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ORD. Nº 6770

ANT: Oficio Nº 043148 Solicitud de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Transporte terrestre de residuos industriales y productos asimilables por caminos que se indican de la I a la X Región"

MAT: Se pronuncia sobre Declaración de Impacto Ambiental que indica

Santiago, 26 de Noviembre de 2004.



A : Sr. Raúl Arteaga Montesinos
Dirección Ejecutiva
Comisión Nacional del Medio Ambiente

DE

:

Dra. Soledad Ubilla Foncea
Director
SESMA, RM

En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Transporte terrestre de residuos industriales y productos asimilables por caminos que se indican de la I a la X Región", presentado por Empresa de Transportes Los Ríos S.A., representada por el(la) Sr. Luis Alfredo Paredes Acevedo. De la revisión del documento citado anteriormente, este Organo de la Administración del Estado tiene las siguientes observaciones:

  1. Normativa de carácter ambiental aplicable
  2.  


    1.1            RESIDUOS SÓLIDOS INDUSTRIALES


     


     


    1.1.1     El titular del proyecto deberá indicar la cantidad de los residuos que generara la actividad de transporte. Así también deberá identificar las características de peligrosidad de los residuos y estimar la cantidad anual de cada uno de ellos. 


     


    1.1.2          En la DIA del proyecto Transportes Los Ríos indica que transportará residuos industriales desde los generadores hasta una bodega autorizada para el almacenamiento temporal. Al respecto el titular debe indicar el lugar donde se encuentra ubicada, condiciones  de la bodega y la forma de almacenamiento de los residuos.


     


    1.1.3          En la DIA del proyecto no se indica que empresa realizará la mantención mecánica lavado y descontaminación de vehículos y contenedores. Al respecto el titular del proyecto debe indicar qué empresa realizará las mantenciones a los vehículos de transporte y acreditar la autorización de la empresa, describiendo las condiciones  que poseen esas instalaciones.


     


    1.1.4          En la DIA del proyecto no se indican las características técnicas de los envases y tanques en que se transportaran los residuos. Al respecto el titular del proyecto debe indicar el tipo de material, espesor y calidad de los envases y tanques en que se transportaran los residuos.


     


    1.1.5          En la DIA del proyecto no se incluyen procedimientos para descontaminar suelos afectados por un derrame, como tampoco el tratamiento o disposición final de los residuos generados por la acción de la descontaminación del sitio. Al respecto el titular del proyecto deberá presentar un Plan detallado de las operaciones incluyendo todos los controles necesarios para evitar la dispersión o migración de los contaminantes a través del suelo, aire y agua, que puedan significar un riesgo para la salud y seguridad de la población y de los trabajadores que participen en el manejo de los residuos. Asimismo, el titular deberá indicar donde se efectuará la limpieza de los camiones accidentados, que pudieran sufrir contaminación por residuos peligrosos.      


     


                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                              


    2.            PREVENCIÓN DE RIESGOS Y EMERGENCIAS


     


    1.2.1          El titular del proyecto respecto al plan de plan de contingencias deberá detallar en forma explícita, un programa de Capacitación, Entrenamiento y Realización de Simulacro de accidentes y/o  emergencias, para el personal del equipo de emergencia, así como el directamente relacionado con el transporte.


     


    1.2.2     El titular del proyecto en el cuadro Nº3, sustancias a transportar, origen y cantidad estimada, deberá especificar la cantidad máxima estimada a transportar para los siguientes residuos:  filtros de aceite, petróleo contaminado, solventes (indicar al menos qué tipo), selenio en polvo, borras plomadas, borras orgánicas, aceites lubricante, filtros y  bolsas.

