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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex-Chilcorrofin)"

Resolución Exenta Nº 347/2015

Santiago, 4 de Agosto de 2015



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 01 de julio de 2014, su Adenda y Adenda Complementaria, de fecha 05 de diciembre de 2014 y de fecha 12 de junio de 2015, respectivamente, del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” presentada por Industrias Ceresita S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”.

 

3°. El Acta de Evaluación N° 03/2015 de fecha 15 de julio de 2015, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” de fecha 20 de julio de 2015.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 28 de julio de 2015.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin).

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Industrias Ceresita S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Industrias Ceresita S.A.

Rut

91.666.000-6

Domicilio

Camino Lo Echevers N°801, comuna de Quilicura, Región Metropolitana.

Nombre representante legal 1

Juan Agustín Izquierdo Etchebarne

Rut representante legal 1

9.156.812-8

Domicilio

Camino Lo Echevers N°801, comuna de Quilicura, Región Metropolitana.

Nombre representante legal 2

Edgardo Zamora Barros

Rut representante legal 2

7.016.753-0

Domicilio

Camino Lo Echevers N°801, comuna de Quilicura, Región Metropolitana.

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 20 de julio de 2015, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 145; y el pronunciamiento señalado en el artículo 161 del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 28 de julio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 20 de julio de 2015, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

Regularizar el aumento de la capacidad productiva de la planta, y a su vez, el aumento en la capacidad de los almacenamientos, principalmente de sustancias peligrosas. Lo anterior cumpliendo toda la normativa pertinente, con especial énfasis al cumplimiento del actual Decreto Supremo N° 78/2009 del MINSAL que reglamenta el almacenamiento de sustancias peligrosas y el Decreto Supremo N°148/2003 del MINSAL, que reglamenta el manejo de residuos peligrosos.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal:

De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra:

 

“ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:

ñ.3. Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).

Se entenderá por sustancias inflamables en general, aquellas señaladas en la Clase 2, División 2.1, 3 y 4 de la NCh382.Of2004, o aquella que la remplace.”

 

No comprende tipología secundaria.

Vida útil.

Dadas las características del proyecto, sus partes y sus obras, la vida útil es de carácter indefinido.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el titular, es de US$300.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

La fase de construcción se inició en el mes de Enero de 2015 con la construcción de la bodega RESPEL, cuyo “hito” de inicio fue el rompimiento de los radieres para ejecutar las excavaciones de las fundaciones. Las modificaciones menores de las bodegas de Sustancias Peligrosas e Inflamables se han estado ejecutando por requerimientos de la SEREMI de Salud en sus visitas, y a la fecha se encuentran terminadas.

Por último, la instalación de los nuevos estanques enterrados se estima que se iniciaron en Mayo del año 2015, y su “hito” de inicio fue también el rompimiento de radieres para dar comienzo a la excavación, previa demarcación y segregación de la zona de trabajo.

La planta se encuentra en funcionamiento desde el año 2003 y no detiene sus procesos; las faenas de construcción consideradas se realizarán en paralelo al funcionamiento de la planta.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 Capítulo IV, punto 4.2.5 del ICE.

[X]

 

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

El proyecto presentado corresponde a las modificaciones efectuadas y proyectadas para la Planta de Elaboración de Pinturas que Industrias Ceresita S.A en el terreno ubicado en el Camino Lo Echevers N° 801, en Quilicura (ex planta Chilcorrofin), respecto de lo originalmente estipulado en la Resolución de Calificación Ambiental Favorable (R.C.A.) N° 161 de fecha 03.04.2003.

 

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

Capítulo IV del ICE.

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

La actividad completa actualmente se desarrolla en dos predios que se encuentran enfrentados y separados por calle Las Garzas: la Planta productiva y los almacenamientos de sustancias peligrosas se ubican en el terreno con domicilio Camino Lo Echevers N° 801; mientras que los almacenamientos inocuos y el Taller de Mantención se ubican en el domicilio Camino Lo Echevers N° 851. Ambos predios se encuentran en la Comuna de Quilicura, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Descripción de la localización.

El terreno donde se emplaza la Planta productiva es el mismo donde ha operado desde hace más de 15 años, y cuenta con Informe Sanitario favorable para la actividad que desarrolla; es un sector eminentemente industrial de la comuna de Quilicura.

El nuevo terreno “Las Garzas” se comunica directamente con el primero a través de sendos accesos secundarios que se enfrentan por calle Las Garzas; cuenta con Permiso de Edificación desde 1999 y con Autorización para uso de bodegaje desde el año 2011.

Ambos predios se ubican en “Zona Industrial Exclusiva”, de acuerdo a lo establecido por el P.R.M.S. vigente. Esta zona permite, entre otros usos, actividades Industriales o similares calificadas como molestas o inofensivas, equipamientos de distintas escalas y actividades complementarias al transporte; todo de acuerdo a Certificados de Informaciones Previas adjuntos en Anexo 2 de la DIA.

Superficie.

Las superficies consideradas por el proyecto, serán las indicadas en las siguientes tablas:

Tabla 1: Superficies de la Planta.

Edificaciones en Predio Original

SUPERFICIES (m2)

Recintos sometidos al SEIA RCA 161/2003

4.996

Recintos anteriores al incendio, no detallados en RCA anterior

Edificio Administrativo (distribuido en 4 pisos)

1.928

Casino

257

Bunker de estanques

141

Portería

26

Recintos posteriores a RCA N°161/2003

Recintos de ½ superficie (lavatachos, carpots, zona compresores y carga baterías)

83

Bodega Respel proyectada

76

Total construido

7.507 m2

Fuente: Tabla 1 de la DIA

 

Tabla 2: Superficie terreno adicionado, Las Garzas

Edificaciones en terreno Las Garzas

SUPERFICIES (m2)

Construcciones existente con Permiso de Edificación N°8 y R. Final N° 162

2.455,66

Construcción existente con Permiso de Edificación N°121

731,28

Recinto cobertizos sin permiso

115

Total construido

3.301,94 m2

Fuente: Anexo 5 de la Adenda.

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Tabla 3: Coordenadas UTM aproximadas de las estructuras donde se emplazará del proyecto.

Puntos referencia

Norte

Este

Acceso a Planta Productiva

6.305.957

336.128

Acceso a terreno Las Garzas

6.305.964

336.003

Fuente: Capítulo I, Punto 3.2 de la DIA.

Caminos de acceso.

El acceso principal a la Planta es por Camino Lo Echevers N° 801. Ambos terrenos tienen accesos secundarios que se enfrentan por Calle Las Garzas.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·        Acápite 3.2 del Capítulo I de la DIA, Ubicación Georreferenciada (Datum WGS 84, Huso 19),

·        Acápite 3.3 del Capítulo I de la DIA, Imagen Satelital del Terreno.

·        Plano 01 Ubicación y emplazamiento de los terrenos, Plano 02 Layout planta productiva y Plano 03 Layout Las Garzas, del Anexo 6 de la DIA.

·        Plano b) Construcciones y Estacionamientos Las Garzas y Plano c) Construcciones y Estacionamientos, del Anexo 5 de la Adenda.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

Instalaciones y recintos existentes no considerados en la RCA 161/2013.

El proyecto aprobado mediante la RCA 161/2013, contempló las instalaciones y recintos reconstruidos luego del incendio del año 2002. Sin embargo, en dicha RCA no quedaron identificados los recintos existentes que no fueron alterados por el incendio, por lo cual se incluyeron en la presente evaluación, y se señalan a continuación.

a)     Bunker de estanques

Construcción de hormigón armado, de 141 m² que en su interior tiene instalados 3 estanques superficiales verticales, donde se almacenan sustancias clase 3. Corresponde a una Bodega de Sustancias Peligrosas que debe cumplir las exigencias establecidas por el D.S. N° 78/2010 MINSAL. Forma parte de las instalaciones que se encuentran con plazo para realizar ajustes.

b)     Edificio administrativo y SS.HH.

Construcción de 4 niveles, con un vacío central hacia el cual se abalconan todos los pisos superiores; fue reacondicionado interiormente para recibir el traslado de las oficinas centrales de Ceresita, por lo que actualmente en este edificio trabajan un total de 115 personas. Los Servicios Higiénicos de operarios y bodegueros se encuentran también en este edificio. También fueron reacondicionados y ampliados en cuanto a cantidad de artefactos, debido a la nueva capacidad de personal de la planta.

c)      Casino

Construcción independiente, de un piso, que alberga el casino de la empresa y que cuenta con su respectiva Autorización de funcionamiento (se adjunta copia). El comedor de este Casino tiene una capacidad de atención simultánea para 80 personas, y entrega sólo servicio de almuerzo, en turnos cada ½ hora, desde las 12:00 a las 15:00 hrs.

d)     Portería

Recinto de 26 m² aproximados, que cuenta con su propio servicio higiénico, y que incluye a la sala de bombas de la red húmeda perimetral de la planta. Corresponde a la portería original del terreno, que no ha sufrido ninguna modificación en el transcurso del tiempo.

Instalaciones y recintos posteriores a la RCA 161/2013.

Instalaciones Planta Productiva.

 

En este caso, los recintos que se describen fueron ejecutados en forma posterior a la aprobación de la RCA original.

a)     Cobertizo de lavatachos.

Los tambores y tachos que se emplean en los procesos de la planta, deben ser lavados con solvente para retirar los restos de pintura y materias primas que pueden quedar adheridos en ellos. Originalmente, esta actividad se desarrollaba al interior del galpón, sin embargo ahora se efectúa en un cobertizo ubicado a un costado del galpón, donde existe instalada maquinaria para ese fin. Es un pequeño recinto abierto de 48 m², tipo cobertizo metálico con radier de hormigón y sistema de contención de derrames mediante canaleta recolectora en su borde exterior. El solvente sucio y los posibles derrames son almacenados en tambores sellados y manejados como un Residuo Peligroso.

b)     Cobertizo de compresores y zona carga de baterías.

Existe un segundo cobertizo metálico abierto y adosado al galpón principal, separado en dos sectores mediante una reja. En el primer sector se ubican los compresores, y en el segundo sector la zona de carga de baterías de las grúas y apiladores eléctricos que circulan por la planta. Es un sector bien ventilado y con extintores disponibles en caso de emergencias.

c)      Zona de Residuos Peligrosos

En forma posterior a que se obtuviera la RCA favorable para esta planta, entró en vigencia el Decreto N° 148/2003 del Minsal que reglamenta el manejo de residuos peligrosos; por esta razón fue necesario habilitar en esta planta un sector destinado al almacenamiento temporal de los RESPEL que aquí se generan, que no estaba considerado en el proyecto original. Actualmente el pequeño espacio habilitado no tiene la capacidad suficiente para mantener el volumen de RESPEL generado, por lo que se proyecta construir una bodega de RESPEL.

