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N ° 306

ORD. Nº 306

ANT: Oficio Nº Solicitud de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida"

MAT: Se pronuncia sobre Declaración de Impacto Ambiental que indica

Antofagasta, 31 de marzo de 2026



DE: Señora Marietta Andrea Méndez Carvajal
Seremi (S)
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
A: Señor Tomás Andrés Ballesteros Cohen
Director Regional
Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida", presentado por la señora Ana Isabel Zúñiga Sanzana, en representación de MINERA ESCONDIDA LIMITADA.



En base a la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia conforme sobre la Declaración de Impacto Ambiental antes mencionada.

 Condicionado a:

1.    1 El titular declara en PAS 160 un total de 98 obras sumando 71.674,80 m², de las cuales 62 son temporales (18.808,00 m²) y 36 permanente (52.866,80 m²), a detallar:

Temporalidad

Instalación

Nombre

Superficie

Temporal

IIFF-1: Chancador primario

Comedor 350 personas

894,90

Oficinas

405,00

Primeros Auxilios y Unidad de Rescate

327,60

Vestidores Personal Directo

330,00

Baños Comedor 350 personas

120,00

Bodega Comedor

74,40

Taller de Mantención de Equipos pesados y Livianos

619,10

PTAS N°1

1.008,00

Oficinas Área de Residuos Peligrosos

30,00

Baños Área de Residuos Peligrosos

15,00

Área de Almacenamiento de Residuos Peligrosos

180,00

IIFF-2: Correas y estación de transferencia

Vestidores Personal

330,00

IIFF-3: Acopio Minerales Gruesos y Correas

Vestidores Personal

330,00

IIFF-4: Chancado Pebbles / Correas / Planta Cal

Vestidores Personal

330,00

IIFF-5: Molienda

Oficinas

405,00

Vestidores Personal Directo

330,00

Comedor 350 Personas

969,20

Baños Comedor 350 personas

120,00

Primeros Auxiliares

178,80

Unidad de Rescate

148,80

IIFF-6: Oficina y comedor Principales

Edificio Oficina Principal (EPCM + OWNER) + Baños

936,00

IIFF-7: Oficina y Comedor Principales

Baños Comedor 350 personas

120,00

Comedor 350 personas

897,20

Bodega Insumos Comedor

72,00

IIFF-8: Flotación / Remolienda / Reactivos

Vestidores Personal

330,00

IIFF-9: Espesador, remolienda y patio de suministros

Vestidores personal Directo

330,00

IIFF-10: Instalación de Faenas y patio de suministros

Oficinas

405,00

Comedor 350 personas

897,20

Bodega Comedor

72,00

Vestidores personal Directo

330,00

Bodega Internacional

619,10

Bodega Nacional

619,10

Baños 350 Personas

120,00

Planta PTAS N°4

1.008,00

Respel

400,00

Taller

619,10

Oficina Área de Residuos

30,00

IIFF-11: Suministros acopio de gruesos y molienda 2

Planta PTAS N°2 y N°3

1.967,30

Taller

619,10

Oficinas y baños

45,00

Bodega de Residuos Peligrosos

180,00

IIFF-12: Suministros tuberías

Vestidor personal Directo

330,00

IIFF-13: Dos Plantas de Hormigón de 60 m³/h

Oficina 1

15,00

Oficina 2

15,00

Oficina 3

15,00

Oficina 4

15,00

Baño 1

15,00

Baño 2

15,00

Baños 3 y Vestidor 1

30,00

Baños 4 y Vestidor 2

30,00

Cabina de Comando 1

15,00

Cabina de comando 2

15,00

Jaula SUSPEL

27,80

Curado de Probetas

60,00

Garita control de entrada

15,00

Garita control de salida

15,00

Planta PTAS N°5

299,20

Polvorín y Bodega de Equpos Radiactivos

Garita Acceso 1

15,00

Bodega Explosivos

29,70

Bodega Accesorios Explosivos

29,70

Garita Acceso 2

15,00

Bodega Equipos Radiactivos

29,70

Subtotal Total

18.808,00

Permanente

Área Chancado Primario

Chancado primario

529,90

Sala Eléctrica TAG N°3131-ER-00001

276,00

Baños en Sector de Chancado Primario