  3. Permisos Ambientales Sectoriales
  4. En la DIA el titular del proyecto señala que manipulará, acondicionará y transportará residuos industriales, desde la generadora hasta la bodega autorizada para tal almacenamiento temporal. Respecto a la bodega señalada el titular deberá tramitar en el proceso de evaluación ambiental los permisos ambientales sectoriales correspondientes a los Artículos 93 y 94 del Reglamento del SEIA, D.S. 95/2001, del MINSEGPRES. De ubicarse la bodega en la Región Metropolitana el titular deberá adjuntar los siguientes antecedentes:


     


    4.1 Para el Permiso Ambiental Sectorial del Artículos 93 el titular del proyecto deberá detallar:


     a) Aspectos Generales:


    a.1. Definición del tipo de tratamiento.


    a.2. Localización y características del terreno.


    a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.


    a.4. Obras civiles proyectadas y existentes.


    a.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.


    a.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.


    a.9. Manejo de residuos generados dentro de la bodega.


    f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):


    f.1. Características del recinto.


    f.2 Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.


     4.2 Para el Permiso Ambiental Sectorial del Artículos 94 el titular del proyecto deberá detallar:


     a)        Memoria técnica de características de construcción y ampliación (Incorporar en la descripción del Proyecto):


    Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra a) del artículo 94, el titular del proyecto debe presentar una memoria técnica de la construcción del establecimiento industrial o de bodegaje, basada en la OGUC y conteniendo como mínimo los siguientes aspectos:


     Þ         Tipo de construcción (nueva y existente, cuando corresponda).


    Þ         Tipo de estructura soportante (metálica, madera, hormigón, etc.).


    Þ         Tipo de muros (adobe, albañilería, metálicos, etc.) y características (altura, resistencia al fuego,  etc).


    Þ         Tipo de piso (radier, asfaltado, madera, plásticos, gravilla, etc.).


    Þ         Tipo de techumbre (planchas metálicas o de otro material).


     b)       Plano de planta:


     Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra b) del artículo 94, el titular del proyecto debe presentar:


    Þ         Un plano de planta del establecimiento industrial o de bodegaje, representado en una escala entre 1:100 y 1:500 de tal forma que permita fácil lectura, e indicando los siguientes aspectos:


    ·            Ubicación de la edificación en el predio del proyecto.


    ·            Dependencias (de producción, de almacenamiento, administrativos, de servicios higiénicos, casino, pañol, zonas de carga y descarga, etc.).


    ·            Ubicación de maquinarias y equipos.


    ·            Cuadro de superficies señalando los metros cuadrados construidos que contempla el proyecto y la superficie total del terreno.


    Þ         Un plano de ubicación general del proyecto representado en una escala 1:500 e indicando los siguientes aspectos:


    ·            Nombre de las vías de acceso principales al proyecto.


    ·            Actividades que desarrollan los vecinos colindantes al proyecto (casa habitación, local comercial, taller, fábrica, bodega, calle, etc., según corresponda).


    ·            Distancias desde el límite del predio a presencia de personas potencialmente afectadas por ruido (casas habitación, etc.).


    ·            Zonificación de acuerdo al Plan Regulador Comunal, acreditado mediante certificado de Informaciones Previas, entregado por el Municipio correspondiente.


    c)        Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma:


    Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra c) del artículo 94, el titular del proyecto debe presentar:


    Þ         Una memoria descriptiva-explicativa del proceso que se llevará a cabo:


    ·            Identificando las materias primas, insumos y/o productos elaborados y sus respectivas cantidades, que tienen relación con la actividad.


    ·            Indicando los antecedentes que den cuenta de las actividades de transporte, de carga y descarga, almacenamiento, etc. (si estas actividades se realizarán en forma manual o con máquinas y de qué tipo).


    ·            Describiendo el proceso productivo desde que ingresa la materia prima y/o insumos, hasta que se obtiene el producto elaborado y/o servicio final, adjuntando el flujograma o diagrama de bloques del proceso productivo desde que ingresa la materia prima y/o insumos hasta que se obtiene el producto final.


    ·            Cantidad de personas que trabajarán en la actividad.


