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Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal "

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

 

1.1. Antecedentes del Titular

 

Titular: Pacific Hydro Chacayes S.A.

Rut: 76006855-1

Domicilio: Edificio Mapfre, Avenida Isidora Goyenechea 3520.

Representante Legal: Camilo Charme Ackermann.

Rut: 12629786-6

Domicilio: Edificio Mapfre, Avenida Isidora Goyenechea 3520.

 

1.2. Ubicación

 

El Proyecto se ubicará en la VI Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Provincia de Cachapoal, comuna de Machalí, en las cercanías de la localidad de Coya. El trazado se iniciará en la Central Hidroeléctrica Coya y se emplazará en dirección oeste - este hacia la subestación Tap-Off Pangal. Las coordenadas geográficas se detallan en la tabla Nº 1 “Vértices del Trazado” de la Declaración de Impacto Ambiental.

 

1.3. Monto de Inversión

 

El monto estimado de inversión será de USD 170.000.

 

1.4. Vida Útil

 

El proyecto tendrá una vida útil de 30 años.

 

1.5. Mano de Obra

 

El proyecto considerará una mano de obra de 10 personas.

 

1.6. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

 

El Proyecto se divide en un tramo existente y otro nuevo. Respecto del tramo existente y que contempla cerca de 67 estructuras, no será necesaria la intervención adicional porque los trabajos de optimización se relacionan con el reemplazo de partes y piezas que actualmente se encuentran montadas en las mismas estructuras.

 

Respecto del tramo nuevo, se contemplará un estimado de 18 estructuras nuevas que reemplazarán las estructuras existentes para evitar su paso por el sector poblado El Álamo. Estas estructuras nuevas para su montaje requerirán de una superficie de intervención que variará entre 1,5 y 2,5 m2, dependiendo del tipo de poste. Adicionalmente se requerirá de un área de trabajo por cada poste de 100 m2. dado lo anterior, la superficie de intervención del Proyecto no excederá los 2.000 m2.

1.7. Descripción del proyecto

 

1.7.1 Antecedentes y Justificación del proyecto

 

La Línea de Transmisión Eléctrica (LdT) en 23 kV, que se emplaza entre lo que hoy se conoce como Subestación (S/E) Tap Off Pangal y la Central Coya tiene una extensión aproximada de 7 km y atraviesa un sector poblado denominado El Álamo.

 

La Línea de Transmisión Eléctrica posee un estándar muy antiguo en relación a las tecnologías disponibles a la fecha. En función de esa realidad, del objetivo de aumentar la seguridad hacia las personas, del suministro eléctrico que el titular provee a sus clientes y para dar mayor seguridad en el eventual respaldo del suministro asociado a la construcción de la Central Hidroeléctrica Chacayes, se presentó el Proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal”.

 

El proyecto consiste en la optimización y mejora del actual trazado de la LdT 23 kV, existente entre la Central Coya y la S/E Tap-Off Pangal, el que considerará lo siguiente:

 

● Aumento de tensión de 23 kV a 66 kV de toda la Línea.

● Mejoramiento de la infraestructura existente en el tramo 1 o existente entre la S/E Tap Off Pangal y el Vértice 75.

● Construcción de un nuevo trazado (tramo 2) entre el Vértice 75 y la Central Coya.

 

De esta forma, todo el trazado estará energizado en 66 kV, evitando el paso de la línea energizada por el sector poblado de El Álamo. Además, en este mismo sector se desmantelarán y retirarán los conductores actuales, los que poseen una extensión total cercana a los 600 m. En este sector solo permanecerán los postes de concreto en donde se mantendrá la fibra óptica existente y que permitirá establecer un enlace de comunicaciones con servicios de voz y datos entre las diversas dependencias de Pacific Hydro, y el soporte asociado a la postación de alumbrado público.

 

De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el Proyecto ingresa al SEIA, según lo establecido en el artículo 10 letra b) de la Ley, que indica “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes:

 

…b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones;…”

 

El Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental identifica como proyecto susceptible de causar impacto ambiental y someterse al SEIA en su Artículo 3 letra b), a las líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. Se entiende por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

 

1.7.2 Obras y Alcances del Proyecto

 

La LdT tendrá una longitud total de 7.385 m, la que se iniciará en la subestación Tap-Off Pangal y finalizará en la Central Coya. De la longitud total, 5.685 m corresponderán a una línea existente y 1.700 m a un trazado nuevo, los que se desglosarán a continuación.

 

a) Tramo 1: Corresponderá al tramo de línea existente; es decir, entre la Subestación Tap-Off Pangal (Vértice 1) y el Vértice 75. Los 5.685 m de este tramo, corresponden a una LdT existente que actualmente opera en 23 kV y en donde sólo se considerará el aumento de tensión a 66 kV.

 

b) Tramo 2: Tramo nuevo que se construirá entre el vértice 75 y la Central Coya. Dado lo anterior, se podrá operar toda la línea en 66 kV de forma segura y en un estándar acorde a la tecnología disponible actualmente.

 

El titular posee los derechos de servidumbre, tanto para el trazado existente como para el trazado nuevo. Respecto de este último, el trazado de la Línea se emplazará en la franja de servidumbre asociada a la tubería de aducción existente de la central Coya.

 

Las características generales de la Línea de Transmisión Eléctrica serán las siguientes:

 

Estructuras

 

El Tramo 1 existente cuenta con 67 estructuras de tipo poste de hormigón de 18 m de altura separadas entre sí por 70 m.

 

El Tramo 2 estará compuesto por 18 estructuras de 18 m de altura y separadas entre sí, por una distancia estimada en 70 m, aproximadamente. Las estructuras serán de tipo poste de hormigón y con una altura máxima de los conductores de 6,6 m.

 

Del total de las estructuras (85), en promedio 75 corresponderán a estructuras de suspensión, 5 a estructuras de anclaje y 5 a estructuras de anclaje y remate.

 

El proyecto no requerirá aumentar la sección del conductor ya que el que actualmente se encuentra instalado, tiene la capacidad de transmisión en 66 kV, por lo que un estudio de estabilidad de las estructuras antiguas no es necesario, debido a que el proyecto no implicará aumentar el peso que las estructuras deben soportar. Además, en el tramo existente sólo se considerará el reemplazo de los aisladores. Los que actualmente existen son de cerámica mientras que los aisladores nuevos que se instalarán serán de polímeros; por lo tanto, estos aisladores tendrán un peso menor a los existentes. En consecuencia las estructuras estarán sometidas a menor peso, no poniendo en riesgo la estabilidad de las mismas.

 

Cruce de Ríos, Esteros, Canales y Caminos

 

El trazado considerará un total de 2 atraviesos, que partiendo desde la subestación Tap Off Pangal hacia la Central Coya, serán los siguientes:

 

- Vértice 71 a Vértice 72. Corresponderá a la Ruta H-265 entre Coya y el puente Chacayes.

- Vértice 83 a Vértice 84. Cruce Río Cachapoal, sector Coya.

 

Conductores

 

Serán elementos de metal que conducirán la energía de un extremo al otro de la LdT. Serán de una aleación de aluminio reforzado con acero ACSR de nombre de código Hawk, con un diámetro de 21,79 mm. Las características serán las siguientes:

 

CONDUCTOR

ACSR HAWK

UNIDAD

Sección

281

mm²

Diámetro

21,79

mm

Resistencia a 25º C y 50 Hz

0,12

ohms/km

C.V. Resistencia Temporal del material a 25º C

0,00379

1/ºC

Velocidad del viento

0,61

m/s

Altura sobre el nivel del mar

1.000

m

Coeficiente de emisividad del sol

0,50

 

Radiación solar

0,1

Watt/mm²

Nivel de tensión entre líneas

66

KV

 

Crucetas

 

Será la estructura que soporta y sujeta directamente a los conductores, proporcionando la separación lateral al cuerpo principal de la estructura de hormigón. El proyecto empleará crucetas metálicas.

 

Instalación de Faenas

 

Se considerará una instalación de faena cuyo emplazamiento estará en el interior de la Central Coya y en el Patio Hidráulico.

 

Excavaciones

 

Las estructuras de hormigón o postes, se apoyarán en su propio centro de gravedad y en tirantes de apoyo, por lo que sólo requerirá de una excavación menor y para su montaje una superficie de intervención que variará entre 1,5 y 2,5 m², dependiendo del tipo de poste. Adicionalmente se requerirá de un área de trabajo por cada poste de 100 m².

 

Aisladores

 

Se emplearán aisladores de disco del tipo suspensión, con acoplamiento bola y rótula (ball and socket) y aisladores del tipo Line-Post poliméricos. Se agregarán aisladores en las cadenas para minimizar el cambio de aisladores ante la eventualidad de que alguno de ellos falle.

 

Franja de seguridad

 

Conforme a lo establecido en la Norma Técnica NSEG 5 E.E.n 71 de la SEC, la franja de seguridad será de 20 m totales.

 

Distancia al suelo

 

Las distancias mínimas admisibles de los conductores al suelo, medidas verticalmente, se encuentran establecidas por la norma NSEG.5 E.n.71 “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”. Para el nuevo trazado, la distancia mínima del conductor al suelo varía. En las zonas poco transitables será de 6,4 m, mientras que en cruce de caminos secundarios o sin pavimentar será de 6,9 m.

 

Puestas a tierra

 

La malla de puesta a tierra de cada una de las estructuras será con pletina de acero galvanizado y estará ubicada a una profundidad mínima de 150 cm50 mm).

 

1.7.3 Etapas del Proyecto

 

1.7.3.1 Etapa de Construcción

 

Las obras de construcción tendrán una duración de 3 meses y las actividades serán las siguientes:

 

a) Asignación empresa contratista

 

La ejecución de las obras será contratada a una empresa especializada en el montaje y construcción de este tipo de proyectos, la que contará con mano de obra especializada con distintos grados de calificación, según las labores necesarias para ejecutar el Proyecto. Sobre la base de experiencia en proyectos anteriores, la mano de obra requerida, será de 10 personas para los 2 meses de mayor demanda, y el resto del tiempo será de 5 personas por mes.

 

b) Compra de bienes y contratación de servicios

 

Respecto a la compra de bienes e insumos, el titular adjudicará la construcción de las obras, y subcontratará a empresas especializadas y que posean las autorizaciones respectivas, los servicios asociados a la ejecución del Proyecto, tales como el suministro y mantenimiento de baños químicos, el soporte computacional, la seguridad, el transporte de personal, las telecomunicaciones, el retiro y disposición de residuos industriales, entre otros.

