada cubierta por bosque nativo es de 106,31 hectáreas, es  decir aproximadamente un 50% del área del proyecto comprende bosques, sin embargo no se indica con suficiente  detalle el  tipo de bosque  afectado. En consideración a la relevancia de este  impacto el Titular debería indicar un detalle de la  superficie de bosque  nativo afectada según tipo forestal de la  misma forma  en que describe las formas actuales de uso de suelo en las provincias de Longaví y Linares mediante cita del “Catastro y evaluación de los recursos vegetacionales nativos de Chile (CONAF et al, 1999)” y resumen de dicha fuente en Tabla  5.7.4-2, 5.7.4-3 de modo que se pueda  realizar una evaluación en  profundidad de los  impactos  sobre el  bosque y que en  caso de aprobación la reforestación de áreas  afectadas sea realizada con las mismas especies.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Maule, considera pertinente la observación y al respecto plantea que Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno ha descrito la superficie de bosque nativo presente en el área de influencia del Proyecto, indicando los diferentes tipos de bosque que serían afectados, cuya clasificación se ajusta a los tipos forestales definidos por Donoso (1981) y el Proyecto “Catastro y evaluación de los recursos vegetacionales nativos de Chile” (CONAF-CONAMA-BIRF, 1999), así como a otras clasificaciones vegetacionales existentes en el país (Gajardo, 1994; Luebert y Pliscoff, 2076).

    Al respecto, en la línea base de Flora y vegetación terrestre, junto con caracterizar en detalle la flora y vegetación que sería afectada por el Proyecto, en el acápite 5.4.1.4.1 del EIA se entregó el marco biogeográfico a escala regional donde se inserta este componente ambiental.
    Cabe señalar que el Titular utilizó para tales efectos los resultados de los siguientes estudios sobre clasificación de la vegetación natural de Chile:
    • Tipos forestales de los bosques nativos de Chile (Donoso, 1981),
    • La vegetación natural de chile (Gajardo (1994), y
    • Sinopsis bioclimática y vegetacional de Chile (Luebert y Pliscoff, 2076).

    Por su parte, en el acápite 6.4.1 del EIA, se entregó el detalle de la identificación y evaluación de los impactos del Proyecto sobre la flora y vegetación terrestre. Dichos impactos se relación con la pérdida de vegetación en conjunto con individuos en categorías de conservación presentes en el área de influencia del Proyecto  y la alteración de la  vegetación por la  construcción y  mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica. Mientras que, en el acápite 7.2.2.1 del EIA, se entregaron los planes de manejo ambiental que se indican a continuación, destinados a mitigar, reparar y/o compensar los impactos ambientales identificados sobre el componente flora y vegetación terrestre, los que se centran en su totalidad en la flora y vegetación nativa:

    • PM-INT-01: Protección de la flora y fauna nativa.
    • PM-INT-02:  Restricciones  de  corta  de  vegetación  durante  la      construcción  y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica.
    • PR-INT-01: Restauración en las obras provisorias.
    • PC-INT-01: Creación de un Área de Conservación.
    • PC-FVT-01: Conservación de germoplasma de especies de flora en categoría de conservación.

    Finalmente, la información de los bosques que serían afectados por el Proyecto fue también analizada en Permiso Ambiental Sectorial 102 (PAS 102), entregado Anexo L del EIA, con la finalidad de cumplir con el permiso de corta y reforestación de bosques para ejecutar las obras civiles del Proyecto a que se refiere el artículo 102 del D.S. 95/2071 (Reglamento del SEIA).

    Por otra parte el Titular adjunto a la Adenda 1, en el Anexo 7 - Permiso Ambiental Sectorial información complementaria que actualiza la información del PAS 102 del Proyecto  hidroeléctrico Achibueno. Cabe  destacar que  la  reforestación de  bosques  será realizada con las especies nativas representativas de los tipos forestales afectados por el Proyecto y que cumplen con las características técnicas requeridas para tales efectos.    El  Titular se compromete a realizar todos los procedimientos reglamentarios adicionales que establece la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

    5.70.2. En capítulo 5.7.4.6 – Áreas protegidas- el Titular indica que el proyecto se ubica dentro de dos sitios prioritarios para la conservación zonas de protección prioritaria propuestos por la Comisión Nacional  del Medio Ambiente CONAM, en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad (ENB). Específicamente, la Central El Castillo, que se emplaza dentro de la zona prioritaria “Cajón de Achibueno”, sitio de primera prioridad.  La central  Centinela, en tanto, se ubica  dentro de dos sitios  prioritarios: “Cajón de Achibueno” y “Cajón de Pejerreyes” (sitio de segunda prioridad) (ver lámina 5.7.4-1). Considerando lo anterior el Titular debería realizar todos los esfuerzos necesarios  para mantener el  valor natural de dichos sitios. En este  sentido uno de los mayores efectos sobre el suelo estaría dado por la disposición de 11 depósitos de marinas que comprenden un volumen total superior a los 2,2 millones de metros cúbicos dispuestos en una superficie de 70 hectáreas  en la rivera del río Achibueno. El titular indica que planea disponer estos depósitos de material luego de simple negociación con los propietarios de dichos predios a efectos de determinar si realizará o no realizará cobertura de las marinas con suelo  vegetal y reforestación, de lo cual  se deduce  que pretende eludir compromiso en el EIA a un tratamiento que permita la conservación del valor natural de estos sitios de conservación prioritaria como si un simple arreglo entre propietarios permitiera eximirse de toda legislación ambiental. Adicionalmente indica en capítulo 2.3.3.4.5 – Depósito de marina – que las áreas de disposición de estos depósitos “corresponden a sectores con escasa o nula presencia de cobertura vegetal”. Esta  afirmación es falsa y  gravemente negligente. La siguiente fotografía muestra el lugar donde iría un botadero de 8 hectáreas superficie (D.M. Centinela 01)

    En la fotografía se aprecian hualos añosos  y cipreses (ambas  especies en  categoría de protección).
    Otro ejemplo es el depósito de 3,5 hectáreas (D.M. Castillo 04) ubicado a unos  700 metros de la confluencia entre  el Río Achibueno con el  estero Las Animas. En la foto del lugar se aprecia abundante vegetación de carácter nativo.

    En conclusión, consideramos que la conservación del valor ambiental de estos sitios exige que la disposición de marinas se realice fuera de las áreas identificadas como zonas de protección prioritaria de modo de hacer viable la conservación de las mismas.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto informa que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno ha considerado el valor e importancia de la biodiversidad que sería afectada por las obras del Proyecto, cumpliendo la legislación ambiental vigente en el país.

    El Titular entregó en el Capítulo 5 del EIA la descripción de los componentes del medio biótico que serían afectados por el Proyecto, mientras que en el capítulo 6 se entregó la predicción y evaluación de del impacto ambiental de las obras y actividades del Proyecto sobre dichos componentes. Por su parte, acorde con los resultados de los capítulos en referencia, en el Capítulo 7 del EIA se entregaron los planes de manejo ambiental, destinados a mitigar, reparar y/o compensar los impactos del Proyecto sobre dichos componentes ambientales. Los contenidos y alcances entregados en estos capítulos se ajustaron plenamente a lo establecido en el artículo 12 del D.S. Nº 95/2001.

    Con respecto a los depósitos de marina del Proyecto, tal como se indicó en el acápite 6.4.1 del EIA, la instalación de estos depósitos generaría un impacto potencial sobre ejemplares de flora nativa, situación que ha sido debidamente evaluada en dicho acápite. Sin embargo, es preciso reiterar que, para la selección de los sitios de ubicación de estos depósitos, se procuró escoger los sectores donde el impacto sobre la flora y vegetación nativa fuera menor.

    Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo con lo señalado en la Medida Restauración en las obras de apoyo, todas las obras de apoyo de duración temporal, como las marinas, una vez terminada su vida útil, serán restauradas utilizando criterios ecológicos, los que se explicaron en detalle en el acápite en referencia. Debe destacarse que, en esta medida ambiental, se considerará, dar continuidad a la fisonomía natural del área y la revegetación se realizará con las especies más apropiadas técnicamente y que se encontraban previo a la ejecución del Proyecto en el área.

    Finalmente, se aclara que independiente que los sitios se compren o se dispongan de servidumbres, o se llegaran a arrendar con los propietarios, el cumplimiento de todos los compromisos ambientales que emanen de la Resolución de Calificación Ambiental (favorable) del Proyecto será de exclusiva responsabilidad del Titular de esta iniciativa.

    5.71.-Nombre: Alex Hernández Liberona, domiciliado  en 1 Norte Nº 160 Longaví; Juan Alberto Bustos Bustos domiciliado en Calle Don Bosco Nº36, Linares; Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez, domiciliado en Los Tenores N’ 706 Maipú, Santiago.

    5.71.1. El proyecto no señala cómo se afectará el estilo de vida y las tradiciones de los arrieros con las intervenciones en los distintos puntos del  camino y el río, tramo altamente transitado por éstos  durante la  época de las  veranadas. Estimaciones del SAG hablan de más de 60000 cabezas de ganado subiendo por el cajón. ¿De qué manera las distintas obras (marinas, canales, tuberías) interferirán o significarán un peligro para el tránsito de los animales? ¿De qué manera  la merma  en el  caudal durante el  verano afectara la disponibilidad hídrica de sectores en donde el ganado suele tomar agua o bien sectores de vegas en donde el ganado ramonea?

    La Comisión Regional del Medio Ambiente considera pertinente la observación y al respecto señala en el EIA, el caudal ecológico autorizado para el Proyecto es de 3 m3/s. En este contexto, el Proyecto operará dejando pasar, al menos, dicha cantidad de agua. Conforme las mediciones realizadas, existe evidencia que entre los meses de diciembre a marzo, naturalmente, el río trae menos cantidad de agua que la autorizada en el caudal ecológico en el sector de la central El Castillo. Por tanto, en dichos meses, las centrales generalmente no entrarán en operación.

    En este sentido, el Titular indica que en el actual escenario destacado en la observación ciudadana - caudal de verano donde el ganado suele tomar agua o sectores de vegas donde el ganado ramonea,  no se verá afectado por el Proyecto. En rigor, el ganado tomará agua en los lugares que actualmente lo hace en los meses de verano.

    5.71.2. Por otra parte en el EIA no se registra ni menciona el patrimonio tangible e intangible de la manifestación cultural arriera: -Vestimentas e indumentarias, casas/quinchos y la construcción sociocultural del paisaje y el espacio; Ritos, leyendas conocimiento del  paisaje y sus recursos (etnobotánica, etnozoología) y pasos cordilleranos.

    En este sentido no se evalúa cómo se afectarán las tradiciones y sistemas de vida de  los arrieros. Esta  omisión se debe seguramente a que la  fecha de terreno (Julio/agosto) no transitan los arrieros ya que las veranadas son en los meses estivales.

    El EIA del Proyecto debiera documentar este patrimonio cultural antes de que la cuenca sea intervenida considerando  que la magnitud de las  obras  no sólo afectará la logística de los arrieros sino que  también  su cosmovisión y aprovechamiento del paisaje y sus recursos.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular en el capítulo 5 de línea base del EIA, acápites 5.5.6.4.3 y siguientes, incorpora antecedentes asociados a ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, modo de vida local, uso de los recursos naturales y actividades productivas en los cuáles se referencia el sistema de vida de los arrieros. En efecto, se destaca que los inviernos son regularmente lluviosos en las partes bajas, y de intensa precipitación nívea en las alturas, lo cual favorece la actividad ganadera de modalidad trashumante. Asimismo, las lluvias poco intensas provocan el rebrote de los pastos de invernada, al tiempo que las grandes nevadas constituyen una reserva de agua para los pastizales de veranada.

    Por otro lado,  el Titular describe que la actividad ganadera se lleva a cabo esencialmente en las tierras altas, cercanas a pasturas de primavera y verano. Si bien en invierno esta actividad se restringe, un alto número de ganado se mantiene en zonas interiores, dentro de los cajones del río y sus tributarios, debido a que la nieve se mantiene en las altas cumbres sin llegar a las terrazas del río. Esta actividad presenta, a su vez, distintas escalas  según  la  capacidad  económica  de  cada  familia.  Los  pequeños  ganaderos diversifican las especies en sus terrenos (caprinos, bovinos, ovinos, porcinos), focalizando la venta en épocas estivales, debido al incremento del turismo y las fiestas de finales de año.  Por consiguiente, el titular sobre la base de información entregada por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Linares, la actividad ganadera en Los Hualles, Montecillo y Pejerrey se sustenta básicamente en cabezas de ganado caprino, los cuales representan el 63,9% de la masa ganadera existente en dichas entidades. Sigue en importancia el ganado bovino (27,1% del total). El porcentaje restante se compone, fundamentalmente, de ovinos y, en menor medida, de equinos y mulares.

    Asimismo, y pese a que el proceso de ruralidad moderna ha marcado a la población generando una acelerada inmigración y despoblamiento de ciertos sectores de las cuencas fluviales, se ha mantenido una identidad colectiva asociada a una tradición de “vaqueanos cordilleranos”, que se manifiesta y se concatena en ritos y festividades de tipo religioso. Por ejemplo, se señala que al interior del Cajón de Achibueno, se desarrollan actividades de peregrinación religiosa (zona conocida como Las Lástimas) donde asisten habitantes dedicados a  la ganadería, quienes agradecen al santo por la protección del ganado de veranada e invernada.

    En síntesis, el EIA presentado recoge los aspectos centrales de la cultura arriera como elemento constitutivo del patrimonio cultural en el área de influencia del Proyecto.

    Sin perjuicio de lo anterior, el EIA incorpora el tema en la evaluación de impacto ambiental, en el contexto de la medida PM-BS-01: Control de flujo vehicular en caminos públicos durante la etapa de construcción del Proyecto, en la cual el Titular se compromete a ejecutar un Estudio sobre la situación basal de tránsito y desarrollo de actividades (entrada y salida de escuela, atenciones de salud, culto, arreo de ganado, por ejemplo), que permita precisar los alcances de la medida y del control asociado.

    Este estudio busca conocer en detalle las características basales de ciertas actividades consideradas importantes que pudieran verse afectadas en una u otra medida con el Proyecto, con el objetivo de adaptar las medidas planteadas a casos específicos, dentro de los cuales se encuentra el arreo de ganado.

    Conforme lo anterior, el Titular se compromete a establecer las coordinaciones necesarias con las autoridades y las comunidades afectadas, a objeto de establecer los criterios y acciones específicas conducentes a no entorpecer las actividades que habitualmente desarrollan los residentes de la zona.

    Por consiguiente a través de estas medidas, el Titular se hace cargo de no afectar las tradiciones, sistemas de vida ni patrimonio cultural en la zona.

    5.71.3. Sitios arqueológicos no Registrados en el EIA del Proyecto. Durante el fin de semana  del  24 al 26 de Abril del 2079 se realizó una rápida contrastación de la  línea base de Patrimonio Cultural (Cap. 5.6). Se realizó una inspección pedestre del área de Influencia Directa e Indirecta  del Proyecto por el  lado Este del Río Achibueno desde Las Mulas  hasta  la  Gloria.  En esta  prospección se intentó por una parte  reconocer los sitios ya identificados y por otra  dar cuenta de otros que no hubieran sido relevados.

    Hubo una sola arqueóloga disponible, la suscrita  para recorrer un porcentaje mínimo de área total de Impacto directo e indirecto del proyecto; en un tiempo sólo dos días durante otoño que es  cuando la visibilidad del suelo disminuye significativamente. Considerando esta precaria disponibilidad de recursos y horas/hombre, es significativo el haber encontrado un sitio arqueológico el cual se encontraba a plena vista en el  área de  impacto directo del  proyecto. A su  vez un  informante local  manifiesta conocer otro sitio arqueológico en el área  de influencia directa el  cual tampoco esta registrado. Esto lleva  a cuestionar lo poco acucioso de la línea de base  y se solicita que se evalúen estos nuevos sitios y además se haga una nueva prospección del área comprendida entre los Maquis y Potrero Grande. En este  tramo de 7,6 Kms, es donde se  encuentran  los  dos nuevos sitios arqueológicos mencionados y no se registro  ningún sitio arqueológico durante el EIA.-

    SITIO BINGO: Sitio Arqueológico no registrado  durante el  EIA. Consiste en una  planicie ubicada en el área de impacto del  proyecto. Se registraron desbastes de materia prima de grano fino (probablemente andesita) de color grisáceo, un fragmento de cerámica de paredes medianas y de color rojo y un desbaste de obsidiana. Ubicación (UTM - 19 H) 0301460 Este,  6002354 Norte,  827m,  DATUM WGS 84-.

    SITIO INFORMANTE: El señor Maximiliano Ruiz, cuidador de las cabañas e Mary Seppi, de las Ánimas, señaló que hace algunos años solía visitar un sitio arqueológico en donde había abundantes piedras horadadas. Este  se encontraría ubicado en el lado Este de la Rivera del Río Achibueno justo un par de kilómetros antes de llegar a la confluencia del Río Achibueno con el Estero La Gloria. Este valioso lugar se ubicaría justo en el Área en donde se construirían uno de los caminos del Proyecto. El señor Ruiz actualmente conserva una de las piedras horadadas, por lo que es posible verla en su cada en  las Animas  (confluencia del Estero las Animas  con Río Achibueno).

    Esta Comisión  Regional, considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que el Titular en todo momento deberá tener presente que si durante la supervisión de movimientos de tierra se detectase algún hallazgo arqueológico, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.   Sin perjuicio de lo anterior, los requerimientos que la COREMA del Maule en concordancia con lo establecido por la Ley  17.288  del Consejo de Monumentos Nacionales exige específicamente es:
    i) todas las áreas que se intervendrán y no han sido inspeccionadas, serán prospectadas por un arqueólogo.
    ii) Efectuar un programa de monitoreo arqueológico permanente en el marco de las actividades de movimiento de tierra.
    iii) la implementación de medidas de mitigación con respecto al sitio “Los Hualles 2”, a través de un cercado y como parte del monitoreo arqueológico.
    iv) la implementación de medidas de mitigación con respecto a los sitios “Los Maquis 1” y “Los Maquis 2” y “Los Hualles 1” (ubicados en caminos de acceso a las obras), a través de un recubrimiento de los sitios con geotextil, una plataforma de paso vehicular y un relleno estabilizado para aislar la superficie de los sitos de los efectos físicos y mecánicos producidos por el tránsito de vehículos y maquinaria pesada. (ver punto 7.27.2 del Adenda Nº1)
    v) la realización de charlas inducción patrimonial al personal involucrado en la faenas de construcción del proyecto, cuyos contenidos y estructura serán previamente concordados con la autoridad sectorial respectiva.
     

    5.72.- Nombre: Elisa Maya Sepúlveda Seppi.  Domicilio: Calle Maipú 91, Comuna de Linares

    5.72.1. De acuerdo a los antecedentes entregados por la empresa en su Estudio de Impacto Ambiental, mi propiedad (Fundo Las Ánimas) no está dentro del área de influencia directa del proyecto, no obstante, esta clasificación me parece poco pertinente, ya que descarga  de la Central denominada El Castillo estará justo  frente a mi  propiedad, tuberías,  canales y  los  nuevos  caminos a realizar intervendrán fuertemente el paisaje, valor turístico y ecosistema en el  que actualmente se emplaza mi propiedad.

    Esta Comisión  Regional, considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que el Proyecto efectivamente se pretende emplazar  frente a la propiedad señalada, lo cual lógicamente tiene un impacto visual debido a las obras.  Sin prejuicio de ello se considerarán medidas que atenuarán el impacto visual al intervenir sólo las superficies necesarias para la instalación de los ductos del proyecto.

    5.72.2. La eventual materialización del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, nos afecta  pues  involucraría: (i) secar los 4 kms de Río que colindan con nuestra propiedad, (ii) poner en  peligro evidente la flora  nativa, colindantes con el río, única en la zona, que sobreviven gracias al caudal actual del río; (iii) instalar botaderos de basuras, escombros producto de las excavaciones en los canales y túneles justo al frente y camino a mi propiedad, con los perjuicios que eso significa para la  tranquilidad y  belleza escénica del lugar. Asimismo, el PHA destruiría por completo mi proyecto de turismo ambientalmente amigable y sustentable que he venido desarrollando desde que adquirí este hermoso lugar.  Profesionalmente  significa para mí la perdida de mi proyecto para educación medio ambiental que he estado armando por quince años.  Yo soy profesora y llevo niños y familias  a conocer lo que uno de los lugares más  prístinos, naturales y primordiales en el mundo  de acuerdo a Nature Conservancy. El Nature  instituciones que  están  interesadas de  enviar a sus  niños a mis campamentos de verano y durante el año escolar.

    Evidentemente que llevar turistas a un río cauteloso, de aguas y pozones cristalinos, tan  pura que se puede beber, no es lo mismo que llevar  turistas  a un río con un caudal mínimo en donde algas y bichos proliferaran, disminuyendo exponencialmente su atractivo. De igual forma,  colindan con un sector de flora y fauna nativa no es lo mismo que colindar con tuberías, zonas de botaderos de escombros, Etc. Todo lo anterior genera un menoscabo significativo en nuestro  patrimonio-no sólo en el del suscrito, sino que en el de los demás copropietarios, que por años hemos cuidado el lugar-para beneficio de toda la comunidad, pues nuestra propiedad está abierta  al público. EL PHA involucra pérdidas netas de bienes presentes, así como también pérdidas de bienes futuro derivados de cualquier actividad económica que podamos desarrollar en él, en  particular de nuestro proyecto de turismo sustentable.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que el  Proyecto Hidroeléctrico Achibueno tiene la obligación de cumplir con la normativa ambiental vigente,  es por ello que la Empresa  entregó los  antecedentes técnicos, los cuales han sido evaluados  por los diferentes servicios públicos del Estado con competencia ambiental.   Dentro del Estudio se han incorporado  la evaluación de impacto ambiental sobre la base de las obras y actividades proyectadas, la ubicación de éstas y su entorno geográfico y humano cercano, así como una serie de componentes ambientales (incluidos el turismo y el paisaje), identificando eventuales impactos a dichos componentes y proponiendo medidas específicas, las cuales buscan la mitigación, reparación o compensación de los impactos según corresponda, todo lo cual se desarrolla y se detalla en el EIA.    Respecto de los proyectos  turísticos en el fundo La Gloria podemos señalar, que estas actividades  pueden coexistir sin problemas con el proyecto hidroeléctrico Achibueno,  ya que el efecto sobre el ecoturismo será controlado.   Cabe señalar, que el titular realizó un estudio que presenta una visión general del turismo en la zona donde se emplazará el proyecto.  Se señala que la actividad turística existente en el área de influencia directa del proyecto (AID) se desarrolla de manera incipiente, lo que se ve reflejado en las condiciones básicas en calidad y nivel de servicio (como falta de electricidad, agua potable y servicios sanitarios) en zonas de camping y picnic, lo que se ve incrementado por la mala accesibilidad hacia sectores como Las Ánimas, Vado Azul, Monte Oscuro y Las Mulas. El turismo se ha generado de modo espontáneo a partir de iniciativas e inversiones del sector privado,  y  la  oferta  de  servicios  turísticos  exhibe  un  alto  nivel  de  fragmentación, especialmente en los rubros de hotelería, restaurantes y agencias de viaje, tendiendo a una mayor concentración en el caso de los servicios de transporte.    Según el estudio realizado, se han identificado a groso modo, diversas potencialidades para el desarrollo del turismo, lo que se verá complementado con el desarrollo del proyecto hidroeléctrico, ya que se pretende el mejoramiento y construcción de 90 km de camino, proporcionando una mejor accesibilidad, por ejemplo hacia el nevado de Longaví. Además se pretende el establecimiento de un área de protección y el fomento de la pesca recreativa.   También es importante señalar que, respecto al caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente.

    5.72.3. Rechazo rotundamente que el PHA altere el curso de las aguas, secando entre otros, 4 kms. de río Achibueno, kilómetros que colindan, amparados por el derecho de propiedad del que soy titular, protegido constitucionalmente. HCL ha formulado su proyecto sin considerar los efectos devastadores que tendrá en la zona, desde el punto de vista ambiental, y de turismo, todo lo cual afecta mi derecho a usar, gozar y disponer de mis  bienes. La  empresa no ha justificado de ninguna manera que no existan otros  proyectos, alternativas o diseños de obras que eviten los perjuicios irreparables que su construcción, eventualmente irrogaría a mi vida, la de mi familia, a nuestros derechos  y bienes. El estudio de Impacto Ambiental realizado por la Empresa, en ningún momento da cuenta de estos antecedentes, únicamente se restringe a estudiar un proyecto e identificar el conjunto de predios que resultarían afectados de materializarse.  A este respecto, es indispensable señalar que la empresa tiene obligación primera de “eliminar” (art. 12 letra e, Ley 19.300) los efectos  negativos de su  proyecto y para ello, es  indispensable que se entreguen todos  los  antecedentes que señalan que la afectación de mi propiedad es inevitable.

    Esta Comisión Regional del Medio Ambiente,  establece que el Proyecto cumple con la normativa ambiental vigente. Para ello, el Titular entregó los antecedentes técnicos que fueron sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).   En efecto, el EIA incorpora una evaluación de impacto ambiental sobre una serie de componentes ambientales, identificando efectos y medidas específicas, las cuáles se desarrollan en los capítulos 6, 7 y 8 del documento presentado.

    El Proyecto no considera una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales  y controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigatorias, reparadoras o compensatorias.

    5.72.4. Proyecto en Sitio Prioritario de Conservación.  El PHA se pretende  desarrollar en un lugar considerado y declarado por la CONAMA como “sitio Prioritario de Conservación Regional y Nacional”, según Estrategia Nacional de Biodiversidad, 2003 (sitio Nº 40 “Alto de Achibueno” en el que se describe el ecosistema como “Bosque maulino de la cordillera. Lugar de  alta biodiversidad ecosistémica y  paisajística, conteniendo humedades altos andinos. Presencia de bosque primario prístino de alta complejidad y presencia de especies en  categoría de conservación”), que constituyen parte del hotspot chileno de importancia mundial para  la  conservación de la biodiversidad (Myers et al, 2000; Arroyo et al. 2006) y Hot Sport de Biodiversidad según Internacional Conservación 2004.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, pero la normativa ambiental vigente define un marco y un procedimiento que éste o cualquier otro proyecto debe cumplir para poder operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de conformidad a los antecedentes  técnicos entregados por la Empresa y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, hacen posible determinar que el Proyecto, cumple con las condiciones sectoriales.   El Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) se rige estrictamente a los parámetros de la normativa vigente en el país.

    En el área de influencia del Proyecto se ubica el sitio prioritario de conservación “Altos de Achibueno”, definido por la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad. Sin embargo, esta zona no ha sido declarada oficialmente como un área protegida. Por otro lado, es importante señalar que el uso del suelo en el área de estudio no está normado por ningún instrumento de planificación territorial (IPT) vigente.

    No obstante, lo anterior la Empresa identificó y describió un conjunto de impactos ambientales sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Por consiguiente, esta Comisión establece que el Proyecto consideró medidas de mitigación  como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.   El Proyecto representa efectos locales   controlados; se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    55.72.5. Proyecto se pretende desarrollar en uno de los últimos  sectores de la precordillera central sin  intervenir. Desde Santiago hasta Temuco todas las cuencas hidrográficas están embalsadas, entubadas, trasvasadas y/o intervenidas por centrales hidroeléctricas. El lugar donde se pretende desarrollar el Proyecto es uno de los últimos lugares sin intervenir.

    Esta Comisión considera pertinente la observación planteada, sin embargo plantea que no es resorte de esta instancia regional, las  decisiones  sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico, dado que ello se desprende de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, la Comisión Nacional de Energía (CNE).

    Para el caso de este proyecto cabe señalar que esta iniciativa  cumple con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analizó en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    5.72.6. Región del Maule posee menor representación en el SNASPE  (sólo un 0,6% de su territorio está en protección bajo el Sistema Nacional de Áreas silvestres protegidas del Estado (SNASPE), cifra más baja en todo Chile. Vegetación del área de influencia del proyecto se encuentra escasamente representada en el SNASPE.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto informa que el Titular ha establecido métodos para compensar algunos componentes ambientales de la flora y fauna, para ello contempla la creación de un área de conservación que posibilite la conservación y recuperación de los ecosistemas representativos que serían afectados por las obras del proyecto.
     
    El área de conservación de como lo establece el EIA, tendrá una superficie de 207 Há que es igual a los ecosistemas naturales afectados por el proyecto y deberá incluir muestras de las asociaciones vegetacionales representativas del área de influencia del proyecto, hábitats de distintas especies de fauna y elementos paisajísticos atractivos.

    Las características de esta área de conservación y su estrategia de manejo, no sólo permitirán la protección y recuperación de los ecosistemas representativos de la zona, sino que además permitirá su uso para el desarrollo de otras medidas de compensación comprometidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

    Para la definición de la superficie a conservar, el titular deberá considerar las áreas relacionadas con las unidades vegetales identificadas en el área de influencia directa del Proyecto que poseen una mayor importancia ambiental.

    La línea de Base de flora y vegetación terrestre en el área del proyecto se deduce que los bosques nativos, en especial aquellos dominados por las especies del género Nothofagus, Austrocedrus chilensis  y especies hidrófilas, constituyen las unidades vegetales con una mayor importancia ambiental.

    Por lo anterior, se propone la creación del área de conservación con una superficie igual o superior a 207 hectáreas , valor que corresponde a la superficie de las unidades vegetales con mayor importancia ambiental que se encuentran presentes en el área de influencia directa del proyecto. Por otra parte, desde el punto de vista de la Fauna de Vertebrados Terrestres, el impacto más significativo se traduce en la reducción de la disponibilidad de hábitat para aquellas poblaciones de animales que utilizan estos espacios, como por ejemplo refugio, fuente de alimento y lugares de reproducción.

    Esta área de conservación deberá contener parte de la heterogeneidad en cuanto a la estructura y composición de la flora y vegetación que se perdería como consecuencia del proyecto. 

    Por otra parte, tal como se aprecia en el Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 102 del EIA, el plan de reforestación propuesto ha considerado la incorporación de las especies con problemas de conservación Nothofagus glauca (Hualo) y Nothofagus alpina (Raulí) en el compromiso de reforestación, precisamente porque dichas especies constituyen elementos representativos de los tipos forestales afectados y, además, cumplen con la idoneidad técnica requerida para tales efectos.

    Adicionalmente, los impactos en la flora y fauna se encuentran incorporados en la política de intervención eficiente y conservación del entorno de la empresa, que se traduce en un programa de reforestación con especies autóctonas, la creación de un área de conservación de 207 hectáreas y otra de conservación de la fauna íctica (peces). Además de un programa de reubicación y conservación de las especies animales de la  zona.

    El titular del proyecto en la Adenda N°2 establece que ha reevaluado la localización del sitio destinado a conservación como medida de compensación, junto con CONAMA, y se ha llegado a un consenso de que esta área de conservación debe estar ubicada en un sector adyacente a un sitio protegido por CONAF.  El procedimiento para definir el sitio de conservación que propone el Titular es comprometer en la RCA del Proyecto, la obtención del terreno a proteger por parte del Titular y luego de aprobada la RCA seleccionar el sitio más apropiado y la forma legal para implementar esta área de conservación, con la participación de CONAF, SAG y COREMA, todos de la región del Maule

    5.72.7. Proyecto ambientalmente ineficiente según índice EIE. En términos del indicador de eficiencia de impacto ecológico (MW de potencia promedio por Km de río intervenido o desviado: MW / Km), el PHA se encuentra entre los más ineficientes que se haya presentado al SEIA. En efecto, con el proyecto se interviene más del doble de extensión de río que otros proyectos de la zona: 1,77 MW / Km de río intervenido (36 Kms según HCL; 44 Kms según mediciones de Google Herat); mientras que otros proyectos como centrales Ñuble (aprobada), Los Cóndores (en río Tinguiririca, aprobada) y El Paso (en río Maule, en calificación), todas producen o producirían entre 3,2 y 4,6 MW / Km de río intervenido. Adicionalmente, el índice de Eficiencia Ambiental (IEA) es muy bajo (Comisión Nacional de Energía) para estos proyectos.

    Esta Comisión aclara que el indicador señalado no es un índice utilizado por el sector eléctrico para realizar comparaciones de  eficiencia..   Sin perjuicio de lo anterior, a esta Comisión le parece interesante el índice señalado y lo propondrá al sector respectivo, para su evaluación y uso.

    5.72.8. Proyecto no reporta beneficios para Linares y destruye su principal patrimonio: el potencial turístico, alternativa sustentable y de proyección de crecimiento exponencial que reportó US$40 millones para la zona en 2078, según información de Sernatur Maule, y afecta seriamente el proyecto “sendero de Chile” en la zona.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente al respecto señala que según lo establecido por la normativa ambiental vigente existe un marco y un procedimiento que éste o cualquier proyecto debe cumplir para operar. En este sentido, los órganos del Estado con competencia ambiental, de acuerdo a los antecedentes técnicos que aporto el Titular y a las políticas y regulaciones ambientales de referencia, han sido evaluados tanto en sus efectos como en  las medidas ambientales del mismo, así como las demás condiciones sectoriales que deberá cumplir, incluido lo referido al Turismo.