    ·            Duración del proceso productivo (operación continua en turnos o solamente diurna).


    Þ         Un listado con los detalles de las materias primas, insumos y productos finales almacenados en el establecimiento industrial o de bodegaje (materiales plásticos, otros materiales combustibles sólidos como papeles, cartones, maderas, textiles, neumáticos, etc.) de acuerdo al siguiente formato:


    FORMATO N° 1


    Materia prima, insumo y/o producto final almacenado:
















    Materia prima, insumo y/o producto almacenado en el lugar


    Cantidad máxima almacenada en forma instantánea (en cualquier momento) en (ton, kg, lt,).


    Tipo de envase (tambor metálico, tambor plástico, bolsa, etc., lo más explícito posible).


     


     


     


     


     


     


    Otra información, con relación a las condiciones de almacenamiento seguro de los materiales y parámetros a considerar, según corresponda:


    ·     Cómo se almacena: si en rack o en pallet.


    ·            Ancho de pasillos centrales y secundarios.


    ·            Altura de almacenamiento (ver guía Manual de Almacenamiento respectivo)


    ·            Señalización.


    ·            Segregación.


    ·            Separación de muros perimetrales en bodegas, y al aire libre una separación a muros colindantes (ver guía Manual de Almacenamiento respectivo)


    Þ         Un listado de las maquinarias y equipos utilizados en el establecimiento industrial o de bodegaje, de acuerdo al siguiente formato:


    FORMATO N° 2


     Maquinarias, equipos y herramientas, adjuntando en lo posible los catálogos de estos dispositivos:


     






















     Descripción de  Maquinarias, equipos y herramientas principales


    Operación diaria


    Capacidad


    Otras


    Cantidad (N°)


     


     


     


     


     


     


      


     


     


     


     


     


     En resumen, la memoria debe dar respuesta a las siguientes interrogantes:


    Þ         ¿ Qué fabrica y/o almacena y/o elabora ?.


    Þ         ¿ Cómo o cuáles son las etapas básicas de la fabricación ?.


    Þ         ¿ Cuál será el stock de productos terminados y su forma de almacenamiento ?.


    Þ         ¿ Cantidad de personas que trabajarán en la actividad ?.


             ¿ Duración del proceso productivo (operación continua en turnos o solamente diurna) ?.


    d)       Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química:


    Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra d) del artículo 94, el titular del proyecto debe:


    Þ         Indicar los agentes de contaminación ambiental que pueden generarse del funcionamiento de la actividad (señalando el número y tipo de fuentes de emisión, estimación de emisiones, etc. según corresponda), que pueden propagarse fuera del establecimiento industrial o de bodegaje por emanaciones, escurrimientos o por infiltración de residuos en el terreno, generando con ello una alteración en el entorno y/o medio, y que pueden tener repercusión en la comunidad inmediata. Dentro de los agentes de contaminación ambiental, se pueden encontrar aquellos derivados de:


    ·            Emisiones atmosféricas (material particulado y gases) de fuentes fijas.


    ·            Emisiones de ruido.


    ·            Sistemas de tratamiento y evacuación de aguas servidas.


    ·         Manejo de residuos industriales líquidos (RILes).


    ·            Manejo de residuos industriales sólidos (RISes).


    Þ         Presentar y describir las medidas de control de la contaminación ambiental del aire, agua y suelos que se implementarán a fin de controlar las emisiones de los agentes contaminantes y de dar cumplimiento a la normativa correspondiente.


    e)       Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar:


    Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra e) del artículo 94, el titular del proyecto debe presentar:


    Þ         Un listado detallado de todas las sustancias peligrosas de acuerdo a la NCh N° 382 manejadas en el proyecto, de acuerdo al siguiente formato:


    FORMATO N° 3


     




























    Nombre de la sustancia peligrosa manejada


    Clasificación ONU


    Clasificación de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena 382 Of. 98 o última versión a la fecha.


