1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama".
2. Que, el derecho de MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama" consiste en:
3.1. Ubicación
El proyecto se localiza administrativamente en la comuna de Freirina, Provincia de Huasco, Región de Atacama. La construcción de la Variante de la Ruta C – 46, comprende una extensión total de 8,2 Km., teniendo como topónimo de entrada a ésta el Km 26.200 y su fin en el Km 32.000 de la respectiva ruta C – 46.
El trazado de la variante se encuentra estructurado por una poligonal constituida por 18 vértices los cuales se exponen en el Cuadro Nº 1 de la DIA: Coordenadas de los vértices del trazado en UTM WGS 84.
3.2. Monto de Inversión: M $ 7.300.000
3.3. Vida útil: Indefinida
3.4. Mano de Obra
| Etapa | Número de Personas | Tiempo (meses, años) |
| Construcción | 80 | 25 meses |
| Operación | 0 | Indefinida |
3.5 Superficies del Proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
La construcción de la Variante de la Ruta C – 46, comprende una extensión total de 8,2 Km., teniendo como topónimo de entrada a ésta el Km 26.200 y su fin en el Km 32.000 de la respectiva ruta C – 46, lo que sumado a una faja proyectada en promedio de 45 m., nos permite consignar una superficie de 36.000 m², equivalente a 36 Ha.
3.6 Descripción del Proyecto
El proyecto consiste en la construcción de una variante a la Ruta C-46, de modo de construir una alternativa vial que permita la circulación de vehículos de alto tonelaje, con el fin de evitar el paso de éstos por la zona poblada de Frerina.
El creciente desarrollo que alcanza el Valle del Huasco ha conllevado a una alta demanda por la Ruta C-46. Esta ruta, que une las ciudades de Vallenar y Huasco, da acceso en su recorrido a diversos centros urbanos y rurales de la zona, ubicados a lo largo del tramo inferior del valle.
El aumento progresivo del tránsito vehicular, motivado por el desarrollo económico de la zona en los sectores agroindustrial y minero, han conllevado un aumento en los flujos vehiculares, tanto de vehículos livianos, de carga y locomoción colectiva. Sumado a esto la ruta C-46 atraviesa sectores urbanos poblados, siendo en el caso particular de Freirina su “calle principal”, donde se ubican colegios, municipalidad, consultorio, servicios públicos, oficinas de empresas, locales comerciales, carabineros, viviendas, entre otros. La mitad de la calzada de esta vía es utilizada además como estacionamiento. En la actualidad ambas determinan y/o suponen los siguientes problemas:
El alto nivel de tránsito genera elevado riesgo para los peatones.
Cruce riesgoso de las vías.
Mayor probabilidad de atropellos.
Mayor probabilidad de daño a la propiedad en caso de accidente.
Elevadas demoras a los usuarios de la ruta C-46 por la congestión vehicular, al verse saturadas las vías al interior de la ciudad.
Elevado impacto acústico y polución ambiental en la zona urbana.
En este contexto el Titular ha estimado necesario construir una variante a la Ruta C – 46 en el sector de Freirina, configurando dicho proyecto en dos grandes etapas; construcción y operación, no considerándose el abandono de éste, ya que los caminos públicos no poseen etapa de cierre, pero si cuentan con cierta vida útil, tras la cual deberán implementarse medidas de conservación y/o rehabilitación.
La solución vial considera la construcción de un camino y su pavimentación con doble tratamiento, una calzada simple de 7,0 m., bidireccional, con bermas de 1,5 m. y un sobre ancho de plataforma de 0,5 m. Los anchos por concepto de cunetas para absorber escurrimientos por taludes en corte serán de 0,8 m. Se ha considerado la ejecución de pistas lentas en el sector de los Dm 5918 a Dm 8200. El trazado esta propuesto para una velocidad de diseño que oscila entre 50 y 70 kph.
El proyecto identifica desde el punto de vista geométrico, 10 tramos, los cuales se detallan a continuación:
Cuadro Nº 2: Tramificación By Pass Freirina.
| TRAMIFICACIÓN | OBRA | EJES | SECTOR | DESCRIPCION |
| By Pass Sur | By Pass Freirina | Eje 01 | Ruta C-46 | Nace en la mediatriz de la ruta C-46 sector planta de cemento, hasta la misma ruta mencionada, en el sector quebrada del negro. Posee una longitud de Dm 8,208. |
| Tramo 1 Dm 0-360 | Nudo Freirina Oriente | Ejes 02 y 03 | Ruta C-46 sector planta de cemento. Nudo Freirina Oriente | El eje 2 permite la continuidad poniente oriente de la ruta C-46. Alcanza una longitud de Dm 0,456.45. |
| El eje 3 permite la continuidad poniente-oriente de la ruta C-46 en una longitud de Dm 356.49. |
| Tramo 2 Dm 360-5100 | Nudo Aeropuerto | Ejes 11 | Acceso Aeródromo Freirina | El eje 2 permite la continuidad poniente oriente de la ruta C-46 con una longitud de Dm 456.45. |
| El eje 3 permite la continuidad poniente-oriente de la ruta C-46 en una longitud de Dm 356.49. |
| Tramo 3 Dm 5100-5900 | Nudo La Quebradita | Ejes 04,05,06,07 | Camino Mina La Quebradita | El eje 4 permite el viraje a la izquierda, desde el camino mencionado, hacia el by pass dirección Huasco, con una longitud de Dm 528.57. |
| El eje 5 permite el viraje a la izquierda desde el by pass, hacia el camino mencionado, con una longitud Dm 223.08. |
| Eje 6 permite el viraje a la derecha desde el by pass hacia el camino La Quebradita en una longitud de Dm 320.58. |
| El eje 7 permite el viraje a la derecha desde el camino La Quebradita hacia el by pass en una longitud de Dm 278.37 |
| TRAMO 4 Dm 5900-7800 | Tercera Pista Lenta y Lecho de Frenado | | By Pass Freirina | Tercera pista en zona de pendiente fuerte (6.54%) entre los Dm 5918 y Dm 7800. |
| Lecho de Frenado de longitud 114 m entre los Dm 7005 y Dm 7119. |
| TRAMO 5 Dm 7800-8200 | Nudo Freirina Poniente | Ejes 08,09 y 10 | Ruta C-46 sector Quebrada del Negro | El eje 8 permite la continuidad poniente oriente de la ruta C-46 con una longitud de Dm 602.50. |
| El eje 9 permite la continuidad poniente-oriente de la ruta C-46 en una longitud de Dm 386.90. |
| El eje 10 permite el viraje a la derecha desde el By Pass, hacia la ruta C-46, con una longitud de Dm 185.46. |
a) Área de Influencia Directa.
La faja fiscal referente al presente proyecto es variable en su extensión, oscilando entre 30 y 80 m en sectores de corte y terraplenes respectivamente, con alturas de éstos últimos cercanas a los 20 m.
b) Área de Influencia Indirecta.
Corresponde a todo el sector comprendido entre el punto de inicio y termino del presente proyecto de la localidad de Freirina, comuna homónima, de la provincia de Huasco.
c) Perfiles Tipo.
En función del cuadro expuesto en el punto anterior (Cuadro Nº 1: Ejes de Replanteo By Pass Freirina), el Titular presentó en la DIA los perfiles tipo de las obras en cuestión.
d) Plataforma.
El proyecto en cuestión considera una calzada simple de 7,0 m, bidireccional, con bermas de 1,5 m y un sobre ancho de plataforma de 0,5 m. Los anchos por concepto de cunetas para absorber escurrimientos por taludes en corte serán de 0.8 m.
e) Estructura de Pavimento.
La solución de pavimento considera la siguiente estructura:
Base Granular CBR > 100% con un espesor de 25 cm.
Tratamiento Superficial Doble tipo Cape – Seal con un espesor 2,5 cm.
El pavimento asfáltico es construido una vez terminada la base granular proyectada. Se inicia con la aplicación de la imprimación mediante camiones imprimadores en los anchos determinados en el proyecto, posteriormente se coloca una capa de emulsión asfáltica con el mismo camión imprimador para sobre ésta colocar gravilla de tamaño ¾” mediante una gravilladora que asegura la repartición uniforme. Una vez compactada esta capa se coloca la capa superficial consistente en una lechada asfáltica la que contiene emulsión y arena de tamaño máximo 3/8”, la cual es colocada con un camión de slurry el que mezcla el asfalto y la arena de acuerdo a la dosificación aprobada. Esta última capa puede ser expuesta al tránsito después de 12 horas y no necesita un proceso de compactación.
f) Trazado.
El trazado procede mediante una diagonal a dicha ruta, que gana cota en su inicio por un sector de terrazas fluviales altas que se desarrollan inmediatamente al sur de la ciudad de Freirina. Estas terrazas conforman un paisaje de extensiones planas limitadas que llegan al pie de los cerros que conforman la cordillera de la costa en esta área. Este plano se encuentra disectado por varias quebradas profundas, algunas de las cuales presentaban escurrimiento hídrico permanente.
Todo el camino proyectado se desarrolla en sectores despoblados, salvo en el inicio del mismo (Dm 450), donde se afecta un galpón particular. El trazado se ubica en las afueras del límite urbano de la comuna de Freirina. Por esta razón en el área de influencia del proyecto, en general, no se sitúan servicios básicos e infraestructura, no obstante, al inicio del proyecto (de oriente a poniente) y en el final del mismo, precisamente en el sector de empalme con la ruta C - 46 se generan interferencias con la red de agua potable que trascurre por dicha ruta, lo cual quedará íntegramente saneado.
g) Elementos de Control y Seguridad.
El proyecto considera
Señalización vertical lateral
Delineadores verticales placa simple
Baliza indicador de ruta y kilómetro
Señalización especial informativa
Defensas camineras
h) Obras Relevantes.
Las obras de mayor relevancia y/o envergadura corresponden principalmente a tres, las cuales se orientan a dar una adecuada conectividad y gestión del proyecto en sí. Estas son:
Cuadro Nº 3: Obras Relevantes.
| Tramo | Ubicación | Descripción |
| 1 | Acceso Oriente Freirina. | Enlace proyectado superior ramal Freirina y a nivel By Pass. |
| 3 | Camino a Quebraditas. | Nudo vial ubicado en el Dm 5,500. |
| 4 | Acceso Poniente Freirina. | En Dm 5,665 enlace proyectado superior ramal Freirina y a nivel By Pass. |
3.6.1 Localización y Tramificación del Área de Emplazamiento del Proyecto.
Gran parte del área de emplazamiento del proyecto se encuentra sin uso en términos de su aprovechamiento productivo y/o residencial, salvo el tramo comprendido entre el Dm 7,440 y 8,200 de la variante de la Ruta C – 46 Freirina, que corresponde a un uso agrícola, particularmente a la plantación de olivos.
El proyecto se emplaza fuera del Límite Urbano vigente de Freirina, aprobado por Ley Nº 1952 el 4 de mayo de 1934, así como del límite urbano proyectado por el Plan regulador de la Comuna de Freirina, que se encuentra en estudio.
A su vez, y en consideración con la zonificación que establece el Plan Regulador Intercomunal de las Comunas Costeras de Atacama (PRICOST), que comprende la comuna de Freirina, cabe destacar que el proyecto By Pass no se emplaza y/o sitúa sobre ningún área de restricción y/o protección, ya que dicha planificación en las inmediaciones del proyecto, se circunscribe únicamente al entorno inmediato del río Huasco, definiéndolo como ZPI – 3 Zona de Protección del río Huasco, distando significativamente del trazado en cuestión.
Para efectos de estudio, La Variante Freirina se ha tramificado teniendo en cuenta especialmente los alcances del estudio de ingeniería desarrollado. Esta tramificación se expone a continuación:
a) Tramo 1. Dm. 0.000 – Dm. 2.800 (Dm = Distancia Acumulada Respecto de un Punto de Origen).
El inicio del proyecto se ubica en el Km 26.200 de la Ruta C - 46, en un área rural fuera del límite urbano de la comuna de Freirina. La principal característica de este tramo es la intercepción de un conjunto de quebradas que se intercalan con terrazas fluviales de escasa altura, en el fondo de las cuales se observa vegetación asociada a ambientes húmedos.