 

c) Instalación y operación de faenas

 

El Proyecto no considerará la instalación de campamentos ni otro tipo de instalaciones para alojamiento y vivienda del personal, debido a su cercanía con centros poblados. Para ello, se dispondrá de movilización diaria para los trabajadores desde los lugares de alojamiento a los frentes de trabajo.

 

d) Frentes de trabajo

 

En la construcción y optimización de la LdT habrá frentes de trabajo que se desplazarán según se vaya avanzando en la ejecución de labores de construcción y montaje. Cada frente de trabajo tendrá diferentes cuadrillas trabajando en labores de excavación, montaje de conductores y aisladores. Para la construcción de la línea, la cantidad de frentes de trabajo operando en forma simultánea será de 3.

 

Las cuadrillas que habrá serán las siguientes:

 

- Topografía

- Corta y despeje de vegetación, cuando corresponda

- Excavación

- Relleno Compactado

- Construcción de fundaciones, cuando corresponda

- Hormigonado cuando corresponda

- Montaje de estructuras

- Montaje de aisladores

- Tendido de Conductores

- Templado de conductores

- Pruebas y puesta en servicio

- Limpieza y cierre de faenas.

 

El personal será transportado diariamente a los frentes de trabajo vía terrestre, ya sea por camionetas o por minibuses.

 

Todos los materiales y equipos de trabajo menores, relacionados con la línea, serán transportados diariamente desde y hacia los frentes de trabajo, por lo que no habrá personal pernoctando en éstos.

 

Los equipos, materiales y elementos mayores y menores, se almacenarán en la Instalación de Faenas, en el interior de la Central Coya y el sector denominado Patio Hidráulico, ambas instalaciones tendrán personal de seguridad durante las 24 horas del día.

 

Los frentes de trabajo relacionados con la línea desarrollarán sus faenas dentro del área de servidumbre, en una faja de 20 m de ancho (10 metros a cada lado del eje central de la línea).

 

e) Transporte de materiales

 

El transporte de los materiales se efectuará desde los lugares de venta o almacenamiento hasta los frentes de trabajo. Para estos efectos, se hará uso de la red de vialidad existente, utilizándose principalmente camiones y camionetas, los cuales contarán con todos los elementos de seguridad y cumplirán con las disposiciones sobre transporte de materiales señaladas por la ley.

 

f) Transporte de personal

 

El transporte diario del personal (al inicio y término de la jornada de trabajo) se efectuará por medio de camionetas y minibuses, tanto en las instalaciones de faenas como en los frentes de faenas.

 

g) Corta y despeje de vegetación

 

Para la ejecución del proyecto no será necesario cortar bosque como tampoco se intervendrán especies en categoría de conservación. Respecto a la altura máxima de la vegetación dentro de la faja de servidumbre, se podará y despejará la vegetación en los sectores donde la diferencia entre la altura de copa y los conductores de la Línea sea del orden o mayor a los 4 m. De esta forma, se respetará la normativa eléctrica y no se intervendrán los sectores en los que la vegetación no afecte la seguridad de la línea.

 

h) Construcción de huellas de acceso a las estructuras

 

Para el acceso a los predios en donde se ejecutarán las distintas obras del Proyecto, se utilizarán caminos y huellas existentes, de uso público o particular. En la mayoría de los casos se utilizará la faja de servidumbre de la línea para acceder a los postes. El objetivo principal de ellos será el acceso para las actividades de construcción y para la mantención de la línea durante la etapa de operación.

 

i) Tendido de conductores.

 

Para el tendido de conductores entre los postes, se elegirán puntos cercanos a los postes de anclaje, dentro de la faja de servidumbre. En estos puntos se instalarán los equipos que se requieren para el tendido, como el porta carrete y los carretes para el conductor, los huinches y los frenos. Posteriormente se seguirá el siguiente procedimiento para el tendido de los cables:

 

● Se instalarán estructuras de madera en cada intersección de la línea con caminos (públicos y privados) y cursos de agua (sector Coya, cruce río Cachapoal), los cuales ayudarán a elevar los conductores a una altura tal, que no se interrumpa el servicio que presta dicha infraestructura.

 

● Se instalarán en las estructuras, los conjuntos de suspensión y de anclaje, los cuales tendrán poleas en sus extremos, por donde pasará el conductor. Instalados los conjuntos, se pasará un cable guía por las poleas, desde el huinche al freno, donde se une al conductor;

 

● Se tenderá el conductor por medio de un huinche. Con el freno, se controlará la tensión del conductor. Una vez que el conductor se haya tendido entre los postes, se procederá a tensarlo. La distancia del conductor al suelo será verificada por personal de topografía.

 

● Se fijarán mecánicamente los conductores a las cadenas de suspensión y de anclaje (engrampado), para luego instalar los accesorios, como los amortiguadores de vibración en los cables y las balizas para tráfico aéreo cuando corresponda.

 

j) Retiro de la línea existente (conductores)

 

En el sector El Álamo se retirará el conductor en una longitud de 600 m. Para ello, se efectuarán las siguientes actividades:

 

- Desconexión de la línea

- Retiro de los conductores

- Transporte de materiales

- Limpieza general

 

k) Limpieza de los frentes de trabajo y retiro de las instalaciones de construcción

 

Una vez concluida la etapa de construcción del Proyecto, se ejecutarán las acciones de limpieza de los frentes de trabajo y el retiro de las instalaciones de construcción a través de un plan establecido al respecto.

 

l) Conexión y pruebas de energización

 

Antes de la puesta en operación de la línea se realizarán pruebas sin energía que aseguren una correcta y segura energización. En esta etapa, se corregirán los eventuales desperfectos de funcionamiento, dejando las instalaciones aptas para entrar en operación. Antes de energizar cualquier equipo, se efectuarán las siguientes verificaciones:

 

- Verificación de la adecuada aislación de las interconexiones entre equipos y de los circuitos primarios de la fuente de alimentación de los equipos.

 

- Verificación de la polaridad en equipos alimentados con corriente continua.

 

- Verificación para que las fuentes de alimentación de los equipos tengan los puentes adecuados para la tensión con la cual trabajarán.

 

- Verificación de la sección adecuada de los cables.

 

- Verificación de la conexión a tierra de los equipos.

 

- Verificación para que la malla de puesta a tierra de las salas de comando, estructuras, y en las casetas de control y malla general de la subestación estén debidamente interconectadas. En ningún caso se podrán energizar los equipos si dicha conexión no existe. Finalmente, se realizará la puesta en servicio de todos los equipos y de las instalaciones completas asociadas al proyecto

 

Cabe destacar que finalizada la etapa de construcción y posterior operación, el Proyecto deberá contar con la aprobación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), al igual que con todo el resto de la normativa que le sea aplicable.

 

1.7.3.2 Etapa de Operación

 

El mantenimiento de la LdT considerará las siguientes actividades:

 

a) Operación

 

Durante la etapa de operación, el Proyecto transmitirá energía eléctrica de forma continua desde la Central Coya hasta el Tap Off Pangal. La puesta en servicio de las obras será comunicada en forma previa por el Titular a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de acuerdo al D.F.L. Nº 4/20.018 de 2007, Ley General de Servicios Eléctricos, y al D.S. N° 327/98, Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.

 

b) Mantenciones y reparaciones de emergencia

 

b.1) Mantenimiento preventivo básico

 

El mantenimiento preventivo básico o menor de las líneas eléctricas considerará el lavado de aisladores con línea energizada, inspección visual de estructuras y de los conjuntos de suspensión y de anclaje de las torres y cadenas de aisladores, mediciones de termografía, verificación y mantenimiento de pinturas. Estas inspecciones tendrán por objetivo detectar posibles fallas en los materiales, así como activación de procesos erosivos en las bases de las estructuras metálicas y huellas de acceso a las estructuras, que afectarán la estabilidad de las estructuras y la continuidad del servicio de la obra.

 

Para la inspección de aisladores y estructuras a lo largo de toda la línea, se efectuará a través de inspección pedestre y vehicular con frecuencia variable. La medición de termografía se realizará al menos una vez por año, a lo largo de toda la línea. No se utilizará equipo mayor, eventualmente herramientas de mano y equipos de medición a distancia como el termo visor.

 

b.2) Mantenimiento correctivo programado

 

Este mantenimiento será de menor envergadura, estando basado en las anomalías detectadas en la inspección del mantenimiento preventivo básico y en situaciones en que los problemas no pudieran ser solucionados en esa ocasión.

 

b.3) Mantenimiento contra fallas

 

Corresponderá a reparaciones de las instalaciones tras fallas que comprometen la continuidad del servicio, de diversa envergadura según la anomalía producida, con programación de corto plazo después de producida la falla.

 

b.4) Reparaciones de emergencia (No Programadas, por Atentados o por Daños de la Naturaleza)

 

Las reparaciones de emergencia se efectuarán tras daños mayores, no predecibles, generalmente localizados en una torre o en otras estructuras o equipos. Las actividades de reparación podrán requerir uso de equipo mayor y de personal adecuado (2 cuadrillas de 4 personas), sin afectar a la propiedad ajena y en una zona limitada alrededor del sector afectado. Respecto de la posible caída de un poste se dispondrá de cuadrillas de acción de emergencia, las que harán uso de los materiales y equipos propios de la faena de construcción para reparar las torres caídas. Tampoco habrá daño a viviendas, por las distancias mínimas de protección exigidas por la legislación eléctrica vigente. Cabe destacar que una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos y los residuos domésticos, para ser depositadas en sitios autorizados para este efecto.

 

1.7.3.3 Etapa de Abandono

 

El Proyecto tendrá una vida útil de 30 años, la que podrá extenderse indefinidamente hasta la obsolescencia de la línea o la necesidad de su traslado por otros motivos. Si es necesario el abandono de la línea al término de su vida útil o antes, todos los equipos, cables y estructuras serán retirados. Previo al abandono el titular presentará a la autoridad ambiental un plan con un detalle de las actividades a realizar.

 

1.7.4 Suministros

 

A continuación se detallan los suministros necesarios y los servicios que se utilizarán para la ejecución del Proyecto. Cabe destacar que esta descripción corresponde a la etapa de construcción, debido a que durante las etapas de operación y eventualmente de cierre y abandono, la cantidad de insumos y servicios requeridos serán mínimos.

 

● Mano de Obra

 

La mano de obra requerida será de 10 personas para los dos meses de mayor demanda y el resto del tiempo será de 5 personas por mes.

 

● Maquinaria y Equipos

 

En la siguiente tabla se detalla la cantidad de vehículos y maquinaria que operará durante la construcción del proyecto.