    Capacidad máxima de almacenamiento de la bodega (ton, m3).


    Formas y alturas de almacenamiento seguro (pallets, racks)


    Cantidad máxima mantenida en el área de producción (ton, kg, lt,).


    Tipo de envase (tambor metálico, tambor plástico, bolsa, etc., lo más explícito posible).


      


     


     


     


     


     


     


      


     


     


     


     


     


     


    Þ         Otra información, con relación a las condiciones de almacenamiento seguro de los productos químicos y parámetros a considerar, según corresponda:


    ·            Condiciones generales de la bodega (tipo de estructura: muro, piso)


    ·            Equipamiento adicional de la bodega (de control de incendios: sistema de detección, de extinción).


    ·            Distribución interna de los materiales (distancia de productos a muros, ancho de pasillos centrales y secundarios, altura de almacenamiento, etc. según Manual de Almacenamiento Seguro de Productos Químicos).


    ·            Señalización.


    Þ         Las fichas técnicas y las hojas de seguridad de todas las sustancias peligrosas manejadas en el proyecto.


    Þ         La descripción de la zona de carga y descarga de las sustancias peligrosas.


    Þ         El flujo vehicular y el tipo de vehículos involucrados con la actividad.


    f)          Medidas de control de riesgos a la comunidad:


     


    Para acreditar la presentación de lo establecido en la letra f) del artículo 94, el titular del proyecto debe presentar las medidas de control de riesgos a la comunidad, entendiendo que los aspectos que comprenden riesgos son los incendios y explosiones, derrames de sustancias peligrosas para la salud, plaga de roedores y vectores sanitarios u otros. Al respecto:


     


    En el caso particular de que el establecimiento industrial o de bodegaje manipule, almacene, elabore o genere sustancias peligrosas, clasificadas de acuerdo a la NCh Nº 382 Of.98, ya sea como producto final o intermedio, en cantidades indicadas:


    ·        En la columna II de la Tabla C1 “Clases de sustancias”, del Anexo C de la Circular N° 95/98 de la SEREMI MINVU., el titular debe presentar una Declaración de Riesgos, según se indica en el Anexo E de la Circular N° 95/98 de la SEREMI MINVU.


    ·        En la columna III de la Tabla C1 “Clases de sustancias”, del Anexo C de la Circular N° 95/98 de la SEREMI MINVU., el titular debe presentar un Estudio de Riesgo, de acuerdo al Anexo F de la Circular N° 95/98 de la SEREMI MINVU.


    Þ         Presentar una memoria descriptiva del sistema de control de incendio, considerado para la totalidad de las instalaciones del establecimiento industrial o de bodegaje y según sea el caso, tanto para procesos productivos como para el almacenamiento de los materiales. Al respecto, la memoria debe contener como mínimo:


    ·            El número, tipo y potencial de extinción de los extintores.


    ·            La descripción de la red húmeda y/o red seca, si se contemplan.


    ·            En el caso del almacenamiento de productos plásticos, materiales combustibles sólidos (papeles, cartones, maderas, textiles y neumáticos, etc.) en bodega mayor o igual a 500 m2, además el titular debe:


    ü         Contar y presentar Un Plan de Emergencias en coordinación con bomberos del sector


    ü         Contar con un sistema de detección automático de incendios y presentar su memoria técnica. Al respecto, dicha memoria debe considerar a lo menos lo siguiente:


    §    Número y tipo de detectores automáticos de incendio, los que deben ser de carácter específico al material almacenado.


    §    Localización de los detectores (altura, etc.).


    §    Sistema eléctrico de alimentación independiente que cuente con sistema de respaldo.


    §    A lo menos una palanca manual.


    §    Con alarma sonora y visual.