 

Instalaciones Terreno Las Garzas.

 

Este terreno se incorporó a la actividad durante el año 2008. Su incorporación permitió liberar espacio en el galpón de producción existente, al poder trasladar la mayor parte de los almacenamientos que se mantenían en su interior. De esta forma fue posible aumentar la capacidad productiva de la planta. Operativamente, ambos terrenos tienen accesos que se enfrentan directamente por calle Las Garzas, y por ahí es donde se efectúan los traspasos de materias primas y envases, diariamente, ya sea en grúa horquilla o en camión ¾. Las construcciones y recintos existentes en el terreno son las siguientes:

a)     Bodega de materias primas inocuas

El terreno cuenta con dos galpones empleados en el almacenamiento de materas primas inocuas, denominadas Bodega de Materias Primas N° 1 y Bodega de Materias Primas N° 2. El primero corresponde a uno de los galpones originales de la propiedad y el segundo es un galpón que fue trasladado desde la Casa Matriz de Ceresita, a principios de este año.

En estas bodegas se almacenan las materias primas clasificadas como no peligrosas, como son los cuarzos y otros materiales, mayoritariamente en polvo. El formato de almacenamiento es principalmente sacos de papel o polipropileno de 25 a 50 kg, apilados sobre pallets hasta 3 alturas. Se adjunta como anexo un listado detallado de las sustancias que se mantienen en estas bodegas.

La cantidad máxima de sustancias a mantener almacenadas es de 300 toneladas, de acuerdo a la cabida de las bodegas, sin embargo el consumo habitual de estas materias llega a los 120 ton/mes, por lo que ese stock cubre hasta 2 meses de producción.

b)     Bodegas de envases.

En estas bodegas, que corresponden a dos de los galpones originales del terreno Las Garzas, se almacenan todos los envases que se emplean en los productos terminados de la planta; los tipos de envases utilizados son principalmente tambores, tinetas, latas y galones metálicos, que se mantienen almacenados en las bodegas sobre pallets, hasta 4 niveles de altura, empaquetados en papel o film plástico.

c)      Oficinas y portería.

Las oficinas existentes en este terreno son utilizados por Industrias Ceresita para su departamento de Informática. Es el mismo edificio aprobado en el Permiso de Edificación original de este terreno, y solo ha sufrido algunas modificaciones internas menores.

La portería es un recinto nuevo, construido recientemente en el acceso posterior, para mantener control sobre los vehículos de carga que ingresan al terreno, y sobre los vehículos particulares que ingresan al estacionamiento. Esta portería incorporó dos servicios higiénicos con ducha para dar cumplimiento a la distancia de 75 m desde cualquier punto de trabajo.

d)     Servicios higiénicos.

El terreno de Las Garzas cuenta con servicios higiénicos para los operarios de las bodegas y el personal administrativo que labora en sus dependencias. Existe una batería de baños ubicada a un costado de las oficinas administrativas, acondicionado para un máximo de 40 operarios, sólo hombres.

En la nueva portería se han agregado 2 baños completos que sirven hasta 20 operarios más. Además, en sector de oficinas, existen 2 baños sin duchas. Todos los servicios higiénicos descritos, se encuentran graficados en plano layout adjunto en el Anexo 6 de la DIA Actualmente, estos servicios descargan hacia un sistema particular de alcantarillado que consta de fosa séptica y drenes de infiltración, sin embargo se encuentra en proceso la aprobación de una nueva unión domiciliaria, para conectar estos baños al sistema público en un plazo no superior a 6 meses.

e)      Taller de mantención.

La Planta original no consideró un recinto específico para las actividades de mantención, pues se realizaban directamente al interior del galpón productivo; sin embargo con el nuevo layout se hizo necesario contar con un recinto específico para estas actividades.

Actualmente el taller se ubica en el terreno de Las Garzas y el recinto que utiliza corresponde a una de las construcciones originales del terreno. Es un galpón cerrado y pavimentado, abierto hacia un patio “posterior” que sirve de ampliación a las actividades de mantención, y donde existen algunos cobertizos que cubren almacenamientos.

En la zona interior del taller se ubican dos contenedores de oficinas, un pañol o anaquel donde se almacenan los principales insumos (que se está ampliando), dos zonas de trabajo para soldadores y un área de reparaciones mecánicas. Existe en su interior, extintores y plaza de control de derrames.

En la zona exterior del taller se ubican anaqueles destinados a almacenar los equipos y/o piezas que deben ser reparados o darles mantención. Además existe una caseta para gases, que se ubica en un extremo del patio.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Primera etapa: Construcción nueva bodega RESPEL.

La única nueva construcción contemplada será la bodega RESPEL, a ubicarse en el terreno de la Planta productiva. El recinto se ha proyectado en albañilería estucada, con una imagen similar a las bodegas existentes en la planta.

En razón de lo anterior, las faenas constructivas a ejecutar serán las siguientes:

·        Excavaciones: Serán las necesarias para la correcta construcción de las fundaciones de los muros; se considera excavación para fundación corrida, de mínimo 0,4 m de ancho y 0,8 m de profundidad.

·        Cimientos y sobrecimientos: Primero se ejecutará un emplantillado de hormigón en obra y luego se rellenará la excavación con hormigón predosificado y bolón desplazador limpio en un máximo de 20%. Sobre el cimento se instalará armadura y moldajes para efectuar los sobrecimientos que funcionarán también de pretil de contención.

·        Radier: sólo se contempla la reparación de radieres en los sectores que se vean afectados por la ejecución de las excavaciones, por tanto no serán necesarios estabilizados o grandes paños.

·        Contención de derrames: Los sobrecimientos harán las veces de pretil de contención de derrames, elevándose 10 cm sobre el nivel de piso. En el portón se considera un lomo-toro con pendiente de 10% hacia ambos lados, para salvar la altura de acceso.

·        Ejecución de muros: Desde los sobrecimientos, se instalarán hiladas de ladrillos cerámicos unidos con mortero de cemento, hasta alcanzar la altura requerida, sobre la cual se ejecutará una cadena de hormigón armado. El muro debe ser humedecido durante al menos 7 días.

·        Techumbre y cubiertas: La estructura del techo serán cerchas metálicas reticuladas, ejecutadas en obras, que se apernarán a los muros estructurales. Sobre las cerchas se instalarán costaneras de perfil metálico simple sobre los que se fijarán las planchas metálicas y/o traslúcidas del techo.

·        Ventilaciones: Se contempla dejar vanos de ventilación en el muro poniente de la bodega, de 60 x 60 cm protegidos con malla metálica. En la techumbre se instalarán 2 extractores eólicos para permitir una renovación de aire mínima de 6 veces/hora.

·        Detección automática de incendio: Se contempla la instalación de 3 detectores de humo y/o temperatura, bajo la cubierta de la bodega, conectados a panel central existente, con pulsador manual y alarma visual y sonora.

·        Puerta y portón: Estos elementos llegarán a la obra listos para ser instalados, con todas sus partes y accesorios incorporados. Sólo existirá 1 portón de corredera, y 1 puerta de escape con manilla antipánico.

Segunda etapa: Obras en bodegas existentes

Corresponden a las faenas ejecutadas, principalmente en las bodegas de Inflamables, para cumplir todos los requerimientos establecidos por el D.S. N° 78/2010 MINSAL. Las faenas serán las siguientes:

·        Aberturas de ventilación: En bodegas N°1 y N°2 de inflamables se ejecutarán aberturas en la parte baja de los muros por un total de 6,24 y de 9,36 m² respectivamente, para provocar la renovación de aire exigida actualmente por el D.S. N°78/2010 MINSAL (12 renov/hora), de acuerdo a lo calculado en memoria de ventilación, adjunta. En el bunker se requerirán 1,33 m² de aberturas más de las ya existentes.

En la bodega de SUSPEL ya fueron ejecutados los vanos de ventilación calculados, donde antiguamente existían ventanas. El resto de cada ventana fue cerrado con albañilería para cumplir RF-120.

·        Nuevos extractores: En bodega SUSPEL y bodega N°2 de inflamables se instalarán nuevos extractores eólicos en las techumbres, para generar el tiraje necesario de salida al aire y así cumplir las 12 renov/hora requeridas de acuerdo a la memoria de ventilación adjunta.

·        Contención de derrames: En nueva bodega SUSPEL, ya fue ejecutada una canaleta contenedora en el acceso de la bodega, que descarga hacia una nueva cámara exterior, de hormigón y estanca de 1,1 m³. Las bodegas de inflamables cuentan con estas canaletas y cámaras desde el origen.

·        Modificación sistema de extinción automática de Incendios: Ya se amplió la cantidad de sprinklers no sólo al techo de las bodegas de Inflamables, sino que también a los racks; se instaló un nuevo estanque de espuma de mayor capacidad y se ejecutó el cruce de la nueva red que se abastece desde la laguna de acumulación ubicada en el Centro de Distribución; por lo que ya se encuentran intercomunicadas ambas redes (la de la Planta con la del C.D.) con lo cual la autonomía de operación de los sistemas supera los 60 minutos.

Tercera etapa: Instalación de estanques enterrados

Se contempla la instalación de 4 nuevos estanques de solventes, enterrados, con sus respectivos piping y todas las medidas de control exigidas por el D.S. N°78/2010 MINSAL. Las faenas contempladas en este caso serán las siguientes:

·        Excavación: Será la necesaria para poder construir la “piscina” de hormigón dentro de la cual se instalarán los estanques. La tierra removida será aprovechada en parte como relleno y estabilizado, y el resto será dispuesto en lugar autorizado.

·        Ejecución obra civil (piscina hormigón): será ejecutada en obra, empleando moldajes metálicos, hormigón premezclado y enfierraduras respectivas. Se mantendrá el fraguado y curado del hormigón por al menos 7 días para que alcance la resistencia necesaria, antes de proceder a los rellenos.

·        Instalación de estanques y relleno de arena: los estanques serán metálicos, y llegarán de proveedor listos para ser instalados. Dentro de la piscina se procederá a realizar una cama de arena de al menos 30 cm, sobre la cual se ubicarán los estanques distanciados 1 metro, entre si y a los bordes de la piscina de hormigón. Una vez ubicados, los distanciamientos se rellenarán con arena hasta cubrir por completo los estanques.

