|
CONSULTA DE PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA "Data Center Lo Aguirre" DE Lader Energy Chile SpA 25-09-2026 Antecedentes de quien realiza la consultaIdentificación del ProponenteLader Energy Chile SpA
Datos de contacto:
Antecedentes del proyecto o actividadAntecedentes Generalesa) Nombre de la CP: "Data Center Lo Aguirre" b) Tipo de proyecto: Proyecto Nuevo Descripción del Proyecto o Actividad a desarrollara) Objetivo de la Consulta de Pertinencia: El Proyecto consiste en la construcción, operación y cierre de un centro de datos destinado al alojamiento, procesamiento, almacenamiento y transmisión digital de información mediante equipamiento tecnológico especializado, emplazado en área rural de la comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. b) Monto de inversión en Dólares (US$): 25000000 c) Tipología(s) del Proyecto o Actividad de la CP: ¿Su proyecto se encuentra cercano a un humedal urbano o dentro de un área protegida? (*): NoTipología de proyecto o actividadñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables por un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 80.000 kg/día. Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a 1.000 tonealdas (sustancias señaladas en D.S. 57/2019 MINSAL-MMA o la Clase 2 División 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382, Of. 2013)
Tipología(s) de partes, obras o accionesb.1) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje que conduzcan energía eléctrica con una tensión mayor a 23 kV y cuyo trazado presente una longitud superior a 2 km
b.2) Subestaciones
Localización de la Consulta de Pertinenciaa) Ubicación: El Proyecto se emplaza en el sector Lo Aguirre, comuna de Pudahuel, provincia de Santiago, Región Metropolitana, fuera del límite urbano comunal, en área rural regida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. b) Región: Región Metropolitana de Santiago
c) Coordenadas geográficas:
Archivos Mapas o Planos
Principales Partes y Obrasa) Descripción de las partes u obras: El Proyecto contempla un edificio de dos niveles y piso mecánico destinado a las salas de datos, salas eléctricas, salas mecánicas, salas técnicas y áreas de acceso y servicios, y un cuerpo adosado de grupos electrógenos de emergencia con sus estanques de combustible integrados. Para su abastecimiento eléctrico considera una subestación eléctrica reductora de 500/23 kV, destinada exclusivamente al consumo propio, y una línea aérea de alta tensión de 500 kV de 1.788 metros que la conecta con la Subestación Seccionadora Lo Aguirre. Comprende además vialidad interior, accesos, estacionamientos y obras menores permanentes: sistema de extinción de incendios, puntos de recepción de combustible, sala de servicios auxiliares, estanques de agua potable, sistema de tratamiento y disposición de aguas servidas, bodegas de materiales, de sustancias peligrosas y de residuos peligrosos, y zona de acopio de residuos domiciliarios. Las obras temporales corresponden a las instalaciones de faena de las etapas de construcción y cierre. El Proyecto se describe en detalle en el documento de consulta adjunto y se representa en las láminas del Anexo 2 y en el archivo KMZ del Anexo 3. Archivos Adjuntosa) Consulta de Pertinencia:
b) Análisis Territorial:
c) Antecedentes legales:
Se hace presente que conforme a lo establecido en el Código Penal será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 100 a 1.000 unidades tributarias mensuales, el que maliciosamente en la evaluación ambiental de un proyecto presentare información que ocultare, morigerare, alterare o disminuyere los efectos o impactos ambientales futuros y el que maliciosamente fraccionare sus proyectos o actividades para eludir el sistema de evaluación de impacto ambiental o hacer variar la vía de ingreso a él. Asimismo, será sancionado con presidio o reclusión menor en sus grados mínimo a medio el que sin haber sometido su actividad a una evaluación de impacto ambiental a sabiendas de estar obligado a ello: 1. Vierta sustancias contaminantes en aguas marítimas o continentales, 2. Extraiga aguas continentales, sean superficiales o subterráneas, o aguas marítimas, 3. Vierta o deposite sustancias contaminantes en el suelo o subsuelo, continental o marítimo, 4. Vierta tierras u otros sólidos en humedales, 5. Extraiga componentes del suelo o subsuelo y 6. Libere sustancias contaminantes al aire. La pena será de presidio o reclusión menor en sus grados medio a máximo si el infractor perpetra el hecho estando obligado a someter su actividad a un estudio de impacto ambiental. |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2026/09/26/40d9-b957-46d4-b27d-350f082b2f28