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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN II REGIÓN DE ANTOFAGASTA | SE PRONUNCIA SOBRE ADMISIÓN A TRÁMITE
Resolución Exenta N° 0193/2020
Antofagasta, 20 de agosto de 2020 | VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: - La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto "Parque Eólico Vientos del Loa", presentado por el señor Pablo Rodolfo Espinosa Aguirre, en representación de ENGIE Energía Chile S.A. con fecha 18 de agosto de 2020.
- Lo dispuesto en el ORD. D.E. N° 200229, de fecha 7 de febrero de 2020 (en adelante “ORD. D.E. N° 200229/2020”), de la Dirección Ejecutiva del SEA, que Imparte instrucciones sobre foliación y registro de expedientes SEIA.
- Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. N° 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Resolución N°7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y, la Resolución Exenta RA N° 119046/280/2019 de fecha 03 de septiembre de 2019, que nombra al Director Regional de Antofagasta.
CONSIDERANDO: - Que, con fecha 18 de agosto de 2020 ingreso al SEIA la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Parque Eólico Vientos del Loa".
- Que, en la referida presentación, se incorpora en formato electrónico los "Archivos de Modelación de Calidad del Aire".
- Que, el artículo 21, inciso tercero del RSEIA, dispone que “Quedarán exceptuados de ingresar al expediente aquellos documentos o piezas que por su naturaleza no puedan agregarse, o aquellos que tengan el carácter de reservados en conformidad al artículo siguiente, los que deberán archivarse en forma separada en las oficinas del Director Regional o Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda. De dicho archivo deberá quedar constancia en el expediente”.
- Que, según lo instruido en ORD. D.E. Nº 200229/2020, de la Dirección Ejecutiva del SEA, que Imparte instrucciones sobre foliación y registro de expedientes SEIA, los documentos referidos deberán ser separados del expediente, en atención a su tamaño en uso de memoria (mayor a 100 MB), siendo de acceso exclusivo del Director Regional y encargado de evaluación ambiental de la Región.
- Que,de conformidad al referido instructivo, la custodia de los documentos y/o elementos separados del expediente será de responsabilidad de la Dirección Regional, debiendo ser conservado en su archivo, debidamente rotulado con el nombre del Proyecto, su ID y el folio electrónico de la presente Resolución. Atendido lo anterior, el Director Regional controlará que el Encargado de Evaluación de la Región realice la custodia y lleve el registro de los documentos y/o elementos separados del expediente.
- Que, la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Parque Eólico Vientos del Loa" (en adelante, el Proyecto) presentado por el señor Pablo Rodolfo Espinosa Aguirre, en representación de ENGIE Energía Chile S.A., así como también de los requisitos formales para admitir a trámite la respectiva DIA.
- Que, la DIA cumple con lo establecido en el artículo 31 del Reglamento del SEIA.
- Que, en consecuencia, corresponde admitir a trámite la DIA del proyecto.
- Que, en base a dichas consideraciones.
SE RESUELVE: - ACOGER A TRÁMITE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Eólico Vientos del Loa", presentado por el señor Pablo Rodolfo Espinosa Aguirre, en representación de ENGIE Energía Chile S.A..
- TENER POR PRESENTADOS los documentos señalados en el considerando N° 2 de esta Resolución, los cuales, en atención a su tamaño en uso de memoria, no digitalizable, deben separarse del expediente.
- HACER PRESENTE que será responsabilidad de esta Dirección Regional su debida custodia. Para tales efectos, el Encargado de Evaluación Ambiental, realizará la custodia y llevará un registro de los documentos.
Anótese, notifíquese al titular y archívese,
Ramón Guajardo Perines Director Regional Regional Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
NMM/MDB Adj. lo indicado C/c: - Secretaría Comisión de Evaluación
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