Estas quebradas alimentan a un humedal ubicado inmediatamente al sur de la ruta C – 46. Es por ello que se ha consignado para cada una de estas quebradas la construcción de obras de arte, entendidas para este caso particular, como aquellos cajones o alcantarillas que permiten asegurar el paso normal de las aguas de un lado a otro, no perturbando y/o impidiendo de esta forma el escurrimiento u alimentación en términos hídricos del citado humedal.
A su vez, en este tramo es posible observar vegetación boscosa conformada principalmente por eucaliptos, los cuales se verán afectados por el proyecto, solo en los primeros 450 metros del trazado. Este tramo finaliza en la quebrada del Huaso Cruz, donde se observa la última quebrada con escurrimiento de agua permanente con vegetación asociada. Desde este punto en adelante se observa un paisaje desértico con vegetación suculenta.
b) Tramo 2. Dm. 2.800 – Dm. 7.600
Este tramo se caracteriza por un paisaje semi desértico, determinado por una topografía plana disectada por quebradas profundas, sin escurrimientos superficiales. Estas terrazas se encuentran cubiertas con vegetación suculenta.
c) Tramo 3. Dm. 7.600 – Dm. 8.200
El tercer y último tramo se caracteriza por un ambiente de plantaciones de olivos, propio de Freirina. En este sector la topografía es plana, y sólo se observan canales de riego ocasionales.
3.6.2 Etapa de Construcción
a) Instalación de Faenas.
La instalación de faenas consiste en la habilitación o construcción de edificaciones para bodegas, oficinas y demás dependencias necesarias para el adecuado funcionamiento y desarrollo de la obra. También se incluyen servicios sanitarios, bodegas de equipos, materiales y herramientas, talleres de reparación de equipos y maquinaria, de enfierradura, de carpintería, lugares de acopio de material, entre otros.
Para el caso particular de este proyecto, cabe destacar que en los frentes de trabajo se dispondrá de baños químicos, donde los efluentes de éstos serán dispuestos en un lugar autorizado, manteniendo un registro de la empresa que hace el retiro, así como de la empresa sanitaria que hará la recepción final de estos residuos. A su vez la cantidad de artefactos estará en conformidad a lo estipulado en el D.S. 594/99.
Debido a la naturaleza del presente proyecto, coexisten diversos requerimientos técnicos; particularmente de calidad, respecto de los materiales e insumos a emplear que son inherentes a la construcción de todo camino, destacando entre éstos los áridos (pozos empréstito). Es así como el Contratista en cuestión, quien ejecuta las obras, debe analizar en terreno la calidad del material a extraer, y por tanto, determinar el lugar específico de éste.
No obstante, y de acuerdo a lo establecido en el Anexo 9 de la DIA “Especificaciones Ambientales”, así como en el Anexo 5 de ésta “Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del Manual de Carreteras”, no es posible, y se restringe derechamente la instalación de faenas, plantas de producción de materiales y botaderos en áreas especialmente sensibles o vulnerables desde el punto de vista ambiental. Situación que en términos de su cumplimiento y/o resguardo, será controlada por la Inspección Fiscal (IF) del proyecto.
En lo particular, y de acuerdo a los resultados y recomendaciones obtenidos de la línea de base ambiental del proyecto, se ha determinado evitar la localización o asentamiento de instalación de faenas, empréstitos, botaderos y plantas de producción de materiales entre el Dm 0,000 y 2,000, es decir en los primeros 2 Km del trazado de la variante de la ruta C – 46 (de Vallenar a huasco), sector sensible desde el punto de vista biótico, quedando lo anterior claramente estipulado en el Anexo 9 de la DIA “Especificaciones Ambientales”.
Complementariamente, la situación o ubicación que se proponga para cada una de estas actividades (instalación de faenas, plantas de producción de materiales, pozos empréstitos, botaderos, otros), deberá venir debidamente especificado en el respectivo Plan de Manejo Integral que se presente (señalado en el Anexo 5 de la DIA), evaluándose si se cumple con los criterios o condiciones ambientales exigidas, así como si se resguarda o evita asentarse sobre áreas especialmente sensibles o vulnerables desde el punto de vista ambiental. Esta situación será evaluada, controlada y visada por la Inspección Fiscal del Contrato (IF), quien contará con la asesoría del Departamento de Medio Ambiente y Territorio de la Dirección de Vialidad.
Al respecto cabe considerar que en los lugares de sensibilidad ambiental, es decir del km 0 al km 2 y en puntos de monitoreo de flora y fauna no se podrán instalar faenas, plantas de producción de materiales, empréstitos, botaderos ni extracción de áridos.
En el área de instalación de faenas se contará con instalaciones eléctricas y de gas licuado, por lo que se dará estricto cumplimiento a la normativa vigente respecto de este tipo de instalaciones para las dependencias de faenas y campamentos. Asimismo, éstas serán previamente inscritas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
En el área de instalación de faenas también existirán instalaciones de combustibles, y por tanto su abastecimiento a través de camiones estanque, por lo que se resguardará dar estricto cumplimiento a la normativa vigente, debiendo estar inscritos, tanto las instalaciones, como los camiones estanque en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
b) Preparación Área de Faenas.
Previo al inicio de la construcción del camino, es necesario adecuar el terreno dentro de la faja fiscal, para lo cual deberán removerse estructuras, ductos, obras de drenaje superficial, defensas camineras, señalización, entre otros.
c) Carguío y Transporte de Material.
Constituyen los viajes a realizar por los camiones entre los empréstitos, plantas, frentes de trabajo y botaderos, así como al trabajo de carga realizado por cargadores frontales y retroexcavadoras.
d) Movimiento de Maquinarias.
Corresponde al desplazamiento de maquinaria a lo largo de toda la faja del camino, con el fin de realizar labores en los diferentes frentes de trabajo.
Listado de maquinarias estimadas para la realización de los trabajos:
Camión Tolva (12)
Excavadoras (4)
Cargador Frontal (2)
Motoniveladoras (3)
Rodillos (3)
Camión Aljibe (6)
Camión Imprimador (1)
Camión Slurry (1)
Gravilladora (1)
Track Drill (3)
Camión Lubricador (1)
Camionetas (8)
e) Operación de Plantas de Áridos.
Corresponde a la producción de material pétreo de distinta granulometría, según los requerimientos de la obra. Para los efectos, se estima que será necesario habilitar unas dos plantas de producción. La localización de éstas será definida por el contratista en consideración de los resguardos y/o condiciones ambientales señaladas en la presente declaración.
f) Limpieza y Despeje.
Esta actividad corresponde a la ejecución de las acciones necesarias para dejar la vía con libre acceso por los usuarios, entre lo que destaca el retiro de restos de materiales de construcción y de estructuras de la instalación de faenas.
g) Otros Aspectos Constructivos Relevantes.
La ejecución del presente proyecto contempla la construcción de terraplenes en aquellas quebradas afectas a su trazado, que dado los propios requerimientos de diseño y geometría, hacen necesarios desarrollarlos, incorporándose en cada uno de éstos obras de drenaje para no interrumpir y/o alterar el escurrimiento superficial, ya sea temporal o permanente, asociado a estas quebradas.
Cuadro: Otros Aspectos Constructivos Relevantes.
| Ubicación (Dm) | Descripción |
| 1,000 | Terraplén de 4 m de altura con una longitud de 80 m. |
| 1,440 | Terraplén de 4 m de altura con una longitud de 60 m. |
| 2,470 | Terraplén de 8 a 11 m de altura con una longitud de 420 m. (Terraplén proyectado en la Quebrada Agua Salada). |
| 6,200 | Terraplén de 20 m de altura y 100 m de longitud. |
| 7,000 | Terraplén de 9 m de altura y 100 m de longitud. |
g.1) Drenaje y Saneamiento.
El drenaje y saneamiento del camino se expresa a través de las diversas obras diseñadas para permitir el escurrimiento de flujos de agua repentinos u permanentes existentes a lo largo de la variante. Para el caso particular del presente proyecto se consideran obras de arte transversales, correspondientes a cajones y tubos de cemento comprimido, así como obras de saneamiento longitudinales, entre las que s e encuentran cunetas y bajadas de agua principalmente.
El detalle de las obras de arte consideradas se adjunta en el Anexo 3 de la DIA (Ver Monografía de Obras de Arte Proyectadas). Cabe destacar que los antecedentes de éstas obras, teniendo en consideración que éstas dicen relación con la intervención de cauces naturales, y por tanto desde un punto de vista sectorial, el correspondiente proyecto será remitido a la Dirección General de Aguas para su conocimiento, informe e inclusión en el Catastro Público de Aguas, según lo establecido en el Artículo 171 del Código de Aguas
3.6.2. Etapa de Operación
La etapa de operación consiste en el uso público de la Ruta previa recepción de la Dirección de Vialidad y las actividades asociadas a la mantención de las condiciones de servicios de la misma.
3.6.3. Etapa de Abandono
El Proyecto no contempla fase de abandono, ya que los caminos públicos no poseen etapa de cierre, pero si cuentan con cierta vida útil, tras la cual deberán implementarse medidas de conservación y/o rehabilitación.
3.7 Aspectos Ambientales de la Evaluación
3.7.1 Insumos
a) Requerimientos de Áridos
En el apartado 2.2.8. “Requerimientos de Áridos” de la DIA, se plantea textualmente “Cabe destacar que para cada pozo de extracción se deberá presentar un Plan de Manejo, que implica una evaluación ambiental, manejo y condiciones de abandono adecuadas del lugar específico, debiendo esto ser autorizado previamente por la inspección fiscal del contrato y fiscalizado periódicamente por el encargado ambiental de la obra respectiva”.
Es necesario esclarecer que el concepto “evaluación ambiental”, se refiere a que para aperturar un pozo empréstito se deberá presentar un Plan de Manejo, el cual previo a su aprobación por parte del Inspector Fiscal, deberá ser evaluado ambientalmente en términos del manejo y condiciones de abandono especificas del lugar en cuestión, independiente y como parte de la gestión ambiental del proyecto, e indistintamente de si se requiere que éste sea ingresado al SEIA, en función de lo estipulado en el respectivo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, Articulo 3, letra i).
El Plan de Manejo mencionado tiene por finalidad caracterizar ambientalmente el área de emplazamiento del sector en cuestión, explicitar el detalle de las medidas y condiciones de manejo ambiental durante la ejecución de la actividad a desarrollar, así como exponer las medidas de abandono del respectivo del lugar.
Asimismo, y para mayor detalle en dicho apartado se expone que “será responsabilidad del contratista la tramitación del ingreso de un determinado pozo empréstito al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, sí se da cualquiera de las siguientes condiciones: Sí éste se emplaza al interior de un área ambientalmente protegida; sí el volumen de extracción supera los 10.000 m3 mensuales o un total de 100.000 m3; o sí la superficie explotada es igual o superior a las 5 há”, en consideración con lo estipulado en el RSEIA de la Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente, Articulo 3, letra i).
En el Anexo 5 “Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del manual de Carreteras” de la DIA, se especifican los criterios, condiciones, contenidos y medidas ambientales a desarrollarse para la explotación, uso y abandono de pozos empréstitos, botaderos, Instalación de faenas y planta de producción de materiales.
Los volúmenes aproximados de corte y requerimientos de áridos para las distintas etapas y/o fases del proceso constructivo se exponen a continuación:
a.1) Volumen aproximado de corte:
Escarpe: 116.309 m³
Excavación en TCN (Terreno cualquier naturaleza): 402.637 m³
Excavación en Roca: 115.949 m³
Excavación en TCN para obras de drenaje: 10.568 m³
Excavación estructuras: 2.156 m³
Total: 647.619 m³
a.2) Volumen aproximado de requerimientos de áridos:
Terraplenes: 499.601 m³
Relleno Estructural: 2.083 m³
Base Granular: 36.475 m³
Pavimento: 2.045 m³
Hormigones: 1.058 m³
Total: 541.262 m³
Considerando el volumen total de corte (647.619 m³), y estimándose que un 80% de éste, puede ser utilizado para la construcción de terraplenes, pedraplenes y rellenos en general, es posible determinar que el material necesario de producir mediante pozos de empréstitos y plantas de producción de materiales no sobrepasará los 25.000 m³. Para los efectos, se estima que será necesario utilizar unos dos pozos, en función de la calidad de los materiales que éstos presenten.