    El Proyecto presenta  efectos locales   controlados, presentando las  medidas mitigatorias adecuadas, lo cual lo define como  una intervención  acorde con criterios técnicos y ambientales.

    Adicionalmente se constituirá una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que haría Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto. 

    5.72.9. Voluntad institucional pública y privada para protección del río Achibueno y Rechazo total de la comunidad de Linares al Proyecto. Existe la voluntad política porque el área se conserve, así como los usos que allí se desarrollen sean compatibles con la conservación del lugar, reflejando en numerosos documentos de CONAMA (http://www.conama.cl/portal/1301/article-43424.html, Informe Final “Levantamiento de Información de Biodiversidad en Sitio Prioritario de conservación de la Biodiversidad”, Talca, Marzo 2003 efectuado por Universidad Católica del Maule y Depto. Recursos Naturales CONAMA VII Región), Actas de COREMA y del Consejo Consultivo años 2002 a 2005, CODEFF Nacional y Regional, Universidad de Talca, Municipio de Linares, etc. Si se permiten estas 2 centrales, se pavimenta el camino para que a futuro se intervengan todos los afluentes de esta zona (ya hay derechos de aprovechamientos de aguas solicitadas por entidades relacionadas a HCL en prácticamente todos los afluentes del río Achibueno, en la zona intervenida).

    La Comisión considera pertinente la observación planteada y señala que dicho proyecto   cumple con la normativa vigente, y ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que han participado en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).    Adicionalmente el Titular identificó y describió un conjunto de impactos ambientales del Proyecto sobre componentes físicos y bióticos, con sus respectivas medidas de mitigación, restauración y compensación, conforme lo señala la normativa ambiental en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    A modo de ejemplo, los trazados de los canales y túneles propuestos se definieron considerando un menor impacto visual para los habitantes de la zona, y obtener un beneficio mayor a la comunidad.

    El Proyecto también considera mitigaciones como la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de     207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.72.10. Condicionamiento de la aprobación de proyectos hidráulicos según los resultados de la Estrategia de Cuencas. La Presidenta de la República Sra. Michelle Bachelet se comprometió-en su programa de Gobierno- a definir “…una Estrategia Nacional de cuencas que se permitirá identificar en base a la mejor información científica, aquellas cuencas se podrán intervenir, así como las que son de interés preservar. Tomaremos en cuenta los sitios Prioritarios de Conservación de la Biodiversidad,…condicionaremos la aprobación del proyecto hidráulicos al resultado de la estrategia Nacional de Cuencas”.-

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    La Hidroeléctrica Centinela debe  cumplir  con la normativa vigente asegurar  una intervención con efectos locales   controlados; cumplir con las medidas de mitigación, reparación y de compensación establecidas en este acto administrativo y además, efectuar el seguimiento de las variables ambientales indicadas en esta resolución.  Estas características están contempladas en el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental vigente.

    Finalmente, con respecto a la Estrategia Nacional de Cuencas,  cabe señalar que los organismos técnicos responsables de su implementación han priorizado esta labor, encontrándose en la actualidad en la elaboración de los  estudios preliminares.

    5.72.11. Inexistencia  de  crisis  energética  permite ser más selectivos en la  aprobación de Proyectos Energéticos.  Según datos  de la Comisión Nacional de energía (CNE), respecto de la  capacidad  instalada y el crecimiento en consumo  eléctricos (5,4% anual) considerándose solo los proyectos “Limpios”, de generación eléctrica que han sido aprobados por el SEIA, habría energía asegurada hasta el 2012 (excedente 23%). Considerando aquellos proyectos en  Etapa  de  calificación ambiental “Limpios”, las necesidades energéticas de  nuestro país, están cubiertas hasta el 2018 (excedente 1%); y agregando Hidroaysén, las  necesidades energéticas estarían  cubiertas  hasta el 2022, y todo lo anterior, sin considerar proyectos energéticos  “No Limpios”.  Lo anterior   permite ser más   selectivos en   la   aprobación de proyectos, y   permite desarrollar e implementar  otros  tipos de energía y preservar aquellos  ríos que serán fuentes de  riquezas  para la  biodiversidad  y poblaciones humanas que  lo habitan y visten  en el  futuro.  Las autoridades  encargadas de aprobar o rechazar el PHA tiene la  posibilidad histórica de  sentar un  precedente único  al  elevar las  exigencia medioambientales a un Standard de país desarrollado, antes de que sea tarde, y la destrucción de un Sitio Prioritario de Conservación será irreversible.  Incluso  se podría exigir que  todo el proyecto El Castillo deba respetar un caudal mínimo ecológico efectivo y compatible con la realidad de lugar (ii) se efectué en forma subterránea, incluyendo las tuberías de descargas en el punto de destitutición, todo lo cual tendría la consecuencia de hacer el PHA un poco menos rentable en el corto plazo para su propietario, pero de todas formas, tremendamente rentable en el mediano y largo plazo.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.   Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.   En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    5.72.12. Siendo Nativo de California EE.UU., a través de mis años he podido observar la perdida de ríos salvajes. Ello esta significando un deplorable disminución de flora y fauna que solo ahora están empezando a darse cuenta en California y tratar de remediar con grandes inversiones avocadas a la reforestación, redoblamiento de salmones en los ríos, destrucción de obras que intervienen los ríos y generación de una serie de ONG y grupos ambientalistas enfocados a revertir este daño. ¿Es necesario que tengamos algún día  que empezar a sacar tuberías a Achibueno, una vez que ya el daño se haya provocado?  Hay estudios científicos  que demuestran  los efectos  negativos de largo plazo que  la disminución del agua  en la cuenca  tendrá en la flora y fauna. La calidad del  agua que queda ya que el poco flujo no va a  poder  resistir contaminación. http://frap.cdf.ca.gov/projects/hardwood expert/building state/definitioofmodel.htm).

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que éste, como cualquier proyecto, debe cumplir con la normativa ambiental vigente. Para ello, el Titular ha entregado un conjunto de antecedentes técnicos que se han sometido a evaluación por parte de los órganos del Estado con competencia ambiental que se encuentran participando en el proceso de calificación regulado por el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).   En  efecto,  el  Estudio  de  Impacto  Ambiental  (EIA)  presentado,  evaluó  los  efectos  del proyectos en distintos componentes ambientales, tanto en la etapa de construcción como de operación del Proyecto, incluyendo la disminución de caudal en la flora y fauna local. En este marco, son los órganos del estado con competencia ambiental los mandatados para revisar dichos antecedentes, así como los provenientes de otras fuentes disponibles en el expediente a objeto de calificar el Proyecto presentado al SEIA.   Además, lo que se debe procurar es el desarrollo sustentable, es decir, se deben hacer los proyectos de energía, turismo de manera de generar sinergia y poder potenciarse unos a otros.

    5.72.13. Solicitud que se efectúa en virtud de lo expuesto y dispuesto en los artículos 29 de  la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente  y 49 de Decreto  Supremo 95 publicado en el Diario Oficial el 07 de Diciembre del año 2072 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia solicito a usted tenga por presentada las observaciones  contenidas en este documento y dada  su  gravedad y relevancia rechace el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, por las razones antes expuestas.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación, y al respecto señala que  toda autoridad pública debe desarrollar sus acciones en el marco de las facultades y condiciones que la ley y las normas establecen, y que en este caso se conducen a través del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde se verificará que el proyecto sea ambientalmente sustentable y que establezca las medidas de mitigación y compensación adecuadas y necesarias a los impactos generados.   Además de garantizar la total objetividad y rigurosidad con que la CONAMA y los demás organismos evaluadores aborden el citado proyecto.

    5.73.- Nombre: Pablo Gutiérrez Pareja.
    Domicilio: 1 Norte 963 Edificio Centro 2070 Piso 5

    5.73.1.     En la Provincia de Linares existen en la actualidad 3 cuencas hidrográficas que constituyen un potencial turístico para la zona, a saber:
    EL RIO MAULE:  Este río fue utilizado para la generación eléctrica con la construcción de la Central hidroeléctrica Colbún Machicura. Producto de esta intervención se señalo que como consecuencia positiva se potenciaría considerablemente el turismo con la creación de 2  lagos artificiales.  El transcurso  del tiempo nos ha demostrado que no fue así, salvo esporádicas utilizaciones turísticas es un proyecto de generación eléctrica y NO Turística.

    RIO ANCOA: Una segunda cuenca  de importancia en la Provincia, la constituye el Río Ancoa, hasta la fecha se encuentra en proceso de intervención, por la construcción de un proyecto de riego denominado EMBALSE ANCOA, muy esperado por  la provincia, se  regarán v  en  total 36.00  hectáreas del  secano, lo que indudablemente traerá beneficios a las zonas que carecían de este vital elemento para desarrollo agrícola. Hay que hacer  presente que  originalmente se contemplaba una superficie de riego de 10.000 hectáreas aproximadamente, pero posteriormente con aguas del  río  Achibueno  se  podrán aumentar  considerablemente la superficie beneficiada.

    Este Embalse contempla la proyección que en la zona de inundación y una vez terminado el proyecto de riego se constituya toda la infraestructura para la instalación de una generadora eléctrica. De hecho la construcción se contiene una zona que dará pié para seguir la construcción  futura de  una  central hidroeléctrica, como lo ha señalado el propio Ministerio a cargo de gran parte del financiamiento de la construcción, vale decir el Ministerio de Obras Públicas.

    Con  ese  antecedente  nos  encontramos  con  la tercera hidrográfica  de importancia en la Provincia. EL RIO ACHIBUENO.-

    Los ciudadanos de la provincia de Linares hemos utilizado esta zona para vacacionar, especialmente en  la temporada de verano.  Miles de  linarenses se dirigen hacia  la pre cordillera donde  encuentran la  paz,  armonía y  un  ambiente que  aún  no  ha  sido interrumpido por la mano del hombre o del mal llamado progreso sustentable. La pesca, algunos deportes náuticos, los grupos scout, son sólo algunos ejemplos que ilustran.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la preocupación, sin embargo establece que las definiciones sobre iniciativas de inversión que realizan los actores que participan o desean participar en el mercado eléctrico se desprenden de las propias orientaciones que fija la autoridad competente, en este caso, el Ministerio de Energía.   Sin perjuicio de lo anterior, éste o cualquier proyecto que se proponga realizar debe cumplir con la normativa ambiental vigente y con un marco regulatorio sectorial, el cual se analiza en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). En este caso, el Proyecto entró al sistema con fecha 24 de marzo de 2009 y se evaluó en conjunto con los órganos  del  Estado con  competencia ambiental participaron de  dicho proceso.

    5.73.2. En  conservación con una serie de Servicios Públicos y la Comisión Social del Consejo Regional del Maule, nos mencionó que sobre el Río Achibueno se encontraba en proceso de estudio un importante proyecto para potenciar el Turismo en esa zona y que consistía en potenciar Deportes Náuticos y de Pesca Deportiva.  Con ello se podría atraer turistas extranjeros y el desarrollo potencial de la zona  sería incalculable. Con todo el beneficio económico que traería para el desarrollo de la provincia y sus propuestas u ofertas turísticas.

    Linares no quiere  perder la  posibilidad de  hacer realidad  el sueño de todos, cual es que la PRECORDILLERA se convierta en el polo de desarrollo turístico de la Provincia de Linares y porque no decirlo de la Región del Maule. La intervención del Río Achibueno, puro y sano en cuanto a agentes externo que interrumpan o dañen su cauce, desnaturalizaría la finalidad y esencia turística.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin perjuicio de lo anterior, establece que en el Capítulo 6, acápite 6.5.4.2, se identifico el Impacto “MH- SCE-OPE-01: Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela”. En dicho impacto, para el tramo entre la bocatoma y la restitución de la central Centinela, se reconoce actividad turística incipiente sustentada en el río como principal atractivo. Estas actividades se verán alteradas, producto de la operación del Proyecto, debido al cambio en la condición basal del río.

    Por consiguiente el Titular incorporó la medida “Fomento al desarrollo del turismo en el área de influencia directa del Proyecto”. La medida propuesta busca compensar el impacto que causa la disminución de caudal, y dice relación con la elaboración de un “Estudio de Potencialidades Turísticas”, el cual registre lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial. Asimismo, la medida descrita pretende ayudar a la población a concretar la ejecución de proyectos turísticos.

    Cabe señalar que dichas actividades están incorporadas en la Estrategia Regional de Desarrollo 2076–2010, en la cual se reconoce que no existe información concluyente respecto a la influencia de la actividad  turística  sobre  la  comunidad  local,  el  valor  de  los  atractivos  turísticos, la rentabilidad de las ideas y proyectos de inversión, por tanto, en vastos sectores de la Región se arriesga la ocurrencia del turismo espontáneo-no planificado, situación que impacta la calidad de vida local y ambiental. Reconoce, en cambio, que las comunidades agrícolas están en buenas condiciones para desarrollar el turismo rural.   Adicionalmente, y  dentro  de  los  potenciales  atractivos  turísticos  para  el  desarrollo  del agroturismo, la Municipalidad de Linares promueve alternativas para el turismo aventura, así como la práctica de la pesca deportiva en los sectores de Pejerrey, Monte Oscuro y El Melado.   Con relación al sector Pejerrey - Monte Oscuro, se señala que se trata de zonas óptimas para la práctica del off road, montañismo, tracking, cabalgatas, mountain bike, rafting, canoismo e hidrotrineo, actividades que no afecta el proyecto.

    5.73.3. La fauna  ictia, conforme  lo señala  Sernapesca no sería posible  de instaurar  con el proceso de intervención del río consecuencia directa muerte a los proyectos deportivos o ecológicos.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular considera que se ha hecho cargo adecuadamente de los efectos generados comprometiendo medidas ambientales que han sido evaluadas por la autoridad competente.

    Es importante destacar que el Proyecto considera evitar una intervención mayor del entorno, es decir, con efectos locales   controlados; también se preocupa de la conservación y restauración del ecosistema; y contempla medidas mitigadoras, reparatorias y compensatorias adecuadas.

    Y entre las medidas de mitigación se considera la reforestación de las áreas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación ecológica de  207 ha; la creación de un área de  conservación íctica, entre otras iniciativas tendientes a la conservación y restauración del ecosistema.

    5.73.4. Los deportes náuticos, es evidente que no podrían encontrar su desarrollo y potencialidad con el río intervenido y desviado de su cauce natural.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto del caudal del río, los datos disponibles muestran que en época de verano el río muchas veces trae menos de 3 m3/s. Como dicha cifra constituye el caudal ecológico otorgado al río, las centrales propuestas no podrán operar cuando el río traiga una cantidad de agua menor al caudal ecológico. En efecto, éstas funcionarán solamente cuando existan en el río más de 3 m3/s. En consecuencia, la situación en verano no será muy distinta a la conocida actualmente

    5.73.5. Con solo esos antecedentes de daño al potencial turísticos, estimo que la comisión, en definitiva, no debería autorizar la construcción, por cuanto el impacto al  medio ambiente sería tal, que impediría el desarrollo turístico de la zona.

    En consecuencia, nos encontramos en un conflicto de interés por un lado una empresa privada que solicita una concesión sin  preguntarle a nadie, un ministerio que otorga esa concesión sin tampoco consultar a la población donde se va a construir. un beneficio relativo que generará grandes  utilidades a una empresa privada  que no potenciará de manera  alguna la  zona que va a afectar, versus la  preservación del medio ambiente y el  desarrollo turístico anhelo proyectado y factiblemente estudiado por la dirección regional de turismo como algo realizable en el corto tiempo, una oposición de  una provincia entera, la provincia de linares  que desea ser escuchada y en definitiva que el  privado de turno busque el lucro personal en otra zona de nuestro país.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contribuirá al desarrollo de la VII Región a través de una inversión de 285 millones de dólares.  Lo que entre otras cosas significará construir 90 kilómetros de caminos. En consecuencia, se contará con mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, se espera una mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví".

    5.74.- Nombre: Álvaro Troncoso Olivos.
    Domicilio: Pobl. Frei, Pasaje José Retamal 0117, Comuna de Linares 

    5.74.1. Entorpece el crecimiento turístico de la zona, además que somos la segunda reserva de agua dulce del mundo. Para ser la segunda reserva de agua dulce del mundo, después de la Amazona no debemos topar nuestras cuencas, al contrario estamos en un proceso para poder nacionalizar el agua y todos los recursos naturales. El agua en estos momentos es casi en su totalidad de privado, eso no se  tolerara, las centrales destruyen. Esta energía de estas centrales no bajará los costos, para la ciudadanía, al contrario subirán, ya que se debe recuperar inversión.

    Esta Comisión considera pertinente la observación, sin embargo esta instancia definida por la normativa ambiental, es decir, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule (COREMA), le corresponde pronunciarse sólo a la luz de las políticas, regulaciones y procedimientos vigentes para calificar, en función de los antecedentes técnicos que se tienen a la vista y que han sido revisados por los órganos del Estado con competencia ambiental, en los proyectos que se someten al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

    Conforme lo anterior, la calificación ambiental de este  proyecto no depende de la situación energética del país, sino de los estándares que define, regula y fiscaliza la normativa ambiental para su funcionamiento y operación.

    Por otra parte, informamos que la Comisión Nacional de Energía (CNE), no tiene competencias legales específicas en materia de evaluación de impacto ambiental, sin perjuicio de la opinión que le compete como servicio en términos de la fijación de tarifas y demás ámbitos que se desprenden de la regulación del mercado eléctrico, definidas por Ley.

    En este contexto, no corresponde a esta COREMA, definir una posición respecto a la observación planteada ni comentar el desarrollo del escenario energético del país, sino más bien evaluar si dicho Proyecto cumplen con la normativa ambiental vigente y los estándares de operación.

    También es importante destacar que el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno (Centrales de Pasada El Castillo y Centinela) contempla diferentes aspectos para el cuidado del estilo de vida de los vecinos que viven en el área de influencia y del turismo. Entre ellas:
    - La construcción y mejoramiento de 90 kilómetros de caminos, lo que generará mayor y mejor conectividad y, por lo tanto, mayor actividad en la zona cordillerana de Linares y Longaví, pues será más fácil accesar a ella.
    - La construcción de un camino por la ribera sur del río, lo que permitirá llegar a 15 kilómetros del Nevado de Longaví y ampliar un puente para personas y vehículos a la altura de Pejerrey.

    Algunas de las medidas mitigatorias son la reforestación de las zonas en las que se trabajará; la creación de un área de conservación de  207 ha; la creación de un área de conservación íctica; etc.

    5. 75.- Nombre: Daniela Verónica Saldaño Verdugo.
    Domicilio: Población Santa Cecilia, Antuco 115,  Linares; Nombre: Javier Alejandro Valerio Utierrez. Domicilio: Icalma 0733, Villa Arauco, Linares; Nombre: Javier Antonio Cisternas Vasquez. Domicilio: Lincoyan con Santiago N°724, Belloto Norte, Quilpue, Valparaíso; Nombre: Brisa Campillay Alarcón. Domicilio: Los Huilliches 1664, El Tambo II, Copiapo; Nombre: Manuel  Jesús Valenzuela Parada. Domicilio: Eyzaguirre 1140 Torre D, Dpto 1206, Santiago; Nombre: Néstor Daniel Becerra Monsalve. Domicilio: Serrano 973, Linares;  Nombre: Gloria Patricia Carrasco Vásquez.  Domicilio: Tegualda 1762, Santiago; Nombre: Ignacio Astudillo Meza. Domicilio: Santa Cecilia Pasaje Osorno N°100, Linares; Nombre: Roberto Esteban Morales Pedrero. Domicilio: Psj. Doctor de la Fuente N° 0019, Linares; Nombre: Sergio Emilio Yañez Pérez. Domicilio: Balmaceda 116, Linares; Nombre: Raúl E. Méndez Muñoz. Domicilio: Concordia N°13 Población Porvenir, Linares; Nombre: Jorge Bernal Fernández.  Domicilio: Lolco 7914, Las Condes, Santiago; Nombre: Carola Castro Lagos. Domicilio: Villa Santa Sara, Andes 1521, Linares; Nombre: Myriam Marcela Villar Gómez. Domicilio: M. Miguel León Prado, Georgia 1296, Linares; Héctor Pincheira Espinoza. Domicilio: Pob. Héctor Pinochet E. González 01017, Linares; Nombre: María Eugenia Lagos. Domicilio: Villa santa Sara, Andes 1521, Linares; Nombre: Nicholas Enrique Rojas Silva. Domicilio: Calle Yerbas Buenas N°0188, Linares; Nombre: Luís Alberto Parra Retamal. Domicilio: Pacul 1563, Santiago; Nombre: José Arcides Parra Retamal. Domicilio: Pacul 1563, Santiago; Nombre: Mauricio Antonio Tapia Gutiérrez. Domicilio: Los Tenores 706, Maipú, Santiago; Nombre: Alvaro Rondón Humeres. Domicilio: Balmaceda 790, Estación Central, Santiago; Nombre: Alex Hernandez Liberona. Domicilio: 1 Norte 160, Longaví. Los anteriores observantes adjuntan informe de Consultora Geohidrología Consultores Ltda.. señalando las siguientes observaciones:

    5.75.1 De  acuerdo  a  la  descripción  del  proyecto,  existen  discordancias  entre  las  coordenadas expuestas  en  los  derechos  de  aprovechamiento  con  las  coordenadas  de  las  obras  de bocatomas y restitución presentadas. Al realizar las transformaciones correspondientes a datum de coordenadas (en el informe se presentan con datum distinto), se comprueban diferencias, las que se exponen en la Tabla 3.1 y la Tabla 3.2.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que es normal que durante el desarrollo de la Ingeniería de Detalles de este tipo de obras se produzcan diferencias en la ubicación de las obras de captación y restitución de las aguas, respecto a los puntos establecidos en los derechos.  Estas diferencias se pueden subsanar mediante tramitaciones adicionales de solicitudes de cambio de puntos de captación y restitución de los derechos.   Sin perjuicio de ello el Titular debe tener presente que cada modificación realizada y que no haya sido considerada durante la evaluación ambiental deberá ser tema de consulta de pertinencia y de ser necesario reingresar nuevamente al Sistema de Evaluación Ambiental.

    5.75.2. En términos generales las líneas bases se encuentran incompletas, lo que imposibilita la evaluación del proyecto. La falta de información se manifiesta en descripciones incompletas, en metodologías incompletas o inexistentes y en ausencia o mala calidad de figuras que permitan interpretar los resultados. En consecuencia, los antecedentes de líneas bases presentados en el EIA  imposibilitan  su  correcta  evaluación.  En  efecto,  cualquier  evaluación  que  se  realice utilizando sólo la información presentada, presenta un riesgo altísimo de llegar a resultados erróneos. A continuación se presenta un análisis general por componente ambiental.

    Esta Comisión considera pertinente la observación e indica que una de las particularidades que presenta el SEIA es que permite a la autoridad ambiental durante el proceso de evaluación solicitar aclaraciones y rectificaciones a todos los antecedentes que conforman los EIA  y particularmente a las líneas bases, para finalmente poder resolver.   Particularmente en este caso el EIA se ha complementado con tres Adendas, que son parte del expediente público.

    5.75.3 La descripción hidrológica se basa totalmente en los resultados de un modelo de precipitación escorrentía (nival y pluvial). Al respecto se pueden realizar los siguientes comentarios:
    5.75.3.1 .  Hidrogeología: La descripción de este componente ambiental por una parte está muy incompleta y por otra existe  información  presentada  inconsistente  en  diferentes  párrafos.  Al  respecto  se  pueden realizar los siguientes comentarios:
    • La información aportada corresponde básicamente a literatura muy general, no existe información de terreno que permita caracterizar adecuadamente este componente.
    • La información entregada es muy pobre, por una parte se indica que existe una alta probabilidad de que exista un acuífero y posteriormente  se entrega información sólo respecto a su potencialidad hidrogeológica.
    • La  definición  del  área  de  influencia  del  proyecto  está  mal  hecha  al  no  considerar criterios hidrogeológicos y no se fundamenta técnicamente los criterios utilizados.
    • Se   entrega   información   sólo   para   el   área   de   influencia   del   proyecto   definida arbitrariamente. La metodología correcta debe estudiar primero la hidrogeología y posteriormente definir el área de influencia del proyecto, en este caso ocurre lo contrario.
    • Se requiere información regional del acuífero.
    • No  existe  información  básica  hidrogeológica  como:  límites  del  acuífero,  geometría acuífera, funcionamiento libre o confinado, potencia de relleno, profundidad de la napa, piezometría, sentido y magnitud del escurrimiento, zonas de recarga y descarga, etc.
    • Más importante  aún, no se menciona nada respecto de la relación  entre el río y el acuífero. Dado que el EIA indica que existe un acuífero y más aún que existen zonas de alta a media importancia hidrogeológica y parte importante de ellas se encuentran en contacto directo con el río, no se puede asegurar a priori que no exista relación entre ambos cuerpos de agua. Dada la alta probabilidad que exista una conexión entre ambos componentes ambientales (materiales coluviales, aluviales y fluviales del sedimento) se podría producir un impacto no evaluado en este EIA.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.   Adicionalmente las inquietudes planteadas fueron complementadas en los Adendas a través de estudios solicitados por los servicios, los que permitieron determinar que el sector no presenta condiciones geológicas para la presencia de acuíferos subterráneos, por lo que la disminución del caudal del río al Caudal ecológico no afectará napas subterráneas.

    5.75.3.2.  Geología: En términos generales la información recopilada parece ser suficiente para describir este componente ambiental y los riesgos naturales. Sin embargo, la forma en que es presentada, en el EIA, no permite su utilización para evaluar la línea base ni para la evaluación del análisis de riesgos naturales. Respecto a las fallas descritas, se requiere especificar su ubicación y disposición espacial en los mapas y su relación con las obras del proyecto.

    Por otra parte no se hace uso de la información oficial del SERNAGEOMIN, si bien se menciona en el texto, en muchos casos se utiliza información más antigua.

    El análisis de este componente ambiental adicionalmente requiere de la generación de láminas en tamaño adecuado que permitan observar las descripciones presentadas en el texto.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.   Adicionalmente las inquietudes planteadas fueron complementadas en los Adendas a través de solicitudes realizadas específicamente por los Servicios competentes que finalmente consideraron satisfactoria la información entregada.
     
    5.75.3.3.  Vegetación: Existe poca información respecto de la vegetación ribereña, sólo una descripción general. No existe  evaluación  cuantitativa.  Tampoco  existe  información  respecto  de  la  vegetación  y  su relación con el río. Se requiere que el titular genere perfiles transversales al sentido de escurrimiento de río, con la distribución de la vegetación por especies, indicando su cobertura vegetacional y la relación de la vegetación con el río. Esta información cobra importancia toda vez que puede existir vegetación cuyo suministro de agua dependa del río y que al existir una disminución del caudal y eventualmente una desecación parcial o temporal del río, ella pueda verse afectada.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación, cabe e indica que el titular  completó la información, con lo cual fue posible realizar las evaluaciones necesarias.  Tal como se explicó en el acápite 5.4.1.3 del Capítulo 5 del EIA, sobre metodología de la línea base para el componente flora y vegetación terrestre, la caracterización de la flora y vegetación terrestre presente en el área del Proyecto consideró un muestreo en terreno que se materializó mediante cuatro campañas de campo.

    En relación con la flora y vegetación asociada a las riberas del Achibueno, en el Anexo 10 – Flora y vegetación terrestre “Evaluación del efecto de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña del río Achibueno”, se entrega el documento “Caracterización de la flora y vegetación asociada a las riberas del río Achibueno: Sector Pejerrey – Chapa Verde”. Mientras que, la Parte 2 del citado anexo proporciona el documento “Evaluación del impacto de la operación de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña del río Achibueno”.

    La Parte 1 del anexo en referencia entrega una descripción de la flora y vegetación terrestre asociada a la ribera del río Achibueno entre el sector Pejerrey y Chapa verde, que corresponde al área comprendida entre la captación de las aguas de la central El Castillo y las obras de reposición de las aguas de la central Centinela.  La Parte 2 del anexo en referencia entrega la evaluación de impacto de la operación de las centrales sobre la flora y vegetación ribereña descrita en la Parte 1 del anexo. Al respecto, se identificó el Impacto MB-FVT-OPE-01: “Pérdida de flora y vegetación ribereña el área comprendida entre la captación de la central El Castillo y las obras de reposición de la central Centinela”.    Considerando los antecedentes expuestos anteriormente, se incorporará la especie Eucryphia glutinosa (Guindo Santo) en la medida de compensación PC-FVT-01: “Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación” establecida en acápite 7.2.2.1.3 del Capítulo 7 del EIA. Esta medida considera estrategias de conservación in situ y ex situ, orientadas a conservar y proteger el germoplasma de los individuos de esta especie que potencialmente serían afectados por el Proyecto.  Finalmente en el Anexo 2 del Adenda N°1 “Antecedentes Cartográficos”, se entregan las láminas 7.2.2-3A, 7.2.2-3B, 7.2.2-3C y 7.2.2-3D, con la ubicación de los ejemplares de las especies en categorías de conservación identificadas en el área del Proyecto. En dichas láminas se muestran los puntos en el territorio donde se detectaron ejemplares de las especies Citronella mucronata (naranjillo), Laurelia sempervirens (laurel), Nothofagus alpina (raulí) y Persea lingue (lingue). Mientras que, para el caso de las especies Austrocedurs chilensis (ciprés de la cordillera) y Nothofagus glauca (hualo), considerando su mayor abundancia en el área, su distribución se representó mediante polígonos.
     
    5.75.3.4.  En el capítulo 3, y en relación al Anexo N Parte 2, en el cálculo de caudales ecológicos se prueban   diferentes   metodologías   utilizadas   en   otros   países.   Sin   embargo,   las   únicas metodologías que son realmente aplicables en cualquier parte del mundo son el método del perímetro mojado y la utilización de la modelación de Hábitat. A continuación se presenta un análisis general de ambos métodos. Un análisis en detalle no es posible de realizar, por cuanto al igual  que  en el resto  del EIA, no  se  presenta  la información  necesaria  para  evaluar  la modelación presentada.
    Método perímetro de mojado: En el método del perímetro mojado se utiliza el programa Hec-Ras para los cálculos de eje hidráulico. El análisis presentado  no se encuentra bien fundamentado,  debido a que no se presentan los resultados obtenidos ni los parámetros utilizado por el programa.  Aún cuando no es posible afirmar que los resultados generados a través de esta metodología sean confiables, se pueden utilizar para llegar a conclusiones totalmente disímiles a las presentadas  en  el  Anexo.  El  titular  llega  a  la  conclusión  que  el  caudal  ecológico  en  las secciones seleccionadas  es de 1 m3/s para la cuenca Castillo y de 2 m3/s para la Cuenca Centinela a través de este método, sin embargo analizando las mismas curvas de caudal versus perímetro de mojado se podrían establecer caudales 5 ó 6 veces mayores, asumiendo el criterio de  que  la  relación  Perímetro  mojado  vs  Caudal  se  mantenga  relativamente  constante.  En efecto, y a modo de ejemplo se observa que para el caso presentado en la Figura 3: “Relación caudal – perímetro mojado. Central El Castillo“, la sección PT2 no presenta estabilización para los distintos caudales analizados.

    La Comisión  Regional considera pertinente la observación y al respecto el Titular debe  dejar  disponible un  caudal  ecológico de  3  m³/s  según  lo  establece la  DGA  en  el otorgamiento de los derechos de agua no consuntivos para la generación hidroeléctrica y el estudio de caudal ecológico entregado.    En conclusión  el EIA presentado, contempla la evaluación de impactos ambientales del Proyecto, incluyendo todo lo que respecta a la alteración del caudal y lo relacionado en términos ambientales con dicha alteración, de acuerdo a la metodología que la Dirección General de Aguas establece en el país.  Sin perjuicio de lo anterior y en relación al caudal ecológico, el titular presentó las metodologías utilizadas en otros países como un antecedente complementario,  al cálculo del caudal ecológico.

    5. 75.4.  Modelación de Hábitat.   Utiliza el modelo PHABSIM que incluye el modelo HECRAS para la modelación hidráulica de río.  En  base  a  la  información  revisada  no  fue  utilizado  este  módulo  en  la  modelación presentada, se solicita al titular aclarar esta situación.

    Por otra parte esta sección se encuentra incompleta debido a que no se presentan los detalles de  los  supuestos,  parámetros  ni  referencias  utilizados  de  manera  de  poder  verificar  los resultados obtenidos

    En caso de que el módulo de HEC-RAS haya sido utilizado, se solicita que se entregue la información de base con la que el modelo fue utilizado como: pendiente del lecho, coeficientes de rugosidad de las secciones de escurrimiento, aforos de caudales, perfiles topobatimétricos y calibración del modelo. Tampoco se indica cómo se obtienen los caudales afluentes del río Achibueno  presentados  en  los  diagramas  unifilares,  ni  tampoco  se  entregan  referencias respecto de las preferencias de hábitat de cada especie.

