Declaración de Impacto Ambiental"Planta Solar La Hornilla"Razón de ingreso: Ingreso por tipología (art. 3 del D.S. N°40)LA HORNILLA SpA |
| Fecha de Ingreso al sistema electrónico: | 30 de abril de 2026 |
| Fecha de Presentación de la Declaración: |
El proyecto se emplaza en la comuna de Mostazal, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins,
La planta solar considera una potencia total instalada de 170,6 MW p para inyectar 151,6 MW ac de potencia en su punto de conexión. Para ello se considera la instalación de 233.632 módulos fotovoltaicos o paneles solares de 730 W de potencia cada uno, los cuales estarán agrupados en strings o agrupación de módulos en serie. La instalación de los paneles solares se realizará sobre estructuras de soporte correspondientes a seguidores bi-fila con seguidor a 1 eje.
La Fase de Construcción del Proyecto tendrá una duración de diecisiete (17) meses y requerirá de una dotación promedio de 400 trabajadores y una dotación máxima de 650 trabajadores. La Fase de Operación tendrá una duración de 30 años, y será operada de forma remota, sin embargo, se contará con un equipo de 6 personas para inspecciones visuales , un equipo de 15 técnicos en labores de mantención programadas y un máximo de 30 personas en labores programadas de mayor requerimiento de mano de obra.
Finalmente, la Fase de Cierre tendrá una duración de doce (12) meses y contempla la desenergización de las instalaciones, desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica, de la subestación elevadora y de la línea de alta tensión, retiro de equipos y maquinaria y posterior limpieza y cierre del sector. Para esta fase se proyecta un requerimiento promedio de 40 trabajadores y un máximo de 70 trabajadores.
El proyecto Planta Solar La Hornilla tiene por objetivo la construcción y operación de una Central Solar Fotovoltaica para generar energía eléctrica a partir del aprovechamiento de la energía solar mediante la implementación de paneles solares, e inyectar al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) la energía generada, correspondiente a una potencia nominal de 170,6 MW.
Cabe señalar que la inyección de energía al SEN contribuirá al cumplimiento de las metas de descarbonización y diversificación en la matriz energética nacional, destacando la contribución con la Política Energética 2050 del Ministerio de Energía, que busca contar con una matriz donde las Energías Renovables No Convencionales (ERNC) tengan una representación del 70%, en conformidad a lo establecido por la Ley N°20.698/2013 del Ministerio de Energía.
Así mismo, contribuye en la reducción de las emisiones de gases nocivos a la atmósfera (CO2, SOx, NOx) mediante la utilización de recursos naturales para la generación de energía, junto con satisfacer la demanda energética creciente mediante la inyección de energía al SEN.
| Fase | Mano de Obra Promedio | Mano de Obra Máxima |
| Construcción | 400 | 650 |
| Operación | 15 | 30 |
| Cierre o abandono | 40 | 70 |
| Tipo de superficie | Superficie | Unidad |
| Predial Parque Solar | 190.96 | has |
| Servidumbre eléctrica | 63.84 | has |
El Proyecto se emplazará en la Región del Libertador Bernardo O’Higgins, en la Provincia de Cachapoal, comuna de Mostazal, aproximadamente 10 km al noreste de la ciudad de San Francisco de Mostazal.
La localización del Proyecto obedece a la existencia de factores que definen este sector como técnicamente adecuado para la implementación de energías renovables del tipo fotovoltaico, debido a las razones expuestas a continuación:
El potencial de generación de energía, ya que corresponde a una zona con un alto índice de radiación solar y condiciones climáticas que permiten obtener la energía directa del sol en casi todas las épocas del año. Cuenta con un recurso de radiación aprovechable y un alto número de horas de sol totales.
Conforme se establece en el Art. 19, letra a.3 del RSEIA, 2024, se utilizó la herramienta ARClim (Atlas de riesgos climáticos), para identificar los posibles riesgos climáticos en el área del proyecto, donde se consideraron los mapas de riesgos del sector energía eléctrica, en específico la cadena de “Impacto de aumento de temperatura sobre líneas de transmisión” e “Impacto del cambio en radiación solar”, lo cual se muestra en las figuras y tablas a continuación.
