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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benitez"

Resolución Exenta Nº 002/2014

Santiago, 3 de Enero de 2014



VISTOS:

1.      Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley Nº 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el Decreto Supremo Nº 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución Nº 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la Resolución N° 40, de fecha 01 de marzo de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.

 

2.      La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, localizado en la comuna de Pudahuel, sometido por su titular, el Ministerio de Obras Públicas, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

3.      La Resolución Exenta N°136/97 del 23 de Diciembre de 1997 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana, que califica ambientalmente favorable el proyecto DIA “Ampliación del área de los terminales de pasajeros y de carga del aeropuerto Arturo Merino Benítez”.

 

4.      Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, los cuales se contienen en los siguientes documentos:

 

Respecto a la DIA.

  • Oficio Nº 183 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 19/02/2013;
  • Oficio Nº 271 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 13/02/2013;
  • Oficio Nº 220 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, de fecha 20/02/2013;
  • Oficio Nº 276 del Servicio Agrícola Ganadero RM, de fecha 22/02/2013;
  • Oficio Nº 121 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, de fecha 25/02/2013;
  • Oficio Nº 953 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 28/02/2013;
  • Oficio Nº 22-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal RM, de fecha 01/03/2013;
  • Oficio Nº 1529 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 01/03/2013;
  • Oficio Nº SRM RMS N° 026/2013(sea-seia-dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM de fecha 03/03/2013;
  • Oficio Nº 246 de la Dirección Regional de Aguas RM, de fecha 01/03/2013;
  • Oficio Nº 1805 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, de fecha 28/02/2013;
  • Oficio Nº 522 del Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 01/03/2013;
  • Oficio Nº 1200/0027 de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de fecha 06/03/2013;
  • Oficio Nº 02160 del Servicio de Vivienda y Urbanismo  SERVIU RM, de fecha 06/03/2013;
  • Oficio N° 04/A/2/320/1340 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de fecha 06/03/2013;
  • Oficio Nº 1965 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 28/02/2013.

Respecto al Adenda 1.

  • Oficio Nº 1200/0088 de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, de fecha 24/06/2013;
  • Oficio Nº 846 del Servicio Agrícola Ganadero RM, de fecha 21/06/2013;
  • Oficio Nº 1623 del Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 25/06/2013;
  • Oficio Nº 60-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal RM, de fecha 25/06/2013;
  • Oficio Nº 619 de la Dirección Regional de Aguas RM, de fecha 26/06/2013;
  • Oficio Nº 989 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, de fecha 26/06/2013;
  • Oficio Nº 4424 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 26/06/2013;
  • Oficio Nº 5306 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 04/07/2013.

Respecto al Adenda 2.

  • Oficio Nº 2573 del Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, de fecha 05/09/2013;
  • Oficio Nº 1414 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, de fecha 11/09/2013;
  • Oficio Nº 7042 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 10/09/2013.

 

Respecto al Adenda 3.

  • Oficio Nº 1734 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, de fecha 28/11/2013;
  • Oficio Nº 8759 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, de fecha 02/12/2013.

 

5.      El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha  16 de diciembre del año 2013.

 

6.      El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”.

 

7.      Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”.

 

8.      El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 20 de diciembre del año 2013.

CONSIDERANDO:

1.      Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todas las normas y requisitos ambientales aplicables al proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”.

 

2.      Que, el derecho del titular del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

 

3.      Que, según lo señalado en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus anexos y sus Adendas, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, consiste en la remodelación del terminal actual y la construcción de nuevas obras que permitan absorber el crecimiento del transporte aéreo internacional y nacional que se proyecta para los años siguientes.

 

3.1.  A continuación, se detallan las obras existentes y futuras del aeropuerto:

 

                3.1.1.     Descripción de las Instalaciones Existentes. 

 

El actual aeropuerto cuenta con 18 puentes de embarque y 13 posiciones remotas (5 de carga y 8 de pasajeros), las que funcionan con el apoyo de 7 buses de aproximación con capacidad para 90 pasajeros aproximadamente.

 

En términos de infraestructura horizontal, el aeropuerto cuenta con:

                                i.            Dos Pistas de Aterrizaje de 3,75 km. y 3,8 km de longitud y con un ancho de  55 m y 45 m,  respectivamente.

                              ii.            Una plataforma de operación con una superficie total de 18,4 ha.

                            iii.            22 Calles de Rodaje con un ancho promedio de 23 m.

 

Al respecto, en la Figura N° 2.4 y en Anexo N° 2 de la DIA, se presenta información con la totalidad del complejo aeroportuario, complementado en el anexo E, Plano Obras de la adenda 2, donde se presenta el plano general del aeropuerto con las nuevas construcciones, calles y ampliaciones que considera el proyecto.

 

Así, actualmente el aeropuerto cuenta con lo siguiente:

 

a)      Terminal de Pasajeros: Cuenta con un área de 100.000 m2 construidos aproximadamente, distribuidos en 4 niveles, dentro de los cuales se encuentran diversos servicios que son entregados por distintas instituciones tanto privadas como públicas.

 

b)      Servicios de Embarque: Corresponden a los servicios que se entregan para realizar los procesos de embarque, definen diversos sectores dentro del terminal tales como:

 

            b.1.            Counters de Chequeo: Se encuentran ubicados en el tercer nivel del Terminal de Pasajeros, dentro del Hall Central, contabilizándose 104 counters, los que mensualmente son designados a las compañías aéreas para su utilización, ya sea en vuelos nacionales o internacionales.

            b.2.            Casetas de Control Migratorio, Policía de Investigaciones de Chile (PDI): Se encuentran ubicadas en el tercer nivel especialmente para los pasajeros que viajan al extranjero. La PDI cuenta con 24 casetas de Control Migratorio, las cuales tienen un horario de funcionamiento de 24 horas.

            b.3.            Zonas de control de seguridad AVSEC: Estas zonas se ubican en el tercer nivel, tanto para embarques nacionales como internacionales. Dichas zonas son administradas por Dirección de Aeronáutica Civil (DGAC), cada una de las cuales está compuesta por 5 líneas de Inspección.

            b.4.            Salas de embarque: En el primer nivel se ubica una Sala de Embarque Remoto de uso Doméstico para 4 puertas de Embarque Remoto. Asimismo, en el Segundo Nivel se ubican 5 Salas de Embarque para uso Doméstico y 1 Sala de Embarque de uso Internacional. Finalmente, en el Tercer nivel se ubican 12 salas de embarque, para uso Doméstico e Internacional.

            b.5.            Puentes de embarque y posiciones remotas: Existen 18 puentes de embarque y 13 posiciones remotas, los que cuentan con 23 puertas de embarque y 4 puertas de embarque remoto.

c)       Servicios de Desembarque: Este servicio está directamente relacionados con el tipo de vuelo, si es un vuelo Nacional o Internacional. Para vuelos internacionales se incorporan los siguientes sectores:

 

             c.1.            Puentes de Desembarque y Posiciones Remotas: El procesos de desembarque se realiza a través de 18 puentes existentes en el segundo nivel del terminal, de manera de no mezclar los flujos de embarque y desembarque. Adicionalmente existen 13 posiciones remotas donde 5 son de carga y 8 de pasajeros, que funcionan en conjunto con los buses de acercamiento.

             c.2.            Sector Pago de Reciprocidad: Cuenta con 10 casetas administradas por la Tesorería General de la República ubicadas en el primer nivel y en el segundo nivel. Estas casetas son utilizadas para el pago del impuesto de reciprocidad que deben pagar algunos extranjeros. 

             c.3.            Control Migratorio: Cuenta con 32 casetas ubicadas en el primer nivel y 10 casetas ubicadas en el segundo, las cuales son administradas por la PDI.

             c.4.            Retiro de Equipaje: La zona de retiro de Equipaje, se encuentra dividida en nacional e internacional, completando un total de 9 cintas de retiro, enumeradas desde R1 a R9.

             c.5.            SAG/ADUANA: Este sector cuenta con de 6 líneas de inspección y están ubicadas a continuación del control migratorio, tienda de venta libre de impuestos (Duty Free) y sala de retiro de equipajes.

 

             c.6.            Hall Público: Esta ubicado en el primer nivel, a la salida de los sectores de desembarque nacional e internacional, con una superficie de 2.374 m2.

En resumen, los procesos de desembarque cuentan con 18 puentes, 12 casetas de cobros de impuesto de reciprocidad, 32 casetas de control de inmigración, 9 cintas de retiro de equipaje y 6 líneas de inspección administradas por SAG/ADUANA.

d)      Estacionamientos de Vehículos: Actualmente el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez cuenta con 3 tipos de estacionamientos para público general, con un sistema de tarificación fraccionado por cada media hora. Los estacionamientos cuentan con capacidad para 4.100 automóviles y registran un flujo promedio de 200 mil vehículos al mes. Además, cuenta con lugares reservados para minusválidos, circuito cerrado de TV, cierre perimetral y ascensores que conectan los estacionamientos directamente con el nivel de embarque del Terminal. El área total de estacionamientos y vías de desplazamiento alcanza las 12,5 hectáreas, donde la superficie asignada a cada tipo de estacionamiento es:

 

            d.1.            Estacionamiento Custodia 5,7 ha.

            d.2.            Estacionamiento techado: 4,1 ha.

            d.3.            Estacionamiento Expreso: 2,6 ha.

 

e)      Plataforma de Aeronaves: Corresponde a las instalaciones asociadas a las Pistas, Plataforma y Calles de Rodaje donde operan las aeronaves en el aeropuerto AMB, éstas se encuentran bajo la jurisdicción DGAC y en términos generales comprenden la siguiente infraestructura, de acuerdo a las figuras 2.7 y 2.8 de la DIA:

 

             e.1.            Dos Pistas de Aterrizaje de 3,75 km y 3,8 km de longitud y con un ancho de 55 m y 45 m respectivamente.

             e.2.            Plataforma de operación con una superficie total de 18,4 ha. Dispone de 22 calles de rodaje con un ancho promedio de 23 metros.

             e.3.            Estacionamiento para ubicación de aeronaves asociadas a 18 puentes de embarque y 13 posiciones remotas, donde 5 son de carga y 8 de pasajeros.

f)       Terminal de Carga: Ubicado en un sector independiente y aislado en la orientación sur oriente del aeropuerto, donde se realizan las operaciones asociadas al transporte de carga tales como manipulación, almacenamiento, paletizado y enmallado de carga. Asimismo, se realizan las gestiones de la documentación, formalización aduanera, entre otras actividades asociadas al movimiento de carga.

 

Considerando las cifras del año 2011, el Terminal de Carga registró un movimiento superior a 3.350 operaciones de carga al año, en términos de volumen de carga transportada, esto corresponde aproximadamente a 300.000 toneladas al año, donde aproximadamente el 14% corresponde a operaciones nacionales y el 86% a operaciones internacionales.

 

Las instalaciones ubicadas en este sector se resumen en las siguientes:

 

             f.1.            Bodegas de Importación: Cuenta con una superficie de casi 17.000 m2.

             f.2.            Bodegas de Exportación: Cuenta con una superficie de más de 16.800 m2.

             f.3.            Bodegas de Carga Nacional.

             f.4.            Operadores de Courier.

g)      Servicios Privados: Están ubicados dentro del área concesionada del aeropuerto pero no forman parte del proyecto, que proveen con servicios a empresas privadas de diversa índole, las cuales son principalmente las siguientes:

 

            g.1.            Servicios de Líneas Aéreas: El servicio que prestan las líneas aéreas presentes en el aeropuerto, lo podemos clasificar como:

                                            i.            Servicio de Itinerario Regular Internacional: Compuesta por 16 líneas aéreas.