Tipo de Maquinaria

Cantidad

Camionetas 4x4

4

Camión pluma

1

Equipo de tendidos de cables

3

Minibús

1

Total de vehículos y maquinaria

9

 

● Materiales de Construcción

 

Todos los materiales de insumo para la construcción, tales como postes, cables y otros, serán provistos por el Contratista.

 

● Agua Potable

 

El suministro de agua potable a los trabajadores que se encuentren en los frentes y sectores de trabajo se realizará mediante la instalación diaria de dispensadores de 20 litros, sellados herméticamente y con una llave dosificadora, los que serán dispuestos en lugares bien señalados. Junto con los dispensadores habrá vasos plásticos. Dichos dispensadores serán provistos por una empresa especializada y autorizada por la Autoridad Sanitaria.           

 

● Alcantarillado

 

Debido a las características y envergadura de las obras y cantidad de trabajadores involucrados, se instalarán baños químicos en una proporción de 1 por cada 10 trabajadores, ubicados en los frentes de trabajo.

 

● Agua Industrial

 

En función de las características de la obra, no se requerirá de agua industrial.

 

● Suministro eléctrico

 

Se dispondrá de equipos electrógenos de respaldo en las áreas de instalación de faenas.

 

● Combustibles

 

Dado el bajo consumo de combustibles, no se contemplará la construcción de estanques en terreno.

 

● Mantención de Vehículos

 

La mantención de los vehículos de transporte de materiales y personal será realizada en lugares autorizados como servicentros de la comuna de Machalí y Rancagua, quedando una prohibición expresa de que bajo ninguna circunstancia será efectuado en sectores de faenas.

 

1.7.5 Accesos y vialidad

 

La principal vía de acceso a la zona del proyecto corresponderá a la Ruta H-25 Carretera del Cobre, Presidente Eduardo Frei Montalva, desde Rancagua al desvío a Coya. Desde el desvío, se utilizará la ruta H-265 que une Coya con Mina La Juanita (hacia Pangal).

 

La Ruta H-25 es pavimentada y de doble calzada. Posee buenas condiciones y está mantenida por la División El Teniente. Desde Coya hacia el proyecto, el camino es de ripio y posee un trazado paralelo al río Cachapoal por su ribera norte. Sólo las calles principales de Coya están pavimentadas. En el sector de El Álamo, el trazado de la LdT se emplazará paralelo a la tubería de aducción y a una calle pavimentada.

 

1.7.6 Instrumentos de Planificación Territorial

 

a) Plan Regulador Intercomunal de Rancagua

 

En forma reciente ha sido aprobado ambientalmente una modificación al Plan Regulador Intercomunal de Rancagua, en la cual se incluye la localidad de Coya dentro de su planificación. De acuerdo con la nueva ordenanza, el Proyecto atravesará por la Zona de Extensión Urbana -1 (ZE-1) y por el Área Rural de Restricción por Alta Pendiente (AR-2).

 

Las características de esta zona corresponden a las siguientes:

 

Zona ZE-1: Zona de Extensión Urbana 1

 

Corresponde a aquella área adyacente a la Zona Urbana Consolidada ZUC, que ha sido incorporada al límite urbano por un instrumento de planificación territorial de nivel comunal en proceso de elaboración o aprobación. En ella las condiciones específicas son las establecidas por dicho instrumento, sin perjuicio del cumplimiento de las normas señaladas para la ZUC en el Artículo 38. Hasta la entrada en vigencia de los planes reguladores comunales respectivos, las condiciones para esta área serán las establecidas en este artículo para la ZE-2, con carácter supletorio en virtud de lo señalado por el artículo 2.1.3 de la OGUC.

 

De acuerdo con lo anterior, esta zona se regirá por las condiciones del Plan Regulador Comunal de Machalí y Coya.

 

AR-2: Área Rural de Restricción por Alta Pendiente

 

Corresponde a sectores con pendientes superiores al 20 % sujetos a riesgos eventuales de remoción en masa, y los proyectos que se emplacen en ella deberán atenerse a las condiciones que señalen los organismos públicos que corresponda en virtud del Artículo 55 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), cuando proceda y cumplir con la normativa ambiental vigente. Asimismo, deberá cumplir con las condiciones señaladas en esta ordenanza para las instalaciones industriales molestas y peligrosas, e instalaciones de infraestructura sanitaria, transporte y energética, así como también en lo relativo a áreas de riesgo y áreas de protección natural y cultural, cuando proceda.

 

b) Plan Regulador Comunal

 

La zona de emplazamiento del proyecto estará condicionada por el Plan Regulador Comunal de Machalí y Coya, vigente mediante Decreto Nº 616 de 2007. El trazado del Proyecto recorrerá 4 tipo de zonas contenidas dentro de dicho instrumento de planificación territorial, las que se definen a continuación:

 

ZU-8 Zona Residencial 8

 

Esta zona corresponde a urbanizaciones residenciales en proceso de consolidación, de vivienda unifamiliar en baja densidad. En el presente caso corresponderá al sector de “El Álamo” en la localidad de Coya, en el área comprendida entre el camino El Álamo y la ribera norte del río Cachapoal. Está prohibido cualquier uso de infraestructura, a excepción de terminales de transporte. El trazado del la LdT proyectada atraviesa esta zona, desde el vértice o estructura Nº 75 a la 83, recorriendo un tramo de aproximadamente 400 m.

 

ZR-3 Zona de Restricción por Riesgo Asociado a Pendientes

 

Esta zona se refiere a aquellas áreas en que las fuertes pendientes y el tipo de sustrato generan condiciones potenciales de inestabilidad en las laderas, riesgos de aluviones y deslizamiento en masa, que hacen riesgosa la ocupación humana productiva o residencial. En esta área está prohibido el asentamiento urbano y edificaciones que no demuestren, por estudios técnicos específicos, que los riesgos se suprimen o no existen.

 

Localmente la ZR-3 se emplaza en ambas riberas del río Cachapoal. El trazado del proyecto considerará el cruce de dicho curso de agua, incorporando en su diseño todas las precauciones asociadas a los riesgos naturales propios del lugar. De esta forma, la LdT proyectada atravesará en 2 sectores esta unidad, en el tramo comprendido entre los vértices Nº 83 y 84 (50 m), y en torno al Nº 113 (20 m).

 

ZR-1 Zona de Restricción por Riesgo Hidrológico

 

Corresponde a las zonas que cubren la red del sistema hídrico en la comuna, cubriendo el área de cursos de aguas superficiales, las que se determinan según el ancho y volumen del caudal. El PRC señala respecto de la extensión de esta unidad que “podrá ser modificada mediante el desarrollo de Estudios de Ingeniería técnicamente representados con levantamientos topográficos y debidamente aprobados por la DOH del Ministerio de Obras Públicas previa presentación y aprobación ambiental del proyecto, de acuerdo al Reglamento del SEIA, Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, y específicamente en lo que refiere a la desafección o modificación de zonas del Plan Regulador”. La Ordenanza asociada al PRC no especifica el tipo de actividades prohibidas en esta unidad.

 

Con relación al proyecto, la unidad ZR-1 se ubica en el lecho del río Cachapoal, el cual será atravesado por la línea proyectada en un tramo comprendido entre los vértices Nº 83 y 84 (50 m), y en torno al Nº 113 (20 m).

 

ZU-2 Zona Residencial 2

 

Esta zona corresponde a la localización de instalaciones de infraestructura urbana, y de transporte que se detallan a continuación: Infraestructura Sanitaria, Eléctrica, de Comunicaciones y de Transporte Terrestre. Es una zona de uso exclusivo por lo que sólo permite edificaciones asociadas a los usos específicos, permitiéndose las instalaciones de viviendas de cuidadores y oficinas generales. Localmente, esta zona se encuentra presente sobre la ribera sur del río Cachapoal, siendo atravesada por la LdT proyectada en un tramo de aproximadamente 115 m, entre los vértices Nº 111 y 112.

 

El resto del trazado del Proyecto (950 m de extensión) entre los vértices Nº 85 a 111 recorrerá a lo largo de un área fuera del límite urbano; por lo tanto, ajena a todo tipo de regulación por parte del Plan Regulador Comunal de Machalí-Coya.

 

1.8. Principales Emisiones, Efluentes y Desechos

 

Dada las características del Proyecto, sólo ocurren emisiones y descargas al ambiente durante la etapa de construcción de la línea, y en forma muy acotada en el tiempo y espacio.

 

● Emisiones Atmosféricas

 

Etapa de construcción

 

Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas que corresponderán principalmente a material particulado y gases de combustión de motores, producidas en las actividades de excavación y tránsito de vehículos. Estas fuentes emisoras serán transitorias y de pequeña escala, las emisiones de material particulado serán poco significativas y tendrán un impacto local limitado a cada frente de trabajo. La siguiente tabla presenta un resumen de las emisiones a la atmósfera del Proyecto.

 

Identificación de la fuente de emisión

Tipo de Fuente

Etapa del Proyecto

Duración

Frecuencia

Actividades de excavación de los postes

Móvil

Construcción

< 1 mes

Diaria

Transporte de materiales, insumos y personal de construcción

Fugitiva

Construcción

3 meses

Diaria

Labores de inspección y transporte de repuestos

Móvil

Operación

30 años

Semestral

 

Para controlar las emisiones, se implementarán las siguientes medidas:

 

- Controlar que los vehículos cuenten con sus permisos de circulación y sus certificados de revisión técnica al día, a fin de minimizar emisiones por mal funcionamiento. La maquinaria y vehículos utilizados en esta etapa cumplirán con la normativa de emisiones vigentes.

 

- Velocidad máxima permitida para todos los vehículos será de 30 Km/h.

 

- Mantener en óptimas condiciones maquinarias y camiones con sus respectivas revisiones técnicas al día.

 

- No se permitirán quemas de ningún tipo de residuo.

 

- Mantener humedecidas las vías de acceso no pavimentadas y las zonas de trabajo que generarán emisiones de material particulado.

 

- Transportar los materiales de construcción en camiones con carga cubierta.

 

- Ejecución de excavaciones estrictamente necesarias.

 

Etapa de operación

 

Durante la etapa de operación del Proyecto no se generarán emisiones de material particulado de consideración, sólo las asociadas a la circulación del vehículo destinado a actividades de inspección y mantención de la LdT. Estas emisiones serán locales y de baja magnitud.

 

Etapa de abandono

 

No se contemplará abandono del Proyecto.

 

● Ruido

 

Etapa de construcción

 

Las actividades a realizar en el Tramo 1 corresponderán a labores de construcción e instalación de carácter manual, por lo que no serán actividades clasificadas como ruidosas. Adicionalmente, se generará ruido por el tráfico de vehículos y camiones asociados al transporte de equipos y materiales. Este tramo tendrá escasos receptores en sus cercanías.

