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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XI REGIÓN DE AYSÉN | SE PRONUNCIA SOBRE ADMISIÓN A TRÁMITE
Resolución Exenta N° 12
Coyhaique, 2 de abril de 2020 | VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: - La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto "CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES CANAL BYNON, AL SUR DE ISLA BENJAMÍN COMUNA DE CISNES, REGIÓN AYSÉN Nº PERT 207111023", presentado por el señor Gonzalo Andres Palma Quaas, en representación de Cultivos Yadran S.A. con fecha 26 de marzo de 2020.
- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley Nº 20.417, que crea el -Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; en el Decreto Supremo N° 40 de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), que Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”), modificado por los D.S. N° 8 y N° 63, ambos de 2014, del MMA; en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Resolución TRA N°119046/74/2017 de fecha 09 de junio de 2017, Tomada Razón por la Contraloría General de la República con fecha 13 de julio de 2017, que nombra en cargo de Alta Dirección Pública, 2º nivel, Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén a don Claudio Aguirre Ramírez y en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO: - Que, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES CANAL BYNON, AL SUR DE ISLA BENJAMÍN COMUNA DE CISNES, REGIÓN AYSÉN Nº PERT 207111023" (en adelante, el Proyecto) presentado por el señor Gonzalo Andres Palma Quaas, en representación de Cultivos Yadran S.A., así como también de los requisitos formales para admitir a trámite la respectiva DIA.
- Que, la DIA cumple con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA.
- Que, en consecuencia, corresponde admitir a trámite la DIA del proyecto.
SE RESUELVE: - Acoger a trámite la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES CANAL BYNON, AL SUR DE ISLA BENJAMÍN COMUNA DE CISNES, REGIÓN AYSÉN Nº PERT 207111023", presentado por el señor Gonzalo Andres Palma Quaas, en representación de Cultivos Yadran S.A..
Anótese, notifíquese al titular y archívese,
CLAUDIO ROBERTO AGUIRRE RAMÍREZ Director Regional Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Aysén
RMR/JDL Adj. lo indicado C/c: - Encargada Participación Ciudadana
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