    ·            En el caso del almacenamiento de sustancias peligrosas, además de todo lo anterior, y según corresponda, el titular debe:


    ü       Contar con un sistema de extinción automático de incendios y presentar su memoria técnica. Al respecto, dicha memoria debe considerar a lo menos lo siguiente:


    §    El número y tipo de rociadores del sistema de extinción automático de incendio considerado, los que deben ser de carácter específico al material almacenado.


    §    Localización (altura, etc.).


    ü         Plan de emergencia coordinado con bomberos del sector.


    ü         Red húmeda con estanque propio.


     


    Todo lo anterior, conforme a lo dispuesto en el D.S. 594/99 del MINSAL, la Circular 95/98 de la SEREMI MINVU, el “Manual de Almacenamiento Seguro de Productos Plásticos” (válido para materiales combustibles sólidos) y el “Manual de Almacenamiento Seguro de Productos Químicos” disponibles en el SESMA.


    Þ         Si el establecimiento industrial o de bodegaje considera tener un almacenamiento de sustancias líquidas, sean estas sustancias peligrosas y/o sustancias que por su propia naturaleza presentan riesgos para la instalación y su entorno, tales como aceites lubricantes, detergentes, jabones, etc., el titular del proyecto debe presentar una descripción detallada del sistema de control de derrames con el que debe contar el proyecto (recolección, conducción, manejo final del líquido derramado, indicando todas las medidas de control a adoptar en estos casos), así como considerar estos eventos en el contenido del Plan de Emergencia. Al respecto:


    ·            Si el proyecto considera el almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo en estanques, el titular debe cumplir con lo establecido en el  D.S. Nº 90/96 del MINECON. En este sentido, el sistema de control de derrames puede estar constituido por zonas estancas de seguridad o por sistemas de conducción de derrames a lugares controlados, o una combinación de ambos sistemas.


    ·            Si el proyecto considera el almacenamiento de sustancias peligrosas (no derivadas del petróleo) en estanques, el sistema de control de derrames debe contar con zonas estancas de seguridad, las cuales deben estar formadas por muros de contención estancos, sobre suelo impermeable a los productos contenidos y teniendo la capacidad de contener un volumen de 1,1 veces el volumen del estanque. Para aquellas instalaciones donde existan más de un estanque, este volumen deberá corresponder al estanque de mayor volumen. Todo lo anterior debe complementarse con la adopción de las medidas de seguridad propias de la instalación, las que también se encuentran contenidas en D.S. Nº 90/96 del MINECON.


    ·            Si el proyecto considera el almacenamiento en bodegas, el sistema de control de derrames dependerá de las sustancias peligrosas almacenadas; pero en general, la bodega deberá contar con un piso de superficie resistente a los productos, con pendiente no inferior a 0,5 %, provisto de canaletas de profundidad no inferior a 10 cm cuyo trazado conduzca el derrame a una cámara de contención externa a la bodega de superficies también resistentes a los productos contenidos.


    Þ         Sin perjuicio de no estar explícito en la redacción de la letra f), se deben presentar además las medidas de control de molestias a la comunidad. Al respecto, el funcionamiento del establecimiento industrial o de bodegaje, no debe generar ningún tipo de molestias a la comunidad, entendiéndose por molestias a la comunidad a las emisiones de humos o polvo provenientes de fuentes fijas o de faenas, descargas de solventes, generación de olores, descarga de aerosoles por pinturas y lavado con sistemas de fluidos a presión, ruidos molestos, etc.


     


    Con respecto a los contenidos de Salud Ocupacional el titular del proyecto debe entregar los siguientes antecedentes:


     


    a)        En lo que se refiere a documentación para evaluación técnica:


     


    Þ         Si el establecimiento industrial o de bodegaje considera la generación de agentes definidos de contaminación laboral que pudieran ser perjudiciales para la salud del trabajador, tales como aerosoles, solventes, humos, gases, vapores, olores, polvos u otras emanaciones, el titular del proyecto debe presentar un Anteproyecto de Medidas de Control del agente contaminante, que contenga:


    ·            La descripción del sistema de control seleccionado, incluyendo su esquema con las partes constituyentes.


