Declaración de Impacto Ambiental"CONSTRUCCIÓN DE DEFENSAS FLUVIALES RÍO LIMARÍ, SECTOR: PTE. LA CHIMBA – BALNEARIO EL PEÑÓN, OVALLE, REGIÓN DE COQUIMBO"MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
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| Región: | Región de Coquimbo |
| Tipología de Proyecto: | a4.- Defensa o alteracion de un cuerpo o curso de aguas terrestres |
| Fecha de Ingreso al sistema electrónico: | 14 de Noviembre de 2008 |
| Fecha de Presentación de la Declaración: |
| Norte | Este |
|---|---|
| 286107 | 6609134 |
| 292481 | 661341 |
| Sector | V (m/seg) | Ss | q | f | WminCalculado (Kg.) | eCalculado (m.) |
| Costanera | 3,83 | 2,5 | 70 | 33,69 | 127,24 | 0,66 |
| DEFENSA FLUVIAL | | |
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| Excavación en T.C.N. | m3 | 173.155 |
| Construcción de pretil | m3 | 137.402 |
| Material de respaldo | m3 | 8.589 |
| Enrocados de protección | m3 | 118.694 |
| Actividades | Meses | |||||||||||||||||
| 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | |
| Instalación de Faenas | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Instalación de Señalización | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Tronaduras | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Movimientos de T. cauce | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Carga y Transporte de Matet. | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Movimientos de Maquinaria | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Extracción de áridos | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Operación de Botadero | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Construcción de defensa | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| Limpieza y Abandono | | | | | | | | | | | | | | | | | | |
| ETAPA DEL PROYECTO | TEXTO LEGAL | ESTABLECE | TIPO | FORMA DE CUMPLIMIENTO |
| ESTUDIO | Constitución Política | El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. | | Vialidad – MOP somete el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). |
| ESTUDIO | Ley 19.300 | El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la preservación del patrimonio ambiental. Entrega los Instrumentos de Gestión Ambiental, entre ellos, el SEIA. | | Vialidad – MOP somete el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). |
| ESTUDIO | D. S. Nº 95/02 Ministerio Secretaría General de la República | Reglamento del SEIA Los proyectos que deben ingresar al SEIA, los criterios para decidir entre estudio o declaración de impacto ambiental (DIA o EIA), los lazos y procedimientos de evaluación, los permisos ambientales sectoriales y el contrato de seguro por daño ambiental para obtener autorización previa. | Resolución por parte de COREMA IV Región. | Vialidad – MOP somete el proyecto al (SEIA), a través de la presentación de esta DIA. |
| MATERIA/ COMPONENTE AMBIENTAL | ETAPA DEL PROYECTO | TEXTO LEGAL | ESTABLECE | TIPO | FORMA DE CUMPLIMIENTO |
| Agua Potable y Aguas Servidas. | CONSTRUCCIÓN | D.S. 594/99 Ministerio de Salud. | Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Reglamenta aspectos relacionados con la provisión de agua potable, servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas. | Fiscalización por parte del Servicio de Salud. | Vialidad - MOP exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| Emisiones a la Atmósfera y Calidad del Aire | CONSTRUCCIÓN | Código Sanitario DFL 725/68 Artículos 67, 83 y 89 | Estos artículos corresponden a la higiene y seguridad del ambiente en los lugares de trabajo. Corresponde al Servicio Nacional de Salud, controlar los siguientes aspectos: Factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de las personas. Conservación y pureza del aire y evitar en él la presencia de materias u olores que amenacen la salud y seguridad de las personas. | Fiscalización del Servicio de Salud. | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| CONSTRUCCIÓN | D.S. 594/99 Ministerio de Salud | Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Este reglamento en lo que se refiere a emisiones y calidad del aire, plantea los siguientes aspectos: Ventilación que contribuya a proporcionar condiciones ambientales confortables, que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador. Límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos que puedan provocar efectos adversos en el trabajador. | Fiscalización del Servicio de Salud. | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. | |
| Aire | Construcción | DS N° 59 de 1998 de La Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10. Define en 150 g/m3N la norma de calidad para el contaminante Material Particulado Respirable PM10, como concentración de 24 horas. | Servicios de Salud | - Riego constante de las vías de circulación, movimiento de materiales y botaderos, con el fin de evitar el levantamiento de polvo. - Circulación de camiones empleados en el transporte de material a disponer en botaderos, relleno, áridos, u otro similar, deberá realizarse con la carga debidamente cubierta de acuerdo a lo establecido en la norma. - Restricción de velocidad de vehículos que circulen entre faenas y dentro de las áreas de faena, y en todo camino de tierra. |
| Aire | Construcción | DS N° 144 de 1961 del Ministerio de Salud. | Establece normas para el control de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, indicando en su artículo 1°, que estos deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario. | Fiscalización del Servicio de Salud | Para el manejo de las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción, especialmente de material particulado, se tomarán las siguientes medidas: - Se humectará las vías de circulación internas con y sin carpeta que presentan altas probabilidades de levantar material particulado. - - Se utilizarán mallas raschel a objeto de evitar la dispersión de material particulado directamente en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo. - Todo camión destinado al transporte de material de relleno o de cualquier tipo deberá cumplir con la disposición que determina el recubrimiento total de sus tolvas, a fin de disminuir la emisión de material particulado (PM10). - Abstenerse de realizar faenas y depositar materiales y elementos de trabajo en el espacio público, excepto en aquellos expresamente autorizados por el Director de Obras de la Municipalidad correspondiente. - Los vehículos y maquinarias contarán con sus permisos de emisión de gases y mantenimientos al día. |