 

En el Tramo 2, además de las actividades mencionadas anteriormente, se considerarán las faenas de construcción de fundaciones; en especial, el hormigonado cuando corresponda y el montaje de estructuras mediante grúa pluma. Ambas, generarán un nivel de ruido de 72 dBA a 15 m de distancia. Esta sección del trazado tendrá receptores en el sector norte del río Cachapoal y cercano a la Central Coya.

 

La siguiente tabla presenta un resumen de las emisiones de ruido del Proyecto.

 

Identificación de la fuente

Etapa del Proyecto

Tipo de ruido

Nivel de ruido

Horario emisión de ruido

Actividades de excavación de los postes

Construcción

Local, en el frente de trabajo

< 1 mes

Diurno

Transporte de materiales, insumos y personal de construcción

Construcción

Local, en el frente de trabajo

3 meses

Diaria

 

Para controlar los niveles de ruido se implementarán las siguientes medidas:

 

- Revisión del estado de los silenciadores en los motores de combustión y cambio de las unidades defectuosas detectadas.

 

- Mantención periódica de vehículos, máquinas y equipos, según su programa de mantención preventivo y de mantenimiento correctivo de la maquinaria.

 

- Prohibición de aceleraciones en vacío y bocinazos innecesarios para evitar emisión de ruido.

 

- Evitar funcionamiento innecesario de motores (vehículos detenidos con motor encendido) y uso de otras fuentes de ruido tales como bocinas, radios, sirenas.

 

- Velocidad de circulación de vehículos restringida a 30 km/h.

 

- No se generarán emisiones de ruido durante el período nocturno.

 

Etapa de operación

 

Durante la etapa de operación el ruido generado por la LdT en condiciones normales será despreciable. En cuanto a las faenas de mantención, si bien se generarán emisiones sonoras, serán de bajo nivel y menores a las generadas en la etapa de construcción, por lo que no serán audibles fuera de la faja de servidumbre.

 

Etapa de abandono

 

No se contemplará abandono del Proyecto.

 

● Efluentes Líquidos

 

Etapa de Construcción

 

Durante esta etapa se generarán residuos líquidos domésticos correspondientes a aguas servidas, con un máximo de 1 m³/día durante el mes de mayor empleo (10 trabajadores), y de 0,5 m³/día en promedio (5 trabajadores). Las aguas servidas serán manejadas con baños químicos (1 por cada 10 personas) y/o en las instalaciones existentes en la Central Coya y Patio Hidráulico. Los residuos serán retirados por empresas autorizadas y dispuestos en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria. La siguiente tabla presenta un resumen de las emisiones de efluentes líquidos del Proyecto.

 

Identificación de la fuente de energía

Etapa del Proyecto

Caudal de la Descarga

Duración de la Descarga

Frecuencia

Aguas servidas (baños químicos)

Construcción

1 m³/día

3 meses

Diaria

 

Etapa de operación

 

Durante la etapa de operación, no habrá generación de residuos líquidos.

 

Etapa de abandono

 

No se contemplará abandono del Proyecto.

 

● Residuos sólidos

 

Etapa de Construcción

 

Durante la etapa de construcción e instalación habrá generación de los siguientes residuos:

 

- Carretes de conductores metálicos desarmables, con protección de listonado de madera.

- Cajones de madera utilizados para el transporte de la ferretería y los aisladores.

- Restos de conductores.

- Chatarra (despuntes de fierro, cables, aisladores quebrados, etc.).

- Residuos vegetales generados de la preparación del terreno para la construcción del Proyecto.

- Basura doméstica

 

La siguiente tabla presenta un resumen de los residuos del Proyecto.

 

Identificación del Residuo

Etapa del Proyecto

Cantidad Generada

Destino Final

Tipo de Manejo

Residuos Industriales sólidos no peligrosos:

-          Carretes de conductores metálicos.

-          Cajones de madera

-          Restos de conductores

-          Chatarra

Construcción

< 0,1 ton/mes

Disposición en vertedero autorizado para recibir residuos industriales no peligrosos.

Recolección y transporte hasta el vertedero

Residuos vegetales

Construcción

< 0,1 ton/año

Disposición en vertedero autorizado

Recolección y transporte hasta el vertedero

Residuos domiciliarios (basura doméstica)

Construcción

< 10 kg/día

Disposición en vertedero autorizado

Recolección y transporte hasta el vertedero

Residuos industriales sólidos no peligrosos

Operación

< 0,1 ton/año

Disposición en vertedero autorizado para recibir residuos industriales no peligrosos.

Recolección y transporte hasta el vertedero

Residuos vegetales

Operación

< 0,1 ton/año

Disposición en vertedero autorizado

Recolección y transporte hasta el vertedero

 

Los residuos sólidos generados por la construcción e instalación del tendido eléctrico así como los cambios de aisladores en el tramo antiguo, serán transportados a un lugar autorizado por una empresa que cuente con autorización sanitaria y ambiental para la labor que desarrolla.

 

Cabe destacar que los insumos con embalaje de madera serán adquiridos en empresas liberadas de restricciones aduaneras relacionadas con la importación de productos en este tipo de embalajes.

 

Los residuos vegetales serán transportados y dispuestos en un lugar autorizado por una empresa que cuente con autorización sanitaria para el desarrollo de esta actividad.

 

Los residuos domiciliarios (basura doméstica) de la etapa de construcción serán inferior a 10 kg/día durante el mes de máximo empleo, dado que se empleará un máximo de 10 trabajadores y la cantidad de residuos que se generarán serán de 1 kg/persona/día, los que serán trasladados desde los frentes de trabajo a la instalación de faenas, retirados por una empresa que cumpla con la normativa vigente, y su disposición final será en un vertedero autorizado.

 

Dada la magnitud de las obras, el Proyecto no generará residuos sólidos excedentes de excavaciones.

 

Etapa de Operación

 

El Proyecto generará residuos sólidos sólo de manera eventual, dependiendo de las necesidades de reemplazo y reparación de equipos y materiales defectuosos. Estos residuos podrán ser reciclados o retirados del por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado. De la misma forma, eventualmente se generarán residuos vegetales producto de las podas de árboles que pongan en riesgo el normal funcionamiento de la línea. Estos residuos serán gestionados de igual forma a los generados en la etapa de construcción.

 

Etapa de Abandono

 

No se contemplará abandono del Proyecto.

 

● Formas de energía

 

Etapa de Construcción

 

Durante la etapa de construcción del Proyecto no se generarán campos eléctricos ni magnéticos.

 

Etapa de Operación

 

La línea de transmisión generará emisiones electromagnéticas circunscritas a la faja de servidumbre, comunes a una línea de alta tensión. Estas emisiones estarán reguladas por la franja de seguridad y las restricciones de emplazamiento de actividades humanas dentro de dicha franja, tal como lo define el Artículo 109.2 de la NSEG 5.E.n.71., Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes.

 

Cabe destacar que bajo la faja de seguridad, no existirá ningún tipo de estructura y tampoco viviendas habitadas.

 

Etapa de Abandono

 

Durante la etapa de abandono del Proyecto no se generarán campos eléctricos ni magnéticos.

CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

 

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Sobre la DIA

 

Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

Presentada por Pacific Hydro Chacayes S.A., con fecha 12/11/2009

 

Test de Admisión

Elaborado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins, con fecha 13/11/2009

 

Of. Solicitud de Evaluacion DIA Nº 1099

Elaborado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins, con fecha 16/11/2009

 

Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones a la DIA (ICSARA N° 1)

Elaborado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins, con fecha 15/12/2009

 

Sobre la Adenda N° 1

 

Adenda N° 1

Presentada por Pacific Hydro Chacayes S.A., con fecha 15/01/2010

 

Solicitud de Evaluacion de Adenda Nº 44

Elaborado por CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O´Higgins, con fecha 18/01/2010

 

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

Sobre la DIA

- Oficio Nº 533/2009 por SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O'higgins;

- Oficio Nº 1296/2009 por SEC - Rancagua;

- Oficio Nº 2606/2009 por SAG, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins;

- Oficio Nº 247/2009 por SERNATUR - Rancagua;

- Oficio Nº 61/2009 por Dirección de Vialidad - Rancagua;

- Oficio Nº 5206/2009 por Consejo de Monumentos Nacionales;

- Oficio Nº 328/2009 por SEREMI Agricultura, VI Región;

- Oficio Nº 2.768/2009 por SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O’Higgins;

- Oficio Nº 904/2009 por Ilustre Municipalidad de Machalí;

- Oficio Nº 1610/2009 por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, VI Región;

- Oficio Nº 79/2009 por CONAF - Región de O’Higgins.

 

Sobre la Adenda N° 1

- Oficio Nº 29/2010 por SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O’Higgins,;

- Oficio Nº 3/2010 por Dirección de Vialidad - Rancagua;

- Oficio Nº 2/2010 por CONAF - Región de O’Higgins;

- Oficio Nº 185/2010 por SAG, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins;

- Oficio Nº 129/2010 por SEC - Rancagua;

- Oficio Nº 020/2010 por SERNATUR - Rancagua;

- Oficio Nº 65/2010 por Ilustre Municipalidad de Machalí.

 

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal”, han sido invitados a participar, coordinados por la CONAMA VI, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

- CONAF - Región de O’Higgins

- Dirección de Vialidad – Rancagua

- Ilustre Municipalidad de Machalí

- SAG, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins

- SEC – Rancagua

- SEREMI Agricultura, VI Región

- SEREMI MOP, Región del General Libertador Bernardo O'Higgins

- SEREMI Salud, Región del General Libertador Bernardo O’Higgins

- SEREMI de Bienes Nacionales, VI Región

- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, VI Región

- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, VI Región

- SERNATUR – Rancagua

- Servicio de Vivienda y Urbanismo, VI Región

- Consejo de Monumentos Nacionales

- Superintendencia de Servicios Sanitarios.

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

 

Oficio de No Participación en la Evaluacion Nº 1221

Elaborado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 04/12/2009

CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300

 

3.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.

 

3.1.1 Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto.

 

Constitución Política del Estado

 

Materia Regulada

 

El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación en virtud de lo cual la realización de todo proyecto o actividad debe respetar este derecho fundamental.

 

Fiscalización

 

Los organismos del estado con competencia ambiental (Municipal, Servicio Salud, CONAF, SAG, Consejo de Monumentos Nacionales, entre otros).

 

Cumplimiento

 

El Titular desarrollará el proyecto dentro del marco constitucional y legal vigente.

 

Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

 

Materia Regulada

 

El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la preservación del patrimonio ambiental. Entrega los Instrumentos de Gestión Ambiental, entre ellos, el SEIA.