Cabe destacar que para cada pozo de extracción se deberá presentar un Plan de Manejo, que implica una evaluación ambiental, manejo y condiciones de abandono adecuadas del lugar específico, debiendo esto ser autorizado previamente por la inspección fiscal del contrato y fiscalizado periódicamente por el encargado ambiental de la obra respectiva. En el Anexo 5 se adjunta documento Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del manual de Carreteras, donde se especifican los criterios, condiciones, contenidos y medidas ambientales a desarrollarse para la explotación, uso y abandono de pozos empréstitos.
a.3) Volumen aproximado de botaderos:
Material no utilizable de los cortes: 129.524 m³
Para el desarrollo de cada uno de los botaderos se deberá elaborar un Plan de Manejo para la Apertura, Uso y abandono de Botaderos, contenido en el Anexo 5 “Plan de Manejo Integral”, el cual está contenido en el Volumen 9 del Manual de Carreteras, en el que se detallan los criterios, condiciones, contenidos y medidas ambientales a consignarse para la concreción de éstos.
b) Requerimientos de Agua.
El material para la construcción del camino; terraplén, relleno estructural y base granular, deben humedecerse para alcanzar la humedad óptima que permita alcanzar el grado de compactación requerido, ésta usualmente varía entre un 5% a 8% del peso total, por lo que se puede desglosar en los siguientes ítems la demanda de agua:
Material a compactar: considerando un total de material a compactar aprox. de 540.000 m³, y un peso especifico de 2.1 Ton/ m³, da un total 1.134.000 Ton. De esta forma y considerando un 7% de agua a agregar, da un requerimiento de agua total de 80.000 m³.
Hormigones: para la producción de 1 m³ de hormigón, se utilizan aprox. 200 lts de agua, por tanto si el volumen total hormigones estimado para la obra es de 1.060 m³, implica una demanda de 212 m³ de agua.
En síntesis se requieren 80.212 m³ de agua para toda la construcción del camino, lo que relacionado a una duración estimada de 19 meses de los movimientos de tierra, permiten determinar un consumo mensual de 4.222 m³ de agua, lo que divido en 30 días, implica un consumo de 140 m³ diarios.
Por su parte, y en lo concerniente al campamento, se estima una dotación de 100 lts/hab/dia, lo que con una dotación de 80 trabajadores, da como resultado una demanda de 8 m³ día, siendo 240 m³ al mes, y 5.760 m³ durante toda la construcción del camino.
Cabe destacar que se resguardará en cuanto al suministro de agua para el proyecto en sí, que esta sea de proveedores y/o titulares que cuenten con los derechos de agua legalmente constituidos, suficientes para abastecer los requerimientos de éste. De acuerdo a las indagaciones realizadas, los principales derechos legalmente constituidos corresponden a las comunidades de canalistas presentes, entre las que destacan en función del volumen otorgado; Canal García Campusano, Canal Freirina, Canal Castillo, Canal San Juan, entre otros.
En relación al agua para consumo humano, se exigirá a la empresa que ejecute las obras, que en caso de mantener un estanque de agua potable para el consumo de los trabajadores, éste deberá cumplir con lo señalado en el D.S. 735/69 y sus modificaciones, debiendo presentarse a la institución competente entre otros aspectos; la procedencia del agua, la dimensión del estanque de acumulación y el sistema de cloración a utilizar. Por otra parte, todo el suministro de agua envasada será provisto por empresas debidamente certificadas y/o acreditadas por el servicio competente en consideración de la normativa vigente.
De cuerdo con lo estipulado en la Declaración de Impacto Ambiental; en el apartado 2.2.9. Requerimiento de Agua, se establece que el suministro de agua para el proyecto en sí, provendrá de derechos de agua legalmente constituidos, y por tanto se extraerá el citado recurso hídrico de los puntos de captación asignados a tales derechos, siendo este el compromiso o condición de desarrollo del presente proyecto. La definición particular del titular y/o comunidades de agua legalmente constituidas que suministrarán este recurso, será determinado de forma anticipada a la etapa de construcción.
3.7.2 Emisiones a la atmósfera
En la etapa de construcción, las emisiones del proyecto corresponderán básicamente al funcionamiento de motores, flujos vehiculares, cortes de TCN y Rocas (tronaduras), y a movimientos de tierra propio de las acciones anteriormente señaladas.
En relación a la emisión exclusiva de material particulado (polvo fugitivo), cabe destacar que se humectarán periódicamente los frentes de trabajo, y se desarrollarán tronaduras controladas, siendo su impacto de baja cuantía.
Los parámetros, métodos, criterios y supuestos empleados para cuantificar la emisión de material particulado sedimentable (MPS), producto de la construcción de la variante de la Ruta C- 46, se exponen en el Anexo 1 de la Adenda 1. En el cual se estima de escasa significancia en función de su impacto, y de sumo cumplimiento del Decreto Exento Número 4/92 del Ministerio de Agricultura. La determinación de los vientos predominantes del área de emplazamiento del proyecto, se exponen en el Anexo 3.
En cuanto a los gases, se exigirá al Contratista que todos los camiones utilizados en la faena cuenten con sus revisiones técnicas al día, y que respecto a las maquinarias, sólo se trabaje con equipos cuyas condiciones mecánicas aseguren un óptimo funcionamiento en términos de la emisión de gases.
3.7.3 Residuos Líquidos
a) Residuos Líquidos Domésticos
Las descargas de efluentes líquidos que se generarán en la etapa de construcción del proyecto, serán sólo aquellas correspondientes a los baños químicos que se instalarán en los frentes de trabajo, y a la fosa séptica que se ubicará en la Instalación de Faenas.
Durante la etapa de construcción del proyecto, y particularmente en los frentes de trabajo de éste, efectivamente se dispondrá de baños químicos, donde la cantidad de éstos artefactos sanitarios estará en conformidad a lo estipulado en el DS Nº 594 del Ministerio de Salud.
A su vez, en el lugar de la Instalación de Faenas; entendida como el conjunto de edificaciones, bodegas y galpones ubicados en un área determinada, cuya finalidad esta orientada al apoyo administrativo y logístico de la obra, se dispondrá de baños para el personal, los cuales contarán con un sistema de fosa. El proyecto de sistema de alcantarillado particular para estas dependencias, se presentará a la Autoridad Sanitaria de Atacama, posterior a la obtención de la RCA que emita la COREMA Atacama, y previo al inicio de cualquier instalación u obra en el marco del presente proyecto.
La fosa séptica será diseñada de acuerdo a lo establecido en el Código Sanitario (D.F.L. N° 725 de 1967, que aprobó el Código Sanitario (D.O. 31/01/68). Título III, de la higiene y seguridad de los lugares de trabajo). Por su parte, los residuos provenientes de los baños químicos, serán retirados y transportados por una empresa externa debidamente autorizada por la institución competente.
3.7.4 Residuos Sólidos
a) Residuos sólidos domésticos
Los residuos sólidos domiciliarios serán dispuestos en contenedores especialmente habilitados, protegidos de la intemperie y de la acción de animales e insectos, para posteriormente ser trasladados por una empresa certificada a un lugar acreditado para estos fines.
b) Residuos sólidos industriales
Los residuos sólidos a generarse estarán dados mayormente en la etapa de construcción y corresponderán a no peligrosos, constituidos fundamentalmente por el material inerte remanente de cortes (TCN / Rocas), los cuales serán dispuestos de acuerdo con lo exigido y en conformidad con las consideraciones ambientales señaladas en el Plan de Manejo para la Apertura, Uso y abandono de Botaderos, contenido en el Anexo 5 Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del Manual de Carreteras.
Aquellos residuos sólidos industriales correspondientes a despuntes de madera, fierro y/o chatarra, serán dispuestos transitoriamente en un patio de salvataje al interior de la instalación de faenas, en consideración de las condiciones y exigencias, así como previa autorización de parte de la Autoridad Sanitaria Regional de un patio de salvataje (Artículo 19 del D.S. 594 / 99), para posteriormente ser transportados por empresas autorizadas a lugares de disposición final o de reciclaje autorizados o bien dispuestos en un lugar certificado y/o acreditado por la Autoridad Sanitaria Regional.
El volumen de residuos industriales sólidos no peligrosos a generarse producto del desarrollo del corresponde a 129.524 m³ de material aproximado de cortes y excavaciones no reutilizables.
c) Residuos peligrosos
El volumen de residuos industriales sólidos peligrosos a generarse producto del desarrollo del proyecto corresponde a una cantidad no superior a 10 m³, proveniente de aceite de maquinas, residuos asfálticos y filtros.
Los aceites usados que se generen del mantenimiento de la maquinaria y camiones de la obra, serán acopiados en tambores ubicados en el área de instalación de faenas, previa solicitud y autorización de un patio de salvataje de disposición transitoria de éstos por parte del Servicio de Salud (D.S. 148/03 "Reglamento Sobre Manejo de Residuos Peligrosos"), para luego ser retirados por una empresa certificada en la reutilización y/o disposición final de este tipo de residuos. Se estima una cantidad de 2 tambores de 40 lts., cada dos meses, con lo cual se acopiará la totalidad de tambores con aceites durante el transcurso de la obra, para ser retirados al finalizar las faenas, lo que será debidamente certificado y comunicado a las autoridades pertinentes.
Los residuos sólidos peligrosos que se generarán corresponderán principalmente a filtros producto de las mantenciones de las maquinarias a emplear, así como a residuos asfálticos propio del desarrollo de la pavimentación, los cuales serán dispuestos de forma transitoria en un depósito temporal para estos residuos, debiendo efectuarse para aquello la respectiva solicitud y autorización de parte de la Autoridad Sanitaria Regional de acuerdo al D.S. 148/03 Reglamento sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Asimismo, el transporte y disposición final de este tipo de residuos se desarrollará con empresas que cuenten con la autorización sanitaria respectiva, junto con registrar la cantidad de residuos peligrosos que se generen, el transporte utilizado y el lugar de destino final.
La disposición de los residuos peligrosos anteriormente señalados, se hará de forma transitoria en un depósito temporal para estos residuos, debiendo efectuarse para aquello la respectiva solicitud y autorización de parte de la Autoridad Sanitaria de acuerdo al D.S. 148/03 Reglamento sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
El Titular deberá contar con una bodega para estos residuos en tránsito conforme al decreto 148, los traslados deberán ser realizados por empresas autorizadas a lugares de disposición final autorizados en periodos máximos de seis meses.
3.7.5 Ruido
Durante la ejecución de las obras se generarán ruidos provenientes fundamentalmente de la maquinaria a utilizar en las diferentes faenas, la circulación de camiones, y las tronaduras controladas y movimientos de tierra respectivos. Estas actividades se desarrollarán durante el horario normal de trabajo, y en el caso particular de las tronaduras el contratista deberá planificar y dar aviso oportuno a la I. Municipalidad de Freirina, como a las juntas de vecinos más próximas al proyecto respecto del inicio de éstas, con cinco días hábiles de anticipación, informando sobre día y horarios en que se realizarán las explosiones.
Cabe destacar que los trabajos no serán de carácter concentrado y se irán desplazando conforme avanza el proyecto, destacando la intermitencia y temporalidad de éstos.
Gran parte de las actividades involucradas en la etapa de construcción producen un aumento del nivel de ruido local, asociado principalmente a la utilización de maquinaria pesada. En el uso de betoneras y rodillo se estima que por lo general producen un ruido de 70 dB, con las mencionadas características de intermitencia y temporalidad.
En la construcción misma del camino, la actividad cotidiana que produce más ruido es la excavación en roca, sobre la cual se estima que se realizara una excavación de aprox. 170 m³.
