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CONSULTA DE PERTINENCIA DE INGRESO AL SEIA "Habilitación Data Center Alto Jahuel" DE DC Terranova SPA 05-05-2026 Antecedentes de quien realiza la consultaIdentificación del ProponenteDC Terranova SPA
Datos de contacto:
Antecedentes del proyecto o actividadAntecedentes Generalesa) Nombre de la CP: "Habilitación Data Center Alto Jahuel" b) Tipo de proyecto: Proyecto Nuevo Descripción del Proyecto o Actividad a desarrollara) Objetivo de la Consulta de Pertinencia: Contuir y habilitar un Data Center de de dos niveles, con una superficie construida de 32. 141,842 ??2, destinado a proveer infraestructura de resguardo de datos para diversas empresas y organizaciones. b) Monto de inversión en Dólares (US$): 25000000 c) Tipología(s) del Proyecto o Actividad de la CP: ¿Su proyecto se encuentra cercano a un humedal urbano o dentro de un área protegida? (*): NoTipología de proyecto o actividadñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables por un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 80.000 kg/día. Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a 1.000 tonealdas (sustancias señaladas en D.S. 57/2019 MINSAL-MMA o la Clase 2 División 2.1, 3 y 4 de la NCh. 382, Of. 2013)
Localización de la Consulta de Pertinenciaa) Ubicación: 343440 m E, 6267764 m N b) Región: Región Metropolitana de Santiago
c) Coordenadas geográficas:
Archivos Mapas o Planos
Principales Partes y Obrasa) Descripción de las partes u obras: El proyecto "Habilitación Data Center Alto Jahuel" contempla la construcción y habilitación de una edificación de 32.141,842 m^2, distribuida en dos niveles, destinada a la prestación de servicios de almacenamiento y procesamiento de datos para diversas empresas y organizaciones. El primer nivel considera aproximadamente 22.000 m^2 , mientras que le segundo nivel contempla una superficie de 10.141,842 m^2. La infraestructura proyectada incluirá seis áreas de servidores, dos alas destinadas a grupos generadores de emergencia , un ala de servicios y un ala de oficinas, además de áreas de bodegas, salas eléctricas, sala de tableros y circulaciones. En particular en el primer nivel se albergarán los grupos generadores de emergencia, bodega de operarios, salas eléctricas, sala de servidores, bodega operarios, bodega de servidores y oficinas. En el segundo nivel, se consideran salas eléctricas, sala de tableros, grupos electrógenos de emergencia y oficinas. A continuación, se especifican las áreas a construir del Proyecto. Tabla 2. Áreas del Proyecto "Habilitación Data Center Alto Jahuel". Partes Superficie [m^2] Oficinas 3.036,813 Bodegas 3.147,322 Salas Eléctricas, Servidores y Tableros 20.879,365 Circulaciones 5.078,342 Total 32.141,842 Fuente: DC Terranova SpA. En particular el Proyecto considera las siguientes áreas. i. Oficinas administrativas ii. Oficinas de mantención iii. Oficinas y Centro de operaciones iv. Sala servidores v. Sistema de Refrigeración vi. Sistema de Gestión y Respaldo de Energía vii. Zonas de Grupos Electrógenos de Emergencia viii. Estanque de combustible ix. Sistema de monitoreo x. Sistema de Detección y Alarma de Incendios xi. Sistema de Extinción de incendio xii. Garita de control de acceso xiii. Bodegas de almacenamiento de servidores y piezas TI xiv. Bodegas de operación y mantenimiento xv. Sala de residuos xvi. Bodega de residuos peligrosos xvii. Sistema particular de agua potable xviii. Sistema particular de Tratamiento de Aguas Servidas Archivos Adjuntosa) Consulta de Pertinencia:
b) Análisis Territorial:
c) Antecedentes legales:
Se hace presente que conforme a lo establecido en el Código Penal será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de 100 a 1.000 unidades tributarias mensuales, el que maliciosamente en la evaluación ambiental de un proyecto presentare información que ocultare, morigerare, alterare o disminuyere los efectos o impactos ambientales futuros y el que maliciosamente fraccionare sus proyectos o actividades para eludir el sistema de evaluación de impacto ambiental o hacer variar la vía de ingreso a él. Asimismo, será sancionado con presidio o reclusión menor en sus grados mínimo a medio el que sin haber sometido su actividad a una evaluación de impacto ambiental a sabiendas de estar obligado a ello: 1. Vierta sustancias contaminantes en aguas marítimas o continentales, 2. Extraiga aguas continentales, sean superficiales o subterráneas, o aguas marítimas, 3. Vierta o deposite sustancias contaminantes en el suelo o subsuelo, continental o marítimo, 4. Vierta tierras u otros sólidos en humedales, 5. Extraiga componentes del suelo o subsuelo y 6. Libere sustancias contaminantes al aire. La pena será de presidio o reclusión menor en sus grados medio a máximo si el infractor perpetra el hecho estando obligado a someter su actividad a un estudio de impacto ambiental. |
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Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2026/05/05/aaf0-5d7c-4f7a-9163-f58684ca2a4a