    Finalmente y de acuerdo a las conclusiones realizadas, el titular recomienda realizar planes de monitoreo y probablemente planes de rescate, traslado o recuperación de hábitat. Sin embargo, no se hace notar que la extensión de rio intervenida por el proyecto corresponde a 41 kilómetros que corresponde a un 45% de la extensión total, lo que hace que el impacto sobre especies en extinción sea considerable.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente, considera pertienente la observación en relación a la Modelación de Hábitat y con respecto a ello establece que en  el EIA y Adendas se entregon los parámetros utilizados en la modelación, los cuales hacen referencia a posibles planes de rescate. Cabe señalar además que los Servicios realizaron revisiones de los informes presentados por el titular, los que se consideraron suficientes.   Se propusieron planes de monitoreo para verificar el impacto sobre las especies.

    5.75.5. En el capítulo 5.3.2 se presenta una descripción poco clara de las unidades, se entrega una mezcla de bibliografía con observaciones de terreno y con poca relación con las unidades oficiales del SERNAGEOMIN. Se describen múltiples fallas cuya ubicación no aparece en los mapas, sino que son reunidas en unidades geológicas. Muchos detalles son  de  poca  utilidad  para  hacerse  una  idea  de  la  geología  de  la  zona  y  resulta finalmente en una baja comprensión de la geología.

    • En Lámina 5.3.2-1(geología general) no aparecen las edades de las unidades.
    Los intrusivos están reunidos en una sola unidad, lo que no corresponde con los formatos oficiales de los mapas generados por el SERNAGEOMIN.
    En Lámina 5.3.2-2a (geología local) existen unidades que se distinguen por el grado de fallamiento (unidad tobácea y unidad tobácea falla por ejemplo) lo que no es correcto. Las zonas de falla deben simbolizarse con algo distintivo independiente de la litología. Misma situación ocurre en Lámina 5.3.2-2b.
    • En el texto se describen fallas y su ubicación con un detalle considerable para finalmente representarlas en los mapas como zonas de fallas, sin mayor detalle visual.

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la inquietud respecto de la Línea de Base, y al respecto señala que los servicios respectivos realizaron la revisión de la información solicitando los antecedentes correspondientes.   En relación a la hidrogeología, se estableció en las Adendas que no existía potencialidad de acuíferos en la zona, ya  que  las  rocas  volcánicas  e  intrusivas  presentes  no  tienen  las propiedades litológicas ni estructurales adecuadas, es decir,  los tipos de rocas que afloran en el área y sus características geológicas, no favorecen la presencia de acuíferos en la cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles.

    5.75.6.  Con respecto a la Geomorfología y áreas de riesgo se observa lo siguiente:
    • Descripción confusa de las geoformas muchas veces con excesiva descripción de  la  vegetación.  Muchas  descripciones  no  se  soportan  con  imágenes  para lograr ubicar espacialmente a las unidades. Se observa un desorden en general, lo que conlleva a una baja comprensión de la geomorfología del área.
    • Nula cuantificación  de la probabilidad  de ocurrencia  de por ejemplo,  eventos volcánicos. Muchas aseveraciones sin referencias, llevando a conclusiones poco sustentadas. En cuanto al riesgo sísmico, los datos utilizados son muy recientes como para definir el carácter sísmico del área. En general poca profundización en el tema. En general los distintos riesgos analizados no presentan mapas que muestran las zonas en cuestión, tampoco la intersección de las fallas descritas con anterioridad con los tramos lineales del proyecto.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la inquietud, y al respecto señala que  sin duda, una erupción es un evento excepcional que provoca daños de consideración cuando ocurren tanto a la tecno estructura, como a la biogeoestructura.   En el caso poco probable de una erupción del Longaví (inactivo), ésta podría afectar la Bocatoma de la Central el Castillo, tal como se señala en el acápite 5.3.3.4.2 del EIA y posiblemente al tranque de punta de la misma central, debido a los flujos laháricos provenientes del flanco oriental del volcán a través del estero Los Patos.    En relación al riesgo sísmico es muy importante tener presente que ello  ha sido considerado en el diseño, según normas chilenas, situación que ha sido señalada por el Titular.   Sin embargo, en caso de una erupción, la apertura de compuertas  y el vaciado de los tranques aleja toda posibilidad que una erupción produzca mayores daños.  En relación al riesgo por actividad volcánica, se puede mencionar que dichos riesgos no están asociados a impactos ambientales y por consiguiente a planes de manejo y seguimiento, debido a que los riesgos naturales no son provocados por el Proyecto, sino que existen per se.  El SERNAGEOMIN, es el servicio encargado de realizar los estudios de evolución de la actividad de volcanes activos.   Respecto de la existencia de fallas geológicas de importancia, en el acápite 5.3.3.4.2 de Áreas de Riesgo, se describe el riesgo sísmico a la que está sujeta el área de influencia del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno.   En el mismo acápite se señala que, para el área de influencia del Proyecto, el riesgo sísmico está muy asociado a la calidad litológica.     El Titular señala además,  que en caso de un evento de este tipo, el diseño de los tranque de Punta de las centrales El Castillo y Centinela, permiten la evacuación controlada del agua acumulada.

    5. 75.7.   En el punto 5.3.5.3.1 se expone “Posteriormente,  se cotejaron las distintas fuentes de información y se seleccionaron y sistematizaron los antecedentes relevantes para el desarrollo de los análisis. La información contenida en los documentos revisados fue verificada, en cuanto a los procedimientos utilizados.”. Se solicita especificar cuál es la información   relevante   y  cuáles   fueron   los  procedimientos   utilizados   que   fueron verificados.

    Esta Comisión Regional considera  pertinente la observación,   sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que esta información se encuentra disponible en las Adenda 1 Anexo 2, lo cual además se complementa con el análisis realizado a las estaciones en el que se determinó que si bien la cuenca posee control fluviométrico.  El Titular utilizó un modelo de simulación precipitación-escorrentía, con el fin de evaluar los recursos afluentes a los sectores bajo estudio, siendo éstos: captación de la central El Castillo, ubicada 500 m aguas abajo de la confluencia con el estero Potrero Grande (área aportante 172,2 km2) y captación de la central Centinela, emplazada unos 600 m aguas abajo de la confluencia con el estero Las Ánimas (área aportante 367,8 km2).   La calibración del modelo la efectuó con datos de la cuenca del río Ancoa, estación Ancoa antes Túnel Canal Melado (AN-TM).   El área aportante a ese punto de control posee características geomorfológicas similares a la cuenca alta del río Achibueno.  Lo anterior, fue determinado mediante una comparación de curvas hipsométricas. Considerando esto, se utilizó un modelo de simulación para cuencas nivo-pluviales.

    5. 75.8.  En el punto 5.3.5.2 el AID (Área de Influencia Directa) de la componente hidrogeológica está determinada según la ubicación de las obras y el río sin considerar el área donde se producirán efectos directos. Para definir el AID es necesario conocer en primer lugar la existencia y ubicación de las formaciones acuíferas en la cuenca del río Achibueno, para luego determinar el área que se verá afectada directamente (AID) y el área donde pueden ocurrir impactos indirectos (AII). No se utiliza un criterio técnico hidrogeológico para definir el área de influencia, se asume un área buffer de 750 m para cada lado sin justificación.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto establece que  el titular completó el estudio hidrogeológico del área de influencia directa e indirecta, el cual tiene como finalidad definir la presencia de acuíferos a lo largo del río Achibueno y estero Los Hualles. Según se establece en el Anexo 13 de la Adenda 1, los tipos de roca que afloran en el área y sus características geológicas, difícilmente favorecen la presencia de acuíferos en la cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles.  Antecedentes que según los Servicios evaluadores son suficientes para una adecuada evaluación.

     5. 75.9.  Todas las figuras presentadas en el capítulo 5.3.5 son poco claras y no se distinguen muchas etiquetas de las que se referencia en el texto. Dada la importancia que tienen las figuras para el entendimiento y revisión del informe, se solicita mejorar las imágenes presentadas en este acápite.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que en la Adenda N° 1, Anexo2 el Titular entrega un mayor detalle y claridad por ejemplo del “Area de Influencia”  “Hidrología” , “Estaciones de muestreo de calidad de agua y esteros tributarios” y otros para una mayor comprensión del Estudio.   Antecedentes que según los Servicios evaluadores son suficientes para una adecuada evaluación.

    5.75.10.  En el capítulo 5.3.5.3 se presenta la utilización de un modelo precipitación escorrentía para evaluar los recursos en los puntos de captación. El modelo fue calibrado con una estación  de  una  cuenca  vecina  y  los  parámetros  a  utilizar  se  obtuvieron  de  dos estaciones hidrometeorológicas. En este contexto, se presentan las siguientes observaciones:

    • Los modelos de precipitación-escorrentía presentan menor precisión que los traslados de caudales en cursos superficiales dentro de una misma cuenca. Se requiere de una mejor explicación de la no aplicabilidad de este método para el Río Achibueno, dado que existen dos estaciones aguas abajo del sector con estadística suficiente como para realizar los correspondientes traslados.
    • No existe una explicación del modelo precipitación-escorrentía  en cuanto a supuestos y parámetros utilizados (balance hídrico utilizado, coeficientes de deshielo y acumulación de nieve, etc.). Sólo se presentan las series sintéticas en los anexos.
    • No  se  presenta  el  detalle  de  los  rellenos  estadísticos  de  las  estaciones pluviométricas utilizadas para generar las series sintéticas.
    • No  se  presentan  las  curvas  de  variación  con  respecto  a  la  altitud  en  el fraccionamiento del área de estudio por bandas de altura.
    • No se presentan los resultados de la calibración con la estación de Ancoa antes del Túnel Canal Melado (AN-TM). Se solicita presentar estadígrafos y gráficos.
    • Se solicita validar el modelo con las estaciones del mismo Río Achibueno.
    • Dada  la  frugal  explicación  del  modelo  precipitación  escorrentía,  resulta irrelevante la comparación entre estaciones presentada en los resultados del acápite (Tabla 5.3.5-3 y Figuras 5.3.5-2 y 5.3.5-3). Se reitera la necesidad de realizar comparaciones con las estaciones presentes en el Río.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el Titular justifica la utilización del modelo precipitación escorrentía en la zona y la  utilización de las estaciones ACH-P y ACH-R.    El argumento expresado se resume a que las mediciones de ambas estaciones se encuentran influenciadas  por  la  acción  antrópica,  como  por  ejemplo  el  desvío  del  cauce  para  usos consuntivos como lo es el regadío, lo que implica la pérdida agua del ciclo del agua, debido a que el uso consuntivo no contempla la devolución del flujo utilizado al cauce, además muchas de estas extracciones son de carácter informal y se realizan principalmente en los esteros y pequeños tributarios del río Achibueno.

    Por otra parte, la estación Achibueno en Los Peñascos (ACH-P) estuvo vigente entre 1956 a 1984 siendo reemplazado por la estación Achibueno en La Recova (ACH-R) con estadística entre diciembre de 1986 al 2007. Ambas estaciones se encuentran ubicadas en la zona baja del río Achibueno con áreas de 975 km2 y 896 km2 respectivamente, muy superiores a las áreas de las cuencas bajo estudio, y con una geomorfología también diferente.    Dentro del proceso de evaluación el Titular justifica el uso de la estación Ancoa antes del túnel el Melado (AN-TM) para calibrar el modelo de simulación.  La aplicación del modelo en la estación La Recova da por resultado una buena correlación (R=0,85) con la excepción que no pueden desarrollar los pick en algunos meses, respecto a lo datos medidos.  Asimismo se observa que para los caudales de interés para el Proyecto, caudales medios y bajos (menor a 100 m3/s), el modelo simula levemente en exceso los caudales con respecto a los medidos, ya que los caudales medidos presentan extracciones de riego aguas arriba de la sección de aforo.
    Antecedentes que según los Servicios evaluadores son suficientes para una adecuada evaluación.

    5.75.11.   En el Capítulo 5.3.5.4 la caracterización hidrológica de la cuenca del río Achibueno no es concluyente y se basa en antecedentes sin referencia o de cuencas vecinas (Sandoval,  2007). Es necesario realizar una caracterización completa, con datos de terreno en caso de no contar con antecedentes concluyentes, en la cual se determine la existencia o no existencia de formaciones acuíferas y su ubicación. Una vez determinada la existencia y ubicación de los acuíferos se podrá determinar el AID y AII de la componente hidrogeológica. Se debe incorporar información básica hidrogeológica como: límites, geometría,  profundidad  de  la  napa,  parámetros  elásticos  del  acuífero,  mapas  de isopiezas.

    La Comisión Regional del medio Ambiente, considera pertinente la observación y al respecto agrega que en la Adenda 1 se profundiza y complementa la información de la caracterización hidrológica.  Además la Empresa entrega información a la autoridad ambiental,  indicando la no existencia evidente de acuíferos en la zona, antecedentes que no son objetados por el Servicio correspondiente.

     5. 75.12. En el acápite de hidrogeología, se presentan contradicciones en párrafos seguidos. Se dice por una parte que no existe potencial hidrogeológico y por otra que algunos autores indican que podrían existir acuíferos profundos. Se habla de una potencial productividad de posibles pozos de producción, pero sin tener ninguna estimación del espesor del relleno sedimentario. No se comprende que se concluye con respecto a la hidrogeología de la zona, pero se deduce que no existirían efectos sobre el agua subterránea, o si lo existen, éstos serán mínimos.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que la Empresa profundizó la información presentada en el acápite 5.3 del EIA del Proyecto en el Anexo 13 del Adenda N°1, donde se analizan las características que permiten definir la presencia de acuíferos en el área de influencia del trazado de las centrales, a lo largo del río Achibueno y en el estero Los Hualles.   En dichos antecedentes adicionales,   se concluye que los tipos de rocas que afloran en el área y sus  características  geológicas,  no  favorecen  la  presencia  de  acuíferos  en  la  cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles. Se concluye además,  que el sector debe ser considerado de categoría baja o ausente con respecto a las aguas subterráneas, más aún siendo la mayoría de las rocas de carácter intrusivo y volcánico e impermeables. Las que pudieran contener acuíferos en depósitos no consolidados son escasas, de poca extensión y locales, que se ubican en sectores superficiales aislados en o adyacentes a los cursos de aguas, por lo que la caracterización de los parámetros indicados no modifica la evaluación ambiental del Proyecto.

    5. 75.13.   No se indica la relación entre el río y el acuífero, lo que implica que no se evaluó el efecto de la disminución del caudal del río sobre este componente ambiental.

    La Comisión considera pertinente la observación y al respecto señala que la Empresa profundizó la información presentada en el acápite 5.3 del EIA del Proyecto en el Anexo 13 del Adenda N°1, donde se analizan las características que permiten definir la presencia de acuíferos en el área de influencia del trazado de las centrales, a lo largo del río Achibueno y en el estero Los Hualles.   En dichos antecedentes adicionales,   se concluye que los tipos de rocas que afloran en el área y sus  características  geológicas,  no  favorecen  la  presencia  de  acuíferos  en  la  cuenca hidrográfica del río Achibueno y del estero Los Hualles. Se concluye además,  que el sector debe ser considerado de categoría baja o ausente con respecto a las aguas subterráneas, más aún siendo la mayoría de las rocas de carácter intrusivo y volcánico e impermeables. Las que pudieran contener acuíferos en depósitos no consolidados son escasas, de poca extensión y locales, que se ubican en sectores superficiales aislados en o adyacentes a los cursos de aguas, por lo que la caracterización de los parámetros indicados no modifica la evaluación ambiental del Proyecto.

    5. 75.14.   En el punto 6.2.5, dentro de las componentes ambientales potencialmente afectadas por el proyecto, falta considerar la hidrogeología ya que no se ha descartado la posibilidad de impacto en acuíferos que pudieran recargarse a través del río Achibueno en el sector entre las obras de toma y restitución de los caudales utilizados por las centrales hidroeléctricas.

    La Comisión Regional considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior señala que dichos impactos no fueron analizados, dado que en el EIA se establece la no presencia de acuíferos.

    5.75.15.  En el punto 6.2.6 falta considerar el posible impacto sobre los  acuíferos de la cuenca.

    La Comisión Regional considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior señala que dichos impactos no fueron analizados, dado que en el EIA se establece la no presencia de acuíferos.

    5.75.16.  En el punto 6.3.5.1 en la evaluación del impacto MF-HID-CON-01: Alteración del cauce principal durante la construcción de las obras de captación y restitución, se realizan las siguientes observaciones:
    • El impacto no se encuentra bien descrito dado que después se asevera que el impacto sólo se manifiesta en el periodo de construcción de la obra.
    • En el caso de que el impacto se manifieste sólo en la construcción de la obra, la duración debió haberse cuantificado como 1 dado que las obras duran más de 2 años.
    • Se cree que la alteración del lecho es permanente en los puntos de construcción por lo que no sólo se manifestarán durante la construcción de la obra, sino a lo largo de toda la vida útil del proyecto. Esto produciría que la duración tendría un valor correspondiente al de indefinido (2).
    • Ya que este impacto afecta a otros componentes se piensa que la valoración del impacto debería tener un valor de 9 ó 10.

    Esta Comisión Regional, considera pertinente la observación planteada y al respecto señala que en la Adenda 1 el Titular reevalua a solicitud la Comisión evaluadora la probabilidad de impacto manifestando una afectación segura y, por lo tanto se le asigna el valor de probabilidad de 1 en vez de 0,9, esto debido a que, se considera con certeza que la construcción de las obras implica el movimiento de tierra y materiales, lo que sin duda, generará algún grado de incorporación de sólidos al flujo de agua del río Achibueno, en especial en la construcción de las bocatomas. Esta modificación en el valor de la probabilidad, cambia la valorización de la Magnitud de -1,8 a -2, y por ende la valoración total del impacto de -16 a -18. Sin embargo esto no cambia el rango de la jerarquía de la valorización total del impacto, debido a que se mantiene en los rangos de valores cuya jerarquía de impactos es “No Relevante”, tal como se señala en la tabla de valorización de impacto total del acápite 6.1.3.1.1 del EIA.
    Sin perjuicio de lo anterior el Titular ha diseñado un plan de seguimiento de todas las variables relevantes y ante cualquiera manifestación negativa no evaluada o no considerada previamente, el Titular deberá implementar las acciones correctoras, mitigadoras, compensatorias o de reparación, que sean necesarias.

    5.75.17.  En el punto 6.3.5.2 falta describir, evaluar y calificar el impacto en el o los acuíferos, debido a la disminución de la recarga hacia estos.

    La Comisión Regional del Medio Ambiente,  considera pertinente la observación, sin prejuicio de lo anterior señala que dichos impactos no fueron analizados, dado que el titular en el análisis realizado no admite la presencia de acuíferos. Además de lo anterior en el componente Hidrogeológico, no se prevén potenciales impactos, debido a que el material parental/geológico donde se instalarán las obras y actividades del Proyecto posee una baja permeabilidad, de manera que no se constituye como una zona de recarga de acuíferos.

    5.75.18.  En el punto 6.3.5.2 en la evaluación del impacto MF-HID-OPE-01: Alteración de régimen de caudales, se pueden hacer los siguientes comentarios:
    • La extensión del impacto no se considera adecuada puesto que la longitud del impacto es de 35 km aproximadamente,  lo que corresponde a un 45% de la longitud total del río Achibueno. Por lo tanto la fuente es más que puntual o de pequeña envergadura y la extensión debiera considerarse comunal (1).
    • Se estima que la valoración  debería ser mayor utilizando  valores de 9 ó 10, debido a que el caudal se verá reducido en más de un 75% según los cálculos realizados.
    • No se evalúa la potencial desecación del río debido a la reducción del caudal a un  caudal ecológico. Como cualquier río, el Achibueno debe presentar un flujo subsuperficial que es sustentado por el caudal superficial. Dependiendo de las características del lecho del río y del relleno sedimentario ubicado bajo éste, una disminución del caudal superficial podría provocar una disminución en el tiempo del volumen de agua almacenada en subsuperficie y en algún momento generar que el agua que fluye en el río sea totalmente infiltrada a través de su lecho. Este efecto es particularmente importante en aquellos periodos en los cuales el río presenta caudales muy bajos,  es decir en periodos de estiaje. El río funcionando sólo con el caudal ecológico podría significar que en algún punto se infiltre o impregne completamente y desaparezca en ciertos sectores. Se solicita al titular evaluar.

    No se evalúa el efecto de la disminución del caudal sobre la vegetación ribereña. Se solicita evaluar.

    Esta Comisión Regional considera pertinente la observación y al respecto señala que el impacto mencionado, es considerado en el acápite 6.3.5 del EIA como el potencial impacto MF-HID-OPE-01 “Alteración de régimen de caudales”, el cual tiene relación con una disminución en los flujos entre puntos de captación y de restitución. Este impacto está directamente relacionado con el impacto sobre el régimen de escurrimiento del río Achibueno, debido a que ambos son susceptibles no sólo al llenado de los tranques de punta y contrapunta, sino que también a condiciones meteorológicas y físicas del lugar.

    Cabe destacar, que los tranques de punta y contrapunta, se ubican fuera de la caja del río, por lo que no existe embalse de las aguas en el cauce. Esto último clasifica al Proyecto Hidroeléctrico Achibueno como una central de pasada, de mediana escala.  Con respecto al componente calidad del agua, el llenado de los tranques punta y contrapunta no genera impactos potenciales en este componente ambiental, considerando la dinámica de los flujos de los tranques, lo que permite mantener la calidad del agua.

    Respecto del literal iii) de la observación, el Titular entiende y asume que la misma se refiere al potencial impacto como alteración de la calidad del agua del río por aumento de sólidos suspendidos, aguas abajo de la restitución. De acuerdo a lo anterior, se puede afirmar que lo descrito en la observación no es considerado como un potencial impacto en este Proyecto, debido a que en las etapas de construcción y operación no se verá alterado el régimen de transporte de sólidos aguas abajo de la restitución. Lo anterior es explicable en función del tipo de sustrato dominante en el área de estudio, siendo su característica principal la composición de piedras, bolones y rocas, además que el agua es de calidad excepcional. Además, la utilización de tranques de contrapunta disminuye la cantidad de sólidos en suspensión en el río, debido a la sedimentación de estos antes de la restitución del régimen normal del río Achibueno.   Cabe señalar que de acuerdo al estudio de caudal ecológico realizado, los 3 m3/s es un caudal ecológico suficiente para asegurar la supervivencia de cada una de las especies que existen en el área directa del proyecto, lo cual es supervisado por la autoridad ambiental correspondiente.

    5.75.19.  De acuerdo a la revisión realizada al Estudio de Impacto Ambiental presentado para el Proyecto Hidroeléctrico Achibueno, los acápites de geología, hidrología e hidrogeología no cuentan con la información mínima requerida para poder realizar una evaluación de impacto ambiental, por parte de la autoridad y de la ciudadanía. Se destacan, como aspectos críticos, los cálculos y modelos hidrológicos utilizados para verificar caudales ecológicos, en conjunto con la pobre descripción hidrogeológica realizada.     Se recomendaría a la autoridad pertinente solicitar al  titular del proyecto aclarar y corregir el Estudio de Impacto Ambiental de acuerdo a las observaciones individualizadas en el presente informe.

    Esta Comisión considera pertinente la observación y señala que en general, la estructura y evaluación de los EIA, se realiza de acuerdo a lo que determina la ley 19.300 Bases Generales del Medio Ambiente. La estructura del EIA del Proyecto Hidroeléctrico Achibueno no es la excepción y se rige en base a lo estipulado en dicha Ley, y a los lineamientos  que el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para los diversos acápites que constituyen dicho estudio, establece.   La evaluación por su parte, toma en consideración las competencias técnicas que cada uno de los sectores del Estado, que participan en la evaluación poseen.  Sin perjuicio de lo anterior en los Adendas 1, 2 y 3 se  entregaron antecedentes complementarios, que esta Comisión tuvo en consideración al momento de resolver.
     

  6. Que los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley Nº 19.300:

     
    i)          El Plan de Mitigación, Reparación y Compensación de Impactos Ambientales consideró medidas para evitar, eliminar o minimizar los efectos que pudieran generar la construcción, operación y/o cierre-abandono del Proyecto. También se han considerado medidas de reparación y/o compensación.
     
    ii)         El Plan de Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Accidentes contiene medidas operacionales y criterios de diseño destinados a evitar o minimizar la ocurrencia de situaciones accidentales de riesgo para el medio ambiente.
     
    iii)        Desarrollo de un Plan de Contingencias, en la eventualidad que el Plan de Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Accidentes sea superado. (ver detalles en Capítulos 7 y 10 del EIA y los complementos para casos específicos en las Adendas 1, 2 y 3).
     
    6.1.       Plan de Manejo Ambiental.

    Etapa del proyecto
    Componentes principales
    del
    proyecto
    Instalaciones asociadas
    Componente ambiental involucrado
    Impacto ambiental asociado
    Medidas contempladas
    Forma de implementación de la medida
    Oportunidad de implementación (período de ejecución)
    Lugar de implementación
     Tipo de medida
    Nombre y código de la medida
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    Caminos nuevos privados
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
     
    Edafología
    MF-EDA-CON-01: Pérdida de suelo
     
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
     
    MF-EDA-CON-03: Compactación del suelo
    Mitigante
    PM-EDA-01: Delimitación de las zonas de faenas
     
    Se implementarán cercos y señalética para restringir las zonas de tránsito para personas, acumulación de materiales y tránsito de maquinarias y vehículos de todo tipo.
     
    Se intervendrá la superficie estrictamente necesaria, realizando la demarcación perimetral utilizando banderillas o estacas.
     
    En cuanto al material vegetal cortado, éste podrá ser utilizado (si no es retirado del área) para la protección del suelo aledaño al trazado de los caminos de construcción, como una forma de delimitar las áreas intervenidas, dispuestos en forma longitudinal al trazado del camino.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Las Ànimas con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Las Ánimas con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
     
    Edafología
    MF-EDA-CON-01: Pérdida de suelo
     
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
    MF-EDA-CON-03: Compactación del suelo
    Mitigante
    PM-EDA-02: Recuperación de suelo vegetal
     
    Retiro del suelo.
    Almacenamiento del suelo, siempre y cuando el volumen de éste sea factible de disponer en un lugar donde esté protegido de la acción de la lluvia o el viento.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Las Ánimas con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la bocatoma de la central El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Potrero Grade  con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte de la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
     
     
     
     
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Edafología
    MF-EDA-CON-01: Pérdida de suelo
     
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
    Mitigante
    PM-EDA-03: Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción
    En todas las áreas a intervenir se mantendrán los taludes estables mecánicamente, de acuerdo a su tipo.
     
    Se privilegiarán métodos especiales para definir el mejor tipo de construcción en áreas sensibles o de espacios de trabajo reducidos (por ejemplo, cruces de cursos de agua o áreas pobladas, tronaduras controladas).
     
    Se minimizará la construcción de huellas de acceso hacia los postes y los cortes y rellenos para la construcción de los postes del sistema de interconexión eléctrica.
     
    En los depósitos de marinas se considerará que la disposición topográfica final, garantice la estabilidad de éstas.
     
    El material vegetal que requiera ser apilado se ubicará lejos de cursos de agua, para no producir desborde. Si durante el corte o roce de vegetación algunos árboles removidos caen a cursos de agua, éstos deben ser sacado de ahí en forma inmediata.
     
    Si se requiere, la madera y los restos vegetales serán utilizados en los tratamientos para el control de la erosión, disponiéndolos en forma perpendicular a la dirección de la pendiente.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Edafología
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
    Mitigante
    PM-EDA-04: Control y estabilización de laderas y taludes en zonas inestables
    Esta medida apunta a la estabilización, donde sea factible, de los taludes generados como consecuencia de la construcción, principalmente, de los caminos de acceso, canales y en los sectores con pendientes pronunciadas (sobre 30% de pendiente). En general, será aplicada a taludes y laderas de terrenos desprovistos o que hayan perdido su vegetación, debido a la intervención del suelo para las instalaciones de apoyo u otras obras del Proyecto.
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo (recuperación de suelos por instalaciones provisorias, no definitivas)
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
     
    Edafología
    MF-EDA-CON-01: Pérdida de suelo
     
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
    Reparación
    PR-EDA-01:Revegetación de zonas con pérdida de suelo
     
    Una vez realizada la restitución y preparación del terreno de las obras provisorias, corresponderá realizar las actividades de establecimiento de la vegetación (revegetación).
     
    Las operaciones para el establecimiento de la vegetación, pueden sintetizarse en las siguientes acciones:
     
    -Selección de especies.
    -Métodos de regeneración artificial.
    -Material de plantación.
    -Técnicas de revegetación.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
     
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción y operación
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Edafología
    MF-EDA-CON-01: Pérdida de suelo
     
    MF-EDA-CON-02: Activación de procesos erosivos
     
    MF-EDA-CON-03: Compactación del suelo
    Reparación
    PR-EDA-02: Tratamiento final del suelo en áreas de uso temporal
    Nivelación y remodelación inicial del terreno: para mejorar las condiciones para la etapa de adición y extendido de suelos. Si fuera necesario, también deberá realizarse, en esta etapa, una descompactación inicial del mismo.
     
    Descompactación: el objetivo es crear horizontes que tengan una densidad aparente que faciliten el enraizamiento de los ejemplares dispuestos en el terreno.
    Etapa de construcción y operación del Proyecto
     
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la ribera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte de la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Subestaciones
     
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Depósitos de marinas
    Hidrología
    MF-HID-CON-01: Alteración del cauce principal durante la construcción de las obras de captación y restitución
     
    MF-CAG-CON-01: Alteración de la calidad del agua relacionada con la construcción de centrales y obras asociadas
    Mitigante
    PM-RH-O1: Programa de intervención de cauces
    Habilitación de vías de acceso al área de obras, que permitan un ingreso fluido y sean estables para soportar el tráfico necesario durante la construcción.
     
    Establecer procedimientos para el almacenaje y manipulación de combustibles y sustancias peligrosas, además de acciones correctivas para la remoción de derrames en la zona de construcción cercana al río. Todo esto, debe ser propuesto en una fase anterior (1 a 2 meses antes) a la implementación de las obras.
     
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de -carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
     
    Ruido
     
    MF-RYV-CON-01: Aumento de los niveles sonoros basales por uso de maquinaria pesada
     
    MF-RYV-CON-02: Aumento de los niveles sonoros basales por aumento del flujo vehicular
     
    MF-RYV-CON-03: Aumento de los niveles sonoros por uso de tronaduras
    mitigante
    PM-RYV-01: Mitigación al aumento de los niveles sonoros, por actividades constructivas en superficie, tronaduras y flujo vehicular pesado
    Se preferirá el uso de maquinaria de última generación, con tecnologías silenciosas. Estas maquinarias deberán encontrarse en buen estado de mantenimiento y en el caso de equipos generadores y compresores móviles deberán llevar encapsulamiento acústico.
     
    En lo posible, se mantendrá a lo más 1 máquina de cada tipo en uso en el periodo indicado. Se evitará en lo posible, la superposición de faenas.
     
    Se informará a la comunidad en general, y especialmente colegios, iglesias, consultorios, acerca del calendario de tronaduras.
     
    En los sectores donde se efectuarán tronaduras, se contemplará la evacuación temporal (durante la tronadura) de las personas que habitan a menos de 400 m desde el lugar de tronadura.
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Las Ánimas con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Calidad del aire
    MF-CA-CON-01: Aumento de la concentración de MP10 en el aire
    Mitigante
    PM-CA-01: Humectación de vías de circulación de vehículos.
     
    Se efectuará una humectación periódica de los caminos que se encuentran dentro del área de influencia directa del Proyecto, y en donde existan receptores sensibles a estas emisiones. La presente medida no se aplicará cuando haya humectación natural de los caminos, debido a condiciones climáticas.
     
    La humectación se realizará mediante camiones aljibe, lográndose un 80% de eficiencia en la mitigación de emisiones de material particulado, producto de la resuspensión de polvo.
     
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Calidad del aire
    MF-CA-CON-01: Aumento de la concentración de MP10 en el aire
    Mitigante
    PM-CA-02: Circulación de vehículos a una velocidad controlada.
     
    Se contempla establecer un límite de velocidad en la circulación de vehículos dentro del área de influencia del Proyecto. El control de velocidad al interior de la obra será de un máximo 40 km/h, con restricciones de velocidad en zonas sensible.
     
    Para la correcta aplicación de esta medida, los chóferes de vehículos serán informados oportunamente de las restricciones de velocidad.
     
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Calidad del aire
    MF-CA-CON-01: Aumento de la concentración de MP10 en el aire
    Mitigante
    PM-CA-03: Cubrimiento de la carga de vehículos que transporten material.
     
    Con el objeto de evitar la dispersión de material particulado desde la tolva de los camiones que realizan traslado de áridos y marinas, se efectuará un cubrimiento de la carga mediante una lona impermeable y hermética, la cual será fijada a la carrocería.
     
    Previo a la salida de los camiones, se verificará que la tolva se encuentre correctamente cubierta. De no ser así, se procederá a cubrirla de manera adecuada, antes de autorizar la salida del camión.
     
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de -punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Calidad del aire
    MF-CA-CON-01: Aumento de la concentración de MP10 en el aire
    Mitigante
    PM-CA-04: Cubrimiento y/o humectación de material en acopio.
    Los sitios de acopio de árido y marinas se ven expuestos al efecto del viento, lo que puede provocar el transporte de material particulado debido al arrastre. Con el objeto de evitar la ocurrencia de esta situación, se procederá a humectar o cubrir todo el material acopiado.
     
