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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO | Califica Ambientalmente el proyecto "Alto Las Perdices" Resolución Exenta Nº 361/2017 Santiago, 7 de agosto de 2017 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 03 de octubre de 2016, su Adenda de fecha 29 de marzo de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 20 de junio de 2017 del proyecto “Alto Las Perdices” presentada por Inmobiliaria Alto Las Perdices SpA. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Alto Las Perdices”. 3°. El Acta de Evaluación N° 05/2016 de fecha 20 de octubre de 2016 y el Acta de Evaluación N° 03/2017 de fecha 13 de julio de 2017, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Alto Las Perdices” de fecha 17 de julio de 2017. 5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 01 de agosto de 2017. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Alto Las Perdices”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, Inmobiliaria Alto Las Perdices SpA., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Alto Las Perdices” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Nombre o razón social | Inmobiliaria Alto Las Perdices SpA. | | Rut | 76.570.152-k | | Domicilio | Narciso Goycolea 4055, Of. 8, Vitacura, Santiago. | | Teléfono | 226113090 | | Nombre representante legal 1 | Luis Fernando Jovel Lara | | Rut representante legal 1 | 14.580.418-3 | | Nombre representante legal 2 | José Miguel Guzmán Espinola | | Rut representante legal 2 | 8.996.395-8 | | Domicilio del/los representante(s) legal(es) | Narciso Goycolea 4055, Of. 8, Vitacura, Santiago. | | Correo electrónico del titular o representante(s) legal(es) | pedro.soler@fwv.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de julio de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que: - Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
- Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 146 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
- No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de fecha 01 de agosto de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Alto Las Perdices”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 17 de julio de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | | Objetivo general. | El proyecto consiste en la construcción de 290 unidades habitacionales materializadas en 98 viviendas con 4 tipologías de casas y 192 departamentos distribuidas en 4 edificios, de 6 pisos cada uno, con áreas verdes, equipamientos y 377 estacionamientos para vehículos livianos, con una superficie construida de 28.096,43m2. El proyecto se ubica en Av. Diego Portales N°07080, comuna de Puente Alto, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, y contempla la construcción de viviendas emplazadas en un terreno de 5,98 ha, dentro del área urbanizable establecida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), y por el Plan Regulador Comunal (PRC) de Puente Alto, que permiten el uso residencial, equipamiento e infraestructura. | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones. | Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra: “h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características”. “h.1.2. Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas o troncales;”. El proyecto considera la incorporación al dominio nacional de uso público de las vías troncales Av. Diego Portales y Av. Las Perdices. Tipología Secundaria: no tiene. | | Vida útil. | Indefinida | | Monto de inversión | US$ 6.516.616.- | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución. | El hito que da inicio corresponde a la preparación del terreno mediante la demarcación de las obras proyectadas para iniciar los movimientos de tierra. | | Proyecto se desarrolla por etapas. | Si | No | La fase de construcción del proyecto se realizará en 2 etapas constructivas consecutivas (casas y edificios), de acuerdo a lo indicado en la figura I-3 y el cronograma de la tabla I-9, ambos de la DIA. | | [X] | | | Proyecto modifica un proyecto o actividad. | Si | No | | | | [X] | | Proyecto modifica otra(s) RCA. | Si | No | | | | [X] | | 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO | | División político-administrativa. | El terreno donde se emplaza el proyecto se compone en la actualidad de dos lotes ubicados en la Comuna de Puente Alto, Provincia Cordillera, Región Metropolitana: · Lote 1, en Av. Diego Portales N°07080; rol de avalúo 3400-337; y · Parte del Lote 5, en Av. Diego Portales N°07004; rol de avalúo 3400-367. En la figura I-1 de la DIA, se representa el polígono del proyecto y su ubicación en relación a la Comuna y calles colindantes. | | Justificación de la localización. | La localización del proyecto se justifica en virtud de la disponibilidad de terreno existente en el sector, el cual ha sido definido para el desarrollo inmobiliario conforme a la planificación territorial, contando con la existencia de factibilidad sanitaria, que permitirá proveer de agua potable y alcantarillado al proyecto. El terreno del proyecto corresponde a área urbanizable de la comuna de Puente Alto, según lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Puente Alto. En particular, se ubica en las Zona H2: Residencial y Equipamiento y Zona R2: Riesgo natural de inundación de quebradas y cauces artificiales, según art. 8.2.1 del PRMS; y parte del sistema de áreas verdes metropolitano según artículo 5.2 del PRMS, que permiten el uso residencial, equipamiento e infraestructura. En el Anexo B.2 de la Adenda Complementaria se presenta el plano del área del proyecto en relación a la franja de riesgo, en el cual se demuestra que el emplazamiento de las construcciones se presenta fuera de la zona de restricción, respetando así lo señalado en los Instrumentos de Planificación Territorial (Plan Regulador Comunal de Puente Alto y PRMS). Por otra parte, cabe señalar que el terreno se encuentra afecto a utilidad pública para el ensanche de la Av. Diego Portales (9 metros aprox.) y para la apertura de la Av. Las Perdices (25 metros). En particular, respecto de las áreas de riesgo, si bien parte del terreno se encuentra afectado por una franja de restricción del Canal Las Perdices, de 10 metros de ancho, la totalidad de esta superficie se encuentra contenida dentro de la apertura de la Av. Las Perdices (25 metros). En el Anexo A.1 de la DIA se adjunta CIP N° 64829 de fecha 22/04/2015 (Lote 1) y en el Anexo A.1 de la Adenda Complementaria se adjunta el CIP N° 91519 de fecha 24/02/2017 (Lote 5), documentos emitidos por la DOM de la I. Municipalidad de Puente Alto. | | Superficie. | El proyecto se emplazará un área de 59.850 m2, el que se compone de 2 lotes. El detalle de las superficies de los lotes se presenta en la tabla AD2-1 de la Adenda Complementaria. En la tabla AD2-2 de la Adenda Complementaria, se detallan las superficies del proyecto por etapa y por tipo de vivienda, siendo la superficie total construida de 28.096,43 m2. Por otra parte, en la tabla AD1-3 de la Adenda, se adjunta el detalle de las superficies de emplazamiento del proyecto, superficie bruta, zona de restricción R2 y franja afecta a utilidad pública. | | Coordenadas UTM en Datum WGS84. | A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del proyecto. Tabla 1: Vértices del polígono del proyecto. | Vértices | Coordenadas UTM WGS 84, H19 | | Este | Norte | | A | 356.831 | 6.285.708 | | B | 357.089 | 6.285.641 | | C | 357.078 | 6.285.612 | | D | 357.021 | 6.285.562 | | E | 356.996 | 6.285.534 | | F | 356.969 | 6.285.493 | | G | 356.944 | 6.285.441 | | H | 356.929 | 6.285.397 | | I | 356.767 | 6.285.440 | Fuente: Tabla I-1 de la DIA. | | Caminos de acceso. | El proyecto tendrá un único acceso de ingreso y egreso, por Av. Diego Portales. Se puede indicar que Av. Diego Portales corresponde a una vía de carácter troncal, afecto a incorporación al dominio nacional de uso público. | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones. | · Planos de arquitectura del proyecto, Anexo B de la DIA y Anexos B de la Adenda. · Plano de planta en formato KMZ, Anexo B.4 de la Adenda Complementaria. · Plano rectificación de deslindes, Anexo B.1 de la Adenda Complementaria. · Plano franja de protección, Anexo B.2 de la Adenda Complementaria. · Emplazamiento del proyecto, figura I-1 de la DIA. · Georreferenciación del proyecto, tabla I-1 de la DIA. | | 4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN. | | 4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. | | 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS | | Nombre | Descripción | | Instalación de faenas | Consiste en la instalación de los cierros perimetrales y de recintos provisorios, tales como: oficinas, comedor, duchas, servicios higiénicos, y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios para los trabajadores, además de los recintos destinados al acopio de materiales. Esta instalación será desmantelada al término de la obra. En la figura I-2 de la DIA se presenta un esquema de la instalación de faenas y en el Anexo B.2 de la Adenda el plano respectivo. Adicionalmente, en el Anexo B.4 de la Adenda Complementaria se adjunta plano en formato KMZ de esta instalación. | | Sitio de acopio de residuos | El proyecto contempla para esta fase, el acopio temporal de residuos asimilables a domiciliarios, inertes y residuos reutilizables. El lugar de acumulación temporal de estos residuos se identifica en la figura III-1 de la DIA. Mayores detalles se encuentran en el punto 3.6.1 de la DIA (PAS 140 - Fase de Construcción) y respuesta 3.1 de la Adenda. | | Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos | Para esta fase se contempla el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados, los que serán dispuestos al interior de una bodega, que se localizará alejada de las instalaciones de faena, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad. La bodega será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03 del MINSAL y a la OGUC (figura III-7 de la DIA). Mayores detalles se encuentran en el punto 3.6.2 de la DIA y respuestas 3.2 a 3.3 de la Adenda. | | Sustancias peligrosas | Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes sustancias peligrosas: Tabla 2: Sustancias peligrosas, fase de construcción. | Sustancia | Cantidad (unidad) | Tipo de envase | Volumen m3/mes | | Diluyente | 27 | Bidón 5 l | 0,00341 | | Aceite | 20 | Bidón 20 l | 0,00975 | | Ácido muriático | 20 | Bidón 5 l | 0,00243 | | Dynal denso | 15 | Lata 5 Gl (17,4 kg) | 0,00658 | | Aguarrás | 3 | Bidón 5 l | 0,04365 | | Pintura | 86 | Tineta 5 Gl (18,9 l) | 0,00024 | Fuente: Tabla AD1-7 de la Adenda. El eventual abastecimiento de combustibles líquidos a las maquinarias y equipos para las excavaciones y habilitación de terreno se realizará en instalaciones externas. El manejo de las sustancias peligrosas se encuentra detallado en el punto 1.5.8 de la DIA y respuesta 2.1 e) de la Adenda, el cual se ajustará a lo establecido en el D.S. N°43/2015 MINSAL. | | 4.3.1.2 ACCIONES | | Nombre | Descripción | | Corta y despeje de vegetación | Previo al inicio de la fase de construcción se considera realizar la corta y despeje de vegetación. Al respecto, se debe considerar que el área de emplazamiento corresponde a un terreno urbano, sin uso actual, con un alto nivel de intervención antrópica, que presenta cubiertas de vegetación reducidas, sin la presencia de bosque nativo, sin especies vegetales en categoría de clasificación por su Estado de Conservación. Las cubiertas de vegetación son reducidas y consisten en cinco tipos: tres cultivos agrícolas, una pradera con árboles nativos y un bosque con especies exóticas, se pudo apreciar una considerable diversidad de especies alóctonas. Mayores antecedentes en la respuesta 1.11 de la Adenda. | | Manejo ambiental para especies de baja movilidad | Considerando los resultados de las campañas realizadas por el titular, se presenta un Plan de Manejo Ambiental para las especies de baja movilidad con categoría de conservación, ya que son especialmente vulnerables a acciones implicadas en la construcción del proyecto, como la remoción de la vegetación y el suelo. Por esta razón, el titular implementará un Plan de Rescate y Relocalización de especies nativas de fauna de baja movilidad, las cuales se encuentran detalladas en el PAS 146, adjunto en el Anexo C de la Adenda Complementaria. | | Movimiento de tierra | Esta actividad considera el despeje del área de emplazamiento. El retiro del escarpe se realizará para cada una de las etapas en un periodo de un mes aproximadamente. | | Urbanización | La implementación de la urbanización contempla para cada una de las etapas constructivas: construcción y habilitación de la vialidad completa (calles, aceras y accesos), redes de agua potable, alcantarillado, aguas lluvias y aguas servidas, luminaria pública, que junto a las conexiones telefónicas, se conducirán mediante trazado subterráneo. Además de lo anterior, se realizará el trazado de las matrices y empalmes de gas natural hasta las viviendas y edificios. Lo anterior, conforme se vayan desarrollando progresivamente las etapas. La urbanización de cada etapa constructiva, comienza en el segundo mes del inicio de la faena y su duración aproximada se estima en cuatro a cinco meses por etapa. Respecto a las obras de drenaje y saneamiento de aguas lluvias, cabe señalar que ellas serán captadas y canalizadas mediante una red de sumideros y colectores proyectados para luego ser descargadas en zanjas absorbentes dentro de los límites del condominio. En el Anexo E se adjunta la Memoria Técnica del proyecto y en el plano B.3 se adjunta plano del proyecto (ambos contenidos en la Adenda). | | Obra gruesa | La edificación se inicia con la construcción de las fundaciones, para inmediatamente iniciar el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se inicia la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones y arranques de servicios. Esta actividad considera su ejecución entre seis a nueve meses para cada etapa respectivamente. Las excavaciones para las fundaciones se realizarán conforme al Informe de Mecánica de Suelos (Anexo G de la DIA), procurando las medidas necesarias para evitar perjuicios a las propiedades colindantes. | | Terminaciones | Esta faena corresponde a las terminaciones para casas y departamentos (terminaciones gruesas y finas). Las faenas en esta fase corresponden a trabajos menores como la instalación de cerámicas, artefactos sanitarios, cocinas, ventanas, pintura, entre otros. Las obras de terminaciones durarán tres a siete meses por etapa. También considera las siguientes actividades: Instalaciones: Se trata de la ejecución de las