Acorde al análisis anterior, el Proyecto La Hornilla no presenta factores que generen impactos negativos relevantes asociados al cambio climático asociados al sector energía eléctrica, debido a que su área de influencia se emplaza en la comuna de Mostazal, cuyos indicadores en ARClim se ubican en rangos leves. En particular, para el impacto del aumento de temperatura sobre líneas de transmisión, Mostazal registra un Índice de Riesgo de 0,013 y un Índice de Amenaza de 0,054; mientras que, para el impacto del cambio en radiación solar, la comuna presenta un Índice de Riesgo de -0,05, asociado a un cambio del costo marginal de -0,66 USD/MWh, lo que en conjunto indica una afectación esperada baja para el Proyecto.
ARClim
Planta Solar La Hornilla, en adelante el “Proyecto”, corresponde a la construcción y operación de una planta de generación eléctrica a partir de Energías Renovables No Convencionales (ERNC), específicamente solar fotovoltaica, con una potencia instalada de 170,6 MWp. Además, el Proyecto contempla un sistema de almacenamiento de energía con una capacidad de 750 MWh y una potencia instalada de 150 MW. La infraestructura principal asociada a este sistema considera la instalación de 150 contenedores de baterías, 50 centros de transformación (PCS) y tres (3) transformadores destinados a servicios auxiliares. La energía generada será evacuada mediante una Línea de Evacuación de Alta Tensión (LEAT) en 220 kV de aproximadamente 15,96 km de longitud, que se conectará a la Subestación existente Candelaria 220 kV, constituyendo el punto de inyección al Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
El Proyecto se emplazará administrativamente en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Provincia de Cachapoal, en la comuna de Mostazal, aproximadamente 10 km al noreste de la ciudad de San Francisco de Mostazal. El acceso a la planta solar será a partir de la ruta 5 hasta San Francisco de Mostazal, luego la ruta H-111, para finalmente seguir al norte por la ruta H-45-G a partir de la cual se accede al Proyecto a través de un camino existente. Para el acceso a la línea de alta tensión se ocuparán caminos y huellas existentes a lo largo de su trazado.
El artículo 18, literal m) del D.S. N°40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), establece que debe incluirse la descripción de compromisos ambientales voluntarios no exigidos por la legislación vigente. En este sentido, los compromisos ambientales voluntarios del Proyecto se encuentran detalladamente abordados en el Capítulo 6 de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), en el cual se identifican medidas orientadas a reforzar la gestión ambiental más allá de los requerimientos normativos.
Por su parte, el artículo 18, letra m bis) establece que el proyecto debe incorporar la descripción de los monitoreos participativos que se desarrollarán durante sus distintas fases, indicando el lugar, momento y los indicadores de cumplimiento, cuando corresponda.
Acorde a lo señalado en el Artículo 2 letra g bis) Monitoreo Participativo corresponde a “Proceso mediante el cual el titular incorpora a la comunidad en el seguimiento de las fases del desarrollo de un proyecto mediante la entrega de información, reportes, mediciones, realización de capacitaciones, coordinación de visitas de terreno u otras que den cuenta del desarrollo del proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases”.
Conforme a lo anterior, y en relación con el Proyecto sometido a evaluación, el Titular no contempla el monitoreo participativo para el seguimiento de las fases de su desarrollo.
Jorge Cristian Jugovic Masjuan
Representante legal
LA HORNILLA SpA
Declaro bajo juramento que la presente Declaración de Impacto Ambiental y los antecedentes requeridos para la presentación del proyecto "Planta Solar La Hornilla", cumplen con la legislación ambiental vigente, de conformidad con lo exigido en el artículo 18 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el articulo 19 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que su contenido está de acuerdo con la normativa citada precedentemente. Asimismo, declaro bajo juramento que acepto realizar la Evaluación de Impacto Ambiental de mi proyecto electrónicamente utilizando el e-SEIA. Esto incluye el compromiso de revisar el estado de avance del proceso de evaluación en el sistema y revisar mi correo electrónico regularmente. Finalmente declaro estar en conocimiento de todas las opciones y normas que establece la legislación vigente para el uso de este sistema que se expresan en el documento "Términos y Condiciones de uso del Sistema e-SEIA", disponible en la página principal del sistema.
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2026/05/09/ef0d-6f7d-4e0a-83e3-c829eeb7c770