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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA | Califica Ambientalmente el proyecto "Continuidad Operacional División Salvador" Resolución Exenta Nº 245 Copiapó, 4 de diciembre de 2017 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 07 de octubre de 2016, su Adenda de fecha 27 de abril de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 30 de octubre de 2017, del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador”, presentado por el Sr. Juan Carlos Avendaño Díaz, en representación de Corporación Nacional del Cobre de Chile - CODELCO División Salvador. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador”. 3°. El Acta de Evaluación N° 24/2017 de fecha 22 de noviembre de 2017, elaborada por el Comité Técnico. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” de fecha 22 de noviembre de 2017. 5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 29 de noviembre de 2017. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); la Resolución Toma de Razón DD.PP N° 61 del 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a don Marcos Cabello Montecinos como Director Regional y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1°. Que, la Corporación Nacional del Cobre de Chile - CODELCO División Salvador, (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Antecedentes del Titular | | Nombre o razón social | Corporación Nacional del Cobre de Chile – CODELCO Chile División Salvador | | Domicilio | Av. Bernardo O'Higgins Nº101, El Salvador, Diego de Almagro. | | Nombre representante legal | Juan Carlos Avendaño Díaz | | Domicilio representante legal | Av. Bernardo O'Higgins Nº101, El Salvador, Diego de Almagro. | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de noviembre de 2017, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: - Acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
- No genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 y los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
- Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos 125, 132, 135, 136, 137, 140, 142, 146, 155 y 160 del RSEIA.
3°. Que, en sesión de fecha 29 de noviembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Continuidad Operacional División Salvador”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de noviembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. Antecedentes generales | | Objetivo general | El Proyecto tiene por objetivo mantener la continuidad operacional de la División Salvador de CODELCO, a través de la extensión operacional de las líneas de producción de sulfuros y óxidos. | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda. | | Vida útil | 6 Años. Etapa de Construcción: 3 meses. Etapa de Operación: 6 años. | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | Instalación de baños químicos para obras de la fase de construcción, en el Depósito de Relaves Pampa Austral. | | Proyecto se desarrollará por etapas | SI | NO | | | | [X] | | Proyecto modifica un proyecto o actividad | SI | NO | El presente Proyecto, corresponde a una modificación de los Proyectos denominados “Proyecto de Lixiviación Quebrada M”, ORD N° 3153/93; “Habilitación Plataformas de Lixiviación”, RCA N° 038/99; “Modificación Damiana Norte”, RCA N° 59/02; “Ampliación Tranque Pampa Austral, IV Etapa”, RCA N°84/05; “V Etapa Depósito de Relaves Pampa Austral”, RCA N°220/11; “Proyecto San Antonio”, RCA N° 202/11; “Continuidad Operacional Campamento Antiguo Sulfuros”, RCA N° 84/12; “Modificación Proyecto San Antonio”, RCA N° 32/13. El detalle de los alcances modificados se presenta en el Capítulo 1.8 del ICE. | | [X] | | | 4.2. Ubicación del Proyecto | | División político-administrativa | Región de Atacama, Provincia de Chañaral, Comuna de Diego de Almagro. | | Descripción de la localización | El Proyecto se encuentra ubicado en la Región de Atacama, Provincia de Chañaral, en la comuna de Diego de Almagro. | | Superficie | El presente Proyecto se emplazará en una superficie de 3.073 ha. En la siguiente tabla se presenta la superficie asociada al Proyecto. | Descripción por sector e instalaciones | Superficies (ha) | | Sector Salvador | | | Rajo Granito | 27 | | Ampliación Rajo Campamento Antiguo | 40,3 | | Ampliación Rajo QM-Colina del Cobre | 101,5 | | Ampliación Botadero Norte | 49,3 | | Ampliación Botadero Doña Inés | 21,7 | | Botadero Cerro Negro | 20,5 | | Ampliación ripio de lixiviación | 38,5 | | Resto de área industrial asociado a línea de óxidos y sulfuros | 685,2 | | Subtotal sector Salvador | 685,2 | | Sector DPRA | | | Ampliación área inundación de relaves | 131 | | Área canal variante sur | 2,3 | | Superficie actual DRPA | 1.891 | | Subtotal sector DRPA | 2.024 | | Sector San Antonio | | | Rajo | 40,2 | | Botadero Este | 14,3 | | Botadero Sur | 8,6 | | Stock operacional | 1,8 | | Subtotal San Antonio | 64,9 | | Total | 3.073 | | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | En el Capítulo 1.2.9 de la DIA se presentan las coordenadas de referencias para el sector El Salvador, San Antonio y DRPA. En el Apéndice I-1 de la Adenda el Titular presenta la cartografía digital en formato shp y kmz de las instalaciones del Proyecto y caminos de acceso, y la amplía en el Apéndice I-1 de la Adenda Complementaria. | | Caminos de acceso | El acceso a las obras e instalaciones del Proyecto se realiza en función de los sectores que abarca. En el caso del sector El Salvador, el acceso se realiza utilizando la ruta C-13 desde Diego de Almagro hasta el empalme con la ruta C-183 con dirección a la ciudad de El Salvador, para luego seguir mediante camino industrial hacia el complejo minero de El Salvador. Para el Sector Depósito de Relave Pampa Austral el acceso se realiza mediante la ruta C-151 desde Diego Almagro, en dirección Noroeste, para posteriormente acercarse a través de camino no enrolado en dirección Norte. Finalmente, para el caso de San Antonio, y dado que desde este lugar se abastecerá la Planta Hidrometalúrgica del sector El Salvador, al acceso se realiza a través de la ruta C-13 hasta interceptar con un camino interno del sector El Salvador, denominado “Camino Pisquero”, el cual se desarrolla por el oriente del área de rajos y cráter de subsidencia por aproximadamente 8 km. | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | En el Apéndice I-1 de la Adenda el Titular presenta la cartografía digital en formato shp y kmz de las instalaciones del Proyecto y caminos de acceso, y la amplía en el Apéndice I-1 de la Adenda Complementaria. | | 4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto | | El Proyecto contempla una serie de modificaciones para la continuidad operativa de las líneas de producción de sulfuros y óxidos de la división Salvador de CODELCO, sin incluir aumentos de tasas de extracción y procesamiento de mineral. En el caso de la línea de sulfuros se considera la utilización de las actuales instalaciones y capacidades de la División Salvador (DSAL), manteniendo el tratamiento de los minerales provenientes de la mina subterránea y prolongando la explotación de los rajos Campamento Antiguo y QM, y el aumento de la capacidad de los botaderos Cerro Negro, Doña Inés y Norte. El sistema de transporte del material empleado desde los rajos o mina subterránea hacia la planta concentradora existente no sufrirá modificaciones, empleando camiones con semirremolque de 60 t y ferrocarril, respectivamente. Asimismo, las instalaciones de la Planta Concentradora no sufrirán cambios. Para la línea de óxidos se considera extender la extracción de minerales oxidados desde el rajo QM, la apertura de un nuevo rajo satélite, llamado rajo Granito, el que se realizará considerando una explotación a rajo abierto y disponiendo el estéril en sitio contiguo al rajo, al interior del rajo de subsidencia de la mina subterránea o cráter, y adicionalmente considera la explotación de la Fase 1 del Proyecto San Antonio, aprobado ambientalmente, y el transporte del material desde San Antonio a la planta hidrometalúrgica en el sector El Salvador. En el Capítulo IV del ICE se entrega una descripción breve de las obras asociadas al Proyecto, así como la referencia en la DIA o sus Adenda para conocer en detalles cada obra. | | 4.3.1. Fase de construcción | | Construcción de Pretil Divisorio del Depósito | Pretil que separará el depósito entre el Sector Sur y el Sector Norte, y evitará el ingreso de relaves a este último. Será elaborado a parir de relave superficial seco y tendrá una longitud aproximada de 2,2 km y una altura máxima de 3 m. | | Canales de relaves Sur y puntos de descarga | Construcción de un ramal Norte del Canal de Relaves Sur, para depositar relaves directamente por el sector Sur del depósito mediante 3 puntos de descarga (P1, P2 y P3). En los últimos años de operación, se construirá un ramal Sur en el mismo Canal de Relaves Sur con 3 puntos de descarga. | | Construcción de vertederos de emergencia | Construcción de dos vertederos de emergencia, uno en cada sector del depósito (Sur y Norte) para enfrentar eventos de crecidas excepcionalmente intensas (Crecida Máxima Probable – CMP) | | Mejoramiento de caminos | Reparación de las secciones de caminos que presenten mal estado mediante nivelación y compactación, siendo éstos, el camino que va desde el rajo Granito hasta el empalme del camino sulfuro con destino a la planta hidrometalúrgica, y el que va desde la intersección de la ruta C-13 hasta dicha Planta, denominado camino Pisqueros. | | Habilitación de superficie crecimiento Ripios de Lixiviación | Se realizarán actividades de acondicionamiento de las áreas denominadas central 2, central 4 y 2A: limpieza de terreno, preparación del sistema de recolección de manejo y preparación de zonas de depósito. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo 4.1 | | 4.3.2. Fase de operación | | Mina Subterránea | Se mantiene el proceso de explotación de la mina subterránea y el sistema de transporte a la planta. | | Minas a Rajo Abierto | Se continua con la extracción de mineral desde los frentes de explotación de los rajos QM y Campamento Antiguo siguiendo las siguientes fases: Perforación, tronadura, carguío de mineral, carguío de estéril y transporte. | | Botaderos | Durante la operación del Proyecto, se aumenta la capacidad de los botaderos Norte, Doña Inés y Cerro Negro, donde se acumularán los estériles provenientes de los rajos presentes en el sector Salvador. Más antecedentes de diseño y etapas de llenado de los botaderos se entregan en el literal C, del punto 1.5.1.1.1 de la DIA. | | DPRA | Durante la fase de operación el Depósito de Relaves Pampa Austral (DRPA) continuará recibiendo los relaves provenientes de la línea de sulfuros de DSAL, disminuyendo el volumen de la laguna sur de aguas claras con el fin de aumentar la capacidad remanente en el sector sur del depósito, sin depósito de material en el sector norte. | | Rajo Granito | Durante la fase de operación la explotación del rajo Granito se realizará a rajo abierto y considera las acciones de perforación, tronadura, carguío y transporte. | | Rajo Quebrada M | La extracción del mineral se hará a través de las operaciones de perforación y tronadura. El material tronado será removido y cargado en camiones de extracción (CAEX), mediante palas hidráulicas y/o cargadores frontales. | | Mantención de caminos | El camino a utilizar para el transporte de material entre el rajo Granito y la planta Hidrometalúrgica se humectará con agua salada mediante el uso de camiones aljibes, preparados con sistemas de aspersores. Entre El Salvador y San Antonio, se realizará mantención a la ruta C-13 y al camino Pisquero, mediante humectación con camiones aljibes, mediante sistema de aspersión, y riego con agua salada. | | Depósito de ripios | Una vez que el material se agote de mineral en la Plataforma Única o Pila dinámica, los ripios serán dispuestos en los depósitos impermeabilizados denominados Central 2, Central 4 y 2A. Mayor antecedente sobre el proceso asociado a los depósitos de ripios se presenta en el literal E del Capítulo 1.5.1.3.1 de la DIA. | | Rajo Fase 1 San Antonio | La explotación del rajo Fase 1 de San Antonio se realizará conforme a lo autorizado por RCA N° 202/2011 y 32/2013. Los minerales provenientes del rajo serán acumulados y clasificados en Stock aprobado en RCA N° 32/2013 desde donde se cargarán camiones para llevar el material a procesamiento en El Salvador. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos 4.2 | | 4.3.3. Fase de cierre | | Mina Subterránea y Rajos | Para estas instalaciones se considera la desenergización de instalaciones, corte de suministro eléctrico y retiro de cables, equipos y postes de conducción; retiro de materiales y repuestos; desmantelamiento de instalaciones, edificios, equipos y maquinarias; retiro y disposición final de residuos y escombros (peligrosos y no peligrosos); cierres de accesos con pretil y zanja en el perímetro del área de subsidencia y tapones de hormigón con pernos de anclaje en piques, túneles y ventilaciones de la mina subterránea; perfilamiento de caminos en los rajos QM y Campamento Antiguo; instalación de señalética con advertencia de peligros y prohibición de ingreso; captación y tratamiento de efluentes e infiltraciones de la mina subterránea y cierre de almacenes de explosivos. Más detalles sobre estas actividades se presentan en el Capítulo 1.6 de la DIA. | | Mina San Antonio | Para el caso del rajo San Antonio el Titular considera el retiro de materiales y repuestos; el desmantelamiento de instalaciones, edificios, equipos y maquinarias; el retiro y disposición final de residuos y escombros (peligrosos y no peligrosos), cierre de accesos y señalizaciones indicando peligrosidad de instalaciones y prohibición de ingreso. Más detalles sobre estas actividades se presentan en el Capítulo 1.6 de la DIA. | | Botadero de estériles | Para los botaderos Doña Inés, Norte y Cerro Negro el Titular llevará a cabo las siguientes medidas: cierre perimetral a 50 m de depósitos mediante pretil y dos zanjas, una a cada lado; instalación de señalética cada 200 m de perímetro de cada botadero y la implementación de canal de 4 m2 como promedio de sección transversal y una longitud equivalente al 70% del perímetro de cada botadero de estéril, para la contención de potenciales aguas lluvia que ingresen a dichas instalaciones. | | Pilas de Ripios y Minerales de Baja Ley | Desmantelamiento de instalaciones, edificios, equipos y maquinarias; el retiro y disposición final de residuos y escombros (peligrosos y no peligrosos) conforme a la normativa; cierre perimetral con un pretil con zanja a 200 m del perímetro de las Pilas de Ripios, estableciendo un área de seguridad ante posibles deslizamientos; la instalación de señalética cada 200 m de perímetro de las pilas de ripios; mantención de los sistemas de captación de soluciones como sistema de captación de aguas lluvias; y estabilización de taludes, para lo cual y previo al inicio de la fase de cierre se realizará un estudio de estabilidad de taludes a fin de determinar las condiciones de equilibrio que mantendrá el depósito al momento del abandono. | | Obras, Acciones para Prevenir Futuras Emisiones | En el caso que durante la etapa de post cierre de DSAL se observe la presencia de escurrimientos, afloramiento o laguna en los rajos Campamento Antiguo y QM y/o mina subterránea, el Titular llevará a cabo un monitoreo de aguas con una frecuencia semestral, durante cinco (5) años, de la calidad química del agua, solo, de manera de verificar las condiciones de estabilidad química. | | Mantención, Conservación y Supervisiones Necesarias | El Titular mantendrá un encargado que revisará de forma permanente las obras ejecutadas y cumplimiento de compromisos en la fase de cierre, el cual llevará un registro de ello e informará a su superior de eventuales contingencias. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo 4.3 | | 4.3.4 Emisiones | | Emisiones atmosféricas | La siguiente tabla resume las emisiones atmosféricas asociadas a la fase de construcción y operación del proyecto: | Año | Fase | Emisiones (t/año) | | MP10 | MP2,5 | SO2 | NOX | CO | HC | | Año 1 | Construcción | 9,81 | 4,55 | 0,00 | 11,52 | 2,41 | 1,08 | | Operación | 860,83 | 93,14 | 0,09 | 98,55 | 22,28 | 8,60 | | Año 2 | Operación | 1.226,48 | 131,74 | 0,12 | 107,76 | 24,91 | 9,19 | | Año 3 | Operación | 1.278,76 | 138,32 | 0,13 | 108,98 | 25,26 | 9,26 | | Año 4 | Operación | 1.464,87 | 158,79 | 0,14 | 113,49 | 26,54 | 9,55 | | Año 5 | Operación | 1.312,91 | 144,28 | 0,13 | 109,68 | 25,46 | 9,31 | | Año 6 | Construcción | 0,79 | 0,53 | 0,00 | 4,62 | 0,97 | 0,43 | | Operación | 1.325,79 | 144,12 | 0,13 | 110,10 | 25,57 | 9,34 | Calidad del aire. De acuerdo a los resultados obtenidos de la modelación de los contaminantes MP10 y MP2,5 sobre los receptores evaluados para el año 4 de la fase de operación (peor escenario), se verificó que los aportes del Proyecto a la calidad del aire de la zona son de baja magnitud. Si bien en los tres casos se incrementan los niveles basales para MP10, en ningún caso los valores totales superan el 80% de la norma. En el caso de la Estación Intelec la condición basal muestra una concentración de latencia (80%) para MP10 en el estadístico anual, y se mantiene a pesar de los aportes del Proyecto, ya que éstos son de baja magnitud (<0,2 ug/m3). Para el caso del