·        Ejecución de cámaras/tanque: sobre la tapa de cada estanque se ejecutará una cámara cúbica, de albañilería de ladrillo y mortero de pega de cemento/arena, coronada por cadenas de refuerzo de hormigón armado que lleguen hasta el nivel de piso terminado. Estas cámaras permitirán el acceso a las tapas e interior de los estanques.

·        Instalación de ventilaciones y pipings: previo al estabilizado superior se deben dejar instaladas todas las tuberías que permitan la ventilación de los estanques y la conexión a las bombas de distribución hacia producción.

·        Estabilizado y compactado superior: todo el volumen libre sobre los estanques hasta el nivel de piso, será rellenado con estabilizado y compactado para construir encima la losa superior que dará el nivel de piso terminado. La distancia a rellenar (entre la parte superior de los estanques y la losa) será de mínimo 60 cm.

·        Losa superior: sobre el estabilizado anterior, se ejecutará una losa de hormigón armado que cubrirá toda la piscina, dejando únicamente las aberturas necesarias de las tapas/cámara para cada estanque. En este caso el hormigón también llegará predosificado, instalando en obra sólo las enfierraduras. Se dejará un rebaje con pretil de contención en el sector de la losa donde se instalarán las bombas (cargas remotas).

·        Instalación de bombas: una vez finiquitada la losa de piso, se instalarán las bombas correspondientes a cada estanque, incluyendo las conexiones eléctricas necesarias para su funcionamiento.

·        Distribución hacia producción: en paralelo con las obras civiles, se podrá trabajar en la instalación de las tuberías necesarias para distribuir el solvente desde los estanques hasta los sectores de producción que los requieren. El trazado se realizará a la vista, en altura, bordeando la bodega de Inflamables N°1 para cruzar hacia el galpón de producción sobre el primer portón de acceso.

Provisión de Suministros Básicos.

a)     Agua Potable y Alcantarillado (servicios higiénicos)

El terreno de la Planta cuenta con servicios higiénicos existentes, conectados a la red pública de Aguas Andinas, por lo tanto quienes trabajen en las faenas de construcción podrán utilizar esas mismas instalaciones. En terreno de Las Garzas no se contemplan nuevas construcciones o faenas.

b)     Electricidad y gas.

Ambos terrenos cuentan con electricidad proporcionada por Chilectra. Los equipos de construcción que requieran de electricidad para funcionar, podrán obtenerla de las instalaciones existentes. En cuanto a otros combustibles, en la Planta existe un estanque de gas licuado de 4 m³ para uso doméstico para uso doméstico, que abastece a calefón y cocina, de servicios higiénicos y casino.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la Fase de Construcción.

Las faenas de construcción no intervendrán ningún recurso natural renovable, ya que los sectores donde se realizarán las modificaciones proyectadas se encuentran intervenidos con anterioridad con radieres y con otras instalaciones. Se procurará que las áreas verdes y especies vegetales existentes en la Planta no se vean afectadas por ninguna faena constructiva.

 

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo 4 de la Adenda se presenta la “Estimación de Emisiones” para la fase de construcción.

A continuación, en las siguientes tablas se presenta el resumen del total de las emisiones durante la fase de construcción.

 

Tabla 4: Resumen de emisiones fase de construcción.

FASE DEL PROYECTO

EMISIÓN EN Ton/año

MP

CO

HC

NOx

SOx

CONSTRUCCIÓN

0,10

0,3290

0,1536

0,9372

0,0309

Fuente: Cuadros 6.1 y 6.2 del Anexo 4 de la Adenda, “Estimación de Emisiones”

 

Considerando la tabla anterior, respecto del artículo 98 del D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES, se concluye que el proyecto no debe realizar compensación de emisiones.

 

Ruido: En el Anexo 5 de la DIA se adjunta la “Evaluación de impacto acústico” en el cual se evalúa la caracterización acústica del entorno más cercano a la planta identificado como área de influencia directa, para luego a través de modelación de ruido proyectar los niveles de emisión de la planta y de sus nuevas instalaciones hacia los receptores más cercanos verificando el cumplimiento del D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.

De acuerdo a lo señalado en las tabla 13, 14 y 15 del Anexo 5 de la DIA, “Evaluación de impacto acústico”, se cumple con los límites máximos establecido en el D.S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Cabe señalar, que la SEREMI de Salud en su Ord. N° 4638 de fecha 22 de julio de 2015 señaló:

“a) Durante la etapa de construcción, se deberá levantar un cierre perimetral acústico de madera tipo OSB de 2.5 [m] de altura, que cumpla con las exigencias de densidad superficial establecidas en la norma ISO 9613 para barreras u obstáculos. La barrera deberá instalarse en el sector definido en la figura “Croquis 3D de la etapa de excavación y preparación de terreno” del informe de evaluación acústica contenido en el Anexo Nº 5 de la DIA.

b)    La operación y construcción del proyecto deberá efectuarse exclusivamente durante el periodo diurno (07:00 a 21:00 hrs).

c) Se deberá dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.”

 

Efluentes líquidos: Respecto de las posibles aguas residuales de faenas constructivas, se establece que todos los elementos de hormigón serán ejecutados con material premezclado, sin que exista ejecución de mezcla en terreno, por lo tanto sólo se empleará agua en el curado de morteros y del hormigón, que se consume íntegramente en la actividad. Las demás faenas de obra gruesa se refieren básicamente a armado y montaje de estructuras o piezas, principalmente metálicas, y que no requieren uso de agua.

Se debe precisar por último, que no se efectuará ningún tipo de mantención a maquinarias o camiones de construcción en terreno, por tanto no existirá generación de riles por este concepto. Además, todas las vías de circulación interiores se encuentran pavimentadas por lo que no será necesario realizar lavado de ruedas a los camiones.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)     Residuos Sólidos Domésticos (RSD).

 

Los residuos domésticos a generar por quienes ejecuten la construcción serán manejados junto con los RSD habituales de la planta, para lo cual se cuenta con contenedores metálicos tipo tolva ubicados en cada terreno, que son retirados semanalmente por empresa autorizada. Se estima un máximo de 6 operarios en obra; cada trabajador genera un promedio de ½ kilo de residuo por día trabajado, de lunes a viernes se tiene que:

 

0,5 kg/persona/día x 6 trabajadores x 22 días = 66 kg/mes

 

b)     Residuos de Construcción.

 

A continuación se estiman los tipos y cantidad de residuos a generar en cada una de las etapas de construcción contempladas por este proyecto.

 

Tabla 5: Estimación residuos construcción 1ª Etapa (ejecución bodega Respel)

TIPO DE RESIDUO

CARACTERIZACION

PARAMETROS DE CALCULO

TOTAL ESTIMADO

Nivel I: Residuos de excavaciones.

Tierra y escombros inertes.

- 24,1 ml de cimientos corridos, sección mínima 0,4 x 0,8

7,7 + 1,2 = 8,9 m3

x 1,7 ton/m3 =

15,1 ton

Nivel II: Total de residuos en una construcción nueva.

Estimación total de residuos a generar, y por porcentaje, cantidad según tipo.

- Mezcla total de residuos por cada m2 a construir (76 m²); se calculará 12 cms por cada m².

- Densidad tipo 0,9 ton/m3.

76 m2 x 0,12 m =

9,12 m3

x 0,9 ton/m3 = 8,2 ton

Fuente: Tabla 4 de la DIA

 

Tabla 6: Estimación residuos construcción 2ª Etapa (modificaciones a bodegas existentes)

TIPO DE RESIDUO

CARACTERIZACION

PARAMETROS DE CALCULO

TOTAL ESTIMADO

De modificación

constructiva

Escombros de hormigón y ladrillo por abertura en muros

Aberturas de 100 x 52 en muros de 20 cms (12 en bod N°1 y 18 en bod N°2); y de 60 x 60, 4 en bunker.

0,104 m³ x 30 un + 0,072 m³ x 6 un = 3,55 m³

x 2,5ton/m³ = 8,88 ton

Despuntes y restos metálicos por instalación de extractores

2 kg de residuo por c/extractor a instalar (2 en bodega 1, 3 en bodega 2, 2 en bodega suspel)

2 kg x 7 un = 14 kg

Perdidas generales

Desechos menores no recuperables y/o asimilables a domésticos.

Estimado 5% del total a generar

11,96 ton * 0,05 =

0,6 ton

Fuente: Tabla 5 de la DIA

 

Tabla 7: Estimación residuos construcción 3ª etapa (instalación estanques enterrados)

TIPO DE RESIDUO

CARACTERIZACION

PARAMETROS DE CALCULO

TOTAL ESTIMADO

Nivel I: Residuos de excavaciones.

Tierra y excavaciones inertes.

- Volumen total de la piscina:

12,6 x 6,85 x 3 mts

Densidad tipo 1,7 ton/m3.

259 m³

x 1,7 ton/m3 =

440,3 ton

Nivel II: Total de residuos construcción

Estimación global y, por porcentaje, cantidad según tipo.

- Mezcla de residuos por m2 a intervenir (87 m²); se contempla en este caso 7cms por cada m².

- Densidad tipo 0,9 ton/m3.

87 m2 x 0,07 m =

6,09 m3

x 0,9ton/m3 = 5,5 ton

Fuente: Tabla 6 de la DIA

Se mantendrá un registro en obra del transporte y disposición final del material y/o escombros de las distintas faenas de construcción a ejecutar durante un período de 2 años, para acreditar la disposición final en destinatario autorizado por la Autoridad competente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Proceso Productivo.

El proceso productivo se encuentra en funcionamiento, y no ha variado en su descripción general respecto de lo establecido en la RCA N°161/2003 original, sino más bien en la cantidad de maquinaria empleada y en los volúmenes de producción y de almacenamiento. El proceso de elaboración de pinturas es básicamente un proceso de mezclado y homogeneización de sustancias que pertenecen principalmente a las categorías: solventes, pigmentos, aglutinantes y aditivos.

Las pinturas que se fabrican en esta planta son líquidas a base de solventes (sustancias clase 3, según NCh382.Of.2004).

 

a)      Ingreso y almacenamiento de materias primas.