    Esta medida será aplicada periódicamente, considerando la presencia de receptores sensibles en torno a los sitios de acopio.
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Calidad del aire
    MF-CA-CON-02: Aumento de la concentración de gases de combustión en el aire.
    Mitigación
    PM-CA-05: Revisión e inspección de todos los vehículos y maquinarias utilizada durante la construcción.
    Para lograr una minimización de las emisiones de gases a la atmósfera, producto de la combustión de maquinaria, camiones y equipos, se utilizarán vehículos que cuenten con revisión técnica al día. Además, se realizará un programa de mantención para cada tipo de maquinaria y vehículos, con el fin de asegurar su correcto funcionamiento y el cumplimiento de la normativa existente. Para ello, el contratista deberá presentar el programa de mantención, el cual deberá ser aprobado y luego aplicado correctamente.
     
    Etapa de construcción
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Flora y vegetación
    MB-FVT-CON-01: Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto
     
    MB-FVT-CON-02: Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica
    Mitigación
    PM-INT-01: Protección de la flora y fauna nativa
    La implementación de medidas sencillas y claras, destinadas a minimizar el efecto de la interacción del personal de terreno, con los componentes Flora y Vegetación, y Fauna de Vertebrados Terrestres.
     
    Este plan de protección involucra la implementación de las siguientes medidas:
     
    -Cumplimiento de la Normativa Interna de Protección Ambiental
    -Programa de capacitación o educación ambiental
    -Instalación de señalética
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Flora y vegetación
    MB-FVT-CON-02: Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica
    Mitigación
    PM-INT-02: Restricciones de corta de vegetación durante la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica
    -Focalizar las actividades de corta en los individuos que, en edades adultas, pudieran intervenir la zona de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica.
    -No aplicar el método de corta de tala rasa.
    -Evitar la corta de especies arbustivas que posean una altura menor a cuatro metros.
    -En caso que se requiera la aplicación de un raleo selectivo de individuos, el corte de los ejemplares se realizará en bizel, a unos 30 cm de altura, y no se removerán los tocones remanentes para favorecer el rebrote de las especies que poseen la capacidad de retoñar.
    -En la práctica, considerando la altura de los conductores eléctricos, las intervenciones consistirán en una reducción de copa de los ejemplares de hábito arbóreo que interfieran la franja de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica, a una altura que no será inferior a 4 m medidos desde el suelo.
     
    Etapa de construcción y operación del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Flora y vegetación
    MB-FVT-CON-01: Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto
    Reparación
    PR-INT-01: Restauración en las obras provisorias
    (PM-EDA-02 y PR-EDA-02)
    A continuación, se describen las técnicas de manejo que deberán considerarse para la restauración de las obras provisorias del Proyecto:
     
    -Retiro y almacenamiento del suelo.
    -Preparación del terreno.
    -Técnicas de revegetación.
    -Manejo de la vegetación.
     
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Flora y vegetación
    MB-FVT-CON-01: Pérdida de vegetación en conjunto con individuos de especies en categorías de conservación en el área de intervención del Proyecto
     
    MB-FVT-CON-02: Alteración de la vegetación por la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica
     
    Compensación
    PC-INT-01: Creación de un Área de Conservación
    La creación de un área de conservación que posibilita la conservación y recuperación de los ecosistemas representativos que serían afectados por las obras del proyecto.
     
    El área de conservación tendrá una superficie de 207 Há y colindante a un área SNASPE.
     
    Las características de esta área de conservación y su estrategia de manejo, no sólo permitirán la protección y recuperación de los ecosistemas representativos de la zona, sino que además permitirá su uso para el desarrollo de otras medidas de compensación comprometidas en este EIA.
     
    Hasta cumplimiento de medida
    Esta área será propuesta por el titular a CONAF y SAG y estará anexa a un área protegida y perteneciente al Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), a cargo de CONAF
    Construcción y Operación
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Fauna terrestre
    MB-FFT-CON-01: Pérdida de hábitat para la fauna nativa de vertebrados terrestres
     
    MB-FFT-CON-02: Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres
    Mitigación
    PM-INT-01: Protección de la flora y fauna nativa
    La implementación de medidas sencillas y claras, destinadas a minimizar el efecto de la interacción del personal de terreno, con los componentes Flora y Vegetación, y Fauna de Vertebrados Terrestres.
     
    Este plan de protección involucra la implementación de las siguientes medidas:
     
    -Cumplimiento de la Normativa Interna de Protección Ambiental
    -Programa de capacitación o educación ambiental
    -Instalación de señalética
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Fauna terrestre
    MB-FFT-CON-01: Pérdida de hábitat para la fauna nativa de vertebrados terrestres
    Mitigación
    PM-INT-02: Restricciones de corta de vegetación durante la construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica
    -Focalizar las actividades de corta en los individuos que, en edades adultas, pudieran intervenir la zona de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica.
    -No aplicar el método de corta de tala rasa.
    -Evitar la corta de especies arbustivas que posean una altura menor a cuatro metros.
    -En caso que se requiera la aplicación de un raleo selectivo de individuos, el corte de los ejemplares se realizará en bizel, a unos 30 cm de altura, y no se removerán los tocones remanentes para favorecer el rebrote de las especies que poseen la capacidad de retoñar.
    -En la práctica, considerando la altura de los conductores eléctricos, las intervenciones consistirán en una reducción de copa de los ejemplares de hábito arbóreo que interfieran la franja de seguridad de las líneas de transmisión eléctrica, a una altura que no será inferior a 4 m medidos desde el suelo.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Fauna terrestre
    MB-FFT-CON-02: Mortalidad incidental de fauna nativa de vertebrados terrestres
    Mitigación
    PM-FFT-01: Rescate y Relocalización de Vertebrados Terrestres
    El objetivo es minimizar la pérdida de individuos de especies de baja movilidad, implementando acciones de rescate y relocalización, previas al inicio de la construcción de las obras. Los rescates deberán realizarse en un plazo de no más de 2 semanas antes del inicio de las obras de despeje del área de faena, para evitar eventos de recolonización de dichas áreas.
     
    Los planes de rescate son una buena alternativa para el manejo de fauna en situaciones de pérdida del hábitat y su implementación, en el área del Proyecto, se focalizará en aquellos donde se registraron especies de herpetozoos y micromamíferos, de acuerdo a los resultados obtenidos de la línea base de fauna de vertebrados terrestres.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Operación
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -
    -Acueducto (canal)
    -
    -Canal de restitución
    - -Rápido de descarga
     
    -
    Fauna terrestre
    MB-FFT-OPE-01: Modificación del hábitat para vertebrados terrestres (efecto borde y barrera)
    Mitigación
    PM-FFT-02: Utilización de los atraviesos de quebradas ara fauna de vertebrados terrestres
     
    El objetivo general de este plan es implementar una medida estructural que facilite el paso de la fauna de vertebrados terrestres en aquellos tramos de canales dentro del Proyecto. Esta medida se establece como mitigación al impacto “MB-FFT-OPE-01 Modificación del hábitat para vertebrados terrestres (efecto borde y barrera)” y tiene el propósito de permitir la continuidad de las poblaciones de vertebrados.  Se realizarán atraviesos en cada cruce de quebrada, o en su defecto, cada 500 metros.     Se colocarán postes cada 3 m de largo y 2 m de altura, con malla y en la parte superior 3 líneas de alambres de púas.  Se construirán como mínimo, 36 atraviesos (14 en El Castillo y 22 en Centinela), según lo detalla la Tabla siguiente. En ningún caso vertebrados.    Se informara al SAG y al SEA Región del Maule  de los resultados de 2 campañas cada uno e informe final de los resultados de segumiento.podrán existir tramos de más de 500m sin atraviesos (ver punto 6.8. de los Considerando de esta Resolución).
    Etapa de operación del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    14 atraviesos en la Central El castillo y 22 para la Central Centinela. En ningún caso habrán tramos de más de 500m sin atraviesos.
    Construcción
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Fauna terrestre
    MB-FFT-CON-01: Pérdida de hábitat para la fauna nativa de vertebrados terrestres
    Restauración
    PR-INT-01: Restauración de la vegetación en las obras provisorias
    A continuación, se describen las técnicas de manejo que deberán considerarse para la restauración de las obras provisorias del Proyecto:
     
    -Retiro y almacenamiento del suelo.
    -Preparación del terreno.
    -Técnicas de revegetación.
    -Manejo de la vegetación.
     
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Operación
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -
     
    -
    Fauna Terrestre
    MB-FFT-OPE-02: Mortalidad incidental de fauna nativa
     
    PM-FFT-03: Cercamiento de canales
    Medida estructural que disminuya la probabilidad de mortalidad de animales por caída y ahogamiento en los canales del proyecto.
     
    Los cercos se instalarán en las cercanías de los canales de manera de evitar en lo posible la caída de animales al canal.
    Etapa de operación del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Flora y fauna acuática
    MB-FFA-CON-01: Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces.
    Mitigación
    PM-FFA-01: Minimización de intervención de cauces
    La medida contemplada corresponde a acciones a tener en consideración al momento de la planificación y posterior ejecución de obras en el cauce del río, y considera:
    ·             La planificación de las obras en los cauces deberá restringir las intervenciones en los mismos a la mínima superficie requerida para su ejecución.
    ·             La planificación de las obras en los cauces deberá suponer el restringir las intervenciones en los cauces al mínimo tiempo requerida para su ejecución y, en lo posible, limitarlas a las épocas de estiaje del río.
    ·             Para la construcción de las bocatomas y cepas de apoyo, se deberán implementar desvíos temporales al interior de los cauces, que permitan aislar las obras del caudal del río.
    ·             No se podrá acumular materiales en las zonas de obras, pues ante la eventualidad de alguna crecida, puedan ser arrastrados al río.
    ·             Una vez finalizadas las obras, los materiales utilizados para el desvío de los cauces deberán ser retirados y dispuestos –de preferencia– en lo mismos sectores de lecho seco desde donde fueron retirados y/o en escombreras.
     
    Etapa de construcción del proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
     
    Flora y fauna acuática
    MB-FFA-CON-01: Modificación de hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces.
     
    MB-FFA-OPE-01: Modificación de las comunidades bióticas por cambios en el régimen natural de caudales entre el punto de captación y restitución de las aguas
     
    MB-FFA-OPE-02: Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación
     
    MB-FFA-OPE-03: Pérdida de individuos de especies de ictiofauna nativa
    Compensación
    PC-FFA-01: Propuesta de Plan de restauración y conservación estero Los Hualles
    Mediante las siguientes acciones.
     
    ·             Ejecutar un catastro de las descargas de aguas servidas actuales en el estero Los Hualles, o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas.
    ·             Identificar zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    ·             Identificar zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus características de hábitat favorable a las especies ícticas y sus fuentes de alimentación (zoobentos).
    ·             Identificar actividades de pesca de especies nativas en el sector
     
    Etapa de construcción y operación del proyecto
     
     
    Área de restauración del Estero Los Hualles
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Medio Humano
    MH-ANT-CON-01: Afectación de elementos materiales del patrimonio religioso.
    Mitigación
    PM-ANT-01: Programa de protección de los elementos materiales del patrimonio religioso.
     
    El objetivo de la presente medida, es asegurar el resguardo y actividad asociada a cada elemento del patrimonio religioso durante la construcción de las obras (cercado o traslado temporal de los cenotafios, y control de flujos para los centros de culto), a objeto de mantener la manifestación asociada ya sea en calvarios o animitas.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    Caminos públicos L-45 y L565 así como cualquier otro patrimonio religioso que apareciere
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Medio Humano
     
    MH-BS-CON-01: Efectos asociados al aumento de los flujos vehiculares en las rutas L-45 y L-565, producto de las obras y actividades del Proyecto.
    Mitigación
    PM-BS-01: Control de flujo vehicular en caminos públicos durante la etapa de construcción del Proyecto.
    Líneas de acción:
    Gestión de rutas: Protocolo de coordinación permanente con Carabineros, Bomberos y Centros de Salud.
    Estudio sobre la situación basal de tránsito y desarrollo de actividades (entrada y salida de escuela, atenciones de salud, culto, arreo de ganado, por ejemplo).
     
    Control de accidentes: Control de exigencias técnicas a conductores y vehículos (capacitación, licencias, revisiones, planes de riesgo y/o emergencia).
    Instalación de señalética (restricciones en zonas pobladas y adecuado tránsito peatonal).
    Control de velocidad para vehículos del proyecto en zonas pobladas (lomos de toro, banderilleros, otros).
    Unidades móviles de atención ante desperfectos y accidentes (primeros auxilios).
    Etapa de construcción del Proyecto
    Caminos públicos L-45 y L565
     
     
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Medio Humano
    MH-BS-CON-02: Aumento de problemas sociales por la presencia de trabajadores en el área de influencia directa del proyecto.
    Mitigación
    PM-BS-02: Programa de conductas responsables para los trabajadores del Proyecto.
    Líneas de acción:
    Reglamento de personal y normas de conducta: Definición de criterios asociados a conductas responsables en contratos de trabajo.
    Aplicación de sanciones a trabajadores que no cumplan el reglamento interno.
     
    Capacitación acerca del modo de vida local: Capacitación y entrega de material escrito y audiovisual sobre normas de comportamiento y modo de vida local rural.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
     
     
    Toda el área de Influencia humana, afectada directamente.
     
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
     
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Medio Humano
    MH-DGE-CON-01: Efecto sobre una vivienda por obras y/o actividades del proyecto
    Compensación
    PC-DGE-01: Compensación asociada a afectación de vivienda por obras y/o actividades del Proyecto.
    Línea de acción:
    Información y acuerdo: Generación de canal de comunicación.
    Establecimiento de negociación formal.
    Acuerdo entre las partes según legislación vigente
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Medio Humano
    MH-SCE-OPE-01: Alteración de la incipiente actividad turística producto de la disminución de caudal, Sector Centinela
     
    Compensación
    PC-SCE-01: Fomento al desarrollo del turismo en el área de influencia directa del Proyecto.
    La medida de compensación señalada en este punto dice relación, en primer lugar, con la elaboración de un “Estudio de Potencialidades Turísticas”, el cual registre lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial y así compensar la mayor dificultad de realizar este tipo de actividades en el río Achibueno. Asimismo, la medida descrita pretende ayudar a la población a concretar la ejecución de proyectos turísticos, según los resultados que arroje el estudio.  
     
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Patrimonio Cultural
    MH-PC-CON-01: Afectación de sitios arqueológicos
    Mitigación
    PM-PC-01: Programa de rescate de elementos del patrimonio arqueológico
    Rescate arqueológico
    - Caracterización del sitio a través de pozos de sondeo.
    - Definición de muestra a rescatar y planificación de excavación, en virtud de las observaciones del CMN.
    - Desarrollo de rescate arqueológico.
    - Elaboración de informe final y envío al CMN.
    - Conforme resultados del rescate solicitar liberación del área para continuar obras.
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Patrimonio Cultural
    MH-PC-CON-01: Afectación de sitios arqueológicos
    Mitigación
    PM-PC-02: Protección de la superficie de los sitios emplazados en caminos proyectados durante etapa de construcción.
     
    Esta medida contempla la protección de la superficie de los sitios Los Maquis 1, Los Maquis 2 y Los Hualles 1, a través de la implementación de un recubrimiento y una plataforma de paso vehicular, que asegure su aislamiento de los efectos físicos y mecánicos producidos por el paso de vehículos y maquinaria pesada. Esta medida deberá contar con una memoria técnica, que dé cuenta de la resistencia en el tiempo del recubrimiento.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Patrimonio Cultural
    MH-PC-CON-01: Afectación de sitios arqueológicos
    Mitigación
    PM-PC-03: Programa de protección de elementos patrimoniales arqueológicos asociados al proyecto.
    Con el fin de asegurar la protección de los sitios arqueológicos durante las faenas se implementara un cercado perimetral, con la señalética correspondiente para cada uno de los elementos involucrados, además del monitoreo arqueológico durante el desarrollo de las obras
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Paisaje
    PA-PAI-CON-01: Alteración de la calidad y fragilidad visual del paisaje, debido a la modificación de sus componentes físicos, bióticos, la introducción de elementos de origen antrópico y el incremento parcial de la accesibilidad a nuevos territorios.
    Mitigación
    PM-PAI-01: Programa de Mitigación de Impactos sobre el Paisaje (PM-EDA-01, PM-EDA-02 y PM-EDA-03).
    En faenas de despeje y habilitación de los terrenos a utilizar, se privilegiará el corte o roce de vegetación de manera selectiva, buscando conservar –si existen– la mayor cantidad posible de ejemplares de árboles y arbustos.
     
    En los sectores seleccionados y antes de comenzar el depósito de material, las faenas de roce vegetación se circunscribirán exclusivamente al área proyectada.
     
    Cuando corresponda, las labores de despeje y habilitación de los sectores aledaños al depósito, que puedan ser destinados a instalaciones de apoyo a la faena, se privilegiará el corte de vegetación de manera selectiva, buscando conservar la mayor cantidad posible de ejemplares de árboles y arbustos.
     
    Se adoptarán todas las medidas de resguardo con el fin de evitar deslizamientos, particularmente las con las pendientes de los taludes de diseño.
     
    Es decir, disponer las instalaciones, de tal manera, de utilizar la vegetación existente –cuando sea posible– como una cortina vegetal, que se constituya en una barrera visual para las personas que transitan por los caminos.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey
    Construcción
    Centrales hidroeléctricas (El Castillo y Centinela)
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
     
    Sistema de Interconexión Eléctrica
     
    Caminos
     
     
     
     
     
     
     
    Instalaciones de apoyo
    -Bocatoma
    -Tranque de punta
    -Acueducto (túnel y canal)
    -Cámara de carga
    -Tubería en presión
    -Casa de máquina
    -Canal de restitución
    -Sifón
    -Rápido de descarga
     
    -Línea de Interconexión
    -Subestaciones
     
    -Mejoramiento de caminos públicos y privados
    -Caminos nuevos privados
     
    -Instalaciones de faena
    -Fuente de trabajo
    -Polvorines
    -Plantas dosificadoras de hormigón
    -Depósitos de marinas
    Paisaje
    PA-PAI-CON-01: Alteración de la calidad y fragilidad visual del paisaje, debido a la modificación de sus componentes físicos, bióticos, la introducción de elementos de origen antrópico y el incremento parcial de la accesibilidad a nuevos territorios.
    Reparación
    PR-PAI-01: Programa de Reparación de Impactos sobre el Paisaje (PR-EDA-01 y PR-EDA-02
    Al terminar la construcción, en las instalaciones y frentes de trabajo se deberán restituir las condiciones originales de los sectores utilizados. Se retirará absolutamente todo vestigio de ocupación del lugar como: radieres, construcciones, cercos, etc.
     
    Etapa de construcción del Proyecto
    El Castillo: Desde la confluencia del estero potrero grande con el Achibueno hasta la confluencia de Las Ánimas con Achibueno por la ribera sur
     
    Centinela: Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno
     
    Desde la subestación El Castillo ubicada en la rivera sur de la confluencia del Estero Los Hualles con el Achibueno hasta la subestación Centinela a 450 m al norte e la confluencia de Los Hualles con Achibueno.
     
    Desde la bocatoma del Centinela hasta el puente sector los carros.
     
    Desde Sector los Carros hasta Pejerrey

    Nota: Los indicadores de cumplimiento de cada medida de manejo se encuentran asociados al seguimiento de cada una de ellas (ver Capítulo 8 del EIA, complementos señalados en Adendas 1, 2 y 3 y documento Anexo).
     
    6.2.       Como medida de mitigación para el retiro del suelo y recuperación del suelo vegetal, se desarrollará el siguiente procedimiento:
    i)          Identificar previamente la profundidad de cada uno de los horizontes del suelo, a través de la ejecución de calicatas con el fin de determinar in situ la separación entre el horizonte orgánico superior y el subsuelo. Recolectar las semillas y propágulos de las plantas de la zona, para el posterior proceso de re-vegetación y restauración ecológica.   Desmontar la cubierta vegetal de la zona, para evitar la descomposición de las plantas en los montones de suelo acopiado. Dicho desmonte, debe realizarse inmediatamente antes del retiro del suelo (sin mayores desfases), de manera de reducir el tiempo de exposición del suelo desnudo ante los agentes erosivos.    El desbroce de la vegetación debe guardar un orden y tiempo de exposición del suelo desnudo a los agentes erosivos. Estas labores deben evitar: pérdida de estructura por compactación del suelo; muerte de microorganismos aeróbicos; contaminación por sustancias ácidas o tóxicas; alteración del ciclo normal de los compuestos nitrogenados y erosión eólica e hídrica, entre otros.
     
    ii)         Almacenamiento del suelo:            Siempre y cuando el volumen de éste sea factible de disponer en un lugar donde esté protegido de la acción de la lluvia o el viento. De lo contrario, se deberá considerar la protección del suelo superficial almacenado, a través de una malla protectora y en el caso de que el suelo acopiado no sea utilizado para la reconstrucción del suelo en un período corto de tiempo, se considerará una cubierta herbácea, sembrando dicha superficie con una mezcla de semillas. Para el almacenamiento se deben efectuar las siguientes acciones en los sitios a intervenir:
    a)         Identificar y seleccionar los lugares donde se ubicará el acopio. Las zonas de acopio no deben situarse en áreas cercanas a formaciones vegetales o cursos de agua, ni próximas a las zonas de extracción.
    b)       Se depositarán los materiales retirados en capas delgadas, evitando la formación de grandes montones.
    c)       No deberá permitirse el tráfico de maquinaria sobre los montones o acopios ya construidos.
     
    iii)        Parámetros de medición
    Para verificar que la implementación de las acciones mencionadas sea efectiva, se deberán realizar inspecciones visuales, elaborar fichas de campo por sitio a visitar y se deberá llevar un registro de la existencia de los acopios del horizonte superficial del suelo en las áreas destinadas para ello, Se deberá elaborar un reporte con evaluación de los resultados por sitio inspeccionado.
     
    6.3.       Como medida de prevención de procesos erosivos (Capítulo 7, acápite 7.2.1.4 del EIA), se desarrollará el siguiente procedimiento:
    a)         Delimitarán las zonas de faenas (PM-EDA-01)
    ·                     Implementarán cercos y señalética para restringir las zonas de tránsito para personas, acumulación de materiales y tránsito de maquinarias y vehículos de todo tipo, asociadas a las obras, tales como, áreas de tranques, casas de máquinas, subestaciones eléctricas, instalaciones de apoyo, disposición de marinas y caminos de construcción en general.
    ·                     Intervendrán la superficie estrictamente necesaria, realizando la demarcación perimetral utilizando banderillas o estacas.
    ·                     El material vegetal cortado, será utilizado (si no es retirado del área) para la protección del suelo aledaño al trazado de los caminos de construcción, como una forma de delimitar las áreas intervenidas, dispuestos en forma longitudinal al trazado del camino.
     
    b)         Recuperación de suelo vegetal (PM-EDA-02)
    ·                     Identificar previamente la profundidad de cada uno de los horizontes del suelo mediante sondeos o calicatas.
    ·                     Desmonte de la cubierta vegetal de la zona, antes de retirar el suelo, el cual debe guardar un orden y tiempo mínimo de exposición del suelo desnudo a los agentes erosivos.
    ·                     Recolectar las semillas y propágulos de las plantas a emplear, para el posterior proceso de revegetación y restauración ecológica.
    ·                     Estas labores deben efectuarse con cuidado, se debe evitar la ocurrencia de pérdida de estructura por compactación del suelo; muerte de microorganismos aeróbicos; contaminación por sustancias ácidas o tóxicas; alteración del ciclo normal de los compuestos nitrogenados y erosión eólica e hídrica, entre otros. En este sentido, se debe restringir al mínimo el paso de maquinaria por la zona de intervención.
    ·                     Para minimizar el riesgo de daño al suelo durante esta operación, es conveniente restringirla a las épocas más secas del año (evitar condiciones de excesiva humedad) y planificar las rutas de los camiones que trasladan el suelo a la zona de acopio.
    ·                     Almacenamiento del suelo, siempre y cuando el volumen de éste sea factible de disponer en un lugar donde esté protegido de la acción de la lluvia o el viento. Se consideran las siguientes recomendaciones:
    ·                     Depositar los materiales retirados en capas delgadas, evitando la formación de grandes montones.
    ·                     No debe permitirse el tráfico de maquinaria sobre los montones o acopios ya construidos.
     
    c)                                           Consideraciones ambientales en la implementación de las técnicas de construcción (PM-EDA-03)
    ·                     En todas las áreas a intervenir se mantendrán los taludes estables, de acuerdo a su tipo.
    ·                     Se privilegiarán métodos especiales para definir el mejor tipo de construcción en áreas sensibles o de espacios de trabajo reducidos (por ejemplo, cruces de cursos de agua o áreas pobladas, tronaduras controladas).
    ·                     Se minimizará la construcción de huellas de acceso hacia los postes y los cortes y rellenos para la construcción de los postes del sistema de interconexión eléctrica.
    ·                     En los depósitos de marinas se considerará que la disposición topográfica final, garantice la estabilidad de éstas.
    ·                     El material vegetal que requiera ser apilado se ubicará lejos de cursos de agua, para no producir desborde. Si durante el corte o roce de vegetación algunos árboles removidos caen a cursos de agua, éstos deben ser sacado de ahí en forma inmediata.
    ·                     Si se requiere, la madera y los restos vegetales serán utilizados en los tratamientos para el control de la erosión, disponiéndolos en forma perpendicular a la dirección de la pendiente.
     
    d)         En los caminos se contempla:
    ·                     En caminos que se emplacen en cortes con roca, se evitarán los derrames de rocas en zonas de pendientes pronunciadas.
    ·                     Construir bermas laterales a los caminos, en zonas de pendientes elevadas, para desviar el escurrimiento superficial de agua hacia zonas estables y/o con vegetación.
    ·                     Se estabilizarán taludes y evitarán derrames de suelo y rocas (cortes y terraplenes), en zonas de pendientes pronunciadas. Se considerará, de ser factible, privilegiar el uso de tronaduras controladas para disminuir su efecto.
    ·                     Disponer del horizonte orgánico del suelo al lado del trazado de caminos, si éstos se utilizan por un período relativamente corto (uno a dos años).
     
    e)         En las torres del sistema de interconexión eléctrica:
    ·                     Realizar un despeje superficial del terreno, retirando los tocones de los árboles y arbustos.
    ·                     Después, se procederá a ejecutar las excavaciones en el terreno sobre el cual se construirán las fundaciones de los postes. El material producto de la excavación, será reutilizado en la reparación final del área a intervenir. En tanto, el material vegetal será esparcido entorno a la estructura, en forma homogénea, para evitar la generación de procesos erosivos. El material que no pueda ser esparcido y los escombros, serán trasladados hasta una zona de acopio autorizada.
     
    f)         Control y estabilización de laderas y taludes (PM-EDA-04)
    ·                     Esta medida considera estabilizar, donde sea factible los taludes generados como consecuencia de la construcción, principalmente, de los caminos de acceso, canales y en los sectores con pendientes pronunciadas (sobre 30% de pendiente), y consiste, básicamente, en el mejoramiento de la estabilidad de los taludes que poseen suelo, evitando así el deslizamiento de suelo y roca.
     
    g)         Revegetación de zonas con pérdida de suelo (PR-EDA-01)
    ·                     Implantación de especies vegetales en sectores que han sido desprovistos de ellas, debido a la utilización temporal del suelo producto de las instalaciones de apoyo. Los objetivos de la medida apuntan a cumplir los siguientes puntos:
    ·                     Conservar con especies herbáceas, arbustivas y arbóreas, sectores desprovistos de vegetación e intervenidos por obras civiles o erosionadas.
    ·                     Mejorar la aptitud del suelo y reducir el avance de procesos erosivos.
    ·                     Generar una formación vegetal similar y autosostenible a las formaciones naturales pre-existentes.
     
    h)         Las operaciones para el establecimiento de la vegetación, considerarán:
    ·                     Selección de especies.
    ·                     Métodos de regeneración artificial.
    ·                     Material de plantación.
    ·                     Técnicas de revegetación.
     
    j)          Tratamiento final del suelo en áreas de uso temporal (PR-EDA-02)
    ·                     Para la recuperación de las condiciones edáficas y el micro-relieve y la restauración de la flora y vegetación original de los sectores intervenidos, se deberán considerar las siguientes medidas específicas.
    ·                     Nivelación y remodelación inicial del terreno: para mejorar las condiciones para la etapa de adición y extendido de suelos. Si fuera necesario, también deberá realizarse, en esta etapa, una descompactación para crear horizontes que tengan una densidad aparente que faciliten el enraizamiento de los ejemplares dispuestos en el terreno. Las áreas que resulten alteradas por la compactación, deberán   – una vez terminadas las faenas –   ser descompactadas con las técnicas adecuadas, dependiendo del caso. La descompactación debería considerar, primero, el uso de subsolador con bulldozer para descompactar en profundidad, y luego, el uso de un arado del tipo cincel. En este sentido, deberán ser observaciones de terreno y/o calicatas capaces de observar la pérdida de estructura del suelo y que a la vez, permita decidir por las acciones a seguir.
    ·                     Mejora del drenaje: un problema común de las zonas restauradas es el drenaje deficiente. Si la totalidad del perfil del suelo es impermeable o está compactado en exceso, el subsolado o cualquier otra técnica de descompactación, no es suficiente para solucionar el problema. La solución más común es drenar el agua fuera del área restaurada, mediante tuberías de plástico perforadas que recogen el agua y la transportan hacia los puntos de descarga previstos (obras de desagüe, drenes, diques, ríos, entre otros).
    ·                     Enmiendas o mejoras edáficas: si el suelo que se va a utilizar como sustrato para la revegetación no presenta las propiedades edáficas adecuadas para el uso propuesto, pueden realizarse mejoras mediante la adición de diversos compuestos y materiales. La decisión del tipo y cantidad de las enmiendas deberá evaluarse para cada sitio en particular, dependiendo de la vegetación que se quiere restaurar.
      
    6.4.       Como medidad de mitigación sobre la ictiofauna se implementará un sistema de barrera electrónica aguas arriba de las bocatomas, denominada “barrera Smith-Root para peces (página web http://www.smith-root.com/)”.    Para la central El Castillo se ubicaría entre la confluencia con el estero Potrero Grande y la bocatoma, y para la central Centinela, entre la confluencia del estero Las Ánimas y la bocatoma.    Durante la etapa de pruebas de las centrales se hará un seguimiento del funcionamiento de este sistema para verificar su eficiencia y las medidas de ajuste o reemplazo por otro sistema para su adecuado funcionamiento.
     

     

    6.5.       El caudal ecológico escurrirá hacia aguas abajo de la bocatoma mediante un tubo instalado en la parte más baja posible de la “compuerta de sector”, que deje pasar permanentemente los 3 m3/s del caudal ecológico y la fauna acuática que pueda ser arrastrada por este flujo de agua. El diámetro del orificio deberá permitir que con el nivel de captación de la poza pasen permanentemente los 3 m3/s de caudal ecológico. Se instalará un medidor digital que permita verificar en cualquier momento el caudal pasante es hasta 3 m3/s, y consistirá en un flujómetro basado en un sensor que permite realizar mediciones de flujo en condiciones normales (contra corriente) y/o en reversa. 

     

     
    6.6.       Para proteger la ictiofauna presente en el Estero Los Hualles (ver Adenda 2), se desarrollará un Plan a presentarse a la autoridad ambiental antes del inicio de la construcción de las obras, y que a lo menos deberá contener:
    ·                                              Un catastro de las descargas de aguas servidas actuales o cualquier otra fuente de contaminación de las aguas en el estero Los Hualles.
    ·                                              Identificarán zonas en las que se haya eliminado la vegetación ripariana.
    ·                                              Identificar las  zonas del cauce del estero que hayan podido ser intervenidas, perdiendo sus características de hábitat favorable a las especies ícticas y sus fuentes de alimentación (zoobentos).
    ·                                              Identificar las actividades de pesca de especies nativas en el sector.
    ·                                              Realizar estudios de línea base que abarquen un ciclo biológico completo, con al menos cuatro estaciones de flora y fauna acuática y una estación de calidad de aguas.
     