18,00

Planta de Tratamiento de Aguas Servidas - Chancado Primario

120,00

Sector Transporte Mineral Grueso

Sala Eléctrica TAG N°3130-ER-00001

341,90

Nueva Planta Concentradora

Acopio de minerales gruesos / Caseta salida de emergencia

13.612,60

Sala Eléctrica TAG N°3240-ER-00001

400,70

Chancado de Pebbles

1.764,40

Molienda

24.680,20

Remolienda

1.284,00

Sala Eléctrica TAG N°3320-ER-00001

489,70

Flotación (Celdas Columnares)

872,10

Sala Eléctrica TAG N°3320-ER-00002

553,90

Bodega de Reactivos

560,00

Tolva Recepción de Floculantes

88,00

Sala Eléctrica TAG N°3350-ER-00001

626,60

Sitio Almacenamiento Residuos Sólidos Peligrosos

120,00

Baño 1

18,00

Baño 2

18,00

Baño 3

18,00

Baño 4

18,00

Baño 5

18,00

Baño 6

18,00

Baño 7

18,00

Baño 8

18,00

Edificio Administrativo -Sala de control

864,00

Casa de Cambio

486,00

Comedor

503,70

Policlínico

208,80

Taller de Mantenimiento

453,50

Laboratorio Metalúrgico

1.308,30

Bodega Insumos

1.105,10

Subestación EGP

Sala Eléctrica TAG N°3841-ER-00002

334,90

Galpón GIS 220 Kv

818,60

Sala de Servicios Generales

277,10

Sala de bombas de sistema contra incendio

24,80

Subtotal Total

52.866,80

Total

71.674,80

 

 

2.     2 Una vez que el proyecto obtenga la Calificación Ambiental Favorable, el permiso sectorial asociado al artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones deberá tramitarse dando cumplimiento íntegro al artículo 2.1.19, numeral 4 e incisos siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Para ello, el Titular deberá acreditar el dominio u otra facultad válida sobre el polígono del terreno donde se emplazarán las instalaciones provisorias. Asimismo, deberá adjuntar el acto administrativo correspondiente (servidumbre, contrato de arriendo, título de propiedad u otro) que respalde el camino de conexión entre el polígono de emplazamiento y la ruta enrolada más cercana, incluyendo las autorizaciones de empalme otorgadas por la Dirección de Vialidad del MOP.

 

3.     3 En complemento a lo anterior, se recuerda que, para los efectos de conectividad y conforme al artículo 55° de la LGUC, se deberá dar cumplimiento al artículo 2.2.4 Bis de la OGUC, que señala:  "Tratándose de proyectos aprobados en el área rural, conforme al artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, desvinculados de la vialidad existente, será obligatorio que éstos se conecten con al menos una vía pública.  En estos casos los estándares mínimos de las obras de urbanización de la vía de conexión, dentro y/o fuera del predio, será pavimento en tierra debidamente estabilizado y compactado, con una solución para la evacuación de aquas Iluvia. La conexión mencionada podrá ser una servidumbre de tránsito."

 

4.     4 Finalmente, se recuerda al Titular que, una vez tramitado el mencionado permiso sectorial, deberá gestionar el Permiso de Edificación, el que deberá ejecutarse conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, a las Normas y Especificaciones sobre Diseño y Construcción establecidas en la OGUC y a las exigencias que formule la Dirección de Obras Municipales correspondiente. Asimismo, deberá tramitar todos los permisos sectoriales que resulten aplicables al proyecto.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,




Marietta Andrea Méndez Carvajal
Seremi (S)
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta


MMC/ILP


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=2026/04/02/ed84-52d5-4c16-bca1-2bff402def8f


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