El uso de perforadoras o martillos hidráulicos, explosivos y detonantes son sin duda las actividades más ruidosas, ya que pueden generar niveles de ruido incluso en un rango entre 100 y 115 dB(A) o mayor, dependiendo de los procedimientos, técnicas e insumos utilizados. No obstante, se estima que la generación de ruido no será significativa, dado que el proyecto en sí se emplaza fuera del límite urbano, tanto vigente como aquel proyectado por el estudio en curso del Plan Regulador de la comuna, y por ende de espacios destinados a un uso residencial, estando éstos a aprox. 300 m del corte en roca más cercano. De esta manera, el ruido adicional generado por la construcción no implicará un aumento que implique poner en riesgo la salud de la población o la fauna del lugar. Por otro lado, cabe destacar que el objetivo central de la ejecución del presente proyecto es evitar y/o sacar el transito pesado de la localidad de Freirina, lo que implicará una disminución significativa de los niveles de ruido en dicho lugar.
3.7.6 Medio Ambiente Humano
a) Rutas de Crianceros de la Comuna de Freirina.
Con objeto de recoger información sobre las rutas o accesos que utilizan los crianceros de cabras y burros del sector de Freirina, afectos al área de influencia de la Variante de la Ruta C – 46, se convocó a un taller de trabajo, a la directiva del Sindicato de Trabajadores Independientes de Crianceros de la Estancia Maitencillo, la cual representa y/o agrupa a 30 crianceros, quienes realizan su actividad principalmente en el sector comprendido entre Quebrada Agua Salada y Quebrada El Negro.
El Taller en cuestión se llevo a cabo día martes 23 de septiembre de 2008 en la sede social del Gimnasio Techado de Freirina, entre las 18:00 y 20:00 hrs (Ver Anexo 4 Informe Taller de Identificación de Rutas de Crianceros en la Comuna de Freirina).
De acuerdo con los resultados del taller, y por ende; a la información entregada por los propios dirigentes, las rutas utilizadas por ellos coinciden únicamente con la presencia de las quebradas que bajan hacia el río Huasco. Por tanto, fueron identificadas 4 rutas de crianceros, las cuales son:
1.- Ruta Quebrada Agua salada.
2.- Ruta Quebrada Huaso Cruz.
3.- Ruta Quebrada La Viña.
4.- Ruta Quebrada El Negro (quebrada no afecta al trazado de la variante).
Estas rutas son utilizadas por crianceros tanto de cabras como de burros, principalmente en los meses de primavera y verano, cuando bajan a los animales al río, mientras que el resto del año mantienen preferentemente los animales en los cerros.
En consideración con las rutas identificadas en el punto anterior, y de modo de no interrumpir el paso de animales de un lado a otro de la variante, se ha considerado necesario desarrollar las siguientes obras:
Cuadro Nº 3: Rutas / Paso de Crianceros.
| Ruta / Paso de Animales | Camino Proyectado (Dm) | Tipo de Obra Habilitante |
| Quebrada Agua Salada. | 2,700 | Cajón Triple 3.0 * 3.0 m |
| Quebrada Huaso Cruz. | 3,580 | Cajón Simple de 2.5 * 2.0 m |
| Quebrada La Viña. | 6,255 | Cajón Simple de 2.5 * 2.0 m |
| Quebrada El Negro. | No afecta al Trazado | - |
b) Actividades económicas del área de influencia del Proyecto
En cuanto a las actividades económicas que se desarrollan en el área de influencia del proyecto, cabe destacar que éstas se relacionan fuertemente con el sector agrícola, destacando la producción de aceitunas como principal producto del cultivo de olivos. El Proyecto no provocará impactos adversos sobre la producción agrícola del sector.
c) Infraestructura y Equipamiento.
En el área de intervención directa del proyecto no se sitúa infraestructura de servicios y equipamiento, salvo la existencia de un tendido de alta tensión, pero éste no se interviene.
d) Disposición de Paraderos de Buses, Accesos y Pasarelas
Cabe destacar que el sentido u objetivo central del presente proyecto es evitar la circulación de tránsito pesado por la avenida central de la zona urbana de la localidad de Freirina, por lo que se proyectó el trazado de la variante fuera del límite urbano contemplado en el proyecto de Plan Regulador de la comuna, y por ende la carencia de población aledaña a ésta. Es por ello, que la instalación de paraderos no formó parte del proceso de evaluación de impacto ambiental.
3.7.7 Fauna
La fauna identificada se estructura en torno a 24 especies de carácter terrestre. Del total de especies registradas, el 84 % corresponde a aves, constituyendo el tipo de fauna de mayor diversidad en el área de estudio. De ellas, el 100% corresponde a especies nativas.
Una especie del grupo de los reptiles (Liolaemus platei), correspondiente al 4 % de las especies registradas, fue observada en el extremo poniente del trazado de la vía alternativa, en el ambiente correspondiente a plantaciones de olivos (Punto: 295054 E; 6844520 N).
Con respecto a los mamíferos, de los tres géneros identificados en el área de estudio (12 %), sólo uno fue registrado en forma directa (Oligoryzomys longicaudatus) con 4 ejemplares en un ambiente de quebrada con presencia de romerillo y eucalipto (Punto: 300806 E; 6843554 N). La presencia de la especie Lupus capensis (liebre) fue constatada tanto en forma directa como indirecta, a través de su observación y el registro de fecas de dicho animal en varios puntos del trazado. Con respecto al género Pseudalopex (zorros), los registros están basados en el testimonio de vecinos del área de estudio, por lo que no pudo llegar identificarse este animal a nivel de especie, encontrándose presente al menos en la zona desértica del trazado de la vía alternativa.
El Informe del medio biótico del área de emplazamiento del presente proyecto se presenta en el Anexo 6, y los Planes de manejo Respectivo en el Anexo 7.
a) Monitoreo de fauna relocalizada
El Titular incorporará una nueva metodología del marcaje de reptiles para futuros monitoreos, ya que la presentada en la DIA tiene el inconveniente que los reptiles cambian de piel y la marca eventualmente desaparece. Esta metodología deberá presentarse al SAG previo al inicio de etapa de construcción, y por lo tanto, previo a ejecutar el rescate de la herpetofauna.
b) Señalética
Se considerará implementar un total de dos señales informativo – restrictivas, de forma horizontal y de carácter transitorio mientras dure el desarrollo de las obras, por cada sitio o polígono afecto a la radicación de especies en concordancia con lo planteado en los respectivos planes de manejo. La ubicación de tales señales será debidamente georreferenciada en coordenadas UTM.
La función de estas señales será advertir, informar y restringir el desarrollo de cualquier tipo de actividad propia de la obra, en aquellos sitios y/o polígonos destinados la radicación de especies de fauna.
El color de fondo de estas señales será naranja y sus símbolos, letras y orlas negro. Sus dimensiones serán de 1000 * 800 mm, soportadas en una estructura de madera, y como mínimo dispuestas a 1500 mm desde la superficie del suelo.
En el Anexo 5 “Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del manual de Carreteras” de la DIA, se especifican los diversos criterios, condiciones, contenidos y medidas ambientales a considerarse para el desarrollo de las diversas actividades propias de la obra, donde se señalan aquellas acciones y/o medidas necesarias para evitar la contaminación y/o deterioro de la flora y fauna ante potenciales derrames de insumos para la construcción de la obra.
3.7.8 Flora y Vegetación
El Informe del medio biótico del área de emplazamiento del presente proyecto se presenta en el Anexo 6, y los Planes de manejo Respectivo en el Anexo 7.
No obstante, en caso de advertirse especies asociadas a la formación desierto florido, en forma de bulbos o rizomas, durante los movimientos de tierra del proyecto, situación que será monitoreada por un profesional biólogo como parte del seguimiento y vigilancia ambiental del proyecto, se adoptarán medidas especiales para estos efectos, referentes a la recolección de bulbos, cualquiera que sea la magnitud de los mismos, y su radicación en sitios aledaños, que presenten mejores condiciones edáficas para su desarrollo.
Cabe considerar que el trazado de la variante en cuestión, como se observa en el Anexo 1 de la DIA denominado “Mapa de Detalle de Localización del Proyecto”, no transcurre de ningún modo por sobre el humedal existente, sino por cotas superiores a éste.
Para el desarrollo del presente proyecto y a partir de dichas indicaciones, se llevó a cabo un estudio hidrológico del sector, particularmente de las quebradas afectas al trazado de la variante, lo cual se expone en el Anexo 2 de la Adenda 1. Los resultados de este estudio desembocaron en el diseño y proyección de un conjunto de obras de artes que contempla la Construcción de la Variante de la Ruta C- 46; entendidas éstas como aquellas obras delineadas para permitir el escurrimiento de flujos de agua repentinos o permanentes existentes a lo largo de toda la variante. Para el caso particular del presente proyecto se consideran obras de arte transversales, correspondientes a cajones y tubos de cemento comprimido, así como obras de saneamiento longitudinales, entre las que se encuentran cunetas y bajadas de agua principalmente.
En síntesis no existirá impedimento para la irrigación de los humedales, puesto que el trazado vial no invade los parches y mosaicos principales, los cuales se encuentran al norte del mismo por lo menos a 300 m., desplazándose por el sur en áreas secas a excepción de dos quebradas pequeñas, y una mayor donde el trazado toca el humedal en forma muy tangencial, y como se demuestra en el estudio hidrológico, se mantendrá la conectividad existente.
En cuanto al rescate y manejo de los sitios a intervenir, tal como se muestra en el Anexo 7.1. de la DIA “Plan de Manejo y Rescate de Flora y Vegetación con Problemas de Conservación”, donde se detallan los medios, antecedentes y requerimientos ecológicos para la mantención de la productividad biológica de los sitios, y los que presentan particularmente las especies Typha angustifolia y Cortaderia cf. rudiuscula para su radicación, se vuelven a detallar en lo siguiente:
Typhaceas: Los rizomas se plantarán en ambientes húmedos inundados, o con sustrato saturado de agua, los mismos donde se extraerán los rizomas, entre 0.3 y 0.5 m., de profundidad y con 0.3 m. de separación, sustrato cuyo PH puede fluctuar, generalmente, entre los 4 y 9 PH.
Poaceas: Se replantarán siguiendo las mismas condiciones de su extracción. En general los rizomas se plantan entre 0.3 y 0.5 m. de profundidad sobre napas subterráneas, o sustrato saturado de humedad, y con 0.6 m. de separación.
Para la determinación de las variables ambientales del área húmeda, que permitirán radicar las especies en su ambiente similar, y para posteriores monitoreos, se dispone de instrumental digital, de campo, de última generación, entre los cuales cuenta un electrofotómetro HANNA, reúne todos los principales tests necesarios para los análisis ambientales del agua capaz de deteminar, en 9 distintos rangos, 36 parámetros ambientales, tales como Ph, nitratos, nitritos, fósforo, entre otros.
Las especies serán radicadas al interior de la faja fiscal asociada a la variante, en un ambiente similar al ambiente de origen, de forma de asegurar la suopervivencia de los ejemplares rescatados.