    Posteriormente a estas caracterizaciones, se deberán desarrollar las siguientes acciones:
     
    ·                                              Acordar y aprobar un Plan con el conjunto de autoridades que tienen injerencia en su implementación: Subsecretaría de Pesca, Servicio Nacional de Pesca, Dirección de Obras Hidráulicas, Dirección General de Aguas y la I. Municipalidad de Linares.
    ·                                              Diseñar y financiar una campaña de difusión tendiente a sensibilizar a la población ribereña con respecto a la conservación de la biodiversidad y, en particular, de las especies ícticas nativas. Dicha campaña contemplará actividades como presentaciones, desarrollo de guías y trípticos informativos para pescadores y escolares, señalética ambiental, etc.
    ·                                              Basado en la información del catastro de descargas de aguas servidas u otras fuentes contaminantes y en acuerdo con la comunidad y las autoridades pertinentes, se impulsará la regularización de las descargas de tal forma que cumplan con la normativa vigente.
    ·                                              De acuerdo con la información contenida en el catastro de zonas en las que se ha eliminado la vegetación ripariana, y en acuerdo con los propietarios, proceder a su reforestación con especies adecuadas para este tipo de ambientes.
    ·                                              Sobre la base del catastro de zonas en las que se ha intervenido los cauces, deteriorando su calidad como hábitats, en acuerdo las autoridades competentes, ejecutar labores de restauración de dichos ambientes. En este mismo contexto, podrían eventualmente introducirse refugios artificiales para ictiofauna que aumenten la heterogeneidad de los hábitats presentes.
    ·                                              Solicitar a las autoridades e interesados no introducir truchas en Los Hualles.
    ·                                              Definir zonas de pesca deportiva diurna para limitar las poblaciones de truchas.
    ·                                              Sembrar especies nativas en Los Hualles provenientes de las capturas de monitoreo (Diplomystes nahuelbutaensis)
     
    6.7.       Se implementarán las siguientes medidas de mitigación, conducentes a disminuír los impactos sobre los Micromamíferos:
    ·                     Prohibición de caza y tenencia de animales domésticos por parte del personal en faenas
    ·                     Manejo de los residuos domésticos en recipientes tapados y con retiro frecuente para evitar que los macromamíferos se acerquen a las áreas de faenas.
    ·                     Rescate y manejo de crías y juveniles que pudieran detectarse durante la implementación de la medida de rescate y relocalización de fauna y de perturbación controlada.
    ·                     Reducir la intervención del proyecto solamente a las áreas declaradas en el estudio como área de intervención directa.
     
    6.8.       Se construirán  atraviesos y cercamiento de canales, para disminuír la mortalidad de animales por caída y ahogamiento en los canales, y permitir la continuidad de las poblaciones de vertebrados.    Se realizarán atraviesos en cada cruce de quebrada, o en su defecto, cada 500 metros.     Se colocarán postes cada 3 m de largo y 2 m de altura, con malla y en la parte superior 3 líneas de alambres de púas.  Se construirán como mínimo, 36 atraviesos (14 en El Castillo y 22 en Centinela), según lo detalla la Tabla siguiente. En ningún caso podrán existir tramos de más de 500m sin atraviesos.
     Localización de los puntos de localización de los atraviesos para fauna,
    Centrales El Castillo y Centinela
     
    Nº Atravieso
    Central El Castillo
    Central Centinela
    Norte
    Este
    Norte
    Este
    DATUM WGS 84
    1
    6.001.021,95
    308.659,39
    6.000852,65
    296.188,45
    2
    6.001.176,12
    308.306,98
    6.000.817,72
    296.098,32
    3
    6.001.339,71
    307.987,80
    6.000.649,66
    295.739,85
    4
    6.001.582,82
    307.722,08
    6.000.449,52
    295.418,76
    5
    6.001.785,18
    307.517,84
    6.000.349,92
    295.116,72
    6
    6.001.9947,5
    307.374,15
    6.000.359,04
    294.868,40
    7
    6.001.975,07
    307.314,62
    6.000.241,28
    294.481,91
    8
    6.002.132,07
    307.183,49
    6.000.244,69
    294.440,47
    9
    6.001.813,74
    302.616,54
    6.000.273,59
    294.030,91
    10
    6.001.876,68
    302.602,80
    6.000.434,31
    293.652,76
    11
    6.001.981,95
    302.576,97
    6.000.677,07
    293.665,92
    12
    6.002.121,65
    302.535,41
    6.001.383,73
    293.151,70
    13
    6.002.308,28
    302.417,88
    6.003.398,19
    290.081,97
    14
    6.002.652,82
    302.134,23
    6.003.316,45
    289.756,19
    15
    -
    -
    6.003.728,17
    288.477,88
    16
    -
    -
    6.003.777,23
    288.333,58
    17
    -
    -
    6.003.838,19
    288.253,85
    18
    -
    -
    6.004.624,93
    287.230,62
    19
    -
    -
    6.004.754,43
    286.776,99
    20
    -
    -
    6.004.653,19
    286.548,39
    21
    -
    -
    6.004.643,04
    286.461,43
    22
    -
    -
    6.004.632,85
    286.461,43
     
     
    Los cercos deberán ser construidos de manera tal que los animales no caven bajo ellos, ni encuentren agujeros en su estructura y deberán tener la altura suficiente para no ser saltados por especies de animales grandes como zorros (Pseudalopex sp.).   Se establecerá un programa de revisión, mantención y reparación de los cercos durante toda la vida útil de las centrales.
    Se materializarán cruces en base a dos tipos de obras, dependiendo si corresponde a una quebrada mayor o menor. En ambos casos, el cruce del canal de aducción se realizará por debajo del fondo de la quebrada. Para los cruces de quebradas menores se considerará el canal con su sección normal trapecial. Sobre el canal se dispondrán losetas de hormigón armado que permitan cruzar las aguas de la quebrada por encima del canal.   Para los cruces de quebradas mayores se considerará el canal con una sección rectangular cerrada (cajón de hormigón), dispuesto del orden de 1 m por debajo del fondo de la quebrada. Tras construir las obras se rellenarán las excavaciones restituyendo la geometría original de la quebrada. 
     
    Los parámetros de medición de efectividad de la medida consistirá en: presencia de evidencias directas (presencia de individuos) e indirectas (fecas y huellas) en los atraviesos de fauna.   Los indicadores de éxito serán:
    ·          Implementación de seguimientos semestrales por 2 años del uso de los atraviesos por la fauna.
    ·          Informes anuales al SAG y Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) con los resultados de 2 campañas cada uno.
    ·          Informe final de los resultados del seguimiento
     
    6.9.                   Para evitar que las aves se posen en los postes y se electrocuten al hacer contacto con las alas, se instalarán postes con antiperching del tipo hormigón prefabricado y dispositivos anticolisión tipo Espiral (300 mm de diámetro por 1000 mm de largo).  Estos últimos serán ubicados en forma alternada en cada una de las fases a una distancia de 7 m, quedando espaciados a 21 m entre señalizaciones contiguas en un mismo conductor.   Previo a la construcción del tendido eléctrico, se desarrollará un estudio para determinar las zonas de mayor riesgo de colisión de aves, las cuales corresponderán a las zonas en que se aplicará la medida (ver “Medidas de Mitigación de Impactos Ambientales en Fauna Silvestre (SAG - 2004)”).
     
    6.10.      Se rescatarán, relocalizarán y aplicará un plan de perturbación controlada de los anfibios y micromamíferos (ver Respuesta 3.2 del Adenda Nº3), que estén entre las especies protegidas y con hábitos crepusculares y nocturnos.    En el caso de las aves y debido a su alta movilidad, solo se aplicará  lo anterior para el eventual rescate de huevos y crías (ver Respuesta 3.1 del Adenda Nº3).
     
    6.11.      Que se deberán realizar las siguientes acciones para minimizar las intervenciones sobre los cauces y con ello mitigar los impactos de modificación de los hábitats lóticos por la construcción de las obras en los cauces y pérdida de ejemplares de biota acuática:
    i)          Restringir las intervenciones en el cauce a la mínima superficie requerida para su ejecución.
    ii)         Restringir las intervenciones en los cauces al mínimo tiempo requerida para su ejecución y, en lo posible, ejecutarlos en las épocas de mínimo caudal del río.
    iii)        Para la construcción de las bocatomas y cepas de apoyo, se deberán implementar gradualmente los desvíos temporales al interior de los cauces.
    iv)        No se podrá acumular materiales en las zonas de las ataguías, pues ante la eventualidad de alguna crecida, pueden ser arrastrados al río.
    v)         No se deberá descargar en las riberas ni al río piedras o bolones ni excedentes de las excavaciones.
    vi)        No se deberá realizar lavado de camiones y maquinaria en el río, ni realizar cargas de combustibles en las riberas del cauce.
    vii)       No instalar faenas ni plantas de materiales en las riberas del cauce
    viii)      Una vez finalizadas las obras, los materiales utilizados para el desvío de los cauces deberán ser retirados y dispuestos en los botaderos definidos para el proyecto.
     
    6.12.      Que se deberán realizar las siguientes medidas de rescate y relocalización de fauna previo al desvío de cauces:
    i)          una campaña en cada uno de los sectores a intervenir por el proyecto previo al inicio de las obras de desvío en dicho sector.
    ii)         previo a realizar la actividad de rescate solicitará el permiso de pesca a la Subsecretaría de Pesca.
    iii)        la captura se realizará mediante pesca eléctrica.
    iv)        la liberación de los ejemplares capturados se realizará en hábitats similares de áreas aledañas definidos previamente aguas arriba y aguas abajo e la zona a intervenir.

     

     

  7. Que, el Titular deberá dar seguimiento a la evolución de las variables ambientales vinculadas a la ejecución del proyecto, junto con un análisis periódico de la efectividad de las medidas de mitigación, reparación, compensación y de prevención de riesgos definidos en el Estudio de Impacto Ambiental (Capítulos 7, 8 y 10), sus Adendas (Nº1, Nº2 y Nº3), documento Anexo, y la presente Resolución; para lo cual se considerará, para cada componente,  el siguiente Plan de Seguimiento:

     

    Ficha de plan de seguimiento – Medio Físico

    Etapa del Proyecto

    Componente principal del Proyecto

    Código del impacto

    Código de la medida asociada

    Localización de puntos de control

    Parámetros de medición

    Niveles permitidos según norma

    Niveles comprometidos

    Duración del seguimiento

    Frecuencia del seguimiento

    Construcción

    Edafología

    MF-EDA-CON-01

    MF-EDA-CON-02

    PM-EDA-02

    PM-EDA 03

    PR-EDA-02

    Centrales hidroeléctricas Centinela y El Castillo

    Subestaciones eléctricas Centinela y El Castillo

    Caminos nuevos de acceso

    Instalaciones de apoyo (instalaciones de faenas y frentes de trabajo)Depósitos de marina

    Revisión de superficies delimitadas en las zonas de faenas con cercos y señalética.

    Registro de la existencia de los acopios del horizonte superficial del suelo en las áreas destinadas para ello, en buen estado.

    Revisión y verificación de la existencia de suelo y material vegetal en los sitios a intervenir.

    Comparación superficie requerida versus superficie utilizada.

    Porcentaje de prendimiento, o existencia de una cubierta vegetal permanente (a definir con el propietario).

    No aplica

    No aplica

    Tres años después de terminadas las acciones de restitución.

    Luego de implementada la medida de recuperación, visita al menos 2 veces al año, para corroborar el estado de la medida.

    Construcción

    Edafología

    MF-EDA-CON-02

    PM-EDA-03

    PM-EDA-04

    PR-EDA-02

    El monitoreo se realizará en las zonas que presentan un grado de susceptibilidad a la erosión hídrica, definidas en la evaluación de impactos del componente edafología.

     

    Los puntos seleccionados corresponden a las obras emplazadas en suelos ubicados en laderas de cerros y montañas, tales como caminos nuevos de acceso, canales de conducción y restitución, y algunos depósitos de marinas e instalaciones de apoyo.

    Evidencias de procesos de erosión, según criterios para evaluar cualitativamente el nivel de erosión:

    No aplica

    No aplica

    Tres años después de aplicadas las medidas.

    Visitas semestrales.

    Construcción

    Hidrología e Hidrogeología y Calidad del agua

    MF-HID-CON-01

    MF-CAG-CON-01

    PM-RH-01

    Ubicación de las bocatomas asociadas a ambas centrales.

    Ubicación de los puntos de restitución de caudales asociados a ambas centrales.

    Ubicación de sifón y puente.

    Ubicación de los puntos de confluencia río-rápidos de descarga.

    Proporción entre la zona proyectada a intervenir, y la realmente intervenida durante la construcción de las obras.

    -Geoformas fluviales intervenidas y su representatividad a nivel de río o tramos constituyentes del AID y AII.

    No aplica

    No aplica

    Durante toda la etapa de construcción del Proyecto.

    Continuo

    Construcción

    Ruido y Vibraciones

    MF-RYV-CON-01

    MF-RYV-CON-02

    MF-RYV-CON-03

    PM-RYV-01

    Los puntos de control serán los mismos considerados para la medición de línea base

    Emisión de maquinaria en superficie.

    Emisión por tronaduras.

    Emisión por aumento de flujo vehicular.

    En cuanto a descriptores sonoros, se utilizarán como mínimo los descriptores Leq,A, Lmax y Lmin.

    Límite de 10 decibeles sobre el nivel basal (D.S. 146/98)

    Los que establece la norma D.S. 146/98.

    Durante la etapa de construcción

    Frecuencia de muestreo: la toma de muestras se realizará por períodos de 24 h y/o en horarios específicos, de acuerdo con cronograma de obras. Mediciones mensuales durante el primer año de construcción, luego de esto se revisará la pertinencia de mantener o modificar el monitoreo.

    Construcción

    Calidad de Aire

    MF-CA-CON-01

    MF-CA-CON-02

    PM-CA-01

    PM-CA-02

    PM-CA-03

    PM-CA-04

    PM-CA-05

    La localización de los puntos considera los receptores modelados en la evaluación de impacto.

    El parámetro a medir es el material particulado respirable (PM10), Dióxido de Nitrógeno (NO2), Monóxido de Carbono (CO) y parámetros climáticos, como velocidad y dirección del viento.

    MP10: 150 µg/m3 (norma diaria) y 50 µg/m3 (norma anual).

    NO2: 400 µg/m3 (norma horaria) y 300 µg/m3 (norma anual).

    CO: 30 mg/m3 (norma horaria) y 10 mg/m3 (norma ocho horas).

    Valores dentro de la norma.

    Durante toda la etapa de construcción del Proyecto.

    Mensual.

    Fuente: Elaboración propia.

     

    Ficha de plan de seguimiento – Medio Biótico

    Etapa del Proyecto

    Componente principal del Proyecto

    Código del impacto

    Código de la medida asociada

    Localización de puntos de control

    Parámetros de medición

    Niveles permitidos según norma

    Niveles comprometidos

    Duración del seguimiento

    Frecuencia del seguimiento

    Construcción

    Flora y vegetación terrestre

    MB-FVT-CON-01

    PC-FVT-01

    - Sectores de emplazamiento de las obras del Proyecto, donde se identifiquen plantas madres o plantas semilleras de las especies de flora en categorías de conservación.

    - Sectores de emplazamiento de los sitios de viverización de plantas.

    - Sectores de relocalización de las plantas.

    - Número de individuos por especie de flora en categorías de conservación rescatados desde sitios del área de influencia del proyecto.

    - Número de individuos de especies en categorías de conservación relocalizados en nuevas áreas.

    - Supervivencia (%) de los individuos de especies en categorías de conservación relocalizados en nuevas áreas.

    - Número de plantas por especie producidas en vivero a partir de germoplasma de ejemplares presentes en el área de influencia directa del Proyecto.

    - Número de individuos de especies en categorías de conservación plantados en nuevas áreas.

    - Supervivencia (%) de los individuos de especies en categorías de conservación viverizados que fueron plantados en nuevas áreas.

    Peso (kg) de semillas (por especie) recolectadas y enviadas a bancos de semillas para su conservación ex situ, proveniente de individuos de especies en categorías de conservación presentes en el área de influencia directa del Proyecto, según especie y procedencia.

    No aplica.

    No aplica.

    A partir del inicio de la etapa de construcción, hasta 5 años del comienzo de la etapa de operación.

    Una vez al año.

    Construcción y Operación

    Flora y vegetación terrestre

     

    Fauna terrestre

    MB-FVT-CON-01

     

    MB-FVT-CON-02

     

    MB-FFT-CON-01

     

    MB-FFT-CON-02

     

    MB-FFT-OPE-02

     

     

    PM-INT-01

    En las faenas de construcción y los caminos de uso privado del Proyecto.

    - Número de trabajadores capacitados en materias ambientales de protección de flora, fauna y de Normativa Interna de Protección Ambiental.

    - Número de paneles o señalética instalados en el área del Proyecto, conforme a los objetivos del plan.

    - Presencia de evidencias de atropello (cuerpos, restos óseos y pieles).

    No aplica.

    No aplica.

    Durante toda la etapa de construcción del Proyecto.

    La frecuencia del seguimiento será anual, para el control del número de trabajadores capacitados y los paneles o señalética instalados. La frecuencia de seguimiento para la detección de atropellos en caminos, en tanto, será bimensual (cada 2 meses).

    Construcción

    Flora y vegetación terrestre

     

    Fauna terrestre

    MB-FVT-CON-02

     

    MB-FFT-CON-01

    PM-INT-02

    Los puntos de control corresponden a toda la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica.

    - Porcentaje (%) de la superficie de vegetación arbórea y arbustiva intervenida en la faja de la línea de interconexión eléctrica.

    - Altura de corte (cm) de la vegetación arbórea y arbustiva en los sectores de intervención.

    No aplica.

    No aplica.

    Este plan de seguimiento comienza cuando se inicia la construcción de la línea de interconexión eléctrica y tiene una duración indefinida. Según la carta Gantt, las líneas de alta tensión comienzan a construirse el mes 16 del inicio del Proyecto.

    El seguimiento de cada sector de corta se realizará una vez al año, dependiendo de la oportunidad de las actividades de intervención de la vegetación en la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica.

     

    De esta forma, la oportunidad del seguimiento se planificará en función de la información que se reciba de la planificación de las intervenciones de la vegetación en la faja de servidumbre de la línea de interconexión eléctrica.

    Construcción

    Edafología

     

    Flora y vegetación terrestre

     

    Fauna terrestre

    MF-EDA-CON-01

     

    MF-EDA-CON-02

     

    MF-EDA-CON-03

     

    MB-FVT-CON-01

     

    MB-FFT-CON-01

    PR-INT-01

    Los diferentes sectores de emplazamiento de todas las obras temporales o provisorias del Proyecto.

    - Porcentaje (%) de la superficie de asociaciones vegetales que han sido restauradas en las obras temporales.

    - Porcentaje de supervivencia (%) de plantas en las asociaciones vegetales restauradas.

    - Riqueza y abundancia de especies de fauna en obras provisorias que hayan sido sometidas a restauración de la vegetación.

    No aplica.

    No aplica.

    Para el caso de la flora y vegetación terrestre, este plan de seguimiento tendrá una duración desde el inicio de la etapa de abandono de cada obra hasta 10 años después del término de la restauración.

     

    Para el caso de fauna terrestre, las campañas de seguimiento deberán comenzar a partir del tercer año de implementada la restauración de la vegetación y se realizarán en forma semestral (2 veces al año). Este plan de seguimiento tendrá una duración de 7 años, a partir del tercer año de que haya concluido el establecimiento de la vegetación en los sectores de obras provisorias.

    Para flora y vegetación terrestre, la frecuencia de medición de los parámetros de control será una vez al año, mientras que para fauna terrestre, la frecuencia de medición será semestral, es decir, 2 veces al año.

    Construcción

    Flora y vegetación terrestre

     

    Fauna terrestre

    MB-FVT-CON-01, MB-FVT-CON-02 y MB-FFT-CON-01

    PC-INT-01

    No aplica.

    - Incorporación de los ecosistemas representativos afectados por las obras del proyecto (unidades vegetales de bosque nativo).

    - Abarcar una superficie mínima de 105,6 hectáreas.

    - Catastro general de los recursos bióticos y paisajísticos presentes en el área de conservación, donde se identifique y caracterice la vegetación y flora presente, la fauna terrestre (vertebrados) y los recursos paisajísticos potenciales.

    - Manual de Manejo donde se establezca, entre otras consideraciones, los objetivos de manejo del área, las acciones asociadas al cumplimiento de los objetivos, plazos, etc.; la zonificación del lugar, es decir la distribución territorial de las acciones a desarrollar en la unidad; y la infraestructura mínima necesaria para el cumplimiento de los objetivos de creación del área de conservación.

    No aplica.

    No aplica.

    Hasta el cumplimiento de la medida.

    No aplica.

    Construcción

    Fauna Terrestre

    MB-FFT-CON-02

    PM-FFT-01

    Los puntos de control corresponden a los lugares de relocalización de la fauna rescatada.

    Registro y cuantificación de individuos rescatados y relocalizados.

    No aplica.

    No aplica.

    15 meses.

    Se realizarán campañas de seguimiento de los individuos relocalizados en forma mensual durante los 3 primeros meses y, de modo estacional, durante dos años.

    Operación

    Fauna Terrestre

    MB-FFT-OPE-01

    PM-FFT-02

    En los atraviesos para la fauna.

    Presencia de evidencias directas (presencia de individuos) e indirectas (fecas y huellas) en los atraviesos.

    No aplica.

    No aplica.

    Permanente durante toda la vida util del proyecto.

    Semestral

    Operación

    Fauna Terrestre

    MB-FFT-OPE-02

    PM-FFT-03

    A lo largo de todos los canales presentes en las centrales Centinela y El Castillo.

    Revisión del estado de los cercos, para comprobar el correcto funcionamiento de estos, descartando la presencia de agujeros y de zonas que pudieran permitir el paso de los animales.

    No aplica.

    No aplica.

    Permanente durante toda la vida util del proyecto.

    Mensual, el primer trimestre. En forma semestral, desde el segundo trimestre en adelante (esto para verificar la eficiencia de los materiales utilizados y su resistencia a las variaciones climáticas).

    Construcción

    Flora y Fauna Acuática

    MB-FFA-CON-01

    PM-FFA-01

    Se considera el establecimiento de dos puntos de muestreo por cada intervención del cauce que deba ejecutarse. Dado que esta considera a lo menos 4 intervenciones: 2 bocatomas y 2 cepas de apoyo, se considera un mínimo de 8 puntos de muestreo. En cada punto de intervención, antes del inicio de las faenas, se establecerá y georeferenciará un punto 50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo, en los cuales se tomaran periódicamente las muestras de agua.

    - Temperatura

    - pH

    - Conductividad Eléctrica

    - STS

    - Porcentaje de O2 disuelto

    - Color

    No aplica

    No aplica

    3 años y medio

    El Plan de Seguimiento contempla realizar una campaña de muestreo mensual, durante todo el período de construcción del Proyecto (36 meses), y por 6 meses luego de su finalización.

    Construcción y Operación

    Flora y Fauna Acuática

    MB-FFA-CON-01

     

    MB-FFA-OPE-01

     

    MB-FFA-OPE-02

     

    MB-FFA-OPE-03

    PC-FFA-01

    Los sectores de muestreo corresponden a las mismas áreas del proyecto en las que se levantó la línea base, es decir 15 puntos de muestreo, que se detallan en el punto de línea base de Flora y fauna acuática.

    Se espera obtener información sobre la presencia y abundancia de especies de peces por cada sector, así como de sus parámetros morfológicos básicos, su estado de condición y su estado reproductivo.

    No aplica

    No aplica

    10 años.

    El Plan de Seguimiento contempla realizar 4 campañas estacionales de muestreo por año, a partir del inicio de la fase de construcción del Proyecto. Luego del año 5, dependiendo de los resultados obtenidos, se considera la posibilidad de proponer a la autoridad disminuir la frecuencia de muestreo a 2 por año, por los siguientes 5 años. De esta forma, se completarán 10 años de seguimiento en el río.

    Fuente: Elaboración propia.

    Ficha de plan de seguimiento – Medio Humano

    Etapa del Proyecto

    Componente principal del Proyecto

    Código del impacto

    Código de la medida asociada

    Localización de puntos de control

    Parámetros de medición

    Niveles permitidos según norma

    Niveles comprometidos

    Duración del seguimiento

    Frecuencia del seguimiento

    Construcción

    Dimensión Antropológica

    MH-ANT-CON-01

    PM-ANT-01

    Este plan se aplicará en los sectores donde se localizan los cenotafios.

    - Autorización de las familias involucradas.

    Nivel de información a la comunidad.

    - Avance de la obras de protección o conservación - reinstalación de los cenotafios.

    - Nivel de conformidad de las familias con las medidas implementadas.

    - Actas de reuniones y acuerdos con la comunidad.

    - Satisfacción usuaria de pobladores (no conformidades).

    No aplica.

    No aplica.

    Etapa de construcción.

    La frecuencia estará directamente relacionada con la programación de las visitas, mientras se realice la implementación de esta medida.

    Construcción

    Bienestar Social

    MH-BS-CON-01

    PM-BS-01

    Se establecerán puntos de control, desde el sector del tranque de contrapunta (Pejerrey) hasta Juan Amigo para la ruta L-45.

    Sectores de Montecillo y Los Hualles para la L-565

    - Actas de reuniones y acuerdos con la comunidad.

    - Cumplimiento de horarios establecidos de tránsito vehicular.

    - Transitabilidad de la ruta.

    - N° y localización de obras comprometidas.

    - N° de accidentes, N° de siniestros.

    - Registro del estado de los caminos públicos.

    - Control de velocidad (excesos).

    - Número de vehículos en mal estado.

    - Satisfacción usuaria de pobladores (no conformidades).

    No aplica

    No aplica

    Durante toda la etapa de construcción del Proyecto.

    Continua y durante toda la etapa de construcción del proyecto.

    Construcción

    Dimensión Bienestar Social

    MH-BS-CON-02

    PM-BS-02

    Frentes de trabajo e instalaciones de faena del Proyecto.

    Fuentes locales de información (Municipio, Carabineros, centros de salud).

    - Número de capacitaciones realizadas.

    - Número de materiales producidos (escritos, audiovisuales).

    - Número de sanciones por incumplimiento al reglamento interno.

    - Monitoreo social: Número de denuncias, quejas, reclamos de la comunidad local.

    No aplica.

    No aplica.

    Durante la etapa de construcción del Proyecto.

    Semestral.

    Construcción

    Dimensión Geográfica

    MH-DGE-CON-01

    PC-DGE-01

    No aplica.

    Documentación formal.

    No aplica.

    No aplica.

    Lo que corresponda, según consecución de acuerdo.

    Mensual.

    Operación

    Dimensión socioeconómica

    MH-SCE-OPE-01

    PC-SCE-01

    Lugares donde se emplazarán los proyectos turísticos.

    Indicadores de cumplimiento del programa de fomento al desarrollo del turismo.

    No aplica

    No aplica

    24 meses

    Trimestral, para la revisión de informes parciales del estudio.

    Fuente: Elaboración propia.

     


     

    Ficha de plan de seguimiento –Patrimonio Cultural,  Uso del suelo, IPT y Áreas Protegidas

    Etapa del Proyecto

    Componente principal del Proyecto

    Código del impacto

    Código de la medida asociada

    Localización de puntos de control

    Parámetros de medición

    Niveles permitidos según norma

    Niveles comprometidos

    Duración del seguimiento

    Frecuencia del seguimiento

    Construcción

    Patrimonio Cultural

    MH-PC-CON-01

    PM-PC-01

     

    PM-PC-02

     

    PM-PC-03

    Este plan se aplicará en el sector de emplazamiento del sitio que será rescatado como los que serán cercados.

    - Construcción de los cercos y señalética.

    - Recepción de autorizaciones de caracterización (sondeo) y rescate arqueológico.

    - Sondeo arqueológico del sitio.

    - Rescate del sitio.

    - Implementación de un recubrimiento y terraplenes, que aseguren el  aislamiento de los efectos físicos y mecánicos producidos por el paso de vehículos y maquinaria pesada.

    No aplica

    No aplica

    Desde antes de la etapa de construcción.

    La frecuencia estará directamente relacionada con la programación de las visitas, mientras se realice la implementación de la medida que contempla la generación de cercados, terraplenes y recubrimiento caminero.

     

    Posteriormente, se realizará una visita inspectiva semestral, para verificar el buen estado de los cercos y de su señalética, así como también es estado de los terraplenes y los recubrimientos en caminos.

    Construcción

    Uso de suelo

    US-USU-CON-01

    PC-USU-01

    No aplica.

    Documentación formal.

    No aplica.

    No aplica.

    Lo que corresponda, según consecución de acuerdo.

    Mensual.

    Fuente: Elaboración propia.

     


     

    Ficha de plan de seguimiento - Paisaje

    Etapa del Proyecto

    Componente principal del Proyecto

    Código del impacto

    Código de la medida asociada

    Localización de puntos de control

    Parámetros de medición

    Niveles permitidos según norma

    Niveles comprometidos

    Duración del seguimiento

    Frecuencia del seguimiento

    Construcción

    Paisaje

    PA-PAI-CON-01

    PM-PAI-01

     

    PR-PAI-01

    Para medidas mitigación: barreras y bocatomas, tranques de punta, contrapunta y canales de conducción, cámaras de carga, casas de máquinas, canales de restitución, subestaciones eléctricas, mejoramiento de caminos privados existentes y construcción de nuevos caminos privados e instalaciones de faenas.

     

    Para medidas reparación: barreras y bocatomas, tranques de punta, contrapunta y canales de conducción, estructuras y componentes del sistema de transmisión eléctrica, subestaciones eléctricas, mejoramiento de caminos privados existentes y construcción de nuevos caminos privados, instalaciones de faenas y depósitos de marina.

    - Heterogeneidad espacial y estructural del paisaje.

    - Análisis comparados de “escenas” (ej.: sectores de textura homogénea, variaciones cromáticas estacionales, etc.).

    No aplica.

    No aplica.

    Durante toda la etapa de construcción del Proyecto.

    El seguimiento del avance y nivel de cumplimiento de las medidas propuestas, se realizará trimestralmente en el caso de las medidas de mitigación y semestralmente para las medidas de reparación.

    Fuente: Elaboración propia.


     

     

    Tabla 1. Plan de seguimiento Hidrología y Calidad del Agua.

    Componente

    Medida

    Impactos

    Seguimiento

    Parámetros

    Puntos de control

    Duración del seguimiento

    Frecuencia

    Frecuencia entrega informes a organismo fiscalizador

    Hidrología

    Programa de Monitoreo de calidad del agua

    Sin impacto Asociado

    Parámetros considerados para el monitoreo de calidad del agua, señalados en la NCh 1.333:

    a) Bocatomas asociadas a ambas centrales.

    Etapa de construcción

    Trimestral

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Trimestral

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    a) Parámetros in situ: T°(°C); pH; transparencia, olor, color y presencia de contaminantes

    b) parámetros fisico químicos: Se consideran los parámetros establecidos por la NCh 1.333

    b) Puntos de restitución de caudales asociados a
    ambas centrales.

    c) parámetros microbiológicos: turbiedad y coliformes fecales

    Hidrología

    PM-RH-01: Programa de intervención de cauces

    MF-HID-CON-01: Alteración del cauce principal durante la construcción de las obras de captación y restitución

    T°, pH, conductividad eléctrica, sólidos totales suspendidos, porcentaje de O2 disuelto, color

    a) Bocatoma El Castillo y Bocatoma Centinela (50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo)

    Construcción y operación

    Se considera realizar 4 campañas de monitoreo estacionales por año a partir del inicio de la etapa de construcción del Proyecto. Luego del año 5, dependiendo de los resultados obtenidos, se considera la posibilidad de proponer a la autoridad disminuir la frecuencia de muestreo a 2 por año, por los siguientes 5 años.

    Trimestral

    b) Punto de ubicación de las cepas del puente (50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo)

    MF-CAG-CON-01: Alteración de la calidad del agua relacionada con la construcción de centrales y obras asociadas

    c) Restitución de caudales El Castillo y Centinela (50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo)

    d) Ubicación de puntos de confluencia río- rápidos de descarga (50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo)

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Medida

     

    Seguimiento

     

    Descripción de la medida

    Parámetros

    Puntos de control

    Método

    Duración del seguimiento

    Frecuencia entrega informes a organismo fiscalizador

     

    PC-FFA-01: Propuesta de Plan de Restauración y Conservación

    El presente Plan de Seguimiento pretende verificar la evolución en el tiempo
    de la medida propuesta, utilizando los peces y sus fuentes alimentarias
    (zoobentos), como indicadores del estado del ecosistema. Se incluye el
    estero Los Hualles, por ser importante y, además, ser objeto de una medida
    particular de manejo, orientada a su preservación y mantención como
    reservorio de las especies nativas presentes en el sector.

    Se espera obtener información sobre la presencia y abundancia de especies de peces por cada sector, así como de sus parámetros morfológicos básicos, su estado de condición y su estado reproductivo.

    Los sectores de muestreo corresponden a las mismas áreas del proyecto en
    las que se levantó la línea base, es decir 15 puntos de muestreo, que se
    detallan en el punto de línea base de Flora y fauna acuática. Además, se agregan 4 puntos nuevos, ubicadas entre los sectores: a) estación ElO “Los Hualles” y estación E8 “Vado Azul”;  b) estación E8 “Vado Azul” y estación E7 “Achibueno medio”;  c) estación E7 “Achibueno medio” y estación E6 “Las Mulas”;  d) estación E6 “Las Mulas” y bocatoma de la central Centinela.

    a) Parámetros abióticos: los parámetros físico-químicos, temperatura, pH,conductividad y porcentaje oxígeno disuelto, serán medidos in situ, por medio de instrumentos y sondas de uso en terreno, debidamente calibradas. b) Macrozoobentos: se tomarán 3 muestras aleatorias en cada sitio de muestreo, obtenidas con una red Surber de 0,09 m2 con malla de apertura de 250 =m. Las muestras serán analizadas cualitativa y cuantitativamente, mediante lupa. c) Fauna íctica: en cada una de las estaciones de monitoreo se utilizará la pesca eléctrica con equipo portátil, mediante la cual se recolectarán todos los individuos en un área de aproximadamente 100 m². Todos los peces recolectados serán identificados, medidos en su longitud total en centímetros (LT) y peso total en gramos (PT) in situ. Del total de la captura por estación, se extraerán y sacrificarán 10 ejemplares de cada especie introducida para análisis de dieta. Los estómagos de los peces sacrificados serán fijados con formalina al 10%, para su posterior análisis en laboratorio. Todos los peces nativos, y el excedente de los introducidos, serán devueltos vivos al medio acuático en la misma estación de captura. La captura de peces con las distintos artes de pesca se analizará considerando la captura por unidad de  esfuerzo de pesca (CPUE), definida por la superficie recorrida durante el muestreo y el tiempo utilizado.