El proceso requiere de materias primas líquidas (solventes), semilíquidas (resinas) y sólidas (resinas, pigmentos, etc.) las cuales llegan a la planta y son enviadas a la bodega que le corresponde según el tipo de sustancia, donde son revisadas y recepcionadas. Desde allí son transportadas al área de producción, donde se fraccionan y se envían a la máquina que las procesará. La cantidad de materias primas a utilizar dependerá de los tamaños de batch a fabricar.

La mayor parte de las materias primas que se emplean en la elaboración de pinturas, corresponden a sustancias químicas con distintos grados de peligrosidad. Como ya se explicó, para su almacenamiento se cuenta con varios recintos destinados específicamente a ese fin, a saber:

o   Bunker de estanques: Bodega donde se ubican 3 estanques superficiales para el almacenamiento de sustancias inflamables clase 3 que llegan a granel desde proveedores. Son dos estanques de 30 m³ y uno de 18 m³, y las sustancias a almacenar son Xilol y Aguarrás.

Pese a no corresponder a combustibles sino que a materias primas, en la RCA original quedó establecido que estos estanques de almacenamiento debían certificarse y autorizarse, de acuerdo a lo establecido por el Dto. MINECON N°379/1986. Dicha certificación se acredita mediante Declaración S.E.C. N°345 de fecha 12 de Mayo de 2005, adjunta en el Anexo 2 de la DIA.

o   Bodegas de inflamables (N° 1 y N° 2): estos recintos corresponden a una sola edificación, dividida en dos bodegas adyacentes, por un muro de albañilería estucada RF-180, donde se almacenan todas las sustancias peligrosas calificadas como inflamables, que llegan envasadas en distintos formatos a la planta, principalmente en tambores metálicos de 200 litros.

o   Bodega de SUSPEL no inflamables: En esta bodega se almacenarán todas las materias primas que califican como sustancias peligrosas que no son inflamables: tóxicos (clase 6), corrosivos (clase 8) y sustancias peligrosas varias (clase 9), las cuales llegan principalmente desde proveedores en formato de tambor 200 litros.

o   Futuros estanques enterrados: Serán 4 unidades de 10 m3, cada uno dividido en 2, con lo que se tendrán 8 compartimientos de 5 m3. Se instalarán a un costado de la bodega de inflamables existente en la planta.

o   Bodegas de Materias Primas Inofensivas: Corresponden a dos bodegas ubicadas en terreno de Las Garzas donde se almacenan talcos o cargas inofensivas, en formato de sacos o big-bags a piso o en pallets, en pilas paralelas a los muros longitudinales con un pasillo central de ancho mínimo 3,5 metros; y un apilamiento máximo de 3 alturas.

o   Gases de mantención: Los gases utilizados en mantención se almacenan en cilindros; el oxígeno se mantiene en un sector señalizado, bajo cubierta, con cilindro siempre ubicados en posición vertical, amarrados a pared, y separados llenos de vacíos.

Los gases inflamables cuentan con su propia “bodega” que es un nicho exclusivo para estos gases, adosado al muro de una de las bodegas de mm.pp, a 6 metros de la línea de cierro de la propiedad y a más de 3 metros del cobertizo más cercano, separado por muro de albañilería (RF-120) que sobrepasa al cilindro más alto en 50 cms. Allí los gases se mantienen en posición vertical, encadenados a muro, y separados llenos de vacíos. Se mantendrá en stock un máximo de 2 cilindros de GLP industrial y 2 de argón.

 

El total de materias primas e insumos a almacenar en la planta

 

Tabla 8: Total de materias primas e insumos a almacenar.

Recinto

Tipo y clase de materias primas o insumos

Almacenamientos

Capacidad máxima

Forma

Envase de recepción

Terreno de Planta Productiva

Bodegas de Inflamables N°1

Líquidos y sólidos inflamables (clase 3, clase 4.1 – 4.2)

312 ton

Palletizado, dentro de Rack metálico hasta 4 alturas

Bidones metálicos, 25 / 50 lts

Tambores metálicos,100 / 200 lts

Bombonas metálicas 1.000 lts

Bodegas de Inflamables N°2

480 ton

Bodega de Suspel no inflamables

Líquidos y sólidos (clase 6, 8, 9)

56 ton

Palletizado, dentro de Rack metálico hasta 3 alturas

Tambores PEAD, 200 lts

Sacos papel o poliprop. 25/50 kg

Bunker de estanques

Xilol

27 ton (30 m³)

Estanque superficial

 

Xilol

27 ton (30 m³)

Estanque superficial

 

Aguarras

16 ton (18 m³)

Estanque superficial

 

Batería de estanques proyectados

Solvesso 100

4,5 ton (5 m3)

Estanque enterrado

 

Acetato de butilo

4,5 ton (5 m3)

 

MEK

4,5 ton (5 m3)

Estanque enterrado

 

Acetato de etilo

4,5 ton (5 m3)

 

Butilsellosolve

4,5 ton (5 m3)

Estanque enterrado

 

Dowanol PMA

4,5 ton (5 m3)

 

Butanol

4,5 ton (5 m3)

Estanque enterrado

 

Isobutanol

4,5 ton (5 m3)

 

Terreno Las Garzas

Bodega de inofensivos N°1

Sustancias no peligrosas e inocuas

150 ton

Palletizados, apilados hasta 3 alturas desde piso.

Sacos papel o poliprop. 25/50 kg

Bodega de inofensivos N°2

150 ton

Maxisacos o big-bags 1.000 kg.

Bodegas envases

Envases metálicos y plásticos.

340 m³

Palletizados, apilados hasta 4 alturas desde piso.

Palletizados y envueltos con papel o film plástico.

Taller de mantención

Oxigeno (clase 2.2)

40,5 kg (30 m³)

En cobertizo exterior, señalizado y ventilado, en posición vertical y encadenados a muro.

Cilindro de 13,5 kg. (10 m³)

Aceite lubricante

50 lts

En pañol interior

Bidón 5 lts

Nicho para gases (patio de mantención)

GLP (clase 2.1)

90 kg

En posición vertical y encadenados a muro.

Cilindros de 45 kg

Argón (clase 2.1)

30 kg (18 m³)

Cilindro de 15 kg (9 m³)

Fuente: Tabla 11 de la DIA.

 

b)     Molienda y Dispersión.

Dependiendo del tipo de carga o pigmento de cada fórmula, hay productos que se pueden fabricar por simple mezcla o por dispersión directa en una máquina agitadora, y otros que necesitan pasar por un proceso de molienda, a saber:

 

b.1.Dispersión directa: Se utiliza para la fabricación de pinturas tipo látex. En este proceso se utilizan dispersadoras tipo Cowles, en las cuales se mezclan los pigmentos en el vehículo líquido hasta lograr el grado de dispersión necesario. La pintura se termina in situ y se envía a la etapa de ajuste de color.

b.2. Molino a micromolturadores: Se utiliza para la fabricación de pinturas tipo esmalte u óleos. En este caso la dispersión o premezcla se realiza en forma similar a la dispersión directa, pero sin llegar a lograr la textura necesaria; luego se ajusta la viscosidad para que el material pueda ser bombeado al molino. El molino está conectado a un estanque que recibe el material que va pasando a través de él y que permite dar varias pasadas de molienda a la pintura hasta lograr las características requeridas. Una vez terminada esta operación se envía el producto a dilución y ajuste de color.

 

c)      Terminación, ajustes de color y Control de Calidad.

Este proceso se ejecuta en máquinas revolvedoras y consiste en ajustar la viscosidad y dar la tonalidad de color exigida a la pintura que se está fabricando, mediante concentrados de color. En el laboratorio de control de calidad (existente en galpón de producción) se ejecutan las pruebas de secado, molienda, viscosidad, color, etc. que necesita cada producto.

 

d)     Envasado y etiquetado.

Luego de las operaciones de terminación de las pinturas, y una vez aprobado el producto por control de calidad, se procede a la filtración mediante mallas, nylon o cartuchos. y posteriormente al envasado. Este último proceso es automático para envases pequeños (hasta 1 galón) y manual para envases mayores a 1 galón.

Cada producto terminado lleva en la etiqueta o el envase un número de producción, lo que permite identificarlo si existe alguna disconformidad de los clientes. Los productos son envasados en formatos de ¼, 1 y 5 galones de capacidad, y ocasionalmente en tambores de 200 litros.

En el punto 4.2 de la DIA, se presenta el “Diagrama de Flujo del Proceso”.

Actividades de Mantención y Conservación.

En este ítem se consideran los recursos dedicados a atender las necesidades de mantenimiento preventivo y correctivo de maquinarias y equipos que se utilizan en la Planta productiva. Para desarrollar estas actividades se cuenta con un taller de mantención que ya se describió, ubicado en terreno de Las Garzas.

El Taller de mantención realiza principalmente labores de reparaciones mecánicas y soldadura. Tiene un pañol interior (estantería) para materiales e insumos, además de una zona exterior de contratistas, con cobertizos exteriores, donde también se efectúa soldadura en menor medida y principalmente almacenamientos.

Las actividades específicas de mantención que se realizan y seguirán realizándose, tanto en el taller como directamente en la Planta cuando corresponde, son las siguientes:

-        Reparaciones mecánicas y soldaduras.

-        Reparaciones y cambio de piezas menores, ocasional.

-        Cambio de aceite y lubricantes para los equipos mecánicos que lo requieren, semanal.

-        Limpieza y aseo general de equipos, diario.

-        Revisión de las instalaciones interiores de la planta: instalaciones eléctricas, sanitarias, y de seguridad, trimestral.

-        Revisión y mantención a los sistemas de detección y extinción de incendios, trimestral.

Los gases de repuesto que se utilizan en las actividades de soldadura, corresponden a 3 cilindros de oxígeno, 2 de Argón, y 3 de GLP: Los primeros se mantienen almacenados en un sector del cobertizo exterior de mantención, debidamente señalizados, pues su cantidad se puede considerar un almacenamiento menor.

Para los gases inflamables, por no existir en este terreno una bodega de Sustancias peligrosas donde almacenarlos, se habilitó en el patio de mantención una caseta especial, acorde a los requerimientos del D.S. N°78/2010 MINSAL para un almacenamiento menor a 200 kg, a saber:

-        Cerrada en su perímetro por reja incombustible, optimizando la ventilación.

-        Ubicada a más de 6 metros del deslinde.

-        Adyacente a bodega de materias primas a través de un muro RF-180.

-        A más de 3 metros del cobertizo de mantención, separada por muro RF-120.

-        Cubierta con techo liviano.

-        Señalizada de acuerdo a Nch 2190 of 03.