                                          ii.            Servicio de Itinerario Regular Nacional: Compuesto por 3 líneas aéreas.

                                        iii.            Servicio No Itinerantes Internacional (Chárter y servicios privados): Compuesto por 5 líneas aéreas.

                                        iv.            Servicio No Itinerantes Nacional (Chárter y servicios privados): Compuesto por 6 líneas aéreas.

Las empresas de vuelos privados no itinerantes, cuentan con su propio terminal de embarque y desembarque, ubicado en la hacia el norte del terminal de pasajeros, próximo a la Torre de Control.

 

            g.2.            Otros Servicios: Dentro de los otros servicios que brindan empresas privadas, podemos destacar:

                                            i.            Servicio de Handling.

                                          ii.            Servicio de Catering para las líneas aéreas.

                                        iii.            Cuatro empresas de combustibles tanto para aeronaves como para vehículos terrestres.

                                        iv.            Un hotel de pasajeros con una capacidad de 114 habitaciones, actualmente en proceso de ampliación de capacidad.

                                          v.            Un Jardín Infantil y Sala Cuna.

                                        vi.            Servicios de transporte público en los que se incluyen buses, minibuses y taxis, que en conjunto ascienden a más de 300 vehículos.

                                      vii.            Servicio de Rent a Car.

                                    viii.            13 locales de alimentación ubicados en el Terminal de Pasajeros más uno ubicado en el Terminal de Carga.

                                        ix.            53 locales comerciales de retail incluido el Duty Free, farmacia, sucursal bancaria, cajeros automáticos y dispensadores automáticos de bebidas y alimentos.

                                          x.            Clínica dental y Policlínico para Atención Primeros Auxilios.

                                        xi.            Capilla ecuménica.

 

h)      Servicios Públicos: Ubicados dentro del área concesionada. Cuenta con instalaciones y oficinas de los siguientes Servicios Públicos que desempeñan funciones en el Aeropuerto:

 

            h.1.            Policía de Investigaciones – PDI.

            h.2.            Servicio Agrícola y Ganadero – SAG.

            h.3.            Servicio Nacional de Pesca – Sernapesca.

            h.4.            Servicio Nacional de Aduanas.

            h.5.            Ministerio de Obras Públicas (MOP): Inspección Fiscal y Dirección de Aeropuertos.

            h.6.            Dirección General de Aeronáutica Civil – DGAC.

            h.7.            Carabineros de Chile.

            h.8.            Ministerio de Relaciones Exteriores – Salones de Protocolo.

            h.9.            Tesorería General de la República - Recaudación de reciprocidad.

 

i)        Aviación General: Ubicadas en el sector central del Aeropuerto, próximas a los edificios de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Áreas de Mantenimiento.

 

j)       Vialidad de Acceso: El principal acceso al Aeropuerto proviene de las Autopistas Costanera Norte y Vespucio Norte Express hacia el sur. En el sector norte, las principales vías corresponden a Camino Lo Echevers y Camino Lo Boza.

 

k)       Torre de Control: Se ubica en el sector central del Aeropuerto, entre ambas pistas. Tiene una altura aproximada de 60 m.

 

l)        Edificio Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (Ssei): Dependencia de la Dirección de Aeronáutica Civil, está dividido en dos edificios, el principal se ubica en la esquina sur-oriente y el secundario en la esquina sur-poniente del sector central del Aeropuerto, ambos cuentan con accesos directos a la pista para asegurar los tiempos de respuesta requeridos.

 

m)    Redes Técnicas: El Aeropuerto cuenta con instalaciones para recolección y tratamiento de Aguas Servidas, almacenamiento y distribución de agua potable, red de incendio, redes de energía, entre otras dependencias que apoyan y hacen posible su funcionamiento.

 

          m.1.            Red de Agua Potable: El abastecimiento de agua potable de las distintas dependencias del Aeropuerto Arturo Merino Benítez, se obtiene de instalaciones propias, administradas por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC). Cuenta con 4 pozos profundos para el abastecimiento de agua potable. Cuenta con Derechos de Agua asignados a los pozos 1 y 2, por 100 y 75 l/s respectivamente, de acuerdo al Anexo 10 de la DIA.

          m.2.            Central térmica: La actual Central Térmica tiene una potencia instalada de 6.000,4 KW.

          m.3.            Subestación Eléctrica Remota (SER): A partir de esta se alimentan todos los sistemas de ayuda a la navegación aérea de la Pista 17R-35L, la cual se encuentra emplazada actualmente en el centro de los estacionamientos del terminal.

n)      Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: La actual Planta de Tratamiento de Aguas Servidas del Aeropuerto de Santiago AMB, corresponde a un sistema de tratamiento biológico convencional, basado en el proceso de Lodos Activados, en la modalidad de aireación extendida o baja carga. Actualmente la PTAS se encuentra procesando un caudal de alrededor de 2.000 m³/d con una carga contaminante que varía entre 200 y 300 mg/l.

 

La configuración del sistema existente responde a la tecnología desarrollada y patentada por AERO MOD.

 

La Planta Elevadora de Aguas Servidas es circular y tiene una altura de 8,70 m y un diámetro de 7,60 m. Su volumen total es 395 m3.

 

                3.1.2.     Nuevas instalaciones y ampliaciones de las instalaciones existentes.

 

Al consistir el proyecto en la remodelación del terminal actual y construcción de nuevas obras que permitan absorber el crecimiento del transporte aéreo internacional y nacional que se proyecta para los años siguientes, de acuerdo al plan maestro -2030, el proyecto contempla las siguientes obras:

 

a)      Terminal T1 (Procesador y espigones): El actual Edificio Terminal T1, será ampliado integrando un nuevo Espigón llamado  A, ubicado en el  sector poniente de la actual instalación, contemplando una superficie construida de 108.000 m2 aproximados, 9.000 m2 de ampliación y 28.000 m2 aproximados de remodelación. Este nuevo espigón es homólogo al Espigón B existente.  Cabe señalar, que el actual edificio pasará a responder las necesidades que corresponden a un Terminal Doméstico, complementándose a su vez al resto del conjunto, Terminal T2, Espigones y Conectores, de acuerdo a la Figura 2.14 de la DIA.

Las funciones por nivel serán de la siguiente manera:

                               a.1.      Nivel 1: Se eliminarán las áreas de inmigración y retail, comidas y bebidas, lo que genera una ampliación en el área de retiro de equipaje y un flujo directo del pasajero nacional hacia el área de equipaje.

                               a.2.      Nivel 2: Se reubicarán las áreas para las oficinas de líneas aéreas y otros a subconcesionar.

                               a.3.      Nivel 3: Se eliminarán las áreas de emigración y las grandes áreas de comercio. Esto reduce el área requerida para embarques (Lado Aire) y se incorporan a Lado Tierra en dónde la demanda para otros usos es mayor, como un casino de empleados, recinto inexistente hoy en el Terminal.

                               a.4.      Nivel 4: No contempla cambios.

 

b)     Nueva área de Terminal de Pasajeros T2 (Procesador y espigones): El Edificio Terminal T2, responderá a las necesidades del terminal internacional, contemplará una superficie construida 175.000 m2 aproximadamente.

El nuevo Edificio Terminal T2 es compuesto por las siguientes nuevas construcciones:

 

                                   b.1.            Procesador Central (Edificio Terminal Internacional): Este edificio alberga la función de cumplir las necesidades de un Terminal Internacional, se compone de los siguientes niveles:

                                                                   i.            Nivel -1, Subterráneo: Este nivel está proyectado para que reúna las condiciones de alojar el Sistema de Manejo de Equipajes, el cual será evacuado al nivel de plataformas para que a su vez,  sea  trasladado a los espigones C, D, E y F. Esta operación se hará a través de la construcción de un túnel que posee dos rampas de salidas.

                                                                 ii.            Nivel 1, Llegada: Este nivel está condicionado a procesar las actividades de la llegada de los pasajeros. Contará con dos áreas: la primera es el Área para el retiro de equipaje  y la segunda, para las dependencias y operaciones del SAG y Aduana.

                                                               iii.            Nivel 2, Entrepisos o Nivel Intersticial: Este nivel es un corredor que permite la separación de pasajeros de entrada y salida, evitando así un piso saturado para las llegadas. Por este nivel circundarán a los espigones y están física y verticalmente separados de ellos, no obstante visualmente se encuentran conectados, ya que se encuentran en espacios abiertos.

                                                               iv.            Nivel 3, Llegada: Corresponde al nivel de salida de pasajeros, en este se encontrarán las áreas de procesamiento para la emigración y ubicados posteriormente a esta zona se encuentran la zona de retail, alimentos y bebidas. Las áreas de apoyo se encontrarán a los costados de la gran expansión de central del edificio.

                                                                 v.            Nivel 4, Entrepisos: Poseerá dos núcleos, los cuales se ubicarán en las esquinas interiores del edificio, y áreas para oficinas. Este nivel será para la conveniencia de la aerolínea cercana al hall de check in y acceso público al T1 y T2.

 

                                   b.2.            Espigones C, D, E y F: Se componen de los siguientes niveles:

a.       Nivel 1, Plataforma: Están en gran parte abiertos de manera que puedan ser arrendados por aerolíneas y operadores, almacenamiento de carga e instalaciones de almacenaje de equipamiento de apoyo terrestre.

b.      Nivel 2, Entrepiso: Para funciones mixtas o “swing”, los corredores en entrepiso incluyen puertas a través de las cuales partes de un espigón pueden cambiarse a doméstico o internacional.

c.       Nivel 3, Salidas: Las superficies de retail, comidas y bebidas han sido concentradas en las cabezas de los espigones. Para el resto de los espigones, espacios duros han sido concentrados entre las puertas de embarque, para permitir mayor flexibilidad en las inmediaciones de cada puerta de embarque.

 

c)      Posiciones de Aeronave de Contacto y Pernocte: Las plataformas que serán construidas para posiciones de contacto son las que están entre los espigones E-C y C-A y hacia el sur poniente de la plataforma del espigón E, con el objetivo de mantener la operación concentrada en un sólo sector, se maximiza la plataforma de carga oriente y se desarrollan Posiciones de Pernocte (RON), de acuerdo a la figura 2.14 de la DIA.

d)     Nueva Plataforma de Carga: Se contemplan para estas instalaciones una Zona de Pesaje de Camiones y un sector para Posiciones de Aeronaves de Cargo. Estarán ubicadas en el sector Sur Oriente de Aeropuerto, por lo cual, será demolida de una parte  de las Instalaciones de Courier, Carga Doméstica y Carga de Importación que existe en la actualidad en la plataforma oriente. Por lo anterior, se contempla una superficie de 91.000 m2 aproximados de expansión.

 

e)      Posición Aeronave Cargo: Corresponderá a un área que formará parte de la nueva Plataforma Sur Oriente y estará asignada a la ubicación de aeronaves de carga internacional, se han considerado 7 posiciones como indica la figura 2.23 de la DIA.

 

f)       Instalaciones de Accesibilidad al Aeropuerto: Estas instalaciones corresponden a la construcción de todo el sistema de vialidad nuevo que se integrará al complejo del Aeropuerto, las cuales incluyen todos los tipos de Estacionamientos, El Área de Estacionamiento de Buses y toda la Vialidad que conecta a los distintos usuarios a cada uno de los terminales y edificios de apoyo.

 

g)      Plataforma Comercial: Se contempla que se ampliará en 173.000 m2 aproximados.

h)     Calles de Rodaje: Son aquellas calles que se configurarán para apoyar los accesos y las salidas directas adyacentes para cada espigón. Cabe señalar que estas, han sido diseñadas estructuralmente para dar cabida, en la mayoría de los casos, a aeronaves Código F, exceptuando el lado sur del espigón F que está diseñada para dar cabida a las aeronaves Código C y la calle de acceso al sur del espigón E es para Código E, se considera una expansión de 195.000 m2 aproximados.