instalaciones tendientes a habilitar todos los servicios proyectados y los recintos para su uso, tales como obras de electricidad, agua potable, alcantarillado, corrientes débiles, gas, etc. Obras exteriores: Estas obras están asociadas a las obras exteriores a los edificios y casas, tales como ejecución de accesos, emparejamiento de patios, jardines y espacios comunes exteriores delos edificios. | | Lavado de ruedas | Se realizará cuando los camiones y vehículos abandonen el área de trabajo. Esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad (figura I-8 de la DIA). No se efectuará lavado de ruedas, ni vehículos en el espacio público, incluidos los camiones mixer. Los residuos líquidos de esta actividad serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final. El lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. | | Vialidad | El flujo máximo de camiones por día estimado para esta fase asciende a 96 viajes/día, considerando el escenario más desfavorable, correspondiente a la actividad de habilitación de terreno, que considera flujo de camiones asociados al movimiento de material de escarpe y excavaciones. Esta situación no es permanente en el tiempo, limitándose principalmente al periodo de habilitación del terreno. Por otra parte, el flujo máximo estimado se distribuirá durante la jornada de trabajo, por lo que se estima un flujo promedio aproximado de 12 viajes por hora, considerando 8 horas de trabajo. En la siguiente tabla se presentan las rutas preferentes de los camiones durante el período de construcción. Tabla 3: Flujo de camiones por actividad, fase de construcción. | Actividad | Total Nº Camiones | Tipo Camiones | Frecuencia diaria | Frecuencia Semanal | Rutas Preferentes | | Habilitación de Terreno | ETAPA 1 | Elisa Correa - Canal Troncal - Diego Portales - Vicuña Mackenna | | 20 | Tolva | 96 | 474 | | ETAPA 2 | | 12 | Tolva | 44 | 220 | | Obra Gruesa | ETAPA 1 | Lira - Juan Sebastián Bach -Av. Vicuña Mackenna - Av. Departamental - Av. La Florida - Diego Portales | | 8 | Mixer/Rampla | 32 | 154 | | ETAPA 2 | | 1 | Mixer/Rampla | 26 | 122 | | Terminaciones | ETAPA 1 | Av. Concha y Toro - Av. Vicuña Mackenna - Diego Portales | | 1 | Rampla | 2 | 2 | | ETAPA 2 | | 1 | Rampla | 2 | 2 | | Urbanización | ETAPA 1 | Obispo Arturo Espinoza Campos - Av. Quilín - Exequiel Fernandez - Coipué - Av. Macul - La Florida - Diego Portales | | 1 | Tolva | 2 | 6 | | ETAPA 2 | | 1 | Tolva | 2 | 2 | | Otros | ETAPA 1 | Elisa Correa - Canal Troncal - Diego Portales - Total Viajes Ida y Vuelta Vicuña Mackenna | | 1 | Tolva | 4 | 12 | | ETAPA 2 | | 1 | Tolva | 2 | 2 | Fuente: Tablas I-10, I-11 de la DIA. En la figura I-4 de la DIA se presenta la ubicación de las áreas de carga y descarga. Se mantendrá un registro permanente en obra, de los camiones que ingresen y se retiren del proyecto. El registro incluirá la actividad y frecuencia de cada camión. Además, se evitará la circulación de camiones del proyecto, en las horas de alto flujo vehicular de 7:00 a 9:00 h y de 18:00 a 20:00 h. En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se considerará lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos. | | 4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS | | Nombre | Descripción | | Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos | Agua potable: Se mantendrá suministro de agua potable con una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409, “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, según lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL. Posteriormente el agua potable será provista por medio de conexión a la red de agua potable. Aguas servidas: Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. Durante ese periodo, la instalación, mantención de los baños, así como también el retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. Además, se tendrá en consideración lo siguiente (punto 1.5.4.1 de la DIA): · El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL. · Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad. · Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo. · El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. En el Anexo A.4 de la DIA, se adjuntan el Certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 006118 de fecha 19/08/2016. Al respecto, el titular aclara en la respuesta 1.9 de la Adenda que: “…toda el área del proyecto se encuentra emplazada dentro del área de concesión que indica la factibilidad entregada. Al respecto en el Anexo B.3, se presenta el plano preliminar de agua potable del proyecto, donde se muestra la ubicación del vértice 293 y el límite al oriente del predio de la zona de concesión (línea imaginaria que se traza hasta el vértice 292), la cual se presenta al nor-oriente del área del Proyecto”, concluyendo por consiguiente que: “…. el proyecto presenta factibilidad del agua potable y alcantarillado, para toda el área de emplazamiento”. | | Sistema de abastecimiento eléctrico | La energía será provista durante la fase de construcción por medio de empalme al Sistema Interconectado Central (SIC). | | Maquinarias | La siguiente tabla presenta los equipos y maquinarias a utilizar en la fase de construcción del proyecto: Tabla 4: Maquinaria durante la fase de construcción. | Preparación de terreno | Hormigonado | Corte de materiales | Terminaciones de la urbanización | Otras faenas | | Camión Tolva Excavadora Motoniveladora | Camión Mixer (Betonero) Bomba Hormigonera Retroexcavadora Martillo demoledor Vibrador de inmersión Grúa Minicargador Placa compatadora | Sierra Circular Esmeril angular Hidrolavadora Disco de corte | Retroexcavadora | Minicargador | Fuente: Tabla I-12 de la DIA. | | 4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES | | Previo al inicio de la fase de construcción se considera realizar la corta y despeje de vegetación en el área de emplazamiento. Al respecto, se debe considerar que el área de emplazamiento corresponde a un terreno urbano, sin uso actual, con un alto nivel de intervención antrópica, que presenta cubiertas de vegetación reducidas, sin la presencia de bosque nativo, sin especies vegetales en categoría de clasificación por su Estado de Conservación. Por otra parte, considerando los resultados de las campañas realizadas por el titular, este implementará un Plan de Rescate y Relocalización de especies nativas de fauna de baja movilidad, las cuales se encuentran detalladas en el PAS 146, adjunto en el Anexo C de la Adenda Complementaria, ya que son especialmente vulnerables a acciones implicadas en la construcción del proyecto, como la remoción de la vegetación y el suelo. | | 4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES | | 4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA | | Nombre | Descripción | | Emisiones | En el Anexo C de la Adenda, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto. Durante esta fase, las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto serán producto del desarrollo de las actividades que se describen a continuación: a) Generación de material particulado resuspendido por fuentes móviles y de área: · Escarpe. · Excavaciones. · Transferencia de material, carguío y volteo de camiones. · Acopio del material. · Circulación de camiones por vías internas/externas pavimentadas. · Circulación de camiones por vías internas/externas no pavimentadas. b) Generación de MP y Gases por combustión interna de fuentes móviles y puntuales: · Circulación de vehículos. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las principales emisiones de la fase de construcción: Tabla 5: Emisiones atmosféricas, fase de construcción. | Emisiones atmosféricas (ton/año) | | Año | Fase | | | | | SOx | NOx | MP10 Total | | Año 1 | Construcción | 0,396 | 4,894 | 2,089 | | Año 2 | Construcción | 0,161 | 2,095 | 0,864 | | Operación | 0,048 | 0,380 | 0,282 | | Total | 0,209 | 2,475 | 1,146 | | Año 3 | Construcción | 0,358 | 2,990 | 0,853 | | Operación | 0,127 | 1,100 | 1,116 | | Total | 0,484 | 4,090 | 1,969 | | Año 4 | Construcción | 0,001 | 0,007 | 0,022 | | Operación | 0,291 | 2,175 | 1,947 | | Total | 0,292 | 2,182 | 1,969 | | Límite según PPDA | 50 | 8 | 2,5 | Fuente: Tabla 49, Anexo C de la Adenda. De acuerdo a los cálculos realizados y adjuntos en el Anexo C de la Adenda, el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones. | | 4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES | | Nombre | Descripción | | Residuos líquidos industriales (Lavado de ruedas) | En esta fase se generarán residuos líquidos producto del lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad (figura I-8 de la DIA). No se efectuará lavado de ruedas ni vehículos en el espacio público, incluidos los camiones mixer. Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final. El lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. | | Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) | En relación a las aguas servidas, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción, después se considera la instalación de un empalme provisorio. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. En el Anexo A.4 de la DIA, se adjuntan el Certificado de factibilidad de servicio de agua potable y alcantarillado N° 006118 de fecha 19/08/2016. | | 4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO | | Nombre | Descripción | | Ruido y Vibraciones | En el Anexo E de la DIA se presenta en Estudio Acústico y Vibraciones del proyecto, documento en el cual se identifican los receptores sensibles que pudiesen verse afectados por la ejecución del proyecto, se estiman los niveles de ruido y vibración generados en las distintas actividades de la fase de construcción, se evalúan las emisiones acústicas con respecto a los límites establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA y para vibraciones se utiliza el criterio establecido en la guía “Transportation and Construction Vibration” (Sept. 2013) del California Department of Transportation (CALTRANS), Division of Environmental Analysis (USA). Finalmente, se establecen las medidas de control en caso de superar el límite establecido por la normativa o criterios de referencia. En las tablas 7 y 8 del citado Anexo se presentan los resultados de la modelación en cada punto receptor para la etapa 1 considerando las actividades de preparación del terreno y obra gruesa y en las figuras 5 a 8 se presentan los mapas de ruido que muestran la propagación sonora en el entorno del proyecto por cada escenario de modelación. Por otra parte, en las tablas 10 a 13 del Anexo E, se presentan los resultados de la estimación de los niveles de vibración producto de la ejecución del proyecto. Cabe señalar que según el PRC de Puente Alto, los receptores se localizan en Zona H2 y Zona R2, homologable a Zona III según el D.S. N° 38/11 del MMA, es decir, el límite máximo diurno corresponde a 65 dB(A). En las tablas 14 y 15 del Anexo E se evalúan los niveles de ruido en relación a la normativa para cada receptor. Al respecto, teniendo en cuenta que las modelaciones bajo las condiciones más desfavorables arrojan superación de los límites en algunos casos, el titular deberá implementar medidas de control consistentes en barreras acústicas y cierre de vanos para trabajos en altura (descritas en el punto 8.1, Anexo E de la DIA). Asimismo, en la tabla 17 del Anexo E se evalúan los niveles de vibración estimados según normativa de referencia, los cuales superan el criterio de referencia en algunos casos. Para el control de las vibraciones en sectores cercanos a los puntos identificados como sensibles en la evaluación del criterio CALTRANS, se establece una restricción del frente de trabajo que implica que no podrá operar simultáneamente el Rodillo Compactador con el resto de las maquinarias. Reevaluando con la condición anterior (tabla 22 del Anexo E) se demuestra que el rodillo compactador y el resto de las maquinarias por separado dan cumplimiento al criterio de evaluación. Finalmente, en relación a las emisiones de ruido se concluye que con la correcta implementación de las medidas de control propuestas en el citado Anexo, el proyecto dará cumplimiento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA para la fase de construcción. A continuación, en la siguiente tabla, se muestra la evaluación normativa en cada uno de los puntos receptores evaluados considerando la correcta implementación de las medidas de control descritas en el Estudio Acústico: Tabla 6: Evaluación normativa con medidas de control. | Receptor | Límite normativo [dBA] | Modelación con medidas (valor más desfavorable) NPS [dBA] | | Preparación Terreno Etapa 2 | | R5_A | 65 | 56 | | INT CASA 1_A | 65 | 54 | | INT CASA 1_B | 65 | 61 | | INT CASA 2_A | 65 | 57 | | INT CASA 2_B | 65 | 61 | | Obra gruesa Etapa 1 | | R2_A | 65 | 62 | | R3_B | 65 | 61 | | R4_A | 65 | 58 | | Obra gruesa Etapa 2 | | R4_A | 65 | 56 | | R5_A | 65 | 63 | | R6_A | 65 | 58 | | R7_A | 65 | 63 | | INT CASA 1_A | 65 | 51 | | INT CASA 1_B | 65 | 56 | | INT CASA 2_A | 65 | 62 | | INT CASA 2_B | 65 | 65 | | INT EDIF_A | 65 | 55 | | INT EDIF_B | 65 | 59 | | INT EDIF_C | 65 | 62 | | INT EDIF_D | 65 | 65 | | INT EDIF_E | 65 | 65 | Fuente: Tablas 18, 19 y 20 del Anexo E de la DIA. | | 4.3.5 RESIDUOS | | 4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS | | Nombre | Descripción | | Residuos sólidos domiciliarios y asimilables | Durante esta fase existirá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra durante la construcción de las casas y de los edificios. Estos residuos serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días y serán retirados por los camiones de recolección de basuras municipal. | | Residuos inertes de la construcción, escarpe y escombros | Durante esta fase se estima una generación de los siguientes residuos: Excedentes de tierra: Se estima la generación de 27.445 m3 de excedentes de tierra, los que serán retirados diariamente. Ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrán en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. Residuos inertes (escombros, maderas y plásticos): Para la construcción de las casas se estima una generación de 19,95 m3/semana de escombros, 10,5 m3/semana de madera y 1,05 m3/semana de plásticos. Para la construcción de los edificios, se estima 12,54 m3/semana de escombros, 6,6 m3/semana de madera y 0,66 m3/semana de plásticos. Los materiales de descarte y escombros serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con lona o malla raschel, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo máximo de 2 semanas. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. Residuos reutilizables: Para la construcción de las casas se estima se generen 3,5 m3/semana de descarte de metales y 1 m3/semana de papeles y cartones y para los edificios, 2,2 m3/semana de descarte de metales y 0,7 m3/semana de papeles y cartones. Estos materiales se dispondrán en un sector de la obra debidamente habilitado e identificado para este propósito y retirados mensualmente (figura I-9 de la DIA), para posteriormente ser derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización. Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. El transporte de los residuos se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos no peligrosos (figura III-1 del capítulo III de la DIA). Mayores detalles en el punto 3.6.1.de la DIA, PAS 140. Asimismo, en la respuesta 1.16 de la Adenda, el titular presenta el detalle un “Plan de Acción de los Residuos” para esta fase, referido al área de acopio, manejo de los residuos reciclables y reutilizables, programa de aseo de la obra y verificación y seguimiento de residuos. | | 4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS | | Nombre | Descripción | | Residuos peligrosos | La estimación de residuos peligrosos se presentan en la tabla siguiente: Tabla 7: Estimación de residuos peligrosos, fase de construcción. | RESPEL | Volumen (m3) en toda la fase | Volumen (m3/mes) | | Envases de diluyentes vacíos | 0,14 | 0,00341 | | Aceite | 0,40 | 0,00975 | | Paños, Huaipes contaminados | 0,16 | 0,00390 | | Ácido muriático | 0,10 | 0,00243 | | Dynal denso | 0,27 | 0,00658 | | Envases de Aguarrás y pinturas | 1,79 | 0,04365 | | Tubos fluorescentes | 0,01 | 0,00024 | | TOTAL RESPEL | 2,87 | 0,06996 | Fuente: Tabla AD1-6 de la Adenda. Estos residuos serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética y dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal, la que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03 del MINSAL y a la OGUC. El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad y se mantendrá en obra un registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142 de la DIA (pto. 3.6.2), respuestas 3.2 y 3.3 de la Adenda. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Capítulo IV del ICE. | | 4.4. FASE DE OPERACIÓN. | | 4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO. | | 4.4.1.1 PARTES Y OBRAS. | | Habitabilidad de Edificio (Equipamiento) | Esta fase consiste en el uso residencial de las 290 unidades construidas, materializadas en 98 casas y 192 departamentos. Las viviendas unifamiliares tendrán 4 tipologías de casas (A, B, C y D) y las viviendas colectivas, estarán distribuidas en 4 edificios de 6 pisos, con 48 departamentos cada uno. Se contemplan 3 tipologías distintas de departamentos A, B y C. Las viviendas serán habitadas a medida que cada etapa se vaya terminando y entregando. El proyecto en su totalidad habilitará 377 estacionamientos, dentro de los cuales 21 son destinados para visitas. El proyecto contará con áreas verdes, quinchos, caseta de seguridad, servicios, piscina. El proyecto considera además las siguientes instalaciones: · Shaft Eléctrico y Sanitario, Shaft de basura y ductos de recolección en cada edificio. · Ascensores, no tienen sala de máquinas, solo un cuadro de control y comando. · Sala de bombas (1) de elevación de agua potable (subterránea), se instalará sólo un estanque de agua potable que servirá para alimentar al grupo de edificios (4 edificios). Se instalarán 5 bombas de agua potable, de 7.5 Hp cada una, más una bomba que deberá permanecer en reserva de iguales características. Los equipos de bombeo serán alimentados con energía eléctrica trifásica 380V. · 1 bomba del sistema de elevación de aguas del edificio. · Sala de bombas (1) de impulsión de aguas servidas será subterránea. | | Grupo electrógeno | Se contará con un generador de 130 KVA-380 V (104 KW), ubicado a nivel de piso al aire libre en el sector de estacionamientos (para cada uno de los edificios) por lo que no necesita un ducto especial de salida de gases. Este generador se utilizará en el caso de corte de luz se activará en forma de emergencia. | | Salas de basura | Se considera una sala de basura en cada edificio (4), ubicada en el primer piso y por otra parte una sala de basura para el condominio de casas. En total el proyecto contará con 5 salas de basura. | | 4.4.1.2 ACCIONES. | | Nombre | Descripción | | Evacuación de aguas lluvias | Las aguas lluvias del loteo serán captadas mediante una red de sumideros y colectores proyectados para luego descargar en zanjas absorbentes dentro de los límites del condominio. Los sumideros se han distribuido de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes de los respectivos conjuntos habitacionales. Para el diseño de los colectores se ha adoptado una lluvia de diseño para un período de retorno de 2 años. La red diseñada consta de 4 cañerías principales, 26 sumideros y 9 zanjas de infiltración. Los procedimientos de diseño y los parámetros utilizados se detallan en las especificaciones técnicas, memoria y planos del proyecto adjuntos en el Proyecto de Aguas Lluvias en el Anexo F de la DIA y Anexo E de la Adenda. | | Actividades de Mantención | Aguas lluvias: Como mínimo una vez al año y antes del inicio del período de lluvias, se deberán realizar las siguientes obras de mantenimiento: 1.- Limpieza de canaletas de piso: · Se deberá proceder a la extracción de las basuras y sedimentos acumulados. Las canaletas deben ser limpiadas y quedar libre de piedras, tierra y cualquier elemento que obstruya el libre escurrimiento de las aguas. · Si existiera barro, también deberá ser removido, teniendo especial cuidado en no dañar la canaleta. Se recomienda utilizar un sistema de limpieza con agua presurizada. · De ser necesario, las canaletas que se encuentren deterioradas, deberán ser reemplazadas. 2.- Limpieza de cámaras de inspección y cámaras decantadoras: · Al igual que las canaletas, las cámaras deberán destaparse y limpiarse una a una, eliminando todo tipo de basura, piedras, barro, etc. acumulados en el fondo. · Se recomienda retirar los elementos sólidos y posteriormente utilizar un sistema de limpieza con agua presurizada. | | Vialidad | El proyecto tendrá ubicado un único acceso de ingreso y egreso, por Av. Diego Portales. El titular presentó sectorialmente a la SEREMITT RM un EISTU, el cual se encuentra aprobado mediante ORD.SM/AGD/N° 8592 de fecha 16 de noviembre de 2016, según consta en el Anexo A.3 de la Adenda. | | 4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS | | Nombre | Descripción | | Agua potable y alcantarillado de aguas servidas | El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°006118 de fecha 19/08/2016, otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A., adjunto en el Anexo A.4 de la DIA. Al respecto, el titular aclara en la respuesta 1.9 de la Adenda que: “…toda el área del proyecto se encuentra emplazada dentro del área de concesión que indica la factibilidad entregada. Al respecto en el Anexo B.3, se presenta el plano preliminar de agua potable del proyecto, donde se muestra la ubicación del vértice 293 y el límite al oriente del predio de la zona de concesión (línea imaginaria que se traza hasta el vértice 292), la cual se presenta al nor-oriente del área del Proyecto”, concluyendo por consiguiente que: “…. el proyecto presenta factibilidad del agua potable y alcantarillado, para toda el área de emplazamiento”. | | Electricidad | La energía será provista por la empresa eléctrica CGE Distribución, la cual es la encargada de abastecer de electricidad a la comuna de Puente Alto. | | 4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS | | El proyecto no contempla la generación de productos. | | 4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES | | El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables. | | 4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES | | 4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS | | Emisiones (ton/año) | Durante esta fase, las emisiones de material particulado y gases por combustión, serán producto de la circulación de los vehículos de los propios residentes, en su recorrido hasta el anillo A. Vespucio, además de un grupo electrógeno de emergencias 130 KVA-380 V(104 KW), para cada uno de los edificios (4 en total) del conjunto habitacional. Cabe señalar que la operación total del conjunto habitacional se mantendrá desde el año 5 en adelante. En el Anexo C de la Adenda, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones de la fase de construcción: Tabla 8: Emisiones atmosféricas, fase de operación. | Emisiones atmosféricas (ton/año) | | Año | Fase | | | | | SOx | NOx | MP10 Total | | Año 5 en adelante | Operación | 0,362 | 2,700 | 2,427 | | Límite según PPDA | 50 | 8 | 2,5 | Fuente: Tabla 49, Anexo C de la Adenda. De acuerdo a los cálculos realizados y adjuntos en el Anexo C de la Adenda, el proyecto en esta fase, no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones. | | 4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES | | Nombre | Descripción | | Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas) | El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°006118 de fecha 19/08/2016, otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A., adjunto en el Anexo A.4 de la DIA. | | 4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO | | Nombre | Descripción | | Ruido | Durante esta fase se considera que el único equipo del cual podrían esperarse emisiones de ruido (sólo en caso de corte de suministro) es el grupo electrógeno, el cual estará ubicado a nivel de piso, en sector de estacionamientos, no siendo necesario un ducto especial de salida de gases. Para la evaluación normativa, se consideró el escenario más desfavorable, es decir, en horario nocturno. Al respecto, la tabla 16 del Anexo E de la DIA presenta los resultados de la evaluación de cumplimiento normativo en todos los receptores. Dado que en alguno de ellos el funcionamiento del grupo electrógeno de emergencia podría generar niveles mayores al límite máximo permitido en horario nocturno, se deberán aplicar medidas de control al equipo tal como se detalla en el punto 8.1.2 del citado Anexo, es decir, se utilizarán equipos generadores eléctricos que cuenten con cabina insonorizada. Para la salida de escape de gases, estos equipos contarán con silenciadores del tipo “catalizadores” con una reducción total de 20 dB. Por su parte, la tabla 21 del Anexo E de la DIA muestra la reevaluación del cumplimiento considerando el funcionamiento del grupo electrógeno con el dispositivo silenciador. Al respecto, se concluye que el proyecto cumplirá los máximos permitidos por el D.S N° 38/11 MMA, en horario diurno y nocturno y en todos los receptores evaluados, con la correcta implementación de la medida de control indicada. Cabe señalar que según el PRC de Puente Alto, los receptores se localizan en Zona H2 y Zona R2, homologable a Zona III según el D.S. N° 38/11 del MMA, es decir, el límite máximo nocturno corresponde a 50 dB(A). | | 4.4.6 RESIDUOS | | 4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS | | Nombre | Descripción | | Residuos sólidos domiciliarios y asimilables e industriales no peligrosos | Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, serán generados producto de las actividades cotidianas de los residentes de las casas y edificios, como también del personal administrativo del Condominio. Respecto el almacenamiento temporal y manejo de los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, se contempla: Etapa 1 y 2: El condominio de casas, tendrá una Sala de Basura común con una superficie de 19,57 m2, con 17 contenedores (360 L). Además de 14 contenedores (360 L) repartidos por el terreno del condominio de casas. Etapa 1 y 2: Para los edificios, en total existirán 4 salas de basura con una superficie cada una de 12,11 m2 ubicadas en el primer piso de cada edificio (4 edificios), con un total 4 ductos y un total de 26 contenedores (360 L). La generación de los residuos se estima de la siguiente manera: Tabla 9: Generación de residuos fase de operación. | | ETAPA 1 y ETAPA 2 | ETAPA 1 Edif 1 | ETAPA 1 Edif 2 | ETAPA 2 Edif 3 | ETAPA 2 Edif 4 | | Total viviendas | 98 casas | 48 deptos. | 48 deptos. | 48 deptos. | 48 deptos. | | Total personas | 490 | 192 | 180 | 192 | 180 | | Basura/personas/día (litros) | 1.960 | 768 | 720 | 768 | 720 | | Basura/personas/3 días (litros) | 5.880 | 2.304 | 2.160 | 2.304 | 2.160 | Fuente: Tabla I-29 de la DIA. Mayores antecedentes en relación al manejo de los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios se adjuntan en el PAS 140 de la DIA, punto 3.6.1. Las descripciones detalladas de cada una de las salas de basura se pueden apreciar en los planos del proyecto de basura, adjunto en el Anexo B.2 de la DIA. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Capítulo IV del ICE. | | 4.5. FASE DE CIERRE. | El proyecto no contempla fase de cierre debido a las características del mismo, el cual tiene considerada una vida útil de carácter indefinido. | | 4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD. | | 4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN. | | Fecha estimada de inicio | Se estimaba para marzo de 2017. | | Parte, obra o acción que establece el inicio. | El hito que da inicio a esta fase corresponde a la actividad de preparación del terreno mediante la demarcación de las obras proyectadas para iniciar los movimientos de tierra. | | Fecha estimada de término. | 41 meses en total. Etapa 1: 22 meses posterior al inicio. Etapa 2: 19 meses, iniciando actividades en el mes 23. | | Parte, obra o acción que establece el término. | Recepción Municipal. | | 4.6.2. FASE DE OPERACIÓN. | | Fecha estimada de inicio. | El proyecto estima iniciar su fase de operación durante el mes de noviembre del año 2018 (etapa 1) y durante el mes de julio 2020 (etapa 2). | | Parte, obra o acción que establece el inicio. | La operación se iniciará una vez obtenido el Certificado de Recepción Municipal. | | Fecha estimada de término. | Indefinida. | | 4.6.3. FASE DE CIERRE | | No contempla | | 4.7 MANO DE OBRA | | Fases | Número máximo de personas | Número promedio de personas | | Construcción | 280 | 76 | | Operación | 4 | 4 | | Cierre | No contempla | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | Tabla 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS. | | Impacto ambiental no significativo. | Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos. De acuerdo a los cálculos de emisiones atmosféricas, adjuntos en el Anexo C de la Adenda “Informe Estimación de Emisiones”, el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA en ninguna de sus fases, por lo cual no deberá compensar emisiones. Sin perjuicio de ello, para minimizar las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la fase de construcción, el titular considera implementar las medidas de control descritas en el punto 7.2 del citado Anexo. Respecto a la emisión de ruido, en base a modelaciones, éstas indican que las actividades inherentes a la fase de construcción del proyecto no superarán el nivel de inmisión de ruido máximo permitido por el D.S. N 38/11 del MMA para horario diurno al implementar correctamente las medidas de control indicadas en el capítulo 8, punto 8.1.1 del Anexo E de la DIA. Por su parte, para la fase de operación se deberá implementar una medida de control de ruido para los equipos generadores, según se detalla en el punto 8.1.2 del Anexo E antes citado, con lo cual se concluye que el proyecto cumplirá los máximos permitidos por el D.S. N° 38/11 MMA, en horario diurno y nocturno y en todos los receptores evaluados. | | Parte, obra o acción que lo genera. | Construcción: Escarpe, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte. Preparación del terreno y obra gruesa. Operación: Grupo electrógeno de emergencia, circulación de vehículos. | | Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada | El terreno del proyecto corresponde a área urbanizable de la comuna de Puente Alto, según lo establecido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Puente Alto. En particular, se ubica en las Zona H2: Residencial y Equipamiento y Zona R2: Riesgo natural de inundación de quebradas y cauces artificiales, según art. 8.2.1 del PRMS; y parte del sistema de áreas verdes metropolitano según artículo 5.2 del PRMS, que permiten el uso residencial, equipamiento e infraestructura. Cabe señalar que el emplazamiento de las construcciones se presentan fuera de la zona de restricción, respetando así lo señalado en los Instrumentos de Planificación Territorial (Plan Regulador Comunal de Puente Alto y PRMS) | | Fase en que se presenta. | Construcción y Operación. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Puntos 5.1 y 6.1 del ICE. | | El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce. | | Tabla 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE. | | El área del proyecto presenta evidencias de un cierto grado de perturbación y alteración antrópica. Lo anterior determina que, el suelo en su actual estado no detenta capacidad natural para sustentar biodiversidad de importancia, por lo que la construcción del proyecto no determina una pérdida de esta componente. De las especies registradas en el área de influencia, cuatro están clasificadas con alguna categoría de conservación. Considerando los resultados anteriores, se presenta un Plan de Manejo Ambiental para las especies de baja movilidad con categoría de conservación, ya que son especialmente vulnerables a acciones implicadas en la construcción del proyecto, como la remoción de la vegetación y el suelo. La unidad con vegetación nativa presente en el área del proyecto, conformada por Acacia caven (espino) y Maytenus boaria (maitén), pertenecientes al tipo forestal esclerófilo, no constituyen bosque de acuerdo a lo indicado en la Ley 20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo, tampoco califican como formaciones xerofíticas ya que, no cumplen con los criterios definidos por la Ley, su reglamento y la guía de evaluación ambiental de CONAF. Las comunidades vegetales descritas se encuentran considerablemente modificadas, cuyos estados sucesionales distan de asemejarse a comunidades de vegetación natural de Chile, por consecuencia se puede indicar que la afectación de la vegetación existente no generaría pérdidas significativas de comunidades vegetales de origen fitogeográfico nativo. Dadas las características del proyecto y las factibilidades de agua potable y aguas servidas, así como el sistema de aguas lluvias diseñado para el proyecto, no se espera un detrimento del recurso hídrico a consecuencia de éste. El manejo de residuos para ambas fases del proyecto se realiza conforme lo establece la legislación vigente. Los residuos generados en la fase de construcción serán manejados y dispuestos en sitios autorizados según se detalla en los puntos 1.5.7.2, 3.6.1 y 3.6.2 de la DIA y respuesta 1.16 de la Adenda. Por su parte, los residuos generados en la operación serán manejados y dispuestos conforme a lo indicado en los puntos 1.6.9.2 y 3.6.1 de la DIA. El eventual abastecimiento de combustibles líquidos para maquinarias y equipos para las excavaciones y habilitación de terreno se realizará en instalaciones externas. Durante la fase de construcción se utilizarán sustancias peligrosas, cuyo manejo se encuentra detallado en el punto 1.5.8 de la DIA y respuesta 2.1 e) de la Adenda, el cual se ajustará a lo establecido en el D.S. N°43/2015 MINSAL. Respecto a la profundidad de la napa freática, en la respuesta 1.20 de la Adenda, el titular indica en relación al Anexo C de la DIA, que el proyecto se encuentra cercano a una zona con una profundidad (medida desde el nivel del terreno a partir de la cual el suelo se encuentra saturado) sobre los 50 metros. Por otra parte, aclara que de acuerdo al plano de planta de fundaciones (Anexo B.4 de la Adenda), el valor de profundidad máxima en la zarpa de fundaciones alcanza -70 cm, de acuerdo a lo cual la profundidad máxima de las excavaciones serían unos 20 cm extra, siendo la profundidad máxima de las excavaciones de sólo 90 cm, esto considerando que no existen niveles subterráneos. De acuerdo a lo anterior, es posible afirmar que no existirá una afectación al recurso hídrico subterráneo, considerando que existirá una diferencia de más de 50 metros entre las excavaciones y la profundidad del acuífero. En la respuesta 1.13 de la Adenda, el titular reconoce que parte del terreno se encuentra afectado por una franja de restricción del Canal Las Perdices, de 20 metros de ancho, sin embargo señala: “… la totalidad de esta superficie se encuentra contenida dentro de la apertura de la Av. Las Perdices (25 metros). Lo anterior se encuentra descrito en el certificado de informaciones previas N°64829 de fecha 22.04.2015, emitido por la Dirección de Obras Municipales de Puente Alto,…”. Adicionalmente, en la respuesta 1.8 de la Adenda Complementaria, adjunta un plano (Anexo B.2) del área del proyecto en relación a la franja de riesgo, “en el cual se demuestra que el emplazamiento de las construcción se presentan fuera de la zona de restricción, respetando así lo señalado en los Instrumentos de Planificación Territorial (Plan regulador comunal de Puente Alto y PRMS)”, concluyendo que: “En consideración a lo antes expuesto, es posible señalar que el Proyecto inmobiliario en ningún caso genera un cambio en la situación de riesgo del terreno, ciñéndose a los usos permitidos en dicha zona de restricción”. Por otra parte, en relación a las quebradas, indica que: “… se debe considerar que en el área de emplazamiento del proyecto, el área de riesgo R2, denominada “Riesgo de Origen Natural de Inundación de Quebrada y Cauce Artificial”, se encuentra asociada al canal Las Perdices y no a cauces naturales, como quebradas. La quebrada más cercana al área del Proyecto se encuentra a unos 200 metros al norte, y corresponde a la quebrada O-6 La Morfilana” (figura AD2-1, Adenda Complementaria) En otro sentido, respuesta 1.19 de la Adenda, el titular aclara que el tramo del canal Las Perdices que enfrenta el proyecto se encuentra entubado desde el año 2012, cuando se ejecutó el proyecto de Abovedamiento Canal Las Perdices entre Diego Portales y Complejo La Florida (l=930 m), realizado por la Sociedad del Canal del Maipo. Al respecto, concluye: “Debido a estos trabajos, la situación de riesgo de inundación en este tramo es poco probable, dado que el desborde del canal se produciría en sectores no entubados del mismo. De acuerdo a lo anterior, por lo cual es factible descartar el riesgo de inundación en el área del proyecto”. Además, en la respuesta 1.20 d) de la Adenda indica que: “… la acequia saliente del canal o derivado de las Perdices, que abastecía el predio de agua para riego, se encuentra cerrado por la asociación de canalistas, tal como se señaló en el Anexo C de la DIA”. En el Anexo A.1 de la Adenda se adjunta el Certificado otorgado por la Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo que acredita lo anterior, por tanto el proyecto no requiere realizar obras en este sentido. Cabe agregar además lo señalado por el titular en la respuesta 1.28 de la Adenda: “De acuerdo a lo observado en la Figura AD1-7, el área del proyecto se encuentra en una zona de bajo a nulo peligro de remoción en masa tipo Flujos de Detritos. Esto se debe a que corresponden a áreas de antiguos abanicos aluviales, actualmente inactivos. Adicionalmente la zona urbana, al poniente del Proyecto, presenta un bajo peligro de acumulación de aguas lluvias. Al norponiente, distante aproximadamente unos 4,5 km, se encuentra una pequeña zona que posee un largo aproximado de 200 m y que presenta un alto peligro de acumulación de aguas lluvias en la zona urbana de Santiago, debido a que existen sectores que son frecuentemente inundados durante lluvias intensas y/o prolongadas.”, además agrega que: “como medida de protección se consideran las franjas de restricción de quebradas y cursos de agua, en donde solo se permitirá el equipamiento de áreas verdes, recreacional-deportivo y de esparcimiento, con las instalaciones mínimas complementarias a actividades al aire libre que no impliquen concentración masiva o permanencia prolongada de personas, no pudiendo alterar su carácter de área verde, su valor paisajístico o su equilibrio ecológico. En este caso, el curso de agua presente en el área del proyecto corresponde al Canal Las Perdices, el cual se presenta entubado desde el año 2012, cuando se ejecutó el proyecto de Abovedamiento Canal Las Perdices entre Diego Portales y Complejo La Florida (l=930 m), realizado por la Sociedad del Canal del Maipo, reduciendo así el riesgo de inundación y de remociones en masa, en el sector de emplazamiento”. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Puntos 6.2 del ICE | | El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. | | Tabla 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS, O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS. | | Impacto ambiental no significativo. | Aumentos en los tiempos de desplazamiento y obstrucción del libre tránsito de peatones e incremento en la demanda de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Respecto al desplazamiento de vehículos y según lo que establece el EISTU aprobado, no se verán afectadas las condiciones de desplazamiento actuales para quienes transitan hacia la zona de ubicación del proyecto y hacen uso de transporte público. Considerando la peor condición de los residentes saliendo del predio y considerando una proyección que estima la demanda vehicular que generará el proyecto. Sobre la base de lo anterior, y las medidas que serán implementadas por el titular (ejecución de nuevas veredas y calzadas por Avda. Diego Portales y Las Perdices, generación de un nuevo retorno, entre otras), se puede establecer que tanto la fase de construcción, como operación del proyecto, no generará impactos significativos, respecto de la libre circulación de los grupos humanos del AI del proyecto. El proyecto mejora la condición basal actual, por tanto, no se espera que en las distintas fases del proyecto se genere una obstrucción o restricción significativa a la libre circulación de la comunidad en el AI. En consecuencia, con los indicadores revisados en el punto 3 del Anexo I de la Adenda, es posible considerar que el emplazamiento del proyecto no generará una alteración significativa en los tiempos de desplazamiento de los vecinos del AI. Para la fase de construcción se considera la circulación de camiones fuera de horarios punta, acceso expedito al predio y estacionamientos dentro del mismo. En el caso de la operación, es posible que aumente el número de personas peatones, sin embargo, las citas señaladas no sugieren alteraciones por causa de aglomeración, tumulto o bloqueos de pasos peatonales. La ejecución de las obras de urbanización en la vía pública, tampoco representa una alteración u obstrucción de los peatones o vehículos, ya que esta corresponde a una franja afecta a utilidad pública que tiene que entregar el titular, y que está dentro del predio del proyecto. Finalmente a modo de conclusión, y en base a los antecedentes presentados en relación a peatones, ciclistas (viajes no motorizados) y viajes generados atraídos por el proyecto (viajes motorizados) y las medidas de mitigación indicadas por la EISTU se puede establecer que, durante las fases, tanto de construcción como operación, del proyecto no debiera generarse obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los viajes “motorizados” (vehículos particulares, públicos y otro tipo) y “no motorizados” (peatones y ciclistas) en el área de influencia. Según Anexo C de la DIA, el proyecto no impide o dificulta el ejercicio o manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que afecten los sentimientos de arraigo y cohesión del grupo social. En el informe de caracterización de medio humano (Anexo H de la DIA), se plantea que la transformación de uso de suelo, ha producido cambio en el territorio y de las actividades que en ella se realizan. Siendo en sus orígenes, principalmente vitivinícola y que actualmente se ha configurado como sector residencial, especialmente de dormitorio, encontrándose en el AI diferentes asentamientos, tales como villas, conjuntos residenciales y condominios, que se han expandido lentamente desde hace aproximadamente 15 años. Así las características básicas de identidad, tanto del sector como del distrito El Peral, sugieren que la población de dichas áreas es principalmente católica, presentando una baja adscripción indígena y un alto porcentaje de migrantes pertenecientes a otras comunas, lo que demuestra que los niveles territoriales analizados han ido expandiéndose de forma progresiva. Los principales elementos que dan cuenta de la identidad barrial del sector y que además permiten comprender las relaciones existentes entre sus habitantes y los tipos de interacciones presentes en y con el lugar indican (Anexo H de la DIA, Análisis de la relación con el proyecto, Pág. 92), que existe una tendencia a la práctica de vida familiar. Manifestando de esta forma escasa cohesión social y relación vecinal. Si bien a nivel comunal se presentan diversas organizaciones vecinales y funcionales, en el AI no se identifican juntas de vecinos u otra organización comunitaria. Se valoran ciertas características positivas del sector, entre ellas la tranquilidad. Sin embargo, no se identifica sentimiento de arraigo con el territorio, esto puede que se relacione con la ausencia de espacios públicos y de encuentro significativos que fomenten los vínculos con la comunidad. Así como con el tiempo que llevan viviendo en el lugar. Por su parte, el desarrollo urbano que ha tenido el sector, a través de distintos proyectos que se han ido asentando en el lugar con residentes que vienen de distintos sectores, es difícil que se establezca una configuración de tejido social, que refuerce las relaciones vecinales y la cohesión social, así como los sentimientos de arraigo al territorio. De esta manera, es posible considerar que el proyecto, en sus fases de construcción y posterior operación, no afectará los rasgos identitarios y de costumbres de la población residente, puesto que sus vínculos con el territorio son escasos y no se percibe como una amenaza ni afectaría negativamente los intereses comunitarios, laborales o de seguridad de los habitantes del sector, debido a que presentan las mismas características socioeconómicas y probablemente las mismas pautas de costumbres y formas de vida. Mayores antecedentes en el Anexo H de la DIA, Anexo I de la Adenda y Anexo C de la Adenda Complementaria. | | Parte, obra o acción que lo genera. | Vialidad, nuevos habitantes. | | Fase en que se presenta | Operación. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Puntos 5.2 y 6.3 del ICE | | El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | | Tabla 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR. | | Cabe consignar que el proyecto o actividad no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni afecta el valor ambiental de algún territorio o recurso a conservar. De la tabla II-9, presentada en el capítulo II de la DIA, se establece que el área o sitio protegido más cercano se ubica a 3,9 kilómetros distante del área de proyecto, correspondiente a el Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, identificado como El Morado. De todo lo anterior se concluye que, el proyecto no se emplaza en o próximo a áreas colocadas bajo protección para efecto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Punto 6.4 del ICE. | | El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. | | Tabla 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA | | El proyecto al ser del tipo inmobiliario, coincide con las actividades que se permiten desarrollar en el área, según lo señalado por el PRMS y PRC. Al respecto, el proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico o turístico, puesto que se inserta en un área que permite distintos usos de suelo. La categoría residencial es predominante en este sector. Estas residencias se dividen en 2 tipos, las que se concentran en condominios o villas y las que se localizan como parcelas de agrado. En el numeral 6.3.2 del Anexo C “Caracterización del Predio y su entorno” de la DIA, se detalla y observan fotografías de las diferentes construcciones que se han erguido en los alrededores del área del proyecto, entre ellas Colegios, Condominios, Comercio, Centros, Equipamiento de Seguridad e Infraestructura de Transporte, Actividades productivas. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Punto 6.5 del ICE. | | El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. | | Tabla 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL. | | El análisis bibliográfico y la revisión de los Archivos del Consejo de Monumentos Nacionales, sobre el área de influencia directa del proyecto permitió establecer que no existen Monumentos Nacionales declarados en las siguientes categorías: histórico, santuario de la naturaleza y zona típica (Cabeza, A y M. Vega 1997). Los Monumentos de carácter Histórico existentes en la comuna de Puente Alto, se encuentran varios kilómetros de distancia del área del proyecto y corresponden a la Bodega de Vinos Ex Viña San Carlos, declarada por Decreto Exento 534, el 20 de septiembre de 1995. El otro Monumento Histórico corresponde al Puente Colonial en el Canal San Carlos Viejo, declarado por Decreto 194 el 27 de junio del 2014. Por tanto, de los Monumentos Nacionales mencionados anteriormente, el proyecto no renovará, destruirá, excavará, deteriorará intervendrá ni modificará de ninguna forma alguno de éstos. El área de influencia del proyecto, conforme a lo señalado en la Caracterización del Predio y su Entorno (Anexo C de la DIA), se encuentra alejada de lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico. | Punto 6.6 del ICE. | | El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. | 6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS. | 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA. | | Fase del proyecto a la cual corresponde. | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a que aplica. | Fase de construcción: Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos, tal como es posible evidenciar en la figura III-1 de la DIA, el cual poseerá las siguientes dimensiones: 7 m de ancho por 18 m de largo. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos asimilables a domiciliarios (RAD). El área para los contenedores de RAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas. Fase de operación: Salas de basura especialmente acondicionadas para la acumulación de residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios que se generen en esta fase. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. | Fase de construcción: Los residuos generados en esta fase y que serán almacenados de forma transitoria son: · Residuos domiciliarios, serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días. · Excedentes de tierra, serán retirados diariamente, ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrán en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario. · Residuos inertes, serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con lona o malla raschel, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 2 semanas. · Residuos reutilizables, se dispondrán en un sector de la obra debidamente habilitado e identificado para este propósito. Serán almacenados y retirados mensualmente (Figura I-9 de la DIA) En el punto 3.6.1 de la DIA y respuesta 3.1 de la Adenda se adjuntan mayores antecedentes en relación al PAS 140 para la fase de construcción. Fase de operación: Etapa 1 y 2: El condominio de casas, tendrá una Sala de Basura común donde se acopiarán los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, con una superficie de 19,57 m2, con 17 contenedores (360 L). Además de 14 contenedores (360 L) repartidos por el terreno del condominio de casas. Etapa 1 y 2: Para los edificios, en total existirán 4 salas de basura con una superficie cada una de 12,11 m2 , ubicadas en el primer piso de cada edificio (4 edificios), con un total de 4 ductos y un total de 26 contenedores (360 L). Mayores antecedentes se adjuntan en el punto 3.6.1 de la DIA, para el PAS 140, fase de operación y Anexo B.2 de la DIA. | | Pronunciamiento del órgano competente. | La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2052, de fecha 07 de abril de 2017, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, indicando además: “Para la fase de operación, el proyecto dispondrá de salas de basuras para el edificio y contempla áreas para la apropiada ubicación de contenedores y el debido desplazamiento del personal en sus tareas de aseo y clasificación”. | | Referencia al ICE para mayores detalles. | Capítulo IV, puntos 4.3.5.1 y 4.4.6.1 y Capítulo IX, punto 9.1.1. | | 6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA. | | Fase del proyecto a la cual corresponde. | Construcción. | | Parte, obra o acción a que aplica. | Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. | El proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos (RESPEL) durante la fase de construcción. Para ello, se habilitará una (1) bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03, del MINSAL y a la OGUC. La estimación de los RESPEL generados se detallan en el punto 4.4.5.2 del ICE. Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos se describen en el PAS 142 de la DIA (pto. 3.6.2) y respuestas 3.2 y 3.3 de la Adenda. | | Pronunciamiento del órgano competente. | La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 2052, de fecha 07 de abril de 2017, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS. | | Referencia al ICE para mayores detalles. | Capítulo IV, puntos 4.3.5.2 y 4.4.6.2 y Capítulo IX, punto 9.1.2. | | 6.1.3. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del RSEIA. | | Fase del proyecto a la cual corresponde. | Construcción. | | Parte, obra o acción a que aplica. | Captura y relocalización de especies en categoría de conservación: lagarto chileno (Liolaemus chiliensis), lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus), lagartija esbelta (Liolaemus tenuis) y culebra de cola larga (Phylodrias chamissonis). | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento. | De acuerdo a la caracterización presentada en el Anexo D de la Adenda, para el componente fauna, para lo cual se realizó una campaña de terreno, entre los días 10 y 13 de enero de 2017, se obtuvo como resultado de la prospección en terreno el registro de 25 especies de vertebrados terrestres. De las especies registradas en el área de captura, cuatro están clasificadas con alguna categoría de conservación, a saber, el lagarto chileno (Liolaemus chiliensis), la lagartija lemniscata (Liolaemus lemniscatus) y la lagartija esbelta (Liolaemus tenuis), las cuales poseen la categoría Preocupación Menor, según el D.S. 19/2012 del Ministerio de Medio Ambiente (MMA). Del mismo modo la culebra de cola larga (Phylodrias chamissonis), posee la misma categoría de Preocupación Menor, de acuerdo al D.S. 16/2016 del MMA. Por tanto, el permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, definido en el Artículo 146 del RSEIA, es solicitado para las dichas especies. En relación al número de ejemplares estimados a capturar, en la tabla 1 del Anexo C de la Adenda Complementaria, se entrega la abundancia absoluta de mamíferos y reptiles observados en terreno. Dicho parámetro se considera como el valor mínimo de individuos que serán capturados. Mayores detalles se describen en el PAS 146 (Anexo c de la Adenda Complementaria) y respuestas 2.1 a 2.5 de la Adenda Complementaria. | | Pronunciamiento del órgano competente. | El SAG, mediante Ord N° 1840, de fecha 30 de junio de 2017, se pronuncia conforme señalando que: “El titular deberá realizar las actividades de captura y relocalización en la época de mayor actividad biológica de las especies, para garantizar el éxito de la medida”. | | Referencia al ICE para mayores detalles. | Capítulo IX, punto 9.1.3. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente: | 7.1 D.S. N°144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las fases. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción: Escarpe, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte. Operación: Grupo electrógeno de emergencia, circulación de vehículos. | | Forma de cumplimiento | Construcción: Durante el desarrollo de las obras se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir la emisión de polvos fugitivos generado por las actividades constructivas del proyecto. · Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 2 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Sin embargo, durante los meses de invierno se reducirá la humectación, debido a que las condiciones de radiación solar y humedad ambiental, permite mantener la humedad superficial del suelo por mucho más tiempo. · Para este efecto, se implementará un camión aljibes, previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 1,5 veces. · Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, colegios, lugares de trabajo, entre otros. · El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. · Para la descarga de escombros desde los niveles sobre el suelo (2° piso), se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor. · Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. · Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto, mediante señalética ad-hoc. · No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales. · Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del proyecto (cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten). · Las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Operación: · Equipos con las mantenciones al día. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Construcción: Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos. Fotografías de terreno. Operación: Registro de mantenciones de los equipos. | 7.2 D.S. N°47/1992 del MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, OGUC. | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas/Ruido. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Ejecución de las obras durante la fase de construcción. | | Forma de cumplimiento | Emisiones atmosféricas: · Humectar las vías internas no pavimentadas a lo menos 2 veces al día cuando sea necesario. · Instalar malla raschel u otro retenedor de polvo. · Descargar escombros desde sobre suelos vía chutes o símil. · Transportar materiales que puedan dispersarse en camiones con tolvas cubiertas. · Instalar señalética ad hoc. · Corte de materiales en áreas cerrada conforme propuesto. · Lavar las ruedas de camiones que salgan del proyecto cuando sea necesario. · Humectar sector previo a las faenas de limpieza (barrido y levantamiento de escombros). Ruido: En cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales lo siguiente: a) Los Horarios de funcionamiento de la obra. b) La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas. c) Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Emisiones atmosféricas: Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos. Fotografías de terreno. Ruido: Copia timbrada por la DOM, de la carta informativa. | | 7.3 D.S. N°66/2009 MINSEGPRES. Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA). | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las fases. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción: Escarpe, excavaciones, carga y volteo, acopio de material, actividades de transporte. Operación: Grupo electrógeno de emergencia, circulación de vehículos. | | Forma de cumplimiento | De acuerdo a lo indicado en el punto 4.3.4.1 y 4.4.5.1 del presente informe consolidado, el proyecto cumple con los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, no requiriendo compensar emisiones en ninguna de sus fases. Sin perjuicio de lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de abatimiento y control: Construcción: · Durante el desarrollo de las obras se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir la emisión de polvos fugitivos generado por las actividades constructivas del proyecto. · Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 2 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Sin embargo, durante los meses de invierno se reducirá la humectación, debido a que las condiciones de radiación solar y humedad ambiental, permite mantener la humedad superficial del suelo por mucho más tiempo. · Para este efecto, se implementará un camión aljibes, previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 1,5 veces. · Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, colegios, lugares de trabajo, entre otros. · El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. · Para la descarga de escombros desde los niveles sobre el suelo (2° piso), se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor. · Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día. · Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto, mediante señalética ad-hoc. · No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales. · Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del proyecto (cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten). · Las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Operación: · Para los grupos electrógenos, se cumplirá con la exigencia establecida en el artículo 97 del PPDA, de contar con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, mediante el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que luego serán informadas anualmente a la Seremi de Salud RM por la administración del condominio. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Construcción: Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos. Fotografías de terreno. Operación: Registro de la medida implementada. Registro de informe a la SEREMI de Salud. | | 7.4 D.S. N°75/1987 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas - Vialidad y transporte | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte (excedentes de tierra de excavaciones y escombros). | | Forma de cumplimiento | Los vehículos que transporten los materiales estarán equipados de modo que aseguren que éstos no escurran o caigan al suelo. El transporte de materiales se efectuará siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otros sistemas que impida su dispersión al aire. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Control de entrada y salida de los vehículos pesados con carga cubierta de materiales que produzcan polvo. Contratos, Subcontratos u Órdenes de Compra de servicios de Transporte que indiquen la obligación del transportista del cumplimiento de las medidas contenidas en la norma. | | 7.5 D.S. N°138/2005 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones que indica. | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Grupos electrógenos. | | Forma de cumplimiento | · El equipo de GE contará con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC. · Su uso es de emergencia, por ende está acotado y determinado a que eventualmente se produzca el corte del suministro. · El titular incluirá en el Reglamento de Copropiedad del condominio la obligación de entregar a la autoridad todos los antecedentes para determinar las emisiones de contaminantes generadas por el GE. · Declaración de emisiones de los GE. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Comprobante de declaración de emisiones del GE por ventanilla única del RETC. | 7.6 D.S. N°1/2013 del MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes RETC. | | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas/Residuos Peligrosos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación, según corresponda. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción: Generación de RESPEL. Operación: Generación de emisiones por utilización de Grupos electrógenos. | | Forma de cumplimiento | Construcción: El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento. Operación: El titular incluirá en el Reglamento de Copropiedad del condominio la obligación de entregar a la autoridad todos los antecedentes para determinar las emisiones de contaminantes generadas por el GE que será utilizado sólo en caso de emergencia. Declarar emisiones utilizando ventanilla única del RETC. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Ambas fases: Comprobante de Declaración de Emisiones, de acuerdo a lo que corresponda. | | 7.7 D.S. N°38/2011 del MMA. Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica. | | Componente/materia: | Ruido. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las fases. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Construcción: Preparación del terreno, obra gruesa. Operación: Grupo electrógeno de emergencia. | | Forma de cumplimiento | Construcción: Se implementarán medidas de control consistentes en barreras acústicas y cierre de vanos para trabajos en altura, que se interpondrán entre al área de faenas y los receptores correspondientes a modo de garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos por el D.S. N° 38/11 del MMA, considerando lo siguiente: · Las barreras acústicas serán construidas mediante paneles de madera OSB de al menos 15 mm de espesor, montadas sobre estructura metálica o similar, cubiertas por la cara interior (hacia la obra) con material absorbente tipo lana mineral. · Todas las uniones entre placas y contra el terreno u otras estructuras serán herméticas de manera de evitar fugas de ruido y pérdidas de eficiencia de la medida. · El cierre de vanos se instalará en el(los) piso(s) donde se registren obras, cubriendo de manera hermética la cara de la edificación que enfrenta a los receptores sobre los que se estimó la superación normativa. Operación: Se utilizarán equipos generadores que cuenten con cabina insonorizada. Para la salida de escape de Gases, estos equipos contarán con silenciadores del tipo “catalizadores” con una reducción total de 20 dB. En la figura 12 del Anexo E de la DIA se muestra un catálogo de equipos referenciales donde se indican las especificaciones de los silenciadores que se pueden adquirir. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Construcción: Informes de Monitoreo de ruido mensuales respecto a receptores para los que se implementan las medidas de control en la fase de construcción. Mantención de un registro con fotografía georreferenciadas desde el punto de captura, respecto a los receptores dónde corresponda instalar las medidas de control propuestas. Operación: Registro de las características técnicas de los grupos electrógenos. | 7.8 Ley N°458/1976 y D.S. N° 47/1992, MINVU. Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, (LGUC, OGUC). | | Componente/materia: | Ordenamiento territorial. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto. | | Forma de cumplimiento | Previo al inicio de la fase de construcción, el titular requerirá los permisos de edificación a la DOM. El proyecto cumplirá con lo establecido en el PRC y el PRMS respecto al número de estacionamientos. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Permiso de edificación otorgado por la DOM de Puente Alto. | | 7.9 D.S. N°594/99 y sus modificaciones, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. | | Componente/materia: | Residuos/Agua Potable y Aguas Servidas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos en la ejecución de las obras durante la fase de construcción. | | Forma de cumplimiento | Residuos líquidos: Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final. El lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. Residuos sólidos: · Asimilables a domiciliarios: Obtención PAS 140. · Excedentes de tierra: Retiro de los residuos por camiones con tolvas cubiertas hasta lugar de disposición final autorizado. · Reutilizables: Retiro de los residuos por camiones con tolvas cubiertas hasta lugar autorizado para su reciclaje o reutilización. Residuos Sólidos Peligrosos: Construcción bodega RESPEL y retiro de residuos por camiones autorizados hasta lugar de disposición final. Agua Potable y Aguas Servidas: Se mantendrá en el proyecto un suministro de agua potable con una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día, la que deberá cumplir los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409, “Requisitos del Agua para Consumo Humano”, según lo establecido en el D.S. N° 594/99 del MINSAL. Posteriormente, el agua potable será provista por medio de conexión a la red de agua potable. Respecto a las aguas servidas, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. La instalación, mantención de los baños, así como también el retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que: • El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL. • Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando se empocen las aguas y se generen focos de insalubridad. • Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo. El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Residuos líquidos: El comprobante de estas acciones será mantenido en obra, a disposición de la autoridad, para su fiscalización. Residuos sólidos: · Asimilables a domiciliarios: Mantener en la obra copia de la resolución sectorial que otorga en Permiso. · Excedentes de tierra: Inspección y Registro del Encargo Técnico o Ambiental de la obra que incluirá boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros. · Reutilizables: Inspección y Registro del Encargo Técnico o Ambiental de la obra que incluirá boletas, facturas u otros documentos que acrediten la correcta ejecución del procedimiento. Residuos Sólidos Peligrosos: Copia de la resolución sectorial que aprueba la bodega RESPEL, y comprobantes de servicios de retiro y disposición final del RESPEL. Agua Potable y Aguas Servidas: Registro que identifique el número de trabajadores y la dotación de agua potable correspondiente (boleta cancelada de sanitaria correspondiente). Registro documental (boletas, facturas, otros) que acredite el retiro y disposición final de las aguas servidas por empresa autorizada o copia del convenio del uso de colectores con la empresa sanitaria. | | 7.10 D.S. N°148/2003 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. D.F.L. N°725/1967, Código Sanitario. | | Componente/materia: | Residuos peligrosos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos peligrosos. | | Forma de cumplimiento | Mantener los residuos peligrosos dentro de contenedores con tapa en la Bodega RESPEL construida al efecto, y autorizada por la autoridad competente. El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia de la resolución sectorial que otorga el PAS 142. Inspección y Registro del Inspector Técnico o Ambiental de la obra con comprobantes de servicios de retiro y disposición final del RESPEL | | 7.11 D.S. N°158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos. | | Componente/materia: | Vialidad y transporte. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de materiales y residuos. | | Forma de cumplimiento | Incluir en los contratos, subcontratos, órdenes de compra o guía de despacho, cláusula o glosa de sujeción a la normativa en comento. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia del contrato, subcontrato, orden de compra u otros que hagan sus veces. | | 7.12 D.S. N°200/1993 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país. | | Componente/materia: | Vialidad y transporte. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de materiales y residuos. | | Forma de cumplimiento | Incluir en los contratos, subcontratos, órdenes de compra o guía de despacho, cláusula o glosa de sujeción a la normativa en comento. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia del contrato, subcontrato, orden de compra u otros que hagan sus veces. | | 7.13 D.S. N° 18/2001 MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica. | | Componente/materia: | Vialidad y transporte. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de materiales y residuos. | | Forma de cumplimiento | El titular dará cumplimiento a esta norma, haciendo exigible este cumplimiento en todos los contratos, subcontratos u órdenes de compra por servicios de transporte de materiales y otros productos, que suscriba durante el desarrollo de la obra. Se respetarán los horarios de restricción establecidos en la presente norma, para el tránsito de los camiones afectos según sus propias características. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia del contrato, subcontrato, Orden de Compra u otros que hagan sus veces. | | 7.14 D.F.L. N°850/1998 del MOP. Ley de construcción y conservación de caminos. | | Componente/materia: | Vialidad y transporte. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de materiales y residuos. | | Forma de cumplimiento | El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando y haciendo respetar a los contratistas del transporte, el peso máximo de los vehículos, establecido para circular en caminos públicos. Para ello, hará exigible este cumplimiento en todos los contratos, subcontratos u órdenes de compra por servicios de transporte de materiales y otros productos, que suscriba durante el desarrollo de las obras de construcción y, además, comprometiéndose a solicitar autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen. Incluir en los contratos, subcontratos, órdenes de compra o guía de despacho, cláusula o glosa de sujeción a la normativa en comento. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia del contrato, subcontrato, orden de compra u otros que hagan sus veces. | | 7.15 DFL N°725/1967 del MINSAL. Código Sanitario. | | Componente/materia: | Residuos líquidos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación de residuos líquidos. | | Forma de cumplimiento | Se prevé el cabal cumplimiento de esta norma ya que no se irán elementos de ningún tipo en las aguas de ríos o canales, y la eliminación de todos los residuos, sean líquidos o sólidos, se realizará de conformidad a la normativa vigente, evitando la contaminación. Los residuos líquidos provenientes del lavado de ruedas serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas periódicamente, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final. En relación a las aguas servidas, se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Inspección y Registro por parte del Inspector Técnico o Ambiental que incluya boleta, factura u otro documento a través del cual se acredite la disposición final de los residuos líquidos. | | 7.16 Ley N°19.525, Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias. | | Componente/materia: | Aguas Lluvias. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Obras de aguas lluvias. | | Forma de cumplimiento | Las aguas lluvias del loteo serán captadas mediante una red de sumideros y colectores proyectados para luego descargar en zanjas absorbentes dentro de los límites del condominio. Los sumideros se han distribuido de modo de repartir adecuadamente las áreas aportantes. Éstas quedan definidas, a su vez, por las rasantes de pavimentación consultadas para las calles y pasajes de los respectivos conjuntos habitacionales. Para el diseño de los colectores se ha adoptado una lluvia de diseño para un período de retorno de 2 años. La red diseñada consta de 4 cañerías principales, 26 sumideros y 9 zanjas de infiltración. Los procedimientos de diseño y los parámetros utilizados se detallan en el Anexo F de la DIA y en Anexo E de la Adenda. El Proyecto de Aguas Lluvias el cual considera en su diseño los criterios establecidos por SERVIU Metropolitano en relación con la capacidad y factores de seguridad de las obras y criterios de capacidad y factores de seguridad que cumplan con el objetivo de la Ley 19.525 La mantención de la red, consistirá en revisiones periódicas para la detección de fugas o daños a la instalación. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia de la resolución de Recepción Final de la DOM. | 7.17 Ley N° 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales y D.S. N° 484/1991 MINEDUC. Desarrolla los procedimientos necesarios para ejecutar la ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales. | | Componente/materia: | Patrimonio Arqueológico. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante faenas de excavaciones. | | Forma de cumplimiento | Ante el eventual hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra que se realice durante la construcción del proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Si corresponde, registro de gestiones pertinentes con el CMN. | | 7.18 D.S. N°43/2015 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. | | Componente/materia: | Sustancias Peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Almacenamiento de sustancias peligrosas. | | Forma de cumplimiento | Los envases sin utilizar de las sustancias peligrosas, serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento con el Párrafo II del D.S. en análisis, artículos 25 y siguientes. Almacenar las sustancias químicas en una bodega común aprobada por la autoridad de salud. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución sectorial de autorización de bodega común. | | 7.19 D.S. N°298/1994 MINTRATEL. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos. | | Componente/materia: | Vialidad y transporte de cargas peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de sustancias peligrosas. | | Forma de cumplimiento | El transporte de combustibles y productos peligrosos, será contratado con empresas especializadas y autorizadas para este tipo de transporte, y será realizado en conformidad a las exigencias contenidas en la presente normativa. El transporte se realizará con guías de despacho o facturas con detalle de productos a transportar, indicando su clasificación y número de Naciones Unidas, y las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidente basadas en la Hoja de Datos de Seguridad a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2245.Of93. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro con copia de las Guías de Despacho o facturas del transporte de la carga peligrosa. | 7.20 Ley N°4.601 del MINAGRI. Ley de Caza. D.S. N°5/98 MINAGRI, Reglamento de la Ley de Caza. | | Componente/materia: | Fauna | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Rescate y relocalización de fauna de baja movilidad. | | Forma de cumplimiento | Para cautelar la no afectación de especies de baja movilidad, previo al inicio de las actividades construcción, se implementará medida de rescate y relocalización de este tipo de fauna en el área del proyecto, previo al inicio de cualquier obra. Solicitud del PAS 146, cuyos antecedentes se adjuntan en el Anexo C de la Adenda Complementaria. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Tramitación sectorial PAS 146. Copia Resolución que autoriza PAS 146. | 8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: | 8.1 Condición o exigencia 1: Ruido. | | Impacto asociado | Aumento en los niveles de ruido. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y Operación. | | Objetivo | Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Área del proyecto. Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 2052 de fecha 17 de abril de 2017: Fase de Construcción: · “Se deberá implementar barreras acústicas, las cuales deberán ser construidas con paneles de madera OSB de al menos 15 mm de espesor, cubiertas en el interior de los paneles con material absorbente tipo lana mineral. Las uniones deberán ser herméticas y la ubicación y altura de las barreras acústicas deberán ser las indicadas en la Figura 10 y Figura 11 del Anexo E de la DIA. · Para los trabajos en altura se deberá cubrir los vanos en las fachadas de la edificación en construcción, para esto se deberá instalar paneles de OSB de 15 mm de espesor en los pisos en construcción · Para el control de vibraciones en esta etapa, se establecerá una restricción del frente de trabajo, lo que implica que no podrá operar simultáneamente el “Rodillo Compactador” con el resto de las maquinarias”. Fase de Operación: “Para la etapa de operación, se deberán utilizar equipos generadores eléctricos que cuenten con cabina insonorizada. Para la salida de escape de gases, estos equipos contarán con silenciadores que reduzcan un total de 20 dB, tal como lo indica la Figura 12 del Anexo E de la DIA”. Todas las fases: “Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace.” Oportunidad: Durante la fase de construcción y durante toda la operación del proyecto. | | Indicador que acredite su cumplimiento | (Anexo D de la Adenda Complementaria, D.S. N° 38/11 MMA) Construcción: Informes de Monitoreo de ruido mensuales respecto a receptores para los que se implementan las medidas de control en la Fase de Construcción. Mantención de un registro con fotografía georeferenciadas desde el punto de captura, respecto a los receptores donde corresponda instalar las medidas de control propuestas en esta fase. | | 8.2. Condición o exigencia 2: Uso de la vialidad adyacente. | | Impacto asociado | Uso de la vialidad adyacente. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Manejo de las vías aledañas al proyecto, durante los trabajos de construcción y la fase de operación. | | Forma y oportunidad de implementación | Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones en el Ord. AGD N° 3584 de fecha 26 de abril de 2017: · “El titular se ha comprometido a materializar todas las medidas de mitigación que han resultado de la aprobación del EISTU, como consta en el oficio ORD.AGD N° 8592 del 16 de noviembre de 2016, antes de la recepción final de las obras. · En caso de obtener una RCA favorable, tanto el EISTU como la DIA deben ser coincidentes en sus datos, es decir, deben corresponder al mismo proyecto. · El Titular deberá mantener un registro permanente de entrada y salida de camiones para su verificación”. | | 8.3. Condición o exigencia 3: Recurso hídrico. | | Impacto asociado | Uso de la vialidad adyacente. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación. | | Condición | De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas, mediante el oficio Ord. Nº 585 de fecha 10 de abril de 2017: · “Que, no existirá intervención del tramo del Canal Las Perdices ubicado al límite Este del área del proyecto, puesto que éste se encuentra entubado con una sección circular de 2,0 metros de diámetro, desde el año 2012, según se indica en respuesta a la Observación 1.19 del Adenda 1. · Que, de acuerdo a lo indicado en respuesta a la Observación 1.20 letra b) del Adenda 1, el proyecto dará cumplimiento a lo indicado en el Art. 15 del Plan Regulador Comunal de Puente Alto, exigencia contenida en el certificado de Informaciones Previas CIP N°64829 del Anexo A.1 de la DIA, que indica que la franja de restricción del Canal Las Perdices es de 20 metros de ancho, dado que: a. Sobre la franja sólo se proyecta la apertura poniente de Av. Las Perdices. b. La línea oficial del terreno se presenta a 25 metros de distancia del eje central del canal. c. La línea de edificación se encuentra a 30 metros del eje del canal. · Que, el canal de regadío artificial o acequia denominado Derivado Las Perdices, ubicado en el límite Norte del área del proyecto y que abastecía el predio de agua para riego, se encuentra cerrado por la asociación de canalistas, de acuerdo a lo indicado en respuesta a la Observación 1.20 letra d) y al Anexo A.1 del Adenda 1, y no será intervenido por el proyecto. · Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero. · Que, el Titular compromete el mantenimiento del sistema de aguas lluvias, de acuerdo a lo indicado en el acápite 1.6.5 de la DIA. · Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente: a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes). · Que, en atención a la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades: a. Detener las actividades en el frente de trabajo. b. Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. c. En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). d. Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración. e. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. · Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Pirque (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 252, del 15 de Septiembre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico. · Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. · Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas. · Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello. · Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”. | | 8.4. Condición o exigencia 4: Riesgos Naturales. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Condición | De acuerdo a lo señalado por la Dirección de Obras Hidráulicas, mediante el oficio Ord. Nº 704 de fecha 03 de julio de 2017: · “Cualquier modificación relacionada con fajas de riesgos a partir de con cauces naturales, deberá ser tramitada sectorialmente en forma previa, según disposiciones del PRMS”. | | 8.5. Otras condiciones o exigencias. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y Operación según corresponda. | | Condición | De acuerdo a lo señalado por la I. Municipalidad de Puente Alto, mediante el oficio Ord. Nº 215 de fecha 24 de abril de 2017: · “Deberá dar cumplimiento a las medidas resultantes del EISTU; aseo y ornato de calles; medidas de mitigación de ruido y material particulado · Mantener en todo momento plan de sociabilización e información del proyecto hacia las comunidades, vecinos e instituciones próximas al proyecto”. · Adquirir compromisos voluntarios respecto de incrementar el arbolado del sector, a fin de conservar y mejorar las características del entorno natural, contribuyendo al mejoramiento de la calidad del medioambiente o incrementando su valor paisajístico y oxigenación de la comuna. · Adquirir el compromiso voluntario de instalar un mobiliario de reciclaje (Papel, Cartón, Botellas plásticas, Botellas de vidrio, etc.), al término de la obra, que quede como capacidad instalada para las casas que contempla el proyecto. Lo anterior, a fin de vincular el emplazamiento a las políticas de reciclaje de la comuna. · Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto deberá concordar con lo aprobado por la Resolución de División afecta y el Anteproyecto de Obras de Edificación, a presentar en la Dirección de Obras Municipales”. De acuerdo a lo señalado por el Gobierno Regional, mediante el oficio Ord. Nº 02224 de fecha 26 de julio de 2017: · “Quede consignado que el titular deberá gestionar los residuos reciclables mediante gestores autorizados y guardar registro de los medios de verificación, (alude a respuesta 6.1 Adenda complementaria). · Se incluya en la Resolución de Calificación la tabla AD-6 “Medidas de Comunicación y convivencia con los vecinos” de la Adenda complementaria.” | | 8.6. Observaciones. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Observaciones | La SEREMI MINVU se pronuncia con observaciones en relación a la Adenda Complementaria del proyecto “Alto Las Perdices”, mediante el oficio Ord. Nº 2920 de fecha 12 de julio de 2017: a. “Se reitera observación respecto de la actual incertidumbre predial, ya que el titular no ha demostrado ser único dueño de los tres predios que acogen al proyecto. Por lo tanto, no puede acogerse a los beneficios del conjunto armónico. (DDU-ESP N°95/2017). Por otra parte, se reitera que NO es posible acoger a la Ley N° 19.537 Sobre Copropiedad Inmobiliaria dos tipos de condominios de distinta naturaleza, si no cuentan con la certeza del requisito básico de tener un único terreno en común en el cual se emplace el proyecto, ya que la rectificación de deslindes le generará un Lote 1a y un Lote 1b, lo cual de por sí obliga a que en cada uno de ellos se desarrolle una copropiedad distinta. b. El EISTU evaluado por la SEREMITT al parecer no considera la firma del propietario del Lote 5. Por tanto esta SEREMI de Vivienda oficiará a la SEREMITT con un oficio que advierte la situación. c. Se reitera que esta Secretaría oficiará al DOM solicitando aclarar la razón para emitir un CIP de un predio inexistente e informándole sobre el pronunciamiento de la contraloría, respecto de delimitar sus competencias (Dictamen CGR 039258N15 de fecha 15 de mayo 2015). d. Se reitera la observación respecto de la influencia que puede tener un desbordamiento de la quebrada La Morfilana, ya que se alude al historial de inundaciones de la zona, amplíe información al respecto.” | La Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto: | 8.7. Información complementaria al Compromiso Ambiental Voluntario “Plan de Comunicación”. | | Impacto asociado | Efecto sobre el aumento de los niveles de presión sonora, olores molestos u otros. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Informar a los vecinos del sector a intervenir. Descripción: Plan de Comunicación con información relevante del Proyecto. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En el proyecto y sectores vecinos. Forma: Incorporar adicionalmente al Compromiso Ambiental Voluntario “Plan de Comunicación”, tabla 9.1 de la presente Resolución, información respecto de posibles disminuciones de capacidad de las vías y desvíos de tránsito a causa del proyecto. Oportunidad: Durante la fase de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Como medio de verificación, se implementará un registro del Inspector Técnico o Ambiental de la obra en el Libro de Obras con fotografías del letrero informativo y las cartillas entregadas. | | 8.8. Implementación de mobiliario de reciclaje. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación. | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Contar con mobiliario de reciclaje para la operación del proyecto, de forma de vincular el emplazamiento con las políticas de reciclaje municipal. Descripción: Instalar mobiliario de reciclaje al término de la obra para la operación del proyecto. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En el área del proyecto. Forma: Se hace presente lo solicitado por la I. Municipalidad de Puente Alto en su Oficio N° 215 de fecha 24/04/2017 en relación a la instalación de mobiliario de reciclaje al término de la obra, para que quede como capacidad instalada para las viviendas. Lo anterior, vinculado además con lo señalado por el titular en el punto 7.3.1 de la Adenda respecto al Lineamiento Región Limpia y Sustentable de la Estrategia Regional de Desarrollo 2012-2021, respecto al uso de contenedores diferenciados para la fase de construcción con el objetivo de promover el reciclaje o reutilización. Oportunidad: Al término de la obra, para su utilización durante la operación del proyecto. | 9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: | Tabla 9.1. Compromiso ambiental voluntario 1. Plan de Comunicación. | | Impacto asociado | Efecto sobre el aumento de los niveles de presión sonora, olores molestos u otros. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Objetivo, descripción | Objetivo: Informar a los vecinos del sector a intervenir. Descripción: Plan de Comunicación con información relevante del Proyecto. | | Lugar y oportunidad de implementación | Lugar: En el proyecto y sectores vecinos. Forma: Se realizará un plan informativo, el cual incluirá la carta informativa y el letrero informativo, con la información referente al proyecto. Lo anterior, con el fin de brindar las instancias de mediación pertinentes en función de hacerse cargo de potenciales quejas, reclamos y malestar de los vecinos. El plan de informativo será dirigido a la comunidad para informar del proyecto y su duración, considerará el horario de trabajo de la obra, un contacto (e-mail) al cual consultar las 24 horas del día, los 7 días de la semana y el nombre del encargado de la obra. Será el encargado ambiental o encargado de obra, la persona a cargo de recibir los comentarios y solicitudes de los vecinos, para que éstos sean trasmitidos al titular, para que en el caso que sea pertinente, se incorporen medidas adicionales. A objeto de verificar si un comentario y/o solicitud es pertinente, y por lo tanto es necesario incorporar medidas adicionales, se comprobará el cumplimiento de las disposiciones y normas vigentes en materia de protección del medio ambiente y salud de las personas, con vista a evaluar y determinar la adopción de medidas pertinentes para garantizar dicho cumplimiento. El tiempo de respuesta establecido para dar respuesta a la comunidad, será de 10 días hábiles, en tanto el tiempo para adoptar la medida adicional puede variar dependiendo de la medida a implementar, considerando como tiempo estimado para la implementación 30 días hábiles. Adicionalmente, el titular señala que utilizará la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales” para la ejecución del proyecto, cuyas acciones específicas y medios de verificación se presentan en la tabla AD2-6 “Medidas de comunicación y convivencia con los vecinos” de la Adenda Complementaria (respuesta 6.3). Oportunidad: Durante la fase de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Como medio de verificación, se implementará un registro del Inspector Técnico o Ambiental de la obra en el Libro de Obras con fotografías del letrero informativo y las cartillas entregadas. | | Tabla 9.2. Compromiso ambiental voluntario 2. Plan de aseo de calles. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción | Plan de aseo de calles en el perímetro de la obra. | | Lugar y oportunidad de implementación | Lugar: En el perímetro de la obra. Forma: El titular se compromete con un plan de aseo de las calles correspondientes al perímetro de la obra, por calle Diego Portales u otras vías que se utilicen. Oportunidad: Durante la fase de construcción. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Se implementará un registro del Inspector Técnico o Ambiental de la obra en el Libro de Obras con fotografías. | | Tabla 9.3. Compromiso ambiental voluntario 3. Plan de evacuación con Bomberos. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación. | | Objetivo, descripción | Plan de evacuación con Bomberos. | | Lugar y oportunidad de implementación | Lugar: En el área del proyecto. Forma: El titular gestionará reunión y enviará Plan de evacuación a bomberos para su revisión previa y así evaluar la evacuación interior del condominio, ante situaciones de emergencia. Oportunidad: Para la operación del proyecto. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Comprobante de envío. | | Tabla 9.4. Compromiso ambiental voluntario 4. Proyecto de Paisajismo. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación. | | Objetivo, descripción | El titular se compromete a desarrollar un proyecto de paisajismo, con el objeto de incrementar el arbolado del sector, para así conservar y mejorar el entorno natural. También contribuir al mejoramiento de calidad del medioambiente o incrementar su valor paisajístico y oxigenación de la comuna. | | Lugar y oportunidad de implementación | Lugar: En la obra, acceso y vías inmediatas del proyecto. Forma: El titular considerará en el proyecto de paisajismo, este proyecto de paisajismo considera especies nativas de bajo consumo de agua como quillay, patagua, sauce chileno. Las otras especies utilizadas, también cumplirán con los requerimientos en cuanto al tipo de raíz (no agresiva, o de tipo pivotante) y condiciones hídricas (Mayores antecedentes en el Anexo F de la Adenda). Oportunidad: Durante la fase de operación. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Fotografías. | 10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS | 10.1.1. PLAN DE EMERGENCIAS | | Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de emergencias son que se detallan a continuación. Mayores detalles en el punto 1.8 de la DIA y respuestas 1.34 y 1.35 de la Adenda. | | 10.1.1.1 Situación de emergencia 1: Derrame de residuos. | | Fase del proyecto a la que aplica. | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada | Toda la construcción del proyecto. | | Acciones a implementar | · El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra. · Seguidamente el encargado dispondrá: detener, contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor. · El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el residuo derramado y el material contaminado, en toda el área afectada. · Se delimitará el área afectada. · Se utilizarán los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. · Si el material es inflamable, eliminar las fuentes de ignición. · Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. · En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. · El material recogido de un derrame será dispuesto según el tipo de peligrosidad en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado. · En el caso del derrame accidental de materiales peligrosos, se efectuarán un seguimiento de la zona contaminada, con un muestreo de elementos como: aceites, pinturas, hidrocarburos, etc.; analizando como mínimo los parámetros antes mencionados. Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate la descontaminación del sitio afectado, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos | Una vez controlada la emergencia, se deberá emitir un informe, el cual deberá ser remitido a la Autoridad ambiental competente. En caso de derrame de materiales peligrosos, se emitirá un informe de seguimiento, que será remitido a la Autoridad ambiental competente. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada. | Respuesta 1.35 de la Adenda. | | 10.1.1.2 Situación de emergencia 2: Incendios. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada | Toda la construcción del proyecto. | | Acciones a implementar | · Dar la alarma informando a su supervisor directo o bien solicitando ayuda a alguno delos compañeros de trabajo. · En el caso de que sea posible, efectuar una primera intervención, tratando de extinguir el fuego, mediante el uso de algún equipo de extinción portátil. · Evitar el pánico, actuar con tranquilidad y proceder a la evacuación en forma rápida, pero sin correr. · Esperar y seguir las instrucciones que imparta el Jefe de la Obra. · El Jefe de la Obra deberá contabilizar el personal y verificar que estén efectivamente. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos | Informe del incidente. | | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta 1.35 de la Adenda. | | 10.1.1.3 Situación de emergencia 3: Afloramiento de aguas subterráneas, afectación de recursos hídricos. | | Fase del Proyecto a la que aplica. | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada. | Actividades fase de construcción. | | Acciones a implementar | · Detener las actividades en el frente de trabajo. · Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio. · En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario). · Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración. Particularmente, frente a la ocurrencia de un accidente que afecte recursos hídricos, es necesario informar inmediatamente a la DGA RM, señalando lo siguiente: · Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. · Detalle de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación. · Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos | Dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. | | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta 1.34 y 1.35 de la Adenda. | | 10.1.2. PLAN DE CONTINGENCIAS. | | Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las que se detallan a continuación. Mayores detalles en el punto 1.8 de la DIA y respuestas 1.34 y 1.35 de la Adenda. | | 10.1.2.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Derrame de residuos. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada | Toda la construcción del proyecto. | | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia. | · Mantener los residuos al interior de las bodegas de residuos para su almacenamiento temporal. · Mantener en stock, en un área de libre acceso y señalizada, los elementos de contención de derrames, entre éstos, bolsas, trapos u otros elementos. · Efectuar capacitaciones al personal sobre el correcto uso de los elementos y materiales para la contención de derrames. | | Forma de control o seguimiento | Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones. | | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta 1.35 de la Adenda. | | 10.1.2.2 Situación de riesgo o contingencia 2: Incendios. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada | Actividades de construcción. | | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | · Mantener los equipos y maquinaria bajo las normas de seguridad existentes. · Mantener los equipos de extinción portátiles operativos en todo momento. · Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos. · Efectuar capacitaciones al personal respecto al correcto uso y empleo de los equipos de extinción portátil. | | Forma de control o seguimiento | Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones | | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta 1.35 de la Adenda. | | 10.1.2.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Afectación a recursos hídricos. | | Fase del Proyecto a la que aplica. | Construcción. | | Parte, obra o acción asociada. | Actividades fase de construcción. | | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | · En esta fase no habrá almacenamiento de combustible de ningún tipo. · Se contratará un servicio externo para el abastecimiento de combustible del equipo electrógeno en ambas fases. · Camiones, maquinarias y demás automóviles, cargarán sus estanques fuera del recinto y tendrán sus mantenciones al día, por medio de servicios externos a la faena. · Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada · Manejo adecuado de los residuos. · Cumplimiento D.S. N°148/2003 MINSAL. · Se habilitará de 1 bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/03, al D.S. N° 594/99 (ambos del MINSAL) y a la OGUC. · De manera de minimizar los efectos sobre el suelo, por potenciales derrames accidentales, la bodega de residuos peligrosos, contará con una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. | | Forma de control o seguimiento | Se contempla registros fotográficos de los contenedores y su ubicación, manteniendo en la obra una copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición de los residuos, y en relación con las aguas servidas, serán descargadas al sistema de alcantarillado público. El registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y copia de la resolución de aprobación de la bodega de RESPEL otorgada por el SEREMI de Salud, RM. El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. | | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta 1.35 de la Adenda. | 11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto. 12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15. Que, para que el proyecto "Alto Las Perdices" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Alto Las Perdices" de Inmobiliaria Alto Las Perdices SpA. 2°. Certificar que el proyecto “Alto Las Perdices " cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto "Alto Las Perdices", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142 y 146 D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto "Alto Las Perdices", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Claudio Orrego Larraín Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago
Valeria Andrea Essus Poblete Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago
LTC/VEP/MGVV/MRS/MAC Distribución: - Luis Fernando Jovel Lara
- Intendente Región Metropolitana
- SERNAGEOMIN, Zona Central
- CONAF, Región Metropolitana de Santiago
- DGA, Región Metropolitana de Santiago
- DOH, Región Metropolitana de Santiago
- Gobierno Regional, Región Metropolitana
- Ilustre Municipalidad de Puente Alto
- SAG, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
- SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
- Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
- Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
- Expediente del Proyecto "Alto Las Perdices"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana
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