No obstante, se han determinado preliminarmente los siguientes sitios o polígonos afectos a la relocalización de especies (cuadro en coordenadas UTM WGS 84):
| Polígonos Afectos a la Relocalización de Especies |
| Polígono | Vértice | UTM WGS84 | Especies a Radicar |
| X | Y |
| 1 | 1 | 6843440 | 299085 | Typha cf angustifolia Cortaderia spp, |
| 2 | 6843444 | 299123 |
| 3 | 6843392 | 299128 |
| 4 | 6843389 | 299090 |
| 2 | 1 | 6843296 | 298573 | Opuntia atacamensis Echinposis coquimbana Echinopsis cf. deserticola Copiapoa coquimbana Eryoscice napina |
| 2 | 6843313 | 298691 |
| 3 | 6843308 | 298692 |
| 4 | 6843291 | 298573 |
| 3 | 1 | 6843565 | 297475 | Opuntia atacamensis Echinposis coquimbana Echinopsis cf. deserticola Copiapoa coquimbana Eryoscice napina |
| 2 | 6843439 | 297854 |
| 3 | 6843434 | 297852 |
| 4 | 6843561 | 297473 |
| 4 | 1 | 6843832 | 296169 | Opuntia atacamensis Echinposis coquimbana Echinopsis cf. deserticola Copiapoa coquimbana Eryoscice napina |
| 2 | 6843713 | 296330 |
| 3 | 6843706 | 296325 |
| 4 | 6843826 | 296165 |
| 5 | 1 | 6844492 | 294801 | Opuntia atacamensis Echinposis coquimbana Echinopsis cf. deserticola Copiapoa coquimbana Eryoscice napina |
| 2 | 6844408 | 295048 |
| 3 | 6844404 | 295047 |
| 4 | 6844489 | 294799 |
Respecto del número o porcentaje de ejemplares por especie a relocalizar, en el Anexo 7.1. de la DIA “Plan de Manejo y Rescate de Flora y Vegetación con Problemas de Conservación”, apartado 4.1., se ha estimado o evaluado el tamaño poblacional a erradicar en cada taxón, lo cual se presenta en la siguiente tabla:
| Especies | Faja I. Indirecta | Faja I. Directa |
| Typha cf angustifolia | A evaluar | A evaluar |
| Cortaderia spp, | A evaluar | A evaluar |
| Opuntia atacamensis | 37 | 0 |
| Echinposis coquimbana | 358 | 127 |
| Echinopsis cf. deserticola | 189 | 138 |
| Copiapoa coquimbana | 254 | 77 |
| Eryoscice napina | 0 | 63 |
Asimismo, en dicho apartado se expone la figura Nº 2, donde se reconocen algunos sectores o áreas en las cuales se sitúan especies que serán erradicadas.
En cuanto a las medidas a tomar para que los individuos trasplantados prosperen en su nuevo ambiente, estas se describen conjuntamente en el Anexo 7.1. de la DIA “Plan de Manejo y Rescate de Flora y Vegetación con Problemas de Conservación”; titulo VI “Selección de sitios específicos para la relocalización de cada taxón en función de los micro sitios y estructuras comunitarias”, en el titulo VII “Metodología en rescate de Flora”, así como en el titulo VIII “Radicación o plantación de los ejemplares”, y en el titulo IX “Seguimiento y evaluación de la Radicación”.
b) Señalética
Se considerará implementar un total de dos señales informativo – restrictivas, de forma horizontal y de carácter transitorio mientras dure el desarrollo de las obras, por cada sitio o polígono afecto a la radicación de especies en concordancia con lo planteado en los respectivos planes de manejo. La ubicación de tales señales será debidamente georreferenciada en coordenadas UTM.
La función de estas señales será advertir, informar y restringir el desarrollo de cualquier tipo de actividad propia de la obra, en aquellos sitios y/o polígonos destinados la radicación de especies de flora.
El color de fondo de estas señales será naranja y sus símbolos, letras y orlas negro. Sus dimensiones serán de 1000 * 800 mm, soportadas en una estructura de madera, y como mínimo dispuestas a 1500 mm desde la superficie del suelo.
En el Anexo 5 “Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del manual de Carreteras” de la DIA, se especifican los diversos criterios, condiciones, contenidos y medidas ambientales a considerarse para el desarrollo de las diversas actividades propias de la obra, donde se señalan aquellas acciones y/o medidas necesarias para evitar la contaminación y/o deterioro de la flora ante potenciales derrames de insumos para la construcción de la obra.
3.7.9 Patrimonio Arqueológico
De acuerdo con la revisión bibliográfica, la metodología y los resultados de las actividades de prospección desarrolladas durante los meses de junio y julio respectivamente (Anexo 8 de la DIA. Informe Arqueológico), se advierte la presencia de tres sitios arqueológicos (BFS 01,02 y 03), además de cuatro hallazgos aislados (Ha 1, 2, 3, y 4).
a) Medidas a implementar en los sitios arqueológicos que serán intervenidos por las obras del Proyecto.
a.1) Con relación al sitio arqueológico BFS 02, se implementarán las siguientes medidas (ver anexo 4 de la Adenda 1):
Previo al inicio de las obras, se delimitará el sector con malla naranja (tipo Dorment), a fin de aislarlo mientras se realizan las tareas de sondeo arqueológico. El sector donde se emplaza el sitio arqueológico permanecerá cercado y restringido al acceso y a todo tipo trabajo, hasta que sea liberado el sector por parte del Consejo de Monumentos Nacionales.
Para desarrollar estas actividades, el arqueólogo profesional designado deberá solicitar la autorización respectiva al Consejo de Monumentos Nacionales, acompañada de todos los antecedentes requeridos en el artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Se realizará una recolección superficial de los materiales culturales y una red de pozos de sondeo en el sector del sitio arqueológico, por donde pasa el trazado del by pass. Al término de las actividades de terreno, se elaborará un informe ejecutivo que será enviado al Consejo de Monumentos Nacionales, a fin de dar cuenta de los resultados obtenidos en las actividades reseñadas y de otras medidas que se requiera implementar (p.e. rescates arqueológicos).
Análisis de los materiales culturales recuperados, procedimientos de curaduría pertinentes a cada resto cultural levantado y su posterior envió a la institución museográfica que estipule el CMN, cumpliendo con los requerimientos de conservación y embalaje que dicha institución disponga.
Relevamiento topográfico de los pozos de sondeo, plasmado en una planimetría a escala adecuada con el objetivo de su análisis, revisión y posteriores estudios.
Posteriormente se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales un informe que contenga el resultado de todos los análisis efectuado a los materiales culturales recuperados en los pozos de sondeo y recolecciones superficiales.
Para aquellos sectores del sitio arqueológico, que se encuentran fuera del área de influencia directa, se propone la implementación de cercos temporales de protección, compuestos de malla cercadora naranja. Estos serán instalados bajo la supervisión de un profesional arqueólogo, y serán retirados una vez finalizadas las obras en el sector.
a.2) Con relación al sitio arqueológico BFS 03, se implementarán las siguientes acciones:
Previo al inicio de las obras, se instalará un cerco perimetral de protección, elaborado en malla naranja (malla Dorment). Este cerco temporal, considerará un área de amortiguación de 15 metros a partir de los límites superficiales del sitio. La instalación del cerco será supervisada por parte de un profesional arqueólogo. Los cercos permanecerán mientras se ejecuten las obras, luego deberán ser retirados.
Implementación de un monitoreo arqueológico durante los movimientos de tierra, especialmente cuando éstos se desarrollen en las cercanías de los lugares sensibles desde el punto de vista arqueológico.
Previo al inicio de las actividades anexas (Instalación de faenas, plantas de producción de materiales, empréstitos y botaderos), se deberá realizar una inspección visual del componente arqueológico y patrimonio cultural en los lugares propuestos para el emplazamiento de las mismas, informándose sobre sus resultados en el Plan de Manejo Ambiental de la actividad, a la Inspección Fiscal y al CMN. La actividad anterior debe ser efectuada por un Arqueólogo o Licenciado en Arqueología.
Charlas de inducción sobre el cuidado del patrimonio cultural a todos los trabajadores, operarios y personal involucrado en las faenas, antes del inicio de las obras, dictada por un profesional arqueólogo.
En el caso de registrar hallazgos arqueológicos o paleontológicos, no previstos por los trabajos de prospección efectuados, se deberá actuar en conformidad a lo establecido en los Artículo Nº 26 y 27 de la Ley Nº 17.288, dando aviso de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que dicho organismo determine los procedimientos a seguir.
3.7.10 Paisaje
El trazado vial proyectado se desarrolla mayoritariamente por un sector de terrazas fluviales altas, las cuales se encuentran altamente intervenidas desde una perspectiva paisajística, dado que coexisten y/o se advierte en estos sectores diversas huellas preexistentes de diferentes usos y/o fines. Asimismo, en paralelo al trazado de la variante se despliega una postación y transcurren las líneas de alta tensión que van desde Huasco Puerto a la subestación eléctrica Maitencillo. En el Anexo 1 de la DIA “Mapa de Detalle de Localización del Proyecto”, se expone el trazado vial proyectado, y los espacios por donde éste transcurre.
Por otro lado, es necesario relevar que diversos sectores sobre los cuales se emplaza el trazado de la variante, así como el espacio circundante, constituyen focos y/o vertederos clandestinos donde históricamente se ha depositado basura de diversa índole, por lo que el presente proyecto generará una externalidad positiva en este ámbito, dado que la construcción del camino, reviste o compromete al titular ha generar labores de mantención y limpieza en la faja fiscal afecta durante toda la etapa de operación de éste. Es así como entre algunos de los beneficios de este proyecto, se encuentra el resguardar y/o evitar que se alteren los recursos o elementos del medio ambiente de estas zonas, ya que estructura y condiciona los flujos o desplazamientos del conjunto de usuarios en cuestión, evitando así la proliferación de huellas o salidas del camino, sin su previa planificación y por ende coherencia con la capacidad o fragilidad del medio.
A su vez, el proyecto contempla una intervención focalizada en el tiempo, no obstruyendo la visibilidad a determinados atractivos turísticos que pudiesen coexistir, ya que solo se desarrollarán trabajos durante un periodo determinado de tiempo.
En atención a los diversos aspectos planteados, es posible determinar que el proyecto en cuestión no genera un impacto negativo en el paisaje del sector, muy por el contrario, y dado que el trazado de la variante transcurre por un sector de terrazas fluviales altas, y por ende por cotas superiores al actual trazado del camino público C – 46 Vallenar - Huasco, este mas bien contará y pondrá en valor desde una perspectiva paisajística, una vista panorámica del Valle del Huasco de singular belleza.
Dada esta condición, el titular compromete de forma voluntaria, y considera pertinente consensuar y trabajar colaborativamente con SERNATUR Atacama, durante la ejecución de la obra, en el diseño de un área o sector para el estacionamiento de vehículos, observación del paisaje, fotografía, entre otros usos posibles.
En el Anexo 5 de la DIA “Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del Manual de Carreteras”, donde se explicitan los criterios y condiciones para el desarrollo de cada actividad u obra complementaria a la construcción de la variante (empréstitos, botaderos, planta de producción de materiales, entre otras), se señala claramente que se deberán considerar medidas paisajísticas como parte del abandono de éstas intervenciones. La exigencia consiste en agotar y desplegar todos los esfuerzos y métodos de modo de restaurar las condiciones originales de cada lugar.
Para el caso particular de empréstitos y botaderos, donde necesariamente hay una intervención directa, se deberá realizar una restitución topográfica del lugar. Además, estos lugares se deberán localizar distantes del campo visual del observador. En el documento Anexo 5 de la DIA se describen en detalle las consideraciones ambientales a resguardar, tanto para pozos de empréstito, como de botaderos, contemplado en el Volumen 9 del Manual de Carreteras.
Las diversas medidas y/o condiciones que se consideren para la habilitación, ya sea de un pozo empréstito, botadero o una planta de producción de materiales, deberán quedar suscritas en los respectivos planes específicos, los cuales en su conjunto configuran el Plan de Manejo Integral, por lo que el seguimiento y fiscalización de las medidas ahí contenidas, se encuentran absolutamente cubiertas por la gestión, seguimiento y monitoreo ambiental, de carácter obligatorio, que se debe desarrollar en la construcción de la obra, siendo este el compromiso del titular.
3.7.11 Riesgos
Se definen como áreas de riesgo de inundación, tanto el tramo inicial, como el final del proyecto en cuestión, productos de crecidas del río Huasco con gran energía movilizadora de material detrítico por el agua, complementado por flujos laterales de las quebradas situadas en las laderas sur de Freirina, entre las que destacan Orella, Latorre y La Viña, que han provocado inundaciones en 1987 y 1997, respectivamente, según consta en los registros fotográficos.
En el Anexo 2 de la Adenda 1, el Titular adjuntó el Estudio Hidrológico de las quebradas afectas al trazado de la Variante de la Ruta C- 46, en el cual se consideran la ocurrencia de riesgos.