    10 años

    Anual

     

    Repoblamiento de ejemplares adultos de Diplomystes nahuelbutaensis aguas arriba de la bocatoma de la central Centinela

    Se realizará una relocalización de los ejemplares adultos de Diplomystes Nahuelbutaensis aguas arriba de la bocatoma Centinela

    Presencia y abundancia de Diplomystes nahuelbutaensis

    Aguas abajo de la bocatoma El Castillo y aguas abajo bocatoma Centinela

    Captura de peces entre bocatomas El Castillo y Centinela.

    10 años

    Anual

     
     

    PM-FFA-OPE-05: Medidas para fomentar la actividad de pesca deportiva asociada a la trucha arcoiris.

    Se generarán zonificaciones según la distribución de las especies introducidas y nativas. Basado en la información de la ampliación de línea de base a realizarse previo a la intervención del río, se presentara a SUBPESCA y SERNAPESCA un proyecto de manejo de la trucha, que sea compatible con el manejo de las especies nativas.

    a) Verificación de implementación de zonificación.

    Sectores donde se realice la zonificación

    Se definirá en conjunto con SUBPESCA

    Etapa de Operación

    Un informe

     

    b) Presencia y abundancia de cada una de las especies (fauna íctica) en cada uno de las áreas zonificadas. Además se medirán parámetros morfológicos básicos, su estado de condición y su estado reproductivo

     

    Estudio de línea de base de tributarios

    se realizará una campaña de monitoreo de los tributarios del río Achibueno en el tramo de intervención del proyecto

    Se espera obtener información sobre la presencia y abundancia de especies de peces por cada sector, así como de sus parámetros morfológicos básicos, su estado de condición y su estado reproductivo.

    Los puntos de monitoreo se definirán en conjunto con SUBPESCA

    a) Parámetros abióticos: los parámetros físico-químicos, temperatura, pH,conductividad y porcentaje oxígeno disuelto, serán medidos in situ, por medio de instrumentos y sondas de uso en terreno, debidamente calibradas. b) Macrozoobentos: se tomarán 3 muestras aleatorias en cada sitio de muestreo, obtenidas con una red Surber de 0,09 m2 con malla de apertura de 250 =m. Las muestras serán analizadas cualitativa y cuantitativamente, mediante lupa. c) Fauna íctica: en cada una de las estaciones de monitoreo se utilizará la pesca eléctrica con equipo portátil, mediante la cual se recolectarán todos los individuos en un área de aproximadamente 100 m². Todos los peces recolectados serán identificados, medidos en su longitud total en centímetros (LT) y peso total en gramos (PT) in situ. Del total de la captura por estación, se extraerán y sacrificarán 10 ejemplares de cada especie introducida para análisis de dieta. Los estómagos de los peces sacrificados serán fijados con formalina al 10%, para su posterior análisis en laboratorio. Todos los peces nativos, y el excedente de los introducidos, serán devueltos vivos al medio acuático en la misma estación de captura. La captura de peces con las distintos artes de pesca se analizará considerando la captura por unidad de esfuerzo de pesca (CPUE), definida por la superficie recorrida durante el muestreo y el tiempo utilizado.

    Primavera - verano 2011

    Un informe

     

     

    7.2.       Adicionalmente y como complemento al “Plan de Seguimiento Flora y Fauna Acuática” (ver documento “Compromisos, acciones y aclaraciones complementarias de Hidroeléctrica Centinela Limitada al Estudio de Impacto Ambiental del “Proyecto Hidroeléctrico Achibueno””), se implementará:

     


    Medida

    Seguimiento

    Descripción de la Medida

    Parámetros

    Puntos de control

    Método

    Duración del Seguimiento

    Frecuencia  Entrega Informes

    PS-FFA-CON-02

    Monitoreo de Flora y Fauna Acuática durante la Construcción

     

    Estudio de línea de base de tributarios

    Implementación de Campañas Trimestrales  de monitoreo de Flora y Fauna Acuática durante todo el período de Construcción del proyecto. Además se realizará un monitoreo previo a la etapa de construcción, luego de obtenida la RCA, en primavera-verano 2010-2011. 

    • Condiciones hábitat acuático

    Medición en cada estación de:

    ­ Temperatura

    ­ Conductividad

    ­ pH.

    - Oxígeno disuelto

    ­ Ancho mojado según observación simple

    ­ Profundidad típica o modal del río según simple.

    ­ Sustratos predominantes según observación simple.

    ­ Presencia de basuras u otros contaminantes evidentes

    ­ Presencia de pescadores

    ­ Otras observaciones en cada estación consideradas relevantes por el consultor para definir el hábitat para el ecosistema acuático.

    • Muestreos de Flora Acuática:

      Incluye macroflora vascular, macroalgas y briofitos.

    • Muestreo de Perifiton

    • Muestreo de Macro-invertebrados Bentónicos

    • Muestreo de Fauna Íctica, Macrocrustáceos y Anfibios en su fase acuática.

    El muestreo se desarrollará en:

    -  las mismas estaciones de línea base,

    -  4 nuevas estaciones en:  Sector entre E10 y E8

        Sector entre E8 y E7

        Sector entre E7 y E6

        Sector entre E6 y bocatoma Centinela.

    - Nº de estaciones ubicadas en los tributarios permanentes  por definir de acuerdo con Subpesca entre la bocatoma El Castillo y la restitución Centinela y 2 adicionales zona de protección del Estero Los Hualles, las cuales son:

             -Quebrada intermedia 1 y 2

            -Estero La Gloria

            - Quebrada La Leona

            - Quebrada Los Perros

            - Estero Los Copihues

            - Estero El Padre

            - Estero Vega chica

            - 2 estaciones estero Los Hualles

     

    • Parámetros abióticos:

    Descripción de las condiciones del hábitat acuático Temperatura, pH, conductividad y porcentaje oxígeno disuelto, serán medidos in situ, mediante instrumentos y sondas de uso en terreno, debidamente calibradas.

    Toma de muestras para estudio de calidad de aguas.

    • Muestreos de Flora Acuática :

    En cada estación se identificarán las especies presentes en un radio de 50 m. Se indicará diversidad, especies dominantes y % cobertura de vegetación acuática.

    • Muestreo de Perifiton:

    Obtención de muestras aleatorias de perifiton mediante cuadrante de 2cm2 en plantas sumergidas, rocas, bolones o piedras. Las muestras serán fijadas en formalina al 10% para identificación en laboratorio con microscopía óptica y conteo en cámara de Neubauer.  Los resultados se estandarizarán a Nº células por cm2

    • Muestreo de Macroinvertebrados Bentónicos

    Colecta de bentos mediante  red Surber de 30 x 30 cm en muestreos de 3 puntos para cada estación. El  total de la muestra, se identificara en laboratorio hasta el máximo taxón posible, mínimo nivel de familia.

    • Muestreo de Fauna Íctica, Macrocrustáceos y Anfibios en su fase acuática

    Se usará pesca eléctrica con equipo portátil, para recolectar todos los individuos en un área de 100 m². Los peces recolectados serán identificados, medidos (largo total en cm y peso total en gr) in situ. Se sacrificarán 10 ejemplares de cada especie introducida para análisis de dieta, sus estómagos serán fijados en formalina al 10%, para análisis en laboratorio. El resto de los peces, será devuelto vivo al medio acuático en la misma estación de captura. El análisis de la captura con las distintos artes de pesca se analizará mediante  la captura por unidad de esfuerzo de pesca (CPUE), definida por la superficie recorrida durante el muestreo y el tiempo utilizado.

    Trimestral durante la construcción

    Anual

    PM-FFA-04

    Sistema de barrera eléctrica en  ambas bocatomas

    Instalación de un dispositivo que genera un campo eléctrico en el agua, que desvía a los peces impidiendo que ingresen a la bocatoma

    Presencia de peces en la zona de la bocatoma

    Ambas Bocatomas

    Monitoreo de peces en zona de la bocatoma y cámara de carga mediante pesca eléctrica.

     Semanal durante el período de prueba de la central

    Un informe

    PM-FFA-01

    Minimización intervención de cauces

    Seguimiento de parámetros indicadores de la calidad del agua en el AID del Proyecto, orientado a aquellos que pueden tener directa influencia en la ictiofauna presentes en el área del proyecto.

    Temperatura,

    pH,

    Conductividad eléctrica,

    STS,

    Porcentaje de O2 disuelto,

    Color

    2 puntos de muestreo a definir y georeferenciar  a 50 m aguas arriba y 50 m aguas abajo de cada intervención en el cauce.

    Estas corresponden a 2 bocatomas y 2 cepas de apoyo, lo que da un total de 8 puntos de muestreo.

    En cada punto de intervención, antes del inicio de las faenas, se en los cuales se tomaran periódicamente las muestras de agua.

    Las metodologías de determinación serán las mismas utilizadas en la línea base.

     

    3 años y medio

    Semestral

    PM-FFA-CON-02

    Rescate y relocalización de fauna previo desvío de cauces

    Se deberá realizar una campaña de rescate y relocalización de fauna acuática nativa  en cada uno de los sectores a intervenir por el proyecto previo al inicio de las obras de desvío en dicho sector.

    Presencia de especies de fauna nativa (peces, anfibios y macrobentos).

    Cada uno de los sectores a intervenir por el proyecto

    La captura se realizará mediante pesca eléctrica y su liberación se realizará aguas arriba o aguas abajo de la zona de intervención.

    Etapa de construcción

    Un informe

    PS-FFA-OPE-04

    Monitoreo de Flora y Fauna Acuática durante la Operación

     

    Estudio de línea de base de tributarios

    Implementación de Campañas de Flora y Fauna Acuática con las frecuencias definidas a continuación:

    • Campañas trimestrales de monitoreo  de flora y fauna durante los 5 primeros años de operación

    • Campañas semestrales de monitoreo  de flora y fauna durante los durante los 5 años siguientes. "

    • Condiciones hábitat acuático

    Medición en cada estación de:

    ­ Temperatura

    ­ Conductividad

    ­ pH.

    - Oxígeno disuelto

    ­ Ancho mojado según observación simple

    ­ Profundidad típica o modal del río según simple.

    ­ Sustratos predominantes según observación simple.

    ­ Presencia de basuras u otros contaminantes evidentes

    ­ Presencia de pescadores

    ­ Otras observaciones en cada estación consideradas relevantes por el consultor para definir el hábitat para el ecosistema acuático.

    • Muestreos de Flora Acuática:

      Incluye macroflora vascular, macroalgas y briofitos.

    • Muestreo de Perifiton

    • Muestreo de Macro-invertebrados Bentónicos

    • Muestreo de Fauna Íctica, Macrocrustáceos y Anfibios en su fase acuática.

    El muestreo se desarrollará en:

    -  las mismas estaciones de línea base,

    -  4 nuevas estaciones definidas en:

        Sector entre E10 y E8

        Sector entre E8 y E7

        Sector entre E7 y E6

        Sector entre E6 y bocatoma Centinela.

    -   Nº de estaciones en los tributarios permanentes  definidas de acuerdo con Subpesca, ubicadas entre la bocatoma El Castillo y la restitución Centinela y 2 adicionales zona de protección del Estero Los Hualles, las cuales son:

     - Quebrada intermedia 1 y 2

            -Estero La Gloria

            - Quebrada La Leona

            - Quebrada Los Perros

            - Estero Los Copihues

            - Estero El Padre

            - Estero Vega chica

            - 2 estaciones estero Los Hualles

     

     

    • Parámetros abióticos:

    Descripción de las condiciones del hábitat acuático Temperatura, pH, conductividad y porcentaje oxígeno disuelto, serán medidos in situ, mediante instrumentos y sondas de uso en terreno, debidamente calibradas.

    Toma de muestras para estudio de calidad de aguas.

    • Muestreos de Flora Acuática :

    En cada estación se identificarán las especies presentes en un radio de 50 m. Se indicará diversidad, especies dominantes y % cobertura de vegetación acuática.

    • Muestreo de Perifiton:

    Obtención de muestras aleatorias de perifiton mediante cuadrante de 2cm2 en plantas sumergidas, rocas, bolones o piedras. Las muestras serán fijadas en formalina al 10% para identificación en laboratorio con microscopía óptica y conteo en cámara de Neubauer.  Los resultados se estandarizarán a Nº células por cm2

    • Muestreo de Macroinvertebrados Bentónicos

    Colecta de bentos mediante  red Surber de 30 x 30 cm en muestreos de 3 puntos para cada estación. El  total de la muestra, se identificara en laboratorio hasta el máximo taxón posible, mínimo nivel de familia.

    • Muestreo de Fauna Íctica, Macrocrustáceos y Anfibios en su fase acuática

    Se usará pesca eléctrica con equipo portátil, para recolectar todos los individuos en un área de 100 m². Los peces recolectados serán identificados, medidos (largo total en cm y peso total en gr) in situ. Se sacrificarán 10 ejemplares de cada especie introducida para análisis de dieta, sus estómagos serán fijados en formalina al 10%, para análisis en laboratorio. El resto de los peces, será devuelto vivo al medio acuático en la misma estación de captura. El análisis de la captura con las distintos artes de pesca se analizará mediante  la captura por unidad de esfuerzo de pesca (CPUE), definida por la superficie recorrida durante el muestreo y el tiempo utilizado.

    Trimestral durante los primeros 5 años de la etapa de operación y después semestral durante los siguientes 5 años.

    Anual

    PC-FFA-01

    Plan de Restauración y conservación Estero Los Hualles

    Verificar la evolución en el tiempo de la medida propuesta, utilizando los peces y el zoobentos como indicadores del estado del ecosistema.

    Se incluye el estero Los Hualles, por ser objeto de una medida de manejo, orientada a su preservación y mantención como reservorio de las especies nativas presentes en el sector."

    Se espera obtener información sobre la presencia y abundancia de especies de peces por cada sector, así como de sus parámetros morfológicos básicos, su estado de condición, oferta alimentaria y su estado reproductivo.

     

    Calidad de aguas (parámetros físico-químicos) y biota acuática (macrobentos y fitoplancton en columna de agua).

    "Los sectores de muestreo corresponden  a la  estación E10 “Los Hualles” y a  2 nuevas estaciones a escoger en conjunto con Subpesca, en el Estero Los Hualles.

    • Parámetros abióticos:

    Descripción de las condiciones del hábitat acuático Temperatura, pH, conductividad y porcentaje oxígeno disuelto, serán medidos in situ, mediante instrumentos y sondas de uso en terreno, debidamente calibradas.

    Toma de muestras para estudio de calidad de aguas.

    • Muestreos de Flora Acuática :

    En cada estación se identificarán las especies presentes en un radio de 50 m. Se indicará diversidad, especies dominantes y % cobertura de vegetación acuática.

    • Muestreo de Perifiton:

    Obtención de muestras aleatorias de perifiton mediante cuadrante de 2cm2 en plantas sumergidas, rocas, bolones o piedras. Las muestras serán fijadas en formalina al 10% para identificación en laboratorio con microscopía óptica y conteo en cámara de Neubauer.  Los resultados se estandarizarán a Nº células por cm2

    • Muestreo de Macroinvertebrados Bentónicos

    Colecta de bentos mediante  red Surber de 30 x 30 cm en muestreos de 3 puntos para cada estación. El  total de la muestra, se identificara en laboratorio hasta el máximo taxón posible, mínimo nivel de familia.

    • Muestreo de Fauna Íctica, Macrocrustáceos y Anfibios en su fase acuática

    Se usará pesca eléctrica con equipo portátil, para recolectar todos los individuos en un área de 100 m². Los peces recolectados serán identificados, medidos (largo total en cm y peso total en gr) in situ. Se sacrificarán 10 ejemplares de cada especie introducida para análisis de dieta, sus estómagos serán fijados en formalina al 10%, para análisis en laboratorio. El resto de los peces, será devuelto vivo al medio acuático en la misma estación de captura. El análisis de la captura con las distintos artes de pesca se analizará mediante  la captura por unidad de esfuerzo de pesca (CPUE), definida por la superficie recorrida durante el muestreo y el tiempo utilizado.

    10 años

    Anual

    PM-FFA-OPE-05

    Medidas para fomentar la actividad de pesca deportiva asociada a la trucha arcoiris.

    Se generarán zonificaciones según la distribución de las especies introducidas y nativas. Basado en la información de la ampliación de línea de base a realizarse previo a la intervención del río, se presentara a SUBPESCA y SERNAPESCA un proyecto de manejo de la trucha, que sea compatible con el manejo de las especies nativas.

    a)   Verificación de implementación de zonificación.

    b)    Presencia y abundancia de cada una de las especies (fauna íctica) en cada uno de las áreas zonificadas. Además se medirán parámetros morfológicos básicos, su estado de condición y su estado reproductivo

    Sectores donde se realice la zonificación

    Se definirá en conjunto con SUBPESCA

    Previo al inicio de la etapa de Operación

    Un informe

    PM-FFA-OPE-04

    Repoblamiento de D.nahuelbutaensis aguas arriba de la bocatoma de la Central Centinela

    Se realizará una relocalización de los ejemplares adultos de Diplomystes nahuelbutaensis aguas arriba de la bocatoma Centinela

    (Ampliable al sector aguas arriba de la bocatoma El Castillo si se detecta presencia de Diplomystes en dicho sector.) Esta medida queda sujeta a la evaluación del mejor sector para realizar el repoblamiento, el cual se escogerá considerando los muestreos que se realizarán en primavera-verano 2010-2011, luego de obtenida la RCA, y en conjunto con Subpesca.

    Presencia y abundancia de Diplomystes nahuelbutaensis

    Aguas abajo de la bocatoma  Centinela

    Relocalización de los ejemplares de  D. nahuelbutaensis capturados mediante pesca eléctrica durante el monitoreo en el sector aguas arriba de la bocatoma Centinela (entre ambas bocatomas) para mantener las poblaciones de esta especie en este tramo, ya que es posible que migren hacia aguas abajo a través de la obra de entrega del caudal ecológico.

     

    10 años

    Anual

     

    7.3.       Se instalarán cuatro nuevas estaciones de muestreo de flora y fauna íctica, ubicadas entre los sectores comprendidos por: a) estación ElO “Los Hualles” y estación E8 “Vado Azul”;  b) estación E8 “Vado Azul” y estación E7 “Achibueno medio”;  c) estación E7 “Achibueno medio” y estación E6 “Las Mulas”;  d) estación E6 “Las Mulas” y bocatoma de la central Centinela.  

     

    7.4.       Se instalará una estación de monitoreo de calidad de aguas, aguas arriba de la captación de la central El Castillo (Respuesta 5.15.3 de la Adenda N°1  y Anexo 5 del Adenda 2).

     

    7.5.   Los resultados de los monitoreos serán remitidos en forma semestral a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule, o a quién la reemplace legalmente, salvo monitoreos que tengan una frecuencia distinta o dependan de la estacionalidad de los parámetros a medir. En cuyo caso los Servicios con la competencia sectorial, deberán en forma explícita, señalar al Titular, la frecuencia de monitoreos o recolección de información específica, previa consulta.    Cada uno de los informes u otro documento que sea dirigido a la autoridad ambiental deberá estar acompañado de una copia electrónica.

    7.6.       Los indicadores de éxito para los planes de manejo de flora y fauna y su seguimiento (observación Nº 8.2  del  ICSARA Nº 2,  y acápites 8.2.2.1 y 8.2.2.2 del EIA), serán: 

     

    Medida de Manejo

    Parámetros de medición del Plan de Seguimiento

    Indicadores de Éxito de la medida

    PM-INT-01: Protección de la flora y fauna nativa

    ·   Nº trabajadores capacitados en materias ambientales.

    ·   Nº paneles o señalética instalados en el AID

    ·   Presencia de evidencias de atropello de fauna.

    ·   Registro de implementación de capacitaciones periódicas a medida que se vayan incorporando nuevos trabajadores a las faena.

    ·   Existencia de un registro de todas las capacitaciones realizadas incluyendo las listas de asistencia de fauna incluyendo la especie elaborado bimensualmente

    ·   Envío de Informe anual a CONAMA y SAG incluyendo toda la información registrada en el seguimiento.

    PR-INT-01 Restauración en las obras provisorias

    ·   % superficie de asociaciones vegetales restauradas en las obras temporales.

    ·   % supervivencia de plantas en las asociaciones vegetales restauradas.

    ·   Riqueza y abundancia de especies de fauna en obras provisorias sometidas a restauración de la vegetación.

    ·   Registro de implementación del plan de restauración de obras provisorias.

    ·   75% de prendimiento en las áreas de restauración

    ·   Registro de Monitoreos semestrales de fauna partir del 3er año de implementada la restauración y por 7 años

    ·   Envío Informe anual a CONAMA y SAG incluyendo toda la información registrada en el seguimiento

    PC-FVT-01 Conservación de germoplasma de especies de flora en categorías de conservación

    ·   Nº individuos rescatados y Nº individuos relocalizados

    ·   Supervivencia (%) de individuos relocalizados.

    ·   Nº plantas por especie producidas de germoplasma

    ·   Nº individuos plantados en nuevas áreas.

    ·   Supervivencia (%) individuos viverizados y plantados

    ·   Peso (kg) semillas colectadas y enviadas a bancos de semillas

    ·   Registro de seguimiento de individuos rescatados y relocalizados

    ·   75 % de supervivencia de individuos relocalizados

    ·   Registro de Nº de plantas producida a partir del germoplasma

    ·   30% de semillas germinadas

    ·   Registro del Nº plantas plantadas en nuevas áreas

    ·   75% de supervivencia de individuos viverizados y plantados

    ·   Cumplimiento de la recolección de semillas y obtención del máximo de semillas posible por especie.

    ·   Registro de envío de semillas al banco de semillas

    ·   Envío Informe anual a CONAMA, CONAF y SAG incluyendo toda la información registrada en el seguimiento

    PM-INT-02:

    Restricciones de corta de vegetación durante construcción y mantenimiento de la línea de interconexión eléctrica

    ·   % superficie de vegetación arbórea y arbustiva intervenida en la faja de la LAT.

    ·   Altura de corte (cm) de la vegetación arbórea y arbustiva en los sectores de intervención.

    ·   Registro de implementación de seguimiento anual desde el inicio de la actividad en las área s de corta de vegetación

    ·   Registro  de las alturas de corte y cumplimiento

    ·   Envío Informe anual a CONAMA, CONAF y SAG incluyendo toda la información registrada en el seguimiento

     

    PC-INT-01 Creación de un Área de Conservación.

    ·   Sitio que incorpore los ecosistemas representativos afectados por el proyecto

    ·   Superficie mínima de 105,6 hectáreas.

    ·   Catastro general de los recursos bióticos y paisajísticos presentes

    ·   Manual de Manejo con los objetivos de manejo del área, las acciones de cumplimiento de los objetivos y plazos

    ·   Zonificación del lugar, e implementación de la infraestructura mínima requerida para su funcionamiento.

    ·   Entrega a las autoridades de la carta de notificación de cumplimiento de la medida.

    ·   Implementación del Catastro General de los recursos bióticos y paisajísticos

    ·   Existencia de infraestructura de funcionamiento del área de conservación

    ·   Entrega a CONAMA del Manual de Manejo del área de conservación 6 meses después de su implementación.

    ·   Entrega Informe a CONAMA, CONAF y SAG después de un año de su implementación  incluyendo toda la información registrada en el seguimiento

    PM-FFT-01: Rescate y relocalización de vertebrados terrestres

    ·   Registro y cuantificación de individuos rescatados y relocalizados

    ·   Realización de campañas de seguimiento de los individuos relocalizados en forma mensual durante los 3 primeros meses y, de modo estacional, durante dos años.

     

    ·   Obtención del permiso sectorial previo al inicio de la actividad

    ·   Aviso a SAG y CONAMA del calendario de  ejecución  de la medida

    ·   Informe a SAG y CONAMA sobre la ejecución de la medida

    ·   Implementación de las campañas de seguimiento

    ·   Detección de  especies relocalizadas en las áreas de liberación

    ·   Envío de informes Trimestrales al SAG y CONAMA, con los resultados obtenidos y su análisis acumulativo

    Medida PM-FFT-02: Utilización de los atraviesos de quebradas para fauna de vertebrados terrestres

    ·   Presencia de evidencias directas (presencia de individuos) e indirectas (fecas y huellas) en los atraviesos de fauna.

    ·    Implementación de seguimientos semestrales por 2 años del uso de los atraviesos por la fauna.

    ·   Informes anuales al SAG y CONAMA con los resultados de 2 campañas cada uno.

    ·   Informe final de los resultados del seguimiento

    PM-FFT-03: Cercamiento de zonas de canales

    ·   Revisión permanente durante toda la vida útil, del estado de los cercos a partir de su construcción

    ·   Implementación de la revisión de los cercos con frecuencia mensual el primer trimestre y semestral desde el segundo semestre.

    ·   Mantención adecuada de los cercos

    ·   Informe Anual al SAG y CONAMA

     

     

  8. Que el Titular se obliga voluntariamente a:

     

    8.1        Implementar un Sistema de Gestión Ambiental que será desarrollado por especialistas ambientales que se harán cargo de relacionarse con la autoridad ambiental correspondiente para la implementación de las medidas ambientales e informes trimestrales de las actividades realizadas para ser entregados a la COREMA VII Región del Maule o a quién le suceda legalmente y a los Servicios con la correspondiente competencia ambiental.

      

    8.2.         Adquirir e implementar un Área de Conservación de Flora y Fauna, (ver EIA (Cap 7) y Adenda Nº 1 (Anexo 14)) con una superficie de 207 hectáreas que será escogida en conjunto con la Corporación Nacional Forestal (CONAF) y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). Esta área estará anexa a un área protegida y perteneciente al Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).    Adicionalmente, el titular se compromete como medida de compensación a la protección del estero Los Hualles. Ambas medidas están especificadas en el punto 6.1 de los Considerando de esta RCA.

     

    8.3.       Constituír una fundación de derecho privado, cuyo objetivo será:  (a) el fomento del turismo (turismo aventura, pesca deportiva, etc); (b) la realización de estudios y acciones destinadas a la protección, conservación, e investigación de la biodiversidad en el cajón del río Achibueno; y (c) el desarrollo y bienestar de las comunidades que habitan en la zona. El aporte que hará Hidroeléctrica Centinela Limitada (HCL) será por el equivalente a US$ 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) en un período de 21 años a contar del inicio de la construcción del Proyecto.  Esta fundación será administrada por un directorio de seis personas, reelegibles indefinidamente. La designación de los directores se realizará de la siguiente forma:, dos directores serán electos por el titular, dos directores serán electos por el Gobierno Regional y los restantes dos directores serán electos de común acuerdo por el Gobierno Regional e Hidroeléctrica Centinela de entre persona con residencia en la VII Región y que posean una destacada experiencia en los ámbitos empresarial, académico y/o público en alguno de los siguientes rubros: i) turismo; ii) protección de la biodiversidad y/o iii) desarrollo social en la VII Región del Maule.

     

    8.4.       Implementar un plan de capacitación del personal que labore directa o indirectamente en el proyecto, respecto de la protección del medio ambiente que incluirá los siguientes temas:

    ·                     Instrucción sobre el manejo de residuos peligrosos, no peligrosos y domiciliarios

    ·                     Prohibición de hacer fuegos y Prevención de incendios

    ·                     Uso de elementos de seguridad

    ·                     Cuidado general del medio ambiente

    ·                     Capacitación sobre la flora y fauna con problemas de conservación  presente en el área del proyecto

    ·                     Prohibición de caza y de perturbar nidos o capturar polluelos (especialmente en el caso de tricahues)

    ·                     Significado y respeto de la señalética.

    ·                     Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales al personal involucrado en la faenas de construcción del proyecto, cuyos contenidos y estructura serán previamente concordados con la autoridad sectorial.

    ·                     La capacitación será realizada en forma de charlas por la Unidad de Gestión Ambiental del proyecto previo al inicio de faenas  y a los grupos de trabajadores a medida que vayan ingresando a las faenas.

     

    8.5.       No afectar la lorera de tricahues ubicada en el sector de Los Puentes (coordenadas UTM WGS84 19 sur E 299.321 N 5.999.030.  (Lámina 5.4.2-3 del EIA)).  Para ello se desarrollará un plan de protección y prevención de riesgos para la lorera y para  las aves que considerará las siguientes medidas:

    i)          Se establecerá un área de exclusión de obras en torno a la lorera del sector Los Puentes, que considerará al menos 300 m de radio en torno a la colonia durante el período que duren las obras del proyecto en ese sector (radio medido desde la colonia).     Este radio, se subdividirá en tres zonas distintas:

    ·                                  Área de exclusión: definida por un radio de 150 m desde el límite de la lorera hasta la faja de intervención, donde no se realizará ningún tipo de intervención a la vegetación o remoción de suelo.

    ·                                  Área condicionada: definida dentro del área de exclusión mencionada en el punto anterior, la cual tiene relación con la construcción de caminos a menos de los 150 m definidos como área de exclusión. Aplicable a la construcción del camino ribera sur.  Las obras de construcción deberán limitarse al periodo no reproductivo de los loros tricahues, es decir de marzo a agosto. En la etapa de operación del camino, se restringirá la velocidad de circulación y la detención de los vehículos en esta zona.

    ·                                  Área de restricción: definida entre un radio de 150 m y 300 m, donde algunas actividades como circulación de vehículos, remoción de vegetación y suelo, actividades de construcción en general, podrán realizarse sujetas a condiciones especiales como restricción de velocidad de vehículos, construcción en periodos no reproductivos, entre otros.

    ii)         Se evitará, mediante un cercado y vigilancia permanente, el acceso del personal en faenas a dicho sector.

    iii)        Se capacitará al personal respecto de las medidas de protección de la lorera, de la prohibición de cazar y de sustraer polluelos, y de reducir al mínimo las actividades ruidosas  durante las faenas en el sector, especialmente en el período reproductivo del loro Tricahue, (entre Septiembre y Enero).

    iv)        Se colocará señalética respecto la prohibición de acceso al sector y de prohibición de caza o  sustracción de polluelos.

    v)         El cumplimiento y seguimiento  de estas medidas será verificado e informado a COREMA y al Servicio Agrícola y Ganadero.

     

    8.6.       No intervenir ejemplares de Citronella mucronata ni Eucriphya glutinosa.  En la eventualidad que se encuentren ejemplares de estas especies y que tengan que ser cortados o se altere su habitat, se dará estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 19 de la  Ley 20.283 de Bosque Nativo (LBN).

     

    8.7.       Implementar un seguimiento mediante indicadores biológicos de la calidad del agua del río Achibueno, basados en la fauna bentónica (Indicador Signal u otro similar).   Se considerará  la diversidad y abundancia de la fauna bentónica en relación con sus requerimientos de hábitat.  Por ejemplo Trichoptera y Ephemeroptera son muy sensibles a condiciones de disminución de oxígeno, de flujo, o de aumento de sólidos suspendidos, mientras que otras como los Annelida y Diptera proliferan en aguas con altos contenidos de sedimentos y materia orgánica.

     

    8.8. En coordinación previa con la Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) y el Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA) se:

    i)   Analizará la existencia de áreas de desove aguas arriba y abajo de la bocatoma y se revisará la posibilidad de implementar medidas para habilitar artificialmente áreas de desove y de alimentación para juveniles aguas arriba y aguas abajo de la bocatoma Centinela. La habilitación artificial de pozones laterales al río con macrófitas y aguas someras consistirá en imitar las características de los sectores donde se detecte presencia de juveniles y ovas.

    ii)   Presentará un proyecto de manejo de la trucha, que sea compatible con el manejo de las especies nativas.

    iii)   Efectuará una campaña que analize la presencia de peces nativos aguas arriba de la central El Castillo y las condiciones del ecosistema.

    iv)   Efectuar una campaña de monitoreo de los tributarios del río Achibueno en el tramo de intervención del proyecto (Observación 5.13 del Adenda Nº2). Este monitoreo se realizará en los tributarios permanentes en enero o febrero del 2011, y previo al inicio de las obras en el río Achibueno.

    v)   Analizará la factibilidad de sembrar ejemplares de Diplomystes aguas arriba de la bocatoma de la Central Centinela y en el estero Los Hualles, basado en las características del hábitat y la existencia de esta especie en dichos cuerpos de agua.  

    8.9.       Instalar carteles turísticos en el área de influencia directa del proyecto, en coordinación con el Servicio Nacional de Turismo (SERNATUR) y  y la Dirección Regional de Vialidad.