| Ruidos | CONSTRUCCIÓN | D.S. 146/98 Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | Este reglamento establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continua y criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos en áreas urbanas y rurales. | Fiscalización del Servicio de Salud. | Pantallas Acústicas móviles en los frentes de trabajo. Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| CONSTRUCCIÓN | D.S. 594/99 Ministerio de Salud | Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Regula aspectos relacionados a la exposición al ruido continuo y por impacto y a la exposición del cuerpo y del componente brazo-mano a las vibraciones. | Fiscalización del Servicio de Salud. | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. | |
| Residuos Sólidos | CONSTRUCCIÓN | D.S. 594/99 Ministerio de Salud | Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. En materia de autorización, le compete al Servicio de Salud, aprobar la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos. | Autorización y fiscalización del Servicio de Salud. | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| CONSTRUCCIÓN | Código Sanitario DFL 725/68 Artículos 80 y 81 | El Servicio de Salud debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. | Autorización y fiscalización del Servicio de Salud. | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. | |
| Actividades de Transporte Vial | CONSTRUCCIÓN | D.F.L. 850/97 del MOP, que fija texto refundido y sistematizado de Ley 15.840 y DFL 206/60. | Corresponde a la Dirección de Obras Públicas, otorgar autorizaciones especiales en el caso de que se utilicen los caminos para transportar maquinaria u otros objetos que excedan los pesos máximos permitidos y sólo podrán hacerlo previo pago en la Tesorería Provincial respectiva y donde no existe en la Tesorería Regional correspondiente. | Autorización de la Dirección de Obras Públicas | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| Actividades de Transporte Vial | CONSTRUCCIÓN | DS N° 55 de 1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones | Norma de emisión a vehículos motorizados pesados. Determina los niveles de emisiones para motores diesel y a gasolina. | Fiscaliza el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones | Empleo de flota que certifique el cumplimiento de esta norma, condición que será exigida por contrato. - Mantenimiento de maquinaria y exigencia de certificado de emisiones al día. Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| Actividades de Transporte Vial | CONSTRUCCIÓN | DS N° 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones | Trata el tema del recubrimiento en zonas urbanas, de la carga asociada al transporte de materiales, escombros, áridos, cemento, yeso, etc. Se señala que éste deberá ser un recubrimiento total y eficaz con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema, que impida la dispersión por el aire de estos materiales. | Carabineros de Chile y Fiscalizadores Municipales | La circulación de camiones por zonas urbanas, deberán estar cubiertos con una lona impermeable de modo que impida la dispersión del material particulado. - Exigencia vía contrato de la supervisión y control que sea necesario, a favor del cumplimiento de la norma. Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas en el Reglamento de Obras Nª45, y el Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| Actividades de Transporte Vial | CONSTRUCCIÓN | D.S. Nº 158/80 del Mop. | Fija peso máximo de los vehículos que pueden transitar por caminos públicos. Establece límites de pesos por eje y límites de peso bruto total. | Dirección Regional respectiva. | La Dirección de Vialidad exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas en el Reglamento de Obras Nª45, y el Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
| | CONSTRUCCIÓN | Ley 17.798 - 18592 | Control de Armas y Explosivos | Ley y Reglamento | Vialidad - M.O.P. exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas en el Reglamento de Obras Nª45, y el Manual de Carreteras Vol 9: Consideraciones Ambientales para Obras (Anexo 4) cuyo cumplimiento será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. |
Declaro bajo juramento que la presente Declaración de Impacto Ambiental y los antecedentes requeridos para la presentación del proyecto "CONSTRUCCIÓN DE DEFENSAS FLUVIALES RÍO LIMARÍ, SECTOR: PTE. LA CHIMBA – BALNEARIO EL PEÑÓN, OVALLE, REGIÓN DE COQUIMBO", cumplen con la legislación ambiental vigente, de conformidad con lo exigido en el articulo 18 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y el articulo 14 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que su contenido está de acuerdo con la normativa citada precedentemente. Asimismo, declaro bajo juramento que acepto realizar la Evaluación de Impacto Ambiental de mi proyecto electrónicamente utilizando el e-SEIA. Esto incluye el compromiso de revisar el estado de avance del proceso de evaluación en el sistema y revisar mi correo electrónico regularmente. Finalmente declaro estar en conocimiento de todas las opciones y normas que establece la legislación vigente para el uso de este sistema que se expresan en el documento "Términos y Condiciones de uso del Sistema e-SEIA", disponible en la página principal del sistema.
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=0a/5f/ea04e5e60cfe079c3bbcfdf6804d3ceb7966