|
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN II REGIÓN DE ANTOFAGASTA | SE PRONUNCIA SOBRE ADMISIÓN A TRÁMITE
| VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: 1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante "DIA") del proyecto “Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida”, presentada por la señora Ana Isabel Zúñiga Sanzana, en representación de Minera Escondida Limitada, con fecha 16 de marzo de 2026, ante la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta (en adelante “SEA Antofagasta”). 2. Lo dispuesto en el ORD. D.E. N° 202099102718, de fecha 14 de diciembre de 2020 (en adelante “ORD. D.E. N° 202099102718/2020”), de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante “SEA”), que Imparte instrucciones sobre foliación y registro de expedientes Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”). 3. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417 (en adelante “Ley N°19.300”); en el Decreto Supremo N°40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por el Decreto Supremo N°30, de 2023, y por el Decreto Supremo N°17, de 2025, ambos del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante, el “RSEIA”); en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Resolución TRA 119046/1/2025 de fecha 16 de mayo de 2025 del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al Director Regional de Antofagasta; y en la Resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1. Que, la Dirección Regional del SEA, Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida”, presentada por la señora Ana Isabel Zúñiga Sanzana, en representación de Minera Escondida Limitada, así como también de los requisitos formales para admitir a trámite la respectiva DIA. 2. Que, la DIA cumple con lo establecido en el artículo 31 del RSEIA. 3. Que, en la presentación del DIA, se incorpora en formato digital en atención a su tamaño en uso de memoria, el documento “Minera_Escondida.rar”. 4. Que, a continuación, se indica el hipervínculo de descarga para el documento indicado: Respaldo: https://archivos.sea.gob.cl/2026/03/09/2167965265/Minera_Escondida.rar Código de validación: fd03f01521a4ac3f024e9d5191eacc1fee497de49baf26332b2d721d091f3b0d 5. Que, el artículo 21°, inciso tercero del RSEIA, dispone que "Quedarán exceptuados de ingresar al expediente aquellos documentos o piezas que por su naturaleza no puedan agregarse, o aquellos que tengan el carácter de reservados en conformidad al artículo siguiente, los que deberán archivarse en forma separada en las oficinas del Director Regional o Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda. De dicho archivo deberá quedar constancia en el expediente". 6. Que, según lo dispuesto en el ORD. D.E. N° 202099102718/2020, de la Dirección Ejecutiva del SEA, que Imparte instrucciones sobre foliación y registro de expedientes SEIA, los documentos referidos deberán ser separados del expediente, en atención a su tamaño en uso de memoria (mayor a 200 MB), siendo de acceso exclusivo del Director Regional y encargado de evaluación ambiental de la región. 7. Que, de conformidad al referido instructivo, la custodia de los documentos y/o elementos separados del expediente será de responsabilidad de la Dirección Regional, debiendo ser conservado en su archivo, debidamente rotulado con el nombre del Proyecto, su ID y el folio electrónico de la presente Resolución. Atendido lo anterior, el Director Regional controlará que el Encargado de Evaluación de la Región realice la custodia y lleve el registro de los documentos y/o elementos separados del expediente. 8. Que, en consecuencia, corresponde admitir a trámite la DIA del proyecto. SE RESUELVE: 1. ACOGER a TRÁMITE la DIA del proyecto “Nueva Planta Concentradora, obras eléctricas, actualización movimiento mina e implementación de obras complementarias en Minera Escondida” presentada por la señora Ana Isabel Zúñiga Sanzana, en representación de Minera Escondida LIMITADA 2. TENER POR PRESENTADOS los documentos señalados en el Considerando N°3 de esta Resolución, los cuales, en atención a su tamaño en uso de memoria, no digitalizable, deben separarse del expediente. 3. HACER PRESENTE que será responsabilidad de esta Dirección Regional su debida custodia. Para tales efectos, el Encargado de Evaluación Ambiental, realizará la custodia y llevará un registro de los documentos. 4. TÉNGASE PRESENTE, que el Titular deberá instalar uno o más carteles informativos, dependiendo de la cantidad de obras y faenas, en el sitio donde se ubicará el Proyecto dentro de los 10 días siguientes contados desde la notificación de la presente resolución, en los términos dispuestos en el Artículo 88 y 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y en concordancia con lo dispuesto en el inciso final del Artículo 32, del mismo cuerpo normativo.
Anótese, notifíquese al titular y archívese,
Tomás Andrés Ballesteros Cohen Director Regional Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
SCA/MDF/CSL Adj. lo indicado
|