-        Cilindros llenos separados de los vacíos y señalizados.

-        Todos los cilindros en vertical, encadenados a pared.

Provisión de Suministros Básicos

a)      Agua Potable y Alcantarillado.

 

En la Planta el abastecimiento de agua potable y alcantarillado es a través del sistema público de Aguas Andinas, como se declaró ya en la fase de construcción. Se adjunta copia del Certificado de Factibilidad original y de la aprobación del proyecto de ampliación de la Red, del año 2008.

En terreno de Las Garzas se cuenta con agua potable y alcantarillado particular, aprobados y autorizados para un total de 15 a 20 operarios. Como ya se indicó también, se cuenta con posibilidad de conexión a la nueva Unión Domiciliaria que se ejecutó para el Centro de Distribución.

El titular presentará los proyectos ampliados de agua y de alcantarillado para ser aprobados por la empresa sanitaria; se graficarán todas las instalaciones existentes en su situación definitiva, y así se podrá solicitar los correspondientes Certificados de Dotación actualizados de ambas propiedades.

 

b)     Electricidad.

La electricidad es abastecida por Chilectra. En la Planta la capacidad instalada es de 600 KVA, pues al trasformador de 300 KVA original se agregó un 2º transformador de la misma capacidad. Todas las modificaciones internas de trazados y nuevos equipos fueron realizadas por instaladores autorizados y han sido declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y combustibles, tal como se acredita con los anexos eléctricos existentes, adjuntos.

Vale precisar en este punto que la potencia de fuerza declarada en el último documento de la planta (TE1 N°529.267 del 2011) más que duplica a la capacidad de las subestaciones; esto ocurre porque la planta en período de operación normal, utiliza alrededor del 50% de los equipos instalados porque el 50% restante corresponde a equipos de emergencia y/o respaldo que nunca operan en forma simultánea.

En el terreno de Las Garzas existe un transformador de 75 KVA instalado. Éste será remplazado por uno de 150 KVA, lo cual será realizado por personal autorizado y certificado por la SEC.

 

c)      Gas licuado

En la planta productiva sólo existe instalado un estanque de gas licuado de 4 m³ para uso doméstico, que abastece a los calefón de los servicios higiénicos y cocinas del casino. Esta instalación se encuentra declarada ante la SEC mediante Anexo N°1210 adjunto, del año 2000 y con sello verde de fecha 22.03.2000; ambos documentos adjuntos.

En terreno de Las Garzas se utiliza gas licuado de cilindro, para el funcionamiento de los calefont de los servicios higiénicos. Existe instalación para cilindro de 45 kg, y su respectivo repuesto.

Por último, las grúas horquilla que operan a gas, se abastecen a través de cilindros portátiles de 11 kg, c/u que son almacenados en el Bunker de estanques (bodega exclusiva de inflamables), manteniendo un máximo de 5 unidades tal como lo permite el D.S. N°78/2010 MINSAL para gases clase 2.1 envasados, en bodegas de sustancias peligrosas.

 

d)     Petróleo.

Solo dos equipos de la planta utilizan petróleo como combustible: El grupo electrógeno de emergencia (fuente fija que se describe en otro ítem), y la bomba diesel de la red húmeda. En ambos casos, el petróleo se almacena en estanques portátiles incorporados a cada equipo, de 115 litros cada uno, por tanto no requieren certificado de instalación para ser usados.

En función de lo descrito previamente, a continuación se sintetiza la información del total de potencia energética instalada de la planta:

 

Tabla 9: Potencia total instalada.

Terreno

Tipo de Energía

Documentación

Observaciones

KVA

Planta Productiva

Eléctrica

Existente con Declaración

2 transformadores de 300 kva c/u

600

Gas Licuado

Anexo C N°1.210 del 27.02.2000

Sello verde N°116 del 22.03.2000

1 cocina industrial, 1 cocina doméstica, 5 calefont

192

Petróleo

Registro fuente fija

1 Grupo electrógeno emergencia

60

Subtotal planta

852

Las Garzas

Eléctrica

Proyectado definitivo

1 transformador de 150 kva

150

Sumatoria Total

902

Fuente: Tabla 7 de la DIA

Cuantificación y Forma de Manejo de Productos Generados, Incluyendo Transporte.

El 100% de los productos terminados de esta planta corresponden a sustancias clase 3 según la NCh382.Of2004, es decir son Líquidos Inflamables, por tanto su manejo se realiza cumpliendo los mismos requerimientos establecidos para las materias primas.

La producción mensual se estimó en 400 ton, por lo que la producción diaria máxima se establece en 20 ton/día. Todo el stock producido es enviado de inmediato hacia el Centro de Distribución de Ceresita, que se ubica atravesando el Camino Lo Echevers, con un recorrido máximo de 500 metros entre la zona de carga del camión en esta planta y la zona de descarga en el Centro de Distribución.

Mientras los productos esperan a ser subidos a camión, se mantienen en una “zona de carga” especialmente habilitada para ese fin, y que cumple todas las exigencias establecidas por el actual D.S. N° 78/2010 del MINSAL, a saber:

-           Es una zona pavimentada con radier de hormigón.

-           Se encuentra cubierta por un alero metálico.

Para control de derrames cuenta con un kit compuesto de balde de arena, pala y tambor.

-           Cuenta con un extintor PQS de 10 kg.

-           Se encuentra señalizada.

-           El sector permite bajo cubierta hasta 32 posiciones (32 ton) a la espera de ser cargadas.

De acuerdo a las condiciones anteriores, se puede indicar que el flujo de salida de camiones con producto terminado será de 1 camión rampa diario, de 25 ton.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la fase de operación.

En las actividades de esta planta productiva no es necesaria la explotación ni extracción de ningún recurso natural renovable, solo se trabajan con materias primas que llegan de proveedores externos. La única salvedad es que en cada uno de los terrenos del proyecto existe un pozo de agua. En la Planta originalmente el pozo era utilizado para el abastecimiento doméstico y red húmeda asociada, sin embargo, en la actualidad se utiliza únicamente para el riego de las áreas verdes, haciendo pasar el agua por los estanques de red húmeda, dándole así flujo a esa agua.

En el caso del terreno de Las Garzas, el pozo de agua es aún utilizado para abastecer el sistema de agua potable doméstico interior del terreno, pero pronto dejará de utilizarse ya que se solicitará en breve factibilidad de conexión a la red pública mediante la Unión Domiciliaria ya aprobada.

En ambos casos, el uso que se le da a las aguas es de carácter doméstico, en ningún caso se emplea en procesos industriales, por lo que no procede constituir derechos sobre ellas pues el uso doméstico de aguas corresponde a un derecho inherente a cada terreno.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo 4 de la Adenda se presenta la “Estimación de Emisiones” para la fase de construcción.

A continuación, en las siguientes tablas se presenta el resumen del total de las emisiones durante la fase de construcción.

 

Tabla 10: Resumen de emisiones de los trabajos de potenciación de la línea.

FASE DEL PROYECTO

EMISIÓN en Ton/año

MP

CO

HC

NOX

SOX

OPERACIÓN

0,41

0,1996

0,0625

1,1519

2,0065

Fuente: Cuadros 6.1 y 6.2 del Anexo 4 de la Adenda, “Estimación de Emisiones”

 

Considerando la tabla anterior, respecto del artículo 98 del D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES, se concluye que el proyecto no debe realizar compensación de emisiones.

 

Ruido: Para la operación, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 12 del Anexo 5 de la DIA, “Evaluación de impacto acústico”, el proyecto cumple con los límites máximos establecidos D.S N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Cabe señalar, que la SEREMI de Salud en su Ord. N° 4638 de fecha 22 de julio de 2015 señaló:

“… b) La operación y construcción del proyecto deberá efectuarse exclusivamente durante el periodo diurno (07:00 a 21:00 hrs)

c) Se deberá dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.”

 

Efluentes líquidos: No se generan residuos líquidos provenientes de procesos productivos, ni de lavado o limpieza de equipos de ningún tipo, tampoco de pisos, pues todas esas limpiezas se realizan en seco.

Los tachos y otros elementos que se emplean en la fabricación de pinturas, se limpian o “lavan” con solvente; el residuo resultante no corresponde a un RIL sino que a un Residuo Peligroso (RESPEL) y de esa forma es manejado, tal como se describe en el punto siguiente.

Los únicos residuos líquidos generados, corresponden a las aguas servidas. Para calcular el volumen de aguas servidas a generar se debe considerar el total de trabajadores de cada terreno que corresponderá a: 40 operarios en terreno de Las Garzas, 60 operarios en la planta productiva y 115 administrativos también en Planta.

Como parámetro de cálculo se ha utilizado la dotación referida por el D.S. N° 50 (RIDAA) para trabajadores de industrias, que es de 150 lts/día/persona, aplicándole un factor de reducción de 0,8 por el agua consumida que no es descargada, entonces se tiene que:

 

Tabla 11: Aguas servidas.

Terreno

Parámetros de cálculo

Volumen estimado de aguas servidas

Disposición final

Planta Productiva (lo Echevers N°801)

150 lts/pers/día

175 personas

(80% del total)

21.000 lts/día

Alcantarillado público de la concesionaria Aguas Andinas

Terreno Las Garzas}

(lo Echevers N°851)

150 lts/pers/día

40 personas

(80% del total)

4.800 lts/día

Drenes de infiltración, autorizados como parte del sistema particular (Res. 20.517 del 10.09.1999)

Fuente: Adenda

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)     Residuos domésticos

En todas las instalaciones trabajan un total de 215 personas, de lunes a viernes; si cada una genera un promedio de 0,5 kg/día de residuos, se tiene que la cantidad mensual estimada de este tipo de residuos será de: 215 personas * 0,5 kg/pers/día * 22 día/mes = 2.365 kg/mes

El manejo de estos residuos se efectúa mediante contrato con empresa MARSIN S.A., esta empresa aporta dos contenedores tipo tolva (uno por cada terreno) para acumular los residuos y los retira en forma mensual para destinarlos a Estación de Transferencia Puerta Sur del Consorcio Santa Marta.

 

b)     Residuos industriales no peligrosos.

Esta planta genera los siguientes tipos y cantidades de residuos industriales no peligrosos, que sólo por sus volúmenes no son asimilables a domiciliarios:

 

Tabla 12: Estimación de RIS no peligroso, operación definitiva

Tipo de Residuos

Cantidad/mes

Envases (tambores) usados de sustancias no peligrosas

1.500 kg

Cartón, papel y plásticos sin contaminación

400 kg

Madera (pallets) sin contaminación

4.000 Kg

Total mensual a generar

5.900 kg

Fuente: Tabla 9, punto 1.10 de la Adenda.