El diseño preliminar del sistema de calles de rodaje incluye el diseño geométrico y señalética en el pavimento de la calle de rodaje Papa, también se incluirá una serie de tramos cortos que conectarán las pistas de rodaje Papa y Zulú a las puertas de contacto Lado-Poniente. La calle de rodaje Papa se extenderá hacia el norte.

i)        Calles de Servicio: Corresponden a las calles de servicio o aeronáuticas, que permitirán el paso de todos los vehículos que transiten y operen por plataforma y bordean los espigones, conformando una red, para ello se contemplan 11.000 m2 aproximados de vialidad.

j)       Estacionamientos (edificio y de superficie): 302.215 m2.

              j.1.            Edificio Estacionamiento: Se encontrará ubicado entre los dos Edificios Terminales, posee 106.020 m2 en total y cuenta con 3.066 estacionamientos de uso público alcanzando los 71.878 m2. Conformado a partir de 2 paralelepípedos paralelos con tres niveles de Estacionamientos y una plaza pública abierta cada uno. El edificio no sólo pretende cubrir las necesidades por las cuales será construido, sino que también alberga programas para el espacio público de la cubierta verde, tales como servicios, como equipamiento, retail, etc.

              j.2.            Estacionamiento de superficie: Este tipo de estacionamientos depende del tipo de usuario para su ubicación dentro del complejo aeronáutico. A continuación los seis tipos de estacionamientos de superficie.

                                j.2.1.           Estacionamientos Camiones: Se encontrará en el acceso Sur Oriente del aeropuerto, está destinado a los camiones de carga y cuenta con 64 unidades de estacionamientos.

 

                                j.2.2.            Estacionamientos Remotos Vehiculares: Se encontrará en el Sur Poniente del complejo aeronáutico y cuenta con 998 unidades de estacionamientos.

 

                                j.2.3.           Estacionamientos Funcionarios: Se encontrarán ubicados en acceso Sur Poniente del complejo aeronáutico y cuenta con 816 unidades de estacionamientos para trabajadores y funcionarios.

 

                                j.2.4.            Estacionamientos Rent a –Car: Se encontrarán ubicados en el centro del aeropuerto, frente al acceso sur del Terminal T2, contemplando 288 unidades de estacionamientos en total.

                                j.2.5.           Estacionamientos Corta Estadía: Se encontrarán ubicados en el centro del aeropuerto, frente al acceso sur del Terminal T2 y frente a la cara norte de los estacionamientos para rent a-car, contemplando 1.119 unidades de estacionamientos en total.

                                j.2.6.            Estacionamientos Larga Estadía: Se encontrarán ubicados en el centro del aeropuerto, frente al acceso sur del Terminal T2 y frente a la cara norte de los estacionamientos para rent a-car, contemplando 1.119 unidades de estacionamientos en total.

k)     Nuevos paraderos de buses, centro e instalaciones de transporte terrestre: Se ubicarán en la zona de estacionamientos Sur Poniente y tiene la finalidad de servir como estacionamiento provisional a los vehículos del transporte público, contemplando 220 unidades de estacionamientos en total.

l)        Ampliación/remodelación de central térmica, subestación eléctrica, planta de tratamiento de agua potable y aguas servidas:

              l.1.            Central Térmica (Planta Central eléctrica Edificios PDI, Carabineros y disponibilidad para edificio Aduana): Se dispondrá para los edificios de la PDI y Carabineros proyectada, y se conectará junto a la central eléctrica de Chilectra ubicada según planta de emplazamiento, de acuerdo a la figura 2.40 de la DIA. Para lo anterior, se proyecta una canalización de ductos de PVC de alto impacto Sch-80, para la acometida en media tensión de 12 KV, con cámaras de paso para media tensión. La capacidad de la planta eléctrica será de 1 MW desde la S/E existente según corresponda.

La capacidad de la central de generación de respaldo será de 0,63 MW.

Desde la S/E proyectada para los edificios PDI y Carabineros se derivan los alimentadores en baja tensión, por bancos de ductos subterráneos con cambios de dirección y distanciamientos máximos dados por el uso de cámaras de paso y derivación.

Para alimentación en baja tensión de cada edificio o sector de cada edificio se consultan salas eléctricas secundarias, según proyectos particulares

              l.2.            Subestación Eléctrica (Planta eléctrica Subestaciones secundarias Edificio Estacionamientos): El edificio de estacionamientos contempla la instalación de 2 salas de transformador secundario alimentados desde subestación principal del terminal.

Cada sala eléctrica secundaria consulta los transformadores de poder reductores de 12KV/400 V, en cantidad y potencia según lo señalado en los esquemas mencionados.

Cada sala eléctrica dispondrá de superficies de posibles o futuras ampliaciones de equipos y capacidades, considerando para ello un 35 % aproximado de superficie disponible.

Se proyecta una canalización de ductos de PVC de alto impacto Sch-80 para la acometida en media tensión de 12 KV, con cámaras de paso para media tensión.

La capacidad de la planta eléctrica será de 500 KVA para cada una de las dos salas técnicas. La acometida será desde la nueva central eléctrica a definir en segunda entrega.

Para alimentación en baja tensión de cada edificio o sector de cada edificio se consultan salas eléctricas secundarias, según proyectos particulares.

              l.3.            Transformadores de Poder:

                          m.3.1.  Transformador Subestación PDI – Carabineros: El proyecto consulta el suministro y montaje de una subestación del tipo unitaria de 1000 KVA que atenderá los consumos de los edificios de Carabineros, PDI, aduana e iluminación vialidad.

                          m.3.2.  Transformadores Subestación secundaria Edificio Estacionamientos: El proyecto consulta el suministro y montaje de dos subestaciones del tipo unitaria de 500 KVA para las torres A y B del edificio de estacionamientos que atenderán los consumos del edificio mencionado.

Los transformadores se ubicarán en las salas destinadas para estos equipos, para esto se deberán ejecutar las obras respectivas. Las dimensiones y ubicación de las salas se detallan en planos del proyecto.

Las características técnicas de los transformadores serán las mismas que las mencionadas en punto D.4.1 de la DIA.

              l.4.            Instalaciones Subestación Eléctrica Remota DGAC: Debido a las obras de ampliación en el Aeropuerto, se contempla ampliar los sistemas eléctricos de la Subestación Eléctrica Remota (SER), con lo cual se deberá ampliar la sala de reguladores y la interconexión de los nuevos Reguladores en lo referente a Fuerza y Control a equipos existentes. También los nuevos bancos de ductos que deberán salir de esta Subestación.

En general, para la las instalaciones eléctricas interiores de la SER, se contempla interconectar las instalaciones de alumbrado y enchufes a circuitos existentes.

              l.5.            Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: El sistema propuesto contemplado es de lodos activados convencional.

El diseño consta de las siguientes unidades:

                                              i.          Separación sólidos gruesos.

                                             ii.         Elevación de agua cruda.

                                            iii.        Desbaste mecánico fino.

                                            iv.         Remoción de arenas y grasas.

                                             v.         Tratamiento Biológico.

-        Sistema IFAS.

-        Clarificador secundario.

                                            vi.        Desinfección.

                                           vii.       Digestión de lodos.

                                          viii.      Deshidratado de lodos.

El titular deberá presentar a la Autoridad Sanitaria, el diseño final del sistema de confinamiento y de tratamiento de olores que se implementará en la Planta  de tratamiento de aguas servidas, al momento de solicitar la autorización de esta instalación, descargando sus aguas tratadas en el estero Las Cruces.

m)   Instalaciones Alumbrado Plataforma: Las Torres de alumbrado para la iluminación de las plataformas de estacionamiento de aeronaves, que se proyectan, se emplazarán a los costados de los Espigones considerados para el nuevo Terminal de Pasajeros (T2), ubicados específicamente cada Torre contigua a los Puentes de Embarque. La alimentación eléctrica para las torres de iluminación de plataforma se realizará desde los centros de distribución de energía eléctrica del Terminal.

De acuerdo a los cálculos de iluminación proyectados, se definen Torres de iluminación de 12 y 09 reflectores de alumbrado.

n)     Instalaciones de Gas: Se consideran instalaciones interiores y exteriores de GLP (gas licuado de petróleo) en función de la proyección de consumos tanto para el nuevo Terminal del Aeropuerto Arturo Merino Benítez (AMB) Edificio T2, como de las instalaciones de apoyo del aeropuerto, que son las plantas térmicas, edificios de la PDI, Carabineros y para ampliación de instalaciones del edificio terminal existente T1.

o)      Sistema de Extinción de Incendios:

                  o.1.      Los sectores o recintos contemplados son:

                                i.            Red Exterior de Incendio.

                              ii.            Edificio Terminal de Pasajeros T2.

                            iii.             Edificio Terminal de Pasajeros T1.

                            iv.             Área de Estacionamiento de Buses.

                              v.             Carabineros de Chile.

                            vi.            Policía de Investigaciones de Chile.

                          vii.            Edificio de Estacionamientos.

                  o.2.      Se ha definido el siguiente equipamiento para extinción de incendio:

                                i.            Red exterior de grifos de incendio (manual).

                              ii.            Red de gabinetes de incendio (manual).

                            iii.             Red de rociadores húmedos (sprinklers-automático).

                            iv.             Red de rociadores secos tipo window (sprinklers-automático).

                              v.            Extintores polvo químico seco y CO2 (manual).

                            vi.            Sistemas de gases inertes en salas de servidores

La definición de los sistemas de protección contra incendio en los recintos definidos en el alcance se indica a continuación. El nivel de protección contra incendio propuesto se ha realizado de acuerdo a las indicaciones de la norma NFPA 415: ‘Standard on Airport Terminal Buildings, Fueling Ramp Drainage and Loading Walkings’ y los niveles de protección que actualmente posee el Terminal de Pasajeros (T1).

                  o.3.      Red Húmeda de Incendio: La red húmeda de incendio estará comprendida por los siguientes elementos:

                                i.            Estanque de almacenamiento de agua para incendio.

                              ii.            Sistema de presurización o bombeo.

                            iii.            Red exterior de hidrantes o grifos.

                            iv.            Red de gabinetes interiores.

                              v.            Red de rociadores húmedos.

                            vi.             Red de rociadores de diluvio.

El Estanque de Incendio estará localizado en el sector centro-oriente del Nivel -1., junto a él estará la Sala de Bombas de Incendio, la que constará de 01 bomba eléctrica más 01 bomba de respaldo con motor diesel. Desde la Sala de Bombas nace la red principal de incendio que se desarrolla exterior e interiormente al Edificio Terminal T2.

La Red Exterior de incendio será de HDPE PE100 PN12,5, y distribuirá la red de incendio por todas las nuevas obras proyectadas: Ampliación Terminal T1, Terminal T2 y espigones, Área de Estacionamiento de Buses, Policía de Investigaciones, Carabineros de Chile y Edificio de Estacionamientos. La Red Exterior de incendio estará equipada con grifos y cajas de mangueras.

La Red Exterior de incendio suministrará agua a los diversos sistemas de rociadores y de gabinetes proyectados en el Terminal de Pasajeros. Los sistemas de rociadores proyectados en el Edificio Terminal T2, se indican a continuación:

Tabla N°1. Distribución de Subsistemas de Rociadores Edificio Terminal T1-T2.