 

Fiscalización

 

Los organismos del estado con competencia ambiental (Municipal, Servicio Salud, CONAF, SAG, Consejo de Monumentos Nacionales, entre otros).

 

Cumplimiento

 

El Titular desarrollará el proyecto dentro del marco constitucional y legal vigente.

 

D. S. Nº 95/02. Reglamento del SEIA Ministerio Secretaría General de la Presidencia

 

Materia Regulada

 

Detalla los proyectos que deben ingresar al SEIA, los criterios para decidir entre estudio o declaración de impacto ambiental (DIA o EIA), los plazos y procedimientos de evaluación, los permisos ambientales sectoriales y el contrato de seguro por daño ambiental para obtener autorización previa.

 

Fiscalización

 

COREMA VI Región.

 

Cumplimiento

 

El cumplimiento de la norma se produce por la vía del ingreso al SEIA en los casos de proyectos que correspondan a los tipificados en el al Art. 3º.

 

Ordenanza Municipal de Gestión Ambiental Ilustre Municipalidad de Machalí.

 

Materia Regulada

 

Establece el marco legal que regula, protege y conserva el medio ambiente, aplicable dentro del territorio comunal.

 

Fiscalización

 

Municipalidad de Machalí

 

Cumplimiento

 

Las actividades del Proyecto se realizarán respetando las normas legales indicadas en la Ordenanza. En especial, se dará cumplimiento a las medidas de protección ambiental contenidos en el Título III, normas sobre manejo de residuos sólidos y aquellas referidas al tránsito de vehículos por las calles y caminos de la comuna y de competencia de la I. Municipalidad de Machalí.

 

El titular cumplirá con todas las exigencias de los artículos 69, 70, 71, 72, 103 y 111 y los que le sean aplicables de la Ordenanza. Al respecto,  los residuos sólidos generados serán dispuestos en un vertedero autorizado. Se cumplirá además lo indicado en cuanto a no disponer residuos en  la vía pública y gestionar un transporte adecuado. De la misma forma, todos los vehículos que participarán en las distintas etapas del Proyecto deberán cumplir con la normativa vigente en cuanto a sus vehículos, y su adecuada mantención, de manera de cumplir con los estándares de emisión vigentes.

 

3.1.2 Legislación Específica Aplicable al Proyecto

 

Flora y Vegetación

 

DS N° 366/44, del Ministerio de Tierras y Colonización.

 

Materia Regulada

 

Establece restricciones a la explotación de especies forestales tales como: quillay, tamarugo, boldo, mantén, litre y bollén.

 

Fiscalización

 

- CONAF

- Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)

- Carabineros de Chile

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no requiere de corta de ejemplares aislados de litre y quillay, por lo que no se requiere de la autorización de corta ante el Servicio Agrícola y Ganadero.

 

D.S. N° 4.363/31 del Ministerio de Tierras y Colonización. Ley de Bosques.

 

Materia Regulada

 

El artículo 5 prohíbe:

 

1. La corta de árboles y arbustos nativos situados a menos de 400 metros sobre los manantiales que nazcan en los cerros y los situados a menos de 200 metros de sus orillas desde el punto en que la vertiente tenga su origen hasta aquél en que llegue al plano.

 

2. La corta o destrucción del arbolado situado a menos de 200 metros de radio de los manantiales que nazcan en terrenos planos no regados; 3. La corta o explotación de árboles y arbustos nativos situados en pendientes superiores a 45%. Se podrá cortar en dichos sectores sólo por causas justificadas y previa aprobación de un plan de manejo forestal en conformidad al decreto ley N° 701, de 1974.

 

Fiscalización

 

CONAF

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no considera corta de vegetación en quebradas.

 

Ley 20.283, del Ministerio de Agricultura. Ley sobre recuperación de Bosque Nativo y Fomento Forestal.

 

Materia Regulada

 

Regula la protección, recuperación y mejoramiento del bosque nativo y complementa la presentación de los planes de manejo forestal regulados por el DL 701.

 

Fiscalización

 

CONAF

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no requiere corta o afectación de hábitat de bosque nativo.

 

DS N° 259, del Ministerio de Agricultura, Reglamento Técnico del D.L. N° 701 Ministerio de Agricultura.

 

Materia Regulada

 

Establece normas especiales del Plan de Manejo del Bosque Nativo, reconociendo distintos métodos de corta a efectos de asegurar su regeneración.

 

Fiscalización

 

- CONAF

- Carabineros de Chile.

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no contempla botadero y las instalaciones de faenas en Coya no requieren la utilización de áreas adicionales para su emplazamiento nuevas áreas.

 

D.S. Nº 276, del Ministerio de Agricultura, Reglamento sobre Roce de Fuego.

 

Materia Regulada

 

Establece restricciones al uso del fuego. La destrucción de la vegetación mediante el uso del fuego sólo podrá efectuarse en forma de “Quema Controlada”, y de acuerdo a las condiciones y requisitos del reglamento.

 

Fiscalización

 

CONAF

 

Cumplimiento

 

El titular no considera el empleo del fuego como medio de roce.

 

Fauna

 

Ley N° 19.473 del Ministerio de Agricultura. Sustituye Texto de la Ley Nº 4.601 sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. D.S. N° 5/98 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza.

 

Materia Regulada

 

Establece prohibiciones en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogadas en algún estado de conservación así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria. Además, establece la prohibición en toda época de levantar nidos, destruir madrigueras, recolectar huevos y crías de especies de la fauna silvestre.

 

Fiscalización

 

SAG

 

Cumplimiento

 

Si bien es cierto que el Proyecto no afectará grandes superficies, dependiendo de la ubicación de los postes y de la implementación del procedimiento de “Liberación de Áreas de Trabajo”, eventualmente se podría requerir de este permiso. En caso de realizarse planes de rescate y relocalización de fauna con escasa capacidad de movimiento en todos aquellos sectores en que se realice construcción de obras, es decir, para todas aquellas áreas en que se verifique una pérdida permanente o temporal de hábitat, será necesario solicitar este permiso.

 

D.S. N° 531/67 del Ministerio de Relaciones Exteriores. Convención para la Protección de la Flora, Fauna y Bellezas Naturales de América.

 

Materia Regulada

 

Este decreto ratifica la aprobación del Parlamento a la Convención mencionada. Regula acerca de la protección y conservación en su medio ambiente natural la flora y fauna indígenas, incluyendo aves migratorias; paisajes, formaciones geológicas, regiones y objetos naturales de interés estético o histórico y los lugares donde existen condiciones primitivas.

 

Fiscalización

 

CONAF

 

Cumplimiento

 

Durante la fase de construcción se aplicarán todas aquellas medidas que permitan la protección y conservación del medio ambiente, con el fin de minimizar las intervenciones que necesariamente deberán realizarse, para el desarrollo del Proyecto. La caza de cualquier especie de fauna estará estrictamente prohibida. Se prohibirá el tránsito de vehículos y maquinaria fuera de las áreas de trabajo o caminos habilitados para tal efecto, aminorando el grado de intervención del medio natural.

 

Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire

 

D.S. 59/98 Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

 

Materia Regulada

 

Acreditación de Cumplimiento Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia

 

Fiscalización

 

Secretaría Regional Ministerial de Salud.

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no tiene emisiones atmosféricas significativas y contempla medidas de mitigación adecuadas, entre ellas: mantener humedecidas zonas de trabajo, restricción de velocidad a 30 km/hr en caminos sin pavimentar, etc. Con relación a la operación no se producirán emisiones de material particulado de consideración, ya que estas sólo se asocian a la circulación de vehículos destinados a las actividades de inspección y mantención de la línea.

 

D.S. Nº179/94 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Declara Zona Saturada por anhídrido sulfuroso y material particulado Fundición Caletones. D.S. Nº 81/98, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, establece el Plan de Descontaminación para el área circundante a la Fundición de Caletones.

 

Materia Regulada

 

Declara zona saturada para anhídrido sulfuroso y material particulado respirable la zona circundante a la Fundición de Caletones, de la División El Teniente, de Codelco Chile, en las áreas jurisdiccionales de las comunas de Mostazal, Codegua, Machalí y Requínoa. Se establecen medidas de reducción de emisiones aplicables a la Fundición de Caletones.

 

Fiscalización

 

- COREMA Región de O’Higgins.

- SEREMI de Salud.

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no tiene emisiones atmosféricas significativas y contempla las medidas de mitigación anteriormente señaladas.

 

D.S 113/02 Ministerio Secretaría General de la Presidencia

 

Materia Regulada

 

Establece Normas primaria de calidad de aire para Dióxido de Azufre (SO2) para evitar emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

 

Fiscalización

 

SEREMI de Salud.

 

Cumplimiento

 

Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán emisiones atmosféricas de dióxido de azufre desde los motores de maquinarias utilizadas en la construcción de las obras del Proyecto. Todos los vehículos participantes en el Proyecto tendrán su revisión técnica vigente, de manera de asegurar que las emisiones de gases se encuentran dentro de la normativa aplicable.

 

D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

 

Materia Regulada

 

Dispone que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.

 

Fiscalización

 

SEREMI de Salud.

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no tiene emisiones atmosféricas significativas y contempla las medidas de minimización respectivas.

 

D.S. Nº 47/92. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 

Materia Regulada

 

Artículo 5.8.3 Establece de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo y material en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición.

 

Fiscalización

 

- Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Machalí

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no tiene emisiones atmosféricas significativas y contempla las medidas de minimización respectivas.

 

D.S. Nº 4/94, del Ministerio de Transportes - D.S. Nº 54/94, del Ministerio de Transportes - D.S. Nº 55/94 del Ministerio de Transportes.

 

Materia Regulada

 

- Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

 

- Establece los estándares de emisión que deberán cumplir los vehículos motorizados livianos para gases y partículas.

 

- Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que indica.

 

Fiscalización

 

Ministerio de Transporte.

 

Cumplimiento

 

Todos los vehículos participantes en el Proyecto tendrán su revisión técnica vigente, de manera de asegurar que las emisiones de gases se encuentran dentro de la norma.

 

D.F.L Nº 725/67, del Ministerio de Salud, Código Sanitario - D.S.Nº 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Materia Regulada

 

Los artículos 32 a 35 de este decreto supremo (Párrafo I del Título III), contienen disposiciones relativas a las condiciones de ventilación de los lugares de trabajo, disponiendo que todo lugar de trabajo deberá mantener, por medios naturales o artificiales, una ventilación que contribuya a proporcionar condiciones ambientales confortables y que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador.

 

Fiscalización

 

SEREMI de Salud.