 

c)     Residuos industriales peligrosos.

Los residuos propios de la operación de esta planta, son los que se generan en los procedimientos de elaboración de las pinturas, mayoritariamente peligrosos. Estos son y serán destinados como residuos RESPEL y serán almacenados en bodega correspondiente

 

Tabla 13: Estimación de Residuos Peligrosos, operación definitiva.

Descripción del Residuo

Clasificación según D.S 148/2003 del Minsal

Cantidad/mes máxima a generar (kg/mes)

Artículo 11

Artículo 90

Solventes sucio

Inflamable

A 3140

9.000

Borras

Inflamable

A 4070

6.000

Arena de Contención

Tóxico/Inflamable

A 4130-A 4070

1.320

Envases de Inflamables y suspel

Tóxico/Inflamable

A 4130-A 4070

4.000

Baterias y Pilas

Tóxico Crónico/corrosivo

A 1170

2

Tubos fluorescentes

Tóxico Crónico

A 1030

3

Toner y cartridge de tintas

Tóxico Extrínseco

A 4070

2

Huaipes y EPP contaminados

Tóxico Extrínseco

A 3140-A 4070-A 3020-A4060

200

Aceites y Grasas

Tóxico Extrínseco

A 3020

50

Polvo de extractor

Tóxico Extrínseco

A 3140-A4070

200

Total RESPEL mensual a generar

20.777

Fuente: Tabla 10, punto 1.10 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

Conforme a lo señalado en el punto 2.6 de la DIA, no se contempla fase de abandono para este proyecto.

     

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Las obras ya se encuentran ejecutadas.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La fase de construcción se inició en el mes de Enero de 2015 con la construcción de la bodega RESPEL, cuyo “hito” de inicio fue el rompimiento de los radieres para ejecutar las excavaciones de las fundaciones. Las modificaciones menores de las bodegas de Sustancias Peligrosas e Inflamables se han estado ejecutando por requerimientos de la SEREMI de Salud en sus visitas, y a la fecha se encuentran terminadas. Por último, la instalación de los nuevos estanques enterrados se estima que se iniciaron en Mayo del año 2015, y su “hito” de inicio fue también el rompimiento de radieres para dar comienzo a la excavación, previa demarcación y segregación de la zona de trabajo.

Fecha estimada de término.

Las obras ya se encuentran ejecutadas.

Parte, obra o acción que establece el término.

Las obras ya se encuentran ejecutadas.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

El proyecto se encuentra actualmente en operación.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El proyecto se encuentra actualmente en operación.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término.

No contempla.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Conforme a lo señalado en el punto 2.6 de la DIA, no se contempla fase de abandono para este proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Las emisiones a generar por esta planta se encuentran muy por debajo de los máximos establecidos en las distintas normas de referencia, y principalmente se refieren a emisiones atmosféricas regidas por el PPDA vigente, pues no se genera otro tipo de emisiones, que pudiesen afectar el agua o el suelo: no se generan residuos líquidos industriales y los posibles derrames cuentan con sistemas de contención y con planes de contingencia específicos. Las únicas personas directamente afectadas pueden ser los operarios de la planta, quienes cuentan y contarán con todas las medidas de protección personal pertinentes: capacitación, procedimientos de trabajo seguro, elementos de protección personal, etc.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción de la Bodega de Respel y estanques enterrados, considerando que dichas obras ya se encuentran ejecutadas. Además, de la fase de operación de la Planta

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido.

 

Ruido: Se realizó un Estudio de Impacto Acústico de la actividad, donde se midió el nivel de ruido ambiental generado por la planta y se modelo también el ruido a generar por las futuras obras de construcción. El estudio determinó que los niveles de ruido asociados al proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. Nº 38/11 del MMA (70 bB(A) en horario diurno), tanto para fase de operación, como para fase de operación y construcción en conjunto. Lo anterior, de acuerdo a lo señalado en el anexo 4 de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción de la Bodega de Respel y estanques enterrados, considerando que dichas obras ya se encuentran ejecutadas. Además, de la fase de operación de la Planta

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Suelo

 

El proyecto cumple con las condiciones de uso de suelo establecidas en los Planes Reguladores respectivos. Cabe destacar, que los terrenos utilizados por la actividad se encuentran intervenidos con actividad industrial o de bodegaje desde hace más de 20 años; el entorno inmediato se encuentra alterado antrópicamente por el proceso de urbanización histórico de la comuna.

Considerando que esta planta genera gran cantidad de residuos que entran en categoría de peligrosos, estos no difieren de las sustancias peligrosas que se manejan en forma habitual, por lo tanto todas las medidas de manejo y control son las mismas, tanto para manejo de sustancias como de residuos peligrosos (segregación, almacenamiento temporal en recintos especialmente acondicionados para ese fin, transporte y disposición final en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria).

Se cuenta con zonas segregadas según el tipo de residuo, sistemas de control de derrames incorporados al proyecto, manejo de hojas de seguridad, capacitación e inducción a operarios, planes de acción frente a todo tipo de contingencias, entre otros.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción de la Bodega de Respel y estanques enterrados, considerando que dichas obras ya se encuentran ejecutadas. Además, de la fase de operación de la Planta

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aguas: Efluentes líquidos.

 

De acuerdo a lo señalado en el punto 4.7 de la DIA, el titular indica textual que “En las actividades de esta planta productiva no es necesaria la explotación ni extracción de ningún recurso natural renovable, solo se trabajan con materias primas que llegan de proveedores externos. La única salvedad es que en cada uno de los terrenos del proyecto existe un pozo de agua. En la Planta originalmente el pozo era utilizado para el abastecimiento doméstico y red húmeda asociada, sin embargo, en la actualidad se utiliza únicamente para el riego de las áreas verdes, haciendo pasar el agua por los estanques de red húmeda, dándole así flujo a esa agua.

En el caso del terreno de Las Garzas, el pozo de agua es aún utilizado para abastecer el sistema de agua potable doméstico interior del terreno, pero pronto dejará de utilizarse ya que se solicitará en breve factibilidad de conexión a la red pública mediante la Unión Domiciliaria ya aprobada.

En ambos casos, el uso que se le da a las aguas es de carácter doméstico, en ningún caso se emplea en procesos industriales, por lo que no procede constituir derechos sobre ellas pues el uso doméstico de aguas corresponde a un derecho inherente a cada terreno.”

Además, el titular señala en el punto 1.20 de la Adenda que: “En la planta productiva (Lo Echevers N°801), existe un pozo profundo que se usa sólo para el riego de áreas verdes, El uso se ha considerado doméstico, pues no se emplea en procesos industriales de ningún tipo. Este pozo ya existía en el terreno cuando Industrias Ceresita adquirió la Planta en el año 2006 y era utilizado antes para la provisión de agua potable particular, porque no existía conexión al sistema público, situación que dejo de operar así a partir del año 2010.

En el terreno de Las Garzas (Lo Echevers N°851), existe un pozo profundo que abastece el sistema de agua potable particular del terreno, sistema que se encuentra aprobado y autorizado desde el año 1999 (Res. SESMA N°20.91) por lo tanto se infiere que el pozo existe también desde esa época. El uso también es doméstico, pues no se emplea en ningún tipo de actividad industrial.

Los estanques de red húmeda son abastecidos con agua desde el Centro de Distribución (que se ubica al frente, en Lo Echevers N°700), cuyo pozo de agua se encuentra inscrito a nombre de Industrias CERESITA S.A. y tiene autorizada la extracción de 12 lts/seg. Se adjunta a esta Adenda copia de la Inscripción de Derechos en el CBR de Santiago, y en la misma inscripción se cita la Resolución D.G.A. correspondiente que es la N°44 de fecha 21.01.2000.

Con toda la información proporcionada se verifica que todos los pozos existentes son anteriores al año 2011, por tanto no existen nuevas extracciones posteriores a la restricción. Como medida adicional, el titular ha efectuado consultas a la D.G.A. respecto de la factibilidad de traspasar parte de sus Derechos de Agua hacia los pozos de este proyecto, lo cual fue respondido favorablemente por el organismo, por lo que en breve se procederá a realizar dicha gestión.”

Parte, obra o acción que lo genera.

Utilización de sanitarios.

Fase en que se presenta.

Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos VI y XII.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

 

Los terrenos utilizados por la actividad se encuentran intervenidos con actividad industrial o de bodegaje desde hace más de 20 años; el entorno inmediato se encuentra alterado antrópicamente por el proceso de urbanización histórico de la comuna. Las modificaciones aquí presentadas no alterarán ninguna superficie que se encuentre en estado natural, las nuevas instalaciones proyectadas se ubicarán sobre superficies ya intervenidas por radieres o derechamente con construcciones existentes.

El sector de emplazamiento corresponde a un sector industrial ya consolidado, con intervención antrópica previa, donde no se observan especies silvestres en estado de conservación. Además, no existe evidencia alguna de presencia de fauna nativa en los alrededores del proyecto, pues es un sector eminentemente industrial.

Componente ambiental afectado.

Biota.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción de la Bodega de Respel y estanques enterrados, considerando que dichas obras ya se encuentran ejecutadas. Además, de la fase de operación de la Planta

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Impacto ambiental.

Aire

 

La planta genera emisiones que no cambian significativamente la condición de línea base, ya que estas emisiones no superan los valores establecidos en el artículo 98 del PPDA. Las emisiones a generar por esta planta se encuentran muy por debajo de los máximos establecidos en las distintas normas de referencia, las fuentes fijas de emisión existentes están y estarán debidamente registradas y declaradas y son medidas periódicamente para conocer las concentraciones de material emitido.

Componentes ambientales afectados.

Aire.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción de la Bodega de Respel y estanques enterrados, considerando que dichas obras ya se encuentran ejecutadas. Además, de la fase de operación de la Planta

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Referencia al ICE.

Capítulos VI y XII.

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El titular señala que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Lo anterior se justifica al considerar que el proyecto se encuentra actualmente operando y se localiza dentro de una zona industrial.

 

Por lo que, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto aquí evaluado no se encuentra cerca de áreas protegidas de ningún tipo. El territorio en el que se emplaza el proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población, ya que en el área no hay presencia de ecosistemas naturales con características de unicidad, escasez o representatividad.