Nivel

N° de Sistemas Rociadores

Nivel  Válvula de Control

-1 (Subterráneo)

6

-1

1

4

1

2

4

1

3

4

3

4

2

3

5 (Techumbre)

8

3

 

                  o.4.      Volumen de Agua de Incendio: El volumen de agua para incendio deberá satisfacer las siguientes condiciones de diseño:

                                i.            Soportar el caudal de demanda de los sistemas de rociadores húmedos más el caudal de grifo por, al menos, 01 hora, para lo anterior, se tiene:

Caudal total = 3.625 lt/min

Tiempo de operación = 60 min

Volumen requerido = 3.625 lt/min x 60 min = 217.500 lts = 218 m3.

                              ii.             Soportar el caudal de demanda de los sistemas de enfriamiento de puente de embarque por 05 minutos, más el caudal de grifo por 01 hora, para lo anterior, se tiene:

Caudal rociadores = 2.374 lt/min

Tiempo de operación rociadores = 5 min

Caudal grifo = 1.893 lt/min

Tiempo de operación grifos = 60 min

Volumen requerido = 2.374 lt/min x 5 min + 1.893 x 60 = 125.450 lts = 125 m3

No obstante, el volumen mínimo requerido es estima en  218 m3, en el presente diseño, por modulación de los espacios resultó 01 estanque de incendio, con 02 compartimientos de 450 m3 cada uno. Esto permite dejar fuera de uso 01 de los compartimientos, y mantener un adecuado volumen de incendio.

p)     Bomba de Incendio: La demanda máxima de bombeo determinada fue de 4.267 lt/min (1.127 gpm). Sin embargo, se dispondrá de una bomba de 1.500 gpm.

q)     Nuevas Instalaciones de Apoyo: Contempla la policía portuaria carabineros, PDI adiestramiento de perros, puntos de seguridad, centro de retención carabineros y edificio del Servicio Agrícola Ganadero: 3.276 m2.

Su emplazamiento será dentro de la zona denominada Área Pública Centro Sur, correspondiente al área que se encuentra en el acceso sur del Aeropuerto.

            q.1.            Policía Aeroportuaria Carabineros: Está constituido de 1.563 m2 en base a una estructura de Albañilería Confinada. Se conforma por un volumen principal en forma de paralelepípedo conforma límite norte de manzana, este aloja dos niveles que contienes las siguientes características:

                              q.2.1.            Nivel 1, Área Pública: Está compuesta por recintos públicos, administrativos y de servicio.

                              q.2.2.            Nivel 2, Área Privada: Se encuentran en este nivel los dormitorios, camarines y baños de los usuarios permanentes.

 

            q.2.            PDI Adiestramiento de Perros: Está constituido de 1.713 m2 en base a una estructura de Albañilería Confinada. El edificio se constituye por 2 volúmenes, un bloque principal en forma de paralelepípedo regular edificado en 3 pisos de altura y otros 3 bloques paralelo al anterior, construido en 1 piso y que corresponden a los caniles.

                              q.2.1.            Nivel 1, Área Pública: Está compuesta por recintos técnicos para los perros de adiestramiento, caniles, clínica veterinaria, bodegas, etc.

                              q.2.2.            Nivel 2, Área Pública: compuesta por recintos públicos, administrativos y de servicio.

                              q.2.3.            Nivel 3, Área Privada: Se encuentran en este nivel los dormitorios, camarines y baños de los usuarios permanentes.

 

Todas las obras se desarrollarán en su totalidad en los terrenos actuales del aeropuerto y no requiere realizar expropiaciones para el desarrollo del proyecto.

 

r)      Paisajismo: El proyecto ha considerado que para la mantención de las áreas verdes y de ornamentación como piletas, de acuerdo al diseño de proyecto de paisajismo descrito en el punto 2.3.3.8 de la DIA.

3.2.     Tipología de proyecto.

 

El proyecto consiste, como se ha indicado en forma precedente, en la introducción de obras tendientes a modificar el Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago, específicamente el proyecto “Ampliación del área de los terminales de pasajeros y de carga del aeropuerto Arturo Merino Benítez”, el cual fue calificado favorablemente mediante la Resolución Exenta N° 136/1997 de la Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

 

Al respecto, el artículo 8 de la Ley 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, preceptúa que los proyectos o actividades señaladas en el artículo 10 de la misma Ley, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental. A mayor abundamiento, la letra d) del artículo 2 del D.S. Nº 95/2001 del Minsegpres, Reglamento del SEIA, establece la definición de “modificación de proyecto o actividad”, indicando que corresponde a la realización de obras, acciones, o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad ya ejecutado, de modo tal que éste sufra cambios de consideración.

 

Es importante destacar que de acuerdo al Ord. N° 131456, de fecha 12 de septiembre de 2013, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental que imparte instrucciones sobre consultas de pertinencia de ingreso al SEIA, se entenderá que un proyecto o actividad sufre cambios de consideración cuando, entre otros criterios, las obras tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad constituyen un proyecto o actividad listado en el artículo 3 del Reglamento del SEIA.

 

El presente proyecto, corresponde a un proyecto listado en el literal e) del artículo 3º del Reglamento del SEIA, que hace referencia a “Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas”, constituyendo en consecuencia, un cambio de consideración que, como tal, requiere de su ingreso al SEIA.

 

3.3.     Localización.

El proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, se ubica en el Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez (Aeropuerto AMB), Comuna de Pudahuel, aproximadamente a 14 km. al norponiente del centro de Santiago, en la Región Metropolitana a una altitud aproximada de 496,5 m.s.n.m, en las siguientes coordenadas geográficas:

Tabla N° 2. Coordenadas del Proyecto.

Punto

Este

Norte

1

333.247,922

6.303.731,54

Huso: 19 Sur; Datum: WGS-84

 

3.4.     Superficie asociada al proyecto.

 

La superficie del proyecto afectada por las obras a desarrollar corresponde a 987.841 m2 divididos de la manera siguiente:

 

Tabla N° 3.  Superficies del Proyecto.

Tipo de superficie

 

 

Superficie

(m2)

 

Construcción Edificio Terminal Internacional (T2)

175.000

 

Ampliación y Remodelación Edificio Terminal existente (T1)

119.000

 

Edificio de Estacionamientos techados

106.020

Vialidad interna

38.242

Estacionamientos en Superficie

 

106.474

Pavimentos área de movimiento de aeronaves

 

439.829

Instalaciones de apoyo

 

3.275

 

3.5.     Vida Útil del proyecto.

                 

La vida útil del proyecto se estima al menos en 30 años, bajo condiciones adecuadas de operación y mantención de la planta.

 

3.6.     Cronograma.

La construcción del proyecto se estima en 52 meses.

 

3.7.     Monto de Inversión.

El monto de inversión del proyecto es de aproximadamente US$ 629.000.000.- (dólares americanos).

 

3.8.      Personal.

 

La mano de obra estimada del proyecto para la fase de construcción y operación del proyecto es:

 

 

Tabla N°4. Mano de Obra del Proyecto

 

Fases

Nº de Trabajadores promedio

N° de trabajadores máximo

Construcción

1.000

1.836

Operación

500

750

 

 

3.9.     Fases del Proyecto.

 

3.9.1.                        Fase de Construcción:

 

3.9.1.1 Las actividades y suministros contemplados durante la fase de construcción son:

 

a)      Instalación de Faena: Estas instalaciones estarán operativas durante todo el período de la construcción del proyecto.

Las instalaciones de faenas serán del tipo de contenedor y contempla implementar lo siguiente:

                                            i.            Oficinas del Contratista.

                                          ii.            Oficinas de la Inspección Técnica de Obras (ITO).

                                        iii.             Instalaciones sanitarias (baños químicos).

                                        iv.            Lockers.

                                          v.            Comedores.

                                        vi.            Laboratorio.

                                      vii.            Zona estacionamientos para vehículos y maquinarias.

                                    viii.            Bodega general-pañol.

                                        ix.            Patio de salvataje.

                                          x.            Zona de acopio temporal de residuos domésticos.

                                        xi.            Taller de carpintería.

                                      xii.            Taller de enfierradura.

                                    xiii.            Área de primeros auxilios.

                                    xiv.            Zona de almacenamiento de combustible.

 

El proyecto no considera campamento en las instalaciones de faenas puesto que los trabajadores se trasladarán diariamente desde y hacia el lugar de las obras.

 

b)     Preparación del Área de Trabajo: Esta actividad se realizará previa a las operaciones de movimiento de tierra y consiste, principalmente, en los trabajos de despeje y limpieza del área de trabajo y en la eliminación de cualquier otro material de desecho, dentro del área de trabajo necesaria para la ejecución de las obras.

c)      Cierres provisorios y señalización: Se colocarán los cierres provisorios necesarios para limitar las áreas de trabajo e impedir el ingreso de personal ajeno a las obras o a sectores específicos de las mismas. También se instalará la señalización de seguridad.

d)     Movimientos de Materiales: A partir de la recepción del terreno se procederá a realizar los replanteos topográficos correspondientes. Durante estas labores se instalarán puntos de referencia y auxiliares de apoyo. Posteriormente se realizarán los trabajos de movimientos de tierra. Con los cortes y excavaciones realizadas se procederá al retiro de todo el material que no será aprovechado para relleno u otro uso. Los los volúmenes de tierra a mover producto de las obras del proyecto serán los siguientes:

 

Tabla N°5: Movimientos de Tierra de las Obras del Proyecto.

Movimiento de Material

Área de Movimiento (Lado aire) m2

Área Pública (Lado tierra) m2

m3 a mover

Cortes

1.041633

137.230

1.178.863

Terraplenes

1.770.958

538.028

2.308.986

Total

2.812.591

675.258

3.487.849

 

Del  total de materia a remover, el 66% se reutilizarán en labores de relleno (2.308.986m³) y un 34% será destinado a un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria (1.178.863m³).

 

Todo el material excedente será transportado y dispuesto en sitios autorizados por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana.

 

e)      Suministros y Servicios Básicos.

 e.1.            Sistema de abastecimiento de agua potable y sistema de tratamiento de aguas servidas: Durante la fase de construcción, se efectuarán las conexiones a las matrices de agua potable y alcantarillado que utiliza el Aeropuerto, de esta manera se contará con abastecimiento de agua potable.

La conexión de los servicios básicos se hará a la red de agua potable del Aeropuerto, de acuerdo a las condiciones de factibilidad técnicas establecidas por la Normativa respectiva. En el caso del tratamiento de los residuos domiciliarios se utilizará la PTAS con la que cuenta el Aeropuerto.

En caso de requerir baños químicos en algunos sectores de la obra, de manera temporal, el titular velará por el cumplimiento de la normativa vigente respecto al uso de éstos, en especial en lo relativo a cantidades y ubicación.

 e.2.            Sistema de abastecimiento eléctrico: El suministro eléctrico para las actividades de construcción del proyecto será abastecido por la red eléctrica del Aeropuerto.

 e.3.            Abastecimiento combustible: Durante la fase de construcción el suministro de combustible para la maquinaria será suministrado en forma diaria por la estación de servicio al interior del aeropuerto, o en su defecto se podrá realizar a través de alguna empresa de expendio de combustible, que instale un estanque para el suministro de la maquinaria, el cual deberá cumplir con todas las condiciones establecidas en el D.S 160/08 del MINECON.

 e.4.            Término de actividades y limpieza: una vez terminadas las obras de construcción se retirarán las instalaciones de faena y se realizará una limpieza total de la obra.

 e.5.            Maquinaria y equipos: En esta fase se utilizará la siguiente maquinaria:

Tabla 6 Maquinaria y Equipos a utilizar.