 

Cumplimiento

 

Durante la construcción del Proyecto se implementarán medidas de mitigación y control, según  corresponda en los lugares de trabajo. Debido a que la construcción se trabaja en ambientes al aire libre (total ventilación) y las emisiones de polvo por excavaciones serán menores, sin generar efectos adversos sobre la salud de los trabajadores.

 

Aguas Superficiales

 

D.F.L. Nº 1.222 Código de Aguas y sus modificaciones.

 

Materia Regulada

 

Establece disposiciones para la protección de los cauces naturales y artificiales. Señala que cuando una instalación de cualquier naturaleza atravesare ríos, lagos, lagunas, tranques, represas o acueductos, deberán ejecutarse las obras de manera que no perjudiquen o entorpezcan la navegación ni el aprovechamiento de las aguas como tampoco el ejercicio de las servidumbres constituidas en ellas.

 

Fiscalización

 

Dirección General de Aguas (DGA)

 

Cumplimiento

 

El cruce del río Cachapoal es en forma aérea por lo que no perjudicarán ni el aprovechamiento de las aguas ni los cauces naturales de los ríos o quebradas atravesadas por el Proyecto

 

Manejo y Disposición de Residuos Sólidos Domésticos e Industriales

 

D.F.L Nº 725/67, del Ministerio de Salud, Código Sanitario. D.S.Nº 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Materia Regulada

 

Se debe autorizar la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales sólidos dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con autorización sanitaria.

 

Fiscalización

 

Autoridad Sanitaria.

 

Cumplimiento

 

En caso de ser requerido, todo lugar de almacenamiento transitorio de residuos obtendrá su permiso respectivo, para lo cual se harán las presentaciones a la Autoridad oportunamente.

 

Manejo y Disposición de Residuos Líquidos

 

D.F.L. N° 725/67, del Ministerio de Salud. Código Sanitario. D.S. Nº 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Materia Regulada

 

En las faenas temporales se deberá proveer de letrinas o baños químicos en cantidad suficiente.

 

Fiscalización

 

SEREMI de Salud.

 

Cumplimiento

 

Durante la etapa de construcción, los efluentes líquidos corresponderán únicamente a aguas servidas de tipo doméstico, generadas por el personal durante la fase de construcción de la obra. Para estos efectos se hará uso de baños químicos en los frentes de trabajo que serán instalados, mantenidos y retirados por una empresa proveedora debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria para efectuar el servicio en terreno. Durante la operación no se considera la generación de aguas servidas.

 

Suministro de Agua Potable

 

D.S. Nº 594/99, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo - D.S.735/69, Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano - D.S. 446/06 MINSAL. Oficializa la Nch N°409/1 Of.2005.

 

Materia Regulada

 

Todo lugar de trabajo deberá contar con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal.

 

Fiscalización

 

Autoridad Sanitaria

 

Cumplimiento

 

El abastecimiento de agua potable para el consumo humano y necesidades básicas de higiene, se realizará a través de bidones para abastecer los frentes de trabajo. Se considera una dotación mínima de 150 l diarios por trabajador, estará cubierto. Durante la etapa de operación no se requiere abastecimiento de agua potable.

 

Ruido

 

D.S.146/97, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

 

Materia Regulada

 

Dispone los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. Los niveles de presión sonora establecidos en este decreto se diferencian según la zonificación del uso de suelo definido por el instrumento de planificación territorial para la zona en la que se encuentre el receptor y el horario en que se emitan los ruidos.

 

Fiscalización

 

Autoridad Sanitaria

 

Cumplimiento

 

Durante la etapa de Construcción se ejecutarán labores que no constituyen actividades clasificadas como ruidosas debido a que una parte importante de los trabajos serán de carácter manual. Sólo se generará ruido por el tráfico de vehículos y camiones asociados al transporte de equipos y materiales. Para controlar los niveles de ruido se implementarán una serie de medidas. Durante la operación del Proyecto el ruido es casi imperceptible.

 

D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

 

Materia Regulada

 

Regula aspectos relacionados a la exposición al ruido continuo y por impacto y a la exposición del cuerpo y del componente brazo-mano a las vibraciones

 

Fiscalización

 

Autoridad Sanitaria

 

Cumplimiento

 

Los trabajadores expuestos a altos niveles de ruido utilizarán protectores auditivos, y sus trabajos serán previamente planificados.

 

Patrimonio Cultural

 

Ley 17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales. D.S. N° 484/90, del Ministerio de Educación. Establece Reglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

 

Materia Regulada

 

Artículo 23°: Durante la realización de las obras el titular deberá informar al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23° del Reglamento de Excavaciones y /o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

 

Fiscalización

 

Consejo de Monumentos Nacionales.

 

Cumplimiento

 

Se realizó una inspección del patrimonio arqueológico, en donde, en los sitios de emplazamiento de las obras materia de esta DIA, no se identificó sitios de valor patrimonial. Adicionalmente, durante la construcción del Proyecto, se aplicará la metodología de “Liberación Ambiental de Áreas de Trabajo”, en la que se considera la participación de un profesional de la arqueología. En caso de descubrir sitios arqueológicos al realizar las excavaciones de las estructuras y mejoramiento de caminos y huellas de acceso en la fase de construcción se paralizarán las faenas y se procederá a informar a la autoridad competente.

 

Normas de Diseño de Líneas de Transmisión, Equipamiento e Infraestructura

 

D.F.L. 4/2008, Ministerio de Economía. Ley General de Servicios Eléctricos.

 

Materia Regulada

 

Señala que las líneas de transporte y distribución de energía eléctrica, podrán atravesar los ríos, los canales, las líneas férreas, los puentes, los acueductos, cruzar calles, caminos y otras líneas eléctricas. Estos cruces se ejecutarán en conformidad con las prescripciones que establezcan los reglamentos, de manera que garantice la seguridad de las personas y de las propiedades.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

Los cruces proyectados de la línea eléctrica con los ríos, los canales, los caminos, otras líneas de electricidad no afectarán la seguridad de las personas ni de las propiedades. Dichos aspectos fueron considerados en la etapa de ingeniería y de diseño cumpliendo con la normativa aplicable al Proyecto.

 

D.S. N° 327/98 del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos.

 

Materia Regulada

 

Establece normas sobre seguridad y normal funcionamiento de las instalaciones de acuerdo a las normas y reglamentos vigentes.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

Las especificaciones técnicas de la LdT y de las actividades durante todas sus etapas, se regirán por las normas técnicas y reglamentos vigentes. Se velará por el normal funcionamiento de las instalaciones, por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

 

Resolución Exenta N° 610/82. Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas.

 

Materia Regulada

 

Prohíbe, en todo el territorio nacional, el uso de los bifenilos policlorados (PCBs), comercialmente conocidos como askareles.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

El Proyecto no incluye ningún elemento que utilice Bifenilos Policlorados (PCB).

 

Norma Oficial NSEG 5.E.n 71, Electricidad, Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes.

 

Materia Regulada

 

Establece consideraciones de diseño que inciden en la seguridad de las personas, la propiedad y el medio ambiente, y también establece disposiciones para la ejecución de instalaciones eléctricas de corriente fuerte y para el mejoramiento o modificación de las, además de las condiciones técnicas y de seguridad mínima para llevar a cabo dichas faenas.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

El Proyecto contempla que todas las instalaciones cuenten con sus tierras conectadas y operativas antes de la puesta en servicios y con los elementos de seguridad para desconectar las mismas en caso de contacto de terceros o cuerpos extraños con las instalaciones de partes vivas.

 

Norma Oficial NSEC 6.E.71, “Cruce y Paralelismos de Líneas Eléctricas”.

 

Materia Regulada

 

Fija las normas para la ejecución de cruces y paralelismos con caminos, líneas férreas, etc.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

Se cumplirán con las distancias mínimas de seguridad, entre conductores y respecto del suelo. El titular presentará en la Dirección Regional de Vialidad, el proyecto correspondiente de atraviesos y paralelismos, como asimismo de señalética vial, conforme establece el DFL MOP Nº 850 de 1997, Art. 41, una vez que se obtenga la aprobación ambiental (RCA) del Proyecto, momento en el cual corresponderá presentar este permiso sectorial, el que adicionalmente requerirá que avance la ingeniería y el diseño final del Proyecto para disponer de los antecedentes requeridos.

 

Transporte de Carga

 

D.S. N° 298/94, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

 

Materia Regulada

 

Regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos, de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgo para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

 

Fiscalización

 

- Carabineros de Chile

- Inspectores Fiscales de la Dirección de Vialidad y Municipales.

 

Cumplimiento

 

El Proyecto cumplirá las disposiciones establecidas en este Decreto, en el caso de que se transporten las mencionadas sustancias.

 

D.S. Nº 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica.

 

Materia Regulada

 

Dispone que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna.

 

Fiscalización

 

- Carabineros de Chile

- Inspectores Municipales

 

Cumplimiento

 

Los camiones o vehículos que transporten los materiales señalados deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lona o plástico o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de pólvora a la atmósfera. No se utilizará malla Raschel.

 

D.F.L. Nº 850/97 del Ministerio de Obras Públicas. Ley de Caminos - D.S.158/80, del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos que circulan por caminos públicos - D.S. 200/93, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece pesos máximos a vehículos que circulan por vías urbanas del país - D.S. N° 158/80 del Ministerio de Obras Públicas “Fija el Peso Máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos”.

 

Materia Regulada

 

Regula los atraviesos y paralelismos de caminos públicos por instalaciones tales como líneas eléctricas. Regula el transporte de equipos con sobredimensión y/o sobrepeso. Establece pesos máximos a vehículos que circulan por vías urbanas del país. Prohíbase la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie, que determinados límites establecidos en el decreto.

 

Fiscalización

 

- Carabineros de Chile

- Dirección Regional de Vialidad

 

Cumplimiento

 

El Proyecto utilizará los siguientes caminos públicos: a) Carretera del Cobre (H-25); y b) Carretera Maitenes – Coya (H-265). El Titular solicitará a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes en el caso de transportar equipos con sobredimensión y/o sobrepeso. El Proyecto está relacionado con la construcción de la Central Hidroeléctrica Chacayes por lo que cumplirá con todas las restricciones impuestas previamente para ese Proyecto. Los vehículos y camiones cumplirán con lo estipulado por estos decretos.

 

Manejo Seguro de Combustible y explosivos

 

D.S. Nº 160 del 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.

 

Materia Regulada

 

Este reglamento establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles, en adelante e indistintamente CL, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de CL que se realicen en tales instalaciones, así como las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en dichas operaciones, a objeto de desarrollar dichas actividades en forma segura, controlando el riesgo de manera tal que no constituyan peligro para las personas y/o cosas.