    ·            La memoria de cálculo y parámetros de diseño del sistema.


    ·            Listado de los equipos y accesorios con sus detalles que forman parte del sistema.


    Lo anterior, conforme a lo dispuesto en el D.S. N° 594/99 del MINSAL.


    Þ         El titular del proyecto debe presentar un Plan de Prevención de Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.


    b)       En lo que se refiere a compromisos documentados, el titular del proyecto debe:


     


    Þ         Expresar el compromiso que dice relación con la afiliación de los trabajadores a alguno de los organismos administradores del “Seguro Social Obligatorio Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales” (ACHS, IST, Mutual CCHC, INP u organismos de administración delegada), para dar cumplimiento a lo señalado en el Título I, Párrafo 3, artículo 4 de la Ley N° 16.744.


    Þ         Expresar el compromiso de contar con:


    ·            Un “Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad“, si el establecimiento industrial o de bodegaje llegase a contar con 10 o más trabajadores.


    ·            Un “Reglamento de Higiene y Seguridad”, si el establecimiento industrial o de bodegaje llegase a contar con menos de 10 trabajadores.


    Lo anterior, para dar cumplimiento al Título V, artículo 14 del D.S. N° 40/69 del MINTRAB.


    Þ         Expresar el compromiso que dice relación con la creación del “Departamento de Prevención de Riesgos”, si el establecimiento industrial o de bodegaje contara con más de 100 trabajadores a fin de cumplir con los artículos del Título III, del D.S. Nº 40/69 del MINTRAB..


    Þ         Expresar el compromiso que dice relación con la contratación de un “Experto en Prevención de Riesgos” de cualquiera de las dos categorías (Profesional  o Técnico), cuando corresponda.


    Þ         Expresar el compromiso que dice relación con la creación de un “Comité Paritario de Higiene y Seguridad”, en el caso de que el establecimiento industrial o de bodegaje cuente con más de 25 trabajadores, para cumplir con lo establecido en el D.S. Nº 54/69 del MINTRAB..


    Þ         Expresar el compromiso que dice relación con dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 594 de 1999, modificado por el D.S. 201 de 2001, ambos del MINSAL, que establece las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo". Al respecto, el titular debe tomar en consideración los aspectos de:


    ·            Saneamiento básico.


    ·            Sistema de abastecimiento y provisión de agua potable.


    ·            Servicios higiénicos.


    ·            Guardarropías y comedores.


    ·            Protección de maquinarias y herramientas.


    ·            Ventilación.


    ·            Condiciones  generales de seguridad.


    ·            Equipos de protección personal certificados.


    ·            Agentes agresores: Físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, etc..


    Þ         Indicar las condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad que deben reunir los generadores de vapor, autoclaves y calderas con una presión superior a 0,5 Kg/cm2, además de expresar el compromiso de cumplir con lo establecido en el D.S. Nº 48/84 y D.S. N° 144/61, ambos del MINSAL, si corresponde.


    Þ         Expresar el compromiso de contar con las respectivas declaraciones en la S.E.C., con relación a la instalación eléctrica, la instalación de gas licuado y la instalación de estanques combustibles y/o lubricantes, según corresponda.


    Þ         En el caso de manejar sustancias radioactivas y/o de contar con equipos generadores de radiaciones ionizantes, expresar el compromiso de cumplir con el D.S. N° 133/84 y el D.S. N° 3/85, D.F.L. N°1/89 artículos 36 al 40, todos del MINSAL..

  5. Acerca de si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente
  6. Pendiente mientras no se respondan satisfactoriamente las observaciones contenidas en el presente documento.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,






Soledad Ubilla Foncea
Director
SESMA, RM

SUF/MRC/GCC
C/c:

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  • Firmas Electrónicas:

    El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=0f/b2/e7c2f54c3a523d38638af62b20dd2ebf8406


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