Maquinaria/ Equipo

Cantidad

Camión Tolva

8

Retroexcavadora

3

Excavadora

2

Motoniveladora

1

Rodillo

2

Camión Betonero

10

 

 e.6.            Vialidad: El flujo estimado es de aproximadamente 14,5 camiones/hora, por ello, durante la construcción del proyecto, se consideran medidas de gestión de tránsito que permitirán que la actividad aeroportuaria se desarrolle adecuadamente, tales como las que se indican a continuación:

               i.          Medidas de Seguridad vial: Se considera la instalación de letreros indicativos de seguridad, tanto vial como para el personal de la obra dentro y fuera del recinto, y señalética que indiquen los estacionamientos de visitas, sala de basuras y salas comunes, etc. Todo lo anterior, de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito, Mintratel capitulo 2 versión 2012.

              ii.         Medidas asociadas a las Rutas a utilizar: Se considera un recorrido de los camiones por calles y avenidas públicas existentes, las que se muestran en la figura 1 del Anexo Nº4 del Adenda N°1.

 

Se considera señalización de acceso a la obra, de tránsito reglamentaria e informativa tales como  letreros de advertencia de peligro de las obras, bandereros durante la operación de vehículos de carga, barreras, restricción de estacionamiento de camiones en la vía pública y dispositivos de seguridad para proteger a los peatones.

 

Finalmente, para la ejecución de las obras de construcción, el proyecto no considera el cierre de calles, ni desvíos de tránsito en ninguna vía pública.

 

3.9.1.2 Las Principales Descargas, Emisiones y Residuos de la Fase de Construcción son:

 

a)      Emisiones atmosféricas generadas: En el anexo 1 de la adenda 3, se presentan la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto, las que se resumen en la siguiente tabla:

 

Tabla 7.Emisiones fase de construcción año 1

Fuente

PM10

CO

NOx

HC

SO2

NH3

Escarpes

1,35

-

-

-

-

-

Excavaciones

7,3

-

-

-

-

-

Carga y descarga

13,65

-

-

-

-

-

Resuspendido en caminos

1,92

-

-

-

-

-

Escarpes maquinaria

0,06

2,96

5,52

1,35

0,011

0

Escarpe camiones

0,02

1,43

2,18

0,32

2,008

0,002

Total (T/período construcción)

24,31

4,39

7,70

1,67

2,019

0,002

 

 

Tabla 8.Emisiones fase de construcción año 2

Fuente

PM10

CO

NOx

HC

SO2

NH3

Escarpes

0

-

-

-

-

-

Excavaciones

4,47

-

-

-

-

-

Carga y descarga

8,32

-

-

-

-

-

Resuspendido en caminos

4,00

-

-

-

-

-

Escarpes maquinaria

0,04

1,64

3,07

0,75

0,006

0

Escarpe camiones

0,05

2,99

4,53

0,66

4,185

0,005

Total (T/período construcción)

16,87

4,63

7,60

1,41

4,191

0,005

 

 

Tabla 9.Emisiones fase de construcción año 3

Fuente

PM10

CO

NOx

HC

SO2

NH3

Escarpes

0

-

-

-

-

-

Excavaciones

0

-

-

-

-

-

Carga y descarga

0

-

-

-

-

-

Resuspendido en caminos

3,46

-

-

-

-

-

Escarpes maquinaria

0,01

0,66

1,23

0,30

0,003

0

Escarpe camiones

0,04

2,59

3,93

0,57

3,625

0,004

Total (T/período construcción)

3,52

3,25

5,16

0,87

3,628

0,004

 

 

Tabla 10.Emisiones fase de construcción año 4

Fuente

PM10

CO

NOx

HC

SO2

NH3

Escarpes

0

-

-

-

-

-

Excavaciones

0

-

-

-

-

-

Carga y descarga

0

-

-

-

-

-

Resuspendido en caminos

3,46

-

-

-

-

-

Escarpes maquinaria

0,01

0,66

1,23

0,30

0,003

0

Escarpe camiones

0,04

2,59

3,93

0,57

3,625

0,004

Total (T/período construcción)

3,53

3,25

5,16

0,87

3,628

0,004

 

 

Tabla 11.Emisiones fase de construcción año 5

Fuente

PM10

CO

NOx

HC

SO2

NH3

Escarpes

0

-

-

-

-

-

Excavaciones

0

-

-

-

-

-

Carga y descarga

0

-

-

-

-

-

Resuspendido en caminos

1,71

 

 

 

 

 

Escarpes maquinaria

0,01

0,66

1,23

0,30

0,003

0

Escarpe camiones

0,02

1,28

1,94

0,28

1,788

0,002

Total (T/período construcción)

1,74

1,94

3,16

0,58

1,791

0,002

 

 

b)     Residuos Sólidos: Durante la construcción el personal operativo generará residuos sólidos domésticos. Se estima la generación de residuos a razón de 0,75 kg/persona/día, lo que equivale a una generación de 1.377 kg/día durante esta etapa. Los residuos domésticos serán trasladados hasta sitios de almacenamiento temporal y serán manejados de acuerdo a la normativa ambiental vigente, y de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos que cuenta actualmente el aeropuerto. Durante esta fase se prohibirá la mantención de maquinaria al interior del Aeropuerto.

 

También, se generarán residuos industriales sólidos no peligrosos, tales como fierros, tuberías, chatarra, gomas, maderas, etc. Se estima una generación mensual de 4.000 kg de este tipo de residuos.

 

Adicionalmente, se generarán residuos industriales sólidos voluminosos o inertes, generados principalmente por demoliciones. Se estima una generación de 1030 m3/día durante esta etapa, los que serán manejados depositándose en camiones y llevados a botaderos autorizados. Los residuos serán manejados de forma inmediata dado que no se consideran lugares de acopio para estos en la Obra.

 

 

La disposición de los residuos será en lugares autorizados por la autoridad sanitaria, cumpliendo lo establecido en la normativa vigente.

 

c)      Efluentes Líquidos: Durante esta fase los efluentes líquidos corresponderán a aguas servidas provenientes de los trabajadores y las aguas de lavado de rueda de vehículos.

 

Durante la fase de construcción, se efectuarán las conexiones a las matrices de alcantarillado que utiliza el Aeropuerto, de esta manera se contará con el sistema de recolección y tratamiento de planta aguas servidas con la que cuenta el Aeropuerto.

 

Se generarán un máximo de 146,9 m³ al día de aguas servidas domésticas generadas tanto por los baños químicos como por las duchas en el punto más alto de la obra.

 

Respecto de las aguas de lavado de ruedas de vehículos que saldrán fuera de la obra, se generarán un caudal de 2 m3/día, los cuales serán trasladados a una piscina de decantación que permitirá recuperar el agua para ser utilizada en el riego de caminos al interior de la faena. El material sedimentado será enviado según sus características a un sitio de disposición autorizado.

 

Respecto al destino final de las aguas y riles producidas en la fase de construcción del proyecto se indican a continuación:

 

                              d.1.      Lavado de maquinarias y herramientas: No se contempla el lavado de maquinaria ni de herramientas, se considera el lavado de ruedas y moldajes, para lo cual se considera el sistema de lavado indicado en el párrafo final de este considerando.

                              d.2.      Uso, trasvasije y posible derramamiento de combustible, aceite u otros: Se acondicionará una zona exclusiva que contará con una carpeta impermeable y con pretiles de contención de derrames los cuales serán recuperados para su re-uso. La carga de combustible de las maquinarias y camiones se realizará, en los lugares de expendio de combustible existentes.

                              d.3.      Preparación de hormigón: El proyecto no contempla la preparación de hormigón in situ.

                              d.4.       Aguas servidas de duchas y lavamanos del personal: Se considera utilizar el sistema de alcantarillado existente del Aeropuerto, a través de instalaciones de conexiones temporales.

 

Respecto al punto 2.8.2 de la DIA, se considerada una piscina u estanque para el lavado de ruedas de los camiones y moldajes en fase de construcción.

 

El estanque para el lavado de ruedas de camiones y moldajes , contemplará una cámara separadora de aceites que permite aislar los desechos contaminantes y separarlos de las aguas que serán destinadas al riego de los caminos interiores de la obra, esto mediante carga permanente de camión aljibe encargado de esa tarea. Respecto a las grasas y aceites, éstas serán retirados de la cámara separadora con una frecuencia de a lo menos 1 vez por semana, siendo eliminados a través de un limpia fosas, a través de un servicio que cuente con autorización sanitaria y que cumpla con lo dispuesto en la normativa vigente respecto al traslado y tratamiento de estos desechos, de acuerdo a la imagen referencial de cámara separadora de aceites (4,5 m3), adjunta en  el Anexo N°3 Sistema de separación de grasas y lavado de ruedas, de Adenda N°1.

 

3.9.2.              Fase de Operación.

 

La fase de operación del proyecto estará relacionada con los flujos de pasajeros al interior del aeropuerto.

 

3.9.2.1  Las actividades y suministros contemplados durante la fase de operación son:

 

a.        Flujos T2: El diseño y planificación del procesador central de T2 será el siguiente:

             a.1.            Proceso de salidas internacionales: Pasajeros de salida internacional procesados en el T2 empiezan su recorrido en el andén de embarque, llegan al hall de salidas y check-in, pasando por emigración y seguridad AVSEC para llegar a las salas de embarque ubicadas en los espigones C, D, E y F.

             a.2.            Proceso de llegadas internacionales: Pasajeros internacionales que llegan por espigones C, D, E y F, son conducidos por la circulación a nivel de entrepiso al Procesador Central del T2.

El proceso de llegadas internacionales incluye además dos instalaciones adicionales: Instalaciones de tránsito internacional e Instalaciones de tránsito nacional.

             a.3.            Instalaciones de tránsito internacional: Para pasajeros que llegarán en vuelo internacional y realizará tránsito a otro vuelo internacional, su equipaje será enviado de “cola a cola”, y no tendrán la necesidad de pasar el proceso de ingreso al país. Por este motivo, serán procesados mediante instalaciones de tránsito que permiten checo-in y revisión AVSEC para luego continuar a las salas de embarque internacional ya en la zona restringida.

             a.4.            Instalaciones de Tránsito Nacional: Pasajeros que llegan en vuelos internacionales y completan el proceso de entrada al país y necesitan llegar a vuelos nacionales encontrarán las instalaciones de tránsito nacional en el hall de servicios de llegada ubicado antes del hall de llegadas. Esto permitirá mayor claridad en el sistema. Las instalaciones de tránsito nacional permiten re-chequear el equipaje en el T2 para luego proceder a la circulación que une el T2 con el T1. Al llegar al T1, los pasajeros se someten al proceso normal de embarque nacional empezando por seguridad AVSEC.

             a.5.            Hall de Servicios de Llegada: El hall de servicios de llegada permite mejorar la experiencia de llegada del pasajero. Este recinto ofrece servicios esenciales que comúnmente necesita el pasajero a su llegada en un ambiente restringido y seguro, donde no existe multitud de personas y con variedad de servicios que son ofrecidos en este recinto.

b.            Flujos T1: A nivel de salidas, se producen dos accesos (oriente y poniente) al lado aire, las salas de embarque se encuentran conectadas y existe libre circulación entre ellas. Existen 2 accesos a nivel de llegadas desde lado aire, oriente y poniente. Estos accesos desembocan en un gran espacio donde se encuentran todos los carruseles de retiro de equipaje para luego dirigir al pasajero hacia el hall de llegadas. El tránsito doméstico-internacional o viceversa se realiza a través de las circulaciones en la plaza de conexión.