4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama " cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
4.1.1. Ley 19.300 y D.S. N° 90 /1995. Relación con el Proyecto: El proyecto no se encuentra señalado en las actividades mencionadas en el articulo N° 10 de la Ley 19.300, por lo tanto no está obligado a ingresar al SEIA, sin embargo el Titular se ha sometido de forma voluntaria y por lo tanto, le aplican las disposiciones del Artículo 9 de la Ley 19.300 y por ende, debe considerar lo señalado en el Reglamento del SEIA. Cumplimiento: El presente Proyecto se somete al SEIA, presentando una Declaración de Impacto Ambiental, ya que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias de aquellos indicados en el artículo N° 11 de la Ley 19.300.
4.1.2 D.S. N° 75 / 1987. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Este decreto establece la obligatoriedad de cubrir la carga asociada al transporte de materiales, escombros, áridos, cemento, yeso, etc. en zonas urbanas. Éste deberá ser un recubrimiento total y eficaz con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema, que impida la dispersión por el aire de estos materiales. Relación con el Proyecto: Durante la etapa de construcción se prevé el traslado de materiales y escombros. Cumplimiento: Durante la etapa de construcción, todo camión destinado al transporte de material de relleno o de cualquier tipo cumplirá con la disposición que determina el recubrimiento total de sus tolvas, a fin de disminuir la emisión de material particulado (PM10).
4.1.3 D.S. N° 144/ 1961. Establece Normas para Evitar emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza. MINSAL. Dispone que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen, peligros daños o molestias al vecindario. Prohíbe dentro del radio urbano de las ciudades, la incineración libre, sea en la vía pública o en los recintos privados, de hojas secas, basuras u otros desperdicios y la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. Establece las diversas atribuciones del Servicio Nacional de Salud para controlar la contaminación atmosférica. Señala cuales son las autoridades competentes para fiscalizar el cumplimiento de estas obligaciones y las sanciones correspondientes. Relación con el Proyecto: En la etapa de construcción se generan en forma discontinua emisiones a la atmósfera (polvo principalmente) producto del movimiento de tierra durante las faenas de excavación y nivelación de terreno. También se generarán emisiones poco significativas de polvo en suspensión, por la circulación de vehículos y maquinaria. Cumplimiento: Para el manejo de las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción, especialmente de material particulado, se tomarán las siguientes medidas que permitan el cumplimiento de la presente D.S.:
- Se humectará las vías de circulación internas con y sin carpeta que presentan altas probabilidades de levantar material particulado.
- Se utilizarán mallas raschel a objeto de evitar la dispersión de material particulado directamente en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo.
- Todo camión destinado al transporte de material de relleno o de cualquier tipo deberá cumplir con la disposición que determina el recubrimiento total de sus tolvas, a fin de disminuir la emisión de material particulado (PM10).
- Los vehículos y maquinarias contarán con sus permisos de emisión de gases y mantenimientos al día, para cumplir con la presente Norma.
4.1.4 D.S. N° 59 /1995. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable PM10. MINSEGPRES. Establece norma de calidad primaria de calidad del aire para el contaminante material particulado respirable PM10, en 150 microgramos por metro cúbico normal como concentración de 24 horas, define los niveles que determinan las situaciones de emergencia ambiental para PM10 y establece metodología de pronóstico y medición. Relación con el Proyecto: Se prevé que durante la fase de construcción del proyecto, se generarán emisiones atmosféricas de PM10, producto de las actividades asociadas a los movimientos de tierra, relacionados con la carga y descarga de material, y el tránsito de vehículos. Cumplimiento: Para el manejo de las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción, especialmente de material particulado, se tomarán las siguientes medidas que permitan el cumplimiento de la presente D.S.:
- Se humectará las vías de circulación internas con y sin carpeta que presentan altas probabilidades de levantar material particulado.
- Se utilizarán mallas raschel a objeto de evitar la dispersión de material particulado directamente en las áreas adyacentes a los frentes de trabajo.
- Todo camión destinado al transporte de material de relleno o de cualquier tipo deberá cumplir con la disposición que determina el recubrimiento total de sus tolvas, a fin de disminuir la emisión de material particulado (PM10).
4.1.5 D.S N° 146 / 1998. Reglamento Sobre Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. MINSEGPRES. Relación con el Proyecto: En el área del proyecto no existen fuentes emisoras importantes que representen un menoscabo a la calidad ambiental, siendo las principales formas de emisión local, las distintas maquinarias a utilizar (compresores, grupos electrógenos). Cumplimiento: Los ruidos propios de la maquinaria pesada, movimiento de camiones, tronaduras controladas y otros, son generados de forma localizada y de magnitud moderada, por lo que no implican un riesgo para la salud, ya que no existe población afecta en el área de intervención directa del proyecto.
4.1.6 D.S N° 594 / 2000. Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. MINSAL. Relación con el proyecto: Las disposiciones de este decreto serán plenamente aplicables durante la etapa de construcción en las faenas de mejoramiento y construcción de la ruta. Durante la etapa de construcción y operación se requerirá la contratación de personal, el cual deberá contar con las condiciones mínimas ambientales y sanitarias en sus lugares de trabajo. Cumplimiento: El Titular exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas en el Reglamento, lo cual será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. Asimismo, el Titular exigirá el cumplimiento de las Especificaciones Ambientales Especiales de los antecedentes de licitación en lo que respecta a este punto, de acuerdo a lo que señala el Anexo 9 de la DIA.
4.1.7 D.F.L. N° 725 / 1967, Código Sanitario. MINSAL. Relación con el proyecto: Durante la etapa de construcción, se generarán residuos tanto de origen domiciliarios como industriales. Las disposiciones del artículo 73 del Código Sanitario son de aplicación para la etapa de construcción. Cumplimiento: El Titular exige a sus contratistas el cumplimiento de estas disposiciones contenidas en el Reglamento, lo cual será verificado por el Inspector Fiscal de la Obra. Asimismo, el Titular exigirá el cumplimiento de las Especificaciones Ambientales Especiales de los antecedentes de licitación en lo que respecta a este punto.
4.1.8 D.F.L. N° 1122 / 1981. Código de Aguas. Ministerio de Justicia. El Código de Aguas prohíbe el vaciamiento de elementos que alteren la calidad de las aguas, no pudiéndose botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos similares que alteren la calidad de las aguas. Asimismo, dispone que las modificaciones a cauces naturales o artificiales con motivo de la construcción de obras públicas, urbanizaciones, edificaciones y otras obras en general no pueden realizarse sin aprobación previa de la Dirección General de Obras Hidráulicas o del Departamento de Obras Fluviales del Ministerio de Obras Públicas, según corresponda. Relación con el Proyecto: La normativa del Código de Aguas es aplicable durante la etapa de construcción en las instalaciones de faenas y frentes de trabajo en general. Cumplimiento: Se prevé su cumplimiento evitando la descarga de aguas servidas y RILes en ríos o quebradas. Los residuos sólidos o líquidos que eventualmente genere el proyecto serán convenientemente almacenados en contenedores y eliminados conforme a la normativa vigente. En la eventualidad que se produzca algún derrame en algún curso de agua se adoptarán las medidas pertinentes y se realizará el monitoreo correspondiente.
4.1.9 Ley 17.288 / 1970 Sobre Monumentos Nacionales. MINEDUC. Esta ley sólo tendrá relación con el proyecto en el evento, que durante las faenas de excavación para la construcción de la vía o pasos en desnivel, se encontrasen elementos de carácter histórico o arqueológico, tales como ruinas, yacimientos, piezas, utensilios y otros. En tal evento, el patrimonio arqueológico y cultural queda bajo la tuición y protección del Estado. Se prohíbe destruir u ocasionar perjuicios en los Monumentos Nacionales o en los objetos o piezas que se conserven en ellos o en los museos. Asimismo, no se puede cambiar la ubicación de los monumentos públicos, sino con la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales. Relación con el proyecto: El Proyecto intervendrá 2 sitios arqueológicos. Cumplimiento: El Titular ha señalado una serie de medidas a implementar sobre los sitios BFS02 y BFS03 para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley. No obstante lo anterior, en la eventualidad que se encuentren restos patrimoniales durante la fase de construcción del Proyecto, el Titular deberá informar inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Gobernación provincial de Huasco. Asimismo, adoptará las medidas que señale el Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo a lo que establezca para estos casos, la Ley 17.288 y su Reglamento.
4.1.10 Las principales normativas en el transporte de carga, que el Proyecto debe considerar, son:
a) En lo referente al vehículo: Ley 18.290 de Tránsito, D.S. Nº 100/79 (Tipos de vehículos); D.S. 156/90 (Revisión Técnica); D.S. 55/94 (Normas de Emisión para Vehículos Pesados); D.S. 4/94 (Normas de Emisión para Vehículos en Uso) , Resolución Nº 1/1995 que “Establece Dimensiones Maximas A Vehiculos que Indica” ;Resolución Nº 1707/95 (Tacógrafo); Resolución Nº1533/99 (Parachoques Traseros antiempotramiento); Resolución Nº 1463/2000 (Parachoques Traseros antiempotramiento); Resolución Nº 1464/2000 (luces laterales); Resolución Nº1465/2000 (Cintas retrorreflectivas); Resolución Nº1465/2000 (Cintas Retroreflectivas); D.S. Nº 300/94 (Antigudad Máxima de vehículos de carga) y Resolución Nº 333/70 (Botiquines en vehículos de carga), Resolución Nº 303/94 (Relación Peso-Potencia), todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT); Res.Nº 158/80 del M.O.P; y
b) En lo referente al Transporte:
Ley 18.290 de Tránsito (Título I licencias de Conducir); D.S 75/87 (Condiciones para el Transporte de Carga). Decreto Ley 294/84
4.1.11 D.S. 4 /1992 Ministerio de Agricultura. Cumplimiento: En lo relativo a la emisión de material particulado y/o polvo fugitivo, cabe destacar que en el Anexo 1 de la Adenda 1, el Titular presentó una cuantificación de las emisiones de Material Particulado Sedimentable (MPS) asociado a la construcción del camino, estimándose que éstas serán de baja significancia o cuantía, así como en estricto cumplimiento del DS 04/92 del Ministerio de Agricultura. Sin embargo, y de modo de mitigar las emisiones de material particulado sedimentable consignadas, se adoptarán las siguientes medidas: humectación diaria de los frentes de trabajo no menor a dos veces al día dependiendo de las condiciones imperantes, complementariamente en el sector de quebrada Agua Salada y La Viña, Dm 2,560 y 6,200 respectivamente, se instalará una malla perimetral con una altura mínima de 4 metros en toda su extensión. Respecto de la maquinaria a emplear se resguardará que esta cumpla con todas las normativas y/o regulaciones vigentes referentes al vehículo, como al transporte. Asimismo, el transporte de carga (movimiento de tierra), se efectuará a través de camiones debidamente encarpados. La cuantificación de las emisiones de material particulado sedimentable (MPS), producto de la construcción de la Variante de la Ruta C- 46, se adjunta en el Anexo 1 de la Adenda 1. Asimismo, la determinación de los vientos predominantes del área de emplazamiento del proyecto, se exponen en el Anexo 3 de la Adenda 1. En base a los antecedentes expuestos en ambos informes, es posible determinar que la construcción de la Variante de la Ruta C- 46, Freirina, Provincia de Huasco, en términos de generación MPS es de escasa significancía en función de su impacto, y de sumo cumplimiento del Decreto Exento Número 4/92 del Ministerio de Agricultura.