     

    Rol

    Km

    Leyenda Señal

    Lado

    Observación

    L-45

    19,5

    ¬ Vega de Salas

    El Peñasco ®

    D

    Reemplazar

    L-45

    26

    Vega de Salas (3 iconos)

    D

    Nuevo

    L-45

    26,5

    Vega de Salas (3 iconos)

    I

    Nuevo

    L-45

    27,1

    ­ Pejerrey

    ¬ Cajón Vega de Salas

    ¬ Culmen

    I

    Reemplazar existente y agregar Pejerrey

    L-45

    32,5

    Pejerrey (3 iconos)

    I

    Nuevo

    L-45

    50

    ­ Las Mulas

    ­ Las Lástimas

    D

    Nuevo

    L-565

    8

    Los Hualles (3 iconos)

    D

    Nuevo

     

    8.10.      Restaurar las zonas que por causas asociadas directamente al proyecto, voluntarias o accidentalmente, sean dañados.  Por ejemplo deslizamientos, incendios forestales, contaminación de aguas o suelos, etc..  En caso de detectarse impactos no previstos a causa del proyecto, estos serán mitigados, reparados o compensados en función de las características particulares y la magnitud de los eventuales impactos imprevistos. Estos serán considerados una extensión de los planes de mitigación, reparación o compensación (Capítulo 7 del EIA).

     

    8.11.      Que el “germoplasma a conservar”, cuando proceda, será puesto a disposición del Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias (INIA).   Se centrará el plan de conservación de germoplasma, en especies tales como, Austrocedurs chilensis (Cupressaceae), Citronella mucronata (Icacinaceae), Laurelia sempervirens (Atherospermataceae), Nothofagus glauca (Fagaceae), Nothofagus alpina (Fagaceae) y Persea lingue (Lauraceae).

     

    8.12.      Efectuar un plan de difusión del patrimonio cultural reconocido en el área de influencia del proyecto, a fin de dar a conocer a la población local de los diversos hallazgos patrimoniales encontrados en el marco del presente proyecto

     

    8.13.      Desarrollar una caracterización arqueológica del sitio Los Quiques 2, a través de sondeo arqueológico una vez que el propietario otorgue el permiso respectivo, o bien el terreno sea adquirido para la ejecución del Proyecto. En cualquiera sea el caso respecto del desarrollo de las labores de caracterización arqueológica, el Titular del Proyecto remitirá el informe respectivo al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) con los resultados relevantes del estudios y las líneas de acción en cada caso, al igual que se hizo para el sitio arqueológico Los Quiques1

     

    8.14.      Que el Titular a través de la Fundación descrita en el punto 8.3, efectuará un “Estudio de Potencialidades Turísticas”.   Las etapas, objetivos y productos finales de este estudio serán definidos, con un grupo de especialistas en el tema y en coordinación con SERNATUR.

     

    8.15.      Que en los depósitos de marinas en que exista algún aporte de aguas externo, se construirán fosas perimetrales  (Respuesta 1.7.2 de la Adenda 1).   Las aguas lluvias no serán devueltas al cauce natural, sino que se encausarán al escurrimiento natural que ellas tendrían si no existiese la marina.

     

    8.16.      Que se permitirá el libre escurrimiento de las aguas en caso de abandono de las obras.

     

    8.17.      Se dará prioridad a la contratación de mano de obra local. Para ello, el Titular iniciará un proceso de diálogo con los municipios del área de influencia directa para presentarles el catastro laboral elaborado por la empresa en el área de influencia directa y coordinar la incorporación de vecinos capacitados a las diferentes faenas que generará el Proyecto. Asimismo, y de ser necesario, se definirá conjuntamente un procedimiento extensivo a las empresas contratistas (observación Nº7.26.1 Parte 7 Adenda 1).

     

    8.18.      Implementar un Sistema de Auditoría Ambiental Independiente durante el período de construcción del proyecto, el cual será desarrollado por una empresa o institución externa al Titular, que será definida por la Corema o el organismo que la suceda legalmente a partir de una propuesta de no menos de cinco alternativas con experiencia demostrable, que presente el titular. Esta auditoría ambiental independiente estará a cargo de inspeccionar el cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) por parte del titular, y de informar este seguimiento a la Comisión Regional del Medio Ambiente Región del Maule (COREMA Región del Maule) mediante informes trimestrales.  Esta auditoría estará relacionada con el Titular a través de un encargado ambiental de Hidroeléctrica Centinela Ltda. 

     

    8.19.      La compensación de la pérdida de 2,5 hectáreas de suelo agrícola generada por la instalación de las casas de máquinas implicará el cambio de uso de suelo de dichos sectores. Esta compensación consistirá en habilitar para uso agrícola una superficie equivalente a la intervenida de suelos  que actualmente no estén aptos para uso agrícola en el área del Proyecto.   Por ello en forma previa se (Respuesta Nº 7.10. del Adenda 2):

    i)          Identificarán los sitios potenciales, es decir, sin aptitud agrícola (Clase VI o VII), para llevar a cabo el proyecto de compensación.

    ii)         Presentará al Servicio Agrícola y Ganadero una propuesta de los sitios  potenciales para su aprobación

    iii)        Realizarán estudios básicos, de los sitios con aprobación del Servicio Agrícola y Ganadero .

    iv)        Efectuarán acciones de habilitación del suelo: teniendo en consideración lo establecido por el Servicio Agrícola y Ganadero respecto de la clasificación IV de capacidad de uso de suelo, en cuanto a profundidad efectiva, pendiente, pedregosidad superficial y drenaje, se ejecutarán las siguientes acciones en forma unitaria o conjunta, para llevar los sitios de clase VI o VII a clase IV.

    v)         Entregará un informe al Servicio Agrícola y Ganadero con copia a la Comisión Regional del Medio Ambiente o a quién le suceda, ambos de la región del Maule con los detalles y resultados de la actividad.

     

    8.20.     Realizar, bajo la supervisión de la Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) y del Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA), una campaña de monitoreo en el período primavera-verano de 2010-2011, y previo al inicio de la construcción de las obras en el cauce, para complementar la información levantada en el EIA.    El monitoreo deberá hacer un levantamiento de toda el área de influencia directa del proyecto incluyendo: las estaciones consideradas en la línea de base del proyecto y las nuevas estaciones aguas arriba de la bocatoma El Castillo; una revisión detallada de las características del hábitat en el área entre las bocatomas en el sector aguas abajo de la Bocatoma Centinela, y en los tributarios del río Achibueno en todo este tramo incluyendo estaciones adicionales en el estero Los Hualles (Observación 7.2 del Adenda 3) y también un censo de la avifauna acuática asociada al río Achibueno en el área de influencia del proyecto.    Las estaciones de muestreo serán:

      

     Estaciones de muestreo flora y fauna acuática

    Estaciones de Muestreo

    Coordenadas UTM WGS84 19 S

    Este

    Norte

    E1

    El Trigal

    309.302

    5.999.900

    E2

    Casa Alejo

    308.578

    6.001.221

    Nueva Estación por definir Quebradas Intermedias 1 y 2*

     

     

    E3

    Aguas de los Ricos

    303.899

    6.003.801

    Nueva Estación Estero La Gloria*

     

     

    E4

    Achibueno Arriba

    301.872

    6.003.100

    E5

    Las Ánimas

    301.342

    6.003.245

    E6

    Las Mulas

    300.515

    6.001.090

    Nueva Estación Achibueno entre E6 y bocatoma Centinela

     

     

    Nueva Estación Achibueno entre E6 y E7

     

     

    Nuevas Estación Quebrada La Leona*

     

     

    E7

    Achibueno Medio

    295.958

    5.996.698

    Nueva Estación Achibueno entre E7 y E8

     

     

    Nueva Estación Quebrada Los Perros*

     

     

    E8

    Vado Azul

    289.684

    5.995.340

    Nueva Estación Achibueno entre E8 y E10

     

     

    Nueva estación Estero Los Copihues*

     

     

    E9

    La Capilla

    290.403

    5.998.621

    Nueva Estación Estero El Padre*

     

     

    Nueva Estación Estero Vega Chica*

     

     

    E10

    Los Hualles

    284.829

    6.003.947

    2 Nuevas estaciones  Estero Los Hualles*

     

     

    E11

    Achibueno Abajo

    284.048

    6.005.813

    E12

    Vega de Salas

    281.625

    6.011.425

    E13

    Prospección 2

    282.415

    6.010.358

    E14

    Puente Pejerrey

    283.638

    6.007.985

    E15

    La Recova

    279.746

    6.012.902

     

    * Estaciones de tributarios permanentes propuestas preliminarmente a ser confirmadas en terreno según características de estos afluentes. Las campañas que se realicen, posterior a esta ampliación de línea de base, sólo incluirán aquellos tributarios que no se secan, y dentro de ellos los que se tomen en acuerdo con SUBPESCA.  Se aclara que en la campaña de primavera verano de 2010-2011, se realizará el muestreo en cada uno de los tributarios ubicados desde la bocatoma El Castillo (considerando el punto aguas arriba, El Trigal)  hasta la restitución de la central Centinela. Estos puntos además, se caracterizarán de acuerdo a la presencia de peces, conectividad, temporalidad de los tributarios. Sobre esta base se definirá la factibilidad y las coordenadas los puntos de muestreo en la etapa de seguimiento, en conjunto con SUBPESCA.

     

     

    8.21.      Realizar una evaluación completa de los factores abióticos y bióticos del área de estudio, lo que implica monitorear las  características del escurrimiento en cada sector, incluyendo el análisis de calidad del agua, flora y vegetación ribereña, flora y fauna bentónica, perifiton, anfibios en su fase acuática y avifauna acuática. Los resultados de este monitoreo inicial, complementarán la información existente sobre la diversidad y abundancia de la flora y fauna acuática, permitirán caracterizar el hábitat y revisar la oferta  alimentaria del sector de repoblamiento entre las bocatomas de El Castillo y Centinela y del estero Los Hualles, lo que permitirá definir, sobre esta base, la factibilidad de las medidas propuestas y las modificaciones o complementos requeridos para obtener los resultados esperados en términos de proteger al Dyplomystes, y mitigar y compensar los impactos del proyecto sobre el ecosistema acuático existente en el área de intervención. 

     

    8.22  En relación al impacto “Modificación de las comunidades de peces por efecto barrera de las obras de captación” si en el monitoreo de primavera, se detecta presencia de especies nativas aguas arriba de la bocatoma de la  central El Castillo,  se considerará el repoblamiento de ejemplares adultos de Diplomystes nahuelbutaensis aguas arriba de su bocatoma y la ejecución  de un plan de seguimiento similar al establecido en el  Plan de Restauración y Conservación en el estero Los Hualles  (ver Tabla 2, respuesta a  consulta 4 del documento “Compromisos, acciones y aclaraciones complementarias de Hidroeléctrica Centinela Limitada al EIA”).

     

     

    8.23.   Previo al inicio de la construcción de las obras en el cauce, se verificará una campaña de terreno de primavera-verano 2010-2011, que incluye la realización de muestreos intensivos de los factores abióticos y bióticos en las estaciones de la línea de base, en las nuevas estaciones definidas en el punto 7.2 del Adenda 3 y en los tributarios indicados en la tabla 1 del documento “Compromisos acciones y aclaraciones complementarias de Hidroelctrica Centinela Limitada al Estudio de impacto ambiental del “proyecto hidroeléctrico Achibueno””.   El plan que se llevará a cabo en terreno se definirá en conjunto con SUBPESCA.  Dependiendo de los resultados de este plan, en conjunto con SUBPESCA y SERNAPESCA, se definirá cuál es el mejor lugar para hacer el repoblamiento de Diplomystes nahuelbutaensis, y además, se efectuará un plan de seguimiento, con la finalidad de confirmar el aumento de diplomystes en los sectores en que se realice el repoblamiento.

     

    8.24.     Realizar, en el marco del Microruteo que se efectuará en cada área antes a la presentación al  Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)  del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) Nº99, una ampliación de línea de base de fauna en cada tramo a intervenir.  

     

    8.25.     Junto a la realización de la campaña de monitoreo de primavera de la flora y fauna acuática del río Achibueno a realizarse previo a la intervención del río, para SUBPESCA, se adicionará la realización de un censo de aves acuáticas y se enviará el informe de sus resultados, con las correspondientes medidas de seguimiento y manejo, al SAG, SUBPESCA y COREMA VII Región. Se incorporarán estos monitoreos durante el plan de seguimiento de intervención del cauce. El censo de aves se realizará en la época de primavera-verano 2010-2011.   Para realizar el censo, en primera instancia se establecerán los sitios de nidificación de aves, que serán los puntos de muestreo. Se utilizará la metodología de la UNORCH. Se recopilarán datos de riqueza y abundancia de especies.    Todo lo anterior será sistematizado en una “Tabla de Censo”.

     

    8.26.     Si la intervención de cauces se realizarán en épocas de bajo caudal, en caso de que éstas se realicen en otra época del año, se considerará el monitoreo de fauna en esa época.

     

    8.27.     Avisar por medios escritos, al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al momento de ingresar madera de embalaje extranjera para su inspección.

     

    8.28.     Se construirán atraviesos en cada cruce de quebrada, o en su defecto, cada 500 metros.     En ningún caso podrán existir tramos de más de 500 metros sin atraviesos.

     

  9. Que, sin perjuicio de lo señalado en los considerandos anteriores, lo contenido en el Estudio de Impacto Ambiental y su Adenda, para la ejecución del proyecto, el Titular deberá dar cumplimiento a las siguientes condiciones y/o exigencias específicas, establecidas por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule:

     

    9.1.       El material sobrante en las etapas de construcción no podrá ser dispuesto en cursos superficiales de aguas.

     

    9.2.       No se ubicarán postes o torres en ningún tipo de cauces como quebradas o ríos.  Si bien las estructuras de la línea junto al cruce y sus cimientos, se encuentran en la ribera del río, estas instalaciones estarán emplazadas de manera que no alterarán ni modificarán de manera alguna su cauce (Ref. Art. 41 y 171 del Código de Aguas).

     

    9.3.       En el caso del “rescate y rehabilitación de crías de especies con problemas de conservación”   en forma previa del inicio de la etapa de construcción, se deberá presentar ante el Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Acción para su aprobación en forma previa al inicio de la etapa de construcción, que cumpla a lo menos:

    i)          Evitar dentro de lo posible realizar las actividades de corta durante los períodos reproductivos de fauna (primavera).

    ii)         Realizar un microruteo previo a la perturbación controlada, con la finalidad de detectar los sectores con presencia de huevos, crías y ejemplares juveniles.

    iii)        De detectarse la presencia de huevos y/o crías de especies protegidas en las áreas de corta de vegetación, en la medida de lo posible, se intentará desviar el trazado. En caso de no ser posible, éstos serán derivados a un centro de rehabilitación y/o rescate para su crianza y posterior relocalización en otras zonas no intervenidas directamente por las obras del Proyecto, en ambientes similares dentro de la misma cuenca.

    iv)        Que la metodología a usar en el caso de los huevos sea su recolección manual por personal especializado, marcaje de posición y mantención en contenedores a temperatura similar a la del nido.

    v)         Que en el caso del rescate de crías de especies protegidas, éstas se capturarán en forma manual o con redes, en cajas contenedoras bien ventiladas, de manera de evitar golpes, movimientos y que permitan mantener una temperatura similar a la del nido o madriguera.

    vi)        Que una vez efectuado el rescate, las crías y huevos sean derivados a un centro de rehabilitación y/o rescate, que cuente con experiencia en el cuidado de cada individuo, dependiendo de la especie de la cual se trate.

    vii)       Que se llevará registro de los individuos rescatados, su cautiverio y posterior liberación en las mismas unidades de ambiente en que se efectuó la captura.

    viii)      Que se efectuará un seguimiento de la actividad de liberación de los ejemplares con frecuencia mensual durante los 3 primeros meses y estacional por un período de 2 años.

    ix)        Que el procedimiento completo sea realizado por cuadrillas entrenadas y lideradas por un médico veterinario experto en manejo de fauna silvestre.

    x)         Que de ser necesaria la ejecución de esta actividad se solicite al Servicio Agrícola y Ganadero el permiso ambiental sectorial correspondiente según los requisitos y los contenidos técnicos y formales establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

     

    9.4.       Dar cumplimiento a los compromisos adquiridos con el Servicio Nacional de Turismo, referidos a potenciar y facilitar el desarrollo turístico del sector, y además, dar cumplimiento a los requerimientos para el desarrollo de las actividades deportivas y recreativas (rafting, kayak, pesca y nado), de acuerdo al caudal ecológico establecido.

     

    9.5.       Dar cumplimiento a los requerimientos exigidos por la Ley  17.288  del Consejo de Monumentos Nacionales y que señala lo siguiente:

    i)          todas las áreas que se intervendrán y no han sido inspeccionadas, serán prospectadas por un arqueólogo.

    ii)         Efectuar un programa de monitoreo arqueológico permanente en el marco de las actividades de movimiento de tierra.

    iii)        la implementación de medidas de mitigación con respecto al sitio “Los Hualles 2”, a través de un cercado y como parte del monitoreo arqueológico.

    iv)        la implementación de medidas de mitigación con respecto a los sitios “Los Maquis 1” y “Los Maquis 2” y “Los Hualles 1” (ubicados en caminos de acceso a las obras), a través de un recubrimiento de los sitios con geotextil, una plataforma de paso vehicular y un relleno estabilizado para aislar la superficie de los sitos de los efectos físicos y mecánicos producidos por el tránsito de vehículos y maquinaria pesada. (ver punto 7.27.2 del Adenda Nº1)

    v)         la realización de charlas inducción patrimonial al personal involucrado en la faenas de construcción del proyecto, cuyos contenidos y estructura serán previamente concordados con la autoridad sectorial respectiva.

     

    9.6.       Si durante la supervisión de movimientos de tierra se detectase algún hallazgo arqueológico, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

     

    9.7.       En conformidad con los puntos 8.3 y 8.14  el “Estudio de Potencialidades Turísticas”, deberá:

    i)          registrar lugares con condiciones apropiadas para el desarrollo de actividades turísticas, con el objetivo de poder llevar a cabo nuevos proyectos en áreas con potencial y así compensar la mayor dificultad de realizar este tipo de actividades en el río Achibueno.

    ii)         considerar un período de trabajo  de a lo menos dos años, de manera de abarcar las temporadas turísticas alta y baja, logrando con ello un análisis más acabado de la demanda existente. 

    iii)        efectuar un catastro, georreferenciado y sistematizado de la oferta turística actual.

    iv)        definir potenciales turísticos y con ello, la determinación de los requerimientos de inversión en equipamiento turístico adecuado a los mercados de interés y a la demanda potencial.”

     

    9.8.       Que el Titular antes de iniciar la corta de especies arbóreas, tome las precauciones necesarias para corroborar la inexistencia de especies con problemas de conservación en el área afectada.    En el caso que se encuentra alguna de de estas especies deberá cumplir, previamente a su corta o alteración de hábitat, con los requisitos establecidos en la Ley 20.283.

      

    9.9        Que el Titular deberá incorporar en la Auditoría Ambiental Independiente (descrita en el punto 8.18), como un estudio adicional, la supervisión de levantamiento a costa del titular de una linea de base que detalle en abundancia y diversidad y en la época y estación de intervención, la fauna existente en el área de afectación directa.   Si el informe del punto anterior incorpora nuevas especies o antecedentes no considerados en la linea de base original y que modifican los impactos detallados durante el proceso de evaluación ambiental,  el Titular deberá presentar al Servicio Agrícola y Ganadero y a la CONAMA, ambos de la Región del Maule, una propuesta de acción (medidas de rescate) a fin de mitigar, compensar o evitar dichos impactos.

     

     

    9.10.   Que en función de la ampliación de la  línea de base acuática y los posteriores seguimientos, la Subsecretaría de Pesca (SUBPESCA) o el Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA), podrán establecer nuevas medidas de manejo ante la eventualidad de impactos no considerados.

     

    9.11.   Las especies con problemas de conservación registradas y/o descritas para el Área de influencia del proyecto Hidroeléctrico Achibueno, y sobre los cuales se deberá tener una particular preocupación en las diversas etapas de desarrollo del proyecto, son:

     

     

    Clase

    Nombre Científico

    Nombre Común

    Categoría de Conservación

    Norma

    Aves

    Campephilus magellanicus

    Carpintero negro

    En Peligro

    Reglamento Ley de Caza

    Columba araucana

    Torcaza 

    En Peligro

    Reglamento Ley de Caza

    Vultur gryphus

    Cóndor

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Cyanoliseus patagonus

    Tricahue

    Vulnerable

    D.S. 151, 50 y D.S. 51

    En Peligro

    Reglamento Ley de Caza

    Mamíferos

    Pseudalopex griseus

    Zorro chilla

    Inadecuadamente Conocida

    Reglamento Ley de Caza

    Thylamys elegans

    Yaca

    Rara

    Reglamento Ley de Caza

    Octodon bridgesi

    Degú de los matorrales

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Pudu pudu

    Pudú

    Vulnerable

    D.S. 151, 50 y D.S. 51 y Reglamento Ley de Caza

    Reptiles

    Liolaemus chiliensis

    Lagarto chileno

    Inadecuadamente Conocida

    Reglamento Ley de Caza

    Liolaemus lemniscatus

    Lagartija lemniscata

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Liolaemus fuscus

    Lagartija parda

    Fuera de Peligro

    Reglamento Ley de Caza

    Liolaemus pictus

    Lagartija pintada

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Liolaemus tenuis

    Lagartija tenue

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Liolaemus gravenhorsti

    Lagartija de Gravenhorst

    En Peligro

    Reglamento Ley de Caza

    Philodryas chamissonis

    Culebra de cola larga

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

    Anfibios

    Bufo spinulosus

    Sapo espinoso

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

     

    Pleurodema thaul

    Sapito de cuatro ojos

    Vulnerable

    Reglamento Ley de Caza

     

    Según lo señalan los D.S. Nº 151 del 24 de marzo de 2007; D.S. Nº 50 del 30 de junio de 2008 y D.S. Nº 51 del 30 de junio de 2008, todos del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que oficializaron el primer, segundo y tercer proceso de clasificación de especies respectivamente, dictados según los establecido en el Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres, D.S. 75/2005 de MINSEGPRES, y al Reglamento de la Ley de Caza D.S. Nº 05 del 9 de enero de 1998 del Misterio de Agricultura, modificado por el D.S. Nº 53 del 15 de septiembre de 2003.

     

    9.12.       En conformidad con lo establecido en el punto 6.5 y lo expuesto por el titular a la COREMA, el caudal ecológico podrá ser verificable en cualquier parte del tramo intervenido y, de no contar con los 3m3/s, el titular deberá liberar más volumen de agua hasta lograr este caudal ecológico (siempre que se encuentre generando, que no se otorguen derechos ni existan extracciones ilegales, desvíos u obras de acumulación en el tramo intervenido)    La información deberá estar en línea con la Dirección General de Aguas (DGA).

     

    9.13.       El titular debe constituir servidumbres públicas para los caminos descritos en el punto 4.2.3.3 de esta resolución. Si no lograse llegar a acuerdo con algún propietario al respecto, el titular se hará cargo del sobreprecio que signifique la posterior transformación de esa servidumbre en pública, mediante un proceso de expropiación que desarrolle algún organismo del estado.

     

    9.14.       El titular deberá asegurar a toda el área de influencia la disponibilidad de señal suficiente para contar con conectividad vía telefonía móvil.

     

     

  10. Que de acuerdo a todo lo anterior y teniendo presente los antecedentes agregados al expediente puede concluírse que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable:

     

    10.1       Normativa de carácter ambiental aplicable, tales como:

    i)          Marco normativo ambiental de carácter general (ver Capítulo 3 del EIA).

     

    Normativa

    Materia regulada y obligaciones

    Forma de cumplimiento

    Constitución Política de la República (1980).

    El artículo 19 N° 8 asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación; y establece el deber del Estado de velar para que este derecho no sea afectado, además de otorgarle la misión de tutelar la preservación del patrimonio ambiental.

    El cumplimiento del mandato constitucional antedicho se realiza al someter el Proyecto al SEIA, reconociendo la legalidad establecida para la ejecución de actividades de esta naturaleza y respetando institucionalidad creada al efecto.

    Ley Nº 19.300 de 1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

    El artículo 8° señala que los proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 de la misma Ley, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.

    El cumplimiento a la Ley 19.300 se concreta a través del ingreso del Proyecto ingreso al SEIA, por coincidir  éste  con una o más de las tipologías del artículo 10. Hay también cumplimiento legal al ingresarse como EIA, al presentarse efectos, características o circunstancias del artículo 11.

    D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

    En lo fundamental, el Proyecto consiste en la ejecución de dos centrales hidroeléctricas generadoras de energía, mayores a 3 MW, por lo que debe someterse al SEIA.

    El Proyecto da cumplimiento al artículo 3 al someterse al SEIA y al artículo 4 al ingresar como EIA.

    Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    ii)         Normas de relevancia ambiental específicas aplicables al Proyecto

    Marco normativo ambiental de carácter específico asociado al Proyecto

    Normativa

    Materia regulada y obligaciones

    Forma de cumplimiento

    Decreto Supremo Nº 144, de 1961, Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

    Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.

    El Proyecto contempla medidas para captar las emanaciones, entre las cuales se encuentra la mantención húmeda de los caminos no pavimentados y huellas de acceso durante la etapa de construcción, salvo aquellas zonas y/o épocas del año en que las condiciones climáticas no lo hagan necesario. Asimismo, se dispondrán lonas para cubrir los camiones, con el objeto de controlar la emisión de polvo que pueda dispersarse a la atmósfera y se pedirá la revisión técnica a los vehículos

    Decreto Supremo N° 47, de 1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Establece medidas orientadas a minimizar emisiones de polvo en toda construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición y normas relativas al retiro de escombros.

    El Proyecto contempla medidas para minimizar las emisiones de polvo u otros materiales al ambiente, entre ellas se encuentra la de regar los terrenos durante el período que se realicen las faenas, transportar materiales en camiones con carga cubierta y mantener instalaciones de faena y frentes de trabajo aseados. El cumplimiento de estas medidas se exigirá también a los contratistas y subcontratistas que participen en el Proyecto.

    Decreto Supremo Nº 114, de 2002. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de calidad primaria de aire para dióxido de nitrógeno

    Establece norma de calidad primaria para el dióxido de nitrógeno en el aire, en todo el territorio de la República, señalando parámetros máximos permitidos que deben ser monitoreados

    Al ser una norma de calidad ambiental y no de emisión no establece obligaciones directas al Titular. En ningún caso está en riesgo alcanzarse los parámetros contenidos en esta norma, constituyendo emisiones menores para estos efectos.

    Decreto Supremo N° 115, de 2002. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece norma de calidad primaria de aire para monóxido de carbono.

    Establece norma de calidad primaria para el monóxido de carbono en el aire, en todo el territorio de la República, señalando parámetros máximos permitidos que deben ser monitoreados

    Al ser una norma de calidad ambiental y no de emisión no establece obligaciones directas al Titular. En ningún caso está en riesgo alcanzarse los parámetros contenidos en esta norma, constituyendo emisiones menores para estos efectos.

    Decreto Supremo N° 113, de 2002, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de calidad primaria de aire para dióxido de azufre.

    Establece norma de calidad primaria para el dióxido de azufre en el aire para todo el territorio de la república, señalando parámetros máximos permitidos que deben ser monitoreados.

    Al ser una norma de calidad ambiental y no de emisión no establece obligaciones directas al Titular. En ningún caso está en riesgo alcanzarse los parámetros contenidos en esta norma, constituyendo emisiones menores para estos efectos.

     

    Ley N° 18.290, de 1984, Ministerio de Justicia. Ley de Tránsito.

    Regula a peatones, pasajeros o conductores de cualquier vehículo que usen o transiten por todo tipo de camino, calle y vía urbana o rural en todo el territorio de la República. A su vez establece requisitos para los componentes de vehículos de manera de no sobrepasar índices de emisiones permitidos.

    El Proyecto cumplirá la norma exigiendo el correspondiente certificado de revisión técnica y gases a todos los vehículos tanto de transporte como de carga, propios o de subcontratistas  que participen en el Proyecto. Además se realizarán mantenciones permanentes a las maquinarias que no requieren de los certificados mencionados.

    Decreto Supremo N° 54, de 1994. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados que indica.

    Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados medianos, definiendo a estos últimos y fijando los procedimientos para su control.

    El Proyecto dará cumplimiento a la norma tanto por vehículos propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, exigiendo las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos y en con la periodicidad que exige la ley.

    Decreto Supremo N° 55, de 1994. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados que indica.

    Establece normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados pesados, definiéndolos y fija procedimientos para su control.

    El Proyecto dará cumplimiento a la norma tanto por vehículos propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, exigiendo las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos y en con la periodicidad que exige la ley. 

    Decreto Supremo N° 75, de 1987, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga.

    Dispone que el transporte de materiales, escombro, áridos, cemento, yeso, etc., en zonas urbanas, en camiones debe ser hecho cubriendo con lonas o plásticos para evitar su dispersión.

    El Proyecto cumplirá la norma exigiendo que todo el transporte de carga tanto durante la etapa de construcción como la de operación sea realizado cubriendo con lonas la carga de camiones controlándolo tanto al ingreso como a la salida de las instalaciones del Proyecto.

    Decreto Supremo N° 4, de 1994. Ministerio de Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

    Regula la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de encendido por chispa. Indica niveles máximos de emisión de monóxido de carbono e hidrocarburos para vehículos de determinados años de uso así como la forma de medición de los contaminantes y fiscalización del cumplimiento de la norma.

    El Proyecto cumplirá con la norma exigiendo a todos los vehículos que participen, sean propios, contratados o subcontratados, tanto en la etapa de construcción como de operación el respectivo certificado de revisión técnica y de gases.

    DFL N° 1.122, de 1981, Ministerio de Obras Publicas. Código de Aguas.

    Regula el dominio y aprovechamiento de las aguas, la constitución de nuevos derechos de aprovechamiento de aguas, el caudal ecológico mínimo. A su vez regula la construcción de obras hidráulicas como embalses superiores a 50.000 m3

    El Titular dará cumplimiento a la norma haciendo uso de derechos de aprovechamiento de aguas ya constituidos según las disposiciones del Código, respetando los caudales ecológicos mínimos establecidos por la DGA.

    Así también se solicitará la correspondiente autorización señalada en el artículo 294 del Código de Aguas.

    Decreto Supremo N° 594, de 1999. Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, establece requisitos técnicos y medidas de protección para el agua potable. Establece normas relativas a la higiene y aseo personal y prohíbe arrogar residuos líquidos a canales de regadío, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas y cualquier masa o curso de agua.

    El Proyecto contempla instalaciones de faenas y frentes de trabajo provistos de agua potable. A su vez se prohibirá estrictamente arrojar residuos líquidos sin tratamiento a canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas y cualquier masa o curso de agua.

    Ley 20.304 de 2008. Ministerio de Defensa. Sobre Operación de Embalses Frente a Alertas y Emergencias de Crecidas y Otras Medidas que Indica

    Establece obligaciones a la operación de embalses de control, tanto en lo que respecta a su registro en el Inventario Público de Obras Hidráulicas como en lo referente a elaborar un Plan de Contingencias de Crecidas.

    El Titular solicitará a la DGA cuando corresponda el registro los tranques de regulación referidos en el Inventario Público de Obras Hidráulicas, además de cumplir otras disposiciones de esta ley, como la elaboración de un Plan de Contingencia de Crecidas.

    Decreto Supremo N° 735, de 1969. Ministerio de Salud. Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano.

    Las construcciones, reparaciones, modificaciones o ampliaciones de obras relacionadas con esta materia, deberán contar con la aprobación del Proyecto de construcción y la autorización de la autoridad sanitaria respectiva una vez construida, reparada, modificada o ampliada.

    Se considera suministro continuo de agua potable a los trabajadores

    Norma Chilena N° 409 de 2005. Instituto Nacional de Normalización, oficializada mediante Decreto Exento N° 446 del Ministerio de Salud. Agua Potable.

    Establece requisitos químicos, físicos, bacteriológicos que debe cumplí el agua potable para ser apta para el consumo humano. A su vez, señala procedimientos de inspección y muestreos.

    Durante la etapa de construcción y operación se suministrará agua potable por medio de un contratista, al cual se le exigirá el cumplimiento de la norma.

    Norma Chilena Nº 1.333 of 1978, modificada en 1987. Instituto Nacional de Normalización (oficializada mediante Decreto Exento Nº 867, 1978/1985 del Ministerio de Obras Públicas) Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos.

    Establece un criterio de calidad del agua de acuerdo a requerimientos científicos referidos a aspectos físicos, químicos y biológicos, según el uso determinado. Estos criterios tienen por objeto proteger y preservar la calidad de las aguas que se destinen a diferentes usos, de la degradación producida por contaminación con residuos de cualquier tipo y origen.

    Durante la etapa de operación del Proyecto se generarán aguas servidas, que serán tratadas en un sistema de alcantarillado particular. Para ello, en cada una de las casas de máquinas se instalará un sistema modular, que contempla un sistema de pre-tratamiento y un reactor biológico, con modalidad de lodos activados de aireación mecánica. La calidad de esta agua cumplirá con los valores contenidos en la norma citada en relación a su uso para riego.

    Decreto Ley Nº 3.557 de 1980. Ministerio de Agricultura. Establece disposiciones sobre protección agrícola.