 

            b.1.            Tránsito y conexión T1–T2: Existen conexiones entre ambos terminales, esto es  emplazando el T2 de manera de que su lado tierra enfrente el norte, hacia el T1. Esto genera una condición de intercambio que guiará el desarrollo del espacio entre los dos terminales. El espacio en lado tierra entre T1 y T2 contiene actualmente al hotel, estacionamiento en superficie y dos instalaciones de apoyo, la central térmica y subestación eléctrica. El espacio al poniente de éste ha sido asignado para la estación intermodal, mientras que en el espacio central se desarrollará el edificio de estacionamientos. Para facilitar conexiones en lado tierra entre ambos terminales, el área central, alrededor del hotel debe desarrollarse con este propósito. Se incluyen circulaciones públicas y áreas con características de plaza para que pasajeros y funcionaros tengan la posibilidad de disfrutar de la extensa temporada de buen clima que ofrece la Región Metropolitana.

c.            Llegadas Internacionales y Nacionales.

 c.1.            Llegadas Internacionales: Policía Internacional: Para ingresar a Chile, todos los pasajeros deberán hacer su control migratorio en Policía Internacional, presentando la documentación de identificación (cédula de identidad o pasaporte) y la visa estampada (dependiendo del país de procedencia).

 c.2.            Llegadas Nacionales: Los pasajeros de rutas nacionales ingresarán al área de retiro de equipajes, ubicada en el primer nivel de la sala, donde podrán contar con carros portaequipajes de uso gratuito.

d.            Terminal de Carga.

      d.1.      Área de Carga Doméstica y servicios de plataforma: Estará emplazada en el sector sur poniente del complejo aeroportuario, albergará las instalaciones que requieren contacto inmediato con sector de plataforma.

Zona de Carga Doméstica y handling: Estas zonas corresponden a la configuración oriente-poniente, flexible de subdividir en distintos usos, los cuales comparten características de operación y requerimientos de emplazamientos e infraestructura tanto de edificación como de estacionamiento de vehículos pesados.

e.            Área de Carga Internacional: Se consolidara en el área con las funciones de carga internacional en el sector sur oriente del complejo aeroportuario, albergando tanto las instalaciones propias de oficinas y galpones que requieren contacto inmediato con sector de plataforma, como los respectivos servicios gubernamentales de apoyo. Se divide entonces el área en las zonas norte y sur.

f.            Estacionamientos: los Estacionamientos se ubican dentro de la zona “Equipamiento y Espacio Público” del Seccional y se plantea la Plaza / Estacionamiento (PE) como espacio central del mismo y articulador de funciones, usos, circulaciones e imagen institucional del complejo. Se emplazan los estacionamientos de la cuadra central, con un pavimento a nivel de vereda. Los estacionamientos de la plaza serán asignados proporcionalmente para cada edificación según la autoridad pertinente lo establezca, debiendo dejar previsto estacionamientos para visitas, personas con movilidad reducida, bicicletas, entre otros.

g.            Aguas Lluvias: El drenaje general de las aguas lluvias en el área del Aeropuerto AMB está constituido por redes de colectores y canales que conforman los sistemas Norte y Sur.

El Sistema Norte reúne las aguas de drenaje de parte de la Pista Oriente, parte oriente de los terrenos de LAN y los sectores al norte, incluyendo el Grupo 10 de la FACH. Las aguas se conducen por colectores hasta el Canal Trapecial Norte, por el que evacua hasta el Estero Las Cruces y por éste al Estero Lampa.

El Sistema Sur, por su parte, recolecta las aguas a través del Colector G-3 Sur y el Canal Sur, por el que descarga las aguas al río Mapocho.

El anteproyecto considerada la construcción de colectores de aguas lluvias en forma complementaria a la red de drenes y colectores existentes, a fin de asegurar el saneamiento del aeropuerto. El nivel del agua subterránea va en constante descenso en el sector del aeropuerto, a consecuencias del desequilibrio entre la explotación y la recarga en el acuífero de Santiago. En la actualidad el nivel del agua subterránea se encuentra bajo la cota 94 en toda el área, y los drenes construidos originalmente se integraron a la red de drenaje de aguas lluvias.        

h.            Plan de Contingencia para Respaldo Eléctrico: El proyecto contempla implementar un plan en caso de suspensión de la alimentación eléctrica en el aeropuerto. El cual tiene como finalidad, determinar las acciones, tiempos y responsables de las medidas necesarias para mantener el funcionamiento continuo de los servicios en caso de falla eléctrica, el cual se detalla en el anexo 9 del adenda N°1.

i.            Grupos Electrógenos: Se consideran 6 grupos electrógenos de respaldo, de 2.000 KVA cada uno, estimando 280 hr/año por cada uno utilizando diésel.

j.            Calderas: Se consideran 8 calderas a gas natural, con una potencia equivalente a 1.050.000 kcal/hr, estimando una operación de 8.760 hr/año de cuada una de ellas.

3.9.2.2 Las Principales Descargas, Emisiones y Residuos de la fase de operación son:

 

    a.       Emisiones atmosféricas generadas.

En el anexo 6 de la DIA y sus respectivas Adendas, se presentan la estimación de emisiones atmosféricas del proyecto, las que se resumen en la siguiente tabla:

Tabla 12. Resumen Estimación de Emisiones Fase de Operación. Emisiones (T/año)

Fuentes fijas

NOx

CO

VOC

SO2

NH3

PM

GE

0,8

2,4

0,9

0,6

0,02

0,04

Calderas

4,9

0,5

8,7

0,5

0,19

0,48

Total

5,7

2,9

9,5

1,1

0,20

0,52

 

Las emisiones estimadas para la fase de operación no son superiores a los límites máximosestablecidos en el Artículo 98 del D.S Nº 66/2009 “Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana”, por lo cual el proyecto no tiene que compensar emisiones en la fase de operación.

 

Sin embargo en el caso de las calderas de la central térmica, deben cumplir también con lo establecido en el D.S N°4/1992, Ministerio de Salud, Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales, respecto a que como son fuentes nuevas en la Región Metropolitana deben compensar sus emisiones de MP en un 150%.

 

b.            Emisiones de Ruido: El titular deberá implementar medidas de atenuación de manera de dar cumplimiento al D.S. 38/11 del MMA, para ello instalará celosías acústicas tipo Splitter de 1 m de largo en la Sala Eléctrica, para su ventilación y control de ruido, incorporando además, un cielo.

 

Lo anterior, en adición a las medidas que se detallan en el considerando 5.3 de la presente resolución.

 

c.            Efluentes Líquidos: Los efluentes líquidos originados durante la fase de operación del proyecto, corresponden a aguas servidas. Se efectuarán las conexiones a las matrices de alcantarillado que utiliza el Aeropuerto, de esta manera se contará con un sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas con la nueva planta de tratamiento de aguas servidas con la cual contará el Aeropuerto.

 

Se estima que durante la fase de operación del Proyecto se generará un máximo de 60 m³ al día de aguas servidas domésticas generadas tanto por los baños químicos como por las duchas en el punto más alto de la obra.

 

d.            Manejo de Residuos Sólidos:

 

      d.1.      Residuos Sólidos Domésticos: Durante esta fase se generarán residuos sólidos domésticos, debido a la actividad del personal operativo, la generación de residuos será a razón de 0,75 kg/persona/día, de tal manera que se estima una generación de 562 kg/día, durante esta fase. Los residuos domésticos serán trasladados hasta las áreas de disposición transitoria y serán manejados de acuerdo a las prácticas autorizadas en el aeropuerto.

 

      d.2.      Residuos Sólidos Peligrosos: Producto de las mantenciones de los grupos generadores y calderas, estos deberán ser retirados de manera inmediata por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, por lo que no se mantendrá almacenada dentro de las instalaciones del proyecto. Los residuos generados corresponden a los típicos residuos producidos por el funcionamiento de los equipos, los cuales serán manejados por personal capacitado y en ningún momento se mantendrán en el lugar de operación.

 

Respecto a la pintura de plataformas en sectores que se amplían, se deberá emplear pintura del tipo acrílica en base acuosa, de acuerdo a Especificaciones Técnicas que forman parte del proyecto “Demarcación Área de Movimiento”, las cuales no son sustancias peligrosas.

 

Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 of.93.- Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación.

Durante el manejo de los residuos peligrosos se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos.

Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con los siguientes requisitos:

                                  i.          Tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.

                                 ii.         Estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.

                                iii.        Estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención, estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.

                                iv.        Los contenedores sólo podrán ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos. Si dicho peso fuere superior, se deberán mover con equipamiento mecánico

                                 v.         Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados.

      d.3.      Lodos: La Planta de Tratamiento de Aguas Servidas generará 1.100 kg/día de lodos, los que serán almacenados en contenedores cerrados, posteriormente retirados por un transportista autorizado, para ser traslados hasta un eliminador autorizado.

 

El sistema de tratamiento de lodos contempla tres etapas que son:

 

                           i.          Deshidratado de lodos: El lodo espesado debe ser deshidratado para su disposición final como residuo sólido inocuo. Para ello se considera un sistema de deshidratado mecánico mediante un filtro banda con mesa de espesado previa.

                          ii.         Acopio de lodos deshidratados: En la zona de acopio se depositan los lodos deshidratados provenientes del filtro para su completa higienización y secado, de esta forma cumplir con los estándares exigidos para lodos. Los lechos estarán cubiertos por techos que impedirán su rehidratado producto de las precipitaciones.

                         iii.        Disposición de lodos: Los lodos digeridos y deshidratados serán acopiados al interior de la planta para ser dispuestos en contenedor cerrado hasta ser retirados por camión para su disposición final en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria.

 

Los lodos deshidratados de los filtros de banda serán derivados hasta la zona de acopio donde serán dispuestos en un contenedor metálico, para ser dispuestos en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria. En el proyecto se define una zona de acopio con un área de 200 m2.

 

Considerando que el proyecto contempla aplicar cal para estabilizar y/o higienizar los lodos, el titular que el proyecto deberá:

a.  Contar con un procedimiento y metodología de trabajo para la aplicación de la cal, que indique el lugar específico donde se llevará a cabo la adición de cal al lodo, considerando minimizar al máximo los riesgos de la exposición directa de trabajadores y los impactos ambientales.

b.  Controlar el pH de los lodos encalados, para asegurar su estabilización, lo anterior considerando lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para el Manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas, D.S. N° 4/2009 del MINSEGPRES.

c.   En caso de que se acumulen los lodos en la zona de acopio temporal de 200 m2 propuesta para el proyecto, se deberán utilizar contenedores impermeables, estancos y cerrados, a fin de que durante el tiempo de espera del retiro y traslado de estos lodos al lugar de disposición autorizado, se evite en todo momento la generación de olores molestos.

 

e.            Agua Potable: El sistema de abastecimiento de agua potable del AMB considerará que las redes de distribución serán abastecidas por un sistema de presurización central desde el cual se alimenta todo el complejo aeroportuario. Por lo que, se considera la construcción de una sala de motobombas subterránea, lo que permitirá asegurar una carga positiva sobre los equipos de bombeo. La sala de presurización estará compuesta por seis equipos de bombeo de eje horizontal. Cada una de las motobombas podrá elevar un máximo de 150 m3/hora a una altura de 53 m.c.a. Se considera la instalación de 6 equipos de bombeo, de los cuales 5 funcionarán en la situación de máxima demanda, dejando uno en reserva para el caso de mantención de unos de los equipos.