 

Fiscalización

 

Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC)

 

Cumplimiento

 

Se cumplirán todos los requisitos técnicos y administrativos señalados en este decreto, entre otros estar inscritos en la SEC, contar con un adecuado Programa de Seguridad y que se cumplan todos los requisitos establecidos en el Título VI (del transporte). Dado el bajo consumo estimado, no se contemplará la construcción de estanques en terreno. Los vehículos que se utilizarán en el Proyecto serán abastecidos directamente en estaciones de servicio cercanas a la obra. Además, el Proyecto no requerirá de la utilización de explosivos.

 

Protección de Recursos Naturales

 

D.L Nº 3.557/80, del Ministerio de Agricultura. Sobre Protección Agrícola.

 

Materia Regulada

 

Dispone que los propietarios, arrendatarios, o tenedores de predios rústicos o urbanos están obligados a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de aguas, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados.

 

Fiscalización

 

SAG

 

Cumplimiento

 

Se dispondrá de un área especialmente adaptada para acumulación temporal de residuos en las instalaciones de faena, por lo que no se depositarán en caminos, canales o cursos de aguas, vías férreas o lechos de ríos.

 

Resolución N°133/05 del Servicio Agrícola y Ganadero.

 

Materia Regulada

 

Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera

 

Fiscalización

 

SAG

 

Cumplimiento

 

Se procederá a dar los avisos correspondientes al SAG. Se exigirá a los Contratistas que mantengan un estricto control de los embalajes y carretes de materiales que provengan fuera del país, tales como cables, accesorios y equipos eléctricos, que puedan constituir riesgo de ingreso de plagas y enfermedades. 

3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300.

 

Artículo 5 del Reglamento del SEIA

 

“El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”.

 

El Proyecto generará emisiones de material particulado producto de las acotadas excavaciones del terreno, relleno y tránsito vehicular por camino de tierra. Las emisiones de material particulado serán temporales, localizadas y poco significativas debido a que principalmente estarán asociadas al tráfico de vehículos por caminos de tierra. Éstas no modificarán la calidad del aire y no tendrán incidencia en lo que respecta al cumplimiento de normas primarias, no presentando ningún riesgo para la salud de la población. La emisión de gases será poco significativa.

 

Durante la etapa de operación se considerará la emisión de material particulado generado por la circulación de vehículos destinados a las actividades de inspección y mantención de la línea eléctrica. Por lo tanto, la emisión será poco significativa. Estas emisiones serán temporales, limitadas al área de trabajo y se implementarán medidas orientadas a disminuir la generación del material particulado.

 

Durante la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos en cantidad establecidas de acuerdo a normativa vigente, la cual regula un máximo de 10 trabajadores por baño químico. El manejo y retiro de los efluentes será realizado por una empresa autorizada, la que efectuará su retiro de manera periódica.

 

Durante la etapa de construcción se generarán principalmente residuos sólidos domésticos, orgánicos e industriales. No se generarán residuos sólidos peligrosos. Los residuos sólidos industriales, domésticos y orgánicos serán transportados a un lugar autorizado por una empresa que cuente con autorización sanitaria y ambiental para la labor que desarrolla.

 

El desmontaje del tramo de la línea en el sector El Álamo durante la etapa de construcción, generará residuos sólidos similares a los ya mencionados. Los residuos vegetales serán dispuestos de la misma forma que los residuos industriales.

 

Los residuos domésticos orgánicos e inorgánicos (desechos de comidas principalmente), serán dispuestos en contenedores plásticos con tapa en la instalación de faena del contratista. Con una frecuencia de 2 a 3 veces por semana serán trasladados a un vertedero autorizado.

 

Durante la etapa de operación, no se generarán residuos domésticos; los residuos industriales podrán generarse en caso de alguna eventualidad, dependiendo de la necesidad de algún reemplazo de material; siendo estos retirados y dispuestos en lugares autorizados. Eventualmente, podrán generarse durante la etapa de operación residuos vegetales producto de podas de árboles que pongan en riesgo el normal funcionamiento de la línea, y serán dispuestos de igual forma a los generados en la etapa de construcción.

 

Actualmente, existe población en algunos sectores de la zona de emplazamiento del trazado del proyecto. El Tramo 1 tendrá algunas viviendas aisladas. El Tramo 2 correspondiente al nuevo trazado, se emplazará parcialmente ubicado en una zona urbana con viviendas en sus cercanías.

 

Las actividades a realizar en el Tramo 1 serán labores de construcción e instalación de carácter manual; por lo que, no constituyen actividades clasificadas como ruidosas. Adicionalmente, se generará ruido por el tráfico de vehículos y camiones asociados al transporte de equipos y materiales. Este tramo tendrá pocos receptores en sus cercanías.

 

En el Tramo 2, se generará un nivel de ruido de 72 dBA. Cabe destacar que las faenas a realizar tendrán una corta duración en el tiempo. El máximo nivel de presión sonora durante la etapa de construcción será de 69 dBA que, considerando el ruido de fondo, superará el nivel máximo permitido por el DS 146/97 del MINSEGPRES. Dado que en esta sección del trazado cuenta con algunos receptores, se utilizarán barreras móviles de forma de cumplir con la normativa y evitar molestias a la comunidad.

 

Cabe destacar que este nivel alcanzado sólo se desarrollará durante un corto período de tiempo, en que las actividades de fundación demoran menos de 1 día.

 

Las líneas de alta tensión producirán emisiones electromagnéticas dentro del límite de la franja de seguridad establecida; por lo que el desarrollo de actividades humanas durante la etapa de operación dentro de dicha franja estará restringido, según lo establecido por la normativa chilena específicamente la NSEG 5.E.n.71.

 

En consecuencia el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no generará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

 

Artículo 6 del Reglamento del SEIA

 

“El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”.

 

De acuerdo con los antecedentes referidos a composición, peligrosidad, cantidad y manejo de los residuos sólidos del Proyecto, los residuos sólidos no generarán efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, dado por las características de los residuos sólidos (residuos domésticos, residuos vegetales y residuos industriales no peligrosos) y el adecuado manejo y disposición de los residuos.

 

El Proyecto dará cumplimiento a la normativa ambiental vigente en función del adecuado manejo y disposición de los residuos domésticos, residuos vegetales y residuos industriales no peligrosos durante las diversas etapas.

 

Las emisiones de ruidos más elevadas ocurrirán durante la construcción del Proyecto, siendo las labores que se desarrollarán en el Tramo 2 (nuevo) las más ruidosas. En el Tramo 2 no habrá hábitat de relevancia para la nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa.

 

Durante la etapa de operación del Proyecto se generarán emisiones electromagnéticas que no presentan riesgo para la salud de la población, y estarán circunscritas a la franja de servidumbre, por lo que el Proyecto no generará efectos significativos sobre los recursos naturales.

 

El Proyecto no emitirá ni generará en ninguna de sus etapas, efluentes, emisiones, ni residuos que presenten características tóxicas o peligrosas, que combinados o interactuando entre ellos, puedan afectar los recursos naturales renovables presentes en el área del Proyecto.

 

Las emisiones del Proyecto y su relación con la calidad ambiental de los recursos naturales renovables cumplen con lo establecido en la normativa vigente, fundamentada en el acápite de Emisiones, Efluentes y Desechos del presente documento. Tampoco generarán efectos adversos sobre la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia.

 

El trazado del Proyecto se emplazará en un área con un importante grado de intervención antrópica pasada y actual, originado por la extracción de los arbustos y árboles para consumo de leña y/o producción de carbón, la construcción del sistema de aducción de agua para la Central Coya y la ganadería extensiva. Dado lo anterior, el proyecto no intervendrá vegetación nativa.

 

La formación xerofítica conformada por Puya berteroana, especie que se encuentra en categoría de conservación, ubicada en el terreno adyacente al vértice 84 en el Cruce Río Cachapoal,  no serán afectadas por la construcción de la Línea, ya que se confinará el área de trabajo asociado a las bases de los postes, para evitar la alteración de especies vegetales. Lo anterior se materializará mediante el uso de cintas de peligro para cercar el área de trabajo. Cabe destacar que las puyas se encuentran fuera de las áreas de trabajo de la Línea y en un sector de acantilado de muy difícil acceso, que por motivos de seguridad esta área será excluida de cualquier tipo de trabajo.  Por último, dada la naturaleza del proyecto, no se realizarán intervenciones a vegetación fuera de las zonas de trabajo.

 

En el área donde se emplazará el proyecto existen tres (3) especies que se encuentran en estado de conservación de acuerdo a la Ley de Caza 19.473 (SAG 1998), 2 aves; Vultur gryphus (cóndor) y Theristicus melanopis (Bandurria) y un reptil; Liolaemus lemniscatus (lagartija lemniscata), observados en el Tramo 2 (nuevo trazado). Dada la magnitud de las obras asociadas a la construcción del tendido eléctrico, no se perturbará a las especies anteriormente señaladas. De modo más específico se considerará:

 

● Presencia permanente de cóndores en el área del Tramo 2: Dadas las características del Proyecto, no se considerarán impactos ni por la construcción y operación del Proyecto. La alta vagilidad de estas aves disminuye su potencial a ser impactada.

 

● Presencia de bandurrias: Debido al bajo impacto del Proyecto sobre el área de estudio, no existirá impacto sobre la especie, de la que no se registro sitios de nidificación y alimentación en el área.

 

● Presencia de Liolaemus lemniscatus en los matorrales esclerófilos: No se perturbarán o impactarán aquellas áreas que presenten matorral. Se tendrá un especial cuidado al manejo que se le da a las áreas con presencia de pircas en el trayecto del tendido eléctrico, ya que serán refugios importantes para reptiles y micromamíferos.

 

Previo a la intervención de las áreas de faenas, se implementará el Procedimiento de Liberación Ambiental, el que indicará la necesidad de efectuar un Plan de Rescate de Fauna en caso de ser necesario. De acuerdo con lo anterior, el Proyecto no generará alteración significativa sobre la fauna nativa.

 

Durante el desarrollo de la línea base no se detectó la presencia de loro tricahue en el área señalada. No obstante ello, y producto de numerosas campañas de seguimiento de fauna realizadas en la cuenca, se ha podido establecer que el río Cachapoal representa un eje de movimientos de loro tricahue, movimientos que van desde y hacia una serie de loreras (10) ubicadas aguas arriba del área del proyecto. Dichos vuelos tienden a dispersarse en la sección de la cuenca cuya topografía se abre, esto es a la altura de la junta del río Cachapoal con el río Pangal, punto en que los tricahues se internan en la cuenca del Pangal y principalmente se dispersan sobre la Loma del Durazno hacia el poniente. Lo anterior explica el registro nulo de tricahues durante el desarrollo de la línea base del proyecto y deja en evidencia una mínima probabilidad de que los vuelos de los tricahues intercepten el tramo de la línea que cruza el río Cachapoal en el sector Coya (vértice 83 a 84).