    Los establecimientos industriales, fabriles, mineros o de cualquier otra índole que manipulen productos susceptibles de contaminar la agricultura, se encuentran obligados a adoptar oportunamente las medidas técnicas y prácticas que sean procedentes a fin de evitar o impedir la contaminación

    El Proyecto no contempla actividades susceptibles de contaminar los suelos de uso agrícola identificados, sin perjuicio de lo cual en el Capítulo 7 se ofrece una serie de medidas referidas a la prevención de la erosión y contaminación del suelo.

    Ley N° 18.755, de 1989, Ministerio de Agricultura. Establece normas sobre el SAG.

    Promueve medidas tendientes a asegurar la conservación de suelos, para evitar su erosión, mejorar la fertilidad y se drenaje. Busca promover iniciativas tendientes a la conservación de las aguas y al mejoramiento de la extracción, conducción y utilización de este recurso. Establece la participación del SAG en trámite de cambio de uso de suelo.

    El Proyecto cumplirá solicitando el permiso ambiental sectorial de cambio de uso de suelo ante el SAG. En el capítulo 7 del presente EIA se exponen las medidas consideradas para evitar la erosión.

    Ley N° 18.378, Ministerio de Agricultura. Deroga la Ley N° 15.020 y el DFL N° R.R.A. 26, de 1963. Establece sanciones que señala.

    Establece medidas aplicables a predios agrícolas en áreas erosionadas o en inminente riesgo de erosión. La determinación de técnicas y programas para la conservación de estas áreas queda entregada al Ministerio de Agricultura.

    En la solicitud del PAS 96, se presenta las correspondientes medidas de compensación, sin perjuicio de que no se prevé o la afectación de predios agrícolas en áreas erosionadas o en inminente riesgo de erosión.

    Resolución Nº 133, de 2005, modificada por Resolución Nº 2.859 de 2007, ambas del SAG. Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.

     

    Esta resolución contempla requerimientos a las características de los embalajes de madera, incluyendo su espesor, el tratamiento de ellos, fumigación, marca, recintos de puerto que los reciben, entre otros.

    El titular exigirá su cumplimiento a proveedores, incluyendo que cada unidad de embalaje contará con una marca que indique el país de origen, el número del productor asignado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria y la identificación del tratamiento realizado.

    Decreto Supremo N° 4.363 de 1931, Ministerio de Tierras y Colonización. Ley de Bosques.

    Establece restricciones a la tala de bosques, define a los terrenos de aptitud preferentemente forestal y sujeta a éstos y a los bosques naturales y artificiales a planes de manejo forestal aprobados por la CONAF.

    Toda corta de bosques en terrenos con aptitud preferentemente forestal será hecha previa presentación y aprobación por parte de la autoridad competente de los correspondientes planes de manejo.

    Ley 20.283, de 2008, Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento forestal.

    La ley busca proteger, recuperar y mejorar los bosques nativos del país. Define y explica nuevos conceptos y establece requisitos específicos para el contenido y tramitación de los planes de manejo para el bosque nativo. Establece prohibiciones de corta y permisos excepcionales a la misma.

    El Proyecto presenta junto al EIA un estudio técnico del Plan de Manejo de Corta y Reforestación (PAS 102) que cumplirá con todas las disposiciones de la norma. Se solicitará, en caso de proceder, toda solicitud especial de autorización de corta y toda actividad de tala y reforestación será llevada a cabo de acuerdo a las condiciones que señale la CONAF.

    DL N° 701, de 1974. Ministerio de Agricultura, reemplazado por artículo primero del DL N°2.565. Sobre fomento forestal.

    Regula la tala y explotación de bosques nativos, de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal y en suelos degradados. Condiciona las actividades mencionadas a la presentación, aprobación y cumplimiento de un plan de manejo forestal.

    Se dará cumplimiento presentando un Plan de Manejo de Corta y Reforestación (PAS 102) para ejecutar Obras Civiles que incluye la reforestación de una superficie equivalente a la que se solicita cortar. La corta y reforestación se hará de acuerdo a las condiciones que apruebe CONAF.

    Decreto Supremo N° 259, de 1980. Ministerio de Agricultura. Reglamento Técnico del DL N° 701, de 1974

    Establece normas especiales a los planes de manejo de boque nativo, determina métodos de corta de planes de manejo que indica y establece tipos forestales.

    Se presenta junto al EIA un estudio técnico del Plan de Manejo de Corta y Reforestación (PAS 102) que cumple con los requisitos técnicos exigidos por CONAF.

    Decreto Supremo N° 193, de 1998. Ministerio de Agricultura. Reglamento General del DL N° 701, de 1974, sobre Fomento Forestal

    Regula procedimiento administrativo para calificación de terrenos de aptitud preferentemente forestal, y encarga a CONAF resolver solicitudes de planes de manejo y la declaración de bosque nativo.

    Se presenta Junto al EIA un estudio técnico del Plan de Manejo de Corta y Reforestación (PAS 102) que cumple con los requisitos técnicos exigidos por CONAF.

    Ley N° 4.601, Ministerio de Agricultura. Ley de Caza

    Regula la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre. Define especies y da conceptos al respecto. Establece prohibiciones solicitudes de permisos para los efectos mencionados.

    El estudio contempla la identificación de especies en algún grado de peligro de conservación lo que permite adoptar las medidas adecuadas para su conservación, medidas que se señalan en el plan de manejo respectivo.

    Decreto Supremo N° 5, de 1998. Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza.

    Contiene listados de especies cuya caza está permitida, especies consideradas perjudiciales o dañinas, especies consideradas beneficiosas para la actividad silvo-agropecuaria y mantención de ecosistemas. Contiene información de especies clasificadas en categorías de conservación de la Ley de Caza.

    El EIA contempla la identificación de especies en los grados de conservación, lo que permite tomar medidas que apunten a dicho fin que se comprenden en el Plan de Manejo respectivo y que se acompaña en este estudio. Para los efectos de realizar la captura de las especies necesarias se solicitará el PAS 99.

    Decreto Supremo N° 151, de 2007. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Oficializa primera clasificación de especies silvestres según su estado de conservación.

    Establece la primera clasificación de especies silvestres en el marco del D.S. N°75, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

    Se dará cumplimiento a la norma a través de los planes de manejo que se presentan en el Capítulo 7.

    Decreto Supremo N° 50, de  2008. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Oficializa Segundo Período de Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación.

    Oficializa segundo período de clasificación de especies silvestres en el marco del D.S. N° 75 DE 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

    Se dará cumplimiento a las normativas que establezcan obligaciones o prohibiciones en relación a grado de protección que se instiuya a favor de éstas.

    Decreto Supremo Nº 51, de 2008. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Oficializa tercer período de clasificación de especies silvestres según su estado de conservación.

    Oficializa tercer período de clasificación de especies silvestres en el marco del D.S. N°75, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

    Se dará cumplimiento a la norma a través de los planes de manejo que se presentan en el Capítulo 7.

    DFL N° 4/20.018, Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 1, de Minería, de 1982 del Ministerio de Minería. Ley General de Servicios eléctricos, en materia de energía eléctrica.

    Indica lugares que pueden ser atravesados por líneas de transporte y distribución eléctrica, establece requisitos especiales para garantizar la seguridad de las personas y de propiedades así como para la puesta en servicio de las mismas.

    Sin perjuicio de que como principio general se mantendrá inalterada la vegetación aledaña a cursos de aguas, se procurará en caso de ser necesario, que la corta o poda de ejemplares de especies arbóreas sea parcial y afecte el menor número de individuos posible. El tendido de las líneas se hará en conformidad a las prescripciones que establezcan los reglamentos y se tramitarán conforme a la norma todas las concesiones y/o permisos para la instalación y operación de las líneas.

    Decreto Supremo N° 327, de 1997. Ministerio de Minería. Fija reglamento de Ley general de servicios eléctricos.

    Establece requisitos y obligaciones en la obtención de los permisos correspondientes sujetando las especificaciones técnicas como la ejecución del Proyecto a la legislación vigente, preservando el medio ambiente.

    El Proyecto considera que las alteraciones al paisaje y a los demás elementos del ambiente derivadas de la generación y transmisión de energía eléctrica sean las menores posibles.

    Ley N° 11.402, de 1953. Ministerio de Obras Públicas (publicadas en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 1953) Sobre Obras de Defensa y Regularización de Riberas y Cauces.

    Establece regulación a la extracción de ripio y arena en los causes de los ríos y esteros,

    El Proyecto no contempla la extracción de ripio y arena.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 458, de 1975, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley general de urbanismo y construcciones.

    Dispone la obligación de solicitar cambio de uso de suelo en aquellos terrenos de uso agrícola, donde se quiera emplazar obras permanentes.

    El Proyecto contempla la solicitud del PAS para cambio de uso de suelo con respecto a una seria de instalaciones de carácter permanente que detalla.

    Decreto Supremo N°47, de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

    Establece obligación de solicitar el permiso de edificación para construcción de obras.

    El Titular solicitará los permisos de edificación y de recepción de obras para aquellas construcciones que lo requieran (casas de máquinas).

    Decreto Supremo Nº 90, de 2003. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Regula aspectos tales como generalidades de las señales y medidas de seguridad para trabajos en la vía, señales verticales, canalización, demarcaciones, sistemas de control de tránsito, elementos para aumentar visibilidad de trabajadores y vehículos.

    Donde se requiera se mejorará el camino público, respetando las disposiciones de esta norma.

    Ley N° 17.288, de 1970. Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales

    Contiene la evaluación del ámbito patrimonial en los proyectos que se someten al SEIA. Obliga a informar de hallazgos que en el contexto de excavaciones para la construcción del Proyecto al Gobernador Provincial.

    Se protegerá el patrimonio cultural encontrado. Se denunciará ante el Gobernador Provincial todo hallazgo de ruinas, yacimientos, piezas, u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico.

    Decreto Supremo N° 484, de 1990, Ministerio de Educación. Reglamento de Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

    Dispone medidas de protección de monumentos nacionales y elementos arqueológicos durante las excavaciones  y prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Establece obligatoriedad de solicitud de permiso para realizar dichas acciones indicando requisitos y procedimiento para su obtención.

    Se protegerá el patrimonio cultural encontrado. Se denunciará inmediatamente al Gobernador Provincial el hallazgo de  ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, Ministerio de Salud. Código Sanitario.

    Se entrega a SEREMI de Salud correspondiente la facultad de autorizar y vigilar la instalación de lugares destinados a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición de basuras y desperdicios de cualquier clase. También establece disposiciones relativas a los vehículos y sistemas de transporte de ciertos materiales peligrosos o molestos.

    El Proyecto contempla el transporte de residuos domésticos por parte de in tercero. Se le exigirá a éste último que cuente con la debida autorización sanitaria para funcionar y cumpliendo todos y cada uno de los requisitos contenidos en la norma. Sin perjuicio de lo anterior se solicitará el PAS del artículo 93 para almacenar los residuos sólidos domésticos durante la etapa de construcción.

    Decreto Supremo N° 148, de 2003, Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

    Establece condiciones para el manejo, acopio temporal, transporte y disposición final de residuos. Establece obligación de identificación y etiquetado de los mismos y requisitos para los contenedores en que se almacenen. Obliga a solicitar autorización sanitaria expresa para instalaciones de eliminación de residuos.

    Se cumplirán las condiciones para el manejo, acopio temporal, transporte y disposición final de residuos peligrosos, se cumplirá con la identificación y etiquetado de los mismos. Se dispondrá de contenedores que cumplan los requisitos establecidos, así como en el caso de los sitios de almacenamiento. Éstos últimos cumplirán con la señalización de la Norma Chilena 2.190 Of. 93.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, Ministerio de Salud. Código Sanitario

    Establece obligación de solicitar autorización sanitaria expresa a proyectos y la puesta de servicios de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas y residuos industriales.

    Se solicitará autorización sanitaria para efectos de operar la planta de tratamiento de aguas servidas referida.

    Decreto Supremo N° 594, de 1999. Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

    En la etapa de operación del Proyecto se generarán aguas servidas, que serán tratadas en un sistema de alcantarillado particular. Para ello, en cada una de las casas de máquinas se instalará un sistema modular, que contempla un sistema de pre-tratamiento y un reactor biológico, con modalidad de lodos activados de aireación mecánica.

    Ley N° 18.902, de 1989, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Crea Superintendencia de Servicios Sanitarios.

    Establece obligación para establecimientos de residuos industriales líquidos de dar aviso a la SISS con al menos 90 días de anticipación, de la entrada en operación de los sistemas de tratamiento, y con la información técnica que se señala.

    Se dará el aviso correspondiente a la SISS de manera de contar con la Resolución correspondiente.

    Decreto N° 236/26 Ministerio de Salud (Publicado en el Diario Oficial el 23 de Mayo de 1926). Reglamento General de Alcantarillados Particulares

    Establece la obligación de todo edificio rural particular de dotarse de un alcantarillado particular destinado a disponer de dichas aguas servidas de manera de no generar molestias ni peligro para la salubridad pública.

    La evacuación de las aguas servidas que se generen en el marco de la operación de las casas de máquinas se hará cumpliendo con la normativa vigente.

    Ley N° 18.290, de 1984. Ministerio de Justicia. Ley de Tránsito

    El artículo 78 prohíbe el uso de cualquier aparato sonoro de que pueda estar provisto el vehículo, mientras que en zonas rurales permite su uso sólo en caso necesario.

    Se instruirá a los conductores de vehículos pesados y medianos para que hagan uso de los aparatos sonoros sólo en casos indispensables y en los casos que dispone la norma.

    Decreto Supremo N° 146, de 1997, Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República. Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

    Establece niveles de presión sonora máximos permitidos para fuentes emisoras fijas en áreas urbanas y rurales. Además dispone de la forma de medir tal nivel.

    Las casas de máquina, subestaciones y otras instalaciones homólogas a fuentes fijas cumplirán con la limitación de 10dB (a) a nivel de receptor.

    Decreto Supremo N° 594, de 1999, Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

    La norma distingue entre ruido estable, fluctuante e impulsivo. Establece condiciones de medición de cada uno de ellos y niveles máximos permitidos para la exposición de trabajadores a ellos.

    El Titular y las empresas contratistas que participen en el Proyecto entregarán a sus trabajadores las protecciones auditivas adecuadas a los trabajos que puedan generar ruidos molestos, y cumplirá con los parámetros legales relativos a exposición a  vibraciones.

    Ley N° 20.096, de 2006, Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.

    Establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono estratosférico, y a los productos cuyo funcionamiento requiera el uso de dichas sustancias.

    El Titular exigirá que se entregue dentro de los elementos de protección al personal métodos eficientes de protección contra la radiación ultravioleta. Lo anterior se contendrá en los contratos que se celebren y en el reglamento interno de la empresa.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, Ministerio de Salud. Código Sanitario.

    Regula en sus disposiciones la higiene y seguridad en los lugares de trabajo.

    Se dará cumplimiento a las medidas específicas referidas a las condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo, durante todas las etapas del Proyecto manteniendo limpio de residuos, ruidos y olores que puedan afectar la salud de trabajadores o poner en riesgo la salud de las personas.

    Ley Nº 16.744, de 1968. Ministerio del Trabajo. Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

    Declara obligatorio el Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además de establecer qué se entiende por accidente del trabajo y enfermedad profesional y la obligación de contar con comités paritarios de higiene y seguridad.

    Durante la etapa de construcción y la de operación, el Titular dará cuenta oportunamente de las cotizaciones correspondientes al Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además de mantener al día los reglamentos internos de higiene y seguridad en el trabajo.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1989, Ministerio de Salud. Establece materias que requieren autorización sanitaria expresa.

    Establece la obligación de contar con autorización sanitaria expresa para obras destinadas al tratamiento de disposición final de aguas servidas, para la instalación de todo lugar de acumulación de basuras y desperdicios de cualquier clase.

    El Titular solicitará la autorización sanitaria expresa por concepto de las actividades señaladas.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2003, Ministerio del Trabajo. Código del Trabajo.

    Establece medidas que el empleador debe adoptar para proteger la vida y salud de los trabajadores.

    El Titular exigirá a los contratistas que se adopten todas las medidas tendientes a proteger la vida y salud de los trabajadores. Lo anterior se hará contractualmente y por vía de capacitaciones e implementación de elementos de seguridad necesarios.

    Decreto Supremo N°18, de 1982. Ministerio de Salud. Establece normas y exigencias de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales.

    Establece exigencias a cumplir para elementos de protección de los trabajadores en faenas de construcción y operación del Proyecto.

    El Titular exigirá que los elementos de protección personal que el contratista proporcione a los trabajadores cumplan con las normas y exigencias de calidad establecidas, además de que sean certificados.  Lo anterior, quedará debidamente establecido en los contratos respectivos.

    Decreto Supremo Nº 40, de 1969. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Aprueba Reglamento Sobre Prevención de Riesgos Profesionales.

    Establece normas sobre el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales. Del mismo modo establece normas de organización, calidad y eficiencia de actividades de prevención, seguridad e higiene del trabajo.

    El Titular se compromete a cumplir la exigencia en materia del seguro social de riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Las instalaciones y faenas estarán dotadas de los implementos necesarios para la adecuada prevención de accidentes y de elementos de seguridad para todo el personal.

    Ley N° 18.290, Ministerio de Justicia. Ley de Tránsito.

    Establece pesos máximos para el transporte de cargas y forma de asegurarlas.

    El Titular adoptará todas las medidas necesarias para no sobrepasar los pesos establecidos así como para asegurar debidamente las cargas.

    Decreto con Fuerza de Ley N° 850/98, Ministerio de Obras Públicas. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 y D.F.L. N° 260/60 sobre construcción y conservación de caminos.

    Establece la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso que indica.

    El Titular cumplirá con la prohibición en los términos establecidos e instruirá a los transportistas para cumplirla.

    Decreto Supremo N° 158/80. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Fija el peso máximo de vehículos para circular en caminos públicos.

    El Titular cumplirá respetando los pesos establecidos e instruirá a los contratistas al respecto.

    Decreto Supremo Nº 200, de 1993. Ministerio de Obras Públicas. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en Las Vías Urbanas Del País.

    Los peso máximos permitidos a los vehículos de cualquier tipo para circular por las vías urbanas del país remitiendose a los fijados en el artículo 2° del D.S. N° 158, de 1980 del Ministerio de Obras Públicas.

    Todos los vehículos utilizados en el Proyecto estarán dentro de los pesos establecidos por la norma, de acuerdo al D.S. N° 158 de 1980 del Ministerio de OO.PP. a la cual se remite y que regula la circulación en base al eje y rodado de cada tipo de vehículo.

    Decreto Supremo N° 75/87, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

    Establece condiciones para el transporte de sustancias y materiales que indica de modo de evitar su escurrimiento y dispersión por el suelo.

    El Titular dispondrá que el transporte de materiales que emitan polvo se realicen con una lona especial con el objeto de evitar dichas emisiones.

    Decreto Exento N°A 408, de 1988 y sus modificaciones, Municipalidad de Linares. Ordenanza General del Tránsito en la comuna.

    Norma que tiene por objeto regular el tránsito, estacionamiento de vehículos y señalizaciones en la comuna que indica.

    El Titular tomará todas las medidas para asegurar que el tránsito de todos los vehículos que se utilicen sea haga respetando las normas y señalizaciones comunales del transito, para esto se instruirá a los contratistas y subcontratistas, lo que se establecerá en los contratos respectivos.

    Decreto Exento N° 101, de 2004, Municipalidad de Linares. Ordenanza de Caminos Turísticos de Linares.

    Declara los caminos públicos de interés turístico y establece disposiciones de aseo, mantención y presentación de los mismos.

    Manda  a presentar previamente la señalética que se instale en estos caminos a aprobación de la Dirección de Obras Municipales

    El Titular tomará las medidas para que sus dependientes, contratistas y subcontratistas no boten basura y mantengan libre de contaminación los caminos. En caso de tener que instalarse señalética en estos caminos se solicitará la autorización prescrita a la autoridad correspondiente.

    Decreto Exento N° 1.581, de 2006. Municipalidad de Linares. Ordenanza de Aseo de la comuna de Linares.

    Norma que regula la limpieza, aseo y recolección y almacenamiento de basuras en la comuna. También prohíbe el aseo o reparación de vehículos, especialmente respecto de los pesados, en la vía pública.

    El Titular tomará las medidas para que sus dependientes, contratistas y subcontratistas no boten basura, desperdicios u otros desechos. El transporte de materiales será hecho con capas cobertoras que impidan la diseminación u derrame de materiales. Se establecerán medidas para el cumplimento de la norma en los contratos respectivos.

    Decreto Supremo N° 298, de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos

    Establece condiciones para el transporte de cargas peligrosas  que representen riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente.

    El Proyecto cumplirá con todas las medidas contempladas para el transporte de estas sustancias, especialmente en cuanto al transporte de combustibles.

    Resolución exenta N° 610/82, Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas (hoy SEC)

    Prohíbe el uso de binefilos policlorados como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico.

    El Proyecto no contempla la utilización de componentes que puedan contener estos elementos. De todas maneras exigirá a sus contratistas que no se utilicen productos o elementos que puedan contener PCBs.

    Decreto Supremo N° 656, de 2000, Ministerio de Salud. Prohíbe el uso de asbesto en productos que indica.

    Prohíbe el uso de asbesto en productos que indica. No obstante establece posibilidad de solicitar autorización a la autoridad sanitaria.

    El Proyecto no contempla el uso de las sustancias descritas en la norma. Igualmente exigirá a los contratistas no utilizar productos que contengan asbesto.

    Norma Chilena N° 382 Of. 2004, Instituto Nacional de Normalización.

    Clasifica sustancias peligrosas en clase y división, las ordena en dos listas y las clasifica de acuerdo al riesgo que significan.

    El Titular cumplirá con la norma estableciendo las clasificaciones correspondientes en virtud de lo determinado en la norma.

    Decreto Supremo N° 160/2008 Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, que derogó el D.S. Nº  379, de 1985, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados de petróleo, destinados a consumo propio.

    Reglamenta los requerimientos mínimos de seguridad para el almacenamiento de combustibles líquidos .

    El Proyecto contempla la instalación de estanques de almacenamiento de combustible en instalaciones de faenas, los cuales cumplirán con todas las disposiciones del decreto en cuestión que les sean aplicables.

    Decreto Supremo N° 160/2008 Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, que derogó el Decreto Supremo N° 90, de 1996, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba reglamento de seguridad para almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados de petróleo.

    Fija requerimientos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos .

    El surtidor principal de combustible estará a cargo de un distribuidor autorizado, quien llevará hasta la obra todas las instalaciones necesarias para el abastecimiento del combustible (sistema de suministro en planta). Se exigirá a este contratista el cumplimento de los requerimientos del decreto en cuestión.

     

    Ley N° 17.798, de 1972, Ministerio de Defensa Nacional. Ley de control de armas.

    Se establecen disposiciones para el manejo de explosivos y permisos específicos de la autoridad, a la que se le encarga la supervigilancia y control de explosivos y elementos similares que indica (DGMN)

    El Titular cumplirá con las disposiciones legales con respecto a la manipulación de explosivos y solicitará la autorización correspondiente.

    Decreto Supremo N° 83, de 2007. Ministerio de Defensa Nacional. Reglamento sobre control de Armas y Elementos Similares.

    Somete a control que indica el reglamento a todos los explosivos, elementos auxiliares de tronaduras o explosiones y las instalaciones temporales o definitivas utilizadas o destinadas al uso de almacenes, polvorines, etc. Se otorga a la DGMN la facultad de autorizar el transporte, distribución y almacenamiento de estos elementos y a llevar un registro de los mismos.

    El Titular adoptará todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a la normativa relativa a la manipulación de explosivos. Se dará cumplimiento a todas las medidas de seguridad requeridas, en particular con respecto a las distancias exigidas para los polvorines con respecto a las instalaciones de faenas y frentes de trabajo.

    Decreto Supremo Nº 77, de 1982. Ministerio de Obras Públicas. Aprueba Reglamento Complementario de la Ley N° 17.798, que establece el Control de Armas y Explosivos.

    Se completan las disposiciones de la Ley 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos

    El Titular solicitará los permisos que ella establece en lo referido a la instalación de los polvorines. Dará asimismo las facilidades para que la autoridad pueda tener acceso a las instalaciones de manera de fiscalizar el adecuado cumplimiento de la norma y de los estándares de seguridad asociados.

    Norma Chilena N° 2.190 Of. 2003. Instituto Nacional de Normalización. Sustancias peligrosas-marcas para información de riesgos.

    Establece requisitos de los distintivos de seguridad con que se deben identificar a este tipo de sustancias peligrosas.

    El Proyecto adoptará todas las medidas necesarias para cumplir con los requisitos de los distintivos de seguridad para identificar los riesgos de las sustancias peligrosas.

    Norma Chilena NCh 2120 de 2004. Instituto Nacional de Normalización. Actualiza clasificación y listado de sustancias peligrosas.

    Se establece 9 clases distintas de sustancias consideradas como peligrosas y las ordena de acuerdo a su naturaleza, señalando para cada clase un listado de sustancias. Dentro de esta clasificación encontramos las sustancias clase 1 que se refieren a los Explosivos señalando sus partes, composiciones, divisiones, grupos de compatibilidad y un listado de ellas.

     

    El manejo y utilización de sustancia peligrosos en el marco de Proyecto se realizará siempre respetando los estándares establecidos de manera de evitar todo tipo de riesgos asociados. En particular, quedan sujetos a tales disposiciones los combustibles (sustancias inflamables) y los explosivos (sustancias explosivas). Se tendrá en consideración sus disposiciones en temas tales como compatibilidad y se dará total cumplimiento a sus exigencias específicas.

    Resolución Ex. N° 303, de 23 de Febrero de 2007, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Subsecretaría de Pesca. Establece veda extractiva para especies que indica

    Establece veda extractiva para 16 especies de peces de agua dulce nativos por un período de cinco años en las aguas terrestres de todo el territorio nacional, con el fin de asegurar su conservación.

     

    Asimismo se prohíbe la tenencia, posesión, transporte, desembarque, elaboración o cualquier proceso de transformación, así como la comercialización o almacenamiento, respecto de los recursos individualizados en el numeral anterior, sea de ejemplares enteros o partes de éstos.

     

    Las especies Diplomystes nahuelbutaensis, Trichomycterus areolatus, Bullockia maldonadoi, Percilia gillissi y Nematogermys inermis corresponden a peces que fueron encontrados en las campañas en terreno, y que además de encontrarse en alguna categoría de conservación, están incluidas en la Resolución N° 303.

     

    La Ley General de Pesca y Acuicultura define Veda extractiva como la prohibición de captura o extracción en un área específica por motivos de conservación.

     

    En el Proyecto no se contempla extraer las especies que se indican.

     

     Fuente: Elaboración Hidroeléctrica Centinela.

     

    Adicionalmente se deberá tener presente la siguiente normativa:

    ·                     D.S. 4188/1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

    ·                     D.S. 1261/1957, del Ministerio del Interior, aprobatorio de la Norma NSEG 6 E.n. 71. Electricidad. “Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.

    ·                     D.S.115/2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCh Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de1984".

    ·                     Norma NCh Elec 10/1984. Electricidad. “Trámite para la puesta en servicio de una instalación interior”.      

     

     

  11. Que con relación al cumplimiento de los requisitos y normas ambientales aplicables al proyecto, y teniendo presente los diversos antecedentes agregados al expediente de evaluación respectivo, puede concluirse que la ejecución del proyecto requiere de los siguientes permisos de carácter ambiental contemplados en el Título VII del actual Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto Supremo Nº 95, del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia:

     
    11.1.       Artículo 76.-      Permiso para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontoló­gico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueoló­gicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación (ver Anexo D del EIA).  
     
    11.2       Artículo 91.-      Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario (ver Anexo E del EIA).
     
    11.3.      Artículo 93.-  Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de trata­miento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario (ver Anexo F del EIA).
     
    11.4.      Artículo 94.-      Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (ver Anexo G del EIA).
     
    11.5.      Artículo 95.-      Permiso para realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental, a que se refiere el Título VII de la Ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.S. Nº 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (ver Anexo H del EIA).
     
    11.6.      Artículo 96.-     Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (ver Anexo I del EIA).   Las superficies afectas a cambio de uso de suelo (CUS) serán:
    Resumen de ocupación del suelo

    Rol Predio
    Superficie total del predio (ha)*
    Obra y/o instalaciones
    Superficie afecta a CUS (ha)
    % de   afectación
    200-6
    2.316,9
    Casa de máquinas El Castillo
    0,546
    0, 0023
    554-17 (M)
    6,40
    Casa de máquinas Centinela
    0,918
    1,43

    * Superficie obtenida en forma planimétrica.
     
    El Titular compensará la pérdida de suelo agrícola con 2,5 hectáreas (ver Adenda Nº3).   La propuesta de sitios potenciales y su presentación definitiva deberán ser presentados y estar sujetos a la aprobación de la auotidad ambiental.
     
    11.7.      Artículo 99.-      Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza (ver punto 8.2.2.2 y Anexo J del EIA, observación 7.4 , 3.1 y 8.2 del Adenda N° 2, y observación 3.1 del Adenda Nº 3).
     
    11.8.      Artículo 101.-     Permiso para la construcción de las obras a que se refiere el artículo 294 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas (ver Anexo K, Capítulo 4 del Anexo 8 “Complemento al Permiso Ambiental Sectorial Artículo 101”, Capítulo 5 del Anexo 8 “Complemento al Permiso Ambiental Sectorial Artículo 101”, y Anexo XX en el Capítulo 6 del Anexo 8 “Complemento al Permiso Ambiental Sectorial Artículo 101”, todos del EIA).
     
    11.9.      Artículo 102.-    Permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1.
     
    11.10.     Artículo 106.-    Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas (ver Anexo M del EIA y Anexo 9 del Adenda 1)..

     

     

  12. Que, de acuerdo a los antecedentes y documentos contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto, esta Comisión Regional del Medio Ambiente estima que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, y se hace cargo apropiadamente de los efectos, características y circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300.

     

     

  13. Que, esta Comisión Regional del Medio Ambiente sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
  14. Que, con relación a la identificación de impactos ambientales no previstos en el proceso de evaluación ambiental del proyecto, el Titular deberá informar oportunamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo las acciones, o medidas ambientales, necesarias para mitigarlos, repararlos y/o compensarlos, según corresponda, para hacerse cargo de las mismas. La información a esta Comisión Regional del Medio Ambiente deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido él o los impactos ambientales.

  15. Que el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adenda, el Informe Consolidado de la Evaluación y el expediente público, en lo que no sea contradictorio con lo que aquí se resuelve, se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución; por lo tanto, todas las medidas y acciones de gestión ambiental señaladas en dichos documentos, se consideran asumidas por el Titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y/o en lo que no fuere modificado por la presente Resolución.

     

  16. Que si bien el Plan de Seguimiento Ambiental estipulado en la presente Resolución, permitirán corroborar que las variables ambientales relevantes afectadas por el proyecto, evolucionen según la documentación que forma parte de la evaluación respectiva, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule podrá solicitar, cuando existieren antecedentes fundados para ello, monitoreos, análisis y mediciones adicionales a los establecidos en el Estudio de Impacto Ambiental, sus Adenda, y la presente Resolución, o la modificación de sus frecuencias o demás características.  

     

  17. Que, el Titular del proyecto deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule, oportunamente y previo a su ejecución, del inicio de las obras y/o actividades de cada una de las etapas del proyecto. Además, deberá informar cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el art.8 de la Ley N°19.300 y del art. 2 literal d) del Reglamento del SEIA.

     

     

  18. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule, los cambios de Titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto.

  19. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

     

     

  20. Que la fiscalización del cumplimiento de las normas y condiciones sobre la base de los cuales se aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, corresponderá a los Órganos de la Administración del Estado que en uso de sus facultades participan en el sistema de evaluación de impacto ambiental, y que el Titular deberá facilitar la labor fiscalizadora.

     

     

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO", presentado por Hidroeléctrica Centinela Limitada, condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

  2. CERTIFICAR que el proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO", de Hidroeléctrica Centinela Limitada, en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos 76, 91, 93, 94, 95, 96, 99, 101, 102 y 106, del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.

  3. DEJAR constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N° 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 y 15 días hábiles respectivamente, contados desde la notificación de la presente resolución, para ante el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

Notifíquese y Archívese





Rodrigo Galilea Vial
Intendente
Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la
Región del Maule




Tomás Irarrázaval Molina
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión Regional del Medio Ambiente de la
Región del Maule




TIM/PCT

Distribución:
  • Pablo Lois Varela
  • Corporación Nacional Forestal CONAF, Región del Maule
  • Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule
  • Dirección General de Aguas, Región del Maule
  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule
  • Gobernación Provincial de Linares
  • Ilustre Municipalidad de Linares
  • Ilustre Municipalidad de Longaví
  • SEREMI de Agricultura, Región del Maule
  • Seremi de Bienes Nacionales, Región del Maule
  • SEREMI de Salud, Región del Maule
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
  • SEREMI MOP, Región del Maule
  • Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
  • Servicio Nacional de Pesca,SERNAPESCA, Región del Maule
  • Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
  • Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Ministerio de Energía
  • Subsecretaría de Pesca
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Proyecto hidroeléctrico ACHIBUENO "
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=41/33/5e6f10426d1e2134cc93ecfd5b9436ce2d9e


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