 

f.            Aguas servidas: Las aguas servidas a generar en el aeropuerto Arturo Merino Benítez, serán tratadas en la nueva planta de tratamiento de aguas servidas, la cual se proyecta al año 2025 y 2030 a tratar los siguientes caudales:

 

Tabla 13. Caudales a tratar en la nueva planta de tratamiento de aguas servidas

Parámetro

Unidad

2025

2030

Pasajeros anuales

Pasajeros/año

24.215.215

29.461.513

Caudal medio

l/s

49

60

Caudal máximo horario

l/s

294

336

 

 

 

 

 

 

 

La modificación de la planta de tratamiento de aguas servidas deberá contar con las Resoluciones de aprobación del Proyecto y Autorización de Obras, ambas otorgadas por la SEREMI de Salud.

 

g.            Olores: Se implementarán medidas de control, para la emanación de olores en aquellos procesos unitarios de la línea de agua y lodos que son susceptibles de generar olores, estas medidas corresponden a la instalación de un sistema de tratamiento de olores ya sea por resinas o mediante tratamiento biológico. (adenda 1)

 

           3.9.3.                                                                                         Fase de abandono.

 

Dada la naturaleza del Proyecto, no se contempla una fase de abandono. En caso que se necesite abandonar prematuramente el Proyecto, se detendrán las operaciones y eliminarán, por consiguiente, la generación y descarga de aguas servidas, residuos sólidos y emisiones atmosféricas. Además, se realizará el desmantelamiento de la infraestructura y su posterior disposición final en instalaciones especialmente autorizadas para tal efecto.

 

4                Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos sobre los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (aguas servidas y aguas lluvias), Suelo y Vialidad Adyacente.

 

5                Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

 

5.1          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, en base a lo declarado por el titular del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez”, y a los pronunciamientos de los servicios que participaron en el proceso de evaluación de impacto ambiental, las estimaciones de emisiones anuales de MP10 asociadas a la construcción y  emisiones anuales  de emisiones de NOx operación del  proyecto corresponden a lo descrito en las tablas 7, 8, 9, 10 y 11 para la fase de construcción y en la tabla 12 de la presente resolución.

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.1.1   Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, o el que lo reemplace.

 

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

5.1.2   Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace, en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.

5.1.3   Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga en Vías que Indica”.

5.1.4   En particular, durante la fase de construcción el titular deberá dar cumplimiento Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, es decir:

                               a.            Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

                              b.            Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

                               c.            Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

                              d.            Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

                               e.            Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

                               f.            La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

                              g.            Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

5.1.5   Ejecutar el lavado de ruedas de camiones y vehículos, dentro del recinto.

5.1.6   Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

5.1.7   Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

5.1.8   Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante carpa de lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería con el objetivo de evitar durante el traslado la caída de materiales y el desprendimiento de polvo.

5.1.9   Limitar la velocidad de circulación de los vehículos en las vías interiores del recinto.

5.1.10    Implementar un plan de humectación para cada etapa del proyecto. Este plan debe considerar las vías de acceso, calles y aceras circundantes a la obra, material de relleno, remoción de tierra y todas las fuentes de emisión de material particulado existentes, entre otras. Y determinar uso de camión aljibe u otro medio de humectación, como aditivos u otros, además de indicar claramente la frecuencia diaria, realizando un registro diario durante el período en que se realicen las faenas de excavación y construcción. Con ese plan, se solicitará un registro, para fiscalizar su cumplimiento.

5.1.11    El titular, para la fase de construcción, debe dar cumplimiento al Decreto Supremo N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto requiere compensar sus emisiones atmosféricas de material particulado debido a que supera los límites establecidos en el PPDA, de acuerdo a lo señalado en las tablas 7, 8, 9, 10 y 11 de la presente resolución.

 

Al respecto, la Seremi del Medio Ambiente RM, mediante Ord. N°1734  de fecha 29/11/2013 se manifestó conforme, precisando que:

 

El titular deberá presentar ante esta Secretaría un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) de MP10 en el último trimestre del año 2016, de acuerdo a lo señalado en el Ordinario N° 1414 de fecha 11 de septiembre de 2013, de esta Secretaría Regional, el cual se materializará a través de la pavimentación. La cantidad a compensar será el valor más alto, correspondiente al primer año, que es igual a 24,31 Ton/año (debiendo aplicar el 150%).

 

El PCE deberá contener al menos:

 

a-- Factores de emisiones y parámetros utilizados.

 

b-- Cronograma de inicio de obras.

 

c-- Planos.

 

d-- Documentos que acrediten que el tramo de calle a pavimentar no se encuentra inserto en futuros proyectos de pavimentación. Para ello, el titular  deberá ingresar las cartas que acrediten ésta situación, y que  corresponden a las emitidas por parte de la Municipalidad, GORE y SERVIU.

 

e-- Un anexo actualizado del tránsito Medio Diario Anual (TMDA) de la calle afecta a pavimentar.

 

f-- Tal como se estipula en la presentación, las maquinarias y generadores eléctricos utilizados por el proyecto deberán cumplir con la norma TIER 4 y los vehículos pesados con la norma Euro V, debiendo adjuntar documentación a través de la cual se acredite la utilización de dichas tecnologías. En caso contrario, no se reconocerá la reducción de emisiones informadas durante la evaluación, debiéndose actualizar el Programa de Compensación de Emisiones para los contaminantes MP10 y NOx, en función de las emisiones reales del proyecto, considerando la tecnología establecida en la Guía de Estimación de Emisiones Atmosféricas de la Seremi del Medio Ambiente de la Región Metropolitana u otra debidamente justificada.”

 

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

5.1.12    Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°812/1995, Ministerio de Salud, y sus modificaciones, Complementa el procedimiento de compensación de emisiones para fuentes estacionarías puntuales.

5.1.13    Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 4/1992, Ministerio de Salud, Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales.

5.1.14    Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 138/2005, Ministerio de Salud, establece Obligaciones de Declarar Emisiones que Indica.

5.1.15    Dar cumplimiento a la Resolución N°42.549/2006, Ministerio de Salud, Establece procedimiento de acreditación del cumplimiento de metas individuales de emisión y compensación de emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx).

5.1.16    Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 48/1984, Ministerio de Salud, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor, o el que lo reemplace.

5.1.17    Dar cumplimiento a la Resolución N°15.027, Ministerio de Salud, establece procedimiento de declaración de emisiones para fuentes estacionarias que indica.

5.1.18    Dar cumplimiento a la Resolución N°5.155, Ministerio de Salud, establece forma de declarar emisiones gaseosas para las fuentes estacionarias que indica.

5.1.19    Dar cumplimiento al D.S. N°1583/93, Ministerio de Salud, Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales.

5.1.20    Dar cumplimiento al D.S. N°321/91, Ministerio de Salud, Norma de Emisión de Contaminantes Que Indica.

5.1.21    Dar cumplimiento a la Resolución N°77.885, Ministerio de Salud, establece Procedimiento y Criterios en el marco de Compensación de Emisiones de Material Particulado en fuentes Estacionarias.

5.1.22    El titular, para la fase de operación, debe dar cumplimiento al Decreto Supremo N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto requiere compensar sus emisiones atmosféricas de NOx debido a que supera los límites establecidos en el PPDA, de acuerdo a lo señalado en la tabla N°12 de la presente resolución.

5.1.23    Contar con un número de registro para las fuentes fijas de emisión identificadas para la fase de operación del proyecto, entre éstas, los grupos electrógenos y cumplir con la normativa vigente.

5.1.24    Dar cumplimiento al artículo 97 del Decreto Supremo N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana.

 

5.2          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de olores, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

 

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.2.1        Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°144/1961 Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”, o aquel que lo reemplace.

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

5.2.2        Implementar medidas de control, para la emanación de olores en aquellos procesos unitarios de la línea de agua y lodos que son susceptibles de generar olores, estas medidas corresponden a la instalación de un sistema de tratamiento de olores ya sea por resinas o mediante tratamiento biológico.

 

5.3          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a las emisiones de ruido, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.3.1     Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborado a partir de la Revisión del Decreto Supremo N° 146/97, del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia, o el que lo reemplace, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor sensible al ruido (Comunidad vecina).

 

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.3.2     Implementar una barrera acústica, cuya materialidad debe ser en base a panel madera tipo OSB con un espesor mínimo de 18 mm o material equivalente con una densidad superficial igual o superior a 11.7 Kg/m2 y revestimiento interior con material absorbente, para el elemento absortor sonoro, cuyas alternativas son lana mineral de densidad 80 Kg/m3, o lana de vidrio de 50 mm de espesor con velo, en cada frente de trabajo según se detalla a continuación:

                              a.            Escenario constructivo 1 - Definición Urbanística Lote Sur: Implementar una barrera acústica de 4 m de altura, de 128 m de longitud en el sector oriente y de 113 m de longitud en el sector sur, como cierre perimetral colindante con cada receptor identificados como  R21 (Central de Telecomunicaciones) y R22 (Edificio Estación de Servicio) y de 150 m de longitud sector sur y 88 m en el sector oriente para proteger al receptor R19 (Edificio Transvip) (ver figuras página 30 de estudio de Impacto Acústico, Adenda 3).

                              b.            Escenario constructivo 2 - Construcción Nuevo Edificio Terminal Para Tráfico Internacional: Implementar una barrera acústica de 4 m de altura, cuyas dimensiones y ubicación se detalla en la figura Nº 18 (Página 43 Estudio de Impacto Acústico, Adenda 3) de modo de proteger a los receptores R1 (Hotel Holiday Inn), R2 (Torre Oriente) y R3 (Torre Poniente).

                              c.            Escenario constructivo 3 - Remodelación Terminal Existente: Implementar una barrera acústica de 4 m de altura, cuyas dimensiones y ubicación se detalla en la figura Nº 22 (Página 53 Estudio de Impacto Acústico, Adenda 3) de modo de proteger a los receptores R1 (Hotel Holiday Inn), R2 (Torre Oriente) y R3 (Torre Poniente).

5.3.3     Adoptar medidas adicionales para las faenas específicas que se encuentren cerca de sectores sensibles en la remodelación. Estas faenas corresponden al uso de herramientas de cortes o golpes, para las que se deberán utilizar semi-encierros acústicos en base a paneles de madera tipo OSB o similares con un espesor mínimo de 18 mm con una densidad superficial igual o superior a 11,7 Kg/m2, procurando que las uniones entre las placas queden bien selladas y herméticas.

 

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

5.3.4     Instalar celosías acústicas tipo Splitter de 1 m de largo en la Sala Eléctrica, para su ventilación y control de ruido, incorporando además, un cielo.

 

5.4          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas al manejo de aguas, aguas servidas y aguas lluvias, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.4.1. Dar cumplimiento del Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

5.4.2. Dar cumplimiento al Decreto Fuerza Ley N° 1.122/81, el MOP, Código de Aguas, en especial, en lo referido al artículo 5° del Código de Aguas que indica  que “las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del presente código”, en conjunto con el punto 3) del artículo 140°, sobre los contenidos de la solicitud para adquirir derecho de aprovechamiento del mismo Código, que señala como requisito “El o los puntos donde se desea captar el agua”.

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.4.3. La provisión de servicios higiénicos para los trabajadores deberá ajustarse en todo momento a las exigencias establecidas en el D.S. 594/99 del MINSAL “Reglamento sobre condiciones sanitarias ambientales básicas en los lugares de trabajo” y sus modificaciones, en lo que se refiere a cantidad, ubicación, transporte y limpieza de estas instalaciones.

a.       Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S.

b.      Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

c.       Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.

5.4.4. Las aguas servidas domésticas generadas en las faenas de construcción, se manejarán en baños químicos y serán retirados por una empresa autorizada para ello y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado.

 

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.4.5. Dar cumplimiento a las autorizaciones a las que hace referencia el Decreto Fuerza Ley N°725/67, Código Sanitario y el Decreto con Fuerza de Ley N°1 del Ministerio de Salud, que Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa.