 

Se concluye que el proyecto no se localiza cercano o en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados; ni en zonas con valor ambiental relevante.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos VI y XII.

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto, por lo que el proyecto no obstruye su visibilidad. Además la altura de las construcciones no supera a las construcciones existentes en los alrededores de la planta, por lo que tampoco los afecta.

Tal como se indicó anteriormente, en la comuna de Quilicura domina la presencia de equipamiento industrial, lo que va en detrimento de la calidad escénica. El área donde se emplaza el proyecto presenta un relieve casi plano acompañado de una extensa intervención humana sobre el medio, lo que en conjunto reduce su calidad original. Para mayor información, referirse a ítem “Determinación y justificación del área de influencia del proyecto”, punto a.2.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos VI y XII.

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

El proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre algún Monumento Nacional, pues no existe ninguno cerca de su ubicación. El terreno se encuentra completamente intervenido sin que se haya encontrado vestigio alguno de algún elemento de valor antropológico, arqueológico o histórico. Además, el proyecto no contempla intervención, de ningún tipo, sobre elementos del tipo aquí reseñado en el literal b del artículo 10 del RSEIA, pues no existen antecedentes de su presencia en los alrededores del proyecto, tal como se indicó con anterioridad. Son terrenos ya intervenidos que, durante el período de construcción anterior, no registraron ningún hallazgo del tipo indicado.

El proyecto no contempla intervención alguna sobre lugares relevantes a las manifestaciones propias de cualquier grupo humano, pues no existen ese tipo de lugares en las cercanías del proyecto. El centro de Quilicura se ubica a más de 2,5 kilómetros de este proyecto.

Tal como se indicó anteriormente, en los alrededores inmediatos del proyecto no existe presencia de manifestaciones culturales o folclóricas. Para mayor información, referirse a ítem “Determinación y justificación del área de influencia del proyecto”, punto b.2.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos VI y XII.

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

En este caso, en operación existirán lugares destinados a la acumulación de basuras y desperdicios, domésticos e industriales.

 

La estimación de residuos se presenta en los puntos 4.3.1 y 4.3.2, y tablas 5, 6, 7, 12 y 13 de la presente Resolución.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Capítulo VI, punto 2 de la DIA y en la respuesta 3.1 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 3460, de fecha 07 de julio de 2015, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.3.4.1 y 4.3.4.2, Capítulo IX, punto 9.1.1

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Este proyecto considera la habilitación de una nueva bodega de residuos peligrosos (RESPEL) que cumpla con todas las exigencias establecidas por la Autoridad. Actualmente existe un pequeño sector de RESPEL en la planta, pero que no tiene la capacidad suficiente para almacenar el total de residuos generados en la planta, que cumplirá con las indicaciones establecidas en el D.S N° 148/2003 MINSAL.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Capítulo VI punto 2 de la DIA, en la respuesta 3.2 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 3460, de fecha 07 de julio de 2015, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales, contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.2.5 y Capítulo IX, punto 9.1.2

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante Ord N° 3460 de fecha 07 de junio de 2015 de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad de la Planta como Molesta.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 144/1961 MINISTERIO DE SALUD.

Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”.

Forma de cumplimiento.

Todas las fuentes generadoras de emisiones atmosféricas se encuentran conectadas a sistemas de captación y filtrado, cumpliendo con los parámetros máximos permitidos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Operación: Registro de muestreos a las fuentes.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 66/2009 MINSEGPRES.

Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Trabajos de potenciación de la línea (instalación de faenas, portales, retiro y tendido de conductores, terminaciones, puesta en servicio, acopio de residuos).

Forma de cumplimiento.

Para el cumplimiento de esta normativa se realizó una Estimación de emisiones, donde calculan las emisiones de todos los contaminantes aquí requeridos, tanto para fase de construcción como de operación (Anexo 5 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda). De acuerdo a los resultados allí obtenidos, todos los contaminantes se encuentran muy por debajo de los límites establecidos, por tanto no les aplica compensación.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Memoria de Estimación de emisiones

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

D.S N°4/1992 del MINSAL: Norma de emisión de Material Particulado a fuentes estacionarias

Res. N°15.027 del MINSAL: Procedimiento de decl. emisiones a fuentes estacionarias

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación grupo electrógeno de emergencia

Forma de cumplimiento.

Las fuentes fijas de esta planta han sido declaradas y medidas cada un año en la forma establecida. En ningún caso superan los parámetros máximos pertinentes, lo que se demuestra con los muestreos isocinéticos adjuntos a las respectivas declaraciones.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Muestreos isocinéticos adjuntos a las respectivas declaraciones. Muestreos Isocinéticos Anuales

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

D.S N°138 del MINSAL: Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación grupo electrógeno de emergencia

Forma de cumplimiento.

Las fuentes fijas de esta planta han sido declaradas y medidas cada un año en la forma establecida. En ningún caso superan los parámetros máximos pertinentes, lo que se demuestra con los muestreos isocinéticos adjuntos a las respectivas

Indicador que acredita su cumplimiento.

Muestreos isocinéticos adjuntos a las respectivas declaraciones. Muestreos isocinéticos Anuales

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 298/1994 MINISTERIOS DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades asociadas al transporte de Sustancias Peligrosas (Materias Primas, Insumos y Producto Terminado).

Forma de cumplimiento.

Los proveedores y camiones propios de la empresa cuentan y contarán con todas las exigencias requeridas para el transporte de sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Términos y condiciones contractuales

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.3.

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 158/1980 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades asociadas al transporte.

Forma de cumplimiento.

La actividad aquí descrita cumple y cumplirá con las restricciones establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Los camiones que salen o que acceden a la planta son y serán revisados de forma tal que se pueden verificar las medidas requeridas. Registro de fiscalizaciones correspondientes

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.3.

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.

 

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley Nº 850/1997 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del D.F.L. Nº 206, de 1960.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades asociadas al transporte.

Forma de cumplimiento.

El proyecto no ocupará ningún camino público más que para el tránsito de vehículos que se acerquen al proyecto. No se ubicará ninguna publicidad en los caminos, y de requerirse se solicitará autorizaciónDe ser necesario se solicitarán las autorizaciones necesarias para llevar a cabo los trabajos de refuerzo de la línea eléctrica.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en el libro de obras y obtención de permiso cuando sea aplicable.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.3.

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 38/2011 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.

Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”.

Forma de cumplimiento.

En el Anexo 5 de la DIA se adjunta la “Evaluación de impacto acústico” en el cual se evalúa la caracterización acústica del entorno más cercano a la planta identificado como área de influencia directa, para luego a través de modelación de ruido proyectar los niveles de emisión de la planta y de sus nuevas instalaciones hacia los receptores más cercanos verificando el cumplimiento del D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Evaluación de Impacto Acústico

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 594/1999 MINISTERIO DE SALUD.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción Bodega Respel y estanques enterrados, y operación de la Planta

 

Forma de cumplimiento.

Todos los residuos sólidos generados durante los trabajos serán transportados y llevados a sitio de disposición final que cuente con la Resolución Sanitaria correspondiente. Se privilegiará el reciclaje de aquellos residuos que sean factibles de reciclar.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Copia de resolución Sanitaria del vehículo de transporte y del sitio de disposición.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

Decreto Supremo N°148/2003 MINISTERIO DE SALUD.

Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Generación de residuos en actividades de potenciación.

 

Forma de cumplimiento.

Actualmente la planta da cumplimiento al manejo, declaración y disposición periódica de sus residuos peligrosos. Se adjunta copia de las últimas declaraciones al SIDREP. A través de esta Declaración se esta presentando el proyecto de su nueva Bodega de Residuos Peligrosos y el correspondiente Plan de Manejo de Residuos, a través del PAS N°142 respectivo.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Copia de las autorizaciones sanitarias respectivas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4.

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

Res. Nº 5.081: Declaración y seguimiento de residuos industriales sólidos MINSAL.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación de la Planta

 

Forma de cumplimiento.

Se efectúan las declaraciones periódicas de acuerdo a este decreto. También se presentan los consolidados mensuales ante la Autoridad.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros de declaraciones

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4.

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas.

 

NORMA

D.S. N° 78/2010: Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas MINSAL.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Almacenamiento de Sustancias Peligrosas en Planta.

Forma de cumplimiento.

Autorizaciones definitivas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Autorizaciones de bodegas de Sustancias Peligrosas Fiscalizaciones y actas correspondientes

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.5.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Ruido

Impacto asociado

Ruido: emisiones de ruido.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación del proyecto.

Objetivo, descripción y justificación.

Disminución de las emisiones sonoras (ruido) que se producirán durante la fase de construcción, producto de diferentes actividades.

Lugar, forma y oportunidad de implementación.

Lugar: Área del proyecto.

 

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 3460 de fecha 07 de julio de 2015.

Fase de Construcción:

·         Durante la etapa de construcción, se deberá levantar un cierre perimetral acústico de madera tipo OSB de 2.5 [m] de altura, que cumpla con las exigencias de densidad superficial establecidas en la norma ISO 9613 para barreras u obstáculos. La barrera deberá instalarse en el sector definido en la figura “Croquis 3D de la etapa de excavación y preparación de terreno” del informe de evaluación acústica contenido en el Anexo Nº 5 de la DIA.

Todas las fases:

·         La operación y construcción del proyecto deberá efectuarse exclusivamente durante el periodo diurno (07:00 a 21:00 hrs).

·         Se deberá dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera una duración aproximada de 7 meses.

Indicador que acredite su cumplimiento.

Informe de mediciones de ruido mensual durante la fase de construcción.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.1.1.

8.2. Residuos

Impacto asociado.

Generación de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos y residuos domiciliarios.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Cumplimiento del D.S. N° 594/1999 del MINSAL, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y el D.S. N° 148/2003 del MINSAL, Reglamento Sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

 

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 3460 de fecha 07 de julio de 2015.

 

Todas las fases:

·         Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, deberá solicitar la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “CONDICIONES SANITARIAS Y AMBIENTALES BÁSICAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO".

·         Considerar que la normativa que rige el almacenamiento, el transporte y la disposición final de los residuos industriales no peligrosos, es el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, “Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo" y la normativa que rige actualmente a los residuos caracterizados como peligrosos es el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, que “Aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos”.

·         Para la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados Manejo de residuos generados dentro de la planta.