MP2,5 en la estación de representatividad poblacional (Cine Inca), los aportes son de baja magnitud, manteniendo los niveles porcentuales basales respecto a la norma: 40% para el estadístico anual y 30% para el estadístico diario. Para el control de emisiones atmosféricas durante las fases de construcción y operación, se consideran los siguientes compromisos ambientales: · Ruta C-13 presenta una carpeta de rodados estabilizada y con riego periódico con agua salada, 2 a 3 veces por semana, con un porcentaje de abatimiento de 85%. · Riego con agua salada a lo largo de 15 km., de caminos internos en la faena el Salvador, que abarcan el camino al rajo Granito y el camino Pisquero desde su intersección con la ruta C-13 tal como se muestra en la figura 6-4 del Apéndice I-12 de la Adenda Complementaria. Se realizará una mantención de los caminos cada 10 días según el nivel de uso. · Control de velocidades en caminos internos. · Exigencia a contratistas y personal propio, de mantención y revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. · Control de velocidades mediante GPS para el trasporte de materiales desde San Antonio a El Salvador, la cual se implementará desde el inicio de la fase de operación. · Control de velocidades mediante radar (pistola) en el tramo que va desde San Antonio a Salvador, desde el inicio de la fase de operación y en lugares aleatorios. · Encarpado de camiones con transporte de mineral desde San Antonio a El Salvador. Mayores detalles se entregan en el Capítulo 5.1 del ICE. | | Ruido | La siguiente Tabla compara los niveles de ruido estimados para la fase de operación del Proyecto respecto a los valores normados: | Receptor | Nivel de inmisión operación (dB(A)) | Nivel máximo permisible DS N°38/11 del MMA (dB(A)) | Cumplimiento | | Diurno | Nocturno | Diurno | Nocturno | | 1 | 32 | 32 | 57 | 50 | Cumple | | 2 | 32 | 32 | 54 | 50 | Cumple | | 3 | 29 | 29 | 63 | 50 | Cumple | | 4 | 20 | 20 | 65 | 50 | Cumple | | 5 | 17 | 17 | 47 | 41 | Cumple | | 6 | 23 | -- | 50 | -- | Cumple | | 7 | 33 | 31 | 42 | 40 | Cumple | | 8 | 32 | 31 | 42 | 41 | Cumple | | 9(R1) | 48 | 48 | 54 | 50 | Cumple | Mayores detalles se presentan en el Capítulo 5.2 del ICE. Para el segundo año de operación, el Titular plantea como compromiso voluntario, el desarrollo de un monitoreo de ruido, detallado en el capítulo 10.1 del ICE. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V | | 4.3.5. Insumos del Proyecto | | Insumos | Cantidad por Etapas | | Construcción | Operación | | Agua potable | Salvador 4,7 m3/día DRPA 0,8 m3/día San Antonio 5 m3/día | Salvador 81,6 m3/día DRPA 0,3 m3/día San Antonio 20 m3/mes | | Agua Industrial | Los consumos asociados a esta fase se abastecerán del consumo actual de DSAL, siendo de 860 l/s | 860 l/s | | Combustible | 110 m3/fase (Petróleo diésel) | Máximo 15.000 l/día | | Equipos y Maquinarias | 2 Cargador Frontal 2 Tractor Orugas 650 HP 2 Rodillo compactador 2 Motoniveladora | 18 Camión de Extracción 50 semi-remolque con tolva de 60 t (Camión Tanga) 11 Pala Hidráulica 8 Cargador Frontal 4 Perforadora Diésel 2 Perforadora de Control 4 Tractor Orugas 650 HP 1 Tractor Neumáticos 527 HP 1 Rodillo compactador 4 Motoniveladora 4 Camión Regador 5 Camión Aljibe 2 Cama baja 2 Pica roca 2 Retroexcavadora | | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo IV | | 4.4. Descripción de las fases del Proyecto | | 4.4.1. Fase de construcción | | Fecha estimada de inicio | Enero 2018 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Instalación baños químicos para obras DRPA. | | Fecha estimada de término | Marzo 2018 | | Parte, obra o acción que establece el término | Término mejoramiento camino Pisquero. | | 4.4.2. Fase de operación | | Fecha estimada de inicio | Abril 2018 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Inicio de habilitación plataforma depósito de ripios. | | Fecha estimada de término | Año 2023 | | Parte, obra o acción que establece el término | Último carguío de ripio a botaderos. | | 4.4.3. Fase de cierre | | Fecha estimada de inicio | Respecto al cierre, el Titular señala que ésta se enmarcará en las actividades de cierre de DSAL, y las fechas específicas se definirán en la actualización del Plan de Cierre Divisional que se ingresará en forma sectorial, cuyos aspectos ambientales fueron incorporados y aprobados mediante la presentación de los antecedentes y requisitos necesarios para el otorgamiento del PAS 137. | | 4.5. Mano de obra del Proyecto | | El Titular no requerirá mano de obra adicional a la que actualmente se encuentra trabajando en División Salvador. Para las actividades de la fase de Construcción, el personal actual será redistribuido. | Fase | N° de Personas Máxima | | Construcción | 122 | | Operación | 1026 | | Cierre | --- | | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | 5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos | | Impacto no significativo | Emisiones Atmosféricas El Proyecto generará emisiones, principalmente material particulado durante la fase de operación, y los principales aportes serán el año 4: 1.464,87 t/año de MP10 y 158,79 t/año de MP2,5. En virtud de lo analizado, y conforme a los resultados de la modelación de calidad del aire, en los receptores (3 estaciones) se incrementan los niveles basales de material particulado, sin que estos superen los valores de latencia de la norma (80%), salvo en el caso de la estación Intelec, donde la condición basal muestra una concentración de latencia (80%) para MP10 en el estadístico anual, y se mantiene a pesar de los aportes del Proyecto, ya que éstos son de baja magnitud (<0,2 ug/m3) conforme a las medidas de abatimiento que el Titular llevará a cabo, por lo que no se prevé un efecto sobre la salud de la población cercana al sector Salvador. En relación al total de emisiones sobre la estación CAP en el sector San Antonio, para MP2,5 el porcentaje respecto a la norma es de un 4% en su estadístico anual y diario, y para MP10 de un 48% y 34% para el estadístico anual y diario, respectivamente. En atención a la condición geográfica del sector y la información sobre las isolíneas de concentración para MP10 y MP2,5 presentadas en el punto I.29 de la Adenda, no se prevé un efecto sobre la salud de la población en los asentamientos cercanos al sector San Antonio. En relación al DRPA, las emisiones producidas por erosión eólica sobre el pretil divisorio, siendo de baja magnitud durante la fase de operación (<2.9 t/año de MP10 y 0,4 t/año para MP2,5). Considerando que los vientos provienen principalmente de la componente Este/Sureste y que el asentamiento más cercano se ubica a 15 km, correspondiente a Diego de Almagro, no se prevé un efecto sobre la salud de la población. | | Parte, obra o acción que lo genera | La acción que genera mayor aporte de emisiones de material particulado es la circulación de vehículos por caminos no pavimentados. | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto no significativo | Ruido El Proyecto generará ruidos durante las fases de construcción y operación. Sin embargo, y en relación a la modelación efectuada sobre 10 receptores, el Proyecto cumple con los niveles establecidos en el DS 38/2011. De igual forma, se presenta como compromiso voluntario, un monitoreo de ruido al segundo año de operación del Proyecto, el cual se detalla en el Capítulo X del ICE. | | Parte, obra o acción que lo genera | Funcionamiento de maquinarias y equipos | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto no significativo | Residuos El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos y Líquidos para las fases de construcción y operación del Proyecto. Los residuos generados por el Proyecto serán manejados y dispuestos de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo y serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados, para el caso de las fracciones sólidas. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras nuevas, y labores propias de la fase de operación. | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. | | 5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire | | Impacto no significativo | Suelo De acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Titular, el Proyecto se desarrollará mayoritariamente sobre áreas previamente intervenidas por las instalaciones de División Salvador. Adicionalmente, las áreas que se incorporan producto de la extensión de los botaderos, apertura de un rajo y de extensión del depósito de relaves corresponden a suelos muy pobres de categorías VII y VIII, lo que asociado a la condición de extrema aridez y ausencia de lluvias, restringen el desarrollo de la vegetación y en consecuencia de las condiciones edafológicas para sustentar biodiversidad. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Impacto no significativo | Flora Para el componente Flora y Vegetación, se registraron 9 especies en el sector El Salvador, 3 especies en Pampa Austral con escasa cobertura y 10 especies en San Antonio. Del total identificado, no se registraron especies en categorías de conservación y tampoco especies que constituyan formaciones xerofíticas. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y operación de obras. | | Fase en que se presenta | Construcción y operación. | | Impacto no significativo | Fauna Respecto a la caracterización de fauna realizada, se registraron 20 especies, de las cuales 7 presentan categorías de conservación: Liolaemus velosoi, Liolaemus manueli, Callopistes maculatus, Lama guanicoe, Lycalopex sp, Lioleamus patriciaiturrae y Liolaemus isabelae. Para las especies Liolaemus manueli y Lioleamus patriciaiturrae, se llevará a cabo un plan de captura y relocalización. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y operación de obras. | | Fase en que se presenta | Construcción y operación. | | Impacto no significativo | Hidrogeología Las instalaciones del Proyecto se sitúan sobre áreas ya intervenidas por División Salvador. Sin embargo, y conforme a los resultados de los modelos hidrogeológicos conceptuales presentados por el Titular para los sectores El Salvador y DPRA, se presentan, para el caso de Salvador, fallas regionales importantes hidrogeológicamente, y para el DRPA, en su alrededor existe un acuífero libre sobre dos unidades de rocas. Para monitorear la calidad química de las aguas subterráneas o eventuales fugas en el caso del depósito, el Titular llevará a cabo un Programa de Monitoreo y Plan de Alerta Temprana del sector El Salvador y para el sector DPRA, considerando parámetros susceptibles a ser afectados por fugas o filtraciones. En relación al modelo conceptual del DRPA, el Titular, en un plazo no mayor de 6 meses, presentará a la SMA un modelo numérico del área del depósito. De acuerdo a los resultados de la caracterización Hidrogeológica de San Antonio, las obras asociadas a este sector se emplazarán sobre unidades de muy baja a nula importancia hidrogeológica y sin presencia de cursos de agua superficial. En relación al Salar de Pedernales, y conforme a los resultados del modelo hidrogeológico conceptual presentado por el Titular, los piezómetros y pozos cercanos al Tranque la Ola no han registrado variaciones de los niveles de agua debido a los caudales extraídos durante los últimos 20 años. Para el control de los niveles de agua del Salar de Pedernales y posibles efectos de la extracción el Titular llevará a cabo un monitoreo de los niveles de las aguas subterráneas y los sistemas de vegetación azonal hídrica terrestre presente en el lugar. | | Parte, obra o acción que lo genera | Operación de las instalaciones del Proyecto | | Fase en que se presenta | Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. | | 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos | | Impacto no significativo | El proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural. Esto debido a que las obras y actividades de esta continuidad operacional se desarrollan en áreas ya intervenidas por División Salvador (Pampa Austral, El Salvador y San Antonio), donde no existen lugares de uso actual de recursos naturales para sustento económico o uso tradicional por parte de grupos humanos. Respecto a las comunidades collas asentadas en los alrededores de El Salvador, tampoco se restringe el acceso a recursos naturales, otros sectores de uso tradicional y/o de interés de estos grupos humanos, ya que estos se encuentran principalmente hacia sectores altos para pastoreo, donde el proyecto no realiza intervenciones ni impide los accesos. Además, según información con que cuenta este Servicio, el proyecto no interviene las rutas de trashumancia de las comunidades collas presentes en el área de influencia. Así, dadas sus características y los antecedentes disponibles, el proyecto no modifica las prácticas actuales de pastoreo de los grupos collas ni su acceso a los sectores donde realizan este tipo de actividades. El proyecto tampoco obstruye o restringe la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. En cuanto al tránsito del proyecto, este considera el transporte de mineral y ácido sulfúrico en la etapa de operación por la ruta C-13 y camino Pisquero, entre las áreas del proyecto de San Antonio y El Salvador. De esta forma, la ruta C-13 (en el sector del asentamiento de Mariano Reinoso, Portal e Intelec) se deja de usar para el transporte de ácido sulfúrico y en dicho tramo no se adiciona tráfico por efecto del proyecto. Respecto a la ruta C-13 el proyecto considera un total de 10 camiones por hora para transporte de mineral entre San Antonio y División Salvador y un camión por hora de ácido sulfúrico. Así, debido a la duración y magnitud del flujo que aporta el proyecto, se estima que este no provoca los efectos señalados en el artículo 7 letra c) del RSEIA. Para asegurar lo anterior, se consideran compromisos ambientales voluntarios como la instalación de señalética que advierta la presencia de población y paso de animales en puntos acordados con las comunidades collas, control de velocidad de camiones con GPS y radar, además de la implementación de un sistema de reclamos y sugerencias. Por la naturaleza del proyecto, este no altera el acceso o la calidad de los bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica que la población pueda requerir. Esto debido a que la mano de obra asociada a esta continuidad operacional considera un promedio de 122 trabajadores en su etapa de construcción y de 1.026 trabajadores en su etapa de operación, lo cuales pertenecen a la mano de obra ya existente en División Salvador. De esta forma, no se prevé que el proyecto pueda sobre exigir la oferta de bienes y servicios de que disponen las localidades cercanas, considerando que dichos trabajadores son habitantes habituales de la zona. El proyecto tampoco significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Lo anterior debido a que el proyecto se emplaza en áreas ya intervenidas por División Salvador (Pampa Austral, El Salvador y San Antonio), en una zona de tradición minera, donde las localidades más cercanas, tales como El Salvador, Portal del Inca e Intelec, desarrollan actividades ligadas a la minería, coexistiendo así tradiciones humanas con las actividades económicas del sector. Respecto a la actividad de trashumancia, que es una de las prácticas culturales propias de las comunidades collas del sector, las obras del proyecto no intervienen sobre estas rutas, de acuerdo al informe “Conservación de rutas de Trashumancia y sitios de significación cultural indígena de la Región de Atacama”, proveído por el órgano competente. No obstante, una de las rutas de trashumancia de la Comunidad Geoxcultuxial señaladas en el informe citado, cruzaría el camino público C-13, en el sector de Quebrada El Jardín, camino que seguirá siendo utilizado por el presente proyecto. Por lo anterior, el Titular incluye compromisos ambientales voluntarios que aseguran la libre circulación de las comunidades collas del sector, tales como la instalación de señalética que advierta la presencia de población y paso de animales en puntos acordados con las comunidades collas, control de velocidad de camiones con GPS y radar, además de la implementación de un sistema de reclamos y sugerencias. Además, debido a las características del proyecto, este no afecta lugares de significancia para las comunidades collas ni el acceso a dichos lugares, como es el caso de Pozo del Indio Muerto, Termas de Río Negro, entre otros. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción, operación y cierre de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | | 5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar. | | Impacto no significativo | En las proximidades de la División Salvador se encuentran asentamientos de tres comunidades indígenas de la comuna de Diego de Almagro: Comunidad Colla Diego de Almagro, Comunidad Colla Geoxcultuxial y Comunidad Colla Chiyagua de la Quebrada del Jardín. Las obras y actividades del Proyecto se desarrollan en áreas ya intervenidas por División Salvador. Así, debido a las características propias del proyecto, este no restringe el acceso a recursos naturales, otros sectores de uso tradicional y/o de interés cultural de los grupos humanos collas, ya que estos se encuentran principalmente hacia sectores altos, donde el proyecto no realiza intervenciones ni impide los accesos. Además, según el informe “Conservación de rutas de Trashumancia y sitios de significación cultural indígena de la Región de Atacama”, proveído por CONADI, el proyecto no interviene las rutas de trashumancia de las comunidades collas presentes en el área de influencia. En este sentido, dicho informe muestra que una de las rutas de trashumancia de la Comunidad Colla Geoxcultuxial cruza el camino público C-13, en el sector Quebrada El Jardín. Además, en las cercanías del camino C-13 se encuentran varios asentamientos collas, tales como Posada Salomón Gerónimo, Quebrada El Jardín, Quebrada Peña Negra, Aguada Castilla y Aguada San Juan. Dicho camino público es utilizado por el proyecto para transportar mineral y ácido sulfúrico. Por esto, se incluyen compromisos ambientales voluntarios que aseguran la libre circulación de las comunidades collas del sector, tales como la instalación de señalética que advierta la presencia de población y paso de animales en puntos acordados con las comunidades collas, control de velocidad de camiones con GPS y radar, además de la implementación de un sistema de reclamos y sugerencias. Sumado a lo anterior, CONADI en su ORD. N° 761, de fecha 21 de noviembre de 2017, señala que “el Titular responde en la Adenda complementaria a cada una de las solicitudes contenidas en el ICSARA N° 2” y que “el Titular justifica la inexistencia de los efectos del artículo 11 de la Ley N° 19.300 y de los literales atingentes de los artículos 5, 7 y 8 del RSEIA”. Por todo lo anterior, se concluye que el proyecto no genera susceptibilidad de afectación a población protegida. Adicionalmente, el Proyecto no se localiza en o próximo a áreas protegidas, ni humedales protegidos ni glaciares, salvo el caso de la cercanía de las instalaciones existentes con el sitio prioritario para la conservación Salar de Pedernales, aproximadamente a 27 km en línea recta del Sector El Salvador y a 15 km en línea recta del Sector San Antonio. El proyecto no considera intervenciones directas sobre dicho sitio. Sin embargo, se presenta un plan de seguimiento del nivel de agua subterránea del sitio y de la vegetación azonal hídrica terrestre presente en el lugar, debido a la extracción de agua de dicho lugar. En relación al valor ambiental, el Proyecto se ubica en áreas ya intervenidas por la división Salvador, las cuales presentan escasa vegetación. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción, operación y cierre de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción, operación y cierre | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no presenta o genera efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. | | 5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona | | Impacto no significativo | El Proyecto no generará afectaciones que alteren el valor paisajístico de la zona, debido a que en ninguna de sus fases contempla la obstrucción de la visibilidad, ni la alteración de atributos de zonas con valor paisajístico. Además, el proyecto corresponde a la continuidad operacional de instalaciones y actividades existente y en consecuencia no incurre en la intervención de nuevas áreas que puedan poseer valor paisajístico o turístico. | | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción y operación de las obras | | Fase en que se presenta | Construcción y operación | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. | | 5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural | | Impacto no significativo | El proyecto no se encuentra próximo a Monumentos Nacionales definidos según la Ley N°17.288. En el sector de San Antonio se identifica un hallazgo superficial, de adscripción subactual por tratarse de un conjunto de piques mineros con una pequeña instalación (asentamiento), para lo cual, y en virtud de la intervención del sitio por ubicarse sobre el Botadero Este, el Titular presentó los antecedes del PAS N° 132. | | Parte, obra o acción que lo genera | Operación del Botadero Este en San Antonio | | Fase en que se presenta | Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos V y VI | | Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. | 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: | 6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos | | 6.1.1. Artículo 125: Permiso para la ejecución de labores mineras en sitios donde se han alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar un caudal o la calidad natural del agua. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Operación. | | Parte, obra o acción a que aplica | En el rajo Campamento Antiguo existe afloramiento de aguas subterráneas. Por lo tanto para la extensión de vida útil al año 2021 se requiere la renovación del permiso. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 2476 del 16 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.2. Artículo 132: Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción/Operación | | Parte, obra o acción a que aplica | Se dispondrá material estéril en el botadero Este de San Antonio, por lo que se intervendrá un sitio (SA-3). | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | El Titular presenta en Adenda y Adenda complementaria los antecedentes de este PAS. | | 6.1.3. Artículo 135: Permiso para la construcción y operación de depósitos de relaves, será el establecido en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 248, de 2006, del Ministerio de Minería, Reglamento para la aprobación de proyectos de diseño, construcción, operación y cierre de los depósitos de relaves | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera la aplicación de mejoras operacionales e incorporación de nuevas obras que permitirán optimizar la disposición de relaves en el “Depósito de Relaves Pampa Austral” y con ello extender la vida útil de la Etapa V de dicho depósito. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron. | | Pronunciamiento del órgano competente | SERNAGEOMIN, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 6986 del 21 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS | | 6.1.4. Artículo 136: Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación. | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera continuar con la operación del Botadero Norte, Doña Inés y Cerro Negro asociados a rajo Campamento Antiguo y Rajo QM, incrementando su capacidad y altura, junto con el aumento de capacidad de los ripios de lixiviación. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | SERNAGEOMIN, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 6986 del 21 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.5. Artículo 137: Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Cierre | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera la continuidad operacional de las instalaciones que, si bien cuenta con Plan de Cierre aprobado, es necesario actualizar, dado que se incorporan las siguientes modificaciones: • Profundización de rajos Campamento Antiguo y QM. • Aumento de la capacidad de Botadero Norte, Doña Inés y Cerro Negro. • Aumento capacidad depósito de ripios de lixiviación. • Apertura del rajo Granito. • Mejoras operacionales al Depósito de Relaves Pampa Austral, • Operación fase 1 del proyecto San Antonio aprobado. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | SERNAGEOMIN, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 6986 del 21 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.6. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera el aumento de capacidad de los Botaderos de estériles Norte y Doña Inés, el Botadero Cerro Negro, junto con el aumento de capacidad del Depósito de Ripios de Lixiviación. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 2476 del 16 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.7. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera dentro de sus instalaciones la construcción de una Bodega de Residuos Peligrosos localizados en el Sector San Antonio, en propiedad de CODELCO Salvador. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | La SEREMI de Salud, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 2534 del 22 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.7. Artículo 146: Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a que aplica | Las mejoras operacionales del Depósito de Relaves Papa Austral y San Antonio, involucra la construcción de obras de infraestructura para lo que se requiere la caza y captura de animales, específicamente de la población de Reptiles que eventualmente pueden ser impactados por Proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | El SAG, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 770 del 14 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.7. Artículo 155: Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto considera la aplicación de mejoras operacionales e incorporación de nuevas obras que permitirán optimizar la disposición de relaves en el Depósito Pampa Austral y con ello extender la vida útil de la Etapa V de dicho depósito. Estas mejoras aumentan el área de inundación de 131 ha, en un 8,1% de su superficie actual. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | La DGA, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 585 del 14 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a este PAS. | | 6.1.7. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a que aplica | El proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” considera dentro de sus instalaciones en el sector San Antonio, un Área de Servicios y una Garita de Acceso, todas ellas a emplazarse en el área rural del Sector San Antonio, en propiedad de CODELCO Salvador. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No se establecieron | | Pronunciamiento del órgano competente | El SAG, Región de Atacama, a través del Ord. Nº 770 del 14 de noviembre de 2017, se pronuncia conforme en relación a los antecedentes de este PAS. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto, es la siguiente: | Componente/Materia: Cierre Faena Minera | | Norma | Ley 20.551/2011. Regula el cierre de faenas e instalaciones mineras. Ministerio de Minería. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación y Cierre | | Forma de cumplimiento | El Titular considera la actualización del Plan de cierre, en función de las modificaciones que realizará, por lo que en la DIA fueron presentados los antecedentes técnicos y formales necesarios para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 137 del RSEIA. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución aprobatoria del Plan de Cierre emitida por SERNAGEOMIN. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Cierre Faena Minera | | Norma | D.S. N°41/2012. Aprueba Reglamento de la Ley de Cierre e Instalaciones Mineras. Ministerio de Minería. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación y cierre | | Forma de cumplimiento | El Titular considera la actualización del Plan de cierre, en función de las modificaciones que realizará, por lo que en la DIA fueron presentados los antecedentes técnicos y formales necesarios para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 137 del RSEIA. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución aprobatoria del Plan de Cierre emitida por SERNAGEOMIN. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Aire | | Norma | D.S. N°144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Ministerio de Salud. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | El proyecto considera la aplicación de las actuales medidas de control de emisiones atmosféricas, contenidas y aprobadas en las RCA señaladas en el apartado 1.8 del ICE. Dichas medidas corresponden a: • Humectación de caminos mineros y caminos internos. • Control de velocidad en caminos internos. • Exigencia a contratistas y personal propio, de mantención y revisión técnica al día de vehículos y maquinarias. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Registro de actividades del camión aljibe. · Registro de pase de ingreso otorgado a contratistas, que da cuenta del cumplimiento de exigencias de revisión técnica y mantenciones al día. · DSAL cuenta con un instructivo referente a la conducción segura, incorporado en los Estándares de Control de Fatalidades. Por su parte, como compromiso voluntario, se incorporan las siguientes medidas de control: - Encarpado de camiones de transporte de mineral desde inicios de la fase de operación. - Control de velocidad mediante GPS. - Control de velocidad mediante radar (pistola). | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Aire | | Norma | D.S. N°55/1994. Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá esta normativa mediante la exigencia de los certificados de emisiones de la maquinaria y vehículo, junto con la revisión técnica al día. Esto es requisito para la obtención del pase de ingreso de equipos a las áreas industriales, y forma parte de los requisitos establecidos en el Estándar de Control de Fatalidades N° 3 de CODELCO | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de autorización de uso de vehículos bajo normas de emisión. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Ruido | | Norma | D.S. N°38/2011. Establece la norma de emisión de ruidos generados por fuentes fijas. Ministerio Secretaría General de la Presidencia | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Según los resultados del estudio de ruido adjunto en Apéndice 1-D de la DIA, numerales I.34; I.35; I.36; I.37 Y I.38 de la Adenda, numerales I.24 Y I.25 de Adenda Complementaria, en todos los receptores evaluados no se supera en más de 10 dBA el ruido de fondo, cumpliendo de esta manera con los límites normativos para este tipo de zona. Vehículos y maquinarias contarán con revisiones técnicas y mantenciones al día. Además, como compromiso voluntario, el Titular realizará Monitoreo de ruido al segundo año de operación del Proyecto sobre los receptores identificados en el proyecto y descritos en el Capítulo 10.1 del ICE. | | Indicador que acredita su cumplimiento | En caso de que la Autoridad lo requiera, se realizarán mediciones siguiendo los lineamientos contenidos en Informe Técnico consistente en fichas elaboradas conforme el Procedimiento General de Determinación del Nivel de Presión Sonora Corregido de la Superintendencia del Medio Ambiente. Certificado de revisión técnica y mantenciones al día. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Contaminación lumínica | | Norma | D.S. N°43/2013. Norma de Emisión para la regulación de la contaminación lumínica. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | El proyecto, dará cumplimiento a los límites máximos permitidos de emisión lumínica establecidos en la norma, considerando el diseño de las luminarias, las condiciones que eviten la proyección de luminosidad hacia los cielos de la región de Atacama. En el caso de requerir instalación de nuevas luminarias, se utilizarán aquellas que se encuentren certificadas por la SEC que cumplan con el diseño y características acordes a esta norma de emisión, en el caso de no existir equipos certificados se solicitará el pronunciamiento a la autoridad competente en relación a los equipos que se decidan instalar | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de las fuentes iluminarias que sean utilizadas. Pronunciamiento de la SEC en relación a los equipos que se decidan instalar. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos líquidos | | Norma | D.S. N°594/1999. Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y DFL N°725/1967, Código Sanitario, ambos del Ministerio de Salud | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | En ninguna de las fases del proyecto, se producirán descargas de aguas servidas a algún cuerpo receptor. Para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, cuyos residuos serán retirados por las empresas debidamente autorizadas siendo el destino final, la planta de tratamiento regional (Copiapó). En la fase de operación, tanto para el sector El Salvador como Pampa Austral, se utilizarán los servicios higiénicos existentes y autorizados en estas áreas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | - Registro de manejo y retiro de aguas servidas provenientes de baños químicos de empresa autorizada que presten el servicio. - Autorización sanitaria para sistema de alcantarillado particular. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos líquidos | | Norma | D.S. N°4/2009. Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación | | Forma de cumplimiento | Para el caso de Salvador y DRPA los residuos serán manejados a partir de las instalaciones existentes y autorizadas. En el caso de San Antonio las aguas servidas serán manejados con la planta de tratamiento de aguas servidas aprobada ambientalmente mediante Resolución Exenta N°202/2011 y Resolución Exenta N° 32/2013. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Registros de los retiros y manejos de los lodos de la PTAS por una empresa autorizada. · Obtención de los Permisos para el funcionamiento de los sistemas de evacuación de aguas servidas, otorgados por la SEREMI de Salud respectiva. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos sólidos | | Norma | DFL N°725/1967. Código Sanitario. Ministerio de Salud | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | La tasa de generación de residuos, así como su manejo y disposición, se mantendrán de acuerdo a las condiciones actuales de las operaciones de DSAL y de acuerdo a procedimientos y sitios de disposición autorizados. · Los residuos sólidos domésticos son retirados del punto de generación con frecuencia 3 veces por semana y dispuestos en Relleno Sanitario El Salvador (RCA N° 34/2014). · Los residuos industriales no peligrosos son clasificados según procedimiento interno, siendo posteriormente trasladados y dispuestos en patios de acumulación secundaria. Luego estos son comercializados o dispuestos temporal o finalmente, dependiendo del tipo de manejo autorizado en el Centro de Manejo Integral de Residuos Industriales Sólidos, aprobado por RCA N° 78/2009. · Los residuos industriales peligrosos son manejados de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de División Salvador que se encuentra autorizado por la Autoridad Sanitaria. Estos serán clasificados conforme al Procedimiento interno de Manejo de Residuos Sólidos, siendo posteriormente trasladados y dispuestos en patios de acumulación secundaria. Finalmente estos son comercializados o dispuestos en el Centro de Manejo Integral de Residuos Industriales Sólidos, aprobado por RCA N° 78/2009. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros establecidos en el Procedimiento Divisional P-DIV-017 (Apéndice 1-E de la DIA) y Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos sólidos | | Norma | D.S. N°594/1999. Aprueba Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | La tasa de generación de residuos, así como su manejo y disposición, se mantendrán de acuerdo a las condiciones actuales de las operaciones de DSAL y de acuerdo a procedimientos y sitios de disposición autorizados. · Los residuos sólidos domésticos son retirados del punto de generación con frecuencia 3 veces por semana y dispuestos en Relleno Sanitario El Salvador (RCA N° 34/2014). · Los residuos industriales no peligrosos son clasificados según procedimiento interno, siendo posteriormente trasladados y dispuestos en patios de acumulación secundaria. Luego estos son comercializados o dispuestos temporal o finalmente, dependiendo del tipo de manejo autorizado en el Centro de Manejo Integral de Residuos Industriales Sólidos, aprobado por RCA N° 78/2009. · Los residuos industriales peligrosos son manejados de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de División Salvador que se encuentra autorizado por la Autoridad Sanitaria. Estos serán clasificados conforme al Procedimiento interno de Manejo de Residuos Sólidos, siendo posteriormente trasladados y dispuestos en patios de acumulación secundaria. Finalmente estos son comercializados o dispuestos en el Centro de Manejo Integral de Residuos Industriales Sólidos, aprobado por RCA N° 78/2009. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros establecidos en el Procedimiento Divisional P-DIV-017 (Apéndice 1-E de la DIA) y Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Residuos peligrosos | | Norma | D.S. N° 148/2003. Establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Los residuos industriales peligrosos serán manejados de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos de División Salvador, el que se encuentra autorizado por la Autoridad Sanitaria. Estos serán clasificados conforme a procedimiento interno. Siendo posteriormente trasladados y dispuestos en patios de acumulación secundaria. Finalmente, estos son comercializados o dispuestos en el Centro de Manejo Integral de Residuos Industriales Sólidos, aprobado por RCA N° 78/2009. Para el área de San Antonio, se considera la habilitación de una bodega para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, por lo que se presentan los antecedentes para el permiso ambiental sectorial 142. El Titular declarará todo residuo peligroso generado en el Sistema de Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP). En caso de que se estime un periodo de almacenamiento superior a 6 meses, solicitará con anterioridad al cumplimiento de dicho plazo, autorización a la Autoridad Sanitaria Regional, para poder ampliar dicho período. | | Indicador que acredita su cumplimiento | - Registros establecidos en el Procedimiento Divisional P-DIV-017 (Apéndice 1-E de la DIA). -Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. - Declaración de residuos realizada en el SIDREP. -Obtención del PAS 142. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Sustancias Peligrosas | | Norma | D.S. N°43/2015. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Forma de cumplimiento | La bodega que se construirá en el sector de San Antonio, cumplirá con los requisitos y criterios establecidos en la normativa. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Autorización otorgada por la SEREMI de Salud por la adecuación del Proyecto. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Fauna | | Norma | Ley N° 19.473/1996 del Ministerio de Agricultura, que sustituye texto de la Ley 4.601, sobre Caza | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre | | Forma de cumplimiento | Para los sectores del DRPA y San Antonio, consideró el rescate y relocalización de especies de reptiles de baja movilidad, para lo cual se presentaron los antecedentes asociados al PAS 146 del D.S.40/2012. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación permiso de captura para fines científicos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Patrimonio cultural | | Norma | Ley N° 17.288/1970. Ley de Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Forma de cumplimiento | En caso de hallazgos patrimoniales, se aplicará el Protocolo de Gestión frente a Hallazgos Arqueológicos, Paleontológicos, Antropológicos e Históricos de DSAL, el que se ajusta a la presente Ley y su Reglamento (Apéndice 1-E de la DIA) | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de aplicación de Protocolo en caso de hallazgos. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Explosivos | | Norma | D.S. N° 400/1978. Fija el texto refundido de la Ley 17.798 Sobre el Control de Armas y Explosivos. Ministerio de Defensa Nacional | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación | | Forma de cumplimiento | El Proyecto, en el Área de El Salvador, utilizará el sector de almacenamiento de explosivos existente. Cabe indicar que estas autorizaciones serán renovadas de acuerdo a la periodicidad y requisitos establecidos en el presente Reglamento. El transporte de las sustancias trasladadas al Polvorín, se encuentran a cargo de una empresa contratista que cuenta con autorizaciones necesarias vigentes. Para el sector San Antonio, se utilizará la instalación aprobada por RCA N° 202/2011 y RCA N° 32/2013, considerando 3.7.2.1 b. | | Indicador que acredita su cumplimiento | • Autorización funcionamiento Polvorín existente Área Salvador. • Autorización funcionamiento Polvorín San Antonio. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Combustibles | | Norma | D.S. N° 160/2009. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Forma de cumplimiento | Para el área El Salvador, el combustible será abastecido a través de la estación surtidora existente. Para el Área San Antonio el suministro se realizará preferentemente a través de los contratos que mantiene DSAL con el proveedor que preste el servicio para la División, en el sector de Potrerillos, y el estanque de acumulación que se instalará en este sector de acuerdo a lo aprobado en RCA N° 32/2013, considerando 3.7.3 a). | | Indicador que acredita su cumplimiento | Especificaciones contractuales con la empresa que otorga el servicio de abastecimiento de combustible, -Declaración de las instalaciones de almacenamiento de combustibles ante la SEC. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | | Componente/Materia: Transporte | | Norma | D.S. N° 75/1987. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Forma de cumplimiento | Se exigirá a las empresas contratistas encargadas del transporte de materiales, (terceros subcontratistas y/o proveedores) y a personal propio, cumplir con las condiciones del presente cuerpo legal, según sea el material que transporten. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros de exigencias contractuales a empresas de servicios que apoyen el proyecto. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo VIII | 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: | Componente | Compromisos | | Emisiones Atmosféricas | - Encarpado de camiones de transporte de mineral desde inicios de la fase de operación. - Control de velocidad mediante GPS. - Control de velocidad mediante radar (pistola). | | Ruido | - Monitoreo de ruido al segundo año de operación del Proyecto sobre los receptores identificados en el proyecto y descritos en el Capítulo 10.1 del ICE. | | Medio Humano | - Control de velocidad mediante GPS. - Control de velocidad mediante radar (pistola). - Instalación de señalización por presencia de personas y paso de animales. - Establecer un sistema de reclamos y sugerencias socioambientales. - Levantamiento en conjunto con las comunidades del sector, de horas y días de cruce de animales, de manera de coordinar adecuadamente el cruce con el paso de los camiones | 9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias, se presentan en el Capítulo VII del ICE. 10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron las siguientes condiciones al Proyecto: | Componente | Condiciones o exigencias | | Medio Humano | El Titular deberá realizar el levantamiento de información sobre horas y días de cruce de animales con las tres comunidades collas (Comunidad Indígena Colla Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial y Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada del Jardín) en la ruta C-13 y camino Pisquero. El Titular deberá, antes de la etapa de operación del presente proyecto, presentar un informe a la SMA, que dé cuenta de los resultados y acuerdos adoptados respecto a esta materia con los grupos humanos indígenas mencionados. | | Medio Humano | Respecto al compromiso “Instalación de señalización por presencia de personas y paso de animales”, el Titular deberá realizar dicha instalación de señalética, al menos, en sectores cercanos a los siguientes asentamientos: Posada Salomón Gerónimo, Quebrada Peña Negra, Quebrada El Jardín, Aguada Castilla y Aguada San Juan. Dichas señalizaciones deberán estar instaladas desde el inicio de la fase de operación. Finalmente, el registro de instalación de la señalización deberá ser remitido a las autoridades, según lo indicado en Res. Ex. 574/2012. | | Medio Humano | El Titular deberá incorporar en el contrato suscrito con el tercero autorizado para el transporte de ácido sulfúrico, las medidas de “Control de velocidad mediante GPS” y “Control de velocidad mediante radar (pistola)”, de manera de contar con un medio de verificación para el desarrollo de ambas medidas. | | Riesgos Naturales | El Titular deberá incorporar en el Mapa de riesgos de zonas aluvionales el entorno superficial del rajo Granito, sobre la base de una evaluación de posibles alcances de flujos de detritos (aluviones). Dicho mapa deberá ser presentado al organismo competente (SERNAGEOMIN), en un plazo no mayor a 6 meses posteriores a la calificación ambiental del Proyecto, para su respectiva visación y conformidad. Este mapa, también debe ser presentado ante la SMA. | | Hidrogeología | Considerando que la información presentada en la Figura V-9 de la Adenda Complementaria muestra numerosas estructuras con importancia hidrogeológica, no obstante, se caracteriza sólo una, específicamente la falla de orientación NO-SE emplazada en el sector Norte de la zona de subsidencia (cráter), el Titular deberá presentar un informe con la caracterización hidrogeológica de las estructuras restantes identificando su importancia hidrogeológica. Dicho informe deberá ser presentado al organismo competente (SERNAGEOMIN), en un plazo no mayor 6 meses posteriores a la calificación ambiental del Proyecto, para su respectiva visación y conformidad. Este informe también debe ser presentado ante la SMA. | | Aguas subterráneas | En relación con las acciones de control en el sector Salar de Pedernales, el Titular deberá llevar a cabo la medida referida a la explotación dinámica, es decir, el aumento de la distancia entre los pozos o incremento de las dimensiones del campo de bombeo, inmediatamente se detecte la superación de los niveles de alerta, de manera de alejar la explotación de las zonas que puedan ser afectadas por los descensos piezométricos excesivos. | | Aguas subterráneas | Con relación a las acciones de control en el sector DPRA, el Titular deberá contar con los respectivos derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas para los pozos construidos con motivo de la habilitación de la barrera hidráulica, previo a su eventual operación. Además, el pozo PP-2 deberá ser habilitado considerando las suficientes zonas captantes de tal forma de monitorear todas las vías preferentes del flujo subterráneo del medio acuífero en donde se emplazará, configurándose como un pozo multinivel. | | Aguas subterráneas | El Titular deberá habilitar un pozo de monitoreo, adicional a los propuestos en Programa de Monitoreo y Plan de Alerta Temprana Sector Salavador, en la quebrada intermitente que se proyecta de forma paralela entre la denominada Quebrada Río Seco (donde se emplaza el pozo BN-1) y la quebrada en donde se sitúa el denominado pozo BR-1. La ubicación del pozo deberá ser informada a la Dirección General de Aguas de la Región de Atacama dentro de los 6 meses posteriores a la calificación ambiental del Proyecto y a la SMA. | | Aguas subterráneas | El Titular deberá presentar los reportes de los monitoreos en planilla digital editable, formato compatible con Excel, o en su defecto en formato pdf editable. Los informes más recientes deberán incorporar los registros acumulados disponibles para cada pozo de monitoreo. Además, los reportes deberán contener el detalle establecido en el Capítulo 10.2 del ICE. | | Aguas subterráneas | En relación al Programa de Monitoreo y Plan de Alerta Temprana Sector DRPA, el Titular deberá activar el nivel de alerta al momento de encontrarse con la primera superación de algún valor umbral, para cualquiera de los pozos de monitoreo e incluir en las mediciones trimestrales los siguientes parámetros: Aluminio, Arsénico, Cadmio, Cobre, Hierro, Litio, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plomo, Selenio, Zinc, Amonio, Boro, Calcio, Cromo, Magnesio, Manganeso, Potasio, Sílice y Sodio. | | Aguas subterráneas | El Titular deberá realizar un análisis de los parámetros: Aluminio, Arsénico, Cadmio, Cobre, Hierro, Litio, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Plomo, Selenio, Zinc, Amonio, Boro, Calcio, Cromo, Magnesio, Manganeso, Potasio, Sílice y Sodio; a las aguas de los pozos ubicados aguas arriba del DRPA (PR-1) y Salvador (BN-1) y presentar dicho informe al organismo competente (SEREMI de Salud), en un plazo no mayor a 6 meses posteriores a la calificación ambiental del Proyecto, para su respectiva visación y conformidad. Este informe, también debe ser presentado ante la SMA. | 11°. Que, durante el proceso de evaluación ambiental y en el contexto de aplicación del artículo 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N° 40/2012 del MMA, se realizaron reuniones con las tres comunidades indígenas de la comuna de Diego de Almagro: Comunidad Indígena Colla Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial y Comunidad Indígena Colla Chiyagua de la Quebrada del Jardín. 12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución. 14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15°. Que, para que el proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico. 18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA. 19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Continuidad Operacional División Salvador”, presentado por el Sr. Juan Carlos Avendaño Díaz, en representación de Corporación Nacional del Cobre de Chile - CODELCO Chile División Salvador. 2°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 125, 132, 135, 136, 137, 140, 142, 146, 155 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Continuidad Operacional División Salvador” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. Notifíquese y Archívese
Alexandra Laura Núñez Sorich Intendenta Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama
Marco Antonio Cabello Montecinos Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama
MCM/YSN/MAEZ/VOP Distribución: - Juan Carlos Avendaño Díaz
- CONADI, Región de Atacama
- CONAF, Región de Atacama
- DGA, Región de Atacama
- DOH, Región de Atacama
- Gobernación Marítima de Caldera
- Gobierno Regional, Región de Atacama
- Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
- SAG, Región de Atacama
- SEC, Región de Atacama
- SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
- SEREMI de Energía, Región de Atacama
- SEREMI de Minería, Región de Atacama
- SEREMI de Salud, Región de Atacama
- SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
- SEREMI MOP, Región de Atacama
- SERNAGEOMIN, Región de Atacama
- Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
- Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Participación Ciudadana
- Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <Jennifer.Rojas@sea.gob.cl>
- Expediente del Proyecto "Continuidad Operacional División Salvador"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama
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