 

5.5          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de sustancias peligrosas, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

 

En todo momento el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.5.1     Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S N°78/09 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

5.5.2     Dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 298/1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

 

5.6          Respecto del impacto ocasionado sobre el componente ambiental Agua referido a la generación de Residuos Industriales Líquidos, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

 

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.6.1. Dar cumplimiento a la tabla N°1, del Decreto Supremo N°90/2001 del Misegpres,  establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a Las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

 

5.7          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de lodos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

 

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.7.1     Dar cumplimiento con el Decreto Supremo N° 4/2009 del Minsegpres, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

 

5.8          Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referido a la generación de residuos sólidos, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas:

En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:

5.8.1     Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo Nº 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

5.8.2     Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por el organismo competente.

5.8.3     Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

5.8.4     Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo Nº 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.

En particular, en lo referido a la responsabilidad del titular respecto de la instalación, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios (baños químicos) y abastecimiento de agua potable para la totalidad de los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a:

 

a) Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S.

b) Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

c) Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del Titular del proyecto.

d)     Que el Titular del proyecto debe cumplir con los artículos del Párrafo IV, “De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas”, contenidos en el D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

5.8.5     Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

5.8.6     Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por el organismo competente.

5.8.7     Respecto al informe sobre perfil estratigráfico y posición nivel freático, tomar las medidas necesarias para no alterar la calidad de las aguas subterráneas afloradas.

5.8.8     Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Además, el titular deberá instalar contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección.

5.8.9     Disponer los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en sitios o en pozos con planes de recuperación de suelos, autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.

5.8.10 Mantener un registro en obra de la documentación (guías de despacho) que acredite que los residuos generados durante la fase de construcción del proyecto fueron dispuestos en destinatarios autorizados por el organismo competente y que estarán a disposición de la autoridad en caso de requerirlo.

5.8.11 Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

5.8.12 Considerar, que en su generalidad, el manejo de los residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.8.13  Dar  cumplimiento al Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.

5.8.14 Durante la fase de operación del proyecto, se generarán principalmente residuos asimilables a domésticos, los cuales serán dispuestos en recipientes destinados para estos fines y retirados por los camiones del servicio de aseo de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

 

5.9          Respecto del impacto ocasionado sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

 

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.9.1        Las obras que se realicen en la vía pública, deben considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicado el 20 de enero de 2003 en el Diario Oficial.

5.9.2        Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.

5.9.3        Cumplir con las restricciones horarias que exigen las Municipalidades afectadas por la circulación de los vehículos.

5.9.4        Instalar en el interior del proyecto, señalizaciones transitorias y medidas de seguridad, destinadas tanto a los obreros, como a personas ajenas a las obras que circulen por ese lugar.

5.9.5        No se deberá realizar acopio de materiales en la vía pública.

5.9.6        Instalar señalización y demarcación adecuada con el fin de resguardar la seguridad y la fluidez del tránsito durante la construcción.

5.9.7        Realizar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en horarios de menor demanda (fuera de punta) de cualquier día de la semana.

5.9.8        Establecer las medidas de seguridad que se tomarán durante la construcción.

5.9.9        En materia de seguridad de tránsito, se deberá considerar las recomendaciones de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET).

5.9.10    La señalización y demarcación propuesta para el proyecto, se deberá ajustar a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

5.9.11    Cumplir con lo indicado en la adenda referido al horario de trabajo que será de 8:00 a 19:00 horas, en caso de existir modificaciones en el horario se solicitará autorización a la inspección Fiscal del proyecto.

5.9.12    Coordinar con la empresa que construya la correcta Implementación de Medidas que refuerzan los Aspectos de Seguridad Vial en la obra.

5.9.13    Instalar señalización y demarcación adecuada con el fin de resguardar la seguridad y la fluidez del tránsito durante la Fase de Construcción.

5.9.14    Dar cumplimiento al recorrido de los camiones propuesto en la Adenda N°1, en él se considera un recorrido de los distintos vehículos asociados a la obra por calles y avenidas públicas existentes, las que se muestran en la Figura 1 “Recorrido de camiones de la construcción del proyecto”, de la Adenda1.

5.9.15    Mantener un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen de la obra, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones, acorde a la Tabla 1 “Registro de Tráfico de Vehículos” que muestra el anexo 5 de la adenda.

5.9.16    Dar cumplimiento con lo indicado en la adenda referido al horario de trabajo que será de 8:00 a 19:00 horas, en caso de existir modificaciones en el horario se solicitará autorización a la inspección Fiscal del proyecto.

 

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.9.17    Dar cumplimiento con el diseño completo de la vialidad interior, elaborada de acuerdo a la normativa vigente, el cual permitirá absorber la demanda proyectada y mejorar el funcionamiento operacional del Aeropuerto en esta materia. Los antecedentes desarrollados para esta especialidad contemplan el diseño estructural y geométrico de los pavimentos, señalización, iluminación y sistema de evacuación de aguas lluvias, tal como se muestra en el anexo Nº6 de la adenda 1, que contiene los planos de la vialidad proyectada con la señalización considerada.

5.9.18    Cualquier modificación que se requiera deberá ser coordinada con personal técnico de la Seremitt RM en materias relativas al tránsito y transporte de personas y carga, que accedan de manera segura y eficiente, al Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

5.9.19    Ajustar la señalización y demarcación propuesta para el proyecto, a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

5.9.20    Dar cumplimiento con el diseño completo de la vialidad interior, elaborada de acuerdo a la normativa vigente, el cual permitirá absorber la demanda proyectada y mejorar el funcionamiento operacional del Aeropuerto en esta materia. Los antecedentes desarrollados para esta especialidad contemplan el diseño estructural y geométrico de los pavimentos, señalización, iluminación y sistema de evacuación de aguas lluvias, tal como se muestra en el anexo Nº6 de la adenda que contiene los planos de la vialidad proyectada con la señalización considerada.

5.9.21    Cualquier modificación que se requiera deberá ser coordinada con personal técnico de la Seremitt RM en materias relativas al tránsito y transporte de personas y carga, que accedan de manera segura y eficiente, al Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

5.9.22    La señalización y demarcación propuesta para el proyecto, se deberá ajustar a lo dispuesto por el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

5.9.23    El titular establece que el proyecto no afecta la red vial básica del entorno del proyecto, debido a que las concesiones viales para acceder al Aeropuerto son evaluadas de manera independiente a esta DIA de la concesión del Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

5.9.24    Los accesos al Aeropuertos, que son evaluados de manera independiente a esta DIA, corresponden a la concesión “Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez”, en el Acceso Sur actual (Tramo A) se consideran obras de ampliación de capacidad a tres pistas por sentido desde el Enlace Costanera Norte, e implementación de Sistema Free-Flow (Flujo Libre), así como el mejoramiento del nudo adyacente al Terminal de Carga; y adicionalmente, se contempla la implementación de un Nuevo Acceso Norte (Tramo B), construyendo un nuevo eje vial de unos 5 Km. con doble calzada segregada, a partir de obras en los actuales ejes Lo Boza y Camino a Lampa, desde el cual empalma la nueva conexión al Aeropuerto, de 2 Km. de extensión. Es decir, estas obras permitirán mejorar el sistema de transporte urbano asociado al Aeropuerto, para su condición actual como para la proyectada.

 

5.10      Respecto del impacto ocasionado sobre la Patrimonio Cultural, el titular se obliga a implementar las siguientes acciones:

 

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

 

    5.10.1            En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

    5.10.2            Dar cumplimiento al D.S. N° 484 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

 

5.11      Otras consideraciones relacionadas con el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

 

Combustibles y equipos generadores de energía

 

5.11.1       Dar cumplimiento a lo establecido D.S N°160/2008 del MINECON, Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

5.11.2       Aquella Central Térmica que aumentará su potencia al doble de su actual potencia, previo a su puesta en servicio, deberá ser declarada ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores de gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 191, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006”, ambas de la SEC y según corresponda, el Trámite de Combustibles TC5 “Declaración de Instalaciones Centrales Térmicas”.

5.11.3       Aquellas instalaciones interiores de gas licuado de petróleo, deberán dar cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N° 66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N° 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”. Su declaración debe efectuarse de acuerdo a lo indicado en el párrafo precedente, debiendo reemplazarse el Trámite de Combustibles TC5 por el TC6 “Declaración Instalaciones Interiores de Gas”.

5.11.4       Si el abastecimiento de dichas instalaciones interiores de gas licuado fuera una Central de Gas Licuado de Petróleo, dicha Central deberá ser declarada utilizando el procedimiento indicado en los párrafos precedentes, utilizando el Trámite de Combustibles TC2 “Declaración de Central de Gas Licuado de Petróleo y Red de Distribución GLP en Media Presión”.

5.11.5       Que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, sean declaradas ante la SEC, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la señalada precedentemente Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

 

Flora

 

En la fase de construcción, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.11.6       Dar cumplimiento a la Ley N°20.283, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

5.11.7       Dar cumplimiento al D.L.N°701/74 sobre Fomento Forestal.

 

En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:

 

5.11.8                     Las Palmas Chilenas grandes que no provengan de viveros autorizados por SAG contarán con una resolución de autorización de trasplante emitida por el SAG, que indicará coordenadas de lugar de origen y zona de plantación definitiva.

 

 

6.      En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Proyecto Inmobiliario Condominio Belisario 1840” requiere la obtención del siguiente Permiso Ambiental Sectorial establecidos en dicho Reglamento:

 

 

6.1.Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 91, del D.S. N° 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67 Código Sanitario. Al respecto, la Secretaria Regional Ministerial de Salud RM, a través del Oficio Nº 8759 del 02 de Diciembre de 2013, se pronunció conforme con los antecedentes presentados.

 

6.2.Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93, del D.S. N° 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde al permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, la Seremi de Salud RM, mediante Ordinario Nº 8759 de fecha 02 de Diciembre de 2013 se pronunció conforme con los antecedentes presentados.

 

6.3.Que, en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas se señalaron los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 99, del D.S. N° 95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde al permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9° de la Ley N° 4.601, sobre Caza. Al respecto, el titular entregó en el anexo 13 de la adenda 1 el Plan de Rescate de Fauna. Al respecto, el Servicio Agrícola Ganadero, SAG, mediante Ord Nº 846 de fecha 21 de junio de 2013, se pronunció conforme con los antecedentes presentados.

 

7.      Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

 

8.      Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

 

9.      Que, el titular del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez”, deberá cumplir con lo establecido en el D.S. N° 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, o aquel que lo reemplace, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl), una vez que éste se encuentre operativo. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

 

10.  Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 233, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en planes de prevención y/o descontaminación respecto de fuentes emisoras estacionarias, o aquella que la reemplace.

 

11.  Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.

 

12.  Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.

 

13.  Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

 

14.  Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

 

15.  Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.

RESUELVE:

1.      Calificar Ambientalmente Favorable el proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, presentado por el Ministerio de Obras Públicas.

 

2.      Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas, compromisos y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.

 

3.      Certificar que el proyecto “Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y  requiere de los permisos ambientales sectoriales de los artículos 91, 93 y 99 consignados en el Título VII, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S Nº 95/01 Minsegpres), los que se otorgan, y que no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300.

 

4.      Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno. 

Notifíquese y Archívese





Juan Antonio Peribonio Poduje
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Rodrigo Hernán Núñez Cárdenas
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




CAPR/RHNC/MPP/APLL/MAC

Distribución:
  • Mariana Concha Mathiesen
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central
  • Corporación Nacional Forestal, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Aeropuertos
  • Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM
  • Servicio Agrícola y Ganadero, RM
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Dirección General de Aeronautica Civil
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Nuevo Edificio Terminal de Pasajeros - Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Arturo Merino Benitez"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e5/d0/f9a73b17f2aed3e1738c0a5d84d54e5d2ec4


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