·         Para la rotulación de los residuos y los lugares de almacenamiento, se dará cumplimiento a lo establecido en la NCh 2190 of. 2003 “Sustancias peligrosas, marcas para información de riesgos”, siendo miscelánea de clasificación la Clase 9.

·         Tanto en el transporte como en la disposición final de los residuos peligrosos, se cumplirá con lo dispuesto en el D.S. 148/03, de modo que el transportista como la empresa donde se dispongan cuenten con resolución sanitaria vigente.

·         Todos los residuos peligrosos serán dispuestos en el  lugar de almacenamiento implementado dentro de la planta para residuos peligrosos, dando cumplimiento al D.S. 148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

 

Oportunidad: Durante toda las actividades de operación del proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento.

Copia de Resolución Sanitaria del vehículo de transporte y el sitio de disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.1.2.

 

8.3. Vialidad

Impacto asociado

Vialidad Adyacente.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo, descripción y justificación.

Uso de vialidad adyacente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Calles y caminos de tránsito de vehículos de transporte de carga.

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM en el Ord. N° 9081 de fecha 23 de diciembre de 2014:

·        El Titular se compromete a respetar las rutas planteadas en la tabla 1.24 de la Adenda. Si bien éstas son referenciales, el usos de éstas rutas deberá ser lo más cercano a lo planteado:

·        El Titular deberá mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

·        Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

·        Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

·        En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

·        Se solicita evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.).

·        Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.

Oportunidad: Durante la fase de operación de la planta.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de los camiones que entran y salen del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.1.3.

8.6. Otras consideraciones

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación

Consideraciones.

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas en el Ord. 632 de fecha 19 de junio de 2015:

·         Que, en ninguna de las Fases del proyecto se contempla utilizar aguas servidas tratadas para riego.

·         Realizar la conexión del terreno Las Garzas al alcantarillado público, tal como lo declara el Titular en Adenda 1.

·         Instalar los futuros estanques de almacenamiento de solventes, según lo declarado por el Titular en Adenda 1.

·         Que, en la planta productiva (Lo Echevers N°801), existe un pozo profundo que se usa sólo para el riego de áreas verdes. El uso se ha considerado doméstico, pues no se emplea en procesos industriales de ningún tipo. Este pozo ya existía en el terreno cuando Industrias Ceresita adquirió la Planta en el año 2006 y era utilizado antes para la provisión de agua potable particular, porque no existía conexión al sistema público, situación que dejó de operar así a partir del año 2010.

·         Que, en el terreno de Las Garzas (Lo Echevers N°851), existe un pozo profundo que abastece el sistema de agua potable particular del terreno, sistema que se encuentra aprobado y autorizado desde el año 1999 (Res. SESMA N°20.91), por lo tanto se infiere que el pozo existe también desde esa época. El uso también es doméstico, pues no se emplea en ningún tipo de actividad industrial.

·         Que, los estanques de red húmeda son abastecidos con agua desde el Centro de Distribución (que se ubica al frente, en Lo Echevers N°700), cuyo pozo de agua se encuentra inscrito a nombre de Industrias CERESITA S.A. y tiene autorizada la extracción de 12 l/s. Se adjuntó a Adenda 1 copia de la Inscripción de Derechos en el CBR de Santiago, y en la misma inscripción se cita la Resolución D.G.A. correspondiente que es la N°44 de fecha 21.01.2000.

·         Que, no existe descarga de aguas lluvias hacia canales de ningún tipo.

·         Que, el Plan de Emergencia del proyecto, deberá cumplir con lo señalado en la letra a.8. del artículo 19° del D.S. 40/2012, respecto al Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias asociado a las eventuales situaciones de riesgo o contingencia identificadas, según lo establecido en el Párrafo 2º del Título VI de dicho Reglamento.

·         Que, en la Planta no existe generación de Riles, según declara el Titular en Adenda 1.

·         Que, según lo indicado en el PRMS, Art. 8.2.1.1 letra a.2), el área de proyecto (comuna de Lampa) corresponde a aquellas zonas que presentan problemas de afloramiento potencial de aguas subterráneas, ubicadas en el Área Urbana Metropolitana, en las comunas de Quilicura, Colina, Lampa, Renca, Pudahuel, Cerro Navia y Maipú. La autorización de obras de urbanización y/o edificación en estas áreas, deberá condicionarse al cumplimiento de lo siguiente: 

- La napa freática no podrá tener una profundidad menor a 5 m en la época más desfavorable del año.

- La napa freática deberá estar a más de 3 m, bajo el sello de fundación.

Para verificar las condiciones señaladas en el inciso anterior, el Titular deberá presentar los resultados de sondajes y medir la profundidad del acuífero durante 3 días a lo menos. En caso de no cumplir tales condiciones en forma natural, la urbanización deberá considerar las obras de drenaje que resuelvan dicho aspecto. Por lo tanto, el Titular debe obtener el respectivo informe favorable de los organismos competentes, previo al inicio de la Fase de Construcción.

·         Que, debido a que el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Colina Sur (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

·         Que, de acuerdo a lo declarado por el Titular en Adenda 1 y Complementaria, compromete la implementación de un monitoreo de calidad de aguas, el que se ejecutará en pozos existentes en cada terreno. Pozo 1 Las Garzas N° 851, Bodegas (Aguas Abajo, Coordenadas rectificadas en terreno: N 6.305.955; E 335.963) y Pozo 2 (Lo Ecehevers, Planta Productiva (Aguas Arriba, Coordenadas rectificadas en terreno: N 6.305.941; E 336.181). Los parámetros que se han utilizado para la caracterización inicial adjunta en Anexo a la Adenda Complementaria y el Seguimiento, son los contenidos en la NCh 409 y D.S N° 46/2002. El muestreo se realizará en forma semestral durante la Fase de Operación y el informe con los antecedentes respectivos se hará llegar a los servicios competentes a más tardar 5 días hábiles después de obtener los resultados del análisis de aguas, oportunidad en que se acompañará el archivo electrónico en formato .xls (Excel) de acuerdo con la información consignada en la siguiente tabla.

 

 

PARAMETRO

 

pH

SST

Nitratos

etcétera

 

 

 

 

 

 

 

 

AÑO

MES

N° DE INFORME

FECHA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

·         Sin perjuicio de lo señalado por el Titular, se precisa que dada la caracterización inicial de las aguas subterráneas se hará el Seguimiento de la calidad en Fase de Operación, utilizando como referencia tanto los parámetros de la NCh 409 como del D.S. 46/2002. El monitoreo tendrá una periodicidad semestral y el Titular elaborará un Informe que incluya la información de ambos pozos, su georreferenciación (UTM WGS84), la profundidad de la napa, los estratos, la permeabilidad, la dirección de flujo subterráneo, entre otros parámetros y análisis y discusión de los resultados de los monitoreos y conclusiones y recomendaciones. El Titular debe enviar el Informe junto a todos los antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de sus mecanismos de recepción de antecedentes de Seguimiento Ambiental, a más tardar 5 días hábiles después de obtener los resultados de análisis de aguas.

·         Que, en caso de ocurrencia de un accidente que comprometa los recursos hídricos (Derrames, etc.), se debe informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas (DGA) de la Región Metropolitana de Santiago, señalando a dicha Dirección Regional lo siguiente:

a) Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales efectos adversos generados.

b) Detalles de cada acción y medida de manejo ambiental utilizadas durante el evento de contaminación.

c) Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d) En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de emergencias).

 

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI del Medio Ambiente RM en el Ord. 1130 de fecha 19 de diciembre de 2014:

·         El titular deberá disponer de un registro en obra, a través del cual se acredite la disposición final de escombros generados durante la etapa de construcción del proyecto, en destinatarios autorizados por el organismo competente, a fin de facilitar el control y prueba del cumplimiento de la normativa aplicable a esta materia.

·         El titular deberá disponer de un registro en obra de los talleres autorizados en donde se realice las mantenciones de las maquinarias o vehículos utilizados en las fases de construcción y operación del proyecto, a través del cual se acredite, la adecuada gestión de los residuos peligrosos en dicha faena.

·         El titular deberá presentar un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente) y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:

-        Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, o cualquier relevante relativo a esta materia).

-        La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

-        La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

-        Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

·         El titular deberá declarar las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados por el proyecto, además de dar cumplimiento a todas aquellas exigencias contenidas en el Decreto N°1/2013 “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, a través del sistema de Ventanilla Única asociado al citado decreto. Lo anterior sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la legislación vigente, relativa a estas materias.

Referencia al ICE.

Capítulo X, punto 10.1.4.

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Planes de Contingencias y Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Acciones o medidas a implementar.

En el plan de contingencias adjunto en el Anexo 5 de la DIA, y complementado en el Anexo 3 de la Adenda, se describen las medidas y acciones a ejecutar en caso de la ocurrencia de un derrame de magnitud u otro accidente similar, que involucre a estas sustancias y que afecten al medio ambiente.

 

Las medidas aquí indicadas se refieren únicamente a las destinadas a evitar un detrimento en la calidad de suelos, aguas superficiales, y/o recursos naturales; es decir, las que eviten comprometer los recursos bióticos de la zona de emplazamiento. Todas las demás medidas de contingencia referidas a prevención de riesgos y seguridad de las personas e instalaciones, se encuentran descritas en el documento denominado “Plan de Emergencias”, adjunto en el Anexo 5 de la DIA, y complementado en los Anexos 3 de la Adenda y Adenda Complementaria.

 

En el caso específico de esta planta, en lo referente al Plan de emergencia adjunto en el Anexo 5 de la DIA y complementado en los Anexos 3 de la Adenda y el Anexo 3 de la Adenda Complementaria, se cuenta con una Brigada de Emergencia, responsables de actuar en caso de cualquier situación de contingencia y/o emergencia, por tanto en caso De que producto de una emergencia se deba aplicar el presente plan, se propone como responsable de los procedimientos a la Brigada, quienes procederán acorde a lo estipulado.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1. del ICE; Anexo 5 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda y Adenda Complementaria.

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” de Chilectra S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, 145 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante Ord N° 3460 de fecha 07 de junio de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad del proyecto “Regularización  de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (Ex Chilcorrofin)” como Molesta.

 

5°. Certificar que el proyecto “Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex – Chilcorrofin)”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/EAZA/GEV/MLM

Distribución:
  • Edgardo Zamora Barros
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Quilicura
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Regularización de Modificaciones a Planta de Pinturas Lo Echevers (ex-Chilcorrofin)"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=f7/09/ba422fc624db35c90667025cfa60b610b7e6


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