4.1.12 Ley de Caza
Como parte de la profundización y mejoramiento de la Línea de Base Biótica, se registraron; a lo largo del trazado vial de la variante, los ecotopos de pradera artificial, quebradas húmedas, vegetación enraizada de hidrófilas, bosque alóctono, sotobosque alóctono, matorral xerofítico, laderas pedregosas y cauces de quebradas secas, como parte de la búsqueda de señales de nidificación o reproducción de fauna silvestre, en especial de avifauna (Ver Cuadro).
| Especies | | | | Sustrato de Nidificación | | |
| Nombre científico | Suelo | Árboles | Arbustos | Cañaveral | Q. Secas | Q. húmedas | Fuera del Área |
| Agelaius thilius | | | | X | | | |
| Anairetes palurus | | | X | | | | |
| Bubulcus ibis | | | | | | | X (Río Huasco) |
| Cathartes aura | | | | | | | X (Roqueríos) |
| Chilia melanura | | | | | X | | |
| Cinclodes patagonicus | | | | | | X | |
| Coragyps atratus | | | | | | | X (Roqueríos) |
| Diuca diuca | | | X | | | | |
| Geranoaetus melanoleucus | | | | | | | X (Árboles) |
| Lessonia rufa | | | | | | X | |
| Milvago chimango | | X | | | | | |
| Mimus thenca | | X | X | | | | |
| Muscisaxicola maculirostris | | | | | | | X (Alta Cordillera) |
| Sephanoides sephaniodes | | | | | | | X (Sur de Chile) |
| Sturnella loyca | X | | | | | | |
| Tachycineta meyeni | | | | | | | X (Roqueríos) |
| Troglodytes aedon | | | X | | | | X (Habitaciones) |
| Vanellus chilensis | X | | | | | | |
| Zenaida auriculata | | X | | | | | |
| Zenaida meloda | | X | | | | | |
| Zonotrichia capensis | | | X | | | | |
Fuente: Elaboración Propia.
El cuadro anterior muestra los sustratos de nidificación, habituales de las especies de aves registradas en el área del Proyecto. En ninguno de estos ecotopos se manifestaron señales directas o indirectas de anidación. Es importante hacer notar, que la temporada de nidificación de la avifauna está en vías de finalizar, por lo que durante la temporada de inicio del Proyecto, la avifauna se encontrará en reposo gonádico, es decir fuera de la temporada de nidificación.
4.1.13 D.S. 148/03 del Ministerio de Salud, establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Cumplimiento: Para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, se dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. 148/03 de MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 76, 91 y 99 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Artículo 76: Se requerirá del permiso en cuestión para desarrollar los sondeos, recolecciones y/o rescates en caso de ser pertinente, en torno a los sitios potencialmente afectados por el proyecto. Estas actividades se realizarán al inicio de la obra. En el Anexo 9 de la DIA el Titular adjuntó un Informe Arqueológico. Durante el proceso de evaluación se ha contado con el siguiente pronunciamiento conforme por parte del Consejo de Monumentos Nacionales, expresado a través del Ord N° 1078 del 04.03.2009:
“Condicionado a:
El cumplimiento de todas las medidas propuestas en la presente ADENDA, las que se detallan textualmente a continuación:
Con relación al sitio arqueológico BFS 02 se implementará, previo al inicio de las obras, delimitación del sector con malla naranja (tipo Dorment), a fin de aislarlo mientras se realizan las tareas de sondeo arqueológico. El sector donde se emplaza el sitio arqueológico permanecerá cercado y restringido al acceso y a todo tipo trabajo, hasta que sea liberado el sector por parte del Consejo de Monumentos Nacionales.
Para desarrollar estas actividades, el arqueólogo profesional designado deberá solicitar la autorización respectiva al Consejo de Monumentos Nacionales, acompañada de todos los antecedentes requeridos en el artículo 7º del Reglamento de la Ley Nº 17.288 sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Realizar una red de pozos de sondeo en el sector del sitio arqueológico, por donde pasa el trazado del by pass. Este sector tiene una superficie de 671m2, correspondiente al 13% de la superficie del arqueológico( que posee una superficie de 5176m2). Al término de las actividades de terreno, se elaborará un informe ejecutivo que será enviado al Consejo de Monumentos Nacionales, a fin de dar cuenta de las acciones realizadas. Con el resultado de los pozos de sondeo, se evaluará la posibilidad de implementar medidas de rescate, previa autorización del CMN.
Análisis de los materiales culturales recuperados, procedimientos de curaduría pertinentes a cada resto cultural levantado y su posterior envió a la institución museográfica que estipule el CMN, cumpliendo con los requerimientos de conservación y embalaje que dicha institución disponga.
Levantamiento topográfico de las estructuras y relevamiento de detalle (dibujos de planta y de perfil de la estructura), incluyendo un registro arquitectónico de las estructura en consideración de ficha ad hoc (Por ejemplo Castro et al 1993). También levantamiento topográfico de los pozos de sondeo, plasmado en una planimetría a escala adecuada con el objetivo de su análisis, revisión y posteriores estudios.
Posteriormente se remitirá al Consejo de Monumentos Nacionales un informe con el resultado de los análisis efectuado a los materiales culturales recuperados en los pozos de sondeo.
Para aquellos sectores del sitio arqueológico, que se encuentran fuera del área de influencia directa, se propone la implementación de cercos temporales de protección, compuestos de malla cercadora naranja. Estos serán instalados bajo la supervisión de un profesional arqueólogo, y serán retirados una vez finalizadas las obras en el sector.
Con relación al sitio arqueológico BFS 03, hay que indicar que no se verá afectado por el trazado del by pass, puesto que se encuentra a más de 10 metros del pie del terraplén. Esta situación fue corroborada en terreno, mediante la inspección del sector, por parte del arqueólogo Sr. Sebastián Ibacache y de un equipo de topografía. En vista de lo anterior, se implementarán las siguientes acciones:
Previo al inicio de las obras, se instalará un cerco perimetral de protección, elaborado en malla naranja (malla Dorment). Este cerco temporal, considerará un área de amortiguación de 10 metros a partir de los límites superficiales del sitio. La instalación del cerco será supervisada por parte de un profesional arqueólogo. Los cercos permanecerán mientras se ejecuten las obras, luego deberán ser retirados
Implementación de un monitoreo arqueológico durante los movimientos de tierra, especialmente cuando éstos se desarrollen en las cercanías de los lugares sensibles desde el punto de vista arqueológico.
Recolección superficial de los hallazgos aislados ubicados en el AID.
Previo al inicio de las actividades anexas (Instalación de faenas, plantas de producción de materiales, empréstitos y botaderos), se deberá realizar una inspección visual del componente arqueológico y patrimonio cultural en los lugares propuestos para el emplazamiento de las mismas, informándose sobre sus resultados en el Plan de Manejo Ambiental de la actividad, a la Inspección Fiscal y al CMN. La actividad anterior debe ser efectuada por un Arqueólogo o Licenciado en Arqueología.
Charlas de inducción sobre el cuidado del patrimonio cultural a todos los trabajadores, operarios y personal involucrado en las faenas, antes del inicio de las obras, dictada por un profesional arqueólogo.
En el caso de registrar hallazgos arqueológicos o paleontológicos, no previstos por los trabajos de prospección efectuados, se deberá actuar en conformidad a lo establecido en los Artículo Nº 26 y 27 de la Ley Nº 17.288, dando aviso de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que dicho organismo determine los procedimientos a seguir.”
Artículo 91: Con respecto al artículo 91,letra C, en la sección referente al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario. El Titular señaló que presentará los antecedentes requeridos una vez obtenida RCA favorable por parte de COREMA Atacama, dado que la ubicación exacta de las faenas se definirá previo a la etapa de construcción del proyecto. Si el o los lugares que se definan para emplazar estas instalaciones, no cuentan con factibilidad de empalme a la red de agua potable y/o alcantarillado, se deberá diseñar y construir soluciones locales para evacuar y tratar las aguas, en cuyo caso, el Titular deberá cumplir con los trámites y actividades pertinentes para obtener los permisos ambientales necesarios. Al respecto, la SEREMI de Salud se ha pronunciado Conforme a través del Ord. N° 434/2009 del 03.03.2009. El otorgamiento de este PAS se encuentra condicionado a lo siguiente: Los proyectos de patios y bodegas de disposición de residuos, sistema de alcantarilla y sistema de agua potable deben ser presentados a la Autoridad Sanitaria Regional posterior a la potencial obtención de Resolución de Calificación Ambiental Favorable que pueda emitir la COREMA Región Atacama y previo al inicio de la construcción del Proyecto.
Artículo 99: Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas a que se refiere el artículo 9 de la Ley N° 4601, sobre Caza. En consideración de la naturaleza del presente proyecto, y dado que las obras en cuestión aun no se encuentran adjudicadas para su ejecución a una empresa constructora, y por tanto el o los profesionales que llevaran a cabo la captura y relocalización de los reptiles identificados en el documento Anexo 7.2. “Plan de Rescate de Fauna”, no se encuentra definido, se procederá a solicitar la autorización respectiva al Servicio Agrícola y Ganadero del Ministerio de Agricultura, previo al inicio y/o desarrollo de las obras del proyecto. No obstante lo anterior, en el Anexo 7.2. de la DIA “Plan de Rescate de Fauna”, se han señalado todas las medidas, criterios, procedimientos y las condiciones ambientales adecuadas para el desarrollo sustentable de las especies en cuestión. Durante el proceso de evaluación se ha contado con el pronunciamiento de la Dirección Regional del SAG a través de Ord N° 218 de fecha 04/03/2009.
5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama " no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
De acuerdo a lo establecido en la Declaración de Impacto Ambiental, sus Adenda, y lo señalado en los informes emanados por parte de los organismos públicos que han participado en el proceso de evaluación del Proyecto “Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama”, y en virtud de los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley 19.300 y título II del D.S Nº 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se concluye lo siguiente:
a) Con relación a los efectos características y circunstancias señalados en la letra a) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (riesgo para salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos), debe indicarse que el Proyecto contempla medidas apropiadas para el control de emisiones a la atmósfera y ruido, asimismo todos los efluentes y residuos se manejarán conforme a las normativas aplicables. No se realizarán descargas de efluentes líquidos y los aceites y grasas que se generen serán dispuestas en lugares que cuenten con autorización para ello.
b) Con relación a los efectos características y circunstancias señalados en la letra b) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales), es posible señalar que no se generan los referidos efectos, dado que los residuos a generar no comprometen la calidad ni cantidad de los recursos naturales, ya que en su mayoría corresponden a materiales inertes (suelo o roca) que serán dispuestos en lugares de botadero, que poseerán un Plan de Manejo Específico (Anexo 5 de la DIA). Aquellos residuos domésticos y asimilables a domésticos serán retirados en conformidad a la legislación vigente y a las Especificaciones Ambientales Especiales adjuntadas a la presente declaración.
El proyecto no considera intervenir o explotar vegetación nativa, sólo en algunos tramos puntuales, el proyecto atraviesa sectores con presencia principalmente de ejemplares de cactáceas catalogadas en categoría de conservación, los cuales serán manejados de acuerdo con las condiciones y medidas establecidas en el Informe sobre el Medio Biótico incluido en el Anexo 6, y en el respectivo Plan de Relocalización (Ver Anexo 7).
El proyecto considera un plan de captura y liberación de aquella fauna, principalmente reptiles, susceptibles de verse impactados por el desarrollo de las obras lo cual se encuentra detallado en el Anexo 7 de la DIA.
El proyecto no considera intervenir y/o explotar el volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de los recursos hídricos señalados, no obstante, en el inicio del trazado de la Variante de la Ruta C – 46, se encuentra aledaño y/o próximo a un humedal, sector en el cual se restringirá la extracción (empréstito) y disposición de materiales (botaderos) en aquellas quebradas que drenan hacía el humedal, así como la instalación de cualquier actividad y/o equipamiento asociado a la ejecución de las obras. Cabe relevar que tanto el trazado, como la ejecución de las obras no se asentarán sobre el humedal señalado, ya que este va en una cota bastante superior. Por otra parte, cabe destacar que el proyecto considera obras de arte y saneamiento en aquellas quebradas afectas a su trazado, las que han sido analizadas desde el punto de vista hidráulico, por lo que no se modificarán ni alterarán los recursos hídricos existentes en el área. El proyecto no intervendrá suelo adicional de aquel consignado exclusivamente para la faja del camino proyectado.
