Nombre: Johanna Alejandra Hurtado Ramírez
Observación:
El Capítulo 6 de la Declaración de Impacto Ambiental presenta once Compromisos Ambientales Voluntarios (CAV) orientados a flora, fauna y medio humano. Sin embargo, del análisis de su contenido se desprende que la mayoría corresponde a acciones de capacitación, monitoreo, estudios científicos, rescate de especies o compromisos administrativos, sin incorporar medidas de conservación, restauración o compensación ambiental que sean proporcionales a la magnitud de las obras proyectadas y a la sensibilidad ambiental del territorio donde se emplaza Minera Escondida.
Si bien el artículo 19 letra d) del Reglamento del SEIA permite la incorporación de compromisos ambientales voluntarios, éstos deben representar un aporte ambiental efectivo, ser verificables y contribuir a hacerse cargo de impactos que, aun cuando hayan sido calificados como no significativos por el titular, puedan afectar componentes ambientales relevantes. En este caso, los compromisos propuestos carecen de la entidad suficiente para responder al contexto ecológico y territorial de la Región de Antofagasta, caracterizada por una alta fragilidad ecosistémica, escasez hídrica y una histórica concentración de actividades mineras.
Los once Compromisos Ambientales Voluntarios se concentran principalmente en:
Si bien estas iniciativas pueden constituir buenas prácticas, ninguna aborda directamente los impactos ambientales más relevantes que genera un proyecto de expansión minera de gran escala.
En efecto, no se incorporan compromisos voluntarios relacionados con:
Resulta especialmente preocupante que el propio Reglamento del SEIA señala expresamente que los Compromisos Ambientales Voluntarios pueden estar orientados a hacerse cargo de emisiones de gases de efecto invernadero, forzantes climáticos y a verificar que no se generen impactos significativos. Sin embargo, el titular no incorpora ningún compromiso específico en estas materias, pese a tratarse de una de las operaciones mineras de mayor tamaño del país.
Asimismo, gran parte de los compromisos consisten únicamente en la elaboración de estudios, informes o capacitaciones. Estas acciones generan información o fortalecen la gestión interna, pero por sí mismas no reducen impactos ambientales ni restituyen los componentes afectados.
Desde el punto de vista del derecho ambiental, ello resulta insuficiente para satisfacer los principios preventivo y precautorio consagrados en la Ley N° 19.300, los cuales exigen adoptar medidas eficaces destinadas a evitar o minimizar el daño ambiental antes de que éste ocurra.
La insuficiencia de estos compromisos adquiere aún mayor relevancia considerando el contexto territorial de la Región de Antofagasta, reconocida por soportar una elevada carga ambiental derivada de la concentración histórica de proyectos mineros, industriales y energéticos. En consecuencia, la evaluación ambiental no puede analizar este proyecto de manera aislada, sino que debe considerar los impactos acumulativos, sinérgicos y el principio de justicia ambiental.
En este escenario, los Compromisos Ambientales Voluntarios debieran constituir un estándar adicional de protección ambiental acorde con la magnitud del proyecto. Sin embargo, el conjunto de medidas propuestas posee un alcance limitado y predominantemente administrativo, sin generar beneficios ambientales proporcionales al riesgo ambiental existente.
Se observa que el conjunto de Compromisos Ambientales Voluntarios carece de proporcionalidad respecto de la magnitud del proyecto y de la sensibilidad ambiental del territorio donde éste se emplaza.
Los compromisos propuestos se concentran principalmente en actividades de capacitación, monitoreo, rescate de especies y generación de información científica, sin establecer obligaciones concretas de restauración ecológica, conservación de ecosistemas, reducción de emisiones, fortalecimiento de la resiliencia climática o compensaciones ambientales de escala equivalente a los impactos potenciales del proyecto.
En consecuencia, los CAV no representan un valor ambiental agregado suficiente y terminan constituyendo medidas de gestión interna más que verdaderos compromisos destinados a incrementar la protección ambiental del territorio.
Se solicita al Servicio de Evaluación Ambiental exigir al titular la reformulación integral de los Compromisos Ambientales Voluntarios, incorporando, al menos:
La naturaleza voluntaria de estos compromisos no exime al titular de la obligación de que éstos sean útiles, eficaces y proporcionales a la magnitud del proyecto sometido a evaluación ambiental. En su formulación actual, los once Compromisos Ambientales Voluntarios presentan un alcance limitado y no constituyen un aporte ambiental significativo que permita fortalecer la protección del territorio ni responder adecuadamente a los desafíos ambientales, climáticos y sociales asociados a la expansión de Minera Escondida.
Por lo anterior, se solicita que esta observación sea debidamente considerada durante la evaluación ambiental, requiriendo al titular fortalecer sustancialmente sus Compromisos Ambientales Voluntarios para que éstos respondan al principio preventivo, al enfoque ecosistémico, a la justicia ambiental y al deber de protección efectiva del patrimonio ambiental consagrado en la legislación chilena.
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2026/07/08/bca6-7f40-40f3-a41d-1e9e5755b479