 

De hecho, a escasos metros del área por donde el proyecto tiene considerado realizar el cruce del rio Cachapoal, es posible apreciar líneas de transmisión que cruzan desde el sector de el Álamo hacia la central Coya de muy antigua data y respecto de la cual, nunca se ha reportado un incidente de electrocución o choque de loros o de otra especie.

 

A la situación anteriormente descrita, se suma el hecho que los tricahues: a) no realizan vuelos nocturnos, b) sus vuelos se desarrollan a muy diversos niveles altitudinales, c) tienen una alta capacidad de maniobra en vuelo, y d) el área presenta escasos días con neblinas, todo lo cual aminora aún más la probabilidad de colisiones. No obstante lo anterior, el titular implementará la disposición de espirales helicoidales de PVC de colores vistosos, tiras en X de neopreno con cintas luminiscentes o boyas amarillas o naranjas con bandas negras, para aumentar la visibilidad de la línea en dicho tramo.  Adicionalmente, se realizará un seguimiento de acuerdo a la ficha que se adjunta en el Anexo 2 de la Adenda 1, en forma similar a lo comprometido en el Proyecto de la “Línea de Transmisión Eléctrica 2 x 220 kV Chacayes – Maitenes”

 

De acuerdo con el análisis de los criterios anteriores, la diversidad biológica del área no será afectada por la construcción, operación y abandono del Proyecto.

 

El Tramo 2 (nuevo trazado) no tendrá suelo de calidad agrícola que pueda perderse o degradarse. Las condiciones del Tramo 1 (existente) no serán modificadas, permitiendo el uso actual (agrícola o pradera principalmente). El Proyecto no generará nuevos tipos de erosión, compactación o contaminación del suelo. Durante la construcción se tomarán medidas adecuadas (minimizar las áreas a intervenir, procedimientos adecuados para evitar trabajar en zonas de pendientes más pronunciadas, etc.) para evitar estas situaciones.

 

En consecuencia el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no generará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

Artículo 8 del Reglamento del SEIA

 

“El titular deberá presentar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”.

 

Dada la envergadura y características del Proyecto, no se generará alteración alguna en la distribución de los grupos humanos en el territorio como asimismo en la estructura espacial de sus relaciones. Tampoco se afectará directamente ninguna población. La ejecución y puesta en marcha, no ocasionarán cambios en los índices de población total, ni en la población económicamente activa puesto que solamente se emplearán 10 personas; tampoco incidirá sobre la dimensión antropológica, ni sobre el bienestar social básico. La movilización del personal será diario desde la localidad de Coya hasta las instalaciones de faena.

 

El Proyecto no afectará las características étnicas de la zona, ni la dimensión antropológica de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Además, no se verá alterada la dimensión socioeconómica de las comunidades ubicadas en las cercanías.

 

El Proyecto podrá utilizar las instalaciones existentes en los poblados cercanos. La utilización de la infraestructura vial será baja debido a la envergadura del proyecto. Por esto, el nivel de servicio de los caminos no se verá afectado y el proyecto no afectará el acceso de grupos humanos a ningún bien o instalación de bienestar social básico. Por el contrario, mediante el retiro de la línea en el sector de El Álamo y ejecutando el trazado accediendo a la Central Coya por el sur, el Proyecto permitirá dar mayor seguridad a esa área poblada.

 

En conclusión, el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no alterará los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; ni tampoco se requiere reasentar comunidades humanas.

 

Artículo 9 del Reglamento del SEIA

 

“El Titular deberá presentar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”.

 

En el área de influencia del Proyecto no habitará población protegida por leyes especiales. El Proyecto se localizará en las cercanías de la localidad de Coya que constituye la población más cercana. Tampoco efectuará intervención en recursos que cuenten con protección oficial, ya que estará distante de la Reserva Nacional Río de Los Cipreses.

 

Las distancias de la LdT a las viviendas más próximas consideradas asegurarán que no se afectará a los vecinos tanto en la etapa de construcción como de operación, cumpliendo en todo momento con las normativas técnicas y de seguridad eléctricas. Si bien, durante la etapa de operación, la línea de transmisión generará emisiones electromagnéticas, estas se encuentran circunscritas a la faja de servidumbre y serán comunes a una línea de 66 kV. Estas emisiones estarán reguladas por la franja de seguridad y las restricciones de emplazamiento de actividades humanas dentro de dicha franja, tal como lo define el Artículo 109.2 de la NSEG 5.E.n.71., Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes.

 

En conclusión, el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no se localizará próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

Artículo 10 del Reglamento del SEIA

 

“El titular deberá presentar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”.

 

Si bien el Proyecto en su Tramo 1 es existente, en su Tramo 2 incorporará elementos artificiales (postes de alta tensión), que por sus características de tamaño y altura producirán en algunos tramos, efectos sobre el paisaje, los que serán poco significativos, en términos de magnitud o duración. La ejecución del Proyecto no implicará la obstrucción de la visibilidad a ninguna zona con valor paisajístico. En el Anexo 3 de la Adenda 1 se presenta un detalle del informe de Paisaje realizado.

 

El Proyecto no obstruirá el acceso a recursos con valor paisajístico y tampoco se emplazará en un área que haya sido declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975.

 

En conclusión, el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

 

Artículo 11 del Reglamento del SEIA

 

“El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”.

 

El Proyecto no se emplazará próximo a monumentos nacionales definidos en dicha Ley. Tampoco contemplará el deterioro o modificación permanente de algún lugar o sitio que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. Adicionalmente, se ejecutará el Procedimiento de Liberación Ambiental descrito en Anexo 3 de la DIA, por lo que se protegerá cualquier eventual hallazgo en la zona de proyecto. No obstante, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

 

En conclusión, el proyecto “Optimización de la Línea de Transmisión Eléctrica Existente entre Central Coya - Subestación Tap Off Pangal” no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO

 

En virtud de la normativa ambiental vigente, la ejecución del proyecto considerará la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Artículo 99 del RSEIA: En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas y/o condiciones ambientales adecuadas para la utilización sustentable de las especies protegidas.

 

En concordancia con lo establecido en la Ley 19.473 y su reglamento respectivo, ninguna captura de fauna se llevará a cabo sin una resolución de autorización de captura emitida por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). A la solicitud de permiso de captura se anexará el detalle del plan de rescate y relocalización, incluyendo los siguientes aspectos:

 

● Objetivos Captura

 

El objetivo de este rescate consistirá en minimizar los impactos ambientales sobre la fauna silvestre amenazada de escasa movilidad y/o que ocupen micro hábitat, producto de la ejecución de las obras del Proyecto, a través del rescate y relocalización de las especies capturadas.

 

● Metodologías (Captura -Traslado)

 

Reptiles

 

La captura de ejemplares de reptiles se realizará en forma manual, mediante lazos corredizos o trampas tipo embudo. Los ejemplares capturados serán mantenidos en bolsas de género y/o cajas plásticas por un período máximo de 6 horas, proporcionando alimento si es necesario.

 

La liberación de los ejemplares se efectuará en un lugar localizado en las cercanías del lugar de captura, el que se determinará en terreno, verificándose que el o los sitios para la relocalización sean lugares ecológicamente equivalentes, que presenten hábitat adecuados, con refugios y fuentes de alimento y que no estén sujetos a modificaciones por parte del Proyecto. Se intentará formar refugios en éstos hábitat equivalentes.

 

Mamíferos

 

La captura de mamíferos se realizará en períodos consecutivos de tres noches, con trampas de captura viva (Sherman, tamaños estándar), dispuestas en líneas y separadas cada 10 m. Las trampas se colocarán dentro del área de estudio, en micro hábitat reconocidos para cada una de las especies, optimizando así la captura de una mayor cantidad de individuos. Los animales capturados se trasladarán en jaulas al sitio de liberación, el mismo día de su captura.

 

Dicho lugar corresponderá a un territorio fuera del área de influencia directa del proyecto y con hábitat similar al lugar de captura, buscando maximizar la probabilidad de que el nuevo hábitat tenga condiciones bióticas y abióticas similares al ambiente original. Se evitará además, que los ejemplares permanezcan capturados por un tiempo excesivo.

 

Antes de la liberación de los individuos, los ejemplares capturados serán identificados a nivel de especie, se registrará su sexo, tamaño (longitud hocico-cloaca) y serán fotografiados. El éxito de captura será medido tomando en cuenta el área de rescate en metros cuadrados (individuos/m²).

 

Tanto, en el caso de los sitios de captura, como en el caso de los sitios de reubicación, se describirá en forma breve aspectos tales como: coordenadas del o los sitios de rescate, área de rescate diaria y total, ubicación en relación a otros sitios, características topográficas, características de la vegetación y condiciones climáticas de cada día de rescate, especies y número de individuos liberados.

 

● Áreas de trabajo

 

El procedimiento de Liberación Ambiental de Aéreas de Trabajo, se aplicará en todos aquellos lugares a ser intervenidos por el Proyecto.

 

Fechas de ejecución

 

Una vez que se obtengan las autorizaciones ambientales y sectoriales para desarrollar el Proyecto, se podrán definir con exactitud las fechas, las que serán debidamente informadas a través de la solicitud del permiso en cuestión.

 

Profesionales responsables (incluyendo CV)

 

Una vez que se obtengan las autorizaciones ambientales y sectoriales para desarrollar el Proyecto, se podrán definir con exactitud, los nombres de los responsables de la ejecución de estas actividades, lo que quedará debidamente establecido en la solicitud del permiso en cuestión.

 

Informes Resultados Campaña

 

Todas las actividades de rescate y relocalización de fauna serán informadas a la Autoridad Ambiental, como parte del cumplimiento de los compromisos del Proyecto. Lo anterior, respetando la forma y contenido de la autorización del Servicio Agrícola y Ganadero.

 

Se hace presente que una vez que se cuente con la aprobación ambiental del Proyecto a través de su respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA), se tramitará sectorialmente ante el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) la aprobación pertinente al Plan de Rescate y Relocalización.

CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

 

El Proyecto no contemplará la implementación de compromisos ambientales voluntarios.

CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO

 

El Comité Técnico Evaluador de la DIA informa desde su pertinencia sectorial, que el proyecto cumple con la Normativa Ambiental Vigente, con los requisitos del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y No Requiere de un Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.

 


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=3f/f0/e95b10f171ee14b336760c9d9af97716819c


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