Se considera además que el número de ejemplares de hidrófilas y cactáceas a trasladar, estas ultimas estimadas en 1.243, englobados en 5 especies, en una extensión de 7 km., son suficientes para mantener incólume una población de 44 especies en la región de Atacama, de 29 especies que existen en la Provincia de Huasco y de 17 especies que se encuentran en la comuna de Freirina.
Por otra parte, el trazado de la vía alternativa no se circunscribe en el ámbito de los humedales localizados al sur de la carretera, los cuales no se afectarán y la conectividad de los cursos de agua estará asegurada por el estudio del diseño hidrológico. A su vez, la pervivencia de las especies Typha angustifolia y Cortaderia cf. rudiuscula, está determinada por el rescate y relocalización de 42 ejemplares de estas 2 especies. Se prevé además un Plan de Monitoreo para las especies y sus ejemplares erradicados.
Por los antecedentes entregados en esta Addenda, los estudios hidrológicos y de monitoreo de calidad del aire y los Planes de Rescate de Flora y de Fauna se estima que no se producirán impactos adversos de importancia que puedan erosionar la biodiversidad de Atacama.
c) Con relación a los efectos características y circunstancias señalados en la letra c) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de sistemas de vida o costumbres de grupos humanos), es posible señalar que en cuanto a los flujos de comunicación y transporte, justamente el objetivo del presente proyecto es ordenar y resguardar la seguridad de la comunidad frente a la actual situación vial que enfrenta la localidad de Freirina, caracterizada por el paso importante de vehículos pesados y de significativa envergadura por dicha localidad. En la DIA el Titular ha señalado que sólo se generarán vibraciones producto del tránsito de camiones y maquinaria durante el movimiento de tierra y compactación de la carpeta, y de forma muy localizada durante las tronaduras controladas que se efectúen para lo cual se establecerá una estrecha coordinación con la población más aledaña al proyecto en términos de fechas y horario de éstas.
Las voladuras deberán controlarse cuidadosamente para reducir las sobre excavaciones, preservar con la menor perturbación posible, la roca ubicada fuera de los límites de la excavación teórica, y obtener taludes regulares y firmes. Para ello, se contará con personal experimentado, debidamente certificado por la autoridad competente y de un “Plan de Tronaduras” que considere los factores mas importantes, tales como: distancia a la cara libre; espaciamiento y profundidad de la carga; cantidad y tipo de explosivo; diámetro de las barrenas; secuencia de los retardos; y un plan de operaciones que establezca diagramas de disparos cuidadosamente diseñados.
Las excavaciones en roca deberán efectuarse utilizando el método de precorte. Las perforaciones para los tiros correspondientes al talud, se colocarán con un espaciamiento no mayor que 0,8 m. En cortes altos se procederá por bancos de altura no superior a 4,0 m. Si las voladuras no son satisfactorias o causan excesiva sobre excavación, se exigirá al Contratista que contrate, a su cargo, los servicios de un Asesor experto en voladuras, para que establezca los procedimientos adecuados. La designación del Asesor, deberá ser previamente aprobada la Dirección de Vialidad.
En relación a los explosivos, el Contratista deberá entregar a la Dirección de Vialidad, certificados que acrediten el tipo y cantidad de estos que ingresen a obra, asimismo deberá comprobar por escrito, al final de los trabajos de esta partida, la cantidad y tipo de explosivos utilizados.
De este modo y de manera de evitar cualquier daño a las estructuras habitacionales vecinas al camino proyectado, a priori se contará en obra con un “Asesor Experto en Voladuras”, que garantice la utilización de los procedimientos correctos de tronadura.
No obstante lo anterior, se contará con seguros de daños a terceros, que cubrirán cualquier daño material que pudiese producirse producto de los trabajo.
De acuerdo con lo expuesto en el punto 2.2.4.2. Rutas de Crianceros de la Comuna de Freirina, el proyecto contempla la habilitación de pasos mediante cajones de acceso dispuestos en aquellas quebradas reconocidas como rutas de animales para no interrumpir y/o alterar esta actividad. Con el afán de mantener un proceso de participación ciudadana constante durante la ejecución de la obra, se mantendrán reuniones informativas y de trabajo con el Sindicato de crianceros de Freirina, tanto con los dirigentes como con la asamblea, a partir de la constitución de la nueva directiva, es decir, desde el próximo 08 de Marzo del presente año.
d) Con relación a los efectos características y circunstancias señalados en la letra d) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (localización próxima a población, recursos y áreas protegidas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar), es posible señalar que el Proyecto se localiza próximo al Sitio Prioritario de Conservación de Biodiversidad Desierto Florido, sin embargo se han considerado todas las medidas apropiadas para no generar efectos, características o circunstancias de carácter significativo sobre este Sitio Prioritario. En el área del proyecto, no se encuentra población indígena (etnias, comunidades y/o personas) de aquellas reconocidas por la Ley 19.253 Ley Indígena. Así como tampoco se reconoce la existencia tierras y/o territorios indígenas que pudieran verse afectados.
e) Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra e) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (valor paisajístico o turístico de una zona), es posible señalar que el Proyecto no se localiza en una zona declarada de interés turístico. La intervención que se prevé durante la etapa de construcción será de carácter temporal, por lo que no afectará en términos de magnitud y duración el potencial y/o posible valor paisajístico y turístico de esta zona, más bien y como una externalidad positiva del proyecto, se generará una puesta en escena o visibilidad del valor paisajístico del territorio en su conjunto, dado que el camino se desarrolla por cotas bastantes superiores al actual trazado de la ruta C - 46.
f) Con relación a los efectos características y circunstancias señaladas en la letra f) del artículo Nº 11 de la Ley 19.300 (alteración de Monumentos Nacionales), es posible señalar que del total de sitios identificados (3), dos de éstos se encuentran al interior de la faja proyectada del camino, por lo que se realizará un Plan de Sondeos, donde a partir de los resultados de éste, así como de las consideraciones que establezca el Consejo de Monumentos Nacionales, se determinará la necesidad y/o pertinencia de desarrollar los respectivos rescates. Lo anterior se efectuará al inicio de la obra en cuestión. En caso de efectuarse eventuales hallazgos de sitios arqueológicos no detectados mediante la prospección, se procederá de acuerdo a lo estipulado en ley Nº17.288, informando del hallazgo a la Gobernación Provincial de Huasco y al Consejo de Monumentos Nacionales, quien determinará las medidas a implementar las que deberán ser ejecutadas por el Titular.
6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
6.1 Se exigirá a la empresa encargada de la ejecución de las obras, la contratación de un profesional especialista en medio ambiente, encargado de velar por el resguardo de los recursos ambientales del área, el cumplimiento de la legislación ambiental vigente y de las disposiciones que se emanen de la Resolución de Calificación Ambiental respectiva.
6.2 Previo a la instalación de faenas, explotación de empréstitos, habilitación de botaderos y producción de materiales (Planta), el Contratista deberá presentar para la aprobación del Inspector Fiscal de la Obra un Plan de Manejo Integral especifico respecto de la actividad y/o acción a desarrollar, el cual contendrá una descripción de ésta, la caracterización ambiental del área de emplazamiento de la misma, y el detalle de las medidas y condiciones de manejo ambiental durante la ejecución de la actividad y abandono respectivo del lugar (Ver Anexo 5 Plan de Manejo Integral del Volumen 9 del manual de Carreteras). El cumplimiento de lo contenido y/o especificado en los respectivos planes será fiscalizado por la Dirección de Vialidad, a través de su inspector Fiscal.
6.3 El Contratista se abstendrá de emplazar y/o habilitar pozos empréstitos, botaderos, plantas de producción de materiales e instalación de faenas en las quebradas que drenan hacía el humedal, por lo que éstas no podrán ubicarse entre el inicio (Dm 0,0) y el Km 2,0 del proyecto en cuestión, de modo de evitar cualquier afectación que pudiese generarse en el humedal, situado a los pies de las terrazas sobre las cuales se circunscribe el trazado de la variante de la Ruta C- 46 de Freirina.
6.4 Con el fin de reducir conductas inadecuadas por parte del personal que operará en las obras, se realizarán capacitaciones a objeto de instruir a éste sobre el debido resguardo y cuidado de los recursos ambientales del área y el estricto cumplimiento de las disposiciones emanadas de la Resolución de Calificación Ambiental. El listado, temáticas, periodicidad, duración y responsables de impartir las capacitaciones se entregarán una vez elaborado el Plan de Manejo Integral de la obra, donde se detallan todos las capacitaciones necesarias para la ejecución de esta. Sin perjuicio de lo anterior, las temáticas deberán cumplir con tópicos mínimos del Manual de Carreteras como seguridad, higiene, manejo ambiental de residuos peligrosos y no peligrosos, manejo de flora y fauna silvestre, protección sitios arqueológicos, entre otros aspectos.
6.5 En el sector de quebrada Agua Salada y La Viña, Dm 2,560 y 6,200 respectivamente, se instalará una malla perimetral de modo de resguardar el acceso, y por tanto, la seguridad de aquellas personas ajenas a la ejecución de las obras, así como generar un efecto de biombo con el polvo fugitivo propio del desarrollo de las obras. La altura mínima del biombo será de 4 metros, lo cual responde a una altura que no afecta el libre desplazamiento de la fauna silvestre, según la experiencia recopilada en la construcción de otras obras con similares características.
6.6 En cuanto al libre tránsito de los crianceros de cabras y burros, se abrirán pasos de carácter transitorio y abatible, siguiendo los sectores identificados como pasos frecuentes de crianceros, coordinando el cese momentáneo de la operación de la obra, durante el paso de los animales.
6.6 El titular compromete a consensuar y trabajar colaborativamente con SERNATUR Atacama, durante la ejecución de la obra, en el diseño de un área o sector para el estacionamiento de vehículos, observación del paisaje, fotografía, entre otros usos posibles.
7. Que, en relación a la siguiente mención del Titular en la DIA “(…) en el área directamente afecta al trazado del proyecto, no existe población asentada, no obstante en el sector de Quebrada Agua Salada, como en la Quebrada La Viña (1 familia), existen algunas casas de ocupación informal e irregular de ciertos terrenos que quedarán contiguos y/o aledaños a la variante, por lo que se hace necesario por motivos de seguridad, reubicar a estas personas, lo que será solicitado y coordinado con el Municipio de Freirina. No se afectará la densidad, ni la distribución espacial de la población.” y dado que esta materia se encuentra abordada por la Resolución Exenta N° 003/2006 que calificó ambientalmente el Proyecto “Agroindustrial del Valle del Huasco” de AGROCOMERCIAL AS Ltda.; se indica al Titular que la relocalización de las familias indicadas se realizará en el marco de lo establecido en la citada Resolución, por parte de Agrocomercial A.S. Ltda.
8. Que, el Titular deberá presentar a COREMA Región de Atacama previo al inicio de construcción del Proyecto, Documento de Acuerdo con el Titular AGROCOMERCIAL AS Ltda., sobre la instalación de un cierre continuo del camino con cerco de alambre de púa de cinco hebras, dado que este predio se encuentra sujeto a condiciones a través de la RCA 003/2006 que calificó ambientalmente el Proyecto “Agroindustrial del Valle del Huasco”.
9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
10. Que, para que el proyecto "Construcción Variante Ruta C-46, Freirina. Dm 0,000 a Dm 8,200. Región de Atacama" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
11. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
12. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad.
13. Que si bien el Seguimiento y Monitoreo Ambiental señalado en la presente resolución, permitirá corroborar que las variables ambientales que pudieran verse afectadas por el proyecto, evolucionen según las predicciones realizadas por el Titular, la Comisión Regional del Medio Ambiente podrá solicitar cuando existieren antecedentes fundados, monitoreso análisis y mediciones adicionales a los establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, así como la modificación de sus frecuencias. A su vez el Titular podrá solicitar a la Comisión, cuando existieren antecedentes fundados para ello, la modificación, reducción o eliminación de dichos monitoreos, análisis, mediciones o sus frecuencias y/o demás características.
14. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama, las modificaciones del Proyecto, a objeto de analizar la pertinencia de ingreso de dichas modificaciones al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
15.Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
16. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la III Región de Atacama